programa cátedra ii - Franja Morada Derechos UNLP
Transcription
programa cátedra ii - Franja Morada Derechos UNLP
UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES CED Centro de Estudiantes de Derecho DERECHO NOTARIAL Y REGISTRAL CATEDRA 2 PROGRAMA Profesor Titular Ordinario Marcela H. TRANCHINI A) OBJETIVOS. La Cátedra procurará formar al alumno para que logre resultados, tanto cognoscitivos como socio- afectivos. Objetivos de conocimiento: Que el alumno: • Comprenda la teoría general del Derecho Notarial y Registral. • Conozca la legislación implicada. • Interprete sus normas. • Distinga las más importantes. • Conozca distintas corrientes doctrinarias. • Analice la jurisprudencia de aquellos contenidos que lo requieran. • Aplique los contenidos aprendidos, en la resolución de los problemas o casos planteados. • Fundamente las conclusiones a las que arribe. • Relacione los distintos contenidos de la asignatura. • Relacione los contenidos de la materia, no sólo con los de otras disciplinas jurídicas, sino también de otras ciencias sociales. Objetivos socio- afectivos: Que el alumno: • Analice los valores de paz y seguridad jurídicas desde los aspectos del saber jurídico que abarca la asignatura. • Evalúe los distintos sistemas de ejercicio del notariado y los diversos sistemas registrales. • Conozca y valore las reglas de ética que sustentan la función notarial. • Coopere en la implementación de métodos activos y técnicas de dinámica grupal. B) CONTENIDOS DISTRIBUIDOS POR DISCIPLINA Y UNIDADES TEMÁTICAS. B) 1) DERECHO NOTARIAL UNIDAD I. DERECHO NOTARIAL. TEORÍA GENERAL En la Unidad I se presentan los contenidos básicos del Derecho Notarial que justifican su tratamiento como disciplina jurídica especial, sin perder de vista la relación con las restantes ramas del Derecho. Además se analizan los sistemas de ejercicio de la función notarial en el derecho comparado y sus alcances y organización en nuestra República. 1 1. Derecho Notarial. Concepto. Elaboración científica. Evolución. Fuentes. Principios. 2. Relaciones con otras disciplinas. Con el derecho privado: civil y comercial. Con el derecho público: penal, administrativo y tributario. Con el derecho internacional privado. 3. Contenido. Acto jurídico notarial. Documento notarial. Función notarial. Nociones. 4. Sistemas notariales. Notariado de tipo latino, del common law y estatizado. Variantes. Diferencias entre el Notariado Latino y el “notary public” del derecho anglosajón. Evolución y expansión del sistema latino en el mundo. 5. El Notariado en la República Argentina. Alcances de la función notarial. Organización. Legislación notarial. UNIDAD II. FORMA. DOCUMENTO. Las Unidades II y III, dedicadas al estudio de la forma, se detienen en la forma escrita y su resultado, el documento, en sus diversas clasificaciones. Ello permite visualizar una de las principales instituciones de la Teoría General del Derecho, el acto jurídico, desde la óptica particular de la asignatura. 1. Forma. Concepto. Distintos sentidos. La forma como elemento del acto jurídico o forma esencial. Análisis de los Arts. 913 a 915 C. Civ. Forma impuesta por la ley o forma legal. Análisis del Art. 973 C.Civ. Distinción entre forma y prueba. 2. El formalismo en el Derecho. Evolución histórica. Ventajas e inconvenientes. Función actual de la forma. 3. Clasificación de los actos jurídicos por su forma. Forma libre y forma impuesta como carga de validez (actos no formales y formales). Principio de libertad de formas. Forma impuesta por la ley o impuesta convencionalmente. 4. Actos con forma impuesta por la ley. Distinción clásica: actos con forma “ad solemnitatem” y actos con forma “ad probationem”. Formulación moderna: actos solemnes absolutos y solemnes relativos. Ejemplos. 5. Documento. Concepto. El documento como forma o como prueba: distintas posturas, fundamentos. Documento e instrumento. Estructura del documento: soporte, autor y contenido. 6. Documento electrónico. Redes públicas y privadas. Firma electrónica. Firma digital. Autoridades certificantes. Ley 25.506. Valor probatorio. UNIDAD III. CLASES DE INSTRUMENTOS. 1. Instrumentos privados. Concepto. Principio de libertad de forma. Requisitos. Firma. Firma a ruego. Impresión digital. Doble ejemplar. Sanción por inobservancia de los requisitos de validez. Valor probatorio del instrumento en sí mismo. Reconocimiento de firma. Valor probatorio del contenido del instrumento. Valor probatorio con relación a las personas: Entre los firmantes, sucesores y terceros. Fecha cierta: casos, carácter de la enumeración. 2. Instrumentos particulares. Concepto. Requisitos. Valor probatorio. 3. Instrumentos públicos. Concepto. Distintas tesis. Requisitos: “capacidad” del oficial público, competencia material, territorial y en razón de las personas, formalidades legales. Análisis de los Arts. 980 a 983, 985, 986 y 988 del C. Civ. Sanción por la inobservancia de los requisitos de validez (remisión parcial a Unidad XIII, pto. 4) Enumeración legal. Análisis crítico del Art. 979 del C. Civ. Clases: Administrativos, judiciales y notariales. 4. Comparación del instrumento público con: el instrumento privado judicialmente reconocido, el instrumento privado protocolizado y el instrumento privado con firmas certificadas. UNIDAD IV. FE PÚBLICA. 2 Las Unidades IV y V permiten contrastar los instrumentos públicos con los instrumentos privados en lo que respecta a su eficacia en el tráfico jurídico y en el proceso probatorio, a partir del análisis del concepto de fe pública como calidad tipificante de los primeros y, en especial, de la fe pública notarial. 1. Fe pública. Concepto. Distinción con los conceptos de buena fe, verdad y plena fe. Fe pública y función notarial. La fe pública como calidad del documento derivada de la participación de un escribano o funcionario público con potestad fedante asignada por ley (dación de fe). 2. Acto notarial como causa de la fe pública notarial. Dación de fe. Concepto. Requisitos de la dación de fe: elementos y presupuestos. Enunciación. 3. Forma del acto notarial. La operación de documentar notarialmente. Regulación de la forma en el Código Civil y las leyes orgánicas del notariado. 4. Contenido del acto notarial. La percepción sensorial del notario. Percepciones y juicios del notario: distinción (remisión parcial a la Unidad IX, punto 1) 5. Relación entre el contenido y la forma del acto notarial con el objeto de la percepción. Inmediatez, coetaneidad, objetividad, representación en el documento y solemnidad. 6. Fin del acto notarial. Certeza y seguridad jurídica en el tráfico negocial. Valor en el proceso probatorio. 7. Efectos de la dación de fe. Fe pública notarial. Documento notarial. Efectos sustantivos. Ejecutividad. UNIDAD V. VALOR PROBATORIO DEL INSTRUMENTO PÚBLICO Y SU ESPECIE LA ESCRITURA PÚBLICA. 1. Valor probatorio de la fe pública. La fe pública como un criterio de prueba legal. La fe pública como plena prueba. Alcances: autenticidad material e ideológica. 2. Autenticidad material o externa. Valor probatorio del instrumento público en sí mismo. 3. Autenticidad ideológica o interna. Narraciones auténticas referidas a actos del propio notario y de los comparecientes. Valor probatorio. Análisis del Art. 993 del C. Civ. 4. Contenido de las declaraciones de los comparecientes. Narraciones autenticadas. Cláusulas dispositivas y enunciativas directas e indirectas. Valor probatorio. Análisis de los Arts. 994 y 995 del C. Civ. 5. Valor probatorio con relación a las personas. Entre las partes, sucesores y terceros. UNIDAD VI. DOCUMENTOS NOTARIALES Luego del estudio de la categoría “instrumentos públicos”, la unidad VI describe una de sus principales especies, el documento notarial, cuya regulación genérica está contenida en las leyes locales (Provincias y Ciudad Autónoma de Buenos Aires) que organizan el notariado. En tal sentido es una antigua aspiración de los especialistas de la materia que nuestra República cuente con una ley nacional de documentos notariales. 