MANUAL DE SANA CONVIVENCIA ESCOLAR

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MANUAL DE SANA CONVIVENCIA ESCOLAR
MANUAL DE SANA
CONVIVENCIA
ESCOLAR
2014
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INDICE
INTRODUCCIÒN
TÍTULO I
: Concepción de la convivencia escolar
TÌTULO II : Objetivos.
TÌTULO III : Sobre formación y valores.
TÌTULO IV : De los profesores y personal del Colegio
(Desde artículos 4.1 a 4.8)
TÌTULO V
: De los Apoderados.
(Desde artículos 5.1 a 5.2)
TÍTULO VI : Observaciones a los deberes de los Apoderados.
(Desde artículos 6.1 a 6.4)
TÍTULO VII : Derechos y deberes del alumno.
(Desde artículos 7.1 al 7.2)
TÍTULO VIII: Normas de convivencia escolar.
(Desde artículo 8.1 a 8.4)
TÍTULO IX : Régimen disciplinario.
(Desde artículo 9.1 a 9.10)
TÍTULO X
TÍTULO XV
: Maltrato escolar.
(Desde artículo 10.1 a 10.10.16)
: Mecanismo de resolución de conflictos.
(Artículo 11)
TITULO XVI : Del Comité de Convivencia escolar.
(Desde artículo 12.1 a 12.4)
TITULO XIII : Situaciones especiales.
(Desde artículo 13.1 a 13.8)
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MANUAL DE NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR
INTRODUCCIÓN
El presente documento ha sido elaborado con la participación de alumnos,
representados por presidentes y delegados de 7º año básico a 3º año medio y
representantes del Centro de Alumnos; de los padres a través de la Asociación de Padres
y Apoderados del Colegio; de Profesores y de la Dirección del Establecimiento.
Es un documento que orienta y da pautas para una convivencia sana entre
todos y cada uno de los miembros de la comunidad educativa, define lo que se entiende
por convivencia escolar, aporta elementos básicos para el comportamiento a partir de
los valores expresados en el Proyecto Educativo Institucional, define derechos y deberes
de los alumnos y alumnas de Establecimiento y también orienta acerca de los deberes y
derechos de los padres y apoderados con relación al proceso escolar de sus hijos en el
Colegio.
Todo documento que implique la regulación de los comportamientos humanos es
perfectible y este Manual, es en consecuencia, susceptible de mejorar en el futuro,
constituyéndose, por ahora, en la base para mejorar los compromisos
y
responsabilidades que cada miembro de la comunidad debe asumir, para alcanzar el logro
más importante de todo proceso escolar, cual es la formación de hombres y mujeres con
una sólida internalización de valores.
Es importante señalar que este Colegio está abierto a toda la comunidad sin ningún
tipo de distingo (raza, credo, ideología, etc.), salvo los que atenten contra los valores
éticos universales.
Es de suma importancia fomentar la aceptación del otro
independientemente de su condición social, siempre teniendo como elemento
fundamental el respeto y la tolerancia por esa heterogeneidad.
Es el deseo de Rectoría de nuestro Establecimiento, que este manual sea
respetado y asumido con un compromiso firme de todos y cada uno de los miembros de
la comunidad, para mejorar los aspectos disciplinarios, académicos y formativos de
nuestros alumnos y alumnas, esto significa asumirlo responsablemente para tener una
convivencia que entregue las herramientas a los estudiantes para comprender los
desafíos que el contexto de la globalización impone e integrarse plenamente a la
sociedad del siglo XXI.
TÍTULO I
PENSAMIENTO DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR EN NUESTRO ESTABLECIMIENTO.
Se entiende por convivencia escolar la interrelación entre los diferentes miembros
de un establecimiento educacional, que tienen incidencia significativa en el desarrollo
ético, socio-afectivo e intelectual de alumnos y alumnas. Esta concepción no se limita a la
relación entre las personas, sino que incluye también las formas de interacción entre los
diferentes estamentos que conforman la comunidad educativa, por lo que constituye una
obra colectiva y es, por lo tanto, responsabilidad de toda la comunidad escolar.
Es en la etapa escolar cuando se inculcan valores fundamentales para el desarrollo de
la persona, como son: el respeto a la diversidad humana y a la autoridad, la honestidad, la
responsabilidad y el servicio al grupo y a los demás a través de la formación de hábitos
inherentes de la convivencia escolar.
Para el logro de esta labor es indispensable, contar con el apoyo de un conjunto de
normas y disposiciones reglamentarias para formar personas que se inserten de buena
manera a la sociedad y que permitan un adecuado funcionamiento del colegio como
institución Laica educadora y formadora.
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El apoyo y participación de los Padres y Apoderados que son por naturaleza los
primeros educadores de nuestros alumnos, siendo un aporte positivo y respetuoso de las
normas que a nuestro establecimiento lo identifican.
Es un desafío para los docentes y funcionarios del colegio en conjunto con la
familia, trabajar y educar fortaleciendo los valores humanos, produciendo el cambio que
se necesita para poner en práctica una convivencia respetuosa sin discriminaciones (de
todo origen), espíritu libre, tolerante y fraterno.
La honestidad, la responsabilidad y el logro de este desafío se alcanzarán si todos
y cada uno de los miembros de la comunidad se compromete y se insertan
responsablemente en este proceso.
La concepción de las normas de convivencia planteadas instan al Colegio a
promover en la comunidad educativa una opción por la reflexión y el diálogo y mediación,
como forma de resolución de conflictos, para cuando así lo amerite aplicar el reglamento
que la comunidad educativa se ha impuesto, que irá de acuerdo a la naturaleza de la falta,
teniendo la oportunidad de apelar ante una medida o sanción aplicada, siguiendo los
protocolos establecidos.
Una de las formas para resolver en forma justa y equitativa los conflictos es a
través de la mediación Escolar, técnica que funciona cuando dos partes en problema
recurren a una tercera para que los ayude a encontrar una solución por medio del
diálogo. Medida muy efectiva para que todos los actores que participan del proceso
educativo encuentren una solución a los conflictos.
Las niñas, niños y adolescentes tienen derechos como miembros de una sociedad,
establecidos legalmente y de observancia obligatoria. En este manual de convivencia
escolar se busca enfatizar los derechos que son propios de los educandos que forman
parte de nuestra comunidad escolar.
Es importante considerar el Derecho Internacional de los Derechos Humanos en donde
se establecen las obligaciones que las naciones deben respetar. Al pasar a ser partes en los
tratados internacionales, los Estados asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del
derecho internacional, de respetar, proteger y velar por estos. La obligación de respetarlos
significa que todas las naciones deben abstenerse de interferir en que se disfrute de los
derechos humanos, o de limitarlos, la obligación de protegerlos exige que los naciones
impidan los abusos en contra individuos y grupos. La obligación de realizarlos significa
que todos debemos adoptar medidas positivas para facilitar que se disfrute de los
derechos humanos básicos. La declaración indica cuatro principios fundamentales:
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


No discriminación: El niño no deberá sufrir debido a su raza, color, género,
idioma, religión, nacionalidad, origen social o étnico, o por ninguna opinión política
o de otro tipo; ni tampoco debido a su casta o por alguna discapacidad.
El interés superior del niño: las leyes y las medidas que afecten a la infancia deben
tener primero en cuenta su interés superior y beneficiarlo de la mejor manera
posible.
Supervivencia, desarrollo y protección: las autoridades del país deben proteger al
niño y garantizar su desarrollo pleno - físico, espiritual, moral y social.
Participación: Los niños tienen derecho a expresar su opinión en las decisiones que
le afecten, y que sus opiniones se tomen en cuenta.
