Manual Informativo UPR - Humacao Infórmate sobre Rev Jul/2001

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Manual Informativo UPR - Humacao Infórmate sobre Rev Jul/2001
UPR - Humacao
Manual Informativo
Oficina de Registrador
Infórmate sobre
• Matricula
• Readmision
• Traslados
• Certificaciones
Rev Jul/2001
Contenido
SERVICIOS QUE OFRECE AL ESTUDIANTE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1
MATRÍCULA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1
Distribución de matrícula . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2
Orden de prioridades . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2
Pasos a seguir . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3
Información adicional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3
CAMBIOS EN EL PROGRAMA DE CLASES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4
Baja Parcial . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4
Solicitud . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4
Baja Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5
Solicitud . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5
READMISIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6
Normas generales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6
Requisitos de readmisión . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7
Procedimiento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9
Solicitud . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10
TRASLADOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11
Normas Generales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11
Procedimiento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12
Solicitud . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13
RECLASIFICACIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14
Normas Generales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14
Cambio de Programa Académico . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14
Requisitos Específicos de Reclasificación por Programa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15
BACHILLERATOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15
Bachilleratos en Administración de Empresas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15
Bachillerato en Administración de Sistemas de Oficina . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16
Bachilleratos en Artes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16
ii
Bachilleratos en Ciencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17
GRADOS ASOCIADOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20
PROGRAMAS DE TRASLADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21
Procedimiento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22
Solicitud . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22
MATRÍCULA DE HONOR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23
TRANSCRIPCIÓN DE CRÉDITOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24
Procedimiento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24
Solicitud . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25
CERTIFICACIONES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26
Procedimiento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26
Solicitud de estudio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26
Solicitud de grado . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26
PERMISOS ESPECIALES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27
Procedimiento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27
Solicitud . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28
GRADUACIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29
Solicitud . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30
SECCIÓN DE HORARIOS Y CALENDARIOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31
Horario de Exámenes Finales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31
Calendarios Académicos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31
Oferta Académica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31
SISTEMA DE CALIFICACIONES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33
Unidad de Instrucción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33
Calificaciones o notas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33
Notas Provisionales o Incompletos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33
Repetición de cursos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34
Índice académico . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35
NORMAS PARA EL ÍNDICE DE RETENCIÓN, PROBATORIAS
Y SUSPENSIONES ACADÉMICAS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36
Normas Generales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36
Normas para la concesión de una probatoria académica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37
Estudiantes regulares . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37
iii
Estudiantes irregulares . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37
Normas para la suspensión académica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38
POLÍTICAS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44
Ley Buckley . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44
iv
SERVICIOS QUE
OFRECE AL ESTUDIANTE
MATRÍCULA
•
Es el proceso mediante el cual el estudiante solicita los cursos y secciones que
interesa y puede tomar en la próxima sesión académica según su programa de
estudio con la recomendación y aprobación de su Consejero Académico. Participan
en el mismo todos los estudiantes activos del Colegio. El estudiante que no haga
matrícula no tendrá reservados los cursos para el semestre siguiente.
•
El proceso de matrícula se celebra durante el período señalado en el Calendario
Académico.
•
El Registrador es el custodio de todos los documentos académicos de los
estudiantes y está a cargo de establecer el proceso de matrícula. Todos los
formularios de matrícula deben tener su aprobación.
•
Todo estudiante debe matricularse en los días y horas señalados en el Calendario
Académico. Ningún estudiante se matriculará después del tercer día de clases en el
semestre regular o después del primer día de clases durante la sesión de verano,
excepto en casos especiales y con la autorización del Rector de la UPRH.
•
Para iniciar el proceso de matrícula, los estudiantes de nueva admisión deben
presentar el permiso de matrícula, evidencia de que cumplen con los requerimientos
de la Oficina de Servicios Médicos y el Certificado de Admisión con la firma del
principal y el sello de la Escuela Superior de procedencia.
•
Los estudiantes llenarán personalmente todos los formularios de matrícula requeridos.
•
Todo programa de estudios será aprobado por el Consejero Académico, con el visto
bueno del Director, y por el Registrador de la UPRH.
•
La matrícula será oficial y final cuando el estudiante haya pagado todos sus derechos
de matrícula y otros cargos y depósitos en la oficina del Recaudador o en cualquier
Banco autorizado por la UPR. El sello del Recaudador es evidencia de que se ha
completado el proceso de matrícula (no aplica al que paga en el Banco).
Manual Informativo
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•
Los estudiantes que no completen el proceso de matrícula durante el período
establecido, serán dados de baja y deberán solicitar readmisión para el próximo
semestre durante el período correspondiente. Al estudiante de nueva admisión
procedente de escuela superior se le anulará la admisión y deberá radicar una nueva
solicitud no más tarde de la fecha dispuesta por la Oficina de Admisiones de la
Universidad de Puerto Rico. Al estudiante de transferencia se le anulará la admisión
y deberá radicar una nueva solicitud a la UPRH por el semestre correspondiente.
•
Los estudiantes podrán hacer cambios en su programa académico antes de efectuar
el pago de los derechos de matrícula. Deberán obtener la autorización del Director
del departamento o Consejero Académico al cual están adscritos y del Registrador
para efectuar cualquier cambio. El Director de departamento podrá autorizar
cambios en el programa académico que conlleven adjudicar cursos más avanzados
en la materia y que no estén en el programa de estudios por año autorizado por el
Senado Académico.
Distribución de matrícula
•
Los estudiantes activos y matriculados se atenderán en la fecha establecida en el
Calendario Académico.
•
Los estudiantes que fueron aceptados en readmisión y permiso especial se
atenderán
.
•
matrícula tardía será
.
Orden de prioridades
•
Estudiantes activos en la Universidad de Puerto Rico en Humacao que son
candidatos a graduación a verano 2001 o el próximo año académico 2001-2002. Los
Consejeros Académicos y directores de departamento deberán certificar que el curso
de verano es necesario para poder graduarse en dicha fecha.
•
Estudiantes activos de la Universidad de Puerto Rico en Humacao, cuyo programa
les requiere tomar cursos en verano y otros.
•
Estudiantes de otras Instituciones aceptados en permiso especial
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Oficina del Registrador
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Pasos a seguir
•
Estudiantes matriculados que no realizan cambios en su programa, deberán pasar
por la Oficina del Recaudador para el pago de los derechos de matrícula.
•
Estudiantes activos que no hicieron su matrícula, readmisiones, traslados y permisos
especiales, será atendidos en la fecha señalada en sus respectivos departamentos.
•
Una vez el Departamento registre el curso en el computador, el estudiante pasará por
la Oficina del Recaudador para el pago de los derechos de matrícula.
Información adicional
•
Los estudiantes que no aprueben la primera parte de un curso (F o W) no podrán
matricularse en la continuación del mismo. De igual manera, aquellas estudiantes que
no tengan aprobado el prerequisito.
•
Todo estudiante que radicó una Baja Total en el Semestre y no ha sido aceptado en
readmisión, será inactivado en esta matrícula.
•
La Oficina del Registrador en coordinación con la Oficina del Recaudador, anulará la
matrícula a los estudiantes que no hayan cumplido con el pago de matrícula.
•
Todo estudiante veterano o hijo de veterano acreedor a los beneficios de la Ley 469,
tendrá que presentar su programa de clases en la Oficina del Registrador.
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Oficina del Registrador
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CAMBIOS EN EL
PROGRAMA DE CLASES
Los programas de clases de los estudiantes podrán ser enmendados con la recomendación
del director de Departamento o Consejero Académico y la aprobación oficial y final del
Registrador durante los días que se indican en el Calendario Académico.
BAJAS
Baja Parcial
•
Un estudiante podrá darse de baja en una o varias asignaturas hasta el último día de
clases y continuará activo en el Colegio.
•
Los estudiantes tendrán derecho efectuar bajas en cualquier curso durante el período
establecido en el calendario académico después de notificar al profesor y al
Consejero Académico o al Director del Departamento. El estudiante radicará
personalmente su solicitud de baja parcial en la Oficina el Registrador.
•
El estudiante no recibirá nota ni crédito por el trabajo efectuado en el curso o cursos
de los cuales se haya dado de baja.
