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GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES SESIÓN 6 DISPOSICIONES PARA LA PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES: ATENCIÓN Y ASISTENCIA A VÍCTIMAS DE LA TRATA 6.1. Objetivo: Al finalizar la sesión, el participante podrá: • Identificar las opciones de atención disponibles para víctimas de la trata de niños, niñas y adolescentes e. • Identificar los principios que se aplican a la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes después de su rescate. 6.2. Instrucciones para el capacitador/a a. En esta sesión se tratará el tema de la atención que se brinda a víctimas de la trata de niños y adolescentes. Usted tendrá que informar o recordar a los participantes las opciones de atención disponibles para NNA. Asegúrese de que algunos de los participantes puedan brindar la información. Ésta se puede complementar con una lluvia de ideas sobre el tema. b. La Hoja Informativa 6A establece los principios a aplicar con respecto a la atención a víctimas de la trata de niños y adolescentes y se concentra especialmente en la repatriación, en la Hoja informativa 6B y en las necesidades especiales de los niños y adolescentes que han sido víctimas de la trata. c. Se sugiere abordar el tema de las necesidades de todos los niños y adolescentes. Esas necesidades incluirán coherencia, amor, cobijo, alimento, sueño, etc. Luego, mediante determinadas preguntas, induzca la discusión al campo de las necesidades especiales de los niños y adolescentes que han sufrido explotación sexual. d. La Hoja de Ejercicios 6A contiene dramatizaciones sobre la repatriación, sirve para que los participantes se concentren en las cualidades necesarias para considerar el interés superior del niño, para quien se propone la repatriación. Durante el debate posterior a las dramatizaciones, los participantes podrán reflexionar sobre sus propias experiencias al trabajar con las distintas opciones para víctimas de la trata de niños y adolescentes. e. La Hoja de Ejercicios 6B presenta varias situaciones y formula preguntas permitiendo a los participantes elegir entre varias opciones posibles. El ejercicio permite a los participantes considerar situaciones en las que los niños y adolescentes pueden encontrarse en peligro de ser explotados y/o de convertirse en víctimas de la trata de niños y adolescentes, y también considerar lo que se debería hacer para protegerlos. 6.3. Formato sugerido para el taller a. Inscripción y bienvenida. (10 min) 93 GUÍA DE CAPACITACIÓN b. Dinámica “La doble rueda” de la Hoja Informativa 2F. (15 min) c. Organice una breve lluvia de ideas con los participantes sobre las opciones de atención disponible y/o especializada para los niños y adolescentes abandonados y/o traumatizados y/o abusados sexualmente. (20 min) d. Para que los participantes puedan socializar el sistema de atención a víctimas presente mediante Power Point o transparencias un resumen de la Hoja Informativa 6A y 6B. (30 min) e. Forme grupos de 4-6 participantes y entregue a cada grupo papelotes y plumones, cada grupo debe responder las siguientes preguntas:( 20 min) 1. ¿Cuáles son las necesidades especiales de los niños, niñas y adolescentes que han sido explotados sexualmente? 2. ¿Qué problemas podrían surgir cuando se proporcionan cuidados a esos niños, niñas y adolescentes? 3. ¿Qué cualidades deben tener quienes cuidan a los niños, niñas y adolescentes que han sido explotados sexualmente? 4. ¿Qué cualidades deben tener quienes cuidan a los niños, niñas y adolescentes que han sido repatriados después de ser explotados sexualmente? f. Pida a tres participantes voluntarios para que representen la situación de la Hoja de Ejercicios 6A. Luego pida a todos los participantes que comenten la dramatización formulándoles las siguientes preguntas: (25 min). 1. ¿Fue la cuestión de la repatriación de la niña bien manejada por el/la asistente social? ¿Hubo aspectos que podrían haberse incluido o haberse dejado de lado? 2. ¿Qué medidas debería tomar el/la asistente social para verificar la información brinda por la niña sobre su situación si regresara a casa? 3. ¿Qué servicios especializados podría recomendar el/la asistente social que se ofrecieran a esta niña a su regreso? g. Opcional: Entregue a los participantes la Hoja de Ejercicios 6B. Divida a los participantes en grupos de 4-6 personas y asigne situaciones a cada grupo. Los grupos deben sugerir respuestas para las preguntas que figuran al final de la descripción de las situaciones que se les asignaron. Pida a los grupos que presenten sus respuestas comentándolas ante grupo entero. 6.4. Recursos y materiales: Recursos /Materiales necesarios: (Hoja Informativa con los datos de las disposiciones na- 2 horas cionales sobre atención), copias de la Hoja Informativa6, (presentación en Power Point o transparencias, copias de la Hoja de Ejercicios 6A y de la Hoja de Ejercicios 6B), papelotes, plumones y lapiceros. 94 Tiempo estimado GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES 6.5. Planificación del programa de la Sesión 6 Duración: 2hrs. Tiempo Contenidos Métodos Responsables Comentarios/ materiales 10 min Inscripción y bienParticipativo venida Capacitador 1 Lista de asistencia Ambiente adecuado. 15 min Dinámica “La doble rueda” Participativo Capacitador 2 Ambiente amplio Hoja Informativa 2F 20 min Lluvia de ideas “opciones de atención de NNA Participativo Capacitador 1 Papelotes Plumones Masking 30 min Exposición: atención y asistencia a Expositivo víctimas de la trata. Capacitador 2 Presentación power point 20 min Trabajo de grupo: Necesidades de los Expositivo NNA expuestos a Participativo trata Capacitador 1 Preguntas Papelotes Plumones Masking Capacitador 2 Copias de los juegos de roles. Preguntas para discutir. 25 min Juegos de roles y discusión del caso Participativo y presentación de conclusiones 95 GUÍA DE CAPACITACIÓN 6.6. Hojas de Apoyo de la Sesión 6 Hoja informativa 6A ATENCIÓN Y PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES VÍCTIMAS DE LA TRATA Principios básicos: • El interés superior del niño es la prioridad. Trate al niño, niña o adolescente como usted trataría a su propio hijo o hija y como una persona única que requiere un trato especial. • Trátelo como a un niño, niña o adolescente y sea sensible a si es niña o niño. Los niños y adolescentes son diferentes de los adultos; los niños son diferentes de las niñas. • No discrimine. • Colabore con todas las agencias pertinentes. Lineamientos para el personal especializado responsable de la atención a la atención a la víctima. 96 • Su prioridad debe ser que el niño, niña o adolescente esté a salvo. Eso significa sacar al niño, niña o adolescente de la presencia de los presuntos abusadores y llevarlo a un lugar cómodo en el que se encuentre a salvo. Será necesario colaborar con instancias no gubernamentales o con agencias del Estado u otras agencias que brindan servicios para los niños y adolescentes. • Evite cualquier posibilidad de volver a victimizar o traumatizar al niño, niña o adolescente. Eso implica evitar tratarlo como a un delincuente, juzgarlo o presionarlo para que le dé información. Nunca trate al niño, niña o adolescente de manera humillante o degradante. • Recoja toda la evidencia posible que pueda corroborar la sospecha de que el niño, niña o adolescente es víctima de la trata de personas, con el objetivo de evitar tener que obtener la evidencia directamente de él/ella. • Evite realizar múltiples entrevistas al niño, niña o adolescente. Toda la evidencia recolectada debe ser documentada y archivada, para que esté disponible para cualquier referencia futura. • Puede que exista evidencia importante resultado de un examen médico del niño, niña o adolescente. Si ese es el caso, informe a la instancia respectiva para que se oficie a medicina legal para recoger la evidencia exacta, asegurándose que el niño, niña o adolescente reciba el apoyo o acompañamiento adecuado durante el examen para evitar incrementar el trauma. • La verificación de la edad del niño, niña o adolescente es importante. Sin embargo, usted tiene derecho a dar por sentado que la persona tiene menos de 18 años si así parece. Un examen médico puede ayudar a determinar la edad de los niños y ado- GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES lescentes. De lo contrario, se deberá tener en cuenta su apariencia física, su madurez psicológica, documentos e información obtenida de las autoridades nacionales o extranjeras. • Dé tiempo al niño, niña o adolescente para que pueda aceptar lo que le ha sucedido. Puede ser cuestión de días, semanas o hasta meses. Mientras tanto, no ubique al niño, niña o adolescente en un centro de detención; asegúrese de que esté alojado en alguna institución que proteja al niño, niña y adolescente. • Con la asistencia de los profesionales adecuados, lleve a cabo una evaluación completa de si el niño, niña o adolescente puede dar evidencia que comprometa a los perpetradores. Eso significa realizar tanto una evaluación de riesgos para el niño, niña o adolescente si se convierte en testigo como una evaluación psicológica de si el niño podría dar evidencia útil. Si según alguna de estas evaluaciones se considera que el niño, niña o adolescente o no será un testigo viable, no se esfuerce en obtener evidencia a través de su declaración. • Bajo ninguna circunstancia se deberá forzar o coaccionar al niño, niña o adolescente a dar evidencia. • Los niños y adolescentes víctimas que aceptan testificar deben contar con medidas de protección adecuadas para su seguridad y la de los miembros de su familia en los países de destino, tránsito y origen. • Siga los consejos del sistema de protección integral para asegurar un seguimiento minucioso del interés superior del niño. • Explique al niño, niña o adolescente qué tipo de seguimiento se está realizando y hágalo participar en el proceso. • Asegúrese de que se asigne de inmediato un tutor o encargado del caso para que garantice el interés superior del niño. Prioridades para la atención y la protección de seguimiento de víctimas • Lleve a cabo una evaluación de necesidades. • Refiera rápidamente a las víctimas a los servicios adecuados para examinar su edad y condición. • Asegúrese de que cuenten de inmediato con la atención y protección adecuadas, incluyendo seguridad física, alimentos, alojamiento en un lugar seguro, atención médica, apoyo psicológico, asistencia legal y servicios sociales. • La atención y asistencia brindadas deben ser las adecuadas según el origen /la identidad cultural, el sexo y la edad del niño, niña o adolescente. • La atención y asistencia brindadas deben ser las adecuadas para la protección del niño, niña o adolescente contra sus explotadores, otros delincuentes dedicados a la trata de personas, el personal y otros niños y adolescentes alojados en las mismas instalaciones, los medios y el público. • Asegúrese de que el niño, niña o adolescente tenga oportunidades educativas y capacitación en oficios en cuanto esté listo para su reinserción. • Brinde asistencia adecuada a los niños y adolescentes con necesidades especiales (problemas psicológicos, embarazo, etc.). • No permita el regreso de la víctima a su país de origen a menos que, antes de su regreso, un cuidador adecuado en su país de origen haya aceptado y pueda hacerse 97 GUÍA DE CAPACITACIÓN responsable del niño, niña o adolescente y brindarle atención y protección adecuadas. • Tenga en cuenta las opiniones del niño, niña o adolescente cuando considere la reunificación familiar y/o el regreso a su país de origen. • La reunión de una víctima con su familia debe realizarse a través de las autoridades del servicio social u otro mecanismo que garantice el interés superior del niño. • Las instancias pertinentes, junto con las autoridades de asistencia social pertinentes y/o tutor, deben establecer si la repatriación de la víctima es segura o no y si busca el interés superior del niño. • Los niños y adolescentes que son enviados de regreso a su país deben ir acompañados por un tutor o asistente social asignado al caso hasta que el niño, niña o adolescente quede en custodia de una autoridad responsable de su regreso, como podría ser personal especializado del Ministerio del Interior o la Organización Internacional para las Migraciones. • Si la reunificación familiar y/o la repatriación no es segura, se deberán tomar las medidas legales de protección adecuadas para el niño, niña o adolescente en el país de destino. • Si la reunificación familiar y/o la repatriación no es segura, se deberán realizar arreglos de atención a largo plazo para el niño, niña o adolescente en el país de destino. • Dichos arreglos deben favorecer los relacionados con la familia y la comunidad más que la atención residencial. • Se debe elaborar un plan de inserción individual para cada niño, niña o adolescente. Mientras que las víctimas de la trata de niños y adolescentes se están recuperando, especialmente cuando se encuentran en psicoterapia primaria o con asesoramiento psicológico, es importante que tengan una sensación de seguridad, previsibilidad y control en su vida. Para eso es necesario que los adultos que están en contacto con ellas hagan uso de un enfoque coherente lo que incluye al personal responsable de la atención diaria, el profesional responsable del tratamiento médico o de la terapia y los funcionarios policiales responsables de investigar los aspectos delictivos del caso. TEMAS RELACIONADOS CON LA REPATRIACIÓN DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES El proceso de repatriación es un esfuerzo conjunto entre países. La cooperación y la coordinación contribuirán a un regreso exitoso y seguro de las víctimas de la trata de niños y adolescentes. 98 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES Las consideraciones prioritarias deben ser: 1. Garantizar la seguridad 2. Llevar a cabo una investigación adecuada en el país de origen 3. Elaborar un plan para su reinserción social y psicológica 4. Realizar los preparativos adecuados para la partida del país de destino 5. Arreglar una recepción adecuada en el país de origen 6. Asegurar un proceso de reinserción adecuado 1. Garantizar la seguridad (Ver los principios básicos, lineamientos y prioridades para la atención, en la parte inicial de éste documento). 2. Investigación en el país de origen. Debería incluir una investigación social de la situación doméstica y una evaluación de la capacidad de los padres para cuidar al niño, niña o adolescente. Es importante considerar la posibilidad de que los padres mismos estuvieran involucrados en el proceso de trata. La investigación también debe incluir una evaluación de riesgos. Es posible que el niño, niña o adolescente continúe en peligro de caer otra vez en la trata, pues representa una forma sustancial de inversión para los explotadores. La familia de la víctima también puede estar en peligro. Las instancias responsables en coordinación con los servicios sociales deben trabajar conjuntamente para garantizar la seguridad del niño, niña o adolescente y de su familia. Se debe evaluar el apoyo comunitario. Muchas víctimas son estigmatizadas dentro de sus comunidades cuando regresan. No se debe enviar a un niño, niña o adolescente de regreso a la comunidad sin el apoyo de dicha comunidad. Hay que tener en cuenta la opinión del niño, niña o adolescente respecto de divulgar el abuso. Es posible que el niño necesite apoyo psicológico para revelar su abuso, y que la familia también lo necesite para poder comprender lo que ha soportado el niño, niña o adolescente y ayudarle durante el proceso de reinserción. 99 GUÍA DE CAPACITACIÓN 3. Elaborar un plan para su reinserción social y psicológica. El plan debe incluir: • Propuestas de medidas de seguridad (alojamiento en un refugio para víctimas de la trata o con una familia sustituta /reinserción familiar) • Propuestas de educación (reinserción escolar) • Cursos profesionales (capacitación laboral) • Propuestas de asesoramiento psicológico (para la familia y el niño, niña o adolescente) • Medidas para ofrecer asistencia legal (en los procedimientos contra los explotadores, para obtener documentos legales) El plan debe ser realista y ofrecer información concreta sobre la situación en el país de origen. Los asistentes sociales del país de destino serán los responsables de informar al niño, niña o adolescente sobre la situación de su hogar. La información debe ser realista y no contener promesas falsas. 4. Preparativos para la partida La posibilidad de asistir a sesiones de asesoramiento psicológico en el país de destino brindará al niño, niña o adolescente la oportunidad de expresar sus esperanzas, sueños y temores. La información obtenida de ese modo es importante para los especialistas del país de origen, porque necesitarán implementar el plan de reinserción de acuerdo con el interés superior del niño y las necesidades que ha expresado. Antes de la partida, se deberán realizar preparativos relacionados con: • Documentación legal (pasaporte, papeles de entrada y salida). • Arreglos del viaje. • Apoyo material (ropa, comida). • Acompañante para el viaje. • Las instituciones del país de origen (policía fronteriza, agencias internacionales, ONGs, servicios sociales) deben ser informadas sobre los arreglos y cualquier necesidad especial del niño, niña o adolescente. 5. Recepción Las autoridades locales deben recibir al niño, niña o adolescente al cruzar la frontera en presencia de la policía fronteriza. El primer contacto con el niño, niña o adolescente debe acontecer en un entorno agradable para él/ella y en presencia de especialistas que puedan ayudar a las víctimas de la trata de niños y adolescentes. Después de la recepción, debe ser acompañado hasta un centro seguro para víctimas de la trata de niños y adolescentes. 6. Proceso de reinserción El proceso de reinserción es un proceso a largo plazo. Los problemas preexistentes del niño, niña o adolescente son más agudos que antes de la trata, y los 100 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES efectos psicológicos de la trata son muy difíciles de erradicar. La implementación del plan para la reinserción debe tener en cuenta la historia de la trata sufrida, el nivel de desarrollo del niño, niña o adolescente, sus problemas médicos, la situación familiar y las necesidades educativas y vocacionales del niño, niña o adolescente. 101 GUÍA DE CAPACITACIÓN Hoja informativa 6B NECESIDADES ESPECIALES DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES QUE HAN SIDO VÍCTIMAS DE LA TRATA Es probable que los niños y adolescentes que han sido abusados y explotados sexualmente tengan problemas de salud, como enfermedades de transmisión sexual, embarazos y traumas psicológicos. Los problemas de salud, al ser más obvios, son más fáciles de abordar que los impactos psico-sociales más sutiles. Las experiencias que han soportado dichos niños y adolescentes pueden afectar su comportamiento y tornar muy desafiante el proceso de rehabilitación /reinserción. Puede que no hayan superado el abuso sexual, la violencia o el abandono que sufrieron antes de la explotación y la trata. Por ejemplo, los niños y adolescentes explotados sexualmente pueden tener: Conducta sexualizada Durante el abuso, la sexualidad del niño, niña o adolescente se forma de manera inadecuada. En consecuencia, los niños y adolescentes pueden estar confundidos respecto de la conducta sexual y la moralidad sexual. Los recuerdos desagradables pueden estar asociados a la actividad sexual en la mente del niño, niña o adolescente. Si se le otorgaban recompensas por la conducta sexual, el niño, niña o adolescente puede aprender a utilizar dicho comportamiento como estrategia para manipular a otros y conseguir lo que quiere. Conducta problemática El abuso y la explotación sexual transmiten mensajes negativos a los niños, niñas y adolescentes. Dichos mensajes suelen afectar las ideas que los niños y adolescentes tienen de sí mismos y de lo que valen, lo que lleva a sentimientos de culpa. Hasta puede que escapen de su entorno protector y regresen a la situación de explotación. Pueden desarrollar conductas peligrosas, tales como abuso de drogas y alcohol, en parte como una forma de escapar pero también porque tal vez sienten que son poco importantes y que no valen nada. Dificultades para crear y mantener vínculos El abuso sexual casi siempre involucra la traición de un adulto en el que el niño, niña o adolescente confió. Las personas construyen relaciones con base en las que ya tuvieron. Por lo tanto, a los niños y adolescentes que han sido abusados sexualmente les suele resultar difícil confiar en otros adultos. Parte de nuestra idea sobre nosotros mismos se basa en la naturaleza de las relaciones que tenemos con los demás. Por lo tanto, si por ejemplo un niño, niña o adolescente no tiene una relación de cariño con un adulto confiable, es posible que gradualmente interprete que eso significa que «no merezco el cariño de otro». Esto tiene consecuencias en el comportamiento de la víctima no sólo como niño, niña o adolescente sino también como futuro adulto. Una consecuencia del abuso sexual es que la voluntad, la autodeterminación y los deseos del niño, niña o adolescente han sido suprimidos por el deseo dominante del adulto o par más poderoso. Los sentimientos de impotencia llevan a sentimientos de vulnerabilidad y, como resultado, el niño, niña o adolescente puede buscar situaciones en las que 102 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES sienta que es poderoso y que tiene el control. Las necesidades de los niños y adolescentes que han sido víctimas de la explotación sexual comercial deben ser evaluadas por profesionales de la salud que tengan experiencia en dichos casos. Un experto bien capacitado puede reconocer y desenmascarar las formas específicas de daño comunes a los niños y adolescentes abusados sexualmente; además, tendrá la sensibilidad necesaria para lograr que los niños y adolescentes hablen del abuso sexual. También conocerá la prognosis y los caminos hacia la recuperación. Los servicios necesarios para la rehabilitación /reinserción de los niños y adolescentes que han sido explotados sexualmente incluyen: • Salud: Higiene personal, nutrición, educación sexual, atención por los efectos de las drogas y el alcohol, VIH y otras enfermedades de transmisión sexual. • Educación: Alfabetismo funcional y conocimientos básicos de aritmética (ej: saber la hora, usar dinero, etc.) • Política: Acceso al sistema judicial, defensoría, derechos, asistencia psicológica permanente • Entorno: Protección física y necesidades básicas, seguridad emocional, etc. • Capacitación en oficios y planes para generar ingresos • Psicología: Para ayudar a superar el daño, ejemplos: terapia creativa, trabajo en grupo, asesoramiento psicológico, etc. • Destrezas sociales: Protección y comprensión de cómo mantenerse a salvo, nuevas formas de relacionarse con los adultos y con otros niños y adolescentes. Considerar que los niños y adolescentes que han sido explotados principalmente como mano de obra, pueden también haber sido víctimas de abuso sexual. Por lo tanto, requieren un tratamiento específico, pero puede que estén menos dispuestos a admitir que fueron abusados que los niños y adolescentes que fueron hallados mientras eran explotados sexualmente. A pesar de que es importante que los niños y adolescentes explotados sexualmente sean examinados para ver si se han contagiado alguna infección de transmisión sexual, incluyendo el VIH/SIDA, es igualmente importante que los adolescentes suficientemente maduros como para comprender las consecuencias no sean obligados a hacerse el análisis de VIH/SIDA. Los que aceptan hacérselo deben recibir asesoramiento psicológico antes del análisis así como también después si el resultado del análisis es positivo. Lleva tiempo planear un tratamiento para los problemas sociales y emocionales que tenga el efecto deseado. Esa es una de las razones por las que las víctimas de la trata de niños y adolescentes deben permanecer en una institución de atención residencial. Programas de rehabilitación y recuperación Estos programas para NNA deben consistir por lo menos en tres etapas: • Garantizar un ambiente seguro • Explorar la experiencia traumática 103 GUÍA DE CAPACITACIÓN • Perseguir activamente la reconexión social. La primera etapa implica el establecimiento de un entorno seguro, tanto emocional como físico, y la satisfacción de necesidades básicas de salud como el sueño, la comida, el ejercicio y el control de las conductas autodestructivas. La segunda etapa comienza una vez que se ha garantizado dicha seguridad. El niño, niña o adolescente debe estar listo, y el trabajo de explorar la experiencia traumática debe realizarse al ritmo del niño, niña o adolescente. A menudo la mejor forma de hacer este trabajo es con grupos de apoyo. Significa que el asistente social debe escuchar al niño, niña o adolescente con empatía y no juzgarlo. La tercera etapa de reconexión social activa requiere del apoyo adecuado de un grupo de pares. Incluye la exploración de formas de establecer relaciones no abusivas con la familia y con extraños y el re-aprendizaje de ideas sobre uno mismo, entre ellas la confianza y la autoestima. Gradualmente se van estableciendo lazos con estructuras de la sociedad, tales como la iglesia, la escuela, los clubes deportivos, etc. Finalmente se identifican las oportunidades para desarrollar la independencia del niño, niña o adolescente. Cualidades que deben tener los profesionales que brindan atención directa de niños y adolescentes explotados sexualmente En general, un buen cuidador: • Sabe trabajar colaborando con otros profesionales y gente importante en la vida del niño, niña o adolescente, como maestros y familiares. • Brinda estructura y rutina, y satisface las necesidades de atención física de los niños y adolescentes. • Actúa como modelo cuando corresponde. • Identifica y desarrolla las destrezas de los niños y adolescentes. • Asiste al niño, niña o adolescente en el desarrollo de redes sociales y de apoyo adecuadas. • Ayuda a los niños y adolescentes a adquirir «destrezas para la vida» que les ayudarán a vivir de forma independiente como adulto. Sin embargo, además de las cualidades normales que necesita tener un buen cuidador, quienes cuidan a niños y adolescentes que han sido abusados sexualmente o víctimas de la explotación sexual comercial necesitan contar con una capacitación profesional. Deben: • Poder identificar las necesidades adicionales de seguridad física requeridas para proteger a los niños y adolescentes de recaer en situaciones peligrosas. • Saber cómo manejar las conductas desafiantes y poder trabajar con niños y adolescentes que abusan de alguna sustancia. • Brindar seguridad emocional para que el niño, niña o adolescente pueda comenzar a dejar de lado algunas de las ideas poco útiles que tiene sobre él mismo y sobre el mundo adulto, así como también a curarse y a construir relaciones adecuadas con los adultos. Para poder ofrecer esa seguridad emocional, los profesionales que brindan atención directa deben ser confiables, coherentes, leales y pacientes. 