PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
Instituto Nacional de Servicios Sociales
para Jubilados y Pensionados
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
Y ESPECIFICACIONES TECNICAS Y ANEXOS
Nombre del organismo contratante:
Instituto Nacional de Servicios Sociales
para Jubilados y Pensionados
PROCEDIMIENTO DE SELECCION:
Tipo: LICITACION PUBLICA
Clase: ETAPA UNICA
Modalidad:
Nº 37 / 15
Ejercicio: 2015
Expediente: 0928-2013-0001649-5 Y AGREGADO 0928-2013-0001661-4
Rubro: VIGILANCIA
Objeto:
Contratación de un (1) servicio de vigilancia con destino a los Efectores Sanitarios Propios
de este Instituto Policlínico PAMI I y su Anexo 1 y Policlínico PAMI II, ubicados en las calles
Sarmiento 373, Sarmiento 455/71 y Olive 1159, respectivamente, de la Ciudad de Rosario,
Provincia de Santa Fe, dependientes del Instituto, por el término de doce (12) meses, con
opción a renovación por hasta igual período.
Costo del pliego: SIN COSTO
RETIRO DE PLIEGOS
PAGINA WEB DEL INSTITUTO
www.pami.org.ar
CONSULTAS AL PLIEGO:
Lugar / dirección
Sarmiento 455, Ciudad de Rosario
TEL: (0341) 480-3544
Plazo
Hasta setenta y dos (72) horas antes de la
fecha fijada para la Apertura.
PRESENTACION DE OFERTAS:
Lugar / dirección
Sarmiento 455, Ciudad de Rosario
TEL: (0341) 480-3544
Plazo y Horario
Hasta el día y hora dispuesta para la
Apertura.
ACTO DE APERTURA
Lugar / dirección
Sarmiento 455, Ciudad de Rosario
TEL: (0341) 480-3544
Plazo y Horario
07 / 05 / 2015 a las 13,00 horas
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Instituto Nacional de Servicios Sociales
para Jubilados y Pensionados
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
Y ESPECIFICACIONES TECNICAS Y ANEXOS
ARTICULO 1°.- OBJETO DE LA CONTRATACION
El presente llamado tiene por objeto la contratación un (1) servicio de vigilancia con
destino a los Efectores Sanitarios Propios de este Instituto Policlínico PAMI I y su Anexo 1 y
Policlínico PAMI II, ubicados en las calles Sarmiento 373, Sarmiento 455/71 y Olive 1159,
respectivamente, de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, dependientes del Instituto,
por el término de doce (12) meses, con opción a renovación por hasta igual período,
conforme las condiciones generales, características técnicas y particulares contenidas en
el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y
Anexos y demás características consignadas en el Pliego Unico de Bases y Condiciones
Generales y en los términos del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y
Prestadores Médico Asistenciales y Sociales de este Instituto, aprobado por Resolución
Nº 135/03-I del 8 de Agosto de 2003 y sus modificaciones.
Forman parte del presente pliego los siguientes anexos:
ANEXO I
ANEXO II
ANEXO III
ANEXO IV
ANEXO V
ANEXO VI
Especificaciones Técnicas
Cuerpo Normativo del Servicio de Vigilancia
Declaración Jurada Relativa a Prohibiciones
Planilla de Cotización
Constancia de Visita a las Instalaciones
Declaración Jurada Patrimonial
ARTICULO 2°.- PROCEDIMIENTO DE SELECCION
La presente contratación se realizará de acuerdo a lo establecido en el Artículo 19º Inciso
a) del Régimen de Contratación vigente, en lo que se refiere a Licitación Pública, bajo la
clase de Etapa Única.
ARTICULO 3º.- NORMATIVA APLICABLE
Todos los documentos que integran la contratación serán considerados como
recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias se seguirá el orden de
prelación establecido por el Artículo 6º inciso b) del régimen de contratación vigente.
No obstante lo expresado, se regirá por lo establecido en la Ley Nacional Nº 19.587 de
Seguridad e Higiene en el Trabajo, Decreto Reglamentario Nº 351/79, normas
complementarias y afines, debiendo mantenerse actualizado el servicio a la normativa
detallada en el Anexo II del presente pliego.
ARTICULO 4°.- REQUISITOS DE LOS OFERENTES
Para participar de la presente licitación los oferentes deberán reunir, los siguientes
requisitos:
a) Cada oferente podrá participar solamente en una oferta, ya sea por sí mismo o
como integrante de un grupo o asociación.
b) Los oferentes deberán contar con la estructura necesaria para proveer el servicio
objeto de la presente y acreditar su capacidad operativa, económica y financiera
para asumir las obligaciones emergentes del presente pliego y del Pliego Unico de
Bases y Condiciones Generales.
c) Constituir domicilio especial en la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, y
denunciar número de teléfono, fax y su dirección de Correo Electrónico, donde
serán válidas todas las comunicaciones y notificaciones asociadas al
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d)
e)
f)
g)
h)
i)
procedimiento de la presente contratación. Toda modificación de domicilio, deberá
ser notificada en forma fehaciente al INSTITUTO.
Los oferentes deberán hallarse inscriptos en el Registro de Empresas de
Vigilancia Privada de la Provincia de Santa Fe.
Los oferentes deberán poseer entre su personal agentes que se encuentren
habilitados como vigiladores con la aptitud de “Bomberos”.
Certificado de cumplimiento de las Normas ISO 9001/2008.
Tener y acreditar una antigüedad mínima de TRES (3) años en la prestación del
servicio de vigilancia en efectores sanitarios.
Cumplimentar lo estipulado en el Decreto N° 0062/99 del Poder Ejecutivo
Provincial “Decreto para Contratantes de Servicios de Vigilancia y/o Seguridad
Privada”.
Cumplir los requisitos exigidos en el presente pliego.
ARTICULO 5º.- PERSONAS NO HABILITADAS PARA CONTRATAR
No podrán presentar ofertas:
a. Las personas físicas o jurídicas cuyos contratos hayan sido rescindidos por el
INSTITUTO, por causa atribuible al incumplimiento de sus obligaciones.
b. Las personas físicas o jurídicas que por distintas razones fueran excluidas del
Registro de Proveedores del Instituto.
c. Los agentes y funcionarios del Sector Público Nacional y las empresas en las
cuales aquellos tuvieren participación societaria, de conformidad con lo
establecido en la Ley de Ética Pública, Nº 25.188.
d. Los empleados y personal directivo del INSSJP, sus parientes hasta el cuarto (4º)
grado de consanguinidad y segundo (2º) de afinidad, y las empresas en las cuales
aquellos tuvieren participación, de acuerdo con la normativa vigente en materia de
Ética Pública.
e. Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble de la condena.
f. Las personas que se encontraren con procesamiento firme por delitos contra la
propiedad, o contra la Administración Pública Nacional, o contra la fe pública o
por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción.
g. Los deudores morosos o evasores de obligaciones tributarias, aduaneras o de la
seguridad social.
h. Los oferentes en estado de quiebra o liquidación.
ARTICULO 6º.- REQUISITOS DE LA PRESTACION
La prestación del servicio deberá ser permanente hasta la terminación del contrato, no
admitiéndose interrupción alguna por variaciones, huelgas, ni por ningún otro evento.
ARTICULO 7º.- COMUNICACIONES
Conforme lo establecido en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales Art. 3º, las
comunicaciones entre las partes podrán llevarse a cabo: por correo electrónico, por fax,
por carta certificada con aviso de retorno o telegrama colacionado con aviso de retorno y
en un todo de acuerdo con lo estipulado en el presente Pliego, dejando constancia en las
actuaciones, teniéndose por válidos los domicilios constituidos por oferentes y/o
adjudicatarios.
ARTICULO 8°.- CONTENIDO DE LA OFERTA
Las ofertas deberán ser presentadas en sobre, caja o paquete perfectamente cerrado, en
original y duplicado, identificados con los datos del procedimiento de selección al que
correspondan, fecha y hora de apertura y nombre del oferente, de conformidad con lo
establecido por los artículos 7º y 10º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
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La presentación deberá estar debidamente foliada y firmada en todas sus hojas por el
representante legal o apoderado del oferente y deberá contener:
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Índice describiendo el contenido total de la oferta, la que deberá estar
correctamente foliada en todas sus hojas.
Carta de presentación del oferente, con todos los datos que correspondan a su
individualización y a su personería jurídica, incluyendo copia del contrato o
estatuto de la sociedad, con todas sus modificaciones y constitución de domicilio
en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, teléfono, fax y correo electrónico.
Documentación que acredite la personería del representante legal, si la misma no
surgiere del respectivo contrato constitutivo y/o poder suficiente que acredite la
personería del apoderado.
Constancia de Inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos
(CUIT).
Certificado fiscal para contratar vigente emitido por la AFIP, o constancia de inicio
de trámite.
Inscripción en el Registro Público de Comercio y/o Inspección General de Justicia.
Declaración Jurada de no estar comprendido en las causales establecidos en el
Art. 5º (Anexo III).
Planilla de Cotización (Anexo IV).
Constancia de Visita a las Instalaciones, suscrita por personal del Instituto (Anexo
V).
Copia de los Balances Generales de Cierre de Ejercicio firmadas por Contador
Público y certificadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas,
correspondiente a los dos (2) ejercicios anteriores a la fecha de presentación de la
oferta. En el caso de oferentes unipersonales deberán presentar una Declaración
Jurada Patrimonial correspondiente a los dos (2) últimos períodos anteriores a la
fecha de presentación de la oferta (Anexo VI), la cual deberá estar firmada por el
Representante Legal de la Firma y por Contador Público, certificada por el
Consejo Profesional de Ciencias Económicas.
