BOLETÍN JUDICIAL N° 213 de la fecha 05 11 2014
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JORGE LUIS VARGAS ESPINOZ A (FIRMA) AÑO CXX La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 5 de noviembre del 2014 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SECRETARÍA GENERAL CIRCULAR Nº 176-2014 Asunto: Modificación del artículo 3 del “Reglamento para el reconocimiento de Capacitación a Personal de Investigación del Organismo de Investigación Judicial”. A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS SE LES HACE SABER QUE: La Corte Plena, en sesión N° 35-14, celebrada el 14 de julio de 2014, artículo XXV, acordó modificar el artículo 3 del “Reglamento para el reconocimiento de Capacitación a Personal de Investigación del Organismo de Investigación Judicial”, para que en adelante se lea de la siguiente manera: “Artículo 3º—Beneficiarios. Serán objeto de los beneficios establecidos en el presente reglamento, únicamente aquellos servidores y servidoras dentro del Organismo de Investigación Judicial, dedicados a las labores policiales de investigación criminal, ubicados en el Escalafón Policial, cuyo requisito académico exigido es inferior al grado universitario de bachiller”. Lo anterior rige a partir de su publicación en el Boletín Judicial. San José, 19 de agosto de 2014. Silvia Navarro Romanini 1 vez.—(IN2014071513) Secretaria General CIRCULAR Nº 181-2014 Asunto: Recordatorio sobre contenido para la solicitud de información relativa a celulares. A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS SE LES HACE SABER QUE: El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N° 71-14, celebrada el 7 de agosto de 2014, artículo LVIII, acordó comunicarles que en las solicitudes emitidas al amparo de la circular Nº 165-2006, aprobada por el Consejo Superior, en sesión Nº 89-06, celebrada el 23 de noviembre de 2006 y publicada en el Boletín Judicial del 9 de enero de 2007, deberán indicarse claramente los siguientes datos: a. Fecha de emisión de la orden. b. Número de causa o expediente. c. Firma y nombre del Juez o Fiscal que solicita el rastreo. d. Sello del respectivo despacho judicial. e. Período solicitado, indicando fecha de inicio y fecha final, para todo tipo de rastreo solicitado. f. Los respaldos de mensaje de texto, no deben ser solicitados en la misma orden en la que se solicitan los rastreos de llamadas, sino mediante una orden independiente. g. Toda solicitud debe indicar los oficiales o sección autorizada para el decomiso de la información. h. Acorde a la política de cero papel y las que relacionan al sector público con la prestación de servicios amigables con el ambiente, y cuando las condiciones tecnológicas así lo permitan, deberán utilizarse medios y sistemas que no requieran el uso de papel ni medios magnéticos (discos compactos, DVD, otros). San José, 25 de agosto de 2014. Silvia Navarro Romanini 1 vez.—(IN2014071514) Secretaria General Firmado digitalmente por JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Nombre de reconocimiento (DN): serialNumber=CPF-02-0 255-0227, sn=VARGAS ESPINOZA, givenName=JORGE LUIS, c=CR, o=PERSONA FISICA, ou=CIUDADANO, cn=JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Fecha: 2014.11.04 15:51:18 -06'00' Nº 213 — 24 Páginas CIRCULAR Nº 216-2014 ASUNTO: Adición a la circular Nº 176-2013, denominada “Protocolo sobre el procedimiento para la solicitud y otorgamiento de permisos para cuidar a un familiar enfermo, o que se encuentre recibiendo algún tratamiento médico especial”. A LAS SERVIDORAS Y SERVIDORES JUDICIALES DEL PAÍS SE LES HACE SABER QUE: El Consejo Superior en sesión N° 83-14, celebrada el 18 de setiembre de 2014, artículo XLIX, acordó adicionar la circular Nº 176-2013 denominada “Protocolo sobre el procedimiento para la solicitud y otorgamiento de permisos para cuidar a un familiar enfermo, o que se encuentre recibiendo algún tratamiento médico especial”, publicada en el Boletín Judicial Nº 233 del 3 de diciembre de 2013, para que en adelante se lea de la siguiente manera: “PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD Y OTORGAMIENTO DE PERMISOS PARA CUIDAR A UN FAMILIAR ENFERMO O QUE SE ENCUENTRE RECIBIENDO ALGÚN TRATAMIENTO MÉDICO ESPECIAL 1º—Se autorizará el cuido de la esposa, esposo, padre, madre, hijo o hija. Lo anterior sin demérito de que se exponga y demuestre ante el Consejo Superior una situación excepcional y que éste llegue a determinar que a pesar de que la persona a cuidar no se encuentra dentro del grupo de personas descritas en el informe base de este protocolo, es necesario conceder alguno de los beneficios. 2º—La persona gestionante debe indicar en su nota: • Nombre completo, puesto que desempeña, oficina o despacho donde se destaca y su condición a lo interno de la institución: propietario(a) o interino(a). (Este último punto, con el único fin de establecer el tiempo durante el cual se puede otorgar el beneficio, toda vez que en el caso de las personas que se encuentran interinas este no puede exceder a su último nombramiento registrado. Por lo tanto, en casos de interinazgo se debe anotar la fecha de inicio y fin del último nombramiento). • La razón por la cual solicita el beneficio. • La persona que requiere de sus cuidados. • El vínculo que existe entre la persona gestionante y la que requiere de sus cuidados (sea consanguíneo o de afinidad) • La enfermedad que padece, o bien, el tratamiento que recibe la persona que requiere de sus cuidados. • Justificar por qué es él o ella quien debe brindar esos cuidados. • El tiempo por el cual requiere disfrutar del beneficio (entiéndase: semanas, meses, días u horas) 3º—La persona gestionante debe aportar: • Certificación de estado civil de la persona que requiere los cuidados. • Certificación que demuestre el vínculo de consanguinidad que existe entre la persona gestionante y quien requiere sus cuidados, en caso de ser posible. • Certificación o dictamen médico que indique el diagnóstico de la persona que requiere cuidados, el tipo de cuidado requerido y el tiempo necesario del mismo. 4º—Los beneficios a otorgar según el caso particular serán los siguientes: Pág 2 — BOLETIN JUDICIAL Nº 213 Miércoles 5 de noviembre del 2014 a) Teletrabajo. b) Cambio de horario. c) Traslado. d) Licencia con goce de salario, parcial o total. 5º—En caso de requerirse un período superior a los 10 días hábiles, se contará con un informe elaborado por un profesional del Departamento de Trabajo Social y Psicología que permita establecer uno mayor. Dicho término podría ser prorrogado por un período igual. El Consejo Superior valorará los casos en que se requiera un servicio y cualquier otra información. 6º—La persona servidora judicial que se encuentre disfrutando de uno de estos beneficios, está en la obligación de efectivamente cuidar de la persona por quien gestionó y cumplir, de igual manera, con sus deberes laborales en caso de no estar disfrutando de una licencia con goce de salario total (es decir, tiempo completo). En este último caso la persona servidora judicial se encuentra impedida de llevar a cabo actividades remuneradas, académicas y /o recreativas durante ese tiempo. Deberá comunicar cualquier circunstancia que conlleve a una modificación o terminación del beneficio. 7º—La institución queda facultada para que durante el disfrute del beneficio se le de seguimiento a la condición de la persona que requiere los cuidados, así como del cumplimiento de las obligaciones por parte de la persona servidora judicial. 8º—A efecto de dar seguimiento a los beneficios otorgados, queda a criterio de este Órgano Colegiado designar las tareas o funciones a la dependencia que considere es la competente para llevarlas a cabo según sus atribuciones. 9º—Todos los beneficios que se otorguen son excepcionales y no generan derechos. La disponibilidad y el zonaje se mantendrán siempre y cuando el beneficio no exceda un mes, en caso de superar ese lapso, tales pluses se suspenderán hasta el regreso a las labores normales del servidor judicial”. 10.—En el caso de las servidoras y los servidores judiciales del Ministerio Público, Defensa Pública y Organismo de Investigación Judicial, deben contar con el visto bueno de la jefatura respectiva en la solicitud que hagan a este Consejo para que se les otorgue el permiso. San José, 8 de octubre del 2014. Silvia Navarro Romanini Secretaria General 1 vez.—Exento.—(IN2014071100). CIRCULAR Nº 217-2014 ASUNTO: “Metodología de Administración de Proyectos Institucionales A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS SE LES HACE SABER QUE: El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión Nº 8414 celebrada el 23 de setiembre de 2014, artículo XIV, aprobó la siguiente “Metodología de Administración de Proyectos Institucionales que deberá ser de aplicación en todos los despachos judiciales del país y que literalmente dice: “METODOLOGÍA DE ADMINISTRACIÓN DE PROYECTOS • Modelo de Administración de Proyectos para el Poder Judicial. La metodología para la administración de proyectos se encuentra integrada por tres fases como se muestra en la siguiente figura, con las cuales se tiene por finalidad obtener un producto o servicio único esperado: Figura Nº 2 Modelo de administración de proyectos para el Poder Judicial Fuente: PMBOK y Elaboración propia. Cada uno de los resultados de las fases deberá ser documentando a través de la utilización de plantillas y la elaboración informes que se detallan dentro de cada capítulo de las fases. • FASE I: FORMULACIÓN La fase de formulación contempla la identificación del proyecto, los estudios de prefactibilidad y de factibilidad que sean necesarios para completar la formulación del proyecto, los cuales serán revisados y aprobados por la Dirección de Planificación del Poder Judicial. La identificación del proyecto se hace a través de la creación del Acta de Constitución del proyecto (Apéndice Nº 1), la cual debe contemplar los siguientes aspectos: 1. Información general: contempla el nombre del proyecto y la fecha en la cual es presentado oficialmente a la institución. 2. Descripción del proyecto: se indica el alcance o idea general de las partes, calidades o circunstancias del proyecto. 3. Justificación del proyecto: se deben señalar las razones que originan el proyecto. 4. Línea Estratégica: los proyectos deben de estar amparados en el plan estratégico de la institución, debe existir un objetivo general y un impacto esperado del proyecto. 5. Factores críticos de éxito: se mencionan aquellos aspectos que son indispensables para que el proyecto sea exitoso y cumpla con su finalidad. 6. Riesgos: desde el inicio del proyecto deben identificarse los riesgos potenciales que puede tener el desarrollo del proyecto y sus consecuencias, en apego a los lineamientos institucionales. 7. Planteamiento inicial del proyecto: se deben identificar los entes o actores activos del proyecto, la oficina responsable del proyecto, socios estratégicos, beneficiarios del proyecto y otros entes que se consideren importantes. También es importante establecer un plazo de ejecución posible del proyecto, el cual a lo largo de la planeación del proyecto se irá concretando de manera más puntual. 8. Costos estimados del proyecto: se detallan de manera general costos estimados del proyecto y potenciales fuentes de financiamiento1. 9. Plataforma existente: se identifican los recursos con que cuenta la institución para poder apoyar el proyecto desde el punto de vista humano, financiero, material, equipo, tecnológico, infraestructura y otros. 10. Control, seguimiento y evaluación: se indican medidas de control, oficinas involucradas en el seguimiento, formas de evaluación. 11. Definición de la administradora o administrador del proyecto y de la persona jerarca impulsor del proyecto. Importante: El Acta de Constitución del Proyecto debe ser remitida al Dirección de Planificación del Poder Judicial, que evalúa el análisis de prefactibilidad del proyecto presentado, utilizando la matriz de criterios especificado en el Apéndice Nº 3. Realizada la evaluación del análisis de prefactibilidad del proyecto, la Dirección de Planificación indicará a la administradora o administrador del proyecto si el proyecto cumple con las especificaciones técnicas de un análisis de prefactibilidad, solicitando los estudios de factibilidad necesarios para complementar el perfil del proyecto. Los estudios que pueden ser solicitados en el análisis de factibilidad, se detallan en el Apéndice Nº 2, los cuales se resumen a continuación: 1. Estudio de mercado o de demanda social: consiste en la definición de los bienes o servicios que se pretenden ofrecer a través de la implementación del proyecto, la caracterización de las personas beneficiarias del servicio, una estimación de la demanda y de la oferta, así como de las estrategias de promoción. Miércoles 5 de noviembre del 2014 2. Estudio técnico: se refiere a la definición del tamaño del proyecto, la localización, la tecnología necesaria para el proceso de prestación del servicio, los requerimientos del proceso (humanos, materiales, equipo, mobiliario), el costo de inversión, el costo de operación anual del proyecto, fuentes de financiamiento, definición de responsables de la organización de la ejecución del proyecto y responsables de la organización de la operación del proyecto, junto a un cronograma detallado de la ejecución. 3. Evaluación de impacto ambiental: en el proyecto deben de definirse los impactos ambientales, si es necesario realizar medidas correctoras o compensatorias del ambiente y el costo que pueden generar. 4. Análisis de riesgos: deben identificarse los potenciales riesgos de implementación del proyecto y determinar las medidas alternativas para eliminarlos o mitigarlos. 5. Análisis legal y administrativo: es fundamental considerar aspectos legales que pueden estar vinculados al proyecto y realizar una valoración de los mismos. 6. Evaluación económica y social: Se mide la contribución y los aportes que dan al crecimiento económico y al bienestar social del país, a través de un análisis del costo versus los beneficios sociales que se alcanzan con el proyecto y resulta necesario definir socialmente cuales son los beneficiarios directos y los indirectos. Una vez finalizados los estudios de factibilidad, se deberá remitir nuevamente el Acta de Constitución del Proyecto con las modificaciones pertinentes y adjuntando el estudio de factibilidad correspondiente. La Dirección de Planificación evaluará el estudio de factibilidad del proyecto utilizando la matriz diseñada para tal fin (Apéndice Nº 3). Si el proyecto no cumple con los criterios evaluados se emitirá la retroalimentación a la Administradora o Administrador de Proyecto para la modificación correspondiente. Si el proyecto satisface la evaluación se incorpora en el Portafolio de Proyectos del Poder Judicial donde se les asignará un valor de prioridad con base en el impacto y beneficios del proyecto. Posteriormente, la Dirección de Planificación deberá coordinar lo que corresponda con las instancias superiores, en especial durante el proceso de formulación presupuestaria. Si el proyecto es aprobado para implementación por la instancia superior correspondiente, la Administradora o el Administrador del Proyecto será responsable de presentar el plan de proyecto ante la Dirección de Planificación (Apéndice 4), detallado en la siguiente fase: planificación y ejecución, para dar inicio con la implementación del mismo. Es responsabilidad de la Administradora o el Administrador del Proyecto rendir cuentas del avance del proyecto al menos cada seis (6) meses ante la Dirección de Planificación, que llevará el control del avance y cumplimiento de los proyectos. • Productos esperados de la Etapa de Formulación Se esperan los siguientes productos en la Etapa de Formulación: Cuadro Nº 1 Productos esperados de la etapa de formulación Productos Esperados de la Etapa de Formulación a. Acta de constitución del proyecto. b. Estudios de factibilidad: Estudio de mercado o de demanda social, Estudio técnico, Estudio de impacto ambiental, Análisis de riesgos, Análisis legal o administrativo, Evaluación financiera, Evaluación económica y social. Fuente: Elaboración propia. • FASE 2: PLANIFICACIÓN YEJECUCIÓN Para esta fase se ha diseñado una herramienta denominada “Plan del Proyecto” para el desarrollo sistemático y ordenado de la planificación y ejecución del proyecto (Apéndice Nº 4), así como un instructivo para su utilización (Apéndice Nº 5). El plan de proyecto deberá ser remitido al Dirección de Planificación del Poder Judicial. Asimismo, para la BOLETIN JUDICIAL Nº 213 — Pág 3 Planificación y Ejecución de cualquier proyecto que involucre la Implementación de Tecnologías de Información, se debe cumplir con lo establecido en el procedimiento mostrado en el Apéndice Nº 6. La fase de planificación y ejecución, tal y como su nombre lo indica se divide en dos sub-fases: la primera planificación y la segunda en ejecución y control, tal como se muestra a continuación. 3.1.2.1. Planificación Las actividades a desarrollar en esta sub-fase son: 1. Desarrollo del plan de proyecto que incluye el registro, documentación e integración de los requerimientos, entregables, actividades, dependencias, responsables, duración, riesgos y sistemas de control de ejecución, costos y presupuesto; para la implementación del proyecto. Apéndice Nº 4, hoja Excel® “Plan de Proyecto”. En la sección de “Control de Costo y Presupuesto”, se deberá detallar el presupuesto asignado y el costo real o presupuesto ejecutado del proyecto; utilizando los modelos de costos que se considere conveniente, dependiendo de la naturaleza del proyecto. Lo importante es que se pueda verificar la información de costo y presupuesto indicados en el plan de proyecto, desde la etapa inicial hasta su finalización. 2. Desarrollo del cronograma general de implementación del proyecto, donde se incluye la fecha de inicio y de finalización de cada uno de los entregables definidos. Apéndice Nº 4, hoja de Excel® “Cronograma Gral de Proyecto”. 3. Resumen de los tipos de costos estimados por entregable y por fuente de financiamiento. Apéndice Nº 4, hoja de Excel® “Resumen de Entregables y Costos”. 3.1.2.2. Productos esperados de la sub-fase de Planificación Los productos esperados son los siguientes: Cuadro Nº 2 Productos esperados de la sub-fase de planificación. a. b. c. d. Productos esperados de la sub-fase de planificación. Plan de Proyecto Cronograma General de Proyecto Resumen de entregables y costos del proyecto. Detalle del cálculo de costo y presupuesto del proyecto. Fuente: Elaboración propia. 3.1.2.3. Ejecución En esta sub-fase se desarrollan las siguientes actividades: 1. Coordinación e implementación de las actividades para la elaboración de los entregables definidos en el plan, incluye coordinaciones con la persona o personas jerarca impulsor. 2. Control de ejecución del plan de proyecto, que incluye validar que las actividades sean implementadas de acuerdo al plan como se ha definido, considerando los costos, los recursos, el tiempo y el alcance del proyecto. El plan de proyecto y los documentos relacionados deberán ser actualizados según los cambios que se consideren pertinentes realizar durante su ejecución. 