BOLETÍN JUDICIAL N° 187 de la fecha 30 09 2014

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BOLETÍN JUDICIAL N° 187 de la fecha 30 09 2014
Firmado digitalmente por
JORGE LUIS VARGAS
ESPINOZA (FIRMA)
Nombre de
reconocimiento (DN):
serialNumber=CPF-02-025
5-0227, sn=VARGAS
ESPINOZA,
givenName=JORGE LUIS,
c=CR, o=PERSONA FISICA,
ou=CIUDADANO,
cn=JORGE LUIS VARGAS
ESPINOZA (FIRMA)
Fecha: 2014.09.29 16:16:50
-06'00'
Nº 187 —
32 Páginas
JORGE
LUIS
VARGAS
ESPINOZ
A (FIRMA)
La Uruca, San José, Costa Rica, martes 30 de setiembre del 2014
AÑO CXX
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
NOMBRE DEL ABOGADO
SECRETARÍA GENERAL
CIRCULAR Nº 187-2014
Asunto: Sobre el depósito judicial de embarcaciones y equipo de
navegación.
A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS QUE
TRAMITAN MATERIA PENAL
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N° 7214, celebrada el 12 de agosto de 2014, artículo LXXIX, acordó
comunicarles que todas las embarcaciones, los buques, los botes
de todo tipo, los motores fuera de borda, las motos acuáticas y
cualquier categoría de implementos o equipo de navegación,
ingresados al patrimonio nacional por comiso según las leyes
especiales conducentes (8000, 8204 y 8754), sean trasladados y
dispuestos finalmente por el Servicio Nacional de Guardacostas,
como claramente lo instituye el artículo 36 de la Ley 8000, en
concordancia con el transitorio VII de la Ley 8754, que le otorga
al Servicio Nacional de Guardacostas el depósito judicial en
forma inmediata y exclusiva, debiendo destinar estos bienes al
cumplimiento de los fines descritos en la Ley 8000.
San José, 29 de agosto de 2014.
Irving Vargas Rodríguez,
1 vez.—(IN2014059245).
Secretario General
CIRCULAR Nº 188-2014
Asunto: Lista de abogadas y abogados suspendidos en el ejercicio
de su profesión, actualizada al 27 de agosto de 2014.
A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
En cumplimiento de lo dispuesto por el Consejo Superior,
en sesiones Nº 14-03 y 97-03, celebradas el 27 de febrero y 16 de
diciembre de 2003, en ambas, artículos LII, hago de su conocimiento
y para los fines consiguientes, la lista de los profesionales
suspendidos en el ejercicio de la profesión ante el Colegio de
Abogados y Abogadas de Costa Rica, según correo electrónico del
citado Colegio Profesional.
LISTA DE ABOGADAS Y ABOGADOS SUSPENDIDOS EN EL
EJERCICIO DE LA PROFESIÓN
ACTUALIZADA AL 27 DE AGOSTO DE 2014
NOMBRE DEL ABOGADO
Nº
CARN
É
Alvarado Cervantes Olman
4436
Alvarado Cervantes Olman
4436
Badilla Toruño Minor
8362
Barillas Jiménez Juan Alexis
11541
Cubillo Pacheco Luis Antonio
12673
De León Quesada Lilliam Vanessa
Díaz Díaz Yosef Yamín c.c Cohen
Díaz Yosef Yamín
Di Bella Hidalgo Herbert
Echegaray Castellanos Edgar
2775
Rojas Fallas Luis Alexánder
Fernández Vargas Bernardo Fidel
González Salas Gerardo Ant.
Guevara Duarte Ricardo Alberto
Hernández Quirós Francisco Javier
TIEMPO
RIGE DEL
*****
12/05/2011
2 años, tres
meses y 20 días 27/12/2013
HASTA
EL
*****
15/04/2016
1 Año
1 Año y 4
meses
2 años y 18
dias
06/02/2014
05/02/2015
04/09/2013
03/01/2015
22/08/2012
09/09/2014
17669
**
16/10/2013
**
15276
5869
15/05/2014
23/03/2007
14/05/2020
22/03/2019
13/01/2012
12/06/2015
16985
16131
5454
6 años
12 Años
3 años y 6
meses
8 años y 7
meses
3 años
28 años
11/03/2014
13/10/2011
20/06/2007
10/10/2022
12/10/2014
19/06/2035
11155
6526
5 meses
5 meses
24/08/2014
06/04/2014
23/01/2015
05/09/2014
GACETA
91 del
12/05/2011
250 del
27/12/2013
247 del
21/12/2012
169 del
04/09/2013
161 del
22/08/2012
107 del
05/06/2014
092 del
15/05/2014
59 del 23-03-07
10 del
13/01/2012
49 del
11/03/2014
197 13/10/2011
118 del 20-6-07
048 del
08/03/2012
082 del
Nº
CARN
É
TIEMPO
Alvarado Cervantes Olman
4436
Hernández
Quirós Francisco Javier
Alvarado Cervantes Olman
6526
4436
Hernández
Quirós
Francisco Javier
Badilla Toruño
Minor
6526
8362
Barillas
Jiménez
Juan Alexis
Jara
Guzmán
Francisco
Antonio
11541
14599
Cubillo Pacheco Luis Antonio
Jiménez Castrillo José Luis
12673
16220
De León Quesada Lilliam Vanessa
17669
**
Díaz Yosef Yamín
Di Bella
HidalgoSteve
Herbert
López
Elizondo
15276
5869
9792
Marín Rojas Gillio
11441
6 años
12
Años
6 meses
330
años
y6
años
meses
8 años y 7
**
meses
3 años
3 años
28
años
Jiménez
Rodriguez
Victorino
Díaz Díaz
Yosef Yamín
c.c Cohen
Echegaray Castellanos Edgar
Mata
Araya Rodrigo
Rojas Fallas Luis Alexánder
Fernández Vargas Bernardo Fidel
Mora
Guevara
González
SalasWilliam
Gerardo Ant.
8040
2775
3134
16985
16131
10370
5454
GuevaraUlloa
Duarte
Ricardo Alberto
11155
Nelson
Dyanna
13228
Hernández
Francisco Javier 15398
6526
Núñez
MataQuirós
Federico
RIGE DEL
HASTA
EL
*****
12/05/2011
*****
2 años, tres
4
meses
07/09/2014
06/01/2015
meses y 20 días 27/12/2013 15/04/2016
71meses
Año
1 Año y 4
meses
*
2 años y 18
dias
3 años
*
45 meses
5 meses
6 meses,
2 días
06/01/2015
06/02/2014 05/08/2015
05/02/2015
04/09/2013 03/01/2015
11/03/2014
*
22/08/2012 09/09/2014
27/12/2013 26/12/2016
16/10/2013
06/07/2010
**
*
15/05/2014 14/05/2020
23/03/2007 05/01/2015
22/03/2019
06/07/2014
11/03/2004 10/03/2034
13/01/2012 12/06/2015
10/05/2013
**
11/03/2014 10/10/2022
13/10/2011 12/10/2014
22/08/2012
20/06/2007 21/08/2015
19/06/2035
24/08/2014
15/05/2014
06/04/2014
26/02/2014
23/01/2015
14/09/2014
05/09/2014
28/02/2015
Peña Zúñiga Hugo Eduardo
6679
5 meses
16/05/2014 15/10/2014
Pérez Fuentes José Gerardo
15079
**
Quesada Elizondo Carlos Luis
10740
5 meses
18/05/2014 17/10/2014
Quesada Ugalde Iveth Emilia
12524
3 meses
04/06/2014 03/09/2014
Ramírez Ulate Bernal
Robles Macaya Carlos Hernán
4547
2416
3 años
24 Años
01/11/2013 31/10/2016
15/04/2005 14/04/2029
Rodríguez Bastos Fabio Evencio
3991
3 años
13/10/2011 12/10/2014
Rodríguez Bastos Fabio Evencio
3991
13/10/2014 12/02/2015
Rojas Saborío Manuel David
15100
4 meses
3 años y 3
meses
Rojas Saborío Manuel David
Salas Salazar Kenneth
Tenorio Castro Luis Gdo.
15100
1356
9850
24/11/2015 23/08/2016
11/03/2004 10/03/2024
14/03/2014 13/09/2014
Tenorio Castro Luis Gdo.
9850
9 meses
20 Años
6 Meses
3 años y 3
meses
Tenorio Castro Luis Gdo.
Tijerino Medina Yolanda
Margarita
9850
10399
4 años
*
Valverde Segura Jorge E.
8540
3 años
Vargas Barrantes Walter
11875
3 años
Vargas Montero Carlos
9480
3 meses
Vargas Rivera José Eduardo
13901
4 meses
Villalobos Salas José Alberto
12163
21 meses
Villalobos Salas José Alberto
12163
6 meses
Villalobos Salas José Alberto
12163
8 meses
30/04/2014
**
24/08/2012 23/11/2015
GACETA
91 del
30/04/2013
12/05/2011
115 del
250 del
17/06/2013
27/12/2013
44 del
247
del
04/03/2014
21/12/2012
169
del
49 del
04/09/2013
11/03/2014
161 del
del
250
22/08/2012
27/12/2013
107 del
130 del
05/06/2014
06/07/2010
092 del
199 del
15/05/2014
5918/10/2011
del 23-03-07
del
50 del1011/03/04
13/01/2012
115 del
49 del
17/06/2013
11/03/2014
del
197 161
13/10/2011
22/08/2012
118
del 20-6-07
092
048 del
08/03/2012
15/05/2014
082
***del
093 del
16/05/2014
107 del
05/06/2014
211 del
01/11/2013
92 del
15/05/2014
211 del
01/11/2013
72 del 15/04/05
197 del
13/10/2011
247 del
21/12/2012
163 del
24/08/2012
107 del
05/06/2014
50 del 11/03/04
152 del 05/08/04
14/09/2014 13/12/2017 59 del 23/03/07
135 del
14/12/2017 13/12/2021
14/07/2008
17/06/2013
*
115 del
17/06/2013
193 del
24/04/2013 23/04/2016
08/10/2007
048 del
08/03/2013 07/03/2016
08/03/2013
107 del
05/06/2014 04/06/2014
05/06/2014
107 del
05/06/2014 04/10/2014
05/06/2014
211 del
05/03/2014 04/12/2015
01/11/2013
250 del
05/12/2015 04/06/2016
27/12/2013
092 del
05/06/2016 04/02/2017
15/05/2014
* La suspensión se mantendrá hasta que cumpla la condena
impuesta en sede penal.
**La suspensión será hasta le revocación de medida cautelar o
finalización del proceso.
***Inhabilitación del ejercicio de la Abogacía y Notariado por
Medida Cautelar. Res, Juzgado Penal de Pérez Zeledón de
las 7:08 del 26/8/2014.
*****Suspendido hasta que cancele la multa máximo 12/05/2021.
San José, 29 de agosto de 2014.
Irving Vargas Rodríguez,
1 vez.—(IN2014059248).
Secretario General
Pág 2 — BOLETIN JUDICIAL Nº 187
Martes 30 de setiembre del 2014
CIRCULAR Nº 189-2014
Asunto: Reconocimiento por el trabajo y esfuerzos para fortalecer
el Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial.
A LAS SERVIDORAS Y SERVIDORES JUDICIALES
DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N° 7314, celebrada el 14 de agosto de 2014, artículo XCII, acordó
reconocerles el trabajo y esfuerzos realizados para manifestar su
apoyo y fortalecer el Fondo de Jubilaciones y Pensiones, así como
el compromiso y unidad demostrada en las actividades realizadas el
13 de agosto del año en curso.
San José, 1 de setiembre del 2014.
1 vez.—(IN2014059249).
Irving Vargas Rodríguez,
Secretario General
CIRCULAR Nº 190-2014
Asunto: Medidas para la matrícula y participación del curso virtual
de Control Interno.
A LAS SERVIDORAS Y SERVIDORES JUDICIALES
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión N° 7414, celebrada el 19 de agosto de 2014, artículo LXVIII, luego
del análisis realizado al informe Nº 01-UCI-2014, de la Unidad
de Control Interno y en procura de una mayor efectividad en los
resultados del curso virtual “Control Interno”, dispone acoger las
siguientes medidas:
1. Para que las personas servidoras judiciales puedan matricular
el curso deben aceptar un compromiso moral y ético para
concluirlo, que genera el sistema antes de iniciar los pasos de
la matrícula en línea.
2. Recordar la obligación que tienen las personas matriculadas
en cursos virtuales de completarlos y aprobarlos.
3. Las personas servidoras judiciales matriculadas en los
cursos virtuales, que no ingresen a estos o los abandonen,
deberán remitir una justificación a la Sección Gestión de la
Capacitación del Departamento de Gestión Humana, para
evitar el registro de capacitación inconclusa en su registro
personal.
4. Limitar la matrícula de las personas que una vez matriculado
el curso virtual “Control Interno”, no ingresen o lo abandonen
injustificadamente, de forma que no puedan matricularlo en
las dos siguientes convocatorias.
San José, 4 de setiembre de 2014.
1 vez.—(IN2014059252).
Irving Vargas Rodríguez,
Secretario General
CIRCULAR Nº 191-2014
Asunto: Lista de abogadas y abogados suspendidos en el ejercicio
de su profesión, actualizada al 4 de setiembre de 2014.
A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
En cumplimiento de lo dispuesto por el Consejo Superior,
en sesiones Nº 14-03 y 97-03, celebradas el 27 de febrero y 16 de
diciembre de 2003, en ambas, artículos LII, hago de su conocimiento
y para los fines consiguientes, la lista de los profesionales
suspendidos en el ejercicio de la profesión ante el Colegio de
Abogados y Abogadas de Costa Rica, según correo electrónico del
citado Colegio Profesional.
LISTA DE ABOGADAS Y ABOGADOS SUSPENDIDOS EN EL
EJERCICIO DE LA PROFESIÓN
ACTUALIZADA AL 4 DE SETIEMBRE DE 2014
Alvarado Cervantes Olman
4436
4436
*****
2 años, tres
meses y 20 días
Alvarado Cervantes Olman
12/05/2011
27/12/2013 15/04/2016
Badilla Toruño Minor
8362
1 Año
06/02/2014 05/02/2015
Barillas Jiménez Juan Alexis
11541
1 Año y 4 meses 04/09/2013 03/01/2015
Cubillo Pacheco Luis Antonio
12673
2 años y 18 dias 22/08/2012 09/09/2014
De León Quesada Lilliam Vanessa
Díaz Díaz Yosef Yamín c.c Cohen
Díaz Yosef Yamín
Di Bella Hidalgo Herbert
17669
**
15276
5869
6 años
12 Años
16/10/2013
*****
**
15/05/2014 14/05/2020
23/03/2007 22/03/2019
Echegaray Castellanos Edgar
2775
3 años y 6 meses 13/01/2012 12/06/2015
Rojas Fallas Luis Alexánder
Fernández Vargas Bernardo Fidel
González Salas Gerardo Ant.
16985
16131
5454
8 años y 7 meses 11/03/2014 10/10/2022
3 años
13/10/2011 12/10/2014
28 años
20/06/2007 19/06/2035
Guevara Duarte Ricardo Alberto
Hernández Quirós Francisco
Javier
Hernández Quirós Francisco
11155
5 meses
24/08/2014 23/01/2015
6526
6526
5 meses
4 meses
06/04/2014 05/09/2014
07/09/2014 06/01/2015
Javier
Hernández Quirós Francisco
Javier
6526
7 meses
Jara Guzmán Francisco Antonio
14599
*
Jiménez Castrillo José Luis
16220
3 años
Jiménez Rodriguez Victorino
8040
*
López Elizondo Steve
Marín Rojas Gillio
9792
11441
6 meses
30 años
Mata Araya Rodrigo
3134
**
Mora Guevara William
10370
3 años
22/08/2012 21/08/2015
Nelson Ulloa Dyanna
Núñez Mata Federico
13228
15398
4 meses
6 meses, 2 días
15/05/2014 14/09/2014
26/02/2014 28/02/2015
16/05/2014 15/10/2014
06/01/2015 05/08/2015
11/03/2014
*
27/12/2013 26/12/2016
06/07/2010
*
06/07/2014 05/01/2015
11/03/2004 10/03/2034
10/05/2013
**
Peña Zúñiga Hugo Eduardo
6679
5 meses
Pérez Fuentes José Gerardo
15079
**
Quesada Elizondo Carlos Luis
10740
5 meses
18/05/2014 17/10/2014
Ramírez Ulate Bernal
Robles Macaya Carlos Hernán
4547
2416
3 años
24 Años
01/11/2013 31/10/2016
15/04/2005 14/04/2029
Rodríguez Bastos Fabio Evencio
3991
3 años
13/10/2011 12/10/2014
Rodríguez Bastos Fabio Evencio
3991
4 meses
13/10/2014 12/02/2015
Rojas Saborío Manuel David
15100
3 años y 3 meses 24/08/2012 23/11/2015
Rojas Saborío Manuel David
Salas Salazar Kenneth
Tenorio Castro Luis Gdo.
Tenorio Castro Luis Gdo.
15100
1356
9850
9850
9 meses
20 Años
6 Meses
3 años y 3 meses
Tenorio Castro Luis Gdo.
Tijerino Medina Yolanda
Margarita
9850
4 años
10399
*
Valverde Segura Jorge E.
8540
3 años
24/04/2013 23/04/2016
Vargas Barrantes Walter
11875
3 años
08/03/2013 07/03/2016
Vargas Montero Carlos
9480
3 meses
05/06/2014 04/06/2014
30/04/2014
24/11/2015
11/03/2004
14/03/2014
14/09/2014
**
23/08/2016
10/03/2024
13/09/2014
13/12/2017
14/12/2017 13/12/2021
17/06/2013
*
Vargas Rivera José Eduardo
13901
4 meses
05/06/2014 04/10/2014
Villalobos Salas José Alberto
12163
21 meses
05/03/2014 04/12/2015
Villalobos Salas José Alberto
12163
6 meses
05/12/2015 04/06/2016
Villalobos Salas José Alberto
12163
8 meses
05/06/2016 04/02/2017
91 del
12/05/2011
250 del
27/12/2013
247 del
21/12/2012
169 del
04/09/2013
161 del
22/08/2012
107 del
05/06/2014
092 del
15/05/2014
59 del 23-03-07
10 del
13/01/2012
49 del
11/03/2014
197 13/10/2011
118 del 20-6-07
048 del
08/03/2012
082 del
30/04/2013
115 del
17/06/2013
44 del
04/03/2014
49 del
11/03/2014
250 del
27/12/2013
130 del
06/07/2010
199 del
18/10/2011
50 del 11/03/04
115 del
17/06/2013
161 del
22/08/2012
092 del
15/05/2014
***
093 del
16/05/2014
107 del
05/06/2014
211 del
01/11/2013
211 del
01/11/2013
72 del 15/04/05
197 del
13/10/2011
247 del
21/12/2012
163 del
24/08/2012
107 del
05/06/2014
50 del 11/03/04
152 del 05/08/04
59 del 23/03/07
135 del
14/07/2008
115 del
17/06/2013
193 del
08/10/2007
048 del
08/03/2013
107 del
05/06/2014
107 del
05/06/2014
211 del
01/11/2013
250 del
27/12/2013
092 del
15/05/2014
* La suspensión se mantendrá hasta que cumpla la condena
impuesta en sede penal.
**La suspensión será hasta le revocación de medida cautelar o
finalización del proceso.
***Inhabilitación del ejercicio de la Abogacía y Notariado por
Medida Cautelar. Res, Juzgado Penal de Pérez Zeledón de las
7:08 del 26/8/2014.
*****Suspendido hasta que cancele la multa máximo 12/05/2021.
San José, 5 de setiembre de 2014.
Irving Vargas Rodríguez,
1 vez.—(IN2014059254).
Secretario General
Martes 30 de setiembre del 2014
CIRCULAR Nº 192-2014
Asunto: Lista de abogadas y abogados suspendidos en el ejercicio
de su profesión, actualizada al 5 de setiembre de 2014.
A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
En cumplimiento de lo dispuesto por el Consejo Superior,
en sesiones Nº 14-03 y 97-03, celebradas el 27 de febrero y 16 de
diciembre de 2003, en ambas, artículos LII, hago de su conocimiento
y para los fines consiguientes, la lista de los profesionales
suspendidos en el ejercicio de la profesión ante el Colegio de
Abogados y Abogadas de Costa Rica, según correo electrónico del
citado Colegio Profesional.
LISTA DE ABOGADAS Y ABOGADOS SUSPENDIDOS EN EL
EJERCICIO DE LA PROFESIÓN
ACTUALIZADA AL 5 DE SETIEMBRE DE 2014
NOMBRE DEL ABOGADO
Acuña Castro Esuardo Enrique
Alvarado Cervantes Olman
Nº
CARNÉ
TIEMPO
4503
4 meses
4436
Alvarado Cervantes Olman
4436
Badilla Toruño Minor
8362
Barillas Jiménez Juan Alexis
11541
RIGE DEL
HASTA
EL
03/09/2014 02/01/2015
*****
12/05/2011
*****
2 años, tres
meses y 20 días 27/12/2013 15/04/2016
1 Año
1 Año y 4
meses
06/02/2014 05/02/2015
04/09/2013 03/01/2015
Brenes Brenes José Miguel
987
4 meses
03/09/2014 02/01/2015
Campos Bautista Francisco
6976
03/09/2014 02/12/2014
Cervantes Barrantes Rodolfo
10367
3 meses
8 meses y 15
días
Chaves Fuentes Damaris
Corrales Alvarado Simón
Andrés
17276
3 meses
03/09/2014/ 02/12/2014
5931
**
Cubero Campos José Fabián
7325
3 meses
Cubillo Pacheco Luis Antonio
De León Quesada Lilliam
12673
17669
Díaz Valladares Leda
Díaz Díaz Yosef Yamín c.c
Cohen Díaz Yosef Yamín
Di Bella Hidalgo Herbert
15278
4 meses
15276
5869
Echegaray Castellanos Edgar
Fernández Vargas Bernardo
Fidel
González Salas Gerardo Ant.
2775
6 años
12 Años
3 años y 6
meses
16131
5454
3 años
28 años
Guevara Duarte Ricardo Alberto
Hernández Quirós Francisco
Javier
Hernández Quirós Francisco
Javier
Hernández Quirós Francisco
Javier
11155
5 meses
6526
5 meses
6526
4 meses
6526
7 meses
Jara Guzmán Francisco Antonio
14599
*
Jiménez Castrillo José Luis
16220
3 años
Jiménez Rodriguez Victorino
8040
*
López Elizondo Steve
Marín Rojas Gillio
9792
11441
6 meses
30 años
Mata Araya Rodrigo
3134
**
Matamoros Arosemena Pablo
11291
3 meses
Matarrita Martínez Nuria
10567
1 mes
10370
Morales López Dagoberto
11445
Nelson Ulloa Dyanna
Núñez Mata Federico
Peña Zúñiga Hugo Eduardo
Pérez Fuentes José Gerardo
Price Chinchilla Rodolfo
Alexánder
Quesada Elizondo Carlos Luis
13228
15398
6679
03/09/2014
**
03/09/2014 02/12/2014
2 años y 18 dias 22/08/2012 09/09/2014
**
16/10/2013
**
Vanessa
Mora Guevara William
03/09/2014 17/05/2015
3 años
2 años y 2
meses
4 meses
6 meses, 2 días
5 meses
15079
**
11765
10740
1 mes
5 meses
GACETA
169 del
03/09/2014
91 del
12/05/2011
250 del
27/12/2013
247 del
21/12/2012
169 del
04/09/2013
169 del
03/09/2014
169 del
03/09/2014
169 del
03/09/2014
169 del
03/09/2014
169 del
03/09/2014
169 del
03/09/2014
161 del
22/08/2012
107 del
05/06/2014
169 del
03/09/2014
092 del
15/05/2014 14/05/2020
15/05/2014
23/03/2007 22/03/2019 59 del 23-03-07
10 del
13/01/2012 12/06/2015
13/01/2012
03/09/2014 02/01/2015
13/10/2011 12/10/2014 197 13/10/2011
20/06/2007 19/06/2035 118 del 20-6-07
048 del
24/08/2014 23/01/2015
08/03/2012
082 del
06/04/2014 05/09/2014
30/04/2013
115 del
07/09/2014 06/01/2015
17/06/2013
44 del
06/01/2015 05/08/2015
04/03/2014
49 del
11/03/2014
*
11/03/2014
250 del
27/12/2013
27/12/2013 26/12/2016
130 del
06/07/2010
*
06/07/2010
199 del
06/07/2014 05/01/2015
18/10/2011
11/03/2004 10/03/2034 50 del 11/03/04
115 del
10/05/2013
**
17/06/2013
169 del
03/09/2014 02/12/2014
03/09/2014
169 del
03/09/2014 02/10/2014
03/09/2014
161 del
22/08/2012 21/08/2015
22/08/2012
169 del
03/09/2014 02/11/2016
03/09/2014
092 del
15/05/2014 14/09/2014
15/05/2014
26/02/2014 28/02/2015
***
093 del
16/05/2014 15/10/2014
16/05/2014
107 del
30/04/2014
**
05/06/2014
169 del
03/09/2014 02/10/2014
03/09/2014
18/05/2014 17/10/2014
211 del
NOMBRE DEL ABOGADO
Acuña Castro Esuardo Enrique
BOLETIN JUDICIAL Nº 187 — Pág 3
Nº
CARNÉ
TIEMPO
RIGE DEL
4 meses
03/09/2014
3 meses
04/09/2014
*****
12/05/2011
3 años
01/11/2013
2 años,
tres
24 yAños
15/04/2005
meses
20 días 27/12/2013
HASTA
EL
Quesada Ugalde Iveth Emilia
Alvarado Cervantes Olman
Ramírez Ulate Bernal
Robles Macaya
Carlos
Hernán
Alvarado
Cervantes
Olman
4503
12524
4436
4547
2416
4436
Rodríguez
Bastos
Fabio Evencio
Badilla
Toruño
Minor
3991
8362
Rodríguez
BastosJuan
Fabio
Evencio
Barillas
Jiménez
Alexis
3991
11541
Rojas Fallas
Luis
Alexánder
Brenes
Brenes
José
Miguel
16985
987
Rojas Saborío
Manuel
David
Campos
Bautista
Francisco
15100
6976
Rojas Saborío
Manuel
David
Cervantes
Barrantes
Rodolfo
15100
10367
Ruiz Bonilla
Jorge
Luis
Chaves
Fuentes
Damaris
Salas Salazar
Kenneth
Corrales
Alvarado
Simón
Tenorio
Castro
Luis
Gdo.
Andrés
5431
17276
1356
9850
5931
TenorioCampos
Castro Luis
Cubero
JoséGdo.
Fabián
9850
7325
meses
33 meses
20 Años
6 Meses
**
3 años y 3
3meses
meses
14/09/2014
03/09/2014
13/12/2017
02/12/2014
Tenorio Pacheco
Castro Luis
Cubillo
LuisGdo.
Antonio
Tijerino
De
LeónMedina
QuesadaYolanda
Lilliam
Margarita
9850
12673
17669
10399
4 años
2 años
y 18 dias
**
*
14/12/2017
22/08/2012
16/10/2013
17/06/2013
13/12/2021
09/09/2014
**
*
Valverde Segura Jorge Enrique
8540
23/04/2016
8540
3 años
3 años y 5
meses
24/04/2013
Valverde Segura Jorge Enrique
24/04/2016
23/09/2019
Vargas Barrantes Walter
11875
3 años
08/03/2013
07/03/2016
Vargas Montero Carlos
9480
3 meses
05/06/2014
04/06/2014
31 años
Año
1 Año y 4
4meses
meses
8 años y 7
meses
4 meses
3 años y 3
3meses
meses
8 meses y 15
9 meses
días
02/01/2015
03/12/2014
*****
31/10/2016
14/04/2029
15/04/2016
13/10/2011
06/02/2014
12/10/2014
05/02/2015
13/10/2014
04/09/2013
12/02/2015
03/01/2015
11/03/2014
03/09/2014
10/10/2022
02/01/2015
24/08/2012
03/09/2014
23/11/2015
02/12/2014
24/11/2015
03/09/2014
23/08/2016
17/05/2015
03/09/2014 02/12/2014
02/12/2014
03/09/2014/
11/03/2004 10/03/2024
14/03/2014
13/09/2014
03/09/2014
**
Vargas Rivera José Eduardo
13901
4 meses
05/06/2014
04/10/2014
Villalobos Salas José Alberto
12163
21 meses
05/03/2014
04/12/2015
Villalobos Salas José Alberto
12163
6 meses
05/12/2015
04/06/2016
Villalobos Salas José Alberto
12163
8 meses
05/06/2016
04/02/2017
Vosman Roldán Reynaldo
5067
6 años
03/09/2014
02/09/2020
Zúñiga Brenes José Martín
5354
3 meses
03/09/2014
02/12/2014
GACETA
169 del
01/11/2013
03/09/2014
169 del
03/09/2014
91 del
12/05/2011
211 del
01/11/2013
250 del
7227/12/2013
del 15/04/05
197 del
247
13/10/2011
21/12/2012
247 del
169
21/12/2012
04/09/2013
49 del
169
del
11/03/2014
03/09/2014
163 del
del
169
24/08/2012
03/09/2014
107
del
169 del
05/06/2014
03/09/2014
169 del
del
169
03/09/2014
03/09/2014
50 del
11/03/04
169 del
15203/09/2014
del 05/08/04
169 del
5903/09/2014
del 23/03/07
135 del
del
161
14/07/2008
22/08/2012
115 del
del
107
17/06/2013
193 del
08/10/2007
193 del
03/09/2014
048 del
08/03/2013
107 del
05/06/2014
107 del
05/06/2014
211 del
01/11/2013
250 del
27/12/2013
092 del
15/05/2014
169 del
03/09/2014
169 del
03/09/2014
*La suspensión se mantendrá hasta que cumpla la condena impuesta
en sede penal.
