LA GACETA N° 176 de la fecha 12 09 2014

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LA GACETA N° 176 de la fecha 12 09 2014
JORGE
LUIS
VARGAS
ESPINOZ
A (FIRMA)
Firmado digitalmente por
JORGE LUIS VARGAS
ESPINOZA (FIRMA)
Nombre de
reconocimiento (DN):
serialNumber=CPF-02-025
5-0227, sn=VARGAS
ESPINOZA,
givenName=JORGE LUIS,
c=CR, o=PERSONA FISICA,
ou=CIUDADANO,
cn=JORGE LUIS VARGAS
ESPINOZA (FIRMA)
Fecha: 2014.09.11 16:46:28
-06'00'
La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 12 de setiembre del 2014
AÑO CXXXVI
Nº 176
Celebremos con fervor
el aniversario de
nuestra independencia,
15 de setiembre de 1821.
56 páginas
La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014
Pág 2
5º—Con el propósito de cumplir con el principio de continuidad,
eficacia y eficiencia del servicio público educativo, y luego de
realizados los estudios técnicos requeridos para la autorización de
nuevos distritos escolares por parte de la Dirección de Planificación
Institucional en coordinación con la Dirección de Gestión y Desarrollo
Regional, se torna necesario crear el Distrito Escolar “La Coca Cola”
del Distrito Territorial Administrativo Merced, cantón primero San
José de la provincia primera de San José. Por tanto,
ACUERDAN
Artículo 1º—Créase el Distrito Escolar “La Coca Cola” del
Distrito Territorial Administrativo Merced, cantón primero San José
de la provincia primera de San José, cuyo ámbito territorial será el
comprendido dentro de los siguientes linderos:
Norte: De la quebrada sin denominación y la cual es afluente
del Río Torres en coordenadas 213.750 N, 526.320 E, aguas arriba
hasta el punto con coordenada 213.650 N, 523.580 E, de ahí línea
imaginaria con rumbo este hasta la intersección de la calle 20 con la
avenida 5 bis, en coordenada 213.600 N, 526.790 E.
Este: Del punto anterior con dirección sur sobre la calle 20
(calle Juan Santamaría) hasta intersectar la avenida central (0).
Sur: Del punto anterior continúa sobre la avenida Central (Paseo
Colón) desplazándose hacia el oeste hasta la intersección con calle 28.
Oeste: Del último punto reseñado sobre la calle 28 con dirección
norte hasta el punto con coordenada 213.480 N, 526.300 E, de aquí
línea imaginaria con rumbo norte hasta intersectar la quebrada sin
nombre, afluente del Río Torres en coordenadas 213.750 N, 526.320
E, punto inicial de esta delimitación.
Localización: Coordenadas referidas al Sistema Geodésico
Nacional.
Hoja topográfica: María Aguilar, Número: 3345-1-14, Escala:
1:10 000.
CONTENIDO
PODER EJECUTIVO
Pág
Nº
Acuerdos................................................................... 2
DOCUMENTOS VARIOS......................................... 4
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Edictos................................................................... 29
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA............... 30
REGLAMENTOS.................................................... 37
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS......... 37
RÉGIMEN MUNICIPAL........................................ 43
AVISOS..................................................................... 44
NOTIFICACIONES................................................. 55
FE DE ERRATAS..................................................... 56
PODER EJECUTIVO
ACUERDOS
Centros educativos adscritos
a este distrito escolar
MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Nº 58-AC-MEP-2014
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
En ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 140
inciso 20) y 146 de la Constitución Política, los artículos 25 inciso
1) y 28 inciso 2), acápite b) de la Ley General de la Administración
Pública, Ley N° 6227 y del artículo 42 inciso w) del Reglamento de
Organización Administrativa de las Oficinas Centrales del Ministerio
de Educación Pública, Decreto Ejecutivo N° 38170-MEP.
Considerando:
1º—Con fundamento en el mandato constitucional contenido
en el artículo 146 de nuestra Carta Magna, los acuerdos del Poder
Ejecutivo, requieren para su validez las firmas del Presidente de la
República y del Ministro(a) del ramo.
2º—Los artículos 25 inciso 1) y 28 inciso 2), acápite b)
de la Ley General de la Administración Pública, establecen que
corresponde exclusivamente al Ministro(a) del ramo, preparar y
presentar al Presidente de la República, los acuerdos que deban
suscribir en conjunto.
3º—Los artículos 9 del Código de Educación y 41 de la Ley
Fundamental de Educación, establecen que en cada distrito escolar
habrá una Junta de Educación nombrada por la Municipalidad
del cantón, con el fin de promover el uso racional, estratégico y
transparente de los recursos públicos.
4º—Entendiéndose por distrito escolar, como la circunscripción
territorial escolar trazada de tal manera que ningún estudiante tenga
que recorrer una distancia mayor a los dos kilómetros.
Jorge Luis Vargas Espinoza
Director General imprenta nacional
Director ejecutivo junta aDministrativa
Carmen Muñoz Quesada
ministerio De Gobernación y policía
Código
Latitud
Longitud
0370
0448
213.330
213.330
526.600
526.550
Escuela Juan Rafael Mora Porras
Jardín de Niños Juan Rafael Mora Porras
Artículo 2º—El distrito escolar que se describe en el artículo
anterior corresponde a la Dirección Regional de San José -Central.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los
veintiséis días del mes de mayo de dos mil catorce.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de
Educación Pública, Sonia Marta Mora Escalante.—1 vez.—O.C. N°
20609.—Solicitud N° 0246.—C-65740.—(IN2014056054).
Nº 59-AC-MEP-2014
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
En ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 140
inciso 20) y 146 de la Constitución Política, los artículos 25 inciso
1) y 28 inciso 2), acápite b) de la Ley General de la Administración
Pública, Ley N° 6227 y del artículo 42 inciso w) del Reglamento de
Organización Administrativa de las Oficinas Centrales del Ministerio
de Educación Pública, Decreto Ejecutivo N° 38170-MEP.
Considerando:
1º—Con fundamento en el mandato constitucional contenido
en el artículo 146 de nuestra Carta Magna, los acuerdos del Poder
Ejecutivo, requieren para su validez las firmas del Presidente de la
República y del Ministro(a) del ramo.
Oscar Montanaro Meza
representante eDitorial costa rica
Magda Zavala González
representante ministerio De cultura y juventuD
La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014
2º—Los artículo 25 inciso 1) y 28 inciso 2), acápite b) de la Ley
General de la Administración Pública, establecen que corresponde
exclusivamente al Ministro(a) del ramo, preparar y presentar al
Presidente de la República, los acuerdos que deban suscribir en
conjunto.
3º—Los artículos 9 del Código de Educación y 41 de la Ley
Fundamental de Educación, establecen que en cada distrito escolar
habrá una Junta de Educación nombrada por la Municipalidad
del cantón, con el fin de promover el uso racional, estratégico y
transparente de los recursos públicos.
4º—Entendiéndose por distrito escolar, como la circunscripción
territorial escolar trazada de tal manera que ningún estudiante tenga
que recorrer una distancia mayor a los dos kilómetros.
5º—Con el propósito de cumplir con el principio de continuidad,
eficacia y eficiencia del servicio público educativo, y luego de realizar
los estudios técnicos requeridos para la autorización de nuevos distritos
escolares por parte de la Dirección de Planificación Institucional en
coordinación con la Dirección de Gestión y Desarrollo Regional, se
torna necesario crear el Distrito Escolar “La Soledad” del Distrito
Territorial Administrativo Catedral, cantón primero San José de la
provincia primera de San José. Por tanto,
ACUERDAN
Artículo 1º—Créase el Distrito Escolar “La Soledad” del
Distrito Territorial Administrativo Catedral, cantón primero San José
de la provincia primera de San José, cuyo ámbito territorial será el
comprendido dentro de los siguientes linderos:
Norte: De la esquina en donde convergen la calle 6 y la avenida
8 en coordenada 212.720 N, 527.350 E, continúa con rumbo este
sobre la avenida 8, hasta entroncar la calle 9 (vía 209) en coordenada
212.665 N, 528.100 E.
Este: Del punto anterior se desplaza hacia el sur sobre la calle 9
(carretera 204) hasta entroncar con la avenida 16 punto en coordenada
212.280 N, 528.055 E.
Sur: Prosigue sobre la avenida 16 con rumbo oeste hasta la
intersección con la calle 6, en coordenada 212.350 N, 527.335 E.
Oeste: Del punto anterior prosigue sobre la calle 6 hacia el
norte hasta entroncar la avenida 8 en coordenada 212.720 N, 527.350
E, punto inicial de esta delimitación.
Localización: Coordenadas referidas al Sistema Geodésico
Nacional.
Hoja topográfica: María Aguilar, Número: 3345-1-14, Escala:
1:10 000.
Centros educativos adscritos
a este distrito escolar
Escuela Marcelino García Flamenco
Código
Latitud
Longitud
0347
212.450
527.750
Artículo 2º—El distrito escolar que se describe en el artículo
anterior corresponde a la Dirección Regional de San José-Central.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los
veintiséis días del mes de mayo de dos mil catorce.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de
Educación Pública, Sonia Marta Mora Escalante.—1 vez.—O.C. N°
20609.—Solicitud N° 0245.—C-61150.—(IN2014056066).
Nº 60-AC-MEP-2014
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
En ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 140
inciso 20) y 146 de la Constitución Política, los artículos 25 inciso
1) y 28 inciso 2), acápite b) de la Ley General de la Administración
Pública, Ley N° 6227 y del artículo 42 inciso w) del Reglamento de
Organización Administrativa de las Oficinas Centrales del Ministerio
de Educación Pública, Decreto Ejecutivo N° 38170-MEP.
Considerando:
1º—Con fundamento en el mandato constitucional contenido
en el artículo 146 de nuestra Carta Magna, los acuerdos del Poder
Ejecutivo, requieren para su validez las firmas del Presidente de la
República y del Ministro(a) del ramo.
Pág 3
2º—Los artículos 25 inciso 1) y 28 inciso 2), acápite b)
de la Ley General de la Administración Pública, establecen que
corresponde exclusivamente al Ministro(a) del ramo, preparar y
presentar al Presidente de la República, los acuerdos que deban
suscribir en conjunto.
3º—Los artículos 9 del Código de Educación y 41 de la Ley
Fundamental de Educación, establecen que en cada distrito escolar
habrá una Junta de Educación nombrada por la Municipalidad
del cantón, con el fin de promover el uso racional, estratégico y
transparente de los recursos públicos.
4º—Entendiéndose por distrito escolar, como la
circunscripción territorial escolar trazada de tal manera que
ningún estudiante tenga que recorrer una distancia mayor a los dos
kilómetros.
5º—Con el propósito de cumplir con el principio de
continuidad, eficacia y eficiencia del servicio público educativo,
y luego de realizados los estudios técnicos requeridos para la
autorización de nuevos distritos escolares por parte de la Dirección
de Planificación Institucional en coordinación con la Dirección de
Gestión y Desarrollo Regional, se torna necesario crear el Distrito
Escolar “Naciones Unidas” del Distrito Territorial Administrativo
Catedral, cantón primero San José de la provincia primera de San
José. Por tanto,
ACUERDAN
Artículo 1º—Créase el Distrito Escolar “Naciones Unidas”
del Distrito Territorial Administrativo Catedral, Cantón primero
San José de la provincia primera de San José, cuyo ámbito
territorial será el comprendido dentro de los siguientes linderos:
Norte: De la esquina en donde convergen la calle 11 y la
avenida 24 en coordenada 211.815 N, 528.120 E, continúa con
rumbo este sobre la avenida 24, hasta entroncar la carretera 209 en
coordenada 211.800 N, 528.350 E.
Este: Del punto anterior se desplaza hacia el sureste sobre
la carretera 209 hasta el puente sobre el río María Aguilar en
coordenada 211.055 N, 528.730 E.
Sur: Prosigue sobre el río María Aguilar aguas abajo del
punto anterior hasta el sitio en donde confluye con el río Ocloro en
coordenada 211.380 N, 528.730 E.
Oeste: Del punto anterior prosigue sobre el río Ocloro
con rumbo noroeste hasta el puente que está sobre la calle 11 en
coordenada 211.400 N, 528.080 E, posteriormente prosigue sobre
la calle 11 hasta llegar a coordenadas 211.815 N, 528.120 E, punto
inicial de esta delimitación.
Localización: Coordenadas referidas al Sistema Geodésico
Nacional.
Hoja topográfica: María Aguilar, Número: 3345-1-14,
Escala: 1:10 000.
Centros educativos adscritos
a este distrito escolar
Escuela Naciones Unidas
Código
Latitud
Longitud
0394
211.350
528.220
Artículo 2º—El distrito escolar que se describe en el artículo
anterior corresponde a la Dirección Regional de San José-Central.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los
veintiséis días del mes de mayo de dos mil catorce.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de
Educación Pública, Sonia Marta Mora Escalante.—1 vez.—O.C.
N° 20609.—Solicitud N° 0244.—C-63650.—(IN2014056074).
Nº 61-AC-MEP-2014
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
En ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 140
inciso 20) y 146 de la Constitución Política, los artículos 25 inciso
1) y 28 inciso 2), acápite b) de la Ley General de la Administración
Pública, Ley N° 6227 y del artículo 42 inciso w) del Reglamento
de Organización Administrativa de las Oficinas Centrales del
Ministerio de Educación Pública, Decreto Ejecutivo N° 38170MEP.
La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014
Pág 4
Considerando:
1º—Con fundamento en el mandato constitucional contenido
en el artículo 146 de nuestra Carta Magna, los acuerdos del Poder
Ejecutivo, requieren para su validez las firmas del Presidente de la
República y del Ministro(a) del ramo.
2º—Los artículos 25 inciso 1) y 28 inciso 2), acápite b)
de la Ley General de la Administración Pública, establecen que
corresponde exclusivamente al Ministro(a) del ramo, preparar y
presentar al Presidente de la República, los acuerdos que deban
suscribir en conjunto.
3º—Los artículos 9 del Código de Educación y 41 de la Ley
Fundamental de Educación, establecen que en cada distrito escolar
habrá una Junta de Educación nombrada por la Municipalidad
del cantón, con el fin de promover el uso racional, estratégico y
transparente de los recursos públicos.
4º—Entendiéndose por distrito escolar, como la
circunscripción territorial escolar trazada de tal manera que
ningún estudiante tenga que recorrer una distancia mayor a los dos
kilómetros.
5º—Con el propósito de cumplir con el principio de
continuidad, eficacia y eficiencia del servicio público educativo,
y luego de realizados los estudios técnicos requeridos para la
autorización de nuevos distritos escolares por parte de la Dirección
de Planificación Institucional en coordinación con la Dirección de
Gestión y Desarrollo Regional, se torna necesario crear el Distrito
Escolar “Sagrada Familia” del Distrito Territorial Administrativo
Hatillo, cantón primero San José de la provincia primera de San
José. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Créase el Distrito Escolar “Sagrada Familia”
del Distrito Territorial Administrativo Hatillo, cantón primero San
José de la provincia primera de San José, cuyo ámbito territorial
será el comprendido dentro de los siguientes linderos:
Norte: Del punto que corresponde al puente sobre el río
María Aguilar en la carretera 110, y en coordenadas 211.650 N,
528.980 E, continúa aguas arriba sobre el río hasta entroncar el
puente sobre dicho río en la carretera 214 en coordenadas 211.220
N, 527.095 E.
Este: Del punto anterior continúa con rumbo sur sobre la
calle 214, hasta las coordenadas 210.790 N, 527.040 E.
Sur: Del punto final anterior rumbo oeste sobre calle
secundaria hasta encontrar una acequia sin nombre en coordenada
210.810 N, 526.870 E, de ahí prosigue aguas abajo sobre esta
hasta el punto 211.000 N, 526.825 E, de ahí línea imaginaria
rumbo oeste franco hasta encontrar la calle secundaria en 211.290
N, 526.040 E, luego continúa sobre la misma con dirección norte
hasta intersectar la calle que atraviesa la comunidad Sagrada
Familia en 211.385 N, 526.070 E. Luego con rumbo noroeste hasta
la intersección de las calles que van a Hatillo y Sagrada Familia en
211.415 N, 525.965 E.
Oeste: Del último punto anterior reseñado, sobre la calle que
une Hatillo con Barrio Cuba, denominada calle 110, con rumbo
noroeste hasta el puente sobre el río María Aguilar en coordenadas
211.650 N, 525.980 E, punto inicial de esta descripción.
Localización: Coordenadas referidas al Sistema Geodésico
Nacional.
Hoja topográfica: María Aguilar, Número: 3345-1-14,
Escala: 1:10 000.
Centros educativos adscritos
a este distrito escolar
Escuela Carolina Dent Alvarado
Código
Latitud
Longitud
0387
211.250
5265.650
Artículo 2º—El distrito escolar que se describe en el artículo
anterior corresponde a la Dirección Regional de San José-Central.
Artículo 3º—Rige a partir de su publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los
veintiséis días del mes de mayo de dos mil catorce.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de
Educación Pública, Sonia Marta Mora Escalante.—1 vez.—O.C.
N° 20609.—Solicitud N° 0243.—C-70490.—(IN2014056083).
DOCUMENTOS VARIOS
EDUCACIÓN PÚBLICA
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 84, asiento 17, título N° 806 y del Título de Técnico
Medio en Contabilidad, inscrito en el tomo 1, folio 78, asiento 16,
ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional
de Pococí, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de
Méndez Rizo Juan José, cédula 7-0132-0553. Se solicita la reposición
de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—San José, dos de julio del dos mil catorce.—
Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014055186).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 10, título N° 122, y del Título de Técnico Medio
en la Especialidad de Secretariado Comercial, inscrito en el tomo 1,
folio 14, título N° 265, ambos fueron emitidos por el Colegio Técnico
Profesional Ingeniero Mario Quirós Sasso, en el año mil novecientos
ochenta y nueve, a nombre de Arley Pérez Guiselle, cédula 1-08130896. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida
de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones
a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir
de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los veinticinco días del mes de agosto del dos mil catorce.—
Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014055392).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Técnico Medio en la Especialidad de
Contabilidad, inscrito en el tomo 2, folio 163, título N° 3290, emitido
por el Colegio Vocacional de Artes y Oficios Nocturno de Cartago,
en el año mil novecientos noventa y dos, a nombre de Quesada
Garita James, cédula 1-0766-0382. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles
a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los veinticinco días del mes de agosto del dos mil catorce.—
Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014055396).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito
en el tomo 1, folio 4, título N° 021, emitido por el Liceo
Nocturno de Puriscal, en el año mil novecientos ochenta y ocho,
a nombre de Rodríguez Brenes José Gerardo, cédula 1-05740951. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de
la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José,
a los dieciocho días del mes de agosto del dos mil catorce.—
Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014055404).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 47, título N° 420, emitido por el Colegio Bilingüe
Jorge Volio Jiménez, en el año dos mil cuatro, a nombre de Brenes
Ortiz Silvia Elena, cédula 3-0416-0099. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014
Pág 5
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, a los dieciocho días del mes de agosto del dos mil
catorce.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—
MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014055416).
la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, al
primer día del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento
de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora
Aguilar, Jefa.—(IN2014055814).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el
tomo 3, folio 152, asiento N° 4295, emitido en el año dos mil seis y del
Título de Técnico Medio en la Especialidad de Secretariado Ejecutivo,
inscrito en el tomo 1, folio 485, asiento N° 8001, emitido en el año
dos mil cinco, ambos títulos fueron extendidos por el Colegio Técnico
Profesional de Heredia, a nombre de Brenes González Shirley María,
cédula 4-0192-0110. Se solicita la reposición de los títulos indicados
por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles
a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los veintiocho días del mes de agosto del dos mil catorce.—
Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014055450).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 170, título N° 3593, emitido por el Colegio Técnico
Vocacional Monseñor Sanabria, en el año mil novecientos noventa
y nueve, a nombre de Bolívar Chaves Juan Luis, cédula número
1-1104-0748. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de
la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José,
a los dieciocho días del mes de agosto del dos mil catorce.—
Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014055822).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 42, título N° 185, emitido por el Liceo San Gabriel
de Aserrí, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de
Cerdas Hidalgo Karen Gabriela, cédula 1-1010-0660. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—San José, al primer día del mes de setiembre
del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014055649).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el
tomo 1, folio 187, título N° 1263, emitido por el Liceo Diurno José
Martí, en el año dos mil siete, a nombre de Zamora Castro Daniela
Karina, cédula 1-1397-0807. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles
a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—
San José, a los trece días del mes de agosto del dos mil catorce.—
Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—M.Ed.
Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014055692).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio
164, título N° 1105, emitido por el Colegio Nocturno de Limón, en el
año dos mil cuatro, a nombre de Portero Montero Susana Felicidad. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada
dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en
el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los once días del mes de
julio del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014055744).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 124, asiento 25, título N° 1001, emitido por el Liceo
Experimental Bilingüe de Pococí, en el año dos mil seis, a nombre de
Salazar Varela Absalón, cédula 6-0393-0674. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—San José, al primer día del mes de setiembre
del dos mil catorce.—Departamento de Evaluación Académica y
Certificación.—M.Ed. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014055808).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el
tomo 1, folio 96, título N° 456, emitido por el Liceo Salvador Umaña
Castro, en el año dos mil, a nombre de Molina Fonseca Cinthya María,
cédula 1-1180-0523. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones
a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación
Diversificada, “Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras,
inscrito en el tomo 1, folio 59, título N° 1308, emitido por el
Liceo de Alajuelita, en el año mil novecientos ochenta y siete,
a nombre de Masís Gamboa José Luis, cédula 4-0152-0299.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir
de la tercera publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”.—San
José, a los veintiséis días del mes de agosto del dos mil catorce.—
Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2014055849).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito
en el tomo 2, folio 150, título N° 4169, emitido por el Colegio
Bilingüe de Palmares, en el año dos mil once, a nombre de
Loaiza Rodríguez María Amalia, cédula 2-0719-0968. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, al primer
día del mes de setiembre del dos mil catorce.—Departamento
de Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Jefa.—(IN2014055854).
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS LABORALES
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por la señora
Ministra de Trabajo y Segundad Social, este Registro ha procedido
a la inscripción de la organización social denominada: Sindicato
de Empleados Técnicos y Profesionales del Programa Integral
de Mercadeo Agropecuario, siglas: SETYPROD, acordada en
asamblea celebrada el 29 de mayo del 2014. Expediente N° 965-SI.
Habiéndose cumplido con lo dispuesto en el artículo 344 del Código
de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social, se procede a la inscripción correspondiente. La
organización ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto
lleva este Registro visible tomo: 2, folio: 21, asiento: 4815 del 22 de
agosto del 2014. La Junta Directiva se formó de la siguiente manera:
Secretario General:
Secretario General Adjunto:
Secretario de Actas y Correspondencia:
Secretaria de Conflictos:
Secretaria de Finanzas:
Fiscal:
Rolando González Ruiz.
Diego Corrales Escalante.
Victoria Sánchez Salas.
Deima Calvo Aguilar.
Ginneth Ramírez Bolaños.
Francisco Anet Ruiz.
San José, 22 de agosto del 2014.—Registro de Organizaciones
Sociales.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2014055923).
Pág 6
La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre de 2014
JUSTICIA Y PAZ
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
PARA VER EL CAPÍTULO DE MARCAS
FAVOR DE HACER CLICK AQUÍ
La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014
Pág 27
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Marcas de Ganado
Luis Ángel Alfaro Fernández, cédula de identidad
0600820146, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de
suma de Agropecuaria Bella Vista A Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-173779, solicita la inscripción de:
como marca de ganado, que usará preferentemente en
Alajuela, Alajuela, El Coyol, Coyol, del Ebais 2.5
kilómetros al oeste y 300 metros al sur y en Alajuela,
Grecia, Río Cuarto, Laguna, 500 metros este, de la
iglesia. Se cita a terceros con derechos a oponerse,
para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los
diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 21 de agosto del 2014. Según expediente N°
2014-1522.—San José, 21 de agosto del 2014.—Viviana Segura De
la O, Registradora.—1 vez.—(IN2014054682).
Rolando Barrantes Montenegro, cédula de identidad
0602060194, solicita la inscripción de:
Carlos Núñez Velásquez, cédula de residencia 122200340523,
en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de Bernu
del Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-180620, solicita
la inscripción de:
N H
8
como marca de ganado que usará preferentemente en Limón,
Siquirres, Cayro, Milla Cuatro, frente a la iglesia evangélica.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este registro dentro de los diez días hábiles
contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada
el 13 de agosto del 2014. Según expediente N° 2014-1520.—
San José, 22 de agosto del 2014.—Viviana Segura De la O,
Registradora.—1 vez.—(IN201054934).
8 H
Carlos Calvo Chaverri, cédula de identidad 0501140704,
solicita la inscripción de:
como marca de ganado, que usará preferentemente en
Guanacaste, Cañas, Cañas, Sandillal, 500 metros
oeste del Hotel Capazuri. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles
contados a partir de la publicación de este edicto.
Presentada el 1 de agosto del 2014, según el expediente N° 20141420.—San José, 8 de agosto del 2014.—Viviana Segura De la O,
Registradora.—1 vez.—(IN2014055099).
Pedro Wilber Chaves Jiménez, cédula de identidad
0601520297, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de
suma de Marsupe Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-133804,
solicita la inscripción de:
como marca de ganado, que usará preferentemente
en Puntarenas, Puntarenas, Chomes, Judas, de la
fábrica de químicos Formoquisa un kilómetro al
norte y dos kilómetros al oeste. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los 10 días
hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.
Presentada el 7 de julio del 2014. Según el expediente N° 20141253.—San José, 24 de julio del 2014.—Viviana Segura De la O,
Registradora.—1 vez.—(IN2014055302).
María Cecilia Moya Leiton, cédula de identidad 0102160976,
en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de Ñawi
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-588842, solicita la
inscripción de:
como marca de ganado, que usará preferentemente en
San José, Pérez Zeledón, Cajón, Santa María, frente a
la escuela Navajuelar. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a
partir de la publicación de este edicto. Presentada el 27
de agosto del 2013. Según el expediente N° 2013-1461.—San
José, 25 de agosto del 2014.—Viviana Segura De la O,
Registradora.—1 vez.—(IN2014055495).
8
9 R
como marca de ganado, que usará preferentemente en Puntarenas,
Buenos Aires, Colinas, Colinas, 2 kilómetros al sur de la
escuela del lugar. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10
días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.
Presentada el 19 de agosto del 2014. Según el expediente N°
2014-1539.—San José, 26 de agosto del 2014.—Viviana Segura
de la O, Registradora.—1 vez.—(IN2014055706).
Hernán Villalta Rodríguez, cédula de identidad 0201880161,
solicita la inscripción de:
N
como marca de ganado, que usará preferentemente en Puntarenas,
Buenos Aires, Colinas, Colinas, 500 metros este de la escuela del
lugar. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles
contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el
19 de agosto del 2014. Según el expediente N° 2014-1540.—
San José, 26 de agosto del 2014.—Viviana Segura de la O,
Registradora.—1 vez.—(IN2014055708).
Luis Abraham López Reyes, cédula de identidad
0204950635, solicita la inscripción de: A4X como marca de
ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Upala, Dos
Ríos, Urbanización Petrona Carcario, del Bar La China 200
metros al oeste. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10
días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.
Presentada el 20 de agosto del 2014. Según el expediente N°
2014-1548.—San José, 27 de agosto del 2014.—Viviana Segura
De la O, Registradora.—1 vez.—(IN2014055713).
Alex Arturo Alvarado Carazo, cédula de identidad
0206360881, solicita la inscripción de:
A
5 C
como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela,
Upala, Upala, El Higuerón, 2 kilómetros noroeste de la plaza de
deportes de Canalete. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.
Presentada el 19 de agosto del 2014. Según el expediente N°
2014-1544.—San José, 26 de agosto del 2014.—Viviana Segura
De la O, Registradora.—1 vez.—(IN2014055715).
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
AVISOS
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su
inscripción el Estatuto de la entidad Asociación de Pequeños
Agricultores de San Pablo de Oreamuno, con domicilio en
la provincia de Cartago-Oreamuno, cuyos fines principales,
entre otros son los siguientes: Promover la unión y desarrollo
integral de todos sus asociados, cuyo representante, será el
presidente Alvin Martín Morales Vega, con las facultades que
establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y
sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a
la inscripción en trámite.—Documento Tomo: 2014 Asiento:
La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014
Pág 28
159192 con adicional(es): 2014-190486, 2014-205082.—
Curridabat, 5 de agosto del 2014.—Lic. Luis Gustavo Álvarez
Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2014056196).
primera publicación.—San José, 22 de julio de 2014.—
Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—(IN2014055310).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de
Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada: Asociación Cristiana Iglesia Casa de Dios
Puerta del Cielo El Shaday, con domicilio en la provincia de
Limón; cuyos fines principales entre otros son los siguientes:
la asociación es una entidad apolítica, con el objeto de servir a
la sociedad costarricense, mediante la evangelización, además
construirá centros para la enseñanza cristiana y ayuda a las
personas con problemas de adicciones, en alcohol, drogas,
prostitución y ayuda a los niños de la calle. Cuya representante
judicial y extrajudicial de la asociación con facultades
de apoderada generalísima sin límite de suma y con las
limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Elena
Álvarez Valverde. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 8 de agosto
de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo
cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días
hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para
que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 2012,
asiento: 221378).—Curridabat, 31 de octubre del 2014.—Lic.
Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2014056245).