3. Reporte del avance del proyecto, que incluye los logros alcanzados, la actualización de los indicadores del proyecto establecidos en el acta de constitución del proyecto, los entregables, actividades pendientes a completar, un resumen de las acciones relevantes que necesitan prioridad y un resumen del costo total o presupuesto ejecutado del proyecto. A este reporte se le adjunta el detalle del cálculo de costos y presupuesto, y Pág 4 — BOLETIN JUDICIAL Nº 213 Miércoles 5 de noviembre del 2014 es enviado a la Dirección de Planificación cada seis (6) meses, o bien cuando la Dirección de Planificación lo considere necesario. Apéndice Nº 4, hoja de Excel® “Reporte de Avance”. 3.1.2.4. Productos esperados de la sub-fase de Ejecución En este caso los productos esperados son los siguientes: Cuadro N° 3 Productos esperados de la sub-fase de ejecución Productos Esperados de la sub-fase de Ejecución a. Reportes de avance b. Documentos del plan de proyecto modificados y actualizados c. Detalle de los costos reales o presupuesto ejecutado del proyecto actualizado. Fuente: Elaboración propia. 3.1.3.FASE 3: OPERACIÓN La fase de Operación se refiere a la ejecución de las acciones necesarias para dar por concluido formalmente la implementación del proyecto y dar inicio a su operación, a cargo de los entes definidos para tal fin. Dicha fase incluye la aceptación de la totalidad de entregables por parte de las personas jerarcas impulsores e interesadas del proyecto, a la vez se documentan y resguardan todos los documentos relacionados. En esta fase se desarrollan las siguientes actividades: 1. Revisión de entregables y las actividades con base en las especificaciones técnicas definidas que permitan determinar la conclusión o no del proyecto. 2. Preparación de un informe final de resultados que incluye tiempo de duración del proyecto, la descripción de los resultados, los costos, las actividades pendientes de concluir y las recomendaciones (Apéndice Nº 7). 3. Remisión del informe final de resultados del proyecto (Apéndice Nº 7) a la Dirección de Planificación. 3.1.3.1. Productos esperados de la Fase de Operación A continuación la lista de los productos esperados de esta fase: Cuadro Nº 4 Productos esperados de la fase de cierre Productos Esperados de la Fase de Operación a. Actividad de Presentación Final del Proyecto, que incluya • Duración real del proyecto • Resultados del proyecto • Descripción de los resultados • Detalle de costos del proyecto • Actividades pendientes de concluir • Recomendaciones b. Plan de operación del proyecto Fuente: Elaboración Propia IV.APÉNDICES • Apéndice Nº 1. Acta de Constitución de Proyecto Acta de Constitución del Proyecto • Apéndice Nº 2. Plantilla de Estudios de Factibilidad. Plantilla Estudios de Factibilidad.doc • Apéndice Nº 3. Matriz de criterios para la evaluación del análisis de prefactibilidad, factibilidad y valor de prioridad del proyecto. Matriz Prefactibilidad, Factib • Apéndice Nº 4. Herramientas para Administración de Proyectos. Herramientas para Administración de Proyectos • Apéndice Nº 5. Instrucciones de Trabajo de Herramientas para Administración de Proyectos. Instrucciones de Trabajo de Herramientas para Administración de Proyectos Apéndice Nº 6. Requerimientos especiales para la Administración de Proyectos que involucran la implementación de TI Requerimientos para la administración de proyectos de TI.doc • Apéndice Nº 7. Plantilla del Informe Final de Resultados de Proyecto Informe Final de Resultados de Proyecto 1 Dentro del Acta de Constitución debe indicarse claramente si la fuente de financiamiento procede de donaciones o cooperaciones financieras no reembolsables, de carácter internacional o nacional, con el fin de constatar si los recursos asignados están orientados al tipo de proyecto que se plantea desarrollar; y con el propósito de contar con la información confiable y oportuna para la toma de decisiones financieras, así como para la evaluación y seguimiento de la gestión financiera del proyecto, garantizando con esto el cumplimiento de los fines públicos pretendidos con dichos fondos. San José, 9 de octubre del 2014. SILVIA NAVARRO ROMANINI SECRETARIA GENERAL 1 vez.—Exonerado.—(IN2014071101). AVISO Nº 012-2014 Asunto: Sobre la remisión de personas al Centro de Atención para Personas con Enfermedad Mental en Conflicto con la Ley, (CAMPECOL). LAS AUTORIDADES PENALES DEL PAÍS, DEFENSA PÚBLICA Y ORGANISMO DE INVESTIGACIÓN JUDICIAL SE LES HACE SABER QUE: El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N° 7514, celebrada el 21 de agosto de 2014, artículo XCIX, acordó comunicarles que según el oficio Nº GM-MDB-38956-14 de 12 de agosto del año en curso, remitido por la doctora María Eugenia Villalta Bonilla, Gerente Médica de la Caja Costarricense de Seguro Social y denominado “Optimización de las instalaciones del Centro de Atención a las Personas con Enfermedad Mental y Conflictos con la ley. Priorización de ingreso de internos”, a partir del 14 de agosto de 2014, se recibirán en el Centro de Atención para Personas con Enfermedad Mental en Conflicto con la Ley, adscrito al Hospital Nacional Psiquiátrico, las personas a las cuales se les impone una medida cautelar de internamiento para observación, siempre y cuando la medida ordenada por el Tribunal se fundamente en la solicitud expresa por parte de la Sección de Psiquiatría Forense, una vez evaluada la condición de salud mental por parte de esa dependencia; de conformidad con la aplicación del artículo 86 del Código Procesal Penal, que establece que “Si es necesario el internamiento del imputado para elaborar el informe pericial sobre su capacidad, la medida podrá ser ordenada por el tribunal, a solicitud de los peritos, sólo cuando exista la probabilidad de que el imputado haya cometido el hecho y esta medida no sea desproporcionada respecto de la importancia de la pena o medida de seguridad que podría imponerse”. San José, 27 de agosto de 2014. Silvia Navarro Romanini, 1 vez.—(IN2014071506) Secretaria General AVISO Nº 13-2014 Asunto: Traslado del disfrute del 8 de diciembre de 2014, “Día del Servidor Judicial” A LAS INSTITUCIONES, ABOGADAS, ABOGADOS, SERVIDORAS Y SERVIDORES JUDICIALES DEL PAÍS Y PÚBLICO EN GENERAL SE LES HACE SABER QUE: El Consejo Superior, en sesión Nº 82-14 del 16 de setiembre de 2014, artículo XXXVII, de conformidad con lo dispuesto por la Corte Plena en la sesión 35-05, del 21 de noviembre del 2005, artículo XXV, acordó trasladar el disfrute del asueto del 8 de diciembre del 2014, “Día del Servidor Judicial”, para el viernes 12 de ese mes, fecha en que los despachos judiciales cerrarán, con las salvedades de costumbre para la atención de los días feriados. San José, 19 de setiembre de 2014. Silvia Navarro Romanini 1 vez.—(IN2014071511) Secretaria General Miércoles 5 de noviembre del 2014 DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL SEGUNDA PUBLICACIÓN ASUNTO: Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales de los cantones de Aguirre y Parrita de la provincia de Puntarenas. SE HACE SABER: Que las oficinas judiciales de los cantones de Aguirre y Parrita de la provincia de Puntarenas, permanecerán cerradas durante el día treinta de octubre del dos mil catorce, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos del cantón de Aguirre. San José, 14 de octubre del 2014. MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán (IN2014070771) Subdirector Ejecutivo UNA PUBLICACIÓN De conformidad con lo dispuesto en el artículo N° 11 de la Ley N° 2281 “Creación del Fondo de Socorro Mutuo del Poder Judicial”, se invita a los servidores judiciales aquí citados, que en la actualidad se encuentran con permisos y suspensiones sin goce de salario, para que dentro del plazo de diez días hábiles a partir de la publicación de este aviso, procedan a cancelar el saldo adeudado por concepto de cuotas atrasadas, mediante depósito en la cuenta corriente N° 100-01-095-001214-2 del Banco Nacional de Costa Rica denominada “Fondo de Socorro Mutuo”, o en la caja del Departamento de Financiero Contable, sita en el primer piso del Edificio de la Plaza de la Justicia. De no hacerlo, perderán los derechos que como mutualista les otorga la citada Ley. San José, 7 de octubre del 2014. Mba. Rodrigo Arroyo Guzmán, 1 vez.—(IN2014071087). Subdirector Ejecutivo SALA PRIMERA A la señora Beatriz Santos Rigali, de domicilio ignorado, se hace saber: que en diligencias de exequátur promovidas por el señor Carlos Eduardo Bonilla Gutiérrez, contra ella, para obtener Cédula de identidad 107530631 108600511 108940502 109070371 112100975 112780582 114870758 204870807 205580153 303360072 303390453 303370501 303910970 401290944 401960590 503150736 602470390 602770765 800850054 800860865 900810101 Nombre y apellidos Saldo CARVAJAL PEREZ MARVIN ANTONIO LEON SANABRIA YESENIA MARIA ROJAS AGUILAR HAROLD JOSE MALESPIN MUÑOZ IRVING JOSE VILLARREAL ALVAREZ JUAN MANUEL COTO ROJAS HECTOR DURAN DURAN JORGE LEONARDO MORERA GONZALEZ LAURA MARIA CHACON VASQUEZ ROSA CRISTINA MEJIA MARIN MIRIAM ADRIANA SANCHEZ ARAYA ARALLY DE JESUS SANDOVAL DURAN CARLOS FABIAN MONGE CAMACHO HENRY VILLEGAS ARIAS RODRIGO GERARDO SALICETTI SEGURA ANGIE GABRIELA RUIZ JUAREZ COTO ALFARO KENNETH GERARDO CHAVES OROCU KARINA INTERIANO DIAZ ROSA AMINTA DIAZ WILCHES OLGA PATRICIA CALDERON JIMENEZ JOSEFINA MARIBEL ¢ 5.000.00 ¢9.000.00 ¢15.500.00 ¢4.000.00 ¢9.000.00 ¢7.000.00 ¢7.000.00 ¢18.000.00 ¢5.000.00 ¢12.000.00 ¢10.000.00 ¢3.000.00 ¢4.000.00 ¢4.000.00 ¢4.000.00 ¢25.000.00 ¢14.000.00 ¢12.000.00 ¢7.000.00 ¢4.000.00 ¢6.000.00 el exequátur de una sentencia dictada por la Corte del Décimo séptimo Circuito Judicial del Condado de Broward, Estado de Florida, Estados Unidos de América, en proceso de divorcio seguido entre las mismas partes, se ha dictado la resolución que en lo conducente dice: “NUE: 12-000089-0004-FA, Res: 001206E-14, Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las doce horas veinte minutos del once de setiembre de dos mil catorce. Solicitud para obtener el exequátur de una sentencia de divorcio, establecidas por Carlos Eduardo Bonilla Gutiérrez, comerciante, con cédula N° 4-0094-0631 vecino de Cartago, contra Beatriz Santos Rigali, de nacionalidad estadounidense, con pasaportes de su país números 42583431 y 200956968, y demás calidades y vecindario ignoradas. Figura, además, el Lic. Alonzo BOLETIN JUDICIAL Nº 213 — Pág 5 Gallardo Solís, soltero, abogado vecino de San José, en calidad de curador de la demandada. Todos son mayores de edad y, con la excepción dicha, divorciados. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º— ..., 4º—…” Considerando: I.—..., II.—..., III.—... Por tanto Se concede el exequátur solicitado a la sentencia de divorcio dictada el 17 de marzo de 2005, por la Corte del Décimo séptimo Circuito Judicial del Condado de Broward, Estado de Florida, Estados Unidos de América. En consecuencia, procédase a la ejecución, por lo que se ordena expedir ejecutoria de la presente resolución aprobatoria, con inserción de la homologada, una vez que alcance firmeza, a fin de que la interesada gestione lo que corresponda ante el Registro Civil. Publíquese una vez en el Boletín Judicial la parte dispositiva de este fallo.—Luis Guillermo Rivas Loáiciga.—Rocío Rojas Morales.—Damaris Vargas Vásquez.—Jorge Alberto López González.—Lupita Chaves Cervantes.” San José, 16 de setiembre del 2014. Anthony Quirós Madrigal 1 vez.—(IN2014070735) Notificador a. í. TRIBUNALES DE TRABAJO Causahabientes A los causahabientes de quien en vida se llamó Óscar Jiménez Sánchez, con cédula de identidad número 6-226-602, se les hace saber que: María Jiménez Sánchez, cédula 6-064-364, se apersona en este Despacho en calidad de madre del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de trabajador fallecido. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Óscar Jiménez Sánchez. Expediente número 13-000790-643-LA.— Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Puntarenas, catorce de noviembre del dos mil trece.—Msc. Bertha Jiménez Alvarado, Jueza.—1 vez.—(IN2014071203). ADMINISTRACIÓN JUDICIAL Remates SEGUNDA PUBLICACIÓN En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción por colisiones bajo la boleta 238900092 de la sumaria 10-0607048-0489-TC; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil catorce, y con la base de dieciocho mil doscientos setenta y dos dólares con noventa y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número 640371. Marca B.M.W. Estilo X3 2.0D. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2006. Color plateado. Vin WBAPB11086WH03994. Cilindrada 1995 c.c. Combustible diesel. Motor Nº no visible. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del diez de diciembre de dos mil catorce, con la base de trece mil setecientos cuatro dólares con sesenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del ocho de enero de dos mil quince con la base de cuatro mil quinientos sesenta y ocho dólares con veintitrés centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco HSBC Costa Rica S. A. contra Jose Pablo Badilla Villanueva. Exp. 11-001902-0638-CI.—Juzgado Pág 6 — BOLETIN JUDICIAL Nº 213 Miércoles 5 de noviembre del 2014 Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 28 de agosto del 2014.—Lic. Daniel Segura Castro, Juez.—(IN2014071932). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las trece horas y treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil catorce y con la base de tres mil novecientos veintiocho dólares con veinticuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa: 755534, marca: Hyundai, estilo: Tucson GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: KMHJM81BP8U924452, año: 2008, carrocería: Station Wagon o familiar, color: vino, tracción 4x2, chasis: KMHJM81BP8U924452, vin: KMHJM81BP8U924452. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del cinco de diciembre del dos mil catorce, con la base de dos mil novecientos cuarenta y seis dólares con dieciocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del seis de enero del dos mil quince, con la base de novecientos ochenta y dos dólares con seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A., contra Esteban Gabriel Campos Cordero. Expediente: 14-002986-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 5 de junio del 2014.—Lic. Christian Zamora Pérez, Juez.— (IN2014073374). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, bajo las citas 346-15125-01-0002-001, a las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de enero del dos mil quince y con la base de veinticuatro millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 451042-000, la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 09 La Palmera, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre agrícola con un frente de 38 metros lineales; sur, Óscar Muñoz Álvarez; este, Manuel Muñoz Álvarez; oeste, Ivannia María Muñoz Rodríguez y Herminia Torres Vargas. Mide: seis mil trescientos cuarenta y dos metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Plano: A-12986592008. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del nueve de febrero del dos mil quince, con la base de dieciocho millones seiscientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de febrero del dos mil quince, con la base de seis millones doscientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Rosalía Muñoz Rodríguez. Expediente: 14-0020331202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 2 de octubre del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014073417). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las trece horas y treinta minutos del seis de enero del dos mil quince y con la base de tres millones seiscientos setenta y un mil novecientos noventa y seis colones con cincuenta y nueve céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00519178-000, la cual es terreno para construir lote 130. Situada en el distrito 02 San Antonio, cantón 02 Escazú de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 129; al sur, área de parque; al este, lote 126; y al oeste, calle Mowoli con 10 metros. Mide: doscientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiuno de enero del dos mil quince, con la base de dos millones setecientos cincuenta y tres mil novecientos noventa y siete colones con cuarenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del cinco de febrero del dos mil quince, con la base de novecientos diecisiete mil novecientos noventa y nueve colones con catorce céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Santiago Manuel Rosales Rosales. Expediente: 11-028257-1012CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de octubre del 2014.—Lic. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—(IN2014073421). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, anotado bajo las citas: 303-1292-01-0003-001, Reservas Ley Aguas, anotado bajo las citas 303-15243-01-0002001, reservas y restricciones, anotado bajo las citas : 309-1442101-0901-001, reservas y restricciones, anotado bajo las citas 3167748-01-0901-001, reservas y restricciones, anotado bajo las citas: 370-4861-01-900-001, reservas y restricciones, anotado bajo las citas: 370-4861-01-0901-001, a las nueve horas y treinta minutos del uno de diciembre del dos mil catorce y con la base de ciento treinta y nueve mil doscientos ochenta y ocho dólares con ochenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 151030-000, la cual es terreno naturaleza lote 137, terreno para construir. Situada en el distrito 02 Tárcoles, cantón 11 Garabito de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 136 con 87,82 m; al sur, lote 138 con 97,25 m; al este, servidumbre agrícola con 60,91; y al oeste, lotes 125 y 124 con 59, 56 m. Mide: cinco mil seiscientos quince m con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de diciembre del dos mil catorce, con la base de ciento cuatro mil cuatrocientos sesenta y seis dólares con sesenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del quince de enero del dos mil quince, con la base de treinta y cuatro mil ochocientos veintidós dólares con veinte centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Costa Montaña Estates Copal Ciento Cuarenta y Siete Sociedad Anónima, Pedro Pablo García. Expediente: 12-033156-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 17 de octubre del 2014.—Lic. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—(IN2014073452). A las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil catorce, en la puerta exterior de este juzgado, soportando anotaciones a los tomos 0009, 0012, asiento 420059, 133366 respectivamente, y con la base de dos millones doscientos veintisiete mil quinientos colones exactos, en el mejor postor remataré: vehículo placas 292873, marca Mitsubishi, estilo Montero, categoría automóvil, serie no indicado, carrocería station wagon o familiar, tracción 4x4, chasis JA4GK31S8NJ005341, vin no indicado, cabina desconocido, techo no aplica, Est, Tribut pago derechos de aduana, uso particular, utilizac. JA4GK31, capacidad 5 personas, año 1992, color vino, motor 6G72RR1408, cilindrada 3000 cc, combustible gasolina. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo simple N° 01-016499-0170-CA, de Caja Costarricense de Seguro Social contra Consorcio Universal de Mercadotécnica S. A., Édgar Antonio Serrano Badilla, Filiberto Serrano Badilla.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 17 de setiembre del 2014.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez.— (IN2014073455). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del quince de enero de dos mil quince y con la base de trescientos treinta y dos mil setecientos setenta y cinco dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, Miércoles 5 de noviembre del 2014 matrícula número 00400129-000, la cual es naturaleza del terreno de agricultura y repastos con una casa de habitación. Situada en el distrito 02 Salitral, cantón Santa Ana de la provincia de San José. Colinda: al norte, Carlos Azofeifa Castro; al sur, Fideicomisos Guardia S. A.; al este, calle Raicero con 73.51 metros; y al oeste, calle Raicero con 92.08 metros. Mide: diecinueve mil doscientos metros con un decímetro cuadrado. Para el segundo remate se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del treinta de enero de dos mil quince, con la base de doscientos cuarenta y nueve mil quinientos ochenta y un dólares con veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de febrero de dos mil quince, con la base de ochenta y tres mil ciento noventa y tres dólares con setenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Hermanas Rocimari S. A., contra Alexa María Aguilar Villa. Expediente: 11-006872-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 8 de octubre del 2014.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2014073522). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de enero de dos mil quince y con la base de veinte mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 52717-003 y 52717-012, la cual es terreno de rastrojo. Situada en el distrito 02 Guayabo, cantón 07 Mora de la provincia de San José. Colinda: al norte, Servaudo Alpízar; al sur, Carlos Hernández; al este, Servaudo Alpízar; y al oeste, Carlos Hernández. Mide: sesenta y siete mil novecientos treinta y tres metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del dos de febrero de dos mil quince, con la base de quince mil dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de febrero de dos mil quince, con la base de cinco mil dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Chunhong Cen contra Grupo Tiuna S. A. Expediente N° 11-000426-0164-CI.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de octubre del 2014.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—(IN2014073530). En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre dominante, bajo las citas 0338-00009194-01-0916-001,0338-00009194-01-0917-001 y 0338-00009194-01-0926-0 01, servidumbre sirviente bajo las citas 0338-00009194-01-0926-001, 0338-00009194-01-0927-001, reservas y restricciones, bajo las citas 0338-00009194-01-0946001, a las nueve horas y cero minutos del veinte de noviembre del dos mil catorce y con la base de treinta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuarenta y siete mil seiscientos cuarenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno de agricultura con una casa de habitación. Situada en el distrito 03 Agua Buena, cantón 08 Coto Brus de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote N° 5; al sur lote, N° 3; al este, Víctor Hugo Rodríguez; y al oeste, Miguel Zamora Sánchez. Mide: seis mil doscientos cuatro metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de diciembre del dos mil catorce, con la base de veintidós millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del seis de enero del año dos mil quince con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Costa Rica contra BOLETIN JUDICIAL Nº 213 — Pág 7 Álvaro Francisco Oviedo Brenes. Expediente: 13-006324-1200CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 9 de octubre del 2014.—Lic. Danny Alberto Gutiérrez Gómez, Juez.—(IN2014073600). PRIMERA PUBLICACIÓN En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de noviembre de dos mil catorce, y con la base de ocho millones seiscientos ochenta y dos mil quinientos un colones con veintisiete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y uno-cero cero cero la cual es terreno para construir, lote cuarenta y cinco con una casa de habitación. Situada en el distrito San Vicente, cantón Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con 05 m 50 cm; al sur, lote 33 y otros; al este, noreste, lote 46 y al oeste, lote 44. Mide: Doscientos cuarenta y tres metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del dos de diciembre de dos mil catorce, con la base de seis millones quinientos once mil ochocientos setenta y cinco colones con noventa y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del trece de enero del dos mil quince, con la base de dos millones ciento setenta mil seiscientos veinticinco colones con treinta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de Componentes INTEL Costa Rica S. A. y Afines contra Karen María Berrios Mathieu. Exp. Nº 14005295-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 9 de setiembre del 2014.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.— (IN2014072174). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas y cero minutos del doce de enero del dos mil quince y con la base de veintitrés millones setecientos trece mil setecientos sesenta colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 447694-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Naranjo, cantón 06 Naranjo de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Banco Improsa S.A. al este, lote 7; y al oeste, calle pública. Mide: ochocientos cuarenta y seis metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintisiete de enero del dos mil quince, con la base de diecisiete millones setecientos ochenta y cinco mil trescientos veinte colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del once de febrero del dos mil quince, con la base de cinco millones novecientos veintiocho mil cuatrocientos cuarenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Glen Francisco Pacheco Araya. Expediente: 09-027453-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 15 de octubre del 2014.—Lic. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.— (IN2014073737). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas ley caminos, a las once horas del diecinueve de enero de dos mil quince y con la base de veintiún millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 286799001 y 002, la cual es terreno lote 23, terreno para la agricultura. Situada en el distrito 05 Palmira, cantón 11 Zarcero de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, quebrada; al este, Pág 8 — BOLETIN JUDICIAL Nº 213 Miércoles 5 de noviembre del 2014 IDA; y al oeste, parcela 24. Mide: diez mil cincuenta y dos metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas del tres de febrero de dos mil quince, con la base de quince millones setecientos cincuenta mil colones exactos y para la tercera subasta se señalan las once horas del dieciocho de febrero de dos mil quince, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Greivin Rojas Jiménez, Maritza Porras Sánchez. Expediente: 14-002444-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 4 de setiembre del 2014.—Brayan Li Morales, Juez Decisor.—(IN2014073752). En la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes prendarios, a las once horas y treinta minutos del nueve de febrero del dos mil quince y con la base de dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa: CL-226044, marca: Toyota, estilo Hilux DLX, categoría carga liviana, capacidad 5 personas, año: 1992, color: rojo, vin: JT4VN13D0N5081183, cilindrada: 3000 cc, combustible: gasolina, motor ilegible. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del veinticuatro de febrero del dos mil quince, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del once de marzo del dos mil quince, con la base de quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Jaime Rojas Rojas contra Miguel Salazar Carvajal. Expediente: 13-005393-1204CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 11 de setiembre del 2014.—Licda. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—(IN2014073758). En la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes prendarios, a las ocho horas y treinta minutos del nueve de marzo del dos mil quince y con la base de quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa: CL-086748, marca: Toyota, estilo: Hilux, categoría: carga liviana, capacidad: 2 personas, serie: LN560022347, carrocería: adrales, tracción: no aplica, número chasis: LN560022347, año fabricación: 1985. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de marzo del dos mil quince, con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del quince de abril del dos mil quince, con la base de ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Daniela Palma Rojas contra Carlos Luis Durán Paniagua. Expediente: 12-000149-1204-CJ.— Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 1° de octubre del 2014.—Licda. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—(IN2014073761). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, inscritas al tomo 324, asiento 7651-01-0901-001, demanda ordinaria anotada el tomo 2013, asiento 320411-01-0001-001, a las quince horas y treinta minutos del uno de diciembre del dos mil catorce y con la base de ciento cincuenta y siete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 44736-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Santa Cruz, cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Carlos Luis Sánchez Yong; al sur, Marianela Vargas Camacho y Empresa Tralapa y Jorge Arredondo Espinoza; al este, Empresa Tralapa y Jorge Arredondo Espinoza; y al oeste, Marianela Vargas Camacho y calle pública con frente lineal de 70.00 metros. Mide: siete mil metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del diecisiete de diciembre del dos mil catorce, con la base de ciento diecisiete millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del quince de enero del dos mil quince, con la base de treinta y nueve millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Milena Vásquez Ramírez, Randall Gerardo Rodríguez Arias. Expediente: 13-032613-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 17 de octubre del 2014.—Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—(IN2014073765). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y treinta minutos del uno de diciembre del dos mil catorce y con la base de cincuenta mil seiscientos cincuenta dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 501200-000, la cual es terreno para construir lote 5. Situada en el distrito 03 Dulce Nombre de Jesús, cantón 11 Vázquez de Coronado de la provincia de San José. Colinda: al noreste, lote 6; al noroeste, quebrada en medio y Edwin Alberto Chacón Jiménez; al sureste, calle pública con un frente a ella de 38.18 metros; y al suroeste, lote 4. Mide: dos mil quinientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de diciembre del dos mil catorce, con la base de treinta y siete mil novecientos ochenta y siete dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del quince de enero del dos mil quince, con la base de doce mil seiscientos sesenta y dos dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Luis Alexis Pitty. Expediente: 14-016852-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 15 de octubre del 2014.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—(IN2014073797). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, bajo las citas: 360-02771-01-0954-001, a las diez horas y treinta minutos del veintidós de enero del dos mil quince y con la base de tres millones novecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 473.051-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 04 Katira, cantón 15 Guatuso de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte; sur; y al este, Ademar Herrera Arias; y al oeste, frente a calle pública de 13 metros. Mide: trescientos veinticinco metros cuadrados. Plano: A-1455985-2010. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del seis de febrero del dos mil quince, con la base de dos millones novecientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintitrés de febrero del dos mil quince, con la base de novecientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Fabricio Díaz Huete. Expediente: 13-000011-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 26 de setiembre del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.— (IN2014073841). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, citas: 0431-00014489-01-0283-001, a las diez horas y treinta minutos del quince de enero del dos mil quince y con la base de nueve millones quinientos quince mil setecientos setenta y nueve colones con veinticinco céntimos, en el mejor postor Miércoles 5 de noviembre del 2014 remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número noventa y cinco mil ciento veintitrés-cero cero uno-cero cero dos, la cual es terreno para la agricultura, lote 13, asentamiento Lajas en parcelación. Situada en el distrito 01 las Juntas, cantón 07 Abangares de la provincia de Guanacaste. Colinda: al noreste, Mario Campos Campos; al noroeste, calle pública con un frente de 80 m 51 cm y con parcelas del IDA con quebrada en medio; al sureste, IDA; y al suroeste, calle pública en lastre con frente de 445 m 55 cm. Mide: ochenta y ocho mil ochocientos quince metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Plano: G-0148652-1993. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta de enero del dos mil quince, con la base de siete millones ciento treinta y seis mil ochocientos treinta y cuatro colones con cuarenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciséis de febrero del dos mil quince, con la base de dos millones trescientos setenta y ocho mil novecientos cuarenta y cuatro colones con ochenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Blanca Rocío de los Ángeles Castillo Marín, Miguel Gerardo Quirós Céspedes. Expediente: 14-001927-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 16 de octubre del 2014.—Licda. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza.—(IN2014073845). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción colisión 12-601360-0491TC, Juzgado de Transito de Desamparados, 13-600120-0491-TC, Juzgado de Transito de Desamparados, a las catorce horas y cero minutos del veintitrés de enero de dos mil quince y con la base de un millón quinientos setenta mil cuatrocientos sesenta y cuatro colones con setenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa 696431, marca : Toyota, estilo: Corolla CE, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: 2T1BR32E43C097240, carrocería: Sedan 4 puertas, año: 2003, color: beige. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del nueve de febrero de dos mil quince, con la base de un millón ciento setenta y siete mil ochocientos cuarenta y ocho colones con cincuenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de febrero de dos mil quince, con la base de trescientos noventa y dos mil seiscientos dieciséis colones con dieciocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Sociedad Anónima Finauto Saficar contra Sonia María Méndez Jiménez. Expediente: 13-016905-1044-CJ.— Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de julio del 2014.—Msc. Ericka Robleto Artola, Jueza.—(IN2014073849). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas y cero minutos del seis de enero del dos mil quince y con la base de cinco millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento veinticuatro mil doscientos setenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno con una casa y patio. Situada en el distrito Santa Rosa, cantón Turrialba de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Juan Gómez Serrano; al sur, Juan Rafael Araya Gómez; al este, calle pública con diez metros veinticinco centímetros de frente y Aristides Solano Vargas, ambos en parte; y al oeste, Juan Araya Gómez. Mide: ciento cincuenta y cuatro metros con nueve decímetros cuadrados. Para el segundo BOLETIN JUDICIAL Nº 213 — Pág 9 remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiuno de enero del dos mil quince, con la base de cuatro millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de febrero del dos mil quince, con la base de un millón trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Rafael de los Ángeles Araya Gómez. Expediente: 14-020716-1012-CJ.— Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 23 de octubre del 2014.—Lic. Manuel Emilio Cortés Sánchez, Juez.—(IN2014073866). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del diez de febrero del dos mil quince y con la base de seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos cincuenta y siete mil seiscientos cincuenta y cinco-cero cero cero la cual es terreno la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito primero Quesada, cantón décimo San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Juan Gabriel Rojas Rodríguez; al sur, calle pública con dieciséis punto veinte metros Fernan S. A.; al este, Juan Gabriel Rojas Rodríguez y al oeste, Gladys Pérez Rojas. Mide: Doscientos cuarenta y cinco metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticinco de febrero del año dos mil quince, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del doce de marzo del dos mil quince, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Maynor Ávila Alfaro contra Harlan Andrés Marín Fonseca. Exp. Nº 14-000689-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 21 de octubre del 2014.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2014074053). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas tomo 302 asiento 02436; a las diez horas y veinte minutos del cinco de diciembre del año dos mil catorce, y con la base de cinco mil doscientos setenta dólares con cincuenta centavos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos noventa mil seiscientos cuarenta y ocho cero cero cero la cual es terreno para la construcción y agricultura, con una casa de habitación. Situada en el distrito 10-Río Nuevo, cantón 19-Perez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Manuel Ríos Elizondo; al sur, calle pública; al este, Víctor Vargas Elizondo y Antonio Vargas Ortiz y al oeste, Manuel Ríos Elizondo. Mide: setecientos dieciséis metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las diez horas y veinte minutos del seis de enero del año dos mil quince, con la base de tres mil novecientos cincuenta y dos dólares con ochenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las diez horas y veinte minutos del veintiuno de enero del año dos mil quince con la base de mil trescientos diecisiete dólares con sesenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Built Rite S. A., contra Sandra Yorleny Ureña Vargas. Exp.: 14-006083-1200CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 03 de octubre del 2014.