MANUAL PARA EL USO DEL BENEFICIO DE

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MANUAL PARA EL USO DEL BENEFICIO DE
MANUAL
PARA EL USO DEL
BENEFICIO DE
SALA CUNA
Dirección Nacional
Exeter 540 D,
Fono: (041) 2106850
Mail: [email protected]
Concepción
Marzo 2014
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INDICE
1. Manual Instructivo de Uso del Beneficio de Sala Cuna; Procedimiento y
pago de Sala Cuna
2. Anexos
a.
b.
c.
d.
Acta de Entrega de Manual de Sala Cuna a Director(a).
Ficha de Solicitud de Beneficio de Sala Cuna
Acta de entrega de Manual de Sala Cuna a Trabajadora.
Instructivo para trabajadoras que trabajan en Fundación Tierra de
Esperanza y son madres de un(a) menor cuyo rango de edad va desde
los 84 días y los 2 años de edad.
e. Exigencias de la Madre a Sala Cuna.
f. Exigencias al Convenio de Sala Cuna.
Fundación Chilena por la Infancia, sus Derechos y su Futuro
Dirección Nacional: Exeter 540 - D, Concepción, Chile
Fono (041) 2106850 Fax (041) 2106871 | [email protected]
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PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE SALA CUNA
a. El Director de Proyecto/Regional, según corresponda, deberá mantener
un convenio vigente con sala cuna, la cual deberá cumplir íntegramente
con todos los requisitos establecidos por Ley. Si el proyecto o dirección
regional no cuenta con convenio vigente, se deberán realizar tres
cotizaciones de Sala Cuna (quien realiza las cotizaciones es el
empleador y excepcionalmente la trabajadora), las cuales deberán
cumplir con todos los requisitos que le impone la Ley.
b. El Director de Proyecto o Director Regional envía la solicitud de sala
cuna al Área Personas, identificando el nombre de la trabajadora, la sala
cuna en convenio o las tres cotizaciones, así como el periodo de uso del
beneficio; constatando claramente el inicio. Todos estos datos quedan
claramente explicitados al completar la ficha de Solicitud de Beneficio de
Sala Cuna adjunta.
c. Área Personas recibe dicha solicitud y otorga el VB por escrito al
Director del Proyecto, considerando un valor referencial de $150.000 a
$206.000, por jornada completa. Excepcionalmente, por razones de
seguridad, salud, distancia u otra causal que lo amerite, se realizará
análisis en torno a valores superiores a los señalados, para lo cual la
trabajadora debe elaborar una solicitud por escrito al Área Personas,
explicando las razones.
d. El Director de Proyecto deberá verificar y garantizar, si la Sala Cuna
está empadronada y anotar el Nº de RUE, para verificarlo con el nº que
vendrá en el convenio o contrato.
e. Una vez aprobada la Solicitud de Sala Cuna por el área Personas, el
Director de Proyecto/Director Regional deberá enviar a la sala cuna
respectiva, el Instructivo en que se indican las características del
Convenio, así como las partes que firman dicho Convenio;
Representante de Sala Cuna, Director Ejecutivo Fundación Tierra de
Esperanza y Trabajadora Beneficiaria.
f. El Director de Proyecto/Director Regional recibe convenio de Sala Cuna
debidamente firmado y lo deriva al área Personas para su revisión y
firma de Convenio.
g. Área Personas recibe convenio de Sala Cuna y lo revisa, otorgando VB
para la Firma de Director Ejecutivo.
h. Una vez firmado el Convenio por Director Ejecutivo, área Personas lo
reenvía a Director de Proyecto/Director Regional señalando claramente
que una copia queda para Dirección Nacional, otra para la Sala Cuna y
una tercera copia para la Trabajadora.
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DEL PAGO DE SALA CUNA.
1. El pago de la sala cuna será de cargo del proyecto debiendo ser
considerado en las proyecciones presupuestarias cuando corresponda.
2. El monto a pagar deberá considerar la jornada y los días efectivamente
laborados por la trabajadora.
3. La Fundación no se encuentra obligada a pagar los gastos de sala cuna
durante los períodos en que las trabajadoras que tienen un hijo menor
de dos años, hacen uso de feriado o de permiso por enfermedad u otra
causa.
4. En caso que la jornada de la trabajadora no sea completa, la respectiva
sala cuna se pagará proporcionalmente a su jornada.
5. Al momento de materializar el pago de la Sala Cuna, es la Fundación
quien retira la Boleta o bien, la Sala Cuna se la envía directamente a la
Fundación para el pago, a través de Director de Proyecto.
6. La Fundación se reserva el derecho a verificar la asistencia del hijo/a de
la trabajadora a la sala cuna.
