Constitución legal de la empresa Programa para

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Constitución legal de la empresa Programa para
Constitución legal de la empresa
Programa para emprendedores
Desarrollo Personal y Orientación Profesional (DPOP)
Centro de Investigación en Valores CIVSEM
Fundación Tomás Pascual y Pilar Gómez-Cuétara
Juan Porras, Alina Moreu y Lila Fernández
Madrid, 7 de mayo de 2013
Índice
1.
Introducción
2.
La elección de la forma jurídica
3.
Trámites de constitución de las sociedades de capital
4.
Obligaciones de las sociedades de capital
5.
Otras cuestiones a tener en cuenta
6.
Conclusiones
1. Introducción
¿EMPRENDER
O NO EMPRENDER?
2. La elección de la forma jurídica
2. La elección de la forma jurídica
Tipo de
actividad
Requisitos
de
constitución
Número
de socios
Factores
a tener
en cuenta
Responsabilidad
Fiscalidad
Capital
inicial
2. La elección de la forma jurídica
Responsabilidad
De los socios
De los
administradores
• Responsabilidad frente a
acreedores
• Depende de la forma elegida
• Responsabilidad frente a la
sociedad...
• ... y los acreedores
RÉGIMEN DE LA RESPONSABILIDAD DE ADMINISTRADORES
Régimen
general:
Fundamento
responsabilidad
Incumplimiento de los deberes
por culpa
de los administradores
(diligencia, fidelidad, lealtad y
secreto)
Excepción:
régimen de
Presupuestos
responsabilidad
•Incumplimiento de las
objetiva
Requisitos
• Culpa
• Daño
• Relación de causalidad
Supuestos de posible responsabilidad de administradores
relacionados con la capitalización de la sociedad
obligaciones de los
administradores sobre
disolución
Consecuencia
•Responsabilidad objetiva de
los administradores por las
obligaciones sociales
posteriores al acaecimiento
de la causa de disolución
• Reducción de capital por pérdidas que dejan reducido el patrimonio neto por
debajo de los 2/3 del capital social
• Causa de disolución por pérdidas: si patrimonio < ½ capital social, obligación de
instar la disolución o, si hay insolvencia, el concurso
2. La elección de la forma jurídica
Personas físicas y sociedades personalistas
• Se basan en la confianza de los socios
• Los socios responden personal e ilimitadamente
de las deudas
− Sociedad colectiva
− Sociedad comanditaria
−Empresario individual
−Sociedad civil / comunidad de bienes
2.1. Empresario individual
Ventajas
Inconvenientes
No está sometido a trámites de
constitución
Responsabilidad ilimitada...
No es obligatorio inscribirse en
Registro Mercantil ni se necesita
escritura pública
... también del cónyuge si
gananciales
No exige capital mínimo inicial
Todo el riesgo del negocio recae
sobre una persona
No es necesario contar con la
participación de socios
Dependiendo del beneficio,
puede estar sometido a tipos
impositivos elevados
Tributa según ganancias
2.2. Comunidad de bienes / sociedad civil
Ventajas
Inconvenientes
Trámites de constitución sencillos Responsabilidad ilimitada...
No es obligatorio inscribirse en
Registro Mercantil ni se necesita
escritura pública
... también del cónyuge si
gananciales
No exige capital mínimo inicial
Exige al menos dos socios
Libertad de pactos entre los
socios
Carece de personalidad jurídica
Tributa según ganancias
Cada uno de los socios o
comuneros paga el IAE
El riesgo de crear la empresa no
recae en una sola persona
2. La elección de la forma jurídica
Personas jurídicas – sociedades capitalistas
• Los socios no responden personalmente de las deudas
• Solo responden hasta el límite de lo aportado al capital social
− Sociedad anónima
− Sociedad limitada
−Sociedad anónima / limitada laboral
−Sociedad cooperativa (especial)
2.3. Sociedad Limitada
Ventajas
Inconvenientes
Puede haber varios socios o uno
solo (S.L. Unipersonal)
No cabe realizar aportaciones de
trabajo o industria
El capital mínimo no es elevado:
3.000 €
Es necesario desembolsar
íntegramente el capital social en
el momento de la constitución
Limitación de responsabilidad a
las aportaciones realizadas
Dificultad de obtener crédito sin
el aval de los socios
Personalidad jurídica propia
Necesidad de cumplir con ciertas
obligaciones periódicas
Dependiendo de los beneficios,
mejor fiscalidad
2.4. Sociedad Anónima
Ventajas
Inconvenientes
Posibilidad de desembolsar el
capital social en un 25 %
Capital social mínimo elevado:
60.000 €
Puede haber varios socios o uno
solo (S.A. Unipersonal)
No cabe realizar aportaciones de
trabajo o industria
Limitación de responsabilidad a
las aportaciones realizadas
Necesidad de cumplir con ciertas
obligaciones periódicas
Personalidad jurídica propia
Menor flexibilidad que la S.L.
(salvo régimen de transmisión)
Dependiendo de los beneficios,
mejor fiscalidad
2.5. Sociedad (Anónima o Limitada) Laboral
Ventajas
Inconvenientes
En general, las mismas que la
S.L. o la S.A. (salvo que no
puede ser unipersonal)
En general, los mismos que la S.L.
o la S.A.