—(IN2014074145). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas tomo 297 asiento 14095; a las ocho horas y cero minutos del nueve de Pág 10 — BOLETIN JUDICIAL Nº 213 Miércoles 5 de noviembre del 2014 diciembre del año dos mil catorce, y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento catorce mil noventa y nueve cero cero cero la cual es terreno lote 1 para construir con un rancho. Situada en el distrito 1-Buenos Aires, cantón 3-Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Frank Espinoza Varela; al sur, Hernán Cordero Arias; al este, calle pública y al oeste, Hernán Cordero Arias. Mide: cuatrocientos veinticuatro metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de enero del año dos mil quince, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintidós de enero del año dos mil quince con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Pedro Guido Vidal Beita. Exp.: 14-006305-1200CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 09 de octubre del 2014.—Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2014074161). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones y servidumbres sirvientes; a las nueve horas y cero minutos del cuatro de diciembre del dos mil catorce, y con la base de tres millones doscientos setenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 89432-000 la cual es terreno para construir situada en el distrito 2-Santa Cecilia cantón 10-La Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública con 18,55 metros de frente; sur, Norma Canales Rugama; este, Hernaldo Mercado Suazo, oeste, Narciso Canales Carrillo y servidumbre en medio frente de 22,09 metros. Mide: cuatrocientos seis metros con sesenta decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de diciembre de dos mil catorce, con la base de dos millones cuatrocientos cincuenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veinte de enero de dos mil quince con la base de ochocientos dieciocho mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Freddy Álvarez Pineda, Joel Canales Rugama. Exp.: 14-0019731206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 22 de octubre del 2014.—Licdo. Carlos Manuel Ruiz Rodríguez, Juez.—(IN2014074162). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando cond prohi reser ref: 362869 000 citas tomo 394 asiento 12850 así como servidumbre sirviente citas tomo 394 asiento 12850; a las ocho horas y cero minutos del nueve de diciembre del año dos mil catorce, y con la base de seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos noventa y cinco mil novecientos siete cero cero cero la cual es terreno de charrales. Situada en el distrito 5-San Pedro, cantón 19-Perez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Arturo Piedra Mesen; al sur, Virginia Jiménez Castillo; al este, Arturo Piedra y Virginia Jiménez y al oeste, Adeli Muñoz y Virginia Jiménez. Mide: seis mil seiscientos noventa y tres metros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de enero del año dos mil quince, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintidós de enero del año dos mil quince con la base de un millón quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ademar Umaña Barquero, Kattia Gerlany Umaña Thames. Exp.: 14-005210-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 03 de octubre del 2014.—Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2014074163). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de noviembre de dos mil catorce, y con la base de dos millones ochocientos quince mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placa 905911, marca Mitsubishi, estilo Montero Sport, capacidad 5 personas, todo terreno 4 puertas, año 199, color dorado, 4x2, 3000 cc, gasolina, Chasis Nº K860XP039625. Para el Segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del quince de diciembre de dos mil catorce, con la base de dos millones ciento once mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de enero de dos mil quince con la base de setecientos tres mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Mauricio Alonso Fernández Rojas. Exp.: 14-015551-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 27 de agosto del 2014.—Marvin Ovares Leandro, Juez.— (IN2014074168). En la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del cinco de diciembre del dos mil catorce, y con la base de quinientos cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número MOT-doscientos setenta y nueve mil seiscientos setenta (MOT-279670), marca Suzuki, estilo GN125H, categoría motocicleta, capacidad 2 personas, año 2009, color negro, serie, chasís y Vin LC6PCJG9X90808493, cilindrada 124 cc, combustible gasolina, motor Nº 157FMI3A1T25875. Para el Segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del diecinueve de enero de dos mil quince, con la base de trescientos setenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del tres de febrero de dos mil quince con la base de ciento veintiséis mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Lorenzo Antonio Cruz Duarte. Exp.: 13-008067-1170CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 28 de agosto del 2014.—Lic. Carlos Manuel Contreras Reyes, Juez.—(IN2014074170). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Servidumbre trasladada bajo las citas: 306-11152-01-0942- 001; a las diez horas y cero minutos del uno de diciembre del año dos mil catorce, y con la base de cincuenta y ocho millones setecientos setenta y ocho mil novecientos noventa y cinco colones con cincuenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 80390-000 la cual es terreno para construir lote 2 SECC C. Situada en el distrito 4- Ángeles, cantón 5-San Rafael, Miércoles 5 de noviembre del 2014 de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con 22 m 40 cm; al sur, Álvaro Rossi Chavarría; al este, lote 1C y al oeste, lote 3C. Mide: mil novecientos cincuenta y tres metros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete de diciembre del año dos mil catorce, con la base de cuarenta y cuatro millones ochenta y cuatro mil doscientos cuarenta y seis colones con sesenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del quince de enero del año dos mil quince con la base de catorce millones seiscientos noventa y cuatro mil setecientos cuarenta y ocho colones con ochenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Edgar Alberto Leandro Quesada, Karol Patricia Mena Murillo. Exp.: 14-020102-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 03 de octubre del 2014.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza.—(IN2014074171). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del nueve de diciembre de dos mil catorce, y con la base de quinientos noventa mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: MOT- 219567, marca: Jinan Qingqi; estilo: QM 125 10K; capacidad: 2 personas; año: 2008; color: rojo; carrocería: motocicleta; tracción: 2X2; chasis: LAELKA40X8B650004; N° motor: 157FMI0706007553; cilindrada: 125 cc; combustible: gasolina; cilindros: 01. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de enero de dos mil quince, con la base de cuatrocientos cuarenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de febrero de dos mil quince con la base de ciento cuarenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Marco Vinicio Ovares Barrantes. Exp.: 11-011719-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 09 de setiembre del 2014.— Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—(IN2014074172). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Citas: 320-01950-01-0902-005, hipoteca de primer grado citas: 2011-188791-01-0001-001; a las diez horas y cero minutos del cinco de diciembre de dos mil catorce, y con la base de cuatro millones doscientos ochenta y seis mil ciento cuarenta y cinco colones exactos (¢4.286.145,00), en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número veintinueve mil quinientos sesenta y siete cero cero cero (29.567-000), la cual es naturaleza: terreno de agricultura y repasto. Situada en el distrito 5-Paquera, cantón: 1-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, I.D.A; al sur, calle pública, Francisco, José Francisco y Wilfredo Arguijo Molina e Isidro Alvarado Arias; al este, Braulio Jiménez Cruz, Wilfredo Arguijo Jiménez e Isidro Alvarado Arias y al oeste, Pedro Vivas, Francisco Arguijo Jiménez e Isidro Alvarado Arias. Mide: ciento sesenta mil ochocientos setenta y ocho metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Plano: P-0986313-2005. Para el Segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de enero de dos mil quince, con la base de tres millones doscientos catorce mil seiscientos ocho colones con setenta y cinco céntimos (¢3.214.608,75) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintiuno de enero de dos mil quince con la base de un millón setenta y un mil quinientos treinta y seis colones con veinticinco céntimos (¢1.071.536,25) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Centro Agrícola Cantonal de Puntarenas contra Cristian Sánchez Arce, Flory Arce Molina. Exp.: 14-000751- BOLETIN JUDICIAL Nº 213 — Pág 11 1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 24 de octubre del 2014.—Lic. Carlos Manuel Ruiz Rodríguez, Juez.—(IN2014074173). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del trece de enero de dos mil quince, y con la base de setecientos sesenta y nueve mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 832015, marca Hyundai, estilo Accent, categoría automóvil, capacidad 5 personas, color azul, vin KMHVF21NPTU388238, cilindrada 1500 cc., combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho de enero del dos mil quince, con la base de quinientos setenta y seis mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del doce de febrero del dos mil quince, con la base de ciento noventa y dos mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Álvaro Steven Zamora Chaves, exp. N° 13-0057871044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de julio del año 2014.—Msc. Ericka Robleto Artola, Jueza.—(IN2014074177). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del catorce de enero del dos mil quince, y con la base de trescientos diez mil quinientos cincuenta y dos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número MOT-264176, marca light, estilo BS 200 GY 11, categoría motocicleta, año 2009, color negro, Vin LHJJJM02983003287, cilindrada 200 cc. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de enero del dos mil quince, con la base de doscientos treinta y dos mil novecientos catorce colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del trece de febrero del dos mil quince, con la base de setenta y siete mil seiscientos treinta y ocho colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Eriberto Martínez Bonilla, exp. N° 13-005178-1044-CJ.— Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de julio del año 2014.—Msc. Ericka Robleto Artola, Jueza.—(IN2014074179). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones bajo la sumaria 11-003032-0494-TR; a las catorce horas y cero minutos del quince de enero del dos mil quince, y con la base de un millón setecientos ochenta y dos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placa: 878884, marca: Hyundai, categoría: automóvil, vin: KMHVA21NPXU 421805, estilo: Accent, año: 1999, color: blanco, cilindrada: 1500 c.c. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta de enero de dos mil quince, con la base de un millón seiscientos veintinueve mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciséis de febrero del dos mil quince, con la base de quinientos cuarenta y tres mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Betania María González Zepeda, expediente N° 13-006325- Pág 12 — BOLETIN JUDICIAL Nº 213 Miércoles 5 de noviembre del 2014 1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de julio del año 2014.—Msc. Ericka Robleto Artola, Jueza.—(IN2014074199). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso citas: 44310466-02-0010-001; a las once horas y cero minutos del seis de enero del año dos mil quince, y con la base de once millones doscientos ochenta y tres mil cuatrocientos veinticinco colones con cincuenta y seis céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cincuenta y ocho mil doscientos cincuenta y cuatro cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito Colón cantón Mora de la provincia de San José. Colinda: al noreste, Fiorella Di Leoni Escalante y servidumbre de paso con un metro setenta y cinco centímetros de frente al noroeste Marlene Flores Bustamante; al sureste, Stefano Di Leoni Escalante y servidumbre de paso con 10 metros 93 centímetros de frente, y al suroeste, Inmobiliaria Pacacua S. A. Mide: trescientos cuarenta y tres metros con un decímetro cuadrado. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veintiuno de enero del año dos mil quince con la base de ocho millones cuatrocientos sesenta y dos mil quinientos sesenta y nueve colones con diecisiete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del cinco de febrero del año dos mil quince con la base de dos millones ochocientos veinte mil ochocientos cincuenta y seis colones con treinta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Gian Carlo Di Leoni Escalante, Tatiana María de los Ángeles Freer Hoffman, expediente N° 14-020673-1012-CJ.— Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 27 de octubre del año 2014.—Lic. Manuel Emilio Cortés Sánchez, Juez.—(IN2014074200) En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas quince minutos del dieciséis de enero del dos mil quince, y con la base de un millón setecientos ochenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas CL-210981 Marca: Nissan, estilo: D21, capacidad: 4 personas, año: 1997, color: blanco, categoría: carga liviana, carrocería: caja abierta o cam-pu, tracción: 4X4, chasis: 1N6SD16YXVC368849, número de motor: no existe, cilindrada: 2400 c. c., combustible: gasolina, cilindros: 04. Para el segundo remate se señalan las ocho horas quince minutos del dos de febrero del dos mil quince, con la base de un millón trescientos treinta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas quince minutos del diecisiete de febrero del dos mil quince con la base de cuatrocientos cuarenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Plácido David Sanabria Delgado. Exp: 13-001144-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 15 de octubre del año 2014.—Licda. Marlen Angulo Arrieta, Jueza.— (IN2014074201). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción boleta 2012-238700041 sumaria 12-000527-0497-TR del Juzgado de Transito de Heredia; a las ocho horas y cero minutos del diecinueve de enero de dos mil quince, y con la base de tres millones seiscientos noventa y nueve mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: EL vehículo placas 849426, marca Mitsubishi, categoría automóvil, serie JA4MW31R41J039971, carrocería Station Wagon o familiar tracción 4x4 uso particular estilo Montero XLS capacidad 7 personas año 2001 color champagne cilindrada 3500 cc combustible gasolina cilindros 06. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos del tres de febrero de dos mil quince, con la base de dos millones setecientos setenta y cuatro mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciocho de febrero de dos mil quince con la base de novecientos veinticuatro mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Porfirio Wagner Jiménez Barboza, expediente N° 13007918-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de octubre del año 2014.—Licda. Melania Jiménez Vargas, Jueza.—(IN2014074202). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del diecinueve de enero del dos mil quince, y con la base de ochocientos noventa y ocho mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placa:686277, marca: Hyundai, vin: KMHVA21NPSU109943, color: verde, año: 1995, categoría: automóvil, cilindrada. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del tres de febrero del dos mil quince, con la base de seiscientos setenta y tres mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de febrero del dos mil quince, con la base de doscientos veinticuatro mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit contra Hancy Navarrete Valerin, expediente N° 09-029348-1044CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 5 de setiembre del año 2014.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—(IN2014074204). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 36400017-01-0900-001; a las ocho horas y treinta minutos del catorce de enero del año dos mil quince, y con la base de catorce millones seiscientos diecisiete mil quinientos veintidós colones con noventa y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y seis mil setecientos sesenta y dos cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito noveno Monte Verde, cantón primero Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Javier y José Luis Vargas Montero; al sur, Javier y José Luis Vargas Montero; al este, calle publica con 10,09 m, y al oeste, Productores de Monteverde S. A.. Mide: ciento noventa metros con diecisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintinueve de enero del año dos mil quince, con la base de diez millones novecientos sesenta y tres mil ciento cuarenta y dos colones con veintiún céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del trece de febrero del año dos mil quince, con la base de tres millones seiscientos cincuenta y cuatro mil trescientos ochenta colones con setenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Ingrid Arias Martínez, expediente N° 14-0020701205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 29 de octubre del año 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2014074209). Miércoles 5 de noviembre del 2014 Nueve horas treinta minutos del veintiséis de enero de dos mil quince, en la puerta exterior de este Despacho; soportando contrato prendario inscrito al tomo 0010, asiento 45056 y decreto de embargo, inscrito al tomo 0013 asiento 85628; sáquese a remate el (los) bien(es) dado(s) en garantía, sea el un vehículo placas 462139, marca Toyota, categoría automovil, carrocería sedan 4 puertas, chasis AE1113106239, uso particular, estilo Corolla XLI, capacidad cinco personas, año 2002, color blanco, número de motor 4AJ160450, con la base de dos millones setecientos diez mil colones (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del nueve de febrero de dos mil quince, con la base de dos millones treinta y dos mil quinientos colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintitrés de febrero del dos mil quince, con la base de seiscientos setenta y siete mil quinientos colones (un 25%). Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Rolando Zúñiga Oses contra Desalmacenaje Torre Fuerte S .A y Lilliam Scott Esquivel. Expediente Nº 06-001444-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía San José, 16 de octubre del 2014.