•
El Registrado anotará en el récord permanente del estudiante una “W” (baja) en cada
curso donde se haya solicitado la baja dentro del límite de tiempo establecido en el
calendario académico.
Procedimientos
•
Solicitará el formulario de baja en la Oficina del Registrador presentando su
programa de clases.
•
Obtendrá las firmas de todos los funcionarios que requiere el formulario.
•
Obtendrá la aprobación oficial del Registrador dentro de la fecha establecida
en el Calendario Académico.
Solicitud
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Oficina del Registrador
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Baja Total
•
En el caso de baja total, el estudiante procederá a darse de baja de todos los cursos
registrados hasta el último día de clases del semestre quedará desvinculado de la
Universidad. De interesar proseguir estudios en el semestre inmediato, deberá
radicar una solicitud de readmisión en la Oficina del Registrador, según la fecha
establecida en el Calendario Académico.
•
Un estudiante tiene el derecho a darse de baja total de la UPRH en cualquier
momento y hasta el último día de clases. Debe obtener la autorización de los
funcionarios especificados en la hoja diseñada para tales fines. El estudiante radicará
personalmente o mediante un apoderado debidamente autorizado su solicitud de baja
total en la Oficina del Registrador.
•
El Registrador anotara una “W” en todos los cursos del programa de estudios en ese
semestre.
Los pasos a seguir serán iguales a los indicados para las bajas parciales.
Solicitud
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Oficina del Registrador
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READMISIÓN
Normas generales
•
Tendrá que solicitar readmisión todo estudiante de la UPRH :
<
<
<
Que haya obtenido un grado asociado o bachillerato.
Que haya estado inactivo un semestre o más.
Que se inactive en el semestre por baja total e interese continuar
estudios en el semestre próximo.
•
Todo estudiante que solicite readmisión en la fecha límite que establece el
Calendario Académico, debe pagar lo estipulado por la Certificación Número
I (1981-82) del Consejo de Educación Superior.
•
Las readmisiones que envuelvan reclasificación, deberán cumplir con los
requisitos del Programa al cual se solicita.
•
La readmisión del candidato será sujeta a la recomendación del Director de
Departamento y la aprobación del Decano de Asuntos Académicos o su
representante autorizado, quien tomará en consideración los límites de cabida
establecidos para cada programa.
•
Las readmisiones se considerarán una vez se hayan matriculado:
<
<
<
Los estudiantes cualificados y matriculados en la UPRH.
Estudiantes aceptados en traslado.
Estudiantes de nueva admisión procedentes de escuela superior.
•
El índice competitivo, si alguno, será aquel que se establece para los
estudiantes de reclasificación al programa que solicita.
•
La selección de candidatos a readmisión se regirá por las siguientes normas:
<
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Debe solicitar readmisión durante el período estipulado por el
Calendario Académico para el próximo semestre los siguientes
estudiantes:
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<
Estudiantes que interrumpen sus estudios antes de finalizar
algún semestre.
<
Estudiantes que han terminado el Primer Semestre y no se
matriculan para el Segundo. Estas solicitudes tendrán la
prioridad más alta en la categoría de readmisión.
<
Podrán solicitar readmisión a cualquier sesión académica aquellos
estudiantes que interrumpen voluntariamente sus estudios y cumplen
con el índice de retención de la UPRH.
<
Serán candidatos a readmisión si llenan los requisitos del programa al
momento de ser efectiva su admisión los solicitantes que estudian bajo
los auspicios de programas especiales promovidos por agencias o
entidades con previo acuerdo con el Rector de la Institución.
<
Los estudiantes suspendidos por deficiencia académica serán
readmitidos una vez cumplan con el período de suspensión. El Director
del Programa al cual pertenece el estudiante aprobará la readmisión.
<
Pueden solicitar readmisión dentro de las fechas límites aplicables al
semestre académico que le sigue al período de suspensión, los
estudiantes suspendidos por razones disciplinarias. El Rector, previa
recomendación del Decano de Estudiantes, decidirá la readmisón del
estudiante. La readmisión no se concederá si el solicitante ha incurrido
en violaciones adicionales a los reglamentos institucionales durante el
período en el cual estaba suspendido.
Requisitos de readmisión
•
Estudiantes que hayan obtenido un grado académicos.
<
Haber radicado una solicitud en la Oficina del Registrador no más tarde de la
fecha límite establecida por el Calendario Académico, deberá estar
clasificado en el Programa que lo va a graduar.
<
Si el estudiante completó el grado académico en la UPRH, solicitará
readmisión en la Oficina del Registrador de esta unidad académica.
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Oficina del Registrador
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•
•
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<
Si el estudiante completó el grado académico de bachillerato en otra unidad
académica del Sistema de la UPR, enviará una transcripción oficial de
estudios universitarios a la Oficina del Registrador de la UPRH al radicar la
solicitud de readmisión.
<
Completar el formulario médico en la Oficina de Servicios Médicos.
<
Los estudiantes que se gradúan en la UPRH y continúan sus estudios en el
semestre próximo inmediato están exentos de este requisito.
<
Otros estudiantes graduados aceptados deberán presentar los documentos
requeridos por la Oficina de Servicios Médicos dos semanas antes del primer
día de matrícula del semestre para el cual han sido admitido.
<
Estar libre de deudas con la Institución.
El estudiante solicitará readmisión a un Programa de Bachillerato o Grado Asociado.
<
El estudiante tomará y aprobará todos los cursos requeridos para completar
el nuevo grado, exceptuando los cursos de educación general, las electivas
libres y aquellos cursos de especialidad y electivas dirigidas que sean
requisitos comunes en ambos bachilleratos o grados asociados y que, por lo
tanto, ya los aprobó.
<
El Director de departamento o el Consejero Académico podrá sustituir
aquellos cursos que estime conveniente para que el estudiante pueda obtener
el otro bachillerato o grado asociado que aspira.
<
La UPRH asignará turnos, que no conflijan con los estudiantes regulares, a los
estudiantes que interesan obtener otro bachillerato o grado asociado.
<
Las solicitudes para readmisión de los estudiantes graduados se considerarán
a base de los recursos de la Universidad y a tenor con los compromisos
fundamentales de la Institución
Estudiantes que hayan permanecido inactivos por un semestre o más:
<
Haber radicado una solicitud de readmisión en la Oficina del Registrador no
más tarde de la fecha límite establecida.
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Oficina del Registrador
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•
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<
Cumplimentar el formulario de la Oficina de Servicios Médicos. Los
estudiantes de Enfermería, Terapia Física, Terapia Ocupacional, Trabajo
Social y Educación deberán tener la vacuna de Hepatitis B.
<
Estar libre de deudas con la Institución.
Estudiantes que se inactiven en un semestre (Baja Total) y continúen estudios en el
siguiente semestre
<
Haber radicar una solicitud de readmisión en la Oficina del Registrador no más
tarde de la fecha límite establecida en el Calendario Académico.
<
Estar libre de deudas con la Institución.
Si su solicitud conlleva un cambio de programa, vea la sección de Requisitos Específicos de
Reclasificación por Programa.
Procedimiento
•
Toda solicitud debe tener la información completa y estar firmada por el solicitante.
Por favor, verifique que el Número de Estudiante y Seguro Social sean los correctos.
•
Al radicar la solicitud en el proceso a tiempo, pagará la cantidad de $25.
•
Radicada posterior a la fecha del proceso a tiempo, pagará un 1.5% veces por la
cuota original ($37.50)
•
El pago de readmisión no es reembolsable.
•
Toda estudiante que solicite probatoria académica tiene que haber cumplido con las
normas de suspensión académica que establecen que la duración de la suspensión
será de doce meses consecutivos. Al cumplir con esta condición, deberá acompañar
la solicitud con una carta el Comité de Aprovechamiento Académico, solicitando la
misma. De no incluir dicha carta su solicitud no podrá ser procesada.
•
Al radicar la solicitud por correo, el pago se hará mediante giro postal o cheque
certificado a favor de la Universidad de Puerto Rico. Todo cheque que no esté
certificado se devolverá al solicitante. Los documentos deben ser enviados a:
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Oficina del Registrador
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Página 10
UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO EN HUMACAO
OFICINA DEL RECAUDADOR
100 CARRETERA 908
HUMACAO, PR 00791-4300
•
Los exámenes médicos no tienen que ser entregados al momento de pagar la
solicitud, sin embargo, estos son un requisito para poder hacer matrícula.