1. Concepto. Elementos. Formación. Procedimientos gráficos. Espacios, abreviaturas, iniciales y guarismos. Salvatura. Firma y sello del notario. (Arts. 133 a 138 L.N. y 90 a 94 R.N). 2. Clasificación. Protocolares y extraprotocolares. Originales y reproducciones. 3. Documentos protocolares. Principales: Escrituras y escrituras- actas. Accesorios: notas marginales. Incorporados. 4. Documentos extraprotocolares: actas, certificaciones, certificados, reproducciones o traslados. 5. Protocolo. Concepto. Diferentes tipos. Habilitación. Folios y cuadernos de actuación protocolar. Formación. Foliatura. Orden cronológico. Numeración y epígrafe. Documentos incompletos y sin efecto. Documentos anexos. Apertura y Cierre. Inutilización de folios en blanco después de la nota de cierre. Índice. Guarda. Conservación. Encuadernación. Entrega al Archivo. Exhibición. (Arts. 139 a 147 y 149 a 154 L.N. y 96, 99, 102, 103, 105 y 106 R.N.). Pérdida y destrucción del protocolo. Supuestos. Reconstrucción. Procedimiento. (art. 1011 C.Civ. y 29 L.R.). 3 6. Documentos protocolizados. Concepto. Comparación con los documentos protocolares. Análisis del art. 1003 del C. Civ. Clases: Por orden judicial o propiamente dicha. Análisis de los supuestos del testamento ológrafo y de los Arts. 1211 y 3129 del C. Civ. Por mandato legal. Por decisión de las partes. Protocolación. Requisitos. Efectos. Procedimientos. Instrumentos públicos y privados, nacionales y extranjeros. Valor probatorio. UNIDAD VII. ESCRITURAS PÚBLICAS. Las Unidades VII a X se ocupan de la principal especie de documento notarial, la escritura pública, sus requisitos, efectos y estructura, distinguiendo adecuadamente las narraciones acerca de las percepciones sensoriales del notario, de aquellas que refieren juicios que él emite. Dada su incidencia en el tráfico negocial, dotándolo de certeza y seguridad jurídica, se hace especial hincapié en la actuación por representantes, lo que permite al alumno lograr una visión general y sistemática de la teoría de la representación. Luego se enumeran y describen las características de los actos que deben otorgarse en escritura pública y, con una finalidad eminentemente práctica, se refieren los actos que debe realizar el notario con anterioridad y posterioridad al otorgamiento y autorización de la escritura pública. 1. Concepto. Evolución histórica. 2. Requisitos. Requisitos que corresponden al género instrumento público (remisión parcial a Unidad III punto 3). Requisitos especiales. Autor. Facción protocolar. Idioma. Comparecientes que no conocen el idioma. Mudos y sordomudos. Lugar y fecha. Datos personales de los comparecientes. Testigos instrumentales, testigos en el testamento por acto público. Documentos habilitantes. Fe de conocimiento. Testigos de conocimiento. Naturaleza del acto y objeto. Cantidades que se entregan en presencia del escribano. Lectura. Salvaturas. Firmas de los comparecientes. Sustitutivos para los que no saben o no pueden firmar, firma a ruego, impresión digital. Autorización. Sello. Unidad de acto. (Arts. 997 a 1003 del C. Civ; en materia testamentaria: arts. 3654, 3658, 3660 a 3663 del C. Civ; 155 a 157 L.N. y 107 a 109 R.N.) 3. Requisitos de validez. Genéricos (remisión parcial a Unidad III, punto 3) y especiales. Análisis de los arts. 1004 y 1005 del C. Civ. Sanciones por inobservancia de los requisitos de validez (remisión parcial a la Unidad XIII punto 3). Sanciones por inobservancia de otros requisitos. 4. Efectos. Probatorios, conservatorios, reproductivos, registrales y ejecutivos. 5. Estructura. Técnica notarial. a) Elementos de orden: Numeración. Epígrafe. b) Comparecencia. Caracterización. Lugar. Fecha. Notario Autorizante. Comparecientes: Concepto. Clases: Otorgantes, testigos instrumentales, testigos de conocimiento, firmantes a ruego, otros comparecientes. Datos personales. Juicio de capacidad y fe de conocimiento. c) Intervención: Caracterización. Intervención por sí, por otro o para otro (remisión a Unidad VIII). d) Exposición- Estipulación: Caracterización. Cláusulas que narran las declaraciones de los comparecientes. e) Constancias notariales: Caracterización. f) Cierre documental: Lectura. Otorgamiento. Autorización. UNIDAD VIII. ACTUACIÓN POR REPRESENTANTES EN LA ESCRITURA PÚBLICA. 1. Mandato, representación y poder. Concepto y diferencias. Clases de representación: legal, convencional y orgánica. Análisis del Art. 1003 del C. Civ. 2. Representación convencional. Concepto de poder y título habilitante. Clases de poderes: generales, especiales, especiales irrevocables o con efectos post mortem. Agregación al protocolo. Casos. Sanción por omisión de la protocolación, evolución. 3. Representación legal. Patria potestad, tutela y curatela. Los inhabilitados del Art. 152 del C. Civ. y los alcances de la curatela al efecto. 4. Representación orgánica. Teoría del órgano de representación. Justificación en el caso de representantes de asociaciones, fundaciones, sociedades civiles, sociedades comerciales, autoridades estatales y autoridades eclesiásticas. 4 UNIDAD IX. JUICIOS DEL NOTARIO EN LA ESCRITURA PÚBLICA: 1. Juicios del notario. Concepto y enumeración. Diferencia entre la percepción sensorial del notario como contenido de la dación de fe y los juicios. 2. Fe de conocimiento. Concepto. Fundamento. Alcance. Identificar e individualizar. Medios directos e indirectos. Testigos. Interpretación actual de art. 1001 del C. Civ. Constancia documental. Efectos de su omisión. 3. Juicio de capacidad. Concepto. Alcance. Constancia documental. Efectos de su omisión. (Art. 35 inc. 4 L.N.). 4. Juicio de legitimación. Concepto. Alcance. (Art. 35 inc. 3 y 4, y art. 136 inc. 4 L.N.). Acreditación y constancias documentales relativas a la legitimación. a) Titularidad de derechos y obligaciones en general. Análisis especial del supuesto de instrumentación de actos que tengan por fin transmitir, constituir o modificar derechos reales sobre inmuebles: legitimación sustantiva y registral. (Arts 15 y 23 L.N.R.). b) Representación (remisión a Unidad VIII). Consecuencias de la omisión de las constancias documentales relativas a la legitimación en general y de la omisión de agregar la documentación habilitante. UNIDAD X. ACTOS DE DEBEN OTORGARSE EN ESCRITURA PÚBLICA. 1. En el Código Civil. Supuestos del art. 1184. Análisis de sus incisos. Casos del Art. 1810. 2. Actos vinculados al régimen de propiedad horizontal. Afectación y desafectación a prehorizontalidad y propiedad horizontal. Reglamento de copropiedad y administración y sus modificaciones. Designación de administrador. Leyes 19.724 y 13.512. 3. Actos contemplados en la Ley 19.550 ref. por Ley 22.903. Sociedades anónimas y en comandita por acciones. Análisis del art. 165 de la Ley 19.550. El contrato de fideicomiso del art. 339 de la citada ley. 4. Actos contemplados en la Ley 24.441 ref. por Ley 25.428. Fideicomiso inmobiliario. Consentimiento con la emisión de letras hipotecarias. Leasing inmobiliario. 5. Actos pre y post escriturarios en materia inmobiliaria. Actos pre-escriturarios: Estudio de títulos y antecedentes. Certificados registrales (remisión a Unidad XXV, punto 2). Certificados administrativos: solicitud, informe, liberación. Solicitud de informes al administrador del consorcio de copropietarios. Actos postescriturarios: Expedición de primera, segunda o ulterior copia de las escrituras públicas (remisión a Unidad XII, punto 1). Inscripción. (remisión a unidad XXII, punto 4). Pago de tributos nacionales, provinciales y municipales. UNIDAD XI. ACTAS NOTARIALES. Las Unidades XI y XII culminan con el análisis particularizado de los restantes documentos notariales, su finalidad, estructura y valor probatorio. 1. Concepto. Remisión del art. 979 inc. 2 del C. Civ. a las leyes locales. Diferencias con la escritura pública. 2. Clasificación. Actas protocolares: principales y accesorias. Actas extraprotocolares como excepción: casos. Requisitos (Arts. 3666 del C. Civ.; 139, 148 I. 5, 158 L.N. y 95, 110 y 111 R.N). 