Invitación Final Encargo Fiduciario
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Invitación Final Encargo Fiduciario
ALCALDIA DE MANIZALES SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS INVITACIÓN A SELECCIÓN DE ENCARGO FIDUCIARIO INCISO 5 DEL ARTICULO 36 DE LA LEY 388 DE 1997 INVITACIÓN EXCEPTUADA COMERCIAL PARA PRESENTAR OFERTAS OBJETO Selección de una sociedad fiduciaria privada, estatal o de economía mixta, que se obligue a realizar con cargo a un Encargo Fiduciario todas las actividades inherentes a la dirección, coordinación, supervisión y control de los procesos relacionados con la administración de los recursos afectos al cumplimiento del Convenio Interadministrativo de Asociación No. 038 de 2012, suscrito entre el MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO Y EL MUNCIPIO DE MANIZALES, cuyo objeto es: Aunar esfuerzos entre el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y el Municipio de Manizales para la ejecución de un proyecto de mejoramiento integral de barrios en su fase de estudios y diseños definitivos en el Municipio de Manizales – Caldas. INVITACION La Secretaria de Obras Públicas - Municipio de Manizales convoca a todas aquellas SOCIEDADES FIDUCIARIAS interesadas en participar en la presente invitación de acuerdo con las siguientes condiciones: 1. OBJETO La presente invitación exceptuada por el inciso 5º del artículo 36 de la ley 388 DE 1997 que exceptúa la contratación del encargo fiduciario, y la enmarca dentro del derecho comercial, el proceso que tiene por objeto la selección de una sociedad fiduciaria privada, estatal o de economía mixta, que se obligue a realizar con cargo a un encargo fiduciario todas las actividades inherentes a la dirección, coordinación, supervisión y control de los procesos relacionados con la administración de los recursos encomendados y afectos al cumplimiento del Convenio Interadministrativo de Asociación No. 038 de 2012, suscrito entre el MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO Y EL MUNCIPIO DE MANIZALES, cuyo objeto es: Aunar esfuerzos entre el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y el Municipio de Manizales para la ejecución de un proyecto de mejoramiento integral de barrios en su fase de estudios y diseños definitivos en el Municipio de Manizales – Caldas. El contrato de encargo fiduciario Irrevocable, tiene por finalidad servir de instrumento para la debida administración y ejecución de todas las actividades que permitan el desarrollo integral del proyecto. 1.1. Alcance al Objeto En el marco de la Ley 1450 del 16 de junio de 2011, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2010 – 2014 “Prosperidad para todos” y su Documento Base, los procesos de Mejoramiento Integral de Barrios se encuentran como parte integrante de los Capítulos III y VI, Crecimiento Sostenible y Competitividad, y Sostenibilidad Ambiental y Prevención del Riesgo, donde uno de los objetivos, será “… Incorporar parámetros de sostenibilidad ambiental, urbana y de gestión del riesgo en el desarrollo de las ciudades, mediante el desarrollo de programas de renovación urbana, Mejoramiento Integral de Barrios, sistemas de movilidad eficiente y manejo adecuado de residuos, así como en la producción de insumos, la prestación de los servicios públicos domiciliarios y en la construcción de las edificaciones…”. El programa contribuye a lograr el cumplimiento de las metas del progreso social, desarrollo sostenible y disminución de la pobreza, es decir, mayor prosperidad para toda la población, con el desarrollo de una estrategia de gestión coordinada entre entidades del orden local y el gobierno nacional; brindando asistencia técnica y jurídica a las entidades territoriales para la incorporación de los asentamientos de origen informal a la estructura territorial y funcional del área urbana de los municipios, mediante el ordenamiento urbano del barrio, la legalización y regularización del mismo, y la ejecución de obras de infraestructura básica y equipamiento con participación de la comunidad, incluyendo el proceso de reasentamiento de familias. Así mismo, el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, estableció como una de las estrategias para garantizar una mayor sostenibilidad de las ciudades la de “…Implementar la Política Nacional de Mejoramiento Integral de Barrios Documento CONPES 3604 de 2009, a través de la cual se dé prioridad a los componentes de seguridad ciudadana y gestión del riesgo, incorporando acciones de mitigación o reasentamiento. Adicionalmente, se ampliará la cobertura del programa de titulación predial; se promoverán acciones de ampliación de coberturas reales que incluyan esquemas para el financiamiento de conexiones intra-domiciliarias para los hogares más pobres y se expedirá la regulación complementaria para fortalecer la articulación de los diferentes sectores que intervienen en el MIB. Así mismo, FINDETER fortalecerá una línea de redescuento para las entidades territoriales.” El documento Conpes 3604 de 2009 “Lineamientos para la consolidación de la política de Mejoramiento Integral de Barrios” tiene como objetivo central el de “Fortalecer a los entes territoriales en la gestión urbana y aplicación normativa relativas a programas de mejoramiento integral de barrios sostenibles (PMIB).”, y a su vez en el objetivo 2. “Promover la articulación de políticas del nivel nacional, regional y local para focalizar las inversiones en los PMIB”, establece como uno de las estrategias de acción la consolidación de la instancia nacional de Mejoramiento Integral de Barrios, para lo cual dentro del mencionado documento recomienda entre otras “… Dar lineamientos para el cierre financiero de los nueve (9) piloto MIB de pre-inversión1 y los proyectos que se formulen en el marco de esta política, dando prioridad a las ciudades con mayor índice de desempleo…”. El Decreto 3571 de 2011 “Por el cual se establecen los objetivos, estructura, funciones del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio”, derogatorio del Decreto Ley 216 de 2003 (Por el cual se determinaban los objetivos, la estructura orgánica del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial) recogió las funciones contempladas en dicho Decreto Ley y estableció entre otras como funciones de la Dirección de Espacio Urbano y Territorial (antes Dirección de Desarrollo Territorial), las de apoyar en lo de su competencia, a las autoridades competentes en los procesos de ordenamiento territorial del orden nacional, regional, departamental y local y la de elaborar y preparar estudios técnicos y metodologías para orientar el desarrollo del territorio y regular la utilización, transformación y ocupación del suelo, de acuerdo con los principios rectores del ordenamiento territorial, apoyar la formulación de las políticas y la regulación en materia de renovación urbana, mejoramiento integral de barrios, espacio público, equipamientos colectivos y lo relacionado con la articulación de la movilidad urbana y el ordenamiento urbano y territorial. En cumplimiento de dichas funciones, el Ministerio en el marco del Contrato de Préstamo BID 1951/OC-CO, pone