Solicitud
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Oficina del Registrador
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TRASLADOS
Normas Generales
•
Prevalecerán las disposiciones generales establecidas en el Reglamento de
Articulación de Traslado de Estudiantes no graduados dentro del Sistema de
la Universidad de Puerto Rico del Consejo de Educación Superior,
Certificación Número 13 del año 1974-75.
•
Que la Institución de procedencia certifique que el solicitante se encuentra libre
de sanciones disciplinarias.
•
Todas las solicitudes de traslado se tramitarán a través de la Oficina del
Registrador de la UPRH, cumpliendo con las disposiciones de fechas límites
establecidas en el Calendario Académico.
•
Los estudiantes que solicitan traslado de una Unidad del Sistema a la UPRH
se aceptarán de acuerdo al cupo disponible en el programa académico
correspondiente, una vez se ha previsto para: (1) los estudiantes cualificados
y matriculados en el programa académico solicitado (2) los estudiantes de
nueva admisión procedentes de escuela superior.
•
El índice competitivo se determinará por la facultad de acuerdo con la cabida
establecida para el programa.
•
La selección de estudiantes activos en el Sistema Universitario se hará en
orden descendente de índice académico. El índice competitivo de un
programa de la UPRH será aquel que se estableció para los estudiantes de
reclasificación para el semestre en el cual solicita el traslado.
•
La selección de estudiantes se hará sin distinción de unidad de origen.
•
No se aceptarán traslados de otras unidades del Sistema a los programas de
traslado de la UPRH, excepto aquellos que autorice el Decano de Asuntos
Académicos.
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Oficina del Registrador
Manual Informativo
Página 12
•
Los cursos tomados en otras Unidades del Sistema y cuya equivalencia haya
sido establecida en la Tabla de Equivalencias de Cursos del Sistema al
momento de tomar el curso, se honrarán en la UPRH. La UPRH se reserva el
derecho de aceptar otros cursos aprobados para efectos de graduación.
•
El Director de departamento o el Consejero Académico le notificará al
estudiante los requisitos curriculares al momento de admisión a un programa
académico.
•
El Consejero Académico formulará un programa de estudios por año en cada
caso admitido. Retendrá una copia del programa recomendado y entregará
otra al estudiante, no más tarde del día de matrícula. El documento reflejará:
(1) los cursos convalidados, (2) las sustituciones de cursos, incluyendo la
convalidación de experiencia o examen de reto por crédito, (3) cursos
aprobados de los requeridos en el programa de estudios, (4) una relación de
los requisitos curriculares por aprobar que marca el inicio de un nuevo
programa.
•
Todo estudiante admitido por traslado deberá presentar en la Oficina de
Servicios Médicos de la UPRH, el formulario médico con toda la información
estipulada en la notificación de admisión por traslado. Además, presentará
evidencia del inicio de las vacunas de Hepatitis B para los programas de
Enfermería, Terapia Física, Terapia Ocupacional, Trabajo Social y Educación.
Procedimiento
•
Los estudiantes interesados se entrevistarán con el Orientador, Consejero
Académico o Director del Programa de Estudios a que pertenecen, para que les
haga una evaluación académica siguiendo el horario establecido por los
departamentos.
•
Los estudiantes inactivos interesados en trasladarse se consideran como readmisión
traslado al Sistema y radicarán la solicitud única de traslado.
•
De interesar se le considere como readmisión en la Universidad de Puerto Rico en
Humacao, deberá radicar a parte la solicitud de readmisión interna. No conlleva
cobro adicional por la misma. Esta solicitud de readmisión será tramitada en el
proceso tardío interno en caso de que el traslado fuere denegado por las Unidades
solicitadas. El estudiante deberá cumplir con las normas académicas internas de
readmisión y los requisitos específicos del programa.
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Oficina del Registrador
Manual Informativo
Página 13
•
El Orientador, Consejero Académico o Director de Departamento, certificará si el
estudiante interesado reúne los requisitos de traslado y firmará la solicitud.
•
Todo estudiante aceptado en traslado, deberá pasar por la Oficina de Asistencia
Económica y llenar la solicitud de Transferencia de Ayuda Económica (transcrpt).
•
Todo estudiante activo pagará $15 por la solicitud de traslado y $4.00 por
expendientes académicos. La misma radicada posterior a la fecha límite, pagará un
recargo de 1.5% veces de la cuota original ($22.50 + 4.00 de expedientes
académicos).
•
Los estudiantes inactivos que soliciten readmisión-traslado pagarán lo siguiente:
<
A tiempo - $25 + $2.00 (expediente académico)
<
Tardío - $37.50 + $2.00 (expediente académico)
•
La solicitud de traslado se entregará debidamente cumplimentada en la Oficina del
Registrador no más tarde de la fecha límite establecida en el Calendario Académico.
•
Toda solicitud que se llene incorrectamente o en forma incompleta será tramitada en
el proceso tardío.
•
Todo estudiante denegado en traslado que interese matricularse nuevamente en el
Colegio, deberá presentar evidencia de la carta de denegación.
•
Estos estipendios no son reembolsables.
Solicitud
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Oficina del Registrador
Manual Informativo
Página 14
RECLASIFICACIÓN
Normas Generales
•
Se aceptarán solicitudes de reclasificación para cambio de sesión en el mismo
programa y para cambio de programa en ambos semestres, excepto en aquellos
programas que por su naturaleza sólo permiten reclasificarse para agosto.
•
Se aceptarán solicitudes en la UPRH si cumplen con los requisitos mínimos
establecidos en estas normas.
•
Las selección de estudiantes activos en la UPRH que solicitan reclasificación se hará
en orden descendente de índice académico.
•
El índice competitivo se determinará por la facultad de acuerdo con el cupo
establecido para el programa.
Cambio de Programa Académico
Requisitos de reclasificación de un programa académico a otro programa académico que
se ofrezca en la UPRH.
•
Haber radicado una solicitud de reclasificación no más tarde de la fecha límite
establecida en el Calendario Académico del semestre correspondiente,
acompañada por el recibo de pago, de acuerdo con lo estipulado en la
Certificación Número I (1981-82) del Consejo de Educación Superior.
•
Haber aprobado un mínimo de 24 créditos al finalizar el semestre en que
solicita la reclasificación.
•
Esta libre de deudas con la Institución.
•
No haber sido reclasificado más de tres (3) veces.
•
Reunir los requisitos específicos del programa para el cual solicita.
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Oficina del Registrador
Programas de estudios para est
Manual Informativo
•
Página 15
Presentar evidencia del inicio de vacunación de Hepatitis B para estudiantes
de los departamentos de Enfermería, Terapia Física, Terapia Ocupacional,
Trabajo Social y Educación.
•
El Director de departamento o el Consejero Académico le notificará al estudiante los
requisitos curriculares al momento de admisión a un programa académico.
•
El Director de departamento o el Consejero Académico formulará un programa de
estudios por año en cada caso admitido, archivará copia del programa en el
expediente del estudiante, o lo mantendrá en el sistema computadorizado, y entregará
otra al estudiante no más tarde del día de matrícula. En el documento se reflejarán:
<
<
<
<
los cursos convalidados en transferencia
las sustituciones de cursos, incluyendo la convalidación de experiencia o
examen de reto por crédito universitario
cursos aprobados, según requerido en el programa de estudios aprobado por
el Senado Académico de la UPRH
incluirá una relación de los requisitos curriculares por aprobar
Requisitos Específicos de Reclasificación por Programa
BACHILLERATOS
Bachilleratos en Administración de Empresas
Contabilidad (0302)
• Tener aprobados 24 créditos.
• Tener aprobado con C o más MECU 3031 y CONT 3005.
• Poseer un índice competitivo de 2.50.
• Las calificaciones de D y F o bajas frecuentes tendrán un peso negativo en la
selección de los estudiantes.
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Oficina del Registrador
Manual Informativo
Página 16
Gerencia (0305)
• Tener aprobados 24 créditos.
• Tener aprobado con C o más MECU 3031.
• Poseer un índice competitivo de 2.50.
• Las calificaciones de D y F o bajas frecuentes tendrán un peso negativo en la selección
de los estudiantes.
Programa General (0301)
• Tener aprobados 24 créditos.