Descripción de los servicios ofrecidos.
Garantía de Mantenimiento de Oferta, en caso de corresponder, conforme lo
establecido en el Art. 12º de presente pliego.
Inscripción en el Registro Provincial de Empresas Privadas de Vigilancia
dependiente del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Santa Fe, conforme lo
indicado en el Artículo 4° inciso d) del presente pliego.
Acreditar lo requerido en el Artículo 4° inciso e).
Acreditar lo indicado en el Artículo 4° inciso g), mediante la presentación de un
listado de empresas y/u organismos oficiales a los que hubieren prestado
servicios de vigilancia en efectores sanitarios de características similares a las del
objeto del presente en los últimos tres (3) años, y los correspondientes certificados
de servicios emitidos por cada uno de los clientes detallando denominación y
domicilio de la empresa o institución, nombre, apellido y cargo de las personas
que puedan ser consultadas, fecha de inicio y finalización del servicio y monto del
contrato.
Certificados del cumplimiento de Normas ISO 9001/2008 (requisito excluyente),
conforme el Artículo 4° inciso f).
Certificado de Antecedentes Penales del titular, si es persona física, o de los
integrantes de la sociedad en el caso de las personas jurídicas, obtenido en el
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos – Registro Nacional de Reincidencia y
Estadística Criminal.
Acuses de recibo y tickets de pago correspondientes a los últimos 12 pagos de
Leyes Sociales.
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19. Listado de aportes, contribuciones y copia del Formulario 931.
20. Constancia de pago de los últimos tres (3) meses de haberes por banco,
extendida por la/s entidad/es financiera/s en la cual/es tengan cuenta los
empleados, que demuestre el grado de cumplimiento de lo normado por las
Resoluciones Nº 644/97 y 790/99 (MTySS).
21. Declaración Jurada de la cantidad de empleados registrados en los libros de
Sueldos y Jornales al momento de la presentación de la oferta, la cual no deberá
ser inferior a una vez la dotación a proveer.
22. El presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones
Técnicas y Anexos, y sus Circulares Aclaratorias, si las hubiere, firmado en todas
sus hojas como constancia de adhesión a sus cláusulas.
No será necesaria la presentación de toda aquella documentación que se encuentra
presentada y actualizada en el Registro de Proveedores de este Instituto.
ARTICULO 9º.- VISITA A LAS INSTALACIONES
El oferente deberá visitar obligatoriamente los inmuebles objeto de la presente, a
efectos de tomar conocimiento de los mismos.
En consecuencia, no podrá alegar posteriormente causa alguna de ignorancia, en lo que a
condiciones de realización del servicio se refiere y a los elementos necesarios para la
ejecución de los trabajos encomendados, aun cuando para ello, sea necesaria la realización
de trabajos, provisión de elementos o realización de trámites, no especificados
taxativamente en este pliego.
Las visitas se coordinarán con la Unidad de Planificación y Coordinación de Políticas de
Seguridad del Instituto, sita en Corrientes 635/55 Piso 4°, C.A.B.A., TE: 4390-2193/94/95,
mail: [email protected] o [email protected], hasta el cuarto (4º) día hábil previo a
la fecha fijada para la presentación de las ofertas.
Durante las mismas se suscribirán las correspondientes Constancias de Visita a las
Instalaciones, que deberán encontrarse firmadas por el Director del Efector y el Coordinador
local de la Unidad de Planificación y Coordinación de Políticas de Seguridad del Instituto.
Las mismas se deberán adjuntar a la oferta.
ARTICULO 10°.- COTIZACION
A fin de evaluar la oferta económica, la misma deberá ser volcada en la Planilla de
Cotización (Anexo IV), bajo las siguientes condiciones.
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El oferente cotizará precio unitario por hora/hombre y precio mensual y total anual
por renglón, en pesos con no más de dos (2) decimales, expresados en números.
Si el precio mensual o el total anual cotizado no respondiera al precio unitario por
hora/hombre, se tomará este último como precio cotizado.
Asimismo, deberá indicar el monto total ofertado en letras y números.
Deberá cotizar la totalidad de los renglones, no aceptándose cotizaciones
parciales.
En ningún caso se aceptarán cotizaciones en moneda extranjera, ni cláusulas de
ajuste.
A los efectos del Impuesto al Valor Agregado, este INSTITUTO es considerado
como exento, por lo que la alícuota correspondiente deberá estar incluida en el
precio. Si el oferente omitiera hacer mención a la inclusión de dicha alícuota se
considerará incluida en el precio cotizado. En el caso que el oferente cotizara el
monto con la leyenda “más I.V.A.”, se realizará el cálculo de la alícuota
correspondiente.
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ARTICULO 11°.- PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
El plazo de mantenimiento de la oferta será de treinta (30) días hábiles contados a partir
de la fecha del acto de apertura, prorrogables automáticamente si el oferente no
manifestare en forma fehaciente su voluntad de no renovar la oferta con cinco (5) días de
antelación al vencimiento del plazo (Artículo 51º del Régimen General de Contratación de
Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del
Instituto).
ARTICULO 12°.- GARANTIAS
1. Garantía de Mantenimiento de la Oferta
La garantía deberá ser del CINCO POR CIENTO (5%) del valor total ofertado, cuando
dicho monto iguale o supere los cien mil pesos ($100.000). En el caso de cotizar con
alternativas la garantía se calculará sobre el mayor valor propuesto.
Será declarada inadmisible la oferta que no presentara esta garantía, en caso de
corresponder.
2. Garantía de Cumplimiento del Contrato
Será igual al DIEZ POR CIENTO (10%) del total adjudicado y deberá acreditarse su
presentación ante este Instituto, dentro de los cinco (5) días hábiles de notificada la
adjudicación a los fines de retirar la respectiva Orden de Compra. En caso de no
presentarla se procederá a rescindir la adjudicación con pérdida de la Garantía de
Mantenimiento de Oferta y/o suspensión en el Registro de Proveedores del Instituto.
3. Formas de constitución de las Garantías
El Instituto no admitirá garantías constituidas en pagaré, o cualquier otra forma no
contemplada en la siguiente enunciación:
a) En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta del INSTITUTO, o cualquiera
de las modalidades de depósito autorizadas por el Banco Central.
b) Con cheque certificado, contra una entidad bancaria radicada en la Ciudad de
Rosario.
c) Con títulos públicos emitidos por el ESTADO NACIONAL que coticen en el
mercado de valores al día de la oferta. Los mismos deberán ser depositados en
una entidad bancaria a la orden del INSSJP, identificándose el procedimiento de
selección de que se trate. El monto se calculará tomando en cuenta la cotización
de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la
garantía en la Bolsa o Mercado correspondiente, lo que deberá ser certificado por
las autoridades bancarias al recibir dicho depósito. En caso de liquidación de los
valores a los que se refiere este inciso, se formulará un cargo por los gastos que
ello ocasionare. El eventual excedente quedará sujeto a las disposiciones que
rigen la devolución de las garantías.
d) Con aval bancario u otra fianza a satisfacción del INSTITUTO, constituyéndose el
fiador en deudor solidario, liso, llano y principal pagador con expresa renuncia a
los beneficios de excusión y división en los términos del artículo 2013 del Código
Civil, así como al beneficio de interpelación judicial previa.
e) Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la SUPERINTENDENCIA
DE SEGUROS DE LA NACION, extendidas a favor del INSSJP.
f) Mediante la afectación de créditos que el oferente o adjudicatario tenga liquidados
y al cobro en el INSSJP, a cuyo efecto el interesado deberá presentar en la fecha
de constitución de la garantía, la certificación pertinente. Quedan exceptuados los
créditos que se encuentren comprendidos en el Decreto Nº 925/96, en la Ley Nº
25.725 y Resolución Nº 98/04 del Ministerio de Economía y Producción.
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ARTICULO 13°.- PRESENTACION DE LAS OFERTAS
Las propuestas presentadas serán admitidas hasta “LA HORA FIJADA” para el Acto de
Apertura, en Sarmiento 455, Ciudad de Rosario.
Las ofertas presentadas fuera del plazo, horario y lugar indicado, no serán
admitidas.
ARTICULO 14°.- APERTURA DE LAS OFERTAS
El acto de apertura de los sobres se realizará en el lugar, día y hora indicados en la
carátula del presente. Cumplido el mismo se procederá a labrar un Acta donde se
detallará la totalidad de las ofertas presentadas, haciéndose constar:
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Fecha y hora en que se labra el Acta.
Número de expediente e identificación del procedimiento.
Número de orden asignado a cada oferta.
La denominación del oferente.
Detalle de los renglones ofrecidos.
La Garantía de Mantenimiento de Oferta, en caso de corresponder.
La oferta económica.
La cantidad de fojas que contiene la oferta original.
Las observaciones del acto de apertura si las hubiere.
La hora de cierre.
El acta será firmada por las Autoridades del acto, representantes del INSSJP y por los
oferentes que así lo desearen.
ARTICULO 15°.- EVALUACION DE LAS OFERTAS
Las ofertas serán evaluadas por una Comisión Evaluadora que será designada por la
Coordinación Ejecutiva del Instituto y actuará conforme a lo establecido en los Artículos
60º y 61º del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de
Servicios Médico Asistenciales y Sociales. Dicha Comisión analizará la documentación
presentada y evaluará las propuestas, a efectos de verificar la admisibilidad y
conveniencia de las mismas, considerándose:
a. El cumplimiento de los aspectos formales y el cumplimiento de los requisitos
exigidos en los Artículos 16º y 17º del Pliego Único de Bases y Condiciones
Generales y la documentación exigida en el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos y en el Régimen General de
Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico
Asistenciales y Sociales del Instituto aprobado por Resolución Nº 135/03-I y sus
modificaciones.
b. Capacidad económica y operativa para contraer los compromisos derivados de la
presente Licitación.
c. Antecedentes sobre empresas y/u organismos oficiales en las cuales hayan
prestado y/o estén prestando servicios de similares características a las del objeto
del llamado.
d. La propuesta económica.
e. Todo otro aspecto que la Comisión Evaluadora considere analizar y sirva para una
mejor evaluación de las ofertas presentadas.