3. Estructura. Técnica notarial. Requerimiento y diligencia. Ausencia del requisito de unidad de acto y de redacción. Intervinientes: Requirente. Requerido. Testigos. Peritos. Fe de conocimiento: Alcances y distinciones según se trate del requirente o de las personas con las que el notario deba entender las diligencias. Legitimación del requirente. Presencia del requirente en la diligencia. Firma de los intervinientes. (arts. 158 L.N. y 110 R.N.). 4. Clases de actas. de comprobación; de notificación; de intimación; de inventario; de protocolización; notoriedad; de protocolización, otras. (Arts. 159 a 165 L.N. y 11 y 112 R.N.). 5. Valor probatorio. Apreciación judicial. 5 UNIDAD XII. DOCUMENTOS EXTRAPROTOCOLARES. 1. Traslados (o copias). Concepto. Clases. Copia autorizada o testimonio: Concepto. Primera copia. Ulteriores copias. Requisitos. Sujetos legitimados para solicitarlas. Notario competente para expedirlas. Valor probatorio. Discordancia con la matriz. Copia simple. Concepto. Requisitos. Valor probatorio. (Arts. 1006 a 1010 C. Civ.; 166 a 170 L.N. y 114 a 117 R.N.) 2. Certificación de firmas e impresiones digitales. Concepto. Requisitos. Fe de conocimiento. Contenido del documento: idioma extranjero, lugar y fecha, documento total o parcialmente en blanco. El libro de requerimientos. Valor probatorio. (Arts. 171 inc. 4 a 177 L.N. y 126 a 135 R.N). 3. Certificación de copias. Concepto. Requisitos. Valor probatorio. (Art. 171 inc. 1 L.N.) 4. Otras certificaciones. (Arts. 171 inc. 2, 3 y 5, 172, 173 y 175 L.N.; 118, 120 y 122 R.N.) UNIDAD XIII. INEFICACIAS DEL ACTO JURÍDICO. NULIDADES DEL INSTRUMENTO. Las Unidades XIII, XIV y XV analizan las vicisitudes e impugnaciones que pueden afectar a los instrumentos, especialmente la escritura pública, con miras a diferenciarlas de las ineficacias del acto o negocio celebrado por las partes. Se particulariza en los diversos remedios para sanear el acto jurídico y los mecanismos instrumentales de subsanación de errores u omisiones de las escrituras públicas, en los casos en que ello fuere posible. Finalmente se aborda el tema de la validez y circulación internacional del documento notarial. 1. Ineficacias (en sentido genérico) del acto jurídico. Concepto. Clasificaciones: estructural o sustancial y funcional u operativa; originaria o sobreviniente. Doctrina de la inexistencia. Nulidad. Inoponibilidad. Concepto de cada una. Diferencias. 2. Invalidez (nulidad en sentido genérico) del acto jurídico. Clases. Causas. Efectos. 3. Saneamiento de las nulidades del acto jurídico. Confirmación. Ratificación. Conversión material: concepto; casos. Prescripción. Reotorgamiento. El principio de conservación del negocio. 4. Nulidades instrumentales. Instrumentos privados y públicos. Escrituras públicas. Clases y causas. Efectos. Conversión instrumental: concepto; casos en los que corresponde su aplicación. 5. Nulidades instrumentales e ineficacias del acto de las partes. Independencia. a) La ineficacia del acto de las partes no afecta al instrumento. Consecuencias. b) La invalidez instrumental y su proyección en el acto de las partes. Distinciones según que: opere o no la conversión instrumental; opere o no la conversión material; y se trate de actos con forma libre o impuesta. Nulidad refleja. Análisis de los arts. 1044 y 1045 “in fine” del C. Civ. UNIDAD XIV. FALSEDAD DEL INSTRUMENTO PÚBLICO. 1. Falsedad. Concepto. Clases. 2. Falsedad material. Contrafacción. Adulteración. Supresión. 3. Falsedad ideológica. Falsedad en las narraciones del oficial público referidas a sus propios actos o a hechos o actos ajenos. Diferencia con la simulación. 4. Efectos de la declaración de falsedad. 5. Argución de falsedad penal y civil. Acción penal en los Códigos procesales penales de la Nación y de la Provincia de Buenos Aires. Acción autónoma civil meramente declarativa y acción incidental en los Códigos de Procedimiento de la Nación y de la Provincia de Buenos Aires. Intervención del notario o funcionario público autorizante en los procesos. Coexistencia de las acciones civil y penal. Relaciones y efectos de una sobre otra. UNIDAD XV. SUBSANACIÓN DE ERRORES Y OMISIONES EN LOS DOCUMENTOS NOTARIALES. VALIDEZ Y CIRCULACIÓN INTERNACIONAL. 1. Subsanación. Concepto. Errores y omisiones insubsanables y subsanables. Homogeneidad documental. 6 2. Discordancia entre la matriz y la copia. Subsanación. Legitimación para rogarla. Notario competente. 3. Discordancia entre la matriz y la realidad extradocumental. Subsanación. Distintos medios. Notas marginales. Documentos notariales complementarios: aclaratorios, rectificatorios y ampliatorios. Concepto. Rogación. Análisis del denominado “documento notarial sin compareciente”. Notario competente. Traslado de la subsanación a las copias. Vocación registral. (Arts. 996 del C. Civ.; 148 L.N.; 101 y 104 R.N.). 4. Validez y circulación internacional del documento notarial. Documentos extranjeros. Legalización. Concepto. Fundamentos de su necesidad. Alcances. Casos en que corresponde. Consecuencias de su omisión. Autoridades competentes. Orden que corresponde en documentos que ingresan y egresan del país. Convención de La Haya de 1961: objeto. Ámbito de aplicación. Excepciones. Documentos emitidos en el país y en el exterior. UNIDAD XVI. FUNCIÓN NOTARIAL. ACCESO, PERMANENCIA Y CESE. Las Unidades XVI y XVII promueven el estudio de la función notarial, como otro de los contenidos del Derecho Notarial, destacándose el lugar que ocupa la deontología en el ejercicio de la función. 1. Función notarial. Contenido. Naturaleza: distintas teorías; sus consecuencias. Distinción entre título y función. Función pública y social del notario. 2. El registro notarial. Concepto. Número de Registros: número limitado o cerrado y número ilimitado. La desregulación: panorama en las distintas Provincias y Ciudad Autónoma de Buenos Aires. (Arts. 1 a 6 L.N.) 3. Clases de notarios. Titulares. Adscriptos. Suplentes. (Arts. 7 a 23 L.N.) 4. Acceso a la función. Requisitos. Subjetivos: personales, intelectuales y morales. Objetivos: concursos, pruebas de idoneidad. Funcionales: matriculación, investidura, colegiación. (Arts. 25 a 29 L.N.) 5. Permanencia en la función. Necesidad de capacitación permanente del notario. Requisitos de permanencia, ejemplos en las leyes notariales. 6. Cese de la función: Causas. (Art. 30 L.N.) UNIDAD XVII. EJERCICIO DE LA FUNCIÓN NOTARIAL. ETICA NOTARIAL. 1. Competencia. En razón de la materia, del territorio y de las personas. (Remisión parcial a Unidad III, punto 3) 2. Incompatibilidades e inhabilidades. Diferencias. Fines. Consecuencias de su incumplimiento. (Arts. 32 a 34 L.N.) 3. Operaciones de ejercicio. Encuesta, calificación o dictamen, legalización, legitimación, configuración, documentación, autenticación, registración. El control de legalidad y la seguridad jurídica. 4. Deberes y Derechos. Relativos al protocolo, expedición de copias, inscripciones registrales, prestación del ministerio, secreto profesional, residencia, garantía, obligaciones fiscales. (Arts. 35 a 37 L.N.) 5. Deberes de ética notarial: Vinculación del notario con los requirentes, con los colegas, con su Colegio y con el Estado. Publicidad del ejercicio funcional. Competencia desleal. Elección del notario interviniente. (Arts. 35 L.N. y 24 R.N.) UNIDAD XVIII. RESPONSABILIDAD NOTARIAL. Finalmente, cerrando el capítulo destinado al Derecho Notarial se estudian las distintas responsabilidades del notario, visualizándolas como consecuencias necesarias del privilegio de la dación de fe, que emana de su investidura. 1. Responsabilidad profesional en general. Naturaleza. 7 2. Responsabilidad notarial civil. Concepto. Elementos. Acción u omisión antijurídica. Reglas de causalidad. Factores subjetivos de imputación de responsabilidad. Daño. Responsabilidad contractual y extracontractual. Diferencias. Obligaciones de medios y de resultado. 3. Obligación notarial de reparar el daño. Producido al requirente, al cocontratante o al tercero en ocasión del ejercicio funcional. Contratación de seguros. Responsabilidad del notario titular por la actuación del adscripto, suplente y de los dependientes. 