GACETA OFICIAL MARTES 19-11-2013 - Juris-Line

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GACETA OFICIAL MARTES 19-11-2013 - Juris-Line
GACETA OFICIAL
DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
ARO
CXLI -
M E S 11
Caraca$ martes 19 de noviembre de 2013
N ú m e r o 40.297
-
Asamblea Nacional
Ley que autoriza al Presidente de la República para dictar
Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley en las materias
que se delegan.-(Véase No 6.112 Extraordinario de la
GACETA OFICIALDE LAREPÚBLICABOLIVARIANADE
VENEZUELA, de esta misma fecha).
Acuerdos mediante los cuales se autoriza al Ejecutivo Nacional
para Decretar las CréditosAdicionales a los Presupuestos
de Gastos vigentes de la Vicepresidencia Ejecutiva de la
República. de los Ministerios &e en ellos semencionan y
al Gobierno de Distrito Capital, por'las cantidades que en
ellos se Gñalan.
Presidencia de la República
Decreto No 592, mediante el cual se dicta la aeación del
Servicio Especializadopara laAdministración y Enajenación
de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados y
Confiscados. Dependientede la Oficina Nacional Contra
la DelincuenciaOrganizada y FinanciamientoalTerrorismo.
Decreto No593. mediante el cual se acuerda un Traspaso de
Créditos Presupuestarias de una Acción Especifica a otra
de distintos Proyectos, Superior al 20%. por b cantidad
que en él se indica, al Presupuesto de Gastosvigente del
Ministerio del Poder Popular para la Salud.
Decreto No 594. mediante el cual se acuerda un Crédito
Adicional, por lacantidadque en él seseriah. al Resupuesto
de Gastos vigente del Ministerio del Poder Popular para
Relaciones Interiores, Justicia y Paz.
'Decreto No 595. mediante el cual se acuerda un Crédito
Adicional, por la cantidad que en él s e menciona, al
1 Presupuesto de Gastos vigente del Ministerio del Poder
Popular para Relaciones Interiores. Justicia y Paz.
Decreto No 596. mediante el cual se acuerd;. un Crédito
Adicional, por,la cantidad que en él s e especifica, al
Presupuesto de Gastos vigente delMinisterio del Poder
Popular para delaciones Interiores. Justicia y Paz.
,
Decreto No 597, mediante el cual se acuerda un crkbito
Adicional, por la cantidad que en él s e indica. al
Presupuesto de Gastos vigente del Min7stemdelPoder
Popular para la Defensa.
Decreto No 598, mediante el cual se acuerda un Crédito
Adicional. por lacantidadque en él se señata, al Resupuesto
de Gastos vigente de la Vicepresidencia de la República.
Decreto No 599. mediante el cual se acuerda un Credito
Adicional, por lacantidadqueen él seespeafica. dResupuesto
de Gastos 2013 de la Vicepresidencia de ia República.
'
I
CORPOLARA
- - . - - .. ..
Providencia mediante la cual se designa a la ciudadana Ana
Maria Torrealba Roias. como Coordinadora de Planificación
Institucional de la Óficina de Planificación Estratégica de
esta Corporación, en calidad de Encargada.
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
SUMARIO
-
Vicepresidencia de la República
SUNAl
Providencia mediante la cual se dicta el Código de Ética y
Conducta de los Servicios Públicosde esta Superintendencia.
CORPOMIRANDA, S.A.
Providencia mediante la cual se corrige por error material la
Resolución NoJD-2013-002, de fecha 13 de mayo de 2013.
Ministerio del Poder Popular
del Despacho de la Presidencia
y Seguimiento de la Gestión de Gobierno
Resoluciones mediante las cuales sedesigna a las ciudadanas
y ciudadanos que en ellas se me.ncionan, para ocupar los
cargos que en ellas se especifican, de este Organismo.
Ministerio del Poder Popular
para Relaciones Interiores, Justicia y Paz
Resolución mediante la cual se designa al ciudadano José
Rafael Martínez Gamboa, como Registrador, en el Registro
Público del Segundo Circuito del Municipio Banita, Estado
Miranda, adscrito al Servicio Autónomo de Registros y
Notarías (SAREN).
Ministerio del Poder Popular de Finanzas
SENIAT
Providencia$mediante las cuales se designa a los ciudadanos
que en ellas se indican. para ocupar los cargos que en ellas
se señalan. de este Organismo.
Providencia mediante la cual se establece la Tasa Aplicable
para el Calculo de los Intereses Moratorios corres~ondiente
al mes de octubre de 2013.
Ministerio del Poder Popular para la Defensa
Resolución mediante la cual .se delega en el ciudadano
Almirante Gilberto Amílcar Pinto Blanco. Comandante
General de la Armada Bolivariana. la facultad de suscribir
las documentosque en ellase señalan, adsaitos a la Dirección
de Asuntos Nacionales del Componente de la Armada
Bolivariana.
Resoluciónmediante la cual se nombra al ciudadano Coronel
Rafael Antonio SAnchez Moreno. Director del Centro de
MantenimientoNaval y ServicioAutónomo de Mantenimiento
de Lanchasdel Comando de Vigilancia Costera dela Dirección
de Operaciones de la Comandancia General de la Guardia
Nacional Bolivariana.
Resolución mediante la cual se nombra a la ciudadana
Contralmirante Rosana GonzAlez, Directora de la Dirección
General de la Presidencia del Fondo de Inversión
Misión Negro Primero S.A., de la Gran Misión ((Negro
Primero» del Despacho de la Ministra.
407.068
Martes 19 de noviembre de 2013
GACETA OFICl.-U,DE LA REPUBLICABOLIVARIANADEVENEZUELA
\
1
I
Resoluciones mediante las cuales se designa al Fondo
de Inversión Misión Negro Primero, S.A., como
Administrador de los Créditos Adicionales para
la ejecución de varias obras militares en distintas
entidades de la República Bolivariana de Venezuela,
por las cantidades que en ellas se señalan.
I
ASAMBLEA NACIONAL
LA ASAMBLEA NACIONAL
DE LA REPUBLICA BOLIVAIUANA D VENEZUELA
f
VISTA. la solicitud del ciudadano Minislro del Poder Popular de Finanzas, contenida en el
oficio NoF-2052 de fecha 13 de noviembre de 2013;
CUMPLIDOS, como han sido los requisiios establecidos en los artículos 187. numeral 7
de la Constituci6n de la República Bolivariana de Venezuela, 52 de la Ley Orgánica de la
Adrninistraci6n Financha del sector Público, en concordancia con el artículo 3 de las
Disposiciones Generalesde la Ley de Presupuesto para el Ejercicio Fiscalvigente; y
Ministerio del Poder Popular para la Educación
Resoluciónmediante la cual se designa al ciudadano Jhon
Arturo Sosa Mariño, como Director de Administración,
adscrito a la Dirección General de la Oficina de
Administración y Servicios, de este Ministerio.
Ministerio del Poder Popular
para Transporte Acuático y Aéreo
Resoluciones mediante las cuales se otorga el beneficio
de Jubilación, a las ciudadanas que en ellas se
mencionan.
O~DO,el informe favorable de la Comisión Permanente de Finanzas y DesarroUo
Econ6mico de la Asamblea Nacional:
ART~CULO
PRIMERO: Autohr al Ejecutivo Nacional para decretar un Wto Adicional
al PresupueSio de Gastos Vigente de la Vicepresidencia Ejecutiva de ia República, por la
cantidad de CIENTO TREINTA Y SEIS MILLONES DE BOL~VARES
(Bs. 136.000.000,00). al Proyecto, Accidn Específica, Partidas, Sub-partidas y Ente, de
'acuerdo con la siguiente hputaci6n presupuestaria:
I
VICEPRESiDENCIAEJECUTIVA DE LA REPÚBLICA Bs.
Proyecto:
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
Ministerio del Poder Popular para el Ambiente
Resolución mediante la cual se dicta las Normas para la
Disposicióny Emisiónde Guías de Circulación de Bienes
Forestales por la Empresa Nacional Forestal, S.A.
Ministerio del Poder Popular
para Ciencia, Tecnología e Innovación
Resolución mediante la cual se designa como Directores
Miembros del Consejo D.irectivo de la Fundación
Centro Na'cional de InnovaciónTecnológica «CENIT»,
a los ciudadanosy a la ciudadana que en ella se señalan.
Resoluciones mediante las cuales se designa a los
ciudadanos y a la ciudadana que en ellas se mencionan,
para ocupar los cargos que en ellas se especifican, de
este Ministerio.
Acta.
339999000 "Aportes y Transferercias
para financiar los Proywtw de
los Entes Descentralizados"
136.000.000,00
"
136.000.000,W
Acción
3 3 W 1 1 "Aportes y Transferencias para
financiar los Proyectos de la
Chponci6n de DesamUo de la
ClJcIm del M0 Tuy T m b
de
Mirands",
u
~CORPOMIRANDA.SA)"
-a:
l
PaIiidz
4.07
Subpartidre
Gcnéricns,
Específicos Y
Sub
E S ~ I -
Resolución mediante la cual se aprueba la Estructura
Financierade este Ministerio para el EjercicioEconómico
2014, constituida por la Unidad Administradora
Central que en ella se indica.
Resolución mediante la cual se corrige por error material
la Resolución No 194, de fecha 08 de octubre de 2013.
1
Transferencias y DonaOOncs.
Otras Fuentes
-
136m.000,w
'
136MW).000,00
t
01.0303m
AOBó
03t
d f e r e n c i a s corrienta
entes desaniralizadas cm
f i i
empdalcs
no
petroleros"
50.mOO
'Corporación de Dc~nollode
ii Cuenca del Río Tuy
'TnaUsco de Miran& S A
(CORPOWRANDA. SA.)" '
=mMwm
~~ de
apitd 8
oler d e s c m m can
ñr< oipeniirks
m
ptrdcros'
A0296
.
ART~CUU)
SECUNDO: (hmuoiicu el -te
chlmbrhMdehPcp0bli
86a)lLaoOpo
I
*Corponción de Despnollo de
L Cuenca del Río liiy
4
de Miran& S A
(CORPOMlRANüA.SA.)"
.
Aaiudo a l Ejaa~iivoN d m d y 8 h
COOECYT S.A.
Providencia mediante la cual se designa a los Miembros
que conformarán la Comisión de Contrataciones de
esta Corporacidn, con carácter permanente, integrada
por los ciudadanos y'ciudadanas que en ella se
señalan.
MC
Providencia mediante la cual se constituye con carácter
permanente la Comisión de Contrataciones de este
Instituto, integrada por los ciudadanos y ciudadanas
que en ella se indican.
LA ASAMBLEA NACIONAL
DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Ministerio Público
Resoluciones mediante las cuales se traslada a los
ciudadanos Abogados y ciudadanas Abogadas que
en ellas.se mencionan, de las Fiscalías que en ellas
se señalan, a las Fiscalías que en ellas se especifican.
Avisos
VISTA. la solicitud del ciudadano Ministro del Poder Popular de Fianzas.
contenida en e l oficio '
N F-2065de fecha 14 de noviembre de 2013;
CUIVIPLIDOS, como han sido los requisitos establecidos en Los artículos 187,
numeral 7 de la Consfhcibn de la República Bolivanana de Venezuela. 52 de la
L e y Orgánica de la Adnn'nistración Financiera del Sector Público, en concordancia
con el artículo 3 de las Disposiciones Generales de la L e y de Presupuesto para el
Ejercicio F
iscal vigenie; y
1
GACETAOFICIAL DE LAREPÚBLICABOLIVARIANA DE VENEZUELA
Martes 19 de noviembrede 2013
O ~ Oel, informe favorable de la Comisión Permanente & Finanzas y D c ~ m l l o
Económico de la Asamblea Nacional:
MINISTERIO DEL PODER POPULAR
PARA LAS RELACIONES INTERIORES,
JUSTICIA Y PAZ
ACUERDA
ART~CULOPRIMERO: Autorizar al Ejecutivo Npara decretar ua a d i t o
Adicional al Presupuesto de Gastos vigente de la Vicepnsiicncia Ejecutiva de la
Rephblica, por la cantidad de OCHO ~ l Y E TRESCIENTOS
S
DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS VEINTlCMCO BOL~YARES CON
TREINTA Y SEIS CÉNTIMOS (Bs. 8.318325,3ó),
a h Acción Cenbalizada.
Acción Eqedica, Partida y Sub-partidas, de acuerdo am h siguiente imputación
presupuestaria:
Acci6n
Centralizada:
Acción
Es$ecifica:
Partida:
EJECUTIVA
330002000
Sub-Partidas
Genericas.
Específicas y
SubEspecíficas:
Br
"Gesti6n
Administrativa"
"Servicios
no
personales"
- Otras Fuentes
04.04.00
"Teltfonos"
10.99.00
"Otros servicios
profesionales y
técnic6s"
18.01.00
Acei6n
Especifica:
260035001
8318.225,36
Partida
'
4.07
"
SUbPartidas
Generica,
Especíjica
y SubEspecifica
m
03.03.08
m
E5400
I
.
"Impuesto
al
Valor Agregado" -
1.400.000.00
5.920.038,36
998.187,00
ART~CULOSEGUNDO: Comunicar el presente Acuerdo al Ejecutivo Nacional y
a la Contraloria General de la República.
sede de la Asamblea
Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legisl*
Nacional, en Caracas a los diecinueve días del mes de noviembre de dos mil trece.
Años 203" de la Independencia y 1.54" de la Federación.
a
BS 267.248.@48,50
"Transferencias
para
Financiar los Programas
y Proyectos de Entidades
Federales y Municipios"
"
267.248.048,SO
"Transferencias
para
Financiar los Programas
y Proyectos de Entidadea
Federales"
O'
267.248.0489
"
267.248.048,SO
l
DE LA
330002001 "Apoyo
institucional a las
acciones
específicas de los
proyectos
del
organismo"
4.03
260035000
l
I
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
VICEPRESIDENCIA
REPÚBLICA
Proyecto:
407.069
,
"Transferencias
Donaciones"
(Otras Fuentes)
Y
"Trnnsferencis de capital
a1 Poder Estadal"
"
267348.048,SO
Estado Aragua
"
267.248.048.50
ART~CULO SEGUNDO: Comunicar el presente Acuerdo al Ejecutivo
Nacional y a la Contraloría General de la República.
Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea
Nacional, en Caracas a los diecinueve días del mes de noviembre de dos mil
trece. Aiios 203" de la Independencia y 1.54" de la Federación.
LA ASAMBLEA NACIONAL
DE LA REPOBLICA DOLIVARIANA DE VENEZUELA
VISTA, la soliciiud del ciudadano Ministro del Poder Popular de Finanzas, contenida
en el oficio dc fecha 18 de iiuviembre de 2013;
CUMPLIDOS, como han sido los requisiios csiablecidos en los artículos 187, numeral
7 de la Constitución della República l3olivariaiin de Venczuela, 52 de la Ley 0rgAnic.a
de la Administración Financiera del Sector Público, en wnwrdancia wn el ariículo 3 de
las Disposiciones Generales de la Ley de Presupuesto para el Ejercicio Fiscal vigente; y
LA ASAMBLEA NACIONAL
DE LA R E P ~ ~ B L I CBOLIVARIANA
A
DE VENEZUELA
VISTA, la solic"tud del ciudadano Ministro del Poder Pupular de Finanzas,
contenida en el o h o No F 2046 de fecha 12 de novierdne de 2013;
CUMPLIDOS, &mo han sido los requiiitos establecidosui los artículos 187,
~ a Venezuela, 52 de
numeral 7 de la Constitución de la República B o l i v a ~ i a &
la Ley Orgánica de la Administración Financiera dd Sector Público, en
concordancia con el articulo 3 de las Disposiciones M e s de la Ley de
Presupuesto para el Ejercicio Fiscal vigente; y
0b0,el informe favorable de la Comisión P e m a n m k de Finanzas y
Desarrollo Económico de la Asamble? Nacional:
ART~CULO PRIMERO: Autorizar
1
Ejecutivo P k i o d para decretar un
M t o Adicional al Prc~upucstode Ga tos vigente dcl M t u t e r i o del Poder
m
por Ia cantidad de
Popular para hs Relaciones Interior S, Justicia y
DOSCIENTOS SESENTA Y SI TE MILLODOSCIENTOS
CUARENTA Y OCHO MIL CUARENTA Y OCHO BOL~VARESCON
CINCUENTA CENTIMOS (Bs. 267.248.048$0). rl Proyecto. Accidn
Espeáfica. Partida, Sub-Pariida y Ente. de acuerdo con h siguiente imputación
pmupuestnria:
O ~ D Oel informe favorable de la Comisiói~Permanente de Finanzas y Desarrollo
Económico de la Asamblea Nacional:
ACUERDA
'
ART~CULOPRIMERO: Autorizar al Ejecutivo Nacional para decrelar un Crfdito
Adiaonal al Presupuesto de Gastos vigente del Miiiisterio del Poder Popular para la
Defensa, por la cantidad de QUINCE MILLONES DE BOL~VARES
(Bs. 15.000.000,00), al Proyecto, Acción Especifica, Partida, Sub-partida y Ente. de
acuerdo a la siguiente impuiación presupuestaria:
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA '
LA DEFENSA
s .
15.000.000,00
1
Proyecto:
Acción
Esoeúfica:
Partida:
089999000 "Aportes y Transferencias
pura Financiar los Proyectos
de los Entw Descentralidos"
089999016 "Aportes y Transferencias para
~inanciarlos Pmyectos del Ente
Empresa Militar de Transporte
de la FANB, S.A. (EMILTRA,
S.A.)" .
4.07
"Transferencias y Donaciones"
- Otras Fuenies
"
.
15.000.000,00
"
15.h.00b.~
"
15.000.aI0,W
GACETAOFICIALDE LAREP~BLICABOLIVAR~ANADE
VENEZUELA
407.070
Sub-Partidas
Generica,
Especifica Y
Sub-Eswáfica:
Martes 19 de noviembre de 2013
Dado, f
d o y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea
Nacional. ui Caracas a los dieQnuevt días del mes de noviembre de dos mil üux.Aóos
203" de la Independencia y 154' de la Federacióp.
01.03.07 "Transferenciasconientes a
entes descentralizadoscon fines
tmpre~analesno petroleros
A0526
':
i~.o00.~,00
"Empresa Militar de Tmqmrie
de la Fuerza Ar'mada Naaonal
Bolivariana, SA. (EMLTRA,
S.A.)"
"
15.000.000.00
ART~CULOSEGUNDO: Comunicar el presente Acuerdo al Ejecutivo Naaonal y a
la Conhaloría General de la República.
Dado, finnado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea
Nacional. en Caracas a los diecinueve días del mes de noviembre de dos mil trece.
Años 203' de la Independencia y 154O de la Federaci6n.
LA ASAMBLEA NACIONAL
DE LA REP~BLICABOLNARIANA DE VENEZUELA
I
VETA, la solicitud de la ciudadana Jefa de la Oficina Nacional de Presu~~csto.
-mida
en el oficio N" 004508 de fecha 12 de noviembre de 2013;
LA ASAMBLEA NACIONAL
DE LA REP~BLICABOLIVARUNA DE VENEZUELA
VISTA, la solicitud del ciudadano Ministro del Poder Popular de F i i ,
contenida en el oficio No F 2051 de fecha 12 de noviembre de 2013;
CUMPLIDOS, como han sido los requisitos establecidos en los arliwlos 187,
numeral 7 de la Constituci6n de la República Bolivariana de Venezuela, 52 de la
Ley Orgánica de la Adminislración F i c i e r a del Sedor Público, en concordancia
con el artículo 3 de las Disposiciones Geuerales de la i e y de h p u e s i o para
Ejercicio Fiscal vigenie; y
0b0,el informe favorable de la Comisión Pe-ente
de Fioanzas y Desarrollo
Ecodmiw de la Asamblea Nacional:
ACUERDA
ART~CU~LO
PRIMERO: Autorizar al Ejecutivo Naaonal para dmetar un W m
Adicional al Presupuesto de Gastos vigente del Minuterio d d Poder Popuiar para
las Relactonw luteriores. Justicia Y Pat. Dor la cantidad de SEIS MiLL.ONE.9
OCHOCIENTOS OCaeNTA Y-OCHO MIL SElS B o L ~ A R E S CON
OCHENTA Y UN ~ N T M O S@s. 6.888.006.81). al Royedo. Acci6n Esacífica.
Partida, Sub-Partida y Ente de acuerdo con siguie& impu-k6n p ~ P ~ & :
MiNíSTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS
RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ
Proyecto:
AcciOn
EspecMca:
Partida:
Sub-Partida
Genérica,
Específica y
SubEspecífica:
260035000
Bh
"Transferencias
pap
financiar los programas y
proyectos de Entidades
Federales y Muuicipios"
"
6.888.006,81
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
(SUMPLIDOS, a m o han sido los requisitos establecidos en los u t f d o s 28 y 29 de Ls
Dispmiciones Generales de la Ley de Presupuesto para el E j M a o F d vipue, en
mmrdancia con el artículo 52 de la Ley Organica de la Admhhxión F
e del
Scaor Público; y
I
I
o~DO, el informe favorable de la Comisión Permanente de i h w m s y hsmoiio
I
Econ6mico de la Asamblea Naaonal:
ACUERDA
~ ~ ~ f ~ ~ ~ o ~ ~ o : ~ u ~ i ~ ~ o b i u a ~ ~ e l ~ i s t n t o ~ p a d e o e r r ~ a e d a o
Adiciaui a su Pnsllpucsto de Gastos vigenie, por la antidd & DOS(;IEWTOS
VEINTIOCHO MELONES DE B O L ~ A R E S(Br 228-.
a h k66ii
C e n W d a , Acción &p%ffica, Paaida y Sub-Partida, de naado aa h sigmhte
imputación presupuda:
1
Accibn
Especlfia:
Pariidi:
-2401
OLAsignaei6ny Control de
loa Recunw p a n G u t w
de lor Trabajadoma"
4.07
4.07
YTransferencias
Para
financiar los programas y
proyectos de Entidades
Federalesw
"Transfcrencias
Douacioiiesw
(Otras fuentes)
6.888.006,81
"
6.888.006.81
Y
2mmQm@m
~masferencias
Donadones"
(Otras Fuentes)
Geoerica,
01.01.09
"Aguinaldos al P
d
Empleado, e r e m y militar
pnoiaiado"
01.01.13
-&unaldos al paJonal
empleado, obrem y militar
jubilado"
6.888.006.81
"
"
f2800Q000M
Sub-Partida
01.01.15
260035001
Br
GOBiERNO DEL DlSIliTO CAPiTAL
.
19338.262,00
146.360.844.00
"Apwics a los Servicios de
salud, accidentes pusorialcs
y gastos funemr(os del
pasonal empleado, o b w y
militarjubilado"
62250.894.00
ART~CUU).SEGUNDO:Cokunicar el ptesente Acuerdo al Gobierno del Distrito Capital y
a la Coniraloría General de la República.
Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional, en
Caracas a los diecinueve días del mes de noviembre de dos mil trece. Aüo 203- de la
Independencia y 154"de la Federación.
03.03.08
E5500
"Transferencias de capital
al Poder Esiadal"
Esiado Barinas
"
*
6.888.006.81
6.888.006,81
ART~CULO
SEGUNDO: Comunicar el presente Acuerdo al Ejecutivo Nacional y a la
Contraloría General de la República.
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
407.072
Subpartidas
Gentricas.
Especificar y
SubEspulficar:
Partida:
Sub-Partidas
Gtnérbs.
Espuificar y
SubErpecificar:
Proyecto:
Acción Especificr:
Partida:
Proyecto:
10.06.00
4.03
18.01.03
"Materiales para cquipos de
computación"
"Servicios no Fcrsonales"
- Otras Fuentes
u
Q
2
u
"Impuesto al Valor Agregado"
2.209,W
"
171.720.880.00
260128005 "Fortalecimiento del Servicio
Policia en el Territorio Nacional"
'
171.720.880,OO
"Materiales,
suministros
mcrcancias"
- Otras Fuentes
Acción Erpecüiu:
Partida:
Sub-Partidas
Gentricas.
Especificas y
Sub-Especificas:
de
Partida:
Y
01.01.03
03.01.00
"
"Alimentos y bebibas para personas'
"Materiales,
sumioutra
mercancfas"
Otras Fuentes
4.03
"Prcndas dc vesiir"
'Imprenla y reproducci6n"
"Calrados"
"Produclos de cuero y riiced6neos del
cuero"
Yidticos y pasajes dentro del país"
'Servicios
de
capacitación
y
adicstramiento"
'Conservación y reparaciones menores
de equipos de iransporie. tracción y
elevación"
11.OUr)
iitilr\ divcrsui"
"Olros inalerialcr y riiininistros"
04.07.00
06.05.iiO
07.02.00
"Servicios nu I'ersuiialcs"
- Otras Fueiites
"Servicio de cnndoininio"
"5ervicio!, dr protcccihn en traslado dc
foiidos y de iiirnsajeria"
84.8M.W
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
.
"Maierialcs el6clric<i\"
'OIIUS
4.07
01.03.UZ
75.O«(I.(K)
"
195.450.00
'
183600.00
11.850.00
servicios no personaics"
26999-
"Aportes
y Transferencias
para
Financiar 10% l'i.uyceiur del Ente
Adiniiiistrativo
de
Servicio
Identificaciún,
Migr~cióii
y
k t r a n j e r i a (SAIMIL)"
"Transfcrcirii;~~y I>onacionw"
- Otras Puciitcs
T m f e r e i i c i a s corrienics a entes
dcsceiitralizados sin fines empresariales
Adininislnlivo
de
'Servicio.
Idenlificaci»n, Migracibii y Exlranjcria
(SAIME)"
I
261)L)a)9U09 "Aliurtes
y ~I'i.;iiisfei.eiicias liara
I'inancbr I<ir I'ruycclu~ del Eiitc
Fand;iciún (;r;iii Mirihii a ' l ' u d ~ Vida
Vuie~ucla"
"
114.220.756.W
"
114.220.756,W
"
24.629.203.00
"
24.629.203.W
"
24.62Y.203.00
Partida:
Sub-Ppriidas
Gcntricas.
Especificas y
01.03.U2
A0270
Traiisfercncias ct~rrieiitcsa ciiies
dacciilrdliados siii fiiies cinpresariales"
'Fundación Cirdii Misión a Toda Vidr
Vcnuuela"
AI~TICULO
SECIJNUO: C:i~muiiiurel ~~rcsciitc
Acucrrlo al Ejen ivo Nacional y a la contrrloria'
General de la República.
7
Dado. firmado y selladu eii cI I'a*uu 1L.ilcr;il k'pislaiivo. r < l cde la Asdiiiblea Nacional. en Caraas
a los dieciiiucve dias del ities dc mvicinbrr de <tosriiil trccc. M o s 203" de la independencia y 154"
de la Federación.
"linpuesio al valor agregado"
"Coniisioncs por servicios para cumplir
con los beneficios sociales"
'
44.5UU.OUU.UQ
'
44.500.000.00
Sub-Partidas
Ccntricas.
Especifiw y
"Equipos y armamciiios de orden
publico. seguridad y defensa nacional"
'Impuesto al Valor Agregado"
Acción Especifica:
~ c c i ó "Esl~ecifica:
"Conwiirci6ii y reparaciones menores
de cqiiipos y ;iriii;iriicntos de orden
pul>lico. seguiiclad y deleiisii incioiial"
"CoiiscrvaciSii
icl>;irnciones iiicnores
de iniquiiiac. iiiurl~lesy deiiiis equipos
de <ificiiia v .il~~~:i~iiiciiiii"
"~o1iirrv;iciiiii y iep;irncioiies menures
Je oir;ia ni.iqiiiiiari;i y equipo.\"
"Derccli<is Jr iirijiiiri;tci6ii y sarvicius
iidiiancros"
08.01.00
18.01-a)
99.01111
A1342
5.182.991.W
"linpreriiii y repir>clucciOn"
"Activos Reales"
- Otras Fueiiler
Tasas y otros derechos obligatorios"
~ t r o scrvicios
s
fiscales '
269999090 " A p o r t a
y Transfereiicus para
Financiar los Proyectos de los E n t e
Dacentralirados"
Sub-Parlidas
Genéricas,
EspecMcas y
Sub-Espcifi~s:
"Priiiias y gnsiob de seguros"
scrvicii,~ profesionales y
"Oiros
ICcnicos"
"Conservaci6n y reparaciones menores
de iiiailuinarm y cleiiiis equipos de
conslrucci611,cnnipri. industria y taller"
"Conscrvaci6n y reparaciones menures
de cquipos <IFcoiiiunicacioiies y de
señalainiciito"
4.04
15.0200
'5.99.00
Proyecto:
Partida:
3.695.450.00
OtrasFuentw
03.02.00
4.03
"
"Servicios no Personales"
03.03.00
"Productos de seguridad en el trabajo"
"Maierialcs
equipos
de
coinpulaci6n"
3.695.450.00
d
'Alimentos y bebidas para personas'
~
~
~
~
i
l
~
"
-Servicios de proiección en traslado de
fondos y de mensajeria"
"Olror prudiicica y
"
y
"Textiles"
"Oiros pr3ductos meidlicos"
"Útiles menores médico - quiriirgicos de
laboratorio, dentales y de vearinaria"
"Útiles dc cscritorio, oficina y maierialcs
de instrucción"
Sub-Espcificas:
01.011)0
03.01111
Sub-Partidas
Genéricas.
Especificar y
Sub-Especíñcas:
"Material dc señalamicnió"
"Repuesios y accesorios para equiposde
transporte"
Parlid*:
4.m
-
"Combusiibles y lubricaiites"
".Materiales de orden público. seguridad
y defensa"
Sub-Partidas
Gentricas,
Especificas y
Sub-Especificas:
2M)UlODú " G a r a n b r dwpliegua del consejo
general de policia y la difusión del
noevo modelo policial a n ~
~icional"
27.220.8799p
"Cauchos y tripas para vehiculos"
Partida:
" D i u n d i r las directrica que n o m a n
d nuevo modelo policial y su
slandarización a nivel nacfonal"
-
260128000 "Fortalecimiento
del Cuerpo de
Policin Sacional Bolivariana a Nivel
Nacional"
4.02
260131-
.-
18.4CM,W
Sub-Partidas
Gentricar,
Sub~pecfficar:
Martes 19 de noviembre de2013
GACETAOFICIAL DE LA REP~BLICABOLIVARIANADE VENEZUELA
1
Martes 19 de noviembre de 2013
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
407.073
DICTO
PRESIDENCIA DE LA REP~JBLICA
Decreto No 592
.-
El siguiente:
19 de noviembre de 2013
DECRETO DE CREACION DEL SERVICIO
ESPECIAUZADO
PARA LA ADMINISTRACI~N
Y ENAIENACI~N DE
BIENES ASEGURADOS O INCAUTADOS, DECOMISADOS
Y CONFISCADOS, DEPENDIENTE DE LA OFICINA
NACIONAL CONTRA LA DEUNCUENCU ORGANIZADA Y
FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO
NICOLAS
MADURO MOROS
Presidente de la República
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor
eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del
Socialismo, la refundación de la patria venezolana, basado en
principios humanistas, sustentado en condidones morales y
éticas que persiguen el progreso del país y del colectivo, por
mandato del pueblo y de conformidad con lo establecido en el
artículo 226 y 236 numerales 2 / 1 1 y 20 de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela y el artículo 93 del Decreto
con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración
Pública, en concordancia con lo establecido en el arti'culo 54 de
la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y
Financiamiento al Terrorismo, en Consejo de Ministros,
Que es deber del Ejecutivo Nacional apoyar medidas que
permitan el uso eficiente, el cumplimiento del rincipio de
suficiencia y la adecuación de los medios cr los fines
institucionales, con respecto a los recursos y bienes del Estado
en los órganos y entes de la Administración Pública Nacional,
CONSIDERANDO
Que para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Orgánica
Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al
Terrorismo, deberá crearse un servicio especializado,
desconcentrado, dependiente del órgano rector en esta
materia, para la administración y enajenación! de los bienes
as~guradoso incautados, decomisados y confiscados que se
hayan empleado en la comistón de los delitos. investigados de
conformidad con dicha Ley o sobre los cuales existen elementos
de convicción de su procedencia ilícita, asignados por los
tribunales penales de la República, con la finalidad de Asegurar
la eficiente administración y disposición de los mismos,
'
CONSIDERANDO
Que para lograr la asignación de recursos y bienes, prevista en
la Ley Orgánica Co ra la Delincuencia Organizada y
Financiamiento al Terr rismo, se hace necesario contar con
procedimien os especiales y-la implementación de medidas que
favorezcan Aplicación de criterios adecuados y transparentes,
que garan 'cen los actos de administración, enajenación,
disposición, manejo y custodia de los bienes asignados por los
tribunales penales de la Repúblj.
i
a'
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
CONSIDERANDO
m L 01
Disposiciones Generales
Creación
ArLículo lo.
Se crea el Servicio Especializado para la
Administración y Enajenación de Bienes Asegurados o
Incautados, Decomisados y Confiscados, como un Órgano con
carácter de servicio desconcenbado sin personalidad jurídica,
con autonomía técnica y capacidad de gestión administrativa,
operativa, presupuestaria, financiera y de disposición,
dependiente de la .Oficina Nacional Conba la Delincuencia
Organizada y Financiamiento al Terrorismo, como órgano rector
en esta materia y su coordinación será ejercida por el
Viceministro o Viceministra del Sistema Integrado de
Investigación Penal, del Ministerio del Poder Popular para
Relaciones Interiores, Justicia y Paz.
Finalidad
ArLículo 2 O . El Servicio Especializado para la Administración y
Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados
y Confiscados, tiene como finalidad la administración y
enajenación de los bienes asegurados o incautados,
decomisados y confiscados qud se hayan empleado en la
comisión de los delitos investigados de conformidad con la Ley
Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al
Terrorismo, o cobre los cuales existan elementos de convicción
de su procedencia ilícita.
Domicilio
Artículo 30: El domicilio del Servicio Especializado para la
Administración y Enajenación de Bienes Asegurados o
Incautados, Decomisados y , Confiscados, es la ciudad de
Caracas y podrá establecer dependencias en todo el territorio
nacional y realizar actividades dentro y fuera del país.
