HOSPITAL REGIONAL MONIQUIRÁ E.S.E. NIT 891800395

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HOSPITAL REGIONAL MONIQUIRÁ E.S.E. NIT 891800395
HOSPITAL REGIONAL MONIQUIRÁ E.S.E.
NIT 891800395-1. CALLE 19 No. 8 – 108
TEL: 7282360-7282630-7282854
http:esehospital-moniquira-boyaca.gov.co
ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS PARA CONTRATAR EL SUMINISNTRO DE COMBUSTIBLE Y
OTROS PARA LOS AUTOMOTORES DEL HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRA E.S.E.
Por medio del presente escrito, luego de adelantadas las diligencias correspondientes y necesarias, el
suscrito Gerente del Hospital regional de Moniquirá E.S.E., con fundamento en lo consagrado en Los
artículos 209, 365 de la constitución política, ley 100 de 1993 artículo 105, decreto 1876 de 1994, Acuerdo
002 de 2014 artículo 14 de la junta directiva del hospital regional de Moniquirá ESE, dejo constancia de LOS
ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS que determinan la Factibilidad requerida para adelantar un proceso
de Selección por convocatoria pública cuyo objeto será: “CONTRATAR EL SUMINISTRO DE
COMBUSTIBLE Y OTROS PARA LOS AUTOMOTORES DEL HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRA
E.S.E.”.
DESCRIPCION DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD PRETENDE SATISFACER CON EL PROCESO DE
SELECCIÓN.
1. Conforme lo establece el Artículo 2º de la Constitución Política de Colombia, son fines esenciales del
Estado servir a la comunidad, promover la prosperidad general, y garantizar la efectividad de los
principios, deberes y derechos consagrados en la constitución. Conforme lo establece el Artículo 2º de la
Constitución Política de Colombia, las Autoridades de la República están instituidas para proteger a todas
las personas residentes en Colombia en su honra vida, bienes y demás derechos y libertades y para
asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares. Que el Articulo 209 de
la Constitución política de Colombia establece que la función administrativa está al servicio de los
intereses generales y se desarrolla en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía,
celeridad, imparcialidad y publicidad.
2. Conforme lo establece el Artículo 365 de la Constitución política de Colombia los Servicios Públicos son
inherentes a la finalidad social del Estado. Es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a todos
los habitantes del Territorio Nacional. Que conforme lo establece la ley 489 de 1998 las empresas
sociales del estado tienen autonomía administrativa y financiera para la consecución de su objeto social.
3. Que conforme lo establecido en la Ley 100 de 1993, articulo 195, Las Empresas Sociales de Salud se
someterán: en materia contractual se regirá por el derecho privado, pero podrá discrecionalmente utilizar
las cláusulas exorbitantes previstas en el estatuto general de contratación de la administración pública. El
Numeral 6 del precitado artículo contempla que el régimen presupuestal será el que se prevea, en
función de su especialidad, en la ley orgánica de presupuesto, de forma que se adopte un régimen de
presupuestación con base en el sistema de reembolso contra prestación de servicios, en los términos
previstos en la presente ley.
4. La ley 489 de 1998, en su artículo 83 establece: Las empresas sociales del Estado, creadas por la
Nación o por las entidades territoriales para la prestación en forma directa de servicios de salud se
sujetan al régimen previsto en la Ley 100 de 1993, la Ley 344 de 1996 y en la presente ley en los
aspectos no regulados por dichas leyes y a las normas que las complementen, sustituyan o
adicionen.
5. En concordancia con la normatividad vigente la presente convocatoria se rige por el derecho privado,
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de acuerdo con el Artículo 365 de la Constitución Política de Colombia, ley 100 de 1993 y el decreto
1876 de 1994, por medio del cual se reglamenta parcialmente los artículos 192 y 195 de la ley 100
de 1993, en los cuales se establece que las empresas sociales del estado de las entidades
territoriales podrán desarrollar sus funciones mediante contratación con terceros o convenios con
entidades públicas o privadas, o a través de operadores.