Exp. 15387P.—Agrícola Zamorana S. A., solicita
concesión de: 3,5 litros por segundo de acuífero captado
mediante pozo BA-193 en finca de su propiedad en Sabana
Redonda, Poás, Alajuela, para uso agropecuario riego,
abrevadero, consumo humano. Coordenadas 235.054 /
514.503 hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 01 de marzo del 2013.—Jorge Bonilla
Cervantes, Director de Agua.—(IN2014055481).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
La Dirección Nacional de Notariado con oficinas en
Curridabat, diagonal al Colegio de Ingenieros y Arquitectos,
edificio Galerías del Este, hace saber: Que ante este Despacho
se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación como
delegataria para ser y ejercer la función pública estatal del
notariado, por parte de: Milxy Zúñiga Recio, cédula de identidad
número 1-0834-0876, carné profesional 19299. De conformidad
con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita
a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta
de la solicitante, a efecto de que los comuniquen por escrito a
esta Dirección dentro de los quince días hábiles siguientes a esta
publicación. Expediente N° 14-000984-0624-NO.—San José,
18 de agosto del 2014.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Tattiana
Rojas S., Abogada.—1 vez.—(IN2014056111).
La Dirección Nacional de Notariado con oficinas en
Curridabat, diagonal al Colegio de Ingenieros y Arquitectos,
Edificio Galerías del Este, hace saber que ante este despacho se ha
recibido solicitud de inscripción y habilitación como delegataria
para ser y ejercer la función pública estatal del notariado, por
parte de Antony Brayner Rosales Guido, cédula de identidad
7-0168-0596, carné profesional 21498. De conformidad con
lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial se invita a
quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta
del solicitante a efecto de que los comuniquen por escrito a
esta dirección dentro de los quince días hábiles siguientes a
esta publicación. Expediente: 14-000917-0624-NO.—San José,
6 de agosto del 2014.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Tattiana
Rojas S., Abogada.—1 vez.—(IN2014056257).
AMBIENTE Y ENERGÍA
Exp. 15395P.—Agrícola Zamorana S. A., solicita
concesión de: 3,5 litros por segundo de aguas subterráneas,
efectuando la captación por medio del pozo BA-159 en finca
de su propiedad en Sabana Redonda, Poas, Alajuela, para uso
industria. Embotellado para la venta Coordenadas 234.892 /
514.515 hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 03 de diciembre del 2012.—J.M.
Zeledón Calderón, Director de Agua.—(IN2014055482).
Exp. 994H.—Generadora Ecológica La Esperanza GELE
S.A., solicita concesión de: 2540 litros por segundo del río
Atirro, efectuando la captación en finca de Miguel Céspedes
Araya y Finca Quijote de Esperanza S. A., en Pejibaye (Jiménez),
Jiménez, Cartago para fuerza hidráulica a ser usada en venta al
ICE Coordenadas 197.076 / 576.479 hoja Pejibaye. Caída bruta
(93 metros): ... y potencia teórica (4 kw). 910 litros por segundo
del río Oro, efectuando la captación en finca de Virginia Hancock
en Pejibaye (Jiménez), Jiménez, Cartago para fuerza hidráulica a
ser usada en venta al ICE. Coordenadas 197.251 / 575.910 hoja
Pejibaye. Caída bruta (93 metros): ... y potencia teórica (4 kw).
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro
del mes contado a partir de la primera publicación.—San José,
7 de agosto de 2014.—Departamento de Información, Douglas
Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014055732).
Exp. 15487P.—Dorarge de Pital S. A., solicita concesión
de: 4 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación
por medio del pozo MQ-38 en finca de su propiedad en Los
Chiles, Alajuela, para uso agropecuario-riego. Coordenadas
325.833 / 465.333 hoja Medio Queso. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación.—San José, 08 de agosto de 2014.—
Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—(IN2014055870).
Exp. 995H.—Compañía Nacional de Fuerza y Luz S. A.,
solicita concesión de: 33000 litros por segundo del río Balsa,
efectuando la captación en finca de el mismo en Florencia, San
Carlos, Alajuela, para fuerza hidráulica a ser usada en servicio
público. Coordenadas 249.450 / 479.495 hoja San Lorenzo.
Caída bruta (126,50 metros) y potencia teórica (37500 kw).
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del
mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 11
de agosto de 2014.—Departamento de Información.—Douglas
Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014055880).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. N° 16320A.—Los Cenízaros Rojos de Parrita S. A.,
solicita concesión de: 2,8 litros por segundo del afloramiento
provocado (artificial), efectuando la captación en finca de el
mismo en Parrita, Parrita, Puntarenas, para uso agropecuarioriego. Coordenadas 171.306 / 496.737 hoja Parrita. Predios
inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
Exp. 10225A.—Jesús Ugalde Rodríguez solicita concesión
de: 4,45 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando
la captación en finca de Richard Huizinga (Coribero S. A.) en
Florencia, San Carlos, Alajuela, para uso consumo humanodoméstico y riego. Coordenadas 265.000 / 487.250 Hoja Aguas
Zarcas. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación.—San José, 6 de agosto de 2014.—
Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—(IN2014055886).
La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014
Exp. 16341P.—Andrés, Vásquez Ulate solicita
concesión de: 0,05 litros por segundo del acuífero, efectuando
la captación por medio del pozo CÑ-152 en finca de el
mismo en Cañas, Cañas, Guanacaste, para uso consumo
humano-doméstico-piscina-doméstica y agropecuario-riego.
Coordenadas 270.250 / 417.480 Hoja Cañas. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 18 de
agosto de 2014.—Departamento de Información.—Douglas
Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014055896).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. 15522P.—Productos Agropecuarios Visa S. A.,
solicita concesión de: 4 litros por segundo del acuífero,
efectuando la captación por medio del pozo en finca del mismo
en Pital, San Carlos, Alajuela, para uso agroindustrial cultivo
de piña. Coordenadas 272.442 / 503.115, hoja Aguas Zarcas.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del
mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20
de agosto de 2014.—Departamento de Información.—Douglas
Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2014055660).
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
EDICTOS
Registro Civil - Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. N° 28824-2013.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas
del treinta de setiembre del dos mil trece. Victoria María Sancho
Varela, mayor, divorciada, ama de casa, costarricense, cédula
de identidad número seis-ciento uno-quinientos, vecina de
Concepción Abajo, Alajuelita, San José; solicita la rectificación
de su asiento de nacimiento..., en el sentido que la fecha de
nacimiento de la misma es “veintiuno de noviembre de mil
novecientos cincuenta y uno” y no como se consignó. Conforme
lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo
de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres
veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes
interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término
de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Rodrigo
Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe Sección Actos Jurídicos.—(IN2014056154).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso
incoadas por Saida Onelia Centeno Cruz, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 22072014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de
Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas treinta minutos
del dieciocho de agosto del dos mil catorce. Exp. N° 508342012. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos
probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el
asiento de nacimiento de Emerson Osmel Tórrez Centeno...,
en el sentido que el nombre de la madre... es “Saida Onelia”.—
Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil
a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos
Jurídicos.—1 vez.—(IN2014056123).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso
incoadas por Lilliam García Martínez, ha dictado una resolución
que en lo conducente dice: Resolución N° 2498-2014.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San
José, a las doce horas cuarenta y dos minutos del siete de agosto
Pág 29
del dos mil catorce. Ocurso. Exp. N° 55526-2013. Resultando
1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—
Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento
de Catalina Sofía Lira García, en el sentido que el nombre de
la madre... es “Lilliam”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños,
Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe
Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2014056136).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso
incoadas por Ana Ester Schmidt Vargas, ha dictado una resolución
que en lo conducente dice: Resolución N° 4687-2012.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las doce horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de
diciembre del dos mil doce. Exp. N° 20280-2012. Resultando
1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:...,
II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de
nacimiento de Ander Joseph Vega Vargas..., en el sentido que
los apellidos de la madre... son “Schmidt Vargas” y no como
se consignaron.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial
Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección
Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2014056149)
Se hace saber que este Registro en diligencias de
ocurso incoadas por Santos Isabel Marín, no indica segundo
apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución N° 629-2014.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas
veinte minutos del veinticinco de febrero del dos mil catorce.
Ocurso Exp. N° 35879-2013. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—...,
Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:...,
Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Brithany
Samanta Marín Hernández..., e Isaías Marín Hernández..., en el
sentido que el nombre y el apellido de la madre de los mismos
son “Santos Isabel” y “Marín, no indica segundo apellido”
respectivamente, consecuentemente el segundo apellido de los
menores es “Marín”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor
Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Actos
Jurídicos.—1 vez.—(IN2014056172).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso
incoadas por Seferina del Rosario González Murillo ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 9152014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de
Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas cuarenta minutos
del veinte de marzo del dos mil catorce. Exp. N° 385532013. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos
probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquense
los asientos de nacimiento de Vinsent Stiguer Vega González
y de Yaron Daniel Rodríguez González,... en el sentido que
el nombre, el segundo apellido y la nacionalidad de la madre,
... son ‘’Seferina del Rosario”, “Murillo” y “costarricense”
respectivamente y no como se consignaron.—Lic. Rodrigo Fallas
Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe Sección Actos Jurídicos.—1 vez.—(IN2014056175).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso
incoadas por Marling Anyelhisca López Urbina, ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº
2315-2014. Registro Civil, Departamento Civil, Sección Actos
Jurídicos. San José, a las trece horas cincuenta y tres minutos del
veinticuatro de julio de dos mil catorce. Ocurso. Exp N° 217822014. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos
Probados:..., II.—Sobre el Fondo… Por Tanto: Rectifíquese el
asiento de nacimiento de Keissy Angely Bogantes López, en el
sentido que el nombre de la madre... es “Marling Anyelhisca”.—
Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos
Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2014056187).
La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014
Pág 30
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIONES
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000007-32701
Mantenimiento y reparación de vehículos livianos
La Dirección de Proveeduría Institucional del Ministerio
de Obras Públicas y Transportes, recibirá ofertas hasta las 10:00
horas del 07 de octubre de 2014, para la contratación citada
anteriormente.
El cartel se encuentra a disposición gratuitamente en
el sistema CompraRed, en la dirección www.hacienda.go.cr/
comprared de Internet.
San José, 02 de setiembre del 2014.—Proveeduría
Institucional.—M.Sc. Heidy Román Ovares, Directora.—1
vez.—O. C. Nº 3400022055.—Solicitud Nº 19642.—C-11120.—
(IN2014058463).
JUSTICIA Y PAZ
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
LICITACION PÚBLICA
Contratación del servicio de soporte y mantenimiento
correctivo y adaptativo del Sistema de Información de
Planos (SIP) del Registro Nacional y sus colaterales
El Departamento de Proveeduría del Registro Nacional
comunica que se recibirán ofertas para la licitación de referencia
hasta las 9 horas del 7 de octubre de 2014 a través del Sistema
Unificado Electrónico de Compras Públicas (MER-LINK).
Además se informa que todos los actos relacionados con
esta contratación, serán publicitados a través de dicho sistema y
no del Diario Oficial La Gaceta.
Departamento de Proveeduría.—Hazel Ruiz Morales,
Jefa.—1 vez.—O. C. N° oc-14-003.—Solicitud N° 19557.—C10980.—(IN2014058511).
PODER JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000045-PROV
Alquiler de local para alojar al Juzgado Contravencional
y Menor Cuantía de Aserrí
Fecha y hora de apertura: 13 de octubre de 2014, a las
10:00 horas.
El cartel se puede obtener sin costo alguno a través de
Internet, en la dirección: www.poder-judicial.go.cr/proveeduria,
o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo
electrónico a la siguiente dirección jjimenezco@poder-judicial.
go.cr. En este último caso, de no atenderse su solicitud en las 24
horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse
tal situación a los teléfonos 2295-3295 o 2295-3623.
San José, 9 de setiembre del 2014.—Proveeduría.—Mba.
Yurli Argüello Araya, Jefa a. í.—1 vez.—(IN2014058439).
BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA
CONTRATACIÓN DIRECTA 2014CD-000150-01
Contratación de una persona física o jurídica que brinde
el servicio de mantenimiento general y cambio de caras
del rótulo luminoso externo del edificio del BANHVI
El Banco Hipotecario de la Vivienda a través de la Dirección
Administrativa, da inicio al procedimiento de contratación directa
2014CD-000150-01, para la “Contratación de una persona física
o jurídica que brinde el servicio de mantenimiento general y
cambio de caras del rótulo luminoso externo del edificio del
BANHVI”, de conformidad con las condiciones específicas del
cartel.
Los interesados pueden acceder al cartel que regirá este
procedimiento de contratación en la página oficial del Banco
Hipotecario de la Vivienda, cita www.banhvi.fi.cr. sección
Publicaciones, Área de Proveeduría, Contrataciones.
La fecha límite para recibir ofertas será el 22 de setiembre
del 2014 a las 10:00 horas, fecha y hora en que se procederá a
realizar el acto de apertura de ofertas, en las instalaciones del
BANHVI ubicado en Barrio Dent, San Pedro de Montes de Oca,
de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, 300
metros oeste y 100 metros norte.
Dirección Administrativa.—Margoth Campos Barrantes.—1
vez.—(IN2014058305).
UNIVERSIDAD NACIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2014LN-000015-SCA
Compra de equipo científico y de laboratorio
La Universidad Nacional por medio de la Proveeduría
Institucional invita a personas físicas o jurídicas a participar en el
concurso para la compra de “Equipo científico y de laboratorio”
para la Institución.
Todas las ofertas se recibirán en la Proveeduría Institucional
de la Universidad Nacional, ubicada en San Pablo de Heredia,
del Colegio de San Pablo de Heredia 200 mts norte y 25 mts
oeste, antigua Bodegas de MABE, hasta las 9:00 horas del día
14 de octubre, 2014. Todas las ofertas que no estén a esa hora y
fecha serán devueltas sin abrir.
Los carteles deberán retirarse en la siguiente dirección
electrónica: www.una.ac.cr/proveeduria/ en los documentos
electrónicos propiamente información para proveedores o
pueden solicitarlo a los correos electrónicos proveeduria@una.
cr o [email protected].
Heredia, 9 de setiembre del 2014.—Proveeduría.—Map.
Nelson Valerio Aguilar, Director.—O.C. Nº P0019862.—
Solicitud Nº 19658.—(IN2014058455).
UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL
PROVEEDURÍA AUXILIAR SEDE GUANACASTE
LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000003-UTN04
Adquisición de vehículo pick up
La Proveeduría Auxiliar (sede Guanacaste) de la
Universidad Técnica Nacional recibirá ofertas por escrito hasta
las 10:00 horas del 30 de setiembre del 2014, para la Adquisición
de vehículo pick up. El cartel se encuentra disponible en la página
web: www.utn.ac.cr>contratacion administrativa>licitaciones
abreviadas.
Para consultas con Carlos Rodríguez Rojas al correo
[email protected] y/o al fax 2668-3522.
08 de setiembre del 2014.—Proveeduría Institucional.—
Lic. Miguel A. González Matamoros, Director.—1 vez.—
(IN2014058508).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000034-05101
Sirolimus 1 mg, tabletas recubiertas código: 1-11-41-0071
Se informa a los interesados que esta disponible en la
Plataforma electrónica Compra Red el cartel de la Licitación
Pública 2014LN-000034-05101, para la adquisición de:
Ítem Único: 576 CN Sirolimus 1 mg, tabletas recubiertas.
código: 1-11-41-0071.
La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014
Apertura de ofertas: 10:00 horas del día 27 de octubre 2014.
San José, 10 de setiembre del 2014.—Línea de Producción
de Medicamentos.—Lic. Joanna Quirós Alvarado, Asistente.—1
vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 1996.—C-10540.—
(IN2014058229).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
SUBÁREA PRODUCCIÓN DE REACTIVOS Y OTROS
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000035-05101
Tubos al vacío sin anticoagulante 16 × 100mm
Se informa a todos los interesados que esta disponible en
la plataforma electrónica Compr@Red en la dirección www.
comprared.cr el expediente de la Licitación Pública 2014LN000035-05101 para la adquisición de:
Ítem único: tubos al vacío sin anticoagulante 16 × 100mm
La apertura de ofertas está programada para el día 13 de
octubre del 2014, a las 10:00 horas. Para mayor información
llamar al 2539-1574, con Lic. Andrea Vargas Vargas, Jefa de la
Subárea Producción de Reactivos y Otros.
Subárea Producción de Reactivos y Otros.—Lic. Andrea
Vargas Vargas, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº
1533.—C-12260.—(IN2014058235).
INVITACIÓN A COMPRA DIRECTA N° 2014CD-000008-2944
Contratación de servicios de mantenimiento preventivo
y correctivo para dos inyectores de medios de contraste
en el Centro Nacional de Resonancia Magnética
La Dirección de Centros Especializados de la Gerencia
Médica, les invita a participar en el presente concurso, cuya
fecha máxima para la presentación de las ofertas será el 24 de
setiembre de 2014 a las 10 horas.
El cartel estará a su disposición una vez que se realice
la presente publicación y puede retirarse personalmente en
esta dependencia, ubicada en Oficinas Centrales de la Caja
Costarricense de Seguro Social, Edificio Anexo, Genaro Valverde,
segundo nivel de las gradas de caracol, avenida cuarta, entre
calles 5 y 7, en un horario de 8:30 a. m. a 4:30 p. m. Cualquier
consulta adicional, favor comunicarse con el Lic. Oldemar Rivas
Segura ([email protected]).
Dirección de Centros Especializados de la Gerencia
Médica.—Lic. Oldemar Rivas Segura.—Dr. Julio Calderón
Serrano.—1 vez.—(IN2014058276).
HOSPITAL MÉXICO
ADMINISTRACIÓN-SUBÁREA
DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000076-2104
Equipo de Ultrasonido
Se comunica: fecha de recepción de ofertas 14 de octubre
de 2014 a las 09:00 horas.
Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr
San José, 10 de setiembre de 2014.—Área de Gestión,
Bienes y Servicios.—Marcelo Jiménez Umaña, Coordinador.—1
vez.—(IN2014058487).
SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
LICITACION ABREVIADA 2014LA-000018-SUTEL
Contratación para la recolección de datos de pruebas
de acceso, interoperabilidad y tasación de los servicios
de telefonía móvil, fija y telefonía IP
La Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), con
cédula jurídica número 3-007-566209, ubicada en Guachipelín
de Escazú, Edificio Tapantí, tercer y cuarto piso, 100 metros al
Pág 31
norte de Construplaza, mediante su área de Proveeduría, indica
a todos los oferentes interesados en participar en la licitación de
referencia, que aplicando el artículo 99 del R.L.C.A., recibirá
ofertas hasta las 14:00 horas del 29 de setiembre del año 2014.
El cartel no posee ningún costo, por lo que puede ser
descargado en sitio WEB: http://sutel.go.cr/proveeduria/
contrataciones-vigentes o solicitarlo al correo electrónico
[email protected]
A la vez se informa que todas las modificaciones no
esenciales y aclaraciones que se realicen sobre el cartel, estarán
disponibles en el citado sitio WEB, por lo que este será el medio
oficial que utilizará la Institución para notificar. No obstante, la
adjudicación correspondiente, será publicada en el Diario Oficial
La Gaceta.
Área de Proveeduría.—Juan Carlos Sáenz Chaves, Jefe.—
1 vez.—Nº O C-1108-14.—Solicitud Nº 19641.—C-21520.—
(IN2014058337).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA
LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000012
Instalación de gimnasio al aire libre en los distritos de San
Rafael de Heredia centro, Santiago (Polideportivo
La Suiza), San Josecito (Barrio Santísima
Trinidad-Bajo de Los Molinos)
Invita a todos los interesados a participar en la contratación
en mención, cuyas ofertas se recibirán hasta las catorce horas
del viernes 26 de setiembre del 2014, adquirir el cartel de la
siguiente manera:
1)Retirarlo en la Municipalidad de San Rafael de Heredia,
con dirección frente al costado suroeste del Parque Central,
con un valor de ¢3.000.00.
2)Pagar por depósito o transferencia de los ¢3.000.00 a la
cuenta de la Municipalidad de San Rafael de Heredia en
el Banco Nacional de Costa Rica 100-01-040-000792-9,
cuenta cliente 15104010010007922, enviar el depósito
o transferencia al correo proveedurí[email protected] y
solicitar el cartel.
Cualquier consulta o información adicional puede
solicitarse al tel. 2263-5785, 2263-5790 ext. 26, Proveeduría
y/o teléfono 2238-3706 con el Ingeniero Julio León Campos,
profesional encargado del proyecto.
San Rafael de Heredia, 09 de setiembre del 2014.—
Floribeth Chaves Ramírez, Proveedora Municipal a. í.—1 vez.—
(IN2014058197).
MUNICIPALIDAD DE SAN PABLO DE HEREDIA
PROVEEDURÍA MUNICIPAL
CONTRATACIÓN DIRECTA N° 2014CD-000095-01
Contratación de servicios profesionales para realización del
estudio denominado Generación, caracterización y
composición de los residuos sólidos ordinarios
generados por tipo de usuarios en el cantón
de San Pablo de Heredia
La Municipalidad de San Pablo, los invita a participar en
la contratación antes citada. Podrán retirar el respectivo pliego
de condiciones en el Proceso de Proveeduría, ubicado en la
Municipalidad, costado norte del parque de San Pablo a partir de
esta publicación. La recepción de las ofertas se realizará hasta las
11:00 del día 19 de setiembre del 2014.
San Pablo de Heredia, 14 de mayo del 2014.—Óscar Hidalgo
Mena, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2014058307).
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La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014
MUNICIPALIDAD DE SARAPIQUÍ
UNIDAD DE PROVEEDURÍA
La Municipalidad de Sarapiquí, ubicada costado noroeste
de las Oficinas del Tránsito en Puerto Viejo de Sarapiquí, recibirá
ofertas para los siguientes procesos de licitación:
●
Licitación Abreviada 2014LA-000005-01, “Contratación
para los servicios de operacionalidad del CECUDI de
Puerto Viejo de Sarapiquí”.
Hasta las 11 horas del 23 de setiembre del 2014.
●
Licitación Abreviada 2014LA-000004-01 “Contratación
para los servicios de operacionalidad del CECUDI de
Horquetas de Sarapiquí”.
Hasta las 10 horas del día 23 de setiembre del 2014.
El pliego de condiciones de estas licitaciones (cartel),
normativa aplicable estarán disponibles a partir de la presente
publicación en la página Web de la Municipalidad de Sarapiquí:
www.sarapiqui.go.cr. Para mayor información comunicarse al
teléfono 2766-6744 ext-131 de la Proveeduría Municipal.
Departamento de Proveeduría.—Diego Corella Miranda,
Proveedor.—1 vez.—(IN2014058261).
MUNICIPALIDAD DE CAÑAS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2014LN-000001-01
Contratación para los servicios de operacionalidad
del Centro de Cuido y de Desarrollo Infantil
(CECUDI) en el cantón de Cañas
La Municipalidad de Cañas, cordialmente les invita a
participar y recibirá ofertas por escrito y en sobre cerrado hasta
las 10:00 horas del día 10 de octubre del 2014.
Los interesados pueden adquirir el cartel de la licitación,
sin costo alguno, en la Oficina de Proveeduría Municipal
ubicada al costado norte del parque de Cañas, podrán solicitar
información adicional en el teléfono 2690-4067 y al fax 26686715 o solicitarla vía correo electrónico awong@municanas.
go.cr.
Lic. Patricia Wong Quesada, Proveedora Municipal.—1
vez.—O. C. N° 16330.—Solicitud N° 41625.—C-12180.—
(IN2014058458).
ADJUDICACIONES
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000002-99999
(Resolución de adjudicación N° 91)
Remodelaciones varias
La Universidad Estatal a Distancia (UNED), comunica
a los interesados en la presente Licitación, que el Consejo de
Rectoría en sesión Nº 1831-2014, Art. III, inciso 12), celebrada
el 08 de setiembre del 2014, acordó:
Avalar la recomendación de la Comisión de Licitaciones,
y adjudicar la Licitación Abreviada 2014LA-000002-99999,
“Remodelaciones varias”, de la siguiente manera:
1)Dejar fuera de concurso a la empresa Arrieta Piedra Servicios
de Mantenimiento S.A, no alcanza el porcentaje mínimo
solicitado en la Metodología de Evaluación del Cartel, para
los Ítems 3 y 4.
2)Dejar fuera de concurso a la empresa VH Pintaconsa de Costa
Rica S.A, no alcanza el porcentaje mínimo solicitado en la
Metodología de Evaluación del Cartel, para el Ítem 4.
3)Adjudicar la Licitación Abreviada 2014LA-000002-99999,
“Remodelaciones varias”, con base en lo indicado en la
recomendación y la evaluación respectiva, de la siguiente
manera:
a. Al oferente Decoraciones y Muebles W & W S. A, lo
siguiente:
Ítem 1: “Construcción muro de retención, centro
universitario de Nicoya” según especificaciones técnicas
establecidas en el cartel y la oferta presentada.
Cantidad 1 Descripción: Construcción Muro de Retención
Centro Universitario de Nicoya
Precio
unitario:
¢23.618.145,00
Precio
total:
¢23.618.145,00
Monto total adjudicado: ¢23.618.145,00
Tiempo de entrega: 38 días naturales.
b. Al oferente Red Sistemas de Rotulación S. A., lo
siguiente:
Ítem 2: “Construcción de paso cubierto, Centro
Universitario de San Marcos” según especificaciones
técnicas establecidas en el cartel y la oferta presentada.
Cantidad 1 Descripción: Construcción de paso cubierto,
Centro Universitario de San Marcos.
Precio unitario: ¢8.471.250,00 Precio total: ¢8.471.250,00
Monto total adjudicado: ¢8.471.250,00
Tiempo de entrega: 17 días naturales
c. Al oferente Constructora A y M Desarrollos Urbanísticos
S. A., lo siguiente:
Ítem 3: “Remodelación servicio médico y suministro
de instalación de modulares, sede central” según
especificaciones técnicas establecidas en el cartel y la
oferta presentada.
Cantidad 1 Descripción: Remodelación servicio médico y
suministro de instalación de modulares, sede central
Precio
unitario:
¢20.902.750,00
Precio
total:
¢20.902.750,00
Monto total adjudicado: ¢20.902.750,00
Tiempo de entrega: 20 días naturales.
d. Al oferente Decoraciones y Muebles W & W S. A., lo
siguiente:
Ítem 4: “Remodelar y optimizar la funcionalidad del
Área de Atención al Público de Registro, edificio B, sede
central” según especificaciones técnicas establecidas en el
cartel y la oferta presentada.
Cantidad 1 Descripción: Remodelar y optimizar la
funcionalidad del Área de Atención al público de Registro,
sede central
Precio unitario: ¢6.770.000,00. Precio total: ¢6.770.000,00
Monto total adjudicado: ¢6.770.000,00
Tiempo de entrega: 13 días naturales.
Sabanilla, 09 de setiembre del 2014.—Oficina de Contratación
y Suministros.—Mag. Yirlania Quesada Boniche, Jefa.—1 vez.—
(IN2014058256).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
HOSPITAL SAN VICENTE DE PAÚL
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2014LN-000001-2208
Por reactivos e insumos para realizar tinciones especiales
e inmunohistoquimica por sistema automatizado
entrega por consignación
La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital San
Vicente de Paúl comunica a todas las personas físicas y/o jurídicas
interesadas en participar en esta Licitación, que se deja sin efecto el
presente proceso licitatorio, según oficio H.S.V.P.-D.A.-01330-2014
suscrita por el MSc. Óscar Montero Sánchez, Director Administrativo
de este hospital, declarándolo nulo de manera absoluta.
Lo anterior de acuerdo al artículo 58 párrafo último del
Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
Heredia, 3 de setiembre del 2014.—MSc. Óscar Montero
Sánchez, Director Administrativo.—1 vez.—(IN2014058321).
La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014
HOSPITAL MONSEÑOR SANABRIA
ÁREA GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000002-2501
Medicamentos varios
Modalidad de entrega: según demanda
A los interesados en el presente concurso, se les comunica que
por resolución de la Dirección Administrativa y Financiera DAFHMS-1485-14 del Hospital Monseñor Sanabria del 8 de setiembre
2014, se readjudica el ítem 12 a Droguería Intermed S. A.
Puntarenas, 9 de setiembre del 2014.—Subárea de
Contratación Administrativa.—Lic. Francisco A. Jaén Vargas.—1
vez.—(IN2014058434).
SERVICIO NACIONAL DE AGUAS SUBTERRÁNEAS,
RIEGO Y AVENAMIENTO
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2013LN-000005-OC
Instalación de tuberías, accesorios, riego parcelario y cubiertas
para reservorio en el proyecto de riego Río Negro
El Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y
Avenamiento, SENARA, comunica y transcribe el acuerdo número
4802, tomado por la Junta Directiva de SENARA, en sesión
ordinaria Nº 655-14, celebrada el día 01 de setiembre del 2014.
