REGLAMENTO INTERNO PERÃ BIRF SUMARIO
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REGLAMENTO INTERNO PERÃ BIRF SUMARIO
Reglamento Interno 2015 REGLAMENTO INTERNO PERÚ BIRF SUMARIO PESENTACIÓN CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES: del Concepto, Fines, Bases Legales, Objetivos y Alcance. CAPÍTULO II DEL CENTRO EDUCATIVO: Creación, Fines, Objetivos, Estructura Orgánica. CAPÍTULO III DE LAS FUNCIONES ESPECIALES DE LOS ÓRGANOS COMPONENTES Del Director. Del Sub – Director de Formación General. Del Sub – Director de Áreas Técnicas. Del Sub – Director Administrativo. Del Sub – Director de la Sección Nocturna. Del Coordinador de OBE y Actividades. Del Departamento del Jefe de Psicopedagogía. De los Asesores de Área. Del Jefe de Laboratorio. Del Jefe de Taller. Del Coordinador del Programa Huascarán y/o Docente de Innovaciones Pedagógicas. Del Jefe de Laboratorio de Cómputo. Del Personal Docente. Del Auxiliar de Educación. Del Personal administrativo (tesorería) De la secretaría. 1 Reglamento Interno 2015 Del auxiliar de oficina. Del auxiliar de laboratorio. Del auxiliar de Biblioteca. Del personal de servicio. CAPITULO IV Derechos, prohibiciones, estímulos, faltas y sanciones del personal docente, tutores y administrativo. CAPITULO V De la organización del trabajo educativo y horario. CAPITULO VI DE LOS EDUCANDOS. - Sus derechos. - Sus obligaciones. - De las limitaciones. - De las sanciones. CAPITULO VII Del Consejo Directivo y/o Asamblea general de docentes CAPITULO VIII Del órgano de participación y/o apoyo (APAFA) CAPITULO IX Disposiciones Complementarias 2 Reglamento Interno 2015 CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Del Concepto, Fines, Base Legal, Objetivo y Alcance. Art. 1. El reglamento interno es un instrumento de gestión institucional estratégico, producto de una propuesta directiva y aprobada por consenso contiene información referentes a objetivos, finalidad, bases disposiciones generales y contenidos; legales y alcances; responsables de disposiciones complementarias. Art. 2. La Institución Educativa Secundaria Público Industrial “PERU BIRF” de Juliaca, es una Institución Educativa basada por los principios de la Constitución Política del Perú. Las leyes, decretos, resoluciones Supremas, resoluciones Ministeriales, decretos y resoluciones Regionales y resoluciones directoriales. Art. 3. Este documento tiene por finalidad la organización, funcionamiento Administración y control de la I.E.S.P. Industrial “PERU BIRF”. Art. 4. El Presente Reglamento se basa en las siguientes disposiciones legales. A. Constitución Política del Perú. B. Ley General de Educación N° 28044. C. Ley de la Reforma Magisterial N° 29944. D. D.S. N° 011-2012-ED, Aprueba reglamento de la ley general de educación. E. Resolución Ministerial N° 0494-2007-ED. Directiva para el desarrollo del año escolar 2008. F. Resolución Ministerial N° 0440-2008-ED. Diseño curricular Nacional de Educación Básica Regular. G. Resolución Ministerial N° 574-94-ED. Reglamento de Control de Asistencia y permanencia del personal del Ministerio de Educación. H. D.S. N° 018-2007-ED. Reglamento de la Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa. I. Decreto Supremo N° 008-2006-ED. Lineamiento para el seguimiento y control de la labor efectiva de trabajo docente en las Instituciones Educativas Públicas. 3 Reglamento Interno 2015 J. Resolución Ministerial N°0084-2007-ED. Directiva que norma la campaña Nacional por el respeto y la puntualidad “Respetarnos, compromiso de Todos”. K. R. M. N° 0218-2004-ED. Aprueban Directiva, Normas para la Recaudación u Administración de los Recursos Directamente Recaudado en las Instituciones Educativas Públicas. L. D. S. N° 028-2007-ED. Reglamento de Gestión de Recursos y Actividades Productivas Empresariales en las Instituciones Educativas Públicas. M. D. S. N° 004-2006-ED. Reglamento de la Ley que regula la participación de las Asociación de Padres de Familia en las Instituciones Educativas Públicas Ley N° 28628. N. R. M. N° 0440-2008-ED. Diseño Curricular Nacional de la Educación Básica Regular. O. R. M. N° 0431-2012-ED. Aprueba la Directiva N° 014-2012-MINEDU/VMGP denominado normas y orientaciones para el año escolar 2013 de Educación Básica. P. Decreto Legislativo N° 276 Ley de Bases de la carrera administrativa y de remuneraciones del sector público. Q. Reglamento de la Carrera Administrativa D.S. N° 005-90-P.C.M. R. Directiva N° 088-2003-VMGI, Conformación de los Consejos Educativos Institucionales de las Instituciones Educativas Públicas. Art. 5. Finalidad de la Educación Secundaria: A. La educación secundaria de menores está organizada en dos ciclos: sexto siclo conformado por los primero y segundo grados y séptimo ciclo por tercer, cuarto y quinto grados. B. Ofrece una educación integral mediante una formación científica, humanista y técnica. Afianza su identidad personal y social. C. Forma para la vida, el trabajo, la convivencia democrática, el ejercicio de la ciudadanía y para acceder a niveles superiores de estudio. D. Tiene en cuenta las características, necesidades y derechos de los púberes y adolescentes. E. Consolida la formación para el mundo del trabajo. El último ciclo se desarrolla propio centro educativo o por convenio, en instituciones de formación técnico productiva, en empresas y en otros espacios educativos que permitan 4 Reglamento Interno 2015 desarrollar aprendizajes laborales polivalentes y específicos vinculados al desarrollo de cada localidad. Art. 6. Del alcance: A. Director de la Institución. B. Sub-Directores. C. Personal Jerárquico. D. Personal Docente. E. Personal de Apoyo Administrativo y de Servicio. F. Alumnado. G. Asociación de Padres de Familia. CAPITULO II DE LA INSTITUCION EDUCATIVA Creación, Fines, Objetivos, Estructura Orgánica: Art. 7. La Institución Educativa Secundaria Pública Industrial “PERU BIRF” de Juliaca, creada por R.M. N°0464-80-ED., está ubicado en la parte norte de la ciudad de Juliaca, en la Av. Independencia N° 266 - teléfono051-325591, pertenece a la UGEL San Román-Juliaca. Art. 8. La Institución Educativa Secundaria Público, fue creado por R.M. N° 0464 de fecha 30 de abril de 1980 tiene carácter estatal Público y está destinado a ofrecer los servicios de Educación Secundaria Técnica de menores. Consolidada a la formación para el mundo del trabajo que es parte de la formación básica de todos los estudiantes, y se desarrolla en la propia Institución Educativa o por convenio, y en Instituciones técnico productivo. Art. 9. Los fines y objetivos de la Institución Educativa son: A. Prestar servicio ………….a la comunidad. B. Proporcionar educación integral a los educandos mediante el desarrollo equilibrado de sus potencialidades físicas, morales e intelectuales. C. Lograr la participación de la comunidad en el proceso educativo, estimulando el espíritu solidario, creador y critico, cultivando los valores éticos y cívicos como base. 5 Reglamento Interno 2015 D. Formar integralmente al educando en los aspectos físicos, afectivo y cognitivo para el logro de su identidad personal y social, ejercer la ciudadanía y desarrollar actividades laborales y económicas que le permitan organizar su proyecto de vida y contribuir al desarrollo del país. E. Desarrollar capacidades, valores y actitudes que permitan al educando aprender a lo largo de toda su vida. F. Desarrollar aprendizajes en el campo de las ciencias, las humanidades, la técnica, la cultura, el arte, la educación física y los deportes, así como aquellos que permitan al educando un buen uso y usufructo de las nuevas tecnologías. G. Educar a los alumnos en principios de la Educación moderna y cristiana, con el apoyo directo de los padres de familia. H. Concientizar a los padres de familia que son los primeros maestros de los niños en el hogar, la que se prolonga en la Educación Básica Regular, siendo necesario preparar y educar a los padres de forma obligatoria y sistemática en todos los campos. I. Investigar, perfeccionar y aplicar una metodología educativa, acorde a nuestra realidad. J. Tener en Plan Anual de Trabajo y cumplir el Reglamento interno. K. Establecer en bases a criterios técnicos por el Ministerio de educación la estructura de organización, los cuadros de asignación de personal, los procedimientos de gestión, el Calendario Civico Escolar, las normas de evaluación de los alumnos y la programación de los contenidos y asignaturas que contemplan la estructura curricular Básica, establecida por los niveles y grados. Art. 10. La Estructura Orgánica de la Institución, está formado de la siguiente manera: A. Órgano de Dirección. i. Dirección. Sub Dirección: Formación General, Sub Dirección de Áreas Técnicas y Sub Dirección de Administración. ii. Personal Jerárquico: Coordinador de OBE y Actividades. iii. Asesoría de matemáticas, Ciencias Naturales, Históricos sociales, Lengua y Literatura; Jefe de Laboratorio, Jefe de Talleres, Jefe de sala de Computo y Jefe del programa Huascaran y/o docente responsable 6 Reglamento Interno 2015 del proceso de integración de las TICs a nivel de aula de innovación pedagógica. iv. Consejo Educativo Institucional (CONEI). v. Consejo Académico Institucional (CONA). B. Órgano de Línea. i. Unidad de Gestión Educativa Local. ii. Área de Servicios Complementarios. C. Órgano de Apoyo: i. Equipo de Desarrollo Educativo de Enlace. ii. Área de servicios Complementarios. D. Órgano de participación: i. Asociación de Padres de Familia. ii. Asociación de alumnos (Municipio Escolar). iii. Asociación de ex alumnos. CAPITULO III DE LAS FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS ORGANOS DE COMPONENTES DEL DIRECTOR: Art. 11. El Director de la I.E. PERU BIRF, está ubicado en la jurisdicción de la UGEL San Román – Juliaca y tiene responsabilidad pedagógica y administrativa. Art. 12. Son funciones del Director: A. Son funciones del Director de la Institución Educativa, además de las establecidas en los artículos 55 y 68 de la Ley General de Educación, las siguientes: B. Planificar, Organizar, Dirigir, ejecutar, supervisar y evaluarel servicio educativo. 7 Reglamento Interno 2015 C. Conducir la elaboración, ejecución y evolución del proyecto educativo institucional, Plan Anual de Trabajo y Reglamento interno de manera participativa. D. Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica y de gestión, experimentación e investigación educativa. E. Aprobar por Resolución Directoral, los instrumentos de gestión de la institución educativa. F. Promover y presidir el Consejo Educativo Institucional. (CONEI) G. Establecer en coordinación con el Consejo Educativo Institucional, antes del comienzo del año lectivo, la calendarización del año escolar adecuándola a las características, económico, productivas y sociales de la localidad, teniendo en cuenta las orientaciones regionales, garantizando el cumplimento efectivo del tiempo de aprendizaje, en el marco de las orientaciones y normas nacionales dictadas por el Ministerio de Educación para el inicio del año escolar. H. Coordinar con la Asociación de Padres de Familia el uso de sus fondos de conformidad de establecido en el Reglamento General de la APAFA. I. Delegar funciones a los Sub-Directores y a otros miembros de su comunidad educativa. J. Estimular el buen desempeño docente estableciendo en la institución educativa, prácticas y estrategias de reconocimiento público a las innovaciones educativas y experiencias exitosas. K. Promover en el ámbito de su competencia, acuerdos, pactos, consensos con otras instituciones u organizaciones de la comunidad y cautelar su cumplimiento. L. Velar por el mantenimiento y conservación del mobiliario, equipamiento e infraestructura de la institución educativa, y gestionar la adquisición y/o donación de mobiliario y equipamiento así como la rehabilitación de la infraestructura escolar. M. Presidir en comité de evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo. N. Desarrollar acciones de capacitación del personal. 8 Reglamento Interno 2015 O. Formular el presupuesto de la institución educativa y velar por la correcta administración de los recursos propios, directamente recaudados informando a la autoridad competente de la UGEL San Román. P. Coordinar con la APAFA sobre el uso de los fondos que ella recaude priorizando las necesidades del plantel. Q. Suscribir convenios y/o contratos con fines educativos y organizar eventos de capacitación docente y actualización. R. Otros que se le asigne por norma específica del sector. En lo pedagógico. A. Optimizar la calidad de los aprendizajes y el desempeño docente, desarrollando estrategias de estimulación de talentos y promoviendo y estimulando la permanentemente innovación pedagógica. B. Promulgar en los centros educativos los documentos normativos que orientan la vida del centro educativo que estén en concordancia con lo dispuesto por las normas oficiales. C. Monitorear, supervisar, asesorar y evaluar el servicio educativo. D. Autorizar y promover visitas de estudio, excursiones y demás actividades pedagógicas en diversos lugares de la comunidad. E. Suscribir, en los centros educativos, convenios y/o contratos con fines educativos y organizar eventos de capacitación y actualización docente. F. En institución Educativas con ex variante técnica y CETPRO vincular la oferta educativa con las demandas del mundo del trabajo y de la comunidad. G. Estimular y organizar la participación de los alumnos del centro educativo en eventos de carácter deportivo, cultural y de la prevención convocados por el Ministerio de Educación y otras instituciones, de acuerdo a las presentes normas. H. Impulsar jornadas pedagógicas que promuevan espacios de inter aprendizaje y reflexión, así como actividades dirigidas a mejorar la calidad de los aprendizajes y el servicio educativo en el marco del PEI. I. Apoyar la práctica docente de los estudiantes de los Institutos Superiores Pedagógicos y Facultad de Educación, supervisando y asegurando la permanencia del docente responsable en el aula, garantizando el asesoramiento al practicante y posibilitando las innovaciones pedagógicas. 9 Reglamento Interno 2015 En los recursos y servicios de la Institución Educativa A. Planificar, organizar y administrar los recursos y servicios prestados por la Institución Educativa, siguiendo las orientaciones del P.E.I. y las normas oficiales; y atendiendo equitativamente las necesidades de los diversos niveles y modalidades existentes en la Institución Educativa. B. Formular el presupuesto de la institución educativa pública y velar por la correcta administración de todos los recursos, incluyendo los recursos propios. C. Adjudicar la administración de kioskos y cafeterías de la institución educativa pública de acuerdo a las normas y disposiciones vigentes. D. Autorizar el uso eventual y alquiler de ambientes y/o equipos, de la institución educativa pública de acuerdo a las normas oficiales, asegurando la conservación del medio ambiente, de las instalaciones y equipos, y un tipo de utilización que no distorsione los fines educativos de las instituciones. E. Coordinar con la Asociación de Padres de Familia el uso de los fondos que ella recaude, teniendo en cuenta los requerimientos del Plan del Trabajo Anual. En lo Administrativo. A. Supervisar y evaluar las actividades administrativas en coordinación con el personal directivo y jerárquico de la institución educativa. B. Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados de matrícula y expedir certificados de estudio. Dentro de lo normado, aprobar las nóminas y actas, rectificar nombres y apellidos de los alumnos en documentos oficiales, exonerar de asignaturas y autorizar convalidaciones, en cualquier momento del año. C. Conformar el comité de evaluación de la institución educativa para la contratación del personal docente y administrativo mediante una Resolución Directoral y comunicar a la autoridad superior. D. Conformar en la institución educativa los comités de tutoría, convivencia y Disciplina escolar mediante Resolución Directoral, la misma que será remitida a la UGEL. 10 Reglamento Interno 2015 E. El Director de la institución educativa debe asignar al aula de innovación pedagógica los equipos según lo especificado a las normas en lo que los materiales educativos, equipos audio visuales. F. Evaluar, incentivar y reconocer el esfuerzo y mérito individual y colectivo del personal. En caso de una evaluación negativa, adoptar medidas correctivas según lo dispuesto por las normas vigentes. G. Proponer al órgano intermedio las licencias, de acuerdo a las normas vigentes. Seleccionar y designar, en el centro educativo público, previa propuesta de la respectiva Comisión Especial de Evaluación, al docente reemplazante por tiempo que dure la licencia del titular, comunicando oportunamente al órgano intermedio del Ministerio de Educación para las acciones correspondientes. La resolución se emite dentro del plazo de diez días útiles. Así mismo, proponer al órgano intermedio licencias del personal administrativo y cubrir dicha licencia cuando es sin goce de haber. H. Informar de manera pública transparente a la comunidad educativa del manejo de recursos de la institución educativa. En las relaciones con la comunidad Educativa A. Convocar y presidir el consejo escolar de la Institución Educativa. B. Coordinar con la Asociación de Padres de Familia y el órgano intermedio del Ministerio de Educación asuntos de interés común. C. Prevenir y mediar en situaciones de conflicto, creando condiciones que favorezcan relaciones humanas positivas al interior de la comunidad escolar. D. Promover actividades de promoción educativa comunal y actividades de apoyo a la alfabetización de adultos. En relación a niños y adolescentes con necesidades especiales, en Centros Educativos públicos. A. Disponer de oficio la matrícula del menor abandonado o en riesgo de abandono y coordinar acciones de ayuda con diversas instituciones. B. Garantizar la integración de la Institución Educativa pública o privado y al aula de alumnos con necesidades educativos especiales en los casos que lo ameritan. 11 Reglamento Interno 2015 FUNCIONES DEL SUB-DIRECTOR DE FORMACION GENERAL Art. 13. Tiene dependencia del Director de la Institución Educativa y coordina con los otros Sub Directores y es responsable de las siguientes funciones: A. Participar en la elaboración del Plan Anual de Trabajo, PEI y PCI. B. Elaborar el Plan específico a su cargo. C. Orientar y asesorar a los docentes, en la planificación curricular. D. Organizar y promover eventos técnicos-pedagógicos, en la elaboración de Programación Anual, Unidades Didácticas, Sesiones de Aprendizaje, para ser aplicado en la Dirección del Proceso de aprendizaje. E. Evaluar Trimestralmente el Proceso de enseñanza y aprendizaje conjuntamente con los Señores Asesores sobre los logros y dificultades en la elaboración de las evaluaciones. F. Participar en las acciones Programadas de Investigación y experimentación de nuevos métodos y Técnicas de Trabajo educativo así como eventos y actualización Docente Organizado por la UGEL. G. Organizar, supervisar y evaluar la programación curricular, ejecución y establecer ajustes necesarios. H. Planificar, supervisar, coordinar y evaluar las actividades técnico- pedagógica del Área de su competencia, en estrecha coordinación con el director, plana jerárquica y asesorias de cada Área. I. Supervisar, monitorear y evaluar las actividades de orientación y bienestar de educando. J. Supervisar y monitorear la labor técnico- pedagógica de los asesores y docentes. K. Programar y supervisar la ejecución y evaluación trimestral, aplazados, cargos y subsanaciones. L. Ejecutar la distribución de horas de clase, en coordinación con los asesores y docentes. M. Elaborar horarios en estrecha colaboración con los asesores y docentes. 12 Reglamento Interno 2015 N. Supervisar y evaluarla utilización de los módulos, equipos, máquinas, herramientas, insumos y otros enseres de los laboratorios y biblioteca, talleres, aulas, en coordinación con los asesores y jefes de taller. O. Orientar y asesorar a los docentes en la elección y aplicación de métodos, medios auxiliares, procedimientos y técnicas de evaluación. P. Investigar y publicar bimestralmente y anualmente el rendimiento de los educandos utilizando técnicas específicas Q. Conformar los círculos de mejoramiento en la institución educativa (CINCAE). R. Velar y cautelar por el cumplimiento eficaz y eficiente de las funciones específicas de los asesores, coordinadores, jefes de taller y docente. S. Realizar funciones que le asigna el Director y otros de su competencia. T. Controlar la asistencia y puntualidad del personal a su cargo y disponer el reemplazo de los ausentes con los asesores docentes disponibles. U. Informar periódicamente al Director, a los profesores, alumnos y padres de familia, sobre el desarrollo de la dirección del aprendizaje. V. Organizar las actividades de recuperación del educando a lo largo del año lectivo y en el periodo vacacional, previa selección de docentes responsables. W. Convoca y dirige las reuniones técnico pedagógico para coordinar y evaluar el trabajo educativo. X. Reemplazar al Director en caso de ausencia. Y. Participa en las Reuniones del CONEI y CONA. FUNCIONES DEL SUB- DIRECTOR DE AREAS TECNICAS: Art. 14. Depende del Director del Plantel, es responsable de las siguientes funciones inherentes: A. Participar en la formulación del Plan Anual de Trabajo, PEI y PCI. B. Planificar, organizar, supervisar y evaluar las actividades educativas de las Áreas técnicas, en coordinación con el Director y otros Sub Directores. C. Orientar el trabajo de los Docentes a su cargo, brindándoles el asesoramiento correspondiente y haciéndoles conocer las disposiciones vigentes. 