Descarga - ASEENG AsesorÃa Energética Canaria
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*RP11201501* REF: RP 11 2015 01 CONDICIONES ECONÓMICAS IBERDROLA CLIENTES, S.A.U. con domicilio fiscal: C/ Tomás Redondo 1, 28033 Madrid, domicilio social en Plaza Euskadi 5, 48009 Bilbao, - C.I.F. A95758389 Autorizado para la comercialización de electricidad y gas natural por la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Energía y Turismo PRECIOS Tarifa Electricidad Término de Potencia (€/kW año) Potencia Punta Llano 2.1A 10kW<Pot.<=15kW 47,564213 2.1DHA 10kW<Pot.<=15kW 47,564213 Término de Energía (€/kWh) Valle Punta Llano Valle 0,233557 0,257833 0,149097 Productos y Servicios Precios (€/mes) Promoción Seguro de Protección de Pagos Plus (solo Clientes Residenciales) 1,61 2 primeras cuotas GRATIS Seguro de Protección de Pagos Autónomos (solo Autónomos) 3,95 2 primeras cuotas GRATIS Servicio de Asistencia PYMES de Iberdrola (solo PYMES y Autónomos) 6,95 6 primeras cuotas GRATIS Servicio de Protección Eléctrica Hogar (solo Clientes Residenciales) 5,95 2 primeras cuotas GRATIS PROMOCIONES en GAS y ELECTRICIDAD ELECTRICIDAD 2.1A/2.1DHA Descuento del 50% en el Término de Potencia de electricidad durante 12 meses OTRAS CONDICIONES CONDICIONES APLICABLES AL CONTRATO DE ELECTRICIDAD - A los precios indicados de electricidad les será añadido el Impuesto Eléctrico (5,11269632%), el complemento por energía reactiva y el resto de conceptos de facturación. La energía se facturará como el producto del término de energía por el consumo efectuado en el periodo. Asimismo, se le aplicarán las exenciones y recargos por exceso de consumo que establezca la Administración en cada momento.La potencia se facturará como producto del término de facturación de potencia por la potencia contratada. En el caso de lectura por maxímetro, si la potencia demandada sobrepasa en cualquier período horario el 105% de la potencia contratada en el mismo, la potencia a facturar en ese periodo será la registrada más el doble de la diferencia entre el valor registrado y el valor correspondiente al 105% de la potencia contratada. La facturación de energía reactiva, si corresponde, se realizará aplicando el término de facturación de energía reactiva aprobado por la Administración, según lo establecido en la norma vigente. A este complemento le será aplicado el impuesto eléctrico. -Los precios de electricidad de la presente oferta incluyen el coste del nuevo valor regulado de gestión de la demanda de interrumpibilidad establecido por la Orden IET/2013/2013, de 31 de octubre. El importe incluido se ha calculado con arreglo al resultado de las subastas de asignación de la capacidad interrumpible celebradas con anterioridad a 31/12/2014, así como de las previsiones mensualizadas de Red Eléctrica de España sobre la demanda eléctrica, y las previsiones de pérdidas de red disponibles a fecha 31/12/2014. Este importe se actualizará automáticamente con arreglo a los resultados de las nuevas subastas de asignación de la capacidad interrumpible y nuevas previsiones de Red Eléctrica de España sobre la demanda eléctrica, con sus correspondientes pérdidas calculadas como media aritmética por periodo de tarifa de acceso de los mejores coeficientes de pérdidas horarias disponibles en el momento de realizar la actualización. - En caso de terminación del Contrato antes de iniciada la primera prórroga, por desistimiento unilateral de cualquiera de las partes, la parte que desista deberá abonar a la otra una penalización por importe equivalente al 5% del precio del Contrato por la energía estimada pendiente de suministro, sin perjuicio de la facultad del Cliente de reclamar los daños y perjuicios que acredite haber sufrido como consecuencia directa del desistimiento de IBERDROLA. Si el desistimiento se produjera en el período de prórroga (después del primer año) no se aplicará penalización alguna, salvo que la parte que desista no notifique a la otra su voluntad con, al menos, de 15 días de antelación a la baja efectiva del suministro. CONDICIONES COMUNES A GAS Y ELECTRICIDAD - Los precios de gas y electricidad estarán vigentes durante el periodo anual indicado y se repercutirá en cada momento las variaciones a la baja o al alza en las tarifas y peajes de acceso, cánones y demás valores regulados que puedan ser aprobados por la Administración para su aplicación durante la duración del contrato, tomando como base el RD 1164/2001 y las ordenes IET/2444/2014 e IET/2445/2014. - Los precios de gas, electricidad y productos y servicios se actualizarán cada 1 de enero de acuerdo a la variación del IPC, siendo éste el valor acumulado real, del periodo de noviembre a noviembre del año anterior a la aplicación de la variación, del Índice de Precios al Consumo General, publicado por el Instituto Nacional de Estadística. - En todo caso, si el Cliente desiste del Contrato antes de la finalización del periodo de duración en vigor, IBERDROLA podrá exigirle la devolución de los descuentos, bonificaciones o beneficios que se le hubieran aplicado para dicho periodo, facturándole su importe o valor en proporción al periodo de permanencia incumplido. -Impuestos indirectos no incluidos. Se aplicará el Régimen Económico Fiscal de cada Comunidad Autónoma (los tipos impositivos están sujetos a variaciones que apruebe el Gobierno y actualmente son los siguientes: el IVA, en Península y Baleares, es el 21%; el IGIC, en Canarias, es el 3% para la parte energética y un 7% para el resto de conceptos; el IPSI de Ceuta el 8% y el IPSI de Melilla el 4%). Condiciones vigentes para contratos firmados y entregados a IBERDROLA CLIENTES, S.A.U. hasta el 31/03/2015 Firmado en ,a de de 20 Por y en representación de Iberdrola Clientes, S.A.U. Por el cliente, Eduardo Insunza Gaminde Director de Ventas Fdo.: DNI: