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GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
SESIÓN 6
DISPOSICIONES PARA LA PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS,
NIÑAS Y ADOLESCENTES: ATENCIÓN Y ASISTENCIA A
VÍCTIMAS DE LA TRATA
6.1. Objetivo:
Al finalizar la sesión, el participante podrá:
• Identificar las opciones de atención disponibles para víctimas de la trata de niños,
niñas y adolescentes e.
• Identificar los principios que se aplican a la protección de los derechos de los
niños, niñas y adolescentes después de su rescate.
6.2. Instrucciones para el capacitador/a
a.
En esta sesión se tratará el tema de la atención que se brinda a víctimas de la trata
de niños y adolescentes. Usted tendrá que informar o recordar a los participantes
las opciones de atención disponibles para NNA. Asegúrese de que algunos de los
participantes puedan brindar la información. Ésta se puede complementar con una
lluvia de ideas sobre el tema.
b.
La Hoja Informativa 6A establece los principios a aplicar con respecto a la atención
a víctimas de la trata de niños y adolescentes y se concentra especialmente en la
repatriación, en la Hoja informativa 6B y en las necesidades especiales de los niños
y adolescentes que han sido víctimas de la trata.
c.
Se sugiere abordar el tema de las necesidades de todos los niños y adolescentes.
Esas necesidades incluirán coherencia, amor, cobijo, alimento, sueño, etc. Luego,
mediante determinadas preguntas, induzca la discusión al campo de las necesidades especiales de los niños y adolescentes que han sufrido explotación sexual.
d.
La Hoja de Ejercicios 6A contiene dramatizaciones sobre la repatriación, sirve para
que los participantes se concentren en las cualidades necesarias para considerar el
interés superior del niño, para quien se propone la repatriación. Durante el debate
posterior a las dramatizaciones, los participantes podrán reflexionar sobre sus propias experiencias al trabajar con las distintas opciones para víctimas de la trata de
niños y adolescentes.
e.
La Hoja de Ejercicios 6B presenta varias situaciones y formula preguntas permitiendo a los participantes elegir entre varias opciones posibles. El ejercicio permite a
los participantes considerar situaciones en las que los niños y adolescentes pueden
encontrarse en peligro de ser explotados y/o de convertirse en víctimas de la trata
de niños y adolescentes, y también considerar lo que se debería hacer para protegerlos.
6.3. Formato sugerido para el taller
a.
Inscripción y bienvenida. (10 min)
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b.
Dinámica “La doble rueda” de la Hoja Informativa 2F. (15 min)
c.
Organice una breve lluvia de ideas con los participantes sobre las opciones de atención disponible y/o especializada para los niños y adolescentes abandonados y/o
traumatizados y/o abusados sexualmente. (20 min)
d.
Para que los participantes puedan socializar el sistema de atención a víctimas presente mediante Power Point o transparencias un resumen de la Hoja Informativa 6A
y 6B. (30 min)
e.
Forme grupos de 4-6 participantes y entregue a cada grupo papelotes y plumones,
cada grupo debe responder las siguientes preguntas:( 20 min)
1. ¿Cuáles son las necesidades especiales de los niños, niñas y adolescentes que
han sido explotados sexualmente?
2. ¿Qué problemas podrían surgir cuando se proporcionan cuidados a esos niños,
niñas y adolescentes?
3. ¿Qué cualidades deben tener quienes cuidan a los niños, niñas y adolescentes
que han sido explotados sexualmente?
4. ¿Qué cualidades deben tener quienes cuidan a los niños, niñas y adolescentes
que han sido repatriados después de ser explotados sexualmente?
f.
Pida a tres participantes voluntarios para que representen la situación de la Hoja de
Ejercicios 6A. Luego pida a todos los participantes que comenten la dramatización
formulándoles las siguientes preguntas: (25 min).
1. ¿Fue la cuestión de la repatriación de la niña bien manejada por el/la asistente
social? ¿Hubo aspectos que podrían haberse incluido o haberse dejado de lado?
2. ¿Qué medidas debería tomar el/la asistente social para verificar la información
brinda por la niña sobre su situación si regresara a casa?
3. ¿Qué servicios especializados podría recomendar el/la asistente social que se
ofrecieran a esta niña a su regreso?
g.
Opcional: Entregue a los participantes la Hoja de Ejercicios 6B. Divida a los participantes en grupos de 4-6 personas y asigne situaciones a cada grupo. Los grupos
deben sugerir respuestas para las preguntas que figuran al final de la descripción de
las situaciones que se les asignaron. Pida a los grupos que presenten sus respuestas
comentándolas ante grupo entero.
6.4. Recursos y materiales:
Recursos /Materiales necesarios:
(Hoja Informativa con los datos de las disposiciones na- 2 horas
cionales sobre atención), copias de la Hoja Informativa6,
(presentación en Power Point o transparencias, copias de
la Hoja de Ejercicios 6A y de la Hoja de Ejercicios 6B),
papelotes, plumones y lapiceros.
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Tiempo estimado
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PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
6.5. Planificación del programa de la Sesión 6
Duración: 2hrs.
Tiempo
Contenidos
Métodos
Responsables
Comentarios/
materiales
10 min
Inscripción y bienParticipativo
venida
Capacitador 1
Lista de asistencia
Ambiente adecuado.
15 min
Dinámica “La doble
rueda”
Participativo
Capacitador 2
Ambiente amplio
Hoja
Informativa
2F
20 min
Lluvia de ideas “opciones de atención
de NNA
Participativo
Capacitador 1
Papelotes
Plumones
Masking
30 min
Exposición: atención y asistencia a Expositivo
víctimas de la trata.
Capacitador 2
Presentación power
point
20 min
Trabajo de grupo:
Necesidades de los Expositivo
NNA expuestos a Participativo
trata
Capacitador 1
Preguntas
Papelotes
Plumones
Masking
Capacitador 2
Copias de los juegos
de roles.
Preguntas para discutir.
25 min
Juegos de roles y
discusión del caso
Participativo
y presentación de
conclusiones
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6.6. Hojas de Apoyo de la Sesión 6
Hoja informativa 6A
ATENCIÓN Y PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
VÍCTIMAS DE LA TRATA
Principios básicos:
•
El interés superior del niño es la prioridad. Trate al niño, niña o adolescente como
usted trataría a su propio hijo o hija y como una persona única que requiere un trato
especial.
•
Trátelo como a un niño, niña o adolescente y sea sensible a si es niña o niño. Los
niños y adolescentes son diferentes de los adultos; los niños son diferentes de las
niñas.
•
No discrimine.
•
Colabore con todas las agencias pertinentes.
Lineamientos para el personal especializado responsable de la
atención a la atención a la víctima.
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•
Su prioridad debe ser que el niño, niña o adolescente esté a salvo. Eso significa
sacar al niño, niña o adolescente de la presencia de los presuntos abusadores y
llevarlo a un lugar cómodo en el que se encuentre a salvo. Será necesario colaborar
con instancias no gubernamentales o con agencias del Estado u otras agencias que
brindan servicios para los niños y adolescentes.
•
Evite cualquier posibilidad de volver a victimizar o traumatizar al niño, niña o adolescente. Eso implica evitar tratarlo como a un delincuente, juzgarlo o presionarlo para
que le dé información. Nunca trate al niño, niña o adolescente de manera humillante
o degradante.
•
Recoja toda la evidencia posible que pueda corroborar la sospecha de que el niño,
niña o adolescente es víctima de la trata de personas, con el objetivo de evitar tener
que obtener la evidencia directamente de él/ella.
•
Evite realizar múltiples entrevistas al niño, niña o adolescente. Toda la evidencia
recolectada debe ser documentada y archivada, para que esté disponible para cualquier referencia futura.
•
Puede que exista evidencia importante resultado de un examen médico del niño,
niña o adolescente. Si ese es el caso, informe a la instancia respectiva para que se
oficie a medicina legal para recoger la evidencia exacta, asegurándose que el niño,
niña o adolescente reciba el apoyo o acompañamiento adecuado durante el examen
para evitar incrementar el trauma.
•
La verificación de la edad del niño, niña o adolescente es importante. Sin embargo,
usted tiene derecho a dar por sentado que la persona tiene menos de 18 años si así
parece. Un examen médico puede ayudar a determinar la edad de los niños y ado-
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lescentes. De lo contrario, se deberá tener en cuenta su apariencia física, su madurez psicológica, documentos e información obtenida de las autoridades nacionales
o extranjeras.
•
Dé tiempo al niño, niña o adolescente para que pueda aceptar lo que le ha sucedido.
Puede ser cuestión de días, semanas o hasta meses. Mientras tanto, no ubique al
niño, niña o adolescente en un centro de detención; asegúrese de que esté alojado
en alguna institución que proteja al niño, niña y adolescente.
•
Con la asistencia de los profesionales adecuados, lleve a cabo una evaluación completa de si el niño, niña o adolescente puede dar evidencia que comprometa a los
perpetradores. Eso significa realizar tanto una evaluación de riesgos para el niño,
niña o adolescente si se convierte en testigo como una evaluación psicológica de si
el niño podría dar evidencia útil. Si según alguna de estas evaluaciones se considera
que el niño, niña o adolescente o no será un testigo viable, no se esfuerce en obtener evidencia a través de su declaración.
•
Bajo ninguna circunstancia se deberá forzar o coaccionar al niño, niña o adolescente
a dar evidencia.
•
Los niños y adolescentes víctimas que aceptan testificar deben contar con medidas
de protección adecuadas para su seguridad y la de los miembros de su familia en
los países de destino, tránsito y origen.
•
Siga los consejos del sistema de protección integral para asegurar un seguimiento
minucioso del interés superior del niño.
•
Explique al niño, niña o adolescente qué tipo de seguimiento se está realizando y
hágalo participar en el proceso.
•
Asegúrese de que se asigne de inmediato un tutor o encargado del caso para que
garantice el interés superior del niño.
Prioridades para la atención y la protección de seguimiento de
víctimas
•
Lleve a cabo una evaluación de necesidades.
•
Refiera rápidamente a las víctimas a los servicios adecuados para examinar su edad
y condición.
•
Asegúrese de que cuenten de inmediato con la atención y protección adecuadas,
incluyendo seguridad física, alimentos, alojamiento en un lugar seguro, atención
médica, apoyo psicológico, asistencia legal y servicios sociales.
•
La atención y asistencia brindadas deben ser las adecuadas según el origen /la identidad cultural, el sexo y la edad del niño, niña o adolescente.
•
La atención y asistencia brindadas deben ser las adecuadas para la protección del
niño, niña o adolescente contra sus explotadores, otros delincuentes dedicados a la
trata de personas, el personal y otros niños y adolescentes alojados en las mismas
instalaciones, los medios y el público.
•
Asegúrese de que el niño, niña o adolescente tenga oportunidades educativas y
capacitación en oficios en cuanto esté listo para su reinserción.
•
Brinde asistencia adecuada a los niños y adolescentes con necesidades especiales
(problemas psicológicos, embarazo, etc.).
•
No permita el regreso de la víctima a su país de origen a menos que, antes de su
regreso, un cuidador adecuado en su país de origen haya aceptado y pueda hacerse
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GUÍA DE CAPACITACIÓN
responsable del niño, niña o adolescente y brindarle atención y protección adecuadas.
•
Tenga en cuenta las opiniones del niño, niña o adolescente cuando considere la
reunificación familiar y/o el regreso a su país de origen.
•
La reunión de una víctima con su familia debe realizarse a través de las autoridades
del servicio social u otro mecanismo que garantice el interés superior del niño.
•
Las instancias pertinentes, junto con las autoridades de asistencia social pertinentes
y/o tutor, deben establecer si la repatriación de la víctima es segura o no y si busca
el interés superior del niño.
•
Los niños y adolescentes que son enviados de regreso a su país deben ir acompañados por un tutor o asistente social asignado al caso hasta que el niño, niña o
adolescente quede en custodia de una autoridad responsable de su regreso, como
podría ser personal especializado del Ministerio del Interior o la Organización Internacional para las Migraciones.
•
Si la reunificación familiar y/o la repatriación no es segura, se deberán tomar las
medidas legales de protección adecuadas para el niño, niña o adolescente en el país
de destino.
•
Si la reunificación familiar y/o la repatriación no es segura, se deberán realizar arreglos de atención a largo plazo para el niño, niña o adolescente en el país de destino.
•
Dichos arreglos deben favorecer los relacionados con la familia y la comunidad más
que la atención residencial.
•
Se debe elaborar un plan de inserción individual para cada niño, niña o adolescente.
Mientras que las víctimas de la trata de niños y adolescentes se están recuperando,
especialmente cuando se encuentran en psicoterapia primaria o con asesoramiento psicológico, es importante que tengan una sensación de seguridad, previsibilidad y control
en su vida.
Para eso es necesario que los adultos que
están en contacto con ellas hagan uso de
un enfoque coherente lo que incluye al personal responsable de la atención diaria, el
profesional responsable del tratamiento
médico o de la terapia y los funcionarios
policiales responsables de investigar los aspectos delictivos del caso.
TEMAS RELACIONADOS CON LA REPATRIACIÓN DE LOS
NIÑOS Y ADOLESCENTES
El proceso de repatriación es un esfuerzo conjunto entre países. La cooperación y
la coordinación contribuirán a un regreso exitoso y seguro de las víctimas de la trata de
niños y adolescentes.
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GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
Las consideraciones prioritarias deben ser:
1. Garantizar la seguridad
2. Llevar a cabo una investigación adecuada en el país de origen
3. Elaborar un plan para su reinserción social y psicológica
4. Realizar los preparativos adecuados para la partida del país de destino
5. Arreglar una recepción adecuada en el país de origen
6. Asegurar un proceso de reinserción adecuado
1. Garantizar la seguridad
(Ver los principios básicos, lineamientos y prioridades para la atención, en la
parte inicial de éste documento).
2. Investigación en el país de origen.
Debería incluir una investigación social de la situación doméstica y una evaluación de la capacidad de los padres para cuidar al niño, niña o adolescente. Es
importante considerar la posibilidad de que los padres mismos estuvieran involucrados en el proceso de trata.
La investigación también debe incluir una evaluación de riesgos. Es posible que
el niño, niña o adolescente continúe en peligro de caer otra vez en la trata, pues
representa una forma sustancial de inversión para los explotadores. La familia de
la víctima también puede estar en peligro. Las instancias responsables en coordinación con los servicios sociales deben trabajar conjuntamente para garantizar
la seguridad del niño, niña o adolescente y de su familia.
Se debe evaluar el apoyo comunitario. Muchas víctimas son estigmatizadas dentro de sus comunidades cuando regresan. No se debe enviar a un niño, niña o
adolescente de regreso a la comunidad sin el apoyo de dicha comunidad.
Hay que tener en cuenta la opinión del niño, niña o adolescente respecto de divulgar el abuso. Es posible que el niño necesite apoyo psicológico para revelar
su abuso, y que la familia también lo necesite para poder comprender lo que ha
soportado el niño, niña o adolescente y ayudarle durante el proceso de reinserción.
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GUÍA DE CAPACITACIÓN
3. Elaborar un plan para su reinserción social y psicológica.
El plan debe incluir:
• Propuestas de medidas de seguridad (alojamiento en un refugio para víctimas
de la trata o con una familia sustituta /reinserción familiar)
• Propuestas de educación (reinserción escolar)
• Cursos profesionales (capacitación laboral)
• Propuestas de asesoramiento psicológico (para la familia y el niño, niña o
adolescente)
• Medidas para ofrecer asistencia legal (en los procedimientos contra los explotadores, para obtener documentos legales)
El plan debe ser realista y ofrecer información concreta sobre la situación en el
país de origen. Los asistentes sociales del país de destino serán los responsables
de informar al niño, niña o adolescente sobre la situación de su hogar. La información debe ser realista y no contener promesas falsas.
4. Preparativos para la partida
La posibilidad de asistir a sesiones de asesoramiento psicológico en el país de
destino brindará al niño, niña o adolescente la oportunidad de expresar sus esperanzas, sueños y temores. La información obtenida de ese modo es importante
para los especialistas del país de origen, porque necesitarán implementar el plan
de reinserción de acuerdo con el interés superior del niño y las necesidades que
ha expresado.
Antes de la partida, se deberán realizar preparativos relacionados con:
• Documentación legal (pasaporte, papeles de entrada y salida).
• Arreglos del viaje.
• Apoyo material (ropa, comida).
• Acompañante para el viaje.
• Las instituciones del país de origen (policía fronteriza, agencias internacionales, ONGs, servicios sociales) deben ser informadas sobre los arreglos y
cualquier necesidad especial del niño, niña o adolescente.
5. Recepción
Las autoridades locales deben recibir al niño, niña o adolescente al cruzar la frontera en presencia de la policía fronteriza. El primer contacto con el niño, niña o
adolescente debe acontecer en un entorno agradable para él/ella y en presencia
de especialistas que puedan ayudar a las víctimas de la trata de niños y adolescentes. Después de la recepción, debe ser acompañado hasta un centro seguro
para víctimas de la trata de niños y adolescentes.
6. Proceso de reinserción
El proceso de reinserción es un proceso a largo plazo. Los problemas preexistentes del niño, niña o adolescente son más agudos que antes de la trata, y los
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GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
efectos psicológicos de la trata son muy difíciles de erradicar. La implementación
del plan para la reinserción debe tener en cuenta la historia de la trata sufrida,
el nivel de desarrollo del niño, niña o adolescente, sus problemas médicos, la
situación familiar y las necesidades educativas y vocacionales del niño, niña o
adolescente.
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GUÍA DE CAPACITACIÓN
Hoja informativa 6B
NECESIDADES ESPECIALES DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES
QUE HAN SIDO VÍCTIMAS DE LA TRATA
Es probable que los niños y adolescentes que han sido abusados y explotados
sexualmente tengan problemas de salud, como enfermedades de transmisión sexual,
embarazos y traumas psicológicos. Los problemas de salud, al ser más obvios, son más
fáciles de abordar que los impactos psico-sociales más sutiles. Las experiencias que han
soportado dichos niños y adolescentes pueden afectar su comportamiento y tornar muy
desafiante el proceso de rehabilitación /reinserción. Puede que no hayan superado el abuso sexual, la violencia o el abandono que sufrieron antes de la explotación y la trata.
Por ejemplo, los niños y adolescentes explotados sexualmente pueden tener:
Conducta sexualizada
Durante el abuso, la sexualidad del niño, niña o adolescente se forma de manera inadecuada. En consecuencia, los niños y adolescentes pueden estar confundidos respecto
de la conducta sexual y la moralidad sexual. Los recuerdos desagradables pueden estar
asociados a la actividad sexual en la mente del niño, niña o adolescente. Si se le otorgaban
recompensas por la conducta sexual, el niño, niña o adolescente puede aprender a utilizar
dicho comportamiento como estrategia para manipular a otros y conseguir lo que quiere.
Conducta problemática
El abuso y la explotación sexual transmiten mensajes negativos a los niños, niñas
y adolescentes. Dichos mensajes suelen afectar las ideas que los niños y adolescentes
tienen de sí mismos y de lo que valen, lo que lleva a sentimientos de culpa. Hasta puede
que escapen de su entorno protector y regresen a la situación de explotación. Pueden
desarrollar conductas peligrosas, tales como abuso de drogas y alcohol, en parte como
una forma de escapar pero también porque tal vez sienten que son poco importantes y
que no valen nada.
Dificultades para crear y mantener vínculos
El abuso sexual casi siempre involucra la traición de un adulto en el que el niño, niña
o adolescente confió. Las personas construyen relaciones con base en las que ya tuvieron.
Por lo tanto, a los niños y adolescentes que han sido abusados sexualmente les suele resultar difícil confiar en otros adultos. Parte de nuestra idea sobre nosotros mismos se basa
en la naturaleza de las relaciones que tenemos con los demás. Por lo tanto, si por ejemplo
un niño, niña o adolescente no tiene una relación de cariño con un adulto confiable, es
posible que gradualmente interprete que eso significa que «no merezco el cariño de otro».
Esto tiene consecuencias en el comportamiento de la víctima no sólo como niño, niña o
adolescente sino también como futuro adulto.
Una consecuencia del abuso sexual es que la voluntad, la autodeterminación y los
deseos del niño, niña o adolescente han sido suprimidos por el deseo dominante del adulto o par más poderoso. Los sentimientos de impotencia llevan a sentimientos de vulnerabilidad y, como resultado, el niño, niña o adolescente puede buscar situaciones en las que
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GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
sienta que es poderoso y que tiene el control.
Las necesidades de los niños y adolescentes que han sido víctimas de la explotación
sexual comercial deben ser evaluadas por profesionales de la salud que tengan experiencia en dichos casos. Un experto bien capacitado puede reconocer y desenmascarar las
formas específicas de daño comunes a los niños y adolescentes abusados sexualmente;
además, tendrá la sensibilidad necesaria para lograr que los niños y adolescentes hablen
del abuso sexual. También conocerá la prognosis y los caminos hacia la recuperación.
Los servicios necesarios para la rehabilitación /reinserción de
los niños y adolescentes que han sido explotados sexualmente
incluyen:
•
Salud: Higiene personal, nutrición, educación sexual, atención por los efectos de las
drogas y el alcohol, VIH y otras enfermedades de transmisión sexual.
•
Educación: Alfabetismo funcional y conocimientos básicos de aritmética (ej: saber
la hora, usar dinero, etc.)
•
Política: Acceso al sistema judicial, defensoría, derechos, asistencia psicológica
permanente
•
Entorno: Protección física y necesidades básicas, seguridad emocional, etc.
•
Capacitación en oficios y planes para generar ingresos
•
Psicología: Para ayudar a superar el daño, ejemplos: terapia creativa, trabajo en
grupo, asesoramiento psicológico, etc.
•
Destrezas sociales: Protección y comprensión de cómo mantenerse a salvo, nuevas
formas de relacionarse con los adultos y con otros niños y adolescentes.