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La evaluación de las propuestas se hará comparando entre sí en forma equivalente todas
las condiciones ofrecidas por los distintos oferentes siempre y cuando dichas ofertas se
ajusten en un todo a lo indicado en las bases de esta Licitación.
La Comisión Evaluadora podrá solicitar la subsanación inmediata de aspectos formales ó
requerir las aclaraciones que crea conveniente, dejando constancia firmada por sus
miembros y agregará en los actuados las respuestas o documentación que reciban.
La Comisión Evaluadora suscribirá un Acta Dictamen donde se incluirá:
1.
2.
3.
4.
5.
Las ofertas declaradas admisibles.
Las ofertas rechazadas con una breve justificación del rechazo.
El orden de prelación encabezado por el oferente que haya realizado la mejor
oferta económica, quedando como alternativa la oferta siguiente en orden de
prelación; y así sucesivamente se ubicará a los demás oferentes.
La resolución de las situaciones de empate, si existieran.
Recomendación de la/s oferta/s mas conveniente a los intereses del Instituto.
ARTICULO 16º.- IGUALDAD DE OFERTAS
En caso de igualdad de precios y calidad, se solicitará a los respectivos oferentes que por
escrito y dentro del término del plazo común que se les fije, formulen una mejora de
precios. El silencio por parte del oferente invitado a mejorar, se entenderá como
ratificación de su oferta.
De subsistir la igualdad, se procederá de acuerdo a lo establecido en el Artículo 19º del
Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales.
ARTICULO 17°.- ADJUDICACION
El INSTITUTO realizará la adjudicación por el total de lo cotizado a un único oferente.
La adjudicación será notificada al adjudicatario en la dirección de correo electrónico
constituida en la oferta, o por el medio fehaciente que en cada caso se considere
oportuno. Deberá entonces integrar la Garantía de Cumplimiento de Contrato dentro de
los cinco (5) días hábiles de notificada la adjudicación. Si vencido este plazo no se
constituye la mencionada garantía, no se emitirá la Orden de Compra.
ARTICULO 18º.- INICIO Y DURACION DE LOS SERVICIOS
El servicio de vigilancia deberá iniciarse dentro de los diez (10) días corridos, contados a
partir del día siguiente de notificada la Orden de Compra correspondiente.
El contrato tendrá una duración de doce (12) meses, con opción a renovación por hasta
igual período.
AVISO PREVIO
Dentro de las veinticuatro (24) horas de notificada la Adjudicación, la firma adjudicataria
deberá tomar contacto con el Subgerente de la Unidad de Planificación y Coordinación de
Políticas de Seguridad del Instituto Luis Raúl Sosa, o con Sandra Ismail, Jefe del
Departamento Administrativo de la UPCPSI, sita en Corrientes 635/55 Piso 4°, C.A.B.A.,
TE: 4390-2193/94/95, mail: [email protected] o [email protected], a los fines de
coordinar el inicio del servicio.
ARTICULO 19º.- LUGAR DE PRESTACION DEL SERVICIO
La prestación de los servicios se realizará en los lugares establecidos en el Anexo I del
presente pliego.
ARTICULO 20º.- RECEPCION PROVISIONAL
La recepción del servicio tendrá carácter provisional y se acreditará con los remitos
conformados mensualmente por los Jefes de Seguridad de los Policlínicos, o quien estos
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designen, quedando sujeta a la Recepción Definitiva.
ARTICULO 21°.- RECEPCION DEFINITIVA
La Recepción Definitiva se otorgará dentro de los primeros CINCO (5) días hábiles
posteriores al mes de prestación del servicio, mediante certificado emitido a tal efecto por
el Director de cada Policlínico, o quien éste designe.
ARTICULO 22°.- FACTURACION
El/los adjudicatarios deberán confeccionar su factura electrónica obligatoriamente de
conformidad a las normas de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Res. N°
2485/2008 y sus modificaciones) y Res. N° 781/13 DE, donde deberá constar el N° de
Orden de Compra, Ítem facturado y mes de prestación del servicio. Los comprobantes de
factura electrónica deberán ser cargados a través de la Plataforma de Autogestión del
Sistema Interactivo de Información.- www.pami.org.ar / link: Prestadores - Factura
Electrónica - Paso N° 3.
A los efectos de la aplicación del Impuesto al Valor Agregado (IVA), se hace saber que el
INSTITUTO se encuentra exento.
No se aceptaran la presentación de facturas por períodos diferentes al mensual.
No se procederá al pago de la factura mensual si conjuntamente el adjudicatario no
presenta:
1. Constancia de depósito bancario de los sueldos para su personal.
2. Constancia de pago mensual de la cobertura por riesgos de trabajo.
3. Fotocopias de las boletas de depósito del mes anterior al de la facturación de pagos
previsionales, parte empleados y autónomos.
ARTICULO 23° - CONDICIONES DE PAGO
Los pagos se realizarán a los treinta (30) días hábiles, contados a partir de la fecha de
presentación de la factura. Se deberá presentar una única factura por la totalidad de los
inmuebles.
ARTICULO 24º.- INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES
Si bien no resulta obligatoria la inscripción en el Registro de Proveedores de este Instituto
a los efectos de participar de la convocatoria, será indispensable el haber concluido
dicho trámite previo emisión de la Orden de Compra.
A los fines de su inscripción, ingresar a la Página WEB del Instituto (www.pami.org.ar) opción PRESTADORES - Link “Si desea ser proveedor…”.
Toda consulta se podrá efectuar ante el Departamento de Proveedores, TE: 4390-2000
interno 6046 ó 6449, correo electrónico: [email protected].
ARTICULO 25°.- PENALIDADES
Además de las penalidades y sanciones establecidas en el artículo 25º del Pliego Unico
de Bases y Condiciones Generales y en la legislación de fondo, y de la promoción de las
acciones civiles y/o penales que puedan corresponder, el INSTITUTO queda facultado a
aplicar las sanciones y penalidades que se enuncian:
MULTAS
1) Por falta de corrección del agente de seguridad:
1era. Falta $ 500.2da. Falta $ 1000.3era. Falta $ 2000.2) Por abandono del puesto de servicio:
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1era. Falta $ 1000.2da. Falta $ 2000.3era. Falta $ 3000.En este caso se seguirá el mismo incremento para las faltas subsiguientes. Se
procederá al cambio del personal que incurrió en falta objeto de la aplicación de dicha
penalidad.
3) Por no informar de algún acontecimiento delictivo o sospechoso inmediatamente a
lo sucedido:
1era. Falta $ 500.2da. Falta $ 1000.3era. Falta $ 2000.4) Por incumplimiento de las normas operativas y/o de logística:
1era. Falta $ 500.2da. Falta $ 1000.3era. Falta $ 2000.5) Por no efectuarse los registros correspondientes y/o encontrarse alteraciones en
los Libros de Novedades:
1era. Falta $ 1000.2da. Falta $ 2000.3era. Falta $ 3000.En todos los casos para las faltas subsiguientes, se aplicará el mismo incremento en
forma progresiva (salvo en el punto 2).
El Instituto podrá solicitar el reemplazo del personal que sea causante de más de dos
(2) sanciones, cualquiera sea la causa de las mismas.
Para el caso en que el proveedor incumpla las previsiones relativas a los descansos
diarios y semanales correspondientes al personal a su cargo, se aplicará una multa del
1% de la facturación mensual.
Las multas serán aplicadas por la Gerencia de Administración, a requerimiento de la
Gerencia de Efectores Sanitarios Propios quien deberá adjuntar la solicitud con un
informe debidamente fundado y determinando el grado de incumplimiento.
Previo a la aplicación de las mismas se notificará al proveedor el/los incumplimiento/s
otorgándole un plazo de cuarenta y ocho (48) horas para presentar la respectiva nota
de descargo. Vencido dicho término la Gerencia de Administración notificará la multa
establecida a la Gerencia Económico Financiera quien debitará de la primera
acreencia a percibir o de cualquier otro crédito que se encuentre pendiente de pago a
favor del proveedor.
RESCISION
Si ante las causales antes citadas no se efectuara el servicio en la forma dispuesta, o
ante la reiteración de las mismas o si el monto acumulado por multas fuera
incompatible con la prosecución del contrato, el Instituto podrá proceder a la rescisión
del contrato con causa imputable al proveedor con pérdida de la garantía de
cumplimiento de contrato y/o suspensión en el Registro de Proveedores del Instituto,
sin perjuicio de la aplicación de las multas correspondientes, como así también de
iniciar acciones legales por los daños ocasionados.
Asimismo el Instituto se reserva la facultad de rescindir el contrato, en cualquier
momento de la relación contractual, sin necesidad de expresión de causa, no
generando tal decisión ningún derecho a favor del adjudicatario de reclamar
indemnización en concepto alguno ni de iniciar acciones judiciales o extrajudiciales,
debiendo notificarse dicha resolución con una antelación de treinta (30) días corridos.
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Las penalidades y sanciones que se definen en el presente artículo no eximen al
proveedor de hacerse cargo de su responsabilidad civil y penal frente a las demandas
que puedan originarse por daños al personal del Instituto y perjuicios a los afiliados.
