486-EMILIO BETTI- TEORIA GENERAL DE LAS OBLIGACIONES- EDICIONES OLEJNIK
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486-EMILIO BETTI- TEORIA GENERAL DE LAS OBLIGACIONES- EDICIONES OLEJNIK
EMILIO BETTI Responsabilidad ex recepto y la Distinción entre obligaciones de medios y de resultado Giovanni D´Amico Derecho Privado Moderno Cesare Massimo Bianca, Pietro Sirena, Salvatore Patti Derecho Privado Paolo Gallo Aspectos comparados del fraude de valores: El caso de EEUU y Chile Dante Figueroa Derecho a probar como elemento esencial de un proceso justo Reynaldo Bustamante Alarcón Derecho y postmodernidad. Ensayos de Derecho Privado Alessio Zaccaria Derechos fundamentales y proceso justo Reynaldo Bustamante Alarcón Instituciones de Derecho Privado Guido Alpa, Andrea Fusaro, Mauro Grondona Obligaciones, contratos y protección al consumidor en el Derecho de la Unión Europea y los Estados Miembros Martin Ebers Abuso de Derecho y derechos subjetivos Thiago Rodovalho Comparación jurídica y perspectivas de estudio del Derecho Luigi Moccia Visite www.edicionesolejnik.com Es comúnmente reconocido que el contenido económico-social del derecho de obligación, al menos en definitiva, es el interés a una prestación ajena: prestación que tiene por término de referencia una persona; en cambio, contenido del derecho real es el interés a una utilidad (derechos reales de goce) o a un valor (derechos reales de disposición), que tiene por término de refrenda la cosa misma de la cual ha de obtenerse la utilidad o realizar el valor. De lo que deriva que en la relación de obligación el interés del titular del derecho está destinado a realizarse, como antes habíamos precisado, por medio de un intermediario, a través de un comportamiento ajeno, de una actividad de cooperación; mientras que en la relación de derecho real el interés del titular está destinado a realizarse inmediatamente, sin intermediarios y, en todo caso, por la actividad del titular mismo. Pero no es esto todo: es el fenómeno, pero no la razón del fenómeno. Es claro que, también en el campo del Derecho privado, la obligación del sujeto positivo es, en la relación jurídica, el prius, y la correlativa expectativa del sujeto activo, el posterius. Pero cuando en la investigación de la relación jurídica se rebasa más allá de la fase de la exigibilidad, se percibe una fundamental diferencia entre el modo de constituirse la relación de obligación y el modo de constituirse la relación de derecho real. En la relación de obligación el prius lógico es verdaderamente —no de otro modo en la fase de exigibilidad— el lado pasivo, el vínculo ajeno (del deudor); el correlativo poder del que tiene el derecho es siempre el posterius. En cambio, en la relación de derecho real, el prius lógico es —a diferencia que en la fase de exigibilidad— el lado activo, el poder del titular, la pertenencia: la correspondiente exclusión de los demás es el posterius, la consecuencia. Alberto Magnelli “Incantation” ISBN: 978-956-392-375-9 EMILIO BETTI 9 789563 923759 Lex Teoría general de las obligaciones BETTI Responsabilidad Civil. Estudios italianos contemporáneos Guido Alpa, Massimo Franzoni, Carlo Castronovo et al. BIBLIOTECA DE DERECHO PRIVADO EMILIO Teoría General del Derecho Norberto Bobbio Teoría general de las obligaciones OTROS TÍTULOS DE LA EDITORIAL EMILIO BETTI (Italia) (Camerino, 20 de agosto de 1890-Camorciano di Camerino, 11 de agosto de 1968) Fue uno de los más grandes juristas italianos de todos los tiempos, habiendo participado preponderantemente en la redacción del Código Civil Italiano de 1942, aún vigente, labor en la que puso en evidencia su sabiduría y su sentido práctico. Esta participación le trajo problemas luego de derrocado el fascismo, cuando tuvo que pasar una temporada en la cárcel por acusaciones de colaborar con ese régimen; no obstante, fue absuelto de todos esos cargos y designado poco después catedrático en la Universidad “La Sapienza” de Roma. Autor prolífico, entre sus obras se pueden citar: Teoria generale del negozio giuridico, Interpretazione della legge e degli atti giuridici, Teoria generale delle obbligazioni, y la más importante, no sólo en el ámbito jurídico, Teoria generale della interpretazione (2 vols., Giuffrè Editore, Milán, 1955).
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