Invitación Final Encargo Fiduciario

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Invitación Final Encargo Fiduciario
ALCALDIA DE MANIZALES
SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS
INVITACIÓN A SELECCIÓN DE ENCARGO FIDUCIARIO
INCISO 5 DEL ARTICULO 36 DE LA LEY 388 DE 1997
INVITACIÓN EXCEPTUADA COMERCIAL PARA PRESENTAR OFERTAS
OBJETO
Selección de una sociedad fiduciaria privada, estatal o de economía mixta, que se
obligue a realizar con cargo a un Encargo Fiduciario todas las actividades inherentes a
la dirección, coordinación, supervisión y control de los procesos relacionados con la
administración de los recursos afectos al cumplimiento del Convenio Interadministrativo
de Asociación No. 038 de 2012, suscrito entre el MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD
Y TERRITORIO Y EL MUNCIPIO DE MANIZALES, cuyo objeto es: Aunar esfuerzos
entre el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y el Municipio de Manizales para la
ejecución de un proyecto de mejoramiento integral de barrios en su fase de estudios y
diseños definitivos en el Municipio de Manizales – Caldas.
INVITACION
La Secretaria de Obras Públicas - Municipio de Manizales convoca a todas aquellas
SOCIEDADES FIDUCIARIAS interesadas en participar en la presente invitación de
acuerdo con las siguientes condiciones:
1. OBJETO
La presente invitación exceptuada por el inciso 5º del artículo 36 de la ley 388 DE 1997
que exceptúa la contratación del encargo fiduciario, y la enmarca dentro del derecho
comercial, el proceso que tiene por objeto la selección de una sociedad fiduciaria
privada, estatal o de economía mixta, que se obligue a realizar con cargo a un encargo
fiduciario todas las actividades inherentes a la dirección, coordinación, supervisión y
control de los procesos relacionados con la administración de los recursos
encomendados y afectos al cumplimiento del Convenio Interadministrativo de
Asociación No. 038 de 2012, suscrito entre el MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y
TERRITORIO Y EL MUNCIPIO DE MANIZALES, cuyo objeto es: Aunar esfuerzos entre
el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y el Municipio de Manizales para la
ejecución de un proyecto de mejoramiento integral de barrios en su fase de estudios y
diseños definitivos en el Municipio de Manizales – Caldas.
El contrato de encargo fiduciario Irrevocable, tiene por finalidad servir de instrumento
para la debida administración y ejecución de todas las actividades que permitan el
desarrollo integral del proyecto.
1.1.
Alcance al Objeto
En el marco de la Ley 1450 del 16 de junio de 2011, por la cual se expide el Plan
Nacional de Desarrollo 2010 – 2014 “Prosperidad para todos” y su Documento Base,
los procesos de Mejoramiento Integral de Barrios se encuentran como parte integrante
de los Capítulos III y VI, Crecimiento Sostenible y Competitividad, y Sostenibilidad
Ambiental y Prevención del Riesgo, donde uno de los objetivos, será “… Incorporar
parámetros de sostenibilidad ambiental, urbana y de gestión del riesgo en el desarrollo
de las ciudades, mediante el desarrollo de programas de renovación urbana,
Mejoramiento Integral de Barrios, sistemas de movilidad eficiente y manejo adecuado
de residuos, así como en la producción de insumos, la prestación de los servicios
públicos domiciliarios y en la construcción de las edificaciones…”.
El programa contribuye a lograr el cumplimiento de las metas del progreso social,
desarrollo sostenible y disminución de la pobreza, es decir, mayor prosperidad para
toda la población, con el desarrollo de una estrategia de gestión coordinada entre
entidades del orden local y el gobierno nacional; brindando asistencia técnica y jurídica
a las entidades territoriales para la incorporación de los asentamientos de origen
informal a la estructura territorial y funcional del área urbana de los municipios,
mediante el ordenamiento urbano del barrio, la legalización y regularización del mismo,
y la ejecución de obras de infraestructura básica y equipamiento con participación de la
comunidad, incluyendo el proceso de reasentamiento de familias.
Así mismo, el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, estableció como una de las
estrategias para garantizar una mayor sostenibilidad de las ciudades la de
“…Implementar la Política Nacional de Mejoramiento Integral de Barrios Documento
CONPES 3604 de 2009, a través de la cual se dé prioridad a los componentes de
seguridad ciudadana y gestión del riesgo, incorporando acciones de mitigación o
reasentamiento. Adicionalmente, se ampliará la cobertura del programa de titulación
predial; se promoverán acciones de ampliación de coberturas reales que incluyan
esquemas para el financiamiento de conexiones intra-domiciliarias para los hogares
más pobres y se expedirá la regulación complementaria para fortalecer la articulación
de los diferentes sectores que intervienen en el MIB. Así mismo, FINDETER fortalecerá
una línea de redescuento para las entidades territoriales.”
El documento Conpes 3604 de 2009 “Lineamientos para la consolidación de la política
de Mejoramiento Integral de Barrios” tiene como objetivo central el de “Fortalecer a los
entes territoriales en la gestión urbana y aplicación normativa relativas a programas de
mejoramiento integral de barrios sostenibles (PMIB).”, y a su vez en el objetivo 2.
“Promover la articulación de políticas del nivel nacional, regional y local para focalizar
las inversiones en los PMIB”, establece como uno de las estrategias de acción la
consolidación de la instancia nacional de Mejoramiento Integral de Barrios, para lo cual
dentro del mencionado documento recomienda entre otras “… Dar lineamientos para el
cierre financiero de los nueve (9) piloto MIB de pre-inversión1 y los proyectos que se
formulen en el marco de esta política, dando prioridad a las ciudades con mayor índice
de desempleo…”.
El Decreto 3571 de 2011 “Por el cual se establecen los objetivos, estructura, funciones
del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio”, derogatorio del Decreto Ley 216 de
2003 (Por el cual se determinaban los objetivos, la estructura orgánica del Ministerio de
Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial) recogió las funciones contempladas en
dicho Decreto Ley y estableció entre otras como funciones de la Dirección de Espacio
Urbano y Territorial (antes Dirección de Desarrollo Territorial), las de apoyar en lo de su
competencia, a las autoridades competentes en los procesos de ordenamiento territorial
del orden nacional, regional, departamental y local y la de elaborar y preparar estudios
técnicos y metodologías para orientar el desarrollo del territorio y regular la utilización,
transformación y ocupación del suelo, de acuerdo con los principios rectores del
ordenamiento territorial, apoyar la formulación de las políticas y la regulación en materia
de renovación urbana, mejoramiento integral de barrios, espacio público, equipamientos
colectivos y lo relacionado con la articulación de la movilidad urbana y el ordenamiento
urbano y territorial.
En cumplimiento de dichas funciones, el Ministerio en el marco del Contrato de
Préstamo BID 1951/OC-CO, pone en marcha un programa piloto de Mejoramiento
Integral de Barrios - PMIB, por medio de la financiación de actividades que promuevan
la integración física y social de las áreas informales a la ciudad formal, a través de
mejoras en la infraestructura urbana y la oferta de servicios sociales, de tal manera que
se incentiva la participación de la comunidad, la articulación de esfuerzos de los
diferentes actores tanto del nivel nacional como del nivel local que intervienen en el
territorio, a través del mejoramiento en las condiciones de habitabilidad y entorno,
enfocado a cubrir las necesidades básicas insatisfechas de las familias más
Estudios de Prefactibilidad realizados en el marco de la cooperación coreana CO-T1037 entre los años 2007 a 2009 para los Municipios de
Villavicencio, Neiva, Ibagué, Cali, Manizales, Cartagena, Soacha, Barranquilla, Buenaventura
1
vulnerables, apoyando: (i) el desarrollo de estudios de prefactibilidad para el
mejoramiento integral de quince (15) asentamientos ubicados en igual número de
municipios; y (ii) elaboración de estudios y diseños definitivos para la construcción de
las obras de mejoramiento integral de seis (6) asentamientos ubicados en igual
número de municipios (iii) ejecución de obras y acciones para el mejoramiento integral
de seis (6) asentamientos localizados en igual número de municipios. Este programa se
financia con recursos del préstamo BID 1951/OC-CO, suscrito entre el gobierno
nacional y el Banco Interamericano de Desarrollo, el cual tiene como objetivo contribuir
a mejorar la calidad de vida de las familias de menores recursos a través del acceso a
mejores condiciones habitacionales y de entorno.
De acuerdo con el modelo operativo propuesto para la ejecución del programa, el
Ministerio seleccionó a los municipios de Leticia, Apartadó, Barrancabermeja, Cúcuta,
Florencia y Buenaventura, para adelantar los proyectos demostrativos y replicando el
esquema de gestión y las lecciones aprendidas, puso en marcha con recursos propios,
la intervención en el Municipio de Pereira.
Como resultado de la implementación del Programa de Mejoramiento Integral, el
Ministerio reporta en cifras la intervención en seis municipios representativos del
territorio nacional así:
impacta una población directa de 8.580 habitantes en
condiciones de extrema pobreza y vulnerabilidad, a la fecha se ha invertido $
24.148.611 millones, de los cuales el Ministerio aportó el 87%, en un área de 40.32
Has, correspondiente a 1911 con acciones de: 1.Ordenamiento territorial, Legalización,
regularización de barrios y procesos de reasentamiento; 2. Infraestructura Básica y
Servicios Públicos, Redes de acueducto, alcantarillado pluvial y sanitario, redes de
energía eléctrica, entre otras, 3. Obras y acciones de protección ambiental,
arborización, control de erosión, estabilización de suelos y protección natural de
taludes, recuperación y/o canales de drenaje y obras de mitigación de riesgo; 4.
Accesibilidad y movilidad, vías de conexión del barrio; 5. Vivienda, coordinación de
acciones e intervenciones con programas de mejoramiento de vivienda, titulación de
predios y proceso de reasentamiento; 6. Espacio Público y Equipamientos, Obras de
espacio público del barrio y equipamientos vecinales; 7. Desarrollo Social,
Acompañamiento social, planeación participativa, organización social, seguridad y
convivencia.
De otra parte, con recursos de la cooperación coreana CO-T1037, se realizaron los
“Estudios técnicos, socioeconómicos, legales, financieros e institucionales para el
mejoramiento integral del asentamiento de bajo cervantes del municipio de Manizales”,
Se obtuvieron como productos: (i) levantamiento topográfico, (ii) diagnóstico (iii)
propuesta de intervención de mejoramiento barrial; (iv) el plan participativo y de
acciones sociales (v) priorización de proyectos. El diagnostico evidenció la siguiente
información general del asentamiento.
Información General
Caldas
Departamento
Manizales
Municipio
Tipo
de
ordenamiento
POT
Localización
Comuna 10
Barrio
Bajo Cervantes
Constitución
del Desde
asentamiento
hasta 1.999
Suelo
Urbano
Área
Planificación
de
4.8 Ha
Predios
325
No. Manzanas
33
Viviendas
325
Habitantes
1640
1.980
En la propuesta urbana de intervención se identificaron como principales obras a
ejecutar, los siguientes componentes: Estructura vial, accesibilidad y movilidad,
Estructura ambiental, Estructura de espacio publico, Estructura de equipamientos,
Estructura de servicios públicos, Vivienda social, Plan participativo – social.
En virtud de lo anterior, replicando el esquema de gestión y las
lecciones aprendidas, se pretende financiar con recursos propios, la
ejecución de un proyecto de mejoramiento integral de barrios en su
fase de estudios y diseños definitivos en el Municipio de Manizales –
Caldas.
2. ENTIDAD ESTATAL CONTRATANTE
La SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS - MUNICIPIO DE MANIZALES.
3. NORMATIVA APLICABLE A ESTA CONVOCATORIA Y RÉGIMEN LEGAL
DEL CONTRATO QUE SE CELEBRARÁ.
Las disposiciones que a continuación se relacionan, determinan que esta Convocatoria
Pública se rige por las normas del derecho privado, particularmente las leyes civiles y
comerciales que facultan a la SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS - MUNICIPIO DE
MANIZALES para celebrar un contrato de Encargo Fiduciario, así:
La Secretaria de Obras Públicas - Municipio de Manizales, en desarrollo de su
obligación legal estatuida por la Ley 136 de 1994, puede adelantar la ejecución de
proyectos de mejoramiento integral de barrios en su fase de estudios y diseños
definitivos, además, que en su calidad de entidad territorial, está llamada a apoyar el
cumplimiento de las metas en construcción de vivienda de interés social señaladas en
el Plan de Desarrollo de Manizales 2012-2016.
La actuación de la Secretaria de Obras Públicas - Municipio de Manizales se enmarca
en lo dispuesto en el inciso final del artículo 36 de la Ley 388 de 1997, que en relación
con la actuación urbanística pública, establece que “las entidades municipales y
distritales y las áreas metropolitanas podrán participar en la ejecución de proyectos de
urbanización y programas de vivienda de interés social, mediante la celebración, entre
otros, de contratos de fiducia con sujeción a las reglas generales y del derecho
comercial, sin las limitaciones y restricciones previstas en el numeral 5 del
artículo 32 de la Ley 80 de 1993”.
Encargo FiduciarioEncargo FiduciarioDe igual manera la Ley 1537 de 2012 permite
que para el desarrollo de los proyectos de Vivienda de Interés Prioritario las entidades
públicas de carácter territorial, como la Secretaria de Obras Públicas - Municipio de
Manizales, puedan constituir patrimonios autónomos celebrando directamente contratos
de fiducia mercantil.
De igual manera, el artículo 6 de la Ley 1537 es claro al indicar que tanto la selección
del fiduciario, como la celebración de los contratos para la constitución de los
patrimonios autónomos y la ejecución y liquidación de los proyectos por parte de los
referidos patrimonios, se regirán exclusivamente por las normas del derecho privado.
Por lo anterior es procedente la realización de una invitación a presentar propuesta a
diferentes sociedades fiduciarias que puedan estar interesadas en participar.
El contrato que se celebre como consecuencia de la invitación a contratar que realice la
Entidad, es un contrato de Encargo Fiduciario que se sujetará a lo dispuesto en el
Código de Comercio, el Código Civil, la Ley 388 de 1997 y sus decretos reglamentarios,
y las demás normas legales vigentes en lo que sean compatibles con las antes citadas.
Se trata por lo tanto de un negocio fiduciario que involucra el cumplimiento de
cometidos estatales y la ejecución de recursos públicos, por lo que la sociedad
fiduciaria con la que se suscriba deberá tener en cuenta que el contrato que resulte
conlleva el cumplimiento de labores administrativas y de gestión, de allí su deber de
conocer y aplicar los principios que gobiernan la actuación administrativa, respetar las
normas presupuestales, atender los fines del contrato y proteger los recursos y recursos
dispuestos para la constitución del Encargo Fiduciario.
No obstante lo anterior y en virtud a los principios del artículo 209 de la Constitución
Política de Colombia, se accede al presente procedimiento invitacional, para acceder a
la propuesta más favorable para el Municipio de Manizales - Secretaria de Obras
Públicas.
ENCARGO FIDUCIARIOEncargo Fiduciario
2.1.
CDP PARA LA COMISION FIDUCIARIA.
Se cuenta con CDP, No. 117, correspondiente al rubro 26 3 11 16 011 130 04, cuya
denominación es Convenio Interadministrativo No. 038 Ministerio de Vivienda, Ciudad y
Territorio, Encargo Fiduciario, con Registro No. 26 41 17, por valor de $ 50.000.000,
para solventar la Comisión fiduciaria a reconocer.
4. CONDICIONES PARA PARTICIPAR
Para participar en esta Invitación las sociedades fiduciarias deberán cumplir los
requisitos habilitantes que se establecen en este numeral. Sólo aquellas sociedades
fiduciarias que acrediten en debida forma su cumplimiento tendrán derecho a que su
oferta sea evaluada y considerada para adjudicación.
4.1. Capacidad jurídica.
Podrán participar en esta Invitación, las sociedades fiduciarias públicas o privadas
consideradas legalmente capaces de conformidad con las disposiciones legales
colombianas, que no se encuentren incursas en ninguna de las causales de
inhabilidades e incompatibilidades para contratar con entidades estatales, establecidas
por la Constitución Política, el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y la Ley 80 de
1993 y los principios del artículo 209 de la Constitución Política de Colombia.
Las sociedades fiduciarias deberán acreditar que su duración no sea inferior al plazo
del contrato y cuatro (4) años más.
Para acreditar la capacidad jurídica, las sociedades fiduciarias deberán anexar los
siguientes documentos:
a) Propuesta y Cotización.
b) Certificados de Existencia y Representación Legal, expedidos por la
Superintendencia Financiera de Colombia y la Cámara de Comercio respectiva con no
más de 30 días de la fecha de presentación de la propuesta.
c) No podrán participar en la presente invitación las sociedades fiduciarias que a la
fecha de presentación de la oferta sean voceras o titulares de patrimonios autónomos
constituidos y sin liquidar de la Secretaria de Obras Públicas - Municipio de Manizales.
d) Autorización del órgano social correspondiente que autorice al representante legal
para presentar la oferta y suscribir el contrato, cuando estatutariamente se encuentre
limitado para comprometer a la sociedad en razón de la cuantía o la naturaleza del
asunto.
c) Poder otorgado, si el Proponente no actúa a través de su representante legal, en el
que conste que su apoderado está expresamente facultado para presentar la oferta y
firmar el contrato respectivo.
4.2.
Capacidad financiera.
Las sociedades fiduciarias deberán acreditar que cuentan con capacidad financiera.
Sólo serán admisibles las ofertas que cumplan los siguientes requisitos mínimos:
a) Patrimonio neto del proponente igual o superior a SEIS MIL MILLONES DE
PESOS ($6.000’000.000) M/CTE. El patrimonio neto se determina por el resultado de
restar al total de activos propios de la sociedad fiduciaria el total de sus pasivos. Este
requisito se acreditará mediante certificación con corte a 31 de diciembre de 2011,
expedida por el Contador y el Revisor Fiscal de la sociedad fiduciaria.
b) Índice de liquidez igual o superior a 1.5: Este índice resulta de la relación entre el
monto total de los activos corrientes y el de los pasivos corrientes a una misma fecha.
Para efectos de verificar el cumplimiento de este requisito, el proponente deberá
adjuntar el balance general con corte al 31 de Diciembre de 2011, con las
correspondientes notas a los Estados Financieros, los cuales deberán estar
dictaminados por el Revisor Fiscal.
c) Calificación de riesgo no inferior a AA+: El oferente deberá acreditar esta
calificación de riesgo o su equivalente, mediante certificación expedida con no más de
seis (6) meses de anticipación a la fecha de cierre de la presente Convocatoria Pública,
por una sociedad calificadora de riesgo debidamente aprobada por la Superintendencia
Financiera de Colombia. La calificación de riesgo hará referencia a la fortaleza en
administración de portafolios.
El Proponente deberá incluir en su oferta fotocopias de las tarjetas profesionales del
Contador y del Revisor Fiscal.
4.3. Capacidad técnica.
Para establecer si la sociedad fiduciaria posee capacidad técnica que le permita
atender adecuadamente la ejecución del contrato de Encargo Fiduciario, en la
propuesta debe incluirse la siguiente información:
a) La organización, metodología y estructura administrativa con la cual ejecutará el
contrato de Encargo Fiduciario en caso de resultar favorecido, incluyendo una
descripción del recurso humano, técnico y de sistemas de información que
utilizará.
b) Deberá igualmente incluirse la hoja de vida de quien se desempeñará como
coordinador del fideicomiso y los documentos que acrediten su formación
universitaria y experiencia profesional. LA SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS
- MUNICIPIO DE MANIZALES exige que quien sea postulado para este cargo
deba tener título profesional en economía, administración financiera o de
empresas, ingeniero industrial, ingeniero civil o arquitecto, haber cursado
especialización o maestría en disciplinas tales como administración, finanzas y
afines y acreditar experiencia profesional mínima de diez (10) años en
actividades relacionadas con patrimonios autónomos.
Si en la fecha de presentación de la propuesta el profesional sugerido como
Coordinador del Fideicomiso no se encontrare vinculado a la Fiduciaria, deberá
adjuntarse carta de intención suscrita por el candidato, en la que conste que en
caso de resultar la fiduciaria favorecida con la adjudicación, acepta vincularse
para asumir esa responsabilidad.
c) La sociedad fiduciaria deberá igualmente acreditar experiencia específica en
fiducia inmobiliaria, a través de la ejecución de por lo menos cinco (5) proyectos
de esta naturaleza que se hubieran suscrito en los diez (10) años anteriores a la
fecha de cierre de esta Invitación, siempre que su ejecución hubiera concluido o
se encuentre en ejecución para esta misma fecha, cuyo objeto incluya recaudo,
administración, pago y escrituración requeridos para construcción de proyectos
de vivienda de interés social y prioritario de por lo menos Dos Mil (2.000)
viviendas cada certificación, estas certificaciones deberán contener o ir
acompañadas de la calificación del servicio por parte del cliente. Este factor será
igualmente objeto de revisión por la Secretaria de Obras Públicas - Municipio de
Manizales.
La sociedad fiduciaria deberá presentar una relación de los contratos que
presenta como experiencia y adjuntar copia de los mismos para poder ser
declarado como proponente habilitado para calificar su propuesta. Igualmente
debe diligenciar el siguiente cuadro:
Número de
Municipio
viviendas
de
Nombre
Contrato
Fecha
Fecha de construidas
ejecución
Fideicomitente
del
No
de inicio terminación
y
del
Proyecto
escrituradas
contrato
a la fecha
La Secretaria de Obras Públicas - Municipio de Manizales se reserva el derecho de
verificar y solicitar, complementar, subsanar o aclarar la información presentada por el
proponente para la acreditación de las exigencias establecidas en la presente
invitación, en cualquier estado en que se encuentre esta.
5) Se modifica el numeral 4.4 “Remuneración por las actividades de la Fiducia”, el cual
quedará así:
4.4 Remuneración por las actividades de la Fiducia
La Fiduciaria adjudicataria podrá recibir remuneración por la administración de los
recursos que integran el Encargo Fiduciario, que se propondrá como una suma fija
mensual, expresada en salarios mínimos legales mensuales.
6) Se modifica el numeral 4.4.1 “Cotización de la comisión fiduciaria”, el cual quedará
así:
4.4 .1 Cotización de la comisión fiduciaria
Se entiende que la propuesta de comisión por la administración de los Patrimonios
Autónomos incluirá la remuneración de la totalidad de las actividades y obligaciones
contractuales a cargo de la(s) sociedad(es) fiduciaria(s) seleccionada(s), incluyendo,
entre otras, la gestión por la administración de los recursos que se transfieren al
Encargo Fiduciario, la inversión de los mismos, la gestión, procedimiento, seguimiento y
control a los pagos, los costos y gastos relacionados con el soporte informático, las
comisiones por el uso de sistemas transaccionales, los gastos de personal, de equipos,
realización de informes, costos de desplazamiento, soporte jurídico para celebración de
contratos y asesoría al fideicomitente, entre otros.
La Secretaria de Obras Públicas - Municipio de Manizales no aprobará como
remuneración suma alguna diferente al valor de la comisión que se acuerde.
Es importante aclarar que este valor incluye la administración de los patrimonios
autónomos escindidos y subordinados.
5. Condiciones de ponderación de las cotizaciones habilitadas
Las ofertas que hubieran cumplido la totalidad de requisitos previstos en el numeral 4,
serán objeto de evaluación con base en el siguiente factor y ponderación:
FACTOR
Menor comisión por administración
Bien o servicio Nacional
TOTAL
PONDERACIÓN
800 puntos
200 puntos
1000 puntos
En caso de empate en las cotizaciones presentadas, la entidad escogerá la fiduciaria
que certifique la mayor cantidad de viviendas en las certificaciones adjuntadas, de
acuerdo con lo descrito en el literal c, del numeral 4.3.
Si subsiste el empate se definirá por balotas.
8) Se modifica el numeral 5.1 “propuesta económica”, el cual quedará así:
5.1. Propuesta económica:
La propuesta económica corresponderá a la comisión de la fiduciaria, esto es la
remuneración esperada por los servicios que prestará con ocasión de:
(i)
La que se cause por la administración de los recursos que integran el
Encargo Fiduciario incluidos los patrimonios autónomos escindidos y
subordinados que se propondrá como una suma fija mensual, expresada
en salarios mínimos legales mensuales.
A- Los criterios de ponderación por comisión por administración y pagos son:
Entre
1 SMMLV a 2 SMMLV………………..…
800 puntos
Más de
Más de
Más de
Más de
Más de
Más de
Más de
2 SMMLV a 3 SMMLV………………..…
3 SMMLV a 4 SMMLV………………..…
4 SMMLV a 5 SMMLV………………..…
5 SMMLV a 6 SMMLV………………..…
6 SMMLV a 7 SMMLV………………..…
7 SMMLV a 8 SMMLV………………..…
9 SMMLV ………….,…………………..
700 puntos
600 puntos
500 puntos
400 puntos
300 puntos
200 puntos
100 puntos
Condiciones Remuneración Manejo Recursos Dinerarios
Cuando en desarrollo de los contratos de fiducia mercantil antes mencionados, los
recursos fideicomitidos se inviertan en carteras colectivas en los términos y condiciones
previstas en los respectivos contratos, el valor de los gastos de administración que de
acuerdo con el reglamento de la cartera colectiva se causen y se descuenten, se
tendrán como abono o pago de las comisiones fiduciarias pactadas en los contratos de
fiducia mercantil, causadas y liquidadas mensualmente.
Si el valor de los gastos de administración causados y descontados mensualmente por
la administración de recursos en las carteras colectivas fuese superior al valor de la
comisión fiduciaria mensual pactada en los contratos de fiducia mercantil, el mayor
valor se tendrá como abono a comisiones futuras.
Si por el contrario el valor de los gastos de administración causados y descontados
mensualmente por la administración de recursos en las carteras colectivas fuese inferior
al valor de la comisión fiduciaria mensual pactada en los contratos de fiducia mercantil,
la diferencia será descontada de los recursos administrados. Si no hubiese recursos
administrados, tal diferencia será asumida por el fideicomitente, es decir la Secretaria
de Obras Públicas - Municipio de Manizales en el caso del Patrimonio Autónomo Matriz,
y por el Patrimonio Autónomo Matriz, en el caso de los Patrimonios Autónomos
Derivados.
En todo caso en la liquidación de los respectivos contratos de fiducia mercantil se
establecerán las sumas a favor o en contra de las partes para efectos de determinar el
valor de las comisiones fiduciarias pendientes de pago, o por el contrario, los valores
que deben ser devueltos a los fideicomitentes por la sociedad fiduciaria
Adicional a la oferta económica se solicita informar, si es del caso, los beneficios
adicionales que la fiduciaria ofrecería para el mejor y más efectivo desarrollo del objeto
del contrato.
Las sociedades fiduciarias deberán acreditar que cuentan con capacidad financiera.
Sólo serán admisibles las ofertas que cumplan los siguientes requisitos mínimos:
Calificación de riesgo no inferior a AA+: El oferente directamente o a través de la
Entidad Bancaria representante, deberá acreditar esta calificación de riesgo o su
equivalente, mediante certificación expedida con no más de seis (6) meses de
anticipación a la fecha de cierre de la presente Convocatoria Pública, por una sociedad
calificadora de riesgo debidamente aprobada por la Superintendencia Financiera de
Colombia. La calificación de riesgo hará referencia a la fortaleza en administración de
portafolios.
La sociedad fiduciaria deberá incluir en su oferta fotocopias de las tarjetas profesionales
del Contador y del Revisor Fiscal.
6. CRONOGRAMA Y ETAPAS
ACTIVIDAD
Publicación invitación
Termino para presentar ofertas
Publicación del informe de evaluación y calificación o
FECHAS 2012
2120 de Diciembre
26 de Diciembre a las 5:30
p.m.
26 de Diciembre
Recepción de observaciones al informe
Comunicación de aceptación de oferta y respuesta a
las observaciones
27 de Diciembre
28 de Diciembre
6.1 VALIDEZ MINIMA DE LAS OFERTAS: TREINTA (30) días.
6.2 REGLAS PARA EXPEDIR ADENDAS:
Se expedirán adendas:
Cuando se deban modificar las condiciones técnicas
Por causa de fuerza mayor que no permita cumplir el cronograma
Cuando se demuestren errores en los estudios previos o en la invitación pública
6.3 REGLAS PARA PRORROGAR ETAPAS DEL PROCESO
La prorrogas a los plazos del proceso se establecerán mediante adendas y aplicarán
cuando la expedición de adendas, de acuerdo con el numeral 5.3, afecten el
cumplimiento de los plazos inicialmente establecidos en el cronograma del proceso.
7) LUGAR PARA RECEPCIÓN DE OFERTAS Y COMUNICACIONES
7.1 LUGAR: En Manizales, edificio CAM – Centro Administrativo Municipal
Calle 19 Nº 21 – 44, piso 4 - Secretaría de Obras Públicas.
7.2 COMUNICACIONES: las comunicaciones referentes al presente proceso se pueden
dirigir al siguientes correos electrónicos: [email protected]
7.3 EXPEDICIÓN DE ADENDAS. Las Adendas constituyen modificaciones a la
presente invitación y se podrán expedir hasta un (1) día hábil antes del cierre.
En acto público se levantará un acta con la relación sucinta de las propuestas y los
documentos integrantes de cada una, haciendo constar expresamente el nombre de la
sociedad fiduciaria y las observaciones a que haya lugar.
Las propuestas que sean presentadas después de la hora de cierre de la contratación,
se devolverán sin abrir, previa constancia en el acta, la cual se suscribirá por el Director
Jurídico de la entidad o su delegado. Se solicitará a los representantes de los oferentes
que estén presentes, que firmen el acta, la omisión de la firma por parte de uno, varios
o todos los oferentes no invalidará el contenido y sus efectos.
Los proponentes presentarán una propuesta completa en Un (1) sobre cerrado el cual
deberá contener los documentos que la integran de acuerdo a lo indicado en la
presente invitación. El sobre deberá se marcado de la siguiente forma:
PROPUESTA PARA __________________ (indicar el número y objeto de la invitación)
NOMBRE OFERENTE ________________(indicar el nombre del oferente)
DIRECCIÓN________________________ (indicar la dirección)
TELÉFONO- FAX ___________________ (Indicar Teléfono y Fax del oferente)
CORREO ELECTRONICO_____________ (Indicar cuenta de correo electrónico)
El sobre deberá contener original y una (1) copia exacta de todos los documentos
que integran la propuesta, debidamente foliados.
Las propuestas deberán sujetarse en todas sus partes a los modelos y las condiciones
estipuladas para cada documento definido en la presente invitación y deberá contener
un índice con la indicación correcta del número exacto del folio.
Si algún proponente considera que un formulario en alguna forma impide mencionar o
destacar algunos detalles o información que él considera de importancia para la
evaluación de su propuesta, deberá presentar además de los formularios
correspondientes, toda la información que considere necesaria para complementar su
propuesta en un apéndice, marcando claramente la parte específica del formulario de la
propuesta. Cuando un formulario necesite uno de éstos apéndices, se anotará debajo
de la parte específica, la siguiente expresión
"Ver Apéndice No. _"
La entidad analizará y tendrá en consideración dicha información adicional siempre y
cuando no constituya una propuesta alternativa o sometida a condición u ofrecimientos
que no correspondan a los requerimientos mínimos exigidos en la presente invitación.
Las enmiendas u otros cambios que se efectúen en los formularios de la propuesta, se
deberán certificar con la firma del proponente en el lugar apropiado del respectivo
formulario.
La presentación de la propuesta constituye un acuerdo entre el proponente y la entidad,
en virtud del cual dicha propuesta, salvo afirmación en contrario, permanece abierta
para aceptación de la entidad.
Durante el período de vigencia de la propuesta, el proponente se compromete a no
retirarla, ni menoscabar o derogar los efectos de la misma. Si dentro de este período,
se notificara al proponente que su propuesta ha sido aceptada por la entidad éste
quedará de hecho obligado por los términos del acuerdo establecido en la propuesta y
por la aceptación de la entidad.
No se aceptarán propuestas enviadas por correo físico o electrónico, fax o cualquier
otro medio telemático.
6.4.
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8. CELEBRACIÓN DEL CONTRATO
El Oferente Adjudicatario, deberá acudir en la fecha indicada en el Cronograma,
para suscribir el contrato. De cualquier forma, dado que la oferta hará parte
integral del contrato, ante cualquier diferencia entre los dos documentos
(contrato y Oferta), prevalecerá siempre la Oferta, en las condiciones que sea
aceptada por SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE
MANIZALES, sin que haya lugar a modificaciones con posterioridad a la
adjudicación.
Con la firma de la presentación de la Oferta (ANEXO 1), el representante legal
del Oferente afirmará, bajo la gravedad de juramento, que en caso de ser
adjudicataria, la Sociedad Fiduciaria acudirá a la celebración del contrato en el
plazo indicado.
9. GASTOS
Serán de cargo del Oferente todos los costos directos, indirectos y los asociados
a la preparación, elaboración y presentación de la Oferta, por lo tanto
SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES no
reconocerá ningún reembolso por este concepto. Igualmente serán por cuenta
del Oferente todos los costos y gastos directos e indirectos necesarios para la
correcta ejecución del objeto contractual, incluyendo pero sin limitarse, a los
materiales, insumos de dotación, papelería, impresiones, comunicaciones,
sistemas, transportes, salarios, honorarios de terceros, impuestos, pólizas de
cumplimiento, etc.
10. NÚMERO MÍNIMO DE PROPONENTES
SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES podrá
efectuar la adjudicación, aún en el evento en el que sólo se presente una Oferta
hábil.
11. INCOMPATIBILIDADES E INHABILIDADES
No podrán participar quienes de acuerdo con la ley 80 de 1993, estén incursos
en alguna causal de incompatibilidad o inhabilidad para contratar con
SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES. Para
tal efecto, los Oferentes deberán manifestar, mediante el diligenciamiento y
suscripción por su representante legal, bajo la gravedad de juramento del
ANEXO 2, que no están incursos en las inhabilidades e incompatibilidades de
que trata la ley 80 de 1993 y las demás disposiciones legales que las
complementen o adicionen.
A su turno, los Oferentes deberán manifestarse en el mismo ANEXO 2, sobre
sus relaciones comerciales o de parentesco con quienes ostentan la calidad de
administradores de SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE
MANIZALES, así como sobre los incumplimientos o sanciones que le hayan sido
impuestos o declarados judicialmente con ocasión de su actividad contractual en
los últimos tres (3) años, e igualmente deberán. Los incumplimientos declarados
y las sanciones impuestas a los Oferentes serán objeto de evaluación, pero por
sí mismas no impedirán la celebración del contrato.