ARTICULO 26°.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LOS CO-CONTRATANTES
Sin perjuicio de las facultades y obligaciones previstas en la legislación específica, en sus
reglamentos, en los pliegos de bases y condiciones, o en la restante documentación
contractual, el co-contratante tendrá:
a) La obligación de ejecutar el contrato por sí, quedando prohibida la cesión total y/o
parcial, sin la previa autorización fundada, por escrito, de la autoridad competente del
INSSJP, en cuyo caso el co-contratante cedente continuará obligado en forma
solidaria, mancomunada e ilimitadamente, con el cesionario por los compromisos
emergentes del contrato. En caso de transferirse o cederse sin mediar dicha
autorización, el INSSJP podrá dar por rescindido de pleno derecho el contrato por
culpa del co-contratante. El INSSJP sólo podrá aprobar la cesión en la medida que
verifique que el cesionario cumple con todos los requisitos para ser co-contratante del
INSSJP. El INSTITUTO podrá aprobar la cesión en la medida en que el cesionario
acredite condiciones de solvencia técnica y económica que garanticen, al exclusivo
juicio del INSSJP, el cumplimiento de las obligaciones contractuales.
b) La obligación de cumplir las prestaciones por sí en todas las circunstancias, salvo caso
fortuito o fuerza mayor o actos o incumplimientos de autoridades públicas nacionales o
de la contraparte pública, de tal gravedad que tornen imposible la ejecución del
contrato.
c) LEGISLACION LABORAL - SEGURIDAD SOCIAL – OBLIGACIONES TRIBUTARIAS:
1. El co-contratante deberá cumplir todas las obligaciones emergentes de la
LEGISLACION LABORAL, de la SEGURIDAD SOCIAL y en materia TRIBUTARIA.
Todo el personal que el co-contratante afecte al servicio también deberá estar
cubierto por los seguros obligatorios, y estar sujeto a aportes jubilatorios y demás
leyes sociales, debiendo el adjudicatario efectuar las retenciones e ingreso de los
aportes y de las contribuciones pertinentes.
2. Deberá asegurar a todo el personal que afecte al desarrollo y cumplimiento del
trabajo que se contrate contra accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y
responsabilidad civil. Tales seguros deberán ser contratados en una
ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO (A.R.T.).
3. El co-contratante deberá acompañar, previo al inicio de la prestación del servicio,
copia de la póliza respectiva suscripta con la aseguradora, de acuerdo a lo dispuesto
por la Resolución Nº 39/96, de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.
4. El co-contratante asumirá la total y exclusiva responsabilidad por las obligaciones
respecto a la higiene y seguridad en el trabajo, previstas en las normas respectivas,
debiendo adoptar toda medida conducente a la seguridad del personal afectado a las
tareas para evitar daños a terceros.
5. El co-contratante se compromete a mantener al INSSJP indemne de toda demanda
laboral o previsional proveniente del personal que el adjudicatario afecte al
cumplimiento de las tareas contratadas. El INSSJP comunicará en forma fehaciente
al adjudicatario toda demanda que provenga del personal del adjudicatario afectado
a la tarea, y éste se compromete a asumir la responsabilidad por el pago de lo
reclamado, a satisfacción del demandante. Mientras el adjudicatario no lo acredite, el
INSSJP podrá retener —de las sumas que deba pagar al adjudicatario— los montos
reclamados por el personal con más lo que pudiera presupuestarse para costas e
intereses del juicio.
11
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6. Los subcontratistas estarán obligados a cumplir, por su parte, las obligaciones
indicadas en las cláusulas precedentes, haciéndose responsable el co-contratante si
no lo hicieren. Asimismo el Instituto no será responsable por cualquier demanda de
los subcontratistas respecto del principal.
7. Las cláusulas precedentes constituyen condiciones que el adjudicatario aceptará
como integrantes del contrato.
8. El co-contratante y sus subcontratistas deberán estar al día con sus obligaciones
tributarias y previsionales, tanto al momento de presentar su oferta como durante la
vigencia del contrato. Si el INSTITUTO verifica la existencia de incumplimientos de
las obligaciones tributarias y de seguridad social por parte del co-contratante o su
subcontratista, intimará al principal a regularizar dicha situación en un plazo de
CINCO (5) días. De no regularizarse esta situación, será causa de rescisión del
contrato.
d) RESPONSABILIDAD POR LA CONDUCTA DEL PERSONAL:
1. El co-contratante responderá por la conducta del personal que afecte al servicio, como
así también por el personal que afecte el subcontratista con quien el adjudicatario
contrate la realización de cualquier tarea, aun la esporádica.
2. El co-contratante deberá manifestar la identidad del personal que afecte a los servicios
con carácter de Declaración Jurada, y actualizar dicha lista con el que incorpore en el
futuro, aún cuando revista calidad de contratado temporario o transitorio o sea
dependiente de subcontratistas.
e) OTRAS OBLIGACIONES DEL CO-CONTRATANTE:
1. El co-contratante sus subcontratistas y personal afectado deberán respetar la
confidencialidad de la información y datos inherentes a la tarea que desarrolle, tanto
durante la vigencia del contrato como después de su terminación, obligándose a no
divulgar, revelar, ni transmitir a terceros ninguna información empresarial y/o comercial
relativa a la contratación, sin expresa autorización del INSSJP. Sin embargo, podrá,
sin autorización previa, comunicar a terceros la existencia de su contrato, salvo que en
las cláusulas particulares se estipule lo contrario.
2. El co-contratante deberá tomar por su cuenta y riesgo un seguro por la
Responsabilidad Civil comprensivo cruzado por Daños y Perjuicios a Terceros ó a
Bienes de Propiedad de Terceros, incendio y siniestro, rayo y explosión, escapes de
gas, descargas eléctricas y caídas de objetos, donde éste Instituto será considerado
en la póliza como tercero y asegurado adicional a la vez.
El monto de dicha póliza será de $300.000 pesos y su vigencia deberá ser por el
período que dure el contrato. El mismo deberá ser presentado al momento de
retirar la Orden de Compra, conjuntamente con la Garantía de Cumplimiento
Contractual.
ARTICULO 27°.- INDEMNIDAD
El oferente que resulte adjudicatario deberá mantener indemne a EL INSTITUTO frente a
cualquier reclamo judicial o extrajudicial que pudiera realizar un tercero, por causas
derivadas del cumplimiento y/ o incumplimiento de las obligaciones del contrato.
ARTICULO 28°.- COMPETENCIA
Para todas las cuestiones legales y/o judiciales que puedan suscitarse entre el
INSTITUTO y los interesados, oferentes y adjudicatarios, estos se someterán a la
competencia de los Tribunales Federales de la Ciudad de Rosario, con renuncia a
cualquier otro fuero o jurisdicción.
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ARTICULO 29º.- CONSULTAS Y ACLARACIONES
Toda consulta al Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas
y Anexos deberá ser efectuada en la forma y modalidades previstas en el artículo 6º del
Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, por nota dirigida a Sarmiento 455,
Ciudad de Rosario, TEL: (0341) 480-3544.
Serán recibidas hasta el setenta y dos (72) horas antes de la fecha fijada para la
Apertura, y serán respondidas por Circular Aclaratoria que se enviará por correo
electrónico a todos los interesados y se publicará en la página de Internet del Instituto.
ARTICULO 30º.- PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES
El oferente declara conocer y aceptar las disposiciones establecidas en el Pliego Único
de Bases y Condiciones Generales, que a tal fin podrá consultar en la página de Internet
del INSTITUTO - www.pami.org.ar
RAZON SOCIAL:................................................................
DOMICILIO:.........................................................................
LOCALIDAD:.......................................................................
………………………………….
FIRMA DEL PROVEEDOR
…………………………………..
SELLO COMERCIAL
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ANEXO I
ESPECIFICACIONES GENERALES
Lugares donde debe prestarse el servicio:



RENGLON N°1 - PAMI I EDIFICIO PRINCIPAL: Sarmiento 373, Rosario.
RENGLON N°2 - PAMI I ANEXO 1: Sarmiento 455/71, Rosario.
RENGLON N°3 - PAMI II Olive 1159, Rosario.
PAMI I EDIFICIO PRINCIPAL (RENGLON N°1) Y ANEXO 1 (RENGLON N°2)
1. CANTIDAD DE HORAS/HOMBRE DEL SERVICIO
Parámetros de cálculo:
Horas/hombre mes. Se calcula sobre 30,42 días (365/12).
PAMI I EDIFICIO PRINCIPAL
PAMI I ANEXO1
TOTAL HORAS EFECTOR
TOTAL HORAS AÑO (12 meses)
6.831 horas/hombre mes.
3.703 horas/hombre mes.
10.534 horas/hombre mes.
126.408 horas/hombre año.
2. DESCRIPCION y DISTRIBUCION
RENGLON N° 1 - PAMI I EDIFICIO PRINCIPAL
SARMIENTO 373, Rosario.
-
9 puestos por 24 horas de lunes a domingo:
1 puesto por 12 horas de lunes a viernes:
TOTAL EDIFICIO PRINCIPAL:
6.570 horas/hombre mes.
261 horas/hombre mes.
6.831 horas/hombre mes.
Distribución de los Vigiladores de lunes a lunes:
- Un (1) Encargado de Servicio con asiento en entrada principal.
- Un (1) vigilador 24 hs. en Planta baja en la entrada principal.
- Un (1) vigilador 24 hs. en Planta baja, en proximidades de los ascensores.
- Un (1) vigilador 24 hs. en piso 1. Área Quirófano/UTI/Esterilización/etc.
