Sumario - elDial.com

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Sumario - elDial.com
Primera Sección
Buenos Aires,
viernes 14
de noviembre de 2014
Año CXXII
Número 33.011
Precio $ 4,00
Sumario
Pág.
LEYES
LEYES
#I4717378I#
EDUCACION SUPERIOR
Ley 26.997
Universidad Nacional de las Artes. .............................................................................................. EDUCACION SUPERIOR
1
Ley 26.997
Universidad Nacional de las Artes.
Sancionada: Octubre 22 de 2014
Promulgada de Hecho: Noviembre 7 de 2014
DECRETOS
CONTRATOS
Decreto 2083/2014
Modelos de Contratos de Garantía y Contragarantía. Aprobación.................................................. 1
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decreto 2065/2014
Dase por prorrogada designación del Director de Coordinación Interjurisdiccional........................ 2
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decreto 2066/2014
Dase por prorrogada designación del Director de Análisis de Gestión de la Comunicación............ 3
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Decreto 2039/2014
Designaciones en el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero............................. 3
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA
Decreto 2076/2014
Designaciones en la Dirección de Recursos Humanos.................................................................. 4
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
Decreto 2038/2014
Danse por prorrogadas designaciones en la Unidad de Auditoría Interna...................................... 5
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Decreto 2040/2014
Designación en la Dirección Nacional de Relaciones Federales.................................................... 5
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Decreto 2041/2014
Designación en la Dirección Nacional de Relaciones Federales.................................................... 6
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Decreto 2042/2014
Designación en la Dirección General de Administración................................................................ 7
DECISIONES ADMINISTRATIVAS
CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS
Decisión Administrativa 951/2014
Cobertura de cargos.................................................................................................................... 8
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Decisión Administrativa 952/2014
Contratación en la Unidad Ministro............................................................................................... 9
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Decisión Administrativa 953/2014
Contratación en la Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa.................................. Continúa en página 2
El Senado y Cámara de Diputados
de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de
Ley:
ARTICULO 1° — Transfórmase el Instituto
Universitario Nacional del Arte —IUNA—, creado por Decreto 1.404/96 en Universidad Nacional de las Artes —UNA—, como persona jurídica de derecho público en el carácter previsto
en el artículo 48 de la ley 24.521, de Educación
Superior.
ARTICULO 2° — La Universidad Nacional de
las Artes —UNA—, a partir de la sanción de la
presente ley, será la continuadora del Instituto Universitario Nacional del Arte —IUNA—, y
mantendrá la conformación, personal docente
y no docente y autoridades del mismo.
ARTICULO 3° — La Universidad Nacional de
las Artes —UNA— continuará rigiéndose por la
actual normativa interna del ex Instituto Universitario Nacional del Arte —IUNA—, pudiendo
adaptar su estructura y estatuto al nuevo estatus de Universidad según lo determine la Asamblea Universitaria.
ARTICULO 4° — Los bienes muebles e inmuebles transferidos al ex Instituto Universitario Nacional del Arte —IUNA—, al igual que los
derechos y obligaciones de cualquier naturaleza que le correspondan al mismo, pasan a integrar el patrimonio de la Universidad Nacional
de las Artes —UNA—. Los registros en los que
eventualmente dichos bienes, derechos y obligaciones se hallaren inscriptos deberán anotar,
por los medios que correspondan, el cambio de
titularidad registral que se deriva de la transformación aprobada por la presente ley.
PRESIDENCIA
DE LA NACION
SecretarIa Legal y TEcnica
Dr. Carlos Alberto Zannini
Secretario
9
DirecciOn Nacional del Registro Oficial
DR. Jorge Eduardo FeijoÓ
Director Nacional
ARTICULO 5° — El presupuesto asignado en
la Ley de Presupuesto General de la Administración Pública Nacional vigente al ex Instituto
Universitario Nacional del Arte —IUNA—, pasa
automáticamente y en idénticas condiciones a
la Universidad Nacional de las Artes —UNA—.
ARTICULO 6° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE OCTUBRE
DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.997 —
AMADO BOUDOU. — NORMA A. ABDALA
DE MATARAZZO. — Lucas Chedrese. — Juan
H. Estrada.
#F4717378F#
DECRETOS
#I4720968I#
CONTRATOS
Decreto 2083/2014
Modelos de Contratos de Garantía y Contragarantía. Aprobación.
Bs. As., 12/11/2014
VISTO el Expediente N° S01:0178534/2014 del
Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y FINANZAS PUBLICAS, el Modelo de
Contrato de Préstamo BID N° 3256/OC-AR
destinado a la ejecución del “Programa de
Saneamiento Ambiental de la Cuenca del
Río Reconquista”, propuesto para ser suscripto entre la Provincia de BUENOS AIRES
y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) y el Modelo de Contrato de
Garantía a ser suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mencionado Modelo de
Contrato de Préstamo BID N° 3256/OCAR, el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se compromete a asistir
www.boletinoficial.gob.ar
e-mail: [email protected]
Registro Nacional de la Propiedad Intelectual
Nº 5.154.675
Domicilio legal
Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Tel. y Fax 5218-8400 y líneas rotativas
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Decisión Administrativa 954/2014
Contratación en la Unidad Ministro............................................................................................... MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Decisión Administrativa 955/2014
Contratación en la Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa.................................. MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Decisión Administrativa 957/2014
Apruébase contratación en la Unidad Ministro.............................................................................. MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Decisión Administrativa 958/2014
Contratación. Apruébase modificación......................................................................................... Pág.
10
10
11
12
RESOLUCIONES
EMERGENCIA AGROPECUARIA
Resolución 804/2014-MAGP
Dase por declarada la situación de emergencia y/o desastre agropecuario en la Provincia de
Misiones...................................................................................................................................... 12
DISPOSICIONES
PRODUCTOS DOMISANITARIOS
Disposición 7694/2014-ANMAT
Prohibición de uso y comercialización.......................................................................................... 13
PRODUCTOS MEDICOS
Disposición 7697/2014-ANMAT
Prohibición de uso y comercialización.......................................................................................... 13
PRODUCTOS MEDICOS
Disposición 7696/2014-ANMAT
Prohibición de uso y comercialización.......................................................................................... 14
CONCURSOS OFICIALES
Nuevos........................................................................................................................................ 16
AVISOS OFICIALES
Nuevos........................................................................................................................................ 16
REGISTRO NACIONAL DE ARMAS
Armas de Fuego. Solicitudes de Tenencia y Portación. . ............................................................... 16
Anteriores.................................................................................................................................... 55
CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO
financieramente al Gobierno de la Provincia de BUENOS AIRES para la ejecución
del “Programa de Saneamiento Ambiental
de la Cuenca del Río Reconquista” por un
monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS TREINTA MILLONES (U$S 230.000.000).
Que el objetivo del Programa es recuperar
la calidad ambiental de la Cuenca del Río
Reconquista (CRR) a través de la implementación de un plan de gestión integral
que priorice acciones impulsoras en ese
sentido. Para motivar e incluir a la población en el proyecto, se priorizarán inversiones a poblaciones que viven en áreas de
riesgo sanitario, las cuales contribuirán a:
(i) aumentar la cobertura de agua, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales; (ii) mejorar la gestión integrada de los
Residuos Sólidos (RS) principalmente mediante el cierre de basurales a Cielo Abierto
(BCA); (iii) mejorar la conectividad y acceso
a barrios periféricos asentados en áreas
de difícil acceso; y (iv) fortalecer la gestión operativa del Comité de Cuenca del
Río Reconquista (COMIREC) mediante el
desarrollo de instrumentos de gestión que
incluyen principalmente el Plan de Gestión
56
Integral de la Cuenca del Río Reconquista
(PGICRR).
Que para la ejecución del Programa se desarrollarán CUATRO (4) componentes: (i)
Agua y Saneamiento, (ii) Residuos Sólidos,
(iii) Vialidad, Acceso y Drenaje y (iv) Gestión
Ambiental y Social.
Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del préstamo otorgado por el Banco serán llevadas a cabo por
la Provincia de BUENOS AIRES, por intermedio de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION CON ESTADOS Y ORGANISMOS DE CREDITO INTERNACIONALES
(SCEOCI) del MINISTERIO DE ECONOMIA
de la citada Provincia, denominado en adelante “Organismo Ejecutor”.
Que de conformidad con las normas y políticas del BANCO INTERAMERICANO DE
DESARROLLO (BID) y a efectos de suscribir el mencionado Contrato de Préstamo
BID N° 3256/OC-AR, resulta indispensable
que la REPUBLICA ARGENTINA afiance las
obligaciones financieras asumidas por dicha provincia emergentes de la operación
crediticia.
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
Que en tal sentido, el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) ha
propuesto al Gobierno Nacional la suscripción de un Contrato de Garantía con la finalidad de que la REPUBLICA ARGENTINA
afiance las obligaciones financieras que el
Gobierno de la Provincia de BUENOS AIRES contraiga como consecuencia de la
suscripción del Contrato de Préstamo BID
N° 3256/OC-AR.
Que las obligaciones garantizadas por la
REPUBLICA ARGENTINA no incluyen el
compromiso de contribuir con recursos
adicionales para la ejecución del mencionado proyecto.
Que atento a la necesidad de asegurar el
pago de los compromisos emergentes del
Contrato de Préstamo BID N° 3256/OC-AR
y preservar el crédito público de la REPUBLICA ARGENTINA, el Gobierno Nacional
ha propuesto al Gobierno de la Provincia
de BUENOS AIRES la suscripción de un
Contrato de Contragarantía, por medio del
cual este último se obligue a la atención
de los compromisos de pago asumidos
con CINCO (5) días hábiles de anticipación a la fecha de vencimiento indicada en
el respectivo contrato.
Que para el caso de no producirse la cancelación respectiva, el Gobierno de la
Provincia de BUENOS AIRES autorizará al
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS a efectuar el débito automático
de los fondos de la Cuenta de Coparticipación Federal de Impuestos Ley N° 23.548 o
del régimen que la reemplace, por hasta el
total del monto adeudado.
Que en estos términos, resulta oportuno
aprobar el Modelo de Contrato de Garantía a ser suscripto entre el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) y la
REPUBLICA ARGENTINA, y el Modelo de
Contrato de Contragarantía a ser suscripto
entre esta última y el Gobierno de la Provincia de BUENOS AIRES.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 99,
inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL
y el Artículo 53 de la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto
(t.o. 2014).
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Apruébase el Modelo de Contrato de Garantía a suscribirse entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO
DE DESARROLLO (BID), con el objeto de afianzar las obligaciones financieras a ser asumidas
por el Gobierno de la Provincia de BUENOS AIRES emergentes del Contrato de Préstamo BID
N° 3256/OC-AR, a suscribirse entre la Provincia
de BUENOS AIRES y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), destinado a financiar la ejecución del “Programa de Saneamiento
Ambiental de la Cuenca del Río Reconquista”
por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS TREINTA MILLONES
(U$S 230.000.000), que consta de NUEVE (9)
Cláusulas y cuya copia autenticada se adjunta al
presente como Anexo I. Asimismo, como Anexo
II, se adjuntan las copias autenticadas de las versiones en idioma español de las “Políticas para la
Adquisición de Bienes y Obras Financiados por el
Banco Interamericano de Desarrollo” y las “Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de
Desarrollo”, ambas correspondientes a la edición
del mes de marzo de 2011.
Art. 2° — Apruébase el Modelo de Contrato
de Contragarantía a suscribirse entre la REPUBLICA ARGENTINA y el Gobierno de la Provincia de BUENOS AIRES que consta de SEIS (6)
Artículos, cuya copia autenticada forma parte
integrante del presente decreto como Anexo III.
Art. 3° — Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas o al funcionario o
2
funcionarios que el mismo designe, a suscribir
los contratos cuyos modelos se aprueban por
los Artículos 1° y 2° del presente decreto.
Art. 4° — Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas o al funcionario o
funcionarios que el mismo designe, a convenir
y suscribir modificaciones a los contratos cuyos
modelos se aprueban por los Artículos 1° y 2°
del presente decreto, siempre que las mismas
no constituyan cambios sustanciales al objeto
de la garantía, destino de los fondos, ni resulten
en un incremento de su monto o modifiquen el
procedimiento arbitral pactado.
Art. 5° — Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas a ejercer, en nombre
y representación de la REPUBLICA ARGENTINA, todos los actos relativos a la implementación del Contrato de Garantía y aquéllos requeridos a la REPUBLICA ARGENTINA para la
correcta ejecución del Contrato de Préstamo
BID N° 3256/OC-AR, a ser suscripto entre el
Gobierno de la Provincia de BUENOS AIRES y
el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).
Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. —
Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a)
Decreto se publican en la edición web del BORA
—www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán
ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
#F4720968F#
#I4720950I#
JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS
Decreto 2065/2014
Dase por prorrogada designación del Director de Coordinación Interjurisdiccional.
Bs. As., 12/11/2014
VISTO el Expediente N° CUDAP: EXPJGM:00020585/2014 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la
Ley N° 26.895, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 1255 de fecha 25
de julio de 2012 y 783 de fecha 27 de mayo
de 2014 y lo solicitado por la SECRETARIA
DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 26.895 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.
Que mediante el Decreto N° 491 de fecha
12 de marzo de 2002 se estableció, entre
otros aspectos, que toda designación de
personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no
permanente será efectuada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la
Jurisdicción correspondiente.
Que mediante el Decreto N° 1255 de fecha
25 de julio de 2012 se dio por designado
transitoriamente, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a D. Pablo
MANDIA como Director de Coordinación
Interjurisdiccional de la DIRECCION GENERAL DE MONITOREO Y ESTRATEGIAS
DE LA COMUNICACION de la SUBSECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la
SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y cuya última prórroga se efectuó
mediante el Decreto N° 783 de fecha 27 de
mayo de 2014, por el mismo término.
Que por razones de índole operativa no se
ha podido tramitar el proceso de selección
para la cobertura del cargo en cuestión,
motivo por el cual resulta necesario efectuar una nueva prórroga de la designación
mencionada, por el término de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles.
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACION ha tomado la intervención correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud
de las atribuciones emergentes de los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCION
NACIONAL y 1° del Decreto N° 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dase por prorrogada, por el
término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a partir del 13 de junio de 2014, la designación transitoria efectuada oportunamente mediante el Decreto N° 1255 de fecha 25 de julio
de 2012 y cuya última prórroga operó por el
Decreto N° 783 de fecha 27 de mayo de 2014,
de D. Pablo MANDIA (D.N.I. N° 25.670.357), en
un cargo Nivel B, Grado 0, como Director de
Coordinación Interjurisdiccional de la DIRECCION GENERAL DE MONITOREO Y ESTRATEGIAS DE LA COMUNICACION de la SUBSECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA
de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, autorizándose el correspondiente
pago de la Función Ejecutiva de Nivel III del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
(SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y
sus modificatorios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Convenio citado
precedentemente.
Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser
cubierto conforme los requisitos y sistemas de
selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y
VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el
Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles contados a partir de la fecha indicada
en el artículo 1° de la presente medida.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente medida será atendido con cargo a, las partidas
específicas correspondientes al Programa 19
—Prensa y Difusión de Actos de Gobierno— de
la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése
a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE
KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich.
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#I4720951I#
JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS
Decreto 2066/2014
Dase por prorrogada designación del Director de Análisis de Gestión de la Comunicación.
Bs. As., 12/11/2014
VISTO el Expediente N° CUDAP: EXPJGM:0020302/2014 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la
Ley N° 26.895, los Decretos Nros. 491 de
fecha 12 de marzo de 2002, 1159 de fecha
13 de agosto de 2013 y 2288 de fecha 20
de diciembre de 2013 y lo solicitado por
la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 26.895 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercido 2014.
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
#I4711613I#
3
Que mediante el Decreto N° 491 de fecha
12 de marzo de 2002 se estableció, entre
otros aspectos, que toda designación de
personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no
permanente será efectuada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la
Jurisdicción correspondiente.
Bs. As., 30/10/2014
Que mediante el Decreto N° 1159 de fecha
13 de agosto de 2013 se dio por designado
transitoriamente, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a D. Juan
Mario Jesús CARDENAS como Director de
Análisis de Gestión de la Comunicación de
la DIRECCION GENERAL DE SUPERVISION OPERATIVA de la SUBSECRETARIA
DE COMUNICACION PUBLICA de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y cuya prórroga se efectuó mediante
el Decreto N° 2288 de fecha 20 de diciembre de 2013, por el mismo término.
VISTO el Expediente N° S05:0558949/2013 y ONCE (11) Anexos del Registro del MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014, aprobado por la Ley N° 26.895, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
(SI.N.E.P.) homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008
y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 3 de enero de 2014,
la Resolución N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010 de la ex - SECRETARIA DE LA
GESTION PUBLICA y su modificatoria N° 467 de fecha 20 de noviembre de 2012 de
la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA ambas de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Resoluciones Nros. 17 de fecha 4 de
febrero de 2013, 20 de fecha 14 de febrero de 2013 y 251 de fecha 11 de octubre de
2013, todas del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y
Que por razones de índole operativa no se
ha podido tramitar el proceso de selección
para la cobertura del cargo en cuestión,
motivo por el cual resulta necesario efectuar una nueva prórroga de la designación
mencionada, por el término de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACION ha tomado la intervención correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud
de las atribuciones emergentes de los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCION
NACIONAL y 1° del Decreto N° 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dase por prorrogada, a partir del 1° de julio de 2014 y por el término de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación transitoria efectuada oportunamente
mediante el Decreto N° 1159 de fecha 13 de
agosto de 2013 y cuya prórroga operó por el
Decreto N° 2288 de fecha 20 de diciembre
de 2013, de D. Juan Mario Jesús CARDENAS
(D.N.I. N° 26.855.804), en un cargo Nivel B,
Grado 0, como Director de Análisis de Gestión
de la Comunicación de la DIRECCION GENERAL DE SUPERVISION OPERATIVA de la SUBSECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA
de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, autorizándose el correspondiente
pago de la Función Ejecutiva de Nivel III del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
(SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y
sus modificatorios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Convenio citado
precedentemente.
Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser
cubierto conforme los requisitos y sistemas de
selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y
VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el
Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles contados a partir de la fecha indicada
en el artículo 1° de la presente medida.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente medida será atendido con cargo a las partidas
específicas correspondientes al Programa 19
—Prensa y Difusión de Actos de Gobierno— de
la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése
a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE
KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich.
#F4720951F#
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Decreto 2039/2014
Designaciones en el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero.
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 7°, segundo párrafo de la Ley N° 26.895 quedaron exceptuados
para la cobertura de cargos vacantes, entre otros, el personal científico y técnico
de los organismos indicados en el inciso a) del Artículo 14 de la Ley N° 25.467, entre
los que se encuentra el INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO
PESQUERO, en adelante INIDEP, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Que mediante la Resolución N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010 de la ex - SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y su modificatoria N° 467 de fecha 20 de noviembre de 2012 de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA
ambas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.).
Que por el Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se estableció que toda
designación de personal en cargos de planta permanente en el ámbito de la Administración Pública Nacional será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a
propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que por la Resolución N° 17 de fecha 4 de febrero de 2013 del citado INIDEP se
designó a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de TREINTA
Y CUATRO (34) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente, conforme a
lo establecido por el Artículo 29 del Anexo I de la citada Resolución N° 39/10, sustituido por el Artículo 7° de la mencionada Resolución N° 467/12.
Que mediante la Resolución N° 20 de fecha 14 de febrero de 2013 del citado INIDEP,
se aprobaron las Bases de las Convocatorias para la cobertura de TREINTA Y CUATRO (34) cargos vacantes y financiados, de acuerdo al detalle obrante en el Anexo II
de la misma, y se llamó a concurso mediante Convocatoria Extraordinaria y Abierta,
para la cobertura de los cargos vacantes y financiados detallados en su Anexo I.
Que en un todo de acuerdo a lo establecido por las normas citadas, se ha finalizado
con las etapas previstas para tal proceso en los cargos vacantes bajo concurso correspondientes al Comité de Selección N° 2.
Que dicho Comité mediante Acta N° 25 de fecha 3 de octubre de 2013, se ha expedido en virtud de su competencia, elevando el Orden de Mérito correspondiente a los
ONCE (11) cargos concursados de “Investigador en Biología Pesquera y Evaluación
de Recursos Pesqueros” (Códigos de Identificación: 2012-002666-INIDEP-C-SI-X-C;
2012-002667-INIDEP-C-SI-X-C; 2012-002668-INIDEP-C-SI-X-C; 2012-002669-INIDEP-C-SI-X-C; 2012-002670-INIDEP-C-SI-X-C; 2012-002671-INIDEP-C-SI-X-C;
2012-002672-INIDEP-C-SI-X-C; 2012-002673-INIDEP-C-SI-X-C; 2012-002674-INIDEP-C-SI-X-C; 2012-002675-INIDEP-C-SI-X-C y 2012-002676-INIDEP-C-SI-X-C).
Que por Resolución N° 251 de fecha 11 de octubre de 2013 del citado INIDEP se
aprobó el respectivo Orden de Mérito Definitivo del proceso de selección de los
cargos vacantes Niveles C del Agrupamiento Científico - Técnico del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) conforme se detalla en el Anexo de la precitada resolución, luego de haber finalizado la totalidad de las etapas del proceso de
selección, el cual ha sido publicado y no ha sido objeto de impugnaciones, habiendo
transcurrido los plazos legales previstos.
Que el personal seleccionado ha obtenido los puntajes más elevados en el respectivo Orden de Mérito Definitivo, el cual ha sido publicado y no ha sido objeto de
impugnaciones, habiendo transcurrido los plazos legales estipulados.
Que de acuerdo con las previsiones establecidas en el Artículo 31, incisos a) y c),
del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, corresponde la asignación del Grado CINCO (5)
de los cargos concursados al Licenciado en Ciencias Biológicas D. Claudio Oscar
RUARTE (M.l. N° 16.995.592), y a la Licenciada en Ciencias Biológicas Da. María
Fernanda VILLARINO (M.I. N° 16.572.418), quienes revistan en la Planta Permanente
del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA
Y PESCA, ambos actualmente en un Nivel D, Grado SIETE (7), Tramo Intermedio del
Agrupamiento Científico Técnico del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
(SI.N.E.P.)
Que de acuerdo con las previsiones establecidas en los Artículos 24 y 128 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
(SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, corresponde incorporar a la Licenciada en Ciencias Biológicas Da. María Silvana CAMPODÓNICO (M.I. N° 21.030.249) al Grado TRES (3); al Licenciado en Ciencias Biológicas
D. Claudio César BURATTI (M.I. N° 24.146.543) al Grado DOS (2); a la Doctora en
Ciencias Biológicas Da. Nora Cristina FERNÁNDEZ ARÁOZ (M.I. N° 12.774.797) al
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
4
Grado CINCO (5); a la Licenciada en Ciencias Biológicas Da. Paula Inés MORIONDO DANOVARO (M.I. N° 26.057.964) al Grado TRES (3), al Licenciado en Ciencias
Biológicas D. Emiliano Jorge DI MARCO (M.I. N° 24.914.094) al Grado TRES (3); a la
Licenciada en Ciencias Biológicas Da. Luciana Laura D’ ATRI (M.I. N° 26.346.227)
al Grado DOS (2); a la Licenciada en Ciencias Biológicas Da. María Rita RICO (M.I.
N° 23.970.213) al Grado TRES (3); a la Licenciada en Ciencias Biológicas Da. Ángeles Nerina LAGOS (M.I. Nº 23.525.369) al Grado TRES (3) y al Licenciado en Ciencias
Biológicas D. Norberto Alfonso SCARLATO (M.I. N° 16.779.013) al Grado CINCO (5)
del nivel escalafonario concursado por los mencionados profesionales.
Que en consecuencia corresponde designar en la Planta Permanente del citado INIDEP a las personas que se detallan en el Anexo que forma parte integrante del presente decreto, de acuerdo al Nivel Escalafonario, Grado, Tramo, Función y Unidad
Organizativa consignados en el mismo, perteneciente al Agrupamiento Científico
- Técnico del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado
por el Decreto N° 2.098/08.
Que la designación en los aludidos cargos no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que se ha dado cumplimiento a lo preceptuado por el Artículo 6° del Decreto N° 601
de fecha 11 de abril de 2002.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los
Artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y 1° del Decreto N° 491 de
fecha 12 de marzo de 2002.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Desígnanse, a partir de la fecha de la presente medida, en la Planta Permanente
del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, a las personas
detalladas en el Anexo del presente decreto, de acuerdo al Nivel Escalafonario, Grado, Tramo,
Función y Unidad Organizativa consignados en el mismo.
Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a las partidas específicas del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO,
para el Ejercicio 2014.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Carlos H. Casamiquela.
ANEXO
#F4711613F#
#I4720961I#
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA
Decreto 2076/2014
Designaciones en la Dirección de Recursos Humanos.
Bs. As., 12/11/2014
VISTO el Expediente N° 3135/2011, las Resoluciones Nros. 910 de fecha 19 de septiembre de 2011;
1063 de fecha 25 de octubre de 2011 y 300 de fecha 13 de mayo de 2013 del Registro
del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, el Decreto
N° 491 del 12 de marzo de 2002, la Decisión Administrativa N° 224 de fecha 02 de septiembre de 2009, la Resolución N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010 de la ex SECRETARIA
DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que a través de la Decisión Administrativa N° 224/09 se incrementó la dotación del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA en el marco de lo
establecido por el artículo 6°, segundo párrafo de la Ley N° 26.422, posibilitando la cobertura de TRESCIENTOS NOVENTA Y UN (391) cargos vacantes y financiados de la Planta
Permanente.
Que por la Resolución N° 39/10 de la ex - SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO.
Que por la Resolución N° 910/11 del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA se designaron los integrantes de los Comités de Selección para
la cobertura de NOVENTA Y CUATRO (94) cargos vacantes y financiados de la planta
permanente, mediante el Régimen de Selección de Personal precedentemente citado,
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
a las personas que se detallan en los Anexos I a XXIV, que forman parte integrante de la
referida Resolución.
Que por la Resolución N° 1063/11 del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA se aprobaron las Bases de las Convocatorias dictadas por los
Comités de Selección designados por Resolución MINCYT N° 910/11 y los llamados a
Concurso mediante Convocatoria Extraordinaria y General, y Extraordinaria y Abierta establecidos por el Régimen de Selección del Personal para el Sistema Nacional de Empleo
Público, aprobado por la Resolución ex SGP de la JGM N° 39/10.
Que los integrantes del Comité de Selección respectivo, han actuado en un todo de
acuerdo con el Decreto N° 2098/08 y con los procedimientos de selección establecidos
por la Resolución N° 39/10 de la ex - SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que por Resolución N° 300/13 del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA se aprobó el Orden de Mérito elevado por el Comité de Selección
I - F para los cargos de Asistente Administrativo cuyo detalle obra en el Anexo de la citada
Resolución.
Que el artículo 24 del Anexo del Decreto N° 2098/08 dispone que todo ingreso del personal se realiza en el grado y tramo inicial del nivel escalafonario del Agrupamiento correspondiente al puesto de trabajo para el que fuera seleccionado y que, cuando el órgano
selector estimara condiciones de idoneidad especialmente relevantes, podrá recomendar
su incorporación en el grado siguiente al establecido precedentemente.
Que en el Acta N° 8 del 5 de septiembre de 2012 el Comité recomienda la incorporación
en el grado UNO (1) del nivel escalafonario correspondiente, para aquellos postulantes
calificados en el Orden de Mérito, como consecuencia de las condiciones de idoneidad
especialmente relevantes demostradas por los candidatos, situación que se ha visto reflejada al afrontar las exigencias impuestas en todas y cada una de las etapas que componen el proceso de selección.
Que la designación en los aludidos cargos no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que se ha dado cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6° del Decreto N° 601 del
11 de abril de 2002.
Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA han tomado
la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos
99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, 7° y 10 de la Ley N° 26.895 y 1° del Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Exceptúase al MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA de lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 26.895 al solo efecto de posibilitar la cobertura de los cargos vacantes financiados, cuyo detalle obra en el ANEXO del presente Decreto.
Art. 2° — Desígnanse a las personas que se mencionan en el ANEXO que forma parte integrante del presente Decreto, en el Agrupamiento, Tramo, Nivel y Grado escalafonario correspondiente al CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08 y en la Dependencia del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA que se determina.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con
cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 71 - MINISTERIO DE
CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA.
5
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 1.282 de fecha 26 de julio de 2012 se designó, con carácter
transitorio, a la Doctora Doña Karen Paola DEVALLE (M.I. N° 27.659.329), en el cargo de
Jefe de Equipo Legal Operativo de la Supervisión Procesos Legales de la Auditoría Interna
Adjunta Procesos de Apoyo de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
Que mediante el Decreto N° 1.201 de fecha 9 de agosto 2011, se designó con carácter
transitorio, al señor Don Enrique Fabián VASQUEZ (M.I. N° 20.406.163) en el cargo de Jefe
de Equipo Sistemas de Información de la Auditoría Interna Adjunta Procesos de Apoyo
de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y se prorrogó mediante el Decreto N° 237 de fecha
28 de febrero de 2013.
Que razones operativas hacen necesario prorrogar las designaciones transitorias mencionadas precedentemente.
Que los agentes a los que hace referencia el presente decreto se encuentran actualmente
desempeñándose en los cargos en que fueron designados transitoriamente.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99,
inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el Artículo 1° del Decreto N° 491 de fecha
12 de marzo de 2002.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Danse por prorrogadas las designaciones transitorias de los funcionarios mencionados en el Anexo, que forma parte integrante de la presente medida, de la Auditoría Interna
Adjunta Procesos de Apoyo de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA de la UNIDAD MINISTRO del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, desde el vencimiento establecido en el
Artículo 1° de los Decretos Nros. 1.282 de fecha 26 de julio de 2012 y 237 de fecha 28 de febrero
de 2013, este último prorroga la designación transitoria efectuada mediante el Decreto N° 1.201 de
fecha 9 de agosto de 2011 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles computados a
partir del dictado de la presente medida, autorizándose el correspondiente pago del Suplemento
por Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por
el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de
diciembre de 2008.
Art. 2° — Las prórrogas de las designaciones transitorias establecidas en el artículo precedente, se efectúan con autorización, excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos
en el Artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098/08.
Art. 3° — Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos
III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098/08, dentro del
plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles computados a partir del dictado de la presente
medida.
Art. 4° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se atenderá con cargo
a las partidas específicas de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
UNIDAD MINISTRO
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — José L. S. Barañao.
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
ANEXO
AUDITORIA INTERNA ADJUNTA PROCESOS DE APOYO
DEPENDENCIA: SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA
M.I. N°
NIVEL
SI.N.E.P.
NIVEL F.E.
DEVALLE, Karen Paola
27.659.329
B
IV
VASQUEZ, Enrique Fabián
20.406.163
B
IV
APELLIDO Y NOMBRES
DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS
Apellido y
D.N.I. N° Agrupamiento
Tramo
Nivel Grado
Cargo
Código
Nombre
Asistente
2010-000340-MINCITRUA, Ignacio
22.981.954
GENERAL
GENERAL
D
1
Administrativo
G-SI-X-D
Lionel
SANCHEZ
Asistente
2010-000341-MINCITGELOS,
27.768.159
GENERAL
GENERAL
D
1
Administrativo
G-SI-X-D
Luciana
ALVARENGA,
Asistente
2010-000342-MINCITPaula
27.254.488
GENERAL
GENERAL
D
1
Administrativo
G-SI-X-D
Verónica
#F4720961F#
#I4711612I#
CARGO
Jefe de Equipo
Legal Operativo
Jefe de Equipo
Sistemas de
Información
DESDE
03-05-2013
25-01-2013
#F4711612F#
#I4711614I#
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Decreto 2040/2014
Designación en la Dirección Nacional de Relaciones Federales.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
Decreto 2038/2014
Danse por prorrogadas designaciones en la Unidad de Auditoría Interna.
Bs. As., 30/10/2014
VISTO el Expediente N° S01:0068039/2013 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y
Bs. As., 30/10/2014
VISTO el Expediente N° 1.542.236/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002 y sus modificatorios,
y 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 744
del 24 de agosto de 2012, la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION
PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 del 18 de marzo de 2010 y
sus modificatorias, y las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nros. 959 del 5 de noviembre de 2012, 1.016 del 9 de noviembre de 2012,
1.045 del 14 de noviembre de 2012 y 1.299 del 26 de noviembre de 2013, y
Viernes 14 de noviembre de 2014
Primera Sección
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 del 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de
Empleo Público.
Que por la Decisión Administrativa N° 744 del 24 de agosto de 2012 se exceptuó al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL de la prohibición contenida en
el artículo 7° de la Ley N° 26.728, a los efectos de posibilitar la cobertura de los cargos
vacantes y financiados de la Planta Permanente que se detallan en la planilla que como
Anexo forma parte integrante de la citada medida.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
N° 959 del 5 de noviembre de 2012 y su rectificatoria N° 1.016 del 9 de noviembre de 2012,
se designaron a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de QUINIENTOS DIEZ (510) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente, mediante el
Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
(SINEP) aprobado por la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39/10 y sus modificatorias, a las
personas que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de le referida resolución.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
N° 1.045 del 14 de noviembre de 2012, se aprobaron las Bases de las Convocatorias dictadas por los Comités de Selección designados para la cobertura de CUATROCIENTOS
OCHENTA Y DOS (482) cargos vacantes y financiados de la planta permanente.
Que por el artículo 3° de la resolución citada en el considerando anterior se llamó a Concurso mediante Convocatoria Extraordinaria y Abierta, conforme los procedimientos establecidos por el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo
Público (SINEP), para la cobertura de los cargos que se detallan en el Anexo II de la citada
medida, entre los cuales se encuentra el cargo de Abogado en Asuntos Laborales de la
Delegación Regional Santiago del Estero de la Dirección Regional NOA de la Dirección
Nacional de Relaciones Federales dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO.
Que los integrantes del Comité de Selección han actuado en un todo de acuerdo con
lo dispuesto por el Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios,
y con los procedimientos de selección establecidos por la Resolución de la entonces
SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
N° 39/10 y sus modificatorias.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
N° 1.299 del 26 de noviembre de 2013, se aprobó el Orden de Mérito Definitivo para UN
(1) cargo del Agrupamiento Profesional, Nivel C, Abogado en Asuntos Laborales de la
Delegación Regional Santiago del Estero de la Dirección Regional NOA de la Dirección
Nacional de Relaciones Federales dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO, conforme lo consignado en el Anexo que forma parte integrante de dicha resolución.
Que por el artículo 31 del Anexo al Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus
modificatorios, se establece que el personal que accediera a un nivel escalafonario superior dentro de su agrupamiento de conformidad con lo dispuesto en el referido artículo,
continuará con su carrera a partir del Grado y Tramo equivalente al alcanzado en su nivel
anterior, fijando a ese efecto la modalidad para su asignación.
Que por el artículo 128 del Anexo al Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, se establece que en el supuesto del trabajador que por al menos TRES (3) ejercicios presupuestarios se desempeñara como personal no permanente, mediante contratos o designaciones
transitorias vigentes al momento de su inscripción en un proceso de selección, prestando
servicios tanto equivalentes equiparados al mismo nivel, como superiores equiparados a
un nivel superior, a los del cargo para el que se postula ocupar, el órgano selector podrá
recomendar su incorporación en el Grado escalafonario que resulte de la aplicación de la
proporción dispuesta en el inciso a) del referido artículo 31, a razón de UN (1) Grado escalafonario por cada DOS (2) Grados de equiparación reconocidos en dichos contratos o
designaciones transitorias, y si se verificara el supuesto respectivo, con más lo resultante
de la aplicación de lo dispuesto en el inciso c) del citado artículo.
Que por el Acta N° 49 del 26 de noviembre de 2013, el Comité de Selección N° 1, de
acuerdo a lo dispuesto en los artículos 31 y 128 del Anexo al Decreto N° 2.098/08 y sus
modificatorios, recomienda incorporar a la postulante referida en el ANEXO de la presente
medida en el Grado del Nivel escalafonario del cargo concursado que allí se determina.
Que la designación en el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que mediante el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros
aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública,
centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será
efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99,
inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, del artículo 1° del Decreto N° 491/02, y de los
artículos 7° y 10 de la Ley N° 26.895.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
6
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con
cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Carlos A. Tomada.
ANEXO
SECRETARIA DE TRABAJO
Dirección Nacional de Relaciones Federales
Dirección Regional NOA
APELLIDO Y
NOMBRE
M.I.
AGRUPAMIENTO
NIVEL
TRAMO
GRADO
Profesional
C
General
3
GOMEZ
SAN PABLO,
22.617.906
Karina
Daniela
LUGAR DE
PRESTACION
DE SERVICIOS
Delegación
Abogado
Regional
en Asuntos
Santiago del
Laborales
Estero
CARGO
#F4711614F#
#I4711615I#
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Decreto 2041/2014
Designación en la Dirección Nacional de Relaciones Federales.
Bs. As., 30/10/2014
VISTO el Expediente N° 1.542.133/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002 y sus modificatorios, y 2.098
del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 744 del 24 de
agosto de 2012, la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 del 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias,
y las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nros. 959
del 5 de noviembre de 2012, 1.016 del 9 de noviembre de 2012, 1.045 del 14 de noviembre de
2012 y 1.253 del 22 de noviembre 2013, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 del 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias, se aprobó
el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público.
Que por la Decisión Administrativa N° 744 del 24 de agosto de 2012 se exceptuó al MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL de la prohibición contenida en el artículo 7° de
la Ley N° 26.728, a los efectos de posibilitar la cobertura de los cargos vacantes y financiados
de la Planta Permanente que se detallan en la planilla que como Anexo forma parte integrante
de la citada medida.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 959
del 5 de noviembre de 2012 y su rectificatoria N° 1.016 del 9 de noviembre de 2012, se designaron a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de QUINIENTOS DIEZ (510)
cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente, mediante el Régimen de Selección de
Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS N° 39/10 y sus modificatorias a las personas que se detallan en el Anexo que
forma parte integrante de la referida resolución.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
N° 1.045 del 14 de noviembre de 2012, se aprobaron las Bases de las Convocatorias dictadas
por los Comités de Selección designados para la cobertura de CUATROCIENTOS OCHENTA Y
DOS (482) cargos vacantes y financiados de la planta permanente.
Que por el artículo 2° de la resolución citada en el considerando anterior se llamó a Concurso
mediante Convocatoria Extraordinaria y General, conforme los procedimientos establecidos
por el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP),
para la cobertura de los cargos que se detallan en el Anexo I de la citada medida, entre los cuales se encuentra el cargo de Asistente Administrativo de la Delegación Regional Catamarca de
la Dirección Regional NOA de la Dirección Nacional de Relaciones Federales dependiente de la
SECRETARIA DE TRABAJO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que los integrantes del Comité de Selección han actuado en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, y con los
procedimientos de selección establecidos por la Resolución de la entonces SECRETARIA DE
LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39/10 y sus modificatorias.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
N° 1.253 del 22 de noviembre de 2013, se aprobó el Orden de Mérito Definitivo para UN (1)
cargo del Agrupamiento General, Nivel D, Asistente Administrativo de la Delegación Regional
Catamarca de la Dirección Regional NOA de la Dirección Nacional de Relaciones Federales
dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, conforme lo consignado en el Anexo que forma parte integrante de dicha
resolución.
Artículo 1° — Exceptúase al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, al
solo efecto de posibilitar la cobertura del cargo vacante financiado cuyo detalle obra en el ANEXO
del presente Decreto, de lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 26.895.
Que por el artículo 31 del Anexo al Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, se establece que el personal que accediera a un nivel escalafonario superior dentro de su
agrupamiento de conformidad con lo dispuesto en el referido artículo, continuará con su carrera
a partir del Grado y Tramo equivalente al alcanzado en su nivel anterior, fijando a ese efecto la
modalidad para su asignación.