** La suspensión será hasta le revocación de medida cautelar o
finalización del proceso.
***Inhabilitación del ejercicio de la Abogacía y Notariado por
Medida Cautelar. Res, Juzgado Penal de Pérez Zeledón de las
07:08 del 26/8/2014.
*****Suspendido hasta que cancele la multa máximo 12/05/2021.
San José, 8 de setiembre de 2014.
Irving Vargas Rodríguez,
1 vez.—(IN2014059256).
Secretario General
CIRCULAR Nº 194-2014
Asunto: Lista de abogadas y abogados suspendidos en el ejercicio
de su profesión, actualizada al 7 de setiembre de 2014.
A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
En cumplimiento de lo dispuesto por el Consejo Superior,
en sesiones Nº 14-03 y 97-03, celebradas el 27 de febrero y
16 de diciembre de 2003, en ambas, artículos LII, hago de
su conocimiento y para los fines consiguientes, la lista de los
profesionales suspendidos en el ejercicio de la profesión ante el
Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, según correo
electrónico del citado Colegio Profesional.
LISTA DE ABOGADAS Y ABOGADOS SUSPENDIDOS EN
EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN
ACTUALIZADA AL 7 DE SETIEMBRE DE 2014
Nº
CARNÉ
TIEMPO
RIGE DEL
HASTA
EL
4503
4 meses
03/09/2014
02/01/2015
Alvarado Cervantes Olman
4436
*****
4436
*****
2 años, tres
meses y 20 días
12/05/2011
Alvarado Cervantes Olman
27/12/2013
15/04/2016
1 Año
1 Año y 4
meses
06/02/2014
05/02/2015
11541
04/09/2013
03/01/2015
Brenes Brenes José Miguel
987
4 meses
03/09/2014
02/01/2015
Campos Bautista Francisco
6976
03/09/2014
02/12/2014
03/09/2014
17/05/2015
02/12/2014
NOMBRE DEL ABOGADO
Acuña Castro Esuardo Enrique
Badilla Toruño Minor
Barillas Jiménez Juan Alexis
8362
Cervantes Barrantes Rodolfo
10367
3 meses
8 meses y 15
días
Chaves Fuentes Damaris
17276
3 meses
03/09/2014/
Corrales Alvarado Simón Andrés
5931
**
03/09/2014
**
Cubero Campos José Fabián
7325
3 meses
03/09/2014
02/12/2014
12673
2 años y 18 dias
22/08/2012
09/09/2014
Cubillo Pacheco Luis Antonio
GACETA
169 del
03/09/2014
91 del
12/05/2011
250 del
27/12/2013
247 del
21/12/2012
169 del
04/09/2013
169 del
03/09/2014
169 del
03/09/2014
169 del
03/09/2014
169 del
03/09/2014
169 del
03/09/2014
169 del
03/09/2014
161 del
22/08/2012
Pág 4 — BOLETIN JUDICIAL Nº 187
NOMBRE DEL ABOGADO
Acuña Castro Esuardo Enrique
De León Quesada Lilliam
Vanessa
Alvarado Cervantes Olman
Díaz Valladares
Leda
Alvarado
Cervantes
Olman
Díaz Díaz Yosef Yamín c.c
Badilla
Toruño
Minor
Cohen Díaz Yosef Yamín
Di BellaJiménez
HidalgoJuan
Herbert
Barillas
Alexis
Martes 30 de setiembre del 2014
Nº
CARNÉ
TIEMPO
RIGE DEL
HASTA
EL
4503
4 meses
03/09/2014
02/01/2015
17669
4436
15278
4436
8362
15276
5869
11541
**
16/10/2013
**
*****
2 años, tres
4 meses
meses
y 20 días
12/05/2011
*****
03/09/2014
27/12/2013
02/01/2015
15/04/2016
1
6 Año
años
1 Año y 4
12
Años
meses
06/02/2014
15/05/2014
05/02/2015
14/05/2020
23/03/2007
04/09/2013
22/03/2019
03/01/2015
03/09/2014
13/01/2012
02/01/2015
12/06/2015
03/09/2014
13/10/2011
20/06/2007
02/12/2014
03/09/2014
17/05/2015
Fernández Vargas Bernardo Fidel
González Salas Gerardo Ant.
987
2775
16131
6976
5454
3 años y 6
4meses
meses
3 años
3 meses
28
años
8 meses
y 15
Cervantes Barrantes Rodolfo
10367
días
Guevara Duarte Ricardo Alberto
Hernández Quirós Francisco
17276
3 meses
03/09/2014/
Javier Alvarado Simón Andrés
Corrales
6526
5931
4 meses
**
07/09/2014
03/09/2014
06/01/2015
**
7325
6526
37 meses
meses
03/09/2014
06/01/2015
02/12/2014
05/08/2015
Cubillo Pacheco Luis Antonio
Jara Guzmán Francisco Antonio
12673
2 años y 18 dias
22/08/2012
09/09/2014
Jiménez Castrillo José Luis
16220
3 años
27/12/2013
26/12/2016
Jiménez Rodriguez Victorino
8040
*
06/07/2010
*
López Elizondo Steve
Marín Rojas Gillio
9792
11441
6 meses
30 años
06/07/2014
11/03/2004
05/01/2015
10/03/2034
Mata Araya Rodrigo
3134
**
10/05/2013
**
Matamoros Arosemena Pablo
11291
3 meses
03/09/2014
02/12/2014
Matarrita Martínez Nuria
10567
1 mes
03/09/2014
02/10/2014
Mora Guevara William
10370
22/08/2012
21/08/2015
Brenes
Brenes
José Miguel
Echegaray
Castellanos
Edgar
Campos Bautista Francisco
Chaves Fuentes Damaris
11155
5 meses
24/08/2014
12/10/2014
19/06/2035
23/01/2015
02/12/2014
Hernández Quirós Francisco
Cubero
Javier Campos José Fabián
14599
*
11/03/2014
*
Morales López Dagoberto
11445
3 años
2 años y 2
meses
03/09/2014
02/11/2016
Nelson Ulloa Dyanna
Núñez Mata Federico
13228
15398
4 meses
6 meses, 2 días
15/05/2014
26/02/2014
14/09/2014
28/02/2015
Peña Zúñiga Hugo Eduardo
6679
5 meses
16/05/2014
15/10/2014
Pérez Fuentes José Gerardo
Price Chinchilla Rodolfo
Alexánder
15079
**
30/04/2014
**
11765
1 mes
03/09/2014
02/10/2014
Quesada Elizondo Carlos Luis
Quesada Ugalde Iveth Emilia
10740
12524
5 meses
3 meses
18/05/2014
04/09/2014
17/10/2014
03/12/2014
Ramírez Ulate Bernal
Robles Macaya Carlos Hernán
4547
2416
3 años
24 Años
01/11/2013 31/10/2016
15/04/2005 14/04/2029
Rodríguez Bastos Fabio Evencio
Rodríguez Bastos Fabio Evencio
3991
3 años
13/10/2011 12/10/2014
3991
13/10/2014 12/02/2015
15100
4 meses
8 años y 7
meses
3 años y 3
meses
Rojas Fallas Luis Alexánder
16985
Rojas Saborío Manuel David
Rojas Saborío Manuel David
15100
9 meses
24/11/2015 23/08/2016
Ruiz Bonilla Jorge Luis
Salas Salazar Kenneth
Tenorio Castro Luis Gdo.
5431
1356
9850
03/09/2014 02/12/2014
11/03/2004 10/03/2024
14/03/2014 13/09/2014
14/09/2014 13/12/2017
14/12/2017 13/12/2021
11/03/2014 10/10/2022
24/08/2012 23/11/2015
Tenorio Castro Luis Gdo.
9850
3 meses
20 Años
6 Meses
3 años y 3
meses
Tenorio Castro Luis Gdo.
Tijerino Medina Yolanda
Margarita
9850
4 años
10399
*
Valverde Segura Jorge Enrique
8540
8540
3 años
3 años y 5
meses
24/04/2013 23/04/2016
Valverde Segura Jorge Enrique
Vargas Barrantes Walter
11875
3 años
08/03/2013 07/03/2016
Vargas Montero Carlos
9480
3 meses
05/06/2014 04/06/2014
Vargas Rivera José Eduardo
13901
4 meses
05/06/2014 04/10/2014
Villalobos Salas José Alberto
12163
21 meses
05/03/2014 04/12/2015
Villalobos Salas José Alberto
12163
6 meses
05/12/2015 04/06/2016
Villalobos Salas José Alberto
12163
8 meses
05/06/2016 04/02/2017
Vosman Roldán Reynaldo
5067
6 años
03/09/2014 02/09/2020
Zúñiga Brenes José Martín
5354
3 meses
03/09/2014 02/12/2014
17/06/2013
*
24/04/2016 23/09/2019
GACETA
169 del
107 del
03/09/2014
91 del
05/06/2014
12/05/2011
169 del
250 del
03/09/2014
27/12/2013
247
092del
del
21/12/2012
15/05/2014
169 del
5904/09/2013
del 23-03-07
10 del
169
del
03/09/2014
13/01/2012
169
del
197 13/10/2011
03/09/2014
118169
del del
20-6-07
03/09/2014
048 del
169
del
08/03/2012
03/09/2014
115 del
169 del
17/06/2013
03/09/2014
169
44 del
03/09/2014
04/03/2014
161 del
49 del
22/08/2012
11/03/2014
250 del
27/12/2013
130 del
06/07/2010
199 del
18/10/2011
50 del 11/03/04
115 del
17/06/2013
169 del
03/09/2014
169 del
03/09/2014
161 del
22/08/2012
169 del
03/09/2014
092 del
15/05/2014
***
093 del
16/05/2014
107 del
05/06/2014
169 del
03/09/2014
211 del
01/11/2013
169 del
03/09/2014
211 del
01/11/2013
72 del 15/04/05
197 del
13/10/2011
247 del
21/12/2012
49 del
11/03/2014
163 del
24/08/2012
107 del
05/06/2014
169 del
03/09/2014
50 del 11/03/04
152 del 05/08/04
59 del 23/03/07
135 del
14/07/2008
115 del
17/06/2013
193 del
08/10/2007
193 del
03/09/2014
048 del
08/03/2013
107 del
05/06/2014
107 del
05/06/2014
211 del
01/11/2013
250 del
27/12/2013
092 del
15/05/2014
169 del
03/09/2014
169 del
03/09/2014
* La suspensión se mantendrá hasta que cumpla la condena
impuesta en sede penal.
** La suspensión será hasta le revocación de medida cautelar o
finalización del proceso.
*** Inhabilitación del ejercicio de la Abogacía y Notariado por
Medida Cautelar. Res, Juzgado Penal de Pérez Zeledón de las
07:08 del 26/8/2014.
***** Suspendido hasta que cancele la multa máximo 12/05/2021.
San José, 9 de setiembre de 2014.
Irving Vargas Rodríguez,
1 vez.—(IN2014059259).
Secretario General
SALA CONSTITUCIONAL
SEGUNDA PUBLICACIÓN
ASUNTO: Acción de Inconstitucionalidad.
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la
Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de
inconstitucionalidad número 14-011146-0007-CO que promueve
Manuel Emilio de la Trinidad Murillo Alfaro, se ha dictado la
resolución que literalmente dice: «Sala Constitucional de la Corte
Suprema de Justicia. San José, a las nueve horas y treinta y siete
minutos del dos de setiembre del dos mil catorce./Por disposición
del pleno de la Sala Constitucional, se da curso a la acción de
inconstitucionalidad interpuesta por Manuel Emilio de la Trinidad
Murillo Alfaro, mayor, cédula de identidad 0105600841, casado una
vez, Auditor de Tecnología de la Información, vecino de Heredia,
para que se declare inconstitucional el Artículo 30 del Estatuto de
Personal de la Universidad Estatal a Distancia, aprobado por el
Consejo Universitario en sesión N° 464, Artículo VI, acuerdo N°
549 de 29 de noviembre de 1983, reformado en la sesión 1767,
artículo IV inciso 3) de 24 de junio de 2005 y en la sesión N.1815,
Artículo 2 inciso V de 2 de junio de 2006, por estimarlo contrario a
los artículos 10, 33, 56 y 57 de la Constitución Política. Se confiere
audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República.
La norma se impugna en cuanto la implementación de porcentajes
diferenciadores para el reconocimiento de anualidades, deviene en
un acto totalmente arbitrario e inconstitucional. El contenido del
Artículo 30 impugnado, versa sobre una materia que no puede ser
objeto de restricciones desproporcionadas e ilegítimas por parte
de la Administración de la Universidad, pues imponen un trato
desigual a todos aquellos funcionarios públicos que hayan adquirido
derecho de anualidades como resultado de la labor desempeñada en
cualquier otra institución del Estado. Por consiguiente, se violentan
de manera categórica todos aquellos derechos que tutelan a dichos
funcionarios y el salario correspondiente. Esta acción se admite
por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción
Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación proviene
del accionante proviene del párrafo primero del artículo 75 de la
Ley de la Jurisdicción Constitucional, en cuanto existe un recurso
de amparo que se tramita en el expediente número 14-006509-0007CO. En dicho expediente, por resolución número 2014-008793 de
las catorce horas treinta minutos del diecisiete de junio del dos mil
catorce se otorgó plazo al recurrente para interponer la acción de
inconstitucionalidad. Publíquese por tres veces consecutivas un
aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción, para
que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación
de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no
haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los
procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación
de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en
dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de
aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente,
lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado
de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa
vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o
de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que
se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en
cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince
días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán
apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a
la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la
aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a
fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o
para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en
relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que
de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción
Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la
Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta
publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino
únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.
Notifíquese./Gilbert Armijo Sancho, Presidente».
San José, 05 de setiembre del 2014.
Gerardo Madriz Piedra
(IN2014059088)
Secretario
Martes 30 de setiembre del 2014
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Eliécer Cantillano Ríos, cédula de residencia 155813798202, quien
fue mayor, soltero, y falleció el 30 de octubre del año 2012, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este despacho en las diligencias de devoluciones
de ahorro obligatorio bajo el número 14-000119-1041-LA, a
hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el
artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-000119-1041LA. Proceso promovido por Johana Andrea Rojas Fallas a favor
de Johana Andrea Rojas Fallas.—Juzgado de Trabajo de Menor
Cuantía de Pococí; 02 de setiembre del 2014.—Lic. Roberto
Hurtado Villalobos, Juez.—1 vez.—(IN2014058833).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Marvin Rodríguez Álvarez, quien fue mayor, casado, vecino
de Ticabán, Pococí, Limón, con cédula de identidad 5-0218-0655,
fallecido el 06 de junio del año 2007, se consideren con derecho, para
que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores
a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el Número 14000240-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con
lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente
N° 14-000240-1041-LA. Marvin Rodríguez Álvarez a favor de
Enid Carrillo Rojas.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de
Pococí, 05 de agosto del 2014.—Lic. Roberto Hurtado Villalobos,
Juez.—1 vez.—(IN2014058859).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Carlos Luis Ávila Álvarez, mayor, viudo, fallecido el 19 de junio
del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación
de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias
devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 14-000241-1041LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-0002411041-LA. Carlos Luis Ávila Álvarez a favor de María Isabel de las
Piedades Ávila Sancho.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía
de Pococí, 01 de agosto del año 2014.—Lic. Roberto Hurtado
Villalobos, Juez.—1 vez.—(IN2014058860).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Gerardo Hernández Campos, fallecido el 03 de agosto del año
2014, mayor, divorciado, agricultor, vecino de Cariari, Astúa Pirie,
Pococí, Limón, con cédula de identidad 2-0523-0975, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante
este despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio,
bajo el N° 14-000264-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo, expediente N° 14-000264-1041-LA. Gerardo Hernández
Campos a favor de.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía
de Pococí, 01 de setiembre del 2014.—Lic. Roberto Hurtado
Villalobos, Juez.—1 vez.—(IN2014058861).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de José Luis Cruz Cordero, fallecido el 06 de setiembre del 2013,
mayor, soltero, operario, vecino de Ciudad Quesada Alajuela, con
cédula de identidad 7-0142-0705, se consideren con derecho, para
que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores
a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el Número 14000270-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con
lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente
N° 14-000270-1041-LA. José Luis Cruz Cordero a favor de Viviana
Herrera Corrales.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de
Pococí, 02 de setiembre del año 2014.—Lic. Roberto Hurtado
Villalobos, Juez.—1 vez.—(IN2014058862).
BOLETIN JUDICIAL Nº 187 — Pág 5
Se cita y emplaza a todos los causahabientes de quien en vida
se llamó Wilbert Julián Mowt Sequeira, mayor, casado, vecino de
Limón, portador de la cédula de identidad 7-0079-0216 y fallecido
el 11 de enero del 2008, para que comparezcan a este despacho
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores
a la publicación de este edicto, en defensa de sus derechos y de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial, libre de
derechos. Diligencias de consignación de prestaciones del trabajador
fallecido Wilbert Julián Mowt Sequeira, interpuestas por Beverly
Hall Ross. Expediente número 14-000273-1025-LA-A.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la
Zona Atlántica, Limón, 01 de setiembre del 2014.—Licda. Wendy
Martínez Garbanzo, Jueza.—1 vez.—(IN2014058863).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Robert Barrantes Torres, fallecido el 4 de febrero del año 2001,
mayor, soltero, profesor de educación física, cédula de identidad
1-0732-0425, vecino de Guápiles, Pococí, Limón, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante
este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio,
bajo el número 14-000278-1041-LA, a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 14-000278-1041-LA. Robert Barrantes Torres a favor de María
Eugenia Torres Ramírez.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía
de Pococí, 01 de setiembre del año 2014.—Lic. Roberto Hurtado
Villalobos, Juez.—1 vez.—(IN2014058873).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Javier
Torres Núñez, quien fue mayor, casado, oficial de recibo, vecino
de Sabanilla de Alajuela, con cédula de identidad número 2-550535, se les hace saber que: Francini Montero Sandí, portadora de
la cédula de identidad número 1-1160-195, vecina de Sabanilla
de Alajuela, se apersonó en este Despacho en calidad de esposa
del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de
Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por
medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín
Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en
este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer
sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín
Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del
trabajador fallecido, expediente número 14-000498-0639-LA.—
Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
25 de agosto del año 2014.—Lic. Eugenio Molina Sequeira,
Juez.—1 vez.—(IN2014058894).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Rafael Ángel Esquivel Hernández, cédula de identidad 4-095-251,
fallecido el 27 de junio del año 2012, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo
el número 14-000645-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
14-000645-1021-LA. Por Mayra López Herrera a favor de Rafael
Ángel Esquivel Hernández.—Tribunal de Trabajo de Menor
Cuantía de Heredia, 26 de agosto del año 2014.—Lic. Octavio
Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—(IN2014058917).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Jonathan González Villalobos, cédula de identidad 4-185-426,
fallecido el 15 de abril del año 2013, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo
el número 14-000665-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
Pág 6 — BOLETIN JUDICIAL Nº 187
Martes 30 de setiembre del 2014
14-000665-1021-LA. Por Bertilia González Villalobos a favor de
Jonathan González Villalobos.—Tribunal de Trabajo de Menor
Cuantía de Heredia, 26 de agosto del año 2014.—Lic. Octavio
Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—(IN2014058924).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Marco Antonio Morales Vargas, quien fue mayor, casado, vecino
de Santo Domingo de Heredia, cédula 2-373-039, y falleció el
05 de febrero del año 2014, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a
la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 14000668-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con
lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 14-000668-1021LA. Por Hilda María Sánchez Ramírez a favor de Marco Antonio
Morales Vargas.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía
de Heredia, 25 de agosto del año 2014.—Lic. Guiselle Gené
Calderón, Jueza.—1 vez.—(IN2014058926).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Róger Danilo Hernández Chaves, cédula de identidad 4-120834, fallecido el 18 de octubre del año 2013, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante
este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado
bajo el número 14-000673-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
14-000673-1021-LA. Por Emilce Salas Jiménez a favor de Roger
Danilo Hernández Chaves.—Tribunal de Trabajo de Menor
Cuantía de Heredia, 26 de agosto del año 2014.—Lic. Octavio
Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—(IN2014058927).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Adrián Mario Vilio Trinidad Villalobos García c.c. Marco Bilio
Villalobos García, cédula de identidad 4-0063-0197, fallecido el
16 de agosto del año 2014, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores
a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho
en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el
número 14-000695-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 14-000695-1021-LA. Por Flor María Porras Cerdas a favor
de Adrián Villalobos García.—Tribunal de Trabajo de Menor
Cuantía de Heredia, 28 de agosto del año 2014.—Lic. Octavio
Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—(IN2014058929).
A los que en carácter de causahabientes de Carlos Faustino
Pineda Durán, cédula 2-0369-0488, fallecido el día 17 de agosto
del 2006, se les hace saber que Aurora Ávila Zamora, portadora de
la cédula número 2-0429-0896, vecina de San Rafael de Guatuso
de Alajuela se apersonó en este despacho en calidad de esposa del
fallecido a fin de promover las presentes diligencias de Consignación
de Ahorros del Fondo de Capitalización Laboral. Por ello, se les
cita y emplaza, para que dentro del improrrogable plazo de ocho
días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este despacho en las diligencias aquí establecidas a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Consignación de devolución de ahorros
obligatorios del trabajador fallecido. Exp. Nº 14-300014-324-LA.—
Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Guatuso.—
Lic. Alcibiades Jiménez García, Juez.—1 vez.—(IN2014058945).
A los que en carácter de causahabientes de Freddy Ruiz
Calero, cédula 2-0426-0156, fallecido el día 25 de julio del 2014, se
les hace saber que: Olga Marita Solís Conejo, portadora de la cédula
número 5-0208-0773, vecina de San Rafael de Guatuso de Alajuela
se apersonó en este despacho en calidad de esposa del fallecido a fin
de promover las presentes diligencias de consignaciones de ahorros
del fondo de capitalización laboral. Por ello, se les cita y emplaza,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
despacho en las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Consignación de devolución de ahorros
obligatorios del trabajador fallecido Freddy Ruiz Cabrera. Exp.
14-300017-0324-LA.—Juzgado Contravencional y de Menor
Cuantía de Guatuso.—Lic. Alcibiades Jiménez García, Juez.—
1 vez.—(IN2014058954).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabiente de
las prestaciones y ahorro legales del fallecido Walmer Espinoza
Chavarría, se consideren con derecho a las mismas, para que
dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles, posteriores
a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho,
en las diligencias aquí establecidas bajo el número 14-3000220478-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese
en el Boletín Judicial.—Juzgado de Trabajo de Bribrí,
Talamanca, a las once horas con cuarenta minutos del treinta
de junio del año dos mil catorce.—Lic. Mandy Avellán Sánchez,
Juez.—1 vez.—(IN2014058960).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de las prestaciones y ahorro legales del fallecido José Luis Solano
Gutiérrez, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro
del plazo improrrogable de ocho días hábiles, se apersonen a este
despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 14300037-0478-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con
lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado
de Trabajo de Bribrí Talamanca, a las ocho horas cero minutos
del tres de setiembre del dos mil catorce.—Licda. Mandy Avellán
Sánchez, Jueza.—1 vez.—(IN2014058961).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
Darlin Eduardo Vallejos Caravaca cédula de identidad número
5-0295-0133, fallecido el seis de agosto del 2014, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante
este despacho en las diligencia de consignación de prestaciones de
trabajador fallecido, bajo el expediente número 14-300087-0401LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Trabajo de
Menor Cuantía de Carrillo, a las diez horas veintiún minutos del
doce de agosto del dos mil catorce.—Lic. José Manuel Sánchez
Montero, Juez.—1 vez.—(IN2014058962).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
las prestaciones y ahorros legales de la trabajadora fallecida Karen
Johana Rodríguez López, quien fue mayor, soltera, vecina de Calle
Fallas de Desamparados, laboraba como recepcionista en la empresa
GEA de Costa Rica, cédula de residencia número 134000053001,
y falleció el 13 de julio de 2014, se consideren con derecho a las
mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 14300144-0217-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con
lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado
Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José,
Desamparados; 02 de setiembre de 2014.—Dra. Leyla K. Lozano
Chang, Jueza.—1 vez.—(IN2014058963).
Se emplaza a todos los interesados en la diligencia del
consignación de trabajador fallecido (Cobro del Fondo de
Capitalización Laboral) Óscar Villalobos Argüello, quien fue mayor,
costarricense, casado, con cédula de identidad N° 06-0094-0694, y
vecino de Bajo El Ceibo de Esparza, Puntarenas, para que dentro del
plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de
que si no lo hacen dentro del plazo indicado, el dinero pasará a quien
corresponda, expediente N° 14-300421-1024-LA (1).—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía de Puntarenas, a las dieciséis
horas diez minutos del tres de setiembre del año dos mil catorce.—
Lic. Pedro Ferrán Reina, Juez.—1 vez.—(IN2014058966).
Martes 30 de setiembre del 2014
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
las prestaciones de la fallecida Nícida Loretty Arguedas Gutiérrez,
cédula 6-230-459, que se consideren con derecho al mismo,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias aquí establecidas bajo el número 14300044-0441-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con
lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Coto Brus, San
Vito, ocho de setiembre del dos mil catorce.—Lic. Jorge Ortega
Morales, Juez.—1 vez.—(IN2014059175).
Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes del
fallecido Luis Antonio Valverde Quirós, quien fuera mayor, casado,
trabajador de una bodega, costarricense, vecino de Desamparados,
Calle Fallas, frente a Carrocerías Herrera, casa con tapia de zinc
color blanca, cédula de identidad número uno-ciento ochenta y
ocho-setecientos seis, quien falleció el veinticinco de agosto del dos
mil once, con el fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en
la presente diligencia de reclamo de fondo de capitalización laboral,
expediente número 14-300212-0237-LA (221-2-14), gestionado
por: Marixa Alfaro Alfaro contra Operadora de Planes de Pensiones
Complementarias BN Vital S. A., apercibidos de que de no hacerlo
así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de
este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en Derecho, de
conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado
de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José,
Desamparados, 28 de agosto de 2014.—M.Sc. Ian Berrocal
Azofeifa, Juez.—1 vez.—(IN2014059178).
Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes del
fallecido Carlos Francisco Cantillano Díaz, quien fuera mayor,
divorciado, costarricense, técnico en radio y televisión, vecino
de Desamparados, San Rafael Abajo, cédula de identidad número
uno-quinientos diecinueve-seiscientos veinte, quien falleció
el dos de abril del dos mil trece, a fin de que se apersonen a
hacer valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo de
fondo de capitalización laboral, expediente número 14-3002340237-LA (246-4-14), gestionada por: Rosibel Cantillano Díaz
contra Operadora de Planes de Pensiones Complementarias
Popular Pensiones S. A., apercibidos de que de no hacerlo así en
dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este
edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en Derecho, de
conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado
de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José,
Desamparados, 03 de setiembre del 2014.—Msc. Ian Berrocal
Azofeifa, Juez.—1 vez.—(IN2014059180).
