1 Colegio Comfama Manual de convivencia

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1 Colegio Comfama Manual de convivencia
Colegio Comfama
Manual de convivencia
2014
Versión N° 9
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Contenido
ACUERDO DIRECTIVO No. 13 ...........................¡Error! Marcador no definido.
Presentación del Colegio Comfama ................................................................... 5
Manual de Convivencia ...................................................................................... 7
Título I. Admisiones y matrículas ...................................................................... 11
Capítulo I. Admisiones .................................................................................. 11
Capítulo II. Matrículas ................................................................................... 11
Título II. Derechos y deberes........................................................................... 13
Capítulo I. Derechos del estudiantado .......................................................... 13
Capítulo II. Deberes y responsabilidades del estudiantado .......................... 15
Capítulo III. Derechos y deberes de los padres de familia ............................ 16
Capítulo IV. Derechos y deberes de jardineras ............................................. 18
Título III. Acuerdos académicos ....................................................................... 18
Capítulo I. Evaluación y promoción de estudiantes de preescolar ................ 18
Capítulo II. Inclusión y evaluación de alumnos con capacidades diversas o necesidades
educativas especiales ................................................................................... 21
Título IV. Procedimientos disciplinarios para estudiantes ................................. 22
Capítulo I. Clasificación de las faltas, debido proceso y estrategias formativas para los
estudiantes de preescolar ............................................................................. 22
Capítulo II Manejo de conflictos y casos difíciles: Debido proceso ............... 23
Título V. Organismos de participación .............................................................. 26
Capítulo I. Comunidad educativa .................................................................. 26
Capítulo II. Formas de participación de los padres de familia ....................... 31
Título VI. Evaluación de los docentes ............................................................... 33
Título VII. Evaluación de las entidades contratistas ......................................... 33
Título IX. Reconocimiento al estudiantado ....................................................... 33
Título X. Tarifas de matrículas, pensiones y otros cobros ................................ 34
Título XI. Reglamentos específicos .................................................................. 35
Título XII. Procedimiento de reforma del Manual de convivencia ..................... 67
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Presentación del Colegio Comfama
El Colegio Comfama es una institución de carácter privado, aprobada por las respectivas
Secretarías de Educación, para impartir Educación Preescolar
.
El Colegio Comfama es propiedad de la Caja de Compensación Familiar de
Antioquia, Comfama, identificada con el NIT 890900841-9. El representante legal es María
Inés Restrepo de Arango, su Directora, o su delegado.
Objetivos
Es objetivo general del Proyecto Educativo Institucional es propiciar ambientes sociales
adecuados para la convivencia pacífica, reflexiva, respetuosa y democrática, en los que los
valores de la equidad, la ecuanimidad, la justicia y la solidaridad sean los rectores de lo
individual y lo colectivo.
Son objetivos específicos del Proyecto Educativo Institucional crear espacios de reflexión
que posibiliten ambientes educativos que formen para la convivencia pacífica y
democrática. Además, facilitar, a través de los diferentes órganos del Gobierno Escolar, la
solución pacífica de conflictos, mediante procedimientos claros, a la luz de los derechos y
deberes de la comunidad educativa del Colegio Comfama.
Misión
Implementar un modelo educativo que garantice a la población afiliada a Comfama una
formación integral permanente que responda a los nuevos requerimientos de
competitividad, modernidad y equidad que demanda la sociedad.
Visión
Comfama fundamenta su quehacer educativo en una concepción del desarrollo integral de
la persona, su familia y su comunidad; concibiéndola como un ser en permanente
crecimiento, con valores, necesidades y leno de potencialidades para construir y
transformar su entorno físico y socio-cultural.
Principios fundamentales
El Colegio Comfama es una estrategia definida por la Caja para el Departamento de
Educación, cuyo objetivo es formalizar su oferta educativa desde las modalidades de
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Educación Formal, con el programa de Educación Preescolar que ofrece a la población
afiliada y no afiliada.
Lo anterior se sustenta en el Artículo 190 de la Ley General de Educación 115 de 1994, el
cual define que las Cajas de Compensación Familiar tendrán la obligación de contar con
programas de Educación Formal en forma directa o contratada.
En estos programas participarán, prioritariamente, los hijos de los trabajadores
beneficiarios del subsidio familiar e igualmente la población no afiliada.
Los principios fundamentales del Colegio Comfama están contemplados en la Constitución
Política de Colombia, la Ley General de Educación (Ley 115 de 1994), sus decretos
reglamentarios y, en especial, el Proyecto Educativo Institucional.
La educación en Comfama, en su concepción integral del desarrollo social, se asume como
el medio eficaz para aumentar y mejorar el volumen y la calidad de oportunidades que las
personas y los grupos tienen para alcanzar un nivel de vida humano con pleno y armónico
desarrollo del ser.
El Colegio Comfama está regido por los fines, políticas y principios del Proyecto
Educativo Institucional, que se encuentra materializado en la misión y la visión de la Caja.
Perfil del estudiante
El estudiante del Colegio Comfama es un niño o niña formado en valores como el respeto
a la diferencia, la solidaridad, la sana convivencia, la paz, el amor, la democracia, la
reflexión y, principalmente, es un estudiante comprometido y feliz en los espacios de
participación para la convivencia ciudadana.
El estudiante es la persona cuya matrícula está vigente. Esta puede ser en calidad de:
• Estudiante nuevo: aquél que, cumplidos los requisitos de admisión, ingresa por primera
vez a un programa.
• Estudiante de reingreso: aquél que, habiéndose retirado de la institución voluntariamente
o por bajo rendimiento académico, recibe autorización del Colegio Comfama para continuar
con el proceso escolar. Se exceptúa el niño del nivel de transición, debido al requisito de
cumplir el programa en un 75%, correspondiente a las actividades escolares incluidas en el
calendario académico.
• Estudiante de transferencia interna: alumno de preescolar que pasa de una sede a otra..
• Estudiante de transferencia externa: el que proviene de otra institución. No
aplica para los Jardines Sociales ni Infantiles.
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Manual de Convivencia
Objetivo general
Establecer un marco de referencia para las relaciones interpersonales entre los diferentes
miembros de la comunidad educativa, con el fin de que puedan alcanzar un nivel óptimo de
convivencia con ellos mismos, con otros y con su entorno.
Objetivos específicos
• Establecer los principios, valores y mecanismos que permitan el desarrollo armónico y
eficaz de la vida escolar.
• Favorecer la formación de ciudadanos democráticos y participativos a través del
conocimiento y ejercicio de sus derechos y deberes.
• Promover la integración y el respeto de los diferentes agentes educativos.
• Ser instrumento de resolución de conflictos en las relaciones interpersonales.
• Identificar las funciones de cada uno de los consejos y comités de participación de la
comunidad educativa.
• El Manual de convivencia, más que un reglamento, es un texto para la vida,
la participación, para decidir y vivir en comunidad. Es por ello que con este manual se
pretende:
- Favorecer la construcción de valores para la sana convivencia en la sociedad y que los
estudiantes sean democráticos e independientes.
- Aportar en la formación de ciudadanos participativos, vinculando la familia y la
comunidad a los proyectos escolares.
- Establecer y poner en práctica normas de comportamiento que apunten a la tolerancia y
el respeto por los demás.
• Generar un espacio permanente de reflexión y construcción de acuerdos para la
convivencia.
• Construir normas de convivencia para que los alumnos sean capaces de actuar con
criterios propios e interactuar con los demás.
Justificación
Para el Colegio Comfama, el concepto de educación ciudadana no se refiere
exclusivamente a los procesos en los que el individuo aprende a cumplir con las normas
sociales y a comportarse como miembro de una sociedad. La idea de formar ciudadanos
va mucho más allá. Involucra el desarrollo moral del individuo y el concepto de ética que
debe asumir cada uno en su proyecto de vida, las relaciones con los otros y con el medio
ambiente.
El Colegio Comfama invita a los actores de la comunidad educativa a comprometerse con
el ejercicio de la democracia y de la ciudadanía, como un modo de vivir, de entender la
relación con los otros, de comportarse y organizarse coherentemente con base en los
valores del respeto, la solidaridad y la cooperación.
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La educación tiene un papel fundamental en la formación del ciudadano para la
convivencia pacífica. Por eso se requiere una reflexión constante del maestro acerca de su
labor y manejar adecuadamente la autoridad que la sociedad le ha confiado.
La escuela puede y debe ser un óptimo instrumento para el logro de la paz, la democracia,
la convivencia y el respeto a los derechos humanos. Además, debe educar
simultáneamente a los padres de familia en estos valores.
Se requiere trabajo con los padres de familia para que los conocimientos y la práctica
democrática, que puedan alcanzar los niños en la escuela, no se pierda, ya que su
formación se realiza en todos los ámbitos: hogar, comunidad y relaciones con el entorno.
Más que formar hombres que repitan y transmitan conocimientos, el país necesita
personas que amen la democracia y defiendan la paz. Por lo tanto, a ello debe apuntar la
educación.
La democracia no es un santo y seña en el discurso. Hay que asumirla como una manera
de expresarnos, escuchar y plantear alternativas.
Fundamentación legal
Las necesidades de la sociedad le exigen al sistema educativo una transformación que se
centre en el fortalecimiento de la democracia, la consolidación de la participación
ciudadana y el respeto por la dignidad y los derechos humanos, como una apuesta por la
convivencia cimentada en la solidaridad y los lazos cooperativos.
Es así como a partir de la Constitución Política de 1991, en sus Artículos 1,
2, 5, 16, 18, 27, 29, 44, 45, 67 y 68, se promueve la sana convivencia y la formación y
ejercicio de la democracia. En consonancia, la Ley 115 de 1994, en sus Artículos 73 y 87, y
el Decreto 1860 de 1994, en su artículo 17, establecen el Manual de convivencia como un
elemento esencial dentro del Plan Educativo
Institucional, ya que debe contener los deberes y derechos de la comunidad educativa y
garantizar la justicia y el debido proceso a través de la incorporación de las pautas,
procedimientos, sanciones y normas aplicables en los distintos ámbitos de la labor
educativa. Además, hace énfasis en lo que todo manual debe incluir:
• Pautas del comportamiento en relación con el cuidado del medio ambiente escolar.
• Normas de conducta de alumnos y profesores que garanticen el mutuo respeto y la
definición de claros procedimientos para formular las quejas o reclamos.
• Procedimientos para resolver con oportunidad y justicia los conflictos individuales o
colectivos entre los miembros de la comunidad y las instancias de diálogo y conciliación.
• Pautas de presentación personal que eviten a los alumnos la discriminación por razones
de apariencia.
• Definición de sanciones disciplinarias para los alumnos incluyendo el derecho a la
defensa.
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• Reglas para el uso, cuidado, protección y utilización de los recursos como estructura
física, material didáctico, muebles y enseres.
Con la sanción de la Ley de Infancia (1098 de 2006), el país fortalece el aseguramiento de
las condiciones para el ejercicio de los derechos de niños, niñas y adolescentes
reconocidos por la Constitución Política y se consagran mecanismos que posibiliten la
protección integral de esos derechos, al establecer la corresponsabilidad de la familia, la
sociedad y el Estado.
Ley de Infancia y Adolescencia
Artículo 2º. Objeto. El presente Código tiene por objeto establecer normas sustantivas y
procesales para la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes; garantizar
el ejercicio de sus derechos y libertades consagrados en los instrumentos internacionales
de derechos humanos en la Constitución
Política y en las leyes, así como su restablecimiento. Dicha garantía y protección será
obligación de la familia, la sociedad y el Estado.
Artículo 3º. Sujetos titulares de derechos. Para todos los efectos de esta Ley son sujetos
titulares de derechos todas las personas menores de 18 años. Sin perjuicio de lo
establecido en el Artículo 34 del Código Civil, se entiende por niño o niña las personas
entre los 0 y los 12 años, y por adolescente las personas entre 12 y 18 años de edad.
Artículo 7º. Protección integral. Se entiende por protección integral de los niños, niñas y
adolescentes el reconocimiento como sujetos de derechos, la garantía y cumplimiento de
los mismos, la prevención de su amenaza o vulneración y la seguridad de su
restablecimiento inmediato en desarrollo del principio del interés superior.
La protección integral se materializa en el conjunto de políticas, planes, programas y
acciones que se ejecuten en los ámbitos nacional, departamental, distrital y municipal, con
la correspondiente asignación de recursos financieros, físicos y humanos.
Artículo 8º. Interés superior de los niños, las niñas y adolescentes. Se entiende por interés
superior del niño, niña y adolescente, el imperativo que obliga a todas las personas a
garantizar la satisfacción integral y simultánea de todos sus derechos humanos, que son
universales, prevalentes e interdependientes.
Artículo 9º. Prevalencia de los derechos. En todo acto, decisión o medida administrativa,
judicial o de cualquier naturaleza que deba adoptarse en relación con los niños, las niñas y
los adolescentes, prevalecerán los derechos de éstos, en especial si existe conflicto entre
sus derechos fundamentales con los de cualquier otra persona.
En caso de conflicto entre dos o más disposiciones legales, administrativas o disciplinarias,
se aplicará la norma más favorable al interés superior del niño, niña o adolescente.
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Artículo 10º. Corresponsabilidad. Para los efectos de este Código, se entiende por
corresponsabilidad la concurrencia de actores y acciones conducentes a garantizar el
ejercicio de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes. La familia, la sociedad
y el Estado son corresponsables en su atención, cuidado y protección. La
corresponsabilidad y la concurrencia aplican en la relación que se establece entre todos los
sectores e instituciones del Estado.
No obstante, instituciones públicas o privadas obligadas a la prestación de servicios
sociales no podrán invocar el principio de la corresponsabilidad para negar la atención que
demande la satisfacción de derechos fundamentales de niños, niñas y adolescentes.
Parágrafo. El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, como ente coordinador del
Sistema Nacional de Bienestar Familiar, mantendrá todas las funciones que hoy tiene (Ley
75 de 1968 y Ley 7 de 1979) y definirá los lineamientos técnicos que las entidades deben
cumplir para garantizar los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes, para
asegurar su restablecimiento. Así mismo, coadyuvará a los entes nacionales,
departamentales, distritales y municipales en la ejecución de sus políticas públicas, sin
perjuicio de las competencias y funciones constitucionales y legales propias de cada una
de ellas.
Artículo 30º. Derecho a la recreación, participación en vida cultural y las artes. Los niños,
las niñas y los adolescentes tienen derecho al descanso, esparcimiento, al juego y demás
actividades recreativas propias de su ciclo vital y a participar en la vida cultural y las artes.
Igualmente, tienen derecho a que se les reconozca, respete, y fomente el conocimiento y la
vivencia de la cultura a la que pertenezcan.
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Título I. Admisiones y matrículas
Capítulo I. Admisiones
Artículo 1. Criterios de admisión
• Dinámica familiar y compromiso de los padres o acudientes con el proceso educativo.
• Los aspirantes a párvulos deben tener dos años y medio; los de pre jardín tres años; los
de jardín cuatro años; los de transición cinco años cumplidos a la fecha de inicio del
calendario académico.
La Institución se reserva la autonomía y el derecho a decidir la ubicación de un estudiante
en el nivel o grado. Tal decisión responde a criterios de edad, nivel de desarrollo y garantía
de condiciones y bienestar del alumno.
Procedimiento -en las fechas establecidas-:
• Acercarse a la sede en la que desea formalizar la matrícula para realizar el proceso de
preinscripción. Debe presentar: el registro civil del niño, la carta de clasificación del Sisben
-para quienes son beneficiarios del régimen subsidiado- nombres y cédulas de los padres,
números telefónicos -fijo y celular-.
• Verificar el listado de admitidos en las carteleras de la sede en la que hizo la
preinscripción y reclamar la solicitud de admisión.
• Asistir a la reunión informativa y entregar diligenciada la solicitud de admisión, anexando
la papelería requerida.
• Asistir, junto con el niño, a la entrevista de admisión.
El Colegio Comfama se reserva el derecho de admisión y no adquiere ninguna obligación
por recibir las solicitudes y hacer la entrevista.
Capítulo II. Matrículas
Artículo 2. Sistema de matrícula.
La matricula es un contrato celebrado entre el Colegio Comfama y el padre de familia o
acudiente, por medio del cual la institución se compromete con todos los recursos a
impartir una formación integral y el estudiante a un rendimiento académico suficiente y a
cumplir las obligaciones inherentes a su condición.
El proceso de matrícula comprende los siguientes pasos:
• Asistir el día y hora acordados al proceso de matrícula en cada una de las sedes
dispuestas para la prestación del servicio de Preescolar.
• Llevar el formulario de matrícula.
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• Llevar la papelería requerida para el proceso de matrícula.
• Pagar matrícula.
• Firma del compromiso de pago, por parte del trabajador afiliado. Si se es particular, firma
del compromiso por parte del padre de familia.
• Asentamiento de firmas, de padre y alumno, en el libro de matrículas.
Para efectuar la matrícula, el estudiante de proceso debe estar a paz y salvo con
Comfama.
Artículo 3. Causales de terminación del contrato de matrícula.
El Colegio podrá dar por terminado el contrato de matrícula por los siguientes motivos:
• Solicitud de una de las partes.
• Común acuerdo entre las partes.
• Incumplimiento del Manual de convivencia.
• Terminación del año lectivo.
• No renovación de la matrícula en los plazos definidos.
• Decisión de la Comisión de Evaluación y Promoción.
Artículo 4. Devoluciones por concepto de pago de mensualidades.
Comenzadas las clases no hay devolución. Si el alumno asiste, aunque sea a una clase,
deberá hacer el pago de la cuota correspondiente. Si el alumno ha hecho el pago de
cuotas anticipadas, se le hará la devolución de estas.
Si el padre de familia queda en mora con el pago de una o más mensualidades, Comfama
hará efectivo el acuerdo escrito en el compromiso de pago que autoriza la pignoración del
subsidio.
Artículo 5. Traslado de sede o grupo
Para hacer efectivo un traslado de sede se debe verificar disponibilidad de cupos con el fin
de garantizar la calidad del servicio,estar a paz y salvo en el pago de la mensualidad del
mes de la solicitud y entregar la libreta del cupo actual.
La Institución no garantiza que después de estar matriculado en una de las sedes o grupos
se pueda llevar a cabo un traslado del estudiante a otra y se reserva el derecho de hacerlo
efectivo. Además, el alumno debe asistir como mínimo un mes a la sede en donde efectuó
la matrícula.
Los traslados de sede no aplican para los Jardines Sociales ni Infantiles.
Artículo 6. Cancelación de matrícula.
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El acudiente debe presentar carta que justifique la causa, debe estar a paz y salvo con las
obligaciones financieras o de bienestar estudiantil que tenga a la fecha del retiro y firmar el
folio especificando la causa y fecha del retiro. Tendrá que estar al día con la mensualidad
del mes en curso al momento del retiro. Si el acudiente no oficializa la cancelación de la
matrícula vencido el mes se hará el cobro, así el estudiante no haya asistido, y el sistema
genera la deuda
Además, debe solicitar el certificado del retiro para poder matricularse sin ningún problema
en la nueva Institución a la que asista. Este certificado se solicita en la sede donde estaba
matriculado y se envía en un período de ocho (8) días hábiles.
Título II. Derechos y deberes
Los derechos son el conjunto de oportunidades que brinda la Institución, en el marco de la
Constitución y las leyes.
Los deberes son las pautas de comportamiento que se asumen para el ejercicio de los
derechos y la libertad. Cumplir con los deberes y derechos garantiza el respeto por las
diferencias y por los otros y facilita el acceso a mejores condiciones de vida.
Capítulo I. Derechos del estudiantado
Artículo 7. Derechos fundamentales.
• El derecho a la vida y a la integridad personal, física y moral es considerado inviolable,
dentro y fuera de la Institución
• Los miembros de la comunidad educativa son libres e iguales y gozarán de los mismos
derechos, libertades y oportunidades, sin discriminación por razones de sexo, raza, religión
u opinión política.
• Tienen derecho a su intimidad y buen nombre y la Institución debe respetarlos y hacerlos
respetar.
• Las personas tienen derecho al libre desarrollo de la personalidad sin más limitaciones
que las que imponen los derechos de los demás y los principios de este Manual de
convivencia.
• En el Colegio Comfama se garantiza la libertad de conciencia y de cultos, de expresión y
difusión de pensamientos y opiniones; de informar y recibir información veraz e imparcial
sobre las actividades propias de la Institución.
• La comunidad educativa tiene derecho a hacer peticiones respetuosas a las instancias
correspondientes y a obtener pronta respuesta.
• La comunidad educativa tiene el derecho a circular libremente por las instalaciones del
centro educativo, salvo en algunos casos que por razones de seguridad o de disciplina así
se defina.
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• En el eventual incumplimiento de lo estipulado en este Manual, las personas tienen
derecho al debido proceso.
• Se garantiza el derecho de la libre asociación para el desarrollo de las distintas
actividades propias del Colegio Comfama.
• La comunidad educativa tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control
del Gobierno Escolar. Para hacer efectivo este derecho sus miembros pueden:
- Elegir y ser elegidos.
- Presentar iniciativas en las instancias de participación.
• En el Colegio Comfama se garantizan las condiciones para el estudio del Manual de
convivencia. Así mismo, se fomentarán prácticas democráticas para el aprendizaje y
divulgación de los principios y valores.
Artículo 8. Derechos sociales y culturales.
• Los estudiantes tienen derecho a la formación integral. La educación es un derecho de la
persona con el que se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los
demás bienes y valores de la cultura. La educación impartida por el Colegio Comfama
formará al estudiante en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia.
• Se reconoce el derecho de los estudiantes a la recreación y a la práctica del deporte.
• El Colegio Comfama tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de
todos sus miembros, en igualdad de oportunidades.
• En la Institución hay libertad para la búsqueda del conocimiento y la expresión artística.
Artículo 9. Derechos colectivos.
• Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano y de las instalaciones
adecuadas que garanticen su salud y bienestar.
• Es deber de la Institución, con el apoyo de la comunidad educativa, velar por la integridad
de los espacios dispuestos para el desarrollo de sus actividades.
• La comunidad educativa tiene derecho a acceder a los documentos públicos de la
Institución, salvo en casos reservados por la Ley.
Artículo 10. Derechos institucionales del estudiantado.
• Disfrutar y participar de las actividades que se realicen en el Colegio.
• Estudiar para aprender y ser personas de bien.
• Tener amigos y compartir con ellos.
• Desarrollar capacidades y talentos.
• Recibir buen trato de los compañeros, jardineras y demás personal del Colegio.
• Ser respetados en las diferencias.
• Expresar libremente en la ejecución de trabajos y en las manifestaciones de sentimientos.
• Ser escuchados y atendidos por el profesor o jardinera y demás personal de la sede.
• Ser queridos, amados y protegidos.
• Utilizar los recursos del Colegio Comfama, su infraestructura y material didáctico.
• Recibir educación integral con calidad.
• Recibir Igualdad en el trato y en las oportunidades.
• Recibir el carné estudiantil.
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Artículo 11. Protección y aplicación de los derechos.
El cumplimiento de los derechos, consagrados en este Manual, será responsabilidad de la
comunidad educativa.
Las distintas instancias del Gobierno Escolar establecerán los recursos, las acciones y los
procedimientos que en la materialización de los derechos contemplados en este Manual
sea necesario adoptar.
Capítulo II. Deberes y responsabilidades del estudiantado
Artículo 12. Deberes fundamentales.
El ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en este Manual implica asumir las
siguientes responsabilidades:
• Velar por la integridad, el buen nombre y el respeto de la Caja de Compensación Familiar
de Antioquia, en especial del Colegio Comfama.
• Cumplir lo pactado en este Manual.
• Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios.
• Abstenerse de utilizar, portar, distribuir, o consumir elementos o sustancias que afecten la
vida, la salud y la integridad propia o la de los demás. La violación de este deber podrá ser
corregida o sancionada a la luz de las normas planteadas en este Manual y las
disposiciones de Ley, de acuerdo con la gravedad de la falta.
• Obrar de acuerdo con los principios de solidaridad social, respondiendo con acciones
humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la integridad de las personas.
• Respetar y apoyar las decisiones de las instancias del Gobierno Escolar, legítimamente
constituidas para orientar la institución.
• Defender y difundir los derechos humanos, como fundamento de la convivencia pacífica.
• Participar en la vida cívica y comunitaria de la Institución.
• Cuidar los recursos naturales y físicos de la Institución y utilizar adecuadamente los
implementos didácticos disponibles para el buen desarrollo de los programas.
• Se debe participar activamente de los eventos de formación programados por la
Institución.
• Promover los valores corporativos del Colegio Comfama.
Artículo 13. Deberes individuales.
• Respetar las normas del Colegio Comfama.
• Asistir puntual y oportunamente.
• Seguir las normas de convivencia establecidas y acordadas.
• No agredir física ni verbalmente a los compañeros o al personal de la sede.
• Alimentarse y consumir el refrigerio en el tiempo estipulado.
• Participar en las actividades programadas.
• Proteger y cuidar la naturaleza.
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• Respetarse y respetar a los demás.
• Cumplir con las tareas y responsabilidades programadas.
• Escuchar y atender las sugerencias y recomendaciones de acudientes, profesores y
jardineras.
• Respetar a los compañeros.
• Cuidarse a sí mismos, a los otros, el preescolar, el agua, las plantas, los libros, las sillas,
las mesas y demás enseres de la Institución.
• Cuidar las pertenencias personales y las de los compañeros y jardineras.
• Estar limpios y organizados, bañarse todos los días y cepillarse los dientes.
• Compartir con los compañeros del aula.
• Abstenerse de esculcar las pertenencias de los compañeros y jardineras.
• Asistir en un adecuado estado de salud a las actividades escolares.
Capítulo III. Derechos y deberes de los padres de familia
Artículo 14. Derechos.
• Participar de las actividades programadas para los padres de familia.
• Hacer peticiones respetuosas a los representantes de la Institución, siguiendo el conducto
regular establecido por el colegio.
• Ser escuchados por las personas de la comunidad educativa.
• Recibir buen trato de la Institución.
• Recibir buena y oportuna información.
• Recibir periódicamente informe escrito sobre el proceso educativo de sus hijos.
• Ser tenidos en cuenta en las decisiones relacionadas con el aprendizaje del estudiante.
• Elegir y ser elegidos para los distintos cargos del Consejo de Padres o de los comités de
padres de familia.
• No ser discriminados.
• Recibir asesoría psicológica cuando la profesora lo sugiera o cuando el mismo padre de
familia lo solicite.
• Participar de las actividades programadas por el área de Bienestar estudiantil.
• Acceder a algunos medios de comunicación de Comfama.
Artículo 15. Deberes.
• Acompañar a su hijo en el cumplimiento de las responsabilidades con el
Colegio y él mismo.
• Acatar el proceso de matrícula debidamente.
• Respetar el pacto pedagógico que se desprende al firmar la matrícula: aceptación del
modelo pedagógico del Colegio Comfama y la asignación de los docentes por parte de la
Caja.
• Cumplir las actividades establecidas en el calendario académico.
• Facilitar el material requerido para el bienestar de los estudiantes.
• Asistir a las actividades educativas, culturales y recreativas programadas por el Colegio.
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• Acudir a las citas de asesoría psicológica o a las programadas por la jardinera. Si el padre
no asiste a los llamados de la Institución será citado por la supervisora académica, el
coordinador de programas y servicios y, en última instancia, por el rector del Colegio.
• Garantizar el cumplimiento del horario asignado al alumno.
• Cumplir con el horario académico asignado al niño de preescolar, llegando cinco minutos
antes de iniciar y finalizar la jornada escolar. De lo contrario, el padre o acudiente deberá
esperar hasta que la jardinera termine la actividad para que pueda recibir adecuadamente
al niño y escuchar el motivo de la tardanza. Si no recoge oportunamente al estudiante, éste
se entregará al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, tal como lo ordena la Ley de
Infancia y Adolescencia. Por reglamentación de la misma, ningún funcionario de la
Institución podrá llevar al estudiante hasta el lugar de su residencia y, mucho menos, al
hogar de la jardinera o madre comunitaria.
• Manifestar sugerencias, reclamos o inconformidades de forma respetuosa, sin agresiones
o amenazas a jardineras, profesores, el rector o funcionarios de la sede. Si esto se
incumple, se remitirá el caso al área jurídica de la Caja para emprender la acción que se
considere ajustada en derecho.
• Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia.
• Cumplir con el pago de los derechos de matrícula y de las mensualidades,
oportunamente, es decir, los primeros cinco días de cada mes.
• Hacer cumplir las incapacidades médicas de los estudiantes y no permitir la asistencia del
alumno con problemas de salud.
• Abstenerse de realizar actividades como rifas o ventas lucrativas dentro y fuera de las
instalaciones escolares o pedir dinero a otros padres de familia.
• Solicitar, con cinco (5) días hábiles de anticipación, certificados, informes y demás
papelería que requiera del estudiante y estar a paz y salvo para su entrega.
• Evitar llamarle la atención a un estudiante distinto a su hijo o a otro padre de familia por
una falta cometida por un estudiante en el tiempo que está bajo la responsabilidad de la
jardinera o docente.
• Presentar el ficho que autoriza la entrega del alumno de preescolar a una persona mayor
de edad y responsable.
• Comunicar cualquier eventualidad que se presente con el alumno dentro o fuera del
Colegio Comfama.
• Evitar que los alumnos lleven a la sede pertenencias o joyas de las cuales el Colegio no
se hace responsable.
• Leer y firmar las notas que se le envían y seguir las recomendaciones allí escritas.
• Respetar el buen nombre y la imagen de la Caja de Compensación Familiar de Antioquia,
Comfama. Su incumplimiento conlleva a que el padre de familia rectifique y, si es
necesario, se llevará el caso ante la autoridad competente con el acompañamiento del
área jurídica de Comfama.
• Tratar, sin amenazas o agresiones, a las jardineras, , funcionarios u otras personas en la
Caja o sedes externas en las que se dispensen servicios.
Ante el incumplimiento de los deberes, el padre de familia deberá realizar con el grupo del
estudiante una actividad pedagógica relacionada con la corrección del deber incumplido.
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Esta actividad, aprobada por la jardinera o docente, será planeada y ejecutada por el padre
de familia.
Capítulo IV. Derechos y deberes de jardineras
Artículo 16. Derechos.
• Que les respeten los derechos contemplados en la Constitución Nacional, el Estatuto
Docente, el Código Laboral y el Reglamento Interno de Trabajo.
• Recibir buen trato de los miembros de la comunidad educativa.
• Recibir un trato respetuoso de los padres de familia.
Artículo 17. Deberes.
• Cumplir con los consignados en el Reglamento Interno de trabajo.
• Conocer y velar por el cumplimiento de todas las normas del Manual de convivencia.
• Acompañar a los estudiantes, respetando sus diferencias de pensamiento y género.
• Comunicar oportunamente las quejas sobre maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o
consumo de drogas ilícitas, entre otras.
• Acompañar a los alumnos con necesidades educativas especiales, sin descuidar sus
habilidades.
• Acatar los conductos regulares señalados para cada situación.
Título III. Acuerdos académicos
Capítulo I. Evaluación y promoción de estudiantes de preescolar
Artículo 18. Cortes evaluativos.
Durante el año escolar se harán cuatro cortes evaluativos en los que se elabora un informe
de seguimiento y evaluación de cada alumno. El último informe contendrá las
observaciones generales del año, siendo a su vez un consolidado del proceso.
Un corte evaluativo es hacer una pausa para analizar y evaluar el proceso del preescolar
en todos los aspectos: el proceso de aprendizaje, el proceso de intervención desde los
diferentes proyectos, las estrategias metodológicas, la relación con los padres de familia y
la relación entre los compañeros. Esto con el objetivo de sistematizar la gestión en
términos de actas, informes escritos de los alumnos, historial y recopilación de actividades.
El primer corte evaluativo incluye el estado en el que inician los alumnos su proceso; es
decir, el nivel de conceptualización y desarrollo desde cada dimensión, además del
proceso de adaptación al ambiente escolar. El segundo, tercer y cuarto corte dan cuenta
del proceso de cada estudiante sobre cómo se aproximan y alcanzan los diferentes logros,
18
desde cada dimensión del desarrollo, y desde los proyectos y el comportamiento en cada
momento pedagógico. El último informe tiene en cuenta los anteriores.
Artículo 19. Comisión de evaluación.
La Comisión de Evaluación analiza los casos de superación o insuficiencia académica y
establece los mecanismos de acompañamiento pertinentes a cada alumno. La preside el
rector del Colegio Comfama.
Conformación de la Comisión de Evaluación.
Del Preescolar:
• Supervisora académica.
• Jardineras.
• Un representante de los padres de familia.
Artículo 20. Comisión de Promoción.
La Comisión de Promoción determina la promoción o no de los estudiantes del nivel
transición. La preside el rector del Colegio Comfama. Está conformada por:
• Supervisora académica.
• Jardineras.
• Un representante de los padres de familia.
Artículo 21. Promoción anticipada de nivel.
Durante el primer período del año escolar, el Consejo Académico, previo consentimiento o
solicitud de los padres de familia, estudiará los casos de promoción anticipada al nivel
siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo,
personal y social; en el marco de las competencias básicas del nivel que cursa. La decisión
se consignará en el acta del Consejo Académico y, si es positiva, en el registro escolar.
Artículo 22. El debido proceso ante dificultades académicas.
El Colegio Comfama entiende la adquisición de logros como un proceso intrínseco a cada
uno de los niños y niñas atendidos y, en ese sentido, aboga por el respeto de la
individualidad y ritmo de cada uno. No obstante, ante dificultades reiterativas para la
adquisición de los logros propuestos, se deberá proceder de la siguiente manera:
 Consignación en el observador de las dificultades identificadas en el niño o la niña,
teniendo presente que deberán ser producto de la observación continua, la cual
estará apoyada en las evaluaciones semanales de la planeación.
 Citación a la familia para socializar los hallazgos y establecer compromisos de
trabajo. En este encuentro, la jardinera deberá entregar un plan de apoyo, el cual
deberá ejecutarse en la casa y tendrá seguimiento mensual. De acuerdo al
resultado del plan, este podrá ser reforzado, ajustado o cambiado. De esta reunión
y de los encuentros de seguimiento deberán quedar actas. Los encuentros contarán
con la presencia de la supervisora académica.
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 Si pese a los planes de mejoramiento, no se observan avances en el proceso y se
comprueba el compromiso familiar en la realización de los mismos, la jardinera
podrá recomendar, mediante formato de remisión pedagógica el acceso a un
proceso de evaluación especializado.
El formato estará respaldado por el
observador, del niño o niña y las actas de seguimiento con la familia al plan de
apoyo. Esta información deberá ser presentada al Comité de Evaluación de la
sede, que evaluará la pertinencia de la misma y citará a la familia a una reunión en
la que se explican las razones de la recomendación y se levanta acta del encuentro
con firma de todos los presentes.
 Agotado este proceso, si al final del año académico no se observan avances en el
niño o niña, la jardinera podrá solicitar al Comité de Evaluación y Promoción la
recomendación de repitencia del nivel. En caso de considerarse pertinente, el
comité citará a la familia para comunicar la recomendación. Serán los padres
quienes, teniendo en cuenta los antecedentes del caso, decidan si la aceptan o no y
en ambos casos deberá quedar consignada en acta la decisión tomada.
De acuerdo con la normatividad vigente, una vez un alumno es promovido y
matriculado en un nivel superior, no es posible devolverlo de nivel. Por tal motivo, la
decisión de promoción es de carácter irrevocable y, en caso de presentarse
dificultades para el alcance de los logros propuestos, la jardinera a cargo deberá
proceder a la formulación y seguimiento de planes de apoyo intensivos.
La decisión de repitencia sólo podrá ser modificada si, pasado el primer período
académico, el niño o niña demuestra el alcance de logros necesarios para el acceso
al siguiente nivel, los cuales deberán estar soportados por:
o la evaluación semanal de la planeación de la profesora,
o el registro de observador del alumno
o los resultados de una evaluación integral de contenidos.
Esta información deberá ser remitida al Consejo Académico del Colegio Comfama, junto
con una carta de petición de los padres de familia. El Consejo analizará los soportes y
basado en ello, emitirá un juicio que quedará consignado en acta y será notificado a la
familia mediante resolución rectoral. La decisión podrá ser apelada por la familia, en un
plazo máximo de 3 días hábiles, mediante comunicación escrita dirigida al Consejo
Directivo, quienes en un plazo de 3 días hábiles deberán emitir su concepto.
Artículo 23. Asistencia del estudiante de preescolar.
Cuando el estudiante falte a clase podrá presentar por escrito la debida justificación, que
validará la jardinera y dejará registro de la misma en el formato de seguimiento al
ausentismo. Se consideran causas justas de inasistencia las siguientes:
• Incapacidad médica.
• Citas médica, sólo cuando el estudiante no pueda acceder a otro horario de atención, por
el tipo de cita o por los horarios de la entidad prestadora del servicio.
20
• Muerte de algún familiar como padres y hermanos.
El estudiante de transición no podrá tener una inasistencia superior al 25%. Cuando esto
suceda y el estudiante o acudiente haya presentado, formalmente y por escrito, las debidas
excusas por inasistencia, se procederá así:
• El supervisor académico se reunirá con la jardinera y el acudiente para determinar la
mejor solución, teniendo en cuenta que lo más importante es garantizar la calidad de la
educación del colegio al alumno. Se archiva la información en la carpeta del estudiante.
Artículo 24. Criterios de permanencia.
De conformidad con el Artículo 96 de la Ley 115 de 1994, el Colegio Comfama podrá,
unilateralmente, dar por terminado el contrato de matrícula y cooperación educativa por
alguna de las siguientes causales:
• Incumplimiento de los compromisos suscritos entre la familia, el educando y el Colegio
Comfama, a través de las comisiones de convivencia, evaluación y promoción, en los que
se consideran, entre otros, los siguientes aspectos:
- Cumplir con los deberes y derechos consignados en el Manual de convivencia.
- Cumplir con los compromisos académicos y formativos que el estudiante y sus padres
hayan firmado.
- Cuando los compromisos, formativo o matrícula de última oportunidad, se han firmado
como requisito para continuaren la Institución, el estudiante y sus padres se verán en la
obligación de cumplirlos; de no hacerlo, el alumno perderá el cupo en cualquier momento.
• Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contempladas en el contrato de
matrícula o cooperación educativa, en especial, el pago de las obligaciones económicas a
favor del Colegio.
• Cometer alguna infracción tipificada en este Manual de convivencia como grave.
Capítulo II. Inclusión y evaluación de alumnos con capacidades diversas o
necesidades educativas especiales
Artículo 25. Criterios de inclusión.
Para una eficaz inclusión, el Colegio Comfama analizará la necesidad educativa especial
del alumno y cuando se concluya que el Colegio sí ofrece las garantías necesarias, se
comprometerá al padre de familia, quien deberá hacer el acompañamiento que sugiera la
psicóloga o el profesional especialista, jardinera, docente o supervisor. Incluso se
contempla la posibilidad de la presencia del acudiente en la jornada escolar del alumno o,
si es necesario, se disminuirá la jornada escolar. Todo bajo el acuerdo mutuo entre el
padre de familia y la Institución.
El Colegio, de acuerdo con la necesidad educativa de los alumnos, establecerá el número
máximo de estudiantes por aula que no supere dos con necesidad educativa.
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La inclusión no sólo contempla a los alumnos con necesidades educativas especiales,
también a estudiantes con capacidades excepcionales, desplazados o de otras etnias y
culturas, sin discriminación de credos o cultos.
Artículo 26. Criterios de evaluación.
A los estudiantes con diagnóstico de una necesidad educativa específica, avalado por un
profesional externo, y que reciban acompañamiento por parte del Colegio, se les aplicaran
estos criterios:
• Valoración de sus conocimientos para definir acompañamiento.
• Acatamiento de las recomendaciones de los profesionales externos.
• Ajuste de las estrategias de evaluación, de acuerdo con la necesidad del estudiante.
Título IV. Procedimientos disciplinarios para estudiantes
Capítulo I. Clasificación de las faltas, debido proceso y estrategias formativas para
los estudiantes de preescolar
Artículo 27. Faltas leves de los alumnos de Preescolar.
• Llegar tarde a las actividades programadas.
• Inasistencia injustificada a las actividades académicas.
• Perturbar el normal desempeño de las actividades académicas.
• Llevar juguetes o accesorios que interfieran con el adecuado desarrollo de las
actividades.
• Utilizar lenguaje soez.
• Sacar material y juguetes que no le pertenezcan al alumno.
Artículo 28. Debido proceso para las faltas leves de alumnos de preescolar.
A la primera falta leve se dialogará con el estudiante, establecerán acuerdos y
compromisos y realizarán asambleas de convivencia. Si no se observan cambios en el
comportamiento del alumno, se informará al padre de familia o al acudiente para que
dialogue con el niño y haga un acompañamiento que le permita no repetir la falta. Este
seguimiento y acompañamiento debe quedar registrado en el observador del alumno.
Artículo 29. Definición de faltas graves.
Se consideran los siguientes tipos de acciones como faltas graves:
• Daños intencionados a la planta física, material didáctico, muebles y enseres de la sede.
• Agredir repetitivamente, de forma verbal o física, a cualquiera de los compañeros,
jardineras, instructores, funcionarios o personal de la Caja.
Artículo 30. Debido proceso para las faltas graves.
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A la primera falta grave, se citará al padre de familia para informarle sobre el
comportamiento del niño. Cuando hay daños físicos y materiales, se analizará si son
intencionados, para que se haga la reposición o reparación pertinente.
Ante las agresiones constantes y graves, el docente iniciará un diálogo reflexivo con el niño
y si el comportamiento persiste, seguirá las siguientes estrategias:
• Llamado de atención, verbal y escrita, en el observador.
• Se sienta al niño en una silla durante dos minutos, por cada año de edad cronológica, en
el lugar donde se encuentra el grupo de compañeros. Se le invita a la reflexión con
pedagogía, serenidad, y buenos términos, por parte de la jardinera.
• Se lleva al niño a la oficina de la supervisora para hacer un compromiso verbal o escrito
relacionado con la falta.
• Se cita al padre de familia o acudiente para informarle de la situación y establecer
compromisos y posibles correctivos para el niño. Si es necesario, se remitirá al padre de
familia a un psicólogo para una asesoría que le permita orientar y modificar la conducta
inadecuada del menor.
Capítulo II Manejo de conflictos y casos difíciles: Debido proceso
Articulo 31. Situaciones conductuales de los alumnos
Siguiendo las indicaciones contenidas en el artículo 26 de la Ley 1098/2006, de Infancia y
Adolescencia; los niños y, niñas tienen derecho a que se les aplique las garantías del
debido proceso en todas las actuaciones administrativas en que se encuentren
involucrados.
Es deber del Colegio Comfama garantizar el seguimiento del conducto regular para la
solución de los conflictos que se presenten en la institución con la participación de los
entes e instancias del gobierno escolar. Para tal efecto, se requiere que haya una
comunicación permanente y respetuosa entre el Colegio Comfama, el estudiante y la
familia del estudiante con el fin de garantizar un adecuado seguimiento y acompañamiento.
En todos los casos deberá llevarse a cabo el siguiente procedimiento:
 Cuando surja una conducta que amerite intervención de la institución educativa, se
escuchará la versión del hecho, su intencionalidad, lugar y personas implicadas para
establecer la verdad de los mismos.
 Se acudirá a un diálogo sobre la situación en particular y se procederá a establecer
compromisos a través de una asamblea de convivencia con niños la cual debe
quedar registrada en las observaciones de la planeación de la semana en curso
para los preescolares .
 En caso de que los estudiantes reincidan en la conducta o falta, se procede a citar
a los padres de familia y se les deberá poner al tanto de la situación y acordarán
compromisos institucionales y familiares para el mejoramiento de la misma. De
este encuentro debe quedar acta firmada por los presentes. A partir de este
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momento, el seguimiento a los compromisos quedará registrado en el observador
del alumno.
En el caso de daños materiales o físicos, no deberá esperarse a la reincidencia en la
falta y se convocará a la familia para acordar la actividad o conducta a
implementarse por el estudiante, adicionalmente la reposición o reparación
pertinente.
 Si pese a la implementación de estrategias pedagógicas por parte de la institución y
la familia no se observan cambios conductuales, se podrá recomendar el acceso a
apoyo psicopedagógico, soportado por el observador del alumno, las actas de
reunión con los padres y el formato de remisión pedagógica. Para ello, deberá dar
a conocer la recomendación ante el comité de convivencia, que basado en las
pruebas, analizará la pertinencia de este proceso y citará a la familia a mesa de
conciliación, la cual está conformada por:
o Rector / Coordinador de programas y servicios
o Familia del alumno
o Jardinera / Docente
o Supervisora académica
o Delegado del comité de convivencia.
En esta instancia se explica las razones de la recomendación y se levanta acta del
encuentro con firma de todos los presentes.
 Agotada la anterior instancia, si no se observan cambios en la conducta del alumno
y si los seguimientos apuntan a la falta de compromiso familiar, el Comité de
Convivencia podrá recomendar al Rector el estudio del caso y la negación de cupo
para el año siguiente. Dado este caso, se debe llevar a cabo el siguiente
procedimiento:
o Notificación escrita a la familia de la decisión tomada, soportada con los
probatorios del proceso. Esta notificación se hará al padre o madre del
estudiante que tenga la calidad de acudiente ante la Institución educativa.
o La indicación de un término (3 días hábiles) durante el cual la familia puede
formular por escrito sus descargos. Si pasado este tiempo no se recibe
comunicado de la familia, se dará por aceptada la decisión de la Institución.
o Estudio de descargos y emisión de respuesta final por parte del Rector. El
plazo será de 3 días hábiles.
o El resultado podrá ser apelado por la familia dentro de los 3 días hábiles
siguientes a su notificación, mediante comunicación escrita dirigida al Rector,
quien la pondrá en conocimiento del ente superior- Consejo Directivo,
quienes en el término de 3 días hábiles emitirá una decisión final.
Notas:
 La presentación de los padres de familia a las citaciones son de carácter obligatorio,
no delegables. Para casos urgentes el padre o acudiente notificará por escrito el
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inconveniente indicando el día y la hora en que se presentará en la institución sin
ser superior a 48 horas hábiles
 Cuando las situaciones sean generalizadas en un grupo, se realizará reunión con
todos los padres de familia elaborándose un acta general para tratar el problema.
 Conviene advertir que en cualquiera de los cursos de acciones expuestos, se hará el
respectivo registro de los hechos por parte de la institución,
Artículo 32. Situaciones con las familias:
La Familia es considerada parte esencial del proceso formativo de los niños y niñas. Ante
la falta reiterativa a los deberes familiares consignados en el presente manual de
convivencia, deberá procederse de la siguiente manera:
 Anotación en el observador del alumno, de las circunstancias sobre el compromiso
familiar y recomendaciones para el mejoramiento.
 Socialización de hallazgos en la reunión de entrega de informes.
 Si la situación persiste, la jardinera/ docente procede a citar extraordinariamente a
los padres de familia y en compañía de la supervisora académica, deberán exponer
los motivos del encuentro. En este espacio deberá otorgarse la oportunidad de
escuchar las razones de la familia y se acordarán compromisos para el
mejoramiento de la situación. De este encuentro debe quedar acta firmada por los
presentes.
 De continuarse las dificultades, será el comité de convivencia quien convoque a la
familia a una mesa de conciliación para realizar el seguimiento a los compromisos.
Agotada esta instancia, se podrá recomendar al Rector el estudio del caso y la
negación de cupo para el año siguiente. Dado este caso, se debe llevar a cabo el
siguiente procedimiento:
o Notificación escrita a la familia de la decisión tomada, soportada con los
probatorios del proceso. Esta notificación se hará al padre o madre del
estudiante que tenga la calidad de acudiente ante la Institución educativa.
o La indicación de un término (3 días hábiles), durante el cual la familia puede
formular por escrito sus descargos. Si pasado este tiempo no se recibe
comunicado de la familia, se dará por aceptada la decisión de la Institución.
o Estudio de descargos y emisión de respuesta final por parte del Rector. El
plazo será de 3 días hábiles.
o El resultado podrá ser apelado por la familia dentro de los 3 días hábiles
siguientes mediante comunicación escrita dirigida al Rector, quien la pondrá
en conocimiento del ente superior -Consejo Directivo, quienes en el término
de 3 días hábiles emitirá una decisión final.
Artículo 33. Situaciones con jardineras
Cuando los miembros de la familia consideran que hay dificultades relacionadas
directamente con las jardineras, se requiere que se siga el siguiente conducto regular:
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 Solicitud de entrevista con la jardinera y supervisora académica. De este encuentro
debe quedar acta firmada por las partes.
 Solicitud de entrevista con el Coordinador de la sede.
 Solicitud de entrevista con el Rector.
Como empleados de la Caja de Compensación Familiar de Antioquia, Comfama las
acciones desarrolladas en las instancias del Colegio deberán quedar documentadas de
manera que sirvan de probatorios en caso de aplicarse un proceso disciplinario, tal y como
está consignado en el reglamento interno de trabajo.
El seguimiento del conducto regular implica que si no se han agotado las instancias, a la
luz del derecho al debido proceso, es deber de cualquier funcionario del Colegio
abstenerse de emitir juicio y proceder a la orientación para que lleve a cabo un buen
trámite; para este fin, deberá solicitarse la copia del acta de reunión de la familia con la
instancia inmediatamente anterior.
Título V. Organismos de participación
Capítulo I. Comunidad educativa
Artículo 34. Conformación de la comunidad educativa.
• Los estudiantes matriculados en los diferentes niveles.
• Los padres y acudientes de los alumnos.
• Las i jardineras que laboran en la Institución para servir a los diferentes programas
establecidos dentro del Proyecto Educativo Institucional.
• Los profesionales especializados, el rector, supervisores académicos, psicólogo y
coordinadores de educación que cumplen funciones como responsables del programa de
Preescolar como coordinadores operativos de los programas.
• Los egresados del programa del Preescolar y de la Media Técnica.
Artículo 35. Consejo Directivo.
Es el máximo organismo de participación de la comunidad educativa para la adecuada
implementación del Proyecto Educativo Institucional. Se reúne de acuerdo con las
necesidades que se presenten, según la conveniencia del rector y a solicitud de alguno de
sus miembros. Se elegirá durante los primeros sesenta (60) días siguientes al inicio del
año escolar.
El Consejo Directivo del Colegio Comfama lo integran:
 La Dirección de COMFAMA o su delegado, quien lo presidirá y convocará
ordinariamente dos veces por semestre y extraordinariamente cuando lo considere
conveniente.
26