Acuerdo N° 4802: Se acoge la recomendación de la Comisión
de Licitaciones según oficio N° CL-039-14 y con base en los informes
de la Dirección Jurídica N° DJ-099-14 y DJ-177-14, Técnicos
N° INDEP-077-14 e INDEP-249-14, Administrativo N° SAPROGIRH-339-2014 y Certificación de Contenido Presupuestario
N° FIN-PRES-OF-029-2014, se adjudica la Licitación Pública N°
2013LN-000005-OC “Instalación de tuberías, accesorios, riego
parcelario y cubiertas para reservorio en el proyecto de riego Río
Negro”, a la empresa Durman Esquivel S. A., cédula jurídica
N° 3-101-006779. Esta adjudicación es por un monto total de
¢206.874.117,90 (doscientos seis millones ochocientos setenta
y cuatro mil ciento diecisiete colones con 90/100) y un plazo de
ejecución de 100 días naturales a partir de la orden de inicio, dada
por parte del SENARA. Todos los demás aspectos se rigen según lo
establecido en el cartel y la oferta. Esta oferta es la mejor calificada,
según los dictámenes técnicos, jurídicos y administrativos aportados
por la Comisión de Licitaciones y se ajusta a los requerimientos
solicitados en el cartel. Acuerdo firme.
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ÁREA DE CONTRATACIÓN Y SUMINISTROS
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 9036 de
Transformación IDA-INDER, artículos 26 y 30 y el oficio GG355-2014 del 09 de setiembre 2014, se comunica la adjudicación
de los siguientes procesos:
Licitación Abreviada 2014LA-000019-01 “Adquisición
de semilla, insumos químicos y herramientas para la siembra de
arroz y maíz para la Subregión de Río Claro”, a la oferta N° 1,
presentada por El Colono Agropecuario S. A., cédula jurídica
número 3-101-268981, por un monto total de ¢31.083.161,37
(treinta y un millones ochenta y tres mil ciento sesenta y un
colones con 37/100). La distribución y cantidades a adjudicar
a la empresa proveedora, son las consignadas en los cuadros
adjuntos al oficio OSRC-788-2014, visible a los folios 353,
354 y 355 del expediente administrativo de dicha licitación. El
control, seguimiento y fiscalización de la correcta ejecución de
esta licitación estará a cargo del Ing. José Manuel Fernández
Godínez de la Oficina Subregional de Río Claro, mismos que
fungirá como encargado general del contrato, teniendo bajo su
responsabilidad la obligación de generar los informes que sobre
esta licitación requiera la administración, en lo que respecta a la
ejecución presupuestaria la coordinación y fiscalización estará a
cargo del Área de Seguridad Alimentaria en calidad de Unidad
Solicitante del proceso licitatorio.
Licitación Abreviada 2014LA-000025-01 “Servicios
profesionales para el mantenimiento al Sistema Integrado de
Recursos Humanos del Instituto de Desarrollo Rural”, a la única
oferta presentada por Solucorp Internáutica S. A., cédula jurídica
3-101-473498, por un monto total de ¢117.450.000,00 (ciento
diecisiete millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos)
por un plazo de 27 meses contados a partir de octubre del año 2014
y hasta diciembre del año 2016. Para los periodos subsiguientes
(2015 y 2016) el presupuesto quedará sujeto a aprobación de la
Administración Superior y de la Autoridad Presupuestaria. El
Área de Recursos Humanos, en calidad de unidad que requiere
los servicios, es la instancia que fiscalizará la correcta ejecución
del proyecto (Encargado General del Contrato) y la contraparte
técnica asignada por la Unidad de Tecnología de Información
apoyará en las tareas de revisión de los trabajos efectuados por el
contratista; esto con el fin de garantizar el estricto cumplimiento
de las condiciones, especificaciones, plazos, asignación de
funciones y demás condiciones de la presente contratación.
Lic. Karen Valverde Soto, Proveedora Institucional.—1
vez.—(IN2014058273).
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
El instituto de desarrollo rural comunica la adjudicación del
siguiente proceso de contratación: Licitación Abreviada 2014LA000023-02, “Construcción de caminos en el Asentamiento
Campesino Quebrada Grande, Región Central, Subregión Grecia”
Adjudicar a favor de la oferta presentada por la empresa:
Secoya de Cartago S.R.L., cédula jurídica 3-102-150063, por
la suma de ¢26.810.426,86 (veintiséis millones ochocientos diez
mil cuatrocientos veintiséis colones con 86/100), con un plazo de
ejecución total de 50 días naturales, según oficio de la Gerencia
General GG-355-2014, del 9 de setiembre del 2014.
PROCESO DE ADQUISICIONES
COMPRA DIRECTA 2014CD-000100-09
Contratación de servicios de mantenimiento correctivo
para impresoras, proyectores, computadoras
(PORTATIL, PC, ALL IN ONE) y escáner para
la Unidad Regional de Heredia del
INA, según demanda
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional de
Heredia en Acta 068-2014, artículo I, de fecha 09 de setiembre
del 2014 acordó:
De conformidad con el informe de recomendación URHEPA-0921-2014, el estudio técnico USST-ADQ-317-2014,
se recomienda para el trámite de “Contratación de servicios
de mantenimiento correctivo para impresoras, proyectores,
computadoras (PORTATIL, PC, ALL IN ONE) y escáner para la
Unidad Regional de Heredia del INA, según demanda” 2014CD0000100-09 lo siguiente:
Adjudicar la línea única a la Oferta Nº 3: Fabio Andrés
Calderón Gutiérrez, por un monto de ¢20.000,00 por hora
(mano de obra técnica).
San Vicente de Moravia, San José.—Área de Contratación
y Suministros.—Lic. Karen Valverde Soto.—1 vez.—
(IN2014058270).
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano
Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. N° 23220.—Solicitud N°
19592.—C-19230.—(IN2014058159).
Servicios Administrativos.—Licda. Xinia Herrera Mata,
Coordinadora.—1 vez.—O.C 202-14.—Solicitud. 3766.—C24070.—(IN2014058464).
INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL
LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000023-02
Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino
Quebrada Grande Región Central, Subregión Grecia
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La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014
INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO
COOPERATIVO
LICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000001-01
Contratación de servicios de vigilancia y seguridad física
del edificio central de INFOCOOP, edificio Cooperativo
(EDICOOP), Centro de Capacitación La Catalina R.L,
FEDECRÉDITO R.L., y las instalaciones de
CECOOP R.L. en Lagunilla y en Flores
Se informa al público interesado que la Junta Directiva
del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo (INFOCOOP), en
su Sesión 3978, celebrada el 05 de agosto del 2014, artículo 2º,
inciso 2.3, acordó:
“Con fundamento en la solicitud de adjudicación de
la Licitación Pública 2014LN-000001-01 denominada
“Contratación de servicios de vigilancia y seguridad física del
edificio central de INFOCOOP, edificio Cooperativo (EDICOOP),
Centro de Capacitación La Catalina R. L, FEDECRÉDITO R. L.,
y las instalaciones de CECOOP R.L. en Lagunilla y en Flores”;
contenida en el oficio AF-P-371-2014 del 31 de julio de 2014,
Valoración Técnica contenida en el oficio AF-441-2014 del
30 de junio de 2014, constancia de contenido presupuestario
AF-140-2014 y lo expuesto ante la Junta Directiva del
INFOCOOP , por el señor Eliécer Ureña Quirós, Gerente del
Área de Administrativo Financiero; se acuerda adjudicar al
consorcio entre “Servicios Administrativos Vargas Mejías
S.A y Total Seguridad T.S S. A.; cédulas jurídicas 3-101203897 y 3-101-326295 respectivamente, dicha Licitación
Pública por un monto cotizado de ¢225.198.605,88 millones
de colones por año.
Se debe considerar una disminución en el monto del
respectivo contrato, dada la venta de las propiedades que
generaban el servicio correspondiente a las líneas 4 y 5; 4
CECOOP Lagunilla (Folio Real 4-126299-000) y 5 CECOOP Flores
(Folio Real 4-110119-000). Cada línea implica una disminución
anual de ¢25.022.067,36 para un total anual de disminución de
¢50.044.134,72.
Conforme a lo indicado esta adjudicación procede por el
monto anual de ¢175.154.471,16.
El informe técnico del proceso de adjudicación, se consigna
en los folios del N° 43.089 al 43.093 del Archivo de Referencia.
Acuerdo firme.
Lic. Eduardo Mestayer Cedeño, Proveedor.—1 vez.—O. C.
N° 34974.—Solicitud N° 18632.—C-31740.—(IN2014058246).
de acceso y servicio universal para que desarrolle los
instrumentos metodológicos necesarios para utilizar el
mecanismo de imposición de obligaciones específicas de
acceso y servicio universal, previsto en la ley de Costa Rica.
Además, se requiere que la entidad que se contrate brinde
servicios profesionales de análisis y recomendaciones
sobre el proyecto de modificación del Reglamento de
Acceso Universal, Servicio Universal y Solidaridad
(RAUSUS) preparado por esta Superintendencia, así
como de acompañamiento a la SUTEL en el proceso de
modificación de este Reglamento, particularmente en la
Audiencia Pública, por un monto total de $166.000.00.
A la vez se le informa al proveedor adjudicado, que luego
que esta contratación adquiera firmeza, cuenta con un plazo de
03 días hábiles como máximo, para que aporte en la recepción de
la SUTEL (tercer piso), en horario de lunes a viernes de 08:00
a.m. a 04:00 p.m. lo siguiente:
1-Garantía de cumplimiento, según punto 11 del cartel, por un
monto de $16.600,00.
2-Especies fiscales, que se pueden presentar por medio
de un entero de gobierno o timbres fiscales de ley que
corresponde, según lo estipulado en el punto 12.8 del
cartel, por un monto de $415,00.
Área de Proveeduría y Servicios Generales.—Juan Carlos
Sáenz Chaves, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº OC-1108-14.—Solicitud
Nº 19660.—C-42450.—(IN2014058457).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE EL GUARCO
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2014LA-000006-PROV
Servicios de asfaltado en el cantón
La Proveeduría Municipal comunica que por acuerdo
unánime y definitivamente aprobado del Concejo Municipal de
este cantón, contenido en el acta N° 332-2014, celebrada el 09
de setiembre de 2014, este proceso se ha adjudicado a Grupo
Orosi S. A. (antes Asfaltos Orosi Siglo XXI S. A.) cédula
jurídica 3-101-316814 por un monto total de ¢81.664.309,00. El
expediente se encuentra a disposición de los interesados en la
Proveeduría Municipal.
Lic. José Ml. González Molina, Proveedor Municipal.—1
vez.—(IN2014058344).
SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
MUNICIPALIDAD DE FLORES
LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000009-SUTEL
Contratación de servicios profesionales para el desarrollo de
los instrumentos metodológicos necesarios para utilizar el
mecanismo de imposición de obligaciones específicas
de acceso y servicio universal, previstos en la
Ley de Costa Rica
La Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), con
cédula jurídica N° 3-007-566209, según lo autoriza el punto 4.4
del Procedimiento de Compras de la SUTEL y con base en los
oficios 05944-SUTEL-DGF-2014 y 06051-SUTEL-DGF-2014,
comunica a los interesados en la contratación de referencia, que
se adjudica el servicio indicado al proveedor: Axon Partner
Group Consulting S.L., número de identificación fiscal (NIF)
B84816487, por obtener la mayor calificación y por cumplir
legal y técnicamente con todo lo solicitado en el cartel, según lo
siguiente:
Línea única: Contratar los servicios profesionales de
una entidad con experiencia y capacidades en el diseño y
operación del mecanismo de imposición de obligaciones
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000003-01
Compra de materiales para los procesos de obras civiles,
cementerio municipal y saneamiento ambiental
El Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de
Flores, comunica a todos los interesados en el procedimiento de
Licitación Abreviada 2014LA-000003-01, denominado Compra
de materiales para los procesos de obras civiles, cementerio
municipal y saneamiento ambiental, que el Concejo Municipal
de Flores en la sesión ordinaria 331-2014, celebrada el día 26
de agosto del 2014, mediante el acuerdo en firme 3699-2014,
adjudicó este procedimiento licitatorio de la siguiente forma:
I. A la empresa Capris S. A., con cédula jurídica 3-101005113, las líneas 1, 12, 13, 14, 42, 50, 60, 63, 64, 65, 68, 75,
83, 87, 89, 100 y 108, por un monto total de cuatrocientos
cincuenta y ocho mil ochocientos tres colones, sin céntimos
de conformidad con el siguiente detalle:
La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014
Líneas
Descripción
Aceite mezcla de dos ciclos (tiempos) para motoguadañas,
motosierras y motores de equipo (no transporte)
Cadena de eslabones alta resistencia grado 43, Ø 1/2" , soldada, de
uso industrial para amarrar, remolcar o levantar. Fabricadas según
12
especificaciones NACM para cadena, ASTM Standard A391 y ASTM
Standard A413, similar a la distribuida por CAPRIS
13 Cadena metálica de eslabón corto (50 mm) 3/8", 3500 Kg de ruptura
Soldadura para maquina de soldar con arco, 1/8 lincon electric
14
revestido caja de 5 kilos.
1
42
50
60
63
64
65
68
75
83
87
89
100
108
Gaza plástica 12" (300 mm) de largo (paquete de 100 unidades)
Lija de papel grano 120
Lápiz de carpintería IRWIN 66300
Disco para corte de concreto para esmeriladora 4"
Disco para corte de metal para esmeriladora 4"
Serrucho 22" largo la hoja, puño de madera
Mazo octonal de 2 libras
Cinta métrica metálica, de 8 metros, carcasa protegida contra
Espátula de acero flexible, 3" de ancho STANLEY 60-28-083
Tenaza armador 9" de largo, con forro plástico, corte entero
Juego de ocho (8) destornilladores y phillips FORCE 2084B
Alicate combinado corte y agarre, para electricista, con agarre para
tubos, 8,3x4"
Nivel de aluminio de tres gotas 1 metro de longitud
II.
Cantidad
Unidad
Unitario
Total
10
1/4 galón
4.563,00
45.630,00
Pág 35
REMATES
AMBIENTE Y ENERGÍA
FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORESTAL
25
Unitario
6.326,00
158.150,00
30
Metro
1.264,00
37.920,00
5
caja
8.999,00
44.995,00
1
Unidad
1.980,00
1.980,00
25
10
50
50
2
3
3
7
3
1
Pliego
Unidad
Unidad
Unidad
Unidad
Unidad
Unidad
Unidad
Unidad
Unidad
225,00
224,00
641,00
701,00
2.772,00
4.898,00
5.177,00
950,00
8.524,00
11.328,00
5.625,00
2.240,00
32.050,00
35.050,00
5.544,00
14.694,00
15.531,00
6.650,00
25.572,00
11.328,00
2
Unidad
4.556,00
9.112,00
1
Unidad
6.732,00
6.732,00
Se declaren infructuosas las restantes líneas del
cartel.
En el Departamento de Proveeduría de la Municipalidad se
brindará la información adicional (tel. 2265-7125 ext. 107 fax
2265-5652).
Lic. Miguel Hernández Mejía, Proveedor Municipal.—1
vez.—(IN2014058213).
MUNICIPALIDAD DE SARAPIQUI
UNIDAD DE PROVEEDURÍA
CONTRATACIÓN DIRECTA 2014CD-000513-01
Contratación de servicios de gestión
y apoyo para archivo central
La Municipalidad de Sarapiquí hace del conocimiento a
los interesados en el proceso de esta contratación que la misma
fue adjudicada a la proveedora Meylin Francella Rodríguez
Urtecho, por un precio de ¢3.600.000,00 (tres millones
seiscientos mil colones netos).
Departamento de Proveeduría.—Diego Corella Miranda,
Proveedor.—1 vez.—(IN2014058259).
MUNICIPALIDAD DE ESPARZA
CONTRATACIÓN DIRECTA 2014CD-000062-01
Compra de una motoniveladora totalmente nueva,
modelo 2014 o superior
La Proveeduría Institucional del FONAFIFO invita a
participar en el Remate Electrónico, 2014RE-000001-00201 de
un vehículo Chevrolet S10, año 2003.
Se recibirán pujas electrónicas hasta las 10:00 a.m.
del día jueves 16 de octubre del 2014, el interesado tendrá el
cartel a disposición, en el sistema Compr@Red, en la dirección
electrónica www.hacienda.go.cr/comprared.
El vehículo podrá inspeccionarse, previa cita al Nº de
teléfono 2545-3567 o al correo electrónico nvalverde@fonafifo.
go.cr, con el funcionario Ney Valverde Abarca, durante la semana
del 29 de setiembre al 03 de octubre del 2014.
Unidad de Proveeduría y Servicios Generales.—Licda.
Elizabeth Castro Fallas, Jefa.—1 vez.—O.C 325-2014.—
Solicitud. 63688.—C-11220.—(IN2014058492).
FE DE ERRATAS
GOBERNACIÓN Y POLICÍA
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCIÓN GENERAL
DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA
GESTIÓN DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000002-20300
(Ampliación del plazo para emitir el acto de adjudicación)
Adquisición de licencias varias
Se avisa a todos los interesados en esta Licitación para la
Junta Administrativa de la Dirección General de Migración y
Extranjería, que la Gestión de Proveeduría, que la Resolución N°
131-2014-MABS de las 11:00 horas del 8 de setiembre del 2014,
indicó en su Por Tanto lo siguiente:
De conformidad con los artículos 87 y 95 del Reglamento
a la Ley de Contratación Administrativa y el Decreto Ejecutivo
N° 30640-H, del veintisiete de junio del dos mil dos, publicado
en La Gaceta N°166 del día treinta de agosto del mismo año,
denominado Reglamento de las Proveedurías Institucionales,
artículo 12 inciso a) reformado por decreto N° 31483-H, del 19
de agosto de 2003, publicado en La Gaceta N° 230 del 28 de
noviembre 2003, se procede a resolver de la siguiente manera:
1.)Prorrogar el plazo para dictar el acto de adjudicación a
treinta y cuatro días hábiles adicionales al plazo anterior
(del 12 de setiembre al 30 de octubre de 2014).
2.)Notificar a los oferentes la presente resolución por medio
del sistema Comprared.
3.)Contra la presente resolución no cabe recurso.
San José, 8 de setiembre del 2014.—MBA. Erika García
Díaz, Gestora de Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 3400021941.—
Solicitud Nº 19478.—C-24430.—(IN2014058331).
La Municipalidad de Esparza hace del conocimiento a los
interesados en el proceso de esta contratación que el Concejo
Municipal mediante acuerdo tomado en el acta número diecinueve
de sesión ordinaria según artículo número veinticuatro, capítulo
tercero, efectuada el lunes ocho de setiembre del dos mil catorce,
dispuso adjudicarlo a Comercial de Potencia y Maquinaria S.
A., por una motoniveladora marca John Deere, modelo 670G,
totalmente nueva, año 2014 por la suma de US$248.900,00
(doscientos cuarenta y ocho mil novecientos dólares exactos),
que deberá ser entregada en un plazo de 30 días naturales a
partir de notificada la orden de compra y cumpliendo con las
condiciones establecidas en el cartel y en la oferta presentada.
CULTURA Y JUVENTUD
Esparza, 9 de setiembre del 2014.—Juan Ramón Piedra
Lazo, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2014058210).
Máster Josué Morales Pérez, Director General del Sistema
Nacional de Educación Musical.—1 vez.—(IN2014058391).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2014LN-000007-75801
Contratación de los servicios de seguridad y vigilancia
para el edificio del SINEM en San
Ignacio de Acosta
El Sistema de Educación Musical a través de la
Proveeduría Institucional del Ministerio de Cultura y Juventud
informa a todos los proveedores interesados a participar en el
procedimiento indicado que se han realizado aclaraciones al
cartel, dichas aclaraciones están relacionadas con los requisitos
del personal, las cuales son visibles a través del Sistema de
Compras Comprared.
La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014
Pág 36
PODER JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2014LA-000049-PROV
(Aclaración Nº 1)
Contratación de pintura total interna del edificio
de la Defensa Pública de San José
Debido a una contradicción en el sistema de evaluación del
pliego de condiciones, se aclara que el sistema de evaluación
que se aplicará en la presente licitación será 90% precio y 10%
experiencia, dicha aclaración se puede observar a partir de
la presente comunicación, a través de Internet, en la siguiente
dirección: www.poder-judicial.go.cr/proveeduria, en el enlace
invitaciones o solicitarlo al correo electrónico drodriguezv@
poder-judicial.go.cr.
Demás términos y condiciones permanecen invariables.
San José, 9 de setiembre del 2014.—Proceso de
Adquisiciones.—MBA. Yurli Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—
(IN2014058448).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
HOSPITAL DR. TONY FACIO CASTRO
LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000008-2601
Objeto del concurso: Contratación de servicio para el
mantenimiento preventivo y correctivo de 11 servicios
sanitarios en el Hospital Dr. Tony Facio Castro de Limón
Se comunica a los interesados en la licitación abreviada,
cuya invitación a participar se realizó en el Diario Oficial La
Gaceta N° 166 del 29 de agosto de 2014, lo siguiente:
La apertura de ofertas de esta licitación se prorroga para el
17 de setiembre del 2014 a las 10:00 a.m.
Además se incluyen dentro del cartel de compra en el
punto 1 “Descripción de aspectos técnicos a realizar en todas las
baterías de baños” los subpuntos siguientes:
1.26. Las lámparas deberán ser para cielo suspendido de 2
tubos en la parte superior interna empotrada de la loza sanitaria
de aislamiento. De fluorescente tipo luz día capacidad luminosa
de 32w X 2T8. Con pantalla de una sola pieza, el balastro que sea
de 120v – 277 electrónico, similar o superior a Sylvania.
1.27. Las tinas de baño ubicadas en los aislamientos de
cirugía de hombres y mujeres deberán ser eliminadas.
Demás términos y condiciones permanecen invariables.
Limón, 9 de setiembre del 2014.—Subárea de Contratación
Administrativa.—Lic. Kris Guillén Rojas, Coordinadora a. í.—1
vez.—(IN2014058245).
HOSPITAL WILLIAM ALLEN
LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000008-2307
Suministro de Productos Químicos
para Lavandería de H.W.A.T.
La Oficina de Gestión de Bienes y Servicios del Hospital
William Allen, comunica a los interesados en el concurso de la
Licitación Abreviada 2014LA-000008-2307 por el Suministro
de Productos Químicos para Lavandería de. H.W.A.T., que se
han realizado aclaraciones al cartel y se podrán solicitar a la
dirección electrónica: [email protected]. o [email protected]
o en la página Web de la Caja Costarricense de Seguro Social.
El plazo de recepción de ofertas se mantiene para el día 29
de setiembre del 2014 a las 10:00 a.m.
Subárea de Planificación de Bienes y Servicios.—Área de
Gestión de Bienes y Servicios.—Royer Sánchez Bogantes.—1
vez.—(IN2014058377).
HOSPITAL DR. RAFAEL Á. CALDERÓN GUARDIA
Se informa a los interesados de la Licitación Pública Nacional
2014LN-000007-2101, por concepto de Arrendamiento de
Concentradores de Oxígeno, que se realizó aclaraciones al cartel de
compra, mismas que podrán ser obtenidas en la Administración del
Hospital, sin costo alguno.
Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.
Lic. David Sánchez Valverde, Coordinador de la Subárea de
Contratación Administrativa.—1 vez.—(IN2014058406).
HOSPITAL MÉXICO
LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000068-2104
(Prorroga)
Instrumental para realizar Nefrolitotomías
Se les comunica a los interesados que el concurso en mención, se
prorroga la fecha de apertura para el 02 de octubre del 2014, a las 10:00
horas. De existir modificaciones se estará comunicando por este medio.
San José, 10 de setiembre del 2014.—Área de Gestión de Bienes
y Servicios.—Licda. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—
(IN2014058482).
LICITACIÓN ABREVIADA 2014LA-000058-2104
(Modificaciones)
Circuito de manguera descartable para adulto
Se les comunica a los interesados que para el concurso en
mención “se realizan modificaciones al cartel”, las mismas podrán ser
retiradas en el centro de copiado público, ubicado en el pasillo anexo al
Laboratorio de Sangre del Hospital México.
Se prorroga: fecha de recepción de ofertas el 24 de setiembre de
2014, a las 09:00 horas.
Demás condiciones permanecen invariables.
San José, 09 de setiembre de 2014.—Subárea de Contratación
Administrativa.—Licda. Carmen Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—
(IN2014058485).
COMISIÓN NACIONAL DE PRÉSTAMOS
PARA EDUCACIÓN
FE DE ERRATAS AL REGLAMENTO DE CRÉDITO
CONAPE notifica fe de erratas sobre el Reglamento de Crédito
publicado en Diario Oficial La Gaceta el 30 de julio de 2014, en el
alcance 145.
1. Se deberá leer correctamente en el anexo 3, la tabla como sigue:
RANGO DE PUNTOS
CONDICION DE
ELEGIBILIDAD
De 90 a 100
Excelente
De 80 a 89
Sobresaliente
De 70 a 79
Suficiente
Menos de 70
No califica
2. Se deberá leer correctamente en el anexo 4, la quinta línea de la
tabla como sigue.
PROMEDIO
PUNTOS
De 75.01 A 79.99
28
3. En el inciso j del Anexo 7, punto primero, se debe leer
correctamente así: Factura proforma del programa de estudios
que va a realizar, extendida por la entidad educativa, con el
detalle del costo de las asignaturas pendientes, por ciclo lectivo,
con sus respectivos subtotales y total general.
4. En el Anexo 7, punto segundo, la numeración deberá leerse
correctamente del inciso a. hasta el inciso p.
5. En el Glosario se debe leer correctamente para Acuerdo
Administrativo del Departamento de Crédito, lo siguiente:
Resolución administrativa a solicitudes y problemas diversos
que presentan los solicitantes o beneficiarios de préstamos en el
período de ejecución, firmados por el funcionario autorizado en
la respectiva Sección o por el Jefe Inmediato.
Sección Administrativa.—Lic. Róger Granados U., Jefe.—1 vez.—O.
C. Nº 25646.—Solicitud Nº 19181.—C-21600.—(IN2014058369).
La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014
REGLAMENTOS
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA
Debidamente autorizado mediante acuerdo tomado por la
Municipalidad del cantón de Alajuelita, en sesión N° 28 de fecha 15
de julio del 2014.
Por tanto este Concejo Municipal acuerda:
Aprobar en forma definitiva el Reglamento de fiscalización,
regulación y comercialización de bebidas con contenido
alcohólico del cantón de Alajuelita.
Ya que en La Gaceta N° 111 de fecha 11 de junio de 2014;
se publicó el Proyecto de Reglamento de fiscalización, regulación
y comercialización de bebidas con contenido alcohólico para el
cantón de Alajuelita.
Alajuelita, 27 de agosto del 2014.—Lic. Karen Redondo
Bermúdez, Área de Proveeduría.—1 vez.—(IN2014056132).
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
CONSEJO DIRECTIVO:
1- Modificar el Acuerdo Expropiatorio tomado por el Consejo
Directivo en la sesión 5865 del 10 de marzo del año 2009
sustituyendo en consecuencia el avalúo N° 0048-2009
por el Avalúo Administrativo N° 0476-2014, quedando en
consecuencia de la siguiente manera: La torre identificada con
el número 16, se ubicará en el lindero norte en las coordenadas
latitud 1 148 052 y longitud 379 761, a 9,96 metros del lindero
norte con calle pública, el área total que tendrá la estructura
de sitio de torre será de 90,25 metros cuadrados. La torre
identificada con el número diecisiete, se ubicará en el lindero
sureste en las coordenadas 1 147 759 y longitud 379 942, se
ubica a 16,05 metros del lindero sur, el área total que tendrá la
estructura de sito de torre será de 88,92 m2. Las limitaciones
que le aplican a los sitios de torre son las mismas que aplican
para la franja de servidumbre.
2- Esta modificación se hace en acatamiento de la resolución
judicial de las 13:10 horas del 02 de abril del año 2014,
dictada por el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de
Hacienda, Segundo Circuito Judicial Goicoechea en proceso
expropiatoria del Instituto Costarricense de Electricidad
contra Agrocaña Sociedad Anónima, expediente número 09000565-1028-CA-6.
3- Se declara firme el presente acuerdo tomado en el inciso B del
artículo 6 de la sesión número 6103 de fecha 12 de agosto del
año 2014.
4- Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.
San José, 27 de agosto del 2014.—Lic. Víctor Julio Cerdas
Fallas, Apoderado Especial Judicial.—1 vez.—(IN2014054973).
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
PRESIDENCIA EJECUTIVA
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Resolución 002-2014.—Presidencia Ejecutiva, al ser las siete
horas del cinco de junio del año dos mil catorce. Procedimiento de
Cobro Administrativo seguido contra el señor Jorge Sánchez Solís.
Resultando:
1º—Que el señor Jorge Eduardo Sánchez Solís ingresó a
laborar al INA a partir del 16 de julio del 2007, y como resultado de
ello firmó un contrato de dedicación exclusiva con la Institución, en
el puesto de Formador para el Trabajo 1D, clave N° 2366, bajo la
modalidad de nombramiento a plazo fijo.
2º—Que el señor Sánchez Solís laboró para el Ministerio de
Educación Pública desde el 1° de febrero de 1998 y hasta la fecha
Pág 37
de conocimiento el día 29 de noviembre del 2008, como Profesor
de Enseñanza Técnico Profesional titulado 5, en la especialidad de
Informática, ocupando una plaza en propiedad.
3º—Que la Auditoría Interna, emitió el informe N° 48-2008
de fecha 02 de diciembre del 2008, en el cual señala un supuesto
incumplimiento de deberes atribuible al señor Jorge Sánchez
Solís por haber laborado en forma simultánea para el Ministerio
de Educación Pública y el Instituto Nacional de Aprendizaje,
transgrediendo con ello el contrato de dedicación exclusiva suscrito
con la Institución.
