LA GACETA N° 176 de la fecha 12 09 2014
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LA GACETA N° 176 de la fecha 12 09 2014
JORGE LUIS VARGAS ESPINOZ A (FIRMA) Firmado digitalmente por JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Nombre de reconocimiento (DN): serialNumber=CPF-02-025 5-0227, sn=VARGAS ESPINOZA, givenName=JORGE LUIS, c=CR, o=PERSONA FISICA, ou=CIUDADANO, cn=JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Fecha: 2014.09.11 16:46:28 -06'00' La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 12 de setiembre del 2014 AÑO CXXXVI Nº 176 Celebremos con fervor el aniversario de nuestra independencia, 15 de setiembre de 1821. 56 páginas La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014 Pág 2 5º—Con el propósito de cumplir con el principio de continuidad, eficacia y eficiencia del servicio público educativo, y luego de realizados los estudios técnicos requeridos para la autorización de nuevos distritos escolares por parte de la Dirección de Planificación Institucional en coordinación con la Dirección de Gestión y Desarrollo Regional, se torna necesario crear el Distrito Escolar “La Coca Cola” del Distrito Territorial Administrativo Merced, cantón primero San José de la provincia primera de San José. Por tanto, ACUERDAN Artículo 1º—Créase el Distrito Escolar “La Coca Cola” del Distrito Territorial Administrativo Merced, cantón primero San José de la provincia primera de San José, cuyo ámbito territorial será el comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: De la quebrada sin denominación y la cual es afluente del Río Torres en coordenadas 213.750 N, 526.320 E, aguas arriba hasta el punto con coordenada 213.650 N, 523.580 E, de ahí línea imaginaria con rumbo este hasta la intersección de la calle 20 con la avenida 5 bis, en coordenada 213.600 N, 526.790 E. Este: Del punto anterior con dirección sur sobre la calle 20 (calle Juan Santamaría) hasta intersectar la avenida central (0). Sur: Del punto anterior continúa sobre la avenida Central (Paseo Colón) desplazándose hacia el oeste hasta la intersección con calle 28. Oeste: Del último punto reseñado sobre la calle 28 con dirección norte hasta el punto con coordenada 213.480 N, 526.300 E, de aquí línea imaginaria con rumbo norte hasta intersectar la quebrada sin nombre, afluente del Río Torres en coordenadas 213.750 N, 526.320 E, punto inicial de esta delimitación. Localización: Coordenadas referidas al Sistema Geodésico Nacional. Hoja topográfica: María Aguilar, Número: 3345-1-14, Escala: 1:10 000. CONTENIDO PODER EJECUTIVO Pág Nº Acuerdos................................................................... 2 DOCUMENTOS VARIOS......................................... 4 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES Edictos................................................................... 29 CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA............... 30 REGLAMENTOS.................................................... 37 INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS......... 37 RÉGIMEN MUNICIPAL........................................ 43 AVISOS..................................................................... 44 NOTIFICACIONES................................................. 55 FE DE ERRATAS..................................................... 56 PODER EJECUTIVO ACUERDOS Centros educativos adscritos a este distrito escolar MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA Nº 58-AC-MEP-2014 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA En ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, los artículos 25 inciso 1) y 28 inciso 2), acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 y del artículo 42 inciso w) del Reglamento de Organización Administrativa de las Oficinas Centrales del Ministerio de Educación Pública, Decreto Ejecutivo N° 38170-MEP. Considerando: 1º—Con fundamento en el mandato constitucional contenido en el artículo 146 de nuestra Carta Magna, los acuerdos del Poder Ejecutivo, requieren para su validez las firmas del Presidente de la República y del Ministro(a) del ramo. 2º—Los artículos 25 inciso 1) y 28 inciso 2), acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, establecen que corresponde exclusivamente al Ministro(a) del ramo, preparar y presentar al Presidente de la República, los acuerdos que deban suscribir en conjunto. 3º—Los artículos 9 del Código de Educación y 41 de la Ley Fundamental de Educación, establecen que en cada distrito escolar habrá una Junta de Educación nombrada por la Municipalidad del cantón, con el fin de promover el uso racional, estratégico y transparente de los recursos públicos. 4º—Entendiéndose por distrito escolar, como la circunscripción territorial escolar trazada de tal manera que ningún estudiante tenga que recorrer una distancia mayor a los dos kilómetros. Jorge Luis Vargas Espinoza Director General imprenta nacional Director ejecutivo junta aDministrativa Carmen Muñoz Quesada ministerio De Gobernación y policía Código Latitud Longitud 0370 0448 213.330 213.330 526.600 526.550 Escuela Juan Rafael Mora Porras Jardín de Niños Juan Rafael Mora Porras Artículo 2º—El distrito escolar que se describe en el artículo anterior corresponde a la Dirección Regional de San José -Central. Artículo 3º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintiséis días del mes de mayo de dos mil catorce. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de Educación Pública, Sonia Marta Mora Escalante.—1 vez.—O.C. N° 20609.—Solicitud N° 0246.—C-65740.—(IN2014056054). Nº 59-AC-MEP-2014 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA En ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, los artículos 25 inciso 1) y 28 inciso 2), acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 y del artículo 42 inciso w) del Reglamento de Organización Administrativa de las Oficinas Centrales del Ministerio de Educación Pública, Decreto Ejecutivo N° 38170-MEP. Considerando: 1º—Con fundamento en el mandato constitucional contenido en el artículo 146 de nuestra Carta Magna, los acuerdos del Poder Ejecutivo, requieren para su validez las firmas del Presidente de la República y del Ministro(a) del ramo. Oscar Montanaro Meza representante eDitorial costa rica Magda Zavala González representante ministerio De cultura y juventuD La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014 2º—Los artículo 25 inciso 1) y 28 inciso 2), acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, establecen que corresponde exclusivamente al Ministro(a) del ramo, preparar y presentar al Presidente de la República, los acuerdos que deban suscribir en conjunto. 3º—Los artículos 9 del Código de Educación y 41 de la Ley Fundamental de Educación, establecen que en cada distrito escolar habrá una Junta de Educación nombrada por la Municipalidad del cantón, con el fin de promover el uso racional, estratégico y transparente de los recursos públicos. 4º—Entendiéndose por distrito escolar, como la circunscripción territorial escolar trazada de tal manera que ningún estudiante tenga que recorrer una distancia mayor a los dos kilómetros. 5º—Con el propósito de cumplir con el principio de continuidad, eficacia y eficiencia del servicio público educativo, y luego de realizar los estudios técnicos requeridos para la autorización de nuevos distritos escolares por parte de la Dirección de Planificación Institucional en coordinación con la Dirección de Gestión y Desarrollo Regional, se torna necesario crear el Distrito Escolar “La Soledad” del Distrito Territorial Administrativo Catedral, cantón primero San José de la provincia primera de San José. Por tanto, ACUERDAN Artículo 1º—Créase el Distrito Escolar “La Soledad” del Distrito Territorial Administrativo Catedral, cantón primero San José de la provincia primera de San José, cuyo ámbito territorial será el comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: De la esquina en donde convergen la calle 6 y la avenida 8 en coordenada 212.720 N, 527.350 E, continúa con rumbo este sobre la avenida 8, hasta entroncar la calle 9 (vía 209) en coordenada 212.665 N, 528.100 E. Este: Del punto anterior se desplaza hacia el sur sobre la calle 9 (carretera 204) hasta entroncar con la avenida 16 punto en coordenada 212.280 N, 528.055 E. Sur: Prosigue sobre la avenida 16 con rumbo oeste hasta la intersección con la calle 6, en coordenada 212.350 N, 527.335 E. Oeste: Del punto anterior prosigue sobre la calle 6 hacia el norte hasta entroncar la avenida 8 en coordenada 212.720 N, 527.350 E, punto inicial de esta delimitación. Localización: Coordenadas referidas al Sistema Geodésico Nacional. Hoja topográfica: María Aguilar, Número: 3345-1-14, Escala: 1:10 000. Centros educativos adscritos a este distrito escolar Escuela Marcelino García Flamenco Código Latitud Longitud 0347 212.450 527.750 Artículo 2º—El distrito escolar que se describe en el artículo anterior corresponde a la Dirección Regional de San José-Central. Artículo 3º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintiséis días del mes de mayo de dos mil catorce. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de Educación Pública, Sonia Marta Mora Escalante.—1 vez.—O.C. N° 20609.—Solicitud N° 0245.—C-61150.—(IN2014056066). Nº 60-AC-MEP-2014 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA En ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, los artículos 25 inciso 1) y 28 inciso 2), acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 y del artículo 42 inciso w) del Reglamento de Organización Administrativa de las Oficinas Centrales del Ministerio de Educación Pública, Decreto Ejecutivo N° 38170-MEP. Considerando: 1º—Con fundamento en el mandato constitucional contenido en el artículo 146 de nuestra Carta Magna, los acuerdos del Poder Ejecutivo, requieren para su validez las firmas del Presidente de la República y del Ministro(a) del ramo. Pág 3 2º—Los artículos 25 inciso 1) y 28 inciso 2), acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, establecen que corresponde exclusivamente al Ministro(a) del ramo, preparar y presentar al Presidente de la República, los acuerdos que deban suscribir en conjunto. 3º—Los artículos 9 del Código de Educación y 41 de la Ley Fundamental de Educación, establecen que en cada distrito escolar habrá una Junta de Educación nombrada por la Municipalidad del cantón, con el fin de promover el uso racional, estratégico y transparente de los recursos públicos. 4º—Entendiéndose por distrito escolar, como la circunscripción territorial escolar trazada de tal manera que ningún estudiante tenga que recorrer una distancia mayor a los dos kilómetros. 5º—Con el propósito de cumplir con el principio de continuidad, eficacia y eficiencia del servicio público educativo, y luego de realizados los estudios técnicos requeridos para la autorización de nuevos distritos escolares por parte de la Dirección de Planificación Institucional en coordinación con la Dirección de Gestión y Desarrollo Regional, se torna necesario crear el Distrito Escolar “Naciones Unidas” del Distrito Territorial Administrativo Catedral, cantón primero San José de la provincia primera de San José. Por tanto, ACUERDAN Artículo 1º—Créase el Distrito Escolar “Naciones Unidas” del Distrito Territorial Administrativo Catedral, Cantón primero San José de la provincia primera de San José, cuyo ámbito territorial será el comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: De la esquina en donde convergen la calle 11 y la avenida 24 en coordenada 211.815 N, 528.120 E, continúa con rumbo este sobre la avenida 24, hasta entroncar la carretera 209 en coordenada 211.800 N, 528.350 E. Este: Del punto anterior se desplaza hacia el sureste sobre la carretera 209 hasta el puente sobre el río María Aguilar en coordenada 211.055 N, 528.730 E. Sur: Prosigue sobre el río María Aguilar aguas abajo del punto anterior hasta el sitio en donde confluye con el río Ocloro en coordenada 211.380 N, 528.730 E. Oeste: Del punto anterior prosigue sobre el río Ocloro con rumbo noroeste hasta el puente que está sobre la calle 11 en coordenada 211.400 N, 528.080 E, posteriormente prosigue sobre la calle 11 hasta llegar a coordenadas 211.815 N, 528.120 E, punto inicial de esta delimitación. Localización: Coordenadas referidas al Sistema Geodésico Nacional. Hoja topográfica: María Aguilar, Número: 3345-1-14, Escala: 1:10 000. Centros educativos adscritos a este distrito escolar Escuela Naciones Unidas Código Latitud Longitud 0394 211.350 528.220 Artículo 2º—El distrito escolar que se describe en el artículo anterior corresponde a la Dirección Regional de San José-Central. Artículo 3º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintiséis días del mes de mayo de dos mil catorce. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de Educación Pública, Sonia Marta Mora Escalante.—1 vez.—O.C. N° 20609.—Solicitud N° 0244.—C-63650.—(IN2014056074). Nº 61-AC-MEP-2014 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA En ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, los artículos 25 inciso 1) y 28 inciso 2), acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 y del artículo 42 inciso w) del Reglamento de Organización Administrativa de las Oficinas Centrales del Ministerio de Educación Pública, Decreto Ejecutivo N° 38170MEP. La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014 Pág 4 Considerando: 1º—Con fundamento en el mandato constitucional contenido en el artículo 146 de nuestra Carta Magna, los acuerdos del Poder Ejecutivo, requieren para su validez las firmas del Presidente de la República y del Ministro(a) del ramo. 2º—Los artículos 25 inciso 1) y 28 inciso 2), acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, establecen que corresponde exclusivamente al Ministro(a) del ramo, preparar y presentar al Presidente de la República, los acuerdos que deban suscribir en conjunto. 3º—Los artículos 9 del Código de Educación y 41 de la Ley Fundamental de Educación, establecen que en cada distrito escolar habrá una Junta de Educación nombrada por la Municipalidad del cantón, con el fin de promover el uso racional, estratégico y transparente de los recursos públicos. 4º—Entendiéndose por distrito escolar, como la circunscripción territorial escolar trazada de tal manera que ningún estudiante tenga que recorrer una distancia mayor a los dos kilómetros. 5º—Con el propósito de cumplir con el principio de continuidad, eficacia y eficiencia del servicio público educativo, y luego de realizados los estudios técnicos requeridos para la autorización de nuevos distritos escolares por parte de la Dirección de Planificación Institucional en coordinación con la Dirección de Gestión y Desarrollo Regional, se torna necesario crear el Distrito Escolar “Sagrada Familia” del Distrito Territorial Administrativo Hatillo, cantón primero San José de la provincia primera de San José. Por tanto, ACUERDAN: Artículo 1º—Créase el Distrito Escolar “Sagrada Familia” del Distrito Territorial Administrativo Hatillo, cantón primero San José de la provincia primera de San José, cuyo ámbito territorial será el comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: Del punto que corresponde al puente sobre el río María Aguilar en la carretera 110, y en coordenadas 211.650 N, 528.980 E, continúa aguas arriba sobre el río hasta entroncar el puente sobre dicho río en la carretera 214 en coordenadas 211.220 N, 527.095 E. Este: Del punto anterior continúa con rumbo sur sobre la calle 214, hasta las coordenadas 210.790 N, 527.040 E. Sur: Del punto final anterior rumbo oeste sobre calle secundaria hasta encontrar una acequia sin nombre en coordenada 210.810 N, 526.870 E, de ahí prosigue aguas abajo sobre esta hasta el punto 211.000 N, 526.825 E, de ahí línea imaginaria rumbo oeste franco hasta encontrar la calle secundaria en 211.290 N, 526.040 E, luego continúa sobre la misma con dirección norte hasta intersectar la calle que atraviesa la comunidad Sagrada Familia en 211.385 N, 526.070 E. Luego con rumbo noroeste hasta la intersección de las calles que van a Hatillo y Sagrada Familia en 211.415 N, 525.965 E. Oeste: Del último punto anterior reseñado, sobre la calle que une Hatillo con Barrio Cuba, denominada calle 110, con rumbo noroeste hasta el puente sobre el río María Aguilar en coordenadas 211.650 N, 525.980 E, punto inicial de esta descripción. Localización: Coordenadas referidas al Sistema Geodésico Nacional. Hoja topográfica: María Aguilar, Número: 3345-1-14, Escala: 1:10 000. Centros educativos adscritos a este distrito escolar Escuela Carolina Dent Alvarado Código Latitud Longitud 0387 211.250 5265.650 Artículo 2º—El distrito escolar que se describe en el artículo anterior corresponde a la Dirección Regional de San José-Central. Artículo 3º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintiséis días del mes de mayo de dos mil catorce. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de Educación Pública, Sonia Marta Mora Escalante.—1 vez.—O.C. N° 20609.—Solicitud N° 0243.—C-70490.—(IN2014056083). DOCUMENTOS VARIOS EDUCACIÓN PÚBLICA DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD REPOSICIÓN DE TÍTULO EDICTOS PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 84, asiento 17, título N° 806 y del Título de Técnico Medio en Contabilidad, inscrito en el tomo 1, folio 78, asiento 16, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Pococí, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Méndez Rizo Juan José, cédula 7-0132-0553. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, dos de julio del dos mil catorce.— Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014055186). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 10, título N° 122, y del Título de Técnico Medio en la Especialidad de Secretariado Comercial, inscrito en el tomo 1, folio 14, título N° 265, ambos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional Ingeniero Mario Quirós Sasso, en el año mil novecientos ochenta y nueve, a nombre de Arley Pérez Guiselle, cédula 1-08130896. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veinticinco días del mes de agosto del dos mil catorce.— Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014055392). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Técnico Medio en la Especialidad de Contabilidad, inscrito en el tomo 2, folio 163, título N° 3290, emitido por el Colegio Vocacional de Artes y Oficios Nocturno de Cartago, en el año mil novecientos noventa y dos, a nombre de Quesada Garita James, cédula 1-0766-0382. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veinticinco días del mes de agosto del dos mil catorce.— Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014055396). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 4, título N° 021, emitido por el Liceo Nocturno de Puriscal, en el año mil novecientos ochenta y ocho, a nombre de Rodríguez Brenes José Gerardo, cédula 1-05740951. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dieciocho días del mes de agosto del dos mil catorce.— Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014055404). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 47, título N° 420, emitido por el Colegio Bilingüe Jorge Volio Jiménez, en el año dos mil cuatro, a nombre de Brenes Ortiz Silvia Elena, cédula 3-0416-0099. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014 Pág 5 días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dieciocho días del mes de agosto del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.— MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014055416). la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, al primer día del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014055814). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 3, folio 152, asiento N° 4295, emitido en el año dos mil seis y del Título de Técnico Medio en la Especialidad de Secretariado Ejecutivo, inscrito en el tomo 1, folio 485, asiento N° 8001, emitido en el año dos mil cinco, ambos títulos fueron extendidos por el Colegio Técnico Profesional de Heredia, a nombre de Brenes González Shirley María, cédula 4-0192-0110. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiocho días del mes de agosto del dos mil catorce.— Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014055450). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 170, título N° 3593, emitido por el Colegio Técnico Vocacional Monseñor Sanabria, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Bolívar Chaves Juan Luis, cédula número 1-1104-0748. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dieciocho días del mes de agosto del dos mil catorce.— Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014055822). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 42, título N° 185, emitido por el Liceo San Gabriel de Aserrí, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Cerdas Hidalgo Karen Gabriela, cédula 1-1010-0660. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, al primer día del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014055649). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 187, título N° 1263, emitido por el Liceo Diurno José Martí, en el año dos mil siete, a nombre de Zamora Castro Daniela Karina, cédula 1-1397-0807. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.— San José, a los trece días del mes de agosto del dos mil catorce.— Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014055692). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 164, título N° 1105, emitido por el Colegio Nocturno de Limón, en el año dos mil cuatro, a nombre de Portero Montero Susana Felicidad. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los once días del mes de julio del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014055744). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 124, asiento 25, título N° 1001, emitido por el Liceo Experimental Bilingüe de Pococí, en el año dos mil seis, a nombre de Salazar Varela Absalón, cédula 6-0393-0674. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, al primer día del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014055808). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 96, título N° 456, emitido por el Liceo Salvador Umaña Castro, en el año dos mil, a nombre de Molina Fonseca Cinthya María, cédula 1-1180-0523. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 59, título N° 1308, emitido por el Liceo de Alajuelita, en el año mil novecientos ochenta y siete, a nombre de Masís Gamboa José Luis, cédula 4-0152-0299. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”.—San José, a los veintiséis días del mes de agosto del dos mil catorce.— Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014055849). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 150, título N° 4169, emitido por el Colegio Bilingüe de Palmares, en el año dos mil once, a nombre de Loaiza Rodríguez María Amalia, cédula 2-0719-0968. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, al primer día del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014055854). TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS LABORALES PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ De conformidad con la autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y Segundad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Sindicato de Empleados Técnicos y Profesionales del Programa Integral de Mercadeo Agropecuario, siglas: SETYPROD, acordada en asamblea celebrada el 29 de mayo del 2014. Expediente N° 965-SI. Habiéndose cumplido con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se procede a la inscripción correspondiente. La organización ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro visible tomo: 2, folio: 21, asiento: 4815 del 22 de agosto del 2014. La Junta Directiva se formó de la siguiente manera: Secretario General: Secretario General Adjunto: Secretario de Actas y Correspondencia: Secretaria de Conflictos: Secretaria de Finanzas: Fiscal: Rolando González Ruiz. Diego Corrales Escalante. Victoria Sánchez Salas. Deima Calvo Aguilar. Ginneth Ramírez Bolaños. Francisco Anet Ruiz. San José, 22 de agosto del 2014.—Registro de Organizaciones Sociales.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2014055923). Pág 6 La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre de 2014 JUSTICIA Y PAZ JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL PARA VER EL CAPÍTULO DE MARCAS FAVOR DE HACER CLICK AQUÍ La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014 Pág 27 PUBLICACIÓN DE UNA VEZ Marcas de Ganado Luis Ángel Alfaro Fernández, cédula de identidad 0600820146, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de Agropecuaria Bella Vista A Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-173779, solicita la inscripción de: como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Alajuela, El Coyol, Coyol, del Ebais 2.5 kilómetros al oeste y 300 metros al sur y en Alajuela, Grecia, Río Cuarto, Laguna, 500 metros este, de la iglesia. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de agosto del 2014. Según expediente N° 2014-1522.—San José, 21 de agosto del 2014.—Viviana Segura De la O, Registradora.—1 vez.—(IN2014054682). Rolando Barrantes Montenegro, cédula de identidad 0602060194, solicita la inscripción de: Carlos Núñez Velásquez, cédula de residencia 122200340523, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de Bernu del Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-180620, solicita la inscripción de: N H 8 como marca de ganado que usará preferentemente en Limón, Siquirres, Cayro, Milla Cuatro, frente a la iglesia evangélica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este registro dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 13 de agosto del 2014. Según expediente N° 2014-1520.— San José, 22 de agosto del 2014.—Viviana Segura De la O, Registradora.—1 vez.—(IN201054934). 8 H Carlos Calvo Chaverri, cédula de identidad 0501140704, solicita la inscripción de: como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Cañas, Cañas, Sandillal, 500 metros oeste del Hotel Capazuri. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 1 de agosto del 2014, según el expediente N° 20141420.—San José, 8 de agosto del 2014.—Viviana Segura De la O, Registradora.—1 vez.—(IN2014055099). Pedro Wilber Chaves Jiménez, cédula de identidad 0601520297, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de Marsupe Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-133804, solicita la inscripción de: como marca de ganado, que usará preferentemente en Puntarenas, Puntarenas, Chomes, Judas, de la fábrica de químicos Formoquisa un kilómetro al norte y dos kilómetros al oeste. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 7 de julio del 2014. Según el expediente N° 20141253.—San José, 24 de julio del 2014.—Viviana Segura De la O, Registradora.—1 vez.—(IN2014055302). María Cecilia Moya Leiton, cédula de identidad 0102160976, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de Ñawi Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-588842, solicita la inscripción de: como marca de ganado, que usará preferentemente en San José, Pérez Zeledón, Cajón, Santa María, frente a la escuela Navajuelar. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 27 de agosto del 2013. Según el expediente N° 2013-1461.—San José, 25 de agosto del 2014.—Viviana Segura De la O, Registradora.—1 vez.—(IN2014055495). 8 9 R como marca de ganado, que usará preferentemente en Puntarenas, Buenos Aires, Colinas, Colinas, 2 kilómetros al sur de la escuela del lugar. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 19 de agosto del 2014. Según el expediente N° 2014-1539.—San José, 26 de agosto del 2014.—Viviana Segura de la O, Registradora.—1 vez.—(IN2014055706). Hernán Villalta Rodríguez, cédula de identidad 0201880161, solicita la inscripción de: N como marca de ganado, que usará preferentemente en Puntarenas, Buenos Aires, Colinas, Colinas, 500 metros este de la escuela del lugar. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 19 de agosto del 2014. Según el expediente N° 2014-1540.— San José, 26 de agosto del 2014.—Viviana Segura de la O, Registradora.—1 vez.—(IN2014055708). Luis Abraham López Reyes, cédula de identidad 0204950635, solicita la inscripción de: A4X como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Upala, Dos Ríos, Urbanización Petrona Carcario, del Bar La China 200 metros al oeste. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 20 de agosto del 2014. Según el expediente N° 2014-1548.—San José, 27 de agosto del 2014.—Viviana Segura De la O, Registradora.—1 vez.—(IN2014055713). Alex Arturo Alvarado Carazo, cédula de identidad 0206360881, solicita la inscripción de: A 5 C como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Upala, Upala, El Higuerón, 2 kilómetros noroeste de la plaza de deportes de Canalete. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 19 de agosto del 2014. Según el expediente N° 2014-1544.—San José, 26 de agosto del 2014.—Viviana Segura De la O, Registradora.—1 vez.—(IN2014055715). REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS Asociaciones civiles AVISOS Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad Asociación de Pequeños Agricultores de San Pablo de Oreamuno, con domicilio en la provincia de Cartago-Oreamuno, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Promover la unión y desarrollo integral de todos sus asociados, cuyo representante, será el presidente Alvin Martín Morales Vega, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.—Documento Tomo: 2014 Asiento: La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014 Pág 28 159192 con adicional(es): 2014-190486, 2014-205082.— Curridabat, 5 de agosto del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014056196). primera publicación.—San José, 22 de julio de 2014.— Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014055310). El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Cristiana Iglesia Casa de Dios Puerta del Cielo El Shaday, con domicilio en la provincia de Limón; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: la asociación es una entidad apolítica, con el objeto de servir a la sociedad costarricense, mediante la evangelización, además construirá centros para la enseñanza cristiana y ayuda a las personas con problemas de adicciones, en alcohol, drogas, prostitución y ayuda a los niños de la calle. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Elena Álvarez Valverde. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2012, asiento: 221378).—Curridabat, 31 de octubre del 2014.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2014056245). Exp. 15387P.—Agrícola Zamorana S. A., solicita concesión de: 3,5 litros por segundo de acuífero captado mediante pozo BA-193 en finca de su propiedad en Sabana Redonda, Poás, Alajuela, para uso agropecuario riego, abrevadero, consumo humano. Coordenadas 235.054 / 514.503 hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 01 de marzo del 2013.—Jorge Bonilla Cervantes, Director de Agua.—(IN2014055481). DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO La Dirección Nacional de Notariado con oficinas en Curridabat, diagonal al Colegio de Ingenieros y Arquitectos, edificio Galerías del Este, hace saber: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación como delegataria para ser y ejercer la función pública estatal del notariado, por parte de: Milxy Zúñiga Recio, cédula de identidad número 1-0834-0876, carné profesional 19299. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que los comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los quince días hábiles siguientes a esta publicación. Expediente N° 14-000984-0624-NO.—San José, 18 de agosto del 2014.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Tattiana Rojas S., Abogada.—1 vez.—(IN2014056111). La Dirección Nacional de Notariado con oficinas en Curridabat, diagonal al Colegio de Ingenieros y Arquitectos, Edificio Galerías del Este, hace saber que ante este despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación como delegataria para ser y ejercer la función pública estatal del notariado, por parte de Antony Brayner Rosales Guido, cédula de identidad 7-0168-0596, carné profesional 21498. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del solicitante a efecto de que los comuniquen por escrito a esta dirección dentro de los quince días hábiles siguientes a esta publicación. Expediente: 14-000917-0624-NO.—San José, 6 de agosto del 2014.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Tattiana Rojas S., Abogada.—1 vez.—(IN2014056257). AMBIENTE Y ENERGÍA Exp. 15395P.—Agrícola Zamorana S. A., solicita concesión de: 3,5 litros por segundo de aguas subterráneas, efectuando la captación por medio del pozo BA-159 en finca de su propiedad en Sabana Redonda, Poas, Alajuela, para uso industria. Embotellado para la venta Coordenadas 234.892 / 514.515 hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 03 de diciembre del 2012.—J.M. Zeledón Calderón, Director de Agua.—(IN2014055482). Exp. 994H.—Generadora Ecológica La Esperanza GELE S.A., solicita concesión de: 2540 litros por segundo del río Atirro, efectuando la captación en finca de Miguel Céspedes Araya y Finca Quijote de Esperanza S. A., en Pejibaye (Jiménez), Jiménez, Cartago para fuerza hidráulica a ser usada en venta al ICE Coordenadas 197.076 / 576.479 hoja Pejibaye. Caída bruta (93 metros): ... y potencia teórica (4 kw). 910 litros por segundo del río Oro, efectuando la captación en finca de Virginia Hancock en Pejibaye (Jiménez), Jiménez, Cartago para fuerza hidráulica a ser usada en venta al ICE. Coordenadas 197.251 / 575.910 hoja Pejibaye. Caída bruta (93 metros): ... y potencia teórica (4 kw). Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 7 de agosto de 2014.—Departamento de Información, Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014055732). Exp. 15487P.—Dorarge de Pital S. A., solicita concesión de: 4 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo MQ-38 en finca de su propiedad en Los Chiles, Alajuela, para uso agropecuario-riego. Coordenadas 325.833 / 465.333 hoja Medio Queso. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 08 de agosto de 2014.— Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014055870). Exp. 995H.—Compañía Nacional de Fuerza y Luz S. A., solicita concesión de: 33000 litros por segundo del río Balsa, efectuando la captación en finca de el mismo en Florencia, San Carlos, Alajuela, para fuerza hidráulica a ser usada en servicio público. Coordenadas 249.450 / 479.495 hoja San Lorenzo. Caída bruta (126,50 metros) y potencia teórica (37500 kw). Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 11 de agosto de 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014055880). DIRECCIÓN DE AGUA EDICTOS PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ Exp. N° 16320A.—Los Cenízaros Rojos de Parrita S. A., solicita concesión de: 2,8 litros por segundo del afloramiento provocado (artificial), efectuando la captación en finca de el mismo en Parrita, Parrita, Puntarenas, para uso agropecuarioriego. Coordenadas 171.306 / 496.737 hoja Parrita. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la Exp. 10225A.—Jesús Ugalde Rodríguez solicita concesión de: 4,45 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Richard Huizinga (Coribero S. A.) en Florencia, San Carlos, Alajuela, para uso consumo humanodoméstico y riego. Coordenadas 265.000 / 487.250 Hoja Aguas Zarcas. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 6 de agosto de 2014.— Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014055886). La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014 Exp. 16341P.—Andrés, Vásquez Ulate solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo CÑ-152 en finca de el mismo en Cañas, Cañas, Guanacaste, para uso consumo humano-doméstico-piscina-doméstica y agropecuario-riego. Coordenadas 270.250 / 417.480 Hoja Cañas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 18 de agosto de 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014055896). PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ Exp. 15522P.—Productos Agropecuarios Visa S. A., solicita concesión de: 4 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo en finca del mismo en Pital, San Carlos, Alajuela, para uso agroindustrial cultivo de piña. Coordenadas 272.442 / 503.115, hoja Aguas Zarcas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de agosto de 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014055660). TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES EDICTOS Registro Civil - Departamento Civil OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ Exp. N° 28824-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas del treinta de setiembre del dos mil trece. Victoria María Sancho Varela, mayor, divorciada, ama de casa, costarricense, cédula de identidad número seis-ciento uno-quinientos, vecina de Concepción Abajo, Alajuelita, San José; solicita la rectificación de su asiento de nacimiento..., en el sentido que la fecha de nacimiento de la misma es “veintiuno de noviembre de mil novecientos cincuenta y uno” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—(IN2014056154). PUBLICACIÓN DE UNA VEZ Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Saida Onelia Centeno Cruz, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 22072014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil catorce. Exp. N° 508342012. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Emerson Osmel Tórrez Centeno..., en el sentido que el nombre de la madre... es “Saida Onelia”.— Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2014056123). Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Lilliam García Martínez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2498-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas cuarenta y dos minutos del siete de agosto Pág 29 del dos mil catorce. Ocurso. Exp. N° 55526-2013. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.— Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Catalina Sofía Lira García, en el sentido que el nombre de la madre... es “Lilliam”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2014056136). Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Ana Ester Schmidt Vargas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 4687-2012.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de diciembre del dos mil doce. Exp. N° 20280-2012. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Ander Joseph Vega Vargas..., en el sentido que los apellidos de la madre... son “Schmidt Vargas” y no como se consignaron.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2014056149) Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Santos Isabel Marín, no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 629-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas veinte minutos del veinticinco de febrero del dos mil catorce. Ocurso Exp. N° 35879-2013. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Brithany Samanta Marín Hernández..., e Isaías Marín Hernández..., en el sentido que el nombre y el apellido de la madre de los mismos son “Santos Isabel” y “Marín, no indica segundo apellido” respectivamente, consecuentemente el segundo apellido de los menores es “Marín”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2014056172). Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Seferina del Rosario González Murillo ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 9152014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas cuarenta minutos del veinte de marzo del dos mil catorce. Exp. N° 385532013. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Vinsent Stiguer Vega González y de Yaron Daniel Rodríguez González,... en el sentido que el nombre, el segundo apellido y la nacionalidad de la madre, ... son ‘’Seferina del Rosario”, “Murillo” y “costarricense” respectivamente y no como se consignaron.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2014056175). Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Marling Anyelhisca López Urbina, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2315-2014. Registro Civil, Departamento Civil, Sección Actos Jurídicos. San José, a las trece horas cincuenta y tres minutos del veinticuatro de julio de dos mil catorce. Ocurso. Exp N° 217822014. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el Fondo… Por Tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Keissy Angely Bogantes López, en el sentido que el nombre de la madre... es “Marling Anyelhisca”.— Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014056187). La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014 Pág 30 CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA LICITACIONES OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000007-32701 Mantenimiento y reparación de vehículos livianos La Dirección de Proveeduría Institucional del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del 07 de octubre de 2014, para la contratación citada anteriormente. El cartel se encuentra a disposición gratuitamente en el sistema CompraRed, en la dirección www.hacienda.go.cr/ comprared de Internet. San José, 02 de setiembre del 2014.—Proveeduría Institucional.—M.Sc. Heidy Román Ovares, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 3400022055.—Solicitud Nº 19642.—C-11120.— (IN2014058463). JUSTICIA Y PAZ JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL LICITACION PÚBLICA Contratación del servicio de soporte y mantenimiento correctivo y adaptativo del Sistema de Información de Planos (SIP) del Registro Nacional y sus colaterales El Departamento de Proveeduría del Registro Nacional comunica que se recibirán ofertas para la licitación de referencia hasta las 9 horas del 7 de octubre de 2014 a través del Sistema Unificado Electrónico de Compras Públicas (MER-LINK). Además se informa que todos los actos relacionados con esta contratación, serán publicitados a través de dicho sistema y no del Diario Oficial La Gaceta. Departamento de Proveeduría.—Hazel Ruiz Morales, Jefa.—1 vez.—O. C. N° oc-14-003.—Solicitud N° 19557.—C10980.—(IN2014058511). PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DIRECCIÓN EJECUTIVA LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000045-PROV Alquiler de local para alojar al Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Aserrí Fecha y hora de apertura: 13 de octubre de 2014, a las 10:00 horas. El cartel se puede obtener sin costo alguno a través de Internet, en la dirección: www.poder-judicial.go.cr/proveeduria, o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la siguiente dirección jjimenezco@poder-judicial. go.cr. En este último caso, de no atenderse su solicitud en las 24 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse tal situación a los teléfonos 2295-3295 o 2295-3623. San José, 9 de setiembre del 2014.—Proveeduría.—Mba. Yurli Argüello Araya, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2014058439). BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA CONTRATACIÓN DIRECTA 2014CD-000150-01 Contratación de una persona física o jurídica que brinde el servicio de mantenimiento general y cambio de caras del rótulo luminoso externo del edificio del BANHVI El Banco Hipotecario de la Vivienda a través de la Dirección Administrativa, da inicio al procedimiento de contratación directa 2014CD-000150-01, para la “Contratación de una persona física o jurídica que brinde el servicio de mantenimiento general y cambio de caras del rótulo luminoso externo del edificio del BANHVI”, de conformidad con las condiciones específicas del cartel. Los interesados pueden acceder al cartel que regirá este procedimiento de contratación en la página oficial del Banco Hipotecario de la Vivienda, cita www.banhvi.fi.cr. sección Publicaciones, Área de Proveeduría, Contrataciones. La fecha límite para recibir ofertas será el 22 de setiembre del 2014 a las 10:00 horas, fecha y hora en que se procederá a realizar el acto de apertura de ofertas, en las instalaciones del BANHVI ubicado en Barrio Dent, San Pedro de Montes de Oca, de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, 300 metros oeste y 100 metros norte. Dirección Administrativa.—Margoth Campos Barrantes.—1 vez.—(IN2014058305). UNIVERSIDAD NACIONAL LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2014LN-000015-SCA Compra de equipo científico y de laboratorio La Universidad Nacional por medio de la Proveeduría Institucional invita a personas físicas o jurídicas a participar en el concurso para la compra de “Equipo científico y de laboratorio” para la Institución. Todas las ofertas se recibirán en la Proveeduría Institucional de la Universidad Nacional, ubicada en San Pablo de Heredia, del Colegio de San Pablo de Heredia 200 mts norte y 25 mts oeste, antigua Bodegas de MABE, hasta las 9:00 horas del día 14 de octubre, 2014. Todas las ofertas que no estén a esa hora y fecha serán devueltas sin abrir. Los carteles deberán retirarse en la siguiente dirección electrónica: www.una.ac.cr/proveeduria/ en los documentos electrónicos propiamente información para proveedores o pueden solicitarlo a los correos electrónicos proveeduria@una. cr o [email protected]. Heredia, 9 de setiembre del 2014.—Proveeduría.—Map. Nelson Valerio Aguilar, Director.—O.C. Nº P0019862.— Solicitud Nº 19658.—(IN2014058455). UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL PROVEEDURÍA AUXILIAR SEDE GUANACASTE LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000003-UTN04 Adquisición de vehículo pick up La Proveeduría Auxiliar (sede Guanacaste) de la Universidad Técnica Nacional recibirá ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 30 de setiembre del 2014, para la Adquisición de vehículo pick up. El cartel se encuentra disponible en la página web: www.utn.ac.cr>contratacion administrativa>licitaciones abreviadas. Para consultas con Carlos Rodríguez Rojas al correo [email protected] y/o al fax 2668-3522. 08 de setiembre del 2014.—Proveeduría Institucional.— Lic. Miguel A. González Matamoros, Director.—1 vez.— (IN2014058508). CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000034-05101 Sirolimus 1 mg, tabletas recubiertas código: 1-11-41-0071 Se informa a los interesados que esta disponible en la Plataforma electrónica Compra Red el cartel de la Licitación Pública 2014LN-000034-05101, para la adquisición de: Ítem Único: 576 CN Sirolimus 1 mg, tabletas recubiertas. código: 1-11-41-0071. La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014 Apertura de ofertas: 10:00 horas del día 27 de octubre 2014. San José, 10 de setiembre del 2014.—Línea de Producción de Medicamentos.—Lic. Joanna Quirós Alvarado, Asistente.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 1996.—C-10540.— (IN2014058229). GERENCIA DE LOGÍSTICA ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS SUBÁREA PRODUCCIÓN DE REACTIVOS Y OTROS LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000035-05101 Tubos al vacío sin anticoagulante 16 × 100mm Se informa a todos los interesados que esta disponible en la plataforma electrónica Compr@Red en la dirección www. comprared.cr el expediente de la Licitación Pública 2014LN000035-05101 para la adquisición de: Ítem único: tubos al vacío sin anticoagulante 16 × 100mm La apertura de ofertas está programada para el día 13 de octubre del 2014, a las 10:00 horas. Para mayor información llamar al 2539-1574, con Lic. Andrea Vargas Vargas, Jefa de la Subárea Producción de Reactivos y Otros. Subárea Producción de Reactivos y Otros.—Lic. Andrea Vargas Vargas, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 1533.—C-12260.—(IN2014058235). INVITACIÓN A COMPRA DIRECTA N° 2014CD-000008-2944 Contratación de servicios de mantenimiento preventivo y correctivo para dos inyectores de medios de contraste en el Centro Nacional de Resonancia Magnética La Dirección de Centros Especializados de la Gerencia Médica, les invita a participar en el presente concurso, cuya fecha máxima para la presentación de las ofertas será el 24 de setiembre de 2014 a las 10 horas. El cartel estará a su disposición una vez que se realice la presente publicación y puede retirarse personalmente en esta dependencia, ubicada en Oficinas Centrales de la Caja Costarricense de Seguro Social, Edificio Anexo, Genaro Valverde, segundo nivel de las gradas de caracol, avenida cuarta, entre calles 5 y 7, en un horario de 8:30 a. m. a 4:30 p. m. Cualquier consulta adicional, favor comunicarse con el Lic. Oldemar Rivas Segura ([email protected]). Dirección de Centros Especializados de la Gerencia Médica.—Lic. Oldemar Rivas Segura.—Dr. Julio Calderón Serrano.—1 vez.—(IN2014058276). HOSPITAL MÉXICO ADMINISTRACIÓN-SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000076-2104 Equipo de Ultrasonido Se comunica: fecha de recepción de ofertas 14 de octubre de 2014 a las 09:00 horas. Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr San José, 10 de setiembre de 2014.—Área de Gestión, Bienes y Servicios.—Marcelo Jiménez Umaña, Coordinador.—1 vez.—(IN2014058487). SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES LICITACION ABREVIADA 2014LA-000018-SUTEL Contratación para la recolección de datos de pruebas de acceso, interoperabilidad y tasación de los servicios de telefonía móvil, fija y telefonía IP La Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), con cédula jurídica número 3-007-566209, ubicada en Guachipelín de Escazú, Edificio Tapantí, tercer y cuarto piso, 100 metros al Pág 31 norte de Construplaza, mediante su área de Proveeduría, indica a todos los oferentes interesados en participar en la licitación de referencia, que aplicando el artículo 99 del R.L.C.A., recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del 29 de setiembre del año 2014. El cartel no posee ningún costo, por lo que puede ser descargado en sitio WEB: http://sutel.go.cr/proveeduria/ contrataciones-vigentes o solicitarlo al correo electrónico [email protected] A la vez se informa que todas las modificaciones no esenciales y aclaraciones que se realicen sobre el cartel, estarán disponibles en el citado sitio WEB, por lo que este será el medio oficial que utilizará la Institución para notificar. No obstante, la adjudicación correspondiente, será publicada en el Diario Oficial La Gaceta. Área de Proveeduría.—Juan Carlos Sáenz Chaves, Jefe.— 1 vez.—Nº O C-1108-14.—Solicitud Nº 19641.—C-21520.— (IN2014058337). MUNICIPALIDADES MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000012 Instalación de gimnasio al aire libre en los distritos de San Rafael de Heredia centro, Santiago (Polideportivo La Suiza), San Josecito (Barrio Santísima Trinidad-Bajo de Los Molinos) Invita a todos los interesados a participar en la contratación en mención, cuyas ofertas se recibirán hasta las catorce horas del viernes 26 de setiembre del 2014, adquirir el cartel de la siguiente manera: 1)Retirarlo en la Municipalidad de San Rafael de Heredia, con dirección frente al costado suroeste del Parque Central, con un valor de ¢3.000.00. 2)Pagar por depósito o transferencia de los ¢3.000.00 a la cuenta de la Municipalidad de San Rafael de Heredia en el Banco Nacional de Costa Rica 100-01-040-000792-9, cuenta cliente 15104010010007922, enviar el depósito o transferencia al correo proveedurí[email protected] y solicitar el cartel. Cualquier consulta o información adicional puede solicitarse al tel. 2263-5785, 2263-5790 ext. 26, Proveeduría y/o teléfono 2238-3706 con el Ingeniero Julio León Campos, profesional encargado del proyecto. San Rafael de Heredia, 09 de setiembre del 2014.— Floribeth Chaves Ramírez, Proveedora Municipal a. í.—1 vez.— (IN2014058197). MUNICIPALIDAD DE SAN PABLO DE HEREDIA PROVEEDURÍA MUNICIPAL CONTRATACIÓN DIRECTA N° 2014CD-000095-01 Contratación de servicios profesionales para realización del estudio denominado Generación, caracterización y composición de los residuos sólidos ordinarios generados por tipo de usuarios en el cantón de San Pablo de Heredia La Municipalidad de San Pablo, los invita a participar en la contratación antes citada. Podrán retirar el respectivo pliego de condiciones en el Proceso de Proveeduría, ubicado en la Municipalidad, costado norte del parque de San Pablo a partir de esta publicación. La recepción de las ofertas se realizará hasta las 11:00 del día 19 de setiembre del 2014. San Pablo de Heredia, 14 de mayo del 2014.—Óscar Hidalgo Mena, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2014058307). Pág 32 La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014 MUNICIPALIDAD DE SARAPIQUÍ UNIDAD DE PROVEEDURÍA La Municipalidad de Sarapiquí, ubicada costado noroeste de las Oficinas del Tránsito en Puerto Viejo de Sarapiquí, recibirá ofertas para los siguientes procesos de licitación: ● Licitación Abreviada 2014LA-000005-01, “Contratación para los servicios de operacionalidad del CECUDI de Puerto Viejo de Sarapiquí”. Hasta las 11 horas del 23 de setiembre del 2014. ● Licitación Abreviada 2014LA-000004-01 “Contratación para los servicios de operacionalidad del CECUDI de Horquetas de Sarapiquí”. Hasta las 10 horas del día 23 de setiembre del 2014. El pliego de condiciones de estas licitaciones (cartel), normativa aplicable estarán disponibles a partir de la presente publicación en la página Web de la Municipalidad de Sarapiquí: www.sarapiqui.go.cr. Para mayor información comunicarse al teléfono 2766-6744 ext-131 de la Proveeduría Municipal. Departamento de Proveeduría.—Diego Corella Miranda, Proveedor.—1 vez.—(IN2014058261). MUNICIPALIDAD DE CAÑAS LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2014LN-000001-01 Contratación para los servicios de operacionalidad del Centro de Cuido y de Desarrollo Infantil (CECUDI) en el cantón de Cañas La Municipalidad de Cañas, cordialmente les invita a participar y recibirá ofertas por escrito y en sobre cerrado hasta las 10:00 horas del día 10 de octubre del 2014. Los interesados pueden adquirir el cartel de la licitación, sin costo alguno, en la Oficina de Proveeduría Municipal ubicada al costado norte del parque de Cañas, podrán solicitar información adicional en el teléfono 2690-4067 y al fax 26686715 o solicitarla vía correo electrónico awong@municanas. go.cr. Lic. Patricia Wong Quesada, Proveedora Municipal.—1 vez.—O. C. N° 16330.—Solicitud N° 41625.—C-12180.— (IN2014058458). ADJUDICACIONES UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000002-99999 (Resolución de adjudicación N° 91) Remodelaciones varias La Universidad Estatal a Distancia (UNED), comunica a los interesados en la presente Licitación, que el Consejo de Rectoría en sesión Nº 1831-2014, Art. III, inciso 12), celebrada el 08 de setiembre del 2014, acordó: Avalar la recomendación de la Comisión de Licitaciones, y adjudicar la Licitación Abreviada 2014LA-000002-99999, “Remodelaciones varias”, de la siguiente manera: 1)Dejar fuera de concurso a la empresa Arrieta Piedra Servicios de Mantenimiento S.A, no alcanza el porcentaje mínimo solicitado en la Metodología de Evaluación del Cartel, para los Ítems 3 y 4. 2)Dejar fuera de concurso a la empresa VH Pintaconsa de Costa Rica S.A, no alcanza el porcentaje mínimo solicitado en la Metodología de Evaluación del Cartel, para el Ítem 4. 3)Adjudicar la Licitación Abreviada 2014LA-000002-99999, “Remodelaciones varias”, con base en lo indicado en la recomendación y la evaluación respectiva, de la siguiente manera: a. Al oferente Decoraciones y Muebles W & W S. A, lo siguiente: Ítem 1: “Construcción muro de retención, centro universitario de Nicoya” según especificaciones técnicas establecidas en el cartel y la oferta presentada. Cantidad 1 Descripción: Construcción Muro de Retención Centro Universitario de Nicoya Precio unitario: ¢23.618.145,00 Precio total: ¢23.618.145,00 Monto total adjudicado: ¢23.618.145,00 Tiempo de entrega: 38 días naturales. b. Al oferente Red Sistemas de Rotulación S. A., lo siguiente: Ítem 2: “Construcción de paso cubierto, Centro Universitario de San Marcos” según especificaciones técnicas establecidas en el cartel y la oferta presentada. Cantidad 1 Descripción: Construcción de paso cubierto, Centro Universitario de San Marcos. Precio unitario: ¢8.471.250,00 Precio total: ¢8.471.250,00 Monto total adjudicado: ¢8.471.250,00 Tiempo de entrega: 17 días naturales c. Al oferente Constructora A y M Desarrollos Urbanísticos S. A., lo siguiente: Ítem 3: “Remodelación servicio médico y suministro de instalación de modulares, sede central” según especificaciones técnicas establecidas en el cartel y la oferta presentada. Cantidad 1 Descripción: Remodelación servicio médico y suministro de instalación de modulares, sede central Precio unitario: ¢20.902.750,00 Precio total: ¢20.902.750,00 Monto total adjudicado: ¢20.902.750,00 Tiempo de entrega: 20 días naturales. d. Al oferente Decoraciones y Muebles W & W S. A., lo siguiente: Ítem 4: “Remodelar y optimizar la funcionalidad del Área de Atención al Público de Registro, edificio B, sede central” según especificaciones técnicas establecidas en el cartel y la oferta presentada. Cantidad 1 Descripción: Remodelar y optimizar la funcionalidad del Área de Atención al público de Registro, sede central Precio unitario: ¢6.770.000,00. Precio total: ¢6.770.000,00 Monto total adjudicado: ¢6.770.000,00 Tiempo de entrega: 13 días naturales. Sabanilla, 09 de setiembre del 2014.