El currículo escolar de nuestro establecimiento incluye contenidos y objetivos
transversales esenciales para desarrollar las actitudes y habilidades en los niños y jóvenes
que servirán para afianzar una educación, difundir y practicar tolerancia, solidaridad,
proteger y proyectar la familia, y así poder contribuir hacia una sociedad globalizada
conservando el respeto por sus raíces y tradiciones, para el logro de un mundo mejor y
ser personas de bien.
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Según la ley 20.536 se entenderá por buena convivencia escolar la coexistencia
armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación
positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un
clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes.
Las normas de convivencia han sido consensuadas por todos los integrantes de la
Comunidad educativa: profesores, funcionarios, padres, apoderados y alumnos, de
acuerdo al proyecto educativo del establecimiento y para su mejor cumplimiento, al
comienzo del año escolar se publica el Reglamento de Convivencia en extenso, en la
pagina web del colegio y un extracto en la agenda institucional.
TÍTULO II
OBJETIVOS
Art. 2.1 Comprometer a la comunidad escolar a promover un óptimo aprendizaje
psicosocial que facilite la convivencia y la aceptación de normas, que sitúen al alumno en
la búsqueda de su autonomía dentro del contexto del Proyecto Educativo.
Art. 2.2 Asumir responsablemente las consecuencias de los
propios
salvaguardando el respeto y el bien común de toda la comunidad escolar.
actos,
TÍTULO III
SOBRE FORMACIÓN Y VALORES
Considerando que la verdadera formación está en el desarrollo integral del ser
humano, es deseable que el alumno o alumna internalice valores que están insertos en
el Proyecto Educativo Institucional (PEI), como además internalicen aquellos que son
trabajados mes a mes de manera transversal permitiendo una sana y efectiva interacción
con el medio. Se destacan los valores de: Prudencia, Responsabilidad, Trabajo y Esfuerzo,
Honestidad, Orden, Solidaridad, Patriotismo, Respeto y Optimismo.
TITULO IV
DE LOS PROFESORES Y PERSONAL DEL COLEGIO
Art. 4.1 Todo el personal del colegio debe crear en todo momento las condiciones óptimas
para una sana convivencia, respetando a los alumnos y alumnas, apoderados, docentes,
asistentes de la educación y personal en general, evitando de esta manera, malos
entendidos, comentarios mal intencionados que afecten el desarrollo armónico de la
convivencia escolar.
Art. 4.2 Los profesores de aula deben crear un ambiente que favorezca los aprendizajes en
la sala de clases, siendo el responsable del manejo disciplinario de sus alumnos, debiendo
velar además por la presentación personal de los educandos y condiciones de aseo.
Art. 4.3 El profesor debe ser un facilitador en la creación de un clima de armonía,
cultivando las cualidades de empatía, un trato deferente con sus alumnos, de respeto y
acogida a las necesidades de su curso, promoviendo una actitud formadora en todo
momento.
Art. 4.4 El personal del colegio debe actuar y comportarse de acuerdo a las exigencias del
colegio, trato, vocabulario y respeto.
Art. 4.5 Los profesores jefes deben comunicar oportunamente la situación académica y
disciplinaria del alumno (a) a su apoderado (a), así como llevar el registro de los
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antecedentes del proceso de aprendizaje y orientar los procedimientos según sea el caso,
citando a entrevista a los padres, en su hora de atención a apoderados.
Art. 4.6 Los profesores de asignaturas, deben recopilar los antecedentes del proceso de
aprendizaje de sus alumnos, manteniendo una comunicación oportuna con el profesor
jefe y orientar los procedimientos según sea el caso, citando a entrevista a los padres en
su hora de atención de apoderados.
Art. 4.7 Respecto a las notificaciones a los apoderados:
a) La notificación de suspensión de clases es de responsabilidad de Coordinación
Estudiantil.
b) La notificación de Carta de Compromiso y condicionalidades son de responsabilidad de
Coordinación Estudiantil.
c) La notificación de repitencia debe hacerla el profesor Jefe, dejando registro en el libro
de clases.
d) La notificación de cancelación de matrícula corresponde realizarla a Rectoría, una vez
resuelta la situación por el Comité de Convivencia Escolar.
e) La notificación de suspensión de participación en la ceremonia de Licenciatura
corresponde realizarla a Rectoría.
TITULO V
DE LOS PADRES Y APODERADOS
Art.5.1 Derechos
a. A la información adecuada y oportuna acerca del comportamiento y rendimiento
académico de su pupilo y de las actividades que realiza el establecimiento.
b. A recibir el informe de calificaciones y orientación en reuniones de apoderados o
entrevistas con el profesor jefe.
c. A ser escuchado en sus peticiones, inquietudes y reclamos por la instancia que
corresponda, de acuerdo al conducto regular que el colegio haya establecido,
siempre y cuando lo haga en forma respetuosa.
d. A participar en reuniones, asambleas y votaciones del Centro de Padres.
e. A participar en las diferentes actividades sociales, culturales, artísticas y deportivas
que programa el Colegio.
f. A colaborar en la elaboración de las normas de convivencia y Proyecto Educativo
del Colegio.
Art.5.2 Deberes
Los padres y apoderados que opten en forma libre educar a sus hijos en este
Colegio se comprometen a:
a. Asumir la calidad de Apoderado del Colegio, la persona que al momento de
matricular a su pupilo/a, queda estipulado como tal en la ficha de matrícula, de
manera como sigue: Apoderado titular, responsable en primera instancia del
alumno(a) y su relación con el Colegio y Apoderado suplente que asume la función
del primero en caso que éste esté imposibilitado de cumplir su rol.
b. Respetar los horarios establecidos para las reuniones de microcentro, citaciones
vía agenda, horarios de atención de apoderados, o citación de cualquier otro
estamento que colabora en la formación de alumnos o alumnas.
c. Participar integrándose a las actividades programadas del Colegio. El apoderado
debe asistir obligatoriamente a las reuniones de microcentros, asambleas
generales, entrevistas con Rectoría, Coordinación Estudiantil, Coordinación
Académica, Departamento de Orientación, profesores Jefes y de asignaturas y
otras instancias formativas de su pupilo o pupila. En el caso de presentar tres
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d.
e.
f.
g.
h.
i.
j.
k.
l.
m.
n.
o.
p.
q.
r.
s.
t.
u.
v.
w.
inasistencias, con o sin justificación, se procederá a solicitar el cambio de
Apoderado. En caso de de mantenerse perderá la matricula
Reforzar valores a sus pupilos.
Apoyar permanentemente el trabajo escolar de sus pupilos(as).
Informarse regularmente de la situación escolar de sus pupilos(as).
Respetar a toda la Comunidad Educativa y los compromisos pactados con alguno
de ellos, de no ser así el Colegio se reserva el derecho de solicitar el cambio de
apoderado, asumiendo el suplente o el que la familia considere.
Queda estrictamente prohibido cualquier tipo de acción indebida que busque el
beneficio académico de su pupilo/a.
No incurrir en desprestigios o comentarios que dañen la imagen del Colegio o
miembro de la Comunidad Escolar.
Ingresar al Colegio, con la autorización correspondiente.
Respetar las decisiones pedagógicas o administrativas emanadas del Consejo de
Profesores en aspectos académicos o disciplinarios del alumno/a.
Supervisar la asistencia a clases del alumno/a
Justificar las inasistencias de su pupilo personalmente el día de reingreso a clases,
pudiendo presentar un certificado médico en el caso que lo requiera.
Frente a cualquier dificultad o inquietud respecto al desempeño del alumno y
alumna, el apoderado deberá hacer uso de los canales regulares de comunicación
esto es: Profesor Jefe o de asignaturas, Departamento de Orientación, Coordinador
Académico, Coordinación Estudiantil, Rector (Solicitando la entrevista pertinente
con anterioridad por medio escrito de manera de no interrumpir el normal
desarrollo de las actividades del colegio).
Retirar puntualmente a su hijo (a) al termino de la jornada escolar
Respetar el horario indicado por el Establecimiento. (Sobre todo en la hora de
ingreso 8:15 hrs, 14:30 hrs).
Comunicar al profesor y Coordinación Estudiantil oportunamente los cambios de
domicilio, telefónicos y otros datos de importancia.
Revisar todos los días la agenda escolar del alumno(a).
Tomar conocimiento y preocuparse por el cumplimiento de las normas de
convivencia vigentes.
Responder en forma inmediata por daños, destrozos y pérdidas ocasionadas por
del alumno(a).
Cumplir con sus responsabilidades de directivas de los cursos en caso de ser
elegidos.
Frente a cualquier situación de emergencia el medio de comunicación con el
pupilo/a debe ser por medio del Colegio (entiéndase telefónicamente y/o
personalmente)
Justificar personalmente la inasistencia a reuniones
TITULO VI
OBSERVACIONES A LOS DEBERES DE LOS APODERADOS
Art. 6.1 Del Registro de Observación:
Serán registradas las observaciones y entrevistas de apoderados en el archivador
del curso, cada vez que este sea citado por un estamento del colegio.
Se distinguen las siguientes observaciones:
1. Positivas
2. Negativas
3. Graves.
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Art. 6.2 Se consideraran para observaciones positivas las siguientes situaciones:
a. Asistir a todas las reuniones de padre y/o apoderados u otras situaciones
emanadas del establecimiento.
b. Cumplir con todos los requerimientos (informes, certificados médicos,
derivaciones, etc.), solicitados por el colegio.
c. Demostrar en forma evidente y concreta la preocupación y compromiso por la
educación del alumno y alumna.
d. Respetar de manera educada los canales regulares de comunicación, solicitando
las entrevistas con anticipación.
e. Participar activamente en las actividades curriculares organizadas por el
establecimiento.
PROCEDIMIENTO:
Cuando la observación positiva sea pertinente, se dejara registro en el libro
de clases y de entrevistas del curso, para posterior reconocimiento.
Art. 6.3 Se consideran para observaciones negativas, las siguientes situaciones:
a. No asistir en forma regular a las reuniones de padres y/o apoderados.
b. Intervenir con temas conflictivos y no pertinentes a reuniones de padres y/o
apoderados.
c. No justificar adecuadamente las inasistencias de su pupilo(a).
d. No respetar el conducto regular estipulado por el establecimiento.
PROCEDIMIENTO:
Cuando un apoderado incurre en alguna de estas faltas, excepto a
reuniones de apoderados, será responsabilidad del Profesor Jefe o Coordinador
Estudiantil citarlo el día siguiente, para analizar dichas situaciones puntuales, y lograr los
compromisos correspondientes.
Art. 6.4 Se consideran para observaciones graves las siguientes situaciones:
a. Agredir verbal y/o físicamente a cualquier miembro de la comunidad escolar.
b. Generar daño a los bienes materiales del Colegio y/o de cualquier miembro de la
comunidad educativa.
c. Ingresar al colegio bajo los efectos de alcohol y/o drogas.
d. Ser sorprendido portando armas de fuego y/o elementos corto punzante.
PROCEDIMIENTO:
Frente a la ocurrencia de una falta calificada como grave, por la instancia superior.
1.
2.
3.
Acudir a las redes de apoyo de la comuna.
Seguridad ciudadana.
133 fono de carabineros.
Dejar constancia y/o denuncia en la comisaría de la ciudad.
Dejar constancia en Archivo de observaciones y Entrevistas de Apoderados y
Alumnos.
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TITULO VII
DERECHOS Y DEBERES DEL ALUMNO Y ALUMNA
Art.7.1 Derechos:
Se entenderá por derechos a los que corresponden a todos los alumnos(as) por su
dignidad de persona, sin distinción de edad, sexo, raza, cultura o religión.
Todo alumno y alumna tiene derecho a:
a.
b.
c.
d.
e.
f.
g.
h.
i.
j.
k.
l.
m.
n.
Tomar conocimiento del proyecto educativo institucional (PEI).
Conocer el manual de convivencia, reglamento de evaluación.
Crecer en un ambiente solidario, de integración, de actitud y conciencia social.
Recibir la mejor atención que la institución le pueda otorgar para lograr un
aprendizaje continuo que garantice su formación integral (físico, mental, moral,
espiritual y social).
Recibir en el caso de las alumnas embarazadas o madres, todo lo estipulado por la
ley vigente.
Recibir atención del Equipo de Orientación y ser derivado a centros especializados
que posee la comuna.
Expresar sus ideas, opiniones, peticiones, reclamos, etc., en forma respetuosa y
por medio de los canales pertinentes. Seguir conducto regular
Tener espacios limpios y con mobiliario adecuado.
Utilizar las diversas dependencias del colegio previa autorización escrita de las
personas responsables en el área que corresponde.
Organizarse y elegir centros de alumnos y alumnas.
Recibir seguridad física y moral dentro del establecimiento.
Recibir los beneficios que otorga la ley de seguro accidente escolar Nº 16744
decreto 313.
Cualquier beneficio que la institución otorgue y que no esta explicitado en este
documento (vacunación, becas, etc.).
Recibir alimentación que entrega JUNAEB siempre y cuando el alumno y alumna se
encuentre dentro del listado de beneficiarios.
Art.7.2 Deberes
Se entiende por deberes al conjunto de obligaciones que debe cumplir el alumno
en orden del bien común, señalado en este reglamento.
Todo alumno y alumna tiene el deber de:
a. Cumplir con las orientaciones establecidas en el manual de convivencia como
medio de organización y crecimiento en la vida escolar.
b. Respetar a todos los integrantes de la Comunidad educativa.
c. Desarrollar comportamientos que favorezcan una sana y armónica convivencia
escolar, sobre la base de la autodisciplina y valores establecidos en nuestro
Proyecto Educativo.
d. Abstenerse de participar en actos de violencia, dentro y fuera del Colegio. Esto
incluye amenazar, agredir directa o indirectamente, ya sea física, psicológica y
moralmente a través de medios verbales, gráficos, tecnológicos y/o virtuales a
cualquier miembro de la Comunidad Educativa, dentro del marco de la ley de
violencia escolar.
e.
f.
g.
h.
Responsabilizarse por mantener el aseo y orden de todo el recinto escolar.
Participar atenta, respetuosa y efectivamente durante las horas de clases.
Presentarse con todos los útiles, materiales y trabajos para cada día.
Manifestar un espíritu de trabajo colaborativo.
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i. Mantener sus materias al día independiente de si por alguna razón ha estado
ausente del colegio.
j. Participar responsablemente en las actividades extra programáticas planteadas por
el Establecimiento.
k. Usar el uniforme escolar establecido por el Colegio con el acuerdo de padres y
apoderados, cuidando una buena presentación personal (aseo corporal, vestuario
limpio y en buenas condiciones).
l. Ser puntual y regular a la jornada completa de clases y a las actividades extra
programáticas con horarios establecidos u otras actividades programadas. En caso
de necesitar salir durante el período de clases se operará como sigue:
- La salida anticipada de un alumno la hace efectiva personalmente el apoderado
titular o suplente, presentando su cédula de identidad y dejando la respectiva
constancia del retiro en el registro. Asumiendo la responsabilidad que esto
conlleva.
m. Informar de las comunicaciones dirigidas a los apoderados, trayéndolas
debidamente firmadas.
n. Los alumnos/as no están autorizados a traer objetos de valor, joyas o dinero. En
este aspecto cabe considerar:
- El Colegio no se hace responsable frente a estas situaciones de hurto, por lo tanto,
son de responsabilidad del alumno/a el porte de artículos como MP3, MP4, IPOD,
notebook, celulares, juegos electrónicos y otros.