4º—Que en virtud de lo anterior, la Presidencia Ejecutiva de
la Institución, mediante resolución EA-02-2010 del 23 de julio del
2010, procedió a instaurar el órgano director con el fin de verificar
la verdad real de los hechos.
5º—Que el Órgano Director del Procedimiento mediante la
resolución de las 10:00 horas del 3 de agosto del 2010, realizó el
traslado de cargos al señor Jorge Eduardo Sánchez Solís, indicándole
que le adeuda al INA la suma de ¢6.582.015,00, por concepto de
haber violentado las disposiciones contenidas en el contrato de
dedicación exclusiva firmado el 13 de agosto del 2007, al trabajar
con el Ministerio de Educación Pública; además se le cita para
audiencia oral y privada el día 14 de octubre del 2010.
6º—Que el señor Sánchez Solís fue notificado por medio de
publicación en el Diario Oficial La Gaceta N°161 de fecha 19 de
agosto del 2010, La Gaceta N°174 de fecha 7 de setiembre del 2010
y La Gaceta N°175 del 8 de setiembre del 2010.
7º—Que el Órgano Director del Procedimiento mediante
resolución de las 9:00 horas del 14 de octubre del 2010, dejó
constancia que el señor Sánchez Solís no se presentó a la audiencia
en la hora y fecha señaladas en el traslado de cargos, así como
tampoco presentó ante el Despacho ninguna justificación que
amerite un nuevo señalamiento para la recepción de prueba.
8º—Que mediante certificación PSA-Cert-1084-2010 de
fecha 3 de noviembre del 2010, se informó a la Licda. Andrea
Brown Campbell como Órgano Directo del Procedimiento, que el
funcionario Sánchez Solís renunció a la Institución a partir del 06
de abril del 2010.
9º—Que se han observado los procedimientos y las
prescripciones de ley.
Considerando:
I.—Hechos Probados.
1º—Que el señor Sánchez Solís laboró para el INA del 16 de
julio del 2007 al 6 de abril del 2010. (Ver folios 4 y 31 del expediente
de cobro administrativo).
2º—Que el señor Sánchez Solís suscribió el contrato de
dedicación exclusiva con el INA, el cual rigió por el período que
abarca desde el 13 de agosto del 2007 hasta el 06 de abril del 2010.
(Ver folios del 06 al 08 y 31 del expediente de cobro administrativo).
3º—Que el señor Sánchez Solís laboró para el MEP desde el
01 de febrero de 1998 a la fecha 29 de noviembre del 2008. (Ver
folios 10 al 12 del expediente de cobro administrativo).
4º—El señor Sánchez Solís devengó por el rubro de dedicación
exclusiva la suma de ¢6.582.015,00 según oficio PSA-394-2010 de
fecha 18 de marzo del 2010. (Ver folios 02 y 03 del expediente de
cobro)
II.—Hechos no Probados
Ninguno de importancia para la resolución de este asunto.
III.—Sobre el Fondo del Asunto
El señor Jorge Sánchez Solís comenzó a laborar para el Instituto
Nacional de Aprendizaje desde el 16 de julio del 2007 y como
consecuencia de esta relación suscribió un contrato de dedicación
exclusiva; sin embargo durante el período mencionado estuvo
laborando para el Ministerio de Educación Pública y para el INA en
forma simultánea, motivo por el cual podría estar incumpliendo con lo
dispuesto en el contrato de dedicación exclusiva firmado con el INA.
Ante tal situación corresponde analizar la aplicación del
artículo 13 inciso a) del Decreto Ejecutivo No 23669-H que reza:
“El servidor que se acoja al Régimen de Dedicación Exclusiva
podrá ejercer excepcionalmente su profesión comprometida en el
respectivo contrato, en los siguientes casos: a) Cuando se trate del
ejercicio de la docencia en establecimientos de educación superior
oficiales o privados, en seminarios, cursos y congresos organizados
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La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014
e impartidos por estos centros educativos (…)” y artículo 12 inciso
a) de la Resolución de la Dirección General de Servicio Civil N°
DG-254-2009 que indica: “El servidor que se acoja al Régimen de
Dedicación Exclusiva podrá ejercer excepcionalmente su profesión
comprometida en el respectivo contrato, en los siguientes casos: a)
Cuando se trate del ejercicio de la docencia, en instituciones de nivel
universitario, parauniversitario o institutos, públicos o privados,
en seminarios, cursos, talleres, congresos o alguna otra actividad
similar, organizados e impartidos por estos centros educativos (…)”.
Según se desprende de la anterior normativa, no existe un
requisito establecido expresamente en el inciso a) ni del Decreto,
ni de la Resolución General de Servicio Civil supra indicadas, para
el ejercicio de la docencia; por lo que el servidor Jorge Eduardo
Sánchez Solís no estaba en la obligación de comunicar ni solicitar
permiso por escrito a la Oficina de Recursos Humanos del Instituto
Nacional de Aprendizaje para ejercer en el MEP la docencia, aun
cuando hubiese suscrito con el INA un contrato de dedicación
exclusiva, esto por cuanto su actividad se enmarca dentro de las
excepciones dispuestas en el artículo 13 inciso a) del Decreto
Ejecutivo N° 23669-H y el artículo 12 inciso a) de la Resolución
de la Dirección General de Servicio Civil N° DG-254-2009, en este
mismo sentido véase resolución N°12320 del Tribunal de Servicio
Civil del 5 de mayo del 2014.
Ahora bien, podría seguir existiendo merito a la falta en el
tanto hubiese existido una eventual superposición horaria al suponer
que el servidor desempeño simultáneamente funciones en el INA y
el MEP, rozando eventualmente lo establecido en el artículo 17 de la
Ley Contra la Corrupción y Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios
Públicos N° 8422; Sin embargo, no se logró acreditar que el servidor
Sánchez Solís incurriera en dicha falta, por cuanto no hay prueba
suficiente en autos que constante los horarios del señor Sánchez en
cada una de las instituciones para las que laboró.
Motivo por el cual, al estar acreditado que las acciones
del señor Sánchez Solís se ajustaron al régimen de excepciones
establecido por el artículo 13 inciso a) del Decreto Ejecutivo N°
23669-H y el artículo 12 inciso a) de la Resolución de la Dirección
General de Servicio Civil N° DG-254-2009, ya que ambos artículos
lo facultaban para ejercer labores docentes en institutos, públicos o
privados, como una de las excepciones en el respectivo contrato de
dedicación exclusiva, sin ningún tipo de requisito y al no acreditarse
la existencia de una superposición horaria, lo correspondiente es
declarar sin responsabilidad alguna sobre los hechos imputados al
señor Jorge Sánchez Solís y consecuentemente debe ordenarse el
archivo del expediente. Por tanto,
I.—La Presidencia Ejecutiva del Instituto Nacional de
Aprendizaje, con base en las consideraciones supra citadas, ordena
se declare sin responsabilidad alguna al señor Jorge Sánchez Solís,
por supuestamente haber violentado las disposiciones contenidas en
el contrato de dedicación exclusiva firmado con el INA en fecha 13
de agosto del 2007, al trabajar simultáneamente con el MEP.
II.—Se ordena el archivo del expediente.
Notifíquese. Lic. Maynor Rodríguez Rodríguez.
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz,
Encargado.—O. C. N° 23220.—N° Solicitud N° 15439.—(IN2014039074).
Resolución-003-2014.—Presidencia Ejecutiva, al ser las ocho
horas del cinco de junio del año dos mil catorce.—Procedimiento de
Cobro Administrativo seguido contra el señor Juan Elías González
Quesada.
Resultando:
1º—Que el señor Juan Elías González Quesada ingresó a
laboral al INA el 30 de setiembre de 1999, firmando un contrato de
dedicación exclusiva con la Institución en fecha 1° de febrero del
2000, en el puesto de Formador para el Trabajo 1D, clave N° 791,
bajo la modalidad de nombramiento a plazo fijo.
2º—Que el señor Juan Elías González Quesada laboró para el
MEP desde el día 1° de febrero del 2002, a la fecha 29 de noviembre
del 2008, como Profesor de Enseñanza Técnico Profesional Titulado
6, en la especialidad de Informática, ocupando plaza en propiedad.
3º—Que la Auditoría Interna, emitió el informe N° 48-2008
de fecha 2 de diciembre del 2008, en el cual señala un supuesto
incumplimiento de deberes atribuible al señor Juan Elías González
Quesada por haber laborado en forma simultánea para el Ministerio
de Educación Pública y el Instituto Nacional de Aprendizaje,
transgrediendo con ello el contrato de dedicación exclusiva suscrito
con la Institución.
4º—Que mediante oficio AL-203-2010 de fecha 15 de marzo
del 2010, se le comunica al señor González Quesada sobre las
irregularidades en relación al contrato de dedicación exclusiva que
el firmó con el INA y se le comunica el interés de la administración
de llevar a cabo un arreglo de pago antes de iniciar el procedimiento
administrativo de cobro.
5º—Que la Presidencia Ejecutiva de la Institución, mediante
resolución EA-01-2010 de las 13:00 horas del 23 de julio del 2010,
procedió a instaurar el órgano director del procedimiento con el fin
de verificar la verdad real de los hechos.
6º—Que el Órgano Director del Procedimiento mediante
resolución de las 10:00 horas del 03 de agosto del 2010, realizó el
traslado de cargos al señor Juan Elías González Quesada, indicándole
que le adeuda al INA la suma de ¢14.339.302,50, por concepto de
haber violentado las disposiciones contenidas en el contrato de
dedicación exclusiva firmado el 1° de febrero del 2000, al trabajar
con el Ministerio de Educación Pública; además se le cito a una
audiencia oral y privada a celebrarse el 12 de octubre del 2010.
7º—Que el señor González Quesada fue notificado por medio
de publicación en el Diario Oficial La Gaceta N°162 de fecha 20 de
agosto del 2010, La Gaceta N°174 de fecha 7 de setiembre del 2010
y La Gaceta N°175 del 8 de setiembre del 2010.
8º—Que el Órgano Director del Procedimiento mediante
resolución de las 9:00 horas del 12 de octubre del 2010, dejó
constancia que el señor González Quesada no se presentó a la
audiencia en la hora y fecha señaladas en el traslado de cargos, así
como tampoco presentó ante el Despacho ninguna justificación que
amerite un nuevo señalamiento para la recepción de prueba.
9º—Que mediante certificación PSA-CERT-1085-2010
de fecha 3 de noviembre del 2010, se informó a la Lic. Andrea
Brown Campbell como Órgano Directo del Procedimiento, que el
funcionario González Quesada renunció a la Institución a partir del
30 de abril del 2009.
10.—Que se han observado los procedimientos y las
prescripciones de ley.
Considerando:
I.—Hechos Probados.
1º—El señor González Quesada laboró para el INA del 03 de
agosto de 1999 al 30 de abril del 2009. (Ver folio 34 del expediente
de cobro administrativo).
2º—El señor González Quesada laboró para el MEP desde el
01 de febrero del 2002 hasta el 29 de noviembre del 2008 (ver folios
10 al 13 del expediente de cobro administrativo).
3º—El señor González Quesada suscribió el contrato de
dedicación exclusiva con el INA, el cual rigió por el período que
abarca del 1° de febrero del 2000 hasta el 30 de abril del 2009. (ver
folios 06 al 09 del expediente de cobro administrativo).
4º—El señor González Quesada devengó por el rubro de
dedicación exclusiva la suma de ٕ¢14.399.302,50 según oficio PSA203-2010 de fecha 19 de febrero del 2010, (ver folios 02 y 03 del
expediente de cobro administrativo).
II.—Hechos No Probados
Ninguno de importancia para la resolución de este asunto.
III.—Sobre el Fondo del Asunto
El señor Juan Elías González Quesada comenzó a laborar
para el Instituto Nacional de Aprendizaje desde el 3 de agosto de
1999 y como consecuencia de esta relación suscribió un contrato de
dedicación exclusiva; Sin embargo durante el período mencionado
estuvo laborando para el Ministerio de Educación Pública y para
el INA en forma simultánea, motivo por el cual podría estar
incumpliendo con lo dispuesto en el contrato de dedicación exclusiva
firmado con el INA.
Ante tal situación corresponde analizar la aplicación del
artículo 13 inciso a) del Decreto Ejecutivo N° 23669-H que reza:
“El servidor que se acoja al Régimen de Dedicación Exclusiva
podrá ejercer excepcionalmente su profesión comprometida en el
respectivo contrato, en los siguientes casos: a) Cuando se trate del
ejercicio de la docencia en establecimientos de educación superior
oficiales o privados, en seminarios, cursos y congresos organizados
La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014
e impartidos por estos centros educativos (…)” y artículo 12 inciso
a) de la Resolución de la Dirección General de Servicio Civil N°
DG-254-2009 que indica: “El servidor que se acoja al Régimen de
Dedicación Exclusiva podrá ejercer excepcionalmente su profesión
comprometida en el respectivo contrato, en los siguientes casos: a)
Cuando se trate del ejercicio de la docencia, en instituciones de nivel
universitario, parauniversitario o institutos, públicos o privados,
en seminarios, cursos, talleres, congresos o alguna otra actividad
similar, organizados e impartidos por estos centros educativos (…)”.
Según se desprende de la anterior normativa, no existe un
requisito establecido expresamente en el inciso a) ni del Decreto, ni
de la Resolución General de Servicio Civil supra indicadas, para el
ejercicio de la docencia; por lo que el servidor González Quesada no
estaba en la obligación de comunicar ni solicitar permiso por escrito a
la Oficina de Recursos Humanos del Instituto Nacional de Aprendizaje
para ejercer en el MEP la docencia, aun cuando hubiese suscrito con el
INA un contrato de dedicación exclusiva, esto por cuanto su actividad
se enmarca dentro de las excepciones dispuestas en el artículo 13
inciso a) del Decreto Ejecutivo N° 23669-H y el artículo 12 inciso
a) de la Resolución de la Dirección General de Servicio Civil N°
DG-254-2009, en este mismo sentido véase resolución N°12320 del
Tribunal de Servicio Civil del 5 de mayo del 2014.
Ahora bien, podría seguir existiendo merito a la falta en el
tanto hubiese existido una eventual superposición horaria al suponer
que el servidor desempeño simultáneamente funciones en el INA y
el MEP, rozando eventualmente lo establecido en el artículo 17 de la
Ley Contra la Corrupción y Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios
Públicos N° 8422; Sin embargo, no se logró acreditar que el servidor
González Quesada incurriera en dicha falta, por cuanto no hay prueba
suficiente en autos que constante los horarios del señor González
Quesada en cada una de las instituciones para las que laboró.
Motivo por el cual, al estar acreditado que las acciones del
señor González Quesada se ajustaron al régimen de excepciones
establecido por el artículo 13 inciso a) del Decreto Ejecutivo N°
23669-H y el artículo 12 inciso a) de la Resolución de la Dirección
General de Servicio Civil N° DG-254-2009, ya que ambos artículos
lo facultaban para ejercer labores docentes en institutos, públicos o
privados, como una de las excepciones en el respectivo contrato de
dedicación exclusiva, sin ningún tipo de requisito y al no acreditarse
la existencia de una superposición horaria, lo correspondiente es
declarar sin responsabilidad alguna sobre los hechos imputados
al señor Juan Elías González Quesada y consecuentemente debe
ordenarse el archivo del expediente. Por tanto,
I.—La Presidencia Ejecutiva del Instituto Nacional de
Aprendizaje, con base en las consideraciones supra citadas, ordena
se declare sin responsabilidad alguna al señor Juan Elías González
Quesada, por supuestamente haber violentado las disposiciones
contenidas en el contrato de dedicación exclusiva firmado con el
INA en fecha 13 de agosto del 2007, al trabajar simultáneamente
con el MEP.
II.—Se ordena el archivo del expediente.
Notifíquese. Lic. Maynor Rodríguez Rodríguez.
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan Altamirano Díaz,
Encargado.—O. C. N° 23220.—N° Solicitud N° 15440.—(IN2014039076).
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
A: Ana Yarenis Mesén Jiménez se le comunica la resolución
del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Grecia de las
nueve horas del trece de agosto del año en curso, en la que se resuelve:
1) Brindar orientación, apoyo y seguimiento a través del área social
al progenitor señor Dagoberto Jiménez Morales, intervención que va
dirigida a orientar, fortalecer y apoyar técnicamente, mediante plan de
intervención que deberá elaborar dicha área. 2) Se le ordena al señor
Dagoberto Jiménez Morales someterse a tratamiento especializado
por parte del IAFA, para su problema de adicción al alcohol. Así como
la asistencia al programa de alcohólicos anónimos. Debe presentar
a esta institución comprobantes de su asistencia. 4) Se le ordena al
señor Dagoberto Jiménez Morales, abstenerse de inmediato de realizar
Pág 39
cualquier acción, omisión, manifestación o hechos que tiendan a
violentarle los derechos de su hija menor de edad Danna Yareli Jiménez
Mesén, de situaciones que arriesguen o dañen la integridad física o
psicológica de la persona menor de edad, en especial se le ordena el
cese de cualquier conducta negligente en el cuidado de su hija. En
contra de lo ordenado se podrá interponer recurso de apelación ante
la Presidencia Ejecutiva de la institución; se podrá interponer dentro
de las 48 horas siguientes a su notificación. Se le previene que debe
señalar un lugar, casa u oficina donde recibir notificaciones futuras, así
como señalar un medio electrónico del tipo facsímil y en el entendido
que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto
o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico fuere defectuoso,
estuviere desconectado las resoluciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas. Exp.: 245-00075-2013. Oficina
Local de Grecia.—Grecia, 18 de agosto del 2014.—Lic. Carmen Lidia
Durán Víquez, Representante Legal.—O. C. N° 26800.—Solicitud N°
14000072.—C-26040.—(IN2014055138).
AUTORIDAD REGULADORA
DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
INTENDENCIA DE TRANSPORTE
108-RIT-2014.—San José, a las 15:00 horas del 5 de setiembre
de 2014.
Conoce el Intendente de Transporte la solicitud de ajuste
tarifario presentado por la empresa Autotransportes Barrio San José
Ltda., en su condición de concesionaria del servicio de transporte
público remunerado de personas en la modalidad autobús para la
ruta 220. Expediente ET-071-2014.
Resultando:
I.—Que la empresa Autotransportes Barrio San José Ltda.,
cuenta con el respectivo título que la habilita para prestar el servicio
público de transporte remunerado de personas, modalidad autobús,
como concesionaria en la ruta 220 descrita como: Alajuela-Barrio
San José y viceversa, según contrato de concesión refrendado por
esta Autoridad Reguladora mediante resolución N° RRG-79292008 del 12 de febrero de 2008 (folios 17 al 37).
II.—Que mediante resolución N° 140-RIT-2013, dictada el10
de octubre de 2013 por la Intendencia de Transporte y publicada en
el Diario Oficial La Gaceta N° 199 del 16 de octubre de 2013, se fijó
la tarifa vigente para el servicio de la ruta 220.
III.—Que el 16 de mayo de 2014, la empresa Autotransportes
Barrio San José Ltda., presentó ante la Autoridad Reguladora de los
Servicios Públicos (en adelante Aresep), solicitud de incremento de
un 20,28% sobre la tarifa vigente de la ruta 220 (folios 1 al 59).
IV.—Que mediante oficio 436-IT-2014 / 13515 del 21 de mayo
de 2014, la Intendencia de Transporte solicitó al petente información
necesaria para el análisis de su solicitud (folios 89 al 91).
V.—Que mediante nota recibida en Aresep el 10 de junio de
2014, Autotransportes Barrio San José Ltda., presentó parte de la
información solicitada (folios 61 al 88).
VI.—Que mediante oficio 526-IT-2014 / 70757 del 19 de
junio de 2014, la Intendencia de Transporte notificó prevención para
mejor resolver el análisis de la solicitud tarifaria (folio 110), lo cual
fue cumplido por la empresa mediante nota de 25 de junio de 2014
(folios 93 al 109).
VII.—Que mediante oficio N° 566-IT-2014 / 71718 del 2 de
julio de 2014, la Intendencia de Transporte otorgó la admisibilidad a
la solicitud tarifaria (folio 112).
VIII.—Que la convocatoria a la audiencia pública se publicó
en los diarios La Teja y La Extra del 15 de julio de 2014 (folio 119)
y en el Diario Oficial La Gaceta N° 135 del 15 de julio de 2014
(folio 120).
IX.—Que la audiencia pública se realizó a las 18 horas (06:00
p. m.) del 6 de agosto de 2014 en el Polideportivo Víctor Hugo
Alfaro, ubicado 25 metros oeste de la Princesa Marina, Barrio San
José, Alajuela.
X.—Que según el informe de oposiciones y coadyuvancias,
oficio 2306-DGAU-2014/ 075999, del 12 de agosto del 2014, de
la Dirección General de Atención al Usuario; tanto en la audiencia
pública arriba indicada, como por escrito, se manifestaron las
siguientes personas:
La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014
Pág 40
1. Gladys Herrera Hernández, cédula de identidad N° 2-233476.
Observaciones: Hace uso de la palabra en la audiencia pública.
• Tarifa propuesta muy alta no relacionada con la distancia
de la ruta.
• Mala calidad del servicio: no se cumple con los horarios
establecidos, buses viejos y sucios no se compensa con
los nuevos recientes, cuesta subirse, mal trato de choferes,
sobre todo al adulto mayor.
2. Asociación La Estancia de los Años Dorados, representada
por Leonor Arias Ramírez, cédula de identidad N° 2-269283.
Observaciones: No hacen uso de la palabra en la audiencia
pública. Presentan documento de coadyuvancia (folios 130132) y certificación de personería jurídica. Teléfono: 86656903.
• Manifiestan su satisfacción con respecto al servicio que les
brinda la empresa en esta ruta.
XI.—Que las oposiciones constan en el acta N° 100-2014,
que corre agregada al expediente.
XII.—Que en cumplimiento de los acuerdos 001-007-2011
y 008-083-2012 de la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora
de los Servicios Públicos, se indica que en el expediente consta
en formato digital y documental la información que sustenta esta
resolución.
XIII.—Que la referida solicitud fue analizada por la actual
Intendencia de Transporte produciéndose el informe con oficio 798IT-2014 / 77331, del 25 de agosto de 2014, que corre agregado al
expediente.
XIV.—Que en los procedimientos se han observado los plazos
y las prescripciones de ley.
Considerando:
I.—Que del oficio 798-IT-2014 / 77331, del 25 de agosto
de 2014, que sirve de sustento a la presente resolución, conviene
extraer lo siguiente:
“(…)
B. ANÁLISIS TARIFARIO DE LA PETICIÓN
1. Variables operativas
VARIABLES
Demanda Neta
Distancia (Km/
carrera)
Carreras
Flota
224.901
223.908
Dif.
absoluta
993
9,06
13,60
- 4,54
-33,38%
4.348,00
4.348,00
0
0,00%
ARESEP
EMPRESA
Dif. %
0,44%
12
12
0
0,00%
Tipo de cambio
543,95
555,20
- 11,25
-2,03%
Precio combustible
667,00
631,00
36,00
5,71%
- 0,01%
-0,06%
0
57.185.600
1.158.750
0,00%
Tasa de rentabilidad
16,67%
16,68%
Valor del Bus $
103.000
103.000
Valor del Bus ¢
56.026.850
Edad promedio de
flota (años)
7,92
7,92
0
-2,00%
0,00%
1.1 Volúmenes de pasajeros movilizados (demanda).
De acuerdo con la metodología actual, el volumen
de pasajeros que se utiliza en el cálculo tarifario
corresponde a datos históricos que provienen de
las siguientes fuentes:
• El valor reportado por el operador del
servicio en la solicitud tarifaria.
• El valor reportado por el operador del
servicio en las estadísticas operativas de los
últimos 12 meses, el cual debe presentar de
forma trimestral ante la ARESEP, según lo
establecido en la resolución 8148-RRG-2008
de las 15:30 horas del 31 de marzo de 2008.
• El valor reconocido en el último estudio
tarifario de la ruta (en caso de que exista).
En nuestro caso, existe un estudio de ajuste
tarifario individual para esta empresa según
resolución 035-RIT-2013 del 25 de febrero del
2013, por lo tanto se revisa el historial de este
estudio y de las estadísticas de demanda de los
últimos 12 meses. Así, la demanda del ajuste
tarifario anterior fue de 218.500 pasajeros
mensuales, mientras que en los últimos 12 meses
(abril 2013-marzo 2014) se reportan 224.901
pasajeros mensuales y la empresa presenta en su
estudio tarifario un total de 223.908 pasajeros.
En consecuencia en el presente estudio se usará
una demanda promedio mensual de 224.901
pasajeros por mes, por ser el dato mayor.
En el siguiente gráfico se presenta el
comportamiento de la demanda para la ruta
220 desde octubre 2005 a marzo de 2014:
Demanda ruta 220: Alajuela-BºSan José
Demanda ruta 220: Alajuela-BºSan José
250.000
250.000
200.000
200.000
150.000
150.000
100.000
100.000
50.000
50.000
--
Nota: De
trestres
Nota:
De octubre
octubre 2005
2005 aa setiembre
setiembre2008
2008lalademanda
demandasesepresentaba
presentabaseparada
separadaen en
recorridos. AA partir
recorridos.
partir de
deoctubre
octubre2008
2008lalademanda
demandasesepresenta
presentaconsolidada.
consolidada.
1.2 Flota. La empresa corre el modelo tarifario
con 12 autobuses como flota autorizada, según
el acuerdo del Consejo de Transporte Público
(CTP) en artículo 6.9 de la sesión ordinaria 192014 del 13 de marzo de 2014 (folios 11-15). El
detalle es el siguiente:
Placa
AB
AB
AB
AB
AB
AB
AB
AB
AB
AB
AB
AB
5015
5568
5103
3426
3427
3428
3429
4878
4879
6395
6396
6397
Capacidad MOPT
45
46
45
50
50
52
50
52
51
53
53
53
Modelo
2000
2000
2001
2003
2003
2003
2003
2009
2009
2014
2014
2014
De acuerdo con información del Registro
Nacional de la Propiedad (RNP), todas las
unidades están a nombre de Autotransportes
Barrio San José Ltda. Por su parte, en consulta
realizada a Riteve, se determinó que todas
unidades están al día con la revisión técnica y
en condiciones favorables.
1.3 Carreras. Para el análisis de las carreras se
toma en cuenta el siguiente criterio:
a) Si la empresa reporta menos carreras que
las autorizadas, se consideran solo las
reportadas.
b) Si la empresa reporta más carreras que
las autorizadas, se consideran solo las
autorizadas.
La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014
El cálculo basado en los horarios establecidos
en el contrato de concesión, según el acuerdo
30 de la sesión 2897 de 2 de marzo de 1994, de
la Comisión Tránsito de Transportes (folios 2223), arroja un promedio mensual de 4.352,47
carreras mensuales.
Por su parte, la empresa utiliza para la corrida
del modelo 4.348 carreras / mes, basado en sus
estadísticas de enero-diciembre del 2013. Según
nuestro registro estadístico de abril 2013 a
marzo 2014, el promedio mensual de carreras
realizadas fue de 4.348.
De acuerdo con el criterio expuesto arriba,
aplicado por ramal/ruta, en el presente estudio
se usará el dato de 4.348 carreras promedio
mensuales.
1.4 Distancia. Las distancias se calculan con
base en datos obtenidos por los técnicos de
la Intendencia de Transporte, según Acta de
Inspección del 6 de noviembre de 2009, que
consta en el expediente tarifario (folios 82 al 86).
Como no se cuenta con horarios detallados por
recorrido, se considera una distancia promedio
simple entre los tres recorridos (Alajuela-Calle
Flores, Alajuela-Santa Rita, Alajuela-Santa
Lucía), con lo cual se obtiene una distancia
promedio por carrera de 9,06 km, distancia que
se utiliza en este estudio. La empresa usa 13,60
km por carrera indicando que esta distancia fue
establecida por la Aresep, lo cual no es correcto.
1.5 Rentabilidad. La tasa de rentabilidad que se
utilizó para la corrida del modelo es de 16,67%
según dato de los indicadores económicos del
Banco Central, el dato que utilizó la empresa en
su solicitud tarifaria es de 16,68%.
1.6 Tipo de cambio. Dicha variable se ajustó al
valor vigente al día de la audiencia: ¢543,95
/$1, según fuente del Banco Central de Costa
Rica. La empresa utilizó en su petición tarifaria
un tipo de cambio de ¢555,20/$1.
1.7 Precio combustible. El precio del combustible
diésel se ajustó al valor vigente al día de la
audiencia: ¢667 por litro (según resolución
publicada en La Gaceta N° 146 del 31 de julio
2014). La empresa utilizó en su petición tarifaria
el precio de ¢631 por litro.
1.8 Valor del autobús. Se determinó que el valor
de bus a reconocer en esta ruta con base en las
distancias por carrera, es el correspondiente a
un bus urbano. La composición de la flota en
operación es de un 100% de los autobuses con
rampa para personas con movilidad disminuida,
por lo que el valor de la flota para el presente
estudio es de $103.0001 que al tipo de cambio
de ¢543,95 por dólar prevaleciente el día de la
audiencia, resulta en un valor del autobús de
¢56.026.850.
1.9 Edad promedio de la flota. La edad promedio
de la flota es de 7,92 años.
2. Análisis del modelo estructura general de costos. El
resultado de correr el modelo tarifario de estructura
general de costos implica un aumento en la tarifa de
un 7,12%.