el Jefe del Departamento de Planeación de Servicios,
el Jefe del Departamento de Prestación de Servicios,
el Rector,
un representante del sector productivo,
dos representantes de los padres de familia, de educación formal
un representante de los instructores de Educación para el trabajo y el desarrollo
humano y uno para la educación formal
 un representante de los alumnos de Educación para el trabajo y el Desarrollo
Humano.
Artículo 36. Funciones del Consejo Directivo.
• Trazar las políticas generales del Colegio Comfama.
• Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución, excepto las que
sean competencia de otra autoridad, tales como las reservadas a la
Dirección de Comfama.
• Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre los docentes y
administrativos con los alumnos y después de haber agotado los procedimientos previstos
en el reglamento o Manual de convivencia.
• Adoptar el Manual de convivencia y el reglamento de la Institución.
• Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos
alumnos.
• Asumir la defensa y la garantía de los derechos de la comunidad educativa, cuando
alguno de sus miembros se sienta lesionado.
• Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del currículo
y del plan de estudios, y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación
respectiva para que verifique el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley y los
reglamentos.
• Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución educativa.
• Establecer estímulos para el buen desempeño académico y social del alumno e
incorporarlos al reglamento o Manual de convivencia.
• Definir parámetros de alianzas, reservándose en todo caso el derecho a elegir.
• Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades comunitarias,
culturales, deportivas y recreativas.
• Establecer el procedimiento para el uso de las instalaciones en cuanto a la realización de
actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la comunidad
educativa.
• Reglamentar los procesos previstos en la Ley General de Educación.
• Crear su propio reglamento.
Artículo 37. Integrante del Consejo Académico.
• El rector del Colegio Comfama.
• Un coordinador de programas y servicios.
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• Supervisoras académicas del Preescolar.
Artículo 38. Funciones del Consejo Académico.
• Servir de órgano consultor del Consejo Directivo del Colegio Comfama en la revisión de la
propuesta del Proyecto Educativo Institucional.
• Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo modificaciones y
ajustes.
• Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.
• Participar en la evaluación institucional anual.
• Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los
educandos y para su promoción, asignarles funciones y supervisar el proceso general de
evaluación educativa.
• Promover el estudio y análisis de los lineamientos generales de los procesos curriculares
e indicadores de logros.
• Efectuar las revisiones necesarias de los logros curriculares y los indicadores.
• Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el
rector.
• Las demás funciones afines o complementarias a las anteriores, que le atribuya el
Proyecto Educativo Institucional.
Artículo 39. Elección de representantes de los órganos colegiados.
Serán elegidos para períodos anuales y continuarán ejerciendo sus funciones hasta
cuando sean reemplazados. En caso del retiro de alguno, antes de cumplir su período, se
elegirá su reemplazo para el tiempo restante.
Artículo 40. Reuniones y funcionamiento.
El Consejo Directivo de la Institución, por derecho propio, se reunirá en sesiones
ordinarias, al menos dos veces por semestre, convocadas por la Dirección de Comfama o
su delegado.
Cuando la situación lo amerite, a juicio de la Dirección de Comfama o por recomendación
del rector de la institución, se podrá convocar a sesiones extraordinarias al menos con
cinco días hábiles de anticipación.
La Secretaría Técnica del Consejo Directivo será ejercida por las personas delegadas por
la Dirección de Comfama. El Consejo Académico deberá reunirse por lo menos una vez al
mes, por convocatoria del rector del Colegio Comfama.
Para todas las instancias del Gobierno Escolar, las normas sobre quórum para la toma de
decisiones será la mitad más uno.
Artículo 41. Los acuerdos.
Las decisiones que se tomen en las distintas instancias del Gobierno Escolar, para
garantizar la normal ejecución del Proyecto Educativo Institucional, se denominan
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acuerdos. Los proyectos de acuerdo podrán ser iniciativa de la Dirección de Comfama o
del rector del colegio, de acuerdo con las necesidades.
Éstos son considerados como reguladores de las acciones y relaciones para garantizar la
adecuada ejecución del Proyecto Educativo Institucional.
Artículo 42. La administración.
La representación legal de la Institución está en cabeza de la Dirección de Comfama, con
autonomía en el desempeño de sus funciones administrativas y financieras. La Dirección
Administrativa de la Caja nombrará una persona natural para ejercer las funciones de
rector del Colegio Comfama.
Artículo 43. El Rector.
Son funciones del rector del Colegio Comfama:
• Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y aplicar las decisiones del
Gobierno Escolar.
• Velar por el cumplimiento de las funciones de los docentes y el oportuno
aprovisionamiento de los recursos necesarios, a través de los coordinadores de programas
y servicios educativos.
• Promover el mejoramiento continuo de la calidad de la educación.
• Mantener buenas relaciones con las autoridades educativas y la comunidad local, para el
progreso académico de la Institución.
• Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad
educativa.
• Orientar el proceso educativo con el apoyo del Consejo Académico.
• Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuye la Ley, los reglamentos y el Manual de
convivencia.
• Identificar las necesidades educativas en el ámbito regional de cada sede Comfama y
canalizarlas para el mejoramiento del Proyecto Educativo Institucional.
• Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la
comunidad local.
• Aplicar las disposiciones que expida el Estado, tendientes a la prestación del servicio
público educativo.
• Presentar ante el Consejo Académico el plan anual de actualización académica del
personal docente.
• Las demás funciones afines y complementarias que le atribuye el Proyecto
Educativo Institucional.
Artículo 44. Elecciones del Gobierno Escolar.
Los representantes de los órganos del Gobierno Escolar serán elegidos para períodos
anuales y ejercerán sus funciones hasta cuando sean reemplazados.
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En caso de retiro de alguno, antes de cumplir su período, se elegirá su reemplazo para el
tiempo restante.
Artículo 45. Personero de los estudiantes.
Un alumno del último grado que se ofrezca en la Institución será el Personero, encargado
de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes, consagrados en la
Constitución Política, las leyes, los reglamentos y el Manual de convivencia.
Esta elección se llevará a cabo durante los treinta días calendario siguientes al inicio de
clases de un período lectivo anual. Para tal efecto, el rector convocará a los estudiantes
matriculados a elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto.
Artículo 46. Funciones del personero estudiantil.
• Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual
podrá utilizar los medios de comunicación internos del establecimiento, pedir la
colaboración del Consejo de Estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación.
• Presentar ante el rector o el Director de la Caja, según sus competencias, las solicitudes
de oficio para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus
deberes.
• Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que haga
sus veces, las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su
intermedio.
• El ejercicio del cargo de Personero de los estudiantes es incompatible con el de
representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo.
Artículo 47. Representante de los docentes.
Cada sede Comfama nombrará por área un representante de los docentes para el Consejo
Académico, en reunión general de los profesores de área y presidida por el rector o su
delegado. Entre los profesores designados para el Consejo Académico se elegirá un
representante que por los programas de Educación Formal tendrá asiento en el Consejo
Directivo.
Artículo 48. Consejo de Estudiantes.
Es un órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación
por parte de los educandos. Estará integrado por un vocero de cada grado.
Integrantes:
• Representante de cada grado.
• Personero de los estudiantes o su representante.
Artículo 49. Funciones del Consejo de Estudiantes.
• Diseñar su organización interna.
• Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del establecimiento y
asesorarlo en el cumplimiento de sus funciones.
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• Invitar a deliberar a los estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida
estudiantil.
• Llevar actas de las reuniones que den cuenta del proceso.
• Proponer reformas al Manual de convivencia.
• Promover y sugerir actividades en bien de la formación integral de los estudiantes,
mediante su representación ante los diferentes estamentos de la comunidad educativa.
• Las demás actividades afines o complementarias que le atribuya este manual.
Artículo 50 Comité de convivencia
El Comité de Convivencia es un órgano consultivo que busca mejorar los procesos de
convivencia dentro y fuera de la institución, en procura de incrementar la calidad de vida
de los estudiantes y de toda la comunidad educativa brindando espacios de conciliación y
herramientas para la resolución de conflictos dentro del debido proceso
Integrantes:
 Coordinador de la sede.
 Supervisora académica.
 2 representantes de las Jardineras 2 representantes de los padres de familia,
quienes ejercen funciones de conciliadores en las mesas de conciliación.
Son funciones del Comité de Convivencia:
 Proponer actividades que fomenten la Convivencia entre la Comunidad Educativa.
 Proponer ajustes al manual de convivencia de acuerdo a la normatividad vigente.
 Instalar mesas de conciliación cuando alguno o algunos de los actores de la
comunidad lo solicite con el objetivo de resolver pacíficamente sus conflictos. Para
tal efecto, el comité designará un conciliador cuando las partes en conflicto lo
estimen conveniente.
 Evaluar y mediar en los conflictos que se presenten entre los miembros de la
comunidad educativa.
 Llevar a cabo el seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el
manual de convivencia, analizar las contravenciones y definir y/o proponer las
acciones correctivas.
Reuniones:
El comité de convivencia se instalarán dentro de los primeros sesenta (60) días calendario
escolar y se reunirán ordinariamente 1 vez por período académico. Además, lo podrá hacer
extraordinariamente cuando las circunstancias lo ameriten y/o los miembros del Comité lo
estimen conveniente.
Capítulo II. Formas de participación de los padres de familia
Artículo 51. Asambleas de convivencia para el nivel de Preescolar.
Son un espacio permanente para la reflexión, la discusión y el análisis en torno a la
convivencia y participación ciudadana desde el espacio escolar. En este sentido, las
31
asambleas tendrán un carácter formativo y consultivo y en ningún momento serán espacios
para promover la discordia ni la toma de decisiones arbitrarias.
Serán espacios de participación en los que se aprenderá a mediar las relaciones desde el
la tolerancia, el respeto, el compromiso, el sentido de pertenencia y la credibilidad en la
democracia.
Las asambleas estarán conformadas por un grupo de padres de familia o acudientes,
alumnos, la jardinera y la supervisora académica.
Artículo 52. Diálogo y reflexión.
Los niños, docentes y padres de familia tendrán como herramienta fundamental el diálogo
y la reflexión para aportar a la sana convivencia de la comunidad educativa. Los espacios
pedagógicos cotidianos, las asambleas de convivencia, escuelas de padres, grupos
focales, entre otros, privilegiarán esta dinámica.
Artículo 53. Reuniones informativas.
Los padres de familia y los niños podrán participar y aportar ideas y sugerencias y expresar
inquietudes en las reuniones informativas, en las escuelas de padres o mediante las
circulares enviadas por la Institución.
Artículo 54. Medios de comunicación.
Los padres de familia podrán acceder a los medios de comunicación de la Caja de
Compensación Familiar de Antioquia, Comfama, como: El Informador, www.comfama.com
y el buzón de comentarios de la sede.
Además, pueden usar el Cuaderno de comunicaciones, un medio en el que el padre de
familia puede comunicarse de forma escrita con la Institución.
Telefónicamente, el padre de familia podrá acordar citas con la jardinera o el docente en
los horarios establecidos por la sede.
Artículo 55. Proyecto Educativo Institucional.
La comunidad educativa debe participar en la reestructuración, ajustes, modificaciones e
investigaciones que se realicen para la actualización del Proyecto Educativo Institucional,
en el cual está inmerso el Manual de convivencia.
Artículo 56. Organismos de participación.
Son los que buscan fortalecer los procesos democráticos y apoyar a la comunidad
educativa de una manera dinámica, responsable y ética que contribuya a la convivencia y a
la promoción de los valores fundamentales.
Artículo 57. Asamblea de padres de familia
32
La Asamblea de Padres de Familia del Colegio Comfama está conformada por la totalidad
de los padres de familia de los niños y niñas matriculados. Dado que la comunidad
educativa del Colegio Comfama es muy numerosa y se encuentra dispersa por los
municipios de Antioquia, por decisión del Consejo Directivo, la Asamblea de Padres se
convoca en cada una de las sedes con los padres de los niños y niñas que allí se atiendan.
En la primera asamblea del año, se deberán conocer los representantes al Consejo de
Padres de Familia, quienes serán escogidos en cada grupo en la reunión informativa de
inicio del calendario académico.
Artículo 58. Consejo de padres de familia
Lo conforman mínimo 2 representantes de los padres de familia por cada grupo atendido
en las sedes. El Consejo de Padres se conforma en los primeros días del calendario
académico a través del siguiente procedimiento:
 En la reunión de inicio del año, cada grupo escoge 2 representantes de los padres
de familia.
 Se convoca la asamblea de padres de la sede y en ella se presentan a los
representantes de cada grupo.
 Los padres de familia elegidos, son a una reunión de carácter general, en la que se
consolida el Consejo de Padres y se eligen los representantes al Consejo Directivo.
Título VI. Evaluación de los docentes
Artículo 59. Proceso de evaluación.
Cada año o semestre lectivo se evalúa el desempeño de las jardineras y docentes de las
diferentes áreas. Para ello se tendrán en cuenta las observaciones directas de las clases,
de estudiantes o acudientes de los niños, de los coordinadores de programas y servicios y
de las supervisoras académicas. Las estrategias para la evaluación y sus resultados se
comparten con la entidad contratista en el caso de los docentes vinculados a través de
terceros. Con los instructores y jardineras propios se procederá a realizar el plan individual
de desarrollo.
Título VII. Evaluación de las entidades contratistas
Artículo 60. Evaluación de contratistas.
Cada semestre lectivo se hará una evaluación de la ejecución del programa, con las
entidades contratistas, de acuerdo con las cláusulas del contrato.
Título IX. Reconocimiento al estudiantado
Artículo 61. Estímulos.
33
De acuerdo con el desempeño, los estudiantes podrán recibir estímulos de carácter
formativo como una retribución al esfuerzo, con el fin de mantener y optimizar los
comportamientos positivos y el buen rendimiento académico de los alumnos y el buen
desempeño de los docentes, tales como:
• Representar al Colegio Comfama en eventos culturales, científicos y recreativos.
• Reconocimiento público, mediante resolución del Consejo Directivo, a alumnos que
sobresalgan en eventos sociales, culturales, científicos, investigativos, recreativos y
deportivos. Una copia de la resolución debe ir a la hoja de vida del estudiante
• Ser elegido como representante o monitor del curso.
• Ser elegido como representante del área ante los diferentes organismos que conforman
el Gobierno Escolar.
• Otorgamiento de una beca para el año lectivo al alumno que se destaque por su
rendimiento académico con notas sobresalientes.
• Otorgamiento del premio Excelencia por méritos académicos, cívicos, humanos y morales
a quien se distinga como el mejor de la Institución y con entrega de una beca por el año
lectivo o participación en uno de los cursos diferentes a los contemplados en el plan de
estudios.
• Otros que determine el Consejo Directivo del Colegio Comfama.
Título X. Tarifas de matrículas, pensiones y otros cobros
Artículo 62. Pago de matrículas y pensiones.
El Colegio Comfama está clasificado en diferente régimen, de acuerdo con la sede o
Secretaría de Educación y su sistema para los cobros de matrícula, pensiones y otros
costos educativos para el año escolar. Se rige según los siguientes términos:
• Tarifa anual: valor cobrado por concepto de matrícula y pensiones en el año.
• Matrícula: suma anticipada pagada una vez al año en el momento de formalizar la
vinculación del estudiante al servicio educativo ofrecido por el establecimiento o cuando
esta vinculación se renueva.
• La pensión: suma que se paga por el derecho del estudiante a participar en el año
académico de los servicios educativos comunes y obligatorios que ofrece el
establecimiento educativo. Su forma de pago es mensual, los cinco primeros días de cada
mes.
La cancelación de los valores por estos conceptos puede ser en efectivo, con el subsidio,
con crédito inmediato o crédito para educación Preescolar .
El costo de la matrícula no incluye certificados de estudios; exámenes supletorios de
validación, de homologación o de habilitación; derechos de grado; textos de estudio; útiles
escolares; materiales; fotocopias; uniformes; alimentación; transporte; ni otros que se
desprendan de la prestación del servicio.
34
Otros cobros son los que se hacen a los padres de familia o acudientes por conceptos
diferentes a matrícula y pensión, como certificados de estudios y derecho de grados para
la media técnica.
Artículo 63 Costos de matrículas y mensualidad.
La pensión anual se cobra en diez (10) cuotas, más la número once que corresponde a la
matrícula. Los valores de la matrícula y la mensualidad se liquidan de acuerdo con la
condición de afiliado o particular, con las siguientes tarifas:
• TA: trabajador afiliado que devenga entre uno y dos salarios mínimos legales vigentes.
• TB: trabajador afiliado que devenga entre dos y tres salarios mínimos legales vigentes.
• TC: trabajador afiliado que devenga cuatro o más salarios mínimos legales vigentes.
• TD: usuario no afiliado a Comfama.
Preescolar
Tipo Tarifa
Tarifa total
Matricula
Pensión
TA
560.300
56.000
50.400
TB
588.100
58.800
52.900
TC
801.300
80.100
72.100
TD
1.590.300
159.000
143.100
Otros Cobros
Certificados de
estudio
Duplicado de diploma
a solicitud del usuario
Salidas Pedagógicas
Año 2013
3.400
3.400
26.600
Título XI. Reglamentos específicos
Artículo 64. Aula de informática.
Para el uso de las aulas de informática se recomienda:
• Tener las manos limpias para evitar que se deterioren teclados y otras partes del
computador.
• No consumir alimentos dentro del aula.
• No cambiar la configuración de los equipos.
• No instalar software sin previa autorización.
• No desconectar los periféricos del computador como mouse y teclado, entre otros.
• No hacer uso de Ipod, Mp3, Mp4, Juke box.
• Vacunar las memorias antes de usarlas.
35
Artículo 65. Transporte escolar.
El Colegio Comfama no ofrece servicio de transporte. Los padres de familia deben verificar
que el servicio que utilizan para sus hijos cumpla con las condiciones y normas que
establecen las respectivas Secretarías de Tránsito.
Los transportadores escolares deben cumplir con las reglas establecidas por el
Colegio en cuanto a embarque, desembarque y horarios establecidos para cada una de las
jornadas.
Recomendaciones para los padres de niños que no utilizan transporte escolar:
• Puntualidad a la hora de llegada de los niños para favorecer su integración a las
actividades.
• Ningún niño se entregará a personas sin autorización previa de los padres.
• Es indispensable tener en cuenta:
- Presentar, a diario, el ficho que garantiza que otra persona está autorizada para recoger
al niño.
- En caso de situaciones de última hora, pueden avisar por teléfono y la
Institución confirmará la llamada.
- En caso de que quien recoja al niño no presente el ficho y no sea identificado por el
docente, no se le entregará el menor. La Institución verificará los datos registrados en la
papelería reglamentaria y sólo entregará el niño al acudiente o padre de familia que realizó
la matrícula.
- En caso de pérdida del ficho, el padre debe notificar por escrito y asumir la
responsabilidad de este hecho.
- La llegada y salida de los niños no son los momentos más indicados para que los padres
conversen asuntos especiales con las profesoras, la supervisora o coordinadora podrán
atenderlos.
Artículo 66. Uniforme y su uso.
Para los alumnos de preescolar: bombacho gris, camiseta tipo polo blanca, medias
blancas, tenis blancos o botas plásticas -para las sedes que lo requieran por su
condiciones climáticas y de terreno-.
36
Está prohibido el uso de tenis con patines por razones de seguridad y salud.
El uso del uniforme es opcional. Se sugiere llevarlo.
El Colegio Comfama no tiene vínculos con ningún proveedor de uniformes y, por lo tanto,
el padre de familia es libre de elegir a la persona o empresa que lo elabore, teniendo en
cuenta el modelo definido por la institución.
Artículo 67. Reglamento del Consejo Directivo
CARÁCTER, CONFORMACIÓN Y DOMICILIO
Naturaleza: Es el máximo organismo de participación de la Comunidad Educativa, para la
adecuada implementación y acomodación del PEI.
Conformación: El Consejo Directivo del Colegio Comfama estará integrado por:
 La Dirección de COMFAMA o su delegado, quien lo presidirá y convocará
ordinariamente dos veces por semestre y extraordinariamente cuando lo considere
conveniente.
 el Jefe del Departamento de Planeación de Servicios,
 el Jefe del Departamento de Prestación de Servicios
 el Rector,
 un representante del sector productivo,
 dos representantes de los padres de familia, de educación formal
 un representante de los instructores de Educación para el trabajo y el desarrollo
humano y uno para la educación formal
 un representante de los alumnos de Educación para el trabajo y el Desarrollo
Humano y uno para la educación formal.
Domicilio: El domicilio del colegio será la cuidad de Medellín y su sede el Departamento
de Educación de la Caja de Compensación Familiar de Antioquia, Comfama, Dirección Kra
48 N° 43 -87 piso 7° Edificio Comfama San Ignacio; teléfonos 2156505 – 2156594.
37
CONDICIONES Y ELECCIÓN DE LOS MIEMBROS
Clases de miembros Los miembros del Consejo Directivo del colegio Comfama , son de
dos clases: Por derecho propio y por elección.
Son miembros por derecho propio:




La Dirección de COMFAMA o su delegado, quien lo presidirá.
El Jefe del Departamento de Planeación de Servicios
El rector del COLEGIO COMFAMA.
El Jefe del Prestación de Servicios.
Son miembros por elección:




Un representante del personal docente Formal y otro de ETDH
Un representante de los estudiantes de educación Formal y otro de ETDH
Un representante de los sectores productivos organizados en el ámbito local.
Dos representantes de los padres de familia.
Los miembros por elección, llegarán al consejo después de efectuadas las elecciones en
jornada democrática convocada debidamente por el Rector.
Elección de Miembros: Se elegirán durante los primeros 60 días siguientes al inició del
año escolar, bajo las siguientes condiciones:
 Representantes del personal docente: elegido por mayoría de los votantes en
Asamblea de docentes.
 Representante de los estudiantes: elegido por el Consejo de Estudiantes para
educación formal entre los alumnos que se encuentren cursando el último grado de
educación ofrecido por la Institución.
 Representante de los sectores productivos: será escogido por el Consejo Directivo, de
candidatos propuestos por las respectivas organizaciones afiliadas a COMFAMA.
 Representantes de los padres de familia: Elegidos por mayoría de los votantes en la
Asamblea de Padres
REUNIONES, QUÓRUM
Reuniones: el Consejo Directivo del Colegio Comfama se reunirá de acuerdo con las
necesidades que se presenten, según la conveniencia del Rector y a solicitud de alguno de
los miembros. .
Quórum. Constituye quórum para deliberar, la mitad más uno de los miembros que
conforman
el
Consejo
Directivo
del
Colegio
Comfama.
Constituye quórum decisorio, las dos terceras partes de los miembros del Consejo.
38
Las decisiones exigen, mayoría de las dos terceras partes de los asistentes.
FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL COLEGIO COMFAMA
El Consejo Directivo del Colegio Comfama adopta las funciones descritas en el artículo
144 de la Ley 115 de 1994 y en el artículo 23 del decreto 1860 de 1994, que son:
a) Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución y que no sean
competencia de otra autoridad;
b) Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y
administrativos con los alumnos del plantel educativo;
c) Adoptar el reglamento de la institución, de conformidad con las normas vigentes;
d) Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles;
e) Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando
alguno de sus miembros se sienta lesionado;
f) Aprobar el plan anual de actualización del personal de la institución presentado por el
rector,
g) Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del
currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de
Educación respectiva o del organismo que haga sus veces para que verifique el
cumplimiento de los requisitos;
h) Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa;
i) Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del
alumno;
j) Participar en la evaluación anual de los docentes, directivos docentes y personal
administrativo de la institución;
k) Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias,
culturales, deportivas y recreativas;
l) Establecer el procedimiento para el uso de las instalaciones en actividades educativas,
culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa;
m) Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones
educativas;
n) Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y la forma de
recolectarlos, y
ñ) Darse su propio reglamento.
DEBERES, DERECHOS Y PROHIBICIONES
Deberes de los miembros del Consejo Directivo del Colegio Comfama:
Son deberes de los miembros del Consejo Directivo del Colegio Comfama:



Asistir puntualmente a todas las reuniones;
Cumplir cabalmente el reglamento y demás normas que prescriban la legislación y
el Consejo Directivo;
Guardar discreción y prudencia sobre los asuntos que trate o estudie el Consejo;
39





Participar activamente en las reuniones y en las comisiones que le asigne el
Consejo Directivo;
Responder administrativa o penalmente, si es del caso, por las actuaciones del
Consejo;
Dar trato respetuoso a los integrantes de la Comunidad Educativa;
Informar veraz, objetiva y oportunamente a sus representados sobre los asuntos
tratados por el Consejo; y
Los demás que le sean asignados por el Consejo, siempre que sean de su
incumbencia.
Derechos de los miembros del Consejo Directivo del Colegio Comfama
Son derechos de los miembros del Consejo Directivo del Colegio Comfama:




Presentar iniciativas y sugerencias para asesorar al Rector en la toma de decisiones
y para lograr la práctica de la participación en la vida escolar;
Recibir trato cortés y participar en igualdad de condiciones con los demás miembros
del Consejo;
Participar en todas las deliberaciones con voz y voto; y
Ser estimulado por su labor en beneficio de la Comunidad Educativa.
Prohibiciones a los miembros del Consejo Directivo del Colegio Comfama
Se establecen las siguientes prohibiciones, a los miembros del Consejo Directivo del
Colegio Comfama:
1. Revelar información sobre temas tratados en el Consejo;
2. Distorsionar las decisiones tomadas en el Consejo:
3. Entorpecer sistemáticamente la buena marcha de las deliberaciones y/o de las
actividades del Consejo; y
4. Disociar las relaciones entre los integrantes del Consejo.
SANCIONES
El integrante del Consejo Directivo del Colegio Comfama que falte sistemáticamente al
cumplimiento de sus funciones, deberes y prohibiciones, se le sancionará de acuerdo a lo
estipulado en el régimen disciplinario único, en el estatuto docente y en el reglamento
interno
del
colegio,
según
sea
el
caso.
La competencia para sancionar, recae en el mismo Consejo, en el inmediato superior y en
la asamblea de electores.
Pérdida de investidura: Se consideran causales para exclusión o pérdida de investidura
como representante al Consejo Directivo del Colegio Comfama, las siguientes:
40
1. Inasistencia a dos (2) sesiones sin justa causa;
2. Llamada de atención en sesión, por negligencia en el cumplimiento de sus deberes,
por segunda vez; y
3. Orden dada por autoridad competente.
DISPOSICIONES GENERALES
Invitados: Cualquier miembro de la comunidad educativa, podrá participar de las
deliberaciones del Consejo Directivo del Colegio Comfama con voz pero sin voto. Esta
participación se hará por invitación o por solicitud personal debidamente aprobada por la
entidad.
Comisiones: El Consejo Directivo
del Colegio Comfama convocará y nombrará
comisiones temporales cuando lo considere necesario para estudio y actividades de
situaciones
que
ameriten
éste
tipo
de
atención.
Conducto Regular: Los asuntos que lleguen a consideración del Consejo Directivo del
Colegio Comfama, solo serán considerados después de haber seguido el conducto regular
establecido en el Reglamento Interno o Manual de Convivencia del plantel.
Cuando un asunto sea de competencia de otra autoridad, el Consejo se abstendrá de
considerarlo.
Recursos: Contra las decisiones del Consejo Directivo del Colegio Comfama, procede el
derecho de defensa del cual se podrá hacer uso, recurriendo al mismo Consejo dentro de
los tres (3) días siguientes a la comunicación de una decisión. Surtido éste recurso, no
procede ningún otro.
El voto es personal e indelegable, para todos los efectos.
VIGENCIA
El Consejo Directivo del Colegio Comfama, ejercerá sus funciones por un año contado a
partir del momento en que fue elegido y hasta cuando se designe el nuevo Consejo
mediante
la
aplicación
del
procedimiento
correspondiente.
El presente reglamento rige a partir de su publicación y estará vigente hasta cuando sea
modificado total o parcialmente por el mismo Consejo Directivo.
Articulo 68. Reglamento general del programa de bibliotecas Comfama
Presentación
Este Programa, puesto a disposición de la comunidad con el objetivo de propiciar su
acercamiento a la información, a la investigación y al conocimiento, como un aporte a la
transformación de la ciudad y al surgimiento de nuevas oportunidades de educación y
41
cultura de sus habitantes, hace parte integral de la Red Nacional de Bibliotecas de Cajas
de Compensación, del Sistema de Bibliotecas Públicas de Medellín y de la Red de
Bibliotecas Públicas-Área Metropolitana, contribuye al logro de un mejor futuro regional y
nacional, gracias a la unión de voluntades para el fortalecimiento y desarrollo de toda la
ciudadanía.
Los principios de este Programa apuntan a una Biblioteca pública libre, abierta y gratuita
para todos, con colecciones actualizadas, horarios extendidos y servicios fijos o de
extensión donde la gente los necesite, generando oportunidades a sus usuarios mediante
programas y eventos estimulantes para el desarrollo social, económico y cultural,
apoyados en personal calificado y competente, al servicio de los fines y propósitos de la
Caja.
Por lo anterior, se convoca a todos los usuarios al buen trato del personal encargado de los
servicios, y al cuidado y utilización adecuada de los documentos, instalaciones, recursos y
equipos, preferiblemente para fines educativos, formativos, culturales, recreativos, sociales
y de investigación, acordes con el reglamento establecido, cuyo incumplimiento generarán
sanciones.
El Programa de Bibliotecas Comfama está compuesto por sedes propias con bibliotecas,
sedes coadministradas en Parques Biblioteca de Medellín, y por las Bibliómetros en
alianza con el Metro de Medellín. Para estos dos últimos casos, aplica adicionalmente la
normatividad específica que regula cada convenio.
1. Del Programa
Portafolio de Servicios
Los servicios que promueve el Programa son:
Consulta en Salas de Lectura
Préstamo de materiales bibliográficos y/o audiovisuales
Referencia
Fomento a la Lectura
Fomento al uso de Tecnologías en Centros de Consulta en Línea y Salas Virtuales e
Internet
Extensión Bibliotecaria
Formación de Usuarios
Servicios
Son las actividades que el Programa ofrece a sus usuarios durante los horarios de
atención. Estos servicios son:
Consulta de libros, revistas, periódicos, fotografías, videos, trabajos musicales, títulos
multimedia y otros recursos en los diferentes soportes que se dispongan para tal uso.
Préstamo de libros, videos, trabajos musicales, títulos multimedia y otros recursos en
diferentes soportes.
Uso de los puntos de acceso al catálogo bibliográfico automatizado
Uso de espacios para el estudio o aprovechamiento individual y grupal en Salas de Lectura
Acceso a Centros de Consulta en Línea y Salas Virtuales e Internet
42
Asesoría individual o grupal sobre los espacios, servicios, programas y eventos, las
colecciones disponibles y la ubicación de los materiales.
Capacitación en el conocimiento y uso de las herramientas, equipos y materiales
dispuestos para el servicio.
Acciones de animación y promoción de la lectura para niños, jóvenes y adultos, tanto
grupales como individuales, en los distintos escenarios (abiertos o cerrados), dispuestos en
las programaciones.
Programas
Actividades dispuestas para los usuarios en horarios específicos, que se realizan
periódicamente con una secuencia temática establecida. Pueden requerir inscripción
previa. Por ejemplo, actividades académicas y culturales, capacitaciones y talleres, clubes,
entre otros.
Eventos
Actividades que se realizan una sola vez en una fecha y hora específicas. Pueden requerir
inscripción previa y estar sujetos a la programación mensual.
Espacios
Los Servicios son prestados al público en espacios propios o administrados por la Caja.
Previa disponibilidad de los mismos.
Horarios de atención
Los horarios son establecidos por cada una de las Sedes, están publicados en cartelera y
se pueden consultar en el subsitio de Bibliotecas de la página Web (www.comfama.com),
en su Agenda Cultural y en otros medios considerados necesarios para informar a los
usuarios.
Usuarios de los servicios
Son los Afiliados y no Afiliados, sean ellos personas naturales o jurídicas, que hacen uso
de los Servicios ofrecidos.
Los menores de edad pueden participar de las actividades, objeto del presente reglamento,
bajo la exclusiva responsabilidad de sus padres o adultos encargados de su cuidado.
Todo usuario grupal debe contar con un coordinador(a) de grupo que lo acompañe en el
sitio durante las actividades concertadas, asumiendo este (a) la responsabilidad de velar
por el cumplimiento de los derechos y deberes relacionados en el presente reglamento, a
título personal y en nombre de cada uno de los integrantes del grupo.
2. Del Reglamento
2.1 Derechos del usuario
Conocer el Reglamento General del Programa Bibliotecas Comfama.
Ingresar a sus espacios y disfrutar de estos, previo cumplimiento de los requisitos previstos
para ellos.
Acceder a los servicios en los horarios establecidos y con las características ofrecidas.
Recibir, por parte de los funcionarios, calidad en la atención, además de un trato amable y
respetuoso en todas las circunstancias.
Recibir información oportuna y veraz de los funcionarios respecto a las programaciones,
los servicios y los eventos establecidos.
43
Realizar actividades de lectura o consulta sin ser perturbado por el comportamiento de los
funcionarios y demás usuarios de los servicios.
Disponer de información actualizada y completa en los medios de comunicación sobre los
programas y eventos de cada Sede.
Ser escuchado por los funcionarios administrativos cuando desee hacer comentarios sobre
la atención y/o los servicios. En su defecto, ser remitido al buzón de comentarios.
Recibir respuesta, escrita o verbal, del personal administrativo a los comentarios
manifestados.
Ser informado oportunamente sobre los cambios realizados en los servicios que utiliza.
2.2. Deberes del usuario
Conocer y acatar el Reglamento General del Programa Bibliotecas Comfama.
Seguir las recomendaciones hechas por los funcionarios debidamente identificados, dentro
de las instalaciones.
Informar al personal de seguridad el ingreso y salida de dispositivos electrónicos como
cámaras digitales, computadores portátiles, entre otros, además de los materiales
bibliográficos externos.
Acatar las medidas establecidas sobre el ingreso de maletines, morrales, contenedores de
objetos y otras pertenencias, a los espacios donde se prestan los servicios.
Solicitar autorización en la administración para la toma de registros fílmicos, fotográficos y
de sonido dentro de las instalaciones donde se prestan los servicios.
Solicitar autorización, al funcionario encargado, en caso de requerir el uso de materiales
para cortar, pegar, pintar y trazar, tales como tijeras, vinilos, bisturís.
Permitir la revisión de maletines, morrales, paquetes y otros contenedores, por parte del
personal de seguridad, cuando sea requerido.
Abstenerse de ingresar a las instalaciones, armas de cualquier tipo, bebidas alcohólicas,
sustancias alucinógenas y toda clase de animales, sin excepción.
Abstenerse de consumir en los espacios del programa: chicle, alcohol, cigarrillo o cualquier
otra sustancia embriagante o alucinógena, o permanecer en los mismos bajo sus efectos.
Abstenerse de ingresar alimentos o bebidas en lugares diferentes a los autorizados.
Respetar la integridad física, sicológica, moral y religiosa, tanto de los usuarios como de
los funcionarios.
Cuidar y proteger todas sus pertenencias dentro de las instalaciones. Comfama no se hace
responsable, en ningún momento, de equipos o pertenencias de los usuarios.
Informar a un funcionario toda acción realizada o por realizar que atente contra su
bienestar, el de los funcionarios u otros usuarios.
Suministrar información personal veraz y actualizada cuando sea requerida para el disfrute
de los servicios.
Desplazarse por los espacios destinados al servicio en forma ordenada, respetuosa y
silenciosa, además de utilizar un tono de voz moderado para hablar en los sitios
específicos de consulta, investigación y estudio.
Utilizar, dentro de las instalaciones, audífonos para escuchar sonidos o videos, con el fin
de no perturbar la comodidad de otros usuarios
44
Asistir puntualmente a los programas o eventos, previo registro o reserva para aquellos
que lo requieran.
Respetar los tiempos de uso determinado para cada servicio, programa o actividad con el
fin de evitar afectar la programación prevista o las actividades de otros usuarios.
Hacer uso adecuado de los mecanismos previstos para el acceso a los servicios, como
filas, turnos, registros electrónicos, entre otros, en las condiciones que Comfama
establezca.
Hacer buen uso de todos los recursos (mobiliario, materiales bibliográficos o audiovisuales,
computadores, acceso a redes, programas de computador, entre otros) durante el disfrute
de los servicios.
Portar identificación personal y presentarla a los funcionarios que lo soliciten para hacer
uso de los servicios que lo requieran. Dependiendo del tipo de servicios, se categorizan los
documentos de identidad exigidos, en los siguientes niveles que se describen a
continuación:
Categoría
Primer Nivel
Segundo Nivel
Tercer Nivel (*)
Cuarto Nivel
(*)De Validación
Tipo de documento
Cédula de ciudadanía,
Cédula de extranjería
Tarjeta de Identidad
Registro civil
Libreta militar
Pasaporte
Visa
Escarapela Comfama
Servicio que lo requiere
Registro
Préstamo de colecciones
Centros de Consulta en Línea
Salas Virtuales e Internet
Centros de Consulta en Línea
Salas Virtuales e Internet
Actividades culturales y de
extensión
bibliotecaria
que
requieran identificación
En defecto de un documento
de Primer Nivel
Pase de conducción
Actividades culturales y de
Escarapela empresarial
extensión
bibliotecaria
que
requieran identificación cuando
tienen foto.
En defecto de un documento
de Primer o de Segundo Nivel
Carné estudiantil
Actividades culturales y de
Carné de Bibliotecas
extensión
bibliotecaria
que
Carné
de
corporaciones, requieran identificación
fundaciones y otras instituciones
En ausencia de alguno de los
anteriores
Tarjeta Comfama
Son documentos de validación de
Tarjeta de Afiliación a Cajas de servicios, en ningún momento
Compensación.
reemplazan
documentos
del
Tarjeta Cívica (Sistema Metro)
Primer Nivel.
Nit/Rut
Se
podrán
solicitar
como
45
Certificado de supervivencia
Acta
de
compromiso
responsabilidad
complemento de los documentos
de principales
en
servicio
de
préstamo de colecciones.
Acordar con la administración la disposición o montaje de los recursos necesarios para los
eventos que hayan sido reservados para una actividad grupal.
Devolver, de acuerdo con los procedimientos establecidos y en los términos pactados,
todos los recursos que le hayan sido entregados en calidad de préstamo.
Respetar, cuidar y proteger solidariamente el patrimonio de Comfama, de sus funcionarios
y de los otros usuarios.
Reportar a la administración los daños o averías que observe en los recursos que le sean
entregados, de lo contrario podrá ser responsabilizado para su pago o reposición.
Responder por todo daño, pérdida o demora en la devolución de los recursos propiedad de
Comfama, entregados en calidad de préstamo de acuerdo con los lineamientos
establecidos para cada caso.
Abstenerse de reproducir, visualizar, presentar, publicar o utilizar cualquier contenido
textual o audiovisual violento o pornográfico dentro de las instalaciones de servicios,
utilizando cualquier medio o recurso.
Abstenerse de infringir la seguridad del sistema Comfama, o de cualquier otro sistema
accesible a través de la red, desde cualquier dispositivo, sea propiedad de Comfama,
propio o de un tercero.
Abstenerse de apagar, intentar reparar, modificar configuraciones, instalar dispositivos
externos o manipular conexiones en cualquier equipo propiedad de Comfama, sin la debida
autorización de la Caja.
Abstenerse de instalar, utilizar, almacenar, transmitir, copiar o intercambiar software o
cualquier otro material digital, utilizando dispositivos de su propiedad o de Comfama,
vulnerando los derechos de propiedad intelectual.
Almacenar preferiblemente sus archivos en dispositivos de almacenamiento externo
propios. Comfama no se responsabiliza por archivos que el usuario guarde en los equipos
utilizados para la prestación de los servicios, debido a que estos son de uso público y
objeto de limpieza y mantenimiento permanentes.
2.3. Sanciones
El usuario que incumpla los deberes relacionados en el presente reglamento, afectando de
cualquier modo el bienestar patrimonial, físico, sicológico o moral de los funcionarios o
usuarios, dependiendo de la gravedad de la falta y persistencia en ella, será:
Suspendido en el préstamo por dos (2) días calendario, contados un (1) día después de la
fecha de devolución, sin importar el número de materiales prestados.
Invitado por los funcionarios de la Sede a corregir las conductas contrarias al reglamento
de servicios.
Amonestado e informado de los pagos, reposiciones o indemnizaciones que deba hacer a
la Caja.
Retirado de las instalaciones de servicios.
Restringido en su acceso temporal o definitivo a uno, varios o todos los servicios.
46
Reportado o denunciado ante las autoridades competentes, en casos en los que la
administración considere procedentes.
2.4. Normatividad específica por servicios
Los servicios se rigen por este Reglamento general, que en forma excepcional
complementa al Reglamento del sistema de bibliotecas públicas de Medellín en la
operación de los Parques Biblioteca a cargo de la Caja.
2.4.1. Préstamo de materiales bibliográficos y/o audiovisuales
Podrán acceder al servicio los tipos de usuarios que se describen a continuación
Todos los afiliados y beneficiarios de la Caja de Compensación Familiar de Antioquia,
Comfama.
Todas las personas favorecidas por los convenios y acuerdos bibliotecarios Comfama,
vigentes para el préstamo de colecciones.
Los particulares que se inscriban de acuerdo con las políticas y requisitos vigentes.
Para hacer uso del servicio de préstamo en sus diversas modalidades; todo usuario debe:
Estar registrado en el aplicativo para préstamo
Presentar documento de identidad al funcionario de circulación y préstamo cada vez que
se haga uso del servicio.
Estar a paz y salvo con el Sistema de Bibliotecas de Comfama y Sistema de Bibliotecas
Públicas de Medellín, respectivamente.
2.4.1.1. Registro del usuario
La inscripción y registro del usuario deberá contener datos de identificación, localización y
comunicación, que el solicitante del servicio deberá suministrar, bajo el compromiso de
veracidad y amparados por las políticas de privacidad corporativas, OA 141” Seguridad de
la información”
Los usuarios deben registrarse personalmente, de acuerdo con los parámetros fijados por
la Caja, no tendrá ningún costo y se realizará bajo las siguientes consideraciones:
2.4.1.1.1. Personas con nueve años de edad cumplidos, o más
Documento de identidad de primer nivel
Tarjeta de validación de servicios vigente (Comfama, Cívica), o en su defecto, referencias
personales y/o familiares que al momento del registro le sean solicitadas.
Nota:
Los estudiantes no afiliados, podrán cobijarse con los acuerdos interinstitucionales o
interbibliotecarios que autorice la Caja.
Las personas en situación de discapacidad o adultez plena, que no puedan movilizarse
físicamente, deberán presentar documentos de acuerdo con el procedimiento establecido
para el registro y préstamo de material.
2.4.1.1.2. Personas menores de 9 años de edad:
Estar acompañado por uno de los padres, de primer grado de consanguinidad o civil, quien
será solidariamente responsable del material prestado por él o la menor. A su vez este
adulto firmará un documento de compromiso.
Documentos de identidad (primer nivel) de ambas personas.
Tarjeta de validación de servicios vigente (Comfama, Cívica) o en su defecto: Referencias,
personales y/o familiares que al momento del registro le sean solicitadas.
2.4.1.2. Capacidad de préstamo personal
47
El usuario puede prestar el máximo de materiales autorizados, observando los tiempos
adjudicados, según condición y formato, clasificados así:
Los periódicos y materiales de referencia, sólo se prestan para consulta en sala.
Para conocer el número máximo de materiales, tiempos de préstamo y número de
renovaciones permitidas por tipo de material, ver el subsitio de Bibliotecas de la página
Web (www.comfama.com).
2.4.1.3. Otras modalidades de préstamo
Los préstamos interbibliotecarios, interinstitucionales, por convenio,
de extensión
bibliotecaria (biblioteca viajera) y particulares, se establecen para algunas bibliotecas del
Programa, y poseen requisitos y condiciones determinadas por la administración.
Estas modalidades de préstamo se oficializan mediante los siguientes registros:
Préstamo interbibliotecarios FC 495” Acuerdo préstamo interbibliotecarios”
Préstamo interinstitucionales FC496 “Acuerdo préstamo interinstitucionales”
Préstamo a particulares FC455” Solicitud de préstamo a particulares”
Préstamo biblioteca viajera FC40 “Acta entrega biblioteca viajera”
2.4.1.4. Devolución de los materiales
Los materiales podrán devolverse, en cualquiera de las Bibliotecas Comfama, exceptuando
los Parques Biblioteca quienes recibirán los prestados por ellos mismos.
La devolución de materiales no requiere identificación y podrá hacerse por el titular o por
intermedio de un tercero; a quienes se les dará información verbal del estado de la cuenta.
2.4.1.5. Reserva de materiales
La reserva de materiales para préstamo puede realizarse en el puesto de circulación y
préstamo de cada Biblioteca, vía telefónica, desde la Web Comfama o a través del sitio
Web de la Red de Bibliotecas, o por otros mecanismos implementados en el devenir del
desarrollo tecnológico, siempre y cuando el usuario se encuentre habilitado en el
Programa, no presente morosidad y esté registrado como usuario activo y vigente.
El usuario puede reservar desde uno hasta la totalidad máxima de materiales autorizados,
siempre y cuando dichos materiales estén prestados a otros usuarios, para lo cual, el día
mismo de la devolución del material reservado, recibirá notificación mediante llamada
telefónica, correo electrónico u otro mecanismo, de la disponibilidad de los materiales para
su préstamo.
El usuario debe hacer el préstamo dentro del rango de tiempo determinado, a partir de la
notificación de disponibilidad. Transcurrido el plazo, el sistema cancelará automáticamente
la reserva y dispondrá el material para la siguiente reserva, si la hay, o quedará disponible
para ser prestado a los usuarios de la biblioteca.
2.4.1.6. Renovación de materiales
El usuario puede renovar el material prestado el máximo de veces autorizadas por el