- Se establece que estos elementos solamente serán de uso durante las horas de
recreo y/o de almuerzo.
o. Abstenerse de tomar especies pertenecientes al colegio, de sus compañeros o de
cualquier miembro de la Comunidad Escolar sin la debida autorización.
p. Utilizar sólo para fines académicos los instrumentos tecnológicos que el Colegio le
ofrece.
q. Abstenerse de filmar, grabar u obtener imágenes de cualquier funcionario del
Establecimiento sin la aceptación de éste (sala de clase, patios o cualquier
dependencia del Colegio).
TITULO VIII
NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Art. 8.1 Presentación Personal.
Una esmerada higiene y presentación personal, demuestra el interés del hogar por
su pupilo y la responsabilidad del alumno(a) por sí mismo(a).
El uso del uniforme refuerza el autocuidado, la identidad y sentido de pertenencia.
Así también cumple una función social y evita una competencia en el vestir
impulsada por marcas o tendencias.
Su exigencia de uso está claramente orientada a una buena presentación personal,
que el alumno(a) siempre debe cuidar y preservar en todas las actividades del Colegio.
El uso del uniforme del colegio es producto de la decisión consensuada entre la
Rectoría, el Consejo de profesores, Centro de Padres y Apoderados y Centro de
alumnos/as.
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DAMAS de 1º Básico a 4º E.M
Campera con insignia colegio
Falda escocesa gris con azulino
Casaca azulina con gris
Calcetas grises
Blusa blanca camisera con cuello redondo
Polera piqué con cuello
Corbata institu
Sweater o chaleco gris con rayas azulinas y
amarillas
Zapatos negros de colegio
Pantalón de tela gris de colegio
Parka del colegio con insignia
VARONES de 1º B. a 4º E.M.
Campera con insignia del colegio
Pantalón gris tela escolar
Camisa blanca
Polera piqué con cuello
Corbata colegio
Sweter o chaleco gris con rayas azulinas y
amarillas
Zapatos negros de colegio
Parka del colegio con insignia
Solo indicar como uniforme oficial
En el caso del uniforme oficial para actos
oficiales, disertaciones, debates y exposiciones
Uso de cotona de 1 a 4 color beige para los
orales contempla camisa y corbata campera y/o
varones y para las damas cuadrille azul
chaleco según lo solicitado
Educación Física
·
Buzo deportivo del colegio
Polera gris para salir de la clase
Calza corta
Calcetas blancas
Zapatillas deportivas
Polera blanca para la clase
Educación Física
Buzo deportivo del colegio
Polera gris para la clase
Pantalón corto color azul similar al buzo
Calcetas blancas
Zapatillas deportivas
Polera blanca para salir de la clase
Debe traer sus útiles de aseo solicitados por
el profesor (a)
Para el Laboratorio de ciencias:
Todos los alumnos (as) deben usar delantal
blanco
Los alumnos de Prekinder y Kinder usan el
buzo y la polera gris como uniforme oficial


Todo uniforme debe estar marcado con el
nombre, apellido y curso en forma visible
•
•
•
•
•
No se permite el uso del maquillaje
El teñido de pelo solo se permite en colores naturales y en toda su cabellera
No se permite el uso de accesorios como percing, expansiones, aros colgantes, etc
El largo del pelo es el corte escolar , relativamente largo sin sobre pasar el cuello
de la camisa
No se aceptan cortes de pelo o teñidos extravagantes.
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Art.8.2 De la agenda escolar
a. Los alumnos(as) deberán portar la agenda escolar propia del colegio, diariamente
con los datos actualizados, foto actualizada en tamaño carné y con la firma del
apoderado, puesto que es el documento oficial de intercambio de comunicaciones
entre el colegio y la familia.
b. Es importante que el apoderado revise periódicamente la agenda escolar, con el
fin de mantenerse informado de las situaciones educativas de su pupilo(a).
c. El alumno(a) deberá presentar la comunicación de su apoderado a quien
corresponda en el colegio.
En el caso de extraviar o tener una libreta en mal estado deberá adquirir una en su
reemplazo
En ningún caso se enviará una comunicación o nota en un objeto distinto a su libreta
de comunicaciones
Se considera falta grave quien presente una libreta que no corresponda a su
propiedad
Art.8.3 Del Deterioro del material
a. Los alumnos(as) deberán cuidar el mobiliario de las salas y de las dependencias del
Colegio.
b. La responsabilidad individual y grupal ante el deterioro o daño cometido, deberá
ser asumido de inmediato, por el o los apoderados. Lo anterior no significa que el
alumno sea liberado de posibles sanciones.
c. Los alumnos(as) deberán mantener en buen estado los textos escolares
entregados por el Ministerio de Educación.
d. Los alumnos(a) sorprendidos rayando las paredes del colegio deberán contribuir
con materiales para la limpieza del lugar independiente de la sanción disciplinaria.
e. Los alumnos(as) deberán devolver en buen estado y en forma oportuna los libros
solicitados en biblioteca, ante una pérdida o deterioro, este se debe reponer,
según reglamento de biblioteca.
f. Es de responsabilidad de todos el de exigir una sala acorde con la dignidad de
persona y miembro de la comunidad educativa, por tanto exigir como primera
acción el de recibir, mantener y entregar el espacio en condiciones de enfrentar
la clase siguiente
Art.8.4 De la asistencia y puntualidad
a. Los alumnos(as) deben asistir diariamente y puntualmente a clases y/o a todas las
actividades obligatorias programadas.
b. Los alumnos(as) deben tener como mínimo un 85% de asistencia a clases durante
el período escolar para ser promovido de curso, según lo dispuesto por el
Ministerio de Educación.
c. Toda inasistencia a clases debe ser justificada personalmente por el apoderado,
en caso de enfermedad prolongada, el apoderado deberá presentar el certificado
médico correspondiente en Coordinación Estudiantil.
d. El registro de atrasos será considerado como información relevante en caso de
situaciones de promoción especial.
e. El certificado médico justifica la inasistencia, pero no borra la ausencia.
f. La salida anticipada de un alumno(a) sólo la hace efectiva el apoderado
personalmente en el colegio y por causa justificada, dejando la respectiva
constancia en el libro de retiro.
g. La hora de entrada al establecimiento es a las 8:15 horas y 14:30 horas.
h. Al tercer atraso se notificará a su apoderado, por parte de Coordinación
Estudiantil.
i. De persistir tres atrasos deberá presentarse el día viernes a desarrollar trabajo
escolar
j. Al noveno atraso será suspendido de clases por un día
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k. En el caso de ser recurrentes los atrasos podrá ser dejado en compromiso o
condicionalidad su matrícula
l. En caso de tres atrasos acumulativos, a la hora de ingreso al Colegio, en cada una
de las clases, de recreos y de almuerzos, se citará al apoderado al día siguiente.
m. Al ingresar a clases después de las 10:00 horas, el alumno(a) quedará ausente en el
registro diario de asistencia.
n. El comportamiento durante los recreos es evacuar con rapidez salas, respetar las
señaléticas de seguridad del Colegio, hacer uso ordenado de las dependencias,
poniendo especial cuidado en niños pequeños, con capacidades diferentes o de
movilidad reducida, evitando la práctica de juegos bruscos que puedan resultar
peligrosos para su integridad física y la de sus compañeros.
o. En los actos y asambleas: los alumnos/as deben mantener una actitud de respeto y
deferencia manteniendo un ambiente de orden y solemnidad.
TITULO IX
RÉGIMEN DISCIPLINARIO
Art.9.1 Del registro de observación.