2.1 Recomendación técnica sobre el análisis
tarifario. Se recomienda aplicar un ajuste del
7,12% en las tarifas de la ruta 220, de acuerdo
con la aplicación del modelo estructura general
de costos.
1
Resolución 008-RIT-2014 del 5 de febrero de 2014, publicada en La
Gaceta N° 36 del 20 de febrero de 2014).
Pág 41
C. EVALUACIÓN DE LA CALIDAD DE SERVICIO. En
consulta con la base de datos de la empresa RITEVE S y C
S. A. (22 de octubre de 2007, Decreto Ejecutivo N° 30184MOPT) y en comparación con la información suministrada
por la empresa, sobre el estado mecánico de las unidades con
que se brinda el servicio, se determinó que todas las unidades
que componen la flota de la ruta 220, presentan la revisión
técnica al día y en condiciones favorables.
(…)”
II.—Que de la misma manera, del oficio 798-IT-2014 / 77331, del
25 de agosto de 2014, que sirve de fundamento a la presente resolución,
en relación con las manifestaciones exteriorizadas por los usuarios del
servicio, resumidas en el resultando X de esta resolución y con el fin de
orientar tanto a los usuarios como a los operadores del servicio, se indica
lo siguiente:
A. Posiciones relacionadas con aspectos tarifarios y técnicos de la
aplicación del modelo econométrico:
• Sobre las diferencias tarifarias entre empresas con
distancias similares:
Gladys Herrera ve muy cara la tarifa al relacionarla con el
kilometraje recorrido.
El modelo de econométrico en el cual se basa el cálculo
tarifario, si bien contiene costos y rendimientos estandarizados,
también toma en cuenta parámetros particulares o propios de
cada operador, como son las carreras, la distancia y la demanda.
Estas últimas pueden marcar la diferencia cuando se hacen
comparaciones entre empresas de una misma zona.
B. Posiciones no relacionadas con aspectos tarifarios y técnicos de
la aplicación del modelo econométrico:
• Sobre el papel de ARESEP de velar por los usuarios
tomando en cuenta su situación socioeconómica y no
permitiendo aumentos desproporcionados:
La Ley le ha otorgado a la ARESEP la responsabilidad de
procurar el equilibrio entre las necesidades de los usuarios y los
intereses de los prestadores de los servicios públicos, también
se le ha impuesto la obligación de no permitir fijaciones
que atenten contra el equilibrio financiero de las entidades
prestadoras de dichos servicios, con el objetivo de asegurar la
continuidad del servicio.
La ARESEP debe brindar protección en función de principios
generales como el servicio al costo, que determina la forma de
fijar las tarifas y los precios de los servicios públicos, de manera
que se contemplen únicamente los costos necesarios para
prestarlos.
En todos los casos, como en el presente estudio, la hoja de
cálculo que corre en el expediente presenta los datos y cálculos
utilizados para el ajuste tarifario de conformidad con la
metodología vigente, por lo que la tarifa resultante es reflejo
de un equilibrio en la prestación óptima y al costo de dicho
servicio.
• Con respecto a aspectos de calidad del servicio relacionados
con mal trato al usuario, al adulto mayor; incumplimiento
de horarios; mal estado físico y mecánico de unidades:
En cuanto a la definición de los términos y condiciones
de las concesiones y permisos, en aspectos tales como:
establecimiento de horarios y paradas, flota con que se debe
prestar el servicio y establecimiento y cambio del recorrido
de rutas, de conformidad con lo establecido en las Leyes N°
3503, N° 7593 y N° 7969, el Ministerio de Obras Públicas y
Transportes (MOPT) es el órgano competente para conocer de
tales asuntos, a quien se trasladarán para que resuelva como
corresponde. En relación con los otros aspectos sobre la calidad
del servicio y comportamiento de los choferes, esta Intendencia
ordenará el traslado de los señalamientos a la Dirección General
de Atención al Usuario de la ARESEP para su debida atención.
También se le solicitará una explicación al operador en la parte
resolutiva del presente estudio.
III.—Que de conformidad con los resultandos y considerandos que
preceden y de acuerdo con el mérito de los autos, lo procedente es ajustar
la tarifa de la ruta 220 en un 7,12%, tal y como se dispone. Por tanto,
Con fundamento en las facultades conferidas en la Ley de la
Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Ley N° 7593) y sus
reformas, en el Decreto Ejecutivo N° 29732-MP Reglamento a la Ley
La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014
Pág 42
N° 7593, en la Ley General de la Administración Pública, (Ley N° 6227)
y el Reglamento Interno de Organización y Funciones de la Autoridad
Reguladora de los Servicios Públicos y Órganos Desconcentrados (RIOF).
EL INTENDENTE DE TRANSPORTE,
RESUELVE:
I.—Acoger el informe 798-IT-2014 / 77331, del 25 de agosto
de 2014 y fijar un incremento del 7,12% sobre la tarifa vigente de
la ruta 220 descrita como: Alajuela-Barrio San José, tal como sigue:
Ruta
Descripción
220
Alajuela-Barrio San José
Alajuela-Barrio San José
Tarifas (colones)
Regular Adulto mayor
225
0
II.—Indicar a Autotransportes Barrio San José Ltda., que
debe, en un plazo máximo de veinte días hábiles, dar respuesta
a cada uno de los opositores que participaron en el proceso de
audiencia pública, cuyos lugares o medios para notificación consten
en la presente resolución, con copia al expediente ET-071-2014 y
al CTP, acerca de todos aquellos argumentos que ellos expusieron,
relacionados con el incumplimiento de los términos a que les
obliga su condición de concesionaria y otros asuntos tratados en la
audiencia relacionados con su empresa.
III.—Las tarifas fijadas rigen a partir del día natural siguiente
a su publicación en el Diario La Gaceta.
En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245, en
concordancia con el artículo 345 de la Ley General de la
Administración Pública, se indica que contra esta resolución
caben los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación y el
extraordinario de revisión. El de revocatoria podrá interponerse
ante esta Intendencia de Transporte, a quien corresponde resolverlo;
el de apelación y el de revisión, podrán interponerse ante la Junta
Directiva, a la que corresponde resolverlos.
De conformidad con el artículo 346 de la Ley General de la
Administración Pública, los recursos de revocatoria y de apelación
deberán interponerse en el plazo de tres días hábiles contado a partir del
día hábil siguiente al de la notificación y, el extraordinario de revisión,
dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de dicha ley.
Publíquese y notifíquese.—Enrique Muñoz Aguilar, Intendente
de Transporte.—1 vez.—O. C. N° 7851-2014.—Solicitud N°
19599.—(IN2014058231).
CONSULTA PÚBLICA
CONVOCA A:
Se invita a los ciudadanos a presentar sus oposiciones o
coadyuvancias a la propuesta de la Autoridad Reguladora de los
Servicios Públicos de ajuste extraordinario por la aplicación de
la “Metodología para el Ajuste Extraordinario de las Tarifas del
Servicio de Electricidad, Producto de Variaciones en el Costo de
los Combustibles (CVC) utilizados en la generación térmica para
consumo nacional” para el servicio de generación del ICE y el
servicios de distribución, según se detalla.
Ajustar las tarifas de los servicios de generación y distribución de
electricidad sobre las tarifas fijadas para el IV trimestre del 2014, el cual
da como resultado un ajuste promedio de:
EMPRESA
AJUSTE
ICE GENERACIÓN
DISTRIBUCIÓN
ICE
CNFL S. A.
JASEC
ESPH S. A.
COOPELESCA R.L.
COOPEGUANACASTE R.L
COOPESANTOS R.L
-10,73
COOPEALFARO RUIZ R.L.
-6,24
-6,52
-6,97
-5,50
-6,51
-2,07
-6,34
-5,97
Los cargos trimestrales que regirán en el IV trimestre del 2014 serán los
siguientes:
EMPRESA
ICE GENERACIÓN:
T-CB, Ventas al ICE distribución y a la
CNFL S. A.
T-SD, Ventas al servicio distribución.
T-UD, Ventas a usuarios directos.
ICE – DISTRIBUCIÓN:
CNFL, S.A.
JASEC
ESPH S. A.
COOPELESCA R.L.
COOPEGUANACASTE R.L.
COOPESANTOS R.L.
COOPEALFARO RUIZ R.L.
CARGO
38,18%
38,18%
8,62%
20,00%
19,65%
19,04%
19,79%
4,84%
13,55%
8,18%
15,55%
El plazo máximo para presentar sus oposiciones o coadyuvancias
vence el 19 de setiembre de 2014 a las dieciséis horas (4 p.m.).
Las oposiciones o coadyuvancias se pueden presentar: ►en las
oficinas de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, ubicadas
en el Edificio Turrubares del Oficentro Multipark, Guachipelín de
Escazú, San José, ►o al fax 2215-6002, ►o por medio del correo
electrónico(1): [email protected]
Las oposiciones o coadyuvancias deben estar sustentadas con
las razones de hecho y derecho, debidamente firmadas y consignar el
lugar exacto, correo electrónico o el número de fax, para efectos de
notificación por parte de la Autoridad Reguladora de los Servicios
Públicos. En el caso de que la oposición o coadyuvancia sea interpuesta
por persona física, esta deberá aportar fotocopia de su cédula; y si es
interpuesta por personas jurídicas, deberán aportar además certificación
de personería vigente.
Se hace saber a los interesados que esta consulta pública se
realiza conforme a las resoluciones RRG-7205-2007, RJD-017-2012
y RJD-128-2012 de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos.
Se informa que la propuesta se tramita en el expediente ET125-2014, y se puede consultar en las instalaciones de la ARESEP y
en la siguiente dirección electrónica: www.aresep.go.cr (Audiencias y
Consultas Públicas/ Expedientes de Próximas Audiencias).
(1) En el caso de que la oposición o coadyuvancia sea enviada
por medio de correo electrónico, ésta debe de estar suscrita mediante
firma digital, o en su defecto, el documento con la firma debe de ser
escaneado y cumplir con todos los requisitos arriba señalados.
Dirección General de Atención al Usuario.—Marta Monge
Marín, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 7851-2014.—Solicitud Nº
19581.—C-53400.—(IN2014058346).
AUTOBUSES TRANSPORTES
SUSPENDE AUDIENCIA PÚBLICA
La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos comunica
que por acuerdo 03-52-2014 de la sesión extraordinaria 52-2014
de la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora de los Servicios
Públicos se dispone suspender la audiencia pública para conocer
la propuesta de oficio de “Modelo para la fijación tarifaria para el
servicio de transporte remunerado de personas, modalidad autobús”,
la cual fue publicada el día 14 de agosto del 2014 en el Alcance 42
de La Gaceta Nº 156 y el día 25 de agosto del mismo año en los
periódicos La Extra y en La Nación.
Se informa, por lo indicado, que no se va a realizar la
audiencia pública arriba citada y programada para las 17 horas 15
minutos del 17 de setiembre del 2014 en la Autoridad Reguladora de
los Servicios Públicos, en los Tribunales de Justicia de los centros
de: Cartago, Ciudad Quesada, Heredia, Liberia, Limón, Pérez
Zeledón y Puntarenas, y en el Salón Parroquial de Bribrí, Limón.
Dirección General de Atención al Usuario.—Marta Monge
Marín.—1 vez.—O. C. N° 7851-2014.—Solicitud N° 19646.—C19980.—(IN2014058585).
La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014
JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL
INSTITUCIÓN BENEMÉRITA
AVISO
Con fundamento en el Decreto Ejecutivo N° 21384-S en su
artículo 15, Reglamento para la Administración de los Cementerios
de la Junta de Protección Social de San José, publicado en La
Gaceta N° 143 del 28 de julio de 1992, así como oficio AJ-534
de la Lic. Mercia Estrada Zúñiga, abogada, Asesoría Jurídica con
fecha 2 de junio del 2014 y la Declaración Jurada rendida ante el
Notario Público Lic. Sergio José Solano Montenegro, la Gerencia
General, representada por el Lic. Milton Vargas Mora, cédula
N° 1-0544-0499, mayor, casado, vecino de San José, autoriza
acogiendo el criterio legal, el traspaso del derecho de arriendo del
Cementerio General, mausoleo 2, cuadro Soledad, lado norte, línea
cuarta, inscrito al tomo 6, folio 247 a la señora Ana Victoria Solera
Hernández, cédula N° 1-0372-0109. Si en el plazo de quince días
a partir de la publicación del aviso, no hay oposición, se autoriza
a la Administración de Camposantos, para que comunique a la
interesada lo resuelto.
San José, 9 de julio del 2014.—Administrador Camposantos.—
Lic. Freddy Ramos Corea, Jefe.—1 vez.—(IN2014056119).
AVISOS
INSTITUTO DE NORMAS TÉCNICAS DE COSTA RICA
Somete a consulta pública los siguientes proyectos de norma:
- PN INTE/ISO 128-24:2014 “Dibujo técnico -Principios
generales de presentación -Parte 24: líneas en dibujos de
ingeniería mecánica” (Correspondencia: ISO 128-24:2014).
- PN INTE/ISO 2162-1:2014 “Documentación técnica de
productos -Resortes-Parte 1: Representación simplificada”
(Correspondencia: ISO 2162-1:1993).
- PN INTE/ISO 2162-2:2014 “Documentación técnica de
productos -Resortes- Parte 2: Presentación de los datos técnicos
de los resortes cilíndricos de compresión” (Correspondencia:
ISO 2162-2:1993).
Se recibirán observaciones hasta el 25 de octubre del 2014.
- PN INTE 06-09-04:2014 “Métodos de ensayo y
definiciones para ensayos mecánicos de productos de acero”
(Correspondencia: ASTM A A370-14).
Se recibirán observaciones hasta el 26 de octubre del 2014.
- PN INTE 16-13-06:2014 “Instalación subterránea de tubería
de fibra de vidrio (resina termoestable reforzada con fibra de
vidrio)” (Correspondencia: ASTM D3839-1408).
Se recibirán observaciones hasta el 27 de octubre del 2014.
- PN INTE 06-02-47:2014 “Guía estándar para el aseguramiento
de la calidad en los morteros” (Correspondencia: ASTM
C1586-05).
Se recibirán observaciones hasta el 28 de octubre del 2014.
Pág 43
La Municipalidad de Vázquez de Coronado, dará 30 días
naturales de plazo, a partir de la fecha de la presente publicación,
para aquellas personas que vencido este plazo, la oficina de
Cementerio procederá al desalojo de aquellas bóvedas que continúen
con irregularidades de pago.
Nota: si ya canceló ignore esta publicación.
Oficina del Cementerio
Morosos con más de cuatro trimestres
UBICACIÓN
ARRENDATARIO
1-02-02-24
1-02-03-24
1-02-09-04
1-03-07-15
1-03-09-12
1-04-07-28
1-04-09-22
1-04-11-31
1-05-01-11
1-05-05-21
1-05-08-01
1-05-13-14
1-05-15-25
1-06-02-09
1-06-04-06
Ducoudray González Francis
Winiker Chinchilla Víctor
Soto Delgado Vidal
Chaverri Madrigal Hugo
Zúñiga Guillén Rosamilo y otros
Mejía Camacho Socorro
Leandro Mena José Joaquín y otro
Sánchez Ocampo Juan Isidro
Rojas Díaz Ana María
Ortiz Ramírez Orlando y otro
Murphy Aars Pauline
Carvajal Jiménez Alexander y otro
Marín Brenes Carmen
Vega Guzmán Pedro Francisco
Martínez Peña Víctor Manuel
Saneamiento Ambiental.—Gilbert
Encargado.—1 vez.—(IN2014056167).
Benítez
Rodríguez,
MUNICIPALIDAD DE NARANJO
Acuerdo SO-30-303-2014. El Concejo Municipal basado en
el dictamen de la Comisión de Hacienda y Presupuesto N° 10-2014
con fecha del 23 de julio del 2014, acuerda aprobar el incremento
en las Tasas de Aseo de Vías, por un porcentaje de incremento del
servicio en un 13% y el Mantenimiento de Parques en un porcentaje
de 54%
Tasas de aseo de vías
Valor ajustado por metro lineal
¢328,83
Porcentaje
Incremento en colones
¢37,83
13%
Mantenimiento de parques
Valor ajustado por metro lineal
¢16,90
Porcentaje
Incremento en colones
¢5,90
54%
Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Acuerdo definitivamente aprobado por unanimidad, de la sesión
ordinaria N° 30 del 28 de julio del 2014.
Para mayor información, comuníquese con la Dirección de
Normalización con la Ing. Francesca Rappaccioli Salinas al teléfono
2283-4522 o al correo [email protected]
Concejo Municipal.—Lic. Gabriela López Vargas, Secretaria
Interina.—Lic. Olga Marta Corrales Sánchez, Alcadesa.—1 vez.—
(IN2014056153).
Mauricio Céspedes Mirabelli, Director Ejecutivo.—1 vez.—
(IN2014056184).
MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS
RÉGIMEN MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DE VÁZQUEZ DE CORONADO
Se hace saber a los arrendatarios de bóvedas en el Cementerio
del Cantón de Coronado, que según el artículo 48, incisos a) y b),
del Reglamento de Cementerio del mismo cantón; aquellas personas
que cuenten con más de un año de no cancelar los servicios que
se prestan en el cementerio, o las bóvedas que se encuentren en
abandono por un periodo superior a los tres años, la Municipalidad
dará por anulado el derecho respectivo.
CONVOCATORIA A AUDIENCIA PÚBLICA
Alejandra Bustamante Segura, cédula N° 2-526-828,
Licenciada en Derecho, Secretaria del Concejo Municipal, certifica:
Que el Concejo Municipal de San Carlos en su sesión ordinaria
celebrada el lunes 8 de setiembre del 2014, en el salón de sesiones
de esta Municipalidad, mediante artículo Nº 12, inciso 17, acta Nº
54, acordó: Convocar a audiencia pública el miércoles 8 de octubre
del 2014, en el salón de Sesiones de la Municipalidad de San Carlos
ubicado en Calle Central, Avenida 2, Ciudad Quesada, a partir de
las 14:00 horas, para exponer la tarifa del servicio de recolección
de desechos sólidos. Votación Unánime. Acuerdo definitivamente
aprobado.
Pág 44
La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014
Se extiende la presente certificación en Ciudad Quesada, a
solicitud del Departamento de Servicios Públicos de la Municipalidad
de San Carlos, al ser las ocho horas con quince minutos del miércoles
diez de setiembre del dos mil catorce.
Lic. Alejandra Bustamante Segura, Secretaria del Concejo
Municipal.—1 vez.—(IN2014058497).
MUNICIPALIDAD DE CARTAGO
PROHIBICIÓN DE COMERCIALIZACION DE BEBIDAS
ALCOHOLICAS PARA EL DIA 15 DE SETIEMBRE DEL 2014
La Municipalidad de Cartago avisa que el Concejo Municipal
de Cartago en la sesión del día 09 de setiembre del 2014, acta
N°327-14, artículo Nº21 acordó aprobar la:
PROHIBICIÓN DE COMERCIALIZACION DE BEBIDAS
ALCOHOLICAS PARA EL DIA 15 DE SETIEMBRE DEL 2014.
Considerando:
Que durante el mes de setiembre de cada año, se celebra
la Independencia de Nuestra Patria. Que Cartago es la Cuna de
la Independencia de Costa Rica. Que con motivo de ese magno
acontecimiento, la Municipalidad de Cartago programa una serie
de actividades culturales y artísticas, para propiciar la participación
activa de la niñez y la juventud del cantón, con el objeto de que los
más solemnes valores patrióticos permeen en ellos, formen parte de
su identidad a lo largo de su vida y, de ahí, se asegure su legado a las
futuras generaciones. Que esas involucran la asistencia de distintos
grupos etarios, desde párvulos hasta la tercera edad. Que dentro de las
actividades que se programan, se incluye para el 15 de Septiembre,
el tradicional desfile de centros educativos públicos y privados del
cantón por las principales vías de la ciudad, así como un concierto
de música popular en Plaza Mayor; actividades que se realizarán de
la avenidas seis a la primera, entre calle 15 hasta la calle 10. Que
desde el nivel supra y constitucional se reconoce el especial deber
tutelar efectivo de los menores por parte del Estado incluyendo en
ese concepto, evidentemente, a las municipalidades (entre otros
artículo 2 de la Convención sobre los Derechos del Niño N° 7184 y
artículo 51 de la Carta Fundamental). Que el 8 de agosto del 2012,
entró en vigencia la Ley N° 9047, que tiene por objeto la regulación
y comercialización de bebidas con contenido alcohólico, así como la
prevención del consumo abusivo de tales productos. Que el artículo
13 de esa ley, establece la edad de 18 años cumplidos como mínima
para el consumo legal de bebidas con contenido alcohólico. Que el
artículo 16 de la misma ley, dispone la imposición de una sanción
de una multa de entre uno y quince salarios base, a que quien venda
o facilite bebidas con contenido alcohólico a menores de edad. Que
los numerales 19 y 20 de la misma ley establecen respectivamente:
“Sanciones relativas a la venta en vías públicas y sitios públicos
Quien venda bebidas con contenido alcohólico en las vías públicas
y sitios públicos, casas de habitación y en aquellos otros lugares
donde se desarrollan actividades deportivas, mientras se efectúa el
espectáculo, recibirán sanción de entre diez y treinta días multa”;
“Artículo 20.- Sanciones relativas al consumo en vía pública y sitios
públicos Será sancionada con una multa de medio salario base, la
persona que sea sorprendida consumiendo bebidas con contenido
alcohólico en vía pública y en los sitios públicos determinados por
la municipalidad”. Que el artículo 26 de la ley en referencia dispone:
“Artículo 26.- Regulación Cada municipalidad tendrá la facultad de
regular la comercialización de bebidas alcohólicas y consumo de
licor, los días que se celebren actos cívicos, desfiles u otras actividades
cantonales, en la ruta asignada, y podrá delimitar el radio de acción”.
Que en apego a la citada norma, resulta oportuno y conveniente que
este Concejo regule la comercialización de bebidas alcohólicas y
consumo de licor, este 15 de Septiembre del 2014, y en concreto
respecto de las actividades a que se refiere el considerando F. de esta
moción, que digan relación con prohibición de comercialización de
bebidas alcohólicas y consumo de licor, así como de su ofrecimiento
por cualquier título, en la ruta asignada para esas actividades y en su
radio de acción, sea avenidas seis a la primera, entre calle 15 hasta
la calle 10 y sobre el horario de esta veda, con el objeto de prevenir
su consumo por parte de los menores de dieciocho años. Por tanto:
Para que este Concejo Municipal mediante acuerdo firme y dispensa
de trámites de comisión, disponga: para el 15 de Septiembre del
2014, queda prohibida la comercialización de bebidas alcohólicas y
consumo de licor, así como de su ofrecimiento por cualquier título,
en la ruta y en el radio de acción de las actividades alusivas a ese
día, consistentes al acto cívico, el tradicional desfile de centros
educativos públicos y privados del cantón por las principales vías de
la ciudad, así como un concierto de música popular en Plaza Mayor.
A los efectos de hacer efectiva esta prohibición la ruta y radio de
acción se definen así: avenidas seis a la primera, entre calle 15 hasta
la calle 10. Esta prohibición iniciará a las ocho horas y concluirá a las
dieciocho horas. La prohibición indicada se aplicará tanto respecto
de locales que dispongan de licencia de funcionamiento y de una
licencia de licores habilitantes ambas para el ejercicio de actividades
lucrativas que principal, secundaria o hasta subsidiariamente se
relacionen con el expendio de licores bajo cualquier título, como,
a fortiori, de aquellos locales que ilegalmente, por cualquier causa,
expenda, por cualquier título también, licor o bebidas con contenido
alcohólico. En el caso de locales que legalmente expendan licores
como actividad secundaria, la prohibición comprenderá únicamente
la sección dedicada a ese tipo de bebidas. Los titulares de las
licencias de funcionamiento y de licores de expendios de bebidas
con contenido alcohólico, deberán adoptar todas las medidas que
resulten pertinentes para hacer efectiva la presente regulación. La
violación a las presentes disposiciones será sancionada de acuerdo
con la Ley N° 9047, sin perjuicio de las eventuales sanciones penales
que el hecho o hechos respectivos podrían aparejar, y serán aplicadas
tanto a quien expenda licor bajo cualquier título como al patentado o
titular de la licencia de funcionamiento y la de licores involucrada,
pudiendo llegarse en sede administrativa a la suspensión de las
licencias, incluso de manera definitiva con el consecuente cierre
del local hasta en forma permanente, todo previo debido proceso.
Los departamentos de Seguridad Municipal y Patentes velarán por
la adecuada y efectiva ejecución del presente acuerdo, y tomarán
todas las medidas que sean necesarias conforme a la ley en sentido
amplio. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. Una única vez.
Guisella Zúñiga Hernández, Coordinadora del Concejo
Municipal y Secretaría.—1 vez.—O.C. N° oc46059—Solicitud N°
19632.—(IN2014058602).
AVISOS
CONVOCATORIAS
CONDOMINIO HORIZONTAL DEL RÍO
Condominio Horizontal del Río, cédula de persona jurídica
número tres-ciento nueve-seiscientos treinta y ocho mil noventa,
convoca a los condóminos a la asamblea será el sábado 11 de octubre
del 2014, a las 7:00 p.m. primera convocatoria en el rancho del
condominio. En segunda convocatoria se iniciará con los presentes.
La Agenda será:
1.-Nombramiento de presidente y secretario ad hoc.
2.-Informe de la junta directiva
3.-Informe del administrador.
4.-Elección de nuevo administrador del condominio.
5- Reformas del estatuto y elección de nueva junta directiva.
6.-Aprobación del presupuesto del 2015.
7.-Asuntos varios.
Msc. Marelyn Jiménez Durán, Notaria.—1 vez.—(IN2014058467).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
CONDOMINIO CEPROHE
Condominio Ceprohe, cédula 3-109-338391, solicita al
Departamento de Propiedad en Condominio del Registro Nacional
la reposición por extravío de los libros actas de asamblea, caja y
junta directiva. Se cita a interesados a manifestar oposiciones a
dicho departamento en los 8 días siguientes a la publicación en La
Gaceta. Es Todo.—San José, 25 de agosto del 2014.—Lic. Óscar
Mata Muñoz, Notario.—(IN2014054673).
La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Por escritura otorgada ante mí a las 9:00 horas del 26 de
agosto de 2014, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la empresa Oficentro
Torre Cordillera Sociedad Anónima, se disminuyó el capital social
y por consiguiente se procedió a reformar la cláusula quinta, a fin de
hacer constar el capital actual. Es todo.—San José, 26 de agosto del
2014.—Lic. Oswald Bruce Esquivel, Notario.—(IN2014054953).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
COMPAÑÍA STAMCO SOCIEDAD ANÓNIMA
Por escritura otorgada ante mí Laura Virginia Baltodano
Acuña, el día 14 de agosto del 2014, Compañía Stamco Sociedad
Anónima, con cédula jurídica: 3-101-016254, solicita legalización
de libros por primera vez de: Asamblea de Socios, Registro de
Accionistas y de Asamblea de Junta Directiva.—San José, catorce
horas del día 14 de agosto del 2014.—Laura Virginia Baltodano
Acuña, Notaria.—1 vez.—(IN2014054193).
AGRO CAPE LA UNIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA
Peggy Alonso Ramírez, presidente de la junta directiva de
Agro Cape La Unión Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101411406, solicita ante el Registro Público, Registro de Personas
Jurídicas, la reposición de los libros sociales: Actas de Asambleas
de Socios, Actas de Junta Directiva y Registro de Socios, todos del
tomo primero, por haberse extraviado los mismos del domicilio
social, desconociendo su paradero. Quien se considere afectado
puede manifestar su oposición ante el Registro de Personas Jurídicas
del Registro Público.—San José, 7 de julio del 2014.—Lic. Ramón
María Yglesias Piza, Notario.—1 vez.—(IN2014056120).
COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES
EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES
A las siguientes personas se les comunica que una vez
realizada la gestión administrativa de cobro, con corte al 30 de junio
2014, tal como lo establece la política POL/PRO-COB04 gestión
de cobros, suspensión y levantamiento de suspensión, y según
nuestros registros al 22 de agosto 2014, aún se encuentran morosos.
Transcurridos diez días hábiles contados a partir de la fecha en
que sus nombres aparezcan en esta publicación, de no cancelar la
suma adeudada o firmar un arreglo de pago, se iniciará el proceso
administrativo, al mismo tiempo se les recuerda que este trámite
tiene como consecuencia la inhabilitación para el ejercicio legal de
la profesión.
Si al momento de la publicación ya realizó el pago respectivo,
favor hacer caso omiso a la misma.