en marcha un programa piloto de Mejoramiento Integral de Barrios - PMIB, por medio de la financiación de actividades que promuevan la integración física y social de las áreas informales a la ciudad formal, a través de mejoras en la infraestructura urbana y la oferta de servicios sociales, de tal manera que se incentiva la participación de la comunidad, la articulación de esfuerzos de los diferentes actores tanto del nivel nacional como del nivel local que intervienen en el territorio, a través del mejoramiento en las condiciones de habitabilidad y entorno, enfocado a cubrir las necesidades básicas insatisfechas de las familias más Estudios de Prefactibilidad realizados en el marco de la cooperación coreana CO-T1037 entre los años 2007 a 2009 para los Municipios de Villavicencio, Neiva, Ibagué, Cali, Manizales, Cartagena, Soacha, Barranquilla, Buenaventura 1 vulnerables, apoyando: (i) el desarrollo de estudios de prefactibilidad para el mejoramiento integral de quince (15) asentamientos ubicados en igual número de municipios; y (ii) elaboración de estudios y diseños definitivos para la construcción de las obras de mejoramiento integral de seis (6) asentamientos ubicados en igual número de municipios (iii) ejecución de obras y acciones para el mejoramiento integral de seis (6) asentamientos localizados en igual número de municipios. Este programa se financia con recursos del préstamo BID 1951/OC-CO, suscrito entre el gobierno nacional y el Banco Interamericano de Desarrollo, el cual tiene como objetivo contribuir a mejorar la calidad de vida de las familias de menores recursos a través del acceso a mejores condiciones habitacionales y de entorno. De acuerdo con el modelo operativo propuesto para la ejecución del programa, el Ministerio seleccionó a los municipios de Leticia, Apartadó, Barrancabermeja, Cúcuta, Florencia y Buenaventura, para adelantar los proyectos demostrativos y replicando el esquema de gestión y las lecciones aprendidas, puso en marcha con recursos propios, la intervención en el Municipio de Pereira. Como resultado de la implementación del Programa de Mejoramiento Integral, el Ministerio reporta en cifras la intervención en seis municipios representativos del territorio nacional así: impacta una población directa de 8.580 habitantes en condiciones de extrema pobreza y vulnerabilidad, a la fecha se ha invertido $ 24.148.611 millones, de los cuales el Ministerio aportó el 87%, en un área de 40.32 Has, correspondiente a 1911 con acciones de: 1.Ordenamiento territorial, Legalización, regularización de barrios y procesos de reasentamiento; 2. Infraestructura Básica y Servicios Públicos, Redes de acueducto, alcantarillado pluvial y sanitario, redes de energía eléctrica, entre otras, 3. Obras y acciones de protección ambiental, arborización, control de erosión, estabilización de suelos y protección natural de taludes, recuperación y/o canales de drenaje y obras de mitigación de riesgo; 4. Accesibilidad y movilidad, vías de conexión del barrio; 5. Vivienda, coordinación de acciones e intervenciones con programas de mejoramiento de vivienda, titulación de predios y proceso de reasentamiento; 6. Espacio Público y Equipamientos, Obras de espacio público del barrio y equipamientos vecinales; 7. Desarrollo Social, Acompañamiento social, planeación participativa, organización social, seguridad y convivencia. De otra parte, con recursos de la cooperación coreana CO-T1037, se realizaron los “Estudios técnicos, socioeconómicos, legales, financieros e institucionales para el mejoramiento integral del asentamiento de bajo cervantes del municipio de Manizales”, Se obtuvieron como productos: (i) levantamiento topográfico, (ii) diagnóstico (iii) propuesta de intervención de mejoramiento barrial; (iv) el plan participativo y de acciones sociales (v) priorización de proyectos. El diagnostico evidenció la siguiente información general del asentamiento. Información General Caldas Departamento Manizales Municipio Tipo de ordenamiento POT Localización Comuna 10 Barrio Bajo Cervantes Constitución del Desde asentamiento hasta 1.999 Suelo Urbano Área Planificación de 4.8 Ha Predios 325 No. Manzanas 33 Viviendas 325 Habitantes 1640 1.980 En la propuesta urbana de intervención se identificaron como principales obras a ejecutar, los siguientes componentes: Estructura vial, accesibilidad y movilidad, Estructura ambiental, Estructura de espacio publico, Estructura de equipamientos, Estructura de servicios públicos, Vivienda social, Plan participativo – social. En virtud de lo anterior, replicando el esquema de gestión y las lecciones aprendidas, se pretende financiar con recursos propios, la ejecución de un proyecto de mejoramiento integral de barrios en su fase de estudios y diseños definitivos en el Municipio de Manizales – Caldas. 2. ENTIDAD ESTATAL CONTRATANTE La SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS - MUNICIPIO DE MANIZALES. 3. NORMATIVA APLICABLE A ESTA CONVOCATORIA Y RÉGIMEN LEGAL DEL CONTRATO QUE SE CELEBRARÁ. Las disposiciones que a continuación se relacionan, determinan que esta Convocatoria Pública se rige por las normas del derecho privado, particularmente las leyes civiles y comerciales que facultan a la SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS - MUNICIPIO DE MANIZALES para celebrar un contrato de Encargo Fiduciario, así: La Secretaria de Obras Públicas - Municipio de Manizales, en desarrollo de su obligación legal estatuida por la Ley 136 de 1994, puede adelantar la ejecución de proyectos de mejoramiento integral de barrios en su fase de estudios y diseños definitivos, además, que en su calidad de entidad territorial, está llamada a apoyar el cumplimiento de las metas en construcción de vivienda de interés social señaladas en el Plan de Desarrollo de Manizales 2012-2016. La actuación de la Secretaria de Obras Públicas - Municipio de Manizales se enmarca en lo dispuesto en el inciso final del artículo 36 de la Ley 388 de 1997, que en relación con la actuación urbanística pública, establece que “las entidades municipales y distritales y las áreas metropolitanas podrán participar en la ejecución de proyectos de urbanización y programas de vivienda de interés social, mediante la celebración, entre otros, de contratos de fiducia con sujeción a las reglas generales y del derecho comercial, sin las limitaciones y restricciones previstas en el numeral 5 del artículo 32 de la Ley 80 de 1993”. Encargo FiduciarioEncargo FiduciarioDe igual manera la Ley 1537 de 2012 permite que para el desarrollo de los proyectos de Vivienda de Interés Prioritario las entidades públicas de carácter territorial, como la Secretaria de Obras Públicas - Municipio de Manizales, puedan constituir patrimonios autónomos celebrando directamente contratos de fiducia mercantil. De igual manera, el artículo 6 de la Ley 1537 es claro al indicar que tanto la selección del fiduciario, como la celebración de los contratos para la constitución de los patrimonios autónomos y la ejecución y liquidación de los proyectos por parte de los referidos patrimonios, se regirán exclusivamente por las normas del derecho privado. Por lo anterior