Serán registradas en la hoja individual del libro de clase y contendrán las
observaciones de desarrollo del trabajo escolar y social del alumno, que serán
consideradas en la elaboración del informe de personalidad al término de cada periodo.
El no acatamiento de las normas establecidas en este reglamento, implicará para el
alumno/a del Colegio Concepción Linares, una sanción acorde con la naturaleza de la o las
faltas y el someterse a una progresión de
Actividades pedagógicas con el fin de modificar la conducta presentada.
Las observaciones serán clasificadas, de acuerdo a sus características en:
1. Positivas.
2. Negativas
3. Graves.
Art.9.2 Se considerarán para observaciones positivas las siguientes situaciones:
a.
b.
c.
d.
e.
f.
g.
Excelente presentación personal.
Buena mantención de los útiles escolares.
Actitud de respeto y de colaboración en el colegio.
Destacada participación en clases y actividades del colegio.
Destacada colaboración en el cuidado y el aseo de las dependencias del colegio.
Destaca participación en actividades en representación del colegio.
Actitud de colaboración y apoyo a compañeros que lo necesiten.
Art. 9.3 Cuando la observación corresponda a una acción desarrollada en el aula, esta será
dada a conocer al alumno por el profesor correspondiente.
Art. 9.4 Cuando la observación corresponda a una acción desarrollada fuera del ámbito
del aula será dada a conocer por un directivo del Colegio. La persona que evidencie
deberá registrarlo en el libro para sus felicitaciones correspondientes
Art.9.5 Se considerarán observaciones negativas
a.
b.
c.
d.
No traer comunicación firmada.
Molestar a los compañeros.
Presentación personal inadecuada a su condición de estudiante.
Interrumpir clases.
13
e.
f.
g.
h.
i.
j.
k.
l.
m.
n.
o.
p.
q.
r.
Tres atrasos reiterados.
No cumplir con los deberes escolares y útiles de trabajo.
No trabajar durante las clases.
Utilizar cualquier material que no sea de estudio y que no corresponda a las
actividades de la clase.
Presentarse sin agenda escolar.
Comer en clases.
Lanzar objetos en clases.
Presentarse con el uniforme incompleto.
Utilizar vocabulario y gestos soeces.
Hacer uso de celulares u otros medios tecnológicos durante las horas de clase.
Hacer uso de aros colgantes, pulseras, pearcing, pañuelos, bufandas y gorros de
colores no institucionales.
Correr, gritar o causar ruidos molestos en horas de clases.
Rayar muros o mobiliarios del Establecimiento.
Insistir en una conducta, después de tres llamados de atención por parte del
profesor.
Sanciones:
a) Amonestación verbal
b) Registro en la Hoja de Vida del Alumno
c) Comunicación y/o entrevista con el apoderado.
d) Entrevista con el alumno.
e) Será responsabilidad del profesor requisar artefactos no permitidos y entregar a
Coordinación Estudiantil quien entregará las pertenencias en entrevista personal
con el apoderado(a).
Será responsabilidad del profesor involucrado aplicar la sanción.
Art. 9.7 Se Considerarán observaciones graves
a. Contestar en forma insolente, mentir, engañar a cualquier miembro de la
comunidad educativa.
b. Trepar por muros o rejas para salir o entrar al establecimiento.
c. Destruir útiles, materiales o instalaciones del edificio y/o de las personas.
d. Evadir clase al interior o al exterior del Colegio.
e. Evadir todo tipo de actividades evaluadas
f. Faltarle el respeto a los emblemas patrios y a aquellos que representan al Colegio.
g. Falta de honestidad durante una evaluación.
h. Salir de clases sin autorización.
i. Acceder a sitios Web no autorizados.
j. Efectuar amenazas físicas, verbales, escritas, por medio de internet u otro medio
tecnológico a los integrantes de la comunidad educativa.
k. Juegos bruscos que atenten contra la integridad física.
l. Lanzar objetos que puedan producir daños o perjuicios materiales o físicos.
m. Sustraer documentación oficial del colegio tales como: libros de clases,
certificados, pruebas etc.
n. Portar o utilizar armas de fuego, elemento corto punzantes y/o sustancias tóxicas.
o. Adulterar, deteriorar, alterar o falsificar cualquier documento para el colegio.
p. Poseer, suministrar, comercializar bebidas alcohólicas, estupefaciente u otras
drogas que afecten la salud.
q. Llegar al Establecimiento bajo el efecto de las drogas y/o alcohol.
r. Fumar en el Colegio.
s. Filmar, grabar, fotografiar y/o subir a la red videos hechos en el colegio que
muestren actitudes de presunta violencia y otras que pueda prestarse a
interpretaciones equivocas y que afecten a cualquier miembro de la Comunidad
Educativa.
t. Comentar o inducir a otros a conductas que atenten contra la dignidad de otras
personas.
14
Sanciones:
a) Amonestación escrita en hoja de vida del Libro de Clases.
b) Citación al apoderado(a) para firmar compromisos con el sancionado.
d) Pérdida temporal del derecho de ingresar a clases, periodo durante el cual se
realizará trabajo académico al interior del Establecimiento. Cuando la gravedad de
la falta, la reiteración lo amerite, el alumno(a) será suspendido de clases, ambas
sanciones serán de responsabilidad del Coordinador Estudiantil.
e) Pérdida temporal del derecho de ingresar a clases, durante los cuales realizará
actividades dirigidas en su domicilio tales como: desarrollo de guías, trabajo de
investigación, pasar cuadernos en limpio, realización de tareas, otros, cuya sanción
será responsabilidad de Coordinación Académica.
Suspensión de clases
f) Carta compromiso de matrícula condicional o de extrema condicionalidad por lo
que resta del año escolar entregada en forma personal al apoderado(a) al
sancionado.
g) Negación de renovación del matrícula para el año siguiente si la falta cometida
atenta contra la dignidad, la integridad física o Psíquicas de algún miembro de la
Comunidad Educativa. (Bullying)
Será responsabilidad de aplicar la sanción del Profesor de Asignatura, Profesor Jefe,
Comité de Sana Convivencia Escolar, Coordinación Estudiantil y Rectoría.
Nota: En caso de existir un daño material, esta será de cargo del apoderado del
alumno(a) causante, independiente de las sanciones anteriormente estipuladas. Será
responsabilidad de aplicar la sanción Coordinación Estudiantil y Rectoría del
Establecimiento.
En caso de faltas graves el Consejo de Profesores podrá solicitar la salida inmediata de
un alumno(a) si éstas se enmarcan en el Código Penal para mayores de 14 años y
comprobadas internamente en el Colegio.
Al margen de todo lo anterior, cada vez que un alumno(a) se vea enfrentado a una
situación grave que afecte su convivencia armónica en el Establecimiento se le derivará
al Psicólogo(a) del Departamento de Orientación, para otorgarle toda la asistencia que
sea necesaria, contando de antemano con la absoluta cooperación de la familia.
En la aplicación de las sanciones se tendrá en cuenta la edad, el desarrollo psicoafectivo
mental, volitivo y otros que afecten al alumno sancionado (situación familiar y social),
señalado por el Comité de Sana convivencia Escolar.
TITULO X
Protocolo Maltrato escolar.
Se entenderá por maltrato escolar cualquiera acción u omisión intencional, ya sea física o
sicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o
cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con
independencia del lugar en que se cometa, siempre que pueda:
1. Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad
física o síquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales.
2. Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo.
3. Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico,
afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico.
15
En caso de hostigamiento sostenido en el tiempo, que se produce entre pares y existe
un abuso de poder, nos encontramos frente al BULLYNG, aplicando protocolo del
colegio.
NO ES HOSTIGAMIENTO:
a) Los conflictos entre estudiantes donde no hay abuso de poder.
b) Las peleas o actos violentos ocasionales ya que estas no se repiten en el tiempo.