13 Reglamento Interno 2015 D. Evaluar Trimestralmente el Proceso de Enseñanza y Aprendizaje y la Elaboración de la Documentación de los Docentes de Áreas Técnicas. E. Tener al día el Inventario General Actualizado de todas las especialidades a su Cargo. F. Mantener Actualizado las Documentaciones Pedagógicas y Administrativas de Áreas Técnicas. G. Promover la realización de proyectos de producción, como medio de aprendizaje y de contribución al funcionamiento y conservación de talleres y equipos de acuerdo a normas específicas. H. Programar la organización de actividades de exploración de intereses y actividades de orientación vocacional, ejecutando pruebas de ubicación en coordinación con el jefe de taller. I. Supervisar, racionalizar el uso de ambientes, talleres, campos e producción, maquinarias y herramientas. J. Organizar el servicio de mantenimiento y conservación de los diferentes talleres. K. Realizar charlas, seminarios concursos internos y otras actividades de su competencia. L. Efectuar el inventario minucioso del mobiliario, maquinas herramientas y demás enseres con que cuenta los diferentes talleres. M. Evacuar el informe anual sobre las acciones cumplidas durante el año lectivo. N. Coordina con centros de capacitación para las visitas. O. Participa en las reuniones del CONEI y CONA. FUNCIONES DEL SUB DIRECTOR ADMINISTRATIVO: Art. 15. Depende del Director de la I.E., es responsable de cumplir las siguientes funciones específicas. A. Participar en la formulación del Plan de Trabajo Anual, PEI y PCI. B. Planificar, coordinar, evaluar y controlar las acciones administrativas. C. Controlar la asistencia del personal a su cargo, y disponer el remplazo de los ausentes, en coordinación del Director de programar, adquirir y 14 Reglamento Interno 2015 distribuir oportunamente y racionalmente los bienes y servicios de la I.E. Con opinión del Director. D. Asesorar y coordinar, evaluar la ejecución presupuestaria con los diferentes y/o Jefes de Áreas Técnicas. E. Realizar seguimiento al personal a su cargo, y crono gramar el rol de turnos de permanencia del Personal de Servicio e informar a la dirección. F. Participar en la comunicación de licitaciones, concurso de precios y otros. G. Adecuar y aplicar normas y procedimientos de contabilidad, tesorería y abastecimientos. H. Informar mensualmente todos los materiales distribuidos de unidad de costeo a todo el personal a la dirección del plantel para su información. I. Tener actualizado el inventario de bienes enseres de la Institución Educativa. J. Revisar y visar órdenes de compra y servicios para la ejecución del presupuesto. K. Coordinar con lo administrativo con los otros Sub-Directores, los horarios turnos de trabajo del personal. L. Supervisar y realizar el uso de los ambientes y oficinas instrumentos de banda y demás bienes del plantel. M. Organizar, supervisar y coordinar con la Dirección de la I.E. La matrícula de los alumnos y enviar oportunamente la nómina a la Dirección de la UGEL para su aprobación. N. Velar por la seguridad de los ensere, equipos módulos, herramientas, maquinarias y otros enseres de la Institución Educativa. O. Visar la entrada y salida de materiales del depósito con fines de realizar actividades y gestionar el material didáctico para la Dirección del aprendizaje mediante Unidad de Costeo. P. Recoger en el tiempo más corto posible, las boletas de remuneración del personal de docente y administrativo; así como tratar de inmediato los reclamos que pudiera existir referente a las remuneraciones de la UGEL. En coordinación con la Dirección del Plantel. 15 Reglamento Interno 2015 Q. No tiene facultad de retener en su poder las boletas de pagos después de haber recogido hasta el día siguientes, salvo que se trate de días laborales. R. Asistir puntualmente a la I.E. Dando el buen ejemplo al personal a su cargo. S. Ejecutar el pago por adquisiciones de bienes y servicios y demás materiales. T. No abandonar su función y atención al público usuario antes de la hora de salida, salvo por fuerza mayor y otros motivos inherente a su cargo; en ambos casos pondrá en conocimiento de la Dirección. U. Absolver las consultas del personal docente, público usuario y alumnado en general. V. Informe mensual la inasistencia del personal administrativo a la dirección del plantel y los hechos ocurridos dentro de la institución educativa sobre las acciones cumplidas durante el año lectivo. W. Provee materiales educativos: mota y plumones a todas las aulas o clases con la suficiente ración. X. Coordina permanentemente con el personal de servicio para mejorar el mantenimiento y las condiciones de salubridad de las aulas, ambientes de oficina SS. HH., Talleres y otros ambientes de la Institución Educativa. Y. Supervisar el cuaderno de ocurrencia del personal de servicio Diariamente. Z. Llamar la atención verbal o escrita al Personal a su cargo, por incumplimiento de funciones en caso de reincidencia o gravedad de falta informar a la Dirección. FUNCIONES DEL SUB-DIRECTOR DE LA SECCION NOCTURNA (EBA) Art. 16. Depende del director de la I.E. Turno diurno, es responsable de las siguientes funciones. A. Participar en la formación del Plan Anual de Trabajo de su área que le compete. 16 Reglamento Interno 2015 B. Planificar, supervisar, organizar, ejecutar y evaluar las actividades técnico pedagógico en coordinación con el director con el Director y otros Sub-Directores del Plan. C. Supervisar las actividades de orientación y bienestar del educando. D. Informar periódicamente al Director y Padres de Familia sobre el desarrollo de la dirección del aprendizaje. E. Organizar las actividades de recuperación de los participantes en el periodo vocacional. F. Encausar y controlar la conducta de los estudiantes, en la formación de conciencia cívica de los participantes, inspirándose en los altos valores de patrimonio y civismo. G. Controlar la labor de los docentes y/o personas de apoyo a su cargo. H. Ejecutar las pruebas de ubicación, cuando los participantes lo soliciten para adecuarlo según su rendimiento en el grado inmediato que le corresponde de acuerdo a las normas legales y vigentes. FUNCIONES COORDINADOR DE ORIENTACION BIENESTAR DEL EDUCANDO Y ACTIVIDADES (COMITÉ DE TUTORIA, PREVENCION INTEGRAL Y PROMOCION SOCIAL EDUCATIVO) Art. 17. Depende del Director de la I.E. y/o sub- Director de Formación General, según el caso y efectúa las siguientes funciones. A. Participar en la formulación del Plan de Comité de OBE con el Director de la Institución Educativa y docentes Tutores e Integrantes del Comité. B. Coordinador convocar y precede las reuniones del comité y velara por el cumplimiento de las funciones de convivencia y disciplina escolar. C. Verificara la elaboración de los planes Tutoriales de Aula por parte delos tutores. D. Programar, organizar y supervisar y evaluar las actividades de orientación y servicio de bienestar al educando. E. Conformar los comités de tutoría, convivencia y disciplina escolar conjuntamente con el director y el sub director de formación general para el cumplimiento de sus funciones. 17 Reglamento Interno 2015 F. Programar actividades de orientación en las áreas: vocacional personal, social, académica y de salud; en coordinación con los asesores de grado auxiliar de educación e instituciones públicas y privadas. G. Cumplir con su jornada laboral de 40 horas, compartidas con el dictado de clases 12 horas y sus funciones como asesor de OBE. H. Organizar actividades de promoción estudiantil y comunal como culturales, educativas folklóricas, comedor estudiantil, etc. Que coadyuven la promoción bio-psicosocial del educando. I. Promover el cultivo de valores éticos, sociales, actividades cívicas patrióticas, orientados a lograr la conciencia e identidad nacional, que permiten al familiar y acción-comunal, mediante la programación y organización de eventos y jornadas de trabajo. J. Realizar investigaciones psicopedagógicas y el tratamiento de los casos problemas, elaborando estadísticas. K. Efectuar charlas de orientación vocacional y profesional de los alumnos de acuerdo con sus intereses de actitudes mediante seminarios, fórums, folletos, exposiciones y otros medios de difusión. L. Aplicar la pruebas psicopedagógicas individuales que fueses necesarios para la investigación y diagnóstico de los casos especiales recomendando el trato a seguir. M. Contribuir la formación de la personalidad del educando, cuidando su integridad moral y de la salud físico mental. N. Encauzar y controlar la conducta de los educando y hacer cumplir las normas éticas, higiénicas y educativas. O. Mantener relaciones frecuentes con los padres de familias o tutores de los educandos para informales sobre la conducta, rendimiento, puntualidad, asistencia e higiene de sus hijos. P. Coordinar la labor de los auxiliares de Educación. Q. Promover charlas de orientación sexual. R. Detección y solución de problemas de salud, físico mental y alimentación en el educando. FUNCIONES DEL COMITÉ DE TUTORIA, CONVIVENCIA Y DISCIPLINA ESCOLAR: A. Contextualizar las actividades de Tutoría y Orientación Educativa (TOE), que incluyen los programas de prevención de acuerdo al diagnóstico del PEI. 18 Reglamento Interno 2015 B. Organizar, programar, orientar, supervisar, monitorear y evaluar las actividades de Tutoría y Orientación Educativa (TOE). C. Promover y organizar acciones de formación y asesoría, dirigidas a estudiantes, docentes y padres de familia. D. Asegurar la incorporación de las acciones de Tutoría y Orientación Educativa (TOE) en el PEI, PCI, Y PAT. E. Promover la realización de reuniones periódicas a lo largo del año escolar entre tutores por grado y/o nivel para el intercambio de experiencia. F. Promover y organizar la realización de tres o cuatro reuniones durante el año entre tutores y los padres de familia de sus respectivas secciones, para tratar temas relacionados con la orientación de los estudiantes. G. Promover las Escuela de Padres d acuerdo a las posibilidades de la institución educativa. H. Promover el establecimiento de alianzas con otras instituciones, tomando en cuenta que su labor debe adecuarse a la normatividad vigente y a los lineamientos de OTUPI. I. Es responsable de las acciones correspondientes a la campaña “Tengo Derechos al Buen Trato”. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL COORDINADOR DE ATIVIDADES Art. 18. Tiene dependencia del Director y/o Sub Director y realiza las siguientes funciones: A. Presentar al inicio del año lectivo el plan de trabajo anual correspondiente. B. Asistir puntual y obligatoriamente en la preparación Cívico Patriótico, coordinando con los Señores Auxiliares de Educación y Docentes Tutores. C. Cumplir y participar en todas las actividades del Calendario Cívico Escolar. D. Organizar, orientar, acompañar y vigilar a los alumnos durante los periodos de actividades de la Institución Educativa. E. Asistir en forma obligatoria en todas las actividades cívicas, culturales, que se realizan dentro y fuera de la Institución Educativa. F. Canalizar con la Dirección de la Institución Educativa sus inquietudes y aspiraciones de carácter Técnico y pedagógico en beneficio del plantel. 19 Reglamento Interno 2015 G. Coordinar con el coordinador de OBE, Auxiliares de Educación, alumnos y Padres de familia para toda actividad de fechas Cívicas en la Institución Educativa. H. Apoyar acciones para la detección de problemas y eficiencia en salud, nutrición, primeros auxilios y otros de atención especial. I. Programar charlas para los docentes de diferentes Áreas Curriculares de acuerdo al Calendario Cívico Escolar. J. Contribuir al establecimiento de relaciones democráticas y armónicas, en el marco del respeto de las normas de convivencia. K. Detectar e intervenir frente a eventuales problemáticas grupales o individuales que puedan surgir en el aula. FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DEL JEFE DE PSICOPEDAGOGICA. Art. 19. Tiene dependencia del Director, Sub Directores y/o Coordinador de O.B.E. y realiza las siguientes funciones. A. Planificar, organizar, asesorar y evaluar el sistema de Tutoría y Prevención integral en la Institución Educativa (función compartida con OBE.). B. Coordinar con los Docentes Tutores, sobre la organización de los alumnos a nivel de cada aula y comités de aula con los padres de familia. C. Brindar los servicios de consejería o terapia con la participación directa de los especialistas, para mejorar el proceso de enseñanza – aprendizaje de los educandos. D. Propiciar la resolución de conflictos que se presenten en los educandos o padres de familia con el apoyo de especialistas: Asistenta Social y Psicólogo. E. Coordinar prestar apoyo a la Oficina de OBE. Para la atención oportuna de los educandos y padres de familia. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS PROFESORES ASESORES DE ÁREAS: Art. 20. Tiene dependencia de Sub- Director de formación general y realizan las siguientes funciones: A. Participar en la elaboración del Plan Anual de Trabajo y P.E.I, PCI. B. Elaborar el Plan Específico de su Asesoría, con la participación de los profesores de su Área. 20 Reglamento Interno 2015 C. Orientación, coordinación y la supervisión, evaluación, orientaciones para la programación Curricular y ejecución curricular, las acciones de OBE., las acciones de promoción estudiantil y comunal en coordinación con el SubDirector de Formación General y/o Administrativo. D. Su jornada laboral es de 40 horas pedagógicas a la semana, con 12 horas de dictado de clases. E. Implementar y/o Capacitar a los docentes de su especialidad, coordinando con el especialista de UGEL, en la elaboración de Programación Curricular, Programación Anual, unidades didácticas, sesión de Aprendizaje y Orientación para la Evaluación de Aprendizaje. F. Promover, organizar y evaluar la evaluación del material educativo en coordinación con el Sub- Director de Formación General y/o Administración. G. Monitorear el Trabajo Pedagógicoen el aula para mejorar el Trabajo Educativo. H. Orientar, supervisar y evaluar la Dirección del aprendizaje. I. Coordinar, elaborar la labor de equipo de profesores en la preparación de textos, separatas, copias, material didáctico y la adquisición de textos. J. Verificar el proceso de Evaluación de los aprendizajes de acuerdo a las Capacidades y las Actitudes se Evalúan a través de indicadores. K. Permanecer en el Plantel, cumpliendo su tiempo de permanencia, efectuando labor de asesoramiento docente y demás obligaciones como profesor de área. L. Reemplazar a los docentes que inasisten eventualmente al dictado de sus clases. M. Asistir en forma obligatoria a todas las actividades cívicas-culturales, que se realizan dentro y fuera de la I.E. N. Participar en comisiones específicas. O. Participar en las actividades de recuperación Pedagógica del educando en el periodo vacacional, en coordinación con el Director y/o Sub – Director de Formación General. P. Realizar otras funciones que les asigne el Director y/o Sub – Directores de Formación General. 21 Reglamento Interno 2015 Q. Presentar oportunamente sus programaciones curriculares, unidades didácticas para su visación correspondiente. FUNCIONES DEL JEFE DE LABORATORIO: Art. 21. Depende del Director de la I.E, y/o Sub-Director de Formación General según el caso; y efectúa las siguientes funciones específicas. A. Participar en el Plan Anual de Trabajo de la institución educativa. B. Elaborar el Plan específico a su cargo, con la participación del Asesor y docentes de especialidad. C. Apoyar a elaborar en equipo la programación Curricular de la especialidad de Ciencia Tecnología y ambiente a nivel de la Institución Educativa. D. Programar, organizar, coordinar, orientar, supervisar y evaluar la dirección del aprendizaje en el laboratorio. E. Elaborar un programa de mantenimiento, conservación de los módulos, equipos, enseres, insumos necesarios con la colaboración amplia del personal auxiliar de laboratorio, con que cuenta la Institución Educativa. F. Coordinar programas y organizar el uso de laboratorio de su responsabilidad con los profesores de la especialidad de ciencias naturales. G. Mantener actualizado el inventario de materiales, equipo y otros enseres de laboratorio. H. Asesorar en el correcto manejo de los módulos de laboratorio así como la construcción y diseño de prototipos con materiales recuperables del medio. I. Participar activamente en la difusión de la Ciencia y tecnología, a través de: Organización y ejecución de ferias de ciencias, museo dinámico de ciencia y tecnología, concursos de inventiva y otras. J. Tiene una jornada laboral de 40 horas semanales, distribuidos en 12 horas de dictado de clases y las horas restantes deberá cumplir con la atención a las I.E... Aledaño al Plantel, preparación de material su mantenimiento y atención administrativa. K. Cumplir otras funciones que se le asigne, de acuerdo al caso. 22 Reglamento Interno 2015 FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL JEFE DE TALLER: Art. 22. Depende del Director de la I.E. y/o Sub – Director de Áreas Técnicas, cumple con las siguientes funciones: A. Participar en la elaboración del Plan Anual de Trabajo de la I.E. B. Tiene una jornada laboral de 40 horas pedagógicas, distribuida en 12 horas de dictado de clases y las horas restantes deberá cumplir con la atención a preparación de material su mantenimiento y atención administrativa en los tallares. C. Elabora en coordinación con los docentes a su cargo el perfil ocupacional de acuerdo al Catálogo Nacional de Títulos y Certificaciones. D. Informa periódicamente a la Sub- Dirección de Áreas Técnicas sobre el área de su competencia. E. Reemplaza a los docentes ausentes de su especialidad. F. Elaborar el Plan Específico de su cargo, con la participación del SubDirector de Áreas Técnicas, Docentes de la especialidad. G. Organizar, Orientar, supervisar y evaluar la dirección del aprendizaje en los talleres. H. Elaborar un programa de mantenimiento y conservación de las maquinarias, equipo, herramientas y enseres. I. Elaborar tarjetas especiales, para el control del empleo de los insumos y otros para los tableros. J. Asesorar a los docentes de Áreas Técnicas, en el aspecto técnico pedagógico y productivo. K. Velar permanentemente, por el adecuado funcionamiento de los talleres. L. Organizar actividades, para la adquisición de maquinarias, herramientas, enseres, insumos y otros. M. Realizar oras funciones que le asigne el Director y/o Sub-Director de Áreas Técnicas, según el caso. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL COORDINADOR DE PROGRAMA HUASCARAN Y/O DOCENTE DE INNOVACIONES PEDAGÓGICAS 23 Reglamento Interno Art. 23. 2015 Depende del Director de la I.E. Y/O Sub-Directores, cumple con las siguientes funciones específicas: A. Participar en la elaboración del Plan Anual de Trabajo de la I.E. B. Proponer a la Dirección de la Institución Educativa los Planes de Trabajo de la planificación de la integración de la TIC en función de los diseños curriculares en las diferentes áreas. C. Organizar y planificar las actividades educativas del aula de innovación Pedagógica Huascarán. D. Elaborar los documentos vinculados con el funcionamiento del aula de innovación Pedagógica Huascarán (plan de trabajo anual, reglamento catálogo de recursos, horarios, entre otros). E. Asesorar a los docentes en el desarrollo de actividades educativas con TIC. F. Organizar actividades de capacitación para el aprovechamiento pedagógico de las TIC. G. Velar por la provisión y mantenimiento de los recursos educativos, equipamiento e infraestructura y por la ambientación pedagógica del aula de innovación Pedagógica Huascarán. H. Promover la participación de la comunidad educativa y la comunidad local en el proceso de integración de las TIC en la Institución Educativa. I. Promover el aprovechamiento educativo de los recursos TIC propuesto por Huascarán, la implementación de la bibliotecas digitales y virtuales para la I.E., el desarrollo de materiales educativos por docentes y alumnos y el trabajo colaborativo en la Institución Educativas. J. Asesorar a los Docentes en el uso y aplicación de TIC en el trabajo educativo. K. Proponer la participación de la comunidad educativa en el aprovechamiento educativa de los TIC. L. Identificar y atender las necesidades de capacitación docente en el aprovechamiento educativo de las TIC. M. Supervisar la instalación y velar por el mantenimiento de los equipos informáticos y de comunicación. N. Reportar el estado de los recursos TIC a la Dirección de la Institución Educativa. 