Competencia
ArLículo 4 O . El Servicio Especializado para la Administraaón y
Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados
y Confiscados es el Órgano encargado de la planificación,
organización, funcionamiento,
administración, custodia,
inspección, vigilancia, procedimientos, control y enajenación,
dentro y fuera del país, de los bienes muebles e inmuebles,
capitales, naves y aeronaves, vehículos automotores, obras de
arte y joyas, semovientes, activos y haberes bancarios,
acciones y derechos, asegurados o incautados, decomisados y
confiscados que hayan sido asignados por los tribunales
penales de la República, por haberse empleado en la comisión
de los delitos investigados de conformidad con la normativa que
rige en materia de delincuencia organizada y financiamiento al
terrorismo, o sobre los cuales existan elementos de convicción
de su procedencia ilícita, sin perjuicio de otros bienes que
conforme a su competencia se le atribuyan.
Atribuciones
ArLículo 5 O . Son atribuciones del Servicio Especializado para la
Administración y Enajenación de Bienes Asegurados o
Incautados, Decomisados y Confiscados:
A DE VENEZUELA
l. Diseñar,
proponer y fijar las metodologías y
procedimientos generales relativos a la administración,
conservación y disposición de los bienes, acciones y
derechos asegurados o incautados, decomisados y
confiscados, que le sean'asignados por los tribunales
penales del país:
3.
4.
5.
6.
Planificar y diseñar las metodologías idóneas y los
mecanismos de asignación,
uso,
conservación,
mantenimiento, control y fiscalización de los bienes,
acciones y derechos, de conformidad con la naturaleza del
y transparencia en los
bien, garantizando 'ta,equidad
procesos. .
Practicar las medidas conducentes e inmediatas de debida
custodia, conservación y administración de los bienes, con
el objeto de evitar que se alteren, desaparezcan,
deterioren o destruyan.
Ejercer la supervisión sobre la custodia, mantenimiento,
conservación y seguridad de los bienes asignados,
mediante acuerdos de administración especial, con arreglo
a ley; pudiendo adoptar las medidas que considere
pertinentes ante el eventual incumplimiento de las
obligaciones establecidas en la normativa de la materia.
Mantener intercambio de información y de-trabajo con
organismos y las redes internacionales en su área de
competencia.
Nombrar o designar depositarios o depositarias,
administradores o administradoras especiales, así como
realizar seguimiento y control 6 la gestión realizada por los
mismos.
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
2.
7.
Implementar los procedimientos especiales a seguir en
caso de aseguramiento o incautación preventim y
confiscación de bienes, acciones y derechos, con arreglo a
la normativa que regula la materia.
8.
Realizar operaciones en moneda extranjera conforme a la
'normativa legal cambiaria vigente.
9.
Diseñar y emplear los mecanismos y técnicas especiales
necesarias que permitan obtener la identificación precisa
de los bienes o instrumentos utilizados en actividades
ilícitas, para el cumplimiento de sus funciones.
10. Gestionar la restitución de los gastos qcasionados por el
mantenimiento y conservación de los bienes afectados,
objeto de devolución por los tribunales penales del país.
11. Informar a la Oficina Nacional Contra la Delincuencia
Organizada y. Financiamiento al Terrorismo, así como al
Drgano de adscripción, las necesidades, planes, programas
y proyectos orientados a la optimización de la
administración y disposición de los bienes, derechos y
acciones asignados y cualquier otro aspecto que considere
relevante.
12. Automatizar el sistema de registro de información de los
bienes, derechos y acciones asignados.
13. Controlar y fiscalizar la correcta utilización de los recursos
asignados.
14. Fijar el monto o importe de los gastos prestados por el
Servicio, según cada caso.
17. Someta a avalúo los bienes en los cuales, por. su
naturdeza, se requiera la determinación de su valor en el
mercado.
18. Con-r
fideícomisos de administración o de inversión en
moneda Maonal o exbanjera, según considere
conveniente, con el objeto de garantizar la transparencia
en la admínísbación y optimizar el rendimiento de los
recursm administrados.
19. Velar por el cumplimiento de las obligaciones establecidas
en el presente Decreto y Reglamento Orgánico del
Minísteio dd Poder Popular para Relaciones Interiores,
Justiaa y PB, así como la aplicación de las Gnciones a
que h b i e r e lugar, de conformidad con la normativa
aplicable.
y
20. Dictar b s pwidencias
demás actos administrativos
n e m d o s para el cumplimiento de sus atribuciones.
21. Reglmienta los procesos internos de enajenación y
dispoeaón de bienes incautados, confiscados y
deconiisadas22. Celebrar los awitratos de trabajo y servicios de personal
que requiiera para su funcionamiento, de acuerdo con el
Reglamentointerno.
23. Capadar y actualizar permanentemente al personal del
Servido en las áreas de su competencia.
24.
necesarios para el cumplimiento de sus funciones.
~ aa?ribuámes
i
que le confieran su norma de creación y
demás 1normativos.
reglamentos, resoluciones y otros actos
Control Interno
Artículo 6O. Caresponded a la Oficina de Auditoría Interna
del Minishem del Rwler Popular con competencia en materia de
relacionesinieñaes, justiaa y paz ejercer el sistema de Control
Interno y el RégÍmen pe
rvsoit
en la Ley Orgánica de la
Contraloría Gemai de la República y el Sistema Nacional de
Control ñnal y demás disposiciones normativas, cobre el
Servicio Espedakacb para la Administración y Enajenación de
Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados y. Confiscados,
sin menoscabo de las competencias que le correspondan a la
Contraloría Gen& de la República en la materia.
Normativa aplicable
Artículo P.El ~ o n a m i e n t yo desarrollo de los procesos del
Servicio Especiaüdo para la Administración y Enajenación de
Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados y Confiscados
se rigen & acuerdo con lo establecido en el presente üecreto
de creaaón, la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada
y Financiamiento al Terrorismo, los respectivos Reglamentos y
demás normativa que se dicte al efecto.
TITULO 11
Fuentes de Ingresos
Fuentes de ingresos
Artículo 8O. Soie Wgresos del Servicio Especializado para la
A d m i n i s t d n y Enajenación de Bienes Asegurados o
Incautados, ü e m m í d o s y Confiscados:
1.
15:. Gestionar ante las instituciones bancarias la transferencia
de los fondos en moneda nacional o extranjera, objeto de
medida de inmovilización o incautación decretada por los
tribunales penales del país.
16. Acceder a la información, datos y apoyo que sean
Martes 19 de noviembre de 2013
2.
Los recursos pwenientes de la Ley de Presupuesto bajo la
denominación
"Servicio
Especializado
para
la
Administmáón y Enajenación de Bienes Asegurados o
Incautados, !kmmisados y Confiscados", así como los
extrawdinaLos recursos financieros y no financieros asignados por el
Ejecutñro Nacional, los gobiernos estadales o municipales y
los aportes de instituciones privadas.
i
Martes 19 de noviembre de 2013
GACETAOFiCIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
407.075
3.
Las donaciones, legados, auxilios,
cudribuciones,
subvenciones, transferencias, o aidquíeP dase de
asignación lícita de. _personas naturales y entidades
nacionales o internacionales, gubernamentako no.
y extraordinarios para la obtención de recursos y la situación
del Fondo Especial de Administración o Fideicomiso que deberá
constituir el Servicio así lo requiera.
4.
LOS recursos derivados de conveniosf úatados o
instrumentos contractuales suscritos ain enñes u Órganos
públicos o privados, instituciones prñdasf nacionales e
internacionales, destinados al fortalecimiento del S e ~ c i o .
5.
Los beneficios, productos, rentas e intereses que resulten
de la administración de sus recursos, de la colocación de
instrumentos financieros en moneda nacional o extranjera,
que ingresen 31 Servicio y de las operaciones financieras
provenientes del Fondo Especial que se ordena crear.
Cuenta de Reserva
Artículo 12. El Servicio Especializado para la Administración y
Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados
y Confiscados, debe contar con una cuenta de reserva que
tenga por objeto incrementar el acervo patrimonial del Sewicio
durante el transcurso del tiempo, con el fin de disminuir
progresivamente el impacto presupuestario de las actividades
relacionadas con la administración de los bienes, acciones y
derechos asignados.
6.
Los beneficios que obtenga de conformidad con la
prestación de sus servicios en materia de administración.
7.
Los demás bienes que adquiera por cualquier título para la
consecución de su objeto.
8.
Los recursos que se generen por leyes especiales.
El uso de los recursos de esta cuenta se realizará de forma
excepcional, una vez utilizados los recursos de la cuenta de
contingencia, se haya verificado que no existan recursos
disponibles en el Servicio Especializado para la Administración y
Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados
y Confiscados y se hubieren agotado los mecanismos ordinarios
y extraordinarios para la obtención de recursos y la situación
del Servicio así lo requiera. No obstante, sólo podrá utilizarse
hasta el ochenta por ciento (80%) de los recursos existentes en
esta cuenta .para el ejercicio fiscal en curso.
Destino d e tos recursos
Artículo 9 O . Los recursos producto de ingresos, rentas,
rendimientos o excedentes obtenidos por la administración y
enajenación de los bienes, acciones y derechos por parte del
Servicio Especializado para la Administración y Enajenación de
Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados y Confiscados,
serán destinados al:
1.
Financiamiento, inversión y ejecución de ,b s planes,
programas y proyectos de prevención integral y represión
de los delitos de delincuencia organizada y financiamiento
al terrorismo, que a tal efecto lleve el Órgano rector o el
Servicio Especializado para la Administración y Enajenación
de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados y
Confiscados, así como para la formación, capcitación y
adiestramiento del personal de las unidades pliciales y
militares especializac/as en la investigación p a l de los
referidos delitos, así 'como la dotación de equipw técnicos
l
y científicos.
2.
Autofinanciamiento de los gastos operatñros y de
funcionamiento del Servicio.
3.
Resarcimiento del costo de mantenimiento y
administración d e , los bienes, acciones y derechos
asignados.
Destino de recursos excedentes
Artículo 10. El remanente de los recursos que se &tengan de
la administración de los bienes asignados se mantendrá en un
fondo especial que se entregará a quien en su momento
acredite tener derecho, en caso de d e v o l u w de los bienes
afectados.
Cuenta de Conb'ngencia
Artículo 11. El Servicio Especializado para la A d m a ó n y
Enajenación de Bienes Asegurados o I n c a u ~ Deoomisados
,
y Confiscados, debe contar con una cuenta de contúigencia que
tenga por objeto mantener durante cada ejerciao fiscal, una
cantidad de recursos disponibles a fin de cubir ra\a eventual
insuficiencia para la atención de los planes, programas y
proyectos.
El uso de los recursos de esta cuenta se realñará de forma
subsidiaria cuando se hayan agotado los m e c a ~ ~ i n a r i o s
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
9. Cualquier otro recurso producto de su autogestión.
Fondo Especial de Administración o Fideicomiso
Artículo 13. El Servicio Especializado para la Administraaón y
Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados
y Confiscados, constituirá un Fondo Especial de Administración
o Fideicomiso, el cual estará destinado a administrar los
recursos asignados al mismo.
Los recursos en moneda nacional o extranjera serán
administrados a través del Fondo Especial del Servicio
Especializado para la Administración y Enajenación de Bienes
Asegurados o Incautados, Decomisados y Confiscados.
Patrimonio del Fondo Especial o Fideicomiso
Artículo 14. El Fondo Especial o Fideicomiso se constituirá con
el aporte inicial, los aportes subsiguientes y los recursos
disponibles en moneda nacional o extranjera conforme a la
normativa legal vigente en la materia, los montos obtenidos
producto de las operaciones, enajenaciones realizadas por el
Servicio y demás bienes.
TITULO 111
Dirección y Admin~stración
Dirección y Administración
Artículo 15. El Servicio Especializado para la Administración y
Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados
y Confiscados, está dirigido y administrado por un Consejo
Directivo y tendrá las dependencias de apoyo, sustantivas y
operativas que se requieran para cumplir con su objeto. La
estructura organizativa y funcionamiento de las unidades
operativas serán establecidas en su Reglamento Interno.
Las normas previstas en el Reglamento Interno del Servicio
determinarán las atribuciones de los miembros y el régimen de
actividades del Consejo Directivo que no esté previsto en este
Decreto, así como' el de convocatoria, el mínimo de asistencia
requerida para sesionar válidamente y las demás modalidades
bajo las cuales se celebrarán las reuniones ordinarias y
extraordinarias del Consejo Directivo.
Conformación del Consejo Directivo
Artículo 16. El Consejo Directivo es el órgano de mayor
jerarquía administrativa del Servicio Especializado para la
o
Administración y Enajenación de Bienes &gusados
407.076
GACETAOFICIALDELAREPÚBLICABOLNARIANADEV
Incautados, Decomisados y Confiscados y está integrado por el
Viceministro o Viceministra del Sistema Integrado de Policía de
Investigación, quien lo presidirá, el Director General o Directora
General del Servicio, y un (1) Diredor o Directora, designado o
designada por el Presidente del Consejo Directivo.
13. Designar y aprobar la contratación de auditores externos y
fijar el monto de sus honorarios.
14. Aprobar los programas de inversión y colocación de los
recursos del Servicio.
15. Dictar y aprobar el Reglamento Interno y demás nomas
Rango jerárquico
Articulo 17. El o la titular del Setvicio Especializado para la
Administración y Enajenación de Bienes Asegurados o
Incautados, Decomisados y Confiscados, tendrá rango de
Director General o Directora General.
16. Aprobar los manuales de normas y procedimienbs que
orientarán las acciones adminictrativas y operativas del
Servicio.
17. Elevar
ante el Ministerio de adscripción las
recomendaciones que juzgue necesarias para cumplir con
sus funciones.
y proyectos de la Oficina Nacional Contra ia Delincuencia
Organizada y Financiamiento al Terrorismo.
De reconocida solvencia moral.
2.
No haber sido condenado o condenada penalmente o
sentenciado por delitos cometidos contra la cosa pública.
19. Fijar la remuneración
No haber sido condenado o condenada penalmente o
sentenciado por delitos tipificados en la Legislación Penal
Venezolana.
20.
Adminisbación y Enajenación de Bienes Asegurados o
Incautados, Decomisados y Confiscados, de acuerdo con
las políticas impartidas por el órgano de adscripción.
Informar trimestralmente al órgano de addpdón, aoerea
de la ejecución de los planes, programas, proyectos y
actividades desarrolladas.
2.
3.
Aprobar el Plan Operativo Anual.
4.
Aprobar el proyecto de presupuesto anual de Ingresos y
gastos correspondiente a cada ejerddo.
labora en el Servicio.
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
l. Ejercer la dirección del Servicio Especializado para la
~
1s. Aprobar los recursos para el financiamiento de programas
l.
Atribuciones del Consejo Directivo
A r t í d l o 19. El Consejo Directivo tiene las siguientes
atribuciones:
5.
Definir las estrategias y programas de desarrollo de sus
actividades en las distintas regiones del país y evaluar
periódicamente sus resultados.
6.
Autorizar al Director General o Dlreclora General del
Servicio a celebrar contrabx, convenios y acuenlos,
nacionales e internacionales en los que participe el Servido
para el cumplimiento de su objeto. Los contratos que
impliquen actos de disposición, requerirán la autorización
expresa de la máxima autoridad del órgano de adscripción.
7.
Aprobar los Estados Financieros auditados.
s.
Decidir sobre la organización y funcionamiento de las
unidades y áreas estratégicas necesarias para el
funcionamiento del Servicio.
9.
'
10.
Contratar y remover al personal que labore en el Servicio.
Elaborar los materiales e instrumentos institucionales,
técnicos de funcionamiento y proceso que, desde el ámbito
de su competencia, guían el funcionamiento del Servicio.
11; Aprobar la Memoria y Cuenta del Servicio.
12. Aprobar el Informe Anual de actividades que debe
presentar el Servicio.
'
operaüvas necesarias para el funcionamiento del Servicio.
Requisitos de los mlembros
Artículo 18. Los miembros del Consejo Directivo deberán ser
venezolanos o venezolanas, mayores de edad, solventes con el
Tesoro Nacional, Estadal y Municipal y además:
3.
Martes 19 de noviembre de 2013
y políticas salariales del personal que
Las atribuciones.que le confieran su norma de creación y
demás leyes, reglamentos, resoluciones y otros anormativos.
TITULO N
Régimen de los Bienes Asignados
Adminlstraclón de los bienes asignados
Artículo 20. La administración de los bienes asignados
comprende su recepción, registro, custodia, conservadón y
~ u ~ s i ó Estos
n . bienes serán conservados en el estado como
hayan sido asegurados, Incautados, decomlsados o confiscados
para ser devueltos en las mismas condidones, salvo el deterioro
n o m l que sea causado por el transairso de) tlempo; también
podrán utilizarse, anendarse o ser enajenados en los casos que
sean autorizados, previo el cumplimienb de los requlsibDs
establecidos en las ieyes espedaies.
Base de datos en lfnea
Aiá'culo 21. El Senricio Especializado para la Adminisbadón y
Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados
y C o n f i ~ debe
,
integrar una base de datos en línea con el
registro de los bienes asegurados, abandonados o
dmmisados, que padrá ser consultada por las autoridades
'
com-tes,
así m o por las personas que acrediten un
interés juridlco para ello. Dicho registro debed contener datos
que identifiquen el bien, su propietario o
y la
autoridad que haya dictado la resoludón o decisión que se
trate.
I
Disposición Anticipada de los
Bienes perecederos o d e dificil administración
Artículo 22. El Servicio Especializado para ia Administradón y
~najenaci* de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados
y Confiscados, podrá disponer & manera anticipada de los
alimentos, bebidas, bienes perecederos o de dificil
administración, incautados preventivamente, cuando así- lo
determine un jwz o jueza de controi, a través de su
enajenación o transferencia con fines sociales o asignación a las
dependencias respectivas para su utilización, según se
determine en cada caso y en coordinación con el Ministerio con'
competencia en materia de relaciones interiores, justicia y Paz,
a los fines de evitar el deterioro, daño o pérdida de ecos
blenes.
I
Martes 19 de noviembre de 2013
GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA BOLIVAR~ANADE VENEZUELA
quienes deberán someterse a las directrices de este Seriicio y
presentarle informes bimestrales de su gestión.
El producto de la venta de los mismos será resguardado en el
fondo especial o fideicomiso del Servido bpe&lizado para la
Administración y Enajenación de Bienes Asegurados o
Incautados, Decomisados y Confiscados, h k a que se dicte
sentencia definitivamente firme.
Estas personas adquieren el carácter de funcionarios públicos o
funcionarias públicas a los fines de la guarda, custodia, uso y
conservación de los bienes y responderán administrativa, civil y
penalmente ante el Estado venezolano y terceros agraviados.
Enajenación o transferencia
de bienes c o n fines sociales
Articulo 23. Los bienes no cónsonos con el opjeto de este
Servicio Especializado para la Administración y Enajenacidn de
Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados y Confiscados,
que no puedan ser utilizados para la ejecución de las
actividades señaladas en el presente Decreto y en la normatia
que regula la materia, serán enajenados o bien transferidos con
fines sociales o asignados a las dependencias respectivas,
según cada caso, en coordinación con el Ministerio con
competencia en materia de relaciones interiores, justicia y paz,
previa opinión de la Oficina Nacional Contra la Delincuencia
Organizada y Financiamiento al Terrorismo.
Los bienes, derechos y acciones asignados a la Oficina Naaonal
Contra la Delincuencia Organizada y financiamiento al
Terrorismo, como órgano rector en la materia de conformidad
con lo previsto en la Ley Orgánica que regula la materia, serán
transferidos al Servicio Especializado para la Administración y
Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados
y Confiscados, al entrar en pleno funcionamiento el referido
Servicio.
Régimen transitorio
Articulo 25. Mientras entra en funcionamiento el Servicio
Especializado para la Administración y Enajenación de Bienes
Asegurados o Incautados, Decomisados y Confiscados, los
bienes antes señalados serán puestos a la orden del órgano
rector para su guarda, custodia, mantenimiento, conservación,
administración y uso, el cual podrá asignarlos pan la ejecución
de los planes, programas y proyectos que realicen los Órganos y
entes públicos dedicados a la prevención y represión de los
delitos tipificados en la Ley Orgánica que regula la materia,
para el cumplimiento de su objeto.
Excepción d e procedimiento de
Enajenación de bienes d e l sector público
Artículo 26. Se exceptúa el Servicio Espedalizado para la
Administración y Enajenación de Bienes Asegurados o
Incautados, Decomisados y Confiscados, de la aplicación de las
disposiciones contenidas en el Decreto NO 9.041 con Rango,
Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Bienes P Ú b l i i de fecha 12
de junio de 2012, publicado en la Gaceta Ofiaal & la República
Bolivariana de Venezuela No 39.945 del 15 de junio de 2012 y
reimpreso en la Gaceta Oficial NO 39.952 de fecha 26 de junio
de 2012.
Designación de Depositarios o
Administradoior Especiales
Articulo 27. El Servicio Especializado para la Administración y
Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados
y Confiscados, podrá designar depositarios o depositarias, o
administradores o administradoras especiales a fin de evitar
que los bienes incautados se alteren, desaparezcan, deterioren,
disminuyan considerablemente su valor económioo o destruyan;
Cualidad de Depositarios o
Administradores Especiaies
Articulo 28. Los depositarios o depositarias, o administradores
o administradoras especiales serán preferentemente las
dependencias de la Administración Pública, previa solicitud o
acuerdo correspondiente, sin perjuicio que puedan ser
designadas otras personas profesionalmente idóneas, así como
las comunidades legalmente organizadas.
Supervisión de los Depositarios y
Administradores Especiales
Articulo 29. Quienes reciban bienes asegurados en depósito o
administración, están obligados a facilitar al Servicio
Especializado para la Administración y Enajenación de Bienes
Asegurados o Incautados, Decomisados y Confiscados, su
supervisión y vigilancia.
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
Transferencia d e bienes Asegurados
o Incautados, Decomisados y Confiscados
~ r t í c u l o24. Los bienes, derechos y acciones puestos a la
orden del ministerio público o de cualquier otm depositario o
depositaria judicial, serán transferidos al Cervicio Especializado
para la Administración y Enajenación de Bienes Asegurados o
Incautados, Decomisados y Confiscados, al entrar en pleno
funcionamiento el referido Servicio.
407.077
Contratación de Pólizas de Seguro
Articulo 30. El Servicio Especializado para la Administración y
Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, Decomisados
y Confiscados, podrá contratar pólizas de seguro para el caso
de pérdida o daño de los bienes asignados, cuando el valor y
las características de los mismos lo requieran.
Prohibición de enajenar o gravar bienes
Articulo 31. Los administradores designados o administradoras
designadas no podrán enajenar o gravar los bienes confiados a
su cargo.
Vigencia
Articulo 32. El presente Decreto entrará en vigencia a partir
de su publicación en la Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela.
Dado en Caracas, a .los diecinueve días del mes de noviembre
de dos mil trece. Años 203" de la Independencia, 154O de la
Federación y 14" de la Revolución Bolivariana.
Ejecútese,
Refrendado
El Vicepresidente Ejecutivo
de \a República
(L.C.)
JORGE ALBERTO ARREAZA MONTSERRAT
Refrendado
El Ministro del Poder Popular del
Despacho de la Presidencia y Seguimiento
de la Gestión de Gobierno
(L.C.)
WILMER OMAR BARRIEW RRNANDEZ
407.078
GACETAOFiCIALDE L A R E P ~ L I C A
BOLIVARIANADE VENEZUELA
Martes 19 de noviembre de 2013
Refrendado
EL Ministro del Poder Popular para
Transporte AcudUco y Aéreo
(L.S.)
Refrendado
El Ministro del Poder Popular
para las Relaciones Interiores,
Justicia y Paz
(LS.1
MIGUEL EDUARDO RODR~GUEZTORRES
Refrendado
El Ministro del pode; Popular para
Vivienda v Hábitat
(L.S.)
Refrendado
El Mmistro del Poder
Popular para Reiaaones Exteriores
(LS.1
EL&
JAUA MILANO
HEBERTJOSUE GARCfA PLAZA
RICARDO ANTONIO MOLINA PEÑAWZA
Refrendado
El Ministro del Poder Popular
de Petr6leo v Minería
Refrendado
El Mlnlsbu del Poder Popular
de Planificación
(L.S.)
JORGE GIORDANI
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
el Ambiente
(L.S.)
Refrendado
El Minisbu del Poder Popular
de Finanzas
(L.S.)
MIGUEL LEONARDO RODRIGUEZ
N E W N JOSÉ MERENTES D h
CARMENTERESA M E ~ D E RIVAS
Z
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
el Comercio
(L.S.)
ALUANDRO ANTONIO FLEMING CABRERA
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
Industrias
(L.S.)
Refrendado
Ei Ministro del Poder Popular para
el Turismo
Refrendado
El Ministro del Poder Popular
para la Agricultura y Tierras
(L.S.)
Refrendado
El Ministro del Poder Popular
para Cienda, Tecnología e Innovauón
(L.s.)
MANUEL ANGEL
1
MELÉNDEZ
DEUN ELOINA RODRÍGUEZ
G~MEZ
Refrendado
!
El Ministro del Poder Popular para
las Comunas y los Movimientos Sociales
(L.S.)
REINALDO ANTONIO iJüRRIZA L ~ P E Z
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
la Alimentación
(L.S.)
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
la Cultura
(L.S.)
FE
IL
WÁN EDUARDO GIL PINTO
Refrendado
EL Ministro del Poder Popular para
la Educación Universitaria
(LS.1
FERNANDEZ
Refrendado
La Minisba del Poder Popular para
la Comunicación y la Información
(L.S.)
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
Refrendado
La Minisba del Poder Popular
para la Defensa
(LS.1
FÚD(W ~ NOSORIO GUZMAN
E R N BARBA^
~
HERNANDEZ
Refrendado
La Minisba del Poder Popular para
el DeDorte
-
PEDRO ENRIQUE CALZADIUA
Refrendado
La Ministta del Poder Popular para
los Pueblos Indígenas
(L.S.)
Refrendado
La Minisba del Poder Popular para
la Educación
(L.S.)
MARYANN DEL CARMEN HANSON FLORES
ALOHA JOSELYN NÚÑEZ
m
Refrendado
La Ministta del Poder Popular
para la Mujer y la Igualdad de Género
(L.S.)
ANDRE~NATARAZÓN BOÚVAR
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
la Salud
(L.S.)
Refrendado
La Ministra del Poder Popular para
el Trabajo y Segufiad Social
(L.S.)
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
Transporte Terrestre
(L.S.)
FRANCISCO ALEJANDRO ARMADA PÉREZ
MA
A
RÍ
I
I
I
Refrendado
El Ministro del Poder Popular
Para la Energía Eléctrica
(L.S.)
JESSE ALONSO C H A ~ N
ESCAMIUO
Refrendado
EL Ministro del Poder Popular
Dara la Juventud
C R I ~ N AIGLESIAS
Refrendado
La Ministta del Poder Popular
para el Servicio Penitenciario
(L.S.)
HAIMAN EL TROUDI DOUWARA
MARÍA IRIS VARELA RANGEL
Martes 19 de noviembrede 2013
407.079
GACETAOFICIALDE LAREP~~~LICABOLIVARIANADE
VENEZUELA
Orgánica de la Admlnisbadón Financiera del Secbw Público,
sobre el Sistema Presupuestario, en Consejo de Ministros.
Refrendado
El Minlsb-0 de Estado para
la Banca Pública
(L.S.)
ROWLFO CLEMENTE MARCO TORRES
Refrendado
El Minisbo de Estado para
la Transfonadh Revolucionaria
de la Gran Caracas
(L.S.)
JORGEALBERTO ARREAZA MONTSERRAT
Vbpre$Mem Ejacutivode hR@bllca
PordelegadóndelPreddentedebRepdblicaNkblás~w,Moros,
según Decreto No 9.402 de fecha 11de mara, de 20l3,Publicada en
ia Gaceta ORdal de ia RepCiMlca Bolhrarlana de Venezuela No 40.126
de fecha 11de marzo de 2013.
FRA~~~~DEASLSSES~ONOVAC
Refrendado
El Mlnisbo de Estado para
la íkgi6n Esüatégica de Desarrollo
integral ceroal
DECRETA
Reírendado
La Ministra de Estado para
la Regi6n Estratégica de Desarrollo
integral Occidental
Artículo lo.
Un Traspaso de Cdditos Resupuestarios de una
Acdón EspcRica a otra de distintos Royectw, Superior d
20% por la cantidad de -UN
MiUONES DE
BOÚVARES CON 00/100 (Bs. 21.000.000#0)
d
presupuesto de gastos vigente del MINISTERIO DEL PODER
POPULAR PARA LA SALUD, cuya imputadón presupuestaria
es la siguiente:
Rgdo:
NANCY EVARISTA PEREZ SIERRA
Refrendado
La Mlnistm de Estado para
la Regi6n Estratégica de Desarrollo
integral Oriental
(LS.)
MARIA PILAR H E R ~ D Q
DOM~GUQ
Refrendado
El Ministro de Estado para
la Región Estratégica de Desamllo
Integral Guayana
(LS.1
- -
1
WLWLmRIO DEL PODER P o r U U R PARA U SUD
Dc:
I
CARLOS ALBERT3 OSORIO ZAMBRANO
Refrendado
La Mlnisba de Estado para
la Regi6n Esbtégica de Desarrollo
Integral de la Zona Marítima
y Espacios Insulares
(L.S.)
MARLENE YADIRA CÓRDOVA DE PIORUZZi
54016OOW
-Fa&ddmluib
da
k.
-
mhoipitikibrw
npps. pur
.tm16i a lw ucuulor -k
oporhuu Y d.
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
Reírendado
La Mlnisba de Estado para
la Reg16n Estratégica de Desarrollo
integral Los Llanos
&S.)
cdldd-
W6i
EsPagip:
S4úl60001
'Ahnd6n hk@ m a*d gacid
L
Y
rebmadh
c w m a b s @)eicaaa>a
brllaw+hkddMPPs.
M
4.03
Sub-Partrik
5avkbsmpasumW
Inprcror-
-,
-
Espcñg~
Royib<E
99.01.00
540157000
Wbn
Y10157C02
4.03
"WDS semidcs m pasoM*5.
Tomuildd
w
wgui
y VI&
'Apoyo - 1
i br savldrrr
espeda~aiakdmawy
afuahRs*mbd&
- & & y
--&
brpa-m-la
&n&n
a pmdenm
cmmames-.
~ m p c s o n a d
om
InsrrsosúQiarios
sub.paitida
-,
4
:
Refrendado
El Ministro de Estado para la Región
Estratégica de Desamllo Integral
Los Andes
(L.S.)
CELSO ENRIQUE CANELONES GUEVARA
99.01.üü
YI<íOIswvidmrnp u s o d d
t
A&IIIO 2O. Los Ministerib del Poder Popular de Finanzas y
para la Salud, quedan encargados de la ejecudón del presente
Decreto.
Dado en Caracas, a los diecinueve días del mes de noviembre
de dos mil trece. Años 203O de la Independenda, 154O de la
Federaaóny 14' de la Revduaón Bolivariana.
Decreto No 593
19 de noviembre de 2013
Ejecútese,
(L.S.)
NICOLÁS MADURO MOROS
Presidente de la República
Con ,el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor
eficacia política y calidad revolucionaria en la construcci6n del
socialismo y el engrandecimiento del País, basado en los
principios humanistas y en las condidones morales y éticas
Bolivarianas, por mandato del pueblo, y en ejercicio de las
atribuciones conferidas en el numeral 11del arb'cuio 236 de la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y el
numeral 4 del articulo 84 del Redamento No 1 de la Ley
El Mlnlslm del Poder Popular del
,
üespacho de la Presidencia y Segulrniento
de la Gestión de Goblerno
(LS.)
W E R OMAR BARRIENTDS RRNANDEZ
Refrendado
El Mlnistro del Poder Popular
para las Reladones Interiores,
Justicia Y Paz
(L.S.)
MIGUEL EDUARW RODR~GUEZ
TORRES
407.080
Martes 19 de noviembrede 2013
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANADE VENEZUELA
Refrendado
El Minlstro del Poder
Popular para Relaciones Exteriores
&S.)
Refrendado
El Minidel Poder PopPar
para Cienda, TecndogÉ e Innovación
(L.S.)
MANUEL ANGEL
ELIA~
JAUA MILANO
Refrendado
El Mlnlstro del Poder Popular
de Planificación
(L.S.)
FERNANDR
M&NDQ
Refrendado
La Mlnlsba del Poder PopJar para
la Comunicación y la Irdamaddn
(L.S.)
JORGE GIORDANI
DELO ELOINA RODR~GUEZG ~ M Q
Refrendado
El Ministro del Poder PopJar
para
las Comunas y los Mov'iMentos Soclales
(L.S.)
REINALEO ANTONIO ~ R R I Z A L ~ P E Z
Refrendado
El Ministro del Poder Popular
de Finanzas
(L.S.)
NEWN JGSÉ MERENIES D ~ A Z
Refrendado
La Minlstra del Poder Popular
pata la Defensa
(L.S.)
Refrendado
Ei Minlsbo del Poder Popibr para
la Alimentación
(L.S.)
CARMEN TERESA MELÉNDEZ WAS
F ~ U XR A M ~ N
OSORIO G U Z ~
Refrendado
El Minlstro del Poder Popular para
el Comercio
(L.S.)
ALEJANDRO ANTONIO FLEMING CABRERA
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
la Cultura
(L.S.)
FIDEL ERNESTO B A R B A ~ O
HERNÁNDEZ
Refrendado
El Minisbo del Poder Popular para
Industrias
(L.S.)
Refrendado
La Minisba del Poder Popular para
el Deporte
(L.S.)
RICARDO J G S ~MENÉNDEZ PRIETO
ANDRÉS GUILLERMO IZARRA
Refrendado
El Minlsbo del Poder Popular
para la Agricultura y Tierras
(L.S.)
YVÁN EDUARDO GIL PINTO
Refrendado
EL Ministro del Poder Popular para
la Educación Universitaria
(L.S.)
PEDRO ENRIQUE CALZADILLA
Refrendado
La Mlnlstra del Poder Popular para
la Educación
(L.S.)
MARYANN DEL CARMEN HANSON FLORES
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
la Salud ,
(L.S.)
ALEJANDRA B E N ROMERO
~
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
Refrendado
El Mlnistro del Poder Popular para
el Turismo
(LS.1
Refrendado
La Mini* del Poder PopJar para
los Pueblos Indígenas
(L.S.)
ALOHA JOSELYN NÚÑR
ZER
RÉITU
G
Refrendado
La Minlstra del Poder Popular
para la Mujer y la Igualdad de Género
(L.S.)