ART. 10.1 Conductas constitutivas de maltrato Escolar
Se considerarán constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes conductas:
1. Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros y ofender.
2. Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno, o de
cualquier miembro de la comunidad educativa.
3. Agredir verbal o sicológicamente a cualquier miembro de la comunidad
educativa.
4. Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un
alumno.
5. Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición
social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico,
ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad,
defectos físicos o cualquier otra circunstancia.
6. Amenazar, atacar, injuriar, o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro
integrante de la comunidad educativa a través de chats, blogs, foto Log, etc.…
7. Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes.
8. Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas.
Art. 10.2 Protocolo de actuación frente a actos de violencia.
1. Intervención inmediato.
2. Identificar con claridad los implicados:
a) Quien cometió la agresión.
b) Quien fue víctima
c) Testigos de lo observado
3. Ayudar y acompañar a quien fue agredido.
4. Entrevista con la persona que fue agredida, acompañándola y garantizándole
protección, darle a conocer que se tomarán las medidas que sean necesarias (sin señalar
cuáles serán las sanciones hasta no conocer todas las versiones de los hechos) .En caso de
lesión se debe llevar a un centro de atención cercano para constatar lesiones.
5. Entrevista con la persona que cometió una agresión, acompañamiento y comprensión
de las razones que la llevaron a cometer la agresión, (defensa propia, acto de impulsividad
aislado). El conocimiento ayudará a determinar las sanciones a aplicar y pasos a seguir,
en casos más graves recordar que sólo Carabineros están autorizados a registrar su cuerpo
y pertenencias.
6. Entrevista a los testigos del acto de violencia, recopilando la información de lo
sucedido. Se debe fomentar la discusión abierta, enfrentar la situación con claridad, sin
minimizarla.
7. Cautelar la privacidad y confidencialidad de las personas involucradas.
8. Informar a la familia de la situación, citándolos a entrevista. En un primer momento
conversar con cada uno de los apoderados para informarles de la situación y luego
incorporar al niño, niña o joven. Fomentar un espacio de conversación donde los padres
puedan realizar las consultas sobre lo sucedido.
9. Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de
las medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad,
privacidad y respeto por su dignidad y honra.
16
10. De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los instrumentos
propios del establecimiento, debiendo mantenerse el registro individual de cada reclamo.
No se podrá tener acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a
excepción de la autoridad pública competente.
11. En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los
involucrados, el derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentació9n de las
decisiones y la posibilidad de impugnarlas.
Art. 10.3 DEBER DE PROTECCIÓN
1. Si el afectado fuere un alumno, se le deberá brindar protección, apoyo e información
durante el proceso.
2. Si el afectado fuere un profesor o funcionario del establecimiento, se le deberá otorgar
protección y se tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente sus
funciones, salvo que esto último ponga en peligro su integridad.
Art. 10.4 NOTIFICACIÓN A LOS APODERADOS.
Al inicio de todo proceso en el que sea parte un estudiante, se deberá notificar a sus
padres o apoderados. Dicha notificación podrá efectuarse por cualquier medio idóneo,
pero deberá quedar constancia de ella por un medio escrito
Art. 10.5 DE LA INVESTIGACIÓN.
Art. 10.10-1 El encargado de convivencia escolar deberá llevar adelante la investigación de
los reclamos, entrevistando a las partes, solicitando información a terceros o disponiendo
cualquier otra medida que estime necesaria para su esclarecimiento.
Art. 10.10-2 Una vez recopilados los antecedentes correspondientes agotada la
investigación, el encargado deberá presentar un informe ante el Comité de la Sana
Convivencia Escolar, o el que haga sus veces, para que este aplique una medida o sanción
si procediere, o bien para que recomiende su aplicación a la Dirección o autoridad
competente del establecimiento.
Art. 10.11 CITACIÓN A ENTREVISTAS.
1. Una vez recibidos los antecedentes por la autoridad competente, la Dirección o quien
la represente deberá citar a las partes y, en su caso, a los padres o apoderados del
estudiante o los estudiantes involucrados, a una reunión que tendrá como principal
finalidad buscar un acuerdo entre las partes. Para esta entrevista, se considerará el tipo de
tópicos que convenga tratar en presencia de los alumnos o sólo entre alumnos alumnas.
2. En caso de existir acuerdo entre las partes se podrá suspender el curso de la
indagación, exigiendo a cambio el cumplimiento de determinadas condiciones por un
período de tiempo convenido. Si se cumplen íntegramente las condiciones impuestas se
dará por cerrado el reclamo, dejándose constancia de esta circunstancia.
3. Si no hubiere acuerdo, se deberá oír a las partes involucradas, quienes deberán
presentar todos los antecedentes que estimen necesarios. También se podrá citar a un
profesional en la materia, quién podrá aconsejar o pronunciarse al respecto.
17
Art. 10.12 RESOLUCIÓN
El encargado de convivencia escolar deberá resolver si se cumplen los requisitos para
imponer una sanción, o bien si el reclamo debe ser desestimado. Deberá quedar
constancia de los fundamentos que justifiquen la decisión adoptada. Dicha resolución
debe ser notificada a todas las partes y, en todo caso, al Comité de la Sana Convivencia
Escolar.
Art. 10.13 MEDIDAS DE REPARACIÓN.
En la resolución, se deberá especificar las medidas de reparación adoptadas a favor del
afectado, así como la forma en que se supervisará su efectivo cumplimiento. Tales
medidas podrán consistir, por ejemplo, en disculpas privadas o públicas, restablecimiento
de efectos personales, cambio de curso u otra que la autoridad competente determine.
Art. 10.14 RECURSOS APELACIÓN
Todas las partes tendrán la posibilidad de recurrir fundadamente en contra de la
resolución adoptada por el comité o autoridad competente, dentro de un plazo razonable,
no superior a cinco días después de informada la medida, en forma escrita al rector del
colegio, quien deberá dar respuesta dentro de los primeros tres días hábiles siguientes.
Art. 10.15 MEDIACIÓN
El establecimiento podrá implementar instancias de mediación u otros mecanismos de
similar naturaleza como alternativa para la solución pacífica y constructiva de los
conflictos de convivencia escolar. Este sistema incluirá la intervención de alumnos,
docentes, orientadores, otros miembros de la comunidad educativa y especialistas.
Art. 10.16 PUBLICIDAD
El establecimiento deberá adoptar las acciones necesarias para la correcta, oportuna y
completa difusión acerca de las normas y planes relativos a la convivencia escolar a través
de todos los medios disponibles, para que la comunidad educativa este permanentemente
informada y pueda ejercer sus derechos.
Art. 10.17 Protocolo de Actuación frente a BULLYNG (hostigamiento permanente)
1.
Profesor Jefe en el aula, paradocentes en los recreos y en general toda la
comunidad educativa, deben prestar total atención a los estudiantes implicados, para
romper las leyes de silencio que predominan en estos casos
Debe poner especial atención en:
a) Sobre nombres o burlas reiteradas hacia un compañero/a, las cuales no deben ser
vistas como normales, ya que puede ser una forma de hostigamiento por lo que
deben ser corregidas.
b) Crear instancias de diálogo y reflexión en el curso promoviendo el desarrollo de
habilidades sociales especificadas en el PEI.
c) Las situaciones de hostigamiento deben ser conversadas abiertamente, de manera
de no continuar manteniendo el silencio.
d) Distinguir cuando pequeños gestos, pequeñas acciones están escondiendo o
disfrazando situaciones que pueden estar causando daño a otro. ( distinguir la
intencionalidad de los hechos: simple broma o agresión)
e) Habilitación de un lugar ( definir lugar) en el colegio donde se realizarán las
denuncias de bulling
Art. 10.18.- El Colegio se rige bajo la Ley Nº 20.084 “Responsabilidad Penal Adolescente”,
la que vuelve imputable a los menores entre 14 y 18 años. Esta Ley, aplicada al matonaje,
plantea que: Si hay lesiones de por medio, aunque sean leves, el hecho debe ser
18
denunciado por el propio Colegio. La nueva normativa nos obliga a dar cuenta de todos los
acontecimientos que revistan carácter de delito y que afecten a sus alumnos. Aún cuando
se produzcan a dos cuadras. Los que no lo hacen se exponen a multas que van desde 1 a 4
UTM o a pena remitida. Las denuncias a las que están obligados los colegios incluyen
matonaje que implique lesiones a la víctima, robos y el uso de objetos como cuchillos
cartoneros.
