Manual Informativo UPR - Humacao Infórmate sobre Rev Jul/2001
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Manual Informativo UPR - Humacao Infórmate sobre Rev Jul/2001
UPR - Humacao Manual Informativo Oficina de Registrador Infórmate sobre • Matricula • Readmision • Traslados • Certificaciones Rev Jul/2001 Contenido SERVICIOS QUE OFRECE AL ESTUDIANTE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 MATRÍCULA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 Distribución de matrícula . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2 Orden de prioridades . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2 Pasos a seguir . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 Información adicional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 CAMBIOS EN EL PROGRAMA DE CLASES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 Baja Parcial . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 Solicitud . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 Baja Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5 Solicitud . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5 READMISIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6 Normas generales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6 Requisitos de readmisión . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7 Procedimiento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9 Solicitud . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10 TRASLADOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11 Normas Generales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11 Procedimiento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12 Solicitud . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13 RECLASIFICACIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14 Normas Generales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14 Cambio de Programa Académico . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14 Requisitos Específicos de Reclasificación por Programa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15 BACHILLERATOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15 Bachilleratos en Administración de Empresas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15 Bachillerato en Administración de Sistemas de Oficina . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16 Bachilleratos en Artes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16 ii Bachilleratos en Ciencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17 GRADOS ASOCIADOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20 PROGRAMAS DE TRASLADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21 Procedimiento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22 Solicitud . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22 MATRÍCULA DE HONOR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23 TRANSCRIPCIÓN DE CRÉDITOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24 Procedimiento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24 Solicitud . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25 CERTIFICACIONES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26 Procedimiento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26 Solicitud de estudio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26 Solicitud de grado . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26 PERMISOS ESPECIALES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27 Procedimiento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27 Solicitud . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28 GRADUACIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29 Solicitud . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30 SECCIÓN DE HORARIOS Y CALENDARIOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31 Horario de Exámenes Finales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31 Calendarios Académicos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31 Oferta Académica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31 SISTEMA DE CALIFICACIONES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33 Unidad de Instrucción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33 Calificaciones o notas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33 Notas Provisionales o Incompletos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33 Repetición de cursos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34 Índice académico . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35 NORMAS PARA EL ÍNDICE DE RETENCIÓN, PROBATORIAS Y SUSPENSIONES ACADÉMICAS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36 Normas Generales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36 Normas para la concesión de una probatoria académica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37 Estudiantes regulares . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37 iii Estudiantes irregulares . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37 Normas para la suspensión académica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38 POLÍTICAS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44 Ley Buckley . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44 iv SERVICIOS QUE OFRECE AL ESTUDIANTE MATRÍCULA • Es el proceso mediante el cual el estudiante solicita los cursos y secciones que interesa y puede tomar en la próxima sesión académica según su programa de estudio con la recomendación y aprobación de su Consejero Académico. Participan en el mismo todos los estudiantes activos del Colegio. El estudiante que no haga matrícula no tendrá reservados los cursos para el semestre siguiente. • El proceso de matrícula se celebra durante el período señalado en el Calendario Académico. • El Registrador es el custodio de todos los documentos académicos de los estudiantes y está a cargo de establecer el proceso de matrícula. Todos los formularios de matrícula deben tener su aprobación. • Todo estudiante debe matricularse en los días y horas señalados en el Calendario Académico. Ningún estudiante se matriculará después del tercer día de clases en el semestre regular o después del primer día de clases durante la sesión de verano, excepto en casos especiales y con la autorización del Rector de la UPRH. • Para iniciar el proceso de matrícula, los estudiantes de nueva admisión deben presentar el permiso de matrícula, evidencia de que cumplen con los requerimientos de la Oficina de Servicios Médicos y el Certificado de Admisión con la firma del principal y el sello de la Escuela Superior de procedencia. • Los estudiantes llenarán personalmente todos los formularios de matrícula requeridos. • Todo programa de estudios será aprobado por el Consejero Académico, con el visto bueno del Director, y por el Registrador de la UPRH. • La matrícula será oficial y final cuando el estudiante haya pagado todos sus derechos de matrícula y otros cargos y depósitos en la oficina del Recaudador o en cualquier Banco autorizado por la UPR. El sello del Recaudador es evidencia de que se ha completado el proceso de matrícula (no aplica al que paga en el Banco). Manual Informativo Página 2 • Los estudiantes que no completen el proceso de matrícula durante el período establecido, serán dados de baja y deberán solicitar readmisión para el próximo semestre durante el período correspondiente. Al estudiante de nueva admisión procedente de escuela superior se le anulará la admisión y deberá radicar una nueva solicitud no más tarde de la fecha dispuesta por la Oficina de Admisiones de la Universidad de Puerto Rico. Al estudiante de transferencia se le anulará la admisión y deberá radicar una nueva solicitud a la UPRH por el semestre correspondiente. • Los estudiantes podrán hacer cambios en su programa académico antes de efectuar el pago de los derechos de matrícula. Deberán obtener la autorización del Director del departamento o Consejero Académico al cual están adscritos y del Registrador para efectuar cualquier cambio. El Director de departamento podrá autorizar cambios en el programa académico que conlleven adjudicar cursos más avanzados en la materia y que no estén en el programa de estudios por año autorizado por el Senado Académico. Distribución de matrícula • Los estudiantes activos y matriculados se atenderán en la fecha establecida en el Calendario Académico. • Los estudiantes que fueron aceptados en readmisión y permiso especial se atenderán . • matrícula tardía será . Orden de prioridades • Estudiantes activos en la Universidad