Se citan y se emplazan a los que en carácter de causahabientes
de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Cesar Enrique
Gutiérrez Díaz, cédula número 1-1526-0827, se consideran con
derecho a las mismas, para que dentro del improrrogable plazo de
ocho días, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las Diligencias aquí establecidas bajo el
número de expediente: 13-300044-1046-LA (49-13), a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido en el Artículo 85
del Código de Trabajo.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía
de Buenos Aires, 04 de noviembre del 2013.—Lic. Jean Carlos
Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—(IN2014059196).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
del fallecido Gerald Enrique Fonseca Sánchez; quien fue mayor,
casado, carnicero, con último domicilio en el Bosque, San Rafael
de Oreamuno, 25 metros al este del bar las Columnas, con cédula
de identidad 3-0375-0303 y falleció el 03 de abril del 2014, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este Despacho, en las diligencias de Consignación
de Prestaciones Sector Privado bajo el número 14-000565-1023LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Proceso promovido por
Francy Monge Soto con cédula de identidad 3-0399-0036 a favor de
Gerald Enrique Fonseca Sánchez con cédula de identidad 3-0375-
BOLETIN JUDICIAL Nº 187 — Pág 7
0303. Expediente Nº 14-000565-1023-LA.—Tribunal de Trabajo
de Menor Cuantía de Cartago, 9 de setiembre del 2014.—Lic.
Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—(IN2014059226).
Se cita y emplaza a todos los interesados y demás herederos,
de quien en vida se llamó Víctor Renné Briceño Álvarez, quien
fue mayor, casado, educador, con cédula de identidad Nº cincodoscientos trece-setecientos tres, vecino de Santa Rita de
Nandayure, doscientos al sur y ochocientos al este, de la Fábrica
de Hielo de Santa Rita. Para que dentro del término de ocho días
contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a
este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no
lo hacen dentro del plazo indicado, los ahorros pasarán a quien
corresponda. Solicitud de devolución de ahorros de trabajador
fallecido promovido por María Magdalena Cruz Cruz. Expediente
Nº 14-300018-0406-LA.—Juzgado de Trabajo de Menor
Cuantía de Nandayure, Guanacaste.—Lic. David Campos
Rojas, Juez.—1 vez.—(IN2014059235).
A los que en carácter de causahabientes de David Mauricio
Tenorio Ortiz, cédula 2-0576-941, fallecido el día 13 de setiembre
del 2013, vecino de Alajuela, Guatuso, Buena Vista, Costa Ana,
cuatrocientos metros norte de la escuela se les hace saber que:
Victoria María Ortiz López, portadora de la cédula número
8-0077-0406, vecina de Alajuela, Guatuso, Buena Vista, Costa
Ana, cuatrocientos metros norte de la escuela, se apersonó en este
despacho en calidad de madre del fallecido a fin de promover las
presentes diligencias de consignaciones de devolución de ahorros
del Fondo de Capitalización Laboral. Por ello, se les cita y emplaza,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Consignación de Devolución de Ahorros
obligatorios del trabajador fallecido David Mauricio Tenorio Ortiz.
Exp. Nº 2014-300019-324-LA.—Juzgado Contravencional y de
Menor Cuantía de Guatuso.—Lic. Alcibíades Jiménez García,
Juez.—1 vez.—(IN2014059237).
Se citan y se emplazan a los que en carácter de causahabientes
de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Víctor Manuel
Rojas Leiva, cédula número 6-315-991, se consideran con derecho
a las mismas, para que dentro del improrrogable plazo de ocho
días, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante
este Despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número
de expediente: 14-300036-1046-LA (41-14), a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido en el Artículo 85 del
Código de Trabajo.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de
Buenos Aires, 2 de setiembre del 2014.—Lic. Jean Carlos Céspedes
Mora, Juez.—1 vez.—(IN2014059239).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Guido Alberto
Molina Flores, quien fue mayor, pensionado, portó la cédula de
identidad número 3-0173-0306 y falleció el veintidós de noviembre
de dos mil trece. Los interesados deberán apersonarse dentro de los
ocho días siguientes a la publicación de este edicto, a hacer valer
sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, el
dinero que por este concepto se obtenga, se entregará a quienes
de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código
de Trabajo, por derecho corresponda. Proceso de Consignación
de Prestaciones número 14-300084-0895-LA de Guido Alberto
Molina Flores.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía
de La Unión, 26 de agosto del 2014.—Lic. Xinia Solís Pomares,
Jueza.—1 vez.—(IN2014059240).
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 030100007471-01-0901-001, prohibiciones ref.: 2181 573 001, citas:
Pág 8 — BOLETIN JUDICIAL Nº 187
Martes 30 de setiembre del 2014
0301-00007471-01-0902-001, a las trece horas y treinta minutos del
treinta y uno de octubre del dos mil catorce y con la base de un millón
trescientos ocho mil trescientos ochenta y un colones con ochenta
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita
en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos noventa
mil setecientos cincuenta y cinco-cero cero uno-cero cero dos,
la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito dos Buena
Vista, cantón quince Guatuso de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Salvador Ruiz Sequeira, Xinia Campos Arce y Adrián
Arroyo Rodríguez; al sur, Miguel Ángel Campos Rojas; al este,
Miguel Ángel Campos Rojas; y al oeste, calle pública con 122.00
metros de frente. Mide: cincuenta mil doscientos veintiséis metros
con veintinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las trece horas y treinta minutos del diecisiete de noviembre
del dos mil catorce, con la base de novecientos ochenta y un mil
doscientos ochenta y seis colones con treinta y cinco céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las trece horas y treinta minutos del dos de diciembre del
dos mil catorce, con la base de trescientos veintisiete mil noventa
y cinco colones con cuarenta y cinco céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo
Comunal contra Gerardo Rojas Huertas. Expediente: 14-0016991205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 16 de setiembre
del 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—(IN2014061852).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre de vista, citas 055300005228-01-0001-001, servidumbre de vista, citas: 055300005228-01-0001-001, servidumbre ecológica y limitaciones,
citas: 0553-00005228-01-0023-001, servidumbre ecológica y
limitaciones 0553-00005228-01-0023-001, a las diez horas y cero
minutos del veinte de octubre del dos mil catorce y con la base de
setenta y ocho mil ciento treinta dólares con veinticuatro centavos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de folio real, matrícula número ciento cincuenta y cinco mil
setecientos cuarenta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno lote
17 B terreno de potrero. Situada en el distrito 03 Sardinal, cantón 05
Carrillo de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Hacienda
el Porvenir S.A. en medio servidumbre agrícola con un frente de
65.58 cm; al sur, resto de la finca madre; al este, resto de la finca
madre; y al oeste, resto de la finca madre. Mide: cinco mil seiscientos
cuarenta metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Plano:
G-1101025-2006. Para el segundo remate se señalan las diez horas
y cero minutos del cuatro de noviembre del dos mil catorce, con
la base de cincuenta y ocho mil quinientos noventa y siete dólares
con sesenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos
del diecinueve de noviembre del dos mil catorce, con la base de
diecinueve mil quinientos treinta y dos dólares con cincuenta y
seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en
la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra David James Reynolds no
indica. Expediente: 14-001550-1205-CJ.—Juzgado de Cobro,
Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste, Liberia, 26 de agosto del 2014.—Lic. Jorge Zúñiga
Jaen, Juez.—(IN2014061900).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de
Caminos Públicos, bajo las citas 2010-170109-01-0004-001, a las
diez horas quince minutos del siete de noviembre de dos mil catorce
y con la base de cinco mil trescientos dólares exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número 196350-000, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 03 Veintisiete de Abril, cantón
03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte,
calle pública con doce metros veinticinco decímetros; al sur, Saúl
Gutiérrez Angulo; al este, Aida María Montiel Héctor; y al oeste,
Saúl Gutiérrez Angulo. Mide: quinientos noventa y cinco metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas quince
minutos del veinticuatro noviembre de dos mil catorce, con la base
de tres mil novecientos setenta y cinco dólares exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las
diez horas quince minutos del diez de diciembre de dos mil catorce,
con la base de mil trescientos veinticinco dólares exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Sacha S. CH. S.
A. contra Saúl Antonio Gutiérrez Angulo. Expediente: 14-0136521170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 2 de setiembre del 2014.—Lic.
Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2014061928).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, a las trece horas y treinta minutos del diecisiete de
noviembre del dos mil catorce y con la base de ciento diecisiete
millones seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido
de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número 75037-000, la cual es terreno para construir con
una edificación. Situada en el distrito 02 Merced, cantón 01 San
José de la provincia de San José. Colinda: al norte, Sociedad Vargas
Solera y compañía; al sur, avenida 8 m 54 cm; al este, Jobowic
Groliter; y al oeste, Alfonso Pérez Arias. Mide: ciento treinta
y ocho metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del dos
de diciembre del dos mil catorce, con la base de ochenta y ocho
millones doscientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y
treinta minutos del diecisiete de diciembre del dos mil catorce, con la
base de veintinueve millones cuatrocientos mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Ricardo Ramírez Hidalgo. Expediente: 12-035034-1012CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, 10 de setiembre del 2014.—Lic. Jazmín
Núñez Alfaro, Jueza.—(IN2014061934).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, bajo las citas
332-16100-01-0002-001, a las nueve horas y quince minutos del
veintiocho de octubre de dos mil catorce y con la base de trece mil
ochocientos ocho dólares con setenta y cinco centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio
real, matrícula número trescientos dos mil noventa-cero cero cero,
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Tabarcia,
cantón 07 Mora de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle
pública; al sur, Josefina Vargas Carmona; al este, Maritza Castro
Valverde; y al oeste, Josefina Vargas Carmona. Mide: doscientos
treinta y dos metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Plano
SJ-0351439-1996. Para el segundo remate se señalan las nueve horas
y quince minutos del doce de noviembre de dos mil catorce, con la
base de diez mil trescientos cincuenta y seis dólares con cincuenta
y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del
veintisiete de noviembre de dos mil catorce, con la base de tres mil
cuatrocientos cincuenta y dos dólares con dieciocho centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Desarrollos Ventotene SRL
contra Walter Antonio Ureña Vargas. Expediente: 14-009022-1170CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 13 de agosto del 2014.—Lic.
Melania Jiménez Vargas, Jueza.—(IN2014061942).
Martes 30 de setiembre del 2014
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, a las nueve horas y cero minutos del diecisiete de
noviembre del dos mil catorce y con la base de cuarenta y nueve
millones ciento treinta y cuatro mil ochocientos cuatro colones con
noventa y siete céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
271746-000, la cual es terreno lote 1 terreno para construir. Situada
en el distrito 01 San Mateo, cantón 04 San Mateo de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Francisco
Rodríguez Arias; al este, Álvaro Alcosta Acosta; y al oeste, Margery
Pérez Badilla. Mide: dos mil doscientos cincuenta y dos metros con
ochenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y cero minutos del dos de diciembre del
dos mil catorce, con la base de treinta y seis millones ochocientos
cincuenta y un mil ciento tres colones con setenta y dos céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de diciembre
del dos mil catorce, con la base de doce millones doscientos ochenta
y tres mil setecientos un colones con veinticuatro céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo
Comunal contra Operaciones Diez S. A., Servicio Automotriz Pedro
Vargas y Asociados S. A. Expediente: 14-010467-1012-CJ.—
Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial
de San José, 10 de setiembre del 2014.—Lic. Jazmín Núñez Alfaro,
Jueza.—(IN2014061953).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes
prendarios, a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del siete de
noviembre de dos mil catorce y con la base de un millón novecientos
trece mil cuatrocientos colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo placas 583911, marca Hyundai,
categoría automóvil, serie KMHVF21NPSU169810, carrocería
sedán 4 puertas, tracción 4x2, chasis KMHVF21NPSU169810,
vin KMHVF21NPSU169810, estilo Accent, capacidad 5 personas,
año 1995, color rojo, N° de motor G4EKS394006, cilindrada
1500 c.c., combustible gasolina, cilindros 04. Para el segundo
remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del
veinticuatro de noviembre de dos mil catorce, con la base de un
millón cuatrocientos treinta y cinco mil cincuenta colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta
se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del diez de
diciembre de dos mil catorce, con la base de cuatrocientos setenta
y ocho mil trescientos cincuenta colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Vacheron Costantin S. A.
contra Esteban Reyes Zamora. Expediente: 11-009646-1170-CJ.—
Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 3 de setiembre del 2014.—Lic. Melania
Jiménez Vargas, Jueza.—(IN2014061969).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes
prendarios, a las ocho horas y treinta minutos del catorce de
noviembre de dos mil catorce y con la base de cinco millones ciento
cuarenta y nueve mil novecientos setenta colones con un céntimo,
en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas 585794,
marca Hyundai, categoría automóvil, año 1997, color negro,
tracción sencilla, carrocería sedán 4 puertas, combustible gasolina.
Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos
del uno de diciembre de dos mil catorce, con la base de tres millones
ochocientos sesenta y dos mil cuatrocientos setenta y siete colones
con cincuenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos
del diecisiete de diciembre de dos mil catorce, con la base de un
millón doscientos ochenta y siete mil cuatrocientos noventa y dos
colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
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certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Vacheron Constantin Sociedad Anónima
contra Francisco Javier Sanabria Solano. Expediente: 10-0020290640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 5 de junio del 2014.—Dr.
Mauricio Vega Camacho, Juez.—(IN2014062015).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, con las
citas 265-6396-01-0901-001, a las trece horas y treinta y cinco
minutos del veintisiete de octubre de dos mil catorce y con la
base de veinticinco millones de colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número once mil doscientos veintinuevecero cero dos-cero cero tres-cero cero cuatro y cero cero cinco, la
cual es terreno de solar y una casa. Situada en el distrito San Vito,
cantón Coto Brus de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte,
Betty Pirola Rosa; al sur, calle pública; al este, Paola Lerice Sorte;
y al oeste, Bazzano Collina Limitada. Mide: quinientos noventa
y ocho metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
trece horas y treinta y cinco minutos del once de noviembre de
dos mil catorce, con la base de dieciocho millones setecientos
cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta
y cinco minutos del veintiséis de noviembre de dos mil catorce,
con la base de seis millones doscientos cincuenta mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido
a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Carlos
Ramos Marín. Expediente: 13-005260-1158-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Heredia, 16 de setiembre del
2014.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—(IN2014062059).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, a las quince horas y cero minutos del veinte de octubre
del dos mil catorce y con la base de sesenta y tres millones quinientos
veintisiete mil novecientos diecinueve colones con setenta y siete
céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita
en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número 387921-003 y 004,
la cual es terreno para construir lote 71. Situada en el distrito 01 San
Isidro, cantón 11 Coronado de la provincia de San José. Colinda:
al norte, lote dest. ave. 1 con 8,01 m fte., al sur, zona protección
del río Ipís, al este, lote 72; y al oeste, lote dest. a parque B. Mide:
doscientos veintisiete metros con siete decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del
cuatro de noviembre del dos mil catorce, con la base de cuarenta
y siete millones seiscientos cuarenta y cinco mil novecientos
treinta y nueve colones con ochenta y dos céntimos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las
quince horas y cero minutos del diecinueve de noviembre del dos
mil catorce, con la base de quince millones ochocientos ochenta y
un mil novecientos setenta y nueve colones con noventa y cuatro
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular
y de Desarrollo Comunal contra Alex Torres Castrillo, Ivannia
Baltodano Zúñiga. Expediente: 13-018232-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San
José, 21 de agosto del 2014.—Lic. Jéssika Fernández Cubillo,
Jueza.—(IN2014062124).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del diez de noviembre
de dos mil catorce, y con la base de un millón novecientos mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo:
Placas número 217448. Marca Mitsubishi, estilo Montero, categoría
automóvil, capacidad 6 personas, año 1987, color azul, vin no
Pág 10 — BOLETIN JUDICIAL Nº 187
Martes 30 de setiembre del 2014
indicado. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y
treinta minutos del veinticinco de noviembre del año dos mil
catorce, con la base de un millón cuatrocientos veinticinco mil
colones exactos y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas
y treinta minutos del diez de diciembre del año dos mil catorce
con la base de cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos.
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de José
Francisco Barrantes Campos contra Ana María Mendoza Aruz.
Exp.: 14-001176-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía
y Contravencional de Grecia, 23 de mayo del 2014.—Lic. Brayan
Li Morales, Juez.—(IN2014062154).
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa
a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Gina Marcela Izaguirre Badilla contra Inversiones Turísticas El
Coco Rojas y Rojas S. A. Exp: 14-005813-1157-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial
de Alajuela, 22 de julio del 2014.—Licda. Kenny Obaldía Salazar,
Juez.—(IN2014062159).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
prendarios; a las quince horas y treinta minutos del tres de
noviembre del año dos mil catorce, y con la base de un millón
ochocientos veintiséis mil novecientos quince colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa: 719421, marca:
Toyota, estilo: Tercel, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
serie: JT2EL46S1P0266496, carrocería: sedán 2 puertas, tracción:
4x2, año fabricación: 1993. Para el Segundo remate se señalan las
quince horas y treinta minutos del dieciocho de noviembre del año
dos mil catorce, con la base de un millón trescientos setenta mil
ciento ochenta y seis colones con veinticinco céntimos y, para la
Tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del tres
de diciembre del año dos mil catorce con la base de cuatrocientos
cincuenta y seis mil setecientos veintiocho colones con setenta y
cinco céntimos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de José Francisco Barrantes Campos contra Wilberth
Molina Morera. Exp.: 10-000381-1117-CI.—Juzgado de Cobro,
Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 21 de mayo del
2014.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2014062157).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veinte
de octubre del dos mil catorce, y con la base de diez millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
cincuenta mil ciento cuarenta y nueve-cero cero cero la cual es
terreno para construir lote 5. Situada en el distrito 03-Sardinal,
cantón 05-Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al
norte, Guilcendar S. A.; al sur, calle con 12m; al este lote 6 y al
oeste, lote 4. Mide: ciento noventa y ocho metros con ochenta y
cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las trece horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de noviembre
de dos mil catorce, con la base de siete millones quinientos mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos
del diecinueve de noviembre de dos mil catorce con la base de dos
millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Gina Marcela Izaguirre Badilla
contra Servicios Duilin CRC S. A. Exp: 14-005815-1157-CJ.—
Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 29 de julio del 2014.—Lic. Daniel Segura
Castro, Juez.—(IN2014062162).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
prendarios; a las once horas y cero minutos del diez de noviembre
de dos mil catorce, y con la base de setecientos treinta y cinco
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo: placas número 482324, marca Toyota, estilo Tercel,
categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 1991, color negro,
vin JT2EL46B8M0044758. Para el segundo remate se señalan las
once horas y cero minutos del veinticinco de noviembre de dos mil
catorce, con la base de quinientos cincuenta y un mil doscientos
cincuenta colones exactos y, para la tercera subasta se señalan las
once horas y cero minutos del diez de diciembre de dos mil catorce
con la base de ciento ochenta y tres mil setecientos cincuenta
colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de José Francisco Barrantes Campos contra Erick Alonso
Mora Bolaños. Exp.: 12-000272-1117-CI.—Juzgado de Cobro,
Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 28 de mayo del
2014.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2014062158).
En la puerta exterior de este Despacho, a las diez horas y
quince minutos del veinte de octubre de dos mil catorce, libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando Servidumbre de Líneas
Eléctricas y de Paso (Citas:559-10465-01-0001-001), Servidumbre
de Acueducto (Citas:559-10465-01-0002-001) y Servidumbre de
Paso (Citas:576-24948-01-0006-001); y con la base de treinta mil
dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento
sesenta y cinco mil setecientos sesenta y cinco-cero cero cero la cual
es terreno de charral y tacotal. Situada en el distrito 03-Sardinal,
cantón 05-Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al
norte Condominios Isabella; al sur, servidumbre agrícola en medio
Inversiones Turísticas del Coco Rojas y Rojas S. A. y Quebrada
Pozo Verde; al este, Inversiones Turísticas del Coco Rojas y Rojas
S. A. y al oeste, Protected Investments Corporation LLC S. A.
Mide: veintiocho mil trescientos cincuenta y dos metros con treinta
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y quince minutos del cuatro de noviembre de dos mil catorce,
con la base de veintidós mil quinientos dólares exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las diez horas y quince minutos del diecinueve de noviembre de
dos mil catorce con la base de siete mil quinientos dólares exactos
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
prendarios; a las diez horas y cero minutos del trece de enero de dos
mil quince, y con la base de cuatro millones de colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 536.135, marca
Mitsubishi, color blanco, año 2001, vin JA4MW31R31J026483,
cubicaje 3.500. Para el segundo remate se señalan las diez horas
y cero minutos del veintiocho de enero de dos mil quince, con la
base de tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cero minutos del doce de febrero de dos mil quince con la base de
un millón de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el
remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente
a la indicada en el presente edicto, se consigna que el tipo de cambio
a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda,
según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Inadimpleti S. A., contra José
Enrique Gómez Acevedo. Exp: 12-009493-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 13 de agosto del
2014.—Licda. Yanín Torrentes Ávila, Jueza.—(IN2014062164).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
prendarios; a las catorce horas y treinta minutos del veintiuno
de octubre del año dos mil catorce, y con la base de un millón
setecientos cincuenta y ocho mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo: placa: 902192, marca: Mitsubishi,
estilo: Montero, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie:
JA4MR41H8SJ028901, año: 1995, carrocería: todo terreno 4
puertas, color: negro, tracción: 4x4, chasis: JA4MR41H8SJ028901,
vin: JA4MR41H8SJ02890-1. Para el segundo remate se señalan
las catorce horas y treinta minutos del cinco de noviembre del año
dos mil catorce, con la base de un millón trescientos dieciocho mil
Martes 30 de setiembre del 2014
quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos
del veinte de noviembre del año dos mil catorce con la base de
cuatrocientos treinta y nueve mil quinientos colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de José Francisco
Barrantes Campos contra Joseph Mauricio Zamora Marín Exp:
14-001822-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 21 de abril del 2014.—
Lic. Christian Zamora Pérez, Juez.—1 vez.—(IN2014062165).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del cinco de
noviembre de dos mil catorce,(8:30) y con la base de treinta millones
de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento
sesenta y ocho mil seiscientos cinco-cero cero cero la cual es terreno
para construir lote once bloque G. Situada en el distrito (01) Tejar
, cantón (08) El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte lotes veintiocho y veintiséis; al sur, lote doce y calle pública
con frente de diez metros; al oeste, lotes veintiocho y veintisiete y
al sureste, lote doce y calle pública con frente de diez metros. Mide:
ciento sesenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las ocho horas y treinta minutos del veinte de noviembre de dos
mil catorce, (8:30) con la base de veintidós millones quinientos mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del cinco
de diciembre de dos mil catorce (8:30) con la base de siete millones
quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Inadimpleti S. A., contra Agrícola Asbre S.
A. Exp.: 14-001134-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial de Cartago, 22 de agosto del 2014.—Licda. Marcela
Brenes Piedra, Jueza.—(IN2014062166).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
prendarios; a las quince horas y cero minutos del veintiuno de
octubre del año dos mil catorce, y con la base de tres millones
novecientos noventa mil colones exactos , en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo: placa: CL-192272, marca: Toyota,
estilo: Hilux, categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas,
serie: YN1060001576, año: 1989, carrocería: caja abierta o campu, color: verde, tracción: 4x4, chasis: YN1060001576, vin:
YN1060001576. Para el segundo remate se señalan las quince
horas y cero minutos del cinco de noviembre del año dos mil
catorce , con la base de dos millones novecientos noventa y dos
mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero
minutos del veinte de noviembre del año dos mil catorce con la
base de novecientos noventa y siete mil quinientos colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa
a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de, José
Francisco Barrantes Campos contra Ana María Mendoza Arauz.
Exp.: 14-001824-1200-CJ. Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 21 de abril del
2014.—Lic. Christian Zamora Pérez, Juez.—(IN2014062168).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
prendarios; a las catorce horas y cero minutos del veintiuno de
enero de dos mil quince 2:00 p.m. 21/01/2015, y con la base de un
BOLETIN JUDICIAL Nº 187 — Pág 11
millón setecientos noventa y dos mil ochocientos colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas: 667.853,
marca: Honda, categoría: automóvil, vin: 1HGEG8640PL029230,
año: 1993, color: negro, cilindrada: 1.600 c.c. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y cero minutos del cinco de
febrero de dos mil quince 2:00 p.m. 05/02/2015, con la base de un
millón trescientos cuarenta y cuatro mil seiscientos colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las catorce horas y cero minutos del veinte de febrero de
dos mil quince 2:00 p.m. 20/02/2015 con la base de cuatrocientos
cuarenta y ocho mil doscientos colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el
día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente
en moneda diferente a la indicada en el presente edicto, se consigna
que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en
que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa
Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria
de Inadimpleti S. A., contra Teresa Montero Jiménez. Exp.:13006027-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de
Cartago, 12 de setiembre del 2014.—Licda. Yanín Torrentes Ávila,
Jueza.—(IN2014062170).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 30405307-01-0901-001, y plazo de convalidación (rectificación de
medida) citas: 2011-116166-01-0005-001, a las ocho horas y treinta
minutos del cuatro de noviembre del dos mil catorce, y con la base
de ciento cincuenta y dos mil ciento setenta y tres dólares con
sesenta y seis centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 16954-000,
la cual es terreno para agricultura sembrado de cacao. Situada: en
el distrito Cahuita, cantón Talamanca, de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, Nasin Tabash Tabash; al sur, Florencia Cooks
Gayler; al este, carretera pública con 125 metros con 27 centímetros,
y al oeste, Lisa Daley Plumer. Mide: treinta mil doscientos sesenta y
cinco metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho
horas y treinta minutos del diecinueve de noviembre del dos mil
catorce, con la base de ciento catorce mil ciento treinta dólares con
veinticuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para
la tercera subasta, se señalan las ocho horas y treinta minutos del
cuatro de diciembre del dos mil catorce, con la base de treinta y ocho
mil cuarenta y tres dólares con cuarenta y un centavos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal
contra Edwin Martín Sáenz Madrigal, Importadora y Exportadora
del Mar Sociedad Anónima. Expediente N° 13-005347-1012-CJ.—
Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial
de San José, 4 de setiembre del 2014.—Lic. Jéssika Fernández
Cubillo, Jueza.—(IN2014062181).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
prendarios, a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del
catorce de octubre del dos mil catorce, y con la base de ochocientos
dólares con ochenta y siete centavos, en el mejor postor, remataré
lo siguiente: Vehículo placa: MOT 121770, marca: Honda, estilo:
XL200, año: 2004, color: blanco, vin: 9C2MD28953R400067. Para
el segundo remate, se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco
minutos del veintinueve de octubre del dos mil catorce, con la base
de seiscientos dólares con sesenta y cinco centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del trece de noviembre del dos mil
catorce, con la base de doscientos dólares con veintidós centavos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Citibank
de Costa Rica S. A. contra Gilberto Hernández Chaves. Expediente
N° 09-001680-0370-CI.—Juzgado Especializado de Cobro de
Heredia, 4 de agosto del 2014.—Lic. German Valverde Vindas,
Juez.—(IN2014062198).
Pág 12 — BOLETIN JUDICIAL Nº 187
Martes 30 de setiembre del 2014
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de
Caminos Públicos y servidumbre de acueducto, a las trece horas y
treinta minutos del trece de enero del dos mil quince, y con la base de
treinta y cinco millones setecientos setenta mil doscientos noventa
y seis colones con noventa y cinco céntimos, en el mejor postor,
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido
de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número treinta y ocho mil novecientos cuarenta y seis-Fcero cero cero, la cual es terreno finca filial ocho bloque I terreno
apto para construir que se destinará a uso habitacional y que tendrá
una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito Bahía Ballena,
cantón Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, filial
nueve bloque I; al sur, filial siete bloque I; al este, parque, y al oeste,
calle. Mide: dos mil doscientos veinte metros con cuatro decímetros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y
treinta minutos del veintiocho de enero del dos mil quince, con la
base de veintiséis millones ochocientos veintisiete mil setecientos
veintidós colones con setenta y un céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece
horas y treinta minutos del doce de febrero del dos mil quince, con
la base de ocho millones novecientos cuarenta y dos mil quinientos
setenta y cuatro colones con veinticuatro céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Condominio Residencial Turístico Tortuga
contra Land Of Giant Trees S. A. Expediente N° 14-000484-1203CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela, San Ramón, 16 de setiembre del 2014.—Lic.
María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2014062213).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre de acueducto y de paso
de A y A bajo las citas: 297-11046-01-0003-001 y servidumbres de
paso bajo las citas: 333-16814-01-0006-001, 460-05968-01-0011001, 460-05968-01-0020-001, a las siete horas y treinta minutos del
diez de noviembre del dos mil catorce, con sus respectivas bases,
en el mejor postor, remataré las siguientes fincas: Primera: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 398145-000,
la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 01 Quesada,
cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
noreste, Jaime Hidalgo Salazar; sureste, Xinia María Vargas
Cascante; suroeste, calle pública con un frente de 16.04 metros.