4. Responsabilidad penal. Concepto de responsabilidad penal notarial. Delitos cometidos en ocasión del ejercicio de la función notarial. Falsedad ideológica y material. Violación del secreto profesional. Insolvencia fraudulenta. Violación de domicilio. Tipos penales. Requisitos para su configuración. Dolo. Interdependencia de las acciones civil y penal. 5. Responsabilidad tributaria. Concepto de responsabilidad notarial tributaria. El poder fiscal en el ámbito nacional, provincial y municipal. El contribuyente. Sujetos responsables. Hechos imponibles. Plazos de prescripción. El escribano como agente de información, recaudación, percepción y/o de retención. Su responsabilidad solidaria. Acción de repetición contra el sujeto obligado. 6. Responsabilidad disciplinaria. Concepto de responsabilidad notarial disciplinaria. Fundamento. Caracteres. Faltas por mal desempeño de la función notarial. Faltas de ética. Regímenes normativos. En la Provincia de Buenos Aires: Inspectores; Juzgado Notarial; Tribunal Notarial; Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de La Plata. Competencias. Procedimientos. Sanciones aplicables. Apercibimiento. Multas. Suspensión en el ejercicio de la función notarial. Plazos. Destitución. Fondo de garantía y Cofre Fedatario de Responsabilidad. (Arts. 35 inc. 7 y 38 a 83 L.N. y Arts. 22 a 28 R.N.). B) 2) DERECHO REGISTRAL UNIDAD XIX. PUBLICIDAD. DERECHO REGISTRAL. TEORÍA GENERAL. La Unidad XIX procura introducir una sistematización de la función de la publicidad en el Derecho y, particularmente, del derecho registral como instrumento para satisfacer exigencias del bien común, con especial referencia a su rama más desarrollada: el derecho inmobiliario registral. 1. Publicidad. Concepto. Sistemas de publicidad: Registrales y no registrales. 2. Registro. Concepto. Clasificación de los registros: de hechos, de actos y contratos, de títulos, de derechos; con efectos de publicidad- noticia, oponibilidad, constitución de derechos; a cargo del Estado; concesionados a particulares, privados. 3. Derecho Registral Inmobiliario. Concepto. Elaboración científica. Evolución. Fuentes. Principios. 4. Sistemas registrales inmobiliarios. Concepto. Clasificación: declarativos y constitutivos; causales y abstractos; convalidantes y no convalidantes; con y sin fe pública registral. Sistemas alemán, francés, español, australiano y argentino. 5. Técnicas de registración inmobiliaria. Concepto. Clasificación: Por el modo de efectuar los asientos: transcripción, enlegajamiento, inscripción. Por el modo de individualizar y ordenar los asientos: folio personal; folio cronológico, cronológico- personal, folio real. UNIDAD XX. PUBLICIDAD INMOBILIARIA EN LA REPÚBLICA ARGENTINA. Las Unidades XX a XV desarrollan la publicidad inmobiliaria en nuestro país, especialmente la publicidad registral, sus principios, técnicas y efectos, sin olvidar que ella coexiste con la que es propia de los estados de hecho. 1. Régimen jurídico de adquisición y extinción de los derechos reales sobre inmuebles. Título suficiente: Concepto. Comparación con el justo título, el título putativo y el denominado “título perfecto”. Modo suficiente: Concepto. Tradición como modo de adquirir derechos reales. Funciones de la tradición. Inscripción registral. Distinción entre modo y publicidad. 8 2. Evolución histórica. La publicidad en el Código Civil. Leyes registrales locales. Problema constitucional. El Art. 2505 del C. Civ. y la Ley 17.801. 3. Efectos de la registración. Inscripción no constitutiva. Concepto de tercero (desinteresado, interesado y registral). Necesidad de que el tercero sea de buena fe: criterios objetivo y subjetivo. 4. Relación entre tradición e inscripción. Independencia funcional. 5. Armonización de la tradición con la inscripción registral. Distintas posturas. 6. La publicidad posesoria en el derecho argentino. El poseedor por boleto frente a los acreedores del titular de dominio. Distintos supuestos. UNIDAD XXI. CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA REGISTRAL ARGENTINO. DOCUMENTOS REGISTRABLES. 1. Caracteres del sistema registral inmobiliario argentino. Declarativo: Artículos 2 primera parte y 20 L.R. Causal. Registro de títulos: Arts. 2 y 3 L.R. No convalidante: art. 4 L.R.. Títulos inválidos u observables. Títulos falsificados. Aplicación del art. 1051 del Código Civil. El propietario aparente. Las ventas del non domino. No recepción del principio de fe pública registral (controversia). 2. Principios adoptados por el sistema registral argentino. Especialidad, rogación, legalidad, prioridad, tracto, presunción de integridad. 3. Técnicas de registración: Inscripción. Folio real. 4. Documentos registrables. Enumeración legal. Análisis del art. 2 L.R. Documentos registrables. Clases: Los que tengan por finalidad constituir, transmitir, declarar, modificar o extinguir derechos reales sobre inmuebles; los que dispongan embargos, inhibiciones y demás providencias cautelares; y los establecidos por otras leyes nacionales o provinciales. Inscripción de boletos de compraventa (casos de loteos ley 14.005, de prehorizontalidad Ley 19.724, otras). Inscripción de declaratorias de herederos. Inscripción de servidumbres de electroducto Ley 19.552. Inscripción de fideicomiso Ley 24.441 y leasing Ley 25.246. Documentos no registrables. 5. Requisitos de los documentos registrables. Análisis del art. 3 L.R. Instrumentos públicos de origen notarial, judicial o administrativo. Instrumentos privados con firma certificadas. Reforma de la Ley 24.441. Utilización del folio de seguridad como medio de garantizar la autenticidad del documento inscribible. Reforma introducida por la Ley 25.345. Obligación de consignar las claves de identificación tributaria o laboral. UNIDAD XXII. ESPECIALIDAD. MATRICULACIÓN. FOLIO REAL. LEGISLACIÓN CATASTRAL. INSCRIPCIÓN. 1. Especialidad. Con relación al inmueble, a los sujetos y derechos. 2. Matriculación. Análisis de los arts. 10 a 13 L.R. El inmueble como base del sistema registral. Inmuebles exceptuados. Folio real. Los requisitos del asiento de matriculación. División, anexión o unificación de inmuebles. Doble matriculación. 3. Catastro. Concepto e importancia. Relaciones con el Registro de la Propiedad. Nociones de la legislación catastral: Leyes 14.159, 20.440 y su modificatoria 22.287. Finalidad de los catastros. 4. Inscripción. Concepto. Plazos. 5. Inscripciones y anotaciones. Concepto. Diferencias. Inscripciones y anotaciones provisionales, preventivas y notas aclaratorias. Publicidad cartular: notas de inscripción en los documentos registrables. Inscripción de segundas o ulteriores copias o testimonios (art. 28 L.R.). El asiento registral como prueba supletoria del acto (Art. 29 L.R.). Anotaciones. Anotaciones de medidas cautelares. Embargos, anotaciones de litis, medida de no innovar. Plazo de caducidad. 6. Cancelación y caducidad de inscripciones y anotaciones. Cancelaciones. Clases: totales o parciales. Procedimiento del art. 36 L.R. Documentos en los que consta la extinción del derecho registrado. Transmisiones de dominio u otro derecho real. Casos de confusión. Sentencias judiciales. Cancelación por disposición legal. Cancelación por escritura pública. Cancelación de usufructo. Cancelación de hipoteca con pagarés hipo9 tecarios o letras hipotecarias. Caducidad de las inscripciones y de las anotaciones de pleno derecho. Análisis del art. 37 L.R. Plazos. UNIDAD XXIII. ROGACION. LEGALIDAD Y CALIFICACIÓN REGISTRAL. 1. Rogación. Concepto. Análisis de los arts. 6 y 7 L.R. Legitimados. Forma de la rogación. Requisitos. Desistimiento de la rogación. Concepto. Plazo. Forma. Casos en que no procede el desistimiento. 2. Legalidad. Concepto. Calificación registral. Análisis de los arts. 8 y 9 L.R. Extensión y límites. Tesis restringida y amplia. Enumeración de aspectos calificables. Integralidad de la calificación. 3. Resultados de la calificación registral. Inscripción definitiva. Inscripción o anotación provisional, prórroga, plazo. Rechazo de la inscripción. Inscripción condicionada, diferencia con la inscripción provisional. 