- Un (1) vigilador 24 hs. en piso 2. Área Internación.
- Un (1) vigilador 24 hs. en piso 3. Área Internación.
- Un (1) vigilador 24 hs. en piso 4. Área Internación.
- Un (1) vigilador 24 hs ingreso de Guardia
- Un (1) vigilador 24 hs. rondín, con consignas patio trasero y control portón de
ingreso y egreso de proveedores.
- Un (1) vigilador 12 hs. en piso 2. Área Dirección. (Solo días hábiles).
Tareas a realizar:
- Control de acceso principal del Policlínico. Identificación de personas.
- Control de circulación interna. Ordenamiento de visitas a UTI y UCI y control de
visitas en el horario permitido.
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para Jubilados y Pensionados
-
-
-
Control de tarjetas de personal, fuera del horario de atención del fichero (el
vigilador deberá controlar que el personal no retire las tarjetas del fichero).
Vigilancia y control del portón acceso vehicular.
Registro y control de ingreso y egreso de elementos.
Control de casilleros del personal.
Ronda en todos los pisos y dependencias, en especial en los sectores de
Internación, Centro de Observación (COD), Guardia, Consultorios E, Planta Baja,
Subsuelo, Vestuarios, Accesos, Patios Internos, Terrazas y Sala de Máquinas;
verificando que las puertas de los sectores y servicios que permanecen sin
funciones estén Debidamente cerrados.
Queda totalmente prohibido a todo el personal de la empresa de vigilancia a
proveer datos o suministrar contactos con cuidadores o acompañantes de los
pacientes internados.
La empresa pondrá inmediatamente en ejecución las consignas permanentes y
las que emanen en el futuro de las Autoridades correspondientes.
Las recorridas de las instalaciones no habilitan a dejar desatendidos los accesos.
RENGLON N° 2 - PAMI I ANEXO 1
SARMIENTO 455/71, Rosario
-
4 puestos por 24 horas de lunes a domingo
3 puesto por 12 horas solo días hábiles.
TOTAL ANEXO 1
2920 horas/hombre mes.
783 horas/hombre mes.
3703 horas/hombre mes.
Distribución de los Vigiladores:
- Un (1) Encargado de Servicio 24 hs con asiento en sector central.
- Un (1) vigilador 24 hs. en Planta Baja acceso principal.
- Un (1) vigilador 24 hs. en Segundo Piso
- Un (1) Vigilador 24 hs. Rondín.
- Un (1) vigilador 12 hs. Planta Baja. Salón principal.
- Un (1) vigilador 12 hs. Primer Piso. Dirección - Administración.
- Un (1) vigilador 12 hs. Segundo Piso. Sector accesos.
Tareas a realizar:
- Control de puerta principal de acceso al edificio Sarmiento 455 y puerta de
personal.
- Identificación de personas.
- Control de la circulación interna ordenando al público en general.
- Control de tarjetas de personal, fuera del horario de atención del fichero (el
vigilador deberá controlar que el personal no retire las tarjetas del fichero).
- Control de acceso vehicular y estacionamiento de la dársena exclusiva.
- Registro y control de ingreso y egreso de elementos.
- Ronda en todos los pisos y dependencias, en especial en PB, Piso 1, Piso 2;
Verificando que las puertas de los sectores y servicios que permanecen sin
funciones estén debidamente cerrados.
- Queda totalmente prohibido a todo el personal de la empresa de vigilancia a
proveer datos o suministrar contactos, por tramitaciones o pedidos para
particulares.
- La empresa pondrá inmediatamente en ejecución las consignas permanentes y
las que emanen en el futuro de las Autoridades correspondientes.
- Las recorridas de las instalaciones no habilitan a dejar desatendidos los accesos.
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POLICLINICO PAMI II (RENGLON N°3)
1. CANTIDAD DE HORAS/HOMBRE DEL SERVICIO
Parámetros de cálculo:
Horas/hombre mes. Se calcula sobre 30,42 días (365/12)
PAMI II
TOTAL HORAS EFECTOR
TOTAL HORAS AÑO (12 meses)
10.482 horas/hombre mes.
10.482 horas/hombre mes.
125.784 horas/hombre año.
RENGLON N° 3 - PAMI II
OLIVE 1159, Rosario.
-
14 puestos por 24 horas de lunes a domingo:
1 puesto por 12 horas de lunes a viernes:
TOTAL EFECTOR:
10.221 horas/hombre mes.
261 horas/hombre mes.
10.482 horas/hombre mes.
2. DESCRIPCION y DISTRIBUCION
Distribución de los Vigiladores de lunes a lunes:
- Un (1) Encargado de Servicio 24hs con asiento en entrada principal.
- Un (1) vigilador 24 hs Entrada principal, Puesto Externo Calle Olivé.
- Un (1) vigilador 24 hs. Planta baja. Entrada principal. Lado interno
- Dos (2) vigiladores 24 hs. Garita calle Silva.
- Un (1) vigilador 24 hs. Garita calle Ferreira.
- Un (1) vigilador 24 hs. Guardia de Emergencias y control de ambulancias.
- Un (1) vigilador 24 hs. en piso 1. Área Internación.
- Un (1) vigilador 24 hs. en piso 2. Área Internación.
- Un (1) vigilador 24 hs. en piso 3. Área Internación.
- Dos (2) vigiladores 24 hs. Rondín, estacionamiento, depósito de medicamentos,
morgue, silo oxígeno y rondín por sectores externos, archivo externo, parque
- Un (1) vigilador 24 hs. Planta baja, Ingreso y egreso de pacientes con
ambulancias.
- Un (1) vigilador 24 hs. Cuerpo 2. PB. Hemodiálisis y fichero.
- Un (1) vigilador 12 hs. Cuerpo 2 Piso 1. Dirección. (Solo días hábiles).
Tareas a realizar:
- Control de acceso al Policlínico y de la circulación interna.
- Identificación de personas. Apoyo en el ordenamiento de visitas a UTI, UCI y UC.
Control de visitas en el horario permitido.
- Control de tarjetas de personal, fuera del horario de atención del fichero (el
vigilador deberá controlar que el personal no retire las tarjetas del fichero).
- Registro y control de ingreso y egreso de elementos.
- Control de casilleros del personal.
- Control del ingreso y egreso de vehículos y uso de las playas de estacionamiento.
La empresa adjudicataria deberá proveer e instalar en ambos ingresos vehiculares
(ingreso calle Silva y egreso calle Ferreyra) una cabina - Propuesta: plástico
termofusión color blanco y barrera con los colores reglamentarios (Propuesta:
franjas amarillas y negras) – y de accionamiento automático. De 22 hs. a 06 hs. se
anula acceso de calle Ferreyra.
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-
-
-
-
Registro de efectos patrimoniales en ambulancias y vehículos utilitarios propios
y privados, a la salida por calle Silva.
Ronda permanente por Subsuelo, PB, 1ero, 2do, 3er Piso y Consultorios externos
en cuerpo 1. ídem cuerpo 2. incluyendo los sectores de Internación, Centro de
observación (COD), Guardia, Consultorios E, Vestuarios, Accesos, Patios
Internos, Terrazas y Sala de Máquinas; verificando que las puertas de los sectores
y servicios que permanecen sin funciones estén cerrados.
Control de sillas de ruedas: no deberá haber sillas de ruedas en el pasillo vidriado,
debiendo ser trasladadas a Planta Baja (dentro del depósito de efectos). A las 23
hs. recuento de sillas, junta al camillero y correspondiente asiento registro en el
libro específico.
Queda totalmente prohibido a todo el personal de la empresa de vigilancia proveer
datos o suministrar contactos con cuidadores o acompañantes de los pacientes
internados.
La empresa pondrá inmediatamente en ejecución las consignas permanentes y
las que emanen en el futuro de las Autoridades correspondientes.
Las recorridas de las instalaciones no habilitan a dejar desatendidos los accesos.
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ANEXO II
CUERPO NORMATIVO DEL SERVICIO DE VIGILANCIA
Este Cuerpo Normativo mantiene por objeto, que el sistema de seguridad de la Institución
cuente con procedimientos y/o instructivos que a partir de este momento se designan
como “CONSIGNAS DE CARACTER GENERAL”, para que el conjunto de los medios
humanos y materiales con su accionar anulen las posibilidades de siniestros y hechos
delictivos, o disminuyan los efectos de los mismos.
FINALIDAD:
Es la de brindar a los afiliados, al personal de la Institución y público en general, la
tranquilidad y la certeza que se aplicarán en forma acertada y correcta, en tiempo y
forma, las disposiciones de carácter general y particular. Se tiene imperiosa necesidad de
obtener, encausar y mantener en forma permanente y orgánica, un servicio de seguridad
que por medio de su estructura, cumpla su misión y función con agilidad, fluidez y
extrema corrección.
RESPONSABILIDAD
El principio de responsabilidad es indelegable e intransferible en todos los integrantes del
Área Seguridad, especialmente en aquellos que ejercen la conducción integral del
personal.
CONDICIONES BASICAS
El personal de seguridad permanentemente mantiene contacto con:
1. Afiliados (beneficiarios)
2. Personal del Instituto (empleados)
3. Público en general (visitas, proveedores, etc.).
Por lo expuesto, está obligado a tener siempre presente que debe dispensar a todas las
personas respeto, corrección y su especial atención, sin distinción.
PUESTOS DE SERVICIOS:
El Instituto podrá modificar la distribución de los puestos de servicios sin que ello implique
variar la totalidad global de agentes contratados, lo cual no generara costo adicional
alguno para este Organismo y en caso de ser requerido algún refuerzo por algún evento
en especial dicho pedido será debidamente justificado por Nota, cantidad de vigiladores
empleados y tiempo que demande dicha necesidad.