Art. 2° — Desígnase a la persona que se menciona en el ANEXO que forma parte integrante
del presente Decreto, en el Agrupamiento, Tramo, Nivel y Grado escalafonario correspondiente al
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, y en la Dependencia
del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL que se determina.
Que por el artículo 128 del Anexo al Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, se establece
que en el supuesto del trabajador que por al menos TRES (3) ejercicios presupuestarios se
desempeñara como personal no permanente, mediante contratos o designaciones transitorias
vigentes al momento de su inscripción en un proceso de selección, prestando servicios tanto
equivalentes equiparados al mismo nivel, como superiores equiparados a un nivel superior, a los
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
del cargo para el que se postula ocupar, el órgano selector podrá recomendar su incorporación
en el Grado escalafonario que resulte de la aplicación de la proporción dispuesta en el inciso
a) del referido artículo 31, a razón de UN (1) Grado escalafonario por cada DOS (2) Grados de
equiparación reconocidos en dichos contratos o designaciones transitorias, y si se verificara el
supuesto respectivo, con más lo resultante de la aplicación de lo dispuesto en el inciso c) del
citado artículo.
Que por el Acta N° 49 del 3 de diciembre de 2013, el Comité de Selección N° 2, de acuerdo a
lo dispuesto en los artículos 31 y 128 del Anexo al Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios,
recomienda incorporar al postulante referido en el ANEXO de la presente medida en el Grado
del Nivel escalafonario del cargo concursado que allí se determina.
Que la designación en el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que mediante el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos,
que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y
descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso
1 de la CONSTITUCION NACIONAL, del artículo 1° del Decreto N° 491/02, y de los artículos 7°
y 10 de la Ley N° 26.895.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Exceptúase al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, al solo
efecto de posibilitar la cobertura del cargo vacante financiado cuyo detalle obra en el ANEXO del presente Decreto, de lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 26.895.
Art. 2° — Desígnase a la persona que se menciona en el ANEXO que forma parte integrante del
presente Decreto, en el Agrupamiento, Tramo, Nivel y Grado escalafonario correspondiente al Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP)
homologado por el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, y en la Dependencia del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL que se determina.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las
partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Carlos A. Tomada.
ANEXO
SECRETARIA DE TRABAJO
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
7
ción de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS N° 39/10 y sus modificatorias a las personas que se detallan en el Anexo que
forma parte integrante de la referida resolución.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
N° 1.045 del 14 de noviembre de 2012, se aprobaron las Bases de las Convocatorias dictadas
por los Comités de Selección designados para la cobertura de CUATROCIENTOS OCHENTA Y
DOS (482) cargos vacantes y financiados de la planta permanente.
Que por el artículo 2° de la resolución citada en el considerando anterior se llamó a Concurso
mediante Convocatoria Extraordinaria y General, conforme los procedimientos establecidos
por el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP),
para la cobertura de los cargos que se detallan en el Anexo I de la citada medida, entre los
cuales se encuentra el cargo de Abogado Especializado en Compras y Contrataciones, de la
Dirección de Contrataciones y Patrimonio, de la Dirección General de Administración, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que los integrantes del Comité de Selección han actuado en un todo de acuerdo con el Decreto
N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, y con los procedimientos de selección establecidos por la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39/10 y sus modificatorias.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
N° 1.521 del 27 de diciembre de 2013, se aprobó el Orden de Mérito Definitivo para UN (1) cargo
del Agrupamiento Profesional, Nivel B, Abogado Especializado en Compras y Contrataciones,
de la Dirección de Contrataciones y Patrimonio, de la Dirección General de Administración,
dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, conforme lo consignado en el Anexo que forma parte integrante
de dicha resolución.
Que por el artículo 31 del Anexo del Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, se establece que el personal que accediera a un nivel escalafonario superior dentro
de su agrupamiento de conformidad con lo dispuesto en el referido artículo, continuará con su
carrera a partir del Grado y Tramo equivalente al alcanzado en su nivel anterior, fijando a ese
efecto la modalidad para su asignación.
Que por el artículo 128 del Anexo del Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, se establece
que en el supuesto del trabajador que por al menos TRES (3) ejercicios presupuestarios se
desempeñara como personal no permanente, mediante contratos o designaciones transitorias
vigentes al momento de su inscripción en un proceso de selección, prestando servicios tanto
equivalentes equiparados al mismo nivel, como superiores equiparados a un nivel superior, a los
del cargo para el que se postula ocupar, el órgano selector podrá recomendar su incorporación
en el Grado escalafonario que resulte de la aplicación de la proporción dispuesta en el inciso
a) del referido artículo 31, a razón de UN (1) Grado escalafonario por cada DOS (2) Grados de
equiparación reconocidos en dichos contratos o designaciones transitorias, y si se verificara el
supuesto respectivo, con más lo resultante de la aplicación de lo dispuesto en el inciso c) del
citado artículo.
Que por el Acta N° 11 del 4 de diciembre de 2013, el Comité de Selección N° 19, de acuerdo a
lo dispuesto en los artículos 31 y 128 del Anexo del Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios,
recomienda incorporar al postulante referido en el ANEXO de la presente medida en el Grado
del Nivel escalafonario del cargo concursado que allí se determina.
Que la designación en el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Dirección Nacional de Relaciones Federales
Dirección Regional NOA
APELLIDO
Y NOMBRE
M.I.
AGRUPAMIENTO
NIVEL
TRAMO
GRADO
CARGO
GALINDEZ,
Gustavo
Raúl
25.302.681
General
D
General
3
Asistente
Administrativo
LUGAR DE
PRESTACION
DE SERVICIOS
Delegación
Regional
Catamarca
#F4711615F#
#I4711616I#
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Decreto 2042/2014
Designación en la Dirección General de Administración.
Bs. As., 30/10/2014
VISTO el Expediente N° 1.542.577/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002 y sus modificatorios, 2.098 del 3
de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 744 del 24 de agosto
de 2012, la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 del 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias, y las
Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nros. 959 del 5
de noviembre de 2012, 1.016 del 9 de noviembre de 2012, 1.045 del 14 de noviembre de 2012, y
1.521 del 27 de diciembre de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 del 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias, se aprobó
el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público.
Que por la Decisión Administrativa N° 744 del 24 de agosto de 2012 se exceptuó al MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL de la prohibición contenida en el artículo 7° de
la Ley N° 26.728, a los efectos de posibilitar la cobertura de los cargos vacantes y financiados
de la Planta Permanente que se detallan en la planilla que como Anexo forma parte integrante
de la citada medida.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 959
del 5 de noviembre de 2012 y su rectificatoria N° 1.016 del 9 de noviembre de 2012, se designaron a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de QUINIENTOS DIEZ (510)
cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente, mediante el Régimen de Selección de
Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por la Resolu-
Que mediante el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos,
que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y
descentralizada en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso
1 de la CONSTITUCION NACIONAL, del artículo 1° del Decreto N° 491/02, y de los artículos 7°
y 10 de la Ley N° 26.895.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Exceptúase al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, al solo
efecto de posibilitar la cobertura del cargo vacante financiado cuyo detalle obra en el ANEXO del presente Decreto, de lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 26.895.
Art. 2° — Desígnase a la persona que se menciona en el ANEXO que forma parte integrante del
presente Decreto, en el Agrupamiento, Tramo, Nivel y Grado escalafonario correspondiente al Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP)
homologado por el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, y en la Dependencia del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL que se determina.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las
partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Carlos A. Tomada.
ANEXO
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
Dirección General de Administración
APELLIDO Y
NOMBRE
M.I.
GARCIA
TISCORNIA, 26.769.251
Juan Pablo
AGRUPAMIENTO NIVEL TRAMO GRADO
Profesional
B
General
3
CARGO
LUGAR DE
PRESTACION
DE SERVICIOS
Abogado
Dirección de
Especializado
Contrataciones
en Compras y
y Patrimonio
Contrataciones
#F4711616F#
Viernes 14 de noviembre de 2014
Primera Sección
DECISIONES
ADMINISTRATIVAS
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
8
ANEXO
#I4713928I#
CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES
CIENTIFICAS Y TECNICAS
Decisión Administrativa 951/2014
Cobertura de cargos.
Bs. As., 4/11/2014
VISTO el Expediente N° 2473/14 del Registro del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET), organismo descentralizado actuante
en la órbita del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014
aprobado por la Ley N° 26.895, el Decreto N° 310 de fecha 29 de marzo de 2007 y
la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 3 de enero de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que por artículo 7° de la Ley N° 26.895 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la citada ley, en las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional y de los que
queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete
de Ministros.
Que por el Decreto N° 310/07 se aprobó la estructura organizativa del CONSEJO
NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA.
Que mediante la Decisión Administrativa N° 506/09 se aprobaron las “NORMAS
PARA TRAMITAR LA AUTORIZACION PARA LA COBERTURA DE CARGOS VACANTES MEDIANTE LA CONVOCATORIA A LOS PROCESOS DE SELECCION DEL PERSONAL PERMANENTE DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO”.
Que la cobertura de las vacantes involucradas en la presente medida responde a
la necesidad funcional de proveer de la adecuada dotación de personal que asegure la prestación efectiva de los servicios a cargo del CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS, promoviendo así a la mejora de la
relación de empleo.
Que a través del proceso de transformación en el que se encuentra inserto el
Estado Nacional, el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y
TECNICAS (CONICET), ha reestructurado sus unidades organizativas, a efectos de
otorgarle mayor eficacia y eficiencia al accionar del Estado Nacional.
Que atento la importancia de las funciones asignadas a los cargos solicitados,
resulta imperiosa la cobertura de los mismos, por lo que procede efectuar su descongelamiento.
Que los referidos cargos se encuentran vacantes y financiados.
Que la cobertura de los cargos que se propicia descongelar se hará conforme los
Sistemas de Selección vigentes y requisitos según lo establecido en el SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08
y sus modificatorios.
Que la Dirección de Servicio Jurídico del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en el ejercicio de las atribuciones conferidas por
el artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el artículo 7° de la
Ley N° 26.895.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Exceptúase al CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE
CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, de la prohibición contenida en el
artículo 7° de la Ley N° 26.895, a los efectos de posibilitar la cobertura de los cargos
vacantes y financiados de la Planta Permanente que se detallan en la planilla que como
Anexo forma parte integrante de la presente medida.
Art. 2° — Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los sistemas de
selección vigentes y requisitos según lo establecido en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios y la
Resolución ex SGP N° 39 del 18 de marzo de 2010.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido
con cargo a las partidas específicas del Inciso 1 - Gastos en Personal, del presupuesto
para el ejercicio vigente del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y
TECNICAS (CONICET).
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Jorge M. Capitanich. — José L. S. Barañao.
#F4713928F#
Viernes 14 de noviembre de 2014
Primera Sección
#I4717443I#
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Carlos H. Casamiquela.
Decisión Administrativa 952/2014
Contratación en la Unidad Ministro.
9
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
ANEXO
Modalidad de Contratación: LEY 25.164
Bs. As., 7/11/2014
Nombre del Proyecto: 0000001202 INDIVIDUALES DE LA UNIDAD MINISTRO
VISTO el Expediente N° S05:0010267/2014 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley N° 25.164, el Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de
2002, la Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009,
la Resolución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA
DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus
modificatorias, y
Código de Control: 0000023322
Listado de Contrataciones
Nº
1
Apellido
PINTO
Nombre
PABLO JESUS
Tipo y Nº Doc.
NyG
Desde
Hasta
Prog.
Act.
Dedic.
DNI 37558227
D0
01/02/2014
31/12/2014
1
1
100%
#F4717443F#
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la
contratación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de
la presente medida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo a la Ley
Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y su reglamentación,
destinada a la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA
Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal
modo su eficaz desenvolvimiento operativo.
Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha
3 de diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.
Que el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 de
agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en
los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.
Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo que forma
parte integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.
Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las
funciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto
N° 1.421/02, al solo efecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Que resulta necesario entonces, dar por exceptuada a la persona propuesta de los
requisitos establecidos en el Artículo 14, inciso b) del Anexo al Decreto N° 2.098/08,
para el Nivel D.
Que los Artículos 7° y 9° del Anexo a la Ley N° 25.164, reglamentada por el Decreto
N° 1.421/02 y la Resolución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la
relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la
prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los
niveles y grados de la planta permanente.
Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos 9° y 14 del Anexo I del Decreto N° 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución N° 48/02 y sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de
grado contenidas en la Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004
y sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6
de marzo de 2009.
Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de
2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo
100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y por el último párrafo del Artículo 9°
del Anexo I del Decreto N° 1.421/02.
Por ello,
#I4717444I#
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Decisión Administrativa 953/2014
Contratación en la Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa.
Bs. As., 7/11/2014
VISTO el Expediente N° S05:0004088/2014 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA, la Ley N° 25.164, el Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de
2002, la Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias
Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la
Resolución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE
LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contratación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de
Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y su reglamentación, destinada a la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su
labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.
Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de
diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles
escalafonarios.
Que el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 de
agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar
excepciones al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y a
requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de
funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.
Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo que forma parte
integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la
realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.
Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las funciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la persona que se detalla en el
Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos
en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421/02, al solo
efecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA
Y PESCA.
Que resulta necesario entonces, dar por exceptuada a la persona propuesta de los requisitos establecidos en el Artículo 14, inciso b) del Anexo al Decreto N° 2.098/08, para
el Nivel B.
Que los Artículos 7° y 9° del Anexo a la Ley N° 25.164, reglamentada por el Decreto
N° 1.421/02 y la Resolución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y
sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de
empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de
servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de
la planta permanente.
Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos
9° y 14 del Anexo I del Decreto N° 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplicación del
régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución N° 48/02 y
sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en
la Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros.
1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Artículo 1° — Dase por exceptuada a la persona que se detalla en el Anexo que forma
parte integrante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del
inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, al solo
efecto de posibilitar su contratación, en el nivel y grado del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y plazo consignados en el
Anexo que forma parte de la presente decisión administrativa, bajo el régimen del Artículo
9° del Anexo de la ley precitada, en el ámbito de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA
DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo
100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y por el último párrafo del Artículo 9° del
Anexo I del Decreto N° 1.421/02.
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
Por ello,
Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos
9° y 14 del Anexo I del Decreto N° 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplicación del
régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución N° 48/02 y
sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en
la Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros.
1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Dase por exceptuada a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte
integrante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c)
del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de
la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, al solo efecto de posibilitar
su contratación, en el nivel y grado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de
fecha 3 de diciembre de 2008 y plazo consignados en el Anexo que forma parte de la presente
decisión administrativa, bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo de la ley precitada, en el ámbito
de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA
DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Carlos H. Casamiquela.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo
100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y por el último párrafo del Artículo 9° del
Anexo I del Decreto N° 1.421/02.
ANEXO
Por ello,
Modalidad de Contratación: LEY 25.164
Nombre del Proyecto: 0000001180 INDIVIDUALES DE LA SUBSECRETARIA DE COORDINACION
TECNICA Y ADMINISTRATIVA
Código de Control: 0000022975
Listado de Contrataciones
Nº
1
Apellido
AVILA
Nombre
YANINA
LAURA
Tipo y Nº Doc.
NyG
Desde
Hasta
Prog.
Act.
Dedic.
DNI 34511129
B0
01/02/2014
31/12/2014
1
1
100%
Cantidad de Contratos Listados: 1
Imputación Presupuestaria: 1 81
10
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
Proyecto: 0
Fuente: 11
Ubic. Geo: 2
Jurisdicción: 52
#F4717444F#
#I4717445I#
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Dase por exceptuada a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte
integrante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c) del
Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley
Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, al solo efecto de posibilitar su contratación, en el nivel y grado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de
diciembre de 2008 y plazo consignados en el Anexo que forma parte de la presente decisión administrativa, bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo de la ley precitada, en el ámbito de la UNIDAD
MINISTRO del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Carlos H. Casamiquela.
ANEXO
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Modalidad de Contratación: LEY 25.164
Decisión Administrativa 954/2014
Nombre del Proyecto: 0000001202 INDIVIDUALES DE LA UNIDAD MINISTRO
Contratación en la Unidad Ministro.
Código de Control: 0000021291
Listado de Contrataciones
Bs. As., 7/11/2014
VISTO el Expediente N° S05:0550376/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley N° 25.164, el Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, la
Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.151
de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución N° 48
de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y
Nº
1
Apellido
ROSSETTO
Nombre
OSCAR
MARCOS
Tipo y Nº Doc.
NyG
Desde
Hasta
Prog.
Act.
Dedic.
DNI 10996507
C0
01/09/2013
31/12/2013
1
1
100%
Proyecto: 0
Fuente: 11
Cantidad de Contratos Listados: 1
Imputación Presupuestaria: 1 81
Ubic. Geo: 2
Jurisdicción: 52
#F4717445F#
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contratación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente
medida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y su reglamentación, destinada a la UNIDAD
MINISTRO del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de
fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento
operativo.
#I4717446I#
Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de
diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles
escalafonarios.
Bs. As., 7/11/2014
Que el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 de
agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar
excepciones al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y a
requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de
funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.
Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo que forma parte
integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la
realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.
Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las funciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la persona que se detalla en el
Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos
en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo l del Decreto N° 1.421/02, al solo
efecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA
Y PESCA.
Que resulta necesario entonces, dar por exceptuada a la persona propuesta de los requisitos establecidos en el Artículo 14, inciso a) del Anexo al Decreto N° 2.098/08, para
el Nivel C.
Que los Artículos 7° y 9° del Anexo a la Ley N° 25.164, reglamentada por el Decreto
N° 1.421/02 y la Resolución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y
sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de
empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de
servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de
la planta permanente.
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Decisión Administrativa 955/2014
Contratación en la Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa.
VISTO el Expediente N° S05:0004997/2014 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley N° 25.164, el Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, la
Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.151
de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución N° 48
de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contratación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente
medida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y su reglamentación, destinada al ámbito de
la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su
labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.
Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de
diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles
escalafonarios.
Que el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 de
agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar
excepciones al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y a
requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de
funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.
Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo que forma parte
integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la
realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
medida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y su reglamentación, destinada al ámbito de
la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el
objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.
Que resulta necesario entonces, dar por exceptuada a la persona propuesta de los requisitos establecidos en el Artículo 14, inciso b) del Anexo al Decreto N° 2.098/08, para el Nivel D.
Que el Artículo 5°, inciso f) del Anexo de la Ley N° 25.164 establece como impedimento para
el ingreso a la Administración Pública Nacional poseer la edad prevista en la ley previsional
para acceder al beneficio de la jubilación o el que gozare de un beneficio previsional.
Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos
9° y 14 del Anexo I del Decreto N° 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplicación del
régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución N° 48/02 y
sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en
la Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros.
1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.
Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA
DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo
100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y por el último párrafo del Artículo 9° del
Anexo I del Decreto N° 1.421/02.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Dase por exceptuada a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte
integrante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c)
del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de
la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, al solo efecto de posibilitar
su contratación, en el nivel y grado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de
fecha 3 de diciembre de 2008 y plazo consignados en el Anexo que forma parte de la presente
decisión administrativa, bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo de la ley precitada, en el ámbito
de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Carlos H. Casamiquela.
ANEXO
Modalidad de Contratación: LEY 25.164
Nombre del Proyecto: 0000001180 INDIVIDUALES DE LA SUBSECRETARIA DE COORDINACION
TECNICA Y ADMINISTRATIVA
Código de Control: 0000023126
Listado de Contrataciones
1
11
Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las funciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la persona que se detalla en el Anexo
que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos en el punto
II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421/02, al solo efecto de posibilitar
su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Que los Artículos 7° y 9° del Anexo a la Ley N° 25.164, reglamentada por el Decreto N° 1.421/02
y la Resolución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA
GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias,
norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que
revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.
Nº
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
Apellido
NAVARRO
Nombre
ADRIAN
ARTURO
Tipo y Nº Doc.
NyG
Desde
Hasta
Prog.
Act.
Dedic.
DNI 25762644
D0
01/02/2014
31/12/2014
1
1
100%
Proyecto: 0
Fuente: 11
Cantidad de Contratos Listados: 1
Imputación Presupuestaria: 1 81
Ubic. Geo: 2
Jurisdicción: 52
#F4717446F#
#I4717447I#
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Decisión Administrativa 957/2014
Apruébase contratación en la Unidad Ministro.
Bs. As., 7/11/2014
VISTO el Expediente N° S05:0560192/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley N° 25.164, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014 aprobado por la Ley N° 26.895, los Decretos Nros. 491 de
fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 1.421 de fecha 8 de agosto
de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de
diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución N° 48 de fecha 30 de
diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contratación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente
Que el Artículo 5° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002 dispone
que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá exceptuar del aludido requisito mediante fundamentación precisa y circunstanciada de la jurisdicción solicitante.
Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de
diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles
escalafonarios.
Que el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto
de 2002, dispone que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones
al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y a requerimiento
del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que
posean una especialidad crítica en el mercado.
Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo que forma parte
integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la
realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.
Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las funciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la persona que se detalla en el
Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos
en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo l del Decreto N° 1.421/02, tal solo
efecto de posibilitar su contratación en el ámbito del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA.
Que resulta necesario entonces, exceptuar a la persona detallada en el Anexo que forma
parte integrante de la presente medida, del aludido requisito de la edad prevista en la ley
previsional, como así también de las exigencias establecidas en el Artículo 14, inciso b)
del Anexo al Decreto N° 2.098/08, para el Nivel A.
Que los Artículos 7° y 9° del Anexo a la Ley N° 25.164, reglamentada por el Decreto
N° 1.421/02 y la Resolución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y
sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de
empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de
servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de
la planta permanente.
Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos
9° y 14 del Anexo I del Decreto N° 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplicación del
régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución N° 48/02 y
sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en
la Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros.
1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.
Que el Artículo 1° del Decreto N° 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios
establece que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto N° 491 de
fecha 12 de marzo de 2002 y su reglamentación será aprobada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros en aquellos supuestos que correspondan a equiparaciones retributivas
a la máxima categoría o nivel escalafonario de referencia.
Que la atención del gasto resultante de la contratación alcanzada por la presente medida
se efectuará con los créditos del presupuesto de la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, de conformidad con lo indicado en el Anexo que
forma parte integrante de la presente medida.
Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA
DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100,
inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, por el artículo 5° y por el último párrafo del
Artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421/02 y por el Artículo 1° del Decreto N° 577 de
fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Exceptúase a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante
de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c) del Artículo
9° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, y del requisito establecido
por el Artículo 5°, inciso f) del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional
N° 25.164, al solo efecto de posibilitar su contratación, en el nivel y grado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.),
homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, y plazo consignados en el
Anexo que forma parte de la presente decisión administrativa, bajo el régimen del Artículo 9° del
Anexo de la ley precitada, en el ámbito de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Art. 2° — Apruébase la contratación con relación de empleo público, conforme lo establecido
por el Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y
su reglamentación, de la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida, destinada
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
al ámbito de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA,
conforme al nivel, grado y plazo que en su caso se consignan.
Que el Decreto N° 601/02, establece en su artículo 1° que las disposiciones del Decreto N° 491/02 son aplicables, entre otros, a los contratos convenidos para proyectos o programas de cooperación técnica con financiamiento bilateral y multilateral,
nacional e internacional, y los que tramiten por acuerdo entre cada Jurisdicción
o entidad y el PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO
(PNUD).
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Carlos H. Casamiquela.
ANEXO
Que por el Decreto N° 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, se estableció que
toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto N° 491/02 y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos que
correspondan a equiparaciones retributivas a la máxima categoría o nivel escalafonario
de referencia.
Modalidad de Contratación: LEY 25.164
Nombre del Proyecto: 0000001202 INDIVIDUALES DE LA UNIDAD MINISTRO
Código de Control: 0000021554
Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha elevado la contratación de personal cuya prestación de servicios resulta indispensable para el cumplimiento de los diversos objetivos asignados a la jurisdicción y para asegurar la continuidad y
eficiencia de las actividades previstas en el documento del proyecto del PROGRAMA DE
LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (PNUD).
Listado de Contrataciones
1
Apellido
MARQUEZ
Nombre
SUSANA
ERNESTINA
Tipo y Nº Doc.
NyG
Desde
Hasta
Prog.
Act.
Dedic.
A4
A partir de la
notificación
del acto que
apruebe el
contrato
31/12/2014
1
1
100%
DNI 6.224.054
Que en virtud a que la modificación contractual propiciada concierne a una función equiparada retributivamente a la máxima categoría o nivel escalafonario de referencia, corresponde que sea aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.
Cantidad de Contratos Listados: 1
Imputación Presupuestaria: 1 81
Proyecto: 0
Fuente: 11
Ubic. Geo: 2
12
cional, de personal permanente y no permanente, incluyendo al personal transitorio y
contratado, cualquiera fuera su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada
por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa será
imputado con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, de conformidad con lo indicado en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.
Nº
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
Que ha tomado la intervención que le compete el DIRECTOR NACIONAL del PROYECTO PNUD ARG/07/007 “APOYO AL PROGRAMA DE DESARROLLO DE UN SISTEMA DE
FORMACION CONTINUA”.
Jurisdicción: 52
#F4717447F#
Que se ha dado cumplimiento a la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la
PRESIDENCIA DE LA NACION N° 4 del 15 de marzo de 2002.
#I4717448I#
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Decisión Administrativa 958/2014
Que la presente medida se dicta en ejercicio del artículo 100, inciso 2) de la CONSTITUCION NACIONAL y de los artículos 1° y 3° del Decreto N° 577/03 y sus modificatorios.
Contratación. Apruébase modificación.
Por ello,
Bs. As., 7/11/2014
VISTO el Expediente N° 1.546.109/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 23.396 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 491 del 12
de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002 y 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, los Documentos del Proyecto del PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS
PARA EL DESARROLLO (PNUD) ARG/07/007 “APOYO AL PROGRAMA DE DESARROLLO
DE UN SISTEMA DE FORMACION CONTINUA”, y
CONSIDERANDO:
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Apruébase la modificación de la contratación suscripta en el marco del Proyecto del PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (PNUD) ARG/07/007
“APOYO AL PROGRAMA DE DESARROLLO DE UN SISTEMA DE FORMACION CONTINUA”, de
acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente medida.
Que por el artículo 1° de la Ley N° 23.396 se aprobó el ACUERDO entre la REPUBLICA ARGENTINA y el PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO
(PNUD), firmado en la Ciudad de Buenos Aires el 26 de febrero de 1985.
Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con
cargo a las partidas específicas del proyecto del PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA
EL DESARROLLO (PNUD) ejecutado en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, correspondiente al período de su devengamiento.
Que conforme el Decreto N° 491/02 toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Na-
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Carlos A. Tomada.
ANEXO
#F4717448F#
RESOLUCIONES
#I4720636I#
Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca
EMERGENCIA AGROPECUARIA
Resolución 804/2014
Dase por declarada la situación de emergencia y/o desastre agropecuario en la
Provincia de Misiones.
Bs. As., 13/11/2014
VISTO el Expediente N° S05:0041820/2014 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA, la Ley N° 26.509 y su Decreto Reglamentario N° 1.712 del 10
de noviembre de 2009, el Acta de la reunión de la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS del 30 de septiembre de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que la Provincia de MISIONES solicitó a la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS en la reunión del 30 de septiembre de 2014
que de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto N° 637 de fecha 30 de junio de 2014
se declare el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda,
en todo el territorio de la Provincia de MISIONES, desde el 25 de junio de 2014 y por
el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días corridos, en razón de las afectaciones provocadas por la elevación de nivel y desborde de los ríos Uruguay e Iguazú, afluentes
y demás cursos de agua, factor que se incrementó por las excepcionales precipitaciones pluviales verificadas, dentro de los términos de la Ley N° 26.509.
Viernes 14 de noviembre de 2014
Primera Sección
Que la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS
analizó la situación ocurrida en las explotaciones provinciales y recomendó declarar
en la Provincia de MISIONES la situación de emergencia y/o desastre agropecuario,
según corresponda, desde el 25 de junio de 2014 hasta el 24 de diciembre de 2014
a las explotaciones agropecuarias afectadas por la repentina elevación de nivel y
desborde de los ríos Uruguay e Iguazú y exceso de precipitaciones, dedicadas a: i)
producción ganadera bovina lechera de los Departamentos 25 de Mayo, Guaraní y
San Pedro, ii) producción ganadera bovina de carne de los Departamentos Apóstoles, 25 de Mayo, Guaraní y Oberá, iii) producción porcina de los Departamentos
Apóstoles, 25 de Mayo, Concepción, General Manuel Belgrano, Guaraní, Leandro
Nicéforo Alem, San Javier y Oberá, iv) producción aviar de los Departamentos de
Apóstoles, 25 de Mayo, Concepción, General Manuel Belgrano, Guaraní, Leandro
Nicéforo Alem, San Javier y Oberá, v) producción piscícola de los Departamentos
25 de Mayo, Concepción, General Manuel Belgrano, Guaraní, San Javier y Oberá;
vi) producción hortícola de los Departamentos Apóstoles, 25 de Mayo, Concepción,
Guaraní, Leandro Nicéforo Alem, San Javier, General Manuel Belgrano, Libertador
General San Martín, Oberá y San Ignacio, vii) producción de citronella del Departamento Guaraní, viii) producción apícola de los Departamentos Apóstoles, 25 de
Mayo, Concepción, Guaraní, Leandro Nicéforo Alem, San Javier, General Manuel
Belgrano, Libertador General San Martín, Oberá y San Ignacio, ix) producción cítrica
de los Departamentos 25 de Mayo, Cainguas, Apóstoles, Guaraní, Leandro Nicéforo
Alem, San Javier, General Manuel Belgrano, Libertador General San Martín, Oberá
y San Ignacio, x) producción de mamón y ananá de los Departamentos 25 de Mayo,
Apóstoles, Concepción, Guaraní, Leandro Nicéforo Alem, San Javier, General Manuel Belgrano, Libertador General San Martín, Oberá y San Ignacio, xi) producción
de caña de azúcar de los Departamentos Apóstoles, 25 de Mayo, Candelaria, Concepción, Guaraní, San Javier, Libertador General San Martín, Oberá y San Ignacio,
xii) producción forestal de los Departamentos Apóstoles, Concepción, 25 de Mayo,
San Javier y Oberá y xiii) producción de yerba mate de los Departamentos 25 de
Mayo, Guaraní, Apóstoles y Concepción.
Que la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS
estableció que el 24 de diciembre de 2014 es la fecha de finalización del actual ciclo
productivo para la situación de emergencia y/o desastre agropecuario detallada en
el considerando anterior de acuerdo con lo estipulado en los Artículos 22 y 23 del
Anexo del Decreto N° 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en función de lo previsto por la Ley de Ministerios
(texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones y el Artículo 9° del
Anexo del Decreto N° 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.
Por ello,
EL MINISTRO
DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
RESUELVE:
Artículo 1° — A los efectos de la aplicación de la Ley N° 26.509: Dase por declarada
en la Provincia de MISIONES la situación de emergencia agropecuaria y/o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 25 de junio de 2014 hasta el 24 de diciembre de 2014 a
las explotaciones agropecuarias afectadas por la repentina elevación de nivel y desborde de
los ríos Uruguay e Iguazú y exceso de precipitaciones, dedicadas a: i) producción ganadera
bovina lechera de los Departamentos 25 de Mayo, Guaraní y San Pedro, ii) producción ganadera bovina de carne de los Departamentos Apóstoles, 25 de Mayo, Guaraní y Oberá, iii) producción porcina de los Departamentos Apóstoles, 25 de Mayo, Concepción, General Manuel
Belgrano, Guaraní, Leandro Nicéforo Alem, San Javier y Oberá, iv) producción aviar de los
Departamentos de Apóstoles, 25 de Mayo, Concepción, General Manuel Belgrano, Guaraní,
Leandro Nicéforo Alem, San Javier y Oberá, v) producción piscícola de los Departamentos
25 de Mayo, Concepción, General Manuel Belgrano, Guaraní, San Javier y Oberá; vi) producción hortícola de los Departamentos Apóstoles, 25 de Mayo, Concepción, Guaraní, Leandro
Nicéforo Alem, San Javier, General Manuel Belgrano, Libertador General San Martín, Oberá
y San Ignacio, vii) producción de citronella del Departamento Guaraní, viii) producción apícola de los Departamentos Apóstoles, 25 de Mayo, Concepción, Guaraní, Leandro Nicéforo
Alem, San Javier, General Manuel Belgrano, Libertador General San Martín, Oberá y San
Ignacio, ix) producción cítrica de los Departamentos 25 de Mayo, Cainguas, Apóstoles, Guaraní, Leandro Nicéforo Alem, San Javier, General Manuel Belgrano, Libertador General San
Martín, Oberá y San Ignacio, x) producción de mamón y ananá de los Departamentos 25 de
Mayo, Apóstoles, Concepción, Guaraní, Leandro Nicéforo Alem, San Javier, General Manuel
Belgrano, Libertador General San Martín, Oberá y San Ignacio, xi) producción de caña de
azúcar de los Departamentos Apóstoles, 25 de Mayo, Candelaria, Concepción, Guaraní, San
Javier, Libertador General San Martín, Oberá y San Ignacio, xii) producción forestal de los
Departamentos Apóstoles, Concepción, 25 de Mayo, San Javier y Oberá y xiii) producción de
yerba mate de los Departamentos 25 de Mayo, Guaraní, Apóstoles y Concepción.
Art. 2° — Determínase que el 24 de diciembre de 2014 es la fecha de finalización del
ciclo productivo para las producciones afectadas ubicadas en las zonas declaradas en situación de emergencia y/o desastre agropecuario detalladas en el Artículo Primero, de acuerdo
con lo estipulado en los Artículos 22 y 23 del Anexo del Decreto N° 1.712 de fecha 10 de
noviembre de 2009.
Art. 3° — A los efectos de poder acogerse a los beneficios que acuerda la Ley N° 26.509,
conforme con lo establecido por su Artículo 8°, los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que
sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos en dicho
artículo.
Art. 4° — Las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP), entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, arbitrarán los medios necesarios para
que los productores agropecuarios comprendidos en la presente resolución gocen de los
beneficios previstos en los Artículos 22 y 23 de la Ley N° 26.509.
Art. 5° — La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Carlos H. Casamiquela.
#F4720636F#
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
DISPOSICIONES
#I4717839I#
Administración Nacional
de Medicamentos, Alimentos
y Tecnología Médica
PRODUCTOS DOMISANITARIOS
Disposición 7694/2014
Prohibición de uso y comercialización.
Bs. As., 11/11/2014
VISTO el Expediente N° 1-47-1110-569-14-3 del
Registro de esta Administración Nacional
de Medicamentos, Alimentos y Tecnología
Médica, y
CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones citadas en el VISTO, el Departamento de Productos de Uso
Doméstico de la Dirección de Vigilancia de
Productos para la Salud, a fs. 1/3, hace saber que con motivo de haber solicitado la
habilitación como Elaborador y Fraccionador de limpiadores, detergentes alcalinos/
clorados, floculantes, coagulantes para
aguas, productos para el tratamiento de
aguas en sistemas de enfriamiento y tratamientos internos de calderas, por parte
de la firma DOCHEM Sociedad Responsabilidad Limitada, fiscalizadores de esa
Dirección, en el marco de Habilitación
Programada a Establecimientos Elaboradores y Fraccionadores (Productos de Uso
Doméstico), realizaron una inspección O.I.
N° 422/14 DVS (cuya copia obra a fs. 4/36),
en la sede de la firma con asiento en la Ruta
Nacional N° 19, km 5,2 Zona Sur, Lote 3,
Parcela 15/16 de la Ciudad de Santo Tomé,
Provincia de Santa Fe.
Que en ocasión de la inspección señalada,
los inspectores de la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud observó
que la firma estaba elaborando productos
domisanitarios bajo el nombre de Dochem,
los cuales no contaban al momento de la
inspección con registros de productos
ante esta Administración Nacional, siendo
dichos productos: DC ALCLEAR (detergente Alcalino para membranas). DC ALCLOR
(detergente clorado para membranas). DC
HYDROGEN (desincrustante ácido para
membranas). DC 101 (aditivo para soda
cáustica). POW 427 (anti incrustante para
calderas de baja y alta presión). POW 190
(anti corrosivo. para calderas de baja presión). POW 210 (desincrustantes para calderas de baja y alta presión). CIM 700 (anti
corrosivo anti incrustante para circuitos
semi abiertos de agua fría). CIM 1006 (anti
corrosivo para circuitos cerrados de agua
helada).
Que durante el aludido procedimiento se
observó la documentación comercial de
distribución de productos domisanitarios
emitida par la firma “DOCHEM S.R.L.”,
fuera de la jurisdicción de la Provincia de
Santa Fe, la cual se detalla a continuación:
Factura tipo A, N° 0001-0003078 y su correspondiente Remito. N° 0001-0003078 a
favor de La Lacteo S.A.
Que en consecuencia, la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud sugiere: a) Prohibir preventivamente de uso
y comercialización fuera de la Provincia
de Santa Fe todos los productos domisanitarios rotulados: “Elaborados por DOCHEM S.R.L., con domicilio en la Ruta
Nacional Nº 19 km 5,2, Zona Sur, Lote 3,
Parcela 15/16 de la Ciudad de Santo Tomé,
Provincia de Santa Fe; b) Iniciar el correspondiente sumario sanitario a la firma
DOCHEM S.R.L., con domicilio en la Ruta
Nacional Nº 19 km 5,2, Zona Sur, Lote 3,
Parcela 15/16 de la Ciudad de Santo Tomé,
Provincia de Santa Fe, como titular de los
productos y a su Director Técnico por los
incumplimientos a las Resoluciones Ministeriales Nº 708/98 y 709/98.
13
Que a la luz de lo expuesto, este Servicio
Jurídico Permanente, estima que corresponde también imputarle a la firma DOCHEM S.R.L. el artículo 816 del Reglamento
Alimentario (Decreto 141/53), el cual dispone: “Todos los productos mencionados en
el presente anexo se consideran comprendidos en las normas de carácter general
del Reglamento Alimentario Nacional, y sus
fabricantes, representantes, distribuidores
y expendedores deberán cumplimentarlas,
incluso las referentes a la autorización oficial previa de fábricas y productos.”, toda
vez que los productos en cuestión no se
encontraban registrados y carecían de Autorización Sanitaria correspondiente para
ser colocados en el mercado.
Que desde el punto de vista procedimental y respecto de las medidas aconsejadas
por el organismo actuante cabe opinar que
resulta competente esta Administración
Nacional en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 1.490/92 y que las
mismas se encuentran sustentadas en el
inciso b) del artículo 3°, los incisos n) y ñ)
del artículo 8º y del inciso q) del artículo 10
de la citada norma.
Que desde el punto de vista sustantivo las
irregularidades constatadas configuran la
presunta infracción al artículo 816 del Reglamento Alimentario (Decreto 141/53) y a
las Resoluciones Ministeriales Nº 708/98 y
709/98.
Que la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud, y la Dirección General de
Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en ejercicio de las facultades
conferidas por el Decreto N° 1490/92 y por
el Decreto N° 1886/14.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR NACIONAL
DE LA ADMINISTRACION NACIONAL
DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS
Y TECNOLOGIA MEDICA
DISPONE:
Artículo 1° — Prohíbese preventivamente la
comercialización y uso en todo el territorio nacional del producto rotulado como Elaborados
por DOCHEM S.R.L., con domicilio en la Ruta
Nacional N° 19 km 5,2, Zona Sur, Lote 3, Parcela 15/16 de la Ciudad de Santo Tomé, Provincia
de Santa Fe.
Art. 2° — Instrúyase sumario sanitario a la
firma DOCHEM S.R.L., con domicilio en la Ruta
Nacional Nº 19 km 5,2, Zona Sur, Lote 3, Parcela 15/16 de la Ciudad de Santo Tomé, Provincia
de Santa Fe, y a quien ejerza su dirección técnica por la presunta infracción al artículo 816º del
Reglamento Alimentario (Decreto 141/53) y las
Resoluciones Ministeriales Nº 708/98 y 709/98.
Art. 3° — Regístrese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación.