4. Recursos registrales. Remisión de la Ley 17.801. Leyes reglamentarias. Recursos de reconsideración y recurso de recalificación. Apelación. Instancia administrativa y posterior instancia judicial. Procedimientos. Plazos. Resoluciones. Los recursos registrales en la Provincia de Buenos Aires (art. 44 Decreto-ley 11.643/63, mod. por art. 85 Ley 12.008/ 97). UNIDAD XXIV. PRIORIDAD. TRACTO. 1. Prioridad. Concepto. Ámbito. Prioridad registral. Prioridad directa. El libro diario u orden cronológico diario. Preferencia excluyente o de superioridad: análisis del Art. 17 L.R. Preferencia de rango: análisis del Art. 3135 del Código Civil y del Art. 19 de la Ley 17.801. Negocios sobre el rango. Reserva, permuta, posposición y coparticipación del rango para hipotecas de constitución ulterior. 2. Efecto retroactivo de la inscripción: Retroprioridad o prioridad indirecta: análisis del art. 5 L.R.. Reserva de prioridad indirecta. (Remisión a Unidad XXV, punto 2). 3. Tracto sucesivo. Análisis de los arts. 14 y 15 L.R. Concepto. Alcance: aspecto sustantivo y formal. Asientos posteriores a la matriculación. Transmisiones de dominio. Limitaciones. Cancelaciones o extinciones. Constancias de certificaciones. Orden cronológico. Constancias en el documento inscribible y en los asientos registrales. 4. Tracto sucesivo abreviado. Análisis de los supuestos enunciados en el Art. 16 L.R. Carácter de la enumeración (controversia). Casos no enumerados por la ley. Constancias en el documento inscribible y en los asientos registrales. UNIDAD XXV. PUBLICIDAD FORMAL 1. Publicidad formal. Concepto. Medios. Interés legítimo en la consulta (art. 21 L.R.). 2. Certificados registrales. Concepto. Análisis de los arts. 22 a 26 L.R.. Actos para los que se exigen. Legitimados. Plazos de vigencia. Modo de contar los plazos. Efectos. Reserva prioridad. Anotación preventiva y publicidad del negocio jurídico en gestación. Escrituras simultáneas. Otorgamiento de actos fuera del plazo de vigencia o sin el certificado de ley. Utilización del certificado por tercero no requirente o para un acto distinto para el cual fue solicitado. 3. Informes. Concepto. Legitimados. Efectos. (Art. 27 L.R.). 4. Presunción de integridad o completitividad. Concepto. Carácter de la presunción. Su armonización con el carácter declarativo de la inscripción y el concepto de tercero de buena fe. 5. Inexactitudes registrales. Análisis de los arts. 34 y 35 L.R. Desacuerdo entre el ámbito registral y el extrarregistral. Rectificación. Procedimiento. Distintos supuestos: error u omisión en el documento registrable o error u omisión en el asiento. Documentos que deben acompañarse. Legitimación para la rogación de la rectificación de la inexactitud. Cancelación del asiento por invalidez del título. Nulidad del asiento. Responsabilidad del Estado por inexactitudes registrales. 10 UNIDAD XXVI. REGISTRO DE ANOTACIONES PERSONALES. OTROS REGISTROS. La Unidad XXVI promueve el estudio de otros registros, en sus aspectos generales y, fundamentalmente, en sus muy diversos objetos y efectos. Se han agrupado en un mismo punto los registros de bienes (que no sean inmuebles), en el convencimiento de que a ellos pueden serles aplicados muchos de los principios y técnicas del derecho registral inmobiliario. 1. Registro de Anotaciones personales. Concepto. Organización. Alcances. Actos inscribibles. Inhibición general de bienes. Inhibiciones e interdicciones. Casos de declaración de insania y declaración judicial de inhabilitación (art. 152 bis del Código Civil). Casos de concursos o quiebras. Las inhibiciones voluntarias. Otros actos que determinen las leyes nacionales o locales. Inscripción de la cesión de derechos y acciones hereditarios y gananciales. 2. Registros de bienes. De buques, de aeronaves, de automotores, de semovientes, de minas, de derechos intelectuales, de marcas de fábrica, comercio y agricultura, de patentes de invención y de créditos prendarios. Nociones. Organización. Objeto de la registración. Efectos de la inscripción. Posibilidad de aplicación de los principios y técnicas de registración inmobiliaria. 3. Registro de estado civil y capacidad de las personas. Nociones. Organización. Objeto de registración. Efectos de la inscripción. 4. Registración mercantil y societaria. Nociones. Organización. Objeto de registración. Efectos de la inscripción. 5. Registro de testamentos. Organización. Objeto de la registración. Efectos de la inscripción. NOTA: Abreviaturas: C.Civ.: Código Civil de la República Argentina. L.N.: (Ley Notarial): Decreto Ley 9020/ 78 Orgánica del Notariado de la Provincia de Buenos Aires. R.N.: (Reglamento Notarial): Decreto 3887/ 98 reglamentario del decreto ley 9020. L.R.: (Ley Registral): Ley 17.801/ 68, Registro de la Propiedad Inmueble. C) BIBLIOGRAFÍA C)1) DERECHO NOTARIAL BIBLIOGRAFÍA GENERAL ARMELLA, Cristina N. (Directora), Tratado de derecho notarial, registral e inmobiliario. Ed. Ad- Hoc, 1998, 3 tomos. ETCHEGARAY, Natalio P., Escrituras y actas notariales. Examen exegético de una escritura tipo. Ed. Astrea. Bs. As. 2º Edición. 1998. GATTARI, Carlos N., Práctica Notarial. Ed. Depalma. Bs. As. Varios Volúmenes. Se indicarán de acuerdo al tema. GATTARI, Carlos N., Manual de Derecho Notarial. Ed. Depalma. Bs. As. 1.992. GIMENEZ ARNAU, Enrique. Derecho Notarial. Ediciones Universidad de Navarra S.A. Pamplona. España. 1976. GONZALEZ, Carlos E., Derecho Notarial. Ed. Feyde, Bs. As., 1971. LARRAUD, Rufino, Curso de Derecho Notarial. Anotaciones y Concordancias con relación al derecho positivo argentino por el Instituto Argentino de Cultura Notarial. Ed. Depalma. Bs. As. 1966. LLAMBIAS, Jorge J., Tratado de Derecho Civil. Parte General. T. II. Ed. Perrot, Bs. As., 1986. MARTINEZ SEGOVIA, Francisco, La función notarial. Ediciones Jurídicas Europa-América, Bs.As., 1961. MUSTAPICH, José María, Tratado Teórico y Práctico de Derecho Notarial. Ed. Ediar. Bs. As. 1955. NERI, Argentino I. Tratado de Derecho Notarial. 8 Tomos, Ed. Depalma, Bs. As., 1969. 11 ORELLE, José María Rodolfo, en Código Civil y Leyes Complementarias. Comentado, Anotado y Concordado. Belluscio - Zannoni. Tomo 4. Ed. Astrea. Bs. As. 1982. ORELLE, José María R., El documento notarial, Notariado Argentino. P. 275. Ed. Consejo Federal del Notariado Argentino, Bs. As., 1998. PELOSI, Carlos, El documento notarial. Ed. Astrea, Bs. As, 1980. PONDE, Eduardo B. Tríptico Notarial. Ed. Depalma. Bs. As. 1977. RIVERA, Julio Cesar. Instituciones de Derecho Civil. Parte General. Tomos I y II. Ed. Abeledo Perrot, Bs. As, 1998. ZINNY, Mario Antonio. El Acto Notarial (dación de fe). Ed. Depalma, Bs. As., 1990. BIBLIOGRAFÍA ESPECIAL UNIDAD I BARDALLO, Julio, Derecho Notarial. Concepto. Contenido y división. Revista "El Derecho", Montevideo, nº 89, año 1964, p.37. BARDALLO, Julio, Derecho Notarial. Fuentes e integración. Revista Notarial, año 1965, p.1791. BOLLINI, Jorge A., La Unión Internacional del Notariado Latino. Notariado Argentino, Ed. Consejo Federal del Notariado Argentino, Bs. As. 1998, p. 143. BOLLINI, Jorge A., Organización del notariado argentino. Separata especial de la Revista Notarial. CARMINIO CASTAÑO, José C., Teoría general del acto notarial. Revista del Notariado, año 1973, p.17. GARRONE, Index C, Autonomía del Derecho Notarial. Tesis afirmativas. Análisis y crítica. Revista Notarial, año 1973, p.365. GATTARI, Carlos N., El objeto del Derecho Notarial. Revista Notarial, año 1966, p.481. NÚÑEZ LAGOS, Rafael, Los esquemas conceptuales del instrumento público. Revista Notarial, año 1966, p.1257. PELOSI, Carlos A., Los principios de Derecho Notarial. Revista Notarial, año 1968, p.1429. PELOSI, Carlos A., Naturaleza jurídica de los colegios notariales. Revista del Notariado, año 1973, p. 1.564. SOLARI, Osvaldo S., Organización del notariado. La colegiación. En “I Congreso de Derecho Notarial”, Córdoba, año1971. UNIDAD II ARMELLA, Cristina N. y OTROS, Medios de prueba documental. Valoración. Acto notarial auténtico. Instrumento privado. Acto administrativo. Derecho comparado. Revista Notarial nº 856, año 1981, p.673. CARGAT, Soluciones notariales. Vol. 2 . Ed. Depalma, Bs. As., 1996. DEVIS ECHANDIA, H, Teoría general de la prueba judicial. DEVOTO, Mauricio, El comercio electrónico y la firma digital. En Revista Notarial nº 925, p. 614. GONZALEZ ROCCA, Ricardo César y otros, El documento electrónico. Revista Notarial nº 934, p. 593. NÚÑEZ LAGOS, Rafael, Concepto y clases de documentos. Revista de Derecho Notarial, Madrid, nº 16, año 1957, p.7. NÚÑEZ LAGOS, Rafael, Los esquemas conceptuales del instrumento público. Revista Notarial, año 1966, p.1257. TRANCHINI, Marcela Haydée. Clasificaciones de los contratos, en la Obra Contratos - Teoría General, T. II. , dirigida por STIGLITZ, Rubén S. Ed. Depalma, Buenos Aires, año 1994. TRANCHINI, Marcela Haydée. La forma de las donaciones de inmuebles. Cuestiones que plantea un voto en minoría. Revista Notarial 899, año 1988, p. 928. UNIDAD III ARMELLA, Cristina N. y otros, Medios de prueba documental. Valoración. Acto notarial auténtico. Instrumento privado. Acto administrativo. Derecho comparado. Revista Notarial nº 856, año 1981, p.673. BOFFI BOGGERO, Luis María, Instrumento público. Enciclopedia Jurídica OMEBA, Bs.As., 1962, T. XVI, p.211. 