Mide: trescientos cuarenta y cinco metros con treinta decímetros
cuadrados. Plano: A-0870927-2003, con la base de siete millones
seiscientos cincuenta y seis mil ochocientos veintinueve colones
con setenta y un céntimos. Segunda: Finca inscrita en el Registro
Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula N° 392457-000, la cual es terreno con una
casa de habitación. Situada: en el distrito 01 Quesada, cantón 10
San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Monte
Rodrigo S. A.; sur, calle pública con 17 metros 74 centímetros
de frente; este, Marta Barrientos Rodríguez; oeste, calle pública
con 15 metros 33 centímetros de frente. Mide: trescientos metros
cuadrados. Plano: A-0617222-2000, con la base de treinta y ocho
millones sesenta y cuatro mil ciento cincuenta colones con ochenta
y dos céntimos. Para el segundo remate, se señalan las siete horas
y treinta minutos del veinticinco de noviembre del dos mil catorce,
con la base de cinco millones setecientos cuarenta y dos mil
seiscientos veintidós colones con veintiocho céntimos por la finca
N° 398145-000; y con la base de veintiocho millones quinientos
cuarenta y ocho mil ciento trece colones con doce céntimos por la
finca N° 392457-000 (rebajada en un 25%). Para la tercera subasta,
se señalan las siete horas y treinta minutos del diez de diciembre
del dos mil catorce, con la base de un millón novecientos catorce
mil doscientos siete colones con cuarenta y tres céntimos por la
finca N° 398145-000; y con la base de nueve millones quinientos
dieciséis mil treinta y siete colones con setenta y un céntimos por
la finca N° 392457-000 (un 25% de la base original). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R.L.
contra Xinia María Vargas Cascante. Expediente N° 14-000860-
1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, 9 de setiembre del 2014.—Lic.
Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014062215).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servid. de calle ref.: 2456 417 003,
citas: 0313-00014663-01-0901-001, a las trece horas y treinta
minutos del doce de noviembre del dos mil catorce, y con la base
de ciento cincuenta mil setenta y tres dólares exactos, en el mejor
postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula número treinta y dos mil ochocientos seis-F-cero
cero cero, la cual es terreno naturaleza finca filial diecinueve terreno
para construir que se destinará a uso habitacional la cual se podrá
tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 03 Pozos,
cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
finca filial dieciocho; al sur, filial veinte; al este, filial dieciocho y
calle privada del condominio, y al oeste, área común. Mide: mil
ochenta y dos metros con noventa y un decímetros cuadrados. Plano:
SJ-0790065-2002. Para el segundo remate, se señalan las trece horas
y treinta minutos del veintisiete de noviembre del dos mil catorce,
con la base de ciento doce mil quinientos cincuenta y cuatro dólares
con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento),
y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y treinta minutos
del quince de diciembre del dos mil catorce, con la base de treinta y
siete mil quinientos dieciocho dólares con veinticinco centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Prosopia
Chag Ltda. contra Edwin Segundo Gómez Vega, Kamaesa S. A.,
Sócrates Dario Bueno Santana. Expediente N° 14-001696-1205CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 12 de setiembre del
2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2014062216).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
prendarios, a las nueve horas y treinta minutos del trece de noviembre
del dos mil catorce, y con la base de doce mil doscientos cincuenta
y un dólares con ochenta centavos, en el mejor postor, remataré
lo siguiente: Vehículo: placas número setecientos setenta y un mil
setenta y siete, marca: Toyota, categoría: automóvil, capacidad: 7
personas, año: 2008, combustible: diesel. Para el segundo remate, se
señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre
del dos mil catorce, con la base de nueve mil ciento ochenta y ocho
dólares con ochenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco
por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y
treinta minutos del dieciséis de diciembre del dos mil catorce, con la
base de tres mil sesenta y dos dólares con noventa y cinco centavos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Santiago Soler
Bonilla contra Luis Diego Morun Calvo y Sigifredo de la Trinidad
Morun Calvo. Expediente N° 14-000917-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, Liberia, 16 de setiembre del 2014.—Lic.
Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2014062219).
A las diecisiete horas veinte minutos del diecisiete de
octubre del dos mil catorce, en la puerta exterior de este Despacho,
servidumbre trasladada al tomo: 374, asiento: 05804, e hipoteca
de primer grado, y con la base de un millón ochocientos cincuenta
y ocho mil novecientos noventa y nueve colones con veintiocho
céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 471602-000, la cual es
terreno para construir. Situada: en el distrito 05 San Felipe, cantón
10 Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lotes
Martes 30 de setiembre del 2014
veinticinco; al sur, lote número veintisiete; al este, Tierras y Jardines
Sociedad Anónima, y al oeste, frente a alameda pública con 6,50
metros. Mide: noventa y cuatro metros con veinticinco decímetros
cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en
proceso ejecución hipotecaria N° 07-004490-0170-CA de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra María de los Ángeles López
Chavarría.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del
Segundo Circuito Judicial de San José, 21 de agosto del 2014.—
Lic. Gustavo Irías Obando, Juez.—(IN2014062223).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, a las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de
octubre del dos mil catorce, y con la base de sesenta y nueve mil
noventa y cinco dólares con veintiséis centavos, en el mejor postor,
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido
de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número ciento ochenta y un mil ciento noventa y tres- cero
cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada: en el distrito 01
Alajuela, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, calle pública; al sur, Carlos Hoffman y quebrada en medio;
al este, Ana Céspedes Rodríguez, y al oeste, Rafael Ángel Céspedes
Rodríguez. Mide: cuatrocientos ochenta y nueve metros con treinta
y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan
las nueve horas y treinta minutos del cinco de noviembre del dos
mil catorce, con la base de cincuenta y un mil ochocientos veintiún
dólares con cuarenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco
por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y
treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil catorce, con la
base de diecisiete mil doscientos setenta y tres dólares con ochenta y
un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Financiera
Multivalores S. A. contra Asdrúbal Romilio Villegas Corella, Yenci
María Cordero Araya. Exp. N° 14-002681-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial
de San José, 24 de julio del 2014.—Lic. Carlos Soto Madrigal,
Juez.—(IN2014062238).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada visible en las
citas: 329-1411-01-0900-001, a las nueve horas y diez minutos del
veinte de enero del dos mil quince, y con la base de veintiún millones
quinientos treinta y tres mil novecientos cuarenta y nueve colones
con treinta céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos sesenta y dos mil sesenta y tres- cero cero cero, la cual
es terreno lote 78, para construir. Situada: en el distrito Tirrases,
cantón Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
Convenio Cooperativo Intermunicipal; al sur, calle pública con 10
m 30 metros; al este, Convenio Cooperativo Intermunicipal, y al
oeste, Convenio Cooperativo Intermunicipal. Mide: ciento noventa
y siete metros con treinta decímetros cuadrados. Para el segundo
remate, se señalan las nueve horas y diez minutos del cuatro de
febrero del dos mil quince, con la base de dieciséis millones ciento
cincuenta mil cuatrocientos sesenta y un colones con noventa y siete
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las nueve horas y diez minutos del diecinueve de
febrero del dos mil quince, con la base de cinco millones trescientos
ochenta y tres mil cuatrocientos ochenta y siete colones con treinta y
dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Financiera
Multivalores S. A. contra Ronald Sánchez Barrantes. Expediente N°
13-014018-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 4 de setiembre del
2014.—Lic. Yessenia Brenes González, Jueza.—(IN2014062239).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando convenio ref.: 1999 171 001, citas:
288-08299-01-0901-011; servidumbre trasladada citas: 288-0829901-0902-012; reserva y restricciones citas: 288-0829901-0903-007,
a las ocho horas y cero minutos del veinte de enero del dos mil
quince, y con la base de veinte millones seiscientos sesenta y tres
mil seiscientos treinta y tres colones con treinta y tres céntimos, en
BOLETIN JUDICIAL Nº 187 — Pág 13
el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula N° 218022-cero cero cero, la cual es terreno
potrero, café y charral. Situada: en el distrito quinto Santa Teresita,
cantón quinto Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte, Luis Emilio Valerio Campos; al sur, Roberto Calvo Estrada; al
este, camino público con 121,85 decímetros, y al oeste, Dagoberto
Rojas Montero. Mide: treinta y siete mil seiscientos veintiún metros
con cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se
señalan las ocho horas y cero minutos del tres de febrero del dos mil
quince, con la base de quince millones cuatrocientos noventa y siete
mil setecientos veinticuatro colones con noventa y siete céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las ocho horas y cero minutos del diecisiete de febrero del dos
mil quince, con la base de cinco millones ciento sesenta y cinco mil
novecientos ocho colones con treinta y tres céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de
Cartago contra Jacques Combeau. Expediente N° 13-002520-1164CJ.—Juzgado Agrario de Turrialba, 4 de setiembre del 2014.—
Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—(IN2014062249).
En la puerta exterior de este Despacho, a las ocho horas y
treinta minutos del veintisiete de octubre del dos mil catorce, y
con la base de diecisiete millones cuatrocientos cincuenta y cinco
mil setecientos ochenta y cuatro colones (según valor municipal),
soportando hipoteca de primer grado; en el mejor postor, remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula N° 183351-000, la cual es terreno para construir. Situada:
en el distrito: San Juan Grande, cantón: Esparza, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con un frente a
ella de 44.78 metros; al sur, calle pública con un frente a ella de
68.58 metros de frente; al este, Carlos Bustos Alpízar. Mide: mil
quinientos ochenta y nueve metros con setenta y ocho decímetros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y
treinta minutos del diez de noviembre del dos mil catorce, con la
base de trece millones noventa y un mil ochocientos treinta y ocho
colones (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro
de noviembre del dos mil catorce, con la base de cuatro millones
trescientos sesenta y tres mil novecientos cuarenta y seis colones
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa
a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se
remata por ordenarse así en proceso ordinario de Randy del
Carmen Orozco Espinoza contra Arce y Leitón Sociedad Anónima.
Expediente N° 12-000120-0874-LA.—Juzgado de Trabajo de
Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste,
Nicoya, 17 de setiembre del 2014.—Lic. Alberto Juárez Gutiérrez,
Juez.—(IN2014062251).
PRIMERA PUBLICACIÓN
A las once horas y cero minutos del treinta y uno de octubre
del dos mil catorce, en la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios y sin sujeción de base, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y seis mil ciento
sesenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno breñones, café y
montaña con una casa. Situada en el distrito 05 San Pedro, cantón
19 Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte,
Cleto Zúñiga; al sur, José Ortega; al este, calle en medio Ernesto
Zúñiga y al oeste, Ramiro Vega. Mide: Cuatrocientos dieciséis
mil cuarenta y seis metros cuadrados. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecutivo simple de Adiz Ruiz Beita contra Antonio
Pág 14 — BOLETIN JUDICIAL Nº 187
Martes 30 de setiembre del 2014
Ceciliano Bermúdez, Nelson Eddy Alfaro Aguilar. Exp. Nº 06100590-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial
de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 13 de agosto del 2014.—Msc.
Norman Herrera Vargas, Juez.—(IN2014062330).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del
quince de octubre del dos mil catorce, y con la base de tres millones
cuatrocientos cuarenta y ocho mil quinientos colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número 120878-000 la cual es
naturaleza: Terreno de cultivo. Situada en el distrito 4-San Pablo,
cantón 9-Nandayure de la provincia de Guanacaste. Linderos:
norte, Antonio Godoy Sánchez; sur; Antonio Godoy Sánchez; este,
calle pública con un frente de 15 metros; oeste, Martha Espinoza
Cruz. Mide: Trescientos tres metros con ochenta y un decímetros
cuadrados, plano G-0553555-1999. Para el segundo remate se
señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de
octubre del dos mil catorce, con la base de dos millones quinientos
ochenta y seis mil trescientos setenta y cinco colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de
noviembre del dos mil catorce con la base de ochocientos sesenta
y dos mil ciento veinticinco colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Juan Antonio Rojas Rojas
contra Salmo Veintitrés Regalo de Dios Sociedad Anónima. Exp. Nº
13-001994-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo
Circuito Judicial de Guanacaste, 19 de agosto del 2014.—Lic.
Evelyn Molina Zúñiga, Jueza.—(IN2014062333).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las quince horas y cero minutos del veinticuatro de
octubre del dos mil catorce, y con la base de cinco millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo:
Placas número 629954. Marca Mitsubishi. Estilo Montero LS.
Categoría automóvil. Capacidad 7 personas. Año 1996. Color
negro. Vin JA4MR41H4TJ010221. Cilindrada 3000 c.c. Motor Nº
6G72T15076. Para el segundo remate se señalan las quince horas y
cero minutos del diez de noviembre del dos mil catorce, con la base
de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las quince horas y cero minutos del veinticinco de noviembre del
dos mil catorce con la base de un millón doscientos cincuenta mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.
Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Ronny
Montoya Quirós contra Yener Ricardo Valverde Miranda. Exp. Nº
10-000661-0188-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 6 de mayo del 2014.—
Lic. Christian Enrique Zamora Pérez, Juez.—(IN2014062350).
En la puerta exterior del Juzgado Civil de Mayor Cuantía de
Aguirre y Parrita, a las trece horas treinta minutos del catorce de
noviembre del dos mil catorce; libre de gravámenes hipotecarios,
soportando reservas y restricciones inscritas al tomo trescientos
cincuenta y ocho, asiento cero ocho mil quinientos ocho, y
servidumbre trasladada inscrita al tomo trescientos noventa y cinco,
asiento cero tres mil seiscientos sesenta y nueve, y con la base de seis
millones ocho mil ochocientos cincuenta colones; sáquese a remate
la finca del partido de Puntarenas, matrícula de folio real número
ciento cincuenta y seis mil quinientos cincuenta y cinco-cero cero
cero, la cual se describe como terreno para construir lote quince con
canal que lo atraviesa, situada en el distrito primero (Parrita), cantón
noveno (Parrita), de la provincia Puntarenas. Linda: al norte y sur,
con Big Adventure of Esterillos S. A., al este con calle pública y
acera en medio, y al oeste con el Instituto de Desarrollo Agrario, con
una medida de quinientos metros con cincuenta y nueve decímetros
cuadrados, así mismo libre de gravámenes hipotecarios, soportando
reservas y restricciones inscritas al tomo trescientos dieciocho,
asiento once mil trescientos cincuenta y nueve, y servidumbre
de paso inscrita al tomo cuatrocientos trece, asiento catorce mil
trescientos cincuenta y tres, y con la base de un millón novecientos
cuarenta y cuatro mil colones; sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula de folio real número ciento cuarenta y
seis mil quinientos veintinueve-cero cero cero, la cual se describe
como terreno para construir lote uno, situada en el distrito primero
(Parrita), cantón noveno (Parrita), de la provincia Puntarenas, linda
al norte con calle pública y al sureste y oeste con Fernando Mora
Jiménez, con una medida de doscientos cuarenta y tres metros
cuadrados (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo
el segundo remate, se señalan las trece horas treinta minutos del
primero de diciembre del dos mil catorce, con la base de cuatro
millones quinientos seis mil seiscientos treinta y siete colones con
cincuenta céntimos, para la finca Nº 156555-000, y con la base un
millón cuatrocientos cincuenta y ocho mil colones para la finca Nº
146529-000 (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes,
para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del
diecisiete de diciembre del dos mil catorce, con la base de un millón
quinientos dos mil doscientos doce colones con cincuenta céntimos
para la finca Nº 156555-000, y con la base cuatrocientos ochenta y
seis mil colones para la finca Nº 146529-000 (un 25%). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa
Rica, en contra de Consorcio Construmat Esterillos S. A., Gustavo
Fernando Salazar Steller y Fernando Mora Jiménez. Expediente
Nº 08-100155-0425-2-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de
Aguirre y Parrita, 4 de setiembre del 2014.—Lic. María Cristina
Cruz Montero, Jueza.—(IN2014062389).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 038300016111-01-0900-001, servidumbre de vista citas 0552-0000778501-0017-001, servidumbre de vista citas 0553-00005228-01-0001001, servidumbre de vista citas 0553-00005228-01-0001-001,
servidumbre ecológica y limitaciones citas 0553-00005228-010023-001; a las ocho horas y cero minutos del veintinueve de octubre
del dos mil catorce, y con la base de treinta millones quinientos
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento
cincuenta y cinco mil setecientos treinta y siete cero cero cero la cual
es terreno lote 82 B terreno de potrero. Situada en el distrito tercero
Sardinal, cantón quinto Carrillo, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, resto de La Finca Madre; al sur, resto de La Finca
Madre; en medio servidumbre agrícola con un frente de 86,06 cm
y calle pública con un frente de 86.06 cm; al este, resto de La Finca
Madre, en medio servidumbre agrícola con un frente de 50.37 cm
y al oeste, resto de La Finca Madre, en medio servidumbre agrícola
con un frente de 83.83 cm. Mide: Cinco mil sesenta y seis metros
con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las ocho horas y cero minutos del trece de noviembre
del dos mil catorce, con la base de veintidós millones ochocientos
setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero
minutos del veintiocho de noviembre del dos mil catorce con la base
de siete millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa
Rica contra La Vaqueta de Mi Abuelo S. A., Rosalía del Socorro
Contreras Gutiérrez. Exp. Nº 14-001697-1205-CJ.—Juzgado de
Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial
de Guanacaste, Liberia, 16 de setiembre del 2014.—Lic. Jorge
Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2014062397).
Martes 30 de setiembre del 2014
BOLETIN JUDICIAL Nº 187 — Pág 15
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de
Caminos Públicos; a las nueve horas y cero minutos del quince
de enero del dos mil quince, y con la base de veinte millones
cuatrocientos setenta y dos mil seiscientos treinta y cinco colones
con veintiséis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento
setenta y seis mil ochocientos cuarenta y uno cero cero cero la cual
es terreno de patio, casa y construido. Situada en el distrito 1-Buenos
Aires, cantón 3-Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, Tania Valverde Piedra; al sur, Zulay Obando
Atencio; al este, Tania Valverde Piedra y al oeste, calle pública con
un frente a ella de 19.30 metros. Mide: Novecientos ocho metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
cero minutos del treinta de enero del dos mil quince, con la base
de quince millones trescientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos
setenta y seis colones con cuarenta y cinco céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve
horas y cero minutos del dieciséis de febrero del dos mil quince con
la base de cinco millones ciento dieciocho mil ciento cincuenta y
ocho colones con ochenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve
horas y cero minutos del quince de enero del dos mil quince, y con
la base de tres millones quinientos veintisiete mil trescientos sesenta
y cuatro colones con setenta y siete, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número cuatrocientos treinta y dos mil doce cero cero cero la cual
es terreno de siembras anuales. Situada en el distrito 1-San Isidro
de El General, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, Ramón Agüero Barrantes; al sur, Alberto
Ramírez Quirós y lote segregado; al este, calle pública y al oeste,
lote segregado. Mide: Trescientos setenta y seis metros con noventa
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y cero minutos del treinta de enero del dos mil quince, con
la base de dos millones seiscientos cuarenta y cinco mil quinientos
veintitrés colones con cincuenta y ocho céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve
horas y cero minutos del dieciséis de febrero del dos mil quince, con
la base de ochocientos ochenta y un mil ochocientos cuarenta y un
colones con diecinueve céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra
Chávez Ortega Orlando. Exp. Nº 14-003998-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la
Zona Sur, 2 de setiembre del 2014.—Lic. Eileen Chaves Mora,
Jueza.—(IN2014062412).
García Bonequi. Exp. Nº 14-012843-1170-CJ.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José,
3 de setiembre del 2014.—Lic. Carlos Manuel Contreras Reyes,
Juez.—(IN2014062444).En la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones; a las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de
enero de dos mil quince, y con la base de diez millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número veintiocho mil doscientos
noventa y tres cero cero cero la cual es terreno de agricultura.
Situada en el distrito 03 La Rita, cantón 02 Pococí, de la provincia de
Limón. Colinda: al norte, calle pública y Patricia Alvarado Sánchez;
al sur, Patricia Alvarado Sánchez; al este, Antonio Sandí y al oeste,
calle pública y Patricia Alvarado Sánchez. Mide: Diecisiete mil
doscientos noventa y cinco metros con cincuenta y tres decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
treinta minutos del dos de febrero de dos mil quince, con la base
de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve
horas y treinta minutos del diecisiete de febrero de dos mil quince
con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Rosa Alba Artavia Quirós
contra Alexis Barquero Benavides. Exp. Nº 12-000941-1209-CJ.—
Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 19 de agosto del
2014.—Lic. Dinia Peraza Delgado, Jueza.—(IN2014062442).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro
de noviembre del dos mil catorce, y con la base de diez millones
setecientos ochenta y un mil quinientos veintidós colones con
sesenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo: Placas ochocientos veintinueve mil setecientos sesenta
y ocho (829768), marca Toyota, estilo Corolla GLI, categoría
automóvil, carrocería Sedan cuatro puertas, serie, chasis y vin
JTDBR42E60J021461, motor Nº 1ZZ3310123, capacidad cinco
personas, año 2010, color azul, combustible gasolina. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco
minutos del diecinueve de noviembre del dos mil catorce, con la base
de ocho millones ochenta y seis mil ciento cuarenta y un colones
con noventa y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta y
cinco minutos del cuatro de diciembre del dos mil catorce con la
base de dos millones seiscientos noventa y cinco mil trescientos
ochenta colones con sesenta y cinco céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Credix World S. A. contra José Jesús Gerardo
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del veintitrés
de octubre del dos mil catorce, y con la base de once millones
setecientos veinte mil colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número dieciocho mil novecientos setenta derecho
cero veintitrés correspondiente a 210.73 proporcional a 3750
colones en la finca, la cual es terreno potrero y montaña. Situada
en el distrito segundo Zaragoza, cantón sétimo Palmares, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, quebrada y otros; al sur,
al este, y al oeste, Calixto Pacheco. Mide: Doscientos sesenta y
nueve mil setenta y cuatro metros con noventa y seis decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y
treinta minutos del siete de noviembre del dos mil catorce, con
la base de ocho millones setecientos noventa mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta
se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de
noviembre del dos mil catorce, con la base de dos millones
novecientos treinta mil colones exactos (un veinticinco por ciento
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro
de noviembre del dos mil catorce, y con la base de diez millones
setecientos ochenta y un mil quinientos veintidós colones con
sesenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo: Placas ochocientos veintinueve mil setecientos sesenta
y ocho (829768), marca Toyota, estilo Corolla GLI, categoría
automóvil, carrocería Sedan cuatro puertas, serie, chasis y vin
JTDBR42E60J021461, motor Nº 1ZZ3310123, capacidad cinco
personas, año 2010, color azul, combustible gasolina. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco
minutos del diecinueve de noviembre del dos mil catorce, con la base
de ocho millones ochenta y seis mil ciento cuarenta y un colones
con noventa y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta y
cinco minutos del cuatro de diciembre del dos mil catorce con la
base de dos millones seiscientos noventa y cinco mil trescientos
ochenta colones con sesenta y cinco céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Credix World S. A. contra José Jesús Gerardo
García Bonequi. Exp. Nº 14-012843-1170-CJ.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José,
3 de setiembre del 2014.—Lic. Carlos Manuel Contreras Reyes,
Juez.—(IN2014062444).
Pág 16 — BOLETIN JUDICIAL Nº 187
Martes 30 de setiembre del 2014
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Evaristo Zumbado Mora contra Agropecuaria Sol
Naciente Sociedad Anónima. Exp. Nº 14-002239-1203-CJ.—
Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial
de Alajuela, San Ramón, 15 de julio del 2014.—Lic. María
Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2014062445).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas:
395-12714-01-0905-001; a las catorce horas y treinta minutos
del dieciséis de octubre de dos mil catorce y con la base de seis
millones seiscientos treinta mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido
de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número 79252-000, la cual es terreno de pastos situada
en el distrito 04 San Pablo cantón 09 Nandayure de la provincia
de Guanacaste. Linderos: norte, Gilberto Ugalde Pérez, sur, calle
pública y Jaime Enrique Rosales Cortés; este, Modesta Cortés
Cortés y Jaime Enrique Rosales Cortés; oeste, Modesta Cortés
Cortés y Jaime Enrique Rosales Cortés. Mide: diecinueve mil
quinientos doce metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del
treinta y uno de octubre de dos mil catorce, con la base de cuatro
millones novecientos setenta y dos mil quinientos colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta
se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecisiete de
noviembre de dos mil catorce con la base de un millón seiscientos
cincuenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Zoraida Ramírez Sibaja contra
Jaime Enrique Rosales Cortés. Exp. N° 13-002213-1206-CJ.—
Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de
Guanacaste, 26 de agosto del 2014.—Lic. Evelyn Molina Zúñiga,
Jueza.—(IN2014062447).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas:
297-10835-01-0901-001; a las catorce horas y treinta minutos
del trece de noviembre del año dos mil catorce, y con la base de
once millones novecientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido
de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 127168-000, la cual es terreno con 1 casa. Situada
en el distrito 01, Quesada cantón 10, San Carlos de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, calle pública, sur, escuela Juan Bautista
Solís, este, Rosaida Quirós Conejo y oeste, familia Villalobos
Orozco. Mide: ciento ochenta y tres metros con noventa y cinco
decímetros cuadrados. Plano: A-0277945-1995. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiocho
de noviembre del año dos mil catorce, con la base de ocho millones
novecientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las
catorce horas y treinta minutos del quince de diciembre del año dos
mil catorce con la base de dos millones novecientos setenta y cinco
mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Genaro Evergito López Ruiz. Exp. N°
14-001738-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía el
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 7 de agosto del 2014.—
Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014062459).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas
371-05974-01-0904-001; a las nueve horas y treinta minutos del tres
de noviembre del año dos mil catorce, y con la base de siete millones
seiscientos sesenta mil trescientos noventa y siete colones con
sesenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 423437-
000, la cual es terreno de repasto. Situada en el distrito 05, Venecia
cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
Ana Deisy Porras Ugalde, quebrada en parte e iglesia cristiana La
Profecia de Dios; sur, calle publica; este, Eloy Rojas Vargas; oeste,
Ana Deisy Porras Ugalde y quebrada en parte. Mide: mil setecientos
metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Plano: A-10836072006. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta
minutos del dieciocho de noviembre del año dos mil catorce, con la
base de cinco millones setecientos cuarenta y cinco mil doscientos
noventa y ocho colones con veintitrés céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve
horas y treinta minutos del tres de diciembre del año dos mil catorce
con la base de un millón novecientos quince mil noventa y nueve
colones con cuarenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra
Miguel Estrada Ugalde. Exp. N° 14-000371-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, 2 de julio del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos,
Juez.—(IN2014062462).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro
de octubre de dos mil catorce, y con la base de dos mil doscientos
dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
66810-000, la cual es terreno naturaleza: para construir situada en
el distrito 03 Veintisiete Abril, cantón 03 Santa Cruz de la provincia
de Guanacaste. Linderos: norte, Ana Victoria, Marcos Antonio y
Alciniro todos Arrieta Barrantes, sur, calle pública con frente de
16.19 metros, este, Ana Victoria, Marcos Antonio y Alciniro todos
Arrieta Barrantes, oeste, Ana Victoria, Marcos Antonio y Alcinito
todos Arrieta Barrantes. Mide: trescientos cincuenta y un metros con
treinta y tres decímetros cuadrados. Plano: G-0831947-1989. Para
el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del
diez de noviembre de dos mil catorce, con la base de mil seiscientos
cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos
del veinticinco de noviembre de dos mil catorce con la base de
quinientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Tieknado S. A. contra María Isabel
Barrantes Vásquez. Exp. N° 14-000932-1206-CJ.—Juzgado de
Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste,
10 de setiembre del 2014.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado,
Juez.—(IN2014062485).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las nueve horas y quince minutos del trece de
noviembre de dos mil catorce, y con la base de un millón setecientos
trece mil novecientos cincuenta y nueve colones con cincuenta
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo:
placas número CL-216261, marca: Mazda, categoría: carga liviana,
carrocería: caja abierta o cam-pu, tracción: 4x2, uso: particular,
estilo: B 2500 SX, capacidad: 3 personas, año: 1999, color: verde.
Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos
del veintiocho de noviembre de dos mil catorce, con la base de un
millón doscientos ochenta y cinco mil cuatrocientos sesenta y nueve
colones con sesenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince
minutos del dieciséis de diciembre de dos mil catorce con la base de
cuatrocientos veintiocho mil cuatrocientos ochenta y nueve colones
con ochenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
Martes 30 de setiembre del 2014
monitorio de Distribuidora Santa Bárbara de Pavas Sociedad
Anónima contra Constructora Mora e Hijos S. A. Exp. N° 12012584-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de San José, 10 de setiembre del 2014.—
M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—(IN2014062486).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 34110699-01-0900-001, servidumbre de paso 563-14123-01-0002-001;
a las catorce horas y cero minutos del doce de noviembre del año
dos mil catorce , y con la base de seis millones ciento veintiséis mil
trescientos ochenta y ocho colones con ochenta y un céntimos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número doscientos cinco mil cuatrocientos
veintiuno cero cero cero la cual es terreno de repastos con una casa.