Nombre
Abarca Cerdas Fernando
Acosta Vindas María del Mar
Agüero Lee Gabriela María
Aguilar Muñoz Marcela
Aguilar Sequeira Juan Pablo
Aguirre González María de Jesús
Alfaro Murillo Mónica
Alfaro Soto Lilliana
Alvarado Chavarría Luis Adrián
Amador Alvarado Marcela
Arce Gutiérrez Meilym
Arias Calderón Yadira Ester
Artavia Rodríguez Kimberly
Badilla Vargas Leonardo
Baltodano Brenes Rocío Mercedes
Barquero Gómez Maureen Gabriela
Barrantes Parrales Angie Mariela
Cédula
401690701
110090118
106950908
108720057
303810850
155814382417
205260457
401600359
603540768
106640242
204140519
304260122
206630429
303330299
111460258
110610764
205820089
Nombre
Pág 45
Cédula
Barrientos Méndez Cesar
Benavides Sánchez Rita
Blanco Vargas Bernardo
Brenes Avendaño Manuel Antonio
Brenes Camacho Ruth Marcela
Briceño Vargas Jeffersson
Brioso Alfaro Blanca Azucena
Calderón Blanco Marco Vinicio
Calvo Madrigal Rebeca
Calvo Quirós Angie
Camacho Sánchez Andrea María
Cambronero Moraga Silvia
Campos Ramírez Wendy Cristina
Cantillo García Sonia Lidiette
Cárdenas Rodríguez María Fernanda
Carmona González Marvin Esteban
Carvajal Chinchilla Ileana María
Carvajal Villalobos Ciany
Cascante Herrera Idaly
Cascante Ramírez Ana Patricia
Castro Soto Óscar Emilio
109370468
108140112
104120392
304380318
303190399
110430614
122200043221
304180137
113210125
304080439
110760605
106850725
109120012
105860746
113500082
205940470
111310135
206160044
401380017
203740586
206180992
Centeno Masis Ingrid Andrea
Cerdas Loría Joaquín Bernardo
Céspedes Ortega Vivian
Chacón Barrantes Ana María
Chacón Retana Minor Gerardo
Chavarría Alpízar Silvia
Chavarría Jiménez Ana Marcela
Chaves Vega Randy
Chévez Orellana Claudia Isella
Chinchilla Rojas Erick Francisco
Chinchilla Valverde Sergio Adrián
Cordero Jara Luis Felipe
Corrales Blanco Vera Violeta
Coto Sáenz Norma Cecilia
Del Potro Jiménez Héctor Aníbal
Delgado Sancho Jonathan
Díaz Quesada Lilliam
Durán Segura Karina Lizeth
Espinoza Saldaña Luis Alberto
109670027
202470730
109150352
106640745
106920756
113490112
112140155
112610820
112630832
110000008
109400121
401800910
112770202
302260492
103200037110
111690824
303130131
114400613
159100280216
Espinoza Soley Adriana
110310942
Esquivel León María de los Ángeles
109080403
Fagan Lowis Felicia
108810891
Fallas Calvo Banllyli María
Fernández Garro Laura Melissa
304350609
114310101
Fernández González Emily
304180113
Fernández Rodríguez Evidelia M.
Flores Flores Gladys Marielth
Fonseca Solano Juan Manuel
Fuentes Blanco Natalia
Gairaud Bonilla Madelein
García Cruz Alejandra
401400400
155811007625
303490589
112450554
106040465
108900504
La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014
Pág 46
Nombre
Cédula
Nombre
Cédula
Garro Fernández Yorleny
Garro Salguero Xenia Guiselle
Golcher Barquero Karol
González Artavia Jairol
González Díaz Yorleny
González Pérez Tania
González Rojas Cindy Vanessa
González Rojas Natalie
González Waterhouse José Alejandro
González Zambrana Jonathan
Guevara Vives Katherine
Guzmán Obando Maricela
Hernández Chacón Daniel Gustavo
Hernández Sanabria Evelyn
Hernández Vargas Fabián Jesús
Horna Gamboa Mónica
Hurtado Díaz Cecilia Del Rosario
Jara Jara Rosa Victoria
Jiménez Pérez Annette Ivania
Jiménez Salas Karla Berlioth
Jiménez Sequeira José Andrés
110960887
303590784
113360075
401640249
109830820
110580310
206090413
207040163
113420977
110950757
113880140
111980150
304260200
109990702
113730917
110360241
155805742324
121800026827
113370380
111710337
112070029
Orozco Ríos María Nelly
Ortega Figueroa Humberto Delfin
Ortiz Chavarría Elsa María
Oviedo Herrera Juan Rafael
Oviedo Segura Dilhana
Peralta Artavia Graciela
Pérez Crespo Santos
Pérez Ruiz Juana Elizabeth
Pineda Solís Angélica
Porras Vallejo Siu Janani
Prendas Barrantes Sureidy
Quesada Calderón Luisa
Quesada Garro Lizzeth
Quesada Quesada Juan Carlos
Quesada Sánchez Maureen Liseth
Quirós Chacón Kattia Magaly
Quirós González Otsbal Kenneth
Quirós Zamora Milena
Ramírez Hernández Libia Eusebia
Ramírez Meza Nuvia
Ramírez Siles Ana Isabel
155806638214
800830191
304280151
401150928
401680906
109660577
155800402002
155812282231
27010095541095
113410143
113620182
204430050
304090321
108250160
205680820
303780708
304170097
108880992
150140363001422
302330308
303150733
Lara Morera Ana Silvia
Ledezma Rodríguez Desiré
León Hernández Rebeca
López López Bernarda Del Carmen
López López Margarita del Socorro
López Vargas Orlando
Loría Valerio Marianela
Madriz Jiménez Beleida
Marianela León Arce
Maroto Castro Wendy
Mata Madrigal Isabel Vanessa
Mata Villalobos Karol
Mejías Vargas José Andrés
Mena Ramírez Marvin Francisco
Méndez Quesada Eduardo
Méndez Ramírez Mildred
205630361
205840962
401720232
155805823717
155806239615
205970848
114040359
303240739
110550859
110870368
303960676
110290766
205370875
205140275
104280066
113600903
Ramírez Villegas Gerardo
Redondo Guido Ingrid Patricia
Retana Bianco Erika Magaly
Ríos Murillo Santiago
Rivera Cordero Mariana
Rivera Vanegas Johanna
Robles Ross Noemy
Rocha Gutiérrez Jessica
Rodríguez Arroyo Marine
Rodríguez Badilla Ana Cecilia
Rodríguez Espinoza Madelin
Rodríguez Sáenz Yoseth
Rojas Araya Karina María
Rojas Blanco María Del Pilar
Rojas Mora Rolando Alberto
Román Montoya Stephanie Marcela
401090713
112390112
110500442
112930906
113820246
110960137
107050033
205780250
401680652
114750289
110510716
204810175
206570143
110810524
113800452
113820748
Meza Gamboa Diana María
303720880
Romero Calderón Luis Carlos
113000667
Miranda Obando Allan Guillermo
303750842
Rosales James Cindy Virginia
110150234
Montoya Sandí Sugey Mireya
Mora Castellanos Patricia
109440231
104710261
Sáenz Carvajal Melissa
112140264
Mora Chavarría Carmen María
109790122
Morales Chacón Teresa Lisbeth
Morera Guido Marcos Vinicio
Moya Carpio Glen Anthony
Moya Coto Marcella
Murillo Vargas Maricela
Navarro Blanco Adolfo
Navarro Monestel Carlos Humberto
Obando Mesén Scarlet
Obregón Muñoz Daniela
Orozco Calvo Albert De Jesús
113350669
111730857
107580581
303210762
206170108
303260520
302480506
106280975
112620794
303920637
Sáenz León Victoria
Salas Calvo Nelsy Mayela
Salas Mora Nicole Susana
Salas Moreno Geovanny Andrés
Salazar Baltodano Priscilla María
Salazar Calvo Gabriela
205480955
303130201
114650126
115060596
113720750
110490883
Salazar Herrera Fabiola de los Ángeles
114300409
Salazar Vega Luis Diego
Salazar Villanueva José Alonso
Salgado Salazar Edwin
Sánchez Mora Karla Vanessa
Sancho Gámez María Mercedes
205900844
112840906
107930116
111310318
107500247
La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014
Nombre
Cédula
Segura Blanco Mariela
Segura Bonilla Milton Leonardo
Sojo Hidalgo Fanny María
Solano Chaves Geilyn María
Solano Garro José David
Solera Mejías Keren
Solís Castro Mariam Del Carmen
Solís Solórzano Yendry
Soto Arce Katherin
Soto Valverde Agnes
Szuster Rosales Yoseline
Talavera Villachica José
Todd Lazo Karol Conchita
Todd Mc Sam William Alexis
Torres Castillo Jennifer Caridad
Trujillo Sisfontes Gabriela
Urbina Rivas Ethell
Ureña Jiménez Vera
Vallejos Ruiz Hazel Vanessa
Vargas Gamboa Betty María
Vargas Sáenz Rosita Marcela
110910621
111980178
304230602
206470403
112620361
206260650
205760900
112690154
110160558
109700798
206670173
155806718606
113160354
105570654
113710189
401680850
155807904223
104021296
109880007
302290051
304020223
Vásquez Arroyo Sirley de los Ángeles
Williams Cruz Jennifer
Xiomara Villegas
Yannarella Montero Silvia Magally
Zapata Pérez Carla Patricia
Zavala López Jackeline
Zepeda Alvarado Jacqueline
Zúñiga Córdoba Eugenia María
206440083
113560892
502700705
108310877
155802250324
155803141530
112660559
104131192
Junta Directiva.—MSc. Lilliam González Castro, Presidenta.—
MSc. Magda Rojas Saborío, Secretaria.—1 vez.—(IN2014056162).
ASOCIACIÓN IGLESIA LUTERANA
COSTARRICENSE
Los suscritos, Marco Antonio Zúñiga Gómez, cédula de
identidad 1-0948-0581, el primero en mi condición de vicepresidente
y representante legal de la Asociación Iglesia Luterana Costarricense,
cédula jurídica 3-002-195628; y Lidia Teresa Guadamuz López, cédula
de identidad 1-0479-0017, la segunda en mi condición de vocal uno
de la misma Asociación, solicitarnos al Departamento de Asociaciones
del Registro de Personas Jurídicas la reposición del libro de actas de
asamblea general número uno, el cual fue extraviado. Se emplaza por
ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de
oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—Martes, 26 de agosta
del 2014.—Marco Antonio Zúñiga Gómez, Vicepresidente.—Lidia
Teresa Guadamuz López, Vocal Uno.—1 vez.—(IN2014056188).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Por escritura otorgada hoy ante nosotros, se protocolizó acta
de la empresa Florida Capitales Sociedad Anónima, en donde
se reforma la cláusula quinta de los estatutos sociales. Escritura
otorgada en San José a las once horas treinta minutos del día seis
de agosto de dos mil trece.—Lic. Fabián Fernández Faith y William
Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—(IN2014054129).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizó Acta de
la empresa F & C Investments Sociedad Anónima, en donde se
reforma la cláusula de los estatutos sociales. Escritura otorgada en
San José a las diez horas del de mayo de dos mil catorce.—Lic.
William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—(IN2014054130).
Pág 47
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
A las once horas cinco minutos del diecinueve de agosto de
dos mil diez, ante esta notaría se protocolizó el acta de asamblea
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Bancrédito
Sociedad Agencia de Seguros S. A., por medio de la cual se modificó
y aumentó el capital social, se reforma la cláusula quinta.—San
José, doce horas cinco minutos del veinticinco de agosto de dos mil
catorce.—Lic. Indira Sanabria Mata, Nataria Institucional.—1 vez.—
(IN2014055082).
Por escritura número trescientos once de las ocho horas del
veintiséis de agosto del dos mil catorce, se reforma la sociedad
The Bedard Group S. A., cédula jurídica número tres-ciento unoquinientos setenta y ocho mil cuatrocientos tres.—Lic. Marianela
González Fonseca, Notaria.—1 vez.—(IN2014055100).
Por escritura número setenta y ocho otorgada a las nueve horas
treinta minutos del cinco de agosto del dos mil catorce, se modificó
la cláusula novena de Repuestos El Trébol Sociedad Anónima. Por
escritura número setenta y siete otorgada a las nueve horas del cinco
de agosto del dos mil catorce, se modificó la cláusula quinta de Auto
Repuestos Transmore Sociedad Anónima.—Lic. Verny Valerio
Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2014055101).
Por escritura de protocolización de acta, otorgada ante esta
notaría, a las 10:00 horas del día 19 de agosto del 2014, de la empresa
R Y G Comercializadora de Belén S. A., se reformó la cláusula,
quinta capital social, se incrementó, mediante aporte de utilidades no
distribuidas.—Belén, Heredia, 19 de agosto del 2014.—Lic. Daniel
Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014055104).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 7:00 horas, del día 27
de agosto del 2014, se constituyó la empresa denominada: El Ibicenco
S. A., domiciliada en San Antonio de Belén, Heredia, residencial Belén,
casa número dos, capital social cien dólares USA, mediante aporte de
bienes muebles, presidenta María del Rocío González Campos, cédula
1-652-095.—Belén, Heredia, 27 de agosto del 2014.—Lic. Daniel
Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014055105).
Hazel Rojas Rojas, notaria pública con oficina en San Antonio de
Belén, Heredia, día veintitrés de agosto del dos mil catorce, protocolicé
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inmobiliaria
J Dos Sociedad de Responsabilidad Limitada, en la cual se revocó
nombramiento de uno de los gerentes. Es todo, al ser trece horas treinta
minutos del día veintiséis de agosto del dos mil catorce.—Lic. Hazel
Rojas Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2014055106).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se solicita el
cambio de junta directiva de la sociedad: Roselare Surf House
Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno - seiscientos setenta y siete
mil trescientos noventa y cinco.—Pérez Zeledón, a las ocho horas
del veinticinco de agosto del dos mil catorce.—Lic. Jonatan Valverde
Piedra, Notario.—1 vez.—(IN2014055109).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se solicita la
transformación de la sociedad: Reidy Investments In Costa Rica
Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-quinientos treinta y tres
mil quinientos sesenta y ocho.—Pérez Zeledón, a las ocho horas del
veinticinco de agosto del dos mil catorce.—Lic. Jonatan Valverde
Piedra, Notario.—1 vez.—(IN2014055110).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se solicita el
cambio de junta directiva de la sociedad: Tres-Ciento Dos- Seiscientos
Setenta y Tres Mil Ciento Catorce Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula tres-ciento dos-seiscientos setenta y tres mil ciento
catorce.—Pérez Zeledón, a las ocho horas del veinticinco de agosto
del dos mil catorce.—Lic. Jonatan Valverde Piedra, Notario.—1
vez.—(IN2014055112).
Por escritura otorgada hoy ante mí, a las ocho horas, protocolicé
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada
por Agropecuaria El Corral del Sur Sociedad Anónima, donde
se disuelve la sociedad.—Pérez Zeledón, quince de julio del año
dos mil catorce.—Lic. Juan Luis Mora Monge, Notario.—1 vez.—
(IN2014055113).
Pág 48
La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la empresa
Corporación Ferreira J & D Sociedad Anónima. Plazo noventa y
nueve años. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas del día
diez de enero de dos mil catorce.—Lic. William Fernández Sagot,
Notario.—1 vez.—(IN2014055114).
Por acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
número ocho, de la sociedad Corporación Hotelera Montesito
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-412807, se acuerda
modificar la cláusula quinta del pacto constitutivo para que se lea
así: V. El capital social es la suma de setenta y tres millones diez mil
colones, representado por setenta y tres mil diez acciones comunes
y nominativas de mil colones cada una. Todo el capital social es
suscrito y pagado por iguales partes por los socios Fernando Valverde
Araya y Alfredo Valverde Ureña, mediante la suscripción de una
letra de cambio cada uno pagadera a la vista y a favor de la sociedad,
por la suma de treinta y seis mil colones que corresponde al pago de
treinta y seis mil quinientas cinco acciones que representa el aporte
de cada socio.—Pérez Zeledón, 10 horas 25 de agosto de 2014.—
Lic. Asdrúbal Carvajal Porras, Notario.—1 vez.—(IN2014055115).
Leyset Rosada Flores, Franciny Vargas Ramírez, Kimberly Molina
Morales y María Antonieta Castro Barboza. Es todo.—San José,
diecinueve de agosto del dos mil catorce.—Lic. Marlly Condega
Sánchez, Notaria.—1 vez.—(IN2014055125).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas treinta
y siete minutos del día trece de agosto del año dos mil catorce, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la
sociedad, Distribuidora Ticocelsca Limitada, mediante la cual se
realiza nombramiento de agente residente.—Veintisiete de agosto
del año dos mil catorce.—Lic. Lorena Víquez Muñoz, Notaria.—1
vez.—(IN2014055126).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del
día catorce de agosto del año dos mil catorce, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad, Futurocel
Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la
cual se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo y se hace
nuevo nombramiento.—Lic. Lorena Víquez Muñoz, Notaria.—1
vez.—(IN2014055129).
Que los notarios Federico José Jiménez Solano y Marianella
Mora Barrantes, actuando en el protocolo del primero, en escritura
número 58 otorgada a las 13 horas 30 minutos del 26 de agosto
del 2014, otorgan escritura protocolizando acta número seis de la
sociedad denominada Argenson Victoria Dos Mil Uno Sociedad
Anónima.—San José, 9 horas del 27 de agosto 2014.—Lic.
Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2014055116).
Yo Yesenia Arce Gómez, notaria pública de Escazú, mediante
escritura pública se reforma el pacto constitucional de la sociedad:
Limón del Pacifivo Tropical R A Sociedad Anónima y disolución
de sociedad Aseguradores Mafel Sociedad Anónima.—Escazú,
26 de agosto de 2014.—Lic. Yesenia Arce Gómez, Notaria.—1
vez.—(IN2014055130).
Que los notarios Federico José Jiménez Solano y Marianella
Mora Barrantes, actuando en el protocolo del primero, en escritura
número 54 otorgada a las 11 horas 30 minutos del 26 de agosto
del 2014, otorgan escritura protocolizando acta número dos de la
sociedad denominada Plantación Cacao Dos Mil Trece Sociedad
Anónima.—San José, 7 horas del 27 de agosto 2014.—Lic.
Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2014055118).
En escritura otorgada a las 11:00 horas del 26 de agosto del
2014, se protocoliza el acta de Agencia de Viajes Fiesta Resort
S. A., donde se modifican las cláusulas primera, del nombre de la
sociedad, y sétima, de la representación.—San José, 27 de agosto
del 2014.—Lic. Carlos Guardia Gutiérrez, Notario.—1 vez.—
(IN2014055132).
Que los notarios Federico José Jiménez Solano y Marianella
Mora Barrantes, actuando en el protocolo del primero, en escritura
número 55 otorgada a las 12 horas del 26 de agosto del 2014, otorgan
escritura protocolizando acta número seis de la sociedad denominada
Argenson Bárbara Dos Mil Ocho Sociedad Anónima.—San José,
7:30 horas del 27 de agosto 2014.—Lic. Marianella Mora Barrantes,
Notaria.—1 vez.—(IN2014055120).
Que los notarios Federico José Jiménez Solano y Marianella
Mora Barrantes, actuando en el protocolo del primero, en escritura
número 56 otorgada a las 12 horas 30 minutos del 26 de agosto
del 2014, otorgan escritura protocolizando acta número seis de la
sociedad denominada Argenson Josefina Dos Mil Ocho Sociedad
Anónima.—San José, 8 horas del 27 de agosto 2014.—Lic.
Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2014055122).
Por escritura número doscientos ocho-cinco, correspondiente
a acta número dos de asamblea general extraordinaria de cuotistas
de la sociedad Corporación SLAC Punto Com S.R.L., otorgada
ante la suscrita notaria, a las ocho horas del veintisiete de agosto del
dos mil catorce, se realiza modificación de la cláusula primera del
nombre por Angolare Sociedad de Responsabilidad Limitada,
así mismo se modifica la cláusula sexta de la representación.—
San José, veintisiete de agosto del dos mil catorce.—Lic. Christy
Alejandra Martínez Carvajal, Notaria.—1 vez.—(IN2014055123).
Que los notarios Federico José Jiménez Solano y Marianella
Mora Barrantes, actuando en el protocolo del primero, en escritura
número 57 otorgada a las 13 horas del 26 de agosto del 2014, otorgan
escritura protocolizando acta número seis de la sociedad denominada
Argenson Sofía Dos Mil Cinco Sociedad Anónima.—San José, 8
horas 30 minutos del 27 de agosto 2014.—Lic. Marianella Mora
Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2014055124).
Por escritura número doscientos treinta y cuatro-cuatro,
otorgada en mi notaría, en la ciudad de San José, a las dieciocho
horas del seis de agosto del dos mil catorce. Se constituye la
Fundación GEA para la Promoción, Educación y Desarrollo
de la Sexualidad y Bienestar Integral de la Mujer. Fundadoras:
Mediante escritura autorizada por la suscrita notaria, a las
14:50 horas del día 22 de agosto del 2014, se protocolizó el acta
de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad Eivissa Internacional S. A., mediante la cual se acuerda
reformar la cláusula sétima de los estatutos de la compañía.—San
José, 26 de agosto del 2014.—Lic. Jessica Salas Arroyo, Notaria.—1
vez.—(IN2014055135).
Mediante escritura autorizada por la suscrita notaria, a las
14:35 horas del día 22 de agosto del 2014, se protocolizó el acta
de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de
la sociedad Compañía de Proyectos e Inversiones Diversas
RACASAI S. A., mediante la cual se acuerda reformar la cláusula
sétima de los estatutos de la compañía.—San José, 26 de agosto
del 2014.—Lic. Jessica Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—
(IN2014055136).
Mediante escritura autorizada por la suscrita notaria, a las
14:20 horas del día 22 de agosto del 2014, se protocolizó el acta
de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de
la sociedad IS Inversiones del Sur Siglo XXI S. A., mediante la
cual se acuerda reformar la cláusula sexta de los estatutos de la
compañía.—San José, 26 de agosto del 2014.—Lic. Jessica Salas
Arroyo, Notaria.—1 vez.—(IN2014055137).
Mediante escritura autorizada por la suscrita notaria, a las
13:50 horas del día 22 de agosto del 2014, se protocolizó el acta
de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de
la sociedad Urban Creative S. A., mediante la cual se acuerda
reformar la cláusula sexta de los estatutos de la compañía.—San
José, 26 de agosto del 2014.—Lic. Jessica Salas Arroyo, Notaria.—1
vez.—(IN2014055139).
Se protocolizó en mi notaría, acta de asamblea general
ordinaria de la sociedad Servicios de Información Telefónica
Sociedad Anónima Laboral, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento
setenta y nueve mil seiscientos cincuenta.—San José, veinticuatro
de julio del dos mil catorce.—Lic. Yamileth Pérez Jiménez,
Notaria.—1 vez.—(IN2014055147).
La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014
Hoy por escritura pública de las 10:00 horas, se constituyó la
sociedad Centro Gestáltico Atrapasueños Costa Rica S. A., con
todos los requisitos.—Escazú, 22 de agosto de 2014.—Lic. José
Manuel Hidalgo Barrantes, Notario.—1 vez.—(IN2014055150).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 26
agosto, 2014, se solicita la disolución de la mercantil Balmoral Star
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-289668 por acuerdo de
socios.—San José, 26 agosto, 2014.—Lic. Siu-len Wing-Ching
Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2014055153).
Que por escritura número 177, visible a folio 174 vuelto,
se modificó la totalidad del pacto social por la transformación de
la empresa a Sociedad de Responsabilidad Limitada y se nombra
gerente uno y dos de Finca Canaan de Uvita Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-uno cero uno-seis cuatro uno nueve nueve
cuatro, visibles en el tomo 23 del protocolo del notario público.—A
las 9:00 horas del 25 de agosto del 2014.—Lic. Eduardo Abarca
Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2014055157).
Ante esta notaría mediante escritura número doscientos
dieciocho de las ocho horas del veintisiete de agosto de dos mil
catorce, se protocoliza asamblea general extraordinaria de socios
de la sociedad La Gardenia Augusta S. A., mediante la cual se
modifica la administración social.—San José, veintisiete de agosto
de dos mil catorce.—Lic. Marco Aurelio Odio Aguilar, Notario.—1
vez.—(IN2014055165).
Ante esta notaría, a las trece horas y treinta minutos del día siete
de agosto del año dos mil catorce, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas que modificó la cláusula del
nombre de la sociedad anónima de esta plaza denominada JCB
Alquiler de Maquinaria Sociedad Anónima, para llamarse JCB
Constructora y Alquiler Sociedad Anónima.—San José, 7 de
agosto de 2014.—Lic. Carlos José Jacobo Zelaya, Notario.—1
vez.—(IN2014055166).
Por protocolización de acta mediante escritura otorgada ante
el suscrito notario público, a las 8:30 horas del día 25 de agosto
del 2014. Se realizan nombramientos de junta directiva, se modifica
cláusula del pacto constitutivo de la empresa Villa Antica Sociedad
Anónima.—San José, 25 de agosto de 2014.—Lic. María Elena
Gamboa Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2014055170).
Por protocolización de acta mediante escritura otorgada ante
el suscrito notario público a las 10:30 horas del día 25 de agosto
del 2014. Se realizan nombramientos de junta directiva, se modifica
cláusula del pacto constitutivo de la empresa Ciudad Hacienda
El Olivar Sociedad Anónima.—San José, 25 de agosto de
2014.—Lic. María Elena Gamboa Rodríguez, Notaria.—1 vez.—
(IN2014055172).
Mediante escritura número 209-3 otorgada ante esta misma
notaría, a las 14:00 horas del 27 de agosto del 2014, se modifica
la cláusula primera de la sociedad denominada Tecnología y
Tratamiento de Aguas Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula jurídica 3-102-685397.—San José, 27 de agosto del
2014.—Lic. Maricruz Villasuso Morales, Notaria.—1 vez.—
(IN2014055182).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del
28 de agosto del 2014, protocolicé asamblea de la sociedad Rojas
& Solano Asesores en Desarrollo Municipal S. A. cédula 3-101678911, cambia de nombre a Rojas & Solano Asesores en Gestión
y Proyectos S. A.—San José, 28 de agosto de 2014.—Lic. Alfredo
Antonio López Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2014055188).
Ante mi notaría, la sociedad Tres-Ciento Dos-Cuatrocientos
Ochenta y Cuatro Mil Ochocientos Ocho Sociedad de
Responsabilidad Limitada, reformó las cláusulas primera,
segunda del pacto social.—Lic. Verónica Mora Vega, Notaria.—1
vez.—(IN2014055189).
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Por escritura otorgada a las 12:00 horas del 27 agosto del 2014,
se protocoliza acta número quince de la asamblea general de accionistas
de la sociedad mercantil: Celsur Engeneering CE Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cuarenta y cinco
mil doscientos cincuenta; en dicha asamblea se nombra un nuevo
presidente, y se hace la reforma a la cláusula sétima; todo mediante
acuerdo de socios.—Lic. Ángel Valdivia Sing, Notario.—1 vez.—
(IN2014055190).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 25 de
agosto del año 2014, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria
de la sociedad Pan de Pita Natural Sociedad Anónima, en la que se
reforman las cláusulas segunda del domicilio, quinta del capital social,
octava de la junta directiva, y se nombran nuevos directivos.—San
José, 25 de agosto del año 2014.—Lic. Carlos Alberto Vargas Campos,
Notario.—1 vez.—(IN2014055197).
Por escritura otorgada, a las catorce horas del día veintisiete de
agosto del dos mil catorce, ante esta notaría, se constituye la sociedad
Nicjelau MM Sociedad Civil de Actividades Profesionales, se
designa administradores con facultades de apoderados generalísimos
sin límite de suma actuando conjunta o separadamente.—San José,
veintisiete de agosto del dos mil catorce.—Dr. Fernando Zamora
Castellanos, Notario.—1 vez.—(IN2014055201).
Por escritura otorgada, a las nueve horas del día de hoy, se
protocoliza la asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad
Tractoron Inc S. A., donde se modifica la cláusula referente al capital
social.—San José, cuatro de agosto del dos mil catorce.—Lic. Lázaro
Natan Broitman Feinzilber, Notario.—1 vez.—(IN2014055204).
Por escritura otorgada al ser las diecinueve horas del día ocho
de mayo del dos mil doce, se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria de la sociedad Mora y Associates Legal Consultant
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento unocuatrocientos cuarenta y cinco mil quinientos noventa y dos. Se conoce
de la renuncia del secretario y se nombra en su lugar por todo el plazo
social al señor José Manuel Porras Garita. Se reforma la cláusula novena
de los estatutos siendo que la representación judicial y extrajudicial de
la sociedad corresponderá al presidente y al tesorero.—Santa Teresa, 24
de julio del 2014.—Lic. Eladio Antonio Picado Ramírez, Notario.—1
vez.—(IN2014055207).
La sociedad M C G Maquinaria y Construcción S. A.,
protocoliza acuerdos de asamblea general de socios.—Lic. Juan Manuel
Ramírez Villanea, Notario.—1 vez.—(IN2014055213).
Que por escritura pública otorgada ante esta notaría, al ser las
nueve horas con treinta minutos del veinticinco de agosto del dos mil
catorce, se reformaron los estatutos de Grupo Sol del Oeste Sociedad
Anónima, con cédula jurídica número 3-101-619666. Es todo.—San
José, veintisiete de agosto del dos mil catorce.—Lic. Andrea Hector V.,
Notaria.—1 vez.—(IN2014055217).
Que por escritura pública otorgada ante esta notaría, al ser las
nueve horas del veinticinco de agosto del dos mil catorce, se reformaron
los estatutos de Hacienda Los Balcones Sociedad Anónima, con
cédula jurídica número 3-101-578942. Es todo.—San José, veintisiete
de agosto del dos mil catorce.—Lic. Andrea Hector V., Notaria.—1
vez.—(IN2014055218).
Que por escritura pública otorgada ante esta notaría, al ser las
ocho horas con treinta minutos del veinticinco de agosto del dos mil
catorce, se reformaron los estatutos de BMW Mtres Dos Mil Once
Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-606389.
Es todo.—San José, veintisiete de agosto del dos mil catorce.—Lic.
Andrea Hector V., Notaria.—1 vez.—(IN2014055219).