24 Reglamento Interno 2015 O. Llevar el inventario de los recursos TIC de aula de innovaciones pedagógicas a su cargo. P. Programar, en coordinación con la Dirección, Sub Direcciones y los Docentes, el horario de uso del aula de innovaciones pedagógicas. Q. Incentivar en los docentes del centro educativo la formulación de propuestas y el desarrollo de actividades para el aprovechamiento de la TIC. R. Propiciar la integración de los recursos TIC que ofrece el Proyecto Huascarán en la práctica docente. S. Permitir la comunicación permanente de docentes y alumnos a través de los recursos TIC que facilite el Proyecto Huascarán. T. Informar de las actividades desarrolladas a la dirección del plantel y/o al órgano del intermedio de su jurisdicción. U. Capacitar a los docentes en la informática básica y sus aplicaciones pedagógicas en el manejo de redes. V. Cumplir con su jornada laboral de 40 horas pedagógicas sin el dictado de horas de clase. W. Apoyar en la administración en el sistema del educando a la secretaria de la Institución Educativa bajo responsabilidad (SIAGIE). FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL JEFE DE LABORATORIO DE CÓMPUTO Art. 24. Depende del Director de la I.E. y/o del Sub-Director de Áreas Técnicas, cumple las siguientes funciones específicas: A. Participa en la elaboración del plan anual de trabajo de la I.E. B. Elaborar el plan específico de su cargo con la participación del Sub Director de Áreas Técnicas y docentes de la especialidad de informática. C. Organizar, orientar, supervisar y evaluar la dirección del aprendizaje en el laboratorio de cómputo. D. Promueve el desarrollo de métodos técnicos y material educativo en base a intermedio de experiencia entre los docentes de informática a su cargo y actualización, capacitación permanente. E. Elaborar un programa de mantenimiento y conservación de las máquinas, equipos y reparaciones sencillas del computador. 25 Reglamento Interno 2015 F. Programa y control el uso del laboratorio para los educandos del colegio llevando al día registro correspondiente. G. Llevar el inventario actualizado de las máquinas y equipos y demás enseres a su cargo. H. Velar permanentemente, por el buen funcionamiento de laboratorio de cómputo durante el periodo de trabajo. I. Cumplir con su jornada laboral de 40 horas pedagógicas de las cuales 12 horas están destinadas a dictar las clases. J. Diseñar, conducir y evaluar los cursos de computación e informática educativa dirigidos a docentes y estudiantes. K. Mantener continuamente informado acerca de las nuevas tendencias tecnológicas en la rama de la informática L. Proponer a la duración la compra de software adecuados a las exigencias del momento. M. Realizar la instalación de programas a ser utilizados en las computadoras. N. Elabora en coordinación con los docentes a su cargo el perfil ocupacional y las hojas de instrucción. O. Informa periódicamente a la Sub Dirección de Áreas Técnicas sobre el área de su competencia. P. Reemplaza a los docentes ausentes de su especialidad. Q. Planificar y organizar las acciones para el mantenimiento de los equipos en coordinación en el área administrativo. R. Es responsable de los bienes y equipos durante la permanencia en el colegio. S. Es responsable con el personal de su área de informes sobre el mantenimiento y correcto funcionamiento de todos los equipos del laboratorio de cómputo. T. Apoyar con talleres de reforzamiento en informática básico y manejo de las herramientas instaladas en el laboratorio plataforma de correo, manejo de red, acceso a internet, etc. U. Presenta informe bimestral sobre el uso y funcionamiento del laboratorio de cómputo. V. Velar por la seguridad interna del centro de cómputo. 26 Reglamento Interno 2015 W. Realizar otras funciones que se le asigne al Director o Sub-Director de Áreas Técnicas según el caso. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS TUTORES. Art. 25. Depende del Director, del coordinador de Tutoría, Convivencia y Disciplina escolar cumplen las siguientes funciones. A. Contribuir al desarrollo efectivo, cognitivo al mejoramiento del desempeño escolar de los educandos. B. Desarrollo de la acción tutorial en forma grupal e individual. C. Conocer los intereses y aptitudes del (de la) alumno (a) y orientar su proceso educativo, atendiendo sus necesidades. D. Participar en la asamblea tutorial y promoverla. E. Potenciar una evolución y desarrollo positivo del grupo- clases. F. Facilitar el descubrimiento y desarrollo de las potencialidades, habilidades y capacidades de los educandos. G. Contribuir a la consolidación de la identidad y autonomía de cada educando. H. Establecer estrategias adecuadas para la construcción de aprendizajes significativos y funcionales de los alumnos y alumnas. I. Mantener comunicación con los docentes para trabajar problemas específicos de los alumnos (as), utilizando las estrategias y instrumentos apropiados en cada caso. J. Mantener comunicación permanente con los padres de familia al de lograr su participación en el proceso educativo y fortalecer la integración familiar K. Estimular y desarrollar entre los niños (as), adolescentes y jóvenes actitudes de participación tanto en la I.E. como en su realidad natural, sociocultural y socioeconómica, promoviendo la adaptación al medio, la aptitud crítica e independiente, el autoaprendizaje, el sentido comunitario y la valoración del ecosistema y las tradiciones históricas y culturales propias de su entorno. L. Cumple con su jornada laboral de 24 horas de dictado de clases. M. Racionalizar el trabajo y fijar el horario para solucionar problemas de conducta con sus respectivas secciones a su cargo. 27 Reglamento Interno 2015 N. Promover el ajuste entre la realidad personal del alumno (a) y las opciones y posibilidades que se presentan en el mundo laboral, buscando la apertura de las oportunidades para todos. O. Reconocer limitaciones, dificultades o problemas particulares de los alumnos tanto personales como académicos, buscando soluciones adecuadas para lo mismo, recurriendo a asesoría especializada y derivando la atención en caso necesario. P. Reconocer y valorar el aporte individual de cada niño, adolescente y joven, propiciando la autovaloración, la abolición escarnio y de los prejuicios sociales bajo cualquier manifestación. Q. Recopilar y sistematizar información relativa a cada alumno del aula a su cargo, consignándolo en fichas personales, las cuales deberán estar permanentes a disposición de la coordinadora responsable de la Institución. R. Proveer a los padres de familia de los reporte de progreso, relatos al desarrollo de las capacidades de los alumnos, durante la sexta y décimo segunda semana. S. Atender las demandas de información de los padres de familia. T. Conducir la orientación vocacional y actitudinal de los alumnos a su cargo, proporcionándoles sugerencias individuales, acompañando los procesos individuales que se desencadenen en los cursos de desarrollo. U. Proporcionar a los alumnos a su cargo, información relativa al funcionamiento total del grupo de alumnos del aula. V. Detectar y atender situaciones de conflicto que se presenten en el aula. W. Planificar y coordinar con los profesores de los cursos de desarrollo la ejecución de las actividades de recuperación de los alumnos que no hubieran logrado las capacidades y actitudes previstas. Con los estudiantes. A. Acompañar el proceso de desarrollo de los estudiantes, con el objeto de asegurar su formación integral. B. Planificar, desarrollar y evaluar las actividades de la hora de tutoría teniendo en cuenta las áreas de tutoría. 28 Reglamento Interno 2015 C. Facilitar la integración de los estudiantes en su grupo-clase en el conjunto de la dinámica escolar. D. Si un estudiante tuviera una dificultad que, además del apoyo brindado en la Institución Educativa, requiere atención especializada, el tutor deberá coordinar con el Director y los Padres de familia para su derivación a la Institución correspondiente. E. Ante situaciones que vulneren los derechos de los estudiantes el tutor deberá informar inmediatamente al Director sobre lo sucedido, quien deberá tomar las acciones necesarias para garantizar el respeto y cumplimiento de los derechos de los estudiantes. F. En educación secundaria, la evaluación del comportamiento estará a cargo del tutor, de acuerdo a las pautas señaladas R.M. N° 0710-2005-ED- Orientaciones y normas nacionales para la Gestión en la Instituciones Educativa de Educación Básica Regular Técnico Productiva 2006. Con los padres de familia. A. Promover la comunicación con los padres de familia y contribuir en su formación, para desarrollar acciones coordinadas en beneficio de la formación integral de los estudiantes. B. Asistiendo y participando en las reuniones que convoca el tutor para brindarles información. C. Brindando información al tutor acerca de los avances y dificultades que perciben en sus hijos. Con los profesores. A. Comunicar al tutor sobre el desempeño académico de los estudiantes, así como su desarrollo y dificultades en el área que corresponde a cada profesor, para identificar fortalezas y necesidades. B. Apoyar a los tutores intercambiando ideas, opiniones y propuestas para el desarrollo de la labor de tutoría. C. Ayudar a los estudiantes a identificar sus fortalezas, y explicarlos como pueden mejorar a través de ellas su proceso de aprendizaje y su vida en general. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL PERSONAL DOCENTE: 29 Reglamento Interno Art. 26. 2015 Dependen del Director y el Sub – Directores de sus respectivas áreas cumplen las siguientes funciones. A. Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del Plan Anual de Trabajo de la I.E. B. Programar y aplicar y evaluar el desarrollo curricular y las normas de evaluación de acuerdo a la realidad de la Institución Educativa. C. Evaluar el proceso de la dirección del aprendizaje de acuerdo a las normas legales vigentes y cumplir con la elaboración de la documentación correspondiente. D. Participar en acciones programadas y la experimentaciones de nuevos métodos y técnicas de trabajo, así como eventos de actualización profesional. E. Preparar el material educativo, en coordinación con los Directores y Asesores. F. Integrar las comisiones de trabajo y colaboración con la Dirección de la I.E. G. Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de familia sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y del comportamiento de los alumnos. H. Realizar acciones de recuperación pedagógica. I. Ningún docente realizara actividades extracurriculares, sociales y otros con los alumnos con el pretexto de recaudar fondos, sin la previa autorización escrita de la Dirección del plantel. J. El docente realizara su función con eficiencia, puntualidad, lealtad, y colaboración a la Institución Educativa. K. Presentar al asesor del área, dentro de los términos fijados las unidades de desarrollo educativo, registros de evaluación debidamente promediadas, sin enmendaduras. L. Absolver oportunamente las consultas de los alumnos, dentro y fuera del aula. M. Las evaluaciones de los Educandos se realizarán en el plantel en el horario y el rol establecido, y no fuera de la Institución Educativa. 30 Reglamento Interno 2015 N. El Docente pro principio de ética profesional, se abstendrá de presentar conductas inmorales gravemente censurables. O. Tener cuidado de incitar a los alumnos a cometer actos de rebeldía en contra del personal directivo y docente. P. Realizar acciones de tutoría en las secciones a su cargo. Q. Presentar el asesor y/o Sub Director los instrumentos de evaluación y documentos Técnico Pedagógicos referidos al desarrollo de su labor docente. R. Coordina con el tutor o informa al coordinador de OBE sobre los problemas de conducta. S. Asistir a las reuniones de coordinación, convocados por la Dirección. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL AUXILIAR DE EDUCACIÓN. Art. 27. Son funciones del Auxiliar en Educación: A. Depende del Director de la I.E.S., Sub Directores y/o Coordinador de OBE. B. Cumplir las acciones de apoyo técnico pedagógico al profesorado, participando en actividades formativas, disciplinarias de bienes del Educando y Administrativas propias a cargo. C. Llevar al día los siguientes documentos: a. Fichas de seguimiento del alumno a su cargo, para detectar problemas de conducta y aprendizaje. b. Registro de asistencia. c. Registro de evaluación de conducta. d. Control de Agenda personal del educando en forma diaria. D. Realizar el proceso de actualización de datos personales en el SIAGIE de la Institución Educativa. E. Ante la ausencia del profesor de aula a su cargo, ingresar para mantener el orden y la disciplina, dando charlas de orientación educativa. F. Registrar su asistencia en la Institución quince minutos antes del ingreso de los estudiantes. G. Cuidar la buena presencia de los alumnos. 31 Reglamento Interno 2015 H. Mantener la armonía entre los señores auxiliares, demostrando buen ejemplo frente a los estudiantes. I. Cuidar la buena conservación de la infraestructura y mobiliario. J. Controlar las horas de trabajo, cambios y salida con el respectivo toque de sirena. K. Tiene a su cargo la vigilancia de los estudiantes durante las horas de estudio, formaciones, recesos, ensayos premilitares, actuaciones y otras actividades. L. Informar inmediatamente al Director y/o coordinador de OBE, sobre problemas de mayor gravedad disciplinaria. M. Cumplir con las disposiciones emanadas de la superioridad. N. No recibir regalías de los alumnos, padres de familia durante el desarrollo de sus funciones. O. Prestar primeros auxilios en caso de accidente de cualquier alumno, dentro del plantel. P. Controla la asistencia del profesor en el aula y comunica al Sub Director de turno en caso de ausencia para su reemplazo. Q. Cumplir con las labores de Tutoría cuando el docente esté ausente. R. Otras funciones afines a su cargo que se le asigne de acuerdo al MOF. S. Revisa el uso de uniforme correcto de sus alumnos y cuidar la infraestructura y mobiliario de sus salones de Clases. FUNCIONES DE TESORERÍA Y CONTABILIDAD GENERAL: Art. 28. Depende del Director de la I.E.S y/o Sub – Director de Administración según el caso el Tesorero y contabilidad general, efectuará las siguientes funciones: A. Recaudar los ingresos económicos del plantel por todo concepto. B. Vender al público usuario, el FUT en estricto orden correlativo. C. Elaborar su arqueo de caja con su respectiva documentación sustentatoria, remitir a las instancias superiores de acuerdo a los cronogramas establecida y en cualquier instante. D. Controlar los recursos propios y ejecutar de acuerdo a las normas establecidas y a la ley de presupuestos. E. Realiza pagos de bienes y servicios. 32 Reglamento Interno 2015 F. Elaborar libro de caja con su respectiva documentación y sustentar remitiendo a las instancias superiores de acuerdo a los cronogramas establecidos. G. Tener al día el margen de bienes. H. Tener al día el inventario general del plantel por especialidades. I. Controlar el kardex de salida y entrada de bienes. J. Clasificar los materiales por códigos de acuerdo al TUPA. K. Solicitar materiales de escritorios a la UGEL San Román mediante Unidad de Costeo. L. Distribuir los materiales a las diferentes oficinas de las diferentes especialidades de la I.E.S. M. Realizar las demás funciones que le asigne el Director y/o Sub Director Administrativo. N. Informar los ingresos y egresos mensualmente, semestralmente y anual a la Dirección con copia a Sub – Dirección de Administración. O. Registrar firmas del manejo de cuentas corrientes de las I.E.S. P. Recoger extractos bancarios de las entidades financieras. Q. Publicar mensualmente sobre el movimiento económico en la vitrina de la Institución Educativa para su información. R. Realizar depósitos de la recaudación diaria al Banco correspondiente. FUNCIONES GENERALES Y ESPECÍFICAS DE SECRETARÍA: Art. 28. Son funciones de secretaría: A. Dependen del Director de la I.E. y/o Sub – Director Administrativo. B. Centraliza la documentación oficial, relacionado con las actividades internas y externas del colegio, luego transmite las directivas impartidas por el Director de la Institución Educativa. C. Preparar, revisar, la documentación para la firma del director de la I.E. previa redacción de caso, en coordinación con el mismo. D. Mantener debidamente organizado la oficina a su cargo. E. Recibir y atender a los usuarios. F. Entrega bajo cargo los certificados y otros documentos que han sido solicitados previa autorización del Director. 33 Reglamento Interno 2015 G. Elaborar y entregar las nóminas de matrícula mediante el sistema del educando (SIAGIE) en tiempo determinado bajo responsabilidad, evitando errores. H. Llevar el libro de actas del colegio a las reuniones convocadas. I. Preparar datos sobre la labor realizada, para la memoria anual del Director. J. Llevar el archivo de copias de documentos que se emiten por la secretaria. K. Informar a la superioridad sobre los traslados de matrícula, exonerados de Educación Física, religión, cuadros estadísticos y otros. L. Llevar al día los talonarios de los certificados de estudio, cursos de cargo, con las indicaciones de fechas y series, la iniciación y finalización del respectivo talonario. M. Prohibido la adulteración de notas en la expedición de los certificados. N. Cuida la buena conservación de las máquinas y otros elementos materiales a su cargo, debiendo ser utilizados adecuadamente para el servicio del plantel. O. Hace requerimiento de los útiles de escritorio. P. Vela por la conservación de la seguridad de los bienes a su cargo. Q. Cumplir otras funciones que les asigne. Art. 29. Son funciones del auxiliar de oficina: A. Depende del Director del Plantel y/o Sub – Director Administrativo según el caso. B. Recepcionar Registros, clasificar, distinguir y archivar los documentos a su cargo. C. Redactar documentos varios de acuerdo a las instrucciones del Director y Sub – Director. D. Archivar las actas de evaluación al fin del año. E. Velar por el mantenimiento, seguridad y conservación de los documentos y bienes materiales a su cargo. F. Elaborar cuidadosamente los certificados de estudios para quienes los soliciten. G. Elevar dentro de los plazos a la secretaria la documentación pertinente, que debe ser centralizado en dicha organización. H. Tiene a su cargo la mesa de parte, dando tratamiento respectivo. I. Realizar las demás funciones que se asigne. 34 Reglamento Interno 2015 Art. 30. Son funciones del auxiliar de laboratorio. A. Cumplir estrictamente con las funciones que señala el manual de organización y funciones de la I.E.S. B. Informar al jefe de laboratorio de las incidencias ocurridas en el laboratorio. C. Permanecer 08 horas diarias en el plantel, conforme al turno establecido y registrar su ingreso de entrada y salida. D. Tiene el agrado de participar en la realización de ferias y tecnología que se realicen. E. Realizar la limpieza del laboratorio, así como equipos y materiales existentes, guardándolos en los respectivos casilleros y estantes. F. Prohibir el ingreso al laboratorio y el uso de materiales a personas extrañas, salvo autorización de la superioridad. G. Es responsable del deterioro o pérdida del material de laboratorio. H. Velar por el mantenimiento de los jardines existentes. I. Cumplir otros deberes relacionados a su cargo. Art. 31. Son funciones del Bibliotecario. A. Depende del Director y/o Sub – Director Administrativo. B. Inventariar el material Bibliográfico y demás enseres propios de la Biblioteca. C. Llevar un cuadernillo de registros de entrega y recepción de libros. D. Orientar a los lectores el uso adecuado de los textos, libros y otros documentos, garantizando su conservación. E. Entregar material bibliográfico a los interesados, previa presentación del carné, caso del personal docente se realizara previa firma en el cuaderno correspondiente. F. Informar a la superioridad sobre la no devolución, deterioro del material bibliográfico. G. Mantener un ambiente de tranquilidad para los lectores, afiches alusivos para tal fin. H. Cumplir otras funciones inherentes a su cargo. I. Permanecer 08 horas diarias en el plantel y registrar ingreso y salida del plantel. Art. 32. Son funciones del personal de servicio: A. Dependen del Director de la I.E. y/o Sub – Director Administrativo. 