de Puerto Rico en Humacao que son candidatos a graduación a verano 2001 o el próximo año académico 2001-2002. Los Consejeros Académicos y directores de departamento deberán certificar que el curso de verano es necesario para poder graduarse en dicha fecha. • Estudiantes activos de la Universidad de Puerto Rico en Humacao, cuyo programa les requiere tomar cursos en verano y otros. • Estudiantes de otras Instituciones aceptados en permiso especial UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo Página 3 Pasos a seguir • Estudiantes matriculados que no realizan cambios en su programa, deberán pasar por la Oficina del Recaudador para el pago de los derechos de matrícula. • Estudiantes activos que no hicieron su matrícula, readmisiones, traslados y permisos especiales, será atendidos en la fecha señalada en sus respectivos departamentos. • Una vez el Departamento registre el curso en el computador, el estudiante pasará por la Oficina del Recaudador para el pago de los derechos de matrícula. Información adicional • Los estudiantes que no aprueben la primera parte de un curso (F o W) no podrán matricularse en la continuación del mismo. De igual manera, aquellas estudiantes que no tengan aprobado el prerequisito. • Todo estudiante que radicó una Baja Total en el Semestre y no ha sido aceptado en readmisión, será inactivado en esta matrícula. • La Oficina del Registrador en coordinación con la Oficina del Recaudador, anulará la matrícula a los estudiantes que no hayan cumplido con el pago de matrícula. • Todo estudiante veterano o hijo de veterano acreedor a los beneficios de la Ley 469, tendrá que presentar su programa de clases en la Oficina del Registrador. UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo Página 4 CAMBIOS EN EL PROGRAMA DE CLASES Los programas de clases de los estudiantes podrán ser enmendados con la recomendación del director de Departamento o Consejero Académico y la aprobación oficial y final del Registrador durante los días que se indican en el Calendario Académico. BAJAS Baja Parcial • Un estudiante podrá darse de baja en una o varias asignaturas hasta el último día de clases y continuará activo en el Colegio. • Los estudiantes tendrán derecho efectuar bajas en cualquier curso durante el período establecido en el calendario académico después de notificar al profesor y al Consejero Académico o al Director del Departamento. El estudiante radicará personalmente su solicitud de baja parcial en la Oficina el Registrador. • El estudiante no recibirá nota ni crédito por el trabajo efectuado en el curso o cursos de los cuales se haya dado de baja. • El Registrado anotará en el récord permanente del estudiante una “W” (baja) en cada curso donde se haya solicitado la baja dentro del límite de tiempo establecido en el calendario académico. Procedimientos • Solicitará el formulario de baja en la Oficina del Registrador presentando su programa de clases. • Obtendrá las firmas de todos los funcionarios que requiere el formulario. • Obtendrá la aprobación oficial del Registrador dentro de la fecha establecida en el Calendario Académico. Solicitud UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo Página 5 Baja Total • En el caso de baja total, el estudiante procederá a darse de baja de todos los cursos registrados hasta el último día de clases del semestre quedará desvinculado de la Universidad. De interesar proseguir estudios en el semestre inmediato, deberá radicar una solicitud de readmisión en la Oficina del Registrador, según la fecha establecida en el Calendario Académico. • Un estudiante tiene el derecho a darse de baja total de la UPRH en cualquier momento y hasta el último día de clases. Debe obtener la autorización de los funcionarios especificados en la hoja diseñada para tales fines. El estudiante radicará personalmente o mediante un apoderado debidamente autorizado su solicitud de baja total en la Oficina del Registrador. • El Registrador anotara una “W” en todos los cursos del programa de estudios en ese semestre. Los pasos a seguir serán iguales a los indicados para las bajas parciales. Solicitud UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo Página 6 READMISIÓN Normas generales • Tendrá que solicitar readmisión todo estudiante de la UPRH : < < < Que haya obtenido un grado asociado o bachillerato. Que haya estado inactivo un semestre o más. Que se inactive en el semestre por baja total e interese continuar estudios en el semestre próximo. • Todo estudiante que solicite readmisión en la fecha límite que establece el Calendario Académico, debe pagar lo estipulado por la Certificación Número I (1981-82) del Consejo de Educación Superior. • Las readmisiones que envuelvan reclasificación, deberán cumplir con los requisitos del Programa al cual se solicita. • La readmisión del candidato será sujeta a la recomendación del Director de Departamento y la aprobación del Decano de Asuntos Académicos o su representante autorizado, quien tomará en consideración los límites de cabida establecidos para cada programa. • Las readmisiones se considerarán una vez se hayan matriculado: < < < Los estudiantes cualificados y matriculados en la UPRH. Estudiantes aceptados en traslado. Estudiantes de nueva admisión procedentes de escuela superior. • El índice competitivo, si alguno, será aquel que se establece para los estudiantes de reclasificación al programa que solicita. • La selección de candidatos a readmisión se regirá por las siguientes normas: < UPR - Humacao Debe solicitar readmisión durante el período estipulado por el Calendario Académico para el próximo semestre los siguientes estudiantes: Oficina del Registrador Manual Informativo Página 7 < Estudiantes que interrumpen sus estudios antes de finalizar algún semestre. < Estudiantes que han terminado el Primer Semestre y no se matriculan para el Segundo. Estas solicitudes tendrán la prioridad más alta en la categoría de readmisión. < Podrán solicitar readmisión a cualquier sesión académica aquellos estudiantes que interrumpen voluntariamente sus estudios y cumplen con el índice de retención de la UPRH. < Serán candidatos a readmisión si llenan los requisitos del programa al momento de ser efectiva su admisión los solicitantes que estudian bajo los auspicios de programas especiales promovidos por agencias o entidades con previo acuerdo con el Rector de la Institución. < Los estudiantes suspendidos por deficiencia académica serán readmitidos una vez cumplan con el período de suspensión. El Director del Programa al cual pertenece el estudiante aprobará la readmisión. < Pueden solicitar readmisión dentro de las fechas límites aplicables al semestre académico que le sigue al período de suspensión, los estudiantes suspendidos por razones disciplinarias. El Rector, previa recomendación del Decano de Estudiantes, decidirá la readmisón del estudiante. La readmisión no se concederá si el solicitante ha incurrido en violaciones adicionales a los reglamentos institucionales durante el período en el cual estaba suspendido. Requisitos de readmisión • Estudiantes que hayan obtenido un grado académicos. < Haber radicado una solicitud en la Oficina del Registrador no más tarde de la fecha límite establecida por el Calendario Académico, deberá estar clasificado en el Programa que lo va a graduar. < Si el estudiante completó el grado académico en la UPRH, solicitará readmisión en la Oficina del Registrador de esta unidad académica. UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo • • Página 8 < Si el estudiante completó el grado académico de bachillerato en otra unidad académica del Sistema de la UPR, enviará una transcripción oficial de estudios universitarios a la Oficina del Registrador de la UPRH al radicar la solicitud de readmisión. < Completar el formulario médico en la Oficina de Servicios Médicos. < Los estudiantes que se gradúan en la UPRH y continúan sus estudios en el semestre próximo inmediato están exentos de este requisito. < Otros estudiantes graduados aceptados deberán presentar los documentos requeridos por la Oficina de Servicios Médicos dos semanas antes del primer día de matrícula del semestre para el cual han sido admitido. < Estar libre de deudas con la Institución. El estudiante solicitará readmisión a un Programa de Bachillerato o Grado Asociado. < El estudiante tomará y aprobará todos los cursos requeridos para completar el nuevo grado, exceptuando los cursos de educación general, las electivas libres y aquellos cursos de especialidad y electivas dirigidas