REGLAMENTO INTERNO PERÚ BIRF SUMARIO

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REGLAMENTO INTERNO PERÚ BIRF SUMARIO
Reglamento Interno
2015
REGLAMENTO INTERNO PERÚ BIRF
SUMARIO
PESENTACIÓN
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES: del Concepto, Fines, Bases Legales, Objetivos y
Alcance.
CAPÍTULO II
DEL CENTRO EDUCATIVO: Creación, Fines, Objetivos, Estructura Orgánica.
CAPÍTULO III
DE LAS FUNCIONES ESPECIALES DE LOS ÓRGANOS COMPONENTES
Del Director.
Del Sub – Director de Formación General.
Del Sub – Director de Áreas Técnicas.
Del Sub – Director Administrativo.
Del Sub – Director de la Sección Nocturna.
Del Coordinador de OBE y Actividades.
Del Departamento del Jefe de Psicopedagogía.
De los Asesores de Área.
Del Jefe de Laboratorio.
Del Jefe de Taller.
Del Coordinador del Programa Huascarán y/o Docente de Innovaciones
Pedagógicas.
Del Jefe de Laboratorio de Cómputo.
Del Personal Docente.
Del Auxiliar de Educación.
Del Personal administrativo (tesorería)
De la secretaría.
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Del auxiliar de oficina.
Del auxiliar de laboratorio.
Del auxiliar de Biblioteca.
Del personal de servicio.
CAPITULO IV
Derechos, prohibiciones, estímulos, faltas y sanciones del personal docente,
tutores y administrativo.
CAPITULO V
De la organización del trabajo educativo y horario.
CAPITULO VI
DE LOS EDUCANDOS.
-
Sus derechos.
-
Sus obligaciones.
-
De las limitaciones.
-
De las sanciones.
CAPITULO VII
Del Consejo Directivo y/o Asamblea general de docentes
CAPITULO VIII
Del órgano de participación y/o apoyo (APAFA)
CAPITULO IX
Disposiciones Complementarias
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CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Del Concepto, Fines, Base Legal, Objetivo y Alcance.
Art. 1. El reglamento interno es un instrumento de gestión institucional estratégico,
producto de una propuesta directiva y aprobada por consenso contiene
información referentes a objetivos, finalidad, bases
disposiciones
generales
y
contenidos;
legales y alcances;
responsables
de
disposiciones
complementarias.
Art. 2. La Institución Educativa Secundaria Público Industrial “PERU BIRF” de Juliaca, es
una Institución Educativa basada por los principios de la Constitución Política del
Perú. Las leyes, decretos, resoluciones Supremas, resoluciones Ministeriales,
decretos y resoluciones Regionales y resoluciones directoriales.
Art. 3. Este documento tiene por finalidad la organización, funcionamiento Administración
y control de la I.E.S.P. Industrial “PERU BIRF”.
Art. 4. El Presente Reglamento se basa en las siguientes disposiciones legales.
A. Constitución Política del Perú.
B. Ley General de Educación N° 28044.
C. Ley de la Reforma Magisterial N° 29944.
D. D.S. N° 011-2012-ED, Aprueba reglamento de la ley general de educación.
E. Resolución Ministerial N° 0494-2007-ED. Directiva para el desarrollo del año
escolar 2008.
F. Resolución Ministerial N° 0440-2008-ED. Diseño curricular Nacional de
Educación Básica Regular.
G. Resolución Ministerial N° 574-94-ED. Reglamento de Control de Asistencia y
permanencia del personal del Ministerio de Educación.
H. D.S. N° 018-2007-ED. Reglamento de la Ley N° 28740, Ley del Sistema
Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa.
I.
Decreto Supremo N° 008-2006-ED. Lineamiento para el seguimiento y control
de la labor efectiva de trabajo docente en las Instituciones Educativas Públicas.
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J. Resolución Ministerial N°0084-2007-ED. Directiva que norma la campaña
Nacional por el respeto y la puntualidad “Respetarnos, compromiso de Todos”.
K. R. M. N° 0218-2004-ED. Aprueban Directiva, Normas para la Recaudación u
Administración de los Recursos Directamente Recaudado en las Instituciones
Educativas Públicas.
L. D. S. N° 028-2007-ED. Reglamento de Gestión de Recursos y Actividades
Productivas Empresariales en las Instituciones Educativas Públicas.
M. D. S. N° 004-2006-ED. Reglamento de la Ley que regula la participación de las
Asociación de Padres de Familia en las Instituciones Educativas Públicas Ley
N° 28628.
N. R. M. N° 0440-2008-ED. Diseño Curricular Nacional de la Educación Básica
Regular.
O. R. M. N° 0431-2012-ED. Aprueba la Directiva N° 014-2012-MINEDU/VMGP
denominado normas y orientaciones para el año escolar 2013 de Educación
Básica.
P. Decreto Legislativo N° 276 Ley de Bases de la carrera administrativa y de
remuneraciones del sector público.
Q. Reglamento de la Carrera Administrativa D.S. N° 005-90-P.C.M.
R. Directiva N° 088-2003-VMGI, Conformación de los Consejos Educativos
Institucionales de las Instituciones Educativas Públicas.
Art. 5. Finalidad de la Educación Secundaria:
A. La educación secundaria de menores está organizada en dos ciclos: sexto
siclo conformado por los primero y segundo grados y séptimo ciclo por tercer,
cuarto y quinto grados.
B. Ofrece una educación integral mediante una formación científica, humanista y
técnica. Afianza su identidad personal y social.
C. Forma para la vida, el trabajo, la convivencia democrática, el ejercicio de la
ciudadanía y para acceder a niveles superiores de estudio.
D. Tiene en cuenta las características, necesidades y derechos de los púberes y
adolescentes.
E. Consolida la formación para el mundo del trabajo. El último ciclo se desarrolla
propio centro educativo o por convenio, en instituciones de formación técnico
productiva, en empresas y en otros espacios educativos que permitan
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desarrollar aprendizajes laborales polivalentes y específicos vinculados al
desarrollo de cada localidad.
Art. 6. Del alcance:
A. Director de la Institución.
B. Sub-Directores.
C. Personal Jerárquico.
D. Personal Docente.
E. Personal de Apoyo Administrativo y de Servicio.
F. Alumnado.
G. Asociación de Padres de Familia.
CAPITULO II
DE LA INSTITUCION EDUCATIVA
Creación, Fines, Objetivos, Estructura Orgánica:
Art. 7. La Institución Educativa Secundaria Pública Industrial “PERU BIRF” de Juliaca,
creada por R.M. N°0464-80-ED., está ubicado en la parte norte de la ciudad de
Juliaca, en la Av. Independencia N° 266 - teléfono051-325591, pertenece a la
UGEL San Román-Juliaca.
Art. 8. La Institución Educativa Secundaria Público, fue creado por R.M. N° 0464 de fecha
30 de abril de 1980 tiene carácter estatal Público y está destinado a ofrecer los
servicios de Educación Secundaria Técnica de menores. Consolidada a la
formación para el mundo del trabajo que es parte de la formación básica de todos
los estudiantes, y se desarrolla en la propia Institución Educativa o por convenio, y
en Instituciones técnico productivo.
Art. 9. Los fines y objetivos de la Institución Educativa son:
A. Prestar servicio ………….a la comunidad.
B. Proporcionar educación integral a los educandos mediante el desarrollo
equilibrado de sus potencialidades físicas, morales e intelectuales.
C. Lograr la participación de la comunidad en el proceso educativo, estimulando el
espíritu solidario, creador y critico, cultivando los valores éticos y cívicos como
base.
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D. Formar integralmente al educando en los aspectos físicos, afectivo y cognitivo
para el logro de su identidad personal y social, ejercer la ciudadanía y
desarrollar actividades laborales y económicas que le permitan organizar su
proyecto de vida y contribuir al desarrollo del país.
E. Desarrollar capacidades, valores y actitudes que permitan al educando
aprender a lo largo de toda su vida.
F. Desarrollar aprendizajes en el campo de las ciencias, las humanidades, la
técnica, la cultura, el arte, la educación física y los deportes, así como aquellos
que permitan al educando un buen uso y usufructo de las nuevas tecnologías.
G. Educar a los alumnos en principios de la Educación moderna y cristiana, con el
apoyo directo de los padres de familia.
H. Concientizar a los padres de familia que son los primeros maestros de los
niños en el hogar, la que se prolonga en la Educación Básica Regular, siendo
necesario preparar y educar a los padres de forma obligatoria y sistemática en
todos los campos.
I.
Investigar, perfeccionar y aplicar una metodología educativa, acorde a nuestra
realidad.
J. Tener en Plan Anual de Trabajo y cumplir el Reglamento interno.
K. Establecer en bases a criterios técnicos por el Ministerio de educación la
estructura de organización, los cuadros de asignación de personal, los
procedimientos de gestión, el Calendario Civico Escolar, las normas de
evaluación de los alumnos y la programación de los contenidos y asignaturas
que contemplan la estructura curricular Básica, establecida por los niveles y
grados.
Art. 10.
La Estructura Orgánica de la Institución, está formado de la siguiente manera:
A. Órgano de Dirección.
i. Dirección. Sub Dirección: Formación General, Sub Dirección de Áreas
Técnicas y Sub Dirección de Administración.
ii. Personal Jerárquico: Coordinador de OBE y Actividades.
iii. Asesoría de matemáticas, Ciencias Naturales, Históricos sociales,
Lengua y Literatura; Jefe de Laboratorio, Jefe de Talleres, Jefe de sala
de Computo y Jefe del programa Huascaran y/o docente responsable
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del proceso de integración de las TICs a nivel de aula de innovación
pedagógica.
iv. Consejo Educativo Institucional (CONEI).
v. Consejo Académico Institucional (CONA).
B. Órgano de Línea.
i.
Unidad de Gestión Educativa Local.
ii.
Área de Servicios Complementarios.
C. Órgano de Apoyo:
i.
Equipo de Desarrollo Educativo de Enlace.
ii.
Área de servicios Complementarios.
D. Órgano de participación:
i.
Asociación de Padres de Familia.
ii.
Asociación de alumnos (Municipio Escolar).
iii.
Asociación de ex alumnos.
CAPITULO III
DE LAS FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS ORGANOS DE COMPONENTES DEL
DIRECTOR:
Art. 11.
El Director de la I.E. PERU BIRF, está ubicado en la jurisdicción de la
UGEL San Román – Juliaca y tiene responsabilidad pedagógica y
administrativa.
Art. 12.