12 CASSAGNE, Juan C., Sobre la condición de instrumento público de las actuaciones administrativas, y su valor probatorio. El Derecho, Tomo 63, p. 899. ETCHEGARAY, Natalio P., Boleto de compraventa. Ed. Astrea. Bs. As. 1989. FIORINI, B., Acto administrativo e instrumento público. La Ley, Tomo 146, p. 1.017. GATTARI, Carlos N., Documento administrativo e instrumento público. Revista del Notariado, año 1981, p.59. NÚÑEZ LAGOS, Rafael, Documento público y autenticidad de fondo. Revista del Notariado, año 1973, p.123. NÚÑEZ LAGOS, Rafael, Hechos y derechos en el documento público. Ed. Universidad Notarial Argentina, La Plata, 1968. Y Revista Notarial, año 1968, p. 1.289. NÚÑEZ LAGOS, Rafael, Los esquemas conceptuales del instrumento público. Revista Notarial, año 1966, p.1257. ZINNY, Mario A., Casos notariales. Ed Depalma. Bs. As. 1986. UNIDAD IV BARDALLO, Julio R., Fe pública notarial, Revista del Notariado, nº 769, p. 19 CARMINIO CASTAÑO, José C., Teoría general del acto notarial. Revista del Notariado, año 1973, p.17. COUTURE, Eduardo J., El concepto de fe pública. Introducción al estudio del Derecho Notarial. Revista del Notariado, Bs.As., 1947, nº 546. NÚÑEZ LAGOS, Rafael, La fe pública. Revista Internacional del Notariado nº 39, año 1958, p.305; y Revista de Derecho Notarial, Madrid, nº 17 y 18, año 1957, p.7. ZINNY, Mario A., Casos notariales. Ed Depalma. Bs. As. 1986. UNIDAD V PELOSI, Carlos A., Las declaraciones como contenido del documento notarial. Revista del Notariado, año 1973, p.2529; año 1974, pp. 185, 575 y 981. RODRIGUEZ ADRADOS, Antonio, Naturaleza jurídica del documento auténtico notarial. Universidad Notarial Argentina, La Plata, 1969. UNIDAD VI ABELLA, Adriana N., Documento notarial, Revista Notarial nº 941, año 2002, p. 81. FALBO, Miguel N., Naturaleza jurídica del documento notarial. Revista Notarial, año 1963, p.1661. PELOSI, Carlos A., Las notas en el protocolo. Revista del Notariado, año 1955, p. 287. PELOSI, Carlos A., Adiciones al tema "Las notas en el protocolo". Revista del Notariado, año 1959, p.159. PELOSI, Carlos A., Protocolo y documentos protocolares. Revista del Notariado, año 1966, p.726. UNIDAD VII BARDALLO, Julio, Teoría de la técnica notarial. Revista del Notariado, año 1973, p.513. BARDALLO, Julio, La técnica jurídica notarial. Revista Notarial nº 885, año 1979. CARGAT, Soluciones notariales.Vol. 2 . Ed. Depalma, Bs. As., 1996. DIEZ GOMEZ, Aurelio, La unidad de acto. Revista Notarial nº 758, año 1965, p.49. ETCHEGARAY, Natalio P., Esquemas de Técnica Notarial. Ed. Colección Esquemas del Instituto Argentino de Cultura Notarial. FALBO, Miguel N., Técnica de la redacción escrituraria. Revista Notarial, año 1963, p.361. FERRARI CERETTI, Francisco, La lectura de las escrituras, en particular, de los testamentos. Revista del Notariado nº 775, año 1981, p.19. GATTARI, Carlos N., Valores de la escritura pública. Revista Notarial, año 1968, p.1549. GIMENEZ ARNAU, Enrique, Sentido y valor de las cláusulas de estilo. Revista Notarial, año 1964, p.891. NÚÑEZ LAGOS, Rafael, Los esquemas conceptuales del instrumento público. Revista Notarial, año 1966, p.1257. PELOSI, Carlos A., La comparecencia y los sujetos instrumentales. Revista del Notariado nº 947, año 1972. 13 PELOSI, Carlos A., Técnica de la redacción escrituraria. Revista Notarial, año 1965, pp.17, 345, 593 y 1868; año 1966, p. 417. PELOSI, Carlos A., Unidad de acto y las necesidades de la contratación en la sociedad actual. Revista del Notariado nº 792, año 1983, p. 2087. TRANCHINI, Marcela Haydée y Gastón Renato DI CASTELNUOVO. ¿Que ocurre con el art. 1246 del Código Civil? Trabajo en colaboración. Revista Notarial, nº 924 Año 1996, p. 739. TRANCHINI, Marcela Haydée. Limitación a las transacciones en dinero efectivo: leyes 25.345 y 25.413. decreto 22/ 2001. Intervención notarial: modelos. Títulos observables. Técnicas de subsanación. Revista Notarial 943, año 2002. UNIDAD VIII BENSEÑOR, Norberto R., y FAVIER DUBOIS, Eduardo M., La representación orgánica en las S.A. y el contenido de la calificación notarial. Revista del Notariado, 1984, p. 631. RAPALLINI, Liliana E., Régimen Internacional del poder de representación. Revista Notarial nº 930. ZINNY, Mario A., Casos notariales. Ed. Depalma. Bs. As. 1986. UNIDAD IX BOLLINI, Jorge A.: Fe de conocimiento y fe de identificación. Revista del Notariado nº 691, año 1984. PONDE, Eduardo B., Fe de conocimiento y fe de individualización. Revista del Notariado nº 1081, año 1983. TRIGO REPRESAS, Félix A., Capacidad y legitimación en el otorgamiento de actos jurídicos. Revista Notarial nº 918, año 1994, p. 413. VITERBORI, Juan C.: El juicio de capacidad en las calificaciones del notario (omisión y responsabilidad). Revista Notarial, año 1974, p.259. UNIDAD X ACQUARONE, María T. y otros, Estudio de títulos. Revista del Notariado, año 1981, p.137. CARGAT, Soluciones notariales.Vol. 1 y 2 . Ed. Depalma. Bs. As. 1996. ETCHEGARAY, Natalio P., Trámites previos en escrituras relacionadas con inmuebles. Revista Notarial nº 761, año 1975. FALBO, Marcelo N., Estudio de títulos. Buena fe. Función notarial. En "XVIII Jornada Notarial Argentina", Salta, 1980. PELOSI, Carlos A., Los certificados notariales. Revista del Notariado, año 1971, p.415. TRANCHINI, Marcela Haydée. Nuevas Formas de Contratación. El Tiempo Compartido. Revista Notarial número 881, 1985, p. 671. TRANCHINI, Marcela Haydée y OTROS. Soluciones Notariales al fenómeno de la llamada multipropiedad o propiedad a tiempo compartido. Revista del Notariado año 1987 y Revista Notarial número 894, p. 683 y sgtes. TRANCHINI, Marcela Haydée. Nuevas formas de evolución del dominio. Revista Notarial 894, p. 826 y sgtes. TRANCHINI, Marcela Haydée. La forma de las donaciones de inmuebles. Cuestiones que plantea un voto en minoría. Revista Notarial 899, año 1988, p. 928. TRANCHINI, Marcela Haydée. El administrador en la propiedad horizontal: representante del consorcio. Revista Notarial 907, año 1990, p. 315. TRANCHINI, Marcela Haydée. La redacción del reglamento de copropiedad y administración (cómo un tema menor puede resultar trascendente). Revista Notarial 907, año 1990, p. 529. TRANCHINI, Marcela Haydée. Propiedad Horizontal. Aporte al tema: Propiedad Horizontal. XIV Jornadas Nacionales de Derecho Civil. San Miguel de Tucumán, 20 al 23 de Setiembre de 1993. TRANCHINI, Marcela Haydée. La forma del acto de designación del administrador en propiedad horizontal. ¿Acta de protocolización o escritura pública? Revista Notarial año 1993 14 TRANCHINI, Marcela Haydée y OTROS. Fideicomiso. Leasing Securitización. Aplicaciones Prácticas de la Ley 24441. Aporte del Comité de Redacción de la Revista Notarial. Separata de la Revista Notarial. Año 1996. TRANCHINI, Marcela Haydée. Fideicomiso: El contrato, la propiedad y el dominio Fiduciario. Revista Notarial, nº 929, Año 1998, p. 65 TRANCHINI, Marcela Haydée. Letras hipotecarias (con especial referencia a las letras hipotecarias