—Oficina de Contratación y Suministros.—Mag. Yirlania Quesada Boniche, Jefa.—1 vez.— (IN2014058256). CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL HOSPITAL SAN VICENTE DE PAÚL LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2014LN-000001-2208 Por reactivos e insumos para realizar tinciones especiales e inmunohistoquimica por sistema automatizado entrega por consignación La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital San Vicente de Paúl comunica a todas las personas físicas y/o jurídicas interesadas en participar en esta Licitación, que se deja sin efecto el presente proceso licitatorio, según oficio H.S.V.P.-D.A.-01330-2014 suscrita por el MSc. Óscar Montero Sánchez, Director Administrativo de este hospital, declarándolo nulo de manera absoluta. Lo anterior de acuerdo al artículo 58 párrafo último del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Heredia, 3 de setiembre del 2014.—MSc. Óscar Montero Sánchez, Director Administrativo.—1 vez.—(IN2014058321). La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014 HOSPITAL MONSEÑOR SANABRIA ÁREA GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000002-2501 Medicamentos varios Modalidad de entrega: según demanda A los interesados en el presente concurso, se les comunica que por resolución de la Dirección Administrativa y Financiera DAFHMS-1485-14 del Hospital Monseñor Sanabria del 8 de setiembre 2014, se readjudica el ítem 12 a Droguería Intermed S. A. Puntarenas, 9 de setiembre del 2014.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Francisco A. Jaén Vargas.—1 vez.—(IN2014058434). SERVICIO NACIONAL DE AGUAS SUBTERRÁNEAS, RIEGO Y AVENAMIENTO LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000005-OC Instalación de tuberías, accesorios, riego parcelario y cubiertas para reservorio en el proyecto de riego Río Negro El Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento, SENARA, comunica y transcribe el acuerdo número 4802, tomado por la Junta Directiva de SENARA, en sesión ordinaria Nº 655-14, celebrada el día 01 de setiembre del 2014. Acuerdo N° 4802: Se acoge la recomendación de la Comisión de Licitaciones según oficio N° CL-039-14 y con base en los informes de la Dirección Jurídica N° DJ-099-14 y DJ-177-14, Técnicos N° INDEP-077-14 e INDEP-249-14, Administrativo N° SAPROGIRH-339-2014 y Certificación de Contenido Presupuestario N° FIN-PRES-OF-029-2014, se adjudica la Licitación Pública N° 2013LN-000005-OC “Instalación de tuberías, accesorios, riego parcelario y cubiertas para reservorio en el proyecto de riego Río Negro”, a la empresa Durman Esquivel S. A., cédula jurídica N° 3-101-006779. Esta adjudicación es por un monto total de ¢206.874.117,90 (doscientos seis millones ochocientos setenta y cuatro mil ciento diecisiete colones con 90/100) y un plazo de ejecución de 100 días naturales a partir de la orden de inicio, dada por parte del SENARA. Todos los demás aspectos se rigen según lo establecido en el cartel y la oferta. Esta oferta es la mejor calificada, según los dictámenes técnicos, jurídicos y administrativos aportados por la Comisión de Licitaciones y se ajusta a los requerimientos solicitados en el cartel. Acuerdo firme. Pág 33 ÁREA DE CONTRATACIÓN Y SUMINISTROS De conformidad con lo establecido en la Ley N° 9036 de Transformación IDA-INDER, artículos 26 y 30 y el oficio GG355-2014 del 09 de setiembre 2014, se comunica la adjudicación de los siguientes procesos: Licitación Abreviada 2014LA-000019-01 “Adquisición de semilla, insumos químicos y herramientas para la siembra de arroz y maíz para la Subregión de Río Claro”, a la oferta N° 1, presentada por El Colono Agropecuario S. A., cédula jurídica número 3-101-268981, por un monto total de ¢31.083.161,37 (treinta y un millones ochenta y tres mil ciento sesenta y un colones con 37/100). La distribución y cantidades a adjudicar a la empresa proveedora, son las consignadas en los cuadros adjuntos al oficio OSRC-788-2014, visible a los folios 353, 354 y 355 del expediente administrativo de dicha licitación. El control, seguimiento y fiscalización de la correcta ejecución de esta licitación estará a cargo del Ing. José Manuel Fernández Godínez de la Oficina Subregional de Río Claro, mismos que fungirá como encargado general del contrato, teniendo bajo su responsabilidad la obligación de generar los informes que sobre esta licitación requiera la administración, en lo que respecta a la ejecución presupuestaria la coordinación y fiscalización estará a cargo del Área de Seguridad Alimentaria en calidad de Unidad Solicitante del proceso licitatorio. Licitación Abreviada 2014LA-000025-01 “Servicios profesionales para el mantenimiento al Sistema Integrado de Recursos Humanos del Instituto de Desarrollo Rural”, a la única oferta presentada por Solucorp Internáutica S. A., cédula jurídica 3-101-473498, por un monto total de ¢117.450.000,00 (ciento diecisiete millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos) por un plazo de 27 meses contados a partir de octubre del año 2014 y hasta diciembre del año 2016. Para los periodos subsiguientes (2015 y 2016) el presupuesto quedará sujeto a aprobación de la Administración Superior y de la Autoridad Presupuestaria. El Área de Recursos Humanos, en calidad de unidad que requiere los servicios, es la instancia que fiscalizará la correcta ejecución del proyecto (Encargado General del Contrato) y la contraparte técnica asignada por la Unidad de Tecnología de Información apoyará en las tareas de revisión de los trabajos efectuados por el contratista; esto con el fin de garantizar el estricto cumplimiento de las condiciones, especificaciones, plazos, asignación de funciones y demás condiciones de la presente contratación. Lic. Karen Valverde Soto, Proveedora Institucional.—1 vez.—(IN2014058273). INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE El instituto de desarrollo rural comunica la adjudicación del siguiente proceso de contratación: Licitación Abreviada 2014LA000023-02, “Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino Quebrada Grande, Región Central, Subregión Grecia” Adjudicar a favor de la oferta presentada por la empresa: Secoya de Cartago S.R.L., cédula jurídica 3-102-150063, por la suma de ¢26.810.426,86 (veintiséis millones ochocientos diez mil cuatrocientos veintiséis colones con 86/100), con un plazo de ejecución total de 50 días naturales, según oficio de la Gerencia General GG-355-2014, del 9 de setiembre del 2014. PROCESO DE ADQUISICIONES COMPRA DIRECTA 2014CD-000100-09 Contratación de servicios de mantenimiento correctivo para impresoras, proyectores, computadoras (PORTATIL, PC, ALL IN ONE) y escáner para la Unidad Regional de Heredia del INA, según demanda El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional de Heredia en Acta 068-2014, artículo I, de fecha 09 de setiembre del 2014 acordó: De conformidad con el informe de recomendación URHEPA-0921-2014, el estudio técnico USST-ADQ-317-2014, se recomienda para el trámite de “Contratación de servicios de mantenimiento correctivo para impresoras, proyectores, computadoras (PORTATIL, PC, ALL IN ONE) y escáner para la Unidad Regional de Heredia del INA, según demanda” 2014CD0000100-09 lo siguiente: Adjudicar la línea única a la Oferta Nº 3: Fabio Andrés Calderón Gutiérrez, por un monto de ¢20.000,00 por hora (mano de obra técnica). San Vicente de Moravia, San José.—Área de Contratación y Suministros.—Lic. Karen Valverde Soto.—1 vez.— (IN2014058270). Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. N° 23220.—Solicitud N° 19592.—C-19230.—(IN2014058159). Servicios Administrativos.—Licda. Xinia Herrera Mata, Coordinadora.—1 vez.—O.C 202-14.—Solicitud. 3766.—C24070.—(IN2014058464). INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000023-02 Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino Quebrada Grande Región Central, Subregión Grecia Pág 34 La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014 INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000001-01 Contratación de servicios de vigilancia y seguridad física del edificio central de INFOCOOP, edificio Cooperativo (EDICOOP), Centro de Capacitación La Catalina R.L, FEDECRÉDITO R.L., y las instalaciones de CECOOP R.L. en Lagunilla y en Flores Se informa al público interesado que la Junta Directiva del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo (INFOCOOP), en su Sesión 3978, celebrada el 05 de agosto del 2014, artículo 2º, inciso 2.3, acordó: “Con fundamento en la solicitud de adjudicación de la Licitación Pública 2014LN-000001-01 denominada “Contratación de servicios de vigilancia y seguridad física del edificio central de INFOCOOP, edificio Cooperativo (EDICOOP), Centro de Capacitación La Catalina R. L, FEDECRÉDITO R. L., y las instalaciones de CECOOP R.L. en Lagunilla y en Flores”; contenida en el oficio AF-P-371-2014 del 31 de julio de 2014, Valoración Técnica contenida en el oficio AF-441-2014 del 30 de junio de 2014, constancia de contenido presupuestario AF-140-2014 y lo expuesto ante la Junta Directiva del INFOCOOP , por el señor Eliécer Ureña Quirós, Gerente del Área de Administrativo Financiero; se acuerda adjudicar al consorcio entre “Servicios Administrativos Vargas Mejías S.A y Total Seguridad T.S S. A.; cédulas jurídicas 3-101203897 y 3-101-326295 respectivamente, dicha Licitación Pública por un monto cotizado de ¢225.198.605,88 millones de colones por año. Se debe considerar una disminución en el monto del respectivo contrato, dada la venta de las propiedades que generaban el servicio correspondiente a las líneas 4 y 5; 4 CECOOP Lagunilla (Folio Real 4-126299-000) y 5 CECOOP Flores (Folio Real 4-110119-000). Cada línea implica una disminución anual de ¢25.022.067,36 para un total anual de disminución de ¢50.044.134,72. Conforme a lo indicado esta adjudicación procede por el monto anual de ¢175.154.471,16. El informe técnico del proceso de adjudicación, se consigna en los folios del N° 43.089 al 43.093 del Archivo de Referencia. Acuerdo firme. Lic. Eduardo Mestayer Cedeño, Proveedor.—1 vez.—O. C. N° 34974.—Solicitud N° 18632.—C-31740.—(IN2014058246). de acceso y servicio universal para que desarrolle los instrumentos metodológicos necesarios para utilizar el mecanismo de imposición de obligaciones específicas de acceso y servicio universal, previsto en la ley de Costa Rica. Además, se requiere que la entidad que se contrate brinde servicios profesionales de análisis y recomendaciones sobre el proyecto de modificación del Reglamento de Acceso Universal, Servicio Universal y Solidaridad (RAUSUS) preparado por esta Superintendencia, así como de acompañamiento a la SUTEL en el proceso de modificación de este Reglamento, particularmente en la Audiencia Pública, por un monto total de $166.000.00. A la vez se le informa al proveedor adjudicado, que luego que esta contratación adquiera firmeza, cuenta con un plazo de 03 días hábiles como máximo, para que aporte en la recepción de la SUTEL (tercer piso), en horario de lunes a viernes de 08:00 a.m. a 04:00 p.m. lo siguiente: 1-Garantía de cumplimiento, según punto 11 del cartel, por un monto de $16.600,00. 2-Especies fiscales, que se pueden presentar por medio de un entero de gobierno o timbres fiscales de ley que corresponde, según lo estipulado en el punto 12.8 del cartel, por un monto de $415,00. Área de Proveeduría y Servicios Generales.—Juan Carlos Sáenz Chaves, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº OC-1108-14.—Solicitud Nº 19660.—C-42450.—(IN2014058457). MUNICIPALIDADES MUNICIPALIDAD DE EL GUARCO LICITACIÓN ABREVIADA N° 2014LA-000006-PROV Servicios de asfaltado en el cantón La Proveeduría Municipal comunica que por acuerdo unánime y definitivamente aprobado del Concejo Municipal de este cantón, contenido en el acta N° 332-2014, celebrada el 09 de setiembre de 2014, este proceso se ha adjudicado a Grupo Orosi S. A. (antes Asfaltos Orosi Siglo XXI S. A.) cédula jurídica 3-101-316814 por un monto total de ¢81.664.309,00. El expediente se encuentra a disposición de los interesados en la Proveeduría Municipal. Lic. José Ml. González Molina, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2014058344). SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES MUNICIPALIDAD DE FLORES LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000009-SUTEL Contratación de servicios profesionales para el desarrollo de los instrumentos metodológicos necesarios para utilizar el mecanismo de imposición de obligaciones específicas de acceso y servicio universal, previstos en la Ley de Costa Rica La Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), con cédula jurídica N° 3-007-566209, según lo autoriza el punto 4.4 del Procedimiento de Compras de la SUTEL y con base en los oficios 05944-SUTEL-DGF-2014 y 06051-SUTEL-DGF-2014, comunica a los interesados en la contratación de referencia, que se adjudica el servicio indicado al proveedor: Axon Partner Group Consulting S.L., número de identificación fiscal (NIF) B84816487, por obtener la mayor calificación y por cumplir legal y técnicamente con todo lo solicitado en el cartel, según lo siguiente: Línea única: Contratar los servicios profesionales de una entidad con experiencia y capacidades en el diseño y operación del mecanismo de imposición de obligaciones DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000003-01 Compra de materiales para los procesos de obras civiles, cementerio municipal y saneamiento ambiental El Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de Flores, comunica a todos los interesados en el procedimiento de Licitación Abreviada 2014LA-000003-01, denominado Compra de materiales para los procesos de obras civiles, cementerio municipal y saneamiento ambiental, que el Concejo Municipal de Flores en la sesión ordinaria 331-2014, celebrada el día 26 de agosto del 2014, mediante el acuerdo en firme 3699-2014, adjudicó este procedimiento licitatorio de la siguiente forma: I. A la empresa Capris S. A., con cédula jurídica 3-101005113, las líneas 1, 12, 13, 14, 42, 50, 60, 63, 64, 65, 68, 75, 83, 87, 89, 100 y 108, por un monto total de cuatrocientos cincuenta y ocho mil ochocientos tres colones, sin céntimos de conformidad con el siguiente detalle: La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014 Líneas Descripción Aceite mezcla de dos ciclos (tiempos) para motoguadañas, motosierras y motores de equipo (no transporte) Cadena de eslabones alta resistencia grado 43, Ø 1/2" , soldada, de uso industrial para amarrar, remolcar o levantar. Fabricadas según 12 especificaciones NACM para cadena, ASTM Standard A391 y ASTM Standard A413, similar a la distribuida por CAPRIS 13 Cadena metálica de eslabón corto (50 mm) 3/8", 3500 Kg de ruptura Soldadura para maquina de soldar con arco, 1/8 lincon electric 14 revestido caja de 5 kilos. 1 42 50 60 63 64 65 68 75 83 87 89 100 108 Gaza plástica 12" (300 mm) de largo (paquete de 100 unidades) Lija de papel grano 120 Lápiz de carpintería IRWIN 66300 Disco para corte de concreto para esmeriladora 4" Disco para corte de metal para esmeriladora 4" Serrucho 22" largo la hoja, puño de madera Mazo octonal de 2 libras Cinta métrica metálica, de 8 metros, carcasa protegida contra Espátula de acero flexible, 3" de ancho STANLEY 60-28-083 Tenaza armador 9" de largo, con forro plástico, corte entero Juego de ocho (8) destornilladores y phillips FORCE 2084B Alicate combinado corte y agarre, para electricista, con agarre para tubos, 8,3x4" Nivel de aluminio de tres gotas 1 metro de longitud II. Cantidad Unidad Unitario Total 10 1/4 galón 4.563,00 45.630,00 Pág 35 REMATES AMBIENTE Y ENERGÍA FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORESTAL 25 Unitario 6.326,00 158.150,00 30 Metro 1.264,00 37.920,00 5 caja 8.999,00 44.995,00 1 Unidad 1.980,00 1.980,00 25 10 50 50 2 3 3 7 3 1 Pliego Unidad Unidad Unidad Unidad Unidad Unidad Unidad Unidad Unidad 225,00 224,00 641,00 701,00 2.772,00 4.898,00 5.177,00 950,00 8.524,00 11.328,00 5.625,00 2.240,00 32.050,00 35.050,00 5.544,00 14.694,00 15.531,00 6.650,00 25.572,00 11.328,00 2 Unidad 4.556,00 9.112,00 1 Unidad 6.732,00 6.732,00 Se declaren infructuosas las restantes líneas del cartel. En el Departamento de Proveeduría de la Municipalidad se brindará la información adicional (tel. 2265-7125 ext. 107 fax 2265-5652). Lic. Miguel Hernández Mejía, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2014058213). MUNICIPALIDAD DE SARAPIQUI UNIDAD DE PROVEEDURÍA CONTRATACIÓN DIRECTA 2014CD-000513-01 Contratación de servicios de gestión y apoyo para archivo central La Municipalidad de Sarapiquí hace del conocimiento a los interesados en el proceso de esta contratación que la misma fue adjudicada a la proveedora Meylin Francella Rodríguez Urtecho, por un precio de ¢3.600.000,00 (tres millones seiscientos mil colones netos). Departamento de Proveeduría.—Diego Corella Miranda, Proveedor.—1 vez.—(IN2014058259). MUNICIPALIDAD DE ESPARZA CONTRATACIÓN DIRECTA 2014CD-000062-01 Compra de una motoniveladora totalmente nueva, modelo 2014 o superior La Proveeduría Institucional del FONAFIFO invita a participar en el Remate Electrónico, 2014RE-000001-00201 de un vehículo Chevrolet S10, año 2003. Se recibirán pujas electrónicas hasta las 10:00 a.m. del día jueves 16 de octubre del 2014, el interesado tendrá el cartel a disposición, en el sistema Compr@Red, en la dirección electrónica www.hacienda.go.cr/comprared. El vehículo podrá inspeccionarse, previa cita al Nº de teléfono 2545-3567 o al correo electrónico nvalverde@fonafifo. go.cr, con el funcionario Ney Valverde Abarca, durante la semana del 29 de setiembre al 03 de octubre del 2014. Unidad de Proveeduría y Servicios Generales.—Licda. Elizabeth Castro Fallas, Jefa.—1 vez.—O.C 325-2014.— Solicitud. 63688.—C-11220.—(IN2014058492). FE DE ERRATAS GOBERNACIÓN Y POLICÍA JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA GESTIÓN DE PROVEEDURÍA LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000002-20300 (Ampliación del plazo para emitir el acto de adjudicación) Adquisición de licencias varias Se avisa a todos los interesados en esta Licitación para la Junta Administrativa de la Dirección General de Migración y Extranjería, que la Gestión de Proveeduría, que la Resolución N° 131-2014-MABS de las 11:00 horas del 8 de setiembre del 2014, indicó en su Por Tanto lo siguiente: De conformidad con los artículos 87 y 95 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y el Decreto Ejecutivo N° 30640-H, del veintisiete de junio del dos mil dos, publicado en La Gaceta N°166 del día treinta de agosto del mismo año, denominado Reglamento de las Proveedurías Institucionales, artículo 12 inciso a) reformado por decreto N° 31483-H, del 19 de agosto de 2003, publicado en La Gaceta N° 230 del 28 de noviembre 2003, se procede a resolver de la siguiente manera: 1.)Prorrogar el plazo para dictar el acto de adjudicación a treinta y cuatro días hábiles adicionales al plazo anterior (del 12 de setiembre al 30 de octubre de 2014). 2.)Notificar a los oferentes la presente resolución por medio del sistema Comprared. 3.)Contra la presente resolución no cabe recurso. San José, 8 de setiembre del 2014.—MBA. Erika García Díaz, Gestora de Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 3400021941.— Solicitud Nº 19478.—C-24430.—(IN2014058331). La Municipalidad de Esparza hace del conocimiento a los interesados en el proceso de esta contratación que el Concejo Municipal mediante acuerdo tomado en el acta número diecinueve de sesión ordinaria según artículo número veinticuatro, capítulo tercero, efectuada el lunes ocho de setiembre del dos mil catorce, dispuso adjudicarlo a Comercial de Potencia y Maquinaria S. A., por una motoniveladora marca John Deere, modelo 670G, totalmente nueva, año 2014 por la suma de US$248.900,00 (doscientos cuarenta y ocho mil novecientos dólares exactos), que deberá ser entregada en un plazo de 30 días naturales a partir de notificada la orden de compra y cumpliendo con las condiciones establecidas en el cartel y en la oferta presentada. CULTURA Y JUVENTUD Esparza, 9 de setiembre del 2014.—Juan Ramón Piedra Lazo, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2014058210). Máster Josué Morales Pérez, Director General del Sistema Nacional de Educación Musical.—1 vez.—(IN2014058391). LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2014LN-000007-75801 Contratación de los servicios de seguridad y vigilancia para el edificio del SINEM en San Ignacio de Acosta El Sistema de Educación Musical a través de la Proveeduría Institucional del Ministerio de Cultura y Juventud informa a todos los proveedores interesados a participar en el procedimiento indicado que se han realizado aclaraciones al cartel, dichas aclaraciones están relacionadas con los requisitos del personal, las cuales son visibles a través del Sistema de Compras Comprared. La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014 Pág 36 PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DIRECCIÓN EJECUTIVA LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000049-PROV (Aclaración Nº 1) Contratación de pintura total interna del edificio de la Defensa Pública de San José Debido a una contradicción en el sistema de evaluación del pliego de condiciones, se aclara que el sistema de evaluación que se aplicará en la presente licitación será 90% precio y 10% experiencia, dicha aclaración se puede observar a partir de la presente comunicación, a través de Internet, en la siguiente dirección: www.poder-judicial.go.cr/proveeduria, en el enlace invitaciones o solicitarlo al correo electrónico drodriguezv@ poder-judicial.go.cr. Demás términos y condiciones permanecen invariables. San José, 9 de setiembre del 2014.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurli Argüello Araya, Jefa.—1 vez.— (IN2014058448). CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL HOSPITAL DR. TONY FACIO CASTRO LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000008-2601 Objeto del concurso: Contratación de servicio para el mantenimiento preventivo y correctivo de 11 servicios sanitarios en el Hospital Dr. Tony Facio Castro de Limón Se comunica a los interesados en la licitación abreviada, cuya invitación a participar se realizó en el Diario Oficial La Gaceta N° 166 del 29 de agosto de 2014, lo siguiente: La apertura de ofertas de esta licitación se prorroga para el 17 de setiembre del 2014 a las 10:00 a.m. Además se incluyen dentro del cartel de compra en el punto 1 “Descripción de aspectos técnicos a realizar en todas las baterías de baños” los subpuntos siguientes: 1.26. Las lámparas deberán ser para cielo suspendido de 2 tubos en la parte superior interna empotrada de la loza sanitaria de aislamiento. De fluorescente tipo luz día capacidad luminosa de 32w X 2T8. Con pantalla de una sola pieza, el balastro que sea de 120v – 277 electrónico, similar o superior a Sylvania. 1.27. Las tinas de baño ubicadas en los aislamientos de cirugía de hombres y mujeres deberán ser eliminadas. Demás términos y condiciones permanecen invariables. Limón, 9 de setiembre del 2014.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Kris Guillén Rojas, Coordinadora a. í.—1 vez.—(IN2014058245). HOSPITAL WILLIAM ALLEN LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000008-2307 Suministro de Productos Químicos para Lavandería de H.W.A.T. La Oficina de Gestión de Bienes y Servicios del Hospital William Allen, comunica a los interesados en el concurso de la Licitación Abreviada 2014LA-000008-2307 por el Suministro de Productos Químicos para Lavandería de. H.W.A.T., que se han realizado aclaraciones al cartel y se podrán solicitar a la dirección electrónica: [email protected]. o [email protected] o en la página Web de la Caja Costarricense de Seguro Social. El plazo de recepción de ofertas se mantiene para el día 29 de setiembre del 2014 a las 10:00 a.m. Subárea de Planificación de Bienes y Servicios.—Área de Gestión de Bienes y Servicios.—Royer Sánchez Bogantes.—1 vez.—(IN2014058377). HOSPITAL DR. RAFAEL Á. CALDERÓN GUARDIA Se informa a los interesados de la Licitación Pública Nacional 2014LN-000007-2101, por concepto de Arrendamiento de Concentradores de Oxígeno, que se realizó aclaraciones al cartel de compra, mismas que podrán ser obtenidas en la Administración del Hospital, sin costo alguno. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr. Lic. David Sánchez Valverde, Coordinador de la Subárea de Contratación Administrativa.—1 vez.—(IN2014058406). HOSPITAL MÉXICO LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000068-2104 (Prorroga) Instrumental para realizar Nefrolitotomías Se les comunica a los interesados que el concurso en mención, se prorroga la fecha de apertura para el 02 de octubre del 2014, a las 10:00 horas. De existir modificaciones se estará comunicando por este medio. San José, 10 de setiembre del 2014.—Área de Gestión de Bienes y Servicios.—Licda. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.— (IN2014058482). LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000058-2104 (Modificaciones) Circuito de manguera descartable para adulto Se les comunica a los interesados que para el concurso en mención “se realizan modificaciones al cartel”, las mismas podrán ser retiradas en el centro de copiado público, ubicado en el pasillo anexo al Laboratorio de Sangre del Hospital México. Se prorroga: fecha de recepción de ofertas el 24 de setiembre de 2014, a las 09:00 horas. Demás condiciones permanecen invariables. San José, 09 de setiembre de 2014.—Subárea de Contratación Administrativa.—Licda. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.— (IN2014058485). COMISIÓN NACIONAL DE PRÉSTAMOS PARA EDUCACIÓN FE DE ERRATAS AL REGLAMENTO DE CRÉDITO CONAPE notifica fe de erratas sobre el Reglamento de Crédito publicado en Diario Oficial La Gaceta el 30 de julio de 2014, en el alcance 145. 1. Se deberá leer correctamente en el anexo 3, la tabla como sigue: RANGO DE PUNTOS CONDICION DE ELEGIBILIDAD De 90 a 100 Excelente De 80 a 89 Sobresaliente De 70 a 79 Suficiente Menos de 70 No califica 2. Se deberá leer correctamente en el anexo 4, la quinta línea de la tabla como sigue. PROMEDIO PUNTOS De 75.01 A 79.99 28 3. En el inciso j del Anexo 7, punto primero, se debe leer correctamente así: Factura proforma del programa de estudios que va a realizar, extendida por la entidad educativa, con el detalle del costo de las asignaturas pendientes, por ciclo lectivo, con sus respectivos subtotales y total general. 4. En el Anexo 7, punto segundo, la numeración deberá leerse correctamente del inciso a. hasta el inciso p. 5. En el Glosario se debe leer correctamente para Acuerdo Administrativo del Departamento de Crédito, lo siguiente: Resolución administrativa a solicitudes y problemas diversos que presentan los solicitantes o beneficiarios de préstamos en el período de ejecución, firmados por el funcionario autorizado en la respectiva Sección o por el Jefe Inmediato. Sección Administrativa.—Lic. Róger Granados U., Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 25646.—Solicitud Nº 19181.—C-21600.—(IN2014058369). La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014 REGLAMENTOS MUNICIPALIDADES MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA Debidamente autorizado mediante acuerdo tomado por la Municipalidad del cantón de Alajuelita, en sesión N° 28 de fecha 15 de julio del 2014. Por tanto este Concejo Municipal acuerda: Aprobar en forma definitiva el Reglamento de fiscalización, regulación y comercialización de bebidas con contenido alcohólico del cantón de Alajuelita. Ya que en La Gaceta N° 111 de fecha 11 de junio de 2014; se publicó el Proyecto de Reglamento de fiscalización, regulación y comercialización de bebidas con contenido alcohólico para el cantón de Alajuelita. Alajuelita, 27 de agosto del 2014.—Lic. Karen Redondo Bermúdez, Área de Proveeduría.—1 vez.