es procedente la realización de una invitación a presentar propuesta a diferentes sociedades fiduciarias que puedan estar interesadas en participar. El contrato que se celebre como consecuencia de la invitación a contratar que realice la Entidad, es un contrato de Encargo Fiduciario que se sujetará a lo dispuesto en el Código de Comercio, el Código Civil, la Ley 388 de 1997 y sus decretos reglamentarios, y las demás normas legales vigentes en lo que sean compatibles con las antes citadas. Se trata por lo tanto de un negocio fiduciario que involucra el cumplimiento de cometidos estatales y la ejecución de recursos públicos, por lo que la sociedad fiduciaria con la que se suscriba deberá tener en cuenta que el contrato que resulte conlleva el cumplimiento de labores administrativas y de gestión, de allí su deber de conocer y aplicar los principios que gobiernan la actuación administrativa, respetar las normas presupuestales, atender los fines del contrato y proteger los recursos y recursos dispuestos para la constitución del Encargo Fiduciario. No obstante lo anterior y en virtud a los principios del artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, se accede al presente procedimiento invitacional, para acceder a la propuesta más favorable para el Municipio de Manizales - Secretaria de Obras Públicas. ENCARGO FIDUCIARIOEncargo Fiduciario 2.1. CDP PARA LA COMISION FIDUCIARIA. Se cuenta con CDP, No. 117, correspondiente al rubro 26 3 11 16 011 130 04, cuya denominación es Convenio Interadministrativo No. 038 Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, Encargo Fiduciario, con Registro No. 26 41 17, por valor de $ 50.000.000, para solventar la Comisión fiduciaria a reconocer. 4. CONDICIONES PARA PARTICIPAR Para participar en esta Invitación las sociedades fiduciarias deberán cumplir los requisitos habilitantes que se establecen en este numeral. Sólo aquellas sociedades fiduciarias que acrediten en debida forma su cumplimiento tendrán derecho a que su oferta sea evaluada y considerada para adjudicación. 4.1. Capacidad jurídica. Podrán participar en esta Invitación, las sociedades fiduciarias públicas o privadas consideradas legalmente capaces de conformidad con las disposiciones legales colombianas, que no se encuentren incursas en ninguna de las causales de inhabilidades e incompatibilidades para contratar con entidades estatales, establecidas por la Constitución Política, el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y la Ley 80 de 1993 y los principios del artículo 209 de la Constitución Política de Colombia. Las sociedades fiduciarias deberán acreditar que su duración no sea inferior al plazo del contrato y cuatro (4) años más. Para acreditar la capacidad jurídica, las sociedades fiduciarias deberán anexar los siguientes documentos: a) Propuesta y Cotización. b) Certificados de Existencia y Representación Legal, expedidos por la Superintendencia Financiera de Colombia y la Cámara de Comercio respectiva con no más de 30 días de la fecha de presentación de la propuesta. c) No podrán participar en la presente invitación las sociedades fiduciarias que a la fecha de presentación de la oferta sean voceras o titulares de patrimonios autónomos constituidos y sin liquidar de la Secretaria de Obras Públicas - Municipio de Manizales. d) Autorización del órgano social correspondiente que autorice al representante legal para presentar la oferta y suscribir el contrato, cuando estatutariamente se encuentre limitado para comprometer a la sociedad en razón de la cuantía o la naturaleza del asunto. c) Poder otorgado, si el Proponente no actúa a través de su representante legal, en el que conste que su apoderado está expresamente facultado para presentar la oferta y firmar el contrato respectivo. 4.2. Capacidad financiera. Las sociedades fiduciarias deberán acreditar que cuentan con capacidad financiera. Sólo serán admisibles las ofertas que cumplan los siguientes requisitos mínimos: a) Patrimonio neto del proponente igual o superior a SEIS MIL MILLONES DE PESOS ($6.000’000.000) M/CTE. El patrimonio neto se determina por el resultado de restar al total de activos propios de la sociedad fiduciaria el total de sus pasivos. Este requisito se acreditará mediante certificación con corte a 31 de diciembre de 2011, expedida por el Contador y el Revisor Fiscal de la sociedad fiduciaria. b) Índice de liquidez igual o superior a 1.5: Este índice resulta de la relación entre el monto total de los activos corrientes y el de los pasivos corrientes a una misma fecha. Para efectos de verificar el cumplimiento de este requisito, el proponente deberá adjuntar el balance general con corte al 31 de Diciembre de 2011, con las correspondientes notas a los Estados Financieros, los cuales deberán estar dictaminados por el Revisor Fiscal. c) Calificación de riesgo no inferior a AA+: El oferente deberá acreditar esta calificación de riesgo o su equivalente, mediante certificación expedida con no más de seis (6) meses de anticipación a la fecha de cierre de la presente Convocatoria Pública, por una sociedad calificadora de riesgo debidamente aprobada por la Superintendencia Financiera de Colombia. La calificación de riesgo hará referencia a la fortaleza en administración de portafolios. El Proponente deberá incluir en su oferta fotocopias de las tarjetas profesionales del Contador y del Revisor Fiscal. 4.3. Capacidad técnica. Para establecer si la sociedad fiduciaria posee capacidad técnica que le permita atender adecuadamente la ejecución del contrato de Encargo Fiduciario, en la propuesta debe incluirse la siguiente información: a) La organización, metodología y estructura administrativa con la cual ejecutará el contrato de Encargo Fiduciario en caso de resultar favorecido, incluyendo una descripción del recurso humano, técnico y de sistemas de información que utilizará. b) Deberá igualmente incluirse la hoja de vida de quien se desempeñará como coordinador del fideicomiso y los documentos que acrediten su formación universitaria y experiencia profesional. LA SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS - MUNICIPIO DE MANIZALES exige que quien sea postulado para este cargo deba tener título profesional en economía, administración financiera o de empresas, ingeniero industrial, ingeniero civil o arquitecto, haber cursado especialización o maestría en disciplinas tales como administración, finanzas y afines y acreditar experiencia profesional mínima de diez (10) años en actividades relacionadas con patrimonios autónomos. Si en la fecha de presentación de la propuesta el profesional sugerido como Coordinador del Fideicomiso no se encontrare vinculado a la Fiduciaria, deberá adjuntarse carta de intención suscrita por el candidato, en la que conste que en caso de resultar la fiduciaria favorecida con la adjudicación, acepta vincularse para asumir esa responsabilidad. c) La sociedad fiduciaria deberá igualmente acreditar experiencia específica en fiducia inmobiliaria, a través de la ejecución de por lo menos cinco (5) proyectos de esta naturaleza que se hubieran suscrito en los diez (10) años anteriores a la fecha de cierre