Comuníquese a la Autoridad Sanitaria de la Provincia de Córdoba, al resto de las autoridades
sanitarias provinciales y a la de del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección de Relaciones Institucionales y Regulación Publicitaria y póngase
en conocimiento de la situación a la Dirección
de Gestión de Información Técnica. Dése al
Dirección de Faltas Sanitarias de la Dirección
General de Asuntos Jurídicos a sus efectos. —
Rogelio López.
#F4717839F#
#I4717833I#
Administración Nacional
de Medicamentos, Alimentos
y Tecnología Médica
PRODUCTOS MEDICOS
Disposición 7697/2014
Prohibición de uso y comercialización.
Bs. As., 11/11/2014
VISTO el Expediente N° 1-47-1110-516-13-8 del
Registro de esta Administración Nacional
Viernes 14 de noviembre de 2014
de Medicamentos, Alimentos y Tecnología
Médica, y
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud hace saber que, mediante
Disposición ANMAT Nº 3512/10, la firma
Suctores Argentina S.A. fue habilitada bajo
legajo Nº 1927 como Fabricante de Productos Médicos, con domicilio legal, planta elaboradora y depósito en la calle José
Amenábar 576 de la ciudad de Córdoba,
Provincia de Córdoba.
Que posteriormente, mediante Disposición
ANMAT Nº 4497/13, se autorizó la inscripción en el Registro de Productores y Productos de Tecnología Médica del producto
“Bomba de Evacuación de Fluidos para
heridas cerradas”, fabricado por Suctores
Argentina S.A., bajo Registro N° PM-895-1,
con un período de vida útil de 3 años.
Que mediante el expediente N° 1-47-1399112-0 la firma aludida solicitó la designación
de un nuevo director técnico, actuados
agregados al expediente N° 1-47-1002112-0 (cese de DT), aún en trámite.
Que en el Registro de Productores y Productos de Tecnología Médica se constata
la existencia de dos productos de titularidad de la firma Insucor S.R.L., con legajo
Nº 895 e igual domicilio que el declarado
por Suctores Argentina S.A. (ver fs. 13/15):
una bomba de evacuación de fluidos para
heridas cerradas (aprobado bajo PM-8951) y un aspirador cilíndrico de drenaje (pendiente de aprobación bajo PM-895-2).
Que por otro lado, se verifica en el sistema informático de esta Administración
Nacional que el último expediente iniciado
por Insucor S.R.L. es del año 2006 y corresponde al empadronamiento provisorio
de productos médicos, mientras que el
primer expediente de Suctores Argentina
S.A. fue incoado en el año 2007 a los fines de obtener la habilitación en el marco
de la Disposición ANMAT Nº 2319/02 (T.O.
2004); por lo que se deduce que la firma
Insucor S.R.L. desarrolló su actividad con
anterioridad al año 2002 y se adecuó bajo
una nueva razón social a lo dispuesto por la
normativa vigente en la actualidad.
Que informa la Dirección que, por un error
involuntario, el registro otorgado a Suctores Argentina S.A. mediante la Disposición
ANMAT Nº 4497/13 (ver copia a fs. 7/8) fue
aprobado con el número de PM correspondiente al legajo de la firma Insucor S.R.L.
Que continúa la Dirección manifestando
que se llevó a cabo una inspección (O.I.
N° PM 445/13) en la sede de la firma “GS
Bio de Implantes Quirúrgicos S.A.” sita en
la calle México 886 de la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, en la que se
constató stock de un producto rotulado
como “HEMOSUCTOR - Evacuador descartable de fluidos acumulados en heridas
cerradas - P.M. N° 895-1 - LOTE Nº 1263 VENC NOV 2016” (entre otros datos).
Que en atención a que dicho producto (tal
como se indicara más arriba) posee aprobada una vida útil de 3 años, personal de
la Dirección retiró una unidad en carácter
de muestra para posterior verificación de
legitimidad, dejándose el resto del stock
inhibido preventivamente de uso y comercialización.
Que al ser consultada sobre la procedencia de las unidades, la Directora Técnica de
la firma inspeccionada aportó copia de las
facturas emitidas por las firmas Suctores
Argentina S.A. y Surgical Supply S.R.L. (fs.
20/21), e impresión del correo electrónico
(fs. 22) emitido por esta última en el que se
refiere a los productos Hemosuctor® 800
ml (sistema p/ drenaje Post Quirúrgico Evacuador de fluidos en heridas cerradas) y
Aspirador® Cilíndrico Corrugado (Sistema
p/ drenaje post Quirúrgico Evacuador de
fluidos en heridas cerradas) como “nuestros productos de fabricación propia”.
Que por ello, por O.I. N° 520/13 PCM, personal de la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud concurrió a realizar
Primera Sección
una inspección en el domicilio de la calle
José Amenábar 576, ciudad de Córdoba,
Provincia de Córdoba, sede de la planta
elaboradora de la firma Suctores Argentina S.A., en la que una persona informó que
“alquiló el inmueble hace un tiempo y actualmente se destina a vivienda particular”,
agregando que recibe correspondencia a
nombre de la firma pero no tiene relación
alguna con ella y desconoce si se mudó a
otro domicilio.
Que cabe aclarar que la fiscalizadora actuante obtuvo en la sede de la Dirección de
Jurisdicción de Farmacia del Ministerio de
Salud de la Provincia de Córdoba una copia de la Resolución Nº 182 de fecha 4-062013 que dispuso —entre otras cosas— la
clausura definitiva de la firma Suctores Argentina S.A. (ver copia de fs. 27).
Que asimismo, por O.I. Nº 522/13 PCM
(acta agregada a fs. 29/33) personal de
la Dirección acudió a la sede de la firma
Surgical Supply S.R.L., y en dicha oportunidad se exhibieron a su apoderado los
elementos retirados durante la inspección realizada en la sede de “GS Bio de
Implantes Quirúrgicos S.A.”; manifestando al respecto el responsable que “la firma Suctores Argentina S.A. cerró y Surgical Supply S.R.L. ha iniciado el trámite
de transferencia de registro del HEMOSUCTOR de su titularidad” y que “a fin
de proveer a sus clientes hasta tanto sea
aprobada la transferencia de registro, adquirió un stock suficiente para unos cinco
o seis meses”, y agregó que la firma, al
momento de iniciar el trámite de transferencia, presentó copia de toda la documentación referente a la autorización de
funcionamiento de ambas firmas exhibiendo los certificados originales, los que
según informó “le fueron entregados por
los responsables de Suctores Argentina
S.A. ya que la firma cesó su actividad”.
Que en relación al correo electrónico más
arriba citado, el apoderado informa que
“los productos hemosuctor y aspirador
detallados como de fabricación propia se
corresponden con el producto exhibido,
según posea o no aguja” (si el producto
viene con aguja se denomina hemosuctor, y si viene sin aguja se denomina aspirador), agregando que “estima que el
aspirador se encuentra registrado bajo
PM-895-2”.
Que durante la inspección se procedió a la
apertura del envase primario, observándose que el producto propiamente dicho posee una etiqueta autoadhesiva que indica
“KIMS EO - FECHA 06/ 2013”.
Que indica la Dirección que, habiéndose
realizado un recorrido por el depósito de
producto terminado, se constató stock de
unidades del producto en cuestión correspondientes a los lotes nros. 1299, 1296,
1285, 1298 y 1297, todas las cuales indicaban vencimiento “NOV 2016” en el envase
secundario, y presentaban en su interior
una etiqueta de esterilización con fecha
04/13.
Que al ser consultado por la procedencia
de las unidades, el apoderado de la firma
aportó copias de facturas de compra emitidas por Suctores Argentina S.A. durante
los meses de abril y mayo del corriente
año, que describen también unidades de
aspirador cilíndrico, y detallan al pie gran
cantidad de números de lotes de ambos
productos.
Que continúa la Dirección de Vigilancia de
Productos para la Salud su informe manifestando que, en atención a que el producto posee una vida útil de tres años, los
lotes que posean vencimiento en el mes de
noviembre del año 2016 deberían poseer
fecha de fabricación/liberación en el mes
de noviembre del 2013, sin perjuicio de
lo cual los productos se detectaron en el
mercado en el mes de septiembre del 2013;
asimismo, se señala en el informe que la
unidad del lote 1263 indica “06/2013” como
fecha de esterilización, no obstante haber
sido comercializada por la firma Suctores
Argentina S.A. previamente, tal como ilustra la factura de fecha 25/03/2013 (copia
obrante a fs. 38).
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
Que sin perjuicio de lo expuesto, cabe destacar que la directora técnica de Suctores
Argentina S.A. renunció a su cargo a partir
del mes de abril de 2013 (ver constancias
de fs. 24/25), por lo que el último lote de
cualquier producto liberado en observancia
de las Buenas Prácticas de Fabricación de
Productos Médicos no debería haber sido
liberado con fecha posterior al 30/03/2013,
en atención a que el artículo 1º de la Ley
Nº 16.463 establece que queda sometida
a su régimen y a los reglamentos que en
su consecuencia se dicten, entre otras, las
actividades de producción de todo producto de uso y aplicación en la medicina,
la cual, en virtud del artículo 2º de dicha ley,
sólo puede realizarse previa autorización y
bajo el contralor de la autoridad sanitaria
en establecimientos habilitados por aquélla
y bajo la dirección técnica del profesional
universitario correspondiente.
Que continúa la Dirección dejando constancia que, tanto la unidad retirada de GS
Bio de Implantes Quirúrgicos S.A. como las
retiradas de Surgical Supply S.R.L., indican
en su envase de cartón “PM-895-1”, mientras que en la segunda bolsa contenedora
indican “PM 895-2”, debiéndose aclarar a
tal respecto que el ítem 5.2.2.3 del apartado 5.2 del Capítulo 5 de la Disposición ANMAT N° 3266/13 establece que “los rótulos
e instrucciones de uso no deberán liberarse para su uso hasta que una persona autorizada haya examinado su conformidad
en cuanto a la información contenida en los
mismos” (Capítulo 5: Controles de proceso
y producción; apartado 5.2: controles de
envasado, rotulado e instrucciones de uso;
punto 5.2.2.3: Inspección de los rótulos e
instrucciones de uso).
Que en consecuencia, la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud sugiere: a) prohibir el uso y comercialización en
todo el territorio nacional de todos los lotes
de productos médicos que indiquen ser
fabricados por la firma “Suctores Argentina S.A.” y presenten fecha de vencimiento
posterior a 03/2016; b) dar de baja la habilitación otorgada mediante Disposición
N° 3512/10 a la firma “Suctores Argentina
S.A. como fabricante de productos médicos, con domicilio legal, planta elaboradora y depósito en la calle José Amenábar
576 de la Ciudad de Córdoba, Provincia de
Córdoba; c) poner en conocimiento de la
situación a la Dirección de Gestión de Información Técnica a los efectos que actualice
la información incorporada en la Base de
Datos Publicada en la página web institucional de esta Administración; d) poner en
conocimiento de la situación a la Dirección
Nacional de Productos Médicos a los efec-
14
tos que actualice la información incorporada en la Base de Datos de uso interno; e)
notificar a la Subdirección de Jurisdicción
de Farmacia del Ministerio de Salud de la
Provincia de Córdoba, a sus efectos.
Que esta Administración Nacional resulta
competente en virtud de las atribuciones
conferidas por el artículo 8 incisos n y ñ del
Decreto Nº 1.490/92.
Que la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud y la Dirección General de
Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en virtud de las facultades
conferidas por los Decretos Nros. 1490/92
y 1886/14.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR NACIONAL
DE LA ADMINISTRACION NACIONAL
DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS
Y TECNOLOGIA MEDICA
DISPONE:
Artículo 1º — Prohíbese la comercialización
y uso en todo el territorio nacional de todos los
lotes de productos médicos que indiquen ser
fabricados por la firma “Suctores Argentina
S.A.” y presenten fecha de vencimiento posterior a 03/2016, por las argumentaciones vertidas en el considerando de la presente.
Art. 2º — Dase de baja la habilitación otorgada mediante Disposición Nº 3512/10 a la firma
“Suctores Argentina S.A.” como fabricante de
productos médicos, con domicilio legal, planta
elaboradora y depósito en la calle José Amenábar 576 de la Ciudad de Córdoba, Provincia de
Córdoba.
Art. 3º — Regístrese. Dése a la Dirección
Nacional de Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial; por el Departamento
de Mesa de Entradas notifíquese al interesado
y hágasele entrega de la copia autenticada de
la presente Disposición; notifíquese a la Subdirección de Jurisdicción de Farmacia del Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba,
a sus efectos. Comuníquese a las autoridades sanitarias provinciales y a la del Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Dirección de Relaciones
Institucionales y Regulación Publicitaria, a la
Dirección de Gestión de Información Técnica
a los efectos que actualice la información incorporada en la Base de Datos Publicada en
la página web institucional de esta Administración, y a la Dirección Nacional de Productos
Médicos a sus efectos. Cumplido, archívese.
— Rogelio López.
#F4717833F#
#I4717835I#
Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica
PRODUCTOS MEDICOS
Disposición 7696/2014
Prohibición de uso y comercialización.
Bs. As., 11/11/2014
VISTO el Expediente N° 1-47-1110-714-14-3 del Registro de esta Administración Nacional de
Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, y
CONSIDERANDO:
Que por los actuados citados en el Visto la Dirección de Vigilancia de Productos
para la Salud (DVS), pone en conocimiento que, con fecha 22/09/2014, un representante de la firma “BUHL S.A.” se hizo presente en sede de esa Dirección a fin
de informar respecto de la detección de unidades falsas de preservativos “PRIME”.
Que con fecha 10/10/14, por Orden de Inspección N° 2014/1235-DVS-337 personal
de la DVS, concurre a realizar una inspección en el domicilio de la firma mencionada, habilitada como “FABRICANTE DE PRODUCTOS MEDICOS” con domicilio en la
calle 91 (ex Juan de Garay) N° 235/7/9 de la localidad de Villa Lynch, Provincia de
Buenos Aires.
Que en dicha oportunidad, el presidente de la firma, informó que con fecha 6 de
junio de 2014 un consumidor alertó a la firma sobre anormalidades organolépticas
(olor no habitual, dificultades para desenrollarse y un color más oscuro que el normal para el producto), detectadas en preservativos extra lubricados “PRIME”, lote
10715H649, con fecha de fabricación mayo 11 y vencimiento julio 14.
Viernes 14 de noviembre de 2014
Primera Sección
Que la firma procedió al recupero de las unidades reportadas y del análisis se determinó que se trataba de unidades falsificadas, presentando estas unidades color
más oscuro y ancho nominal de 49 mm, mientras que el original es de 52 mm.
Que asimismo, la firma informó que los proveedores del material de empaque y del
pouch de lubricante determinaron diferencias concluyentes que indicaron falsificación.
Que luego de este reclamo, la firma realizó una investigación que evidenció la existencia de otros dos lotes apócrifos: preservativos ultrafinos “PRIME”, lote 2052I160
(con fecha de fabricación feb. 12 y vencimiento feb. 17), preservativos super finos
“PRIME”, lote 20418I075 (con fecha de fabricación ago. 11 y vencimiento ago. 16).
Que manifestó el presidente de la firma que personal de la empresa recorrió distintos kioscos de Capital y Provincia de Buenos Aires, retirándose el stock existente
de estas tres variedades y cambiándolo por unidades con envase con nuevo diseño,
añadiendo que de este recupero un 4,5% eran apócrifos.
Que finalmente afirma, que los tres lotes apócrifos son copias de lotes fabricados
por “BUHL S.A.”.
Que en consecuencia y atento las circunstancias detalladas, la DVS sugiere: Prohibir
el uso y la comercialización de los preservativos rotulados como “PRIME EXTRA
LUBRICADO CON ACCION NATURAL - 3 Preservativos látex- 3 Sobres de gel íntimo – L10715H649 - FAB MAY 11 VTO JUL 14”, PRIME ULTRAFINO - COMO USAR
NADA - 3 PRESERVATIVOS LISOS DE LATEX - L20523I160 - FAB FEB 12 VTO FEB
17, y PRIME SUPER FINO - SENSACION NATURAL - 3 PRESERVATIVOS LISOS DE
LATEX - L20418I075- FAB AGO 11 VTO AGO 16”, en todo el territorio nacional.
Que con fecha 29/10/14, la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud, realiza una inspección en sede de la farmacia “MORENO, de Eduardo y Verónica González Vera SH”, con domicilio en la Av. San Juan Nº 2376 de esta Ciudad, oportunidad
en que se retira en carácter de muestra una (1) unidad de “PRIME ULTRAFINO por
3 preservativos- Lote N° 20910I404- FAB JUN 12 VTO JUN 17”, para posterior verificación de legitimidad.
Que asimismo, por Orden de Inspección N° 2014/1463- DVS-455, inspectores de
la mencionada Dirección se apersonan en sede de la firma “PEPIPOCHI S.R.L.”,
con domicilio en la calle Perón N° 2453 de esta Ciudad, retirando del mismo en carácter de muestra una (1) unidad de “PRIME ULTRAFINO por 3 preservativos- Lote
N° 20910I404- FAB JUN 12 VTO JUN 17”, y una (1) unidad de “PRIME SUPER FINO
por 3 preservativos - Lote Nº 21114I488- FAB JUL 12 VTO JUL 17”, para posterior
verificación de legitimidad.
Que finalmente con fecha 29/10/14, por Orden de Inspección Nº 2014/1289-DVS-367
personal de la DVS, realizó una inspección en sede de la firma “FALI EL MEJOR”,
con domicilio en la calle Larrea N° 162 de esta Ciudad, retirándose en esa oportunidad en carácter de muestra una (1) unidad de “PRIME SUPERFINO por 3 preservativos - Lote Nº 21114I488- FAB JUL 12 VTO JUL 17”.
Que con fecha 04/11/2014, personal de la Dirección de Vigilancia de Productos para
la Salud realizó una nueva inspección en sede de la firma “BUHL S.A.”, exhibiéndose
al director técnico y al co-director técnico de la firma las unidades retiradas como
muestra, quienes manifestaron que se trata de unidades apócrifas, detallándose
las diferencias luego de la comparación, con contramuestras originales según lo
descripto a fs. 13.
Que la firma deja constancia que ha radicado la denuncia penal correspondiente tramitando la misma ante el Juzgado Criminal y Correccional Federal Nº 8, cuya copia
se adjunta a fs. 24/31.
Que en consecuencia y atento las circunstancias detalladas, la DVS sugiere prohibir también el uso y la comercialización de los preservativos rotulados como “PRIME ULTRAFINO - COMO USAR NADA- 3 PRESERVATIVOS LISOS DE LATEX- Lote
Nº 20910I404- FAB JUN 12 VTO JUN 17” y “PRIME SUPER FINO - SENSACION
NATURAL- 3 PRESERVATIVOS LISOS DE LATEX - Lote Nº 21114I488- FAB JUL 12
VTO JUL 17”.
Que la medida aconsejada por el organismo actuante deviene ajustada a derecho,
de acuerdo a las facultades conferidas por los Artículos 8°, inciso ñ) y 10º, inciso q)
del Decreto 1490/92.
Que la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud y la Dirección General de
Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1490/92 y
el Decreto Nº 1886/14.
Por ello:
EL ADMINISTRADOR NACIONAL
DE LA ADMINISTRACION NACIONAL
DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA
DISPONE:
Artículo 1° — Prohíbese el uso y comercialización de los preservativos rotulados como
“PRIME EXTRA LUBRICADO CON ACCION NATURAL - 3 Preservativos látex- 3 Sobres de gel
íntimo - L10715H649 - FAB MAY 11 VTO JUL 14”, PRIME ULTRAFINO - COMO USAR NADA - 3
PRESERVATIVOS LISOS DE LATEX - L20523I160 - FAB FEB 12 VTO FEB 17, y PRIME SUPER
FINO - SENSACION NATURAL - 3 PRESERVATIVOS LISOS DE LATEX - L20418I075- FAB
AGO 11 VTO AGO 16”, “PRIME ULTRAFINO - COMO USAR NADA- 3 PRESERVATIVOS LISOS
DE LATEX- Lote Nº 20910I404- FAB JUN 12 VTO JUN 17” y “PRIME SUPER FINO - SENSACION NATURAL- 3 PRESERVATIVOS LISOS DE LATEX - Lote Nº 21114I488- FAB JUL 12 VTO
JUL 17”, en todo el territorio nacional, por los argumentos expuestos en el Considerando de
la presente disposición.
Art. 2° — Regístrese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Comuníquese a las autoridades sanitarias provinciales y a la del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección de Relaciones Institucionales y
Regulación Publicitaria. Cumplido, archívese. — Rogelio López.
#F4717835F#
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
15
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
CONCURSOS OFICIALES
Nuevos
#I4717112I#
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Dr. FRANCO PICARDI, Subsecretario de Relaciones con el Poder Judicial y Asuntos Penitenciarios, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
e. 14/11/2014 N° 88076/14 v. 14/11/2014
#F4717112F#
AVISOS OFICIALES
Nuevos
#I4718994I#
REGISTRO NACIONAL DE ARMAS
Armas de Fuego.
En cumplimiento de lo establecido por la Resolución MJyDDHH N° 373/13, se detalla a continuación el listado de solicitudes de tenencia y portación de armas de fuego a efectos de que cualquier ciudadano, habitante de la Nación Argentina y entidades de la sociedad que tengan interés,
puedan oponerse a dichas solicitudes:
SOLICITUDES DE TENENCIAS DE ARMAS DE FUEGO
Documento
Denominación
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
Documento
Denominación
16
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
DNI 26857762
ABRAHAM MARTIN HIPOLITO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 29228495
ABREGU HUGO LEONARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24049366
ABREGU VASQUEZ GUSTAVO F.
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21470069
ACEVEDO EDGAR ARMANDO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 21114659
ACEVEDO EDUARDO ALEJANDRO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 17866247
ACEVEDO RAMON ANTONIO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 22940231
ACOSTA ADRIANO SANTIAGO
sobre FUSIL calibre .30-06 PLG
DNI 26872718
ACOSTA EDGARDO PABLO
sobre REVOLVER calibre .44 PLG
DNI 27425661
ACOSTA LEANDRO JAVIER
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 93637561
ACUÑA RAMON
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 14900242
ADALA OMAR OSMAN
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 33177703
ADIANI JONATHAN MAXIMILIANO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 17974410
AGUERO HECTOR DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25439711
AGUERO LEONARDO RAMON
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 21140984
AHUMADA MIGUEL ANGEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 23720815
AIME FERNANDO IVAN
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 28431743
AIMI DIEGO ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28656993
ALAMO DIEGO DAMIAN ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 29851240
ALARCIA VICTOR LUIS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 25180038
ALARCON JOSE GABRIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 20220238
ALBARRACIN RUBEN ANTONIO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 28681997
ALBORNOZ CLAUDIO ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28681997
ALBORNOZ CLAUDIO ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 29325918
ALBORNOZ DIEGO ALEJANDRO
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 30938054
ALBORNOZ IVAN AGUSTIN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 28850661
ALBORNOZ MARCOS GERMÁN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 18240047
ALBORNOZ OSVALDO ADRIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17868924
ALCAMAN ELIAS DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
LE 8351870
ALDAY OSVALDO NESTOR
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 29277113
ALDERETE RUBEN OSCAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29277113
ALDERETE RUBEN OSCAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26724251
ALE JULIO CESAR
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 34581487
ALEGRE CESAR OSCAR
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 4896360
ALEGRE JORGE
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 20188735
ALESSO GABRIEL MARCELO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 20188735
ALESSO GABRIEL MARCELO
sobre FUSIL calibre .300 PLG
DNI 35668002
ALFONSO SEBASTIAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 31078017
ALFONSO VICTOR HUGO
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 22430828
ALGUEA MIRANDA JORGE MARIANO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 10545380
ALIAGA MARCELO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 7591419
ALIBERTI CARLOS ANTONIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 31336677
ALMADA CRISTIAN DAVID
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 28670752
ALMEYRA ROBERTO PABLO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14036614
ALONSO ANIBAL PEDRO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 11924304
ALONSO DIEGO ROBERTO
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 13573159
ALSINA CARLOS ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 5334613
ALTAMIRANO HUGO ARGENTINO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32832407
ALTIERI ECHARTE EMILIANO J.
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 12250268
ALVARENGA JUAN FRANCISCO
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 17981879
ALVAREZ CLAUDIA SILVIA
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 10981441
ALVAREZ JORGE OSCAR
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 26048379
ALVAREZ PAOLA CARLA LORENA
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 6061033
ALVAREZ ROBERTO FERNANDO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 94018463
ALVAREZ SARRIA MAURICIO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 26943017
ALVARRACIN CRISTIAN LEONARDO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
LE 6140445
ALVIGINI JORGE RAUL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 92359646
AMADIO GIAN LUCA
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 18362256
AMADO EDUARDO DANIEL
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 17388010
AMARILLA MIGUEL ANGEL
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 29424061
AMARILLO ENRIQUE ALEJANDRO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 33268452
AMATTO CARLOS ANDRES
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 33268452
AMATTO CARLOS ANDRES
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 28441562
AMESTOY LEONEL ADOLFO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25572353
AMIONE ESTEBAN UBALDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 31584422
ANDRACA MATIAS GUSTAVO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 94129208
ANGEL ARIZABALETA JUAN MANUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27088709
ANGELONI IGNACIO RAUL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 11604984
ANTAR HECTOR OSCAR
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 30548769
APARICIO MAZA FANNY DANIELA
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 17613556
APAS ISMAEL HUMBERTO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 17747250
APERTILE JUAN DOMINGO
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 31913750
AQUINO SERGIO GUSTAVO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27218427
AQUINO SOLEDAD IRENE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17040720
ARAMAYO GUSTAVO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 14579602
ARAYA MARIO NORBERTO
sobre FUSIL calibre .300 PLG
DNI 28295720
ARCE NATALIA MARCELA SOLEDAD
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 11680748
ARCOS CARLOS BERNARDINO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 17052329
AREVALOS OMAR ALCIDES
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25242109
ARGUELLO ALEJANDRO AGUSTIN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26176151
ARGUELLO CARLOS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21919579
ARIAS ADRIAN ANDRES
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 18274089
ARIAS ARTESI FERNANDO GABRIEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 24146832
ARIAS TOMAS JAVIER
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 12598858
ARISMENDI JUAN FRANCISCO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 26900454
ARISTIZABAL GONZALO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 20934652
AROCA CLAUDIO ANIBAL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 26305622
ARTIGAS CASTELLANO ANDRES C.
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
LE 6067536
ABBONIZIO HUGO VALENTIN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 13847594
ASCARATE RICARDO JUAN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 22073843
ABIB CESAR CAMEL KARIN
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 11302208
ASPITIA JUAN DOMINGO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 14480436
ABRAHAM CAMEL EDUARDO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 20597849
ATIENZA IGNACIO ARMANDO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
Documento
Denominación
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
Documento
Denominación
17
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
DNI 25202290
AVALOS AGUSTIN ELISEO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 20493679
BONAVENTURA CLAUDIO JORGE
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 23174117
AVELLANEDA ALFREDO ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 26389519
BONDAREW PABLO GERMAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 36358878
AVILA ALEJANDRO SEBASTIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11877632
BONGIOVANNI CARLOS ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 32493516
AZAÑA PABLO FERNANDO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 27535665
BONGIOVANNI JUAN MANUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17563060
AZCURRA MARIO ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11293637
BONIFORTI CARLOS ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 12268543
BACHE ROMON DEL CARMEN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 30772755
BONORA ESTEBAN JEREMIAS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 34891995
BAEZ RICARDO FERNANDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 24572299
BORATTI ALBERTO ANDRES
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 30936149
BAHAMONDE CRISTIAN ENRIQUE
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 13046173
BORDON AGRIPINO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 26582598
BAIGORRIA JUAN MANUEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 28849353
BORGHI JAVIER SANTIAGO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 30702431
BAIZ JONATHAN GUILLERMO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28849353
BORGHI JAVIER SANTIAGO
sobre CARABINA calibre .45 PLG
DNI 16787177
BALBUENA EMILIANO EDGARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14930096
BORZONE RUBEN ANTONIO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 33809661
BALDAN MARTIN ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26311573
BOSCH MADARIAGA GONZALO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 18257874
BALDASSINI EDGARDO ANIBAL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 31860681
BOSCHIERO NICOLAS MARTIN
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 30747743
BALDO EMANUEL ANIBAL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12330391
BOSCO HUGO FRANCISCO A.
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27559503
BALEANI LUCIANO ANDRES
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 12330391
BOSCO HUGO FRANCISCO A.
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 27559503
BALEANI LUCIANO ANDRES
sobre CARABINA calibre .30-06 PLG
DNI 26795943
BOSIO JUAN PABLO
sobre FUSIL calibre .223 PLG
DNI 93870131
BALLERINI DOMINGO ANTONIO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
LE 6440677
BOSSI OSVALDO VICTOR
sobre FUSIL calibre .45-90 PLG
DNI 22087503
BALLESTER MARCELO DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 37937414
BOTO FEDERICO RICARDO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 31741186
BALLIANI OSCAR SEBASTIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16716177
BOUNOUS EMILIO HUMBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 13031582
BALOSTRO MARCELO HELVIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27552814
BRAMBILLA CESAR LUIS
sobre ESCOPETA calibre 28 UAB
DNI 18405414
BALZARINI GUSTAVO NESTOR
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 22303861
BRANDAN PEDRO MARTIN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12883650
BANCHIO CARLOS MARCELO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 18322258
BRANDANA JOSE ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 12635310
BANEGAS MARIO ALBERTO
sobre CARABINA calibre .30-06 PLG
DNI 13198903
BRESSAN LUIS ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 8519009
BARDANCA OSVALDO PABLO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 22133231
BRIENZA ANTONIO EMILIO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 31587099
BARQUIN ROQUE DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29175578
BRITO ROQUE EZEQUIEL TADEO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 23553998
BARRANDEGUY ALEJANDRO DAMIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28070413
BROOKS ADRIAN ENRIQUE
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 27315224
BARREIRO GUILLERMO RUBEN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 27953934
BRUCCINI JUAN MANUEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 35400403
BARREIRO GUSTAVO EMILIANO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 93579703
BRUEGGER DAVID ROBERT
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 16786668
BARRIO HUGO RUBEN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 25329171
BRUN GASTON MATIAS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 93610412
BARRIOS CLAUDIO CESAR
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 25329171
BRUN GASTON MATIAS
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 29076111
BARTOLOME SAAVEDRA JUAN JOSE
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 17330713
BRUNETTA JUAN CARLOS
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 25768058
BARTOMIOLI DIEGO DAVID
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 17330713
BRUNETTA JUAN CARLOS
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 27495992
BARTULOVICH ADRIAN MARIA
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 36795239
BRUNO MARTIN RAMON
sobre CARABINA calibre .30-06 PLG
DNI 20043113
BARZAGHI LUIS MARIA
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23114693
BRUNT RICARDO LUIS
sobre FUSIL calibre .22-250 PLG
DNI 17225689
BASALDUA MARCELO JORGE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 34320259
BRUSSOLO MARTIN DAMIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28023124
BASSAN LUCAS NATALIO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 12230184
BUCHMANN CARLOS ENRIQUE
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 25797523
BASSO SERGIO HERNAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 34876008
BULACIO MATIAS EXEQUIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17690934
BASTOS FERNANDO JOAQUIN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 11568453
BURGOS CESAR REINALDO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 22771029
BATTAGINI CARLOS MARTIN
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 23880015
BURGOS HOMERO MARTIN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 12549597
BATTISTELLA PEDRO DOMINGO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 26502877
BURKI PABLO GERMAN
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 17881476
BATTISTINA JUAN DANTE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 30450995
BUSTAMANTE JUAN MANUEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 36857356
BATURA MARIO RENZO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 33518012
BUSTAMANTE LUIS HUMBERTO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 23205382
BELGRANO JOAQUIN GUSTAVO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24426475
BUSTOS MARTIN EDUARDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 29100958
BELTRANO SERGIO AUGUSTO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 14125794
BUTTIGLIERO MARIO DANIEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 13682173
BELUATTI GUSTAVO
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 93536857
CABALLERO BASILIS
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 24979369
BENEVENTO FERNANDO GABRIEL
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 23445967
CABALLERO RICARDO ARTURO IRENEO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 31982816
BENGOECHEA LAURA CRISTINA
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32201920
CABEZON EDGARDO AUGUSTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20754092
BENITEZ EGIDIO DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20525786
CABRAL ALFREDO EULALIO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 18250050
BENITEZ GUSTAVO JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21364764
CABRAL SERGIO RAUL
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 29430072
BENITO RICARDO JUAN
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 24949311
CABRERA ADRIAN ALEJANDRO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 25694528
BENITTI HUGO DANIEL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 24949311
CABRERA ADRIAN ALEJANDRO
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 30278811
BERARD PABLO
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 25304906
CABRERA DIEGO RODOLFO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 30278811
BERARD PABLO
sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM
DNI 35289144
CABRERA FACUNDO ESTEBAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 20283874
BERARDO OSVALDO DANIEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 31405173
CABRERA HUGO ARIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 31862846
BERDALA CARLOS DAVID
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 14705955
CABRERA MANUEL VICENTE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12963813
BERGER NOEMI MARIA
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 30178431
CABRERA MARCELO JAVIER
sobre FUSIL calibre .223 PLG
DNI 14600802
BERMEJO MARIO ERNESTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26693008
CACERES ALDO FRANCISCO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 24005748
BERNARD JOSE ANTONIO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 27469703
CAFFARO ROBERTO CARLOS
sobre FUSIL calibre .300 PLG
DNI 26204229
BERNIS GERARDO ENRIQUE
sobre FUSIL calibre .375 PLG
DNI 27304889
CAFFERTA JOSE RAFAEL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 23665123
BERON MARTIN ALEJANDRO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 23617683
CAGNOLI NESTOR HERNAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 28688470
BERRA PABLO GABRIEL V.
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32268495
CALCATERRA JUAN MANUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 31982158
BERROCOSO SEBASTIAN PABLO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12740569
CALDERON CESAR RAUL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 13140193
BERSANO HECTOR HORACIO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 12609241
CALDERON DARDO JUAN
sobre CARABINA calibre .30-30 PLG
DNI 21969131
BERTAGNOLIO FERNANDO ERNESTO
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 23769950
CALI HORACIO FELIPE
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 31505797
BERTINI LUQUE JOSE RAUL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 13920747
CALLIGARIS EDUARDO MARCOS
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 10951411
BERTOLAMI JUAN CARLOS
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 22748469
CAMPI ALEJANDRO CARLOS
sobre FUSIL calibre .30-06 PLG
DNI 10951411
BERTOLAMI JUAN CARLOS
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 22756289
CAMPOLO DIEGO IGNACIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 26205515
BERTOLINI ADALBERTO DAVID
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 28908006
CAMPORA DANIEL FERNANDO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 34166379
BERTOTTI MAXIMILIANO DANIEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 20411060
CAMPOS CARLOS SEBASTIAN
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 12700107
BERTOTTI NESTOR DANIEL
sobre CARABINA calibre .30-06 PLG
DNI 25923643
CAMPOS DANIEL MARCELO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 28054441
BERUTTI FERNANDO FRANCISCO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 27717285
CAMPOS JESUS JUAN CARLOS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 35535472
BESSONART JUAN NAHUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23320546
CAMPOS SERGIO RAFAEL
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 29068499
BIAGI BERNARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28954834
CAMPOS VANESA ROCIO DEL CIELO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 7823083
BIANCHETTI MARIO FIDEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 29375289
CANALE OSCAR ALFREDO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 25328947
BIANCHI CARLOS ARIEL
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 5051603
CANCELLERI JOSE DANIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 23238988
BICHARA RISSO PATRON MARTIN GUILLERMO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 17505719
CANE GONZALO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 33769977
BILBAO BERMUDEZ ANDRES JORGE
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 30805204
CANEPA JUAN MARTIN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22075145
BILICIC RICARDO DANIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 17250381
CAÑETE CAYETANO ESTEBAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21115473
BIONDELLI MARCELO ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 28172211
CAÑON PABLO ANDRES
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 8607067
BIONDI MARIO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 7363468
CANONE RODOLFO ANIBAL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 22687555
BIOTTI RUBEN MARCELO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 29720686
CANTERO CARLA SABRINA
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 35386451
BISCAY IÑAKI
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 7597281
CANTO JUAN CARLOS
sobre FUSIL calibre .300 PLG
DNI 13567001
BLANCO JUAN CARLOS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12924627
CAPORALIN OMAR DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 37421504
BLANCO LAZO JOSE ESTANISLO U.
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 24541255
CAPORALINI GUSTAVO DARIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 27879983
BLASCO JULIO CESAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22591602
CAPRARULO PABLO DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 33982440
BLGLIERI FEDERICO DANIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 24265816
CARABAJAL RUBEN HORACIO
sobre ESCOPETA calibre 32 UAB
DNI 7703716
BOCCHINO EDUARDO ALBERTO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 32988798
CARABALL DAMIAN ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21627841
BOLLATI PEDRO ANGEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11293948
CARCA GUSTAVO LUIS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11871869
BONACCI DANIEL ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 11293948
CARCA GUSTAVO LUIS
sobre CARABINA calibre .44-40 PLG
DNI 17487193
BONACHERA GUSTAVO WALTER HUGO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 11293948
CARCA GUSTAVO LUIS
sobre CARABINA calibre .22 PLG
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
Documento
Denominación
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
Documento
Denominación
18
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
DNI 11293948
CARCA GUSTAVO LUIS
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 12573029
COVAS MARIO HECTOR
sobre PISTOLA calibre 7,65 MM
DNI 27955062
CARDETTI PABLO FERNANDO
sobre FUSIL calibre .300 PLG
DNI 12195585
COVELLO CARLOS OSCAR
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 31195743
CARDOSO ALDO GABRIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32367734
CRABBE PAEZ MARIO GUILLERMO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 6448920
CAREGLIO JUAN JOSE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23232594
CRIVARO DARIO VICENTE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 7709363
CARLINI JOSE DOMINGO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16357506
CROSETTO ANTONIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32773827
CARMONA DIEGO EDUARDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 13634327
CUADRADO CARLOS DANIEL
sobre ESCOPETA calibre 28 UAB
DNI 20233821
CARNEVALI MIGUEL ANGEL
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 6649668
CUCCHIETTI ALDO OMAR
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 28669915
CARREIRA CANDIA ROBERTO ESTEBAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 4974980
CUCHI ROBERTO ENRIQUE
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 26386870
CARRERA SERGIO GABRIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21416329
CUELLO PABLO DANIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 10765173
CARRILLO JUAN CARLOS
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 20095585
CUGNASCO PABLO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 35786057
CARRIZO GASTON EZEQUIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 26329443
CURCHO CADAHIA PABLO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 18144249
CARRO WALTER DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 6444401
CURIOTTI ALCIDES OMAR
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 21832837
CARUSO CLAUDIO OSVALDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16444573
CZUMADEWSKI GABRIEL ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 26200924
CASASCO MARTIN ALBERTO
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 10939322
D´ABRAMO HORACIO RUBEN
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 33509348
CASSANI DIEGO JOAQUIN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29324778
DALL'OSSO GONZALO ESTANISLAO
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 17855283
CASTAGNO ANGEL JAVIER
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 18272798
DAMONTE JORGE DANIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 17855283
CASTAGNO ANGEL JAVIER
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 4443633
DAPUETTO OSVALDO EUGENIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 34692976
CASTANO BRUNO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 13245272
DE ANGELIS HORACIO OSVALDO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 30263011
CASTAÑO CARLOS ROMAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 22842828
DE BERNARDIS HECTOR OSCAR
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 33998021
CASTILLO DIEGO NOE
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 4634544
DE CLEMENTE HECTOR RUBEN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 16160136
CASTILLO LUIS ALBERTO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 8325195
DE LA RETA FRANCISCO DANTE
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 13684204
CASTILLO MARIA DEL CARMEN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 31108487
DE LA ROSA ISMAEL
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 13921141
CASTRO CARLOS RUBEN
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 18135264
DE LANDABURU FEDERICO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14353099
CATALAN CARLOS ENRIQUE
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 16755228
DE LUCA SALVADOR DANTE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25685649
CATAN RIVERO RAMON EDUARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 13620325
DE LUCIA RUBEN ALFREDO
sobre CARABINA calibre .44 PLG
DNI 22809180
CATONI JAVIER
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 10939543
DE ROSE FRANCISCO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 22809180
CATONI JAVIER
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 4383072
DE VIRGILIO RODOLFO EDUARDO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 25448508
CAZON ISABEL BALBINA
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 20075856
DEFRANCESCHI MARIO JUAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 25381336
CAZON LUCIANO FERNANDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24264453
DEGREGORI HERNAN DARIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20144601
CEAGLIO PABLO HERNAN RAMON
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 29547364
DEHAIS SEGOVIA RAUL ROGELIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23732470
CECATI ANDRES GUILLERMO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 33655275
DEL BROCCO MARTIN ADRIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27746530
CEDRON ERNESTO MARTIN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12837330
DEL LLANO RAUL ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 7681149
CELLENZA JUAN CARLOS
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 6907544
DEL POPOLO MARIO ERNESTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 7681149
CELLENZA JUAN CARLOS
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 32149096
DEL RIO MATIAS
sobre CARABINA calibre .357 PLG
DNI 7681149
CELLENZA JUAN CARLOS
sobre PISTOLON calibre 32 UAB
DNI 33971999
DEL SUELDO FACUNDO JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26668935
CEÑAL NICOLAS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28383536
DEL TURCO DARIO DANIEL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 23850161
CENTURION CESAR ULISES
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 27486753
DELGADILLO ALEJANDRO GUSTAVO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 33839808
CENTURION JUAN PABLO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23790836
DELGADO HERNAN JAVIER
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 33779924
CEREZO GUSTAVO
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 23790836
DELGADO HERNAN JAVIER
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 28639747
CERINO NESTOR GUILLERMO DEL VALLE
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 22516756
DELGADO RAMON ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 12332128
CERRI JUAN CARLOS
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 10620921
DELLA SAVIA ALFREDO L.