Son funciones del Director:
A. Son funciones del Director de la Institución Educativa, además de las
establecidas en los artículos 55 y 68 de la Ley General de Educación, las
siguientes:
B. Planificar, Organizar, Dirigir, ejecutar, supervisar y evaluarel servicio
educativo.
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C. Conducir la elaboración, ejecución y evolución del proyecto educativo
institucional, Plan Anual de Trabajo y Reglamento interno de manera
participativa.
D. Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica y de
gestión, experimentación e investigación educativa.
E. Aprobar por Resolución Directoral, los instrumentos de gestión de la
institución educativa.
F. Promover y presidir el Consejo Educativo Institucional. (CONEI)
G. Establecer en coordinación con el Consejo Educativo Institucional, antes
del comienzo del año lectivo, la calendarización del año escolar
adecuándola a las características, económico, productivas y sociales de la
localidad, teniendo en cuenta las orientaciones regionales, garantizando el
cumplimento efectivo del tiempo de aprendizaje, en el marco de las
orientaciones y normas nacionales dictadas por el Ministerio de Educación
para el inicio del año escolar.
H. Coordinar con la Asociación de Padres de Familia el uso de sus fondos de
conformidad de establecido en el Reglamento General de la APAFA.
I.
Delegar funciones a los Sub-Directores y a otros miembros de su
comunidad educativa.
J. Estimular el buen desempeño docente estableciendo en la institución
educativa, prácticas y estrategias de reconocimiento público a las
innovaciones educativas y experiencias exitosas.
K. Promover en el ámbito de su competencia, acuerdos, pactos, consensos
con otras instituciones u organizaciones de la comunidad y cautelar su
cumplimiento.
L. Velar por el mantenimiento y conservación del mobiliario, equipamiento e
infraestructura de la institución educativa, y gestionar la adquisición y/o
donación de mobiliario y equipamiento así como la rehabilitación de la
infraestructura escolar.
M. Presidir en comité de evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia
del personal docente y administrativo.
N. Desarrollar acciones de capacitación del personal.
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O. Formular el presupuesto de la institución educativa y velar por la correcta
administración
de
los
recursos
propios,
directamente
recaudados
informando a la autoridad competente de la UGEL San Román.
P. Coordinar con la APAFA sobre el uso de los fondos que ella recaude
priorizando las necesidades del plantel.
Q. Suscribir convenios y/o contratos con fines educativos y organizar eventos
de capacitación docente y actualización.
R. Otros que se le asigne por norma específica del sector.
En lo pedagógico.
A. Optimizar la calidad de los aprendizajes y el desempeño docente,
desarrollando estrategias de estimulación de talentos y promoviendo y
estimulando la permanentemente innovación pedagógica.
B. Promulgar en los centros educativos los documentos normativos que
orientan la vida del centro educativo que estén en concordancia con lo
dispuesto por las normas oficiales.
C. Monitorear, supervisar, asesorar y evaluar el servicio educativo.
D. Autorizar y promover visitas de estudio, excursiones y demás actividades
pedagógicas en diversos lugares de la comunidad.
E. Suscribir, en los centros educativos, convenios y/o contratos con fines
educativos y organizar eventos de capacitación y actualización docente.
F. En institución Educativas con ex variante técnica y CETPRO vincular la
oferta educativa con las demandas del mundo del trabajo y de la
comunidad.
G. Estimular y organizar la participación de los alumnos del centro educativo
en eventos de carácter deportivo, cultural y de la prevención convocados
por el Ministerio de Educación y otras instituciones, de acuerdo a las
presentes normas.
H. Impulsar jornadas pedagógicas que promuevan espacios de inter
aprendizaje y reflexión, así como actividades dirigidas a mejorar la calidad
de los aprendizajes y el servicio educativo en el marco del PEI.
I.
Apoyar la práctica docente de los estudiantes de los Institutos Superiores
Pedagógicos y Facultad de Educación, supervisando y asegurando la
permanencia del docente responsable en el aula, garantizando el
asesoramiento al practicante y posibilitando las innovaciones pedagógicas.
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En los recursos y servicios de la Institución Educativa
A. Planificar, organizar y administrar los recursos y servicios prestados por la
Institución Educativa, siguiendo las orientaciones del P.E.I. y las normas
oficiales; y atendiendo equitativamente las necesidades de los diversos
niveles y modalidades existentes en la Institución Educativa.
B. Formular el presupuesto de la institución educativa pública y velar por la
correcta administración de todos los recursos, incluyendo los recursos
propios.
C. Adjudicar la administración de kioskos y cafeterías de la institución
educativa pública de acuerdo a las normas y disposiciones vigentes.
D. Autorizar el uso eventual y alquiler de ambientes y/o equipos, de la
institución educativa pública de acuerdo a las normas oficiales, asegurando
la conservación del medio ambiente, de las instalaciones y equipos, y un
tipo de utilización que no distorsione los fines educativos de las
instituciones.
E. Coordinar con la Asociación de Padres de Familia el uso de los fondos que
ella recaude, teniendo en cuenta los requerimientos del Plan del Trabajo
Anual.
En lo Administrativo.
A. Supervisar y evaluar las actividades administrativas en coordinación con el
personal directivo y jerárquico de la institución educativa.
B. Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados de matrícula y
expedir certificados de estudio. Dentro de lo normado, aprobar las nóminas
y actas, rectificar nombres y apellidos de los alumnos en documentos
oficiales, exonerar de asignaturas y autorizar convalidaciones, en cualquier
momento del año.
C. Conformar el comité de evaluación de la institución educativa para la
contratación del
personal
docente
y administrativo
mediante
una
Resolución Directoral y comunicar a la autoridad superior.
D. Conformar en la institución educativa los comités de tutoría, convivencia y
Disciplina escolar mediante Resolución Directoral, la misma que será
remitida a la UGEL.
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E. El Director de la institución educativa debe asignar al aula de innovación
pedagógica los equipos según lo especificado a las normas en lo que los
materiales educativos, equipos audio visuales.
F. Evaluar, incentivar y reconocer el esfuerzo y mérito individual y colectivo
del personal. En caso de una evaluación negativa, adoptar medidas
correctivas según lo dispuesto por las normas vigentes.
G. Proponer al órgano intermedio las licencias, de acuerdo a las normas
vigentes. Seleccionar y designar, en el centro educativo público, previa
propuesta de la respectiva Comisión Especial de Evaluación, al docente
reemplazante por tiempo que dure la licencia del titular, comunicando
oportunamente al órgano intermedio del Ministerio de Educación para las
acciones correspondientes. La resolución se emite dentro del plazo de diez
días útiles. Así mismo, proponer al órgano intermedio licencias del personal
administrativo y cubrir dicha licencia cuando es sin goce de haber.
H. Informar de manera pública transparente a la comunidad educativa del
manejo de recursos de la institución educativa.
En las relaciones con la comunidad Educativa
A. Convocar y presidir el consejo escolar de la Institución Educativa.
B. Coordinar con la Asociación de Padres de Familia y el órgano intermedio
del Ministerio de Educación asuntos de interés común.
C. Prevenir y mediar en situaciones de conflicto, creando condiciones que
favorezcan relaciones humanas positivas al interior de la comunidad
escolar.
D. Promover actividades de promoción educativa comunal y actividades de
apoyo a la alfabetización de adultos.
En relación a niños y adolescentes con necesidades especiales, en Centros
Educativos públicos.
A. Disponer de oficio la matrícula del menor abandonado o en riesgo de
abandono y coordinar acciones de ayuda con diversas instituciones.
B. Garantizar la integración de la Institución Educativa pública o privado y al
aula de alumnos con necesidades educativos especiales en los casos que
lo ameritan.
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FUNCIONES DEL SUB-DIRECTOR DE FORMACION GENERAL
Art. 13.
Tiene dependencia del Director de la Institución Educativa y coordina con
los otros Sub Directores y es responsable de las siguientes funciones:
A. Participar en la elaboración del Plan Anual de Trabajo, PEI y PCI.
B. Elaborar el Plan específico a su cargo.
C. Orientar y asesorar a los docentes, en la planificación curricular.
D. Organizar y promover eventos técnicos-pedagógicos, en la elaboración
de Programación Anual, Unidades Didácticas, Sesiones de Aprendizaje,
para ser aplicado en la Dirección del Proceso de aprendizaje.
E. Evaluar Trimestralmente el Proceso de enseñanza y aprendizaje
conjuntamente con los Señores Asesores sobre los logros y dificultades
en la elaboración de las evaluaciones.
F. Participar
en
las
acciones
Programadas
de
Investigación
y
experimentación de nuevos métodos y Técnicas de Trabajo educativo
así como eventos y actualización Docente Organizado por la UGEL.
G. Organizar, supervisar y evaluar la programación curricular, ejecución y
establecer ajustes necesarios.
H. Planificar, supervisar, coordinar y evaluar las actividades
técnico-
pedagógica del Área de su competencia, en estrecha coordinación con
el director, plana jerárquica y asesorias de cada Área.
I.
Supervisar, monitorear y evaluar las actividades de orientación y
bienestar de educando.
J. Supervisar y monitorear la labor técnico- pedagógica de los asesores y
docentes.
K. Programar y supervisar la ejecución y evaluación trimestral, aplazados,
cargos y subsanaciones.
L. Ejecutar la distribución de horas de clase, en coordinación con los
asesores y docentes.
M. Elaborar horarios en estrecha colaboración con los asesores y
docentes.
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N. Supervisar y evaluarla utilización de los módulos, equipos, máquinas,
herramientas, insumos y otros enseres de los laboratorios y biblioteca,
talleres, aulas, en coordinación con los asesores y jefes de taller.
O. Orientar y asesorar
a los docentes en la elección y aplicación de
métodos, medios auxiliares, procedimientos y técnicas de evaluación.
P. Investigar y publicar bimestralmente y anualmente el rendimiento de los
educandos utilizando técnicas específicas
Q. Conformar los círculos de mejoramiento en la institución educativa
(CINCAE).
R. Velar y cautelar por el cumplimiento eficaz y eficiente de las funciones
específicas de los asesores, coordinadores, jefes de taller y docente.
S. Realizar funciones que le asigna el Director y otros de su competencia.
T. Controlar la asistencia y puntualidad del personal a su cargo y disponer
el reemplazo de los ausentes con los asesores docentes disponibles.
U. Informar periódicamente al Director, a los profesores, alumnos y padres
de familia, sobre el desarrollo de la dirección del aprendizaje.
V. Organizar las actividades de recuperación del educando a lo largo del
año lectivo y en el periodo vacacional, previa selección de docentes
responsables.
