I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA
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I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA
I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCIONAL INSTITUCIÓN EDUCATIVA MARCO TOBÓN MEJÍA SANTA ROSA DE OSOS ANTIOQUIA “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 1 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA TABLA DE CONTENIDO PRESENTACIÓN JUSTIFICACIÓN INTRODUCCIÓN ACUERDO DE APROBACIÓN Y ADOPCIÓN TÍTULO 1. MARCO GENERAL. 1. CARACTERIZACIÓN DE LA INSTITUCIÓN 2. IDENTIDAD INSTITUCIONAL 2.1. RESEÑA HISTÓRICA 2.2. HORIZONTE INSTITUCIONAL 2.2.1. MISIÓN 2.2.2 VISIÓN 2.2.3. FILOSOFÍA 2.2.4. PRINCIPIOS 2.2.5. VALORES 2.2.6. OBJETIVOS 2.3. SÍMBOLOS INSTITUCIONALES 2.3.1. ESCUDO 2.3.2. BANDERA 2.3.3. HIMNO 2.3.4. UNIFORME 2.3.4.1. UNIFORME DE GALA PARA EL PERSONAL FEMENINO 2.3.4.2. UNIFORME DE GALA PARA EL PERSONAL MASCULINO 2.3.4.3. UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA PARA DAMAS Y CABALLEROS 12 12 12 13 13 13 14 14 14 15 16 16 17 17 18 19 20 20 TÍTULO 2. MARCO LEGAL. 2.1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA 22 2.2. LEY GENERAL DE EDUCACIÓN – 115 DE 1994 26 2.3. DECRETO REGLAMENTARIO 1860 DE 1994 26 2.4. CÓDIGO DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA – LEY 1098 DE NOVIEMBRE DE 2006 28 2.5. CÓDIGO DISCIPLINARIO ÚNICO – LEY 734 DEL 5 DE FEBRERO DE 2002 36 2.6. SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO – RESOLUCIÓN 4210 DEL 12 DE SEPTIEMBRE DE 1996 36 “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 2 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA TÍTULO 3. PERFILES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. 3.1. PERFIL DEL ESTUDIANTE 38 3.1.1. PERFIL DEL LÍDER ESTUDIANTIL 39 3.1.2. PERFIL DEL EGRESADO 39 3.2. PERFIL DEL DOCENTE 40 3.3. PERFIL DEL DOCENTE ORIENTADOR 41 3.4. PERFIL DEL(A) COORDINADOR(A) 42 3.5. PERFIL DEL(A) RECTOR(A) 43 3.6. PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA 44 3.7. PERFIL DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS 44 3.7.1. PERFIL DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO 44 3.7.2. PERFIL DEL(A) BIBLIOTECARIO(A) 44 3.7.3. PERFIL DEL VIGILANTE Y PORTERO 45 3.7.4. PERFIL DEL PERSONAL DE SERVICIOS GENERALES (ASEADORAS Y MANTENIMIENTO) 45 TÍTULO 4. MANUAL DE FUNCIONES. 4.1. DE LOS ÓRGANOS DIRECTIVOS Y ADMINISTRATIVOS 4.1.1. CONSEJO DIRECTIVO 4.1.2. CONSEJO ACADÉMICO 4.1.3. DEL(A) RECTOR(A) 4.1.4. DE LOS COORDINADORES 4.1.4.1. Del(a) Coordinador(a) Académico(a) 4.1.4.2. Del(a) Coordinador(a) de Convivencia 4.1.5. DEL EQUIPO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 4.1.6. DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN 4.1.7. DE LA AUXILIAR ADMINISTRATIVA Y SECRETARIA 4.2. DE LOS DOCENTES 4.2.1. DEL DOCENTE DE AULA 4.2.2. DEL DOCENTE DIRECTOR DE GRUPO 4.2.3. DEL DOCENTE JEFE DE CENTRO ACADÉMICO 4.2.4. DEL DOCENTE ORIENTADOR 4.3. DEL PERSONAL DE SERVICIOS 4.3.1. DEL(A) BIBLIOTECARIO(A) 4.3.2. DE LAS(OS) ASEADORAS(ES) 4.3.3. DEL CELADOR 4.3.4. DEL PORTERO 4.3.5. DEL PERSONAL DE MANTENIMIENTO 47 47 48 49 50 50 51 52 54 55 56 56 58 59 60 61 61 63 63 64 66 “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 3 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 4.4. DE LOS ÓRGANOS Y REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL 66 4.4.1. DEL CONSEJO ESTUDIANTIL 66 4.4.2. DEL(A) PERSONERO(A) ESTUDIANTIL 67 4.4.3. DEL REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES ANTE EL CONSEJO DIRECTIVO 68 4.4.4. DEL(A) CONTRALOR(A) ESTUDIANTIL 68 4.4.5. DE LOS ESTUDIANTES REPRESENTANTES DE GRUPO 70 4.4.6. PROCEDIMIENTO PARA LA REVOCATORIA DEL MANDATO 70 4.5. DE LOS ÓRGANOS Y REPRESENTACIÓN DE LOS PADRES DE FAMILIA 71 4.5.1. DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES 71 4.5.2. DEL CONSEJO DE PADRES 71 TÍTULO 5. REGLAMENTO INTERNO 5.1. DE LA BIBLIOTECA 5.1.1. SERVICIOS 5.1.2. PRÉSTAMO 5.1.3. PERÍODOS DE PRÉSTAMO 5.1.4. DEVOLUCIONES 5.1.5. RETENCIÓN DE MATERIAL VENCIDO O ROBADO 5.1.6. CONSULTA 5.1.7. PAZ Y SALVO 5.1.8. REPRODUCCIÓN DE MATERIAL DE LA BIBLIOTECA 5.1.9. DERECHOS DE LOS USUARIOS 5.1.10. DEBERES DE LOS USUARIOS 5.1.11. SANCIONES 5.2. DEL LABORATORIO 5.3. DE LAS SALAS DE SISTEMAS 5.4. DE LA SALA DE AUDIOVISUALES Y AULA MÚLTIPLE 5.5. DEL CENTRO DE EDUCACIÓN FÍSICA Y ARTÍSTICA 5.6. DE LA SALA DE PROFESORES 5.7. DEL RESTAURANTE ESCOLAR 5.8. DE LA EMISORA ESCOLAR 5.9. DE LA TIENDA ESCOLAR 5.10. DE LA PAPELERÍA ESCOLAR 5.11. DE LA UNIDAD SANITARIA 5.12. DEL USO DEL CELULAR 5.13. DEL SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO 5.14. DEL PROCESO DE ADMISIÓN 74 74 74 75 75 75 75 75 76 76 76 77 78 79 81 81 82 83 84 85 87 88 88 89 91 “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 4 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 5.14.1. PARA ESTUDIANTES DE PREESCOLAR 91 5.14.2. PARA ESTUDIANTES NUEVOS 91 5.14.3. RENOVACIÓN DE LA MATRÍCULA (ESTUDIANTES ANTIGUOS) 92 TÍTULO 6. DERECHOS, DEBERES, PROHIBICIONES Y ESTÍMULOS 6.1. DE LOS ESTUDIANTES 93 6.1.1. DERECHOS 93 6.1.2. DEBERES 96 6.1.3. PROHIBICIONES 100 6.1.4. ESTÍMULOS 101 6.2. DE LOS ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES 102 6.2.1. DERECHOS 102 6.2.2. DEBERES 103 6.2.3. PROHIBICIONES 104 6.2.4. ESTÍMULOS 104 6.3. DE LOS EGRESADOS 104 6.3.1. DERECHOS 104 6.3.2. DEBERES 104 6.3.3. ESTÍMULOS 105 6.4. DE LOS PADRES DE FAMILIA 105 6.4.1. DERECHOS 105 6.4.2. DEBERES 106 6.4.3. PROHIBICIONES 107 6.4.4. ESTÍMULOS 108 6.5. DE LOS PADRES DE FAMILIA DE LOS ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES 108 6.5.1. DERECHOS 108 6.5.2. DEBERES 108 6.5.3. PROHIBICIONES 109 6.5.4. ESTÍMULOS 109 6.6. DE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES 109 6.6.1. DERECHOS 109 6.6.2. DEBERES 111 6.6.3. PROHIBICIONES 113 6.6.4. ESTÍMULOS 114 6.7. DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS GENERALES 115 6.7.1. DERECHOS 115 6.7.2. DEBERES 115 “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 5 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 6.7.3. PROHIBICIONES 6.7.4. ESTÍMULOS 116 116 TÍTULO 7. ACUERDOS DE NORMALIZACIÓN. 7.1. CONDUCTO REGULAR 7.1.1. PARA SITUACIONES ACADÉMICAS 7.1.2. PARA SITUACIONES COMPORTAMENTALES 7.2. PRINCIPIOS RECTORES DEL DEBIDO PROCESO 7.2.1. LEGALIDAD 7.2.2. CULPABILIDAD 7.2.3. PRESUNCIÓN DE INOCENCIA 7.2.4. RECONOCIMIENTO DE LA DIGNIDAD HUMANA 7.2.5. COMPORTAMIENTO JUZGADO 7.2.6. FAVORABILIDAD 7.2.7. PRINCIPIO DE DEFENSA 7.2.8. PRINCIPIO DE LA PUBLICIDAD 7.2.9. PRINCIPIO DE LA RESERVA 7.2.10. PRINCIPIO DE LA RESOLUCIÓN DE LA DUDA 7.3. MECANISMOS ALTARNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS 7.3.1. NEGOCIACIÓN 7.3.2. CONCILICIACIÓN 7.3.3. MEDIACIÓN 7.3.4. GESTIÓN PACÍFICA DE CONFLICTOS 7.4. FALTAS DISCIPLINARIAS 7.4.1. COMPORTAMIENTOS CONSIDERADOS COMO FALTAS AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR 7.4.2. CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS 7.4.3. CRITERIOS DE LA CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS 7.5. CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES O ATENUANTES 7.5.1. CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES 7.5.2. CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES 7.6. FALTAS 7.6.1. SANCIÓN A FALTAS LEVES 7.6.1.1. Debido proceso 7.6.1.2. Correctivos o sanciones a faltas leves 7.6.2. SANCIÓN A FALTAS GRAVES 7.6.3. SANCIÓN A FALTAS GRAVÍSIMAS 7.7. DEBIDO PROCESO 117 117 117 118 118 118 118 119 119 119 119 119 119 119 119 120 120 121 121 122 QUE 122 122 122 123 123 123 123 128 128 128 129 129 131 “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 6 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 7.7.1. INVESTIGACIÓN PRELIMINAR 7.7.2. CLASIFICACIÓN DE LA FALTA 7.7.3. FORMULACIÓN DE CARGOS 7.7.4. VERSIÓN LIBRE 7.7.5. ANÁLISIS DE NUEVAS PRUEBAS 7.7.6. FALLO O SENTENCIA 7.7.7. RECURSO DE REPOSICIÓN 7.7.8. RECURSO DE APELACIÓN 7.7.9. MEDIDAS CAUTELARES “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” 131 131 131 132 132 132 132 132 133 Página 7 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA PRESENTACIÓN La construcción de este Manual parte de la reflexión de los estudiantes, docentes, personal administrativo, apoyo logístico, padres y madres de familia, desde lo que significa la libertad, la autonomía, el libre desarrollo de la personalidad, la responsabilidad y la convivencia, cimentando un pensamiento colectivo que se convierte en el lenguaje que dinamiza, transversaliza y orienta los procesos de convivencia que se recogen en éste. Igualmente, se hicieron talleres en los cuales cada estamento tuvo la oportunidad de analizar, plantear y ajustar todos los aspectos a ser incluidos en el Manual. Así mismo, se revisaron las nuevas disposiciones legales y aspectos contemplados en la Constitución Política de Colombia, Ley General de Educación y sus nuevas reglamentaciones, Proyecto Educativo Institucional, Ley de Infancia y Adolescencia y Manual de Convivencia. (Adoptado del CAMD). Se propició la reflexión y aporte del estamento estudiantil de la mano del Consejo de Estudiantes, la Personería y Contraloría Estudiantil, los docentes, directivos y el Equipo de Convivencia Escolar, integrado por Marta Idalí Muñoz Mesa, Héctor Arley Mejía Gil, Luz Marina Jaramillo Gutiérrez, Javier Dubán Rojas Mira, Marta Balbina Yarce Agudelo, Jaime Alberto Gutiérrez Sandoval, quienes lideraron, sensibilizaron y acompañaron a la comunidad educativa generando aportes significativos, lo que se concretó en una propuesta de convivencia armónica fundamentada en los valores de autonomía, respeto, tolerancia con otros y con su entorno en la Institución Educativa Marco Tobón Mejía. JUSTIFICACIÓN Los principios de la Constitución Política de 1991 y la ley de Educación 115 de 1994, han sentado las bases para la construcción de una sociedad más justa, civilizada, pacífica y democrática. En ella cada hombre podrá desarrollar sus potencialidades sin atropellar ni recortar las posibilidades de los demás. El aprendizaje de dichos principios básicos de convivencia humana se inicia en la familia y se perfecciona durante la vida escolar; es “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 8 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA responsabilidad de la Institución Educativa Marco Tobón Mejía, diseñar y ejecutar estrategias que fomenten su práctica. Esto es INTEGRALIDAD. Una de esas estrategias es el Manual de Convivencia, el cual contiene las normas que han surgido de común acuerdo para regular y conciliar las relaciones entre los distintos estamentos de la comunidad educativa, y cuya adopción y verificación es fruto del Gobierno Escolar y reflejo del ejercicio de la democracia participativa al interior de la Institución escolar. La vida en comunidad compromete el reconocimiento de las diferencias individuales; es así como se hace necesario establecer acuerdos y criterios que nos conduzcan a mejorar la calidad humana y por lo tanto, a hacer más gratificante la convivencia institucional. INTRODUCCIÓN El Manual de Convivencia contempla las normas para regular las relaciones de todas aquellas personas que participan en el desarrollo del Proyecto Educativo Institucional. Es así como la Institución Educativa Marco Tobón Mejía, como comunidad educativa, integrada por las familias, los estudiantes, los educadores, los directivos docentes, el personal directivoadministrativo y los ex-alumnos, es un lugar privilegiado para sembrar y promover los valores humanos, religiosos, morales y ciudadanos que hagan posible una buena comunicación, una sana convivencia y una eficiente interacción. Quienes comparten y participan de la actividad institucional, dinamizan la propuesta educativa desde la reflexión, la práctica, la participación y la vivencia de los principios constitucionales e institucionales, partiendo del ejercicio de la norma en un sentido democrático como lo propone el presente Manual de Convivencia. Se pretende, entonces, garantizar la convivencia, desde el respeto por la vida, la dignidad humana, la diferencia, la diversidad, la identidad cultural, desde la defensa de los derechos fundamentales. Todo esto, en un contexto democrático, incluyente y participativo, en la continua construcción del Ser para una transformación colectiva desde la INTEGRALIDAD humana. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 9 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA ACUERDO Nº 001 20 de marzo de 2013 Por medio del cual se aprueba y se adopta el Manual de Convivencia de la Institución Educativa Marco Tobón Mejía del Municipio de Santa Rosa de Osos. El Consejo Directivo de la Institución Educativa Marco Tobón Mejía del Municipio de Santa Rosa de Osos, en uso de las facultades legales que le otorga la ley 115 de 1994 y el decreto reglamentario 1860 del mismo año y CONSIDERANDO PRIMERO. Que la Constitución Política de Colombia, Art. 67, consagra la educación como un derecho fundamental de la persona, con el objetivo de formar a los ciudadanos en el respeto a los derechos humanos, la paz y la democracia; en la práctica del trabajo y la recreación; para el mejoramiento cultural, científico, y para la protección del medio ambiente. SEGUNDO. Que la ley General de Educación, ley 115 de 1994, Art. 73 y 87, establece la obligatoriedad de un Manual de Convivencia que será aceptado por los padres y/o acudientes y los estudiantes al firmar la matricula. TERCERO. Que el decreto 1860 Art. 17, determina los aspectos que debe contemplar el Manual de Convivencia. CUARTO. Que el Manual de Convivencia fue construido según la normatividad legal y constitucional vigente. QUINTO. Que este proceso de construcción fue liderado por el equipo de Convivencia Institucional y contó con la participación activa de estudiantes, padres de familia, docentes y directivas de la Institución. SEXTO. Que el Manual pretende favorecer una sana convivencia entre los diferentes miembros de nuestra Comunidad Educativa al asumir su cumplimiento con verdad, justicia y equidad. SEPTIMO. Que mediante acta Nº 003 del 20 de marzo del presente año, El Consejo Directivo aprobó y adopto el Manual de Convivencia Institucional. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 10 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA ACUERDA ARTICULO 1º: Aprobar y adoptar el Manual de Convivencia para la Institución Educativa Marco Tobón Mejía del Municipio de Santa Rosa de Osos, como instrumento formativo, orientador y normativo para todos los miembros de la comunidad educativa. ARTICULO 2º: Autorizar la publicación y socialización del Manual de Convivencia Institucional aquí adoptado, con todos los miembros de la comunidad educativa. ARTICULO 3º: El presente Manual de Convivencia Institucional empieza a regir a partir de la fecha de la aprobación. COMUNIQUESE Y CUMPLASE Para constancia se firma en el Municipio de Santa Rosa de Osos, a los 20 días del mes de marzo de 2013. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 11 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA TITULO 1. MARCO GENERAL. 1. CARACTERIZACIÓN DE LA INSTITUCIÓN Nombre Resolución de creación Dirección Teléfono E-Mail Sitio Web Región Municipio Niveles que ofrece Jornadas de Trabajo Naturaleza Carácter Código DANE Código del ICFES NIT Calendario Modalidad INSTITUCIÓN EDUCATIVA MARCO TOBÓN MEJÍA N° 0032578 de 21 de Diciembre de 2009 Calle 27 N° 26 – 92 860 80 16 - 860 53 21 [email protected] www.iemarcotobon.edu.co Norte de Antioquia Santa Rosa de Osos Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria y Media Académica Jornada continua diurna Pública Mixto 105686000385 152165 900371924-6 A Académica 2. IDENTIDAD INSTITUCIONAL 2.1. RESEÑA HISTÓRICA El 8 de junio de 2010 se consolidó la nueva Institución Educativa Marco Tobón Mejía, según la Resolución de aprobación Nro. 0032578 del 21 de diciembre de 2009. La administración municipal en cabeza del Alcalde Doctor Carlos Mario Medina Rojas y su equipo de colaboradores entre ellos Alveiro Muñoz Patiño, Secretario de Educación e Ignacio Yepes Pérez, Director de Núcleo, daban la bienvenida a cientos de estudiantes vestidos de azul que cubrían las nuevas instalaciones bajo la rectoría del Señor Jesús Antonio Montoya Gómez y la Coordinación de la Señora Marta Idalí Muñoz Mesa, el Señor José Raúl Muñoz y un equipo de docentes, quienes trabajaban arduamente por cimentar las bases de esta nueva Institución, forjadora de niñas, niños y jóvenes íntegros sin dejar de lado la Institución Educativa madre, el Cardenal Aníbal Muñoz Duque. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 12 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA Luego de meses surcados por arduo trabajo, el Licenciado Jesús Antonio Montoya Gómez, abandona la dirección de la Institución, dando paso el 4 de abril de 2011 al nuevo Rector Licenciado José Nicolás Muñoz Mesa que, con exigencia, honestidad y empeño se propuso elevar el nivel académico y comportamental de los 1.629 estudiantes que hoy albergan las aulas de clase de las sedes Porfirio Barba Jacob, Maximiliano Crespo y Alto de la Mina. Las sedes Porfirio Barba Jacob y Maximiliano Crespo unidas, conforman la sede principal de la Institución; entretanto, en el barrio Sagrado Corazón de Jesús, está ubicada la sede Alto de la Mina, la cual alberga aproximadamente setenta (70) estudiantes del sector. El 25 de febrero de 2013 el Licenciado Carlos Mario Mejía Agudelo, se posesiona en el cargo como nuevo Rector, quien junto al equipo directivo aún vigente, más el señor Alveiro Chavarría Mazo, Coordinador y la planta de docentes, continúan con la implementación de estrategias en las que se solventen las necesidades humanas como base de la orientación pedagógica, que hoy por hoy prima en la Institución. Ahora sus estudiantes vestidos de amarillo, café y naranja atraviesan las calles santarrosanas, orgullosos de pertenecer a la Institución Educativa Marco Tobón Mejía. 2.2. HORIZONTE INSTITUCIONAL 2.2.1. MISIÓN Brindar una formación integral basada en la autonomía, la crítica, la dignidad humana, la sana convivencia, la cultura, los valores y la creatividad, orientada a la formación de una sociedad justa, democrática, participativa y equitativa, para el desarrollo de las competencias básicas que permitan la solución de problemas del entorno y un eficiente desempeño a nivel personal, social, ambiental, laboral y profesional. 2.2.2. VISIÓN En el año 2020 la Institución Educativa Marco Tobón Mejía, será reconocida como formadora de ciudadanos íntegros, autónomos, críticos, participativos, creativos, innovadores y competentes en el manejo de la tecnología, el arte y la cultura, con responsabilidad y compromiso social y ambiental. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 13 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 2.2.3. FILOSOFÍA La Institución educativa Marco Tobón Mejía oferta una educación encaminada a formar hombres íntegros, críticos, autónomos, creativos, con conciencia social y ambiental, capacitados humana y laboralmente, para transformarse a sí mismo y a su entorno, desarrollando competencias que les faciliten la solución de sus problemas y del entorno, con un eficiente desempeño personal y profesional. 2.2.4. PRINCIPIOS Reconocemos a la persona como un sujeto de derechos y obligaciones. Fomentamos los valores transcendentes del hombre, de la familia y de la sociedad. Educamos para ser, saber y saber hacer. Formamos desde y para la democracia, la crítica, la sana convivencia, la autonomía y la creatividad. Incentivamos la cultura, el arte, la tecnología y la innovación. Educamos con la familia y para la familia. Preparamos para la convivencia pacífica con el otro y con el entorno. 2.2.5. VALORES Es necesario tener presente que la educación brindada por la Institución es integral, por lo tanto el centro del proceso es el estudiante, capaz de transformar su realidad y la de su entorno con los conocimientos que adquiere y con los valores que va introyectando. De este modo, la formación se basa en el desarrollo de valores humanos que le faciliten luego, defenderse con éxito en la sociedad con los conocimientos adquiridos o construidos en la Institución. Los valores en los cuales se enmarca la Institución y a los que se hace énfasis son: 2.2.5.1. La responsabilidad: Significa capacidad de compromiso institucional y personal, además, administrar con eficacia el tiempo y los recursos para obtener el máximo beneficio, amoldándose a la vez a los cambios necesarios. 2.2.5.2. El respeto: Es aceptar y comprender las diferencias individuales y la forma de pensar aunque no sea igual que la nuestra; es el “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 14 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA reconocimiento del valor inherente y de los derechos innatos de los individuos y de la sociedad. 2.2.5.3. La tolerancia: Cuando se aceptan las diferencias individuales de los demás, se vive la convivencia en un mundo más inclusivo. 2.2.5.4. La solidaridad: Como personas necesitamos de la ayuda de los demás para llegar a desarrollarnos como humanos. 2.2.5.5. La honestidad: Capacidad de reconocer que somos seres con fortalezas, debilidades y que debemos actuar con transparencia en todos nuestros actos. 2.2.5.6. La autoestima: Es la capacidad de quererme y aceptarme como soy y así mismo proyectarme. 2.2.5.7. La trascendencia: Dejar huellas en el ser, saber y hacer. 2.2.5.8. El diálogo: Capacidad de solucionar conflictos a través de la comunicación asertiva. 2.2.5.9. El sentido de pertenencia: Parte del amor por sí mismo, para poder querer, valorar y cuidar a los demás y a su Institución. 2.2.5.10. La creatividad: Capacidad para innovar, transformar y renovar. 2.2.5.11. La integralidad: Se entiende como la capacidad de indagar sobre todas las dimensiones del ser humano. Existen diferentes conceptos de integralidad, entre ellos: • Valor moral de las personas cuando son congruentes y respetuosas de sus actos y creencias. • Modelo de desarrollo humano desde cada una de las diferentes dimensiones del ser. • La capacidad de aportar a la resolución de los problemas de la sociedad. 2.2.5.12. El ejemplo o testimonio: Es la forma de actuar de cada individuo de acuerdo a unos principios. 2.2.5.13. La autonomía: Capacidad del ser humano para tomar decisiones. 2.2.6. OBJETIVOS 2.2.6.1. Objetivo general: Contribuir con el desarrollo regional y nacional ofertando un servicio educativo integral con calidad y que responda a las exigencias actuales. 2.2.6.2. Objetivos específicos: • Implementar un modelo pedagógico integral, encaminado hacia una educación de calidad, que responda a las necesidades y expectativas de la comunidad educativa, para lograr la inclusión social. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 15 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA • • • • • MANUAL DE CONVIVENCIA Orientar los procesos académicos, investigativos, formativos y de proyección de la Institución, de manera que permitan dinamizar el horizonte institucional mediante proyectos educativos. Fomentar la práctica democrática y la participación activa de la comunidad en el proceso educativo, generando espacios de reflexión, compromiso e integración. Implementar espacios académicos, científicos, culturales, artísticos, deportivos, recreativos y brigadas de beneficio comunitario en la promoción y prevención de la salud, que se traduzca en el mejoramiento de la formación integral. Brindar una educación centrada en el aprendizaje significativo, mediante actividades que estimulen la investigación, el desarrollo tecnológico, la conservación del medio ambiente, la creatividad, la recreación, el uso adecuado del tiempo libre y las relaciones humanas como elementos básicos en la formación integral. Propiciar espacios académicos, científicos, culturales, artísticos, deportivos y recreativos, a través del desarrollo de los proyectos educativos de Ley y los opcionales que adopte la Institución. 2.3. SÍMBOLOS INSTITUCIONALES 2.3.1. ESCUDO El escudo de forma cinturada, es de origen español, con una bordura blanca que dice: “INSTITUCIÓN EDUCATIVA MARCO TOBÓN MEJÍA, SANTA ROSA DE OSOS. El escudo o blasón de la Institución se materializa en cuatro símbolos potenciales que se les llama piezas y muebles eventuales y significan: El sol – estrella – cruz: Naciente Institución que trae luz de la verdad y conocimiento en el orden de la formación educativa, con raíces religiosas. El color azul al fondo significa la verdad y la perseverancia, el cielo azul, horizonte eterno de la ciudad. El hombre: El nuevo hombre y mujer que se labra aquí, (Alegoría de la escultura en mármol y bronce de Marco Tobón Mejía, llamada “Esfuerzo” “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 16 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA “hombre que taladra la roca”). El color blanco – gris – plata metálica del fondo significa: Integridad, conciencia, trabajo. La lechuza: Posada en una herramienta: El lápiz de la ciencia (átomo en su punta) y al final (la arroba): Tecnología. En conjunto simboliza sabiduría, evolución, conciencia ecológica. El color café del fondo significa la ecología, el orden, la constancia. El color verde en el final del lápiz, en el fondo del símbolo arroba, significa servicio, respeto, esperanza. La llama al viento: Es cada estudiante, luz y fuego, que con su ser brilla, calienta y se propaga a otros seres de la humanidad. El color amarillo metálico, color oro al fondo, significa la luz, la constancia, sabiduría y junto con el color naranjado de la llama la alegría, la felicidad, el éxito, lo absoluto y sublime, la creatividad. Otros colores: El negro: La prudencia, la firmeza, la obediencia y la elegancia. El blanco: La integridad, la firmeza, la vigilancia y la transparencia. Lema: CONOCIMIENTO, INTEGRIDAD, TRASCENDENCIA. Autores: Estudiante David Zapata, sugirió la forma cinturada de origen español. Docente Iván Darío Roldán Estrada propone todos los símbolos, muebles y piezas. 2.3.2. BANDERA Gris plata: Significa el color de la integridad, el trabajo, el vencimiento, la conciencia, el esfuerzo. El amarillo oro: La luz, la constancia y la sabiduría. Café castaño bronce: El color de la madre tierra. Simboliza la admiración y cuidado por la naturaleza. Autores: Asamblea general de docentes, directivos, estudiantes, padres de familia. Se derivó del escudo. 2.3.3. HIMNO CORO Oh sol canta nuestra voz trasciende tu espíritu inmortal, vamos, vamos con tesón, canta tu colegio Marco Tobón. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 17 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA Tus puertas abren la esperanza orgullo es mi educación, maestros de ciencia y valor formando una generación. Con la alianza de Porfirio, El Alto y Maximiliano, surgió la Marco Tobón emisarios de arte y honor. Naciendo la estrella del alba, hijos de luz y esperanza pletóricos de libertad, sembradores de ciencia y paz. Con el lápiz alcanza la gloria, con los libros descubre el saber, con el maestro la sapiencia, emergiendo un nuevo ser. Letra: Directivos, docentes y estudiantes de la Institución. Música: Carlos Andrés Olaya Holguín y Gustavo Gabriel Acevedo Ortiz. 2.3.4. UNIFORME El uniforme es el distintivo o carta de presentación que identifica a estudiantes ante la comunidad, representa un alivio económico para la familia, establece lazos de identidad y pertenencia con la Institución, da sentido de igualdad referente a marcas y estilos, preservando a los estudiantes de la discriminación. El uso del uniforme tiene como objetivo hacer que no existan diferencias entre los estudiantes, es una regla que se acepta al ingresar a la Institución; así mismo, fuera de ella, los estudiantes son identificados por el porte de éste. Por ello el uniforme no puede estar sujeto a los cambios de la moda. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 18 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 2.3.4.1. UNIFORME DE GALA PARA EL PERSONAL FEMENINO YOMBER: Yomber a cuadros en tonos café, en la parte delantera cerrado, con cierre café de 30 cm. en la parte de la espalda. Cuello en V a la línea del busto. Correa de 1,5 cm. de color café, en cuero, con hebilla cuadrada color plata. Falda de prenses de 3 cm. en dirección izquierda. Talle 10 cm. abajo de la cintura. Largo 4 dedos arriba de la rodilla. CAMISA: Camisa blanca, manga larga y cuello duro para los desfiles. Camisa blanca, cuello sport, manga corta sencilla para diario. MEDIAS: Media blanca lisa, a la altura de donde comienza la rodilla. ZAPATO: Zapato tipo colegial de cuero, punta cuadrada totalmente café. Cordones cafés totalmente. BUSO: Buso color amarillo ocre con dos líneas café tanto en el cuello como en los puños de las mangas, con logo institucional al lado derecho a la altura del pecho, según modelo institucional. CORBATA: Corbata color café con resorte en la parte del cuello; sólo para desfiles. Parágrafo: Se permite el uso de bufanda color café oscuro a aquellas estudiantes que manifiesten tener algún problema de salud; igualmente el uso de barniz transparente, balacas, diademas, hebillas o moños de los colores del uniforme, aretes en estilo topito color blanco. Se podrá usar maquillaje discreto y sobrio sin aderezos ni tinturas extravagantes. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 19 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 2.3.4.2. UNIFORME DE GALA PARA EL PERSONAL MASCULINO PANTALÓN: Pantalón clásico largo color café, con 2 prenses de 1 cm. a cada lado. CORREA: Correa de 2,5 cm. café, en cuero, con hebilla cuadrada color plata. CAMISA: Camisa blanca, manga larga y cuello duro, tanto para diario como para desfiles. MEDIAS: Media clásica lisa, color café oscuro. ZAPATOS: Zapatillas color café clásicas, de cordones color café. BUSO: Buso color amarillo ocre con dos líneas café tanto en el cuello como en los puños de las mangas, con logo institucional al lado derecho a la altura del pecho, según modelo institucional. CORBATA: Corbata color café con resorte en la parte del cuello; sólo para desfiles. Parágrafo: Se permite el uso de bufanda color café oscuro a aquellos estudiantes que manifiesten tener algún problema de salud. Los hombres deberán estar siempre motilados con corte clásico, sin aretes y ningún otro aderezo como brazaletes, piercings o collares extravagantes. 2.3.4.3. UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA PARA DAMAS Y CABALLEROS Chaqueta color marrón rojiza, cuello clásico, cierre de 30 cm. de color café en el centro, cordón en seda color café oscuro en la parte inferior, en las mangas una lista blanca rodeada de dos venas color café que sale desde la altura del hombro hasta la mitad del brazo, logotipo con el nombre de la Institución y municipio bordado en blanco en el lado derecho a la altura del pecho, según modelo institucional. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 20 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA Camiseta fondo blanco con cuello sport tejido y puños tejidos en color marrón rojizo, con dos venas color café, escudo institucional bordado en el lado derecho a la altura del pecho, según modelo institucional. Sudadera color marrón rojizo, bota recta, enresortada en la cintura con cordón en seda color café, con bolsillo a cada lado y en la parte de atrás un bolsillo al lado derecho, con cierre color café, con lista blanca rodeada de dos venas color café que parte a la altura del bolsillo hasta media pierna y logotipo con el nombre de la Institución y municipio bordado en color blanco al lado derecho a la altura del muslo, según modelo institucional. Medias clásicas lisas color blanco. Tenis lisos de cuero o tela, totalmente blancos, sin adornos ni taches y cordones blancos. Pantaloneta color marrón rojizo, cuatro dedos arriba de la rodilla con las mismas especificaciones de la sudadera, según modelo institucional. Gorra blanca con el logo institucional bordado en color marrón rojizo. Según modelo institucional. Nota: tanto la pantaloneta como la gorra son prendas opcionales para las clases de educación física y otras actividades deportivas y culturales. Parágrafo: Se permite el uso de bufanda color blanco a aquellos estudiantes que manifiesten tener algún problema de salud. En el caso de las damas, el uso de barniz transparente, balacas, diademas, hebillas o moños de los colores del uniforme, aretes en estilo topito color blanco. Se podrá usar maquillaje discreto y sobrio sin aderezos ni tinturas extravagantes. Los hombres deberán estar siempre motilados con corte clásico, sin aretes y ningún otro aderezo como brazaletes, piercings o collares extravagantes. En todos los casos, tanto las damas como los caballeros, llevarán el uniforme con dignidad y respeto, dentro y fuera de la Institución, sintiéndose orgullosos de él, no portándolo en sitios públicos como discotecas, tabernas y lugares similares. Como tampoco después de dos (2) horas de haber terminado la jornada escolar. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 21 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA TITULO 2. MARCO LEGAL. El Manual de Convivencia, como norma que regula las condiciones de interacción en la comunidad educativa, debe someterse a referentes legales que sustenten su legitimidad: El presente Manual de Convivencia de la Institución Educativa Marco Tobón Mejía, se fundamenta legalmente en la Constitución Política de Colombia de 1991, en el Decreto 1098/06 Ley de Infancia y Adolescencia, en la Ley General de Educación, en el Decreto 1860 del 3 de agosto de 1994, Ley 115 del 94, Ley 715 de 2002, Decreto 1290 de 2009, Decreto 1850 del 13 de agosto de 2002, tratados y convenios sobre derechos humanos y Proyecto Educativo Institucional. 2.1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA De la Constitución Nacional se destacan los artículos que aportan elementos para una sana convivencia y la formación democrática: Artículo 1: Las normas colombianas se fundamentan en el respeto por la dignidad humana, en el trabajo y en la solidaridad de las personas. Artículo 2: El Estado debe asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo. Artículo 11: Derecho a la vida. Artículo 13: Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica. El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará las medidas a favor de los grupos discriminados o marginados. El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan. Manifiesta la igualdad de los educandos en cuanto a deberes y derechos. Artículo 15: Derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 22 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA Artículo 16: Derecho al libre desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico. Artículo 18: Derecho a la libertad de conciencia. Artículo 19: Libertad de culto. Artículo 20: Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial y la de formar medios masivos de comunicación. Garantiza el derecho de los miembros de la comunidad a expresar su pensamiento y opinión, aunque con la limitación manifiesta en el artículo 16, es decir, el respeto por el derecho de los demás. Implícitamente prohíbe distorsionar o manipular la información con cualquier fin. El estudiante debe llevar la información fielmente a sus acudientes y los docentes deben ser fidedignos al informar. Artículo 21: Se garantiza el derecho a la honra. La ley señalará su forma de protección. Protege a los estudiantes y docentes contra la calumnia y la falsedad de los testimonios. Exige el respeto por la dignidad del otro. Artículo 22: La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento. Previene contra cualquier forma de agresión física o verbal, a los miembros de la comunidad. Artículo 23: Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. Establece mecanismos de comunicación para los subalternos y estudiantes, y garantizan que obtendrán una respuesta. Artículo 27: El Estado garantiza la libertad de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra. Artículo 29: El debido proceso se aplicará a toda clase de actuaciones disciplinarias y administrativas. Nadie podrá ser juzgado sino conforme a las leyes preexistentes al acto que se le imputa, ante juez o tribunal competente y con observancia de la plenitud de las formas propias de cada juicio…. Toda persona se presume inocente mientras no se le haya declarado judicialmente culpable. Quien sea sindicado tiene derecho a la defensa y la asistencia de un abogado escogido por él, o de oficio durante la investigación y el juzgamiento, a un debido proceso público sin dilaciones injustificadas, a presentar pruebas y controvertir aquellas que se alleguen en su contra; a impugnar la sentencia condenatoria y a no ser juzgado dos veces por el mismo delito. Es nula, de pleno derecho, la prueba obtenida con violación del debido proceso. Implica que en el “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 23 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA Manual de Convivencia se especifiquen los pasos a seguir con miras a desarrollar el debido proceso. Aquellas acciones que no estén consideradas dentro del Manual, no pueden ser consideradas como faltas. Es necesario comprobar los hechos, de manera idónea, pertinente y conducente, pues la simple sospecha no es suficiente. Deben consagrarse en el Manual de Convivencia los procesos de defensa y los derechos de reposición y apelación. Artículo 37: Derecho de reunión. Artículo 38: Derecho de asociación. Artículo 40: Todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político. Para hacer efectivo este derecho puede: • Elegir y ser elegido. • Tomar parte en elecciones, plebiscitos, referendos, consultas populares y otras formas de participación democrática. Mediante este artículo se establece el gobierno escolar, y se determina el derecho de todos los miembros de la comunidad a participar en los diferentes estamentos del mismo. Artículo 41: Educación constitucional. Artículo 43: La mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades. La mujer no podrá ser sometida a ninguna clase de discriminación. Durante el embarazo y después el parto gozará de especial asistencia y protección del Estado… Dentro del Manual debe considerarse el caso de las estudiantes embarazadas y garantizárseles la igualdad de oportunidades para la culminación de sus procesos en la Institución sin ningún tipo de obstáculos, respetándose su período postnatal. Artículo 44. Derechos fundamentales de los niños. En el Manual de convivencia deben consagrarse los derechos de los niños estipulados en este artículo, teniendo en cuenta que los derechos de los niños prevalecen sobre los otros derechos y que se desarrollan en la ley 1098 del 06 Ley de infancia y adolescencia. Artículo 45: El adolescente tiene derecho a la protección y a la formación integral. El Manual y sus normas deben tener, ante todo, carácter preventivo, para garantizar la protección. Por otra parte los correctivos y sanciones aplicados deben ser de carácter formativo y no punitivo. Se reconoce el derecho de todas las personas a la recreación, a la práctica del deporte, al aprovechamiento del tiempo libre y al descanso. Consagra las actividades de tiempo libre o lúdico, y los períodos de descanso “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 24 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA académico. Las condiciones de disfrute de ese tiempo libre, deben estipularse claramente en el manual. Artículo 52: Derecho a la recreación. Artículo 67: La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura. La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia y en la práctica del trabajo y la recreación para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente. El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será obligatoria entre los 5 y 17 años de edad y que comprenderá como mínimo, un año de preescolar, 9 de educación básica y 2 de educación media. Artículo 68: Libre elección del tipo de educación por parte de los padres de familia para los hijos menores, garantizando idoneidad ética y pedagogía por parte de los profesores que imparten la enseñanza. Artículo 70 y 71: Ciencia y cultura. Artículo 74: Acceso a documentos públicos. Artículo 79: Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarla. Es deber del Estado proteger la diversidad y la integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines. Artículo 83: Presunción de buena fe. Artículo 93: Valor de los tratados internacionales sobre derechos humanos. Artículo 94: Ampliación de derechos y garantías. Artículo 95: El ejercicio de las libertades y derechos reconocidos en esta Constitución implica responsabilidades. Toda persona está obligada a cumplir la Constitución y las leyes. Son deberes de la persona y el ciudadano: • Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios. • Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o salud de las personas. • Respetar y apoyar a las autoridades democráticas legítimamente constituidas para mantener la independencia y la integridad nacional. • Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 25 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA • • • • • MANUAL DE CONVIVENCIA Participar en la vida política, cívica y comunitaria del país. Propender al logro y mantenimiento de la paz. Colaborar para el buen funcionamiento de la administración de justicia. Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano. Contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del Estado dentro de los conceptos de justicia y equidad. 2.2. LEY GENERAL DE EDUCACIÓN – 115 DE 1994 En el Artículo 73, refiriéndose al proyecto educativo institucional, la ley dice: “Con el fin de lograr la formación integral del educando, cada establecimiento deberá elaborar y poner en práctica un proyecto educativo institucional, en el que se especifiquen, entre otros aspectos, los principios y fines del establecimiento, los recursos docentes y didácticos disponibles y necesarios, la estrategia pedagógica, el reglamento para docentes y estudiantes y el sistema de gestión; todo ello encaminado a cumplir con las disposiciones de la presente Ley y sus reglamentos”. Artículo 87: Reglamento o Manual de Convivencia. Los establecimientos educativos tendrán un reglamento o Manual de Convivencia, en el cual se definan los derechos y obligaciones de los estudiantes. Los padres o tutores y los educandos al firmar la matrícula correspondiente en representación de sus hijos, estarán aceptando el mismo. 2.3. DECRETO REGLAMENTARIO 1860 DE 1994 Artículo 17: reglamento o Manual de Convivencia De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 73 y 87 de la ley 115 de 1994, todos los establecimientos educativos deben tener como parte del proyecto educativo institucional, un reglamento o Manual de Convivencia. El reglamento o Manual de Convivencia debe contener una definición de los derechos y deberes de los estudiantes y de sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa. En particular debe contener los siguientes aspectos: “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 26 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA • • • • • • • • • • • • MANUAL DE CONVIVENCIA Reglas de higiene personal y de salud pública que preserven el bienestar de la comunidad educativa, la conservación individual de la salud y la prevención frente al consumo de sustancias psicotrópicas. Criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la utilización de los bienes personales y de uso colectivo, tales como equipos, instalaciones e implementos. Pautas de comportamiento en relación con el cuidado del medio ambiente escolar. Normas de convivencia de estudiantes y profesores que garanticen el mutuo respeto. Debe incluir la definición de claros procedimientos para formular las quejas o reclamos al respecto. Procedimientos para resolver con oportunidad y justicia los conflictos individuales o colectivos que se presenten entre miembros de la comunidad. Debe incluir instancias de diálogo y de concertación. Pautas de presentación personal que preserven a los estudiantes de la discriminación por razones de apariencia. Definición de sanciones disciplinarias aplicables a los estudiantes, incluyendo el derecho a la defensa. Reglas para la elección de representantes al Consejo Directivo, para la escogencia de vocero en los demás consejos previstos en el presente decreto. Debe incluir el proceso de elección de personero de los estudiantes. Calidad y condiciones de los servicios de alimentación, transporte, recreación dirigida y demás conexos con el servicio de educación que ofrezca la Institución a los estudiantes. Funcionamiento y operación de los medios de comunicación interna del establecimiento, tales como periódicos, revistas o emisiones radiales que sirvan de instrumentos efectivos al libre pensamiento y a la libre expresión. Encargos hechos al establecimiento para aprovisionar a los estudiantes de material didáctico de uso general, libros, uniformes, seguros de vida y de salud. Reglas para uso del bibliobanco y la biblioteca escolar. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 27 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 2.4. CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA – LEY 1098 DE NOVIEMBRE DE 2006 Artículo 1: FINALIDAD. Este código tiene como finalidad garantizar a los niños, a las niñas y a los adolescentes un pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y de la comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión. Prevalecerá el reconocimiento a la igualdad y la dignidad humana, sin discriminación alguna. Artículo 2: OBJETIVO. El presente código tiene por objetivo establecer normas sustantivas y procesales para la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes, garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades consagrados en los instrumentos internacionales de derechos humanos, en la Constitución Política y las leyes, así como su restablecimiento. Dicha garantía y protección será obligación de la familia, la sociedad y el Estado. Artículo 3: SUJETOS TITULARES DE DERECHOS. Para todos los efectos de esta Ley son sujetos titulares de derechos todas las personas menores de 18 años. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 34 del Código Civil, se entiende por niño o niña las personas entre los 0 y los 12 años, y por adolescente las personas de 12 a 18 años. Artículo 5: NATURALEZA DE LAS NORMAS CONTENIDAS EN ESTE CÓDIGO. Las normas sobre los niños, las niñas y los adolescentes contenidas en este código, son de orden público, de carácter irrenunciable y los principios y reglas en ellas consagrados se aplicarán de preferencia a las disposiciones contenidas en otras leyes. Artículo 6: REGLAS DE INTERPRETACION Y APLICACIÓN. Las nomas contenidas en la Constitución Política y en los tratados o Convenios Internacionales de derechos humanos ratificados por Colombia, en especial la convención sobre los derechos del niño, harán parte integral de este código, y servirán de guía para su interpretación y aplicación. En todo caso se aplicará siempre la norma más favorable al interés superior del niño, niña o adolescente. Artículo 7: PROTECCIÓN INTEGRAL. Se entiende por protección integral de los niños, niñas y adolescentes el reconocimiento como sujetos de derechos, la garantía y cumplimiento de los mismos, la prevención de su amenaza o vulneración y la seguridad de su restablecimiento inmediato en desarrollo del principio del interés superior. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 28 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA Artículo 8: INTERÉS SUPERIOR DE LOS NIÑOS, LAS NIÑAS Y LOS ADOLESCENTES. Se entiende por interés superior del niño, niña y adolescente, el imperativo que obliga a todas las personas a garantizar la satisfacción integral y simultánea de todos sus derechos humanos, que son universales, prevalentes e interdependientes. Artículo 10: CORRESPONSABILIDAD. Para los efectos de este código, se entiende por corresponsabilidad, la concurrencia de actores y acciones conducentes a garantizar el ejercicio de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes. La familia, la sociedad y el Estado son corresponsables en su atención, cuidado y protección. Artículo 11: EXIGIBILIDAD DE LOS DERECHOS. Salvo las normas procesales sobre legitimidad en la causa para incoar las acciones judiciales y procedimientos administrativos a favor de los menores de edad, cualquier persona puede exigir de la autoridad competente el cumplimiento y el restablecimiento de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes. A. DERECHOS Y LIBERTADES Artículo 18: DERECHO A LA INTEGRIDAD PERSONAL. Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a ser protegidos contra todas las acciones o conductas que causen muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico. En especial, tiene derecho a la protección contra el maltrato y los abusos de toda índole por parte de sus padres, de sus representantes legales, de las personas responsables de su cuidado y de los miembros de su grupo familiar, escolar y comunitario. Para los efectos de este código, se entiende como maltrato infantil toda forma de perjuicio, castigo, humillación, o abuso físico o psicológico, descuido, omisión o trato negligente, malos tratos o explotación sexual, incluidos los actos sexuales abusivos y la violación y en general toda forma de violencia o agresión sobre el niño, la niña y el adolescente por parte de sus padres, representantes legales o cualquier otra persona. Artículo 26: DERECHO AL DEBIDO PROCESO. Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a que se les apliquen las garantías del debido proceso en todas las actuaciones administrativas y judiciales en que se encuentren involucrados. En toda actuación administrativa, judicial o de cualquier otra naturaleza en que estén involucrados los niños, las niñas y los adolescentes, tendrán derecho a ser escuchados y sus opiniones deberán ser tenidas en cuenta. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 29 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA Artículo 28: DERECHO A LA EDUCACION. Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a una educación de calidad; ésta será obligatoria por parte del Estado en un año de preescolar, nueve de educación básica y dos de educación media. La educación será gratuita en las instituciones estatales de acuerdo con los términos establecidos en la Constitución Política. Incurrirá en multa de 20 salarios mínimos quienes se abstengan de recibir a un niño en los establecimientos públicos de educación. Artículo 29: DERECHO AL DESARROLLO INTEGRAL EN LA PRIMERA INFANCIA. La primera infancia es la etapa del ciclo vital en la que se establecen la bases para el desarrollo cognitivo, emocional y social del ser humano. Comprende la franja poblacional que va desde los cero (0) a los seis (6) años de edad. Desde la primera infancia, los niños y las niñas son sujetos titulares de los derechos reconocidos en los tratados internacionales, en la Constitución Política y en este Código. Son derechos impostergables de la primera infancia, la atención en salud y nutrición, el esquema completo de vacunación, la protección contra los peligros físicos y la educación inicial. En el primer mes de vida deberá garantizarse el registro de todos los niños y niñas. Artículo 30: DERECHO A LA RECREACIÓN, PARTICIPACIÓN EN LA VIDA CULTURAL Y EN LAS ARTES. Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho al descanso, esparcimiento, al juego y demás actividades recreativas propias de su ciclo vital y a participar en la vida cultural y las artes. Artículo 31: DERECHO A LA PARTICIPACIÓN DE LOS NIÑOS, LAS NIÑAS Y LOS ADOLESCENTES. Para el ejercicio de los derechos y las libertades consagradas en este Código, los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a participar en las actividades que se realicen en la familia, las instituciones educativas, las asociaciones, los programas estatales, departamentales, distritales y municipales que sean de su interés. Artículo 32: DERECHO DE ASOCIACIÓN Y REUNIÓN. Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho de reunión y asociación con fines sociales, culturales, deportivos, recreativos, religiosos, políticos o de cualquier otra índole, sin más limitación que las que imponen la ley, las buenas costumbres, la salubridad física o mental y el bienestar del menor. Este derecho comprende especialmente el de formar parte de asociaciones, inclusive de sus órganos directivos, y el de promover y “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 30 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA constituir asociaciones conformadas por niños, las niñas y los adolescentes. Artículo 33: DERECHO A LA INTIMIDAD. Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a la intimidad personal, mediante la protección contra toda injerencia arbitraria o ilegal en su vida privada, la de su familia, domicilio y correspondencia. Así mismo, serán protegidos contra toda conducta, acción o circunstancia que afecte su dignidad. Artículo 36: DERECHOS DE LOS NIÑOS, LAS NIÑAS Y LOS ADOLESCENTES CON DISCAPACIDAD. Para los efectos de esta Ley, la discapacidad se entiende como una limitación física, cognitiva, mental, sensorial o cualquier otra, temporal o permanente de la persona para ejercer una o más actividades esenciales de la vida cotidiana. Además de los derechos consagrados en la Constitución Política y en los tratados y convenios internacionales, los niños, las niñas y los adolescentes con discapacidad tienen derecho a gozar de una calidad de vida plena, y a que se les proporcionen las condiciones necesarias por parte del Estado para que puedan valerse por sí mismos e integrarse a la sociedad. Así mismo: 1. Al respeto por la diferencia y a disfrutar de una vida digna en condiciones de igualdad con las demás personas, que les permitan desarrollar al máximo sus potencialidades y su participación activa en la comunidad. 2. Todo niño, niña o adolescente que presente anomalías congénitas o algún tipo de discapacidad, tendrá derecho a recibir atención, diagnóstico, tratamiento especializado, rehabilitación y cuidados especiales en salud, educación, orientación y apoyo a los miembros de la familia o a las personas responsables de su cuidado y atención. Igualmente tendrán derecho a la educación gratuita en las entidades especializadas para el efecto. Corresponderá al Gobierno Nacional determinar las instituciones de salud y educación que atenderán estos derechos. Al igual que el ente nacional encargado del pago respectivo y del trámite del cobro pertinente. 3. A la habilitación y rehabilitación, para eliminar o disminuir las limitaciones en las actividades de la vida diaria. 4. A ser destinatarios de acciones y de oportunidades para reducir su vulnerabilidad y permitir la participación en igualdad de condiciones con las demás personas. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 31 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA Artículo 37: LIBERTADES FUNDAMENTALES. Los niños, las niñas y los adolescentes gozan de las libertades consagradas en la Constitución Política y en los tratados internacionales de derechos humanos. Forman parte de estas libertades: el libre desarrollo de la personalidad y la autonomía personal, la libertad de conciencia y de creencias, la libertad de cultos, la libertad de pensamiento, la libertad de locomoción, y la libertad para escoger profesión u oficio. B. GARANTIA DE DERECHOS Y PREVENCIÓN OBLIGACIONES DE LA FAMILIA, LA SOCIEDAD Y EL ESTADO Artículo 41: OBLIGACIONES DEL ESTADO. El Estado es el contexto institucional en el desarrollo integral de los niños, las niñas y los adolescentes. En cumplimiento de sus funciones en los niveles nacional, departamental, distrital y municipal deberá formar a los niños, las niñas, los adolescentes y a las familias en la cultura del respeto a la dignidad, el reconocimiento de los derechos de los demás, la convivencia democrática, los valores humanos y en la solución pacífica de los conflictos. C. DIRECTA Y PRIORITARIAMENTE DE LA INSTITUCIÓN Artículo 42: OBLIGACIONES ESPECIALES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS. Para cumplir con su misión las instituciones educativas tendrán entre otras las siguientes obligaciones: 1. Facilitar el acceso de los niños, niñas y adolescentes al sistema educativo y garantizar su permanencia. 2. Brindar una educación pertinente y de calidad. 3. Respetar en toda circunstancia la dignidad de los miembros de la comunidad educativa. 4. Facilitar la participación de los estudiantes en la gestión académica del centro educativo. 5. Abrir espacios de comunicación con los padres de familia para el seguimiento del proceso educativo y propiciar la democracia en las relaciones dentro de la comunidad educativa. 6. Organizar programas de nivelación de los niños y niñas que presenten dificultades de aprendizaje o estén retrasados en el ciclo escolar y establecer programas de orientación psicopedagógica y psicológica. 7. Respetar, permitir y fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas culturas nacionales y extranjeras y organizar actividades culturales extracurriculares con la comunidad educativa para tal fin. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 32 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 8. Estimular las manifestaciones e inclinaciones culturales de los niños, niñas y adolescentes, y promover su producción artística, científica y tecnológica. 9. Garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso y difusión de la cultura y dotar al establecimiento de una biblioteca adecuada. 10. Organizar actividades conducentes al conocimiento, respeto y conservación del patrimonio ambiental, cultural, arquitectónico y arqueológico nacional. 11. Fomentar el estudio de idiomas nacionales y extranjeros y de lenguajes especiales. 12. Evitar cualquier conducta discriminatoria por razones de sexo, etnia, credo, condición socio-económica o cualquier otra que afecte el ejercicio de sus derechos. Artículo 43: OBLIGACIÓN ÉTICA FUNDAMENTAL DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS. Las instituciones de educación primaria y secundaria, públicas y privadas, tendrán la obligación fundamental de garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. Para tal efecto, deberán: 1. Formar a los niños, niñas y adolescentes en el respeto por los valores fundamentales de la dignidad humana, los derechos humanos, la aceptación, la tolerancia hacia las diferencias entre personas. Para ello deberán inculcar un trato respetuoso y considerado hacia los demás, especialmente hacia quienes presentan discapacidades, especial vulnerabilidad o capacidades sobresalientes. 2. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o sicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros y de los profesores. 3. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia niños y adolescentes con dificultades en el aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños y adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales. Artículo 44: OBLIGACIONES COMPLEMENTARIAS DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS. Los directivos y docentes de los establecimientos académicos y la comunidad educativa en general pondrán en marcha mecanismos para: 1. Comprobar la inscripción del registro civil de nacimiento. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 33 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 2. Establecer la detección oportuna, el apoyo y la orientación en casos de mala nutrición, maltrato, abandono, abuso sexual, violencia intrafamiliar, y explotación económica y laboral, las formas contemporáneas de servidumbre y esclavitud, incluidas las peores formas de trabajo infantil. 3. Comprobar la afiliación de los estudiantes a un régimen de salud. 4. Garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. 5. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros o profesores. 6. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia los niños, niñas y adolescentes con dificultades de aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños o adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales. 7. Prevenir el tráfico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas que producen dependencia dentro de las instalaciones educativas y solicitar a las autoridades competentes acciones efectivas contra el tráfico, venta y consumo alrededor de las instalaciones educativas. 8. Coordinar los apoyos pedagógicos, terapéuticos y tecnológicos necesarios para el acceso y la integración educativa del niño, niña o adolescente con discapacidad. 9. Reportar a las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltrato o peores formas de trabajo infantil detectadas en niños, niñas y adolescentes. 10. Orientar a la comunidad educativa para la formación en la salud sexual y reproductiva y la vida en pareja. Artículo 45: PROHIBICIÓN DE SANCIONES CRUELES, HUMILLANTES O DEGRADANTES. Los directores y educadores de los centros públicos o privados de educación formal, no formal e informal, no podrán imponer sanciones que conlleven maltrato físico o psicológico de los estudiantes a su cargo, o adoptar medidas que de alguna manera afecten su dignidad. Así mismo, queda prohibida su inclusión bajo cualquier modalidad, en los manuales de convivencia escolar. Artículo 46: OBLIGACIONES ESPECIALES DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD. Son obligaciones especiales del sistema de seguridad “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 34 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA social en salud para asegurar el derecho a la salud de los niños, las niñas y los adolescentes, entre otras las siguientes: 1. Diseñar y desarrollar programas de prevención en salud, en especial la vacunación, complementación alimentaria, suplemento nutricional, vigilancia del estado nutricional y mejoramiento de hábitos alimentarios. 2. Diseñar y desarrollar programas de prevención de las infecciones respiratorias agudas, la enfermedad diarreica aguda y otras enfermedades prevalentes de la infancia. 3. Diseñar, desarrollar y promocionar programas que garanticen a las mujeres embarazadas la consejería para la realización de la prueba voluntaria del VIH/SIDA y en caso de ser positiva tanto la consejería como el tratamiento antirretroviral y el cuidado y atención para evitar durante el embarazo, parto y posparto la transmisión vertical madre-hijo. 4. Disponer lo necesario para garantizar tanto la prueba VIH/SIDA como el seguimiento y tratamiento requeridos para el recién nacido. 5. Garantizar atención oportuna y de calidad a todos los niños, las niñas y los adolescentes, en especial en los casos de urgencias. 6. Garantizar la actuación inmediata del personal médico y administrativo cuando un niño, niña o adolescente se encuentre hospitalizado o requiera tratamiento o intervención quirúrgica y exista peligro inminente para su vida; carezca de representante legal o éste se encuentre en situación que le impida dar su consentimiento de manera oportuna o no autorice por razones personales, culturales, de credo o sea negligente; en atención al interés superior del niño, niña o adolescente o a la prevalencia de sus derechos. 7. Garantizar el acceso gratuito de los adolescentes a los servicios especializados de salud sexual y reproductiva. 8. Desarrollar programas para la prevención del embarazo no deseado y la protección especializada y apoyo prioritario a las madres adolescentes. 9. Diseñar y desarrollar programas especializados para asegurar la detección temprana y adecuada de las alteraciones físicas, mentales, emocionales y sensoriales en el desarrollo de los niños, las niñas y los adolescentes; para lo cual capacitará al personal de salud en el manejo y aplicación de técnicas específicas para su prevención, detección y manejo, y establecerá mecanismos de seguimiento, control y vigilancia de los casos. 