1 Colegio Comfama Manual de convivencia
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1 Colegio Comfama Manual de convivencia
Colegio Comfama Manual de convivencia 2014 Versión N° 9 1 Contenido ACUERDO DIRECTIVO No. 13 ...........................¡Error! Marcador no definido. Presentación del Colegio Comfama ................................................................... 5 Manual de Convivencia ...................................................................................... 7 Título I. Admisiones y matrículas ...................................................................... 11 Capítulo I. Admisiones .................................................................................. 11 Capítulo II. Matrículas ................................................................................... 11 Título II. Derechos y deberes........................................................................... 13 Capítulo I. Derechos del estudiantado .......................................................... 13 Capítulo II. Deberes y responsabilidades del estudiantado .......................... 15 Capítulo III. Derechos y deberes de los padres de familia ............................ 16 Capítulo IV. Derechos y deberes de jardineras ............................................. 18 Título III. Acuerdos académicos ....................................................................... 18 Capítulo I. Evaluación y promoción de estudiantes de preescolar ................ 18 Capítulo II. Inclusión y evaluación de alumnos con capacidades diversas o necesidades educativas especiales ................................................................................... 21 Título IV. Procedimientos disciplinarios para estudiantes ................................. 22 Capítulo I. Clasificación de las faltas, debido proceso y estrategias formativas para los estudiantes de preescolar ............................................................................. 22 Capítulo II Manejo de conflictos y casos difíciles: Debido proceso ............... 23 Título V. Organismos de participación .............................................................. 26 Capítulo I. Comunidad educativa .................................................................. 26 Capítulo II. Formas de participación de los padres de familia ....................... 31 Título VI. Evaluación de los docentes ............................................................... 33 Título VII. Evaluación de las entidades contratistas ......................................... 33 Título IX. Reconocimiento al estudiantado ....................................................... 33 Título X. Tarifas de matrículas, pensiones y otros cobros ................................ 34 Título XI. Reglamentos específicos .................................................................. 35 Título XII. Procedimiento de reforma del Manual de convivencia ..................... 67 2 3 4 Presentación del Colegio Comfama El Colegio Comfama es una institución de carácter privado, aprobada por las respectivas Secretarías de Educación, para impartir Educación Preescolar . El Colegio Comfama es propiedad de la Caja de Compensación Familiar de Antioquia, Comfama, identificada con el NIT 890900841-9. El representante legal es María Inés Restrepo de Arango, su Directora, o su delegado. Objetivos Es objetivo general del Proyecto Educativo Institucional es propiciar ambientes sociales adecuados para la convivencia pacífica, reflexiva, respetuosa y democrática, en los que los valores de la equidad, la ecuanimidad, la justicia y la solidaridad sean los rectores de lo individual y lo colectivo. Son objetivos específicos del Proyecto Educativo Institucional crear espacios de reflexión que posibiliten ambientes educativos que formen para la convivencia pacífica y democrática. Además, facilitar, a través de los diferentes órganos del Gobierno Escolar, la solución pacífica de conflictos, mediante procedimientos claros, a la luz de los derechos y deberes de la comunidad educativa del Colegio Comfama. Misión Implementar un modelo educativo que garantice a la población afiliada a Comfama una formación integral permanente que responda a los nuevos requerimientos de competitividad, modernidad y equidad que demanda la sociedad. Visión Comfama fundamenta su quehacer educativo en una concepción del desarrollo integral de la persona, su familia y su comunidad; concibiéndola como un ser en permanente crecimiento, con valores, necesidades y leno de potencialidades para construir y transformar su entorno físico y socio-cultural. Principios fundamentales El Colegio Comfama es una estrategia definida por la Caja para el Departamento de Educación, cuyo objetivo es formalizar su oferta educativa desde las modalidades de 5 Educación Formal, con el programa de Educación Preescolar que ofrece a la población afiliada y no afiliada. Lo anterior se sustenta en el Artículo 190 de la Ley General de Educación 115 de 1994, el cual define que las Cajas de Compensación Familiar tendrán la obligación de contar con programas de Educación Formal en forma directa o contratada. En estos programas participarán, prioritariamente, los hijos de los trabajadores beneficiarios del subsidio familiar e igualmente la población no afiliada. Los principios fundamentales del Colegio Comfama están contemplados en la Constitución Política de Colombia, la Ley General de Educación (Ley 115 de 1994), sus decretos reglamentarios y, en especial, el Proyecto Educativo Institucional. La educación en Comfama, en su concepción integral del desarrollo social, se asume como el medio eficaz para aumentar y mejorar el volumen y la calidad de oportunidades que las personas y los grupos tienen para alcanzar un nivel de vida humano con pleno y armónico desarrollo del ser. El Colegio Comfama está regido por los fines, políticas y principios del Proyecto Educativo Institucional, que se encuentra materializado en la misión y la visión de la Caja. Perfil del estudiante El estudiante del Colegio Comfama es un niño o niña formado en valores como el respeto a la diferencia, la solidaridad, la sana convivencia, la paz, el amor, la democracia, la reflexión y, principalmente, es un estudiante comprometido y feliz en los espacios de participación para la convivencia ciudadana. El estudiante es la persona cuya matrícula está vigente. Esta puede ser en calidad de: • Estudiante nuevo: aquél que, cumplidos los requisitos de admisión, ingresa por primera vez a un programa. • Estudiante de reingreso: aquél que, habiéndose retirado de la institución voluntariamente o por bajo rendimiento académico, recibe autorización del Colegio Comfama para continuar con el proceso escolar. Se exceptúa el niño del nivel de transición, debido al requisito de cumplir el programa en un 75%, correspondiente a las actividades escolares incluidas en el calendario académico. • Estudiante de transferencia interna: alumno de preescolar que pasa de una sede a otra.. • Estudiante de transferencia externa: el que proviene de otra institución. No aplica para los Jardines Sociales ni Infantiles. 6 Manual de Convivencia Objetivo general Establecer un marco de referencia para las relaciones interpersonales entre los diferentes miembros de la comunidad educativa, con el fin de que puedan alcanzar un nivel óptimo de convivencia con ellos mismos, con otros y con su entorno. Objetivos específicos • Establecer los principios, valores y mecanismos que permitan el desarrollo armónico y eficaz de la vida escolar. • Favorecer la formación de ciudadanos democráticos y participativos a través del conocimiento y ejercicio de sus derechos y deberes. • Promover la integración y el respeto de los diferentes agentes educativos. • Ser instrumento de resolución de conflictos en las relaciones interpersonales. • Identificar las funciones de cada uno de los consejos y comités de participación de la comunidad educativa. • El Manual de convivencia, más que un reglamento, es un texto para la vida, la participación, para decidir y vivir en comunidad. Es por ello que con este manual se pretende: - Favorecer la construcción de valores para la sana convivencia en la sociedad y que los estudiantes sean democráticos e independientes. - Aportar en la formación de ciudadanos participativos, vinculando la familia y la comunidad a los proyectos escolares. - Establecer y poner en práctica normas de comportamiento que apunten a la tolerancia y el respeto por los demás. • Generar un espacio permanente de reflexión y construcción de acuerdos para la convivencia. • Construir normas de convivencia para que los alumnos sean capaces de actuar con criterios propios e interactuar con los demás. Justificación Para el Colegio Comfama, el concepto de educación ciudadana no se refiere exclusivamente a los procesos en los que el individuo aprende a cumplir con las normas sociales y a comportarse como miembro de una sociedad. La idea de formar ciudadanos va mucho más allá. Involucra el desarrollo moral del individuo y el concepto de ética que debe asumir cada uno en su proyecto de vida, las relaciones con los otros y con el medio ambiente. El Colegio Comfama invita a los actores de la comunidad educativa a comprometerse con el ejercicio de la democracia y de la ciudadanía, como un modo de vivir, de entender la relación con los otros, de comportarse y organizarse coherentemente con base en los valores del respeto, la solidaridad y la cooperación. 7 La educación tiene un papel fundamental en la formación del ciudadano para la convivencia pacífica. Por eso se requiere una reflexión constante del maestro acerca de su labor y manejar adecuadamente la autoridad que la sociedad le ha confiado. La escuela puede y debe ser un óptimo instrumento para el logro de la paz, la democracia, la convivencia y el respeto a los derechos humanos. Además, debe educar simultáneamente a los padres de familia en estos valores. Se requiere trabajo con los padres de familia para que los conocimientos y la práctica democrática, que puedan alcanzar los niños en la escuela, no se pierda, ya que su formación se realiza en todos los ámbitos: hogar, comunidad y relaciones con el entorno. Más que formar hombres que repitan y transmitan conocimientos, el país necesita personas que amen la democracia y defiendan la paz. Por lo tanto, a ello debe apuntar la educación. La democracia no es un santo y seña en el discurso. Hay que asumirla como una manera de expresarnos, escuchar y plantear alternativas. Fundamentación legal Las necesidades de la sociedad le exigen al sistema educativo una transformación que se centre en el fortalecimiento de la democracia, la consolidación de la participación ciudadana y el respeto por la dignidad y los derechos humanos, como una apuesta por la convivencia cimentada en la solidaridad y los lazos cooperativos. Es así como a partir de la Constitución Política de 1991, en sus Artículos 1, 2, 5, 16, 18, 27, 29, 44, 45, 67 y 68, se promueve la sana convivencia y la formación y ejercicio de la democracia. En consonancia, la Ley 115 de 1994, en sus Artículos 73 y 87, y el Decreto 1860 de 1994, en su artículo 17, establecen el Manual de convivencia como un elemento esencial dentro del Plan Educativo Institucional, ya que debe contener los deberes y derechos de la comunidad educativa y garantizar la justicia y el debido proceso a través de la incorporación de las pautas, procedimientos, sanciones y normas aplicables en los distintos ámbitos de la labor educativa. Además, hace énfasis en lo que todo manual debe incluir: • Pautas del comportamiento en relación con el cuidado del medio ambiente escolar. • Normas de conducta de alumnos y profesores que garanticen el mutuo respeto y la definición de claros procedimientos para formular las quejas o reclamos. • Procedimientos para resolver con oportunidad y justicia los conflictos individuales o colectivos entre los miembros de la comunidad y las instancias de diálogo y conciliación. • Pautas de presentación personal que eviten a los alumnos la discriminación por razones de apariencia. • Definición de sanciones disciplinarias para los alumnos incluyendo el derecho a la defensa. 8 • Reglas para el uso, cuidado, protección y utilización de los recursos como estructura física, material didáctico, muebles y enseres. Con la sanción de la Ley de Infancia (1098 de 2006), el país fortalece el aseguramiento de las condiciones para el ejercicio de los derechos de niños, niñas y adolescentes reconocidos por la Constitución Política y se consagran mecanismos que posibiliten la protección integral de esos derechos, al establecer la corresponsabilidad de la familia, la sociedad y el Estado. Ley de Infancia y Adolescencia Artículo 2º. Objeto. El presente Código tiene por objeto establecer normas sustantivas y procesales para la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes; garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades consagrados en los instrumentos internacionales de derechos humanos en la Constitución Política y en las leyes, así como su restablecimiento. Dicha garantía y protección será obligación de la familia, la sociedad y el Estado. Artículo 3º. Sujetos titulares de derechos. Para todos los efectos de esta Ley son sujetos titulares de derechos todas las personas menores de 18 años. Sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 34 del Código Civil, se entiende por niño o niña las personas entre los 0 y los 12 años, y por adolescente las personas entre 12 y 18 años de edad. Artículo 7º. Protección integral. Se entiende por protección integral de los niños, niñas y adolescentes el reconocimiento como sujetos de derechos, la garantía y cumplimiento de los mismos, la prevención de su amenaza o vulneración y la seguridad de su restablecimiento inmediato en desarrollo del principio del interés superior. La protección integral se materializa en el conjunto de políticas, planes, programas y acciones que se ejecuten en los ámbitos nacional, departamental, distrital y municipal, con la correspondiente asignación de recursos financieros, físicos y humanos. Artículo 8º. Interés superior de los niños, las niñas y adolescentes. Se entiende por interés superior del niño, niña y adolescente, el imperativo que obliga a todas las personas a garantizar la satisfacción integral y simultánea de todos sus derechos humanos, que son universales, prevalentes e interdependientes. Artículo 9º. Prevalencia de los derechos. En todo acto, decisión o medida administrativa, judicial o de cualquier naturaleza que deba adoptarse en relación con los niños, las niñas y los adolescentes, prevalecerán los derechos de éstos, en especial si existe conflicto entre sus derechos fundamentales con los de cualquier otra persona. En caso de conflicto entre dos o más disposiciones legales, administrativas o disciplinarias, se aplicará la norma más favorable al interés superior del niño, niña o adolescente. 9 Artículo 10º. Corresponsabilidad. Para los efectos de este Código, se entiende por corresponsabilidad la concurrencia de actores y acciones conducentes a garantizar el ejercicio de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes. La familia, la sociedad y el Estado son corresponsables en su atención, cuidado y protección. La corresponsabilidad y la concurrencia aplican en la relación que se establece entre todos los sectores e instituciones del Estado. No obstante, instituciones públicas o privadas obligadas a la prestación de servicios sociales no podrán invocar el principio de la corresponsabilidad para negar la atención que demande la satisfacción de derechos fundamentales de niños, niñas y adolescentes. Parágrafo. El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, como ente coordinador del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, mantendrá todas las funciones que hoy tiene (Ley 75 de 1968 y Ley 7 de 1979) y definirá los lineamientos técnicos que las entidades deben cumplir para garantizar los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes, para asegurar su restablecimiento. Así mismo, coadyuvará a los entes nacionales, departamentales, distritales y municipales en la ejecución de sus políticas públicas, sin perjuicio de las competencias y funciones constitucionales y legales propias de cada una de ellas. Artículo 30º. Derecho a la recreación, participación en vida cultural y las artes. Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho al descanso, esparcimiento, al juego y demás actividades recreativas propias de su ciclo vital y a participar en la vida cultural y las artes. Igualmente, tienen derecho a que se les reconozca, respete, y fomente el conocimiento y la vivencia de la cultura a la que pertenezcan. 10 Título I. Admisiones y matrículas Capítulo I. Admisiones Artículo 1. Criterios de admisión • Dinámica familiar y compromiso de los padres o acudientes con el proceso educativo. • Los aspirantes a párvulos deben tener dos años y medio; los de pre jardín tres años; los de jardín cuatro años; los de transición cinco años cumplidos a la fecha de inicio del calendario académico. La Institución se reserva la autonomía y el derecho a decidir la ubicación de un estudiante en el nivel o grado. Tal decisión responde a criterios de edad, nivel de desarrollo y garantía de condiciones y bienestar del alumno. Procedimiento -en las fechas establecidas-: • Acercarse a la sede en la que desea formalizar la matrícula para realizar el proceso de preinscripción. Debe presentar: el registro civil del niño, la carta de clasificación del Sisben -para quienes son beneficiarios del régimen subsidiado- nombres y cédulas de los padres, números telefónicos -fijo y celular-. • Verificar el listado de admitidos en las carteleras de la sede en la que hizo la preinscripción y reclamar la solicitud de admisión. • Asistir a la reunión informativa y entregar diligenciada la solicitud de admisión, anexando la papelería requerida. • Asistir, junto con el niño, a la entrevista de admisión. El Colegio Comfama se reserva el derecho de admisión y no adquiere ninguna obligación por recibir las solicitudes y hacer la entrevista. Capítulo II. Matrículas Artículo 2. Sistema de matrícula. La matricula es un contrato celebrado entre el Colegio Comfama y el padre de familia o acudiente, por medio del cual la institución se compromete con todos los recursos a impartir una formación integral y el estudiante a un rendimiento académico suficiente y a cumplir las obligaciones inherentes a su condición. El proceso de matrícula comprende los siguientes pasos: • Asistir el día y hora acordados al proceso de matrícula en cada una de las sedes dispuestas para la prestación del servicio de Preescolar. • Llevar el formulario de matrícula. 