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 12332128
CERRI JUAN CARLOS
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 24357923
DELLA VEDOVA ALEJANDRO ENRIQUE
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 5939333
CERRUDO FELICIANO JACINTO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 22739967
DEMCZUK MARIANO ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20222488
CERVANTES FATIMA SUSANA
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22899498
DERISI SANTIAGO ALBERTO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 26465539
CES CHRISTIAN DANIEL
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
LE 4299574
DEVERRE MARCELO JOSE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12940513
CHABAGNO RICARDO PEDRO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 32202812
DI BACCO RODOLFO JOSE
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 25086043
CHACON JUAN CARLOS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32202812
DI BACCO RODOLFO JOSE
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 8072015
CHALAMAN ROBERTO VENTURA
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 93486457
DI GISI SILVIO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 26301774
CHALI GUSTAVO HERNAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 29592337
DI LUCIANO FRANCISCO JAVIER
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 16015169
CHALUB JORGE ALEJANDRO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 17579790
DI MATTEO FERNANDO M.
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 33318438
CHAMORRO HECTOR HUGO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 32286255
DI NARDO WALTER MIGUEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 95295360
CHEN XIUYING
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 31820650
DI PALMA GASTON ANGEL A.
sobre FUSIL calibre .30-06 PLG
DNI 95295360
CHEN XIUYING
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20409114
DI PAOLO SERGIO FERNANDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 94014845
CHENG ZHANGJIN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 22800633
DIAZ GUSTAVO ENRIQUE
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 6872189
CHESI MARIO LUIS
sobre FUSIL calibre .300 PLG
DNI 35814285
DIAZ LEONARDO CARLOS ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 10200043
CHIARAVALLE MARTIN AMBROSIO
sobre FUSIL calibre .44 PLG
DNI 14683645
DIAZ MARTIN ANTONIO
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 37135818
CHOQUE FRANKLIN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 18330926
DIAZ NESTOR ALEJANDRO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 92351800
CHOW HECTOR HORACIO
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 33816492
DIAZ SALTO ANGEL ALFREDO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 92351800
CHOW HECTOR HORACIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32497280
DIAZ WALTER OMAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 7573290
CHRESTIA VICENTE LUIS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 22921302
DIPIRAMO MARIA PAULA
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 18548496
CHUNFLIN GUSTAVO FERNANDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 13387122
DISTEFANO JUAN JOSE
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 7877321
CIAN HECTOR EVARISTO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 17831746
DISTEFANO RAUL JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14410078
CICCIO MARIA ROSA
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16501557
DOLENZ LUIS HORACIO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 32096305
CICHITTI ARIEL SEBASTIAN
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 28519822
DONATINI LEONEL BRUNO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 10778102
CILLIS NESTOR DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28519822
DONATINI LEONEL BRUNO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 23406485
CINAT CARLOS OSCAR
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 16599796
DONVITO JORGE PABLO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23406485
CINAT CARLOS OSCAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26472878
DORE MARIO ANDRES
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 26228879
CIPOLLA JOSE LUIS
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 25249967
DUARTE FERNANDO GABRIEL
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 26228879
CIPOLLA JOSE LUIS
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 22778636
DUARTE JORGE ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 18394486
CLEMENTE PABLO MARTIN
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 24121151
DUARTE SERGIO AGUSTIN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25136705
COLELLA CRISTIAN DANIEL
sobre CARABINA calibre .270 PLG
DNI 30513539
DUBRAVKA GASTON FRANCISCO
sobre CARABINA calibre .30-06 PLG
DNI 29895471
COLMAN NELSON MARIANO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 24421750
DURAN HERNAN ANIBAL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 29895471
COLMAN NELSON MARIANO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 13125264
DURAN NORA JUANA
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 31246327
COLOMBO JUAN PABLO
sobre ESCOPETA calibre 36 UAB
DNI 18178948
DURSI GUSTAVO ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26830854
COLOMBO SILVIO JESUS
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 14743126
EBERHARDT ALBERTO ROMILO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 26182456
COLQUE PEDRO ANIBAL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 14743126
EBERHARDT ALBERTO ROMILO
sobre ESCOPETA calibre 28 UAB
DNI 17231619
COMPARATORE ALFIO
sobre PISTOLA calibre 6,35 MM
DNI 13307240
ECHARTE DANIEL EDUARDO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 22079388
CONCHA DIEGO GUSTAVO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 25391910
ECHEGARAY CRISTIAN ALEJANDRO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 17753307
CONDE GONZALEZ LUIS ARMANDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 24786217
EFFLING SERGIO JAVIER
sobre CARABINA calibre .30-06 PLG
DNI 18831670
CONDORI CHIPANA WILLEBAL JESUS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22370752
EL CHEIXH GUSTAVO ANICETO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26721116
CONFORTI HERNAN DARIO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 23140781
ELIAS JULIO MIGUEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 33859613
CORDOBA ALEXIS RENE
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 13910157
ENCINA MAURICIO ERNESTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 30318082
CORDOBA SILVINA MARISEL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 24434587
ENRIQUE FERNANDO GUILLERMO DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 30318082
CORDOBA SILVINA MARISEL
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 24434587
ENRIQUE FERNANDO GUILLERMO DANIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 14457474
CORONEL CLAUDIO MARCELO
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 31293237
ERMÁCORA CLAUDIO GASTON
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22723284
CORSO SEBASTIAN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 13411859
ERUSALIMSKY ROBERTO JAIME
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32439280
CORTEZ EZEQUIEL MATIAS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 20447872
ESCALANTE MARIO ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 18218089
CORTI HUGO RAUL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24186368
ESCOBAR ANDRES HECTOR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 18218089
CORTI HUGO RAUL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29983973
ESCOBAR CARLOS MARTIN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 25134395
COSTANZI FRANCISCO MARTIN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 12130044
ESCOBAR LUIS MARIA
sobre PISTOLA calibre 9 MM
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
Documento
Denominación
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
Documento
Denominación
19
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
DNI 24422862
ESCOBAR VICTOR HUGO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28140872
GHIGLIONE JUAN MANUEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 94320898
ESPINOLA AVALOS WILSON OSMAR
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 16890840
GIACOMELLI DANIEL HORACIO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 29760260
ESPINOSA JORGE ALEJANDRO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 34081777
GIACOMI JUAN CRUZ
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 8398661
ESPONDA RUBEN CARLOS
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 30037994
GIANNINI LUCAS ARIEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 30676091
ESTEVEZ CRISTIAN EMILIANO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 30977772
GIAVARESCO PABLO JESUS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 18483560
EXENI RAMON CLAUDIO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 13137086
GIETS LEOPOLDO JOSE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25918734
EXPOSITO LAZARO MANUEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
LE 8627530
GIFOLI ALEJANDRO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 33567188
FABREGA LEONEL ENRIQUE
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 26781892
GILBERT JORGE ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 5946509
FACTTOR ATILIO RAMON
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 36335590
GIMENEZ EZEQUIEL FRANCISCO
sobre CARABINA calibre .30-06 PLG
DNI 14086130
FALCON ARMANDO RAMON
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 29698638
GIORDANO JUAN MANUEL
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 25156897
FALDETTA HECTOR LEONARDO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 24588822
GIRARDI MATIAS ENRIQUE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28557406
FANTINI ANIBAL NICOLAS
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 8485857
GIROLIMETTO MARCELO RODOLFO
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 27171422
FARAH MARTIN ARIEL
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 23770552
GIUDICE DANIEL ALEJANDRO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 27171422
FARAH MARTIN ARIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 6176158
GIULIANO OSCAR FELIX
sobre PISTOLA calibre 7,65 MM
DNI 16747588
FARAO DANIEL ALEJANDRO
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 29338367
GODOY CARLOS MARCELO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23537195
FARIA ALFREDO ARIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 10550799
GODOY DAVID OSCAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 10969410
FARIAS RAMON ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 16406240
GODOY EDGARDO RUBEN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 94478474
FARIÑA RAMOS GUSTAVO RAMON
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 13612084
GODOY GUSTAVO ADOLFO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27061263
FEIJOO IVAN JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23250009
GOLDSTEIN CARLOS GUILLERMO
sobre REVOLVER calibre .45 PLG
DNI 32777459
FELICIANO HUGO FEDERICO
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 27884210
GOMES DA SILVA JUAN MANUEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 24497399
FERNANDEZ CARLOS ARIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14937230
GOMEZ ADRIAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 24769701
FERNANDEZ CHRISTIAN ARIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16871102
GOMEZ ANTONIO JORGE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24769701
FERNANDEZ CHRISTIAN ARIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24923513
GOMEZ ARIEL JOSE
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 17408556
FERNANDEZ CLAUDIO ADRIAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 26505336
GOMEZ DAVID ROGELIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 18221715
FERNANDEZ DANIEL ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 27594427
GOMEZ DECORT JOSE SILVANO
sobre FUSIL calibre .300 PLG
DNI 17981569
FERNANDEZ ESQUIAGA HECTOR GUSTAVO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 13557526
GOMEZ JORGE NICOLAS
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 25221477
FERNANDEZ GUSTAVO ADOLFO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 31796343
GOMEZ JOSE LUIS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 24170872
FERNANDEZ HORACIO JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29586586
GOMEZ JULIO CESAR
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 14126826
FERNANDEZ JOSE ANGEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 36846430
GOMEZ LEANDRO RICARDO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 7802655
FERNANDEZ RODOLFO JESUS
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 4809145
GOMEZ MARIO AMADEO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 31723456
FERRARI ALEJANDRO ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26321511
GOMEZ MARIO HERNAN
sobre FUSIL calibre .223 PLG
DNI 13692991
FERRARI JUAN JOSE
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 93749482
GOMEZ PARDO JOSE NESTOR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17026131
FERRARO ALBERTO PEDRO
sobre FUSIL calibre .30-06 PLG
DNI 14465389
GOMEZ SERGIO GUILLERMO
sobre REVOLVER calibre .44 PLG
DNI 30409455
FERREIRA TAMARA GISELLE
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 11869070
GONCHAREVICH JORGE ANDRES
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 11766980
FERREYRA JOSE ALBERTO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 24349876
GOÑI GASTON
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 33713038
FERRIN GERMAN GUSTAVO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 26460441
GONZALEZ ANDRES RENE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17926245
FIGUEROA ANGEL CLEMENTE
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 33145722
GONZALEZ DARIO FABIAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 92436232
FIGUEROA SCAMARONE JOSE ALEJANDRO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 17656979
GONZALEZ EDGAR OSVALDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11808423
FIORINI CARLOS JOSE
sobre CARABINA calibre .38 PLG
DNI 28863481
GONZALEZ EDUARDO RUBEN
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 11808423
FIORINI CARLOS JOSE
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 14485918
GONZALEZ ENRIQUE JORGE
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 10562483
FLIESS GERMAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 26800055
GONZALEZ HANNA DIEGO ALEJANDRO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 7746416
FLORES GUILLERMO ESTEBAN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 21807293
GONZALEZ JORGE ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 33870797
FLORES MARCO ANDRES
sobre CARABINA calibre .357 PLG
DNI 18561033
GONZALEZ JULIAN LUIS
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 22068820
FLUXA GUSTAVO MIGUEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 17526176
GONZALEZ LEONARDO MIGUEL A.
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 30706023
FOLMER SEBASTIAN FACUNDO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 27132227
GONZALEZ MARIO ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 30489544
FONTANETTO MARTIN IGNACIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 24118903
GONZALEZ MAURICIO ANDRES
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 24569062
FORASIEPI JORGE DAVID
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23256716
GONZALEZ MAXIMILIANO GUSTAVO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 33712599
FORCINITI IGNACIO DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14909046
GONZALEZ MIGUEL JULIAN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 30096259
FORNERO EDGAR GUSTAVO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 13842715
GONZALEZ OSCAR BENITO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 34476373
FRANCHINA HERNAN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 28575817
GONZALEZ PABLO RAUL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 11013229
FRANCO ADRIANO ANTONIO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 21026423
GONZALEZ ROBERTO RAUL
sobre FUSIL calibre .30-06 PLG
DNI 31537466
FRANCO CRISTIAN MIGUEL
sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG
DNI 23493221
GONZALEZ RODOLFO ALEJANDRO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 29682102
FRANKIEWICZ PABLO DANIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 20871112
GORDILLO FELIX ENRIQUE
sobre CARABINA calibre .357 PLG
DNI 31233057
FRASE FRANCO EMANUEL SIMON
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 24098339
GRAMAJO ANDRES DANIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 26888350
FREYRE GUSTAVO DANIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 8519211
GRANDAL AGUSTIN FERNANDO
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 23232272
FRIAS CARLOS DAVID
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 94614876
GRANIER MICHEL JOSEPH
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 23535647
FRUTOS ALEJANDRO AGUSTIN
sobre CARABINA calibre .44 PLG
DNI 22641981
GRASSO GUSTAVO JOSE
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 32882140
FUHMAN FEDERICO IVAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25182431
GRECO GERARDO ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17730068
GAFFURI LEANDRO CARLOS
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 25182431
GRECO GERARDO ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 26225790
GAGO LEONARDO GASTON
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 21716339
GREEN LESLIE ESTEBAN
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 23651817
GAIDO RODOLFO ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 33248742
GREGORIO CRISTIAN CESAR
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 26879733
GALAN DAVID ANDRES
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 35465828
GRIGOLATTO MAURO CESAR
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 23829565
GALARZA DIEGO SEBASTIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 33562241
GUACONE MARTIN EMANUEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 21569096
GALASSO RODOLFO VICTOR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32772572
GUALTIERI DIEGO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 18181546
GALIANO LUIS OSCAR
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 29790808
GUDIÑO DARIO JOSE
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 16808859
GALLO HUGO VICTORINO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 22061550
GÜERINI DAVID ALFREDO
sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG
DNI 29793218
GALLUZI NICOLAS ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17475725
GUERRA CESAR ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 17696686
GALVEZ LUIS ENRIQUE
sobre CARABINA calibre .223 PLG
DNI 17475725
GUERRA CESAR ALEJANDRO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 17639385
GAMBOA JAVIER CESAR
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 17475725
GUERRA CESAR ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 23234434
GANINN JUAN DOMINGO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 13242500
GUERRA JUAN
sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG
DNI 94087533
GAO XIAOXI
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 31235867
GUERRERO RAUL EDUARDO
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 20658942
GARAVAGLIA MARIANO FELIX
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 29394599
GUERRICO MARTIN MARIA
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32460514
GARCIA CRISTIAN ESTEBAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 35622525
GUEVARA MARCOS DAMIAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 30515279
GARCIA GONZALO GABRIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29216481
GUIDI MAURICIO DAMIAN
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 8011467
GARCIA HECTOR GABRIEL
sobre PISTOLA calibre 6,35 MM
DNI 11007632
GUILLEN JUAN MANUEL RAFAEL
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 14441593
GARCIA JUAN CARLOS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 12806213
GULLO DANTE DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24703889
GARCIA LUIS GUILLERMO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20091220
GURMAN EDGARDO SAUL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 7003731
GARCIA MANUEL RAMON
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 22878701
GUTIERREZ CARRILLO JORGE A.
sobre FUSIL calibre .223 PLG
DNI 26445530
GARCIA MATARRESE RAUL HUMBERTO
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 33168031
GUTIERREZ GASTON GABRIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 13033270
GARCIA RAMON ANTONIO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 29916903
GUTIERREZ JUAN PABLO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 25502248
GARCIA VICTOR HUGO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21343645
GUTIERREZ MAURICIO FABIAN
sobre ARMA LARGA COMB. calibre .22 PLG
DNI 14661887
GARCILAZO JORGE LUIS
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 94129543
GUTIERREZ VILLA RICARDO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 22829695
GARELLO FLAVIO DAVID
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 8357282
HAFFNER FERNANDO ALFREDO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 17600160
GARNERO ALBERTO JOSE
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 13409331
HECKER MARCELO DARIO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 18872483
GARRIDO LEGUE VICTOR FERNANDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 13375963
HENGEN ARIEL JORGE
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 20392835
GASTAMINZA CLAUDIO GABRIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14667146
HENN EDGARDO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 34763133
GATTARI NAVARRO JESUS ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 25062603
HENRIQUEZ BETANCOR JUAN ANGEL
sobre CARABINA calibre .17 PLG
DNI 16464280
GEMELLI ADRIAN CARLOS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 36627970
HENRIQUEZ JONATAN ANDRES
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 24738140
GENZELIS ENRIQUE ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 12318341
HERAS JOSE EDUARDO
sobre PISTOLON calibre 36 UAB
DNI 32092902
GERIKA MARCOS ERASMO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 11239955
HEREDIA JUAN ROBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
Documento
Denominación
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
Documento
Denominación
20
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
DNI 23276629
HERMIDA GASTON
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 93334065
LLAMBI PABLO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 29100982
HERNANDEZ MARCOS ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 28216221
LO TARTARO WALTER NICODEMO
sobre CARABINA calibre .44 PLG
DNI 35355206
HERNANDEZ NICOLAS EMANUEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 24255776
LOBOS JUAN CARLOS
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 14064085
HERRERA CARLOS HECTOR
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 33697906
LOMBARDO RAUL FERNANDO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 29447838
HERRERA LUIS ALEJANDRO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 25668569
LOPEZ ANDRES SALVADOR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26488127
HILGEMBERG MARCELO JAVIER
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 17326372
LOPEZ ANTONIO SALVADOR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16803180
HIZA WALTER FABIAN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 34482224
LOPEZ CARLOS JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26450213
HOLZMANS GERARDO AGUSTIN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 23360577
LOPEZ CHRISTIAN ALFREDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 18860955
HONG LIANG
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 94705418
LOPEZ FLORES JUAN EDUARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 94764420
HUANG MINSONG
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 5498297
LOPEZ GUILLERMO BERNARDO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 20986505
HUCHAN RICARDO GABRIEL
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 16941485
LOPEZ JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23574081
HUERTA DIEGO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 22510694
LOPEZ JAVIER ANTONIO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 22597941
IACOPINI JORGE MAURICIO
sobre PISTOLON calibre 32 UAB
DNI 28916355
LOPEZ JUAN MANUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 30947220
IAZURLO LEANDRO MIGUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 33810512
LOPEZ PABLO SANTIAGO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 26430641
IBAÑEZ CARLOS ANTONIO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 13339846
LOPEZ SERGIO ROBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 21337177
IBAÑEZ JUAN MIGUEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 2965668
LOVAGNINI OMAR ENRIQUE
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 28502116
IBAÑEZ SEBASTIAN MATIAS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 6257769
LOZA RODOLFO NEMESIO
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 28502116
IBAÑEZ SEBASTIAN MATIAS
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 32389795
LOZA ZAPATA SERGIO RAFAEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24936729
IBARRA GERARDO DAMIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27767570
LUCCHETTI FEDERICO GASTON
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 12549463
IBARRA REINALDO GABRIEL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 8301291
LUCCHINI RICARDO ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 23626227
IGLESIAS GABRIEL LEONARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25079140
LUCERO JULIO ARIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17806042
IGLESIAS NORBERTO DANIEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 25681345
LUCERO MAXIMILIANO DAMIAN
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 30688686
IMPERIALE WALTER EMANUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26797596
LUCERO PABLO ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16959473
INNAMORATI SERGIO ANIBAL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26944925
LUGO FABRICIO ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20449206
INOSTROZA LUIS DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22811709
LUGO MOSQUEDA ADOLFO JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 37656882
IORDANOV STOYANOV IORDAN AGUSTIN
sobre FUSIL calibre .270 PLG
DNI 30121939
LUNA GONZALO JUAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 7630844
IRASTROZA JUAN CARLOS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 7739094
LUNA HUGO ARTURO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 22977972
ISASA CESAR ADRIAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 20664557
LUQUE CARLOS FABIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 8156103
ISIDORI OSVALDO ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29616298
LURASCHI BRUNO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 28515908
IUCCIOLINO JUAN SEBASTIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14436673
LUZKO JULIO PEDRO
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 22285304
IUNITER ALBERTO FABIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26237115
MACCARIO RAMIRO ABEL
sobre FUSIL calibre .30-06 PLG
DNI 17708676
IWANCZUK MARCELO DANIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 34342036
MACHADO JOSE LUIS
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 6593763
IZQUIERDO HUGO ROBERTO
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 8489919
MADROÑAL ALFREDO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 33433187
JACA GERMAN AGUSTIN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 21464525
MAFFIA CARLOS EDUARDO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 31153097
JACOB NAZARENO
sobre CARABINA calibre .30-06 PLG
DNI 21464525
MAFFIA CARLOS EDUARDO
sobre REVOLVER calibre .45 PLG
DNI 11286428
JANZA CARLOS EMILIO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 14103863
MAGGIO ORLANDO RUBEN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 11286428
JANZA CARLOS EMILIO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 12315058
MAGRINI MARIO ERNESTO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 10195108
JARAMILLO AMADEO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 12315058
MAGRINI MARIO ERNESTO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 21597651
JATCHUK FABIAN ALBERTO
sobre CARABINA calibre .444 PLG
DNI 36022393
MAGUNA EDUARDO EXEQUIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 34666102
JEREZ IVO NICOLAS
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 26812572
MAIDANA GUILLERMO DANTE
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 23468250
JIBSI GABRIEL ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26508647
MALDONADO ALEJANDRO DAVID
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26885348
JIMENEZ LEANDRO GASTON
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 4409180
MALIZZIA NEIL ROMAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 10732928
JORGE NESTOR JULIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 6339028
MALUJE JULIO ELIAS
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 24368786
JORJA MARCELO FABIAN
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 36696624
MANCILLA MATIAS OMAR
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 24047220
JOSENGE PABLO LUIS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 34704450
MANGERI EZEQUIEL
sobre FUSIL calibre .338 PLG
DNI 24047220
JOSENGE PABLO LUIS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
LE 4552890
MANGUDO CARLOS GERVASIO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 24047220
JOSENGE PABLO LUIS
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 30492626
MANO MAURICIO ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 36186331
JUAREZ LEONARDO RAUL
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 26269214
MANSILLA CARRILLO HECTOR ANDRES DAVID
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 36186331
JUAREZ LEONARDO RAUL
sobre CARABINA calibre .44 PLG
DNI 33052213
MANSUR JUAN IGNACIO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 8446508
JUAREZ MANUEL ORLANDO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 11127501
MANUELLI JOSE ARMANDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26367003
JURADO RODRIGUEZ DIEGO NICOLAS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 6443737
MANZANO OSCAR EDUARDO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 26367003
JURADO RODRIGUEZ DIEGO NICOLAS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 26193837
MARCELINI ARIEL ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 93908584
KANG FUQUAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28483494
MARCHAN SEBASTIAN ARIEL
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 4513798
KRAPOVICKAS FRANCISCO CASIMIRO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 25071575
MARITATO ADRIAN GABRIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 17863356
KRISCHAK NESTOR ANTONIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
LE 4555299
MARMOL SILVANO JULIO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 16245734
LA LUZ JULIO CESAR GABRIEL
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 32702329
MAROZZI EZEQUIEL ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 23244467
LACQUANITI ROQUE ESTEBAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 6082356
MARQUES JUAN CARLOS
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 13589000
LAGOMARZINO GUSTAVO ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 7959452
MARQUEZ MIGUEL ANGEL
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 11445931
LAHITTE ALFREDO HORACIO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 35330796
MARRERO ALVARO XAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28228021
LAMOTTA MATIAS ADRIAN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 32949502
MARSELLI MARIA FLORENCIA
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27489848
LANZZINETTI LUIS ALEJANDRO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 32949502
MARSELLI MARIA FLORENCIA
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 17607948
LAPENTA CARLOS ADRIAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 16968240
MARTEL JORGE ANTONIO
sobre ESCOPETA calibre 32 UAB
DNI 16226371
LAPETINA CLAUDIO ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 27979581
MARTI MARCELO DANIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 26542588
LAPKO ENRIQUE NICOLAS
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 35116468
MARTIARENA BRIAN GUSTAVO
sobre CARABINA calibre .223 PLG
DNI 28797708
LAROSA FERNANDO NICOLAS
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 13411955
MARTIERENA JORGE
sobre CARABINA calibre .458 PLG
DNI 7122272
LAUXMANN ORLANDO FRANCISCO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 13411955
MARTIERENA JORGE
sobre CARABINA calibre .30-30 PLG
DNI 21558707
LEANIZ RICARDO ARIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32878813
MARTIN NAIARA
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 21558707
LEANIZ RICARDO ARIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 34116829
MARTINA SEBASTIAN ALEJANDRO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 21734498
LEDESMA ARTURO JAVIER
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 6544364
MARTINELLI DEMETRIO ITALO
sobre PISTOLA calibre 6,35 MM
DNI 20805192
LEDESMA DOMINGO RUBEN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 6544364
MARTINELLI DEMETRIO ITALO
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 10958408
LEDESMA PAULINO
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 20520257
MARTINEZ ANA FACUNDA
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24416992
LEIVA ALEJANDRO DE JESUS
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 32320511
MARTINEZ BARBAGELATA MAXIMILIANO
sobre CARABINA calibre .30-30 PLG
DNI 17432262
LENCINA ROBERTO FABIAN
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 34259354
MARTINEZ DAIANA JEANETTE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26532639
LENCISA ENRIQUE ARMANDO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 17586593
MARTINEZ FERNANDA GISELA
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 33769434
LEON GABRIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 29986137
MARTINEZ GUSTAVO JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21414182
LEONE PEDRO ANTONIO AURELIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 31409338
MARTINEZ IVAN FRANCISCO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
LE 7954766
LEPORE OSVALDO SANTIAGO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 11884691
MARTINEZ PEDRO JOSE
sobre CARABINA calibre .22 PLG
LE 7954766
LEPORE OSVALDO SANTIAGO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 29642663
MARTINEZ TOVFIGH RAFII G. D.
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 32008871
LERA JUAN MANUEL
sobre PISTOLON calibre 32 UAB
DNI 25285152
MARTINO MAXIMILIANO RICARDO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 27707446
LERDA CRISTIAN DEL VALLE
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 11293145
MARTINOTTI ALEJANDRO ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16719465
LESCANO CECILIO RUFINO JOSE
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 23093149
MARTON HERNAN GUILLERMO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32148044
LICCIARDI MAURO DANTE
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 23093149
MARTON HERNAN GUILLERMO
sobre PISTOLON calibre 32 UAB
DNI 33024219
LIGUORI JORGE OMAR
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 28880731
MARTORELL CRISTIAN ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 28498953
LIMA ROBERTO ADRIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12855901
MARZIALI JOSE LUIS
sobre PISTOLA calibre 6,35 MM
DNI 94188360
LIN CHU
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 31935497
MASSACESI FABIAN ROBERTO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 94188360
LIN CHU
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28453834
MASTRANGELO CRISTIAN MIGUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 95335829
LIN FE
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 25416901
MATTO SERGIO ROLANDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 31133140
LINTAS DANIEL EMILIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 6301873
MAURO EDUARDO EMILIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 18198815
LIZARRAGA LUIS FABIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 32116110
MAYORGA NICOLAS MIGUEL ERNESTO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 18564875
LIZUN MARCELO GABRIEL
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 23124164
MAZZA MAXIMILIANO JOSE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
Documento
Denominación
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
Documento
Denominación
21
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
DNI 16408576
MECCHIA PEDRO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 11192775
OLMEDO NICOLAS MANUEL
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 12402643
MEDINA CARLOS RENE
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 32187742
OLMOS LUCAS DAMIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25312220
MEDINA LEONARDO MANUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 33818553
ORCE JIMENEZ PABLO GONZALO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 24803180
MEDINA PAOLINI JULIO OSVALDO
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 18465651
ORCE PABLO DANIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 17580800
MEDRANO SERGIO HORACIO
sobre CARABINA calibre .30-30 PLG
DNI 34518222
ORELLANA MAXIMILIANO MARTIN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 10968000
MELE SALVADOR
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 13831535
ORELLANO HUGO SILVIO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 93303614
MELENDREZ AHUMADA EDGAR ASIR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32757930
ORELLANO SANTIAGO SILVANO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 33968617
MELGAREJO JUAN IGNACIO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 32724010
ORIATTI JOEL ALEJANDRO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 11194347
MELIAN RAFAEL MANUEL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 29339833
ORPIANESI ANIBAL DAVID
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 22707306
MENDEZ JOSE EDUARDO
sobre FUSIL calibre .223 PLG
DNI 11424923
ORQUERA ANGEL ANICETO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 30335825
MENDEZ LEONARDO EMMANUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 30595386
ORTEGA GONZALEZ IGNACIO CAMILO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25404390
MENDEZ ROBERTO GUSTAVO
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 27172988
ORTIZ HECTOR HUGO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 33207229
MENESES BENITEZ EDGARDO MATIAS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26085813
ORTIZ MATIAS ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 32869389
MENGHINI JAVIER NICOLAS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 17714007
OSTERTAG MARIO RICARDO
sobre REVOLVER calibre .44 PLG
DNI 28949939
MENSO GERMAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17714007
OSTERTAG MARIO RICARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28958272
MERCADER GERMAN
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 5159686
OTTAVIANI CARLOS RODOLFO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 26906389
MERCIER PABLO ERNESTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16506785
OVEJERO VICENTE SALVADOR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24952067
MERELE MARCELO RAFAEL
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 92545812
PACE VICENT FRANK
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 31086277
MERIÑO HUGO ARIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28271066
PACIENZA RODRIGO SEBASTIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28114069
MERLO RODRIGO ARIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 22858416
PAEZ GUSTAVO ENRIQUE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11564444
MEZA CARLOS FRANCISCO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 28925967
PAIDUJ JORGE GABRIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 33928398
MEZA JORGE LUIS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 8025817
PALMUCCI ENRIQUE AGUSTIN
sobre CARABINA calibre .44-40 PLG
DNI 33928398
MEZA JORGE LUIS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14002192
PANELLA RAUL EDUARDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 22565852
MIGUELEZ FERNANDO JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17348570
PAPARINI MIGUEL ANGEL
sobre FUSIL calibre .30-06 PLG
DNI 23117795
MILENKOVITCH NICOLAS
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 17466390
PARAPUÑO FERNANDO RUBEN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 24536084
MILESI ARIEL DARIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21662347
PARE LUIS ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 31910672
MIÑO JUAN CARLOS
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 21662347
PARE LUIS ALBERTO
sobre PISTOLON calibre 32 UAB
DNI 24192256
MIRANDA ROXANA MARIELA
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21350586
PARED RAMON GABRIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14287756
MIRAVALLES EUGENIO RUBEN
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 12474186
PARIGIANI MARIO ISAAC
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 30552623
MOHR OSCAR ENRIQUE
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 33065916
PASTRANA JOSE MARIA
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 8706840
MOLINA CARLOS ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 17305062
PATITUCCI EDUARDO EMILIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 31842678
MONTEROS ALEJANDRO LUCAS DAVID
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21328242
PAZ LUCAS PABLO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 12161999
MONTEROS CARLOS ALBERTO DEL V.
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11126417
PELAYO CESAR RICARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 4434706
MONTES ALBERTO ELOY
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 22678640
PELLENC SERGIO DARIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22915908
MONTES DE OCA FERNANDO ADRIAN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 10926458
PENIZZOTTO LUIS ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 19000319
MONTIEL CALBUN JUAN RAMON
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 37563430
PENONI SERGIO DANIEL
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 26519815
MONTIRONI MAURO FELIPE
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 28475604
PERALTA JUAN CARLOS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26029881
MONTIVERO LEONARDO CESAR
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 34841040
PERALTA MICHAEL SEBASTIAN
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 26955135
MONTOTO ADRIAN EDUARDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 27582297
PERALTA MIGUEL ANGEL
sobre CARABINA calibre .223 PLG
DNI 25305886
MONTOYA ARIEL MARCOS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 29387123
PEREGO LUIS PEDRO ANTONIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20051481
MONTOZZI LEONARDO JAVIER
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 27691278
PEREIRA NESTOR ARIEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 20051481
MONTOZZI LEONARDO JAVIER
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 13862453
PEREYRA JUAN CLAUDIO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 26398044
MORAIS DIEGO HERNAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17376773
PEREYRA ROBERTO DANIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 4751337
MORALES LUIS MARIA
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 92114252
PEREZ GERARDO ALONSO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 10833555
MORANA JORGE LUIS
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 8308601
PEREZ HUGO RUBEN
sobre FUSIL calibre .338 PLG
DNI 22329292
MORENO LUCIANO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 18589522
PEREZ LUIS ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 30202065
MORENO MARIANO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 11001445
PEREZ MAXIMO ANGEL
sobre PISTOLA calibre 6,35 MM
DNI 12072679
MORENO SEGUNDO BENJAMIN
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 25002587
PEREZ SEBASTIAN
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 13538461
MORRA LEON SEBASTIAN
sobre REVOLVER calibre .44 PLG
DNI 20665397
PERICH MARCELO OSCAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
LE 4259495
MORSELETTO FRANCISCO VICTOR
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 16738529
PERRONE GABRIEL OSVALDO F.
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 23645184
MOSCHITTA RAFAEL RAMON
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 31953794
PERSICO JUAN CARLOS
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 13051560
MOSELE JUAN ALBERTO
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 20037037
PESSANO CESAR OMAR
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 36446338
MOSER DANIEL OMAR
sobre CARABINA calibre .30-06 PLG
DNI 22201220
PFEFFERKONS CENTURION JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14892062
MOTTURA SILVIO DANIEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 92224859
PFERFFERKONS CENTURION FELIX
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 21775688
MOZZON JOSE LUIS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 33573713
PIATI EMMANUEL EZEQUIEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 30193281
MULLER ENSO ADRIAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 14943585
PIAZZE MANUEL EDUARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 35443109
MULLER IVAN MATIAS
sobre FUSIL calibre .30-06 PLG
DNI 29241060
PICARD ADRIAN WALTER
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 28997219
MUNDO IGNACIO ALBERTO
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 7870130
PICCO JUAN DUARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23272862
MUÑOZ DANIEL HORACIO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 23039194
PIEDRABUENA LUIS ANTONIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27666468
MUÑOZ ROBERTO DIEGO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 22645601
PIERINI MARIO CARLOS
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 13820320
MURILLO GUSTAVO OSCAR
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 33387752
PIERNI AVERSANO MAILEN
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 21586200
MYBURG GERARDO DANIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 29251161
PILOTTI NESTOR ORLANDO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 29716059
ÑANCUCHEO ROBERTO ADRIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28459773
PIRES APOLONIA GERMAN ANTONIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11316828
NAVA JUAN CARLOS
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 29345921
PIRONIO GASTON ANDRES
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 23525111
NAVARRO ANGEL CATALINO
sobre CARABINA calibre .270 PLG
DNI 12163644
POLARI RAFAEL CARLOS
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 31546347
NAVEDO DANTE GUSTAVO
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 32270153
POLIMENO FERNANDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28637781
NAYA EDUARDO ANTONIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 10849028
POLIZZOTTO ROBERTO ANGEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 4553326
NAZAR HERNANDEZ PABLO SANTIAGO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 28937422
POLTORAK GUSTAVO DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 4385196
NICOLAO CARLOS ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 29635793
PONCHON JORGE LUIS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29476425
NICOLAU JUAN CARLOS
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 31059922
POPA DELANZQUE OSVALDO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 30025130
NIELSEN CRISTIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 33359047
PORRECA TOMAS ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28166789
NIETZEL AGUSTIN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28581125
PORTELLA ARMANDO MARTIN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 16333079
NIEVA NESTOR LUIS
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 7578202
POSSE GUILLERMO EGIDIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20832710
NISTICO DIEGO CARLOS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 30379915
POZZI LEONARDO FRANCISCO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 20832710
NISTICO DIEGO CARLOS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 17524076
POZZOBON CARLOS SERGIO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 20832710
NISTICO DIEGO CARLOS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 29020378
PRATTO LOUDET ROQUE MAURICIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16246360
NOLASCO ADRIAN ALBERTO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 27859669
PRATTO MATIAS GASTON
sobre FUSIL calibre .223 PLG
DNI 11987114
NOTO RODOLFO FERNANDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 33787994
PREITI MAXIMILIANO DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 35643808
NOVILLO FACUNDO DAMIAN
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 28463916
PRETTI RODRIGO MARCELO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 30132477
NOVOA RICARDO DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23411916
PRIETO GUSTAVO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 26859763
O'ROUKE JONATHAN
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 23337672
PRIMORAC PABLO AMADEO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20461036
OBREGON HECTOR DANIEL
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 33594591
PROCACCINI LUCIANO ARIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 34715114
OBREGON LEANDRO EMMANUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16774036
PROVERBIO NELSON ALBERTO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 8209818
OCHOA FEDERICO CARLOS
sobre CARABINA calibre .17 PLG
DNI 17683265
PUEBLA ELIO JERONIMO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 33951112
OCHOA LEANDRO DARIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22752969
PUERTAS CARLOS RAUL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 21888868
OJEDA JOSE LUIS
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 36912488
PULO JUAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 94222118
OJEDA PANIAGUA DERLIS GUZMAN
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 36912488
PULO JUAN
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 22171134
OLAVARRIA CARLOS FABIAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 36912488
PULO JUAN
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 25616898
OLEA NELSON MARCELO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 33502972
PUNTIN ANGELINO LUCIANO G.