104 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES Hoja de Ejercicios 6A DRAMATIZACIONES SOBRE LA REPATRIACIÓN. Tres personas: asistente social, niña/adolescente, observador/a Instrucciones para el asistente social: Usted vive en el país de destino. Está a punto de informar a la niña/adolescente que será enviada de regreso a su casa. Las autoridades del país de origen recomendaron que regrese con su familia original. Deberá dar a la niña/adolescente los detalles del viaje y los arreglos para cuando ella llegue a su país. Instrucciones para la niña/adolescente: No quieres ir a casa. Sabes que una vez que estés allí, tendrás muchos problemas. Tu padre es alcohólico. No te gusta la escuela de tu pueblo porque no te iba muy bien en tus estudios antes de dejar tu país. Además, prefieres quedarte en el país de destino. Tienes amigas en el refugio. Quieres persuadir al asistente social de que deberías quedarte en el país de destino. Instrucciones para el observador: Deberá tomar notas tanto sobre el comportamiento de la un/a adolescente como del asistente social. Debe verificar si el asistente social se comportó de manera adecuada con la un/a adolescente. Tiene que notar las destrezas positivas del asistente social que ayudarán en el proceso de repatriación y aquellas que fueron negativas y le crearán obstáculos. Al final del juego, comente sus observaciones al asistente social. 105 GUÍA DE CAPACITACIÓN Hoja de Ejercicios 6B SITUACIONES Y OPCIONES 1. El mendigo Un niño está mendigando en la terminal de los autobuses. Parece tener unos 8 años de edad. Es época de clases, de modo que debería estar en la escuela. Se ve desnutrido y distinto de otros niños, y podría ser un niño migrante de alguna otra provincia. Sólo sabe decir unas pocas palabras en español. ¿Será una víctima de la trata de niños y adolescentes? Sí No Tal vez ¿Qué servicios deberían ocuparse del caso? ó ¿la atención debería ser en red? A B C Opciones para la acción: A B C ¿Qué tipo de atención necesita este niño? A B C ¿Qué servicios pueden ofrecer esa atención? A B C ¿Qué medidas se pueden tomar para evitar que este niño A sufra explotación en el presente y en el futuro? B C 2. La adolescente que trabaja en la calle Una adolescente está en la calle, de noche, en una parte de la ciudad que es conocida por ser un lugar donde contratar prostitutas. Parece tener no más de 14 años. Cuando un auto se detiene a su lado, ella le habla al conductor y está por subir al auto con él. Sin embargo, un policía encubierto la arresta por ofrecer servicios de prostitución y la lleva a la estación de policía. 106 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES ¿Será una víctima de la trata de niños y adolescentes? Sí No Tal vez ¿Qué servicios deberían ocuparse del caso? A B C Opciones para la acción: A B C ¿Qué tipo de atención necesita esta adolescente? A B C ¿Qué servicios pueden ofrecer esa atención? A B C ¿Qué servicios especializados necesitará esta adolescente A para recuperarse de la explotación sexual? B C 3. El hogar de niños Un padre presenta una denuncia ante los servicios sociales porque su hijo desapareció del hogar de niños donde lo dejó cuando su esposa lo abandonó y tuvo que establecerse en otra parte del país para buscar trabajo. Un año después, regresó a buscar al niño pero el director del hogar le dijo que el niño fue adoptado hace unos meses. El director dice que él tenía derecho a poner al niño en adopción porque el padre lo había abandonado. El padre no le cree. Nunca firmó ningún documento que permitiera una adopción. De hecho, quiere a su hijo para que el niño pueda trabajar para él vendiendo vegetales y ayudar con la economía familiar. ¿Será el hijo una víctima de la trata de niños? Sí No Tal vez ¿Qué servicios deberían ocuparse del caso? A B C Opciones para la acción: A B C Si encuentran al niño, ¿qué tipo de atención podría ne- A cesitar? B C ¿Qué servicios pueden ofrecer esa atención? A B C Si recuperan al niño, ¿debería regresar con su padre? A ¿Qué otras opciones hay? B C 4. La frontera Un auto se detiene en un puesto fronterizo. El conductor es un hombre, y va acompañado por una mujer joven. El guardia les pide la documentación de la pareja y del auto. El conductor le entrega los documentos de él y de la chica. El pasaporte de la chica dice que tiene 19 años, pero parece de menor edad. El guardia le pregunta dónde va, y ella responde que va a trabajar a un pueblo al otro lado de la frontera; dice que allí, tiene un empleo, en un bar. Parece encontrase feliz con los planes. 107 GUÍA DE CAPACITACIÓN ¿Será una víctima de la trata de niños y adolescentes? Sí No Tal vez ¿Qué servicios deberían ocuparse del caso? A B C Opciones para la acción: A B C ¿Qué tipo de asistencia se podría dar a la chica? A B C ¿Qué servicios pueden ofrecer esa asistencia? A B C Si la chica está huyendo, ¿qué opciones de atención A se podrían considerar para ella? B C 5. La agencia de viajes. Mientras conversan y beben café, una amiga le comenta a una asistente social que a una pequeña agencia de viajes de la ciudad parece estar yéndole muy bien. El dueño se compró un auto nuevo y una casa de campo. Esto es extraño, porque durante muchos años la agencia apenas si lograba darle de comer a su dueño, y la economía no ha mejorado tanto como para explicar el cambio de situación. Cuando ella estuvo en la oficina entregando un paquete, no vio nada que indicara de dónde provenía tanto dinero. No había clientes ni pósteres de viaje, y la secretaria parecía no estar haciendo nada. La asistente social siente curiosidad y echa un vistazo a la agencia de camino a su trabajo. Nota que varias niñas en edad escolar entran en la oficina en varias ocasiones después de la escuela. Las niñas que entran en la agencia, ¿serán víctimas Sí de la trata de niños y adolescentes? No Tal vez ¿Qué servicios deberían ocuparse del caso? A B C Opciones para la acción: A B C ¿Qué intervenciones podrían realizar los servicios del Estado? A B C Si las niñas son utilizadas para producir pornografía, A ¿qué asistencia se les podría brindar? B C ¿Qué servicios especializados necesitarán las niñas A para superar la explotación sexual? B C 6. La escuela. La maestra observa que María no va a la escuela todos los días. Cuando va, parece muy feliz y siempre trae ropa nueva. María le dijo a sus amigas que tiene un novio nuevo y que ya no le importa ir a la escuela porque él la llevará al extranjero muy pronto. Ella ríe mientras les cuenta a sus amigas que, cuando se establezca en su nuevo hogar, enviará 108 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES por ellas para que la vayan a visitar. Dice que tendrá su propio apartamento y un buen empleo de sirvienta para una familia rica. ¿Será una víctima de la trata de niños y adolescentes? Sí No Tal vez ¿Qué servicios deberían ocuparse del caso? A B C Opciones para la acción: A B C ¿Qué intervención deberían realizar los servicios del Estado? A B C Si María regresa a su casa más adelante, habiéndo- A se prostituido en el exterior, ¿qué tipo de asistencia B necesitará? C ¿Qué servicios especializados necesitará? 7. A B C El «maestro» Un hombre mayor, soltero, vive en un apartamento de dos habitaciones en un edificio descuidado de la ciudad. Su vecino notó que a menudo trae niños al apartamento. Los niños tienen entre 5 y 6 años de edad. Cuando el vecino le pregunta qué hacen los niños allí, el hombre le responde que les enseña. Pero el vecino sabe que el hombre no es maestro sino jardinero. Un día el vecino ve a un niñito que sale corriendo del apartamento, llorando. Cuando le pregunta al hombre por el niño, el hombre le responde que el niño ya no quería aprender más. El vecino continúa viendo a otros niños que visitan el apartamento. ¿Serán los niños víctimas de la trata de niños y Sí adolescentes? No Tal vez ¿Qué servicios deberían ocuparse del caso? A B C Opciones para la acción: A B C ¿Qué intervención deberían realizar los servicios del Estado? A B C Si los niños están siendo abusados sexualmente, ¿qué tipo de atención necesitan? A B C ¿Qué servicios pueden ofrecer dicha atención? A B C 109 GUÍA DE CAPACITACIÓN SESIÓN 7 INVESTIGACIÓN DE LOS DELITOS DE TRATADE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES 7.1. Objetivo: Al finalizar la sesión el participante podrá: • Conocer y tomar conciencia del rol que deben desempeñar respecto de las complejidades del delito de trata de niños y adolescentes y de la necesidad, por lo tanto, de que dichos delitos sean investigados profesionalmente. • Demostrar las vulnerabilidades particulares de los niños, niñas y adolescentes que son víctimas del delito de trata de personas y el deber de protegerlos durante la investigación policial. 7.2. Instrucciones para el capacitador: a. Muchos países cuentan con unidades especializadas en la lucha contra la trata de personas dentro de la policía. Para esta sesión, deberá conocer el nivel de experiencia de los participantes. No sería bueno que ofendiera a los especialistas o que diera una impresión equivocada al personal que no pertenece a las fuerzas de seguridad. b. Para el trabajo de grupo, lo mejor es que al menos una persona de cada grupo conozca cómo trabaja la policía en las investigaciones de los delitos de trata. Si algún participante es policía o fiscal con experiencia, ofrézcale liderar esta sesión. c. De esa manera, los otros participantes podrán comprender bien cómo se realiza la investigación de un delito a nivel profesional y la importancia de preservar la evidencia. d. Es importante resaltar la situación de la víctima y su “interés superior” durante la investigación. Durante el debate, luego que los grupos hayan compartido sus planes, inste a los participantes a analizar los planes desde el punto de vista de los niños, niñas y adolescentes involucrados en los casos. 7.3 Formato sugerido para el taller a. Inscripción y bienvenida. (5min) b. Dinámica. “El cartero”. Sugerido en los ejercicios de calentamiento y para romper el hielo de la Hoja Informativa 2F. (10 min) c. Presente la Hoja Informativa 7A sobre investigación de los delitos de trata de personas en Power Point. (20 min) d. Organice una lluvia de ideas para alentar a los participantes a sugerir más lineamientos sobre que es importante en la investigación de delitos de trata, especialmente cuando los niños y adolescentes son las víctimas. Anote cualquier punto adicional en las hojas del papelote. (10 min). e. Divida a los participantes en dos grupos. Cada grupo planeará una investigación 110 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES y una redada policial. Un grupo utilizará la Hoja de Ejercicios 7A el otro usará la Hoja de Ejercicios 7B, con los cuales deben desarrollar su plan y confeccionar una lista de las medidas que tomarán. Cada grupo deberá escribir los puntos principales de sus acciones en un papelote.(35 min) f. Usando los papelotes, los participantes de cada grupo informarán al otro grupo sobre su plan de investigación, la forma cómo llevarán a cabo la recolección de evidencia y cómo abordarán a los sospechosos y a las víctimas que encuentren. (25 min) g. Pida a los participantes de cada grupo que comenten el informe del otro grupo utilizando las siguientes preguntas: (15 min) 1. ¿Se puso en peligro a los niños y adolescentes víctimas durante su investigación y redada? De ser así, ¿cuáles fueron los riesgos? 2. ¿Existían formas de proteger mejor a los niños y adolescentes? ¿Qué podrían haber hecho? 3. ¿Necesitarán confiar en la evidencia de los niños y adolescentes en la corte, o tendrán suficiente evidencia como para lograr que los delincuentes sean condenados sin su evidencia? 7.4. Recursos /Materiales necesarios: Recursos /Materiales necesarios: Tiempo estimado Copias de la Hoja Informativa7, (presentación en 2 horas Power Point o con transparencias; proyector multimedia o de transparencias), copias de la Hoja informativa 7A y de las Hojas de Ejercicios 7A y 7B, papelotes, plumones, tarjetas de cartulina. 111 GUÍA DE CAPACITACIÓN 7.5. Planificación del programa de la Sesión 7 Duración: 2hrs. 112 Responsables Comentarios/ materiales Tiempo Contenidos Métodos 5 min Inscripción y bienvenida Participativo Capacitador 1 Lista de asistencia Ambiente adecuado. 10 min Dinámica “El cartero” Participativo Capacitador 1 Ambiente amplio Hoja Informativa 2F 20 min Exposición: Investigación Expositivo- Capacitador 2 Participativo Presentación power point de delitos de trata de NNA. 10 min Lluvia de ideas: Aspectos importantes en la investigación Participativo Capacitador 1 Papelotes Plumones masking 35 min Trabajo de grupo: Planificando una investigación. Expositivo y Participativo Capacitador 2 Hojas de 7A – 7B Papelotes Plumones Masking Ejercicio 25 min Presentación de investigación Participativo Capacitador 2 Papelotes dos trabaja- 15 min Conclusiones y observaciones de grupos Participativo Capacitador 2 Preguntas GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES 7.6. Hoja de Apoyo de la Sesión 7 Hoja Informativa 7A INVESTIGACIÓN DE LOS DELITOS DE TRATA DE PERSONAS En las acciones de persecución o investigación de los delitos de trata de personas, se debe resaltar que los principales actores de esta tarea son el Ministerio Público y la Policía Nacional, pues resultan los encargados de realizar la investigación preliminar del delito, para aquellos lugares donde se viene aplicando el Código de Procedimientos Penales, pues el Ministerio Público tiene un papel determinante se le ha conferido la titularidad del ejercicio de la acción penal en los delitos perseguibles de oficio y la conducción de la investigación preliminar a cargo de la Policía Nacional, así como también contribuye a erradicar los factores que podrían resultar elementos causantes de dicho delito. En tanto para aquellos que ya vienen aplicando el Código Procesal Penal las funciones de investigar y juzgar están separadas. El fiscal dirige la investigación. Organización de la investigación El Ministerio Público ha dividido la atención en la investigación del delito de trata en 2 tipos de Fiscalías: las especializadas y las comunes. Mediante Resolución N° 333-2007-MP-FN del 16 de marzo de 2007 se crearon las Fiscalías especializadas contra la criminalidad organizada con competencia a nivel nacional para investigar, entre otros delitos, el delito de trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes, siempre que sean cometidos por organizaciones criminales y que revistan complejidad. Entiéndase por “organización criminal” al grupo estructurado de tres o más personas, permanente en el tiempo y que actúa concertadamente con el propósito de cometer uno o más delitos. En tanto las Fiscalías provinciales penales o mixtos comunes para la realización de investigación de los delitos de trata en los que no interviene una organización criminal. Tipo de investigación Teniendo en cuenta que la finalidad de la investigación del delito de trata no sólo está dirigida a detener al tratante o explotador sino también en el deber de protección especial que se le debe dar a la víctima, consagrado en el artículo 4° de la Constitución Política del Estado “Artículo 4° .- La comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono. También protegen a la familia y promueven el matrimonio. Reconocen a estos últimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad….” En el documento publicado en la página web “Fortalecimiento de la función fiscal frente al delito de trata de personas” (1), se indica “los entes encargados deben perseguir este delito, que puede encasillarse en una investigación reactiva, es decir, aquella que se realiza ante la existencia de la víctima o de un denunciante, pues tal como lo ha señalado 113 GUÍA DE CAPACITACIÓN la ONU, usualmente este tipo de investigaciones no suelen ser eficaces, pues las víctimas pueden retractarse, frustrando así toda posibilidad de obtener elementos probatorios que permitan no sólo atrapar al delincuente, sino también desarticular su grupo delictivo. Lo que actualmente se viene recomendando es asumir un tipo de investigación denominada proactiva, que consiste en la investigación, detención y enjuiciamiento satisfactorios de los traficantes sin tener que depender de la cooperación ni el testimonio de la víctimas, pudiendo recurrirse en cambio, a una combinación de información confidencial, vigilancia por medios humanos (agentes encubiertos) y técnicas habituales de investigación, para hacer frente a la trata en sus lugares de origen y rutas de tránsito. (1) Grupo de Trabajo Permanente contra la trata de personas, Dra. Miluska Romero Pacheco – Fiscal Provincial Penal de la 23° Fiscalía Penal. Procedimientos de la investigación La investigación y juzgamiento de estos delitos se encuentran sujetos a un procedimiento básicamente dividido en dos etapas, Investigación preliminar o policial y la judicial. Para el Código de Procedimientos Penales, se realiza la investigación a nivel preliminar y judicial. En tanto para el Código Procesal Penal, las funciones de investigar y juzgar, están separadas. La investigación se puede iniciar por: 1. Conocimiento de Oficio (Noticia Criminal).- El fiscal provincial penal, mixto o de familia de turno, toma conocimiento directamente del presunto hecho punible en agravio de niños, niñas y adolescentes, a través de los medios de comunicación, pagina web del Ministerio Publico o de cualquier ciudadano identificado o no, vía comunicación telefónica o por correo electrónico. 2. Denuncia ciudadana o de parte.- Cualquier persona natural o jurídica a través de su representante, así como los sectores estatales o privados, de salud, educación, judicial, tributario y otros vinculados a la atención de niños, niñas y adolescentes, están facultados para denunciar el hecho en forma verbal, escrita o derivada de funcionario público; incluso la propia víctima, así fuera menor de edad, familiares o terceros que tienen conocimiento de la perpetración del delito. 3. Comunicación de la Policía Nacional del Perú ( Noticia Policial).- La Policía Nacional del Perú comunicará el hecho punible a la Fiscalía Provincial de turno competente, vía telefónica o por cualquier medio que asegure la eficacia de la comunicación, y si sucediera detención policial, se generará un «Código único de registro». Este, será anotado en el «Libro reservado de denuncias de delitos en agravio de niños, niñas y adolescentes víctimas de abuso sexual, explotación sexual y trata con fines de explotación sexual – Comisarías”, La Policía evitará realizar preguntas en forma directa a la víctima los detalles de la agresión, limitándose a tomar los datos que consignará en el Libro correspondiente. A partir de ésta información, el Ministerio Público abrirá una investigación directa o bajo su dirección y la Policía Nacional del Perú realizará la investigación operativa. El Fiscal diseña las acciones que conduzcan al logro de los objetivos, verificará el hecho, elaborará una hipótesis del trabajo, analizando los hechos, la norma jurídica y los elementos de convicción, en caso simple o complejo y podrá disponer formar un equipo interdisciplinario de investigación: • Respecto del denunciado: Es necesario identificar al imputado con nombres y apellidos, reunir elementos de convicción que vinculen al imputado con el hecho. 114 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES • Respecto de los hechos.- Establecer que se ha cometido un delito es decir si el hecho queda subsumido en un tipo penal, que se encuentra previsto y sancionado en el artículo 153 de Trata de personas del Código Penal. Identificar las circunstancias y móviles de su realización. Se reunirá los indicios suficientes o elementos de juicio reveladores de su existencia del delito, dentro ello se encuentra el trabajo operativo como son los procedimientos por los cuales se recoge y perenniza la evidencia, además debe tomarse en cuenta que es importante para el caso de Trata el lugar en que se encuentra la víctima debiendo ser considerado la primera escena del delito y si se conocen otros lugares, se deberá recoger evidencia de cada uno de ellos. Se deberá individualizar a los autores y determinar la responsabilidad o inocencia de los mismos. • Respecto de la víctima.