que sean requisitos comunes en ambos bachilleratos o grados asociados y que, por lo tanto, ya los aprobó. < El Director de departamento o el Consejero Académico podrá sustituir aquellos cursos que estime conveniente para que el estudiante pueda obtener el otro bachillerato o grado asociado que aspira. < La UPRH asignará turnos, que no conflijan con los estudiantes regulares, a los estudiantes que interesan obtener otro bachillerato o grado asociado. < Las solicitudes para readmisión de los estudiantes graduados se considerarán a base de los recursos de la Universidad y a tenor con los compromisos fundamentales de la Institución Estudiantes que hayan permanecido inactivos por un semestre o más: < Haber radicado una solicitud de readmisión en la Oficina del Registrador no más tarde de la fecha límite establecida. UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo • Página 9 < Cumplimentar el formulario de la Oficina de Servicios Médicos. Los estudiantes de Enfermería, Terapia Física, Terapia Ocupacional, Trabajo Social y Educación deberán tener la vacuna de Hepatitis B. < Estar libre de deudas con la Institución. Estudiantes que se inactiven en un semestre (Baja Total) y continúen estudios en el siguiente semestre < Haber radicar una solicitud de readmisión en la Oficina del Registrador no más tarde de la fecha límite establecida en el Calendario Académico. < Estar libre de deudas con la Institución. Si su solicitud conlleva un cambio de programa, vea la sección de Requisitos Específicos de Reclasificación por Programa. Procedimiento • Toda solicitud debe tener la información completa y estar firmada por el solicitante. Por favor, verifique que el Número de Estudiante y Seguro Social sean los correctos. • Al radicar la solicitud en el proceso a tiempo, pagará la cantidad de $25. • Radicada posterior a la fecha del proceso a tiempo, pagará un 1.5% veces por la cuota original ($37.50) • El pago de readmisión no es reembolsable. • Toda estudiante que solicite probatoria académica tiene que haber cumplido con las normas de suspensión académica que establecen que la duración de la suspensión será de doce meses consecutivos. Al cumplir con esta condición, deberá acompañar la solicitud con una carta el Comité de Aprovechamiento Académico, solicitando la misma. De no incluir dicha carta su solicitud no podrá ser procesada. • Al radicar la solicitud por correo, el pago se hará mediante giro postal o cheque certificado a favor de la Universidad de Puerto Rico. Todo cheque que no esté certificado se devolverá al solicitante. Los documentos deben ser enviados a: UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo Página 10 UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO EN HUMACAO OFICINA DEL RECAUDADOR 100 CARRETERA 908 HUMACAO, PR 00791-4300 • Los exámenes médicos no tienen que ser entregados al momento de pagar la solicitud, sin embargo, estos son un requisito para poder hacer matrícula. Solicitud UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo Página 11 TRASLADOS Normas Generales • Prevalecerán las disposiciones generales establecidas en el Reglamento de Articulación de Traslado de Estudiantes no graduados dentro del Sistema de la Universidad de Puerto Rico del Consejo de Educación Superior, Certificación Número 13 del año 1974-75. • Que la Institución de procedencia certifique que el solicitante se encuentra libre de sanciones disciplinarias. • Todas las solicitudes de traslado se tramitarán a través de la Oficina del Registrador de la UPRH, cumpliendo con las disposiciones de fechas límites establecidas en el Calendario Académico. • Los estudiantes que solicitan traslado de una Unidad del Sistema a la UPRH se aceptarán de acuerdo al cupo disponible en el programa académico correspondiente, una vez se ha previsto para: (1) los estudiantes cualificados y matriculados en el programa académico solicitado (2) los estudiantes de nueva admisión procedentes de escuela superior. • El índice competitivo se determinará por la facultad de acuerdo con la cabida establecida para el programa. • La selección de estudiantes activos en el Sistema Universitario se hará en orden descendente de índice académico. El índice competitivo de un programa de la UPRH será aquel que se estableció para los estudiantes de reclasificación para el semestre en el cual solicita el traslado. • La selección de estudiantes se hará sin distinción de unidad de origen. • No se aceptarán traslados de otras unidades del Sistema a los programas de traslado de la UPRH, excepto aquellos que autorice el Decano de Asuntos Académicos. UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo Página 12 • Los cursos tomados en otras Unidades del Sistema y cuya equivalencia haya sido establecida en la Tabla de Equivalencias de Cursos del Sistema al momento de tomar el curso, se honrarán en la UPRH. La UPRH se reserva el derecho de aceptar otros cursos aprobados para efectos de graduación. • El Director de departamento o el Consejero Académico le notificará al estudiante los requisitos curriculares al momento de admisión a un programa académico. • El Consejero Académico formulará un programa de estudios por año en cada caso admitido. Retendrá una copia del programa recomendado y entregará otra al estudiante, no más tarde del día de matrícula. El documento reflejará: (1) los cursos convalidados, (2) las sustituciones de cursos, incluyendo la convalidación de experiencia o examen de reto por crédito, (3) cursos aprobados de los requeridos en el programa de estudios, (4) una relación de los requisitos curriculares por aprobar que marca el inicio de un nuevo programa. • Todo estudiante admitido por traslado deberá presentar en la Oficina de Servicios Médicos de la UPRH, el formulario médico con toda la información estipulada en la notificación de admisión por traslado. Además, presentará evidencia del inicio de las vacunas de Hepatitis B para los programas de Enfermería, Terapia Física, Terapia Ocupacional, Trabajo Social y Educación. Procedimiento • Los estudiantes interesados se entrevistarán con el Orientador, Consejero Académico o Director del Programa de Estudios a que pertenecen, para que les haga una evaluación académica siguiendo el horario establecido por los departamentos. • Los estudiantes inactivos interesados en trasladarse se consideran como readmisión traslado al Sistema y radicarán la solicitud única de traslado. • De interesar se le considere como readmisión en la Universidad de Puerto Rico en Humacao, deberá radicar a parte la solicitud de readmisión interna. No conlleva cobro adicional por la misma. Esta solicitud de readmisión será tramitada en el proceso tardío interno en caso de que el traslado fuere denegado por las Unidades solicitadas. El estudiante deberá cumplir con las normas académicas internas de readmisión y los requisitos específicos del programa. UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo Página 13 • El Orientador, Consejero Académico o Director de Departamento, certificará si el estudiante interesado reúne los requisitos de traslado y firmará la solicitud. • Todo estudiante aceptado en traslado, deberá pasar por la Oficina de Asistencia Económica y llenar la solicitud de Transferencia de Ayuda Económica (transcrpt). • Todo estudiante activo pagará $15 por la solicitud de traslado y $4.00 por expendientes académicos. La misma radicada posterior a la fecha límite, pagará un recargo de 1.5% veces de la cuota original ($22.50 + 4.00 de expedientes académicos). • Los estudiantes inactivos que soliciten readmisión-traslado pagarán lo siguiente: < A tiempo - $25 + $2.00 (expediente académico) < Tardío - $37.50 + $2.00 (expediente académico) • La solicitud de traslado se entregará debidamente cumplimentada en la Oficina del Registrador no más tarde de la fecha límite establecida en el Calendario Académico. • Toda solicitud que se llene incorrectamente o en forma incompleta será tramitada en el proceso tardío. • Todo estudiante denegado en traslado que interese matricularse nuevamente en el Colegio, deberá presentar evidencia de la carta de denegación. • Estos estipendios no son reembolsables. Solicitud UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo Página 14 RECLASIFICACIÓN Normas Generales • Se aceptarán solicitudes de reclasificación para cambio de sesión en el mismo programa y para cambio de programa en ambos semestres, excepto en aquellos programas que por su naturaleza sólo permiten reclasificarse para agosto. • Se aceptarán solicitudes en la UPRH