de esta Invitación, siempre que su ejecución hubiera concluido o se encuentre en ejecución para esta misma fecha, cuyo objeto incluya recaudo, administración, pago y escrituración requeridos para construcción de proyectos de vivienda de interés social y prioritario de por lo menos Dos Mil (2.000) viviendas cada certificación, estas certificaciones deberán contener o ir acompañadas de la calificación del servicio por parte del cliente. Este factor será igualmente objeto de revisión por la Secretaria de Obras Públicas - Municipio de Manizales. La sociedad fiduciaria deberá presentar una relación de los contratos que presenta como experiencia y adjuntar copia de los mismos para poder ser declarado como proponente habilitado para calificar su propuesta. Igualmente debe diligenciar el siguiente cuadro: Número de Municipio viviendas de Nombre Contrato Fecha Fecha de construidas ejecución Fideicomitente del No de inicio terminación y del Proyecto escrituradas contrato a la fecha La Secretaria de Obras Públicas - Municipio de Manizales se reserva el derecho de verificar y solicitar, complementar, subsanar o aclarar la información presentada por el proponente para la acreditación de las exigencias establecidas en la presente invitación, en cualquier estado en que se encuentre esta. 5) Se modifica el numeral 4.4 “Remuneración por las actividades de la Fiducia”, el cual quedará así: 4.4 Remuneración por las actividades de la Fiducia La Fiduciaria adjudicataria podrá recibir remuneración por la administración de los recursos que integran el Encargo Fiduciario, que se propondrá como una suma fija mensual, expresada en salarios mínimos legales mensuales. 6) Se modifica el numeral 4.4.1 “Cotización de la comisión fiduciaria”, el cual quedará así: 4.4 .1 Cotización de la comisión fiduciaria Se entiende que la propuesta de comisión por la administración de los Patrimonios Autónomos incluirá la remuneración de la totalidad de las actividades y obligaciones contractuales a cargo de la(s) sociedad(es) fiduciaria(s) seleccionada(s), incluyendo, entre otras, la gestión por la administración de los recursos que se transfieren al Encargo Fiduciario, la inversión de los mismos, la gestión, procedimiento, seguimiento y control a los pagos, los costos y gastos relacionados con el soporte informático, las comisiones por el uso de sistemas transaccionales, los gastos de personal, de equipos, realización de informes, costos de desplazamiento, soporte jurídico para celebración de contratos y asesoría al fideicomitente, entre otros. La Secretaria de Obras Públicas - Municipio de Manizales no aprobará como remuneración suma alguna diferente al valor de la comisión que se acuerde. Es importante aclarar que este valor incluye la administración de los patrimonios autónomos escindidos y subordinados. 5. Condiciones de ponderación de las cotizaciones habilitadas Las ofertas que hubieran cumplido la totalidad de requisitos previstos en el numeral 4, serán objeto de evaluación con base en el siguiente factor y ponderación: FACTOR Menor comisión por administración Bien o servicio Nacional TOTAL PONDERACIÓN 800 puntos 200 puntos 1000 puntos En caso de empate en las cotizaciones presentadas, la entidad escogerá la fiduciaria que certifique la mayor cantidad de viviendas en las certificaciones adjuntadas, de acuerdo con lo descrito en el literal c, del numeral 4.3. Si subsiste el empate se definirá por balotas. 8) Se modifica el numeral 5.1 “propuesta económica”, el cual quedará así: 5.1. Propuesta económica: La propuesta económica corresponderá a la comisión de la fiduciaria, esto es la remuneración esperada por los servicios que prestará con ocasión de: (i) La que se cause por la administración de los recursos que integran el Encargo Fiduciario incluidos los patrimonios autónomos escindidos y subordinados que se propondrá como una suma fija mensual, expresada en salarios mínimos legales mensuales. A- Los criterios de ponderación por comisión por administración y pagos son: Entre 1 SMMLV a 2 SMMLV………………..… 800 puntos Más de Más de Más de Más de Más de Más de Más de 2 SMMLV a 3 SMMLV………………..… 3 SMMLV a 4 SMMLV………………..… 4 SMMLV a 5 SMMLV………………..… 5 SMMLV a 6 SMMLV………………..… 6 SMMLV a 7 SMMLV………………..… 7 SMMLV a 8 SMMLV………………..… 9 SMMLV ………….,………………….. 700 puntos 600 puntos 500 puntos 400 puntos 300 puntos 200 puntos 100 puntos Condiciones Remuneración Manejo Recursos Dinerarios Cuando en desarrollo de los contratos de fiducia mercantil antes mencionados, los recursos fideicomitidos se inviertan en carteras colectivas en los términos y condiciones previstas en los respectivos contratos, el valor de los gastos de administración que de acuerdo con el reglamento de la cartera colectiva se causen y se descuenten, se tendrán como abono o pago de las comisiones fiduciarias pactadas en los contratos de fiducia mercantil, causadas y liquidadas mensualmente. Si el valor de los gastos de administración causados y descontados mensualmente por la administración de recursos en las carteras colectivas fuese superior al valor de la comisión fiduciaria mensual pactada en los contratos de fiducia mercantil, el mayor valor se tendrá como abono a comisiones futuras. Si por el contrario el valor de los gastos de administración causados y descontados mensualmente por la administración de recursos en las carteras colectivas fuese inferior al valor de la comisión fiduciaria mensual pactada en los contratos de fiducia mercantil, la diferencia será descontada de los recursos administrados. Si no hubiese recursos administrados, tal diferencia será asumida por el fideicomitente, es decir la Secretaria de Obras Públicas - Municipio de Manizales en el caso del Patrimonio Autónomo Matriz, y por el Patrimonio Autónomo Matriz, en el caso de los Patrimonios Autónomos Derivados. En todo caso en la liquidación de los respectivos contratos de fiducia mercantil se establecerán las sumas a favor o en contra de las partes para efectos de determinar el valor de las comisiones fiduciarias pendientes de pago, o por el contrario, los valores que deben ser devueltos a los fideicomitentes por la sociedad fiduciaria Adicional a la oferta económica se solicita informar, si es del caso, los beneficios adicionales que la fiduciaria ofrecería para el mejor y más efectivo desarrollo del objeto del contrato. Las sociedades fiduciarias deberán acreditar que cuentan con capacidad financiera. Sólo serán admisibles las ofertas que cumplan los siguientes requisitos mínimos: Calificación de riesgo no inferior a AA+: El oferente directamente o a través de la Entidad Bancaria representante, deberá acreditar esta calificación de riesgo o su equivalente, mediante certificación expedida con no más de seis (6) meses de anticipación a la fecha de cierre de la presente Convocatoria Pública, por una sociedad calificadora de riesgo debidamente aprobada por la Superintendencia Financiera de Colombia. La calificación de riesgo hará referencia a la fortaleza en administración de portafolios. La sociedad fiduciaria deberá incluir en su oferta fotocopias de las tarjetas profesionales del Contador y del Revisor Fiscal. 