Considerar que los niños y adolescentes que han sido explotados principalmente
como mano de obra, pueden también haber sido víctimas de abuso sexual. Por lo tanto,
requieren un tratamiento específico, pero puede que estén menos dispuestos a admitir
que fueron abusados que los niños y adolescentes que fueron hallados mientras eran
explotados sexualmente.
A pesar de que es importante que los niños y adolescentes explotados sexualmente
sean examinados para ver si se han contagiado alguna infección de transmisión sexual,
incluyendo el VIH/SIDA, es igualmente importante que los adolescentes suficientemente
maduros como para comprender las consecuencias no sean obligados a hacerse el análisis de VIH/SIDA. Los que aceptan hacérselo deben recibir asesoramiento psicológico
antes del análisis así como también después si el resultado del análisis es positivo.
Lleva tiempo planear un tratamiento para los problemas sociales y emocionales que
tenga el efecto deseado. Esa es una de las razones por las que las víctimas de la trata de
niños y adolescentes deben permanecer en una institución de atención residencial.
Programas de rehabilitación y recuperación
Estos programas para NNA deben consistir por lo menos en tres etapas:
• Garantizar un ambiente seguro
• Explorar la experiencia traumática
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GUÍA DE CAPACITACIÓN
• Perseguir activamente la reconexión social.
La primera etapa implica el establecimiento de un entorno seguro, tanto emocional
como físico, y la satisfacción de necesidades básicas de salud como el sueño, la comida,
el ejercicio y el control de las conductas autodestructivas.
La segunda etapa comienza una vez que se ha garantizado dicha seguridad. El niño,
niña o adolescente debe estar listo, y el trabajo de explorar la experiencia traumática debe
realizarse al ritmo del niño, niña o adolescente. A menudo la mejor forma de hacer este
trabajo es con grupos de apoyo. Significa que el asistente social debe escuchar al niño,
niña o adolescente con empatía y no juzgarlo.
La tercera etapa de reconexión social activa requiere del apoyo adecuado de un
grupo de pares. Incluye la exploración de formas de establecer relaciones no abusivas
con la familia y con extraños y el re-aprendizaje de ideas sobre uno mismo, entre ellas la
confianza y la autoestima. Gradualmente se van estableciendo lazos con estructuras de la
sociedad, tales como la iglesia, la escuela, los clubes deportivos, etc. Finalmente se identifican las oportunidades para desarrollar la independencia del niño, niña o adolescente.
Cualidades que deben tener los profesionales que brindan atención directa de niños y adolescentes explotados sexualmente
En general, un buen cuidador:
• Sabe trabajar colaborando con otros profesionales y gente importante en la vida
del niño, niña o adolescente, como maestros y familiares.
• Brinda estructura y rutina, y satisface las necesidades de atención física de los
niños y adolescentes.
• Actúa como modelo cuando corresponde.
• Identifica y desarrolla las destrezas de los niños y adolescentes.
• Asiste al niño, niña o adolescente en el desarrollo de redes sociales y de apoyo
adecuadas.
• Ayuda a los niños y adolescentes a adquirir «destrezas para la vida» que les ayudarán a vivir de forma independiente como adulto.
Sin embargo, además de las cualidades normales que necesita tener un buen cuidador, quienes cuidan a niños y adolescentes que han sido abusados sexualmente o víctimas de la explotación sexual comercial necesitan contar con una capacitación profesional.
Deben:
• Poder identificar las necesidades adicionales de seguridad física requeridas para
proteger a los niños y adolescentes de recaer en situaciones peligrosas.
• Saber cómo manejar las conductas desafiantes y poder trabajar con niños y adolescentes que abusan de alguna sustancia.
• Brindar seguridad emocional para que el niño, niña o adolescente pueda comenzar a dejar de lado algunas de las ideas poco útiles que tiene sobre él mismo
y sobre el mundo adulto, así como también a curarse y a construir relaciones
adecuadas con los adultos. Para poder ofrecer esa seguridad emocional, los profesionales que brindan atención directa deben ser confiables, coherentes, leales
y pacientes.
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GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
Hoja de Ejercicios 6A
DRAMATIZACIONES SOBRE LA REPATRIACIÓN.
Tres personas: asistente social, niña/adolescente, observador/a
Instrucciones para el asistente social:
Usted vive en el país de destino. Está a punto de informar a la niña/adolescente que
será enviada de regreso a su casa. Las autoridades del país de origen recomendaron que
regrese con su familia original.
Deberá dar a la niña/adolescente los detalles del viaje y los arreglos para cuando ella
llegue a su país.
Instrucciones para la niña/adolescente:
No quieres ir a casa. Sabes que una vez que estés allí, tendrás muchos problemas.
Tu padre es alcohólico. No te gusta la escuela de tu pueblo porque no te iba muy bien
en tus estudios antes de dejar tu país. Además, prefieres quedarte en el país de destino.
Tienes amigas en el refugio. Quieres persuadir al asistente social de que deberías quedarte
en el país de destino.
Instrucciones para el observador:
Deberá tomar notas tanto sobre el comportamiento de la un/a adolescente como del
asistente social. Debe verificar si el asistente social se comportó de manera adecuada con
la un/a adolescente. Tiene que notar las destrezas positivas del asistente social que ayudarán en el proceso de repatriación y aquellas que fueron negativas y le crearán obstáculos.
Al final del juego, comente sus observaciones al asistente social.
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GUÍA DE CAPACITACIÓN
Hoja de Ejercicios 6B
SITUACIONES Y OPCIONES
1.
El mendigo
Un niño está mendigando en la terminal de los autobuses. Parece tener unos 8 años
de edad. Es época de clases, de modo que debería estar en la escuela. Se ve desnutrido y
distinto de otros niños, y podría ser un niño migrante de alguna otra provincia. Sólo sabe
decir unas pocas palabras en español.
¿Será una víctima de la trata de niños y adolescentes?
Sí
No
Tal vez
¿Qué servicios deberían ocuparse del caso? ó ¿la
atención debería ser en red?
A
B
C
Opciones para la acción:
A
B
C
¿Qué tipo de atención necesita este niño?
A
B
C
¿Qué servicios pueden ofrecer esa atención?
A
B
C
¿Qué medidas se pueden tomar para evitar que este niño A
sufra explotación en el presente y en el futuro?
B
C
2.
La adolescente que trabaja en la calle
Una adolescente está en la calle, de noche, en una parte de la ciudad que es conocida por ser un lugar donde contratar prostitutas. Parece tener no más de 14 años. Cuando
un auto se detiene a su lado, ella le habla al conductor y está por subir al auto con él. Sin
embargo, un policía encubierto la arresta por ofrecer servicios de prostitución y la lleva a
la estación de policía.
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GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
¿Será una víctima de la trata de niños y adolescentes?
Sí
No
Tal vez
¿Qué servicios deberían ocuparse del caso?
A
B
C
Opciones para la acción:
A
B
C
¿Qué tipo de atención necesita esta
adolescente?
A
B
C
¿Qué servicios pueden ofrecer esa atención?
A
B
C
¿Qué servicios especializados necesitará esta adolescente A
para recuperarse de la explotación sexual?
B
C
3.
El hogar de niños
Un padre presenta una denuncia ante los servicios sociales porque su hijo desapareció del hogar de niños donde lo dejó cuando su esposa lo abandonó y tuvo que establecerse en otra parte del país para buscar trabajo. Un año después, regresó a buscar al niño
pero el director del hogar le dijo que el niño fue adoptado hace unos meses. El director
dice que él tenía derecho a poner al niño en adopción porque el padre lo había abandonado. El padre no le cree. Nunca firmó ningún documento que permitiera una adopción.
De hecho, quiere a su hijo para que el niño pueda trabajar para él vendiendo vegetales y
ayudar con la economía familiar.
¿Será el hijo una víctima de la trata de niños?
Sí
No
Tal vez
¿Qué servicios deberían ocuparse del caso?
A
B
C
Opciones para la acción:
A
B
C
Si encuentran al niño, ¿qué tipo de atención podría ne- A
cesitar?
B
C
¿Qué servicios pueden ofrecer esa atención?
A
B
C
Si recuperan al niño, ¿debería regresar con su padre? A
¿Qué otras opciones hay?
B
C
4.
La frontera
Un auto se detiene en un puesto fronterizo. El conductor es un hombre, y va acompañado por una mujer joven. El guardia les pide la documentación de la pareja y del auto.
El conductor le entrega los documentos de él y de la chica. El pasaporte de la chica dice
que tiene 19 años, pero parece de menor edad. El guardia le pregunta dónde va, y ella
responde que va a trabajar a un pueblo al otro lado de la frontera; dice que allí, tiene un
empleo, en un bar. Parece encontrase feliz con los planes.
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GUÍA DE CAPACITACIÓN
¿Será una víctima de la trata de niños y adolescentes?
Sí
No
Tal vez
¿Qué servicios deberían ocuparse del caso?
A
B
C
Opciones para la acción:
A
B
C
¿Qué tipo de asistencia se podría dar a la chica?
A
B
C
¿Qué servicios pueden ofrecer esa asistencia?
A
B
C
Si la chica está huyendo, ¿qué opciones de atención A
se podrían considerar para ella?
B
C
5.
La agencia de viajes.
Mientras conversan y beben café, una amiga le comenta a una asistente social que
a una pequeña agencia de viajes de la ciudad parece estar yéndole muy bien. El dueño
se compró un auto nuevo y una casa de campo. Esto es extraño, porque durante muchos
años la agencia apenas si lograba darle de comer a su dueño, y la economía no ha mejorado tanto como para explicar el cambio de situación. Cuando ella estuvo en la oficina entregando un paquete, no vio nada que indicara de dónde provenía tanto dinero. No había
clientes ni pósteres de viaje, y la secretaria parecía no estar haciendo nada. La asistente
social siente curiosidad y echa un vistazo a la agencia de camino a su trabajo. Nota que varias niñas en edad escolar entran en la oficina en varias ocasiones después de la escuela.
Las niñas que entran en la agencia, ¿serán víctimas Sí
de la trata de niños y adolescentes?
No
Tal vez
¿Qué servicios deberían ocuparse del caso?
A
B
C
Opciones para la acción:
A
B
C
¿Qué intervenciones podrían realizar los servicios
del Estado?
A
B
C
Si las niñas son utilizadas para producir pornografía, A
¿qué asistencia se les podría brindar?
B
C
¿Qué servicios especializados necesitarán las niñas A
para superar la explotación sexual?
B
C
6.
La escuela.
La maestra observa que María no va a la escuela todos los días. Cuando va, parece
muy feliz y siempre trae ropa nueva. María le dijo a sus amigas que tiene un novio nuevo
y que ya no le importa ir a la escuela porque él la llevará al extranjero muy pronto. Ella ríe
mientras les cuenta a sus amigas que, cuando se establezca en su nuevo hogar, enviará
108
GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
por ellas para que la vayan a visitar. Dice que tendrá su propio apartamento y un buen
empleo de sirvienta para una familia rica.
¿Será una víctima de la trata de niños y adolescentes?
Sí
No
Tal vez
¿Qué servicios deberían ocuparse del caso?
A
B
C
Opciones para la acción:
A
B
C
¿Qué intervención deberían realizar los servicios del
Estado?
A
B
C
Si María regresa a su casa más adelante, habiéndo- A
se prostituido en el exterior, ¿qué tipo de asistencia B
necesitará?
C
¿Qué servicios especializados necesitará?
7.
A
B
C
El «maestro»
Un hombre mayor, soltero, vive en un apartamento de dos habitaciones en un edificio descuidado de la ciudad. Su vecino notó que a menudo trae niños al apartamento. Los
niños tienen entre 5 y 6 años de edad. Cuando el vecino le pregunta qué hacen los niños
allí, el hombre le responde que les enseña. Pero el vecino sabe que el hombre no es maestro sino jardinero. Un día el vecino ve a un niñito que sale corriendo del apartamento, llorando. Cuando le pregunta al hombre por el niño, el hombre le responde que el niño ya no
quería aprender más. El vecino continúa viendo a otros niños que visitan el apartamento.
¿Serán los niños víctimas de la trata de niños y Sí
adolescentes?
No
Tal vez
¿Qué servicios deberían ocuparse del caso?
A
B
C
Opciones para la acción:
A
B
C
¿Qué intervención deberían realizar los servicios del
Estado?
A
B
C
Si los niños están siendo abusados sexualmente,
¿qué tipo de atención necesitan?
A
B
C
¿Qué servicios pueden ofrecer dicha atención?
A
B
C
109
GUÍA DE CAPACITACIÓN
SESIÓN 7
INVESTIGACIÓN DE LOS DELITOS DE TRATADE NIÑOS,
NIÑAS Y ADOLESCENTES
7.1. Objetivo:
Al finalizar la sesión el participante podrá:
• Conocer y tomar conciencia del rol que deben desempeñar respecto de las complejidades del delito de trata de niños y adolescentes y de la necesidad, por lo
tanto, de que dichos delitos sean investigados profesionalmente.
• Demostrar las vulnerabilidades particulares de los niños, niñas y adolescentes
que son víctimas del delito de trata de personas y el deber de protegerlos durante la investigación policial.
7.2. Instrucciones para el capacitador:
a. Muchos países cuentan con unidades especializadas en la lucha contra la trata
de personas dentro de la policía. Para esta sesión, deberá conocer el nivel de
experiencia de los participantes. No sería bueno que ofendiera a los especialistas
o que diera una impresión equivocada al personal que no pertenece a las fuerzas
de seguridad.
b. Para el trabajo de grupo, lo mejor es que al menos una persona de cada grupo
conozca cómo trabaja la policía en las investigaciones de los delitos de trata. Si
algún participante es policía o fiscal con experiencia, ofrézcale liderar esta sesión.
c. De esa manera, los otros participantes podrán comprender bien cómo se realiza
la investigación de un delito a nivel profesional y la importancia de preservar la
evidencia.
d. Es importante resaltar la situación de la víctima y su “interés superior” durante
la investigación. Durante el debate, luego que los grupos hayan compartido sus
planes, inste a los participantes a analizar los planes desde el punto de vista de
los niños, niñas y adolescentes involucrados en los casos.
7.3 Formato sugerido para el taller
a. Inscripción y bienvenida. (5min)
b. Dinámica. “El cartero”. Sugerido en los ejercicios de calentamiento y para romper el hielo de la Hoja Informativa 2F. (10 min)
c. Presente la Hoja Informativa 7A sobre investigación de los delitos de trata de
personas en Power Point. (20 min)
d. Organice una lluvia de ideas para alentar a los participantes a sugerir más lineamientos sobre que es importante en la investigación de delitos de trata, especialmente cuando los niños y adolescentes son las víctimas. Anote cualquier punto
adicional en las hojas del papelote. (10 min).
e. Divida a los participantes en dos grupos. Cada grupo planeará una investigación
110
GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
y una redada policial. Un grupo utilizará la Hoja de Ejercicios 7A el otro usará la
Hoja de Ejercicios 7B, con los cuales deben desarrollar su plan y confeccionar
una lista de las medidas que tomarán. Cada grupo deberá escribir los puntos
principales de sus acciones en un papelote.(35 min)
f. Usando los papelotes, los participantes de cada grupo informarán al otro grupo
sobre su plan de investigación, la forma cómo llevarán a cabo la recolección de
evidencia y cómo abordarán a los sospechosos y a las víctimas que encuentren.
(25 min)
g. Pida a los participantes de cada grupo que comenten el informe del otro grupo
utilizando las siguientes preguntas: (15 min)
1.
¿Se puso en peligro a los niños y adolescentes víctimas durante su investigación y redada? De ser así, ¿cuáles fueron los riesgos?
2.
¿Existían formas de proteger mejor a los niños y adolescentes? ¿Qué podrían haber hecho?
3.
¿Necesitarán confiar en la evidencia de los niños y adolescentes en la corte, o tendrán suficiente evidencia como para lograr que los delincuentes
sean condenados sin su evidencia?
7.4. Recursos /Materiales necesarios:
Recursos /Materiales necesarios:
Tiempo estimado
Copias de la Hoja Informativa7, (presentación en 2 horas
Power Point o con transparencias; proyector multimedia o de transparencias), copias de la Hoja informativa 7A y de las Hojas de Ejercicios 7A y 7B,
papelotes, plumones, tarjetas de cartulina.
111
GUÍA DE CAPACITACIÓN
7.5. Planificación del programa de la Sesión 7
Duración: 2hrs.
112
Responsables
Comentarios/
materiales
Tiempo
Contenidos
Métodos
5 min
Inscripción y
bienvenida
Participativo
Capacitador 1
Lista de asistencia
Ambiente adecuado.
10 min
Dinámica “El
cartero”
Participativo
Capacitador 1
Ambiente amplio
Hoja Informativa 2F
20 min
Exposición:
Investigación
Expositivo- Capacitador 2
Participativo
Presentación power
point de delitos de
trata de NNA.
10 min
Lluvia
de
ideas:
Aspectos importantes en
la investigación
Participativo
Capacitador 1
Papelotes
Plumones
masking
35 min
Trabajo
de
grupo:
Planificando
una investigación.
Expositivo y
Participativo
Capacitador 2
Hojas de
7A – 7B
Papelotes
Plumones
Masking
Ejercicio
25 min
Presentación
de investigación
Participativo
Capacitador 2
Papelotes
dos
trabaja-
15 min
Conclusiones y observaciones de
grupos
Participativo
Capacitador 2
Preguntas
GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
7.6. Hoja de Apoyo de la Sesión 7
Hoja Informativa 7A
INVESTIGACIÓN DE LOS DELITOS DE TRATA DE PERSONAS
En las acciones de persecución o investigación de los delitos de trata de personas,
se debe resaltar que los principales actores de esta tarea son el Ministerio Público y la
Policía Nacional, pues resultan los encargados de realizar la investigación preliminar del
delito, para aquellos lugares donde se viene aplicando el Código de Procedimientos Penales, pues el Ministerio Público tiene un papel determinante se le ha conferido la titularidad
del ejercicio de la acción penal en los delitos perseguibles de oficio y la conducción de
la investigación preliminar a cargo de la Policía Nacional, así como también contribuye a
erradicar los factores que podrían resultar elementos causantes de dicho delito.
En tanto para aquellos que ya vienen aplicando el Código Procesal Penal las funciones de investigar y juzgar están separadas. El fiscal dirige la investigación.
Organización de la investigación
El Ministerio Público ha dividido la atención en la investigación del delito de trata en
2 tipos de Fiscalías: las especializadas y las comunes.
Mediante Resolución N° 333-2007-MP-FN del 16 de marzo de 2007 se crearon las
Fiscalías especializadas contra la criminalidad organizada con competencia a nivel nacional para investigar, entre otros delitos, el delito de trata de personas y el tráfico ilícito
de migrantes, siempre que sean cometidos por organizaciones criminales y que revistan
complejidad. Entiéndase por “organización criminal” al grupo estructurado de tres o más
personas, permanente en el tiempo y que actúa concertadamente con el propósito de
cometer uno o más delitos.
En tanto las Fiscalías provinciales penales o mixtos comunes para la realización de
investigación de los delitos de trata en los que no interviene una organización criminal.
Tipo de investigación
Teniendo en cuenta que la finalidad de la investigación del delito de trata no sólo
está dirigida a detener al tratante o explotador sino también en el deber de protección
especial que se le debe dar a la víctima, consagrado en el artículo 4° de la Constitución
Política del Estado
“Artículo 4° .- La comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono. También protegen a la familia
y promueven el matrimonio. Reconocen a estos últimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad….”
En el documento publicado en la página web “Fortalecimiento de la función fiscal
frente al delito de trata de personas” (1), se indica “los entes encargados deben perseguir
este delito, que puede encasillarse en una investigación reactiva, es decir, aquella que se
realiza ante la existencia de la víctima o de un denunciante, pues tal como lo ha señalado
113
GUÍA DE CAPACITACIÓN
la ONU, usualmente este tipo de investigaciones no suelen ser eficaces, pues las víctimas
pueden retractarse, frustrando así toda posibilidad de obtener elementos probatorios que
permitan no sólo atrapar al delincuente, sino también desarticular su grupo delictivo. Lo
que actualmente se viene recomendando es asumir un tipo de investigación denominada
proactiva, que consiste en la investigación, detención y enjuiciamiento satisfactorios de
los traficantes sin tener que depender de la cooperación ni el testimonio de la víctimas,
pudiendo recurrirse en cambio, a una combinación de información confidencial, vigilancia
por medios humanos (agentes encubiertos) y técnicas habituales de investigación, para
hacer frente a la trata en sus lugares de origen y rutas de tránsito.
(1) Grupo de Trabajo Permanente contra la trata de personas, Dra. Miluska Romero
Pacheco – Fiscal Provincial Penal de la 23° Fiscalía Penal.
Procedimientos de la investigación
La investigación y juzgamiento de estos delitos se encuentran sujetos a un procedimiento básicamente dividido en dos etapas, Investigación preliminar o policial y la judicial.
Para el Código de Procedimientos Penales, se realiza la investigación a nivel preliminar y
judicial. En tanto para el Código Procesal Penal, las funciones de investigar y juzgar, están
separadas.
La investigación se puede iniciar por:
1.
Conocimiento de Oficio (Noticia Criminal).- El fiscal provincial penal, mixto o de
familia de turno, toma conocimiento directamente del presunto hecho punible en
agravio de niños, niñas y adolescentes, a través de los medios de comunicación,
pagina web del Ministerio Publico o de cualquier ciudadano identificado o no, vía
comunicación telefónica o por correo electrónico.
2.
Denuncia ciudadana o de parte.- Cualquier persona natural o jurídica a través de
su representante, así como los sectores estatales o privados, de salud, educación,
judicial, tributario y otros vinculados a la atención de niños, niñas y adolescentes,
están facultados para denunciar el hecho en forma verbal, escrita o derivada de
funcionario público; incluso la propia víctima, así fuera menor de edad, familiares o
terceros que tienen conocimiento de la perpetración del delito.