ANDRE~NATARAZ~NBO~~VAR
Refrendado
El Ministro del Poder Popular
Para la Energía Elécbíca
(L.S.)
JESSE ALONSO C H A C ~ NESCAMIUO
Refrendado
EL Ministro del Poder Popular
Data la Juventud
(L.s.)
HÉCTOR VICENTE RODR~GUE G W R O
Refrendado
La Minlsba del Poder Popular
para el SeMcio Penitenciario
(L.S.)
FRANCISCO ALEJANDRO ARMADA PÉW
Refrendado
El Minlstro de Estado para
la Banca Pública
(L.S.)
Refrendado
La Ministra del Poder Popular para
el Trabajo y Seguridad Social
(L.S.)
RODOLKI CLEMENTE MARCO TORRES
MAR^ CRICIINA IGLESIAS
Refrendado
El Mlnlstro del Poder Popular para
Transporte Terrestre
(L.S.)
HAlMAN EL TROUDI DOUWARA
Refrendado
EL Mlnlstro del Poder Pupular para
Transporte Acuático y Aéreo
(L.S.)
Refrendado
El Ministro de Estado para
la Transformación Revolucionaria
de la Gran Caracas
(L.S.)
Refrendado
El Minisbo de Estado para
la Regi6n Estratégica d e D e s n o l l o
Integral Central
(L.S.)
Refrendado
La Minlstra de Estado para
la Región Estratégica de Desrrollo
Integral Ocddental
(L.S.)
Refrendado
El Mlnlstro del Poder Popular para
Vlvlenda y Hábitat
(L.S.)
RICARDO ANTONIO MOUNA PEÑALOZA
Refrendado
El Minlsbo del Poder Popular
de Petróleo y Minería
(L.S.)
Refrendado
La Mlnlstra de Estado para
la Reglón Esbatégica de Desrrollo
Integral Los Uanos
(L.S.)
NANCY EVARISTA PEREZ SIERRA
RAFAEL DARf0 RAM~REZCARRERO
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
el Ambiente
(L.S.)
MIGUEL LEONARDO RODRICUEZ
Refrendado
La Minisba de Estado para
la Región Estratégica de Desarrollo
Integral Oriental
(L.S.)
MARU PILAR HERNANDEZEOMÍNGUEZ
Refrendado
'
El Mlnlsbo de Estado para
la Reg16n Watéglca de Desarrollo
Integral Guayana
~L.S.)
407.081
GACETAOFICIALDE L A R E P ~ B L I C A B O L I V ~ A DVENEZUELA
E
Martes 19 de noviembre de 2013
kibf'artldar
-,
-Y
Sub-Espea'nca
Ttanslerenda & mpltal al
Poder Estadal'
03.03.08
Refrendado
La Mlnlstra de Estado para
la Regi6n Esttatéglca de Desarrollo
Integegrd de la Zona Marítlma
v Es~aclosInsulares
(L.s:)
MARLENE YADIRA C~RDOVADE PIERUm
267.248.048,50
267.248.048,w)
EsgdoAragua
EYWX)
CARLOS ALBERTO OSONO ZAMBRANO
Artículo 2*. Los Minishw del Poder Popular de Finanzas y del
Poder Popular para las Relaciones Interiores, Justicia y Paz,
quedan encargados de la ejecución del presente'Decrep.
Dado en Caracas, a los diecinueve días del mes de noviembre
de dos mil trece. Años '203O de la Independencia, 154O de la
Federación y 14' de la Revolución Bolivariana.
Refrendado
El Mlnlstro de Estado para la Regi6n
Esbateglca de Desarrollo Integral
Los Andes
(L.S.)
CELSO ENRIQUE CANüDNES GUEVARA
Decreto No 594
19 de noviembre de 2013
Refrendado
a Minisbo del Poder Popular del
Despacho de la Presidenda y Seguimiento
de la Gestih de Goblerno
NICOL& MADURO MOROS
Presidente d e la República
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor
eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del
socialismo y el engrandecimiento del País, basado en los
principios humanistas y en las condiciones morales y éticas
Bolivarianas, por mandato del pueblo y en ejercicio de las
atribuciones que le confiere el numeral 13 del artículo 236 y
314 de la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela, de conformidad con lo dispuesto en lo artículos 52
de la Ley Orgánica de la Administración Financi ra del Sector
Público y 3O de las Disposiciones Generales de la Ley de
Presupuesto vigente, y previa autorización concedida por la
Asamblea Nacional, en Consejo de Ministros.
d
JORGE ALBERTO ARREAZA MONTSERRAT
Vicepresidente Ejecutivo de la República
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
(LS.1
Por delegación del Presidente de la República Nicolás Maduro Moros,
según Decreto No 9.402 de fecha 11de marzo de 2013, publicado en
la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 40.126
de fecha 11de marzo de 2013.
WILMER OMAR BARRIEMOC RRNANDEZ
Reírendado
El Minisbo del Poder Popular
para las Reladones Interiores,
Justiaa y Paz
(L.S.)
MIGUEL EDUARDORODR~GUELTORRES
Refrendado
O Ministro del Poder
Powlar wra Reladones Exteriores
(CS.) .
ELfA!S JAUA MILANO
Refrendado
.fl Ministro del Poder Popular
de Planlficad6n
(LS.1
JORGE GIORDANI
Refrendado
1
El Minlsbo del Poder Popular
de Finanzas
(LS.1
1
N E W N JOSÉ MEREECTES D h Z
Refrendado
La Min'Wa del Poder Popular
oara la Defensa
Refrendado
El Min1stj-o del,Poder Popular pata
el Comercio
DECRETA
(LS.1
Artículo lo.Se acuerda un Crédito Adicional por la cantidad de
DOSCIENTOS
SESENTA
Y
SIETE
MILLONES
DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO M I L CUARENTA Y
OCHO BOLIVARES
CON CINCUENTA
CÉNTIMOS
(Bs. 267.248.048,50), al presupuesto de gastos vigente del
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA iJS
RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ, para ser
transferidos a la Gobernación del Estado Aragua, de acuerdo
con la siguiente imputación presupuestaria.
MINISiERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES
INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ
Ba
Proyecto:
260035000
"Transferencias pata Hnandar
los Prpgtamas y Pmyeáos de
Entidades
Federales
y
Munldpbs'
267.248.048,50
267348'.048,50
-ALUANDRO ANTONIO REMiNG CABRERA
'
I
I
Refrendado
El Ministro del Poder Popular pata
Industrias
(L.S.)
RICARDO
msÉ MENENDR
P R I ~
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
el Turismo
(L.S.)
Refrendado
U Mlnlstro del Poder Popular
para la Agricu ra y Tierras
(LS.1
Y
ANDR~
GUIUERMO IZARRA GARCÍA
WÁN EDUAR~OG
LI PINTO
Refrendado
EL Minisba del Poder Popular pata
la Educaddn Universitaria
&s.)
PEDRO ENRIQUE W I W
Refrendado
La Mlnlsba del Poder Popular para
la Educao6n
&S.)
MARYANN DEL CARMEN
HAN.
407.082
Martes 19 de noviembre de 2013
GACETA OFICIALDE LA REPÚBLICABOLIVARIANADE
Refrendado
La Minisba del Rder Papear
p a r a e l S e N i e D ~
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
la Salud
(L.S.)
FRANCISCO ALEJANDRO ARMADA PÉREZ
Refrendado
La Ministra del Poder Popular para
el Trabajo y Seguridad Social
(LS.)
Refrendado
fl Ministro de EIado paa
la Banca Públ'm
(LS.1
MAR^ CRETINA IGLESIAS
Refrendado
El Ministro de E4ado paca
la T r a n s f o m d R s d x i o n a r i a
de la Gmn Cariiras
(L.S.)
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
Transporte Terrestre
(L.S.)
HAIMAN EL TROYDI DOUWARA
Refrendado
EL Ministro del Poder Popular para
Transporte Acuático y Aéreo
(L.S.)
HEBERT JOSUE GARC
AÍ
Refrendado
Ei Ministro del Poder Popular para
Vivienda y Hábitat
(L.S.)
Refrendado
El M i i s t m d e B ü h p a a
la R g i ó n
deZRsrr0llo
Integral Cenbd
(LS.1
PLAZA
Refrendado
La Mini.stra de btadn paa
la Región
deLLsarroll0
integral Occidertil
&S.)
RICARDO ANTONIO MOUNA PENALOZA
MIGUEL LEONARDO RODRIGUR
Refrendado
.
El Ministro del Poder Popular
para Ciencia, Tecnología e Innovación
(L.S.)
M ~ E ÁNGEL
L
F E R N ~ D E ZMEGNDEZ
Refrendado
.La Minisba del Poder Popular para
la Comunicación y la Información
(L.S.)
D E L O ELOINA RODRÍGUEZ G ~ M R
Refrendado
El Mlnlstro del Poder Popular para
las Comunas y los Movimientos Sociales
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
la Alimentación
(L.S.)
FELIX RAMÓN OSORIO GUZMÁN
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
la Cultura
(L.S.)
FIDEL E R N ~ BAWO
O
ALEJANDRA BEN~TEZROMERO
ALOHA JOSELYN NUNEZ GUI-IERRR
Refrendado
La Minisba del Poder Popular
para la Mujer y la Igualdad de Género
(L.S.)
Refrendado
El Ministro del Poder Popular
Para la Energía Eléctrica
(L.S.)
JESSE ALONSO CHACÓN ESCAMIUO
Refrendado
EL Ministro del Poder Popular
para la Juventud
(L.S.)
Refrendado
La M i n i s b a d e b t a d n p a a .
la Región Esbdbágca cie EkEYn>llo
Integral Los Llam
&S.)
N A N O FARISTA PERR SIERRA
Refrendado
La Minisba de EIado paa
la R e g i h Est&gim de Lksarmllo
Integral Orientd
(L.S.)
MARJA PILAR HE-DR
WM~NGUR
~efrendado
paa
la Región Esbaeegica d e D s m o l l o
integml Guayao
(LS.1
El Minisbo de
CARLOS ALBERTO OSORIO ZAMBRANO
Refrendado
La Minisba de Bühpaa
la Región Bmléajmd e D e w o l l o
Integral de la Zw Mar'diina
y Espacios Insdms
&S.)
MARLENE YADIRA CÓRDOVA M PIERUZii
Refrendado
El Ministro de EIado pnn Rggión
Erbatés'ca deDeSn0lb-l
Los Andes
&S.)
CELSO ENRIQUE CANELONES GiJEVARA
HERNÁNDEZ
Refrendado
La Ministra del Poder Popular para
el Deporte
(L.S.)
Refrendado
La Ministra del Poder Popular para
los Pueblos Indígenas
(L.S.)
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
Refrendado
El Ministro del Poder Popular
de Petróleo v Minería
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
el Ambiente
(L.S.)
RODOLFO CLEMENTE MARCO TORRES
19 de noviembre de 2013
IYgX#AS MADURO MOROS
M e n t e de la República
Con el supremo ampromiso y voluntad de lograr la mayor
eficacia @&a y d i d a d revduaonaria en la consbuco'ón del
socialismo y el eqmndecimiento del País, basado en los
principios hiimank4as y en las condiciones morales y éticas
Bolivarianas, por M a t o del pueblo y en ejercicio de las
atribuciones que le m f i e r e el numeral 13 del articulo 236 y
314 de la Consfhsdón de la República Bolivariana de
Venezuela, & cordümidad con lo dispuesto en los artículos 52
de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector
Público y
de las Disposiciones Generales de la Ley de
Martes 19 de noviembre de 2013
~
~
~
D
JORGE ALBERTO ARREAZA MO
T
-
~
~
L
Refrendado
La Minisba del Poder Popular
para la Defensa
~LS.)
Presupuesto vigente, y previa autorizaaón u m d i d a por la
Asamblea Nacional, en Consejo de Ministros.
-
E
'URMEN
TERESA MRÉNDR
RiVS
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
Indusbias
(L.S.)
RICARDO JOSÉ MEN~NDEZPRIETO
DECRETA
Refrendado
El Mlnistro del Poder Popular para
el Turismo
(L.S.)
Artículo lo.Se acuerda un Crédito Adiaonai mr la cantidad de
ANDRÉS GUIUERMO
HINiSi€RIO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES
INTERIORES, JUSnCiA Y PAZ
6s.
Proyacm
260035000 Y r a n s f e ~ d a s p a n nrundar
los programas y proyados de
Eniidades
Fedanleí
y
Hunldoid
.
Refrendado
EL Min'ktro del Poder Popular para
la Educación Universitaria
(L.S.)
6.888.W6,81
PEDRO ENRIQUE ULZADILLA
6.886.006,81
Partida:
4.07
.-
6.888.006,Sl
5.888.006.81
Sub-Paroda
Genérica,
Específka y
Sub
Espw'fm:
03.03.08
ESSOO
"Transferencias de c a m l al Poder
Estadal"
Estado Barinas
.
A r t i c u l o 2 O . Los Ministros del Poder Popular d e FiMrIZaS y del
Poder Popular para las Relaciones Interiores, Justicia y Paz,
quedan encargados d e la ejecución del presente Decreto.
Dado e n Caracas, a los diecinueve días del mes d e
d e dos mil trece. Aiios 203O d e la Independencia,
Feder ción y 14O d e la Revolución Bolivariana.
noviembre
lYiO de b
7
Ejecútese,
.
[email protected],81
6.888.mñ.81
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
Acdón
'Transferendas para finandar
los programas y proyectos de
EnUdadesFederal&
'Transferendas y d o n a d w
(Obas fuentes)
VARRA GAR&
Refrendado
El Ministro del Poder Popular
para la Agricultura y Tierras
(L.S.)
6.888.006,81),
al Presupuesto de Gastos vigente del
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS
RELACIONES INTERIORES, JUSiICIA Y PAZ, de acuerdo
con la siguiente imputación presupuestaria:
260035001
A407.083 B
c
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
el Comercio
(LS.1
ALEJANDRO AKTONIO FLEMING CABRERA
~
icep presidente kjecutividela Repúbka
Por deleaación del Presidente de la República d ~ a d u nMoros,
,
según ~GcretoNo 9.402 de fecha 11 dé marzo de2013, Publicado en
la Gaceta Oficial de la República Bolhmriana de WnezWa No 40.126
de fecha 11 de marzo de 20lX
espcdflca:
I
Refrendado
La Minisba del Poder Popular para
la Educación
(L.S.)
MARYANN DEL URMEN HANSON FLORES
Refrendado
El Minisbo del Poder Popular para
la Salud
(L.S.)
FRANCISCO ALEJANDROARMADA FÉREZ
Refrendado
La Minisba del Poder Popular para
el Trabajo y Seguridad Social
(L.S.)
M
A CRImNA
~
IGLESIAS
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
Transporte Terrestre
(L.S.)
HAIMAN EL TROUDI DOLJ'NARA
Refrendado
EL Ministro del Poder Popular para
Transporte Acuático y Aéreo
(L.S.)
HEBERT JOSUE GAR&
PLAZA
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
Vlvienda y Hábitat
(LS.)
Refrendado
El Ministro del Poder Popular del
Despacho de la Presidenaa y Seguimiento
de la Gestl6n de Gobierno
(L.S.)
WILMER OMAR BARRIElYrOS
Refrendado
El Ministro del Poder Popular
para las Reladones Interiores,
Justlda y Paz
(LS.1
Refrendado
E[ Mlnistro del Poder Popular
de Pebóleo y Minería
(L.S.)
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
el Ambiente
(LS.)
I
\
RAFAEL DAR~ORAM~RQ CARREÑO
MIGUEL LEONARDO RODRIGUEZ
Refrendado
El M l n m del Poder Popular
para Cienda, Tecnologla e Innovad6n
(LS.1
MANUEL
ZEÁNGEL
DNAREF
MRÉNDEZ
MKUEL EWARDO R O ~ G I R ~ R R B
Refrendado
El Ministro del Poder
Popular para Relaciones Exteriores
(L.S.)
Refrendado
La Ministra del Poder Popular para
la Comunicacióny la Información
(L.S.)
Refrendado
El Mlnistro del Poder Popular
de Planificación
(L.S.)
Refrendado
U Mini*o del Poder Popular para
,
las Comunas y los Mowmientos SoOales
(L.S.)
R E I W ANTONIO llURRIZA L ~ P E Z
DELO' ELOINA RODR~GURG ~ M Q
JORGE
Refrendado
O Mlnisbo del Poder Popilar
de finanzas
Refrwidsdo
El Minisbo del Poder Popular para
la Alimentación
o
~
~
~
407.084
GACETAOFICIALDE
Martes 19 de noviembre de 2013
LAREPÚBLICABOLIVARIANADEVENEZUELA
Refrendado
El Mlnlsbo del Poder Popular para
la Cultura
(LS.1
FIDEL ERNESTO BAREAfüTO HERNANDEZ
Decreto No 596
19 de noviembre de 2013
\
NICOLAS
Refrendado
La Mlnisba del Poder Popular para
el Deporte
(L.S.)
MADURO MOROS
Presidente de la República
Refrendado
La Mlnistm del Poder Popular para
los Pueblos Indiaenas
(L.S.)
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor
eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del
socialismo y el engrandecimiento del Pais, basado en los
principios humanistas y en las condiciones morales y éticas
Bolivarianas, por mandato del pueblo y en ejercicio de las
atribuciones que le confiere el numeral 13 del attículo 236 y
314 de la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela, de conformidad con lo dispuesto en los attículos 52
de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector
Público y 3 O de las Disposiciones Generales de la Ley de
Presupuesto vigente, y previa autorización concedida por la
Asamblea Nacional, en Consejo de Ministros.
ALOHA IOSELYN NÚÑR GUTI~RREZ
Refrendado
La Mlnlstra del Poder Popular
para la Mujer y la Igualdad de Género
(L.S.)
ANDRE~NATARAZ~N
BO~AR
Refrendado
El Mlnistro del Poder Popular
Para la Energía Eléctrica
(LS.1
JESSE ALONCO C H A C ~ NESWrlIUO
Refrendado
La Mlnlstra del Poder Popular
para el Servido Penitenciario
(L.S.)
Refrendado
El Ministro de Estado para
la Banca Pública
(L.S.)
RODOLH) CLEMENTE MARCO TORRES
Refrendado
El Ministro de Estado para
la Transformación Revolucionaria
de la Gran Caracas
(L.S.)
FRANCISCO DE ASIS SESTO NOVAS
Refrendado
El Ministro de Estado para
la Región Estratégica de Desarrollo
Integral Central
(L.S.)
Refrendado
La Ministra de Estado para
la Reglón Estratégica de Desarrollo
Integral Occidental
(L.S.)
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
Refrendado
EL Minlsbo del Poder Popular
para la Juventud
(L.S.)
JORGE ALBERTO ARREAZA YONTSERRAT
Vicepresidente Ejecutivo de la República
Por delegación del hesldente de la Rep6blica Nlglás Maduro Moros,
según Decreto No 9.402 de fecha 11de marzo de 2013, publicado en
la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 40.126
de fecha 11 de marzo de 2013.
L
DECRETA
Artículo lo.
Se acuerda un Crédito Adicional por la cantidad de
CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES
NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SEISUEMOS
DIECISIETE
BOLIVARES
CON ,
70/100
(Bs. 434.934.617,70), al presupuesto de gastos vigente del
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS
RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ deacuerdo a
la siguiente imputación presupuestaria:
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES
B.
INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ
Acdón
Centralizada:
2600020W "Gestión adrnlnlrtratlva"
Acdón
Espedflca:
ISIS TAiíANA OCHOA CAÑIZALU
Refrendado
La Minlsba de Estado para
la Reg16n Estratbica de Desarrollo
Integral Los Uanos
(L.S.)
NANCY EVARISA PERU SIERRA
Refrendado
La Ministra de Estado para
la Región Estratégica de Desarrollo
Integral Oriental
(L.S.)
MAiUA PILAR HERNANDU COMÍNGUEZ
Refrendado
El Minisbo de Estado para
la Reg16n Estratégica de Desarrollo
Integral Guayana
(L.S.)
CARLOS ALBERTO OCORIO ZAMERANO
Refrendado
i
La Mlnlstra de Estado para
la Región Estratégica de Desarrollo
Integral de la Zona Maritima
y Espacios Insulares
(L.S.)
MARLENE YADIRA CORCOVA DE PE
I ?UUI
Refrendado
El Minlstro de Estado para la Región
Esbatbglca de Desarrollo Integral
Los Andes
(L.S.)
CELSO ENRIQUE CANELONES GUNARA
Partida:
Sub-Parüdas
Gen6rkas,
Espec~8casy
SubGpeáffcas:
260002001
4.02
01.01.00
02.05.00
'Apoyo
lnstltudonal
a
acdones especiflcu de
pmyactor del orginlmo'
"Materiales,
surnlnistrol
mercandas.
Obar Fuentes
las
los
.
Y
;
"Alimentos y bebldas para persom5'
"Piedra.. ardlb..arena v. tlm'
Textiles'
"Prendas de vesil?
"Cauchos y tripas para vehlailos'
'Pulpa de madera, papel y cart6n'
"~roductos de papel y caitón para
oiiclna"
"Ubms, revisias y perlódlws'
Tntas, plnturas y o~lorantes"
"Combustibles y lubrlcanter"
'Productos plásticos"
'Vldrios y pmductos de vldrlo'
"temento, cal y yeso"
'~roductos primarios de hlem y
acem"
"Hemmientas menores, c w h i i T Y
artículos generak de femeteda'
"Repuestos y accesorios para equipos
de transporte"
"Repuestos y aoceMrlos para ObUS
1puiP0S"
Productos primarios de'madera'
"Muebles y accesorios de madera para
edificadones'
"Materiales y úüles de limpieza y
aseo"
"Utensilios de &M y comedor.
"Útiles de exrliwlo, oRdna y
materiales de imtnicdbn"
'Condecoradones,
ofrendas
Y
similares"
434.934.6l7,70
118.467574,70
9&16751*m
1(i.889.216.70
L176.?2l,rn
2W.000,w
m
m
m
"
I
I
C
8
5
C
g
i
S E
C
C
5
r
r
8 8 ~
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pmyz
C O O O
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880
OB
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O o
0
0 O
0
e?:
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Q
5 8 '
98s seeea
~ g e~ g m ~ e
88 88 888 88888
g9
VI
6 00EE
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
O
U
g
g
s
5
r
E
P
z
o
8+
E
m
O
N
" I
O
P
15.01.00
18.01.00
19.01.00
dc I m m y EsvldQs
aduanmn.
IrnpRsto al Mbr aqegaW
'Comlílona pa Klvlcbs para cumplir
m
-
Roycdo:
4.04
2601310QO
Dado en Caracas, a los diecinueve días del mes de noviembre
de dos mil trece. Años 20i0 de la Independencia, 1 5 4 O de la
Federación y 14' de la Revolución Bolivariana.
amm,w
18.3S.666,OO
m
2B3t985,W
a~i105bmcRdOS5Odr~*l.
kmda
VENEZUELA . . Martes 19 de noviembre de 2013
GACETA OFICIALDE LA REP~BLICABOLIV-ADE
407.086
'Activos realesm
Otras Fuentes
'Difundir 1.r dlracbiaii qw
norman d n u n o modelo p d i b l
y su srtandarbd6n a nivel
Rehendado
Ei MI~IsIJIJ
del Poder Popular del
Despacho de la Residenda y Seguimiento
MdoMI.
de la Gesüón de Gobierno
(U.)
WILMER OMAR BARRIENTOSRRNANDEZ
Rehendado
Partlda:
4.02
"Matetiales,
sumlnicbw
rnenanáas~
Obas Fuentes
Y
E Cünlsbo del Poder Popular
para ks Reladones Interiores,
Justicia y Paz
.
(LS.1
MIGUEL EDUARDO RODR~GURTORRES
Sub-Faitldas
Refrendado
EspecWEasy
ErnlsbodelPoder
Popular para Relaciones Exteriores
(-'S.)
-,
á&Bp&Ws:
01.01.00
03.01.00
'Alimentos y bebidas para p e r s n d
m
'Textiles'
ELfA!5' JAUA MILANO
Refrendado
06.05.~
07.02.09
09.01.00
10.07.00
11.02.00
i5'02'00
15.99.00
18.01.00
99.01.00
proym
269999000
-S'
de ~
M
n
a
defondmy dememsleiia'
'Imprenta y wroduaidnn
'Vláticosy pasajes dentro del paisis
'servidos
de
Y
adlemarnienm'
'ConsemciÓn
Y
r e P a m
menores de equipos de tranrpaDe,
~
y
e
7- y
47.M0,w
820.000,W
W.000,W
m
m
2%.000,W
479.059,W
~
dereChOl.digaMd
11L000,W
18.000,~'
395.n1,W
476.000.00
'mservidos fkak
Impuesto al vabr aBRgado'
*mse~~ldos
mp e m * 5 '
'my
W
flnandar los R o y a de OS
Entes DescmtnIlzados'
m
Uea49.9S9po
269999006
Sut-PafUdas
Aal6n
Especifica:
269999009
4.07
Rehendado
La Mlnlsba del Poder Powlar
CARMENTERESA M ~ N D E RNAS
Z
Refrendado
El Mlnlstro del Poder Popular pata
eiComerd0
(U.)
'
(U.)
Refmdado
El Midel Poder Popular
para la Agricultura y Tierras
(LS.1
ildk&do
m
'servkb
AdminbbatWo
dc
Identificacün, Mlgradón y Exban(SUME)'
EL Mlnkbu del Poder Popular pata
la Educad611Un)veiJltaria
&S.)
PEDRO ENRIQUE CWADILLA
114.220.756,W
'Aportes y T n d e m d u pln
Flnandar los PmyacbDI del Ente
i5.€293m,00
cinnñerendas y donadoner'
Otras Fuentes
Refrendado
La Minisira del Poder Popular pata
la Educad6n
(L.S.)
W Y A N N DEL CARMEN HANSON FLORES
Refrendado
El Mlndel Poder Popular para
la Salud
(U.)
-2s:
01.03.02
A0270
ALUANDRO ANiONIO REMINC CABRWA
Rehendado
B Mlnlsbo del Poder Popular pata
Indushs
ANDR$ GUIUERMO IZARRAG A R ~ A
114.22Q.756,W
Fundadón Gran Mir16n a Toda
Vlda Venuueia'
pattid.:
NEWN 10~6
MWNTES D~AZ
&S.)
114.220.756.W
A1342
JORGE CIORDANI
Rekmdado
8 MWstm del Poder Popular
de Finanzas
(LS.1
el Turismo
' A p o w y Tnnr(arrndu pln
flnandar los Pmwctos dd Ente
Suvldo
Admlnlsüaüvo
de
Identiflcadón,
Mlgndón
Y
urbrnjda (Wt4EY
'Transferendas Omknie5 a en&
dessentrallrae
sln
Rner
-,
del Poder Popular
Remndado
O Minlstro del Poder Popular pata
AcdÓn
Espdtla:
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
O M-I
de ñaniffcad6n
(U.)
Transiemxiasconientes a entes
descentral*
sln Rnes
ernmriak
'FuFuia&n Gnn Mkl6n a Toda Vlda . m
Venezuela'
24.629203,W
w a s c o ALEJANDRO ARMADA
Refrendado
La Minlsba del Poder Popular para
ei Traba& y SeguridadSocial
&S.)
24.629203.00
Refrendado
El Mindel Poder Popular pata
Aiticulo 2% Los Ministros del Poder Popular de ñnanzas y del
TransporteTenerbe
Poder Popular para las Relaciones Interiores, Jusüda y Paz,
quedan encargados de la ejecución del presente Decreto.
&S.)
PÉREZ
GACETAOFICIAL DE LA REP~BLICABOLIVARIANADE VENEZUELA
Martes 19 de noviembre de 2013
407.087
HBBERTX~UE~PLAU
(U.)'
Rehadado
E ~ n l sW
o Poder Popdar Para
VMarda y Hábitat
(U.)
RICARDOAMDNIOMWNA-
Rehnda&
E ~inkbodel Poder Popular p r a
d knbiente
(S.)
MIGüEi UONARDO
RelrenPWo
E Hinkbodel Poder Popular
para Ciencia, Tecnokqb e innovación
(LS.)
MANUEL ANGEL
F
E
R
N
h
N
w
m
Rehu&do
La Mlnlsba del Poder Popular para
la Canunlcadón y la Infom>adón
(a)
D n c v WINA RoDRfRR
ObClP
Rehendado
U MWsbo W Poder Popular para
Rárrndsdo
~~~ni~bode~cladoparo1a&6n
bhatégkadeDesrrolloIntegral
hr Canunas Y Im MwlrnlentosSodales
Rehendbdo
E Mlnkbo del Poder Popular para
b Aiimentad6n
Rehendado
U t4lrdstm del Poder Popular para
la Cultura
(LS.)
ADEL ERNESrO BARBAWFO H
~
D
Refrendado
La MinIstra del Poder Popular para
el Oepwte
(L.S.)
ALEJANDRA mim ROMERO
Refrendado
La Minlstra del Poder Popular p a n
los FueMm Indigenas
(L.S.)
Refrendado .
La Ministra del Poder Popular
para la Mujer y la Igualdad de Género
(L.S.)
ANDRE~NA
TARAZ~NB O ~ A R
Refrendado
U Minlsbo del Poder Popular
Para la Energía Elécbica
(L.S.)
JESSE ALONSO &N
ESC4MiU.O
Refrendado
EL Minlsbo del Poder Popular
para la Juventud
(L.S.)
HECTORVICENTE R O D R ~ U RCASTRO
Refrendado
La Ministra del Poder Popular
para el Servicio Penitenclarlo
(L.S.)
MAR^ IRIS VAREiA RANGEL
Refrendado
El Mlnlstro de Estado para
la Banca Piibllca
(L.S.)
R
,
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
LosAnds
&S.)
W ENRIQUECANELONES GüOlARA
19 de noviembre de 2013
NICO&
MADURO MOROS
Presidente de ia República
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la 'mayor
eficacia política y calidad revolucionaria en la consbudón del
socialismo y el engrandecimiento del País, basado en los
principios humanistas y en las condiciones morales y éticas
Bolivarianas, por mandato del pueblo y. en ejercicio de las
atribuciones que le confiere el numeral 13 del arb'culo 236 y
314 de la Constitución de la' República Bolivariana de
Venezuela, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 52.
de la Ley Orgánica de Administración Financiera del m r
Público y 3O de las Disposiciones Generales de la Ley de
Presupuesto vigente, y previa autorización concedida por la
Asamblea Nacional, en Consejo de Ministros.
JORGE ALBERTO ARREAZA MONTSERRAT
Vicepresidente Ejecutivo de la República
Por delegación del Presidente de la República Nicolás Maduro Mom,
según Decreto No 9.402 de fecha 11de marro de 2013, publicado en
la Gaceta Oficial de la República Bolivarlana de Venezuela No40.126
de fecha 11de marzo de 2013.
RODOLFO CLEMENTE MARCO TORRES
DECRETA
Rehendado
El Mlnlstro de Estado para
la Transforrnacl6n Rcvoluclonaria
de la Gran Caracas
(L.S.)
FRANCISCO DE ASIS SESTO N W A á
Refrendado
El Mlnlstro dc Estado para
la Reg16n Estrategica de Desarrollo
Integral Central
(L.S.)
LUIS ALFREDO MOTTA DOM~NWEZ
Articulo lo. Se acuerda un Crédito Adicional por la cantidad de
QUINCE MILLONES DE BOUVARES CON CERO
CÉNTIMOS
(Bs. 15.000.000,00), al presupuesto de gastos
vigente del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA U
DEFENSA, de acuerdo a la siguiente imputación
presupuestaria:
S-
.
L
:
GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA BOLIVARLANADE VENEZUELA
407.088
MINISERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA
Proyecto:
089999000
Acdin
Específica:
089999016
Partida:
4.07
Subpartidas
Genéricas,
~speu'flcasy
Sub~ ~ f i c a s :
ES.
Refrendado
EL Ministro del Poder Popular para
la Educación Universitaria
(L.S.)
15.000.000,OO
Apoites y Tranrkrendas p a n
Financiar los Proyectos de los
Entes Descentralizados '
m
15.000.000.00
'Apoites y Tranderendas p a n
Financiar los Proyectas del Ente
Empresa Milltar de Tnnsporte de
la FANB, S.A. (EMILTRA. S.A.).
.Tranderendas y donaclones'
Otras Fuentes
Martes 19 de noviembre de 2013
PEDRO ENRIQUE ~ L Z A D I L L A
Refrendado
La Ministra del Poder Popular para
la Educación
(LS.1
MARYANN DEL CARMEN HANSON FLORES
15.000.000,00
15.000.000.00
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
la Salud
(L.S.)
FRANCISCO ALEJANDRO ARMADA PÉW
01.03.07
A0526
" Transferencias corrientes a entes
descentraliados con fines
empwarlales nopebokrm'
15.WO.000,OO
"Empresa Mllitar de Transporte de la
Fuerza Armada Nacional BolivaMna,
S.A. (EMILTRA, S.A.)"
15.000.0W,OO
Refrendado
La Ministra del Poder Popular para
el Trabajo y Seguridad Social
(L.S.)
MAIÚA CRImNA IGLESIAS
Refrendado
r
El Ministro del Poder P o.~ u l a Dara
Transporte Terrestre
(L.S.)
.
Los Ministros del Poder Popular de Finanzas y del
Poder Popular para l a Defensa, q u e d a n encargados de la
ejecuúón del presente Decreto.
Artículo
2O.
. . HAIMAN EL TROUDI DOUWARA
Refrendado
EL Ministro del Poder Popular para
Transporte Acuático y Aéreo
(L.S.)
Dado en Caracas, a los diecinueve días del m e s de noviembre
dos mil trece. Años 2 0 3 O de la Independencia, 1 5 4 O de l a
Federación y 14" de la Revolución Bolivariana.
de
HEBERT JOSUE GARÚA PLAZA
Refrendado
El Ministro del Poder Popular del
Despacho de la Presidencia y Seguimiento
de la Gestión de Gobierno
(L.S.)
WILMER OMAR BARRIENTOS FERNANDU
Refrendado
El Ministro del Poder Popular
para las Relaciones Intenores,
Justicia y Paz
(L.S.)
MIGUEL EDUARDORODRG
Í UEZ
TORRES
Refrendado
El Ministro del Poder
Popular para Relaciones Exteriores
(L.S.)
E&
Refrendado
El Ministro del Poder Popular
de Planificación
&S.)
JAUA MILANO
JORGE GIORDANI
Refrendado
El Ministro del Poder Popular
de Finanzas
(L.S.)