W. Convoca y dirige las reuniones técnico pedagógico para coordinar y
evaluar el trabajo educativo.
X. Reemplazar al Director en caso de ausencia.
Y. Participa en las Reuniones del CONEI y CONA.
FUNCIONES DEL SUB- DIRECTOR DE AREAS TECNICAS:
Art. 14.
Depende del Director del Plantel, es responsable de las siguientes funciones
inherentes:
A. Participar en la formulación del Plan Anual de Trabajo, PEI y PCI.
B. Planificar, organizar, supervisar y evaluar las actividades educativas de las
Áreas técnicas, en coordinación con el Director y otros Sub Directores.
C. Orientar el trabajo de los Docentes a su cargo, brindándoles el
asesoramiento correspondiente y haciéndoles conocer las disposiciones
vigentes.
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D. Evaluar Trimestralmente el Proceso de Enseñanza y Aprendizaje y la
Elaboración de la Documentación de los Docentes de Áreas Técnicas.
E. Tener al día el Inventario General Actualizado de todas las especialidades
a su Cargo.
F. Mantener Actualizado las Documentaciones Pedagógicas y Administrativas
de Áreas Técnicas.
G. Promover la realización de proyectos de producción, como medio de
aprendizaje y de contribución al funcionamiento y conservación de talleres
y equipos de acuerdo a normas específicas.
H. Programar la organización de actividades de exploración de intereses y
actividades de orientación vocacional, ejecutando pruebas de ubicación en
coordinación con el jefe de taller.
I.
Supervisar, racionalizar el uso de ambientes, talleres, campos e
producción, maquinarias y herramientas.
J. Organizar el servicio de mantenimiento y conservación de los diferentes
talleres.
K. Realizar charlas, seminarios concursos internos y otras actividades de su
competencia.
L. Efectuar el inventario minucioso del mobiliario, maquinas herramientas y
demás enseres con que cuenta los diferentes talleres.
M. Evacuar el informe anual sobre las acciones cumplidas durante el año
lectivo.
N. Coordina con centros de capacitación para las visitas.
O. Participa en las reuniones del CONEI y CONA.
FUNCIONES DEL SUB DIRECTOR ADMINISTRATIVO:
Art. 15.
Depende del Director de la I.E., es responsable de cumplir las siguientes
funciones específicas.
A. Participar en la formulación del Plan de Trabajo Anual, PEI y PCI.
B. Planificar, coordinar, evaluar y controlar las acciones administrativas.
C. Controlar la asistencia del personal a su cargo, y disponer el remplazo
de los ausentes, en coordinación del Director de programar, adquirir y
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distribuir oportunamente y racionalmente los bienes y servicios de la
I.E. Con opinión del Director.
D. Asesorar y coordinar, evaluar la ejecución presupuestaria con los
diferentes y/o Jefes de Áreas Técnicas.
E. Realizar seguimiento al personal a su cargo, y crono gramar el rol de
turnos de permanencia del Personal de Servicio
e informar a la
dirección.
F. Participar en la comunicación de licitaciones, concurso de precios y
otros.
G. Adecuar y aplicar normas y procedimientos de contabilidad, tesorería y
abastecimientos.
H. Informar mensualmente todos los materiales distribuidos de unidad de
costeo a todo el personal a la dirección del plantel para su información.
I.
Tener actualizado el inventario de bienes enseres
de la Institución
Educativa.
J. Revisar y visar órdenes de compra y servicios para la ejecución del
presupuesto.
K. Coordinar con lo administrativo con los otros Sub-Directores, los
horarios turnos de trabajo del personal.
L. Supervisar y realizar el uso de los ambientes y oficinas instrumentos de
banda y demás bienes del plantel.
M. Organizar, supervisar y coordinar con la Dirección de la I.E. La
matrícula de los alumnos y enviar oportunamente
la nómina a la
Dirección de la UGEL para su aprobación.
N. Velar por la seguridad de los ensere, equipos módulos, herramientas,
maquinarias y otros enseres de la Institución Educativa.
O. Visar la entrada y salida de materiales del depósito con fines de realizar
actividades y gestionar el material didáctico para la Dirección del
aprendizaje mediante Unidad de Costeo.
P. Recoger en el tiempo más corto posible, las boletas de remuneración
del personal de docente y administrativo; así como tratar de inmediato
los reclamos que pudiera existir referente a las remuneraciones de la
UGEL. En coordinación con la Dirección del Plantel.
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Q. No tiene facultad de retener en su poder las boletas de pagos después
de haber recogido hasta el día siguientes, salvo que se trate de días
laborales.
R. Asistir puntualmente a la I.E. Dando el buen ejemplo al personal a su
cargo.
S. Ejecutar el pago por adquisiciones de bienes y servicios y demás
materiales.
T. No abandonar su función y atención al público usuario antes de la hora
de salida, salvo por fuerza mayor y otros motivos inherente a su cargo;
en ambos casos pondrá en conocimiento de la Dirección.
U. Absolver las consultas del personal docente, público usuario y
alumnado en general.
V. Informe mensual la inasistencia del personal administrativo
a la
dirección del plantel y los hechos ocurridos dentro de la institución
educativa sobre las acciones cumplidas durante el año lectivo.
W. Provee materiales educativos: mota y plumones a todas las aulas o
clases con la suficiente ración.
X. Coordina permanentemente con el personal de servicio para mejorar el
mantenimiento y las condiciones de salubridad de las aulas, ambientes
de oficina SS. HH., Talleres y otros ambientes de la Institución
Educativa.
Y. Supervisar el cuaderno de ocurrencia del personal de servicio
Diariamente.
Z. Llamar la atención verbal o escrita al Personal
a su cargo, por
incumplimiento de funciones en caso de reincidencia o gravedad de
falta informar a la Dirección.
FUNCIONES DEL SUB-DIRECTOR DE LA SECCION NOCTURNA (EBA)
Art. 16.
Depende del director de la I.E. Turno diurno, es responsable de las
siguientes funciones.
A. Participar en la formación del Plan Anual de Trabajo de su área que le
compete.
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B. Planificar, supervisar, organizar, ejecutar y evaluar las actividades
técnico pedagógico en coordinación con el director con el Director y
otros Sub-Directores del Plan.
C. Supervisar las actividades de orientación y bienestar del educando.
D. Informar periódicamente al Director y Padres de Familia sobre el
desarrollo de la dirección del aprendizaje.
E. Organizar las actividades de recuperación de los participantes en el
periodo vocacional.
F. Encausar y controlar la conducta de los estudiantes, en la formación
de conciencia cívica de los participantes, inspirándose en los altos
valores de patrimonio y civismo.
G. Controlar la labor de los docentes y/o personas de apoyo a su cargo.
H. Ejecutar las pruebas de ubicación, cuando los participantes lo soliciten
para adecuarlo según su rendimiento en el grado inmediato que le
corresponde de acuerdo a las normas legales y vigentes.
FUNCIONES COORDINADOR DE ORIENTACION BIENESTAR DEL EDUCANDO Y
ACTIVIDADES (COMITÉ DE TUTORIA, PREVENCION INTEGRAL Y PROMOCION
SOCIAL EDUCATIVO)
Art. 17.
Depende del Director de la I.E. y/o sub- Director de Formación General,
según el caso y efectúa las siguientes funciones.
A. Participar en la formulación del Plan de Comité de OBE con el Director de
la Institución Educativa y docentes Tutores e Integrantes del Comité.
B. Coordinador convocar y precede las reuniones del comité y velara por el
cumplimiento de las funciones de convivencia y disciplina escolar.
C. Verificara la elaboración de los planes Tutoriales de Aula por parte delos
tutores.
D. Programar, organizar y supervisar y evaluar las actividades de orientación y
servicio de bienestar al educando.
E. Conformar los comités de tutoría, convivencia y disciplina escolar
conjuntamente con el director y el sub director de formación general para el
cumplimiento de sus funciones.
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Reglamento Interno
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F. Programar actividades de orientación en las áreas: vocacional personal,
social, académica y de salud; en coordinación con los asesores de grado
auxiliar de educación e instituciones públicas y privadas.
G. Cumplir con su jornada laboral de 40 horas, compartidas con el dictado de
clases 12 horas y sus funciones como asesor de OBE.
H. Organizar actividades de promoción estudiantil y comunal como culturales,
educativas folklóricas, comedor estudiantil, etc. Que coadyuven la
promoción bio-psicosocial del educando.
I.
Promover el cultivo de valores éticos, sociales, actividades cívicas
patrióticas, orientados a lograr la conciencia e identidad nacional, que
permiten al familiar y acción-comunal, mediante la programación y
organización de eventos y jornadas de trabajo.
J. Realizar investigaciones psicopedagógicas y el tratamiento de los casos
problemas, elaborando estadísticas.
K. Efectuar charlas de orientación vocacional y profesional de los alumnos de
acuerdo con sus intereses de actitudes mediante seminarios, fórums,
folletos, exposiciones y otros medios de difusión.
L. Aplicar la pruebas psicopedagógicas individuales que fueses necesarios
para la investigación y diagnóstico de los casos especiales recomendando
el trato a seguir.
M. Contribuir la formación de la personalidad del educando, cuidando su
integridad moral y de la salud físico mental.
N. Encauzar y controlar la conducta de los educando y hacer cumplir las
normas éticas, higiénicas y educativas.
O. Mantener relaciones frecuentes con los padres de familias o tutores de los
educandos para informales sobre la conducta, rendimiento, puntualidad,
asistencia e higiene de sus hijos.
P. Coordinar la labor de los auxiliares de Educación.
Q. Promover charlas de orientación sexual.
R. Detección y solución de problemas de salud, físico mental y alimentación
en el educando.
FUNCIONES DEL COMITÉ DE TUTORIA, CONVIVENCIA Y DISCIPLINA ESCOLAR:
A. Contextualizar las actividades de Tutoría y Orientación Educativa (TOE), que
incluyen los programas de prevención de acuerdo al diagnóstico del PEI.
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Reglamento Interno
2015
B. Organizar, programar, orientar, supervisar, monitorear y evaluar las actividades
de Tutoría y Orientación Educativa (TOE).
C. Promover y organizar acciones de formación y asesoría, dirigidas a
estudiantes, docentes y padres de familia.
D. Asegurar la incorporación de las acciones de Tutoría y Orientación Educativa
(TOE) en el PEI, PCI, Y PAT.
E. Promover la realización de reuniones periódicas a lo largo del año escolar
entre tutores por grado y/o nivel para el intercambio de experiencia.
F. Promover y organizar la realización de tres o cuatro reuniones durante el año
entre tutores y los padres de familia de sus respectivas secciones, para tratar
temas relacionados con la orientación de los estudiantes.