6. Que las normas que rigen la presente convocatoria son de derecho privado según lo anteriormente
expuesto en concordancia con el Acuerdo No.002 de 2014, por medio del cual se aprueba el Manual
de Contratación del HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRA E.S.E., el cual establece los derroteros
de contratación de nuestra entidad.
7. La Empresa Social del Estado Hospital Regional Moniquirá, fue creada por la Asamblea de Boyacá en
uso de sus facultades constitucionales y legales, mediante la Ordenanza 023 del trece (13) agosto de
1999, como una entidad Especial de carácter público, descentralizada, del orden departamental, con
personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, adscrita a la Secretaría de Salud de
Boyacá, cuyo objeto esencialmente el de producir y prestar servicios de salud de primero y segundo
nivel, a la población de la Provincia de Ricaurte, en virtud de lo cual se halla en el deber de contar con el
personal suficiente para desarrollar las actividades del área administrativa.
8.
Que para la efectiva prestación del servicio de salud, se requiere en la entidad los medios que garanticen
la movilidad de los automoters que pretan el trasporte asistencial, asi como de los demas automotores
que garantizan la movilidad del personal para la prestacion de otros servicioos y el cumplimiento de
progrmaas en salud publica.
9. Que resulta oportuno garantizar por intermedio de la contratacion el suminsitro de combustible y elemtos
de manteniemitno preventid¡vo de los automotores de la institucion, àra de esta forma mantener el
servicio de trasporte asistencial y los programas de salud publica que dependen del funcioanmiento del
parque automotor.
10. Que se hace necesario contar con una persona natural o jurídica que tenga la experiencia y capacidad
de satisfacer los requerimientos de aseo de las instalaciones del hospital, Que es por todo lo anterior que
el hospital regional de Moniquirá ESE requiere suscribir un contrato, cuyo objeto sea: “CONTRATAR EL
SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE Y OTROS PARA LOS AUTOMOTORES DEL HOSPITAL
REGIONAL DE MONIQUIRA E.S.E.”.
DESCRIPCION DEL OBJETO A CONTRATAR, CON ESPECIFICACIONES, AUTORIZACIONES,
PERMISOS Y LICENCIAS REQUERIDAS PARA SU EJECUCION.
OBJETO: “CONTRATAR EL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE Y OTROS PARA LOS AUTOMOTORES
DEL HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRA E.S.E.”, según las siguientes características y actividades
mínimas:
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ITEM
1
UNIDAD
MEDIDA
DE CANTIDA
D
galón
x3785 cc
1200
galón
x3785 cc
3500
10
10
galón
x3785 cc
cuarto
x 940 cc
galón
x3785 cc
cuarto
x 940 cc
galón
x3785 cc
cuarto
x 940 cc
cuarto
x 940 cc
libra
11
2
3
4
PATRONES DE DESEMPEÑO MINIMOS, PRECIO
PRECIO
DESCRIPCION,
IDENTIFICACION UNITARIO
TOTAL
ADICIONAL Y CALIDAD MINIMA
PROMEDIO
SEGÚN
COTIZACION
ES
Y
REGULACIO
N ESTATAL
$8.066
Gasolina Corriente según normas
20165000
Colombianas
$ 7.715
27002500
Diesel Corriente A.C.P.M, según normas
colombianas
$ 64.000
640000
Aceite 15W40 Multigrado
10
Aceite 15W40 Multigrado
$ 17.000
170000
10
Aceite 20W50 Multigrado
$ 77.000
770000
10
Aceite 20W50 Multigrado
$ 20.000
200000
10
Valvulina 80W90 y 85w140
$ 46.000
460000
10
Valvulina 80W90 y 85w140
$ 12.500
125000
10
Hidraulico
$ 13.000
130000
10
Grasa Lubricante
$ 7000
70000
unidad
10
Filtro de aceite A-28
$ 10.000
100000
12
unidad
10
Filtro de Aire 2813
$ 26.000
260000
13
unidad
10
Filtro de Combustible 446
$16.500
165000
14
unidad
10
Filtro de aceite 3726
$ 10.000
100000
15
unidad
10
Filtro de aceite 092
$ 13.000
130000
16
unidad
10
Filtro de Aire 258
$ 23.000
230000
17
unidad
10
Filtro de combustible 106