Situada en el distrito 3 Cote, cantón 15 Guatuso, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, Adán Alvarado Cabezas quebrada medio;
al sur, José Alvarado González; al este, José Alvarado quebrada en
medio y al oeste, Adan Alvarado Cabezas. Mide: doscientos sesenta
y cinco mil quinientos cincuenta y un metros con ochenta y tres
decímetros cuadrados. Plano A-0461279-1982. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintisiete de
noviembre del año dos mil catorce , con la base de cuatro millones
quinientos noventa y cuatro mil setecientos noventa y un colones
con sesenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos
del quince de diciembre del año dos mil catorce con la base de un
millón quinientos treinta y un mil quinientos noventa y siete colones
con veinte céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código
de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra José
Adrián Alvarado Salazar, Luis Ángel Alvarado Salazar. Exp. N°
14-001692-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y
Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, (Liberia),
19 de setiembre del 2014.—(IN2014062493).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, servidumbre
de paso y de líneas eléctricas; a las catorce horas y cuarenta minutos
del diecisiete de octubre de dos mil catorce y con la base de treinta y
un millones ciento cincuenta mil cuatrocientos catorce colones con
setenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
ciento seis mil quinientos cuatro-cero cero cero, la cual es terreno
de solar con una casa. Situada en el distrito 02 Jiménez, cantón 02
Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Jorge Quirós
Isola; al sur, servidumbre; al este, Inmobiliaria Cerro Negro S. A.
y al oeste, Consumel de Buenos Aires S. A. Mide: mil quinientos
treinta y tres metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta minutos
del tres de noviembre de dos mil catorce, con la base de veintitrés
millones trescientos sesenta y dos mil ochocientos once colones
con seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta minutos
del dieciocho de noviembre de dos mil catorce con la base de siete
millones setecientos ochenta y siete mil seiscientos tres colones con
sesenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Construcciones y
Mantenimientos Industriales de Sarapiquí S. A., Jorge Antonio de
la Trinidad Ballestero Castillo. Exp. N° 14-000468-1209-CJ.—
Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 1° de agosto del
2014.—Lic. Dinia Peraza Delgado, Jueza.—(IN2014062508).
A las ocho horas del diez de noviembre de dos mil catorce,
en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando
BOLETIN JUDICIAL Nº 187 — Pág 17
reservas de la Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, bajo el tomo
245, asiento 7752, y con la base de la única cédula hipotecaria de
primer grado a favor de la parte actora, sea la base de ¢22.708.600°°,
al mejor postor remataré: finca inscrita en Propiedad partido de
Alajuela Folio Real matrícula número 302.809-000, que es terreno
para construir con una casa, sito en Los Chiles, distrito primero del
cantón catorce de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, Manuel
Rocha Blanco; al este, calle pública con 08,00 metros de frente; al
oeste, Gilberto Medrano Vargas; y al suroste, Antonio Guillén Cruz.
Mide: trescientos cuarenta y tres metros con ochenta y un decímetros
cuadrados. Para el segundo remate, y con la rebaja del veinticinco
por ciento de la base original, sea la base de ¢17.031.450°°, se
señalan las: ocho horas del veinticinco de noviembre de dos mil
catorce, y para el tercer remate, con la base del veinticinco por ciento
de la base original, sea la suma de ¢5.677.150°°, se señalan las:
ocho horas del diez de diciembre de dos mil catorce. Se remata por
ordenarse así en proceso de ejecución hipotecaria de Cooperativa
de Ahorro y Crédito de los Educadores contra Sucesión de Antonio
Guillen Miranda. Exp. 13-000764-1202-CJ.—Juzgado Civil y de
Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos,
Ciudad Quesada, 11 de setiembre de setiembre del 2014.—Lic.
Adolfo Mora Arce, Juez.—(IN2014062517).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas de ley de aguas y ley de
caminos públicos bajo las citas: 329-14670-01-0008-001; a las ocho
horas y cero minutos del diez de noviembre del año dos mil catorce,
y con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 423158-000,
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 13, Peñas
Blancas cantón 02 San Ramón de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Hugo Ulloa Jiménez, sur, Leonardo Solano Vega; este,
Miguel Ángel Porras Araya, y oeste, con calle publica con un
frente de catorce metros con cero ocho centímetros lineales. Mide:
trescientos sesenta y cuatro metros con tres decímetros cuadrados
plano: A-1075451-2006. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y cero minutos del veinticinco de noviembre del año dos mil
catorce, con la base de dos millones ochocientos doce mil quinientos
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del diez de
diciembre del año dos mil catorce con la base de novecientos treinta
y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Kattia Sirleny Barrantes
Vega y Miguel Antonio Moreira García. Exp. N° 14-001509-1202CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 15 de julio del 2014.—Lic. Ana Milena
Gutiérrez Rojas, Jueza.—(IN2014062529).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las siete horas y treinta minutos del trece de
noviembre del año dos mil catorce, y con la base de cinco
millones novecientos sesenta mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número 193400-001-002, la cual es terreno
potrero. Situada en el distrito 08, La Tigra cantón 10, San Carlos
de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ana María González
Monge, sur, calle pública con 15 metros, este, Ana María González
Monge, y oeste, calle pública con 15 metros. Mide: doscientos veinte
metros con dos decímetros cuadrados plano: A-0461269-1997. Para
el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del
veintiocho de noviembre del año dos mil catorce, con la base de
cuatro millones cuatrocientos setenta mil colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las
siete horas y treinta minutos del quince de diciembre del año dos mil
catorce con la base de un millón cuatrocientos noventa mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R. L.
contra Desiree Patricia Villalobos López. Exp. N° 14-001392-1202CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 9 de setiembre del 2014.—Lic. Luis Diego
Romero Trejos, Juez.—(IN2014062549).
Pág 18 — BOLETIN JUDICIAL Nº 187
Martes 30 de setiembre del 2014
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las
citas: 310-13117-01-0901-001; a las ocho horas y cero minutos
del diecisiete de noviembre del año dos mil catorce, y con la base
de seis millones ciento cincuenta y tres mil colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número 434233-000, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 11, Cutris cantón 10, San Carlos de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, José Francisco Rodríguez
Murillo, sur, calle pública con un frente 10,00 metros, este, resto de
Inversiones Jokegre Sociedad Anónima y oeste: resto de Inversiones
Jokegre Sociedad Anónima. Mide: doscientos siete metros con
treinta y cuatro decímetros cuadrados plano: A-1136659-2007. Para
el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del dos
de diciembre del año dos mil catorce, con la base de cuatro millones
seiscientos catorce mil setecientos cincuenta colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y cero minutos del dieciocho de diciembre
del año dos mil catorce con la base de un millón quinientos treinta
y ocho mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Coocique R. L. contra Aurora González
Zamora Exp. 14-001744-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 7 de agosto del
2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014062554).
Convocatorias
Se convoca a todos los interesados en la Sucesión de Julia
Mora Monge, a una junta que se verificará en este Juzgado a las
nueve horas y cero minutos del veintisiete de octubre del año dos
mil catorce, para conocer acerca de los extremos que establece el
artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 11-003085-0857CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur,
Pérez Zeledón, 31 de julio del 2014.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila,
Jueza.—1 vez.—(IN2014056786).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Enery
Santamaría Hernández, quien fuera mayor, casada una vez, de
oficios del hogar, portadora de la cédula de identidad 1-0816-0300,
a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas treinta
minutos del veintisiete de octubre del dos mil catorce, para conocer
acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código
Procesal Civil. Expediente Nº 10-100097-0216-CI.—Juzgado
Civil Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita.—
Msc. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—(IN2014057154).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Rosa
María Tercero Zúñiga, a una junta que se verificará en este
Juzgado, a las ocho horas treinta minutos del quince de octubre
del dos mil catorce, para conocer acerca de los extremos que
establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Sucesorio
de Rosa María Tercero Zúñiga. Exp. Nº 06-100254-0642CI.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Xinia
González Grajales, Jueza.—1 vez.—(IN2014062406).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión
acumulada de Julio Calderón Campos y María Blanca Arias
Segura, a una junta que se verificará en este juzgado a las
nueve horas del trece de octubre de dos mil catorce, para
conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del
Código Procesal Civil: 1) Si fuere procedente, elegir albacea
propietario o suplente, o ambos; 2) Mostrar conformidad o no,
con el inventario de los bienes y avalúo de los mismos y; 3)
De los reclamos contra la sucesión. Exp. N° 04-100330-0217CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial
de San José, Desamparados, 16 de setiembre del 2014.—Dra.
Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—(IN2014062803).
Títulos Supletorios
Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente
N° 14-000039-0815-AG donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Hilda Alfaro Delgado quien es
mayor, estado civil casada una vez, comerciante, vecina de La Garita
de Alajuela, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe
número 2-0262-0167, profesión comerciante, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que
se describe así: finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual
es terreno con una casa de habitación, patio y piscina. Situada en
el distrito trece La Garita, cantón primero Alajuela, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, carretera Bernardo Soto con un
frente a la misma de ocho metros cuarenta y ocho centímetros; al
sur, carretera nacional Atenas-Alajuela con un frente a la misma
de nueve metros sesenta y dos centímetros; al este, Estación
de Servicio La Garita S. A. y en parte Talia Delgado Chaves y
al oeste, Wiltón Rodrigo MC Taggart Arce. Mide: novecientos
setenta y siete metros cuadrados. Indica el promovente que sobre
el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y
que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación
y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho
inmueble en la suma de 8000000.00 colones. Que adquirió dicho
inmueble por venta a don Manuel Rodríguez Delgado, y hasta la
fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que
no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público
de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del
plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Hilda Alfaro Delgado.
Exp: 14-000039-0815-AG.—Juzgado Civil del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 13 de agosto del año 2014.—Licda. Roxana
Hernández Araya, Jueza.—1 vez.—(IN2014056237).
Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente
N° 14-000067-0699-AG donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Humberto Martínez Picado,
mayor, soltero, vecino de Tablón de El Guarco, cédula de identidad
número tres-doscientos veintiocho-setecientos veinticuatro,
promueve diligencia de Información Posesoria para inscribir a su
nombre en el Registro Público de la Propiedad, un inmueble que
se describe así: terreno de Montaña. Sito en: Tablón distrito tercero
Tobosi, del cantón octavo El Guarco de la provincia de Cartago,
mide: once mil setecientos veinticinco metros con cero decímetros
cuadrados. Linda norte, Audelina Tencio Molina y Didier Vidal
Martínez Picado, sur, Rodrigo Martínez Picado, este, calle pública
con un frente a esta de 15.49 metros lineales, oeste, Jorge Navarro
Piedra. Graficado en el Plano Catastrado Número C-Un millón
seiscientos treinta y nueve mil novecientos cincuenta-dos mil
trece (C-1639950-2013), inmueble estimado en cinco millones de
colones y las diligencias en la suma de cinco millones de colones.
Manifiesta que no está inscrito, que carece de título inscribible y
que no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no
tiene condueños, ni pesan cargas reales. Lo adquirió por donación
de Didier Vidal Martínez Picado hace más de un año. Por medio de
este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para
que dentro del plazo de un mes, contado a partir de su publicación,
se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los
apercibimientos legales en caso de omisión.- Exp: 14-000067-0699AG.—Juzgado Agrario de Cartago, 02 de setiembre del 2014.—
Lic. María Rosa Castro García, Jueza.—1 vez.—(IN2014058830).
Se hace saber: que ante este despacho se tramita el expediente
N° 14-000040-1006-CI donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Efraín García Vargas quien es
mayor, estado civil soltero, vecino de Cartago, Turrialba, El Sauce
de Santa Teresita, portador de la cédula de identidad vigente que
exhibe número tres-ciento setenta y cinco- doscientos setenta y
cuatro, pensionado, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada
en la provincia de Cartago, la cual es terreno de solar. Situada en
el distrito quinto Santa Teresita, cantón quinto Turrialba, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte, Doris Montero Jiménez;
al sur, camino público; al este, Leonardo Montero Araya y al oeste,
Doris Montero Jiménez. Mide: ciento setenta y siete metros con
cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Indica el promovente que
sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes,
Martes 30 de setiembre del 2014
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación
y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho
inmueble en la suma de seiscientos mil colones. Que adquirió dicho
inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en mantenimiento de cercas, limpieza general y poda de árboles.
Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación
de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria, promovida por Efraín
García Vargas. Exp: 14-000040-1006-CI.—Juzgado Civil Mayor
Cuantía de Turrialba, 01 de setiembre del 2014.—Lic. Wilberth
Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—(IN2014058834).
Se hace saber: que ante este despacho se tramita el expediente
N° 14-000121-0640-CI donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Elida Ester de Los Ángeles Arias
Cordero quien es mayor, casada una vez, vecina de Quebradilla de
Cartago, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe
número 3-0373-0900, de hogar, a fin de inscribir a su nombre y
ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: finca cuya naturaleza es cultivo de café. Situada en el distrito
Quebradilla, cantón Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda:
al norte Benjamín Cordero Artavia; al sur calle pública; al este
Adela Arias Cordero y al oeste Marta Alfaro Artavia. Mide: mil
doscientos veinticuatro metros cuadrados, tal como lo indica el
plano catastrado número C-1563621-2012. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio
y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la
suma de cinco millones de colones cada una. Que adquirió dicho
inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de
dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los
actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas y
siembra de café. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley
de informaciones posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro
del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Elida Ester de los Ángeles
Arias Cordero. Exp: 14-000121-0640-CI.—Juzgado Agrario de
Cartago, 27 de agosto del 2014.—Licda. María Rosa Castro García,
Jueza.—1 vez.—(IN2014058836).
Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente
N° 14-000122-0640-CI donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Amable Adela de los Ángeles
Arias Cordero quien es mayor, casada una vez, vecina de Quebradilla
de Cartago, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe
número 3-0273-0444, profesión de hogar, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que
se describe así: finca cuya naturaleza es cultivo de café. Situada en
el distrito Quebradilla, cantón Cartago, de la provincia de Cartago.
Colinda: al norte, Benjamín Calderón Artavia; al sur, calle pública;
al este, Elidia Ester Arias Cordero y al oeste, Inés de los Ángeles
Arias Cordero. Mide: mil doscientos veinticuatro metros cuadrados,
tal como lo indica el plano catastrado número C-1563622-2012.
Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por
objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias
en la suma de cinco millones de colones cada una. Que adquirió
dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en
forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título
de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que
los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas y
siembre de café. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley
BOLETIN JUDICIAL Nº 187 — Pág 19
de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos.
Proceso información posesoria, promovida por Amable Adela de
los Ángeles Arias Cordero. Exp: 14-000122-0640-CI.—Juzgado
Agrario de Cartago, 27 de agosto del año 2014.—Licda. Rebeca
Salazar Alcocer, Jueza.—1 vez.—(IN2014058851).
Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente
N° 14-000141-0507-AG donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Claudio Saldaña Granados quien
es mayor, casado una vez, vecino de San Cristóbal de Guácimo,
100 metros oeste de la plaza de deportes, cédula seis-cero setenta
y cinco-novecientos treinta y nueve, supervisor, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca cuya naturaleza es cacao. Situada en
Parismina en el distrito cuarto Roxana, cantón segundo Pococí, de la
provincia de Limón. Colinda: al norte, Claudio Saldaña Granados;
al sur, Río Limbo, al este, Roxana Farm S. A., y en parte río Limbo
y al oeste, Francisco Arce Rojas y en parte río Limbo. Mide: una
hectárea dos mil novecientos cuarenta y cinco metros (cuadrados),
tal como lo indica el plano catastrado número L-635312-2000.
Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por
objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima las presentes diligencias en la suma de tres
millones de colones y el inmueble en la suma de diez millones de
colones. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida,
de buena fe y a título de dueño por más de 22 años. Que no
existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en
mantenimiento y cultivos. Que no ha inscrito mediante el amparo de
la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria,
a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por
Claudio Saldaña Granados. Exp: 14-000141-0507-AG.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica,
Pococí, 29 de agosto del 2014.—Lic. Rónald Rodríguez Cubillo,
Juez .—1 vez.—(IN2014058852).
Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente
N° 14-000157-0507-AG donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Sirleny María Leitón Chacón
quien es mayor, soltera, vecina de Guácimo, Limón, distrito Río
Jiménez, portadora de la cédula de identidad número 07 0219
0787, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante
el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así:
finca cuya naturaleza es terreno con casa y frutales. Situada en el
distrito: cuarto Río Jiménez, cantón: sexto Guácimo, de la provincia
de Limón. Colinda: al norte, Félix Pedro Vanegas Álvarez; al sur,
Félix Pedro Vanegas Álvarez, servidumbre de paso con un ancho de
cuatro metros lineales y un largo de sesenta y tres metros lineales
y Bernarda del Socorro Vanegas Álvarez; al este, Mario Villalobos
Villalobos y al oeste, Félix Pedro Vanegas Álvarez. Mide: cinco mil
ciento ocho metros con setenta y ocho decímetros cuadrados, tal
como lo indica el plano catastrado número L-735423-1988. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales
o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y
estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma
de tres millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble
por compra venta y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta,
pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño
por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de
posesión han consistido en chapeas y siembra de palmito. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias
de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes
Pág 20 — BOLETIN JUDICIAL Nº 187
Martes 30 de setiembre del 2014
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria,
promovida por Sirleny María Leitón Chacón. Exp: 14-0001570507-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la
Zona Atlántica, Pococí, 27 de agosto del año 2014.—Lic. Ronald
Rodríguez Cubillo, Juez.—1 vez.—(IN2014058853).
Auto Defensas Pista Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-334372, domiciliada en San Juan de Grecia, Alajuela,
1500 metros al oeste de la Ermita, representada por su apoderado
generalísimo señor Bodney Gerardo Lizano Alvarado, mayor,
casado una vez, empresario, cédula 1-794-688, vecino de San Juan
de Grecia, Alajuela, un kilómetro y medio al norte, de la Ermita.
Solicita se levante Información Posesoria a fin de que se inscriba a su
nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir
que le pertenece y que se describe así: terreno de pasto y charral,
en la actualidad cultivado de yuca, sito en Boca Tapada de Pital,
distrito seis de San Carlos, cantón diez de la provincia de Alajuela.
Lindante al norte: Alberto Jiménez Castro, al sur, Compañía Víquez
y Barrantes de Grecia S.R.L, al este, Mario José Rojas Chaves y al
oeste, calle pública con un frente a ella de ciento noventa y cuatro
metros con cincuenta y cinco centímetros lineales. Mide de acuerdo
al plano aportado A-568802-99, una superficie de diez mil cincuenta
y ocho metros quince decímetros cuadrados. El fundo descrito lo
adquirió la sociedad titulante por compra a la entidad Willbod
Alico de Boca S. A, cédula jurídica 3-101-550803, domiciliada
en Bolívar de Grecia, Alajuela, quien le cedió y transfirió los
derechos de posesión que tanto ella como anteriores poseedores
han ejercido sobre el inmueble, por más de quince años, en forma
quieta, pública, pacífica, ininterrumpida y a título de dueños, ello
mediante escritura pública número veintisiete otorgada ante el
Notario Público Josué Campos Madrigal, a las dieciocho horas del
cuatro de junio de dos mil catorce. El fundo fue estimado en la suma
de cinco millones de colones y las diligencias fueron estimadas en
dos millones de colones. Con un mes de término contado a partir
de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se
crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen
en defensa de sus derechos. Información posesoria Exp. N° 14000185-0298-AG promovida por Auto Defensas Pista S. A.—
Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
Ciudad Quesada, 01 de setiembre del 2014.—Lic. Federico
Villalobos Chacón, Juez.—1 vez.—(IN2014058855).
Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente
N° 13-000081-0815-AG donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Fernando Chaves Aguilar,
quien es mayor, soltero, vecino de Alajuela, Atenas Estanquillos,
quinientos metros noreste del recibidor de Café de Coopeatenas
R.L., portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número
dos-quinientos cinco-cuatrocientos cincuenta y ocho, trabajador
en hotelería, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya
naturaleza es terreno de repastos y charral. Situada en el distrito dos
Desmonte, cantón Cuatro San Mateo, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, con Reinaldo Vargas Rojas; al sur, con Maritza y
Mariana Espinoza Arguedas; al este, con Reinaldo Vargas Rojas y
al oeste, Carlos Luis Alvarado Solórzano. Mide: cincuenta y nueve
mil setecientos cinco metros con sesenta decímetros cuadrados,
tal como lo indica el plano catastrado número A-452551-1997 de
fecha 24 de noviembre de 1997. Indica el promovente que sobre
el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y
que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble
en la suma de cinco millones de colones, y las presentes diligencias
en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble
por prescripción positiva al ser donada por su padre en forma
verbal, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública,
pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más
de siete años. Que existen condueños. Que los actos de posesión
han consistido en mantener el terreno debidamente delimitado y
sembrado de pasto. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley
de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata
del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación
de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria, promovida por Fernando
Chaves Aguilar. Exp: 13-000081-0815-AG.—Juzgado Agrario del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de agosto del 2014.—
Lic. Wilberth Álvarez Li, Juez.—1 vez.—(IN2014058985).
D Y L Bros S. A. cédula jurídica 3-101-625871, domiciliada
en Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 50 metros al sur del
Hogar de Ancianos San Gabriel, representada por su apoderada
generalísima Jesenia Chavarría Chaves, mayor, soltera, estudiante,
vecina de San Juan de Ciudad Quesada, cédula 2-675-221. Solicita
se levante información posesoria a fin de que se inscriba a su
nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir
que le pertenece y que se describe así: terreno de potrero, sito en
Río Cuarto, distrito seis de Grecia, cantón tres de la provincia
de Alajuela. Linda al norte, Oldina, Ana Alicia, Eneida Dalila,
Liliam María y María Emilia, todas González Murillo, al sur, calle
pública con un frente a ella de doscientos un metros con cero dos
centímetros lineales, al este, Marvin de la Trinidad Brenes Jiménez
y Andiamo Piano S. A. y al oeste, Andiamo Piano S. A. Mide de
acuerdo al plano catastral aportado número A-1652803-2013, una
superficie de ciento cincuenta y dos mil doscientos noventa y seis
metros cuadrados. Manifiesta la representante de la titulante, que
su representada adquirió el inmueble descrito, por venta que le
hizo el señor Juan Alexander Brenes Jiménez, mayor, casado una
vez, agricultor, vecino de La Tabla de Río Cuarto de Grecia, cédula
6-141-059, quien le traspasó los derechos posesorios ejercidos en
dicha finca, ello mediante contrato de compra-venta en escritura
pública número 42 otorgada ante el notario público Mario Alberto
Acosta Gutiérrez, a las 11 horas del 07-05-13. El fundo fue estimado
en la suma de cinco millones de colones y las diligencias fueron
estimadas en la suma de un millón de colones. Con un mes de
término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita
a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a
efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información
posesoria. Exp. Nº 13-000124-0298-AG promovida por D Y L
Bros S. A.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, Ciudad Quesada, 05 de setiembre del 2014.—Lic. Ana
Milena Castro Elizondo, Jueza.—1 vez.—(IN2014058987).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 13-000183-0993-AG donde se promueven diligencias de
Información Posesoria por parte de Yamileth Cambronero Alpízar,
mayor, ama de casa, soltera, vecina de Volio de San Ramón, cédula
de identidad vigente que exhibe número 2-434-455, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca cuya naturaleza es agricultura y una casa.
Situada en Alto Villegas, distrito 10 Volio, cantón 02 San Ramón, de
la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Eliomar Núñez Cartín e
Israel Cambronero Rodríguez; al sur, Juan Ramón Céspedes Alpízar
y Norberto Cambronero Alpízar; al este, calle pública; y al oeste,
Eliomar Núñez Cartín. Mide: ocho mil quinientos veinticuatro
metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número
A-1466702-2010. Indica la promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información
no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de
un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de diez millones de colones cada una. Se
emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información
Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a
hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida
por Yamileth Cambronero Alpízar. Exp. 13-000183-0993-AG.—
Juzgado Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San
Ramón, 28 de agosto del 2014.—Lic. Tatiana Rodríguez Herrera,
Jueza.—1 vez.—(IN2014059193).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 14-000034-1002-AG donde se promueven diligencias de
Información Posesoria por parte de Jorge Evelio Ramírez Calderón
quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Cartago, Turrialba,
Martes 30 de setiembre del 2014
La Suiza, Barrio El Progreso, ochocientos metros al noroeste de la
escuela, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número
3-0434-0335, profesión guarda de seguridad, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que
se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de potrero. Situada
en el distrito 02 La Suiza, cantón 05 Turrialba, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Río Pacayitas; al este,
Río Pacayitas; y al oeste, Río Pacayitas y Sergio Quirós Paniagua.
Mide: siete mil trescientos cincuenta metros cuadrados, tal como
lo indica el plano catastrado número C-1661384-2013. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales
o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio
y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la
suma de cuatro millones de colones cada una. Que adquirió dicho
inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de
dueño por más de veintinueve años. Que no existen condueños. Que
los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas,
chapia, fumigaciones, fertilización. Que no ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria,
a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida
por Jorge Evelio Ramírez Calderón. Exp. 14-000034-1002-AG.—
Juzgado Agrario de Turrialba, 27 de agosto del 2014.—Lic.
Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—(IN2014059197).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 14-000044-1002-AG donde se promueven diligencias de
Información Posesoria por parte de Santos Bravo Hidalgo quien es
mayor, estado civil casado una vez, vecino de Cartago, Turrialba,
La Suiza, Pacayitas, portador de la cédula de identidad vigente
que exhibe número 3-0267-0827, profesión agricultor, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad,
el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de
caña. Situada en el distrito 02 La Suiza, cantón 05 Turrialba, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con un frente
de ciento sesenta y cuatro metros con treinta y cinco centímetros
lineales; al sur, Olga Hidalgo Calderón y Celina Hidalgo Bravo;
al este, calle pública; y al oeste, Rafael Hidalgo Calderón. Mide:
cuatro mil ochocientos noventa y cinco metros cuadrados, tal
como lo indica el plano catastrado número C-1600933-2012.
Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un
proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que
adquirió dicho inmueble por posesión decenal, y hasta la fecha lo
ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida,
de buena fe y a título de dueño por más de treinta años. Que no
existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en
limpieza, mantenimiento de cercas, mantenimiento de terreno,
levantando de cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo
de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación
de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Santos
Bravo Hidalgo. Exp. 14-000044-1002-AG.—Juzgado Agrario de
Turrialba, 28 de agosto del 2014.—Lic. Wilberth Herrera Delgado,
Juez.—1 vez.—(IN2014059199).
Productos Agropecuarios Cerros Pirineos Hermanos Loria S.
A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos un mil ochocientos
ocho, representada por William Loria Arias, mayor de edad,
divorciado una vez, agricultor, vecino de Quebrada Grande de
Tilarán, cédula de identidad cinco-cero noventa y uno-ciento ochenta
y siete, promueve Información Posesoria. Pretende inscribir a su
nombre en el Registro Público Inmobiliario, libre de gravámenes
BOLETIN JUDICIAL Nº 187 — Pág 21
y cargas reales, el inmueble que se describe así: Terreno de pastos
con tres apartos, situado en Quebrada Grande [distrito segundo], de
Tilarán [cantón octavo], de la provincia de Guanacaste. Linderos:
al norte, Quebrada Grande en medio de Dagu de Tilarán S. A.; al
sur, calle pública con un frente de ciento treinta y dos metros con
veinticuatro centímetros lineales; al este, Francisco Álvarez Soto; y
al oeste, Productos Agropecuarios Cerros Pirineos Hermanos Loría
S. A. Según plano catastrado G-un millón seiscientos noventa y dos
mil ochocientos cuarenta y uno-dos mil trece. Mide de extensión
dieciséis hectáreas tres mil trescientos ochenta y seis decímetros
cuadrados. Manifiesta que no está inscrito, que carece de título
inscribible y que no pretende evadir las consecuencias de un juicio
sucesorio, no tiene condueños, ni pesan cargas reales ni gravámenes
sobre el inmueble. Lo adquirió por compraventa de William Loría
Arias el 12 de agosto de 2014. Estima el inmueble en dos millones
de colones y el proceso en cien mil colones. Por el plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a todas
las personas interesadas para que se apersonen en defensa de sus
derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Productos
Agropecuarios Cerros Pirineos Hermanos Loría S. A. Exp. 14000160-0387-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, Liberia, 08 de setiembre del 2014.—Lic.