G. Promover las Escuela de Padres d acuerdo a las posibilidades de la institución
educativa.
H. Promover el establecimiento de alianzas con otras instituciones, tomando en
cuenta que su labor debe adecuarse a la normatividad vigente y a los
lineamientos de OTUPI.
I.
Es responsable de las acciones correspondientes a la campaña “Tengo
Derechos al Buen Trato”.
FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL COORDINADOR DE ATIVIDADES
Art. 18.
Tiene dependencia del Director y/o Sub Director y realiza las siguientes
funciones:
A. Presentar al inicio del año lectivo el plan de trabajo anual correspondiente.
B. Asistir puntual y obligatoriamente en la preparación Cívico Patriótico,
coordinando con los Señores Auxiliares de Educación y Docentes Tutores.
C. Cumplir y participar en todas las actividades del Calendario Cívico Escolar.
D. Organizar, orientar, acompañar y vigilar a los alumnos durante los periodos
de actividades de la Institución Educativa.
E. Asistir en forma obligatoria en todas las actividades cívicas, culturales, que
se realizan dentro y fuera de la Institución Educativa.
F. Canalizar con la Dirección de la Institución Educativa sus inquietudes y
aspiraciones de carácter Técnico y pedagógico en beneficio del plantel.
19
Reglamento Interno
2015
G. Coordinar con el coordinador de OBE, Auxiliares de Educación, alumnos y
Padres de familia para toda actividad de fechas Cívicas en la Institución
Educativa.
H. Apoyar acciones para la detección de problemas y eficiencia en salud,
nutrición, primeros auxilios y otros de atención especial.
I.
Programar charlas para los docentes de diferentes Áreas Curriculares de
acuerdo al Calendario Cívico Escolar.
J. Contribuir al establecimiento de relaciones democráticas y armónicas, en el
marco del respeto de las normas de convivencia.
K. Detectar e intervenir frente a eventuales problemáticas grupales o
individuales que puedan surgir en el aula.
FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DEL JEFE DE PSICOPEDAGOGICA.
Art. 19.
Tiene dependencia del Director, Sub Directores y/o Coordinador de O.B.E. y
realiza las siguientes funciones.
A. Planificar, organizar, asesorar y evaluar el sistema de Tutoría y Prevención
integral en la Institución Educativa (función compartida con OBE.).
B. Coordinar con los Docentes Tutores, sobre la organización de los alumnos
a nivel de cada aula y comités de aula con los padres de familia.
C. Brindar los servicios de consejería o terapia con la participación directa de
los especialistas, para mejorar el proceso de enseñanza – aprendizaje de
los educandos.
D. Propiciar la resolución de conflictos que se presenten en los educandos o
padres de familia con el apoyo de especialistas: Asistenta Social y
Psicólogo.
E. Coordinar prestar apoyo a la Oficina de OBE. Para la atención oportuna de
los educandos y padres de familia.
FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS PROFESORES ASESORES DE ÁREAS:
Art. 20.
Tiene dependencia de Sub- Director de formación general y realizan las
siguientes funciones:
A. Participar en la elaboración del Plan Anual de Trabajo y P.E.I, PCI.
B. Elaborar el Plan Específico de su Asesoría, con la participación de los
profesores de su Área.
20
Reglamento Interno
2015
C. Orientación, coordinación y la supervisión, evaluación, orientaciones para
la programación Curricular y ejecución curricular, las acciones de OBE., las
acciones de promoción estudiantil y comunal en coordinación con el SubDirector de Formación General y/o Administrativo.
D. Su jornada laboral es de 40 horas pedagógicas a la semana, con 12 horas
de dictado de clases.
E. Implementar y/o Capacitar a los docentes de su especialidad, coordinando
con el especialista de UGEL, en la elaboración de Programación Curricular,
Programación Anual, unidades didácticas, sesión de Aprendizaje y
Orientación para la Evaluación de Aprendizaje.
F. Promover, organizar y evaluar la evaluación del material educativo en
coordinación
con
el
Sub-
Director
de
Formación
General
y/o
Administración.
G. Monitorear el Trabajo Pedagógicoen el aula para mejorar el Trabajo
Educativo.
H. Orientar, supervisar y evaluar la Dirección del aprendizaje.
I.
Coordinar, elaborar la labor de equipo de profesores en la preparación de
textos, separatas, copias, material didáctico y la adquisición de textos.
J. Verificar el proceso de Evaluación de los aprendizajes de acuerdo a las
Capacidades y las Actitudes se Evalúan a través de indicadores.
K. Permanecer en el Plantel, cumpliendo su tiempo de permanencia,
efectuando labor de asesoramiento docente y demás obligaciones como
profesor de área.
L. Reemplazar a los docentes que inasisten eventualmente al dictado de sus
clases.
M. Asistir en forma obligatoria a todas las actividades cívicas-culturales, que
se realizan dentro y fuera de la I.E.
N. Participar en comisiones específicas.
O. Participar en las actividades de recuperación Pedagógica del educando en
el periodo vacacional, en coordinación con el Director y/o Sub – Director de
Formación General.
P. Realizar otras funciones que les asigne el Director y/o Sub – Directores de
Formación General.
21
Reglamento Interno
2015
Q. Presentar oportunamente sus programaciones curriculares, unidades
didácticas para su visación correspondiente.
FUNCIONES DEL JEFE DE LABORATORIO:
Art. 21.
Depende del Director de la I.E, y/o Sub-Director de Formación General
según el caso; y efectúa las siguientes funciones específicas.
A. Participar en el Plan Anual de Trabajo de la institución educativa.
B. Elaborar el Plan específico a su cargo, con la participación del Asesor y
docentes de especialidad.
C. Apoyar a elaborar en equipo la programación Curricular de la
especialidad de Ciencia Tecnología y ambiente a nivel de la Institución
Educativa.
D. Programar, organizar, coordinar, orientar, supervisar y evaluar la
dirección del aprendizaje en el laboratorio.
E. Elaborar un programa de mantenimiento, conservación de los módulos,
equipos, enseres, insumos necesarios con la colaboración amplia del
personal auxiliar de laboratorio, con que cuenta la Institución Educativa.
F. Coordinar programas y organizar el uso de laboratorio de su
responsabilidad con los profesores de la especialidad de ciencias
naturales.
G. Mantener actualizado el inventario de materiales, equipo y otros
enseres de laboratorio.
H. Asesorar en el correcto manejo de los módulos de laboratorio así como
la construcción y diseño de prototipos con materiales recuperables del
medio.
I.
Participar activamente en la difusión de la Ciencia y tecnología, a través
de: Organización y ejecución de ferias de ciencias, museo dinámico de
ciencia y tecnología, concursos de inventiva y otras.
J. Tiene una jornada laboral de 40 horas semanales, distribuidos en 12
horas de dictado de clases y las horas restantes deberá cumplir con la
atención a las I.E... Aledaño al Plantel, preparación de material su
mantenimiento y atención administrativa.
K. Cumplir otras funciones que se le asigne, de acuerdo al caso.
22
Reglamento Interno
2015
FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL JEFE DE TALLER:
Art. 22.
Depende del Director de la I.E. y/o Sub – Director de Áreas Técnicas,
cumple con las siguientes funciones:
A. Participar en la elaboración del Plan Anual de Trabajo de la I.E.
B. Tiene una jornada laboral de 40 horas pedagógicas, distribuida en 12
horas de dictado de clases y las horas restantes deberá cumplir con la
atención a preparación de material su mantenimiento y atención
administrativa en los tallares.
C. Elabora en coordinación con los docentes a su cargo el perfil
ocupacional
de
acuerdo
al
Catálogo
Nacional
de
Títulos
y
Certificaciones.
D. Informa periódicamente a la Sub- Dirección de Áreas Técnicas sobre el
área de su competencia.
E. Reemplaza a los docentes ausentes de su especialidad.
F. Elaborar el Plan Específico de su cargo, con la participación del SubDirector de Áreas Técnicas, Docentes de la especialidad.
G. Organizar, Orientar, supervisar y evaluar la dirección del aprendizaje en
los talleres.
H. Elaborar un programa de mantenimiento y conservación de las
maquinarias, equipo, herramientas y enseres.
I.
Elaborar tarjetas especiales, para el control del empleo de los insumos
y otros para los tableros.
J. Asesorar a los docentes de Áreas Técnicas, en el aspecto técnico
pedagógico y productivo.
K. Velar permanentemente, por el adecuado funcionamiento de los
talleres.
L. Organizar
actividades,
para
la
adquisición
de
maquinarias,
herramientas, enseres, insumos y otros.
M. Realizar oras funciones que le asigne el Director y/o Sub-Director de
Áreas Técnicas, según el caso.
FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL COORDINADOR DE PROGRAMA HUASCARAN Y/O
DOCENTE DE INNOVACIONES PEDAGÓGICAS
23
Reglamento Interno
Art. 23.
2015
Depende del Director de la I.E. Y/O Sub-Directores, cumple con las
siguientes funciones específicas:
A. Participar en la elaboración del Plan Anual de Trabajo de la I.E.
B. Proponer a la Dirección de la Institución Educativa los Planes de
Trabajo de la planificación de la integración de la TIC en función de los
diseños curriculares en las diferentes áreas.
C. Organizar y planificar las actividades educativas del aula de innovación
Pedagógica Huascarán.
D. Elaborar los documentos vinculados con el funcionamiento del aula de
innovación Pedagógica Huascarán (plan de trabajo anual, reglamento
catálogo de recursos, horarios, entre otros).
E. Asesorar a los docentes en el desarrollo de actividades educativas con
TIC.
F. Organizar actividades de capacitación para el aprovechamiento
pedagógico de las TIC.
G. Velar por la provisión y mantenimiento de los recursos educativos,
equipamiento e infraestructura y por la ambientación pedagógica del
aula de innovación Pedagógica Huascarán.
H. Promover la participación de la comunidad educativa y la comunidad
local en el proceso de integración de las TIC en la Institución Educativa.
I.
Promover el aprovechamiento educativo de los recursos TIC propuesto
por Huascarán, la implementación de la bibliotecas digitales y virtuales
para la I.E., el desarrollo de materiales educativos por docentes y
alumnos y el trabajo colaborativo en la Institución Educativas.
J. Asesorar a los Docentes en el uso y aplicación de TIC en el trabajo
educativo.
K. Proponer
la
participación
de
la
comunidad
educativa
en
el
aprovechamiento educativa de los TIC.
L. Identificar y atender las necesidades de capacitación docente en el
aprovechamiento educativo de las TIC.