Que por escritura pública otorgada ante esta notaría, al ser las
siete horas con treinta minutos del veinticinco de agosto del dos mil
catorce, se reformaron los estatutos de Ccaml Painted Sky Sociedad
Anónima, con cédula jurídica número 3-101-507755. Es todo.—San
José, veintisiete de agosto del dos mil catorce.—Lic. Andrea Hector V.,
Notaria.—1 vez.—(IN2014055221).
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La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014
Que por escritura pública otorgada ante esta notaría, al ser las
diez horas con treinta minutos del veinticinco de agosto del dos mil
catorce, se reformaron los estatutos de Cambridge International
Holdings Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101548443. Es todo.—San José, veintisiete de agosto del dos mil
catorce.—Lic. Andrea Hector V., Notaria.—1 vez.—(IN2014055223).
Soren Araya Madrigal. Ante esta notaria, a las quince horas del
veintiséis de agosto del dos mil catorce, se reformó la cláusula octava
de la administración de la sociedad Deporcar Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos ochenta y tres mil
doscientos ochenta y seis, y se nombra nueva junta directiva.—San
José, dieciséis horas del veintiséis de agosto del dos mil catorce.—
Lic. Soren Araya Madrigal, Notaria.—1 vez.—(IN2014055228).
Por escritura otorgada ante mi notaría, de las once horas del
veintinueve de julio del año dos mil catorce se protocoliza asamblea
extraordinaria de socios de la sociedad Grupo Jufran Internacional
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento unocuatrocientos sesenta mil setecientos treinta y cinco, se modifica la
cláusula sexta del pacto constitutivo.—San José, veintiuno de agosto
del año dos mil catorce.—Lic. Alejandro Villalobos Hernández,
Notario.—1 vez.—(IN2014055229).
Ante esta notaría, mediante escritura número ochenta y nueveuno, a las diecisiete horas, del día veinticinco de agosto del dos mil
catorce, se nombró nueva junta directiva de Asesoría y Construcción
Imoza S. A. Es todo.—Heredia, veinticinco de agosto del dos mil
catorce.—Lic. Rafael Alexis Hidalgo Carballo, Notario.—1 vez.—
(IN2014055233).
Por escritura otorgada ante esta notaría el 27 de agosto del
2014 a las 8:40 horas, Servicios de Mantenimiento y Seguridad
SEMANS S. A., agrega a su objeto social el servicio de seguridad
privada en eventos masivos y seguridad electrónica.—San José, 18 de
agosto del 2014.—Lic. Sandra Camacho Méndez, Notaria.—1 vez.—
(IN2014055237).
Que en esta notaría, se ha modificado el nombre de la sociedad
de esta plaza West Land Scholl S. A. por West Land School S. A.
Es todo. Firmo en San José, a las nueve horas quince minutos del día
miércoles veintisiete de agosto del año dos mil catorce.—Lic. Andrés
Durán López, Notario.—1 vez.—(IN2014055240).
Hoy ante esta notaría, se protocolizó acta mediante la cual La
Vendimia Costa Rica S. A.; se disuelve.—San José, 26 de agosto
del 2014.—Lic. Anabelle López Delgado, Notaria.—1 vez.—
(IN2014055241).
Por escritura otorgada ante el notario Gabriel Chaves Ledezma,
a las 11:00 horas del 26 de agosto del 2014, se modificó la cláusula
de administración de la sociedad Avellanas de Conchal Doce
Limitada.—Tamarindo, catorce horas de agosto de 2014.—Lic.
Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—(IN2014055248).
Por escritura otorgada ante el notario Gabriel Chaves Ledezma,
a las 11:30 horas del 26 de agosto del 2014, se modificó la cláusula
de administración de la sociedad Silver Sunsets Thirteen SSF
Limitada.—Tamarindo, catorce horas con quince minutos de
agosto de 2014.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—
(IN2014055252).
Por escritura número trescientos seis, otorgada ante este notario,
a las ocho horas del día veintidós de agosto de dos mil catorce, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de
la entidad denominada El Platanal de Nini S. A., con número de cédula
jurídica: tres-ciento uno-quinientos setenta y dos mil ochocientos
siete, en la cual se modifica su nombre social.—Lic. Carlos Alberto
Espinoza Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2014055257).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas
quince horas del día veintisiete de agosto del dos mil catorce, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la
sociedad Thirty One-Hardy Palm-I Ninety LLC S.R.L., cédula
jurídica número 3-102-465394, en la que se reformó la cláusula
segunda del pacto social y se realizó nombramientos de agente
residente.—San José, a las dieciocho horas veinte minutos del
día veintisiete de agosto del dos mil catorce.—Lic. Priscila Picado
Murillo, Notaria.—1 vez.—(IN2014055259).
El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada
a las diez horas del día veintisiete de agosto del año dos mil
catorce, en Puntarenas, ante mi se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada
Manglares Verdes Tropicales Limitada, titular de la cédula de
persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos cincuenta mil
ciento ocho, en la cual se resolvió lo siguiente: a- Cambio cláusula
de la administración. Acta protocolizada por el notario Álvaro Masís
Montero.—Miércoles catorce horas del veintisiete de agosto del año
dos mil catorce.—Lic. Alvar Masís Montero, Notario.—1 vez.—
(IN2014055261).
El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada
a las nueve horas del día veintiséis de agosto del año dos mil
catorce, en Puntarenas, ante mi se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada
Tres-Ciento Dos-Seis Ocho Cero Cinco Cinco Cinco Limitada,
titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seis
ocho cero cinco cinco cinco, en la cual se resolvió lo siguiente: aSustitución de gerente. Acta protocolizada por el Notario Álvaro
Masís Montero.—Miércoles, catorce horas diez minutos del
veintisiete de agosto del año dos mil catorce.—Lic. Álvaro Masís
Montero, Notario.—1 vez.—(IN2014055262).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas
del día veintisiete de agosto de dos mil catorce, se protocolizó acta
de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad F-SixtyPrincess Palms-Twenty Once Palms LLC S.R.L., cédula jurídica
número 3-102-464280, en la que se reformó la cláusula segunda del
pacto social, y se realizó nombramiento de agente residente.—San
José, a las dieciocho horas diez minutos del día veintisiete de agosto
de dos mil catorce.—Lic. Priscila Picado Murillo, Notaria.—1
vez.—(IN2014055264).
Mediante escrituras ante mi otorgadas el veintiséis de agosto
del dos mil catorce protocolicé actas de asambleas de accionistas
de Posada del Café PCF Cuarenta y Cuatro S. A.; CE Jota D
Alessandro S. A.; Consorcio Huacas del Pacífico S. A. y Servicio
Inmobiliario Dalota S. A., en donde se modifica la representación
y como presidente de todas esas sociedades se nombra a Kattia
Vanessa Otárola Víquez.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1
vez.—(IN2014055267).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas
del día veinticinco de agosto de dos mil catorce, se protocolizó acta
de asamblea general extraordinaria de socios de MB Leasing S.
A., cédula jurídica 3-101-668666, en la que se reformó la cláusula
quinta del pacto social.—San José, veinticinco de agosto de dos
mil catorce.—Lic. Priscila Picado Murillo, Notaria.—1 vez.—
(IN2014055268).
El suscrito notario hace constar que según escritura
doscientos cuarenta y seis-ocho, del tomo ocho de mi protocolo,
se ha constituido asociación denominada Asociación Nacional de
Estilistas, Maquillistas, Manicuristas y Afines.—Cartago, 28 de
agosto de 2014.—Lic. Allan Salazar López, Notario.—1 vez.—
(IN2014055270).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas
treinta horas del día veintisiete de agosto de dos mil catorce, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la
sociedad Three-Ivory Palms LLC Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica número 3-102-559862, en la que
se reformó la cláusula segunda del pacto social, y se realizó
nombramiento de agente residente.—San José, a las dieciocho horas
cuarenta minutos del día veintisiete de agosto de dos mil catorce.—
Lic. Priscila Picado Murillo, Notaria.—1 vez.—(IN2014055271).
La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014
Por escritura número 5 del tomo 9 de mi protocolo, otorgada
las 15:30 horas del 26 de agosto del año 2014, el suscrito notario
protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
número 2 de la sociedad Kaffeekanne S. A., con cédula de persona
jurídica número 3-101-323066, mediante la cual se reforma la
cláusula sexta de los estatutos sociales.—San José, 26 de agosto
del año 2014.—Lic. Julio Enrique Zelaya Rodríguez, Notario.—1
vez.—(IN2014055275).
Por escritura número 6 del tomo 9 de mi protocolo, otorgada
las 16:00 horas del 26 de agosto del año 2014, el suscrito notario
protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
número 2 de la sociedad Shachtel S. A., con cédula de persona
jurídica número 3-101-323064, mediante la cual se reforma la
cláusula sexta de los estatutos sociales.—San José, 26 de agosto
del año 2014.—Lic. Julio Enrique Zelaya Rodríguez, Notario.—1
vez.—(IN2014055276).
Ante mí, Álvaro Barboza Orozco, notario público con oficina
abierta en San José, escritura otorgada, a las 10 horas del 26 del 8
de 2014, se nombró en la junta, secretaria y fiscal y se modifica el
pacto, de la sociedad denominada RMDC Imagencomunicación
Centroamericana Sociedad Anónima, con cédula jurídica
número: tres-ciento uno-quinientos setenta y tres mil quinientos
ocho, presidenta: María Rosa Díaz Cruz, capital social totalmente
suscrito y pagado, domicilio social: San José, Coronado, Cascajal
de la última parada de autobuses ochocientos metros al oeste.—27
de 8 del 2014.—Lic. Álvaro Barboza Orozco, Notario.—1 vez.—
(IN2014055281).
Ante mí, Álvaro Barboza Orozco, notario público con oficina
abierta en San José, escritura otorgada a las 8 horas 30 minutos del
28 del 08 del 2014, se modificó las cláusulas segunda y sétima de
la S. A., Importaciones Tricia Sociedad Anónima, presidenta:
Lidieth Damaris Vargas Valerio, capital social totalmente suscrito
y pagado, domicilio social: San José, Montes de Oca, Santa Marta,
cuatrocientos metros al sureste de la terminal de buses.—Barrio
María Auxiliadora, 28 de agosto de 2014.—Lic. Álvaro Barboza
Orozco, Notario.—1 vez.—(IN2014055284).
Ante mí, Álvaro Barboza Orozco, notario público con oficina
abierta en San José, escritura otorgada: a las 8:00 horas del 28 del 8
del 2014 se modificó la cláusula sétima, se nombró junta directiva y
fiscal de la S. A.: Esquina Atlética Sociedad Anónima, presidente:
Jorge Arturo Delgado Aguilar, capital social totalmente suscrito y
pagado, domicilio social: San José, Montes de Oca, Santa Marta,
barrio María Auxiliadora, cuatrocientos metros al sureste de la
terminal de buses.—28 de agosto de 2014.—Lic. Álvaro Barboza
Orozco, Notario.—1 vez.—(IN2014055285).
Que por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta
de asamblea general extraordinaria de accionistas de Corporación
Roype de Costa Rica Sociedad Anónima. Los socios acuerdan por
ser una sociedad inactiva y no tener pasivos ni activos disolver la
sociedad y liquidarla en su totalidad.—San José, veintidós de agosto
del dos mil catorce.—Lic. Marianella Quesada Brenes, Notaria.—1
vez.—(IN2014055291).
Mediante escritura autorizada por mí, a las 15:00 horas del
25 de agosto del 2014, se protocolizó la acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria Nº 1 de BQ Adres Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número 3-101-632471, mediante la cual se
acordó: (i) Nombrar nueva junta directiva. (ii) Reformar la cláusula
segunda del pacto constitutivo. (iii) Nombrar nuevo fiscal y agente
residente de la sociedad.—San José, 25 de agosto del 2014.—Lic.
Mauricio Quirós González, Notario.—1 vez.—(IN2014055293).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 18:00 horas del 22
de julio del 2014, se procede a protocolizar acta de asamblea general
extraordinaria de la sociedad Tres-Ciento Uno-Seiscientos Treinta
y Seis Mil Cuatrocientos Noventa y Tres Sociedad Anónima. Se
nombran cargos de junta directiva vacantes. Es todo.—San José,
veintidós de julio del dos mil catorce.—Lic. Francisco Arturo Arias
Mena, Notario.—1 vez.—(IN2014055295).
Pág 51
Por escritura del día de hoy, protocolicé acuerdos de asamblea
general de la sociedad Arroyo de la Miel S. A., cédula 3-101-488080,
en la cual se modifica la cláusula del domicilio, siendo ahora en
Heredia, Belén, Ciudad Cariari, diagonal al lobby del Hotel Cariari.—
San José, 25 de agosto del 2014.—Lic. Rodolfo Solís Rodríguez,
Notario.—1 vez.—(IN2014055296).
Ante mí, Licenciada Dafne Zeledón Monge, a las quince
horas cuarenta y cinco minutos, del veintiocho de julio del año dos
mil catorce, se modificaron las cláusulas: quinta y novena, de la
sociedad Servicios Integrados de Mantenimiento Pérez & Zeledón
Sociedad Anónima.—San José, a las siete horas treinta minutos del
veintinueve de agosto del año dos mil catorce.—Lic. Dafne Zeledón
Monge, Notaria.—1 vez.—(IN2014055298).
Por escritura número cinco otorgada ante esta notaría, en
conotariado con la Licda. Priscilla Ureña Duarte, a las once horas
treinta minutos del veintisiete de agosto del dos mil catorce, se
modificó la cláusula novena del pacto constitutivo de la sociedad
denominada Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos Setenta y Ocho Mil
Setecientos Diecinueve Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y ocho mil
setecientos diecinueve.—San José, 27 de agosto de dos mil catorce.—
Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(IN2014055300).
Que por asamblea general extraordinaria de socios, acta número
uno se resolvió modificar la cláusula primera sobre la razón social,
clausula segunda en cuanto al domicilio social y cambio de junta
directiva de la sociedad Maderas Vian Sociedad Anónima, con
cedula jurídica número tres-ciento uno-tres ocho ocho siete cero cero.
Fecha de modificación: trece de agosto del dos mil catorce.—Lic.
Carlos Eduardo Blanco Fonseca, Notario.—1 vez.—(IN2014055304).
Ante esta notaría, por escritura otorgada, a las catorce horas
treinta minutos del día veintisiete de agosto del dos mil catorce, donde
se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de accionistas de la sociedad denominada Desalmacenadora El
Coyol S. A. Donde se acuerda reformar la cláusula referente al
domicilio social y de la representación de la compañía.—San José,
veintisiete de agosto del dos mil catorce.—Lic. Geovanny Víquez
Arley, Notario.—1 vez.—(IN2014055305).
Ante esta notaría, por escritura otorgada, a las quince horas
treinta minutos del día veintisiete de agosto del dos mil catorce,
donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Apazote
S. A. Donde se acuerda reformar la cláusula referente al domicilio
social y de la representación de la compañía.—San José, veintisiete
de agosto del dos mil catorce.—Lic. Geovanny Víquez Arley,
Notario.—1 vez.—(IN2014055308).
Por escritura número 12-11, otorgada a las 8:30 horas del 27
de agosto del 2014, ante esta notaria Diana Elke Pinchanski Fachler,
se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad
denominada Erfurtone Limitada, en donde se acuerda reformar la
cláusula del domicilio en los estatutos.—Puntarenas, 27 de agosto
de 2014.—Lic. Diana Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—
(IN2014055312).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas
cuarenta y cinco minutos del día veintisiete de agosto del dos mil
catorce, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada
3-101-641978 S. A. Donde se acuerda reformar la cláusula referente
al domicilio social y de la representación de la compañía.—San José,
veintisiete de agosto del dos mil catorce.—Lic. Geovanny Víquez
Arley, Notario.—1 vez.—(IN2014055313).
Que mediante escritura número trescientos veinticuatro de
las diez horas treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil
catorce, se reformó la cláusula sexta del pacto social de Propiedades
Las Esmeralda S. A.—Coronado, veintiséis de agosto del dos
mil catorce.—Lic. Roxana Jara Tenorio, Notaria.—1 vez.—
(IN2014055318).
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Que mediante escritura número trescientos veinticinco de
las once horas y treinta minutos del veintiséis de agosto del dos
mil catorce se disolvió Cifuentes Dos Mil Diez S. A.—Coronado,
veintiséis de agosto del dos mil catorce.—Lic. Roxana Jara Tenorio,
Notaria.—1 vez.—(IN2014055319).
Ante esta notaría se procedió a realizar reforma de la cláusula
cuarta de la sociedad denominada El Cauto S. A., con cédula
jurídica que exhibe el número 3-101-19375, que modifica su plazo
social. Es todo.—San José, trece de agosto del dos mil catorce.—
Lic. León González, Notaria.—1 vez.—(IN2014055322).
El día veinticinco de agosto del año dos mil catorce, se
protocolizó acta de sociedad Monitoreo y Alarmas S.O.S. S. A.
Se modifica pacto constitutivo en cuanto a objeto y administración,
y se nombra secretario.—Palmares, veinticinco de agosto del dos
mil catorce.—Lic. Edgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—
(IN2014055325).
Por escritura pública otorgada ante esta Notaría, se protocoliza
acta de asamblea extraordinaria celebrada a las 14:00 horas del 30
de julio del 2014, de la sociedad Ingeniería Cañas S. A., cédula
jurídica número 3-101-040429, en la cual se aumenta el capital
y por consiguiente se reforma la cláusula quinta de los estatutos
sociales.—San José, 20 de agosto del 2014.—Lic. Lucrecia Flaqué
Murillo, Notaria.—1 vez.—(IN2014055326).
Ante esta notaría, Badimir Marrero Bell y Jairo Antonio
Ordóñez Montenegro, por escritura número 93-6, otorgada a las
11:50 horas del 14 de agosto del 2014, constituyeron una sociedad
anónima, cuya denominación social se ajusta a lo dispuesto en el
Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital social veinte dólares
estadounidenses.—Lic. Rosa María Escudé Suárez, Notaria.—1
vez.—(IN2014055330).
Por escritura 177-8 otorgada a las 09:00 horas del 25 de agosto
del 2014, se disuelve y liquida la sociedad denominada Inversiones
Liyo DC S. A., cédula jurídica 3-101-299315.—Lic. Efraín Mauricio
Carvajal Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2014055332).
Que al ser las 12:00 horas del 25 de abril del 2014, ante esta
notaría del notario público Alexander Gutiérrez Mena, se procedió
a la protocolización de la asamblea general extraordinaria de la
empresa de esta plaza: Llama Roja S. A., con cédula de persona
jurídica número: 3-101-227174, mediante la cual se modifica la
conformación de la junta directiva y la cláusula novena del pacto
social. Es todo.—Santa Cruz, 30 de abril del 2014.—Lic. Alexander
Gutiérrez Mena, Notario.—1 vez.—(IN2014055334).
En esta notaria, se ha protocolizado acta de asamblea general
extraordinaria de Seis Samaras Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-543392, del 22 de agosto del 2014. Acuerdan disolverla
amparados en el inciso d-), artículo 201 del Código de Comercio. Se
cumple con lo dispuesto en el artículo 207 del mismo código, a efecto
quienes se consideren perjudicados se opongan judicialmente.—
Palmares, 25 de agosto del 2014.—Lic. Albino Solórzano Vega,
Notario.—1 vez.—(IN2014055335).
Mediante escrituras números sesenta y cinco y sesenta y seis,
otorgadas ante la notaria pública Andrea Cordero Montero, en San
Rafael, Alajuela, a las nueve horas y a las doce horas treinta minutos
del veintiséis de agosto del año dos mil catorce; visibles a los folios
sesenta y cuatro vuelto y sesenta y cinco frente, respectivamente,
del tomo ocho del protocolo de la suscrita notaria, se revocan los
nombramientos de fiscal y secretario de las sociedades Office
Management Services S. A. y Precoven S. A., respectivamente
y se realizan los nombramientos correspondientes. Es todo.—San
Rafael de Alajuela, a las trece horas del veintiséis de agosto del
año dos mil catorce.—Lic. Andrea Cordero Montero, Notaria.—1
vez.—(IN2014055336).
La suscrita notaria hace constar que mediante escritura
otorgada a las 19:00 horas del día 27 de agosto de 2014, se disolvió
en forma total y absoluta la sociedad R C G Tecno Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-213578, de acuerdo con
el artículo 201 inciso d) del Código de Comercio.—San Joaquín de
Flores, 27 de agosto de 2014.—Lic. Carmen María Arias Barrantes,
Notaria.—1 vez.—(IN2014055337).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del
veinte de agosto del dos mil catorce, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de Compañía Constructora
CORELSA S. A., en la cual se reforma la cláusula quinta del
pacto social, aumentándose su capital social.—San José, veinte de
agosto del dos mil catorce.—Lic. José Antonio Gamboa Vázquez,
Notario.—1 vez.—(IN2014055338).
Ante mí, Pablo Arias González, notario público con oficina
en Atenas hago constar que el día diecinueve de agosto del dos mil
catorce a las ocho horas en la ciudad de Atenas se protocolizó la
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Castillo
Lennox Sociedad Anónima. En la cual se revoca el nombramiento
del presidente, se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo
y se revoca poder generalísimo.—Atenas, diecinueve de agosto del
dos mil catorce.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—
(IN2014055344).
Mediante escritura ciento treinta y seis del tomo ocho de mi
protocolo, a las ocho horas del veintiocho de agosto del año dos mil
catorce, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas
donde se efectuó conversión de ciento treinta y cinco millones
doscientos cuarenta y siete mil quinientas acciones preferentes en la
misma cantidad de acciones comunes y nominativas de un colón cada
una de Isthmus de Costa Rica S. A. Es todo.—Heredia, ocho horas y
cinco minutos del veintiocho de agosto del año dos mil catorce.—Lic.
Ronny Esteban Retana Moreira, Notario.—1 vez.—(IN2014055345).
La sociedad Tres-Ciento Uno-Seiscientos Sesenta y Seis
Mil Ciento Ochenta, informa que recibió renuncia de presidente,
secretario y tesorero, realizando nuevos nombramientos en dichos
puestos. Es todo.—San José, quince de mayo dos mil catorce.—Lic.
Carlos González Sáenz, Notario.—1 vez.—(IN2014055346).
Por escritura de las 9:00 horas del 14 de agosto, 2014, Marlin
del Rey Uno Sociedad Anónima, cambia el nombre de Propiedades
Reina de la Noche del Norte Sociedad Anónima, reforma cláusula
primera del pacto.—Lic. Tanya Zamora Simón y Lic. Luis Alberto
Paniagua Acuña, Notarios.—1 vez.—(IN2014055354).
Lic. Zaira Salazar Castro, notaria pública de San José, hace
constar que mediante escritura número sesenta y seis, de las once
horas del día veintiocho de agosto de dos mil catorce, visible al folio
cuarenta y cuatro frente, del tomo octavo de la suscrita notaria, se
protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de la sociedad de esta
plaza denominada MNGC Mencha Sociedad Anónima, en la cual se
acordó por unanimidad la disolución de dicha sociedad mercantil.—
San José, doce horas del día veintiocho de agosto de 2014.—Lic.
Zaira Salazar Castro, Notaria.—1 vez.—(IN2014055357).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas
del 27 de agosto de 2014, se protocolizó acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Silopen de
Centroamérica S. A., cédula de persona jurídica 3-101-649864,
modificándose la cláusula 9 de la administración y nombrándose
nueva junta directiva y fiscal.—San José, 27 de agosto del 2014.—
Lic. Luis Alonso Quesada Díaz, Notario.—1 vez.—(IN2014055360).
En la notaría de la Lic. Patricia Zumbado Rodríguez, Alajuela,
a las nueve horas del veintidós de agosto del dos mil catorce, se
prorroga el plazo a noventa y nueve años de la sociedad Dusoqui
S. A.—Lic. Patricia Zumbado Rodríguez, Notaria.—1 vez.—
(IN2014055362).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 10:00 horas del 27
de agosto de 2014, se disolvió y liquidó la sociedad Transportes
Frank Internacional S. A.—San Juan de Tibás, 27 de agosto
de 2014.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—
(IN2014055372).
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BYD Kentucky S. A., cédula 3-101-656129 reforma cláusula
de la razón social para denominarse Smart Club. Escritura otorgada
a las 11:00 horas del 27 de agosto del 2014.—Lic. Vivian Rose
Troper Maguillansky, Notaria.—1 vez.—(IN2014055373).
Mercadeo Internacional M P L Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-430.196, modifica junta directiva y domicilio social.
Otorgada 28 de agosto de 2014.—Lic. Johnny Pérez Vargas,
Notario.—1 vez.—(IN2014055411).
Hoy ante mí, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de Impresiones Publicitarias de Costa Rica S.
A. Se modifica cláusula primera y se nombra presidente, tesorero
y fiscal.—Cartago, veintiuno de agosto del dos mil catorce.—Lic.
Juan Pablo Navarro Solano, Notario.—1 vez.—(IN2014055374).
Tanques y Bombas Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-609.491, modifica razón social a Asesorías y Logísticas
Especializada Sociedad Anónima, modifica junta directiva y
domicilio social. Otorgada 28 de agosto de 2014.—Lic. Johnny
Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2014055412).
Ante mí, hoy se disolvió la sociedad Corporación Jasihe
S. A.—Cartago, 8 de mayo del 2014.—Lic. Luis Martínez Brenes,
Notario.—1 vez.—(IN2014055375).
Por escritura otorgada, a las dieciocho horas cero minutos
del veinticinco de agosto del dos mil catorce, ante este notario
José David Moya Valverde se constituyó la sociedad anónima,
sin denominación, bajo acciones comunes y nominativas de mil
colones cada una, así su número de cédula jurídica asignado, con
su aditamento conforme con lo dispuesto en el artículo 19 del
Código de Comercio. Es todo.—Lic. José David Moya Valverde,
Notario.—1 vez.—(IN2014055413).
Por escritura otorgada a las 9:00 horas del día de hoy,
se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de la
compañía Grupo Tancredo CRC Sociedad Anónima, por la cual
se acuerda su disolución y se aprueba su liquidación.—San José,
veintiocho de agosto del 2014.—Lic. Luis Paulino Salas Rodríguez,
Notario.—1 vez.—(IN2014055379).
Ante esta notaría, se ha protocolizado el acta de asamblea
extraordinaria de asociados en las que se nombra nueva junta directiva
y fiscal de la empresa Dinosaur’s Nest Sociedad Anónima, cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintiún
mil ochocientos setenta y seis.—Cahuita, 27 de agosto del 2014.—
Lic. Floribeth Gómez Cubero, Notaria.—1 vez.—(IN2014055381).
Por escritura otorgada a las diecinueve horas treinta y seis
minutos del día de hoy, se protocolizó el acta de asamblea general
extraordinaria de la compañía Transportes Turísticos Hidalgo
L.H.V. S. A., se reforma el acta constitutiva en su cláusula quinta.
Se aumenta el capital social.—San José, veintiséis de agosto del
dos mil catorce.—Lic. Edison Moya Umaña, Notario.—1 vez.—
(IN2014055387).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 25
de agosto del 2014, mediante la escritura número 131, se protocoliza
asamblea general de accionistas de la sociedad Corporación del
Pacífico CRM S. A., mediante la cual se modifica la cláusula octava
del pacto social y se nombra nuevo tesorero.—26 de agosto del dos
mil catorce.—Lic. Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1 vez.—
(IN2014055389).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas
del 26 de agosto del 2014, mediante la escritura número 48-9, se
protocoliza asamblea general de accionistas de la sociedad Harrison
Communications S. A.; mediante la cual se nombra nuevo tesorero
y nuevo fiscal.—27 de agosto del dos mil catorce.—Lic. Laura
Granera Alonso, Notaria.—1 vez.—(IN2014055391).
En esta notaria se ha protocolizado acta de asamblea general
extraordinaria de Cuatro Árboles Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-543650, del 22 de agosto del 2014. Acuerdan
disolverla amparados en el inciso d), artículo 201 del Código de
Comercio. Se cumple con lo dispuesto en el artículo 207 del mismo
código, a efecto quienes se consideren perjudicados se opongan
judicialmente.—Palmares, 25 de agosto del 2014.—Lic. Albino
Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—(IN2014055393).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas
del 26 de agosto del 2014, mediante la escritura número 49-9, se
protocoliza asamblea general de accionistas de la sociedad McCANN
Worldgroup Costa Rica S. A.; mediante la cual se nombra nuevo
tesorero y nuevo fiscal.—27 de agosto del dos mil catorce.—Lic.
Laura Granera Alonso, Notaria.—1 vez.—(IN2014055394).
Por escritura pública de las 8:00 horas del 28 de agosto
del 2014, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de Código Blanco Sociedad Anónima, en la cual
se reforma las cláusulas segunda y sexta y se nombra nueva junta
directiva y fiscal.—San José, 28 de agosto del 2014.—Lic. Rodrigo
Madrigal Núñez, Notario.—1 vez.—(IN2014055397).
Por escritura otorgada ante mí, se modificó Ganadera El
Molino de Florencia Sociedad Anónima, en cuanto a domicilio
social y representación.—Monterrey de San Carlos, Alajuela,
dieciséis horas del veinticinco de agosto del dos mil catorce.—Lic.
Ricardo Reyes Calix, Notario.—1 vez.—(IN2014055414).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del 27
agosto del 2014, se modifica el domicilio de la sociedad Dino It
Technologies Sociedad Anónima.—San José, 27 de agosto del
2014.—Lic. José Luis Torres Rodríguez, Notario.—1 vez.—
(IN2014055419).