• Tener aprobado con C o más MECU 3031.
• Poseer un índice competitivo de 2.50.
• Las calificaciones de D y F o bajas frecuentes tendrán un peso negativo en la selección
de los estudiantes.
Recursos Humanos (0310)
• Tener aprobados 24 créditos.
• Tener aprobado con C o más MECU 3031.
• Poseer un índice competitivo de 2.50.
• Las calificaciones de D y F o bajas frecuentes tendrán un peso negativo en la selección
de los estudiantes.
Bachillerato en Administración de Sistemas de Oficina
Administración de Sistemas de Oficina (0317)
• Tener aprobados 24 créditos a la fecha de admisión con un índice competitivo de 2.75.
• Tener un promedio de 2.00 o más en los cursos aprobados en el área de idiomas
(español e inglés respectivamente).
• De tener aprobados cursos en la especialidad, los mismos deberán estar aprobados con
C o más.
Bachilleratos en Artes
Educación Elemental con Concentración en el Nivel Primario Y Educ. Especial (0436)
• Entrevista con el Comité de Asuntos Estudiantiles.
• Tener un índice de 2.30 al momento de solicitar.
• Haber aprobado con C o más cuatro cursos básicos a saber: INGL 3101-3102,
ESPA-3101-ESPA 3102, CISO 3121-3122, HUMA 3101-3102 o HUMA 3021-3122.
• En el caso de los estudiantes que tengan un grado asociado, se les condicionará a
completar el curso básico que les falta entre los cursos de Humanidades y Ciencias
Sociales.
• El estudiante no podrá tener aprobados más de 30 créditos en cursos de Educación.
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Oficina del Registrador
Manual Informativo
Página 17
Inglés - Nivel Elemental (0425)
• Entrevista.
• Radicar solicitud de admisión.
• Tener aprobado con 3.00 puntos o más los cursos de INGL 3103-3104 o INGL 3221-INGL
3222 o su equivalente.
• Tener un índice general de 2.50 al momento de solicitar.
Inglés Nivel Secundario (0411)
• Entrevista.
• Radicar solicitud de admisión.
• Tener aprobado con 3.00 puntos o más los cursos de INGL 3103-3104 o INGL 3221-INGL
3222 o su equivalente.
• Tener un índice general de 2.50 al momento de solicitar.
Trabajo Social (1615)
• Asistir a entrevista de evaluación al programa.
• Tener aprobado un mínimo de 24 créditos con un promedio académico de 2.50 en
adelante.
• Tener aprobado con C o más CISO 3121-3122.
• La admisión al programa dependerá del cupo disponible.
• Si el estudiante aprobó otros cursos en el área de Ciencias Sociales, deberá haber
obtenido un promedio académico de 2.00 en los mismos.
• NO SE ACEPTA ESTUDIANTES PARA ENERO.
Bachilleratos en Ciencias
Biología General (1202)
• Tener aprobados 24 créditos.
• Entre los 24 créditos deberá tener aprobados con B o más BIOL 3011-3012 (Biología
General I y II) con un mínimo de cuatro créditos en otro curso de Ciencias Naturales.
• De tener aprobados cursos en la especialidad, los mismos deberán estar aprobados con
B o más.
• Tener un mínimo de 3.00, tanto en promedio general como en promedio en Ciencias y
Matemáticas.
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Oficina del Registrador
Manual Informativo
Página 18
Biología General (1202)
• Las calificaciones de W, D y F o bajas frecuentes tendrán un peso negativo en la
selección de los estudiantes.
• Los estudiantes se aceptarán de acuerdo al cupo disponible de la facultad.
• El Departamento se reserva el derecho de entrevistar a los solicitantes al programa.
Biología Marina Costanera (1217)
• Tener aprobados 24 créditos.
• Entre los 24 créditos deberá tener aprobados con C o más BIOL 3011-3012 (Biología
General I y II) con un mínimo
de cuatro créditos en otro curso de Ciencias Naturales.
• De tener aprobados cursos en la especialidad, los mismos deberán estar aprobados con
C o más.
• Tener un promedio general mínimo de 2.50.
Ciencias en Enfermería(0703)
• Entrevista.
• Tener aprobado un mínimo de 24 créditos.
• Tener un índice competitivo de 2.30.
• Se pueden reconsiderar reclasificaciones para el Segundo Semestre si cumplen con el
siguiente requisito adicional: Tener aprobado con C o más BIOL 1011.
• Es preferible, aunque no es requisito, tener aprobado con C o más BIOL 2001 y MATE
3071 para consideración para el Segundo Semestre.
Física Aplicada a la Electrónica (1215)
• Haber aprobado 24 créditos o más con un índice general de 2.50 o mayor.
• Haber aprobado MATE 3018 o su equivalente con C o más.
• Haber aprobado por lo menos cuatro créditos en otro curso de Ciencias Naturales.
• Las calificaciones con W, D y F tendrán un peso negativo en la aprobación de la
reclasificación.
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Oficina del Registrador
Manual Informativo
Página 19
Manejo de Vida Silvestre (1221)
• Tener aprobados 24 créditos.
• Entre los 24 créditos deberá tener aprobados con C o más BIOL 3011-3012 (Biología
General I y II) con un mínimo de cuatro créditos en otro curso de Ciencias Naturales.
• De tener aprobados cursos en la especialidad, los mismos deberán estar aprobados con
C o más.
• Tener un mínimo de 2.50, tanto en promedio general como en el promedio
correspondiente a los cursos en Ciencias y Matemáticas.
• Las calificaciones de W, D y F o bajas frecuentes tendrán un peso negativo en la
selección de los estudiantes.
• Los estudiantes se aceptarán de acuerdo al cupo disponible de la facultad.
• El Departamento se reserva el derecho de entrevistar a los solicitantes al programa.
Matemáticas Computacionales (1216)
• Tener aprobados un mínimo de 24 créditos.
• Tener un índice académico de 2.50 o más.
• Entre los 24 créditos deberá tener aprobados con C o más MATE 3018 o su equivalente
MATE-3111-3172.
• Tener MATE-3081 a un curso equivalente.
• Tener un mínimo de 3 créditos en otro curso de Ciencias Naturales.
• La frecuencia de F, D y W en cursos de matemáticas se considerarán negativamente en
la selección de los estudiantes.
• Entrevista con el Consejero Académico o con el Directo del Departamento.
Microbiología (1218)
• Tener aprobados 24 créditos.
• Entre los 24 créditos deberá tener aprobados con B o más BIOL 3011-3012 (Biología
General I y II) con un mínimo de cuatro créditos en otro curso de Ciencias Naturales.
• De tener aprobados cursos en la especialidad, los mismos deberán estar aprobados con
B o más.
• Tener un mínimo de 3.00, tanto en promedio general como en promedio de Ciencias y
Matemáticas.
• Las calificaciones de F, D y W o bajas frecuentes tendrán un peso negativo en la
selección de los estudiantes.
• Los estudiantes se aceptarán de acuerdo al cupo disponible de la facultad.
• El Departamento se reserva el derecho de entrevistar a los solicitantes al programa.
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Oficina del Registrador
Manual Informativo
Página 20
Química Industrial (1210)
• Tener aprobados con C o más los siguientes cursos:QUIM 3001-3002, MECU 3031MECU 3032 o su equivalente MATE 3018 o su equivalente MATE-3171-3172.
• Tener un promedio de 2.40 en las asignaturas de Ciencias y Matemáticas equivalentes
al programa de Química Industrial.
• El departamento se reserva el derecho de entrevistar a los solicitantes al programa.
• Las calificaciones de D, F y las bajas frecuentes en cursos de Ciencias y Matemáticas
se considerarán negativamente en la selección de la solicitud del estudiante.
GRADOS ASOCIADOS
Comunicación Audiovisual (2801)
• Aprobar un mínimo de 24 créditos.
• Tener un IGS mínimo de 2.50.
• NO SE ACEPTAN ESTUDIANTES PARA ENERO.
Contabilidad (2101) - (en este momento el programa no acepta estudiantes)
• Tener aprobados 24 créditos.
• Tener aprobados con C o más MECU 3031 y CONT 3005.
• Poseer un índice competitivo de 2.40.
• Las calificaciones de D y F o bajas frecuentes tendrán un peso negativo en la selección
de estudiantes.
