CAMBIOS DE ADSCRIPCIÃN - SecretarÃa de Educación del Estado
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CAMBIOS DE ADSCRIPCIÃN - SecretarÃa de Educación del Estado
CAMBIOS DE ADSCRIPCIÓN CONVOCATORIA 2015-2016 “2015, Año de José María Morelos y Pavón” La Secretaría de Educación del Estado de Campeche, con fundamento en lo establecido en los artículos 61 y 62 de la Ley General del Servicio Profesional Docente; 6, fracciones XVIII y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación, Quinto Transitorio de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche, y 55 del Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la Secretaría de Educación Pública, CONVOCA al personal con funciones de Supervisión, Dirección, Docente y Técnico Docente, con base a lo establecido en la Ley General del Servicio Profesional Docente, así como al personal de Apoyo y Asistencia a la Educación, en la Educación Básica, a participar en el proceso de Cambios de Adscripción 2015-2016, de conformidad con las siguientes: BASES I).- PARTICIPANTES Podrá participar el personal de base activo con nombramiento definitivo (código 10), que desee solicitar cambio de adscripción de centro de trabajo. En caso de ser personal activo con nombramiento provisional (interino ilimitado código 95), y se encuentre en proceso de obtener su definitividad o cumpla todos los requisitos para obtenerla, será considerado para participar en la presente convocatoria. II).- REQUISITOS 1. Contar con nombramiento definitivo (código 10), con salvedad de los casos considerados en el segundo párrafo del apartado I. 2. Estar en servicio activo al momento de solicitar el cambio de adscripción, y hasta concluir el proceso; es decir, no gozar de ningún tipo de licencia, excepto por gravidez. 3. Tener como mínimo dos años de antigüedad en el centro de trabajo de adscripción. III).- CRITERIOS DE SELECCIÓN El Criterio que tomará en cuenta el Comité Institucional para llevar a cabo la dictaminación será la antigüedad. El trabajador deberá haber observado un buen desempeño profesional, sin haber incurrido en falta grave, ni haber recibido sanciones administrativas (notas malas, extrañamientos o amonestaciones, derivadas tanto del incumplimiento de sus funciones, así como de procedimientos administrativos) durante el ciclo escolar 2014-2015. 1 IV).- REGLAS 1. Los cambios de adscripción que se autoricen se realizarán en el mismo nivel educativo, tipo de servicio o modalidad y plaza, según corresponda, en el cual preste sus servicios el trabajador; 2. Para los docentes y técnicos docentes que se desempeñen por hora-semana-mes, los cambios de adscripción se aprobarán en la asignatura, tecnología o taller de que se trate, con el mismo número de horas. 3. Al personal Docente, Técnico Docente, de Dirección, Supervisión y de Apoyo y Asistencia a la Educación, sujeto a la aprobación de cambio de adscripción, que cuente con nivel de Carrera Magisterial, Compensación de Fortalecimiento Curricular o de otro Sistema de Promoción, el movimiento se realizará en las mismas condiciones. 4.Para el personal Docente, Técnico Docente o de Dirección, que ocupen doble plaza de jornada, se podrá autorizar su movimiento, solamente en caso de que existan las condiciones, disponibilidad de espacio y compatibilidad. 5. Los Docentes, Técnico Docentes y Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación, a quienes el Comité Institucional determine la procedencia de su solicitud de cambio de adscripción, deberán presentar la Constancia de Liberación que acredite la entrega de documentación, materiales y/o valores bajo su resguardo, como condición indispensable para recibir la notificación de adscripción a su nueva escuela. 6. Al personal con funciones de Dirección que se le otorgue cambio de adscripción, deberá presentar su Constancia de Liberación que acredite la entrega de documentación, materiales y/o valores a su cargo, incluyendo contraseña y actas de instalación del Consejo de Participación Social y de las sesiones llevadas a cabo de acuerdo a la normatividad; actas de las sesiones del Consejo Técnico Escolar, así como del reporte de ejercicio presupuestal y la respectiva comprobación del mismo, correspondientes a los programas que se operan en la escuela con asignación de recursos financieros y/o distribución de bienes materiales. 7. Al personal con funciones de Supervisión que se le otorgue cambio de adscripción, deberá presentar su Constancia de Liberación que acredite la entrega de documentación, materiales y/o valores a su cargo, así como la Ruta de Mejora de la Zona Escolar y los acuerdos tomados en el Consejo Técnico de Zona Escolar. V).