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—(IN2014074211). Convocatorias Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Hernán Garnier Oreamuno, a una junta que se verificará en este juzgado a las ocho horas treinta minutos del cuatro de diciembre del dos mil catorce, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. N° 09-100080-0917CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 03 de octubre del 2014.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014069067). Se convoca a todos los interesados en la Sucesión de, Mesías Huaringa Ricci, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas treinta minutos del dos de diciembre del dos mil catorce, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. 97-001300-0181CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía, San José, 30 de octubre del 2014.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.— (IN2014074079). Títulos Supletorios Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 12-000028-0298-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Marcela Barboza García, mayor, casada una vez, de oficios domésticos, vecina de La Palmera de Katira de Guatuso, Alajuela, 50 metros este de la escuela, cédula de identidad dos-cuatrocientos cincuenta y dos-doscientos treinta y siete, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Terreno de pastos y para la agricultura, sito en La Palmera, Distrito cuatro, Katira, Cantón quince, Guatuso, de la Provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: al norte, Marita Quesada Jiménez, Agustín Mejías López y Wendy Molina González; al sur, calle pública con un frente a ella de ciento sesenta y cuatro metros con dos centímetros lineales; al este, Marcela de los Ángeles Barboza García; y al oeste, Marita Quesada Jiménez, Sara Quesada Jiménez, Carlos Gabriel Rodríguez Castro y calle pública con un frente a ella de ciento cuatro metros con treinta y dos centímetros lineales. Mide: cuarenta y un mil ochocientos noventa y cinco metros cuadrados, tal y como lo indica el plano catastral número A-un millón cuatrocientos dieciocho mil ochocientos setenta y siete-dos mil diez (A-1418877-2010) de fecha 12 de mayo de 2010. Indica el promovente que sobre el inmueble no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estimó el inmueble en la suma de un millón de colones y las diligencias en la suma de trescientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por compraventa que le hiciera a la señora Ana Rosa Ocampo Rojas, mayor, soltera, de oficios domésticos, cédula de identidad número 5-171-821, vecina de Katira de Guatuso, Alajuela, 200 metros sur del Río Rito, en fecha 07 de junio de 2011, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma BOLETIN JUDICIAL Nº 213 — Pág 13 quieta, pública, pacífica, sin interrupción, de buena fe y a título de dueña por más de diez años. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria N° 12-000028-0298-AG, promovida por Marcela Barboza García.—Juzgado Civil, Trabajo y de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, 02 de octubre de 2014.—Lic. Yeison Darío Rodríguez Fernández, Juez Agrario.—1 vez.—(IN2014070734). Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente 11-100107-217-CI, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Natalia Ortega Montero, quien es mayor, casada una vez, separada de hecho, miscelánea, vecina de Tarbaca de Aserrí, doscientos metros oeste de la plaza de deportes, cédula 1-0736-0195, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: terreno de patio y solar con una casa, ubicado en Tarbaca, distrito segundo del cantón sexto de Aserrí, provincia de San José, cuya área según el plano es de mil cuatrocientos setenta metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Linda al norte, con: Adrián Barboza Castro y Carlos Enrique Mora Barboza; al sur, con plaza de deportes Tarbaca y calle pública; con frente de tres metros y dieciocho centímetros, al oeste, con Enrique Mora Barboza y Odilia Barboza Porras; y al este, con: Daniel Calderón López. Se cita y emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Exp. 11-1001-07-0217-CI, información posesoria promovida por Natalia Ortega Montero.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 29 de julio del 2014.—Msc. Kattia Sequeira Muñoz, Jueza.—1 vez.—(IN2014071309). Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000351-0638-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Asociación Administradora de Acueductos y Alcantarillados de Cariblanco de Sarapiquí de Alajuela representada por José Antonio Salas Quesada, quien es mayor, casado una vez, vecino de Cariblanco de Sarapiquí, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-0656-0426, comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno solar, tanque de agua. Situada en el distrito catorce Sarapiquí, cantón primero Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, al este y al oeste, con Juan Mora Montoya. Mide: quinientos noventa y cinco metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por posesión originaria, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en tener una edificación de un tanque de agua. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Asociación Administradora de Acueductos y Alcantarillados de Cariblanco de Sarapiquí, Alajuela. Exp.: 14000351-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 04 de setiembre del 2014.—Licda. Roxana Hernández Araya, Jueza.—1 vez.—(IN2014071328). Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 11-000352-0640-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Inversiones Incalva Sociedad Resp. Ltda., representada por Floribeth Alvarado Hernández, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de San Pág 14 — BOLETIN JUDICIAL Nº 213 Miércoles 5 de noviembre del 2014 José, la cual es terreno para construir con una casa y solar.- Situada en el distrito 02 San Lorenzo, cantón 05 Tarrazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ellas de doce metros con veintinueve centímetros; al sur, German Campos Camacho; al este, Etelgive Fallas Mena y al oeste, Inversiones Incalva S.R.L. Mide: doscientos setenta y cuatro metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación del señor Olman Calvo Cruz, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cuido, mantenimiento de la propiedad, deslinde y amojonamiento y construcción de casa. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad.- Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Inversiones Incalva Sociedad Resp. Ltda. Exp. 11-000352-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, Cartago, 11 de agosto del 2014.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—1 vez.—(IN2014072206). Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por María de Los Ángeles Garita Marín, mayor, divorciada una vez, ama de casa, vecina de Paquera, cédula seis- cero doscientos treinta y siete- cero cero quince, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno de para construir, sito en distrito cinco, Paquera, del cantón primero de la Provincia de Puntarenas. Linda al norte, con calle pública con un frente de dieciséis metros con doce decímetros lineales; al sur, con Alicia Chavarría Santamaría; al oeste, con Alicia Badilla Garita y José Luis Ugalde Badilla, al este, con Roberto Prendas Madrigal y Lareth de los Ángeles Garita Siles, mide: dos mil doscientos cuarenta y siete metros con cero cinco decímetros cuadrados, según plano catastrado número P- uno uno ocho cero ocho cero ocho cinco cuatro del dos mil siete. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tiene por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay condueños, ni pesan cargas reales sobre el ni gravámenes sobre el. Lo adquirió por medio de Posesión indirecta, el inmueble lo estima en la suma de un millón quinientos mil colones. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria N° 08-100326642-CI-3 DE.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—1 vez.—(IN2014072211). Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000042-0465-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de José Francisco Loaiza Loaiza quien es mayor, estado civil viudo, vecino de San José, San Antonio de Desamparados, de la Escuela República de Panamá, 300 metros al sur, 50 metros este, 20 metros norte, casa a mano izquierda, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número tres cero cero setenta y uno - cero - ciento setenta y uno, profesión Perito Topógrafo, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es para agricultura. Situada en el distrito: Matina, cantón: Matina, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Instituto de Desarrollo Rural, INDER; al sur, Calle publica, con un frente de 780.36 metros lineales; al este, Instituto de Desarrollo Rural, INDER y al oeste, Instituto de Desarrollo Rural, INDER. Mide: Dos hectáreas, cinco mil cuatrocientos setenta y seis metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número L-1530590-2011. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por José Francisco Loaiza Loaiza. Exp. N° 14-000042-0465-AG.— Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de La Zona Atlántica, Limón, 3 de octubre del 2014.—Lic. Javier Villalón Ruiz, Juez.—1 vez.—(IN2014072387). Se hace saber que ante este Despacho se encuentra el expediente N° 13-000032-0388-CI, el cual corresponde a un proceso de diligencias de información posesoria, promovido por Hilda Rojas Briceño, quien es mayor, viuda una vez, ama de casa, cédula 9-0018-0778 y vecina de Santa Cruz, Guanacaste, de la esquina noroeste de la iglesia católica ciento cuenta metros al este; el cual interpuso a fin de que se inscriba a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, un terreno que es para construir, situado en San Martín, distrito 01 (Santa Cruz), cantón 03 (Santa Cruz), provincia de Guanacaste; el cual colinda al norte, calle pública con un frente a ella de doce metros y ocho centímetros lineales, sur, Naniette Blanco Sánchez, este, Carlos Benito Matarrita Matarrita y oeste, Teodora Chaves Briceño; mide 360.45 m2, según plano G-306535-78. Indica la parte promotora: que sobre el mismo no pesan cargas reales o gravámenes, que mediante dicho proceso no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, que estima el inmueble en dos millones de colones, que lo adquirió mediante donación que le hizo su cónyuge Adalberto Ruiz Navarro, mayor, casado una vez, cédula 5-055-0939, vecino de Santa Cruz, Guanacaste de la casa cural 125 metros al este en el año de 1980 que hasta la fecha lo ha poseído en calidad de única persona propietaria y en forma continua, pública y pacífica; que los actos de posesión que ha ejercido sobre el han consistido en mantenimiento con respecto al cuido de la casa y reparaciones de la misma, chapeas y mantenimiento de tapias, que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles y que carece de título inscribible de dominio. Por tal razón y de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Informaciones Posesorias, se emplaza por este medio a todas las personas interesadas en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Civil y de Trabajo de Santa Cruz, Guanacaste, 11 de marzo de 2014.—Lic. José Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—1 vez.—(IN2014072748). Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por Mónica Valverde Leandro, soltera, estudiante, con cédula uno-uno cinco nueve seis-cinco cuatro uno, vecina de Marañonal de Esparza para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del Partido de Puntarenas, que es terreno para construir, sito en Marañonal de Esparza, distrito primero Espíritu Santo, cantón segundo Esparza de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con Antonia Abarca Chacón; al norte; y oeste, con calle pública; al este, con Iveth Mico Guevara. Mide: ciento noventa y dos metros con noventa y dos decímetros cuadrados, según plano catastrado número P-cuatro seis nueve uno tres cero-mil novecientos noventa y ocho. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tiene por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay condueños, ni pesan cargas reales sobre el ni gravámenes sobre el. Lo adquirieron por medio de Cesión, el inmueble lo estima en la suma de seiscientos mil colones mil colones. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir deberá hacerlo saber a este despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria N° 08-100556642-CI-2 de Mónica Valverde Leandro.—Juzgado Agrario de Puntarenas.—Licda. Xinia González Grajales, Jueza.—1 vez.— (IN2014072848). Zaida Francisca Cubillo Cubillo, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad dos-cuatrocientos sesenta y dosquinientos ochenta y seis, vecina de Llano Grande de Mercedes Miércoles 5 de noviembre del 2014 Norte de Puriscal, promueve diligencias de información posesoria para que se ordene al Registro Público de la Propiedad, inscribir a su nombre las fincas que se describen así: terreno para construir con una casa de habitación y árboles frutales, sito en Quebrada Honda de Mercedes Sur de Puriscal, distrito cero dos, cantón cero cuatro de la provincia de San José. Linderos actuales y topográficos norte, calle pública con una distancia de ciento tres metros con sesenta y cinco centímetros lineales; sur yurro en medio de Elieres Borbón Ríos; este, Cahunahi Sociedad Anónima; y oeste, yurro en medio de Elieres Borbón Ríos. Mide: seis mil ciento sesenta metros cuadrados, según el plano catastrado SJ-un millón seiscientos treinta y seis mil diezdos mil trece. Se cita y emplaza a todos los interesados para que en el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen en el asunto en defensa de sus derechos. Información posesoria N° 13-100108-0197-CI.—Juzgado Civil de Trabajo y Familia de Puriscal, Santiago, 4 de agosto de 2014.—Lic. Jainer Alonso Gamboa Muñoz, Juez.—1 vez.—(IN2014072942). Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 14-000116-0422-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Felipa Auxiliadora Díaz Sandigo, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de Calle Madrigal en Curridabat, San José, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 8-0083-0018, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 Puerto Jiménez, cantón 07 Golfito de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Roberto Fonseca Salas; al sur, calle pública con un frente a ella de treinta y un metros con veintiocho centímetros lineales; al este, Mary Idalmin Prado Corella; y al oeste, calle pública con un frente a ella de cincuenta y un metros con sesenta y tres centímetros lineales. Mide: un mil quinientos treinta y tres metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble el 14 de enero de 2013 del señor Nicolás Cedeño Cervicio y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza de maleza, chapeo, rondeo, reparación de cercas y cuido en general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Felipa Auxiliadora Díaz Sandigo. Expediente: 14-0001160422-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Golfito, 8 de octubre del 2014.—Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—1 vez.— (IN2014072956). Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000119-0388-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Minor Córdoba Quesada quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Alajuela, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-324-483, profesión pensionado, y Michell Córdoba Zamora, quien es casado una vez, Alajuela, portador de la cédula de identidad 2-567-365, profesión empresario, a fin de inscribir a nuestro nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tres 27 de abril, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al noreste, Mariela Peña Valle; al sureste, calle pública con un frente a ella de veinte metros con veintisiete decímetros lineales; al suroeste, Katherine Calderón Jiménez, y al noroeste, Alexis Baltodano Moreno Y Felipe Cabalceta Pérez. Mide: cuatrocientos sesenta y tres metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres BOLETIN JUDICIAL Nº 213 — Pág 15 millones colones. Que adquirió dicho inmueble venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento, en cuanto a limpieza, chapeas y cercas de alambre de púas con postes de madera. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Minor Córdoba Quesada, expediente N° 14-000119-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, San José, 5 de agosto del año 2014.—Lic. Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—1 vez.—(IN2014073000). Patrocinia Cedeño Sánchez, c.c. Xinia Cedeño Sánchez, mayor, casada dos veces, portadora de la cédula de identidad seis-cero cero ocho cinco-cero dos cero dos, pensionada, vecina de Barrio El Alto San Rafael de Aserrí, promueve diligencias de información posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad el inmueble que a continuación detallo: terreno: cultivos. Situado: Barrio Bonito de Terrones, distrito segundo Puerto Jiménez, cantón sétimo Golfito de la provincia de Puntarenas. Mide: dieciséis mil cincuenta y seis metros cuadrados. Linda: norte, Rafael Bogantes Ramírez; sur, Nicolás Cedeño Cersivio; este, Nicolás Cedeño Cercivio; y oeste, Nicolás Cedeño Cedeño Cersivio. Plano catastrado N° P-1570382-12, se estima el inmueble en la suma de diez millones de colones. Se cita y emplaza a todos los interesados, colindantes y a los que se creyesen con mejor derecho del terreno que se pretende inscribir para que dentro del término de un mes contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial se apersonen a hacer valer sus derecho bajo el apercibimiento de que si así no lo hicieren se ordenará su inscripción en el registro. Notifíquese. Información posesoria: 14-000074-419-AG, interno: 94-3-14, promovido por Patrocinia Cedeño Sánchez c.c. Xinia Cedeño Sánchez.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur Corredores.— Licda. Marisel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—(IN2014073011). Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 12-000304-0386-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de José Luis Centeno García, quien es mayor, estado civil unión libre, vecino de San Roque de Liberia, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-cero once-quinientos veintidós, profesión pensionado, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito primero, cantón primero de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Douglas José Sánchez Artola; al sur, calle pública con un frente de treinta y tres metros con un centímetros; al este, Josefa Marcelina Quintana Quintana; y al oeste, calle pública con un frente de quince metros con diecisiete centímetros. Mide: cuatrocientos ochenta metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble de forma originaria y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en construcción y mantenimiento de las cercas, construcción de casa y plantas ornamentales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por José Luis Centeno García. Expediente: 12000304-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 15 de enero del 2013.—Lic. Benito Jiménez Carranza, Juez.—1 vez.