- Se tomará en cuenta el Protocolo facultativo de la convención sobre los derechos del niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, que en el Artículo 8 dice “… Los Estados partes adoptarán medidas adecuadas para proteger en todas las fases del proceso penal los derechos e intereses de los niños víctimas de las prácticas prohibidas por el presente protocolo y deberán: a. Reconocer la vulnerabilidad de los niños víctimas y adaptar los procedimientos de forma que se reconozcan sus necesidades especiales, incluidas las necesidades especiales para declarar como testigos; b. Informar a los niños víctimas de sus derechos, el alcance, las fechas y la marcha de las actuaciones y la resolución de la causa; c. Autorizar la presentación y consideración de las opiniones, necesidades y preocupaciones de los niños víctimas en las actuaciones en que se vean afectados sus intereses personales, de una manera compatible con las normas procesales de la legislación nacional; d. Prestar la debida asistencia durante todo el proceso a los niños víctimas; e. Proteger debidamente la intimidad e identidad de los niños víctimas y adoptar medidas de conformidad con la legislación nacional para evitar la divulgación de información que pueda conducir a la identificación de esas víctimas; f. Velar por la seguridad de los niños víctimas, así como por la de sus familias y los testigos a su favor, frente a intimidaciones y represalias; g. Evitar las demoras innecesarias en la resolución de las causas y en la ejecución de las resoluciones o decretos por los que se conceda reparación a los niños víctimas…” Dentro de este marco legal, se promulga la ley Nº 27055 de fecha 24 de enero de 1999, Ley que modifica el Artículo 38º y literal b) del artículo 168° Código de los Niños y Adolescentes (Decreto Ley Nº 26102) y el Art- 143° y 146° del Código de Procedimientos Penales, referidos al proceso penal en los delitos de violación sexual a menores de edad, debiendo precisarse que se promulga el Nuevo Código de los niños y adolescentes, Ley Nº 27337 y dispone: Artículo 38°.- “Programas para niños y adolescentes maltratados o víctimas de violencia sexual.El niño o el adolescente víctimas de maltrato físico, psicológico o de violencia sexual merecen que se les brinde atención integral mediante programas que promuevan su recuperación física y psicológica. El servicio estará a cargo del sector salud. Estos programas deberán incluir a la familia. El Estado garantiza el respeto de los derechos de la víctima en todos los procedimientos policiales y judiciales. El Ministerio de la Mujer y poblaciones vulnerables, promueve y establece programas preventivos de protección y atención, públicos y privados, 115 GUÍA DE CAPACITACIÓN tendentes a prevenir, atender y reducir los efectos de la violencia dirigida contra el niño o el adolescente, garantizando el ejercicio de sus derechos a fin de ampliar sus oportunidades, mejorar su calidad de vida y promover su realización personal y social. Y el Artículo 144° complementa.- Competencia.- Compete al Fiscal: “… b) Intervenir, de oficio y desde la etapa inicial, en toda clase de procedimientos policiales y judiciales en resguardo y protección de los derechos del niño y del adolescente. Es obligatoria su presencia ante la policía en las declaraciones que se actúen en casos de violencia sexual contra niños o adolescentes, bajo sanción de nulidad y responsabilidad funcional. En este último caso, ordenará la evaluación clínica y psicológica de la víctima por personal profesional especializado y, concluida dicha evaluación, remitirá al Fiscal provincial penal de turno un informe, el acta que contiene el interrogatorio de la víctima y los resultados de la evaluación. Durante la declaración de la víctima puede participar cualquiera de los padres o la persona que tenga bajo su tutela al menor de edad, siempre que no fueran los denunciados. Si los padres o la persona que tiene bajo su tutela al menor de edad no pudieran participar, podrán designar una persona que los represente…”). El artículo 143º modifica el Código de Procedimientos Penales: “La declaración preventiva de la parte agraviada es facultativa, salvo mandato del Juez, o solicitud del Ministerio Público o del encausado, caso en el cual será examinada en la misma forma que los testigos. En los casos de violencia sexual en agravio de niños o adolescentes la declaración de la víctima será la que rinda ante el Fiscal de Familia, con arreglo a lo dispuesto en el Código de los Niños y Adolescentes, salvo mandato contrario del Juez. La confrontación entre el presunto autor y la víctima procederá si es que ésta fuese mayor de 14 años de edad. En el caso que la víctima fuese menor de 14 años de edad, la confrontación con el presunto autor procederá también a solicitud de la víctima.» Artículo 146°.- “Cuando se trate de que un testigo reconozca a una persona o cosa, deberá describirla previamente, después, le será presentada, procurando que se restablezcan las condiciones en que la persona o cosa se hallaba cuando se realizó el hecho. Asimismo, se podrá reconstruir la escena del delito o sus circunstancias, cuando el Juez Instructor lo juzgue necesario, para precisar la declaración de algún testigo, del agraviado o del inculpado. En ningún caso, se ordenará la concurrencia del niño o adolescente agraviado en casos de violencia sexual para efectos de la reconstrucción.» De igual modo en amparo de la víctima la Ley Nº 27115 a dispuesto en el Artículo 3° .- Nuevo procedimiento: “3.1.- Para efectos de la presente ley, la investigación preliminar, la acusación fiscal y el proceso judicial de los delitos contra la libertad sexual serán reservados, preservándose la identidad de la víctima, bajo responsabilidad del funcionario o magistrado que lleva la causa. 3.2.- El examen médico legal será practicado, previo consentimiento de la víctima, exclusivamente por el médico encargado del servicio con la asistencia de un profesional auxiliar. Se permitirá la presencia de otras personas previo consentimiento de la víctima. 3.3.- Los representantes del Ministerio Público y magistrados del Poder Judicial adoptarán las medidas necesarias para que la actuación de pruebas se practique teniendo en cuenta el estado físico y emocional de la víctima. Los órganos jurisdiccionales auxiliares adecuarán sus procedimientos a efectos de cumplir con esta disposición.” El Nuevo Código Procesal Penal determina los derechos del agraviado en el Artículo 95° Derechos del agraviado.- 116 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES “1. El agraviado tendrá los siguientes derechos: a. A ser informado de los resultados de la actuación en que haya intervenido, así como del resultado del procedimiento, aun cuando no haya intervenido en él, siempre que lo solicite; b. A ser escuchado antes de cada decisión que implique la extinción o suspensión de la acción penal, siempre que lo solicite; c. A recibir un trato digno y respetuoso por parte de las autoridades competentes, y a la protección de su integridad, incluyendo la de su familia. En los procesos por delitos contra la libertad sexual se preservará su identidad, bajo responsabilidad de quien conduzca la investigación o el proceso… 2. El agraviado será informado sobre sus derechos cuando interponga la denuncia, al declarar preventivamente o en su primera intervención en la causa. 3. Si el agraviado fuera menor o incapaz tendrá derecho a que durante las actuaciones en las que intervenga, sea acompañado por persona de su confianza”. Objetivos con la víctima Cuando en la investigación, nos ocupamos de la víctima en los delitos de trata con fines de explotación sexual, se busca: Rescatar y liberar a las víctimas. Donde el Fiscal Informa a la víctima de sus derechos y deberes, adopta medidas de asistencia legal y/o social, si es menor de edad y ha sido víctima de violencia sexual o explotación sexual se preservará su identidad y se evitará confrontarla con el agresor y garantizar que este acompañada de sus padres o una persona responsable de su confianza, debiendo destacarse que en el caso del delito de trata de personas, las víctimas corren peligro de ser abusadas aun más por sus explotadores, y también de ser victimizadas y estigmatizadas cuando regresen a su lugar de origen. Proteger a las víctimas. Lo que incluye: 1. La investigación, y el proceso judicial de los delitos contra la libertad sexual en niños y adolescente, se realizarán preservándose la identidad de la víctima, bajo responsabilidad del funcionario o magistrado que lleva la causa. 2. El examen médico legal será practicado, previo consentimiento de la víctima, exclusivamente por el médico encargado del servicio con la asistencia de un profesional auxiliar. Se permitirá la presencia de otras personas previo consentimiento de la víctima. 3. Los representantes del Ministerio Público y magistrados del Poder Judicial adoptarán las medidas necesarias para que la actuación de pruebas se practique teniendo en cuenta el estado físico y emocional de la víctima. 4. Dentro del sistema de la investigación preliminar y judicial es necesario remitirse a la Guía de procedimiento para la entrevista única de niños, niñas y adolescentes víctimas de abuso sexual, explotación sexual y trata con fines de explotación sexual, emitida por la Fiscalía de la Nación emitida en el año 2009, dado con el fin de evitar la re victimización. Esta guía permite trabajar en forma interinstitucional e interdisciplinario, involucrando a sectores del Ministerio Público, Policía Nacional, Ministerio de Desarrollo Social, Ministerio de Justicia, Ministerio de Salud, para efecto de la aplicación del Código Procesal Penal, debiendo destacarse que en aquellos lugares donde no se encuentra vigente, debe 117 GUÍA DE CAPACITACIÓN adecuarse al mismo en la medida de las posibilidades. Además se cuenta con el manual de Procedimientos de las Fiscalías de Familia, emitido por la Fiscalía de la Nación en el año 2006, donde se unifican criterios para el efecto del tratamiento adecuado de los adolescentes infractores y de las víctimas de abuso sexual sea niño, niña o adolescente, y donde resulta importante que el Fiscal conozca la mejor forma de iniciar un interrogatorio. Para este efecto precisa manejar criterios de abordaje orientado a lograr un acercamiento a la víctima, permitiendo su expresión libre respecto a los hechos que originaron la investigación. Conocer estas técnicas resulta imprescindible, pues no basta la fría aplicación de la Ley, sino una atención personalizada que impida su re victimización. La re victimización o el ser víctima nuevamente, es considerada cuando a la persona se le somete a múltiples interrogatorios y exámenes que afectan su dignidad y su sentido de privacidad. Los operadores de justicias deberán evitar incurrir en esta acción. Es necesaria la mayor capacitación, principalmente en la búsqueda de la seguridad de la validez de las pruebas, pero siempre sin infringir este derecho. 5. Asegurar la confidencialidad de la información relacionada con sus experiencias para evitar la estigmatización. La entrevista se practica en la «Sala de Entrevista Única», convirtiéndose en una herramienta de vital importancia para la toma de declaración, pues las víctimas deberán ser entrevistadas en un clima de privacidad, seguridad y confianza. En los lugares donde no cuentan con dicha sala lo efectuaran en lugares que presten este clima. 6. En el caso de adultos imputados, el Fiscal de Familia elaborará el informe y remitirá los actuados al Fiscal Penal, proponiéndole, cuando corresponda, la derivación de la presunta víctima a la Unidad de Asistencia a Víctimas y Testigos y en los lugares donde no exista según el caso dictará medidas de protección. El Fiscal penal decidirá su admisión o no al Programa de Asistencia a Víctimas y Testigos. Admitida la presunta víctima al Programa, enviará copia del Informe psicológico a dicha unidad de asistencia. En la jurisdicción que no cuente con este programa, se solicitará al Centro de Emergencia Mujer (CEM) a efecto de que preste apoyo psicológico integral de la víctima y se pueda alcanzar su recuperación y en casos pertinentes a organizaciones privadas no lucrativas de colaboración con la protección de la infancia (ONG). Asistencia a la víctima infantil Las víctimas infantiles son particularmente vulnerables. Hay que cuidar que se lleven a cabo las coordinaciones necesarias para la protección y el bienestar de las víctimas, inmediatamente retiradas de la escena del delito. Cuando el Fiscal competente a cargo de la investigación, considere necesaria la derivación de la presunta víctima a la Unidad de asistencia a víctimas y testigos del Ministerio público, tendrá en cuenta los delitos que son objeto del procedimiento de asistencia, los criterios para su calificación, así como la evaluación del riesgo, previstos en los artículos 28°, 29° y 30° del Reglamento de asistencia a víctimas y testigos. El fiscal del caso tiene la obligación de comprobar el cumplimiento eficiente y adecuado de las medidas de asistencia dispuestas con la finalidad de procurar su recuperación psicológica y emocional. En caso que la atención de la presunta víctima se derive a las dependencias asistenciales del sector Salud, ésta se desarrollará en el marco de una política estatal de asistencia oportuna, eficaz, especializada y con trato humano. Con dicho propósito el Ministerio Público realizará oportunamente alianzas estratégicas con las instituciones vinculadas a la asistencia de víctimas de violencia, abuso, explotación sexual y trata de personas menores de edad con fines de explotación sexual, esto a través de la Unidad Central de Víctimas y Testigos y los Presidentes de Juntas de Fiscales Superiores y Provinciales. En el caso que la situación de la presunta víctima requiera el inicio de una investigación tutelar, el Fiscal de Familia o Mixto la promoverá ante la instancia correspondiente, solicitando la aplicación de las respectivas medidas de protección, de 118 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES conformidad con lo establecido en los artículos 138° Ámbito. “El Fiscal tiene por función primordial velar por el respeto de los derechos y garantías del niño y del adolescente, promoviendo de oficio o a petición de parte las acciones legales, judiciales o extrajudiciales correspondientes” y el Código de los Niños y Adolescentes artículo 248° del Caso.- “El Juez especializado podrá declarar en estado de abandono a un niño o adolescente cuando: “... b) Carezca, en forma definitiva, de las personas que conforme a la ley tienen el cuidado personal de su crianza, educación o, si los hubiera, incumplan las obligaciones o deberes correspondientes; o carecieran de las calidades morales o mentales necesarias para asegurar la correcta formación; c) Sea objeto de maltratos por quienes están obligados a protegerlos o permitir que otros lo hicieran; f) Haya sido entregado por sus padres o responsables a instituciones públicas o privadas, para ser promovido en adopción; g) Sea explotado en cualquier forma o utilizado en actividades contrarias a la ley o a las buenas costumbres por sus padres o responsables, cuando tales actividades sean ejecutadas en su presencia. h) Sea entregado por sus padres o responsables a otra persona mediante remuneración o sin ella con el propósito de ser obligado a realizar trabajos no acordes con su edad; y i) Se encuentre en total desamparo…” Entonces según sea el caso el Fiscal de familia podrá solicitar la investigación tutelar al Juez y solicitara la aplicación de medidas de protección adecuadas a la naturaleza del caso en particular, también puede interponer la demanda por violencia familiar, en el supuesto que el agresor tenga vínculos de consanguinidad o afinidad con la víctima, dictando las medidas de protección que el caso amerite. Esto dentro de la investigación preliminar y si es una investigación judicial, el Fiscal de familia participará en la declaración de la víctima menor de edad en el proceso penal y vigilará que la investigación preliminar, la acusación fiscal y el proceso penal en los delitos de violencia sexual sean reservados, preservándose la identidad de la víctima. Funciones de los operadores de Justicia en la investigación El Ministerio Público tiene un papel determinante en el proceso de investigación de los delitos de, pues se le ha conferido la titularidad del ejercicio de la acción penal en los delitos perseguibles de oficio y la conducción de la investigación preliminar en el Despacho Fiscal o a cargo de la Policía Nacional del Perú, etapa en la que cumple la siguiente función: • Dirección de la Investigación: desde su inicio planifica la estrategia acorde al caso, diseñando acciones que lo conduzcan a sus objetivos, utilizando un método que le permita tener un orden • La dirección de la investigación se expresa al instruir a sus colaboradores sobre la legalidad, la conducencia, pertinencia y suficiencia que deben tener los elementos materiales, evidencias e información por recolectar, para comprobar o descartar sus hipótesis de trabajo. • El Fiscal define la estrategia de investigación a utilizar es decir elabora el plan de investigación, para lo cual verificará el hecho y elaborará su hipótesis de trabajo, empezando por analizar los hechos, la norma jurídica y los elementos de convicción. 119 GUÍA DE CAPACITACIÓN • En caso específico o complejo puede disponer formar un equipo interdisciplinario de investigación, podrá contar con la asesoría de expertos de entidades públicas y privadas para formar un equipo interdisciplinario de investigación científica para casos específicos, el mismo que actuará bajo su dirección. • En caso de necesitar el apoyo de la policía, el Fiscal ordena su intervención precisando su objetivo y las formalidades específicas para garantizar la validez de los actos de investigación y los elementos de convicción recopilados. • La Policía realiza la investigación operativa, al tomar conocimiento de los hechos delictivos, puede practicar actos urgentes e imprescindibles para asegurar el éxito de la investigación, dando cuenta inmediata al Fiscal. • El Fiscal, en el caso de la víctima, debe informar a la víctima de sus derechos y deberes, adoptar sus medidas de asistencia legal y/o social y/o psicológica y las medidas de protección, preservar su identidad en caso de menores de edad víctimas de violencia sexual, evitando confrontarla con el presunto agresor o explotador y garantizar que se encuentre acompañada de sus padres o responsables de su confianza si no son los responsables. En la escena de la investigación, la Policía bajo la conducción del Fiscal podrá realizar: • Acciones para proteger y vigilar el lugar. • Recoger y conservar objetos e instrumentos relacionados con el hecho. • Levantar los planos, tomar fotografías y realizar grabaciones. • Asegurar documentos que puedan servir a la investigación. • Efectuar bajo inventario secuestro e incautaciones y otras que la ley faculte. • Cuando se realice incautaciones, vigilará que se efectué la cadena de custodia, para el aseguramiento, inmovilización o recojo de los elementos materiales y evidencias en el lugar de los hechos. En la escena de la investigación, la actuación del Fiscal y la Policía. El Fiscal • Emite disposición sobre la participación de los especialistas y/o técnicos criminalísticos. • Coordinará con los especialistas la manera como se procederá: Al ingreso adecuado a la escena de investigación; a la identificación, individualización, recolección y aseguramiento de los elementos materiales o evidencias; al etiquetado, realizado con los datos mencionados en la actuación policial; al embalaje apropiado, atendiendo a la naturaleza y conservación del elemento material o evidencia; al llenado por duplicado del formato de la cadena de custodia; al envío, manejo, análisis, entrega m recepción y seguimiento del elemento material o evidencia. • Levantar un acta en cada una de las diligencias que se desarrollen, de existir declaraciones se anexaran al acta de escena de investigación. 120 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES La Policía: • Cuando se constituye al lugar de investigación, da cuenta inmediata al Fiscal y presta auxilio a la víctima de ser necesario. • Vigila y protege la escena de investigación y evita el ingreso de extraños. • El policía experto observa e inspecciona integralmente el lugar: Selecciona áreas para caminar y no alterar o borrar indicios incluyendo la escena principal y secundaria. Prioriza y protege evidencias físicas, transitorias, perecederas o indicios frágiles. • El policía experto fija y perenniza la escena de investigación y las evidencias (fotografías, videos, croquis, ), para ello: Levanta con medios de protección adecuado al material físico, indicios o evidencias de acuerdo a la naturaleza de éstos; embala y etiqueta los indicios, elementos físicos y otros para remitirlos a laboratorio, con la indicación del número de proceso, ciudad de origen, llenado del formato de cadena de custodia, lugar y fecha de la recolección e identificación del responsable. • Obtiene las primeras impresiones y registra la información del lugar. • Hace la inspección final y entrega el lugar a quien corresponda. • Informa de los hechos y actuación al Fiscal, realiza las pesquisas, retiene a sospechosos, identifica a testigos y a otros. Herramientas para la investigación: Para la investigación del delito de trata, el Fiscal cuenta con las siguientes herramientas: Las medidas limitativas de derechos, contempladas en la Ley Nº 27379, Ley de procedimiento para adoptar medidas excepcionales de limitación de derechos en investigaciones preliminares, señala que el Fiscal provincial, en casos de estricta necesidad y urgencia, siempre que el delito se cometa por una pluralidad de personas, podrá solicitar al Juez penal las siguientes medidas limitativas de derechos: • Detención preliminar, hasta por el plazo de 15 días. • Impedimento de salida del país o de la localidad. • Incomunicación. • Secuestro y/o incautación de objetos del delito o los instrumentos con que se hubiere ejecutado así como los efectos. • Embargo u orden de inhibición para disponer o gravar bienes. • Levantamiento del secreto bancario y de la reserva tributaria. • Exhibición y remisión de información en poder de instituciones públicas o privadas. • Allanamiento de inmuebles o lugares cerrados fuera de los casos de flagrante delito o de peligro inminente de su perpetración. • Inmovilización de bienes muebles y clausura temporal de locales. Agente encubierto, contemplado en la Ley 27934, regula la intervención de la Policía Nacional y el Ministerio Público en la investigación preliminar del delito. Esta figura se 121 GUÍA DE CAPACITACIÓN empleará a fin de optimizar el resultado de la investigación preliminar y cuando se trate de diligencias preliminares que afecten actividades propias de la delincuencia organizada, y en tanto existan indicios de su comisión. Según esta figura, el Fiscal podrá autorizar a miembros especializados de la Policía Nacional a actuar bajo identidad supuesta y adquirir y transportar los objetos, efectos e instrumentos de delito y diferir su incautación. Asimismo, el Fiscal, cuando las circunstancias así lo requieran podrá disponer la utilización de un agente especial, entendiéndose como tal al ciudadano que, por el rol o situación en que está inmerso dentro de una organización criminal, opera para proporcionar las evidencias incriminatorias del ilícito penal. El agente encubierto estará exento de responsabilidad penal por aquellas actuaciones que sean consecuencia necesaria del desarrollo de la investigación, siempre que guarden la debida proporcionalidad con su finalidad y no constituyan una manifiesta provocación al delito. El Programa Nacional de Asistencia a Víctimas y Testigos: el Ministerio Público busca brindar una atención especial a la víctima, a la cual no se le considera un objeto o fuente de prueba, sino un sujeto de derechos; esta orientación se vincula a los lineamientos del modelo adversarial y garantista que introduce el nuevo Código Procesal Penal. Este programa