—(IN2014056132). INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD CONSEJO DIRECTIVO: 1- Modificar el Acuerdo Expropiatorio tomado por el Consejo Directivo en la sesión 5865 del 10 de marzo del año 2009 sustituyendo en consecuencia el avalúo N° 0048-2009 por el Avalúo Administrativo N° 0476-2014, quedando en consecuencia de la siguiente manera: La torre identificada con el número 16, se ubicará en el lindero norte en las coordenadas latitud 1 148 052 y longitud 379 761, a 9,96 metros del lindero norte con calle pública, el área total que tendrá la estructura de sitio de torre será de 90,25 metros cuadrados. La torre identificada con el número diecisiete, se ubicará en el lindero sureste en las coordenadas 1 147 759 y longitud 379 942, se ubica a 16,05 metros del lindero sur, el área total que tendrá la estructura de sito de torre será de 88,92 m2. Las limitaciones que le aplican a los sitios de torre son las mismas que aplican para la franja de servidumbre. 2- Esta modificación se hace en acatamiento de la resolución judicial de las 13:10 horas del 02 de abril del año 2014, dictada por el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial Goicoechea en proceso expropiatoria del Instituto Costarricense de Electricidad contra Agrocaña Sociedad Anónima, expediente número 09000565-1028-CA-6. 3- Se declara firme el presente acuerdo tomado en el inciso B del artículo 6 de la sesión número 6103 de fecha 12 de agosto del año 2014. 4- Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 27 de agosto del 2014.—Lic. Víctor Julio Cerdas Fallas, Apoderado Especial Judicial.—1 vez.—(IN2014054973). INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE PRESIDENCIA EJECUTIVA PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ Resolución 002-2014.—Presidencia Ejecutiva, al ser las siete horas del cinco de junio del año dos mil catorce. Procedimiento de Cobro Administrativo seguido contra el señor Jorge Sánchez Solís. Resultando: 1º—Que el señor Jorge Eduardo Sánchez Solís ingresó a laborar al INA a partir del 16 de julio del 2007, y como resultado de ello firmó un contrato de dedicación exclusiva con la Institución, en el puesto de Formador para el Trabajo 1D, clave N° 2366, bajo la modalidad de nombramiento a plazo fijo. 2º—Que el señor Sánchez Solís laboró para el Ministerio de Educación Pública desde el 1° de febrero de 1998 y hasta la fecha Pág 37 de conocimiento el día 29 de noviembre del 2008, como Profesor de Enseñanza Técnico Profesional titulado 5, en la especialidad de Informática, ocupando una plaza en propiedad. 3º—Que la Auditoría Interna, emitió el informe N° 48-2008 de fecha 02 de diciembre del 2008, en el cual señala un supuesto incumplimiento de deberes atribuible al señor Jorge Sánchez Solís por haber laborado en forma simultánea para el Ministerio de Educación Pública y el Instituto Nacional de Aprendizaje, transgrediendo con ello el contrato de dedicación exclusiva suscrito con la Institución. 4º—Que en virtud de lo anterior, la Presidencia Ejecutiva de la Institución, mediante resolución EA-02-2010 del 23 de julio del 2010, procedió a instaurar el órgano director con el fin de verificar la verdad real de los hechos. 5º—Que el Órgano Director del Procedimiento mediante la resolución de las 10:00 horas del 3 de agosto del 2010, realizó el traslado de cargos al señor Jorge Eduardo Sánchez Solís, indicándole que le adeuda al INA la suma de ¢6.582.015,00, por concepto de haber violentado las disposiciones contenidas en el contrato de dedicación exclusiva firmado el 13 de agosto del 2007, al trabajar con el Ministerio de Educación Pública; además se le cita para audiencia oral y privada el día 14 de octubre del 2010. 6º—Que el señor Sánchez Solís fue notificado por medio de publicación en el Diario Oficial La Gaceta N°161 de fecha 19 de agosto del 2010, La Gaceta N°174 de fecha 7 de setiembre del 2010 y La Gaceta N°175 del 8 de setiembre del 2010. 7º—Que el Órgano Director del Procedimiento mediante resolución de las 9:00 horas del 14 de octubre del 2010, dejó constancia que el señor Sánchez Solís no se presentó a la audiencia en la hora y fecha señaladas en el traslado de cargos, así como tampoco presentó ante el Despacho ninguna justificación que amerite un nuevo señalamiento para la recepción de prueba. 8º—Que mediante certificación PSA-Cert-1084-2010 de fecha 3 de noviembre del 2010, se informó a la Licda. Andrea Brown Campbell como Órgano Directo del Procedimiento, que el funcionario Sánchez Solís renunció a la Institución a partir del 06 de abril del 2010. 9º—Que se han observado los procedimientos y las prescripciones de ley. Considerando: I.—Hechos Probados. 1º—Que el señor Sánchez Solís laboró para el INA del 16 de julio del 2007 al 6 de abril del 2010. (Ver folios 4 y 31 del expediente de cobro administrativo). 2º—Que el señor Sánchez Solís suscribió el contrato de dedicación exclusiva con el INA, el cual rigió por el período que abarca desde el 13 de agosto del 2007 hasta el 06 de abril del 2010. (Ver folios del 06 al 08 y 31 del expediente de cobro administrativo). 3º—Que el señor Sánchez Solís laboró para el MEP desde el 01 de febrero de 1998 a la fecha 29 de noviembre del 2008. (Ver folios 10 al 12 del expediente de cobro administrativo). 4º—El señor Sánchez Solís devengó por el rubro de dedicación exclusiva la suma de ¢6.582.015,00 según oficio PSA-394-2010 de fecha 18 de marzo del 2010. (Ver folios 02 y 03 del expediente de cobro) II.—Hechos no Probados Ninguno de importancia para la resolución de este asunto. III.—Sobre el Fondo del Asunto El señor Jorge Sánchez Solís comenzó a laborar para el Instituto Nacional de Aprendizaje desde el 16 de julio del 2007 y como consecuencia de esta relación suscribió un contrato de dedicación exclusiva; sin embargo durante el período mencionado estuvo laborando para el Ministerio de Educación Pública y para el INA en forma simultánea, motivo por el cual podría estar incumpliendo con lo dispuesto en el contrato de dedicación exclusiva firmado con el INA. Ante tal situación corresponde analizar la aplicación del artículo 13 inciso a) del Decreto Ejecutivo No 23669-H que reza: “El servidor que se acoja al Régimen de Dedicación Exclusiva podrá ejercer excepcionalmente su profesión comprometida en el respectivo contrato, en los siguientes casos: a) Cuando se trate del ejercicio de la docencia en establecimientos de educación superior oficiales o privados, en seminarios, cursos y congresos organizados Pág 38 La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014 e impartidos por estos centros educativos (…)” y artículo 12 inciso a) de la Resolución de la Dirección General de Servicio Civil N° DG-254-2009 que indica: “El servidor que se acoja al Régimen de Dedicación Exclusiva podrá ejercer excepcionalmente su profesión comprometida en el respectivo contrato, en los siguientes casos: a) Cuando se trate del ejercicio de la docencia, en instituciones de nivel universitario, parauniversitario o institutos, públicos o privados, en seminarios, cursos, talleres, congresos o alguna otra actividad similar, organizados e impartidos por estos centros educativos (…)”. Según se desprende de la anterior normativa, no existe un requisito establecido expresamente en el inciso a) ni del Decreto, ni de la Resolución General de Servicio Civil supra indicadas, para el ejercicio de la docencia; por lo que el servidor Jorge Eduardo Sánchez Solís no estaba en la obligación de comunicar ni solicitar permiso por escrito a la Oficina de Recursos Humanos del Instituto Nacional de Aprendizaje para ejercer en el MEP la docencia, aun cuando hubiese suscrito con el INA un contrato de dedicación exclusiva, esto por cuanto su actividad se enmarca dentro de las excepciones dispuestas en el artículo 13 inciso a) del Decreto Ejecutivo N° 23669-H y el artículo 12 inciso a) de la Resolución de la Dirección General de Servicio Civil N° DG-254-2009, en este mismo sentido véase resolución N°12320 del Tribunal de Servicio Civil del 5 de mayo del 2014. Ahora bien, podría seguir existiendo merito a la falta en el tanto hubiese existido una eventual superposición horaria al suponer que el servidor desempeño simultáneamente funciones en el INA y el MEP, rozando eventualmente lo establecido en el artículo 17 de la Ley Contra la Corrupción y Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios Públicos N° 8422; Sin embargo, no se logró acreditar que el servidor Sánchez Solís incurriera en dicha falta, por cuanto no hay prueba suficiente en autos que constante los horarios del señor Sánchez en cada una de las instituciones para las que laboró. Motivo por el cual, al estar acreditado que las acciones del señor Sánchez Solís se ajustaron al régimen de excepciones establecido por el artículo 13 inciso a) del Decreto Ejecutivo N° 23669-H y el artículo 12 inciso a) de la Resolución de la Dirección General de Servicio Civil N° DG-254-2009, ya que ambos artículos lo facultaban para ejercer labores docentes en institutos, públicos o privados, como una de las excepciones en el respectivo contrato de dedicación exclusiva, sin ningún tipo de requisito y al no acreditarse la existencia de una superposición horaria, lo correspondiente es declarar sin responsabilidad alguna sobre los hechos imputados al señor Jorge Sánchez Solís y consecuentemente debe ordenarse el archivo del expediente. Por tanto, I.—La Presidencia Ejecutiva del Instituto Nacional de Aprendizaje, con base en las consideraciones supra citadas, ordena se declare sin responsabilidad alguna al señor Jorge Sánchez Solís, por supuestamente haber violentado las disposiciones contenidas en el contrato de dedicación exclusiva firmado con el INA en fecha 13 de agosto del 2007, al trabajar simultáneamente con el MEP. II.—Se ordena el archivo del expediente. Notifíquese. Lic. Maynor Rodríguez Rodríguez. Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—O. C. N° 23220.—N° Solicitud N° 15439.—(IN2014039074). Resolución-003-2014.—Presidencia Ejecutiva, al ser las ocho horas del cinco de junio del año dos mil catorce.—Procedimiento de Cobro Administrativo seguido contra el señor Juan Elías González Quesada. Resultando: 1º—Que el señor Juan Elías González Quesada ingresó a laboral al INA el 30 de setiembre de 1999, firmando un contrato de dedicación exclusiva con la Institución en fecha 1° de febrero del 2000, en el puesto de Formador para el Trabajo 1D, clave N° 791, bajo la modalidad de nombramiento a plazo fijo. 2º—Que el señor Juan Elías González Quesada laboró para el MEP desde el día 1° de febrero del 2002, a la fecha 29 de noviembre del 2008, como Profesor de Enseñanza Técnico Profesional Titulado 6, en la especialidad de Informática, ocupando plaza en propiedad. 3º—Que la Auditoría Interna, emitió el informe N° 48-2008 de fecha 2 de diciembre del 2008, en el cual señala un supuesto incumplimiento de deberes atribuible al señor Juan Elías González Quesada por haber laborado en forma simultánea para el Ministerio de Educación Pública y el Instituto Nacional de Aprendizaje, transgrediendo con ello el contrato de dedicación exclusiva suscrito con la Institución. 4º—Que mediante oficio AL-203-2010 de fecha 15 de marzo del 2010, se le comunica al señor González Quesada sobre las irregularidades en relación al contrato de dedicación exclusiva que el firmó con el INA y se le comunica el interés de la administración de llevar a cabo un arreglo de pago antes de iniciar el procedimiento administrativo de cobro. 5º—Que la Presidencia Ejecutiva de la Institución, mediante resolución EA-01-2010 de las 13:00 horas del 23 de julio del 2010, procedió a instaurar el órgano director del procedimiento con el fin de verificar la verdad real de los hechos. 6º—Que el Órgano Director del Procedimiento mediante resolución de las 10:00 horas del 03 de agosto del 2010, realizó el traslado de cargos al señor Juan Elías González Quesada, indicándole que le adeuda al INA la suma de ¢14.339.302,50, por concepto de haber violentado las disposiciones contenidas en el contrato de dedicación exclusiva firmado el 1° de febrero del 2000, al trabajar con el Ministerio de Educación Pública; además se le cito a una audiencia oral y privada a celebrarse el 12 de octubre del 2010. 7º—Que el señor González Quesada fue notificado por medio de publicación en el Diario Oficial La Gaceta N°162 de fecha 20 de agosto del 2010, La Gaceta N°174 de fecha 7 de setiembre del 2010 y La Gaceta N°175 del 8 de setiembre del 2010. 8º—Que el Órgano Director del Procedimiento mediante resolución de las 9:00 horas del 12 de octubre del 2010, dejó constancia que el señor González Quesada no se presentó a la audiencia en la hora y fecha señaladas en el traslado de cargos, así como tampoco presentó ante el Despacho ninguna justificación que amerite un nuevo señalamiento para la recepción de prueba. 9º—Que mediante certificación PSA-CERT-1085-2010 de fecha 3 de noviembre del 2010, se informó a la Lic. Andrea Brown Campbell como Órgano Directo del Procedimiento, que el funcionario González Quesada renunció a la Institución a partir del 30 de abril del 2009. 10.—Que se han observado los procedimientos y las prescripciones de ley. Considerando: I.—Hechos Probados. 1º—El señor González Quesada laboró para el INA del 03 de agosto de 1999 al 30 de abril del 2009. (Ver folio 34 del expediente de cobro administrativo). 2º—El señor González Quesada laboró para el MEP desde el 01 de febrero del 2002 hasta el 29 de noviembre del 2008 (ver folios 10 al 13 del expediente de cobro administrativo). 3º—El señor González Quesada suscribió el contrato de dedicación exclusiva con el INA, el cual rigió por el período que abarca del 1° de febrero del 2000 hasta el 30 de abril del 2009. (ver folios 06 al 09 del expediente de cobro administrativo). 4º—El señor González Quesada devengó por el rubro de dedicación exclusiva la suma de ٕ¢14.399.302,50 según oficio PSA203-2010 de fecha 19 de febrero del 2010, (ver folios 02 y 03 del expediente de cobro administrativo). II.—Hechos No Probados Ninguno de importancia para la resolución de este asunto. III.—Sobre el Fondo del Asunto El señor Juan Elías González Quesada comenzó a laborar para el Instituto Nacional de Aprendizaje desde el 3 de agosto de 1999 y como consecuencia de esta relación suscribió un contrato de dedicación exclusiva; Sin embargo durante el período mencionado estuvo laborando para el Ministerio de Educación Pública y para el INA en forma simultánea, motivo por el cual podría estar incumpliendo con lo dispuesto en el contrato de dedicación exclusiva firmado con el INA. Ante tal situación corresponde analizar la aplicación del artículo 13 inciso a) del Decreto Ejecutivo N° 23669-H que reza: “El servidor que se acoja al Régimen de Dedicación Exclusiva podrá ejercer excepcionalmente su profesión comprometida en el respectivo contrato, en los siguientes casos: a) Cuando se trate del ejercicio de la docencia en establecimientos de educación superior oficiales o privados, en seminarios, cursos y congresos organizados La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014 e impartidos por estos centros educativos (…)” y artículo 12 inciso a) de la Resolución de la Dirección General de Servicio Civil N° DG-254-2009 que indica: “El servidor que se acoja al Régimen de Dedicación Exclusiva podrá ejercer excepcionalmente su profesión comprometida en el respectivo contrato, en los siguientes casos: a) Cuando se trate del ejercicio de la docencia, en instituciones de nivel universitario, parauniversitario o institutos, públicos o privados, en seminarios, cursos, talleres, congresos o alguna otra actividad similar, organizados e impartidos por estos centros educativos (…)”. Según se desprende de la anterior normativa, no existe un requisito establecido expresamente en el inciso a) ni del Decreto, ni de la Resolución General de Servicio Civil supra indicadas, para el ejercicio de la docencia; por lo que el servidor González Quesada no estaba en la obligación de comunicar ni solicitar permiso por escrito a la Oficina de Recursos Humanos del Instituto Nacional de Aprendizaje para ejercer en el MEP la docencia, aun cuando hubiese suscrito con el INA un contrato de dedicación exclusiva, esto por cuanto su actividad se enmarca dentro de las excepciones dispuestas en el artículo 13 inciso a) del Decreto Ejecutivo N° 23669-H y el artículo 12 inciso a) de la Resolución de la Dirección General de Servicio Civil N° DG-254-2009, en este mismo sentido véase resolución N°12320 del Tribunal de Servicio Civil del 5 de mayo del 2014. Ahora bien, podría seguir existiendo merito a la falta en el tanto hubiese existido una eventual superposición horaria al suponer que el servidor desempeño simultáneamente funciones en el INA y el MEP, rozando eventualmente lo establecido en el artículo 17 de la Ley Contra la Corrupción y Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios Públicos N° 8422; Sin embargo, no se logró acreditar que el servidor González Quesada incurriera en dicha falta, por cuanto no hay prueba suficiente en autos que constante los horarios del señor González Quesada en cada una de las instituciones para las que laboró. Motivo por el cual, al estar acreditado que las acciones del señor González Quesada se ajustaron al régimen de excepciones establecido por el artículo 13 inciso a) del Decreto Ejecutivo N° 23669-H y el artículo 12 inciso a) de la Resolución de la Dirección General de Servicio Civil N° DG-254-2009, ya que ambos artículos lo facultaban para ejercer labores docentes en institutos, públicos o privados, como una de las excepciones en el respectivo contrato de dedicación exclusiva, sin ningún tipo de requisito y al no acreditarse la existencia de una superposición horaria, lo correspondiente es declarar sin responsabilidad alguna sobre los hechos imputados al señor Juan Elías González Quesada y consecuentemente debe ordenarse el archivo del expediente. Por tanto, I.—La Presidencia Ejecutiva del Instituto Nacional de Aprendizaje, con base en las consideraciones supra citadas, ordena se declare sin responsabilidad alguna al señor Juan Elías González Quesada, por supuestamente haber violentado las disposiciones contenidas en el contrato de dedicación exclusiva firmado con el INA en fecha 13 de agosto del 2007, al trabajar simultáneamente con el MEP. II.—Se ordena el archivo del expediente. Notifíquese. Lic. Maynor Rodríguez Rodríguez. Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—O. C. N° 23220.—N° Solicitud N° 15440.—(IN2014039076). PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA EDICTOS PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ A: Ana Yarenis Mesén Jiménez se le comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Grecia de las nueve horas del trece de agosto del año en curso, en la que se resuelve: 1) Brindar orientación, apoyo y seguimiento a través del área social al progenitor señor Dagoberto Jiménez Morales, intervención que va dirigida a orientar, fortalecer y apoyar técnicamente, mediante plan de intervención que deberá elaborar dicha área. 2) Se le ordena al señor Dagoberto Jiménez Morales someterse a tratamiento especializado por parte del IAFA, para su problema de adicción al alcohol. Así como la asistencia al programa de alcohólicos anónimos. Debe presentar a esta institución comprobantes de su asistencia. 4) Se le ordena al señor Dagoberto Jiménez Morales, abstenerse de inmediato de realizar Pág 39 cualquier acción, omisión, manifestación o hechos que tiendan a violentarle los derechos de su hija menor de edad Danna Yareli Jiménez Mesén, de situaciones que arriesguen o dañen la integridad física o psicológica de la persona menor de edad, en especial se le ordena el cese de cualquier conducta negligente en el cuidado de su hija. En contra de lo ordenado se podrá interponer recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la institución; se podrá interponer dentro de las 48 horas siguientes a su notificación. Se le previene que debe señalar un lugar, casa u oficina donde recibir notificaciones futuras, así como señalar un medio electrónico del tipo facsímil y en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico fuere defectuoso, estuviere desconectado las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Exp.: 245-00075-2013. Oficina Local de Grecia.—Grecia, 18 de agosto del 2014.—Lic. Carmen Lidia Durán Víquez, Representante Legal.—O. C. N° 26800.—Solicitud N° 14000072.—C-26040.—(IN2014055138). AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS INTENDENCIA DE TRANSPORTE 108-RIT-2014.—San José, a las 15:00 horas del 5 de setiembre de 2014. Conoce el Intendente de Transporte la solicitud de ajuste tarifario presentado por la empresa Autotransportes Barrio San José Ltda., en su condición de concesionaria del servicio de transporte público remunerado de personas en la modalidad autobús para la ruta 220. Expediente ET-071-2014. Resultando: I.—Que la empresa Autotransportes Barrio San José Ltda., cuenta con el respectivo título que la habilita para prestar el servicio público de transporte remunerado de personas, modalidad autobús, como concesionaria en la ruta 220 descrita como: Alajuela-Barrio San José y viceversa, según contrato de concesión refrendado por esta Autoridad Reguladora mediante resolución N° RRG-79292008 del 12 de febrero de 2008 (folios 17 al 37). II.—Que mediante resolución N° 140-RIT-2013, dictada el10 de octubre de 2013 por la Intendencia de Transporte y publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 199 del 16 de octubre de 2013, se fijó la tarifa vigente para el servicio de la ruta 220. III.—Que el 16 de mayo de 2014, la empresa Autotransportes Barrio San José Ltda., presentó ante la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (en adelante Aresep), solicitud de incremento de un 20,28% sobre la tarifa vigente de la ruta 220 (folios 1 al 59). IV.—Que mediante oficio 436-IT-2014 / 13515 del 21 de mayo de 2014, la Intendencia de Transporte solicitó al petente información necesaria para el análisis de su solicitud (folios 89 al 91). V.—Que mediante nota recibida en Aresep el 10 de junio de 2014, Autotransportes Barrio San José Ltda., presentó parte de la información solicitada (folios 61 al 88). VI.—Que mediante oficio 526-IT-2014 / 70757 del 19 de junio de 2014, la Intendencia de Transporte notificó prevención para mejor resolver el análisis de la solicitud tarifaria (folio 110), lo cual fue cumplido por la empresa mediante nota de 25 de junio de 2014 (folios 93 al 109). VII.—Que mediante oficio N° 566-IT-2014 / 71718 del 2 de julio de 2014, la Intendencia de Transporte otorgó la admisibilidad a la solicitud tarifaria (folio 112). VIII.—Que la convocatoria a la audiencia pública se publicó en los diarios La Teja y La Extra del 15 de julio de 2014 (folio 119) y en el Diario Oficial La Gaceta N° 135 del 15 de julio de 2014 (folio 120). IX.—Que la audiencia pública se realizó a las 18 horas (06:00 p. m.) del 6 de agosto de 2014 en el Polideportivo Víctor Hugo Alfaro, ubicado 25 metros oeste de la Princesa Marina, Barrio San José, Alajuela. X.—Que según el informe de oposiciones y coadyuvancias, oficio 2306-DGAU-2014/ 075999, del 12 de agosto del 2014, de la Dirección General de Atención al Usuario; tanto en la audiencia pública arriba indicada, como por escrito, se manifestaron las siguientes personas: La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014 Pág 40 1. Gladys Herrera Hernández, cédula de identidad N° 2-233476. Observaciones: Hace uso de la palabra en la audiencia pública. • Tarifa propuesta muy alta no relacionada con la distancia de la ruta. • Mala calidad del servicio: no se cumple con los horarios establecidos, buses viejos y sucios no se compensa con los nuevos recientes, cuesta subirse, mal trato de choferes, sobre todo al adulto mayor. 2. Asociación La Estancia de los Años Dorados, representada por Leonor Arias Ramírez, cédula de identidad N° 2-269283. Observaciones: No hacen uso de la palabra en la audiencia pública. Presentan documento de coadyuvancia (folios 130132) y certificación de personería jurídica. Teléfono: 86656903. • Manifiestan su satisfacción con respecto al servicio que les brinda la empresa en esta ruta. XI.—Que las oposiciones constan en el acta N° 100-2014, que corre agregada al expediente. XII.—Que en cumplimiento de los acuerdos 001-007-2011 y 008-083-2012 de la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, se indica que en el expediente consta en formato digital y documental la información que sustenta esta resolución. XIII.—Que la referida solicitud fue analizada por la actual Intendencia de Transporte produciéndose el informe con oficio 798IT-2014 / 77331, del 25 de agosto de 2014, que corre agregado al expediente. XIV.—Que en los procedimientos se han observado los plazos y las prescripciones de ley. Considerando: I.—Que del oficio 798-IT-2014 / 77331, del 25 de agosto de 2014, que sirve de sustento a la presente resolución, conviene extraer lo siguiente: “(…) B. ANÁLISIS TARIFARIO DE LA PETICIÓN 1. Variables operativas VARIABLES Demanda Neta Distancia (Km/ carrera) Carreras Flota 224.901 223.908 Dif. absoluta 993 9,06 13,60 - 4,54 -33,38% 4.348,00 4.348,00 0 0,00% ARESEP EMPRESA Dif. % 0,44% 12 12 0 0,00% Tipo de cambio 543,95 555,20 - 11,25 -2,03% Precio combustible 667,00 631,00 36,00 5,71% - 0,01% -0,06% 0 57.185.600 1.158.750 0,00% Tasa de rentabilidad 16,67% 16,68% Valor del Bus $ 103.000 103.000 Valor del Bus ¢ 56.026.850 Edad promedio de flota (años) 7,92 7,92 0 -2,00% 0,00% 1.1 Volúmenes de pasajeros movilizados (demanda). De acuerdo con la metodología actual, el volumen de pasajeros que se utiliza en el cálculo tarifario corresponde a datos históricos que provienen de las siguientes fuentes: • El valor reportado por el operador del servicio en la solicitud tarifaria. • El valor reportado por el operador del servicio en las estadísticas operativas de los últimos 12 meses, el cual debe presentar de forma trimestral ante la ARESEP, según lo establecido en la resolución 8148-RRG-2008 de las 15:30 horas del 31 de marzo de 2008. • El valor reconocido en el último estudio tarifario de la ruta (en caso de que exista). En nuestro caso, existe un estudio de ajuste tarifario individual para esta empresa según resolución 035-RIT-2013 del 25 de febrero del 2013, por lo tanto se revisa el historial de este estudio y de las estadísticas de demanda de los últimos 12 meses. Así, la demanda del ajuste tarifario anterior fue de 218.500 pasajeros mensuales, mientras que en los últimos 12 meses (abril 2013-marzo 2014) se reportan 224.901 pasajeros mensuales y la empresa presenta en su estudio tarifario un total de 223.908 pasajeros. En consecuencia en el presente estudio se usará una demanda promedio mensual de 224.901 pasajeros por mes, por ser el dato mayor. En el siguiente gráfico se presenta el comportamiento de la demanda para la ruta 220 desde octubre 2005 a marzo de 2014: Demanda ruta 220: Alajuela-BºSan José Demanda ruta 220: Alajuela-BºSan José 250.000 250.000 200.000 200.000 150.000 150.000 100.000 100.000 50.000 50.000 -- Nota: De trestres Nota: De octubre octubre 2005 2005 aa setiembre setiembre2008 2008lalademanda demandasesepresentaba presentabaseparada separadaen en recorridos. AA partir recorridos. partir de deoctubre octubre2008 2008lalademanda demandasesepresenta presentaconsolidada. consolidada. 1.2 Flota. La empresa corre el modelo tarifario con 12 autobuses como flota autorizada, según el acuerdo del Consejo de Transporte Público (CTP) en artículo 6.9 de la sesión ordinaria 192014 del 13 de marzo de 2014 (folios 11-15). El detalle es el siguiente: Placa AB AB AB AB AB AB AB AB AB AB AB AB 5015 5568 5103 3426 3427 3428 3429 4878 4879 6395 6396 6397 Capacidad MOPT 45 46 45 50 50 52 50 52 51 53 53 53 Modelo 2000 2000 2001 2003 2003 2003 2003 2009 2009 2014 2014 2014 De acuerdo con información del Registro Nacional de la Propiedad (RNP), todas las unidades están a nombre de Autotransportes Barrio San José Ltda. Por su parte, en consulta realizada a Riteve, se determinó que todas unidades están al día con la revisión técnica y en condiciones favorables. 