—(IN2014073013). Pág 16 — BOLETIN JUDICIAL Nº 213 Miércoles 5 de noviembre del 2014 Citaciones Se Notifica a los herederos legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en el proceso sucesorio de quien en vida fue José Raúl Fernández Cubero, cédula 9-040-341, para que hagan valer sus derechos, por un plazo de 30 días hábiles, el cual se tramita en la Notaría de Evelin Sandoval Sandoval en San Francisco de Dos Ríos, de la Iglesia Católica 400 mts. Este, 100 Sur.—San José, 8 de octubre del 2014.—Licda. Evelin Sandoval Sandoval, Notaria.—1 vez.—(IN2014068803). El día catorce de octubre del dos mil catorce, compareció ante esta notaría el señor Miguel Valerio Venegas, mayor, cédula de identidad número 4-0082-0188, para solicitar la Apertura y Tramitación del Proceso Sucesorio en sede Notarial número 0012014, de quien en vida fue Nelly Sandí Madrigal, mayor, casada en primeras nupcias, oficios del hogar, cédula de identidad número 1-0273-0482, vecina de San José, Desamparados, San Rafael Arriba, 250 metros sur del Beneficio Volcafé. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados de la fallecida, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaria, situada en San José, Desamparados, San Rafael Arriba, frente al Ebais, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.—Lic. Óscar José Porras Cascante, Notario.—1 vez.—(IN2014071130). Se cita a todos los interesados en el proceso sucesorio de Fernando Gutiérrez Méndez, quien fue mayor, divorciado una vez, desempleado, vecino de Barrio Cuba, calle 24, avenida 32 Riu, portador de la cédula de identidad número uno-trescientos tres-quinientos veintiuno, para que comparezcan dentro de treinta días contados a partir de la fecha de la primera publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que en su omisión la herencia pasará a quien corresponda, sin perjuicio de tercero de mejor o igual derecho. Sucesión de Fernando Gutiérrez Méndez, 14-000198-0221-CI.—Juzgado Segundo Civil de Menor Cuantía, San José, 25 de setiembre del 2014.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—1 vez.—(IN2014071135). Se hace saber que en esta notaría se tramita el proceso sucesorio notarial de quien en vida fue Fernando Paniagua Solís, mayor, casado una vez, constructor, vecino de La Máquina de San Pedro de Barva-Heredia, ciento veinticinco metros norte de pulpería La Máquina, con cedula de identidad número 401150044. Se emplaza a los herederos, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de 30 días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro del plazo, aquella pasará a quien corresponda. Notaría del Licenciado Mario Enrique Ulate Ulate, sita en la Ciudad de Heredia, avenida 4, calles 2 y 4, altos de Tienda Cáry. Teléfonos (506)2261-8642 o al fax (506)2237-6934.—Lic. Mario Enrique Ulate Ulate, Notario.—1 vez.—(IN2014071149). Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio mancomunado de quienes en vida se llamaron Emilia Vega Orozco, mayor, casada una vez, oficio desconocido, costarricense, con documento de identidad 0200542268 y Antonio González Quesada, mayor, casado una vez, oficio desconocido, costarricense, con documento de identidad 0202650656, ambos vecinos de San Vicente de Moravia. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14000712-0169-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 06 de octubre del 2014.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—(IN2014071208). Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Luis Pérez Aguilar, mayor, casado una vez, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 7-040-181. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14000106-0678-CI-3.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 18 de setiembre del 2014.—Licda. Daisy Hidalgo Arias, Jueza.—1 vez.—(IN2014071253). Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Ana Lucía Monge Alvarado, quien fue mayor, soltera, vecina de Junquillo Arriba de Puriscal, cédula de identidad número 1-1217-704 , para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a los autos a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Sucesión N° 14-100084-0197CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 05 de setiembre del 2014.—Lic. Jainer Alonso Gamboa Muñoz, Juez.—1 vez.—(IN2014071264). Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Luis Guillermo Morales Serrano, mayor, casado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0302330298, peón agrícola y vecino de Santa Teresita de Turrialba. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000089-0341-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Turrialba, 08 de octubre del 2014.—Lic. Randall Gómez Chacón, Juez.—1 vez.—(IN2014071321). Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rodrigo Pérez Castro, mayor, viudo, pensionado, con documento de identidad 2-137-364 y vecino de Alajuela. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11000480-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 06 de octubre del 2014.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—1 vez.—(IN2014071352). Se cita y se emplaza a todos los herederos, acreedores e interesados en general, en la sucesión ab Intestato en sede Notarial de quien en vida fue Ana María Arias Araya, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula número uno-cero cuatro cero dos-uno uno siete cero, vecina de Barrio Laboratorio, Daniel Flores, Pérez Zeledón, frente escuela Laboratorio, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a la notaria del Licenciado Enrique Antonio Ortega Anticona, Bufete Ortega & Asociados, sita en Villa Ligia, Daniel Flores, Pérez Zeledón, cuatrocientos metros al sur de la panadería Villa Ligia, a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento a los que crean tener calidad de herederos, de que si no se apersonaren a la sucesión en esta notaría dentro del plazo conferido, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2014.—Daniel Flores, Pérez Zeledón, diecisiete de octubre del dos mil catorce.—Lic. Enrique Antonio Ortega Anticona, Notario.—1 vez.—(IN2014071392). Miércoles 5 de noviembre del 2014 Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Gerardo Enrique Núñez Sancho, quien fuera mayor, casado una vez, vecino de Heredia San Pablo de Heredia Urbanización Villas de la Quintana casa F diez, con cédula de identidad número cuatro-ciento cincuenta y siete-cero sesenta y dos, quien falleciera el pasado cuatro de febrero de dos mil catorce en Uruca, Central, San José, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de éste edicto, comparezcan ante ésta notaría en defensa de sus derechos bajo el apercibimiento de que en su omisión, la herencia pasará a quien corresponda. La dirección de esta notaría es Bufete Gallardo Abogados y Notarios, sito en San José, Barrio Dent, Edificio Latitud Dent, oficina trescientos cinco, fax 25-24-1080.— San José, dieciocho de octubre de 2014.—Lic. Alonzo Gallardo Solís, Notario.—1 vez.—(IN2014071603). Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Romelia Orozco Valerio, mayor, viuda, del hogar, vecina de Heredia, cédula número 0400379810. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-001548-0504-CI.— Juzgado Civil de Heredia, 18 de agosto del 2014.—Msc. Adrián Hilje Castillo, Juez.—1 vez.—(IN2014072140). Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Giselle Rodríguez Montero, mayor, casada una vez, ama de casa, con documento de identidad número 2-239-801 y vecina de Carrizal de Alajuela. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000417-0638-CI.— Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 de octubre del 2014.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—1 vez.—(IN2014072152). Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos Alberto Villalobos Esquivel, mayor, en unión libre, vecino de Alajuela, cédula de identidad 0400690306. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000220-0180-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 2 de junio del 2014.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—1 vez.—(IN2014072218). Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Neftali Villalobos Alfaro, mayor, soltero, agricultor, cédula de identidad número 2-0990110, cuyo último domicilio fue en la República de Panamá.- Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000392-0638-CI.— Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de setiembre del 2014.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—1 vez.—(IN2014072229). Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Luis Alberto Bolaños López, mayor, casado una vez, vendedor de lotería, cédula de identidad BOLETIN JUDICIAL Nº 213 — Pág 17 dos- doscientos treinta- trescientos veintitrés, vecino de Zaragoza de Palmares. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14000153-0296-CI.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 29 de setiembre del 2014.—Lic. Viviana Salas Hernández, Jueza.—1 vez.—(IN2014072263). Se emplaza a todos los herederos e interesados en el proceso sucesorio de quien en vida fue: Irene Castro Villalobos, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Carrizal Río Cuarto de Grecia, Alajuela, kilómetro y medio al este del cruce La Media Vuelta, cédula de identidad número dos-doscientos dos-novecientos cuarenta y cuatro; para que dentro del término de treinta días, a partir de esta publicación, se apersonen a la notaría de la Licenciada María Elieth Pacheco Rojas, ubicada al costado norte de la Iglesia Católica de Venecia de San Carlos, Alajuela, en reclamo de sus derechos. Por escritura otorgada ante esta misma notaría, a las once horas treinta minutos del veintisiete de septiembre del dos mil catorce, se solicitó la apertura del juicio sucesorio extrajudicial ab intestado en sede notarial.—Venecia de San Carlos, veinte de octubre de dos mil catorce.—Lic. María Elieth Pacheco Rojas, Notaria.—1 vez.— (IN2014072269). Se emplaza a todos los herederos e interesados en el proceso sucesorio de quien en vida fue: Jéiner de las Piedades Otárola Alfaro, mayor, casado dos veces, técnico mecánico, vecino de Aguas Zarcas de San Carlos, Alajuela, setecientos metros al norte de la Iglesia Católica, cédula número dos-trescientos cincuenta y siete-ciento setenta y seis; para que dentro del término de treinta días, a partir de esta publicación, se apersonen a la notaría de la licenciada María Elieth Pacheco Rojas, ubicada al costado norte de la Iglesia Católica de Venecia de San Carlos, Alajuela, en reclamo de sus derechos. Por escritura otorgada ante esta misma notaria, a las diez horas treinta minutos del quince de octubre del dos mil catorce, se solicitó la apertura del juicio sucesorio extrajudicial ab intestado en sede notarial.—Venecia de San Carlos, veinte de octubre de dos mil catorce.—Lic. María Elieth Pacheco Rojas, Notaria.—1 vez.— (IN2014072273). Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en sede notarial, de quien en vida fue Miguel Ángel Salazar Salazar, mayor, divorciado una vez, taxista, vecino de Cañas, Guanacaste, barrio Las Palmas Dos, de la iglesia católica trescientos metros oeste y veinticinco metros sur, con cédula de identidad número seis-cero cero siete cero-cero tres cuatro nueve, quien falleció en fecha quince de setiembre de mil novecientos noventa y tres, hijo de Delia Salazar Rodríguez, y de Miguel Ángel Ramón Salazar Bolívar, ya fallecidos, para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante la notaría pública del Lic. Jorge Sánchez Chacón, sita en Guanacaste, Cañas, ciento cincuenta metros oeste del INS, o al fax dos dos dos cuatro-cinco cinco cuatro nueve, a hacer valer sus derechos, percibidos de que si así no lo hacen la herencia pasará legalmente a quien corresponda. (Exp. 0001-2014 Proceso Sucesorio en Sede notarial de Miguel Ángel Salazar Salazar).—San José, 21 de octubre de 2014.—Lic. Jorge Sánchez Chacón, Notario.—1 vez.—(IN2014072280). Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Édgar Agustín del Carmen Víquez Muñoz, mayor, casado, pensionado, vecino de Alajuela con documento de identidad número 0400960727. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000235-0638-CI.—Juzgado Civil Pág 18 — BOLETIN JUDICIAL Nº 213 Miércoles 5 de noviembre del 2014 de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de agosto del 2014.—Msc. Ileana Ruiz Quirós, Juez.—1 vez.— (IN2014072283). Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Carlos Enrique Reyes Gómez, quien fue mayor, casado, vecina de San José, Pavas, nicaragüense, portador de la cédula de residente rentista 15580773225 a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 2014-000177-0182CI1.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 19 de agosto de 2014.—Msc. Osvaldo López Mora, Juez.—1 vez.— (IN2014072297). Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Mercedes Hernández Ortiz, mayor, viuda una vez, cédula 0201680084, y vecino(a) de San José de Upala 800 metros sureste del abastecedor. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-100167-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 5 de setiembre del 2014.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.— (IN2014072305). Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Walter Chacón Madrigal, mayor, divorciado, abogado, vecino de Repunta de Pérez Zeledón, cédula 1-219-769. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14000122-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 24 de setiembre del 2014.—Lic. Franz Loney Castro Solís, Juez.—1 vez.—(IN2014072333). Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Balbina Redondo Romero, mayor, estado civil Casada, profesión no indica, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0103090880 y vecina de Tibás. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14000462-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 4 de setiembre del 2014.—Lic. Francis Porras León, Juez.—1 vez.—(IN2014072409). Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Margarita Carmen Álvarez Silva, mayor, administradora del hogar, viuda de sus primeras nupcias, cédula 5-0082-0186, vecina de Limón, Barrio La Colina de la escuela ciento cincuenta metros al norte. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000118-0678-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 18 de agosto del 2014.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—1 vez.—(IN2014072451). Se hace saber: que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Luis Antonio Guillén Sibaja, mayor, soltero, comerciante, vecino de San Ramón de Alajuela, con cédula de identidad número 05-0163-0762. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000164-0296-CI.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 06 de octubre del año 2014.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014072587). Se emplaza a todos los herederos, legatarios, e interesados en la mortual de Alcides de Jesús López Morera quien en vida fue mayor, viudo, Comerciante, vecino de San José, Rohrmoser, cédula de identidad 5-040-545 con el fin de que se apersonen dentro del plazo de treinta días a hacer valer sus derechos, y bajo el apercibimiento de que si no lo hacen, la herencia pasará a quien corresponda. Exp. 13-000156-0183-CI sucesión de Alcides de Jesús López Morera.— Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, a las nueve horas diez minutos del tres de marzo del dos mil catorce.—Lic. Helio Campos López, Juez.—1 vez.—(IN2014072335). Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Roque Gerardo Salas Vargas, mayor, divorciado, comerciante, con documento de identidad número 02-0406-0376, y vecino de San José de Grecia . Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14000134-0295-CI proceso sucesorio de Roque Gerardo Salas Vargas, sin parte contraria.—Juzgado Civil de Grecia, 06 de octubre del año 2014.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.— (IN2014072633). Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Pedro Antonio de la Trinidad Hernández Zumbado, mayor, casado dos veces, pensionado, vecino de Fátima de Heredia, portador de la cédula de identidad número cuatro - ciento cincuenta y cinco - ochocientos ochenta y seis.- Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000435-0504-CI.— Juzgado Civil de Heredia, 24 de setiembre del 2014.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—(IN2014072360). Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Paúl Alexander Martínez Zapata quien fue mayor, casado dos veces, electricista, vecino de Calle Fallas de Desamparados, cédula de identidad 1-0659-0940, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 14-1001870217-CI. Sucesión de Paúl Alexander Martínez Zapata.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 01 de octubre del 2014.—Lic. Milkyan Sánchez Aguilar, Juez a.í.—1 vez.—(IN2014072635). Miércoles 5 de noviembre del 2014 BOLETIN JUDICIAL Nº 213 — Pág 19 Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Luis del Carmen Artavia Cruz, mayor, casado una vez, técnico eléctrico, vecino de barrio El Molino y portador de la cédula de identidad. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000037-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 25 de febrero del año 2014.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—1 vez.—(IN2014072662). Uruca, de canal seis, quinientos metros sur y setenta y cinco oeste, urbanización los árboles, casa N° veintiuno, con cédula de identidad número dos- cero ciento once-cero novecientos cuarenta. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 13-0002270181-CI.—Juzgado Segundo Civil de San José, 22 de octubre del 2013.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez Tramitador.—1 vez.— (IN2014072834). Por única vez, se cita y emplaza, a todos los interesados en la sucesión de Dulce María Redondo Granados, quien fue mayor, casada, oficios domésticos, cédula 3-0239-0465 y vecina de Cervantes de Alvarado, para que dentro de treinta días contados, a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que se crean tengan calidad de herederos, que si no se presentan dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 14-100021-0350CI. (23-14-2).—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Alvarado, Pacayas, once de setiembre del dos mil catorce.— Licda. Gisella González Sáenz, Jueza.—1 vez.—(IN2014072708). Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Alix González Segura c.c. Alice, quien fue mayor, de oficios del hogar, de estado civil divorciada, vecina de San José, la Uruca, de canal seis, quinientos metros sur y setenta y cinco oeste, urbanización los árboles, casa N° veintiuno, con cédula de identidad número dos- cero ciento once-cero novecientos cuarenta. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 13-0002270181-CI.—Juzgado Segundo Civil de San José, 22 de octubre del 2013.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez Tramitador.—1 vez.— (IN2014072834). Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Alfonso Corrales Castro, mayor, masculino, casado en primera vez, nacionalidad costarricense, con documento de identidad: 0301880417, y vecino de las Colonias de Guayabo de Santa Teresita de Turrialba, hijo del señor Nicolás Corrales Loaiza y la señora Aurelia Castro Pérez, falleció el día once de marzo del dos mil catorce, en la cuidad de Turrialba de Cartago. Se cita a los(as) herederos(as), legatarios, acreedores y en general a todos(as) los(as) interesados(as), para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº14-000054-0341-CI.