10. Capacitar a su personal para detectar el maltrato físico y psicológico, el abuso, la explotación y la violencia sexual en niños, niñas y adolescentes, y denunciar ante las autoridades competentes las situaciones señaladas y “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 35 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA todas aquellas que puedan constituir una conducta punible en que el niño, niña o adolescente sea víctima. 11. Diseñar y ofrecer programas encaminados a educar a los niños, las niñas y los adolescentes, a los miembros de la familia y a la comunidad en general en prácticas de higiene y sanidad; en el manejo de residuos sólidos, el reciclaje de basuras y la protección del ambiente. 12. Disponer lo necesario para que todo niño, niña o adolescente que presente anomalías congénitas o algún tipo de discapacidad, tengan derecho a recibir por parte del Estado, atención, diagnóstico, tratamiento especializado y rehabilitación, cuidados especiales de salud, orientación y apoyo a los miembros de la familia o las personas responsables de su cuidado y atención. 2.5. CÓDIGO DISCIPLINARIO ÚNICO – LEY 734 DEL 5 DE FEBRERO DE 2002 Por la cual se expide el nuevo código disciplinario único de los servidores públicos. 2.6. SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO – RESOLUCIÓN 4210 DEL 12 DE SEPTIEMBRE 1996 Por el cual se establecen reglas generales para la organización y el funcionamiento del servicio social obligatorio. Esta resolución establece que en el reglamento o Manual de Convivencia se deberán formular plenamente los criterios y las reglas específicas que deberán atender los educandos, así como las obligaciones del establecimiento educativo, en relación con la prestación del servicio aquí regulado. Artículo 3: El propósito principal del servicio social estudiantil obligatorio establecido en el artículo 39 del decreto 1860 de 1994 se desarrollará dentro del proyecto educativo institucional, de tal manera que se atiendan debidamente los siguientes objetivos generales: • Sensibilizar al educando frente a las necesidades, intereses, problemas y potencialidades de la comunidad, para que adquiera y desarrolle compromisos y actitudes en relación con el mejoramiento de la misma. • Contribuir al desarrollo de la solidaridad, la tolerancia, la cooperación, el respeto a los demás, la responsabilidad y el compromiso con su entorno social. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 36 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA • Promover acciones educativas orientadas a la construcción de un espíritu de servicio para el mejoramiento permanente de la comunidad y la prevención integral de problemas socialmente relevantes. • Promover la aplicación de conocimientos y habilidades logradas en áreas obligatorias y optativas definidas en el plan de estudios que favorezcan el desarrollo social y cultural de las comunidades. • Fomentar la práctica del trabajo y del aprovechamiento del tiempo libre, como derechos que permiten la dignificación de la persona y el mejoramiento de su nivel de vida. Artículo 6: El plan de estudios del establecimiento educativo deberá programar una intensidad mínima de ochenta (80) horas de prestación del servicio social estudiantil obligatorio en un proyecto pedagógico, durante el tiempo de formación en los grados 10 y 11 de la educación media, de acuerdo con lo que establezca el respectivo proyecto educativo institucional, atendiendo las disposiciones del decreto 1860 de 1994 y las regulaciones de esta resolución. Artículo 7: En consideración al carácter obligatorio del servicio estudiantil que le otorga el artículo 97 de la ley 115 de 1194, para que se considere culminado el proceso formativo de los estudiantes de la educación media, se deberá atender de manera efectiva las actividades de los respectivos proyectos pedagógicos, cumplir con la intensidad horaria definida para ellos en el correspondiente proyecto educativo institucional y haber obtenido los logros determinados en el mismo. Lo anterior es requisito indispensable para la obtención del título de bachiller, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del decreto 1860 de 1994, en armonía con el artículo 88 de la ley 115 de 1994. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 37 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA TITULO 3. PERFILES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. 3.1. PERFIL DEL ESTUDIANTE La formación que la Institución ofrece, abarca las dimensiones del ser humano, el hacer, el conocer, el convivir y el trascender; un buen desarrollo de éstas le garantiza al educando una formación integral que lo hará apto para participar de manera activa en la sociedad. Por lo tanto se espera que el estudiante: Posea las condiciones académicas estipuladas por la Institución para ser admitido. Esté interesado en su formación integral. Reconozca y respete los patrones de autoridad. Evidencie responsabilidad en su comportamiento y en las tareas que le asigne la Institución. Desarrolle capacidad de liderazgo para incidir en el medio ambiente donde vive, fomentando las actividades culturales, recreativas, deportivas, políticas, sociales y comunitarias, a través de procesos de investigación y organización a favor de la comunidad. Sea pulcro y cuidadoso con su presentación personal. Difunda y defienda los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica. Sea cuidadoso de sí mismo, el entorno y la Institución. Sea respetuoso, tolerante, autónomo y que aporte a la creación de una sociedad democrática, pacifista y pluralista en donde se reconozcan y legitimen todos los valores que determinan al ser humano. Sea persona racional e íntegra con sentido crítico y analítico, capaz de recibir, aceptar y seleccionar todo aquello que contribuya a fortalecer su voluntad, a enriquecer su entendimiento y alcanzar su realización y progreso integral. Enfrente con responsabilidad y acierto el compromiso de la realidad personal, familiar y social que le corresponda vivir. Si ingresa de otro plantel no debe traer deudas académicas (logros pendientes) y debe presentar un buen comportamiento general. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 38 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 3.1.1. PERFIL DEL LÍDER ESTUDIANTIL Se consideran líderes estudiantiles aquellos estudiantes representantes y suplentes de grupo, miembros del Consejo Estudiantil, Personero y Contralor de los estudiantes y representantes ante el Consejo Directivo. Para ser líder estudiantil se deben cumplir los siguientes requisitos: Llevar matriculado en la Institución por lo menos un año, para que cuente con un conocimiento significativo de la realidad escolar. Estos líderes deben contar con una elevada motivación por el trabajo comunitario, el liderazgo estudiantil y por la formación en estos aspectos, ya que serán actividades fundamentales durante el desempeño de su cargo. Como estudiante haber manifestado durante su trayectoria en la Institución, que es una persona capaz de enfrentar de manera inteligente, honesta, comprometida, pacífica, solidaria, crítica y creativa, las problemáticas personales, sociales, políticas, ambientales, académicas y técnicas que día a día se vayan presentando. Deben manifestar sentido de pertenencia hacia el grupo y la Institución, manteniendo buenas relaciones con sus compañeros y con los demás miembros de la comunidad educativa. Conocer el Manual de Convivencia de la Institución. Los mencionados representantes no deben haber registrado los siguientes problemas académicos y/o comportamentales durante el año inmediatamente anterior: Pérdida de una o más asignaturas al finalizar el grado. Anotaciones en el observador por faltas graves o gravísimas. Contrato pedagógico por su desempeño académico y/o comportamental. 3.1.2. PERFIL DEL EGRESADO El egresado de la Institución es una persona que ha logrado la expresión y el desarrollo de sus potencialidades personales y académicas, a través de la sólida preparación y formación académica, que lo capacitan para continuar estudios superiores universitarios, técnicos o desempeñarse en el mercado laboral. El potencial personal y académico que ha logrado expresar y desarrollar, le permite ser identificado como: “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 39 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA Una persona con capacidades, espíritu crítico e investigativo, con sentido de responsabilidad y servicio que le permiten alcanzar un nivel de desarrollo integral. Un ser con cualidades emocionales, fortalecidas a través del desarrollo de la comunicación interpersonal, la empatía y el fortalecimiento de la autoestima y el autoconcepto. Una persona que vivencia sus cualidades éticas, fortalecidas a través de la experiencia y práctica de los valores humanos y morales en su vida personal y académica. Una persona con una actitud de apertura en relación con la diversidad y el respeto por las diferencias, partícipe de su proceso educativo y de la construcción y realización de su proyecto de vida. Un ser capaz de tomar decisiones, expresar necesidades y sentimientos, que se relaciona, autocorrige, y resuelve problemas personales y del entorno. 3.2. PERFIL DEL DOCENTE El docente de la Institución Educativa Marco Tobón Mejía debe cumplir con los requisitos de ley y con las aptitudes y actitudes para el desempeño profesional y solidario de sus funciones. Además debe propender por: Poseer un buen nivel de auto evaluación, poniendo sus potencialidades al servicio desinteresado de la comunidad y procurando superar sus limitaciones. Tener habilidad y espontaneidad para actuar en grupo, capacidad para liderar procesos, seguridad para expresar sus ideas, interés por los demás, demostrando capacidad de servicio, de colaboración, apoyo y educando con el buen ejemplo. Actuar con estabilidad emocional, ser ecuánime y equilibrado para manejar distintas situaciones de su Comunidad Educativa, diligenciar con responsabilidad ética y profesionalismo sus obligaciones. Ser reflexivo en su juicio, sereno en sus criterios, controlado en sus emociones y reacciones, justo en la evaluación de los estudiantes y respetuoso de la comunidad educativa. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 40 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA Adoptar una postura recta en sus actuaciones, cuidadoso de sí mismo y de los demás, vivenciando los valores, expresando con autoridad y moral su quehacer cotidiano. Este agente de la educación ha de estar presto y abierto al cambio, a la investigación, a las innovaciones educativas, a la ciencia y a las nuevas tecnologías aplicadas en la educación. Tener la capacidad de detectar con agilidad las diferencias individuales de sus estudiantes (aptitud–destreza–habilidad–dificultad-limitación) para brindar a cada uno un acompañamiento según sus necesidades; comprender la naturaleza de los procesos de aprendizaje mediante los cuales se construya el conocimiento, articulando contenidos de la enseñanza con expresiones vitales y culturales de los estudiantes. Estimular la creatividad, lo estético, lo bello, lo nuevo, que proyecte la filosofía y los fines institucionales en todo su quehacer pedagógico, educando para la convivencia democrática, pluralista y participativa. El docente ha de ser coherente con sus sugerencias y por lo tanto ejemplo de autonomía, de testimonio de vida, en este sentido, conocedor de la normatividad de la Institución. Como maestro debe ofrecer excelente acompañamiento y manejo de grupo, reconocedor de la enseñanza como proceso de formación integral del ser humano y de transversalidad con las otras áreas del saber. 3.3. PERFIL DEL DOCENTE ORIENTADOR El docente orientador de la Institución Educativa Marco Tobón Mejía es un profesional que, en el marco del Proyecto Educativo Institucional, diagnostica, planifica, ejecuta y evalúa acciones de orientación estudiantil tendientes a favorecer el pleno desarrollo de la personalidad del educando, da acceso a la cultura, al logro del conocimiento científico y técnico y a la formación de valores éticos, estéticos, morales, ciudadanos y de respeto de la diversidad y las diferencias, que le faciliten la realización de una actividad útil para el desarrollo humano y socioeconómico. Además debe propender por: Orientar a los diferentes estamentos de la comunidad educativa en la comprensión, intervención, solución y seguimiento oportuno de las “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 41 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA manifestaciones psicosociales individuales o grupales de los miembros de la comunidad educativa. Mostrar sensibilidad interpersonal, para percibir y motivarse ante las necesidades de las personas con quien interactúa y proceder acorde con dichas necesidades. Tener una comunicación asertiva, escuchar a los demás y expresar las ideas y las opiniones de forma clara, usando el lenguaje hablado y/o escrito de forma efectiva y logrando respuestas oportunas y efectivas de sus interlocutores para alcanzar los objetivos que beneficien a la comunidad educativa en todas sus formas de organización y composición. Trabajar en equipo y promover acciones e iniciativas que estimulen la cooperación efectiva y la participación productiva entre los integrantes de la comunidad educativa. Identificar los conflictos y promover la resolución pacífica de éstos, con el fin de propiciar un clima de entendimiento y reconocimiento de las diferencias individuales. 3.4. PERFIL DEL(A) COORDINADOR(A) El(a) Coordinador(a) de la Institución Educativa Marco Tobón Mejía, debe cumplir con los requisitos de ley y actitudes para el desempeño de su rol de administrador y acreditar título de Licenciado en educación o profesional con experiencia docente. Además debe propender por: Considerar al docente y al estudiante como parte muy importante del proceso de enseñanza y aprendizaje. Ser eficiente y participativo en el trabajo, actuando con solidaridad y democracia. Manejar un lenguaje cortés, sencillo y respetuoso propiciando alternativas que mejoren la convivencia escolar. Estar dotado de cualidades profesionales que favorezcan la toma de decisiones ágiles, la puesta en marcha de iniciativas, de entusiasmo, de seguridad y de confianza en sí mismo. Delegar funciones en comités organizados procurando la participación equilibrada y de acuerdo a las aptitudes del personal. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 42 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA Estar atento con los menesteres de la comunidad educativa, cualquiera que sea la situación que amerite un acompañamiento especial y que proponga alternativas de solución a los conflictos que se presenten. 3.5. PERFIL DEL(A) RECTOR(A) El(La) Rector(a) de la Institución Educativa Marco Tobón Mejía, debe satisfacer los requisitos de ley para el desempeño de su rol como administrador, tener experiencia docente no inferior a 6 años, con un amplio dominio de la legislación educativa y estar actualizado; contar con habilidades para el manejo de grupos, ser equilibrado, ágil, seguro y oportuno en el momento de tomar decisiones. Además debe propender por: Evidenciar capacidad de liderazgo en la ejecución de los procesos de mejoramiento de la calidad del servicio educativo en concordancia con los procesos de la gestión, enmarcados en la normatividad ISO 9001. Ha de ser objetivo en el trato y relación con los docentes, estudiantes, padres de familia, personal administrativo, logístico y demás agentes que estén en relación con la comunidad educativa. Este agente de la educación debe tener capacidad para gestionar con otras entidades comunitarias y gubernamentales. En él está la garantía para que exista un ambiente de democracia, participación, diálogo, integración y servicio. Debe ser tolerante, receptor, con buena escucha, analítico, concertador, respetuoso, sencillo, calmado, prudente y reservado. Ha de ser garante de transparencia, honestidad, lealtad y eficacia en el manejo y uso de los recursos financieros de la Institución Educativa con ética profesional. Como administrador debe estar comprometido y ser partícipe de las actividades programadas por la Institución Educativa. Es un maestro convencido de su labor, crítico, reflexivo, investigador y abierto a los cambios propuestos por el nuevo mundo dentro de la dinámica de la globalización, respetuoso de la cultura contemporánea, reconocedor de los nuevos valores, presto para contribuir al mundo del progreso, con visión prospectiva y dinámica. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 43 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 3.6. PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA La familia como núcleo de la sociedad es la primera responsable de los hijos. Los padres en ejercicio del derecho constitucional de escoger el tipo de educación para sus hijos, optaron libremente por la Institución Educativa Marco Tobón Mejía y asumen por lo tanto, el Proyecto Educativo Institucional, el Manual de Convivencia y el tipo de educación que se imparte en ella. Por lo tanto, el padre, madre de familia o acudiente de los estudiantes deben propender por: Vincularse efectivamente a la vida diaria de la Institución, a todas las actividades que requieran de su presencia. Estar comprometido en el proceso integral de formación de los estudiantes; dedicado a la educación y formación de sus hijos, ejerciendo responsabilidad al aplicar correctivos acordes con los derechos humanos y la legislación de infancia y adolescencia vigente. Propiciar el diálogo, la concertación y la sana convivencia. Expresar en sus actitudes seguridad y confianza en la formación que se ofrece a sus hijos, contribuyendo a mejorar la calidad de vida de su hogar. Ser cultivador de la sana convivencia, la paz, la armonía, la tolerancia, el compartir, el cariño, el perdón, el respeto y la gratitud. 3.7. PERFIL DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS 3.7.1. PERFIL DEL(A) AUXILIAR ADMINISTRATIVO(A). El(La) auxiliar administrativo(a) de la Institución Educativa debe propender por: Ser una persona idónea, con sentido de pertenencia institucional, con excelentes relaciones públicas e interpersonales, amable, discreta, respetuosa, dinámica, organizada, atenta y ágil. Desempeñarse con competencia y con eficiencia en la prestación del servicio a la comunidad educativa. 3.7.2. PERFIL DEL(A) BIBLIOTECARIO(A) El(La) funcionario(a) que ha de desempeñarse como bibliotecario(a) en la Institución, debe propender por: “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 44 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA Ser una persona idónea, con sentido de pertenencia institucional. Poseer la capacidad de formular proyectos de crecimiento y mejoramiento de la biblioteca. Tener habilidades estéticas para que este espacio sea un lugar agradable. Evidenciar alegría, dinamismo, organización, buena atención, agilidad, amabilidad, respeto y sentido de pertenencia con la Institución, como aspectos fundamentales de su formación profesional y personal. 3.7.3. PERFIL DEL VIGILANTE Y PORTERO El vigilante de la Institución Educativa para el desempeño eficiente de sus funciones debe propender por: Ser una persona idónea, con sentido de pertenencia institucional. Ser activo en su quehacer cotidiano, atento al momento de cumplir con su deber, cortés en sus relaciones, honesto y delicado con el manejo de la información, materiales, equipos, enseres, entre otros. La responsabilidad, educación, buenos modales y hábitos, puntualidad, preparación académica en lo relacionado con su labor. Ser recursivo y seguro en sus actuaciones; que comunique oportunamente cualquier eventualidad a quien corresponda, consecuente con las situaciones del momento, participativo y solidario en las actividades que desde su quehacer esté en capacidad de desempeñar. Eficiente en el desempeño de su labor, cooperador con las diferentes actividades que se realizan en la Institución. 3.7.4. PERFIL DEL PERSONAL DE SERVICIOS GENERALES (ASEADORAS Y MANTENIMIENTO) El Personal de servicios generales de la Institución Educativa, para el desempeño eficiente de sus funciones debe propender por: Ser cumplidor de sus deberes laborales, con buenas relaciones interpersonales, reservado frente a todo acto o acontecimiento que amerite de su buen manejo, prudente y educado. Debe poseer los conocimientos básicos relacionados con el cargo que desempeña; que haga uso correcto y adecuado de los recursos e implementos necesarios en su desempeño. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 45 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA Ser una persona acomedida y ágil, organizada y que manifieste compromiso y pertenencia de su espacio laboral, que sienta que su trabajo es digno y que tenga igual reconocimiento por el gusto, interés y dedicación con que lo realiza. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 46 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA TITULO 4. MANUAL DE FUNCIONES. 4.1. DE LOS ÓRGANOS DIRECTIVOS Y ADMINISTRATIVOS 4.1.1. CONSEJO DIRECTIVO. Es la máxima autoridad de la Institución. Según la ley 115 del 94 en los Art. 143 y 144 y el decreto 1860 del 94 Art. 21-23 es el estamento que orienta lo académico y administrativo de la Institución. Está integrado por: El Rector quien lo preside y convoca ordinariamente una vez al mes o extraordinariamente cuando sea necesario. Dos representantes de los docentes elegidos por voto. Dos representantes de los padres de familia elegidos por votación de los padres de familia. Un representante de los estudiantes elegido por el Consejo de los estudiantes; éste estudiante debe estar cursando el grado 11°. Un representante del sector productivo. Un representante de los egresados. FUNCIONES 1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad, tales como las reservadas a la dirección administrativa, en el caso de los establecimientos privados. 2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los estudiantes del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o Manual de Convivencia. 3. Adoptar el Manual de Convivencia y el reglamento de la Institución. 4. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos estudiantes. 5. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado. 6. Aprobar el plan anual de actualización del personal docente presentado por el Rector. 7. Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 47 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. MANUAL DE CONVIVENCIA organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución Educativa. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del estudiante que han de incorporar al reglamento o Manual de Convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la Institución. Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles. Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los estudiantes, tales como derechos académicos, uso de libros de texto y similares. Otras funciones que asigne la normatividad vigente. Crear su propio reglamento. 4.1.2. CONSEJO ACADÉMICO Según el artículo 24 del decreto 1860 de 1994 como instancia para participar en la orientación pedagógica del establecimiento, está integrado por: El Rector, quien lo convoca y preside. Los coordinadores (académico y de convivencia). Un docente por cada asignatura definida en el plan de estudios. FUNCIONES 1. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 48 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. MANUAL DE CONVIVENCIA Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de planes de estudio y todo lo concerniente en la orientación académica, pedagógica y evaluativa de la Institución. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el presente decreto. Conformar las comisiones de evaluación y promoción, asignarle sus funciones para el análisis periódico del rendimiento de los educandos. Participar en la evaluación institucional anual. Recibir y decidir los reclamos de los estudiantes sobre la evaluación educativa. Otras funciones que asigne el PEI y la normatividad vigente. Crear su propio reglamento. 4.1.3. DEL(A) RECTOR(A) Es la primera autoridad administrativa y docente de la Institución. Depende de la Secretaría de Educación Departamental, tiene la responsabilidad de lograr que la Institución ofrezca los servicios educativos adecuados para que el educando alcance los objetivos educacionales. Del(a) Rector(a) dependen los coordinadores, educadores, centros académicos, personal administrativo y de apoyo. FUNCIONES Se encuentran establecidas en el decreto 1860 de 1994, en su artículo 25 y en la Ley 715 de 2001, en su articulo 10. Además se tendrán en cuenta las siguientes: 1. Orientar la ejecución del PEI y aplicar las decisiones del Gobierno Escolar. 2. Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas en favor del mejoramiento del PEI. 3. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto. 4. Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el establecimiento educativo. 5. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, para el continuo progreso académico de la Institución y mejoramiento de la vida comunitaria. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 49 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. MANUAL DE CONVIVENCIA Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa. Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico. Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuye la ley, los reglamentos y el Manual de Convivencia. Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la comunidad local. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado, atinentes a la prestación del servicio público educativo. Ordenar el gasto de los recursos económicos institucionales. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuye el Proyecto Educativo Institucional. Demás funciones señaladas en el artículo 10 de la Ley 715 de 2002. 4.1.4. DE LOS COORDINADORES 4.1.4.1. Del(a) coordinador(a) académico(a): El(la) coordinador(a) académico(a) depende del Rector del plantel. Le corresponde la administración académica de la Institución. De él dependen los jefes de centros académicos de la Institución y por relación de autoridad funcional los profesores, según lo establecido en el artículo 27 del decreto 1860 de 1994 sobre directivos docentes. FUNCIONES 1. Colaborar con el Rector y el Consejo Académico en la planeación y evaluación de la Institución. 2. Ayudar en la formulación de planes de acción y mejoramiento de calidad y posibilitar su ejecución. 3. Establecer canales y mecanismos de comunicación que permitan mejorar la convivencia y el clima institucional. 4. Supervisar y ejecutar las actividades de su dependencia y llevar el control de asistencia de profesores. 5. Realizar seguimiento al rendimiento académico. 6. Proponer y ejecutar acciones pedagógicas que contribuyan al mejoramiento de la calidad académica. 7. Sugerir ante el Rector y el Consejo Académico la distribución del tiempo para las asignaturas, asignación de responsabilidades académicas y organización de horarios. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 50 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. MANUAL DE CONVIVENCIA Atender profesores, padres de familia y educandos de forma respetuosa, cada que éstos lo requieran. Rendir periódicamente informe al Rector sobre las actividades de su dependencia. Verificar que los talleres y grupos se encuentren organizados con el fin de que el Rector conceda el permiso solicitado por el docente, para garantizar la seguridad de los educandos. Revisar el normal funcionamiento de las actividades curriculares. Revisar y proponer los ajustes necesarios a los proyectos de aula. Hacer acompañamiento, control y seguimiento a los proyectos pedagógicos obligatorios. Realizar seguimiento y control a los procesos y elementos del área de gestión académica. Presentar al Rector las necesidades de material didáctico de los centros académicos. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas por el Rector. 4.1.4.2. Del(a) coordinador(a) de convivencia: El(la) coordinador(a) de convivencia depende del Rector, le corresponde administrar profesores y educandos en lo que a disciplina se refiere. Sus funciones se derivan del artículo 27 del decreto 1860 de 1994 sobre directivos docentes. FUNCIONES 1. Colaborar con el Rector y el Consejo Académico en la planeación y evaluación de la Institución. 2. Dirigir la planeación y programación de la administración de los educandos y docentes en relación con la convivencia, de acuerdo con los objetivos y criterios curriculares establecidos en el Manual de Convivencia y en el PEI. 3. Organizar la asesoría de grupo en compañía de los directores, para que sean los ejecutores inmediatos de la orientación de los educandos. 4. Establecer canales y mecanismos de comunicación que permitan mejorar la convivencia y el clima institucional. 5. Supervisar la ejecución de las actividades de su dependencia y llevar el control de asistencia de docentes y educandos. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 51 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. MANUAL DE CONVIVENCIA Llevar registros y controles necesarios para la dirección de docentes y educandos y conceder permisos a estos últimos. Rendir periódicamente informe al Rector sobre las actividades de su dependencia. Verificar que los talleres y grupos se encuentren organizados con el fin de que el Rector conceda el permiso solicitado por el docente, para garantizar la seguridad de los educandos. Revisar el porte adecuado del uniforme por parte de los educandos. Asignar los educandos en los respectivos grupos, de acuerdo con el seguimiento realizado a su convivencia. Hacer el control y seguimiento a las llegadas tarde y ausentismo de los docentes y educandos. Atender profesores, padres de familia y educandos de forma respetuosa, cada que éstos lo requieran. Colaborar con el coordinador académico en los planes y programas previstos. Realizar reuniones generales periódicas de control disciplinario con los educandos y padres de familia. Revisar el normal funcionamiento de las actividades curriculares en cada cambio de clase y cuando ellas se estén realizando. Hacer acompañamiento, control y seguimiento a los proyectos pedagógicos obligatorios. Realizar control y seguimiento a los procesos y elementos del área de gestión de comunidad y convivencia. Coordinar y dirigir el Equipo de Convivencia Institucional. Revisar y proponer los ajustes necesarios a los proyectos de aula. Revisar y proponer los ajustes necesarios al Manual de Convivencia. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas por el Rector. 4.1.5. DEL EQUIPO DE CONVIVENCIA ESCOLAR Son creados por la Secretaría de Educación Departamental según Resolución N°007658 del 4 de marzo de 2011 como estrategia pedagógica para la prevención de la violencia escolar y la promoción de la convivencia, en los establecimientos educativos de los municipios no certificados del departamento de Antioquia. Son conformados por un periodo de 2 años a partir de un ejercicio democrático y participativo teniendo en cuenta a directivos, docentes, estudiantes y padres de familia de la siguiente manera: “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 52 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA Docente Coordinador de Convivencia o de comportamiento. Personero escolar. Dos representantes de estudiantes de básica primaria: uno de 4° grado y otro de 5° grado. Un representante de estudiantes por cada grado de básica secundaria. Un representante de estudiantes por cada grado de la media. Tres docentes: uno de básica primaria, uno de básica secundaria y uno de la media. Tres padres de familia de los diferentes niveles que ofrece la Institución Educativa. El Equipo de Convivencia Escolar, orientará sus actuaciones dirigidas a la promoción de la convivencia escolar. FUNCIONES 1. Realizar una oportuna valoración y análisis de los ambientes escolares para orientar el plan de trabajo del Equipo de Convivencia en el tratamiento de las situaciones que puedan generar conflicto y realizar seguimiento a su evolución. 2. Diseñar, planear, vigilar y evaluar las políticas y actividades de prevención de la violencia escolar y promoción de la convivencia, estableciendo metas y objetivos en el plan de trabajo. 3. Liderar la elaboración de una visión compartida y un plan de trabajo que reciba el apoyo de las directivas del establecimiento educativo. 4. Identificar necesidades, solicitar ideas, estimular la participación de todos los miembros de la comunidad en la generación de prácticas y propuestas de convivencia escolar, así como vincular las actividades escolares con otras actividades de la comunidad, con el fin de fortalecer y extender su impacto. 5. Liderar la construcción, ajuste y socialización del Manual de Convivencia con los diferentes actores educativos. 6. Proponer estrategias, mecanismos y procedimientos para el tratamiento de los conflictos y promoción de la convivencia en los establecimientos educativos. 7. Mantener informada a la comunidad educativa, de las propuestas implementadas en pro del mejoramiento de la convivencia y llevar “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 53 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 8. 9. MANUAL DE CONVIVENCIA actas, registros y descripciones adecuadas de las intervenciones realizadas. Planear estrategias de formación y actualización en temas relacionados con la convivencia escolar que desarrolle competencias y habilidades en los integrantes del Equipo, para apoyar y participar en el desarrollo de actividades encaminadas a la promoción de la convivencia y el tratamiento y manejo de los conflictos. Diseñar y participar en procesos de movilización que incluyan elementos de comunicación donde participen padres de familia, estudiantes, autoridades locales y comunidad en general, para construir cultura ciudadana en torno a una convivencia sana y democrática en el aula, el establecimiento educativo y la comunidad. 4.1.6. DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN Es un organismo designado por el Consejo Académico para orientar, acompañar y hacer seguimiento periódico del proceso evaluativo y promocional de los estudiantes. De acuerdo con el artículo 8 del decreto 230 del 11 de febrero de 2002, se conformará para cada grado una Comisión de Evaluación y Promoción de la siguiente manera: El Rector, quien la preside. El Coordinador Académico. El director de grupo. El representante de padres de familia al Consejo de Padres. FUNCIONES 1. Evaluar el proceso formativo de los estudiantes, estimular sus avances, acompañar las actividades complementarias o planes de refuerzo, en los aspectos y desempeños que lo ameriten. 2. Analizar los informes grupales presentados por los docentes al finalizar cada período. 3. Realizar el estudio de los casos de los estudiantes que presenten situaciones especiales en cuanto a la persistencia, superación o insuficiencia en la consecución de los logros. 4. Proponer estrategias con base en el análisis de resultados, para optimizar el proceso formativo de los estudiantes. 5. Decidir la promoción o determinar la no promoción, acorde al proceso evaluativo de los estudiantes. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 54 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 6. 7. 8. 9. MANUAL DE CONVIVENCIA Analizar y determinar los casos de promoción anticipada por efectos de desempeño académico superior en el primer período. Analizar y determinar la promoción de los estudiantes con necesidades educativas especiales. Elaborar las actas respectivas de las reuniones realizadas. Rendir informe escrito al Consejo Académico, cuando sea requerido. 4.1.7. DE LA AUXILIAR ADMINISTRATIVA Y SECRETARIA FUNCIONES 1. Promover y organizar las actividades propias de su cargo asignadas por el Rector. 2. Responsabilizarse del diligenciamiento de los libros de matrícula, admisiones, registros académicos, recuperaciones, calificaciones, validaciones, asistencia y actas de reuniones. 3. Liderar y realizar la organización y ejecución del proceso de matrícula. 4. Elaborar oportunamente las listas de los estudiantes en cada uno de los grupos. 5. Mantener ordenada y actualizada la documentación de los estudiantes, personal docente, directivos docentes y personal administrativo. 6. Llevar los registros del tiempo de servicio de los funcionarios de la Institución. 7. Colaborar con la Rectoría en la elaboración de los informes estadísticos. 8. Organizar funcionalmente el archivo y elaborar las certificaciones que le sean solicitadas. 9. Expedir oportunamente los certificados de estudio, tiempos de servicio, cartas laborales, constancias y demás documentos y papelería que le sean solicitados. 10. Refrendar con su firma las certificaciones expedidas por la Rectoría de la Institución, sólo cuando se requiera. 11. Cumplir la jornada laboral legalmente establecida. 12. Atender al público en el horario establecido, con diligencia, eficacia e imparcialidad. 13. Responder por el inventario, uso adecuado, seguridad y mantenimiento de los equipos y materiales confiados a su cargo. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 55 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 14. Mantener relaciones amables con los educadores, directivos, administrativos, estudiantes y padres de familia. 15. Atender las llamadas telefónicas amablemente, a los alumnos, profesores, administrativos, directivos y público en general, en los horarios legalmente establecidos. 16. Mantener al Rector al tanto de su agenda diaria. 17. Recibir mensajes y transmitirlos al Rector y a los interesados. 18. Llevar registro de toda la información propia de la Institución. 19. Elaborar las cartas requeridas por el Rector, los directivos, administrativos y docentes. 20. Enviar a tiempo la información solicitada por los diversos estamentos de Secretaría de Educación Municipal y/o Departamental. 21. Entregar a tiempo las planillas, logros e indicadores de logros necesarios para el desempeño de los docentes, sobretodo en la entrega de boletines de calificaciones. 22. Mantener al día el archivo y documentación de la Institución. 23. Asistir a las sesiones del Consejo Directivo, Consejo Académico y demás órganos del gobierno escolar, en calidad de secretaria de actas 24. Concertar el cumplimiento de la jornada laboral acorde con el contrato. 25. Atender la convocatoria a las capacitaciones ofrecidas, en cumplimiento del plan de mejoramiento en la prestación del servicio. 26. Informar sobre cualquier anomalía en el desempeño de su función como secretaria. 27. Mantener al día todos los libros de actas de reuniones y calificaciones de la Institución. 28. Guardar ética profesional con la información institucional, del personal docente, administrativo y de servicios, así como del estudiantado. 29. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo. 4.2. DE LOS DOCENTES 4.2.1. DEL DOCENTE DE AULA Los docentes dependen del Rector y por relación de autoridad funcional de los Coordinadores de Convivencia y Académico. Le corresponde propiciar la orientación y guía de las actividades curriculares y proporcionar la “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 56 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA orientación del PEI para que los educandos alcancen los logros establecidos en los planes de área. FUNCIONES 1. Trabajar en equipo con sus pares académicos en la construcción, ejecución, evaluación y seguimiento de los planes de estudio y proyectos de área. 2. Programar y organizar las actividades de enseñanza y aprendizaje de las asignaturas a su cargo, de acuerdo con los criterios establecidos en la programación del área. 3. Dirigir y orientar las actividades de los estudiantes para lograr el desarrollo de su personalidad y darles tratamiento y ejemplo formativo. 4. Controlar y evaluar la ejecución de las actividades del proceso de enseñanza y aprendizaje con base en los parámetros establecidos en el sistema de evaluación institucional. 5. Presentar al Coordinador informe del rendimiento de los estudiantes a su cargo, al término de cada uno de los períodos de evaluación, certificando a tiempo las calificaciones con su firma. 6. Participar en la formación de los estudiantes conforme lo determine el Manual de Convivencia de la Institución y presentar los casos especiales al Coordinador con las acciones pedagógicas que ha desarrollado para que estos estudiantes mejoren sus actitudes. 7. Presentar periódicamente los informes solicitados por los directivos, sobre el desarrollo de las actividades propias de su cargo. (Diario de campo, planillas e informes del seguimiento académico, comportamental y de asistencia). 8. Ejercer la dirección de grupo cuando le sea asignada. 9. Participar en los comités, centros académicos, proyectos y demás actividades que le sean asignados. 10. Cumplir la jornada laboral y la jornada académica de acuerdo con las normas vigentes. 11. Cumplir los turnos de vigilancia y acompañamiento en los descansos. 12. Participar en los actos de comunidad y asistir a las reuniones convocadas por las directivas de la Institución. 13. Atender a los padres de familia de acuerdo con el horario establecido en el plantel. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 57 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 14. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo. 15. Conocer y apropiarse del PEI para favorecer su puesta en práctica. 16. Motivar a los estudiantes hacia la práctica de valores que lleven al buen comportamiento y la sana convivencia institucional. 17. Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su cargo. 4.2.2. DEL DOCENTE DIRECTOR DE GRUPO FUNCIONES 1. Socializar y evaluar el Manual de Convivencia periódicamente. 2. Hacer seguimiento del proceso educativo del estudiante (realizar observaciones positivas y a mejorar, siguiendo el debido proceso). 3. Verificar la asistencia y puntualidad de los estudiantes y reportar a coordinación las ausencias justificadas e injustificadas de los mismos. 4. Estar en continua comunicación con los demás docentes y coordinador para informarse sobre el nivel académico y comportamental de los estudiantes y buscar estrategias de mejoramiento. 5. Hacer seguimiento de los casos especiales de los estudiantes junto con el coordinador y cuando se requiera remitirlos a rectoría con la presencia de los padres de familia. 6. Presentar oportunamente a la comisión de evaluación y promoción un informe descriptivo del desempeño académico y comportamental de los estudiantes al finalizar cada período. 7. Diligenciar el folder de seguimiento comportamental del grupo, atendiendo al debido proceso. 8. Mantenerse en contacto permanente con los padres de familia para informar e informarse sobre el proceso educativo del estudiante y comprobar la asistencia de éstos a las reuniones. 9. Procurar permanentemente la buena presentación y uso adecuado de los uniformes específicos de la Institución. 10. Atender cordialmente a los padres de familia, teniendo en cuenta sus reclamos y sugerencias de acuerdo al horario establecido. 11. Asistir a las reuniones de padres de familia el día y hora en que son citadas, entregando los informes y diligenciando correctamente el observador, donde dé cuenta del desempeño académico y comportamental del estudiante. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 58 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 12. Velar por un buen ambiente de trabajo al interior del aula de clase que lleve a la buena higiene y aseo permanente. 13. Elaborar un inventario de los elementos existentes en los salones donde funcionará el curso a su cargo, indicando el estado en que se encuentran y la cantidad de cada uno de ellos, tanto al comenzar, como al finalizar el año escolar y entregarlo oportunamente al Rector o al Coordinador asignado para este fin. 14. Acompañar a los estudiantes en las salidas pedagógicas y actividades en donde su grupo esté representado. 4.2.3. DEL DOCENTE JEFE DE CENTRO ACADÉMICO Es el docente responsable, junto con sus pares, de investigar, proveer y comunicar los descubrimientos, las tendencias y los avances que se están dando en el área de su responsabilidad. Coordina con sus pares académicos las actividades de planeación curricular propias de la asignatura. FUNCIONES 1. Tener una actitud vigilante frente al cumplimiento de la teleología institucional. 2. Propender junto con sus pares, por la calidad educativa en su respectiva área, buscando alternativas pedagógicas y didácticas, que favorezcan el buen desempeño de los estudiantes, teniendo en cuenta diversos métodos y estrategias de enseñanza para elevar el nivel competitivo. 3. Construir conjuntamente con sus pares y aplicar una visión prospectiva del currículo y las competencias de su área, dando orden, sentido, coherencia e integralidad a los saberes. 4. Procurar el buen uso y aprovechamiento de los recursos tecnológicos con que cuenta la Institución, compartiendo con los docentes propuestas de actualización de bibliografías, links educativos, estrategias innovadoras y nuevas metodologías en las asignaturas pertinentes. 5. Analizar con sus compañeros, las estadísticas del desempeño académico en las distintas asignaturas que componen el área, para diseñar programas, estrategias y acciones correctivas o de apropiación. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 59 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 6. Proponer cursos de actualización permanente que respondan a las necesidades del docente de su área. 7. Construir con sus compañeros, el plan de trabajo anual con base en la malla curricular y los microcurrículos, de manera secuencial en todos los niveles escolares. 8. Articular en el Centro Académico los trabajos del área, con los de otras áreas, proyectos pedagógicos y transversales, siguiendo los lineamientos del Modelo Pedagógico Institucional. 9. Definir con sus pares, estrategias evaluativas de carácter formativo, atendiendo a las políticas institucionales. 10. Representar el área en las reuniones convocadas por las autoridades institucionales, informando a los docentes sobre las decisiones que se tomen. 11. Elaborar el diagnóstico de las necesidades del área. 12. Definir junto con los docentes, el cumplimiento de las responsabilidades del área. 4.2.4. DEL DOCENTE ORIENTADOR FUNCIONES INTERVENCIÓN A NIVEL DIRECTIVO 1. 2. 3. 4. 5. 6. Participar en la formulación, revisión y actualización del PEI, del plan operativo anual y del programa que promueve ambientes escolares adecuados para el desarrollo humano de los estudiantes y su integración con los demás estamentos y grupos. Contribuir con el proceso de evaluación de los resultados de gestión y definición de los planes de mejoramiento institucional continuo. Intervenir en la definición de formas y canales de participación de la comunidad educativa para el cumplimiento de los objetivos institucionales. Colaborar con la dirección de la Institución para un adecuado clima organizacional que contribuya a la formación de los estudiantes y al desempeño docente y administrativo. Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia institucional. Participar en la construcción, redacción, socialización e implementación del Manual de Convivencia. Participar en la definición de programas orientados al desarrollo de la cultura organizacional de la Institución Educativa. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 60 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA INTERVENCIÓN A NIVEL ACADÉMICO 1. 2. 3. 4. 5. 6. Atender la consulta personal sobre aspectos psicológicos y sociales demandados por estudiantes y padres de familia. Asesorar en la elaboración de instrumentos de evaluación del aprendizaje teniendo en cuenta el desarrollo psicosocial de los estudiantes y el nivel de formación en que se encuentran. Animar a los estudiantes sobresalientes para que ayuden a los compañeros a mejorar su aprendizaje. Identificar los factores de riesgo psicosocial que puedan influir en la vida escolar de los estudiantes. Diseñar e implementar estrategias de orientación vocacional. Presentar informes generales sobre casos particulares en las instancias colegiadas que definen políticas de evaluación y analizar el desempeño escolar de los estudiantes. INTERVENCIÓN COMUNITARIA 1. 2. 3. 4. Diseñar y poner en marcha la escuela de padres y madres, con el fin de brindar a las familias mecanismos que permitan una mejor orientación psicológica, social y académica de los estudiantes. Promover la convivencia y la resolución pacífica de conflictos suscitados en la vida escolar de los estudiantes. Participar en la promoción del buen trato y las relaciones armónicas entre los miembros del cuerpo docente, directivo y administrativo y promover la colaboración amistosa y el liderazgo de los estudiantes con fundamento en valores democráticos. Establecer relaciones con las diferentes entidades e instituciones en el área de influencia de la Institución Educativa, con el fin de intercambiar experiencias y recibir apoyo en el campo de la orientación escolar. 4.3. DEL PERSONAL DE SERVICIOS 4.3.1. DEL(A) BIBLIOTECARIO(A) FUNCIONES 1. Atender y orientar a los estudiantes en el servicio de la biblioteca y controlar préstamos de material bibliográfico y audiovisual. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 61 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. MANUAL DE CONVIVENCIA Realizar la adecuación física del material para el préstamo interno y externo. Colaborar en la promoción del servicio de la biblioteca a través de carteleras, afiches, charlas, reuniones, programas y actividades de extensión. Revisar la colección y elaborar informes del material deteriorado o sustraído para su reparación, reintegro, o descarte de inventario. Hacerse cargo de la biblioteca de la Institución, la que recibirá por inventario y organizará de acuerdo con indicaciones administrativas. Orientar al usuario interno y externo suministrándole información, documentos o elementos, de conformidad con lo requerido. Elaborar el plan anual de actividades de la biblioteca y presentarlo a la rectoría para su aprobación. Elaborar el proyecto de reglamento interno de la biblioteca y presentarlo a rectoría para su aprobación. Programar y desarrollar jornadas de trabajo con profesores y estudiantes sobre la adecuada utilización de la biblioteca. Promover el hábito de la lectura en el personal de la Institución mediante el liderazgo de campañas. Clasificar, catalogar y ordenar el material bibliográfico de la biblioteca. Crear un ambiente adecuado para la lectura y la investigación. Llevar el control del material bibliográfico y audiovisual que se encuentra en poder de los usuarios. Evaluar periódicamente las actividades programadas y ejecutadas y rendir informe oportuno a la rectoría. Cumplir la jornada laboral legalmente establecida. Responder por el inventario, uso adecuado, mantenimiento y seguridad del material bibliográfico, muebles y enseres confiados a su manejo. Mantener relaciones amables y cordiales con las directivas, educadores, estudiantes, padres de familia y comunidad en general. Remitir con anterioridad a los directores de grupo y/o rectoría, los estudiantes o docentes que tienen material a cargo de la biblioteca para efectos de paz y salvo. Firmar el paz y salvo por concepto de biblioteca a los diferentes usuarios. Concertar espacios para la utilización de los servicios de la biblioteca. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 62 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 21. Atender las convocatorias a las capacitaciones ofrecidas, en cumplimiento del plan de mejoramiento en la prestación del servicio. 22. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo. 4.3.2. DE LAS(OS) ASEADORAS(ES) FUNCIONES 1. Procurar la correcta presentación, buen estado y conservación de las oficinas, aulas y demás instalaciones de la Institución en cuanto al aseo se refiere. 2. Cumplir la jornada laboral legalmente establecida. 3. Hacer uso racional de los elementos que se le suministren para el desempeño de sus funciones. 4. Informar oportunamente a la rectoría, coordinadores o profesores cualquier novedad ocurrida en la zona o equipos a su cuidado. 5. Atender las convocatorias a las capacitaciones ofrecidas, en cumplimiento del plan de mejoramiento en la prestación del servicio. 6. Velar por el buen cuidado y uso de espacios, equipos y mobiliarios. 7. Colaborar con la prevención y control de situaciones de emergencia. 8. Las demás funciones que se le asignen en relación con el desempeño de su cargo. 4.3.3. DEL CELADOR FUNCIONES 1. Ejercer vigilancia en las áreas o zonas que se le hayan asignado. 2. Controlar la entrada y salida de personas, vehículos, objetos, bienes y enseres del plantel. 3. Velar por el buen estado y conservación de los implementos, bienes y enseres que tenga a su cargo. 4. Informar y registrar oportunamente sobre las anomalías detectadas durante sus horarios de trabajo, con ocasión del desempeño de sus funciones. 5. Comunicar a la rectoría, coordinadores o docentes inmediatamente sobre cualquier irregularidad que observe durante sus horarios de trabajo. 6. Colaborar con la prevención y control de situaciones de emergencia. 7. Cumplir la jornada laboral legalmente establecida. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 63 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. MANUAL DE CONVIVENCIA Mantener relaciones amables con las directivas, educadores, estudiantes, padres de familia, y comunidad en general. Mantener cerradas las puertas del establecimiento educativo durante horarios en los que no se esté prestando servicio educativo. Mantener independencia y distancia de su trabajo frente a los estudiantes de la Institución; sólo informar a las autoridades directivas y/o administrativas sobre cualquier irrespeto. Cuando preste algún elemento o bienes que tenga a su cuidado, revisar que sean entregados en la misma forma y estado y en el momento indicado según las normas de la Institución. Dar oportunamente información que le sea entregada, ya sea para el Rector u otra persona y/o instancia. Permanecer en el sitio de trabajo asignado durante el horario establecido. Activar las alarmas de la Institución cuando sea necesario. No permitir el ingreso de personas extrañas a la Institución fuera de la jornada escolar. Llevar registro escrito de los elementos que ingresen o salgan de la Institución. Colaborar con el personal de aseo, sacando oportunamente los recipientes de basura, en los días y horas señaladas y volverlas a ingresar a la Institución. Hacer recorridos constantes por las instalaciones de la Institución con el fin de velar por el buen estado y uso de redes eléctricas, cerraduras y grifos de agua. Restringir actividades extracurriculares dentro del establecimiento sin supervisión de docentes, directivos o administrativos de la Institución. Atender las convocatorias a las capacitaciones ofrecidas, en cumplimiento del plan de mejoramiento en la prestación del servicio. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo. 4.3.4. DEL PORTERO FUNCIONES 1. Ejercer vigilancia en las áreas o zonas aledañas a las puertas de ingreso y salida del personal. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 64 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. MANUAL DE CONVIVENCIA Controlar el ingreso y salida de personal de la Institución, solicitando una justificación oral o escrita a las personas desconocidas que vayan a ingresar a la Institución. Controlar la salida y entrada de vehículos y/o bienes muebles y enseres de la Institución. Velar por la seguridad y conservación de las personas y bienes de la Institución. Consignar e informar en registros de control de manera oportuna al Rector sobre las anomalías detectadas en sus turnos laborales. Colaborar con el personal de aseo, sacando oportunamente los recipientes de basura, en los días y horas señaladas y volverlas a ingresar a la Institución. Restringir la entrada a padres de familia durante la jornada escolar, evitando la interrupción de clases a los profesores, excepto aquellos que sean citados. Cumplir con la jornada laboral legalmente establecida. No permitir el ingreso de personas a la Institución en horarios diferentes a los académicos. Recibir correspondencia y encomiendas, para entregarla a las personas interesadas, cuando no sea estrictamente necesario el ingreso de los mensajeros. Colaborar con la restricción de ingreso para los estudiantes que llegan tarde hasta que el coordinador encargado realice el control respectivo. Colaborar con la restricción de ingreso a los estudiantes que llegan sin uniforme hasta que el coordinador de turno realice el control respectivo. Exigir permiso firmado por la Coordinación, a los estudiantes que se vayan a retirar de la Institución. Informar al Rector sobre el ingreso tarde a la Institución de personal docente, directivo y/o administrativo. Portar constantemente el uniforme y el carné para ameritar el respeto y autoridad del personal de la comunidad educativa. Atender las convocatorias a las capacitaciones ofrecidas, en cumplimiento del plan de mejoramiento en la prestación del servicio. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su cargo. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 65 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 4.3.5. DEL PERSONAL DE MANTENIMIENTO FUNCIONES 1. Proporcionar oportuna y eficientemente, los servicios que requiera la Institución en materia de mantenimiento preventivo y correctivo a las instalaciones, así como la ejecución de obras necesarias para el fortalecimiento y desarrollo de las instalaciones físicas. 2. Realizar de manera eficiente el servicio de reparación y mantenimiento de cada una de las áreas de la Institución. 3. Cumplir y permanecer en su jornada de trabajo de acuerdo a los principios de responsabilidad en las áreas que se le haya asignado. 4. Ejecutar dentro de las horas de servicio y de acuerdo con sus habilidades, trabajos urgentes de carpintería, albañilería, plomería, electricidad, jardinería, etc. según se requieran. 5. Reportar a las autoridades institucionales cualquier irregularidad que advierta en los espacios locativos de la Institución. 6. Participar en las actividades que se le asignen y que incidan en el mejoramiento institucional. 7. Velar por el buen estado y conservación de los implementos, bienes y enseres que tenga a su cargo. 8. Hacer uso racional de los elementos que se le suministren para el desempeño de sus funciones. 9. Atender las convocatorias a las capacitaciones ofrecidas, en cumplimiento del plan de mejoramiento en la prestación del servicio. 10. Todas las demás funciones inherentes a su cargo, que le sean asignadas. 4.4. DE LOS ÓRGANOS Y REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL 4.4.1. DEL CONSEJO ESTUDIANTIL Es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los educandos. Es integrado por un vocero de cada uno de los grupos de la Institución. El grado preescolar elegirá uno solo. FUNCIONES 1. Darse su propia organización interna. 2. Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del establecimiento y asesorarlo en el cumplimiento de su representación. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 66 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 3. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil. 4. Participar, promover y generar actividades académicas, de convivencia y culturales que aporten a la vivencia colectiva de los principios institucionales. 5. Promover la defensa de los Derechos Humanos, la Constitución Política y el Manual de Convivencia. 6. Acompañar, fortalecer, vigilar y garantizar la gestión del(a) personero(a) estudiantil. 7. Promover y defender el cumplimiento de los deberes y la garantía de los derechos en la comunidad educativa. 8. Acompañar procesos de convivencia desde la promulgación de los derechos y el cumplimiento de los deberes. 9. Proponer e implementar estrategias que aporten soluciones a los problemas de convivencia que se presenten, apoyando los otros estamentos. 10. Programar reuniones para diseñar propuestas de trabajo y elaborar actas de cada reunión. 11. Representar a la Institución dentro y fuera de ella y brindar informes de su gestión. 4.4.2. DEL(A) PERSONERO(A) ESTUDIANTIL Es un estudiante del grado 11° de la Institución, encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes. Es elegido mediante elección democrática y participativa, por todos los estudiantes de la Institución en votación secreta, organizada por el centro académico de Ciencias Sociales. Los candidatos a personero(a) de los estudiantes, deberán presentar por escrito la propuesta de trabajo que se comprometen a realizar si llegan a ser elegidos. Sus funciones están reglamentadas por el articulo 28 del decreto 1860 de 1994. FUNCIONES 1. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre lesiones a sus derechos y las quejas de la comunidad referente a las obligaciones de los estudiantes. 2. Presentar ante el Consejo Directivo y/o Rector, las solicitudes de oficio y las peticiones necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de los deberes. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 67 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 3. 4. 5. 6. MANUAL DE CONVIVENCIA Asistir a las reuniones del Consejo Directivo cuando sea necesario. Asistir a las reuniones del Consejo de Estudiantes. Promover el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes estudiantiles consagrados en la Constitución Política, en las leyes y los mandatos vigentes en este Manual. Ejercer un liderazgo dentro de la Institución, mediante la ejecución de proyectos y el cumplimiento de su propuesta de gobierno. 4.4.3. DEL REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES ANTE EL CONSEJO DIRECTIVO Es un estudiante del grado 11° de la Institución, encargado de representar a los estudiantes ante el Consejo Directivo. Es elegido por el Consejo de Estudiantes mediante votación secreta. Los candidatos a representante de los estudiantes, deberán presentar por escrito la propuesta de trabajo que se comprometen a realizar si llegan a ser elegidos. FUNCIONES. 1. Representar dignamente a los estudiantes en el Consejo Directivo. 2. Participar activamente en las decisiones que enriquecen la vida institucional. 3. Participar en la planeación, ejecución y evaluación del PEI. 4. Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades comunitarias, culturales, recreativas y deportivas. 5. Promover campañas que mejoren en la Institución los aspectos académico, disciplinario, formativo y pedagógico. 6. Trabajar aunadamente con el Consejo Estudiantil, el Personero(a) y demás instancias del estamento estudiantil. 7. Citar y presidir las asambleas del Consejo de Estudiantes. 8. Dar informes de su gestión periódicamente ante los estudiantes. 4.4.4. DEL(A) CONTRALOR(A) ESTUDIANTIL Esta figura es creada en las Instituciones Educativas oficiales del departamento de Antioquia, como un mecanismo de promoción y fortalecimiento del control social en la gestión educativa y espacio de participación de los jóvenes, que busca la transparencia y potencia los escenarios de participación ciudadana para la vigilancia de los recursos y bienes públicos en la gestión educativa, institucionalizada mediante Ordenanza 26 de 2009. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 68 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA Los principios éticos que orientarán las actuaciones de los contralores estudiantiles serán los siguientes: Los bienes públicos son sagrados, la gestión pública es democrática y participativa, todos los ciudadanos y sujetos de control son iguales frente al ejercicio de la función fiscalizadora, los resultados del ejercicio del control son públicos. El(a) contralor(a) estudiantil debe ser un estudiante del grado 10° que haya cursado el grado 9° en la Institución. Es elegido mediante elección democrática y participativa, por todos los estudiantes de la Institución en votación secreta, organizada por el centro académico de Ciencias Sociales el mismo día en que se elige el personero(a) estudiantil. Los candidatos a contralor(a) de los estudiantes, deberán presentar por escrito la propuesta de trabajo que se comprometen a realizar si llegan a ser elegidos. FUNCIONES 1. Propiciar acciones concretas y permanentes de control social a la gestión de las instituciones educativas, actuando como veedor del uso eficiente de los recursos. 