NELSON 10SÉ MERENlES D~AZ
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
Vivienda y Hábitat
(L.S.)
RICARDO ANTONIO MOUNA PEÑALOZA
Refrendado
El Ministro del Poder Popular
de Petróleo y Mineria
(L.S.)
RAFAEL DARÍO RAMÍREZCARREÑO
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
el Ambiente
(L.S.1
,
MIGUEL LEONARDO RODRIGUEZ
Refrendado
El Ministro del Pode! Popular
para Ciencia, Tecnología e Innovación
(L.S.)
MANUEL ÁNGEL FERNÁNDEZ MELÉNDEZ
Refrendado
La Minisba del Poder Popular para
la Comunicación y la Información
(L.S.)
DELCY ELOINA RODR~GUQ GÓMR
Refrendado
El Ministm del Poder Popular para
las Comunas y los Movimientos Sociales
(L.S.)
REINALDO ANTONIO rrURRIZA LÓPEZ
Refrendado
El Ministm del Poder Popular para
la Alimentación
(L.S.)
FÉUX RAMÓNOSORIO
Refrendado
La Ministra del Poder Popular
para la Defensa
(L5.)
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
el Comercio
(L.S.)
ALEJANDRO ANTONIO FLEMING CABRERA
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
Industrias
(L.S.)
RICARDO JOSÉ MENENDEZ PRIETO
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
la Cultura
(L.S.)
FIDEL ERNESTO BARBARITO
GUZMÁN
HERNÁNDEZ
Refrendado
La Minisba del Poder Popular para
el Deporte
(L.S.)
Refrendado
La Minisba del Poder Popular para
los Pueblos Indígenas
(L.S.)
ALOHA JOSELYN NÚÑU G ~ É R R Q
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
el Turismo
(L.S.)
Refrendado
La Minisba del Poder Popular
para la Mujer y la Igualdad de Género
(L.S.)
ANDRÉSGUIUERMO
Refrendado
El Ministro del Poder Popular
para la Agricultura y Tierras
(L.S.)
IZARRA GARC~A
Refrendado
El Ministro del Poder Popular
Para la Energía O é c b i ~
(L.S.)
407.089
GACETAOFICIAL DE LA REPUBLICA BOLIVARIANADE VENEZUELA
Martes 19 de noviembre de 2013
Refrendado
EL Mlnlstrodei Poder Popilar
m r a la Juventud
y 3 O de las Disposiciones Generales de la Ley de Presupuesto
vigente, y previa autorización concedida por la Asamblea
Nacional, en Consejo de Ministros.
1
Rehendado
~a M~nkwadel poder Popubr
para el ~
d P e n0l W r i O
+S.)
JORGE ALBERTO ARREAZA MONTSERRAT
Vicepresidente Ejecutivo de la República
Por delegación del Presidente de la RepiSblica Nlcolás Maduro Moros,
según Decreto No 9.402 de fecha 11de marzo de 2013, publicado en
la Gaceta Oficial de la República Bolivafiana de Venezuela No 40.126
de fecha 11de marzo de 2013.
MAR~AIRIS V A R W RANGEL
Refrendado
El Mlnlsho de Estado para
la Banca Pública
(LS.1
RODOLK) UEMENTE W
C
O TORRES
Refrendado
El Mlnkbu de Estado para
la T r a m 6 n Revoludonaria
de b Cran Caracas
(LS.1
DECRETA
Artículo lo.
Se acuerda un Crédito Adicional por la canydad de
CIENTO TREINTA Y SEIS MILLONES DE BOWARES
(0s. 136.000.000,00), al presupuesto de gastos vigente de la
VICEPRESIDENCIA DE LA REPUBUCA, de acuerdo a la
siguiente imputación presupuestaria.
Refrendado
Ei Mlnlsho de M a d o para
la Reg16n Esüatégica de Desarrollo
IntegralCentnl
.
(L.S.) .
LUIS ALFREDO MOTTA DOM~NGLIEZ
Proyedo:
ISIS TATIANA
Refrendado
La M i n h de Estado para
la Regi6n Esbatégica de Desarrollo
I
Integral Los Uanos
(L.S.)
NANO EVARlSTA RREZ SIERRA
Refrendado
La Minisba de Estado para
la Regl6n Esmtégica de Desarrollo
Integral Orlental
(LS.)
Refrendado
El Ministro de Estado para
la Regi6n Esmt6gica de Desarrollo
Integral Guayana
(LS.1
Acción kpeáflca:
C&ZAEZ
MARiA PILAR HERNANDEZ M)M~GUR
CARLOS ALBERTO OSORIO ZAMBRANO
Refrendado
La Minlsba de Estado para
la Regl6n Estratégica de Desamlio
Integral de la Zona Marítima
y Espaclos Insulares
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
Refrendado
La Minisba de Estado para
la Regi6n Esbatégica de Desarrollo
Integml Ocddental
(LS.1
Partida:
339999000
339999011
4.07
*Aportes y Transferendas para
flnandar los ProyecbJs de los
Entes esDesoenhaurados.
m
136.000mo0,OO
"Aportes y Transferencias para
Anandar los Pmyectw de b torporadón de Desarrdb de b
Cuenca del Rio Tuy 'FiandxD
de
Mlmnda:
SA.
(CORPOMIRANDA, SA.)'
136.000.000,W
"'iransferendas y Donadones'
(0- Fuentes)
136.000.000,00
Subpartidas
Genérica.
entes descenttalhados con Rnes
empresariales m pímief&
A0296
03.03.05
A0296
Corporacldn de Desamlb de b
Cuenca del Rlo Tuy 'Fmr&co
de
Mlrandam,
(CORPOMUIANDA, SA.)
Tmnsíemdas de Capital a
entes descentrallzadm m n nnes
empresariales m petmlenx'
Corporadn de Desamllo de la
Cuenca del Río Tuy "Frandxo
de
Miranda",
S.A.
(CORPOMIRANDA, S.A.)
5o.000.Oo0,W
m
m
El Vicepresidente Ejecutivo de la República y
Ministro del Poder Popular d e Finanzas, quedan encargados de
la ejecución d e l presente Decreto.
Artículo ZO.
Refrendado
El Ministro de Estado para la Regi6n
Estratégica de Desarrollo Integral,
Los Andes
(L.S.)
CELSO ENRIQUE CANELONES GUEVARA
Dado en Caracas, a los diecinueve días del mes de noviembre
de dos mil trece. Años 203' de la Independencia, 154O d e la
Federación y 1 4 O d e la Revolución Bolivarima.
Eiecútese.
Decreto N o 598
19 de noviembre de 2013
NICOLÁS MADURO MOROS
Presidente de la Rppública
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor
eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del
socialismo y el engrandecimiento del País, basado en los
principios humanistas y en las condiciones morales y éticas
Bolivarianas, por mandato del pueblo y en ejercicio de las
atribuciones que le confiere el numeral 13 del articulo 236 y 314
de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley
Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público
W.W.W0,00
Refrendado
El Ministro del Poder Popular del
Despacho de la Presidencia y Seguimiento
de la Gestión de Gobierno
(L.S.)
WILMER OMAR BARRIENTOS FERNANDU
Refrendado
El Ministro del Poder Popular
para las Relaciones Interiores,
Justicla y Paz
(L.S.)
MIGUEL EDUARDO RODR~GUEZTORRES
Refrendado
El Mlnisbo del Poder
~opuiarpara Relaciones Exteriores
(L.S.)
EL~A.
JAUA MILANO
86.000.OM),~
86.000.000,00
407.090
Martes 19 de noviembre de 2013
GACETA OFICIAL DE LAREPÚBLICA BOLIVARIANADEVENEZWLA
Refrendado
El Ministro del Poder Popular
de Planificaaón
(L.S.)
Refrendado
El Ministro del Poder Popular
de Finanzas
(L.S.)
Refrendado
La Ministra del Poder Po@% para
la Comunicacióny Oa Infomsaon
(L.S.)
DELCY ELOINA RODR~GURGÓMEZ
JORGE GIORDANI .
Refrendado
.
El Miniao del Pader
las Comunas v b5
(LS.1
NEEON JOSÉ MERENI-ESD~AZ
Refrendado
La Ministra del Poder Popular
para la Defensa
(L.S.)
mWG
Sociales
REINALDO ANTONIO iiURRW LOPR
Refrendado
El Ministro del Poder -para
la Alimentación
CARMEN TERESA MELÉNDEZ RIVAS
Refrendado
E! Ministro del Poder Popular para
el Comercio
(L.S.)
ALEJANDRO ANTONIO FLEMING CABRERA
Refrendado
El Ministro del Poda Pcpuíarpara
la Cultura
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
Industrias
(L.S.)
Refrendado
La Ministra del PPder POd=pam
el Deporte
(L.S.)
Refrendado
El Ministro del Poder Popular
para la Agricultura y menas
(L.S.)
Refrendado
EL Ministro del Poder Popular para
¡a Educación Universitaria
(L.S.)
ANDRÉS GUILLERMO IZARRA GARCÍA
wÁN EDUARDO GIL PINTO
PEDRO ENRIQUE CAIZADILLA
Refrendado
La Ministra del Poder Popular para
la Educación
(L.S.)
MARYANN DEL CARMEN HANSON FLORES
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
la Salud
(L.S.)
FRANCISCO ALEJANDRO ARMADA PÉREZ
Refrendado
La Ministra del Poder Popular para
el Trabajo y Seguridad Social
(L.S.)
MAFÚA CRISilNA IGLESIAS
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
Transporte Terrestre
(L.S.)
HAIMAN EL TROUDI DOUWARA
ALOHA IOSELYN NUÑR GUTI~RREZ
Refrendado
La Ministra del R x k PqrBB
para la MlrjerybI&dddeGénwo
(L.S.)
ANDREÍNA TARAZ~N
~ 3 l . h ~ ~
Refrendado
U Ministro del F q k Fwub
Para la Energía BBdñca
(L.S.)
IESSE ALONSO CHACÓNESCAMIUO
Refrendado
EL Ministro del FWb Poara la Juvenhid
(L.S.)
Refrendado
La Ministra del
para el Servicio
(L.S.)
Refrendado
El Ministro de
la Banca Pública
(LS.1
~ÉcroR
m
c ~ RODRÍGUU
m
m 0
PopiPa
. -
para
RODOLFO N M E N T E MARCO TORRES
Refrendado
El Ministro de Esta& parala Transfomaam
de la Gran Caracas
(L.S.)
FRANCISCO DE ASIS CESTO NOVAS
Refrendado
EL Ministro del Poder Popular para
Transporte Acuático y Aéreo
Refrendado
El Ministro de
pata
la Región Estmteqara de ~
Intearal Central
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
Vivienda y Hábitat
(L.S.)
RICARDO ANTONIO MOUNA PEÑALOZA
Refrendado
El Ministro del Poder Popular
de Petróleo y Minería
(L.S.)
Refrendado
La Ministra del Poder P W p a r a
los Pueblos I n d h s t s
(L.S.)
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
el Turismo
(L.S.)
ALUANDRA BENfTEZ ROMERO
RAFAEL DAR~ORAM~REZCARREÑO
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
el Ambiente
(L.S.)
MIGUEL LEONARDO RODRIGUEZ
Refrendado
El Minlsko del Poder Popular
para Cienaa, Tecnología e Innovaaón
(L.S.)
MANUEL ÁNGEL FERNÁNDEZMEI~NDEZ
l
i
o
Refrendado
La Ministm de
paa
la Región
de I k S d W d l O
Integral Ocadentd
(LS.1
Refrendado
La Ministra de EsúdD paa
la Región E
s
b
Wde ZNzamllo
Integral Los Liana
(L.S.)
Refrendado
La Ministra de EstadDpaa
la Región
de I k S I d 0
Integral Oriental
(L.S.)
NANCY NARL5TA PEREZ SIERRA
MARlA PILARHERNANDEZ
DOM~NGUR
407.091
GACETA OFICIAL DE LA REPUBLlCA BOLlVAKlANADE VENEZUELA
Martes 19 de noviembrede 2013
Refrendado
El Ministro de Estado para
la Región Estratégica de Desarrollo
Integral Guayana
(L.S.)
Artículo 2O. El Vicepresidente Ejecutivo de la República y el
Ministro del Poder Popular de Finanzas, quedan encargados de
la ejecución del presente Decreto.
CARLOS ALBERTO OSOfüO ZAMBRANO
Dado en Caracas, a los diecinueve días del mes de noviembre
de dos mil trecé. Años 203O de la Independencia, 154O de la
Federación y 14" de la Revolución Bolivariana.
Refrendado
La Ministra de Estado para
la Región Estratégica de Desarrollo
Integral de la Zona Marítima
y Espacios Insulares
(L.S.)
MARLENE YADIW CÓRDOVADE PIERUZZI
Refrendado
El Ministro de Estado para la Región
Estratégica de Desarrollo Integral
Los Andes
(L.S.)
CELSO ENRIQUE CANELONES GUEVARA
El Ministro del Poder Popular del
Despacho de la Presidencia y Seguimiento
de la Gestión de Gobierno
(L.S.)
WILMER OMAR BARRIENTOS FERNANDR
19 de noviembre de 2013
NICOLAS
I
MADURO MOROS
Presidente de Ia Repbbláca
Con el supremo compromiso y volunbd de lograr la mayor
eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del
socialismo y el engrandecimiento del País, basado en los
principios humanistas y en las condiciones morales y éticas
Bolivarianas, por mandato del pueblo y en ejercicio de las
atribuciones que le confiere el numeral 13 del artículo 236 y 314
de la' Constitución de la República Bolivariona de Venezuela, de
conformidad con lo dispuesto en los attkulos 52 de la Ley
Orgánica de Administración Financiera del Sector Público y 3 O de
las Disposiciones Generales de la Ley de Presupuesto vigente, y
previa autorización concedida por la Asamblea Nacional, en
Consejo de Ministros.
JORGE ALBERTO ARREAZA KONTSERBAT
Vicepresidente Ejecutivo de Ile Repbblica
Por delegación del Presidente de la República Nicolás Maduro Moros,
según Decreto N O 9.402 de fecha 11de marzo de 2013, Publicado en
la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela NO 40.126
de fecha 11de marzo de 2013.
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
Decreto No 599
I
I
Refrendado
El Ministro del Poder Popular
para las Relaciones Interiores,
, Justicia y Paz'
(L.S.)
MIGUEL EDUARDO RODR~GUU TORRES
Refrendado
El Ministro del Poder
Popular para Relaciones Exteriores
(L.S.)
ELkS JAUA MILANO
.
Refrendado
El Minimo del Poder Popular
de Planificación
(L.S.)
JORGE GIORDANI
Refrendado
El Ministro del Poder Popular
de Finanzas
(L.S.)
NELSON JOSÉ MERENTES D&
Refrendado
La Ministra del Poder Popular
Dara la Defensa
(L.S.)
CARMEN TERESA MELÉNDE! RNAS
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
el Comercio
(L.S.)
ALEJANDRO ANTONIO REMING CABRERA
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
Industrias
(L.S.)
RICARDO JOSÉ MENÉNDEZPRIETO
DECRETA
Articulo lo.Se acuerda un crédito adicional por la cantidad de
OCHO MILLONES TRESCIENTOS DIECIOCHO M I L
DOSCIENTOS VEINTICINCO BOÚVAWES
CON 361100
(Bs. 8.318.225,36), al Presupuesto de Gastos 2013 de la
VICEPRESIDENCIA DE LA REPÚBUCA~ de acuerdo con la
siguiente imputación presupuestaria:
VICEPRESIDENCIA
DE LA REPUBLICA
Acclón
Específica:
330002001
Partlda:
SubPafiidas
Genéricas.
Espeúflca; y
Subespecífica:
Bs.
8.318.225,36
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
el Turismo
Refrendado
El Ministro del Poder Popular
para la Agricultura y Tíerras
(L.S.)
Refrendado
EL Ministro del Poder Popular para
la Educación Universitaria
(L.S.)
PEDRO ENRIQUE CALZADIUA
4.03
04.04.00
10.99.00
18.01.00
"Apoyo institucional a
aaciones espeáflcas dproyectos del organisr;!:"
las
los
'Servicios no penom!es"
- Oms fuentes
8.318.225,36
'8.318.225.36
Teléfonos"
"Otros midos ~ml&~?aics Y
teailcos"
"Impuesto al valor ag-
1.400.000,00
'
'
5.920.038.36
998.187.00
Refrendado
La Ministra del Poder Popular para
la Educación
(L.S.)
MARYANN DEL CARMEN HANSON FLORES
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para
la Salud
(L.S.)
FRANUXO ALEJANDRO ARMADA PÉREZ
.
407.092
GACETA OFICIAL DE LA REP~BLICABOLIVARIANADE VENEZUELA
Refrendado
b Mlnlsba del Poder Popular para
el Trabajo y Seguridad Social
(L.S.)
Refrendado
El Mlnlstro d e Estado para
la Banca Públlca
(LS.1
MARfA QUmNA IGLESW
L
Martes 19 de noviembre de 2013
.
RODOLFO a M E N r E MARCO TORRES
Refrendado
El Minlstro de Estado para
la Transformación Revolucionaria
de la Gran Caracas
(L.S.)
~ehendado
El Mlnlsbo del Poder Popular para
Transpote TerreNe
(L.S.)
FRANCISCO DE ASiá SESM NOVAS
Refrendado
EL Mlnisbo del Poder Popular para
~ranspo& Acuático y Aéreo
(L.s. j
-
HEBERT JOSUE C A R PLAZA
~
Refrendado
El MinlNo del Poder Popular para
Vivienda v Hábltat
(L.S.)
l
LUIS ALFREüO MOTTA DOM~NGUEZ
. RICARDO ANTONIO MOUNA
Refrendado
biMlnistta' de Estado para
la Reglh Esbatéglca de Desarrollo
Integral Ocddenbl
(LS.1
PERALOZA
Refrendado
El Mlnlstro del Poder Popular
de Petróleo y Mlnen'a
(LS.)
RAFAEL DARf0 RAMfREZ C A R M 0
.
Refrendado
El Mlnlsbo del Poder Popular para
el Ambiente
(Las.)
Refrendado
El Mlnlstro del Poder Popular
para Qenda, Tecnologla e Innovación
(L.S.)
MANUELANGEL
FERNANDQ
MELÉNDEZ
Refrendado
La Minlstra del Poder Popular para
'la Comunlcaclón y la Información
(L.S.)
DELCY ELOINA RODR~GUR ~ M E Z
Refrendado
El Mlnisbo del Poder Popular para
las Comunas y los Movimlentos Sociales
&.S.)
R E I N A U ANTONIO iíüRRRA L ~ P R
Refrendado
El Minlsbo del Poder Popular para
la Alimentación
(L.S.)
Refrendado
El Mlnlstro del Poder Popular para
la Cultura
(L.S.)
FIDEL ERNESTO BARBAWTO HERNANDR
Isls TATIANA OOlOA C A k C 4 E
Refrendado
La Mlnlsba de Estado para
la Reg16n Esbatéglca de Desarrollo
Integral Lw Llanos
(LS.1
1
MIGUEL LEONARDO R O D W R
~efrendado
b Minlsba de Estado para
la Reglón Esbatéglca de Desarrollo
Integral Oriental
&S.)
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
.--
1
Refrendado
El Mlnlsbo de Estado para
la RegkJn Esttatéglca de Desarrollo
Integral h b a l
(LS.1
I
NANCY NARISTA PERR SIERRA
MARIA PILAR HERNANDEZ DOM~NGUR
Refrendado
El Mlnlsbo de Estado para
!a Regi6n Estratégica de Desarrollo
Integral Guayana
&S.)
CARLOS ALBERTO OSORlO ZAMBRANO
Reliendsdo
La M l n W de ñgdo pan
la Reglón Esbat4gka de Derarmllo
Integral de ia Zona Maritima
y Espadas Insulanr
(L.S.)
MARLENE YADIRA C~RMXIA DE PIERUA
Refrendado
El Mlnlstro de Estado para la Regi6n
Esbatéglca de Desarrollo Integral
Los Andes
(L.S.)
CELSO ENRiQUE CANELONS GUOlARn
Refrendado
La Minlstra del Poder Popular para
el Deporte
(L.S.)
REP~BUCA BOUVARIANA DE VENEZUELA
DI LA REPCIBUCA
VICEPRESIDENCIA
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE AUDTTORÍA INTERNA
AROS ZOZOY 153O
.
ALUANDRA BEN~TEZROMERO
Caracas,
2 5 0Cr 2013
No- 010/1013
Refrendado
La Ministra del Poder Popular para
los Pueblos Indígenas
'-
,
,
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA
Refrendado
La Minlstra del Poder Popular
para la Mujer y la Igualdad de Genero
(L.S.)
,
ANDREÍNA
TARAZ~NBOL~VAR
Refrendado
El Ministro del Poder Popular
Para la Energía Eléctrica
(L.S.)
JESSE ALONSO C H A C ~ NESCAMILLO
Refrendado
EL Minlstro del Poder Popular
Dara la Juventud
(L.S.)
.El Superintendente Naclonal de Audltoria Interna. en ejercicio de las ahibuciones
conferidas en el artículo 143 de la Loy Orgánica de la Administración Financiera del Sedor
Piiblim.
Que la Constitución de la Repubiica 3-livariana de Venezuela consagra en su artkuailo 141
que la Administración Pública está al servicio de los ciudadanos y dudadanas y se
fundamenta en los principios de hcfiestidad, participación. celeridad. eficacia. eficienda.
transparencia, rendici6n de cuentñs y rssponsabilidad en el ejercicio de la función pública, con
sometimiento pleno a la ley y al de!e:ho, por lo que en atención a los mismos. se hace
necesario el diseno y adopción ds un 56DIGO DE ETICAY CONDUCTA'.
Considerando
Que la Asamblea General de la Crganizaci6n de las Naciones Unidas (ONU). apmbb el
'CMiao Internacional de Conduct;; oaca los titulares de Cargos POblicos', y recomendó a los
~sta&s Miembros que se gu.an , c 61%nsu lucha contra l&mpc16n. es deu'r que sirva de
modelo para el diseno y adopción d., t i 8 "c~DIGODE ETICAY CONDUCTA'.
~ É c r VICENTE
o ~
RODR~GUEZa
mo
Refrendado
La Ministra del Poder Popular
para el Servlcio Penitenciario
(L.S.)
MAR~AIRIS VARELA RANGEL
Considerando
Que la adopd6n de un Código de &c.? y Conducta tiene por objeto crear una sihrad6n de
elevada moral y poner en práctica ü;r conjunto de medidas encaminadas a Incrementar b
sensibilidad del personal ante los i.iuUadanos. mediante el establecimlenlo de aiierios que
penitan anteponer los principios Clicos al logro de lucro y a los interese3 personales. as1
como el fortalecimiento del contrcl irltenio .
Martes 19 de noviembre de 2013
GACETA OFICIALDE LAREPÚBLICA BOLIVARIANADE VENEZUELA
DECIDE
I
UNICO: Aprobar el "C6digo de Ética y Conducta de los $ewidores Públicos de la
Superintendencia Nacionalde Auditoria Interna"
Código de Ética y Conducta de los Servidores Públicos
de la Superintendencia Nacional de Auditoría lnterna
Debe desempeiíar sus funciones de una manera eficiente y eficaz y velar
para que sus subordinados actúen de la misma manera.
No debe fomentar. exigir o solicitar a sus subordinados o comparieros que
i)
empleen el horario de trabajo para realizar actividades que no sean las que les
requieran para el desempeiío de los deberes a su cargo.
&#culo 1.- Las normas contenidas en el presente Código tienen por objeto regir la
conducta Btica de los servidores públicos de la Superintendencia Nacional de
Auditoría lnterna (SUNAI), en el desempeño de sus funciones.
Capítulo IV
De la Transparencia
A los efectos previstos en el presente Código se entiende por Servidores Públicos,
los trabajadores. trabajadoras, funcionarios, funcionarias. obreros, obreras y
contratados al servicio de la Institución.
Artículo 10.- La transparencia, implica tanto para el servidor de la
Superintendencia Nacional de Auditoria Interna, el coadyuvar con su
comportamiento ético y actitud en el desempeño de sus funciones. en la dinámica
de la gestión de la estructura organizativa y funcional de la misma Institución, a.
objeto de establecer la mayor simplicidad y transparencia en la comprenkión,
acceso y cercada de los ciudadanos y ciudadanas de manera que les permitan
resolver sus asuntos. ser auxiliados y recibir información oportuna y veraz sobre la
gestión de la Institucióny manejo de los recursos asignados.
Artlculo 2.- Este Código de Ética y Conducta es aplicable a todos los Servidores
Públicos de la Superintendencia Nacional de Auditoría lnterna (SUNAI). sin
importar su jerarquía dentro de la Institución. ta índole de la actividad que
desempeñe e independientemente de los códigos de ética que rijan su profesión u
oficio si fuere el caso.
I
Título II
De los Principios
Artlculo 3.- Son principios rectores de la conducti de los Servidores Públicos de la
Superintendencia Nacional de Auditoría lnterna (SUNAI), en la realización de sus
funciones: la eficacia, la eficiencia, la celeridad, la transparencia, la honestidad, la
equidad, el decoro, la lealtad institucional, la vocación de servicio, disciplina,
responsabilidad. puntualidad y pulcritud, con sometimiento pleno a la ley.
Capítulo I
De la Eficacia
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
Artlculo 4.- La eficacia comporta la realización de los programas y actuaciones
gubernamentales y administrativas con calidad de servicio, con el logro de los
objetivos y metas trazados conforme a Planes. Programas y Proyectos definidos
en el Plan Operativo Anual lnstitucional (POAI).
Artlculo 5.- La eficacia de los Servidores Públicos de la Superintendencia Nacional
de Auditoría Interna, será practicada y apreciada según los siguientes criterios:
Llevar un registro continuo y actualizado de las actividades inherentes a las
labores desempeñadac.
b) Hacer uso obligado de loa recursos materiales. financieros y tecnológicos a
SU alcance.
Tener disposición a ser capacitado para el logro de mejores resultados en la
lización de sus labores.
a)
X
I
Capítulo II
De la Eficiencia
ulo 6.- La eficiencia comporta la consecución y alcance de las metas y
etivos propuestos, medianfe la aplicación de los ~ r i n c i ~ i ode
s racionalidad,
legalidad, equidad y economía en la utilización de los recursos materiales,
financieros y tecnológicos de la Institución, así como el mejor aprovechamiento
del talento humano en cuanto a sus capacidades profesionales y manejo del
tiempo.
Artlculo 7.- La eficiencia de los trabajadores de la Superintendencia Nacional de
Auditoría Interna, será practicada y apreciada según los siguientes criterios:
a) Cumplir con los objetivos individuales de desempeíio diligentemente. de
manera proactiva.
b) Aplicar en el desempeño de sus funciones. la racionalidad en cuanto al
tiempo y criterio, la legalidad de los procesos y procedimientos, dentro de la
objetividad que debe prevalecer, y ajustado a los plazos y términos establecidos.
c) Poner al servicio y disposición de la Institución el máximo de su
conocimientos habilidades y destrezas profesionales, haciendo uso racional del
tiempo empleado para la solución de los casos asignados
,
Mículo 8.- La celeridad, comporta para el servidor de la Superintendencia
Nacional de Auditoría Interiia y por ende para la Institución, la optimización en
los lapsos de atención y respuesta oportuna en la ejecución de las competencias
y atribuciones legalmente conferidas, y ante las demandas y requerimientos de la
ciudadanía en el proceso de orientación y formación en materia de participación
ciudadana y control social.
Artlculo 9.- La celeridad de los trabajadores de la Superintendencia Nacional de
Auditoria Interna, será practicada y apreciada según los siguientes criterios:
Aplicar en el desempeño de sus funciones, la optimización en los lapsos de
a)
atención y respuesta oportuna en la ejecución de las competencias y atribuciones
legalmente conferidas, así como a. las demandas y requerimientos de la
ciudadanía en el proceso de orientación y formación en materia de participación
ciudadana y control social
b) Los horarios de trabajo serán cumplidos exactamente como han sido
establecidos.
Los servidores públicos encargados de atender al público comenzarán su
y al terminar le manifestarAn
smente la conclusión de sus labores.
La modificación de horarios debe garantizar al usuario recibir el mismo
ofrecido o mejorado. por lo cual no deberán hacerse cambios de horarios
Cumplimiento.
Mículo 11.- La transparencia de los trabajadores de la Superintendencia Nacional
de Auditoría Interna, será practicada y apreciada según los siguientes criterios:
a) Toda persona tiene derecho a conocer la verdad. El servidor público no debe
omitirla o falsearla, en menoscabo de lo establecido en la ley.
b) La disposición arquitectónica de los despachos públicos deberA realizarse y
mantenerse en forma tal que evite el exceso de antesalas y un ambiente
fisicointimidatorio para la ciudadanía.
C) Los servidores públicos en el cumplimiento de los procedimientos
previamente establecidos, deben permitir al usuario conocer los pasos a seguir y
que no ofrezca dudas en relación a su ejecución.
ncia en los actos del servicio público exige, en especial, que la
dispongan los despachos y dependencias públicas ha
usceptible de acceso a toda persona natural o jurídica que tenga
sobre el asunto. La reserva como excepción deberA ser
clarada y fundamentada en razones debidamente justificadas de
fonnidad con la Ley.
Los servidores públicos encargados de adquisiciones y compras deberán
blicar periódicamente y en sitio visible al público una relación de los bienes
adquiridos y'cervicios contratados, el objeto y valor de tales bienes y servicios, su
destino, el nombre del adjudicatario, así como las Contrataciones Públicas
declaradas desiertas. La relación se hará en lenguaje sencillo y asequible al
ciudadano común.
Capítulo V
De la Honestidad
,~ ,
Artículo 12.- La honestidad está referida a la realización de las funciones
encomendadas teniendo en cuenta que 'los fines públicos excluyen cualquier
comportamiento en desmedro del interés colectivo. destinado de alguna manera al
provecho personal o grupa1 de los trabajadores o de un tercero cualquiera éste
sea. o buscarlo o obtenerlo por sí mismo o por interpuesta persona.
Arculo 13.- La honestidad del servidor de la Superintendencia Nacional de
Auditoría Interna, será practicada y apreciada bajo los siguientes cn'terios:
a) Rechazo de regalos, invitaciones, favores, dádivas. pago de viajes, uso de
medios de transporte o cualquier clase de halagos, beneficios materiales o
inmateriales. ofrecidos por
o grupos interesados en obtener decisiones
. personas
.
favorables.
b) Abstenerse en forma absoluta a ejercer funciones o autoridad con fines
distintos al interBs público. A tal efecto, en ninguna circunstancia. podrá vincular
su vida privada con el desempeño del cargo que ejerce, ni utilizarlo para
hostigamiento. acoso o seducción de cualquier tipo.
c) Abstenerse de celebrar contratos de cualquier naturaleza con la República
por si, ni por terceras personas.
d) Inhibirse de conocer o participar por si o por terceras personas. en asuntos
en los cuales tenaa directa o indirectamente es~ecialinterbs.
interesados en una determinada
e) ~ntrevista& con personeros o
decisión, en la respectiva oficina o lugar de trabajo del servidor.
Los subordinados no deben ser obligados a realizar durante el tiempo de
f)
trabajo actividades correspondientes a los asuntos e intereses personales de sus
superiores.
g) pespués de asumir el cargo o funciones. no podrán desempeñarse como
administrador de sus negocios particulares, inversiones o empresas. si estas
menoscaban el estricto cumplimiento de sus deberes en cuyo caso deberán
elegar sus poderes de administración.
Abstenerse de utilizar la información en el ejercicio de su cargo en contra de
intereses de la Superintendencia Nacional de Auditoría lnterna y de cualquier
Organismo e Institución de la República Bolivariana de Venezuela.
Mostrar la rectitud e integridad de su conducta escogiendo siempre y cuando
articulares
Capítulo III
De la Celeridad
rolongarse injustificadamente; los
si está asegurado su efectivo
Los servidores públicos no deben por ningún concepto acortar el tiempo de
f)
trabajo en vlsperas de festividades o fines de semana. Tampoco se tolerará la
prolortgacióflde 10s asuetos por dlas feriados que o c u m hacia el comienzo o fin
de la semana laboral.
El s e ~ d opúblico
r
debe.usar el üempo comprendido dentro de su horario de
g)
trabajo, en un esfuetzo responsable para cumplir con sus que haceres.
h)
Título l
Del Objeto y Alcance del Código
c%
407.093
j)
Ejercer con moderación y discreción las prerrogativas inherentes al cargo y
abstenerse de ello cuando cause algún perjuicio a los legltimos intereses de los
usuarios de los servicios públicos.
k) Bajo ninguna circunstancia retardar o dificultar a cualquier ciudadano el
ejercicio regular de su derecho y menos en forma tal que pueda causarle daño
moral o material y que ha consecuencia de su hecho, ponga en peligro o afecte la
Hacienda Pública y por ende los legitimas derechos e intereses de la República
Bolivarianade Venezuela.
Capítulo VI
De la Equidad
I
Mículo 14.- La equidad esta referida a la actuación respecto. a las personas que
dirijan peticiones, sin ningún tipo de preferencias y sólo en razón del mento.
S A DE VENEZUELA
legalided. modhraciones objetivas y sin mnsideraQdn de g8ner0, raligibn. &da,
p o s # b n s u d a i ~ ~ ¡ u o b a s ~ a ~ ~ a l f o n d o d e l ~ y d e
1
biuriieia
Artiak152Laequidaddeks~delaS~Nadonalde
~lntema~pacocadayapredede~kssiguientes~.
a)
S
Martes 19 de noviembre de 2013
Art[aik 24.- La Wplina, en bs semi@m de la Superintendenda Nacional de
Audbda Interne, sed predicada y apreciada cagh bs siguientesaitecio3:
a) Acatar k s órdrm#l superkres, o¡n menoscabo del aimplhiiento del
ordanamientD jurldko establecido. ni la negaci6n de los velores Mierentes a la
codd6nhumana
Obrperun~imparc.y.objfc4haODdoaqueiqussd[dDso
demandeslenddno~delalnswuddh
b) ~ ~ c b l s e n i d o # , d e b a e n g u a l c a n t i d a d o c a l i d e d a w o 6 l m
rilusmr.~lamismaopoitunidadawo6ycadaur,deebaM
IiistiticedossbbaqueflostretamientosespacialasamparedosporLeyo~
póbÉs del orgenismocompetente.
