Reglamento Actividad Comercial Calle 26 Chevrolet

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Reglamento Actividad Comercial Calle 26 Chevrolet
TERMINOS Y CONDICIONES
ACTIVIDAD COMERCIAL
SUPERMERCADO CALLE 26 DE LA CIUDAD DE BOGOTÁ.
1. PERIODO DE LA ACTIVIDAD
FECHA DE INICIO: Primero (01) de Mayo de 2015
FECHA DE TERMINACIÓN: Treinta (30) de Junio de 2015
2. MECANICA DE LA ACTIVIDAD:
1. Por compras iguales o superiores a CINCUENTA MIL PESOS M/CTE ($50.000) en una
sola tirilla en los productos de las marcas patrocinadoras los cuales son: BAVARIA,
PRODUCTOS FAMILIA SA, COMESTIBLES RICOS SA, COMERCIAL NUTRESA SAS,
MONDELEZ COLOMBIA SAS, INDUSTRIA NACIONAL DE GASEOSAS SA,
ALIMENTOS POLAR DE COLOMBIA SAS, BIMBO DE COLOMBIA SA, WHIRLPOOL
COLOMBIA SA, podrá participar en el sorteo aleatorio de un automóvil CHEVROLET
SPARK LIFE 1.0L T/M LS MODELO 2016.
2. Dentro del tiquete de compra o factura el sistema emitirá un bono texto donde el cliente
podrá diligenciar sus datos personales y depositarlos en los buzones ubicados en el
supermercado de la Calle 26 en la ciudad de Bogotá.
3. El tres (3) de julio 2015, COLSUBSIDIO, realizará el sorteo aleatorio del beneficio
anteriormente mencionado, en las oficinas administrativas de COLSUBSIDIO.
4. Una vez se conozca el resultado, COLSUBSIDIO se comunicará el mismo día del sorteo con el
cliente beneficiario por vía telefónica, informándole cual es el beneficio que ha obtenido, la fecha
y lugar en donde se le hará entrega de una carta que lo certifica y lo autoriza para reclamar su
premio en el Concesionario de Automotores San Jorge, Calle 13 # 38-91, ubicado en la
ciudad de Bogotá
3. PRODUCTOS PARTICIPANTES:
Esta actividad aplica por compras realizadas en los Productos de las marcas
patrocinadores los cuales son: BAVARIA, PRODUCTOS FAMILIA SA., COMESTIBLES
RICOS SA, COMERCIAL NUTRESA SAS, MONDELEZ COLOMBIA SAS, INDUSTRIA
NACIONAL DE GASEOSAS SA, ALIMENTOS POLAR DE COLOMBIA SAS, BIMBO DE
COLOMBIA SA, WHIRLPOOL COLOMBIA SA. Se anexa a este reglamento el portafolio
de los productos.
4. PARTICIPACIÓN
Todos los Clientes afiliados y no afiliados de la Caja Colombiana de Subsidio Familiar
COLSUBSIDIO, que cumplan con la condición de compra y con los requisitos descritos en la
mecánica de la citada actividad y que acepten las condiciones expresadas en este reglamento.
Quedan expresamente excluidos de participar los empleados, trabajadores y administradores de la Agencia
Eikon Digital, quienes son los intervinientes principales en la actividad, y las demás personas excluidas por ley
(cónyuge y parientes en segundo grado de consanguineidad, segundo de afinidad o único civil)
5. VÁLIDO PARA COMPRAS UNICAMENTE EN EL SUPERMERCADO CALLE 26
Esta actividad aplica únicamente para compras realizadas en los productos de las marcas
patrocinadoras en el Supermercado Calle 26, ubicado en la Calle 26 # 25-50 de la ciudad de
Bogotá. No aplica para compras realizadas en concesiones y canal de domicilios COLSUBSIDIO.
6. PLAN Y ENTREGA DEL BENEFICIO
El beneficio consiste en el sorteo de un (1) Automóvil CHEVROLET SPARK LIFE 1.0L
T/M LS, MODELO 2016. No se encuentra incluido dentro del beneficio, el trámite y el pago de
la matrícula y del impuesto del SOAT, ni la ganancia ocasional, esto deberá ser asumidos por el
cliente beneficiario.
El sorteo del automóvil CHEVROLET SPARK LIFE 1.0L T/M LS, MODELO 2016 se
llevará a cabo el día tres (3) de julio de 2015 a las 3:00 pm. en el Supermercado de
Colsubsidio Calle 26, ubicado en la Calle 26 # 25-50 de la ciudad de Bogotá, con la
presencia de Auditoria Interna, Administrador del Supermercado Calle 26, Delegados
Departamento Marketing y dos representantes del público que servirán como testigos.