6. CRONOGRAMA Y ETAPAS ACTIVIDAD Publicación invitación Termino para presentar ofertas Publicación del informe de evaluación y calificación o FECHAS 2012 2120 de Diciembre 26 de Diciembre a las 5:30 p.m. 26 de Diciembre Recepción de observaciones al informe Comunicación de aceptación de oferta y respuesta a las observaciones 27 de Diciembre 28 de Diciembre 6.1 VALIDEZ MINIMA DE LAS OFERTAS: TREINTA (30) días. 6.2 REGLAS PARA EXPEDIR ADENDAS: Se expedirán adendas: Cuando se deban modificar las condiciones técnicas Por causa de fuerza mayor que no permita cumplir el cronograma Cuando se demuestren errores en los estudios previos o en la invitación pública 6.3 REGLAS PARA PRORROGAR ETAPAS DEL PROCESO La prorrogas a los plazos del proceso se establecerán mediante adendas y aplicarán cuando la expedición de adendas, de acuerdo con el numeral 5.3, afecten el cumplimiento de los plazos inicialmente establecidos en el cronograma del proceso. 7) LUGAR PARA RECEPCIÓN DE OFERTAS Y COMUNICACIONES 7.1 LUGAR: En Manizales, edificio CAM – Centro Administrativo Municipal Calle 19 Nº 21 – 44, piso 4 - Secretaría de Obras Públicas. 7.2 COMUNICACIONES: las comunicaciones referentes al presente proceso se pueden dirigir al siguientes correos electrónicos: [email protected] 7.3 EXPEDICIÓN DE ADENDAS. Las Adendas constituyen modificaciones a la presente invitación y se podrán expedir hasta un (1) día hábil antes del cierre. En acto público se levantará un acta con la relación sucinta de las propuestas y los documentos integrantes de cada una, haciendo constar expresamente el nombre de la sociedad fiduciaria y las observaciones a que haya lugar. Las propuestas que sean presentadas después de la hora de cierre de la contratación, se devolverán sin abrir, previa constancia en el acta, la cual se suscribirá por el Director Jurídico de la entidad o su delegado. Se solicitará a los representantes de los oferentes que estén presentes, que firmen el acta, la omisión de la firma por parte de uno, varios o todos los oferentes no invalidará el contenido y sus efectos. Los proponentes presentarán una propuesta completa en Un (1) sobre cerrado el cual deberá contener los documentos que la integran de acuerdo a lo indicado en la presente invitación. El sobre deberá se marcado de la siguiente forma: PROPUESTA PARA __________________ (indicar el número y objeto de la invitación) NOMBRE OFERENTE ________________(indicar el nombre del oferente) DIRECCIÓN________________________ (indicar la dirección) TELÉFONO- FAX ___________________ (Indicar Teléfono y Fax del oferente) CORREO ELECTRONICO_____________ (Indicar cuenta de correo electrónico) El sobre deberá contener original y una (1) copia exacta de todos los documentos que integran la propuesta, debidamente foliados. Las propuestas deberán sujetarse en todas sus partes a los modelos y las condiciones estipuladas para cada documento definido en la presente invitación y deberá contener un índice con la indicación correcta del número exacto del folio. Si algún proponente considera que un formulario en alguna forma impide mencionar o destacar algunos detalles o información que él considera de importancia para la evaluación de su propuesta, deberá presentar además de los formularios correspondientes, toda la información que considere necesaria para complementar su propuesta en un apéndice, marcando claramente la parte específica del formulario de la propuesta. Cuando un formulario necesite uno de éstos apéndices, se anotará debajo de la parte específica, la siguiente expresión "Ver Apéndice No. _" La entidad analizará y tendrá en consideración dicha información adicional siempre y cuando no constituya una propuesta alternativa o sometida a condición u ofrecimientos que no correspondan a los requerimientos mínimos exigidos en la presente invitación. Las enmiendas u otros cambios que se efectúen en los formularios de la propuesta, se deberán certificar con la firma del proponente en el lugar apropiado del respectivo formulario. La presentación de la propuesta constituye un acuerdo entre el proponente y la entidad, en virtud del cual dicha propuesta, salvo afirmación en contrario, permanece abierta para aceptación de la entidad. Durante el período de vigencia de la propuesta, el proponente se compromete a no retirarla, ni menoscabar o derogar los efectos de la misma. Si dentro de este período, se notificara al proponente que su propuesta ha sido aceptada por la entidad éste quedará de hecho obligado por los términos del acuerdo establecido en la propuesta y por la aceptación de la entidad. No se aceptarán propuestas enviadas por correo físico o electrónico, fax o cualquier otro medio telemático. 6.4. PUBLICIDAD. PAGINA WEB DE LA ENTIDAD - SECOP. 8. CELEBRACIÓN DEL CONTRATO El Oferente Adjudicatario, deberá acudir en la fecha indicada en el Cronograma, para suscribir el contrato. De cualquier forma, dado que la oferta hará parte integral del contrato, ante cualquier diferencia entre los dos documentos (contrato y Oferta), prevalecerá siempre la Oferta, en las condiciones que sea aceptada por SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES, sin que haya lugar a modificaciones con posterioridad a la adjudicación. Con la firma de la presentación de la Oferta (ANEXO 1), el representante legal del Oferente afirmará, bajo la gravedad de juramento, que en caso de ser adjudicataria, la Sociedad Fiduciaria acudirá a la celebración del contrato en el plazo indicado. 9. GASTOS Serán de cargo del Oferente todos los costos directos, indirectos y los asociados a la preparación, elaboración y presentación de la Oferta, por lo tanto SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES no reconocerá ningún reembolso por este concepto. Igualmente serán por cuenta del Oferente todos los costos y gastos directos e indirectos necesarios para la correcta ejecución del objeto contractual, incluyendo pero sin limitarse, a los materiales, insumos de dotación, papelería, impresiones, comunicaciones, sistemas, transportes, salarios, honorarios de terceros, impuestos, pólizas de cumplimiento, etc. 10. NÚMERO MÍNIMO DE PROPONENTES SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES podrá efectuar la adjudicación, aún en el evento en el que sólo se presente una Oferta hábil. 11. INCOMPATIBILIDADES E INHABILIDADES No podrán participar quienes de acuerdo con la ley 80 de 1993, estén incursos en alguna causal de incompatibilidad o inhabilidad para contratar con SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES. Para tal efecto, los Oferentes deberán manifestar, mediante el diligenciamiento y suscripción por su representante legal, bajo la gravedad de juramento del ANEXO 2, que no están incursos en las inhabilidades e incompatibilidades de que trata la ley 80 de 1993 y las demás disposiciones legales que las complementen o adicionen. A su turno, los Oferentes deberán manifestarse en el mismo ANEXO 2, sobre sus relaciones comerciales o de parentesco con quienes ostentan la calidad de administradores de SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES, así como sobre los incumplimientos o sanciones que le hayan sido impuestos o declarados judicialmente con ocasión de su actividad contractual en los últimos tres (3) años, e igualmente deberán. Los incumplimientos declarados y las sanciones impuestas a los Oferentes serán objeto de evaluación, pero por sí mismas no impedirán la celebración del contrato. No podrán presentar Ofertas, las sociedades que tengan por sí, o a través de sus socios, participación en otra que simultáneamente presente Oferta separada, así como ninguna en la cual SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES o cualquier de sus directores o administradores, desempeñe algún cargo de dirección o administración. 