—Juzgado Civil Mayor Cuantía de Turrialba, 21 de agosto del año 2014.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez Civil.—1 vez.—(IN2014072718). Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Norma Solano Aguilar, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0101930514 y vecina de Tibás, San José. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000624-0169-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 14 de octubre del año 2014.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—(IN2014072722). Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Richard Dyer Ward, mayor, viudo, pensionado, costarricense, cédula de identidad 8-0046-0881 y vecino de Escazú, para que dentro de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Proceso sucesorio número 14-000174-0220-CI (161-2014) de Richard Dyer Ward promovido por Dery Jill Dyer Muller.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Escazú, 15 de octubre del 2014.—Lic. Alexander Solano Pérez, Juez.—1 vez.—(IN2014072734). Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Alix González Segura c.c. Alice, quien fue mayor, de oficios del hogar, de estado civil divorciada, vecina de San José, la Se emplaza a todos los interesados en la sucesión N° 14000116-0223-CI de Thomas Gilmore Allen, quien en vida fue mayor, casado, inversionista, cédula 8-665-057, vecino de Escazú, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro de ese plazo la herencia pasará a quien corresponda.— Juzgado Primero Civil de San José, 9 de octubre de 2014.—Msc. Froylán Alvarado Zelada, Juez.—1 vez.—(IN2014072860). Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Odilia de la Luz Romero Quirós, mayor, viuda una vez, ama de casa, cédula de identidad número 3 0077 0743, vecina de Dulce Nombre de Cartago. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 14-000342-0640-CI.— Juzgado Civil de Cartago, 9 de octubre del 2014.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—1 vez.—(IN2014072879). Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Gerardo Arrieta Mejías, mayor, divorciado, con documento de identidad 6-093-497 y vecino de Desamparados de Alajuela. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 13-000510-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 30 de setiembre del 2014.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—1 vez.—(IN2014072921). Se cita y emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión legítima extrajudicial de quien en vida fue: Carlos Enrique Anglada Soler, para que en el término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan en este proceso a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren dentro del indicado término, la herencia pasará a quien Pág 20 — BOLETIN JUDICIAL Nº 213 Miércoles 5 de noviembre del 2014 corresponda. El expediente se encuentra en la notaría del Lic. Arnoldo Soley Soler, situada en Barrio Escalante, avenida once, calles treinta y uno y treinta y tres, número tres mil ciento ochenta y cinco, donde puede ser consultado por cualquier interesado.—San José, catorce horas del veintidós de octubre del dos mil catorce.— Lic. Arnoldo Soley Soler, Notario.—1 vez.—(IN2014072928). Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Asdrúbal Sánchez Vargas, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Alajuela, cédula de identidad 0201790736. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 14000301-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de setiembre del 2014.—Msc. Ileana Ruiz Quirós, Jueza.—1 vez.—(IN2014072931). Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Antonio Zamora Cerdas, mayor, bínubo, agricultor, nacionalidad costarricense, con documento de identidad número 501390091 y vecino de Liberia, Guanacaste. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 14-000083-0386-CI.— Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 29 de setiembre del 2014.—Licda. Ivannia Solano Gómez, Jueza.—1 vez.—(IN2014072936). Con treinta días de plazo se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios y demás interesados en el proceso sucesorio N° 14-100039-0216 CI (103-14) de Eric Vicente García Rivera, quien en vida fue mayor, costarricense, cédula de identidad número 1-0756-0569, vecino de Hatillo, para que dentro del mismo plazo se apersonen ante este juzgado con el fin de que hagan valer sus derechos apercibidos de que si así no lo hicieren la herencia pasará a quien demuestre su derecho.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Hatillo, 30 de setiembre del 2014.—Lic. Ricardo Núñez Montes de Oca, Juez.—1 vez.—(IN2014072946). Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Laureni del Carmen Badilla Umaña, mayor, costarricense, casada una vez, ama de casa, documento de identidad 01-0570-0458 vecina de San Isidro de El General, La Ceniza, ciento cincuenta metros norte de la escuela. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 14-000114-0188-CI.— Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 7 de octubre del 2014.—Msc. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014072995). Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Olivier Milto Ramírez Sánchez, mayor, soltero, vecino de Heredia, San Rafael, con documento de identidad cuatro-ciento diez-setecientos dieciséis. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 14-000415-0504-CI.— Juzgado Civil de Heredia, 16 de setiembre del 2014.—Lic. Adrián Hilje Castillo, Juez.—1 vez.—(IN2014072999). Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Epifanio Velásquez Fuentes, quien fuera mayor, viudo en primeras nupcias, con cédula cinco-noventa y dos-novecientos setenta, vecina de Liberia, Barrio La Victoria, 75 metros al sur del Salón Marital. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 11000385-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 11 de junio del 2014.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—1 vez.—(IN2014073007). Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Guido Herrera González, mayor, soltero, agricultor, vecino de Río Segundo de Alajuela, con cédula de identidad 2-200-410. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 14-000424-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 14 de octubre del 2014.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—1 vez.—(IN2014073027). Avisos Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela legitima dativa de la persona menor de edad Mariana Avendaño Herrera, ya por haber sido nombrados en testamento, ya por corresponderles la legítima, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente N° 14-000934-0364-FA. Proceso tutela legítima dativa. Promovente: Andrea Avendaño Alpízar, cédula 0110870561.—Juzgado de Familia de Heredia, 3 de octubre del 2014.—Lic. Jacqueline Murillo Murillo, Jueza.—(IN2014068785). 3 v. 3 Licenciada Marjorie Salazar Herrera, Jueza del Juzgado de Familia de Grecia a, Mileydi Monestel Ramírez, se le hace saber que en proceso Depósito Judicial N° 12-000686-0687FA, establecido por, Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Grecia, a las nueve horas y uno minutos del catorce de noviembre del año dos mil doce. De las presentes diligencias de depósito del (los) menor(es) María Fernanda Naranjo Monestel, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a los señores Eduardo Naranjo Bolaños y Mileydi Monestel Ramírez, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente (n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de Miércoles 5 de noviembre del 2014 discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a”... “Mileydi Monestel Ramírez. Por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Se le previene a la parte interesada, que para efectos de la diligencia en cuestión, si a bien lo tiene, deberá señalar un medio para atender notificaciones ante la autoridad comisionada, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 35, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero del 2009. Tome nota la parte interesada lo dispuesto por la circular Nª 5-2012 emanada por el Consejo Superior del Poder Judicial; en el sentido de que, cuando se señale fax, casillero y/o estrados judiciales, se aplicará de manera analógica el artículo 15 de la Ley de Notificaciones Judiciales, en el sentido de que las partes se reservarán las copias de la demanda y/o escrito inicial, y se apersonarán al despacho para obtener en formato digital un archivo con la comisión, u obtengan dicha información digital, por medio del sistema de gestión en línea, lo anterior conforme a las políticas institucionales de cero papel.—Licda. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—(IN2014070736). 3 v. 2. Se hace saber que en este despacho Bernardo Bolaños Fernández, mayor de edad, casado una vez, cédula de identidad número 2-0406-0869 en su condición de representante de Ferretería Técnica FETESA S. A., cédula jurídica número tres-uno cero unocero seis cinco dos seis uno, han promovido diligencias reposición de cédulas hipotecarias a fin de que se le reponga la cédula hipotecaria que se encuentra inscrita en el Registro Público con el siguiente tomo 558, asiento 03745, consecutivo 01 en fecha veintisiete de setiembre del año dos mil cinco, representada por dos cédulas hipotecarias de segundo grado por un monto de quince millones de colones exactos cada una, las mismas cédulas hipotecarias sin haber circulado y sin haber sido transferidas a terceros, las mismas fueron extraviadas. Garantizando dicho crédito la finca del partido de Guanacaste matrícula número 9993-000. Se concede un término de un mes a partir de la última publicación de este edicto, a todos los interesados, a fin de que se presenten en defensa de sus derechos. Expediente Nº 14-000006-0180-CI reposición de cédula hipotecaria por Ferretería Técnica FETESA S. A. Publíquese tres veces consecutivas.—San José, 29 de enero de 2014.—Msc. Froylán Alvarado Zelada, Juez.— (IN2014071412). 3 v. 2 Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la curatela de la persona insana Leandro Alberto Elizondo Martínez, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Exp. 14-4001431046-FA (151-14).—Juzgado de Familia de Buenos Aires, 2 de octubre del 2014.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.— (IN2014071503). 3 v. 2. Se hace saber, que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Granville Alexander Mullings Ramos, mayor, soltero, agente, cédula 7-0140-0938, vecino de Limón, Barrio Envaco frente a la Planta de Envaco, encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de Granville Alexander, por el de Alexander mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Exp: 14000074-0678-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 25 de setiembre del 2014.—Licda. Daisy Hidalgo Arias, Jueza.—1 vez.—(IN2014071259). BOLETIN JUDICIAL Nº 213 — Pág 21 El Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, hace saber, que en proceso de insania, expediente número 12-400081-637-FA, promovido por Ada Ginette Monge Ceciliano a favor de Virgilio Ceciliano Chacón, cedula número 1-0440-0715. Se dictó la sentencia de las diez horas con treinta minutos del tres de marzo del año dos mil catorce, cuya parte dispositiva literalmente dice: De conformidad con lo expuesto y normas citadas, se acogen las presentes diligencias de insania y se declara persona insana a Virgilio Ceciliano Chacón. Se nombra a la señora Ada Ginette Monge Ceciliano, como su curadora definitiva, quien debe de comparecer dentro de octavo día, a aceptar el cargo y jurar su fiel y bien cumplimiento. Se advierte a la curadora definitiva, que el cargo no le permite disponer de bienes que pertenezcan actualmente o llegaren a formar parte del patrimonio de Virgilio Ceciliano Chacón, sino únicamente administrarlos. Igualmente el cargo la obliga a procurar la estabilidad y el desarrollo integral de, Virgilio Ceciliano Chacón, lo que implica velar por su salud física y emocional. Del mismo modo, no le está permitido emplear el dinero o los bienes que le pertenezcan a Virgilio Ceciliano Chacón, para la satisfacción de necesidades que no sean personales de don Virgilio y útiles para la satisfacción de sus cuidados básicos y manutención del hogar. No queda doña Ada Ginette Monge Ceciliano, eximida de rendir garantía a fin de administrar los bienes de Virgilio Ceciliano Chacón. Deberá la curadora nombrada, dentro del plazo de treinta días rendir un inventario de los bienes e ingresos que integren el patrimonio de Virgilio Ceciliano Chacón, a fin de determinar el posible pago de una garantía para administrar sus bienes y dar seguimiento a la administración que realice como curadora. Publíquese la parte dispositiva de este fallo en el Boletín Judicial. Firme este fallo, inscríbase en el Registro Público y en el Registro Civil mediante ejecutoria. Son las costas de las presentes diligencias a cargo del patrimonio de la persona insana. Notifíquese.— Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 03 de marzo del 2014.—Lic. Luz Marina Solís Poveda, Jueza.—1 vez.—(IN2014071359). Lic. Luis Fernando Sáurez Jiménez, Juez, se encuentra la sentencia de las trece horas treinta minutos del seis de agosto de dos mil catorce, que literalmente dice: “Juzgado de Familia de Cañas, a las trece horas treinta minutos del seis de agosto de dos mil catorce. Resultando: 1º—…; 2º—…; 3º—…; y, Considerando: a).-.......b).....c)..... ...sobre el fondo III .... Por tanto: En virtud de lo expuesto y artículos de ley citados cosas se declara en estado de Insania al señor Juan de Dios Palma Lostalo. Se designa como curador del mismo al promovente Marvin Antonio Palma Lostalo su hermano, conforme lo establecen los artículos 187, 190 y 236, del Código de Familia, a quien se le previene comparecer a aceptar el cargo conferido dentro de tercero día, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, quedará como responsable de los daños y perjuicios que le puedan sobrevenir a Juan de Dios Palma Lostalo, por su no aceptación de la curatela y perderá los derechos que le puedan sobrevenir en la sucesión de él. Se le hace ver al señor Curador que en caso de que el insano adquiera algún tipo de bienes deberá de poner en conocimiento dicha situación a fin de inventariar los mismos y valorar si debe o no rendir garantía de administración, caso contrario podrá ser acusado por el delito de Desobediencia. Una vez que haya aceptado el cargo se inscribirá en el Registro de Personas, del Registro Público, así como en el Registro Civil en el Departamento Electoral. Firme la presente sentencia se ordena su publicación el Boletín Judicial. De conformidad con el artículo 222 del Código Procesal Civil se resuelve sin especial condenatoria en costas. F) Lic. Luis Fernando Sáurez Jiménez, Juez. Exp. N° 14400040-0928-FA (40-2-2014)-B. En diligencias de declaratoria de Insania de Juan de Dios Palma Lostalo. Promueve: Marvin Antonio Palma Lostalo.—Juzgado de Familia de Cañas, Guanacaste, Cañas, 21 de agosto del 2014.—Lic. Luis Fernando Sáurez Jiménez, Juez.—1 vez.—(IN2014072187). Msc. Johanna Escobar Vega, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a quien interese, se hace saber que en proceso insania N° 14-000843-0292-FA , establecido Pág 22 — BOLETIN JUDICIAL Nº 213 Miércoles 5 de noviembre del 2014 por Yesmin Magaly c.c Yeimy Arias Herrera, se ordena notificar por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: sentencia de primera instancia N° 101468-2014. Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las nueve horas y veinte minutos del diez de octubre de dos mil catorce. Actividad Judicial No Contenciosa de Declaratoria de Insania de María José Valverde Arias, quien es mayor, soltera, vecina de Canoas de Alajuela, cédula de identidad 2-746-895 , promovido por Yesmin Magaly cc Yeimy Arias Herrera, mayor, divorciada, ama de casa y estudiante, del mismo vecindario que la presunta insana, cédula 5-307-463.- Resultando: 1º—... 2º—... 3º—... 4º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.— Sobre el fondo: ... III.—Por tanto: En mérito de lo y artículos citados se acogen la presentes diligencias de Insania, en consecuencia se declara en esa condición a María José Valverde Arias y se nombra como su Curadora a su madre Yesmin Magaly cc Yeimy Arias Herrera, a fin de que vele por su bienestar físico y emocional de manera integral, así como para que la represente, cuide de sus intereses y administre en su beneficio el patrimonio con que cuenta o pueda llegar a contar en un futuro, incluida la pensión que recibe tanto de la CCSS como de su padre. Se previene a la curadora para que dentro del tercero día contado a partir de la notificación de esta sentencia, comparezca personalmente a aceptar el cargo, así como a rendir caución juratoria. De conformidad con los ordinales 237del Código de Familia se le exonera de rendir garantía. A la firmeza de esta sentencia, se ordena la inscripción en el Registro Público y en la Sección de Personas del Registro Civil en Alajuela al tomo 746, página 448, asiento 895. Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. Publíquese esta resolución por una vez en el Boletín Judicial. Se advierte a las partes el derecho de apelar este fallo dentro del plazo legal.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Johanna Escobar Vega, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014072205). Se hace saber: Que en este Despacho, Ana Cecilia Bravo Vargas, cédula de identidad 6-0067-0904, Irene del Barco Hurtado, cédula de identidad 1-0351-0371, Francis Vincent García, cédula de identidad 1-0404-1228, Víctor Julio Calderón Hernández, cédula de identidad 1-0294-0695 y Félix Bolaños Alpízar, cédula de identidad 2-0255-0846, promueven diligencias a fin de que se le repongan las acciones de ellos. Se concede un término de un mes a partir de la última publicación de este edicto, a todos los interesados, a fin de que se presenten en defensa de sus derechos. Por ordenarse así en diligencias de reposición de acción. EXP: Nº 14-000046-0181CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 21 de octubre del 2014.—Lic. Adriana Brenes Castro.—1 vez.— (IN2014072261).3 v Alt. Se convoca a quienes, de conformidad con el artículo 236 del Código de Familia, les corresponda la curátela de Víctor Julio de los Ángeles Valverde Chaves, cédula 1-729-266 para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de cinco días, contado tres días después de la presente publicación. Declaratoria de insania número 14-400962-637-FA.—Juzgado de Familia Desamparados, 13 de octubre del 2014.—Licda. Zeídy Jacobo Morán, Jueza.—1 vez.— (IN2014072638). Se convoca a quienes, de conformidad con el artículo 236 del Código de Familia, les corresponda la curatela de Gustavo Alexander Molina Siles, cédula 1-907-766, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de cinco días contado tres días después de la presente publicación. Incidente de remoción de cargo de curadora definitiva dentro diligencias de declaratoria de insania. Expediente N° 93-401061-217-FA, promovido por Rodolfo Andrés Molina Solís en contra de Blanca Rosa Siles Quirós en favor de Gustavo Alexander García Siles.