$ 16.500
165000
18
unidad
10
Filtro de Aire 3554
$ 15.000
150000
19
unidad
10
Filtro de aceite R-9
$ 6500
65000
5
6
7
8
9
3
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20
unidad
10
Filtro de Aire 253
$ 20.000
200000
21
unidad
10
Filtro de Aceite 22
$ 11.500
115000
22
unidad
10
Filtro HCA 1103
$ 7500
75000
23
Cuerto de 940
CC
Cuarto de 940
CC
10
Liquido de Frenos Nº 4
$ 16.000
160000
10
Liquido de Frenos Nº 3
$ 13.500
135000
24
TOTAL PRECIO PROMEDIO
$ 51.782.500
2.1. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA DURANTE LA EJECUCION DEL OBJETO DEL CONTRATO
a. Suministrar oportunamente el combustible y los lubricantes dando cumplimiento a los requisitos
exigidos por la ley en cuanto al objeto del contrato.
b. El horario de atención será de veinticuatro (24) horas del día, los siete (7) días de la semana, de
manera que garantice el fluido permanente del combustible, al margen de cortes de energía, huelgas,
escasez de combustibles y demás.
c. Garantizar el suministro permanente de combustible, para casos en que no exista fluido eléctrico,
daños de surtidores, contaminación del combustible, arreglos en los tanques subterráneos y patios de
servicio, escasez de combustible por parte del distribuidor mayorista, etc.
d. El combustible debe ser micro filtrado con las especificaciones y procedimientos técnicos requeridos
para la sustracción de agua, o las nuevas especificaciones y procedimientos requeridos para la
provisión de gasolina corriente.
e. Debe el contratista contar con mínimo dos (2) surtidores disponibles para los vehículos (no
exclusivos), para gasolina corriente y Mínimo Uno para ACPM corriente
f. Garantizar el cumplimiento de las características técnicas de operación y seguridad de los equipos de
suministro de gasolina corriente instalados en cada una de las estaciones de servicio ofrecida, los
cuales se deben ajustar a los requerimientos y disposiciones legales vigentes.
g. La estación de servicio deben contar con empleados que suministren el combustible con
responsabilidad, seguridad y precisión los cuales deben verificar que los vehiculos pertenecen a la
ESE hospital moniquira, antes del abastecimiento a fin de registrarlos en el medio establecido como
de control.
h. Deben ofrecer y cumplir durante la vigencia del contrato con la medida establecida para cada galón de
gasolina motor solicitado, el cual es de 3785 centímetros cúbicos
i. Deberán presentar mensualmente a la entidad la factura totalizando el pago mensual, que debe
corresponder con los vales autorizados por el Hospital Regional de Moniquira para el suministro de
combustible.
j. Entregar ESE los vales necesarios para el suministro de combustible y elementos determinado en
galones.
k. Las demás obligaciones contenidas en la orden y las de su propia naturaleza.
2.2. AUTORIZACIONES:
Para la ejecución del contrato no se requiere de Autorización alguna de terceros
2.3. PERMISOS:
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Para la ejecución del contrato no se requiere de permisos de terceros
2.4. LICENCIAS:
Para la ejecución del contrato no se requiere de Licencias de terceros
FUNDAMENTOS JURÍDICOS SOPORTE DE LA MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA
Por tratarse de un contrato que supera los 90 salarios mínimos legales mensuales, así como por no
encuadrarse el presente proceso en lo enunciados en el artículo 12 del acuerdo 002 de 2014 o manual de
contratación de la ESE, la Modalidad de selección del contratista que se utilizara será LA CONVOCATORIA
PUBLICA, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del acuerdo 002 de 2014 o manual de
contratación de la ESE, así como lo dispuesto en ley 100 de 1993 artículo 105, decreto 1876 de 1994.