DOTACION DEL PERSONAL:
El presente servicio será prestado tanto por personal masculino como por personal
femenino. El número necesario de personal femenino será determinado por la supervisión
del servicio que realice el Instituto, al momento de la toma de servicio por parte del
proveedor. Dicho servicio será prestado con adecuados conocimientos técnicosprofesionales, expertos en seguridad y siniestros, provisto del correspondiente apoyo de
medios de comunicación y electrónicos de alerta y de control y por un personal de
Supervisores capacitados para resolver a la brevedad cualquier tipo de inconvenientes
propios del Servicio. La empresa que resulte adjudicataria deberá proveer todo el
personal para efectuar el servicio y asumirá la responsabilidad absoluta por la prestación,
dejando expresamente aclarado que eximirá al Instituto de cualquier tipo de reclamo
formulado por el personal que se desempeñe en el servicio. En caso que el Instituto deba
responder por los mencionados reclamos, solicitará a la empresa, los importes que
18
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para Jubilados y Pensionados
hubiera tenido que abonar, sin perjuicio de poder requerir de ésta por los daños y
perjuicios que tal circunstancia acarreare al Organismo, con más los intereses por las
sumas abonadas. Tal circunstancia constituirá incumplimiento por parte de la firma de las
obligaciones a su cargo, siendo exclusivo responsable por los actos del personal afectado
al servicio, ya sea que los mismos estén o no originados con motivo o en ocasión de la
prestación, eximiendo al Instituto por cualquier responsabilidad derivada de tales actos,
pudiendo éste requerir cualquier suma que abone por tal concepto.
Se deberá en todo momento mantener la cantidad de efectivos en forma permanente, no
pudiendo disminuir bajo ninguna circunstancia, debilitando el servicio para el cual fue
contratado.
La empresa adjudicataria deberá respetar y hacer cumplir en todos los casos los
descansos diarios y semanales que le correspondan al personal que presta servicios de
vigilancia en los edificios del Instituto, estando conforme a lo establecido en la Ley de
Contrato de Trabajo y el Convenio Colectivo de Trabajo N° 421/05.
PERSONAL
No hará abandono, bajo ningún concepto, de su puesto. En caso que a la finalización del
servicio no fuera relevado, dará cuenta de ello a su Supervisor, quien dispondrá el
cubrimiento del objetivo. El abandono del servicio por cualquier razón, configura una falta
disciplinaria grave que determinará una sanción severa. El supervisor de la empresa
contratada, responderá del personal de la misma. Para ello tiene la autoridad total para
controlar, entrenar, instruir y disponer de la forma más precisa posible el cumplimiento de
toda disposición o norma de seguridad.
Todo vigilador que se encuentre cubriendo el Servicio de Vigilancia en cualquier Objetivo
deberá tener en su poder una fotocopia de su ART y se exhibida en el momento que le
sea exigida.
El personal de la Agencia de Seguridad Privada que cubra los objetivos del Instituto y que
por algún motivo fuese encontrado en falta, cualquiera sea su tipo, no cumpliendo con
sus obligaciones como vigilador y se solicite su reemplazo no podrá ser trasladado a otro
objetivo del Instituto, para continuar con sus tareas, el mismo debe ser removido en forma
definitiva.
SELECCION DEL PERSONAL:
La empresa será exclusiva responsable de seleccionar al personal que prestará el
presente servicio, debiendo a tales efectos tener en cuenta, los elementos, sin que los
mismos agoten las precauciones exigidas, ni la información adicional que se le requiera
en aras de la especial característica de esta prestación, pudiendo el Instituto requerir a la
firma, en cualquier momento, sin necesidad de notificación previa, la acreditación del
legajo personal del agente del cual surjan, entre otros. Para los VIGILADORES:
Antecedentes personales, laborales, policiales y judiciales, estado de salud (físicomental), grado de conocimiento de los medios técnicos a operar en el servicio, deberá ser
capacitado en la empresa, antes de producirse su incorporación definitiva y de acuerdo a
la metodología utilizada, con el principal propósito de reducir los riesgos para las
personas, bienes e inmuebles del Instituto con una eficaz acción preventiva.
FORMAS DE CONTROL DEL SERVICIO:
1. Rutina: Será el ejercido por los Supervisores orgánicos de la empresa, sobre el
cumplimiento de sus directivas internas y de las propias del Instituto, en todo lo
relativo a la imagen a la ejecución de las tareas asignadas. El Instituto exigirá
resarcimiento de bienes, efectos, elementos, etc., que desaparecieren, dañara o
inutilizara el Vigilador, como condición del incumplimiento, inobservancia o
negligencia.
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para Jubilados y Pensionados
2. Inspecciones: Será el ejercido por personal directivo de la empresa, con la
finalidad de comprobar: vestimenta de los vigiladores, documentos del objetivo,
conocimiento de las tareas, etc.
3. Control: El INSTITUTO se reserva la facultad de designar una persona o
dependencia para efectuar tareas de inspección de los servicios prestados por la
empresa adjudicataria en cualquiera de los Objetivos asignados. Asimismo podrá
ejercer controles del servicio y del personal por medios tecnológicos.
FORMA DE COMUNICACION:
La red de comunicaciones entre la Agencia de Seguridad Privada según el caso y el
personal afectado al servicio, deberá ser fluida y recíproca. Las comunicaciones entre las
autoridades designadas por el I.N.S.S.J.P. para tal fin y la Agencia de Seguridad Privada
se ejecutarán a través de: contacto personal de la persona designada o funcionario
designado para tal fin, vía telefónica convencional, celular, red VHF/UHF (en la misma
frecuencia y modalidad con que se operen los equipos que pudieran ser provistos a su
personal).
Las Directivas Particulares o Generales que sean impartidas desde la UCPSI deberán ser
retransmitidas por el Supervisor de la Agencia de Seguridad Privada en forma inmediata
al personal que le depende.
Toda Directiva, Circular o Nota emanada desde la UCPSI deberá ser tenida en cuenta y
se dará el debido cumplimiento de la misma, archivándose y manteniéndoselas en
reguardo para futuras inspecciones.
Las Novedades que surjan durante el Servicio en alguno de los Objetivos deberían ser
informadas en tiempo y forma por el Supervisor de la Agencia de Seguridad Privada, a la
persona designada por el Instituto, no evaluando si corresponde o no hacerlas conocer.
Posteriormente generara un informe por escrito que será entregado dentro de las 24 hs al
responsable asignado por el Instituto.
EQUIPAMIENTO Y VESTUARIO DEL SERVICIO DE VIGILANCIA.
El personal de vigilancia deberá contar con:
 Uniforme, con la variante verano-invierno.
 El personal al momento de cubrir el Servicio en el Objetivo del Instituto deberá tener
a la vista su credencial de Vigilador otorgada por autoridad policial de Control de
Agencias que es la otorgada al dar de alta a un vigilador.
 Equipo técnico de apoyo, el que considerará: Silbatos individuales con cordón y
equipo de comunicaciones tipo Handy.
 Linterna, una por cada vigilador nocturno.
SEGURIDAD E HIGIENE:
El Servicio de Seguridad e Higiene en el Trabajo de los Efectores Sanitarios Propios de la
Ciudad de Rosario se regirá de acuerdo a lo determinado en la Ley 19.587, de Higiene y
Seguridad en el Trabajo, Decreto 351/79 y sus modificatorias. Controlará el cumplimiento
de los siguientes requisitos por parte del Adjudicatario:
1.
2.
3.
4.
5.
Programa de Seguridad.
Procedimientos Específicos y Análisis de Riesgo.
Plan de Contingencias / Emergencias.(Sujeto al Plan de la Unidad Edilicia)
Política de Seguridad Propia de la Empresa.
Capacitación de inducción general y específica para todo el personal afectado a las
tareas según el perfil del puesto, con sus respectivas planillas de asistencia y
temarios correspondiente.
20
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6. Póliza de seguro de accidentes personales o ART con cláusula de no repetición.
7. Asistencia mensual (según requerimientos) del profesional de Higiene y Seguridad
con constancia de visita en libro de servicios.
ASPECTOS VARIOS
1.
2.
3.
4.
5.
6.
La empresa adjudicataria deberá ejercer la supervisión de los servicios que presta,
independientemente de la supervisión del INSTITUTO.
Tendrá que presentar listado de personal que trabajará en cada objetivo con
anterioridad al inicio de los servicios para que puedan recibir instrucciones, y en
caso de cambios de algún personal, deberá realizarse el mismo procedimiento.
El INSTITUTO podrá rechazar algún vigilador a criterio propio, el cual deberá ser
reemplazado de inmediato.
La Agencia de Seguridad deberá presentar por escrito al Fiscalizador del Instituto
las Altas y Bajas de sus vigiladores, cada vez esto suceda, en un plazo no mayor
de 48 hs con el fin de poder tener la certeza en control final de las planillas cada
mes.
La falta de acreditación de dichos extremos, a entera satisfacción, será motivo de
rescisión del contrato por parte del Instituto de pleno derecho, sin necesidad de
interpelación judicial o extrajudicial, sin que dicha rescisión de derecho a la parte
contraria a reclamar importe alguno por dicho concepto.
Se prestara apoyo ante cualquier requerimiento de la autoridad policial que preste
servicio dentro del Objetivo.
SEGURIDAD DE LA INFORMACION
1.
2.
3.
4.
5.