- PROCEDIMIENTO DE REGISTRO Y DOCUMENTACIÓN REQUERIDA El interesado deberá ingresar con su cuenta de usuario institucional, al portal www.educacioncampeche.gob.mx (opción “servicios institucionales” del menú principal), requisitar la solicitud y adjuntar electrónicamente los documentos requeridos, de acuerdo al instructivo disponible en la misma. Los documentos son los siguientes: a) Último oficio de adscripción que le fue emitido por el nivel educativo en que presta sus servicios. b) Documento que acredite el perfil profesional: Título, acta de examen profesional o cédula profesional (en caso de que se encuentre en trámite la cédula, documento que acredite que inició el trámite para la obtención de la misma). Para el caso del personal de Apoyo y Asistencia a la Educación, constancia o certificado del último grado de estudios. El personal que ostente plaza estatal deberá presentar su solicitud por escrito en la subdirección de recursos humanos, utilizando los formatos que para el efecto sean publicados en la página de la Secretaría. Deberán cumplir los requisitos y plazos establecidos en la presente convocatoria. 2 VI).- GENERALES 1. Los cambios de adscripción para el personal con funciones de Supervisión, Dirección, Docentes y Técnico Docentes, se llevarán a cabo solamente al término del ciclo escolar 20142015; se efectuarán con estricto apego a lo establecido en el Artículo 61 de la Ley General del Servicio Profesional Docente, considerando también aquellos casos que por causa de fuerza mayor lo ameriten. 2. De acuerdo con lo establecido en el inciso anterior, los cambios de adscripción tendrán efectos a partir del inicio del ciclo escolar 2015-2016. 3. El personal que por necesidades del servicio cuente con adscripción provisional (por tiempo fijo) en el ciclo escolar 2014-2015, deberá participar en esta convocatoria a fin de que conforme a las necesidades de los servicios educativos pueda obtener su adscripción definitiva. En caso contrario, se le asignará adscripción de acuerdo a las necesidades del servicio. 4. El número de cambios de adscripción dependerá de la matrícula existente en cada centro de trabajo; a los espacios disponibles de acuerdo a la estructura ocupacional que corresponda a los mismos, y conforme a las necesidades del servicio educativo. 5. El trabajador solamente podrá presentar un tipo de solicitud, de cambio o permuta de adscripción. En caso de presentar ambas en el mismo periodo, éstas serán anuladas. 6. Toda solicitud de cambio de adscripción que contenga datos falsos será anulada. 7. La cancelación de la solicitud de cambio de adscripción sólo podrá tramitarse por escrito dirigido al Comité Institucional, en términos de lo establecido en la presente Convocatoria. 8. El Comité Institucional conformado para el análisis y resolución de cambios de adscripción de la Secretaría de Educación del Estado de Campeche, verificará que las solicitudes recibidas reúnan todos los requisitos previstos en esta Convocatoria. 9. La aprobación de las solicitudes a que se refiere la presente Convocatoria, será de acuerdo a los criterios establecidos por el Comité Institucional, y los resultados se publicarán en el portal de la Secretaría de Educación: www.educacioncampeche.gob.mx 10. Quedarán sin efecto las solicitudes aprobadas por el Comité Institucional al personal con funciones de Supervisión, Dirección, Docentes, Técnico Docentes y de Apoyo y Asistencia a la Educación, en la Educación Básica, que no cumpla con la entrega de todos los documentos en las fechas establecidas en la presente Convocatoria. 12. El Comité Institucional únicamente tomará en consideración las solicitudes que hayan sido presentadas en tiempo y forma, en términos de lo previsto en la presente Convocatoria. VII) FECHAS DEL PROCESO 1. Registro de Solicitudes y envío de Documentación: Del 9 al 26 de junio de 2015, en el portal de la Secretaría de Educación www.educacioncampeche.gob.mx 2. Período para el Trámite de Cancelación de Solicitudes: A partir de la fecha de registro de solicitudes y documentación, hasta el 30 de junio de 2015. 3. Publicación del Dictamen: Domingo 26 de julio de 2015 en el portal de la Secretaría de Educación: www.educacioncampeche.gob.mx 4. Entrega de documentos requeridos para cambio de adscripción: Del 27 al 31 de julio de 2015. 5. Entrega de Oficios de Adscripción: Del 10 al 14 de agosto de 2015. 6. Efectos del movimiento: 16 de agosto de 2015. 3 VIII) OTROS 1. Los casos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos por el Comité Institucional conformado para el análisis y resolución de las solicitudes de cambios y permutas de adscripción. 2. Los participantes podrán presentar en la Subdirección de Recursos Humanos, por escrito, solicitud de aclaración dirigida al Comité Institucional, en un término máximo de 3 días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación del Dictamen. No se admitirá aclaración alguna solicitada fuera del término previsto. 3. Todos los trámites relacionados con la presente Convocatoria son totalmente gratuitos y de manera personal. 4. Para recibir orientación en relación con el proceso de registro escriba un mensaje al correo electrónico [email protected] San Francisco de Campeche, Campeche, a 9 de junio de 2015. ATENTAMENTE Ing. José Martín Farías Maldonado, M.C. Secretario de Educación 4