si cumplen con los requisitos mínimos establecidos en estas normas. • Las selección de estudiantes activos en la UPRH que solicitan reclasificación se hará en orden descendente de índice académico. • El índice competitivo se determinará por la facultad de acuerdo con el cupo establecido para el programa. Cambio de Programa Académico Requisitos de reclasificación de un programa académico a otro programa académico que se ofrezca en la UPRH. • Haber radicado una solicitud de reclasificación no más tarde de la fecha límite establecida en el Calendario Académico del semestre correspondiente, acompañada por el recibo de pago, de acuerdo con lo estipulado en la Certificación Número I (1981-82) del Consejo de Educación Superior. • Haber aprobado un mínimo de 24 créditos al finalizar el semestre en que solicita la reclasificación. • Esta libre de deudas con la Institución. • No haber sido reclasificado más de tres (3) veces. • Reunir los requisitos específicos del programa para el cual solicita. UPR - Humacao Oficina del Registrador Programas de estudios para est Manual Informativo • Página 15 Presentar evidencia del inicio de vacunación de Hepatitis B para estudiantes de los departamentos de Enfermería, Terapia Física, Terapia Ocupacional, Trabajo Social y Educación. • El Director de departamento o el Consejero Académico le notificará al estudiante los requisitos curriculares al momento de admisión a un programa académico. • El Director de departamento o el Consejero Académico formulará un programa de estudios por año en cada caso admitido, archivará copia del programa en el expediente del estudiante, o lo mantendrá en el sistema computadorizado, y entregará otra al estudiante no más tarde del día de matrícula. En el documento se reflejarán: < < < < los cursos convalidados en transferencia las sustituciones de cursos, incluyendo la convalidación de experiencia o examen de reto por crédito universitario cursos aprobados, según requerido en el programa de estudios aprobado por el Senado Académico de la UPRH incluirá una relación de los requisitos curriculares por aprobar Requisitos Específicos de Reclasificación por Programa BACHILLERATOS Bachilleratos en Administración de Empresas Contabilidad (0302) • Tener aprobados 24 créditos. • Tener aprobado con C o más MECU 3031 y CONT 3005. • Poseer un índice competitivo de 2.50. • Las calificaciones de D y F o bajas frecuentes tendrán un peso negativo en la selección de los estudiantes. UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo Página 16 Gerencia (0305) • Tener aprobados 24 créditos. • Tener aprobado con C o más MECU 3031. • Poseer un índice competitivo de 2.50. • Las calificaciones de D y F o bajas frecuentes tendrán un peso negativo en la selección de los estudiantes. Programa General (0301) • Tener aprobados 24 créditos. • Tener aprobado con C o más MECU 3031. • Poseer un índice competitivo de 2.50. • Las calificaciones de D y F o bajas frecuentes tendrán un peso negativo en la selección de los estudiantes. Recursos Humanos (0310) • Tener aprobados 24 créditos. • Tener aprobado con C o más MECU 3031. • Poseer un índice competitivo de 2.50. • Las calificaciones de D y F o bajas frecuentes tendrán un peso negativo en la selección de los estudiantes. Bachillerato en Administración de Sistemas de Oficina Administración de Sistemas de Oficina (0317) • Tener aprobados 24 créditos a la fecha de admisión con un índice competitivo de 2.75. • Tener un promedio de 2.00 o más en los cursos aprobados en el área de idiomas (español e inglés respectivamente). • De tener aprobados cursos en la especialidad, los mismos deberán estar aprobados con C o más. Bachilleratos en Artes Educación Elemental con Concentración en el Nivel Primario Y Educ. Especial (0436) • Entrevista con el Comité de Asuntos Estudiantiles. • Tener un índice de 2.30 al momento de solicitar. • Haber aprobado con C o más cuatro cursos básicos a saber: INGL 3101-3102, ESPA-3101-ESPA 3102, CISO 3121-3122, HUMA 3101-3102 o HUMA 3021-3122. • En el caso de los estudiantes que tengan un grado asociado, se les condicionará a completar el curso básico que les falta entre los cursos de Humanidades y Ciencias Sociales. • El estudiante no podrá tener aprobados más de 30 créditos en cursos de Educación. UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo Página 17 Inglés - Nivel Elemental (0425) • Entrevista. • Radicar solicitud de admisión. • Tener aprobado con 3.00 puntos o más los cursos de INGL 3103-3104 o INGL 3221-INGL 3222 o su equivalente. • Tener un índice general de 2.50 al momento de solicitar. Inglés Nivel Secundario (0411) • Entrevista. • Radicar solicitud de admisión. • Tener aprobado con 3.00 puntos o más los cursos de INGL 3103-3104 o INGL 3221-INGL 3222 o su equivalente. • Tener un índice general de 2.50 al momento de solicitar. Trabajo Social (1615) • Asistir a entrevista de evaluación al programa. • Tener aprobado un mínimo de 24 créditos con un promedio académico de 2.50 en adelante. • Tener aprobado con C o más CISO 3121-3122. • La admisión al programa dependerá del cupo disponible. • Si el estudiante aprobó otros cursos en el área de Ciencias Sociales, deberá haber obtenido un promedio académico de 2.00 en los mismos. • NO SE ACEPTA ESTUDIANTES PARA ENERO. Bachilleratos en Ciencias Biología General (1202) • Tener aprobados 24 créditos. • Entre los 24 créditos deberá tener aprobados con B o más BIOL 3011-3012 (Biología General I y II) con un mínimo de cuatro créditos en otro curso de Ciencias Naturales. • De tener aprobados cursos en la especialidad, los mismos deberán estar aprobados con B o más. • Tener un mínimo de 3.00, tanto en promedio general como en promedio en Ciencias y Matemáticas. UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo Página 18 Biología General (1202) • Las calificaciones de W, D y F o bajas frecuentes tendrán un peso negativo en la selección de los estudiantes. • Los estudiantes se aceptarán de acuerdo al cupo disponible de la facultad. • El Departamento se reserva el derecho de entrevistar a los solicitantes al programa. Biología Marina Costanera (1217) • Tener aprobados 24 créditos. • Entre los 24 créditos deberá tener aprobados con C o más BIOL 3011-3012 (Biología General I y II) con un mínimo de cuatro créditos en otro curso de Ciencias Naturales. • De tener aprobados cursos en la especialidad, los mismos deberán estar aprobados con C o más. • Tener un promedio general mínimo de 2.50. Ciencias en Enfermería(0703) • Entrevista. • Tener aprobado un mínimo de 24 créditos. • Tener un índice competitivo de 2.30. • Se pueden reconsiderar reclasificaciones para el Segundo Semestre si cumplen con el siguiente requisito adicional: Tener aprobado con C o más BIOL 1011. • Es preferible, aunque no es requisito, tener aprobado con C o más BIOL 2001 y MATE 3071 para consideración para el Segundo Semestre. Física Aplicada a la Electrónica (1215) • Haber aprobado 24 créditos o más con un índice general de 2.50 o mayor. • Haber aprobado MATE 3018 o su equivalente con C o más. • Haber aprobado por lo menos cuatro créditos en otro curso de Ciencias Naturales. • Las calificaciones con W, D y F tendrán un peso negativo en la aprobación de la reclasificación. UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo Página 19 Manejo de Vida Silvestre (1221) • Tener aprobados 24 créditos. • Entre los 24 créditos deberá tener aprobados con C o más BIOL 3011-3012 (Biología General I y II) con un mínimo de cuatro créditos en otro curso de Ciencias Naturales. • De tener aprobados cursos en la especialidad, los mismos deberán estar aprobados con C o más. • Tener un mínimo de 2.50, tanto en promedio general como en el promedio correspondiente a los cursos en Ciencias y Matemáticas. • Las calificaciones de W, D y F o bajas frecuentes tendrán un peso negativo en la selección de los estudiantes. • Los estudiantes se aceptarán de acuerdo al cupo disponible de la facultad. • El Departamento se reserva el derecho de entrevistar a los solicitantes al programa. Matemáticas Computacionales (1216) • Tener aprobados un mínimo de 24 créditos. • Tener un índice académico de 2.50 o más. • Entre los 24 créditos deberá tener aprobados con C o más MATE 3018 o su equivalente MATE-3111-3172. • Tener MATE-3081 a un curso equivalente. • Tener un mínimo de 3 créditos en otro curso de Ciencias Naturales. • La frecuencia de F, D y W en cursos de matemáticas se considerarán negativamente en la selección de los estudiantes. • Entrevista con el Consejero Académico