Enfermería (2404)
• Poseer un índice académico de 2.00 o más.
• Entrevista.
Gerencia (2107)- (en este momento el programa no acepta estudiantes)
• Tener aprobados 24 créditos.
• Tener aprobados con C o más MECU 3031.
• Poseer un índice competitivo de 2.40.
• Las calificaciones de D y F o bajas frecuentes tendrán un peso negativo en la selección
de los estudiantes.
Sistemas de Oficina - General (2112)
• Tener aprobados 24 créditos con un índice competitivo de 2.50.
• Deberá tener un promedio de 2.00 o más en los cursos aprobados en el área de idiomas.
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Oficina del Registrador
Manual Informativo
Página 21
Tecnología Electrónica (2014)
• Tener aprobado con C o más MATE 3018 o MATE 3172.
• NO SE ACEPTAN ESTUDIANTES PARA ENERO.
Tecnología Química (2502)
• Tener aprobado un mínimo de 24 créditos con promedio mínimo de 2.00 al momento de
ser efectiva la reclasificación.
• Tener un promedio de 2.00 o más en los cursos de Ciencias y Matemáticas aprobados.
• Tener aprobado, por lo menos, un curso de matemática con C o más al momento de ser
efectiva la reclasificación. El curso debe ser MATE 3011, MATE 3018 o su equivalente.
Terapia Física (2403)
• Se establecerá la admisión basándose en cupo, seleccionándose los estudiantes por
índice académico en orden descendente (manteniendo un promedio de 2.50).
• Entrevista con el Consejero Académico o el Director de Departamento.
• En el caso de que sea admitido al programa, deberá mostrar evidencia de por lo menos
las primeras dos dosis de la vacuna contra la Hepatitis B. De no tener dicha evidencia
no podrá matricularse.
• NO SE ACEPTAN ESTUDIANTES PARA ENERO.
Terapia Ocupacional (2405)
• Obtener índice competitivo para el programa (2.00). Se determinará a base de la cabida.
• Entrevista con el Consejero Académico del programa o Director de departamento.
• En el caso de que sea admitido al Programa, deberá mostrar evidencia de por lo menos
las primeras dos dosis de la vacuna contra la Hepatitis B. De no tener dicha evidencia
no podrá matricularse.
• NO SE ACEPTAN ESTUDIANTES PARA ENERO.
PROGRAMAS DE TRASLADO
Administración de Empresas (3001)
• Tener aprobados 24 créditos.
• Tener aprobado con C o más MECU 3031.
• Poseer un índice competitivo de 2.50.
Ciencias Sociales (3006)
• Tener 2.00 o más de promedio al momento de solicitar.
• Tener aprobado con C o más CISO 3121-3122.
• Haber aprobado un mínimo de 24 créditos al momento de solicitar reclasificación.
UPR - Humacao
Oficina del Registrador
Manual Informativo
Página 22
Humanidades (3005)
• Tener 2.00 o más de promedio.
• Entrevista con el Director de Departamento.
• Tener aprobado los cursos de HUMA 3021-3022 o HUMA 3101-3102 o su equivalente.
Pedagogía (3002)
• Tener un índice de 2.30 al momento de solicitar.
• Haber aprobado cuatro cursos básicos con C o más a saber: INGL 3101-3102,
ESPA 3101-ESPA 3102, CISO 3121-3122, HUMA 3101-3102 o sus equivalentes.
Procedimiento
•
•
•
•
•
El estudiante indicará su número de estudiante completó.
Indicará todo la información general que se solicita en la solicitud.
Señalará un sólo programa en cual desea proseguir estudios.
Indicará el programa actual de clases.
Esta solicitud deber ser pagada en la Oficina del Recaudador y entregada en el
Registrador.
Solicitud
UPR - Humacao
Oficina del Registrador
Manual Informativo
Página 23
MATRÍCULA DE HONOR
Son acreedores a matrícula de honor y están exento del pago de los derechos por créditos
los estudiantes regulares de segundo, tercero y cuatro año del Colegio si su
aprovechamiento acumulativo en el programa que cursan les coloca en el 5% superior de su
clase y su índice académico es de 3.50 o más.
El privilegio de la matrícula cesa si un estudiante termina cualquiera de los semestres con
un programa menor de doce créditos.
El(la) Registrador(a) enviará una certificación indicándole que es acreedor a la misma.
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Oficina del Registrador
Manual Informativo
Página 24
TRANSCRIPCIÓN DE CRÉDITOS
Una transcripción oficial es la que lleva el sello de la Universidad al relieve. Las
transcripciones oficiales se envían, mediante solicitud del estudiante y previa satisfacción de
obligaciones pecuniarias con el Colegio, directamente a las instituciones o personal que
tiene bajo consideración al estudiante para admisión o para empleo.
Una copia de estudiante es la que se entrega o envía al propio estudiante que la solicita.
Esta lleva el sello impreso que indica que es una copia de estudiante. La Universidad de
Puerto Rico en Humacao no acepta responsabilidad por inexactitud en una transcripción de
récord después que ésta ha sido expedida al propio estudiante.
La transcripción de créditos es un documento confidencial y privado del cual se expiden
copias únicamente a solicitud o por autorización escrita del propio estudiante.
Procedimiento
Para solicitar su transcripción de créditos por favor, llene el siguiente formulario y envía ese
documento firmado con su pago a la siguiente dirección:
UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO EN HUMACAO
OFICINA DEL RECAUDADOR
ESTACIÓN POSTAL CUH 100 CARRETERA 908
HUMACAO PR 00791-4300
Recuerde que debe pagar $1.00 por cada copia original que desee. Puede enviar un Giro
Postal o cheque certificado pagadero a la Universidad de Puerto Rico. Por favor, no envíe
dinero en efectivo ni cheque personal. No se emite documentos de estudiantes que tienen
deudas con la Institución.
Es necesario que se reciba el pago, antes de que se procese su solicitud de envío de
expediente.
Las solicitudes deben radicarse por lo menos dos semanas antes de la fecha en que se
necesita. Toda reclamación con relación a esta solicitud deberá presentarse dentro del
término de 90 días de la fecha de radicación en la Oficina del Registrador.
UPR - Humacao
Oficina del Registrador
Manual Informativo
Página 25
Se exigirá la autorización por escrito del estudiante e identificación para entregar este
documento a otra persona.
Solicitud
UPR - Humacao
Oficina del Registrador
Manual Informativo
Página 26
CERTIFICACIONES
La Oficina del Registrador provee servicios a los estudiantes para certificaciones de
créditos, cursos, notas, grados y otras según petición del estudiante y mediante el pago de
$1.00 por cada certificación.
Certifica además a los estudiantes beneficiarios de Seguro Social, Administración de
Veteranos, Seguro por Desempleo y las instituciones que lo requieren.
Procedimiento
•
•
•
•
•
Las solicitudes deberán radicarse en la Oficina del Registrador por lo menos con
cinco días antes de la fecha en que se necesita el certificado.
Para entregar la certificación a otra persona, se exigirá la autorización por escrito del
estudiante.
Toda certificación deberá pagar el costo de $1.00. Pagará la misma en la Oficina del
Recaudador y entregará ésta en la Oficina del Registrador.
Toda reclamación en relación con esta solicitud, deberá presentarse dentro del
término de 90 días a partir de la fecha de radicación de la misma en la Oficina del
Registrador.
De tener alguna urgencia el Registrador atendrá estos casos.
Solicitud de estudio
Solicitud de grado
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Oficina del Registrador
Manual Informativo
Página 27
PERMISOS ESPECIALES
Se consideran para permiso especial a aquellos estudiantes activos que por razones
específicas y justificadas pueden ser autorizados a tomar cursos en otras Unidades del
Sistema o Universidades privadas durante un semestre académico determinado. Estos
estudiantes se consideran en estatus transitorio en la institución donde se les autoriza a
tomar cursos con la intención de trasladar los créditos aprobados a nuestro Colegio.
Estos estudiantes deben tener los siguientes requisitos para poder solicitar permiso
especial:
•
•
•
•
Estar activo en la Universidad de Puerto Rico en Humacao.
Tener un índice de 2.00 o más.
Tener los cursos pre-requisitos aprobados.
Si solicitó traslado o graduación su permiso no se tramitará.