escriturales). Revista Notarial, nº 938, 2001, p. 23. ZINNY, Mario A., Casos notariales. Ed Depalma. Bs. As. 1986. UNIDAD XI FALBO, Marcelo N., Naturaleza jurídica del acta notarial. Revista Internacional del Notariado nº 77, año 1981, p.159. MARTINEZ SEGOVIA, Francisco, Comprobación de hechos ante notario público. Su naturaleza y efectos. Revista del Notariado, año 1970, p.963. MARTINEZ SEGOVIA, Francisco, Las actas notariales en la legislación y en el Anteproyecto de Ley Notarial Argentina. Revista Notarial, año 1964, p.1583. NAVARRO AZPEITIA, Fausto, El acta notarial y sus conexiones procesales. Revista Notarial, año 1966, p.2095. NÚÑEZ LAGOS, Rafael, Efectos sustantivos de las actas notariales. Cuaderno nº 23, serie Derecho Notarial, Ed. Universidad Notarial Argentina. PELOSI, Carlos A., Las actas en la ley 9020. Revista Notarial, año 1978. PELOSI, Carlos A., La falta de legislación en materia de actas notariales. Revista del Notariado nº 951, año 1978. TRANCHINI, Marcela Haydée y OTROS, bajo la coordinación de PEREZ LOZANO, Néstor O. Cuestiones técnicas en materia de actas. Revista Notarial 893, año 1987, p. 459 y sgtes. UNIDAD XII LASCALA, Jorge H., Certificación de Firmas e Impresiones Digitales. Revista del Notariado nº 817, p. 375. PELOSI, Carlos A., Las certificaciones de firmas. Revista Notarial nº 712, año 1961. PELOSI, Carlos A., Efectos probatorios de los documentos de segundo y ulterior grado. Revista Notarial año 1967, p.927. PELOSI, Carlos A., Definición de documento extraprotocolar. Revista del Notariado, 1970, p. 691. UNIDAD XIII ALTERINI, Jorge H. Y OTROS, Teoría general de las ineficacias. Ed. La Ley, Bs. As., 2000. COMPAGNUCCI de CASO, Rubén H., El negocio jurídico. Bs. As., 1992. LLOVERAS DE RESK, María E., Tratado teórico práctico de las nulidades. Ed. Depalma, Bs.As., 1985. NIETO BLANC, Ernesto, Ineficacia y nulidad. El Derecho, T. 114. ZANNONI, Eduardo A., Ineficacia y nulidad de los actos jurídicos. Ed. Astrea, Bs. As., 1986. UNIDAD XIV BOFFI BOGGERO, Luis María, La argución de falsedad y la plena fe del instrumento público en el art. 993 del Código Civil Argentino. Revista Internacional del Notariado, año 1949, p.11. TRIGO REPRESAS, Félix A, Redargución de falsedad instrumental. Revista Notarial, nº 902, p. 233. UNIDAD XV ARMELLA, Cristina N., El documento notarial sin compareciente (A propósito de las subsanaciones). Revista Notarial nº 918, año 1994, p. 263. ARMELLA, Cristina N., Legalizaciones internas e internacionales. (Libre circulación internacional vs. seguridad jurídica)" Revista del Notariado 848, p. 45. CARGAT, Soluciones notariales. Vol. 2 . Ed. Depalma, Bs. As., 1996. ETCHEGARAY, Natalio P., Notas marginales de subsanación. Revista Notarial año 1976, p.1221. 15 FALBO, Miguel N., Eficacia del documento notarial en las relaciones internacionales, y su valor probatorio. Revista Notarial, año 1958, p.129. NÚÑEZ LAGOS, Rafael, Documento público y autenticidad de fondo. Revista del Notariado, año 1973, p.123. PERUGINI de PAZ y GEUSE, Alicia M., La validez y circulabilidad internacional del poder de representación notarial. Ed. Depalma, Bs. As., 1988. PERUGINI DE PAZ y GEUSE, Alicia M., Derecho Internacional Privado Notarial. Revista Notarial nº 790, p. 797. RAPALLINI, Liliana E., Régimen Internacional del poder de representación. Revista Notarial nº 930. TRANCHINI, Marcela Haydée. Limitación a las transacciones en dinero efectivo: leyes 25.345 y 25.413. decreto 22/ 2001. Intervención notarial: modelos. Títulos observables. Técnicas de subsanación. Revista Notarial 943, año 2002. UNIDAD XVI BERNARD, Tomás D., Los valores esenciales del notariado. Las exigencias en cuanto a moralidad y conducta ética como presupuesto para el acceso a la función fedataria. Revista Notarial, año 1971, p.1585. BERNARD, Tomás D., Escribanos adscriptos. Revista del Notariado nº 731, año 1973, p.1754. CARMINIO CASTAGNO, José C., Correcta caracterización de la función notarial. L.L. 1981. Tomo A. CASTAN TOBEÑAS, José, Función notarial y elaboración notarial del derecho. Reus, Madrid, 1946. MARTINEZ SEGOVIA, Francisco, Función Notarial. Estado de la doctrina y ensayo conceptual. Ed. Delta Editora. Entre Ríos. 1997. PELOSI, Carlos A., Naturaleza jurídica de los colegios notariales. Revista del Notariado, año 1973, p. 1.564. RODRIGUEZ ADRADOS, Antonio, El Notario, función privada y función pública. Su inescindibilidad. Revista Notarial 858, p. 347. TRANCHINI, Marcela Haydée. La función notarial en la economía de mercado. VIII Jornada Notarial Iberoamericana. Veracruz, México, 4 al 7 de Febrero de 1998. TRANCHINI, Marcela Haydée. La función notarial en tiempos de inseguridad jurídica. Revista Notarial. 942, Año 2002, p. 577. UNIDAD XVII BARDALLO, Julio R., La ética profesional y los vicios que más preocupan. Revista del Notariado, año 1972, p. 685. BARRIVIERA, Natalia, Falta de ética. Publicidad excesiva. Revista Notarial n° 938 año 2001, p. 309 y Revista del Notariado n° 871 año 2003 p. 145. BERNARD, Tomás D., Los valores esenciales del notariado. Las exigencias en cuanto a moralidad y conducta ética como presupuesto para el acceso a la función fedataria. Revista Notarial, año 1971, p.1585. BLASETTI, Alberto C., Responsabilidad del notario proveniente de sus deberes de asesoramiento y consejo. Revista Notarial, año 1967, p. 339. GUARDIOLA, Eliseo J., El secreto profesional del notario y de sus empleados. Revista Notarial año 1957, p. 1223. PONDE, Eduardo B., El Estado no responde por los hechos, actos u omisiones del notario porque éste no es un Funcionario Público. L.L. 1978, Tomo A, p. 787. UNIDAD XVIII BIZZOTTO, Margarita F., Responsabilidad del notario. Revista Notarial, año 1964, p.513. BUERES, Alberto J. Responsabilidad Civil de Escribano. Ed. Hammurabi, Bs. As. 1984. FALBO, Miguel N., Responsabilidad disciplinaria notarial. Revista Notarial 900, p. 1019. GAGLIARDI, Oscar E. Algunos Delitos Vinculados a la Función Notarial. En Revista Notarial 709. HIGHTON de NOLASCO, Elena I., Responsabilidad del Estado por los Escribanos. L.L. 1977-C-953. LLOVERAS DE RESK, María E., Responsabilidad Civil del Escribano Público. E.D. 105-917. MASSOLO, Héctor. La Cuestión Disciplinaria en la Ley 9020. Revista Notarial 862, p. 23. PERRINO, Pablo E., Responsabilidad disciplinaria de los escribanos. Ed. Depalma, Bs.As., 1993. 16 PONDE, Eduardo B., El Estado no responde por los hechos, actos u omisiones del notario porque éste no es un Funcionario Público. La Ley, 1978, Tomo A, p. 787. TRIGO REPRESAS, Félix A., Responsabilidad de los abogados y los escribanos. Revista Notarial nº 870, p. 125. TRIGO REPRESAS, Félix A, Responsabilidad civil de los escribanos de registro. Revista Notarial nº 845, p.1256. YORIO, Elvira., La cuestión disciplinaria. Revista Notarial nº 835. C) 2) DERECHO REGISTRAL BIBLIOGRAFÍA GENERAL ANDORNO, Luis O. y MARCOLIN de ANDORNO, Marta. Ley nacional registral inmobiliaria. Ley 17.801. Comentada. Anotada. Ed. Hammurabi, Bs. As., 1989. AREAN, Beatriz, Curso de Derecho Reales. Privilegios y derecho de retención. 5º Ed. Actualizada. Ed. Abeledo Perrot, Bs. As., 2000. COGHLAN, Antonio R., Teoría general del derecho inmobiliario registral. Ed. Abeledo Perrot, Bs. As., 1995. CORNEJO, AMERICO A., Derecho registral. Registraciones especiales. Ed. Astrea, Bs. As., 1994. GARCIA CONI, Raúl R., Registración inmobiliaria argentina. Depalma, Bs. As,., 1983. GARCIA CONI, Raúl R y FRONTINI A., Derecho Registral aplicado. Ed. Depalma, Bs. As., 1993. GARCIA GARCIA, José Manuel, Derecho inmobiliario registral e hipotecario. Ed. Civitas. Madrid. España. 