2. Promover la rendición de cuentas en las instituciones educativas. 3. Velar por el correcto funcionamiento de las inversiones que se realicen mediante los fondos de servicios educativos y proyectos institucionales. 4. Ejercer el control social a los procesos de contratación que realice la Institución Educativa. 5. Canalizar las inquietudes que tenga la comunidad educativa, sobre deficiencias o irregularidades en la ejecución del presupuesto o el manejo de los bienes de la Institución Educativa. 6. Formular recomendaciones o acciones de mejoramiento al Rector y al Consejo Directivo, sobre el manejo del presupuesto y la utilización de los bienes. 7. Poner en conocimiento del organismo de control competente, las denuncias que tengan mérito, con el fin de que se apliquen los procedimientos de investigación y sanción que resulten procedentes. 8. Comunicar a la comunidad educativa los resultados de la gestión realizada durante su mandato. 9. Conocer el Proyecto Educativo Institucional (PEI), el presupuesto y el plan de compras de la Institución Educativa. 10. Velar por el cuidado del medio ambiente. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 69 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 11. Contribuir en la creación de una cultura de control social, del cuidado, buen uso y manejo de los recursos y bienes de su Institución a través de las actividades formativas y/o lúdicas que vinculen a los estudiantes, con el apoyo de la Institución y de la Contraloría Departamental. 12. Emprender acciones conjuntas con el Personero, Representante de los Estudiantes y Consejo Estudiantil, con el fin de propender por el mejoramiento de lo procesos estudiantiles. 4.4.5. DE LOS ESTUDIANTES REPRESENTANTES DE GRUPO Depende del director de grupo. Debe ser elegido por sus compañeros de grupo con asesoría de su director, para un año lectivo. FUNCIONES 1. Su función primordial consiste en conducir, dirigir y orientar al grupo. 2. Conocer el Manual de Convivencia del plantel, cumplirlo a cabalidad, servir de multiplicador y estar pendiente de su cumplimiento por parte del grupo. 3. Representar el grupo y llevar la vocería de sus compañeros ante el director de grupo, profesores, Consejo de Estudiantes y directivas de la Institución. 4. Proponer alternativas de solución cuando se presenten dificultades académicas y de convivencia al interior del grupo. 5. Presentar programas o proyectos que beneficien al grupo y a la comunidad en general, para que las directivas de la Institución los estudien y los lleven a cabo si lo estiman conveniente. 4.4.6. PROCEDIMIENTO PARA LA REVOCATORIA DEL MANDATO En uso de la potestad conferida por la Ley General 115 de 1994, en el artículo 87, la Institución puede señalar los criterios para revocar el mandato o suspender de las funciones al que las incumpla o no desarrolle el programa por el cual fue electo: Personero Estudiantil, Contralor Estudiantil, Representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo y Representante de grupo. a. Solicitud escrita de uno o varios miembros de la comunidad educativa ante el Consejo Directivo. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 70 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA b. c. d. MANUAL DE CONVIVENCIA Análisis del caso por parte del Consejo Directivo, el cual definirá si la solicitud amerita llamada de atención o revocatoria del cargo. En caso de que el Consejo considere que hay mérito para la revocatoria del mandato, se procederá a recoger firmas o a convocar al organismo que eligió a dicho representante, para poner a consideración la propuesta, la cual deberá ser aprobada por una cantidad de votos o de firmas, de la mayoría (la mitad más uno) de los electores que votaron por el representante en cuestión. Hecho efectivo el procedimiento para la revocatoria del mandato, el Rector de la Institución será el encargado de coordinar y convocar a nuevas elecciones, si esto ocurre antes de culminar el primer semestre del año en curso y si esto sucede después de terminado este tiempo, se procederá a elegir el segundo en el orden de votación; todo esto con el propósito de que de manera idónea y rápida se elija a la persona que sucederá en el cargo a la persona revocada. 4.5. DE LOS ÓRGANOS Y REPRESENTACIÓN DE LOS PADRES DE FAMILIA 4.5.1. DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES La Asociación de Padres de Familia es un órgano promovido para su constitución por el Consejo Directivo del plantel, con el fin de asegurar la continua participación de los padres y acudientes en el proceso pedagógico del establecimiento. Regido por las funciones establecidas en los artículos 30 y 31 del decreto 1860 de 1994 y el decreto 1286 del 27 de abril de 2005, artículo 10. FUNCIONES 1. Velar por el cumplimiento del Proyecto Educativo Institucional y su continua evaluación. 2. Promover el proceso de constitución de la Asociación de familias como apoyo a la función pedagógica que les compete. 3. Llevar a cabo las actividades culturales y de promoción social tendientes a lograr el mejoramiento de la comunidad educativa. 4.5.2. DEL CONSEJO DE PADRES El Consejo de Padres es un órgano de participación de los padres de familia de la Institución, destinado a asegurar su continua participación en el proceso educativo y a elevar los resultados de calidad del servicio. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 71 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA Integrado por un (1) padre de familia por cada uno de los grados y grupos de la institución. Sus finalidades se encuentran estipuladas en los artículos 7° y 10° del Decreto 1286 del 27 de abril del 2005 y son las siguientes: 1. Apoyar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y el plan de mejoramiento de la Institución Educativa. 2. Promover la construcción de un clima de confianza, tolerancia y respeto, entre todos los miembros de la comunidad educativa. 3. Promover los procesos de formación y actualización de los padres de familia. 4. Apoyar a las familias y a los estudiantes en el desarrollo de las acciones necesarias para mejorar sus resultados de aprendizaje. 5. Promover entre los padres de familia una cultura de convivencia, solución pacifica de los conflictos y compromiso con la legalidad. 6. Facilitar la solución de los problemas individuales y colectivos de los menores y propiciar acciones tendientes al mejoramiento de su formación integral de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del decreto 2737 de 1989. FUNCIONES Las funciones del Consejo de Padres de Familia de acuerdo con el mismo decreto son: 1. Contribuir con el Rector en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de las competencias y las pruebas de Estado. 2. Exigir que el establecimiento, con todos sus estudiantes, participe en las pruebas de competencias y de Estado realizadas por el ICFES. 3. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice la Institución Educativa, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas asignaturas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad. 4. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados. 5. Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 72 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño, la niña y los adolescentes. 6. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa. 7. Presentar propuestas de mejoramiento del Manual de Convivencia en el marco de la Constitución y la Ley. 8. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente. 9. Elegir al padre de familia que participará en la Comisión de Evaluación y Promoción de la Institución (según decreto 1290). 10. Presentar las propuestas de modificación del Proyecto Educativo Institucional que surjan de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los artículos 14, 15 y 16 del Decreto 1860 de 1994. 11. Elegir dos (2) representantes de los padres de familia en el Consejo Directivo del establecimiento educativo, con la excepción establecida en el parágrafo 2 del artículo 9 del presente decreto. Parágrafo 1. El Rector de la Institución Educativa proporcionará toda la información necesaria para que el Consejo de Padres pueda cumplir sus funciones. Parágrafo 2. El Consejo de Padres de la Institución Educativa ejercerá estas funciones en directa coordinación con el Rector y requerirá de su expresa autorización cuando asuma responsabilidades que comprometan la Institución Educativa ante otras instancias o autoridades. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 73 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA TÍTULO 5. REGLAMENTO INTERNO. 5.1. DE LA BIBLIOTECA La Institución Educativa proporciona material bibliográfico sobre las diferentes áreas, a través de la biblioteca escolar Porfirio Barba Jacob. 5.1.1. SERVICIOS Los servicios que presta a la comunidad educativa son: 1. Inducción a usuarios: Orientación y capacitación sobre los servicios que ofrece la biblioteca y la forma de usarlos. 2. Referencia: Asesoría en la búsqueda, localización y recuperación de información dentro de la colección de la biblioteca. 3. Consulta en sala: Acceso al material bibliográfico, tomándolo de los estantes de la biblioteca o solicitándolo al(a) bibliotecario(a), cuando aquél se encuentre en depósito y en colecciones de estantería cerrada. 4. Préstamo externo de material: Consiste en retirar material bibliográfico y poder renovar su préstamo, siempre que el material no se encuentre previamente separado o reservado por otro usuario. 5. Fotocopia de material bibliográfico: El cual está supeditado al horario de fotocopiado dispuesto dentro de la Institución, pero aclarándose que sólo se puede realizar dentro del establecimiento educativo. 5.1.2. PRÉSTAMO Para poder hacer uso de préstamo de material de la biblioteca se requiere: 1. Estar matriculado y presentar carné vigente. 2. Los empleados y profesores de la Institución presentan el respectivo carné; los padres de familia presentan cédula de ciudadanía. 3. El préstamo de material bibliotecario se hace en forma personal, teniendo en cuenta que el usuario debe presentar identificación, según su condición dentro de la Institución. 4. La persona que realiza el préstamo se hace responsable del material que recibe hasta la fecha de devolución. 5. El material prestado debe ser devuelto en iguales condiciones al día en que se hizo su préstamo. 6. El préstamo es personal e intransferible. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 74 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 5.1.3. PERÍODOS DE PRÉSTAMO Se fijan los períodos de préstamo así: 1. Colección general (documentos, folletos, literatura): Un usuario puede retirar tres materiales hasta por diez días, teniendo en cuenta que el préstamo puede ser renovado previa presentación de los materiales bibliográficos facilitados, siempre y cuando éstos no se encuentren reservados por otro usuario. 2. Colección de reserva: El préstamo de dichos libros o colecciones se puede hacer en el día, al finalizar cada jornada, para ser devueltos al día siguiente, al inicio de la jornada. 3. Colección de referencia y normas técnicas: Sólo se facilitan para consulta interna. 5.1.4. DEVOLUCIONES La devolución de los materiales debe hacerse en la fecha indicada para ello. Si el material devuelto se encuentra deteriorado, se hace necesaria la presencia del usuario que hizo el préstamo para llevar a cabo el debido proceso. El no cumplimiento de estas normas ocasiona sanciones. 5.1.5. RETENCIÓN DE MATERIAL VENCIDO O ROBADO Con el fin de disminuir la pérdida de los materiales, éstos serán retenidos cuando aparezcan con fecha de préstamo vencida, o con claros indicios de haber sido sustraídos de la biblioteca. 5.1.6. CONSULTA 1. Se dispone de un área de consulta y lectura individual de las diferentes colecciones. 2. Se dispone de un sistema de estantería abierta para que el usuario tenga acceso directo a las diferentes colecciones. 5.1.7. PAZ Y SALVO La Institución exige paz y salvo a estudiantes, profesores y empleados, para efectos de certificados de estudio, matrícula, grado o retiro de la Institución. Este certificado se expide con base en el registro personal del usuario. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 75 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 5.1.8. REPRODUCCIÓN DE MATERIAL DE LA BIBLIOTECA De conformidad con las normas que regulan la propiedad intelectual, la reproducción de una obra requiere la autorización del titular de los derechos patrimoniales sobre ésta. Sin embargo, por disposición legal, en el caso de las instituciones educativas, los siguientes eventos son excepciones y en consecuencia, no tienen tal requisito: 1. La reproducción con fines de enseñanza y su utilización conforme a ello. 2. La reproducción de un ejemplar de forma individual y sin fines de lucro, para preservarlo y sustituirlo en caso de extravío, destrucción o inutilización, siempre y cuando éste no se encuentre en el mercado. 5.1.9. DERECHOS DE LOS USUARIOS 1. Atención oportuna y satisfactoria en la prestación de los servicios de la biblioteca. 2. Disfrutar de un ambiente propicio para la lectura y la investigación. 3. Gozar de un trato amable y cortés. 4. Recibir información oportuna sobre el uso de los servicios y recursos. 5. Cancelación oportuna del material bibliográfico devuelto. 5.1.10. DEBERES DE LOS USUARIOS 1. Toda persona que ingresa a la biblioteca debe llevar consigo su carné o documento de identificación y máximo un cuaderno donde tomar apuntes. No se está permitido ingresar con bolsos, mochilas, paquetes y demás. 2. Colaborar con el silencio, ya que la biblioteca es un lugar de estudio e investigación y requiere de un ambiente tranquilo. 3. Contribuir al buen funcionamiento y a la adecuada prestación de los servicios de la biblioteca. 4. No comer, fumar, conversar, escuchar música y estudiar en voz alta. 5. Evitar el irrespeto o mal trato a los funcionarios de la biblioteca. 6. Los usuarios deben hacer uso correcto del material, del mobiliario y demás enseres de la biblioteca. 7. Al salir de la biblioteca se debe permitir la revisión total por parte del funcionario responsable. 8. Dejar sobre las mesas o en los lugares destinados para ello, los materiales consultados. 9. Conservar en buen estado los materiales consultados. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 76 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 10. Cumplir con el período de préstamo del material bibliográfico y dar aviso inmediato en caso de pérdida o deterioro. 11. Informar inmediatamente la pérdida del carné o documento de identificación. 12. No usar teléfonos celulares al interior de ella. 13. Cumplir con el reglamento de la biblioteca. 5.1.11. SANCIONES 1. Quien por primera vez hable en voz alta, utilice teléfonos celulares, consuma alimentos o fume dentro de las instalaciones de la biblioteca recibirá un llamado de atención verbal. Si el usuario continúa con su comportamiento, se le solicitará que se retire de la biblioteca, se le prohibirá hacer uso de los servicios de esta por quince (15) días y se pondrá esta situación en conocimiento del Coordinador de Convivencia. 2. Si un usuario pierde cualquier tipo de material bibliográfico o lo devuelve en malas condiciones físicas, debe dar aviso de inmediato a la biblioteca, además tiene que reponerlo con uno de las mismas características bibliográficas si fuese imposible conseguirlo. En casos especiales, la biblioteca puede aceptar fotocopias del original empastadas o sustituir el pago en dinero por otro libro o documento seleccionado por la misma biblioteca. 3. Quien raye, escriba, mutile, dañe o extravíe el material o equipos de la biblioteca, deberá reponer el documento original o el equipo en buen estado, esto será considerado una falta gravísima, por lo tanto se le consignará la respectiva anotación en el portafolio comportamental. 4. Quien sea sorprendido sacando material de la biblioteca o adulterando datos, pierde automáticamente el derecho al uso de ella y se hace acreedor a la sanción disciplinaria establecida por el Manual de Convivencia. 5. Quien se atrase en la devolución de los materiales bibliográficos, se hace acreedor a la suspensión del servicio de préstamo. El número de días de suspensión del servicio se calculará multiplicando los días de atraso por tres (3) en caso de ser un material de colección general y por cinco (5) en caso de ser un libro de reserva. 6. Los empleados de la Institución, tanto docentes como administrativos y de servicios, tienen que actualizar sus préstamos en los meses de junio y diciembre de cada año, previa presentación de cada uno de los “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 77 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 7. MANUAL DE CONVIVENCIA materiales en su poder. Quien no acate esta norma pierde el derecho al préstamo hasta tanto se actualice. Rayar, escribir, mutilar, dañar o extraviar el material o equipos de la biblioteca, por parte de docentes, directivos o personal de servicio, será considerada como falta grave, por lo tanto se hará la notificación para iniciar el respectivo proceso. 5.2. DEL LABORATORIO El laboratorio es un espacio designado para la práctica y vivencia de experiencias y aprendizajes relacionados con las asignaturas afines de física, química y ciencias naturales, el cual se rige bajo el siguiente reglamento: Al ingresar: 1. Ingresar en forma ordenada y respetuosa. 2. No se permite el ingreso de alimentos ni bebidas al laboratorio. 3. Ingresar sólo los elementos necesarios para la práctica. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. Durante la práctica: Seguir las medidas de precaución y seguridad indicadas. Conservar los rótulos con los nombres de las sustancias. Leer cuidadosamente las instrucciones para los experimentos, siguiendo las recomendaciones dadas por el docente. No mezclar productos químicos ni manipular instrumentos sin la debida autorización. En el caso de ser necesario, usar delantal, guantes y gafas, evitar cabello suelto y alhajas. El no cumplir con estas indicaciones, será causal de no ingreso al mismo. Mantener limpia el área de trabajo y los materiales alejados de químicos, fuego y de otras sustancias que puedan ser peligrosas. Abstenerse de tocar, probar u oler productos sin la autorización del docente. Lavar muy bien las manos antes y después de cada experimento. Mantener los recipientes debidamente tapados, para evitar que se rieguen las sustancias. Informar de inmediato al docente cualquier dificultad o accidente que se presente, para la aplicación de los primeros auxilios necesarios. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 78 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 10. Usar solamente los productos autorizados por el docente y desecharlos de acuerdo a las indicaciones, para evitar contaminación. 11. Evitar el uso de recipientes e implementos rotos o en mal estado y de otros materiales que no se requieran dentro del laboratorio. 12. Hacer uso adecuado y racional de los materiales, implementos y mobiliario. 13. Está prohibido realizar experimentos que causen dolor, incomodidad o daño a los animales. 14. El laboratorio debe contar con extintor, el cual debe estar en un lugar visible y en óptimas condiciones. 15. Los equipos y materiales son para uso exclusivo de la Institución, no se pueden prestar ni sacar de ésta. 16. La pérdida o daño del material o equipo que está bajo su responsabilidad tiene que ser pagado por otro igual o hacerle la reparación adecuada. 1. 2. 3. 4. 5. 1. 2. 3. Al finalizar la práctica: Lavar los equipos y material utilizado, dejándolos en el lugar que corresponde. Apagar todos los equipos de trabajo. Dejar los espacios aseados y debidamente organizados. Recoger los objetos personales. Abandonar el laboratorio en debido orden. Recomendaciones para los docentes: Para la utilización del laboratorio, los docentes de las diferentes asignaturas, deben solicitar el espacio previamente con el responsable. La persona responsable del grupo siempre debe estar presente y no dejarlo solo por ningún motivo. Cualquier anomalía en los equipos deberá reportarla inmediatamente a la persona encargada del laboratorio o a los directivos. 5.3. DE LAS SALAS DE SISTEMAS La sala de sistemas es un espacio designado para la práctica y vivencia de experiencias de aprendizaje, la cual se rige bajo el siguiente reglamento: “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 79 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 1. 2. 3. 1. MANUAL DE CONVIVENCIA Al ingresar a la sala: Ingresar cuando se reciba la debida autorización del docente, en forma ordenada, respetuosa y en silencio, para escuchar las indicaciones. No ingresar alimentos ni bebidas a la sala. Ingresar sólo los elementos necesarios para la clase. 9. Durante la clase: Ubicarse en el lugar asignado por el docente, conservando una postura corporal adecuada. Revisar el equipo asignado y reportar cualquier daño y deterioro en el mismo antes de iniciar el trabajo. Cuidar equipos, mesas, sillas, cables y demás elementos de la sala. Usar sólo los programas y dispositivos autorizados y en caso de requerir otros, como USB, DVD o CD, solicitar permiso al docente. Manejar un adecuado volumen de voz. Informar oportunamente al docente sobre cualquier falla del equipo o los programas. Está prohibido ingresar y hacer uso del chat, correo electrónico, facebook u otras páginas diferentes, salvo si hacen parte del tema de clase. Los equipos y materiales son para uso exclusivo de la Institución, no se pueden prestar ni sacar de ésta. Asumir el costo de daños del material o de equipos por mal uso. 1. 2. 3. 4. Al finalizar la clase: Apagar correctamente los equipos. Recoger los objetos personales. Abandonar la sala en debido orden. Dejar los espacios aseados y debidamente organizados. 1. Recomendaciones a docentes: Para la utilización de la sala, los docentes de las diferentes asignaturas deben solicitar el espacio previamente con el responsable de la sala. Está completamente prohibido instalar software en los equipos. En caso de ser esto indispensable, se debe presentar por escrito autorización y justificación al equipo directivo de la Institución. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 2. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 80 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 3. 4. MANUAL DE CONVIVENCIA Cualquier anomalía en los equipos deberá reportarla inmediatamente a la persona encargada de la sala o a los directivos. La persona responsable del grupo siempre debe estar presente y no dejarlo solo por ningún motivo. 5.4. DE LA SALA DE AUDIOVISUALES Y AULA MÚLTIPLE Son espacios destinados para la realización de reuniones, capacitaciones, proyección de videos, películas y otros eventos o actividades institucionales, los cuales se rigen por el siguiente reglamento: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. Reservar el espacio con anterioridad. No ingresar alimentos ni bebidas. Ingresar sólo los elementos necesarios para la actividad. Ingresar de forma ordenada y respetuosa. Cuidar equipos, mesas, sillas, implementos y demás mobiliario. Apagar correctamente los equipos usados. Dejar los espacios aseados y debidamente organizados. Recoger los implementos personales. Reportar inmediatamente a la persona encargada o a los directivos, cualquier anomalía en los equipos o mobiliario. 10. Los equipos y materiales son para uso exclusivo de la Institución, no se pueden prestar ni sacar de ésta. 11. Manejar un adecuado volumen de voz. 12. Asumir el costo de daños de material, equipos o mobiliario por mal uso. 5.5. DEL CENTRO DE EDUCACIÓN FÍSICA Y ARTÍSTICA El centro de educación física y artística es un estamento que funciona al interior de la Institución Educativa para promover la actividad física, la recreación, el deporte, la lúdica y las expresiones artísticas, fortaleciendo el desarrollo integral del estudiante mediante la participación activa en eventos deportivos y culturales a nivel municipal, regional y nacional. FUNCIONES 1. Motivar la sana competencia y lealtad deportiva, reflejada en los eventos internos y externos de la Institución. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 81 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 2. 3. MANUAL DE CONVIVENCIA Motivar y promover el desarrollo deportivo, cultural y artístico en los estudiantes mediante la organización de actividades intramurales y la participación en eventos municipales, regionales y nacionales. Premiar y estimular con trofeos y reconocimientos públicos a los estudiantes que en su participación se destaquen en las diferentes actividades deportivas, culturales y artísticas. REGLAMENTO 1. Tratar de forma adecuada, pertinente y oportuna los implementos deportivos e instrumentos musicales de la Institución. 2. No está permitido el ingreso de implementos deportivos y musicales personales, salvo con autorización del docente. 3. Hacer buen uso de los espacios deportivos, promoviendo la conservación de éstos. 4. Asegurar la permanencia dentro de la Institución Educativa de los implementos deportivos e instrumentos musicales, evitando el préstamo de éstos a estudiantes u otras personas o entidades externas. 5. En caso de pérdida o daño intencional de algún material, la persona implicada tiene que reponerlo por otro igual, de no encontrarlo, la Institución decide por cual se reemplaza o el costo que debe asumir para la reparación. 6. Para un estudiante participar y representar a la Institución en cualquier evento deportivo y cultural, debe ajustarse al reglamento establecido por el Consejo Académico, el cual se encuentra estipulado en el Sistema de Evaluación Institucional. 5.6. DE LA SALA DE PROFESORES Es un espacio destinado para el bienestar de los docentes, en el cual se llevan a cabo actividades de planeación, desarrollo y evaluación de sus actividades pedagógicas. REGLAMENTO 1. Se prohíbe el ingreso de estudiantes y personas ajenas a la Institución sin previa autorización. 2. La atención a estudiantes y padres de familia debe hacerse fuera de la sala. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 82 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 3. 4. Respetar los objetos de uso personal de los docentes. No tomar sin autorización objetos que se encuentren en los escritorios y archivadores. 5. Mantener presentables y ordenados los escritorios, archivadores y material de trabajo, favoreciendo un ambiente agradable. 6. Hacer buen uso de los equipos, dotación, materiales e implementos de la sala. 7. Hacer buen uso de los implementos de la cocineta, manteniendo el aseo y el orden. 8. Manejar un tono de voz moderado. Si se desea escuchar música, hacerlo de tal manera que no interfiera en las actividades de los demás. 9. Procurar no abordar casos delicados y particulares de estudiantes en forma general, manteniendo la cautela y la prudencia. 10. Ser prudentes y respetuosos con los comentarios y la información que se fije en los tableros y paredes de la sala. 11. Las planillas, observadores, cuadernos y/o trabajos de los estudiantes, deben permanecer debidamente organizados y guardados. 5.7. DEL RESTAURANTE ESCOLAR El restaurante es un servicio opcional que pertenece al programa de bienestar estudiantil. Su objetivo es beneficiar al estudiantado en su aspecto nutricional y de salud, lo que se verá reflejado en el mejoramiento de la calidad educativa. Para el correcto funcionamiento del restaurante escolar se conforma anualmente y, de manera democrática, con los padres de familia de los estudiantes usuarios, un comité de apoyo encargado de administrar el restaurante, quienes deben nombrar un presidente, tesorero, secretario y fiscal, ello con el continuo acompañamiento de un docente o directivo docente. Las manipuladoras de los alimentos deben ser personas idóneas que certifiquen la participación y actualización en cursos de manipulación y manejo higiénico de alimentos; son seleccionadas por el mismo grupo de apoyo y no tendrán ninguna relación de dependencia laboral con la Institución. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 83 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA REGLAMENTO 1. Ingresar en forma ordenada y respetuosa. 2. Hacer uso de buenas prácticas higiénicas y sanitarias. 3. Brindar un trato digno, amable y respetuoso a todas las personas que colaboran con este servicio. 4. Conservar orden y compostura, tanto en las filas, como en el momento de consumir sus alimentos. 5. Demostrar modales en su posición corporal, manejo adecuado de cubiertos y compostura en la mesa. 6. Utilizar adecuadamente las instalaciones, mobiliarios y utensilios del restaurante. 7. Cumplir con el horario establecido para el ingreso de los grupos. 8. Mantener en orden y limpio el restaurante. 5.8. DE LA EMISORA ESCOLAR Es una sala dotada con equipos de sonido y comunicación para facilitar la información a la comunidad educativa. REGLAMENTO 1. Deben permanecer en el recinto un máximo de dos personas: el docente encargado y el estudiante delegado por el docente, quienes se responsabilizan de la locución y el manejo técnico de los equipos. 2. El estudiante seleccionado para la administración de la emisora debe destacarse por su buen rendimiento académico y comportamental. 3. Los equipos son para uso exclusivo de la Institución, no se pueden prestar ni sacar de ésta. 4. Ningún usuario tiene autorización para efectuar reparaciones o cambios en equipos o enseres pertenecientes a esta sala, sin permiso del docente encargado, coordinaciones o rectoría. 5. Está prohibido el consumo de alimentos y bebidas, dentro de las instalaciones de la emisora. 6. Su funcionamiento está regido exclusivamente al horario de descanso, jornadas culturales y deportivas y extemporáneamente cuando la ocasión lo requiera. 7. El volumen del sonido debe ser moderado de manera que se respete la diversidad de gustos, permita la comunicación y contribuya al buen uso de los equipos. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 84 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. MANUAL DE CONVIVENCIA Los responsables de la emisora deben propiciar la recepción, evaluación y solución de propuestas, quejas y sugerencias de la comunidad educativa y generar los medios de diligenciamiento de los mismos y sus respectivos formatos. Los miembros de la comunidad educativa que experimenten inconformidades, inquietudes o sugerencias sobre el servicio, lo pueden expresar a través de las personas encargadas de la emisora escolar. La música debe ser variada, acorde a los proyectos de convivencia y celebraciones institucionales. Los administradores de la emisora deben preparar el sonido con anticipación para las orientaciones generales a todo el personal y para los actos cívicos y culturales. Desde la emisora se controlan los horarios de entrada y salida de los estudiantes de cada jornada, de acuerdo a las indicaciones dadas por coordinación; por lo tanto los administradores deben estar a tiempo. En caso de presentarse un daño en los equipos debe informarse al docente administrador de la emisora de manera inmediata y dejar constancia por escrito. Reportar inmediatamente a la persona encargada o a los directivos cualquier anomalía en los equipos o mobiliario. La pérdida o daño del material o equipo que está bajo su responsabilidad tiene que ser pagado por otro igual o hacerle la reparación adecuada. 5.9. DE LA TIENDA ESCOLAR La tienda escolar es concedida a particulares mediante licitación pública anual, con el fin de proveer alimentos a la comunidad educativa en excelentes condiciones, tanto higiénicas como nutritivas y a precios más bajos con relación a los del comercio. 1. 