Copia de Presentacion Nazca 20Abr2010 final v2

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Copia de Presentacion Nazca 20Abr2010 final v2
Presentación a la Comisión de
Transportes del Congreso
Aspectos Técnicos R.M. Nº 111-2010-MTC sobre antigüedad
aeronaves que operan en circuito turístico de Nazca
Lima, 20-abril-2010
RAMON GAMARRA TRUJILLO
DIRECTOR GENERAL DE AEROPNAUTICA CIVIL
Sumario
• Ultimo Accidente Aéreo en Nasca y acciones tomadas
• Otros accidentes
• Situación del parque aéreo
• Diferencias tecnológicas entre aviones antiguos y modernos
• Otras acciones tomadas
• Legalidad y constitucionalidad de la Directiva Técnica
Extraordinaria
Accidente de Nasca
•
•
•
•
•
25 de Febrero 2010
Avión Cessna U206
Nazca Airlines
07 Fallecidos
Causa: En investigación
Acciones tomadas por el MTC - DGAC
A través de la R.D. Nº 055-2010-MTC/12 se ha
dispuesto que las aeronaves que prestan servicios en
los espacios aéreos de Nasca y de Palpa, prestando
servicios turísticos y de observación, incluyan como
parte de la tripulación de sus aeronaves un copiloto.
Circuito turístico de las Líneas de Nasca
Astronauta
Ballena
Acciones Tomadas
Directiva Técnica Extraordinaria
Se ha prepublicado una DTE, para la recepción de
sugerencias y comentarios que dispone lo siguiente:
A partir del 01 de agosto del 2010, las aeronaves de todo
explotador aéreo de Transporte Aéreo Especial
Turístico, no podrá tener una antigüedad mayor a 30 años
desde la fecha de su fabricación.
Resumen Accidentes e incidentes de consideración
Accidentes / Incidentes por falla de material
Año
Ocurrencia
Matricula
Modelo
Año de
Fabricación
Explotador Aéreo
Causa
2010
OB-1557
C 210
1979
Aero Palcazu
Fatiga de Material
2009
OB 794
C 172G
1966
Aero Servicios
Santos
Falla de Motor
2008
OB 1266
C U206
1967
Aero Ica
Falla Humana y del indicador de
combustible (05 Pasajeros F)
2008
OB 1117
C U206
1976
Nazca Airlines
Falla en el sist. de combustible
2007
OB 1320
C U206
1980
Alas Peruanas
Falla en el sist. de combustible
2006
OB 1117
C U206
1976
Nazca Airlines
Falla de Motor
2001
OB 1283
C 210
1983
Aero Paracas
Fatiga de material
2001
OB 1100
C 172
1966
Aero Paracas
Falla de Motor
2001
OB 1332
C 177
1976
Aero Condor
Falla de Motor
2000
OB 1415
C 206
1979
Acuariana de
Aviación
Incendio
Aeroparacas
Aerocondor
Colision en el aire
(12 f)
1997
Parque Aéreo que opera en Nasca
Explotador
NAZCA
AIRLINES
Ord
Año
Fabricación
Matricula
Modelo
P
a
x
Estado
Instalación
doble
Comando
1
1952
OB-1202
C-170
3
Inoperativa
1
1980
OB-1192
C-206
5
Operativa
Ok
2
1980
OB-1204
C-206
5
Operativa
Ok
3
1975
OB-1402
T-337-G
4
Inoperativa
4
1974
OB-1888
C-207
6
Operativa
5
1969
OB-1001
C-207
6
Inoperativa
6
1967
OB-1616
C-206
5
Operativa
7
1966
OB-1093
C-172
3
Inoperativa
(Tarapoto)
8
1963
OB-1795
PA-28
3
Inoperativa
9
1961
OB-584
C-172
3
Operativa
Ok
TRAVEL AIR
Ok
Ok
Parque Aéreo que opera en Nasca
Explotador
AIR NAZCA
AERO
PARACAS
Ord
Año
Fabricación
Matricula
Modelo
P
a
x
Estado
Instalación
doble
Comando
1
1961
OB-1808
C-185
5
Operativa
Ok
2
1960
OB-547
C-172
3
Operativa
Ok
1
1980
OB-1917
C-207
7
Operativa
Ok
2
1976
OB-1918
C-207
6
Inoperativa
3
1976
OB-1096
C-172
3
Inoperativa
4
1971
OB-1302
C-206
5
Inoperativa
5
1963
OB-1874
C-205
5
Inoperativa
6
1963
OB-1838
C-205
5
Operativa
7
1962
OB-1128
C-185
5
Inoperativa
Ok
Parque Aéreo que opera en Nasca