sistema bibliotecario, en forma presencial, vía Web, telefónica, o por otros mecanismos
implementados en el devenir del desarrollo tecnológico, siempre y cuando:
El sistema no reporte morosidad en la entrega de materiales o sanción por devolución
extemporánea.
El material a renovar no se encuentre en estado de reserva para otro usuario.
No se trate de materiales de reserva.
48
2.4.2. Fomento al uso de Tecnologías -TIC -Centros de Consulta en Línea y Salas
Virtuales e Internet
Servicio que a través de acciones de la biblioteca genera en los usuarios habilidades
básicas para la búsqueda, recuperación, uso de la información y el conocimiento, a través
de eventos, autodidactas o dirigidos, como parte del proceso de alfabetización
informacional, facilitando espacios para la diversión, el entretenimiento, el aprendizaje y el
buen uso del tiempo libre, con colecciones en formato digital, gracias al acceso a los
Centros de Consulta en Línea y Salas Virtuales e Internet.
Se accede en la modalidad de turnos, implementados con duraciones específicas que
requieren, para su adjudicación, de la presentación de un documento de identidad vigente,
en cualquiera de los niveles o, en su defecto Tarjeta de validación de servicios (Comfama,
Cívica)
Otras consideraciones:
El acceso del usuario a los turnos estará determinado por la programación establecida y la
disponibilidad de recursos.
El usuario que efectúe una reserva para reproducir algún material audiovisual podrá utilizar
el tiempo necesario para completar la reproducción, siempre y cuando avise con
anterioridad y se cuente con disponibilidad de recursos.
El ingreso de acompañantes debe ser autorizado por el funcionario del CCL o de la Sala de
Navegación, y no debe exceder el máximo de uno (1) por persona.
El servicio es de carácter público, por lo que el uso de los equipos se está monitoreando
permanentemente.
2.4.2.1. Reserva y uso de espacios
Los usuarios pueden solicitar reserva individual o personal, con anticipación de tres (3)
días hábiles en forma presencial o mediante llamada telefónica a las líneas establecidas
para el servicio.
Las reservas grupales deben solicitarse con anticipación mínima de seis (6) días hábiles,
mediante carta o correo electrónico dirigido a la administración de la Sede o responsable
del servicio de la Biblioteca. Esta solicitud será evaluada teniendo en cuenta la finalidad, la
cantidad de usuarios participantes, el acompañamiento y responsabilidad de un líder de
grupo y la buena utilización de reservas anteriores, entre otros aspectos.
El responsable del servicio de la biblioteca notificará al solicitante la aprobación o no de la
reserva grupal.
2.4.2.2. Servicios Complementarios
Los usuarios podrán acceder a servicios complementarios que Comfama disponga para tal
con sus respectivos costos (fotocopiadora, impresión, etc.)
2.4.3. Fomento a la Lectura
Este servicio contribuye al fortalecimiento de seres autónomos, responsables y críticos,
que a su vez aumenten el uso y el gusto por la lectura, concibiéndola como un elemento
esencial de su condición personal. Está supeditado a la programación establecida por las
sedes y requiere en determinados casos de preinscripciones o elaboración de listas de
asistencia, tal como se indica en los numerales 1.1.3. Eventos y 1.2. Espacios de este
reglamento.
2.4.4. Consulta en Salas de Lectura
49
Este servicio busca garantizar espacios acordes y cómodos a los fines del servicio y se
aplican todos los deberes contemplados en este Reglamento.
2.4.5. Servicio de Referencia
Comfama dispondrá de personal competente, para acompañar la atención de usuarios que
puedan requerir orientación más específica frente al uso en especial de la colección
bibliográfica. Este servicio podrá ofrecerse presencialmente o por otros canales que se
determinen.
2.4.6. Servicio de Extensión Bibliotecaria
Se podrán contemplar modalidades de extensión bibliotecaria, acorde con los fines del
Programa Bibliotecas y para el efecto se realizarán los pasos y procesos que determine la
Caja para cada uno de estos, con el fin de ampliar el radio de acción del mismo.
2.4.7. Formación de usuarios
El Programa de Bibliotecas generará eventos o programas que propendan por la formación
de públicos para el servicio bibliotecario y que les facilite el acceso al conocimiento
disponible en los diferentes medios y soportes.
Este Reglamento rige a partir de la fecha de su publicación.
Artículo 69. Reglamento de uso. Centros de consulta en línea (ccl) - salas virtuales e
internet (svi)
Presencia: El Programa de Bibliotecas Comfama está compuesto por sedes propias con
bibliotecas, sedes coadministradas en Parques Biblioteca de Medellín, y por las
Bibliometros en alianza con el Metro de Medellín. Para estos dos últimos casos, aplica
adicionalmente la normatividad específica que regula cada convenio.
Derechos y Deberes generales: Reglamento General del Programa de Bibliotecas
Comfama (T-50-V1). En especial numeral 2.1 y 2.2.
Artículo i. Los Centros de Consulta en Línea y las Salas Virtuales e Internet permiten:
a) Servicios de Información a los que los usuarios pueden directamente acceder a través
de la Web, recibiendo instrucción o asesoría por parte del prestador del servicio.
(Referencia electrónica)
b) La consulta de nuevas fuentes y medios de información, tales como colecciones en
formato digital, enciclopedias en línea, títulos multimedia e Internet.
c) La adquisición de habilidades para la búsqueda, selección, análisis, clasificación y
aplicación de información.
d) La construcción colectiva de conocimientos participando en diversos grupos temáticos
de su interés.
e) Trabajo en grupos programados para el fortalecimiento de habilidades informacionales y
conocimiento de las TIC.
Usuarios: Podrán hacer uso de los Centros de Consulta en Línea (CCL) y las Salas
Virtuales e Internet (SVI), todos los usuarios de los servicios bibliotecarios, además de las
instituciones educativas, empresas afiliadas y otras organizaciones con las cuales la
Biblioteca establezca acuerdos de servicios o se inscriban en los programas ofrecidos.
El menor de edad participará de las actividades de los CCL o de las SVI bajo la exclusiva
responsabilidad de sus padres o adultos responsables de su cuidado.
50
Turnos: Los turnos tienen duración de una (1) hora, de las cuales 5 minutos serán
utilizados para el cierre, guardado de archivos y entrega del equipo por parte del usuario.
Empezando y terminando en horas completas (8:00 a 9:00, 4:00 a 5:00, 6:00 a 7:00), a
excepción del último turno del día, que tiene duración de 50 minutos, para efectos del
cierre del servicio1.
Reservas. Todo usuario tiene derecho a la reserva de dos (2) turnos, consecutivos o no,
en el lapso de un (1) día2.
Para hacer uso del turno reservado el usuario deberá presentar su documento de identidad
con el cual hizo la reserva.
El prestador del servicio podrá solicitar, en cualquier momento del turno, la identificación y
los datos de localización y contacto a uno, varios o a todos los usuarios del servicio, para
efectos de verificación, actualización y contingencias3
Para efectos de control, la hora oficial será la que arroje el sistema. Por tanto, no habrá
lugar al uso del total del tiempo reservado cuando el usuario llegue después de la misma.
Siempre y cuando no exceda, en su atraso, los diez (10) minutos.
Si el usuario llega 10 minutos después de la hora prevista en la reserva, el sistema
automáticamente liberará el recurso asignado y el usuario perderá el derecho al tiempo
restante, que será asignado por el prestador del servicio a otro solicitante que esté en
espera.
Para hacer uso de los Centros de Consulta en Línea y/o las Salas Virtuales e Internet,
individual o grupalmente, el usuario deberá realizar la reserva de los equipos con
anticipación y de acuerdo con lo establecido en el numeral 2.4.2.1 del Reglamento General
del Programa de Bibliotecas Comfama.
El usuario que por cualquier motivo decida no utilizar la reserva asignada podrá cancelarla
presencial o telefónicamente, hasta 10 minutos antes de la hora fijada, sin perjuicio de su
historial de servicio. Si por el contrario, el usuario no hace la cancelación de la misma,
generará en el historial de su cuenta un seguimiento acumulativo, que reportará, al
completar tres (3) incumplimientos en un mismo mes, una suspensión del servicio por un
periodo de treinta (30) días calendario.
Reservas grupales: El responsable de la reserva grupal se obliga a:
1
En las Bibliometros no aplican las reservas grupales y los turnos se conceden al momento mismo de la solicitud,
siempre y cuando haya disponibilidad de equipos y se reúnan las condiciones para el servicio, que tiene una duración, por
turno de entre 30 y 60 minutos y están sujetos a condiciones especiales, especificadas por la administración a cargo del
servicio.
2
El usuario que efectúe una reserva para reproducir algún material audiovisual con duración superior a 2 horas, debe
informarlo en el momento de hacer la reserva y tendrá derecho a un turno de 3 horas. El prestador verificará
disponibilidad y que el turno se utilice para la actividad mencionada.
En caso de requerir tiempo adicional, sin haber hecho la solicitud al momento de la reserva, el usuario deberá solicitar al
prestador del servicio un nuevo turno, quien lo asignará teniendo en cuenta la disponibilidad de los equipos y la validez
del uso dado al anterior turno.
3
La contingencia se presenta cuando hay fallas o casos fortuitos en el sistema, por lo cual el prestador del servicio cuenta
con una planilla adicional para ingresar los datos y soportar las reservas, a fin de no afectarlo, el usuario se compromete a
entregar nuevamente sus datos (Art.6 de este reglamento de uso).
51
Solicitar los materiales y equipos para las actividades a realizar al momento de efectuar la
reserva.
Ejecutar las actividades objeto de la reserva.
Dar a conocer el presente reglamento de uso a todos los usuarios que lo acompañan, y
velar por su cumplimiento.
Funciones del prestador Durante el tiempo destinado al uso del servicio, los prestadores
del mismo podrán dar recomendaciones, hacer llamados de atención y brindar información
pertinente a la seguridad informática, la ética, la normatividad del servicio, el servicio
mismo y otras consideraciones que estime pertinentes.
Otros Para la reproducción de archivos de sonido y video, el usuario deberá disponer de
sus propios audífonos, para no perturbar, con la salida externa del sonido de los equipos,
la concentración de los otros usuarios4.
Informar al prestador del servicio en los primeros quince (15) minutos del turno cualquier
anomalía en los equipos o materiales asignados, de lo contrario el usuario asumirá la
responsabilidad de las mismas5.
Todo usuario podrá acceder a servicios complementarios así:
Escaneado, hasta 10 folios6 de un mismo documento, libro, revista o folleto.
Impresión (tinta negra).
Estos servicios tienen un costo determinado por la administración y están sujetos a
cambios o ajustes, informados por los mecanismos que la Caja estime pertinentes.
Todo usuario podrá presentar sus quejas o comentarios, llenando y depositando el FC-75
Registro temporal de comentarios, en uno de los buzones de sugerencias de la sede, o
utilizando el enlace de la página Web de Comfama:
http://www.comfama.com/herramientas/contactos/frmSeleccionar.asp teniendo en cuenta
seleccionar la sede correcta donde recibió el servicio.
Título XII. MANEJO DE SITUACIONES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR,
LOS DERECHOS HUMANOS, SEXUALES Y REPRODUCTIVOS
MARCO LEGAL
La Ley 1620 del 2013 cuyo objeto es contribuir a la formación de ciudadanos activos que
aporten a la construcción de una sociedad democrática y su decreto reglamentario 1965
del 11 de septiembre de 2013, definen los siguientes principios y responsabilidades los
cuales servirán de base para que se desarrollen los componentes de promoción,
prevención, atención y seguimiento de la ruta de atención integral para la convivencia
escolar.
4
El prestador del servicio suministrará, a solicitud del usuario, audífonos o diademas en préstamo, mientras dure la
reserva, a aquellos que requieran reproducir archivos que incluyan sonido, siempre y cuando haya disponibilidad de los
mismos y el usuario utilice el servicio por primera vez.
5
En los Bibliometros las anomalías deberán ser informadas por el usuario en los primeros cinco (5) minutos del turno
asignado.
6
Protección de los Derechos de Autor.
52
La Ley 1098 del 2006, establece las siguientes medidas en los casos de restablecimiento
de derechos.
Las medidas de restablecimiento de derechos son decisiones de naturaleza administrativa
que decreta la autoridad competente para garantizar y restablecer el ejercicio de los
derechos de los niños, niñas y adolescentes. Pueden ser provisionales o definitivas,
deberán estar en concordancia con el derecho amenazado o vulnerado y garantizar, en
primer término, el derecho del niño, la niña o el adolescente a permanecer en el medio
familiar.
Además, La autoridad competente deberá asegurar que en todas las medidas
provisionales o definitivas de restablecimiento de derechos que se decreten, se garantice
el acompañamiento a la familia del niño, niña o adolescente que lo requiera. Cuando se
trate de niños, niñas o adolescentes indígenas, afrocolombianos, raizales o rom, con
procesos adelantados por Defensorías de Familia, Comisarías de Familia o Inspecciones
de Policía, éstas deberán coordinar la imposición y aplicación de las medidas con la
respectiva autoridad tradicional.
En el caso de procesos adelantados por autoridades tradicionales indígenas,
afrocolombianas, raizales o rom, las medidas de restablecimiento de derechos serán
definidas dentro del sistema de derecho propio de su jurisdicción siempre que se
desarrollen en el marco del interés superior del niño y la protección integral.
La autoridad competente, previa verificación de la vulneración de derechos, podrá tomar
una o varias medidas provisionales; por ejemplo, la medida de amonestación junto con la
de asistencia a un programa de atención especializada.
¿EN QUE CASOS APLICA LA AMONESTACIÓN CON ASISTENCIA
Aplica para niños, niñas o adolescentes cuando la amenaza o vulneración sea mínima y la
situación pueda solucionarse conminando a los padres o responsables para que cese la
conducta que dio origen a la medida. Esta debe ir acompañada de la obligación de asistir a
cursos pedagógicos sobre derechos de la niñez y la adolescencia en los cuales se incluya
al grupo familiar o su red comunitaria, so pena de multa convertible en arresto.
Tratándose de niños, niñas y adolescentes pertenecientes a comunidades indígenas,
afrocolombianos, raizales o rom, se deben coordinar las acciones con la autoridad
tradicional, organizaciones comunitarias y administrativas que les permitan involucrarse en
el conocimiento y desarrollo de medidas propias y ajenas con las cuales se prevengan
situaciones de mayor vulneración de derechos.
AL TOMARSE LA MEDIDA DE AMONESTACIÓN, ¿COMO PROCEDE LA AUTORIDAD
COMPETENTE?
Deberá elaborar un acta que contendrá los siguientes elementos:
Fecha y lugar
Nombre de la autoridad que decreta la medida
Nombre del niño, la niña o el adolescente
Nombre e identificación de los padres, familiares o responsables
Obligaciones a cumplir por parte de los padres, familiares o responsables
Sanción en casos de incumplimiento de la medida
Obligaciones del niño, la niña o el adolescente
Remisión a los cursos pedagógicos pertinentes
53
Remisión a las entidades del SNBF que correspondan, para la atención del caso
IMPUESTA LA MEDIDA DE AMONESTACION, ¿QUÉ SIGUE?
Esta medida deberá ir acompañada del respectivo seguimiento a cargo del equipo
interdisciplinario de las autoridades competentes, que definirá su duración, conforme a las
circunstancias que dieron lugar a la medida, sin perjuicio del seguimiento que realice el
Coordinador del Centro Zonal del ICBF (artículo 96 del Código de la Infancia y la
Adolescencia).
En el caso de niños, niñas y adolescentes pertenecientes a comunidades indígenas,
afrocolombianas, raizales o rom, el seguimiento deberá realizarse en coordinación con la
autoridad tradicional correspondiente.
SI LA MEDIDA DE AMONESTACIÓN ES IMPUESTA POR LA COMISARÍA DE FAMILIA
Y ES INCUMPLIDA ¿CÓMO SE PROCEDE?
El Comisario remitirá copia de la actuación a la Defensoría de Familia, con informe
detallado que dé cuenta de las razones y circunstancias del incumplimiento, para la
imposición de la sanción (multa).
¿EN QUE CONSISTE LA VINCULACIÓN A PROGRAMAS DE ATENCIÓN
ESPECIALIZADA?
La atención especializada que se brinda a un niño, niña o adolescente para restablecer el
ejercicio pleno de sus derechos vulnerados o amenazados debe basarse en estudios y
diagnósticos que den respuesta a las problemáticas familiares y sociales que los afectan.
Esta medida puede ser aplicada en forma singular o concomitante con otra de
restablecimiento de derechos, según la situación del niño, la niña o el adolescente, la
familia y las condiciones asociadas para el ejercicio de los derechos.
COMO MECANISMO PARA EL RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS, LA ATENCIÓN
ESPECIALIZADA OFRECE ALTERNATIVAS. ¿EN QUE CONTEXTOS?
En contexto comunitario o familiar, a través de servicios profesionales especializados,
itinerantes o en unidades de apoyo, en Centros de Atención, dependiendo todo ello de la
complejidad de la situación que vive el niño, la niña o el adolescente. Lo fundamental de
esta medida consiste en el tipo de intervención y no en la jornada de la atención.
PARA LA TOMA DE ESTA MEDIDA, LA AUTORIDAD COMPETENTE COMO
PROCEDE?
Deberá efectuar la correspondiente remisión del niño, la niña o el adolescente a la
instancia municipal correspondiente en la cual se coordina la oferta de servicios y cupos
del programa de atención especializada, diligenciando la boleta de ubicación.
EL PROGRAMA DE ATENCIÓN ESPECIALIZADA SERÁ PRESTADO ¿BAJO QUE
PARAMETROS?
Según los niveles de complejidad de las situaciones que afecten los derechos de los niños,
niñas o adolescentes, para lo cual deberán tenerse en cuenta los niveles de atención
estipulados en el lineamiento técnico administrativo específico para la medida de
restablecimiento.
EL FORMATO DE REMISIÓN DE ATENCIÓN ESPECIALIZADA, ¿CÓMO SE DEBE
DILIGENCIAR?
Debe estar acompañado de copia del auto en que se decreta la medida o medidas
provisionales, de la resolución que dispone el cambio de la medida cuando no ha surtido
los efectos deseados, o la medida que inicialmente fue tomada o las circunstancias han
cambiado, informe de verificación inicial de derechos y la recomendación de la modalidad
de atención (internado, seminternado o externado) o cualquier otra, además de los
documentos necesarios para que los niños, niñas o adolescentes puedan ser atendidos
debidamente, entre otros: registro civil de nacimiento, certificado de vacunas, carné de
54
afiliación al SGSSS, certificado escolar, valoraciones médicas, odontológicas, nutricional,
físicas, psicológicas, socio familiar y médico legales.
LAS PERSONAS BENEFICIARIAS DE PROGRAMAS DE ATENCIÓN ESPECIALIZADA
PUEDEN UBICARSE EN DOS CATEGORÍAS, ¿CUÁLES SON ESTAS?
Niños, niñas y adolescentes cuyos derechos son amenazados o vulnerados por una
situación que no constituye delito.
Niños, niñas y adolescentes cuyos derechos son amenazados o vulnerados por causa de
un delito.
PARA LA APLICACIÓN DE ESTA MEDIDA, LAS AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS Y
TRADICIONALES, ASÍ COMO LOS OPERADORES DE LAS MEDIDAS, ¿QUÉ
LINEAMIENTO TÉCNICO ADMINISTRATIVO DEBE OBSERVAR?
El lineamiento “Vinculación a programas de atención especializada para el
restablecimiento de derechos vulnerados” consiste en un proceso de atención
diferenciada que incluye acciones, herramientas específicas y particulares frente a las
situaciones de vulneración, tendientes a restablecer la dignidad e integridad, así como el
equilibrio biopsicosocial de los niños, niñas y adolescentes, a través de una red integrada y
organizada de servicios y recursos especializados (unidad de apoyo especializadas,
equipos interdisciplinarios trasdisciplinarios y unidades de atención especializada). Este
proceso no se circunscribe exclusivamente al medio institucional pues se extiende al
familiar, entendiéndose por éste la familia de origen, vincular o sustituta. De acuerdo con
las características particulares y/o o perfil socio cultural, grado de vulneración y nivel de
afectación en las cuales se encuentra el niño, la niña o el adolescente, se requerirá de un
abordaje o programa de atención diferenciada que garantice la restauración de su dignidad
e integridad como sujeto pleno de derechos y de su capacidad para el ejercicio efectivo de
los derechos que les han sido vulnerados.
¿EN QUE CONSISTE LA MEDIDA DE UBICACIÓN INMEDIATA EN MEDIO FAMILIAR
DE ORIGEN O FAMILIA EXTENSA?
Esta medida consiste en ubicar al niño, la niña o el adolescente con sus padres, parientes
(artículo 61 del Código Civil) o personas responsables, cuando las circunstancias lo
permitan y estas personas ofrezcan garantías para el restablecimiento de sus derechos. En
caso contrario, se optará por un medio familiar cercano, afín con su identidad cultural y
territorial.
EN EL EVENTO DE NO SER POSIBLE LA UBICACIÓN CON LA FAMILIA DE ORIGEN
O FAMILIA EXTENSA, DE MANERA INMEDIATA Y PROVISIONAL ¿QUÉ SE HACE
CON EL NIÑO, LA NIÑA O EL ADOLESCENTE?
Podrá ser remitido a un hogar de paso. Los niños, niñas o adolescentes pertenecientes a
comunidades indígenas, afrocolombianas, raizales o rom, se ubicarán en los hogares de
paso creados en su territorio.
CON EL FIN DAR CUMPLIMIENTO AL DERECHO FUNDAMENTAL DEL NIÑO, LA
NIÑA O ADOLESCENTE A TENER UNA FAMILIA Y NO SER SEPARADA DE ELLA Y
DESARROLLAR DE ALGUNA MANERA LA MEDIDA DE RESTABLECIMIENTO
UBICACIÓN EN FAMILIA DE ORIGEN O FAMILIA EXTENSA, ¿QUÉ MODALIDADES
EXISTEN?
55