2. El Consejo Directivo con relación a la tienda escolar se compromete a: Abrir licitación al final de cada año escolar para adjudicarla. Adjudicarla con base en los criterios de la licitación y evaluación de quienes han prestado el servicio y puede volver a adjudicársele a la misma persona, si participa en la licitación. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 85 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 3. 4. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 1. 2. 3. 4. 5. MANUAL DE CONVIVENCIA Definir condiciones, reglamento y normas administrativas para su funcionamiento y prestación del servicio. Buscar estrategias para la vigilancia y el control del cumplimiento de las obligaciones. Las personas administradoras de la tienda escolar se comprometen a: Vender alimentos en excelentes condiciones higiénicas y nutricionales, para el consumo de la comunidad educativa. Mantener en perfecto estado higiénico los utensilios de trabajo, vitrinas, mostradores, paredes, pisos y sus alrededores. Mantener debidamente cerradas las vitrinas y recipientes donde se guardan los comestibles. Brindar una atención cordial y respetuosa al usuario; cualquier dificultad se debe informar a la coordinación o a la rectoría. Hacer pública la lista oficial de precios de los productos que se ofrecen. No atender estudiantes en horas de clase, actividades pedagógicas, actos generales y/o cívicos. La Institución no se hace responsable de los créditos de los estudiantes y profesores con la tienda escolar. Los estudiantes deben practicar las siguientes normas al utilizar el servicio de la tienda: Respetar el turno para las compras de los alimentos. Pagar el precio estipulado por los alimentos que se consuman. Utilizar el conducto regular, primero al personal de la tienda, luego a la coordinación y finalmente a la rectoría para informar las irregularidades que se presenten en la prestación del servicio No hacer uso de la tienda escolar en horas de clase, actividades pedagógicas, actos generales y/o cívicos. Se hace excepción el consumo de líquidos después de clases de educación física y/o con prescripción médica. Usar adecuadamente los basureros para la disposición de las envolturas, envases y residuos de alimentos. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 86 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 5.10. DE LA PAPELERÍA ESCOLAR El objetivo de la papelería es beneficiar a toda la comunidad escolar, satisfaciendo las necesidades de objetos e insumos escolares que se presentan para realizar las diferentes actividades que así los requieren. La papelería escolar es concedida a particulares mediante licitación pública anual, con el fin de proveer todo el servicio de papelería y fotocopias a la comunidad educativa en excelentes condiciones y a precios más bajos con relación a los del comercio. 1. 2. 3. 4. 1. 2. 3. 4. 5. 6. El Consejo Directivo con relación a la papelería escolar se compromete a: Abrir licitación anual, al final de cada año escolar para adjudicarla. Adjudicarla con base en los criterios de la licitación y evaluación de quienes han prestado el servicio y puede volver a adjudicársele a la misma persona si participa en la licitación. Definir condiciones, reglamento y normas administrativas para su funcionamiento y prestación del servicio. Buscar estrategias para la vigilancia y el control del cumplimiento de las obligaciones. Las personas administradoras de la papelería escolar se comprometen a: Vender productos y prestar servicios en excelentes condiciones para el uso de la comunidad educativa. Mantener en perfecto estado higiénico las instalaciones, vitrinas, mostradores, paredes, pisos y sus alrededores. Brindar una atención cordial y respetuosa al usuario; cualquier dificultad se debe informar a la coordinación o a la rectoría. Hacer pública la lista oficial de precios de los productos que se ofrecen. Hacer público el horario de atención a los usuarios. La institución no se hace responsable de los créditos de los estudiantes y profesores con la papelería escolar. Los estudiantes deben practicar las siguientes normas al utilizar el servicio de la papelería: “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 87 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 1. 2. 3. MANUAL DE CONVIVENCIA Respetar el turno para las compras de los insumos. Pagar el precio estipulado por los artículos comprados. Utilizar el conducto regular, primero al personal de la papelería, luego a la coordinación y finalmente a la rectoría, para informar las irregularidades que se presenten en la prestación del servicio. 5.11. DE LA UNIDAD SANITARIA 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. Ingresar a la unidad sanitaria de manera individual; si se está en clase, puede usarse, únicamente con autorización del docente. Bajar la cisterna, depositar el papel higiénico y toallas higiénicas (envueltas) en la caneca dispuesta. Abstenerse de arrojar objetos y elementos que puedan obstruir las tuberías, tanto de los sanitarios como de los lavamanos. Evitar el desperdicio de agua, cerrando adecuadamente las llaves. No se permite permanecer en el baño durante las horas de clase. Se prohíbe escribir en los espejos, paredes y puertas. Abstenerse de consumir alimentos o bebidas dentro del baño. En los baños no debe usarse el celular. 5.12. DEL USO DEL CELULAR Este medio de comunicación no es exigido por la Institución; por lo tanto, se permite su uso bajo la responsabilidad y autorización de los padres de familia. REGLAMENTO 1. Sólo se permite el uso del celular en descanso y bajo la responsabilidad del estudiante, de manera que no trasgreda las normas establecidas. 2. El celular debe mantenerse apagado durante las horas de clase (sea cual sea el espacio donde se realice) y durante actos comunitarios, para no hacer ni recibir llamadas. 3. En caso de fuerza mayor o de emergencias, el estudiante deberá solicitar autorización para hacer uso del celular y explicar el motivo al docente de la clase. 4. Por ningún motivo el docente se hace responsable de pérdidas o deterioro de celulares. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 88 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 5. MANUAL DE CONVIVENCIA Si por incumplimiento a las normas anteriores, a un estudiante se le retiene el celular, éste será entregado únicamente a su acudiente. 5.13. DEL SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO El servicio social obligatorio forma parte del currículo y por ende, de nuestro PEI. Es requisito indispensable para la obtención del título de bachiller. Este servicio es realizado por los estudiantes del grado noveno y décimo, de acuerdo a lo estipulado en el proyecto elaborado para tal fin en la Institución, conforme a los parámetros establecidos por el Ministerio de Educación Nacional en la Resolución 4210 de 1996. Su intensidad es de ochenta (80) horas prácticas y cuarenta (40) teóricas. Los estudiantes que cumplen con el servicio social obligatorio deben: 1. Asistir a la inducción convocada por el(la) director(a) del proyecto para conocer la reglamentación, los centros donde se puede prestar el servicio y el reglamento institucional correspondiente. 2. Cumplir con las funciones asignadas por quien coordine cada centro de práctica. 3. Tener un trato cortés y respetuoso con el(la) director(a) del proyecto, con los coordinadores de cada centro y con las personas relacionadas con él, dentro y fuera de la Institución. 4. Demostrar puntualidad y responsabilidad en todas las actividades programadas por los coordinadores de cada centro, acogiendo las orientaciones y sugerencias dadas. 5. Asistir con el uniforme institucional los días y horas indicadas a las instituciones donde se preste el servicio social obligatorio. Usarlo con respeto y de acuerdo a las normas establecidas en el Manual de Convivencia Escolar. 6. Desarrollar con responsabilidad el proyecto elegido una vez se determine el servicio social obligatorio, evitando solicitar transferencia a otras instituciones y cambio de horario. 7. La enfermedad y la calamidad doméstica son las únicas razones para justificar la inasistencia al servicio social obligatorio. Su validez se hace efectiva cuando el estudiante presenta la incapacidad médica y la excusa firmada por el acudiente al(a) director(a) del proyecto y al coordinador o asesor del lugar al que asiste a prestar el servicio. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 89 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. MANUAL DE CONVIVENCIA En caso de inasistencia justificada, el estudiante debe concertar con el(la) director(a) del proyecto, la recuperación del tiempo con actividades adicionales y en días diferentes a los asignados inicialmente. Las actividades y responsabilidades del colegio no son causal de inasistencia al servicio social obligatorio en los días asignados. Tampoco es causal de inasistencia cualquier suspensión de actividades en el colegio, puesto que esto es una actividad extraescolar. Durante las vacaciones no se presta servicio social obligatorio. El estudiante reprobará su servicio social obligatorio si manifiesta mal comportamiento, deficiente desempeño o tres faltas de asistencia sin excusa válida. En tal caso, deberá retirarse del proyecto e iniciarlo nuevamente, perdiendo las horas que hasta el momento haya acumulado. Se analizará cada caso para verificar si se aplica o no la pérdida de las horas acumuladas. Cualquier situación (personal o del centro) que esté dificultando la adecuada prestación del servicio social obligatorio, deberá ser notificada al(a) director(a) de este servicio en el colegio, quien se encargará de mediar en la debida solución o manejo. Los estudiantes nuevos que ingresen a la Institución a cursar el grado undécimo y no traigan cumplido y debidamente certificado el servicio social, lo cumplirán desde el principio del año, ciñéndose a la reglamentación establecida por la Institución. El estudiante debe llevar registro para el control y seguimiento de cada una de las sesiones de trabajo en el formato institucional dispuesto para este fin. En ningún caso podrán presentarse estudiantes a las instituciones a prestar el servicio social sin previa autorización del colegio. Al hacerlo incurren en falta grave. Cada estudiante debe realizar y presentar para su aprobación por parte del coordinador del proyecto, su respectivo subproyecto, antes de iniciar el desarrollo de las prácticas. El trabajo práctico que realice el estudiante sin cumplir con este numeral, no será válido. Quien cancele el servicio social estando en el grado 11, no podrá graduarse y deberá cumplir con dicho requisito durante el próximo año. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 90 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 17. Estudiantes que estén prestando el servicio social dentro o fuera de la Institución deberán acogerse en todo momento al cumplimiento estricto en todos los puntos del presente Manual de Convivencia. 5.14. DEL PROCESO DE ADMISIÓN 5.14.1. PARA ESTUDIANTES DE PREESCOLAR La matrícula se realizará directamente en la secretaría de la Institución de acuerdo al cronograma establecido, previo diligenciamiento del formulario y requisitos de inscripción: Tener cinco (5) años cumplidos según la normatividad vigente. Registro civil original. Fotocopia de la cédula de los padres de familia o acudiente con previa autorización. Fotocopia de la E.P.S. o seguro. Fotocopia del carné de vacunas. Seguro estudiantil (opcional). Fotocopia del Sisben. Cuatro (4) fotos tamaño documento. Contrato de matrícula. Parágrafo: En caso de no ser el padre de familia quien legalice la matrícula, el acudiente debe presentar certificado autenticado en Notaría, en el cual se le autorice para representar al estudiante. 5.14.2. PARA ESTUDIANTES NUEVOS La matrícula se realizará directamente en la secretaría de la Institución de acuerdo a la disponibilidad del cupo en el respectivo grado, previo cumplimiento de los requisitos de admisión: Fotocopia del documento de identidad (Tarjeta de identidad o cédula). Fotocopia de la cédula de los padres de familia o acudiente con previa autorización. Fotocopia de la E.P.S. o seguro. Fotocopia del Sisben. Cuatro (4) fotos tamaño documento. Certificados de estudio de años anteriores en papel membrete. Notas de periodos anteriores y/o parciales del año en curso. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 91 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA Ficha observador del estudiante. Paz y salvo de la Institución de la cual procede. No traer notas pendientes en ninguna asignatura de períodos o años anteriores. Contrato de matrícula. Parágrafo: Con el fin de legalizar la responsabilidad efectiva de los padres, según la Ley de Infancia y Adolescencia, en el momento de la matrícula deben estar presentes el padre de familia o acudiente y el estudiante. 5.14.3. RENOVACIÓN DE LA MATRÍCULA (ESTUDIANTES ANTIGUOS) Para la renovación de la matrícula se debe hacer una verificación de la documentación del estudiante y proceder a la actualización del documento de identidad, EPS o seguro, de haberlo cambiado. De igual forma, es requisito presentar el respectivo paz y salvo institucional y documentación faltante. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 92 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA TITULO 6. DERECHOS, DEBERES, PROHIBICIONES Y ESTÍMULOS. “Toda persona tiene derecho al libre desarrollo de su personalidad sin más limitaciones que las que le imponen los derechos de los demás y el orden jurídico” Art. 16 C.N. DERECHOS: Se entiende por derecho el conjunto de acuerdos que le permiten a la comunidad educativa, el pleno desarrollo de sus potencialidades individuales y sociales y su crecimiento personal a través de las relaciones establecidas a lo largo de su vida. Todo derecho implica un deber con el otro y con la comunidad educativa. DEBERES: Se entiende por deber el conjunto de pautas, obligaciones y responsabilidades que todo individuo debe cumplir en el ámbito familiar, comunitario y social, para una continua búsqueda de la sana convivencia con las diferentes personas que lo rodean. ESTÍMULOS: Acción por la cual se valora y se motiva a los integrantes de la comunidad educativa a seguir actuando en forma positiva. La Institución Educativa Marco Tobón Mejía, propende por la formación integral de los estudiantes y resalta en la comunidad educativa el esfuerzo, la constancia, el excelente comportamiento, el buen desempeño académico, administrativo, deportivo, cultural, científico y comunitario. PROHIBICIONES: Son aquellas acciones o comportamientos que de una u otra manera afectan tanto la convivencia, como el normal desarrollo de procesos institucionales y por ningún motivo están permitidos o autorizados dentro de la Institución Educativa. 6.1. DE LOS ESTUDIANTES 6.1.1. DERECHOS Son derechos fundamentales para los integrantes de la Institución Educativa Marco Tobón Mejía: La vida, la integridad física, la salud, la educación, la cultura, la recreación y la libre expresión de opinión (Art.44 de la C.P.C). El(la) estudiante de la Institución Educativa Marco Tobón Mejía, como centro del proceso de aprendizaje tiene derecho a: “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 93 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. MANUAL DE CONVIVENCIA Recibir una educación fundamentada en los principios y fines de la educación colombiana vigente del M.E.N. Una formación integral basada en los valores cívicos, afectivos, físicos, intelectuales, éticos, morales y sexuales. Ser evaluado académica y disciplinariamente acorde con la normatividad vigente plasmada en los procesos pedagógicos obligatorios. A que se le practiquen actividades de refuerzo y nivelación incluyendo asesoría previa, durante cada período académico. Disponer de ayudas didácticas que estén al tanto con las exigencias de las nuevas tecnologías actuales: audiovisuales, software educativo, computadoras, mapas actualizados, etc. Informarse oportunamente de la metodología del proceso de aprendizaje, de evaluación y de la programación de las actividades específicas de cada una de las áreas obligatorias. Ser evaluado extemporáneamente, toda vez que presente excusa justificada por su padre, acudiente o médico y verificada por el Coordinador Académico o de Convivencia. Conocer los requisitos oportunamente, para la aprobación de las asignaturas. Contar con una programación de las actividades culturales, académicas y de evaluación dosificadas, que garanticen la calidad de los resultados. El respeto en igualdad de condiciones por razones de opinión libre, etnia, credo político y religioso, orientación sexual, pensamiento y demás diferencias individuales, para garantizar la coexistencia pacífica dentro de la Institución. A ser escuchado y atendido en las diferentes dependencias (rectoría, coordinación, secretaría, biblioteca, entre otras), en el Consejo Directivo y demás comités que integren el gobierno escolar. Recibir un trato que no menoscabe su dignidad e intimidad y que contribuya al libre desarrollo de su personalidad. Disfrutar de todos los servicios públicos domiciliarios escolares en óptimas condiciones y de un ambiente sano, agradable, estético y descontaminado, que son garantía para el desarrollo normal de las actividades académicas, culturales y deportivas. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 94 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 14. Recibir y dar información veraz, imparcial y oportuna y utilizar los medios de comunicación hablada o escritos con los cuales cuenta la Institución. 15. A que se tenga en cuenta su opinión y crítica sobre eventos que afecten el normal desarrollo de la Institución. 16. Aprovechar todos los espacios escolares que la Institución ofrece: sala de sistemas, laboratorio, atención sicológica, biblioteca, auditorios y demás. 17. Elegir y ser elegido para integrar la personería, la contraloría, representación de grupo y representación ante el Consejo Directivo (Art. 28 y 29. Decreto 1860 de 1994). 18. Disfrutar de un ambiente sano y propicio para el buen desempeño de sus labores académicas. 19. Participar en la elaboración, difusión y defensa del Manual de Convivencia. 20. Tener acceso a la ficha de seguimiento o anecdotario para conocer el proceso que se le sigue en la hoja de vida, siguiendo un conducto regular y aplicando parámetros de oportunidad y cortesía. 21. Complementar el proceso de aprendizaje utilizando los espacios recreativos, deportivos, culturales y científicos que ofrece el municipio y otras localidades aledañas. 22. Recibir información oportuna sobre horarios, actividades y eventos y las posibles postergaciones o cancelación de las mismas. 23. Disfrutar de los descansos dentro de la jornada y de la totalidad del tiempo estipulado para ellos, participando de los diferentes espacios y actividades que ofrece la Institución. 24. A la libre asociación sin interferir la jornada académica, sin atentar contra el orden y coexistencia pacífica en la Institución. 25. A no ser excluido de las actividades pedagógicas desarrolladas en el aula de clase. 26. A estar en el aula de clase participando en el desarrollo de las actividades. 27. Disfrutar de un medio ambiente limpio, agradable y libre de contaminación. 28. Ser tratado con un lenguaje respetuoso, cortés, adecuado con su edad, y dignidad. 29. Poseer los uniformes requeridos que lo identifican como estudiante de la Institución. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 95 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 30. A no ser retirado del aula o el espacio de aprendizaje, a menos de que haya incurrido en una falta gravísima. 31. A tener información veraz y oportuna sobre las situaciones que ameritan la comunicación o presencia del padre de familia o acudiente. 32. Ser autorizado para ingresar a los diferentes espacios institucionales según su necesidad. 33. Conocer el conducto regular para el tratamiento de las dificultades o necesidades que lo ameriten. 34. Que se le respeten sus pertenencias y se le reintegren al padre de familia en caso de ser retenidas. 35. Disfrutar de un ambiente libre de distractores que perturben su proceso de aprendizaje. 36. Disfrutar de espacios de conocimiento y aprendizaje que dignifiquen la vida, la salud física y mental. 37. No ser agredido o intimidado en su integridad física con armas u objetos amenazantes. 38. Poseer un carné estudiantil que lo identifique como miembro de la Institución. 39. Contar con espacios para realizar su Servicio Social Obligatorio. 40. A participar de salidas pedagógicas de manera segura y confiable. 41. Al conocimiento y explicación del Manual de Convivencia. 42. A recibir estímulos cuando se haga merecedor de ellos. 43. Participar en la evaluación anual de los docentes. 44. Conocer los contenidos de las mallas curriculares de cada asignatura y su intensidad semanal. 45. A participar y representar a la Institución en eventos deportivos, culturales y científicos, atendiendo a las políticas institucionales establecidas en este sentido. Parágrafo: Esta enunciación de derechos no es limitada y por lo tanto no excluye otros que puedan reconocérsele y que pueden estar contenidos en la Constitución, la ley o se deriven de la consideración de seres humanos que tenemos todos. 6.1.2. DEBERES Son deberes de los estudiantes de la Institución Educativa Marco Tobón Mejía, según lo establecido en los artículos 87 de la Ley 115, 20 y 22 del “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 96 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA Código del menor, proyectarse a la comunidad como educando que promociona los derechos fundamentales consagrados en la Constitución tales como la vida, integridad física, la salud, y que propicie espacios para el desenvolvimiento en las instancias de la educación, la cultura y recreación de sus compañeros. El (la) estudiante de la Institución Educativa Marco Tobón Mejía, como centro del proceso de aprendizaje tiene el deber de: 1. Manifestar en su comportamiento la formación fundamentada en los principios y fines de la educación colombiana orientada por el MEN. 2. Involucrarse en la comunidad como un estudiante cuya formación integral revela los valores éticos, morales e intelectuales, asimilados durante el desarrollo de los procesos pedagógicos dados por la Institución. 3. Responder a las evaluaciones en forma seria, honrada y previamente preparado(a) evitando fraudes, suplantaciones y falsificaciones de notas. 4. Presentarse preparado a las actividades complementarias y de refuerzo oportunamente y superar los logros pendientes. 5. Hacer uso racional, solidario y cuidadoso de las ayudas didácticas (tv, computadores, tableros electrónicos, implementos deportivos, instrumentos musicales, entre otros) para que se facilite el proceso de aprendizaje y el alcance de logros previstos. 6. Trabajar y cumplir con las pautas (reglas de juego) de estudio, evaluación y actividades específicas establecidas en cada una de las asignaturas y demás actividades institucionales. 7. Justificar una vez regrese a la Institución, su ausencia, retardo, o salidas antes de terminada la jornada, con excusa escrita o incapacidad médica al coordinador y director de grupo. 8. Dar resultados positivos en todas las actividades académicas, talleres, trabajos y evaluaciones; participar en clases, eventos culturales, promover y respetar la inclusión de sus compañeros en los eventos mencionados. 9. Propiciar un ambiente sano para la competencia académica y deportiva bajo el lema de “juego limpio” en la modalidad individual y colectiva. 10. Reconocer, promover y respetar en el(la) compañero(a) el derecho a la igualdad, diferencias individuales de opinión, credo, pensamiento, “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 97 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. 22. MANUAL DE CONVIVENCIA etnia, orientación sexual, origen, con necesidades educativas especiales, entre otros. Acatar el reglamento interno de cada una de las dependencias de la Institución y recibir de buena manera las determinaciones y resoluciones de los diferentes órganos del gobierno escolar. Reconocer en su compañero(a), profesor, personal administrativo y de servicios, el derecho de su dignidad, intimidad y desarrollo de su personalidad. Ser usuario(a) consciente de la utilización racional del agua y la electricidad, en el uso de las diferentes instalaciones y equipos con los que cuenta la Institución. Del mismo modo, ser usuario constructor de un ambiente higiénico que facilite la convivencia de todos. Ser coherente y no cambiar ni esconder la información recibida y/o emitida, acerca de los diferentes episodios que se realizan o realizarán, para facilitar la integración y participación de todos los miembros de la comunidad. Plantear soluciones constructivas que engrandezcan el quehacer cotidiano del establecimiento. Utilizar adecuada y responsablemente los implementos escolares y recursos que ofrece la Institución y que facilitan la apropiación de los conocimientos en el proceso de aprendizaje, como auditorio, biblioteca, salas de sistemas, laboratorio, entre otros. Cumplir con todos los requisitos exigidos para elegir y ser elegido a las diferentes instancias del gobierno escolar, sin perjuicios de sus obligaciones académicas. Contribuir para que el ambiente escolar, actividades pedagógicas o clases no se perturben con la utilización de elementos y eventos distractores y que afecten su integridad y la de los demás. Cumplir con los deberes y obligaciones expresas que se consolidan en el Manual de Convivencia. Someterse a las sanciones que se merezca, por infringir las prohibiciones expresas en el Manual de Convivencia o a los estímulos correspondientes por su rendimiento académico y/o comportamental. Dejar una buena imagen en los distintos eventos y espacios que ofrece el municipio y localidades aledañas. Recibir de buena manera los cambios que, por fuerza mayor, se hagan al interior de los grupos y del cronograma general para la buena marcha de la Institución. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 98 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 23. Ser puntual en la salida y regreso a clase después del descanso. 24. Actuar responsable y solidariamente, ante personería, consejo estudiantil y representación de grupo. 25. Demostrar una actitud positiva, respetuosa y responsable frente a las actividades pedagógicas desarrolladas en el aula de clase y demás eventos institucionales. 26. No ausentarse de la Institución o del salón de clase sin previa autorización. 27. Mantener el aseo del aula y del colegio en óptimas condiciones, participando en brigadas y campañas de aseo. 28. Evitar el uso de vocabulario denigrante o insultante, apodos, lenguaje inadecuado, despectivo y descortés. 29. Llevar correctamente el uniforme de gala y de educación física, conforme a los requerimientos establecidos en el Manual de Convivencia. 30. No estar en los pasillos, corredores, tienda, patios u otros sitios diferentes a las aulas de trabajo escolar, sin acompañamiento del docente en horas de clase. 31. Comunicar oportunamente a padres y acudientes, las citaciones a reuniones para tratar temas académicos, comportamentales y demás. 32. Abstenerse de ingresar sin autorización a la sala de profesores, secretaría, laboratorios, entre otros. 33. Seguir el conducto regular para solucionar las dificultades o necesidades que lo ameriten. 34. Respetar la propiedad ajena y entregar al director de grupo o coordinador todo objeto que encuentre y no le pertenezca. 35. Evitar traer al colegio objetos de valor y elementos distractores tales como radios, celulares, equipos tecnológicos y revistas pornográficas, entre otros. 36. No practicar juegos de azar dentro del plantel que impliquen la apuesta de dinero, no consumir, comerciar ni fomentar el consumo de sustancias psicoactivas legales o ilegales dentro de la Institución, ni presentarse al establecimiento bajo el efecto de éstas. 37. No portar ni utilizar armas de ningún tipo, ni explosivos dentro de la Institución. 38. Portar permanentemente el carné estudiantil. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 99 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 39. Cumplir, cuando se trate de los(as) estudiantes del grado 9° y 10°, los Proyectos de Servicio Social Obligatorio, dando prioridad a las actividades que puedan desarrollar dentro de la Institución. 40. En las salidas pedagógicas portar los documentos que certifican su inscripción a la seguridad social (SISBEN, EPS), la respectiva autorización escrita de la Institución, los padres y/o acudientes, carné estudiantil y documento de identidad. 41. Mantener un comportamiento de respeto por las actividades pedagógicas, evidenciado especialmente con el silencio y la no interrupción de la dinámica de la actividad, sin motivos que se consideren realmente importantes (tanto de aquellas en las que se participe directamente como en las que no). 42. Cuidar, preservar y respetar los bienes muebles e inmueble de la Institución. 43. Depositar basuras, chicles, residuos de comida y desechos en los recipientes destinados para ello. 44. Respetar en todo momento a todos y cada uno de los miembros de la comunidad educativa. 45. Conocer, respetar y cumplir el Manual de Convivencia. 46. Conocer y respetar la filosofía y símbolos de la Institución. 47. Cumplir con los horarios de entrada y salida y demás actos de la Institución. 48. Mantener, proteger y conservar adecuadamente el medio ambiente, dentro y fuera de la Institución. Parágrafo: Esta enunciación de deberes no es limitada y por lo tanto no excluye otros que puedan reconocérsele y que pueden estar contenidos en la Constitución, la ley o se deriven de la consideración de seres humanos que tenemos todos. 6.1.3. PROHIBICIONES La Institución Educativa Marco Tobón Mejía, en el Manual de Convivencia, establece como prohibiciones para los estudiantes, las siguientes: 1. Se prohíbe en todos los establecimientos educativos estatales y privados del país el porte, comercialización y consumo de estupefacientes y/o sustancias psicotrópicas dentro del establecimiento (Art. 9 del Decreto 1108 de 1994), ingerir bebidas “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 100 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. MANUAL DE CONVIVENCIA alcohólicas y consumir sustancias psicoactivas en toda actividad institucional. La tenencia y porte de cualquier clase de arma que ponga en peligro su integridad física o la de los demás. La tenencia o comercio de material pornográfico. Financiar, promover o efectuar actividades económicas con ánimo de lucro individual o grupal en nombre de la Institución o una parte de ella, exceptuando los casos autorizados y justificados por la Asamblea general de Padres. Juegos de azar dentro de la Institución, que conlleven a apuestas que representen lucro económico para el estudiante. Comercializar comestibles, materiales, revistas, portar o fumar cigarrillos dentro de la Institución. Utilizar el uniforme fuera de la Institución, salvo previa autorización y en eventos académicos, recreativos, deportivos y/o culturales. Los grafitis y el rayado de paredes, puertas y pupitres en cualquier espacio institucional. Recibir visitas dentro o por los alrededores de la Institución Educativa e ingresar con personas ajenas a sus acudientes. 6.1.4. ESTÍMULOS El artículo quinto del decreto 1423 de 1993 dice: Son aquellos comportamientos de los estudiantes que se considere merecen ser reconocidos por la comunidad educativa: 1. Imposición de la bandera nacional como reconocimiento al espíritu de superación, además del esfuerzo académico y/o comportamental. 2. Representar a la Institución en eventos fuera de ella. 3. En los actos cívicos y culturales resaltar con un distintivo el valor vivenciado en los estudiantes. 4. Ser nombrado como representante de grupo, personero(a), contralor(a) y/o representante al Consejo Directivo. 5. Mención de honor para los estudiantes excelentes en el desempeño académico y comportamental en cada período. 