o con el Directo del Departamento. Microbiología (1218) • Tener aprobados 24 créditos. • Entre los 24 créditos deberá tener aprobados con B o más BIOL 3011-3012 (Biología General I y II) con un mínimo de cuatro créditos en otro curso de Ciencias Naturales. • De tener aprobados cursos en la especialidad, los mismos deberán estar aprobados con B o más. • Tener un mínimo de 3.00, tanto en promedio general como en promedio de Ciencias y Matemáticas. • Las calificaciones de F, D y W o bajas frecuentes tendrán un peso negativo en la selección de los estudiantes. • Los estudiantes se aceptarán de acuerdo al cupo disponible de la facultad. • El Departamento se reserva el derecho de entrevistar a los solicitantes al programa. UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo Página 20 Química Industrial (1210) • Tener aprobados con C o más los siguientes cursos:QUIM 3001-3002, MECU 3031MECU 3032 o su equivalente MATE 3018 o su equivalente MATE-3171-3172. • Tener un promedio de 2.40 en las asignaturas de Ciencias y Matemáticas equivalentes al programa de Química Industrial. • El departamento se reserva el derecho de entrevistar a los solicitantes al programa. • Las calificaciones de D, F y las bajas frecuentes en cursos de Ciencias y Matemáticas se considerarán negativamente en la selección de la solicitud del estudiante. GRADOS ASOCIADOS Comunicación Audiovisual (2801) • Aprobar un mínimo de 24 créditos. • Tener un IGS mínimo de 2.50. • NO SE ACEPTAN ESTUDIANTES PARA ENERO. Contabilidad (2101) - (en este momento el programa no acepta estudiantes) • Tener aprobados 24 créditos. • Tener aprobados con C o más MECU 3031 y CONT 3005. • Poseer un índice competitivo de 2.40. • Las calificaciones de D y F o bajas frecuentes tendrán un peso negativo en la selección de estudiantes. Enfermería (2404) • Poseer un índice académico de 2.00 o más. • Entrevista. Gerencia (2107)- (en este momento el programa no acepta estudiantes) • Tener aprobados 24 créditos. • Tener aprobados con C o más MECU 3031. • Poseer un índice competitivo de 2.40. • Las calificaciones de D y F o bajas frecuentes tendrán un peso negativo en la selección de los estudiantes. Sistemas de Oficina - General (2112) • Tener aprobados 24 créditos con un índice competitivo de 2.50. • Deberá tener un promedio de 2.00 o más en los cursos aprobados en el área de idiomas. UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo Página 21 Tecnología Electrónica (2014) • Tener aprobado con C o más MATE 3018 o MATE 3172. • NO SE ACEPTAN ESTUDIANTES PARA ENERO. Tecnología Química (2502) • Tener aprobado un mínimo de 24 créditos con promedio mínimo de 2.00 al momento de ser efectiva la reclasificación. • Tener un promedio de 2.00 o más en los cursos de Ciencias y Matemáticas aprobados. • Tener aprobado, por lo menos, un curso de matemática con C o más al momento de ser efectiva la reclasificación. El curso debe ser MATE 3011, MATE 3018 o su equivalente. Terapia Física (2403) • Se establecerá la admisión basándose en cupo, seleccionándose los estudiantes por índice académico en orden descendente (manteniendo un promedio de 2.50). • Entrevista con el Consejero Académico o el Director de Departamento. • En el caso de que sea admitido al programa, deberá mostrar evidencia de por lo menos las primeras dos dosis de la vacuna contra la Hepatitis B. De no tener dicha evidencia no podrá matricularse. • NO SE ACEPTAN ESTUDIANTES PARA ENERO. Terapia Ocupacional (2405) • Obtener índice competitivo para el programa (2.00). Se determinará a base de la cabida. • Entrevista con el Consejero Académico del programa o Director de departamento. • En el caso de que sea admitido al Programa, deberá mostrar evidencia de por lo menos las primeras dos dosis de la vacuna contra la Hepatitis B. De no tener dicha evidencia no podrá matricularse. • NO SE ACEPTAN ESTUDIANTES PARA ENERO. PROGRAMAS DE TRASLADO Administración de Empresas (3001) • Tener aprobados 24 créditos. • Tener aprobado con C o más MECU 3031. • Poseer un índice competitivo de 2.50. Ciencias Sociales (3006) • Tener 2.00 o más de promedio al momento de solicitar. • Tener aprobado con C o más CISO 3121-3122. • Haber aprobado un mínimo de 24 créditos al momento de solicitar reclasificación. UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo Página 22 Humanidades (3005) • Tener 2.00 o más de promedio. • Entrevista con el Director de Departamento. • Tener aprobado los cursos de HUMA 3021-3022 o HUMA 3101-3102 o su equivalente. Pedagogía (3002) • Tener un índice de 2.30 al momento de solicitar. • Haber aprobado cuatro cursos básicos con C o más a saber: INGL 3101-3102, ESPA 3101-ESPA 3102, CISO 3121-3122, HUMA 3101-3102 o sus equivalentes. Procedimiento • • • • • El estudiante indicará su número de estudiante completó. Indicará todo la información general que se solicita en la solicitud. Señalará un sólo programa en cual desea proseguir estudios. Indicará el programa actual de clases. Esta solicitud deber ser pagada en la Oficina del Recaudador y entregada en el Registrador. Solicitud UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo Página 23 MATRÍCULA DE HONOR Son acreedores a matrícula de honor y están exento del pago de los derechos por créditos los estudiantes regulares de segundo, tercero y cuatro año del Colegio si su aprovechamiento acumulativo en el programa que cursan les coloca en el 5% superior de su clase y su índice académico es de 3.50 o más. El privilegio de la matrícula cesa si un estudiante termina cualquiera de los semestres con un programa menor de doce créditos. El(la) Registrador(a) enviará una certificación indicándole que es acreedor a la misma. UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo Página 24 TRANSCRIPCIÓN DE CRÉDITOS Una transcripción oficial es la que lleva el sello de la Universidad al relieve. Las transcripciones oficiales se envían, mediante solicitud del estudiante y previa satisfacción de obligaciones pecuniarias con el Colegio, directamente a las instituciones o personal que tiene bajo consideración al estudiante para admisión o para empleo. Una copia de estudiante es la que se entrega o envía al propio estudiante que la solicita. Esta lleva el sello impreso que indica que es una copia de estudiante. La Universidad de Puerto Rico en Humacao no acepta responsabilidad por inexactitud en una transcripción de récord después que ésta ha sido expedida al propio estudiante. La transcripción de créditos es un documento confidencial y privado del cual se expiden copias únicamente a solicitud o por autorización escrita del propio estudiante. Procedimiento Para solicitar su transcripción de créditos por favor, llene el siguiente formulario y envía ese documento firmado con su pago a la siguiente dirección: UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO EN HUMACAO OFICINA DEL RECAUDADOR ESTACIÓN POSTAL CUH 100 CARRETERA 908 HUMACAO PR 00791-4300 Recuerde que debe pagar $1.00 por cada copia original que desee. Puede enviar un Giro Postal o cheque certificado pagadero a la Universidad de Puerto Rico. Por favor, no envíe dinero en efectivo ni cheque personal. No se emite documentos de estudiantes que tienen deudas con la Institución. Es necesario que se reciba el pago, antes de que se procese su solicitud de envío de expediente. Las solicitudes deben radicarse por lo menos dos semanas antes de la fecha en que se necesita. Toda reclamación con relación a esta solicitud deberá presentarse dentro del término de 90 días de la fecha de radicación en la Oficina del Registrador. UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo Página 25 Se exigirá la autorización por escrito del estudiante e identificación para entregar este documento a otra persona. Solicitud UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo Página 26 CERTIFICACIONES La Oficina del Registrador provee servicios a los estudiantes para certificaciones de créditos, cursos, notas, grados y otras según petición del estudiante y mediante el pago de $1.00 por cada certificación. Certifica además a los estudiantes beneficiarios de Seguro Social, Administración de Veteranos, Seguro por Desempleo y las instituciones que lo requieren. Procedimiento • • • • • Las solicitudes deberán radicarse en la Oficina del Registrador por lo menos con cinco días antes de la fecha en que se necesita el certificado. Para entregar la certificación a otra persona, se exigirá la autorización por escrito del estudiante. Toda certificación deberá pagar el costo de $1.00. Pagará la misma en la