11 • Llevar la papelería requerida para el proceso de matrícula. • Pagar matrícula. • Firma del compromiso de pago, por parte del trabajador afiliado. Si se es particular, firma del compromiso por parte del padre de familia. • Asentamiento de firmas, de padre y alumno, en el libro de matrículas. Para efectuar la matrícula, el estudiante de proceso debe estar a paz y salvo con Comfama. Artículo 3. Causales de terminación del contrato de matrícula. El Colegio podrá dar por terminado el contrato de matrícula por los siguientes motivos: • Solicitud de una de las partes. • Común acuerdo entre las partes. • Incumplimiento del Manual de convivencia. • Terminación del año lectivo. • No renovación de la matrícula en los plazos definidos. • Decisión de la Comisión de Evaluación y Promoción. Artículo 4. Devoluciones por concepto de pago de mensualidades. Comenzadas las clases no hay devolución. Si el alumno asiste, aunque sea a una clase, deberá hacer el pago de la cuota correspondiente. Si el alumno ha hecho el pago de cuotas anticipadas, se le hará la devolución de estas. Si el padre de familia queda en mora con el pago de una o más mensualidades, Comfama hará efectivo el acuerdo escrito en el compromiso de pago que autoriza la pignoración del subsidio. Artículo 5. Traslado de sede o grupo Para hacer efectivo un traslado de sede se debe verificar disponibilidad de cupos con el fin de garantizar la calidad del servicio,estar a paz y salvo en el pago de la mensualidad del mes de la solicitud y entregar la libreta del cupo actual. La Institución no garantiza que después de estar matriculado en una de las sedes o grupos se pueda llevar a cabo un traslado del estudiante a otra y se reserva el derecho de hacerlo efectivo. Además, el alumno debe asistir como mínimo un mes a la sede en donde efectuó la matrícula. Los traslados de sede no aplican para los Jardines Sociales ni Infantiles. Artículo 6. Cancelación de matrícula. 12 El acudiente debe presentar carta que justifique la causa, debe estar a paz y salvo con las obligaciones financieras o de bienestar estudiantil que tenga a la fecha del retiro y firmar el folio especificando la causa y fecha del retiro. Tendrá que estar al día con la mensualidad del mes en curso al momento del retiro. Si el acudiente no oficializa la cancelación de la matrícula vencido el mes se hará el cobro, así el estudiante no haya asistido, y el sistema genera la deuda Además, debe solicitar el certificado del retiro para poder matricularse sin ningún problema en la nueva Institución a la que asista. Este certificado se solicita en la sede donde estaba matriculado y se envía en un período de ocho (8) días hábiles. Título II. Derechos y deberes Los derechos son el conjunto de oportunidades que brinda la Institución, en el marco de la Constitución y las leyes. Los deberes son las pautas de comportamiento que se asumen para el ejercicio de los derechos y la libertad. Cumplir con los deberes y derechos garantiza el respeto por las diferencias y por los otros y facilita el acceso a mejores condiciones de vida. Capítulo I. Derechos del estudiantado Artículo 7. Derechos fundamentales. • El derecho a la vida y a la integridad personal, física y moral es considerado inviolable, dentro y fuera de la Institución • Los miembros de la comunidad educativa son libres e iguales y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin discriminación por razones de sexo, raza, religión u opinión política. • Tienen derecho a su intimidad y buen nombre y la Institución debe respetarlos y hacerlos respetar. • Las personas tienen derecho al libre desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y los principios de este Manual de convivencia. • En el Colegio Comfama se garantiza la libertad de conciencia y de cultos, de expresión y difusión de pensamientos y opiniones; de informar y recibir información veraz e imparcial sobre las actividades propias de la Institución. • La comunidad educativa tiene derecho a hacer peticiones respetuosas a las instancias correspondientes y a obtener pronta respuesta. • La comunidad educativa tiene el derecho a circular libremente por las instalaciones del centro educativo, salvo en algunos casos que por razones de seguridad o de disciplina así se defina. 13 • En el eventual incumplimiento de lo estipulado en este Manual, las personas tienen derecho al debido proceso. • Se garantiza el derecho de la libre asociación para el desarrollo de las distintas actividades propias del Colegio Comfama. • La comunidad educativa tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del Gobierno Escolar. Para hacer efectivo este derecho sus miembros pueden: - Elegir y ser elegidos. - Presentar iniciativas en las instancias de participación. • En el Colegio Comfama se garantizan las condiciones para el estudio del Manual de convivencia. Así mismo, se fomentarán prácticas democráticas para el aprendizaje y divulgación de los principios y valores. Artículo 8. Derechos sociales y culturales. • Los estudiantes tienen derecho a la formación integral. La educación es un derecho de la persona con el que se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura. La educación impartida por el Colegio Comfama formará al estudiante en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia. • Se reconoce el derecho de los estudiantes a la recreación y a la práctica del deporte. • El Colegio Comfama tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos sus miembros, en igualdad de oportunidades. • En la Institución hay libertad para la búsqueda del conocimiento y la expresión artística. Artículo 9. Derechos colectivos. • Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano y de las instalaciones adecuadas que garanticen su salud y bienestar. • Es deber de la Institución, con el apoyo de la comunidad educativa, velar por la integridad de los espacios dispuestos para el desarrollo de sus actividades. • La comunidad educativa tiene derecho a acceder a los documentos públicos de la Institución, salvo en casos reservados por la Ley. Artículo 10. Derechos institucionales del estudiantado. • Disfrutar y participar de las actividades que se realicen en el Colegio. • Estudiar para aprender y ser personas de bien. • Tener amigos y compartir con ellos. • Desarrollar capacidades y talentos. • Recibir buen trato de los compañeros, jardineras y demás personal del Colegio. • Ser respetados en las diferencias. • Expresar libremente en la ejecución de trabajos y en las manifestaciones de sentimientos. • Ser escuchados y atendidos por el profesor o jardinera y demás personal de la sede. • Ser queridos, amados y protegidos. • Utilizar los recursos del Colegio Comfama, su infraestructura y material didáctico. • Recibir educación integral con calidad. • Recibir Igualdad en el trato y en las oportunidades. • Recibir el carné estudiantil. 14 Artículo 11. Protección y aplicación de los derechos. El cumplimiento de los derechos, consagrados en este Manual, será responsabilidad de la comunidad educativa. Las distintas instancias del Gobierno Escolar establecerán los recursos, las acciones y los procedimientos que en la materialización de los derechos contemplados en este Manual sea necesario adoptar. Capítulo II. Deberes y responsabilidades del estudiantado Artículo 12. Deberes fundamentales. El ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en este Manual implica asumir las siguientes responsabilidades: • Velar por la integridad, el buen nombre y el respeto de la Caja de Compensación Familiar de Antioquia, en especial del Colegio Comfama. • Cumplir lo pactado en este Manual. • Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios. • Abstenerse de utilizar, portar, distribuir, o consumir elementos o sustancias que afecten la vida, la salud y la integridad propia o la de los demás. La violación de este deber podrá ser corregida o sancionada a la luz de las normas planteadas en este Manual y las disposiciones de Ley, de acuerdo con la gravedad de la falta. • Obrar de acuerdo con los principios de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la integridad de las personas. • Respetar y apoyar las decisiones de las instancias del Gobierno Escolar, legítimamente constituidas para orientar la institución. • Defender y difundir los derechos humanos, como fundamento de la convivencia pacífica. • Participar en la vida cívica y comunitaria de la Institución. • Cuidar los recursos naturales y físicos de la Institución y utilizar adecuadamente los implementos didácticos disponibles para el buen desarrollo de los programas. • Se debe participar activamente de los eventos de formación programados por la Institución. • Promover los valores corporativos del Colegio Comfama. Artículo 13. Deberes individuales. • Respetar las normas del Colegio Comfama. • Asistir puntual y oportunamente. • Seguir las normas de convivencia establecidas y acordadas. • No agredir física ni verbalmente a los compañeros o al personal de la sede. • Alimentarse y consumir el refrigerio en el tiempo estipulado. • Participar en las actividades programadas. • Proteger y cuidar la naturaleza. 15 • Respetarse y respetar a los demás. • Cumplir con las tareas y responsabilidades programadas. • Escuchar y atender las sugerencias y recomendaciones de acudientes, profesores y jardineras. • Respetar a los compañeros. • Cuidarse a sí mismos, a los otros, el preescolar, el agua, las plantas, los libros, las sillas, las mesas y demás enseres de la Institución. • Cuidar las pertenencias personales y las de los compañeros y jardineras. • Estar limpios y organizados, bañarse todos los días y cepillarse los dientes. • Compartir con los compañeros del aula. • Abstenerse de esculcar las pertenencias de los compañeros y jardineras. • Asistir en un adecuado estado de salud a las actividades escolares. Capítulo III. Derechos y deberes de los padres de familia Artículo 14. Derechos. • Participar de las actividades programadas para los padres de familia. • Hacer peticiones respetuosas a los representantes de la Institución, siguiendo el conducto regular establecido por el colegio. • Ser escuchados por las personas de la comunidad educativa. • Recibir buen trato de la Institución. • Recibir buena y oportuna información. • Recibir periódicamente informe escrito sobre el proceso educativo de sus hijos. • Ser tenidos en cuenta en las decisiones relacionadas con el aprendizaje del estudiante. • Elegir y ser elegidos para los distintos cargos del Consejo de Padres o de los comités de padres de familia. • No ser discriminados. • Recibir asesoría psicológica cuando la profesora lo sugiera o cuando el mismo padre de familia lo solicite. • Participar de las actividades programadas por el área de Bienestar estudiantil. • Acceder a algunos medios de comunicación de Comfama. Artículo 15. Deberes. • Acompañar a su hijo en el cumplimiento de las responsabilidades con el Colegio y él mismo. • Acatar el proceso de matrícula debidamente. • Respetar el pacto pedagógico que se desprende al firmar la matrícula: aceptación del modelo pedagógico del Colegio Comfama y la asignación de los docentes por parte de la Caja. • Cumplir las actividades establecidas en el calendario académico. • Facilitar el material requerido para el bienestar de los estudiantes. • Asistir a las actividades educativas, culturales y recreativas programadas por el Colegio. 16 • Acudir a las citas de asesoría psicológica o a las programadas por la jardinera. Si el padre no asiste a los llamados de la Institución será citado por la supervisora académica, el coordinador de programas y servicios y, en última instancia, por el rector del Colegio. • Garantizar el cumplimiento del horario asignado al alumno. • Cumplir con el horario académico asignado al niño de preescolar, llegando cinco minutos antes de iniciar y finalizar la jornada escolar. De lo contrario, el padre o acudiente deberá esperar hasta que la jardinera termine la actividad para que pueda recibir adecuadamente al niño y escuchar el motivo de la tardanza. Si no recoge oportunamente al estudiante, éste se entregará al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, tal como lo ordena la Ley de Infancia y Adolescencia. Por reglamentación de la misma, ningún funcionario de la Institución podrá llevar al estudiante hasta el lugar de su residencia y, mucho menos, al hogar de la jardinera o madre comunitaria. • Manifestar sugerencias, reclamos o inconformidades de forma respetuosa, sin agresiones o amenazas a jardineras, profesores, el rector o funcionarios de la sede. Si esto se incumple, se remitirá el caso al área jurídica de la Caja para emprender la acción que se considere ajustada en derecho. • Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia. • Cumplir con el pago de los derechos de matrícula y de las mensualidades, oportunamente, es decir, los primeros cinco días de cada mes. • Hacer cumplir las incapacidades médicas de los estudiantes y no permitir la asistencia del alumno con problemas de salud. • Abstenerse de realizar actividades como rifas o ventas lucrativas dentro y fuera de las instalaciones escolares o pedir dinero a otros padres de familia. • Solicitar, con cinco (5) días hábiles de anticipación, certificados, informes y demás papelería que requiera del estudiante y estar a paz y salvo para su entrega. • Evitar llamarle la atención a un estudiante distinto a su hijo o a otro padre de familia por una falta cometida por un estudiante en el tiempo que está bajo la responsabilidad de la jardinera o docente. • Presentar el ficho que autoriza la entrega del alumno de preescolar a una persona mayor de edad y responsable. • Comunicar cualquier eventualidad que se presente con el alumno dentro o fuera del Colegio Comfama. • Evitar que los alumnos lleven a la sede pertenencias o joyas de las cuales el Colegio no se hace responsable. • Leer y firmar las notas que se le envían y seguir las recomendaciones allí escritas. • Respetar el buen nombre y la imagen de la Caja de Compensación Familiar de Antioquia, Comfama. Su incumplimiento conlleva a que el padre de familia rectifique y, si es necesario, se llevará el caso ante la autoridad competente con el acompañamiento del área jurídica de Comfama. • Tratar, sin amenazas o agresiones, a las jardineras, , funcionarios u otras personas en la Caja o sedes externas en las que se dispensen servicios. Ante el incumplimiento de los deberes, el padre de familia deberá realizar con el grupo del estudiante una actividad pedagógica relacionada con la corrección del deber incumplido. 17 Esta actividad, aprobada por la jardinera o docente, será planeada y ejecutada por el padre de familia. Capítulo IV. Derechos y deberes de jardineras Artículo 16. Derechos. • Que les respeten los derechos contemplados en la Constitución Nacional, el Estatuto Docente, el Código Laboral y el Reglamento Interno de Trabajo. • Recibir buen trato de los miembros de la comunidad educativa. • Recibir un trato respetuoso de los padres de familia. Artículo 17. Deberes. • Cumplir con los consignados en el Reglamento Interno de trabajo. • Conocer y velar por el cumplimiento de todas las normas del Manual de convivencia. • Acompañar a los estudiantes, respetando sus diferencias de pensamiento y género. • Comunicar oportunamente las quejas sobre maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas, entre otras. • Acompañar a los alumnos con necesidades educativas especiales, sin descuidar sus habilidades. • Acatar los conductos regulares señalados para cada situación. Título III. Acuerdos académicos Capítulo I. Evaluación y promoción de estudiantes de preescolar Artículo 18. Cortes evaluativos. Durante el año escolar se harán cuatro cortes evaluativos en los que se elabora un informe de seguimiento y evaluación de cada alumno. El último informe contendrá las observaciones generales del año, siendo a su vez un consolidado del proceso. Un corte evaluativo es hacer una pausa para analizar y evaluar el proceso del preescolar en todos los aspectos: el proceso de aprendizaje, el proceso de intervención desde los diferentes proyectos, las estrategias metodológicas, la relación con los padres de familia y la relación entre los compañeros. Esto con el objetivo de sistematizar la gestión en términos de actas, informes escritos de los alumnos, historial y recopilación de actividades. El primer corte evaluativo incluye el estado en el que inician los alumnos su proceso; es decir, el nivel de conceptualización y desarrollo desde cada dimensión, además del proceso de adaptación al ambiente escolar. El segundo, tercer y cuarto corte dan cuenta del proceso de cada estudiante sobre cómo se aproximan y alcanzan los diferentes logros, 18 desde cada dimensión del desarrollo, y desde los proyectos y el comportamiento en cada momento pedagógico. El último informe tiene en cuenta los anteriores. Artículo 19. Comisión de evaluación. La Comisión de Evaluación analiza los casos de superación o insuficiencia académica y establece los mecanismos de acompañamiento pertinentes a cada alumno. La preside el rector del Colegio Comfama. Conformación de la Comisión de Evaluación. Del Preescolar: • Supervisora académica. • Jardineras. • Un representante de los padres de familia. Artículo 20. Comisión de Promoción. La Comisión de Promoción determina la promoción o no de los estudiantes del nivel transición. La preside el rector del Colegio Comfama. Está conformada por: • Supervisora académica. • Jardineras. • Un representante de los padres de familia. Artículo 21. Promoción anticipada de nivel. Durante el primer período del año escolar, el Consejo Académico, previo consentimiento o solicitud de los padres de familia, estudiará los casos de promoción anticipada al nivel siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social; en el marco de las competencias básicas del nivel que cursa. La decisión se consignará en el acta del Consejo Académico y, si es positiva, en el registro escolar. Artículo 22. El debido proceso ante dificultades académicas. El Colegio Comfama entiende la adquisición de logros como un proceso intrínseco a cada uno de los niños y niñas atendidos y, en ese sentido, aboga por el respeto de la individualidad y ritmo de cada uno. No obstante, ante dificultades reiterativas para la adquisición de los logros propuestos, se deberá proceder de la siguiente manera: Consignación en el observador de las dificultades identificadas en el niño o la niña, teniendo presente que deberán ser producto de la observación continua, la cual estará apoyada en las evaluaciones semanales de la planeación. Citación a la familia para socializar los hallazgos y establecer compromisos de trabajo. En este encuentro, la jardinera deberá entregar un plan de apoyo, el cual deberá ejecutarse en la casa y tendrá seguimiento mensual. De acuerdo al resultado del plan, este podrá ser reforzado, ajustado o cambiado. De esta reunión y de los encuentros de seguimiento deberán quedar actas. Los encuentros contarán con la presencia de la supervisora académica. 