No podrán presentar Ofertas, las sociedades que tengan por sí, o a través de sus
socios, participación en otra que simultáneamente presente Oferta separada, así
como ninguna en la cual SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO
DE MANIZALES o cualquier de sus directores o administradores, desempeñe
algún cargo de dirección o administración.
12. DE LOS DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA
13. IINDICACIÓN DE LA RESERVA LEGAL DE QUE GOZAN LOS DOCUMENTOS
APORTADOS
Los Oferentes deberán indicar en su Oferta, cuáles de los documentos aportados
son de carácter reservado o confidencial e invocar la norma o el acuerdo que
ampara dicha reserva. Si no se manifiestan las reservas, se entenderá que toda
la Oferta es pública.
a. RETIRO DE LA PROPUESTA
El Oferente podrá solicitar el retiro de la Oferta antes del Cierre del Proceso,
siempre y cuando lo haga mediante escrito debidamente firmado por su
Representante Legal, solicitud que deberá ser radicada antes de la hora de cierre
del concurso en LA SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE
MANIZALES.
Efectuado el Cierre del Proceso, los Oferentes no podrán retirar las Ofertas, so
pena de hacer efectiva la póliza de seriedad de la oferta, la cual quedará a favor
de SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES por
el valor total de la misma, sin perjuicio de las acciones legales conducentes al
reconocimiento de daños y perjuicios causados, que no se encuentren cubiertos
por el valor de la garantía constituida.
b. CAUSALES DE RECHAZO DE LAS OFERTAS
Los siguientes son los eventos en los que la propuesta presentada no será
evaluada, a pesar de haberse remitido a SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS
DEL MUNICIPIO DE MANIZALES
i. Cuando la información suministrada por el Oferente, contenida en
los documentos y certificados aportados con la Oferta no se ajuste
a la realidad o a lo exigido en los presentes Términos de
Referencia o a las solicitudes de aclaración de SECRETARIA DE
OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES, según se
trate.
ii. Cuando el Oferente no adjunte la carta de presentación de la
propuesta (ANEXO 1), la misma sea modificada o no se encuentre
firmada por el representante legal del Oferente.
iii. Cuando el Oferente no adjunte la comunicación en la que se
manifieste sobre las inhabilidades e incompatibilidades, en las
condiciones exigidas en los presentes Términos de Referencia
(ANEXO 2).
iv. Cuando SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE
MANIZALES solicite alguna información como aclaración y el
Oferente no presente los documentos solicitados o no subsane los
requerimientos efectuados, dentro del término establecido para el
efecto o dicha información llegue incompleta.
v. Cuando el Oferente se encuentre incurso en alguna inhabilidad o
incompatibilidad para contratar.
vi. Cuando la Oferta se presente extemporáneamente, se envíe por
correo, o se deje en un lugar distinto al indicado en estos Términos
de Referencia.
vii. En el evento en que cualquier Oferente trate de interferir,
influenciar, informarse indebidamente o determinar en algún
sentido la actuación sobre el análisis y evaluación de las ofertas o
su adjudicación.
c. CESION DEL CONTRATO
Si dentro del curso del proceso de selección sobrevienen inhabilidades o
incompatibilidades, se entenderá que el Oferente renuncia a su participación en
el proceso o se obliga a ceder el contrato si ya se ha celebrado, a la Sociedad
Fiduciaria que expresamente autorice SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS
DEL MUNICIPIO DE MANIZALES.
El Oferente adjudicatario no podrá ceder el contrato de fiducia a otras
Fiduciarias, sin previa y expresa aceptación de SECRETARIA DE OBRAS
PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES, la cual podrá ser negada por
razones de conveniencia de SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL
MUNICIPIO DE MANIZALES.
d. MODIFICACIONES CONTRACTUALES
Si durante la ejecución del contrato, se acuerda la prestación de nuevos servicios
relacionados con la administración de los recursos entregados, tales
modificaciones se podrán incorporar por mutuo acuerdo en el celebrado.
e. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
Para garantizar la seriedad de la Oferta, cada Oferente deberá constituir una
póliza de seriedad de la oferta a favor de particulares, expedida por una
compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, por una suma
equivalente a COP 20.000.000, con una vigencia mínima de dos (2) meses
contados a partir de la fecha de entrega de la Oferta.
Si el oferente favorecido con la adjudicación no suscribe el correspondiente
contrato de fiducia, SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE
MANIZALES se reserva la facultad de exigir al Oferente en segundo (2) lugar, la
prórroga de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, hasta la
celebración de un nuevo contrato de fiducia, y así sucesivamente a los demás
Oferentes.
14. OBLIGACIONES GENERALES DE LA FIDUCIARIA
Sin perjuicio de las que se deriven de la naturaleza y características propias de los
recursos que serán entregados, las obligaciones de la Fiduciaria adjudicataria, serán las
siguientes:
15.1. Encargo Fiduciario Administrar los RECURSOS recibidos, de conformidad con la
naturaleza y características propias de cada uno, las cuales serán informadas
por SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES en
el momento de la entrega del respectivo bien.
15.2. Presentar informes periódicos de gestión, en el que se pongan de presente los
aspectos relevantes de la administración de los recursos entregados por
SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES, así
como los asuntos que deban ser resueltos o definidos por SECRETARIA DE
OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES.
16. INFRAESTRUCTURA Y METODOLOGÍA
El Oferente deberá presentar la metodología y la operatividad con la cual
desarrollará el objeto de la presente Invitación Pública, como también el recurso
humano, técnico que pondrá a disposición del mismo, mediante el cual se
garantice que realizará la administración de los recursos a nivel nacional, con
todos los recursos necesarios para el efecto, según las características de los
recursos que serán entregados por SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL
MUNICIPIO DE MANIZALES.
De igual forma, las Ofertas deberán contender todos los aspectos de índole
procedimental que sean necesarios para el adecuado desarrollo de su labor y
para el control que sobre la misma debe ejercer SECRETARIA DE OBRAS
PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES.
En atención a la experiencia y conocimiento de los Oferentes, éstos podrán
presentar los esquemas operativos y de administración que resulten adecuados
para los intereses de SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE
MANIZALES.
16.1. VALORACIÓN ECONÓMICA DEL OFRECIMIENTO
Las Ofertas deberán estipular el valor en pesos colombianos, indicando la
comisión fiduciaria correspondiente en el ANEXO 1.
Todo ofrecimiento debe discriminar los impuestos a los que haya lugar, entre
otros, el IVA, la retención en la fuente, etc. En el evento en el cual no se
discriminen los impuestos a que haya lugar se entenderá para todos los efectos
legales y contractuales que los mismos están comprendidos en los precios
ofrecidos y no se reconocerá ningún valor por este concepto.
17. DOCUMENTOS DE LA OFERTA
Todos los siguientes documentos, deben aportarse con carácter obligatorio, en el
mismo orden que se indica a continuación.