C)
la i<pte y anreCta prestacidn del twvicb, deben gltar
7
conscientes que su @bajo esta regido por el
a ser útd a
quendiniandewsenricio.slii~condidbrsudai.pdltlca.econdmica.
d de cualquier otro orden. respetando fielme& sus deradios
los'crMwdelas6rdenesredbidss.dar
to a les mimas dejando constancia de su inconfomadad ante el
d) La ampliddad en el incumplimiento de drdenes no podrA jwübwm
dOgMd0 un beneRdo mayor para la instituddn. nipor el acatamiento de bdenes
-.
w,
e) NO Mbejo m u n a wnstsncia attasu lugar de
sin
esiar debkmnb autorhado. as1 como tampoco. exbaer doaimentedbn o
iníomdh resenrada o no para uso Únko y exdushro de b dependencia donde
desemmfundaies.
caplRil0 w
Del Decon,
~itlcub25.-La~Wadsebad~en~mayordlspo8id6nydlUgendaen
el aunphknto de las competedas. fundones y tareas encomendadas. el tomar
la Irdcbtiva de ofrecerse a realiirlas; as1 co&, la pmanente dlsposiddn a
rendir sientas y asumir las conseaiendas de la conduae púbika sin exarras de
nhguna nahyaleza, cuando se requiera o juzgue obligante.
c) Evitar en el tratamiento al pÚWco famiüaiidades. cdoguiallvnos y toda
suerte de lenguaje no consono con la seriadad y formalidad de la lnstihidbn. A tal
efecto. el abuso de confianza en el trato con el público e inclusive enbe cervidores
debe ínritarse.
d) La caResla debe imperar en todo momento en el trato con el pCiblico.
Capitulo VlI
-*&,la Lealtad lnstituclonal
:<-3
C
Artlcuk 18.- La lealtad será la manifsstaaón permanente de fidelidad que se
iraducM en awrctancia y solidaridad con b Instihicidn, y para con todo el personal
del Organismo, comprendios en b s categorias de alta M, mnfiaw.
adminiiivo y obrero. Cuando se r e a l ¡ en ausencia de bs superioree alcanza
su m8idma expresí6n valorativa.
ArtlaJo 19- La lealiad de bs ceMdores de b Superintendenda Nacional de
Awütor& Intsma. será practicada y apreáada según los siguientes criterios:
7
a) Comunicar inmedbtamente a sus superiores cualquier a& conbario a bs
disposiciones de b s presentes Normas. as1 como techazar las p d o n e s de
superiores jerzirquicos, contratantes. interesados o cualquiera que desee obtener
favores, ventajas o beneficios indebidos mediante acciones ilegales o inmorales.
b) Mantener una actihid que permita fortalecer la solidaridad y wnímtemidad
con sus compaiieros de trabajo. mediante el respeto mutuo, el trato d i 1 y b
raaonaltderanaa. permitiendo fa armonía de la estructura organizacid.
c) üiilgar entre sus compaflems de trabajo la existencia y el mntenklo de bs
presentesNomas e instar a su cumplimiento.
Dar inmediatamente parte a sus superiores o al ente correspondiente de los
a los bienes de la dependenkia y ambiente de trabajo donde se
f
Cap?u\o Vlll
De la V o c a g f ~ ~ ~ ~ S , ~ w l c i o
&
, cuo
l
20 La vocacidn de ser vi cid^^^&^^, motivaciones e intereses
instituúonales y se patentiza en acciones de entrega diligente a las tareas
asignadas. Entre otros aspectos, implica la disposición para una opomina y
esmerada atencidn a los requerimientos de trabajo encomendados, apertura y
atender cort6smente las peticiones, demandas quejas y
redamos del púb co, as1 como de contestarlos oporiunamente.
I
-PtMdad
Artlaik 21.- La vocacidn de servicio, en la superintendencia'Nacional de Auditorla
In-.
será pracb'caday apreciada según los siguientes uiterios:
pa7
üesempeiio del cargo en funcidn de las obligaciones que le cdnfieren
Iodos sus conocimientos y su capacidad Wsica e intelectual. con el fin de
o b t e los
~ mejores resultados.
b) Achiaabn permanente con solidaridad. respeto. cordialidad, tolerancia y
considemci6n para con el público.
c) Solicitud de información sobre las funciones. los deberes. los
procedimientus. la ubicacidn jerárquica y los canales regulares de comunicacidn
propius del cargo que ha de ejercer.
%¡do
ArUculo 22.- Los seMd0reS de la Superintendencia Nacional de ~udihrlaInterna.
deberán realiir sus funciones en todo momento con h vocacidn antes d d , a
bs fines de obtener de igual forma la mAs eficaz y eficiente productividad
Imtitucio~l.
Capitulo IX
De la Disciplina
Articulo 23.; La disciplina significa la observancia y el estricto cumplimiento de las
normas administrativas. en el ejercicio de sus funciones.
Artlailo 26.- La responsabilidad. de los seniidores de b Superintendencia
Nadonal de Audltaia Interna. será piacocada y apredada según los siguientes
aiterks:
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
a) Evitar ks excesos. mantenido una conduda amde con tas namsp
iurldicas Y inmnas coshimbres socialmente estableddas. en todo manento. higar
-Y
Abstenersa
de
practicar
teriuüas,
juegos.
lances
bmmMas
o
comersedanes
b)
tddónks durante el ejercicio de sus funciones y. especialmente aisndo atienda
pSWa>.
los compromisos conbaldoc con las personas que acudan
a) No poddn &ir
.en solicitud de la debida prestaaón de se~cios.
b) Ser unvigüentefiel y permanente de los documentos, bienes e intereses que
le han sido con'ados.
c) S d i y acordar en cuanto le corresponda, lasüoendas y los permisos sin
viohr imperativos Bocas. en forma morálmentejusüñcada y legalmentecorrecia.
d) Cansidererse el primer o b i i i o m el pago de lm Impuestos, tasas y
conbibuciones. y no evadidos por n w n concepto.
Capitulo XI
De la Puntualidad
Artlado 27.- La p u n h i d i d e>age.que, los compromisos conbaldos y les taraas.
encargos y ímbajos asignados sean cumplidos dentro de ios lapsos establecklos
o conkidas, h-pone &actitud y precisión en el cumplimi&o de la jomada
ordinaria de trabajo, as1 como. en h s jornadas exbaordinarles previamente
e
o 28.- La puntualidad, de los seMdores de la SuperintendenciaNadonal de
Interna. será pradcada y apreciada según los siguientes criterios:
&a
p
horarios de trabajo serán cumplidos exactamente como han sido
,ecidos.
b) . Los sewidores encargados por h naturaleza de sus funciones de atender
público, c o m e d n su horario de trabajo sin mayores ditaciones.
c) Las pausas en el trabajo no pueden prolongarseInjuswicndamente.
d) Por ningún concepto se podrá acortar el iiempo de babajo en vlspeas de
festividades o fines de semana. Tampoco podrán pmlongar los asuetos por dlas
feriados que ocumn hacia el comienzo o fin de semana laboral.
Capítulo XII
De la Pulcritud
Articulo 29.- La pulcritud entratia la adecuada presentadbnde los bienes públicos.
la preocupacidn por el ambiente íísico de trabajo y en. todo caso. que por desidia
no se aumente el deterioro de los bienes públicos. De igual manera. implica !a
apropiada presentacidn personal de los trabajadores de b Superintend%ncla
Nacional de Auditorla Interna. durante el ejercicio de sus funciones.
ArUculo 30.- La pulcrihid. de los servidores de la Superintendenda Nadonal de
Auditorla Interna. será practicada y apreciada según los siguientes aiterios:
i nca
i
personal deberá ser de general acepb~i611.esmerándose en
a) La apare
la medida de sus posibilidades se lo permitan, mantener mayor aiidado posible en
su vestimenta. as1como el cumplimiento de las normas higi8nka~
basicas.
b) Los trabajadores que usen unifome, deberán mantener en el M y o r cuidado
posible el estado del mismo.
c) Deberá ser fiel y permanente vigilante de la prese~aadn.el mantenimito y
la adecuada presentacidn de las instalaciones ilsi~asy los bienes de la
dependencia donde labora.
d) El establecimiento. el manejo y la conservación de d ~ o ysmgisbxs
merecerá especial cuidado. como fuente de antecedentes y experiencias que
faciliten la gerencia pública y como muestra de respeto y aprecio por la badici6n y.
b historia del Estado.
Capitulo Xlll
De la Conducta Ambiental
ecol6giica. está referida, para actuar siempre UM Una
ambiente, dirigida fundamentalmente a la preservasidn
lo 32 -La conciencia ecd6gica de los se~doresde la Supernitenden~la
de Auditoria Interna, será practicada y apreciada según los siguientes
.
,
GACETAOFICIAL DE LA REPÚBIJCABOLIVARIANA DE VENEZUELA
Martes 19de noviembre de 2013
a)
Realización de ptáckas benignas con el medio ambiente en w drea de
-io
407.095
.
Promod6n del usa radonal de los recursos uliiidos 9 sus labores.
Rachalbando el consumo de papel y tinta de Impresoras. bnprhniendo.
solo lo indispensable, utilizandolas dos caras del papel. haaendo buen uso de las
cartuchos de ünta y de papel recidado de ser el caso.
d)
Disminucióndel consumo de luz. mediante el apagado de luces. monitores.
y equipos (cuando esto sea posible) al finalizar la jornada laboral, contribuyendo al
a h m energ6tico. e) Reportando a la Oficina correspondiente. los equipos informaticos y el
mobiliario inse~ble.
f)
Encendiendo luces. aparatos eléctricos y ordenadores s6b si es necesario.
g) Promoviendo campañas de conservaci6n y uso eficiente de los r e a i r s a
renovables y no renovables.
h) Haciendo uso racionaldel agua potable. y de la energla ekbica.
b)
cy
8Wdent~
de la Corporadón de Desando Jadntn LM, CQRPOIAIW,
ciudadano wÍS RAMÓN REYES REYESI desigMdo medbnte lkdudh No 047
de fgha 09 de septiembre de 2013, publicada .en Gaceta
de la RepÚbh
Bdhmiiaria de Veneaiela No 40.247 de fgha 10 de septiemke de 2013. En
eierdga & b abikidbi conferida en el numeral 5 del aitkub 11del k m i o No
8.800 m Raigo, V a b y Fuena de Ley de Qeadón de b Corpawi6n de
Desaridlo lacinto Lara, CORPOURA, de fgha 14 de fekero de 2012, publkado
en Gaaeta OfKid de b Repiibüca Bdivariana de Venenieb No 39.874, de felo
de marzo de 2012, en mardanda con lo estabieddo en el aibkik 17 de b Ley
Org6nica de Rocedimientoa Admlnlstraüvos y el numeral 5 del a r t h b 5 de b Ley
del Estatuto de b Función Pública.
Título 111
Principios Relativos al úso ymanejo de la Información
ANculo 33.- En virtud de la naturaleza que caracterh a la Institud6n, los
servidores de la Superintendencia Nacional de Auditorla Interna. deben guardar
la debida confidenaalidadrespecto de la informaaón que tengan conocimiento.
1
Articulo 34.- La reserva en los servidores de la Superintendencia Nacional de
Auditorla Interna, será practicaday apreciada según los criterios siguientes:
sus funciones.
b) Ser enfaticos en advertir que su participaah a titulo personal como
expositores, conferencistas o panelistas en seminarios, conhwcias o eventos
públicos organizados para tratar asuntos vinculados, dVeda o indirectamente,
con la actividad del Organismo. no wmpmmete ni repmsenta h opinión de la
Superintendencia Nacional de Auditorla Interna.
c) En el caso que los servidores realicen actividades docentes. deber¿in
advertir que sus declaraciones u opiniones no representanlas del Organismo.
Evitar efectuar declaraciones a los m e d i de comunicaci6n sobre materias
ladas, directa o indirectamente, con las funciones del Organismo, o aspectos
dos con las labores desempeñadas.
usar cualquier iniciativa para establecer contacto. rendir e n b v h s o
lrar informacibn a los medios de comunicación, sobre materias viladas,
o indirectamente, con las funciones del Organismo: En ese smtfdo, La
tendencia Nacional de Audibrfa Interna, de acuerdo a su estruchira
donal, cuenta con normas y procedimientos especfficospera tala fines.
En los casos de la información remitida vla electr6nica. debed adverorse
f)
que la misma no compromete al Organismo, salvo en los casos ee
-t
autorizados por el o la Superintendente.
g) El acceso de datos e informaciones que dispongan los swldores de b
Superintendenaa Nacional de Auditorfa Intema, debido al ejercicio de sus
funciones. competencias. labores o empleos no deberti ser utilizado para fines
distintos de los instihicionales.
Disposiciones Finales
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
a) Guardar absoluta reserva respecto de los hedios, actos o informaciones de
los que tengan conocimiento. por cualquier medio. con ocasi6n del ejercido de
Artículo 35.- Los Se~doresPúblicos 'de la SuperinteIIdencia Nadonel de
Auditorla Interna durante el ejercicio de sus funciones, están obligados a practicar
cabal y rigurosamente 106 principios antes mendonados. los aieles han de regir
w conducta.
Articulo 36.- La conducta de los S e ~ d o r ede~ la Superintendencia Nadonal de
Auditor& Interna, ajustada a los principios de las presentes N t ~ l l ~ será
a~,
referenaa valorativa válida para la evaluaci6n que se haga del seMcio prestado
por Bstos.
1.Designar a la ciudadana ANA MARiñ TORREALBA ROJAS, tihihr de
b W u b de Idenodad #O V- 10.275.840, como 000RDINAM)RA DE
Pl.,ANIfiCAUON IN!3TNUONAL M LA OFIQNA DE PLANU%AUON
ESIRATEGICA DE IJiCORPORAU~NDE DESARROUO JACINTO
C O R P O W en calldad de ENCARGADA.
M c u l o 2. Los a c m y documentos que la prenombrada fundaMM firme de
mfomidad a n esta ñovidencia Administrativa, deberán indkar Inmediatamente
bajo b firma, h fecha y número de la Resolución y Gaceta Oñdai en la que haya
sido publicada, de mformidad 0x1lo estableddo en el arhlo 18, numeral 7 de b
Ley Orgánica de RocedlmlentosAdminisbaüwx.
Artículo 3. l,a funcionaria designada por esta Provkkka Adrninishativa deberá
rerui~ucuenta al Presidente de b Corporad6n de Derarmllo Jadnóo haI
CORPOLARk, de todos los actcs y documentos que hubiere firmado en razh de
.qgesbión.
M a l o 4. La presente Providenda Administrativa entrará en vkpnQ a partir de
nipuWQ66nenb
B d i de Veneaieb.
a
l
7
.
-1
-.
CORPORACIÓN DE DESARROLLO DE &4 CUENCA DEL RiO TUY
CORPOMIWDA, S.A. JUMA
DIRECTIVA. PROYIDENUA ADMINISlRAlIVA No JD-2013404
CARACAS,31DE OCIUBRE DE 2013.-
*fWCESCO DE W I W D A " ,
El Vicepresidente Ejecutivo de la CORPORAUÓN DE DESARROLLO
DE LA CUENCA DEL RIO TUY "FRANUSCO M MIRANDAm,S A ,
I CORPOMIRANDA, S A , de'confmidad con el Decreto No 9.433 de
fecha 26 de m a m de 2013, pu~icaad'erik Gaceta oficial de b RepiiMica
Bdivariana de Venezuela &@
?&d
,&
un
d
ani
fedxi, en cumplimiento
de los arb'culos 62 y 7i numeral 19 del üecreta No 6.217 am Rango,
Valor y Fueiza de Ley Orgánica de la Adminíshadón Pública, p u b l ' i e n
Gaceta Oficial &ordinaria
No 5.890 de fecha 31 de julio de 2008, y de
acuerdo a lo previsto en el arb'culo 84 de la Ley Orgánica de
Procedimientos Administrativos,
Artlailo 37.- Corresponderd al nivel gerencia1 y de coordinaddn de la
Superintendencia Naaonal de Auditoría Intema.. velar porque los servidores
públicos que se encuentren bajo su supervisih, cumplan todas y cada una de las
nomas contenidas en el presente Código.
Artículo 38.- La Oficina de Recursos Humanos conjuntamente con la Oficina de
Relaciones Institucionales, serán las encargadas de inshmentar la entrega de un
ejemplar del presente Código, a cada uno de los Sddoms PúMlcos de la
SUNAI, as1 como a los que ingresen a partir de la entrada en vigenda,
propiciando su conocimiento, divulgación y cumplimiento.
RESUELVE
,
Artlculo 39.- Todo Servidor Piiblico de la Superintendencia Nacional de Auditorfa
Interna. que conozca de cualquier hecho contrario a la nmaüva dispuesta en las
presentes Normas, que atente contra los principios antes sellelados. estA en el
deber de informar a los directivos de la Institución donde presta sus s d c i o s el
presunto infractor.
CONSIDERANDO
Que en virtud de la .potestad de la autoMa, la administradón podrá en
cualquier momento corregir mores materiales o de cálculo en que huincurrido en la configuración de los actos adminiktiaüvos.
A~Uculo40.- Las presentes Normas en
en la Gaceta Oficial de la Rep
I
Tradbase y Publíquese
I
CONSIDERANDO
Que la Providenaa Administrativa No JD-2013-002, de fecha 13 de mayo de
PAMELA
2013, contentiva de la designaaón de la ciudadana
FIGUEROA IBARRA, titular de la cédula de identidad V- 16.168.829, como
407.096
GACETAOFICIALDE LAREP~LICABOLIVARIANADE
VENEZUELA
Secretaria del Directorio de la Corporación de Desarrollo de la Cuenca del
Rio Tuy 'Francisco de Miranda, S.A.", CORPOMIRANDA, S.A., se,incurriÓ en
un error material donde dice: "....como Secretaria,del Directorio de la
Corporación de Desarrollo de la Cuenca del Rio Tuy "Francisco de Miranda,
S.A.", CORPOMIRANDA, S.A.,." siendo lo correcto: *.:..como
Smtaria
Encargada del Directorio de la.CorporaciÓn de Desarrollo de la Cuenca del
Rio Tuy '~rancisco de Miranda, S.A.", CORPOMIRANDA, S.A.,...".
1
SECRETARIA
ENCARGADA DEL DIRECTORIO DE
LA
CORPORACI~N DE DESARROLLO DE LA CUENCA DEL RIO TUY
"FRANCISCO DE MIRANDA", S.A., CORPOMIRANDA S.A.
Articulo 2. Los actos y documentos que la prenombrada ciudadana
firme de conformidad con esta Resolución, deberán indicar
inmediatamente bajo la firma, la fecha y número de la Providencia
Administrativa y Gaceta Oficial en la que haya sido publicada, de
conformidad con lo establecido en-el artículo 18, numeral 7 de la Ley
Orgánica de Procedimientos Administrativos.
RESUELVE
Artículo 1. Corregir el error material en que se incurrió en la Providencia
Administrativa No JD-2013-002, de fecha 13 de mayo de 2013, contentiva de
la encargaduría de la ciudadana ANYURA PAMELA RGUEROA IBARRA,
titular de la cédula de identidad V- 16.168.829, como Secretaria del
Directorio de la Corporación de Desarrollo de la Cuenca del Rio Tuy
"Francisco de Miranda, S.A.", CORPOMIRANDA, S.A.:
Artículo 3. La ciudadana designada por esta Providenaa Administrativa
deberá rendir cuenta al DIRECTORIO DE LA CORPORACIÓN DE
DESARROLLO DE LA CUENCA DEL RIO T W "FRANUSCO DE
MIRANDA", S.A.,
CORPOMIRANDA S.A.,
de todos los actos y,
documentos que hubiere firmado en ejecución de sus atribuciones.
Donde dice: '....como
Secretaria del Directorio de la Corporación de
Desarrollo de la Cuenca del Rio Tuy 'Francisco de Miranda, S.A.",
CORPOMIRANDA, S.A.,"
Artículo 4. La presente Providencia entrará en vigencia a partir del 13
de mayo de 2013.
Debe decir: "....como Secretaria ~ncargadadel Directorio de la Corporación
de Desarrollo de la Cuenca del Rio Tuy "Franüm de Miranda", S.A.,
CORPOMIRANDA, S".A.,"
Artículo 2. Reimprímase íntegramente a continuación el texto de la referida
Providencia, con la corrección indicada, de conformidad con lo 'establecido
en el artículo So de la Lev de Publicaciones Oficiales.
1
Comuníquese y Publíquese
Bolivariana de Venezuela
CORPORACION DE DESARROLLO DE LA CUENCA DEL R
O
I
TUY
'FRANCISCO DE MIRANDA", S.A. CORPOMIRANDA, S.A. JUNTA
DIRECTIVA. PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA No ID-2013-002.
CARACAS, 1 3 DE MAYO DE 2013.-
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
1
Martes 19 de noviembre de 2013
Decreto No 9.433, de f&ha 26 de marzo dé 2013
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela
No 40.135, de fecha 26 de mano de 2013
MINISTERIO DEL PODER POPULAR
DEL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA
Y SEGUIMIENTO DE LA GESTION
DE GOBIERNO
República Bolivariana de Venezuela
Mlnlaerio del Poder Popular del Despacho de la Presidenda y
Seguimiento de la Gestlón de Gabiemo
Despacho del Ministm
I
No062-13
Caracas, 8 de noviembre de 2013
203",154' y 14'
RESOLUCI~N
El ciudadano Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y
Seguimiento de la Gestión de Gobierno, designado mediante Decreto N'
215. de fecha 08 de julio de 2013, publicado en la Gaceta Oficial de la
República Bohariana de Venezuela No40.204,de fecha 10 de julio de 2013;
en uso de las atribuciones que le confieren los artlculos 62 y 77,numerales
2 y 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la
Administración Pública, publicado en Gaceta Oficial de la República
Bol~arianade Venezuela No 5.890 Extraordinario, de fecha 31 de julio de
2008;y de conformidad con lo establecido en los artlculos 5 numeral 2,19y
20 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, publicada en Gaceta Oficial
de la República Bolivariana de Venezuela No 37.522, de fecha 6 de
septiembre de 2002.
El Vicepresidente Ejecutivo de la CORPORACIÓN
DE DESARROLLO
DE LA CUENCA DEL RIO TUY 'FRANCISCO DE MIRANDA", S+,
CORPOMIRANDA, S.A.,
Empresa del Estado adscrita a la
Vicepresidencia de la República, cdya creación fue autorizada por Decreto
No 9.431, de fecha 19 de marzo de 2013, publicado en la Gaceta Oficial
de la República Bolivariana de Venezuela No 40.135, de fecha 25 de
marzo de 2013, carácter que consta según Decreto No 9.433, de fecha
26 de marzo de 2013, pilblicado en la Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela No 40.136, de la misma fecha. En ejercicio de
las atribuciones conferidas en el artículo 17 de la Ley Orgánica de
Procedimientos Administrativos, en el artículo 13 del Decreto No 9.431,
de fecha 19 de marzo de 2013, publicado en la Gaceta Ofiüal de la
República Bolivanana de Venezuela No 40.135, de fecha 25 de mano de
2013, en concordancia con lo dispuesto en la Cláusula 34 del Acta
Constitutiva Estatutaria de la referida Empresa del Estado, publicados en
la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 40.152, de
fecha 23 de abril de 2013, debidamente facultado para este acto de
conformidad con lo establecido en la sesión ordinaria No 001 de fecha 13
de mayo de 2013, mediante Punto de Cuenta No VE-2013-001.
PRIMERO: Designar a la ciudadana VIOLETA MAGDALENA UNARES
D~AZ,titular de la cédula de identidad No V-7.337.963. DIRECTORA
GENERAL DE LA DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN Y ANALISIS, adscrita al
Viceministerio de Análisis Estrat6gicos del Ministerio del Poder Popular del
Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno.
quedando facultado para ejercer las atribuciones previstas en los artiwlos
45 y 46 del Reglamento Orgánico del Ministerio del Poder Popuhr del
Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno,
contenido en el Decreto NO 247,de fecha 18 de julio de 2013,publicado en
de Venezuela W 40.210.de la
la Gaceta Oficial de la República Boli~¿Wiana
misma fecha.
I
!
SEGUNDO: Se deroga cualquier Resolución que colida con
RESUELVE
Amaculo .l
Designar
.
a la ciudadana ANYURA PAMELA FIGUEROA
IBARRA, titular de la c6dula identidad No V- 16.168.829, como
l
presate.
TERCERO: Mediante la pesen@ Resolución juramento a la referida
ciudadana
1
CUARTO: La presente Resolución, entrará en viqncia a partir de su
publicación en la Gaceta Oficial de la RepúMica Bol~ariana
de Venezuela
Repúbllca Bollvarlana de Venezuela
Mlnlsterlo del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y
Segulmlento de la Gestlón de Goblemo
Despacho del Mlnlsbo
No 064-13
Caracas, 8 de noviembre de 2013
203", 154' y 14O
I
Ministro del Pod
kl ciudadano Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y
Seguimiento de la Gestión de Gobierno, designado mediante Decreto No
215. de fecha 08 de julio de 2013, publicado en la Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela No40.204, de fecha 10 de julio de 2013:
en uso de las atribuciones que le confieren los artfculos 62 y 77, numerales
2 y 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgániaa de la
Administración Pública, publicado en Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela N' 5.890 Extraordinario, de fecha 3 1 de julio de
2008; y de conformidad con lo establecido en los artfculos 5 numeral 2,19 y
20 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, publicada en Gaceta Oficial
de la República Bolivariana de Venezuela N" 37.522, de fecha 6 de
septiembre de 2002.
I
1
PRIMERO: Designar a la ciudadana SOBEIDA NAKARI MORALES
CORREA, titular de la cédula de identidad NO V-16.810.040, Directora de la
Dirección de Prensa e Imagen, de la Oficina de Gestión Comunicacbnal del
Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y
Seguimiento de la Gestión de Gobierno, quedando facultado para ejercer
las atribuciones previstas en los artículos 18 y 19 del Reglamento lnterno
del Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y
Seguimiento de la Gestión de Gobierno, contenido en Resolución No
052-13. de fecha 2 1 de octubre de 2013, publicado en la Gaceta Oficial de
la República Bolivariana de Venezuela No40.282, de hcha 29 de octubre
de 2013.
RECUELVE
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
Caracas, 04 de noviembre de 2013
El ciudadano Ministro del Poder Popular del Gespacho de la Presidencia y
Seguimiento de la Gestión de Gobierno, designacio mediante Decreto No
215, de fecha 08 de julio de 2013, publicado en la Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela No 40.204, de fecha 10 de julio de
2013; en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 62 y 77,
numerales 2 y 19 del Decreto con Rango, Vaior y Fuerza de Ley Orgánica
de la Administración Pública, publicado en Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela No 5.890 Extraordinario, de fecha 3 1 de julio de
2008; y de conformidad con lo establecido en los ar;ículos 5 numeral 2, 19
y 20 de la Ley del Estatuto de la Función Púbiica, publicada en Gaceta
Oficial de la República Bolivariana de Venezueln N" 37.522, de fecha 6 de
septiembre de 2002.
PRIMERO: Designar al ciudadano RODOLFO MEDINA DEL R~O,titular de
la cédula de identidad NoV-17.387.151, DIRECTOR DE LA DIRECCI~N DE
ADMINISTRACI~N, de la Oficina de Recursos Humanos del Ministerio del
Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión
de Gobierno, quedando facultado para ejercer las atribuciones previstas en
los artículos 13 y 14 del Reglamento lnterno del Ministerio del Poder Popular
del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno,
contenido en la Resolución No 052-13, de fecha 21 de octubre de 2013,
publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N O
40.282, de fecha 29 de octubre de 2013.
SEGUNDO:
ciudadano.
Mediante la presente Resolución juramento al referido
i
CUARTO: La presente Resolución, entrará en vigencia a partir de su
publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivaiiana de Venezuela.
Conforme a I
Procedimiento
a Ley OrgAnica de
uese.
SFERNÁNDEZ
'
a PresidenciaY Seguimiento de
República Bollvarlana de Venezuela
Minlsterlo del Poder Popular del Despacho de la Presidencla y
Seguimiento de la Gest16n de Goblemo
Despacho del Mlnistro
31
+'
Caracas, 8 de noviembre de 2013,
SEGUNDO: Mediante la presente Resoluciór! juramento a la referida
ciudadana.
El ciudadano Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y
Seguimiento de la Gestión de Gobierno, designado mediante Decreto No
215, de fecha 08 de julio de 2013, publicado en la Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela No40.204. de fecha 10 de julio de 2013;
en uso de las atribuciones que le confieren los artfculos 62 y 77, numerales
2 y 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley OrgAnica de ia
Administración Pública, publicado en Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela No 5.890 Extraordinario. de fecha 31 de julio de
2008; y de conformidad con lo establecido en los artículos 5 numeral 2, 19 y
20 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, publicada en Gaceta Oficial
de la República Bolivariana de Venezuela N" 37.522, de fecha 6 de
septiembre de 2002.
TERCERO: La presente Resolución, entrar6 en vigencia a partir de su
publicación en la Gaceta Oficial de la Repúbiica Soiiwiana de Venezuela.
Conforme a lo di
\
RESOLUCI~N
encia y Seguimiento de
República Bolivarlana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencla y
Segulmlento de la Gestlón de Goblemo
Despacho del Ministro
No 060-13
407.097
GACETA OFICIALDE LA REP~BLICABOLIVARIANADE VENEZUELA
Martes 19 de noviembre de 2013
Ley Orgánica de
RESUELVE
l
1
PRIMERO: Designar a! ciudadario JONATHAN DAVID PARRA MAIT~N,. .
titular de la cédula de identidad No V-14.158.181, DIRECTOR [E) DE LA
DIRECCI~NDE BIENESTAR SOCIAL, de la Oficina de Recursos Humanas
407.098
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARTANADEVENEZUELA
del Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y
Seguimiento de la Gestión de Gobierno, en calidad de encargado, quedando
facultado para ejercer las atribuciones previstas en los articulos 15 y 16 del
Reglamento Interno del Ministerio del Poder Popular del Despacho de la
Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, contenido en la
Resolución N" 052-13, de fecha 2 1 de octubre de 2013, publicado en l a
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No40.282, de fecha
29 de octubre de 2013.
SEGUNDO:
ciudadano.
Mediante la presente Resolución juramento
Martes 19 de noviembre de 2013
MINISTERIO DEL
POPULAR
PARA RELACIONES
INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ
MINICTEPJO DEL PODER POPULAR PARA
RELACIONES INTERIORES, JUSnCIA Y PAZ
al referido
CUARTO: La presente Resolución, entrará en vigencia a partir de su
publicación en l a Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela
1 8 K V . 2013
Fecha
Presidencia v Seauimiento de
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
República Bolivariana de Venauels
Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Residencia y
Seguimiento de k Gesti6n de Gobierno
Despacho del Ministro
Caracas. 19 de noviembre de 2013
203", 154" y 14O
RESOLUCI~N
El ciudadano Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y
Seguimiento de la Gestión de Gobierno, designado mediante Decreto N"
215. de fecha 08 de julio de 2013, publicado en la Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela No40.204, de fecha 10 de julio de 2013;
en uso de las atribuciones que le confieren los artlculos 62 y 77, numerales
.2 y 19 del Decreto con Rango. Valor y Fuerza de Ley Orginica de la
Administración Pública, publicado en Gaceta Oficial de la República
Boiwariana de Venezuela N" 5.890 Extraordinario, de fecha 31 de julio de
2008; y de conformidad con lo establecido en los artlculos 5 numeral 2. 19 y
20 de la Ley del Estatuto de la Función Pública. publicada en Gaceta Oficial
de la República Bolivariana de Venezuela No 37.522. de fecha 6 de
septiembre de 2002.
RESUELVE
PRIMERO: Designar al ciudadano ALEXIS RAMÓN TOYO. titular de la
cédula de identidad No V-10.638.793. DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE INFORMACIÓN,
adscrita al Wceministerio de Análisis
Estratégicas del Ministerio del Poder Popular del Despacho de la
Presidencia y Seguimiento de la Gesti6n de Gobierno, quedando facultado
para ejercer las atribuclones previstas en los articulos 47 y 48 del
Reglamento Orginico del Ministerio del Poder Popular del Despacho de la
Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, contenido en el
Decreto No 247. de fecha 18 de julio de 2013. publicado en la Gaceta Oficial
de la República Bolivanana de Venezuela No40.210. de la misma fecha.
El Ministro' del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, designado
según Decreto NO 2 de fecha 22 de abril de 2013, publicado en b Gaceta Ofiaal de
la República Bolivariana de Venezuela NO 40.151, de la mlsma f&,
'en ejercicio
de las atribuciones legales que !e confiere lo dispuesto en los numerales 2, 19 y 27
del artículo 77 del Decreto con Xango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la
Administración Pública: en concordancia con lo vrevisto en el artículo 5 numeral 2:
y el artículo 20 numeral 9 de la Ley del &tuto de la Fundón Pública, de
conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 15, de la Ley de Registro
Público y del Notariado, y lo previsto en el articulo 4, numeral 1, literal c) de la
Resolución NO 31 de fecha 24 de febrero del 2011, contentiva de la Estructura
Organizativa y Funcional del Servicio Autónomo de Registros y Notarias, reimpresa
por error material en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela
No 39.667, de fecha 05 de mayo de 2011, DESIGNA al ciudadano 30Sk RAFAEL
MARRNU GAMBOA, titulor de la cédula de identidad V- 2.548.949, para
ocupar el cargo de REGISTRADOR, en el REGISTRO PÚSUCO DEL SEGUNDO
CIRCUiTO DEL MUNICIPIO EA
adscrito al Servicio Autónomo de Reg
Comuníquese y Publíquese.
Por el Ejecutivo Nacional,
MINISTERIO DEL PODER POPULAR
DE FINANZAS
-ES
.I.Y.LIEA
S0kW11.111mA
DI I l l l X Y I . l
-m-.
.