3.
Comunicación de la Policía Nacional del Perú ( Noticia Policial).- La Policía Nacional
del Perú comunicará el hecho punible a la Fiscalía Provincial de turno competente,
vía telefónica o por cualquier medio que asegure la eficacia de la comunicación, y si
sucediera detención policial, se generará un «Código único de registro». Este, será
anotado en el «Libro reservado de denuncias de delitos en agravio de niños, niñas
y adolescentes víctimas de abuso sexual, explotación sexual y trata con fines de explotación sexual – Comisarías”, La Policía evitará realizar preguntas en forma directa
a la víctima los detalles de la agresión, limitándose a tomar los datos que consignará
en el Libro correspondiente.
A partir de ésta información, el Ministerio Público abrirá una investigación directa o
bajo su dirección y la Policía Nacional del Perú realizará la investigación operativa.
El Fiscal diseña las acciones que conduzcan al logro de los objetivos, verificará el
hecho, elaborará una hipótesis del trabajo, analizando los hechos, la norma jurídica
y los elementos de convicción, en caso simple o complejo y podrá disponer formar
un equipo interdisciplinario de investigación:
• Respecto del denunciado: Es necesario identificar al imputado con nombres y
apellidos, reunir elementos de convicción que vinculen al imputado con el hecho.
114
GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
• Respecto de los hechos.- Establecer que se ha cometido un delito es decir si
el hecho queda subsumido en un tipo penal, que se encuentra previsto y sancionado en el artículo 153 de Trata de personas del Código Penal. Identificar
las circunstancias y móviles de su realización. Se reunirá los indicios suficientes o elementos de juicio reveladores de su existencia del delito, dentro ello se
encuentra el trabajo operativo como son los procedimientos por los cuales se
recoge y perenniza la evidencia, además debe tomarse en cuenta que es importante para el caso de Trata el lugar en que se encuentra la víctima debiendo ser
considerado la primera escena del delito y si se conocen otros lugares, se deberá
recoger evidencia de cada uno de ellos. Se deberá individualizar a los autores y
determinar la responsabilidad o inocencia de los mismos.
• Respecto de la víctima.- Se tomará en cuenta el Protocolo facultativo de la convención sobre los derechos del niño relativo a la venta de niños, la prostitución
infantil y la utilización de niños en la pornografía, que en el Artículo 8 dice “… Los
Estados partes adoptarán medidas adecuadas para proteger en todas las fases
del proceso penal los derechos e intereses de los niños víctimas de las prácticas
prohibidas por el presente protocolo y deberán:
a. Reconocer la vulnerabilidad de los niños víctimas y adaptar los procedimientos de forma que se reconozcan sus necesidades especiales, incluidas las
necesidades especiales para declarar como testigos;
b. Informar a los niños víctimas de sus derechos, el alcance, las fechas y la marcha de las actuaciones y la resolución de la causa;
c. Autorizar la presentación y consideración de las opiniones, necesidades y
preocupaciones de los niños víctimas en las actuaciones en que se vean afectados sus intereses personales, de una manera compatible con las normas
procesales de la legislación nacional;
d. Prestar la debida asistencia durante todo el proceso a los niños víctimas;
e. Proteger debidamente la intimidad e identidad de los niños víctimas y adoptar
medidas de conformidad con la legislación nacional para evitar la divulgación
de información que pueda conducir a la identificación de esas víctimas;
f. Velar por la seguridad de los niños víctimas, así como por la de sus familias y
los testigos a su favor, frente a intimidaciones y represalias;
g. Evitar las demoras innecesarias en la resolución de las causas y en la ejecución de las resoluciones o decretos por los que se conceda reparación a los
niños víctimas…”
Dentro de este marco legal, se promulga la ley Nº 27055 de fecha 24 de enero de
1999, Ley que modifica el Artículo 38º y literal b) del artículo 168° Código de los Niños y
Adolescentes (Decreto Ley Nº 26102) y el Art- 143° y 146° del Código de Procedimientos
Penales, referidos al proceso penal en los delitos de violación sexual a menores de edad,
debiendo precisarse que se promulga el Nuevo Código de los niños y adolescentes, Ley
Nº 27337 y dispone:
Artículo 38°.- “Programas para niños y adolescentes maltratados o víctimas de violencia sexual.El niño o el adolescente víctimas de maltrato físico, psicológico o de
violencia sexual merecen que se les brinde atención integral mediante programas que
promuevan su recuperación física y psicológica.
El servicio estará a cargo del sector salud. Estos programas deberán incluir a la
familia. El Estado garantiza el respeto de los derechos de la víctima en todos los procedimientos policiales y judiciales. El Ministerio de la Mujer y poblaciones vulnerables, promueve y establece programas preventivos de protección y atención, públicos y privados,
115
GUÍA DE CAPACITACIÓN
tendentes a prevenir, atender y reducir los efectos de la violencia dirigida contra el niño o
el adolescente, garantizando el ejercicio de sus derechos a fin de ampliar sus oportunidades, mejorar su calidad de vida y promover su realización personal y social.
Y el Artículo 144° complementa.- Competencia.- Compete al Fiscal: “… b) Intervenir,
de oficio y desde la etapa inicial, en toda clase de procedimientos policiales y judiciales
en resguardo y protección de los derechos del niño y del adolescente. Es obligatoria su
presencia ante la policía en las declaraciones que se actúen en casos de violencia sexual
contra niños o adolescentes, bajo sanción de nulidad y responsabilidad funcional. En este
último caso, ordenará la evaluación clínica y psicológica de la víctima por personal profesional especializado y, concluida dicha evaluación, remitirá al Fiscal provincial penal de
turno un informe, el acta que contiene el interrogatorio de la víctima y los resultados de la
evaluación. Durante la declaración de la víctima puede participar cualquiera de los padres
o la persona que tenga bajo su tutela al menor de edad, siempre que no fueran los denunciados. Si los padres o la persona que tiene bajo su tutela al menor de edad no pudieran
participar, podrán designar una persona que los represente…”).
El artículo 143º modifica el Código de Procedimientos Penales:
“La declaración preventiva de la parte agraviada es facultativa, salvo mandato del
Juez, o solicitud del Ministerio Público o del encausado, caso en el cual será examinada
en la misma forma que los testigos. En los casos de violencia sexual en agravio de niños
o adolescentes la declaración de la víctima será la que rinda ante el Fiscal de Familia, con
arreglo a lo dispuesto en el Código de los Niños y Adolescentes, salvo mandato contrario
del Juez. La confrontación entre el presunto autor y la víctima procederá si es que ésta
fuese mayor de 14 años de edad. En el caso que la víctima fuese menor de 14 años de
edad, la confrontación con el presunto autor procederá también a solicitud de la víctima.»
Artículo 146°.- “Cuando se trate de que un testigo reconozca a una persona o cosa,
deberá describirla previamente, después, le será presentada, procurando que se restablezcan las condiciones en que la persona o cosa se hallaba cuando se realizó el hecho.
Asimismo, se podrá reconstruir la escena del delito o sus circunstancias, cuando el Juez
Instructor lo juzgue necesario, para precisar la declaración de algún testigo, del agraviado
o del inculpado.
En ningún caso, se ordenará la concurrencia del niño o adolescente agraviado en
casos de violencia sexual para efectos de la reconstrucción.»
De igual modo en amparo de la víctima la Ley Nº 27115 a dispuesto en el Artículo
3° .- Nuevo procedimiento:
“3.1.- Para efectos de la presente ley, la investigación preliminar, la acusación fiscal
y el proceso judicial de los delitos contra la libertad sexual serán reservados, preservándose la identidad de la víctima, bajo responsabilidad del funcionario o magistrado que lleva
la causa.
3.2.- El examen médico legal será practicado, previo consentimiento de la víctima,
exclusivamente por el médico encargado del servicio con la asistencia de un profesional
auxiliar. Se permitirá la presencia de otras personas previo consentimiento de la víctima.
3.3.- Los representantes del Ministerio Público y magistrados del Poder Judicial
adoptarán las medidas necesarias para que la actuación de pruebas se practique teniendo
en cuenta el estado físico y emocional de la víctima. Los órganos jurisdiccionales auxiliares adecuarán sus procedimientos a efectos de cumplir con esta disposición.”
El Nuevo Código Procesal Penal determina los derechos del agraviado en el Artículo
95° Derechos del agraviado.-
116
GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
“1.
El agraviado tendrá los siguientes derechos:
a.
A ser informado de los resultados de la actuación en que haya intervenido, así
como del resultado del procedimiento, aun cuando no haya intervenido en él,
siempre que lo solicite;
b.
A ser escuchado antes de cada decisión que implique la extinción o suspensión de la acción penal, siempre que lo solicite;
c.
A recibir un trato digno y respetuoso por parte de las autoridades competentes, y a la protección de su integridad, incluyendo la de su familia. En los
procesos por delitos contra la libertad sexual se preservará su identidad, bajo
responsabilidad de quien conduzca la investigación o el proceso…
2.
El agraviado será informado sobre sus derechos cuando interponga la denuncia, al
declarar preventivamente o en su primera intervención en la causa.
3.
Si el agraviado fuera menor o incapaz tendrá derecho a que durante las actuaciones
en las que intervenga, sea acompañado por persona de su confianza”.
Objetivos con la víctima
Cuando en la investigación, nos ocupamos de la víctima en los delitos de trata con
fines de explotación sexual, se busca:
Rescatar y liberar a las víctimas. Donde el Fiscal Informa a la víctima de sus derechos y deberes, adopta medidas de asistencia legal y/o social, si es menor de edad y
ha sido víctima de violencia sexual o explotación sexual se preservará su identidad y se
evitará confrontarla con el agresor y garantizar que este acompañada de sus padres o una
persona responsable de su confianza, debiendo destacarse que en el caso del delito de
trata de personas, las víctimas corren peligro de ser abusadas aun más por sus explotadores, y también de ser victimizadas y estigmatizadas cuando regresen a su lugar de origen.
Proteger a las víctimas. Lo que incluye:
1. La investigación, y el proceso judicial de los delitos contra la libertad sexual en
niños y adolescente, se realizarán preservándose la identidad de la víctima, bajo
responsabilidad del funcionario o magistrado que lleva la causa.
2. El examen médico legal será practicado, previo consentimiento de la víctima,
exclusivamente por el médico encargado del servicio con la asistencia de un
profesional auxiliar. Se permitirá la presencia de otras personas previo consentimiento de la víctima.
3. Los representantes del Ministerio Público y magistrados del Poder Judicial adoptarán las medidas necesarias para que la actuación de pruebas se practique teniendo en cuenta el estado físico y emocional de la víctima.
4. Dentro del sistema de la investigación preliminar y judicial es necesario remitirse
a la Guía de procedimiento para la entrevista única de niños, niñas y adolescentes víctimas de abuso sexual, explotación sexual y trata con fines de explotación
sexual, emitida por la Fiscalía de la Nación emitida en el año 2009, dado con el fin
de evitar la re victimización.
Esta guía permite trabajar en forma interinstitucional e interdisciplinario, involucrando a sectores del Ministerio Público, Policía Nacional, Ministerio de Desarrollo Social, Ministerio de Justicia, Ministerio de Salud, para efecto de la aplicación del Código Procesal
Penal, debiendo destacarse que en aquellos lugares donde no se encuentra vigente, debe
117
GUÍA DE CAPACITACIÓN
adecuarse al mismo en la medida de las posibilidades. Además se cuenta con el manual
de Procedimientos de las Fiscalías de Familia, emitido por la Fiscalía de la Nación en el año
2006, donde se unifican criterios para el efecto del tratamiento adecuado de los adolescentes infractores y de las víctimas de abuso sexual sea niño, niña o adolescente, y donde
resulta importante que el Fiscal conozca la mejor forma de iniciar un interrogatorio. Para
este efecto precisa manejar criterios de abordaje orientado a lograr un acercamiento a la
víctima, permitiendo su expresión libre respecto a los hechos que originaron la investigación. Conocer estas técnicas resulta imprescindible, pues no basta la fría aplicación de la
Ley, sino una atención personalizada que impida su re victimización.
La re victimización o el ser víctima nuevamente, es considerada cuando a la persona
se le somete a múltiples interrogatorios y exámenes que afectan su dignidad y su
sentido de privacidad. Los operadores de justicias deberán evitar incurrir en esta
acción. Es necesaria la mayor capacitación, principalmente en la búsqueda de la
seguridad de la validez de las pruebas, pero siempre sin infringir este derecho.
5.
Asegurar la confidencialidad de la información relacionada con sus experiencias
para evitar la estigmatización. La entrevista se practica en la «Sala de Entrevista
Única», convirtiéndose en una herramienta de vital importancia para la toma de
declaración, pues las víctimas deberán ser entrevistadas en un clima de privacidad,
seguridad y confianza. En los lugares donde no cuentan con dicha sala lo efectuaran
en lugares que presten este clima.
6.
En el caso de adultos imputados, el Fiscal de Familia elaborará el informe y remitirá
los actuados al Fiscal Penal, proponiéndole, cuando corresponda, la derivación de
la presunta víctima a la Unidad de Asistencia a Víctimas y Testigos y en los lugares
donde no exista según el caso dictará medidas de protección. El Fiscal penal decidirá su admisión o no al Programa de Asistencia a Víctimas y Testigos. Admitida la
presunta víctima al Programa, enviará copia del Informe psicológico a dicha unidad
de asistencia. En la jurisdicción que no cuente con este programa, se solicitará al
Centro de Emergencia Mujer (CEM) a efecto de que preste apoyo psicológico integral de la víctima y se pueda alcanzar su recuperación y en casos pertinentes a organizaciones privadas no lucrativas de colaboración con la protección de la infancia
(ONG).
Asistencia a la víctima infantil
Las víctimas infantiles son particularmente vulnerables. Hay que cuidar que se lleven a cabo las coordinaciones necesarias para la protección y el bienestar de las víctimas,
inmediatamente retiradas de la escena del delito. Cuando el Fiscal competente a cargo
de la investigación, considere necesaria la derivación de la presunta víctima a la Unidad
de asistencia a víctimas y testigos del Ministerio público, tendrá en cuenta los delitos que
son objeto del procedimiento de asistencia, los criterios para su calificación, así como la
evaluación del riesgo, previstos en los artículos 28°, 29° y 30° del Reglamento de asistencia
a víctimas y testigos. El fiscal del caso tiene la obligación de comprobar el cumplimiento
eficiente y adecuado de las medidas de asistencia dispuestas con la finalidad de procurar
su recuperación psicológica y emocional. En caso que la atención de la presunta víctima
se derive a las dependencias asistenciales del sector Salud, ésta se desarrollará en el marco de una política estatal de asistencia oportuna, eficaz, especializada y con trato humano.
Con dicho propósito el Ministerio Público realizará oportunamente alianzas estratégicas
con las instituciones vinculadas a la asistencia de víctimas de violencia, abuso, explotación
sexual y trata de personas menores de edad con fines de explotación sexual, esto a través
de la Unidad Central de Víctimas y Testigos y los Presidentes de Juntas de Fiscales Superiores y Provinciales. En el caso que la situación de la presunta víctima requiera el inicio
de una investigación tutelar, el Fiscal de Familia o Mixto la promoverá ante la instancia
correspondiente, solicitando la aplicación de las respectivas medidas de protección, de
118
GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
conformidad con lo establecido en los artículos 138° Ámbito. “El Fiscal tiene por función
primordial velar por el respeto de los derechos y garantías del niño y del adolescente, promoviendo de oficio o a petición de parte las acciones legales, judiciales o extrajudiciales
correspondientes” y el Código de los Niños y Adolescentes artículo 248° del Caso.- “El
Juez especializado podrá declarar en estado de abandono a un niño o adolescente cuando:
“... b) Carezca, en forma definitiva, de las personas que conforme a la ley tienen el
cuidado personal de su crianza, educación o, si los hubiera, incumplan las obligaciones o
deberes correspondientes; o carecieran de las calidades morales o mentales necesarias
para asegurar la correcta formación;
c) Sea objeto de maltratos por quienes están obligados a protegerlos o permitir que
otros lo hicieran;
f) Haya sido entregado por sus padres o responsables a instituciones públicas o
privadas, para ser promovido en adopción;
g) Sea explotado en cualquier forma o utilizado en actividades contrarias a la ley o
a las buenas costumbres por sus padres o responsables, cuando tales actividades sean
ejecutadas en su presencia.
h) Sea entregado por sus padres o responsables a otra persona mediante remuneración o sin ella con el propósito de ser obligado a realizar trabajos no acordes con su
edad; y
i) Se encuentre en total desamparo…” Entonces según sea el caso el Fiscal de familia podrá solicitar la investigación tutelar al Juez y solicitara la aplicación de medidas de
protección adecuadas a la naturaleza del caso en particular, también puede interponer la
demanda por violencia familiar, en el supuesto que el agresor tenga vínculos de consanguinidad o afinidad con la víctima, dictando las medidas de protección que el caso amerite.
Esto dentro de la investigación preliminar y si es una investigación judicial, el Fiscal
de familia participará en la declaración de la víctima menor de edad en el proceso penal y
vigilará que la investigación preliminar, la acusación fiscal y el proceso penal en los delitos
de violencia sexual sean reservados, preservándose la identidad de la víctima.
Funciones de los operadores de Justicia en la investigación
El Ministerio Público tiene un papel determinante en el proceso de investigación de
los delitos de, pues se le ha conferido la titularidad del ejercicio de la acción penal en los
delitos perseguibles de oficio y la conducción de la investigación preliminar en el Despacho Fiscal o a cargo de la Policía Nacional del Perú, etapa en la que cumple la siguiente
función:
• Dirección de la Investigación: desde su inicio planifica la estrategia acorde al
caso, diseñando acciones que lo conduzcan a sus objetivos, utilizando un método que le permita tener un orden
• La dirección de la investigación se expresa al instruir a sus colaboradores sobre
la legalidad, la conducencia, pertinencia y suficiencia que deben tener los elementos materiales, evidencias e información por recolectar, para comprobar o
descartar sus hipótesis de trabajo.
• El Fiscal define la estrategia de investigación a utilizar es decir elabora el plan de
investigación, para lo cual verificará el hecho y elaborará su hipótesis de trabajo,
empezando por analizar los hechos, la norma jurídica y los elementos de convicción.
119
GUÍA DE CAPACITACIÓN
• En caso específico o complejo puede disponer formar un equipo interdisciplinario de investigación, podrá contar con la asesoría de expertos de entidades públicas y privadas para formar un equipo interdisciplinario de investigación científica
para casos específicos, el mismo que actuará bajo su dirección.
• En caso de necesitar el apoyo de la policía, el Fiscal ordena su intervención precisando su objetivo y las formalidades específicas para garantizar la validez de los
actos de investigación y los elementos de convicción recopilados.
• La Policía realiza la investigación operativa, al tomar conocimiento de los hechos
delictivos, puede practicar actos urgentes e imprescindibles para asegurar el
éxito de la investigación, dando cuenta inmediata al Fiscal.
• El Fiscal, en el caso de la víctima, debe informar a la víctima de sus derechos y
deberes, adoptar sus medidas de asistencia legal y/o social y/o psicológica y las
medidas de protección, preservar su identidad en caso de menores de edad víctimas de violencia sexual, evitando confrontarla con el presunto agresor o explotador y garantizar que se encuentre acompañada de sus padres o responsables
de su confianza si no son los responsables.
En la escena de la investigación, la Policía bajo la conducción
del Fiscal podrá realizar:
• Acciones para proteger y vigilar el lugar.
• Recoger y conservar objetos e instrumentos relacionados con el hecho.
• Levantar los planos, tomar fotografías y realizar grabaciones.
• Asegurar documentos que puedan servir a la investigación.
• Efectuar bajo inventario secuestro e incautaciones y otras que la ley faculte.
• Cuando se realice incautaciones, vigilará que se efectué la cadena de custodia,
para el aseguramiento, inmovilización o recojo de los elementos materiales y
evidencias en el lugar de los hechos.
En la escena de la investigación, la actuación del Fiscal y la Policía.
El Fiscal
• Emite disposición sobre la participación de los especialistas y/o técnicos criminalísticos.
• Coordinará con los especialistas la manera como se procederá: Al ingreso adecuado a la escena de investigación; a la identificación, individualización, recolección y aseguramiento de los elementos materiales o evidencias; al etiquetado, realizado con los datos mencionados en la actuación policial; al embalaje
apropiado, atendiendo a la naturaleza y conservación del elemento material o
evidencia; al llenado por duplicado del formato de la cadena de custodia; al envío, manejo, análisis, entrega m recepción y seguimiento del elemento material
o evidencia.
• Levantar un acta en cada una de las diligencias que se desarrollen, de existir declaraciones se anexaran al acta de escena de investigación.
120
GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
La Policía:
• Cuando se constituye al lugar de investigación, da cuenta inmediata al Fiscal y
presta auxilio a la víctima de ser necesario.
• Vigila y protege la escena de investigación y evita el ingreso de extraños.
• El policía experto observa e inspecciona integralmente el lugar: Selecciona áreas
para caminar y no alterar o borrar indicios incluyendo la escena principal y secundaria. Prioriza y protege evidencias físicas, transitorias, perecederas o indicios frágiles.
• El policía experto fija y perenniza la escena de investigación y las evidencias
(fotografías, videos, croquis, ), para ello: Levanta con medios de protección adecuado al material físico, indicios o evidencias de acuerdo a la naturaleza de éstos;
embala y etiqueta los indicios, elementos físicos y otros para remitirlos a laboratorio, con la indicación del número de proceso, ciudad de origen, llenado del
formato de cadena de custodia, lugar y fecha de la recolección e identificación
del responsable.