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 21679513
OLIVEIRA DE SOUSA EDUARDO ANTONIO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 94130561
QIU HUA
sobre PISTOLA calibre 9 MM
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
Documento
Denominación
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
Documento
Denominación
22
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
DNI 33647306
QUARANTA SANTIAGO LUIS
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 16487679
SABATINI ENRIQUE ALEJANDRO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 13461022
QUICCHI JORGE RAUL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 10174056
SABBADIN DANIEL ALFREDO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 22434811
QUIÑONEZ VICTOR OSCAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 8081609
SAJUR HECTOR ANTONIO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 32786767
QUINTEROS ENRIQUE EZEQUIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 12145340
SALERA SERGIO GUILLERMO
sobre CARABINA calibre .17 PLG
DNI 12457871
QUIROGA CARLOS ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 8208253
SALERNO ERNESTO ALFREDO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 23178605
QUIROGA JOSE ALBERTO
sobre SUBFUSIL calibre .22 PLG
DNI 10686805
SALGUERO JOSE EDGARDO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 22276602
RABEN CHRISTIAN ARIEL DAVID
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11463525
SALINAS CARLOS ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 20299311
RAFFIN ALDO ROBERTO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 16869955
SALOM ALBERTO ANIBAL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 8612822
RAGONE MIGUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25898368
SALOMON DIEGO MAXIMILIANO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 28428657
RAIES SEBASTIAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 32918432
SALOMON EMMANUEL
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 10971742
RAMIREZ OSCAR LEONARDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 27557362
SALOMON SERGIO DANIEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 10690826
RASUK JORGE EDGARDO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 20752367
SALVIA GUSTAVO FABIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11896828
RATTO MIGUEL ANGEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 17870190
SALVO HECTOR ABEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 37364878
RAVINOVICI JONATHAN ARIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17870190
SALVO HECTOR ABEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24148168
REBESBERGER GUILLERMO ANDRES
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 7768371
SANCHEZ ANTONIO AGUSTIN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 16910769
REBOREDO JULIO CESAR
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 31016146
SANCHEZ GUILLERMO ADRIAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 31535483
REINOSO CRISTIAN JAVIER
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 27691787
SANCHEZ HERNAN RUBEN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 8359443
REYNOSO MANUEL HUMBERTO
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 18355280
SANCHEZ JORGE ADRIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27941010
REYNOSO PATRICIO GERSON
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11042069
SANCHEZ JUAN CAMILO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 36674595
RIBAS LUCAS EMANUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28791565
SANCHEZ LUIS ANTONIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 36674595
RIBAS LUCAS EMANUEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 25532152
SANCHEZ MARIO ANDRES
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 14053481
RICCA MIGUEL ANGEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 20704392
SANCHEZ OSCAR ANDRES
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14053481
RICCA MIGUEL ANGEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 29920345
SANCHEZ PASTOR MATIAS JOSE
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 94592703
RICCI MARCO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22717534
SANCHEZ SANTIAGO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 27356389
RICCILLO LEANDRO DAMIAN
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 6251251
SANCHIS JUAN CARLOS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 30996900
RICHE DANIELA MARIANA
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 92737551
SANCHO Y DE LUNA SERGIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22833501
RIDOLFI ESTEBAN JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23479345
SANGUINETTI FERNANDO ALBERTO
sobre FUSIL calibre .300 PLG
DNI 24774968
RINALDI EDGARDO FABIAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 30799026
SANMAMED DEBORA ANTONELA
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24458470
RIOBO GUSTAVO JAVIER
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 27971610
SANNA BRUNO JOSE
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 21956447
RIOS MARCELO HAROLDO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 6516680
SANTACROCE JOSE ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16485301
RIVADENEIRA HECTOR RAUL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 29666971
SARAVIA MARCO OSVALDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 28721129
RIVADEO JULIO GERMAN
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 26903019
SARMIENTO PABLO FERNANDO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 32223823
RIVAS LEANDRO ENRIQUE MIGUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20446338
SARQUIS JULIO EDUARDO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 32223823
RIVAS LEANDRO ENRIQUE MIGUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20446338
SARQUIS JULIO EDUARDO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 12303741
RIVERA JUAN CARLOS
sobre FUSIL calibre .223 PLG
DNI 33980332
SARTIRANA LUCAS GABRIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12303741
RIVERA JUAN CARLOS
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 4539242
SARTIRANA LUIS ROBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29969757
ROCHA ALVARO EDUARDO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 4539242
SARTIRANA LUIS ROBERTO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 25603662
RODAS CARLOS ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 30496075
SARTIRANA MARTIN ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 17515628
RODRIGO ANDRES ERNESTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 30496075
SARTIRANA MARTIN ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 35483559
RODRIGUEZ DANIEL ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 12783047
SBRIGLIO GERARDO DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16488035
RODRIGUEZ DARIO ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 22049412
SCAFETTO LEANDRO RUBEN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17321458
RODRIGUEZ EDGAR OSCAR
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 24178136
SCHANZENBACH PABLO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 25923258
RODRIGUEZ JUAN ANTONIO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 32617867
SCHEINES ELIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 7982825
RODRIGUEZ JULIO ARGENTINO
sobre PISTOLON calibre 32 UAB
DNI 8511793
SCHIAVI ARMANDO RAFAEL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 16556319
RODRIGUEZ JULIO OSBALDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 29265535
SCHOCHTER GABRIEL EDUARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16556319
RODRIGUEZ JULIO OSBALDO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 29363063
SCHULTEIS VIGNOLO DANIEL EDGARDO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 24124090
RODRIGUEZ LEVY JUAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 4703667
SCHUSTER ADOLFO RAMON
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 16797695
RODRIGUEZ MARCELO EDUARDO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 34495906
SCHVEMLER DAVIS OSCAR
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 35068929
RODRIGUEZ MARCELO EMILIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17858928
SCRO JOSE ANTONIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12734525
RODRIGUEZ MARIO EMILIO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 20697748
SCROCCHI ERNESTO ARMANDO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 30252491
RODRIGUEZ PABLO HECTOR
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 20515053
SEGUNDO JOSE MARIA
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 33581850
RODRIGUEZ RAMIRO CESAR ALEXANDER
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 16964410
SEGURA DANIEL RUBEN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 18076186
RODRIGUEZ SERGIO GUSTAVO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28676695
SEIMANDI MATIAS LEONEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27050292
ROITMAN PATRICIO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 8490580
SENABRE JORGE GUSTAVO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 31678611
ROJAS ADRIAN JORGE
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 22726931
SERAVALLE GUSTAVO ADOLFO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 16284601
ROJAS JULIO CESAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 36975974
SERIAL PEDRO ALEJANDRO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 14641580
ROLDAN RUBEN DARIO
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 8531905
SGRABLICH FERNANDO RAMON
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 28254743
ROLDAN VICTOR GUILLERMO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 26790532
SILVA DIEGO MAXIMILIANO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 25853505
ROMANO NESTOR HUGO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14833750
SILVA EDGARDO RODOLFO
sobre PISTOLON calibre 32 UAB
DNI 17607740
ROMAY JORGE MARIO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 25299346
SILVA ESCUDERO JOAN PABLO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 36051707
ROMERO JONATHAN HORACIO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 17678677
SILVA GUILLERMO RUBEN
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 32004300
ROMERO JOSE LUIS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 7717927
SILVA HUGO JOSE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32088829
ROMERO OMAR ANDRES
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 12456135
SILVA JOSE ESTEBAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26638473
ROMERO SERPICO HECTOR ALEJANDRO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 33244269
SILVA JOSE MANUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24937497
ROMERO VICTOR ANTONIO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 26574510
SILVA NESTOR JAVIER
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 8592645
RONCAGLIA HECTOR OMAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21797114
SILVA VICTOR VALENTIN
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 29079610
RONCAGLIA MAURICIO OMAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12886290
SILVERIO JUAN VICENTE
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 29005580
RONCALLO PABLO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 12425417
SIMEONE GUSTAVO ANTONIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23343957
RONCHI VICTOR GASTON
sobre PISTOLA calibre 6,35 MM
DNI 22864071
SIMES JUAN PABLO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 4748429
ROSA DIEGO MELITON
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 22864071
SIMES JUAN PABLO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 14458980
ROSMARI CESAR ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 24504209
SIMONIT CHRISTIAN JAVIER
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 30004577
ROSSI CRISTIAN RAMON GABRIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 20806571
SINACORI HORACIO SANDRO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 23001152
ROSSO GUIÑAZU MAURO JUAN A.
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32245393
SINCHES HUGO IVAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27486000
ROVASIO DARIO MARIO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 18863380
SINGH JASWANT
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 16335352
ROVER HORACIO HECTOR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 18863380
SINGH JASWANT
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 25739777
RUBIO GUSTAVO SAID
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 11488658
SINGH LILIANA MAVEL
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 7976113
RUESCH CARLOS ERNESTO
sobre CARABINA calibre .30-06 PLG
DNI 22067854
SINISGALLI MARCELO JOSE
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 23410032
RUFFINO GABRIEL EDUARDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 23215819
SOBRADO HERNAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 22336533
RUFINO JUAN EDUARDO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 22685126
SOLALIGUE RODRIGO JOSE
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 11105093
RUGGERI ORLANDO CESAR
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 4119385
SOLDI OSCAR JOSE
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 23238897
RUIZ CARLOS ARIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 31902621
SOSA FERNANDO ANTONIO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 23925568
RUIZ CARLOS EDUARDO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 26326758
SOSA HUGO DAVID
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 22922723
RUIZ FRANCISCO EDGARDO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 31290983
SOSA JOSE ANTONIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 12937952
RUIZ FRANCISCO RUBEN
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 23809542
SOSA JUAN JOSE
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 23684342
RUIZ PABLO MARTIN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 18489982
SOSA MIGUEL ANGEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 36656162
RUIZ PORTUGUES FRANCISCO TOMAS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22201502
SOSA PABLO RICARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 18633466
RUIZ RAMON PATRICIO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 13602494
SOUTO CARLOS EDUARDO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 18633466
RUIZ RAMON PATRICIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23928617
SPADONI MAURO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 31344279
SAAVEDRA CUITIÑO MATIAS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 10160577
SPERA JUAN CARLOS
sobre CARABINA calibre 9,3x62 MM
DNI 21970655
SAAVEDRA DANIEL ALFREDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23192615
SPINDOLA CRISTIAN DIEGO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
Documento
Denominación
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
Documento
Denominación
23
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
DNI 28484362
STEIN JAVIER OMAR
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 10810007
VICTORIA ALEJANDRO JOSE
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 31935326
STORTI JUAN IGNACIO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 14409717
VIDAL HUMBERTO SILVIO
sobre REVOLVER calibre .44 PLG
DNI 16951761
STUCCHI CLAUDIA PATRICIA
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 26500326
VIDELA EZEQUIEL MARTIN
sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM
DNI 14145822
SUAREZ MIGUEL ANGEL
sobre CARABINA calibre .17 PLG
DNI 27469756
VIERA VICTOR HUGO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 7195887
SUAREZ SEGUNDO TOMAS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 5534792
VIGNOLO ALBERTO JORGE
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 7578764
SURA NESTOR
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 10627051
VILA JULIO FRANCISCO
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 23643124
TACACHO SERGIO ESTEBAN
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 29301106
VILLALBA LUCIA ELENA
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 20471241
TACCHINO SEBASTIAN PABLO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 4636397
VILLALOBOS JUAN CARLOS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 8257680
TAFFURELLI ALBERTO PEDRO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 23902395
VILLALVA JUAREZ MARCELO A.
sobre FUSIL calibre .223 PLG
DNI 93254206
TAKTIKAKIS CARPI ANTONIO V.
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26101758
VILLALVA MARTIN FABIAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 34299261
TALIN FEDERICO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 28156237
VILLARREAL MANUEL AGUSTIN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 17423807
TALMON GUILLERMO JOSE
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 31614930
VILLARRUEL DIEGO DAMIAN
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 30897385
TANTUCCI RICARDO LUIS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 36696736
VILLEGA FERNANDO ARIEL
sobre ESCOPETA calibre 32 UAB
DNI 30897385
TANTUCCI RICARDO LUIS
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 22669143
VINCENT PATRICIO ALEJANDRO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 20951611
TAPIA ORLANDO OCTAVIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 35623332
VIOLA GERMAN ANDRES
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 23620890
TARDIVO DANIEL OSVALDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 18591433
VIOLA OMAR FRANCISCO
sobre FUSIL calibre .300 PLG
DNI 20589331
TARPIN LORENZO OMAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 18591433
VIOLA OMAR FRANCISCO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 18898846
TCHAPOVSKI DANIL
sobre REVOLVER calibre 9x22 MM
DNI 29809322
VISMARA PABLO MARTIN
sobre CARABINA calibre .17 PLG
DNI 26494609
TELLO SERGIO EDGARDO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 6073452
WENK EDUARDO RENE
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 30135541
TESELMAN ANDRES
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 28606303
WITT MATIAS ALEJANDRO
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 30848988
TESTA VEGA LEANDRO MARTIN
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 30915037
WOLCAN VICTOR EMILIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25011405
TESTONI DIEGO EZEQUIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22737681
WOLF CRISTIAN MARCELO
sobre CARABINA calibre .30-30 PLG
DNI 8538087
TESTONI SONZINI GUILLERMO JOSE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 94777843
WU XIAOJJAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11191294
TEVES CARLOS ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 94016887
YAN ZHONG
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 24558963
THEILER LEONARDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 24414723
YBAÑEZ GUTIERREZ ALBERTO LEANDRO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 29964400
TICCONI JUAN GABRIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 759867
YBARRA ALICIA JUANA
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 18201607
TILLERIA NESTOR ANTONIO
sobre REVOLVER calibre .45 PLG
DNI 23555126
YBARRA DIONICIO ANTONIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23729246
TISOCCO ARIEL MARTIN
sobre CARABINA calibre .30-06 PLG
DNI 25821204
YEBRA MAURICIO ELIAS
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 14142017
TISSONE DANIEL JULIO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 25821204
YEBRA MAURICIO ELIAS
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 12498807
TOBAL LUIS ALBERTO
sobre CARABINA calibre .44 PLG
DNI 27297076
YURI LEONEL LUIS
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 21338719
TOCA WALTER RICARDO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 13679894
ZAGAME ROBERTO DANIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 27426377
TOLOSA JOSE ANDRES
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22489214
ZALAZAR ROBERTO NATALIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 16436211
TOLOSA JUAN CARLOS
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 22856585
ZAMPER EDUARDO CARLOS
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 11638879
TOLOSA JULIO ALFREDO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 32641410
ZANOTTA GUSTAVO JOSE
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 34035562
TOLOZA JULIAN MATIAS
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 32314151
ZAPATA DANIEL EDUARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 34235747
TOME TOMAS ALEJO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27718835
ZAPATA VICTOR NICOLAS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 8609852
TOMMASONE ANTONIO DARDO
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 26666505
ZARATE ROLANDO DAVID
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24258509
TORRES GUSTAVO FABIAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 18449791
ZEBALLOS EDUARDO ARMANDO
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 13938881
TORRES RAMON ALDO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 14214869
ZELADA MARIO ADOLFO
sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG
DNI 30763343
TORRISI MAURO SEBASTIAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 31842841
ZELAYA MIGUEL EDUARDO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 34956351
TORTORELLA FACUNDO MARTIN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 18509001
ZEOLI FERNANDO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 27243079
TREIYER ELISEO ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 94012424
ZHANG JIANWU
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 13222492
TRIPOLI MARTIN HORACIO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 94012424
ZHANG JIANWU
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 20523463
TRONCOSO NORA CECILIA
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 92919096
ZHANG RENXIU
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 7843038
TROTZ GUILLERMO ESTEBAN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 92919096
ZHANG RENXIU
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 22410459
TRUNZO ARTURO LUIS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32233048
ZIESENISS WALTER EMANUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25872268
TSIORLANI MARCELO ESTEBAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 22498748
ZITO VIVIANA BEATRIZ
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 4557051
TURANO ALFREDO MARCOS MIGUEL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 31581526
ZORIAN CARLOS ENRIQUE
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 33319307
UHRIG FEDERICO IGNACIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 29684037
ZUAZQUITA MARTIN ATILIO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 38539942
ULRICH CARLOS ALBERTO
sobre CARABINA calibre .223 PLG
DNI 17818484
ZUCCARELLI DANIEL ALBERTO
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 20005340
URBIETA OSVALDO MARCELO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 31920894
ZURDO JUAN NICOLAS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 18151811
URQUIJO GABRIEL ALBERTO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 26855174
ZUZA GONZALO ALFREDO JOSE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24821597
URQUIZA GUSTAVO JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26855174
ZUZA GONZALO ALFREDO JOSE
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 26846076
URRUTIPI ORONA GABRIEL JESUS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 10751623
VACIRCA RICARDO JUAN
sobre FUSIL calibre .300 PLG
DNI 26061766
VADELL MARIANO ARIEL
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 17419807
VALENZUELA PEDRO PABLO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 21771468
VALERGA JOSE MARTINIANO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
Documento
Denominación
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
DNI 26391358
VALERIANI AMILCAR IVAN
sobre FUSIL calibre 8x68S MM
DNI 32831130
ABUD CAMILO ANDRES
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26391358
VALERIANI AMILCAR IVAN
sobre FUSIL calibre .300 PLG
LE 8521449
ACEVEDO CARLOS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26391358
VALERIANI AMILCAR IVAN
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 11254476
ACIAR JUAN JOSE
DNI 26391358
VALERIANI AMILCAR IVAN
sobre REVOLVER calibre .44 PLG
ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD
S.A. 30549486513
DNI 20451449
VALORIANI ROLON EDGAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27116470
ACOSTA ARIEL MATIAS
DNI 24652074
VARELA CARLOS JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
ámbito de SEGURIDAD EMPRESARIA S.A.
30707995544
DNI 36524018
VARELA FACUNCO GUIDO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 32093490
ACOSTA ENRIQUE JAVIER
DNI 16440344
VARELA MANUEL FABIAN
sobre CARABINA calibre .223 PLG
ámbito de F.P.I.COMPAÑIA DE SEGURIDAD SA
30709020273
DNI 27029734
VARGAS BARRIENTOS JORGE A.
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 7982346
ACOSTA MARIO RUBEN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 36099698
VARISCO SEBASTIAN NICOLAS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 25601654
ACUÑA DIEGO OMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21471699
VASTA ALDO ANDRES
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 18552550
AGUDO MARIA LAURA
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21471699
VASTA ALDO ANDRES
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 24821323
AGÜERO DIEGO LEANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14263869
VAZQUEZ CLAUDIO ARMANDO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 25239048
AGUERO GONZALO MARTIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17782199
VAZQUEZ MORA JORGE DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17974410
AGUERO HECTOR DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10958974
VAZQUEZ TOMAS RAMON
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 16014141
AGUERO MARIO GERONIMO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22574486
VEGA GRACIELA MONICA
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 20248755
AGUIAR RICARDO DANIEL
ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113
DNI 8151448
VEGA JUAN CARLOS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23136669
AGUIRRE CARLOS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27210786
VEGLIA LAMENDOLA VICTOR GABRIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 21767668
AGUIRRE OSCAR ISIDORO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27163223
VEIRA OSCAR ALBERTO
sobre CARABINA calibre .44 PLG
DNI 28431743
AIMI DIEGO ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24018286
VELA MARCELO ADRIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27758622
ALANCAY ALFREDO GASTON
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23926667
VELAZQUEZ CRISTIAN MARCIAL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 34960293
ALARCON JAVIER ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23805977
VENEGA PABLO MARTIN ALFREDO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 33760988
ALBORNOZ HORACIO JUAN PABLO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 7624378
VENTIMIGLIA HECTOR SANTIAGO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 17868924
ALCAMAN ELIAS DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31565793
VENTIMIGLIA NICOLAS MARTIN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 34253175
ALI ADAN LEONEL
ámbito de INCLAVE S.A. 30604207947
DNI 14039143
VENZAL JULIAN ANTONIO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 37294378
ALMEIDA ANABELIA ANAHI
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25922123
VERA VAN GELDEREN RAUL DAMIAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 33040008
ALMEIDA MAXIMILIANO
ámbito de REDGUARD S.A. 30708627638
DNI 94892783
VERDOUX OLIVIER LUDOVIC
sobre CARABINA calibre .357 PLG
DNI 27815528
ALVAREZ CESAR ADRIAN
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
DNI 4603851
VERNA JOSE ROBERTO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 18422090
ALVAREZ FERNANDO OSCAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 4603851
VERNA JOSE ROBERTO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 26048379
ALVAREZ PAOLA CARLA LORENA
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 4603851
VERNA JOSE ROBERTO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 35328440
ALVES DA SILVA MARCOS TEOFILO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 4603851
VERNA JOSE ROBERTO
sobre PISTOLON calibre 32 UAB
DNI 14868670
AMARILLA ALDO ABELINO
sobre armas de puño registradas a su nombre
LE 4367743
VERRIER CESAR ROBERTO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 21557433
AMED MIGUEL ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
SOLICITUDES DE PORTACIONES SOBRE ARMAS DE FUEGO
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
Documento
Denominación
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
Documento
Denominación
24
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
DNI 34372450
ANTELO LUCIANO ROMAN
ámbito de KÖNER SEGURIDAD S.A.
30707700285
DNI 32591770
CANTEROS ROLANDO MAURICIO
ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L.
30678784288
DNI 25082787
ANTINAO JOSE LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
LE 4857011
CAPPELLO JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25718832
AQUINO JULIO JAVIER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21588559
CAPUTO GUSTAVO JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31913750
AQUINO SERGIO GUSTAVO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 7723489
CARDOSO RUBEN ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10092235
ARAMAYO OSCAR
ámbito de SECURITAS COUNTRIES S.A.
30712414215
DNI 18143896
CARDOZO CLAUDIO MARCELO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23272499
CARDOZO EMILIO ABEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8528019
CARRASCO JUAN DOMINGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8484694
CARREÑO RUBEN JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10237546
CARRILLO RAUL OSCAR
ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD
S.A. 30549486513
DNI 12734212
ARANCIBIA JUAN CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26735840
ARANDA EVANGELINA LAURA
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13841924
ARANGUEZ NORBERTO ANDRES
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12272962
ARCE JUAN CARLOS
ámbito de C.I.S.E. S.R.L. 30576061907
DNI 28264469
ARCE PABLO NAHUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11694371
CASANOVA JORGE ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16740150
ARDILES RUBEN MANUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17681832
CASERES ANGEL NORBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10472212
AREVALO LUIS IGNACIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 4991629
CASSELLI ROQUE ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17052329
AREVALOS OMAR ALCIDES
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 32268843
CASTELLANOS GOTTE ARIEL FEDERICO
DNI 25242109
ARGUELLO ALEJANDRO AGUSTIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
DNI 8559724
ARMALE CARLOS ENRIQUE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24957184
CASTILLO EDGAR ADOLFO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14803754
ARPE ALFREDO JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28123396
CASTILLO JUAN CARLOS
DNI 17928477
ARRIBAS WALTER GABRIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de SEGURIDAD EMPRESARIA S.A.
30707995544
DNI 11302208
ASPITIA JUAN DOMINGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13684204
CASTILLO MARIA DEL CARMEN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28677053
ATTERBURY GUILLERMO RAMON
ámbito de FINOR S.A. 30709894273
DNI 21301296
CASTRO JOSE LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14798292
AVENDAÑO MIGUEL ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23732470
CECATI ANDRES GUILLERMO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12351372
AVINCETTA ANGEL ANIBAL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26605864
CELIZ DIEGO MAXIMILIANO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17557084
AYALA ALEJANDRO ADRIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23366098
CENTENO JAVIER SALVADOR
ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113
DNI 31489725
BADANO RODRIGO ADRIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16935878
CENTURION SECUNDINO DARIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18844645
BADAY VOLODYMYR
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
DNI 17035695
CERDAN RAMON DE JESUS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31060173
CHANCHEROSI CRISTIAN JAVIER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28507724
BADIALE DAMIAN MATIAS
ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113
DNI 21139817
CHAVEZ MIGUEL ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14703367
BAENA OMAR HERMINIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26410593
CHAVEZ PEDRO AUGUSTO
DNI 20771949
BAEZ JUAN ALBERTO
ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD
S.A. 30549486513
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
DNI 16725963
CHAZARRETA LUIS ALBERTO
DNI 16787177
BALBUENA EMILIANO EDGARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de A.M.SEGURIDAD EMPRESARIA SRL.
30647312523
DNI 26916481
BALDEZ LUCAS ARIEL
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 12639688
CHEDIEK CARLOS MARIANO R.
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 25940160
CHEPILA RUTH ELSA
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13869345
BALESTRINI LUIS ESTEBAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10939314
COLACE JORGE ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21710082
BALIÑO PABLO MARTIN
ámbito de EMP.DE SEG.INTEGRAL ALESA S.A.
30580183928
DNI 18235236
COLANTONI MARCELO MATEO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21052081
COLQUE LUIS ADOLFO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14614848
BALLESTRERO OSCAR ALBERTO
ámbito de MURATA S.A. 30641063378
DNI 18538146
COMOLLI RICARDO JAVIER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31741186
BALLIANI OSCAR SEBASTIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11068055
CORALLO EDUARDO VICTORIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10736129
BARBOSA HERMENEGILDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25378360
CORDARA LUIS ALFREDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 35400403
BARREIRO GUSTAVO EMILIANO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 7010468
CORDOBA MANUEL HUMBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20783104
BARRIONUEVO EDUARDO ALBERTO
ámbito de BACAR TRANSP. DE CAUD. S.A.
30668134978
DNI 21564307
CORIA CANO EDUARDO RUBEN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22982445
CORNEJO DIEGO HERNAN
ámbito de CI 5 S.A. 30679488593
DNI 14776309
CORONEL ALFREDO HECTOR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24330513
CORONEL OSCAR MAXIMILIANO
ámbito de MURATA S.A. 30641063378
LE 7602789
CORREA RAIMUNDO MANUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30461765
CORTES LUCAS LEANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22669614
COSTA MARCELO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11896252
CUELLO NORBERTO JORGE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26536742
CUFRE CESAR ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14000437
CULSHAW FERNANDO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 32047145
CURTO ANTONIO MANUEL
ámbito de CHAPELCO SEG.INT. S.R.L.
30707195726
DNI 13876745
DA SILVA CARLOS ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18058818
DAVILA JUAN CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12578248
DE LA PORTILLA HECTOR DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11848456
DE LEON ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30697581
DE LEON CLAUDIO ESTEBAN
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
DNI 18758371
DE NARVAEZ STEUER FRANCISCO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20350769
DE TURRIS MARCELO FABIAN
ámbito de REDGUARD S.A. 30708627638
DNI 4383072
DE VIRGILIO RODOLFO EDUARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16287030
DELUCA PABLO CESAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 30307579
DI BARTOLOMEI CLAUDIO ERNESTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8007649
DI LELLO JORGE FELIPE
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 10731021
DI TULLIO CLAUDIO ROBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12908537
DIAZ ANGEL JESUS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24781894
DIAZ CHRISTIAN SANTIAGO
ámbito de SEGURIDAD EMPRESARIA S.A.
30707995544
DNI 26660029
BARRIOS PABLO GASTON
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29129803
BARROS MARCOS ANTONIO
ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL
30707795579
DNI 14445763
BARTHOU LUIS ERNESTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17039268
BASUALDO HECTOR CLAUDIO
ámbito de SPEED CENTRE S.R.L. 30658897833
DNI 12460467
BAZAN RUBEN ENRIQUE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10040906
BECERRA JOSE ERNESTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 5262840
BELIZ HECTOR RAUL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 40667345
BELTRAN MITA FABIO ROBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29299780
BENITEZ LUIS ALBERTO
ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD
S.A. 30549486513
DNI 26118339
BENITEZ RUBEN LUIS
ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113
DNI 17686756
BERCOVICH JOSE MARIA CAYETANO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10144184
BERDEZAGA JUAN CARLOS
ámbito de ALTA VISION S.A. 30646387821
DNI 26821984
BERNACCHIA SEBASTIAN CARLOS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29704871
BERTORELLO JUAN MANUEL
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 25639761
BESSONE ARIEL GASTON
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12772578
BITAR HUGO DOMINGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12380762
BLANCO EDUARDO ANIBAL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30245225
BONIFACIO FEDERICO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 37937414
BOTO FEDERICO RICARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11917253
BRAGHIERI DIEGO CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18322258
BRANDANA JOSE ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22404441
BRASESCO MARIO JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27227720
BRAYER FELIPE SANTIAGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 34173489
DIAZ FRANCO ZENON
ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612
DNI 12929121
BREME RUBEN DARIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12808850
DIAZ HECTOR OSVALDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10921474
BRESCIA OSCAR ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13353833
DIAZ HECTOR SATURNINO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24496247
BRITOS FEDERICO
ámbito de MURATA S.A. 30641063378
DNI 13402431
DIAZ ROBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25329171
BRUN GASTON MATIAS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 32497280
DIAZ WALTER OMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23085889
BUSCAGLIA CLAUDIO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16501557
DOLENZ LUIS HORACIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13490882
BUSTAMANTE OSCAR MIGUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28264125
DORADO JUAN PABLO MAXIMILIANO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14125794
BUTTIGLIERO MARIO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26472878
DORE MARIO ANDRES
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13537619
CABALLERO GUILLERMO NICOLAS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17725374
DUARTE HECTOR HUGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14705955
CABRERA MANUEL VICENTE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24121151
DUARTE SERGIO AGUSTIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8402503
CACCIA HECTOR MARCELINO
ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD
S.A. 30549486513
DNI 16102251
ELIZALDE HECTOR RAMON
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20429588
ENRIORI CLAUDIO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13626472
CACERES JOSE DE JESUS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14290977
ENRRICO MIGUEL ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22286035
CAINO HUGO MARTIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31293237
ERMÁCORA CLAUDIO GASTON
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12226500
CALEFFI MARIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13443567
ESCOBAR JUAN CARLOS
DNI 21570374
CALIVA LUIS ADALBERTO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
ámbito de ESAGEON SEGURIDAD S.A.
30683549858
DNI 22628291
ESPINOZA JULIAN RENE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17580447
CALLOJAS JOSE LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 33862289
ESTEVEZ FERNANDO ANDRES
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 7756736
CALOIA HORACIO ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12888596
ETCHEVERRY MIGUEL ANGEL
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 14587105
CAMILATTI EDGARDO FABIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25508162
FALISTOCO FERNANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28954834
CAMPOS VANESA ROCIO DEL CIELO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 4194761
FANDIÑO DIEGO ALFONSO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17250381
CAÑETE CAYETANO ESTEBAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26091879
FARFAN PABLO CESAR
DNI 24778932
CANTERO WALTER OSVALDO
ámbito de SEGUR-CONTROL S.R.L.
30709892823
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 5077372
FARIAS CARLOS OMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
Documento
Denominación
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
Denominación
25
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
Documento
DNI 12157362
FARIAS DANIEL ADOLFO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27503679
GUOLO JUAN CLAUDIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
DNI 23250264
FARIAS LUIS ALBERTO
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
DNI 18282439
GURRIERI VICENTE
ámbito de MURATA S.A. 30641063378
DNI 27427984
GUTIERREZ DANIEL EDUARDO
ámbito de SPEED CENTRE S.R.L. 30658897833
DNI 21051719
GUTIERREZ GUSTAVO OSCAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10570224
GUTIERREZ OSCAR BENJAMIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11273043
GUZMAN OSCAR DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13781604
HERGENREDER CLAUDIO ABEL
ámbito de ESAGEON SEGURIDAD S.A.
30683549858
DNI 29345265
HERNANDEZ JUAN RAMON
ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113
DNI 26153880
HERRERA GONZALEZ CINTHIA SUSANA
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28254444
HERRERA SANTOS JAVIER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17746735
HERROU CARLOS OSVALDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16546318
HORITL JUAN CARLOS
ámbito de ESAGEON SEGURIDAD S.A.
30683549858
DNI 26821221
FELICETTI SALVADOR MIGUEL ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18200938
FERNANDEZ ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20483049
FERNANDEZ HECTOR OSCAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20575226
FERNANDEZ MARCELO ABEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18048116
FERNANDEZ MARCELO PABLO
ámbito de SECURITAS COUNTRIES S.A.
30712414215
DNI 14126828
FERRARI ENRIQUE BERNARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 7611219
FERRARI JORGE ROMAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30409455
FERREIRA TAMARA GISELLE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24243432
FERRER CARLOS ARIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22329160
FERREYRA CRISTIAN MIGUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18191552
FERREYRA HECTOR OSCAR
ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113
DNI 35034624
IBARROLA HORACIO ALEJANDRO
ámbito de C.I.S.E. S.R.L. 30576061907
LE 8597725
FERREYRA RAMON ALCIDES
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23539763
IMBELLONI ALCIBIADES ANDRES
ámbito de SPEED CENTRE S.R.L. 30658897833
DNI 12752520
FIGUEROA JORGE JUAN DOMINGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10371324
INGRATA OSCAR RAUL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12121044
FLORES GERARDO RUBEN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16959473
INNAMORATI SERGIO ANIBAL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10602445
FLORES HECTOR OSVALDO
ámbito de SCYTHIA S.A. 33710069749
DNI 20449206
INOSTROZA LUIS DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17879152
FLORES NELSON WALTER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13813607
INTILI ALFREDO HORACIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21617309
FLORES ROLANDO HORACIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10406512
IOZZIA VICENTE ROBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16776742
FLOREZ WALTER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22931997
IRIARTE WALTER ADRIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21729812
FONTAN RAUL CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 4743154
IRURITA ALBERTO AMADO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28827399
FRANCO GABRIEL ORLANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10030569
IVAZETA MARIO RICARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29803140
FRANCO VICTORIANO LUIS
ámbito de KÖNER SEGURIDAD S.A.
30707700285
DNI 17018775
JARAMILLO VICTOR FERNANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23914738
KALIL EDUARDO RAMON
ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612
DNI 10816248
KEREKES JULIO ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22492601
KESSELER JUAN GABRIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20629225
KOWAL JOSE LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12177756
LAGOS MIGUEL ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 5526079
LAGUNA JULIO CESAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14108992
LAMBRECH JORGE PEDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30331405
LASCANO BERTUZZI GUSTAVO ENRIQUE
ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A.
30687288145
DNI 7782664
FRETES SALVADOR ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 32882140
FUHMAN FEDERICO IVAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23412798
FUMAGALLI FLAVIO CESAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18597376
FUNES FERNANDO GABRIEL
ámbito de ASTER CONTROL S.A. 30710442041
DNI 30211014
FUNES LUIS DAMIAN
ámbito de C.DE TRAB.LINCE SEG.LTDA.
30643445510
DNI 31992451
FUNES RAFAEL EDMUNDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16765054
FURFARO EDUARDO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22851298
GABUTTI JAVIER HORACIO
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
DNI 24905154
LASTRA JUAN CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26407796
LATERZA OMAR DANIEL
ámbito de CI 5 S.A. 30679488593
DNI 10518958
LAURITTO ERNESTO RUBEN
ámbito de SERV.DE INV.LA PRINCIPAL S.A.
30707436103
LE 7840611
LAZARO LUIS JORGE
ámbito de KÖNER SEGURIDAD S.A.
30707700285
DNI 20805192
LEDESMA DOMINGO RUBEN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28130954
LEDESMA REINALDO DAMIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25988889
LEDESMA WALTER ARIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28056184
LEDEZMA JOSE ARIEL
ámbito de PAMPA SEGURIDAD PRIVADA S.R.L.
30709936545
DNI 14988080
GALAN OMAR ALEJANDRO
ámbito de ARA SEGURIDAD S.R.L.
30714208795
DNI 23829565
GALARZA DIEGO SEBASTIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8573030
GALEANO JUAN JOSE LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13820945
GALLARDO JULIO ELIAS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 35139014
GALLO ALBERTO GUSTAVO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17710150
GARCIA EDGARDO RAUL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14851883
GARCIA IRIARTE RICARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13413835
GARCIA SUSANA ELIZABETH
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14020267
GATICA JORGE CESAR
ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD
S.A. 30549486513
DNI 13948478
LEGARRALDE ORESTE PABLO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13541826
LEGUIZAMON HUGO OSCAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28337233
LESCANO EDUARDO RAUL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23626043
LEVILL CARLOS MANUEL OMAR
ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A.
30687288145
DNI 17555054
GAUDINO CARLOS CESAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 7832749
GAUNA ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16699933
GAUTO CRISTINO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17492904
GENTA CARLOS FABIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18749865
LEYES CLAUDIO MARTIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17974917
GERARDI JOSE DANIEL
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
DNI 33950634
LLULL RAUL ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
DNI 29279658
LO TARTARO PABLO MARTIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 4858832
LOIZAGA LUIS RICARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13942940
LOIZAGA OMAR DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12267498
LOPEZ CARLOS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 34482224
LOPEZ CARLOS JAVIER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14112686
LOPEZ DOMINGO ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20264010
LOPEZ HECTOR PATRICIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20471106
GEREZ CARLOS ALBERTO
DNI 17111051
GIAGANTE ROBERTO NELSON
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11165736
GIL CLAUDIO CARMELO
ámbito de SCYTHIA S.A. 33710069749
DNI 4184675
GILARDI FRANCISCO EUGENIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11141391
GIMENEZ HUGO ROLANDO
ámbito de SECURITAS COUNTRIES S.A.
30712414215
LE 8410242
GIUNTA HECTOR FERNANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10678369
LOPEZ JAVIER ANDRES
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17416195
GODOY JAVIER ALFREDO
ámbito de KÖNER SEGURIDAD S.A.
30707700285
DNI 26073320
LOPEZ PUJATO FRANCISCO JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 4296318
LOPEZ SANDIVARES FRANCISCO R.
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23103649
GODOY RUBEN DARIO
ámbito de VALTO SEGURIDAD S.R.L.
30710895569
DNI 28449751
LOSDOVSKIS MAXIMILIANO ALEJANDRO
ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612
ámbito de SEGURIDAD ARGENTINA S.A.
30609445196
DNI 14353538
LOZA JORGE ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 6812460
LUCERO JUAN BAUTISTA
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13085257
LUNA RUBEN DARIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20664557
LUQUE CARLOS FABIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8237675
LUQUES ROQUE EDUARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31756494
LURASCHI MARTIN EMANUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23045034
MACCHIONE CARLOS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16075549
MACHADO DANIEL ANTONIO
ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD
S.A. 30549486513
DNI 20995749
MACUA ALEJANDRO VALENTIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31754189
MAGLIANO EDGAR RODOLFO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 32153623
MALDONADO LEONARDO FRANCISCO
ámbito de CI 5 S.A. 30679488593
DNI 21469616
MALDONADO MARCELO SANTIAGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14489286
MAMANI OSVALDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20454731
MANA MARCELO ADRIAN
ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A.
30687288145
DNI 13266488
MANENTE LORENZO
ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113
DNI 33118424
MANOLIO IVERSEN MATIAS LEONEL
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
DNI 16057552
GOMES DA COSTA FERNANDO A.
DNI 16871102
GOMEZ ANTONIO JORGE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22085845
GOMEZ DA SILVA OSVALDO RAUL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26505336
GOMEZ DAVID ROGELIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 4288969
GOMEZ JOSE ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22818936
GOMEZ JOSE MARIA
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28444778
GOMEZ JULIO ATILIO
ámbito de FINOR S.A. 30709894273
DNI 12116657
GOMEZ LUIS ARTURO
ámbito de ENTHEUS SEGURIDAD PRIVADA
SRL 30708426020
DNI 12652239
GOMEZ LUIS PABLO
ámbito de MURATA S.A. 30641063378
DNI 7984966
GOMEZ MIGUEL ANGEL R.
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29496288
GONZALEZ ALDO OMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17656979
GONZALEZ EDGAR OSVALDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11267439
GONZALEZ EDUARDO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 22041139
GONZALEZ GABRIEL ADRIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8352845
GONZALEZ HUMBERTO MANUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10526289
GONZALEZ MARCOS HECTOR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17483418
GONZALEZ RAUL ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28408971
MANSILLA ADOLFO FERNANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27080902
GONZALEZ ROBERTO JAVIER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27345947
MARIAN CHRISTIAN MIGUEL
ámbito de REDGUARD S.A. 30708627638
DNI 16041819
GONZALEZ SANTIAGO EUGENIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29065368
MARINI CESAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18405208
GONZALEZ SERGIO RAUL
ámbito de REDGUARD S.A. 30708627638
DNI 16828519
MARQUEZ DE OLIVEIRA MARCELO DARIO
DNI 23843259
GRANVILLANO JUAN MARCELO
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de KÖNER SEGURIDAD S.A.