19 Si pese a los planes de mejoramiento, no se observan avances en el proceso y se comprueba el compromiso familiar en la realización de los mismos, la jardinera podrá recomendar, mediante formato de remisión pedagógica el acceso a un proceso de evaluación especializado. El formato estará respaldado por el observador, del niño o niña y las actas de seguimiento con la familia al plan de apoyo. Esta información deberá ser presentada al Comité de Evaluación de la sede, que evaluará la pertinencia de la misma y citará a la familia a una reunión en la que se explican las razones de la recomendación y se levanta acta del encuentro con firma de todos los presentes. Agotado este proceso, si al final del año académico no se observan avances en el niño o niña, la jardinera podrá solicitar al Comité de Evaluación y Promoción la recomendación de repitencia del nivel. En caso de considerarse pertinente, el comité citará a la familia para comunicar la recomendación. Serán los padres quienes, teniendo en cuenta los antecedentes del caso, decidan si la aceptan o no y en ambos casos deberá quedar consignada en acta la decisión tomada. De acuerdo con la normatividad vigente, una vez un alumno es promovido y matriculado en un nivel superior, no es posible devolverlo de nivel. Por tal motivo, la decisión de promoción es de carácter irrevocable y, en caso de presentarse dificultades para el alcance de los logros propuestos, la jardinera a cargo deberá proceder a la formulación y seguimiento de planes de apoyo intensivos. La decisión de repitencia sólo podrá ser modificada si, pasado el primer período académico, el niño o niña demuestra el alcance de logros necesarios para el acceso al siguiente nivel, los cuales deberán estar soportados por: o la evaluación semanal de la planeación de la profesora, o el registro de observador del alumno o los resultados de una evaluación integral de contenidos. Esta información deberá ser remitida al Consejo Académico del Colegio Comfama, junto con una carta de petición de los padres de familia. El Consejo analizará los soportes y basado en ello, emitirá un juicio que quedará consignado en acta y será notificado a la familia mediante resolución rectoral. La decisión podrá ser apelada por la familia, en un plazo máximo de 3 días hábiles, mediante comunicación escrita dirigida al Consejo Directivo, quienes en un plazo de 3 días hábiles deberán emitir su concepto. Artículo 23. Asistencia del estudiante de preescolar. Cuando el estudiante falte a clase podrá presentar por escrito la debida justificación, que validará la jardinera y dejará registro de la misma en el formato de seguimiento al ausentismo. Se consideran causas justas de inasistencia las siguientes: • Incapacidad médica. • Citas médica, sólo cuando el estudiante no pueda acceder a otro horario de atención, por el tipo de cita o por los horarios de la entidad prestadora del servicio. 20 • Muerte de algún familiar como padres y hermanos. El estudiante de transición no podrá tener una inasistencia superior al 25%. Cuando esto suceda y el estudiante o acudiente haya presentado, formalmente y por escrito, las debidas excusas por inasistencia, se procederá así: • El supervisor académico se reunirá con la jardinera y el acudiente para determinar la mejor solución, teniendo en cuenta que lo más importante es garantizar la calidad de la educación del colegio al alumno. Se archiva la información en la carpeta del estudiante. Artículo 24. Criterios de permanencia. De conformidad con el Artículo 96 de la Ley 115 de 1994, el Colegio Comfama podrá, unilateralmente, dar por terminado el contrato de matrícula y cooperación educativa por alguna de las siguientes causales: • Incumplimiento de los compromisos suscritos entre la familia, el educando y el Colegio Comfama, a través de las comisiones de convivencia, evaluación y promoción, en los que se consideran, entre otros, los siguientes aspectos: - Cumplir con los deberes y derechos consignados en el Manual de convivencia. - Cumplir con los compromisos académicos y formativos que el estudiante y sus padres hayan firmado. - Cuando los compromisos, formativo o matrícula de última oportunidad, se han firmado como requisito para continuaren la Institución, el estudiante y sus padres se verán en la obligación de cumplirlos; de no hacerlo, el alumno perderá el cupo en cualquier momento. • Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contempladas en el contrato de matrícula o cooperación educativa, en especial, el pago de las obligaciones económicas a favor del Colegio. • Cometer alguna infracción tipificada en este Manual de convivencia como grave. Capítulo II. Inclusión y evaluación de alumnos con capacidades diversas o necesidades educativas especiales Artículo 25. Criterios de inclusión. Para una eficaz inclusión, el Colegio Comfama analizará la necesidad educativa especial del alumno y cuando se concluya que el Colegio sí ofrece las garantías necesarias, se comprometerá al padre de familia, quien deberá hacer el acompañamiento que sugiera la psicóloga o el profesional especialista, jardinera, docente o supervisor. Incluso se contempla la posibilidad de la presencia del acudiente en la jornada escolar del alumno o, si es necesario, se disminuirá la jornada escolar. Todo bajo el acuerdo mutuo entre el padre de familia y la Institución. El Colegio, de acuerdo con la necesidad educativa de los alumnos, establecerá el número máximo de estudiantes por aula que no supere dos con necesidad educativa. 21 La inclusión no sólo contempla a los alumnos con necesidades educativas especiales, también a estudiantes con capacidades excepcionales, desplazados o de otras etnias y culturas, sin discriminación de credos o cultos. Artículo 26. Criterios de evaluación. A los estudiantes con diagnóstico de una necesidad educativa específica, avalado por un profesional externo, y que reciban acompañamiento por parte del Colegio, se les aplicaran estos criterios: • Valoración de sus conocimientos para definir acompañamiento. • Acatamiento de las recomendaciones de los profesionales externos. • Ajuste de las estrategias de evaluación, de acuerdo con la necesidad del estudiante. Título IV. Procedimientos disciplinarios para estudiantes Capítulo I. Clasificación de las faltas, debido proceso y estrategias formativas para los estudiantes de preescolar Artículo 27. Faltas leves de los alumnos de Preescolar. • Llegar tarde a las actividades programadas. • Inasistencia injustificada a las actividades académicas. • Perturbar el normal desempeño de las actividades académicas. • Llevar juguetes o accesorios que interfieran con el adecuado desarrollo de las actividades. • Utilizar lenguaje soez. • Sacar material y juguetes que no le pertenezcan al alumno. Artículo 28. Debido proceso para las faltas leves de alumnos de preescolar. A la primera falta leve se dialogará con el estudiante, establecerán acuerdos y compromisos y realizarán asambleas de convivencia. Si no se observan cambios en el comportamiento del alumno, se informará al padre de familia o al acudiente para que dialogue con el niño y haga un acompañamiento que le permita no repetir la falta. Este seguimiento y acompañamiento debe quedar registrado en el observador del alumno. Artículo 29. Definición de faltas graves. Se consideran los siguientes tipos de acciones como faltas graves: • Daños intencionados a la planta física, material didáctico, muebles y enseres de la sede. • Agredir repetitivamente, de forma verbal o física, a cualquiera de los compañeros, jardineras, instructores, funcionarios o personal de la Caja. Artículo 30. Debido proceso para las faltas graves. 22 A la primera falta grave, se citará al padre de familia para informarle sobre el comportamiento del niño. Cuando hay daños físicos y materiales, se analizará si son intencionados, para que se haga la reposición o reparación pertinente. Ante las agresiones constantes y graves, el docente iniciará un diálogo reflexivo con el niño y si el comportamiento persiste, seguirá las siguientes estrategias: • Llamado de atención, verbal y escrita, en el observador. • Se sienta al niño en una silla durante dos minutos, por cada año de edad cronológica, en el lugar donde se encuentra el grupo de compañeros. Se le invita a la reflexión con pedagogía, serenidad, y buenos términos, por parte de la jardinera. • Se lleva al niño a la oficina de la supervisora para hacer un compromiso verbal o escrito relacionado con la falta. • Se cita al padre de familia o acudiente para informarle de la situación y establecer compromisos y posibles correctivos para el niño. Si es necesario, se remitirá al padre de familia a un psicólogo para una asesoría que le permita orientar y modificar la conducta inadecuada del menor. Capítulo II Manejo de conflictos y casos difíciles: Debido proceso Articulo 31. Situaciones conductuales de los alumnos Siguiendo las indicaciones contenidas en el artículo 26 de la Ley 1098/2006, de Infancia y Adolescencia; los niños y, niñas tienen derecho a que se les aplique las garantías del debido proceso en todas las actuaciones administrativas en que se encuentren involucrados. Es deber del Colegio Comfama garantizar el seguimiento del conducto regular para la solución de los conflictos que se presenten en la institución con la participación de los entes e instancias del gobierno escolar. Para tal efecto, se requiere que haya una comunicación permanente y respetuosa entre el Colegio Comfama, el estudiante y la familia del estudiante con el fin de garantizar un adecuado seguimiento y acompañamiento. En todos los casos deberá llevarse a cabo el siguiente procedimiento: Cuando surja una conducta que amerite intervención de la institución educativa, se escuchará la versión del hecho, su intencionalidad, lugar y personas implicadas para establecer la verdad de los mismos. Se acudirá a un diálogo sobre la situación en particular y se procederá a establecer compromisos a través de una asamblea de convivencia con niños la cual debe quedar registrada en las observaciones de la planeación de la semana en curso para los preescolares . En caso de que los estudiantes reincidan en la conducta o falta, se procede a citar a los padres de familia y se les deberá poner al tanto de la situación y acordarán compromisos institucionales y familiares para el mejoramiento de la misma. De este encuentro debe quedar acta firmada por los presentes. A partir de este 23 momento, el seguimiento a los compromisos quedará registrado en el observador del alumno. En el caso de daños materiales o físicos, no deberá esperarse a la reincidencia en la falta y se convocará a la familia para acordar la actividad o conducta a implementarse por el estudiante, adicionalmente la reposición o reparación pertinente. Si pese a la implementación de estrategias pedagógicas por parte de la institución y la familia no se observan cambios conductuales, se podrá recomendar el acceso a apoyo psicopedagógico, soportado por el observador del alumno, las actas de reunión con los padres y el formato de remisión pedagógica. Para ello, deberá dar a conocer la recomendación ante el comité de convivencia, que basado en las pruebas, analizará la pertinencia de este proceso y citará a la familia a mesa de conciliación, la cual está conformada por: o Rector / Coordinador de programas y servicios o Familia del alumno o Jardinera / Docente o Supervisora académica o Delegado del comité de convivencia. En esta instancia se explica las razones de la recomendación y se levanta acta del encuentro con firma de todos los presentes. Agotada la anterior instancia, si no se observan cambios en la conducta del alumno y si los seguimientos apuntan a la falta de compromiso familiar, el Comité de Convivencia podrá recomendar al Rector el estudio del caso y la negación de cupo para el año siguiente. Dado este caso, se debe llevar a cabo el siguiente procedimiento: o Notificación escrita a la familia de la decisión tomada, soportada con los probatorios del proceso. Esta notificación se hará al padre o madre del estudiante que tenga la calidad de acudiente ante la Institución educativa. o La indicación de un término (3 días hábiles) durante el cual la familia puede formular por escrito sus descargos. Si pasado este tiempo no se recibe comunicado de la familia, se dará por aceptada la decisión de la Institución. o Estudio de descargos y emisión de respuesta final por parte del Rector. El plazo será de 3 días hábiles. o El resultado podrá ser apelado por la familia dentro de los 3 días hábiles siguientes a su notificación, mediante comunicación escrita dirigida al Rector, quien la pondrá en conocimiento del ente superior- Consejo Directivo, quienes en el término de 3 días hábiles emitirá una decisión final. Notas: La presentación de los padres de familia a las citaciones son de carácter obligatorio, no delegables. Para casos urgentes el padre o acudiente notificará por escrito el 24 inconveniente indicando el día y la hora en que se presentará en la institución sin ser superior a 48 horas hábiles Cuando las situaciones sean generalizadas en un grupo, se realizará reunión con todos los padres de familia elaborándose un acta general para tratar el problema. Conviene advertir que en cualquiera de los cursos de acciones expuestos, se hará el respectivo registro de los hechos por parte de la institución, Artículo 32. Situaciones con las familias: La Familia es considerada parte esencial del proceso formativo de los niños y niñas. Ante la falta reiterativa a los deberes familiares consignados en el presente manual de convivencia, deberá procederse de la siguiente manera: Anotación en el observador del alumno, de las circunstancias sobre el compromiso familiar y recomendaciones para el mejoramiento. Socialización de hallazgos en la reunión de entrega de informes. Si la situación persiste, la jardinera/ docente procede a citar extraordinariamente a los padres de familia y en compañía de la supervisora académica, deberán exponer los motivos del encuentro. En este espacio deberá otorgarse la oportunidad de escuchar las razones de la familia y se acordarán compromisos para el mejoramiento de la situación. De este encuentro debe quedar acta firmada por los presentes. De continuarse las dificultades, será el comité de convivencia quien convoque a la familia a una mesa de conciliación para realizar el seguimiento a los compromisos. Agotada esta instancia, se podrá recomendar al Rector el estudio del caso y la negación de cupo para el año siguiente. Dado este caso, se debe llevar a cabo el siguiente procedimiento: o Notificación escrita a la familia de la decisión tomada, soportada con los probatorios del proceso. Esta notificación se hará al padre o madre del estudiante que tenga la calidad de acudiente ante la Institución educativa. o La indicación de un término (3 días hábiles), durante el cual la familia puede formular por escrito sus descargos. Si pasado este tiempo no se recibe comunicado de la familia, se dará por aceptada la decisión de la Institución. o Estudio de descargos y emisión de respuesta final por parte del Rector. El plazo será de 3 días hábiles. o El resultado podrá ser apelado por la familia dentro de los 3 días hábiles siguientes mediante comunicación escrita dirigida al Rector, quien la pondrá en conocimiento del ente superior -Consejo Directivo, quienes en el término de 3 días hábiles emitirá una decisión final. Artículo 33. Situaciones con jardineras Cuando los miembros de la familia consideran que hay dificultades relacionadas directamente con las jardineras, se requiere que se siga el siguiente conducto regular: 25 Solicitud de entrevista con la jardinera y supervisora académica. De este encuentro debe quedar acta firmada por las partes. Solicitud de entrevista con el Coordinador de la sede. Solicitud de entrevista con el Rector. Como empleados de la Caja de Compensación Familiar de Antioquia, Comfama las acciones desarrolladas en las instancias del Colegio deberán quedar documentadas de manera que sirvan de probatorios en caso de aplicarse un proceso disciplinario, tal y como está consignado en el reglamento interno de trabajo. El seguimiento del conducto regular implica que si no se han agotado las instancias, a la luz del derecho al debido proceso, es deber de cualquier funcionario del Colegio abstenerse de emitir juicio y proceder a la orientación para que lleve a cabo un buen trámite; para este fin, deberá solicitarse la copia del acta de reunión de la familia con la instancia inmediatamente anterior. Título V. Organismos de participación Capítulo I. Comunidad educativa Artículo 34. Conformación de la comunidad educativa. • Los estudiantes matriculados en los diferentes niveles. • Los padres y acudientes de los alumnos. • Las i jardineras que laboran en la Institución para servir a los diferentes programas establecidos dentro del Proyecto Educativo Institucional. • Los profesionales especializados, el rector, supervisores académicos, psicólogo y coordinadores de educación que cumplen funciones como responsables del programa de Preescolar como coordinadores operativos de los programas. • Los egresados del programa del Preescolar y de la Media Técnica. Artículo 35. Consejo Directivo. Es el máximo organismo de participación de la comunidad educativa para la adecuada implementación del Proyecto Educativo Institucional. Se reúne de acuerdo con las necesidades que se presenten, según la conveniencia del rector y a solicitud de alguno de sus miembros. Se elegirá durante los primeros sesenta (60) días siguientes al inicio del año escolar. El Consejo Directivo del Colegio Comfama lo integran: La Dirección de COMFAMA o su delegado, quien lo presidirá y convocará ordinariamente dos veces por semestre y extraordinariamente cuando lo considere conveniente. 