• Obtiene las primeras impresiones y registra la información del lugar.
• Hace la inspección final y entrega el lugar a quien corresponda.
• Informa de los hechos y actuación al Fiscal, realiza las pesquisas, retiene a sospechosos, identifica a testigos y a otros.
Herramientas para la investigación:
Para la investigación del delito de trata, el Fiscal cuenta con las siguientes herramientas:
Las medidas limitativas de derechos, contempladas en la Ley Nº 27379, Ley de
procedimiento para adoptar medidas excepcionales de limitación de derechos en investigaciones preliminares, señala que el Fiscal provincial, en casos de estricta necesidad y
urgencia, siempre que el delito se cometa por una pluralidad de personas, podrá solicitar
al Juez penal las siguientes medidas limitativas de derechos:
• Detención preliminar, hasta por el plazo de 15 días.
• Impedimento de salida del país o de la localidad.
• Incomunicación.
• Secuestro y/o incautación de objetos del delito o los instrumentos con que se
hubiere ejecutado así como los efectos.
• Embargo u orden de inhibición para disponer o gravar bienes.
• Levantamiento del secreto bancario y de la reserva tributaria.
• Exhibición y remisión de información en poder de instituciones públicas o privadas.
• Allanamiento de inmuebles o lugares cerrados fuera de los casos de flagrante
delito o de peligro inminente de su perpetración.
• Inmovilización de bienes muebles y clausura temporal de locales.
Agente encubierto, contemplado en la Ley 27934, regula la intervención de la Policía Nacional y el Ministerio Público en la investigación preliminar del delito. Esta figura se
121
GUÍA DE CAPACITACIÓN
empleará a fin de optimizar el resultado de la investigación preliminar y cuando se trate
de diligencias preliminares que afecten actividades propias de la delincuencia organizada,
y en tanto existan indicios de su comisión. Según esta figura, el Fiscal podrá autorizar a
miembros especializados de la Policía Nacional a actuar bajo identidad supuesta y adquirir
y transportar los objetos, efectos e instrumentos de delito y diferir su incautación. Asimismo, el Fiscal, cuando las circunstancias así lo requieran podrá disponer la utilización de un
agente especial, entendiéndose como tal al ciudadano que, por el rol o situación en que
está inmerso dentro de una organización criminal, opera para proporcionar las evidencias
incriminatorias del ilícito penal. El agente encubierto estará exento de responsabilidad penal por aquellas actuaciones que sean consecuencia necesaria del desarrollo de la investigación, siempre que guarden la debida proporcionalidad con su finalidad y no constituyan
una manifiesta provocación al delito.
El Programa Nacional de Asistencia a Víctimas y Testigos: el Ministerio Público
busca brindar una atención especial a la víctima, a la cual no se le considera un objeto o
fuente de prueba, sino un sujeto de derechos; esta orientación se vincula a los lineamientos del modelo adversarial y garantista que introduce el nuevo Código Procesal Penal.
Este programa tiene por finalidad apoyar a la labor fiscal adoptando las medidas de
asistencia legal, psicológica y social a favor de las víctimas y testigos que se encuentren en
situación de riesgo a consecuencia de su participación en una investigación, un proceso
penal o un caso de violencia familiar. De ahí que esté integrado por un equipo multidisciplinario de las tres áreas profesionales en mención:
• La asistencia legal que brinda el programa consiste en informar a las víctimas y
testigos sobre los derechos que les asiste durante la investigación y el proceso
judicial, darles a conocer las medidas de protección que pueden recibir de las
instituciones correspondientes, así como orientarlos para su debida participación en las diligencias cuando el fiscal a cargo del caso lo disponga.
• La asistencia psicológica ayuda a la víctima y testigo a enfrentar las consecuencias emocionales del delito y las perturbaciones que puedan generarse a raíz de
su intervención en la diligencias. Además brinda el soporte emocional necesario
a las víctimas y testigos para que su declaración no sufra interferencias y sea un
elemento probatorio idóneo en la actuación procesal.
• La asistencia social se refiere a la evaluación de la situación familiar y socio económica de la víctima o testigo con la finalidad de organizar y aplicar adecuadamente las medidas de asistencia que se dicten a su favor.
Entre los tipos de medidas de protección brindados se tiene: Protección policial,
cambio de residencia, ocultamiento de paradero, reserva de identidad y datos personales,
ocultación de identificación en diligencias, fijación e domicilio en sede fiscalía para citaciones, empleo de videoconferencia y otros medios técnicos.
Siendo adicionales evitar fotografías o imágenes del agraviado, trasladar en vehículos adecuados para diligencias, ambientes para uso exclusivo en las diligencias judiciales,
como es el caso de los ambientes para entrevista única.
Entrevista única como toma de declaración, debido a que la victimización secundaria, es el perjuicio ocasionado por los integrantes de las instituciones del sistema de
administración de justicia, tales como Jueces, Fiscales, Peritos, Policías y otros funcionarios, involucrados en la atención de los casos. Una de las formas es cuando un niño,
niña o adolescente, es sometido a numerosos y tediosos interrogatorios en el intento de
esclarecer la agresión, pues se incrementan las condiciones para exacerbar las vivencias
del evento traumático. En tal sentido, en aplicación del principio del “interés superior del
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GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
niño”, corresponde que la entrevista se realice por única vez, con las garantías de ley y en
las mejores condiciones posibles.
Evaluaciones médico legales. La solicitud de evaluaciones médicas requeridas mediante oficio por la Fiscalía o por la Policía, deberá ser registrada en el sistema informático
de la mesa de partes de Medicina Legal, previa identificación de la presunta víctima y su
acompañante, consignándose los datos de filiación de aquella y su Código Único de Registro, el que será anotado en la “Data” del respectivo Certificado de Reconocimiento Médico
Legal. La presunta víctima deberá acudir a las evaluaciones médico-legales en compañía
de sus padres o responsables, a efecto de practicarse los peritajes Médico- Legales.
Las evaluaciones médicas deberán realizarse según los parámetros normativos del
Instituto de Medicina Legal, previas a la Entrevista Única, siempre y cuando las condiciones personales del examinado lo permitan, conforme a la apreciación médica. En caso se
suspenda la evaluación por motivos justificados, se citara a la víctima para que concurra
al día siguiente a los exámenes respectivos.
El médico evaluador evitará preguntar sobre los aspectos propios de la situación de
violencia sexual por la que atraviesa la presunta víctima, procurando indagar únicamente
lo pertinente para el desarrollo de su pericia médica.
El certificado médico - legal de integridad sexual será entregado al Fiscal de Familia,
Mixto o Penal competente, quien cuando corresponda remitirá copia a la Policía, antes de
la Entrevista Única; y, a la brevedad posible, los resultados de las evaluaciones complementarias.
123
GUÍA DE CAPACITACIÓN
Hoja de Ejercicios 7A
PLANIFICACIÓN DE UNA INVESTIGACIÓN: LA AGENCIA DE
EMPLEO
Circunstancias
Un taxista denunció ante la policía local que, cuando llevaba a unas jovencitas de
una oficina de la ciudad al aeropuerto, una de las chicas estaba muy compungida y se
puso a llorar. Parecía estar mal por unas fotografías que le habían tomado, y les contaba
a las otras chicas que “ella no era esa clase de persona” mientras les preguntaba por qué
era necesario que les tomaran fotografías sin ropa, para un trabajo en un hotel en el extranjero. El taxista cree que ocurre algo extraño en esa oficina donde recogió a las chicas.
El oficial de policía que toma la denuncia del taxista se la pasa a su superior. El superior decide que la policía debe investigar esa agencia. La investigación inicial muestra
que se trata de una empresa que consigue empleos en el extranjero para jovencitas, con
el incentivo de que además puedan estudiar en otro país y aprender otro idioma.
La policía inicia una investigación formal de la agencia. Sospechan que en realidad
capta jovencitas para trabajar en la prostitución en el extranjero. Puede suceder que también produzca pornografía. La agencia está ubicada en el centro, en la zona financiera de
una gran ciudad.
La tarea
Planifiquen la investigación, incluyendo una redada a la agencia.
Detallen el trabajo que se realizará antes de la redada, que podría incluir:
• Vigilancia
• Tomar declaración al taxista
• Identificar cualquier otra evidencia pertinente sobre la agencia
• Solicitar la asistencia de oficiales de policía especializados u otros expertos
• Verificar la lista de personas desaparecidas; utilizar al taxista para identificar a las
posibles víctimas; entrevistar a los padres de las personas desaparecidas
• Solicitar la asistencia de organizaciones gubernamentales o no gubernamentales
que trabajan por el bienestar de los niños y adolescentes
• Notificar a la policía fronteriza y entrevistar a la policía aeroportuaria.
Al planificar la redada, tengan en cuenta:
• El momento ideal para realizarla
• La orden de allanamiento que necesitarán
• El personal que debería estar presente para la redada
• Los refuerzos que podrían necesitar de sus colegas
• El apoyo que podrían necesitar de otras personas u organizaciones
• La manera en que manejarán la evidencia que encuentren
124
GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
• Qué harán con esa evidencia
• La manera en que se ocuparán de los sospechosos que encuentren
• La manera en que se ocuparán de cualquier cliente de la agencia que encuentren
• La manera en que se ocuparán de cualquier víctima de la agencia que encuentren, incluyendo a menores
• Las dificultades con las que se podrían topar para obtener la cooperación de los
demás.
Delineen el plan de acción para la investigación y confeccionen una lista de las acciones que se proponen realizar:
Plan de Acción.
a.
b.
c.
d.
e.
f.
g.
Tareas /actividades
Nombre del Plan
Objetivo estratégico
Metas
Área responsable
Personal responsable
Fecha inicial programada
Fecha final programada
Descripción de
la tarea
Responsable
Fecha inicio
Fecha final
Recursos
125
GUÍA DE CAPACITACIÓN
Hoja de Ejercicios 7B
PLANIFICACIÓN DE UNA INVESTIGACIÓN: EL CATÁLOGO
DEL BURDEL
Circunstancias
Un hombre le cuenta a un amigo que frecuenta un burdel de la ciudad, especialmente cuando su esposa se va por trabajo a otra ciudad. Es un hombre de negocios que tiene
mucho dinero. Le dice a su amigo que los clientes del burdel pueden elegir a su pareja de
un catálogo y que le sorprendió ver que ofrecían jóvenes (mujeres y varones) y algunas de
corta edad. En el catálogo no figuraban las edades, pero estaba claro por las fotografías
que eran menores de edad. El catálogo alentaba a los clientes con palabras como “bebé”
y “diablillo escolar”. Sin embargo, a él no le gusta tener sexo con menores, ya que tiene
hijos pequeños, y no ha tenido relaciones con ninguna de estas jóvenes. No obstante, le
gusta probar a las distintas mujeres adultas del burdel. Hay una amplia variedad, incluso
de otros países.
El amigo queda horrorizado ante la idea de que en su país se esté utilizando a mujeres extranjeras y a niñas, niños y adolescentes para proporcionar servicios sexuales.
En su opinión, eso es fomentar la propagación del SIDA. Llama por teléfono a la policía y
denuncia al burdel, pero lo hace en forma anónima, pues no quiere dar el nombre de su
amigo, o el suyo propio, a la policía.
El burdel está en un edificio ubicado en un vecindario prestigioso de la ciudad. La
policía se preocupa porque es posible que algunos de los clientes sean miembros muy
influyentes de la sociedad. Es probable que los medios de comunicación de las personas
que dirigen el burdel sean sofisticados, porque parece tratarse de una maniobra muy
secreta y de alto nivel.
La tarea
Planifiquen la investigación de una posible operación de trata de personas, incluyendo una redada al burdel.
Detallen el trabajo que se realizará antes de la redada, que podría incluir:
• Vigilar el burdel
• Seguir a los sospechosos que salen de él.
• Tomar declaración a los dueños de otros departamentos del mismo edificio o de
tiendas vecinas.
• Investigar con fuerzas policiales extranjeras.
• Verificar la lista de personas desaparecidas.
• Solicitar la asistencia de organizaciones gubernamentales o no gubernamentales
que trabajan por el bienestar de los niños y adolescentes.
• Solicitar la asistencia de oficiales de policía especializados u otros expertos.
• Revisar periódicos o revistas en busca de anuncios que puedan relacionarse con
el burdel.
126
GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
Al planificar la redada, tengan en cuenta:
• El momento ideal para la redada.
• La orden de allanamiento que necesitarán.
• El personal que debería estar presente para la redada.
• Los refuerzos que podrían necesitar de sus colegas.
• El apoyo que podrían necesitar de otras personas u organizaciones.
• La manera en que manejarán la evidencia que encuentren.
• Qué harán con la evidencia.
• La manera en que se ocuparán de los sospechosos que encuentren.
• La manera en que se ocuparán de los clientes del burdel que encuentren.
• La manera en que se ocuparán de las prostitutas adultas que encuentren.
• La manera en que se ocuparán de los niños y adolescentes prostituidos que encuentren allí.
• Las dificultades con que podrían toparse para obtener la cooperación de otras
instancias.
Delineen el plan de acción para la investigación y confeccionen una lista de las acciones que se proponen realizar:
Plan de Acción.
a.
b.
c.
d.
e.
f.
g.
Tareas /actividades
Nombre del Plan
Objetivo estratégico
Metas
Área responsable
Personal responsable
Fecha inicial programada
Fecha final programada
Descripción de
la tarea
Responsable
Fecha inicio
Fecha final
Recursos
127
GUÍA DE CAPACITACIÓN
SESIÓN 8
ENTREVISTAS A NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
8.1. Objetivos:
Al finalizar la sesión, el participante podrá:
• Conocer como obtener evidencia de un menor, víctima de trata de personas, con
el fin de procesar un delito de trata de menores para fines sexuales.
• Mejorar la comprensión de los niños, niñas y adolescentes involucrados en trata
de menores y que han quedado traumatizados.
• Mejorar sus respuestas profesionales que se las ofrecen a niños y adolescentes
involucrados en trata.
8.2. Instrucciones para el capacitador/a:
a. La Hoja Informativa 8A contiene lineamientos para entrevistar y obtener evidencia con los niños, niñas y adolescentes, víctimas de trata de personas para fines
sexuales.
b. La Hoja Informativa 8B explica un modelo, como método a utilizar por la policía
para entrevistar a los niños, niñas y adolescentes. Los participantes necesitarán
tiempo para asimilar la información. También puede compartir la Guía de procedimientos para la entrevista única de la Hoja informativa 8C.Considere realizar
una presentación en Power Point o solicitar a un psicólogo especializado en niños, para que realice la presentación o puede considerar la posibilidad de una
dramatización.
c. Luego organice una lluvia de ideas o si se dan las condiciones, un debate respecto de cómo se podrían aplicar estos lineamientos en el desempeño de las
funciones policiales. Usted debe liderar el debate; utilice las preguntas propuestas, relaciónelas con los lineamientos y con el modelo. Inste a los participantes a
considerar los intereses de los niños, niñas y adolescentes víctimas de trata de
menores para fines sexuales. Eso implica desarrollar una forma pensar en formas
alternativas de obtener evidencia, sin causar el trauma de la revictimización.
d. Como otra alternativa, puede trabajar primero con los casos proporcionados y
usar las hojas informativas como guía. En las hojas de ejercicios 8A y 8B encontrará dos casos, pero siempre puede utilizar un estudio de caso propio si sabe de
alguno que sea pertinente y que ofrezca una buena experiencia de aprendizaje.
e. El objetivo de solicitar a los participantes que sugieran mejorar las preguntas
para formular a las víctimas de la trata, es mejorar la manera de entrevistar a
las víctimas.
f. Los participantes expertos en investigación querrán formular preguntas muy claras y obvias, mientras los profesionales que brindan atención en la recuperación
de las víctimas, querrán obtener información en forma más delicada. Es importante recordar que las respuestas a las preguntas proveen evidencia fundamental.
g. Al trabajar juntos, los profesionales de las distintas áreas y los operadores de
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GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
justicia, comprenderán la importancia de realizar una entrevista, re victimización
a los niños y niñas de la experiencia traumática vivida.
h. Una forma alternativa de conducir esta sesión es utilizar un vídeo o una dramatización con escenificaciones de una entrevista policial identificando tanto los
aspectos positivos y negativos, para luego debatirlo con los participantes.
i. Para esta sesión, es importante fomentar mayor participación e involucramiento
a los participantes que realizan las entrevistas preliminares a las víctimas. Probablemente tengan mayor experiencia de trabajo con niños, niñas y adolescentes
en circunstancias difíciles y tengan información relevante y formas de abordar.
Será valioso compartir sus experiencias con personal policial y otros profesionales, que trabajan que se inician en estos trabajos.
j. Preste atención a la forma en que los participantes utilizan sus tonos de voz e
ínstelos a pensar en el efecto que pueden causar los diferentes tonos de voz.
k. Vea si los participantes tienen sugerencias sobre cómo deberían manejarse las
situaciones de los casos estudiados, para que el niño, niña o adolescente se
sienta en confianza y protegido. Las recomendaciones deben ser pertinentes a la
edad, origen y/o idiosincrasia social de la víctima.
l. Intente que los participantes concluyan que para comunicarse con un niño, niña
o adolescente víctima de trata deben generar empatía, ponerse en la situación de
la víctima. Una forma de generar realismo de la situación es invitar a los participantes que cuenten a la persona que esta su lado su última experiencia sexual.
Es casi seguro que ninguno estará dispuesto a hacerlo. Esto puede servir para
reflexionar lo difícil y complicado que resulta para el niño, niña o adolescente
contar la violencia sexual a la que fue sometido.
m. Promueva a que los participantes pueden elaborar algunas reglas básicas para
hacer que los niños, niñas y adolescentes se sientan en confianza y protegidos.
8.3. Formato sugerido para el taller
a. Inscripción y bienvenida. (5min)
b. Dinámica. La papa caliente. Sugerido en la Hoja Informativa 2F. (10 min)
c. Presente en Power Point la información que figuran en las Hojas informativas 8A
y 8B. (20 min)
129
GUÍA DE CAPACITACIÓN
d.
Organice una lluvia de ideas entre el grupo sobre cómo se podrían aplicar estos lineamientos en el desempeño de las funciones policiales, contenidos en las hojas informativas (o explicados por el experto), formulándoles las siguientes preguntas:(20
min)
• ¿Qué dificultades prácticas tendríamos para aplicar estos lineamientos en nuestras condiciones de trabajo reales?
• ¿Cómo podríamos superar esas dificultades? Anote las conclusiones en el papelote. Debata las conclusiones desde la perspectiva de la protección de niños y
adolescentes.
e.
Forme 4 grupos y distribuya las Hojas de Ejercicios 8A y 8B, que contienen los casos
de estudio. Pida a los grupos que sugieran preguntas que deseen formularle a cada
una de las víctimas de los casos estudiados y que las anoten en los papelotes. (20
min.)
f.
Los grupos presentan sus conclusiones y preguntas sugeridas en la investigación,
luego se realiza un debate de las distintas opciones sobre la forma de preguntar o
acercarse a la víctima. Siempre considere la protección de la víctima y la obtención
de evidencia relevante (45 min.)
Alternativa 1: Solicite a los participantes que sugieran 3 formas distintas en que la
víctima niño o niña debería ser protegida (ej: lugar de la entrevista, sexo del entrevistador,
etc.).
Alternativa 2: Pida a los participantes que confeccionen una lista de consejos sobre
cómo proteger a los niños y adolescentes encontrados durante la investigación de un delito. Escriba los consejos en los papelotes (ej: ubicar al niño, niña o adolescente con otros
niños, llamar a un asistente social, etc....)
130
GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
8.4. Planificación del programa - Sesión 8
Duración: 2hrs.
Duración
Contenidos
Métodos
Responsables
Inscripción y bienvenida
Participativo
Capacitador 1
Lista de asistencia
Ambiente adecuado.
10 min
Dinámica “La papa ca- Participativo
liente”
Capacitador 1
Ambiente amplio
Hoja Informativa 2F
20 min
Exposición:
Entrevista Expositivo
a niños, niñas y adolescentes.
Capacitador 2
Presentación power
point
20 min
Lluvia de ideas:
Con ayuda de preguntas
Participativo
Capacitador 1
Papelotes
Plumones
Masking
20 min
Trabajo de grupo:
Entrevistando a una víctima
Expositivo
Participativo
Capacitador 2
Hojas de Ejercicios
Hojas de Ejercicios
8A – 8B
Papelotes
Plumones
Masking
45 min
Presentación de conclu- Participativo
siones y discusión
Capacitador 2
Papelotes
dos
5 min
Comentarios/
materiales
trabaja-
8.5. Recursos y materiales necesarios:
Recursos /Materiales necesarios:
Copias de las Hojas informativas 8A y 8B, (presentación en Power Point o con transparencias; proyector multimedia o de transparencias), copias de la
Hoja de Ejercicios 8A y 8B, papelotes, plumones.
Tiempo estimado:
2 horas.
131
GUÍA DE CAPACITACIÓN
8.6. Hoja de Apoyo de la Sesión 8
Hoja Informativa 8A
OBTENCIÓN DE EVIDENCIA DE UNA VÍCTIMA DE LA TRATA
DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
Los niños y adolescentes que han sido víctimas de la trata de personas han sufrido
un grave abuso a manos de sus explotadores. El abuso puede implicar violaciones, golpes
y privaciones de distintas clases. Como resultado, es probable que padezcan de trastorno
postraumático, o trauma. Su comportamiento se ve tan afectado que no pueden responder como lo haría normalmente un niño, niña o adolescente de su edad.
Pueden:
• Despersonalizar la experiencia abusiva y convencerse de que le ocurrió a otra
persona.
• No recordar dónde estuvieron o qué les sucedió.
• Parecer apático y desinteresado, o «insensibles».
• Tener recuerdos repentinos y sentirse muy perturbados.