No dar informes que no estén encuadrados dentro de las tareas específicas,
guardando secreto para los asuntos y misiones que desempeñan. Debe ser conciso
y correcto en las informaciones solicitadas por los interlocutores, brindándoles la
información requerida. No podrán darse informes sobre autoridades del Instituto.
No dar explicaciones a los llamados telefónicos no identificados que pueda recibir,
relacionados con el servicio de seguridad que realiza, absteniéndose de mencionar
detalles, horas de relevo, etc.
En caso de llamados telefónicos anónimos, comunicando la colocación de una
bomba o artefacto explosivo, se procederá de la siguiente manera: Primero:
Informar inmediatamente al personal designado para ello, así como al supervisor de
la empresa. Segundo: Con discreción se dispondrá de las medidas convenientes
(revisión de sectores, evacuación del edificio), o bien, si las circunstancias lo dictan,
llamando al personal policial, bomberos, o Comisaría más cercana. En todos los
casos también se dará cumplimiento a las disposiciones que en ese sentido se
hayan impartido en el servicio específicamente.
Ante el hallazgo hipotético de envoltorio sospechoso, no lo manipulará ni removerá
su posición, informando inmediatamente la ubicación y características del mismo,
aislando la zona de personas por potencial riesgo de vidas y para la actuación
posterior del personal policial.
No se permitirá el ingreso, de persona alguna (Particulares, Policías, Bomberos,
Empresas de Servicios Públicos, etc.), sin tenerse conocimiento de que su
presencia habría sido requerida especialmente fuera del horario de cesación de
tareas administrativas. De ello debe existir constancia en el Libro de Novedades,
con especificación de nombre, apellidos y números de documento de identidad.
Ante cualquier duda se debe consultar con el Supervisor o funcionario que
corresponda del Instituto, dejando constancia de la medida adoptada.
21
Instituto Nacional de Servicios Sociales
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6.
7.
Al personal de seguridad, atento a su tarea, le resultará fácil analizar los
movimientos de las personas que por un motivo u otro ingresen a los edificios,
pudiendo detectar entonces algún accionar sospechoso que inmediatamente
pondrá en conocimiento a la autoridad, para afrontar las medidas que se dispongan.
El Agente de Seguridad, si bien carece de “Imperium de Ley”, debe prestar de
inmediato toda la colaboración que dentro del marco legal le soliciten las
autoridades policiales o judiciales del territorio que corresponda, asimismo podrá
requerir el auxilio de la fuerza pública, toda vez que sea estrictamente necesario
para el normal cumplimiento de sus funciones.
OPERACIONES
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
Se cumplimentarán las consignas particulares de cada objetivo.
Hacerse presente en su puesto de trabajo con la antelación debida para recibir las
novedades e instrucciones correspondientes.
No podrá consumir bebidas alcohólicas durante el servicio, ni presentarse bajo sus
efectos. Ello configura falta disciplinaria grave que determinará una sanción severa.
Efectuar recorridos permanentes cada hora, por los lugares que se le indiquen, para
determinar anormalidades (asentar las mismas con las indicaciones de inicio y
término). En caso de ser varios los integrantes por turno, el Supervisor debe
conocer donde se encuentra cada uno de ellos.
Al efectuar las recorridas internas en el edificio a custodiar, deberán observar si
existe fuera del horario normal de labor, ventanas abiertas, estufas o máquinas
encendidas, o todas aquellas falencias que afecten a la seguridad patrimonial,
procediendo a regularizar inmediatamente las situaciones señaladas, a fin de
prevenir problemas mayores. Se deberá dejar constancia de todo en el Libro de
Novedades.
En todos los casos que el servicio sea cumplido por más de un agente, la ubicación
de los mismos, debe ser adecuada para lograr que se amplíe el radio de seguridad,
no debiendo el personal, mantenerse agrupado, para evitar ser sorprendidos y
anulados. Tal contingencia podrá impedirse con mayor probabilidad de éxito, si los
hombres de servicio se encuentran convenientemente separados, con lo cual
mejoran la vigilancia general y al mismo tiempo servir de apoyo a sus compañeros,
sobre quienes mantendrá también constante observación, para evitar imprevistos o
según el caso coordinar en forma inmediata una acción conjunta. Si por el contrario,
el servicio es prestado por un solo hombre, éste deberá extremar atención y tomar
ubicación perfectamente, en lugares donde no pueda ser sorprendido y anulado. Al
mismo tiempo deberá tener presente que, desde donde se ubique, resulte posible la
observación de todo el ámbito sometido a su control.
El personal de seguridad, tanto al ingresar como al retirarse del servicio, cuando lo
hiciere portando bultos, portafolios, etc., deberá exhibir su contenido al personal de
seguridad que en ese momento se encuentre de guardia o algún responsable del
objetivo.
No permitir el ingreso de bebidas alcohólicas al objetivo.
Comunicar al Supervisor y al responsable del objetivo, cualquier anormalidad que
verifique en los elementos o valores bajo su custodia, o circunstancia que presuma,
puedan ser objeto de ilícitos. Se asentará en el Libro especificando quien recibió la
novedad (fecha y hora, nombre y apellido).
Cuando corresponda efectuar la revisión de bolsos, bultos, carteras, portafolios,
control de vehículos NO DEBERA introducir las manos en los elementos
mencionados, sino solicitar al dueño que mueva los elementos internos. Ante la
novedad, se procederá a dar de inmediato intervención al responsable del objetivo;
simultáneamente, le informará a su Supervisor y se asentará en el Libro. Además
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realizará tareas propias al ingreso y egreso cuando existan normas o directivas al
respecto. Ser cuidadoso en la operatoria de control, formal y severo en el trato con
las personas a las que se dirige en la verificación.
Queda terminantemente prohibido recibir visitas durante el servicio que cumple, o
permanecer sin justificación, especialmente en los días en que las actividades del
Instituto no son hábiles, aún en caso de familiares directos.
Las medidas preventivas abarcan las siguientes tareas entre otras cosas:
a) Control del personal en el ingreso y egreso.
b) No permitir el ingreso del personal cesante o suspendido.
c) No permitir el ingreso en hora inhábil de trabajo, salvo al personal autorizado
por orden escrita.
d) Controlar los procedimientos de los vehículos de carga.
En caso de alteración del orden por personas ajenas al Instituto, en primer término
tratar de ver la posibilidad de solucionarlo adecuadamente y por su solo accionar,
siendo imposible ello, de inmediato llamar a las autoridades policiales para su
intervención, mientras tratará de mantener la situación bajo control.
Fuera del horario normal del Instituto, el personal de seguridad NO PERMITIRÁ la
entrada al edificio, de personal sin autorización del funcionario designado para tal
fin.
Debe tomarse en consideración la recorrida a baños y lugares escondidos a la vista
general, como así también control de los residuos que se sacan del edificio, para
que no salgan por ese sistema, elementos patrimoniales del Instituto.
El personal de Seguridad debe estar perfectamente informado sobre las jerarquías,
nombre y apellido del personal superior del instituto, a fin de prestarles la
colaboración adecuada.
Todo elemento que se retire del edificio, debe constar con el respectivo remito
firmado por autoridad competente y se chequeará también que el detalle del remito
concuerde con la descripción y cantidad con lo que se saca. En el mismo formulario
constará el número de inventario si correspondiere, características del elemento a
retirar (debe señalarse el número de fabricación, generalmente grabado a fuego).
En los casos en que no hubiera remito, y por la urgencia del trámite o ante la
carencia de un Jefe determinado para autorizar con su firma la salida, deberá
registrarse todo el detalle en el Libro “Parte de Novedades” (firma aclarada, legajo y
dependencia a la cual pertenece la persona que retira el elemento, responsable
legal y administrativamente por ello) y el destino al cual se remite.
Ante un hecho ilícito o de trasgresión administrativa, deberá informar
inmediatamente el funcionario designado para tal fin y al supervisor y colaborará
con la investigación integral de manera perentoria. El Supervisor deberá entregar el
resultado de esas investigaciones por escrito al funcionario designado para tal fin
en un plazo no mayor de 24 horas.
Los Supervisores designados por la Agencia de Seguridad tendrán la obligación de
visitar los objetivos en varias oportunidades, las cuales deberán ser asentadas en el
Libro de Novedades del Objetivos por su puño y letra, en el momento de la
recorrida.
LOGISTICA
1.
2.
Deberá extremar la prolijidad, orden e higiene en el recinto donde cumple
funciones, que se extiende a enseres que se utilizan para el rol que desempeña
(muebles, botiquín, llaves, equipo de lucha contra el fuego, etc.).
Cada vez que se faciliten las llaves de las distintas Áreas existentes en el tablero de
seguridad, dejará constancia en el Libro de Novedades, de la causa, apellido y
nombre de quien las solicita, como así también el reintegro de las mismas.
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Durante las horas nocturnas, dispondrá y apagará las luces innecesarias,
procurando una mínima iluminación en sectores de recorrido de rondas, escaleras
de acceso, tras efectuarse toda la limpieza e higiene.
Informará debidamente las novedades que observe en los sectores del edificio
donde ejerce su misión, constatando la existencia de bienes, cerrando, puertas de
comunicación al exterior, oficinas abiertas conteniendo elementos de importancia,
aparatos electrónicos que deben desconectarse para evitar posibles siniestros y
tratar de determinar cualquier otro tipo de circunstancia que pudiera ocasionar
peligro al bien custodiado.
Debe procurar mantener libre el tráfico telefónico, lo más despejado posible,
evitando su utilización, salvo casos de urgencia o necesidad o debidamente
justificados.
Todo el personal de seguridad debe conocer perfectamente la distribución interna
del edificio a custodiar: tableros generales y sectoriales de luz, gas, central
telefónica, agua corriente, centros de cómputo, centrales de aire acondicionado,
distribución y uso adecuado de matafuegos y demás elementos contra incendio.