Oficina del Recaudador y entregará ésta en la Oficina del Registrador. Toda reclamación en relación con esta solicitud, deberá presentarse dentro del término de 90 días a partir de la fecha de radicación de la misma en la Oficina del Registrador. De tener alguna urgencia el Registrador atendrá estos casos. Solicitud de estudio Solicitud de grado UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo Página 27 PERMISOS ESPECIALES Se consideran para permiso especial a aquellos estudiantes activos que por razones específicas y justificadas pueden ser autorizados a tomar cursos en otras Unidades del Sistema o Universidades privadas durante un semestre académico determinado. Estos estudiantes se consideran en estatus transitorio en la institución donde se les autoriza a tomar cursos con la intención de trasladar los créditos aprobados a nuestro Colegio. Estos estudiantes deben tener los siguientes requisitos para poder solicitar permiso especial: • • • • Estar activo en la Universidad de Puerto Rico en Humacao. Tener un índice de 2.00 o más. Tener los cursos pre-requisitos aprobados. Si solicitó traslado o graduación su permiso no se tramitará. Todos los cursos tomados mediante permiso especial en otra Unidad de la Universidad de Puerto Rico pasarán al expediente académico del estudiante en su unidad de origen, incluyendo la calificación obtenida. Cada departamento deberá autorizar los cursos que le corresponda hacer convalidación o equivalencia. Procedimiento • • • • • • • • Seguro Social - indique su número de Seguro Social. No use el encasillado del número de estudiante. Número de Estudiante - nueve dígitos. Nombre y los dos apellidos. Clasificación - programa actual de estudios. Dirección postal - indique la dirección completa para que la otra Unidad se comunique con usted. Sesión en que se autoriza - marque un sólo encasillado e indique al lado al año académico. Institución - indique la institución y Unidad. Ejemplo: UPR-Cayey, Universidad Interamericana - Fajardo. Cursos autorizados y equivalencias en la Universidad de Puerto Rico en Humacao - esta sección la debe llenar su Consejero Académico o director de departamento en el que está clasificado al presente. El funcionario firmará en el espacio que indica Director de Departamento. UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo • • • • • • • • • Página 28 Carga académica - verano hasta un máximo de 6 ó 7 créditos y que no sean cursos de año. Primer o Segundo Semestre hasta 21 créditos para estudiantes diurnos y de 12 créditos para estudiantes nocturnos. Aquellos cursos tomados en Institución Privadas serán acreditados con P sólo si se aprueban con C o más. Asistencia Económica - Los estudiantes acogidos a ayuda económica deberán pasar por la Oficina de Asistencia Económica para orientación. Pagará $17 en la Oficina del Recaudador. Entregará la solicitud en la Oficina del Registrador para el trámite correspondiente. El estudiante podrá matricularse sólo en los cursos autorizados en este permiso. De hacer cambio, deberá someter un nuevo permiso especial. Este sustituirá el anterior. Será responsabilidad del estudiante solicitar el envío oficial de las notas obtenidas al Registrador de la Universidad de Puerto Rico en Humacao para las anotaciones correspondientes. En los cursos autorizados tiene que aparecer si son GRADO o NO GRADO. Esta autorización es única. Si el estudiante llena más de una, la última invalidará la primera. Solicitud UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo Página 29 GRADUACIÓN • La Universidad de Puerto Rico ser reserva el derecho de hacer cambios a los diferentes programas y requisitos de graduación • El estudiante tiene derecho a graduarse bajo los requisitos curriculares en efecto al momento de su admisión al programa, con la siguiente excepción: El estudiante que no cumpla con los requisitos de graduación dentro del tiempo regular esperado en su programa de estudios, se graduará con los requisitos establecidos en el Catálogo vigente a la fecha de su admisión. De ocurrir cambios curriculares, que beneficien al estudiante, se le reconocerán para ayudarles a cumplir los requisitos de graduación. • Para cualificar como candidato a grado o certificado, el estudiante deberá cumplir con los siguientes requisitos generales: < Estar clasificado oficialmente en el programa en que solicita graduación. < Tener un índice de graduación no menor de 2.00. Este índice se calculará a base de las notas obtenidas en los cursos requeridos en el programa de estudios en el cual solicita graduación. Los estudiantes con un promedio de graduación de 3.20 a 3.49 inclusive, se graduarán CUM LAUDE (con honores), los que obtengan un promedio de graduación de 3.50 a 3.89 MAGNA CUM LAUDE (alto honor) y los que obtengan un promedio de graduación de 3.90 a 4.00 SUMMA CUM LAUDE. < Haber aprobado con un índice no menor de 2.00 los cursos de concentración del programa, si los hubiera. < Estar libre de deudas u obligaciones con la Institución. < Haber aprobado los últimos treinta (30) créditos en la UPRH. En casos excepcionales, esta regla se puede obviar mediante la decisión de un comité formado por el Rector, el Director de departamento en el cual está clasificado el estudiante, el Decano de Asuntos Académicos y el Registrador. < Solicitar oficialmente el grado o certificado al presentar la solicitud correspondiente al Registrador dentro de la fecha límite estipulada. Esta UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo Página 30 deberá acompañarse del recibo de pago por derechos de diploma estipulado por la Junta de Síndicos. < Haber sido recomendado por el Director y la Facultad del programa correspondiente para el grado o certificado al cual aspira. < Completar los requisitos para el grado o certificado dentro del tiempo máximo: ROGRAMA • TIEMPO REQUERIDO TIEMPO MÁXIMO PERMITIDO Grado Asociado 2 años 6 años Bachillerato 4 años 10 años < Si el estudiante excede el límite de tiempo establecido, el Registrador inactivará el expediente y el estudiante quedará suspendido automáticamente del programa al cual pertenece. En casos meritorios, y a solicitud del estudiante, el Comité de Aprovechamiento Académico podrá, a su discreción, otorgar una extensión a su solicitud. < El tiempo máximo se calculará a base del número de años transcurridos desde que el estudiante aprobó el primer semestre de estudios universitarios. < Los cursos, incluyendo los cursos básicos, caducarán después de un término de diez años de haberse aprobado. Si el estudiante excede este límite, el Director de Departamento con la recomendación del Consejero Académico podrá eximirlo de repetir los cursos si: (1) el curso está actualizado y no ha sufrido grandes cambios; (2) presenta evidencia de que ha tomado cursos más adelantados en la misma materia del curso que tomó hace más de diez años o (3) la persona está al día en la materia del curso porque presenta evidencia de haber trabajado en ella o de haber tomado talleres, seminarios o cursos de Educación Continua que estén actualizados. El Registrador inactivará los expedientes de los estudiantes que habiendo completado los requisitos de bachillerato o grado asociado no hayan solicitado graduación. Certificará que los estudiantes han completado los requisitos para el grado. Solicitud UPR - Humacao Oficina del Registrador Autorización para uso de salones Calendarios Académicos Manual Informativo Página 31 SECCIÓN DE HORARIOS Y CALENDARIOS Horario de Exámenes Finales 1. 2. 3. 4. 5. 