M. Supervisar la instalación y velar por el mantenimiento de los equipos
informáticos y de comunicación.
N. Reportar el estado de los recursos TIC a la Dirección de la Institución
Educativa.
24
Reglamento Interno
2015
O. Llevar el inventario de los recursos TIC de aula de innovaciones
pedagógicas a su cargo.
P. Programar, en coordinación con la Dirección, Sub Direcciones y los
Docentes, el horario de uso del aula de innovaciones pedagógicas.
Q. Incentivar en los docentes del centro educativo la formulación de
propuestas y el desarrollo de actividades para el aprovechamiento de la
TIC.
R. Propiciar la integración de los recursos TIC que ofrece el Proyecto
Huascarán en la práctica docente.
S. Permitir la comunicación permanente de docentes y alumnos a través
de los recursos TIC que facilite el Proyecto Huascarán.
T. Informar de las actividades desarrolladas a la dirección del plantel y/o al
órgano del intermedio de su jurisdicción.
U. Capacitar a los docentes en la informática básica y sus aplicaciones
pedagógicas en el manejo de redes.
V. Cumplir con su jornada laboral de 40 horas pedagógicas sin el dictado
de horas de clase.
W. Apoyar en la administración en el sistema del educando a la secretaria
de la Institución Educativa bajo responsabilidad (SIAGIE).
FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL JEFE DE LABORATORIO DE CÓMPUTO
Art. 24.
Depende del Director de la I.E. y/o del Sub-Director de Áreas Técnicas,
cumple las siguientes funciones específicas:
A. Participa en la elaboración del plan anual de trabajo de la I.E.
B. Elaborar el plan específico de su cargo con la participación del Sub
Director de Áreas Técnicas y docentes de la especialidad de
informática.
C. Organizar, orientar, supervisar y evaluar la dirección del aprendizaje en
el laboratorio de cómputo.
D. Promueve el desarrollo de métodos técnicos y material educativo en
base a intermedio de experiencia entre los docentes de informática a su
cargo y actualización, capacitación permanente.
E. Elaborar un programa de mantenimiento y conservación de las
máquinas, equipos y reparaciones sencillas del computador.
25
Reglamento Interno
2015
F. Programa y control el uso del laboratorio para los educandos del colegio
llevando al día registro correspondiente.
G. Llevar el inventario actualizado de las máquinas y equipos y demás
enseres a su cargo.
H. Velar permanentemente, por el buen funcionamiento de laboratorio de
cómputo durante el periodo de trabajo.
I.
Cumplir con su jornada laboral de 40 horas pedagógicas de las cuales
12 horas están destinadas a dictar las clases.
J. Diseñar, conducir y evaluar los cursos de computación e informática
educativa dirigidos a docentes y estudiantes.
K. Mantener continuamente informado acerca de las nuevas tendencias
tecnológicas en la rama de la informática
L. Proponer a la duración la compra de software adecuados a las
exigencias del momento.
M. Realizar la instalación de programas a ser utilizados en las
computadoras.
N. Elabora en coordinación con los docentes a su cargo el perfil
ocupacional y las hojas de instrucción.
O. Informa periódicamente a la Sub Dirección de Áreas Técnicas sobre el
área de su competencia.
P. Reemplaza a los docentes ausentes de su especialidad.
Q. Planificar y organizar las acciones para el mantenimiento de los equipos
en coordinación en el área administrativo.
R. Es responsable de los bienes y equipos durante la permanencia en el
colegio.
S. Es responsable con el personal de su área de informes sobre el
mantenimiento y correcto funcionamiento de todos los equipos del
laboratorio de cómputo.
T. Apoyar con talleres de reforzamiento en informática básico y manejo de
las herramientas instaladas en el laboratorio plataforma de correo,
manejo de red, acceso a internet, etc.
U. Presenta informe bimestral sobre el uso y funcionamiento del
laboratorio de cómputo.
V. Velar por la seguridad interna del centro de cómputo.
26
Reglamento Interno
2015
W. Realizar otras funciones que se le asigne al Director o Sub-Director de
Áreas Técnicas según el caso.
FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS TUTORES.
Art. 25.
Depende del Director, del coordinador de Tutoría, Convivencia y Disciplina
escolar cumplen las siguientes funciones.
A. Contribuir al desarrollo efectivo, cognitivo al mejoramiento del
desempeño escolar de los educandos.
B. Desarrollo de la acción tutorial en forma grupal e individual.
C. Conocer los intereses y aptitudes del (de la) alumno (a) y orientar su
proceso educativo, atendiendo sus necesidades.
D. Participar en la asamblea tutorial y promoverla.
E. Potenciar una evolución y desarrollo positivo del grupo- clases.
F. Facilitar el descubrimiento y desarrollo de las potencialidades,
habilidades y capacidades de los educandos.
G. Contribuir a la consolidación de la identidad y autonomía de cada
educando.
H. Establecer estrategias adecuadas para la construcción de aprendizajes
significativos y funcionales de los alumnos y alumnas.
I.
Mantener comunicación con los docentes para trabajar problemas
específicos
de
los alumnos
(as), utilizando
las
estrategias
y
instrumentos apropiados en cada caso.
J. Mantener comunicación permanente con los padres de familia al de
lograr su participación en el proceso educativo y fortalecer la integración
familiar
K. Estimular y desarrollar entre los niños (as), adolescentes y jóvenes
actitudes de participación tanto en la I.E. como en su realidad natural,
sociocultural y socioeconómica, promoviendo la adaptación al medio, la
aptitud crítica
e
independiente, el
autoaprendizaje,
el sentido
comunitario y la valoración del ecosistema y las tradiciones históricas y
culturales propias de su entorno.
L. Cumple con su jornada laboral de 24 horas de dictado de clases.
M. Racionalizar el trabajo y fijar el horario para solucionar problemas de
conducta con sus respectivas secciones a su cargo.
27
Reglamento Interno
2015
N. Promover el ajuste entre la realidad personal del alumno (a) y las
opciones y posibilidades que se presentan en el mundo laboral,
buscando la apertura de las oportunidades para todos.
O. Reconocer limitaciones, dificultades o problemas particulares de los
alumnos tanto personales como académicos, buscando soluciones
adecuadas para lo mismo, recurriendo a asesoría especializada y
derivando la atención en caso necesario.
P. Reconocer y valorar el aporte individual de cada niño, adolescente y
joven, propiciando la autovaloración, la abolición escarnio y de los
prejuicios sociales bajo cualquier manifestación.
Q. Recopilar y sistematizar información relativa a cada alumno del aula a
su cargo, consignándolo en fichas personales, las cuales deberán estar
permanentes a disposición de la coordinadora responsable de la
Institución.
R. Proveer a los padres de familia de los reporte de progreso, relatos al
desarrollo de las capacidades de los alumnos, durante la sexta y
décimo segunda semana.
S. Atender las demandas de información de los padres de familia.
T. Conducir la orientación vocacional y actitudinal de los alumnos a su
cargo, proporcionándoles sugerencias individuales, acompañando los
procesos individuales que se desencadenen en los cursos de
desarrollo.
U. Proporcionar a los alumnos a su cargo, información relativa al
funcionamiento total del grupo de alumnos del aula.
V. Detectar y atender situaciones de conflicto que se presenten en el aula.
W. Planificar y coordinar con los profesores de los cursos de desarrollo la
ejecución de las actividades de recuperación de los alumnos que no
hubieran logrado las capacidades y actitudes previstas.
Con los estudiantes.
A. Acompañar el proceso de desarrollo de los estudiantes, con el objeto de asegurar
su formación integral.
B. Planificar, desarrollar y evaluar las actividades de la hora de tutoría teniendo en
cuenta las áreas de tutoría.
28
Reglamento Interno
2015
C. Facilitar la integración de los estudiantes en su grupo-clase en el conjunto de la
dinámica escolar.
D. Si un estudiante tuviera una dificultad que, además del apoyo brindado en la
Institución Educativa, requiere atención especializada, el tutor deberá coordinar
con el Director y los Padres de familia para su derivación a la Institución
correspondiente.
E. Ante situaciones que vulneren los derechos de los estudiantes el tutor deberá
informar inmediatamente al Director sobre lo sucedido, quien deberá tomar las
acciones necesarias para garantizar el respeto y cumplimiento de los derechos de
los estudiantes.
F. En educación secundaria, la evaluación del comportamiento estará a cargo del
tutor, de acuerdo a las pautas señaladas R.M. N° 0710-2005-ED- Orientaciones y
normas nacionales para la Gestión en la Instituciones Educativa de Educación
Básica Regular Técnico Productiva 2006.
Con los padres de familia.
A. Promover la comunicación con los padres de familia y contribuir en su formación,
para desarrollar acciones coordinadas en beneficio de la formación integral de los
estudiantes.
B. Asistiendo y participando en las reuniones que convoca el tutor para brindarles
información.
C. Brindando información al tutor acerca de los avances y dificultades que perciben
en sus hijos.
Con los profesores.
A. Comunicar al tutor sobre el desempeño académico de los estudiantes, así como
su desarrollo y dificultades en el área que corresponde a cada profesor, para
identificar fortalezas y necesidades.
B. Apoyar a los tutores intercambiando ideas, opiniones y propuestas para el
desarrollo de la labor de tutoría.
C. Ayudar a los estudiantes a identificar sus fortalezas, y explicarlos como pueden
mejorar a través de ellas su proceso de aprendizaje y su vida en general.
FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL PERSONAL DOCENTE:
29
Reglamento Interno
Art. 26.
2015
Dependen del Director y el Sub – Directores de sus respectivas áreas
cumplen las siguientes funciones.
A. Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del Plan Anual de
Trabajo de la I.E.
B. Programar y aplicar y evaluar el desarrollo curricular y las normas de
evaluación de acuerdo a la realidad de la Institución Educativa.
C. Evaluar el proceso de la dirección del aprendizaje de acuerdo a las
normas legales vigentes y cumplir con la elaboración de la
documentación correspondiente.
D. Participar en acciones programadas y la experimentaciones de nuevos
métodos y técnicas de trabajo, así como eventos de actualización
profesional.
E. Preparar el material educativo, en coordinación con los Directores y
Asesores.
F. Integrar las comisiones de trabajo y colaboración con la Dirección de la
I.E.
G. Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de
familia sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y del
comportamiento de los alumnos.
H. Realizar acciones de recuperación pedagógica.
I.
Ningún docente realizara actividades extracurriculares, sociales y otros
con los alumnos con el pretexto de recaudar fondos, sin la previa
autorización escrita de la Dirección del plantel.
