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El IEPS de gasolinas y su futuro
gravable
Fernando N. Ramones Fern´
andez
[email protected]
1.
Introducci´
on
Ante el pr´
oximo cambio que habr´a en el 2018 en el
mercado gasolinas en M´exico, donde estos fluctuar´
an de
acuerdo a las condiciones del mercado internacional de
petrol´ıferos. Surgen diferentes cuestionamientos, entre
ellos el cambio en la tributaci´on de las gasolinas. Dicho
esto, el objetivo del presente bolet´ın es establecer la interrogante del futuro gravable de las gasolinas y exponer
los puntos que se tendr´ıan que tomar en cuenta para
llevar a cabo la transici´
on al nuevo sistema de precios.
Precio de venta al publico =
Precio de ingreso a PEMEX
+ IEPS federal
+ Margen comercial a clientes de PEMEX
+ IEPS Cuota Combustibles Fosiles
+ IVA
+ Mermas del precio publico+
IEPS Cuota estatal2
2.
Coyuntura actual del IEPS de gasolinas y diesel
Del primer cuatrimestre del 2014 al primer cuatrimestre del 2015, el IEPS de gasolinas y diesel pas´o de
un gasto fiscal de $ -11,032 millones de pesos (mdp)
a una recaudaci´on de $78,679.9 mdp. Este impuesto
est´a conformado por dos elementos: el IEPS recaudado
a lo establecido en el art´ıculo 2o. A Fracci´on I de la
LIEPS1 (IEPS federal); y el IEPS de acuerdo al art´ıculo
2o. A Fracci´on II de la LIEPS (IEPS estatal o cuota
estatal) [5].
El incremento que ha tenido este ingreso se debe
particularmente a lo recaudado por el IEPS federal, que,
como podemos ver en la Figura 1, era antes un gasto
fiscal para el gobierno. Sin embargo, ante la ca´ıda del
precio del crudo internacional y, consecuentemente, la
disminuci´
on del precio de las gasolinas de referencia que
adquiere PEMEX, el IEPS federal recaudado por litro
de gasolina ha pasado de ser un gasto fiscal a un ingreso
del gobierno (ver Figura 2).
La transici´on del IEPS federal (de ser un gasto fiscal
a ser un ingreso) se debe a la manera en la que est´a compuesto el precio de las gasolinas en M´exico, el cual se
conforma de la siguiente manera:
1. LIEPS se refiere a la Ley de Impuesto Especial sobre Producci´
on
y Servicios.
(1)
Si se analiza el comportamiento del precio de venta
al p´
ublico contra el precio de ingreso a PEMEX (ver
Figura 3), existe una diferencia entre los dos precios: uno
va a la alza (precio de venta al p´
ublico) mientras que el
otro va en la misma direcci´on que el precio internacional
de referencia3 .
Esta diferencia entre el precio de venta al p´
ublico y
el precio de ingreso a PEMEX se debe, principalmente, a
que los precios no se determinan seg´
un los movimientos
de los mercados internacionales, sino que son parte de
la lista de precios y tarifas de los bienes y servicios de
la Administraci´
on P´
ublica Federal. De esta forma, le corresponde a la Secretar´ıa de Hacienda y Cr´edito P´
ublico
(SHCP) establecerlos y revisarlos4 , seg´
un el art´ıculo 31,
Fracci´on X de la Ley Org´anica de la Administraci´
on
P´
ublica Federal[3].
La fijaci´
on de los precios obedece al objetivo de mantener el precio relativo5 constate para el usuario final de
las gasolinas. Esto permite que los choques internos y
externos de la econom´ıa no tengan un efecto en la volatilidad de estos precios y, por el contrario, sigan ajustes
3. De acuerdo al inciso f) del art´ıculo 2o. A Fracci´
on I de la LIEPS,
el precio de referencia de las gasolinas es el promedio del precio
spot de la gasolina de calidad equivalente, vigente en la Costa del
Golfo de los Estados Unidos de Am´
erica.
4. Precios de la gasolina y diesel.
5. Por precio relativo se refiere, a la proporci´
on del ´ındice de
precios de la gasolina respecto del ´Indice Nacional de Precios al
Consumidor.
10 de junio de 2015
El IEPS de gasolinas y su futuro gravable
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Figura 1: IEPS de gasolinas y diesel
Pesos del 2015
Nota(s): Elaborado por CIEP, con informaci´
on de la Secretar´ıa de Hacienda y Cr´
edito P´
ublico.; (*) 2015 es la recaudaci´
on
acumulada de enero a abril.
Figura 2: Recaudaci´
on IEPS federal 2014-2015
Nota(s): Elaborado por CIEP, con informaci´
on del Sistema de Informaci´
on Energ´
etica
tw: @ciepmx
Centro de Investigaci´
on Econ´
omica y Presupuestaria, A.C.
fb: /ciepmx
10 de junio de 2015
El IEPS de gasolinas y su futuro gravable
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Figura 3: Precios de gasolinas
Nota(s): Elaborado por CIEP, con informaci´
on del Sistema de Informaci´
on Energ´
etica y la EIA
paulatinos asociados solamente a la inflaci´on interna6 .
En el caso de las gasolinas, el precio determinado por la
SHCP es el precio de venta al p´
ublico (ver Imagen 3), ya
que dicho precio, ayuda al c´alculo del IEPS del art´ıculo
2o. A Fracci´on I de la LIEPS7 . Sin embargo, como se
puede observar en la Figura 1 y 2, lo que ha causado
hist´oricamente la estructura de precios actual es que el
precio de venta al p´
ublico de las gasolinas evita que el
consumidor perciba la escasez del petrol´ıfero, as´ı como
tambi´en sus externalidades negativas8 . S´olo cuando el
precio del petr´oleo internacional cae de manera que el
precio del productor de las gasolinas es mayor que el
precio del consumidor, es cuando el c´alculo del IEPS
federal resulta en un impuesto o IEPS positivo.
6. El motivo de controlar de este modo los precios es que los combustibles, as´ı como los dem´
as energ´
eticos, tienen una participaci´
on
importante en la canasta de bienes que mide el INPC.
7. Para ver su c´
alculo, se recomienda el bolet´ın: CIEP. El impueste
verde y su efecto en el gaso fiscal. urlhttp://ciep.mx/entradainvestigacion/algunas-consideraciones-sobre-el-impuesto-alcarbono/.[2]
8. Una de ellas es que mientras exista un gasto fiscal o subsidiode facto-el consumidor no establece un l´ımite de su consumo y
contribuya con un aumento de emisiones de CO2.
tw: @ciepmx
3.
El futuro gravable de las gasolinas
De esta manera, ante la pr´
oxima apertura comercial de gasolinas en enero del 20189 , la interrogante es
c´
omo se recaudar´
a el impuesto indirecto IEPS
de gasolinas y diesel, cuando el precio de las gasolinas est´
e determinado bajo las condiciones de
mercado internacional 10 y no por disposiciones
oficiales del Gobierno Federal .
En primer lugar se tendr´ıa que cambiar la manera
en que se calcula el IEPS establecido en el art´ıculo 2o.
A Fracci´on I de la LIEPS y dise˜
nar un impuesto al
consumo en funci´on a las fluctuaciones del mercado y
no en funci´on de mantener los precios relativos.
De cambiarse el dise˜
no del impuesto del IEPS federal, se necesitar´ıa pensar el objetivo del gravamen, a
9. Ver inciso c) del Art´ıculo transitorio D´
ecimo cuarto Fracci´
on I
de la Ley de Hidrocarburos[4].