tiene por finalidad apoyar a la labor fiscal adoptando las medidas de asistencia legal, psicológica y social a favor de las víctimas y testigos que se encuentren en situación de riesgo a consecuencia de su participación en una investigación, un proceso penal o un caso de violencia familiar. De ahí que esté integrado por un equipo multidisciplinario de las tres áreas profesionales en mención: • La asistencia legal que brinda el programa consiste en informar a las víctimas y testigos sobre los derechos que les asiste durante la investigación y el proceso judicial, darles a conocer las medidas de protección que pueden recibir de las instituciones correspondientes, así como orientarlos para su debida participación en las diligencias cuando el fiscal a cargo del caso lo disponga. • La asistencia psicológica ayuda a la víctima y testigo a enfrentar las consecuencias emocionales del delito y las perturbaciones que puedan generarse a raíz de su intervención en la diligencias. Además brinda el soporte emocional necesario a las víctimas y testigos para que su declaración no sufra interferencias y sea un elemento probatorio idóneo en la actuación procesal. • La asistencia social se refiere a la evaluación de la situación familiar y socio económica de la víctima o testigo con la finalidad de organizar y aplicar adecuadamente las medidas de asistencia que se dicten a su favor. Entre los tipos de medidas de protección brindados se tiene: Protección policial, cambio de residencia, ocultamiento de paradero, reserva de identidad y datos personales, ocultación de identificación en diligencias, fijación e domicilio en sede fiscalía para citaciones, empleo de videoconferencia y otros medios técnicos. Siendo adicionales evitar fotografías o imágenes del agraviado, trasladar en vehículos adecuados para diligencias, ambientes para uso exclusivo en las diligencias judiciales, como es el caso de los ambientes para entrevista única. Entrevista única como toma de declaración, debido a que la victimización secundaria, es el perjuicio ocasionado por los integrantes de las instituciones del sistema de administración de justicia, tales como Jueces, Fiscales, Peritos, Policías y otros funcionarios, involucrados en la atención de los casos. Una de las formas es cuando un niño, niña o adolescente, es sometido a numerosos y tediosos interrogatorios en el intento de esclarecer la agresión, pues se incrementan las condiciones para exacerbar las vivencias del evento traumático. En tal sentido, en aplicación del principio del “interés superior del 122 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES niño”, corresponde que la entrevista se realice por única vez, con las garantías de ley y en las mejores condiciones posibles. Evaluaciones médico legales. La solicitud de evaluaciones médicas requeridas mediante oficio por la Fiscalía o por la Policía, deberá ser registrada en el sistema informático de la mesa de partes de Medicina Legal, previa identificación de la presunta víctima y su acompañante, consignándose los datos de filiación de aquella y su Código Único de Registro, el que será anotado en la “Data” del respectivo Certificado de Reconocimiento Médico Legal. La presunta víctima deberá acudir a las evaluaciones médico-legales en compañía de sus padres o responsables, a efecto de practicarse los peritajes Médico- Legales. Las evaluaciones médicas deberán realizarse según los parámetros normativos del Instituto de Medicina Legal, previas a la Entrevista Única, siempre y cuando las condiciones personales del examinado lo permitan, conforme a la apreciación médica. En caso se suspenda la evaluación por motivos justificados, se citara a la víctima para que concurra al día siguiente a los exámenes respectivos. El médico evaluador evitará preguntar sobre los aspectos propios de la situación de violencia sexual por la que atraviesa la presunta víctima, procurando indagar únicamente lo pertinente para el desarrollo de su pericia médica. El certificado médico - legal de integridad sexual será entregado al Fiscal de Familia, Mixto o Penal competente, quien cuando corresponda remitirá copia a la Policía, antes de la Entrevista Única; y, a la brevedad posible, los resultados de las evaluaciones complementarias. 123 GUÍA DE CAPACITACIÓN Hoja de Ejercicios 7A PLANIFICACIÓN DE UNA INVESTIGACIÓN: LA AGENCIA DE EMPLEO Circunstancias Un taxista denunció ante la policía local que, cuando llevaba a unas jovencitas de una oficina de la ciudad al aeropuerto, una de las chicas estaba muy compungida y se puso a llorar. Parecía estar mal por unas fotografías que le habían tomado, y les contaba a las otras chicas que “ella no era esa clase de persona” mientras les preguntaba por qué era necesario que les tomaran fotografías sin ropa, para un trabajo en un hotel en el extranjero. El taxista cree que ocurre algo extraño en esa oficina donde recogió a las chicas. El oficial de policía que toma la denuncia del taxista se la pasa a su superior. El superior decide que la policía debe investigar esa agencia. La investigación inicial muestra que se trata de una empresa que consigue empleos en el extranjero para jovencitas, con el incentivo de que además puedan estudiar en otro país y aprender otro idioma. La policía inicia una investigación formal de la agencia. Sospechan que en realidad capta jovencitas para trabajar en la prostitución en el extranjero. Puede suceder que también produzca pornografía. La agencia está ubicada en el centro, en la zona financiera de una gran ciudad. La tarea Planifiquen la investigación, incluyendo una redada a la agencia. Detallen el trabajo que se realizará antes de la redada, que podría incluir: • Vigilancia • Tomar declaración al taxista • Identificar cualquier otra evidencia pertinente sobre la agencia • Solicitar la asistencia de oficiales de policía especializados u otros expertos • Verificar la lista de personas desaparecidas; utilizar al taxista para identificar a las posibles víctimas; entrevistar a los padres de las personas desaparecidas • Solicitar la asistencia de organizaciones gubernamentales o no gubernamentales que trabajan por el bienestar de los niños y adolescentes • Notificar a la policía fronteriza y entrevistar a la policía aeroportuaria. Al planificar la redada, tengan en cuenta: • El momento ideal para realizarla • La orden de allanamiento que necesitarán • El personal que debería estar presente para la redada • Los refuerzos que podrían necesitar de sus colegas • El apoyo que podrían necesitar de otras personas u organizaciones • La manera en que manejarán la evidencia que encuentren 124 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES • Qué harán con esa evidencia • La manera en que se ocuparán de los sospechosos que encuentren • La manera en que se ocuparán de cualquier cliente de la agencia que encuentren • La manera en que se ocuparán de cualquier víctima de la agencia que encuentren, incluyendo a menores • Las dificultades con las que se podrían topar para obtener la cooperación de los demás. Delineen el plan de acción para la investigación y confeccionen una lista de las acciones que se proponen realizar: Plan de Acción. a. b. c. d. e. f. g. Tareas /actividades Nombre del Plan Objetivo estratégico Metas Área responsable Personal responsable Fecha inicial programada Fecha final programada Descripción de la tarea Responsable Fecha inicio Fecha final Recursos 125 GUÍA DE CAPACITACIÓN Hoja de Ejercicios 7B PLANIFICACIÓN DE UNA INVESTIGACIÓN: EL CATÁLOGO DEL BURDEL Circunstancias Un hombre le cuenta a un amigo que frecuenta un burdel de la ciudad, especialmente cuando su esposa se va por trabajo a otra ciudad. Es un hombre de negocios que tiene mucho dinero. Le dice a su amigo que los clientes del burdel pueden elegir a su pareja de un catálogo y que le sorprendió ver que ofrecían jóvenes (mujeres y varones) y algunas de corta edad. En el catálogo no figuraban las edades, pero estaba claro por las fotografías que eran menores de edad. El catálogo alentaba a los clientes con palabras como “bebé” y “diablillo escolar”. Sin embargo, a él no le gusta tener sexo con menores, ya que tiene hijos pequeños, y no ha tenido relaciones con ninguna de estas jóvenes. No obstante, le gusta probar a las distintas mujeres adultas del burdel. Hay una amplia variedad, incluso de otros países. El amigo queda horrorizado ante la idea de que en su país se esté utilizando a mujeres extranjeras y a niñas, niños y adolescentes para proporcionar servicios sexuales. En su opinión, eso es fomentar la propagación del SIDA. Llama por teléfono a la policía y denuncia al burdel, pero lo hace en forma anónima, pues no quiere dar el nombre de su amigo, o el suyo propio, a la policía. El burdel está en un edificio ubicado en un vecindario prestigioso de la ciudad. La policía se preocupa porque es posible que algunos de los clientes sean miembros muy influyentes de la sociedad. Es probable que los medios de comunicación de las personas que dirigen el burdel sean sofisticados, porque parece tratarse de una maniobra muy secreta y de alto nivel. La tarea Planifiquen la investigación de una posible operación de trata de personas, incluyendo una redada al burdel. Detallen el trabajo que se realizará antes de la redada, que podría incluir: • Vigilar el burdel • Seguir a los sospechosos que salen de él. • Tomar declaración a los dueños de otros departamentos del mismo edificio o de tiendas vecinas. • Investigar con fuerzas policiales extranjeras. • Verificar la lista de personas desaparecidas. • Solicitar la asistencia de organizaciones gubernamentales o no gubernamentales que trabajan por el bienestar de los niños y adolescentes. • Solicitar la asistencia de oficiales de policía especializados u otros expertos. • Revisar periódicos o revistas en busca de anuncios que puedan relacionarse con el burdel. 126 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES Al planificar la redada, tengan en cuenta: • El momento ideal para la redada. • La orden de allanamiento que necesitarán. • El personal que debería estar presente para la redada. • Los refuerzos que podrían necesitar de sus colegas. • El apoyo que podrían necesitar de otras personas u organizaciones. • La manera en que manejarán la evidencia que encuentren. • Qué harán con la evidencia. • La manera en que se ocuparán de los sospechosos que encuentren. • La manera en que se ocuparán de los clientes del burdel que encuentren. • La manera en que se ocuparán de las prostitutas adultas que encuentren. • La manera en que se ocuparán de los niños y adolescentes prostituidos que encuentren allí. • Las dificultades con que podrían toparse para obtener la cooperación de otras instancias. Delineen el plan de acción para la investigación y confeccionen una lista de las acciones que se proponen realizar: Plan de Acción. a. b. c. d. e. f. g. Tareas /actividades Nombre del Plan Objetivo estratégico Metas Área responsable Personal responsable Fecha inicial programada Fecha final programada Descripción de la tarea Responsable Fecha inicio Fecha final Recursos 127 GUÍA DE CAPACITACIÓN SESIÓN 8 ENTREVISTAS A NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES 8.1. Objetivos: Al finalizar la sesión, el participante podrá: • Conocer como obtener evidencia de un menor, víctima de trata de personas, con el fin de procesar un delito de trata de menores para fines sexuales. • Mejorar la comprensión de los niños, niñas y adolescentes involucrados en trata de menores y que han quedado traumatizados. • Mejorar sus respuestas profesionales que se las ofrecen a niños y adolescentes involucrados en trata. 8.2. Instrucciones para el capacitador/a: a. La Hoja Informativa 8A contiene lineamientos para entrevistar y obtener evidencia con los niños, niñas y adolescentes, víctimas de trata de personas para fines sexuales. b. La Hoja Informativa 8B explica un modelo, como método a utilizar por la policía para entrevistar a los niños, niñas y adolescentes. Los participantes necesitarán tiempo para asimilar la información. También puede compartir la Guía de procedimientos para la entrevista única de la Hoja informativa 8C.Considere realizar una presentación en Power Point o solicitar a un psicólogo especializado en niños, para que realice la presentación o puede considerar la posibilidad de una dramatización. c. Luego organice una lluvia de ideas o si se dan las condiciones, un debate respecto de cómo se podrían aplicar estos lineamientos en el desempeño de las funciones policiales. Usted debe liderar el debate; utilice las preguntas propuestas, relaciónelas con los lineamientos y con el modelo. Inste a los participantes a considerar los intereses de los niños, niñas y adolescentes víctimas de trata de menores para fines sexuales. Eso implica desarrollar una forma pensar en formas alternativas de obtener evidencia, sin causar el trauma de la revictimización. d. Como otra alternativa, puede trabajar primero con los casos proporcionados y usar las hojas informativas como guía. En las hojas de ejercicios 8A y 8B encontrará dos casos, pero siempre puede utilizar un estudio de caso propio si sabe de alguno que sea pertinente y que ofrezca una buena experiencia de aprendizaje. e. El objetivo de solicitar a los participantes que sugieran mejorar las preguntas para formular a las víctimas de la trata, es mejorar la manera de entrevistar a las víctimas. f. Los participantes expertos en investigación querrán formular preguntas muy claras y obvias, mientras los profesionales que brindan atención en la recuperación de las víctimas, querrán obtener información en forma más delicada. Es importante recordar que las respuestas a las preguntas proveen evidencia fundamental. g. Al trabajar juntos, los profesionales de las distintas áreas y los operadores de 128 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES justicia, comprenderán la importancia de realizar una entrevista, re victimización a los niños y niñas de la experiencia traumática vivida. h. Una forma alternativa de conducir esta sesión es utilizar un vídeo o una dramatización con escenificaciones de una entrevista policial identificando tanto los aspectos positivos y negativos, para luego debatirlo con los participantes. i. Para esta sesión, es importante fomentar mayor participación e involucramiento a los participantes que realizan las entrevistas preliminares a las víctimas. Probablemente tengan mayor experiencia de trabajo con niños, niñas y adolescentes en circunstancias difíciles y tengan información relevante y formas de abordar. Será valioso compartir sus experiencias con personal policial y otros profesionales, que trabajan que se inician en estos trabajos. j. Preste atención a la forma en que los participantes utilizan sus tonos de voz e ínstelos a pensar en el efecto que pueden causar los diferentes tonos de voz. k. Vea si los participantes tienen sugerencias sobre cómo deberían manejarse las situaciones de los casos estudiados, para que el niño, niña o adolescente se sienta en confianza y protegido. Las recomendaciones deben ser pertinentes a la edad, origen y/o idiosincrasia social de la víctima. l. Intente que los participantes concluyan que para comunicarse con un niño, niña o adolescente víctima de trata deben generar empatía, ponerse en la situación de la víctima. Una forma de generar realismo de la situación es invitar a los participantes que cuenten a la persona que esta su lado su última experiencia sexual. Es casi seguro que ninguno estará dispuesto a hacerlo. Esto puede servir para reflexionar lo difícil y complicado que resulta para el niño, niña o adolescente contar la violencia sexual a la que fue sometido. m. Promueva a que los participantes pueden elaborar algunas reglas básicas para hacer que los niños, niñas y adolescentes se sientan en confianza y protegidos. 8.3. Formato sugerido para el taller a. Inscripción y bienvenida. (5min) b. Dinámica. La papa caliente. Sugerido en la Hoja Informativa 2F. (10 min) c. Presente en Power Point la información que figuran en las Hojas informativas 8A y 8B. (20 min) 129 GUÍA DE CAPACITACIÓN d. Organice una lluvia de ideas entre el grupo sobre cómo se podrían aplicar estos lineamientos en el desempeño de las funciones policiales, contenidos en las hojas informativas (o explicados por el experto), formulándoles las siguientes preguntas:(20 min) • ¿Qué dificultades prácticas tendríamos para aplicar estos lineamientos en nuestras condiciones de trabajo reales? • ¿Cómo podríamos superar esas dificultades? Anote las conclusiones en el papelote. Debata las conclusiones desde la perspectiva de la protección de niños y adolescentes. e. Forme 4 grupos y distribuya las Hojas de Ejercicios 8A y 8B, que contienen los casos de estudio. Pida a los grupos que sugieran preguntas que deseen formularle a cada una de las víctimas de los casos estudiados y que las anoten en los papelotes. (20 min.) f. Los grupos presentan sus conclusiones y preguntas sugeridas en la investigación, luego se realiza un debate de las distintas opciones sobre la forma de preguntar o acercarse a la víctima. Siempre considere la protección de la víctima y la obtención de evidencia relevante (45 min.) Alternativa 1: Solicite a los participantes que sugieran 3 formas distintas en que la víctima niño o niña debería ser protegida (ej: lugar de la entrevista, sexo del entrevistador, etc.). Alternativa 2: Pida a los participantes que confeccionen una lista de consejos sobre cómo proteger a los niños y adolescentes encontrados durante la investigación de un delito. Escriba los consejos en los papelotes (ej: ubicar al niño, niña o adolescente con otros niños, llamar a un asistente social, etc....) 130 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES 8.4. Planificación del programa - Sesión 8 Duración: 2hrs. Duración Contenidos Métodos Responsables Inscripción y bienvenida Participativo Capacitador 1 Lista de asistencia Ambiente adecuado. 10 min Dinámica “La papa ca- Participativo liente” Capacitador 1 Ambiente amplio Hoja Informativa 2F 20 min Exposición: Entrevista Expositivo a niños, niñas y adolescentes. Capacitador 2 Presentación power point 20 min Lluvia de ideas: Con ayuda de preguntas Participativo Capacitador 1 Papelotes Plumones Masking 20 min Trabajo de grupo: Entrevistando a una víctima Expositivo Participativo Capacitador 2 Hojas de Ejercicios Hojas de Ejercicios 8A – 8B Papelotes Plumones Masking 45 min Presentación de conclu- Participativo siones y discusión Capacitador 2 Papelotes dos 5 min Comentarios/ materiales trabaja- 8.5. Recursos y materiales necesarios: Recursos /Materiales necesarios: Copias de las Hojas informativas 8A y 8B, (presentación en Power Point o con transparencias; proyector multimedia o de transparencias), copias de la Hoja de Ejercicios 8A y 8B, papelotes, plumones. Tiempo estimado: 2 horas. 131 GUÍA DE CAPACITACIÓN 8.6. Hoja de Apoyo de la Sesión 8 Hoja Informativa 8A OBTENCIÓN DE EVIDENCIA DE UNA VÍCTIMA DE LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES Los niños y adolescentes que han sido víctimas de la trata de personas han sufrido un grave abuso a manos de sus explotadores. El abuso puede implicar violaciones, golpes y privaciones de distintas clases. Como resultado, es probable que padezcan de trastorno postraumático, o trauma. Su comportamiento se ve tan afectado que no pueden responder como lo haría normalmente un niño, niña o adolescente de su edad. Pueden: • Despersonalizar la experiencia abusiva y convencerse de que le ocurrió a otra persona. • No recordar dónde estuvieron o qué les sucedió. • Parecer apático y desinteresado, o «insensibles». • Tener recuerdos repentinos y sentirse muy perturbados. • Sentir apego emocional hacia el abusador y buscar protegerlo. • Tener miedo. La recuperación de los niños y adolescentes que sufrieron este trauma por haber sido explotados es un proceso largo, que requiere tanto tiempo como apoyo especializado. Mientras tanto, puede que demuestren hostilidad hacia quienes los rescataron y que les resulte extremadamente difícil confiar e insertarse en su nueva situación. Cuanto más tiempo transcurra entre el último contacto con los explotadores y la entrevista, más posibilidades habrá de que el niño, niña o adolescente se sienta seguro y revele detalles de su experiencia. Puede que el niño, niña o adolescente se sienta aterrado por amenazas de represalias contra su familia por parte de sus explotadores, o por la posibilidad de que su familia lo rechace o sienta vergüenza de él. También es posible que tenga miedo de ser acusado de delincuente. Los niños y adolescentes víctimas pueden negar que hayan sido víctimas de trata, no estar en posibilidades de dar información coherente o estar brindando información contradictoria en sus declaraciones. No se deben ofrecer incentivos a las víctimas de la trata de niños y adolescentes a cambio de que ofrezcan evidencia, como se hace con los adultos, a quienes se les ofrece una serie de beneficios a cambio de evidencia. La seguridad del niño, niña y adolescente no puede ponerse en peligro para garantizar que los explotadores reciban su condena. La intervención del Policía especializado resulta trascendente, pues en este tipo de entrevistas se requiere del apoyo de personal calificado para mitigar el daño sufrido por el niño, niña o adolescente, pues serán abordados técnicamente, considerando su desarrollo bio-psico-social y el grado del dicho daño. 132 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES Lineamientos para la entrevista • Asegúrese de que el niño, niña o adolescente tenga a una persona de apoyo durante la entrevista. Puede ser un familiar, pero sólo si no existe sospecha alguna de que el pariente estuviera involucrado en el delito. De lo contrario, puede ser un asistente social o una persona que haya participado del cuidado del niño, niña o adolescente desde que fue rescatado. De ser posible, se debería asignar a un tutor legal. • Asegúrese de que haya una persona que pueda interpretar con empatía si es una víctima extranjera y/o de alguna comunidad nativa, que no entiende o habla el idioma predominante. • El sexo del investigador y del intérprete puede ser importante; si la víctima ha sido abusada sexual y/o físicamente por hombres probablemente se sentirá más a salvo en presencia de mujeres. Sin embargo, a veces los niños y adolescentes (incluyendo a las niñas) prefieren hablar con un hombre puesto que, a veces, los perciben como figuras «protectoras». Por lo tanto, las entrevistas deben llevarse a cabo mediante un enfoque de equipo que cuente tanto con una mujer como con un hombre. • Bajo ninguna circunstancia deberá el presunto explotador o cualquier persona asociada con él estar presente en la entrevista. • El niño, niña o adolescente debe estar totalmente protegido de cualquier contacto con los medios. El Manual del Consorcio para Niños de la Calle (Consortium on Street Children), sugiere las siguientes consideraciones cuando se entrevistan a NNA: Usar: Evite usar: 1. Oraciones cortas 2. Oraciones sencillas 3. La voz activa (¿Qué te hicieron?’) 4. Oraciones positivas (‘¿Le dijiste?’) 5. Preguntas con un solo significado 6. Un solo negativo (¿Tu madre te dijo que no salieras?’) 7. Un enfoque directo (‘¿Estás cansado?’) 1. Oraciones largas 2. Oraciones complicadas 3. La voz pasiva (¿Cómo fue tratado?) 4. Oraciones negativas (¿No le dijiste?) 5. Preguntas con más de un significado 6. Doble negativo (‘¿No te dijo tu madre que no salieras?’) 