Es deber de todos y cada uno de los miembros del Colegio Concepción Linares, denunciar
frente a las autoridades pertinentes y realizar el debido protocolo de actuación.
TITULOS XI
MECANISMO DE RESOLUCION DE CONFLICTOS
Art. 11 Como una forma de ayudar a resolver de buena manera los conflictos entre
alumnos, o entre alumnos y profesores. El colegio proporciona asistencia de tutores o
mediadores adultos.
Mecanismo.
 Conversación con el o los involucrados en el conflicto.
 Las personas implicadas en el conflicto dialogan cara a cara para llegar a un
acuerdo. Cada una expone su propio punto de vista, escucha el de la otra parte y
esta dispuesto a ceder en algunos puntos para lograr el acuerdo.
 Inclusión de una persona no directamente relacionada con el conflicto, con el fin
de abordarlo.
 El mediador actúa como un tercero imparcial sin poder decisorio que ayuda a la
partes en conflicto a encontrar una solución al problema que presentan. Es
facilitador de la comunicación y promueve el diálogo entre las partes.
 Ninguna de las modalidades descritas en los párrafos anteriores constituyen una
forma positiva o negativa de abordaje de conflictos en si mismos. El que sean
adecuadas o inadecuadas va a depender del contexto, de la situación y el tipo de
relación que exista entre las personas involucradas.
 Finalmente, es importante reiterar que no todos los desacuerdos son negociables y
no todos los conflictos, soluciones. Parte de la madurez de los grupos es aprender
a vivir con diferencias y discrepancia.
 Todas estas situaciones conflictivas deben ser tratadas en un lugar adecuado y en
privado, en donde estén solo las personas afectadas o involucradas en el tema.
 Los casos de violencia no son mediables.
Art.12. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN COMO PREVENIR EL ABUSO SEXUAL INFANTIL.
Como comunidad educativa se actuará de acuerdo al protocolo establecido con la
finalidad de:
•Intentar cuidar la privacidad de los niños y de las niñas. Acoja y busque un lugar
adecuado si ella o él quieren conversar.
•Mantener una conversación con los niños y niñas manténgase a su altura física.
•No presionar para hablar y evitar detalles innecesarios.
•No enjuiciar ni culpar, no culpar si no hablo antes o porque tiene vergüenza.
•Registrar en forma textual lo que la niña o niño dijo.
•Demostrar que se confía en la veracidad de su relato.
•Aplicar Protocolo del Colegio Concepción, Linares.
Art. 13.PROTOCOLO DE ACCIÓN EN CASO DE ACCIDENTES ESCOLARES
Ley 16.744 Art. 3º, dispone que estarán protegidos todos los estudiantes de
establecimientos fiscales o particulares por los accidentes que sufran con ocasión de sus
estudios, o en la realización de su práctica profesional.
19
El Colegio clasifica los accidentes escolares en:
• LEVES: son aquellos que solo requieren de la atención primaria de heridas superficiales o
golpes suaves.
PROCEDIMIENTO:
1. Los estudiantes serán llevados donde la encargada de primeros auxilios por el docente
o educadora que se encuentra en el momento a cargo. Si se encuentra en recreo será
llevado por un inspector de patio.
2. La encargada de primeros auxilios revisará y le aplicará los primeros auxilios requeridos.
3. Se registrar la atención.
• MENOS GRAVES: son aquellos que necesitan de asistencia médica como heridas o
golpes en la cabeza u otra parte del cuerpo.
PROCEDIMIENTO:
1. El docente o educadora que se encuentra a cargo deberá avisar en forma inmediata al
inspector general o encargada de convivencia escolar, para coordinar el traslado del
estudiante a la encargada de primeros auxilios. En caso que suceda en recreos, el
inspector de patio avisará al inspector general.
2. De acuerdo al grado del accidente se tomarán las medidas pertinentes del traslado del
estudiante a inspectoría.
3. La encargada de prestar los primeros auxilios revisará al estudiante y le aplicará los
primeros auxilios.
4. El inspector general llamará a los padres para comunicar los detalles del accidente y
solicitar que lo vengan a buscar para llevarlo al centro asistencial de acuerdo al convenio
de seguros de accidentes escolares. En caso de requerir el seguro escolar otorgado por el
Ministerio se completará el formulario correspondiente.
• GRAVES: son aquellas que requieren de atención inmediata de asistencia médica, como
caídas de altura, golpe fuerte de la cabeza u otra parte del cuerpo, heridas sangrantes por
cortes profundos, quebraduras de extremidades, pérdida del conocimiento, quemaduras,
atragantamientos por comida u objetos.
PROCEDIMIENTO:
1. El docente o educadora a cargo avisará en forma inmediata al inspector general. En
caso que suceda en recreos, será el inspector de patio la responsable de avisar.
2. En caso de golpe en la cabeza o quebraduras se mantendrá al estudiante en el lugar del
accidente y se aplicarán los primeros auxilios sólo por la encargada, apoyada por
Encargada de Convivencia Escolar
3. Se llamará en forma inmediata a la ambulancia para su traslado al centro asistencial
concertado con el seguro escolar y posteriormente se avisará a los padres. En caso de
requerir del seguro escolar del ministerio, se completa el formulario correspondiente.
4. En caso de ser necesario el traslado inmediato al centro asistencial más cercano, se
coordinará junto con los padres y será llevado en vehículo particular por la encargada de
primeros auxilios.
Art 14. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A SITUACIONES DE EMBARAZOS,
MATERNIDAD Y PATERNIDAD.
La ley n° 20.370 General de Educación de 2009 del ministerio de Educación, en su artículo
n° 11 indica “El embarazo y la maternidad en ningún caso constituirán impedimento para
ingresar y permanecer en los establecimientos de educación de cualquier nivel, debiendo
estos últimos otorgar las facilidades académicas y administrativas que permitan el
cumplimiento de ambos objetivos.
El Colegio Concepción Linares, toma como principio Laico, velar siempre por el respeto a la
vida y entregando todas las instancias necesarias con el fin de proteger el desarrollo
normal de una vida en gestación.
20
Art 15. PROTOCOLO EVALUACIÓN DIFERENCIADA
Vuestro protocolo expone los criterios y procedimientos del Colegio Concepción Linares,
para otorgar el beneficio de Evaluación Diferenciada en algún subsector o sector de
aprendizaje.
La Evaluación corresponde a una serie de procedimientos técnicos que permiten medir los
aprendizajes obtenidos por los estudiantes a través de diferentes metodologías y medios
que sean pertinentes a los contextos de aprendizaje enseñanza trabajados.
Consideraciones para otorgar el beneficio de la Evaluación Diferenciada:
- Informes del o de los especialistas tratantes.
-Grado de las dificultades presentadas y su repercusión en el rendimiento académico
(Derivación del profesor de la asignatura en estudio).
- Antecedentes históricos del alumno(a) en relación a las dificultades por las que se solicita
la Evaluación Diferenciada y compromiso de la familia con los apoyos sugeridos por el
colegio.