)
1
-
Cantas,. 1 9 NOV 20fi
2030 y 154O
Quien suscribe, JOSE DAVIG CABELLO RONDON, titular de la céúula de ldentldad W
10.300.216, Superintendente del Se iclo Nadonal Integrado de AdmlnletrPci6n
Aduanera y Tributaria SENIAT, en nf! condici6n de máxima autoridad conforme lo
establece el artlwlo 7 de la Ley dei Se~icioNacional Integrado de Adminlstraci6n
Aduanera y Tributana. publicada en la '~acetaOficial de le República üolivadana de
Venezuela No37.320 de fecha 08 de noviembre de 2001, y en uso'de las atribuciones
que me confieren los numerakfs 3 y 9 del articulo 10 de la citada Ley, at?ículo 21 de la
Providencia Administrativa que dida la Reforma Parcial del Estatuto del Sistema de
Recurws Humanos del SENIAT. publicada en la Gaceta üñcial de la República
BolivananadeVenezuela No 3.292.de fecha 13 de octubre de 2005, artlwlo 51 de la
Ley Orghnica de la AdministraciónFinenciera del Sector Público, publicada en la Gaceta
Oficial de la República üollvarlena de Venezuela No38.661 de fecha 11 de abril de 2007,
artlculos 48, 49 y 51 del Reglamento No1 sobre el sistema presupuestafio, publicado en
la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 5.781 Ewtaordlnaiio. de
fecha 12 de agosto de 2005. dicto la siguiente:
-
SEGUNDO: Se deroga cualquier Resoluci6n que colida con la presente.
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA NoSNAT-~OI~=~O
070
TERCERO:
ciudadano.
Mediante la presente Resoluci6n juramento al referido
Articulo l.Designo al ciudadano EDUARDO JOSE GALLARDO BRAVO, titular de la
M u l a de identidad No12.573.721. mme Gerente de la Aduana Prlnclpal h a PIudror
Paraguanh en calidad de Encargado. para que eje- las competencias asignsdai, al
cargo senaladas en el Artlculo f l e de la Resolucibn 32 de fecha 24 de msru,dn 1885,
publicada en Gaceta Oñdal de la Replibiicada Venezuela el 29 de mano de 1995, bajo
el No 4.881. EXTRAORDINARIO, sobre la Organizacit~n,Atribuciones y Fundones del
Servicio NacionalIntegradode Administraci6n Tnbutaria
-
.
CUARTO: La presente Resoluci6n. entrará en vigencia a partir de su
p u b i i c i 6 n en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Conforme a lo dispuesto en el articulo 72 de la Ley Orgánica de
-
Arüculo 2 Deslgno al mencionado dudadano. iuncionario resporigable de la Unidad
Administredora Desconcentrada de la Estnidura pan la q d 6 n Finandm del
Presupuesta de Gasto del M d c Neional Integredo de AdmlnAdusricvs.y
Tributana (SENIAT) pap,el ejedclo fecal 2013.
Articulo &'Delego 4.dmeridonado dudadama la fawltad para ordenar ompmmbs y
pagos hasta por un monto de 1600 U.T.
Articulo 4. En bo
y docmmis wbc~ilosen ejercido de &a ddegación. oe
deberá Indicar el nhero y
de la peosnte Pmvidencia. asl como el número dn la
Gaceta Ofidal de la Re@blio BJajaislaiade \Isnezuels y la fecha do publicadon.
Martes 19 de noviembre de 2013
407.099
GACETA OFICIALDE LAREP~BLICABOLIVARIANADEVENEZUELA
establece el artlculo 7 de la Ley del SeMao Nacional lntegrado de Adminisba6,
Aduanera y Tributaria, publicada en la Gaceta Oficial de la Repúblii B d i de
Venezuela No 37.320 de fecha 08 de noviembre de 2001. y en uso de las abikiciones
que me confieren los numerales 3 y 9 del artlculo 10 de la citada Ley. arííwlo 21 de la
Providencia Administrah que dida la Reforma Parcial del Estaíuto del Sistema de
Recursos Humanos del SENIAT, publicada en la Gaceta Ofiaal de la RepCiblica
Bolivariana de Venezuela No 38.292 de fecha 13 de oáubre de 2005. articulo 51 de la
Ley Orgánica de la Administraa6n Financiera del Sector Público, publicada en la Gaceta
Oficial de la República üolivariana de Venezuela No38.661 de fecha 11 de abril de 2007.
adlculos 48.49 y 51 del Reglamento No 1 cobre el sistema presupuestario. publicado en
la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 5.781 Emaordinario. de
fecha 12 de agosto de 2005. dido la siguiente:
Artlculo 6. La presente Pmwdencia Administrativa entrará en vigencia a partir de la fecha
de la República Bolivariana de Venezuela.
NDON
IQWAL INTEGRADO
DE ADMINISTRACI~N ADUANERA Y TRIBUTARIA
Decreto No5.851 de fecha 01-02-2008
Gaceta Oficial de la República Bolivarianc de Venezuela
No38.863 del 01-02-2008
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA NoSNAT-2013-
aoo 73
Artlculo 1. Designo al audadano RICARDO ALI RODRIGUU , Mular de h cedula de
identidad No 9.907.286. como Gerente Reglonal de Tributos Internos de h Reglón
Insular en calidad de Titular. para que ejerza las wmpetenaas asignadas al cargo
sellaladas en el Artlculo 94 de la Resolua6n 32 de fecha 24 de marzo de 1995.
publicada en Gaceta Ofiaal de la República de Venezuela el 29 de marzo de 1995. bajo
el No 4.881, EXTRAORDINARIO. sobre la Organizaa6n, Atribuciones y Funciones del
Servicio Nacional lntegrado de Administraa6n Tributaria.
.
Artlculo 2. Designo al mencionado ciudadano. funcionario responsable de la Unidad
Administradora Desconcentrada de la Estructura para la Ejecuci6n F m a e r a del
Presupuesto de Gasto del SeMao Naaonal lntegrado de Administración Aduanera y.
Tributaria (SENIAT) para el ejemao fiscal 2013.
Caracas. 1 9 NOV 2013
Artlculo 3. Delego en el mencionado ciudadano la facultad para ordenar compromisos y
pagos hasta por un monto de 1000 U.T.
Quien suscribe, JOSE DAVID CABELLO RONDON. titular de la d u l a de identidad No
10.300.226, Superintendente del Servicio Nacional lntegrado de Adrninistraadn
Aduanera y Tributaria SENIAT, en mi condicidn de máxima autoridad conforme lo
establece el artlwlo 7 de la Ley del Servicio Nacional lntegrado de Administraci6n
Aduanera y Tributaria, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de
Venezuela No 37.320 de fecha 08 de noviembre de 2001. y en uso de las abibuúones
que me confieren los numerales 3 y 9 del articulo 10 de la citada Ley. articulo 21 de la
Pmwdencia Administrativa que dicta la Reforma Parcial del Estatuto del Sistema de
Recursos Humanos del SENIAT, publicada en la Gaceia Oficial de la República
üoliiriana de Venezuela No 38.292 de fecha 13 de octubre de 2005, artículo 51 de la
Ley Orghnica de la Administraadn Financiera del Sector Público, publicada en la Gaceta
üñdal de la República Bolivariana de Venezuela No38.661 de fecha 11 de abril de 2007.
artlwlos 48, 49 y 51 del Reglamento No 1 sobre el sistema presupuestario, publicado en
la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela NO 5.781 Extraordinario, de
fecha 12 de agosto de 2005. dicto la siguiente:
Artlculo 4. En los ados y documentos susuiios en ejeracio de esta delegaah. se
deberá indicar el número y fecha de la presente Providencia, as1 como el número de h
Gaceta Oficial de la República Bolimriana de Venezuela y la fecha de publiioón.
-
:
.
&tículo 1. Designo al audadano ANIBAL JOSE LANZ PADRON, titular de la cedula de
identidad No 11.510.350. como Gerente Regional de Tributos Internos de la Regi6n
C e n e Occidental en calidad de TItular, para que ejerza las competencias asignadas al
cargo, M a l a d a s en el Artlculo 94 de la Resoluci6n 32 de fecha 24 de marzo de 1995.
publicada en Gaceta üñaal de la República de Venezuela el 29 de rnarzo de 1995. bajó
el No 4.881. EXTRAORDINARIO, sobre la Organizaci6n, Atribuciones y Funaones del
Servicio Naaonal lntegrado de Administraci6nTributaria.
Artículo 2 Designo al menúonado ciudadano. funcionario responsable de la Unidad
Administradora Desconcentrada. de la Estructura para la Ejecuci6n Finanaera del
Presupuesto de Gasto del Servicio Nacional lntegrado de Administraci6n Aduanera y
Tributaria (SENIAT) para el ejercicio fiscal 2013.
Articulo 3. Delego en el mencionado ciudadano la facultad para ordenar compromisos y
pagos hasta por un monto de 1000 U.T.
Artículo 4. En los ados y documentos suscritos en ejercicio de esta delegaabn, se
deberá indicar el número y fecha de la presente Providencia, as1 como el número de la
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela y !a fecha de publicacibn.
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
o7
~
PROVIDENCIAADMINISTRATIVA NoS N A T - ~ G I ~ - ' ~ 1
Articulo 5. La presente Pmwdenda Administrativa entrará en wgenaaa partir de hfecha
de publicaci6n en la Gaceta Oficial de la República Bolivarianade Venezueh.
Comuníquese y Publlquese.
Oeasb NO 5.851 de f d t a 01-02-2008
GacetaOTiciddefa~GraBdivanaMdeVenepiela
NO 38.863 del 01-02-2008
REPÚBLICA BOLlVARlANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE FINANZAS
SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMlNlSTRAClON
ADUANERA Y TRIBUTARIA
N* SNAT12013 10
.
Caracas,
'
2013
AÑOS 203' Y 154'
Articulo 5. La presente Providencia Administrativa entrará en vigencia a partir de la fecha
de publicaci6n en la Gaceta Ofdal de la R e p ú M i Bolivarianade Venezuela.
Comunlquese y Publlquese.
DENTE DEL SERVICIO NACICNAL
INTEGRADO DE ADMINIsTRACIÓN ADUANERA 5' TRIBU1
Decreto No 5.851 de fecha 01-02-20~8
Gaceta OTiúal de la República Bolivariana de 'ienezuela
No 38.863 del 01-02-2008
a 72
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA
El Superintendente del Servicio Nacional lntegrado de Administración
Aduanera y Tributaria (SENIAT), en uso de las facultades previstas en los
numerales 1 y 7 del articulo 4 de la Ley del Servicio Nacional lntegrado de
Administración Aduanera y tributaria, publicada en Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela No 37.320 de fecha 08111R001. y de
conformidad con lo dispuesto en el articulo 66 Código Orgánico Tributario,
publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana-de Venezuela
N" 37.305 de fecha 1711012001.
Dicta lo siguiente:
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA QUE ESTABLECE LA TASA
APLICABLE PARA EL CALCULO DE LOS INTERESES
MORATORIOS CORRESPONDIENTEAL MES DE OCTUBRE DE 2013
Caracas, 1 9 ?!2!! Xll:
203' y 154'
Quien susuibe, JOSE DAVID CABELLO RONDON. tituis: de la cedula de identidad No
10.300.226. Superintendente del Servicio Nacional Lnkgrado de Administración
Aduanera y Tributaria SENIAT, en mi condición de m8:cirna autoridad conforme lo
-
Artículo Único. La tasa de interés activa promedio ponderado de los seis
(06) principales bancos comerciales y universales del país con mayor
volumen de depósitos. excluidas las carteras con intereses preferenciales.
fijada por el Banco Central de Venezuela para el mes de Octubre de
2013, es de 16,70%.
En consecuencia, para el cálculo de los intereses moratorios causados
durante el mes de Octubre de 2013. se aplicará dicha tasa incrementada
en uno punto dos (1.2) veces.
407.100
GACETAOF'ICLALDE LA R E P ~ B L I C A B O L I V . A
DE VENEZUELA
Dado en Caracas a los 1 9 días del mes de
'de la Federación y 14'
I
de 2013. Anos
de la Revolución.
'
Martes 19 de noviembre de 2013
REPÚBuCA BOUVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERiO DEL PODER POPULAR PARA
DEFENSA
DESPACHO DE LA MINISTRA
l
17 MV 2013
canasl
2030 y 1540
RESOLUCI~N N O 003010
al
minlstracl6n Aduanera y Tributarla
Drn(o K 5 m1 da 01-02-2008
G6C&ORDelN'Y)863W01-02-W
Por dlsposldón del Ciudadano Presidente de la República Bolivarbna de
Venezuela y Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional B d h r i a ~ de
,
MINISTERIO DEL PODER POPULAR
PARA LA DEFENSA
REPUBLICA BOUVARIANA
conformidad m lo dispuesto en el artículo 77 numeral 19 del Decreto NO 6.217
w n ñango, Valor y F u e m de Ley Orgánica de la Administración hiMlca de fecha
31 de jullo de 2008, actuando en concordancia con lo eslablecldo en el artkulo 11
DE VENUUEW
del Decreto w n Rango, Valor y Fuerza de Ley OrgAnica de la Fuerza Armada
MINiSiERiO DEL PODER P O P U W PARA LA DEFENSA
Nadonal Bolivarlana de fecha 09 de mano de 2011, publicada en la Gaceta W a l
DESPACHO DE LA MINlSTRA
can-,
de la Repúbllca Bolivarlana de Venezuela Extraordinaria NO 6.020 de fecha 21 &
17 NOV 2013
marzo de 2011,
203O y 154O
La Minisba del Poder Popular para la Defensa, ALMIRANTA EN IEFA,
CARMEN TERW MELÉNDEZ RiVAS, designada medlante Decreto NO 214 de
RESUELVE
,
Efectuar el Jgulente nombramiento:
Wvariana de Venezuela No 40.204 de fecha 10 de julio de 2013, en ejerddo de
las atribuciones que le confieren los artículos 34 y 77 numerales 19 y 26 del
Decreto No 6.217 w n Rango, Valor y Fuerza de Ley OrgAnIca de la Admlnisbadón
Pública de fecha 31 de julio de 2008, en concordada relación m lo dispuesto en
el arbkulo 11del üecreto wn Rango, valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza
Armada Nacional Bolivariana de fecha 09 de mano de 2011, publicada en la
Gaceta Ofiaai de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria No 6.020 de
fecha 21 de mano de 2011 y lo sefialado en el articulo 1 dJ Reglamento de
Delegación de Firma de los Ministro del Ejecutivo Nadonal de fecha 17 de
septiembre de 1969, publicado en la Gaceta Ofidal NO 29.025 de fecha 18 de
sepUembre de 1969,
RESUELVE
B:
Delegar en el Almirante WLBERTO AM~LCARPINTO BLANCO, C.I.
7 6.436471,
. Comandante General de la Armada Bolivarlana, nombrado según
O
resoluah No 001427 de fecha 06 de julio de 2013, publlcado en la Gaceta Oficial
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
fecha 05 de julio de 2013, publlcado en la Gaceta Ofidal de la Repúbllca
-
Coronel RAFAEL ANTONIO ~ANCHQ MORENO, C.I. NO 9.980.642,
Director, e/r del General de Brlgada BORIS ]OSE POYER VASQUEZ, C.I. No
8.315.338.
Comuníquese y
Por el ~ecutivo
de la República Bolivarlana de Venezuela No 40.202, de fecha 08 de julio de 2013,
la facultad de suxriblr los documentos relacionados con el Ingreso, remoción y
I
retiro de los fundonarlos y fundonarias de confianza de libre nombramlenOD y
remoción de la administración pública, adscritos a la Direcdón de &untos
Nadonales del Componente de la Armada Bolivariana.
REP~BUCA BOUVARIANA
DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA
DES'PWCHO DE LA MINISTRA
De conformidad con lo establecido en el articulo 1del Reglamento de Delegadón
18 NOV 2013
de Firma de los Ministros del Ejecutivo Nacional, el referido Comandante Geqeral
deberá rendir cuenta mensual a la Ministra de todos los actos y documentos que
2030 y 1540
hubiere firmado en virtud de esta delegación.
La Mlnistra del Poder Popular para la Defensa podrA discrecionalmente, firmar los
actos y documentos referidos a la presente Resolución.
Queda a salvo lo establecido en el artículo 3 del Reglamento de Delegadh de
flrma de los Mlni*os del Ejecuüvo Nadonal, respedo a los actos y documentos
cuya firma no puede ser delegada.
El presente acto de delegadón no conlleva, ni entrafia la facultad de subdelegar la
abibudón wnferlda.
:
La presente Resolucl6n entrará en vigencia a partlr de su publicación
en la Gaceta Ofidal de la RepÚbllca Bolivariana de V e n a
Por disposición del Cludadano Presidente de la Repúbllca Bollvariana oe
Venezuela y Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nadonal Bolivarlana, de
cpnformldad con lo dispuesto en artículo 77 numeral 19 del Decreto NO 6.217 con
Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánlca de la Administradón PÚbllca de fecha 31 de
jullo de 2008, actuando en concordancia con lo establecido en el attículo 11 del
Decreto con ñango, Valor y
F u m a de Ley Orgánlca de la Fuena Armada Nadonal
Bolivarlana de fecha 09 de mamo de 2011, publicada en la Gaceta Ofidal de la
Repúbllca Bollvarlana de Venezuela Extraordlnarla NO 6.020 de fecha 21 de mano
de 2011,
GACETAOFICIAL DE LAREP~BLICA
BOLIVARIANADE V E ~ Z U E L A
Martes 19 de noviembre de 2013
1
mm
-
407.101
las abibudones que les confiere el artículo 77 numerales 19 del Decreto NO 6.214
con Rango, Valor y Fuera de Ley Org6nica de la Mminisbadón PÚMIca de fecha
31 de jullo de 2008, en concordancia con lo estableddo en el artículo 11 del
üeueto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgdnica de la F w m Armada Nadonal
üollvarlana de fecha 09 de marzo de 2011, publicada en la Gaceta üñdal de la
República Bollvariana de Venezuela ExtraordharlaNo 6.020 de fecha 21 de marzo
de 2011, y lo seiíalado en ei artículo 29 de la Ley de reforma Pardal de la Ley
Org6nka de la Administración Finandera del Sector PÚbllco, publicado en la
Gaceta ORdal No 39.164 de fecha 23 de abril de 2009, y artículo 16 del
Reglamento No 1 de la Ley Org6nlca de la Adminisbación Rnandera del Secbr
PÚbllw, publlcado medlante Decreta 3776 de fecha 18 de julio de 2005 en la
Gaceta Ofidal No Si81 de fecha 12 de agosto de 2005,
RECUELVE
a r el siguiente nombramiento:
Contralmiranta ROSANA GONTÁLEZ, C.I. No 6.441.097, Directora.
RESUELVE
Comuníquese y
.-
DeslgMr al Fondo de Inversión Mislón Negro R l m , SA cano
admlnlsbador de los uéditos adicionales para la ejecudón de varlas obras
militares en distintas entidades de la República BolivarlaM de Venezuela y la
remodeladbn, dotadón de mobiliario de la Dirección del Centro de ESMIOS
T6cticos, TBailcos y Logisticos de la Universidad Militar Bollvatiana de Venezuela
por un monto de VEINTIaNCO MILLONES -ENTOS
SESENTA Y CUATRO
MLI DOSCIENTOS
OCHENTA Y sas BOUVARES CON VEINTE
Y CUATRO
cÉNTIMOS (BS. 25.364.286,24).
Por el Ejecutiva
SEGUNDO: La presente Resolución entrar6 en vigencia a partir de su puMicadbn
en la Gaceta üfidal de la República üolivariana de Venezuela.
REPÚBuCA BOLNARIANA DE VENUUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA
DESPACHO DE LA MINISTRA
NOV 2013
Comuníquese y publlquese.
Por el Ejecutivo Nadonal ,
203O y 1540
RESOLUCI~NNO
0 030 24
La Mlnistra del Poder Popular para la Defensa, ALMIRAMA EN JEFA
CARMEN TERESA MELÉNDEZ RIVAS, nombrada mediante Deueto NO 214 de
fecha 05 de jullo de 2013, publicado en la Gaceta Ofidal de la República
Bolivarlana de Venezuela No 40.204 de fecha 10 de jullo de 2013, en ejerddo de
lasstrlbuciones que les confiere el artículo 77 numerales 19 del Decreto No 6.214
con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgdnica de la Administración Pública de fecha
31 de julio de 2008, en concordancia con lo estableddo en el articulo 11 del
Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgdnica de la Fuem Amada Nadonal
üolivariana de fécha 09 dé marzo de 2011, Publicada en la Gaceta Ofidal de la
República üolivariana de Venezuela Extraordinaria No 6.020 de fecha 21 de marzo
de 2011, y lokefialado en el artículo 29 de la Ley de reforma Pardal de la Ley
Orgdnlca de la Administración Rnanciera del Sector Público, publlcado en la
Gaceta Oficial No 39.164 de fecha 23 de abril de 2009, y artículo 16 del
Reglamento No 1 de la Ley Org6nica de la Administración Rnandera del Sedor
Público, publicado mediante Decreto 3776 de fecha 18 de jullo de 2005 en la
Gaceta Oficlal No 5781 de fecha 12 de agosto de 2005,
RESUELVE
'w:
Designar al Fondo de Inversión Misión Negro Primero,
S.A como
administrador de los créditos adicionales para dotar de material de Intendencia
clase 11 al personal de cadetes y Oficiales de planta de Academla Militar de la
Armada Bolivariana por un monto CUATRO MILLONES NOVECIENTOS
VEINnCUATRO MIL BOÚVARESSIN CÉNTM
I OS
(ES. 4.924.000,OO).
SEGUNDO: Designar
al Fondo de Inversión Misión Negro Primero, S.A como
admlnlstrador de los ukditos adicionales para financiar la particlpadón del Buque
Escuela AB "Simón Bolívar" (BE-11) en la regata "Velas Latinoamericanas 2014"
por un mqnto CATORCE MILLONES SETEUENiOS TREINTA Y NUEVE MIL
NOVECIENIVS OCHENTA Y OCHO WLÍVARES CON NOVENTA Y UN CÉNTM
I OS
(B.14.739.988.91).
JERCFRQ: La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación
en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
araas¡19
DM/NO
064
Caracas,
,
de
de 2013.
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr una mayor eficacia política y
calidad revoludonarlade la Administración Pública, en aras de la construcdn del
socialismo y un Estado ético, que exige funcionarias y fundonarlos honestos y
eficientes, que m6s que un altar de valores exhiban una conducta moral en sus
condidones de vida, en su relaclón con el'pueblo y en su vócadón de servldo,
en ejercido de las atribudones que confiere el arb'culo 77 del Decreto No 6.217,
con Rango, Valor y Fuerza de Ley Org6nica de la Adminlsbadón PÚMlca,
concatenado con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley Org6nlca de
Procedimientos Administrativos, y lo estableddo en los artículos 5 numeral 2, y
19 último aparte de la Ley del Estatuto de la Fundón Públlca, este Despacho,
Comuauese y publiquese.
Por el Ejecutivo
RESUELVE
REPÚBLICA
BOLNARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA
DESPACHO DE LA MINISTRA
RESOLUCI~N No
0 03025
La Mlnlstra del Poder Popular para la Defensa, ALMIRAMA EN JEFA
CARMEN TERESA MEL~NDEZRIVAS, nombrada mediante Decreto No 214 de
fecha 05 de julio de 2013, publicado en la Gaceta Oficial de la República
üollvarlana de Venezuela No 40.204 de fecha 10 de julio de 2013, en ejercido de
Artículo único. Designar al ciudadano JHON ARTURO 'SOSA MARI~~O,
tltular de la cedula de Identidad No V-6.114.438, como Director d e
Admlnlstracl6n, Chdigo de Nómina (340), Dependenda 11001150, adscrito a la
Dirección General de la Ofiana de Administración y S ~ N ~ ~ O
aS
brtlr
,
del 1 8 d e
agosto de 2013, teniendo por norte los principlos y valores humanistas del
soclallsmo, cuyo objetiuq. fundamental, descansa sobre los caminos de la justkla
sodal, la equld ,dry:;l&~plideridad entre los seres humanos y las institudones de
.,
la República.
L:'
Martes 19demwiembredeUIW
GACETA OFICLALDE LA REP~BLICABOLIYARJANADE VENEZUELA
407.1 02
~
~
~
~
~
c
A
~
~
D -E
v
MINISTERIO DEL PODER POPUIAR PARA
TRANSPORTE ACUARCO Y AÉREO
MINISTERIO DEL PODER POPULAR
PARA TRANSPORTE
ACUÁTICO Y AÉREO
ESOLW~N N?
~ c A w ~ D E v e S r n a A
DESPACHO DEL MINCARACAS, DE
gg
..
1 Y m. 2013
DE al3
MINlSTERlO DEL PODER P O P U F PAW
En conformidad con los artiailos 62 y 7i, numeral 19 del üeueb am
Rango, Valor y Fuetza de Ley Orgánica & b Adminictradái PÚblka,
artículo 5 numeral 2 de la Ley del EstaUo de b Fundbn PÚMka;
artkulo 5, de la Ley del WaMo sobre ei Régimen de Jubfbdoner y
Pensiones de los Funcio~rlos o ' Funcionarias, E m p W h o
Empleadas de la Administradón PúMlca Nadonal, & los EsiAosy de
los Munldplos, y artículo 2 del Reglamenbo sobe el Régimen de
Jubliaciones del Personal de Conbuladores de Tránsito Aho, este
Despacho Ministerial,
DESPACHO DEL MINISTRO
AkOS 203* y lSOO
En conformidad con los artículos 62 y 7i, numeral 19 del üefmto con
POR CUANTO
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
Rango, Valor y Fuena de Ley Orgdnica de b Admlntsbad6n Públlca;
artículo "5 numeral 2 de la Ley del EstaMo de b ñmdón Pública';
artículo "3, numeral 1 y, articulo 9 de b Ley del EstaMD sobre el
Reglmen de Jubiladones y Pensiones de los Fundonariús o
Fundo~rias, Empleados o Empleadas de la M t n l n Púbka
~
Nado~I, de los Estados y de los Munkipios, este Despacho
Ministerial,
I
La Dlrecclón General de la Ofldna de Recursos Humanos de este
MinWrio hace constar mediante la Hoja de Cálculo de Jublladón
que, la Funcionaria GUERRA MEZA A U U A , de nado~lidad
v e k l a n a , mayor de edad, titular de b cédula de ldentldad
iy.v-5.093.761,
cuenta con CINCUENTA Y CINCO (55) años de
edad, con una antigtiedad de M N n N W E (29) años de seivido
p&dos
en la Adminlsbadh Públlca Nacional, con un sueldo
promedlo mensual correspondiente a los úitimos velntlcuabo (24)
meses, de CUATRO MIL TRESSUENTOS CUARENTA Y SEIS
B~ÚVARES CON CUARENTA
Y
TRES CENTIMOS
(Bs.4.346,43),
quien se desempefia en el cargo & BACHILLER 1,
POR CUANTO
I
POR CUANTO
La Direcclh General de la Oficina de Reaims Humanos & este
Ministerio hace constar mediante la Hoja-de Cáiculo de Jubiladón
que, la Funcionaria RANGEL PARRA: IB€iH DEL VALLE, de
nacionalidad venezolana, mayor de edad, titubr de la cécfub de
identidad No V-10.720.186, cuenta con CUARENTA Y CUATRO (44)
años de edad, con una antigüedad de VEXNTID6S (22) aiios de
S ~ M ~ prestados
O
en la Administración Pública Nacional, m un
sueldo promedio mensual correspondiente a ios úitimos vdntiaratro
(24) meses, de CINCO MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO
BOLÍVARES CON DIECISEIS
S
O
MITN
É
C
(Ba5.928,16),
quien
se desempefia en el cargo de CONTROLADOR TRANSrrO AÉREO
$1
POR CUANTO
La Funcionaria RANGEL PARRA I B n H DEL VALLE, ya
identificada, cumple con los requisitos de Ley, para q w le sea
otorgado el beneficio de jubilación,
La Funcionaria RANGEL PARRA IB€ili
DEL VALLE, ya
Identificada, cumple con los requisitos de Ley, para que le sea
otorgado el beneficio de jubilación,
RESUELVE
RESUELVE
ÚNICO.
Otorgar el beneficio de Jubilación a la Funcionaria
RANGEL PARRA I B m DEL VALLE, de nacionalldad venezolana,
mayor de edad, titular de la cédula de identidad NO V.- 10.720.186.
El monto de la Jubilaci6n asciende a la cantidad de CUATRO MIL
SETECIENTOS
CUARENTA Y DOS BOL~VARES CON
CINCUENTA Y TRÉs CENTIMOS (Bs.4.742,53)
mensuales
equivalente al OCHENTA POR CIENTO (80orb) del sueldo
ÚNICO.
Otorgar el beneficio de Jubilación a b Funcio~ria
RANGEL PARRA I B m DEL VALLE, de nacionalldad ve-obna,
mayor de edad, titular de la cédula de identidad NO V.- 10.720.186.
El monto de la Jubllac16n asciende a la cantidad de CUATRO MIL
SmCIENTOS CUARENTA Y DOS BOÚVARES CON
(Bs.4.742,53)
mensuales
CINCUENTA Y TRÉS CÉNTIMOS
equivalente al OCHENTA POR CIENTO (80orb) del sueldo
promedio de los ÚIti
promedio de los Últim
pagarse quincenalme
pagarse quincenalm
Ministro
Ministro
~ e e r eNo
t ~02 de Igha 22 de aMI de 2013
Decreto No02 de fecha 22 de abtil de 2013
Gaceta ORdal No40.151 de fecha 22 de abrll de 2013
Gaceta Oíidal No40.151 de M M 22 de abñ de M13
B
Y
~
~
B
A
Martes 19 de noviembrede 2013
GACETAOFICIALDE LAREPÚBLICABOLIVARIANADE VENEZUELA
RESUELVE
I
MINISTERIO DEL PODER POPULAR
PARA EL AMBIENTÉ
. NORMAS PARA LA DISWSIU~N
Y EMISIÓN DE GUIAS DE
URCULAU~N DE BIENES FORESTALES
POR U EMPRESA
NACIONAL FORESTAL, S.A.
Objeto
Artículo 1. Las presentes normas tienen por objeto fijar los lineamientus
para la adqulsldón y ernlsión de guías de circulación para bienes forestales
por parte de la Empresa Nacional Forestal S.A., a fin de regular la venta,
movilización y canje, de los productos forestales maderables y nd
maderables, resultantes de los Planes de Ordenación y Manejo, aprobados
por el Minlsterio del Poder Popular para el Ambiente; así como de otros
procedimientos técnicos adminisbativoslegalmente autatizados.
REPÚBuCA BOLNAWNA DE V E N R U U
MINISiERIO DEL PODER POPULAR PARA EL AMBIENTE
Años 2030y 1540
üe confmidad con las abibuclones establecidas en el arblculo 7i,numeral
9, del üecreto con Rango, Valor y Fueiza de Ley OrgAnica de la
Administración Pública; artículo 21, numeral 8, del Decreto Sobre
Organización y Funcionamiento
de la Adminisbadón Pública Nadonal, y
articulo 129 de la 'Ley de üosques.
Que confme al artículo 2O del Decreto No 7.457 de fecha lo
de junio de
2010, la Empresa Nacional Forestal S.A., tiene por objeto la producción
sustentable "de bienes y servicios foresía&, a babavés de & pJanifiwaOn y
manejo del patrimonio &reshI, bajo una v W n sodallsta, orientado a
favorecer la participación aidirecta de las annunirlddes locales y obas
c~yanhabnessooales en la producaOn, pmewmiento y annerdalkadfn
& bienes f o ~ l e maderablles,
s
no madaables as/ w m tambiPn obenefidmpvvenienies del h q u e ; y en genera4 ml&ard Crd' krc a& y
negwWca
junaiws hiitvs que guardan relacidn w n el objeto despailo':
CONSIDERANDO
\
Que el articulo 3O, numeral 3, del Lkueto No 7.457 de fecha a l 0 de junio de
2010, le otorga la faailtad a la Empresa Nadonal Forestal S.A., para recibir
mediante asignadón las unidades para el manejo forestal adminlsbadas por
el Mlnlsterlo del Poder Popular para el Ambíente, localizadas en Reservas
Forestales y otros espacios propiedad de la Nación, siendo que la referida
empresa redM6 mediayte contratos las slguientes Unidades de Manejo
Forestal en el estado Bolnrar: Reserva Forestal Imataca, Imataca 11(130.000
has), Imataca IV (160.900 has), Imataca V (166.634 has), Imataca W i
(140.400 has), Reserva Forestal San Pedro-El Manteco (193.000 has) y
Manteco iIi (144.265 has). Igualmente las Unidades de Manejo Forestal de
Palmito en el estado üelta Amacuro, Delta 11-Pedernales (170.877 has),
Delta iIIGwquinlma (163.113 has) y Delta?V-Merejina (305.276 has).
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
CONSIDERANDO
I
407.103
l
Solicitud de guía
Artículo 2. La Empresa Nauonal Forestal S.A., deberá solicitar por esaito al
Ministerio del Poder Popular para el Ambiente, a ttavés de la Dirección
General de Bosques, las guías para la moviliza&n de los blenes forestales
maderables y no maderables originados de los aprovechamientos
autorizados en las unidades de manejo forestal asignadas a la Empresa
Nacional Forestal S.A.
Cantidad de guías
Artículo 3. La cantidad de guías a solicitar corresponderá al total del
volumen aprobado en cada autorización para el aprovechamiento forestal,
tomando en consideración el tipo de producto, wlumen y cantidad máxima
a movilizar con cada guía.
Tipo de Guía
Artículo 4. Las guías requeridas por la Empresa Nauonal Forestal S.A.,
serán, la azul para los terrenos baldios u ob-os propiedad de la Nación,
ejidos y de propiedad privada en el territorio Nacional y la roja para el canje,
de confonnldad con lo establecido en la Resolución No 0000068
del 23 de octubre de 2001, publicada en la Gaceta Oficial No 39.302 de
fecha 09/11/2009.
Sumlnlsbo opomino de guías
Artículo 5. La Dirección General de Bosques a travb de la Dlrecdón de
Supervisión y Control Forestal coordinará con la Empresa Nadonal Forestal
S.A, la adjudlcadón y expedición oportuna de guias de dmladón de
productos forestales sobre los que se han otorgado permisos o concesiones
de aprovediamientoy los provenlentes de una medida de comiso, apoitados
a la Empresa Nacional Forestal S.A.
Emislón de guías
Artículo 6. La Dirección General de Bosques coordinará la inciuslón de la
Empresa Nadonal ,Forestal S.A., en el SIGEFOR, a (propósb de la creación
del USUARIO G U M para la emisión oportuna y descenttalizadón del
proceso de otorgamiento de guías, así como la aplicación de los procesos y
su control.
a
Firma de guias
ARlculo 7. El Presld te de la Empresa Nacional Forestal S.A., firmará y
expedlrá las guías de dmladón de bienes forestales a los adquirentes de
productos forestales, en las áreas de su competencia.