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A N E X OS
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USO EXCLUSIVO FUNDACIÓN
ACTA DE ENTREGA MANUAL DE SALA CUNA A DIRECTOR
INSTRUCTIVO SOBRE USO DEL BENEFICIO DE SERVICIO DE SALA CUNA PARA
MADRES TRABAJADORAS DE FUNDACIÓN TIERRA DE ESPERANZA CUYOS HIJOS(AS)
TENGAN DE 84 DÍAS HASTA 2 AÑOS DE EDAD
NOMBRE DIRECTOR
:
NOMBRE PROYECTO
:
FECHA
:
Manual Instructivo de Uso del Beneficio
de Sala Cuna; Procedimiento y pago de
Sala Cuna.
SE ENTREGA EL INSTRUCTIVO AL
DIRECTOR DE PROYECTO,
REFERIDO A:
USO DEL BENEFICIO DE SALA CUNA
Anexos:
a. Acta de Entrega de Manual de Sala
Cuna a Director(a).
b. Ficha de Solicitud de Beneficio de
Sala Cuna
c. Acta de entrega de Manual de Sala
Cuna a Trabajadora.
d. Instructivo para trabajadoras que
trabajan en Fundación Tierra de
Esperanza y son madres de un(a)
menor cuyo rango de edad va desde
los 84 días y los 2 años de edad.
e. Exigencias de la Madre a Sala Cuna.
f. Exigencias al Convenio de Sala Cuna.
---------------------------------------------------FIRMA Y RUT
DIRECTOR DE PROYECTO
Fundación Chilena por la Infancia, sus Derechos y su Futuro
Dirección Nacional: Exeter 540 - D, Concepción, Chile
Fono (041) 2106850 Fax (041) 2106871 | [email protected]
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FICHA SOLICITUD DE USO DEL BENEFICIO DE SALA CUNA
(Ficha a completar por el Director de Proyecto y posterior envío al Área Personas)
NOMBRE DE LA TRABAJADORA
: …………………………………………..
CARGO DE LA TRABAJADORA
: ……………………………………………
TIPO DE CONTRATO
: …………………..................................
PROYECTO
: ……………………………………………
DIRECTOR DEL PROYECTO
: ……………………………………………
ADMINISTRATIVO DEL PROYECTO
: ……………………………………………
REFERENTE FINANCIERO
: ……………………………………………
--------------------------NOMBRE Y FIRMA
DIRECTOR
----------------------------NOMBRE Y FIRMA
TRABAJADORA
Uso exclusivo de Dirección Nacional, Área Personas
LA SOLICITUD ES APROBADA:
SÍ ……… / NO ………
Observaciones:
…………………………………………………………………………………………….
…………………………………………………………………………………………….
Respuesta al Director de Proyecto /Director Regional
SOLICITUD
APROBADA
RECHAZADA
……………
…………..
------------------------------------NOMBRE Y FIRMA
Encargada Nacional Área Personas
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USO EXCLUSIVO FUNDACIÓN
ACTA DE ENTREGA MANUAL DE SALA CUNA A TRABAJADORA
USO DEL BENEFICIO DE SERVICIO DE SALA CUNA PARA MADRES FUNCIONARIAS DE
FUNDACIÓN TIERRA DE ESPERANZA HIJOS(AS) DESDE 84 DÍAS HASTA 2 AÑOS DE
EDAD
NOMBRE TRABAJADORA
:
CARGO DE LA TRABAJADORA
:
NOMBRE DEL HIJO O HIJA
:
EDAD DEL HIJO O HIJA
:
PROYECTO
:
DIRECTOR DEL PROYECTO
:
FECHA
:
SE ENTREGA EL INSTRUCTIVO
PARA USO DEL BENEFICIO DE
SALA CUNA
Manual Instructivo de Uso del Beneficio
de Sala Cuna; Procedimiento y pago de
Sala Cuna.
Anexos:
a. Acta de Entrega de Manual de Sala
Cuna a Director(a).
b. Ficha de Solicitud de Beneficio de
Sala Cuna
c. Acta de entrega de Manual de Sala
Cuna a Trabajadora.
d. Instructivo para trabajadoras que
trabajan en Fundación Tierra de
Esperanza y son madres de un(a)
menor cuyo rango de edad va desde
los 84 días y los 2 años de edad.
e. Exigencias de la Madre a Sala Cuna.
f. Exigencias al Convenio de Sala Cuna.
---------------------------------------------------FIRMA Y RUT TRABAJADORA
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Instructivo para trabajadoras que trabajan en Fundación Tierra de
Esperanza y son madres de un(a) menor cuyo rango de edad va desde los
84 días y los 2 años de edad.