1.3 Carreras. Para el análisis de las carreras se toma en cuenta el siguiente criterio: a) Si la empresa reporta menos carreras que las autorizadas, se consideran solo las reportadas. b) Si la empresa reporta más carreras que las autorizadas, se consideran solo las autorizadas. La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014 El cálculo basado en los horarios establecidos en el contrato de concesión, según el acuerdo 30 de la sesión 2897 de 2 de marzo de 1994, de la Comisión Tránsito de Transportes (folios 2223), arroja un promedio mensual de 4.352,47 carreras mensuales. Por su parte, la empresa utiliza para la corrida del modelo 4.348 carreras / mes, basado en sus estadísticas de enero-diciembre del 2013. Según nuestro registro estadístico de abril 2013 a marzo 2014, el promedio mensual de carreras realizadas fue de 4.348. De acuerdo con el criterio expuesto arriba, aplicado por ramal/ruta, en el presente estudio se usará el dato de 4.348 carreras promedio mensuales. 1.4 Distancia. Las distancias se calculan con base en datos obtenidos por los técnicos de la Intendencia de Transporte, según Acta de Inspección del 6 de noviembre de 2009, que consta en el expediente tarifario (folios 82 al 86). Como no se cuenta con horarios detallados por recorrido, se considera una distancia promedio simple entre los tres recorridos (Alajuela-Calle Flores, Alajuela-Santa Rita, Alajuela-Santa Lucía), con lo cual se obtiene una distancia promedio por carrera de 9,06 km, distancia que se utiliza en este estudio. La empresa usa 13,60 km por carrera indicando que esta distancia fue establecida por la Aresep, lo cual no es correcto. 1.5 Rentabilidad. La tasa de rentabilidad que se utilizó para la corrida del modelo es de 16,67% según dato de los indicadores económicos del Banco Central, el dato que utilizó la empresa en su solicitud tarifaria es de 16,68%. 1.6 Tipo de cambio. Dicha variable se ajustó al valor vigente al día de la audiencia: ¢543,95 /$1, según fuente del Banco Central de Costa Rica. La empresa utilizó en su petición tarifaria un tipo de cambio de ¢555,20/$1. 1.7 Precio combustible. El precio del combustible diésel se ajustó al valor vigente al día de la audiencia: ¢667 por litro (según resolución publicada en La Gaceta N° 146 del 31 de julio 2014). La empresa utilizó en su petición tarifaria el precio de ¢631 por litro. 1.8 Valor del autobús. Se determinó que el valor de bus a reconocer en esta ruta con base en las distancias por carrera, es el correspondiente a un bus urbano. La composición de la flota en operación es de un 100% de los autobuses con rampa para personas con movilidad disminuida, por lo que el valor de la flota para el presente estudio es de $103.0001 que al tipo de cambio de ¢543,95 por dólar prevaleciente el día de la audiencia, resulta en un valor del autobús de ¢56.026.850. 1.9 Edad promedio de la flota. La edad promedio de la flota es de 7,92 años. 2. Análisis del modelo estructura general de costos. El resultado de correr el modelo tarifario de estructura general de costos implica un aumento en la tarifa de un 7,12%. 2.1 Recomendación técnica sobre el análisis tarifario. Se recomienda aplicar un ajuste del 7,12% en las tarifas de la ruta 220, de acuerdo con la aplicación del modelo estructura general de costos. 1 Resolución 008-RIT-2014 del 5 de febrero de 2014, publicada en La Gaceta N° 36 del 20 de febrero de 2014). Pág 41 C. EVALUACIÓN DE LA CALIDAD DE SERVICIO. En consulta con la base de datos de la empresa RITEVE S y C S. A. (22 de octubre de 2007, Decreto Ejecutivo N° 30184MOPT) y en comparación con la información suministrada por la empresa, sobre el estado mecánico de las unidades con que se brinda el servicio, se determinó que todas las unidades que componen la flota de la ruta 220, presentan la revisión técnica al día y en condiciones favorables. (…)” II.—Que de la misma manera, del oficio 798-IT-2014 / 77331, del 25 de agosto de 2014, que sirve de fundamento a la presente resolución, en relación con las manifestaciones exteriorizadas por los usuarios del servicio, resumidas en el resultando X de esta resolución y con el fin de orientar tanto a los usuarios como a los operadores del servicio, se indica lo siguiente: A. Posiciones relacionadas con aspectos tarifarios y técnicos de la aplicación del modelo econométrico: • Sobre las diferencias tarifarias entre empresas con distancias similares: Gladys Herrera ve muy cara la tarifa al relacionarla con el kilometraje recorrido. El modelo de econométrico en el cual se basa el cálculo tarifario, si bien contiene costos y rendimientos estandarizados, también toma en cuenta parámetros particulares o propios de cada operador, como son las carreras, la distancia y la demanda. Estas últimas pueden marcar la diferencia cuando se hacen comparaciones entre empresas de una misma zona. B. Posiciones no relacionadas con aspectos tarifarios y técnicos de la aplicación del modelo econométrico: • Sobre el papel de ARESEP de velar por los usuarios tomando en cuenta su situación socioeconómica y no permitiendo aumentos desproporcionados: La Ley le ha otorgado a la ARESEP la responsabilidad de procurar el equilibrio entre las necesidades de los usuarios y los intereses de los prestadores de los servicios públicos, también se le ha impuesto la obligación de no permitir fijaciones que atenten contra el equilibrio financiero de las entidades prestadoras de dichos servicios, con el objetivo de asegurar la continuidad del servicio. La ARESEP debe brindar protección en función de principios generales como el servicio al costo, que determina la forma de fijar las tarifas y los precios de los servicios públicos, de manera que se contemplen únicamente los costos necesarios para prestarlos. En todos los casos, como en el presente estudio, la hoja de cálculo que corre en el expediente presenta los datos y cálculos utilizados para el ajuste tarifario de conformidad con la metodología vigente, por lo que la tarifa resultante es reflejo de un equilibrio en la prestación óptima y al costo de dicho servicio. • Con respecto a aspectos de calidad del servicio relacionados con mal trato al usuario, al adulto mayor; incumplimiento de horarios; mal estado físico y mecánico de unidades: En cuanto a la definición de los términos y condiciones de las concesiones y permisos, en aspectos tales como: establecimiento de horarios y paradas, flota con que se debe prestar el servicio y establecimiento y cambio del recorrido de rutas, de conformidad con lo establecido en las Leyes N° 3503, N° 7593 y N° 7969, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) es el órgano competente para conocer de tales asuntos, a quien se trasladarán para que resuelva como corresponde. En relación con los otros aspectos sobre la calidad del servicio y comportamiento de los choferes, esta Intendencia ordenará el traslado de los señalamientos a la Dirección General de Atención al Usuario de la ARESEP para su debida atención. También se le solicitará una explicación al operador en la parte resolutiva del presente estudio. III.—Que de conformidad con los resultandos y considerandos que preceden y de acuerdo con el mérito de los autos, lo procedente es ajustar la tarifa de la ruta 220 en un 7,12%, tal y como se dispone. Por tanto, Con fundamento en las facultades conferidas en la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Ley N° 7593) y sus reformas, en el Decreto Ejecutivo N° 29732-MP Reglamento a la Ley La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014 Pág 42 N° 7593, en la Ley General de la Administración Pública, (Ley N° 6227) y el Reglamento Interno de Organización y Funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y Órganos Desconcentrados (RIOF). EL INTENDENTE DE TRANSPORTE, RESUELVE: I.—Acoger el informe 798-IT-2014 / 77331, del 25 de agosto de 2014 y fijar un incremento del 7,12% sobre la tarifa vigente de la ruta 220 descrita como: Alajuela-Barrio San José, tal como sigue: Ruta Descripción 220 Alajuela-Barrio San José Alajuela-Barrio San José Tarifas (colones) Regular Adulto mayor 225 0 II.—Indicar a Autotransportes Barrio San José Ltda., que debe, en un plazo máximo de veinte días hábiles, dar respuesta a cada uno de los opositores que participaron en el proceso de audiencia pública, cuyos lugares o medios para notificación consten en la presente resolución, con copia al expediente ET-071-2014 y al CTP, acerca de todos aquellos argumentos que ellos expusieron, relacionados con el incumplimiento de los términos a que les obliga su condición de concesionaria y otros asuntos tratados en la audiencia relacionados con su empresa. III.—Las tarifas fijadas rigen a partir del día natural siguiente a su publicación en el Diario La Gaceta. En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245, en concordancia con el artículo 345 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra esta resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación y el extraordinario de revisión. El de revocatoria podrá interponerse ante esta Intendencia de Transporte, a quien corresponde resolverlo; el de apelación y el de revisión, podrán interponerse ante la Junta Directiva, a la que corresponde resolverlos. De conformidad con el artículo 346 de la Ley General de la Administración Pública, los recursos de revocatoria y de apelación deberán interponerse en el plazo de tres días hábiles contado a partir del día hábil siguiente al de la notificación y, el extraordinario de revisión, dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de dicha ley. Publíquese y notifíquese.—Enrique Muñoz Aguilar, Intendente de Transporte.—1 vez.—O. C. N° 7851-2014.—Solicitud N° 19599.—(IN2014058231). CONSULTA PÚBLICA CONVOCA A: Se invita a los ciudadanos a presentar sus oposiciones o coadyuvancias a la propuesta de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos de ajuste extraordinario por la aplicación de la “Metodología para el Ajuste Extraordinario de las Tarifas del Servicio de Electricidad, Producto de Variaciones en el Costo de los Combustibles (CVC) utilizados en la generación térmica para consumo nacional” para el servicio de generación del ICE y el servicios de distribución, según se detalla. Ajustar las tarifas de los servicios de generación y distribución de electricidad sobre las tarifas fijadas para el IV trimestre del 2014, el cual da como resultado un ajuste promedio de: EMPRESA AJUSTE ICE GENERACIÓN DISTRIBUCIÓN ICE CNFL S. A. JASEC ESPH S. A. COOPELESCA R.L. COOPEGUANACASTE R.L COOPESANTOS R.L -10,73 COOPEALFARO RUIZ R.L. -6,24 -6,52 -6,97 -5,50 -6,51 -2,07 -6,34 -5,97 Los cargos trimestrales que regirán en el IV trimestre del 2014 serán los siguientes: EMPRESA ICE GENERACIÓN: T-CB, Ventas al ICE distribución y a la CNFL S. A. T-SD, Ventas al servicio distribución. T-UD, Ventas a usuarios directos. ICE – DISTRIBUCIÓN: CNFL, S.A. JASEC ESPH S. A. COOPELESCA R.L. COOPEGUANACASTE R.L. COOPESANTOS R.L. COOPEALFARO RUIZ R.L. CARGO 38,18% 38,18% 8,62% 20,00% 19,65% 19,04% 19,79% 4,84% 13,55% 8,18% 15,55% El plazo máximo para presentar sus oposiciones o coadyuvancias vence el 19 de setiembre de 2014 a las dieciséis horas (4 p.m.). Las oposiciones o coadyuvancias se pueden presentar: ►en las oficinas de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, ubicadas en el Edificio Turrubares del Oficentro Multipark, Guachipelín de Escazú, San José, ►o al fax 2215-6002, ►o por medio del correo electrónico(1): [email protected] Las oposiciones o coadyuvancias deben estar sustentadas con las razones de hecho y derecho, debidamente firmadas y consignar el lugar exacto, correo electrónico o el número de fax, para efectos de notificación por parte de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. En el caso de que la oposición o coadyuvancia sea interpuesta por persona física, esta deberá aportar fotocopia de su cédula; y si es interpuesta por personas jurídicas, deberán aportar además certificación de personería vigente. Se hace saber a los interesados que esta consulta pública se realiza conforme a las resoluciones RRG-7205-2007, RJD-017-2012 y RJD-128-2012 de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. Se informa que la propuesta se tramita en el expediente ET125-2014, y se puede consultar en las instalaciones de la ARESEP y en la siguiente dirección electrónica: www.aresep.go.cr (Audiencias y Consultas Públicas/ Expedientes de Próximas Audiencias). (1) En el caso de que la oposición o coadyuvancia sea enviada por medio de correo electrónico, ésta debe de estar suscrita mediante firma digital, o en su defecto, el documento con la firma debe de ser escaneado y cumplir con todos los requisitos arriba señalados. Dirección General de Atención al Usuario.—Marta Monge Marín, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 7851-2014.—Solicitud Nº 19581.—C-53400.—(IN2014058346). AUTOBUSES TRANSPORTES SUSPENDE AUDIENCIA PÚBLICA La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos comunica que por acuerdo 03-52-2014 de la sesión extraordinaria 52-2014 de la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos se dispone suspender la audiencia pública para conocer la propuesta de oficio de “Modelo para la fijación tarifaria para el servicio de transporte remunerado de personas, modalidad autobús”, la cual fue publicada el día 14 de agosto del 2014 en el Alcance 42 de La Gaceta Nº 156 y el día 25 de agosto del mismo año en los periódicos La Extra y en La Nación. Se informa, por lo indicado, que no se va a realizar la audiencia pública arriba citada y programada para las 17 horas 15 minutos del 17 de setiembre del 2014 en la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, en los Tribunales de Justicia de los centros de: Cartago, Ciudad Quesada, Heredia, Liberia, Limón, Pérez Zeledón y Puntarenas, y en el Salón Parroquial de Bribrí, Limón. Dirección General de Atención al Usuario.—Marta Monge Marín.—1 vez.—O. C. N° 7851-2014.—Solicitud N° 19646.—C19980.—(IN2014058585). La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014 JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL INSTITUCIÓN BENEMÉRITA AVISO Con fundamento en el Decreto Ejecutivo N° 21384-S en su artículo 15, Reglamento para la Administración de los Cementerios de la Junta de Protección Social de San José, publicado en La Gaceta N° 143 del 28 de julio de 1992, así como oficio AJ-534 de la Lic. Mercia Estrada Zúñiga, abogada, Asesoría Jurídica con fecha 2 de junio del 2014 y la Declaración Jurada rendida ante el Notario Público Lic. Sergio José Solano Montenegro, la Gerencia General, representada por el Lic. Milton Vargas Mora, cédula N° 1-0544-0499, mayor, casado, vecino de San José, autoriza acogiendo el criterio legal, el traspaso del derecho de arriendo del Cementerio General, mausoleo 2, cuadro Soledad, lado norte, línea cuarta, inscrito al tomo 6, folio 247 a la señora Ana Victoria Solera Hernández, cédula N° 1-0372-0109. Si en el plazo de quince días a partir de la publicación del aviso, no hay oposición, se autoriza a la Administración de Camposantos, para que comunique a la interesada lo resuelto. San José, 9 de julio del 2014.—Administrador Camposantos.— Lic. Freddy Ramos Corea, Jefe.—1 vez.—(IN2014056119). AVISOS INSTITUTO DE NORMAS TÉCNICAS DE COSTA RICA Somete a consulta pública los siguientes proyectos de norma: - PN INTE/ISO 128-24:2014 “Dibujo técnico -Principios generales de presentación -Parte 24: líneas en dibujos de ingeniería mecánica” (Correspondencia: ISO 128-24:2014). - PN INTE/ISO 2162-1:2014 “Documentación técnica de productos -Resortes-Parte 1: Representación simplificada” (Correspondencia: ISO 2162-1:1993). - PN INTE/ISO 2162-2:2014 “Documentación técnica de productos -Resortes- Parte 2: Presentación de los datos técnicos de los resortes cilíndricos de compresión” (Correspondencia: ISO 2162-2:1993). Se recibirán observaciones hasta el 25 de octubre del 2014. - PN INTE 06-09-04:2014 “Métodos de ensayo y definiciones para ensayos mecánicos de productos de acero” (Correspondencia: ASTM A A370-14). Se recibirán observaciones hasta el 26 de octubre del 2014. - PN INTE 16-13-06:2014 “Instalación subterránea de tubería de fibra de vidrio (resina termoestable reforzada con fibra de vidrio)” (Correspondencia: ASTM D3839-1408). Se recibirán observaciones hasta el 27 de octubre del 2014. - PN INTE 06-02-47:2014 “Guía estándar para el aseguramiento de la calidad en los morteros” (Correspondencia: ASTM C1586-05). Se recibirán observaciones hasta el 28 de octubre del 2014. Pág 43 La Municipalidad de Vázquez de Coronado, dará 30 días naturales de plazo, a partir de la fecha de la presente publicación, para aquellas personas que vencido este plazo, la oficina de Cementerio procederá al desalojo de aquellas bóvedas que continúen con irregularidades de pago. Nota: si ya canceló ignore esta publicación. Oficina del Cementerio Morosos con más de cuatro trimestres UBICACIÓN ARRENDATARIO 1-02-02-24 1-02-03-24 1-02-09-04 1-03-07-15 1-03-09-12 1-04-07-28 1-04-09-22 1-04-11-31 1-05-01-11 1-05-05-21 1-05-08-01 1-05-13-14 1-05-15-25 1-06-02-09 1-06-04-06 Ducoudray González Francis Winiker Chinchilla Víctor Soto Delgado Vidal Chaverri Madrigal Hugo Zúñiga Guillén Rosamilo y otros Mejía Camacho Socorro Leandro Mena José Joaquín y otro Sánchez Ocampo Juan Isidro Rojas Díaz Ana María Ortiz Ramírez Orlando y otro Murphy Aars Pauline Carvajal Jiménez Alexander y otro Marín Brenes Carmen Vega Guzmán Pedro Francisco Martínez Peña Víctor Manuel Saneamiento Ambiental.—Gilbert Encargado.—1 vez.—(IN2014056167). Benítez Rodríguez, MUNICIPALIDAD DE NARANJO Acuerdo SO-30-303-2014. El Concejo Municipal basado en el dictamen de la Comisión de Hacienda y Presupuesto N° 10-2014 con fecha del 23 de julio del 2014, acuerda aprobar el incremento en las Tasas de Aseo de Vías, por un porcentaje de incremento del servicio en un 13% y el Mantenimiento de Parques en un porcentaje de 54% Tasas de aseo de vías Valor ajustado por metro lineal ¢328,83 Porcentaje Incremento en colones ¢37,83 13% Mantenimiento de parques Valor ajustado por metro lineal ¢16,90 Porcentaje Incremento en colones ¢5,90 54% Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Acuerdo definitivamente aprobado por unanimidad, de la sesión ordinaria N° 30 del 28 de julio del 2014. Para mayor información, comuníquese con la Dirección de Normalización con la Ing. Francesca Rappaccioli Salinas al teléfono 2283-4522 o al correo [email protected] Concejo Municipal.—Lic. Gabriela López Vargas, Secretaria Interina.—Lic. Olga Marta Corrales Sánchez, Alcadesa.—1 vez.— (IN2014056153). Mauricio Céspedes Mirabelli, Director Ejecutivo.—1 vez.— (IN2014056184). MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS RÉGIMEN MUNICIPAL MUNICIPALIDAD DE VÁZQUEZ DE CORONADO Se hace saber a los arrendatarios de bóvedas en el Cementerio del Cantón de Coronado, que según el artículo 48, incisos a) y b), del Reglamento de Cementerio del mismo cantón; aquellas personas que cuenten con más de un año de no cancelar los servicios que se prestan en el cementerio, o las bóvedas que se encuentren en abandono por un periodo superior a los tres años, la Municipalidad dará por anulado el derecho respectivo. CONVOCATORIA A AUDIENCIA PÚBLICA Alejandra Bustamante Segura, cédula N° 2-526-828, Licenciada en Derecho, Secretaria del Concejo Municipal, certifica: Que el Concejo Municipal de San Carlos en su sesión ordinaria celebrada el lunes 8 de setiembre del 2014, en el salón de sesiones de esta Municipalidad, mediante artículo Nº 12, inciso 17, acta Nº 54, acordó: Convocar a audiencia pública el miércoles 8 de octubre del 2014, en el salón de Sesiones de la Municipalidad de San Carlos ubicado en Calle Central, Avenida 2, Ciudad Quesada, a partir de las 14:00 horas, para exponer la tarifa del servicio de recolección de desechos sólidos. Votación Unánime. Acuerdo definitivamente aprobado. Pág 44 La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014 Se extiende la presente certificación en Ciudad Quesada, a solicitud del Departamento de Servicios Públicos de la Municipalidad de San Carlos, al ser las ocho horas con quince minutos del miércoles diez de setiembre del dos mil catorce. Lic. Alejandra Bustamante Segura, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—(IN2014058497). MUNICIPALIDAD DE CARTAGO PROHIBICIÓN DE COMERCIALIZACION DE BEBIDAS ALCOHOLICAS PARA EL DIA 15 DE SETIEMBRE DEL 2014 La Municipalidad de Cartago avisa que el Concejo Municipal de Cartago en la sesión del día 09 de setiembre del 2014, acta N°327-14, artículo Nº21 acordó aprobar la: PROHIBICIÓN DE COMERCIALIZACION DE BEBIDAS ALCOHOLICAS PARA EL DIA 15 DE SETIEMBRE DEL 2014. Considerando: Que durante el mes de setiembre de cada año, se celebra la Independencia de Nuestra Patria. Que Cartago es la Cuna de la Independencia de Costa Rica. Que con motivo de ese magno acontecimiento, la Municipalidad de Cartago programa una serie de actividades culturales y artísticas, para propiciar la participación activa de la niñez y la juventud del cantón, con el objeto de que los más solemnes valores patrióticos permeen en ellos, formen parte de su identidad a lo largo de su vida y, de ahí, se asegure su legado a las futuras generaciones. Que esas involucran la asistencia de distintos grupos etarios, desde párvulos hasta la tercera edad. Que dentro de las actividades que se programan, se incluye para el 15 de Septiembre, el tradicional desfile de centros educativos públicos y privados del cantón por las principales vías de la ciudad, así como un concierto de música popular en Plaza Mayor; actividades que se realizarán de la avenidas seis a la primera, entre calle 15 hasta la calle 10. Que desde el nivel supra y constitucional se reconoce el especial deber tutelar efectivo de los menores por parte del Estado incluyendo en ese concepto, evidentemente, a las municipalidades (entre otros artículo 2 de la Convención sobre los Derechos del Niño N° 7184 y artículo 51 de la Carta Fundamental). Que el 8 de agosto del 2012, entró en vigencia la Ley N° 9047, que tiene por objeto la regulación y comercialización de bebidas con contenido alcohólico, así como la prevención del consumo abusivo de tales productos. Que el artículo 13 de esa ley, establece la edad de 18 años cumplidos como mínima para el consumo legal de bebidas con contenido alcohólico. Que el artículo 16 de la misma ley, dispone la imposición de una sanción de una multa de entre uno y quince salarios base, a que quien venda o facilite bebidas con contenido alcohólico a menores de edad. Que los numerales 19 y 20 de la misma ley establecen respectivamente: “Sanciones relativas a la venta en vías públicas y sitios públicos Quien venda bebidas con contenido alcohólico en las vías públicas y sitios públicos, casas de habitación y en aquellos otros lugares donde se desarrollan actividades deportivas, mientras se efectúa el espectáculo, recibirán sanción de entre diez y treinta días multa”; “Artículo 20.- Sanciones relativas al consumo en vía pública y sitios públicos Será sancionada con una multa de medio salario base, la persona que sea sorprendida consumiendo bebidas con contenido alcohólico en vía pública y en los sitios públicos determinados por la municipalidad”. Que el artículo 26 de la ley en referencia dispone: “Artículo 26.- Regulación Cada municipalidad tendrá la facultad de regular la comercialización de bebidas alcohólicas y consumo de licor, los días que se celebren actos cívicos, desfiles u otras actividades cantonales, en la ruta asignada, y podrá delimitar el radio de acción”. Que en apego a la citada norma, resulta oportuno y conveniente que este Concejo regule la comercialización de bebidas alcohólicas y consumo de licor, este 15 de Septiembre del 2014, y en concreto respecto de las actividades a que se refiere el considerando F. de esta moción, que digan relación con prohibición de comercialización de bebidas alcohólicas y consumo de licor, así como de su ofrecimiento por cualquier título, en la ruta asignada para esas actividades y en su radio de acción, sea avenidas seis a la primera, entre calle 15 hasta la calle 10 y sobre el horario de esta veda, con el objeto de prevenir su consumo por parte de los menores de dieciocho años. Por tanto: Para que este Concejo Municipal mediante acuerdo firme y dispensa de trámites de comisión, disponga: para el 15 de Septiembre del 2014, queda prohibida la comercialización de bebidas alcohólicas y consumo de licor, así como de su ofrecimiento por cualquier título, en la ruta y en el radio de acción de las actividades alusivas a ese día, consistentes al acto cívico, el tradicional desfile de centros educativos públicos y privados del cantón por las principales vías de la ciudad, así como un concierto de música popular en Plaza Mayor. A los efectos de hacer efectiva esta prohibición la ruta y radio de acción se definen así: avenidas seis a la primera, entre calle 15 hasta la calle 10. Esta prohibición iniciará a las ocho horas y concluirá a las dieciocho horas. La prohibición indicada se aplicará tanto respecto de locales que dispongan de licencia de funcionamiento y de una licencia de licores habilitantes ambas para el ejercicio de actividades lucrativas que principal, secundaria o hasta subsidiariamente se relacionen con el expendio de licores bajo cualquier título, como, a fortiori, de aquellos locales que ilegalmente, por cualquier causa, expenda, por cualquier título también, licor o bebidas con contenido alcohólico. En el caso de locales que legalmente expendan licores como actividad secundaria, la prohibición comprenderá únicamente la sección dedicada a ese tipo de bebidas. Los titulares de las licencias de funcionamiento y de licores de expendios de bebidas con contenido alcohólico, deberán adoptar todas las medidas que resulten pertinentes para hacer efectiva la presente regulación. La violación a las presentes disposiciones será sancionada de acuerdo con la Ley N° 9047, sin perjuicio de las eventuales sanciones penales que el hecho o hechos respectivos podrían aparejar, y serán aplicadas tanto a quien expenda licor bajo cualquier título como al patentado o titular de la licencia de funcionamiento y la de licores involucrada, pudiendo llegarse en sede administrativa a la suspensión de las licencias, incluso de manera definitiva con el consecuente cierre del local hasta en forma permanente, todo previo debido proceso. Los departamentos de Seguridad Municipal y Patentes velarán por la adecuada y efectiva ejecución del presente acuerdo, y tomarán todas las medidas que sean necesarias conforme a la ley en sentido amplio. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. Una única vez. Guisella Zúñiga Hernández, Coordinadora del Concejo Municipal y Secretaría.—1 vez.—O.C. N° oc46059—Solicitud N° 19632.—(IN2014058602). AVISOS CONVOCATORIAS CONDOMINIO HORIZONTAL DEL RÍO Condominio Horizontal del Río, cédula de persona jurídica número tres-ciento nueve-seiscientos treinta y ocho mil noventa, convoca a los condóminos a la asamblea será el sábado 11 de octubre del 2014, a las 7:00 p.m. primera convocatoria en el rancho del condominio. En segunda convocatoria se iniciará con los presentes. La Agenda será: 1.-Nombramiento de presidente y secretario ad hoc. 2.-Informe de la junta directiva 3.-Informe del administrador. 4.-Elección de nuevo administrador del condominio. 5- Reformas del estatuto y elección de nueva junta directiva. 6.-Aprobación del presupuesto del 2015. 7.-Asuntos varios. Msc. Marelyn Jiménez Durán, Notaria.—1 vez.—(IN2014058467). AVISOS PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ CONDOMINIO CEPROHE Condominio Ceprohe, cédula 3-109-338391, solicita al Departamento de Propiedad en Condominio del Registro Nacional la reposición por extravío de los libros actas de asamblea, caja y junta directiva. Se cita a interesados a manifestar oposiciones a dicho departamento en los 8 días siguientes a la publicación en La Gaceta. Es Todo.—San José, 25 de agosto del 2014.—Lic. Óscar Mata Muñoz, Notario.—(IN2014054673). La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014 PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ Por escritura otorgada ante mí a las 9:00 horas del 26 de agosto de 2014, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la empresa Oficentro Torre Cordillera Sociedad Anónima, se disminuyó el capital social y por consiguiente se procedió a reformar la cláusula quinta, a fin de hacer constar el capital actual. Es todo.—San José, 26 de agosto del 2014.—Lic. Oswald Bruce Esquivel, Notario.—(IN2014054953). PUBLICACIÓN DE UNA VEZ COMPAÑÍA STAMCO SOCIEDAD ANÓNIMA Por escritura otorgada ante mí Laura Virginia Baltodano Acuña, el día 14 de agosto del 2014, Compañía Stamco Sociedad Anónima, con cédula jurídica: 3-101-016254, solicita legalización de libros por primera vez de: Asamblea de Socios, Registro de Accionistas y de Asamblea de Junta Directiva.