17.1. DOCUMENTOS JURÍDICOS Y FINANCIEROS
En caso de no aportarse alguno de estos documentos, o en caso de que se
encuentren incompletos, ilegibles, entre otros, SECRETARIA DE OBRAS
PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES podrá solicitar, dentro del plazo
previsto para el efecto, que el respectivo documento sea allegado, aclarado o
complementado, so pena de rechazar la Oferta en caso de no hacerlo. Sin
embargo estos Documentos jurídicos y financieros, carecerán de incidencia en la
evaluación.
17.1.1.
Carta de presentación de la Propuesta: De acuerdo con el ANEXO 1 de
los presentes Términos de Referencia, sin modificación o enmendadura alguna y
firmada por el representante legal del Oferente.
17.1.2.
Manifestación de incompatibilidades e inhabilidades: De acuerdo con
el ANEXO 2 de los presentes Términos de Referencia, sin modificación o
enmendadura alguna y firmada por el representante legal del Oferente.
17.1.3.
Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la
Cámara de Comercio: Documento original, con fecha de expedición no superior
a dos (2) meses anteriores al Cierre del proceso.
17.1.4.
Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la
Superintendencia Financiera: Documento original, con fecha de expedición no
superior a dos (2) meses anteriores al Cierre del proceso.
17.1.5.
Certificación de competencia para comprometer el Oferente:
Documento original suscrito por el Secretario General del Oferente o quien
desempeñe sus funciones, bajo la gravedad de juramento, en el que se
establezca con precisión que el Representante Legal que firma la Oferta, carece
de restricciones para contraer obligaciones en nombre de la sociedad, de
conformidad con sus estatutos, o que existiendo estas, se encuentra
debidamente autorizado por el órgano competente para presentar la Oferta y
comprometer al Oferente.
17.1.6.
Fotocopia legible del documento de identificación del Representante
Legal que firma la Oferta.
17.1.7.
Certificado de antecedentes disciplinarios del Representante Legal que
firma la Oferta, expedido por la Procuraduría General de la Nación, con fecha de
expedición no superior a dos (2) meses anteriores al Cierre del proceso.
17.1.8.
Certificado de antecedentes de responsabilidad fiscal del
Representante Legal que firma la Oferta, expedido por la Contraloría General de
la República, con fecha de expedición no superior a dos (2) meses anteriores al
Cierre del proceso.
17.1.9.
Certificado de antecedentes judiciales del Representante Legal,
expedido por el Departamento Administrativo de Seguridad - DAS, con fecha de
expedición no superior a dos (2) meses anteriores al Cierre del proceso.
17.1.10.
Certificación de paz y salvo en el sistema de seguridad social
integral: Certificación expedida por el Revisor Fiscal, en la que se acredite el
pago de los aportes a seguridad social integral y los parafiscales
correspondientes.
17.1.11.
Copia legible del Registro Único Tributario – RUT.
17.1.12.
Estados financieros certificados y/o dictaminados del último ejercicio
contable.
17.1.13.
Copia legible de la declaración de renta del último ejercicio contable.
17.1.14.
Formulario de Información Básica (FIB) - SAR-ANEXO-008.
Diligenciado en TODOS los aspectos que resulten pertinentes, con la
información correspondiente al último ejercicio contable y debidamente firmado
por el Representante Legal que suscribe la Oferta.
17.1.15.
Garantía de seriedad de la oferta. Original, expedida de conformidad con
los requisitos establecidos en los presentes Términos de Referencia,
acompañada de la respectiva certificación de pago de la prima emitida.
17.2. DOCUMENTOS TÉCNICOS Y ECONÓMICOS DE LA OFERTA
17.2.1.
Infraestructura. La Oferta deberá contener todos los documentos que
acrediten la Infraestructura del Oferente, bajo las condiciones exigidas en los
presentes Términos de Referencia, con el fin de considerar la Oferta apta para
ser evaluada.
17.2.2.
Certificaciones de experiencia emitidas por los clientes del Oferente,
las cuales serán evaluadas según los criterios establecidos en los presentes
Términos de Referencia.
17.2.3.
Certificación de porcentaje de comisión. De conformidad con lo
establecido en los presentes Términos de Referencia, el Oferente deberá
presentar el porcentaje de comisión, mediante el diligenciamiento de la parte
pertinente, en el ANEXO 1 de los presentes Términos de Referencia.
GARANTIAS QUE DEBE PRESENTAR EL OFERENTE, ASI COMO EL NIVEL
Y EXTENSION DE LOS RIESGOS QUE DEBEN SER AMPARADOS POR EL
CONTRATISTA.
El contratista debe amparar los siguientes riesgos:
(a) Cumplimiento: En cuantía del 20% del valor del contrato, por el término del
mismo y seis meses más.
(b) Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal
utilizado en la ejecución del contrato: En cuantía del 20% del valor del
contrato, por el término del mismo y treinta y seis meses más.
18. FACTORES DE EVALUACIÓN, PONDERACIÓN Y CALIFICACIÓN
18.1. OFERTAS QUE SE VERIFICARÁN
Todas las propuestas que se alleguen en el sitio y hora de la fecha de cierre,
serán verificadas y analizadas por las personas designadas para el efecto por
SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES,
aplicando los mismos criterios para todas ellas.
18.2. OFERTAS QUE SE EVALUARÁN
Se evaluarán las Ofertas que contengan todos los Documentos Técnicos y
Económicos de la Oferta, así como el ANEXO 1 debidamente diligenciado.
Una vez establecida la aptitud de la Oferta para ser evaluada, se efectuará un
análisis del contenido de los requisitos técnicos y económicos calificables
exigidos, con el fin de ponderarlas y otorgarle los puntajes según se señala a
continuación.
Las propuestas hábiles serán evaluadas en sus aspectos técnicos y económicos
Manizales, Diciembre de 2012,
JORGE IVAN SALAZAR GIRALDO
Secretario de Despacho
Secretaría de Obras Públicas
ANDRES FELIPE ARISTIZABAL PARRA
Profesional universitario
Secretaria de Obras Públicas
HUBER E. LONDOÑO LONDOÑO
Profesional Universitario
Secretaria de Obras Públicas
ANEXO 1
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
Ciudad y fecha:
Señores:
SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES
Manizales
El suscrito (NOMBRE COMLETO DEL REPRESENTANTE LEGAL QUE FIRMARÁ LA
OFERTA), identificado con (DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN Y NÚMERO), en mi
condición de (CARGO) y como tal Representante Legal de (NOMBRE COMPLETO DEL
OFERENTE), en adelante LA FIDUCIARIA, de acuerdo con lo establecido en los
Términos de Referencia de la Invitación Pública para seleccionar una sociedad
fiduciaría para celebrar contrato de fiducia en administración de 2010, por medio del
presente escrito, declaro bajo la gravedad de juramento, que en caso de ser aceptada
la Oferta, LA FIDUCIARIA se compromete a suscribir el contrato de fiducia en la fecha
indicada en los Términos de Referencia.
Declaro así mismo bajo la gravedad de juramento:
1.
2.
3.
4.
5.
Que esta oferta y el contrato que llegare a celebrarse sólo comprometen a LA
FIDUCIARIA.