—Juzgado de Familia Desamparados, 16 de setiembre de 2014.—Licda. Zeidy Jacobo Morán, Jueza.—1 vez.—(IN2014072855). Edictos Matrimoniales Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil los señores: Ronald Matamoros Umaña, ser de cuarenta años, peón municipal, soltero, con cédula de identidad número 602560125, nació el veintiséis de octubre de mil novecientos setenta y tres, hijo de Armando Matamoros Arias y Carmen Umaña Jiménez, vecino de Puntarenas, Miramar, Laureles, teléfono: 8665-6828 y Gabriela Bejarano Mesen, ser de veintidós años, ama de casa, soltera, cédula de identidad 114950254, nació el quince de marzo de mil novecientos noventa y dos, hija de Manuel Bejarano Aguirre y Ángela Mesén Bermúdez, vecina de Puntarenas, Miramar, Laureles, tel.: 8420-0548, ambos costarricenses. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice está en la obligación de manifestarlo a este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto. Expediente N° 14-000825-1146-FA.—Juzgado de Familia de Puntarenas, 29 de setiembre de 2014.—Lic. Alberto Jiménez Mata, Juez.—1 vez.—(IN2014068783). Han comparecido ante el Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tarrazú, Dota y León Cortés solicitando contraer matrimonio civil: María Dylania Mora Navarro, femenina, mayor de 22 años, soltera, estudiante, no presente ninguna discapacidad, costarricense, hija de Gerardo Mora Bonilla y Damaris Navarro Ureña, nacida el 21-02-1992 en Oriental Central Cartago, cédula número 3-460-747, vecina de San Marcos de Tarrazú, urbanización Las Tres Marías, 25 metros al norte de la Radio Cultural, casa color verde de dos plantas y José Ignacio Montoya Solano, masculino, mayor de 21 años, soltero, agricultor, no presenta ninguna discapacidad, costarricense, hijo de Ramón Montoya Umaña y Maribel Solano Elizondo, nacido el 29-06-1993 en Oriental Central Cartago, cédula número 3-471-364, vecino de San Lorenzo de Tarrazú, 50 metros al norte y 25 metros oeste del recibidor de Coopetarrazú, casa color café. Si alguna persona conoce de impedimento legal alguno para que este matrimonio se celebre debe indicarlo dentro de los siguientes ocho días hábiles en este juzgado. Exp. N° 141000700243-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tarrazú, Dota y León Cortés, San Marcos de Tarrazú, 6 de octubre del 2014.—Lic. José Aníbal Abarca Gutiérrez, Juez.—1 vez.—(IN2014068791). Luis Fernando Herrera Giusti y Sandra Leticia Rodríguez Fonseca, cédula por su orden: 1-0548-0994 y 6-0190-0318; vecinos de Desamparados, desean contraer matrimonio y afirman reunir todos los requisitos de ley. La oposición de alguien con interés legítimo, debe ser presentada ante este Juzgado dentro de los ocho días luego de esta publicación. Publíquese por una única vez. Expediente N° 14-401336-637-FA.—Juzgado de Familia de Desamparados, 10 de octubre del 2014.—Lic. Zeidy Jacobo Morán, Jueza.—1 vez.— (IN2014069720). Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Esteban de Jesús Retana Sánchez, mayor de edad, soltero, transportista, cédula de identidad número 0111280655, vecino de Residencial Cartago del Kinder Mundo Maravilloso 25 metros al este, 200 metros al sur casa número Z-6, casa color ladrillo con verjas negras, hijo de Ana Lorena Sánchez Molina y Walter Retana Díaz, nacido en San José, el 04/02/1982, con 32 años de edad, y Rubysli cc Rubislee Rodríguez Jarquín, mayor de edad, soltera, contadora privada, cédula de identidad número 0111460791, vecina de Residencial Cartago del Kinder Mundo Maravilloso 25 metros al este, 200 metros al sur casa número Z-6, casa color ladrillo con verjas negras, hija de Yamileth Jarquín Vanegas y Guillermo Rodríguez Marín, nacida en San José, el 29/08/1982, actualmente con 32 años de edad. Tenemos una hija en común de nombre Estefanía Retana Rodríguez de dos años y medio de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Exp. 14-002219-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 06 de octubre del 2014.—Licda. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014071093). Miércoles 5 de noviembre del 2014 Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Esteban Raúl Zúñiga Arcia, mayor, costarricense, divorciado, Ingeniero electromecánico, portador de la cédula de identidad número 01-1018-0953, vecino de Cinco Esquinas de Tibás, 100 oeste de la Clínica Clorito Picado, apartamentos Zar, hijo de Fernando Zúñiga Castro y de Esperanza Arcia Guillén, nacido en Hospital Central San José, el 14/08/1978, actualmente con 36 años de edad, y Viviana Arias Ortega, mayor, costarricense, divorciada, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número 06-0320-0475, vecina de Cinco Esquinas de Tibás, 100 oeste de la Clínica Clorito Picado, apartamentos Zar, hija de Elí Arias Castro y de Coralia Ortega Román, nacida en Corredor, Corredores, Puntarenas, el 26/03/1982, actualmente con 32 años de edad . Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Exp. 14-002247-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de octubre del 2014.—Licda. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—Exento.— (IN2014071094). Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Marvin Gerardo Agüero Gómez, mayor de edad, soltero, trabajador independiente, cédula de identidad número 0304450842, vecino de Ochomogo de Cartago, 150 metros noreste de la Carnicería El Gaucho en la cuesta, casa color blanco de dos plantas, hijo de María Maribel Gómez Masís y Marvin Agüero Bermúdez, nacido en Cartago, el 19/06/1990, con 24 años de edad, y Natalia Raquel Villalobos Ilama, mayor de edad, soltera, estudiante, cédula de identidad número 0304770528, vecina de Tejar de El Guarco, Cartago 300 metros oeste de la plaza de deportes, casa color verde con portones negras, hija de Haydée Ilama Sánchez y Rafael Ángel Villalobos Trejos, nacida en Cartago, el 25/03/1994, actualmente con 20 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Exp. 14-0022680338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 13 de octubre del 2014.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exento.— (IN2014071095). Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Christian Alexander Loría Vargas, mayor de edad, soltero, fotógrafo, cédula de identidad número 0303640099, vecino de LLano Grande de Cartago, 500 metros oeste de la Plaza de Barrio Los Ángeles casa color lila con portón de madera, hijo de Flor Eugenia Loría Vargas, nacido en Cartago, el 02/10/1979, con 35 años de edad, y Dennia Alejandra Araya Serrano, mayor de edad, soltera, empleada doméstica, cédula de identidad número 0303850032, vecina de Orosi, Paraíso de Cartago 2.5 kilómetros al norte de la iglesia de Palomo calle Guabata casa color papaya con portón de madera, hija de Rafaela Eloisa Serrano Torres y Manuel Antonio Araya González, nacida en Cartago, el 10/01/1983, actualmente con 31 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Exp. 14-0022710338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 13 de octubre del 2014.—Licda. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—Exento.— (IN2014071096). Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes, Rubén Eduardo Hernández Umaña, mayor, soltero, operario, cédula de identidad número 011257-0315, vecino de Villas de Ayarco, 75 metros sureste de la ferretería Pasoca casa número A26, hijo de Jenny Umaña Méndez y Guillermo Gerardo Hernández Conejo, nacido en Hospital Central San José, el 07/10/1985, con 29 años de edad, y Evelyn BOLETIN JUDICIAL Nº 213 — Pág 23 Emilia Montano Brenes, mayor, divorciada de Alexander Chaverri Hernández, el 25/04/2014, en San José, ejecutiva de cuentas, cédula de identidad número 01-1136-0833, vecina de la misma a la anterior, hija de Flor de María Brenes Obando y Amado José Montano Ayala, nacida en Hospital Central San José, el 01/05/1982, actualmente con 32 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. 14-002286-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 14 de octubre del 2014.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014071097). Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Christian Charit Torres Navarro, mayor, soltero, encuestador, cédula de identidad número 03-04210967, vecino de Caballo Blanco Cartago urbanización Bruma Azul casa número 66, hijo de Rocío Navarro González y Rodolfo Eduardo Torres Vega, nacido en Oriental Central Cartago, el 31/07/1987, con 27 años de edad, y Stephanie Arely Quirós Guzmán, mayor, soltera, estudiante, cédula de identidad número 01-1434-0058, vecina de Cocorí casa número 786, hija de Patricia Guzmán Céspedes y Walter Quirós Gómez, nacida en Hospital Central San José, el 01/06/1990, actualmente con 24 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. 14-002287-0338-FA.— Juzgado de Familia de Cartago, 14 de octubre del 2014.—Licda. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—(IN2014071098). A los causahabientes de quien en vida se llamó Dunia Guillén Acuña, quien fue mayor, casada, vecina de Cartago, con cédula de identidad número 1-0607-0427, se les hace saber que: Verny Duarte Gutiérrez, portador de la cédula de identidad o documento de identidad número 5-0237-0775 y Dayana Guillén Acuña, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 1-11570850, vecinos de Cartago, se apersonaron en este Despacho en calidad de viudo e hija respectivamente de la fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de Prestaciones de la trabajadora fallecida Dunia Guillén Acuña. Expediente número 14-002295-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, (oral electrónico), 05 de setiembre del 2014.—M.Sc. Rafael Antonio Ortega Tellería, Juez.—1 vez.— Exento.—(IN2014071099). Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Eduardo Andrés Montenegro Portuguez, mayor de edad, soltero, agricultor, cédula de identidad número 0304530836, vecino de Cipreses de Oreamuno Cartago, 600 metros este del Bar La Perla, casa color celeste, hijo de María Lisbeth Portuguez Brenes y Eduardo Montenegro Garita, nacido en Cartago, el 28/05/1991, con 23 años de edad, y Daniela María Fernández Serrano, mayor de edad, soltera, cajera, cédula de identidad número 0304770200, vecina de Cipreses de Oreamuno Cartago, 600 metros este del Bar La Perla, casa color celeste, hija de Nora María Serrano Aguilar y Walter Ulises Fernández Martínez, nacida en Cartago, el 10/03/1994, actualmente con 20 años de edad. La contrayente Fernández Serrano se encuentra en estado de embarazo con cinco meses de gestación. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Exp. 14-002298-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 15 de octubre del 2014.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014071102). Pág 24 — BOLETIN JUDICIAL Nº 213 Miércoles 5 de noviembre del 2014 Jonathan Espinoza Molina y Jenie Magaly Campos González, cédula por su orden: 6-345-111 y 1-896-357; vecinos de Desamparados, Loto Dos, desean contraer matrimonio y afirman reunir todos los requisitos de ley. La oposición de alguien con interés legítimo, debe ser presentada ante este Juzgado dentro de los ocho días luego de esta publicación. Expediente N° 14-401396-0637FA, 21-10-2014.—Juzgado de Familia de Desamparados.—Lic. Zeidy Jacobo Moran, Jueza.—1 vez.—(IN2014072123). Deivid Rogelio Romero Guillén y Ruth Saray Pérez Serrano, cédula por su orden: 1-1379-853 y 1-1606-832; vecinos de San José, Desamparados, Calle Fallas, desean contraer matrimonio y afirman reunir todos los requisitos de ley. La oposición de alguien con interés legítimo, debe ser presentada ante este Juzgado dentro de los ocho días luego de esta publicación. Expediente 14-401387-0637FA, 20-10-2014.—Juzgado de Familia de Desamparados.—Lic. Zeidy Jacobo Moran, Jueza.—1 vez.—(IN2014072438). Edictos en lo Penal Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Buenos Aires), al ser las trece horas y nueve minutos del nueve de octubre del año dos mil catorce. Dentro del expediente 12-2007410634-PE (1281-12-2), contra María del Rocío Murillo Granados, por el delito de lesiones culposas (Ley de Tránsito), en perjuicio de, Paulo Arroyo Mora, se delegó Acción Civil Resarcitoria por parte de la Oficina de Defensa Civil de las Víctimas en representación del ofendido Paulo Arroyo Mora por lo que se ordena dar traslado de la misma al tercero civilmente Responsable, el señor Juan Pablo Murillo Murillo, cédula de identidad 1-1433-0991, y se le comunica el contenido de la presente Acción Civil Resarcitoria, quien podrá oponerse dentro de los cinco días hábiles siguientes después de la comunicación de esta resolución, planteando de ser el caso las excepciones que correspondan. Habiéndose agotado todas las vías para localizar al codemandado civil Juan Pablo Murillo Murillo, cédula de identidad 1-1433-0991 dueño registral del vehículo marca Toyota, estilo Tercel, placa 318111, se ordena notificar por edicto, tres veces consecutivas la resolución de las ocho horas con treinta minutos del ocho de mayo del dos mil trece, en la cual se ordena dar traslado a la acción civil resarcitoria al codemandado civil Juan Pablo Murillo Murillo, cédula de identidad 1-1433-0991. De conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal. Se le previene al demandado que debe señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de esta ciudad donde atender notificaciones bajo apercibimiento de que si lo omitiere, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas del despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con sólo el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. (Artículo 354, 357 y 433 del Código Procesal Civil; 6 y 12 de la Ley de notificaciones y Citaciones Judiciales). Comuníquese.—Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Buenos Aires.—Licda. Tattiana García Chaves, Fiscal.—(IN2014070737). 3 v. 1. Juzgado Penal del II Circuito Judicial de San José, en la sumaria 10-019344-0042-PE seguida en contra de ignorado por el delito de atípico en perjuicio de Hernán Ricardo Bustamante Porras y otros y de conformidad con el artículo 7 de la Ley de Notificaciones se dispone notificar por edicto por una sola vez a la señora Suelen Tatiana Mora Hidalgo, cédula de identidad 1-1171-0705 a quien se le ordena la entrega definitiva del vehículo marca KIA, estilo Cerato LX, modelo 2008, placa 743722, color champagne, quien deberá demostrar mediante documento idóneo la propiedad actual del vehículo, por lo anterior cuentan con el plazo de tres meses a partir de esta publicación. En caso de no presentarse se ordenara el comiso a favor del estado. Es todo.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. Maurice Ghesquiere Briceño, Juez.—1 vez.—(IN2014068776). Juzgado Penal del II Circuito Judicial de San José, en la sumaria 11-001613-0175-PE, seguida en contra de Jason Manuel Cornejo Montero por el delito de robo agravado en perjuicio de Nurul Miah Abdus Bibi y de conformidad con el artículo 7 de la Ley de Notificaciones, se dispone notificar por edicto por una sola vez a la señora Tatiana Monge Meza, cédula 1-0971-0001, a quien se ordena la entrega definitiva del vehículo marca Hyundai, estilo Elantra GLS, modelo 1993, placa 394644, quien deberá demostrar mediante documento idóneo la propiedad actual del vehículo, por lo anterior cuentan con el plazo de tres meses a partir de esta publicación. En caso de no presentarse se ordenara el comiso a favor del estado. Es todo.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. Maurice Ghesquiere Briceño, Juez.—1 vez.—(IN2014068777). Fiscalía Auxiliar de Flores, al ser las nueve horas con cuarenta minutos del nueve de octubre del año dos mil catorce. Por requerirse dentro de la causa número 11-003410-0369-PE (215712-A) por el delito de lesiones culposas en contra de Carlos Morales Rivera y de conformidad con los artículos 111 a 124 del Código Procesal Penal, se procede con vista en la Acción Civil Resarcitoria interpuesta por Daniel Araya Román en contra de Carlos Morales Rivera, darle traslado mediante edicto a la tercera demandada civil Mercedes Gloriana Bolaños Vega, en razón de la no comparecencia a citación judicial a este despacho y con lo dispuesto por el artículo 115 del Código Procesal Penal, se comunica su contenido a la tercer demandada civil y se da traslado. Así mismo se pone en conocimiento del contenido del artículo 308 del Código Procesal Penal para que proceda según lo que establece dicho numeral dentro de un plazo de cinco días hábiles. Cualquier interviniente podrá oponerse a la participación del actor civil, planteando las excepciones que correspondan, en cuyo caso, la oposición se pondrá en conocimiento del actor y su resolución se reservará para la audiencia preliminar. Asimismo se les previene a los demandados civiles que deberán actuar con el patrocinio de un abogado y que en el acto de ser notificados deberán señalar un medio para atender notificaciones bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. (Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008). Finalmente se advierte que, conforme las normas de cita, la falta de comparecencia del demandado civil o su inasistencia a los actos, no suspenderá el trámite que continuará como si él estuviera presente, no obstante podrá apersonarse en cualquier momento. En razón de lo antes expuesto, se comunica mediante edicto que se publicará una vez en el Boletín Judicial, edicto exento de pago en virtud del principio de gratuidad. Comuníquese.—Fiscalía de San Joaquín de Flores.—MSc. Ronald Zúñiga Alvarado, Fiscal Coordinador.—1 vez.—(IN2014068779). Por requerirse en sumaria penal número 13-200495-0456-PE6 (952-13-6) en contra de Jacinto Pablo Barrantes Rosales, por el delito de tentativa de hurto y lesiones graves, en perjuicio de Barny Pérez Hernández, se solicita publicar por medio de edicto y por una única vez en el Boletín Judicial y de conformidad con el artículo 115, del Código Procesal Penal la siguiente resolución: “Traslado de la Acción Civil Resarcitoria de las ocho horas diez minutos del seis de octubre del dos mil catorce (Traslado de Acción Civil Resarcitoria) establecida por la Licda. Marisel Arias Valverde, Abogada de la Defensa Civil de la Víctima del Ministerio Público de Corredores, en contra del demandado civil Jacinto Pablo Barrantes Rosales, cédula de identidad N° 6-190-755, esto para que si bien lo tiene se oponga el demando civil o interponga las excepciones que estime convenientes. Nota: De conformidad con la circular N° 56-12 emitida por la Dirección Ejecutiva, en reiteración a la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio del 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Favor de remitir la información a la mayor brevedad posible, a efecto de cumplir con los plazos administrativos.—Fiscalía Adjunta Segundo Circuito Judicial Zona Sur, Corredores, 9 de octubre del 2014.—Licda. Leticia Rojas Vásquez, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—Exento.—(IN2014070744).
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