• Sentir apego emocional hacia el abusador y buscar protegerlo.
• Tener miedo.
La recuperación de los niños y adolescentes que sufrieron este trauma por haber
sido explotados es un proceso largo, que requiere tanto tiempo como apoyo especializado. Mientras tanto, puede que demuestren hostilidad hacia quienes los rescataron y que
les resulte extremadamente difícil confiar e insertarse en su nueva situación. Cuanto más
tiempo transcurra entre el último contacto con los explotadores y la entrevista, más posibilidades habrá de que el niño, niña o adolescente se sienta seguro y revele detalles de
su experiencia.
Puede que el niño, niña o adolescente se sienta aterrado por amenazas de represalias contra su familia por parte de sus explotadores, o por la posibilidad de que su familia
lo rechace o sienta vergüenza de él. También es posible que tenga miedo de ser acusado
de delincuente.
Los niños y adolescentes víctimas pueden negar que hayan sido víctimas de trata,
no estar en posibilidades de dar información coherente o estar brindando información
contradictoria en sus declaraciones.
No se deben ofrecer incentivos a las víctimas de la trata de niños y adolescentes a
cambio de que ofrezcan evidencia, como se hace con los adultos, a quienes se les ofrece
una serie de beneficios a cambio de evidencia.
La seguridad del niño, niña y adolescente no puede ponerse en peligro para garantizar que los explotadores reciban su condena.
La intervención del Policía especializado resulta trascendente, pues en este tipo de
entrevistas se requiere del apoyo de personal calificado para mitigar el daño sufrido por
el niño, niña o adolescente, pues serán abordados técnicamente, considerando su desarrollo bio-psico-social y el grado del dicho daño.
132
GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
Lineamientos para la entrevista
•
Asegúrese de que el niño, niña o adolescente tenga a una persona de apoyo durante
la entrevista. Puede ser un familiar, pero sólo si no existe sospecha alguna de que
el pariente estuviera involucrado en el delito. De lo contrario, puede ser un asistente
social o una persona que haya participado del cuidado del niño, niña o adolescente
desde que fue rescatado. De ser posible, se debería asignar a un tutor legal.
•
Asegúrese de que haya una persona que pueda interpretar con empatía si es una
víctima extranjera y/o de alguna comunidad nativa, que no entiende o habla el idioma predominante.
•
El sexo del investigador y del intérprete puede ser importante; si la víctima ha sido
abusada sexual y/o físicamente por hombres probablemente se sentirá más a salvo
en presencia de mujeres. Sin embargo, a veces los niños y adolescentes (incluyendo a las niñas) prefieren hablar con un hombre puesto que, a veces, los perciben
como figuras «protectoras». Por lo tanto, las entrevistas deben llevarse a cabo mediante un enfoque de equipo que cuente tanto con una mujer como con un hombre.
•
Bajo ninguna circunstancia deberá el presunto explotador o cualquier persona asociada con él estar presente en la entrevista.
•
El niño, niña o adolescente debe estar totalmente protegido de cualquier contacto
con los medios.
El Manual del Consorcio para Niños de la Calle (Consortium on Street Children),
sugiere las siguientes consideraciones cuando se entrevistan a NNA:
Usar:
Evite usar:
1. Oraciones cortas
2. Oraciones sencillas
3. La voz activa (¿Qué te hicieron?’)
4. Oraciones positivas (‘¿Le dijiste?’)
5. Preguntas con un solo significado
6. Un solo negativo (¿Tu madre te dijo que no salieras?’)
7. Un enfoque directo (‘¿Estás cansado?’)
1. Oraciones largas
2. Oraciones complicadas
3. La voz pasiva (¿Cómo fue tratado?)
4. Oraciones negativas (¿No le dijiste?)
5. Preguntas con más de un significado
6. Doble negativo (‘¿No te dijo tu madre que no
salieras?’)
7. Preguntas hipotéticas (‘Si estás cansado, avísame.”)
Otra sugerencia es usar la técnica de escucha activa. Esta técnica se basa en que es
mucho más probable que el niño, niña o adolescente continúe con su historia si constantemente recibe aprobación tanto verbal como no verbal. Se basa en la repetición de los
hechos que el niño, niña o adolescente acaba de contar.
El entrevistador
Tendrá cuidado de no evocar emociones o hechos que no fueron expresados por
el niño, niña o adolescente, porque eso podría distorsionar el valor de la entrevista como
evidencia.
Lugar de la entrevista.
El lugar en el que se lleva a cabo la entrevista puede afectar significativamente la
receptividad y respuesta del niño, niña o adolescente. Lo ideal es que el lugar sea:
133
GUÍA DE CAPACITACIÓN
• Cómodo, agradable y acogedor para el niño, niña o adolescente.
• Atractivo para los niños y niñas.
• Un área privada y tranquila.
PREPARACIÓN DE LA ENTREVISTA SEMI-ESTRUCTURADA
Esto incluye obtener previamente información sobre el niño, niña o adolescente.
Puede obtenerse de sí mismo, o de los familiares, información preliminar del suceso y las
condiciones familiares que sólo trate sobre sus datos biográficos y su historia social.
Una vez obtenida esa información, no sólo ayudará a situar al niño, niña o adolescente en la investigación penal sino que además ayudará a crear empatía con él/ella
durante la entrevista formal.
En la reunión previa, participará el Policía investigador, donde con conocimiento del
Fiscal de Familia o Mixto entregara a los padres o responsables de la parte agraviada, la
respectiva Declaración de Derechos.
Es indispensable tener en cuenta que las preguntas no serán formuladas como un
Interrogatorio Clásico, sino como una Entrevista Semi-Estructurada. Si bien ambas tienen
por finalidad obtener información sobre los hechos investigados, la segunda se caracteriza
por su flexibilidad, orientada a evitar la revictimización del entrevistado. Evitando que el
niño, niña o adolescente se sienta confundido o temeroso.
Durante la entrevista, hay que tener cuidado de evitar crear temor y confusión, por
lo tanto, el investigador deberá:
• Estar tranquilo y ser amable durante toda la entrevista; tener un buen contacto
visual con el niño, niña o adolescente y mostrarse interesado; hablarle desde la
misma altura (al nivel de sus ojos).
• Evitar fruncir el ceño o tener un lenguaje corporal que transmita una actitud negativa.
• Comprender las necesidades básicas del niño, niña o adolescente: recreo para ir
al baño, beber algo, no estar sentado y quieto durante mucho tiempo.
• Usar la información obtenida del niño, niña o adolescente de tal forma que el
niño se sienta cómodo y a salvo como para hablar de temas sensibles.
• Tener siempre una actitud cariñosa con el niño, niña o adolescente, pero evitar
tocarlo. La persona que lo asiste puede tocar al niño, niña o adolescente si este
se siente perturbado.
• Presentar a las otras personas presentes y explicarle sus roles.
• Ser totalmente honesto sobre el motivo de la entrevista y el contexto de un proceso penal, pero utilizando palabras y un lenguaje que se adecuen a la edad del
niño, niña o adolescente para que pueda comprenderlo.
• No prejuzgar, ni demostrar su desagrado si el niño, niña o adolescente le revela
detalles de su abuso o explotación.
• No ofrecer al niño, niña o adolescente ningún incentivo por hablar.
• No interrumpir al niño, niña o adolescente, a menos que sea para aclarar alguna
información que él haya dado.
134
GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
• Evitar formular preguntas sugestivas o capciosas; permitir al niño, niña o adolescente contar la historia a su manera y a su ritmo evitar formular más de una
pregunta a la vez.
• Evitar preguntar «Por qué», pues el niño, niña o adolescente podría sentirse responsable de causar su propia explotación.
• Explicar al niño, niña o adolescente las garantías de su seguridad y qué sucederá
una vez que termine la entrevista; incluir una explicación de cuándo tendrá lugar
el juicio, el rol del niño, niña o adolescente en el mismo y las medidas de seguridad para protegerle de las represalias de quienes lo explotaban.
• Dejar claro al niño, niña o adolescente que no se lo puede obligar a dar evidencia
si no quiere; eso podría incluir explicarle el uso que se le dará a la información
obtenida durante la entrevista.
• Permitir al niño, niña o adolescente formular preguntas que le parezcan importantes; ser honesto en sus respuestas.
• Repetir al niño, niña o adolescente la evidencia que ya ha dado, con palabras que
pueda comprender, y darle la oportunidad de agregar o aclarar algo.
• Si el niño, niña o adolescente es del lugar o de otra ciudad, averiguar si desea
regresar a su lugar y con su familia, sus preferencias y su vida anterior, sin hacer
promesas respecto de lo que ocurrirá en el futuro; asegurarse de que se le asigne un tutor legal.
¡RECUERDE!
Si un niño, niña o adolescente está mendigando, «merodeando» o es víctima de
explotación sexual comercial (involucrado en prostitución), NO debe considerarse que
esté en conflicto con la ley, toda vez que los derechos humanos son irrenunciables por la
persona, y los órganos jurisdiccionales tienen la obligación de hacer cumplir irrestrictamente los derechos humanos, agregando a esto el interés superior del niño, que necesitan
asistencia y protección.
Son los «clientes», los proxenetas, los explotadores y los delincuentes que se dedican a la trata de personas quienes son culpables de los delitos y deben ser juzgados, no
los niños y adolescentes. Trate al niño, niña o adolescente como a una persona que necesita asistencia y protección o, si existe suficiente evidencia para enjuiciar al abusador, trátelo como una víctima a la hora de entrevistarlo. En cualquier caso, trate psicológicamente
al niño, niña o adolescente como una víctima, sobreviviente y/o afectado: sea sensible,
comprensivo y compasivo en todo momento.
135
GUÍA DE CAPACITACIÓN
Hoja informativa 8B
LA “SITUACIÓN MODELO” MÉTODO PARA ENTREVISTAR A
NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.
La policía holandesa desarrolló un método para entrevistar a los niños, que describe como “la situación modelo”. Es una herramienta de trabajo para obtener una declaración de un niño de entre 4 y 12 años de edad, cuyo uso se considera la “mejor práctica”
en Holanda. El método es muy exigente para el oficial que entrevista, y requiere mucho
entrenamiento práctico así como también conocimientos teóricos.
Método de entrevista: La Situación Modelo
El modelo de situaciones permite al entrevistador reaccionar ante el testigo de forma individual y a
las distintas situaciones. Cada entrevista puede adaptarse a las circunstancias del caso siempre y cuando
se haga de forma estructurada y como lo requiere el proceso de entrevista. El entrevistador puede cambiar
a una situación diferente durante el transcurso de la entrevista para obtener el mejor resultado.
La situación ideal es la Situación A. En esa situación, el testigo infantil revela espontáneamente lo
que sucedió y el entrevistador puede formular preguntas sobre hechos para recibir información detallada.
Si el niño no revela espontáneamente lo que sucedió, el entrevistador pasa a la Situación B y
comienza a formular al niño preguntas indirectas para ayudarlo a revelar información, o utiliza dibujos e
imágenes visuales para obtener la información. Si el niño comienza a revelar información, el entrevistador
vuelve a la Situación A.
Si la ruta indirecta no logra que el niño revele información, el entrevistador cambia a la Situación
C y confronta al niño con información sobre los alegatos. Si el niño confirma la información, el entrevistador vuelve a cambiar a la Situación A y comienza a pedirle información más detallada. Si el niño niega la
información sobre los alegatos, la entrevista concluye. La entrevista se limita a una Duración máxima de
una hora y media.
El modelo para el interrogatorio está compuesto por tres partes: una introducción, una parte de
orientación del caso y una parte de cierre. Los principios básicos son:
- la entrevista debe adaptarse al niño
- la entrevista debe recoger evidencia
- la entrevista debe ser confiable
Para adaptar la entrevista al niño, el entrevistador se concentra en hacer contacto con el niño y crear
afinidad entre ambos. El entrevistador deja claro al niño lo que ocurrirá y pide su aceptación. El entrevistador es flexible y sensible a las necesidades individuales del niño: su nivel de concentración y atención, su
nivel de comprensión y su disposición para involucrarse en el proceso.
Para recoger evidencia, el entrevistador formula preguntas sobre hechos específicos y las circunstancias que los rodearon y verifica de forma activa posibilidades alternativas u otros posibles sospechosos
aparte de los alegatos investigados.
Para obtener una declaración confiable, el entrevistador se asegura de que el niño comprenda perfectamente las preguntas. Cualquier información aportada por el niño debe darla de forma voluntaria y sin
sugerencias ni presiones. El entrevistador debe utilizar las técnicas de la situación modelo. Debe verificar
con el niño que la información sea correcta y evitar influir en las respuestas del niño. La policía holandesa
está capacitada para reconocer el verdadero peligro del desequilibrio de poder entre el entrevistador y el
niño. La tarea del entrevistador consiste en ayudar al niño a revelar información y contar su propia historia
verídica, compuesta por información fáctica y detallada. Para lograrlo, el entrevistador debe minimizar su
propia influencia.
K.M.C. Dekens. (2005), Academia de Policía holandesa.
136
GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
LA SITUACIÓN MODELO
INTRODUCCIÓN
Explique el rol y la finalidad de la entrevista
Proporcione al niño la opción de hablar de inmediato o de jugar o conversar
primero
Haga contacto con el niño, cree afinidad
ORIENTACIÓN DEL CASO
Preguntas abiertas
Hay revelación
Situación A
Estimule los recuerdos libres
Explique las reglas básicas
Elabore sobre los recuerdos libres:
•
•
•
•
•
Preguntas abiertas.
Preguntas de control /verificación de la fuente del conocimiento.
Aclarar las acciones primero, luego las circunstancias.
Circunstancias que rodearon al hecho y episodios específicos.
Hipótesis /sospechosos alternativos.
No hay revelación
Situación B
Preguntas indirectas
Dibujos
No hay revelación
Situación C
Confrontación con la información
CIERRE
¿Otro sospechoso?
¿Cosas que comentar o preguntar?
Felicite al niño
Período de juego /tranquilizador
137
GUÍA DE CAPACITACIÓN
Hoja Informativa 8C
GUÍA DE PROCEDIMIENTO PARA LA ENTREVISTA ÚNICA
DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES VÍCTIMAS DE ABUSO
SEXUAL, EXPLOTACIÓN SEXUAL Y TRATA CON FINES DE
EXPLOTACIÓN SEXUAL
R.No. 589 - 2009 MP FN
La guía fue elaborada y aprobada por resolución por el Ministerio Público con el
apoyo de UNICEF y la cooperación belga tiene como objetivo brindar a los operadores de
justicia, una herramienta de trabajo que les permita aplicar el procedimiento de entrevista
única, con el objeto de evitar la re victimización.
Consideraciones Previas
La Entrevista Única se desarrollará en la Sala Única de Entrevista la que consta de
dos ambientes separados por un vidrio espejado (espejo de visión unidireccional), que
serán utilizados de la siguiente forma:
La Entrevista Única es una diligencia de declaración testimonial que forma parte de
la investigación penal que conduce el Fiscal competente y se aplica a niños, niñas y adolescentes presuntas víctimas de violencia, abuso y explotación sexual.
Se desarrolla en una sola sesión con el apoyo del psicólogo del Instituto de Medicina Legal, quien participa como facilitador” en la Sala de Entrevista Única; y al mismo
tiempo da inicio la evaluación psicológica correspondiente. Para este efecto el psicólogo
emplea técnicas de análisis, evaluando el contenido, consistencia, contexto, capacidad y
afecto de la presunta víctima, en los aspectos relacionados a la naturaleza de la denuncia,
con la finalidad de comprobar la veracidad de su testimonio y establecer elementos objetivos de verificación.
La actuación de la Entrevista Única se documentará por medio de un acta la cual
será suscrita por el Fiscal y los demás intervinientes. Simultáneamente se perennizará la
entrevista en medio audiovisual, registrándose además la expresión verbal y no verbal del
entrevistado. Tanto el acta como el medio audiovisual estarán contenidos en un original
y una copia. El original forma parte de la investigación Fiscal y la copia se remitirá a la
unidad orgánica correspondiente para su custodia. Solo en casos de estricta necesidad y
legitimidad comprobada, o cuando el requerimiento de la asistencia lo justifique, el Fiscal
podrá autorizar la visualización de la entrevista. En caso que el Fiscal disponga investigación a nivel policial, se hará entrega al instructor de la Policía Nacional una copia del Acta
de Entrevista.
Procedimiento de Entrevista Única
En el procedimiento de la Entrevista Única se considerará la siguiente secuencia:
138
GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
Antes de la Entrevista
Previamente a Ia Entrevista Única, el Fiscal y el Psicólogo se reunirán con los padres
responsables de la presunta víctima, con el propósito de obtener sus generales de ley,
información preliminar del suceso y las condiciones familiares de aquella. En la reunión
previa también participará el Policía, cuando corresponda. En esta etapa, el Fiscal entregará a los padres o responsables de la parte agraviada, la respectiva Declaración de Derechos. Todas las preguntas planteadas por los sujetos procesales, se canalizaran a través
del Fiscal de Familia o Mixto, quien evaluará su idoneidad y pertinencia a fin de trasmitirlas
al Psicólogo— Facilitador. Luego, el Fiscal hará saber al Psicólogo — Facilitador aquellas
que considere pertinentes para el esclarecimiento del hecho, las que serán absueltas por
la presunta víctima. El Fiscal considerará lo siguiente:
• “Principio del interés Superior del Niño»
• Verificar la inexistencia de elementos distractores en la Sala de Entrevista
• Asegurar el adecuado funcionamiento de los equipos de audio, vídeo y comunicación de la Sala de Entrevista.
Inicio de la entrevista única
El Fiscal dará inicio a la Entrevista Única, comunicándose con el psicólogo entrevistador a través de un medio tecnológico. El psicólogo se presenta a la presunta víctima,
generando un clima de empatía y confianza para indagar adecuadamente sobre el hecho
que se investiga. En forma simultánea se procede a la respectiva grabación.
Si al inicio o durante Ia entrevista, surgen motivos justificados que impidan su desarrollo, el Fiscal con la apreciación del psicólogo, suspenderá y reprogramará la diligencia
lo más pronto posible, a fin de asegurar la uniformidad y espontaneidad de la información
a ser proporcionada por la presunta víctima, evitando de esta forma riesgos de perturbación o amedrentamiento.
Durante la Entrevista el Fiscal tendrá en cuenta las siguientes pautas:
• Narración de los hechos (fecha, hora, personas que se hallaban presentes, descripción del lugar del hecho y de la agresión sexual, si en esta hubo acceso carnal
por vía vaginal, anal o bucal o si se realizaron otros actos análogos introduciendo
objetos o partes del cuerpo por alguna de las dos primeras vías o si se produjeron tocamientos indebidos en sus partes íntimas).
• De advertirse en la narración otros hechos de agresión sexual distintos al de la
investigación, el Fiscal deberá profundizar su esclarecimiento.
• Identificación del agresor, señas particulares (tatuajes, cicatrices, cortes, quemaduras, etc), discapacidad física o mental, lenguaje, actitud. etc.
• Las circunstancias vinculadas al acercamiento y abordaje del agresor.
• No se formularán preguntas obscenas o morbosas sobre la agresión sexual, así
como de la vida privada de la víctima que no estén relacionadas al hecho investigado.
Es importante mencionar que estas son pautas básicas que orientan e ilustran el
trabajo Fiscal, sin perjuicio de otras que pudieran corresponder a cada caso.
139
GUÍA DE CAPACITACIÓN
Por otro lado, es indispensable tener en cuenta que las preguntas no serán formuladas como un interrogatorio clásico, sino como una entrevista semi - estructurada. Si bien
ambas tienen por finalidad obtener información sobre los hechos investigados, la segunda
se caracteriza por su flexibilidad, orientada a evitar la revictimización del entrevistado. La
entrevista semi - estructurada es una técnica de entrevista psicológica, que de acuerdo
a la naturaleza y características particulares del caso, puede incluir preguntas abiertas,
focalizadas y cerradas.
Las preguntas abiertas permiten al entrevistado explicar libremente sobre el hecho
investigado, obteniéndose amplia información, que el psicólogo evalúa en ese acto, así
como otros aspectos del comportamiento del entrevistado, tales como utilización del lenguaje, coherencia en el relato, expresión corporal etc. Las preguntas focalizadas no solo
están encaminadas a obtener información específica sobre un aspecto particular de las
características personales, sociales, emocionales y conductuales de la presunta víctima
sino también a precisar las circunstancias del hecho investigado. Las preguntas cerradas
permiten confirmar o descartar la información proporcionada, ofreciendo por lo general
dos alternativas de respuesta: Si o No.
El psicólogo deberá considerar lo siguiente:
• La edad, las necesidades y el nivel del desarrollo del niño. niña o adolescente,
teniendo en cuenta su contexto socio-cultural.
• La explicación a la presunta víctima respecto a la forma como se llevará a cabo
la entrevista. permitiéndole formular preguntas.
• De otro lado, respecto a las preguntas:
• Estructurará preguntas que puedan comprenderse fácilmente.
• Efectuará una pregunta a la vez.
• Permitirá que el niño, niña o adolescente cuente con tiempo suficiente para contestar.
• Formulará preguntas que no sean ambiguas, capciosas o sugestivas, así como
tampoco aquellas que induzcan a eludir la respuesta v adoptar actitudes negativas.
• No formulará preguntas directas, hasta que tenga la convicción que el entrevistado este dispuesto a facilitar con exactitud, la información deseada.
Al mismo tiempo se sugiere formular preguntas abiertas, focalizadas y cerradas.
El psicólogo evitará:
• Hablar de sí mismo.
• Demostrar superioridad a través de actitudes y expresiones verbales inadecuadas.
• Expresar acuerdo o desacuerdo con lo que el entrevistado diga.
• Evitar comparaciones.
• Interrumpir al evaluado sin justificación (sólo se acepta la interrupción si tiene un
fin específico).