Todos los cursos tomados mediante permiso especial en otra Unidad de la Universidad de
Puerto Rico pasarán al expediente académico del estudiante en su unidad de origen,
incluyendo la calificación obtenida. Cada departamento deberá autorizar los cursos que le
corresponda hacer convalidación o equivalencia.
Procedimiento
•
•
•
•
•
•
•
•
Seguro Social - indique su número de Seguro Social. No use el encasillado del
número de estudiante.
Número de Estudiante - nueve dígitos.
Nombre y los dos apellidos.
Clasificación - programa actual de estudios.
Dirección postal - indique la dirección completa para que la otra Unidad se
comunique con usted.
Sesión en que se autoriza - marque un sólo encasillado e indique al lado al año
académico.
Institución - indique la institución y Unidad. Ejemplo: UPR-Cayey, Universidad
Interamericana - Fajardo.
Cursos autorizados y equivalencias en la Universidad de Puerto Rico en
Humacao - esta sección la debe llenar su Consejero Académico o director de
departamento en el que está clasificado al presente. El funcionario firmará en el
espacio que indica Director de Departamento.
UPR - Humacao
Oficina del Registrador
Manual Informativo
•
•
•
•
•
•
•
•
•
Página 28
Carga académica - verano hasta un máximo de 6 ó 7 créditos y que no sean cursos
de año. Primer o Segundo Semestre hasta 21 créditos para estudiantes diurnos
y de 12 créditos para estudiantes nocturnos.
Aquellos cursos tomados en Institución Privadas serán acreditados con P sólo si se
aprueban con C o más.
Asistencia Económica - Los estudiantes acogidos a ayuda económica deberán pasar
por la Oficina de Asistencia Económica para orientación.
Pagará $17 en la Oficina del Recaudador.
Entregará la solicitud en la Oficina del Registrador para el trámite correspondiente.
El estudiante podrá matricularse sólo en los cursos autorizados en este permiso. De
hacer cambio, deberá someter un nuevo permiso especial. Este sustituirá el anterior.
Será responsabilidad del estudiante solicitar el envío oficial de las notas obtenidas
al Registrador de la Universidad de Puerto Rico en Humacao para las anotaciones
correspondientes.
En los cursos autorizados tiene que aparecer si son GRADO o NO GRADO.
Esta autorización es única. Si el estudiante llena más de una, la última invalidará la
primera.
Solicitud
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Oficina del Registrador
Manual Informativo
Página 29
GRADUACIÓN
•
La Universidad de Puerto Rico ser reserva el derecho de hacer cambios a los
diferentes programas y requisitos de graduación
•
El estudiante tiene derecho a graduarse bajo los requisitos curriculares en efecto al
momento de su admisión al programa, con la siguiente excepción:
El estudiante que no cumpla con los requisitos de graduación dentro del
tiempo regular esperado en su programa de estudios, se graduará con los
requisitos establecidos en el Catálogo vigente a la fecha de su admisión. De
ocurrir cambios curriculares, que beneficien al estudiante, se le reconocerán
para ayudarles a cumplir los requisitos de graduación.
•
Para cualificar como candidato a grado o certificado, el estudiante deberá cumplir
con los siguientes requisitos generales:
<
Estar clasificado oficialmente en el programa en que solicita graduación.
<
Tener un índice de graduación no menor de 2.00. Este índice se calculará a
base de las notas obtenidas en los cursos requeridos en el programa de
estudios en el cual solicita graduación. Los estudiantes con un promedio de
graduación de 3.20 a 3.49 inclusive, se graduarán CUM LAUDE (con honores),
los que obtengan un promedio de graduación de 3.50 a 3.89 MAGNA CUM
LAUDE (alto honor) y los que obtengan un promedio de graduación de 3.90 a
4.00 SUMMA CUM LAUDE.
<
Haber aprobado con un índice no menor de 2.00 los cursos de concentración
del programa, si los hubiera.
<
Estar libre de deudas u obligaciones con la Institución.
<
Haber aprobado los últimos treinta (30) créditos en la UPRH. En casos
excepcionales, esta regla se puede obviar mediante la decisión de un comité
formado por el Rector, el Director de departamento en el cual está clasificado
el estudiante, el Decano de Asuntos Académicos y el Registrador.
<
Solicitar oficialmente el grado o certificado al presentar la solicitud
correspondiente al Registrador dentro de la fecha límite estipulada. Esta
UPR - Humacao
Oficina del Registrador
Manual Informativo
Página 30
deberá acompañarse del recibo de pago por derechos de diploma estipulado
por la Junta de Síndicos.
<
Haber sido recomendado por el Director y la Facultad del programa
correspondiente para el grado o certificado al cual aspira.
<
Completar los requisitos para el grado o certificado dentro del tiempo máximo:
ROGRAMA
•
TIEMPO REQUERIDO
TIEMPO MÁXIMO PERMITIDO
Grado Asociado
2 años
6 años
Bachillerato
4 años
10 años
<
Si el estudiante excede el límite de tiempo establecido, el Registrador
inactivará el expediente y el estudiante quedará suspendido automáticamente
del programa al cual pertenece. En casos meritorios, y a solicitud del
estudiante, el Comité de Aprovechamiento Académico podrá, a su discreción,
otorgar una extensión a su solicitud.
<
El tiempo máximo se calculará a base del número de años transcurridos
desde que el estudiante aprobó el primer semestre de estudios universitarios.
<
Los cursos, incluyendo los cursos básicos, caducarán después de un término
de diez años de haberse aprobado. Si el estudiante excede este límite, el
Director de Departamento con la recomendación del Consejero Académico
podrá eximirlo de repetir los cursos si: (1) el curso está actualizado y no ha
sufrido grandes cambios; (2) presenta evidencia de que ha tomado cursos
más adelantados en la misma materia del curso que tomó hace más de diez
años o (3) la persona está al día en la materia del curso porque presenta
evidencia de haber trabajado en ella o de haber tomado talleres, seminarios
o cursos de Educación Continua que estén actualizados.
El Registrador inactivará los expedientes de los estudiantes que habiendo
completado los requisitos de bachillerato o grado asociado no hayan solicitado
graduación. Certificará que los estudiantes han completado los requisitos para el
grado.
Solicitud
UPR - Humacao
Oficina del Registrador
Autorización para uso de salones
Calendarios Académicos
Manual Informativo
Página 31
SECCIÓN DE
HORARIOS Y CALENDARIOS
Horario de Exámenes Finales
1.
2.
3.
4.
5.
6.
Primer Semestre 2001-2002
Segundo Semestre 2001-2002
Verano 2002
Primer Semestre 2002-2003
Segundo Semestre 2002-2003
Verano 2003
Oferta Académica
Administración de Facilidades Físicas (Certificación Número 1986-87-43 de la Junta
Administrativa)
Artículo I - Responsabilidad.
Los Anfiteatros, el Teatro, el Centro de Estudiantes, el Complejo deportivo y las
facilidades atléticas y recreativas estarán bajo el control del Decano de Asuntos
Administrativos o en la persona en quien éste haya delegado.
Los salones de clases estarán bajo el control de la Oficina del Registrador.
Artículo 3 - Aprobación de solicitudes
Sección 1 - Uso de Salones de Clase
Actividades estudiantiles - un estudiante o grupo de estudiantes podrá solicitar
el uso de salón de clases mediante comunicación escrita al Registrador con
el Visto Bueno del Decano de Asuntos Estudiantiles.
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Página 32
Sección 2 - Uso de anfiteatros, teatro, Centro de Estudiantes, Complejo deportivo y
las facilidades atléticas.
Actividades del personal - el personal que interese el uso de una de estas
facilidades deberá solicitarla por escrito al Decano de Asuntos Administrativos
o a la persona en quien éste haya delegado tal función e indicará el propósito
de la actividad.
Sección 3 - Uso de facilidades por personas ajenas a la Universidad de Puerto Rico
en Humacao
Personas ajenas a la Universidad de Puerto Rico en Humacao y que interesen
el uso de las facilidades del mismo, deberán someter una petición escrita al
Decano de Asuntos Administrativos en la cual indiquen el propósito de la
actividad.