CONSIDERANDO
Que el articulo 101, numeral 9, de la Ley de Bosques establece la guía a m o
Instrumento de control y los artículos 156 y 159 del Reglamento de la Ley
Forestal de Cwlos y de Aguas, disponen que el Ministerio del Poder Popular
para el Ambiente deteminará el diseño y demás características de los
martillos forestales y las guías de circulaci6n.de productos forestales, que se
usarán para el control de todas las explotaciones de madera, su movilización
e identtficadón.
CONSIDERANDO
Que por ttatarse de.bienes perecederos expuestos a la intemperie, riesgo de
deterioro y pérdida, se requiere medidas orientadas pa,ra su movilizadón a
fin de evitar la pérdida, asegurando su debida utilización en beneficio de los
intereses de la Nación.
CONSIDERANDO
Que la Empresa Nacional Forestal S.A., es responsable del manejo y
comercializaclón de los bienes forestales resultantes de los planes de
aprovechamiento aprobados, que requiere de un proceso Idóneo, eficaz y
oportuno para el comercio de los productos forestales, por lo que la referida
empresa deberá solicitar ante el Ministerio del Poder Popular para el
Ambiente, la respectiva guía de circulación establecida en Resolución
0000068 del 23/10/2009, Gaceta Oficial N039.302 del 09/11/2009 regulada
por el registro interno denominado, Sistema de Guías Electrónico de bienes
forestales (SIGEFOR), para la emisión propia y eficiente de guías de terreno
o canje a personas naturales o jurídicas.
Valor, vigencia, costo,
inutilización y anulación de guías
~ r t í c u l o8. El valor, vigencia, costo, inutilizad6n y anuladón de guias se
regirá por lo establecido en la Resolución 0000068 del 23/10/2009 publicada
en la Gaceta Ofiual No 39.302 de fecha 09/11/2009.
Información
Artículo 9. La Empresa Nacional Forestal S.A., deberá envlar
trimestralmente a la Dirección General de Bosques una relación de las guías
emitidas con los soportes de pagos efectuados por concepto del valor de las
mismas, de igual forma remitirán copia de la relación, a la Direcdón Estadal
del Poder Popular para el Ambiente, respectiva.
Artículo 10. Estas normas entrarán en vigencia a partir de su publicación
en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Comuníquese y Publiquese,
Por el Ejecutivo Nacional
MIGUEL LEONARDO RODRICUU
MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA EL A M B I E m
GACETA OFICIALDE LAREP~BLICABOLWARIANADEVENEZUELA
407.104
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA
CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACI~N
DESPACHO DEL MINISTRO
MINISTERIO DEL PODER POPULAR
PARA CIENCIA, TECNOLOGÍA
FECHA: 1811112013
203O y 154O
.REP~BLICA BOLIVARIANA DE VENUUELA
MINISTERIODEL PODER POPULAR PARA CIENCIA,
TECNOLOOIA E INNOVACION
DESPACHO DEL MINISTRO
RESOLUCI~N
En ejerck4o de las atiibudones que me wnfiere el Deueto N' 02 dr fecha 22 de abril de 2013
Publicado en Gacata Otidal & la ReptiMica Bolivariana de Venezuela No 40.151. de era mhma
fecha. en concordancia wn lo establecido en el arllculo 77. numerales 3 y 18 LIDemto con ñango.
Valor y Fuerza de Ley Orgkilca de Admlniatraddn Pdblica. publlcado en Gaceta Oklal de la
Redblica Bolivanana de Venezuela No5.800. Exiraodinatio. de feoha 31 & iulio de 2WB: el artlculo
5 y 6 del Deueto, 677 de lacha 21 de Juniode 1985. wntenUvo de las ~ o r i a sobn
s
~údadones,
Asoclsclones v Sociedades Clvilea del Emdo v el Control de los Apofles PJbllcos a la8 InsGiudonn
Prlvsdas ~ ~ m ~ i ayr e
des acuerdo con lo prevt~ioen las CIPU~UI~S~ 6 p ~ m
y Occiva
s
de ~w~ s i a ~ o a
de Is Fundacldn Centro Nacional de Innovacidn Teuiol6gica (CENIT). r8D Despacho.
RESUELVE
Alticulo 1. Derlgnsr como Dlrsctorssmlembm del Consejo Dlrecllvo de LA FUNDAC16NCENTRO
wntlnuaci6n
I
!
,
!
INNOVAC16N TECNOL6GICA "CENIT", a loa ciudadanos que w mrnclonan a
PRYIClPUEl
8UPWITW
WWY C i A MWlliO UESTRE
Cl58rnll
W O IUUM
C I 14?ü1.42ú
OLORU O. U
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V1ClOR HUOOCUIO PAWICO
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.
. J M ~RAFAEL $ 0~ W
~E R O
LUU NV~IIOMLYEY*IIU
Comunlquese y publlquere,
Por el Ejecutivo Naclonal.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR
PARA CIENCIA, TECNOLOG~E INNOVACION
DESPACHO DEL MINISTRO
Donde dice:
1
PRIMERO: Designar al ciudadano MANUEL PÉRU ALVAREZ, titular
de la CBdula de-Identidad No V.- 6.532.028, como Director ene eral de
Acceso y Uso a las Tecnologlas de lnformacibn y Comunicacibn, aodtscir
al Viceministerio para las Telecomunicaciones, Tecnologlas de
Informaci6n y Servicios Postales de este Ministerio.
Debe decir:
l
PRIMERO: Designar al ciudadano MANUEL PÉREZ ALVARU, titular de
la Cédula de ldentidad No V.- 5.532.028, como Director General (E) de
Gesti6n de Tecnologias de lnformacibn y Comunicacibn, adscrito al
Viceministerio para las Telecomunicaciones, Tecnologlas de Infomiaci6n y
Servicios Postales de este Ministerio.
Ii
en la Gaceta Oticlal
~rticu~
2. oLa preclente Reaolucldnentrar6
de la República Bollvarlana de Venezuela.
De conformidad con lo establecido en el articulo 84 de la Ley Orgknica
de Procedimientos Administrativos. se ~ r o d a
e la correcd6n de la
Resolucibn No 194 defecha 08 dé octubre de 2013, publicada en la
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 40.272 de
fecha 15 de octubre de 2013, a traves de la cual se designa al dudadano
MANUEL P ~ R E Z ALVAREZ, titular de la Cédula de IdenüCad
No V.- 5.532.028, como Director General de Acceso y Uso a las
Tecnologlas de lnformacibn y Comunicacibn, adscrito al keministerio
para las Telecomunicaciones. Tecnologlas de Infomiacibn v Serviaos
d os tales por cuanto se incurrib en el er6r material siguiente: -
1
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
NACIONAL DE
Martes 19 de noviembrede 2013
En consecuencia, reimprimase íntegramente el texto de la Resoluci6n
No 194 de fecha 08 de octu
de la República Bolivariana
octubre de 2013, rubsanánd
mismo número y fecha.
Comuniquese y Publiquese,
Por El Ejecutivo Nacional.
Ministro del Poder Popula
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA
,
CIENCIA, TECNOLOG~AE INNOVACI~N
En ejerclcio de las atribuciones conferidaspor el Decreto Presldendal No02 de fecha 22
de abril de 2013. publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de
Venezuela No40.151 de la misma feche; en conwrdancla con el Decreto Preeldencial
N' 8.901 de fecha 03 de abril de 2012, publicado en la Gaceta Oficial do la Reptibllca
Bolivariana de Venezuela No 39.897 de la inisma feche, de conformidad con lo
establecido en los artlculos 12 y 77, numerales 2, 12, 19 y 27 del Decreto wn Rango,
Valor y Fuerza de Ley Orgbnlca de la Admlnlstrac~6nPúbllca, publicada en le Gacela
Oficial de la Reptiblice Bolivariana de Venezuela No5.890 Extraordlnarlo de fecha 31 de
]uUo de 2008, y en loa artlculos 42 y 47 del Reglamento No 1 de la Ley OrgInica de
Admlnlstrad6n Flnanclera del Sector Públlco sobre el Slstema Pmeupueelarlopublicado
en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N O 5.781, Extraordinaria.
de fecha 12 de agwto de 2005, este Deepacho,
RESUELVE
ÚNICO. Aprobar la Estructura Financiera del Ministeriodel Poder Popular pan Cienda.
Tecnologla e Innoveci6n pera el Ejercicio Ewn6mlco 2014; le cual, estar&wnrtltulda
por la Unidad Adminletradora Central cuya denominacl6n ee senala a wntlnuacl6n:
DESPACHO DEL MINISTRO
FECHA: O811012013
En ejercicio de las atribuciones +e me confiere el Decreto No02 de fecha
22 de abril de 2013, publicado en la Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela No 40.151 de la misma fecha, de conformidad
con lo establecido en el articulo 77, numeral 2, 19 y 27 del Decreto con
Rango, Valor y Fuena de Ley OrgAnica de la Admlnistraci6n Pública,
publicada en la Gaceta Oficial de la RepOblica Bolivariana de Venezuela
No5.890 Extraordinario, de fecha 31 de julio de 2008, y en los artlculos 5,
numeral 2; 19 en su último aparte y 20 de la Ley del Estatuto de la
Funcibn Pública, publicada en la Gaceta Oficial de la Repúblisa
Bolivariana de Venezuela No 37.522 de fecha 06 de septiembre de 2002.
RESUELVE
PRIMERO. Designar al ciudadano MANUEL PÉRU ALVARU. bituler de
la CWula de Identidad N* 6.532.028, como Director General (E) de
Gesti6n de Tecnologlas de Informadbn y Comunicadón. r d e al
Viceministerio para las Telecomunicaciones. T ~ ~ l ~ gde
-i 1a s
y
Servicios Postales de este Ministerio.
Martes 19 de noviembre de 2013
GACETA OFICIALDE LA REPÚBLICA BOLIVARIANADE VENEZUELA
407.105
SEGUNDO. La presente Resolución'entrar~en vigencia a partir de su
na de Venezuela.
publicación en la Gaceta Oficia
PRIMERO. Designar al Ciudadano AXEL BASTIDAS REYES, titular de la
Cedula de Identidad NoV- 14.386.424.como Presidente (E) de la Empresa del
Estado 'INDUSTRIA ~ANAIMAC.A.".
Comuniquese y Publiquese,
Por El Ejecutivo Nacional.
SEGUNDO: La presente Resolución entrara en vigencia a partir de su
na de Venezuela.
publicaciónen la Gaceta Oficial de la Re
Ministro del Poder Pop
Comunlquese y Publiquese,
Por el Ejecutivo Nacional.
REPUBLICABOLIVARIANA
DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR
PARA CIENCIA, TEcNoLoG~A E.INNOVACI~N
DESPACHO DEL MIN1STRO
FECHA: 1411112013
Ministro del Poder Popu
Gaceta Ofidal N
No206
REP~BLICABOLIVARIANA DE VENEZUELA
RESUELVE
PRIMERO. Designar al ciudadano MIGUEL VILLEOAS FEBRES, W l a r de
como Presidente (E) de la
Fundacih Gran Mariscal de Ayacucho (FUNDAYACUCHO).
la CBduln de ldenüdad No V.8.314.789
SEGUNDO. La presente R e s d W n 8
publicación en la Gaceta Ofidai de le R
M b Venezuela.
FECHA: 14/11/2013
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
En ejercicio de las atdbuclones conieridas por el Decreto Presidencial
No 02 de fecha 22 de abril de 2013, publicado en la Gaceta Ofiual de la
Repúbüca Bolivariana de Venezuela No 40.151 de la misma fecha; de
conformidad con b establecido en el artlwlo 77, numeraks 2. 13 y 19 del
Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Org4nica de la Administraddn
Públlca, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de
Venezuela No 5.890 Extraordinario de fecha 31 de julio de 2008; en el
artlculo 6 del Decreto N" 677 de fecha 21 de junio de 1985 contentivo de
las 'Normas Sobre las Fundaciones, Asociaciones y Sociedades Civiles
del Estado y el Control de los Aportes Públicos a h e Insütuclones Privadas
Simila.msn, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivanana de
'Venezuela No 3.574 Extraordinario de la misma fecha; y en concordancia
con la Cidusula Décima de los Estatutos de la Fundación Gran Mariscal de
' Aya+cho
(FUNDAYACUCHO), &e Dwpacho,
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA
CIENCIA, lECNOLOGlA E INNOVACIÓN
DESPACHO DEL MINISTRO
Comunlquem y Publlquem,
Por el Ejecutivo Nacional.
En ejerdcio de las atribuciones conferidas por el Decmto Presidencial No02 de
fecha 22 de abril de 2013. publicado en la Gaceta Oíidal de la República
Bolivariana de Venezuela No40.151 de la misma fecha, de conformidadcon b
establecido en los numerales 13, 19 y 27 del artlculo 77 del Decreto N* 6.217
con Rango. Valor y Fuerza de Ley Orgdnica de la Administradbn Pdbliica,
publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de M e r u e h
No 5.890 Extraordinario de fecha 31 de julio de 2008 y las Claúsuk DBcima y
Décima Tercera de los Estatutos Sociales de la Empresa del Estado Teinwm
Venezuela. C.A., publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivarians da
Venezuela No. 38.944, de fecha 03 de junio de 2008.
RESUELVE
PRIMERO: Deslgnar al Ciudadano DAMlAN MANUEL LOPEZ MURGA, titular
de la Cbdula de Identidad No V- 13.486.728. como Pmidente (E) de la
Empresa del Estado uTELECOM VENEZUELA, CA.'.
SEGUNDA: La presente Resoluci6n entrad en vigencia a partir de su
publicacih en la Gaceta Oñcial de la RepúblicaBolhrarianade Venezuela.
Ministro del Poder Popu
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIODEL PODER POPULAR PARA
CIENCIA. TECNOLOGIA E INNoVACIÓN
DESPACHO DEL MINISTRO
FECHA: 14ill12013
REPOBLICA
N0 207
\
BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA
CIENCIA, TECNOLOG¡A E INNOVACI~N
DESPACHO DEL MINISTRO
I
FECHA: lüll112013
En ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decnrto Presidendel No02 de
fecha 22 de abril de 2013, publicado en la Gaceta Oficial de la República
Bolivarianade Venezuela No40.151 de la misma fecha, de wnfonnldad con lo
establecido en los numerales 13, 19 y 27 del artlculo i7 del Decreto N' 6.217
con Rango, Valor y Fuerza de Ley Organica de la Administración Pública,
publicada en la Gaceta Oficial de la Repriblica Bolivariana de Venezuela
No 5.890 Extraordinario de fecha 31 de julio de 2008 y la Claúsula Vlgéslma
Tercera de los Estatutos Sociales de la Empresa del Estado 'INDUSTRIA
CANAIMA C.A.", publicados en la Gaceta Oficial de la República Bolivarianade
Venezuela No. 39.969, de fecha 20 de julio de 2008.
203O y
la0
RESOLUCI~N
1
I
l
1
En ejercido de las atribuciones que me confiere el Decreto No02 de fecha
22 de abril de 2013, publicado en la Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela No 40.151 de la misma fecha, de conformidad
con lo establecido en el artlculo 77, numeral 2, 19 y 27 del Decreto con
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICABOLIVARIANADE VENEZUELA
407.1 06
Rango, Valor y Fuena de Ley Organica de le Administracibn Pública.
publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela
No 5.890 Extraordinario. de fecha 31 de julio de 2008, y en los artículos 5,
numeral 2: 19 en su último aparte y 20 de la Ley del Estatuto de la
Funcibn Pública, publicada en la Gaceta Oficial de la República
Bolivamna de Venezuela No 37.522 de fecha 06 de septiembre de 2002.
publicaci6n en la Gaceta Oficial de
Martes 19 de noviembre de 2013
Bolivariana de Venezuela No40.151 de la misma fecha, de conformidad
con lo establecido en el ni~iculo77, numeral 2, 19 y 27 del Decreto con
Rango. Valor y Fuena de Ley Organica de la Administraci6n Pública,
publicada en la Gaceta Oficial de la Repiiblica Bolivariana de Venezuela
No 5.890 Extraordinario, de fecha 31 de julio de 2008, y en los artículos 5,
numeral 2; 19 en su Último aparte. 20 v 21 de la Lev del Estatuto de la
Funcibn Pública, publicada'en l a &ceta 0ficiai de la República
Bolivariana de Venezuela No 37.522 de fecha 06 de septiembre de 2002.
RESUELVE
PRIMERO. Designar al ciudadano ANIBAL GHANEM AYOUBI, titular de
la CMula de lientidad N" 12.625.854, como Director General (E) de
Acceso y Uso a las Tecnologías de Informaci6n y Comunicaci6n, adscrito
al Uceministerio para las Telecomunicaciones, Tecnologias de
Informacibn y Servicios Postales de este Ministerio.
,
1
RESUELVE
PRIMERO. Designar a la ciudadana MARYCEL PACHECO GUTIERREZ,
titular de la CBdula de Identidad N" 17.439.963, como Directora General
del Despacho de este Ministerio,
SEGUNDO. ~a presente Resol
publicaci6n en la Gaceta Oficial
lica Bolivariana de Venezuela.
Comuníquese y Publiquese,
Por El Ejecutivo Nacional.
Comuníquese y Publlquese,
Por El Ejecutivo Nacional.
Ministro del Poder Popular
Ministro del Po
REPÚBLICA BOLIVARLANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA
CIENCIA, TECNOLOGLA E INNOVACI~N
DESPACHO DEL MINISTRO
FECHA: lüillI2013
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
Gace
NOTARLAS.
203' y 154'
REGISTRO MERCANTIL QUINTO DEL
DISTRITO CAPITAL
Municipio Liberiador, 21 de Agosta del Aflo 2013
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Decreto No 02 de fecha 22 de abril
de 2013. publicado en la Gaceta Oficial de la Republica Bohariana de Venezuela
No 40.151 de la misma fecha, en concordancia con lo establecido en los artlculos 77,
numeral 13 y 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orghnica de la
Administraci61-1Publica. publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de
Venezuela No 5.890 Extraordinario de fecha 31 de julio de 2008, y según lo dispuesto
en las Clausulas Decima Quinta.Vig6sima Primera y Vigesima Segunda, del Acta
Constitutiva Estatutaria de la Fundaci6n para el Desarrollo de la Ciencia y Tecnologla
en el Estado Sucre (FUNDACITE-SUCRE) este Despacho,
RESUELVE
RM No. 224
SERWCIO AUT6NOMO DE REGiSTñOS Y
Por presentado el anterior docurnen!~por su FIRMANTE, parasu insmpdón en el RegkWO
Mercantil y $aci6n. HBgase de sonfornidad. y ARCHIVESE original. El anterior documento
redactado por el Abogado RUEEN DARlO ARIAS REVILLA IPSA N.: 98850,se M b e en
el Registro de Comercio bajo si Número: 18, TOMO -126-A REGISTRO MERCANTIL V.
PeFechos pagados ES: 0,00 Sagún Planilla RM No. , Banco No. Por BS: 0.00. La
'bden~ficacl6nae efedu6 as¡: REBECA SAREL DELGADO. CAUADILIA, C.1:
y-20.048.803.
Revisor: M R I A ANGELICA LONGART VELASQUE2
PRIMERO. Designar al ciudadanu ENRIQUE ORTlZ. titular de la CBdula de Identidad
No V- 8.647.822, como Presidente de la Fundaci6n para el Desarrollo de la Ciencia y
Tecnolcgla en el Estado Sucre (FUNDACITESUCRE).
F30. Abogado ADOLFO ENRIQUE P
.;ESTA
PAGINA PERTENECE A:
'::l
COMUNICACIONES
$
(GRAN CARIBE), SS.
$HÚ ero de expediente: 660630
Y
SEGUNDO. La presente Resoluci61-1entrara en vigencia a partir de su publlcaci6n en
la Gaceta Oficial de la Republica Bolivarianade Venezuela.
Comunlquese y Publfauese.
Por el Ejecutivo Naaonel.
:,**,
y
-
'..Yo.
ACTA DE LA ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS
--
-0'
EMPRESA TELECOMUNICACIONESGRAN CARIBE S A
CEUN 5 0 6 1 MEJ~AS.venezolano. soltero, mayor de edad; Ingeniero.
titular de la cédula de identidad No6.002.246,R.1.F Nm. V060022468, en mi
caracter de Ucepreaidentade la empresa TELECOMUNICACIONESGRAN
CARIBE S.A., R.1.F NE. G-200089997 protocolizada ante el Registro
Mercantil Quinto del Distrito Capitel y E e d o Miranda.
en
fecha 03 de
septiembre de 2008. bajo e¡ No. 95, Tomo 1886 A, CERTIFICO: Que la
REPÚBLICA BOLIVARIANA D E VENEZUELA
MINISTERIO D E L PODER POPULAR PARA
CIENCIA, TECNOLOG~AE INNOVACIÓN
DESPACHO D E L MINISTRO
&$opia
+v.:
que a continuacibn se inserta, es traslado fiel y axedo de su original.
se encuentra'as?W% 33 el Libro de Actas de la Asamblea General de
FECHA: 1811112013
-
i,
dias del mes de agosto de dos mil trece (2013) siendo las 09:W a.m., 80
reunieron en
le
T m
Fondo Común,
d e
de
la
empresa
TELECOMUNICACIONES ORAN CARIBE S A , con la flnalldad de tnitar
sobre los puntoi del Onda; del dia. que m l s a d e l M r i.blm, 10s
En ejedc& de las atribuciones que me confiere el Decreto No02 de fecha
22 de abril &e 2013. publicado en la Gaceta Oñcial de [a República
1
I
siguientes mimbms de $ A m b l e a 0**nl de Aaionlstas de la
TELECOMUNICACIONES QQW
CARIBE S&, R.1.F
Nm. 620008999-7
1
Martes 19 de noviembre de 2013
GACETAOFICIALDE LA REPÚBLICABOLIVARIANA DE VENEZUELA
487.107
1
lo suasivo TGC). Por TELECOM VENEZJELq C A . R.1.F Nro. G
0005143-4, domiciliada en la ciudad de Caracas. tenedoni de le totalidad
de las acciones de la Sefie 'A', enumeradas de la O1 a la 60 inclusive, que
I
..
Para el primer periodo de &y(3) aflos de ejercicio la Cak 'A'
al
Pnsldente y la Serle 'E nombrad al Vicepresidente. altemandose las
iid&ignaciones para los peridos consecutivos. El primer periodo de
'representan un porcentaje equivalente al sesenta por ciento (60%) del
estaba mnpendido entre 01 03 de septiembre de 2 m hasta
MIL NOVECIENTOS TREINTA BOL~VARES(0s. 537.930.00) cada una.
que representan la cantidad de TREINTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS
(8) meses calendario dicho período, venciendo el ptimer periodo -
Y
SETENTA
CINCO
MIL
OCHOCIENTOS
BOLIVARES
-
2
02 de mayo de 2012. En fecha 02 de mayo de 2012 fue cekbíada
(Bs.
' .32.275.800.00), mpmsmtada por su Presidente, el Ing. CHUNG-KAI
CHEN; venezolano, ingeniero, soltero, de este domicilio. mayor de yad. :
Asamblea General de Accionistas Nro. 17 designando
h;w:-
pariodo de gesti61-1de la Sociedadarnprendido
conea m Resolución No. 019 emanada del Ministerio del Poder
2 hasta el 02 de mayo de 2015. Ahora bien.
desarrollo el segundo periodo de gestión, en nomke y n
....
'.para Ciqcia, Temologia e lndusitias Intermediasde fecha 15 de fe
2011, publlcede en Gaceta Oficial No 39.618 de fecha 17 de fe
2011; y P& : té'
DE TRANSPORTE DE SEAALE
Serie A. propongo muy respetuosamente r a ~ c a r
Vicepresidente.-de Telecomunicaaones G~&I M b e , S A . al
TELECOMUNICACIONES. S-A, abreviadamente TRANSBIT S.A:
Ing. WlLFREDO MORALES MARQUE, ingeniero. casado.
ELPRESA.
,
cubana, .COnsWulda.~lanteEsaiiura Constituüva No. 80 de I
mayor de edad. de este domicilio, con cédula de identidad No; 6.450;319 y
Espcdel del Ministerio de Justicia de la República de Cuba, de fe& 22 de
enero.d&'2007, insQfta m el Registroh16icadl de Ciudad de La Habana el
nombrar en s u t i i t ~ ó n
del referido ciudadano al Ing: CEUN JOSÉ Y W k , -
23 de enero de 2007, en el Libro XXI, Folio 180. Hoja 16, l w p c i h
G.1; cédula de identidad No 6.002.2k como Viceprssidde para Mialfiare..'
venezolapo, Soltero. mayor de edad. ingeniero. de este d h i d i o .
!2
:wundo'período
de gestión de la Empresa
e'.
R. 9
TREINTA BOL~VARES(Bs. 537.930,00) ceda un6 que
cantidad de VEINTlQN MILLONES 'QUINIENTOS DI
representada p
'
. DOSCIENTOS BOL~VARES18s.. 21.517.200,00),
Ppddsnte el 'Sr. CARLOS ERNESTO SILVA PUW, ciudadano CUbanQ;iC
ce&,,
mayor de dad. con pasaporte No. 83gq567. según se dejprende
de A&
de Junta Genaral:de ACdonistad Extraordinariaalebreda
en fedwz.
OSde j u ~ ~deí
o 2013; .regisiratia según se evidencia eh documenta
500. expedido bh f&a
es^^^?
12 de ;ulio de 2013 ante la Uc. Glenda Lej%ia"-
Santos. NdYaria con competencia naclonll de la RepÚbllca de Cuba. el cual
fue debldemekel@altzedo por ante el Ministerio$e Relaciones Exteriores
de -la Rqpi5blica 'de .Cuba en fecha 23 de jullo de 2013 y por a
Consulado' OeMKel di? la Repíiblica Bolivariane de Venezuel
~epúbilcedt9 Cuba en facha 01 de aosto de 2013 según
registro 'ii817.9 el AbQ. .RUBÉN .DAR10 ARIAS REVILLA:
casado. mayor-deedad; desste domicilio, con cédula de iden
11.92&840, en su condioi6p .de Secmiario. Acto seguido y
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
equlvalerde al cuarenta por ciento (40%) del capbl sodal, 'con
nominal 'de QUINIENTOS TREINTA 'Y SIETE MIL NOVEC
procede en vifiud de lo previsto eh la ddusgla Décima
la expoa
sión.
se propone a I~.ASAMBLEA
p-ifinal¡
de mayo de 2015. 2.- Instruir al Vicepresidente-'deTeleamunicadones
.
Gran Caribe, SA., para que proceda de i n m s d i a
su inscripdónen @ y
Registro .Marcantil. Se somete a la consideradón de
(os-
...
miembros de b .1
Asamblea Genera! de.Accionistasel punteen aiestión síendo apmbado pa
unanimidad..............................................................................................
S
.....
Con respecto al PUNTO SEGUNDO de la Agenda dd'día.
h %=..
el Presidente de TRANSBIT SA.; el Sr. CARLOS toftNESTÓSlLV~
antes idenWcado. quien expuso: Los Estatutos Socialag de :la Emfresa
establecm en su Cláusula Vigésima T-
~a~
que laZ~unta
DLacthre
compuesta por seis (6) Memkos: El Presidenteente
el Viceprefidenta y aiabr,
(4) Diredores y que la designacih de los miambos de la Junta Directñn
realizarápor la Asamblea General de Accionim, a propuesta dela Sena A
VELEOOM VENEZUELA. CA.) y Serie B (TRANSBIT, S
de ejercicio de tres (3) rsiios. de la manera 'si
a tns (3) miembros: al Presidente o V i
.
ütüs de TELECOMUNI~ACIONESGRAN CARIBE, SA.. a
brar con carácter univei$al la.presente sesión de Asamblea
pmndiendo
a&da
CIONISTA~: 1.- Aprobar la designación-antes
segundo.período.de gesü6n de la Empnse. el cual
Principales y además a dos (2) miambos suphtes
mer
de tres (3) anos de Bjerciao la
y la Serie 'B' nombrad al VicepresKlente,
,:.;;designaciones
para los períodos conceartios. El primer período de gestión
comhndido entre el 03 de septiembre de 2008 hsda d W de
de 201 1. s a embargo, por diiposiah de Asamblea orrni
en reunión Nro. 16, se postergd por única vez y pcr el plazo
ecdonlstas se..eAenhan presentes y han aceptado
S,
tihrlai de
& . ;%
Primara, tenedora de. la totalidad de: las ecdones de la Serie 'p.
enumeradas ds'-la 61 a la 100 Inclusive, que mpresenian un parte
pe convocatoria, a fin de tratar los
.........................................................................
S del-ORDENDELD~A:
ERO: Propuesta de la Serie A. pata la designación de nuevo
cargo de Vicepresidente hasta la finalización
representante para ocupar
de ocho (8) meses ca
elndo
air
dicho perbdo. venciendo el pñmer psríodo
en fecha432 de mayo de 2012. En fecha 02 de mayo de 2012 fue celebrada
del segundo período de geaión de la Empresa TELECOMUNICACIONES
la reunión de Asambla General de Accionistas Nro. 17 designando la Serie
GRAN CARIBE, S.A ............;............................................................................
B su representante para ocupar el cargo de Presidente de la Sociedad para
SEGUNDO: Propueste :de¡ la Serie B: pata la designación de nuevo
el segundo petíodo de gestión, comprendido entre el 02 de mayo de 2012
representante para ocupar el cargo de R~esidentehasta la finalizaci6n del
.hasta el 02 de mayo de 2015. Ahora bien, estando en desarrollo el segundo
segundo periodo de gestlbn de la Empreca TELECOMUNICACIONES
o de gestión. en nombre y representación de'la Seríe B. propongo
GRAN CARIBE. S;A
.........................................................................................
respetuosamente
pe inmedieto, toma la palabra el Presidente de TELECOM VENUUEY45
revocar
del
cargo
de
Presidente
de
nicaciones Gran Caribe. SA., al ciudadano: Ing. ALWANDRO
C.A.. Ing. .CHUNGKAI CHBN, antes Identffic3bo;quien expuso el
MATOS. ingeniero. casado. cubano, mayor de edad, de esIe
PRIMERO del ...ONen del ¡Día: Los Estatutos Sociales de la
domicilio. con pasaporte No. H001063 y nombrar en sustituáóndel referido
ciudadano como Presidente para que finalice el segundo período de gesti6n
establecen en su Cláusula Mg6sima Temra que la Junta Direciiva
compuesta por seis (6) miembros: El Presidente, el Vicepresidente Y
(4) Directores y que la designaci6n de los mlenb:os de la Junta Directiva.se
la empresa al Sr. HERMES GREGORIO REMlGlO FERRO; ingeniero.
;casado,
realizad por la Asamblea General de Accioni&is, a propuesta de la Sede A
l
-5:
ntante para ocupar el cargo de Viapresidente de h !&&&
'con cédula de identidad Nro. V-11.093.370, R.1.F Nro. V-11093370-0 :.S
I
J
D--Septiembre de 2011. sin embargo. por disposición de la Asamblea
de Accionistas en reunión Nro. 16. se postergó por únice vep y por d phro
capital Social, con un valor nominal de QUINIENTOS TREINTA Y SIETE
1
4 I:.'
;
cubano, mayor de edad. titular del pasaporte Nm. 1097827.
FinBlizada la exposición, se propone a la ASAMBLÉA GENERAL DE
WLECOM- VENEZUELA, C.A.,) y Serie B rrRANSBIT. S.A.,), por un
ACCIONISTAS: 1.- Aprobar la designacidn antes seiblada para final¡¡ el
periodo de ejercicio de tres (3) ahos, de la mafiera siguiente: cada Serie
segundo periodo de gestión de la Empresa el cual comprende hasta el 02
propondrá a tres (3) miemtp: al Presidente o Vicepresidente, a dos (2)
Direciores Principales y además a dosL(2) mifimhms suplen!es respectivos.
I
de mayo de 2015. 2.- Instruir al Vicepresidente de Telecomunicaáones
.kv>
Martes 19 de noviembre de 2013
GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA BOLIVARIANADEVENEZUELA
407.108
Caribe, S.A., para que pmceda de inmediato a su insaipci6n en el
istm Mercantil. Se somete a la wnsiderecidn de los miembros de la
Axiiculo 6: La Comisibn de Contraiaaones. tendrá los deberes y Wbudoras que le anfiecs la
Ley de Reforma Parcial de Contrataciones Pliblicas. 'su Reglamento y denJs -6
legaka y
sublegalesque rigen la materia.
Mea General de Accionistas el punto en cuestldn siendo aprobado por
Arilculo 1: Se demga la Providencia Admlnislrativa No. 00712013 de feche 28 de pnb de m13
2013. publicada en Gaceia Oficial de le República Eolnarlana de Venezuela No. 40.223 de 7 de
uiranlmrclad. No,heblendo @(asunto que t m r -9sdio por terminada la
S e s l h , w orden6 tranaaibir fa pmseilte Acta en el Libro de Actas
Axilculo 8: La.presenteProvidende AdminisüativaenFrá en vigencia a partir de 6u publicacidnen
le Gacata oWal de la República Bolivan'anade Venezuela.
IWW!*,autorlzándoss & su irwcripción en al Registro Mercaniir
Comuniquese y publlquese.
REBECA S+REL DELGADO CALUDILLA. kitt
venezolana, mayor de da$. de este domidllo. üiular de la c&$l
-ca*l&ni
-'
identidad Nro. 2o.w.ooe
y10 RUBÉN DARIO ARIAS R '
venezolana. cesado, rnayarlde edad, de aste domicilio, tihilar de 1
de idenüdad Nro. V- 11.928.MO. Se leyó y conformes fimn: ..............
CHEJJWO)a N m v 11.093.370
CARLOS EMESTO SLVA PüPO
preside& (E)
.
C.1 V.-13.225.i22
~ . s i p n d i p w ~ a ~ ~ i s1a8n6
wd s ~ r ~ 1 0 ~ 0 1 ~ . p i b ~ l d l n ~ . o ~ . a . ~ ~ m z n d . ~ d p 1 ~ ~ 0 1 3
lerb.no
"REP~~BUCABOUVARIWA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA CIENCIA,
~ r n .Y 6 7
TECNOLOG~AE INNOVACI~N
INSTITUTOVENEZOLANO DE INVESTIGACIONESCIENT~FICAS
(IVIC)
Altos de Plpe, 16 de octubre de 2013
Años
203' y 154"
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA
.