7. Preguntas hipotéticas (‘Si estás cansado, avísame.”) Otra sugerencia es usar la técnica de escucha activa. Esta técnica se basa en que es mucho más probable que el niño, niña o adolescente continúe con su historia si constantemente recibe aprobación tanto verbal como no verbal. Se basa en la repetición de los hechos que el niño, niña o adolescente acaba de contar. El entrevistador Tendrá cuidado de no evocar emociones o hechos que no fueron expresados por el niño, niña o adolescente, porque eso podría distorsionar el valor de la entrevista como evidencia. Lugar de la entrevista. El lugar en el que se lleva a cabo la entrevista puede afectar significativamente la receptividad y respuesta del niño, niña o adolescente. Lo ideal es que el lugar sea: 133 GUÍA DE CAPACITACIÓN • Cómodo, agradable y acogedor para el niño, niña o adolescente. • Atractivo para los niños y niñas. • Un área privada y tranquila. PREPARACIÓN DE LA ENTREVISTA SEMI-ESTRUCTURADA Esto incluye obtener previamente información sobre el niño, niña o adolescente. Puede obtenerse de sí mismo, o de los familiares, información preliminar del suceso y las condiciones familiares que sólo trate sobre sus datos biográficos y su historia social. Una vez obtenida esa información, no sólo ayudará a situar al niño, niña o adolescente en la investigación penal sino que además ayudará a crear empatía con él/ella durante la entrevista formal. En la reunión previa, participará el Policía investigador, donde con conocimiento del Fiscal de Familia o Mixto entregara a los padres o responsables de la parte agraviada, la respectiva Declaración de Derechos. Es indispensable tener en cuenta que las preguntas no serán formuladas como un Interrogatorio Clásico, sino como una Entrevista Semi-Estructurada. Si bien ambas tienen por finalidad obtener información sobre los hechos investigados, la segunda se caracteriza por su flexibilidad, orientada a evitar la revictimización del entrevistado. Evitando que el niño, niña o adolescente se sienta confundido o temeroso. Durante la entrevista, hay que tener cuidado de evitar crear temor y confusión, por lo tanto, el investigador deberá: • Estar tranquilo y ser amable durante toda la entrevista; tener un buen contacto visual con el niño, niña o adolescente y mostrarse interesado; hablarle desde la misma altura (al nivel de sus ojos). • Evitar fruncir el ceño o tener un lenguaje corporal que transmita una actitud negativa. • Comprender las necesidades básicas del niño, niña o adolescente: recreo para ir al baño, beber algo, no estar sentado y quieto durante mucho tiempo. • Usar la información obtenida del niño, niña o adolescente de tal forma que el niño se sienta cómodo y a salvo como para hablar de temas sensibles. • Tener siempre una actitud cariñosa con el niño, niña o adolescente, pero evitar tocarlo. La persona que lo asiste puede tocar al niño, niña o adolescente si este se siente perturbado. • Presentar a las otras personas presentes y explicarle sus roles. • Ser totalmente honesto sobre el motivo de la entrevista y el contexto de un proceso penal, pero utilizando palabras y un lenguaje que se adecuen a la edad del niño, niña o adolescente para que pueda comprenderlo. • No prejuzgar, ni demostrar su desagrado si el niño, niña o adolescente le revela detalles de su abuso o explotación. • No ofrecer al niño, niña o adolescente ningún incentivo por hablar. • No interrumpir al niño, niña o adolescente, a menos que sea para aclarar alguna información que él haya dado. 134 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES • Evitar formular preguntas sugestivas o capciosas; permitir al niño, niña o adolescente contar la historia a su manera y a su ritmo evitar formular más de una pregunta a la vez. • Evitar preguntar «Por qué», pues el niño, niña o adolescente podría sentirse responsable de causar su propia explotación. • Explicar al niño, niña o adolescente las garantías de su seguridad y qué sucederá una vez que termine la entrevista; incluir una explicación de cuándo tendrá lugar el juicio, el rol del niño, niña o adolescente en el mismo y las medidas de seguridad para protegerle de las represalias de quienes lo explotaban. • Dejar claro al niño, niña o adolescente que no se lo puede obligar a dar evidencia si no quiere; eso podría incluir explicarle el uso que se le dará a la información obtenida durante la entrevista. • Permitir al niño, niña o adolescente formular preguntas que le parezcan importantes; ser honesto en sus respuestas. • Repetir al niño, niña o adolescente la evidencia que ya ha dado, con palabras que pueda comprender, y darle la oportunidad de agregar o aclarar algo. • Si el niño, niña o adolescente es del lugar o de otra ciudad, averiguar si desea regresar a su lugar y con su familia, sus preferencias y su vida anterior, sin hacer promesas respecto de lo que ocurrirá en el futuro; asegurarse de que se le asigne un tutor legal. ¡RECUERDE! Si un niño, niña o adolescente está mendigando, «merodeando» o es víctima de explotación sexual comercial (involucrado en prostitución), NO debe considerarse que esté en conflicto con la ley, toda vez que los derechos humanos son irrenunciables por la persona, y los órganos jurisdiccionales tienen la obligación de hacer cumplir irrestrictamente los derechos humanos, agregando a esto el interés superior del niño, que necesitan asistencia y protección. Son los «clientes», los proxenetas, los explotadores y los delincuentes que se dedican a la trata de personas quienes son culpables de los delitos y deben ser juzgados, no los niños y adolescentes. Trate al niño, niña o adolescente como a una persona que necesita asistencia y protección o, si existe suficiente evidencia para enjuiciar al abusador, trátelo como una víctima a la hora de entrevistarlo. En cualquier caso, trate psicológicamente al niño, niña o adolescente como una víctima, sobreviviente y/o afectado: sea sensible, comprensivo y compasivo en todo momento. 135 GUÍA DE CAPACITACIÓN Hoja informativa 8B LA “SITUACIÓN MODELO” MÉTODO PARA ENTREVISTAR A NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES. La policía holandesa desarrolló un método para entrevistar a los niños, que describe como “la situación modelo”. Es una herramienta de trabajo para obtener una declaración de un niño de entre 4 y 12 años de edad, cuyo uso se considera la “mejor práctica” en Holanda. El método es muy exigente para el oficial que entrevista, y requiere mucho entrenamiento práctico así como también conocimientos teóricos. Método de entrevista: La Situación Modelo El modelo de situaciones permite al entrevistador reaccionar ante el testigo de forma individual y a las distintas situaciones. Cada entrevista puede adaptarse a las circunstancias del caso siempre y cuando se haga de forma estructurada y como lo requiere el proceso de entrevista. El entrevistador puede cambiar a una situación diferente durante el transcurso de la entrevista para obtener el mejor resultado. La situación ideal es la Situación A. En esa situación, el testigo infantil revela espontáneamente lo que sucedió y el entrevistador puede formular preguntas sobre hechos para recibir información detallada. Si el niño no revela espontáneamente lo que sucedió, el entrevistador pasa a la Situación B y comienza a formular al niño preguntas indirectas para ayudarlo a revelar información, o utiliza dibujos e imágenes visuales para obtener la información. Si el niño comienza a revelar información, el entrevistador vuelve a la Situación A. Si la ruta indirecta no logra que el niño revele información, el entrevistador cambia a la Situación C y confronta al niño con información sobre los alegatos. Si el niño confirma la información, el entrevistador vuelve a cambiar a la Situación A y comienza a pedirle información más detallada. Si el niño niega la información sobre los alegatos, la entrevista concluye. La entrevista se limita a una Duración máxima de una hora y media. El modelo para el interrogatorio está compuesto por tres partes: una introducción, una parte de orientación del caso y una parte de cierre. Los principios básicos son: - la entrevista debe adaptarse al niño - la entrevista debe recoger evidencia - la entrevista debe ser confiable Para adaptar la entrevista al niño, el entrevistador se concentra en hacer contacto con el niño y crear afinidad entre ambos. El entrevistador deja claro al niño lo que ocurrirá y pide su aceptación. El entrevistador es flexible y sensible a las necesidades individuales del niño: su nivel de concentración y atención, su nivel de comprensión y su disposición para involucrarse en el proceso. Para recoger evidencia, el entrevistador formula preguntas sobre hechos específicos y las circunstancias que los rodearon y verifica de forma activa posibilidades alternativas u otros posibles sospechosos aparte de los alegatos investigados. Para obtener una declaración confiable, el entrevistador se asegura de que el niño comprenda perfectamente las preguntas. Cualquier información aportada por el niño debe darla de forma voluntaria y sin sugerencias ni presiones. El entrevistador debe utilizar las técnicas de la situación modelo. Debe verificar con el niño que la información sea correcta y evitar influir en las respuestas del niño. La policía holandesa está capacitada para reconocer el verdadero peligro del desequilibrio de poder entre el entrevistador y el niño. La tarea del entrevistador consiste en ayudar al niño a revelar información y contar su propia historia verídica, compuesta por información fáctica y detallada. Para lograrlo, el entrevistador debe minimizar su propia influencia. K.M.C. Dekens. (2005), Academia de Policía holandesa. 136 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES LA SITUACIÓN MODELO INTRODUCCIÓN Explique el rol y la finalidad de la entrevista Proporcione al niño la opción de hablar de inmediato o de jugar o conversar primero Haga contacto con el niño, cree afinidad ORIENTACIÓN DEL CASO Preguntas abiertas Hay revelación Situación A Estimule los recuerdos libres Explique las reglas básicas Elabore sobre los recuerdos libres: • • • • • Preguntas abiertas. Preguntas de control /verificación de la fuente del conocimiento. Aclarar las acciones primero, luego las circunstancias. Circunstancias que rodearon al hecho y episodios específicos. Hipótesis /sospechosos alternativos. No hay revelación Situación B Preguntas indirectas Dibujos No hay revelación Situación C Confrontación con la información CIERRE ¿Otro sospechoso? ¿Cosas que comentar o preguntar? Felicite al niño Período de juego /tranquilizador 137 GUÍA DE CAPACITACIÓN Hoja Informativa 8C GUÍA DE PROCEDIMIENTO PARA LA ENTREVISTA ÚNICA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES VÍCTIMAS DE ABUSO SEXUAL, EXPLOTACIÓN SEXUAL Y TRATA CON FINES DE EXPLOTACIÓN SEXUAL R.No. 589 - 2009 MP FN La guía fue elaborada y aprobada por resolución por el Ministerio Público con el apoyo de UNICEF y la cooperación belga tiene como objetivo brindar a los operadores de justicia, una herramienta de trabajo que les permita aplicar el procedimiento de entrevista única, con el objeto de evitar la re victimización. Consideraciones Previas La Entrevista Única se desarrollará en la Sala Única de Entrevista la que consta de dos ambientes separados por un vidrio espejado (espejo de visión unidireccional), que serán utilizados de la siguiente forma: La Entrevista Única es una diligencia de declaración testimonial que forma parte de la investigación penal que conduce el Fiscal competente y se aplica a niños, niñas y adolescentes presuntas víctimas de violencia, abuso y explotación sexual. Se desarrolla en una sola sesión con el apoyo del psicólogo del Instituto de Medicina Legal, quien participa como facilitador” en la Sala de Entrevista Única; y al mismo tiempo da inicio la evaluación psicológica correspondiente. Para este efecto el psicólogo emplea técnicas de análisis, evaluando el contenido, consistencia, contexto, capacidad y afecto de la presunta víctima, en los aspectos relacionados a la naturaleza de la denuncia, con la finalidad de comprobar la veracidad de su testimonio y establecer elementos objetivos de verificación. La actuación de la Entrevista Única se documentará por medio de un acta la cual será suscrita por el Fiscal y los demás intervinientes. Simultáneamente se perennizará la entrevista en medio audiovisual, registrándose además la expresión verbal y no verbal del entrevistado. Tanto el acta como el medio audiovisual estarán contenidos en un original y una copia. El original forma parte de la investigación Fiscal y la copia se remitirá a la unidad orgánica correspondiente para su custodia. Solo en casos de estricta necesidad y legitimidad comprobada, o cuando el requerimiento de la asistencia lo justifique, el Fiscal podrá autorizar la visualización de la entrevista. En caso que el Fiscal disponga investigación a nivel policial, se hará entrega al instructor de la Policía Nacional una copia del Acta de Entrevista. Procedimiento de Entrevista Única En el procedimiento de la Entrevista Única se considerará la siguiente secuencia: 138 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES Antes de la Entrevista Previamente a Ia Entrevista Única, el Fiscal y el Psicólogo se reunirán con los padres responsables de la presunta víctima, con el propósito de obtener sus generales de ley, información preliminar del suceso y las condiciones familiares de aquella. En la reunión previa también participará el Policía, cuando corresponda. En esta etapa, el Fiscal entregará a los padres o responsables de la parte agraviada, la respectiva Declaración de Derechos. Todas las preguntas planteadas por los sujetos procesales, se canalizaran a través del Fiscal de Familia o Mixto, quien evaluará su idoneidad y pertinencia a fin de trasmitirlas al Psicólogo— Facilitador. Luego, el Fiscal hará saber al Psicólogo — Facilitador aquellas que considere pertinentes para el esclarecimiento del hecho, las que serán absueltas por la presunta víctima. El Fiscal considerará lo siguiente: • “Principio del interés Superior del Niño» • Verificar la inexistencia de elementos distractores en la Sala de Entrevista • Asegurar el adecuado funcionamiento de los equipos de audio, vídeo y comunicación de la Sala de Entrevista. Inicio de la entrevista única El Fiscal dará inicio a la Entrevista Única, comunicándose con el psicólogo entrevistador a través de un medio tecnológico. El psicólogo se presenta a la presunta víctima, generando un clima de empatía y confianza para indagar adecuadamente sobre el hecho que se investiga. En forma simultánea se procede a la respectiva grabación. Si al inicio o durante Ia entrevista, surgen motivos justificados que impidan su desarrollo, el Fiscal con la apreciación del psicólogo, suspenderá y reprogramará la diligencia lo más pronto posible, a fin de asegurar la uniformidad y espontaneidad de la información a ser proporcionada por la presunta víctima, evitando de esta forma riesgos de perturbación o amedrentamiento. Durante la Entrevista el Fiscal tendrá en cuenta las siguientes pautas: • Narración de los hechos (fecha, hora, personas que se hallaban presentes, descripción del lugar del hecho y de la agresión sexual, si en esta hubo acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal o si se realizaron otros actos análogos introduciendo objetos o partes del cuerpo por alguna de las dos primeras vías o si se produjeron tocamientos indebidos en sus partes íntimas). • De advertirse en la narración otros hechos de agresión sexual distintos al de la investigación, el Fiscal deberá profundizar su esclarecimiento. • Identificación del agresor, señas particulares (tatuajes, cicatrices, cortes, quemaduras, etc), discapacidad física o mental, lenguaje, actitud. etc. • Las circunstancias vinculadas al acercamiento y abordaje del agresor. • No se formularán preguntas obscenas o morbosas sobre la agresión sexual, así como de la vida privada de la víctima que no estén relacionadas al hecho investigado. Es importante mencionar que estas son pautas básicas que orientan e ilustran el trabajo Fiscal, sin perjuicio de otras que pudieran corresponder a cada caso. 139 GUÍA DE CAPACITACIÓN Por otro lado, es indispensable tener en cuenta que las preguntas no serán formuladas como un interrogatorio clásico, sino como una entrevista semi - estructurada. Si bien ambas tienen por finalidad obtener información sobre los hechos investigados, la segunda se caracteriza por su flexibilidad, orientada a evitar la revictimización del entrevistado. La entrevista semi - estructurada es una técnica de entrevista psicológica, que de acuerdo a la naturaleza y características particulares del caso, puede incluir preguntas abiertas, focalizadas y cerradas. Las preguntas abiertas permiten al entrevistado explicar libremente sobre el hecho investigado, obteniéndose amplia información, que el psicólogo evalúa en ese acto, así como otros aspectos del comportamiento del entrevistado, tales como utilización del lenguaje, coherencia en el relato, expresión corporal etc. Las preguntas focalizadas no solo están encaminadas a obtener información específica sobre un aspecto particular de las características personales, sociales, emocionales y conductuales de la presunta víctima sino también a precisar las circunstancias del hecho investigado. Las preguntas cerradas permiten confirmar o descartar la información proporcionada, ofreciendo por lo general dos alternativas de respuesta: Si o No. El psicólogo deberá considerar lo siguiente: • La edad, las necesidades y el nivel del desarrollo del niño. niña o adolescente, teniendo en cuenta su contexto socio-cultural. • La explicación a la presunta víctima respecto a la forma como se llevará a cabo la entrevista. permitiéndole formular preguntas. • De otro lado, respecto a las preguntas: • Estructurará preguntas que puedan comprenderse fácilmente. • Efectuará una pregunta a la vez. • Permitirá que el niño, niña o adolescente cuente con tiempo suficiente para contestar. • Formulará preguntas que no sean ambiguas, capciosas o sugestivas, así como tampoco aquellas que induzcan a eludir la respuesta v adoptar actitudes negativas. • No formulará preguntas directas, hasta que tenga la convicción que el entrevistado este dispuesto a facilitar con exactitud, la información deseada. Al mismo tiempo se sugiere formular preguntas abiertas, focalizadas y cerradas. El psicólogo evitará: • Hablar de sí mismo. • Demostrar superioridad a través de actitudes y expresiones verbales inadecuadas. • Expresar acuerdo o desacuerdo con lo que el entrevistado diga. • Evitar comparaciones. • Interrumpir al evaluado sin justificación (sólo se acepta la interrupción si tiene un fin específico). • Usar terminología que el entrevistado no pueda comprender. • Hablar de temas irrelevantes. 140 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES Cuando en el desarrollo de la entrevista surjan situaciones nuevas que deban ser esclarecidas, el Fiscal se comunicará con el Psicólogo — Facilitador por el medio tecnológico empleado. Culminación de la Entrevista El Fiscal dispondrá la culminación de la entrevista. La Entrevista Única será cerrada por el psicólogo con frases cordiales, agradeciéndole al niño, niña o adolescente su participación y brindándole recomendaciones para su cuidado personal. El psicólogo se retirará de la Sala de Entrevista Única con la presunta víctima dirigiéndose ambos a un consultorio debidamente acondicionado para culminar la evaluación psicológica. Posteriormente, se procederá a la elaboración del Protocolo de Pericia Psicológica el que determinará el grado de afectación de la presunta víctima, entregándose al Fiscal en un plazo máximo de 48 horas. Después de la Entrevista Terminada la Entrevista única, el acta será suscrita por el Fiscal de Familia o Mixto y el Fiscal Especializado en lo Penal, cuando éste último hubiera participado en la formulación de las preguntas. El acta y el medio audiovisual en original serán remitidos por el Fiscal que entrevista al Fiscal que estuviera a cargo de la investigación. La copia del medio audiovisual será remitida al Almacén de Elementos Materiales y Evidencias mediante los Formatos N° A6, A7 y A8; o ala unidad orgánica correspondiente para su custodia. A. Seguidamente, el Fiscal de Familia o Mixto procederá de la siguiente manera: Al. En el caso de adultos imputados, elaborará el Informe establecido en el inciso b) del articulo 144° del Código de los Niños y Adolescentes, que remitirá al Fiscal Penal, proponiéndole, cuando corresponda, la derivación de la presunta víctima a la Unidad de Asistencia a Víctimas y Testigos. EI Fiscal Penal decidirá su admisión o no al Programa de Asistencia a Víctimas y Testigos, a través del Formato A2. Admitida Ia presunta víctima al Programa, enviará copia del informe Psicológico a dicha Unidad de Asistencia. En caso que el Fiscal decida no derivarla a la Unidad de Asistencia, derivará a la presunta víctima a una dependencia asistencial del Sector Salud, entregándoles a los padres o responsables el oficio de remisión correspondiente. Posteriormente remitirá copia del Informe Psicológico elaborado con ocasión de la entrevista única. A2. En el supuesto de adolescentes infractores, el Fiscal de Familia o Mixto decidirá cuando corresponda, la derivación de la presunta víctima a la Unidad de Asistencia a Víctimas y Testigos a través del Formato A-21 Admitida la presunta víctima al Programa, remitirá copia del Informe Psicológico a dicha Unidad de Asistencia. En caso de no enviar a la presunta víctima a la Unidad de Asistencia a Víctimas y Testigos, la derivará a una dependencia asistencial del Sector Salud, entregándole a los padres o responsables del niño, niña o adolescente, el oficio para su atención, en el que se consignará el nombre y apellidos, además del Código Único de Registro. Posteriormente remitirá copia del Informe Psicológico elaborado con ocasión de Ia entrevista única. En todos los casos, la información recibida a través del Informe Psicológico deberá manejarse en estricta reserva y confidencialidad, bajo responsabilidad. Los resultados del tratamiento deberán ser remitidos a 141 GUÍA DE CAPACITACIÓN través de un informe, al Fiscal a cargo del caso o a la Unidad de Asistencia, según corresponda. B. El Fiscal de Familia o Mixto remitirá al Fiscal Provincial a cargo del caso. lo siguiente:- El original del Acta de Entrevista Única (Anexo 2o).- El medio magnético que incluye la grabación de la Entrevista Única, en sobrecerrado, sellado y firmado por el Fiscal. C. El Fiscal de Familia o Mixto archivará en su Fiscalía una copia del Acta de Entrevista. Entrevistas de carácter excepcional. Entrevista complementaria Sólo en casos excepcionales, en los que se advirtiera una supuesta afectación al derecho de defensa tanto del imputado como de la presunta víctima, y previa evaluación de su pertinencia por parte del Fiscal competente a cargo de la investigación, se admitirá una entrevista complementaria sobre aspectos puntuales requeridos por los sujetos procesales en la etapa correspondiente. No se admitirá bajo ningún supuesto, temas que ya fueron abordados en la entrevista inicial. Entrevista única no realizada Cuando no se hubiera entrevistado a la presunta víctima a nivel pre judicial, el Juez de la causa podrá requerir su declaración en la Sala de Entrevista Única, coordinando con el Fiscal competente para la respectiva programación. En caso de no practicarse la declaración en la Sala de Entrevista Única, se respetarán las garantías establecidas en Ia Ley N° 27115, teniéndose en cuenta el Principio del INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO, que regula nuestro ordenamiento jurídico en materia de infancia y adolescencia, así como la presente Guía. 142 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES Hoja de Ejercicio 8A. ESTUDIO DE UN CASO – SONIA (16) La víctima es una adolescente, que parece tener unos 16 años. La llamaremos Sonia. Sonia llegó a la ciudad de Huancayo en bus procedente de la selva central. En el terminal terrestre, personal Policial de servicio se percata que su Documento de Identidad Nacional (DNI) es falso. En realidad es el DNI de otra joven cuyo nombre es María y que tendría 20 años, el documento fue robado dos años, en las Fiestas de San Juan. Sonia parece ser de Huancayo, porque habla el castellano, pero tiene un acento, que al pronunciar las palabras, evidencia ser de la selva. Intenta persuadir al personal Policial que el DNI es verdaderamente de ella y que ella es “María” quien figura en el DNI. El personal policial no está convencido y la lleva a una pequeña sala del terminal terrestre y le dice que la llevará a la comisaría. Sonia niega dar información al Policía que la entrevista. No quiere decir de dónde viene, cómo es que tiene ese DNI, ni qué hace fuera de su ciudad. Parece que no tiene dinero. Sonia no parece estar en un buen estado de salud. Está pálida, muy delgada, y su piel está bastante deteriorada. Está muy nerviosa y preocupada. Posteriormente, cuando realizan un registro de su equipaje, sólo encuentran ropa y artículos de perfumería. Ponen a disposición ante la unidad especializada para que investiguen el caso. Tarea: Ustedes son las personas que debe entrevistar a Sonia, obtener evidencia, cuidar y velar los derechos de la niña. ¿Cómo y qué preguntas le harían durante la entrevista? Ejemplo: 1. ¿Sabemos que tu nombre no es María, cuál es tu nombre? 