26 el Jefe del Departamento de Planeación de Servicios, el Jefe del Departamento de Prestación de Servicios, el Rector, un representante del sector productivo, dos representantes de los padres de familia, de educación formal un representante de los instructores de Educación para el trabajo y el desarrollo humano y uno para la educación formal un representante de los alumnos de Educación para el trabajo y el Desarrollo Humano. Artículo 36. Funciones del Consejo Directivo. • Trazar las políticas generales del Colegio Comfama. • Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad, tales como las reservadas a la Dirección de Comfama. • Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre los docentes y administrativos con los alumnos y después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o Manual de convivencia. • Adoptar el Manual de convivencia y el reglamento de la Institución. • Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos alumnos. • Asumir la defensa y la garantía de los derechos de la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado. • Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del currículo y del plan de estudios, y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva para que verifique el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley y los reglamentos. • Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución educativa. • Establecer estímulos para el buen desempeño académico y social del alumno e incorporarlos al reglamento o Manual de convivencia. • Definir parámetros de alianzas, reservándose en todo caso el derecho a elegir. • Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas. • Establecer el procedimiento para el uso de las instalaciones en cuanto a la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la comunidad educativa. • Reglamentar los procesos previstos en la Ley General de Educación. • Crear su propio reglamento. Artículo 37. Integrante del Consejo Académico. • El rector del Colegio Comfama. • Un coordinador de programas y servicios. 27 • Supervisoras académicas del Preescolar. Artículo 38. Funciones del Consejo Académico. • Servir de órgano consultor del Consejo Directivo del Colegio Comfama en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional. • Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo modificaciones y ajustes. • Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución. • Participar en la evaluación institucional anual. • Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los educandos y para su promoción, asignarles funciones y supervisar el proceso general de evaluación educativa. • Promover el estudio y análisis de los lineamientos generales de los procesos curriculares e indicadores de logros. • Efectuar las revisiones necesarias de los logros curriculares y los indicadores. • Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el rector. • Las demás funciones afines o complementarias a las anteriores, que le atribuya el Proyecto Educativo Institucional. Artículo 39. Elección de representantes de los órganos colegiados. Serán elegidos para períodos anuales y continuarán ejerciendo sus funciones hasta cuando sean reemplazados. En caso del retiro de alguno, antes de cumplir su período, se elegirá su reemplazo para el tiempo restante. Artículo 40. Reuniones y funcionamiento. El Consejo Directivo de la Institución, por derecho propio, se reunirá en sesiones ordinarias, al menos dos veces por semestre, convocadas por la Dirección de Comfama o su delegado. Cuando la situación lo amerite, a juicio de la Dirección de Comfama o por recomendación del rector de la institución, se podrá convocar a sesiones extraordinarias al menos con cinco días hábiles de anticipación. La Secretaría Técnica del Consejo Directivo será ejercida por las personas delegadas por la Dirección de Comfama. El Consejo Académico deberá reunirse por lo menos una vez al mes, por convocatoria del rector del Colegio Comfama. Para todas las instancias del Gobierno Escolar, las normas sobre quórum para la toma de decisiones será la mitad más uno. Artículo 41. Los acuerdos. Las decisiones que se tomen en las distintas instancias del Gobierno Escolar, para garantizar la normal ejecución del Proyecto Educativo Institucional, se denominan 28 acuerdos. Los proyectos de acuerdo podrán ser iniciativa de la Dirección de Comfama o del rector del colegio, de acuerdo con las necesidades. Éstos son considerados como reguladores de las acciones y relaciones para garantizar la adecuada ejecución del Proyecto Educativo Institucional. Artículo 42. La administración. La representación legal de la Institución está en cabeza de la Dirección de Comfama, con autonomía en el desempeño de sus funciones administrativas y financieras. La Dirección Administrativa de la Caja nombrará una persona natural para ejercer las funciones de rector del Colegio Comfama. Artículo 43. El Rector. Son funciones del rector del Colegio Comfama: • Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y aplicar las decisiones del Gobierno Escolar. • Velar por el cumplimiento de las funciones de los docentes y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios, a través de los coordinadores de programas y servicios educativos. • Promover el mejoramiento continuo de la calidad de la educación. • Mantener buenas relaciones con las autoridades educativas y la comunidad local, para el progreso académico de la Institución. • Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa. • Orientar el proceso educativo con el apoyo del Consejo Académico. • Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuye la Ley, los reglamentos y el Manual de convivencia. • Identificar las necesidades educativas en el ámbito regional de cada sede Comfama y canalizarlas para el mejoramiento del Proyecto Educativo Institucional. • Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la comunidad local. • Aplicar las disposiciones que expida el Estado, tendientes a la prestación del servicio público educativo. • Presentar ante el Consejo Académico el plan anual de actualización académica del personal docente. • Las demás funciones afines y complementarias que le atribuye el Proyecto Educativo Institucional. Artículo 44. Elecciones del Gobierno Escolar. Los representantes de los órganos del Gobierno Escolar serán elegidos para períodos anuales y ejercerán sus funciones hasta cuando sean reemplazados. 29 En caso de retiro de alguno, antes de cumplir su período, se elegirá su reemplazo para el tiempo restante. Artículo 45. Personero de los estudiantes. Un alumno del último grado que se ofrezca en la Institución será el Personero, encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes, consagrados en la Constitución Política, las leyes, los reglamentos y el Manual de convivencia. Esta elección se llevará a cabo durante los treinta días calendario siguientes al inicio de clases de un período lectivo anual. Para tal efecto, el rector convocará a los estudiantes matriculados a elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto. Artículo 46. Funciones del personero estudiantil. • Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación internos del establecimiento, pedir la colaboración del Consejo de Estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación. • Presentar ante el rector o el Director de la Caja, según sus competencias, las solicitudes de oficio para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes. • Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que haga sus veces, las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio. • El ejercicio del cargo de Personero de los estudiantes es incompatible con el de representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo. Artículo 47. Representante de los docentes. Cada sede Comfama nombrará por área un representante de los docentes para el Consejo Académico, en reunión general de los profesores de área y presidida por el rector o su delegado. Entre los profesores designados para el Consejo Académico se elegirá un representante que por los programas de Educación Formal tendrá asiento en el Consejo Directivo. Artículo 48. Consejo de Estudiantes. Es un órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los educandos. Estará integrado por un vocero de cada grado. Integrantes: • Representante de cada grado. • Personero de los estudiantes o su representante. Artículo 49. Funciones del Consejo de Estudiantes. • Diseñar su organización interna. • Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del establecimiento y asesorarlo en el cumplimiento de sus funciones. 30 • Invitar a deliberar a los estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil. • Llevar actas de las reuniones que den cuenta del proceso. • Proponer reformas al Manual de convivencia. • Promover y sugerir actividades en bien de la formación integral de los estudiantes, mediante su representación ante los diferentes estamentos de la comunidad educativa. • Las demás actividades afines o complementarias que le atribuya este manual. Artículo 50 Comité de convivencia El Comité de Convivencia es un órgano consultivo que busca mejorar los procesos de convivencia dentro y fuera de la institución, en procura de incrementar la calidad de vida de los estudiantes y de toda la comunidad educativa brindando espacios de conciliación y herramientas para la resolución de conflictos dentro del debido proceso Integrantes: Coordinador de la sede. Supervisora académica. 2 representantes de las Jardineras 2 representantes de los padres de familia, quienes ejercen funciones de conciliadores en las mesas de conciliación. Son funciones del Comité de Convivencia: Proponer actividades que fomenten la Convivencia entre la Comunidad Educativa. Proponer ajustes al manual de convivencia de acuerdo a la normatividad vigente. Instalar mesas de conciliación cuando alguno o algunos de los actores de la comunidad lo solicite con el objetivo de resolver pacíficamente sus conflictos. Para tal efecto, el comité designará un conciliador cuando las partes en conflicto lo estimen conveniente. Evaluar y mediar en los conflictos que se presenten entre los miembros de la comunidad educativa. Llevar a cabo el seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia, analizar las contravenciones y definir y/o proponer las acciones correctivas. Reuniones: El comité de convivencia se instalarán dentro de los primeros sesenta (60) días calendario escolar y se reunirán ordinariamente 1 vez por período académico. Además, lo podrá hacer extraordinariamente cuando las circunstancias lo ameriten y/o los miembros del Comité lo estimen conveniente. Capítulo II. Formas de participación de los padres de familia Artículo 51. Asambleas de convivencia para el nivel de Preescolar. Son un espacio permanente para la reflexión, la discusión y el análisis en torno a la convivencia y participación ciudadana desde el espacio escolar. En este sentido, las 31 asambleas tendrán un carácter formativo y consultivo y en ningún momento serán espacios para promover la discordia ni la toma de decisiones arbitrarias. Serán espacios de participación en los que se aprenderá a mediar las relaciones desde el la tolerancia, el respeto, el compromiso, el sentido de pertenencia y la credibilidad en la democracia. Las asambleas estarán conformadas por un grupo de padres de familia o acudientes, alumnos, la jardinera y la supervisora académica. Artículo 52. Diálogo y reflexión. Los niños, docentes y padres de familia tendrán como herramienta fundamental el diálogo y la reflexión para aportar a la sana convivencia de la comunidad educativa. Los espacios pedagógicos cotidianos, las asambleas de convivencia, escuelas de padres, grupos focales, entre otros, privilegiarán esta dinámica. Artículo 53. Reuniones informativas. Los padres de familia y los niños podrán participar y aportar ideas y sugerencias y expresar inquietudes en las reuniones informativas, en las escuelas de padres o mediante las circulares enviadas por la Institución. Artículo 54. Medios de comunicación. Los padres de familia podrán acceder a los medios de comunicación de la Caja de Compensación Familiar de Antioquia, Comfama, como: El Informador, www.comfama.com y el buzón de comentarios de la sede. Además, pueden usar el Cuaderno de comunicaciones, un medio en el que el padre de familia puede comunicarse de forma escrita con la Institución. Telefónicamente, el padre de familia podrá acordar citas con la jardinera o el docente en los horarios establecidos por la sede. Artículo 55. Proyecto Educativo Institucional. La comunidad educativa debe participar en la reestructuración, ajustes, modificaciones e investigaciones que se realicen para la actualización del Proyecto Educativo Institucional, en el cual está inmerso el Manual de convivencia. Artículo 56. Organismos de participación. Son los que buscan fortalecer los procesos democráticos y apoyar a la comunidad educativa de una manera dinámica, responsable y ética que contribuya a la convivencia y a la promoción de los valores fundamentales. Artículo 57. Asamblea de padres de familia 32 La Asamblea de Padres de Familia del Colegio Comfama está conformada por la totalidad de los padres de familia de los niños y niñas matriculados. Dado que la comunidad educativa del Colegio Comfama es muy numerosa y se encuentra dispersa por los municipios de Antioquia, por decisión del Consejo Directivo, la Asamblea de Padres se convoca en cada una de las sedes con los padres de los niños y niñas que allí se atiendan. En la primera asamblea del año, se deberán conocer los representantes al Consejo de Padres de Familia, quienes serán escogidos en cada grupo en la reunión informativa de inicio del calendario académico. Artículo 58. Consejo de padres de familia Lo conforman mínimo 2 representantes de los padres de familia por cada grupo atendido en las sedes. El Consejo de Padres se conforma en los primeros días del calendario académico a través del siguiente procedimiento: En la reunión de inicio del año, cada grupo escoge 2 representantes de los padres de familia. Se convoca la asamblea de padres de la sede y en ella se presentan a los representantes de cada grupo. Los padres de familia elegidos, son a una reunión de carácter general, en la que se consolida el Consejo de Padres y se eligen los representantes al Consejo Directivo. Título VI. Evaluación de los docentes Artículo 59. Proceso de evaluación. Cada año o semestre lectivo se evalúa el desempeño de las jardineras y docentes de las diferentes áreas. Para ello se tendrán en cuenta las observaciones directas de las clases, de estudiantes o acudientes de los niños, de los coordinadores de programas y servicios y de las supervisoras académicas. Las estrategias para la evaluación y sus resultados se comparten con la entidad contratista en el caso de los docentes vinculados a través de terceros. Con los instructores y jardineras propios se procederá a realizar el plan individual de desarrollo. Título VII. Evaluación de las entidades contratistas Artículo 60. Evaluación de contratistas. Cada semestre lectivo se hará una evaluación de la ejecución del programa, con las entidades contratistas, de acuerdo con las cláusulas del contrato. Título IX. Reconocimiento al estudiantado Artículo 61. Estímulos. 33 De acuerdo con el desempeño, los estudiantes podrán recibir estímulos de carácter formativo como una retribución al esfuerzo, con el fin de mantener y optimizar los comportamientos positivos y el buen rendimiento académico de los alumnos y el buen desempeño de los docentes, tales como: • Representar al Colegio Comfama en eventos culturales, científicos y recreativos. • Reconocimiento público, mediante resolución del Consejo Directivo, a alumnos que sobresalgan en eventos sociales, culturales, científicos, investigativos, recreativos y deportivos. Una copia de la resolución debe ir a la hoja de vida del estudiante • Ser elegido como representante o monitor del curso. • Ser elegido como representante del área ante los diferentes organismos que conforman el Gobierno Escolar. • Otorgamiento de una beca para el año lectivo al alumno que se destaque por su rendimiento académico con notas sobresalientes. • Otorgamiento del premio Excelencia por méritos académicos, cívicos, humanos y morales a quien se distinga como el mejor de la Institución y con entrega de una beca por el año lectivo o participación en uno de los cursos diferentes a los contemplados en el plan de estudios. • Otros que determine el Consejo Directivo del Colegio Comfama. Título X. Tarifas de matrículas, pensiones y otros cobros Artículo 62. Pago de matrículas y pensiones. El Colegio Comfama está clasificado en diferente régimen, de acuerdo con la sede o Secretaría de Educación y su sistema para los cobros de matrícula, pensiones y otros costos educativos para el año escolar. Se rige según los siguientes términos: • Tarifa anual: valor cobrado por concepto de matrícula y pensiones en el año. • Matrícula: suma anticipada pagada una vez al año en el momento de formalizar la vinculación del estudiante al servicio educativo ofrecido por el establecimiento o cuando esta vinculación se renueva. • La pensión: suma que se paga por el derecho del estudiante a participar en el año académico de los servicios educativos comunes y obligatorios que ofrece el establecimiento educativo. Su forma de pago es mensual, los cinco primeros días de cada mes. La cancelación de los valores por estos conceptos puede ser en efectivo, con el subsidio, con crédito inmediato o crédito para educación Preescolar . El costo de la matrícula no incluye certificados de estudios; exámenes supletorios de validación, de homologación o de habilitación; derechos de grado; textos de estudio; útiles escolares; materiales; fotocopias; uniformes; alimentación; transporte; ni otros que se desprendan de la prestación del servicio. 