Ciertas bonificaciones fiscales
Mínimo de 3 socios: ninguno
puede poseer más de 1/3 del
capital social
Se puede beneficiar de ayudas
económicas en la contratación
de personal
Es obligatorio destinar
anualmente un 10% de los
beneficios al Fondo de Reserva
Posibilidad de capitalizar la
prestación por desempleo
Dos tipos de socios (trabajadores y
capitalistas): posibles dificultades
para tomar decisiones
2.6. Sociedad Cooperativa
Ventajas
Inconvenientes
No exige un capital mínimo de
constitución
Mínimo de 3 socios
Los socios pueden darse de alta
o baja voluntariamente
Necesidad de cumplir con ciertas
obligaciones periódicas
Todos los socios participan con
los mismos derechos
Inconvenientes prácticos
Su objetivo es el bien común de
todos los socios, y no el
beneficio económico
Se puede beneficiar de
bonificaciones sociales y ciertas
ventajas fiscales
2. La elección de la forma jurídica
Resumen
FORMA JURIDICA
NºSOCIOS
CAPITAL MINIMO
Empresario Individual
1
Sin mínimo
Comunidad de Bienes
Mínimo 2
Sin mínimo
Sociedad Civil
Mínimo 2
Sin mínimo
Sociedad Colectiva
Sociedad Anónima
Sociedad Limitada
Sociedad Limitada Nueva
Empresa
Sociedad Laboral
Sociedad Cooperativa
RESPONSABILIDAD
SEGURIDAD SOCIAL TRIBUTOS
Autónomos /Mutua
profesional
Autónomos /Mutua
Ilimitada Solidaria
profesional
Autónomos /Mutua
Ilimitada Mancomunada
profesional
Ilimitada
Autónomos /Mutua
profesional
Autónomos /Mutua
Mínimo 1, pueden 60.000 €, al menos el 25% en la
Limitada a la aportación
profesional
ser sociedades
constitución. Admite bienes
Autónomos /Mutua
Mínimo 1, pueden 3.000 €, desembolso íntegro en
Limitada a la aportación
profesional
ser sociedades
la constitución. Admite bienes
Autónomos /Mutua
De 3.000 € a 120.000 €. Sólo
2a5
Limitada a la aportación
profesional
aportaciones dinerarias
Mínimo 2
Sin mínimo
Ilimitada
ADMINISTRACION
IRPF /IVA
El Titular
IRPF /IVA
Comuneros
IRPF /IVA
Administradores
IS /IVA
Los Socios
IS /IVA
IS /IVA
IS /IVA
Administradores /Consejo
Administración
Administradores /Consejo
Administración
Administrador Único
Mínimo 3, la mayoría El mismo que para las SA o SL.
Administradores /Consejo
Régimen General /
Limitada a la aportación
IS /IVA
Administración
trabajadores
Cada socio 1/3 máximo
Autónomos
Mínimo 3, todos
Régimen General /
IS /Rég.
Consejo Rector o
Mínimo fijado en los Estatutos Limitada a la aportación
trabajadores
Autónomos
Especial IVA Administrador Único
3. Trámites de constitución de las
sociedades de capital
3. Trámites de constitución de las sociedades de
capital
3.1. Trámites de constitución
3.2. Trámites de puesta en marcha
3.3. Tramitación telemática (PAIT)
3.1. Trámites de constitución
1. Denominación social
2. Informe de experto independiente
3. Obtención del NIF provisional
4. Apertura cuenta corriente
5. Escritura pública de constitución
3.1. Trámites de constitución
6. Autoliquidación del ITP y AJD
7. Autorizaciones administrativas
8. Inscripción en el Registro Mercantil
9. Obtención del NIF definitivo
3.2. Trámites de puesta en marcha
Fiscales
• Alta censo empresarios
• Alta IAE
Seguridad Social
• Inscripción de la empresa
• Afiliación de trabajadores
• Alta de trabajadores
• Apertura centro trabajo
Administrativos
• Licencia municipal de obras
• Licencia municipal de apertura
• Alta IBI
3.3. Tramitación telemática (PAIT)
4. Obligaciones de las sociedades de capital
4.1. Cuentas anuales e informe de gestión
4º PASO
3º PASO
APROBACIÓN
2º PASO
AUDITORÍA
1º PASO
FORMULACIÓN
DEPÓSITO
4.2. Llevanza de libros y obligación de legalizar
•
•
•
•
•
Libro de actas
Libros contables: diario, inventario y cuentas anuales
Libro registro de socios
Libro registro de acciones nominativas
Libro contratos socio único
5. Otras cuestiones a tener en cuenta
Protección de datos de carácter personal:
obligaciones básicas
•
•
•
•
•
•
Inscribir en la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) aquellos ficheros de los
que se es titular (telemáticamente)
Obligaciones de información a los titulares de los datos:
• Existencia del fichero, finalidad y destinatarios
• Carácter obligatorio o facultativo de su respuesta a las preguntas planteadas
• Consecuencias de la obtención de los datos o de la negativa a darlos
• Posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición
• Identidad y dirección del responsable del tratamiento
Obtener el consentimiento del titular para su tratamiento
Deberes de secreto y no cesión de los datos
Otras: destruir la información no necesaria, adoptar medidas de seguridad adecuadas para
garantizar la seguridad de los datos y evitar su alteración, pérdida tratamiento o acceso no
autorizado, etc.
Tener en cuenta límites y requisitos para transferir datos al extranjero
www.agpd.es
6. Conclusiones
Algunos consejos prácticos
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•
Un emprendedor debe llevar a cabo un gran esfuerzo, por lo que hay que estar muy seguro
Ser organizado y disciplinado es fundamental (no mezclar trabajo y vida personal)
Ser realista y tener un buen plan de negocio
Importancia de elegir una buena asesoría de empresas
Los negocios sencillos son los que suelen funcionar
Los “pelotazos” no existen, existen las oportunidades
Los buenos negocios enseguida se ven que funcionan
Emprender en solitario puede ser más difícil que dirigir una cotizada
“Zapatero a tus zapatos”
Importancia de los márgenes
Importancia de las sinergias
Tener cuidado con los impagos
Tener en cuenta la limitación del crédito
La actitud del emprendedor es fundamental
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