SEGÚN JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES / JUNJI
CÓMO ELEGIR BIEN UNA SALA CUNA
Se considera sala cuna y jardín infantil a todo establecimiento que reciba durante el
día a niños y niñas desde los 84 días hasta la edad de su ingreso a la Educación
General Básica y les proporcione atención integral que comprenda alimentación
adecuada, cuidado y educación correspondiente a su edad.
Sala Cuna:
menor – desde los 84 días hasta 1 año.
mayor – desde 1 año hasta 2 años.
PARA ELEGIR SALAS CUNAS SE RECOMIENDA CONSIDERAR:
LA INFRAESTRUCTURA
Es importante poner atención en la iluminación, los servicios de higiene, la calefacción
del recinto, el sistema de ventilación, los patios y las condiciones de seguridad para los
párvulos.
EL EQUIPAMIENTO Y EL MATERIAL DIDÁCTICO
Las aulas y espacios educativos deben ser acogedores, decorados y que se
encuentren a la altura de los párvulos. Además, debe existir material didáctico seguro
y suficiente que estimule todas las áreas de desarrollo, aprendizaje y crecimiento de
los niños y niñas.
EL PERSONAL
La sala cuna debe contar con una directora, educadoras y técnicas en atención de
párvulos, manipuladora de alimentos y auxiliar de servicios menores. Todas las
profesionales y técnicas deben contar con sus títulos debidamente reconocidos por el
Ministerio de Educación. El establecimiento educacional podrá contar, además, con
nutricionistas, enfermeras, pediatras, sicólogos u otros profesionales. Los padres y
madres pueden y deben solicitar al establecimiento los documentos que certifiquen los
títulos y estudios correspondientes del personal educativo y administrativo.
EL PROYECTO EDUCATIVO
El proyecto educativo debe contemplar la misión del establecimiento, sus objetivos y
metas, sus normas y organización, un sistema de evaluación de aprendizaje de los
párvulos y la participación de la familia, la cual es fundamental en el proceso de
crecimiento de los niños y niñas.
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EMPADRONAMIENTO
En caso de que el jardín infantil o la sala cuna sean privados, los padres y madres
deben solicitar el certificado de empadronamiento del establecimiento, documento que
garantiza la calidad del servicio que recibirán los párvulos.
¿QUÉ ES LA JUNJI?
La Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI) es una institución del Estado de Chile
creada en 1970 por la Ley N° 17.301, como un estamento autónomo vinculado al
Ministerio de Educación y cuyo fin es atender la educación inicial del país.
La misión de JUNJI consiste en brindar una educación inicial de calidad a niños y
niñas, preferentemente menores de cuatro años, que viven en condiciones de
vulnerabilidad, en el marco del Sistema de Protección a la Primera Infancia Chile
Crece Contigo, de modo de garantizar su desarrollo en igualdad de oportunidades, a
través de la creación, promoción, supervisión y certificación de salas cunas y jardines
infantiles administrados en forma directa o por terceros.
La JUNJI trabaja en todo el territorio nacional, con sus diversos programas educativos,
desde Putre hasta la Antártida, incluyendo Isla de Pascua y Juan Fernández. Su
estructura está organizada por un nivel central y por Direcciones Regionales que
tienen como labor principal desarrollar las funciones que por ley le corresponde a la
institución en cada región, representando a la Vicepresidenta Ejecutiva y haciendo
cumplir los planes, programas, políticas y metas de la institución, a través de la
coordinación de su quehacer con las autoridades regionales, provinciales y
comunales.
¿QUÉ ES EL EMPADRONAMIENTO?
El empadronamiento consiste en una certificación de fe pública que la JUNJI entrega a
la comunidad por medio de la cual acredita que un establecimiento en el que funciona
una sala cuna y/o un jardín infantil constituye un espacio educativo ajustado a la
normativa. Es decir, que reúne condiciones básicas de infraestructura, seguridad,
personal idóneo y que cuenta con un proyecto educativo apropiado para los párvulos.
El empadronamiento garantiza aspectos clave referidos al cuidado y educación de los
niños y niñas menores de seis años.
En JUNJI el empadronamiento tiene una vigencia indefinida. Sin embargo, la
fiscalización y supervigilancia que realiza la institución puede ocasionar el
revocamiento de este proceso, si es que se comprueba que un determinado
establecimiento ha dejado de cumplir con las normas que en materia de calidad dicta
la JUNJI.
Por otra parte, el empadronamiento provisorio se otorga por un período de seis meses
a un establecimiento de educación preescolar que no representa riesgos para los
párvulos y que se encuentra en proceso de tramitación de la recepción definitiva y de
la materialización de las obras que permitan cumplir con las normas de general
aplicación.