34 Otros cobros son los que se hacen a los padres de familia o acudientes por conceptos diferentes a matrícula y pensión, como certificados de estudios y derecho de grados para la media técnica. Artículo 63 Costos de matrículas y mensualidad. La pensión anual se cobra en diez (10) cuotas, más la número once que corresponde a la matrícula. Los valores de la matrícula y la mensualidad se liquidan de acuerdo con la condición de afiliado o particular, con las siguientes tarifas: • TA: trabajador afiliado que devenga entre uno y dos salarios mínimos legales vigentes. • TB: trabajador afiliado que devenga entre dos y tres salarios mínimos legales vigentes. • TC: trabajador afiliado que devenga cuatro o más salarios mínimos legales vigentes. • TD: usuario no afiliado a Comfama. Preescolar Tipo Tarifa Tarifa total Matricula Pensión TA 560.300 56.000 50.400 TB 588.100 58.800 52.900 TC 801.300 80.100 72.100 TD 1.590.300 159.000 143.100 Otros Cobros Certificados de estudio Duplicado de diploma a solicitud del usuario Salidas Pedagógicas Año 2013 3.400 3.400 26.600 Título XI. Reglamentos específicos Artículo 64. Aula de informática. Para el uso de las aulas de informática se recomienda: • Tener las manos limpias para evitar que se deterioren teclados y otras partes del computador. • No consumir alimentos dentro del aula. • No cambiar la configuración de los equipos. • No instalar software sin previa autorización. • No desconectar los periféricos del computador como mouse y teclado, entre otros. • No hacer uso de Ipod, Mp3, Mp4, Juke box. • Vacunar las memorias antes de usarlas. 35 Artículo 65. Transporte escolar. El Colegio Comfama no ofrece servicio de transporte. Los padres de familia deben verificar que el servicio que utilizan para sus hijos cumpla con las condiciones y normas que establecen las respectivas Secretarías de Tránsito. Los transportadores escolares deben cumplir con las reglas establecidas por el Colegio en cuanto a embarque, desembarque y horarios establecidos para cada una de las jornadas. Recomendaciones para los padres de niños que no utilizan transporte escolar: • Puntualidad a la hora de llegada de los niños para favorecer su integración a las actividades. • Ningún niño se entregará a personas sin autorización previa de los padres. • Es indispensable tener en cuenta: - Presentar, a diario, el ficho que garantiza que otra persona está autorizada para recoger al niño. - En caso de situaciones de última hora, pueden avisar por teléfono y la Institución confirmará la llamada. - En caso de que quien recoja al niño no presente el ficho y no sea identificado por el docente, no se le entregará el menor. La Institución verificará los datos registrados en la papelería reglamentaria y sólo entregará el niño al acudiente o padre de familia que realizó la matrícula. - En caso de pérdida del ficho, el padre debe notificar por escrito y asumir la responsabilidad de este hecho. - La llegada y salida de los niños no son los momentos más indicados para que los padres conversen asuntos especiales con las profesoras, la supervisora o coordinadora podrán atenderlos. Artículo 66. Uniforme y su uso. Para los alumnos de preescolar: bombacho gris, camiseta tipo polo blanca, medias blancas, tenis blancos o botas plásticas -para las sedes que lo requieran por su condiciones climáticas y de terreno-. 36 Está prohibido el uso de tenis con patines por razones de seguridad y salud. El uso del uniforme es opcional. Se sugiere llevarlo. El Colegio Comfama no tiene vínculos con ningún proveedor de uniformes y, por lo tanto, el padre de familia es libre de elegir a la persona o empresa que lo elabore, teniendo en cuenta el modelo definido por la institución. Artículo 67. Reglamento del Consejo Directivo CARÁCTER, CONFORMACIÓN Y DOMICILIO Naturaleza: Es el máximo organismo de participación de la Comunidad Educativa, para la adecuada implementación y acomodación del PEI. Conformación: El Consejo Directivo del Colegio Comfama estará integrado por: La Dirección de COMFAMA o su delegado, quien lo presidirá y convocará ordinariamente dos veces por semestre y extraordinariamente cuando lo considere conveniente. el Jefe del Departamento de Planeación de Servicios, el Jefe del Departamento de Prestación de Servicios el Rector, un representante del sector productivo, dos representantes de los padres de familia, de educación formal un representante de los instructores de Educación para el trabajo y el desarrollo humano y uno para la educación formal un representante de los alumnos de Educación para el trabajo y el Desarrollo Humano y uno para la educación formal. Domicilio: El domicilio del colegio será la cuidad de Medellín y su sede el Departamento de Educación de la Caja de Compensación Familiar de Antioquia, Comfama, Dirección Kra 48 N° 43 -87 piso 7° Edificio Comfama San Ignacio; teléfonos 2156505 – 2156594. 37 CONDICIONES Y ELECCIÓN DE LOS MIEMBROS Clases de miembros Los miembros del Consejo Directivo del colegio Comfama , son de dos clases: Por derecho propio y por elección. Son miembros por derecho propio: La Dirección de COMFAMA o su delegado, quien lo presidirá. El Jefe del Departamento de Planeación de Servicios El rector del COLEGIO COMFAMA. El Jefe del Prestación de Servicios. Son miembros por elección: Un representante del personal docente Formal y otro de ETDH Un representante de los estudiantes de educación Formal y otro de ETDH Un representante de los sectores productivos organizados en el ámbito local. Dos representantes de los padres de familia. Los miembros por elección, llegarán al consejo después de efectuadas las elecciones en jornada democrática convocada debidamente por el Rector. Elección de Miembros: Se elegirán durante los primeros 60 días siguientes al inició del año escolar, bajo las siguientes condiciones: Representantes del personal docente: elegido por mayoría de los votantes en Asamblea de docentes. Representante de los estudiantes: elegido por el Consejo de Estudiantes para educación formal entre los alumnos que se encuentren cursando el último grado de educación ofrecido por la Institución. Representante de los sectores productivos: será escogido por el Consejo Directivo, de candidatos propuestos por las respectivas organizaciones afiliadas a COMFAMA. Representantes de los padres de familia: Elegidos por mayoría de los votantes en la Asamblea de Padres REUNIONES, QUÓRUM Reuniones: el Consejo Directivo del Colegio Comfama se reunirá de acuerdo con las necesidades que se presenten, según la conveniencia del Rector y a solicitud de alguno de los miembros. . Quórum. Constituye quórum para deliberar, la mitad más uno de los miembros que conforman el Consejo Directivo del Colegio Comfama. Constituye quórum decisorio, las dos terceras partes de los miembros del Consejo. 38 Las decisiones exigen, mayoría de las dos terceras partes de los asistentes. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL COLEGIO COMFAMA El Consejo Directivo del Colegio Comfama adopta las funciones descritas en el artículo 144 de la Ley 115 de 1994 y en el artículo 23 del decreto 1860 de 1994, que son: a) Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución y que no sean competencia de otra autoridad; b) Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los alumnos del plantel educativo; c) Adoptar el reglamento de la institución, de conformidad con las normas vigentes; d) Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles; e) Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado; f) Aprobar el plan anual de actualización del personal de la institución presentado por el rector, g) Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces para que verifique el cumplimiento de los requisitos; h) Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa; i) Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno; j) Participar en la evaluación anual de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución; k) Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas; l) Establecer el procedimiento para el uso de las instalaciones en actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa; m) Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas; n) Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y la forma de recolectarlos, y ñ) Darse su propio reglamento. DEBERES, DERECHOS Y PROHIBICIONES Deberes de los miembros del Consejo Directivo del Colegio Comfama: Son deberes de los miembros del Consejo Directivo del Colegio Comfama: Asistir puntualmente a todas las reuniones; Cumplir cabalmente el reglamento y demás normas que prescriban la legislación y el Consejo Directivo; Guardar discreción y prudencia sobre los asuntos que trate o estudie el Consejo; 39 Participar activamente en las reuniones y en las comisiones que le asigne el Consejo Directivo; Responder administrativa o penalmente, si es del caso, por las actuaciones del Consejo; Dar trato respetuoso a los integrantes de la Comunidad Educativa; Informar veraz, objetiva y oportunamente a sus representados sobre los asuntos tratados por el Consejo; y Los demás que le sean asignados por el Consejo, siempre que sean de su incumbencia. Derechos de los miembros del Consejo Directivo del Colegio Comfama Son derechos de los miembros del Consejo Directivo del Colegio Comfama: Presentar iniciativas y sugerencias para asesorar al Rector en la toma de decisiones y para lograr la práctica de la participación en la vida escolar; Recibir trato cortés y participar en igualdad de condiciones con los demás miembros del Consejo; Participar en todas las deliberaciones con voz y voto; y Ser estimulado por su labor en beneficio de la Comunidad Educativa. Prohibiciones a los miembros del Consejo Directivo del Colegio Comfama Se establecen las siguientes prohibiciones, a los miembros del Consejo Directivo del Colegio Comfama: 1. Revelar información sobre temas tratados en el Consejo; 2. Distorsionar las decisiones tomadas en el Consejo: 3. Entorpecer sistemáticamente la buena marcha de las deliberaciones y/o de las actividades del Consejo; y 4. Disociar las relaciones entre los integrantes del Consejo. SANCIONES El integrante del Consejo Directivo del Colegio Comfama que falte sistemáticamente al cumplimiento de sus funciones, deberes y prohibiciones, se le sancionará de acuerdo a lo estipulado en el régimen disciplinario único, en el estatuto docente y en el reglamento interno del colegio, según sea el caso. La competencia para sancionar, recae en el mismo Consejo, en el inmediato superior y en la asamblea de electores. Pérdida de investidura: Se consideran causales para exclusión o pérdida de investidura como representante al Consejo Directivo del Colegio Comfama, las siguientes: 40 1. Inasistencia a dos (2) sesiones sin justa causa; 2. Llamada de atención en sesión, por negligencia en el cumplimiento de sus deberes, por segunda vez; y 3. Orden dada por autoridad competente. DISPOSICIONES GENERALES Invitados: Cualquier miembro de la comunidad educativa, podrá participar de las deliberaciones del Consejo Directivo del Colegio Comfama con voz pero sin voto. Esta participación se hará por invitación o por solicitud personal debidamente aprobada por la entidad. Comisiones: El Consejo Directivo del Colegio Comfama convocará y nombrará comisiones temporales cuando lo considere necesario para estudio y actividades de situaciones que ameriten éste tipo de atención. Conducto Regular: Los asuntos que lleguen a consideración del Consejo Directivo del Colegio Comfama, solo serán considerados después de haber seguido el conducto regular establecido en el Reglamento Interno o Manual de Convivencia del plantel. Cuando un asunto sea de competencia de otra autoridad, el Consejo se abstendrá de considerarlo. Recursos: Contra las decisiones del Consejo Directivo del Colegio Comfama, procede el derecho de defensa del cual se podrá hacer uso, recurriendo al mismo Consejo dentro de los tres (3) días siguientes a la comunicación de una decisión. Surtido éste recurso, no procede ningún otro. El voto es personal e indelegable, para todos los efectos. VIGENCIA El Consejo Directivo del Colegio Comfama, ejercerá sus funciones por un año contado a partir del momento en que fue elegido y hasta cuando se designe el nuevo Consejo mediante la aplicación del procedimiento correspondiente. El presente reglamento rige a partir de su publicación y estará vigente hasta cuando sea modificado total o parcialmente por el mismo Consejo Directivo. Articulo 68. Reglamento general del programa de bibliotecas Comfama Presentación Este Programa, puesto a disposición de la comunidad con el objetivo de propiciar su acercamiento a la información, a la investigación y al conocimiento, como un aporte a la transformación de la ciudad y al surgimiento de nuevas oportunidades de educación y 41 cultura de sus habitantes, hace parte integral de la Red Nacional de Bibliotecas de Cajas de Compensación, del Sistema de Bibliotecas Públicas de Medellín y de la Red de Bibliotecas Públicas-Área Metropolitana, contribuye al logro de un mejor futuro regional y nacional, gracias a la unión de voluntades para el fortalecimiento y desarrollo de toda la ciudadanía. Los principios de este Programa apuntan a una Biblioteca pública libre, abierta y gratuita para todos, con colecciones actualizadas, horarios extendidos y servicios fijos o de extensión donde la gente los necesite, generando oportunidades a sus usuarios mediante programas y eventos estimulantes para el desarrollo social, económico y cultural, apoyados en personal calificado y competente, al servicio de los fines y propósitos de la Caja. Por lo anterior, se convoca a todos los usuarios al buen trato del personal encargado de los servicios, y al cuidado y utilización adecuada de los documentos, instalaciones, recursos y equipos, preferiblemente para fines educativos, formativos, culturales, recreativos, sociales y de investigación, acordes con el reglamento establecido, cuyo incumplimiento generarán sanciones. El Programa de Bibliotecas Comfama está compuesto por sedes propias con bibliotecas, sedes coadministradas en Parques Biblioteca de Medellín, y por las Bibliómetros en alianza con el Metro de Medellín. Para estos dos últimos casos, aplica adicionalmente la normatividad específica que regula cada convenio. 1. Del Programa Portafolio de Servicios Los servicios que promueve el Programa son: Consulta en Salas de Lectura Préstamo de materiales bibliográficos y/o audiovisuales Referencia Fomento a la Lectura Fomento al uso de Tecnologías en Centros de Consulta en Línea y Salas Virtuales e Internet Extensión Bibliotecaria Formación de Usuarios Servicios Son las actividades que el Programa ofrece a sus usuarios durante los horarios de atención. Estos servicios son: Consulta de libros, revistas, periódicos, fotografías, videos, trabajos musicales, títulos multimedia y otros recursos en los diferentes soportes que se dispongan para tal uso. Préstamo de libros, videos, trabajos musicales, títulos multimedia y otros recursos en diferentes soportes. Uso de los puntos de acceso al catálogo bibliográfico automatizado Uso de espacios para el estudio o aprovechamiento individual y grupal en Salas de Lectura Acceso a Centros de Consulta en Línea y Salas Virtuales e Internet 42 Asesoría individual o grupal sobre los espacios, servicios, programas y eventos, las colecciones disponibles y la ubicación de los materiales. Capacitación en el conocimiento y uso de las herramientas, equipos y materiales dispuestos para el servicio. Acciones de animación y promoción de la lectura para niños, jóvenes y adultos, tanto grupales como individuales, en los distintos escenarios (abiertos o cerrados), dispuestos en las programaciones. Programas Actividades dispuestas para los usuarios en horarios específicos, que se realizan periódicamente con una secuencia temática establecida. Pueden requerir inscripción previa. Por ejemplo, actividades académicas y culturales, capacitaciones y talleres, clubes, entre otros. Eventos Actividades que se realizan una sola vez en una fecha y hora específicas. Pueden requerir inscripción previa y estar sujetos a la programación mensual. Espacios Los Servicios son prestados al público en espacios propios o administrados por la Caja. Previa disponibilidad de los mismos. Horarios de atención Los horarios son establecidos por cada una de las Sedes, están publicados en cartelera y se pueden consultar en el subsitio de Bibliotecas de la página Web (www.comfama.com), en su Agenda Cultural y en otros medios considerados necesarios para informar a los usuarios. Usuarios de los servicios Son los Afiliados y no Afiliados, sean ellos personas naturales o jurídicas, que hacen uso de los Servicios ofrecidos. Los menores de edad pueden participar de las actividades, objeto del presente reglamento, bajo la exclusiva responsabilidad de sus padres o adultos encargados de su cuidado. Todo usuario grupal debe contar con un coordinador(a) de grupo que lo acompañe en el sitio durante las actividades concertadas, asumiendo este (a) la responsabilidad de velar por el cumplimiento de los derechos y deberes relacionados en el presente reglamento, a título personal y en nombre de cada uno de los integrantes del grupo. 2. Del Reglamento 2.1 Derechos del usuario Conocer el Reglamento General del Programa Bibliotecas Comfama. Ingresar a sus espacios y disfrutar de estos, previo cumplimiento de los requisitos previstos para ellos. Acceder a los servicios en los horarios establecidos y con las características ofrecidas. Recibir, por parte de los funcionarios, calidad en la atención, además de un trato amable y respetuoso en todas las circunstancias. Recibir información oportuna y veraz de los funcionarios respecto a las programaciones, los servicios y los eventos establecidos. 43 Realizar actividades de lectura o consulta sin ser perturbado por el comportamiento de los funcionarios y demás usuarios de los servicios. Disponer de información actualizada y completa en los medios de comunicación sobre los programas y eventos de cada Sede. Ser escuchado por los funcionarios administrativos cuando desee hacer comentarios sobre la atención y/o los servicios. En su defecto, ser remitido al buzón de comentarios. Recibir respuesta, escrita o verbal, del personal administrativo a los comentarios manifestados. Ser informado oportunamente sobre los cambios realizados en los servicios que utiliza. 