J. El docente realizara su función con eficiencia, puntualidad, lealtad, y
colaboración a la Institución Educativa.
K. Presentar al asesor del área, dentro de los términos fijados las unidades
de
desarrollo
educativo,
registros
de
evaluación
debidamente
promediadas, sin enmendaduras.
L. Absolver oportunamente las consultas de los alumnos, dentro y fuera
del aula.
M. Las evaluaciones de los Educandos se realizarán en el plantel en el
horario y el rol establecido, y no fuera de la Institución Educativa.
30
Reglamento Interno
2015
N. El Docente pro principio de ética profesional, se abstendrá de presentar
conductas inmorales gravemente censurables.
O. Tener cuidado de incitar a los alumnos a cometer actos de rebeldía en
contra del personal directivo y docente.
P. Realizar acciones de tutoría en las secciones a su cargo.
Q. Presentar el asesor y/o Sub Director los instrumentos de evaluación y
documentos Técnico Pedagógicos referidos al desarrollo de su labor
docente.
R. Coordina con el tutor o informa al coordinador de OBE sobre los
problemas de conducta.
S. Asistir a las reuniones de coordinación, convocados por la Dirección.
FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL AUXILIAR DE EDUCACIÓN.
Art. 27.
Son funciones del Auxiliar en Educación:
A. Depende del Director de la I.E.S., Sub Directores y/o Coordinador de
OBE.
B. Cumplir las acciones de apoyo técnico pedagógico al profesorado,
participando en actividades formativas, disciplinarias de bienes del
Educando y Administrativas propias a cargo.
C. Llevar al día los siguientes documentos:
a. Fichas de seguimiento del alumno a su cargo, para detectar
problemas de conducta y aprendizaje.
b. Registro de asistencia.
c. Registro de evaluación de conducta.
d. Control de Agenda personal del educando en forma diaria.
D. Realizar el proceso de actualización de datos personales en el SIAGIE
de la Institución Educativa.
E. Ante la ausencia del profesor de aula a su cargo, ingresar para
mantener el orden y la disciplina, dando charlas de orientación
educativa.
F. Registrar su asistencia en la Institución quince minutos antes del
ingreso de los estudiantes.
G. Cuidar la buena presencia de los alumnos.
31
Reglamento Interno
2015
H. Mantener la armonía entre los señores auxiliares, demostrando buen
ejemplo frente a los estudiantes.
I.
Cuidar la buena conservación de la infraestructura y mobiliario.
J. Controlar las horas de trabajo, cambios y salida con el respectivo toque
de sirena.
K. Tiene a su cargo la vigilancia de los estudiantes durante las horas de
estudio, formaciones, recesos, ensayos premilitares, actuaciones y
otras actividades.
L. Informar inmediatamente al Director y/o coordinador de OBE, sobre
problemas de mayor gravedad disciplinaria.
M. Cumplir con las disposiciones emanadas de la superioridad.
N. No recibir regalías de los alumnos, padres de familia durante el
desarrollo de sus funciones.
O. Prestar primeros auxilios en caso de accidente de cualquier alumno,
dentro del plantel.
P. Controla la asistencia del profesor en el aula y comunica al Sub Director
de turno en caso de ausencia para su reemplazo.
Q. Cumplir con las labores de Tutoría cuando el docente esté ausente.
R. Otras funciones afines a su cargo que se le asigne de acuerdo al MOF.
S. Revisa el uso de uniforme correcto de sus alumnos y cuidar la
infraestructura y mobiliario de sus salones de Clases.
FUNCIONES DE TESORERÍA Y CONTABILIDAD GENERAL:
Art. 28. Depende del Director de la I.E.S y/o Sub – Director de Administración según el
caso el Tesorero y contabilidad general, efectuará las siguientes funciones:
A. Recaudar los ingresos económicos del plantel por todo concepto.
B. Vender al público usuario, el FUT en estricto orden correlativo.
C. Elaborar su arqueo de caja con su respectiva documentación sustentatoria,
remitir a las instancias superiores de acuerdo a los cronogramas establecida
y en cualquier instante.
D. Controlar los recursos propios y ejecutar de acuerdo a las normas
establecidas y a la ley de presupuestos.
E. Realiza pagos de bienes y servicios.
32
Reglamento Interno
2015
F. Elaborar libro de caja con su respectiva documentación y sustentar
remitiendo a las instancias superiores de acuerdo a los cronogramas
establecidos.
G. Tener al día el margen de bienes.
H. Tener al día el inventario general del plantel por especialidades.
I.
Controlar el kardex de salida y entrada de bienes.
J. Clasificar los materiales por códigos de acuerdo al TUPA.
K. Solicitar materiales de escritorios a la UGEL San Román mediante Unidad de
Costeo.
L. Distribuir los materiales a las diferentes oficinas de las diferentes
especialidades de la I.E.S.
M. Realizar las demás funciones que le asigne el Director y/o Sub Director
Administrativo.
N. Informar los ingresos y egresos mensualmente, semestralmente y anual a la
Dirección con copia a Sub – Dirección de Administración.
O. Registrar firmas del manejo de cuentas corrientes de las I.E.S.
P. Recoger extractos bancarios de las entidades financieras.
Q. Publicar mensualmente sobre el movimiento económico en la vitrina de la
Institución Educativa para su información.
R. Realizar depósitos de la recaudación diaria al Banco correspondiente.
FUNCIONES GENERALES Y ESPECÍFICAS DE SECRETARÍA:
Art. 28.
Son funciones de secretaría:
A. Dependen del Director de la I.E. y/o Sub – Director Administrativo.
B. Centraliza la documentación oficial, relacionado con las actividades internas y
externas del colegio, luego transmite las directivas impartidas por el Director de
la Institución Educativa.
C. Preparar, revisar, la documentación para la firma del director de la I.E. previa
redacción de caso, en coordinación con el mismo.
D. Mantener debidamente organizado la oficina a su cargo.
E. Recibir y atender a los usuarios.
F. Entrega bajo cargo los certificados y otros documentos que han sido solicitados
previa autorización del Director.
33
Reglamento Interno
2015
G. Elaborar y entregar las nóminas de matrícula mediante el sistema del
educando (SIAGIE) en tiempo determinado bajo responsabilidad, evitando
errores.
H. Llevar el libro de actas del colegio a las reuniones convocadas.
I.
Preparar datos sobre la labor realizada, para la memoria anual del Director.
J. Llevar el archivo de copias de documentos que se emiten por la secretaria.
K. Informar a la superioridad sobre los traslados de matrícula, exonerados de
Educación Física, religión, cuadros estadísticos y otros.
L. Llevar al día los talonarios de los certificados de estudio, cursos de cargo, con
las indicaciones de fechas y series, la iniciación y finalización del respectivo
talonario.
M. Prohibido la adulteración de notas en la expedición de los certificados.
N. Cuida la buena conservación de las máquinas y otros elementos materiales a
su cargo, debiendo ser utilizados adecuadamente para el servicio del plantel.
O. Hace requerimiento de los útiles de escritorio.
P. Vela por la conservación de la seguridad de los bienes a su cargo.
Q. Cumplir otras funciones que les asigne.
Art. 29.
Son funciones del auxiliar de oficina:
A. Depende del Director del Plantel y/o Sub – Director Administrativo según el
caso.
B. Recepcionar Registros, clasificar, distinguir y archivar los documentos a su
cargo.
C. Redactar documentos varios de acuerdo a las instrucciones del Director y Sub
– Director.
D. Archivar las actas de evaluación al fin del año.
E. Velar por el mantenimiento, seguridad y conservación de los documentos y
bienes materiales a su cargo.
F. Elaborar cuidadosamente los certificados de estudios para quienes los
soliciten.
G. Elevar dentro de los plazos a la secretaria la documentación pertinente, que
debe ser centralizado en dicha organización.
H. Tiene a su cargo la mesa de parte, dando tratamiento respectivo.
I.
Realizar las demás funciones que se asigne.
34
Reglamento Interno
2015
Art. 30. Son funciones del auxiliar de laboratorio.
A. Cumplir estrictamente con las funciones que señala el manual de organización y
funciones de la I.E.S.
B. Informar al jefe de laboratorio de las incidencias ocurridas en el laboratorio.
C. Permanecer 08 horas diarias en el plantel, conforme al turno establecido y
registrar su ingreso de entrada y salida.
D. Tiene el agrado de participar en la realización de ferias y tecnología que se
realicen.
E. Realizar la limpieza del laboratorio, así como equipos y materiales existentes,
guardándolos en los respectivos casilleros y estantes.
F. Prohibir el ingreso al laboratorio y el uso de materiales a personas extrañas, salvo
autorización de la superioridad.
G. Es responsable del deterioro o pérdida del material de laboratorio.
H. Velar por el mantenimiento de los jardines existentes.
I.
Cumplir otros deberes relacionados a su cargo.
Art. 31.
Son funciones del Bibliotecario.
A. Depende del Director y/o Sub – Director Administrativo.
B. Inventariar el material Bibliográfico y demás enseres propios de la Biblioteca.
C. Llevar un cuadernillo de registros de entrega y recepción de libros.
D. Orientar a los lectores el uso adecuado de los textos, libros y otros documentos,
garantizando su conservación.
E. Entregar material bibliográfico a los interesados, previa presentación del carné,
caso
del
personal
docente se
realizara previa
firma
en
el
cuaderno
correspondiente.
F. Informar a la superioridad
sobre la no devolución, deterioro del material
bibliográfico.
G. Mantener un ambiente de tranquilidad para los lectores, afiches alusivos para tal
fin.
H. Cumplir otras funciones inherentes a su cargo.
I.
Permanecer 08 horas diarias en el plantel y registrar ingreso y salida del plantel.
Art. 32.
Son funciones del personal de servicio:
A. Dependen del Director de la I.E. y/o Sub – Director Administrativo.
35
Reglamento Interno
2015
B. Realizar labores de seguridad, vigilancia y portería tanto de dúa como de noche
según el turno, dando cuenta a la superioridad de las novedades.
C. Someterse al turno establecido para la labor de vigilancia y seguridad, incluidos
sábados, domingos y feriados.
D. Registrar puntualmente su asistencia de entrada y salida.
E. Permanecer en su turno, según el horario establecido.
F. Mantener la limpieza de los servicios higiénicos, tanto personal docente como de
los estudiantes.
G. Controlar celosamente la entrada y salida de las personas ajenas al plantel,
tratando de detectar el motivo de la visita.
H. No permitir la salida ni ingreso de estudiantes fuera del horario establecido, salvo
con autorización de la superioridad.