Se pone en conocimiento a todos los interesados que mediante
escritura número doscientos noventa y tres, visible al folio ciento
cuarenta y cuatro frente del tomo trece del notario público Reynaldo
Arias Mora, de fecha quince horas treinta minutos del siete de agosto
del dos mil catorce, la sociedad Arromakaal Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-cero cinco tres ocho ocho ocho,
modifica la cláusula sétima en dicha sociedad.—Lic. Reynaldo
Arias Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014055422).
Por escritura pública número ciento trece-diez de las 11:30
horas del 28 de agosto de 2014, protocolicé acuerdos de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad
Guaidil Floral S. A., en la que se modifica la cláusula sexta de
la administración y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Erika
Mishelle Gómez Soto, Notaria.—1 vez.—(IN2014055427).
Por escritura pública número ciento diez-diez de las 10:00
horas del 28 de agosto de 2014, protocolicé acuerdos de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad
Inversiones Solmarino S. A., en la que se modifica la cláusula
sexta de la administración y se nombra nueva junta directiva.—Lic.
Erika Mishelle Gómez Soto, Notaria.—1 vez.—(IN2014055429).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del
dieciocho de agosto del año dos mil catorce, se acuerda la disolución
de la sociedad Cupido Sociedad Anónima.—San José, veintisiete
de agosto del año dos mil catorce.—Lic. Luis Fdo. Carvajal Arias,
Notario.—1 vez.—(IN2014055430).
Por escritura pública número ciento once-diez de las 10:30
horas del 28 de agosto de 2014, protocolicé acuerdos de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad
Inversiones Armiden S. A., en la que se modifica la cláusula sexta
de la administración y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Erika
Mishelle Gómez Soto, Notaria.—1 vez.—(IN2014055432).
Por escritura pública número ciento doce-diez de las 11:00
horas del 28 de agosto de 2014, protocolicé acuerdos de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad
Boletania Corporación S. A., en la que se modifica la cláusula
sexta de la administración y se nombra nuevo presidente y
secretario.—Lic. Erika Mishelle Gómez Soto, Notaria.—1 vez.—
(IN2014055435).
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La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014
Yo, Fabrizio Ravetti Aguayo, notario público carnet 9568,
informo que en mi notaría el día 28 de agosto del 2014, al ser las trece
horas se protocolizó la asamblea general extraordinaria de socios
de la empresa Electricidad y Control Vargas y Smith Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-374881 y donde se modificó su
pacto social. Se acordó elevar el capital social a diez millones de
colones distribuidos en cien acciones de cien mil colones cada una.
Es todo.—San José, 28 de agosto de 2014.—Lic. Fabrizio Ravetti
Aguayo, Notario.—1 vez.—(IN2014055437).
Por escritura otorgada a las quince horas de hoy, se protocolizó
el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad
Siempre Certero Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó
reformar las cláusulas primera, quinta, sétima del pacto constitutivo, se
revocaron los nombramientos de miembros de junta directiva y fiscal,
llenándose sus vacantes con nuevos nombramientos y se acordó revocar
un poder generalísimo sin límite de suma.—San José, veintisiete de
agosto del dos mil catorce.—Lic. Bernal Chavarría Soley, Notario.—1
vez.—(IN2014055465).
Por asamblea general extraordinaria de socios, protocolizada
en esta notaría, hoy a las 10:00 horas, de la compañía de esta plaza
denominada Zakinthos Inc S. A., en la que se reforman estatutos.—
San José, 28 de agosto del 2014.—Lic. Adolfo Rojas Breedy,
Notario.—1 vez.—(IN2014055440).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las doce horas del
diecinueve de agosto del dos mil catorce, protocolicé acuerdos de
asamblea general extraordinaria de cuotistas, que consta en el acta
número uno de la empresa Tres-Ciento Dos-Seiscientos Ochenta
y Dos Mil Seiscientos Noventa y Ocho S.R.L., mediante la cual y
por acuerdo unánime se reformaron las cláusulas de administración y
representación judicial y extrajudicial. De igual forma, se revocaron
y realizaron nuevos nombramientos en la junta de administración. Es
todo.—Liberia, Guanacaste, a las catorce horas del diecinueve de agosto
del dos mil catorce.—Lic. Adrián Alberto Peralta Abarca, Notario.—1
vez.—(IN2014055466).
Ante esta notaría, mediante la escritura número quinientos
quince de las quince horas del veintisiete de agosto dos mil catorce,
del tomo treinta y siete de mi protocolo, se protocolizó asambleas
de socios de Cadam Letira Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-582391, que modifica las cláusulas segunda y sexta del pacto
constitutivo. Es todo.—San José, a los veintisiete días de agosto dos
mil catorce.—Lic. Gerardo Velasco Avendaño, Notario.—1 vez.—
(IN2014055441).
La suscrita notaria, Daniela Madrigal Rodríguez, hace
constar que se modificó el objeto de la sociedad denominada La
Máquina del Chef Sociedad Anónima, en la ciudad de Santa Ana,
el veinticinco de agosto del dos mil catorce.—Lic. Daniela Madrigal
Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2014055443).
Hoy protocolicé acta de asamblea extraordinaria del 27 de
agosto del dos mil catorce, de Inmobiliaria Pax Sociedad Anónima,
en donde se procedió a modificar clausula sexta.—San José, 27 de
agosto del 2014.—Lic. Marco Fallas del Valle, Notario.—1 vez.—
(IN2014055453).
Por escritura otorgada, ante mi notaría, a las doce horas del
veinticinco de agosto del dos mil catorce, protocolicé acuerdos de
asamblea general extraordinaria de cuotistas, que consta en el acta
número dos de la empresa Tres-Ciento Dos-Seiscientos Setenta y
Seis Mil Setecientos Siete S.R.L., mediante la cual y por acuerdo
unánime se reformó la cláusula de administración, representación
judicial y extrajudicial. De igual forma, se revocaron y realizaron
nuevos nombramientos en la junta de administración. Es todo.—
Liberia, Guanacaste, a las trece horas del veinticinco de agosto del
dos mil catorce.—Lic. Adrián Alberto Peralta Abarca, Notario.—1
vez.—(IN2014055461).
Por escritura de las 11:40 horas del 28 de agosto del año 2014,
se reforma la cláusula quinta de los estatutos referente al capital
de la sociedad Encke Technologies Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 28 de agosto del 2014.—Lic. Augusto Arce
Marín, Notario.—1 vez.—(IN2014055462).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las trece horas del
diecinueve de agosto del dos mil catorce, protocolicé acuerdos de
asamblea general extraordinaria de cuotistas, que consta en el acta
número dos de la empresa Tres-Ciento Dos-Seiscientos Setenta y
Nueve Mil Ochocientos Veinticinco S.R.L., mediante la cual y por
acuerdo unánime se reformaron las cláusulas de administración y
representación judicial y extrajudicial. De igual forma, se revocaron
y realizaron nuevos nombramientos en la junta de administración.
Es todo.—Liberia, Guanacaste, a las quince horas del diecinueve
de agosto del dos mil catorce.—Lic. Adrián Alberto Peralta Abarca,
Notario.—1 vez.—(IN2014055463).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las trece horas del
ocho de abril del dos mil catorce, protocolicé acuerdos de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de socios de Financiera
Multivalores Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la
cláusula quinta del pacto social y se aumentó del capital social.—
San José, ocho de abril del dos mil catorce.—Lic. María Auxiliadora
Rodríguez Alpízar, Notaria.—1 vez.—(IN2014055464).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las catorce horas del ocho
de abril del dos mil catorce, protocolicé acuerdos de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de socios de Financiera Multivalores
Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula quinta
del pacto social y se aumentó del capital social.—San José, ocho de
abril del dos mil catorce.—Lic. María Auxiliadora Rodríguez Alpízar,
Notaria.—1 vez.—(IN2014055468).
Por escritura número 32-1, otorgada ante los notarios públicos
Monserrat Andrea Segura Muñoz, David Arturo Campos Brenes,
a las 16:30 del día 25 de agosto de 2014, se protocoliza el acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad Dragamar Litoral Caribe Sociedad Anónima, con cédula
de persona jurídica número 3-101-680680; mediante la cual se reforma
la cláusula primera de los estatutos sociales.—San José, 25 de agosto
de 2014.—Lic. Monserrat Andrea Segura Muñoz, Notaria.—1 vez.—
(IN2014055471).
Por escritura número 31-1, otorgada ante los notarios públicos
Monserrat Andrea Segura Muñoz, David Arturo Campos Brenes, a
las 16:00 horas del día 25 de agosto de 2014, se protocoliza el acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad
Bioestrategia Ambiental de la Costa Caribe Sociedad Anónima, con
cédula de persona jurídica número 3-101-680676; mediante la cual se
reforma la cláusula primera de los estatutos sociales.—San José, 25 de
agosto de 2014.—Lic. Monserrat Andrea Segura Muñoz, Notaria.—1
vez.—(IN2014055473).
Protocolización de asamblea general extraordinaria de socios
de El Hierro S. A. Se modifican las cláusulas del domicilio social y
representación del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva.
Escritura otorgada en Heredia, a las 15:00 horas del 28 de agosto del año
2014.—Lic. Carlos Lizano Lépiz, Notario.—1 vez.—(IN2014055484).
Protocolización de asamblea general extraordinaria de socios
de Wolsus S. A. Se modifican las cláusulas del domicilio social y
representación del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva.
Escritura otorgada en Heredia, a las 14:30 horas del 28 de agosto del año
2014.—Lic. Carlos Lizano Lépiz, Notario.—1 vez.—(IN2014055485).
Por escritura número ciento setenta del 26 de agosto del año
dos mil catorce, la empresa El Rey Oso Blanco Sociedad Anónima,
cédula jurídica número 3 101 636488, reforma cláusula octava de
sus estatutos.—Nuevo Arenal de Tilarán, Guanacaste, 29 de agosto,
2014.—Lic. María Etelvina Arrieta Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—
(IN2014055486).
Por escritura número treinta del tomo uno otorgada a las 14:00
horas del 29 de agosto del 2014, de la empresa Feria del Productor
Generaleño S. A., se reforman las cláusulas quinta, sexta, sétima,
octava, décima, décima primera, décima segunda, décima tercera,
décima cuarta, décima quinta, décima sexta, décima sétima, décima
La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014
octava, décima novena, vigésima, vigésima primera, vigésima segunda,
vigésima tercera, vigésima cuarta, vigésima quinta, vigésima sexta,
vigésima sexta, vigésima octava, vigésima noventa y se incluye el
transitorio uno de los estatutos sociales.—San Isidro de Pérez Zeledón,
el 29 de setiembre del 2014.—Lic. Margareth Chaves Hernández,
Notaria.—1 vez.—(IN2014055487).
Por escritura otorgada ante mí, se modifica la cláusula sexta de
la administración de la firma Administradora Merimont Sociedad
Anónima. Fecha: 27 de agosto del 2014. Lugar de otorgamiento:
San José.—Lic. Daniel Aguilar González, Notario.—1 vez.—
(IN2014055491).
En mi notaría se protocolizó el acta de asamblea general de socios
de Importaciones Glasgow C.A. Sociedad Anónima. Destitución
del tesorero, secretario y fiscal y nombramiento de nuevos miembros
de la junta directiva, secretario, Carlos Manuel Sancho Corrales como
tesorero. Agente Residente, Sergio Elizondo Garófalo, notario con
oficina en calle uno, avenidas dos y cuatro, oficina uno.—Heredia,
28 de agosto del 2014.—Lic. Sergio Elizondo Garófalo, Notario.—1
vez.—(IN2014055493).
Mediante escrituras otorgadas ante esta notaría, a las 8 y 9
horas del 28 de agosto del 2014, se protocolizaron respectivamente:
a) Asamblea general de accionistas de 3-101-640457 S. A., donde
se reforma la cláusula primera referida a la denominación social.
Y b) Asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de
Osa Rescue S. A., donde se reforma la cláusula cuarta del pacto
constitutivo referente al plazo social.—San José, 28 de agosto del
2014.—Lic. Andrés Mora Carli, Notario.—1 vez.—(IN2014055502).
Por escritura 17 otorgada en esta notaría, a las 10:00 horas del 20
de agosto del 2014, la sociedad Abarrodriz S. A., aumenta su capital
social. Es todo.—Lic. German José Víquez Zamora, Notario.—1
vez.—(IN2014055505).
Por escritura otorgada en San José, a las 8:00 horas del 19 de
agosto del 2014, se reforma el nombre de la sociedad Grupo Elefante
Ecometalico S. A.—Lic. Julio Rojas Paniagua, Notario.—1 vez.—
(IN2014055506).
Por escritura otorgada a las doce horas del veintinueve de
agosto del dos mil catorce, se protocoliza de acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad Arrendamientos
Chi Pente Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento unocuatrocientos setenta mil ochocientos cincuenta y tres mediante la
cual se acuerda disolver y liquidar la sociedad.—Lic. Mario Pacheco
Flores, Notario.—1 vez.—(IN2014055509).
Por escritura otorgada ante el suscrito Lic. Sergio Sánchez
Bagnarello notario público C 2683 se constituyó la entidad LH
Harvey Holdings CR Limitada, o en español LH Activos Harvey
CR Limitada, domicilio será en provincia San José, cantón: Montes
de Oca, distrito Sabanilla, Barrio: Residencial Los Rosales de la
entrada cien metros norte, cien metros este y ciento veinticinco
metros sur, casa siete. Plazo social cien años a partir del día de hoy.
Objeto comercio, la industria y agricultura y ganadería en general,
la construcción, administración de proyectos. Gerente, apoderada
generalísima sin límite de suma.—San José, 27 de agosto 2014.—
Lic. Sergio Sánchez Bagnarello, Notario.—1 vez.—(IN2014055512).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las diez horas del catorce
de julio del dos mil catorce, se protocolizó acta de Rodolfo Jiménez
de Alajuela Sociedad Anónima, donde se modifica domicilio
social.—Alajuela, veintiocho de agosto del dos mil catorce.—Lic.
José Mario Rojas Ocampo, Notario.—1 vez.—(IN2014055513).
Hago constar que el día 26 de setiembre del 2013, y el día
de hoy, 8 de setiembre del 2014, he protocolizado las sendas actas
de Arvico Servicios Integrales de Consultoría y Construcción
Sociedad Anónima, (sociedad costarricense) y de Amrita
Corportation (sociedad panameña), en las cuales se acordó la fusión
de ambas empresas, prevaleciendo la sociedad panameña.—San José,
8 de setiembre del 2014.—Lic. Fernando Alonso Castro Esquivel,
Notario.—1 vez.—(IN2014057640).
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NOFICACIONES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
SUCURSAL DE QUEPOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El jefe a. í. de la sucursal de la CCSS en Quepos, por no
ser posible la notificación en su domicilio, procede a efectuar la
siguiente notificación por publicación a los patronos y trabajadores
independientes incluidos abajo, de conformidad con los artículos
240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. Se le
concede 5 días hábiles para normalizar su situación, caso contrario
el adeudo queda firme en sede administrativa y se dará inicio a
las acciones de cobro judicial, tanto en la vía civil como penal. El
monto contempla periodos que poseen firmeza administrativa al
veinticinco y veintiséis de agosto del dos mil catorce, y se detalla
número, nombre y monto adeudado:
Trabajadores independientes:
0-00603190102-999-001, Aguilar Barrantes Stive Fabio,
369.207,00; 7-02700100173-999-001, Alaric no indica otro Darlene
Carolyne, 773.822,00; 0-00112590070-999-001, Alvarado
Solórzano Gabriel, 482.750,00; 0-00603310278-999-001, Araya
Azofeifa Johan Andrés, 183.140,00; 0-00601570002-999-001,
Araya Bonilla Carlos, 510.902,00; 0-00501410752-999-001, Araya
Monge José, 433.077,00; 0-00112820214-999-001, Araya Naranjo
Luis Gerardo, 171.599,00; 0-00204090899-999-001, Artavia Acuña
Alexis, 113.464,00;0-00302260375-999-001, Astua Vega Álvaro,
560.094,00; 0-00102470280-999-001, Ávila Agüero Everardo, 194,
872,00; 0-00603360635-999-001, Azofeifa Muñoz Roy Alexander,
278, 892,00; 0-00111430548-999-001, Badilla Bejarano Carlos
Andrés, 558.847,00; 0-00800530260-999-001, Barahona Cabrera
Oscar Fernando, 175, 726,00; 0-00205480525-999-001, Barahona
Calderón Jorge, 539, 284,00; 0-00603120841-999-001, Barboza
Barrantes Ronald Adolfo, 191.089,00; 7-00017914778-999-001,
Benavidez Alvarado Ezequiel, 638.380,00; 0-00107530954-999001, Blanco Quesada Francisco, 229.210,00; 0-00104330493-999001, Calderón Arguedas Víctor Manuel, 705.998,00; 0-00601760230999-001, Carvajal Baltodano Javier, 546.374,00; 0-00112850660999-001, Castillo Arias Carlos David, 549.247,00; 0-00601740631999-001, Castillo Vásquez José María, 122.039,00; 0-00701170405999-001, Castrillo Gómez Delmar Jesús, 452.304,00;
7-00014851206-999-001, Castro Cruz Juan Alberto, 793.162,00;
0-00112940844-999-001, Castro Mora Fernando, 229.736,00;
0-00109610914-999-001, Castro Umaña Yadir, 259.807,00;
0-00502980348-999-001, Cerdas Jiménez Giovanny, 638.588,00;
0-00302420266-999-001, Cerdas Sáenz Gustavo Adolfo,
102.218,00; 7-00018316581-999-001, Cerquera Mejía Misael,
171.146,00; 0-00106810983-999-001, Chacón Cascante Juan
Milagro, 421.031,00; 0-00602220096-999-001, Chacón Jarquin
Digna Grisel, 162.808,00; 0-00109590446-999-001, Charpentier
Bustos Warren Emilio, 306.246,00; 0-00603740490-999-001,
Chavarría Blanco Ingrid Yesenia, 165.540,00; 0-00105310894-999001, Chaves Rodríguez Osvaldo, 523.303,00; 0-00204130024-999001, Cordero Lara Elías, 690.590,00; 0-00602660785-999-001,
Coronado Valverde Edwin, 742.313,00; 0-00602070765-999-001,
Corrales Gómez Carlos Luis, 185.228,00; 0-00601600948-999-001,
Corrales Villegas Gerardo Emiliano, 709.406,00; 0-00603280695999-001, Cubillo Vargas Carlos Ovidio, 374.238,00; 7-02660100858999-001, Díaz Méndez Esperanza Mirella, 189.338,00;
0-00602000834-999-001, Díaz Quesada Eliécer, 133.279,00;
7-00015660218-999-001, Duarte Valle José Joaquín, 641.597,00;
0-00603590360-999-001, Espinoza Arguedas Elías, 506.582,00;
7-00016827915-999-001, Faxas Noindicaotro Jorge, 639.106,00;
0-00105960543-999-001, Fernández Calderón Víctor Julio,
507.348,00; 0-00203240978-999-001, Fernández Méndez Juan
Vicente, 744.034,00; 0-00107840586-999-001, Fioravanti Mora
Jorge Arturo, 1.131, 092,00; 7-01810102767-999-001, García
Chamorro Harol Antonio, 160,002,00; 7-02720098007-999-001,
García Pérez Sonia, 439, 642,00; 0-00502690137-999-001, Gómez
Gutiérrez Víctor Manuel, 694.833,00; 7-01780100420-999-001,
González Prado Edgar José, 142.336,00; 0-00110120987-999-001,
Grynspan Jaén Esteban, 826.782,00; 7-01770102964-999-001,
Pág 56
La Gaceta Nº 176 — Viernes 12 de setiembre del 2014
Guadamuz Espinoza Iván Enrique, 1.286.789,00; 0-00107760738999-001, Guzmán Aguilar Luis Enrique, 706.897,00;
7-01540100668-999-001, Halverson Noindicaotro Danny Charles,
1.304.731,00; 0-00112560091-999-001, Hernández Cordero
Esteban, 292.334,00; 0-00601420047-999-001, Hernández
Hernández Gilberto, 1.060.346,00; 7-00014151212-999-001,
Hernández Montoya Fredy, 530.658,00; 0-00502250964-999-001,
Herrera Badilla Carlos Luis, 964.993,00; 0-00603600556-999-001,
Herrera Morera Jimmy Miguel, 839.361,00; 0-00110210027-999001, Hidalgo Altamirano José Francisco, 157.566,00;
0-00106250464-999-001, Hidalgo Soto Leopoldo, 468.166,00;
0-00800900775-999-001, Huembes Cuesta Tania Ninoska,
286.074,00; 7-02690099452-999-001, Irsula Delrisco Clarisbel
Virgen, 444.531,00; 7-02600093639-999-001, Jaén Jiménez Teresa
de Jesús, 612.501,00; 7-00027653734-999-001, Jara Espinoza
Marcia Urania, 564.977,00; 0-00107900748-999-001, Jara Mora
José Manuel, 228.330,00; 0-00602020543-999-001, Jiménez
Jiménez José Raúl, 265.522,00; 0-00105430128-999-001, Jiménez
Jiménez Rafael Heriberto, 499.181,00; 0-00602500905-999-001,
Jiménez Sánchez Carlos Luis, 533.019,00; 0-00204780077-999001, Jiménez Tellez Olman, 783.394,00; 7-00025622669-999-001,
Jiménez Tovar Martha Cecilia, 595.947,00; 7-00016422476-999001, Jovel Díaz José Roberto, 357.539,00; 0-00015605484-999001, Kaas Moore Dane Paul, 944.014,00; 0-00601770374-999-001,
Largaespada Pérez Eusebio, 372.749,00; 0-00110860913-999-001,
Leiva Sánchez Danny, 174.210,00; 0-00602960984-999-001, León
Bejarano Ricardo, 207.608,00; 7-02730100014-999-001, Little
Noindicaotro Jennifer Erín, 540.524,00; 0-00603100797-999-001,
López Arias María del Roció, 1.052.902,00; 0-00602290153-999001, López Fallas José David, 190.257,00; 0-00602540828-999-001,
López Matarrita José Luis, 586.887,00; 7-00014750823-999-001,
López Urbina Luis Eduardo, 265.307,00; 0-00113640136-999-001,
Madrigal Monge Christopher, 707.423,00; 0-00110890007-999-001,
Matamoros Arias Alejandro José, 508.759,00; 0-00602560081-999001, Matarrita García David, 731.738,00; 7-01670099846-999-001,
Mediano Hernández Lauriano, 502.691,00; 7-00016725119-999-001,
Medrano Narváez Javier, 716.537,00; 0-00603340844-999-001,
Méndez Ortiz Olger Rogelio, 287.588,00; 7-00028380177-999-001,
Mesa Arias Leidy Elisa, 973.951,00; 0-00106910341-999-001, Mora
Mora Asdrubal Gerardo, 275.256,00; 0-00109410937-999-001,
Morera Anchía Christian, 356.465,00; 0-00112180942-999-001,
Morera Cáceres Leonel, 568.692,00; 0-00502490765-999-001,
Naranjo Araya Yadira, 537.974,00; 0-00109090143-999-001, Oporta
Martínez Franklin Antonio, 516.975,00; 0-00602890674-999-001,
Paniagua Grajal Mary Luz, 275.242,00; 0-00114100123-999-001,
Pérez Jiménez Jarol Steven, 501.704,00; 0-00108720182-999-001,
Pérez Montero William, 540.974,00; 0-00601120797-999-001, Pérez
Sandoval María Mercedes, 589.141,00; 0-00108380384-999-001,
Picado Chavarría Luis, 188.418,00; 0-00109880727-999-001, Porras
Porras Eddie Mauricio, 124.218,00; 7-01860100208-999-001,
Quintero Rodelo Fabián Alberto, 502.601,00; 0-00602390227-999001, Quirós Agüero Yorlet Maricela, 156.750,00; 0-00602810015999-001, Quirós Serrano Franklin, 1.029.798,00; 0-00602950652999-001, Rivera Villarreal Lissy, 298.040,00; 7-00015959333-999001, Rojas Carrasco Juan Carlos, 511.276,00; 0-00110890975-999001, Rojas Vásquez Rodrigo Antonio, 480.678,00; 0-00109010478999-001, Romero Sánchez Jorge, 838.908,00; 7-00027163586-999001, Rueda Alemán Yamileth, 189.166,00; 7-00018377650-999-001,
Ruiz Rodríguez Freddy José, 949.110,00; 0-00602870522-999-001,
Sáenz Godínez Guido, 166.459,00; 0-00603330956-999-001, Salazar
Barboza Geovanni, 766.586,00; 0-00602510620-999-001, Salgado
Umaña Alexandra, 616.077,00; 0-00111670934-999-001, Sánchez
Sequeira Tatiana Mariela, 351.422,00; 0-00204630759-999-001,
Sandi Carmona Juan Carlos, 676.195,00; 0-00602700039-999-001,
Sandi Matarrita Wilson, 264.724,00; 0-00602460124-999-001,
Sequeira Torres José Antonio, 750.899,00; 0-00503450169-999-001,
Sibaja Artavia Wider Alonso, 289.114,00; 7-00017018557-999-001,
Silva García Martin Eduardo, 605.246,00; 0-00107280560-999-001,
Solano Mena Adrián Enrique, 539.582,00; 7-00014953867-999-001,
Solís Alvarado Julián Antonio, 157.531,00; 0-00503190902-999-001,
Sotela Chavarría Allan, 421.016,00; 0-00112220362-999-001, Suarez
Rangel Carlos Luis, 494.941,00; 0-00700630091-999-001, Tencio
Jiménez Mario Enrique, 743.345,00; 0-00602880727-999-001,
Umaña Mora Luis Alberto, 502.601,00; 7-01770100354-999-001,
Valenzuela
Guzmán
Chuvasco
Nazareno,
661.454,00;
7-00028815561-999-001, Vargas Arguello Ana Gabriela, 592.955,00;
7-01780102419-999-001, Vargas Carmona Norlan Francisco,
619.865,00; 0-00112230291-999-001, Vargas Hidalgo Damián
Antonio, 325.252,00; 0-00113160689-999-001, Vargas Marín Oscar
Javier, 468,000,00; 0-00603380161-999-001, Vargas Montoya Roy,
514.232,00; 0-00603180290-999-001, Vásquez Díaz Rosner,
232.504,00; 0-00303370786-999-001, Vindas Navarro Juan Miguel,
589.284,00; 0-00104230425-999-001, Vindas Rubí Juan Ramón,
601.423,00; 0-00603740187-999-001, Zapata Calderón Ruddy
Edward, 222.030,00; 0-00601320776-999-001, Zúñiga Artola Ángel,
626.523,00; 0-00107060940-999-001, Zúñiga Méndez Olman
Gerardo, 502.601,00; total casos 135 por ¢66.290.896,00.—Lic.
Jimmy Castro Arriola, Administrador.—(IN2014056185).
FE DE ERRATAS
SERVICIO NACIONAL DE AGUAS SUBTERRÁNEAS,
RIEGO Y AVENAMIENTO
El Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y
Avenamiento, SENARA, comunica al público en general que el
Acuerdo N° 4746, tomado por la Junta Directiva de SENARA, en
sesión ordinaria N° 651-14, celebrada el día 19 de mayo del 2014,
publicado en La Gaceta N° 98 del día viernes 23 de mayo del 2014,
debe leerse correctamente, como se indica:
Acuerdo N° 4746: Se nombra a la Ing. Patricia Quirós Quirós,
mayor, casada una vez, cédula de identidad número tres-doscientos
diecinueve-cero cero ocho, Licenciada en Ingeniería Agrícola, y
Master en Administración de Empresas (MBA), vecina de Paraíso de
Cartago, como Gerente General de esta Institución, con facultades
de apoderada generalísima sin límite de suma del SENARA, por
el período de cuatro años, a partir del 26 de mayo del 2014 al 25
de mayo del 2018. Asimismo, se autoriza a la Ing. Patricia Quirós
Quirós, en calidad de Gerente General sin límite de suma, delegar o
sustituir su poder en concordancia a los artículos 1253, 1264, 1265,
1266 y 1289 del Código Civil, incluyendo la firma de cheques y
transferencias de efectivo. Publíquese este acuerdo en el Diario
Oficial La Gaceta. Acuerdo firme y unánime.
Unidad Servicios Administrativos.—Lic. Xinia Herrera Mata,
Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº 091-14.—Solicitud Nº 0522.—C22530.—(IN2014056146).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE VÁZQUEZ DE CORONADO
La Secretaría del Concejo Municipal de Vázquez de Coronado
informa que por un error involuntario se publicaron las multas
vigentes al 2013 en La Gaceta Digital del miércoles 20 de agosto
del 2014. Por esta razón se aclara a la ciudadanía que el ajuste de
multas correcto, según Acuerdo N° 2014-210-12 del 28 de abril de
2014 es el siguiente y rigen a partir de su publicación:
Concepto
Limpieza de vegetación
Cercar lotes
Clasificación de basura
Aceras sin construir
Materiales en aceras y predios
Multa propuesta
1.261,00
1.682,00
420,00
2.102,00
841,00
Sistema de basura en empresas agrícolas,
ganaderas, industriales, comerciales y turísticas
841,00
Obstaculizar el paso por aceras con gradas
Canoas y bajantes
Conservación de fachadas
2.102,00
3.363,00
2.102,00
Vázquez de Coronado, 28 de agosto del 2014.—Jéssica
Torres Chavarría, Secretaria Concejo Municipal.—1 vez.—
(IN2014056171).