2.2. Deberes del usuario Conocer y acatar el Reglamento General del Programa Bibliotecas Comfama. Seguir las recomendaciones hechas por los funcionarios debidamente identificados, dentro de las instalaciones. Informar al personal de seguridad el ingreso y salida de dispositivos electrónicos como cámaras digitales, computadores portátiles, entre otros, además de los materiales bibliográficos externos. Acatar las medidas establecidas sobre el ingreso de maletines, morrales, contenedores de objetos y otras pertenencias, a los espacios donde se prestan los servicios. Solicitar autorización en la administración para la toma de registros fílmicos, fotográficos y de sonido dentro de las instalaciones donde se prestan los servicios. Solicitar autorización, al funcionario encargado, en caso de requerir el uso de materiales para cortar, pegar, pintar y trazar, tales como tijeras, vinilos, bisturís. Permitir la revisión de maletines, morrales, paquetes y otros contenedores, por parte del personal de seguridad, cuando sea requerido. Abstenerse de ingresar a las instalaciones, armas de cualquier tipo, bebidas alcohólicas, sustancias alucinógenas y toda clase de animales, sin excepción. Abstenerse de consumir en los espacios del programa: chicle, alcohol, cigarrillo o cualquier otra sustancia embriagante o alucinógena, o permanecer en los mismos bajo sus efectos. Abstenerse de ingresar alimentos o bebidas en lugares diferentes a los autorizados. Respetar la integridad física, sicológica, moral y religiosa, tanto de los usuarios como de los funcionarios. Cuidar y proteger todas sus pertenencias dentro de las instalaciones. Comfama no se hace responsable, en ningún momento, de equipos o pertenencias de los usuarios. Informar a un funcionario toda acción realizada o por realizar que atente contra su bienestar, el de los funcionarios u otros usuarios. Suministrar información personal veraz y actualizada cuando sea requerida para el disfrute de los servicios. Desplazarse por los espacios destinados al servicio en forma ordenada, respetuosa y silenciosa, además de utilizar un tono de voz moderado para hablar en los sitios específicos de consulta, investigación y estudio. Utilizar, dentro de las instalaciones, audífonos para escuchar sonidos o videos, con el fin de no perturbar la comodidad de otros usuarios 44 Asistir puntualmente a los programas o eventos, previo registro o reserva para aquellos que lo requieran. Respetar los tiempos de uso determinado para cada servicio, programa o actividad con el fin de evitar afectar la programación prevista o las actividades de otros usuarios. Hacer uso adecuado de los mecanismos previstos para el acceso a los servicios, como filas, turnos, registros electrónicos, entre otros, en las condiciones que Comfama establezca. Hacer buen uso de todos los recursos (mobiliario, materiales bibliográficos o audiovisuales, computadores, acceso a redes, programas de computador, entre otros) durante el disfrute de los servicios. Portar identificación personal y presentarla a los funcionarios que lo soliciten para hacer uso de los servicios que lo requieran. Dependiendo del tipo de servicios, se categorizan los documentos de identidad exigidos, en los siguientes niveles que se describen a continuación: Categoría Primer Nivel Segundo Nivel Tercer Nivel (*) Cuarto Nivel (*)De Validación Tipo de documento Cédula de ciudadanía, Cédula de extranjería Tarjeta de Identidad Registro civil Libreta militar Pasaporte Visa Escarapela Comfama Servicio que lo requiere Registro Préstamo de colecciones Centros de Consulta en Línea Salas Virtuales e Internet Centros de Consulta en Línea Salas Virtuales e Internet Actividades culturales y de extensión bibliotecaria que requieran identificación En defecto de un documento de Primer Nivel Pase de conducción Actividades culturales y de Escarapela empresarial extensión bibliotecaria que requieran identificación cuando tienen foto. En defecto de un documento de Primer o de Segundo Nivel Carné estudiantil Actividades culturales y de Carné de Bibliotecas extensión bibliotecaria que Carné de corporaciones, requieran identificación fundaciones y otras instituciones En ausencia de alguno de los anteriores Tarjeta Comfama Son documentos de validación de Tarjeta de Afiliación a Cajas de servicios, en ningún momento Compensación. reemplazan documentos del Tarjeta Cívica (Sistema Metro) Primer Nivel. Nit/Rut Se podrán solicitar como 45 Certificado de supervivencia Acta de compromiso responsabilidad complemento de los documentos de principales en servicio de préstamo de colecciones. Acordar con la administración la disposición o montaje de los recursos necesarios para los eventos que hayan sido reservados para una actividad grupal. Devolver, de acuerdo con los procedimientos establecidos y en los términos pactados, todos los recursos que le hayan sido entregados en calidad de préstamo. Respetar, cuidar y proteger solidariamente el patrimonio de Comfama, de sus funcionarios y de los otros usuarios. Reportar a la administración los daños o averías que observe en los recursos que le sean entregados, de lo contrario podrá ser responsabilizado para su pago o reposición. Responder por todo daño, pérdida o demora en la devolución de los recursos propiedad de Comfama, entregados en calidad de préstamo de acuerdo con los lineamientos establecidos para cada caso. Abstenerse de reproducir, visualizar, presentar, publicar o utilizar cualquier contenido textual o audiovisual violento o pornográfico dentro de las instalaciones de servicios, utilizando cualquier medio o recurso. Abstenerse de infringir la seguridad del sistema Comfama, o de cualquier otro sistema accesible a través de la red, desde cualquier dispositivo, sea propiedad de Comfama, propio o de un tercero. Abstenerse de apagar, intentar reparar, modificar configuraciones, instalar dispositivos externos o manipular conexiones en cualquier equipo propiedad de Comfama, sin la debida autorización de la Caja. Abstenerse de instalar, utilizar, almacenar, transmitir, copiar o intercambiar software o cualquier otro material digital, utilizando dispositivos de su propiedad o de Comfama, vulnerando los derechos de propiedad intelectual. Almacenar preferiblemente sus archivos en dispositivos de almacenamiento externo propios. Comfama no se responsabiliza por archivos que el usuario guarde en los equipos utilizados para la prestación de los servicios, debido a que estos son de uso público y objeto de limpieza y mantenimiento permanentes. 2.3. Sanciones El usuario que incumpla los deberes relacionados en el presente reglamento, afectando de cualquier modo el bienestar patrimonial, físico, sicológico o moral de los funcionarios o usuarios, dependiendo de la gravedad de la falta y persistencia en ella, será: Suspendido en el préstamo por dos (2) días calendario, contados un (1) día después de la fecha de devolución, sin importar el número de materiales prestados. Invitado por los funcionarios de la Sede a corregir las conductas contrarias al reglamento de servicios. Amonestado e informado de los pagos, reposiciones o indemnizaciones que deba hacer a la Caja. Retirado de las instalaciones de servicios. Restringido en su acceso temporal o definitivo a uno, varios o todos los servicios. 46 Reportado o denunciado ante las autoridades competentes, en casos en los que la administración considere procedentes. 2.4. Normatividad específica por servicios Los servicios se rigen por este Reglamento general, que en forma excepcional complementa al Reglamento del sistema de bibliotecas públicas de Medellín en la operación de los Parques Biblioteca a cargo de la Caja. 2.4.1. Préstamo de materiales bibliográficos y/o audiovisuales Podrán acceder al servicio los tipos de usuarios que se describen a continuación Todos los afiliados y beneficiarios de la Caja de Compensación Familiar de Antioquia, Comfama. Todas las personas favorecidas por los convenios y acuerdos bibliotecarios Comfama, vigentes para el préstamo de colecciones. Los particulares que se inscriban de acuerdo con las políticas y requisitos vigentes. Para hacer uso del servicio de préstamo en sus diversas modalidades; todo usuario debe: Estar registrado en el aplicativo para préstamo Presentar documento de identidad al funcionario de circulación y préstamo cada vez que se haga uso del servicio. Estar a paz y salvo con el Sistema de Bibliotecas de Comfama y Sistema de Bibliotecas Públicas de Medellín, respectivamente. 2.4.1.1. Registro del usuario La inscripción y registro del usuario deberá contener datos de identificación, localización y comunicación, que el solicitante del servicio deberá suministrar, bajo el compromiso de veracidad y amparados por las políticas de privacidad corporativas, OA 141” Seguridad de la información” Los usuarios deben registrarse personalmente, de acuerdo con los parámetros fijados por la Caja, no tendrá ningún costo y se realizará bajo las siguientes consideraciones: 2.4.1.1.1. Personas con nueve años de edad cumplidos, o más Documento de identidad de primer nivel Tarjeta de validación de servicios vigente (Comfama, Cívica), o en su defecto, referencias personales y/o familiares que al momento del registro le sean solicitadas. Nota: Los estudiantes no afiliados, podrán cobijarse con los acuerdos interinstitucionales o interbibliotecarios que autorice la Caja. Las personas en situación de discapacidad o adultez plena, que no puedan movilizarse físicamente, deberán presentar documentos de acuerdo con el procedimiento establecido para el registro y préstamo de material. 2.4.1.1.2. Personas menores de 9 años de edad: Estar acompañado por uno de los padres, de primer grado de consanguinidad o civil, quien será solidariamente responsable del material prestado por él o la menor. A su vez este adulto firmará un documento de compromiso. Documentos de identidad (primer nivel) de ambas personas. Tarjeta de validación de servicios vigente (Comfama, Cívica) o en su defecto: Referencias, personales y/o familiares que al momento del registro le sean solicitadas. 2.4.1.2. Capacidad de préstamo personal 47 El usuario puede prestar el máximo de materiales autorizados, observando los tiempos adjudicados, según condición y formato, clasificados así: Los periódicos y materiales de referencia, sólo se prestan para consulta en sala. Para conocer el número máximo de materiales, tiempos de préstamo y número de renovaciones permitidas por tipo de material, ver el subsitio de Bibliotecas de la página Web (www.comfama.com). 2.4.1.3. Otras modalidades de préstamo Los préstamos interbibliotecarios, interinstitucionales, por convenio, de extensión bibliotecaria (biblioteca viajera) y particulares, se establecen para algunas bibliotecas del Programa, y poseen requisitos y condiciones determinadas por la administración. Estas modalidades de préstamo se oficializan mediante los siguientes registros: Préstamo interbibliotecarios FC 495” Acuerdo préstamo interbibliotecarios” Préstamo interinstitucionales FC496 “Acuerdo préstamo interinstitucionales” Préstamo a particulares FC455” Solicitud de préstamo a particulares” Préstamo biblioteca viajera FC40 “Acta entrega biblioteca viajera” 2.4.1.4. Devolución de los materiales Los materiales podrán devolverse, en cualquiera de las Bibliotecas Comfama, exceptuando los Parques Biblioteca quienes recibirán los prestados por ellos mismos. La devolución de materiales no requiere identificación y podrá hacerse por el titular o por intermedio de un tercero; a quienes se les dará información verbal del estado de la cuenta. 2.4.1.5. Reserva de materiales La reserva de materiales para préstamo puede realizarse en el puesto de circulación y préstamo de cada Biblioteca, vía telefónica, desde la Web Comfama o a través del sitio Web de la Red de Bibliotecas, o por otros mecanismos implementados en el devenir del desarrollo tecnológico, siempre y cuando el usuario se encuentre habilitado en el Programa, no presente morosidad y esté registrado como usuario activo y vigente. El usuario puede reservar desde uno hasta la totalidad máxima de materiales autorizados, siempre y cuando dichos materiales estén prestados a otros usuarios, para lo cual, el día mismo de la devolución del material reservado, recibirá notificación mediante llamada telefónica, correo electrónico u otro mecanismo, de la disponibilidad de los materiales para su préstamo. El usuario debe hacer el préstamo dentro del rango de tiempo determinado, a partir de la notificación de disponibilidad. Transcurrido el plazo, el sistema cancelará automáticamente la reserva y dispondrá el material para la siguiente reserva, si la hay, o quedará disponible para ser prestado a los usuarios de la biblioteca. 2.4.1.6. Renovación de materiales El usuario puede renovar el material prestado el máximo de veces autorizadas por el sistema bibliotecario, en forma presencial, vía Web, telefónica, o por otros mecanismos implementados en el devenir del desarrollo tecnológico, siempre y cuando: El sistema no reporte morosidad en la entrega de materiales o sanción por devolución extemporánea. El material a renovar no se encuentre en estado de reserva para otro usuario. No se trate de materiales de reserva. 48 2.4.2. Fomento al uso de Tecnologías -TIC -Centros de Consulta en Línea y Salas Virtuales e Internet Servicio que a través de acciones de la biblioteca genera en los usuarios habilidades básicas para la búsqueda, recuperación, uso de la información y el conocimiento, a través de eventos, autodidactas o dirigidos, como parte del proceso de alfabetización informacional, facilitando espacios para la diversión, el entretenimiento, el aprendizaje y el buen uso del tiempo libre, con colecciones en formato digital, gracias al acceso a los Centros de Consulta en Línea y Salas Virtuales e Internet. Se accede en la modalidad de turnos, implementados con duraciones específicas que requieren, para su adjudicación, de la presentación de un documento de identidad vigente, en cualquiera de los niveles o, en su defecto Tarjeta de validación de servicios (Comfama, Cívica) Otras consideraciones: El acceso del usuario a los turnos estará determinado por la programación establecida y la disponibilidad de recursos. El usuario que efectúe una reserva para reproducir algún material audiovisual podrá utilizar el tiempo necesario para completar la reproducción, siempre y cuando avise con anterioridad y se cuente con disponibilidad de recursos. El ingreso de acompañantes debe ser autorizado por el funcionario del CCL o de la Sala de Navegación, y no debe exceder el máximo de uno (1) por persona. El servicio es de carácter público, por lo que el uso de los equipos se está monitoreando permanentemente. 2.4.2.1. Reserva y uso de espacios Los usuarios pueden solicitar reserva individual o personal, con anticipación de tres (3) días hábiles en forma presencial o mediante llamada telefónica a las líneas establecidas para el servicio. Las reservas grupales deben solicitarse con anticipación mínima de seis (6) días hábiles, mediante carta o correo electrónico dirigido a la administración de la Sede o responsable del servicio de la Biblioteca. Esta solicitud será evaluada teniendo en cuenta la finalidad, la cantidad de usuarios participantes, el acompañamiento y responsabilidad de un líder de grupo y la buena utilización de reservas anteriores, entre otros aspectos. El responsable del servicio de la biblioteca notificará al solicitante la aprobación o no de la reserva grupal. 2.4.2.2. Servicios Complementarios Los usuarios podrán acceder a servicios complementarios que Comfama disponga para tal con sus respectivos costos (fotocopiadora, impresión, etc.) 2.4.3. Fomento a la Lectura Este servicio contribuye al fortalecimiento de seres autónomos, responsables y críticos, que a su vez aumenten el uso y el gusto por la lectura, concibiéndola como un elemento esencial de su condición personal. Está supeditado a la programación establecida por las sedes y requiere en determinados casos de preinscripciones o elaboración de listas de asistencia, tal como se indica en los numerales 1.1.3. Eventos y 1.2. Espacios de este reglamento. 2.4.4. Consulta en Salas de Lectura 49 Este servicio busca garantizar espacios acordes y cómodos a los fines del servicio y se aplican todos los deberes contemplados en este Reglamento. 2.4.5. Servicio de Referencia Comfama dispondrá de personal competente, para acompañar la atención de usuarios que puedan requerir orientación más específica frente al uso en especial de la colección bibliográfica. Este servicio podrá ofrecerse presencialmente o por otros canales que se determinen. 2.4.6. Servicio de Extensión Bibliotecaria Se podrán contemplar modalidades de extensión bibliotecaria, acorde con los fines del Programa Bibliotecas y para el efecto se realizarán los pasos y procesos que determine la Caja para cada uno de estos, con el fin de ampliar el radio de acción del mismo. 2.4.7. Formación de usuarios El Programa de Bibliotecas generará eventos o programas que propendan por la formación de públicos para el servicio bibliotecario y que les facilite el acceso al conocimiento disponible en los diferentes medios y soportes. Este Reglamento rige a partir de la fecha de su publicación. Artículo 69. Reglamento de uso. Centros de consulta en línea (ccl) - salas virtuales e internet (svi) Presencia: El Programa de Bibliotecas Comfama está compuesto por sedes propias con bibliotecas, sedes coadministradas en Parques Biblioteca de Medellín, y por las Bibliometros en alianza con el Metro de Medellín. Para estos dos últimos casos, aplica adicionalmente la normatividad específica que regula cada convenio. Derechos y Deberes generales: Reglamento General del Programa de Bibliotecas Comfama (T-50-V1). En especial numeral 2.1 y 2.2. Artículo i. Los Centros de Consulta en Línea y las Salas Virtuales e Internet permiten: a) Servicios de Información a los que los usuarios pueden directamente acceder a través de la Web, recibiendo instrucción o asesoría por parte del prestador del servicio. (Referencia electrónica) b) La consulta de nuevas fuentes y medios de información, tales como colecciones en formato digital, enciclopedias en línea, títulos multimedia e Internet. c) La adquisición de habilidades para la búsqueda, selección, análisis, clasificación y aplicación de información. d) La construcción colectiva de conocimientos participando en diversos grupos temáticos de su interés. e) Trabajo en grupos programados para el fortalecimiento de habilidades informacionales y conocimiento de las TIC. Usuarios: Podrán hacer uso de los Centros de Consulta en Línea (CCL) y las Salas Virtuales e Internet (SVI), todos los usuarios de los servicios bibliotecarios, además de las instituciones educativas, empresas afiliadas y otras organizaciones con las cuales la Biblioteca establezca acuerdos de servicios o se inscriban en los programas ofrecidos. El menor de edad participará de las actividades de los CCL o de las SVI bajo la exclusiva responsabilidad de sus padres o adultos responsables de su cuidado. 