- El compromiso del alumno(a) en relación a su responsabilidad académica, de modo que
la evaluación diferenciada sea un real beneficio en el desarrollo de sus potencialidades y
superación de las dificultades.
El Colegio se reserva el derecho de aceptar o rechazar la solicitud de Evaluación
Diferenciada, de acuerdo a los recursos humanos y de infraestructura reales con que
cuenta para un seguimiento responsable del proceso del alumno o alumna. Así mismo,
cuando lo considere pertinente, podrá solicitar una segunda opinión profesional en alguna
especialidad.
En general, la situación de evaluación Diferenciada se considera de carácter temporal,
cuando las dificultades se proyectan como potencialmente superables, cuando se han
aplicado las estrategias de apoyo adecuadas.
El protocolo de Evaluación Diferenciada puede ser solicitada hasta el 30 de marzo y la
entrega de documentos adjuntos a la solicitud hasta el 30 de abril del año lectivo, será
considerada dicha evaluación desde abril hasta que las condiciones cambien o así lo
determine el equipo de NEE, durante el año escolar correspondiente, después los padres y
especialistas tratantes deben realizar nuevamente el procedimiento de solicitud.
Los padres se comprometerán a mantener el tratamiento especializado del alumno o la
alumna hasta la superación de las dificultades y/o hasta que el desempeño de su hijo o
hija esté dentro de los rangos requeridos para asegurar los aprendizajes.
Los alumnos y alumnas, por su parte, se deben comprometer a ser agentes activos de su
aprendizaje, cumpliendo regularmente con sus tratamientos externos y manteniendo una
conducta adecuada. Dicho compromiso quedará formalizado en la Carta Compromiso de
Evaluación Diferenciada.
Los profesores jefes y de asignatura recibirán por escrito el listado de alumnos y alumnas
con Evaluaciones Diferenciadas del correspondiente año escolar, en el cual se detalla las
áreas, periodo que corresponderá.
TITULO XVI
DEL COMITÉ DE SANA CONVIVENCIA ESCOLAR
Art. 16.1 El comité de sana Convivencia Escolar es un órgano consultor de la Dirección que
persigue ser un aporte para la convivencia deseable de toda la comunidad educativa y
especialmente en relación con la solución a temas vinculados al comportamiento de los
estudiantes.
Art. 16.2 El Comité de sana Convivencia Escolar está integrado por un representante de
cada estamento del Colegio.
A saber: Coordinación Estudiantil, Centro de Padres, Centro de Alumnos, Coordinación
Académica, Orientación y Docentes.
Art. 16.3 Son funciones del Comité de Sana Convivencia Escolar:
21
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)
Liderar las campañas preventivas que garanticen la armonía de la convivencia
escolar.
Diagnosticar periódicamente las tendencias de comportamiento de los
estudiantes y docentes, para proponer criterios y mecanismos para su
administración, en una frecuencia de cada tres meses una vez iniciado el año
escolar.
Sugerir los correctivos que se deriven del análisis de situaciones presentadas.
Realizar reuniones de análisis de situaciones disciplinarias y tomar las decisiones
correspondientes para mejorar la conducta y la convivencia escolar, regidos por
este manual de convivencia.
Mantenerse actualizados en tendencias, técnicas y disposiciones legales
relacionadas con la convivencia escolar.
Tomar dediciones relacionadas con el comportamiento de los estudiantes.
Elaborar acuerdos por los cuales se toman decisiones para aplicar sanciones o
estímulos a los estudiantes.
Dejar constancias en actas debidamente firmadas de las reuniones realizadas,
temas tratados y dediciones tratadas.
Art. 16.4 El Colegio contara con un programa de Mediación Escolar cuya función será el
ser una instancia de solución pacífica de problemas de convivencia escolar y prevención
de situaciones conflictiva de los alumnos entre ellos y/o miembros de la comunidad
escolar.
a) Los profesores deberán derivar a los alumnos/as que presenten conflictos al comité
de mediación escolar para su intervención.
b) La persona encargada de evaluar si corresponde iniciar un proceso de mediación
será el jefe del departamento de mediación escolar, a saber, Orientadora del Colegio.
Disposiciones finales
Art. 16.7 El apoderado al momento de elegir libremente este Colegio como guía
formadora de su pupilo/a se compromete a tomar
Conocimiento y acatar todas las
líneas de este reglamento de
Convivencia escolar. De no ser así el apoderado deberá elegir otro Colegio para su
pupilo/a.
Art. 16.8 El Colegio está obligado a entregar a todos los una copia de éste reglamento al
momento de la matrícula, o la primera reunión de Padres y/o Apoderados realizada en
marzo
Art. 16.9 De acuerdo a los resultados que deriven de la aplicación de las normas
contenidas en el presente reglamento de convivencia escolar, este será sometido a
revisión y consulta en el Consejo de Profesores anual del Colegio y aprobado por el
Consejo Escolar, se irá perfeccionando paulatinamente y se informará oportunamente al
Departamento Provincial de Educación de Linares.
Art. 16.10 Toda situación no contemplada el presente
reglamento de convivencia
escolar, será resuelta por el equipo directivo del Colegio.
TITULO XVII
SITUACIONES ESPECIALES
Art. 17.1 La Dirección del colegio se reserva las siguientes facultades:
a. Restringir el ingreso y el desplazamiento de los padres y apoderados por las
dependencias del establecimiento en función de la seguridad y el normal
desarrollo de las actividades de los alumnos.
b. Solicitar el cambio de apoderado cuando la situación lo amerite.
c. Solicitar a los apoderados la vacancia de su cargo en directivas de cursos o centro
de padres y/o apoderados, cuando la situación le amerite.
22
d. En caso de un delito flagrante, cuando se sorprende a la persona realizando una
actividad de consumo, tráfico o microtráfico: denunciar a la autoridad competente,
unidad policial más cercana al establecimiento
e. En caso de sospecha de que se esté realizando actividades vinculadas al tráfico o
micro tráfico de drogas, las autoridades del establecimiento educacional deberán
poner los antecedentes obtenidos en conocimiento del Fiscal o de las policías de la
comuna quienes investigarán el caso con la reserva de la identidad del
denunciante
f. Derivación a redes de apoyo existentes en la red local
g. Citar a entrevista a apoderados para informar de la situación y determinar pasos a
seguir, en relación a lo establecido en el manual de convivencia.
Art. 17.2 Obligación de denuncia de delitos.
Los directores, coordinador estudiantil y profesores deberán denunciar cualquier acción u
omisión que revista caracteres de delito y que afecta a un miembro de la comunidad
educativa tales como: lesiones, amenazas, robos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal
de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros. Se deberá denunciar ante Carabineros de
Chile, la Policía de Investigaciones, las Fiscalías del Ministerio Público o los Tribunales
competente, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho.
(sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e y 176 del código procesal penal)
Nota: El Colegio no se responsabiliza por la perdida o sustracción de objetos de valores
(relojes, celulares, joyas, mp3, mp4, Ipod, etc.), ya que los mismos son de exclusiva
responsabilidad de quienes los usan y, por lo tanto, ni el Establecimiento, ni ninguno, de
sus funcionarios responderá monetariamente por su extravío, aún cuando haya sido
requisado por alguno de ellos.
En el caso de alguna situación no contemplada en este Manual, esta será resuelta
por el Rector del Establecimiento Educacional.
TITULO FINAL
Cualquier situación no contemplada en el presente Reglamento, será evaluada y
resuelta por el estamento correspondiente y en caso que sea posible su resolución se
procederá a tratar el caso en el estamento Superior y así sucesivamente hasta encontrar la
situación, de acuerdo al conducto regular del establecimiento.
Tomo conocimiento del Reglamento de Convivencia Escolar;
Alumno(a)
Apoderado(a)
23
Profesor(a) Jefe

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