6. Reconocimiento público a los estudiantes que se destaquen en actividades artísticas, deportivas o culturales. 7. Consignar en el observador del estudiante y boletines informativos los aciertos y valores que lo caractericen. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 101 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. MANUAL DE CONVIVENCIA Reconocimiento público y felicitaciones al grupo por méritos sobresalientes. Reconocimiento público a los estudiantes que presenten proyectos en pro de la Institución. Cuadro de honor exaltando aquellos estudiantes excelentes a nivel académico y comportamental de cada grupo, en cada período. Mención y condecoración para estudiantes con mejor puntaje ICFES y mejor bachiller. Medalla de excelencia con el escudo de la Institución, por excelente rendimiento académico y comportamental demostrado permanentemente. Este estímulo se otorga al finalizar el año escolar, en acto cívico a un estudiante de cada grupo. Promoción anticipada a los estudiantes que cumplan con los parámetros establecidos en el Sistema de Evaluación Institucional. Proclamación de bachiller al estudiante que cumpla con todos los logros académicos y requisitos estipulados por la Institución en el Manual de Convivencia y plan de estudios. 6.2. DE LOS ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES 6.2.1. DERECHOS La Institución Educativa Marco Tobón Mejía, reconoce en los estudiantes con necesidades educativas especiales, los mismos derechos estipulados para los estudiantes regulares, además de los siguientes: 1. Ser respetados y valorados como seres humanos, y ser tratados con equidad. 2. Recibir una atención pedagógica acorde con sus necesidades, su ritmo y estilo de aprendizaje. 3. Contar con el apoyo y asesoría del Docente Orientador, mediante un seguimiento y control de sus necesidades (proyecto personalizado). 4. Ser evaluados según la normatividad vigente aplicable a la población con necesidades educativas especiales. 5. A una flexibilización curricular funcional desde las dimensiones del desarrollo humano. 6. Contar con adaptaciones de: Acceso al currículo, condiciones físicas, iluminación, accesibilidad adecuada para un desenvolvimiento más autónomo. Situar al(a) niño(a) en un lugar donde pueda participar en la dinámica del grupo para compensar al máximo sus dificultades. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 102 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. MANUAL DE CONVIVENCIA Si un estudiante está diagnosticado con trastorno de déficit de atención e hiperactividad (TDAH) y presenta problemas de comportamiento anormativo, tiene derecho a que se le proporcione el medicamento indicado por el neurólogo o el psiquiatra, rigurosamente como lo especifique el profesional. A que se le establezcan normas claras y hacérselas explícitas. Definirle y clarificarle lo negociable, las consecuencias de los comportamientos que no se ajusten a la norma. Tener una familia o acudiente comprometidos, conscientes y responsables que acompañen a sus hijos(as) en el proceso de aprendizaje, tanto en la escuela si se requiere su presencia, como en la casa. Que le brinden todos los apoyos especializados requeridos por ellos (psicológicos, neurológicos, terapéuticos, pedagógicos, psiquiátricos y de fonoaudiología). Ser promocionados mediante el reconocimiento de la existencia de la diferencia en los ritmos y estilos de aprendizaje, las inteligencias múltiples y las dimensiones del desarrollo humano. A que se realicen las adaptaciones curriculares en las áreas de formación. A que se ajusten las metodologías de enseñanza y evaluación en consideración a sus particularidades. 6.2.2. DEBERES La Institución Educativa Marco Tobón Mejía, reconoce en los estudiantes con necesidades educativas especiales, los mismos deberes estipulados para los estudiantes regulares, además de los siguientes: 1. A mantener una disposición que favorezca sus procesos de socialización y trabajo en equipo, lo que implica que el estudiante acepte compartir espacios, juegos o actividades sociales y académicas, sin agresiones o auto agresiones. 2. Tener un diagnóstico de un profesional calificado, en el que se especifique la necesidad educativa especial, la discapacidad y las recomendaciones, tanto para la escuela como para la familia. 3. Asumir con responsabilidad los deberes escolares y las recomendaciones del docente orientador y los docentes del grado. 4. Tener estrategias mínimas de comunicación: Expresión gestual, verbal o corporal de necesidades básicas, deseos y que comprendan instrucciones simples. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 103 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 5. 6. 7. MANUAL DE CONVIVENCIA Ser propositivo y dar soluciones ante las dificultades que se le presentan. Ser independiente en actividades básicas cotidianas: control de esfínteres, alimentación, vestido, higiene, cuidado de sus pertenencias y ubicación de los espacios. Mostrar un comportamiento y una convivencia pacífica en las aulas de clase, en los descansos y formaciones. 6.2.3. PROHIBICIONES La Institución Educativa Marco Tobón Mejía contempla como prohibiciones para los estudiantes con necesidades educativas especiales las mismas establecidas para los estudiantes regulares. (Título 6, numeral 6.1.3. Prohibiciones). 6.2.4. ESTÍMULOS La Institución Educativa Marco Tobón Mejía contempla como estímulos para los estudiantes con necesidades educativas especiales las mismas establecidas para los estudiantes regulares. (Título 6, numeral 6.1.4. Estímulos, exceptuando el numeral 13). 6.3. DE LOS EGRESADOS 6.3.1. DERECHOS La Institución Educativa Marco Tobón Mejía establece como derechos para sus egresados los siguientes: 1. A conformar la asociación de egresados. 2. Ser elegido para hacer parte del Consejo Directivo. 3. Participar en las diferentes actividades que se programen en la Institución, respetando las disposiciones del Manual de Convivencia. 4. Participar en los encuentros de egresados. 5. Recibir información oportuna sobre las actividades que realice el colegio. 6. Solicitar y recibir información relacionada con sus certificados de estudio o constancias institucionales. 6.3.2. DEBERES La Institución Educativa Marco Tobón Mejía establece como deberes para sus egresados los siguientes: “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 104 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 1. 2. 3. 4. MANUAL DE CONVIVENCIA Apoyar los programas de la Institución a través de aportes técnicos, profesionales o económicos. Colaborar con la Institución en el mejoramiento del currículo aportando y sustentando ideas basadas en sus experiencias. Mantener el vínculo de comunicación con el plantel, haciendo uso de los canales establecidos por la Institución. Participar en las diferentes actividades que se programen en la Institución, respetando siempre las disposiciones del Manual de Convivencia. 6.3.3. ESTÍMULOS La Institución Educativa Marco Tobón Mejía establece como estímulos para sus egresados los siguientes: 1. Otorgar mención de honor por su sentido de pertenencia con la Institución y/o porque se destaque en su desempeño profesional. 2. Reconocimiento en medios de comunicación institucional por sus acciones destacadas. 6.4. DE LOS PADRES DE FAMILIA 6.4.1. DERECHOS 1. Recibir oportunamente el informe académico y comportamental de su(s) hijo(s), participando en las acciones de mejoramiento. 2. Ser informado oportunamente sobre las decisiones que tome la Institución y afecten el proceso formativo de sus hijos(as). 3. A que su hijo(a) haga uso racional de los implementos, servicios y demás instalaciones del plantel. 4. A que a su hijo(a) se le practiquen las actividades de refuerzo complementarias y evaluaciones siempre que haya justificado su ausencia por escrito. 5. A participar en las reuniones de formación e información y en las actividades de recreación, cultura y deporte que ofrece la Institución. 6. El padre de familia tiene derecho a conocer el Manual de Convivencia de la Institución antes de firmar el contrato de matrícula y a ser informado de los cambios de dicho Manual. 7. Tiene derecho a que su hijo(a) reciba una formación y educación integral, acorde con la Constitución Nacional de 1991, Ley de infancia “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 105 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 8. 9. 10. 11. 12. 13. MANUAL DE CONVIVENCIA y adolescencia 1098, los fines y objetivos de la educación colombiana y la filosofía y principios de la Institución. Elegir y ser elegidos, en igualdad de condiciones, para Consejo de Padres, la Asociación de Padres y demás órganos del gobierno escolar. A que se le escuche con suma cultura y educación por parte de profesores, directivos y personal administrativo, para que sus sugerencias e inquietudes sean tenidas en cuenta. A elegir el tipo de educación religiosa para su hijo. A ser atendido en forma cordial y oportuna en los horarios estipulados para este fin a nivel Institucional. Participar en la adopción y verificación del Manual de Convivencia. Presentar propuestas y sugerencias para el bienestar, el crecimiento y el mejoramiento de la Institución Educativa. 6.4.2. DEBERES Los padres de familia entran a formar parte de la Institución Educativa Marco Tobón Mejía cuando matriculan a sus hijos, comprometiéndose con los deberes que a continuación se estipulan y que deben asumir con criterio adulto, libre y voluntario con todas sus implicaciones (Art. 87 Ley 115): 1. Hacer cumplir a su hijo(a) los compromisos adquiridos con la Institución por incumplimientos que se deriven de su contrato de matrícula. 2. Acatar solidariamente los resultados del debido proceso y cumplirlos responsablemente. 3. Responder económicamente por los daños materiales causados por sus hijos o acudidos a las instalaciones y/o bienes de la Institución, compañeros, profesores, directivos o administrativos. 4. Matricular oportunamente a sus hijos y asegurar su permanencia durante su edad escolar obligatoria. 5. Contribuir para que el servicio educativo sea armónico con el ejercicio del derecho a la educación y en cumplimiento de sus fines sociales y legales. 6. Cumplir con las obligaciones contraídas en el contrato de matrícula y en el Manual de Convivencia para facilitar el proceso educativo. 7. Diligenciar y enviar la excusa bien presentada y firmada, explicando el motivo de la ausencia total o parcial de la jornada o jornadas, haciendo uso del formato institucional. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 106 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. MANUAL DE CONVIVENCIA Contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad mutua que favorezca la educación de los hijos y la mejor relación entre los miembros de la comunidad educativa. Asistir a las diferentes reuniones y actividades generales programadas por la Institución y a las citaciones hechas por los profesores, rector o directivos. Realizar un verdadero acompañamiento y control de su hijo en las actividades formativas académicas consagrada en el PEI y para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores ciudadanos. Participar en el proceso de auto evaluación anual del establecimiento educativo. Ser respetuoso en la exposición de sus inquietudes y descargos ante profesores, directivos y personal administrativo. Asumir con responsabilidad las funciones delegadas como miembro en cualquiera de los estamentos que sea elegido para representar. Acudir a la Institución cuando se requiera. Seguir y respetar el conducto regular en la solución de problemas y en la solicitud de peticiones. Firmar la ficha observador del estudiante como constancia de que ha sido informado y orientado. Contribuir solidariamente con la Institución Educativa para la formación de sus hijos. Proveer a los hijos de los uniformes, útiles escolares y materiales de trabajo requeridos, acorde a los parámetros institucionales, para su proceso formativo y de aprendizaje. Conocer, aceptar y respetar el Manual de Convivencia. Hacerse cargo del comportamiento del estudiante, fuera de la Institución Educativa. 6.4.3. PROHIBICIONES 1. Interrumpir clases, para resolver cualquier situación o anomalía. 2. Actitudes agresivas e irrespetuosas, tanto verbales como físicas, a cualquier miembro de la comunidad educativa. 3. Presentarse en forma inadecuada (estado de embriaguez, bajo efectos de sustancias psicoactivas, inadecuada presentación personal) ante cualquier estamento o dependencia de la Institución. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 107 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 6.4.4. ESTÍMULOS La Institución Educativa Marco Tobón Mejía establece reconocimientos públicos como estímulo a los padres de familia que se destaquen por: 1. Su participación activa y leal en comités, comisiones, proyectos y actividades culturales y académicas en beneficio de la comunidad educativa. 2. Su presencia activa y desinteresada en cualquier actividad institucional. 3. Su sentido de pertenencia, compromiso institucional y logros significativos en favor de la comunidad educativa. 6.5. DE LOS PADRES DE FAMILIA DE LOS ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES 6.5.1. DERECHOS La Institución Educativa establece que los padres de familia de los estudiantes con necesidades educativas especiales, fuera de los derechos estipulados para los padres de familia, tienen derecho a: 1. Recibir periódicamente informe de su hijo(a) en el que se dé cuenta de su proceso. 2. Tener acceso a la Institución como un auxiliar en el aula de clase en el caso que sea necesario. 3. Recibir informes, capacitaciones y orientaciones relacionadas con las características o aspectos de la necesidad o discapacidad de su hijo(a). 6.5.2. DEBERES Además de los estipulados para todos los padres de familia, los padres de familia de los estudiantes con necesidades educativas especiales, tienen los siguientes deberes: 1. Ser muy responsable y efectivo en el acompañamiento que debe proporcionar a su hijo(a). 2. Asistir puntualmente a las capacitaciones que propone el docente orientador y la Institución. 3. Brindar con honestidad la información para las remisiones y fichas de anamnesis. 4. Acompañar a los hijos(as) efectivamente en la realización de las actividades y recomendaciones hechas por el docente titular del grupo o el docente orientador. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 108 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 5. MANUAL DE CONVIVENCIA Firmar responsablemente un contrato pedagógico en el caso de incumplimiento en lo que respecta al cubrimiento de necesidades básicas (salud, afecto, protección) y acompañamiento efectivo en el proceso de aprendizaje. 6.5.3. PROHIBICIONES Para los padres de familia de estudiantes con necesidades educativas especiales se establecen las mismas prohibiciones formulados para los demás padres de familia (Título 6, numeral 6.4.3.) 6.5.4. ESTÍMULOS Para los padres de familia de estudiantes con necesidades educativas especiales se establecen los mismos estímulos formulados para los demás padres de familia (Título 6, numeral 6.4.4.) 6.6. DE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES 6.6.1. DERECHOS 1. Recibir un trato respetuoso de los demás miembros de la comunidad educativa. 2. Ser escuchados en la libre expresión de sus opiniones, sugerencias o solicitudes; las cuales deben formularse dentro de las normas legales vigentes. 3. Participar en forma directa o a través de representantes, en los diferentes órganos del gobierno escolar; a elegir y ser elegidos para dichos organismos. 4. A participar en la organización, formulación, desarrollo y evaluación del Proyecto Educativo Institucional y del Manual de Convivencia. 5. A recibir estímulos e incentivos por sus labores y por los éxitos alcanzados dentro y fuera de la Institución, conforme a las disposiciones legales. 6. A ser ubicados en su respectiva área o especialidad al asignar la carga académica, o según la disponibilidad y necesidad de la Institución. 7. A ser respetados en su intimidad personal y familiar, a tener un buen nombre dentro y fuera de la Institución, a ser respetados en su integridad física y moral y a que se le llame por su nombre. 8. A equivocarse y enmendarse, sin ser censurados por parte de los miembros de la comunidad educativa, disfrutando de un diálogo “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 109 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. 22. 23. MANUAL DE CONVIVENCIA formativo y de la posibilidad de acudir a instancias superiores, siguiendo el conducto regular cuando sea necesario. A dar y recibir información veraz y oportuna en cuanto a la legislación vigente y a la organización, dirección y funcionamiento de la Institución Educativa. A ser evaluado justamente y recibir retroalimentación y acompañamiento en el plan de mejoramiento formulado, a que se le llame la atención en privado, en caso necesario y a conocer el resultado de su evaluación personal en forma oportuna. A no ser desautorizado públicamente delante de los estudiantes, padres de familia o compañeros. A intervenir en los asuntos que afectan la Institución. A recibir un salario justo y estímulos apropiados a su capacitación y desempeño profesional. A tener espacios, lugar y tiempo para reflexionar e interiorizar su labor pedagógica y profesional. Tener acceso a permisos y licencias para ausentarse de la Institución, cuando la situación lo amerite, en los casos previstos por la Ley. Disponer de recursos didácticos y físicos que se requieran para un mejor desempeño de su labor y a contar con espacios y recursos que garanticen el ejercicio de su labor con dignidad. Tener permisos para asistir a las capacitaciones ofrecidas por la Secretaría de Educación Municipal, Departamental y otras Instituciones, para el mejor desempeño de sus funciones. A conocer las funciones específicas que tiene como docente o como directivo. A que se respeten los planes de trabajo estipulados inicialmente, sin cambios improvisados a última hora. A que el personal nuevo que ingrese a la Institución, sea capacitado oportunamente en sus deberes, derechos y funciones; es decir, que tenga un proceso de inducción. A fomentar espacios de integración entre todas las secciones institucionales. A sindicalizarse y agremiarse según su criterio y a ejercer sus derechos sindicales. Disfrutar de la seguridad social en la forma y condiciones previstas por la Ley. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 110 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 24. Participar de todos los programas de bienestar social que para los servidores públicos y familiares establezca el Estado, tales como vivienda, recreación, educación, cultura, deporte y vacacionales. 25. Participar en los concursos que le permiten obtener promociones dentro del servicio. 26. Además de los consagrados en la Constitución, los tratados internacionales ratificados por el Congreso, las leyes, las ordenanzas, los acuerdos municipales, los reglamentos, manuales de funciones y los contratos de trabajo. Parágrafo: La condición de docente o directivo docente de la Institución Educativa Marco Tobón Mejía, se adquiere por nombramiento o encargo del ente municipal o departamental. Los derechos, deberes, prohibiciones, procesos disciplinarios y todo lo relacionado con el desempeño de los docentes y directivos docentes de la Institución, son objetos de la legislación y reglamentación particular emanada de las autoridades nacionales, departamentales y municipales, cuyas bases son: Decreto Ley 2277/79, Decreto ley 1278, Ley 115/94, Ley 715/01, y todas las normas afines, conexas, concordantes y reglamentarias. 6.6.2. DEBERES Atendiendo al artículo 34 de la Ley 734 de 2002, se establecen los siguientes deberes para los docentes y directivos docentes en su calidad de servidores públicos: 1. Cumplir con los requerimientos laborales acatando las normas expedidas por las autoridades competentes, el Estatuto Docente, la Ley General de Educación, la Constitución Política de Colombia y la Ley 734. 2. Mantener relaciones amables con compañeros, estudiantes, directivos y padres de familia. 3. En el caso de los Coordinadores y el Rector, deberán delegar por escrito a un Docente o Coordinador, para asumir por encargo, las responsabilidades propias de su cargo cuando se vayan a ausentar del establecimiento. 4. Permanecer en el aula durante la clase, en el caso de los docentes. 5. Conservar y utilizar adecuadamente el material que la Institución le brinda para el desempeño de su labor o que le sean confiados. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 111 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. 22. MANUAL DE CONVIVENCIA Participar en los diferentes comités y actividades programadas por la Institución. Asignar actividades que durante su ausencia o calamidad, permitan el normal y continuo desarrollo de los procesos académicos. Cumplir con diligencia, eficiencia e imparcialidad las labores asignadas, evitando la omisión, el abuso o el ejercicio indebido del cargo o funciones. Respetar las diferencias individuales como base para la relación armónica con los miembros de la comunidad educativa. Ser cuidadoso y discreto con las informaciones que se manejan dentro y fuera de la Institución. En el caso que éstas deban ser divulgadas ante entidades diferentes, contar con la autorización correspondiente. Informar oportunamente al jefe inmediato de toda anomalía o irregularidad que afecte la buena marcha de la Institución. Diligenciar oportuna y correctamente la papelería, informes, reportes y demás documentos inherentes a sus funciones. Conocer plenamente el Manual de Convivencia para asumirlo y hacerlo cumplir. Evaluar con justicia a los estudiantes, además de manera integral y continua, dando a conocer tanto el proceso como los resultados, para que puedan hacer a tiempo las recuperaciones y reclamos si hay lugar a ello. Procurar el aseo en cada uno de los sitios del plantel. Respetar el conducto regular y privilegiar el diálogo y la escucha en la solución de conflictos. Informar de manera oportuna a los padres de familia o acudientes, sobre los logros y dificultades de los estudiantes en cuanto a su desempeño académico y comportamental. Hacer uso racional del celular, evitando su uso en horas de clase. Dar a todos los miembros de la comunidad un trato cortés y respetuoso y ofrecer a los estudiantes un buen ejemplo de vida. Mantener informado al director de grupo sobre acuerdos y dificultades con los estudiantes. Tener sentido de pertenencia y asumir con actitud positiva y optimista los compromisos con la Institución. Velar por la conservación de documentos, útiles, equipos, muebles y bienes de la Institución. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 112 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 23. Cumplir a cabalidad con la jornada laboral, solicitando en forma escrita permiso para ausentarse del establecimiento con causa justa. 24. Ejercer efectiva y responsablemente los turnos de acompañamiento pedagógico en los descansos. 25. Estar al frente del grupo que le corresponde en las diferentes actividades. 26. Fomentar en los estudiantes principios de sana convivencia, interés por la investigación y excelencia académica. 27. Justificar oportunamente a su jefe inmediato sobre las inasistencias, los retardos para llegar a la Institución, al aula o permisos durante la jornada laboral. 28. Programar y organizar las tareas, asignaturas y actividades propias de su cargo con base en los criterios establecidos por el PEI. 29. Regresar las evaluaciones y trabajos a los estudiantes en tiempo prudente y escuchar atentamente sus reclamaciones. 30. Asistir a la Institución en condiciones adecuadas para el cumplimiento de sus funciones. 31. Evitar todo tipo de negocios o préstamos con estudiantes o padres de familia. 32. Actualizar los datos personales cada que sea necesario. 33. Cumplir las disposiciones que sus superiores jerárquicos adopten en el ejercicio de sus atribuciones y atender los requerimientos y citaciones de las autoridades competentes. 34. Mostrar un comportamiento público acorde a la dignidad del cargo, a la moral y las buenas costumbres. 35. Dedicar la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo al desempeño de las funciones encomendadas, evitando ausentarse del aula de clase y de la Institución, procurando el acompañamiento permanente de los estudiantes a su cargo. 36. Cumplir con las funciones estipuladas en el presente Manual. 37. Además los contemplados en la Ley 734 de 2002. 6.6.3. PROHIBICIONES 1. Retirar estudiantes del aula de clase. 2. Abandonar el aula de clase de manera continua cuando sea responsable de un grupo. 3. Recibir o hacer llamadas en horas de clase, a menos que sean por fuerza mayor. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 113 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. MANUAL DE CONVIVENCIA Fumar o consumir alimentos dentro del aula de clases. Ley 1335 de 2009 prohíbe fumar en establecimientos públicos. Atender a padres de familia en horario de clase. Utilizar a los estudiantes para realizar funciones que son exclusivas del docente. Hacer rifas o actividades económicas para beneficio personal. Negociar para beneficio económico con estudiantes o padres de familia. Retirarse de la Institución sin autorización. Solicitar permisos reiterados para realizar diligencias personales en su jornada laboral. Dejar salir sin autorización a los estudiantes antes de terminar la jornada. Manifestaciones de afecto obscenas con los estudiantes y comentarios con doble sentido. No informar hechos graves de comportamiento ante la autoridad competente. Tomar determinaciones inconsultas. Tomar actitudes o comportamientos agresivos (físicos o verbales) en contra de los estudiantes. Utilizar términos y/o expresiones soeces para referirse a los estudiantes. Solicitar dinero a los estudiantes sin previa autorización. Retirar estudiantes de clase para que realicen actividades personales del docente. Incumplir los deberes, abusar de los derechos o extralimitar las funciones otorgadas. Omitir, negar, retardar, o entorpecer el despacho de los asuntos a su cargo o la prestación del servicio a que está obligado. Además de los contemplados en la Ley 734 de 2002. 6.6.4. ESTÍMULOS 1. Oportunidad de capacitación en temas de interés. 2. Reconocimiento público verbal y/o escrito por el buen desempeño de su labor. 3. Ser elegido para representar a la Institución en eventos, cargos, comités y comisiones. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 114 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 4. 5. 6. MANUAL DE CONVIVENCIA Ser nominados para premios y reconocimientos otorgados por otros organismos. Reconocimiento público en actos y eventos de la Institución. Mención y reconocimiento público para exaltar los excelentes servicios, la labor abnegada, la entrega a la Institución y los servicios prestados. 6.7. DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS GENERALES 6.7.1. DERECHOS 1. Ser valorados y respetados por el trabajo que realizan. 2. Recibir un trato cordial y respetuoso de todos los miembros de la comunidad educativa. 3. Recibir los implementos y materiales necesarios para el buen desempeño de su labor. 4. Sostener una comunicación oportuna con las directivas de la Institución, para conocer sus aciertos y deficiencias en su desempeño. 5. Recibir capacitación adecuada acorde a su labor y disponer del tiempo para ella. 6. Ser atendidos en forma oportuna cuando informe sobre anomalías que existan en la Institución. 7. Aportar al mejoramiento del bienestar de la comunidad educativa, mediante sugerencias y críticas constructivas. 8. Participar en actividades recreativas, deportivas, culturales y otras que programe la Institución. 9. Solicitar permisos y licencias cuando lo requiera, con previa justificación. 10. Realizar los reclamos que estime convenientes en el ejercicio de su labor. 11. Ser respetado su horario de trabajo. 12. Recibir estímulos por parte de la Institución. 13. Los demás que la Constitución y las leyes le asignen. 6.7.2. DEBERES 1. Dirigirse con respeto y decoro, manteniendo buenas relaciones con toda la comunidad educativa. 2. Evidenciar un comportamiento ético y moral en su desempeño laboral. 3. Desempeñar eficientemente las funciones de su cargo. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 115 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 4. 5. 6. 7. 8. 9. MANUAL DE CONVIVENCIA Mantenerse en su lugar de trabajo y abandonarlo únicamente por motivos de fuerza mayor o con la debida autorización. Hacer uso adecuado de los materiales, equipos, muebles, enseres y otros bienes de la Institución. Reportar a docentes y/o directivos cualquier situación que pueda perjudicar la buena marcha de la Institución. Ser prudentes en el manejo de la información que reciba en forma directa o indirecta. Participar en las actividades y proyectos institucionales relacionados con su desempeño laboral. Los demás que la Constitución y las leyes le asignen. 6.7.3. PROHIBICIONES 1. Abandonar sin autorización o excusa justificada su lugar de trabajo. 2. Fumar, consumir licor y/o sustancias psicotrópicas dentro de la Institución. 3. Emplear a los estudiantes para realizar funciones exclusivas de su cargo. 4. Negociar en beneficio personal, con estudiantes, docentes y/o padres de familia. 5. Manifestaciones de afecto obscenas y comentarios de doble sentido con los estudiantes y docentes. 6. Tomar determinaciones inconsultas. 7. Actitudes o comportamientos agresivos (físicos o verbales) en contra de cualquier persona de la comunidad educativa. 8. Retirar materiales, equipos o demás enseres de la Institución. 6.7.4. ESTÍMULOS 1. Reconocimiento verbal y/o escrito por el excelente desempeño en su labor. 2. Reconocimiento público por su sentido de pertenencia y compromiso con la Institución. 3. Oportunidad de capacitación en temas de interés. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 116 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA TITULO 7. ACUERDOS DE NORMALIZACIÓN. 7.1. CONDUCTO REGULAR Se entiende por conducto regular la secuencia ordenada de pasos que debe seguir el estudiante, el padre de familia o acudiente para atender las dificultades que se puedan presentar en relación con la convivencia, el comportamiento social y el desempeño académico. 7.1.1. PARA SITUACIONES ACADÉMICAS El estudiante que tenga alguna situación problemática en el ámbito académico, debe acudir a las siguientes instancias: El profesor conocedor del caso. Director de grupo. Coordinador(a) Académico(a). Comisión de Evaluación y promoción y/o Consejo Académico. Rector(a). Personero(a) de los estudiantes, quien actuará como garante o acompañante constante en el proceso. El estudiante debe solicitar atención a su dificultad en forma escrita cuando se va a dirigir a la Comisión de Evaluación y Promoción, al Consejo Académico o Rector, en un plazo de dos (2) días hábiles después de haber acudido a la instancia anterior. 7.1.2. PARA SITUACIONES COMPORTAMENTALES El estudiante que tenga alguna situación problemática en el ámbito comportamental, debe acudir a las siguientes instancias: El profesor conocedor del caso. Director de grupo. Coordinador(a) de Convivencia. Equipo de Convivencia Escolar. Rector(a). Personero(a) de los estudiantes, quien actuará como garante o acompañante constante en el proceso. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 117 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA Ante la ocurrencia de cualquier tipo de conducta, corresponde adoptar las medidas correctivas, vale decir, adoptar las sanciones que corresponden a cada grupo de faltas, teniendo en cuenta para cada caso las circunstancias de tiempo, modo y lugar, así como los factores atenuantes o agravantes de la responsabilidad del infractor; todo ello enfocado en el respeto y observancia del debido proceso. Cuando en primera instancia no se solucione la situación o dificultad en forma oral, a través de la conciliación, el estudiante o acudiente tiene derecho a seguir el conducto regular, oficiando a la siguiente instancia a la que va dirigida motivo de la reclamación, solicitud, documentos o pruebas que se aportan, nombre y firma del estudiante y/o padre de familia. La respuesta será entregada en forma escrita dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de presentación, de acuerdo a lo estipulado en el código contencioso administrativo. 