30707700285
DNI 10827221
GRAZIANO MIGUEL ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 35330796
MARRERO ALVARO XAVIER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25478991
GRIECCO GASTON SEBASTIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21459935
MARRO SERGIO OMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
MARTINA JAVIER FLAVIO
ámbito de SISEG S.R.L. 30654846509
DNI 27283933
GROBA DANIEL IGNACIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16844490
DNI 25206314
GROSSI GERMAN ANDRES
ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612
DNI 16543491
MARTINANGELI CARLOS ERNESTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11972397
GUIA JORGE LUIS NICOLAS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18325370
MARTINEZ ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
Viernes 14 de noviembre de 2014
Documento
DNI 31601114
DNI 20723221
DNI 4607908
DNI 27048592
DNI 27298198
Denominación
MARTINEZ GABRIEL NICOLAS
MARTINEZ LUIS PABLO
MARTINEZ NORBERTO FRANCISCO
MARTINO DANIEL ALEXIS
MEDICO PABLO ANDRES
DNI 16368351
DNI 26471968
MEDINA MARIO RAMON
MEDRANO FABIAN MARCELO
DNI 13518526
MELGAREJO DAVID AMERICO
DNI 4515915
DNI 17984298
MELLINO JOSE LUIS
MELO JUAN MANUEL
DNI 32392511
DNI 31043102
DNI 33531282
MENCIA MAXIMILIANO ARIEL
MENDEZ FRANCO MANUEL
MERCADO FERNANDO DANIEL
DNI 25150783
MERLOS JORGE FABIAN
DNI 8113686
DNI 23302224
DNI 11564444
DNI 18364274
DNI 22565852
DNI 17404731
DNI 17484325
MESSINA ALBERTO JOSE
MESTRE ELIO VICTOR
MEZA CARLOS FRANCISCO
MICHELLI FABIO JORGE
MIGUELEZ FERNANDO JAVIER
MIGUENZ FABIAN WALTER
MIRANDA ROBERTO ENRIQUE
DNI 12137636
DNI 24042736
DNI 17070275
MOLINARI HUGO EDUARDO
MONTALTO DIEGO MARIA
MONTENEGRO GREGORIO SALVADOR
DNI 17371072
DNI 14905315
DNI 16053091
DNI 13751606
DNI 29007777
MONTENEGRO JUAN CARLOS
MONTENEGRO OSCAR ALBERTO
MONTERO EDUARDO ANSELMO
MONTEROS PEDRO ENRIQUE
MONTES FERNANDO GABRIEL
DNI 12191659
DNI 14452242
DNI 8546692
DNI 29640892
DNI 10248328
MONZON HUGO AGUSTIN
MONZON WALTER RAUL
MORAEZ JORGE ORLANDO
MORAL EDUARDO ALBERTO
MORALES MIGUEL ANGEL
DNI 30132621
DNI 7330923
DNI 27151421
DNI 16023453
DNI 13102640
DNI 11346235
DNI 28200852
MORALES PIERUZZINI PABLO
MORALES REINERIO
MORE OMAR ALI
MORELL GUSTAVO RAFAEL
MORENO CESAR AGUSTIN
MORIONES HECTOR HUGO
MORRONE MARTIN SEBASTIAN
DNI 14892062
DNI 33703921
DNI 27671810
DNI 17834758
DNI 14134514
DNI 92709406
DNI 25434397
DNI 4647260
DNI 13536012
DNI 23472739
DNI 22419605
DNI 16021057
DNI 22174055
DNI 14920603
DNI 11424923
DNI 26225941
DNI 16506785
DNI 11629633
DNI 8490945
DNI 8537281
DNI 24375487
DNI 27162728
DNI 12744076
DNI 24683937
DNI 14947140
DNI 21492541
MOTTURA SILVIO DANIEL
MOYANO CRISTIAN ROBERTO
MOYANO FEDERICO ANTONIO
MOYANO VICTOR HUGO
MUCKLOWE EZEQUIEL GUSTAVO
MUÑOZ DUARTE MIGUEL ANGEL
NIEVA HERNAN DAVID
NIZ JUAN CARLOS
NUÑEZ JULIO RAMON
OBARRIO DAMIAN
OCTAVIANO MARIA FABIANA
OLIVERA MIGUEL ANGEL
OLIVERA WALTER EDUARDO
OLMEDO GERARDO ANTONIO
ORQUERA ANGEL ANICETO
OTERO ADRIAN PAUL
OVEJERO VICENTE SALVADOR
OVIEDO EUGENIO AGUSTIN
OVIEDO RODOLFO HORACIO
PACHILLA OSCAR ALFREDO
PAEZ ALFREDO RAMON
PAEZ DARIO RUBEN
PAEZ MARCELO FAUSTINO
PALAVECINO JUAN ADRIAN
PALAVECINO JUAN ANTONIO
PALLADINI CLAUDIO ALEJANDRO
DNI 30695432
DNI 27197154
PALLARES LUIS ESTEBAN
PAPPONETTI MARTIN ALEJANDRO
DNI 21350586
DNI 13882282
DNI 25795135
DNI 4994217
DNI 14974113
DNI 16904801
DNI 16320657
DNI 11393669
DNI 16903793
DNI 27032465
DNI 16393854
DNI 13624921
DNI 20371015
PARED RAMON GABRIEL
PAREDES RANULFO NEMECIO
PARELLA SALVADOR HERNAN
PAVONI JUAN DOMINGO
PAYERO PAULO
PAZ MARIO ALBERTO
PEDRAZA CARLOS GUILLERMO
PEÑA EULALIO CARLOS
PERALTA JOSE MARIA
PEREYRA ALBERTO MIGUEL
PEREYRA HECTOR EDGARDO
PEREYRA JULIO JORGE
PEREYRA SILVIO UBALDO
DNI 8559027
DNI 27193743
PEREZ CARLOS DANIEL
PEREZ HECTOR JOSE
Primera Sección
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de VALTO SEGURIDAD S.R.L.
30710895569
ámbito de SECURITAS COUNTRIES S.A.
30712414215
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de ESAGEON SEGURIDAD S.A.
30683549858
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de SCYTHIA S.A. 33710069749
ámbito de VALTO SEGURIDAD S.R.L.
30710895569
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD
S.A. 30549486513
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de SPEED CENTRE S.R.L. 30658897833
ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de SECURITAS COUNTRIES S.A.
30712414215
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de COOP.DE T.DE S.Y VIG.DOGO ARG.
LTDA. 30662934174
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de C.I.S.E. S.R.L. 30576061907
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de MURATA S.A. 30641063378
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de ALTA VISION S.A. 30646387821
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de REDGUARD S.A. 30708627638
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de SISEG S.R.L. 30654846509
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD
S.A. 30549486513
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de SERVIN SEGURIDAD S.A.
30707828923
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
26
Documento
DNI 22010634
DNI 7375342
DNI 36867041
DNI 10587678
DNI 16728895
DNI 27646761
Denominación
PEREZ JAIME DANIEL
PEREZ JOSE MANUEL
PEREZ LEONARDO FERMIN
PEREZ OSCAR ALBERTO
PERLATI GABRIEL RICARDO
PERON NELSON AUGUSTO
DNI 14638901
DNI 25134034
PIANCATELLI JOSE ALBERTO
PICADO FRANCISCO CARLOS
DNI 7931352
DNI 11038578
DNI 5179058
DNI 29539655
PIEDRABUENA OSCAR
PIFARRE EDGARDO ANIBAL
PINO LIDIA SUSANA
PLANO GASTON ALBERTO
DNI 16534926
LE 8076655
DNI 13250078
DNI 11203448
DNI 31059922
DNI 33359047
DNI 7578202
DNI 23337672
DNI 21910507
DNI 25604452
LE 8187665
DNI 21599873
DNI 30138818
DNI 32132332
DNI 5882940
DNI 22743268
POLVERIGIANI ALDO ALBERTO
PONCE DE LEON JOSE LUIS
PONCE OBDULIO JOSE
PONS ALBERTO LUIS
POPA DELANZQUE OSVALDO
PORRECA TOMAS ALBERTO
POSSE GUILLERMO EGIDIO
PRIMORAC PABLO AMADEO
PUEBLA PEDRO BENIGNO
QUEVEDO ALBERTO RAMON
QUIÑONEZ TOMAS DOMINGO
QUINTANA LISANDRO ELADIO
RADZIWIT MAXIMILIANO ALBERTO
RAMIREZ CARLOS HUMBERTO
RAMIREZ ENRIQUE PASCUAL
RAMIREZ GABRIELA ALICIA
DNI 25865796
DNI 24306714
DNI 26355090
DNI 8208059
DNI 11633633
DNI 11588288
DNI 10135599
RAMIREZ GERARDO ARIEL
RAMOS CLAUDIO RICARDO
RAMUA JUAN MARCELO
RATTI ANTONIO ALBERTO
REBASTI SERGIO ALEJANDRO
REGUEIRO ALFONSO ANIBAL
REINOSO ANGEL CUSTODIO
DNI 16585111
DNI 21911357
REINOSO JULIO OSCAR
RETAMALES RUBEN
DNI 20055100
LE 7801960
DNI 13240062
DNI 22833501
DNI 18552854
RIBAS CHRISTIAN ALEJANDRO
RICCIARDI OSVALDO JOSE
RICHETTA CARLOS ALBERTO
RIDOLFI ESTEBAN JAVIER
RIOS JULIO ARGENTINO
DNI 13932701
DNI 31629366
DNI 32223823
DNI 11443796
DNI 10160820
DNI 24271822
DNI 34597752
DNI 18559736
DNI 13945738
DNI 11357748
DNI 22182085
DNI 13110033
DNI 17370158
DNI 12264941
DNI 32465923
DNI 28227539
RIOS OSVALDO CARLOS
RIVAS HECTOR DANIEL
RIVAS LEANDRO ENRIQUE MIGUEL
ROBERTO CARLOS ALBERTO
ROBOTTI SERGIO
ROCA CRISTIAN ALBERTO
RODAS CRISTIAN HERNAN
RODRIGUEZ HECTOR FABIAN
RODRIGUEZ JORGE ALBERTO
RODRIGUEZ JOSE LUIS
RODRIGUEZ JUAN ALBERTO
RODRIGUEZ LUIS OSVALDO
RODRIGUEZ MIGUEL ANGEL
RODRIGUEZ RAFAEL ALBERTO
RODRIGUEZ SERGIO ARIEL
ROJAS DOMINGO SILVIO SEBASTIAN
DNI 16284601
DNI 8549423
DNI 12210299
DNI 14641580
DNI 22950460
DNI 30895323
DNI 12446827
DNI 36078613
DNI 20506518
DNI 17230938
ROJAS JULIO CESAR
ROLDAN ALDO OSVALDO
ROLDAN RINALDO REMO
ROLDAN RUBEN DARIO
ROLON DANIEL FERNANDO
ROMERO DANIEL HERNAN
ROMERO EDUARDO DANIEL
ROMERO FACUNDO NICOLAS
ROMERO FERNANDO VICENTE
ROMERO JUAN
DNI 21562634
ROSALES WALTER OMAR
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de FINOR S.A. 30709894273
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de SERVIN SEGURIDAD S.A.
30707828923
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
ámbito de GRUPO COPINCO S.A. 33708552599
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de FINOR S.A. 30709894273
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de SEGUR-CONTROL S.R.L.
30709892823
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD
S.A. 30549486513
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de SEGUR-CONTROL S.R.L.
30709892823
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de C.DE TRAB.LINCE SEG.LTDA.
30643445510
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de MURATA S.A. 30641063378
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre PISTOLA calibre 9 MM
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de ENTHEUS SEGURIDAD PRIVADA
SRL 30708426020
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de REDGUARD S.A. 30708627638
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de CI 5 S.A. 30679488593
ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD
S.A. 30549486513
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12336022
ROSSINI HECTOR RUBEN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20478145
ROSSO ALBERTO ORLANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12357144
ROTELA JUAN ABEL
ámbito de ALTA VISION S.A. 30646387821
DNI 13151036
ROTONDO ROBERTO ADOLFO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14673805
ROVER LEONARDO DAVID
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 4161443
ROVERANO BERALDO ROBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12206561
RUIZ DARDO MODESTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11346763
RUIZ JUAN ALBERTO
ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113
DNI 24773364
RUIZ MARCOS ANIBAL
DNI 23684342
DNI 21341273
RUIZ PABLO MARTIN
RUIZ RAUL OSVALDO
DNI 21970655
DNI 11567983
DNI 17888346
DNI 22427634
SAAVEDRA DANIEL ALFREDO
SALGADO JOSE LEOVINO
SALINAS MARISA MARIEL
SALOMON GUSTAVO GERMAN
DNI 16052286
SANCHEZ FEDERICO
ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD
S.A. 30549486513
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD
S.A. 30549486513
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de KÖNER SEGURIDAD S.A.
30707700285
sobre armas de puño registradas a su nombre
Viernes 14 de noviembre de 2014
Documento
DNI 11248861
DNI 17204813
Denominación
SANCHEZ MIGUEL ANGEL
SANCHEZ VICENTE
DNI 30348184
DNI 30799026
DNI 14065471
DNI 17510795
DNI 10814487
SANDOVAL ASIA ANDRES EMMANUEL
SANMAMED DEBORA ANTONELA
SANTA CLARA DANIEL ANTONIO
SANTILLAN HECTOR NICOLAS
SANTILLAN HECTOR RODOLFO
DNI 17062108
SANTILLAN JULIO CESAR
DNI 24573301
DNI 12747923
DNI 10879233
DNI 18137620
DNI 28676695
DNI 17306831
DNI 28174893
DNI 13317781
DNI 32245393
DNI 7727139
DNI 26584153
DNI 30455758
DNI 22766830
LE 4991533
LE 4422080
DNI 16654593
DNI 10688640
DNI 20548806
DNI 33987529
SARQUIS VERA AUGUSTO SETRAK CARLOS
MARIA
SARRASQUETA GUSTAVO ABEL
SARVI JUAN DANIEL
SEGRETO MARCELO
SEIMANDI MATIAS LEONEL
SICARO JORGE ARMANDO
SILVA DAMIAN EZEQUIEL
SILVA GUILLERMO LUIS
SINCHES HUGO IVAN
SIRAKEY ISABELINO
SOLIER HECTOR ALEJANDRO
SOLIS ARIEL ANDRES
SOLIS TRANSITO ROLANDO
SORAIRE DANIEL EMILIO
SORGETTI JORGE ALFREDO
SORIA MARCELO DANIEL
SOSA HECTOR LUIS
SOSA SERGIO ANDRES
SOTO ESTEBAN JAVIER
DNI 13602494
DNI 28484362
DNI 30065020
DNI 4525927
DNI 7775171
DNI 27769360
DNI 16452876
DNI 20951611
DNI 16760470
DNI 28702360
DNI 11191294
DNI 16829797
DNI 21380275
SOUTO CARLOS EDUARDO
STEIN JAVIER OMAR
STRASSER MARTINEZ LEONARDO EMMANUEL
SUAREZ JOSE ENRIQUE
SUAREZ RAUL MAXIMO
SUAREZ SILVIO GONZALO
TALICE ALEJANDRO
TAPIA ORLANDO OCTAVIO
TAUS JUAN RAMON
TEMEZ LIMA JONAS EZEQUIEL
TEVES CARLOS ALBERTO
TORALES RAMON ANTONIO
TORO DANIEL MARCELO
DNI 11120527
TRICARICO ALBERTO LUIS
Primera Sección
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L.
30678784288
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L.
30678784288
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A.
30687288145
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de ARGENT-POL S.R.L. 30691297469
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de MURATA S.A. 30641063378
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de LIRGER S.R.L. 30710425031
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de INCLAVE S.A. 30604207947
sobre PISTOLA calibre 9 MM
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A.
30687288145
sobre armas de puño registradas a su nombre
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
Documento
DNI 30208912
Denominación
TROSCE LEANDRO MATIAS
DNI 28409171
DNI 36057518
DNI 12778841
DNI 17419807
DNI 12438406
DNI 30111007
DNI 29414655
DNI 23845531
URRUTIA ALEJANDRO GABRIEL
VALDEZ FELIPE ORLANDO
VALENZUELA HECTOR
VALENZUELA PEDRO PABLO
VALLEJOS OSCAR ALFREDO
VARGAS ANDRES
VAZQUEZ HERNAN CARLOS
VAZQUEZ LUIS ROBERTO
DNI 24037778
VAZQUEZ MAXIMO JAVIER
DNI 10836837
DNI 18854654
DNI 14603416
DNI 12176647
DNI 20728626
DNI 5711676
VEGA ALDO SAUL
VEGA EDUARDO ALEXIS
VEGA OSCAR LUIS
VELIS JORGE EDGARDO
VERON JAVIER EDGARDO
VERON NICOMEDES GREGORIO
DNI 27688406
DNI 12939806
DNI 20483526
VICENTE JAVIER ORLANDO
VILLALBA MARIO DOMINGO
VILLALBA RAMON OSCAR
DNI 31864593
DNI 32341528
DNI 29109132
VILTE JORGE FEDERICO
VISENTIN PADILLA NICOLAS
VIVES STUTZ CESAR ALEJANDRO
DNI 29565399
DNI 25315124
DNI 12102863
DNI 28780760
DNI 31306780
DNI 35113507
VIZGARRA MAURO NICOLAS
WIEST PAUL JAVIER
WOZNIAK RODOLFO EDUARDO
YAPURA ANTONIO ARMANDO
YSLAS JOSE FELICIANO
ZALAZAR SABASTIAN EDGARDO
DNI 10183094
DNI 32314151
DNI 27718835
DNI 13299522
DNI 14826401
DNI 5268662
DNI 29684037
DNI 17818484
DNI 27786912
DNI 31920894
ZAMORA ROBERTO LUIS
ZAPATA DANIEL EDUARDO
ZAPATA VICTOR NICOLAS
ZAPPALA ROLLAND CLAUDIO NORBERTO
ZARZA JOSE OSCAR
ZERDA FRANCISCO JORGE
ZUAZQUITA MARTIN ATILIO
ZUCCARELLI DANIEL ALBERTO
ZULETA RAUL JESUS
ZURDO JUAN NICOLAS
27
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD
S.A. 30549486513
ámbito de SECCLEAN S.A. 30709645745
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L.
30678784288
ámbito de SECURITAS COUNTRIES S.A.
30712414215
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612
ámbito de ESAGEON SEGURIDAD S.A.
30683549858
ámbito de SCYTHIA S.A. 33710069749
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD
S.A. 30549486513
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de KÖNER SEGURIDAD S.A.
30707700285
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
MATIAS MOLLE, Director Nacional, Registro Nacional de Armas.
e. 14/11/2014 N° 88799/14 v. 14/11/2014
#F4718994F#
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
#I4717972I#
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
28
#I4717976I#
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DIRECCION REGIONAL ADUANERA SALTA
DIRECCION REGIONAL ADUANERA SALTA
DIVISION ADUANA DE SALTA
DIVISION ADUANA DE JUJUY
La Dirección General de Aduanas comunica mediante el presente por un (1) día a quienes
acrediten su derecho a disponer de la mercadería cuya identificación abajo se detalla, que
conforme lo estatuye el art. 418 de la Ley 22.415, podrán solicitar respecto de ella alguna destinación autorizada, dentro de los treinta (30) días corridos contados desde la publicación del
presente bajo apercibimiento de declararla abandonada a favor del Estado según los términos
del Art. 417 siguientes y concordantes de la citada Ley, sin perjuicio del pago de las multas
que pudieren corresponder de conformidad a lo establecido en los arts. 218 y 222 del mismo
texto legal.
Por ignorarse el domicilio o documento, se cita a las personas que más abajo se detallan
para que dentro de los diez (10) días hábiles comparezcan en los sumarios que se mencionan
más abajo, a presentar sus defensas y ofrecer toda la prueba por la presunta infracción a
los artículos de la Ley 22.415 Código Aduanero, y bajo apercibimiento de Rebeldía. Deberá
constituir domicilio dentro del radio urbano de esta Aduana artículos 1001 y 1101 Código
Aduanero, bajo apercibimiento del artículo 1004 del citado texto legal. Monto mínimo de la
multa artículos 930, 932 según detalle. Aduana de Salta sita en calle Deán Funes n° 190, 1°
Piso, Salta-Capital.
A dichos efectos los interesados deberán presentarse en la Aduana de Jujuy, sita en Ruta 66
y Colectora Capra S/N° - Palpalá, Prov. de Jujuy, en el horario de 08:00 a 15:00 hs.
Abog. OSVALDO JAVIER ACOSTA, Administrador Aduana de Salta, Dirección Regional Aduanera Salta.
e. 14/11/2014 N° 88495/14 v. 14/11/2014
#F4717976F#
#I4717991I#
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DIRECCION REGIONAL ADUANERA BAHIA BLANCA
ADUANA DE NEUQUEN
Se hace saber a los abajo mencionados que se ha ordenado notificarles la Resolución
N° 1490/2013 (AD NEUQ) por la cual se declara extinguida la acción penal aduanera en los términos de los artículos 930 y 932 del Código Aduanero por la infracción prevista y penada en el art.
994 inc. c) del citado texto legal.
Actuación SIGEA
15924-58-2012
15924-58-2012
JAVIER BACH, Administrador, AFIP, DGA, Aduana de Jujuy.
e. 14/11/2014 N° 88491/14 v. 14/11/2014
#F4717972F#
CAUSANTE
GONZALEZ SAAVEDRA JONATHAN CRISTOHER, C.I. (Chile)
N° 15.354.559-6
GONZALEZ PEREDA IVAN, C.I. (Chile) N° 9.744.785-3
INFRACCION
Art. 994 inc. c)
Art. 994 inc. c)
Abog. DIEGO CARLOS FIGUEROA, Administrador de la Aduana de Neuquén, Dir. Reg. Aduanera Bahía Blanca.
e. 14/11/2014 N° 88510/14 v. 14/11/2014
#F4717991F#
#I4717993I#
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
#I4717974I#
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DIRECCION REGIONAL ADUANERA SALTA
DIVISION ADUANA DE SALTA
Edicto para Anunciar Mercadería sin Titular Conocido o sin Declarar
La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS en virtud de lo dispuesto en el Art. 1° de la ley
25.603, para las mercaderías que se encuentren en situación prevista en el art. (417) de la ley
22.415, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías cuya identificación a continuación se indica que podrán dentro del plazo de TREINTA (30)
días corridos, solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas que por derecho
le correspondieren. Transcurrido el plazo mencionado el SERVICIO ADUANERO, procederá de
acuerdo a lo dispuesto en los artículos (2), (3), (4) y (5) de la ley 25.603 y hasta tanto los titulares
conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación
aduanera para las mismas, presentarse en la División Aduana de Salta, Deán Funes N° 190, 1°
Piso, Salta, Capital.
DIRECCION REGIONAL ADUANERA BAHIA BLANCA
ADUANA DE NEUQUEN
Se hace saber al abajo mencionado que se ha ordenado notificarle la Resolución N° 1207/2013
(AD NEUQ) por la cual se lo condena por la infracción prevista y penada en el art. 977 del Código
Aduanero. Asimismo se le hace saber que dentro del plazo de 15 días de notificada la presente tiene derecho de interponer contra la misma recurso de apelación o demanda contenciosa previstos
por el art. 1132 del Código Aduanero.
Actuación SIGEA
CAUSANTE
12372-533-2009
Vilmer Cachiguango
Cañamar, Pasaporte
Ecuador N° 1002393492
MONTO
$ 2.605,68 en concepto
de multa.
U$S 317,43 en concepto
de multa.
INFRACCION
Art. 977
Abog. DIEGO CARLOS FIGUEROA, Administrador de la Aduana de Neuquén, Dir. Reg. Aduanera Bahía Blanca.
e. 14/11/2014 N° 88512/14 v. 14/11/2014
#F4717993F#
#I4717980I#
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
ADUANA DE SANTIAGO DEL ESTERO
La Banda, 4/11/2014
Abog. OSVALDO JAVIER ACOSTA, Administrador Aduana de Salta, Dirección Regional Aduanera Salta.
e. 14/11/2014 N° 88493/14 v. 14/11/2014
#F4717974F#
Por ignorarse el domicilio se cita a las personas que en cuadro anexo se detallan, para que
dentro de los diez (10) días hábiles perentorios, comparezcan en los sumarios contenciosos respectivos a los efectos de presentar sus defensas y ofrecer prueba por presunta infracción imputada y penada, por el Código Aduanero (Ley 22.415), bajo apercibimiento de Rebeldía (Art. 1005).
Deberá en su primera presentación constituir domicilio en el radio urbano de la Aduana de Santiago del Estero (Art. 1001 C.A.) sito en calle Los Telares, esquina Obispo Victoria, Parque Industrial
La Isla, La Banda (CP 4300), debiendo tener presente lo prescripto por el Art. 1034 del Código
Aduanero, bajo apercibimiento de los Arts. 1004, 1005 y 1013, inc. G) del citado cuerpo legal, la
acción penal se extingue por el pago voluntario del mínimo de la multa impuesta (Arts. 930/932
C.A.). Quedan Uds. debidamente NOTIFICADOS.
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
29
se transcribe: “ARTICULO 1°: ARCHIVAR la presente denuncia en los términos de la citada Instrucción N° 02/2007... en relación a la comisión de la infracción prevista por el art. 977 de la Ley
N° 22.415, respecto de la mercadería integrante del Acta de Equipaje de Importación N° 03/11,
que el nombrado habría pretendido ingresar con fecha 24 de junio de 2011 al territorio aduanero
bajo el régimen de equipaje.” y “ARTICULO 2°: PROCEDER A LA DESTRUCCION de la totalidad
de la mercadería integrante del Acta de Equipaje de Importación N° 03/11 en función del carácter
prohibido de la misma en virtud de requerir certificado de importación previo emitido por el INTI e
intervención o registro en el SEDRONAR dependiendo de su composición y de conformidad al art.
436 del C.A. en cuanto a que no resulta conveniente disponer de la misma.” Fdo.: Abog. Edgardo
R. Paolucci, Firma Responsable, Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.
ALBERTO ANGEL MANCUELLO, Administrador Aduana Stgo. del Estero, AFIP - DGA.
e. 14/11/2014 N° 88499/14 v. 14/11/2014
#F4717980F#
#I4717989I#
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Abog. JUAN MARÍA OKECKI, Jefe (Int.), Div. Secretaría de Actuación N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 14/11/2014 N° 89017/14 v. 14/11/2014
#F4719615F#
#I4719619I#
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
Edicto
DIVISION ADUANA DE SAN JUAN
El Administrador de la Aduana de San Juan cita a las personas que más abajo se detallan,
para que dentro de los Diez (10) días hábiles perentorios, comparezcan en los Sumarios Contenciosos respectivos a los efectos de presentar sus defensas y ofrecer prueba por presunta
infracción imputada y penada por el Código Aduanero (Ley 22.415), bajo apercibimiento de
Rebeldía (Art. 1105 C.A.). Deberá en su primera presentación constituir domicilio en el radio
urbano de la Aduana (Art. 1001 C.A.), sita en calle Rivadavia (OESTE) N° 523 Ciudad (San
Juan), debiendo tener presente lo prescripto en el Art. 1034 C.A., bajo apercibimiento de los
Arts. 1004, 1005 y 1013 inc. g) del citado cuerpo legal. La acción penal se extingue por el pago
voluntario del mínimo de la multa impuesta (Art. 930/932 C.A.) y el abandono de la mercadería
a favor del estado. Fdo. Juan Carlos Benitez - ADMINISTRADOR, ADUANA DE SAN JUAN.
Se le notifica al Sr. Jorge Sebastian CORRAL TOURREILLES (C.I. R.O.U. N° 3.848.806-2) lo
dispuesto en la Resolución DE PRLA N° 963/14 recaída en la Actuación N° 14880-30-2009, cuya
parte pertinente se transcribe: “ARTICULO 1°: ARCHIVAR la presente denuncia procediendo a
la entrega detallada en el Acta de Equipaje n° 16/09 (Dársena Norte) de fecha 10/04/09, en los
términos de la citada Instrucción n° 02/2007 o en su defecto, proceder al despacho de oficio, de
acuerdo a lo normado en la Secc. V, Tít. II de la Ley 22.415. Fdo. Abog. Edgardo R. PAOLUCCI,
Firma Responsable, Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.
Abog. JUAN MARÍA OKECKI, Jefe (Int.), Div. Secretaría de Actuación N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 14/11/2014 N° 89021/14 v. 14/11/2014
#F4719619F#
#I4719623I#
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
Edicto
Abog. JUAN CARLOS BENITEZ, Administrador (I), Div. Aduana de San Juan (Di Rame).
e. 14/11/2014 N° 88508/14 v. 14/11/2014
#F4717989F#
#I4719034I#
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
Edicto
Se cita a las personas que abajo se mencionan para que en el plazo de diez días comparezcan ante la División Secretaría de Actuación N° 2, sita en Hipólito Irigoyen 460, 1° piso,
Capital Federal, a efectos de: a) constituir domicilio en el radio de esta oficina aduanera, bajo
apercibimiento de tenérselo por constituido en los estrados de ésta, donde quedarán notificadas de pleno derecho todas las providencias y resoluciones que se dictaren (arts. 1001 y 1004
del C.A.) y b) evacuar defensas y ofrecer toda la prueba de que intenten valerse, bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 1101 al 1105 del C.A.). Se les hace saber que: a) en caso de concurrir un tercero en su representación deberá acreditar personería en su primera presentación
(arts. 1030 a 1032 del C.A.); b) si plantean cuestiones jurídicas deberán hacerlo con patrocinio
letrado (art. 1034 del C.A.), y c) si dentro del plazo de diez días efectúan el pago voluntario de
la multa mínima y el abandono de la mercadería en presunta infracción se declarará extinguida
la acción y no se registrará antecedente, no siendo necesario el patrocinio letrado a tal fin.
Se le notifica al Sr. Jorge Sebastian CORRAL TOURREILLES (C.I. R.O.U. N° 3848.806-2) lo
dispuesto en la Resolución DE PRLA N° 963/14 recaída en la Actuación N° 14880-30-2009, cuya
parte pertinente se transcribe: “ARTICULO 1°: ARCHIVAR la presente denuncia procediendo a la
entrega de la mercadería detallada en el Acta de Equipaje de Equipaje N° 16/09 de fecha 10/04/09
(fs. 2) (Acta de verificación obrante a fs. 6), en los términos de la citada Instrucción N° 02/07, o en
su defecto proceder de acuerdo a la Secc. V. Tít. II de la Ley N° 22.415...”. Fdo. Abog. Edgardo R.
PAOLUCCI, Firma Responsable, Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.
Abog. JUAN MARÍA OKECKI, Jefe (Int.), Div. Secretaría de Actuación N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 14/11/2014 N° 89025/14 v. 14/11/2014
#F4719623F#
#I4719613I#
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
DVSAPLA 2
Ref. Nota N° 91/2014 (DV SAC)
Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).
Edicto
Por ignorarse domicilio, se cita a las personas que más abajo se mencionan, para que dentro de
los 10 (diez) días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la infracción al
artículo 977 del C.A., bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro del radio
urbano de esta oficina aduanera (Art. 1001 del C.A.) bajo apercibimiento de ley (Art. 1004 del C.A.).
Se les hace saber que el pago de la multa mínima producirá la extinción de la acción penal aduanera
y la no registración del antecedente (Arts. 930/932 del C.A.). Asimismo, se hace saber que el importe
de los tributos correspondientes a la mercadería en trato ascienden a los importes abajo citados
intimando a su cancelación en los términos del artículo 794 y cc. del Código Aduanero.
Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación N° 2,
Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 14/11/2014 N° 88839/14 v. 14/11/2014
#F4719034F#
#I4719615I#
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
Edicto Nº 75
Se le notifica al Sr. SORIA SOSA MARCELO (C.I. R.O.U. N° 4408575-9) lo dispuesto en la
Resolución DE PRLA N° 5595/14 recaída en la Actuación N° 14881-33-2011, cuya parte pertinente
Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación N° 2,
Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 14/11/2014 N° 89015/14 v. 14/11/2014
#F4719613F#
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
#I4719625I#
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
DVSAPLA 2
DVSAPLA 2
REF. NOTA N° 74/2014 (DV SAC)
Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).
Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).
Edicto Nº 63/14
Edicto
Por ignorarse domicilio, se cita a las personas que más abajo se mencionan, para que dentro
de los 10 (diez) días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por las infracciones que se indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro del
radio urbano de esta oficina aduanera (Art. 1001 del C.A.) bajo apercibimiento de ley (Art. 1004 del
C.A.). Se les hace saber que el pago de la multa mínima producirá la extinción de la acción penal
aduanera y la no registración del antecedente (Arts. 930/932 del C.A.).- Abog. Juan María Okecki.
Jefe (Int.) Div. Secretaría de Actuación N° 2.
EXPEDIENTE
12149-40-2012
12144-178-2009
30
#I4719644I#
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
IMPUTADO
CELLULAR CITY S.R.L. (CUIT N° 33-69833243-9)
WARNING SECURITY S.A. (CUIT N° 30-70861948-1)
INFRACCION
991
991
Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...“Artículo 1°: Archivar la presente denuncia procediendo a la entrega de la mercadería detallada en el Acta
Lote N° .......... en los términos de la citada Instrucción N° 02/07 DGA, es decir, previa acreditación
de su Clave Unica de Identificación Tributaria. Fdo.: Dr. Marcelo Mignone, Jefe (Int.) del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.
MULTA
$ 144.731,59
$ 3.738,14
Abog. JUAN MARÍA OKECKI, Jefe (Int.), Div. Secretaría de Actuación N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 14/11/2014 N° 89027/14 v. 14/11/2014
#F4719625F#
#I4719627I#
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
DVSAPLA 2
Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).
Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación N° 2,
Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
Edicto N° 69/14
Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...“Artículo 1°: ARCHIVAR la presente denuncia, en los términos de la citada Instrucción General N° 02/2.00,
debiendo previo a la entrega de la mercadería correspondiente al Acta Lote N°........., acompañar
para los ítems 1.4 y 1.5, Certificado de ANMAT, ítem 3.1 intervención de INAL y los ítems 1 y 3.1
se encuentran sujetos a Identificación fiscal, conforme Res. 2522/87 en los términos de la citada
Instrucción General N° 2/2007 en caso contrario, deberá procederse a la destrucción de la mercadería mencionada, o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en
la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación,
a tales fines y efectos. Asimismo, deberá previamente proceder a la acreditación de su Clave Unica
de Identificación Tributaria y pago de los tributos que se liquiden, o en su defecto, proceder conforme la normativa establecida por la Sección V, Título II de la Ley N° 22.415. Fdo.: Abog. Edgardo
Paolucci, Firma Responsable del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.
EXPEDIENTE
IMPUTADO
13693-428-2009
PUCALLACTALLO CARLA (INDOC)
ACTA N°
Acta Lote
N° 09001ALOT000978P
RESOLUCION
#I4719634I#
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
DVSAPLA 2
Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).
Edicto N° 66/14
Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...“Artículo 1°: ARCHIVAR la presente denuncia, procediendo a la entrega de la mercadería detallada
en el Acta de Equipaje N° 31/09 de fecha 26/04/09 (fs. 2) Acta Lote N° ......, en los términos de la
citada Instrucción General N° 02/2007, en su defecto proceder al Despacho de Oficio de acuerdo
a lo normado en la Secc. V, Título II de la Ley N° 22.415, o en caso de corresponder PROCEDER
de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición de la Secretaría
General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Fdo.: Abog. Edgardo Paolucci-Firma
Responsable-Depto. Procedimientos Legales Aduaneros.
EXPEDIENTE
DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
13364-49-2009
DVSAPLA 2
Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 Inc. h) y 1101).
Edicto N° 70/14
Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...”Artículo
1°: ARCHIVAR la presente denuncia, en los términos de la citada Instrucción General N° 02/2.007,
procediendo previamente a la entrega de la mercadería que conforme el informe de fs. 27/39
(al que nos remitimos), no vulnera derechos marcarios, del Acta Lote N° ...., (ítems 2.1 y 2.2) corresponde proceder a la entrega de la misma en los términos de la citada Instrucción General
N° 2/2007, asimismo, deberá aportar deberá aportar para el ítem 2.2 el Certificado de ANMAT,
en el supuesto que no se cumpla con lo indicado precedentemente, se procederá conforme la
normativa establecida por la Sección V, Título II de la Ley N° 22.415, o en caso de corresponder
PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición
de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Asimismo en caso
de corresponder, deberá tenerse presente lo dispuesto en la Nota Externa N° 57/07. Artículo 2°:
PROCEDER a la destrucción de las mercaderías que ostentan las marcas GUCCI, NIKE, ADIDAS,
RAY BAN, GIORGIO ARMANI, KOSIUKO, RICKY SARKANY y DOLCE Y GABBANA (Items 1.1, 1.2 y
1.3) del Acta Lote .... detalladas en el informe de fs. 14/15 (al que nos remitimos) de las que se pudo
determinar de la simple visualización que son apócrifas, o en caso de corresponder PROCEDER
de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición de la Secretaría
General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Fdo.: Abog. Edgardo Paolucci, Firma Responsable del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.
12201-512-2009
#I4719654I#
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
5850/14
Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable de la Secretaría de Actuación N° 2,
Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 14/11/2014 N° 89029/14 v. 14/11/2014
#F4719627F#
EXPEDIENTE
e. 14/11/2014 N° 89046/14 v. 14/11/2014
#F4719644F#
IMPUTADO
LUIS ALBERTO COS
(DNI 22676501)
ACTA N°
RESOLUCION
Acta Lote N° 09 001 ALOT 001015V
5852/14
Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable, División Secretaría de Actuación Nº 2,
Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 14/11/2014 N° 89036/14 v. 14/11/2014
#F4719634F#
IMPUTADO
GUALBERTO GERARDO ERCOLI
GONZALEZ (CIU N° 1336775-2)
ACTA N°
RESOLUCION
Acta Lote N° 09001ALOT000410T
5581/14
Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación N° 2,
Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 14/11/2014 N° 89056/14 v. 14/11/2014
#F4719654F#
#I4719656I#
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
DVSAPLA 2
Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).
Edicto N° 86/14
Se hace saber que en el expediente de la referencia se ha dictado la Resolución ...“ARTICULO
1°: ABSOLVER a JOSE CARLOS NELLI, DNI 12.805.196, en las presentes actuaciones de la infracción prevista y penada por los Arts. 986/987 del C.A. en los términos del art. 1112 del plexo legal
citado, atento lo expuesto en los considerandos que anteceden. Fdo.: Abog. Edgardo Paolucci,
Firma Responsable del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.
EXPEDIENTE
12201-729-2006
IMPUTADO
JOSE CARLOS NELLI”, DNI N° 12.805.196
ACTA N°
-------------
RESOLUCION
8180/13
Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación N° 2,
Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 14/11/2014 N° 89058/14 v. 14/11/2014
#F4719656F#
Viernes 14 de noviembre de 2014
Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
31
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
32
#I4719641I#
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DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
DVSAPLA 2
Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).
Edicto 61/14
VISTO que en las siguientes actuaciones no consta imputado alguno, se procede a anunciar la existencia y situación jurídica de la mercadería de conformidad con lo normado en el art. 417 del
Código Aduanero. Fdo.: Dra. Silvina De Bisogno, Firma Responsable de la División Secretaría de Actuación N° 2 del Depto. Procedimientos Legales Aduaneros.
EXPEDIENTE
12201-278-2009
MERCADERIA
Descripta en el Acta Lote N° 09001ALOT000574H que se adjunta.
PROCEDIMIENTO
Acta de Procedimiento de fecha 05/06/2009
Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 14/11/2014 N° 89043/14 v. 18/11/2014
#F4719641F#
#I4719647I#
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DVSAPLA 2
Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101)
Edicto 62/14
VISTO que en las siguientes actuaciones no consta imputado alguno, se procede a anunciar la existencia y situación jurídica de la mercadería de conformidad con lo normado en el art. 417 del
Código Aduanero. Fdo.: Dra. Silvina De Bisogno, Firma Responsable de la División Secretaría de Actuación N° 2 del Depto. Procedimientos Legales Aduaneros.