•
Usar terminología que el entrevistado no pueda comprender.
• Hablar de temas irrelevantes.
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GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
Cuando en el desarrollo de la entrevista surjan situaciones nuevas que deban ser
esclarecidas, el Fiscal se comunicará con el Psicólogo — Facilitador por el medio tecnológico empleado.
Culminación de la Entrevista
El Fiscal dispondrá la culminación de la entrevista. La Entrevista Única será cerrada por el psicólogo con frases cordiales, agradeciéndole al niño, niña o adolescente su
participación y brindándole recomendaciones para su cuidado personal. El psicólogo se
retirará de la Sala de Entrevista Única con la presunta víctima dirigiéndose ambos a un
consultorio debidamente acondicionado para culminar la evaluación psicológica. Posteriormente, se procederá a la elaboración del Protocolo de Pericia Psicológica el que determinará el grado de afectación de la presunta víctima, entregándose al Fiscal en un plazo
máximo de 48 horas.
Después de la Entrevista
Terminada la Entrevista única, el acta será suscrita por el Fiscal de Familia o Mixto
y el Fiscal Especializado en lo Penal, cuando éste último hubiera participado en la formulación de las preguntas. El acta y el medio audiovisual en original serán remitidos por el
Fiscal que entrevista al Fiscal que estuviera a cargo de la investigación. La copia del medio
audiovisual será remitida al Almacén de Elementos Materiales y Evidencias mediante los
Formatos N° A6, A7 y A8; o ala unidad orgánica correspondiente para su custodia.
A.
Seguidamente, el Fiscal de Familia o Mixto procederá de la siguiente manera:
Al.
En el caso de adultos imputados, elaborará el Informe establecido en el inciso b) del articulo 144° del Código de los Niños y Adolescentes, que remitirá
al Fiscal Penal, proponiéndole, cuando corresponda, la derivación de la presunta víctima a la Unidad de Asistencia a Víctimas y Testigos. EI Fiscal Penal
decidirá su admisión o no al Programa de Asistencia a Víctimas y Testigos,
a través del Formato A2. Admitida Ia presunta víctima al Programa, enviará
copia del informe Psicológico a dicha Unidad de Asistencia.
En caso que el Fiscal decida no derivarla a la Unidad de Asistencia, derivará
a la presunta víctima a una dependencia asistencial del Sector Salud, entregándoles a los padres o responsables el oficio de remisión correspondiente.
Posteriormente remitirá copia del Informe Psicológico elaborado con ocasión
de la entrevista única.
A2.
En el supuesto de adolescentes infractores, el Fiscal de Familia o Mixto decidirá cuando corresponda, la derivación de la presunta víctima a la Unidad
de Asistencia a Víctimas y Testigos a través del Formato A-21 Admitida la
presunta víctima al Programa, remitirá copia del Informe Psicológico a dicha
Unidad de Asistencia. En caso de no enviar a la presunta víctima a la Unidad
de Asistencia a Víctimas y Testigos, la derivará a una dependencia asistencial
del Sector Salud, entregándole a los padres o responsables del niño, niña o
adolescente, el oficio para su atención, en el que se consignará el nombre y
apellidos, además del Código Único de Registro.
Posteriormente remitirá copia del Informe Psicológico elaborado con ocasión
de Ia entrevista única. En todos los casos, la información recibida a través del
Informe Psicológico deberá manejarse en estricta reserva y confidencialidad,
bajo responsabilidad. Los resultados del tratamiento deberán ser remitidos a
141
GUÍA DE CAPACITACIÓN
través de un informe, al Fiscal a cargo del caso o a la Unidad de Asistencia,
según corresponda.
B.
El Fiscal de Familia o Mixto remitirá al Fiscal Provincial a cargo del caso. lo siguiente:- El original del Acta de Entrevista Única (Anexo 2o).- El medio magnético que
incluye la grabación de la Entrevista Única, en sobrecerrado, sellado y firmado por
el Fiscal.
C.
El Fiscal de Familia o Mixto archivará en su Fiscalía una copia del Acta de Entrevista.
Entrevistas de carácter excepcional.
Entrevista complementaria
Sólo en casos excepcionales, en los que se advirtiera una supuesta afectación al
derecho de defensa tanto del imputado como de la presunta víctima, y previa evaluación
de su pertinencia por parte del Fiscal competente a cargo de la investigación, se admitirá
una entrevista complementaria sobre aspectos puntuales requeridos por los sujetos procesales en la etapa correspondiente. No se admitirá bajo ningún supuesto, temas que ya
fueron abordados en la entrevista inicial.
Entrevista única no realizada
Cuando no se hubiera entrevistado a la presunta víctima a nivel pre judicial, el Juez
de la causa podrá requerir su declaración en la Sala de Entrevista Única, coordinando
con el Fiscal competente para la respectiva programación. En caso de no practicarse la
declaración en la Sala de Entrevista Única, se respetarán las garantías establecidas en Ia
Ley N° 27115, teniéndose en cuenta el Principio del INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO, que
regula nuestro ordenamiento jurídico en materia de infancia y adolescencia, así como la
presente Guía.
142
GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
Hoja de Ejercicio 8A.
ESTUDIO DE UN CASO – SONIA (16)
La víctima es una adolescente, que parece tener unos 16 años. La llamaremos Sonia.
Sonia llegó a la ciudad de Huancayo en bus procedente de la selva central. En el
terminal terrestre, personal Policial de servicio se percata que su Documento de Identidad
Nacional (DNI) es falso. En realidad es el DNI de otra joven cuyo nombre es María y que
tendría 20 años, el documento fue robado dos años, en las Fiestas de San Juan.
Sonia parece ser de Huancayo, porque habla el castellano, pero tiene un acento,
que al pronunciar las palabras, evidencia ser de la selva. Intenta persuadir al personal
Policial que el DNI es verdaderamente de ella y que ella es “María” quien figura en el DNI.
El personal policial no está convencido y la lleva a una pequeña sala del terminal
terrestre y le dice que la llevará a la comisaría. Sonia niega dar información al Policía que
la entrevista. No quiere decir de dónde viene, cómo es que tiene ese DNI, ni qué hace
fuera de su ciudad. Parece que no tiene dinero. Sonia no parece estar en un buen estado
de salud. Está pálida, muy delgada, y su piel está bastante deteriorada. Está muy nerviosa
y preocupada.
Posteriormente, cuando realizan un registro de su equipaje, sólo encuentran ropa y
artículos de perfumería. Ponen a disposición ante la unidad especializada para que investiguen el caso.
Tarea:
Ustedes son las personas que debe entrevistar a Sonia, obtener evidencia, cuidar y
velar los derechos de la niña.
¿Cómo y qué preguntas le harían durante la entrevista?
Ejemplo:
1.
¿Sabemos que tu nombre no es María, cuál es tu nombre?
2.
¿Cómo te gustaría que te llame?
3.
¿Veo que te sientes mal?
4.
¿Quieres algo de beber?
5.
¿Cómo te llaman tus amigos?
6.
¿Hay alguien que quieres que contacte por ti?
7.
¿De qué ciudad vienes?, tienes acento de la selva.
8.
¿Cuál es la propuesta de trabajo que tienes en esta ciudad?
9.
Si tu documento verdadero ha sido retenido, ¿es por alguna deuda con tu
empleador?
10.
¿Cuál es la relación de amistad que tienes con la persona que vas atrabajar?
11.
¿Dónde has estado viviendo antes de llegar a esta ciudad?
12.
¿Cómo era el ambiente de tu trabajo?
13.
¿A qué distancia de tu trabajo se encontraba tu habitación?
14.
¿Cómo cocinabas tus alimentos?
15.
Te han maltratado alguna vez, o te haz sentido maltratada en tu trabajo? (Hacer referencia que el trabajo del entrevistador es protegerla).
143
GUÍA DE CAPACITACIÓN
16.
¿Cómo te llaman en el trabajo?
17.
¿Si tus familiares directos conocen sobre el trabajo que estás realizando, a
cuál de sus familiares te gustaría comentar sobre los problemas que vives?
18.
¿Cuántos clientes atiende por turno?.
19.
¿Cada cuánto tiempo te cambian de ciudad?, (Hacer un comentario de las
bondades culinarias y turísticas de los lugares que menciona y preguntar que
conoce de dichos lugares)
20.
¿Quién paga los gastos de comida y pasaje?.
21.
¿Temes por la vida de tus familiares y/o por tu propia vida.
Haga recomendaciones para conducir la entrevista del mejor modo posible
Recomendaciones:
• No reciba llamadas, ni permita interrupciones.
• Tomar el tiempo necesario para la entrevista. No presionar por el tiempo.
• Cuidar la postura, debe denotar protección, no de juez, ni acusador.
• Cuidar las expresiones de su rostro.
• Realizar las preguntas de forma respetuosa.
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GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
Hoja de Ejercicios 8B
ESTUDIO DE UN CASO – KATY (10)
La policía llevó a cabo un operativo policial en un prostíbulo.
Durante el operativo policial, encontró a varias personas en las habitaciones del
prostíbulo. Una es un hombre de mediana edad que aparentemente era un cliente. Otra es
una mujer de mediana edad que parece ser la “mami”. Es de la zona. Hay cuatro jóvenes,
y todas parecen tener algo más de 20 años. Dos son de la zona y las otras dos son de la
Selva. También hay una niña que parece tener unos 10 años.
La niña no tiene documento. La mujer de mediana edad dice que ella cuida a la niña,
que es hija de un pariente, pero no quiere dar el nombre de esa persona e insiste en que
no responderá ninguna pregunta, si no es que su abogado esté presente.
Las otras jóvenes, mencionan a la policía que no saben de dónde viene la niña, pues
no pueden comunicarse con ella. Sin embargo, dicen que se llama “Katy”.
La niña no habla muy bien el castellano y no puede responder a ninguna de las preguntas de la policía. Parece estar drogada.
La Policía la lleva de inmediato al hospital, mientras continúa con la investigación.
Descubren que la niña viene de una Comunidad Nativa de un distrito de la Selva. Sin embargo, no tienen idea de cómo llegó a la Ciudad.
Unos días después, un policía va a entrevistar a la niña. Lleva a un intérprete con él.
Tarea:
Ustedes son las personas que deben entrevistar a Katy, obtener evidencia, cuidar y
velar por los derechos de la niña.
¿Qué preguntas le harían durante la entrevista?
Ejemplo:
1. ¿Katy verdad? Tienes un bonito nombre!
2. ¿Tienes algún juego favorito que te hace sentir bien?
3. ¿Cómo te llaman tus amiguitos cuando juegas?
4. ¿Qué te pasó? Dónde están tus papás, tus hermanos?
5. ¿Hasta qué grado estudiaste?.
6. ¿Hay alguien que quieres que contacte-llame por ti?
7. ¿De qué ciudad vienes?
8. ¿Con quién viniste a Huancayo?
9. ¿Dónde la conociste?
10. ¿Alguien te hizo algo, que tu no querías?
11. ¿Cuántas veces te han pegado y te han gritado?
12.
¿Quién te defendía?
13. ¿Tienes miedo que le pase algo a tu mamá o a tus familiares?
14. ¿Alguna vez haz salido a jugar al parque?
145
GUÍA DE CAPACITACIÓN
15. ¿A qué hora te acostabas?
16. ¿A qué hora comías y cuántas comidas al día?
17. ¿Cuándo dijiste que querías ir a tu casa, qué te decían?
18. ¿Recuerdas cuántos niños vivían donde estabas viviendo?
19. ¿Si recuerdas qué le hacían a las otras niñas?
20. ¿Te llevaron a otro lugar aparte de Huancayo?
21. ¿Con quiénes te quedabas?
Haga recomendaciones para conducir la entrevista del mejor modo posible
Recomendaciones:
• No reciba llamadas, permita interrupciones de terceros.
• Tomar el tiempo necesario para la entrevista. No presionar por el tiempo.
• Cuidar la postura, debe denotar protección, no de superioridad, ni de acusador.
• Cuidar y suavizar las expresiones de su rostro.
• Realizar las preguntas de forma respetuosa.
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GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
SESIÓN 9
ACTORES Y SUS ROLES
9.1. Objetivos
Al finalizar la sesión el participante podrá:
• Reconocer a las instituciones y personas interesadas e involucradas en la lucha
contra la trata de niños y adolescentes.
• Analizar cómo las instituciones y personas deben colaborar entre ellas y apreciar
el valor de dicha colaboración.
9.2. Instrucciones para el capacitador/a
a. Esta sesión es bastante práctica. Tiene dos aspectos: uno es que los participantes tengan información sobre los actores y sus roles, y el otro es que propongan
posibilidades futuras de cooperación entre ellos y otros actores.
b. Es una sesión larga, de modo que deberá planificar el uso del tiempo con cuidado.
c. Antes de la sesión, revise la Hoja de Ejercicios 9A Ficha de actores y roles, asegúrese de que sea precisa. Agregue o quite información de ser necesario. Los
participantes deberán tener en claro los roles que le son asignados a los actores
y analizar las limitaciones de los roles de los distintos actores. Dé la oportunidad
a los participantes de que sugieran cambios que sienten que deberían hacerse a
la descripción de los roles que figura en la planilla.
d. Si prefiere usar la ficha sólo como información secundaria, puede trabajar con
los participantes para trazar en un papelote un “mapa” de actores como representación visual. Asegúrese de marcar con un plumón las relaciones que existen
entre actores y con otro color marque las que deberían incrementarse.
e. En la Hoja de Ejercicios 9B encontrará un caso, con el que los participantes podrán realizar una dramatización. Permita a los participantes decidir cuáles son las
instituciones pertinentes y qué roles deberían realizar. Lo mejor es que haya al
menos una persona en cada grupo del juego que conozca el rol de la agencia a
la que representa; de lo contrario, los participantes no estarán seguros de si sus
decisiones sobre las medidas a tomar son posibles o no. Si la dramatización no
es viable, puede reemplazarla con un debate sobre el caso estudiado y los roles
de los distintos actores involucrados.
f. Es importante incluir un debate sobre el valor de trabajar juntos y como lograr
que los actores puedan colaborar entre ellos. De esa manera, los participantes
verán cómo pueden utilizar los contactos e información del curso para mejorar
sus responsabilidades hacia los niños y adolescentes en el futuro. Utilice la Hoja
Informativa 9A y 9B (que describe el sistema en Italia y Moldavia) como punto
de partida para el debate.
g. En el contexto de las soluciones, debata él Mecanismo Nacional de Protección
del Perú- Hoja informativa 9C como estructura para combatir la trata de personas. Asegúrese de que los participantes logren a conocer cómo funciona y cómo
147
GUÍA DE CAPACITACIÓN
podrían trabajar con él en el futuro. De se posible busque folletos actuales sobre
el mecanismo nacional y direcciones locales a la que acudir.
h. La lista de contactos es una herramienta muy útil para que los participantes se
lleven al final del curso. Hay un modelo de dicha lista en la Hoja de Ejercicios 9C.
Usted puede compartir los contactos que conozca y los participantes podrían
realizar una lluvia de ideas para complementar la lista.
9.3. Formato sugerido para el taller
a. Inscripción y bienvenida. (5min)
b. Dinámica. La doble rueda. Sugerido en la Hoja Informativa 2F. (10 min).
c. Formar grupos pequeños de 4 y distribuya la Hoja de Ejercicios 9A. Pregunte a
los grupos si están de acuerdo con la descripción de los roles que figuran en
cada categoría de actor. (20 min)
d. Reparta a los participantes la Hoja de Ejercicios 9B. Pídales que la lean individualmente. (10 min)
e. Divida a los participantes en no más de 6 grupos de entre 4 y 5 personas, y asigne un rol a cada grupo. Los roles posibles son: (35 min)
i. Policía Nacional del Perú /Servicios de Fiscalía
ii. Organismos del Estado (Ministerio de Educación, Ministerio de Bienestar Social, etc.)
iii. Agencia de protección de los niños y adolescentes
iv. ONGs (organizaciones no gubernamentales) y OIGs (organizaciones inter-gubernamentales)
v. Padres /escuelas
vi. Embajada /Consulado
Los grupos deben analizar el caso desde la perspectiva de su rol para responder las preguntas que figuran al final del estudio.
f. Un grupo informa al grupo entero de sus respuestas. Los otros grupos tienen
la oportunidad de comentar las respuestas, y comparar sus expectativas y sus
respuestas con las de su propio rol. (40 min)
g. Use la Hoja Informativa 9A para explicar la forma en que las víctimas de la trata
son asistidas en otros países como Italia. Organice un debate general sobre si los
actores del país podrían trabajar juntos de manera más efectiva para proteger
a los niños y adolescentes. Utilice estas preguntas para iniciar la discusión: (30
min).
• ¿Qué tipo de colaboración por parte de otros actores ayudaría a proteger mejor a los niños y adolescentes en su trabajo?
• ¿Qué iniciativas podrían tener para asegurarse de conseguir dicha colaboración?
h. Use la Hoja Informativa 9B para explicar los Mecanismos Nacionales de
i. Referencia. Solicite sugerencias sobre cómo dicha estructura podría funcionar
en nuestro país (30 min)
j. Presente un resumen de la “Ficha de contactos” (Hoja de Ejercicios 9C). Pida a
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GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
los participantes que realicen una lluvia de ideas para completar la planilla. Cada
participante deberá completar su propia planilla de contactos con la información
pertinente.
9.4 Recursos /Materiales necesarios:
Recursos /Materiales
Tiempo
Copias de las Hojas de Ejercicio 9A, 9B y 9C, (planilla 9C 3 horas.
completada), Hojas informativas 9A y 9B, (información
sobre el Mecanismo Nacional de Referencia o el Plan Nacional de Acción), papelote, marcador, bolígrafos.
9.5. Planificación del programa de la Sesión 9
Duración: 2hrs 30 min.
Duración
Contenidos
Métodos
Responsables
Comentarios/ materiales
5 min
Inscripción y bienvenida
Participativo
Capacitador 1
Lista de asistencia
Ambiente adecuado.
10 min
Dinámica La doble rueda”
Participativo
Capacitador 1
Ambiente amplio
Hoja Informativa 2F
20 min
Descripción de actores y
roles Hoja informativa 9ª
Expositivo
Capacitador 2
Copias de planilla 9A
10 min
Lectura de caso por grupos
Hoja de Ejercicios 9B y resolver el caso
Expositivo
Participativo
Capacitador 2
Copias de planillas de capacitación 9B.
25 min
Trabajo de grupo identificación de roles asignados
Participativo
Capacitador 2
Preguntas
25 min
Debate compartiendo las
conclusiones
Expositivo
Participativo
Capacitador 2
Preguntas
15 min
Reconocimiento de actores y estrategias de intervención
Debate
Capacitador
Papelotes
Plumones
Masking
20 min
Forma de asistencia a las
víctimas
Expositivo
Capacitador
Power point
20 min
Elaboración de Mapa de
actores estratégicos en la
zona. Hoja de ejercicios 9C
Participativo
Capacitador
Papelotes
Plumones
Masking
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GUÍA DE CAPACITACIÓN
9.6. Hojas de Apoyo de la Sesión 9
Hoja Informativa 9A
ASISTENCIA A VÍCTIMAS DE LA TRATA DE PERSONAS EN
ITALIA
Artículo 18 del Decreto Legislativo Nº 286/98
Dado que la lucha contra la trata de seres humanos se ha convertido en una prioridad para las autoridades italianas, Italia ha adoptado varias iniciativas judiciales y humanitarias para abordar el fenómeno del ingreso de mujeres y niñas víctimas de trata provenientes de Europa Oriental y de África.
El Departamento Italiano de Oportunidades Igualitarias coordina una Comisión Inter-ministerial que es responsable de la dirección e implementación del Artículo 18 del
Decreto Legislativo Nº 286/98. Mediante dicho artículo, Italia ha intentado responder al
problema de la trata de personas. La disposición permite que se otorgue un permiso especial de residencia a las víctimas de trata y su participación en un programa de asistencia
social y de inserción.
Por lo tanto, el Artículo 18º es una herramienta para la acción legal, pero también
es una medida humanitaria. Permite asistir y proteger a las mujeres víctimas de trata, a
quienes a menudo no se consideraba víctimas del delito sino delincuentes.
El otorgamiento de un permiso y la inserción en un programa de protección social
no impone a la víctima la obligación de reportarse a la policía. En cambio, de este modo la
víctima ofrece información y cooperación a las autoridades. Esta disposición es innovadora porque otorga protección inmediata a todas las víctimas de trata y les ofrece un incentivo para cooperar en la investigación. Se basa en la idea de que las víctimas cooperarán
más si se sienten seguras y tienen derechos.
El permiso es otorgado «cuando las operaciones policiales, investigaciones o procedimientos judiciales que involucran cualquiera de los delitos... o cuando los servicios
sociales de un gobierno local, al realizar su trabajo de asistencia social, identifican situaciones de abuso o de explotación severa de un ciudadano extranjero, y cuando la seguridad
de dicho ciudadano extranjero corre peligro como consecuencia de sus intentos de huir
de una organización delictiva que se dedica a uno de los delitos mencionados anteriormente, o como consecuencia de declaraciones realizadas durante investigaciones preliminares, o durante el transcurso del procedimiento judicial». (Art. 18º, párrafo 1)
La autoridad local o una organización privada pueden solicitar el permiso de residencia. La decisión de otorgar dicho permiso la toma el «Questore», que debe estar informado sobre el programa de inserción para la víctima de trata. El permiso de residencia se
otorga inicialmente por 6 meses. Luego puede renovarse por un período de un año o más
si así lo requiere el sistema judicial. El permiso es revocado si la víctima extranjera deja el
programa de inserción.
150
GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
Dentro del marco del Artículo 18º, se asignaron fondos nacionales al Departamento
de Oportunidades Igualitarias para financiar e implementar dos tipos de programas: proyectos de protección social e iniciativas del sistema.