6. Primer Semestre 2001-2002 Segundo Semestre 2001-2002 Verano 2002 Primer Semestre 2002-2003 Segundo Semestre 2002-2003 Verano 2003 Oferta Académica Administración de Facilidades Físicas (Certificación Número 1986-87-43 de la Junta Administrativa) Artículo I - Responsabilidad. Los Anfiteatros, el Teatro, el Centro de Estudiantes, el Complejo deportivo y las facilidades atléticas y recreativas estarán bajo el control del Decano de Asuntos Administrativos o en la persona en quien éste haya delegado. Los salones de clases estarán bajo el control de la Oficina del Registrador. Artículo 3 - Aprobación de solicitudes Sección 1 - Uso de Salones de Clase Actividades estudiantiles - un estudiante o grupo de estudiantes podrá solicitar el uso de salón de clases mediante comunicación escrita al Registrador con el Visto Bueno del Decano de Asuntos Estudiantiles. UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo Página 32 Sección 2 - Uso de anfiteatros, teatro, Centro de Estudiantes, Complejo deportivo y las facilidades atléticas. Actividades del personal - el personal que interese el uso de una de estas facilidades deberá solicitarla por escrito al Decano de Asuntos Administrativos o a la persona en quien éste haya delegado tal función e indicará el propósito de la actividad. Sección 3 - Uso de facilidades por personas ajenas a la Universidad de Puerto Rico en Humacao Personas ajenas a la Universidad de Puerto Rico en Humacao y que interesen el uso de las facilidades del mismo, deberán someter una petición escrita al Decano de Asuntos Administrativos en la cual indiquen el propósito de la actividad. UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo Página 33 SISTEMA DE CALIFICACIONES Unidad de Instrucción En general, un crédito equivale a una hora de conferencia o discusión. El Senado Académico de la UPRH determinará, a recomendación de los respectivos departamentos, la adjundicación de crédito universitario por curso. Calificaciones o notas El sistemas de calificaciones de la UPR es el siguiente: A - Excelente B - Bueno C - Satisfactorio D - Aprobado con deficiencia F - Fracasado P - Aprobado, pero no considerado al determinar el índice académico. W - Baja autorizada I - Incompleto XF - Nota no informada NP - No aprobado Notas Provisionales o Incompletos • Un estudiante puede recibir una nota provisional cuando por razones justificadas, aceptables para el profesor, no ha completado todos los requisitos del curso. Se asignará una calificación de “F”o cero a aquella parte del trabajo que el profesor acceda a considerar para reposición y se anotará la calificación provisional correspondiente. • Si antes de finalizar el siguiente semestre el estudiante completa los requisitos del curso, el profesor determinará de nuevo la calificación. Tomará en consideración las notas obtenidas e informará el cambio al Registrador dentro del período reglamentario. En caso de que el incompleto se adjudique en la sesión de verano, el profesor tendrá hasta la fecha límite del semestre siguiente para la remoción de notas provicionales. En el caso de que el UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo Página 34 incompleto se adjudique en la sesión de verano y el curso es pre-requisito para el estudiante, éste deberá hacer los arreglos para completar los requisitos durante los primeros diez días del inicio del semestre normal. • La nota final nunca debe ser menor que la nota provisional. • Si el estudiante no completa el trabajo dentro del período requerido, la nota provisional se convierte en final. < Es responsabilidad del estudiante hacer los arreglos a tiempo con el profesor para reponer el trabajo. La fecha límite para esta reposición es el último día de clases del siguiente semestre a aquel en el que asignó la nota incompleta. • Si el estudiante ha obtenido una nota provisional o incompleto en un curso que es pre-requisito de uno que ha de tomar el próximo semestre, deberá hacer las gestiones para remover la nota provisional o incompleto dentro de los primeros ocho días lectivos del semestre. El profesor deberá informar la nota final dentro de los primeros diez días lectivos del semestre. De no cumplir con esta norma, el estudiante será dado de baja administrativamente del curso cuyo pre-requisito no ha aprobado. • La fecha límite para que el profesor informe la remoción de una nota provisional o incompleto correspondiente al semestre anterior es el último día para entregar el informe de calificaciones finales del semestre siguiente. • De estar ausente el profesor durante el semestre en que se intenta remover el incompleto, el estudiante solicitará al director de departamento al cual estaba adscrito el profesor, la reposición de los trabajos pendientes. El director de departamento, previa autorización del Decano de Asuntos Académicos, hará los arreglos requeridos para que se remueva el incompleto, firmará y radicará en la Oficina del Registrador el formulario correspondiente con una justificación de su intervención. Repetición de cursos Los cursos con calificaciones de “D”, “F”o “No Aprobado” podrán repetirse sin restricción. Si un estudiante repite un cruso, sólo se contará la calificación más alta para su índice académico, pero deben aparecer en su expediente académico las calificaciones más bajas. El Decano de Asuntos Académicos podrá autorizar la repetición de cursos con calificación de “C”, a petición del estudiante, por vía de UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo Página 35 excepción, previo análisis de las circunstancias académicas del estudiante. Informará al Registrador su autorización mediante comunicación escrita. Al finalizar el año académico, rendirá al Rector un informe de los casos de excepción, explicando la finalidad o propósito de los mismos. Índice académico • El promedio académico es una medida del aprovechamiento académico del estudiante. Se consigue dividiendo el total de puntos de honor entre el total de créditos acumulados en los cursos para los cuales el estudiante ha recibido nota, incluyendo aquellos con calificación de incompleto o “F”. • Para efectos de índice de graduación, sólo se considerarán aquellos cursos requeridos y electivos del programa de estudios del cual se gradúa el estudiante. • Los puntos de honor se asignarán por crédito para cada nota, según se detalla a continuación: A-4, B-3, C-2, D-1, F-0. A cursos marcados con “W”, “P” o “NP” no se les asignará puntos de honor. • Las notas obtenidas durante la sesión de verano se incluirán en el cómputo del índice académico del próximo año académico. Se exceptúa de esta norma a los estudiantes en suspensión académica. En estos casos, las calificaciones obtenidas durante la sesión de verano se adjudicarán como parte del cómputo para el índice académico del año en curso. UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo Página 36 NORMAS PARA EL ÍNDICE DE RETENCIÓN, PROBATORIAS Y SUSPENSIONES ACADÉMICAS Normas Generales • Se establece un índice de retención de acuerdo con el número de créditos cursados por el estudiante, según se señala en la Tabla I de este documento. • Cada primer semestre, se informará a los estudiantes el índice académico acumulado hasta ese momento. Cuando dicho índice sea menor que el índice de retención correspondiente, se le comunicará por escrito y se informará a su Consejero Académico y al Director de departamento al cual está adscrito el estudiante. • Al finalizar dos semestres consecutivos se comparará el índice acumulado de cada estudiante con el índice de retención. Se le notificará por escrito al estudiante una suspensión académica, si procede, entendiéndose que: < La misma entrará en vigor en el semestre siguiente a aquel en el cual recibe la suspensión. < Cuando al índice acumulado sea menor que el índice de retención, pero mayor o igual que el índice necesario para cualificar para probatoria, según se señala en la Tabla II, de este documento, se le podrá conceder al estudiante un período probatorio. < Cuando el índice acumulado sea menor que el índice necesario para cualificar para probatoria, según se señala en la Tabla II de este documento, la suspensión es automática para el siguiente semestre académico. La duración de la suspensión será de 12 meses consecutivos. UPR - Humacao Oficina del Registrador Estudiantes regulares Manual Informativo Página 37 Normas para la concesión de una probatoria académica Estudiantes irregulares • • UPR - Humacao Un estudiante regular acogido a un período probatorio deberá observar las siguientes normas: • No tomará menos de 12 ni más de 15 créditos por semestre durante el período probatorio. Tendrá como prioridad repetir aquellos cursos con calificación de “D” o “F” que su Consejero Académico determine. Deberá aprobar estos cursos con un promedio mínimo de 2.00 o alcanzar el índice de retención. • Sólo podrá darse de baja de algún curso con la autorización previa del Consejero Académico o del Director de departamento. • Deberá aprobar por lo menos dos tercera partes del total de créditos en los cuales se ha matriculado. • Cualquier estudiante regular bajo el período probatorio que a pesar de cumplir con lo estipulado en el inciso anterior, no alcance el índice mínimo de retención, podrá continuan bajo el período probatorio mientras el Consejero Académico así lo autorice. • Para calcular el índice académico de los estudiantes que repiten cursos, sólo se tomará en consideración la mejor nota obtenida. Un estudiante sólo podrá repetir cursos que haya fracasado o aprobado con “D”. • La