12. DE LOS DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA 13. IINDICACIÓN DE LA RESERVA LEGAL DE QUE GOZAN LOS DOCUMENTOS APORTADOS Los Oferentes deberán indicar en su Oferta, cuáles de los documentos aportados son de carácter reservado o confidencial e invocar la norma o el acuerdo que ampara dicha reserva. Si no se manifiestan las reservas, se entenderá que toda la Oferta es pública. a. RETIRO DE LA PROPUESTA El Oferente podrá solicitar el retiro de la Oferta antes del Cierre del Proceso, siempre y cuando lo haga mediante escrito debidamente firmado por su Representante Legal, solicitud que deberá ser radicada antes de la hora de cierre del concurso en LA SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES. Efectuado el Cierre del Proceso, los Oferentes no podrán retirar las Ofertas, so pena de hacer efectiva la póliza de seriedad de la oferta, la cual quedará a favor de SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES por el valor total de la misma, sin perjuicio de las acciones legales conducentes al reconocimiento de daños y perjuicios causados, que no se encuentren cubiertos por el valor de la garantía constituida. b. CAUSALES DE RECHAZO DE LAS OFERTAS Los siguientes son los eventos en los que la propuesta presentada no será evaluada, a pesar de haberse remitido a SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES i. Cuando la información suministrada por el Oferente, contenida en los documentos y certificados aportados con la Oferta no se ajuste a la realidad o a lo exigido en los presentes Términos de Referencia o a las solicitudes de aclaración de SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES, según se trate. ii. Cuando el Oferente no adjunte la carta de presentación de la propuesta (ANEXO 1), la misma sea modificada o no se encuentre firmada por el representante legal del Oferente. iii. Cuando el Oferente no adjunte la comunicación en la que se manifieste sobre las inhabilidades e incompatibilidades, en las condiciones exigidas en los presentes Términos de Referencia (ANEXO 2). iv. Cuando SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES solicite alguna información como aclaración y el Oferente no presente los documentos solicitados o no subsane los requerimientos efectuados, dentro del término establecido para el efecto o dicha información llegue incompleta. v. Cuando el Oferente se encuentre incurso en alguna inhabilidad o incompatibilidad para contratar. vi. Cuando la Oferta se presente extemporáneamente, se envíe por correo, o se deje en un lugar distinto al indicado en estos Términos de Referencia. vii. En el evento en que cualquier Oferente trate de interferir, influenciar, informarse indebidamente o determinar en algún sentido la actuación sobre el análisis y evaluación de las ofertas o su adjudicación. c. CESION DEL CONTRATO Si dentro del curso del proceso de selección sobrevienen inhabilidades o incompatibilidades, se entenderá que el Oferente renuncia a su participación en el proceso o se obliga a ceder el contrato si ya se ha celebrado, a la Sociedad Fiduciaria que expresamente autorice SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES. El Oferente adjudicatario no podrá ceder el contrato de fiducia a otras Fiduciarias, sin previa y expresa aceptación de SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES, la cual podrá ser negada por razones de conveniencia de SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES. d. MODIFICACIONES CONTRACTUALES Si durante la ejecución del contrato, se acuerda la prestación de nuevos servicios relacionados con la administración de los recursos entregados, tales modificaciones se podrán incorporar por mutuo acuerdo en el celebrado. e. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA Para garantizar la seriedad de la Oferta, cada Oferente deberá constituir una póliza de seriedad de la oferta a favor de particulares, expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, por una suma equivalente a COP 20.000.000, con una vigencia mínima de dos (2) meses contados a partir de la fecha de entrega de la Oferta. Si el oferente favorecido con la adjudicación no suscribe el correspondiente contrato de fiducia, SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES se reserva la facultad de exigir al Oferente en segundo (2) lugar, la prórroga de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, hasta la celebración de un nuevo contrato de fiducia, y así sucesivamente a los demás Oferentes. 14. OBLIGACIONES GENERALES DE LA FIDUCIARIA Sin perjuicio de las que se deriven de la naturaleza y características propias de los recursos que serán entregados, las obligaciones de la Fiduciaria adjudicataria, serán las siguientes: 15.1. Encargo Fiduciario Administrar los RECURSOS recibidos, de conformidad con la naturaleza y características propias de cada uno, las cuales serán informadas por SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES en el momento de la entrega del respectivo bien. 15.2. Presentar informes periódicos de gestión, en el que se pongan de presente los aspectos relevantes de la administración de los recursos entregados por SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES, así como los asuntos que deban ser resueltos o definidos por SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES. 16. INFRAESTRUCTURA Y METODOLOGÍA El Oferente deberá presentar la metodología y la operatividad con la cual desarrollará el objeto de la presente Invitación Pública, como también el recurso humano, técnico que pondrá a disposición del mismo, mediante el cual se garantice que realizará la administración de los recursos a nivel nacional, con todos los recursos necesarios para el efecto, según las características de los recursos que serán entregados por SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES. De igual forma, las Ofertas deberán contender todos los aspectos de índole procedimental que sean necesarios para el adecuado desarrollo de su labor y para el control que sobre la misma debe ejercer SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES. En atención a la experiencia y conocimiento de los Oferentes, éstos podrán presentar los esquemas operativos y de administración que resulten adecuados para los intereses de SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES. 16.1. VALORACIÓN ECONÓMICA DEL OFRECIMIENTO Las Ofertas deberán estipular el valor en pesos colombianos, indicando la comisión fiduciaria correspondiente en el ANEXO 1. Todo ofrecimiento debe discriminar los impuestos a los que haya lugar, entre otros, el IVA, la retención en la fuente, etc. En el evento en el cual no se discriminen los impuestos a que haya lugar se entenderá para todos los efectos legales y contractuales que los mismos están comprendidos en los precios ofrecidos y no se reconocerá ningún valor por este concepto. 