1. CONDICIONES DEL CONTRATO A CELEBRAR.
4.1. PLAZO DE EJECUCIÓN:
El plazo de ejecución del contrato será de seis (06) meses Calendario contados a partir del cumplimiento de
los requisitos de forma, consagrados en el acuerdo 002 de 2014 o manual de contratación de la ESE,
perfeccionamiento, ejecución y la suscripción de la firma del Acta de Inicio.
4.2. LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO:
El contrato a celebrarse deberá ejecutarse en el Municipio de Moniquirá, Hospital regional de Moniquirá ESE.
.
4.3. FORMA Y CONDICIONES DE PAGO:
LA E.S.E. cancelará al CONTRATISTA el valor del presente contrato, al cumplimiento de las actividades
derivadas del objeto de la orden, según su ejecución previa presentación y radicación de la factura,
observando que esta cumpla con las normas legales de la DIAN, de acuerdo a la ejecución contractual,
certificado por el supervisor designado por la E.S.E. En todo caso los pagos a que se obliga LA E.S.E., están
sujetos a las disponibilidades de caja, y a los siguientes términos y condiciones:


El hospital retendrá las sumas correspondientes a los porcentajes y descuentos establecidos por la
ley.
Además de la Factura, el CONTRATISTA deberá anexar las autoliquidaciones, donde conste el pago
de LA SEGURIDAD SOCIAL.
5
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

Los servicios contratados están condicionados a los contratos de prestación de servicios de salud que
suscriba LA E.S.E. con el ente territorial y EPS y otras personas naturales o jurídicas que requieran los
servicios de salud y por ello LA E.S.E. puede suprimir, modificar o adicionar un tipo de servicio, un
perfil o una actividad, en forma parcial o total. En todo caso, el tipo de servicio se ajustará
mensualmente conforme a la demanda del servicio, efectuada por la población contratada por LA E.S.E.
No podrán darse o exigirse pagos adicionales o que rebasen la suma contratada.
ANÁLISIS ECONÓMICO DEL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, VARIABLES QUE SE TUVIERON EN
CUENTA PARA CALCULAR EL PRESUPUESTO Y RUBROS QUE LO COMPONEN.
Para calcular el valor promedio del presente objeto contractual se tuvo como referencia los valores regulados
por el gobierno nacional teniendo en cuenta que son elemetos regulados para su comercializacion; asi mismo
los costos por contratos suscritos en anteriores vigencias por parte de la ESE para los mismos servicios; lo
anterior además de las propuestas presentadas a la ese, y el contrato directo bajo la modalidad especial
suscrito por la ESE para suplir de forma temporal la necesidad del personal que se contrata hoy. Por ello
para determinar las variables del presente contrato se han contado con los referentes históricos de los
mismos perfiles y las propuestas presentadas a la entidad para suplir le necesidad planteada.