En los lugares donde existen depósitos (artículos de librería, formularios, consumo
y limpieza), deben extremarse las medidas de seguridad, teniendo en cuenta los
elementos valorizados que existen, como así el movimiento de personas.
LIBRO DE NOVEDADES
La confección del Libro de Novedades del Servicio, se hará en forma diaria con el
siguiente formato:
SERVICIO DE SEGURIDAD DEL OBJETIVO
Del DIA
Del MES
de
SUPERVISOR: SR. (Nombre y Apellido)
AGENTE: SR. (Nombre y Apellido)
HORARIO. (De
horas A
horas)
ELEMENTOS CON CARGO (radio, teléfono celular, linterna, etc.)
HORAS
ENTRADA
SALIDA
NOVEDADES
Me hago cargo del servicio (con o sin
novedad) FIRMA
Recorrí entrepiso, cocheras, sector
externo (con o sin novedad)
Entrego el servicio (con o sin
novedad)
FIRMA AGENTE RECEPTOR:
FIRMA AGENTE SALIENTE:
Al ubicarse bienes perdidos u olvidados, se asentará en el Libro de Novedades. Se
tendrá en resguardo hasta localizar al propietario de los mismos y remitir lo hallado a la
Instancia Superior (si es dinero, determinar monto total, objeto, características) procurar
testigos del suceso.
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En el supuesto que recibiera de terceras personas el bien hallado, se adoptará igual
temperamento que en lo anterior e identificará debidamente a la persona que hizo
entrega del bien.
En la tapa del Libro de Novedades se tendrán a mano los números telefónicos de la
Policía (Comisaría que corresponda por jurisdicción), Policía Federal, Bomberos,
Empresas de Energía Eléctrica, Gas, Agua, Emergencias Médicas, para cualquier ayuda.
El Libro de Novedades debe hallarse siempre bajo el control directo del personal de
seguridad y puede ser examinado por el personal asignado para tal fin y supervisor de la
empresa, quien firmará sus visitas al objetivo.
Si durante el servicio se produjera alguna novedad, ésta deberá ser registrada en el Libro
de Novedades, con la mayor cantidad de datos posibles. Se informará a la persona
autorizada y se comunicará con el Supervisor.
Los Libros de Novedades una vez finalizados del cualquiera de los Objetivos asignados,
deberán ser entregados bajo un Acta al responsable designado por Instituto como
Fiscalizador, donde constara en la misma la fecha de inicio y de finalización del mismo.
LUCHA CONTRA EL FUEGO- SINIESTROS.
1.
2.
3.
4.
Extremará la atención en su accionar para localizar, actuar e informar
inmediatamente al personal de Bomberos destacado en el Efector Sanitario sobre
cualquier eventual foco de incendio que pudiera producirse, debiendo adoptar las
previsiones necesarias para sofocarlo hasta tanto recibe los auxilios pertinentes. En
tal sentido deberá conocer la ubicación y manejo de los elementos fijos o portátiles
de lucha contra el fuego que se encuentran en el edificio, como así de transmitir la
alarma por el medio más rápido. Cerrará las llaves centrales de gas y electricidad.
Deberán prevenir siniestros y accidentes que puedan amenazar la vida o la salud
humana, como así afectar los bienes muebles y/o inmuebles, patrimonio del
Instituto.
Organizará inmediatamente la cooperación en todos los casos de accidentes o
siniestros, velando por la seguridad y atención de las personas y bienes afectados.
Controlará periódicamente e informará por escrito al Departamento Administrativo,
de cualquier anormalidad de los elementos de lucha contra incendio, equipos de
alarma, etc.
PRINCIPALES CARACTERISTICAS A CUMPLIMENTAR POR LOS VIGILADORES
1.
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4.
5.
6.
No permitir que se retiren muebles, máquinas, instrumentales, herramientas, etc.,
pertenecientes al Instituto sin la orden o autorización respectiva. (Remito de Salida
de Materiales o Elementos)
Todo objeto personal hallado dentro de las áreas donde se desarrollen sus
funciones, deberá ser entregado inmediatamente a la persona designada como
responsable de la Seguridad del Hospital y sus Anexos según el caso o persona
responsable, mediante su correspondiente nota que avale dicha entrega, previo
registro en el Libro de Guardia de Seguridad.
Deberá conocer los números de teléfonos de las oficinas respectivas, cuerpo de
bomberos, seccional de policía, defensa civil, etc.
Poner especial atención en el cuidado de los bienes que se someten a su custodia,
manteniéndose atento a los efectos de evitar robos, hurtos o daños.
El vigilador será responsable ante su empleador, por los daños que causare a los
intereses de éste por dolo o culpa en el ejercicio de sus funciones.
Observar en sus funciones y fuera de ellas, una conducta que no afecte ni ofenda la
moral y las buenas costumbres. En todo momento debe usarse un lenguaje
correcto y moderado. Cuanto más correcto y educado sea el personal de seguridad,
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en todos sus procedimientos y acciones, más se potencia su autoridad moral,
sirviendo de reflejo y guía para todos los que lo rodean.
Debe adquirir una noción cabal de sus funciones, hacer respetar con educación y
firmeza, las disposiciones, normas e instrucciones del Instituto, procurando siempre
asegurar los derechos y deberes de todos, pero manteniéndose a su vez, al margen
del conflicto o situación planteada.
Además de su indeclinable corrección, el personal debe actuar con solícita
actividad, atención, cordialidad y cierta tolerancia, en cuanto sea normativa y
legalmente permisible.
Deberá presentarse correctamente vestido con uniforme de la Empresa, completo,
asegurándose que su apariencia y porte hace al conjunto de su personalidad e
imagen del servicio. El personal de seguridad contratado, mientras se encuentra de
servicio, debe usar obligatoriamente, a la altura del pectoral izquierdo, la plaqueta
de identidad personal que otorgará la Empresa.
Durante el turno no se podrá, en el puesto asignado: leer libros, revistas o diarios, o
distraerse por motivos ajenos al servicio.
Todo el personal de servicio deberá estar correctamente aseado y no se le permitirá
el uso de barba o cabello excesivamente largo.
El vigilador deberá controlar el acceso de empresas contratistas, en función de la
notificación del servicio de Seguridad e Higiene en el trabajo del Policlínico PAMI I.
En el objetivo se deberá archivar en una carpeta: las directivas generales, las
directivas particulares y cualquier otro tipo de documentación de seguridad
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ANEXO III
DECLARACION JURADA
Declaración Jurada relativa a Prohibiciones
El que suscribe ………………………………………………………….……………..…………
DNI/LE/LC/CI Nº …………………................ en mi carácter de ………………….….………
de la firma ………………………………………………………, suficientemente facultado
para el presente acto, con domicilio real en……………………………….……………
…………………………………………………………………….… declaro bajo juramento que
ni mi persona ni la sociedad que represento ni ningún miembro de su administración se
encuentra comprendido dentro de las prohibiciones del Art. 5º del Pliego de Bases y
Condiciones Particulares que rige la Licitación Pública Nº ………… / 15 del Instituto
Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.
FIRMA…………………………
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ANEXO IV
PLANILLA DE COTIZACIÓN
Licitación Pública Nro.:..........................
Fecha de Apertura:...............................
Expte. Nº………………………………...
Nombre del oferente..........................................................................................................…
Domicilio...........................................................................Localidad......................................
Dirección Electrónica:…………………….………………...Nº tel/fax……………………………
RENGLON
1
2
3
CANT. MENSUAL PRECIO UNITARIO PRECIO
TOTAL ANUAL
HORAS/HOMBRE HORA/HOMBRE MENSUAL POR RENGLON
DETALLE
Servicio de vigilancia con
destino al Policlínico PAMI I
Edificio Principal, por el término
de doce (12) meses, con opción
a renovación por hasta igual
período.
Servicio de vigilancia con
destino al Policlínico PAMI I
Anexo 1, por el término de doce
(12) meses, con opción a
renovación por hasta igual
período.
Servicio de vigilancia con
destino al Policlínico PAMI II,
por el término de doce (12)
meses, con opción a renovación
por hasta igual período.
6.831
3.703
10.482
MONTO TOTAL OFERTADO
SON PESOS…………………………………………………………………………………….…
……………………………………………………………………………………………………….
………………….…………..
Firma y Aclaración
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ANEXO V
CONSTANCIA DE VISITA A LAS INSTALACIONES
Por la presente se deja constancia que el Sr. ......................................................... en
representación de la firma ................................................................ha visitado el inmueble
sito en ……………………………………………………… a efectos de interiorizarse del
mismo con referencia a la contratación de……………..........................................................
………………………………………………………………………………………………………..,
tomando conocimiento de todas las características que deberán tener en cuenta al
efectuar su oferta.
Licitación Pública Nº………/ 15
LUGAR Y FECHA,
....................................................
Firma de la Empresa
....................................................
Firma del Instituto
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ANEXO VI
DECLARACION JURADA PATRIMONIAL
RAZON SOCIAL..................................................................
DOMICILIO..........................................................................
LOCALIDAD........................................................................
AÑO 200…
AÑO 200…
ACTIVO CORRIENTE
ACTIVO NO CORRIENTE
PASIVO CORRIENTE
PASIVO NO CORRIENTE
VENTAS TOTALES
% VENTAS DEL RUBRO (1)
(1) Porcentaje de incidencia en las Ventas Totales de las Ventas del Rubro
correspondiente a los materiales objeto de la contratación.
……………………………………..
Firma Representante legal
……………………………………..
Firma Contador Público
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