COLSUBSIDIO se comunicará con el beneficiario el mismo día del sorteo, tres (3) de julio de
2015. En el caso de no poderse contactar con el beneficiario o que el cliente no comparezca
después 15 días calendario de haberse realizado el sorteo, en las oficinas de COLSUBSIDIO,
COLSUBDIO podrá contactar al otro posible beneficiario.
ENTREGA DEL BENEFICIO: El cliente beneficiario deberá acercarse con documento de
identidad original y dos (2) fotocopia del mismo, dentro de la fecha y lugar que le informe
COLSUBSIDIO, con el fin de hacerle entrega de una carta que lo certifica y lo autoriza para
reclamar su beneficio en el Concesionario de Automotores San Jorge, Calle 13 # 38-91,
ubicado en la ciudad de Bogotá. Esta carta tendrá una vigencia de treinta (30) días contados
a partir de la entrega de la misma al cliente beneficiario.
7. GANANCIA OCASIONAL: El beneficio que se obtenga es una Ganancia Ocasional que será
asumida por el ganador del automóvil, está sujeto a la retención en la fuente por dicho concepto
según las normas establecidas en el Estatuto Tributario Nacional.
8. ACEPTACIÓN TÁCITA: Por el hecho de registrarse y diligenciar sus datos personales en los
puntos de venta, se entiende que el consumidor acepta incondicionalmente los Términos y
Condiciones aquí indicados. COLSUBSIDIO no se hace responsable por errores en los datos
suministrados por el cliente.
9. OTRAS CONDICIONES Y RESTRICCIONES
El cliente beneficiario será publicado en nuestras redes sociales, Facebook Supermercados
Colsubsidio, y página web Colsubsidio www.colsubsidio.com
Frente al trámite de traspaso del automóvil, se hará responsable única y exclusivamente, el
Concesionario de Automotores San Jorge, Calle 13 # 38-91, ubicado en la ciudad de Bogotá
donde el cliente reclame su beneficio. Los gastos en que pueda incurrir el cliente beneficiario serán
asumidos por su cuenta y riesgo.
El beneficio es único e intransferible y no son redimibles en dinero, en todo ni en parte, no
se efectúan cambios, ni por ningún otro beneficio.
Los premios son personales e intransferibles, es decir, en el caso de que por cualquier
circunstancia el cliente beneficiario no pueda o no quiera aceptar el premio o renuncie a los
mismos, COLSUBSIDIO podrá disponer del premio.
Esta actividad no es acumulable con otras promociones, concurso y/o sorteos que realice
COLSUBSIDIO en la misma época.
COLSUBSIDIO se reserva el derecho de finalizar anticipadamente la presente actividad o
descalificar a uno o varios participantes, en caso de existir fraude o intento de fraude,
dificultades técnicas o cualquier otro factor fuera de control que pudieran comprometer la
transparencia y seguridad de esta actividad.
COLSUBSIDIO se reserva el derecho a aplazar la fecha del anuncio del cliente beneficiario
en caso de que se necesiten verificaciones adicionales.
COLSUBSIDIO podrá filmar, fotografiar o grabar el evento con la participación de los
beneficiarios. Estas imágenes o grabaciones pueden ser publicadas en medios de
comunicación, como televisión, radio, prensa, inserto supermercados, internet, entre otros,
lo cual queda autorizado por los beneficiarios al aceptar los términos y condiciones de esta
actividad, que da cuenta del conocimiento previo del reglamento y satisfacción del
beneficio.
COLSUBSIDIO manifiesta que protege los datos suministrados por sus clientes, afiliados y
no afiliados en virtud de lo dispuesto en la Ley 1581 de 2012, en su artículo primero. “La
presente ley tiene por objeto desarrollar el derecho constitucional que tienen todas las
personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre
ellas en bases de datos o archivos, y los demás derechos, libertades y garantías
constitucionales a que se refiere el artículo 15 de la Constitución Política; así como el
derecho a la información consagrado en el artículo 20 de la misma”, e informa a éstos que
los datos personales serán utilizados en los términos dados en la autorización por su titular
y/o acudiente. Dicho tratamiento podrá realizarse directamente por Colsubsidio y/o por el
tercero que la corporación delegue.
La responsabilidad de COLSUBSIDIO finaliza con la entrega y puesta a disposición del
beneficio al cliente beneficiario.
COLSUBSIDIO no se hace responsable por ningún motivo del uso o destino que el cliente
beneficiario le dé al beneficio obtenido.