Los precios se reflejaran en el siguiente cuadro:
ITEM
1
2
3
4
5
6
7
8
UNIDAD
MEDIDA
DE CANTIDA
D
galón
x3785 cc
1200
galón
x3785 cc
3500
galón
x3785 cc
cuarto
x 940 cc
galón
x3785 cc
cuarto
x 940 cc
galón
x3785 cc
cuarto
x 940 cc
10
PATRONES DE DESEMPEÑO MINIMOS, PRECIO
PRECIO
DESCRIPCION,
IDENTIFICACION UNITARIO
TOTAL
ADICIONAL Y CALIDAD MINIMA
PROMEDIO
SEGÚN
COTIZACION
ES
Y
REGULACIO
N ESTATAL
$8.066
Gasolina Corriente según normas
20165000
Colombianas
$ 7.715
27002500
Diesel Corriente A.C.P.M, según normas
colombianas
$ 64.000
640000
Aceite 15W40 Multigrado
10
Aceite 15W40 Multigrado
$ 17.000
170000
10
Aceite 20W50 Multigrado
$ 77.000
770000
10
Aceite 20W50 Multigrado
$ 20.000
200000
10
Valvulina 80W90 y 85w140
$ 46.000
460000
10
Valvulina 80W90 y 85w140
$ 12.500
125000
6
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9
10
Hidraulico
$ 13.000
130000
10
cuarto
x 940 cc
libra
10
Grasa Lubricante
$ 7000
70000
11
unidad
10
Filtro de aceite A-28
$ 10.000
100000
12
unidad
10
Filtro de Aire 2813
$ 26.000
260000
13
unidad
10
Filtro de Combustible 446
$16.500
165000
14
unidad
10
Filtro de aceite 3726
$ 10.000
100000
15
unidad
10
Filtro de aceite 092
$ 13.000
130000
16
unidad
10
Filtro de Aire 258
$ 23.000
230000
17
unidad
10
Filtro de combustible 106
$ 16.500
165000
18
unidad
10
Filtro de Aire 3554
$ 15.000
150000
19
unidad
10
Filtro de aceite R-9
$ 6500
65000
20
unidad
10
Filtro de Aire 253
$ 20.000
200000
21
unidad
10
Filtro de Aceite 22
$ 11.500
115000
22
unidad
10
Filtro HCA 1103
$ 7500
75000
23
Cuerto de 940
CC
Cuarto de 940
CC
10
Liquido de Frenos Nº 4
$ 16.000
160000
10
Liquido de Frenos Nº 3
$ 13.500
135000
24
TOTAL PRECIO PROMEDIO
$ 51.782.500
LAS VARIABLES que se han tenido en cuenta a la hora de valorar el valor estimado del contrato son los
gastos que el Contratista deberá asumir derivados del contrato:
ESTAMPILLA DEPARTAMENTAL:
2%
RETENCION EN LA FUENTE:
según régimen legal.
RETE ICA:
según régimen legal.
PAGO DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL EN SALUD, en los términos consagrados en el
Artículo 23 de la ley 1150 de 2007.
 PAGO CORRESPONDIENTE AL SITEMA DE RIESGOS LABORALES, en los términos del
Articulo 2º de la ley 1562 de 2012.
 PAGO DE RIESGOS PROFESIONALES (Art. 2 ley 1562 de 2012)
 IVA, según el Régimen Tributario al que corresponda.




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Conforme a lo anterior el precio promedio del contrato ascienda a la suma de CINCUENTA Y UN
MILLONES SETESCIENTOS OCHETA Y DOS MIL QUINIENTOS PESOS M/CTE ($ 51.782.500
m/cte) y Para efectos del presente proceso de selección del contratista, se ha emitido el Certificado
de Disponibilidad Presupuestal No. 2015000107, Rubro Nº 21020101 Y 21020215 denominados:
“Materiales y suministros y mantenimiento” de la vigencia fiscal dos mil quince (2015).
CRITERIOS PARA SELECCIÓNAR DE LA OFERTA MÁS FAVORABLE.
Por tratarse de una convocatoria pública los criterios o factores de selección del contratista que permitan
seleccionar la oferta más favorable serán los que determine la oferta más ventajosa para la entidad como
resultado de aplicar alguna de las siguientes alternativas:
1. El menor precio ofrecido por el proponente
2. La ponderación de los elementos de calidad y precio.
EN VIRTUD A LO ANTERIOR PARA LOS REQUISITOS HABILITANTES Y LA EVALUACION DE LAS
OFERTAS COMO CRITERIOS DE SELECCIÓN SERA:
VI. Requisitos Habilitantes
El Hospital regional de Moniquirá ESE, para determinar y verificar los requisitos habilitantes en el presente
proceso de contratación verificara los siguientes documentos del proponente:
1. Certificado de Antecedentes Disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación de la
persona natural y de la persona jurídica; en caso de personas jurídicas se verificara el de la
persona jurídica y el del representante Legal de la Persona jurídica, para el caso de consorcios o
uniones temporales se verificara el de cada uno de las personas que integran el Consorcio o la
Unión Temporal.