2. ¿Cómo te gustaría que te llame? 3. ¿Veo que te sientes mal? 4. ¿Quieres algo de beber? 5. ¿Cómo te llaman tus amigos? 6. ¿Hay alguien que quieres que contacte por ti? 7. ¿De qué ciudad vienes?, tienes acento de la selva. 8. ¿Cuál es la propuesta de trabajo que tienes en esta ciudad? 9. Si tu documento verdadero ha sido retenido, ¿es por alguna deuda con tu empleador? 10. ¿Cuál es la relación de amistad que tienes con la persona que vas atrabajar? 11. ¿Dónde has estado viviendo antes de llegar a esta ciudad? 12. ¿Cómo era el ambiente de tu trabajo? 13. ¿A qué distancia de tu trabajo se encontraba tu habitación? 14. ¿Cómo cocinabas tus alimentos? 15. Te han maltratado alguna vez, o te haz sentido maltratada en tu trabajo? (Hacer referencia que el trabajo del entrevistador es protegerla). 143 GUÍA DE CAPACITACIÓN 16. ¿Cómo te llaman en el trabajo? 17. ¿Si tus familiares directos conocen sobre el trabajo que estás realizando, a cuál de sus familiares te gustaría comentar sobre los problemas que vives? 18. ¿Cuántos clientes atiende por turno?. 19. ¿Cada cuánto tiempo te cambian de ciudad?, (Hacer un comentario de las bondades culinarias y turísticas de los lugares que menciona y preguntar que conoce de dichos lugares) 20. ¿Quién paga los gastos de comida y pasaje?. 21. ¿Temes por la vida de tus familiares y/o por tu propia vida. Haga recomendaciones para conducir la entrevista del mejor modo posible Recomendaciones: • No reciba llamadas, ni permita interrupciones. • Tomar el tiempo necesario para la entrevista. No presionar por el tiempo. • Cuidar la postura, debe denotar protección, no de juez, ni acusador. • Cuidar las expresiones de su rostro. • Realizar las preguntas de forma respetuosa. 144 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES Hoja de Ejercicios 8B ESTUDIO DE UN CASO – KATY (10) La policía llevó a cabo un operativo policial en un prostíbulo. Durante el operativo policial, encontró a varias personas en las habitaciones del prostíbulo. Una es un hombre de mediana edad que aparentemente era un cliente. Otra es una mujer de mediana edad que parece ser la “mami”. Es de la zona. Hay cuatro jóvenes, y todas parecen tener algo más de 20 años. Dos son de la zona y las otras dos son de la Selva. También hay una niña que parece tener unos 10 años. La niña no tiene documento. La mujer de mediana edad dice que ella cuida a la niña, que es hija de un pariente, pero no quiere dar el nombre de esa persona e insiste en que no responderá ninguna pregunta, si no es que su abogado esté presente. Las otras jóvenes, mencionan a la policía que no saben de dónde viene la niña, pues no pueden comunicarse con ella. Sin embargo, dicen que se llama “Katy”. La niña no habla muy bien el castellano y no puede responder a ninguna de las preguntas de la policía. Parece estar drogada. La Policía la lleva de inmediato al hospital, mientras continúa con la investigación. Descubren que la niña viene de una Comunidad Nativa de un distrito de la Selva. Sin embargo, no tienen idea de cómo llegó a la Ciudad. Unos días después, un policía va a entrevistar a la niña. Lleva a un intérprete con él. Tarea: Ustedes son las personas que deben entrevistar a Katy, obtener evidencia, cuidar y velar por los derechos de la niña. ¿Qué preguntas le harían durante la entrevista? Ejemplo: 1. ¿Katy verdad? Tienes un bonito nombre! 2. ¿Tienes algún juego favorito que te hace sentir bien? 3. ¿Cómo te llaman tus amiguitos cuando juegas? 4. ¿Qué te pasó? Dónde están tus papás, tus hermanos? 5. ¿Hasta qué grado estudiaste?. 6. ¿Hay alguien que quieres que contacte-llame por ti? 7. ¿De qué ciudad vienes? 8. ¿Con quién viniste a Huancayo? 9. ¿Dónde la conociste? 10. ¿Alguien te hizo algo, que tu no querías? 11. ¿Cuántas veces te han pegado y te han gritado? 12. ¿Quién te defendía? 13. ¿Tienes miedo que le pase algo a tu mamá o a tus familiares? 14. ¿Alguna vez haz salido a jugar al parque? 145 GUÍA DE CAPACITACIÓN 15. ¿A qué hora te acostabas? 16. ¿A qué hora comías y cuántas comidas al día? 17. ¿Cuándo dijiste que querías ir a tu casa, qué te decían? 18. ¿Recuerdas cuántos niños vivían donde estabas viviendo? 19. ¿Si recuerdas qué le hacían a las otras niñas? 20. ¿Te llevaron a otro lugar aparte de Huancayo? 21. ¿Con quiénes te quedabas? Haga recomendaciones para conducir la entrevista del mejor modo posible Recomendaciones: • No reciba llamadas, permita interrupciones de terceros. • Tomar el tiempo necesario para la entrevista. No presionar por el tiempo. • Cuidar la postura, debe denotar protección, no de superioridad, ni de acusador. • Cuidar y suavizar las expresiones de su rostro. • Realizar las preguntas de forma respetuosa. 146 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES SESIÓN 9 ACTORES Y SUS ROLES 9.1. Objetivos Al finalizar la sesión el participante podrá: • Reconocer a las instituciones y personas interesadas e involucradas en la lucha contra la trata de niños y adolescentes. • Analizar cómo las instituciones y personas deben colaborar entre ellas y apreciar el valor de dicha colaboración. 9.2. Instrucciones para el capacitador/a a. Esta sesión es bastante práctica. Tiene dos aspectos: uno es que los participantes tengan información sobre los actores y sus roles, y el otro es que propongan posibilidades futuras de cooperación entre ellos y otros actores. b. Es una sesión larga, de modo que deberá planificar el uso del tiempo con cuidado. c. Antes de la sesión, revise la Hoja de Ejercicios 9A Ficha de actores y roles, asegúrese de que sea precisa. Agregue o quite información de ser necesario. Los participantes deberán tener en claro los roles que le son asignados a los actores y analizar las limitaciones de los roles de los distintos actores. Dé la oportunidad a los participantes de que sugieran cambios que sienten que deberían hacerse a la descripción de los roles que figura en la planilla. d. Si prefiere usar la ficha sólo como información secundaria, puede trabajar con los participantes para trazar en un papelote un “mapa” de actores como representación visual. Asegúrese de marcar con un plumón las relaciones que existen entre actores y con otro color marque las que deberían incrementarse. e. En la Hoja de Ejercicios 9B encontrará un caso, con el que los participantes podrán realizar una dramatización. Permita a los participantes decidir cuáles son las instituciones pertinentes y qué roles deberían realizar. Lo mejor es que haya al menos una persona en cada grupo del juego que conozca el rol de la agencia a la que representa; de lo contrario, los participantes no estarán seguros de si sus decisiones sobre las medidas a tomar son posibles o no. Si la dramatización no es viable, puede reemplazarla con un debate sobre el caso estudiado y los roles de los distintos actores involucrados. f. Es importante incluir un debate sobre el valor de trabajar juntos y como lograr que los actores puedan colaborar entre ellos. De esa manera, los participantes verán cómo pueden utilizar los contactos e información del curso para mejorar sus responsabilidades hacia los niños y adolescentes en el futuro. Utilice la Hoja Informativa 9A y 9B (que describe el sistema en Italia y Moldavia) como punto de partida para el debate. g. En el contexto de las soluciones, debata él Mecanismo Nacional de Protección del Perú- Hoja informativa 9C como estructura para combatir la trata de personas. Asegúrese de que los participantes logren a conocer cómo funciona y cómo 147 GUÍA DE CAPACITACIÓN podrían trabajar con él en el futuro. De se posible busque folletos actuales sobre el mecanismo nacional y direcciones locales a la que acudir. h. La lista de contactos es una herramienta muy útil para que los participantes se lleven al final del curso. Hay un modelo de dicha lista en la Hoja de Ejercicios 9C. Usted puede compartir los contactos que conozca y los participantes podrían realizar una lluvia de ideas para complementar la lista. 9.3. Formato sugerido para el taller a. Inscripción y bienvenida. (5min) b. Dinámica. La doble rueda. Sugerido en la Hoja Informativa 2F. (10 min). c. Formar grupos pequeños de 4 y distribuya la Hoja de Ejercicios 9A. Pregunte a los grupos si están de acuerdo con la descripción de los roles que figuran en cada categoría de actor. (20 min) d. Reparta a los participantes la Hoja de Ejercicios 9B. Pídales que la lean individualmente. (10 min) e. Divida a los participantes en no más de 6 grupos de entre 4 y 5 personas, y asigne un rol a cada grupo. Los roles posibles son: (35 min) i. Policía Nacional del Perú /Servicios de Fiscalía ii. Organismos del Estado (Ministerio de Educación, Ministerio de Bienestar Social, etc.) iii. Agencia de protección de los niños y adolescentes iv. ONGs (organizaciones no gubernamentales) y OIGs (organizaciones inter-gubernamentales) v. Padres /escuelas vi. Embajada /Consulado Los grupos deben analizar el caso desde la perspectiva de su rol para responder las preguntas que figuran al final del estudio. f. Un grupo informa al grupo entero de sus respuestas. Los otros grupos tienen la oportunidad de comentar las respuestas, y comparar sus expectativas y sus respuestas con las de su propio rol. (40 min) g. Use la Hoja Informativa 9A para explicar la forma en que las víctimas de la trata son asistidas en otros países como Italia. Organice un debate general sobre si los actores del país podrían trabajar juntos de manera más efectiva para proteger a los niños y adolescentes. Utilice estas preguntas para iniciar la discusión: (30 min). • ¿Qué tipo de colaboración por parte de otros actores ayudaría a proteger mejor a los niños y adolescentes en su trabajo? • ¿Qué iniciativas podrían tener para asegurarse de conseguir dicha colaboración? h. Use la Hoja Informativa 9B para explicar los Mecanismos Nacionales de i. Referencia. Solicite sugerencias sobre cómo dicha estructura podría funcionar en nuestro país (30 min) j. Presente un resumen de la “Ficha de contactos” (Hoja de Ejercicios 9C). Pida a 148 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES los participantes que realicen una lluvia de ideas para completar la planilla. Cada participante deberá completar su propia planilla de contactos con la información pertinente. 9.4 Recursos /Materiales necesarios: Recursos /Materiales Tiempo Copias de las Hojas de Ejercicio 9A, 9B y 9C, (planilla 9C 3 horas. completada), Hojas informativas 9A y 9B, (información sobre el Mecanismo Nacional de Referencia o el Plan Nacional de Acción), papelote, marcador, bolígrafos. 9.5. Planificación del programa de la Sesión 9 Duración: 2hrs 30 min. Duración Contenidos Métodos Responsables Comentarios/ materiales 5 min Inscripción y bienvenida Participativo Capacitador 1 Lista de asistencia Ambiente adecuado. 10 min Dinámica La doble rueda” Participativo Capacitador 1 Ambiente amplio Hoja Informativa 2F 20 min Descripción de actores y roles Hoja informativa 9ª Expositivo Capacitador 2 Copias de planilla 9A 10 min Lectura de caso por grupos Hoja de Ejercicios 9B y resolver el caso Expositivo Participativo Capacitador 2 Copias de planillas de capacitación 9B. 25 min Trabajo de grupo identificación de roles asignados Participativo Capacitador 2 Preguntas 25 min Debate compartiendo las conclusiones Expositivo Participativo Capacitador 2 Preguntas 15 min Reconocimiento de actores y estrategias de intervención Debate Capacitador Papelotes Plumones Masking 20 min Forma de asistencia a las víctimas Expositivo Capacitador Power point 20 min Elaboración de Mapa de actores estratégicos en la zona. Hoja de ejercicios 9C Participativo Capacitador Papelotes Plumones Masking 149 GUÍA DE CAPACITACIÓN 9.6. Hojas de Apoyo de la Sesión 9 Hoja Informativa 9A ASISTENCIA A VÍCTIMAS DE LA TRATA DE PERSONAS EN ITALIA Artículo 18 del Decreto Legislativo Nº 286/98 Dado que la lucha contra la trata de seres humanos se ha convertido en una prioridad para las autoridades italianas, Italia ha adoptado varias iniciativas judiciales y humanitarias para abordar el fenómeno del ingreso de mujeres y niñas víctimas de trata provenientes de Europa Oriental y de África. El Departamento Italiano de Oportunidades Igualitarias coordina una Comisión Inter-ministerial que es responsable de la dirección e implementación del Artículo 18 del Decreto Legislativo Nº 286/98. Mediante dicho artículo, Italia ha intentado responder al problema de la trata de personas. La disposición permite que se otorgue un permiso especial de residencia a las víctimas de trata y su participación en un programa de asistencia social y de inserción. Por lo tanto, el Artículo 18º es una herramienta para la acción legal, pero también es una medida humanitaria. Permite asistir y proteger a las mujeres víctimas de trata, a quienes a menudo no se consideraba víctimas del delito sino delincuentes. El otorgamiento de un permiso y la inserción en un programa de protección social no impone a la víctima la obligación de reportarse a la policía. En cambio, de este modo la víctima ofrece información y cooperación a las autoridades. Esta disposición es innovadora porque otorga protección inmediata a todas las víctimas de trata y les ofrece un incentivo para cooperar en la investigación. Se basa en la idea de que las víctimas cooperarán más si se sienten seguras y tienen derechos. El permiso es otorgado «cuando las operaciones policiales, investigaciones o procedimientos judiciales que involucran cualquiera de los delitos... o cuando los servicios sociales de un gobierno local, al realizar su trabajo de asistencia social, identifican situaciones de abuso o de explotación severa de un ciudadano extranjero, y cuando la seguridad de dicho ciudadano extranjero corre peligro como consecuencia de sus intentos de huir de una organización delictiva que se dedica a uno de los delitos mencionados anteriormente, o como consecuencia de declaraciones realizadas durante investigaciones preliminares, o durante el transcurso del procedimiento judicial». (Art. 18º, párrafo 1) La autoridad local o una organización privada pueden solicitar el permiso de residencia. La decisión de otorgar dicho permiso la toma el «Questore», que debe estar informado sobre el programa de inserción para la víctima de trata. El permiso de residencia se otorga inicialmente por 6 meses. Luego puede renovarse por un período de un año o más si así lo requiere el sistema judicial. El permiso es revocado si la víctima extranjera deja el programa de inserción. 150 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES Dentro del marco del Artículo 18º, se asignaron fondos nacionales al Departamento de Oportunidades Igualitarias para financiar e implementar dos tipos de programas: proyectos de protección social e iniciativas del sistema. Los proyectos de protección social brindan a las mujeres y niños y adolescentes extranjeros que son víctimas de la trata un alto nivel de protección social, que puede incluir un permiso especial de residencia, un alojamiento adecuado, información sobre sus derechos, servicios sociales y de salud, atención médica y psicológica, asistencia para hallar empleo, capacitación en oficios, asesoramiento legal y los servicios de un traductor competente durante los procesos legales. Se espera que este tipo de apoyo y protección aliente a las víctimas a cooperar con las autoridades identificando a los delincuentes dedicados a la trata de personas, especialmente mediante el proceso judicial. Las iniciativas del sistema apoyan dichos programas a través de campañas de concienciación, investigación, actividades de capacitación para el público y para los operadores privados de los programas de protección social, asistencia técnica y monitoreo de proyectos. La iniciativa más significativa es la Línea de Ayuda Telefónica Gratuita, que permite a las víctimas de la trata contactarse con profesionales que pueden ayudarlas. La línea comenzó a funcionar en julio de 2000. Otras dos iniciativas importantes son: • El monitoreo nacional de actividades y seguimiento de denuncias contra delincuentes dedicados a la trata de personas (a cargo del Departamento de Investigación de la Universidad de Trento). • Repatriación voluntaria asistida y reinserción de víctimas de trata en sus países de origen (del Ministerio del Interior en colaboración con la Organización Internacional para las Migraciones - OIM). Doscientos casos ya fueron asistidos dentro de un período de operación de cinco años. 151 GUÍA DE CAPACITACIÓN Hoja informativa 9B MECANISMO NACIONAL DE REFERENCIA EN MOLDAVIA Un Mecanismo Nacional de Referencia (MNR) es un proceso que consiste en que los diferentes actores identifiquen a las presuntas víctimas de trata y en lograr la cooperación de los actores para asegurar que las víctimas sean referidas a los servicios especializados. Las agencias de seguridad pueden ser la principal autoridad responsable de la identificación de las víctimas, pero muchas otras instituciones y personas también se pueden topar con presuntas víctimas, y son una importante fuente de información. Un MNR bien establecido, con sujetos informados, debería involucrar a todos sus «socios» en el proceso de identificación. La República de Moldavia tiene un MNR desde comienzos de 2004. Es un marco de cooperación a través del cual los actores estatales cumplen con sus obligaciones de proteger y promover los derechos humanos de las víctimas de trata. Los esfuerzos son coordinados en una asociación estratégica entre las autoridades de las fuerzas de seguridad y la sociedad civil. Los objetivos básicos del MNR son asegurar que los derechos humanos de las víctimas sean respetados y proveer una forma efectiva para referir a las víctimas a los servicios disponibles. En Moldavia, eso significa que el MNR: • Guía respecto de cómo identificar y tratar como corresponde a las víctimas de la trata de personas, respetando sus derechos y dándoles poder sobre las decisiones que afectan a sus vidas. • Ofrece un sistema para referir a las víctimas a agencias especializadas que ofrecen refugio y protección ante daño físico y psicológico, así como también servicios de apoyo. Los servicios disponibles incluyen asistencia médica, social y psicológica, asesoramiento y servicios legales, asistencia para obtener documentos de identificación y facilitación de la repatriación voluntaria. • Establece mecanismos para armonizar la asistencia a las víctimas con los esfuerzos de investigación y de la fiscalía. • Brinda un marco institucional que permite la participación multidisciplinaria en la lucha contra la trata de personas, permitiendo así monitorear el fenómeno y evaluar las respuestas ante el mismo. Los Acuerdos de Cooperación del MNR, firmados entre estructuras estatales y no estatales, pueden surgir como resultado de una directiva según la cual las presuntas víctimas de trata son transferidas de la custodia policial a servicios de apoyo y protección operados por ONGs. También pueden surgir a través de un memorando de acuerdo formal. La experiencia demuestra que los acuerdos de cooperación entre actores estatales y no estatales incrementa la tasa de juicios exitosos de delincuentes dedicados a la trata de personas. 152 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES Algunas investigaciones llevadas a cabo en Europa Occidental muestran que más del 40% de las víctimas de trata son identificadas mediante el trabajo de calle de las ONGs, las autoridades locales y las líneas de ayuda. Los clientes de las prostitutas y otros ciudadanos identifican a más del 22% de las víctimas. Menos del 14% de las genuinas víctimas de trata son identificadas por la policía. En investigaciones sobre programas de apoyo a las víctimas en el sudeste de Europa se demostró que sólo un tercio de todas las presuntas víctimas de la trata de mujeres fueron identificadas por agencias de seguridad. La mayoría de las víctimas no fueron referidas a refugios ni programas de apoyo, sino que fueron enviadas a centros de detención y prisiones antes de ser deportadas. Un complejo sistema de actores puede y debe involucrarse en la identificación de las presuntas víctimas de trata. Dichos actores deben estar capacitados e interconectados para garantizar las referencias. El proceso de identificación debe incluir respeto por los puntos de vista y la autonomía de las víctimas mismas. Por lo tanto, el proceso debe ser una parte integral de la protección de las víctimas. 153 GUÍA DE CAPACITACIÓN Hoja informativa 9C MECANISMO NACIONAL DE PROTECCIÓN EN PERÚ REGLAMENTO DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN DE COLABORADORES, VÍCTIMAS, TESTIGOS Y PERITOS - LEY Nº 27378 DECRETO SUPREMO Nº 020-2001-JUS El año 2001, en el gobierno de Valentín Paniagua, se aprobó el reglamento de Medidas de Protección de Colaboradores, Testigos, Peritos y Víctimas, Ley Nº 27378. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- El presente reglamento tiene por objeto establecer las normas y procedimientos relacionados con las medidas de protección de los colaboradores, testigos, peritos y víctimas, dictadas al amparo de lo establecido en la Ley Nº 27378. Artículo 2º.- Corresponde a la Fiscalía de la Nación, en coordinación con el Poder Judicial, y el Ministerio del Interior establecer un sistema integral y programas específicos de protección de colaboradores, víctimas, testigos y peritos. La Fiscalía de la Nación propondrá al Ministerio de Justicia, sin perjuicio de las instrucciones que pueda dictar a los Fiscales, las normas reglamentarias adicionales que requiera la efectiva aplicación de la legislación sobre la materia. Artículo 3º.- La Ley Nº 27378 será denominada en el presente reglamento como la Ley. Artículo 4º.- Las disposiciones establecidas en este reglamento alcanzan a los colaboradores, testigos, peritos y víctimas, cuya integridad física, libertad o bienes se encuentren en peligro grave como consecuencia de su participación en los procedimientos penales especiales materia de la Ley. Artículo 5º.- El Fiscal o el Juez, según corresponda, apreciará la gravedad del riesgo teniendo en cuenta, entre otras, las siguientes circunstancias: a. Tipo y características de la información brindada; b. Actos de represalia o intimidación realizados o que pueda esperarse se produzcan; c. Vulnerabilidad de las personas contempladas en el Artículo 21º de la Ley; d. Situación personal y procesal de la persona que aporta la información. 154 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES CAPÍTULO II MEDIDAS DE PROTECCIÓN Artículo 6º.