Hogar Gestor
Hogar Amigo
Hogar de paso y organización de redes
Hogar sustituto
MARCO CONCEPTUAL
Los derechos sexuales y derechos reproductivos son de conceptualización reciente y son
los mismos derechos humanos interpretados desde la sexualidad y desde la reproducción.
Se ha dicho que los derechos sexuales y derechos reproductivos son los más humanos de
todos los derechos y representan el pilar fundamental para el ejercicio de la ciudadanía,
entendida más allá de la simple posibilidad de tomar decisiones en el ámbito público (elegir
y ser elegido); ya que implica la posibilidad de mujeres y hombres de tomar decisiones
autónomas sobre su propio cuerpo y vida en los campos de la sexualidad y la
reproducción.
¿Si a los hombres y mujeres como ciudadanos y ciudadanas les es permitido decidir el
destino de sus países, cómo se les puede privar de tomar decisiones acerca del destino de
sus cuerpos?
¿Cuál es el alcance de los derechos sexuales?
Puede decirse que son aquellos que permiten regular y tener control autónomo y
responsable sobre todas las cuestiones relativas a la sexualidad, sin ningún tipo de
coacción,
violencia,
discriminación,
enfermedad
o
dolencia.
Para las mujeres los derechos sexuales tienen un especial significado, pues involucran el
derecho a ser tratadas como personas integrales y no como seres exclusivamente
reproductivos y a ejercer la sexualidad de manera placentera sin que ésta conlleve
necesariamente un embarazo.
Estos derechos se apoyan básicamente en:




La capacidad de hombres y mujeres de disfrutar de relaciones sexuales
satisfactorias.
La ausencia de toda clase de violencia, coacción o abuso.
El acceso a servicios de salud sexual que permitan atender y prevenir las
infecciones, dolencias y enfermedades que afecten el ejercicio placentero de la
sexualidad, incluidas las de transmisión sexual y el VIH/Sida.
La posibilidad de separar el ejercicio de la sexualidad, de la reproducción.
Los derechos sexuales implican, entre otros:


El derecho a reconocerse como seres sexuados.
El derecho a fortalecer la autoestima y autonomía para adoptar decisiones sobre la
sexualidad.
56