N" IVIC118-2013''
Quien suscribe Dr. Eloy A. Sira G, titular de la ceduh de identidad N' V-7.500.714. Director
203' y 154'
No. 00812013
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
Reptiblica Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para Ciencia, Tecnologia e Innovacibn
Corporacibn Para el Desarrollo Clentlfico y Tecnológlco (CODECYT S.A).
del Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas IVIC. designado según Rn
Número058 del 3 de mayo de 201 1, publicada en la G a ~ t Oficial
a
de h República BolNariana
de Venezuela No 39.665 de fecha 3 de mayo de 2011. en ejercicio de la atntucMn prevista en
el aniculo 10 numerales 1 y 8 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley del Instituto
Venezolano de Investigaciones Científicas (IVlC). publicada en la Gaceta Oficial de l a : .
C i n c i i , 21 de octubre de 2013
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA
República Bolivariana de Venezuela N" 37.022 del 25 de agosto de 2000. en concordancia
con lo dispuesto en los aniculos 12, 34 y 37 del Decreto N o 6217 con Rango. Vabr y Fuerza
Yo, Gabrlela Jlrndnez, Presidenta (E) de la Corporacbn para el Derarmllo Clentlflco y
Tecnológlco, titular de la &dula de identidad No. V- 13.225.122. carácter que se evidencia de
Resoluci(Hi No. 196 de fecha 14/10/2013, publicada en la Gaceta Obial de la República
Bolivariana de Venezuela No. 40.272. de fecha 15 de octubre de 2013, suñclenlemente faculiade
para este acto por las atribuciones conferidas en el Acta Esiatuiaria en su Cldusula Vigdslma
Octava numeral 14:
Bolivuiana de Venezuela Extraordinaria N" 5890, en fecha 15 de julio de 2008 y de
RESUELVE
Extraordinaria No 2.818. el 01 de Julio de 1.981 y en cumplimiento a lo'dispuesio en el
de Ley Orgánica de la Administraclón Publica, publicado en la Gaceta Oficial de la República
conformidad con lo establecido en los aniculos 14, 17 y 18 de la Ley Orgánica de
roced di mi en tos Administrativos publicada en Gaceta Oficial de la República de. Venezuela
artículo 10 de la Ley de Contrataciones Públicas y artículo 15 del Reglamento de la
ArUculo 1: Designar a los miembros que conformaran la Comisión de Contraiaciones de la
Corporación Para el Desarrollo Cientlfico y Tecnológico (CODECYT S.A) con carácter permanente,
la cual conocera de b s procedimientos de contrataciones relacionados con la seleccidn de
conlratisias para la adquisición de bienes. prestación de servicios o ejecución de obras. de
confomidad con lo establecido en la Ley de Contrataciones Públicas y su Reglamento.
Arilculo 2: La Comisión de Contrataciones ectara confomada por cuaim (04) miembros
principales con sus respectivos suplentes, quienes realizaran sus funciones a tiempo parcial. y será
Integradade la siguiente manera:
mencionada Ley.
I
CONSIDERANDO
Que el Qnsejo Directivo del lVlC en su sesión N" 1486 de fecha 18de julio de 2013, aprobó
la designación de varios funciona~iospara integrar la Comisibn de Contrataciones del
Keyla Delgado
Instituto Venezolano de Investigaciones Cientfficas (IVIC) con carácterpermanente.
ngel Fuentes
C.1 NoV.- 10.948.762
Secretaria
Jhuleidy Angarita
C.I. NoV.-10.488.463
Jorge Aguiler
C.1 NOV.6.252.065
Alejandra Marsh
C.1 NoV- 18.023.864
Gloria Gutibrrez
C.1 NoV.- 6.299.662
I1
Arilculo 3: La Secretaria de la Comisión de Conlraiaciones. tiene derecho a voz mas no a voto en
los procesos relacionados con la selección de contratisiasy ejercerá las siguientes func ones:
I
1. Convocar a los miembms de la Comisión de Contrataciones a las reuniones que se
programen para tratar asuntos relacionados con los procedimientos de contrataci6n a
efectuarse. asi como coordinar los actos públtos que se celebren.
2. Levantar el acta correspondiente a cada reunión que celebre la Comlslón de
Contrataciones. asi como llevar el control de la asistencia.
3. En el caso de orocedimientos de selección de concurso ablerio y concuno cerrado deberá
llevar el regist;o de las personas juridicas que retiren los pliegos de wntratación.
4. Llevar el conlrol. regislro y custodia de los expedientes de wnüata&nes públicas.
5. Tramitar las- -solicitudes
de cooia de los documentos que forman parie de los expedientes
de Contrataciones.
6. Recibir la corresmndencia exleme e interna dirigida a la Comisión de Contraiaciones.
7. Elaborar las notificaciones de los actos que se dlclen en virtud de los prooedimientos
llevados a cabo por la Comisión de Contrataciones. as1 como redactar los proyectos del
llamado a participar en concursos-abieilo, los pliegos de condiciones y gestionar lo
concemlentea su publicacióncuando sea el caso.
8. Presentar los proyectos de pliegos y notificaciones a le revisión de la Comisibn de
Conlrataciones.
9. Las demas que le sean asignadas por la Comisión de Contratedones.
~
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA
I
Articula l.Constituir con carácter permanente la Comisibn de Contratacionesdel Instituto
Venezolano de 1nvesti.aciones
sustanciar los procedimientos de selección de contratistas para la ejewcibn de obras.
adquisición de bienes y prestación de servicios.
I
Artlculo 2. La Comisibn de Contrataciones estará integrada por los siguiertes funcionario?,
en representaciónde las Areas Jurídica, Técnica y Económico Financiera:
MIEMBROS
~
M c u l o 4. La Comisi4n de Conlraiaciones podrá requerlr la parüdpedón en calidad de
observadores. con derecho a voz pero no a voto, de reprewniantes de le unidad requirente. aegún
la naturaleza y complejidad de la contratación de la cual se bate. as1 como incorporar e bá
asesoras que consldere necesarios para aquellos procesos que as1 lo amedien. quienes serán
designados al inldo da1 proceso de contratacita.
Axilculo 5. La Comisión de Contraiaciones. deberA velar por el wtrlcto cumplimiento de las
disp&mnes contenidas en la Ley de Reforma Pardal de Conbalacioner Públicas. su Reglamento
y demás nomas legales y sublegales que rigen la malda.
Científic% (IVIC). competente para conosr. iniciar y
JURIDICA
ECON~MICO
1
Anuro Emilio Ferez
Vásquez
Maryhec Carolina
1
/
1
1
V-9.063.092
v-18.2m.m
MIEMBROS
SUPLEf4lES
/
1 'zt!:2:;: 1
1
Carios Eduardo
Torrealba Milano
1
c.I
V-18.233.j 12
V-5.618.847
Goncakes Petit
Gamez Mejias
1
V-8.677.828
1
Martes 19 de noviembre de 2013
GACETAOFICI~LDE LA REPUBLICA BOLIVARIANADE VENEZUELA
Las faItas absolutas, temporales o accidentales de los Miembros Pgncipales serán cubiertas
407.109
I
por sus respectivos suplentes.
--
Articulo 3. Se designan como Secretarla Principal de la Comisión de Contrataciones a la
ciudadana Lourdes Susana
rellano de Bastldas, titular de la &duh
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MINISTERIO PÚBLICO
Despacho de la Fiscal General de la República
Caracas, 28 de octubre de 2013
Años 203O y 154O
RESOLUCIÓN No 1764
ce identidad No V-
10.1 16.393 y Secretarla Suplentea la ciudadana Maria Elena Navarro Rivero, titular de la
a u l a de identidad No V-14.214.623, quienes tendrán derecho a voz, más no a voto. en las
deliberaciones de la Comisión y serán las encargadas de compilar. organizar y suministrar
toda la informacibn y documentacibn que fuese necesaria para la correcta activdad de la
Comisibn de ContratacionesPermanente en el ejercicio de sus funciones, Levantar las Actas
de las reuniones y Apertura de Sobres contentivos de Manifestación de Voluntad, de Ofertas,
asl como realizar cualquier otra labor que les sea encomendada y relacionada w n la
Comisibn de Contrataciones Permanente.
I
I
LUISA ORTEGA DÍAZ
Fiscal General de la República
En ejercicio de la facultad conferida por el artículo 6 de la &y
Orgánica del Ministerio Público y, en uso de las abibuciones establecidas en los
numerales 1 y 3 del artículo 25 eiusdem.
Articulo 4. La Comisión de Contrataciones del IVIC será competenie para conocer, iniciar y
sustanaar los procedimientos de contrataciones relacionados con la selección de
PESUELVC:
contratistas para la ejecución de obras, adquisición de bienes y prestación de servicios
mTrasladar al ciudadano Abogado FRANK J O S ~BRACHO,
distintos a b s laborales y profesionales, de conformidad con lo dispuesto en el artlwlo 10 de
titular de la cédula de Identidad No 13.735.987, qulen se viene desempeñando
la Ley de Contrataciones Públicas y su respectivo Reglamento.
como FISCAL A U X i W R INTERINO en la Fiscalía Centésima Cuadrageslma
Artlculo 5. La Comisión de Contrataciones del lVlC se constituirá válidamente con la
presencia de la mayoría de los Miembros Principales o de los respsctivos suplentes en caso
1
1
.
contrataciones. con derecho a voz y sin derecho a voto.
Artlcuio 7. Los miembros do, la Comisión de Contrataciones del IVIC. los observadores, asi
como aquellas personas que por cualquier niotivo intervengan en las actdaciones de la
Comisibn, deberán guardar debida reserva de la documentacibn presentada. asi como los
informes, opiniones y deliberaciones que se realicen en ocasión del procedimiento.
Articulo 8. La Comisión de Contrataciones del lVlC podrá convocar a la Unidad,Organizativa
solicitante del bien, de la obra o del servicio a contratar. para que participe en el
procedimiento respectivo y con sus aportes conocer los detalles de los requerimientos y
nacesidades.w n derecho a voz mas no a voto.
TERCERA del Ministerio Público de la
30-10-2013 y hasta nuevas i n s t r u c c i o n e s ~ o r i d a d .
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
Articulo 6. La Controlaría General de la República, podrá designar cuando lo estime
conveniente representantes para que actúen como observadores en los procedimientos de
de Caracas; a la F I S C A ~VA
G
I ÉSM
IA
citada Circunxripci6n Judicíal, con competencia plena, cargo vacante, a partir del
de ausencias del Titulares y su6 decisiones serán tomadas w n el voto favorable de la
mayoría.
Segunda del Ministerio Público de la Circ"nxripd6n'~udldal del &ea Metropolitana
REPÚBLICA
BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO
PÚBLICO
Despacho de la Fiscal General de la República
Caracas, 28 de octubre de 2013
Años 203' y 154'
RESOLUCIÓN NO 1761
LUISA ORTEGA DÍAZ
Artlculo 9. La Comisión de Contratacionesdel lVlC deberá velar por el estricto cumplimiento
Fiscal General de la República
de las disposiciones wntenidas en la Ley de Contrataciones Públicas. su Reglamento y
En ejercicio de la facultad conferida por el artículo 6 de la Ley
demás Normativas que regulen la materia.
Orgánica del Mlnlsterio Público y, en uso de las abibuciones estableddas en los
numerales 1 y 3 del artículo 25 eiusdem.
Articulo 10. La Comisión de Contrataciones del lVlC para la ejecución de las obras.
adquisición de bienes y contratación de servicios, podrá solicitar la Asesc.í-5 de Tbcnicos
Especialistas en el área, dependiendo de la complejidad de la contratación
.-.
Trasladar a la ciudadana Abogada DEYANIRA DEL VAUE
Articulo 11. La presente Providencia Administrativa entrará en vigencia a panir de su
V ~ ~ Q U ALCALA,
R
titular de la cédula de Identidad No 14.367.482, qulen se
publicaciónen Gaceta Oficial de la República de Venezuela.
viene desempeñando como FISCAL AUXILIAR INTERINO en la Fiscalía W m a
del Ministerio Público de la Circunxripci6n Judidal del estado Yaracuy; a la
F I C C A ~ PRIMERA del Ministerio Público con competenda en toda la
Circunxrlpcj6n Judicial del estado Portuguesa, en materia Conba las Drogas,
Conba la Compd6n, Bancos, Seguros y Mercado de Capitales, cargo vacante. a
Comunlquesey Publ(quese.
partir del 30 de octubre de 2013 y hasta nuevas instrucciones de esta
Suwriorldad.
GACETA OFICIALDE LA REP~BLICABOI VARIANA DE VENEZUELA
407.110
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO PÚBLICO
Despacho de la Flscal General d e la Repúbllca
-,
m
28 de ochike &*m13
AROS 2030 y lY1°
-6N
No 1 7 6 2
Martes 19 de noviembre de 2013
REPÜBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO PÚBLICO
Despacho de la Fiscal General de la República
Cw#ar,25deodubredeM#
Años 2030 y W0
,
Trasladar a la dudadana Abogada FRhNCIS XüAIUA
üiubr de b cedub de Idenüdad No 12.747.!YlI quien
SAl?UAS da G
-
sevknedesempdbndocomoFIXU.AU#LURIWCUUNOenla~
Sep4@s¡ms del MlnlstiWo Público a Nhrel NadoMI; zi b FISCAL~AV I G ~ M
NOVENA del ~lnisterio~ i c deo ia cixunxripdón JU&I
estado Miranda,
con sede en Guarenas y mpetiwaa para Intervenir p bs Fases Intemedia y
de Juicio Oral, cargo vacante, a partir del 30-10-2013 y hasaa nuevas
REP~JBLICA
BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO PÚBLC
I$I
Despacho de la Flscal General de la Repúbllca
Caracas, 25 de octubre de 2013
Aiios
RESOLUCI~N
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
InshuaionesherQkiperioridad.
hKQ2Trasiadar a la dudadanaAbogixk . i C A R O u m
~~~,tlhdardebcedulade#entidad~~#~,qulensevlene
derempelbndocoroFISCALAUXlLUR~enbmcijlíaSuperkrdel
MinkterioPU#ko&bürauiscripdón~ud#ddelestado)~aida;ab~~SCALfA
~~[~~ÉSaUQUI~~~delMin~~ii#ko&b~anseripdáikddd~
~~etropolita~de~arags,awia~mpetenda~~~ipowgn~e,aparadei
30deochikede2013 y hasianwvashtNaWmsdeerQSipabrldad
REP~BLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO PÚBUCO
Despacho de la Fiscal General de la República
Caracas, 25 de a b r e de 2013
Aiios 203O y lY1°
1
y 154' '
NO 1747
LUISA ORTEGA DfAZ
Fissal Genetal de l a RepÚbllcs
En eJerdcb de la facultad conferida por el artkulo 6 de b Ley
Orgdnle del MinWerio Público y, en uso de las atrikKkner estabkkkts en los
LUISA ORTEGA DfAZ
Fircal General dala RepÚbllCa
En,ejerckio de la facultad conferida por el atdwlo 6 de la Ley
'Oqhica del Mlnlsterk P
ú
W y, en uso de las atribuciones estableddas en los
numerales 1 y 3 del articulo U eiusdem.
numeraies 1 y 3 dei aitlailo 25 elusdem.
Trasiadar a¡ dudadano Abogado ROGER D A ~ O
&ARO
mTrasladar a la ciudadana Abogada NOHENGRY MENWZA,
titular de la &ula
de Identidad No 6.348.558, quien se viene desempehndo
P E m , titular de la cédula de identidad NO 13.616.764, quien se viene
desempeñando corno FISCAL AUXIUAR INTERINO en b Axalia Munkipal
Primera del Mlnlderio Públii de la Grains3pcih Judidd del estado Fak6n; al
adsaito a la
como FISCAL AUXIUAR INiERINO en la fiscalla Vlgéslrna Sepoma del
cargo de FISCAL AUXILIAR SUPERIOR DE INvES~IGAQ~N,
Mlnisterlo Público a Nivel Nadonal; a la FIXALÍA S E X A G ~ M APRIMERA del
W i a Superior del Ministerio Público de la citada Grainscrlpdón Judkbl, con
sede en Coro, cargo creado, a partir del 28 de octubre de 2013 y hasta nwvas
MinWerlo Público a Niwl Nacional, con competenda plena, en sustitución del
Abopado GuilkmK, Antonio Moreno Contreras, quien pasar6 a otm destino, a
partir del 30 de octubre de M13 y hasta nuevas Instrucciones de esta
1
1
Martes 19 de noviembrede 2013
GACETA OFICIAL DE LAREPÚBLICABOLIVARIANADE VENEZUELA
BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PÚBLICO
Despacho de la Flscal General de la República
Caracas, 25 de octubre de 2013
Años 203O y 154'
RESOLUU~NN O 1751
REPÚBLICABOCIVARIA'NA DE VENEZUELA
. - MINISTERIO PUBLICO
'
Despacho.de la Flscal General de la República
Ca S, 25 de octubre de 2013
" p o s 203O y W,
LUISA ORTEGA DÍAZ
Flscal General de la Republlca
LUISA ORTEGA DfAZ
Fiscal General de la Replbiica
REPÚBUCA
MINISTERIO
RESOLIJCI~NNO 1753
En ejercido de la facultad conferida por el artiwlo 6 de la Ley
En ejercicio de la facultad conferida por el artkub 6 de la Ley
Org6nlca del Mlnisterlo Plibllco y, en uso de las atrlbudones establecidas en IQS
Orgdnlca del ~inistefioPúbllco y, en uso de las atribudones estableddas en los
numerales 1 y 3 del artículo 25 elusdem.
numerales 1 y 3 dei artiiulo 25 eiusdem.
m Tmsladar
a la dudadana Abogada e
N
E
m:Trasladar al ciudadano Abogado HÉCTOR ALBERTO
W
BRICE~~O
BARAJAS, titular de la cédula de Identidad No 12.639.672, qulen se
ALVARADO MIUÁN,
titular de la cédula de identidad No 13.247313, quien se
viene desempeiiando como FISCAL PROVISORLO en la A w l l a Vigésima
viene *mpeiiando
como FISCAL AUXIUAR INTERINO en la Fiscalía
Octava del Minlderio Público a Nivel Nacional; a la F S C A l h SEPTUAG~IHA
Octog-a
Primera del Ministerio Públim de la arcunscripdón Judldal del &a
OCrAVA del Mlnlsterio Público de la arcunscripd6n Judldal del Area
Metmwina de Camas; a la RSC-
Contra la Compdán, en
sustitución de la dudadana Abogada María Ziri-Casbo López, qulen pasará a otro
W n o , , a partir del 28-10-2013 y hasta nuevas Instnicdones de esta
PÚblim a Nivel Nadonal, con mpetenda plena, cargo vacante, a partir del 30 de
Metropolitana de Caracas, m n competencia en materai
TRIGÉSIUA
NOVENA del Mlnlstetio
octubre de 2013 y hasta nuevas instrucciones de esta Superioridad.
Superladad.
REP~BLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO
PÚBLICO
Despacho de la Fiscal General de la República
Caracas, 25 de octubre de 200
Años 203O y lYl0
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
I
407.111
REP~BLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO
PÚBLICO
Despacho de la Fiscal General de la Repúbllca
Caracas, 23 de octubre de 2013
Aiios 2030 y
w
R E S O L U ~ ~No
N 1710
LUISA ORrEGA DÍAZ
Fiscal General l a República
LUiSA ORiEGA DfAZ
e
Fiscal General de la Repúbika
En ejercido de la facultad conferida por el artkulci 6 de la Ley
Org6nlca del Mlnlsterio hblico y, en uso de las atribudones estabieddas en los
numeiales 1 y 3 del artículo 25 elusdem.
En ejercido
de la facultad conferida por el arbhib 6 de b Ley
Orgdnka del Mlnlsterlo PÚMlco.y,
uso de las atrlbucb$s estableddas en
numerales 1 y del artículo 25 elusdem.
bs
2
RESUELVE.
m:Trasladar a la ciudadana Abogada ANA MAR~AAGUILERA
PARRA, titular de la cédula de identidad NO 14.272.827, quien se viene
desempeñando como FISCAL AUXILIAR INTERINO en la Ascalía Vigésima
Primera del Ministerio Público de la Circunxripci6nJudicial del estado Carabobo, a
la FIsCAL~A DÉCIHA
QUINTA del Ministerio PÚblkú de la
~ruinscripdón
Judldal del estado Lara, con sede en Barqulslmeto y competenda en materia de
Protección de Nliios, Nlñas y Adolescentes, Gvil e InsWwones Familiares, cargo
vacante, a partir del 30 de octubrp de 2013 y hasta nuevas Instrucciones de esta
Superioridad.
m
Abogada WLDELENA
HONiENEGRO BARRIOS, titular de la cédula ,de identidad No 16.294.727, qui&
Trasladar
a
la
dudadana
se vlene desempeííando mmo FISCAL A U X I W INTERINO en la Fiscalía
Décima Qulnta del Mlnlsterio Público de la Cimnscripdón Judidal del estado Lara;
a la FISCAÚA OCTAVA del Ministerio PÚMlco del Segundo ClrCulto de la
arcunxripdón Judidal del estado Pomiguesa, con sede en Acarigua y
competenda en materia para la Defensa de la Mujer, a partir del 28 de octubre de
R~PÚBLIC~
BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO PÚBLICO
Despacho de la Fiscal General de la Repúblka
Caracas, 23 de ochrbre de 2013
Aiiob 203O y 154O
REPUBLICA
BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO PÚBLICO
Despacho de la Flscal General de la Repúbllca
Caracas, U de octubre de 20U
Aikr 203" y 154"
RESOLUCI~N
NO 1713'
RESOLKIbN No 1711
LUISA ORTEGA DfAZ
FIwl Ganaal de k Re&iia
LUISA ORTEGA DfAZ
Fiscal G e m l üa la R4públla
En ejercido de b facultad conferida por el artícuk 6 de b Ley
En~debfacultadconferl&porelartlaJo6debLey
0-
Martes 19 de noviembre de 2013
GACETA OFICIALDE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
407.112
Oqánka del Ministerio Público y, en uso de bs abikidones &abkCkh en los
numerales 1y 3 del articulo 25 elusdem.
del Mlnlsterb Público y, en uso de las abibudones ertableddas en los
numerales 1y 3 del artículo 25 eiusdern.
RESUELVE:
m Trasladar
Trasladar al ciudadano Abogado
al dudadano Abogado M O U ~ DAVID
CÓRDOVA AUAYA, titular de la &ub de kienüdad NO 14.363.197, quien se
vlene desempdiando como FISCAL PROVLSORIO en b Rscalb Ceni&ma
Q u l w m a Sexta del Ministerio Público de la Circunsuipdón Judkbl del h
Metropolitana de Caracas; a la FLSCALfA TERCERA del Minisberk Público de b
Circunscripción Judidal del estado Anzoátegui, con sede en Pwrto la CNZ y
competencia plena, cargo vacante, a parür del 30 de octubre de 2013 y hasta
REPUBLICA
BOLIVARIANA
DE VENEZUELA
MINISTERIO PÚBLICO
Despacho de la Fiscal General de la República
Caracas, 23 de &ubre de 2013
Años 203" v 154O
FISCAL~A
1
REP~BLICA BOLIVARIANA
DE VENEZUELA
MINISTERIO PÚBLICO
Despacho de la Fiscal General de la Repúbllca
Caracas, 23 de octubre de 2013
Años 203' y 154"
LUISA ORTEGA DfAZ
Flscal General de la República
En eferdcio de la facultad co?ferlda por el artículo 6 de la Ley
En ejercicio de la facultad conferida por el arb'wlo 6 de la Ley
m
con
I General de la Re
Fiscal General de la Repúbllca
e las,atribudgnes
SEXTA del Ministerio ~ ú b ~ i cdeo la citada arcunscripdón Judicial,
sede en Punto Rjo y competencia plena, en susüW6n de b dudadana Abogada
Dilla Mtfa Gutlérrez Chlrino, quien pasará a otro destlno, a partir del 28 de
odubr) de 2013~~--hastp
nuevas pstrucciones de esta Superlorldad.
.-
WlsA ORTEGA DfAZ
Orgánlca del Minlsteco Público y, en uso
numerales 1 y 3 del articulo 25 eiusdem.
ENRIQUE
se vlenc derempdiando como RSCAL AUXIUAR IWERINO en b Fiscalla
Tereera del Minlsterlo P Ú ~ ~ Ide
W b arcunscripd6;i ~uciicia~
del estddo Fak6n; a la
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
nwvas instruccionesde esta Sumioridad.
VARO
CONTRERAS URDANErA, titular de la cedula de identidad No 17.918.538, q u h
estabieddas en los
y,
Org6nlca del Mlnísterio Público en uso de las atribuciones establecidas en los
numerales 1y 3 del articulo 25 eiusdem.
m. Trasladar
Trasladar a la ciudadana Abogada D I W MAR~A
a
la
dudadana
Abogada
KATHERINE
viene desempeíiando como FISCAL AUXIUAR INTERINO en b Fiscalía Sexta
MAGDALENA COMISSO MENDOZA, titular de la cédula de ldentldad N?
13.595.055, qulen se viene desempeñando como FISCAL PROYISORIO en la
del Mlnisterp Público de la Crcunxnpu6n Judidal del estado aIc6n; a b
TERCERA del Ministerio Público de la dtada Clrcunscripdón Judldal,
m
flrcunxripci6n Judicial del estado Bolívar; a la F~SCAL~A
OCTAVA del Ministerio
con
sede en Coro y competencia plena, en susotuci6n de1 dudadano Abogado
Público del Primer Clrcuito de la citada Circunsuipd6n Judidal, con sede en
h r o Enrique Contretas Urdaneta, quien pasará a otro destino, a parür del 28 de
iuevas instrucciones de esta Sucetiorldad.
Ciudad Bollvar y competencia en Penal Ordinario, Vlctimas Nliks, Nlñas y
GUTIÉRREZ CHIRINO, titular de la cédula de Identldad N! 14396.365, qulen se
~i&alla M m a Tercera del Minlsterlo PÚMlco del Segundo Circuito de la
Adole-tes,
cargo vapnte, a partir del 28 de odubre de 2013 y hasta nuevas
i
I
Martes 19 de noviembrede 2013
REPUBLICA
407.113
GACETA OFICIALDE LA REPÚBLICABOLIVARIANA DE VENEZUELA
BOLIVARIANA
DE VENEZUELA
MINISTERIO
PUBLICO
AVISOS
Despacho de la Fiscal General cle la R'epública
Caracas, 23 de octubre de 2013
Aios 203O y 154O
RESOLU~ON
NO 1715
LUISA ORTEGA D h Z
Fiscal General de la Repúbllca
JUZGADO AQRARIO PRIMERO DE PRIMERAiNüTANCIA
DE LA CIRCUNSCRIPCI6NJUDICIAL DEL ESTADO NW
Maracalb. dlechueve (19) de marro de dbs mil Mca (2013)
202' y 154.
En ejercicio de la facultad conferida por el artículo 6 de la Ley
brgdnlca del Ministerio Público y, en uso de las atribuciones estableddas en los
v
numerales 1y 3 del artículo 25 eiusdem.
SABER:
RESUELVE:
Trasladar al ciudadano Abogado WALFREDO JOSÉ
MÉNDEZ ARAY, titular de la cédula de identidad N? 8.884.187, qulen se.viene
desempeíiando corno FISCAL PROVISORIO en la Rxalía Séptima del
Mlnlsterio Públlco del Primer Circuito de la Urcunxrlpddn Judklal del estado
Bollvar; a la F I s C A ~SÉPTM
IA
del Ministerio Públlco del Segundo Clrculto de
la dtada Clrcunsgpdón Judldal, con sede en Puerto Ordaz y competenda en
materia de Protecddn de Niíios, Niñas y Adolex~ntes, Civil e Institudones
Famlllares, en sustitud6n de la ciudadana Abogada Ulibeth Coromoto L6pez Dlaz,
de pta Superioridad.
REPOBLICA
BOLIVARIAMA DE VENEZUELA
MINISTERIO PUBLICO
Despacho de la flscal General de la Repúbllca
~23&octukedeH)13
A b s 203O y 154O
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
qulen pasar6 a otro destino, a partir del 28-10-2013 y hasta nuevas Instnicdones
A la Sociedad Mercanbl AQROPECUIWA EL JA~OEY DE LOS
C A 0 A U 0 8 , C.4 lnscnta en el Registro Mercsntll Cuarto da la Cimfmw@&n
JudW dd cwtado Zulia, el dla 18 de egosto de 2003, bajo el No. 54, Tomo 4SA,e
, ldaMWd8 en el Reglstm Onlco de Inlormad6n Fbcd (RIF) con el mknsro C
29386474-1, en la persona de ANGEL W ~ OOICULU
N
VIUAL080S
venezoleno. mayor de edad, Wlar de la cédula de identidad No. V-l1.2BBñ16 y con
domicilio en el Municipio Maracaibo del estado Zulia. con el carácter de Pmidente y
Fiador Solldano de la Obligauón y al ciudadano ENMR JOSE GONZMQ
URDANETA venezolano.'mayor de edad, tltular de la cédula da identidad No. V10A23.161 y de este domicilio en d carácter de VlcbPFesldente, pera que
comperezca dentro de los tres (03) dias de deapacho s)guhbs a dñ#,por dtodo; 8
cudqukra de hn horas destinadas por esta Trlbunel pera cbq8dwr cb ocho y tnkiti
mlnuba de la mafianr (08:30am) a bm y trelnta minutos de le tuda (03:30pm). Se b
rdvbrts a ia pwtn nollcftsnioque de no comprscer en d Yrmino 8mnikdo por k Ley,
m b ~ ~ g n a r e ~ ~ ú b l l c o q u g u i b n m ~ i a d ~ b n , t o d o
de conformidad con lo previsto en e4 Aitlculo 202 de b Ley 6 Tbne y [krsr~vüo
Agrark; a ñn de dar contestauón a la demando lncoada cm w contra denbo da Ice
cinco (05) dI8s do denpicho slgulentes a lo cmmtmck en sctu,da la Cltsdbn. Todo
en el julcio que por COBRO DE BoL~ARESslgue la sodeded mereenül CORP
SANCA, C.A BAmO UNIVERSAL contra la Sockdad Mmanü MIRóP€CüMiA
EL JAGOEY M LOS CAMLLOS, C.A y al chidadano ANQEL RAN6ñ 00)IZALEt
I
RESWKI6N M0 1716
LUISAORTEGA D~AZ
Ftrcil~td.laR.pQbRa
~neferddd&Iafaailtadconf«idapordaitkuk6delaLey
Orgánka del Mlnlsterb Ri#lco y, en uso de las atrlbudortes estableddas en los
numerales 1y 3 del artículo 25 eiusdem.
m:Trasiadar a la ciudadana Abogada MAR~AGABRIELA
L E ~ PALACIOS,
N
titular de la cédula de Identidad NO 18.421.990, qulen se viene
desempeiíando como FISCAL AUXIUAR IHTE.RIN0 en la flualla Qulnta dd
Mlnlsterlo PÚMlco de la Clrcunscripd6n Judldal del estado Lara; a la F&
I
VIG&IMA
SEGUNDA del Mlnlsterio Público de la dtada Clrcunxrlpd6n Judldal,
con sede en Barqulslmeto y competencia en materia Contra la Compd6n, Bancos,
Seguros y Mercado de Capitales, en sustituci6n de la Abogada Deslree Nakay
Daboln Gonz61ez q u i m g ~ t r 6a Otro destino; a partir del 28 de odubre de 2013 y
A l d u d r i d u i o U # 8 ~ N ~ M n r r r o l n o . ~ &
edad, tlbtkr do
ddula & identidad No. V4.370.ü52,
con
dom#lk b
Pmqub WUidors8, del Munlapk M a Ddvik dd e8tub Wrh, pas pr#
compPrsiPo denbu de kr tras (03)d l u do despacho rlgufentw a bRI por
dtedo;s~n&bihwer~d#por~TiWunilpcu~drrprdroi
deochovtreinhminutosde l a m ~ n ~ s H 1 8 : U ) m ) a t m a v t m h I a ~ d .
enrlamJno#nilpdoporIsLey,nbd.rlpnrn~
con au#n $0 snWof6 la citadh. todo do confocmldd con lo wwbb en el
LEY DE PUBLICACIONES OFICIALES
(22 DE JULIO DE 1941)
I
Decreto Ejecutivo del 1 I de
octubre de 1872, continuará editandose en la 1,mprenta Nacional con la
denominación GACETAOF~CIALDE LA REPUBLlCABOLlVARiANA
DE VENEZUELA.
1
Articulo 12. La GACETA OFICIAL
DE
LA
REPÚBLICA
BOLIVARIANA DE VENEZUELA se publicará todos los días hábiles. sinoeriuicio de aue se editen números extraordinarios siemore aue
. fuere
v deberán insertarse en ella sin retardo los actos ofíciales
necesario;
q u e hayan de publicarse.
Parágrafo tinico. Las ediciones extraordinarias de la GACETA OFlClAL
tendrán una numeración especial.
Arricillo 13. En la GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA
BOLIVARIANA DE VENEZUELA se publicarán los actos de los Poderes
Públicos que deberán insertarse y aquellos cuya inclusión sea conveniente
por el Ejecutivo Nacional.
Artíci<lo14. Las leyes. decretos y demás actos ofíciales tendrán carácter de
públicos por el hecho de aparecer en la GACETA OFICIAL DE LA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. cuyos ejemplares
tendrán fuerza de documentos públicos.
Articulo / l . La GACETAOFICIAL. creada
DE LA REPÚBLICA BOLIVAMANA
DE VENEZUELA
DEP~SITOLEGAL: ppo 187207DF1
a
&O, CXLP - MES PI
Número 40.297
Caracas, martes 19 de noviembre de 2013
Esquina Urapal, e{i/icio Dimase, La Candelaria
Caracas Venezuela
Tarifa sujeta a publicación de fecha 14 de noviembre de 2003
en la Gaceta Oficial No37.818
http://www.minci.gob.ve
-
-
E s t a G a c e t a c o n t i e n e 48 Págs.costo equivalente
a 19.65% v a l o r Unidad Tributaria
.
d
-
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Ei SIBICI0 AUTONOMO IMPRENTA NACIONAL Y .GACETA OFICIAL de la República Bolivariana de Venezuela
EDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
RIF. J-00178041-6
advierte que esta publicación se procesa por repromicciónfotomecánica directa de los originales que recibe del
Consejode Ministros, en consecuenciaesta Institución no es responsablede los contenidos publicados.
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