violación o incumplimiento de cualquiera de las disposiciones anteriores conlleva una suspensión inmediata por el restante período probatorio. Un estudiante irregular acogido a un período probatorio deberá observar las siguientes normas: Oficina del Registrador Manual Informativo Página 38 • No tomará menos de seis (6) créditos ni más de nueve (9) por semestre durante el período probatorio. Tendrá como prioridad repetir aquellos cursos con calificación de “D” o “F” que su consejero Académico determine. • Deberá aprobar estos créditos con promedio mínimo de 2.50 o alcanzar el índice de retención. • No podrá darse de baja de ningún curso in la autorización previa del Consejero Académico o del Director de departamento. • Deberá aprobar por lo menos dos terceras partes del total de créditos en los cuales se haya matriculado. • Cualquier estudiante irregular que, a pesar de cumplir con lo estipulado en el artículo anterior, no alcance el mínimo de retención podrá continuar bajo el período probatorio mientras el Consejero Académico así lo autorice. • Para calcular el índice académico de los estudiantes que repiten cursos sólo se tomará en consideración la mejor nota obtenida. • La violación o incumplimiento de cualquiera de las disposiciones anteriores conlleva una suspensión inmediata por el restante período probatorio. Normas para la suspensión académica • Todo estudiante que no cualifique para acogerse al período probatorio quedará suspendido por deficiencia académica y se someterá a las siguientes normas disciplinarias: < Tendrá que permanecer desvinculado de la Universidad de Puerto Rico por un tiempo mínimo de 12 meses. < Los cursos que tome en cualquier otra institución durante ese período no serán convalidados. < Podrá solicitar readmisión, durante ese año para proseguir estudios en el semestre siguiente a aquel en que termina su suspensión. UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo < Página 39 De ser readmitido al programa al que pertenecía, le aplicarán las normas para la concesión de una probatoria académica según dispone el artícula XIV, inciso B. • Todo estudiante que haya tenido dos (2) suspensiones académicas consecutivas y se haya acogido a las probatorias correspondientes sin alcanzar aún el índice de retención requerido, quedará suspendido permanentemente del programa al que pertenece. Podrá optar por volver a estudiar en otro programa luego de haber transcurrido doce (12) meses de la suspensión. De ser readmitido, le aplicarán las disposiciones del artículo XIV, inciso B. Una cuarta suspensión de la UPRH será de carácter definitivo. • Todo estudiante estará regido por la Tabla para determinar el índice para cualificar para probatoria. En la determinación de una suspensión académica se utilizará la Tabla II del Apéndice 3. UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo Página 40 Tabla 1 TABLA PARA DETERMINAR ÍNDICE DE RETENCIÓN* Número de Créditos 0 1 2 3 4 5 6 7 8 9 0 0.00 1.60 1.60 1.60 1.60 1.60 1.60 1.60 1.60 1.60 10 1.60 1.60 1.60 1.60 1.60 1.60 1.60 1.60 1.60 1.60 20 1.60 1.60 1.60 1.60 1.60 1.60 1.61 1.61 1.61 1.62 30 1.62 1.62 1.63 1.64 1.64 1.64 1.64 1.65 1.65 1.65 40 1.66 1.66 1.67 1.67 1.67 1.67 168 1.68 1.68 1.69 50 1.69 1.70 1.70 1.70 1.71 1.71 1.71 1.72 1.72 1.72 60 1.73 1.73 1.74 1.74 1.74 1.75 1.75 1.75 1.76 1.76 70 1.76 1.77 1.77 1.78 1.78 1.78 1.79 1.79 1.79 1.80 80 1.80 1.81 1.81 1.81 1.82 1.82 1.83 1.83 1.83 1.84 90 1.84 1.84 1.85 1.85 1.86 1.86 1.86 1.87 1.87 1.88 100 1.88 1.88 1.89 1.89 1.90 1.90 1.90 1.91 1.91 1.92 110 1.92 1.92 1.93 1.93 1.94 1.94 1.94 1.95 1.95 1.96 120 1.96 1.97 1.97 1.97 1.98 1.98 1.98 1.99 2.00 *Aprobada por la Junta Académica (ahora Senado Académico) el 25 de septiembre de 1980 - Según Certificación Número 1980-81-2 UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo Página 41 Tabla 2 TABLA PARA DETERMINAR ÍNDICE PARA CUALIFICAR PARA PROBATORIA* Número de créditos 0 0 1 2 3 4 5 6 7 8 9 1.40 1.40 1.40 1.40 1.40 1.40 1.40 1.40 1.40 10 1.40 1.40 1.40 1.40 1.40 1.40 1.40 1.40 1.40 1.40 20 1.40 1.40 1.40 1.40 1.40 1.41 1.41 1.42 1.42 1.43 30 1.43 1.44 1.44 1.45 1.45 1.46 1.46 1.47 1.47 1.48 40 1.48 1.49 1.49 1.50 1.50 1.51 1.51 1.52 1.52 1.53 50 1.53 1.54 1.55 1.55 1.56 1.56 1.57 1.57 1.58 1.58 60 1.59 1.59 1.60 1.60 1.61 1.61 1.62 1.63 1.63 1.64 70 1.64 1.65 1.65 1.66 1.66 1.67 1.68 1.68 1.69 1.69 80 1.70 1.70 1.71 1.72 1.72 1.73 1.73 1.74 1.74 1.75 90 1.76 1.76 1.77 1.77 1.78 1.79 1.79 1.80 1.80 1.81 100 1.82 1.82 1.83 1.83 1.84 1.85 1.85 1.86 1.86 1.87 110 1.88 1.88 1.89 1.90 1.90 1.90 1.90 1.90 1.90 1.90 120 1.90 1.90 1.90 1.90 1.90 1.90 1.90 1.90 1.90 UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo Página 42 IV. POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS a. POLÍTICAS 3. Ley Buckley - Derechos de privacidad de los estudiantes La Universidad de Puerto Rico cumple con las normas establecidas por la Ley de Derecho Educacional de Familia y de Privacidad de 1974, 93-380, Sección 438 (Family Educational Rights and Privacy Act of 1974). La ley garantiza a los estudiantes el acceso a los documentos relacionados con ellos y su derecho a impugnar dichos documentos si los estiman incorrectos o confusos. 1. 2. Asegurar a los estudiantes universitarios acceso a sus documentos educativos. Restringir el acceso y distribución de cualquier información contenido en dichos expedientes al estudiante, a las personas con autorización expresas y escrita del estudiante, a los oficiales de la Universidad y a los Tribunales competentes mediante orden al efecto. ASISTENCIA A CLASES Y EXÁMENES • La asistencia clases es compulsoria. • Los profesores deberá tomar nota de las ausencia de sus estudiantes e informarlas al Registrador al someter su informe final de calificaciones del semestre. • Las ausencias pueden afectar la nota final de clases y puede resultar en la pérdida total de créditos, según lo determine el profesor o las normas del departamento. • El mínimo de evaluaciones semestrales por curso será de tres (3) y uno de ellos antes de la octava semana de clases. A principio del curso, el profesor deberá informar al estudiante sobre cómo será evaluado. Además, informará en el caso de que obtenga una nota incompleta, el procedimiento a seguir para remover la misma. UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo Página 43 • Los exámenes finales podrán ser escritos, o en el caso de que la naturaleza del curso y las estrategias pedagógicas del profesor requieran de otro tipo de examen, quedará a la discreción del profesor la naturaleza del examen final previo a la especificación de esto en el prontuario del curso. El profesor evaluará el trabajo realizado mediante el método que considere más apropiado, siempre y cuando presente prueba de su objetividad al determinar la calificación. El profesor deberá discutir con los estudiantes los métodos de evaluación de acuerdo con el tipo de examen que ofrezca (ensayo, monografía, práctica clínica, etcétera). • Cada profesor evaluará el trabajo efectuado por el estudiante utilizando el método o métodos apropiados a la disciplina que enseña. Toda evidencia que el profesor utilice para calcular las notas de los estudiantes debe estar disponible hasta el final del semestre siguiente después de haber tomado el curso. • La fecha y hora programadas para el examen final no se cambiará sin la autorización del director de departamento y el Registrador. • Los estudiantes tienen que asistir a todos los exámenes. Aquellos estudiantes que estén ausentes de exámenes debidamente programados recibirán una calificación de “F” o cero en esos exámenes. El profesor determinará la reposición de trabajo si el estudiante somete una excusa válida. El calendario temático del curso debe incluir tiempo para evaluaciones y así evitar el ofrecerlas fuera del horario. • Si el estudiante justifica su ausencia al examen final, dentro de los próximos siete días después de haberse entregado las notas, el profesor o el director de departamento, si el profeso se ha desvinculado de la Institución, podrá solicitar al Decano de Asuntos Académicos o su representante autorizado la autorización para convertir la nota sometida a una provisional. • El registrado de notas es propiedad de La Universidad de Puerto Rico y será entregado al departamento, el cual será el custodio del mismo, una vez el profesor entregue su informe de calificaciones. UPR - Humacao Oficina del Registrador Manual Informativo Página 44 POLÍTICAS POLÍTICAS Ley Buckley UPR - Humacao Oficina del Registrador