Ord
ALAS
PERUANAS
AERO
PALCAZU
Año
Fabricación
Matricula
Modelo
Pa
x
Estado
Instalación
doble Comando
1
1980
OB-1320
C-206
5
Operativa
Ok
2
1980
OB-1187
C-206
5
Operativa
Ok
3
1979
OB-1655
C-172
3
Operativa
4
1963
OB-610
C-172
3
Operativa
1
1982
OB-1247
C-206
5
Inoperativa
2
1980
OB-1722
C-206
5
Operativa
3
1979
OB-1557
C-210
5
Operativa
4
1976
OB-1790
C-206
5
Operativa
Ok
5
1965
OB-1648
C-172
3
Operativa
Ok
Ok
Ok
Parque Aéreo que opera en Nasca
AERODIANA
ALAS DE
AMERICA
TAXI AEREO
EJECUTIVO
AEREO
SERVICIOS
SANTOS
Ord
Año
Fabricación
Matricula
1
2009
OB-1922
C-208
12
Operativa
Ok
2
2008
OB-1882
C-208
12
Operativa
Ok
3
2007
OB-1870
C-208
12
Operativa
Ok
4
1980
OB-1811
C-172
3
Operativa
Ok
1
1977
OB-1900
C-207
6
Inoperativa
2
1973
OB-1061
C-172
3
Inoperativa
1
1972
OB-1033
C-206
5
Inoperativa
2
1963
OB-1460
C-172
3
Operativa
1
1968
OB-794
C-172
3
Inoperativa
2
1962
OB-657
C-172
3
Operativa
Modelo
Pa
x
Estado
Instalación
doble Comando
Ok
Ok
Parque Aéreo que opera en Nasca
Ord
Año
Fabricac
ión
EXPRESO
MOCHE
1
1983
OB-1283
C-210
5
Operativa
Ok
AIR MAJORO
1
1982
OB-1919
C-207
7
Operativa
Ok
2
1981
OB-1929
C-207
7
Operativa
Ok
Matricula
Modelo
Pa
x
Estado
Instalación
doble Comando
RESUMEN:
TOTAL DE AERONAVES
41
< 1980
27
INOPERATIVAS
15
OPERATIVAS
26
En condiciones
aeronavegables
DOBLE COMANDO INSTALADO
24
Pueden efectuar vuelos
turísticos
EMPRESAS
12 (10)
Pueden efectuar vuelos
turísticos
Resumen Accidentes e incidentes de consideración
Accidentes / Incidentes
OB-1266
1976
Aeroica SRL
2008
Causa: Falla
humana y del
indicador de
Combustible
Accidentes / Incidentes
C 206
OB-1790
1976
Aero Palcazu SAC
2008
Causa: Limitación
del Sistema de
Combustible
Accidentes / Incidentes
C T210N
OB-1557
1979
Aero Palcazu SAC
2010
Causa: Fatiga de
Material del tren
de nariz
Accidentes / Incidentes
C T210N
OB-1557
1979
Aero Palcazu SAC
2010
Causa: Fatiga de
Material del tren
de nariz
Accidentes / Incidentes
C T210N
OB-1557
1979
Aero Palcazu SAC
2010
Causa: Fatiga de
Material del tren
de nariz
Ejemplo de la evolución de los Sistemas de
Combustible de las aeronaves
SISTEMA DE COMBUSTIBLE:
Cessna 172
Año: 1966
• Selección de alimentación
de combustible es manual.
• Indicación analógica de
cantidad de combustible
• Restricciones para virajes:
- Indicadores combustible
no son confiables
- En viraje el combustible
corre hacia el lado del
banqueo
SISTEMA DE COMBUSTIBLE:
Aviones modernos
• Selección de alimentación
de combustible es
automática.
• Indicación digital de
cantidad de combustible.
• Tanques de combustible
con restrictores
(chapaletas) que evitan el
corrido del combustible al
lado del viraje, haciendo la
maniobra confiable.
Cabina de mando de aeronave: Cessna 170 –
año: 1952
Cabina de mando de aeronave: Cessna 206 –
año: 1971
Cabina de mando de aeronave: GA8 AIRVAN –
año: 2009
Cabina de mando de aeronave: CESSNA 208B –
año: 2009
Acciones Tomadas
Directiva Técnica Extraordinaria
Se ha prepublicado una dte, para la recepción de
sugerencias y comentarios que dispone lo siguiente:
A partir de la entrada en vigencia de la norma, toda
aeronave a ser incorporada en el parque aéreo
nacional para prestar Servicios de Transporte Aéreo
Especial Turístico, no podrá tener una antigüedad
mayor a 15 años desde la fecha de su fabricación y su
capacidad de asientos deberá ser mayor o igual a 08.