I.
Comunicar inmediatamente sobre cualquier novedad que se presente en cuanto a
los servicios de seguridad existente.
J. No utilizar las instalaciones o enseres de la I.E. que dañan la moral y las buenas
costumbres del mismo.
K. Cuidar con responsabilidad los objetos que encomiende los trabajadores de la
I.E.S.
L. Mantener al día su cuaderno de ocurrencia según su turno y bajo responsabilidad,
realizar custodias a través de rondas permanentes de los ambientes de la
Institución Educativa durante su jornada de trabajo.
M. Realizar las demás funciones que se le asigne.
CAPITULO IV
DERECHOS, PROHIBICIONES, ESTÍMULOS, FALTAS DEL PERSONAL
DOCENTE, TUTORES Y ADMINISTRATIVO:
Art. 33.
El personal Docente tiene los siguientes derechos fundamentales:
A. A percibir una remuneración justa, acorde con su elevada misión y condición
profesional.
B. Deben participar en la formulación, ejecución de los planes de la I.E.S.
C. Tienen derecho al apoyo del Estado, para la profesionalización, capacitación,
perfeccionamiento y especialización.
D. A la estabilidad laboral en la plaza, escala, cargo, centro y turno de trabajo.
Art. 34.
Tiene las siguientes prohibiciones: Docente.
36
Reglamento Interno
2015
A. No efectuar actividades políticas, partidarias durante el cumplimiento de su labor.
B. No recibir retribuciones para realizar o omitir acta de servicio.
C. Prohibido abandonar su centro de trabajo en horas de trabajo, sin la debida
autorización de su jefe inmediato a realizar acciones distintas a sus funciones.
Art. 35.
Constituyen faltas, la misma que serán sancionadas previo proceso
Administrativo.
A. El incumplimiento de las normas de la ley del profesorado y su modificatoria.
B. La negligencia en el desempeño de sus funciones.
C. La concurrencia reiterada al trabajo en estado de embriaguez.
D. Las tardanzas e inasistencias injustificadas.
Art. 36.
Sanciones.
A. Amonestación verbal y/o escrita, según sea el caso.
B. Multas de dos (2) a diez trigésima ava (10/30) partes de su remuneración total.
C. Suspensión en la ejecución de sus funciones, sin derecho a remuneraciones de
diez a treinta días.
D. Separación temporal del servicio hasta por treinta días.
E. Separación definida en el servicio.
Art. 37.
Las sanciones del personal Administrativo, se aplicará conforme a lo
establecido en el D.L. 276-84 y el D.S.N.005-90 P.C.M.
Art. 38.
Son estímulos para los Docentes, por su desempeño eficiente de su
función.
A. Diplomar por su puntualidad en el desempeño laboral.
B. Agradecimiento y felicitación, mediante R.D. Ministerial o Suprema.
C. Becas de diversa índole.
D. Palmas magisteriales que da lugar a bonificaciones.
Art. 39.
Prohibiciones de los tutores y/o docentes.
A. Efectuar actividades político partidarias durante el cumplimiento de su labor.
B. Realizar actividades distintas de su labor durante su horario de trabajo.
C. Ingresas a la I.E. y a las aulas en estado de ebriedad.
D. Abandonar la I.E. en horas de trabajo.
37
Reglamento Interno
2015
E. Citar a los alumnos a sus domicilios y/o para coaccionarlos.
Art. 40.
Son faltas y según su gravedad pueden ser sancionados.
A. El incumplimiento de sus funciones.
B. Los actos de grave indisciplina en agravio de sus compañeros de trabajo de la
I.E.S. y alumnado.
C. El abuso de autoridad.
D. Los actos de inmoralidad.
E. Las tardanzas e insistencias injustificadas.
F. Alterar notas o falsificar documentos.
G. Concurrir reiteradamente al trabajo en estado de embriaguez.
Art. 41.
Sanciones por incumplimiento.
A. Amonestación verbal.
B. Amonestación escrita.
C. Multas o descuentos.
D. Suspensión en el ejercicio de sus funciones.
Art. 42.
Estímulos para tutores y/o docentes.
A. Felicitación escrita.
B. Diploma al mérito.
C. Resolución Directoral de agradecimiento y/o felicitación.
CAPÍTULO V
DE LA ORGANIZACIÓN DE TRABAJO EDUCATIVO Y HORARIO:
Art. 43.
El Director, Personal Jerárquico, Docente y APAFA, elaboran en el mes de
marzo el plan anual de trabajo, cumpliéndose las siguientes acciones:
A. Análisis de los resultados de las acciones y gestiones educativas del año anterior.
B. Elaboración del plan anual de trabajo y actualización del Reglamento Interno.
C. Actualización y capacitación docente.
D. Planificación y/o ratificación de los estudiantes.
38
Reglamento Interno
Art. 44.
2015
El Director y/o Sub – Directores, visará conjuntamente con los asesores la
programación curricular anual de cada docente, para que se realice el
respectivo seguimiento.
Art. 45.
La evaluación hacia los estudiantes se efectuará en forma permanente de
acuerdo a su matriz de evaluación, registrar trimestralmente en los
instrumentos de evaluación, para el conocimiento de los padres de familia o
apoderado.
Art. 46.
Cada docente, registrará las notas de evaluación de los estudiantes al
SIAGIE cada trimestre de acuerdo al cronograma establecido.
Art. 47.
Al concluir el año escolar, los docentes entregarán sus registros oficiales
con sus respectivas firmas y sellos.
Art. 48.
La supervisión opinada se realizará cada trimestre y la inopinada cuando el
caso lo requiera, en ambos casos la supervisión estará a cargo del asesor
y/o Sub – Director de formación general, utilizando una ficha de supervisión
interna.
Art. 49.
De acuerdo a los resultados de la supervisión, se orientará al docente
sobre algunas dificultades en el ejercicio de su función.
Art. 50.
En la I.E. se desarrollará siete horas pedagógicas diarias, cada uno de 40
minutos en cada turno, mientras que en la sección nocturna (adultos) se
efectuará cinco horas pedagógicas de cuarenta minutos cada uno.
A. Las actividades educativas en el plantel se desarrolla en los siguientes horarios.
B. Turno mañana: entrada 7:30 a.m. y salida 12:30 p.m.
C. Turno tarde: entrada 12:40 p.m. y salida 5:50 p.m.
Art. 51.
La jornada laboral del personal directivo, es de cuarenta horas
cronológicas, y del personal jerárquico es de cuarenta horas pedagógicas y
personal docente es de 24 horas semanales, en caso de vacancia de horas
presupuestadas,
podrán
extenderse
hasta
máximo
de
30
horas
39
Reglamento Interno
2015
denominadas como adicionales, de los auxiliares de educación es de
treinta horas pedagógicas, del personal administrativo es de cuarenta horas
cronológicas.
A. Prohibido la adulteración de notas en la expedición de los certificados.
B. Cuidar la buena conservación de las máquinas y otros elementos materiales a su
cargo, debiendo ser utilizado únicamente para el servicio del plantel.
C. Cumplir otras funciones que se le asigne.
CAPÍTULO VI
DE LOS EDUCANDO
Sus Derechos, Obligaciones, Limitaciones, Sanciones:
Los estudiantes dependen del Director, Padres de familia y/o apoderados, tutor asesor.
Art. 52.
Se consideran como derechos:
A. Ser aceptados en la I.E. previa inscripción de matrícula en el caso de los
ingresantes (mes de enero de acuerdo a normas) y ser ratificados en el mes de
febrero a los grados de inmediato superior.
B. Ser tratados con dignidad y respeto, sin discriminación alguna.
C. Recibir formación integral tratando de orientar, atención y otros de acuerdo al
grado de estudios por parte del personal que le compete.
D. Recibir estímulos, méritos al cumplimiento de sus deberes, ejemplo, certificación,
diplomas de honor, etc.
Art. 53.
SON OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES.
A. Asistir puntualmente, debidamente aseado en sus labores educativas, velando
por su buena presentación.
B. Cumplir fielmente las disposiciones del presente Reglamento.
C. Participar
desinteresadamente
en
el
desarrollo
de
actividades
extracurriculares, organizadas por la I.E.S.
D. Mantener el prestigio del plantel, demostrando buena conducta, preocupación
en sus estudios, lealtad a la institución y cumplimiento con el horario
establecido.
40
Reglamento Interno
2015
E. El brigadier de sección, es responsable de la disciplina de sus clases, ante la
ausencia del profesor, coordinación con el señor auxiliar.
Art. 54.
LIMITACIONES DE LOS EDUCANDOS.
A. No está permitido practicar actos reñidos contra la moral y las buenas
costumbres dentro y fuera del plantel.
B. No salir del colegio en horas de labor, sin el permiso respectivo.
C. No apoderarse de cosas ajenas, manchar ni malograr el vestido y otras
cosas de sus compañeros.
D. No pedir cuotas mayores de sus padres, más de los solicitados.
E. No efectuar obsequio al personal de la I.E. con fines de obtener
provecho propio.
F. No realizar rifas, ventas, bingos y otras similares sin la debida
autorización.
G. No portar instrumentos punzo cortantes que pueden ocasionar daños.
H. No portar objetos de valor, que no sean útiles de aprendizaje.
I.
No rechazar los consejos y medidas correctivas que impone la
seguridad.
J. Incumplir con la asistencia al colegio sin consentimiento de sus padres
y/o apoderados (salir de casa hacia el colegio y no llegar al destino)
K. Deteriorar intencionadamente la infraestructura, mobiliario y/o bienes de
la institución.
L. Inducir a sus compañeros con amenazas para participar de accione
negativas.
M. No emitir juicios o injurias contra el personal de la I.E. y sus
compañeros.
N. No exponerse a peligros que comprometen la integridad física o moral
propia o de los demás.
O. No cometer fraude en las pruebas escritas, tareas y otros documentos
escolares.
P. No está permitido formar ni integrar grupos de pandillaje con fines de
acciones negativas (robos, grescas callejeras, concurrir con uniforme
oficial o buzo del colegio a lugares de diversión), llegando a ocasionar
publicaciones en contra de la buena imagen de la Institución Educativa.
41
Reglamento Interno
Art. 55.
2015
DE LAS SANCIONES PARA LOS ESTUDIANTES.
A. Se ejecutaran en base a las fichas de seguimiento de cada alumno.
1. PARA CASOS DE MENOR GRAVEDAD:
o
Recomendaciones generales y consejos individuales.
o
Hacer el llamado a padres de familia o apoderado, para sus emociones
en privado.
o
Descuentos de puntaje de la ficha de seguimiento y registros
respectivos (conducta).