1993. Dos tomos. GRECO, Tomás H., Manual Práctico de registración inmobiliaria. Ed. La Rocca. Bs. As. 1992. LACRUZ BERDEJO, José Luis y SANCHO REBULLIDA, Francisco de Asís. Derecho inmobiliario registral. Ed. Bosch, Barcelona, España, 1968. LOPEZ de ZAVALIA, Fernando J. Curso introductorio al derecho registral. Ed. Zavalía, Bs. As., 1983. MARIANI de VIDAL, Marina. Curso de Derechos Reales.Zavalía, Bs. As., 1991. MOISSET de ESPANES, Luis. Publicidad registral. Ed. Advocatus, Córdoba,1997. MOISSET de ESPANES, Luis y VACCARELLI, Horacio. Sistema registral inmobiliario Argentina – Paraguay. Ed. Zavalía, Bs. As., 1994. PAPAÑO, Andrés, KIPER, Claudio M., DILLON, Gregorio A. y CAUSSE, Jorge R., Derechos reales. Depalma, Bs. As., 1990. ROCA SASTRE, Ramón María. Instituciones del derecho hipotecario. Ed. Bosch, Barcelona, España, Bosch, 1941. ROCA SASTRE, Ramón María y ROCA SASTRE MUNCUNILL, Luis. Derecho hipotecario. Ed. Bosch, Barcelona, España, 5 tomos, 1979. SCOTTI, Edgardo O. Derecho registral inmobiliario. Ed. Universidad. Bs. As. 1980. VILLARO, Felipe Pedro. Elementos de Derecho Registral Inmobiliario. Segunda Edición actualizada. Colegio de Gestores de la Provincia de Buenos Aires. Bs. As. 1999. BIBLIOGRAFÍA ESPECIAL. UNIDAD XIX CHICO Y ORTIZ, José M., La importancia jurídica del registro de la propiedad. En Homenaje al Profesor Moisset de Espanés. Bs. As. 1980. FALBO, Miguel N., Introducción al estudio del derecho registral. Revista Notarial nº 745, año 1962, p. 1.091, y "II Reunión Nacional de Directores de Registros de la Propiedad", La Plata, 1965. TRANCHINI, Marcela H. y OTROS. Tradición, Posesión y Registro. Revista Notarial número 891, año 1987, p. 19 y sgtes. 17 UNIDAD XX ALTERINI, Jorge H. Gravitación de la reforma del art. 2505 del Código Civil (con especial referencia a las proyecciones de la tradición y al concepto de tercero). ED 43-1181. ALTERINI, Jorge H. La buena fe y la publicidad inmobiliaria registral y extrarregistral. Con una armonización entre la tradición y la inscripción registral. II Congreso Internacional del Derecho Registral. Editado por el Registro de la Propiedad de la Capital Federal. 1974. FALBO, Miguel N., Introducción al estudio del derecho registral. Revista Notarial nº 745, año 1962, p. 1.091, y "II Reunión Nacional de Directores de Registros de la Propiedad", La Plata, 1965. FALBO, Miguel N., Objeto y eficacia de la registración inmobiliaria. Revista Notarial, año 1964, p. 1.425; y "II Reunión Nacional de Directores de Registros de la Propiedad", La Plata, 1965. TRANCHINI, Marcela H. El poseedor por boleto frente al adquirente por escritura pública inscrita sin tradición. Revista Notarial número 882, 1985, p. 966 y sgtes. TRANCHINI, Marcela H. y OTROS. Tradición, Posesión y Registro. Trabajo en Colaboración. Revista Notarial número 891, año 1987, p. 19 y sgtes. TRANCHINI, Marcela H. Tradición Traslativa de dominio. Revista Notarial 906, año 1990, p. 251. TRANCHINI, Marcela H. El contrato y los derechos reales, en la obra Contratos - Teoría General T. I. , dirigida por STIGLITZ, Rubén S. Ed. Depalma, Buenos Aires, año 1990, p. 3. TRANCHINI, Marcela H. (Coordinadora) Informe sobre el Proyecto de Código Civil de la Comisión creada por Decreto 685/95. Comisión Especial del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires. Año 2000. UNIDAD XXI ALTERINI, Jorge H. El art. 1051 del Código Civil y el acto inoponible. J.A. 1971-634. HIGHTON, Elena I. Solución a algunos problemas que plantea el art. 1051 del Código Civil. La Ley, 1980D-290. PEREZ LASALA, J.L.: La fe pública registral y las normas civiles de protección al tercero. La Ley, Tomo 148, p. 1.116. UNIDAD XXII FALBO, Miguel N., La inscripción registral y sus efectos. En "Estudios jurídico-notariales en homenaje al notario Aquiles Yorio". La Plata, 1971; y Revista Notarial año 1971, p. 1513. HIGHTON, Elena I. Algunas cuestiones que plantea la especialidad de la hipoteca. L.L. 1984-C-96. TRANCHINI, Marcela H. Hipoteca en moneda extranjera. Aporte a las XIII Jornadas Nacionales de Derecho Civil. Buenos Aires, 4 al 7 de Setiembre de 1991. TRANCHINI, Marcela H. La propiedad con titularidad temporal compartida. Su registración. VI Congreso Nacional de Derecho Registral. Posadas, Misiones, año 1986. VILLARO, Felipe P., Plazos registrales en la ley 17.801. Jurisprudencia Argentina, año 1970. UNIDAD XXIII GARCIA CONI, Raúl R. El Contencioso registral. Ed. Depalma. Bs. As. 1978. KEMELMAJER de CARLUCCI, Aída R. Calificación registral de documentos que tienen origen en decisiones judiciales. Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España. Centro de Estudios Registrales. Madrid. España. 1996. RUIZ de ERENCHUN, Alberto F., Calificación Registral. En "II Reunión Nacional de Directores de Registro". UNIDAD XXIV ANDORNO, Luis O., Las preferencias excluyentes. Efectos registrales en materia de prioridad de los gravámenes y sus ampliaciones. Gaceta del Notariado nº 92, Rosario, 1983. ALTERINI, Jorge H. Rango hipotecario: reserva, permuta, posposición, coparticipación de rango. Revista del Notariado, 720 - 1997. Año 1971. Separata del Colegio de Escribanos de la Capital Federal. FALBO, Miguel N. Doctrina general del tracto sucesivo en el derecho argentino. Revista Notarial, 854-75. 18 FALBO, Miguel N. El principio de prioridad registral en la Argentina. Revista del Notariado, 811-1259. RUIZ de ERENCHUN, Alberto F. El libro diario en los registros inmobiliarios. Revista Fides nº 12. UNIDAD XXV ALTERINI, Jorge H. y LLOVERAS, Néstor L. Responsabilidad civil por inexactitudes registrales. El Derecho, 62 - 547. FALBO, Miguel N., La certificación registral con reserva de prioridad. Revista Notarial, año 1975, p. 349. FALBO, Miguel N., Características del régimen registral argentino. La certificación registral con reserva de prioridad indirecta. Revista Notarial, año 1968, p. 1.680. GHERSI, Carlos A. y GIORDANO, Mónica, El servicio registral inmobiliario. Algunos aspectos sobre la reparación de daños por el estado. Revista del Notariado nº 807, año 1986. NUTA, Ana R. y OTROS, Las medidas cautelares y el bloqueo registral. Revista del Notariado, año 1976. PELOSI, Horacio, Utilización de certificado del registro de la propiedad solicitado por otro escribano. Revista del Notariado, 713 -1646. UNIDAD XXVI ALTERINI, Jorge H. Publicidad de las cesiones de derechos hereditarios. En Temas de Derecho Privado. Departamento de Derecho Privado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Edición del Colegio de Escribanos de la Capital Federal. Año 1989, p. 79 y ss. FALBO, Miguel N. Las inhibiciones y la publicidad registral. Rev. Not. 749-1255. MOISSET de ESPANES, Luis. Dominio de automotores y publicidad registral. Ed. Hammurabi, Bs. As. 1991. ROTONDARO, Domingo, El Registro Nacional de Buques. Revista "Fides" nº 9. D) METODOLOGIA PROPUESTA PARA LA ENSEÑANZA. En la concepción de la Cátedra el método tiene por fin favorecer las experiencias del estudiante que, con determinados contenidos como medio, llevan al logro de los objetivos propuestos. Señalar la importancia del método no implica que la aplicación de uno o varios garanticen por sí solos el cumplimiento de los objetivos sino, simplemente, que hay una serie de pautas generales que nos permiten alcanzar aquellos con mayor eficacia. Junto al método clásico, simbolizado por la clase magistral, empezaron a utilizarse los activos, así denominados pues fomentan la activa participación en clase como la interacción de los alumnos. Entre ellos podemos mencionar el interrogativo- dialogado, el de discusión y, con particular aplicación en nuestra rama del saber, el de casos. En nuestro criterio la elección de métodos clásicos o activos no debe plantearse en términos de oposición irreductible. En efecto, todos los métodos presentan sus desventajas si es que se los pretende aplicar en forma excluyente. Unos y otros serán implementados desde nuestra Cátedra según las circunstancias. Así, el método expositivo, aunque combinado con la interrogación y el diálogo, resultará apto ante grupos numéricamente grandes de alumnos y para la transmisión de conocimientos de la teoría del derecho legislado; mientras que los métodos activos, se utilizarán preferentemente frente a grupos medianos o pequeños con el fin de enlazar aquellos conocimientos con la realidad viva del Derecho. Para ello se realizarán trabajos prácticos sobre la base de casos reales o ficticios y se analizaran fallos judiciales, textos escriturarios, certificados registrales y matriculas de inmuebles, entre otros. Prof. Marcela H. TRANCHINI 19