—San José, catorce horas del día 14 de agosto del 2014.—Laura Virginia Baltodano Acuña, Notaria.—1 vez.—(IN2014054193). AGRO CAPE LA UNIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA Peggy Alonso Ramírez, presidente de la junta directiva de Agro Cape La Unión Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101411406, solicita ante el Registro Público, Registro de Personas Jurídicas, la reposición de los libros sociales: Actas de Asambleas de Socios, Actas de Junta Directiva y Registro de Socios, todos del tomo primero, por haberse extraviado los mismos del domicilio social, desconociendo su paradero. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público.—San José, 7 de julio del 2014.—Lic. Ramón María Yglesias Piza, Notario.—1 vez.—(IN2014056120). COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES A las siguientes personas se les comunica que una vez realizada la gestión administrativa de cobro, con corte al 30 de junio 2014, tal como lo establece la política POL/PRO-COB04 gestión de cobros, suspensión y levantamiento de suspensión, y según nuestros registros al 22 de agosto 2014, aún se encuentran morosos. Transcurridos diez días hábiles contados a partir de la fecha en que sus nombres aparezcan en esta publicación, de no cancelar la suma adeudada o firmar un arreglo de pago, se iniciará el proceso administrativo, al mismo tiempo se les recuerda que este trámite tiene como consecuencia la inhabilitación para el ejercicio legal de la profesión. Si al momento de la publicación ya realizó el pago respectivo, favor hacer caso omiso a la misma. Nombre Abarca Cerdas Fernando Acosta Vindas María del Mar Agüero Lee Gabriela María Aguilar Muñoz Marcela Aguilar Sequeira Juan Pablo Aguirre González María de Jesús Alfaro Murillo Mónica Alfaro Soto Lilliana Alvarado Chavarría Luis Adrián Amador Alvarado Marcela Arce Gutiérrez Meilym Arias Calderón Yadira Ester Artavia Rodríguez Kimberly Badilla Vargas Leonardo Baltodano Brenes Rocío Mercedes Barquero Gómez Maureen Gabriela Barrantes Parrales Angie Mariela Cédula 401690701 110090118 106950908 108720057 303810850 155814382417 205260457 401600359 603540768 106640242 204140519 304260122 206630429 303330299 111460258 110610764 205820089 Nombre Pág 45 Cédula Barrientos Méndez Cesar Benavides Sánchez Rita Blanco Vargas Bernardo Brenes Avendaño Manuel Antonio Brenes Camacho Ruth Marcela Briceño Vargas Jeffersson Brioso Alfaro Blanca Azucena Calderón Blanco Marco Vinicio Calvo Madrigal Rebeca Calvo Quirós Angie Camacho Sánchez Andrea María Cambronero Moraga Silvia Campos Ramírez Wendy Cristina Cantillo García Sonia Lidiette Cárdenas Rodríguez María Fernanda Carmona González Marvin Esteban Carvajal Chinchilla Ileana María Carvajal Villalobos Ciany Cascante Herrera Idaly Cascante Ramírez Ana Patricia Castro Soto Óscar Emilio 109370468 108140112 104120392 304380318 303190399 110430614 122200043221 304180137 113210125 304080439 110760605 106850725 109120012 105860746 113500082 205940470 111310135 206160044 401380017 203740586 206180992 Centeno Masis Ingrid Andrea Cerdas Loría Joaquín Bernardo Céspedes Ortega Vivian Chacón Barrantes Ana María Chacón Retana Minor Gerardo Chavarría Alpízar Silvia Chavarría Jiménez Ana Marcela Chaves Vega Randy Chévez Orellana Claudia Isella Chinchilla Rojas Erick Francisco Chinchilla Valverde Sergio Adrián Cordero Jara Luis Felipe Corrales Blanco Vera Violeta Coto Sáenz Norma Cecilia Del Potro Jiménez Héctor Aníbal Delgado Sancho Jonathan Díaz Quesada Lilliam Durán Segura Karina Lizeth Espinoza Saldaña Luis Alberto 109670027 202470730 109150352 106640745 106920756 113490112 112140155 112610820 112630832 110000008 109400121 401800910 112770202 302260492 103200037110 111690824 303130131 114400613 159100280216 Espinoza Soley Adriana 110310942 Esquivel León María de los Ángeles 109080403 Fagan Lowis Felicia 108810891 Fallas Calvo Banllyli María Fernández Garro Laura Melissa 304350609 114310101 Fernández González Emily 304180113 Fernández Rodríguez Evidelia M. Flores Flores Gladys Marielth Fonseca Solano Juan Manuel Fuentes Blanco Natalia Gairaud Bonilla Madelein García Cruz Alejandra 401400400 155811007625 303490589 112450554 106040465 108900504 La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014 Pág 46 Nombre Cédula Nombre Cédula Garro Fernández Yorleny Garro Salguero Xenia Guiselle Golcher Barquero Karol González Artavia Jairol González Díaz Yorleny González Pérez Tania González Rojas Cindy Vanessa González Rojas Natalie González Waterhouse José Alejandro González Zambrana Jonathan Guevara Vives Katherine Guzmán Obando Maricela Hernández Chacón Daniel Gustavo Hernández Sanabria Evelyn Hernández Vargas Fabián Jesús Horna Gamboa Mónica Hurtado Díaz Cecilia Del Rosario Jara Jara Rosa Victoria Jiménez Pérez Annette Ivania Jiménez Salas Karla Berlioth Jiménez Sequeira José Andrés 110960887 303590784 113360075 401640249 109830820 110580310 206090413 207040163 113420977 110950757 113880140 111980150 304260200 109990702 113730917 110360241 155805742324 121800026827 113370380 111710337 112070029 Orozco Ríos María Nelly Ortega Figueroa Humberto Delfin Ortiz Chavarría Elsa María Oviedo Herrera Juan Rafael Oviedo Segura Dilhana Peralta Artavia Graciela Pérez Crespo Santos Pérez Ruiz Juana Elizabeth Pineda Solís Angélica Porras Vallejo Siu Janani Prendas Barrantes Sureidy Quesada Calderón Luisa Quesada Garro Lizzeth Quesada Quesada Juan Carlos Quesada Sánchez Maureen Liseth Quirós Chacón Kattia Magaly Quirós González Otsbal Kenneth Quirós Zamora Milena Ramírez Hernández Libia Eusebia Ramírez Meza Nuvia Ramírez Siles Ana Isabel 155806638214 800830191 304280151 401150928 401680906 109660577 155800402002 155812282231 27010095541095 113410143 113620182 204430050 304090321 108250160 205680820 303780708 304170097 108880992 150140363001422 302330308 303150733 Lara Morera Ana Silvia Ledezma Rodríguez Desiré León Hernández Rebeca López López Bernarda Del Carmen López López Margarita del Socorro López Vargas Orlando Loría Valerio Marianela Madriz Jiménez Beleida Marianela León Arce Maroto Castro Wendy Mata Madrigal Isabel Vanessa Mata Villalobos Karol Mejías Vargas José Andrés Mena Ramírez Marvin Francisco Méndez Quesada Eduardo Méndez Ramírez Mildred 205630361 205840962 401720232 155805823717 155806239615 205970848 114040359 303240739 110550859 110870368 303960676 110290766 205370875 205140275 104280066 113600903 Ramírez Villegas Gerardo Redondo Guido Ingrid Patricia Retana Bianco Erika Magaly Ríos Murillo Santiago Rivera Cordero Mariana Rivera Vanegas Johanna Robles Ross Noemy Rocha Gutiérrez Jessica Rodríguez Arroyo Marine Rodríguez Badilla Ana Cecilia Rodríguez Espinoza Madelin Rodríguez Sáenz Yoseth Rojas Araya Karina María Rojas Blanco María Del Pilar Rojas Mora Rolando Alberto Román Montoya Stephanie Marcela 401090713 112390112 110500442 112930906 113820246 110960137 107050033 205780250 401680652 114750289 110510716 204810175 206570143 110810524 113800452 113820748 Meza Gamboa Diana María 303720880 Romero Calderón Luis Carlos 113000667 Miranda Obando Allan Guillermo 303750842 Rosales James Cindy Virginia 110150234 Montoya Sandí Sugey Mireya Mora Castellanos Patricia 109440231 104710261 Sáenz Carvajal Melissa 112140264 Mora Chavarría Carmen María 109790122 Morales Chacón Teresa Lisbeth Morera Guido Marcos Vinicio Moya Carpio Glen Anthony Moya Coto Marcella Murillo Vargas Maricela Navarro Blanco Adolfo Navarro Monestel Carlos Humberto Obando Mesén Scarlet Obregón Muñoz Daniela Orozco Calvo Albert De Jesús 113350669 111730857 107580581 303210762 206170108 303260520 302480506 106280975 112620794 303920637 Sáenz León Victoria Salas Calvo Nelsy Mayela Salas Mora Nicole Susana Salas Moreno Geovanny Andrés Salazar Baltodano Priscilla María Salazar Calvo Gabriela 205480955 303130201 114650126 115060596 113720750 110490883 Salazar Herrera Fabiola de los Ángeles 114300409 Salazar Vega Luis Diego Salazar Villanueva José Alonso Salgado Salazar Edwin Sánchez Mora Karla Vanessa Sancho Gámez María Mercedes 205900844 112840906 107930116 111310318 107500247 La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014 Nombre Cédula Segura Blanco Mariela Segura Bonilla Milton Leonardo Sojo Hidalgo Fanny María Solano Chaves Geilyn María Solano Garro José David Solera Mejías Keren Solís Castro Mariam Del Carmen Solís Solórzano Yendry Soto Arce Katherin Soto Valverde Agnes Szuster Rosales Yoseline Talavera Villachica José Todd Lazo Karol Conchita Todd Mc Sam William Alexis Torres Castillo Jennifer Caridad Trujillo Sisfontes Gabriela Urbina Rivas Ethell Ureña Jiménez Vera Vallejos Ruiz Hazel Vanessa Vargas Gamboa Betty María Vargas Sáenz Rosita Marcela 110910621 111980178 304230602 206470403 112620361 206260650 205760900 112690154 110160558 109700798 206670173 155806718606 113160354 105570654 113710189 401680850 155807904223 104021296 109880007 302290051 304020223 Vásquez Arroyo Sirley de los Ángeles Williams Cruz Jennifer Xiomara Villegas Yannarella Montero Silvia Magally Zapata Pérez Carla Patricia Zavala López Jackeline Zepeda Alvarado Jacqueline Zúñiga Córdoba Eugenia María 206440083 113560892 502700705 108310877 155802250324 155803141530 112660559 104131192 Junta Directiva.—MSc. Lilliam González Castro, Presidenta.— MSc. Magda Rojas Saborío, Secretaria.—1 vez.—(IN2014056162). ASOCIACIÓN IGLESIA LUTERANA COSTARRICENSE Los suscritos, Marco Antonio Zúñiga Gómez, cédula de identidad 1-0948-0581, el primero en mi condición de vicepresidente y representante legal de la Asociación Iglesia Luterana Costarricense, cédula jurídica 3-002-195628; y Lidia Teresa Guadamuz López, cédula de identidad 1-0479-0017, la segunda en mi condición de vocal uno de la misma Asociación, solicitarnos al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición del libro de actas de asamblea general número uno, el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—Martes, 26 de agosta del 2014.—Marco Antonio Zúñiga Gómez, Vicepresidente.—Lidia Teresa Guadamuz López, Vocal Uno.—1 vez.—(IN2014056188). PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ Por escritura otorgada hoy ante nosotros, se protocolizó acta de la empresa Florida Capitales Sociedad Anónima, en donde se reforma la cláusula quinta de los estatutos sociales. Escritura otorgada en San José a las once horas treinta minutos del día seis de agosto de dos mil trece.—Lic. Fabián Fernández Faith y William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—(IN2014054129). Por escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizó Acta de la empresa F & C Investments Sociedad Anónima, en donde se reforma la cláusula de los estatutos sociales. Escritura otorgada en San José a las diez horas del de mayo de dos mil catorce.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—(IN2014054130). Pág 47 PUBLICACIÓN DE UNA VEZ A las once horas cinco minutos del diecinueve de agosto de dos mil diez, ante esta notaría se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Bancrédito Sociedad Agencia de Seguros S. A., por medio de la cual se modificó y aumentó el capital social, se reforma la cláusula quinta.—San José, doce horas cinco minutos del veinticinco de agosto de dos mil catorce.—Lic. Indira Sanabria Mata, Nataria Institucional.—1 vez.— (IN2014055082). Por escritura número trescientos once de las ocho horas del veintiséis de agosto del dos mil catorce, se reforma la sociedad The Bedard Group S. A., cédula jurídica número tres-ciento unoquinientos setenta y ocho mil cuatrocientos tres.—Lic. Marianela González Fonseca, Notaria.—1 vez.—(IN2014055100). Por escritura número setenta y ocho otorgada a las nueve horas treinta minutos del cinco de agosto del dos mil catorce, se modificó la cláusula novena de Repuestos El Trébol Sociedad Anónima. Por escritura número setenta y siete otorgada a las nueve horas del cinco de agosto del dos mil catorce, se modificó la cláusula quinta de Auto Repuestos Transmore Sociedad Anónima.—Lic. Verny Valerio Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2014055101). Por escritura de protocolización de acta, otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del día 19 de agosto del 2014, de la empresa R Y G Comercializadora de Belén S. A., se reformó la cláusula, quinta capital social, se incrementó, mediante aporte de utilidades no distribuidas.—Belén, Heredia, 19 de agosto del 2014.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014055104). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 7:00 horas, del día 27 de agosto del 2014, se constituyó la empresa denominada: El Ibicenco S. A., domiciliada en San Antonio de Belén, Heredia, residencial Belén, casa número dos, capital social cien dólares USA, mediante aporte de bienes muebles, presidenta María del Rocío González Campos, cédula 1-652-095.—Belén, Heredia, 27 de agosto del 2014.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014055105). Hazel Rojas Rojas, notaria pública con oficina en San Antonio de Belén, Heredia, día veintitrés de agosto del dos mil catorce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inmobiliaria J Dos Sociedad de Responsabilidad Limitada, en la cual se revocó nombramiento de uno de los gerentes. Es todo, al ser trece horas treinta minutos del día veintiséis de agosto del dos mil catorce.—Lic. Hazel Rojas Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2014055106). Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se solicita el cambio de junta directiva de la sociedad: Roselare Surf House Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno - seiscientos setenta y siete mil trescientos noventa y cinco.—Pérez Zeledón, a las ocho horas del veinticinco de agosto del dos mil catorce.—Lic. Jonatan Valverde Piedra, Notario.—1 vez.—(IN2014055109). Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se solicita la transformación de la sociedad: Reidy Investments In Costa Rica Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-quinientos treinta y tres mil quinientos sesenta y ocho.—Pérez Zeledón, a las ocho horas del veinticinco de agosto del dos mil catorce.—Lic. Jonatan Valverde Piedra, Notario.—1 vez.—(IN2014055110). Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se solicita el cambio de junta directiva de la sociedad: Tres-Ciento Dos- Seiscientos Setenta y Tres Mil Ciento Catorce Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula tres-ciento dos-seiscientos setenta y tres mil ciento catorce.—Pérez Zeledón, a las ocho horas del veinticinco de agosto del dos mil catorce.—Lic. Jonatan Valverde Piedra, Notario.—1 vez.—(IN2014055112). Por escritura otorgada hoy ante mí, a las ocho horas, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada por Agropecuaria El Corral del Sur Sociedad Anónima, donde se disuelve la sociedad.—Pérez Zeledón, quince de julio del año dos mil catorce.—Lic. Juan Luis Mora Monge, Notario.—1 vez.— (IN2014055113). Pág 48 La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014 Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la empresa Corporación Ferreira J & D Sociedad Anónima. Plazo noventa y nueve años. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas del día diez de enero de dos mil catorce.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—(IN2014055114). Por acta de asamblea general extraordinaria de accionistas número ocho, de la sociedad Corporación Hotelera Montesito Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-412807, se acuerda modificar la cláusula quinta del pacto constitutivo para que se lea así: V. El capital social es la suma de setenta y tres millones diez mil colones, representado por setenta y tres mil diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Todo el capital social es suscrito y pagado por iguales partes por los socios Fernando Valverde Araya y Alfredo Valverde Ureña, mediante la suscripción de una letra de cambio cada uno pagadera a la vista y a favor de la sociedad, por la suma de treinta y seis mil colones que corresponde al pago de treinta y seis mil quinientas cinco acciones que representa el aporte de cada socio.—Pérez Zeledón, 10 horas 25 de agosto de 2014.— Lic. Asdrúbal Carvajal Porras, Notario.—1 vez.—(IN2014055115). Leyset Rosada Flores, Franciny Vargas Ramírez, Kimberly Molina Morales y María Antonieta Castro Barboza. Es todo.—San José, diecinueve de agosto del dos mil catorce.—Lic. Marlly Condega Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2014055125). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas treinta y siete minutos del día trece de agosto del año dos mil catorce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad, Distribuidora Ticocelsca Limitada, mediante la cual se realiza nombramiento de agente residente.—Veintisiete de agosto del año dos mil catorce.—Lic. Lorena Víquez Muñoz, Notaria.—1 vez.—(IN2014055126). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del día catorce de agosto del año dos mil catorce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad, Futurocel Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo y se hace nuevo nombramiento.—Lic. Lorena Víquez Muñoz, Notaria.—1 vez.—(IN2014055129). Que los notarios Federico José Jiménez Solano y Marianella Mora Barrantes, actuando en el protocolo del primero, en escritura número 58 otorgada a las 13 horas 30 minutos del 26 de agosto del 2014, otorgan escritura protocolizando acta número seis de la sociedad denominada Argenson Victoria Dos Mil Uno Sociedad Anónima.—San José, 9 horas del 27 de agosto 2014.—Lic. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2014055116). Yo Yesenia Arce Gómez, notaria pública de Escazú, mediante escritura pública se reforma el pacto constitucional de la sociedad: Limón del Pacifivo Tropical R A Sociedad Anónima y disolución de sociedad Aseguradores Mafel Sociedad Anónima.—Escazú, 26 de agosto de 2014.—Lic. Yesenia Arce Gómez, Notaria.—1 vez.—(IN2014055130). Que los notarios Federico José Jiménez Solano y Marianella Mora Barrantes, actuando en el protocolo del primero, en escritura número 54 otorgada a las 11 horas 30 minutos del 26 de agosto del 2014, otorgan escritura protocolizando acta número dos de la sociedad denominada Plantación Cacao Dos Mil Trece Sociedad Anónima.—San José, 7 horas del 27 de agosto 2014.—Lic. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2014055118). En escritura otorgada a las 11:00 horas del 26 de agosto del 2014, se protocoliza el acta de Agencia de Viajes Fiesta Resort S. A., donde se modifican las cláusulas primera, del nombre de la sociedad, y sétima, de la representación.—San José, 27 de agosto del 2014.—Lic. Carlos Guardia Gutiérrez, Notario.—1 vez.— (IN2014055132). Que los notarios Federico José Jiménez Solano y Marianella Mora Barrantes, actuando en el protocolo del primero, en escritura número 55 otorgada a las 12 horas del 26 de agosto del 2014, otorgan escritura protocolizando acta número seis de la sociedad denominada Argenson Bárbara Dos Mil Ocho Sociedad Anónima.—San José, 7:30 horas del 27 de agosto 2014.—Lic. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2014055120). Que los notarios Federico José Jiménez Solano y Marianella Mora Barrantes, actuando en el protocolo del primero, en escritura número 56 otorgada a las 12 horas 30 minutos del 26 de agosto del 2014, otorgan escritura protocolizando acta número seis de la sociedad denominada Argenson Josefina Dos Mil Ocho Sociedad Anónima.—San José, 8 horas del 27 de agosto 2014.—Lic. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2014055122). Por escritura número doscientos ocho-cinco, correspondiente a acta número dos de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Corporación SLAC Punto Com S.R.L., otorgada ante la suscrita notaria, a las ocho horas del veintisiete de agosto del dos mil catorce, se realiza modificación de la cláusula primera del nombre por Angolare Sociedad de Responsabilidad Limitada, así mismo se modifica la cláusula sexta de la representación.— San José, veintisiete de agosto del dos mil catorce.—Lic. Christy Alejandra Martínez Carvajal, Notaria.—1 vez.—(IN2014055123). Que los notarios Federico José Jiménez Solano y Marianella Mora Barrantes, actuando en el protocolo del primero, en escritura número 57 otorgada a las 13 horas del 26 de agosto del 2014, otorgan escritura protocolizando acta número seis de la sociedad denominada Argenson Sofía Dos Mil Cinco Sociedad Anónima.—San José, 8 horas 30 minutos del 27 de agosto 2014.—Lic. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2014055124). Por escritura número doscientos treinta y cuatro-cuatro, otorgada en mi notaría, en la ciudad de San José, a las dieciocho horas del seis de agosto del dos mil catorce. Se constituye la Fundación GEA para la Promoción, Educación y Desarrollo de la Sexualidad y Bienestar Integral de la Mujer. Fundadoras: Mediante escritura autorizada por la suscrita notaria, a las 14:50 horas del día 22 de agosto del 2014, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Eivissa Internacional S. A., mediante la cual se acuerda reformar la cláusula sétima de los estatutos de la compañía.—San José, 26 de agosto del 2014.—Lic. Jessica Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—(IN2014055135). Mediante escritura autorizada por la suscrita notaria, a las 14:35 horas del día 22 de agosto del 2014, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Compañía de Proyectos e Inversiones Diversas RACASAI S. A., mediante la cual se acuerda reformar la cláusula sétima de los estatutos de la compañía.—San José, 26 de agosto del 2014.—Lic. Jessica Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.— (IN2014055136). Mediante escritura autorizada por la suscrita notaria, a las 14:20 horas del día 22 de agosto del 2014, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad IS Inversiones del Sur Siglo XXI S. A., mediante la cual se acuerda reformar la cláusula sexta de los estatutos de la compañía.—San José, 26 de agosto del 2014.—Lic. Jessica Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—(IN2014055137). Mediante escritura autorizada por la suscrita notaria, a las 13:50 horas del día 22 de agosto del 2014, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Urban Creative S. A., mediante la cual se acuerda reformar la cláusula sexta de los estatutos de la compañía.—San José, 26 de agosto del 2014.—Lic. Jessica Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—(IN2014055139). Se protocolizó en mi notaría, acta de asamblea general ordinaria de la sociedad Servicios de Información Telefónica Sociedad Anónima Laboral, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento setenta y nueve mil seiscientos cincuenta.—San José, veinticuatro de julio del dos mil catorce.—Lic. Yamileth Pérez Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2014055147). La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014 Hoy por escritura pública de las 10:00 horas, se constituyó la sociedad Centro Gestáltico Atrapasueños Costa Rica S. A., con todos los requisitos.—Escazú, 22 de agosto de 2014.—Lic. José Manuel Hidalgo Barrantes, Notario.—1 vez.—(IN2014055150). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 26 agosto, 2014, se solicita la disolución de la mercantil Balmoral Star Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-289668 por acuerdo de socios.—San José, 26 agosto, 2014.—Lic. Siu-len Wing-Ching Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2014055153). Que por escritura número 177, visible a folio 174 vuelto, se modificó la totalidad del pacto social por la transformación de la empresa a Sociedad de Responsabilidad Limitada y se nombra gerente uno y dos de Finca Canaan de Uvita Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-uno cero uno-seis cuatro uno nueve nueve cuatro, visibles en el tomo 23 del protocolo del notario público.—A las 9:00 horas del 25 de agosto del 2014.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2014055157). Ante esta notaría mediante escritura número doscientos dieciocho de las ocho horas del veintisiete de agosto de dos mil catorce, se protocoliza asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad La Gardenia Augusta S. A., mediante la cual se modifica la administración social.—San José, veintisiete de agosto de dos mil catorce.—Lic. Marco Aurelio Odio Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2014055165). Ante esta notaría, a las trece horas y treinta minutos del día siete de agosto del año dos mil catorce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas que modificó la cláusula del nombre de la sociedad anónima de esta plaza denominada JCB Alquiler de Maquinaria Sociedad Anónima, para llamarse JCB Constructora y Alquiler Sociedad Anónima.—San José, 7 de agosto de 2014.—Lic. Carlos José Jacobo Zelaya, Notario.—1 vez.—(IN2014055166). Por protocolización de acta mediante escritura otorgada ante el suscrito notario público, a las 8:30 horas del día 25 de agosto del 2014. Se realizan nombramientos de junta directiva, se modifica cláusula del pacto constitutivo de la empresa Villa Antica Sociedad Anónima.—San José, 25 de agosto de 2014.—Lic. María Elena Gamboa Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2014055170). Por protocolización de acta mediante escritura otorgada ante el suscrito notario público a las 10:30 horas del día 25 de agosto del 2014. Se realizan nombramientos de junta directiva, se modifica cláusula del pacto constitutivo de la empresa Ciudad Hacienda El Olivar Sociedad Anónima.—San José, 25 de agosto de 2014.—Lic. María Elena Gamboa Rodríguez, Notaria.—1 vez.— (IN2014055172). Mediante escritura número 209-3 otorgada ante esta misma notaría, a las 14:00 horas del 27 de agosto del 2014, se modifica la cláusula primera de la sociedad denominada Tecnología y Tratamiento de Aguas Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-685397.—San José, 27 de agosto del 2014.—Lic. Maricruz Villasuso Morales, Notaria.—1 vez.— (IN2014055182). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 28 de agosto del 2014, protocolicé asamblea de la sociedad Rojas & Solano Asesores en Desarrollo Municipal S. A. cédula 3-101678911, cambia de nombre a Rojas & Solano Asesores en Gestión y Proyectos S. A.—San José, 28 de agosto de 2014.—Lic. Alfredo Antonio López Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2014055188). Ante mi notaría, la sociedad Tres-Ciento Dos-Cuatrocientos Ochenta y Cuatro Mil Ochocientos Ocho Sociedad de Responsabilidad Limitada, reformó las cláusulas primera, segunda del pacto social.—Lic. Verónica Mora Vega, Notaria.—1 vez.—(IN2014055189). Pág 49 Por escritura otorgada a las 12:00 horas del 27 agosto del 2014, se protocoliza acta número quince de la asamblea general de accionistas de la sociedad mercantil: Celsur Engeneering CE Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cuarenta y cinco mil doscientos cincuenta; en dicha asamblea se nombra un nuevo presidente, y se hace la reforma a la cláusula sétima; todo mediante acuerdo de socios.—Lic. Ángel Valdivia Sing, Notario.—1 vez.— (IN2014055190). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 25 de agosto del año 2014, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Pan de Pita Natural Sociedad Anónima, en la que se reforman las cláusulas segunda del domicilio, quinta del capital social, octava de la junta directiva, y se nombran nuevos directivos.—San José, 25 de agosto del año 2014.—Lic. Carlos Alberto Vargas Campos, Notario.—1 vez.—(IN2014055197). Por escritura otorgada, a las catorce horas del día veintisiete de agosto del dos mil catorce, ante esta notaría, se constituye la sociedad Nicjelau MM Sociedad Civil de Actividades Profesionales, se designa administradores con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjunta o separadamente.—San José, veintisiete de agosto del dos mil catorce.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—(IN2014055201). Por escritura otorgada, a las nueve horas del día de hoy, se protocoliza la asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Tractoron Inc S. A., donde se modifica la cláusula referente al capital social.—San José, cuatro de agosto del dos mil catorce.—Lic. Lázaro Natan Broitman Feinzilber, Notario.—1 vez.—(IN2014055204). Por escritura otorgada al ser las diecinueve horas del día ocho de mayo del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Mora y Associates Legal Consultant Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento unocuatrocientos cuarenta y cinco mil quinientos noventa y dos. Se conoce de la renuncia del secretario y se nombra en su lugar por todo el plazo social al señor José Manuel Porras Garita. Se reforma la cláusula novena de los estatutos siendo que la representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponderá al presidente y al tesorero.