17. DOCUMENTOS DE LA OFERTA Todos los siguientes documentos, deben aportarse con carácter obligatorio, en el mismo orden que se indica a continuación. 17.1. DOCUMENTOS JURÍDICOS Y FINANCIEROS En caso de no aportarse alguno de estos documentos, o en caso de que se encuentren incompletos, ilegibles, entre otros, SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES podrá solicitar, dentro del plazo previsto para el efecto, que el respectivo documento sea allegado, aclarado o complementado, so pena de rechazar la Oferta en caso de no hacerlo. Sin embargo estos Documentos jurídicos y financieros, carecerán de incidencia en la evaluación. 17.1.1. Carta de presentación de la Propuesta: De acuerdo con el ANEXO 1 de los presentes Términos de Referencia, sin modificación o enmendadura alguna y firmada por el representante legal del Oferente. 17.1.2. Manifestación de incompatibilidades e inhabilidades: De acuerdo con el ANEXO 2 de los presentes Términos de Referencia, sin modificación o enmendadura alguna y firmada por el representante legal del Oferente. 17.1.3. Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio: Documento original, con fecha de expedición no superior a dos (2) meses anteriores al Cierre del proceso. 17.1.4. Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Superintendencia Financiera: Documento original, con fecha de expedición no superior a dos (2) meses anteriores al Cierre del proceso. 17.1.5. Certificación de competencia para comprometer el Oferente: Documento original suscrito por el Secretario General del Oferente o quien desempeñe sus funciones, bajo la gravedad de juramento, en el que se establezca con precisión que el Representante Legal que firma la Oferta, carece de restricciones para contraer obligaciones en nombre de la sociedad, de conformidad con sus estatutos, o que existiendo estas, se encuentra debidamente autorizado por el órgano competente para presentar la Oferta y comprometer al Oferente. 17.1.6. Fotocopia legible del documento de identificación del Representante Legal que firma la Oferta. 17.1.7. Certificado de antecedentes disciplinarios del Representante Legal que firma la Oferta, expedido por la Procuraduría General de la Nación, con fecha de expedición no superior a dos (2) meses anteriores al Cierre del proceso. 17.1.8. Certificado de antecedentes de responsabilidad fiscal del Representante Legal que firma la Oferta, expedido por la Contraloría General de la República, con fecha de expedición no superior a dos (2) meses anteriores al Cierre del proceso. 17.1.9. Certificado de antecedentes judiciales del Representante Legal, expedido por el Departamento Administrativo de Seguridad - DAS, con fecha de expedición no superior a dos (2) meses anteriores al Cierre del proceso. 17.1.10. Certificación de paz y salvo en el sistema de seguridad social integral: Certificación expedida por el Revisor Fiscal, en la que se acredite el pago de los aportes a seguridad social integral y los parafiscales correspondientes. 17.1.11. Copia legible del Registro Único Tributario – RUT. 17.1.12. Estados financieros certificados y/o dictaminados del último ejercicio contable. 17.1.13. Copia legible de la declaración de renta del último ejercicio contable. 17.1.14. Formulario de Información Básica (FIB) - SAR-ANEXO-008. Diligenciado en TODOS los aspectos que resulten pertinentes, con la información correspondiente al último ejercicio contable y debidamente firmado por el Representante Legal que suscribe la Oferta. 17.1.15. Garantía de seriedad de la oferta. Original, expedida de conformidad con los requisitos establecidos en los presentes Términos de Referencia, acompañada de la respectiva certificación de pago de la prima emitida. 17.2. DOCUMENTOS TÉCNICOS Y ECONÓMICOS DE LA OFERTA 17.2.1. Infraestructura. La Oferta deberá contener todos los documentos que acrediten la Infraestructura del Oferente, bajo las condiciones exigidas en los presentes Términos de Referencia, con el fin de considerar la Oferta apta para ser evaluada. 17.2.2. Certificaciones de experiencia emitidas por los clientes del Oferente, las cuales serán evaluadas según los criterios establecidos en los presentes Términos de Referencia. 17.2.3. Certificación de porcentaje de comisión. De conformidad con lo establecido en los presentes Términos de Referencia, el Oferente deberá presentar el porcentaje de comisión, mediante el diligenciamiento de la parte pertinente, en el ANEXO 1 de los presentes Términos de Referencia. GARANTIAS QUE DEBE PRESENTAR EL OFERENTE, ASI COMO EL NIVEL Y EXTENSION DE LOS RIESGOS QUE DEBEN SER AMPARADOS POR EL CONTRATISTA. El contratista debe amparar los siguientes riesgos: (a) Cumplimiento: En cuantía del 20% del valor del contrato, por el término del mismo y seis meses más. (b) Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal utilizado en la ejecución del contrato: En cuantía del 20% del valor del contrato, por el término del mismo y treinta y seis meses más. 18. FACTORES DE EVALUACIÓN, PONDERACIÓN Y CALIFICACIÓN 18.1. OFERTAS QUE SE VERIFICARÁN Todas las propuestas que se alleguen en el sitio y hora de la fecha de cierre, serán verificadas y analizadas por las personas designadas para el efecto por SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES, aplicando los mismos criterios para todas ellas. 18.2. OFERTAS QUE SE EVALUARÁN Se evaluarán las Ofertas que contengan todos los Documentos Técnicos y Económicos de la Oferta, así como el ANEXO 1 debidamente diligenciado. Una vez establecida la aptitud de la Oferta para ser evaluada, se efectuará un análisis del contenido de los requisitos técnicos y económicos calificables exigidos, con el fin de ponderarlas y otorgarle los puntajes según se señala a continuación. Las propuestas hábiles serán evaluadas en sus aspectos técnicos y económicos Manizales, Diciembre de 2012, JORGE IVAN SALAZAR GIRALDO Secretario de Despacho Secretaría de Obras Públicas ANDRES FELIPE ARISTIZABAL PARRA Profesional universitario Secretaria de Obras Públicas HUBER E. LONDOÑO LONDOÑO Profesional Universitario Secretaria de Obras Públicas ANEXO 1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA Ciudad y fecha: Señores: SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES Manizales El suscrito (NOMBRE COMLETO DEL REPRESENTANTE LEGAL QUE FIRMARÁ LA OFERTA), identificado con (DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN Y NÚMERO), en mi condición de (CARGO) y como tal Representante Legal de (NOMBRE COMPLETO DEL OFERENTE), en adelante LA FIDUCIARIA, de acuerdo con lo establecido en los Términos de Referencia de la Invitación Pública para seleccionar una sociedad fiduciaría para celebrar contrato de fiducia en administración de 2010, por medio del presente escrito, declaro bajo la gravedad de juramento, que en caso de ser aceptada la Oferta, LA FIDUCIARIA se compromete a suscribir el contrato de fiducia en la fecha indicada en los Términos de Referencia. Declaro así mismo bajo la gravedad de juramento: 1. 