2. PARA CASOS DE MAYOR GRAVEDAD:
o
Hacer llamado al padre de familia o apoderado, para su amonestación
en privado, indicándoles que para su próxima será suspensión
temporal.
o
Expulsión definitiva en caso de reincidencia.
3. PARA CASOS DE EXTREMA GRAVEDAD:
En presencia del padre de familia se expulsará con la devolución de sus
documentos de matrícula, previa suspensión de un acto, teniendo en
cuenta siempre la ficha de seguimiento.
4. PARA LOS FECTOS DEL ANTERIOR INCISO 3, se consideran faltas de
extrema gravedad a los siguientes casos:
Art. 56.
o
Calumnias.
o
Malos tratos de palabras y obra personal del plantel y compañeros.
o
Fraude y hurto en mayor cuantía.
o
Promover desordenes dentro y fuera del colegio.
o
Otros actos inmorales de gravedad.
El Consejo Educativo Institucional, CONEI aplicará la sanción de
suspensión y separación, luego de haber analizado la información escrita y
documentado del coordinador de OBE.
42
Reglamento Interno
Art. 57.
2015
Se otorgará a los estudiantes, premios de estímulo, rendimiento
académico, comportamiento destacada, participación en actividades de
carácter artístico, cultural, deportivo, que serán entregados en la clausura
del año escolar.
Art. 58.
Los estímulos para los educandos son los siguientes:
A. Diplomas, resoluciones directorales, distinciones otorgadas a los estudiantes más
destacados.
B. Medalla otorgada a estudiantes por acciones destacadas en diferentes eventos
que resalten la buena imagen institucional.
C. Calificativos excelente en comportamiento.
Art. 59.
El uniforme escolar para los estudiantes de la institución es obligatorio para
asistir al centro educativo, así como para actos y ceremonias de carácter
oficial, asistiendo correctamente uniformado de la siguiente manera: cabello
corto (varones), peinado recogido adecuadamente sin alhajas (damas).
CAPÍTULO VII
DEL CONSEJO DIRECTIVO Y/O ASAMBLEA GENERAL DE DOCENTES
Art. 60.
El Consejo Directivo o Asamblea General de Docentes es el órgano
consultivo de la Institución Educativa, que asesora al Director en el
desempeño de sus funciones.
Art. 61.
Emitir, aprobar el reglamento interno, el manual de organización y
funciones (MOF), para la buena marcha de la Institución Educativa.
Art. 62.
Sancionar las faltas de extrema gravedad. Cometido por los estudiantes.
Art. 63.
Disponer la suspensión parcial de las actividades escolares, cuando se
presenten graves alteraciones, que impidan el normal desenvolvimiento
laboral, dando a conocer a la Dirección de la UGEL San Román.
Art. 64.
El consejo directivo o asamblea general de docentes, se reunirá cuando
convoque la I.E. o a petición escrita de la mayoría de sus miembros.
43
Reglamento Interno
Art. 65.
2015
Las decisiones del consejo directivo y/o asamblea general se tomarán por
simple mayoría o quorúm reglamentario, en caso de empate el director dará
su voto directamente.
Art. 66.
Los integrantes del consejo directivo o asamblea general de docentes están
obligados a asistir responsablemente a las sesiones convocadas por
escrito.
FUNCIONES DEL CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCUIONAL (CONEI)
Art. 67.
Es el órgano de participación, concertación y vigilancia ciudadana de la
Institución Educativa pública que colabora con la promoción y ejercicio de
una gestión eficaz, transparente, ética y democrática que promueve el
respeto a los principios de la equidad, inclusión e interculturalidad en las
instituciones educativas públicas.
Es presidido por el Director de la institución educativa, está conformado por
los
Sub
Directores,
un
representante
del
personal
docente,
un
representante del personal administrativo, un representante de los padres
de familia y un representante de los estudiantes, pidiendo ser integrado por
otros representantes de la comunidad local.
Art. 68.
FUNCIONES DEL CONEI.
A. Participa en la formulación y elaboración del Proyecto Educativo Institucional.
B. Participa en el comité de evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del
personal docente y administrativo de la institución de acuerdo a la normatividad
específica que emita el Ministerio de Educación.
C. Vigilar el acceso, matrícula oportuna y asistencia de los estudiantes en la
Institución Educativa.
D. Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de universalidad, gratuidad,
equidad y calidad en las Instituciones Educativas Públicas.
E. Vigilar el adecuado destino de los recursos de la Institución Educativa y aquellos,
que de acuerdo con lo establecido en el reglamento general de asociación de
padres de familia, estén comprometidos con las actividades previstas en el plan
anual de trabajo.
44
Reglamento Interno
2015
F. Colaborar con el Director en garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de
aprendizaje, el número de semanas lectivas y la jornada del personal docente y
administrativo para alcanzar el tiempo de aprendizaje requerido para los diferentes
niveles y modalidades.
G. Cooperar con el consejo participativo local de educación de su circunscripción.
H. Propiciar la solución de conflictos que se susciten en esta, priorizando soluciones
concertadas frente a quejas o denuncias que no impliquen delito.
I.
Opinar sobre los criterios de auto evaluación de la Institución Educativa y los
indicadores del desempeño laboral.
CONSEJO ACADÉMICO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA:
Art. 69.
El Consejo académico coordina y da coherencia al proceso pedagógico.
Es presidido por el director e integrado por los sub directores, personal
jerárquico y representante de los docentes de las diferentes áreas.
Art. 70.
Funciones del consejo académico:
A. Elaborar, desarrollar y evaluar la propuesta pedagógica (Proyecto Curricular
del Centro).
B. Analizar el trabajo de los docentes y proponer recomendaciones para mejorar
los aprendizajes de los alumnos.
C. Diseñar estrategias para optimizar los servicios de tutoría y orientación
educacional.
D. Formular los criterios de evaluación y recuperación académica de los
estudiantes.
E. Promover y desarrollar innovaciones e investigaciones.
F. Elaborar los criterios e indicadores de auto evaluación institucional.
G. Participar en el marco del Proyecto Educativo Institucional y Plan Anual de
Trabajo en la organización de actividades y programas de la Institución
Educativa.
COMITE DE GESTIÓN DE LOS RECURSOS ECONÓMICOS DE LA INSTITUCIÓN
EDUCATIVA.
45
Reglamento Interno
Art. 71.
2015
Los recursos propios de la institución educativa son gestionados por el
comité de recursos propios de la institución educativa de acuerdo a las
normas legales y está integrado por:
A. El Director de la institución educativa, quien lo preside y tiene voto directamente.
B. El tesorero o quien haga sus veces en la institución educativa.
C. Un docente representante de los profesores.
D. Un trabajador administrativo, representante del personal administrativo.
E. El representante del personal docente y el representante del personal
administrativo son elegido democráticamente, mediante voto directo y secreto por
el periodo de dos años.
Art. 72.
El comité de gestión de recursos propios informará bimestralmente al
consejo educativo institucional del manejo de los recursos propios de la
institución educativa.
Art. 73.
El tesorero del comité de gestión de recursos propios deposita estos
recursos en la cuenta bancaria de la institución educativa, cuenta abierta en
coordinación con la respectiva unidad ejecutora.
CAPITULO VIII
DEL ÓRGANO DE PARTICIPANTES Y/O APOYO APAFA
Art. 74.
El órgano de participantes y/o apoyo, está constituido por la asociación de
padres de familia APAFA debidamente organizado y otros comités
multisectoriales, responsables en colaborar con la Dirección del plantel
para el desarrollo de las acciones educativas.
Art. 75.
Se considera como deberes y derechos de los padres de familia, tutores o
apoderados:
A. Velar que en la Institución Educativa exista un ambiente adecuado que permita la
formación integral de los alumnos.
B. Informarse sobre el rendimiento escolar y conducta de sus hijos.
C. Apoyar la labor educativa de los docentes dentro y fuera de la Institución
Educativa a fin de contribuir al desarrollo integral de los estudiantes.
46
Reglamento Interno
2015
D. Participar en la formulación del Proyecto Educativo Institucional (PEI) y en el Plan
Anual de Trabajo (PAT) a través de sus representantes ante el consejo educativo
institucional.
E. Colaborar y participar en las actividades programadas por el Director y los
docentes cuando ello les sea solicitado; participar activamente en el Consejo
Educativo Institucional.
F. Asistir a las reuniones de la asamblea general de la APAFA, de los comités de
aula, de los comités de talleres y del consejo directivo de la APAFA, según
corresponda.
CAPÍTULO IX
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Art. 76.
El sindicato de profesores del plantel, debe mantener la armonía entre
todos los trabajadores, en beneficio del mismo.
Art. 77.
El Consejo Educativo Institucional (CONEI), está integrado por el Director,
Sub Directores, representante de los docentes, representante de los
administrativos, representante de los estudiantes y representante de los
padres de familia; quienes coordinan con el Director, para la mejor
conducción de I.E.
Art. 78.
Los trabajadores del plantel, tiene derecho a un día de descanso por su
onomástico, si es sábado. Domingo o feriado, se hará efectivo el primer día
útil siguiente.
Art. 79.
El personal tiene derecho a 3 días de permiso, con goce de remuneración
durante el año, por motivos personales, previa petición escrita.
Art. 80.
El padre de familia y/o apoderado, tiene la obligación de concurrir al C.E.
Para verificar la situación de su pupilo.
Art. 81.
El auxiliar de educación debe organizar a los estudiantes en cuanto se
refiere a la policía escolar, brigadieres, escolta del plantel, etc.
47
Reglamento Interno
Art. 82.
2015
El coordinador de OBE, en colaboración con el auxiliar de educación
organizara en cada una de las aulas las juntas directivas sus profesores
Asesores, más la implementación del botiquín escolar.
Art. 83.
El sistema de tutoría del Centro Educativo estará a cargo del comité de
tutoría, prevención integral y promoción social educativa.
Art. 84.
Los casos no contemplados en el presente reglamento serán resueltos por
el Director, Sub Directores, Jefes de áreas, docentes y otros estamentos
del plantel.
Art. 85.
La presente norma interna, se efectuara en forma progresiva; de acuerdo a
los avances en la administración, normas legales; que pueden modificar su
organización y funcionamiento de nuestro plantel.
Art. 86.
Para reajustar el presente reglamento, se conformara un comité integrada
por
representante
del
personal
directivo,
jerárquico,
docente
y
administrativo.
Art. 87.
Entra en vigencia el presente reglamento al día siguiente de su aprobación
mediante la Resolución Directoral.
Juliaca, Marzo del 2015.
48