35 Reglamento Interno 2015 B. Realizar labores de seguridad, vigilancia y portería tanto de dúa como de noche según el turno, dando cuenta a la superioridad de las novedades. C. Someterse al turno establecido para la labor de vigilancia y seguridad, incluidos sábados, domingos y feriados. D. Registrar puntualmente su asistencia de entrada y salida. E. Permanecer en su turno, según el horario establecido. F. Mantener la limpieza de los servicios higiénicos, tanto personal docente como de los estudiantes. G. Controlar celosamente la entrada y salida de las personas ajenas al plantel, tratando de detectar el motivo de la visita. H. No permitir la salida ni ingreso de estudiantes fuera del horario establecido, salvo con autorización de la superioridad. I. Comunicar inmediatamente sobre cualquier novedad que se presente en cuanto a los servicios de seguridad existente. J. No utilizar las instalaciones o enseres de la I.E. que dañan la moral y las buenas costumbres del mismo. K. Cuidar con responsabilidad los objetos que encomiende los trabajadores de la I.E.S. L. Mantener al día su cuaderno de ocurrencia según su turno y bajo responsabilidad, realizar custodias a través de rondas permanentes de los ambientes de la Institución Educativa durante su jornada de trabajo. M. Realizar las demás funciones que se le asigne. CAPITULO IV DERECHOS, PROHIBICIONES, ESTÍMULOS, FALTAS DEL PERSONAL DOCENTE, TUTORES Y ADMINISTRATIVO: Art. 33. El personal Docente tiene los siguientes derechos fundamentales: A. A percibir una remuneración justa, acorde con su elevada misión y condición profesional. B. Deben participar en la formulación, ejecución de los planes de la I.E.S. C. Tienen derecho al apoyo del Estado, para la profesionalización, capacitación, perfeccionamiento y especialización. D. A la estabilidad laboral en la plaza, escala, cargo, centro y turno de trabajo. Art. 34. Tiene las siguientes prohibiciones: Docente. 36 Reglamento Interno 2015 A. No efectuar actividades políticas, partidarias durante el cumplimiento de su labor. B. No recibir retribuciones para realizar o omitir acta de servicio. C. Prohibido abandonar su centro de trabajo en horas de trabajo, sin la debida autorización de su jefe inmediato a realizar acciones distintas a sus funciones. Art. 35. Constituyen faltas, la misma que serán sancionadas previo proceso Administrativo. A. El incumplimiento de las normas de la ley del profesorado y su modificatoria. B. La negligencia en el desempeño de sus funciones. C. La concurrencia reiterada al trabajo en estado de embriaguez. D. Las tardanzas e inasistencias injustificadas. Art. 36. Sanciones. A. Amonestación verbal y/o escrita, según sea el caso. B. Multas de dos (2) a diez trigésima ava (10/30) partes de su remuneración total. C. Suspensión en la ejecución de sus funciones, sin derecho a remuneraciones de diez a treinta días. D. Separación temporal del servicio hasta por treinta días. E. Separación definida en el servicio. Art. 37. Las sanciones del personal Administrativo, se aplicará conforme a lo establecido en el D.L. 276-84 y el D.S.N.005-90 P.C.M. Art. 38. Son estímulos para los Docentes, por su desempeño eficiente de su función. A. Diplomar por su puntualidad en el desempeño laboral. B. Agradecimiento y felicitación, mediante R.D. Ministerial o Suprema. C. Becas de diversa índole. D. Palmas magisteriales que da lugar a bonificaciones. Art. 39. Prohibiciones de los tutores y/o docentes. A. Efectuar actividades político partidarias durante el cumplimiento de su labor. B. Realizar actividades distintas de su labor durante su horario de trabajo. C. Ingresas a la I.E. y a las aulas en estado de ebriedad. D. Abandonar la I.E. en horas de trabajo. 37 Reglamento Interno 2015 E. Citar a los alumnos a sus domicilios y/o para coaccionarlos. Art. 40. Son faltas y según su gravedad pueden ser sancionados. A. El incumplimiento de sus funciones. B. Los actos de grave indisciplina en agravio de sus compañeros de trabajo de la I.E.S. y alumnado. C. El abuso de autoridad. D. Los actos de inmoralidad. E. Las tardanzas e insistencias injustificadas. F. Alterar notas o falsificar documentos. G. Concurrir reiteradamente al trabajo en estado de embriaguez. Art. 41. Sanciones por incumplimiento. A. Amonestación verbal. B. Amonestación escrita. C. Multas o descuentos. D. Suspensión en el ejercicio de sus funciones. Art. 42. Estímulos para tutores y/o docentes. A. Felicitación escrita. B. Diploma al mérito. C. Resolución Directoral de agradecimiento y/o felicitación. CAPÍTULO V DE LA ORGANIZACIÓN DE TRABAJO EDUCATIVO Y HORARIO: Art. 43. El Director, Personal Jerárquico, Docente y APAFA, elaboran en el mes de marzo el plan anual de trabajo, cumpliéndose las siguientes acciones: A. Análisis de los resultados de las acciones y gestiones educativas del año anterior. B. Elaboración del plan anual de trabajo y actualización del Reglamento Interno. C. Actualización y capacitación docente. D. Planificación y/o ratificación de los estudiantes. 38 Reglamento Interno Art. 44. 2015 El Director y/o Sub – Directores, visará conjuntamente con los asesores la programación curricular anual de cada docente, para que se realice el respectivo seguimiento. Art. 45. La evaluación hacia los estudiantes se efectuará en forma permanente de acuerdo a su matriz de evaluación, registrar trimestralmente en los instrumentos de evaluación, para el conocimiento de los padres de familia o apoderado. Art. 46. Cada docente, registrará las notas de evaluación de los estudiantes al SIAGIE cada trimestre de acuerdo al cronograma establecido. Art. 47. Al concluir el año escolar, los docentes entregarán sus registros oficiales con sus respectivas firmas y sellos. Art. 48. La supervisión opinada se realizará cada trimestre y la inopinada cuando el caso lo requiera, en ambos casos la supervisión estará a cargo del asesor y/o Sub – Director de formación general, utilizando una ficha de supervisión interna. Art. 49. De acuerdo a los resultados de la supervisión, se orientará al docente sobre algunas dificultades en el ejercicio de su función. Art. 50. En la I.E. se desarrollará siete horas pedagógicas diarias, cada uno de 40 minutos en cada turno, mientras que en la sección nocturna (adultos) se efectuará cinco horas pedagógicas de cuarenta minutos cada uno. A. Las actividades educativas en el plantel se desarrolla en los siguientes horarios. B. Turno mañana: entrada 7:30 a.m. y salida 12:30 p.m. C. Turno tarde: entrada 12:40 p.m. y salida 5:50 p.m. Art. 51. La jornada laboral del personal directivo, es de cuarenta horas cronológicas, y del personal jerárquico es de cuarenta horas pedagógicas y personal docente es de 24 horas semanales, en caso de vacancia de horas presupuestadas, podrán extenderse hasta máximo de 30 horas 39 Reglamento Interno 2015 denominadas como adicionales, de los auxiliares de educación es de treinta horas pedagógicas, del personal administrativo es de cuarenta horas cronológicas. A. Prohibido la adulteración de notas en la expedición de los certificados. B. Cuidar la buena conservación de las máquinas y otros elementos materiales a su cargo, debiendo ser utilizado únicamente para el servicio del plantel. C. Cumplir otras funciones que se le asigne. CAPÍTULO VI DE LOS EDUCANDO Sus Derechos, Obligaciones, Limitaciones, Sanciones: Los estudiantes dependen del Director, Padres de familia y/o apoderados, tutor asesor. Art. 52. Se consideran como derechos: A. Ser aceptados en la I.E. previa inscripción de matrícula en el caso de los ingresantes (mes de enero de acuerdo a normas) y ser ratificados en el mes de febrero a los grados de inmediato superior. B. Ser tratados con dignidad y respeto, sin discriminación alguna. C. Recibir formación integral tratando de orientar, atención y otros de acuerdo al grado de estudios por parte del personal que le compete. D. Recibir estímulos, méritos al cumplimiento de sus deberes, ejemplo, certificación, diplomas de honor, etc. Art. 53. SON OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES. A. Asistir puntualmente, debidamente aseado en sus labores educativas, velando por su buena presentación. B. Cumplir fielmente las disposiciones del presente Reglamento. C. Participar desinteresadamente en el desarrollo de actividades extracurriculares, organizadas por la I.E.S. D. Mantener el prestigio del plantel, demostrando buena conducta, preocupación en sus estudios, lealtad a la institución y cumplimiento con el horario establecido. 40 Reglamento Interno 2015 E. El brigadier de sección, es responsable de la disciplina de sus clases, ante la ausencia del profesor, coordinación con el señor auxiliar. Art. 54. LIMITACIONES DE LOS EDUCANDOS. A. No está permitido practicar actos reñidos contra la moral y las buenas costumbres dentro y fuera del plantel. B. No salir del colegio en horas de labor, sin el permiso respectivo. C. No apoderarse de cosas ajenas, manchar ni malograr el vestido y otras cosas de sus compañeros. D. No pedir cuotas mayores de sus padres, más de los solicitados. E. No efectuar obsequio al personal de la I.E. con fines de obtener provecho propio. F. No realizar rifas, ventas, bingos y otras similares sin la debida autorización. G. No portar instrumentos punzo cortantes que pueden ocasionar daños. H. No portar objetos de valor, que no sean útiles de aprendizaje. I. No rechazar los consejos y medidas correctivas que impone la seguridad. J. Incumplir con la asistencia al colegio sin consentimiento de sus padres y/o apoderados (salir de casa hacia el colegio y no llegar al destino) K. Deteriorar intencionadamente la infraestructura, mobiliario y/o bienes de la institución. L. Inducir a sus compañeros con amenazas para participar de accione negativas. M. No emitir juicios o injurias contra el personal de la I.E. y sus compañeros. N. No exponerse a peligros que comprometen la integridad física o moral propia o de los demás. O. No cometer fraude en las pruebas escritas, tareas y otros documentos escolares. P. No está permitido formar ni integrar grupos de pandillaje con fines de acciones negativas (robos, grescas callejeras, concurrir con uniforme oficial o buzo del colegio a lugares de diversión), llegando a ocasionar publicaciones en contra de la buena imagen de la Institución Educativa. 41 Reglamento Interno Art. 55. 2015 DE LAS SANCIONES PARA LOS ESTUDIANTES. A. Se ejecutaran en base a las fichas de seguimiento de cada alumno. 1. PARA CASOS DE MENOR GRAVEDAD: o Recomendaciones generales y consejos individuales. o Hacer el llamado a padres de familia o apoderado, para sus emociones en privado. o Descuentos de puntaje de la ficha de seguimiento y registros respectivos (conducta). 2. PARA CASOS DE MAYOR GRAVEDAD: o Hacer llamado al padre de familia o apoderado, para su amonestación en privado, indicándoles que para su próxima será suspensión temporal. o Expulsión definitiva en caso de reincidencia. 3. PARA CASOS DE EXTREMA GRAVEDAD: En presencia del padre de familia se expulsará con la devolución de sus documentos de matrícula, previa suspensión de un acto, teniendo en cuenta siempre la ficha de seguimiento. 