El derecho a explorar y a disfrutar de una vida sexual placentera, sin vergüenza,
miedos, temores, prejuicios, inhibiciones, culpas, creencias infundadas y otros
factores que impidan la libre expresión de los derechos sexuales y la plenitud del
placer sexual.
El derecho a vivir la sexualidad sin violencia, coacción, abuso, explotación o acoso.
El derecho a escoger las y los compañeros sexuales.
El derecho al pleno respeto por la integridad física del cuerpo y sus expresiones
sexuales.
El derecho a decidir si se quiere iniciar la vida sexual o no, o si se quiere ser
sexualmente activa/o no.
El derecho a tener relaciones sexuales consensuadas.
El derecho a decidir libremente si se contrae matrimonio, se convive con la pareja o
si permanece sola/o.
El derecho a expresar libre y autónomamente la orientación sexual.
El derecho a protegerse del embarazo y de las infecciones y enfermedades de
transmisión sexual.
El derecho a tener acceso a servicios de salud sexual de calidad.
El derecho a tener información sobre todos los aspectos relacionados con la
sexualidad, conocer cómo funciona el aparato reproductor femenino y masculino y
cuáles son las infecciones y enfermedades que se pueden adquirir a través de las
relaciones sexuales.
¿Qué alcance tienen los derechos reproductivos?
Permiten a las personas tomar decisiones libres y sin discriminaciones sobre la posibilidad
de procrear o no, de regular la fecundidad y de disponer de la información y medios para
ello. También implica el derecho de tener acceso a servicios de salud reproductiva que
garanticen una maternidad segura, la prevención de embarazos no deseados y la
prevención y tratamiento de dolencias del aparato reproductor como el cáncer de útero,
mamas y próstata.
Estos derechos se apoyan en dos principios fundamentales:


Autodeterminación reproductiva, entendida como el derecho básico de todas las
personas de decidir sobre su posibilidad de procrear o no, y en ese sentido planear
su propia familia.
Atención de la salud reproductiva, que incluye medidas para promover una
maternidad sin riesgos, tratamientos de infertilidad, acceso a toda la gama de
métodos anticonceptivos (incluyendo la anticoncepción de emergencia) y programas
de atención de cáncer uterino, de mamas y próstata.
Los derechos reproductivos implican específicamente:



El derecho a decidir libre y responsablemente el número de hijos y el intervalo entre
ellos, y a disponer de la información, educación y medios para lograrlo.
El derecho de hombres y mujeres de decidir de manera libre y responsable la
posibilidad de ser padres o madres.
El derecho a decidir libremente el tipo de familia que se quiere formar.
57




El derecho a acceder a métodos anticonceptivos seguros, aceptables y eficaces
(incluyendo la anticoncepción de emergencia).
El derecho de las mujeres a no sufrir discriminaciones o tratos desiguales por razón
del embarazo o maternidad, en el estudio, trabajo y dentro de la familia.
El derecho a tener acceso a servicios de salud y atención médica que garanticen
una maternidad segura, libre de riesgos en los periodos de gestación, parto y
lactancia y se brinde las máximas posibilidades de tener hijos sanos.
El derecho a contar con servicios educativos e información para garantizar la
autonomía reproductiva.
DEFINICIONES
CONVIVENCIA.
PARA
LA
IMPLEMENTACIÓN
DEL
COMITÉ
ESCOLAR
DE
 Competencias ciudadanas. Es una de las competencias básicas que se define
como el conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y
comunicativas que, articulados entre sí, hacen posible que el ciudadano actúe de
manera constructiva en una sociedad democrática.
 Educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos: es aquella orientada a formar personas capaces de reconocerse
como sujetos activos titulares de derechos humanos sexuales y reproductivos con la
cual desarrollarán competencias para relacionarse consigo mismo y con los demás,
con criterios de respeto por sí mismo, por el otro y por el entorno, con el fin de poder
alcanzar un estado de bienestar físico, mental y social que les posibilite tomar
decisiones asertivas, informadas y autónomas para ejercer una sexualidad libre,
satisfactoria, responsable y sana en torno a la construcción de su proyecto de vida y
a la transformación de las dinámicas sociales, hacia el establecimiento de relaciones
más justas democráticas y responsables.
 Acoso escolar o bullying. Conducta negativa, intencional, metódica y sistemática
de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción,
aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de
maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o
adolescente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene
una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de
un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra
estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes. ante la indiferencia o
complicidad de su entorno. El acoso escolar tiene consecuencias sobre la salud, el
bienestar emocional y el rendimiento escolar de los estudiantes y sobre el ambiente
de aprendizaje y el clima escolar del establecimiento educativo.
 Ciberbullying o ciberacoso escolar. forma de intimidación con uso deliberado de
tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video
juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.
 Conflicto: Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad
real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses.
 Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los conflictos
no son resultos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la
58




convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más
miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante
y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de
los involucrados.
Agresión escolar. Es toda ocasión realizada por uno o varios integrantes de la
comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la
comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión
escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica.
o Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al
cuerpo o la salud de otra persona, incluye puñetazos, patadas, empujones,
cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.
o Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradas,
humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos,
burlas y amenazas.
o Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar,
humillar, atemorizar o descalificar a otros.
o Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las
relaciones que otros tienen. Incluye excluír de grupos, aislar deliberadamente
y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o
imagen que tiene la persona frente a otros.
o Agresión electrónica. Es toda acción que busque afectar negativamente a
otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos
íntimos o humillantes en internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos
sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o
mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como
cuando se revela la identidad de quien los envía.
Violencia sexual. Se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y
adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña
o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, sicológica o
emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las
relaciones de poder existente entre víctima y agresor.
Violación de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Es toda situación
de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los
niños, niñas y adolescentes.
Restablecimiento de derechos de los niños, niñas y adolescentes. Es el
conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan
para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su
capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados.
PRINCIPIOS:
Participación._En virtud de este principio las entidades y establecimientos
educativos deben garantizar su participación activa para la coordinación y
59
armonización de acciones, en el ejercicio de sus respectivas funciones, que
permitan el cumplimiento de los fines del Sistema. Al tenor de la Ley 115 de 1994 y
de los artículos 31, 32, 43 Y 44 de la Ley 1098 de 2006, los establecimientos
educativos deben garantizar el derecho a la participación de niños, niñas y
adolescentes en el desarrollo de las estrategias y acciones que se adelanten dentro
de los mismos en el marco del Sistema. En armonía con los artículos 113 y ?88 de
la Constitución Política, los diferentes estamentos estatales deben actuar en el
marco de la coordinación, concurrencia, complementariedad y subsidiariedad;
respondiendo a sus funciones misionales.
Corresponsabilidad. La familia, los establecimientos educativos, la sociedad y el
Estado son corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la
convivencia escolar, la educación para el ejercicio de los derechos humanos,
sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes desde sus respectivos
ámbitos de acción, en torno a los objetivos del Sistema y de conformidad con lo
consagrado en el artículo 44 de la Constitución Política y el Código de Infancia y la
Adolescencia.
Autonomía: Los individuos, entidades territoriales e instituciones educativas son
autónomos en concordancia con la Constitución Política y dentro de los límites
fijados por las leyes, normas y disposiciones
Diversidad: El Sistema se fundamenta en el reconocimiento, respeto y valoración
de la dignidad propia y ajena, sin discriminación por razones de género, orientación
o identidad sexual, etnia o condición física, social o cultural. Los niños, niñas y
adolescentes tienen derecho a recibir una educación y formación que se
fundamente en una concepción integral de la persona y la dignidad humana, en
ambientes pacíficos, democráticos e incluyentes.
Integralidad: La filosofía del sistema será integral y estará orientada hacia la
promoción de la educación para la autorregulación del individuo, de la educación
para la sanción social y de la educación en el respeto a la I Constitución y las leyes.
RESPONSABILIDADES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA:
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1) Garantizar a sus estudiantes, educadores, directivos docentes y demás
personal de los establecimientos escolares el respeto a la dignidad e
integridad física y moral en el marco de la convivencia escolar, los derechos
humanos, sexuales y reproductivos.
2) Implementar el comité de escolar de convivencia y garantizar el cumplimiento
de sus funciones acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 y 13 de la
presente Ley. Desarrollar los componentes de prevención, promoción y
protección a través del manual de convivencia, y la aplicación de la Ruta de
Atención Integral para la Convivencia Escolar, con el fin de proteger a los
estudiantes contra toda forma de acoso, violencia escolar y vulneración de
los derechos humanos sexuales y reproductivos, por parte de los demás
compañeros, profesores o directivos docentes.
3) Revisar y ajustar el proyecto educativo institucional, el manual de
convivencia, y el sistema institucional de evaluación de estudiantes
anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en
general a la comunidad educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de
competencias y diferencial, acorde con la Ley General de Educación, la Ley
1098 de 2006 y las normas que las desarrollan.
4) Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar del
establecimiento educativo e identificar factores de riesgo y factores
protectores que incidan en la convivencia escolar, protección de derechos
humanos, sexuales y reproductivos, en los procesos de autoevaluación
institucional o de certificación de calidad, con base en la implementación de
la Ruta de Atención Integral y en las decisiones que adopte el comité escolar
de convivencia
5) Emprender acciones que involucren a toda la comunidad educativa en un
proceso de reflexión pedagógica sobre los factores asociados a la violencia y
el acoso escolar y la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos y
el impacto de los mismos incorporando conocimiento pertinente acerca del
cuidado del propio cuerpo y de las relaciones con los demás, inculcando la
tolerancia y el respeto mutuo.
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7) Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la
convivencia escolar a partir de evaluaciones y seguimiento de las formas de
acoso y violencia escolar más frecuentes.
8) Adoptar estrategias para estimular actitudes entre los miembros de la
comunidad educativa que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la
mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias exitosas.
9) Generar estrategias pedagógicas para articular procesos de formación
entre las distintas áreas de estudio.
CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES
Clasificación de las situaciones. Las situaciones que afectan la convivencia escolar y
el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, se clasifican en tres
tipos:
 Situaciones Tipo I. Corresponden a este tipo los conflictos manejados
inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que indicen
negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al
cuerpo o la salud (“leves”)
 Situaciones Tipo II. Corresponden a este tipo de situaciones de agresión
escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (ciberbullying) que no revistan
las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera
de las siguientes características:
o Que se presenten de manera repetida o sistemática
o Que causen daños al cuerpo o a la salud sin genera incapacidad
alguna para cualquiera de los involucrados.
 Situaciones Tipo III. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión
escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad,
integridad y formación sexual o cuando constituyen cualquier otro delito en la
ley penal colombiana vigente (graves)
PARTICIPACIÓN DE LA FAMILIA:
La familia como parte de la comunidad eductiva deberá:
1) Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza,
ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental.
2) Participar en la formulación , planeación y desarrollo de estrategias que
promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y
reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de
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vida saludable.
3) Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso
pedagógico que adelante el establecimiento educativo para la convivencia y
la sexualidad.
4) Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través de las
instancias de participación definidas en el proyecto educativo institucional del
establecimiento educativo.
5) Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo
libre de sus hijos para el desarrollo de competencias ciudadanas.
6) Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el manual de
convivencia y responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí
definidas.
7) Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de
violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una
situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el
manual de convivencia del respectivo establecimiento educativo
8) Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la Ruta de Atención
Integral a que se refiere esta Ley, para restituir los derechos de sus hijos cuando
éstos sean agredidos
INTEGRANTES COMITÉ CONVIVENCIA ESCOLAR





El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité, o su delegado
El personero estudiantil
Supervisora Académica de la sede
Un(a) (1) jardinero(a) que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar
Un padre de familia delegado por la institución
FUNCIONES DEL COMITÉ:
1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre
docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.
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2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la
construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de
la comunidad educativa.
3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y
actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región
y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa.
4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que
afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la
comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar
perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará
acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento
educativo.
5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29
de esta Ley, frente a situaciones especificas de conflicto, de acoso escolar, frente a las
conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y
reproductivos que no pueden ser resueltos por este · comité de acuerdo con lo establecido
en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las
características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser
atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y
de la Ruta
6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la
convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.
7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de
convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura
del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la
Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los
casos o situaciones que haya conocido el comité.
8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del
modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto
educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de
relacionarse en la construcción de la ciudadanía.
PARÁGRAFO: Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo
correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos
relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere procesos o
estrategias de convivencia escolar.
RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL
En caso de presentarse situaciones con los estudiantes hacia otros miembros de la
comunidad educativa, o de otros miembros de la comunidad educativa hacia los
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estudiantes el Comité de Convivencia, activará la ruta de Atención Integral con los
siguientes pasos:
1. Reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar de manera
pedagógica para que estos expogan sus puntos de vista y busquen la reparación de los
daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un
clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo.
2. Fijar la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar
la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la
reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo involucrado o
en el establecimiento educativo. Se dejará constancia de las actuaciones que el comité
realice.
3. Realizar seguimiento de cada caso y de los compromisos a fin de verificar si la solución
fue efectiva o si se requiere acudir a los protocolos. EL comité dejará constancia de este
seguimiento.
Protocolos para el manejo de situaciones Tipo I. El Comité de Convivencia Escolar del
Colegio Comfama, de acuerdo con lo estipulado en la Ley 1620 y su decreto reglamentario
1965, define el siguiente protocolo para el manejo de situaciones Tipo I, definidas en el
título XII del Manual de Convivencia: Si se llegase a presentar una situación de tipo I al
interior de cualquier sede del Colegio se realiza el siguiente protocolo:
 Reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar de manera
pedagógica para que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación
de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación
dentro de un clima de relaciones constructivas en el colegio Comfama.
 Fijar la norma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a
buscar la reparación delos daños causados, el restablecimiento de los derechos y la
reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo involucrado
o en el colegio Comfama. De esta actuación se dejará constancia.
 Realizar seguimiento del caso y de los compromisos a fi de verificar si la solución
fue efectiva o si se requiere acudir a nuevos protocolos.
Protocolos para el Manejo de Situaciones Tipo II. El Comité de Convivencia Escolar del
Colegio Comfama, de acuerdo con lo estipulado en la Ley 1620 y su decreto reglamentario
1965, define el siguiente protocolo para el manejo de situaciones Tipo II, definidas en el
Título XII del Manual de Convivencia: Si se llegase a presentar una situación de tipo I al
interior de cualquier sede del Colegio se realiza el siguiente protocolo:
 En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud
física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades
competentes, actuación de la cual se dejará constancia.
 Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la situación a
las autoridades administrativas, en el marco de la ley 1098, actuación de la cual se
dejará constancia.
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 Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles
acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia.
 Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los
estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.
 Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres, madres o
acudientes del estudiante involucrado, puedan exponer y precisar lo acontecido,
preservando en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás
derechos.
 Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños
causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima
de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las
consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la
situación reportada.
 El presidente del Comité Escolar de Convivencia, informará a los demás integrantes
de este comité, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El comité
realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se
requiere acudir a otro protocolo.
 El comité escolar de convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de
las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e
intervinientes.
 El presidente del Comité Escolar de Convivencia reportará la información del caso al
aplicativo que para efecto se haya implementado en el Sistema de Información de
Convivencia Escolar.
Protocolos para el Manejo de Situaciones Tipo III. El Comité de Convivencia Escolar del
Colegio Comfama, de acuerdo con lo estipulado en la Ley 1620 y su decreto reglamentario
1965, define el siguiente protocolo para el manejo de situaciones Tipo II, definidas en el
Título XII del Manual de Convivencia: Si se llegase a presentar una situación de tipo I al
interior de cualquier sede del Colegio se realiza el siguiente protocolo:
 En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud
física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades
competentes, actuación de la cual se dejará constancia.
 Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los
estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.
 El Presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el
medio más expedito, podrán la situación en conocimiento de la Policía Nacional,
actuación de la cual se dejará constancia.
 No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del
Comité Escolar de Convivencia en los términos fijados en este manual de
convivencia. De la citación se dejará constancia.
 El presidente del Comité Escolar de Convivencia informará a los participantes en el
comité de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de
aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y
confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la
autoridad competente.
 Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades
competentes, el comité escolar de convivencia adoptará, de manera inmediata, las
medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del
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ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las
personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación
de la cual se dejará constancia.
 El presidente del Comité Escolar de Convivencia reportará la información del caso al
aplicativo que para el efecto se haya implementado en el sistema de información
Unificado de Convivencia Escolar.
 Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del
comité escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del
comité municipal o departamental que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento
educativo en el cual se presentó el hecho.
El comité de convivencia se instalarán dentro de los primeros sesenta (60) días calendario
escolar y se reunirán ordinariamente 1 vez por período académico. Además, lo podrá hacer
extraordinariamente cuando las circunstancias lo ameriten y/o los miembros del Comité lo
estimen conveniente.
Título XIII. Procedimiento de reforma del Manual de convivencia
La reestructuración del Manual de Convivencia del Colegio Comfama se hace necesaria
por los cambios pedagógicos, sociales, culturales, comunitarios y jurídicos contemplados
en la Ley de Infancia y Adolescencia, la Constitución Política de Colombia de 1991, la Ley
General de Educación, en el decreto 1860 de 1994 y la Ley 361 de 1997.
Este Manual de convivencia fue aprobado por el Consejo Directivo, según acuerdo 13 del
11 de octubre de 2013
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