Ruth Alpízar Rodríguez, Jueza.—1 vez.—(IN2014059205).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 07-160101-0642-AG donde se promueven diligencias de
Información Posesoria por parte de Yirlany Morales Figueroa quien
es mayor, estado civil viuda, vecina de Silencio, Savegre, Aguirre
de Puntarenas, portadora de la cédula de identidad vigente que
exhibe número seis-dos cero nueve-tres cinco cinco, profesión ama
de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de
la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza
es terreno de potrero y montaña. Situada en el distrito segundo
Savegre, cantón sexto Aguirre, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, con Patricia Gramal y Melvin Duarte; al sur,
con Phillip Jean Forniend, servidumbre y Miguel A. Chinchilla
Mena; al este, con Melvin Duarte, Gulmaro Angulo y Edén Piedra
Garro, y al oeste, con Julio Bermúdez Arias. Mide: Treinta y cinco
hectáreas, tal como lo indica el plano catastrado número seis-uno
uno nueve dos cinco uno siete-dos cero cero siete (P-11925172007). Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no
tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las
presentes diligencias en la suma de ocho millones de colones. Que
adquirió dicho inmueble de Ignacio Morales Sánchez el nueve de
julio del mil novecientos noventa y ocho y hasta la fecha lo ha
mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de
buena fe y a título de dueño por más de treinta y un años. Que no
existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en
la adquisición por compra. Que si ha inscrito mediante el amparo
de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos
los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a
efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por
Yirlany Morales Figueroa. Expediente N° 07-160101-0642-AG.—
Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Sandra Trejos
Jiménez, Jueza.—1 vez.—(IN2014059261).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 10-100151-0425-CI donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Miguel Ángel Alfaro Retana
quien es mayor, estado civil casado, vecino de Punto de Mira, 100
metros sur de la escuela, Savegre, Aguirre de Puntarenas, portador
de la cédula de identidad vigente que exhibe número uno-cinco
uno cuatro-tres cero seis, profesión agricultor, a fin de inscribir a
su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de breñones.
Situada en el distrito segundo Savegre, cantón sexto Aguirre, de
la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con Édgar Jiménez
Jiménez; al sur, con calle pública con un medida lineal de doscientos
Pág 22 — BOLETIN JUDICIAL Nº 187
Martes 30 de setiembre del 2014
cincuenta y cinco metros con sesenta y dos centímetros; al este, con
calle pública con un medida lineal de doscientos cincuenta y cinco
metros con sesenta y dos centímetros y Édgar Jiménez Jiménez, y
al oeste, con Lorenzo Martín Alfaro Retana. Mide: Una hectárea
con ocho mil doscientos noventa y dos metros con cuarenta y ocho
decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número
seis-nueve seis ocho ocho cero seis-dos cero cero cuatro (P-9688062004). Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no
pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un
proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de veinte millones ciento veintiún mil
setecientos veintiocho colones. Que adquirió dicho inmueble por
posesión originaria , y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta
, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño
por más de quince años. Que no existen condueños. Que los actos de
posesión han consistido en cercas, cultivos, así como mantenimiento
en general de la limpieza del terreno. Que si ha inscrito mediante
el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria,
a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por
Miguel Ángel Alfaro Retana. Exp: 10-100151-0425-CI.— Juzgado
Civil y Agrario de Puntarenas.—Licda. Sandra Trejos Jiménez,
Jueza.—1 vez.—(IN2014059262).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 11-000040-1129-AG donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Olivier Espinoza Marín quien
es mayor, casado una vez, vecino de Platanares de Pérez Zeledón,
800 metros norte de la escuela de San Carlos, portador de la cédula
de identidad vigente que exhibe número 02-0311-0532, agricultor,
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza
es terreno de café. Situada en el distrito sexto, cantón diecinueve,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública, y otra
propiedad de Oliver Espinoza Marín; al sur, otra propiedad de
Olivier Espinoza Marín; al este, otra propiedad de Olivier Espinoza
Marín, y al oeste, otra propiedad de Olivier Espinoza Marín. Mide:
quince mil quinientos tres metros con cero decímetros cuadrados,
tal como lo indica el plano catastrado número SJ-1439953-2010.
Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por
objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias
en la suma de dos millones quinientos mil colones cada una. Que
adquirió dicho inmueble por venta que le hiciera la señora Elsa
Elizondo Hernández en el año mil novecientos ochenta y dos,
y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública,
pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por
más de veintinueve años. Que no existen condueños. Que los
actos de posesión han consistido en mantenimiento de carriles,
cercas, sembrar y cuidar el café, dar mantenimiento al cafetal y
recolectar la cosecha. Que no ha inscrito mediante el amparo de
la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos
los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a
efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por
Olivier Espinoza Marín. Expediente N° 11-000040-1129-AG.—
Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona
Sur, Pérez Zeledón, 10 de setiembre del año 2014.—Lic. William
Roberto Arburola Castillo, Juez.—1 vez.—(IN2014059264).
Se hace saber Que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 11-000079-1129-AG donde se promueven diligencias de
Información Posesoria por parte de Alfredo c.c Alejandro Bermúdez
Salas, quien es mayor, casado, vecino de San Ramón Norte de Pérez
Zeledón, un kilómetro al norte de la escuela del lugar, portador
de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-191-753,
agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: Terreno de café y
montaña. Situado en el distrito Páramo, cantón Pérez Zeledón,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, Alfredo Bermúdez
Salas; al sur, calle pública y Eliécer Bermúdez Torres; al este, María
Bermúdez Torres, Irma Bermúdez Torres, Cecilia Bermúdez Torres,
Efrén Bermúdez Torres y servidumbre agrícola, y al oeste, Alejandro
Bermúdez Salas. Mide: veinticinco mil doscientos cuarenta y tres
metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número
SJ-1383327-2009. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información
no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de
un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de tres millones de colones cada una. Que
adquirió dicho inmueble por donación del señor Ananías Bermúdez
Salas, quien es su hermano, y hasta la fecha lo ha mantenido en
forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título
de dueño por más de cincuenta años. Que no existen condueños. Que
los actos de posesión han consistido en confeccionar cercas, y cuido
y limpieza del inmueble, asistencia y recolecta de café. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias
de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
Posesoria, promovida por Alfredo c.c Alejandro Bermúdez Salas.
Expediente N° 11-000079-1129-AG.—Juzgado Agrario del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 10 de
setiembre del año 2014.—Lic. William Roberto Arburola Castillo,
Juez.—1 vez.—(IN2014059265).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 12-000084-1129-AG donde se promueven diligencias de
Información Posesoria por parte de Ignacio Navarro Elizondo quien
es mayor, soltero, vecino de Los Ángeles de Rivas de Pérez Zeledón,
un kilómetro oeste de la Escuela Talari, portador de la cédula de
identidad vigente que exhibe número 01-1035-0669, agricultor, a fin
de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad,
el terreno que se describe así: Terreno de pasto y cultivos. Situada
en el distrito cuarto, cantón diecinueve, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Alexander Barrantes Elizondo, Allan Navarro
Elizondo, Héctor Elizondo Mora, Orlando Navarro Romero y
José Luis Hidalgo Meza; al sur, Julio Elizondo Martínez; al este,
Gerardo Martínez Hidalgo, y al oeste, calle pública con un frente
a ella de novecientos cuarenta y nueve metros con cuarenta y un
centímetros. Mide: doscientos ocho mil ochocientos noventa y dos
metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número
SJ un millón trescientos cuarenta y un mil ciento sesenta - dos mil
nueve. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no
pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un
proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Que
adquirió dicho inmueble por compra que hiciera al señor Orlando
Elizondo Mora, el día diecisiete de abril del 2012, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida,
de buena fe y a título de dueño por más de veinte años. Que no
existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en
mantenimiento y reparación de cercas, chapias, cuido y vigilancia, así
como la siembra de productos agrícolas. Que no ha inscrito mediante
el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria,
a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por
Ignacio Navarro Elizondo. Expediente N° 12-000084-1129-AG.—
Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur,
Pérez Zeledón, 17 de febrero del año 2014.—Lic. William Roberto
Arburola Castillo, Juez.—1 vez.—(IN2014059268).
Martes 30 de setiembre del 2014
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 12-000231-0391-AG/4 donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Woon Je Cho quien es mayor,
casado una vez, pastor misionero, vecino de Nicoya, Guanacaste,
Bosques Don José, cédula de residencia número 141000003130,
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es
potrero. Situado en Nicoya, distrito primero, Nicoya, cantón segundo
Nicoya, provincia de Guanacaste. Colinda al norte, con Roberto
Zumbado Arias quebrada en medio; sur, Roberto Zumbado Arias
servidumbre de paso con un frente de 57 metros 40 centímetros; este,
Roberto Zumbado Arias, y oeste, Roberto Zumbado Arias. Mide
cinco mil setenta y seis metros setenta decímetros cuadrados, tal
como lo indica el plano catastrado número G-1169250-07. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales
o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la
tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima
el inmueble en la suma de cuatro millones de colones. Que adquirió
dicho inmueble por compra y hasta la fecha lo ha mantenido en
forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título
de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los
actos de posesión han consistido en mantenimiento y construcción
de cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro
del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Woon Je Cho. Expediente N°
12-000231-0391-AG/4.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 8 de setiembre del 2014.—
Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—(IN2014059274).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 13-000181-0296-CI donde se promueven diligencias de
Información Posesoria por parte de Asociación de Desarrollo
Integral de Bolívar, Piedades Norte, San Ramón, cédula jurídica N°
3-002-084214, representa por María Elena Fernández Ureña, quien
es mayor, estado civil: unión de hecho, vecina de Bolívar de Piedades
Norte de San Ramón, 600 metros al noroeste del Templo Católico,
calle del Silencio, portadora de la cédula de identidad vigente que
exhibe N° 02-0536-778, profesión educadora, a fin de inscribir a
nombre de Asociación de Desarrollo Integral de Bolívar, Piedades
Norte, San Ramón y ante el Registro Público de la Propiedad,
el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de
Alajuela, la cual es terreno construido en su totalidad por el Salón
Comunal. Situada: en el distrito cuarto Piedades Norte, cantón
segundo San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
calle pública con un frente a ella de veintitrés metros con setenta y
nueve centímetros lineales; al sur, Caja Costarricense del Seguro
Social y Francisca Fabiola Quesada Matamoros; al este, Mauricio
Guillén Pérez, y al oeste, Orlando Salazar Rodríguez y Francisca
Fabiola Quesada Matamoros. Mide: seiscientos dos metros
cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no
tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio, y estima dicho inmueble en la suma
de tres millones de colones. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación
de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Asoc.
Desarrollo Int. Bolívar Piedades Sur S. R. Expediente N° 13000181-0296-CI.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial
de Alajuela (San Ramón), San Ramón, 7 de abril del 2014.—Dr.
Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014059835).
Se hace saber que ante este Despacho se encuentra el
expediente N° 14-000177-0388-CI, el cual corresponde a un
proceso de diligencias de Información Posesoria, promovido por
Ericka Valdivia Pérez, quien es mayor, casada una vez, ama de
casa, nicaragüense, cédula de residencia N° 155813379524, y
vecina de Villareal de Santa Cruz, Guanacaste, ciento veinticinco
BOLETIN JUDICIAL Nº 187 — Pág 23
metros al oeste del Súper Kalima, carretera hacia Tamarindo; el cual
interpuso a fin de que se inscriba a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, un terreno que es para construir. Situado:
en Villarreal, distrito 9° (Tamarindo), cantón 3° (Santa Cruz),
provincia de Guanacaste; el cual colinda: al norte, Geovani Zamora
Santana, servidumbre de paso y José Antonio Zamora Rosales; sur,
Manuel Zamora Contreras; este, José Clemente Zamora Contreras,
y oeste, Manuel Zamora Contreras. Mide: 241 m2, según plano N°
G-1734210-2014. Indica la parte promotora: que sobre el mismo no
pesan cargas reales o gravámenes, que mediante dicho proceso no
pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, que estima
el inmueble en un millón de colones, que lo adquirió mediante una
compra que le hizo al señor Manuel Zamora Contreras, mayor,
casado una vez, salonero, cédula N° 5-082-563, y con quien no
le liga parentesco alguno, el día primero de marzo del dos mil
once, que hasta la fecha lo ha poseído en calidad de única persona
propietaria y en forma continua, pública y pacífica; que los actos
de posesión que ha ejercido sobre él han consistido en limpiar el
terreno, y cercarlo; que no ha inscrito mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles y que carece de
título inscribible de dominio. Por tal razón y de conformidad con
el artículo 5° de la Ley de Informaciones Posesorias, se emplaza
por este medio a todas las personas interesadas en este asunto, a
efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho a hacer
valer sus derechos.—Juzgado Civil y de Trabajo de Santa Cruz
(Guanacaste), 8 de setiembre del 2014.—Lic. Mauricio Jiménez
Sequeira, Juez.—1 vez.—(IN2014059893).
Marta Zulay Orozco Barrantes, mayor, divorciada una vez,
terapeuta física, portadora de la cédula de identidad número dostrescientos cuarenta y uno-cero ochenta y ocho, vecina de Rincón
de la Vieja, Guanacaste, promueve diligencias de información
posesoria, para inscribir a su nombre en el Registro Público de
la Propiedad, el inmueble que a continuación detallo: terreno: es
terreno de tacotal. Situado: Sinai, del distrito Piedras Blancas, cantón
Osa, de la provincia de Puntarenas. Mide: cuatro hectáreas dos mil
quinientos veintisiete metros cuadrados. Linda: norte, Dagoberto
Bermúdez Mora y Víctor Rivera Garbanzo; sur, Marciano Núñez
Rosales, Víctor Rivera Garbanzo con servidumbre agrícola de por
medio en parte; este, Víctor Rivera Garbanzo con servidumbre
agrícola de por medio en parte, y oeste, Marciano Núñez Rosales.
Plano catastrado N° P-1596235-12. Se estima el inmueble en la
suma de dos millones quinientos mil colones. Se cita y emplaza
a todos los interesados, colindantes y a los que se creyesen con
mejor derecho del terreno que se pretende inscribir para que dentro
del término de un mes, contado a partir de la publicación de este
edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derecho,
bajo el apercibimiento de que, si así no lo hicieren, se ordenará su
inscripción en el Registro. Información Posesoria N° 13-000043419-AG interno 49-3-13 de Marta Zulay Orozco Barrantes.
Notifíquese.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial
de la Zona Sur, Corredores, 26 de marzo del 2013.—Lic. Juan
Gutiérrez Villalobos, Juez.—1 vez.—(IN2014059930).
Playa de Manos S. A., cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos trece mil ciento treinta, representada judicial y
extrajudicialmente por Jan Buchanan, mayor, casada en segunda
nupcias, ejecutiva del hogar, de nacionalidad estadounidense con
pasaporte de su país cuatro seis siete ocho cero cero cinco seis
tres, y vecina de Puerto Jiménez, Golfito, Puntarenas, promueve
Información Posesoria para inscribir a nombre de su representada
ante el Registro Público de la Propiedad, libre de gravámenes y
cargas reales, el inmueble que a continuación se detalla: terreno de
montaña y tacotal. Situado: en Punta Isidora, distrito tercero: Sierpe,
cantón quinto: Osa, provincia de Puntarenas. Linderos: norte, Sephyr
S. A., y calle pública con un frente a ella de ciento cuarenta y un
metros con cincuenta y un centímetros lineales; sur, Víctor Molina
Agüero; este, calle pública con un frente a ella de trescientos treinta
metros con setenta y nueve centímetros lineales; oeste, Adei S. A.
y Zona Marítimo Terrestre. Según plano catastrado N° P-12151822008 con una medida de dieciocho hectáreas con dos mil quinientos
setenta y siete metros con noventa y cuatro centímetros cuadrados.
Pág 24 — BOLETIN JUDICIAL Nº 187
Martes 30 de setiembre del 2014
Se estima el inmueble y las presentes diligencias en la suma de diez
millones de colones. Se cita y se emplaza a todos los interesados,
colindantes y a los se creyesen con mejor derecho del terreno que
se pretende inscribir para que dentro del plazo de un mes contado
a partir de la publicación de este edicto judicial, se apersonen a
hacer vales sus derechos, bajo apercibimiento de que, si así no lo
hicieren, se ordenará su inscripción en el Registro. Expediente N°
13-000144-0419-AG interno (160-2-13). Información Posesoria de
Playa de Monos S. A.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Sur, Corredores.—Lic. Marisel Zamora Arias,
Jueza.—1 vez.—(IN2014059931).
Bernardo Augusto Araya Muñoz, mayor, casado de segundas
nupcias, empresario, cédula número uno-quinientos diez-doscientos
uno, vecino de cuarenta y cinco seis dos SW image port.st, Lucie,
Florida, 34953-6886, Estados Unidos de América, establece
diligencias de Información Posesoria para inscribir a su nombre
en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que
se describe así: Terreno de bosque segundario y tacotal. Situado:
en el Barrio La Fuente, distrito primero: Corredor, cantón décimo:
Corredores, provincia: Puntarenas, con los siguientes lindantes:
norte, Miguel Alfaro Arce; sur, Edith Ríos Hernández, Gerardo
Renzo Gómez Badilla, Elieth Rodríguez Barquero y Luis Zamora
Soto; este, Jorge Jiménez Carrera; oeste, Arali S. A. Plano
catastrado N° P-1625943-2010 con una medida de setenta y dos
mil ochocientos ocho metros cuadrados. Se estima el inmueble y
las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones.
Sobre el mismo no pesan gravámenes ni cargas reales. Con un mes
de plazo a partir de la publicación de este edicto, se emplaza a todos
los que se creyeren con derecho alguno, para que se apersonen
en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si no
verifican. Expediente N° 14-000008-419-AG (Interno 13-2-14).—
Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur,
Corredores, 9 de abril del 2014.—Lic. Juan Gutiérrez Villalobos,
Juez.—1 vez.—(IN2014059934).
Citaciones
Por el plazo de treinta días a partir de la publicación del presente
edicto, se cita y se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y
demás interesados en rendir oposición a las presentes diligencias
sucesorias de quien en vida fuera Asdrúbal Arce Rojas, mayor,
casado una vez, agricultor, portador de la cédula número 2-118-867,
vecino de Santa Bárbara de Heredia, para que manifiesten lo que
crean pertinentes dentro del referido plazo, bajo apercibimiento de
que en caso de omitirlo, la herencia pasará a quien corresponda.
Exp. 14-000419-926-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor
Cuantía de San Joaquín de Flores.—Lic. Luis Rodrigo Campos
Gamboa, Juez.—1 vez.—(IN2014056108).
Se cita y se emplaza a todos los interesados en la sucesión de
Abraham Kruk, de un solo apellido en razón de su nacionalidad
norteamericana, mayor, divorciado, empresario, portador de la
cédula de residencia número uno ocho cuatro cero cero cero cuatro
dos ocho siete uno cinco, vecino de San José, doscientos metros
al norte del final del Boulevard de Rohrmoser, para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos.
Se apercibe por este medio a los que crean tener la calidad de
herederos, que si no se presentan dentro del plazo indicado, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente 03-2014. Notaría
sita en San José, Barrio Córdoba, de la iglesia católica, 300
metros al este y 25 metros al sur. Teléfono 2227-1397.—San José,
09 de setiembre de 2014.—Lic. Ángela María Garro Contreras,
Notaria.—1 vez.—(in2014058541).
Se hace saber: que en este despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Alicia Aguilar Vargas, cédula
dos-ciento sesenta y seis-doscientos setenta y tres, mayor, soltera,
educadora, vecina de Grecia. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento
a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se
apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 14-000109-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia,
18 de agosto del año 2014.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara,
Jueza.—1 vez.—(IN2014058957).
Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y
en general a todos los interesados en la reapertura de la sucesión
de Isaac Fernando Solano Murillo, quien fue mayor, casado
una vez, empleado municipal, cédula número uno-seiscientos
sesenta y ocho-ochocientos cincuenta, vecino de San José; para
que dentro del plazo de tres días contados a partir de la primera
y única publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la
herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará
a quien corresponda. Exp. 04-000740-182-CI (6) sucesión de Isaac
Fernando Solano Murillo.—Juzgado Tercero Civil de Mayor
Cuantía de San José, 05 de agosto de 2014.—Lic. Osvaldo López
Mora, Juez.—1 vez.—(IN2014059183).
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Luis Alfonso González Zamora,
mayor, costarricense, masculino, casado una vez, con documento
de identidad 0301850514 y vecino del Barrio Corazón de Jesús
de Turrialba centro, hijo del señor German González Sánchez y
la señora Mirta Teresita Zamora García, falleció el día dieciséis
de mayo del dos mil catorce en la cuidad de Turrialba. Se cita a
los(as) herederos(as), legatarios(as), acreedores y en general a
todos(as) los(as) interesados (as), para que dentro del plazo de
treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se
apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 14-000070-0341-CI.—Juzgado Civil Mayor
Cuantía de Turrialba, 21 de agosto del 2014.—Lic. Wilberth
Herrera Delgado, Juez Civil.—1 vez.—(IN2014059187).
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Antonia Angulo
Solórzano, mayor, casada en segundas nupcias, ama de casa, con
documento de identidad 0600540108 y vecina de Esquipulas de
Palmares, Urbanización La Hacienda, trescientos metros al este
y ciento cincuenta metros al sur de la escuela, casa 6H. Se cita
a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14000076-0296-CI.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial
de Alajuela, San Ramón, 26 de mayo del 2014.—Dr. Minor
Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014059206).
Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en
general a todos los interesados en la sucesión de Julio César Vargas
Umaña, quien fue mayor, casado, vecino de Desamparados, cédula
de identidad 1-0583-0677, para que dentro del plazo de treinta
días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los
que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan
en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Expediente
N° 14-100137-0217-CI. Sucesión de Julio César Vargas Umaña.—
Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San
José, Desamparados, 4 de julio del 2014.—MSc. Kattia Sequeira
Muñoz, Jueza.—1 vez.—(IN2014059241).
Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de
quien en vida se llamó Hipólita Mora Chavarría, quien fue mayor,
casada una vez, costarricense, cédula de identidad número 1-303326, vecina de Puriscal, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
a los autos a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento, a los
que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan
Martes 30 de setiembre del 2014
en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Sucesión N°
14-100065-197-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal,
Santiago, 10 de junio del 2014.—Lic. Jainer Alonso Gamboa
Muñoz, Juez.—1 vez.—(IN2014059246).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Luis Guillermo Valverde
Sánchez, mayor, funcionario del Instituto Costarricense de
Electricidad, casado una vez, nacionalidad costarricense, con
documento de identidad: 0302180910 y vecino del Barrio los Olivos
de Turrialba, hijo del señor Antonio Valverde Corrales y la señora
Cristina Sánchez Jiménez, masculino, falleció el día primero de
marzo de mil novecientos noventa y cinco, en la cuidad de Turrialba
de Cartago. Se cita a los(as) herederos(as), legatarios, acreedores
y en general a todos(as) los(as) interesados(as), para que dentro
del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de
que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien
corresponda. Expediente Nº 14-000068-0341-CI.—Juzgado Civil
Mayor Cuantía de Turrialba, 21 de agosto del año 2014.—Lic.
Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—(IN2014059251).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Ricardo Sandí Elebrock, mayor,
casado, pensionado, cédula de identidad 10114-2315 y vecino
de Limón, Barrio Los corales N° 1, primera alameda, casa color
terracota. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general
a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean
tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de
ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13000081-0678-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial
de la Zona Atlántica, 27 de agosto del año 2013.—Lic. Arnoldo
Víquez Esquivel, Juez.—1 vez.—(IN2014059255).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de Francisco Moreno Bustos, quien fuera mayor, casado,
vecino de Cartagena de Santa Cruz, cédula 1-346-249. Se cita
a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a
la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-000039-0388-CI.—
Juzgado Civil de Santa Cruz, 12 de agosto del año 2014.—Lic.
Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—1 vez.—(IN2014059260).
Se cita y emplaza a todos los interesados, herederos,
legatarios, acreedores en la sucesión de quien en vida se llamó:
María Isabel Valencia Valencia, quien fue mayor, portadora de la
cédula de identidad N° 06-025-0344, costarricense, viuda, viven
en Puntarenas Centro, para que dentro del término de treinta días
contado a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a reclamar sus derechos y aquéllos que crean tener la calidad
de herederos, que si no se presentan dentro de ese término, la
herencia pasará a quien corresponda. Proceso sucesorio N° 14100110-0642-CI-1.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas,
10 de setiembre del 2014.—Lic. Xinia González Grajales,
Jueza.—1 vez.—(IN2014059887).
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general
a todos los interesados en la sucesión de: Marvin Alexis Vargas
Méndez, quien fue mayor, divorciado una vez, mecánico industrial,
vecino de San Rafael Abajo, Urbanización “Vizcaya”, casa N° 31,
contiguo al bar “La flecha”, Desamparados, cédula de identidad
número tres-cero dos cuatro ocho-cero cinco cinco uno, para que
dentro del plazo de treinta días, comparezcan a este Despacho a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquélla
pasará a quien corresponda. Expediente N° 14-100153-0217-CI.—
BOLETIN JUDICIAL Nº 187 — Pág 25
Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San
José, Desamparados, Desamparados, 28 de agosto del 2014.—
MSc. Kattia Sequeira Muñoz, Jueza.—1 vez.—(IN2014059899).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Ángela
Hernández Arce, mayor, casada una vez, ama de casa, con cédula
número uno-doscientos setenta y ocho-ochocientos treinta y cuatro,
vecina de Guadalajara de Buenos Aires, quinientos metros al noroeste
de la Escuela; para que dentro del plazo de treinta días comparezcan
a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean
tener derecho a la herencia, de que si no se presentan dentro de ese
plazo aquella pasará a quien corresponda. Sucesorio N° 14-1000191046-CI (21-14) de Ángela Hernández Arce.—Juzgado Civil de
Mayor Cuantía de Buenos Aires, 18 de agosto del 2014.—Lic.
Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—(IN2014059901).
Ante esta notaría, del Lic. Félix Ángel Hernández Obando,
carné N° 15322, con oficina abierta en la provincia de San José,
cantón Desamparados, distrito primero, diagonal a la esquina
noreste de la plaza La Valencia en San Rafael Abajo, mediante
expediente N° 003-2014, se ha dado inicio al proceso sucesorio
en sede notarial de quien fuera: Óscar Jacinto Bogantes Zúñiga,
mayor, casado una vez, cédula N° 5-119-141, guarda, vecino de
Cañas, Guanacaste, del antiguo CNP, 175 metros al este, lado
derecho casa color verde, fallecido en Centro Cañas, Guanacaste,
el 23 de junio del 2014. Por este medio se emplaza a todos los
interesados a comparecer dentro del plazo de treinta días a partir de
esta publicación para hacer valer sus derechos, con apercibimiento
de que no hacerlo la herencia pasará a quien corresponda.—
Puntarenas, 9 de setiembre del 2014.—Lic. Félix Ángel Hernández
Obando, Notario.—1 vez.—(IN2014059944).
Avisos
Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces
consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a
la tutela testamentaria de la menor Neyerith Quesada Acuña, ya
por haber sido nombrados en testamento, ya por corresponderles
la legítima, para que se presenten dentro del plazo de quince
días contados a partir de la fecha de publicación del último
edicto. Proceso de tutela. Promovente, Grettel Mayela Acuña
Esquivel. Expediente Nº 14-000407-0687-FA.—Juzgado de
Familia de Grecia, 20 de junio del 2014.—Lic. Mario Murillo
Chaves, Juez.—(IN2014059214).
3 v. 1.