7.2. PRINCIPIOS RECTORES DEL DEBIDO PROCESO 7.2.1. LEGALIDAD Los estudiantes serán investigados y sancionados comportamentalmente sólo por conductas y comportamientos que estén descritos como faltas, conforme a las normas previamente establecidas, con las formalidades planteadas y aplicando las sanciones correspondientes según el debido proceso. 7.2.2. CULPABILIDAD Se califica la responsabilidad del autor del hecho. El estudiante es responsable de su actuar a título de dolo o culpa. Se entiende por dolo cuando el estudiante actúa con plena conciencia, voluntad e intención del hecho y su resultado. Se entiende por culpa cuando la conducta y el resultado son producto de un actuar negligente, es decir, no hay plena voluntad del estudiante. 7.2.3. PRESUNCIÓN DE INOCENCIA El estudiante investigado se presume inocente hasta que no se le demuestre lo contrario, mediante la aplicación del debido proceso. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 118 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 7.2.4. RECONOCIMIENTO DE LA DIGNIDAD HUMANA El estudiante objeto de la investigación comportamental tendrá derecho a recibir trato digno, conforme a su condición de ser humano. 7.2.5. COMPORTAMIENTO JUZGADO Ningún estudiante puede ser investigado o sancionado dos veces por el mismo hecho. 7.2.6. FAVORABILIDAD Cuando existan dos o más normas que regulen una circunstancia, se opta por la que más favorezca al estudiante. 7.2.7. PRINCIPIO DE DEFENSA Todo estudiante tiene derecho a ejercer su legítima defensa, a hacerse asistir de profesionales del derecho que considere necesarios para el ejercicio de esta garantía, a ser escuchado en sus razones, a presentar pruebas en su favor y a interponer recursos de reposición y/o apelación. 7.2.8. PRINCIPIO DE LA PUBLICIDAD El estudiante conocerá, mediante notificaciones, todas las acciones que se adelanten en la investigación. 7.2.9. PRINCIPIO DE LA RESERVA La investigación adelantada sólo la debe conocer el estudiante, su apoderado o representante y el investigador. 7.2.10. PRINCIPIO DE LA RESOLUCIÓN DE LA DUDA Cuando en una investigación hecha a un estudiante, existan dudas razonables que no sea posible eliminarlas con los medios de pruebas existentes, se resolverá a favor del estudiante por falta de pruebas. 7.3. MECANISMOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS En la Institución Educativa se propenderá por un ambiente de diálogo y concertación para dirimir los conflictos que se presenten entre los miembros de la comunidad educativa. Serán mecanismos alternativos de resolución de los conflictos los siguientes: “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 119 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 7.3.1. NEGOCIACIÓN Las partes involucradas resolverán el conflicto intentando llegar a una decisión conjunta sobre los asuntos de interés mutuo y de las situaciones conflictivas concretas donde tienen desacuerdos. El negociador podrá ser un estudiante, docente, padre de familia, directivo o Equipo de Convivencia y su función es llevar a las partes a acuerdos que mejoren la convivencia. En la negociación que se realice deberá quedar una evidencia física escrita, donde se plasmen los acuerdos a que llegaron las partes, con las respectivas firmas que avalan los acuerdos, o sea las partes y el negociador. De los acuerdos escritos se le entregará una copia a cada parte y quedará otra en el archivo de coordinación de convivencia y/o rectoría para verificar su cumplimiento. 7.3.2. CONCILIACIÓN Las partes gestionan por sí mismas la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado, quien para estos efectos se denominará conciliador. Dicha persona podrá ser un estudiante, padre de familia, docente o directivo docente o el Equipo de Convivencia y tendrá como función llevar a las partes del conflicto a acuerdos para mejorar la convivencia. Puesto que es un acuerdo vinculante y de obligatorio cumplimiento para las partes, deberá quedar la evidencia escrita en una acta, de las obligaciones claras, expresas y exigibles de las partes que concilian; dichos acuerdos se refrendan con la firma de los estudiantes, de los padres de familia y/o acudientes; además deberá ser firmada por el conciliador o los integrantes del Equipo de Convivencia. Del acta de conciliación se le entregará una copia a cada parte y quedará otra en el archivo de coordinación de convivencia y/o rectoría para verificar su cumplimiento. Parágrafo: En ningún caso las faltas graves o gravísimas serán conciliadas, se actuará conforme está expresamente estipulado en el Manual de Convivencia. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 120 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 7.3.3. MEDIACIÓN Supone un tercero neutral que puede ayudar a los disputantes de forma cooperativa, de tal manera que puedan resolver el problema que los enfrenta. El mediador podrá ser un estudiante, padre de familia, docente o directivo docente o el Equipo de Convivencia y tendrá como función llevar a las partes del conflicto a acuerdos para mejorar la convivencia. En la mediación deberá quedar una evidencia física escrita, donde se plasmen los acuerdos a que llegaron las partes, con las respectivas firmas que avalan los acuerdos, o sea de las partes y del mediador. De los acuerdos escritos se le entregará una copia a cada parte y quedará otra en el archivo de coordinación de convivencia y/o rectoría para verificar su cumplimiento. 7.3.4. GESTIÓN PACÍFICA DE CONFLICTOS Se tendrán las siguientes disposiciones para aplicar los mecanismos alternativos de resolución de conflictos: Encuentro neutral, tranquilo y desarmado entre las partes, con disposición para la búsqueda de soluciones. Comunicación y diálogo en doble vía, sin agresiones, aportando puntos de vista ante la situación conflicto. Construir un ambiente de confianza desde dicho diálogo. Clarificación de intereses desde cada una de las partes. Generación de opciones o alternativas de solución con criterios objetivos que satisfagan los intereses desde cada una de las partes. Realizar consenso entre las partes y establecer puntos claros de encuentro. De no ser posible, se crean condiciones mínimas y pactos para eliminar el conflicto desde la diferencia entre las partes. Hacer compromisos de mutuo acuerdo y obligatorio cumplimiento con el fin de superar sus dificultades. Quien los incumpla se hace acreedor a las medidas del debido proceso. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 121 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 7.4. FALTAS DISICPLINARIAS 7.4.1. COMPORTAMIENTOS CONSIDERADOS COMO FALTAS QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR Se consideran faltas todos aquellos actos, actitudes o comportamientos que obstaculizan de algún modo, el cabal logro de los fines educativos, lesionan de alguna forma a las personas o a la Institución y contradicen las actitudes formativas. El incumplimiento de cualquiera de los deberes, constituye una falta. Se establecen como faltas que afectan la convivencia escolar y por lo tanto dan lugar a la aplicación de correctivos pedagógicos y/o a la imposición de sanciones disciplinarias: 1. La omisión o el incumplimiento de los deberes. 2. El abuso o extralimitación de los derechos, funciones y poderes. 3. La incursión en las prohibiciones, impedimentos y conflictos de intereses, causando daño a personas y elementos de la Institución y que perturban la tranquilidad, estropean el ambiente escolar e impiden unas relaciones armónicas, que son el fundamento de la convivencia dentro de la comunidad educativa. Según el tipo de falta que se cometa habrá un correctivo pedagógico y/o un procedimiento sancionatorio diferente. 7.4.2. CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS Las faltas disciplinarias son: 1. Leves 2. Graves 3. Gravísimas 7.4.3. CRITERIOS DE CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS 1. Grado de responsabilidad (dolo o culpa). 2. Reiteración de la conducta. 3. Perjuicios causados y su indemnización. 4. Modalidades de lugar, tiempo y medio de ejecución de los hechos. 5. Circunstancias atenuantes y/o agravantes. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 122 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 7.5. CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES O AGRAVANTES 7.5.1. CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES Se consideran como circunstancias que atenúan la responsabilidad comportamental, las siguientes: Confesar voluntariamente, cuando la Institución no tiene conocimiento de la falta. Haber observado buen comportamiento anterior a la falta. Haber sido inducido(a) por otros para cometer la falta. Dar testimonio verdadero en la confesión de la falta. 7.5.2. CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES Se consideran como circunstancias que agravan la responsabilidad comportamental, las siguientes: Mentir en los descargos para justificar la falta. Cometer la falta para ejecutar u ocultar otra. Involucrar a personas que no tuvieron nada que ver con el hecho. Reincidir o acumular faltas. Comprometer el buen nombre de la Institución Educativa. Cometer la falta abusando de la confianza depositada en él(ella) por las directivas, docentes y/o compañeros. 7.6. FALTAS 1. 2. 3. 4. 5. 6. Impuntualidad injustificada para ingresar al colegio o retardo para entrar a las clases y demás actos que se realicen. Ausentarse del salón de clase o de una actividad programada o extraclase, sin previa autorización del educador responsable. Ausentarse del colegio sin autorización escrita del Rector o Coordinadores. Permanecer fuera del aula en horas de clase o negarse a ingresar al aula. Toda inasistencia a actividades escolares sin su debida justificación. La excusa debe ser presentada en el formato institucional, antes de la ausencia o en el momento de reincorporarse a clases. No utilizar el tiempo de las clases y la jornada escolar en las actividades y trabajos propuestos por los docentes, ocupándose de “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 123 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. MANUAL DE CONVIVENCIA asuntos diferentes a los señalados, perder el tiempo o hacerlo perder a los compañeros. Utilizar de manera indebida e imprudente los implementos de estudio o trabajo pedagógico. La indisciplina o el desorden en clase, formaciones, actos generales de comunidad o eventos oficiales de la Institución: charlas, gestos, gritos, silbidos, vocabulario irrespetuoso, conversaciones constantes e inoportunas, juegos en el lugar y momento inadecuado, consumir alimentos, masticar chicle, lanzar objetos, hacer chismes o chistes de mal gusto, modales incorrectos o cualquier acto que interrumpa el normal desarrollo de las clases y demás actividades programadas dentro o fuera de la Institución. Asistir a clase sin el material y los útiles necesarios para el desarrollo de las actividades académicas programadas. Asumir una actitud negativa en los procesos democráticos y en el desarrollo de proyectos institucionales. Incumplir con la participación en el plan de refuerzo y la realización de las actividades de recuperación de logros acordados por el docente o por el Consejo Académico. La brusquedad en los juegos, los juegos de manos y el comportamiento despótico en las relaciones con otras personas. Las actitudes, gestos, comportamientos o bromas tendientes a una expresión afectiva inadecuada o al exceso de confianza. Tener un trato grosero, descortés, despectivo o discriminatorio con las personas que conforman la comunidad educativa con sobrenombres, burlas, ofensas o ridiculizaciones con base en defectos, limitaciones o actitudes de las personas. Alterar el conducto regular en el momento de presentar un reclamo. Fomentar el desorden e irrespetar el turno en espacios de uso comunitario como tienda, papelería, restaurante escolar, baños, canchas, entre otros. Generar desaseo y desorden en cualquier lugar de la Institución. El maltrato a las plantas, libros, textos, útiles, implementos deportivos, equipos y materiales escolares propios y ajenos. Participar en juegos de azar dentro de la Institución, en los que se apueste dinero. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 124 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 20. Hacer rifas o cualquier tipo de ventas dentro de la Institución, organizar eventos que ameriten cuotas monetarias grupales, sin la debida autorización. 21. Permanecer en lugares no autorizados durante los descansos o actividades académicas y/o lúdicas. 22. Negarse a contribuir con el aseo y la buena presentación de las aulas y del colegio en general, manifestado en los siguientes casos: Arrojar basuras o comestibles al piso en el aula, sillas, dependencias y espacios de la Institución, corredores o lugares de descanso, sin hacer uso del recipiente de basura. Incumplir con los turnos de aseo asignados en el aula y en la Institución. 23. Ingresar en horarios no correspondientes a lugares no autorizados dentro de la Institución Educativa, tales como: rectoría, secretaría, sala de profesores, coordinaciones, laboratorios, sala de sistemas, aula múltiple, sala de audiovisuales y restaurante escolar. 24. Esconder o arrojar las maletas y/o objetos personales de los compañeros. 25. Falta de cuidado en la higiene, hábitos saludables y presentación personal. 26. No portar de forma correcta y completo el uniforme correspondiente dentro y fuera de la Institución o no portarlo sin la debida justificación. Tener en cuenta los siguientes criterios: Desorden en la presentación personal y el cuidado del uniforme. Llevar la camisa por fuera. Usar tenis, zapatos, medias, sudadera, camiseta, buso o chaqueta diferente a lo propuesto para el uniforme. Los hombres llevar aretes, collares, manillas, piercing en lugar visible, cabello largo, tatuajes, maquillajes, esmaltes y tintes inadecuados con el uniforme. Las mujeres llevar piercing en lugar visible, tatuajes, maquillajes, esmaltes, tintes inadecuados y accesorios como aretes, collares y manillas que no corresponden con el uniforme. 27. El desacato a las normas elementales de urbanidad. 28. Adoptar una actitud pasiva o indiferente ante comportamientos que vayan en contra de los valores morales, físicos o intelectuales, de toda la comunidad educativa o de uno de sus miembros. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 125 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 29. Retener información escrita o dar información falsa dirigida a los padres de familia o a los profesores y directivos de la Institución. 30. Manifestar con palabras y actitudes inadecuadas su inconformidad frente a alguna situación. 31. Mal uso de objetos distractores como: celulares, reproductores de música y video y otros elementos de carácter tecnológico que interfieran en el normal desarrollo de las clases. Este acto implica su decomiso. Sólo se autoriza para el espacio del descanso pedagógico. En caso de pérdida, la Institución no se hace responsable. 32. Menospreciar e irrespetar los símbolos de la Institución o los símbolos patrios, tales como bandera, escudo e himno. 33. Todo tipo de fraude, copia o el intento de copia en las tareas, trabajos, evaluaciones, documentos, permisos, excusas, falsificación de firmas o falsedad en los argumentos. 34. Suplantar a un compañero, acudiente o a cualquier miembro de la comunidad educativa o hacerse suplantar con el fin de evadir responsabilidades académicas o comportamentales. 35. Encubrimiento de faltas cometidas por sí mismo o por otros compañeros. 36. Desacato a las observaciones y sugerencias que se le hacen como estrategia de mejoramiento con respecto a su proceso de formación. 37. Generar divisiones y enemistades entre las personas que pertenecen a la comunidad educativa. 38. La inasistencia a los eventos deportivos, recreativos o culturales por parte de los estudiantes que han adquirido compromisos previamente, con equipos o seleccionados deportivos y con actividades artísticas o culturales de la Institución. 39. Programar y/o participar, dentro o fuera de la Institución, en actividades extracurriculares que afecten el buen nombre de la comunidad educativa. 40. Cualquier acción o actitud que vaya en contra de la filosofía institucional. 41. Celebrar inadecuadamente cualquier evento, arrojando huevos, harina, agua o bromas que atenten contra el aseo y seguridad de los compañeros y de la Institución. 42. Reaccionar de forma violenta frente a resultados obtenidos o a sugerencias u orientaciones de los directivos y/o docentes, con descargos de rebeldía, agresivos o comentarios malintencionados. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 126 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 43. Problemas graves de adaptación, reflejados en el malestar que genera en el grupo a causa de su comportamiento. 44. Escupir, manchar, pegar chicles o rayar pupitres, puertas, tableros, paredes, baños, muebles, escritorios, carteleras, pasamanos u otros espacios y enseres de la Institución o en ropas y útiles de los compañeros. 45. Atentar de manera intencional, deliberadamente, por negligencia o descuido, contra los bienes propios y ajenos, la infraestructura, ornamentación, equipos, material didáctico, implementos y elementos de aseo, sillas, pupitres u otros servicios, bienes muebles o inmuebles, causando daños en aulas, laboratorios, baños, bibliotecas, agua, energía, red telefónica, conexión a internet o cualquier sitio frecuentado en la actividad educativa o que ha sido entregado por la Institución en custodia o para su uso. 46. Atentar contra la propiedad ajena, mediante el hurto de dinero, útiles, materiales, enseres, objetos, documentos personales, dentro o fuera de la Institución, o la deshonestidad al apropiarse de artículos encontrados y no informar. 47. Negarse al pago o mantenimiento de la silla universitaria o pupitre que le fue asignado, en caso de deteriorarla o dañarla. 48. Desacato al reglamento interno de cada una de las dependencias de la Institución. 49. Asumir actitudes desobligantes o promover desórdenes en el lugar al que asista en representación de la Institución. 50. Generar falsas alarmas tendientes a crear pánico colectivo. 51. Promover o encubrir actitudes o hechos de indisciplina colectiva. 52. Ocultar maliciosamente su identidad dentro de la Institución. 53. Asistir a la Institución en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias prohibidas. 54. Traer, exhibir, poner en circulación, portar, comercializar o contemplar material pornográfico entre los miembros de la comunidad educativa. Parágrafo 1: La presentación oportuna de la excusa, autoriza al estudiante para recibir información de refuerzo y recuperación de parte de los docentes y para presentar trabajos y evaluaciones pendientes. Será siempre responsabilidad del estudiante y sus acudientes, ponerse al día en sus deberes académicos. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 127 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA Parágrafo 2: Las ausencias injustificadas o sin excusa válida, implican asumir las consecuencias académicas de la inasistencia. Todas las ausencias de clase, aun presentando excusa, se cuentan. Cuando un estudiante se ausenta el 25% de las clases de una asignatura sin justificación, la reprueba irremediablemente en virtud de su inasistencia (Decreto 1290). 7.6.1. SANCIÓN A FALTAS LEVES Las faltas leves son aquellos comportamientos, actos o actitudes, que afectan en mínimo grado la organización y marcha de la Institución y producen incomodidad o molestia, porque no contribuyen al mantenimiento del orden colectivo, sin obstaculizar severamente el logro de los fines educativos; además, contravienen de forma atenuada las actitudes formativas, pero sin atentar contra las personas o contra la Institución en su dignidad o integridad física, moral o material. 7.6.1.1. Debido proceso El manejo de las faltas leves compete a quien detecta la falta (docente u otro integrante de la comunidad educativa), informando la situación al(a) director(a) de grupo y siguiendo el debido proceso. 1. Diálogo formativo con el estudiante. 2. Aplicar la estrategia formativa adecuada. 3. Registrar la falta en el fólder de comportamiento grupal, cuando a ésta no le sea aplicado un correctivo. 7.6.1.2. Correctivos o sanciones a faltas leves 1. Diálogo con el estudiante para escuchar los motivos de su comportamiento e invitarlo a cambiar de actitud. 2. Preparar y socializar una actividad pedagógica referente al tema de la falta cometida. 3. Presentarse a la Institución en jornada contraria para prestar un servicio social acorde con la falta. 4. Retener los artículos que afecten el buen comportamiento, de acuerdo con los lugares y momentos. Estos serán devueltos a sus padres y/o acudientes. 5. Reparar y/o reponer los objetos o implementos dañados. 6. El docente podrá concertar otros tipos de correctivos pedagógicos, con el fin de que el educando supere dicho comportamiento. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 128 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 7.6.2. SANCIÓN A FALTAS GRAVES Son aquellos comportamientos, actos o actitudes, que obstaculizan el logro de los fines educativos, atentan contra los principios institucionales, contravienen de forma acentuada las actitudes formativas y atentan contra las personas o contra la Institución en su dignidad o integridad física, moral o material, perturbando el normal desarrollo de las actividades, afectando gravemente las normas disciplinarias de carácter general y particular de la Institución Educativa. Las faltas graves acarrearán las siguientes sanciones, las cuales serán impuestas por el(a) Coordinador(a) de Convivencia, así: 1. Elaboración de un proyecto pedagógico por parte del estudiante, el cual lo realizará en jornada contraria, con el apoyo de una entidad o persona competente, con una intensidad horaria definida previamente, el cual será socializado a la instancia que el(a) Coordinador(a) determine. 2. Suspensión temporal de actividades académicas hasta por quince (15) días escolares. 7.6.3. SANCIÓN A FALTAS GRAVÍSIMAS Son aquellos comportamientos, conductas, actos o actitudes, que tienen gran trascendencia negativa y perjudicial en la marcha institucional, además lesionan y perjudican física o psicológicamente a los miembros de la comunidad educativa. Además, las que contravienen de forma considerable las actitudes formativas y que atentan gravemente contra los valores individuales y colectivos de las personas o la Institución, en su dignidad o integridad física, moral o material. Así mismo, se tiene como faltas gravísimas todas las conductas que se encuentran tipificadas como delitos y contravenciones en el Código Penal y en la Ley 1098 de 2006, “Ley de infancia y adolescencia”. Se consideran faltas gravísimas: 1. Todo tipo de agresión física, gestual, virtual, de palabra o por escrito, dentro o fuera del establecimiento, contra compañeros, docentes, empleados, directivos del colegio o cualquier persona perteneciente al entorno escolar. 2. Actuar imprudentemente o con negligencia, provocando situaciones en contra de la integridad física o moral, propia o de otros: lesiones “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 129 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 3. 4. 5. 6. MANUAL DE CONVIVENCIA personales intencionadas, atraco a mano armada, secuestro, sicariato, corrupción de menores, acoso sexual. Amenazas, boleteos, chantajes, matoneo, intimidación, sobornos, extorsión, estafas y demás abusos de confianza, a nombre propio o valiéndose de personas ajenas al colegio, que atemorizan o agreden y atentan contra los derechos fundamentales de la persona: la vida, la paz, la intimidad, el buen nombre. Plantear, liderar, estimular, apoyar, organizar, conformar o participar en pandillas o bandas en la Institución, con fines delictivos, actos de vandalismo u otro tipo de conductas violentas que alteren el funcionamiento de cualquier proceso educativo dentro o fuera de la Institución, para crear un mal ambiente escolar, atemorizar o agredir de cualquier forma. Usar, traficar o poner en circulación cualquier tipo de armas o explosivos. Consumo, venta y/o distribución de bebidas alcohólicas o sustancias prohibidas (cigarrillo, estupefacientes o sustancias sicotrópicas) dentro de la Institución o fuera de ella, portando el uniforme. Parágrafo: Al estudiante que se encuentre dentro de la Institución, presuntamente bajo los efectos de estupefacientes o sustancias sicotrópicas, se informará al padre de familia para que éste busque un programa de asesoría, orientación o tratamiento, previa notificación de la Institución Educativa (Decreto 1108 de mayo 31 de 1994) 7. 8. Fomentar y/o participar de cualquier actividad que afecte la integridad física y/o psicológica de los estudiantes y que vaya en contra de la dignidad de la persona o los principios institucionales, tales como exhibicionismo, acoso sexual, violación o intento de violación carnal, prostitución y el tráfico de personas. Cualquier conducta tipificada como delito en el Código Penal Colombiano, (para mayores de edad) y por la Ley de Infancia y Adolescencia (infracciones o contravenciones para menores de edad), salvo por delitos políticos o culposos. Su sanción será competencia del Rector, quien podrá imponer algunas de las siguientes: “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 130 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA 1. 2. 3. MANUAL DE CONVIVENCIA Elaboración de un proyecto pedagógico por parte del estudiante, el cual lo realizará en jornada contraria, con el apoyo de una entidad o persona competente, con una intensidad horaria definida previamente, el cual será socializado a la instancia que el Rector determine. Suspensión temporal de actividades académicas hasta por treinta (30) días escolares. Cancelación de la matrícula. 7.7. DEBIDO PROCESO Son aquellas etapas de la acción disciplinaria que le permiten a los posibles infractores conocer de antemano cuáles son los medios que tienen para reunir pruebas, controvertir e impugnar lo resuelto en su contra y por otro lado, conocer los términos dentro de los cuales deben presentar las alegaciones y recursos procedentes en su favor. 7.7.1. INVESTIGACIÓN PRELIMINAR Conocida una situación que pudiera constituirse en falta comportamental de un estudiante, el director de grupo y la coordinación de convivencia, procederán a realizar la investigación pertinente. Para ello se cuenta con un período de tiempo de hasta quince (15) días escolares. 7.7.2. CLASIFICACIÓN DE LA FALTA Realizada la investigación del caso y comprobada la responsabilidad del estudiante, el(a) Coordinador(a) de Convivencia procede a clasificar la falta de acuerdo a las circunstancias atenuantes o agravantes y a lo planteado en el presente Manual. Se dispone de hasta cinco (5) días escolares. 7.7.3. FORMULACIÓN DE CARGOS Una vez identificado el estudiante autor de una falta comportamental, el(a) Coordinador(a) formulará al infractor los respectivos cargos y las pruebas que obran en su contra, describiendo con exactitud el hecho constitutivo de la falta comportamental, señalando las normas del Manual de Convivencia que fueron violentadas. Para ello se cuenta con un período de tiempo de hasta tres (3) días escolares. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 131 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA 7.7.4. VERSIÓN LIBRE El(a) Coordinador(a), una vez iniciada la investigación deberá escuchar al estudiante y recibir su versión de los hechos, haciéndole saber de los beneficios de aceptar la falta y/o ayudar a esclarecer los hechos y los autores. Se dispone de hasta tres (3) días escolares. 7.7.5. ANÁLISIS DE NUEVAS PRUEBAS El(a) Coordinador(a) responsable del proceso comportamental, dará a conocer al estudiante infractor el día, la hora y la fecha en que puede hacer llegar las pruebas que permitan revertir, desvirtuar o vayan en contravía de las opiniones o señalamientos de las personas involucradas en la comisión de la falta, a la que debe asistir si es menor de edad acompañado del padre de familia y/o acudiente y en lo posible del personero estudiantil. Durante la sesión al estudiante se le debe garantizar el derecho de expresión, defensa, representación e igualdad. Es el evento en el cual se hace pedagogía de los derechos humanos, para que el presunto infractor y todos los participantes se eduquen en el respeto y la tolerancia. El proceso debe ser inobjetablemente imparcial. Para ello se cuenta con un período de tiempo hasta de tres (3) días escolares. 7.7.6. FALLO O SENTENCIA Es el(a) Coordinador(a) de Convivencia, mediante resolución, el(a) responsable de proferir el fallo sancionatorio o absolutorio. La resolución debe estar firmada por el Rector, señalando qué recursos proceden contra la misma y los términos de que dispone el afectado para interponerlos. Se dispone de hasta tres (3) días escolares. 7.7.7. RECURSO DE REPOSICIÓN Derecho que tienen los estudiantes para controvertir las decisiones tomadas por algún estamento del Gobierno Escolar en primera instancia. Por lo tanto, la sanción puede ser recurrida a través del recurso de reposición ante la misma instancia o persona que aplicó la sanción. 7.7.8. RECURSO DE APELACIÓN La apelación es un recurso procesal a través del cual se busca que un estamento superior del Gobierno Escolar enmiende o reafirme la resolución sancionatoria de un estamento inferior de éste. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 132 I.E. MARCO TOBÓN MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA Parágrafo: De ambos recursos debe hacerse uso por escrito, en la diligencia de notificación personal o dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a ella. El recurso de apelación podrá interponerse directamente, o como subsidiario del de reposición. Cada recurso cuenta hasta con quince (15) días escolares para ser resuelto. Transcurridos los términos sin que se hubieren interpuesto los recursos procedentes, la decisión quedará en firme. El Artículo 29 de la Constitución Nacional enfoca todo el marco referencial y teórico del debido proceso. “El debido proceso se aplicará a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas. Nadie podrá ser juzgado sino conforme a leyes preexistentes al acto que se le imputa, ante juez o tribunal competente y con observancia de la plenitud de las formas propias de cada juicio. En materia penal, la ley permisiva o favorable, aun cuando sea posterior, se aplicará de preferencia a la restrictiva o desfavorable. Toda persona se presume inocente mientras no se le haya declarado judicialmente culpable. Quien sea sindicado tiene derecho a la defensa y a la asistencia de un abogado escogido por él, o de oficio, durante la investigación y el juzgamiento; a un debido proceso público sin dilaciones injustificadas; a presentar pruebas y controvertir las que se alleguen en su contra; a impugnar la sentencia condenatoria y a no ser juzgado dos veces por el mismo hecho. Es nula de pleno derecho, la prueba obtenida con violación del debido proceso.” 7.7.9. MEDIDAS CAUTELARES PRESERVACIÓN DEL ORDEN INTERNO: El(a) Coordinador(a) de Convivencia por medio de un auto debidamente motivado, podrá suspender durante el tiempo que dure la investigación al estudiante en cuyo caso su permanencia genere inestabilidad o coloque en riesgo a algún miembro de la comunidad educativa, sin que con esto afecte el derecho a la defensa. “CONSTRUIMOS SOCIEDAD, EDUCANDO EN LA INTEGRALIDAD.” Página 133
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