2. 3. 4. 5. Que esta oferta y el contrato que llegare a celebrarse sólo comprometen a LA FIDUCIARIA. Que LA FIDUCIARIA se encuentra legalmente constituida y autorizada para operar por la Superintendencia Financiera. Que ninguna Entidad o persona distinta de LA FIDUCIARIA tiene interés comercial en esta Oferta, ni en el contrato probable que de ella se derive. Que conocemos todos los documentos de la Invitación Pública y aceptamos los requisitos en ellos contenidos. Que la presente Oferta consta de ___________ (___) folios debidamente numerados. 6. 7. Que LA FIDUCIARIA se compromete a cumplir con las Obligaciones Generales establecidas en los Términos de Referencia, así como aquellas específicas según la naturaleza de los recursos entregados. Que el porcentaje de comisión fiduciaria corresponderá a _____%. Agradecemos su amable atención. REPRESENTANTE LEGAL NOMBRE DEL OFERENTE ANEXO 2 MANIFESTACIÓN DE INCOMPATIBILIDADES E INHABILIDADES Ciudad y fecha: Señores: SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES Manizales El suscrito (NOMBRE COMLETO DEL REPRESENTANTE LEGAL QUE FIRMARÁ LA OFERTA), identificado con (DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN Y NÚMERO), en mi condición de (CARGO) y como tal Representante Legal de (NOMBRE COMPLETO DEL OFERENTE), en adelante LA FIDUCIARIA, de acuerdo con lo establecido en los Términos de Referencia de la Invitación Pública para seleccionar una sociedad fiduciaría para celebrar contrato de fiducia en administración de 2010, por medio del presente escrito, declaro bajo la gravedad de juramento: 8. LA FIDUCIARIA no está incursa en las inhabilidades e incompatibilidades de que trata la ley 80 de 1993 y las demás disposiciones que la complementen o adicionen. 9. LA FIDUCIARIA no tiene relaciones comerciales o de parentesco con quienes ostentan la calidad de administradores de SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 10. A LA FIDUCIARIA no le han sido impuestos o declarados judicialmente incumplimientos o sanciones con ocasión de su actividad contractual en los últimos tres (3) años Agradecemos su amable atención. REPRESENTANTE LEGAL NOMBRE DEL OFERENTE ANEXO 3 CARTA DE COMPROMISO DE BUEN USO DE LA INFORMACIÓN SUMINISTRADA POR SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES Bogotá D.C. fecha Señores: SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES Manizales Referencia: Compromiso de Confidencialidad INTERMEDIARIO DE SEGUROS) (NOMBRE COMPLETO DEL Respetados Señores: El suscrito (NOMBRE COMLETO DEL REPRESENTANTE LEGAL QUE FIRMARÁ EL ANEXO 1 Y LA OFERTA), identificado con (DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN Y NÚMERO), en mi condición de (CARGO) y como tal Representante Legal de (NOMBRE COMPLETO DEL OFERENTE), en adelante LA FIDUCIARIA, manifiesto a SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES que es del interés de LA FIDUCIARIA presentar Oferta en la Invitación Pública para seleccionar una sociedad fiduciaría para celebrar contrato de fiducia en administración de 2010, razón por la cual solicito la entrega de la Información relacionada en el ANEXO 3, no sin antes manifestar, bajo la gravedad de juramento que una vez recibida, LA FIDUCIARIA, se compromete a: 1. No fotocopiar, microfilmar o de otra manera reproducir la Información privilegiada o confidencial de propiedad de SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES. Lo anterior sin perjuicio de las reproducciones que deba efectuar única y exclusivamente para realizar las gestiones de colocación de reaseguro o análisis de riesgo previstas en los presentes términos. 2. A mantener bajo confidencialidad y reserva y no divulgar o de otro modo hacer uso indebido de la Información entregada por SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES. En tal virtud, todos los informes, correspondencia, documentación técnica y en general cualquier otra clase de documentación producida por LA FIDUCIARIA, sus subcontratistas yo asociados debe tener el grado de confidencialidad aquí requerido y es por tanto obligación de LA FIDUCIARIA responder por su custodia y por los perjuicios que puedan derivarse del incumplimiento de este requerimiento. Se exceptúan los diseños, software e información normalizada de LA FIDUCIARIA. 3. A mantener bajo reserva y no utilizar o implementar para su uso y beneficio o el de terceros, todos los procesos, métodos de operación, datos, informaciones, estructuras operativas y administrativas, procedimientos, ideas, equipos, estrategias de mercado y comercialización, precios, términos y demás detalles relacionados con el funcionamiento interno de SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES o cualquier otro hecho o información relacionado con SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES, que el Oferente tenga conocimiento en razón de su contacto relacionado con las oficinas o funcionarios de SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES o que éste de otro modo le comunique. 4. Aceptar que la Información suministrada o cualquier copia de ella, es propiedad de SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES, y su entrega no le confiere ningún derecho sobre la misma, más allá del contenido en este Compromiso de Confidencialidad. 5. Cualquier análisis, recopilaciones, estudios u otros documentos preparados por LA FIDUCIARIA o cualquier forma de asociados para la presente Invitación Pública, con base o derivados de la información suministrada y todas las copias de los mismos deberán mantenerse confidencialmente y sujetos a los términos de este Compromiso de Confidencialidad, como si ellos comprendieran la Información y deberán ser destruidos por requerimiento de SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MANIZALES, cuando así ella lo requiera por escrito. La Información relacionada en el presente documento, será recibida por el funcionario de LA COMPAÑÍA (NOMBRE DEL FUNCIONARIO QUE RECIBIRÁ PERSONALMENTE LA INFORMACIÓN), identificado con (DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN Y NÚMERO), quien desempeña el cargo de (CARGO) y para todos los efectos correspondientes podrá ser ubicado en (DIRECCIÓN, TELÉFONO DIRECTO O CON EXTENSIÓN, FAX, EMAIL) Agradezco se sirva tener la presente manifestación para los fines pertinentes Cordialmente, REPRESENTANTE LEGAL NOMBRE DEL INTERESADO ANEXO 4 APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL Señores SECRETARIA DE OBRAS MUNICIPIO DE MANIZALES La Ciudad Por medio de este documento ________________________________________________ (nombre o razón social del Proponente) en adelante el “Proponente”, manifiesto que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley 816 de 2003, así como en los artículos 4.2.1 a 4.2.6 del Decreto 734 de 2012, el personal que será puesto al servicio para la ejecución del Contrato, en caso de que se me adjudique, será de origen nacional (en caso de tener componente extranjero lo deberá manifestar)