- Corresponde al Fiscal, de oficio o a instancia del interesado, adoptar las medidas de protección previstas en la Ley y el presente Reglamento, siempre que respecto de los hechos materia del procedimiento especial de colaboración no exista proceso penal abierto. Sin perjuicio de lo anterior, el Fiscal en toda circunstancia debe controlar la correcta ejecución de las medidas de protección, adoptando o solicitando, de ser el caso, las medidas correctivas que correspondan. Artículo 7º.- El órgano jurisdiccional, cuya competencia se radica en función a la etapa del proceso principal que determina la participación del protegido, será el encargado de decidir la imposición, modificación o cesación de las medidas de protección, siempre que por los hechos objeto de colaboración eficaz esté en curso un proceso penal. La competencia del órgano jurisdiccional se extiende a la etapa de ejecución si el protegido es un colaborador que está sujeto a una pena privativa de libertad efectiva. Artículo 8º.- Una vez finalizado el procedimiento de colaboración eficaz y, en su caso, el proceso penal que se inició a raíz de la información que proporcionó el protegido, el Fiscal tiene a su cargo la decisión de mantener o hacer cesar las medidas de protección, aun cuando éstas hayan sido dictadas por el órgano jurisdiccional. Artículo 9º.- Las medidas de protección que pueden adoptarse son las siguientes: a. Protección policial, que puede incluir la designación de personal policial permanente en su domicilio y en sus desplazamientos cotidianos, el cambio de residencia a un lugar no conocido, el traslado del protegido a un local o vivienda especial y, de modo general, la ocultación de su paradero para todos los efectos; b. Reserva de la identidad del protegido en las diligencias en que intervenga, imposibilitando que conste en las actas respectivas su nombre, apellidos, domicilio, lugar de trabajo y profesión, así como cualquier otro dato que pudiera servir para la identificación del mismo. En estos casos se permitirá la asignación de una clave secreta, que sólo será de conocimiento de la autoridad que imponga la medida y de la Unidad Policial Especial a que hace referencia el Capítulo III del presente Reglamento c. Intervención del protegido en las diligencias en que deba participar personalmente, utilizando cualquier procedimiento que imposibilite su identificación visual normal; 155 GUÍA DE CAPACITACIÓN d. Utilización de procedimientos, mecánicos o tecnológicos, tales como videoconferencias u otros medios adecuados, siempre que el órgano jurisdiccional cuente con los recursos necesarios para su implementación. Estas medidas se adoptarán para evitar que se ponga en peligro la seguridad del protegido una vez desvelada su identidad y siempre que lo requiera la preservación del derecho de defensa de las partes en el proceso penal; e. Fijación, como domicilio la sede de la fiscalía competente, a efectos de citaciones y notificaciones; f. Facilitación de documentos que contengan una nueva identidad y, de ser el caso, de medios económicos para cambiar su residencia o lugar de trabajo, en circunstancias excepcionales y de especial gravedad. Corresponderá al Fiscal del caso decidir estas medidas excepcionales, mediante resolución motivada, aprobada por el Fiscal Superior Coordinador y previa consulta con el Fiscal de la Nación de los recursos que puedan utilizarse. A estos efectos, en el primer caso, se cursará oficio -estrictamente reservado- a las autoridades competentes para la entrega de los nuevos documentos de identidad, mediante un procedimiento secreto a cargo de la Unidad Policial Especial correspondiente; y, en el segundo caso, se hará entrega al protegido del dinero respectivo según los procedimientos reservados que regule la Fiscalía de la Nación, cuidando la Unidad Policial Especial del correcto uso del mismo según los fines que determinaron el apoyo económico. Cuando exista proceso penal en curso, el Juez será el encargado de dictar estas medidas excepcionales; g. Ubicación del colaborador que se encuentre recluido en un establecimiento penitenciario en un ambiente que garantice su seguridad e integridad física; h. Protección de los derechos laborales de conformidad con la legislación vigente. Artículo 10º.- La revocación de la reserva de la identidad del protegido se podrá decidir durante la etapa intermedia o al inicio de la audiencia, previa solicitud motivada de las partes. Dicha revocación tiene por objeto: a. Que el protegido pueda ser interrogado en el acto oral o que su declaración se someta a contradicción; b. Que las partes, dentro del tercer día de notificada la revocación, puedan interponer tachas contra los testigos protegidos o recusaciones contra los peritos protegidos, de conformidad con lo dispuesto en el Código de Procedimientos Penales; c. Que las partes, en igual plazo, puedan ofrecer nueva prueba tendente a acreditar alguna circunstancia capaz de influir en el valor probatorio de la información proporcionada por el protegido, luego de conocer su identidad. d. El levantamiento de la reserva de identidad sólo comprenderá la revelación de su identidad, respetándose las garantías restantes o medidas de protección reconocidas por la Ley y el presente Reglamento. 156 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES CAPÍTULO III DE LA UNIDAD ESPECIALIZADA DE INVESTIGACIÓN, COMPROBACIÓN Y PROTECCIÓN Artículo 11º.- Créase la Unidad Especial de Investigación, Comprobación y Protección - UECIP de la Policía Nacional, como entidad adscrita a la Fiscalía de la Nación, encargada de llevar a cabo, bajo la conducción del Fiscal respectivo, las investigaciones y comprobaciones requeridas al amparo del Artículo 11 de la Ley, así como de proteger a los colaboradores, víctimas, testigos y peritos que brinden, según el caso, informaciones, declaraciones o informes en el marco de lo establecido en la Ley Nº 27378. Artículo 12º.- La UECIP depende disciplinaria y administrativamente del Ministerio del Interior. Desarrolla sus funciones de acuerdo a lo establecido en el presente Reglamento y a los criterios funcionales señalados por la Fiscalía de la Nación. Artículo 13º.- Son funciones de la UECIP: a. Realizar las indagaciones que le encargue el Fiscal sobre las informaciones dadas por las personas que quieran acogerse a los beneficios por colaboración eficaz; b. Elevar informes al Fiscal sobre las indagaciones señaladas anteriormente; c. Ejecutar directamente o, en su caso, coordinar con las Unidades Policiales que por razones funcionales u operativas deban intervenir, las medidas de protección que les conciernan, dispuestas por el juez o fiscal a favor de los colaboradores, testigos, peritos o víctimas; d. Someter a consideración del Fiscal de la Nación los Planes y Programas de protección de colaboradores, testigos, víctimas y peritos que elaboren, así como informar puntualmente de la situación general de personas sujetas al programa de protección; e. Cuidar que se preserve la identidad y la imagen de las personas que son objeto de protección; f. Dar cuenta al Fiscal y al órgano jurisdiccional acerca de la ejecución e incidencias de las medidas de protección que se hubieren dictado; y g. Las demás funciones que le encargue la Fiscalía de la Nación, dentro del ámbito de la Ley. Artículo 14º.- Los efectivos de la UECIP serán destacados por la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, previa aprobación de la Fiscalía de la Nación. Artículo 15º.- Los efectivos de la UECIP conservan sus derechos, atribuciones y facultades como miembros de la Policía Nacional del Perú, debiendo sujetar sus funciones a lo establecido en el presente Decreto Supremo. DISPOSICIONES FINALES Primera.- El costo de implementación del Programa de Protección de colaboradores, testigos, peritos y víctimas, a que se refiere la Ley Nº 27378, será financiado con cargo a los presupuestos aprobados a favor de los pliegos involucrados en el presente Reglamento. 157 GUÍA DE CAPACITACIÓN En caso que dicha financiación resulte deficitaria, los Titulares de los Pliegos solicitarán las transferencias financieras que resulten necesarias, las mismas que podrán efectuarse en base a los resultados de las evaluaciones financieras a que se refiere el inciso a) del Artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 909, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2001. CONCORDANCIAS: D.S. N° 012-2004-JUS, Art. 1 Segunda.- Encárgase al Ministerio Público, a través de la Fiscalía de la Nación, la realización de las acciones pertinentes para la puesta en marcha del Programa de Protección de colaboradores, testigos, peritos y víctimas a que alude la Ley y el presente Reglamento. Tercera.- La Unidad Especial de Investigación, Comprobación y Protección - UECIP de la Policía Nacional como entidad adscrita a la Fiscalía de la Nación, entrará en funcionamiento en un plazo no mayor de 30 días desde la entrada en vigencia del presente Reglamento. EL GRUPO DE TRABAJO MULTISECTORIAL PERMANENTE CONTRA LA TRATA DE PERSONAS DECRETO SUPREMO Nº 002-2004-IN El año 2004, en el gobierno de Alejandro Toledo, en base al artículo 2, inciso 24, literal b) de la Constitución Política del Perú que proscribe toda forma de restricción de la libertad personal salvo en los casos previstos por la ley, señalando que están prohibidas la esclavitud, la servidumbre y la trata de seres humanos en cualquiera de sus formas y que resultaba de prioritario interés nacional la constitución de un grupo de trabajo multisectorial permanente que articule ejecutivamente los diversos esfuerzos que realizan entidades públicas y privadas para prevenir y combatir este estigma social; Decretó: Artículo 1º.- Constitución de Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente Constitúyase el Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente contra la Trata de Personas que estará integrado por los siguientes miembros: a. b. c. d. e. f. g. h. Un representante del Ministerio del Interior; (*) Un representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Un representante del Ministerio de Salud; Un representante del Ministerio de Justicia; Un representante del Ministerio de Educación; Un representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores; Dos representantes de las instituciones de la sociedad civil especializadas en el tema. Cada miembro titular contará con un suplente, estos últimos se encontrarán facultados para asistir a las sesiones del Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente en caso de impedimento o ausencia del Titular. El Poder Judicial, el Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo podrán acreditar 158 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES un representante titular y un suplente, respectivamente. (*) De conformidad con el Artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 002-2004-IN, publicada el 11-03-2004, se designa al Viceministro del Interior y al Director General de Migraciones y Naturalización como representantes titular y suplente, respectivamente, del Sector Interior ante el Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente contra la Trata de Personas. Artículo 2º.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica es el órgano ejecutivo del Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente contra la Trata de Personas, la misma que recaerá en el Ministerio del Interior. Artículo 3º.- Funciones El Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente contra la Trata de Personas tendrá las funciones siguientes: a. Coordinar las acciones de las diversas entidades públicas y privadas comprometidas en la lucha contra la trata de personas, incluyendo la realización de actividades conjuntas; b. Coordinar y promover el establecimiento de un sistema estadístico para el levantamiento y sistematización de información acerca de la trata de personas en el país; c. Promover la adopción de medidas de prevención y protección de las víctimas y testigos; d. Procurar la articulación con organismos regionales e internacionales a fin de hacer más eficaces los esfuerzos nacionales contra la trata de personas, así como procurar la participación del país en grupos de trabajo multinacionales o internacionales para prevenir, monitorear o controlar la trata de personas; e. Proponer medidas legislativas para reprimir eficazmente la trata de personas; y, f. Apoyar la realización de campañas educativas y de difusión como medidas de prevención. Artículo 4º.- Inicio de actividades Dentro de los cinco (5) días útiles de vigencia del presente Decreto Supremo, los sectores mencionados en el Artículo Primero designarán mediante Resolución Ministerial, a sus miembros titulares y suplentes. Dichas Resoluciones serán puestas en comunicación de la Secretaría Técnica dentro de los dos (2) días útiles siguientes de su expedición. La elección de las instituciones representativas de la sociedad civil será efectuada en la primera sesión del grupo de trabajo. Una vez elegidas, éstas acreditarán a sus representantes directamente a la Secretaría Técnica, dentro de los cinco (5) días útiles siguientes. Las otras entidades públicas que conforman el Grupo de Trabajo nombrarán a sus representantes a través de decisión administrativa del titular de la entidad. Artículo 5º.- Concurso de personas o instituciones El Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente podrá solicitar el concurso de personas e instituciones públicas y privadas a nivel nacional que coadyuven al cumplimiento de sus funciones. 159 GUÍA DE CAPACITACIÓN Las entidades públicas proporcionarán la información que el Grupo de Trabajo necesite para el cumplimiento de sus funciones y le prestarán su colaboración. Artículo 6º.- Gastos Los gastos que demande el funcionamiento del presente grupo de trabajo, se atenderán con cargo a los respectivos pliegos institucionales, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. 160 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES Hoja de Ejercicios 9A FICHA DE ACTORES Y SUS ROLES Actores Roles 1. Fuerzas de seguridad • Policía • Policía fronteriza • Servicios de inmigración • Prevenir las actividades ilegales y los delitos. • Preservar la paz y el orden. • Proteger la vida y la propiedad. • Investigar delitos bajo la dirección del fiscal. • Recoger evidencia. • Arrestar sospechosos. • Efectuar allanamientos e incautaciones para recolectar evidencia. • Registrar denuncias y recomendaciones en la Fiscalía. • Enlazar con los organismos de seguridad pertinentes de otros países (ej. Ministerio del Interior, Ministerio de Relaciones Exteriores) 2. Ministerio Público • Fiscal • Investigar denuncias. • Dirigir la investigación policial de los delitos. • Recolectar, examinar y analizar la evidencia. • Determinar qué supuesto delito se cometió, y si fue delito. • Descartar la denuncia o emitir una acusación (o presentación formal de cargos penales en la corte). • Ejercer la labor de fiscal en la corte 3. Poder Judicial Emitir órdenes de arresto de los sospechosos • Emitir órdenes de detención • Emitir una medida restrictiva sustituta o liberación condicional • Emitir órdenes de examen forense • Emitir órdenes de allanamiento e incautación • Presidir audiencias de revisión de arrestos y detención • Presidir audiencias de juicios • Escuchar los hechos de los casos y determinar las leyes que se aplican a esos hechos • Determinar la culpabilidad o inocencia del acusado • Imponer una pena o sentencia • Ordenar medidas alternativas u otras disposiciones (alternativas a la detención: servicios comunitarios, sentencia suspendida, capacitación en oficios) • Jueces 161 GUÍA DE CAPACITACIÓN 4. Sistema de protección de los niños y adolescentes • Asistente social • Tutor legal • Doctor • Psicólogo a) Manejo del caso • Garantizar el interés superior del niño es la prioridad • Llevar a cabo evaluaciones individuales del caso para determinar las necesidades del niño, niña o adolescente, desarrollar un plan individual de atención y protección, y referirle a los servicios adecuados • Trabajar con las víctimas infantiles para identificar las necesidades y problemas del niño, niña o adolescente, evaluar los problemas psico-sociales y encontrar e implementar soluciones • Realizar investigaciones sociales del caso, evaluaciones diagnósticas y planes de rehabilitación • Ofrecer a los niños y adolescentes el apoyo, el asesoramiento psicológico y la motivación que necesitan al implementar planes de rehabilitación b) Asistencia durante el proceso legal en la corte • Preparar/entregar informes de estudios sociales del caso con evaluaciones y recomendaciones sobre el interés superior del niño • Asesorar a los actores del proceso judicial sobre procedimientos adecuados para niños y adolescentes • Garantizar la representación y presencia del niño, niña o adolescente en las audiencias judiciales • Acompañar y asesorar al niño, niña o adolescente durante la investigación y el juicio • Informar al niño, niña o adolescente y a su familia el estado del caso y la evolución del mismo c) Provisión de servicios de alojamiento, rehabilitación y reinserción • Proveer un refugio seguro para el niño, niña o adolescente • Proveer asesoramiento psico-social y asistencia en rehabilitación para la víctima infantil • Proveer asesoramiento psicológico para preparar la reinserción social del niño, niña o adolescente • Facilitar la reunificación familiar • Colaborar en la reinserción del niño, niña o adolescente en su comunidad facilitando el acceso a la escuela, a la formación en oficios y a otras actividades o programas comunitarios d) Atención a corto plazo y soluciones duraderas • Rastrear y localizar a la familia del niño, niña o adolescente • Llevar a cabo evaluaciones de seguridad y riesgos para determinar la mejor atención a largo plazo para el niño, niña o adolescente (reunificación familiar, repatriación o reinserción) • Facilitar la implementación de una solución duradera 5. Comunidad • Iglesia • Escuelas • ONGs • Organizaciones comunitarias • Redes de protección de menores • Medios • Universidades 162 •Prevención de delitos • Detección y denuncia de delitos • Líneas de ayuda • Apoyo y asistencia a la víctima (refugio, médico, psico-social y económico) • Rehabilitación y educación • Reinserción • Defensoría • Prevención de la explotación • Información y concienciación del público en general GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES 6. Sector privado • Industria de viajes y turismo • Industria del transporte • Taxistas • Hoteles • Restaurantes • Empresas de entretenimiento y tiempo libre • Prevención de delitos mediante la concienciación • Detección y denuncia de explotación • Código de Conducta para la protección de los niños y adolescentes contra la explotación (sexual) • Prevención de la explotación 7. Otros .• Ministerio de Educación • Ministerio del Interior • Ministerio de Relaciones Exteriores • Defensoría del pueblo • Implementación de políticas •Enlace de asistencia entre las autoridades nacionales • Provisión de documentación legal 163 GUÍA DE CAPACITACIÓN Hoja de Ejercicios 9B ESTUDIO DE UN CASO - KATTY Y ANNA En un poblado del país A hay dos niñas que son muy amigas. Se llaman Katty y Anna, y tienen 16 años. Katty dejó la escuela. Es la hermana mayor en su familia y sus padres son pobres, así que decide que no tiene sentido ir a la escuela y que es mejor trabajar y ayudarlos. Pero no encuentra empleo en su pueblo. A veces ayuda a un amigo de la familia que es agricultor y vende sus productos en el mercado. Pero él no puede pagarle mucho dinero. En el mercado Katty se encuentra con una mujer que conoce a la familia y comienzan a conversar. La mujer le dice que hay muchos empleos en el exterior y que ella puede recomendarla a un hombre que puede conseguirle un empleo. Katty está muy entusiasmada. Anota el nombre y el número del contacto. Katty persuade a Anna para que las dos salgan del país juntas. Anna acepta. Extraña a Katty en la escuela y además tiene problemas en su hogar. Llaman por teléfono al hombre que les recomendó la amiga de la familia de Katty. Se llama Stefan. Él les da una dirección en la capital del país A y les dice que vayan allí para encontrarse con él el fin de semana siguiente. Las dos chicas se van de su pueblo en autobús. Los padres de Katty están felices por ella, pero también un poco preocupados porque las chicas sólo tienen la dirección del lugar al que irán en la ciudad y el nombre del contacto, Stefan. Anna no les cuenta a sus padres que se irá y sólo les escribe una carta que deja en la casa para que encuentren después de su partida. Las chicas prometen a los padres de Katty que les escribirán en cuanto se establezcan en su empleo en el exterior, y que enviarán dinero a las dos familias. Después de un largo y agotador viaje, las chicas llegan a la ciudad y van a la dirección que les dieron. Finalmente llega Stefan. Parece muy agradable. Las lleva a su apartamento y les da un lugar para dormir en el piso. Les explica que para salir del país necesitarán algunos documentos, y que le llevará unos días conseguirlos. Como ellas no tienen dinero, él les da un poco y les dice que pueden devolvérselo más adelante, cuando ya estén ganando dinero. Consigue pasaportes para las chicas. Cuestan bastante dinero, porque Stefan tiene que sobornar a un notario para que les dé “consentimientos” falsos que muestren que los padres aceptaron que las chicas obtuvieran su pasaporte y que viajaran al exterior. Stefan también consigue los pasajes a su destino, que será, según les dice, el país B. Es bastante vago respecto de los empleos que tendrán, pero ellas están felices de irse y no quieren molestarlo demasiado. Después de unos días en el apartamento, Stefan lleva a las chicas a la estación de tren y las despide. Les explica que un amigo suyo las irá a buscar cuando lleguen al país B. Su amigo les dará empleo y recogerá el dinero que le deben a Stefan del pago de su primera semana. Las chicas no saben exactamente cuánto le deben a Stefan. El tren se detiene en la frontera y un guardia examina los pasaportes y papeles de las chicas. Les pregunta adónde van y ellas le dicen que van al país B a encontrarse con un amigo. Al día siguiente, las chicas alcanzan su destino. En la estación se encuentran con el amigo de Stefan, que se llama Yuri. No es agradable con ellas. Insiste en quedarse con sus 164 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES papeles. Luego las lleva a una habitación en un hotel en la que hay varias chicas. Hay algunos hombres allí que miran a las chicas, les piden verlas sin sus abrigos y les preguntan la edad. Para desazón de las chicas, Yuri “vende” a Katty y a Anna a uno de los hombres, y les dice que es su nuevo jefe y que ellas trabajarán en una tienda. Las chicas ven que el hombre paga a Yuri mucho dinero. Yuri les dice que usará una parte del dinero para pagar la deuda que tienen con Stefan. Yuri entrega los pasaportes y los papeles de las chicas al empleador cuyo nombre es Adrián. Adrián lleva a las chicas a un apartamento en las afueras de la ciudad. No puede comunicarse con Katty y Anna muy bien porque no habla su idioma, y ellas sólo entienden algo de lo que él dice. Una vez en el apartamento, Adrián se torna violento. Les grita que trabajarán para él como prostitutas y viola a cada una delante de la otra, para mostrarles a qué se refiere. Entonces comienza una vida de horror para Katty y Anna. Adrián las encierra en el apartamento y sólo las deja salir para llevarlas ante sus clientes. Trae la comida que comen y artículos de aseo de vez en cuando. Las obliga a tomar anticonceptivos por vía oral. Al principio las chicas protestan y lloran, pero no sirve de nada. Adrián sólo les dice que por cada cliente que rehúsen atender, le deberán más dinero del que ya le deben por el coste de su compra. Cuanto más se comporten así, dice, más tardarán en pagarle la deuda. Les promete que una vez que hayan pagado la deuda les dará dinero para que envíen a sus casas. Vivir en el apartamento es como vivir en una prisión. Cuando las chicas están allí, las puertas están cerradas con llave y no pueden salir. Cuando las dejan salir, siempre van acompañadas por Yuri o uno de sus empleados. Las llevan a la casa o al apartamento de algún cliente y el “protector” las espera afuera. Cuando el cliente termina, el “protector” lleva a las chicas de regreso al apartamento. Las chicas se sienten muy mal y muy deprimidas, y su salud se deteriora. No hablan el idioma local, no saben exactamente dónde están y no tienen manera de comunicarse con alguien que conozcan. A menudo deben ofrecer servicios sexuales a hasta 5 “clientes” por noche. Esta situación se prolonga por diez meses. A uno de los “clientes” de Anna le gusta probar sus perversiones sexuales con ella. Ella ya fue a su casa dos veces y regresó al apartamento traumatizada y golpeada. Un día, cuando el “protector” le dice que irá a visitar a ese mismo cliente otra vez, Anna se desespera. Abre una ventana del apartamento y se arroja hacia afuera. Katty no puede salir para ir con ella. Sólo puede ver por la ventana el cuerpo de Anna tendido en el suelo. Finalmente, unos policías vienen a investigar la muerte de la chica. Como no pueden ingresar en el apartamento y oyen a Katty gritando desde el interior, derriban la puerta. Encuentran a Katty en estado de shock. Llevan a Katty a la estación de policía, donde la interrogan sobre la muerte de la chica. Ella necesita un intérprete quien no puede presentarse hasta el día siguiente, así que pasa la noche en la estación de policía. Le piden sus papeles, pero ella no los tiene porque Adrián se los quedó y nunca se los devolvió. Al día siguiente, durante el interrogatorio, le piden a Katty que dé detalles de cómo llegó al apartamento y le preguntan qué sabe sobre Adrián y sus amigos. Ella tiene miedo de hablar. Teme que sus padres se enteren de lo que le ocurrió y que los padres de Anna la culpen por la muerte de su hija. Prefiere decir lo menos posible. 