De la anterior Demanda Ordinaria establecida por Rodrigo
López Alvarado contra Rex Anderson, Gladys Anderson, Scott Gary
Ross, Bárbara Ross, Theodore James Hicks, Marilyn Ruth Hicks,
Josephine Mary Mathis, se confiere traslado a la parte demandada
por el plazo de quince días, para que la conteste, debiendo
manifestarse sobre los hechos de la demanda uno a uno e indicar
si los admite como ciertos, los rechaza por inexactos, o los acepta
con variantes o rectificaciones, prevenida de que si así no lo hace,
podrán tenerse por probados aquellos sobre los cuales no se haya
dado contestación en la forma indicada. Deberá ofrecer también
la prueba en la que basa su contestación. Si no está conforme con
lo que se pide expondrá con claridad las razones y circunstancias
en las cuales fundamenta su negativa, oponiendo las excepciones
que estime convenientes, salvo la excepción de Incompetencia que
deberá interponerla dentro del plazo de tres días, luego de quedar
notificada la demanda, por ser pre-previa. Si no contesta la demanda
en el plazo conferido, se procederá de oficio o a gestión de parte, a
declarar su Rebeldia, lo que no implicará necesariamente admisión
de los hechos de la demanda. Si se apersona después de la declaratoria
tomará el proceso en el estado en que se encuentre. Asimismo se le
previene que en su primera gestión o escrito, deberá señalar medio
idóneo para recibir notificaciones (correo electrónico, fax, casillero,
estrado u otra forma tecnológica autorizada), con el apercibimiento
de que si así no lo hacen su omisión producirá las consecuencias de
la notificación automática, por lo que las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas luego
de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio elegido no
está autorizado legalmente o si se imposibilita la notificación por
causas ajenas al Despacho (artículos 11, 34, 35, 36 y 50 de la Ley
Pág 26 — BOLETIN JUDICIAL Nº 187
Martes 30 de setiembre del 2014
de Notificaciones N° 8687). Se le hace saber también a la parte
demandada que si es de escasos recursos conforme a lo dispuesto
en el artículo 25 de la Ley de Jurisdicción Agraria tiene derecho de
solicitar que se le nombre un defensor público para que atienda su
defensa, lo que deberá de hacer, si a bien lo tiene ante el Juzgado
o en la Defensa Pública Agraria, con la debida antelación para que
su defensor pueda contestar en tiempo la demanda. Se hace saber a
todas las partes, con respecto al medio que señalen, que si se trata de
fax, de acuerdo con la Circular 169-2008 del Consejo Superior, según
sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, dicho medio
debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos,
por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- Asimismo,
por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con
la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el
18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a todas las partes de
este asunto que sean personas físicas, que suministren la siguiente
información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d)
profesión u oficio, e) si tienen algún tipo de discapacidad, f) estado
civil, g) número de cédula o de identificación si en la demanda no
se ha indicado en forma correcta, y h) lugar de residencia en forma
clara y precisa. Se les hace saber a las partes que de conformidad
con lo establecido en la Ley de Resolución Alternativa de Conflictos
pueden solicitar, si tienen una propuesta concreta, se realice una
audiencia de conciliación en el Despacho previo a la realización del
juicio verbal, sin perjuicio de que el día señalado para el mismo
esta autoridad inste a las partes a conciliar. Se admite la prueba
documental y testimonial ofrecida por la parte actora. En cuanto a
la documental, referente al documento de cesión de derechos que le
hacen al actor y afirma que aporta, se le previene a dicha parte que
debe aportar el documento que menciona y que corresponde a una
cesión de derechos del inmueble en litis. Se ordena anotar la presente
demanda al margen de las fincas inscritas en Propiedad, Partido de
Guanacaste, folio real matrícula N° 37926-001, 002, 003, 004, 37928000, 37930-001 y 002. Expídase el mandamiento correspondiente al
Registro Público de la Propiedad. De conformidad con el artículo
180 del Código Procesal Civil aplicado supletoriamente y siendo
que los demandados Rex Anderson, Gladys Anderson, Scott Gary
Ross, Bárbara Ross, Josephine Mary Mathis, actualmente tienen
domicilio en once Marilyn, Avenida Sueter, 29150 Carolina del
Sur, Estados Unidos, a fin de notificarle personalmente o en su
casa de habitación el presente auto, se ordena remitir exhorto al
Cónsul de Costa Rica en Atlanta, Estados Unidos, mediante la
Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia y del Ministerio
de Relaciones Exteriores en Costa Rica. Para los demandados
Theodore James Hicks y Marilyn Ruth Hicks actualmente tienen
domicilio en 841 Saddlebrook North Bedford Texas 76021, Estados
Unidos, a fin de notificarle personalmente o en su casa de habitación
el presente auto, se ordena remitir exhorto al Cónsul de Costa Rica
en Houston Texas, Estados Unidos, mediante la Secretaria General
de la Corte Suprema de Justicia y del Ministerio de Relaciones
Exteriores en Costa Rica. Expídase el exhorto correspondiente para
notificarles la presente resolución. Adjúntese copias de la demanda
y la documental aportada, dado que se trata de una notificación
en el extranjero. Se le recuerda a la parte actora que para evitar
atrasos innecesarios debe diligenciar el envío de la comisión ante
la Secretaría de la Corte, para lo cual queda a su disposición en el
Despacho por el plazo de tres días, caso contrario se remitirá por
correo. Lic. Elizabeth Leiva Vásquez. Jueza. (de conformidad con
el artículo 263 del Código Procesal Civil, aplicado supletoriamente.
Proceso Ordinario expediente N° 10-000069-0387-AG de Rodrigo
López Alvarado contra Rex Anderson y otros).—Juzgado Agrario
de Liberia, 21 de agosto del 2014.—Lic. Rodrigo Valverde Umaña,
Juez.—1 vez.—(IN2014058594).
Lic. Marianela Fallas Víquez Jueza del Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber a David Wayne
Whitman, documento de identidad 131810391, que en este Despacho
se interpuso un proceso ejecución sentencia en su contra, bajo el
expediente número 04-000271-0165-FA, establecido por Mary
Anne Weston Murillo donde se dicto la resolución que literalmente
dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José,
a las catorce horas y trece minutos del dieciséis de octubre del dos
mil trece. Se tiene por establecida la presente ejecución de sentencia
de Mary Anne Weston Murillo contra David Wayne Whitman, se
le concede al demandado Wayne Whitman el plazo de diez días a
efecto de que se pronuncie con respecto a la presente ejecución que
formula la señora Weston Murillo. Se le previene al demandado
que deberá señalar por escrito medio y lugar dentro del perímetro
judicial de este despacho donde atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que si no lo hiciere o si el lugar señalado fuere
incierto impreciso o ya no existiere, o bien, permaneciere cerrado,
las resoluciones posteriores que se dicten le quedarán notificadas
en el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas.
En cuanto al punto uno de la pretensión principal se rechaza por
no estar este conforme a lo dispuesto en sentencia. En ese sentido
se le hace ver a la ejecutante que la ejecución debe estar siempre
acorde a lo otorga por el juez en el proceso de conocimiento.
Notifíquese esta resolución al demandado David Wayne Whitman,
en forma personal o por medio de cédula y copias de ley en su casa
de habitación, previo a lo cual deberá la señora Weston Murillo
aportar la dirección más exacta posible donde notificar del presente
asunto al señor David Wayne, así como un juego de copias de todo
lo aportado, lo anterior dentro del tercer día bajo apercibimiento de
que si así no lo hiciere, no se atenderán futuras gestiones. Lic. Isabel
Ortiz Fernández. Jueza. Mediante resolución de las once horas y
catorce minutos del diecinueve de junio del año dos mil catorce, se
nombró a la Lic. Leticia Pérez Hidalgo, como curadora procesal del
demandado David Wayne Whitman y mediante resolución de las
diecisiete horas y cinco minutos del veintinueve de julio del año dos
mil catorce, se ordenó notificar al demandado por medio de edicto,
de conformidad con el artículo 263 del Código Procesal Civil. Lo
anterior se ordena así en proceso Ejecución Sentencia de Mary Anne
Weston Murillo contra David Wayne Whitman; expediente Nº 04000271-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de San José, 29 de julio del año 2014.—Lic. Marianela
Fallas Víquez, Jueza.—1 vez.—(IN2014058753).
Se convoca por medio de este edicto a las personas a
quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236
del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de
ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta
publicación. Proceso de insania que promueve Flora Jiménez
Garro, donde figura como presunta insana Angie Priscilla Retes
Jiménez. Expediente número 14-000113-0675-FA-I.—Juzgado
de Familia de Turrialba, 22 de agosto del 2014.—Lic. Elmer
Rojas Aguilar, Juez.—1 vez.—(IN2014058832).
Se hace saber a todas las personas interesadas, que en este
despacho se dictó dentro del expediente número 14-000221-0919FA, que corresponde a un proceso de diligencias de insania, donde
figura como promotora la señora Aida Emilce Benavides Sibaja,
cédula 1-492-173 y como presunta insana la señora Ana Ligia
Arroyo Benavides, cédula 1-1195-0322; la sentencia N° 72-2014, de
las 07:44 horas. del 07/08/2014; cuya parte dispositiva literalmente
dice: “Por tanto: Acorde con lo expuesto y numerales citados, se
declara insana a la señora Ana Ligia Arroyo Benavides y se designa
como su curadora a su madre Aida Emilce Benavides Sibaja, quien
deberá comparecer a este despacho dentro del plazo de ocho días
para aceptar el cargo. El cargo de curadora lleva implícito el deber
de cuidar y representar legalmente a la insana, así como administrar
sus bienes. Se exonera a la curadora de la obligación de rendir
garantía así como de rendir cuentas anuales de la administración, en
razón de su grado de parentesco. En forma expresa se le advierte a
la curadora que si llega a descuidar sus deberes para con la insana,
podrá ser removida por el Tribunal mediante solicitud de cualquier
interesado. Cuando la curatela finalice, la curadora o sus herederos
deberán rendir cuenta final de la administración, dentro del plazo
de sesenta días, contados desde aquél en que terminó la curatela.
En caso de que la administración llegue a pasar a otra persona, el
nuevo curador estará obligado a exigir y discutir judicialmente la
cuenta de su antecesor y será responsable, en caso de omisión, de
los daños y perjuicios que sufra la insana. Las cuentas se discutirán
en legajo separado, por el trámite de los incidentes, y no quedarán
cerradas sino con la aprobación judicial. Anótese la declaratoria
de insania en el Registro Público, Sección de Personas, asimismo,
en el Registro Civil al margen del tomo 1195, folio 161, asiento
Martes 30 de setiembre del 2014
BOLETIN JUDICIAL Nº 187 — Pág 27
322 de la Provincia de San José. Publíquese la parte dispositiva de
esta sentencia por una vez en el Boletín Judicial. Se resuelve este
proceso sin especial condenatoria en costas. Notifíquese. Licda.
María del Rocío Quesada Zamora, Jueza.—Juzgado de Familia de
Pérez Zeledón, 04 de setiembre de 2014.—Licda. María del Rocío
Quesada Zamora, Jueza.—1 vez.—(IN2014058856).
en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren
interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de tres
días que se contaran a partir de la publicación del edicto ordenado.
Notifíquese.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial
de Alajuela, Ciudad Quesada, 29 de agosto del año 2014.—Lic.
Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—(IN2014058878).
Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez del Juzgado de Familia
del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, se le hace saber
que en el expediente número 14-000276-0938-FA, que es proceso
de insania, establecido por Noemy Patricia Alvarado Carmona, se
ordena notificar por edicto la sentencia que en lo conducente dice:
sentencia número 482-2014. Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste. Liberia, a las nueve horas diez minutos del
veintiuno de agosto del dos mil catorce. Diligencias de actividad
judicial no contenciosa de declaratoria de insania promovidas por
Noemy Patricia Alvarado Carmona, mayor, soltera, asistente de
tesorería, cédula de identidad número cinco-doscientos treinta y
nueve-trescientos veinte, vecina de Liberia, en favor de Jeimmy
Briceño Alvarado, mayor, casada, sin oficio, cédula de identidad
número cinco-trescientos dos-seiscientos cuarenta y cinco, vecina de
Liberia. Se ha tenido como interviniente a la Procuraduría General
de la República. Resultando: ... Considerando: ... Por tanto: Con
base en lo expuesto, y normas citadas, se falla: Se declara insana a
Jeimmy Briceño Alvarado, y se designa como su curadora definitiva
a la señora Noemy Patricia Alvarado Carmona, quien deberá
aceptar el cargo dentro del plazo de cinco días una vez firme este
fallo, la aceptación la podrá hacer mediante memorial debidamente
autenticado por un profesional en derecho, o por acta en el despacho
compareciendo en forma personal. La curadora deberá presentar un
inventario y avalúo de los bienes que tenga inscritos a su nombre
la insana, para cumplir con este requisito se le otorga el plazo de
treinta días una vez aceptado el cargo. Se le hace ver a la curadora
que deberá rendir garantía de la administración que establecen los
artículos 199, 201, 203, 204 y concordantes del Código de Familia,
la cual se fijará una vez que se haya presentado el inventario y
avalúo de los bienes de la insana. La curadora deberá rendir las
cuentas anuales con los documentos justificativos del caso, esto de
conformidad con lo que establecen los artículos 215, 218 y 221 del
Código de Familia. Firme esta sentencia deberá ser publicada una
vez en el Boletín Judicial y se inscribirá en el Registro Público,
Sección de Personas. Los gastos del procedimiento son a cargo del
patrimonio de la insana. Notifíquese.—Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia.—Msc. Eddy
Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—(IN2014058872).
Licenciado Alberto Jiménez Mata, Juez de Familia de
Puntarenas, hace constar que en expediente N° 14-000487-1146FA, correspondiente a un proceso especial de filiación impugnación
de paternidad de Jairo Flores Sosa contra Patronato Nacional de la
Infancia en representación de la persona menor de edad Nazareth
Flores Carranza, se dictó la resolución que literalmente dice así:
Juzgado de Familia de Puntarenas, a las siete horas quince minutos
del dieciocho de julio del dos mil catorce. Se tiene por establecido
proceso especial de filiación impugnación de reconocimiento de
paternidad, por parte de Jairo Flores Sosa, y se le confiere traslado
por el plazo de diez días al Patronato Nacional de la Infancia, que
conforme a los numerales 5 del Código de Familia, y 111 del Código
de la Niñez y la Adolescencia actuará como representante de la
persona menor de edad Erick Rivera Orocú, para que la conteste por
escrito, bajo el apercibimiento de que si no lo hace en tiempo y forma
se tendrá por contestada afirmativamente en cuanto a los hechos que
le sirven de fundamento.- En cuanto a estos los contestará uno por
uno y manifestará en forma categórica si los reconoce como ciertos,
si los rechaza por inexactos o bien si los admite con variantes o
rectificaciones y en caso de que no esté conforme, expondrá con
claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos
legales en que se apoye, con manifestación expresa del nombre
y demás generales de los testigos y sobre que hechos declararán
cada uno. Se le previene a la parte demandada, de conformidad
con los numerales 10 y 34 en relación con el 36 todos de la Ley
de Notificaciones número 8687, el señalamiento de medio para
atender futuras notificaciones, sea éste: correo electrónico, fax,
casillero (en los Tribunales de Justicia de esta ciudad), en estrado
o cualquier otra forma tecnológica que permita la seguridad del
acto de comunicación, esto bajo el apercibimiento de que si no lo
hiciere en la forma prevenida o no se pudiere efectuar la notificación
por el medio señalado, mediando comprobante de transmisión
electrónica o la respectiva constancia, las resoluciones posteriores
le quedará notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de
dictadas, incluidas las sentencias, salvo que se demuestre que ello
se debió a causas que no le sean imputables. Asimismo, se pone
en conocimiento de Jairo Flores Sosa, que deberá presentarse en
el Departamento de Ciencias Forenses, Sección Bioquímica, del
Organismo de Investigación Judicial, San Joaquín de Flores en
Heredia, costado Norte del Cementerio, para realizarles la prueba
científica de paternidad (A.D.N.), al ser las: catorce horas del
veintidós de agosto del dos mil catorce, (14:00 horas del 22/08/ 2014),
debiendo además presentar su cédula de identidad, con indicación
de que no es necesario presentarse en ayunas; asimismo, se ordena
poner en conocimiento de la persona que ostenta actualmente la
custodia de la persona menor de edad Nazareth Flores Carranza,
que deberá hacer comparecer a la misma bajo el apercibimiento de
que si no compareciere sin justa causa que se los impida, será tenido
como procediendo con malicia y como indicio de la veracidad de lo
que se pretende demostrar con la prueba de marcadores genéticos y
sanguíneos. Notifíquese por medio de la Oficina de Comunicaciones
Judiciales de esta ciudad, a la representación del Patronato Nacional
de la Infancia. (Artículo 98bis Código de Familia). Notifíquese.—
Juezgado de Familia de Puntarenas.—Lic. Jacqueline Murillo
Murillo, Jueza.—1 vez.—(IN2014058892).
Licda. Sandra Saborío Artavia, Jueza del Juzgado de Familia
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada; hace
saber a Medardo Alberto García García y Yaneth del Socorro Pérez
Amador, ambos mayores, nicaragüenses, sin más datos, que en este
Despacho se tramita un proceso declaratoria judicial abandono en su
contra, Promovido por el Patronato Nacional de la Infancia-Oficina
Local de Upala, bajo expediente 14-000283-0924-FA donde se
dictó la resolución que literalmente dice: “Se tiene por establecido
el presente proceso especial de declaratoria de abandono del menor
José Medardo García Pérez, planteado por Patronato Nacional de la
Infancia de Upala-Guatuso contra Medardo Alberto García García y
Yaneth del Socorro Pérez Amador, a quien se le concede el plazo de
cinco días a través del curador procesal para que oponga excepciones,
se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de
conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia.
En ese mismo plazo, en el primer escrito que presente(n) debe(n)
señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento
de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán
notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del
28 de octubre del 2008... Se le advierte que si no contesta en el
indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una
convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula
el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará
sentencia... Por medio de edicto, que se publicará por única vez
Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 14000541-0938-FA, los señores Doris de Jesús Falla Vega, mayor de
edad, casada una vez vecina de Guayabo de Bagaces y con cédula
de identidad N° 0603480900 y José Fabio Chaves Arrieta, mayor de
edad, casado una vez, vecino de Guayabo de Bagaces y con cédula
de identidad N° 0502590087, solicitan se apruebe la adopción de las
menores Celeste y Angie Pamela ambas de apellido Pérez López.
Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular
oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su
disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la
Pág 28 — BOLETIN JUDICIAL Nº 187
Martes 30 de setiembre del 2014
misma.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste, Liberia, 3 de setiembre del año 2014.—Msc. Eddy
Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—(IN2014058914).
Licenciada Jacqueline Murillo Murillo, Jueza del Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, en proceso
de insania, número de expediente 14-000704-0165-FA, se ordena
notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice:
sentencia de primera instancia N° 588-2014. Juzgado de Familia
del Segundo Circuito Judicial de San José, a las dieciséis horas y
cincuenta y dos minutos del veintisiete de agosto de dos mil catorce.
Diligencias de actividad judicial no contenciosa de declaratoria de
insania promovidas por Fernando Antonio Molina Rugama, mayor,
casado, nicaragüense, vecino de Goicoechea, cédula de residencia
155815146717, a favor de su madre Antonina Antonia Rugama
Tinoco, mayor, viuda, nicaragüense, sin ocupación, vecina del
mismo domicilio del accionante, pasaporte C01623181. Resultando:
1º—…, 2º—…, 3º—…, Considerando: I.—…, II.—…, Por tanto:
con base en lo expuesto, y normas citadas, se falla: Se declara insana
a la señora Antonina Antonia Rugama Tinoco, y se designa como
su curador definitivo al señor Fernando Antonio Molina Rugama,
quien deberá aceptar el cargo dentro del plazo de cinco días una vez
firme este fallo, la aceptación la podrá hacer mediante memorial
debidamente autenticado por un profesional en derecho, o por acta
en el despacho compareciendo el designado en forma personal. El
curador deberá presentar un inventario y avaluó de los bienes que
tenga inscritos, dineros, salarios y cualquier otro bien a su nombre
la insana, para cumplir con este requisito se le otorga al curador
designada el plazo de treinta días, una vez aceptado el cargo. Se le
hace ver al curador que deberá rendir garantía de la administración
que establecen los artículos 199, 201, 203, 204 y concordantes del
Código de Familia, la cual se fijará una vez que se haya presentado
el inventario y avalúo de los bienes de la insana. El curador deberá
rendir las cuentas anuales con los documentos justificativos del caso,
esto de conformidad con lo que establecen los artículos 215, 218 y
221 del Código de Familia. Firme esta sentencia deberá ser publicada
una vez en el Boletín Judicial y se inscribirá en el Registro Público,
Sección de Personas. Los gastos del procedimiento son a cargo del
patrimonio de la insana. Notifíquese.—Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. Jacqueline Murillo
Murillo, Jueza.—1 vez.—(IN2014058930).
Se hace saber a la señora Idalia Rodríguez Cervantes,
de nacionalidad cubana, pasaporte número C-880609, casada,
demás calidades y domicilio desconocido, que en este Despacho
se tramita proceso abreviado de nulidad de matrimonio N° 2014000740-0186-FA (2) establecido por la Procuraduría General de la
República, dentro del cual se le otorgó traslado por diez días para
contestar la demanda, oponer excepciones, ofrecer sus pruebas,
indicar el nombre y las generales de los testigos y los hechos a los
que se referirá cada uno, aportar la documental y señalar medio para
atender notificaciones, apercibido de que si no lo hace operará la
notificación automática. Si contesta la demanda, debe referirse a
cada hecho y exponer con claridad si lo rechaza por inexacto o lo
admite como cierto o con variantes o rectificaciones. También debe
manifestar las razones para su negativa y los fundamentos legales
en que se apoye. El emplazamiento corre tres días después de esta
publicación.—Juzgado Primero de Familia del Primer Circuito
Judicial de San José, 4 de setiembre del 2014.—Lic. Viria Artavia
Quesada, Jueza.—1 vez.—(IN2014058935).
Licenciada Karina Víquez Hernández, Jueza del Juzgado de
Familia de Cartago, a Ramón Gómez Solís, se le hace saber que
en demanda declara. Extramatrimonialidad, establecida por Helen
Cristina Mora Venegas contra Ramón Gómez Solís, se ordena
notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice:
Juzgado de Familia de Cartago. A las doce horas y cincuenta y ocho
minutos del cuatro de setiembre del año dos mil catorce. Se tiene por
establecido por parte de Helen Cristina Mora Venegas el presente
proceso de declaratoria extramatrimonialidad en contra de Ramón
Gómez Solís a quien se le confiere traslado por el plazo de diez
días, para que la conteste, oponga excepciones previas, la prueba
documental que tuviere y la testimonial con indicación en su caso
del nombre y generales de los testigos que proponga. Al contestar
negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga
para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya.
Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a
uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos,
o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. Por
existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte
al Patronato Nacional de la Infancia. Se le previene a la parte
demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar
un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán
notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del
28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de
enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada
el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de
documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.
Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono
celular, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del
despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas
de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción de notificaciones. Igualmente se les
invita a utilizar El Sistema de Gestión en Línea que además puede
ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a
este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.
poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal
del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo,
por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con
la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18
de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto
que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente
información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento,
d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. A la
actora y al demandado se les hace saber, que de conformidad con el
artículo 98 del Código de Familia, la parte que sin motivo alguno
se niegue a practicarse esa importante prueba, será considerado
ese proceder como malicioso. Además esa circunstancia podrá ser
tenida como un indicio de veracidad de lo que se pretende demostrar
con dicha prueba, de ahí la importancia de mantener o señalar un
lugar o medio donde escuchar notificaciones. Notifíquese esta
resolución al demandado, personalmente o por medio de cédulas y
copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real.
Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. En virtud de
que se desconoce el domicilio del demandado y por su condición
de extranjero, no se cuenta con la información requerida para
su localización, se ordena nombrarle Curador Procesal, para lo
cual debe la actora depositar la suma de cincuenta mil colones
en al cuenta N° 14-001625-0338-0 del Banco de Costa Rica por
concepto de honorarios del profesional a nombrar. Publíquese el
edicto de ley. Notifíquese, Lic. Karina Víquez Hernández, Jueza.
Declaratoria extramatrimonialidad actora Helen Mora Venegas
contra Ramón Gómez Solís expediente N° 14-001625-0338-FA.—
Juzgado de Familia de Cartago.—Lic. Karina Víquez Hernández,
Jueza.—1 vez.—(IN2014058936).
Se convoca por medio de este edicto a las personas a
quienes corresponda la curatela de Gloriana de los Ángeles Solano
Hernández, cédula de identidad número 3-0414-0279, conforme
con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a
encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir
de esta publicación. Proceso de insania de Lidia Solano Hernández.
Expediente número 14-001802-0338-FA.—Juzgado de Familia
de Cartago, 3 de setiembre del año 2014.—Lic. Patricia Cordero
García, Jueza.—1 vez.—(IN2014058939).
Martes 30 de setiembre del 2014
Por el plazo de cinco días, contados a partir de la publicación
del presente edicto, se emplaza a todos los que tengan interés en las
diligencias de adopción conjunta de Gerardo Castro Fallas, mayor,
casado dos veces, agricultor, costarricense, portador de cédula
número cinco-ciento cuarenta y dos-seiscientos cincuenta y nueve
y Luz Mary Muñoz Pérez, mayor, casada una vez, costarricense,
del hogar, portadora de cédula número nueve-cero setenta y ochocuatrocientos cuarenta y cuatro, ambos vecinos de San Antonio
de Sabalito, frente al salón comunal a favor de la persona
menor de edad Valeria Bonilla Pérez para que se apersonen por
escrito en este despacho en defensa de sus derechos, asimismo,
se les previene su obligación de señalar medio donde atender
notificaciones, apercibidos de que en caso de omitirlo, o si
señalado, el lugar fuere incierto, impreciso o ya no existiere, o
si existiendo permaneciera cerrado, las resoluciones futuras que
se dicten, se les tendrá por notificadas con el solo transcurso de
veinticuatro horas después de dictadas. Expediente número 14400038-1304-FA (1) (340-2014) Adopción de Valeria Bonilla
Pérez promovida por Gerardo Castro Fallas y Luz Mary Muñoz
Pérez.—Juzgado de Familia de Corredores.—Licda. Ana
Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—1 vez.—(IN2014058970).
Se avisa, a la señora Hellen de la O Solís, mayor, soltera,
documento de identidad número 1-963-335, representada por el
curador procesal licenciado Ricardo Enrique Moreno Navarro, hace
saber que existe proceso N° 12-000567-0673-NA de declaratoria
judicial de abandono de la persona menor de edad Cristopher José
Cajina García, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia
en contra de Hellen de la O Solís , que en resolución dictada por el
Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de
San José a las catorce horas y dos minutos del dos de noviembre del
dos mil doce, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de
cinco días a dicha accionada para que se pronuncie sobre la misma
y ofrezca prueba de descargo si es del caso de conformidad con
los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte al
accionado que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá
su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo
123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará
sentencia. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José, 09 de setiembre de 2014.—
Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2014059188).
Se hace saber a José Colombo Vargas Castillo, quien es
mayor de edad, costarricense, casado una vez, de oficio y domicilio
desconocidos, con cédula de identidad número 6-153-442; que en el
expediente tramitado en su contra número 2013-000151-0919-FA,
que corresponde a un proceso abreviado de divorcio, interpuesto
por Dunia Godínez Muñoz, cédula 1-691-088; se dictó la sentencia
de primera instancia N° 132-2014, de las 11:08 horas del 25 de
agosto de 2014; cuya parte dispositiva literalmente dice: “Por tanto:
Acorde con lo expuesto, se declara con lugar la demanda abreviada
de divorcio interpuesta por la señora Dunia de los Ángeles Godínez
Muñoz contra José Colombo Vargas Castillo, en los extremos que
se indicarán: 1) Se decreta la disolución del vínculo matrimonial
que une a Dunia de los Ángeles Godínez Muñoz y José Colombo
Vargas Castillo; por la causal de separación de hecho. 2) Las
partes no tendrán derecho de reclamarse pensión alimentaria en el
futuro. 3) Se declara que la guarda, crianza y educación de Marco
Daniel Vargas Godínez le corresponderá a la madre, compartiendo
ambos progenitores los demás atributos de la autoridad parental.
Dicho infante mantiene el derecho de ser alimentado por ambos
progenitores. 4) No existen bienes con vocación ganancial que
distribuir. Se declara que el inmueble del Partido de San José, Folio
Real Matrícula cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ciento noventa y
cinco-cero cero cero, no constituye un bien de naturaleza ganancial.
Una vez firme este fallo, a petición de parte interesada, expídase la
respectiva ejecutoria para ser inscrita en el Registro Civil, Sección de
Matrimonios de la Provincia de San José, al margen del Tomo 286,
Folio 451, y Asiento 902. También mediante ejecutoria, inscríbase
en el Registro Nacional el presente fallo, si fuese necesario. Se
resuelve el proceso sin especial condenatoria en costas. Se advierte a
las partes el derecho de apelar este fallo ante el Superior Jerárquico,
dentro del tercer día contado a partir de su notificación. Notifíquese
BOLETIN JUDICIAL Nº 187 — Pág 29
esta sentencia al accionado por medio de edicto. Notifíquese. Lic.