2. Certificado de Antecedentes de Responsabilidad Fiscal expedido por la Contraloría General de la
República de la persona natural y de la persona jurídica; en caso de personas jurídicas se verificara
el de la persona jurídica y el del representante Legal de la Persona jurídica, para el caso de
consorcios o uniones temporales se verificara el de cada uno de las personas que integran el
Consorcio o la Unión Temporal.
3. Certificado de Antecedentes Penales expedido por la Policía Nacional de la persona natural; En
caso de personas jurídicas se verificara el del representante Legal de la Persona jurídica, para el
caso de consorcios o uniones temporales se verificara el de cada uno de las personas que integran
el Consorcio o la Unión Temporal.
4. Carta de Presentación de la Propuesta, según Anexo 1 consagrado en el pliego de condiciones.
5. Ficha Técnica según Anexo 5 consagrado en el pliego de condiciones.
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6. Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía o cedula de extranjería o pasaporte según corresponda y
dependiendo de si el oferente es nacional colombiano o extranjero.
7. Nit o Registro Único Tributario: Para el caso de Persona Natural o jurídica deberá anexar una
fotocopia legible del Nit. o Registro Único Tributario (RUT).
8. Certificado de Existencia y Representación Legal, renovado al año 2014, expedido por Cámara de
Comercio con fecha de expedición no mayor a 30 días, contados hacia a tras desde la fecha
máximo para la presentación de ofertas; Para afectos de verificar la capacidad jurídica, a través del
Certificado de Existencia y Representación Legal, la entidad tendrá en cuenta:
a. objeto social de la persona jurídica: Se verificara que la persona jurídica este autorizada para
cumplir con el objeto del contrato.
b. La calidad de representante legal de quien suscribe la oferta, lo cual se verifica con la
inscripción del representante legal en el certificado de existencia y representación legal.
c. Las facultades del representante legal de la persona jurídica para presentar la oferta y obligar a
la persona jurídica a cumplir con el objeto del contrato.
9. Documento de declaración juramentada, según Formato Anexo 4, en que acredite ausencia de
inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones para la presentación de la oferta y suscripción del
contrato y en la que conste que no ha sido sancionado por algún incumplimiento o multas, por
circunstancias consagradas en la ley 1474 de 2011, Art. 1º, Art. 2º y Art. 90. En esta declaración la
persona jurídica certificara que ni la persona jurídica ni su representante legal están incursos en
inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones, de igual manera se certificara para el caso de
personas naturales; Para el caso de consorcios o uniones Temporales el Representante Legal del
Consorcio o de la unión Temporal aportara documento de Declaración juramentada en que conste
que ningún de los integrantes del Consorcio o de la Unión Temporal se encuentra con inhabilidades
e incompatibilidades o prohibiciones para la presentación de la oferta y suscripción del contrato.
10. Si el proponente es un Consorcio o Unión Temporal, deberá presentar Documento de conformación
del consorcio o unión temporal
11. Acreditar con documentos que el oferente persona natural o jurídica o cada uno de los consorciados
o Unidos Temporalmente se encuentran al día en los pagos del sistema de seguridad social integral
en salud (Salud, Pensión, riesgos laborales) y Parafiscales, cuando corresponda. (Art. 23 ley 1150
e 2007 y ley 1562 de 2012)
12. Acreditar, con el aporte de copia de la Libreta Militar para los hombres menores de 50 años, que ha
resuelto su Situación Militar, a la fecha máxima de presentación de ofertas.