50 Turnos: Los turnos tienen duración de una (1) hora, de las cuales 5 minutos serán utilizados para el cierre, guardado de archivos y entrega del equipo por parte del usuario. Empezando y terminando en horas completas (8:00 a 9:00, 4:00 a 5:00, 6:00 a 7:00), a excepción del último turno del día, que tiene duración de 50 minutos, para efectos del cierre del servicio1. Reservas. Todo usuario tiene derecho a la reserva de dos (2) turnos, consecutivos o no, en el lapso de un (1) día2. Para hacer uso del turno reservado el usuario deberá presentar su documento de identidad con el cual hizo la reserva. El prestador del servicio podrá solicitar, en cualquier momento del turno, la identificación y los datos de localización y contacto a uno, varios o a todos los usuarios del servicio, para efectos de verificación, actualización y contingencias3 Para efectos de control, la hora oficial será la que arroje el sistema. Por tanto, no habrá lugar al uso del total del tiempo reservado cuando el usuario llegue después de la misma. Siempre y cuando no exceda, en su atraso, los diez (10) minutos. Si el usuario llega 10 minutos después de la hora prevista en la reserva, el sistema automáticamente liberará el recurso asignado y el usuario perderá el derecho al tiempo restante, que será asignado por el prestador del servicio a otro solicitante que esté en espera. Para hacer uso de los Centros de Consulta en Línea y/o las Salas Virtuales e Internet, individual o grupalmente, el usuario deberá realizar la reserva de los equipos con anticipación y de acuerdo con lo establecido en el numeral 2.4.2.1 del Reglamento General del Programa de Bibliotecas Comfama. El usuario que por cualquier motivo decida no utilizar la reserva asignada podrá cancelarla presencial o telefónicamente, hasta 10 minutos antes de la hora fijada, sin perjuicio de su historial de servicio. Si por el contrario, el usuario no hace la cancelación de la misma, generará en el historial de su cuenta un seguimiento acumulativo, que reportará, al completar tres (3) incumplimientos en un mismo mes, una suspensión del servicio por un periodo de treinta (30) días calendario. Reservas grupales: El responsable de la reserva grupal se obliga a: 1 En las Bibliometros no aplican las reservas grupales y los turnos se conceden al momento mismo de la solicitud, siempre y cuando haya disponibilidad de equipos y se reúnan las condiciones para el servicio, que tiene una duración, por turno de entre 30 y 60 minutos y están sujetos a condiciones especiales, especificadas por la administración a cargo del servicio. 2 El usuario que efectúe una reserva para reproducir algún material audiovisual con duración superior a 2 horas, debe informarlo en el momento de hacer la reserva y tendrá derecho a un turno de 3 horas. El prestador verificará disponibilidad y que el turno se utilice para la actividad mencionada. En caso de requerir tiempo adicional, sin haber hecho la solicitud al momento de la reserva, el usuario deberá solicitar al prestador del servicio un nuevo turno, quien lo asignará teniendo en cuenta la disponibilidad de los equipos y la validez del uso dado al anterior turno. 3 La contingencia se presenta cuando hay fallas o casos fortuitos en el sistema, por lo cual el prestador del servicio cuenta con una planilla adicional para ingresar los datos y soportar las reservas, a fin de no afectarlo, el usuario se compromete a entregar nuevamente sus datos (Art.6 de este reglamento de uso). 51 Solicitar los materiales y equipos para las actividades a realizar al momento de efectuar la reserva. Ejecutar las actividades objeto de la reserva. Dar a conocer el presente reglamento de uso a todos los usuarios que lo acompañan, y velar por su cumplimiento. Funciones del prestador Durante el tiempo destinado al uso del servicio, los prestadores del mismo podrán dar recomendaciones, hacer llamados de atención y brindar información pertinente a la seguridad informática, la ética, la normatividad del servicio, el servicio mismo y otras consideraciones que estime pertinentes. Otros Para la reproducción de archivos de sonido y video, el usuario deberá disponer de sus propios audífonos, para no perturbar, con la salida externa del sonido de los equipos, la concentración de los otros usuarios4. Informar al prestador del servicio en los primeros quince (15) minutos del turno cualquier anomalía en los equipos o materiales asignados, de lo contrario el usuario asumirá la responsabilidad de las mismas5. Todo usuario podrá acceder a servicios complementarios así: Escaneado, hasta 10 folios6 de un mismo documento, libro, revista o folleto. Impresión (tinta negra). Estos servicios tienen un costo determinado por la administración y están sujetos a cambios o ajustes, informados por los mecanismos que la Caja estime pertinentes. Todo usuario podrá presentar sus quejas o comentarios, llenando y depositando el FC-75 Registro temporal de comentarios, en uno de los buzones de sugerencias de la sede, o utilizando el enlace de la página Web de Comfama: http://www.comfama.com/herramientas/contactos/frmSeleccionar.asp teniendo en cuenta seleccionar la sede correcta donde recibió el servicio. Título XII. MANEJO DE SITUACIONES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR, LOS DERECHOS HUMANOS, SEXUALES Y REPRODUCTIVOS MARCO LEGAL La Ley 1620 del 2013 cuyo objeto es contribuir a la formación de ciudadanos activos que aporten a la construcción de una sociedad democrática y su decreto reglamentario 1965 del 11 de septiembre de 2013, definen los siguientes principios y responsabilidades los cuales servirán de base para que se desarrollen los componentes de promoción, prevención, atención y seguimiento de la ruta de atención integral para la convivencia escolar. 4 El prestador del servicio suministrará, a solicitud del usuario, audífonos o diademas en préstamo, mientras dure la reserva, a aquellos que requieran reproducir archivos que incluyan sonido, siempre y cuando haya disponibilidad de los mismos y el usuario utilice el servicio por primera vez. 5 En los Bibliometros las anomalías deberán ser informadas por el usuario en los primeros cinco (5) minutos del turno asignado. 6 Protección de los Derechos de Autor. 52 La Ley 1098 del 2006, establece las siguientes medidas en los casos de restablecimiento de derechos. Las medidas de restablecimiento de derechos son decisiones de naturaleza administrativa que decreta la autoridad competente para garantizar y restablecer el ejercicio de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Pueden ser provisionales o definitivas, deberán estar en concordancia con el derecho amenazado o vulnerado y garantizar, en primer término, el derecho del niño, la niña o el adolescente a permanecer en el medio familiar. Además, La autoridad competente deberá asegurar que en todas las medidas provisionales o definitivas de restablecimiento de derechos que se decreten, se garantice el acompañamiento a la familia del niño, niña o adolescente que lo requiera. Cuando se trate de niños, niñas o adolescentes indígenas, afrocolombianos, raizales o rom, con procesos adelantados por Defensorías de Familia, Comisarías de Familia o Inspecciones de Policía, éstas deberán coordinar la imposición y aplicación de las medidas con la respectiva autoridad tradicional. En el caso de procesos adelantados por autoridades tradicionales indígenas, afrocolombianas, raizales o rom, las medidas de restablecimiento de derechos serán definidas dentro del sistema de derecho propio de su jurisdicción siempre que se desarrollen en el marco del interés superior del niño y la protección integral. La autoridad competente, previa verificación de la vulneración de derechos, podrá tomar una o varias medidas provisionales; por ejemplo, la medida de amonestación junto con la de asistencia a un programa de atención especializada. ¿EN QUE CASOS APLICA LA AMONESTACIÓN CON ASISTENCIA Aplica para niños, niñas o adolescentes cuando la amenaza o vulneración sea mínima y la situación pueda solucionarse conminando a los padres o responsables para que cese la conducta que dio origen a la medida. Esta debe ir acompañada de la obligación de asistir a cursos pedagógicos sobre derechos de la niñez y la adolescencia en los cuales se incluya al grupo familiar o su red comunitaria, so pena de multa convertible en arresto. Tratándose de niños, niñas y adolescentes pertenecientes a comunidades indígenas, afrocolombianos, raizales o rom, se deben coordinar las acciones con la autoridad tradicional, organizaciones comunitarias y administrativas que les permitan involucrarse en el conocimiento y desarrollo de medidas propias y ajenas con las cuales se prevengan situaciones de mayor vulneración de derechos. AL TOMARSE LA MEDIDA DE AMONESTACIÓN, ¿COMO PROCEDE LA AUTORIDAD COMPETENTE? Deberá elaborar un acta que contendrá los siguientes elementos: Fecha y lugar Nombre de la autoridad que decreta la medida Nombre del niño, la niña o el adolescente Nombre e identificación de los padres, familiares o responsables Obligaciones a cumplir por parte de los padres, familiares o responsables Sanción en casos de incumplimiento de la medida Obligaciones del niño, la niña o el adolescente Remisión a los cursos pedagógicos pertinentes 53 Remisión a las entidades del SNBF que correspondan, para la atención del caso IMPUESTA LA MEDIDA DE AMONESTACION, ¿QUÉ SIGUE? Esta medida deberá ir acompañada del respectivo seguimiento a cargo del equipo interdisciplinario de las autoridades competentes, que definirá su duración, conforme a las circunstancias que dieron lugar a la medida, sin perjuicio del seguimiento que realice el Coordinador del Centro Zonal del ICBF (artículo 96 del Código de la Infancia y la Adolescencia). En el caso de niños, niñas y adolescentes pertenecientes a comunidades indígenas, afrocolombianas, raizales o rom, el seguimiento deberá realizarse en coordinación con la autoridad tradicional correspondiente. SI LA MEDIDA DE AMONESTACIÓN ES IMPUESTA POR LA COMISARÍA DE FAMILIA Y ES INCUMPLIDA ¿CÓMO SE PROCEDE? El Comisario remitirá copia de la actuación a la Defensoría de Familia, con informe detallado que dé cuenta de las razones y circunstancias del incumplimiento, para la imposición de la sanción (multa). ¿EN QUE CONSISTE LA VINCULACIÓN A PROGRAMAS DE ATENCIÓN ESPECIALIZADA? La atención especializada que se brinda a un niño, niña o adolescente para restablecer el ejercicio pleno de sus derechos vulnerados o amenazados debe basarse en estudios y diagnósticos que den respuesta a las problemáticas familiares y sociales que los afectan. Esta medida puede ser aplicada en forma singular o concomitante con otra de restablecimiento de derechos, según la situación del niño, la niña o el adolescente, la familia y las condiciones asociadas para el ejercicio de los derechos. COMO MECANISMO PARA EL RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS, LA ATENCIÓN ESPECIALIZADA OFRECE ALTERNATIVAS. ¿EN QUE CONTEXTOS? En contexto comunitario o familiar, a través de servicios profesionales especializados, itinerantes o en unidades de apoyo, en Centros de Atención, dependiendo todo ello de la complejidad de la situación que vive el niño, la niña o el adolescente. Lo fundamental de esta medida consiste en el tipo de intervención y no en la jornada de la atención. PARA LA TOMA DE ESTA MEDIDA, LA AUTORIDAD COMPETENTE COMO PROCEDE? Deberá efectuar la correspondiente remisión del niño, la niña o el adolescente a la instancia municipal correspondiente en la cual se coordina la oferta de servicios y cupos del programa de atención especializada, diligenciando la boleta de ubicación. EL PROGRAMA DE ATENCIÓN ESPECIALIZADA SERÁ PRESTADO ¿BAJO QUE PARAMETROS? Según los niveles de complejidad de las situaciones que afecten los derechos de los niños, niñas o adolescentes, para lo cual deberán tenerse en cuenta los niveles de atención estipulados en el lineamiento técnico administrativo específico para la medida de restablecimiento. EL FORMATO DE REMISIÓN DE ATENCIÓN ESPECIALIZADA, ¿CÓMO SE DEBE DILIGENCIAR? Debe estar acompañado de copia del auto en que se decreta la medida o medidas provisionales, de la resolución que dispone el cambio de la medida cuando no ha surtido los efectos deseados, o la medida que inicialmente fue tomada o las circunstancias han cambiado, informe de verificación inicial de derechos y la recomendación de la modalidad de atención (internado, seminternado o externado) o cualquier otra, además de los documentos necesarios para que los niños, niñas o adolescentes puedan ser atendidos debidamente, entre otros: registro civil de nacimiento, certificado de vacunas, carné de 54 afiliación al SGSSS, certificado escolar, valoraciones médicas, odontológicas, nutricional, físicas, psicológicas, socio familiar y médico legales. LAS PERSONAS BENEFICIARIAS DE PROGRAMAS DE ATENCIÓN ESPECIALIZADA PUEDEN UBICARSE EN DOS CATEGORÍAS, ¿CUÁLES SON ESTAS? Niños, niñas y adolescentes cuyos derechos son amenazados o vulnerados por una situación que no constituye delito. Niños, niñas y adolescentes cuyos derechos son amenazados o vulnerados por causa de un delito. PARA LA APLICACIÓN DE ESTA MEDIDA, LAS AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS Y TRADICIONALES, ASÍ COMO LOS OPERADORES DE LAS MEDIDAS, ¿QUÉ LINEAMIENTO TÉCNICO ADMINISTRATIVO DEBE OBSERVAR? El lineamiento “Vinculación a programas de atención especializada para el restablecimiento de derechos vulnerados” consiste en un proceso de atención diferenciada que incluye acciones, herramientas específicas y particulares frente a las situaciones de vulneración, tendientes a restablecer la dignidad e integridad, así como el equilibrio biopsicosocial de los niños, niñas y adolescentes, a través de una red integrada y organizada de servicios y recursos especializados (unidad de apoyo especializadas, equipos interdisciplinarios trasdisciplinarios y unidades de atención especializada). Este proceso no se circunscribe exclusivamente al medio institucional pues se extiende al familiar, entendiéndose por éste la familia de origen, vincular o sustituta. De acuerdo con las características particulares y/o o perfil socio cultural, grado de vulneración y nivel de afectación en las cuales se encuentra el niño, la niña o el adolescente, se requerirá de un abordaje o programa de atención diferenciada que garantice la restauración de su dignidad e integridad como sujeto pleno de derechos y de su capacidad para el ejercicio efectivo de los derechos que les han sido vulnerados. ¿EN QUE CONSISTE LA MEDIDA DE UBICACIÓN INMEDIATA EN MEDIO FAMILIAR DE ORIGEN O FAMILIA EXTENSA? Esta medida consiste en ubicar al niño, la niña o el adolescente con sus padres, parientes (artículo 61 del Código Civil) o personas responsables, cuando las circunstancias lo permitan y estas personas ofrezcan garantías para el restablecimiento de sus derechos. En caso contrario, se optará por un medio familiar cercano, afín con su identidad cultural y territorial. EN EL EVENTO DE NO SER POSIBLE LA UBICACIÓN CON LA FAMILIA DE ORIGEN O FAMILIA EXTENSA, DE MANERA INMEDIATA Y PROVISIONAL ¿QUÉ SE HACE CON EL NIÑO, LA NIÑA O EL ADOLESCENTE? Podrá ser remitido a un hogar de paso. Los niños, niñas o adolescentes pertenecientes a comunidades indígenas, afrocolombianas, raizales o rom, se ubicarán en los hogares de paso creados en su territorio. CON EL FIN DAR CUMPLIMIENTO AL DERECHO FUNDAMENTAL DEL NIÑO, LA NIÑA O ADOLESCENTE A TENER UNA FAMILIA Y NO SER SEPARADA DE ELLA Y DESARROLLAR DE ALGUNA MANERA LA MEDIDA DE RESTABLECIMIENTO UBICACIÓN EN FAMILIA DE ORIGEN O FAMILIA EXTENSA, ¿QUÉ MODALIDADES EXISTEN? 55 Hogar Gestor Hogar Amigo Hogar de paso y organización de redes Hogar sustituto MARCO CONCEPTUAL Los derechos sexuales y derechos reproductivos son de conceptualización reciente y son los mismos derechos humanos interpretados desde la sexualidad y desde la reproducción. Se ha dicho que los derechos sexuales y derechos reproductivos son los más humanos de todos los derechos y representan el pilar fundamental para el ejercicio de la ciudadanía, entendida más allá de la simple posibilidad de tomar decisiones en el ámbito público (elegir y ser elegido); ya que implica la posibilidad de mujeres y hombres de tomar decisiones autónomas sobre su propio cuerpo y vida en los campos de la sexualidad y la reproducción. ¿Si a los hombres y mujeres como ciudadanos y ciudadanas les es permitido decidir el destino de sus países, cómo se les puede privar de tomar decisiones acerca del destino de sus cuerpos? ¿Cuál es el alcance de los derechos sexuales? Puede decirse que son aquellos que permiten regular y tener control autónomo y responsable sobre todas las cuestiones relativas a la sexualidad, sin ningún tipo de coacción, violencia, discriminación, enfermedad o dolencia. Para las mujeres los derechos sexuales tienen un especial significado, pues involucran el derecho a ser tratadas como personas integrales y no como seres exclusivamente reproductivos y a ejercer la sexualidad de manera placentera sin que ésta conlleve necesariamente un embarazo. Estos derechos se apoyan básicamente en: La capacidad de hombres y mujeres de disfrutar de relaciones sexuales satisfactorias. La ausencia de toda clase de violencia, coacción o abuso. El acceso a servicios de salud sexual que permitan atender y prevenir las infecciones, dolencias y enfermedades que afecten el ejercicio placentero de la sexualidad, incluidas las de transmisión sexual y el VIH/Sida. La posibilidad de separar el ejercicio de la sexualidad, de la reproducción. Los derechos sexuales implican, entre otros: El derecho a reconocerse como seres sexuados. El derecho a fortalecer la autoestima y autonomía para adoptar decisiones sobre la sexualidad. 