María del Rocío Quesada Zamora, Jueza”. El emplazamiento corre
tres días después de esta publicación.—Juzgado de Familia de
Pérez Zeledón, 9 de setiembre de 2014.—Lic. María del Rocío
Quesada Zamora, Jueza.—1 vez.—(IN2014059189).
Se avisa al señor Miguel Adrián Valverde Bendaña, mayor,
cédula 1-943-717, costarricense y demás calidades desconocidas,
que en este juzgado, se tramita el expediente 14-000069-0673NA, correspondiente a diligencia de depósito judicial, promovida
por la Licenciada Alma Nuvia Zavala Martínez, en calidad de
Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia, donde
se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad
Adrián Andrey Valverde Ortega. Se le concede el plazo de tres
días naturales para que manifiesten su conformidad o se oponga a
estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer
Circuito Judicial de San José, 08 de setiembre del 2014.—MSc.
Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2014059201).
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes
corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de
familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo
de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de
insania a favor del señor José Manuel de Jesús Pérez Otárola, cédula
0700320135. Expediente número 14-000110-0364-FA.—Juzgado
de Familia de Heredia, 08 de agosto del 2014.—Lic. Carlos E.
Valverde Granados, Juez.—1 vez.—(IN2014059203).
Se hace saber: Que ante este despacho se tramitan diligencias
de cambio de nombre promovidas por Mallela Salmerón López
portadora del pasaporte C01579192 debido a su nacionalidad
nicaragüense, la misma es mayor, ama de casa, vecina de Barrio
Nuevo de Curridabat, encaminadas a solicitar la autorización
para cambiar el nombre de su hija menor de edad Línea López
Salmerón por el de Saray de mismos apellidos. Se cita y emplaza a
los interesados en las presentes diligencias, a efecto de que dentro
del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este
edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los
apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código
Civil. Expediente: 14-000170-0182-CI (7).—Juzgado Tercero
Civil de Mayor Cuantía, San José, 05 de agosto del 2014.—Msc.
Osvaldo López Mora, Juez.—1 vez.—(IN2014059207).
Se avisa, al señor Héctor Alberto Sedeño Cisneros, mayor,
cubano, documento de identidad número D174120309540 y Yency
Patricia Díaz Quirós, mayor, casada, cédula número 1-1310-387,
ambos de domicilio y demás calidades desconocidas, representados
por la curadora procesal licenciada Ligia López Alvarado, hace
saber que existe proceso Nº 14-000298-0673-NA de declaratoria
judicial de abandono de la persona menor de edad Roy Isaac Sedeño
Díaz, establecido por el Patronato Nacional de La Infancia en contra
de Héctor Alberto Sedeño Cisneros y Yency Patricia Díaz Quirós,
que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia
del Primer Circuito Judicial de San José a las ocho horas y
treinta minutos del veintiocho de mayo dos mil catorce, que en
lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco dias a dicho
accionado para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba
de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121
y 122 del Código de Familia. Se le advierte al accionad o que si
no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una
audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código
de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia.
Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer
Circuito Judicial de San José, 9 de setiembre del 2014.—Msc.
Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2014059209).
Se avisa, al señor Bryan Palma Peraza, mayor, soltero, cédula
de identidad número 1-1364-214, representado por la curadora
procesal Licenciada Sandra Marjorie Retana Hidalgo; hace saber
que existe proceso Nº 14-000346-0673-NA de declaratoria judicial
de abandono de las personas menores de edad Brenda Alejandra y
Emily Dilana ambas Palma Segura, establecido por el Patronato
Nacional de La Infancia en contra de Bryan Palma Peraza que en
Pág 30 — BOLETIN JUDICIAL Nº 187
Martes 30 de setiembre del 2014
resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer
Circuito Judicial de San José, a las nueve horas y cincuenta y seis
minutos del once de junio de dos mil catorce, que en lo conducente
dice: se le concede el plazo de cinco días a dicha accionada para
que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es
del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de
Familia. Se le advierte a la accionada que si no contesta en el plazo
dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada
conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez
recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San
José, 3 de setiembre del 2014.—Msc. Milagro Rojas Espinoza,
Jueza.—1 vez.—(IN2014059212).
Se avisa a la señora Adriana Carolina Zamora Calderón,
mayor, nicaragüense y demás calidades desconocidas, que en
este Juzgado, se tramita el expediente 14-000436-0673NA,
correspondiente a diligencia de depósito judicial, promovida por
la Msc. Alma Nuvia Zavala Martínez, en calidad de Representante
Legal del Patronato Nacional de La Infancia, donde se solicita que se
apruebe el depósito de las personas menores de edad Joshua David y
Marvin Ismael ambos Zamora Calderón. Se le concede el plazo de
tres días naturales para que manifiesten su conformidad o se oponga
a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer
Circuito Judicial de San José, 8 de setiembre del 2014.—Msc.
Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2014059216).
Se avisa que en este Despacho los señores María Elena
Cascante Pérez y Steven Danilo Rojas Carpio, solicitan se apruebe
la adopción conjunta de la persona menor de edad Aarón Josué
Sosa Guzmán. Se concede a todos los interesados directos el plazo
de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde
expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las
pruebas en que fundamenta la misma. Expediente Nº 14-0004520919-FA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer
Circuito Judicial del San José, 4 de setiembre del 2014.—Msc.
Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2014059219).
Se avisa a la señora Rosalín de Los Ángeles Umaña
Azofeifa, mayor, cédula de identidad 1-983-017 y demás calidades
desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 14000493-0673-NA, correspondiente a la diligencia de depósito
judicial, promovido por el Licda. Ana Virginia Quirós Tenorio,
en calidad de Representante Legal del Patronato Nacional de la
Infancia, donde se solicita que se aprueba el depósito de la persona
menor de edad María Celeste Vega Umaña. Se le concede el plazo de
tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga
a esta diligencia.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer
Circuito Judicial de San José, 9 de setiembre del 2014.—Msc.
Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2014059220).
Se avisa que en este Despacho los señores Omar Enrique
Chacón Gamboa y Emilce Jiménez Bolaños, solicitan se apruebe
la adopción conjunta de la persona menor de edad Victoria Eugenia
Guevara Quesada. Se concede a todos los interesados directos el
plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito
donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las
pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 14-000498-0673NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, 3 de setiembre del 2014.—Msc. Milagro
Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2014059221).
Se avisa que en este Despacho, la señora Karol Vanessa
Zamora Vargas, solicita se apruebe la adopción individual de la
persona menor de edad Héctor Gerardo Alvarado Serrano. Se
concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días
para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán
los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en
que fundamenta la misma. Expediente 14-000500-0673-NA.—
Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial, San José, 4 de setiembre del 2014.—Msc. Milagro Rojas
Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2014059223).
Se avisa a Alberto Moreno Concepción, cédula de identidad
N° 6-241-437, privado de libertad en la cárcel L a Esperanza en
Nicaragua, Alberto Moreno Concepción, cubano, portador de
identidad N° DI72091902061 y domicilio desconocido, representado
por el curador procesal Licenciado Ricardo Moreno Navarro, que
en este despacho se dictó dentro del expediente N° 11-0005740673-NA establecido por el Licenciado Milton Gutiérrez Quesada
en calidad de Representante Legal del Patronato Nacional de la
Infancia, la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia N° 4122014. Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial
de San José, a las trece horas y cincuenta y seis minutos del veinte
de agosto del dos mil catorce. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…,
Considerando: I.—Hechos probados II.—Sobre el fondo: Por tanto:
Con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la Convención
Sobre los Derechos de los niños, artículo 30 y siguientes del Código
de la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del
Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria
de abandono con fines de adopción de las personas menores de edad
Élida Fernanda Chavarría Villafuerte, Elizabeth Yariela Moreno
Villafuerte y Sherol Jaksire Jiménez Villafuerte. Se extingue a su
progenitora Nuria Villafuerte Rodríguez y los padres registrales
Alberto Moreno Concepción y Jesús Chavarría Quesada el ejercicio
de la patria potestad. Se otorga el depósito judicial de Élida Fernanda
Chavarría Villafuerte, Elizabeth Yariela Moreno Villafuerte a Mylin
Jiménez Villafuerte, quien deberá apersonarse dentro de tercero
día a aceptar el cargo. Inscríbase esta sentencia en la Sección de
Nacimientos del Registro Civil. Se resuelve sin especial condena
en costas. Notifíquese. Lic. Ana Cristina Dittel Masís, Jueza.—
Juzgado Niñez y Adolescencia del Primer circuito Judicial de
San José, 2 de setiembre del 2014.—Msc Yerma Campos Calvo,
Jueza.—1 vez.—(IN2014059266).
El Licenciado Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez del
Juzgado Segundo de Familia del Primer Circuito Judicial de San
José, hace saber a la señora Hong Yun Yu, mayor, ciudadana china,
casada en primeras nupcias, domicilio y ocupación desconocidas
que, en este Despacho, con el expediente número 12-0001740187-FA se encuentra en trámite el Proceso Abreviado de Divorcio
planteado por Jiansheng Zhong, en el que se dictó la resolución
que dice: Juzgado Segundo de Familia del Primer Circuito Judicial
de San José, a las trece horas once minutos del doce de marzo de
dos mil trece. De la Demanda Abreviada de Divorcio planteada por
Jiansheng Zhong se confiere traslado por el plazo de diez días a la
señora Hong Yun Yu para que en la persona de su Curador Procesal
Licenciado Jorge Isaac Solano Aguilar la conteste conforme lo
dispuesto en el artículo 305 del Código Procesal Civil. Con relación
a los hechos de la demanda deberá manifestar si los rechaza por
inexactos, los acepta como ciertos o si los admite con variantes
o rectificaciones, las razones que tenga para su negativa y los
fundamentos legales en que se apoya; en esta oportunidad ofrecerá
pruebas, con indicación, en su caso, del nombre y generales de los
testigos, y sobre cuáles hechos serán interrogados, sin interrogatorio
formal. De conformidad con el artículo 263 del Código Procesal
Civil, por edicto notifíquese esta resolución a la demandada ausente,
edicto que será publicado por una sola ocasión en el Boletín
Judicial. De conformidad con el artículo 6 del Código de Familia,
la publicación no generará costo alguno para el actor, quien deberá
presentarse a retirar el edicto que se emitirá, del cual una copia
será enviada vía electrónica a la Imprenta Nacional. Expediente N°
12-000174-0187-FA.—Juzgado Segundo de Familia del Primer
Circuito Judicial de San José, 12 de marzo de 2013.—Lic. Jorge
Arturo Marchena Rosabal, Juez.—1 vez.—(IN2014059271).
Edictos Matrimoniales
Han comparecido a este despacho, solicitando contraer
matrimonio civil Mainor Eduardo Suárez Valerio, quien es de
cuarenta años de edad, soltero, operario de construcción, con
cédula de identidad número 4 0158 0399 y vecino de Bar Yakare
800 metros este, casa de cemento color celeste, nacido en Colonia
San José Sarapiquí, el veintisiete de setiembre de mil novecientos
setenta y tres, hijo de Garrit Suárez Suárez y Mirian Valerio
Sánchez, costarricenses y Annia Lorena Ruiz Medal quien es
de veintinueve años de edad, cédula 1 1229 0486, soltera, ama
Martes 30 de setiembre del 2014
de casa, vecina de Bar Yakare 800 metros este, casa de cemento
color celeste, nacida en Colonia San José Sarapiquí, nacida
en Hospital Central San José, en fecha ocho de enero de mil
novecientos ochenta y cinco, hija de Francisco Ruiz Bermúdez y
Lilliam Medal Orozco, costarricenses. Si alguna persona tuviere
conocimiento de impedimento alguno para la realización de este
acto, deberá comunicarlo a este despacho dentro de los ocho días
hábiles siguientes a la publicación de este Edicto. Expediente 14100026-0377-CI.—Juzgado Contravencional Menor Cuantía y
Tránsito de Sarapiquí, Puerto Viejo, 19 de agosto del 2014.—Lic.
Nain Isaac Monge Segura, Juez.—1 vez.—(IN2014058588).
Han comparecido solicitando contraer Matrimonio Civil
los señores Presente en este despacho los futuros contrayentes:
Olmedo Fabricio Chan Montero, de cuarenta y un años de edad,
con cédula de identidad número: seis-doscientos cincuenta y cincotrescientos setenta y dos, divorciado, costarricense, cajero, nativo
de Villa Neily, Golfito, Puntarenas, el día primero de agosto de mil
novecientos setenta y tres, número telefónico: 8723-1106, hijo de
Olmedo Allen Chan Cerceño y Yamileth Montero Retana, ambos
de nacionalidad costarricense y vecinos de Paso Canoas Corredores
Puntarenas; Angie Fabiola Sanabria Hernández, de veinticuatro años
de edad, con cédula de identidad número: seis-trescientos ochenta
y ocho-cero veintidós, soltera, costarricense, ama de casa, nativa
de Corredor, Corredores, Puntarenas, el día siete de abril de mil
novecientos noventa, número telefónico: 8779-8316, hija de Jesús
María Sanabria Quirós y Marísa Paula Hernández López, ambos
de nacionalidad costarricenses, el primero es vecino de San José,
La Uruca y la segunda es vecina de Alajuela, Barrio San José. Los
comparecientes son vecinos de Paso Canoas centro, 150 metros oeste
de Hotel Ronald, Paso Canoas, Corredores, Puntarenas. Se insta a
todas las personas que conozcan impedimento alguno para que este
Matrimonio se realice, que están en la obligación de manifestarlo a
este Despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación
de este Edicto. Matrimonio Civil. Expediente N° 14-40001081304-FA.—Juzgado de Familia de Corredores, Ciudad Neily,
1° de setiembre del 2014.—Lic. Ana Catalina Cisneros Martínez,
Jueza.—1 vez.—(IN2014058747).
José Manuel Guzmán Garita, mayor de 25 años, soltero, peón
agrícola, de nacionalidad costarricense, nacido el dieciséis de agosto
de mil novecientos ochenta y nueve, vecino de Cañales Arriba de
Puriscal cincuenta metros norte de la Pulpería Los Pinos, cedula de
identidad número uno-mil trescientos noventa y nueve-novecientos
quince; teléfono: 6105-9724, hijo de Marco Antonio Guzmán
Marín e Hilda Garita Astúa, ambos costarricenses y Stephanny
Patricia Murillo Torres, mayor de diecinueve años de edad, soltera,
ama de casa, de nacionalidad costarricense, nacida el veintiséis de
noviembre de mil novecientos noventa y cuatro, vecina de Cañales
Arriba de Puriscal cincuenta metros norte de la Pulpería Los Pinos,
cédula de identidad número uno-mil quinientos noventa-ciento dos,
teléfono 8577-4858, hija de Fanny Torres Quirós y Ulises Murillo
Jiménez, han comparecido ante este Juzgado, solicitando contraer
matrimonio civil. Si alguna persona conoce impedimento para que
se realice este matrimonio deberá hacerlo saber a este Despacho,
dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este Edicto.
Expediente N° 14-400273-0197-FA.—Juzgado Civil, de Trabajo
y Familia de Puriscal, Santiago, 4 de setiembre del 2014.—Lic.
Jainer Alonso Gamboa Muñoz, Juez.—1 vez.—(IN2014058749).
Han comparecido ante este despacho solicitando contraer
matrimonio civil Agustín de los Ángeles Torres Arce, quien es
mayor, soltero, de cuarenta y un años de edad, peón agrícola,
costarricense, portador de la cédula de identidad número 2-04870333, hijo de Saturdino Torres Quirós y de Rosa Emilia Arce Orozco,
costarricenses; y Yorleny Mora Solano, quien es mayor, soltera, de
treinta y cuatro años de edad, ama de casa, portadora de la cédula
de identidad número 1-1064-0628, hija de Amparo Mora Ortega y
María de los Ángeles Solano Sánchez, ambos costarricenses; dichos
comparecientes dicen ser vecinos de Santa Rosa de La Palmera,
250 metros noroeste de la plaza de deportes. Si alguna persona
tuviere conocimiento de la existencia de impedimento legal alguno
para la realización de dicho matrimonio deberá comunicarlo a este
BOLETIN JUDICIAL Nº 187 — Pág 31
despacho Judicial dentro de los ocho días días posteriores a la
publicación de este edicto. Expediente Nº 14-000503-0924-FA.—
Juzgado de Familia de San Carlos, 05 de junio del 2014.—Licda.
Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—(IN2014058837).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer
matrimonio civil: Natalia González Artavia, mayor, soltera,
estudiante, cédula de identidad número 0207150378, vecina de San
Ramón, San Isidro 100 metros este de Mueblería La Cima, hija de
Ana Cecilia Artavia Matamoros y Claudio González Arias, nacida
en centro de San Ramón, el 28/07/1993, con 21 años de edad y Yordi
Barrantes Umaña, mayor, soltero, vendedor dependiente, cédula
de identidad número 0206990296, vecino de San Ramón, San
Juan, 800 metros sur, 50 metros este del Hogar de Ancianos, hijo
de Damaris Mayela Umaña Soto y Gerardo Barrantes Fernández,
nacido en centro de San Ramón, el 10/05/1992, actualmente con
22 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice, está en la
obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 14-0004690688-FA.—Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela, San Ramón, 01 de setiembre del año 2014.—Msc. Ana
Belly Umaña Quesada, Jueza.—1 vez.—(IN2014058889).
Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer
matrimonio civil los contrayentes Miguel Alonso Acuña Alvarado,
mayor, soltero, cédula de identidad número 206130535, chofer,
vecino de Palmares, La Cocaleca, 80 metros oeste de la pulpería
La Guaria, casa número 47, hijo de Eliécer Gerardo Acuña
Paniagua y Elida María Alvarado Rodríguez, nacido en centro de
Grecia, Alajuela, el 31/10/1985, con 28 años de edad, y Mauren
Tatiana Gómez Alvarado, mayor, soltera, cédula de identidad
número 113460322, educadora, vecina de Palmares, Candelaria,
100 metros al norte y 80 metros oeste del Salón Comunal, hija de
José Enrique Gómez García y Taidy Alvarado Leitón, nacida en
Hospital, central de San José, el 16/02/1988, actualmente con 26
años de edad . Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe
algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo
deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho
días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de
matrimonio). Expediente N° 14-000470-0688-FA.—Juzgado de
Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón,
25 de agosto del año 2014.—Msc. Ana Belly Umaña Quesada,
Jueza.—1 vez.—(IN2014058890).
Han comparecido a este despacho, solicitando contraer
matrimonio Civil los señores: David Sánchez Martínez,
costarricense, de 30 años, soltero, operario, cédula de identidad
número 503390681, nacido el 7 de junio de 1984, hijo de Álvaro
Sánchez Pérez y Efigenia Martínez Araya, vecino de Puntarenas,
Barranca, Juanito Mora, de la cuarta entrada, 300 metros al sur y 25
metros al oeste, y la señora Hannia Rojas Rodríguez, costarricense,
de 27 años de edad, soltera, ama de casa, cédula de identidad número
603600343, nacida el 01 de noviembre de 1986, hija de Oscar Rojas
Esquivel y Grettel María Rodríguez Salas, vecina de Puntarenas,
Esparza, Juanilama, 125 metros al noroeste de la calle molejones. Si
alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que
este Matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo a
este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación
de este Edicto, expediente N° 14-000481-1146-FA.—Juzgado
de Familia de Puntarenas, 10 de junio del 2014.—Lic. Alberto
Jiménez Mata, Juez.—1 vez.—(IN2014058891).
Han comparecido a este despacho, solicitando contraer
matrimonio civil los señores: Keisel Eduardo Sánchez Núñez de 27
años, técnico en mantenimiento, soltero, cédula 6-358-150, nació
el 20 de setiembre de 1986, hijo de Kennethe Sánchez Oviedo y
Fabiola Núñez Bolaños, vecino de Puntarenas, Barranca, Juanito
Mora, tercera entrada, casa N° 252 y Andreina Castañeda Molina,
de 25 años de edad, soltera, ama de casa, cédula 6-377-011, nació
el 29 de diciembre de 1988, hija de Eduardo Castañeda Sánchez
y María de los Ángeles Molina Obando, vecina de Puntarenas,
Barranca, Juanito Mora, tercera entrada, casa N° 252. Si alguna
Pág 32 — BOLETIN JUDICIAL Nº 187
Martes 30 de setiembre del 2014
persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este
matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo a este
Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este
edicto. Expediente N° 14-000512-1146-FA.—Juzgado de Familia
de Puntarenas, 13 de junio del 2014.—Lic. Alberto Jiménez Mata,
Juez.—1 vez.—(IN2014058898).
Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer
matrimonio civil los contrayentes Álvaro Navarro White, mayor,
soltero, trabajador independiente, vecino de Barrio Moracia de
Liberia, Guanacaste, hijo de María Cristina White Morales y Álvaro
Navarro Arias, nacido en centro Liberia, Guanacaste, el 25 de
marzo del año 1982, con 32 años de edad, cédula de identidad Nº
0503270049 y Kattia Miranda Coronado, mayor, soltera, ama de
casa, vecina de Barrio Moracia de Liberia, Guanacaste, hija de
Julia Miranda Coronado, nacida en centro Liberia, Guanacaste,
el 13 de octubre del año 1978, con 35 años de edad, cédula de
identidad Nº 0503070321. Si alguna persona tuviere conocimiento
de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio
se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro
del término de ocho días contados a partir de la publicación del
edicto. (Solicitud de matrimonio). Expediente N° 14-0005480938-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste, Liberia, 4 de setiembre del año 2014.—Msc. Eddy
Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—(IN2014058915).
Licenciado Alberto Jiménez Mata, Juez el Juzgado de Familia
de Puntarenas, hace saber que: Han comparecido a este despacho,
solicitando contraer matrimonio Civil los señores: Carlos Manuel
Cruz Ovares y Rosibel Fonseca Cortes, ser de 36 años, peón de
construcción, divorciado una vez, cedula 110050930, nació el 30
de junio de mil novecientos setenta y ocho, hijo de Juan Celso Cruz
Guerrero y Alexandra María Ovares Guerrero, vecino de Puntarenas,
Barranca, El Playón de la cueva del sapo 100 metros al sur y 75
metros oeste, teléfono 87-57-38-97 y Rosibel Fonseca Cortes, ser de
37 años de edad, soltera ama de casa, cédula 109600337, nació el 19
de enero de mil novecientos setenta y siete, hija de Miguel Fonseca
Benavides y María Mireya Cortes Cortes, vecina de Puntarenas,
Barranca, El Playón de la cueva del sapo 100 metros al sur y 75
metros oeste, tel: 83-71-46-44, ambos costarricenses.-Si alguna
persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este
Matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo a este
Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este
Edicto. Expediente N° 14-000658-1146-FA.—Juzgado de Familia
de Puntarenas, 6 de agosto del 2014.—Lic. Alberto Jiménez Mata,
Juez.—1 vez.—(IN2014058919).
Han comparecido a este despacho, solicitando contraer
matrimonio civil los señores presentes en este Despacho Mayrran
José Castro Casanova, de 36 años, comerciante, soltero, cédula
602870170, nació el 29 de noviembre de 1977, hijo de Belén Castro
Picado y Rosalía Casanova Casanova, vecino de Puntarenas, El
Roble, Boulevar del Sol, primera etapa 5 entrada casa número 19H,
teléfono: 6190-5915 y Katherine Andrea Camareno Zúñiga, de 28
años de edad, soltera, ama de casa, cédula 112780097, nació el 20
de abril de 1986, hija de Rony Javier Camareno Fernández y Cecilia
Zúñiga Rivera, vecina de Puntarenas, El Roble, Boulevar del Sol,
primera etapa 5 entrada casa número 19H, ambos costarricenses. Si
alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que
este Matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo a
este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación de
este Edicto. Expediente 14-000662-1146-FA.—Juzgado de Familia
de Puntarenas, 7 de agosto de 2014.—Lic. Alberto Jiménez Mata,
Juez.—1 vez.—(IN2014058920).
Han comparecido a este despacho, solicitando contraer
matrimonio civil los señores presentes en este Despacho Emilio
Eduardo González Alvarado, de 28 años, peón agrícola, soltero,
cédula 206280964, nació el 22 de diciembre de mil novecientos
ochenta y seis, hijo de Bernal González Porras y Benilda Alvarado
Rodríguez, vecino de Puntarenas, Pitahaya, Aranjuez, 1 kilómetro al
norte de la entrada de Aranjuez, teléfono: 8373-3112 y Jennifer de los
Ángeles López Suarez, ser de veintitrés años, ama de casa, soltera,
cédula 603940806, nació el 11 de julio de mil novecientos noventa
y uno, hija de Rafael López Brenes y Vivian Suarez Anchía, vecina
de vecino de Puntarenas, Pitahaya, Aranjuez, 1 kilómetro al norte de
la entrada de Aranjuez, teléfono 8883-3327, ambos costarricenses.
Además solicitan que se tenga como hijo del matrimonio a la menor
Emily González López, para lo cual nos permitimos presentar los
documentos exigidos por Ley. Si alguna persona tiene conocimiento
de algún impedimento para que este Matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho
días siguientes a la publicación de este Edicto. 14-000734-1146FA.—Juzgado de Familia de Puntarenas, 21 de agosto de 2014.—
Lic. Alberto Jiménez Mata, Juez.—1 vez.—(IN2014058932).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer
matrimonio civil, Catalino Concepción Fernández, mayor, soltero,
peón agrícola, cédula de identidad número 0603100619, vecino de
Pejibaye, Jiménez, Cartago, al otro lado del puente en plaza vieja,
casa de concreto, color roja, con tapia color roja, hijo de Eusebio
Concepción Aguirre y Elieth Fernández Rojas, nacido en centro
Golfito, Puntarenas, el 05 de diciembre de 1980, con treinta y tres
años de edad, y Milena Mileidy Cordero Carvajal, mayor, soltera,
ama de casa, cédula de identidad número 0304060082, vecina de El
Humo de Pejibaye, Jiménez, Cartago, al frente de una pulpería, casa
de baldosa, color blanca, con portón negro, hija de Alberto Cordero
Pereira y Ligia María Carvajal Díaz, nacida en centro Turrialba
Cartago, el 19 de junio de 1985, actualmente con veintinueve años de
edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento
para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho, dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto. Exp. Nº 14-000329-0675-FA-DM.—
Juzgado de Familia de Turrialba, 8 de setiembre del 2014.—Lic.
Elmer Rojas Aguilar, Juez.—1 vez.—(IN2014059210).
Han comparecido solicitando contraer matrimonio civil los
señores Eric Francisco Rodríguez Vásquez cédula de identidad
número seis-trescientos sesenta y tres-ochocientos veinte, de
veintisiete años de edad, soltero, costarricense, ocasional, nativo
de Corredores, Corredor, Puntarenas, el once de abril de mil
novecientos ochenta y siete, hijo de Fernando Rodríguez Fernández
y María Vásquez Esteller, y Zaida Nelly Valverde Méndez cédula
de identidad número seis-doscientos veinticuatro-ciento treinta y
dos, cuarenta y cinco años de edad, viuda, costarricense, del hogar,
nativa de Corredor, Corredores, Puntarenas, hija de Félix Valverde
Rodríguez y Amabilina Méndez Arguedas, ambos vecinos Peral
de Laurel, acostado este de la plaza de deportes. Se insta a todas
las personas que conozcan impedimento alguno para que este
matrimonio se realice, que están en la obligación de manifestarlo a
este Despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación
de este edicto. Matrimonio civil 14-400254-921-FA.—Juzgado de
Familia de Corredores, Ciudad Neily, 3 de junio del 2014.—Lic.
Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—1 vez.—(IN2014059243).
Edictos en lo Penal
Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José, en
la sumaria 10-000265-0275-PE por uso de documento falso contra
Jonathan Esquivel Mesen en daño de la Fe Pública y de conformidad
con el artículo 7 de la Ley de Notificaciones, se dispone notificar
por edicto por una sola vez la resolución de las nueve horas del
veintiocho de julio del dos mil catorce a Luis Alberto Herrera
Gómez, cédula 1-1071-733 dueño Nissan, estilo Sentra, vin
IN4AB41DXSC704222, motor número GA16803702N. Se ordena
la devolución a su propietario registral de Nissan, estilo Sentra, vin
IN4AB41DXSC704222, motor número GA16803702N, debiendo
el interesado presentar ante este Despacho la documentación
respectiva que acredite su propiedad; así mismo cuentan con el plazo
de tres meses a partir de esta publicación, en caso de no presentarse
se ordenara el comiso a favor del estado. Es todo.—Juzgado Penal
del Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. Juan Carlos
Sbravati Montoya, Juez Penal.—1 vez.—(IN2014059184).

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