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Página 33
SISTEMA DE CALIFICACIONES
Unidad de Instrucción
En general, un crédito equivale a una hora de conferencia o discusión. El Senado
Académico de la UPRH determinará, a recomendación de los respectivos
departamentos, la adjundicación de crédito universitario por curso.
Calificaciones o notas
El sistemas de calificaciones de la UPR es el siguiente:
A
- Excelente
B
- Bueno
C
- Satisfactorio
D
- Aprobado con deficiencia
F
- Fracasado
P
- Aprobado, pero no considerado al determinar el índice académico.
W
- Baja autorizada
I
- Incompleto
XF
- Nota no informada
NP
- No aprobado
Notas Provisionales o Incompletos
•
Un estudiante puede recibir una nota provisional cuando por razones
justificadas, aceptables para el profesor, no ha completado todos los
requisitos del curso. Se asignará una calificación de “F”o cero a aquella parte
del trabajo que el profesor acceda a considerar para reposición y se anotará
la calificación provisional correspondiente.
•
Si antes de finalizar el siguiente semestre el estudiante completa los requisitos
del curso, el profesor determinará de nuevo la calificación. Tomará en
consideración las notas obtenidas e informará el cambio al Registrador dentro
del período reglamentario. En caso de que el incompleto se adjudique en la
sesión de verano, el profesor tendrá hasta la fecha límite del semestre
siguiente para la remoción de notas provicionales. En el caso de que el
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Página 34
incompleto se adjudique en la sesión de verano y el curso es pre-requisito
para el estudiante, éste deberá hacer los arreglos para completar los
requisitos durante los primeros diez días del inicio del semestre normal.
•
La nota final nunca debe ser menor que la nota provisional.
•
Si el estudiante no completa el trabajo dentro del período requerido, la nota
provisional se convierte en final.
<
Es responsabilidad del estudiante hacer los arreglos a tiempo con el
profesor para reponer el trabajo. La fecha límite para esta reposición
es el último día de clases del siguiente semestre a aquel en el que
asignó la nota incompleta.
•
Si el estudiante ha obtenido una nota provisional o incompleto en un curso que
es pre-requisito de uno que ha de tomar el próximo semestre, deberá hacer
las gestiones para remover la nota provisional o incompleto dentro de los
primeros ocho días lectivos del semestre. El profesor deberá informar la nota
final dentro de los primeros diez días lectivos del semestre. De no cumplir con
esta norma, el estudiante será dado de baja administrativamente del curso
cuyo pre-requisito no ha aprobado.
•
La fecha límite para que el profesor informe la remoción de una nota
provisional o incompleto correspondiente al semestre anterior es el último día
para entregar el informe de calificaciones finales del semestre siguiente.
•
De estar ausente el profesor durante el semestre en que se intenta remover el
incompleto, el estudiante solicitará al director de departamento al cual estaba
adscrito el profesor, la reposición de los trabajos pendientes. El director de
departamento, previa autorización del Decano de Asuntos Académicos, hará
los arreglos requeridos para que se remueva el incompleto, firmará y radicará
en la Oficina del Registrador el formulario correspondiente con una justificación
de su intervención.
Repetición de cursos
Los cursos con calificaciones de “D”, “F”o “No Aprobado” podrán repetirse sin
restricción. Si un estudiante repite un cruso, sólo se contará la calificación más alta
para su índice académico, pero deben aparecer en su expediente académico las
calificaciones más bajas. El Decano de Asuntos Académicos podrá autorizar la
repetición de cursos con calificación de “C”, a petición del estudiante, por vía de
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Página 35
excepción, previo análisis de las circunstancias académicas del estudiante. Informará
al Registrador su autorización mediante comunicación escrita. Al finalizar el año
académico, rendirá al Rector un informe de los casos de excepción, explicando la
finalidad o propósito de los mismos.
Índice académico
•
El promedio académico es una medida del aprovechamiento académico del
estudiante. Se consigue dividiendo el total de puntos de honor entre el total de
créditos acumulados en los cursos para los cuales el estudiante ha recibido
nota, incluyendo aquellos con calificación de incompleto o “F”.
•
Para efectos de índice de graduación, sólo se considerarán aquellos cursos
requeridos y electivos del programa de estudios del cual se gradúa el
estudiante.
•
Los puntos de honor se asignarán por crédito para cada nota, según se detalla
a continuación: A-4, B-3, C-2, D-1, F-0. A cursos marcados con “W”, “P” o
“NP” no se les asignará puntos de honor.
•
Las notas obtenidas durante la sesión de verano se incluirán en el cómputo del
índice académico del próximo año académico. Se exceptúa de esta norma
a los estudiantes en suspensión académica. En estos casos, las
calificaciones obtenidas durante la sesión de verano se adjudicarán como
parte del cómputo para el índice académico del año en curso.
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Página 36
NORMAS PARA EL
ÍNDICE DE RETENCIÓN, PROBATORIAS
Y SUSPENSIONES ACADÉMICAS
Normas Generales
•
Se establece un índice de retención de acuerdo con el número de créditos
cursados por el estudiante, según se señala en la Tabla I de este documento.
•
Cada primer semestre, se informará a los estudiantes el índice académico
acumulado hasta ese momento. Cuando dicho índice sea menor que el índice
de retención correspondiente, se le comunicará por escrito y se informará a su
Consejero Académico y al Director de departamento al cual está adscrito el
estudiante.
•
Al finalizar dos semestres consecutivos se comparará el índice acumulado de
cada estudiante con el índice de retención. Se le notificará por escrito al
estudiante una suspensión académica, si procede, entendiéndose que:
<
La misma entrará en vigor en el semestre siguiente a aquel en el cual
recibe la suspensión.
<
Cuando al índice acumulado sea menor que el índice de retención, pero
mayor o igual que el índice necesario para cualificar para probatoria,
según se señala en la Tabla II, de este documento, se le podrá
conceder al estudiante un período probatorio.
<
Cuando el índice acumulado sea menor que el índice necesario para
cualificar para probatoria, según se señala en la Tabla II de este
documento, la suspensión es automática para el siguiente semestre
académico. La duración de la suspensión será de 12 meses
consecutivos.
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Estudiantes regulares
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Página 37
Normas para la concesión de una probatoria académica
Estudiantes irregulares
•
•
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Un estudiante regular acogido a un período probatorio deberá
observar las siguientes normas:
•
No tomará menos de 12 ni más de 15 créditos por semestre
durante el período probatorio. Tendrá como prioridad repetir
aquellos cursos con calificación de “D” o “F” que su Consejero
Académico determine. Deberá aprobar estos cursos con un
promedio mínimo de 2.00 o alcanzar el índice de retención.
•
Sólo podrá darse de baja de algún curso con la autorización
previa del Consejero Académico o del Director de
departamento.
•
Deberá aprobar por lo menos dos tercera partes del total de
créditos en los cuales se ha matriculado.
•
Cualquier estudiante regular bajo el período probatorio que a
pesar de cumplir con lo estipulado en el inciso anterior, no
alcance el índice mínimo de retención, podrá continuan bajo el
período probatorio mientras el Consejero Académico así lo
autorice.
•
Para calcular el índice académico de los estudiantes que repiten
cursos, sólo se tomará en consideración la mejor nota obtenida.
Un estudiante sólo podrá repetir cursos que haya fracasado o
aprobado con “D”.
•
La violación o incumplimiento de cualquiera de las
disposiciones anteriores conlleva una suspensión inmediata por
el restante período probatorio.
Un estudiante irregular acogido a un período probatorio deberá
observar las siguientes normas:
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Página 38
•
No tomará menos de seis (6) créditos ni más de nueve (9) por
semestre durante el período probatorio. Tendrá como prioridad repetir
aquellos cursos con calificación de “D” o “F” que su consejero
Académico determine.
•
Deberá aprobar estos créditos con promedio mínimo de 2.50 o
alcanzar el índice de retención.
•
No podrá darse de baja de ningún curso in la autorización previa del
Consejero Académico o del Director de departamento.
•
Deberá aprobar por lo menos dos terceras partes del total de créditos
en los cuales se haya matriculado.
•
Cualquier estudiante irregular que, a pesar de cumplir con lo estipulado
en el artículo anterior, no alcance el mínimo de retención podrá
continuar bajo el período probatorio mientras el Consejero Académico
así lo autorice.
•
Para calcular el índice académico de los estudiantes que repiten cursos
sólo se tomará en consideración la mejor nota obtenida.