56 El derecho a explorar y a disfrutar de una vida sexual placentera, sin vergüenza, miedos, temores, prejuicios, inhibiciones, culpas, creencias infundadas y otros factores que impidan la libre expresión de los derechos sexuales y la plenitud del placer sexual. El derecho a vivir la sexualidad sin violencia, coacción, abuso, explotación o acoso. El derecho a escoger las y los compañeros sexuales. El derecho al pleno respeto por la integridad física del cuerpo y sus expresiones sexuales. El derecho a decidir si se quiere iniciar la vida sexual o no, o si se quiere ser sexualmente activa/o no. El derecho a tener relaciones sexuales consensuadas. El derecho a decidir libremente si se contrae matrimonio, se convive con la pareja o si permanece sola/o. El derecho a expresar libre y autónomamente la orientación sexual. El derecho a protegerse del embarazo y de las infecciones y enfermedades de transmisión sexual. El derecho a tener acceso a servicios de salud sexual de calidad. El derecho a tener información sobre todos los aspectos relacionados con la sexualidad, conocer cómo funciona el aparato reproductor femenino y masculino y cuáles son las infecciones y enfermedades que se pueden adquirir a través de las relaciones sexuales. ¿Qué alcance tienen los derechos reproductivos? Permiten a las personas tomar decisiones libres y sin discriminaciones sobre la posibilidad de procrear o no, de regular la fecundidad y de disponer de la información y medios para ello. También implica el derecho de tener acceso a servicios de salud reproductiva que garanticen una maternidad segura, la prevención de embarazos no deseados y la prevención y tratamiento de dolencias del aparato reproductor como el cáncer de útero, mamas y próstata. Estos derechos se apoyan en dos principios fundamentales: Autodeterminación reproductiva, entendida como el derecho básico de todas las personas de decidir sobre su posibilidad de procrear o no, y en ese sentido planear su propia familia. Atención de la salud reproductiva, que incluye medidas para promover una maternidad sin riesgos, tratamientos de infertilidad, acceso a toda la gama de métodos anticonceptivos (incluyendo la anticoncepción de emergencia) y programas de atención de cáncer uterino, de mamas y próstata. Los derechos reproductivos implican específicamente: El derecho a decidir libre y responsablemente el número de hijos y el intervalo entre ellos, y a disponer de la información, educación y medios para lograrlo. El derecho de hombres y mujeres de decidir de manera libre y responsable la posibilidad de ser padres o madres. El derecho a decidir libremente el tipo de familia que se quiere formar. 57 El derecho a acceder a métodos anticonceptivos seguros, aceptables y eficaces (incluyendo la anticoncepción de emergencia). El derecho de las mujeres a no sufrir discriminaciones o tratos desiguales por razón del embarazo o maternidad, en el estudio, trabajo y dentro de la familia. El derecho a tener acceso a servicios de salud y atención médica que garanticen una maternidad segura, libre de riesgos en los periodos de gestación, parto y lactancia y se brinde las máximas posibilidades de tener hijos sanos. El derecho a contar con servicios educativos e información para garantizar la autonomía reproductiva. DEFINICIONES CONVIVENCIA. PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL COMITÉ ESCOLAR DE Competencias ciudadanas. Es una de las competencias básicas que se define como el conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que, articulados entre sí, hacen posible que el ciudadano actúe de manera constructiva en una sociedad democrática. Educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos: es aquella orientada a formar personas capaces de reconocerse como sujetos activos titulares de derechos humanos sexuales y reproductivos con la cual desarrollarán competencias para relacionarse consigo mismo y con los demás, con criterios de respeto por sí mismo, por el otro y por el entorno, con el fin de poder alcanzar un estado de bienestar físico, mental y social que les posibilite tomar decisiones asertivas, informadas y autónomas para ejercer una sexualidad libre, satisfactoria, responsable y sana en torno a la construcción de su proyecto de vida y a la transformación de las dinámicas sociales, hacia el establecimiento de relaciones más justas democráticas y responsables. Acoso escolar o bullying. Conducta negativa, intencional, metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes. ante la indiferencia o complicidad de su entorno. El acoso escolar tiene consecuencias sobre la salud, el bienestar emocional y el rendimiento escolar de los estudiantes y sobre el ambiente de aprendizaje y el clima escolar del establecimiento educativo. Ciberbullying o ciberacoso escolar. forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado. Conflicto: Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses. Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los conflictos no son resultos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la 58 convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados. Agresión escolar. Es toda ocasión realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica. o Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o la salud de otra persona, incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras. o Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradas, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas. o Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros. o Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluír de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros. o Agresión electrónica. Es toda acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía. Violencia sexual. Se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, sicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existente entre víctima y agresor. Violación de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Restablecimiento de derechos de los niños, niñas y adolescentes. Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados. PRINCIPIOS: Participación._En virtud de este principio las entidades y establecimientos educativos deben garantizar su participación activa para la coordinación y 59 armonización de acciones, en el ejercicio de sus respectivas funciones, que permitan el cumplimiento de los fines del Sistema. Al tenor de la Ley 115 de 1994 y de los artículos 31, 32, 43 Y 44 de la Ley 1098 de 2006, los establecimientos educativos deben garantizar el derecho a la participación de niños, niñas y adolescentes en el desarrollo de las estrategias y acciones que se adelanten dentro de los mismos en el marco del Sistema. En armonía con los artículos 113 y ?88 de la Constitución Política, los diferentes estamentos estatales deben actuar en el marco de la coordinación, concurrencia, complementariedad y subsidiariedad; respondiendo a sus funciones misionales. Corresponsabilidad. La familia, los establecimientos educativos, la sociedad y el Estado son corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la convivencia escolar, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes desde sus respectivos ámbitos de acción, en torno a los objetivos del Sistema y de conformidad con lo consagrado en el artículo 44 de la Constitución Política y el Código de Infancia y la Adolescencia. Autonomía: Los individuos, entidades territoriales e instituciones educativas son autónomos en concordancia con la Constitución Política y dentro de los límites fijados por las leyes, normas y disposiciones Diversidad: El Sistema se fundamenta en el reconocimiento, respeto y valoración de la dignidad propia y ajena, sin discriminación por razones de género, orientación o identidad sexual, etnia o condición física, social o cultural. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir una educación y formación que se fundamente en una concepción integral de la persona y la dignidad humana, en ambientes pacíficos, democráticos e incluyentes. Integralidad: La filosofía del sistema será integral y estará orientada hacia la promoción de la educación para la autorregulación del individuo, de la educación para la sanción social y de la educación en el respeto a la I Constitución y las leyes. RESPONSABILIDADES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA: 60 1) Garantizar a sus estudiantes, educadores, directivos docentes y demás personal de los establecimientos escolares el respeto a la dignidad e integridad física y moral en el marco de la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos. 2) Implementar el comité de escolar de convivencia y garantizar el cumplimiento de sus funciones acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 y 13 de la presente Ley. Desarrollar los componentes de prevención, promoción y protección a través del manual de convivencia, y la aplicación de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, con el fin de proteger a los estudiantes contra toda forma de acoso, violencia escolar y vulneración de los derechos humanos sexuales y reproductivos, por parte de los demás compañeros, profesores o directivos docentes. 3) Revisar y ajustar el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación de estudiantes anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de competencias y diferencial, acorde con la Ley General de Educación, la Ley 1098 de 2006 y las normas que las desarrollan. 4) Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar del establecimiento educativo e identificar factores de riesgo y factores protectores que incidan en la convivencia escolar, protección de derechos humanos, sexuales y reproductivos, en los procesos de autoevaluación institucional o de certificación de calidad, con base en la implementación de la Ruta de Atención Integral y en las decisiones que adopte el comité escolar de convivencia 5) Emprender acciones que involucren a toda la comunidad educativa en un proceso de reflexión pedagógica sobre los factores asociados a la violencia y el acoso escolar y la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos y el impacto de los mismos incorporando conocimiento pertinente acerca del cuidado del propio cuerpo y de las relaciones con los demás, inculcando la tolerancia y el respeto mutuo. 61 7) Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la convivencia escolar a partir de evaluaciones y seguimiento de las formas de acoso y violencia escolar más frecuentes. 8) Adoptar estrategias para estimular actitudes entre los miembros de la comunidad educativa que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias exitosas. 9) Generar estrategias pedagógicas para articular procesos de formación entre las distintas áreas de estudio. CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES Clasificación de las situaciones. Las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, se clasifican en tres tipos: Situaciones Tipo I. Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que indicen negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o la salud (“leves”) Situaciones Tipo II. Corresponden a este tipo de situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (ciberbullying) que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características: o Que se presenten de manera repetida o sistemática o Que causen daños al cuerpo o a la salud sin genera incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados. Situaciones Tipo III. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual o cuando constituyen cualquier otro delito en la ley penal colombiana vigente (graves) PARTICIPACIÓN DE LA FAMILIA: La familia como parte de la comunidad eductiva deberá: 1) Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental. 2) Participar en la formulación , planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de 62 vida saludable. 3) Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante el establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad. 4) Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través de las instancias de participación definidas en el proyecto educativo institucional del establecimiento educativo. 5) Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos para el desarrollo de competencias ciudadanas. 6) Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el manual de convivencia y responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí definidas. 7) Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el manual de convivencia del respectivo establecimiento educativo 8) Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la Ruta de Atención Integral a que se refiere esta Ley, para restituir los derechos de sus hijos cuando éstos sean agredidos INTEGRANTES COMITÉ CONVIVENCIA ESCOLAR El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité, o su delegado El personero estudiantil Supervisora Académica de la sede Un(a) (1) jardinero(a) que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar Un padre de familia delegado por la institución FUNCIONES DEL COMITÉ: 1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. 63 2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa. 3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa. 4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo. 5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de esta Ley, frente a situaciones especificas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este · comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta 6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos. 7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité. 8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía. PARÁGRAFO: Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL En caso de presentarse situaciones con los estudiantes hacia otros miembros de la comunidad educativa, o de otros miembros de la comunidad educativa hacia los 64 estudiantes el Comité de Convivencia, activará la ruta de Atención Integral con los siguientes pasos: 1. Reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar de manera pedagógica para que estos expogan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo. 2. Fijar la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo involucrado o en el establecimiento educativo. Se dejará constancia de las actuaciones que el comité realice. 3. Realizar seguimiento de cada caso y de los compromisos a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir a los protocolos. EL comité dejará constancia de este seguimiento. Protocolos para el manejo de situaciones Tipo I. El Comité de Convivencia Escolar del Colegio Comfama, de acuerdo con lo estipulado en la Ley 1620 y su decreto reglamentario 1965, define el siguiente protocolo para el manejo de situaciones Tipo I, definidas en el título XII del Manual de Convivencia: Si se llegase a presentar una situación de tipo I al interior de cualquier sede del Colegio se realiza el siguiente protocolo: Reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar de manera pedagógica para que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el colegio Comfama. Fijar la norma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar la reparación delos daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo involucrado o en el colegio Comfama. De esta actuación se dejará constancia. Realizar seguimiento del caso y de los compromisos a fi de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir a nuevos protocolos. Protocolos para el Manejo de Situaciones Tipo II. El Comité de Convivencia Escolar del Colegio Comfama, de acuerdo con lo estipulado en la Ley 1620 y su decreto reglamentario 1965, define el siguiente protocolo para el manejo de situaciones Tipo II, definidas en el Título XII del Manual de Convivencia: Si se llegase a presentar una situación de tipo I al interior de cualquier sede del Colegio se realiza el siguiente protocolo: En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia. Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la situación a las autoridades administrativas, en el marco de la ley 1098, actuación de la cual se dejará constancia. 65 Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia. Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres, madres o acudientes del estudiante involucrado, puedan exponer y precisar lo acontecido, preservando en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos. Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada. El presidente del Comité Escolar de Convivencia, informará a los demás integrantes de este comité, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir a otro protocolo. El comité escolar de convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes. El presidente del Comité Escolar de Convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para efecto se haya implementado en el Sistema de Información de Convivencia Escolar. Protocolos para el Manejo de Situaciones Tipo III. El Comité de Convivencia Escolar del Colegio Comfama, de acuerdo con lo estipulado en la Ley 1620 y su decreto reglamentario 1965, define el siguiente protocolo para el manejo de situaciones Tipo II, definidas en el Título XII del Manual de Convivencia: Si se llegase a presentar una situación de tipo I al interior de cualquier sede del Colegio se realiza el siguiente protocolo: En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia. El Presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el medio más expedito, podrán la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la cual se dejará constancia. No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del Comité Escolar de Convivencia en los términos fijados en este manual de convivencia. De la citación se dejará constancia. El presidente del Comité Escolar de Convivencia informará a los participantes en el comité de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente. Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades competentes, el comité escolar de convivencia adoptará, de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del 66 ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia. El presidente del Comité Escolar de Convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el sistema de información Unificado de Convivencia Escolar. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del comité escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comité municipal o departamental que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento educativo en el cual se presentó el hecho. El comité de convivencia se instalarán dentro de los primeros sesenta (60) días calendario escolar y se reunirán ordinariamente 1 vez por período académico. Además, lo podrá hacer extraordinariamente cuando las circunstancias lo ameriten y/o los miembros del Comité lo estimen conveniente. Título XIII. Procedimiento de reforma del Manual de convivencia La reestructuración del Manual de Convivencia del Colegio Comfama se hace necesaria por los cambios pedagógicos, sociales, culturales, comunitarios y jurídicos contemplados en la Ley de Infancia y Adolescencia, la Constitución Política de Colombia de 1991, la Ley General de Educación, en el decreto 1860 de 1994 y la Ley 361 de 1997. Este Manual de convivencia fue aprobado por el Consejo Directivo, según acuerdo 13 del 11 de octubre de 2013 67