4. PARA LOS FECTOS DEL ANTERIOR INCISO 3, se consideran faltas de extrema gravedad a los siguientes casos: Art. 56. o Calumnias. o Malos tratos de palabras y obra personal del plantel y compañeros. o Fraude y hurto en mayor cuantía. o Promover desordenes dentro y fuera del colegio. o Otros actos inmorales de gravedad. El Consejo Educativo Institucional, CONEI aplicará la sanción de suspensión y separación, luego de haber analizado la información escrita y documentado del coordinador de OBE. 42 Reglamento Interno Art. 57. 2015 Se otorgará a los estudiantes, premios de estímulo, rendimiento académico, comportamiento destacada, participación en actividades de carácter artístico, cultural, deportivo, que serán entregados en la clausura del año escolar. Art. 58. Los estímulos para los educandos son los siguientes: A. Diplomas, resoluciones directorales, distinciones otorgadas a los estudiantes más destacados. B. Medalla otorgada a estudiantes por acciones destacadas en diferentes eventos que resalten la buena imagen institucional. C. Calificativos excelente en comportamiento. Art. 59. El uniforme escolar para los estudiantes de la institución es obligatorio para asistir al centro educativo, así como para actos y ceremonias de carácter oficial, asistiendo correctamente uniformado de la siguiente manera: cabello corto (varones), peinado recogido adecuadamente sin alhajas (damas). CAPÍTULO VII DEL CONSEJO DIRECTIVO Y/O ASAMBLEA GENERAL DE DOCENTES Art. 60. El Consejo Directivo o Asamblea General de Docentes es el órgano consultivo de la Institución Educativa, que asesora al Director en el desempeño de sus funciones. Art. 61. Emitir, aprobar el reglamento interno, el manual de organización y funciones (MOF), para la buena marcha de la Institución Educativa. Art. 62. Sancionar las faltas de extrema gravedad. Cometido por los estudiantes. Art. 63. Disponer la suspensión parcial de las actividades escolares, cuando se presenten graves alteraciones, que impidan el normal desenvolvimiento laboral, dando a conocer a la Dirección de la UGEL San Román. Art. 64. El consejo directivo o asamblea general de docentes, se reunirá cuando convoque la I.E. o a petición escrita de la mayoría de sus miembros. 43 Reglamento Interno Art. 65. 2015 Las decisiones del consejo directivo y/o asamblea general se tomarán por simple mayoría o quorúm reglamentario, en caso de empate el director dará su voto directamente. Art. 66. Los integrantes del consejo directivo o asamblea general de docentes están obligados a asistir responsablemente a las sesiones convocadas por escrito. FUNCIONES DEL CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCUIONAL (CONEI) Art. 67. Es el órgano de participación, concertación y vigilancia ciudadana de la Institución Educativa pública que colabora con la promoción y ejercicio de una gestión eficaz, transparente, ética y democrática que promueve el respeto a los principios de la equidad, inclusión e interculturalidad en las instituciones educativas públicas. Es presidido por el Director de la institución educativa, está conformado por los Sub Directores, un representante del personal docente, un representante del personal administrativo, un representante de los padres de familia y un representante de los estudiantes, pidiendo ser integrado por otros representantes de la comunidad local. Art. 68. FUNCIONES DEL CONEI. A. Participa en la formulación y elaboración del Proyecto Educativo Institucional. B. Participa en el comité de evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo de la institución de acuerdo a la normatividad específica que emita el Ministerio de Educación. C. Vigilar el acceso, matrícula oportuna y asistencia de los estudiantes en la Institución Educativa. D. Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de universalidad, gratuidad, equidad y calidad en las Instituciones Educativas Públicas. E. Vigilar el adecuado destino de los recursos de la Institución Educativa y aquellos, que de acuerdo con lo establecido en el reglamento general de asociación de padres de familia, estén comprometidos con las actividades previstas en el plan anual de trabajo. 44 Reglamento Interno 2015 F. Colaborar con el Director en garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de aprendizaje, el número de semanas lectivas y la jornada del personal docente y administrativo para alcanzar el tiempo de aprendizaje requerido para los diferentes niveles y modalidades. G. Cooperar con el consejo participativo local de educación de su circunscripción. H. Propiciar la solución de conflictos que se susciten en esta, priorizando soluciones concertadas frente a quejas o denuncias que no impliquen delito. I. Opinar sobre los criterios de auto evaluación de la Institución Educativa y los indicadores del desempeño laboral. CONSEJO ACADÉMICO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA: Art. 69. El Consejo académico coordina y da coherencia al proceso pedagógico. Es presidido por el director e integrado por los sub directores, personal jerárquico y representante de los docentes de las diferentes áreas. Art. 70. Funciones del consejo académico: A. Elaborar, desarrollar y evaluar la propuesta pedagógica (Proyecto Curricular del Centro). B. Analizar el trabajo de los docentes y proponer recomendaciones para mejorar los aprendizajes de los alumnos. C. Diseñar estrategias para optimizar los servicios de tutoría y orientación educacional. D. Formular los criterios de evaluación y recuperación académica de los estudiantes. E. Promover y desarrollar innovaciones e investigaciones. F. Elaborar los criterios e indicadores de auto evaluación institucional. G. Participar en el marco del Proyecto Educativo Institucional y Plan Anual de Trabajo en la organización de actividades y programas de la Institución Educativa. COMITE DE GESTIÓN DE LOS RECURSOS ECONÓMICOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA. 45 Reglamento Interno Art. 71. 2015 Los recursos propios de la institución educativa son gestionados por el comité de recursos propios de la institución educativa de acuerdo a las normas legales y está integrado por: A. El Director de la institución educativa, quien lo preside y tiene voto directamente. B. El tesorero o quien haga sus veces en la institución educativa. C. Un docente representante de los profesores. D. Un trabajador administrativo, representante del personal administrativo. E. El representante del personal docente y el representante del personal administrativo son elegido democráticamente, mediante voto directo y secreto por el periodo de dos años. Art. 72. El comité de gestión de recursos propios informará bimestralmente al consejo educativo institucional del manejo de los recursos propios de la institución educativa. Art. 73. El tesorero del comité de gestión de recursos propios deposita estos recursos en la cuenta bancaria de la institución educativa, cuenta abierta en coordinación con la respectiva unidad ejecutora. CAPITULO VIII DEL ÓRGANO DE PARTICIPANTES Y/O APOYO APAFA Art. 74. El órgano de participantes y/o apoyo, está constituido por la asociación de padres de familia APAFA debidamente organizado y otros comités multisectoriales, responsables en colaborar con la Dirección del plantel para el desarrollo de las acciones educativas. Art. 75. Se considera como deberes y derechos de los padres de familia, tutores o apoderados: A. Velar que en la Institución Educativa exista un ambiente adecuado que permita la formación integral de los alumnos. B. Informarse sobre el rendimiento escolar y conducta de sus hijos. C. Apoyar la labor educativa de los docentes dentro y fuera de la Institución Educativa a fin de contribuir al desarrollo integral de los estudiantes. 46 Reglamento Interno 2015 D. Participar en la formulación del Proyecto Educativo Institucional (PEI) y en el Plan Anual de Trabajo (PAT) a través de sus representantes ante el consejo educativo institucional. E. Colaborar y participar en las actividades programadas por el Director y los docentes cuando ello les sea solicitado; participar activamente en el Consejo Educativo Institucional. F. Asistir a las reuniones de la asamblea general de la APAFA, de los comités de aula, de los comités de talleres y del consejo directivo de la APAFA, según corresponda. CAPÍTULO IX DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Art. 76. El sindicato de profesores del plantel, debe mantener la armonía entre todos los trabajadores, en beneficio del mismo. Art. 77. El Consejo Educativo Institucional (CONEI), está integrado por el Director, Sub Directores, representante de los docentes, representante de los administrativos, representante de los estudiantes y representante de los padres de familia; quienes coordinan con el Director, para la mejor conducción de I.E. Art. 78. Los trabajadores del plantel, tiene derecho a un día de descanso por su onomástico, si es sábado. Domingo o feriado, se hará efectivo el primer día útil siguiente. Art. 79. El personal tiene derecho a 3 días de permiso, con goce de remuneración durante el año, por motivos personales, previa petición escrita. Art. 80. El padre de familia y/o apoderado, tiene la obligación de concurrir al C.E. Para verificar la situación de su pupilo. Art. 81. El auxiliar de educación debe organizar a los estudiantes en cuanto se refiere a la policía escolar, brigadieres, escolta del plantel, etc. 47 Reglamento Interno Art. 82. 2015 El coordinador de OBE, en colaboración con el auxiliar de educación organizara en cada una de las aulas las juntas directivas sus profesores Asesores, más la implementación del botiquín escolar. Art. 83. El sistema de tutoría del Centro Educativo estará a cargo del comité de tutoría, prevención integral y promoción social educativa. Art. 84. Los casos no contemplados en el presente reglamento serán resueltos por el Director, Sub Directores, Jefes de áreas, docentes y otros estamentos del plantel. Art. 85. La presente norma interna, se efectuara en forma progresiva; de acuerdo a los avances en la administración, normas legales; que pueden modificar su organización y funcionamiento de nuestro plantel. Art. 86. Para reajustar el presente reglamento, se conformara un comité integrada por representante del personal directivo, jerárquico, docente y administrativo. Art. 87. Entra en vigencia el presente reglamento al día siguiente de su aprobación mediante la Resolución Directoral. Juliaca, Marzo del 2015. 48