Que LA FIDUCIARIA se encuentra legalmente constituida y autorizada para operar
por la Superintendencia Financiera.
Que ninguna Entidad o persona distinta de LA FIDUCIARIA tiene interés comercial
en esta Oferta, ni en el contrato probable que de ella se derive.
Que conocemos todos los documentos de la Invitación Pública y aceptamos los
requisitos en ellos contenidos.
Que la presente Oferta consta de ___________ (___) folios debidamente
numerados.
6.
7.
Que LA FIDUCIARIA se compromete a cumplir con las Obligaciones Generales
establecidas en los Términos de Referencia, así como aquellas específicas según la
naturaleza de los recursos entregados.
Que el porcentaje de comisión fiduciaria corresponderá a _____%.
Agradecemos su amable atención.
REPRESENTANTE LEGAL
NOMBRE DEL OFERENTE
ANEXO 2
MANIFESTACIÓN DE INCOMPATIBILIDADES E INHABILIDADES
Ciudad y fecha:
Señores:
SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES
Manizales
El suscrito (NOMBRE COMLETO DEL REPRESENTANTE LEGAL QUE FIRMARÁ LA
OFERTA), identificado con (DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN Y NÚMERO), en mi
condición de (CARGO) y como tal Representante Legal de (NOMBRE COMPLETO DEL
OFERENTE), en adelante LA FIDUCIARIA, de acuerdo con lo establecido en los
Términos de Referencia de la Invitación Pública para seleccionar una sociedad
fiduciaría para celebrar contrato de fiducia en administración de 2010, por medio del
presente escrito, declaro bajo la gravedad de juramento:
8.
LA FIDUCIARIA no está incursa en las inhabilidades e incompatibilidades de que
trata la ley 80 de 1993 y las demás disposiciones que la complementen o
adicionen.
9.
LA FIDUCIARIA no tiene relaciones comerciales o de parentesco con quienes
ostentan la calidad de administradores de SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS
DEL MUNICIPIO DE MANIZALES
10. A LA FIDUCIARIA no le han sido impuestos o declarados judicialmente
incumplimientos o sanciones con ocasión de su actividad contractual en los
últimos tres (3) años
Agradecemos su amable atención.
REPRESENTANTE LEGAL
NOMBRE DEL OFERENTE
ANEXO 3
CARTA DE COMPROMISO DE BUEN USO DE LA INFORMACIÓN SUMINISTRADA
POR SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES
Bogotá D.C. fecha
Señores:
SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES
Manizales
Referencia: Compromiso de Confidencialidad
INTERMEDIARIO DE SEGUROS)
(NOMBRE
COMPLETO
DEL
Respetados Señores:
El suscrito (NOMBRE COMLETO DEL REPRESENTANTE LEGAL QUE FIRMARÁ EL
ANEXO 1 Y LA OFERTA), identificado con (DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN Y
NÚMERO), en mi condición de (CARGO) y como tal Representante Legal de (NOMBRE
COMPLETO DEL OFERENTE), en adelante LA FIDUCIARIA, manifiesto a
SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES que es del
interés de LA FIDUCIARIA presentar Oferta en la Invitación Pública para seleccionar
una sociedad fiduciaría para celebrar contrato de fiducia en administración de 2010,
razón por la cual solicito la entrega de la Información relacionada en el ANEXO 3, no
sin antes manifestar, bajo la gravedad de juramento que una vez recibida, LA
FIDUCIARIA, se compromete a:
1. No fotocopiar, microfilmar o de otra manera reproducir la Información
privilegiada o confidencial de propiedad de SECRETARIA DE OBRAS
PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES. Lo anterior sin perjuicio de las
reproducciones que deba efectuar única y exclusivamente para realizar las
gestiones de colocación de reaseguro o análisis de riesgo previstas en los
presentes términos.
2. A mantener bajo confidencialidad y reserva y no divulgar o de otro modo hacer
uso indebido de la Información entregada por SECRETARIA DE OBRAS
PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES. En tal virtud, todos los informes,
correspondencia, documentación técnica y en general cualquier otra clase de
documentación producida por LA FIDUCIARIA, sus subcontratistas yo asociados
debe tener el grado de confidencialidad aquí requerido y es por tanto obligación
de LA FIDUCIARIA responder por su custodia y por los perjuicios que puedan
derivarse del incumplimiento de este requerimiento. Se exceptúan los diseños,
software e información normalizada de LA FIDUCIARIA.
3. A mantener bajo reserva y no utilizar o implementar para su uso y beneficio o el
de terceros, todos los procesos, métodos de operación, datos, informaciones,
estructuras operativas y administrativas, procedimientos, ideas, equipos,
estrategias de mercado y comercialización, precios, términos y demás detalles
relacionados con el funcionamiento interno de SECRETARIA DE OBRAS
PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES o cualquier otro hecho o
información relacionado con SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL
MUNICIPIO DE MANIZALES, que el Oferente tenga conocimiento en razón de
su contacto relacionado con las oficinas o funcionarios de SECRETARIA DE
OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES o que éste de otro modo
le comunique.
4. Aceptar que la Información suministrada o cualquier copia de ella, es propiedad
de SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES, y
su entrega no le confiere ningún derecho sobre la misma, más allá del contenido
en este Compromiso de Confidencialidad.
5. Cualquier análisis, recopilaciones, estudios u otros documentos preparados por
LA FIDUCIARIA o cualquier forma de asociados para la presente Invitación
Pública, con base o derivados de la información suministrada y todas las copias
de los mismos deberán mantenerse confidencialmente y sujetos a los términos
de este Compromiso de Confidencialidad, como si ellos comprendieran la
Información y deberán ser destruidos por requerimiento de SECRETARIA DE
OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES, cuando así ella lo
requiera por escrito.
La Información relacionada en el presente documento, será recibida por el funcionario
de
LA
COMPAÑÍA
(NOMBRE
DEL
FUNCIONARIO
QUE
RECIBIRÁ
PERSONALMENTE LA INFORMACIÓN), identificado con
(DOCUMENTO DE
IDENTIFICACIÓN Y NÚMERO), quien desempeña el cargo de (CARGO) y para todos
los efectos correspondientes podrá ser ubicado en (DIRECCIÓN, TELÉFONO
DIRECTO O CON EXTENSIÓN, FAX, EMAIL)
Agradezco se sirva tener la presente manifestación para los fines pertinentes
Cordialmente,
REPRESENTANTE LEGAL
NOMBRE DEL INTERESADO
ANEXO 4
APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL
Señores
SECRETARIA DE OBRAS
MUNICIPIO DE MANIZALES
La Ciudad
Por medio de este documento
________________________________________________ (nombre o razón social del
Proponente) en adelante el “Proponente”, manifiesto que, en virtud de lo dispuesto en el
artículo 2° de la Ley 816 de 2003, así como en los artículos 4.2.1 a 4.2.6 del Decreto
734 de 2012, el personal que será puesto al servicio para la ejecución del Contrato, en
caso de que se me adjudique, será de origen nacional (en caso de tener componente
extranjero lo deberá manifestar)