Los proyectos de protección social brindan a las mujeres y niños y adolescentes
extranjeros que son víctimas de la trata un alto nivel de protección social, que puede incluir un permiso especial de residencia, un alojamiento adecuado, información sobre sus
derechos, servicios sociales y de salud, atención médica y psicológica, asistencia para
hallar empleo, capacitación en oficios, asesoramiento legal y los servicios de un traductor
competente durante los procesos legales. Se espera que este tipo de apoyo y protección
aliente a las víctimas a cooperar con las autoridades identificando a los delincuentes dedicados a la trata de personas, especialmente mediante el proceso judicial.
Las iniciativas del sistema apoyan dichos programas a través de campañas de concienciación, investigación, actividades de capacitación para el público y para los operadores privados de los programas de protección social, asistencia técnica y monitoreo de
proyectos. La iniciativa más significativa es la Línea de Ayuda Telefónica Gratuita, que
permite a las víctimas de la trata contactarse con profesionales que pueden ayudarlas. La
línea comenzó a funcionar en julio de 2000.
Otras dos iniciativas importantes son:
• El monitoreo nacional de actividades y seguimiento de denuncias contra delincuentes dedicados a la trata de personas (a cargo del Departamento de Investigación de la Universidad de Trento).
• Repatriación voluntaria asistida y reinserción de víctimas de trata en sus países
de origen (del Ministerio del Interior en colaboración con la Organización Internacional para las Migraciones - OIM). Doscientos casos ya fueron asistidos dentro
de un período de operación de cinco años.
151
GUÍA DE CAPACITACIÓN
Hoja informativa 9B
MECANISMO NACIONAL DE REFERENCIA EN MOLDAVIA
Un Mecanismo Nacional de Referencia (MNR) es un proceso que consiste en que los
diferentes actores identifiquen a las presuntas víctimas de trata y en lograr la cooperación
de los actores para asegurar que las víctimas sean referidas a los servicios especializados.
Las agencias de seguridad pueden ser la principal autoridad responsable de la identificación de las víctimas, pero muchas otras instituciones y personas también se pueden
topar con presuntas víctimas, y son una importante fuente de información. Un MNR bien
establecido, con sujetos informados, debería involucrar a todos sus «socios» en el proceso de identificación.
La República de Moldavia tiene un MNR desde comienzos de 2004. Es un marco
de cooperación a través del cual los actores estatales cumplen con sus obligaciones de
proteger y promover los derechos humanos de las víctimas de trata. Los esfuerzos son
coordinados en una asociación estratégica entre las autoridades de las fuerzas de seguridad y la sociedad civil.
Los objetivos básicos del MNR son asegurar que los derechos humanos de las víctimas sean respetados y proveer una forma efectiva para referir a las víctimas a los servicios
disponibles.
En Moldavia, eso significa que el MNR:
• Guía respecto de cómo identificar y tratar como corresponde a las víctimas de la
trata de personas, respetando sus derechos y dándoles poder sobre las decisiones que afectan a sus vidas.
• Ofrece un sistema para referir a las víctimas a agencias especializadas que ofrecen refugio y protección ante daño físico y psicológico, así como también servicios de apoyo. Los servicios disponibles incluyen asistencia médica, social y psicológica, asesoramiento y servicios legales, asistencia para obtener documentos
de identificación y facilitación de la repatriación voluntaria.
• Establece mecanismos para armonizar la asistencia a las víctimas con los esfuerzos de investigación y de la fiscalía.
• Brinda un marco institucional que permite la participación multidisciplinaria en
la lucha contra la trata de personas, permitiendo así monitorear el fenómeno y
evaluar las respuestas ante el mismo.
Los Acuerdos de Cooperación del MNR, firmados entre estructuras estatales y no
estatales, pueden surgir como resultado de una directiva según la cual las presuntas víctimas de trata son transferidas de la custodia policial a servicios de apoyo y protección operados por ONGs. También pueden surgir a través de un memorando de acuerdo formal.
La experiencia demuestra que los acuerdos de cooperación entre actores estatales
y no estatales incrementa la tasa de juicios exitosos de delincuentes dedicados a la trata
de personas.
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GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
Algunas investigaciones llevadas a cabo en Europa Occidental muestran que más
del 40% de las víctimas de trata son identificadas mediante el trabajo de calle de las ONGs,
las autoridades locales y las líneas de ayuda. Los clientes de las prostitutas y otros ciudadanos identifican a más del 22% de las víctimas. Menos del 14% de las genuinas víctimas
de trata son identificadas por la policía. En investigaciones sobre programas de apoyo a
las víctimas en el sudeste de Europa se demostró que sólo un tercio de todas las presuntas
víctimas de la trata de mujeres fueron identificadas por agencias de seguridad. La mayoría
de las víctimas no fueron referidas a refugios ni programas de apoyo, sino que fueron enviadas a centros de detención y prisiones antes de ser deportadas.
Un complejo sistema de actores puede y debe involucrarse en la identificación de
las presuntas víctimas de trata. Dichos actores deben estar capacitados e interconectados
para garantizar las referencias.
El proceso de identificación debe incluir respeto por los puntos de vista y la autonomía de las víctimas mismas. Por lo tanto, el proceso debe ser una parte integral de la
protección de las víctimas.
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GUÍA DE CAPACITACIÓN
Hoja informativa 9C
MECANISMO NACIONAL DE PROTECCIÓN EN PERÚ
REGLAMENTO DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN DE
COLABORADORES, VÍCTIMAS, TESTIGOS Y PERITOS - LEY
Nº 27378 DECRETO SUPREMO Nº 020-2001-JUS
El año 2001, en el gobierno de Valentín Paniagua, se aprobó el reglamento de Medidas de Protección de Colaboradores, Testigos, Peritos y Víctimas, Ley Nº 27378.
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º.- El presente reglamento tiene por objeto establecer las normas y procedimientos relacionados con las medidas de protección de los colaboradores, testigos,
peritos y víctimas, dictadas al amparo de lo establecido en la Ley Nº 27378.
Artículo 2º.- Corresponde a la Fiscalía de la Nación, en coordinación con el Poder
Judicial, y el Ministerio del Interior establecer un sistema integral y programas específicos
de protección de colaboradores, víctimas, testigos y peritos.
La Fiscalía de la Nación propondrá al Ministerio de Justicia, sin perjuicio de las instrucciones que pueda dictar a los Fiscales, las normas reglamentarias adicionales que
requiera la efectiva aplicación de la legislación sobre la materia.
Artículo 3º.- La Ley Nº 27378 será denominada en el presente reglamento como la
Ley.
Artículo 4º.- Las disposiciones establecidas en este reglamento alcanzan a los colaboradores, testigos, peritos y víctimas, cuya integridad física, libertad o bienes se encuentren en peligro grave como consecuencia de su participación en los procedimientos
penales especiales materia de la Ley.
Artículo 5º.- El Fiscal o el Juez, según corresponda, apreciará la gravedad del riesgo
teniendo en cuenta, entre otras, las siguientes circunstancias:
a. Tipo y características de la información brindada;
b. Actos de represalia o intimidación realizados o que pueda esperarse se produzcan;
c. Vulnerabilidad de las personas contempladas en el Artículo 21º de la Ley;
d. Situación personal y procesal de la persona que aporta la información.
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GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
CAPÍTULO II
MEDIDAS DE PROTECCIÓN
Artículo 6º.- Corresponde al Fiscal, de oficio o a instancia del interesado, adoptar las
medidas de protección previstas en la Ley y el presente Reglamento, siempre que respecto de los hechos materia del procedimiento especial de colaboración no exista proceso
penal abierto. Sin perjuicio de lo anterior, el Fiscal en toda circunstancia debe controlar la
correcta ejecución de las medidas de protección, adoptando o solicitando, de ser el caso,
las medidas correctivas que correspondan.
Artículo 7º.- El órgano jurisdiccional, cuya competencia se radica en función a la etapa del proceso principal que determina la participación del protegido, será el encargado
de decidir la imposición, modificación o cesación de las medidas de protección, siempre
que por los hechos objeto de colaboración eficaz esté en curso un proceso penal. La competencia del órgano jurisdiccional se extiende a la etapa de ejecución si el protegido es un
colaborador que está sujeto a una pena privativa de libertad efectiva.
Artículo 8º.- Una vez finalizado el procedimiento de colaboración eficaz y, en su
caso, el proceso penal que se inició a raíz de la información que proporcionó el protegido,
el Fiscal tiene a su cargo la decisión de mantener o hacer cesar las medidas de protección,
aun cuando éstas hayan sido dictadas por el órgano jurisdiccional.
Artículo 9º.- Las medidas de protección que pueden adoptarse son las siguientes:
a. Protección policial, que puede incluir la designación de personal policial permanente en su domicilio y en sus desplazamientos cotidianos, el cambio de residencia a un lugar no conocido, el traslado del protegido a un local o vivienda especial
y, de modo general, la ocultación de su paradero para todos los efectos;
b. Reserva de la identidad del protegido en las diligencias en que intervenga, imposibilitando que conste en las actas respectivas su nombre, apellidos, domicilio,
lugar de trabajo y profesión, así como cualquier otro dato que pudiera servir
para la identificación del mismo. En estos casos se permitirá la asignación de
una clave secreta, que sólo será de conocimiento de la autoridad que imponga
la medida y de la Unidad Policial Especial a que hace referencia el Capítulo III del
presente Reglamento
c. Intervención del protegido en las diligencias en que deba participar personalmente, utilizando cualquier procedimiento que imposibilite su identificación visual normal;
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GUÍA DE CAPACITACIÓN
d. Utilización de procedimientos, mecánicos o tecnológicos, tales como videoconferencias u otros medios adecuados, siempre que el órgano jurisdiccional cuente
con los recursos necesarios para su implementación. Estas medidas se adoptarán para evitar que se ponga en peligro la seguridad del protegido una vez
desvelada su identidad y siempre que lo requiera la preservación del derecho de
defensa de las partes en el proceso penal;
e. Fijación, como domicilio la sede de la fiscalía competente, a efectos de citaciones
y notificaciones;
f. Facilitación de documentos que contengan una nueva identidad y, de ser el caso,
de medios económicos para cambiar su residencia o lugar de trabajo, en circunstancias excepcionales y de especial gravedad. Corresponderá al Fiscal del caso
decidir estas medidas excepcionales, mediante resolución motivada, aprobada
por el Fiscal Superior Coordinador y previa consulta con el Fiscal de la Nación de
los recursos que puedan utilizarse. A estos efectos, en el primer caso, se cursará
oficio -estrictamente reservado- a las autoridades competentes para la entrega
de los nuevos documentos de identidad, mediante un procedimiento secreto a
cargo de la Unidad Policial Especial correspondiente; y, en el segundo caso, se
hará entrega al protegido del dinero respectivo según los procedimientos reservados que regule la Fiscalía de la Nación, cuidando la Unidad Policial Especial del
correcto uso del mismo según los fines que determinaron el apoyo económico.
Cuando exista proceso penal en curso, el Juez será el encargado de dictar estas
medidas excepcionales;
g. Ubicación del colaborador que se encuentre recluido en un establecimiento penitenciario en un ambiente que garantice su seguridad e integridad física;
h. Protección de los derechos laborales de conformidad con la legislación vigente.
Artículo 10º.- La revocación de la reserva de la identidad del protegido se podrá
decidir durante la etapa intermedia o al inicio de la audiencia, previa solicitud motivada de
las partes.
Dicha revocación tiene por objeto:
a. Que el protegido pueda ser interrogado en el acto oral o que su declaración se
someta a contradicción;
b. Que las partes, dentro del tercer día de notificada la revocación, puedan interponer tachas contra los testigos protegidos o recusaciones contra los peritos
protegidos, de conformidad con lo dispuesto en el Código de Procedimientos
Penales;
c. Que las partes, en igual plazo, puedan ofrecer nueva prueba tendente a acreditar
alguna circunstancia capaz de influir en el valor probatorio de la información proporcionada por el protegido, luego de conocer su identidad.
d. El levantamiento de la reserva de identidad sólo comprenderá la revelación de su
identidad, respetándose las garantías restantes o medidas de protección reconocidas por la Ley y el presente Reglamento.
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GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
CAPÍTULO III
DE LA UNIDAD ESPECIALIZADA DE INVESTIGACIÓN, COMPROBACIÓN Y PROTECCIÓN
Artículo 11º.- Créase la Unidad Especial de Investigación, Comprobación y Protección - UECIP de la Policía Nacional, como entidad adscrita a la Fiscalía de la Nación, encargada de llevar a cabo, bajo la conducción del Fiscal respectivo, las investigaciones y
comprobaciones requeridas al amparo del Artículo 11 de la Ley, así como de proteger a
los colaboradores, víctimas, testigos y peritos que brinden, según el caso, informaciones,
declaraciones o informes en el marco de lo establecido en la Ley Nº 27378.
Artículo 12º.- La UECIP depende disciplinaria y administrativamente del Ministerio
del Interior.
Desarrolla sus funciones de acuerdo a lo establecido en el presente Reglamento y a
los criterios funcionales señalados por la Fiscalía de la Nación.
Artículo 13º.- Son funciones de la UECIP:
a. Realizar las indagaciones que le encargue el Fiscal sobre las informaciones dadas
por las personas que quieran acogerse a los beneficios por colaboración eficaz;
b. Elevar informes al Fiscal sobre las indagaciones señaladas anteriormente;
c. Ejecutar directamente o, en su caso, coordinar con las Unidades Policiales que
por razones funcionales u operativas deban intervenir, las medidas de protección
que les conciernan, dispuestas por el juez o fiscal a favor de los colaboradores,
testigos, peritos o víctimas;
d. Someter a consideración del Fiscal de la Nación los Planes y Programas de protección de colaboradores, testigos, víctimas y peritos que elaboren, así como
informar puntualmente de la situación general de personas sujetas al programa
de protección;
e. Cuidar que se preserve la identidad y la imagen de las personas que son objeto
de protección;
f. Dar cuenta al Fiscal y al órgano jurisdiccional acerca de la ejecución e incidencias
de las medidas de protección que se hubieren dictado; y
g. Las demás funciones que le encargue la Fiscalía de la Nación, dentro del ámbito
de la Ley.
Artículo 14º.- Los efectivos de la UECIP serán destacados por la Dirección General
de la Policía Nacional del Perú, previa aprobación de la Fiscalía de la Nación.
Artículo 15º.- Los efectivos de la UECIP conservan sus derechos, atribuciones y facultades como miembros de la Policía Nacional del Perú, debiendo sujetar sus funciones
a lo establecido en el presente Decreto Supremo.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- El costo de implementación del Programa de Protección de colaboradores, testigos, peritos y víctimas, a que se refiere la Ley Nº 27378, será financiado con
cargo a los presupuestos aprobados a favor de los pliegos involucrados en el presente
Reglamento.
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GUÍA DE CAPACITACIÓN
En caso que dicha financiación resulte deficitaria, los Titulares de los Pliegos solicitarán las transferencias financieras que resulten necesarias, las mismas que podrán efectuarse en base a los resultados de las evaluaciones financieras a que se refiere el inciso a)
del Artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 909, Ley de Presupuesto del Sector Público para
el año Fiscal 2001.
CONCORDANCIAS: D.S. N° 012-2004-JUS, Art. 1
Segunda.- Encárgase al Ministerio Público, a través de la Fiscalía de la Nación, la realización de las acciones pertinentes para la puesta en marcha del Programa de Protección
de colaboradores, testigos, peritos y víctimas a que alude la Ley y el presente Reglamento.
Tercera.- La Unidad Especial de Investigación, Comprobación y Protección - UECIP
de la Policía Nacional como entidad adscrita a la Fiscalía de la Nación, entrará en funcionamiento en un plazo no mayor de 30 días desde la entrada en vigencia del presente
Reglamento.
EL GRUPO DE TRABAJO MULTISECTORIAL PERMANENTE
CONTRA LA TRATA DE PERSONAS
DECRETO SUPREMO Nº 002-2004-IN
El año 2004, en el gobierno de Alejandro Toledo, en base al artículo 2, inciso 24,
literal b) de la Constitución Política del Perú que proscribe toda forma de restricción de la
libertad personal salvo en los casos previstos por la ley, señalando que están prohibidas la
esclavitud, la servidumbre y la trata de seres humanos en cualquiera de sus formas y que
resultaba de prioritario interés nacional la constitución de un grupo de trabajo multisectorial permanente que articule ejecutivamente los diversos esfuerzos que realizan entidades
públicas y privadas para prevenir y combatir este estigma social;
Decretó:
Artículo 1º.- Constitución de Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente
Constitúyase el Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente contra la Trata de Personas que estará integrado por los siguientes miembros:
a.
b.
c.
d.
e.
f.
g.
h.
Un representante del Ministerio del Interior; (*)
Un representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social;
Un representante del Ministerio de Salud;
Un representante del Ministerio de Justicia;
Un representante del Ministerio de Educación;
Un representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores;
Dos representantes de las instituciones de la sociedad civil especializadas en el
tema.
Cada miembro titular contará con un suplente, estos últimos se encontrarán facultados para asistir a las sesiones del Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente en caso de
impedimento o ausencia del Titular.
El Poder Judicial, el Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo podrán acreditar
158
GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
un representante titular y un suplente, respectivamente.
(*) De conformidad con el Artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 002-2004-IN,
publicada el 11-03-2004, se designa al Viceministro del Interior y al Director General de
Migraciones y Naturalización como representantes titular y suplente, respectivamente, del
Sector Interior ante el Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente contra la Trata de Personas.
Artículo 2º.- Secretaría Técnica
La Secretaría Técnica es el órgano ejecutivo del Grupo de Trabajo Multisectorial
Permanente contra la Trata de Personas, la misma que recaerá en el Ministerio del Interior.
Artículo 3º.- Funciones
El Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente contra la Trata de Personas tendrá
las funciones siguientes:
a. Coordinar las acciones de las diversas entidades públicas y privadas comprometidas en la lucha contra la trata de personas, incluyendo la realización de actividades conjuntas;
b. Coordinar y promover el establecimiento de un sistema estadístico para el levantamiento y sistematización de información acerca de la trata de personas en el
país;
c. Promover la adopción de medidas de prevención y protección de las víctimas y
testigos;
d. Procurar la articulación con organismos regionales e internacionales a fin de hacer más eficaces los esfuerzos nacionales contra la trata de personas, así como
procurar la participación del país en grupos de trabajo multinacionales o internacionales para prevenir, monitorear o controlar la trata de personas;
e. Proponer medidas legislativas para reprimir eficazmente la trata de personas; y,
f. Apoyar la realización de campañas educativas y de difusión como medidas de
prevención.
Artículo 4º.- Inicio de actividades
Dentro de los cinco (5) días útiles de vigencia del presente Decreto Supremo, los
sectores mencionados en el Artículo Primero designarán mediante Resolución Ministerial,
a sus miembros titulares y suplentes. Dichas Resoluciones serán puestas en comunicación
de la Secretaría Técnica dentro de los dos (2) días útiles siguientes de su expedición.
La elección de las instituciones representativas de la sociedad civil será efectuada en
la primera sesión del grupo de trabajo. Una vez elegidas, éstas acreditarán a sus representantes directamente a la Secretaría Técnica, dentro de los cinco (5) días útiles siguientes.
Las otras entidades públicas que conforman el Grupo de Trabajo nombrarán a sus
representantes a través de decisión administrativa del titular de la entidad.
Artículo 5º.- Concurso de personas o instituciones
El Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente podrá solicitar el concurso de personas e instituciones públicas y privadas a nivel nacional que coadyuven al cumplimiento
de sus funciones.
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GUÍA DE CAPACITACIÓN
Las entidades públicas proporcionarán la información que el Grupo de Trabajo necesite para el cumplimiento de sus funciones y le prestarán su colaboración.
Artículo 6º.- Gastos
Los gastos que demande el funcionamiento del presente grupo de trabajo, se atenderán con cargo a los respectivos pliegos institucionales, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
160
GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
Hoja de Ejercicios 9A
FICHA DE ACTORES Y SUS ROLES
Actores
Roles
1. Fuerzas de seguridad
• Policía
• Policía fronteriza
• Servicios de
inmigración
• Prevenir las actividades ilegales y los delitos.
• Preservar la paz y el orden.
• Proteger la vida y la propiedad.
• Investigar delitos bajo la dirección del fiscal.
• Recoger evidencia.
• Arrestar sospechosos.
• Efectuar allanamientos e incautaciones para recolectar evidencia.
• Registrar denuncias y recomendaciones en la Fiscalía.
• Enlazar con los organismos de seguridad pertinentes de otros países (ej. Ministerio del Interior, Ministerio de Relaciones Exteriores)
2. Ministerio
Público
• Fiscal
• Investigar denuncias.
• Dirigir la investigación policial de los delitos.
• Recolectar, examinar y analizar la evidencia.
• Determinar qué supuesto delito se cometió, y si fue delito.
• Descartar la denuncia o emitir una acusación (o presentación formal de cargos penales en la corte).