10. Ver inciso c) del Art´ıculo transitorio D´
ecimo cuarto Fracci´
on I
de la Ley de Hidrocarburos[4]. En teor´ıa, pensando en un escenario
de competencia perfecta entre los comerciantes de usuarios finales
de gasolinas, el precio comercial del petrol´ıfero se compone de la
suma de los m´
argenes de costos de la refiner´ıa y del comerciante,
estableciendo una cantidad de equilibrio dada la curva de demanda
del consumidor. Ahora bien, si la demanda se mantiene constante,
al introducir un impuesto especial de una cantidad determinada,
este se sumar´ıa a los m´
argenes de costos de los comerciantes
generando una nueva curva de oferta en donde la cantidad de
equilibrio se reducir´ıa[1].
Centro de Investigaci´
on Econ´
omica y Presupuestaria, A.C.
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El IEPS de gasolinas y su futuro gravable
10 de junio de 2015
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sabiendas que los impuestos especiales existen con la
intenci´
on de reducir las externalidades negativas tales
como: disminuir la contaminaci´
on y/o el tr´afico vehicular. Un ejemplo es el IEPS cuota a los combustibles
f´
osiles11 .
Y tercero, habr´ıa que considerar el prop´osito del
impuesto y su relaci´on ante programas presupuestarios
que vayan en funci´on del objetivo de la externalidad
negativa que se pretende reducir. Considerando la restricci´
on que existe en la ley de etiquetar el destino del
impuesto.
existe sobre los petrol´ıferos, para empezar a cuestionarnos sobre la implementaci´on de un nuevo impuesto
especial sobre las gasolinas que estar´an en funci´on de
las fluctuaciones de mercado. Recordando que antes
se tendr´a que realizar un cambio al IEPS federal y
posteriormente dise˜
nar un impuesto que reduzca las
externalidades negativas antes mencionadas.
Dicho esto, el Gobierno Federal deber´a considerar
sus compromisos establecidos en la Estrategia Nacional de Cambio Clim´atico y el Programa Nacional de
Infraestructura 2014-2018, y ver si a trav´es de un nuevo
impuesto especial puede acercarse a sus objetivos. Sin
4.
11. En el caso de las gasolinas la cuota es de 10.81 centavos por
litro.
Nuevo precio considerando un nuevo
dise˜
no del IEPS
En el caso de M´exico el precio objetivo a analizar
ser´ıa el propuesto a continuaci´
on:
dejar atr´as la realizaci´on de un an´alisis exhaustivo del
mercado de gasolinas en M´exico.
Referencias
Precio de venta al publico para el 201812 =
13
Precio de ingreso
+ Margen comercial
+ (IEPS cuota combustible fosiles
+ IEPS cuota estatal
+ ¿Nuevo IEPS?)
+ IVA14
(2)
A partir de este precio el siguiente paso ser´ıa, como
se hab´ıa establecido anteriormente, definir cu´al ser´ıa la
cantidad o´ptima para el Nuevo IEPS que se propone y
cu´ales ser´ıan las motivaciones para la cantidad propuesta. De igual manera, podr´ıa existir la opci´on de unir las
cuotas con la nueva cantidad y simplificar el impuesto
especial a las gasolinas.
5.
Conclusiones
Dada la futura apertura de la venta de gasolinas y
diesel en el 2018, se necesita revisar el gravamen que
tw: @ciepmx
[1] Barron, J., K.H., B., and J.R, U. An economic
analysis of a change in an excise tax. Journal of
Economic Education 35, 2 (2004), 184.
[2] CIEP.
El impuesto verde y su efecto en el gasto fiscal.
Disponible en
http://ciep.mx/entrada-investigacion/
algunas-consideraciones-sobre-el-impuesto-al-carbono/
2014.
[3] DOF 02-04-2013.
Ley org´anica de la
administraci´on p´
ublica federal.
Disponible
en
http://inicio.ifai.org.mx/
MarcoNormativoDocumentos/2.%20LOAPF.pdf.
[4] DOF 11-08-2014. Ley de hidrocarburos. Disponible
en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/
pdf/LHidro_110814.pdf, 2014.
[5] DOF 11-12-2013. Ley del impuesto especial sobre
producci´on y servicios, 2013.
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