Cantidad de Pasajeros en el circuito de Nasca/Ica
AÑOS
2000
2001
2002
2003
2004
2005
2006
2007
NASCA
40,305
Diferencia en Nasca
57,542
17,237
60,155
2,613
70,626
10,471
84,920
14,294
99,478
14,558
104,947
5,469
ICA (Las Dunas)
19,487
Diferencia en Ica
13,757 14,814
(5,730) 1,057
16,281
1,467
21,485
5,204
25,309
3,824
26,592
1,283
2008
108,814
3,867
2009
110,531
1,717
25,924
(668)
23,184
(2,740)
113,101
2,570
13,156
(10,028)
Fuente: Estadística DGAC
120,000
113,101
108,814
100,000
99,478
104,947
110,531
84,920
80,000
70,626
60,000
57,542
40,000
40,305
20,000
19,487
13,757
60,155
14,814
16,281
21,485
25,309
26,592
25,924
23,184 13,156
0
2000
2001
2002
2003
2004
2005
2006
2007
2008
2009
Cantidad de Operaciones en el Circuito de Nasca/Ica
AÑOS
2000
2001
2002
2003
2004
NASCA
21,614
Diferencia en Nasca
32,002
10,388
33,866
1,864
38,190
4,324
ICA (Las Dunas)
Diferencia en Ica
4,016
(1,656)
4,702
686
4,816
114
5,672
2005
2006
2007
2008
2009
44,472
6,282
50,108
5,636
50,094
(14)
55,150
5,056
54,876
(274)
48,592
(6,284)
5,708
892
5,808
100
5,764
(44)
5,336
(68)
3,280
(2,056)
5,404
(360)
Fuente: Estadística DGAC
60,000
55,150
50,000
50,108
50,094
5,808
5,764
54,876
48,592
44,472
40,000
38,190
32,002
30,000
20,000
33,866
21,614
10,000
5,672
4,016
4,702
4,816
5,708
5,404
5,336
3,280
-
2000
2001
2002
2003
2004
2005
2006
2007
2008
2009
Acciones Tomadas
Los Operadores de servicio turístico especial, regulados
actualmente por la RAP 131, pasarán a ser regulados por la
RAP 135.
Se ha optimizado el circuito de vuelo sobre las líneas de
Nasca.
Se ha incrementado la separación minima vertical entre
aeronaves de 500 a 900 pies, así como la separación
minima sobre el terreno de 2200 pies a 2300 pies.
Se ha dispuesto que las maniobras de banqueo no se
realicen a más de 30 grados de inclinación en el viraje.
Acciones Tomadas
 El MTC ofreció conformar una mesa de diálogo. Se solicitó a
los Operadores de Nasca una agenda y sus representantes.
Proyecto de Ley 2857/2008-CR
 Objetivo: Ampliar la vigencia del régimen contemplado en el
Art. 7º de la Ley Nº 28525, Ley de Promoción de los Servicios
de Transporte Aéreo (Régimen particular de importación
temporal para aeronaves y material aeronáutico).
 Beneficios: Suspensión del pago de derechos arancelarios y
demás impuestos aplicables a la importación. Se aplicará una
depreciación del 20% anual sobre el Valor en Aduanas por lo
que al año 5, el valor del bien será cero y se nacionalizará.
 Principales Usuarios del beneficio: Aviación General
(escuelas de pilotos, aeroclubes, privados) y Aviación
Comercial (RAP 91,131 y 135).
Proyecto de Ley 2857/2008-CR
Grandes empresas emplean régimen de importación
temporal.
El beneficio es para los pequeños operadores. Les
representa entre 33% y 38% de ahorro en costos de
operación y un ahorro en la reexportación del bien.
Estado actual: Estuvo en agenda del Pleno y el día jueves
08.04.10 pasó a Cuarto Intermedio para revisión de la
Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia
Financiera.
Proyecto de Ley 2857/2008-CR
Impacto:
 Impulsará el incremento y modernización del parque
aéreo nacional (pequeñas empresas).
 Mejora la imagen de los servicios de transporte aéreo a
nivel nacional, del turismo y de las actividades
económicas relacionadas.
 Generación de empleos de mecánicos, talleres de
mantenimiento aeronáutico (TMA´s), centros de
instrucción, entre otros.
Transferencia del Aeródromo a la Municipalidad
Distrital de Vista Alegre - Nasca
• 26 de noviembre de 2009: Publicación de la Resolución de
Secretaría de Descentralización Nº 061-2009-PCM/SD, que
aprueba la Directiva Nº 006-2009-PCM/SD, “Directiva para el
proceso de transferencia de los aeródromos regionales y locales a
los Gobiernos Regionales y Locales”
• 30 de marzo de 2010: La Municipalidad Distrital de Vista Alegre
designó la Comisión de Transferencia de Recepción.
Requisitos que debe cumplir la Municipalidad:
• Contrato o Convenio suscrito entre la Municipalidad de Vista Alegre
y el explotador aeroportuario aceptado por la DGAC.
• Carta Acuerdo Operacional de Servicios Aeronáuticos.
• Acta de compromiso de Cumplimiento de las Recomendaciones de
la OACI.
• Póliza de seguros del aeródromo a nombre de la Municipalidad
Repercusiones Internacionales
Recomendaciones de OACI
Misión multidisciplinaria de la OACI al Aeródromo Nasca/
María Reiche 28 al 30 abril 2008.
• Recomendación PER ATM 6/08
Que la autoridad aeronáutica de Perú tome las siguientes
acciones en el área ATM:
c) Evalúe la posibilidad de emitir regulaciones tendientes al uso
de aeronaves de mayor capacidad que las utilizadas
actualmente, alentando la renovación de la flota que
permitirían el transporte de mayor cantidad de pasajeros y de
esa manera reducir considerablemente la cantidad de
operaciones en el área.
Repercusiones Internacionales
 La DGAC recibió, la visita de los cónsules de Japón,
Estados Unidos, Francia. Mostraron interés en conocer las
medidas tomadas para mejorar este servicio.
 Preocupación de agencias Internacionales sobre la
seguridad en las operaciones en el Circuito turístico de
Nasca
Legalidad y constitucionalidad de la Directiva
Técnica Extraordinaria
• El literal c) del artículo 9º de la Ley Nº 27261 otorga
competencia a la DGAC para aprobar, modificar y dejar sin
efecto las RAP y las directivas técnicas. La DTE ha sido
propuesta con estricta sujeción a dichas competencias.
• El literal g) del artículo 4º de la misma norma señala que es
un objetivo permanente del Estado, en materia de
aeronáutica civil, incentivar el incremento y modernización
del parque aéreo nacional.
• Artículo 47º del ROF del MTC, DS Nº 021-2007-MTC, la
DGAC propone y ejecuta las políticas del sector en materia
de aeronáutica civil. Se aprecia, que la DGAC ha recogido
los lineamientos de la Ley, implementando una política a
través de la directiva correspondiente.
Legalidad y constitucionalidad de la Directiva
Técnica Extraordinaria
La Ley de Aeronáutica Civil y su reglamento, disponen en
los artículos 78º y 155º respectivamente, la clasificación de
las actividades aeronáuticas señalando que el Transporte
Aéreo Especial se desarrolla en actividades de turismo
cuando están destinadas fundamentalmente a la atención
de determinados circuitos aéreos en los cuales, partiendo la
aeronave de un punto de origen retorna al mismo sin dejar
ni tomar pasajeros dentro del circuito.
Legalidad y constitucionalidad de la Directiva
Técnica Extraordinaria
• En base a las competencias descritas y a la distinción que
establece la propia Ley, la DGAC regula de manera técnica y
especializada distintos tipos de operación, estableciendo de
manera diferenciada requisitos necesarios para mantener
niveles adecuados de servicios y operación, en interés de los
usuarios.
• Por ello, no existe discriminación al regular una actividad que
está clasificada expresamente por la Ley de Aeronáutica Civil
y su reglamentación, caracterizada por elementos
particulares, con alcances distintos a los de otras actividades
de aviación civil.
CONCLUSIONES
• La determinación de establecer la antigüedad de las
aeronaves en 30 años para las operaciones del Transporte
Aéreo Especial Turístico es una Política del Estado Peruano.
• Esta Decisión Política fue tomada debido a:
– Existe un interés público para que las aeronaves que
operan sean más modernas y para mejorar el servicio
que se brinda a los turistas. Nasca es una ventana del
Perú al mundo
– Las aeronaves mas modernas cuentan con equipos y
sistemas, que permitirán una mayor seguridad en las
operaciones aéreas.
Gracias por su atención