Para más información:
Página web: www.junji .cl
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Toda Trabajadora de Fundación Tierra de Esperanza que use el servicio
de sala cuna tiene derecho a revisar, verificar y solicitar de la sala cuna lo
siguiente:
1. Si la sala cuna es privada, las madres y padres deben solicitar el
certificado de empadronamiento del establecimiento, documento que
garantiza la calidad del servicio que recibirán los niños(as).
2. Verificar la iluminación, los servicios de higiene, la calefacción del
recinto, el sistema de ventilación, los patios y las condiciones de
seguridad para los niños(as).
3. Verificar si las aulas y espacios educativos son acogedores, decorados y
que se encuentren a la altura de los pequeños. Además, debe verificar
si existe material didáctico seguro y suficiente que estimule todas las
áreas de desarrollo, aprendizaje y crecimiento de los niños y niñas.
4. Verificar que la sala cuna cuente con una directora, educadoras y
técnicas en atención de párvulos, manipuladora de alimentos y auxiliar
de servicios menores. El establecimiento podrá contar, además, con
nutricionista, enfermeras, pediatras, sicólogos y otros profesionales.
5. Los padres y madres pueden y deben, solicitar al establecimiento los
documentos que certifiquen los títulos y estudios correspondientes del
personal educativo y administrativo.
6. Verificar el proyecto educativo, éste debe contemplar la misión del
establecimiento, sus objetivos y metas, sus normas y organización, un
sistema de evaluación de aprendizaje de los párvulos y la participación
de la familia, la cual es fundamental en el proceso de crecimiento de los
niños y niñas.
7. Los padres y madres, deben verificar con qué servicios de urgencia
cuenta la sala cuna.
8. Los padres y madres, deberán entregar por escrito y contra firma,
antecedentes médicos acerca de enfermedades, alergias u otro tipo que
provoquen problemas de salud al niño(a).
9. Tener conocimiento al inicio de lo que se necesitará referente a: efectos
personales y materiales de trabajo, solicitar lista.
Fundación Chilena por la Infancia, sus Derechos y su Futuro
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Todo convenio o contrato de sala cuna que firme el representante legal y
la madre trabajadora de la Fundación Tierra de Esperanza, deberá
contener:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
Puede ser contrato o convenio.
Ciudad, fecha y año.
Identificación Fundación Tierra de Esperanza y su representante legal.
Identificación de la Sala Cuna.
RUT y direcciones respectivas de ambas entidades.
Identificación del o la menor y su edad.
Identificación de la madre, Trabajadora de Tierra de Esperanza y Proyecto.
Indicar si la sala cuna está empadronada y el Nº de RUE.
Jornada de permanencia del o la menor, fijado de común acuerdo entre la
madre y él o la prestadora de servicios de la sala cuna.
10. Indicar los días festivos extraordinarios.
11. Indicar claramente, cómo serán conducidos y retirados los menores de la sala
cuna.
12. Las obligaciones de la sala cuna:
a. Alimentación
b. Cuidado y limpieza de los menores
c. Iluminación adecuada
d. Servicios de higiene apropiados
e. Cuenta con calefacción
f. Cuenta con ventilación
g. Cuenta con las condiciones de seguridad para los niños(as)
h. Cuenta con material didáctico seguro y suficiente que estimule todas las
áreas de desarrollo, aprendizaje y crecimiento de los niños(as)
i. Cuenta con servicios de urgencia, especificar.
j. Prohibición de asistencia de niños(as) con enfermedades infectocontagiosas a la sala cuna.
13. Como política de Puertas Abiertas, los padres o madres podrán compartir con
sus hijos durante jornadas.
14. La sala cuna debe contar con una directora, educadoras y técnicas en atención
de párvulos, manipuladora de alimentos y auxiliar de servicios menores.
15. Mencionar si cuenta, además, con nutricionista, enfermeras, pediatras,
psicólogos y otros profesionales.
16. Indicar el valor de la matrícula.
17. Indicar el valor mensual.
18. Indicar tiempos de reajustes
19. Indicar día de pago.
20. Fecha de inicio desde que comienza a operar el contrato o convenio y con
una duración máxima hasta que el menor cumpla los dos años de edad.
21. Firma representante legal de la Fundación Tierra de Esperanza, y RUT.
22. Firma la o el Prestador de servicios de sala cuna, y RUT.
23. Firma la madre del menor y su RUT. Además deberá escribir, siempre y
cuando esté conforme con el servicio prestado, bajo su firma lo siguiente:
“Firmo en términos claros y estoy en conocimiento de los servicios que
presta la sala cuna nombre “………..”, y acepto en conformidad”
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