—Santa Teresa, 24 de julio del 2014.—Lic. Eladio Antonio Picado Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2014055207). La sociedad M C G Maquinaria y Construcción S. A., protocoliza acuerdos de asamblea general de socios.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1 vez.—(IN2014055213). Que por escritura pública otorgada ante esta notaría, al ser las nueve horas con treinta minutos del veinticinco de agosto del dos mil catorce, se reformaron los estatutos de Grupo Sol del Oeste Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-619666. Es todo.—San José, veintisiete de agosto del dos mil catorce.—Lic. Andrea Hector V., Notaria.—1 vez.—(IN2014055217). Que por escritura pública otorgada ante esta notaría, al ser las nueve horas del veinticinco de agosto del dos mil catorce, se reformaron los estatutos de Hacienda Los Balcones Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-578942. Es todo.—San José, veintisiete de agosto del dos mil catorce.—Lic. Andrea Hector V., Notaria.—1 vez.—(IN2014055218). Que por escritura pública otorgada ante esta notaría, al ser las ocho horas con treinta minutos del veinticinco de agosto del dos mil catorce, se reformaron los estatutos de BMW Mtres Dos Mil Once Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-606389. Es todo.—San José, veintisiete de agosto del dos mil catorce.—Lic. Andrea Hector V., Notaria.—1 vez.—(IN2014055219). Que por escritura pública otorgada ante esta notaría, al ser las siete horas con treinta minutos del veinticinco de agosto del dos mil catorce, se reformaron los estatutos de Ccaml Painted Sky Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-507755. Es todo.—San José, veintisiete de agosto del dos mil catorce.—Lic. Andrea Hector V., Notaria.—1 vez.—(IN2014055221). Pág 50 La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014 Que por escritura pública otorgada ante esta notaría, al ser las diez horas con treinta minutos del veinticinco de agosto del dos mil catorce, se reformaron los estatutos de Cambridge International Holdings Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101548443. Es todo.—San José, veintisiete de agosto del dos mil catorce.—Lic. Andrea Hector V., Notaria.—1 vez.—(IN2014055223). Soren Araya Madrigal. Ante esta notaria, a las quince horas del veintiséis de agosto del dos mil catorce, se reformó la cláusula octava de la administración de la sociedad Deporcar Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos ochenta y tres mil doscientos ochenta y seis, y se nombra nueva junta directiva.—San José, dieciséis horas del veintiséis de agosto del dos mil catorce.— Lic. Soren Araya Madrigal, Notaria.—1 vez.—(IN2014055228). Por escritura otorgada ante mi notaría, de las once horas del veintinueve de julio del año dos mil catorce se protocoliza asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Grupo Jufran Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento unocuatrocientos sesenta mil setecientos treinta y cinco, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San José, veintiuno de agosto del año dos mil catorce.—Lic. Alejandro Villalobos Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2014055229). Ante esta notaría, mediante escritura número ochenta y nueveuno, a las diecisiete horas, del día veinticinco de agosto del dos mil catorce, se nombró nueva junta directiva de Asesoría y Construcción Imoza S. A. Es todo.—Heredia, veinticinco de agosto del dos mil catorce.—Lic. Rafael Alexis Hidalgo Carballo, Notario.—1 vez.— (IN2014055233). Por escritura otorgada ante esta notaría el 27 de agosto del 2014 a las 8:40 horas, Servicios de Mantenimiento y Seguridad SEMANS S. A., agrega a su objeto social el servicio de seguridad privada en eventos masivos y seguridad electrónica.—San José, 18 de agosto del 2014.—Lic. Sandra Camacho Méndez, Notaria.—1 vez.— (IN2014055237). Que en esta notaría, se ha modificado el nombre de la sociedad de esta plaza West Land Scholl S. A. por West Land School S. A. Es todo. Firmo en San José, a las nueve horas quince minutos del día miércoles veintisiete de agosto del año dos mil catorce.—Lic. Andrés Durán López, Notario.—1 vez.—(IN2014055240). Hoy ante esta notaría, se protocolizó acta mediante la cual La Vendimia Costa Rica S. A.; se disuelve.—San José, 26 de agosto del 2014.—Lic. Anabelle López Delgado, Notaria.—1 vez.— (IN2014055241). Por escritura otorgada ante el notario Gabriel Chaves Ledezma, a las 11:00 horas del 26 de agosto del 2014, se modificó la cláusula de administración de la sociedad Avellanas de Conchal Doce Limitada.—Tamarindo, catorce horas de agosto de 2014.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—(IN2014055248). Por escritura otorgada ante el notario Gabriel Chaves Ledezma, a las 11:30 horas del 26 de agosto del 2014, se modificó la cláusula de administración de la sociedad Silver Sunsets Thirteen SSF Limitada.—Tamarindo, catorce horas con quince minutos de agosto de 2014.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.— (IN2014055252). Por escritura número trescientos seis, otorgada ante este notario, a las ocho horas del día veintidós de agosto de dos mil catorce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la entidad denominada El Platanal de Nini S. A., con número de cédula jurídica: tres-ciento uno-quinientos setenta y dos mil ochocientos siete, en la cual se modifica su nombre social.—Lic. Carlos Alberto Espinoza Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2014055257). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas quince horas del día veintisiete de agosto del dos mil catorce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Thirty One-Hardy Palm-I Ninety LLC S.R.L., cédula jurídica número 3-102-465394, en la que se reformó la cláusula segunda del pacto social y se realizó nombramientos de agente residente.—San José, a las dieciocho horas veinte minutos del día veintisiete de agosto del dos mil catorce.—Lic. Priscila Picado Murillo, Notaria.—1 vez.—(IN2014055259). El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada a las diez horas del día veintisiete de agosto del año dos mil catorce, en Puntarenas, ante mi se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Manglares Verdes Tropicales Limitada, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos cincuenta mil ciento ocho, en la cual se resolvió lo siguiente: a- Cambio cláusula de la administración. Acta protocolizada por el notario Álvaro Masís Montero.—Miércoles catorce horas del veintisiete de agosto del año dos mil catorce.—Lic. Alvar Masís Montero, Notario.—1 vez.— (IN2014055261). El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada a las nueve horas del día veintiséis de agosto del año dos mil catorce, en Puntarenas, ante mi se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Tres-Ciento Dos-Seis Ocho Cero Cinco Cinco Cinco Limitada, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seis ocho cero cinco cinco cinco, en la cual se resolvió lo siguiente: aSustitución de gerente. Acta protocolizada por el Notario Álvaro Masís Montero.—Miércoles, catorce horas diez minutos del veintisiete de agosto del año dos mil catorce.—Lic. Álvaro Masís Montero, Notario.—1 vez.—(IN2014055262). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del día veintisiete de agosto de dos mil catorce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad F-SixtyPrincess Palms-Twenty Once Palms LLC S.R.L., cédula jurídica número 3-102-464280, en la que se reformó la cláusula segunda del pacto social, y se realizó nombramiento de agente residente.—San José, a las dieciocho horas diez minutos del día veintisiete de agosto de dos mil catorce.—Lic. Priscila Picado Murillo, Notaria.—1 vez.—(IN2014055264). Mediante escrituras ante mi otorgadas el veintiséis de agosto del dos mil catorce protocolicé actas de asambleas de accionistas de Posada del Café PCF Cuarenta y Cuatro S. A.; CE Jota D Alessandro S. A.; Consorcio Huacas del Pacífico S. A. y Servicio Inmobiliario Dalota S. A., en donde se modifica la representación y como presidente de todas esas sociedades se nombra a Kattia Vanessa Otárola Víquez.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—(IN2014055267). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del día veinticinco de agosto de dos mil catorce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de MB Leasing S. A., cédula jurídica 3-101-668666, en la que se reformó la cláusula quinta del pacto social.—San José, veinticinco de agosto de dos mil catorce.—Lic. Priscila Picado Murillo, Notaria.—1 vez.— (IN2014055268). El suscrito notario hace constar que según escritura doscientos cuarenta y seis-ocho, del tomo ocho de mi protocolo, se ha constituido asociación denominada Asociación Nacional de Estilistas, Maquillistas, Manicuristas y Afines.—Cartago, 28 de agosto de 2014.—Lic. Allan Salazar López, Notario.—1 vez.— (IN2014055270). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas treinta horas del día veintisiete de agosto de dos mil catorce, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Three-Ivory Palms LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-559862, en la que se reformó la cláusula segunda del pacto social, y se realizó nombramiento de agente residente.—San José, a las dieciocho horas cuarenta minutos del día veintisiete de agosto de dos mil catorce.— Lic. Priscila Picado Murillo, Notaria.—1 vez.—(IN2014055271). La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014 Por escritura número 5 del tomo 9 de mi protocolo, otorgada las 15:30 horas del 26 de agosto del año 2014, el suscrito notario protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas número 2 de la sociedad Kaffeekanne S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-323066, mediante la cual se reforma la cláusula sexta de los estatutos sociales.—San José, 26 de agosto del año 2014.—Lic. Julio Enrique Zelaya Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014055275). Por escritura número 6 del tomo 9 de mi protocolo, otorgada las 16:00 horas del 26 de agosto del año 2014, el suscrito notario protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas número 2 de la sociedad Shachtel S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-323064, mediante la cual se reforma la cláusula sexta de los estatutos sociales.—San José, 26 de agosto del año 2014.—Lic. Julio Enrique Zelaya Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014055276). Ante mí, Álvaro Barboza Orozco, notario público con oficina abierta en San José, escritura otorgada, a las 10 horas del 26 del 8 de 2014, se nombró en la junta, secretaria y fiscal y se modifica el pacto, de la sociedad denominada RMDC Imagencomunicación Centroamericana Sociedad Anónima, con cédula jurídica número: tres-ciento uno-quinientos setenta y tres mil quinientos ocho, presidenta: María Rosa Díaz Cruz, capital social totalmente suscrito y pagado, domicilio social: San José, Coronado, Cascajal de la última parada de autobuses ochocientos metros al oeste.—27 de 8 del 2014.—Lic. Álvaro Barboza Orozco, Notario.—1 vez.— (IN2014055281). Ante mí, Álvaro Barboza Orozco, notario público con oficina abierta en San José, escritura otorgada a las 8 horas 30 minutos del 28 del 08 del 2014, se modificó las cláusulas segunda y sétima de la S. A., Importaciones Tricia Sociedad Anónima, presidenta: Lidieth Damaris Vargas Valerio, capital social totalmente suscrito y pagado, domicilio social: San José, Montes de Oca, Santa Marta, cuatrocientos metros al sureste de la terminal de buses.—Barrio María Auxiliadora, 28 de agosto de 2014.—Lic. Álvaro Barboza Orozco, Notario.—1 vez.—(IN2014055284). Ante mí, Álvaro Barboza Orozco, notario público con oficina abierta en San José, escritura otorgada: a las 8:00 horas del 28 del 8 del 2014 se modificó la cláusula sétima, se nombró junta directiva y fiscal de la S. A.: Esquina Atlética Sociedad Anónima, presidente: Jorge Arturo Delgado Aguilar, capital social totalmente suscrito y pagado, domicilio social: San José, Montes de Oca, Santa Marta, barrio María Auxiliadora, cuatrocientos metros al sureste de la terminal de buses.—28 de agosto de 2014.—Lic. Álvaro Barboza Orozco, Notario.—1 vez.—(IN2014055285). Que por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Corporación Roype de Costa Rica Sociedad Anónima. Los socios acuerdan por ser una sociedad inactiva y no tener pasivos ni activos disolver la sociedad y liquidarla en su totalidad.—San José, veintidós de agosto del dos mil catorce.—Lic. Marianella Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2014055291). Mediante escritura autorizada por mí, a las 15:00 horas del 25 de agosto del 2014, se protocolizó la acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria Nº 1 de BQ Adres Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-632471, mediante la cual se acordó: (i) Nombrar nueva junta directiva. (ii) Reformar la cláusula segunda del pacto constitutivo. (iii) Nombrar nuevo fiscal y agente residente de la sociedad.—San José, 25 de agosto del 2014.—Lic. Mauricio Quirós González, Notario.—1 vez.—(IN2014055293). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 18:00 horas del 22 de julio del 2014, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Tres-Ciento Uno-Seiscientos Treinta y Seis Mil Cuatrocientos Noventa y Tres Sociedad Anónima. Se nombran cargos de junta directiva vacantes. Es todo.—San José, veintidós de julio del dos mil catorce.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—(IN2014055295). Pág 51 Por escritura del día de hoy, protocolicé acuerdos de asamblea general de la sociedad Arroyo de la Miel S. A., cédula 3-101-488080, en la cual se modifica la cláusula del domicilio, siendo ahora en Heredia, Belén, Ciudad Cariari, diagonal al lobby del Hotel Cariari.— San José, 25 de agosto del 2014.—Lic. Rodolfo Solís Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014055296). Ante mí, Licenciada Dafne Zeledón Monge, a las quince horas cuarenta y cinco minutos, del veintiocho de julio del año dos mil catorce, se modificaron las cláusulas: quinta y novena, de la sociedad Servicios Integrados de Mantenimiento Pérez & Zeledón Sociedad Anónima.—San José, a las siete horas treinta minutos del veintinueve de agosto del año dos mil catorce.—Lic. Dafne Zeledón Monge, Notaria.—1 vez.—(IN2014055298). Por escritura número cinco otorgada ante esta notaría, en conotariado con la Licda. Priscilla Ureña Duarte, a las once horas treinta minutos del veintisiete de agosto del dos mil catorce, se modificó la cláusula novena del pacto constitutivo de la sociedad denominada Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos Setenta y Ocho Mil Setecientos Diecinueve Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y ocho mil setecientos diecinueve.—San José, 27 de agosto de dos mil catorce.— Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(IN2014055300). Que por asamblea general extraordinaria de socios, acta número uno se resolvió modificar la cláusula primera sobre la razón social, clausula segunda en cuanto al domicilio social y cambio de junta directiva de la sociedad Maderas Vian Sociedad Anónima, con cedula jurídica número tres-ciento uno-tres ocho ocho siete cero cero. Fecha de modificación: trece de agosto del dos mil catorce.—Lic. Carlos Eduardo Blanco Fonseca, Notario.—1 vez.—(IN2014055304). Ante esta notaría, por escritura otorgada, a las catorce horas treinta minutos del día veintisiete de agosto del dos mil catorce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Desalmacenadora El Coyol S. A. Donde se acuerda reformar la cláusula referente al domicilio social y de la representación de la compañía.—San José, veintisiete de agosto del dos mil catorce.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1 vez.—(IN2014055305). Ante esta notaría, por escritura otorgada, a las quince horas treinta minutos del día veintisiete de agosto del dos mil catorce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Apazote S. A. Donde se acuerda reformar la cláusula referente al domicilio social y de la representación de la compañía.—San José, veintisiete de agosto del dos mil catorce.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1 vez.—(IN2014055308). Por escritura número 12-11, otorgada a las 8:30 horas del 27 de agosto del 2014, ante esta notaria Diana Elke Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Erfurtone Limitada, en donde se acuerda reformar la cláusula del domicilio en los estatutos.—Puntarenas, 27 de agosto de 2014.—Lic. Diana Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.— (IN2014055312). Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del día veintisiete de agosto del dos mil catorce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada 3-101-641978 S. A. Donde se acuerda reformar la cláusula referente al domicilio social y de la representación de la compañía.—San José, veintisiete de agosto del dos mil catorce.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1 vez.—(IN2014055313). Que mediante escritura número trescientos veinticuatro de las diez horas treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil catorce, se reformó la cláusula sexta del pacto social de Propiedades Las Esmeralda S. A.—Coronado, veintiséis de agosto del dos mil catorce.—Lic. Roxana Jara Tenorio, Notaria.—1 vez.— (IN2014055318). Pág 52 La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014 Que mediante escritura número trescientos veinticinco de las once horas y treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil catorce se disolvió Cifuentes Dos Mil Diez S. A.—Coronado, veintiséis de agosto del dos mil catorce.—Lic. Roxana Jara Tenorio, Notaria.—1 vez.—(IN2014055319). Ante esta notaría se procedió a realizar reforma de la cláusula cuarta de la sociedad denominada El Cauto S. A., con cédula jurídica que exhibe el número 3-101-19375, que modifica su plazo social. Es todo.—San José, trece de agosto del dos mil catorce.— Lic. León González, Notaria.—1 vez.—(IN2014055322). El día veinticinco de agosto del año dos mil catorce, se protocolizó acta de sociedad Monitoreo y Alarmas S.O.S. S. A. Se modifica pacto constitutivo en cuanto a objeto y administración, y se nombra secretario.—Palmares, veinticinco de agosto del dos mil catorce.—Lic. Edgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.— (IN2014055325). Por escritura pública otorgada ante esta Notaría, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria celebrada a las 14:00 horas del 30 de julio del 2014, de la sociedad Ingeniería Cañas S. A., cédula jurídica número 3-101-040429, en la cual se aumenta el capital y por consiguiente se reforma la cláusula quinta de los estatutos sociales.—San José, 20 de agosto del 2014.—Lic. Lucrecia Flaqué Murillo, Notaria.—1 vez.—(IN2014055326). Ante esta notaría, Badimir Marrero Bell y Jairo Antonio Ordóñez Montenegro, por escritura número 93-6, otorgada a las 11:50 horas del 14 de agosto del 2014, constituyeron una sociedad anónima, cuya denominación social se ajusta a lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital social veinte dólares estadounidenses.—Lic. Rosa María Escudé Suárez, Notaria.—1 vez.—(IN2014055330). Por escritura 177-8 otorgada a las 09:00 horas del 25 de agosto del 2014, se disuelve y liquida la sociedad denominada Inversiones Liyo DC S. A., cédula jurídica 3-101-299315.—Lic. Efraín Mauricio Carvajal Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2014055332). Que al ser las 12:00 horas del 25 de abril del 2014, ante esta notaría del notario público Alexander Gutiérrez Mena, se procedió a la protocolización de la asamblea general extraordinaria de la empresa de esta plaza: Llama Roja S. A., con cédula de persona jurídica número: 3-101-227174, mediante la cual se modifica la conformación de la junta directiva y la cláusula novena del pacto social. Es todo.—Santa Cruz, 30 de abril del 2014.—Lic. Alexander Gutiérrez Mena, Notario.—1 vez.—(IN2014055334). En esta notaria, se ha protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de Seis Samaras Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-543392, del 22 de agosto del 2014. Acuerdan disolverla amparados en el inciso d-), artículo 201 del Código de Comercio. Se cumple con lo dispuesto en el artículo 207 del mismo código, a efecto quienes se consideren perjudicados se opongan judicialmente.— Palmares, 25 de agosto del 2014.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—(IN2014055335). Mediante escrituras números sesenta y cinco y sesenta y seis, otorgadas ante la notaria pública Andrea Cordero Montero, en San Rafael, Alajuela, a las nueve horas y a las doce horas treinta minutos del veintiséis de agosto del año dos mil catorce; visibles a los folios sesenta y cuatro vuelto y sesenta y cinco frente, respectivamente, del tomo ocho del protocolo de la suscrita notaria, se revocan los nombramientos de fiscal y secretario de las sociedades Office Management Services S. A. y Precoven S. A., respectivamente y se realizan los nombramientos correspondientes. Es todo.—San Rafael de Alajuela, a las trece horas del veintiséis de agosto del año dos mil catorce.—Lic. Andrea Cordero Montero, Notaria.—1 vez.—(IN2014055336). La suscrita notaria hace constar que mediante escritura otorgada a las 19:00 horas del día 27 de agosto de 2014, se disolvió en forma total y absoluta la sociedad R C G Tecno Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-213578, de acuerdo con el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio.—San Joaquín de Flores, 27 de agosto de 2014.—Lic. Carmen María Arias Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2014055337). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del veinte de agosto del dos mil catorce, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Compañía Constructora CORELSA S. A., en la cual se reforma la cláusula quinta del pacto social, aumentándose su capital social.—San José, veinte de agosto del dos mil catorce.—Lic. José Antonio Gamboa Vázquez, Notario.—1 vez.—(IN2014055338). Ante mí, Pablo Arias González, notario público con oficina en Atenas hago constar que el día diecinueve de agosto del dos mil catorce a las ocho horas en la ciudad de Atenas se protocolizó la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Castillo Lennox Sociedad Anónima. En la cual se revoca el nombramiento del presidente, se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo y se revoca poder generalísimo.—Atenas, diecinueve de agosto del dos mil catorce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.— (IN2014055344). Mediante escritura ciento treinta y seis del tomo ocho de mi protocolo, a las ocho horas del veintiocho de agosto del año dos mil catorce, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas donde se efectuó conversión de ciento treinta y cinco millones doscientos cuarenta y siete mil quinientas acciones preferentes en la misma cantidad de acciones comunes y nominativas de un colón cada una de Isthmus de Costa Rica S. A. Es todo.—Heredia, ocho horas y cinco minutos del veintiocho de agosto del año dos mil catorce.—Lic. Ronny Esteban Retana Moreira, Notario.—1 vez.—(IN2014055345). La sociedad Tres-Ciento Uno-Seiscientos Sesenta y Seis Mil Ciento Ochenta, informa que recibió renuncia de presidente, secretario y tesorero, realizando nuevos nombramientos en dichos puestos. Es todo.—San José, quince de mayo dos mil catorce.—Lic. Carlos González Sáenz, Notario.—1 vez.—(IN2014055346). Por escritura de las 9:00 horas del 14 de agosto, 2014, Marlin del Rey Uno Sociedad Anónima, cambia el nombre de Propiedades Reina de la Noche del Norte Sociedad Anónima, reforma cláusula primera del pacto.—Lic. Tanya Zamora Simón y Lic. Luis Alberto Paniagua Acuña, Notarios.—1 vez.—(IN2014055354). Lic. Zaira Salazar Castro, notaria pública de San José, hace constar que mediante escritura número sesenta y seis, de las once horas del día veintiocho de agosto de dos mil catorce, visible al folio cuarenta y cuatro frente, del tomo octavo de la suscrita notaria, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de la sociedad de esta plaza denominada MNGC Mencha Sociedad Anónima, en la cual se acordó por unanimidad la disolución de dicha sociedad mercantil.— San José, doce horas del día veintiocho de agosto de 2014.—Lic. Zaira Salazar Castro, Notaria.—1 vez.—(IN2014055357). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 27 de agosto de 2014, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Silopen de Centroamérica S. A., cédula de persona jurídica 3-101-649864, modificándose la cláusula 9 de la administración y nombrándose nueva junta directiva y fiscal.—San José, 27 de agosto del 2014.— Lic. Luis Alonso Quesada Díaz, Notario.—1 vez.—(IN2014055360). En la notaría de la Lic. Patricia Zumbado Rodríguez, Alajuela, a las nueve horas del veintidós de agosto del dos mil catorce, se prorroga el plazo a noventa y nueve años de la sociedad Dusoqui S. A.—Lic. Patricia Zumbado Rodríguez, Notaria.—1 vez.— (IN2014055362). Por escritura otorgada en mi notaría, a las 10:00 horas del 27 de agosto de 2014, se disolvió y liquidó la sociedad Transportes Frank Internacional S. A.—San Juan de Tibás, 27 de agosto de 2014.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.— (IN2014055372). La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014 Pág 53 BYD Kentucky S. A., cédula 3-101-656129 reforma cláusula de la razón social para denominarse Smart Club. Escritura otorgada a las 11:00 horas del 27 de agosto del 2014.—Lic. Vivian Rose Troper Maguillansky, Notaria.—1 vez.—(IN2014055373). Mercadeo Internacional M P L Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-430.196, modifica junta directiva y domicilio social. Otorgada 28 de agosto de 2014.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2014055411). Hoy ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Impresiones Publicitarias de Costa Rica S. A. Se modifica cláusula primera y se nombra presidente, tesorero y fiscal.—Cartago, veintiuno de agosto del dos mil catorce.—Lic. Juan Pablo Navarro Solano, Notario.—1 vez.—(IN2014055374). Tanques y Bombas Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-609.491, modifica razón social a Asesorías y Logísticas Especializada Sociedad Anónima, modifica junta directiva y domicilio social. Otorgada 28 de agosto de 2014.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2014055412). Ante mí, hoy se disolvió la sociedad Corporación Jasihe S. A.—Cartago, 8 de mayo del 2014.—Lic. Luis Martínez Brenes, Notario.—1 vez.—(IN2014055375). Por escritura otorgada, a las dieciocho horas cero minutos del veinticinco de agosto del dos mil catorce, ante este notario José David Moya Valverde se constituyó la sociedad anónima, sin denominación, bajo acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, así su número de cédula jurídica asignado, con su aditamento conforme con lo dispuesto en el artículo 19 del Código de Comercio. Es todo.—Lic. José David Moya Valverde, Notario.—1 vez.—(IN2014055413). Por escritura otorgada a las 9:00 horas del día de hoy, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de la compañía Grupo Tancredo CRC Sociedad Anónima, por la cual se acuerda su disolución y se aprueba su liquidación.—San José, veintiocho de agosto del 2014.—Lic. Luis Paulino Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014055379). Ante esta notaría, se ha protocolizado el acta de asamblea extraordinaria de asociados en las que se nombra nueva junta directiva y fiscal de la empresa Dinosaur’s Nest Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintiún mil ochocientos setenta y seis.—Cahuita, 27 de agosto del 2014.— Lic. Floribeth Gómez Cubero, Notaria.—1 vez.—(IN2014055381). Por escritura otorgada a las diecinueve horas treinta y seis minutos del día de hoy, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la compañía Transportes Turísticos Hidalgo L.H.V. S. A., se reforma el acta constitutiva en su cláusula quinta. Se aumenta el capital social.—San José, veintiséis de agosto del dos mil catorce.—Lic. Edison Moya Umaña, Notario.—1 vez.— (IN2014055387). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 25 de agosto del 2014, mediante la escritura número 131, se protocoliza asamblea general de accionistas de la sociedad Corporación del Pacífico CRM S. A., mediante la cual se modifica la cláusula octava del pacto social y se nombra nuevo tesorero.—26 de agosto del dos mil catorce.—Lic. Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1 vez.— (IN2014055389). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 26 de agosto del 2014, mediante la escritura número 48-9, se protocoliza asamblea general de accionistas de la sociedad Harrison Communications S. A.; mediante la cual se nombra nuevo tesorero y nuevo fiscal.—27 de agosto del dos mil catorce.—Lic. Laura Granera Alonso, Notaria.—1 vez.—(IN2014055391). En esta notaria se ha protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de Cuatro Árboles Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-543650, del 22 de agosto del 2014. Acuerdan disolverla amparados en el inciso d), artículo 201 del Código de Comercio. Se cumple con lo dispuesto en el artículo 207 del mismo código, a efecto quienes se consideren perjudicados se opongan judicialmente.—Palmares, 25 de agosto del 2014.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—(IN2014055393). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 26 de agosto del 2014, mediante la escritura número 49-9, se protocoliza asamblea general de accionistas de la sociedad McCANN Worldgroup Costa Rica S. A.; mediante la cual se nombra nuevo tesorero y nuevo fiscal.—27 de agosto del dos mil catorce.—Lic. Laura Granera Alonso, Notaria.—1 vez.—(IN2014055394). Por escritura pública de las 8:00 horas del 28 de agosto del 2014, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Código Blanco Sociedad Anónima, en la cual se reforma las cláusulas segunda y sexta y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 28 de agosto del 2014.—Lic. Rodrigo Madrigal Núñez, Notario.—1 vez.—(IN2014055397). Por escritura otorgada ante mí, se modificó Ganadera El Molino de Florencia Sociedad Anónima, en cuanto a domicilio social y representación.—Monterrey de San Carlos, Alajuela, dieciséis horas del veinticinco de agosto del dos mil catorce.—Lic. Ricardo Reyes Calix, Notario.—1 vez.—(IN2014055414). Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del 27 agosto del 2014, se modifica el domicilio de la sociedad Dino It Technologies Sociedad Anónima.—San José, 27 de agosto del 2014.—Lic. José Luis Torres Rodríguez, Notario.—1 vez.— (IN2014055419). Se pone en conocimiento a todos los interesados que mediante escritura número doscientos noventa y tres, visible al folio ciento cuarenta y cuatro frente del tomo trece del notario público Reynaldo Arias Mora, de fecha quince horas treinta minutos del siete de agosto del dos mil catorce, la sociedad Arromakaal Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero cinco tres ocho ocho ocho, modifica la cláusula sétima en dicha sociedad.—Lic. Reynaldo Arias Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014055422). Por escritura pública número ciento trece-diez de las 11:30 horas del 28 de agosto de 2014, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Guaidil Floral S. A., en la que se modifica la cláusula sexta de la administración y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Erika Mishelle Gómez Soto, Notaria.—1 vez.—(IN2014055427). Por escritura pública número ciento diez-diez de las 10:00 horas del 28 de agosto de 2014, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones Solmarino S. A., en la que se modifica la cláusula sexta de la administración y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Erika Mishelle Gómez Soto, Notaria.—1 vez.—(IN2014055429). Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del dieciocho de agosto del año dos mil catorce, se acuerda la disolución de la sociedad Cupido Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de agosto del año dos mil catorce.—Lic. Luis Fdo. Carvajal Arias, Notario.—1 vez.—(IN2014055430). Por escritura pública número ciento once-diez de las 10:30 horas del 28 de agosto de 2014, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones Armiden S. A., en la que se modifica la cláusula sexta de la administración y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Erika Mishelle Gómez Soto, Notaria.—1 vez.—(IN2014055432). Por escritura pública número ciento doce-diez de las 11:00 horas del 28 de agosto de 2014, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Boletania Corporación S. A., en la que se modifica la cláusula sexta de la administración y se nombra nuevo presidente y secretario.—Lic. Erika Mishelle Gómez Soto, Notaria.—1 vez.— (IN2014055435). Pág 54 La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014 Yo, Fabrizio Ravetti Aguayo, notario público carnet 9568, informo que en mi notaría el día 28 de agosto del 2014, al ser las trece horas se protocolizó la asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Electricidad y Control Vargas y Smith Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-374881 y donde se modificó su pacto social. Se acordó elevar el capital social a diez millones de colones distribuidos en cien acciones de cien mil colones cada una. Es todo.—San José, 28 de agosto de 2014.—Lic. Fabrizio Ravetti Aguayo, Notario.—1 vez.—(IN2014055437). Por escritura otorgada a las quince horas de hoy, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Siempre Certero Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó reformar las cláusulas primera, quinta, sétima del pacto constitutivo, se revocaron los nombramientos de miembros de junta directiva y fiscal, llenándose sus vacantes con nuevos nombramientos y se acordó revocar un poder generalísimo sin límite de suma.—San José, veintisiete de agosto del dos mil catorce.—Lic. Bernal Chavarría Soley, Notario.—1 vez.—(IN2014055465). Por asamblea general extraordinaria de socios, protocolizada en esta notaría, hoy a las 10:00 horas, de la compañía de esta plaza denominada Zakinthos Inc S. A., en la que se reforman estatutos.— San José, 28 de agosto del 2014.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—(IN2014055440). Por escritura otorgada ante mi notaría, a las doce horas del diecinueve de agosto del dos mil catorce, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de cuotistas, que consta en el acta número uno de la empresa Tres-Ciento Dos-Seiscientos Ochenta y Dos Mil Seiscientos Noventa y Ocho S.R.L., mediante la cual y por acuerdo unánime se reformaron las cláusulas de administración y representación judicial y extrajudicial. De igual forma, se revocaron y realizaron nuevos nombramientos en la junta de administración. Es todo.—Liberia, Guanacaste, a las catorce horas del diecinueve de agosto del dos mil catorce.—Lic. Adrián Alberto Peralta Abarca, Notario.—1 vez.—(IN2014055466). Ante esta notaría, mediante la escritura número quinientos quince de las quince horas del veintisiete de agosto dos mil catorce, del tomo treinta y siete de mi protocolo, se protocolizó asambleas de socios de Cadam Letira Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-582391, que modifica las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo. Es todo.—San José, a los veintisiete días de agosto dos mil catorce.—Lic. Gerardo Velasco Avendaño, Notario.—1 vez.— (IN2014055441). La suscrita notaria, Daniela Madrigal Rodríguez, hace constar que se modificó el objeto de la sociedad denominada La Máquina del Chef Sociedad Anónima, en la ciudad de Santa Ana, el veinticinco de agosto del dos mil catorce.—Lic. Daniela Madrigal Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2014055443). Hoy protocolicé acta de asamblea extraordinaria del 27 de agosto del dos mil catorce, de Inmobiliaria Pax Sociedad Anónima, en donde se procedió a modificar clausula sexta.—San José, 27 de agosto del 2014.—Lic. Marco Fallas del Valle, Notario.—1 vez.— (IN2014055453). Por escritura otorgada, ante mi notaría, a las doce horas del veinticinco de agosto del dos mil catorce, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de cuotistas, que consta en el acta número dos de la empresa Tres-Ciento Dos-Seiscientos Setenta y Seis Mil Setecientos Siete S.R.L., mediante la cual y por acuerdo unánime se reformó la cláusula de administración, representación judicial y extrajudicial. De igual forma, se revocaron y realizaron nuevos nombramientos en la junta de administración. Es todo.— Liberia, Guanacaste, a las trece horas del veinticinco de agosto del dos mil catorce.—Lic. Adrián Alberto Peralta Abarca, Notario.—1 vez.—(IN2014055461). Por escritura de las 11:40 horas del 28 de agosto del año 2014, se reforma la cláusula quinta de los estatutos referente al capital de la sociedad Encke Technologies Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de agosto del 2014.—Lic. Augusto Arce Marín, Notario.—1 vez.—(IN2014055462). Por escritura otorgada ante mi notaría, a las trece horas del diecinueve de agosto del dos mil catorce, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de cuotistas, que consta en el acta número dos de la empresa Tres-Ciento Dos-Seiscientos Setenta y Nueve Mil Ochocientos Veinticinco S.R.L., mediante la cual y por acuerdo unánime se reformaron las cláusulas de administración y representación judicial y extrajudicial. De igual forma, se revocaron y realizaron nuevos nombramientos en la junta de administración. Es todo.—Liberia, Guanacaste, a las quince horas del diecinueve de agosto del dos mil catorce.—Lic. Adrián Alberto Peralta Abarca, Notario.—1 vez.—(IN2014055463). Por escritura otorgada ante mi notaría, a las trece horas del ocho de abril del dos mil catorce, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Financiera Multivalores Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula quinta del pacto social y se aumentó del capital social.— San José, ocho de abril del dos mil catorce.—Lic. María Auxiliadora Rodríguez Alpízar, Notaria.—1 vez.—(IN2014055464). Por escritura otorgada ante mi notaría, a las catorce horas del ocho de abril del dos mil catorce, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Financiera Multivalores Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula quinta del pacto social y se aumentó del capital social.—San José, ocho de abril del dos mil catorce.—Lic. María Auxiliadora Rodríguez Alpízar, Notaria.—1 vez.—(IN2014055468). Por escritura número 32-1, otorgada ante los notarios públicos Monserrat Andrea Segura Muñoz, David Arturo Campos Brenes, a las 16:30 del día 25 de agosto de 2014, se protocoliza el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Dragamar Litoral Caribe Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-680680; mediante la cual se reforma la cláusula primera de los estatutos sociales.—San José, 25 de agosto de 2014.—Lic. Monserrat Andrea Segura Muñoz, Notaria.—1 vez.— (IN2014055471). Por escritura número 31-1, otorgada ante los notarios públicos Monserrat Andrea Segura Muñoz, David Arturo Campos Brenes, a las 16:00 horas del día 25 de agosto de 2014, se protocoliza el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Bioestrategia Ambiental de la Costa Caribe Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-680676; mediante la cual se reforma la cláusula primera de los estatutos sociales.—San José, 25 de agosto de 2014.—Lic. Monserrat Andrea Segura Muñoz, Notaria.—1 vez.—(IN2014055473). Protocolización de asamblea general extraordinaria de socios de El Hierro S. A. Se modifican las cláusulas del domicilio social y representación del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva. Escritura otorgada en Heredia, a las 15:00 horas del 28 de agosto del año 2014.—Lic. Carlos Lizano Lépiz, Notario.—1 vez.—(IN2014055484). Protocolización de asamblea general extraordinaria de socios de Wolsus S. A. Se modifican las cláusulas del domicilio social y representación del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva. Escritura otorgada en Heredia, a las 14:30 horas del 28 de agosto del año 2014.—Lic. Carlos Lizano Lépiz, Notario.—1 vez.—(IN2014055485). Por escritura número ciento setenta del 26 de agosto del año dos mil catorce, la empresa El Rey Oso Blanco Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3 101 636488, reforma cláusula octava de sus estatutos.—Nuevo Arenal de Tilarán, Guanacaste, 29 de agosto, 2014.—Lic. María Etelvina Arrieta Gutiérrez, Notaria.—1 vez.— (IN2014055486). Por escritura número treinta del tomo uno otorgada a las 14:00 horas del 29 de agosto del 2014, de la empresa Feria del Productor Generaleño S. A., se reforman las cláusulas quinta, sexta, sétima, octava, décima, décima primera, décima segunda, décima tercera, décima cuarta, décima quinta, décima sexta, décima sétima, décima La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014 octava, décima novena, vigésima, vigésima primera, vigésima segunda, vigésima tercera, vigésima cuarta, vigésima quinta, vigésima sexta, vigésima sexta, vigésima octava, vigésima noventa y se incluye el transitorio uno de los estatutos sociales.—San Isidro de Pérez Zeledón, el 29 de setiembre del 2014.—Lic. Margareth Chaves Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2014055487). Por escritura otorgada ante mí, se modifica la cláusula sexta de la administración de la firma Administradora Merimont Sociedad Anónima. Fecha: 27 de agosto del 2014. Lugar de otorgamiento: San José.—Lic. Daniel Aguilar González, Notario.—1 vez.— (IN2014055491). En mi notaría se protocolizó el acta de asamblea general de socios de Importaciones Glasgow C.A. Sociedad Anónima. Destitución del tesorero, secretario y fiscal y nombramiento de nuevos miembros de la junta directiva, secretario, Carlos Manuel Sancho Corrales como tesorero. Agente Residente, Sergio Elizondo Garófalo, notario con oficina en calle uno, avenidas dos y cuatro, oficina uno.—Heredia, 28 de agosto del 2014.—Lic. Sergio Elizondo Garófalo, Notario.—1 vez.—(IN2014055493). Mediante escrituras otorgadas ante esta notaría, a las 8 y 9 horas del 28 de agosto del 2014, se protocolizaron respectivamente: a) Asamblea general de accionistas de 3-101-640457 S. A., donde se reforma la cláusula primera referida a la denominación social. Y b) Asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Osa Rescue S. A., donde se reforma la cláusula cuarta del pacto constitutivo referente al plazo social.—San José, 28 de agosto del 2014.—Lic. Andrés Mora Carli, Notario.—1 vez.—(IN2014055502). Por escritura 17 otorgada en esta notaría, a las 10:00 horas del 20 de agosto del 2014, la sociedad Abarrodriz S. A., aumenta su capital social. Es todo.—Lic. German José Víquez Zamora, Notario.—1 vez.—(IN2014055505). Por escritura otorgada en San José, a las 8:00 horas del 19 de agosto del 2014, se reforma el nombre de la sociedad Grupo Elefante Ecometalico S. A.—Lic. Julio Rojas Paniagua, Notario.—1 vez.— (IN2014055506). Por escritura otorgada a las doce horas del veintinueve de agosto del dos mil catorce, se protocoliza de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Arrendamientos Chi Pente Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento unocuatrocientos setenta mil ochocientos cincuenta y tres mediante la cual se acuerda disolver y liquidar la sociedad.—Lic. Mario Pacheco Flores, Notario.—1 vez.—(IN2014055509). Por escritura otorgada ante el suscrito Lic. Sergio Sánchez Bagnarello notario público C 2683 se constituyó la entidad LH Harvey Holdings CR Limitada, o en español LH Activos Harvey CR Limitada, domicilio será en provincia San José, cantón: Montes de Oca, distrito Sabanilla, Barrio: Residencial Los Rosales de la entrada cien metros norte, cien metros este y ciento veinticinco metros sur, casa siete. Plazo social cien años a partir del día de hoy. Objeto comercio, la industria y agricultura y ganadería en general, la construcción, administración de proyectos. Gerente, apoderada generalísima sin límite de suma.—San José, 27 de agosto 2014.— Lic. Sergio Sánchez Bagnarello, Notario.—1 vez.—(IN2014055512). Por escritura otorgada en esta notaría, a las diez horas del catorce de julio del dos mil catorce, se protocolizó acta de Rodolfo Jiménez de Alajuela Sociedad Anónima, donde se modifica domicilio social.—Alajuela, veintiocho de agosto del dos mil catorce.—Lic. José Mario Rojas Ocampo, Notario.—1 vez.—(IN2014055513). Hago constar que el día 26 de setiembre del 2013, y el día de hoy, 8 de setiembre del 2014, he protocolizado las sendas actas de Arvico Servicios Integrales de Consultoría y Construcción Sociedad Anónima, (sociedad costarricense) y de Amrita Corportation (sociedad panameña), en las cuales se acordó la fusión de ambas empresas, prevaleciendo la sociedad panameña.—San José, 8 de setiembre del 2014.—Lic. Fernando Alonso Castro Esquivel, Notario.—1 vez.—(IN2014057640). Pág 55 NOFICACIONES CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL SUCURSAL DE QUEPOS PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ El jefe a. í. de la sucursal de la CCSS en Quepos, por no ser posible la notificación en su domicilio, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos y trabajadores independientes incluidos abajo, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. Se le concede 5 días hábiles para normalizar su situación, caso contrario el adeudo queda firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial, tanto en la vía civil como penal. El monto contempla periodos que poseen firmeza administrativa al veinticinco y veintiséis de agosto del dos mil catorce, y se detalla número, nombre y monto adeudado: Trabajadores independientes: 0-00603190102-999-001, Aguilar Barrantes Stive Fabio, 369.207,00; 7-02700100173-999-001, Alaric no indica otro Darlene Carolyne, 773.822,00; 0-00112590070-999-001, Alvarado Solórzano Gabriel, 482.750,00; 0-00603310278-999-001, Araya Azofeifa Johan Andrés, 183.140,00; 0-00601570002-999-001, Araya Bonilla Carlos, 510.902,00; 0-00501410752-999-001, Araya Monge José, 433.077,00; 0-00112820214-999-001, Araya Naranjo Luis Gerardo, 171.599,00; 0-00204090899-999-001, Artavia Acuña Alexis, 113.464,00;0-00302260375-999-001, Astua Vega Álvaro, 560.094,00; 0-00102470280-999-001, Ávila Agüero Everardo, 194, 872,00; 0-00603360635-999-001, Azofeifa Muñoz Roy Alexander, 278, 892,00; 0-00111430548-999-001, Badilla Bejarano Carlos Andrés, 558.847,00; 0-00800530260-999-001, Barahona Cabrera Oscar Fernando, 175, 726,00; 0-00205480525-999-001, Barahona Calderón Jorge, 539, 284,00; 0-00603120841-999-001, Barboza Barrantes Ronald Adolfo, 191.089,00; 7-00017914778-999-001, Benavidez Alvarado Ezequiel, 638.380,00; 0-00107530954-999001, Blanco Quesada Francisco, 229.210,00; 0-00104330493-999001, Calderón Arguedas Víctor Manuel, 705.998,00; 0-00601760230999-001, Carvajal Baltodano Javier, 546.374,00; 0-00112850660999-001, Castillo Arias Carlos David, 549.247,00; 0-00601740631999-001, Castillo Vásquez José María, 122.039,00; 0-00701170405999-001, Castrillo Gómez Delmar Jesús, 452.304,00; 7-00014851206-999-001, Castro Cruz Juan Alberto, 793.162,00; 0-00112940844-999-001, Castro Mora Fernando, 229.736,00; 0-00109610914-999-001, Castro Umaña Yadir, 259.807,00; 0-00502980348-999-001, Cerdas Jiménez Giovanny, 638.588,00; 0-00302420266-999-001, Cerdas Sáenz Gustavo Adolfo, 102.218,00; 7-00018316581-999-001, Cerquera Mejía Misael, 171.146,00; 0-00106810983-999-001, Chacón Cascante Juan Milagro, 421.031,00; 0-00602220096-999-001, Chacón Jarquin Digna Grisel, 162.808,00; 0-00109590446-999-001, Charpentier Bustos Warren Emilio, 306.246,00; 0-00603740490-999-001, Chavarría Blanco Ingrid Yesenia, 165.540,00; 0-00105310894-999001, Chaves Rodríguez Osvaldo, 523.303,00; 0-00204130024-999001, Cordero Lara Elías, 690.590,00; 0-00602660785-999-001, Coronado Valverde Edwin, 742.313,00; 0-00602070765-999-001, Corrales Gómez Carlos Luis, 185.228,00; 0-00601600948-999-001, Corrales Villegas Gerardo Emiliano, 709.406,00; 0-00603280695999-001, Cubillo Vargas Carlos Ovidio, 374.238,00; 7-02660100858999-001, Díaz Méndez Esperanza Mirella, 189.338,00; 0-00602000834-999-001, Díaz Quesada Eliécer, 133.279,00; 7-00015660218-999-001, Duarte Valle José Joaquín, 641.597,00; 0-00603590360-999-001, Espinoza Arguedas Elías, 506.582,00; 7-00016827915-999-001, Faxas Noindicaotro Jorge, 639.106,00; 0-00105960543-999-001, Fernández Calderón Víctor Julio, 507.348,00; 0-00203240978-999-001, Fernández Méndez Juan Vicente, 744.034,00; 0-00107840586-999-001, Fioravanti Mora Jorge Arturo, 1.131, 092,00; 7-01810102767-999-001, García Chamorro Harol Antonio, 160,002,00; 7-02720098007-999-001, García Pérez Sonia, 439, 642,00; 0-00502690137-999-001, Gómez Gutiérrez Víctor Manuel, 694.833,00; 7-01780100420-999-001, González Prado Edgar José, 142.336,00; 0-00110120987-999-001, Grynspan Jaén Esteban, 826.782,00; 7-01770102964-999-001, Pág 56 La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014 Guadamuz Espinoza Iván Enrique, 1.286.789,00; 0-00107760738999-001, Guzmán Aguilar Luis Enrique, 706.897,00; 7-01540100668-999-001, Halverson Noindicaotro Danny Charles, 1.304.731,00; 0-00112560091-999-001, Hernández Cordero Esteban, 292.334,00; 0-00601420047-999-001, Hernández Hernández Gilberto, 1.060.346,00; 7-00014151212-999-001, Hernández Montoya Fredy, 530.658,00; 0-00502250964-999-001, Herrera Badilla Carlos Luis, 964.993,00; 0-00603600556-999-001, Herrera Morera Jimmy Miguel, 839.361,00; 0-00110210027-999001, Hidalgo Altamirano José Francisco, 157.566,00; 0-00106250464-999-001, Hidalgo Soto Leopoldo, 468.166,00; 0-00800900775-999-001, Huembes Cuesta Tania Ninoska, 286.074,00; 7-02690099452-999-001, Irsula Delrisco Clarisbel Virgen, 444.531,00; 7-02600093639-999-001, Jaén Jiménez Teresa de Jesús, 612.501,00; 7-00027653734-999-001, Jara Espinoza Marcia Urania, 564.977,00; 0-00107900748-999-001, Jara Mora José Manuel, 228.330,00; 0-00602020543-999-001, Jiménez Jiménez José Raúl, 265.522,00; 0-00105430128-999-001, Jiménez Jiménez Rafael Heriberto, 499.181,00; 0-00602500905-999-001, Jiménez Sánchez Carlos Luis, 533.019,00; 0-00204780077-999001, Jiménez Tellez Olman, 783.394,00; 7-00025622669-999-001, Jiménez Tovar Martha Cecilia, 595.947,00; 7-00016422476-999001, Jovel Díaz José Roberto, 357.539,00; 0-00015605484-999001, Kaas Moore Dane Paul, 944.014,00; 0-00601770374-999-001, Largaespada Pérez Eusebio, 372.749,00; 0-00110860913-999-001, Leiva Sánchez Danny, 174.210,00; 0-00602960984-999-001, León Bejarano Ricardo, 207.608,00; 7-02730100014-999-001, Little Noindicaotro Jennifer Erín, 540.524,00; 0-00603100797-999-001, López Arias María del Roció, 1.052.902,00; 0-00602290153-999001, López Fallas José David, 190.257,00; 0-00602540828-999-001, López Matarrita José Luis, 586.887,00; 7-00014750823-999-001, López Urbina Luis Eduardo, 265.307,00; 0-00113640136-999-001, Madrigal Monge Christopher, 707.423,00; 0-00110890007-999-001, Matamoros Arias Alejandro José, 508.759,00; 0-00602560081-999001, Matarrita García David, 731.738,00; 7-01670099846-999-001, Mediano Hernández Lauriano, 502.691,00; 7-00016725119-999-001, Medrano Narváez Javier, 716.537,00; 0-00603340844-999-001, Méndez Ortiz Olger Rogelio, 287.588,00; 7-00028380177-999-001, Mesa Arias Leidy Elisa, 973.951,00; 0-00106910341-999-001, Mora Mora Asdrubal Gerardo, 275.256,00; 0-00109410937-999-001, Morera Anchía Christian, 356.465,00; 0-00112180942-999-001, Morera Cáceres Leonel, 568.692,00; 0-00502490765-999-001, Naranjo Araya Yadira, 537.974,00; 0-00109090143-999-001, Oporta Martínez Franklin Antonio, 516.975,00; 0-00602890674-999-001, Paniagua Grajal Mary Luz, 275.242,00; 0-00114100123-999-001, Pérez Jiménez Jarol Steven, 501.704,00; 0-00108720182-999-001, Pérez Montero William, 540.974,00; 0-00601120797-999-001, Pérez Sandoval María Mercedes, 589.141,00; 0-00108380384-999-001, Picado Chavarría Luis, 188.418,00; 0-00109880727-999-001, Porras Porras Eddie Mauricio, 124.218,00; 7-01860100208-999-001, Quintero Rodelo Fabián Alberto, 502.601,00; 0-00602390227-999001, Quirós Agüero Yorlet Maricela, 156.750,00; 0-00602810015999-001, Quirós Serrano Franklin, 1.029.798,00; 0-00602950652999-001, Rivera Villarreal Lissy, 298.040,00; 7-00015959333-999001, Rojas Carrasco Juan Carlos, 511.276,00; 0-00110890975-999001, Rojas Vásquez Rodrigo Antonio, 480.678,00; 0-00109010478999-001, Romero Sánchez Jorge, 838.908,00; 7-00027163586-999001, Rueda Alemán Yamileth, 189.166,00; 7-00018377650-999-001, Ruiz Rodríguez Freddy José, 949.110,00; 0-00602870522-999-001, Sáenz Godínez Guido, 166.459,00; 0-00603330956-999-001, Salazar Barboza Geovanni, 766.586,00; 0-00602510620-999-001, Salgado Umaña Alexandra, 616.077,00; 0-00111670934-999-001, Sánchez Sequeira Tatiana Mariela, 351.422,00; 0-00204630759-999-001, Sandi Carmona Juan Carlos, 676.195,00; 0-00602700039-999-001, Sandi Matarrita Wilson, 264.724,00; 0-00602460124-999-001, Sequeira Torres José Antonio, 750.899,00; 0-00503450169-999-001, Sibaja Artavia Wider Alonso, 289.114,00; 7-00017018557-999-001, Silva García Martin Eduardo, 605.246,00; 0-00107280560-999-001, Solano Mena Adrián Enrique, 539.582,00; 7-00014953867-999-001, Solís Alvarado Julián Antonio, 157.531,00; 0-00503190902-999-001, Sotela Chavarría Allan, 421.016,00; 0-00112220362-999-001, Suarez Rangel Carlos Luis, 494.941,00; 0-00700630091-999-001, Tencio Jiménez Mario Enrique, 743.345,00; 0-00602880727-999-001, Umaña Mora Luis Alberto, 502.601,00; 7-01770100354-999-001, Valenzuela Guzmán Chuvasco Nazareno, 661.454,00; 7-00028815561-999-001, Vargas Arguello Ana Gabriela, 592.955,00; 7-01780102419-999-001, Vargas Carmona Norlan Francisco, 619.865,00; 0-00112230291-999-001, Vargas Hidalgo Damián Antonio, 325.252,00; 0-00113160689-999-001, Vargas Marín Oscar Javier, 468,000,00; 0-00603380161-999-001, Vargas Montoya Roy, 514.232,00; 0-00603180290-999-001, Vásquez Díaz Rosner, 232.504,00; 0-00303370786-999-001, Vindas Navarro Juan Miguel, 589.284,00; 0-00104230425-999-001, Vindas Rubí Juan Ramón, 601.423,00; 0-00603740187-999-001, Zapata Calderón Ruddy Edward, 222.030,00; 0-00601320776-999-001, Zúñiga Artola Ángel, 626.523,00; 0-00107060940-999-001, Zúñiga Méndez Olman Gerardo, 502.601,00; total casos 135 por ¢66.290.896,00.—Lic. Jimmy Castro Arriola, Administrador.—(IN2014056185). FE DE ERRATAS SERVICIO NACIONAL DE AGUAS SUBTERRÁNEAS, RIEGO Y AVENAMIENTO El Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento, SENARA, comunica al público en general que el Acuerdo N° 4746, tomado por la Junta Directiva de SENARA, en sesión ordinaria N° 651-14, celebrada el día 19 de mayo del 2014, publicado en La Gaceta N° 98 del día viernes 23 de mayo del 2014, debe leerse correctamente, como se indica: Acuerdo N° 4746: Se nombra a la Ing. Patricia Quirós Quirós, mayor, casada una vez, cédula de identidad número tres-doscientos diecinueve-cero cero ocho, Licenciada en Ingeniería Agrícola, y Master en Administración de Empresas (MBA), vecina de Paraíso de Cartago, como Gerente General de esta Institución, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma del SENARA, por el período de cuatro años, a partir del 26 de mayo del 2014 al 25 de mayo del 2018. Asimismo, se autoriza a la Ing. Patricia Quirós Quirós, en calidad de Gerente General sin límite de suma, delegar o sustituir su poder en concordancia a los artículos 1253, 1264, 1265, 1266 y 1289 del Código Civil, incluyendo la firma de cheques y transferencias de efectivo. Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial La Gaceta. Acuerdo firme y unánime. Unidad Servicios Administrativos.—Lic. Xinia Herrera Mata, Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº 091-14.—Solicitud Nº 0522.—C22530.—(IN2014056146). MUNICIPALIDADES MUNICIPALIDAD DE VÁZQUEZ DE CORONADO La Secretaría del Concejo Municipal de Vázquez de Coronado informa que por un error involuntario se publicaron las multas vigentes al 2013 en La Gaceta Digital del miércoles 20 de agosto del 2014. Por esta razón se aclara a la ciudadanía que el ajuste de multas correcto, según Acuerdo N° 2014-210-12 del 28 de abril de 2014 es el siguiente y rigen a partir de su publicación: Concepto Limpieza de vegetación Cercar lotes Clasificación de basura Aceras sin construir Materiales en aceras y predios Multa propuesta 1.261,00 1.682,00 420,00 2.102,00 841,00 Sistema de basura en empresas agrícolas, ganaderas, industriales, comerciales y turísticas 841,00 Obstaculizar el paso por aceras con gradas Canoas y bajantes Conservación de fachadas 2.102,00 3.363,00 2.102,00 Vázquez de Coronado, 28 de agosto del 2014.—Jéssica Torres Chavarría, Secretaria Concejo Municipal.—1 vez.— (IN2014056171).
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