•
La violación o incumplimiento de cualquiera de las disposiciones
anteriores conlleva una suspensión inmediata por el restante período
probatorio.
Normas para la suspensión académica
•
Todo estudiante que no cualifique para acogerse al período probatorio
quedará suspendido por deficiencia académica y se someterá a las siguientes
normas disciplinarias:
<
Tendrá que permanecer desvinculado de la Universidad de Puerto Rico
por un tiempo mínimo de 12 meses.
<
Los cursos que tome en cualquier otra institución durante ese período
no serán convalidados.
<
Podrá solicitar readmisión, durante ese año para proseguir estudios en
el semestre siguiente a aquel en que termina su suspensión.
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<
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De ser readmitido al programa al que pertenecía, le aplicarán las
normas para la concesión de una probatoria académica según dispone
el artícula XIV, inciso B.
•
Todo estudiante que haya tenido dos (2) suspensiones académicas
consecutivas y se haya acogido a las probatorias correspondientes sin
alcanzar aún el índice de retención requerido, quedará suspendido
permanentemente del programa al que pertenece. Podrá optar por volver a
estudiar en otro programa luego de haber transcurrido doce (12) meses de la
suspensión. De ser readmitido, le aplicarán las disposiciones del artículo XIV,
inciso B. Una cuarta suspensión de la UPRH será de carácter definitivo.
•
Todo estudiante estará regido por la Tabla para determinar el índice para
cualificar para probatoria. En la determinación de una suspensión académica
se utilizará la Tabla II del Apéndice 3.
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Tabla 1
TABLA PARA DETERMINAR ÍNDICE DE RETENCIÓN*
Número de
Créditos
0
1
2
3
4
5
6
7
8
9
0
0.00
1.60
1.60
1.60
1.60
1.60
1.60
1.60
1.60
1.60
10
1.60
1.60
1.60
1.60
1.60
1.60
1.60
1.60
1.60
1.60
20
1.60
1.60
1.60
1.60
1.60
1.60
1.61
1.61
1.61
1.62
30
1.62
1.62
1.63
1.64
1.64
1.64
1.64
1.65
1.65
1.65
40
1.66
1.66
1.67
1.67
1.67
1.67
168
1.68
1.68
1.69
50
1.69
1.70
1.70
1.70
1.71
1.71
1.71
1.72
1.72
1.72
60
1.73
1.73
1.74
1.74
1.74
1.75
1.75
1.75
1.76
1.76
70
1.76
1.77
1.77
1.78
1.78
1.78
1.79
1.79
1.79
1.80
80
1.80
1.81
1.81
1.81
1.82
1.82
1.83
1.83
1.83
1.84
90
1.84
1.84
1.85
1.85
1.86
1.86
1.86
1.87
1.87
1.88
100
1.88
1.88
1.89
1.89
1.90
1.90
1.90
1.91
1.91
1.92
110
1.92
1.92
1.93
1.93
1.94
1.94
1.94
1.95
1.95
1.96
120
1.96
1.97
1.97
1.97
1.98
1.98
1.98
1.99
2.00
*Aprobada por la Junta Académica (ahora Senado Académico) el 25 de septiembre de 1980 - Según
Certificación Número 1980-81-2
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Página 41
Tabla 2
TABLA PARA DETERMINAR ÍNDICE
PARA CUALIFICAR PARA PROBATORIA*
Número de
créditos
0
0
1
2
3
4
5
6
7
8
9
1.40
1.40
1.40
1.40
1.40
1.40
1.40
1.40
1.40
10
1.40
1.40
1.40
1.40
1.40
1.40
1.40
1.40
1.40
1.40
20
1.40
1.40
1.40
1.40
1.40
1.41
1.41
1.42
1.42
1.43
30
1.43
1.44
1.44
1.45
1.45
1.46
1.46
1.47
1.47
1.48
40
1.48
1.49
1.49
1.50
1.50
1.51
1.51
1.52
1.52
1.53
50
1.53
1.54
1.55
1.55
1.56
1.56
1.57
1.57
1.58
1.58
60
1.59
1.59
1.60
1.60
1.61
1.61
1.62
1.63
1.63
1.64
70
1.64
1.65
1.65
1.66
1.66
1.67
1.68
1.68
1.69
1.69
80
1.70
1.70
1.71
1.72
1.72
1.73
1.73
1.74
1.74
1.75
90
1.76
1.76
1.77
1.77
1.78
1.79
1.79
1.80
1.80
1.81
100
1.82
1.82
1.83
1.83
1.84
1.85
1.85
1.86
1.86
1.87
110
1.88
1.88
1.89
1.90
1.90
1.90
1.90
1.90
1.90
1.90
120
1.90
1.90
1.90
1.90
1.90
1.90
1.90
1.90
1.90
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Página 42
IV. POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS
a. POLÍTICAS
3.
Ley Buckley - Derechos de privacidad de los estudiantes
La Universidad de Puerto Rico cumple con las normas
establecidas por la Ley de Derecho Educacional de Familia y
de Privacidad de 1974, 93-380, Sección 438 (Family
Educational Rights and Privacy Act of 1974). La ley garantiza
a los estudiantes el acceso a los documentos relacionados
con ellos y su derecho a impugnar dichos documentos si los
estiman incorrectos o confusos.
1.
2.
Asegurar a los estudiantes universitarios acceso a sus
documentos educativos.
Restringir el acceso y distribución de cualquier
información contenido en dichos expedientes al
estudiante, a las personas con autorización expresas y
escrita del estudiante, a los oficiales de la Universidad
y a los Tribunales competentes mediante orden al
efecto.
ASISTENCIA A CLASES Y EXÁMENES
•
La asistencia clases es compulsoria.
•
Los profesores deberá tomar nota de las ausencia de sus estudiantes e
informarlas al Registrador al someter su informe final de calificaciones del
semestre.
•
Las ausencias pueden afectar la nota final de clases y puede resultar en la
pérdida total de créditos, según lo determine el profesor o las normas del
departamento.
•
El mínimo de evaluaciones semestrales por curso será de tres (3) y uno de
ellos antes de la octava semana de clases. A principio del curso, el
profesor deberá informar al estudiante sobre cómo será evaluado.
Además, informará en el caso de que obtenga una nota incompleta, el
procedimiento a seguir para remover la misma.
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Página 43
•
Los exámenes finales podrán ser escritos, o en el caso de que la naturaleza
del curso y las estrategias pedagógicas del profesor requieran de otro tipo
de examen, quedará a la discreción del profesor la naturaleza del examen
final previo a la especificación de esto en el prontuario del curso. El
profesor evaluará el trabajo realizado mediante el método que considere
más apropiado, siempre y cuando presente prueba de su objetividad al
determinar la calificación. El profesor deberá discutir con los estudiantes
los métodos de evaluación de acuerdo con el tipo de examen que ofrezca
(ensayo, monografía, práctica clínica, etcétera).
•
Cada profesor evaluará el trabajo efectuado por el estudiante utilizando el
método o métodos apropiados a la disciplina que enseña. Toda evidencia
que el profesor utilice para calcular las notas de los estudiantes debe estar
disponible hasta el final del semestre siguiente después de haber tomado el
curso.
•
La fecha y hora programadas para el examen final no se cambiará sin la
autorización del director de departamento y el Registrador.
•
Los estudiantes tienen que asistir a todos los exámenes. Aquellos
estudiantes que estén ausentes de exámenes debidamente programados
recibirán una calificación de “F” o cero en esos exámenes. El profesor
determinará la reposición de trabajo si el estudiante somete una excusa
válida. El calendario temático del curso debe incluir tiempo para
evaluaciones y así evitar el ofrecerlas fuera del horario.
•
Si el estudiante justifica su ausencia al examen final, dentro de los próximos
siete días después de haberse entregado las notas, el profesor o el director
de departamento, si el profeso se ha desvinculado de la Institución, podrá
solicitar al Decano de Asuntos Académicos o su representante autorizado
la autorización para convertir la nota sometida a una provisional.
•
El registrado de notas es propiedad de La Universidad de Puerto Rico y
será entregado al departamento, el cual será el custodio del mismo, una vez
el profesor entregue su informe de calificaciones.
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POLÍTICAS
POLÍTICAS
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