13. Acreditar que el oferente persona natural o cada uno de los consorciados o unidos temporalmente
se encuentran inscritos en el Registro Único de Proponentes.
CRITERIOS DE SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE.
A. Capacidad Jurídica
En el presente Proceso de Contratación pueden participar personas jurídicas, nacionales o extranjeras;
consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura, cuyo objeto social esté relacionado con el
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HOSPITAL REGIONAL MONIQUIRÁ E.S.E.
NIT 891800395-1. CALLE 19 No. 8 – 108
TEL: 7282360-7282630-7282854
http:esehospital-moniquira-boyaca.gov.co
objeto del contrato a celebrarse. La duración de esta asociación debe ser por lo menos por la vigencia del
Contrato y un año más.
La ESE revisará que los Proponentes no se encuentren en causales de inhabilidad, incompatibilidad o
conflictos de interés para celebrar o ejecutar el contrato. Para ello, revisará el boletín de responsables
fiscales, el certificado de antecedentes disciplinarios, el certificado de antecedentes judiciales y el RUP para
verificar que no haya sanciones inscritas.
Las personas jurídicas extranjeras deben acreditar su existencia y representación legal con el documento
idóneo expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio no anterior a tres (3) meses
desde la fecha de presentación de la Oferta, en el cual conste su existencia, fecha de constitución,
objeto, duración, nombre representante legal, o nombre de la persona que tenga la capacidad de
comprometerla jurídicamente, y sus facultades, señalando expresamente que el representante no tiene
limitaciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, o aportando la autorización o documento
correspondiente del órgano directo que lo faculta.
B. Experiencia.
El Oferente debe acreditar a través del Registro Único de Proponentes experiencia la siguiente
experiencia específica Así:
Contrato – Código UNSPSC
15101500: PETROLEO Y DESTILADOS
15121500: PREPARADOS LUBRICANTES
Cuantía- SMMLV
500 SMMLV
C. Capacidad Financiera.
El Proponente debe cumplir con los siguientes indicadores con base en la información contenida en el
RUP.
Tabla 3 - Indicadores de capacidad financiera
Indicador
Índice requerido
Índice de Liquidez
Mayor o igual a 2.00
Indicador
Índice de Endeudamiento
Razón de Cobertura de Intereses
Índice requerido
Menor o igual a 1.00
Mayor o igual a 2.00
Si el Proponente es un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura la entidad verificara los
requisitos financieros, teniendo en cuenta que uno de los dos cumpla con los diferentes indicadores.
D. Capacidad Organizacional
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El Proponente debe cumplir los siguientes indicadores con base en la información contenida en el RUP.
Tabla 2 - Indicadores de capacidad organizacional.
Indicador
Rentabilidad sobre el patrimonio
Rentabilidad sobre activos
Índice Mínimo requerido
Igual o superior 0.20
Igual o superior 0.20
E. Menor precio.
Se tendrá como factor de selección del futuro contratista, el menor precio de la oferta presentada; para
calificar el menor precio el proponente deberá incluir en su propuesta la totalidad de ítems requeridos, así
mismo la sumatoria de los ítems de forma individual Y total debe ser exacta.
VII.
Evaluación de la Oferta
Se evaluaran las Ofertas de los Proponentes que hayan acreditado los requisitos habilitantes.
Puntaje por criterios de evaluación
Criterio de Evaluación
Menor valor de la Oferta
Experiencia
Capacidad Financiera
Capacidad Organizacional
TOTAL PUNTAJE CALIFICACION
Puntaje
500
300
100
100
1.000
En caso de empate en el puntaje total de dos o más Ofertas, El hospital Regional de Moniquirá
escogerá teniendo en cuenta quien presento el menor valor de la oferta, de seguir el empate el factor será la
primera oferta presentada. En todo caso el comité de evaluación de la entidad o el representante legal,
podrá tomar o aceptar las propuestas de forma parcial atendiendo el precio ofertado por las personas que se
presenten al proceso de selección.
TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR
EL EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO.
Conforme a lo establecido en el Manual de contratación de la entidad, se debe establecer los riesgos del
proceso de contratación y determinar las garantías del proceso de selección, por ello, teniendo en cuenta el
manual de contratación acuerdo 002 de 2014 se tiene:
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NECESIDAD DE GARANTIAS
RIESGO
CONSIDERACIONES RESPECTO AL RIESGO.
REQUIERE
NO
REQUIERE
GARANTIA
GARANTIA
1.
RIESGO DE
CUMPLIMIENTO.
Teniendo en cuenta los servicios a contratar y la
necesidad
Teniendo en cuenta el
artículo 32 del manual de
contratación de la entidad
acuerdo 002 de 2014; la
garantía de cumplimiento se
suscribirá por valor el 10%
del valor del contrato, por el
termino de vigencia y 4
meses mas.
SI
De preservar los mismos durante la ejecución del
contrato
Se hace necesario constituir esta garantía.
2.
CONDICOMNES DE LA
GARANTIA SEGÚN
MANUAL DE
CONTRATACION
RIESGO DE CALIDAD
DEL SERVICIO
teniendo en cuenta el tipo de servicio contratado, no se
hace necesario constituir esta garantia.
NO
Teniendo en cuenta el
artículo 32 del manual de
contratación de la entidad
acuerdo 002 de 2014; esta
garantía será por el 20% del
valor del contrato y por el
termino del contrato y un año
mas.
3.
RIESGO DE
DEVOLUCION DE PAGO
ANTICIPADO
No existe anticipo en el presente contrato.
NO
Teniendo en cuenta el
artículo 32 del manual de
contratación de la entidad
acuerdo 002 de 2014;se
suscribirá esta garantía por el
valor dado en anticipo y por el
termino del contrato y 6
meses más
.
4.
RIESGO SALARIOS,
PRESTACIONES
SOCIALES E
INDEMNIZACIONES.
Teniendo en cuenta el tipo de servicio a contratar NO se
debe
NO
Teniendo en cuenta el
artículo 32 del manual de
contratación de la entidad
acuerdo 002 de 2014; esta
garantía se constituirá por el
10% del valor contratado y
por el termino del contrato y 3
años mas.
NO
Teniendo en cuenta el
artículo 32 del manual de
contratación de la entidad
acuerdo 002 de 2014; esta
Constituir esta garantía para la buena marcha de su
Ejecución.
5.
RESPONSABILIDAD
CIVIL
EXTRACONTRACTUAL.
Teniendo en cuenta el servicio contratado no se
Requiere esta garantía.
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garantía se constituirá por el
10% del valor contratado y
por el termino del contrato.
6.
ESTABILIDAD Y
CONSERVACIÓN DE LA
OBRA EJECUTADA.
7.
SERIEDAD DEL
OFRECIMIENTO
No se requiere teniendo en cuenta lo contratado.
NO
Teniendo en cuenta el
artículo 32 del manual de
contratación de la entidad
acuerdo 002 de 2014; esta
garantía se constituirá por el
20% del valor contratado y
por el termino de 5 años
contados a partir del recibo
de las obras objeto del
contrato.
teniendo en cuenta que es indispensable para la
prestación del servicio la adjudicación del contrato, se
requerirá la presente póliza con el objeto de preservar la
seriedad del ofrecimiento de los participantes del proceso
de selección.
SI
Teniendo en cuenta el
artículo 32 del manual de
contratación de la entidad
acuerdo 002 de 2014; esta
garantía se constituirá por el
10% o más del valor del
presupuesto disponible y por
el termino de 120 días
calendario contados desde la
fecha de cierre de la
convocatoria.
.
Se suscribe:
____________________________________________.
YANNETH LUCIA VILLATE CORREDOR
Gerente
PROYECTO: HELY FRANCISCO FRANCO GAMBOA
Subgerente administrativo.
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