• Ejercer la labor de fiscal en la corte
3. Poder Judicial
Emitir órdenes de arresto de los sospechosos
• Emitir órdenes de detención
• Emitir una medida restrictiva sustituta o liberación condicional
• Emitir órdenes de examen forense
• Emitir órdenes de allanamiento e incautación
• Presidir audiencias de revisión de arrestos y detención
• Presidir audiencias de juicios
• Escuchar los hechos de los casos y determinar las leyes que se
aplican a esos hechos
• Determinar la culpabilidad o inocencia del acusado
• Imponer una pena o sentencia
• Ordenar medidas alternativas u otras disposiciones (alternativas a
la detención: servicios comunitarios, sentencia suspendida, capacitación en oficios)
• Jueces
161
GUÍA DE CAPACITACIÓN
4. Sistema de protección de los niños y adolescentes
• Asistente social
• Tutor legal
• Doctor
• Psicólogo
a) Manejo del caso
• Garantizar el interés superior del niño es la prioridad
• Llevar a cabo evaluaciones individuales del caso para determinar
las necesidades del niño, niña o adolescente, desarrollar un plan
individual de atención y protección, y referirle a los servicios adecuados
• Trabajar con las víctimas infantiles para identificar las necesidades y problemas del niño, niña o adolescente, evaluar los problemas
psico-sociales y encontrar e implementar soluciones
• Realizar investigaciones sociales del caso, evaluaciones diagnósticas y planes de rehabilitación
• Ofrecer a los niños y adolescentes el apoyo, el asesoramiento psicológico y la motivación que necesitan al implementar planes de rehabilitación
b) Asistencia durante el proceso legal en la corte
• Preparar/entregar informes de estudios sociales del caso con evaluaciones y recomendaciones sobre el interés superior del niño
• Asesorar a los actores del proceso judicial sobre procedimientos
adecuados para niños y adolescentes
• Garantizar la representación y presencia del niño, niña o adolescente en las audiencias judiciales
• Acompañar y asesorar al niño, niña o adolescente durante la investigación y el juicio
• Informar al niño, niña o adolescente y a su familia el estado del
caso y la evolución del mismo
c) Provisión de servicios de alojamiento, rehabilitación y reinserción
• Proveer un refugio seguro para el niño, niña o adolescente
• Proveer asesoramiento psico-social y asistencia en rehabilitación
para la víctima infantil
• Proveer asesoramiento psicológico para preparar la reinserción social del niño, niña o adolescente
• Facilitar la reunificación familiar
• Colaborar en la reinserción del niño, niña o adolescente en su comunidad facilitando el acceso a la escuela, a la formación en oficios
y a otras actividades o programas comunitarios
d) Atención a corto plazo y soluciones duraderas
• Rastrear y localizar a la familia del niño, niña o adolescente
• Llevar a cabo evaluaciones de seguridad y riesgos para determinar
la mejor atención a largo plazo para el niño, niña o adolescente (reunificación familiar, repatriación o reinserción)
• Facilitar la implementación de una solución duradera
5. Comunidad
• Iglesia
• Escuelas
• ONGs
• Organizaciones
comunitarias
• Redes de protección de menores
• Medios
• Universidades
162
•Prevención de delitos
• Detección y denuncia de delitos
• Líneas de ayuda
• Apoyo y asistencia a la víctima (refugio, médico, psico-social y
económico)
• Rehabilitación y educación
• Reinserción
• Defensoría
• Prevención de la explotación
• Información y concienciación del público en general
GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
6. Sector privado
• Industria de viajes
y turismo
• Industria del
transporte
• Taxistas
• Hoteles
• Restaurantes
• Empresas de
entretenimiento y
tiempo libre
• Prevención de delitos mediante la concienciación
• Detección y denuncia de explotación
• Código de Conducta para la protección de los niños y adolescentes
contra la explotación (sexual)
• Prevención de la explotación
7. Otros
.• Ministerio de
Educación
• Ministerio del Interior
• Ministerio de Relaciones Exteriores
• Defensoría del
pueblo
• Implementación de políticas
•Enlace de asistencia entre las autoridades nacionales
• Provisión de documentación legal
163
GUÍA DE CAPACITACIÓN
Hoja de Ejercicios 9B
ESTUDIO DE UN CASO - KATTY Y ANNA
En un poblado del país A hay dos niñas que son muy amigas. Se llaman Katty y
Anna, y tienen 16 años. Katty dejó la escuela. Es la hermana mayor en su familia y sus padres son pobres, así que decide que no tiene sentido ir a la escuela y que es mejor trabajar
y ayudarlos. Pero no encuentra empleo en su pueblo. A veces ayuda a un amigo de la
familia que es agricultor y vende sus productos en el mercado. Pero él no puede pagarle
mucho dinero.
En el mercado Katty se encuentra con una mujer que conoce a la familia y comienzan a conversar. La mujer le dice que hay muchos empleos en el exterior y que ella puede
recomendarla a un hombre que puede conseguirle un empleo. Katty está muy entusiasmada. Anota el nombre y el número del contacto.
Katty persuade a Anna para que las dos salgan del país juntas. Anna acepta. Extraña a Katty en la escuela y además tiene problemas en su hogar. Llaman por teléfono al
hombre que les recomendó la amiga de la familia de Katty. Se llama Stefan. Él les da una
dirección en la capital del país A y les dice que vayan allí para encontrarse con él el fin de
semana siguiente.
Las dos chicas se van de su pueblo en autobús. Los padres de Katty están felices
por ella, pero también un poco preocupados porque las chicas sólo tienen la dirección
del lugar al que irán en la ciudad y el nombre del contacto, Stefan. Anna no les cuenta a
sus padres que se irá y sólo les escribe una carta que deja en la casa para que encuentren
después de su partida. Las chicas prometen a los padres de Katty que les escribirán en
cuanto se establezcan en su empleo en el exterior, y que enviarán dinero a las dos familias.
Después de un largo y agotador viaje, las chicas llegan a la ciudad y van a la dirección que les dieron. Finalmente llega Stefan. Parece muy agradable. Las lleva a su
apartamento y les da un lugar para dormir en el piso. Les explica que para salir del país
necesitarán algunos documentos, y que le llevará unos días conseguirlos. Como ellas no
tienen dinero, él les da un poco y les dice que pueden devolvérselo más adelante, cuando
ya estén ganando dinero.
Consigue pasaportes para las chicas. Cuestan bastante dinero, porque Stefan tiene
que sobornar a un notario para que les dé “consentimientos” falsos que muestren que los
padres aceptaron que las chicas obtuvieran su pasaporte y que viajaran al exterior. Stefan
también consigue los pasajes a su destino, que será, según les dice, el país B. Es bastante
vago respecto de los empleos que tendrán, pero ellas están felices de irse y no quieren
molestarlo demasiado.
Después de unos días en el apartamento, Stefan lleva a las chicas a la estación de
tren y las despide. Les explica que un amigo suyo las irá a buscar cuando lleguen al país
B. Su amigo les dará empleo y recogerá el dinero que le deben a Stefan del pago de su
primera semana. Las chicas no saben exactamente cuánto le deben a Stefan.
El tren se detiene en la frontera y un guardia examina los pasaportes y papeles de
las chicas. Les pregunta adónde van y ellas le dicen que van al país B a encontrarse con
un amigo.
Al día siguiente, las chicas alcanzan su destino. En la estación se encuentran con el
amigo de Stefan, que se llama Yuri. No es agradable con ellas. Insiste en quedarse con sus
164
GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
papeles. Luego las lleva a una habitación en un hotel en la que hay varias chicas. Hay algunos hombres allí que miran a las chicas, les piden verlas sin sus abrigos y les preguntan
la edad. Para desazón de las chicas, Yuri “vende” a Katty y a Anna a uno de los hombres,
y les dice que es su nuevo jefe y que ellas trabajarán en una tienda. Las chicas ven que el
hombre paga a Yuri mucho dinero. Yuri les dice que usará una parte del dinero para pagar
la deuda que tienen con Stefan. Yuri entrega los pasaportes y los papeles de las chicas al
empleador cuyo nombre es Adrián.
Adrián lleva a las chicas a un apartamento en las afueras de la ciudad. No puede
comunicarse con Katty y Anna muy bien porque no habla su idioma, y ellas sólo entienden
algo de lo que él dice. Una vez en el apartamento, Adrián se torna violento. Les grita que
trabajarán para él como prostitutas y viola a cada una delante de la otra, para mostrarles
a qué se refiere.
Entonces comienza una vida de horror para Katty y Anna. Adrián las encierra en el
apartamento y sólo las deja salir para llevarlas ante sus clientes. Trae la comida que comen
y artículos de aseo de vez en cuando. Las obliga a tomar anticonceptivos por vía oral. Al
principio las chicas protestan y lloran, pero no sirve de nada. Adrián sólo les dice que por
cada cliente que rehúsen atender, le deberán más dinero del que ya le deben por el coste
de su compra. Cuanto más se comporten así, dice, más tardarán en pagarle la deuda. Les
promete que una vez que hayan pagado la deuda les dará dinero para que envíen a sus
casas.
Vivir en el apartamento es como vivir en una prisión. Cuando las chicas están allí,
las puertas están cerradas con llave y no pueden salir. Cuando las dejan salir, siempre van
acompañadas por Yuri o uno de sus empleados. Las llevan a la casa o al apartamento de
algún cliente y el “protector” las espera afuera. Cuando el cliente termina, el “protector”
lleva a las chicas de regreso al apartamento. Las chicas se sienten muy mal y muy deprimidas, y su salud se deteriora. No hablan el idioma local, no saben exactamente dónde
están y no tienen manera de comunicarse con alguien que conozcan. A menudo deben
ofrecer servicios sexuales a hasta 5 “clientes” por noche. Esta situación se prolonga por
diez meses.
A uno de los “clientes” de Anna le gusta probar sus perversiones sexuales con ella.
Ella ya fue a su casa dos veces y regresó al apartamento traumatizada y golpeada. Un día,
cuando el “protector” le dice que irá a visitar a ese mismo cliente otra vez, Anna se desespera. Abre una ventana del apartamento y se arroja hacia afuera. Katty no puede salir para
ir con ella. Sólo puede ver por la ventana el cuerpo de Anna tendido en el suelo.
Finalmente, unos policías vienen a investigar la muerte de la chica. Como no pueden
ingresar en el apartamento y oyen a Katty gritando desde el interior, derriban la puerta.
Encuentran a Katty en estado de shock.
Llevan a Katty a la estación de policía, donde la interrogan sobre la muerte de la
chica. Ella necesita un intérprete quien no puede presentarse hasta el día siguiente, así que
pasa la noche en la estación de policía. Le piden sus papeles, pero ella no los tiene porque
Adrián se los quedó y nunca se los devolvió.
Al día siguiente, durante el interrogatorio, le piden a Katty que dé detalles de cómo
llegó al apartamento y le preguntan qué sabe sobre Adrián y sus amigos.
Ella tiene miedo de hablar. Teme que sus padres se enteren de lo que le ocurrió y
que los padres de Anna la culpen por la muerte de su hija. Prefiere decir lo menos posible.
165
GUÍA DE CAPACITACIÓN
La policía del país B la acusa de no cooperar y la lleva a juicio como inmigrante ilegal. Un
juez ordena que Katty sea deportada al país A.
Seis semanas después de ser rescata del apartamento, Katty es deportada a su país.
La policía del país B la entrega a la policía del país A. La policía del país A la lleva a un centro de detención y la acusa de no tener papeles. Katty pasa dos meses detenida. Durante
ese tiempo le realizan un chequeo médico y le dicen que es VIH positiva. Finalmente la
liberan.
Cuando queda libre, Katty tiene miedo de regresar a casa. Siente vergüenza y temor.
No tiene hogar ni empleo ni dinero.
Katty comienza a prostituirse en las calles de la capital de su país para sobrevivir.
Preguntas
1.
Si nuestro país fuera el país A de este caso, ¿qué acciones podrían haber ayudado
a Katty y Anna?
2.
¿Por qué tomaría usted esas medidas?
3.
¿Qué destrezas habría necesitado para tomar esas medidas?
4.
¿Podría usted haber utilizado la cooperación de otros? De ser así, ¿qué tipo de cooperación habría querido obtener?
5.
¿Tiene expectativas respecto del rol de los otros grupos? De ser así, ¿cuáles son
esas expectativas?
1
2
3
4
5
166
GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
Hoja de Ejercicios 9C
FICHA DE CONTACTOS
Preguntas para razonar al completar esta planilla
Fuerzas de seguridad:
¿Existen unidades especiales en su estación de policía? ¿Hay algún oficial en particular con experiencia en el trabajo con niños y adolescentes? ¿Sabe a quién contactar en
caso de emergencia?
Asistencia social:
¿Sabe cómo contactar al asistente social que esté de guardia?
¿Sabe como contactarse con el tutor legal?
¿Sabe que médicos o psicólogos, tienen experiencia e interés de trabajo con niños
y adolescentes?
Comunidad:
¿Existen clínicas y/o hospitales locales con servicios pediátricos? ¿Existen líneas telefónicas de ayuda para niños y adolescentes? ¿Existen centros de atención para crisis, refugios o centros de rehabilitación para niños y adolescentes drogadictos? ¿Existen ONGs y
organizaciones comunitarias que ofrezcan servicios a niños y adolescentes abandonados
o en situación de calle? ¿Existen grupos de apoyo en iglesias?
Empiece a desarrollar su agenda de contactos:
Nombre de
la Institución/ organización/
unidad
Tipo de
Servicio
/ apoyo
ofrecido
Datos (dirección,
Persona/s de teléfono de la oficicontacto
na/celular, e mail,
fax)
Horario de
Atención
Información
Adicional
167
GUÍA DE CAPACITACIÓN
SESIÓN 10
EVALUACIÓN
10.1 Objetivos
Esta es la última sesión.
Al finalizar la sesión el participante podrá:
Evaluar la satisfacción, a sus expectativas de la capacitación.
Evaluar el cambio de actitudes, si han incrementado sus conocimientos y si podrán
poner en práctica los conocimientos adquiridos.
10.2. Instrucciones para el capacitador
Una buena evaluación ayudará a identificar las partes de la capacitación que funcionaron bien y las partes que no, y por lo tanto le permitirá realizar mejoras para la próxima
vez o incluso poder realizar un taller de reforzamiento.
Se sugiere que los participantes completen la evaluación de conocimientos fundamentales (Hoja de Ejercicios 10A). No deberán escribir su nombre en la hoja, y se les
debe pedir que sean honestos en su calificación, porque eso le ayudará a ver dónde debe
realizar alguna mejora.
Terminada la evaluación de conocimientos básicos, presente la Hoja de Ejercicios
10 B y pida que completen el cuestionario de evaluación del curso. Esta información es
valiosa para el aprendizaje sobre eventos para los organizadores.
Luego realice un balance sobre si las expectativas fueron satisfechas. Puede utilizar
tarjetas sobre dichas apreciaciones. Revisen las expectativas expresadas en la primera
sesión y comparen las notas de las tarjetas finales. Los comentarios de los participantes
ayudarán a identificar brechas en la capacitación y darán al capacitador una oportunidad
de sugerir una sesión complementaria o lecturas para aquellos participantes que lo necesiten.
Finalmente, brinde un tiempo para que los participantes tengan la oportunidad de
expresar sus sentimientos personales sobre la experiencia. Expresar sus reacciones y responder a las preguntas sugeridas ayudará a relacionar la capacitación que recibieron con
la realidad de su propio trabajo.
Para terminar la sesión organice una dinámica o juego y la entrega de certificados.
Se sugiere un juego de preguntas y respuestas además de otras posibilidades descritas
en la Hoja informativa 2F. La elección dependerá del tiempo disponible y de la dinámica
del grupo. Considere que el curso de capacitación debe terminar con buen humor y una
nota positiva.
10.3. Formato sugerido para el taller
a. Inscripción y bienvenida. (5min)
b. dinámica. La papa caliente. Sugerido en la Hoja Informativa 2F. (10 min)
c. Distribuya el Test de Conocimientos Básicos (Hoja de Ejercicios 10A). Pida a los
participantes que la completen en forma anónima. (10 min).
d. Solicite a los participantes que completen la Hoja de Ejercicios 10B, el Cuestiona-
168
GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
rio de evaluación del curso. (15 min)
e. Realice el balance de las expectativas fueron satisfechas. Revisen las expectativas expresadas en la primera sesión y comparen las notas de las tarjetas finales.
(15 min)
f. Proporcione a cada participante un papelito autoadhesivo y pídales que anoten
una cosa aprendida en el curso que ellos consideren de valor. Coloque los papeles en una caja. Sáquelos de uno en uno y léalos. Péguelos en un papelote. Brinde la oportunidad de expresar sus sentimientos personales sobre la experiencia
de la capacitación. (15 min)
g. Antes de terminar, Coloque un papelote con tres rostros: Un rostro sonriente,
otro neutral y el tercero decaído. Pídales que pongan una marca debajo del rostro con el cual identifican su sentimiento frene a los talleres. (10 min).
h. Inicie la última parte de término y clausura del evento.
10.4. Recursos /Materiales necesarios:
Recursos /Materiales necesarios:
Copias de las Planillas de Ejercicios 10A y 10B, (bloque
de papelitos autoadhesivos, caja, cinta adhesiva, bola de
papel, papelotes, preguntas para el juego), plumones.
Tiempo
1 hora. 20 min
169
GUÍA DE CAPACITACIÓN
10.5 Hojas de Apoyo de la Sesión 10
Hoja de Ejercicios 10A
TEST DE CONOCIMIENTOS BÁSICOS
Instrucciones.
A continuación encontrará un test que permite que usted evalúe sus conocimientos
sobre los temas tratados en el curso. Responda con sus propias palabras.
A
¿Cómo describiría o definiría la «trata de niños y adolescentes»?
Rpta.:
A continuación encontrará los temas tratados. Usted puede calificar sus conocimientos desarrollados por el curso en los siguientes criterios: muy escasos, escasos, regular, buenos y muy buenos.
170
GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
Hoja de Ejercicios 10B
CUESTIONARIO DE EVALUACIÓN DEL CURSO
Nombre del curso:
Curso de especialización para miembros de la policía y operadores en derechos
para la protección de niños y adolescentes en relación con la trata con fines sexuales
A continuación califique con una escala de 1 a 5 (puede utilizar los criterios desde
muy bajo a excelente)
Item
1.
Valor de este tema en relación con mi
trabajo
2.
Utilidad del contenido del curso
Muy
Bajo
1
Bajo
2
Regular
3
Bueno
4
Excelente
5
Métodos de presentación utilizados
3.
Habilidad del capacitador para transmitir los conocimientos
4.
Atmósfera que fomentaba la participación
5.
Se tuvieron en cuenta mis opiniones
6.
Valor de las hojas informativas
7.
Pertinencia de las Hojas de Ejercicio
171
GUÍA DE CAPACITACIÓN
Finalmente, nos será de mucha utilidad contar con sus sugerencias y apreciaciones para planificar los cursos futuros, gracias.
Items
¿Tiene sugerencias para agregar al curso?
¿Hay algo que le parece que estuvo de
más en el curso?
¿Qué fue lo que más le agradó del curso?
¿Qué fue lo que menos le agradó?
¿Qué aspecto del curso le pareció el más
útil?
¿Qué aspecto del curso le pareció el
menos útil?
Este curso, ¿le pareció
a) Demasiado largo?
b) Demasiado corto?
c) De una Duración adecuada?
¿Tiene algún comentario sobre la logística
del curso? (instalaciones, materiales, etc.)
¿Tiene algún otro comentario?
¡Muchas gracias!
172
Comentarios
GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Los siguientes materiales pueden resultarle útiles al diseñar un programa de capacitación sobre la lucha contra la trata de niños y adolescentes:
REFERENCIAS:
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explotación sexual comercial. Guía de capacitación (2º edición), de Stephanie
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ECPAT International (2005). Rehabilitación psicosocial de niños víctimas de la
explotación sexual comercial. Materiales de estudio (2º edición), de Stephanie
Delaney & Colin Cotterill. www.ecpat.net
ECPAT International (2001). Preguntas y respuestas sobre la explotación sexual
comercial de los niños. www.ecpat.net
O Briain, M., Van den Borne, A. & T. Noten. (2004). Joint East West Research on
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Amsterdam: ECPAT Europe Law Enforcement Group (Grupo de aplicación de la ley
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Adolescentes y Derecho De Familia.Edit.Fecat.Lima 2010.Pag.150-181
Capital Humano y Social Alternativo, Segundo Balance de Implementación de la
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ANGULO ARANA, Pedro Miguel. La Función del Fiscal. Jurista editores E.I.R.L. Lima,
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REYNA ALFARO, Luis Miguel. Victimología y Victimodogmática. Una aproximación
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SAN MARTÍN CASTRO, César. Derecho Procesal Penal. Segunda edición actualizada
y aumentada.II Tomo. Primera Reimpresión. Edit. Grijley. Lima, abril, 2006. Págs.
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173
GUÍA DE CAPACITACIÓN
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Nuevo Código Procesal Penal – 2004.
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Código Penal y modificatorias- 1991.
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Código de los Niños y Adolescentes- 2000.
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Ley Nº 26689- Delitos cuyos procesos se tramitarán en la vía ordinaría- 1996.
•
Decreto Legislativo Nº 124, Proceso penal Sumario- 1981.
•
Ley Nº 28950 Ley Contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes –
2007.
•
Decreto Supremo Nº 007-2008-IN, Reglamento de la Ley 28950-Ley Contra la Trata
de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes- 2008.
•
Convención sobre la Eliminación de Todas las formas de Discriminación contra la
Mujer-1979.
•
Convención sobre los Derechos del Niño- 1990.
•
Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra
la Mujer- Belem do Para- 1994.
•
Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente
Mujeres y Niños, que Complementa la Convención de las Naciones Unidas Contra
la Delincuencia Organizada Transnacional (Protocolo de Palermo) – 2000.
•
Protocolo Facultativo de la Convención Sobre los Derechos del Niño Relativo a la
Venta de Niños, la Prostitución Infantil y la Utilización de Niños en la Pornografía
Infantil (2000)
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Convenio OIT 182, Sobre la Prohibición de las Peores Formas de Trabajo Infantil1999.
RECURSOS ÚTILES:
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GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
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www.europoleuint
www.interpolint
177
178
GUÍA DE CAPACITACIÓN
PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
ECPAT International
328 Phayathai Road
Ratchathewi, Bangkok
10400 THAILAND
Tel: +662 215 3388, 662 611 0972
Fax: +662 215 8272
Email: [email protected] | [email protected]
Website: www.ecpat.net
179
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