EXPEDIENTE
13364-70-2009
MERCADERIA
Descripta en el Acta Lote N° 09001ALOT000659L que se adjunta.
PROCEDIMIENTO
Acta de Procedimiento de fecha 02/06/2009 De la DGA
Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 14/11/2014 N° 89049/14 v. 18/11/2014
#F4719647F#
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
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DVSAPLA 2
Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101)
Edicto N° 87/14
Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...”Artículo 1°: ARCHIVAR las actuaciones respecto de la Sra. Olga Beatriz Pereyra Figueredo...por la
presunta comisión de la infracción prevista en el artículo 986/987 del C.A. en relación a las mercaderías incluidas en las Actas Lote 09001ALOT000110Z (Instrucción General N° 02/2007 dga
Punto IV 6), Artículo 2°: INTIMAR a la Sra. Olga Beatriz Pereyra Figueredo para que en el plazo de
15 (quince) días se presente ante la Sección Secuestros de la Dirección Aduana de Buenos Aires a
retirar la mercadería secuestrada bajo actas-lote…haciéndole saber que deberá previamente acreditar su Clave Unica de Identificación Tributaria y proceder al pago de los tributos que gravaban la
importación a consumo de la misma al momento de la detección del presunto ilícito denunciado
que oportunamente se liquiden de oficio, así como presentar Certificado de Seguridad del Juguete
conforme lo establece la Res. 163/05 así como aquellos establecidos en la Res. 485/05 y 583/05
e intervenciones de otros organismos que se requiera en cada caso, bajo apercibimiento de darle
a la mercadería el tratamiento de despacho de oficio previsto en la Sección V, Título II de la Ley
N° 22.415, o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley
25.603, art. 4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a
tales fines y efectos. Por último deberá tenerse presente que la mercadería descripta en ítem 2.1
se encuentra sujeta a la Res. 77/04. Fdo.: Abog. Marcelo Mignone, Jefe del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.
12201-99-2009
IMPUTADO
OLGA BEATRIZ
PEREYRA FIGUEREDO
(CUIT N° 27-92093001-3)
ACTA N°
RESOLUCION
Acta Lote
Nº 09001ALOT000110Z
3483/14
Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación N° 2,
Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación N° 2,
Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 14/11/2014 N° 89063/14 v. 14/11/2014
#F4719661F#
#I4719663I#
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DVSAPLA 2
Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).
e. 14/11/2014 N° 89060/14 v. 14/11/2014
#F4719658F#
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
DVSAPLA 2
Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101)
Edicto N° 88/14
Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...”Artículo 1°: ARCHIVAR la presente denuncia, procediendo previamente a la entrega de la mercadería del
Acta Lote N° ………, (a excepción de los ítems 2.2 y 2.3) en los términos de la citada Instrucción
General N° 02/2007, a la acreditación de su Clave Unica de Identificación Tributaria y pago de los
tributos que se liquiden, Asimismo, deberá aportar las intervenciones y/o certificados que correspondan, en el supuesto que no se acompañene dichos certificados y/o intervenciones, o se trate
de mercadería falsificada o que vulnere derechos marcarios, se procederá conforme la normativa
establecida por la Sección V, Título II de la Ley N° 22.415, o en caso de corresponder PROCEDER
de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición de la Secretaría
General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Asimismo en caso de corresponder,
deberá tenerse presente lo dispuesto en la Nota Externa N° 57/07. Artículo 2°: PROCEDER a la destrucción de las mercaderías correspondientes al ítem 2.2 y 2.3 del Acta Lote.…….., atento tratarse
de mercadería consistente en ropa usada de importación prohibida, o en caso de corresponder
PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición de
la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Fdo.: Abog. Marcelo
Mignone, Jefe del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.
15184-1054-2009
IMPUTADO
JULIO ALEJANDRO
CORDOVA SANCHEZ
(PAS N° 3382602)
Edicto N° 80/14
Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...“ARTICULO 1°: ARCHIVAR la presente denuncia, en los términos de la citada Instrucción General
N° 02/2007, procediendo previamente a la entrega de la mercadería que conforme el informe de fs.
41 (al que nos remitimos), no vulnera derechos marcarios, del Acta Lote N° 09 001 ALOT 001010Z,
(ítems 1.1 y 1.2) corresponde proceder a la entrega de la misma en los términos de la citada Instrucción General N° 2/2007, asimismo, deberá aportar deberá aportar para el ítem 1.2 la intervención
prevista por Ley 26.184, en el supuesto que no se cumpla con lo indicado precedentemente, se
procederá conforme la normativa establecida por la Sección V, Título II de la Ley N° 22.415, o en
caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y
ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Asimismo en caso de corresponder, deberá tenerse presente lo dispuesto en la Nota Externa
N° 57/07.
#I4719660I#
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
EXPEDIENTE
33
tación de su Clave Unica de Identificación Tributaria y pago de los tributos que se liquiden o en su
defecto proceder conforme la normativa establecida por la Sección V, Título II de la Ley N° 22.415,
o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art.
4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines
y efectos. Asimismo en caso de corresponder, deberá tenerse presente lo dispuesto en la Nota
Externa N° 57/07. ARTICULO 2°: PROCEDER a la destrucción de las mercaderías que ostentan las
marcas CHANEL, BULGARI, PUMA, ADIDAS, COSS, ELECTION y HOMBRE ARAÑA (Items 1.1, y
1.2) del Acta Lote ...... detalladas en el informe de fs. 28 (al que nos remitimos) de las que se pudo
determinar de la simple visualización que son apócrifas, o en caso de corresponder PROCEDER
de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición de la Secretaría
General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Fdo.: Abog. Edgardo Paolucci, Firma
Responsable del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
EXPEDIENTE
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
ACTA N°
RESOLUCION
Acta Lote
N° 09001ALOT000853H
4370/14
Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación N° 2,
Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 14/11/2014 N° 89062/14 v. 14/11/2014
#F4719660F#
#I4719661I#
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DVSAPLA 2
Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).
Edicto Nº 79/14
Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...“ARTICULO 1°: ARCHIVAR la presente denuncia, en los términos de la citada Instrucción General
N° 02/2007, procediendo previamente a la entrega de la mercadería que conforme el informe de
fs. 28 (al que nos remitimos), no vulnera derechos marcarios, del Acta Lote N° .........., a la acredi-
ARTICULO 2°: PROCEDER a la destrucción de las mercaderías del Acta Lote 09 001 ALOT
001010Z detalladas en el informe de fs. 40 (al que nos remitimos) que ostentan las marcas ADIDAS,
NIKE, ROLEX, PUMA, CHANEL y CITIZEN (Items 1.1, 1.2 y 2.1) de las que se pudo determinar de
la simple visualización que son apócrifas, o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad
con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la
Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Fdo.: Abog. Edgardo Paolucci, Firma Responsable
del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.
EXPEDIENTE
12201-516-2009
IMPUTADO
BASSIROU DIOP (PAS:A00204814)
ACTA N°
Acta Lote N° 09001ALOT001010Z
RESOLUCION
5847/14
Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación N° 2,
Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 14/11/2014 N° 89065/14 v. 14/11/2014
#F4719663F#
#I4719705I#
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DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
DVSAPLA 2
Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).
Edicto N° 81/14
Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...”ARTICULO 1°: ARCHIVAR la presente denuncia, en los términos de la citada Instrucción General
N° 02/2007, procediendo previamente a la entrega de la mercadería que conforme el informe de fs.
40 (al que nos remitimos), no vulnera derechos marcarios, del Acta Lote N° 09 001 ALOT 001008A,
(ítems 1.1 y 1.2) corresponde proceder a la entrega de la misma en los términos de la citada Instrucción General N° 2/2007, asimismo, deberá aportar deberá aportar para el ítem 1.2 la intervención
prevista por Ley 26.184, en el supuesto que no se cumpla con lo indicado precedentemente, se
procederá conforme la normativa establecida por la Sección V, Título II de la Ley N° 22.415, o en
caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y
ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Asimismo en caso de corresponder, deberá tenerse presente lo dispuesto en la Nota Externa
N° 57/07.
ARTICULO 2°: PROCEDER a la destrucción de las mercaderías que ostentan las marcas CHANEL, PUMA y ADIDAS (Items 1.1, 1.2 y 2.1) del Acta Lote 09 001 ALOT 001008A detalladas en el
informe de fs. 40 (al que nos remitimos) de las que se pudo determinar de la simple visualización
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
que son apócrifas, o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en
la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Fdo.: Abog. Edgardo Paolucci, Firma Responsable del Departamento
Procedimientos Legales Aduaneros.
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
34
#I4719712I#
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
EXPEDIENTE
12201-517-2009
IMPUTADO
OMAR SALL EL
(PAS:A00094348)
ACTA N°
RESOLUCION
Acta Lote N° 09001ALOT001008A
5848/14
DVSAPLA 2
Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).
Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación N° 2,
Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 14/11/2014 N° 89067/14 v. 14/11/2014
#F4719705F#
#I4719708I#
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
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DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
DVSAPLA 2
Edicto Nº 84/14
Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...“Artículo 1°: Archivar la presente denuncia, en los términos de la citada Instrucción General N° 2/07
debiendo previo a la entrega de la mercadería correspondiente al Acta Lote “... “(ítem 4.1) deberá
dar cumplimiento al estampillado tal como lo expresa la Res. N° 2522/87, previo a proceder a la
entrega de dichas mercaderías en los términos de la citada Instrucción N° 02/07 o en caso contrario deberá procederse a la destrucción de la mercadería mencionada o en caso de corresponder
PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición
de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Asimismo, deberá
previamente proceder a la acreditación de su Clave Unica de Identificación Tributaria y pago de los
tributos que se liquiden, se procederá, conforme la normativa establecida por la Secc. V, Tít. II de la
Ley 22.415. Fdo.: Abog. Edgardo Paolucci, Firma Responsable del Departamento Procedimientos
Legales Aduaneros.
Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).
Edicto Nº 82/14
Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución
...“ARTICULO 1°: ARCHIVAR la presente denuncia, procediendo previamente a la entrega
de la mercadería de los ítems del Acta Lote N° 09001ALOT001078H, en los términos de la
citada Instrucción General N° 02/2007, a la acreditación de su Clave Unica de Identificación
Tributaria, y pago de los tributos que se liquiden. Asimismo, deberá tenerse en cuenta que
para entregar la mercadería detallada en los ítems 4.1 y 6.1, el sumariado deberá cumplir
con el régimen de identificación de mercaderías conforme Res. 2522/87, para los ítems 4.1
y 6.1, aportar el Certificado de Seguridad del Juguete (Res. N° 163/05) y la intervención que
establece la Res. 485/05, para el ítem 3.1, aportar la intervención que establece la Res. 77/05
SCT y para los ítems 1.1 y 1.2 dar cumplimiento a lo establecido por la Ley 26.184, asimismo
en el supuesto que no se cumplan los requisitos mencionados precedentemente, se procederá conforme la normativa establecida por la Sección V, Título II de la Ley N° 22.415, o en
caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art.
4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales
fines y efectos. Asimismo, de corresponder, deberá tenerse en cuenta lo establecido en la
Nota Externa N° 57/07. Fdo.: Abog. Edgardo Paolucci, Firma Responsable del Departamento
Procedimientos Legales Aduaneros.
Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación N° 2,
Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 14/11/2014 N° 89074/14 v. 14/11/2014
#F4719712F#
#I4719713I#
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
DVSAPLA 2
Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).
Edicto Nº 85/14
Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación N° 2,
Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 14/11/2014 N° 89070/14 v. 14/11/2014
#F4719708F#
Se le hace saber que en el expediente de la referencia se ha dictado la Resolución ...“Artículo
1°: ARCHIVAR la presente denuncia en los términos de la citada Instrucción N° 02/2007 seguida
respecto del Sr. ......... en relación a la comisión de la infracción prevista por el art. 977 de la Ley
N° 22.415 por la mercadería integrante del Acta Lote... Artículo 2°: PROCEDER A LA DESTRUCCION de la totalidad de la mercadería integrante del Acta Lote N° ............... en función del carácter
prohibido de la misma en virtud de lo dispuesto en el Decreto 690/02 Anexo XIV y Decreto 939/04
art. 5 y de conformidad al art. 436 del C.A. en cuanto a que no resulta conveniente disponer de la
misma. Fdo.: Abog. Edgardo Paolucci, Firma Responsable - Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.
#I4719710I#
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
DVSAPLA 2
Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).
Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación N° 2,
Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 14/11/2014 N° 89075/14 v. 14/11/2014
#F4719713F#
Edicto Nº 83/14
Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...“Artículo 1º: ARCHIVAR la presente denuncia, procediendo previamente a la entrega de la mercadería
de los ítems del Acta Lote N° .......... en los términos de la citada Instrucción General N° 02/2007,
a la acreditación de su Clave Unica de Identificación Tributaria y pago de los tributos que se liquiden. Asimismo, deberá tenerse en cuenta para entregar la mercadería detallada en el ítem 2.1,
acompañar el Certificado de ANMAT, por lo que de no aportarse el mismo corresponde ordenar
su destrucción conforme la normativa establecida por la Sección V, Título II de la Ley N° 22.415,
o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art.
4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y
efectos. Asimismo, en caso de corresponder, deberá tenerse en cuenta lo establecido en la Nota
Externa N° 57/07. Fdo.: Abog. Edgardo Paolucci, Firma Responsable del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.
Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación N° 2,
Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 14/11/2014 N° 89072/14 v. 14/11/2014
#F4719710F#
#I4719722I#
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DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
DVSAPLA 2
Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).
Edicto Nº 89/14
Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...“Artículo 1°: Archivar la presente denuncia, procediendo previamente a la entrega de la mercadería de los ítems del Acta Lote “... “en los términos de la citada Instrucción N° 02/07 a la acreditación de su Clave Unica de Identificación Tributaria y pago de los tributos que se liquiden.
Asimismo, deberá tenerse en cuenta que para entregar la mercadería detallada en el Acta Lote
mencionada el sumariado deberá aportar las intervenciones y/o Certificados que correspondan, y el cumplimiento del estampillado para la mercadería del ítem 1.1 procediéndose en caso
contrario conforme la normativa establecida por la Sección V, Título II de la Ley N° 22.415, o
en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art.
4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines
y efectos. Asimismo, en caso de corresponder, deberá tenerse en cuenta lo establecido en la
Nota externa N° 57/07. Fdo.: Abog. Edgardo Paolucci, Firma Responsable del Departamento
Procedimientos Legales Aduaneros.
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
#I4719622I#
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
35
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
DVSAC 2
Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación N° 2,
Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 14/11/2014 N° 89084/14 v. 14/11/2014
#F4719722F#
#I4719635I#
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
DVSAC 2
ACTUACION N° 13682-15-2013.
REF. NOTA N° 68/2014 (DV SAC)
Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).
Edicto
Por ignorarse domicilio, en relación a la Actuación N° 13282-15-2014, se cita al Sr. ADRIAN
FEDERICO GARRIDO (CUIT N° 23-29959526-9) para hacerle saber que se ha dictado la Resolución DE PRLA N° 980/2014 de fecha 12/03/2014 que a continuación se detalla disponiendo en su
Artículo 1°: CONDENAR al Sr. ADRIAN FEDERICO GARRIDO (C.U.I.T. N° 23-29959526-9) al pago
de una multa cuyo importe asciende a la suma de $ 10.561,22 (PESOS DIEZ MIL QUINIENTOS SESENTA Y UNO CON 22/100), la que se tiene por cancelada por el pago efectuado por el imputado,
por infracción a los artículos 986/987 del Código Aduanero y al comiso de la mercadería integrante
del Acta-Lote N° 13001ALOT000032J... Artículo 5°: ORDENAR la venta en pública subasta de la
mercadería ... en atención a lo normado en el art. 429 y concordantes del Código Aduanero... Fdo.
Edgardo R. Paolucci. Firma Responsable del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.
Abog. JUAN MARÍA OKECKI, Jefe (Int.), Div. Secretaría de Actuación N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 14/11/2014 N° 89037/14 v. 14/11/2014
#F4719635F#
#I4719620I#
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
DVSAC 2
Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h).
Edicto
Se les hace saber que en las actuaciones que a continuación se mencionan se han dictado las
Resoluciones que se detallan disponiendo en su Artículo 1°: ARCHIVAR las actuaciones por la presunta comisión de la infracción prevista en los arts. 986/987 del C.A. en los términos de la Instrucción
N° 02/2007 e INTIMAR a los nombrados para que en el plazo de 15 (quince) días se presenten ante
la Sección Secuestros de la Dirección Aduana de Buenos Aires a retirar la mercadería secuestrada
mediante Acta-Lotes detalladas, previa acreditación de su Clave Unica de Identificación Tributaria,
la presentación de los certificados que correspondan y pago de los tributos que se liquiden, o en su
defecto proceder de acuerdo a lo normado en la Secc. V, Tít. II de la Ley N° 22.415 o, si correspondiere, proceder de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 25.603. Asimismo se deberá tener en cuenta
aquella mercadería que se encuentre sujeta al cumplimiento de las disposiciones establecidas en la
Resolución N° 2.522/87, sus concordantes y modificatorias. Que respecto de la mercadería que resultare con inscripción apócrifa, previo a realizar la entrega, donación o pública subasta de la misma
deberá proceder a la remoción de las etiquetas identificatorias —previa consulta con los titulares
marcarios—, o bien, en caso de no resultar posible proceder a la destrucción de la misma. Fdo.
Abog. Marcelo F. MIGNONE, Jefe (int.) Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.
Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h).
Edicto
Se les hace saber que en la actuación 12201-371-2009 se ha dictado la Resolución que a
continuación se detalla disponiendo en su Artículo 1°: “ARCHIVAR las actuaciones respecto de
IBAÑEZ Victor Ramón (20-22201578-3) por la presunta comisión de la infracción prevista en el
artículo 986/987 del C.A. en relación a la mercadería secuestrada por personal de Policía Federal
Argentina, el 23 de mayo de 2009 en la intersección de la calle Maldonado y Coronda, localidad de
Merlo, Prov. de Buenos Aires e incluida en la actas-lote 09001ALOT000882J (Instrucción General
N° 2/07 (DGA), punto IV.6)”. Artículo 2° “INTIMAR a IBAÑEZ Victor Ramón (20-22201578-3), para
que en el plazo de 15 (quince) días se presente ante la Sección Secuestros de la Dirección Aduana
de Buenos Aires a retirar la mercadería secuestrada bajo actas-lote 09001ALOT000882J, haciéndole saber que deberá previamente acreditar su Clave Unica de Identificación Tributaria, el pago
de los tributos que gravaban la importación a consumo de la misma al momento de la detección
del presunto ilícito denunciado que oportunamente se liquiden de oficio, así como la intervención
de otros organismos que se requiera en cada caso, bajo apercibimiento de darle a la mercadería
el tratamiento de despacho de oficio previsto en la Sección V, Título II, Capítulo Segundo, del C.A.
o bien ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, previo cumplimiento de los recaudos exigidos por el artículo 5° de la Ley 25.603, modificado por la Ley 26.434,
según corresponda”. Fdo. Abog. Marcelo F. MIGNONE, Jefe (int.) Departamento Procedimientos
Legales Aduaneros.
Abog. JUAN MARÍA OKECKI, Jefe (Int.), Div. Secretaría de Actuación N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 14/11/2014 N° 89024/14 v. 14/11/2014
#F4719622F#
#I4717817I#
ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL
Resolución 854/2014
Bs. As., 5/11/2014
VISTO el Expediente N° S01:0106601/2014 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que la Empresa ETIHAD AIRWAYS P.J.S.C. solicitó autorización para operar en la REPUBLICA
ARGENTINA como agencia fuera de línea a los efectos de promocionar y comercializar los servicios de transporte aéreo de pasajeros que ofrece.
Que la Empresa ha acreditado la inscripción de su estatuto constitutivo y la apertura de sucursal en la REPUBLICA ARGENTINA.
Que asimismo, se ha demostrado la autorización para operar servicios de transporte aéreo
conferida a la Compañía Aérea ETIHAD AIRWAYS P.J.S.C. por parte de la Autoridad Aeronáutica
de los EMIRATOS ÁRABES UNIDOS.
Que con respecto al depósito en garantía que establece el número 7, inciso 3) del Decreto
N° 326 de fecha 10 de febrero de 1982, mediante la presentación efectuada por la interesada
con fecha 29 de octubre de 2014 se acredita su debido cumplimiento con el depósito efectuado
por la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO
($ 179.864.-).
Que de acuerdo con lo dispuesto por el punto 3, inciso 5° del Anexo a la Resolución N° 445
de fecha 19 de septiembre de 1983 del COMANDO EN JEFE DE LA FUERZA AEREA ARGENTINA
y en el número 6 del Capítulo 1 de Anexo I al Decreto N° 326/82, resulta necesario sujetar la autorización a otorgarse, a la posibilidad real y efectiva para los transportadores argentinos de obtener
idéntico otorgamiento, asegurando de esa manera el cumplimiento de la exigencia contenida en
dichas normas.
Que a su vez resulta pertinente otorgar la autorización por un plazo de CINCO (5) años, término
que podrá renovarse por igual período a petición de la interesada, la que deberá ser formulada con
una antelación no inferior a TREINTA (30) días antes del vencimiento de la autorización en vigor.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION
CIVIL ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en los Decretos Nros. 239
de fecha 15 de marzo de 2007 y 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR NACIONAL
DE AVIACION CIVIL
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Autorízase a la Empresa ETIHAD AIRWAYS P.J.S.C. a funcionar como agencia fuera de línea para promocionar y comercializar en la REPUBLICA ARGENTINA los servicios de
transporte aéreo de pasajeros que ofrece.
ARTICULO 2° — El período de vigencia de la presente autorización se extenderá por el término
de CINCO (5) años contados a partir de la fecha de notificación de la presente resolución, el que
podrá ser renovado por igual período a petición de la interesada la que deberá ser formulada con
una antelación no inferior a TREINTA (30) días antes del vencimiento de la autorización en vigor.
Abog. JUAN MARÍA OKECKI, Jefe (Int.) Div. Secretaría de Actuación N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 14/11/2014 N° 89022/14 v. 14/11/2014
#F4719620F#
ARTICULO 3° — La Empresa autorizada deberá informar trimestralmente a la SECRETARIA
DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE bajo declaración jurada, la
cantidad y números de identificación de los documentos de transporte ingresados al país, emitidos y anulados, origen, destino y tarifas pagadas, debiendo facilitar dicha información cada vez
que le sea requerida.
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
ARTICULO 4° — En su actividad, la Empresa ETIHAD AIRWAYS P.J.S.C. deberá ajustarse a las
leyes y demás condiciones y normas nacionales que rijan la actividad que desarrolla.
ARTICULO 7° — Regístrese, notifíquese a la Empresa ETIHAD AIRWAYS P.J.S.C., publíquese mediante la intervención del Boletín Oficial y cumplido, archívese. — Dr. ALEJANDRO
A. GRANADOS, Administrador Nacional de Aviación Civil.
e. 14/11/2014 N° 88383/14 v. 14/11/2014
#F4717817F#
#I4717838I#
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS
36
Por ello,
El ADMINISTRADOR NACIONAL
DE LA ADMINISTRACION NACIONAL
DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA
DISPONE:
ARTICULO 5° — La Empresa fuera de línea desarrollará sus actividades posibilitando el reencaminamiento de tráfico por transportadores argentinos.
ARTICULO 6° — La vigencia de la presente autorización queda sujeta a la posibilidad real y
efectiva de obtener idéntica autorización por parte de las autoridades del país de bandera de la
línea aérea de que se trata para con los transportadores argentinos.
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
ARTICULO 1º — Prohíbase preventivamente la comercialización y uso fuera de la jurisdicción
de la provincia de Buenos Aires de todos los productos “ESENCIA PARA HORNILLO ELABORADOS POR YERRY S.R.L. con datos en el rótulo de PAMS Expte. 4117-105-484-12 y PAMS EXPTE.
4117-105-479-12”.
ARTICULO 2º — Instrúyase sumario sanitario a la firma YERRY S.R.L., con domicilio en la Av.
Coronel Perín 3781 de la localidad de Ciudadela, partido Tres de Febrero, Provincia de Buenos
Aires por haber presuntamente infringido el artículo 816 del Decreto Nº 141/53 y la Resolución ex.
MS y AS Nº 709/98.
ARTICULO 3º — Regístrese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Comuníquese a la Autoridad Sanitaria de la Provincia de Buenos Aires, al resto de las
autoridades sanitarias provinciales y a la del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese a la Dirección de Relaciones Institucionales y Regulación Publicitaria y póngase en
conocimiento de la situación a la Dirección de Gestión de Información Técnica. Dése a la Dirección
de Faltas Sanitarias de la Dirección General de Asuntos Jurídicos a sus efectos. — Ing. ROGELIO
LOPEZ, Administrador Nacional, A.N.M.A.T.
ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA
MEDICA
e. 14/11/2014 N° 88404/14 v. 14/11/2014
#F4717838F#
Disposición 7695/2014
Bs. As., 11/11/2014
VISTO el Expediente Nº 1-47-1110-567-14-6 del Registro de esta Administración Nacional de
Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, y
CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones citadas en el VISTO la Dirección de Vigilancia de Productos
para la Salud, a fojas 1/2, hace saber las irregularidades detectadas por parte de la firma
YERRY Sociedad Responsabilidad Limitada habilitada con RNE Nº 020034886, bajo el rubro
Elaborador, Fraccionador, Importador, Exportador de Productos de Uso Doméstico (según
anexo I de la Disposición ANMAT Nº 0279/12).
Que en su informe técnico la referida Dirección informó que personal del Departamento
de Productos de Uso Doméstico mediante O.I. Nº 492/14 DVS realizó una inspección con
el objeto de verificar el cumplimiento de las Buenas Prácticas de Fabricación y Control al
establecimiento YERRY S.R.L. ubicado en la calle Coronel Perín 3781 de la localidad de Ciudadela, partido Tres de Febrero, provincia de Buenos Aires.
Que en dicho procedimiento se observó que la firma se encontraba comercializando los
siguientes productos domisanitarios elaborados bajo el nombre de YERRY S.R.L., los cuales
no se encuentran registrados ante esta Administración Nacional: Esencia para Hornillo Verde
de Manzana y Esencia para Hornillo Frescura de Limón, se verificó, asimismo, que en los
rótulos figuraban datos relacionados a trámites de solicitud de registro de dichos productos
ante la provincia de Buenos Aires, siendo para el primer producto: “PAMS Exp. 4117-105484-12” y para el segundo: “PAMS Exp. 4117-105-479-12”.
Que así también, la citada Dirección indicó que en dicho procedimiento la firma exhibió copia de la solicitud de inscripción y análisis de los productos citados, entre otros,
correspondientes a esencias al agua de varias fragancias con marca Corona Da Bahia, ante
la Subsecretaría de Salud Pública, Dirección de Bromatología División Descentralización
operativa, Municipalidad de Tres de Febrero de fecha 12 de julio de 2012, en los cuales se
mencionan que corresponden a los expedientes Nº 4117-105479-12 y N° 4117-105484-12-1.
Que en oportunidad de llevarse a cabo la referida inspección se verificó la existencia de
documentación respecto a la venta fuera de la Provincia de Buenos Aires de los productos
citados detallados como aceite, los cuales se detallan a continuación: - Factura tipo B Nº 000300006477 de fecha 01/07/14 emitidos por Parafínicos y Afines de Yerry S.R.L. a favor de Flores
Nelda Cecilia de la localidad de Alejandro, Córdoba; - Factura tipo A Nº 0003-00024004 de fecha
08/07/14 emitidos por Parafínicos y Afines de Yerry S.R.L. a favor de La Botica Milagrosa de
C.A.B.A.; - Factura tipo B Nº 0003-00006479 de fecha 01/07/14 emitidos por Parifínicos y Afines
de Yerry S.R.L. a favor de SANTANDER SILVIA GRISELDA de la localidad de Posadas, Misiones.
Que en consecuencia, la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud sugiere:
a) Prohibir de uso y comercialización fuera de la jurisdicción de Buenos Aires, todos los
productos domisanitarios rotulados como: “ESENCIA para Hornillo elaborados por YERRY
S.R.L. con datos de PAMS Expte. 4117-105-484-12 y PAMS Exp. 4117-105-479-12”; b) Iniciar
el correspondiente sumario sanitario a la firma YERRY S.R.L., sita en la calle Coronel Perín
3781, de la localidad de Ciudadela, Pdo. de Tres de Febrero, Provincia de Buenos Aires,
como titular de los productos por los incumplimientos a la normativa sanitaria aplicable que
fueran señalados anteriormente y c) Notificar a la Autoridad Sanitaria Jurisdiccional.
Que respecto de las medidas aconsejadas por el organismo actuante cabe opinar que
resulta competente esta Administración Nacional en virtud de las atribuciones conferidas
por el inciso b) artículo 3º, por el artículo 8° incisos n), ñ) y por el artículo 10 del inciso q) del
Decreto Nº 1490/92.
#I4718055I#
AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
Resolución 1309/2014
Bs. As., 7/11/2014
VISTO el Expediente N° 1380/2014 del Registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS
DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° 982-AFSCA/2013 se aprobó el REGLAMENTO DE CONCURSOS
PARA LA PROVISION DE CARGOS DE PROFESORES TITULARES EN EL INSTITUTO SUPERIOR
DE ENSEÑANZA RADIOFONICA.
Que el artículo 9° del mencionado REGLAMENTO dispone que la COMISION ASESORA estará integrada por TRES (3) miembros titulares y TRES (3) miembros suplentes.
Que mediante Resolución N° 0898-AFSCA/2014, el Presidente de la AUTORIDAD FEDERAL
DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL procedió al llamado a concurso público para
cubrir los cargos de profesor titular de las materias PRACTICA INTEGRAL DE RADIO II, PRACTICA
INTEGRAL DE RADIO III, PRACTICA INTEGRAL DE TELEVISION II y PRACTICA INTEGRAL DE
TELEVISION III, de la Carrera de Locución; y PRACTICA INTEGRAL DE PRODUCCION DE RADIO I
y GENERACION ELECTRONICA DE IMAGEN I, de la Carrera de Producción y Dirección.
Que consecuentemente con lo expuesto y a fin de cumplir con lo establecido en la Resolución
N° 982-AFSCA/2013, deviene necesario el dictado del acto administrativo que designe los miembros integrantes de las COMISIONES ASESORAS que intervendrán en la evaluación de los postulantes al concurso público para la provisión de cargos de profesores titulares en el INSTITUTO
SUPERIOR DE ENSEÑANZA RADIOFONICA.
Que las personas propuestas para integrar las COMISIONES ASESORAS cumplen con los
requisitos exigidos en el artículo 9° de la Resolución mencionada, siendo personas de alta calificación profesional, profesores de la especialidad o especialidades afines en Institutos de formación
de profesores o Universidades Nacionales y/o especialistas que han demostrado reconocida trayectoria en la materia o disciplina que nos ocupa.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la
intervención que le compete.
Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo mediante la suscripción del acta
correspondiente.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 12, inciso
21) de la Ley N° 26.522.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL
DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Desígnanse como miembros titulares y suplentes de la COMISION ASESORA
del CONCURSO PUBLICO PARA LA PROVISION DEL CARGO DE PROFESOR TITULAR de la materia PRACTICA INTEGRAL DE RADIO II de la carrera de LOCUCION del ISER a las personas que
se mencionan en el Anexo I que integra la presente.
Que corresponde señalar que del detalle de la documentación obrante en el expediente (fs.
28/30) surge la comercialización fuera de la provincia de Buenos Aires de productos que no se
encontraban inscriptos ante esta Administración Nacional, por consiguiente la medida preventiva,
como es, la prohibición de comercialización resulta adecuada, toda vez que la autoridad nacional
no pudo ejercer el debido control sobre productos comercializados interjurisdiccionaImente.
ARTICULO 2° — Desígnanse como miembros titulares y suplentes de la COMISION ASESORA del CONCURSO PUBLICO PARA LA PROVISION DEL CARGO DE PROFESOR TITULAR de la
materia PRACTICA INTEGRAL DE RADIO III de la carrera de LOCUCION del ISER a las personas
que se mencionan en el Anexo II que integra la presente.
Que los hechos descriptos configurarían una presunta infracción a la Resolución ex. MS
y AS Nº 709/98 y al artículo 816 del Decreto Nº 141/53.
ARTICULO 3° — Desígnanse como miembros titulares y suplentes de la COMISION ASESORA
del CONCURSO PUBLICO PARA LA PROVISION DEL CARGO DE PROFESOR TITULAR de la materia PRACTICA INTEGRAL DE TELEVISION ll de la carrera de LOCUCION del ISER a las personas
que se mencionan en el Anexo III que integra la presente.
Que la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud y la Dirección General de
Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 1490/92 y el
Decreto N° 1886/14.
ARTICULO 4° — Desígnanse como miembros titulares y suplentes de la COMISION ASESORA
del CONCURSO PUBLICO PARA LA PROVISION DEL CARGO DE PROFESOR TITULAR de la materia PRACTICA INTEGRAL DE TELEVISION III de la carrera de LOCUCION del ISER a las personas
que se mencionan en el Anexo IV que integra la presente.
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
ARTICULO 5° — Desígnanse como miembros titulares y suplentes de la COMISION ASESORA del CONCURSO PUBLICO PARA LA PROVISION DEL CARGO DE PROFESOR TITULAR
de la materia PRACTICA INTEGRAL DE PRODUCCION DE RADIO I de la carrera de PRODUCCION Y DIRECCION del ISER a las personas que se mencionan en el Anexo V que integra la
presente.
ARTICULO 6° — Desígnanse como miembros titulares y suplentes de la COMISION ASESORA del CONCURSO PUBLICO PARA LA PROVISION DEL CARGO DE PROFESOR TITULAR
de la materia GENERACION ELECTRONICA DE IMAGEN I de la carrera de PRODUCCION Y
DIRECCION del ISER a las personas que se mencionan en el Anexo VI que integra la presente.
ARTICULO 7° — Una vez finalizadas las pruebas de oposición y las entrevistas personales de los aspirantes, la COMISION ASESORA tendrá 5 (cinco) días hábiles para presentar el
dictamen definitivo.
ARTICULO 8° — Comuníquese, notifíquese, regístrese, publíquese, dése a la DIRECCION
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MARTÍN SABBATELLA, Presidente del
Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
ANEXO I
PRACTICA INTEGRAL DE RADIO II
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
para Práctica Integral de Radio de la Carrera de Locución. Realizó múltiples cursos de formación y capacitación, entre ellos Capacitación en Neurociencias para periodistas científicos
en el Instituto Leloir, Periodismo Científico del MERCOSUR organizado por la Secretaría de
Ciencia y Tecnología de la Nación en el Centro Atómico Bariloche, entre los más destacados.
MARIO PORTUGAL
Locutor, periodista y docente universitario. Trabaja actualmente en Radio Del Plata y tiene una extensa trayectoria radial como periodista y locutor en distintas radios: Rivadavia,
Continental, Splendid y Nacional, entre otras. Es autor, junto con Héctor Yudchak, del libro
Hacer radio. Guía integral. Y también de Producción de radio, hablan los especialistas. Dictó
la materia Taller de Radio para alumnos de Locución de segundo año de la Universidad de La
Matanza en los años 2012-2013.
ANEXO II
PRACTICA INTEGRAL DE RADIO III
Miembros titulares:
Mario Roberto Giorgi
Oscar Bosetti
Marcela Oviedo Monserrat
Miembros titulares:
Sebastián Costa
Arturo Cuadrado
Héctor Yudchak
Miembros suplentes:
Pablo Navarro
Diana Costanzo
Mario Portugal
Miembros suplentes:
Susana Pelayes
Diana Costanzo
Mario Portugal
MARIO ROBERTO GIORGI
SEBASTIÁN COSTA
Locutor Integral recibido en el ETER 2003, Locutor Institucional y de promociones de TCM
y True TV para Latinoamérica. Trabajó para Canal A y fue la voz oficial y exclusiva de DIRECT
TV para Latinoamérica. También fue la voz de las siguientes marcas Stella Artois, AXE, DOVE,
Calia, Sprite, Coca-Cola, CIF y Vim, ICBC, Santander, Macro, Tarjeta Naranja, Fernet Branca,
Knorr, Cat Chow, Gillette, Huggis, Colgate, Medicus, Terma, Gancia. Trabajó siendo la voz de
Wolverine y los X-Men, Cars, Narnia, fue la voz de “Manuel” en la Película de Isidoro Cañones.
Entre 2003 y 2009 narró 700 documentales para Discovery Channel y Animal Planet. Actualmente trabaja en VALE 97.5.
ARTURO CUADRADO
Locutor Nacional egresado del COSAL en 1995. Experiencia en el campo de la locución
en OFF para comerciales de televisión y radio, como también participaciones en largometrajes
y programas de televisión y grabación de videos institucionales y comerciales de bien público
para empresas privadas, asociaciones civiles y organismos públicos en general. Posee una
Tecnicatura en Periodismo en COSAL. Tiene varios trabajos realizados en el área de la locución en OFF para comerciales de radio y televisión para grandes marcas como BBVA Banco
Francés, YPF, Cablevisión, Fibertel, Wolkswagen, Despegar.com, Sancor, Skip, Raid, Glade,
Off, Lysoform, Danone Argentina con Actimel y Yogurísimo, Bimbo Latinoamérica, Diario La
Nación, Radio la Red AM 910, Colgate, Universal Music, Spotify, entre otras. Trabaja como voz
de trailers para Argentina y el cono sur para la distribuidora 20th Century FOX. Es la voz On
Air para FX, del canal NatGeo para toda la región. Trabajó para Radio La Red Bs. As., Radio
Rosario, Estación del Sol en Mendoza, Radio EME, Late FM Puerto Madero, Radio Chubut, La
99, La Diez de La Plata, Radio Pobre Johnny, FM Blue de Río Cuarto y Radio Mar del Plata.
Participación como locutor en películas, documentales y programas de televisión, entre los
más destacados “Algo Habrán Hecho”, “Néstor” (Documental de la vida y obra del Presidente Kirchner para C5N), “Néstor Kirchner” de Adrián Caetano y “Relatos Salvajes” de Damián
Szifrón.
HECTOR YUDCHAK
Es Periodista y escritor realizando labores de prensa política e institucionales y como
tallerista de radio y periodismo en escuelas de Enseñanza Media. Fue Fundador y Director de
Radio FM SUR 102.7. Es Co-autor junto a Daniel Míguez del libro “El Diario y la Radio van a la
Escuela” y Co-autor junto a Mario Portugal de “Hacer Radio, Guía Integral” - Autor del Audiolibro “En Voz Alta, relatos para disfrutar con los ojos cerrados” y autor del Libro “Sospechas y
Confesiones, relatos breves”. Produjo y condujo “Universidad Abierta”, el programa de Radio
de la Universidad Nacional de Lanús. Dictó numerosos seminarios, talleres y clases especiales
en universidades y otras instituciones, entre ellas UB, UP, UNLP, UNLa, UNLaM, ISER, TEA y
UTPBA. Fue invitado a exponer en la temática y contenidos en el primer Encuentro Nacional de
Radios Escolares CAJ realizados conjuntamente por el Ministerio de Educación de la Nación,
la CNC y el AFSCA. Actualmente trabaja en la producción de micro programas para la Radio
UB, SinDial Radio, UM Radio (Colombia), Brisa FM (Colombia), Radio La Vida (Ecuador), FM
del Mar, FM Bragado.
SUSANA PELAYES
Es Locutora Nacional egresada del ISER y periodista. Posee experiencia en Gestión Cultural y en Comunicación, habiendo sido parte de Radio Nacional como Coordinadora en Contenidos Periodísticos y Memoria Histórica, además de Coordinadora de Contenidos del Portal
Voces del Sur. Fue Co-organizadora del Encuentro de Medios Públicos de América del Sur.