165 GUÍA DE CAPACITACIÓN La policía del país B la acusa de no cooperar y la lleva a juicio como inmigrante ilegal. Un juez ordena que Katty sea deportada al país A. Seis semanas después de ser rescata del apartamento, Katty es deportada a su país. La policía del país B la entrega a la policía del país A. La policía del país A la lleva a un centro de detención y la acusa de no tener papeles. Katty pasa dos meses detenida. Durante ese tiempo le realizan un chequeo médico y le dicen que es VIH positiva. Finalmente la liberan. Cuando queda libre, Katty tiene miedo de regresar a casa. Siente vergüenza y temor. No tiene hogar ni empleo ni dinero. Katty comienza a prostituirse en las calles de la capital de su país para sobrevivir. Preguntas 1. Si nuestro país fuera el país A de este caso, ¿qué acciones podrían haber ayudado a Katty y Anna? 2. ¿Por qué tomaría usted esas medidas? 3. ¿Qué destrezas habría necesitado para tomar esas medidas? 4. ¿Podría usted haber utilizado la cooperación de otros? De ser así, ¿qué tipo de cooperación habría querido obtener? 5. ¿Tiene expectativas respecto del rol de los otros grupos? De ser así, ¿cuáles son esas expectativas? 1 2 3 4 5 166 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES Hoja de Ejercicios 9C FICHA DE CONTACTOS Preguntas para razonar al completar esta planilla Fuerzas de seguridad: ¿Existen unidades especiales en su estación de policía? ¿Hay algún oficial en particular con experiencia en el trabajo con niños y adolescentes? ¿Sabe a quién contactar en caso de emergencia? Asistencia social: ¿Sabe cómo contactar al asistente social que esté de guardia? ¿Sabe como contactarse con el tutor legal? ¿Sabe que médicos o psicólogos, tienen experiencia e interés de trabajo con niños y adolescentes? Comunidad: ¿Existen clínicas y/o hospitales locales con servicios pediátricos? ¿Existen líneas telefónicas de ayuda para niños y adolescentes? ¿Existen centros de atención para crisis, refugios o centros de rehabilitación para niños y adolescentes drogadictos? ¿Existen ONGs y organizaciones comunitarias que ofrezcan servicios a niños y adolescentes abandonados o en situación de calle? ¿Existen grupos de apoyo en iglesias? Empiece a desarrollar su agenda de contactos: Nombre de la Institución/ organización/ unidad Tipo de Servicio / apoyo ofrecido Datos (dirección, Persona/s de teléfono de la oficicontacto na/celular, e mail, fax) Horario de Atención Información Adicional 167 GUÍA DE CAPACITACIÓN SESIÓN 10 EVALUACIÓN 10.1 Objetivos Esta es la última sesión. Al finalizar la sesión el participante podrá: Evaluar la satisfacción, a sus expectativas de la capacitación. Evaluar el cambio de actitudes, si han incrementado sus conocimientos y si podrán poner en práctica los conocimientos adquiridos. 10.2. Instrucciones para el capacitador Una buena evaluación ayudará a identificar las partes de la capacitación que funcionaron bien y las partes que no, y por lo tanto le permitirá realizar mejoras para la próxima vez o incluso poder realizar un taller de reforzamiento. Se sugiere que los participantes completen la evaluación de conocimientos fundamentales (Hoja de Ejercicios 10A). No deberán escribir su nombre en la hoja, y se les debe pedir que sean honestos en su calificación, porque eso le ayudará a ver dónde debe realizar alguna mejora. Terminada la evaluación de conocimientos básicos, presente la Hoja de Ejercicios 10 B y pida que completen el cuestionario de evaluación del curso. Esta información es valiosa para el aprendizaje sobre eventos para los organizadores. Luego realice un balance sobre si las expectativas fueron satisfechas. Puede utilizar tarjetas sobre dichas apreciaciones. Revisen las expectativas expresadas en la primera sesión y comparen las notas de las tarjetas finales. Los comentarios de los participantes ayudarán a identificar brechas en la capacitación y darán al capacitador una oportunidad de sugerir una sesión complementaria o lecturas para aquellos participantes que lo necesiten. Finalmente, brinde un tiempo para que los participantes tengan la oportunidad de expresar sus sentimientos personales sobre la experiencia. Expresar sus reacciones y responder a las preguntas sugeridas ayudará a relacionar la capacitación que recibieron con la realidad de su propio trabajo. Para terminar la sesión organice una dinámica o juego y la entrega de certificados. Se sugiere un juego de preguntas y respuestas además de otras posibilidades descritas en la Hoja informativa 2F. La elección dependerá del tiempo disponible y de la dinámica del grupo. Considere que el curso de capacitación debe terminar con buen humor y una nota positiva. 10.3. Formato sugerido para el taller a. Inscripción y bienvenida. (5min) b. dinámica. La papa caliente. Sugerido en la Hoja Informativa 2F. (10 min) c. Distribuya el Test de Conocimientos Básicos (Hoja de Ejercicios 10A). Pida a los participantes que la completen en forma anónima. (10 min). d. Solicite a los participantes que completen la Hoja de Ejercicios 10B, el Cuestiona- 168 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES rio de evaluación del curso. (15 min) e. Realice el balance de las expectativas fueron satisfechas. Revisen las expectativas expresadas en la primera sesión y comparen las notas de las tarjetas finales. (15 min) f. Proporcione a cada participante un papelito autoadhesivo y pídales que anoten una cosa aprendida en el curso que ellos consideren de valor. Coloque los papeles en una caja. Sáquelos de uno en uno y léalos. Péguelos en un papelote. Brinde la oportunidad de expresar sus sentimientos personales sobre la experiencia de la capacitación. (15 min) g. Antes de terminar, Coloque un papelote con tres rostros: Un rostro sonriente, otro neutral y el tercero decaído. Pídales que pongan una marca debajo del rostro con el cual identifican su sentimiento frene a los talleres. (10 min). h. Inicie la última parte de término y clausura del evento. 10.4. Recursos /Materiales necesarios: Recursos /Materiales necesarios: Copias de las Planillas de Ejercicios 10A y 10B, (bloque de papelitos autoadhesivos, caja, cinta adhesiva, bola de papel, papelotes, preguntas para el juego), plumones. Tiempo 1 hora. 20 min 169 GUÍA DE CAPACITACIÓN 10.5 Hojas de Apoyo de la Sesión 10 Hoja de Ejercicios 10A TEST DE CONOCIMIENTOS BÁSICOS Instrucciones. A continuación encontrará un test que permite que usted evalúe sus conocimientos sobre los temas tratados en el curso. Responda con sus propias palabras. A ¿Cómo describiría o definiría la «trata de niños y adolescentes»? Rpta.: A continuación encontrará los temas tratados. Usted puede calificar sus conocimientos desarrollados por el curso en los siguientes criterios: muy escasos, escasos, regular, buenos y muy buenos. 170 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES Hoja de Ejercicios 10B CUESTIONARIO DE EVALUACIÓN DEL CURSO Nombre del curso: Curso de especialización para miembros de la policía y operadores en derechos para la protección de niños y adolescentes en relación con la trata con fines sexuales A continuación califique con una escala de 1 a 5 (puede utilizar los criterios desde muy bajo a excelente) Item 1. Valor de este tema en relación con mi trabajo 2. Utilidad del contenido del curso Muy Bajo 1 Bajo 2 Regular 3 Bueno 4 Excelente 5 Métodos de presentación utilizados 3. Habilidad del capacitador para transmitir los conocimientos 4. Atmósfera que fomentaba la participación 5. Se tuvieron en cuenta mis opiniones 6. Valor de las hojas informativas 7. Pertinencia de las Hojas de Ejercicio 171 GUÍA DE CAPACITACIÓN Finalmente, nos será de mucha utilidad contar con sus sugerencias y apreciaciones para planificar los cursos futuros, gracias. Items ¿Tiene sugerencias para agregar al curso? ¿Hay algo que le parece que estuvo de más en el curso? ¿Qué fue lo que más le agradó del curso? ¿Qué fue lo que menos le agradó? ¿Qué aspecto del curso le pareció el más útil? ¿Qué aspecto del curso le pareció el menos útil? Este curso, ¿le pareció a) Demasiado largo? b) Demasiado corto? c) De una Duración adecuada? ¿Tiene algún comentario sobre la logística del curso? (instalaciones, materiales, etc.) ¿Tiene algún otro comentario? ¡Muchas gracias! 172 Comentarios GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS Los siguientes materiales pueden resultarle útiles al diseñar un programa de capacitación sobre la lucha contra la trata de niños y adolescentes: REFERENCIAS: • • • • • • • • ECPAT International (2005). Rehabilitación psicosocial de niños víctimas de la explotación sexual comercial. Guía de capacitación (2º edición), de Stephanie Delaney & Colin Cotterill. www.ecpat.net ECPAT International (2005). Rehabilitación psicosocial de niños víctimas de la explotación sexual comercial. Materiales de estudio (2º edición), de Stephanie Delaney & Colin Cotterill. www.ecpat.net ECPAT International (2001). Preguntas y respuestas sobre la explotación sexual comercial de los niños. www.ecpat.net O Briain, M., Van den Borne, A. & T. Noten. (2004). Joint East West Research on Trafficking in Children for Sexual Purposes in Europe: the Sending Countries. Amsterdam: ECPAT Europe Law Enforcement Group (Grupo de aplicación de la ley de ECPAT Europa). www.ecpat.net Wolthuis, A. & Blaak, M. (2001). Trafficking in Children for sexual purposes from Eastern Europe to Western Europe: An exploratory research in eight Western European receiving countries. Amsterdam: ECPAT Europe Law Enforcement Group/ Defence for Children International Holanda. Consortium for Street Children (2004). Police Training on Child Rights and Child Protection. Dottridge, M. (2006). Reference guide on protecting the rights of child victims of trafficking in Europe. Unicef. Martinscuro (2002) On the Road, Article 18: Protection of Victims of Trafficking and the Fight against Crime (Italy and European Scenarios) Informe de investigación BIBLIOGRAFÍA NACIONAL: • • • • • • • • • • PEÑA CABRERA FREYRE, Alonso Raúl. Derecho Penal-Parte Especial. Tomo I. Edit. IDEMSA.Lima 2010. Pág. 483-490. ESQUIVEL OVIEDO, Juan Carlos. Diálogo con la Jurisprudencia. Casuística de Jurisprudencia Penal. Edit. Gaceta Jurídica.Lima 2010. Pág. 241. CHAMANE ORBE, Raúl. Comentario a la Constitución.Edit. Juristas EIRL. Lima-2009. Pag.101-187 ROJAS SARAPURA Walter Ricardo, Comentarios Al Código De Los Niños y Adolescentes y Derecho De Familia.Edit.Fecat.Lima 2010.Pag.150-181 Capital Humano y Social Alternativo, Segundo Balance de Implementación de la ley 28950. Ley Contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes y su Reglamento. Lima 2010. TALAVERA ELGUERA, Pablo. Comentarios al Nuevo Código Procesal Penal. Edit. Grijley. Lima, 2004. Págs. 31-33. SÁNCHEZ VELARDE, Pablo. Manual de Derecho Procesal Penal. Edit. IDEMSA. Lima, 2004.Págs. 150-156. ANGULO ARANA, Pedro Miguel. La Función del Fiscal. Jurista editores E.I.R.L. Lima, 2007. Págs.218-426. REYNA ALFARO, Luis Miguel. Victimología y Victimodogmática. Una aproximación al estudio de la Víctima en el Derecho penal. ARA editores. Lima,2003. Pág. 91. SAN MARTÍN CASTRO, César. Derecho Procesal Penal. Segunda edición actualizada y aumentada.II Tomo. Primera Reimpresión. Edit. Grijley. Lima, abril, 2006. Págs. 1402-1404. 173 GUÍA DE CAPACITACIÓN LEGISLACIÓN NACIONAL E INTERNACIONAL: • Constitución Política del Perú- 1993 • Código de procedimiento Penales y sus modificatorias – 1940. • Código procesal penal- 1991. • Nuevo Código Procesal Penal – 2004. • Código Penal y modificatorias- 1991. • Código de los Niños y Adolescentes- 2000. • Ley Nº 26689- Delitos cuyos procesos se tramitarán en la vía ordinaría- 1996. • Decreto Legislativo Nº 124, Proceso penal Sumario- 1981. • Ley Nº 28950 Ley Contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes – 2007. • Decreto Supremo Nº 007-2008-IN, Reglamento de la Ley 28950-Ley Contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes- 2008. • Convención sobre la Eliminación de Todas las formas de Discriminación contra la Mujer-1979. • Convención sobre los Derechos del Niño- 1990. • Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer- Belem do Para- 1994. • Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que Complementa la Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Protocolo de Palermo) – 2000. • Protocolo Facultativo de la Convención Sobre los Derechos del Niño Relativo a la Venta de Niños, la Prostitución Infantil y la Utilización de Niños en la Pornografía Infantil (2000) • Convenio OIT 182, Sobre la Prohibición de las Peores Formas de Trabajo Infantil1999. RECURSOS ÚTILES: • • • • Bolton, G GEB solutions Building on the softer skills; the art of facilitation Pfeiffer, JW, & Ballew, AC (1988) Presentation and evaluation skills in human resource development (UATT Series, Vol 7) San Diego, CA: Pfeiffer & Company Results Through Training, wwwRTTWorkscom Clark, D (2000) ISD Developmenthttp://wwwnwlinkcom/~donclark/hrd/learning/ styleshtml ECPAT • ECPAT International (2006) Preguntas y respuestas sobre la explotación sexual comercial de los niños wwwecpatnet • ECPAT International (sin fecha) Handbook for Better Police Investigation Techniques to Combat Crimes against Children Para más información: info@ecpatnet • O Briain, M, Van den Borne, A & T Noten (2004) Joint East West Research on Trafficking in Children for Sexual Purposes in Europe: the Sending Countries Amsterdam: ECPAT Europe Law Enforcement Group wwwecpatnet • ECPAT International (2005) Rehabilitación psicosocial de niños víctimas de la explotación sexual comercial Guía de capacitación (2º edición), de Stephanie Delaney & Colin Cotterill wwwecpatnet • ECPAT International (2005) Rehabilitación psicosocial de niños víctimas de la explotación sexual comercial Materiales de estudio (2º edición), de Stephanie Delaney & Colin Cotterill wwwecpatnet • ECPAT Filipinas (1997) Prevention of the commercial sexual exploitation of children: Training Course in Participatory techniques 174 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES IOM • OIM Viena (2006) Resourcebook for law enforcement officers on good practices in combating child trafficking ICMPD (International Centre for Migration Policy Development) • ICMPD (2003) Regional Standard for • anti-trafficking police training in SEE • ICMPD (2004) Regional Standard for Anti-Trafficking Training for Judges and Prosecutors in SEE • ICMPD (2005) Awareness Training on Trafficking in Human Beings for Police, Border Guards and Customs Officials in EU member States, Accession and Candidate Countries – Development of a European Curriculum ILO/IPEC • ILO/IPEC (2002) Unbearable to the human heart: Child Trafficking and Action to Eliminate It • ILO/IPEC (2004) Manual for Rapid Assessment: Trafficking in Children for Labour and Sexual Exploitation in the Balkans and Ukraine • Fredericks, John (ed) (2002) Creating a Healing Environment Volume I Proceedings Psycho-Social Rehabilitation and Occupational Integration of Child Survivors of Trafficking and Other Worst Forms of Child Labour ILO/IPEC • Fredericks, John (ed) (2002) Creating a Healing Environment Volume II Technical Papers Psycho-Social Rehabilitation and Occupational Integration of Child Survivors of Trafficking and Other Worst Forms of Child Labour ILO/IPEC • ILO/IPEC (2002) Specialised training manual on Psychosocial Counseling for Trafficked Youth Handling the trauma of sexual exploitation OSCE/ODIHR (Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa/ Office for Democratic Institutions and Human Rights) • Kartusch, A (2001) Reference Guide for Anti-Trafficking Legislative Review: with particular emphasis on South Eastern Warsaw (Varsovia): OSCE/ODIHR • OSCE/ODIHR (2004) National Referral Mechanisms: Joining efforts to protect the rights of trafficked persons: A practical handbook SAVE THE CHILDREN (Programa Europeo para niños separados de sus familias) • Wolfensohn, G (2004) Responding to Child Trafficking: An Introductory Handbook to Child rights-Based Interventions Drawn from Save the Children’s experience in Southeast Europe Tirana: Regional Child Trafficking Response Programme, Southeast Europe • Save the Children UK (2004) Children are Service Users Too: A Guide to Consulting Children and Young People • Save the Children (2005) Children and Participation: Research, Monitoring and Evaluation with Children and Young People • Christensen, SK (2005) A Tool Kit on Child Rights Programming Kopenhagen: Save the Children Denmark • Save the Children Sweden (2003) Training Members of Armed Forces on Child Rights and Child Protection Before, During and After Conflict: Lessons Learned and Working Guide • Petty, C, Tamplin, M & S Uppard (1999) Working with Separated Children: Field guide, training manual and training exercises Save the Children UK • E Segerström (2001) Focus on Refugee Children: A Handbook for Training Field Workers in Social Community Work Save the Children Sweden (Suecia) • Save the Children, UNIAP & IOM (2001) Training Manual for Combating Trafficking in Women and Children 175 GUÍA DE CAPACITACIÓN SEPARATED CHILDREN IN EUROPE PROGRAMME (Programa Europeo para niños separados de sus familias) • Save the Children & UNHCR (2004) Separated Children in Europe Programme: Statement of Good Practice • Save the Children and the Separated Children in Europe Programme Position Paper on: ‘Returns and Separated Children’ Septiembre de 2004 • Separated Children In Europe Programme Report by Kate Halvorsen Workshop on Age Assessment and Identification Bucharest, 20-22 March 2003 • Bruce Britton (2002) Separated Children in Europe Programme: Training Guide TERRE DES HOMMES • Terre des Hommes (2005) Child Trafficking in South-Eastern Europe: The development of Good Practices to Protect Albanian Children, 2005 UNHCR • UNHCR (1994)Refugee Children: Guidelines on Protection and Care • UNHCR (2006) Guidelines on international protection NO 7: The application of Article 1A(2) of the 1951 Convention and/or 1967 Protocol relating to the Status of Refugees to victims of trafficking and persons at risk of being trafficked • UNHCR (1997) Guidelines on Policies and Procedures in dealing with Unaccompanied Children Seeking Asylum UNICEF • Dottridge, M (2006) Reference guide on protecting the rights of child victims of trafficking in Europe • Unicef Regional Office, Geneva (Ginebra) (2003) Guidelines for protection of the rights of children victims of Trafficking in South Eastern Europe • Mitchels, B (2004) Let’s Talk, Developing effective communication with children victims of violence and trafficking Practical handbook for social workers, police and other professionals UNICEF and UNMIK (Misión de las Naciones Unidas en Kosovo)/ Government of Kosovo Ministry of Labour and Social Welfare (Ministerio de Trabajo y Bienestar Social del Gobierno de Kosovo) wwwchildtraffickingorg • UNICEF & IPU (Inter-Parliamentary Union) (2005) Combating Child Trafficking, Handbook for Parliamentarians WHO • Zimmerman, C & Watts, C (2003) WHO ethical and safety recommendations for interviewing trafficked women World Health Organization wwwwhoint • WHO (2003) Guidelines for medico-legal care for Victims of Sexual Violence OTROS • Boak, A, Boldosser, A & O Biu (2003) Smooth Flight: A Guide to Preventing Youth Trafficking International Organization of Adolescents (IOFA - Organización Internacional de la Adolescencia) New York wwwseerightsorg • ICRC (Comité Internacional de la Cruz Roja) (2004) Interagency Guiding Principles on Unaccompanied and Separated Children Geneva (Ginebra): ICRC • Keeping children safe Coalition (2006) Keeping children safe: A toolkit for child protection • McIntyre, P (2002) Child Rights and the Media Putting children in the Right: Guidelines for Journalists and Media Professionals Belgium: International Federation of Journalists (Bélgica, Federación Internacional de Periodistas) • OHCR (2002) Principles and guidelines on human rights and trafficking • Tearfund & NSPCC (Sociedad nacional para la prevención de la crueldad para con los niños) (2003) Setting the Standard: A Common Approach to Child Protection for 176 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES • • • • International NGOs UNDP (PNUD) (2003) Law Enforcement Manual for Fighting Against Trafficking of Human Beings wwwundpro Recommended Principles and Guidelines on Human Rights and Human Trafficking: Report of the United Nations High Commissioner for Human Rights to the Economic and Social Council (Informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, para el Consejo Económico y Social), 20 de mayo de 2002 (E/2002/68/Add1) UNICRI (Instituto Interregional de Investigaciones Criminales y Judiciales de las Naciones Unidas) (2005) Anti-Trafficking in Human Beings in Peace Support Operation Areas: Training Manual UNIFEM & UNIAP (2002) Trafficking in Persons: A Gender and Rights Perspective Briefing Kit (Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer y Proyecto Inter-agencial de las Naciones Unidas sobre la trata de seres humanos en la subregión del Gran Mekong) WEBSITES www.ecpat.net www.childtrafficking.com www.childtrafficking.org www.childtrafficking.net www.antislavery.org www.terredeshommes.org www.iomi.nt www.icmpd.org www.ilo.org www.osce.org/odihr/ www.savethechildren.org www.unhcr.org www.unicef.org www.unicef-icdc.org www.whoint.org www.humantrafficking.org www.icrc.org www.unifem.org www.childcentre.info www.lastradainternational.org www.stopchildtrafficking.org www.separated-children-europe-programme.org www.anti-trafficking.net www.europoleuint www.interpolint 177 178 GUÍA DE CAPACITACIÓN PARA COMBATIR LA TRATA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES ECPAT International 328 Phayathai Road Ratchathewi, Bangkok 10400 THAILAND Tel: +662 215 3388, 662 611 0972 Fax: +662 215 8272 Email: [email protected] | [email protected] Website: www.ecpat.net 179 180
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