Realizó distintas curadurías, entre las más relevantes para la realización de “CD Homenaje a
Eva Perón”, “Nunca menos Democracia” y “Democracia.ar”. Organización de contenidos para
la 5ta. reunión de directores de Radio Nacional de todo el país. Elaboración del proyecto de
creación y puesta en marcha del Archivo Histórico de los Medios Públicos de Argentina. Trabajó para las siguientes señales Radio LS1 de Buenos Aires, Hallmark TV, Cadena Enlace de
TV, América 2, Radio LT14 General Urquiza, La Red, Radio Excelsior, Radio Nacional, Radio
Belgrano, Radio Continental, Radio El Mundo y Canal 7. También trabajó como profesora, en
ponencias, tesis, cursos de postgrado, seminarios, encuentros regionales, presentación y redacción de libros, entre lo más destacado.
DIANA COSTANZO
Es Periodista egresada de la UNLP, Locutora Nacional del COSAL y realizó el Nivel First
Certificate de Inglés. Es Integrante de la Red Argentina de Periodismo Científico asociación
civil profesional miembro en la World Federation of Science Journalists. Su experiencia laboral
abarca las señales Radio Nacional (hasta la actualidad), Radio Pública al Exterior, Radio La
Red, Radio el Mundo, Radio Rivadavia, Radio Porteña, FM San Isidro. Fue Docente del ETER
37
Es Locutor Nacional egresado del ISER en 1977. Fue Docente de la UNDAV dentro del Departamento Transversal de Ciencias Sociales. Es Director de Radio Universidad Nacional de
Avellaneda. Fue Director Ejecutivo Radio Nacional Argentina, teniendo a cargo mil trescientos
agentes en cuarenta sedes de la Radio, distribuidas en toda la República Argentina. En la actualidad conduce en Radio del Plata el programa “LLEGA EL DIA” y es miembro en condición
de Vocal en la Asociación de Radios de Universidades Nacionales. También Coordinó el Consejo de Medios Municipales de Avellaneda. Condujo programas radiales como “AMANECE EN
DEL PLATA” LS10, “COMIENZA EL DIA” en Radio Belgrano AM 950, “LLEGA EL DIA” por AM
1030 Radio del Plata, “VOLVER A LAS 17” AM Radio Provincia, “CONTACTO EN VERANO” por
Radio Rivadavia de Buenos Aires, “MAGDALENA TEMPRANISIMO” “MITRE INFORMA PRIMERO” Y “DOMINGO TEMPRANISIMO” por Radio Mitre. Cubrió la Visita del EX PAPA Juan Pablo
Segundo en 1987 y coordinó la cobertura radial en Uruguay, Chile y Argentina. En 1985 fue
elegido Secretario Gremial adjunto en la S.A.L. entre otras actividades destacadas.
OSCAR BOSETTI
Periodista, investigador y docente, dedicado a los medios audiovisuales. Es docente de la
carrera de Ciencias de la Comunicación de la Universidad Nacional de Buenos Aires y profesor
de la Carrera de Especialización en Lenguajes y Medios, Escuela de Posgrado de la Universidad Nacional de San Martín. Director del proyecto “Dramatizaciones radiofónicas: entre el
periodismo literario, el relato y la ficción”, de la Secretaría de Extensión y Cultura de la Universidad Nacional de Entre Ríos. Durante su gestión como subsecretario de Medios de la Universidad de Buenos Aires (2002-2006), fue fundador de Radio Universidad de Buenos Aires.
Fue productor y conductor de diversos ciclos en Radio Belgrano, Splendid, General Urquiza,
Nacional, Rivadavia, Ciudad, UBA y ETER. Actualmente conduce el programa radial Tramas
(memorias del presente), emitido por Radio UBA. Publicó Radiofonías: palabras y sonidos de
largo alcance y las tres frecuencias didácticas del dial radiofónico.
MARCELA OVIEDO MONSERRAT
Es Locutora Nacional egresada del ISER en 1984 y redactora nacional. Fue Locutora Institucional en Radio Nacional, locutora de IVR’S en Telecóm Personal Argentina, Conductora en
Mega 98.3 FM, Locutora en Radio del Plata AM, conducción en Radioshow FM 100.7 donde
trabajó con Diego y Alejandro Korol, Campi, Luis Majul, Facundo Pastor, entre otros. Fue locutora para comerciales en campañas de radio y televisión de las marcas Telecóm, L’Oreal,
Champagne Freixenet, Alitalia, Bagley, Maybelline NY, Laboratorios Bagó, Revista Para Ti y
Muchas más. Conductora de Radio Concierto FM en Montevideo URUGUAY. Cubrió acontecimientos internacionales relacionados con la Música, Gloria Estefan, Cristian Castro, Enrique
Iglesias, Chayanne, entre otros. También fue movilera en Radio Mitre en el programa Mitre
Informa Primero, en Rock & Pop FM, Radio Rivadavia, Radio Continental y FM Clásica. Conducción en Canal 9, Canal 13, Canal P&E.
PABLO NAVARRO
Es Locutor Integral egresado del ISER y Periodista General de TEA. Trabaja actualmente
en Radio LA RED AM 910, como cronista, redactor y para locución de informativos. También
locuta tandas comerciales en transmisiones deportivas. Trabaja como cronista, redactor y
locutor de informativos en AM 870 y en Nacional Rock FM 93.7 y también para la RAE (Radio
Argentina al Exterior). Anteriormente se desempeñó como Locutor en Radio Continental, Radio Argentina, Radio Colonia, Radio Nacional, Radio Splendid, Radio Estirpe Nacional, FM la
Tribu, FM TRIAC, entre los más destacados. Fue Redactor en la Revista “El Resto” realizando
entrevistas a personajes y músicos.
DIANA COSTANZO
Es Periodista egresada de la UNLP, Locutora Nacional del COSAL y realizó el Nivel First
Certificate de Inglés. Es Integrante de la Red Argentina de Periodismo Científico asociación
civil profesional miembro en la World Federation of Science Journalists. Su experiencia laboral
abarca las señales Radio Nacional (hasta la actualidad), Radio Pública al Exterior, Radio La
Red, Radio el Mundo, Radio Rivadavia, Radio Porteña, FM San Isidro. Fue Docente del ETER
para Práctica Integral de Radio de la Carrera de Locución. Realizó múltiples cursos de formación y capacitación, entre ellos Capacitación en Neurociencias para periodistas científicos
en el Instituto Leloir, Periodismo Científico del MERCOSUR organizado por la Secretaría de
Ciencia y Tecnología de la Nación en el Centro Atómico Bariloche, entre los más destacados.
MARIO PORTUGAL
Locutor, periodista y docente universitario. Trabaja actualmente en Radio Del Plata y tiene una extensa trayectoria radial como periodista y locutor en distintas radios: Rivadavia,
Continental, Splendid y Nacional, entre otras. Es autor, junto con Héctor Yudchak, del libro
Hacer radio. Guía integral. Y también de Producción de radio, hablan los especialistas. Dictó
la materia Taller de Radio para alumnos de Locución de segundo año de la Universidad de La
Matanza en los años 2012-2013.
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
ANEXO III
ANEXO IV
PRACTICA INTEGRAL DE TELEVISION II
PRACTICA INTEGRAL DE TELEVISION III
Miembros titulares:
Gustavo Chapur
Omar Fajardo
Alejandra Muro Cash
Miembros suplentes:
Carina Tarnofky
Eduardo Battaglia
Eduardo Colombo
GUSTAVO CHAPUR
Es Abogado egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Palermo con Diploma de Honor en la categoría Summa Cum Laude. Cursa actualmente la Licenciatura en
Ciencias de Comunicación de la Universidad de Buenos Aires, adeudando la presentación
de Tesis. Realizó un Posgrado en Derecho Procesal Penal Profundizado y Criminalística en el
IUPFA. Locutor Nacional egresado del ISER y Periodista en ejercicio profesional con matrícula nacional otorgada por MTESS. Trabaja en la UADE como JTP para las materias Taller de
Radio y TV, Taller de Producción de TV, Lenguaje Radiofónico, Redacción y Oratoria, entre
otras. En la UAI es Profesor adjunto para el Seminario de Televisión III. En el IFTS N° 12 es
profesor a cargo de las materias Comunicación Social, Legislación Aplicable a las Tecnologías y las Comunicaciones y Seminario de Derecho Laboral. Trabajó para Crónica TV siendo
periodista acreditado en Casa de Gobierno, en Congreso de la Nación y en Palacio de Tribunales y actualmente es conductor del noticiero de la mañana y Conductor/Productor de ciclo
de entrevistas a personalidades de la cultura. Participó como conductor, productor, columnista, editor y colaborador para la Radio Conexión Abierta, Radio Ciudad, Portal de noticias
ABC Mundial, Portal de espectáculos Parte del Show y Portal de Cultura Geo Teatral.
OMAR FAJARDO
Locutor Nacional, Periodista y Conductor. Se desempeñó en importantes medios de
Comunicación, entre ellos Telefé en la conducción de las ediciones de Telefé Noticias. Posee
una extensa carrera ascendente como Locutor en OFF, de Flashes Informativos. Estuvo a
cargo de la cobertura en vivo de móviles para distintas ediciones de Telefé Noticias y coberturas especiales para las Cadenas Eco, Antena 3 y CNN. Asume la conducción de Telefé Noticias a las 12 hs junto a Paula Trapani y Jorge Jacobson. Realizó destacadas entrevistas en
Hollywood y Nueva York a personalidades del cine y la televisión. Condujo Diario de Medianoche junto a Érica Fontana. Fue Docente de los Institutos COSAL e ISEC para las materias
de Locución y Locución ante cámara e Investigación periodística en TV. Organizó seminarios
de Media Training para importantes empresas. Participó como conductor del Segmento informativo Primera tarde en CN23 y actualmente es conductor del programa Tango Vivo que
se emite en Ciudad Abierta.
ALEJANDRA MURO CASH
Es Locutora Nacional egresada del ISER y Maestra de Ceremonias del Instituto Embajador Blanco Villalta y posee un perfeccionamiento en Idioma Neutro y Doblaje de Películas.
Trabajó para las siguientes señales Canal 7, Conducción de Noticieros en diversos horarios
y en Flashes de Noticias, Canal 9 como Locutora en Hora Clave con Mariano Grondona, Radio América, Radio Antártida, Radio El Mundo, Radio Mitre, Radio Del Plata, FM Horizonte
y FMR. Grabó múltiples comerciales. Fue Locutora Oficial en Ceremonia de Transmisión de
Mando Presidencial de Menem a Fernando De la Rúa. Es Directora de Ceremonial y Protocolo de la Municipalidad de Vicente López, Provincia de Buenos Aires.
CARINA TARNOFKY
Es Licenciada en Composición Coreográfica del IUNA. También es Profesora de Artes en
Danza de la misma casa de estudios y Profesora Nacional de Expresión Corporal de la Escuela Nacional de Danzas “María Ruanova”, Ministerio de Educación y Justica, Buenos Aires.
Posee un Postgrado en Pedagogías de las Diferencias en FLASCO y otro en Capacitación
y Especialización en Psicomotricidad en la Escuela Práctica de Psicomotricidad FUNDARI.
En la actualidad trabaja en el DEP Dirección Primaria, Ministerio de Educación del Gobierno
de la Ciudad de BS. AS. Es docente en el Nivel Superior de la C.A.B.A. También es Docente
en el ETER para la Carrera de Locución, para la asignatura Expresión Corporal y Práctica
Integral de TV III. Dictado de Talleres y Seminarios para Locutores, doblajistas y narradores.
Participó como Jurado para el concurso de la Instancia Curricular Lenguajes expresivos:
Taller de artes del movimiento en la Escuela Normal Superior N° 8 C.A.B.A. Fue Directora
de Currícula de la Subsecretaría de Educación del Gobierno de la Ciudad. Dictó múltiples
talleres y seminarios para Televisión, en expresión corporal, para el ETER, Asociación Civil
Nuestra VOZ y el Ministerio de Trabajo de la Nación, Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí
(Ecuador), Congreso Internacional de Nivel Inicial, Feria del Libro, entre las más destacadas.
EDUARDO BATTAGLIA
Es Locutor Nacional egresado del ISER y Licenciado en Administración de Empresas
de la UNLZ. Posee estudios complementarios de teatro en la Escuela de Esteban Mellino.
Trabaja actualmente en Radio La Red AM 910 como Conductor, en América TV Conduce el
Noticiero “América Noticias” y en A24 conduce el Magazine periodístico “Vivo el Sábado”.
Realiza los reemplazos en conducción de Luis Novaresio, Jorge Rial, Oscar González Oro,
Luis Majul y Alejandro Fantino. Es Locutor comercial desde el año 2000 y colaboró para las
marcas Cuisine & Vins, Puertas Pentágono, Daihatsu Electronics, Lubricantes Bardahl y la
Universidad de Belgrano, entre las más destacadas. Fue conductor de eventos como el Médicus, Cadime, Hospital Británico, Andrómaco y otros. Realizó conducciones como locutor
en las siguientes radios FM La Boca, FM Sur, Radio Libertador de Lomas de Zamora, Radio
Rivadavia, Radio Libertad entre otras. Realizó trabajos para Canal 7, Azul TV, Canal 13, Canal
9 y Canal 26.
EDUARDO COLOMBO
Tiene más de 40 años de trayectoria en radio y TV como locutor y animador. Se graduó
en el Instituto Superior de Enseñanza Radiofónica como Locutor Nacional. Es una de las
voces institucionales de Telefé. Conduce el programa “El gallo loco” en Radio Rivadavia (AM
630) de lunes a viernes, de 5 a 7 de la mañana. Se desempeña como docente de Práctica
Integral de Televisión en la carrera de Locución del Instituto educativo ETER. Trabajó como
locutor conductor en Radio Nacional, AM 750, Splendid, entre otros medios. Conduce desde
sus orígenes los Premios ETER a la radio.
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Miembros titulares:
Leonardo Greco
Ricardo Martínez Puente
Sara Diez
Miembros suplentes:
Lisandro Carret
Rodrigo Magallanes
Roberto Gómez Ragozza
LEONARDO GRECO
Es Productor Teatral, Músico, Locutor Nacional, Animador, Conductor, Periodista de Radio
y TV. Anfitrión de Eventos sociales y empresariales. Trabajó para las siguientes señales Telefé,
América TV, Disney Channel, Canal 7, Canal 4 de Uruguay, Canal 9, Cablevisión Noticias, entre
los más relevantes. En Radio participó como locutor, productor, redactor, conductor y para
pautas publicitarias en Radio Mitre, Radio Rivadavia, América, Radio del Plata, Radio Splendid, Radio El Mundo, Radio Ciudad, FM 92.3, entre las más destacadas. También entrevistó
a lo largo de su carrera a artistas del mundo del espectáculo como Sean Connery, Vittorio
Gassman, Dany De Vito, Thalia, Julio Bocca, Federico Luppi, Daniel Baremboim, Diego Maradona y a diversas figuras políticas y científicas del ámbito nacional e internacional.
RICARDO MARTINEZ PUENTE
Es Locutor Nacional egresado del ISER. Debutó en Radio El Mundo. Después trabajé en
Mitre, Antártida y Municipal haciendo turnos. En Del Plata, en la FM de Splendid, en Feeling,
en Láser y Aspen. Trabaja actualmente en la señal de ESPN desde que llegó al país, hace ya
dieciséis años, y también en la radio. ESPN Radio está desde 2001, cuando se hizo cargo de
toda La Oral Deportiva en Rivadavia (AM 630), ESPN Radio Rivadavia. Pero además de ser
locutor, tomé cursos de oratoria con Carlos Loprete, que ya falleció, un maestro de la oratoria.
También hice cursos de programación neurolingüística. Ahí se aplica todo lo que hace al entrenamiento de la gente.
SARA DIEZ
Locutora Nacional egresada del ISER y Arquitecta recibida de la Universidad de Belgrano.
Realizó un Master en Programación Neurolingüística y egresada de Ceremonial y Protocolo en
la UB. Trabajó como conductora, producción general y locución de comerciales en las señales
Radio Coronel Suárez, Radio Nuevo Mundo (Bolivia), San Isidro Labrador FM, Radio Continental AM/FM, Radio La Red AM, Radio Rivadavia, Viva FM, Feeling FM, Radio Libertad AM, Varela
Punto com, Radio Belgrano, Radio América, Blue FM, Radio Palermo, Tigre FM, recibiendo
en Septiembre de 2014 el premio CADUCEO a “Mejor Conducción Femenina” otorgada por
el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Pcia. de Bs. As. En televisión colaboró
para Canal 4 (Pcia. de Bs. As.), Nuevo Mundo, Sucre y Canal 12 TV (Bolivia), Canal 9, Canal
27 Ideas de Cablevisión, Plus Satelital, TN, Canal 13 y Telemax, entre las más importantes.
Trabajó también en el Dpto. de Prensa de la Municipalidad de San Isidro, en el periódico zonal
“La Gaceta de Tigre”, campaña publicitaria de Greenpeace para la ARPA, agente de prensa de
la UB, Jornadas de Preservación de Espacios Verde Gobierno de la Ciudad de Bs. As. Fiestas
Club Náutico San Fernando, Animación en Intercop S.A. En su trayectoria suma grabaciones
artísticas y publicitarias para radio, TV y agencias varias, entre conducción de eventos para
empresas, congresos y jornadas.
LISANDRO CARRET
Locutor Nacional recibido del ISER y Licenciado en Comunicación Audiovisual de la UNSAM. Es Conductor y animador de eventos realizando sus estudios con Raúl Serrano, Justo
Gilberg entre los más destacados. Tiene amplia experiencia profesional como actor de cine,
televisión y teatro, conductor y animador, locutor comercial de radio y televisión, y como Director artístico para producciones teatrales y de televisión. Participó en las siguientes señales
América TV, Canal 13, Canal 7, Radio Provincia, Telefé, Canal 9, Radio Belgrano, Canal 10
de Córdoba. Sus principales trabajos en Teatro fueron “Lo bueno dura poco” en el Teatro
Bambalinas, “Feliz caño nuevo” Teatro REFASI de Mar del Plata, “Conducción de dos Record
Guiness” para el Ministerio de Ambiente y Espacios Públicos de la Ciudad de Buenos Aires,
“Circo Rodas” animación Sketches y canciones, entre otros.
RODRIGO FERNANDO MAGALLANES
Es Productor y Director de Radio y Televisión egresado en el ISER en 1993. Actualmente
se desempeña como Director de SANTACRUZ FILM Logística de Producción, es Responsable
de contenidos Laboratorio Audiovisual Universidad Nacional de la Patagonia Austral (UNPAUARG) y como Coordinador Nodo Audiovisual Tecnológico AONIKENK Polo Patagonia Sur
TDA (Televisión Digital Abierta). Participó como miembro Jurado en Primer Concurso y Festival
Nacional Crujía de Cortos Audiovisuales y Radiales, Jurado en la Competencia Cortometraje
Nacionales y Regionales en el FAB (Festival Audiovisual de Bariloche), Jurado en el X Festival
Internacional de Cortometrajes y Escuelas de Cine en el Espejo (Colombia), Jurado de Cortometrajes Nacionales en las Jornadas de Cine y Video Independiente UNCIPAR Villa Gesell,
Jurado en el VI FESTIVAL DE CORTOS ESCOLARES Caleta Olivia, Jurado en el 7° Festival
Imágenes de la Patagonia, Jurado representando a la Región Patagónica en el Comité de
Calificación de Proyectos para créditos INCAA, entre los más relevantes. Fue Director de múltiples Festivales y Muestras, entre ellos el Festival Internacional de Cortometrajes al Extremo,
I MUESTRA DE CINE CONTEMPORANEO DE CHILE, entre otros. Tiene una vasta experiencia
en Dirección y producción de Cortos, Programas, documentales, ciclos y video clips.
ROBERTO GOMEZ RAGOZZA
Es Periodista egresado de la Carrera de Periodismo General en TEA. Locutor Nacional
recibido del ISER en 2004. Realizó varios cursos de capacitación en Periodismo de la UBA, capacitación en A.P.T.R.A., Seminario de “Globalización y Periodismo” en ATTAC, entre los más
importantes. Posee experiencia laboral en Conducción, Producción, Redacción y Diagramación en diversos medios de Pehuajó. Trabajó para América TV en el programa “Unidos y Dominados” conducido por Juan Castro, como Asistente de Producción, en Canal 7 Argentina para
el programa “Marcapazos” en la Producción del informe central y realización de secciones, en
Radio Nacional realizó informes y coberturas en vivo y grabadas en el Móvil en “Panoramas de
Noticias”, para Eduardo Aliverti en “De Boca en Boca” como productor, en “Nacional Cultura”
como columnista y para la transmisión en vivo de la entrega de premios Martín Fierro. En AZUL
TV como productor. También colaboró para las señales de Radio Nacional Clásica coordinando, productor de contenidos y locución y para Radio Nacional Folklórica en conducción. Fue
Locutor para la empresa SANYO y para la Televisión Digital Abierta en los spots televisivos.
Actualmente conduce el noticiero de la TV Pública, Visión 7.
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
ANEXO V
PRACTICA INTEGRAL DE PRODUCCION DE RADIO I
Miembros titulares:
Ricardo Miguel Haye
Damián Valls
Matías Delménico
Miembros suplentes:
Marcelo Cotton
María Eugenia García
Cielito Depetris
RICARDO MIGUEL HAYE
Es periodista, escritor y docente-investigador universitario en Comunicación Radiofónica y Comunicación Institucional. Es Licenciado en Ciencias de la Información con Post-Grado de Doctor en
Comunicación Audiovisual por la Universidad Autónoma de Barcelona. Es autor de los libros “Hacia
una nueva radio” (Paidos), “La radio del siglo XXI. Nuevas estéticas” (CICCUS/La Crujía), “Otro siglo
de radio” (La Crujía), “El arte radiofónico” (La Crujía), así como de numerosos artículos publicados en
periódicos y revistas de Argentina, España, México, Ecuador y Venezuela. Fue Director de la Radio Universitaria “Antena Libre” FM. Dictó seminarios y talleres de comunicación radiofónica, comunicación
comunitaria y comunicación institucional en Argentina, Ecuador, Venezuela, México y España. También
dictó cursos de post-grado. Formó parte del plantel docente de la Maestría en Comunicación y Educación en la Universidad Autónoma de Barcelona y la Universidad Católica de Santiago de Chile. Realizó
tareas de diagnóstico, consultoría y capacitación para la Red de Radios Universitarias del Nuevo Cuyo.
Formó parte del grupo de investigación “Migración y Comunicación”, de la UAB y actualmente dirige el
Grupo de Investigación sobre Radio de la Universidad Nacional del Comahue. Es uno de los creadores
del Laboratorio Experimental de Arte Radiofónico (LEAR). Participó en la creación del Nodo Tecnológico Audiovisual “Ríos & Bardas”. Integra el Comité Académico de la Bienal Internacional de Radio, para
la Secretaría de Educación Pública y el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes de México.
DAMIAN VALLS
Es Licenciado en Ciencias de la Comunicación de la Facultad de Ciencias Sociales de la UBA,
con orientación en publicidad y Marketing. También es Técnico en Electrónica y Telecomunicaciones egresado del Instituto Leonardo Murialo. Obtuvo gran cantidad de Becas, entre las más destacadas para Curso de Mantenimiento de Estudio de Grabación otorgada por el Deutsche Welle
Training Centre, Alemania, otra beca otorgada por la CEPAL para Curso de Pequeños formatos
radiofónicos y Hacia una Veeduría de Medios de Comunicación en Argentina Facultad de Ciencias
Sociales UBA. Realizó varios talleres de Teatro, arte y edición digital de Audio. Fue Director General de Radio UBA, Director del Centro de Producción e Investigación Audiovisual, UBA y Consejero
electo por el claustro de Graduados en la Junta de Carrera de Ciencias de la Comunicación UBA.
Integrante del Jurado para la adjudicación de Licencias para la operación de canales de la TDA,
AFSCA. Es Docente y profesor en la UNGS para la materia “Procesos de comunicación, políticas
de comunicación y medios masivos”. Profesor adjunto Interino en la UBA de “Taller de Expresión
III” y en la UNLZ para la Cátedra Radio II. También fue Jurado de Tesis y Evaluador de Tesinas
en UNLP, UBA, RadioTEA. Fue Profesor Titular en ETER, EMBA, entre otras instituciones. Fue
conductor y co-conductor de diversos programas en las siguientes radios RNA y FM La Tribu.
Fue miembro Jurado del concurso “Demos una Oportunidad I y II” realizado por LS1 Radio de la
Ciudad, entre lo más destacado.
MATÍAS DELMÉNICO
Licenciado en Comunicación Social de la Facultad de Periodismo y Comunicación Social
UNLP y Profesor en la misma casa de estudios. Posee un Post Grado en Especialización en Prácticas, Medios y Ambitos educativo-comunicacionales de la UNLP. Cursó la carrera de Periodismo
Deportivo con especialidad en fútbol en la Escuela Terciaria de Periodismo “Dos Congresos”,
Chivilcoy. Actualmente está por finalizar el Doctorado en Comunicación en la UNLP. Realizó Seminarios del área de la Comunicación en la UNLP-ADULP y en la Dirección General de Cultura y
Comunicación, de la Provincia de Buenos Aires. Lo han reconocido desde “Conectar Igualdad”
por la presentación de Radio La Legión (100% software libre) en Tecnópolis. Dictó múltiples seminarios en la UBA, UNLP, EX ESMA Espacio Memoria y Derechos Humanos. Tallerista en el
Encuentro Nacional de Estudiantes de Formación Docente. Participó en numerosos encuentros,
congresos, jornadas y simposios realizados por la UNLP, Ministerio de Educación, Redcom, entre
otras. También actuó como miembro Investigador en distintos proyectos de Investigación de relevancia académica. Posee múltiples publicaciones en revistas y anuarios de gran prestigio de la
UNLP. Fue Coordinador de “pasantes” en el ISFDyT N° 8 (ISER - La Plata).
MARCELO COTTON
Es Docente especializado en Comunicación y Medios, dictó talleres del mismo campo y también desempeñó diversas tareas en Seminarios, Conferencias y Congresos sobre Radio, Ficción
y Periodismo, entre otros. Como Docente actualmente desempeña labores en la Universidad de
Concepción del Uruguay, siendo Titular de la Cátedra Taller de Libretos y Guiones; y Redacción
periodística, en la carrera de Locución y Periodismo. También lleva adelante cátedras de Ficción
en Radio en ETER. Fue Docente titular de la UNLP, Facultad de Periodismo y Comunicación Social,
en ARGENTORES, en la UTPBA, en la Universidad del Centro de Olavarría Pcia. de Buenos Aires y
en la EMBA entre otros. Dictó múltiples seminarios intensivos de Dramaturgia Radial, Herramientas
para la creación de nuevos relatos en Radio, Radioteatro y Periodismo Narrativo en Radio, entre
otros. Curso estudios de escritura dramática con Mauricio Kartún, Taller de escritura con Angela
Pradelli, Producción Radiofónica con Eduardo Aliverti y Narrativa y Escritura en el Centro Cultural
Rojas UBA. Trabajó en los siguientes medios Tecnópolis TV, Paka Paka, Canal Encuentro, Revista
Caras y Caretas, Canal 7, América TV, TyC Sports, Radio Nacional, Radio Rivadavia y Página 12,
entre los más destacados. Es Director de Asociación Civil Narrativa Radial desde el 2008.
MARÍA EUGENIA GARCÍA
Licenciada en Comunicación Social con Orientación en Periodismo UNLP. Es profesora de inglés en la Academia de Cultura Inglesa. Posee gran cantidad de cursos de Capacitación Docente,
Seminarios y Cursos de Postgrado en la UNLP, UBA, FLASCO, entre las más destacadas. Maestría
en Planificación y Gestión de Procesos Comunicacionales. Fue Docente en nivel de enseñanza
Media como profesor titular interino para el bachillerato de Bellas Artes. Actualmente es Profesora
Provisional por Concurso de “Comunicación Social” en el 3er año de la Tecnicatura en Gestión
Cultural en ISDyT N° 8 (ISER-LA PLATA). Fue Profesora adjunta, JTP y Ayudante Diplomado para la
Facultad de Periodismo y Comunicación Social de la UNLP para múltiples cátedras de producción
Radiofónica. Realizó convenios con distintas emisoras FM Universidad, FM Difusión, Fm Futura,
FM Capital, FM Diagonal, AM Rocha, FM Keops, FM Raíces y FM Pentágono. Fue integrante del
Tribunal de Concurso Docente para muchas materias para el ISFDyT N° 8 e Institutos Adscriptos
al ISER. También fue Integrante de Tribunal de Tesis para la UNLP. Tiene gran cantidad de producción científica, publicación de Libros y Capítulos en libros, también presentaciones en reuniones
científicas, congresos y eventos de gran envergadura académica.
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
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CIELITO DEPRETIS
Es Licenciada en Ciencias de la Información de la Facultad de Periodismo y Comunicación
Social UNLP y posee una Maestría en Planificación y Gestión de Procesos Comunicacionales
de la misma Universidad. Es profesora y docente de distintos Institutos de formación entre ellos
ISFDyT N° 8 (ISER - LA PLATA) para la Asignatura Práctica Integral de Radio III, Práctica Integral
de Televisión I y II, Teoría de la Comunicación, Libretos y Guiones, Taller de Libretos y Guiones,
entre otras. También trabajó como Coordinadora Pedagógica de las Carreras Adscriptas al ISER.
Dictó gran cantidad de Seminarios de Oratoria y Mass-media como herramientas didácticas. Tiene publicaciones de Libros relacionados con la especialidad en Comunicación. Evaluó múltiples
Proyectos de Investigación, como Jueza para la UNLP. Fue Miembro de Comisiones Asesoras
para la UNRC, UNR, UNLP, UNLZ entre las más destacadas. Participó en gran cantidad de Jornadas Universitarias como Coordinadora Académica. Se desempeñó en diversas Radios FM y AM.
Amplia experiencia reconocida como Jurado Evaluatorio de exámenes de ingreso y habilitación
adscriptas al ISER. Integrante de múltiples tribunales de Tesis de Grado y Postgrado. También fue
Directora de Radio Universidad UNLP, Consejera Académica, Coordinadora Pedagógica de las
Carreras ISER-La Plata.
ANEXO VI
GENERACION ELECTRONICA DE IMAGEN I
Miembros titulares:
Damián Bericat
Elina La Rosa
Gabriel Cagnacci
Miembros suplentes:
Leandro Tolchinsky
Laura Bulecevich
Alejandro Ripoll
DAMIAN BERICAT
Estudió Diseño de Imagen y Sonido en la UBA y Desarrollo de Proyectos de Educación a
Distancia en la UTN. Realizó un posgrado en Industrias Culturales en la UNTreF y una maestría en
Gestión Pedagógica en CIE. Es editor desde 1995, socio activo de la SAE. Trabajó en numerosos
proyectos de TV, documentales institucionales, editó cuatro largometrajes cinematográficos y colaboró en técnica y post en varios otros, además de consultorías en postproducción y metodología
en entorno digital. Realizó diseños de arte para programas de Canal á, Canal 7 y Canal 13. Por su
formación musical, realizó el montaje de videoclips de músicos y bandas de la escena nacional.
De clara orientación docente, trabajó en UBA en Semiología de la Imagen, en ENERC en Técnica
del Montaje, en EMBA en Montaje y Diseño de Medios Interactivos y actualmente es Director Académico del Instituto de Capacitación en Televisión y la Escuela Americana de Medios, en convenio
con el CIN y Ia RENAU.
ELINA LA ROSA
Es Diseñadora en Imagen y Sonido egresada de la Universidad de Buenos Aires, realizando un
Seminario en la UNTREF para la Asociación de Directores y Productores de Cine Documental Independiente de Argentina. También se formó en Avid Express/Composer con Antonio Gennaro en
Sistemas de Video Comunicación S.A. Desde el 2002 trabaja en la Edición Periodística para Telefé
Noticias 1ra. Edición, Baires Directo, Telefé 2da. Edición, Diario de Medianoche. Compaginación
de Gran Hermano I y II. Edición para América Noticias 1ra. Edición en 1998. En 1997 trabajó para
“Tuma Producciones” en A todo motor y S.O.S. Vida en postproducción. En 1996 colaboró con la
edición periodística del Noticiero de Canal 26. Colaboró en Canal (á) en producción y postproducción. También en el área teatral colaboró en distintas obras, para el teatro San Martín de Bs. As.,
Biblioteca Nacional, Instituto DiTella, entre los más relevantes.
GABRIEL CAGNACCI
Es Licenciado en Comunicación Social y Periodismo, Jefe de área audiovisual de la Facultad
de Periodismo y Comunicación Social de la UNLP. Docente desde hace más de 15 años en la
Facultad de Periodismo y Comunicación Social de la UNLP. Realizó diversos cursos de formación
y seminarios entre ellos “Periodismo y Economía” de la CEPADE, “Workshop de televisión” en el
BAC, “Guión y Audiovisión” en la Facultad de Bellas Artes de la UNLP, “Curso de Narrativa Audiovisual” en la Facultad de Periodismo y Comunicación Social de la UNLP, “Seminario de Edición” en
la UNLP, entre los más destacados. Jefe de Trabajos Prácticos concursado en el Taller de Producción Audiovisual I de la Facultad de Periodismo y Comunicación Social de la UNLP. Profesor en la
Facultad de Ciencias Sociales de la UBA en la carrera de Diseño de Imagen y Sonido. También trabajó como Coordinador del Area Audiovisual como nexo entre las cátedras Talleres de Producción
audiovisual I, II, III y Taller de Producción Periodística III de la carrera Tecnicatura en Periodismo
Deportivo de la Facultad de Periodismo y Comunicación Social UNLP. Participó como miembro
Jurado en diversos concursos, Tesis y otros, en la UNLP para concurso de materias, Jurado en
Tesis de Lic. en Comunicación Social de la misma Universidad y Jurado de Selección y Premiación
del 2° Concurso Documental para el “Sindicato Obras Sanitarias de la Provincia de Buenos Aires”.
LEANDRO TOLCHINSKY
Es Docente y egresado de la Carrera de Dirección de Montaje Cinematográfico de la ENERC.
También es diseñador y administrador de Sitios Web egresado de la Escuela Da Vinci. Trabajó
como asistente de Montaje y Postproducción para diversos cortometrajes, documentales y películas de las productoras “Una Cooperativa”, “Filmy Wiktora”, “Digital 1”, “Duermevela”, “Rizoma
Films” “Leningrado Films”, entre otras. Fue asistente de montaje de cortometrajes para el BAFICI.
Capacitó a chicos de todo el país en materia audiovisual para la realización de cortometrajes, a
cargo del Ministerio de Educación 2010-2011. Profesor de Imagen y Sonido, proyecto Integral y
Campañas Publicitarias para Scholem Aleijem en los años 2011-2012. Trabajó en la Edición del
registro del Video para el Festival Nuevas Músicas por la Memoria en el ECUNHI-2012. En el 2013
colaboró con las Capacitaciones en Montaje en el Concurso Historias Conectadas realizado conjuntamente entre Conectar Igualdad, Acción Federal INCAA y el Ministerio de Educación. Actualmente se desempeña como “Free Lance”, realiza largometrajes documentales, es JTP de la UBA
para el Centro de Producción e Investigación Audiovisual de la facultad de Ciencias Sociales y en
la ENER como ayudante de la Cátedra Montaje 1 y en una extensión educativa ENERC-INCAA.
LAURA BULECEVICH
Es Licenciada en Comunicación Social, de la Facultad de Periodismo y Comunicación Social
de la Universidad Nacional de La Plata y posee un Profesorado en Comunicación Social en dicha
Universidad. Actualmente cursa un Posgrado con Especialización Docente Universitaria. Trabajó
en distintos programas de Radio como asistente de Radio y en coberturas audiovisuales. También
trabajó como asistente de producción y redacción en varias radios. Fue Docente de Producción
y Realización del Habilitante de TV, en ISER de La Plata. Trabajó como integrante del proyecto de
extensión de “Madres y Abuelas de Plaza de Mayo Relatos del Futuro”. Fue miembro del Proyecto
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
de Investigación del CONICET-UNLP “Observatorio de Radios universitarias del Cono Sur”. Fue
Docente de Práctica Integral de Televisión III, Audiovisual I y Programación y Lenguaje Técnico
Radial I. Actualmente es Docente Interina de la Cátedra “Seminario de Dirección y Producción
Documental”. Fue Miembro de concursos docentes en el ISFDyT Nº 8 dependiente de la DGCyE
de la Pcia. de Buenos Aires, para las materias: Programación y Lenguaje Técnico Radial I, Práctica
Integral de Producción de Radio III, Guiones y Libretos de la carrera Tecnicatura Superior en Producción y Dirección de Radio y TV, Realización Publicitaria, Etica profesional.
ALEJANDRO RIPOLL
Docente terciario y universitario. Se desempeña como docente del Instituto Superior de Enseñanza Radiofónica en la materia Puesta en Escena desde el año 2009. Dictó la materia Nuevas Tecnologías en la Universidad de Belgrano y fue jefe de trabajos prácticos en la Universidad Nacional
de Lomas de Zamora en la materia Televisión de la carrera de Periodismo. Es director de televisión
con una amplia trayectoria. Trabajó como director en Canal 7, fue director de Gran Hermano 1, 2
y 3 (Telefe), director de No hay 2 sin 3 (Canal 9), director de Operación Triunfo 1 y 2 (Telefe). Fue
asesor de imagen de los canales ATV y Global TV de Perú, y de Montecarlo Televisión Canal 4
Montevideo. Director de Soñando por cantar 2013, se desempeña como director de ShowMatch
desde el año 2005 hasta la fecha.
e. 14/11/2014 N° 88574/14 v. 14/11/2014
#F4718055F#
#I4717793I#
ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución 316/2014
Acta N° 1340
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
40
el Subanexo II-B de su Contrato de Concesión, cuyo detalle, duración y montos de penalización se expresan en los Anexos I, II, III, IV, V, VI, y total en el Anexo XIII al Informe Técnico y
legal, obrantes a fojas 163/304 y 317.
2.- Instruir a CAMMESA a que efectúe el débito de PESOS CINCO MILLONES SETECIENTOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO CON CINCUENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 5.729.585,58) sobre la liquidación de ventas de “TRANSENER S.A.”, por indisponibilidades de equipamiento propio de líneas y conexión/transformación, según se detalla en el Anexo
XV al Informe Técnico y Legal antes citado (fojas 319/320), ajustándose a la condición pari passu
dispuesta mediante la Cláusula 10 del Convenio de Renovación del Acuerdo Instrumental del
Acta Acuerdo UNIREN - “TRANSENER S.A.” —ratificada por Decreto PEN N° 1.462/2005.
3.- Instruir a CAMMESA a que efectúe el débito de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS CON CUARENTA Y CINCO
CENTAVOS ($ 1.442.436,45) sobre la liquidación de ventas de “TRANSENER S.A.”, por incumplimientos incurridos por sus Transportistas Independientes al Régimen de Calidad de
Servicio estipulado en el Anexo II de los Contratos de Electroducto respectivos, consistentes
en indisponibilidades programadas de equipamiento de líneas, conexión y reactivos, según
se detalla en el Anexo XV al Informe Técnico y Legal, obrantes a fojas 319/320, ajustándose
a la condición pari passu dispuesta mediante la Cláusula 10 del Convenio de Renovación del
Acuerdo Instrumental del Acta Acuerdo mencionada.
4.- Instruir a CAMMESA a que efectúe el débito de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL QUINIENTOS VEINTIDOS CON SETENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 150.522,76) sobre la liquidación
de ventas de “TRANSENER S.A.”, por incumplimiento en cuanto a sus obligaciones respecto
de la Supervisión a la Operación y Mantenimiento de sus Transportistas Independientes
según se detalla en el Anexo XV al Informe Técnico y Legal, obrantes de fojas 319/320,
ajustándose a la condición pari passu dispuesta mediante la Cláusula 10 del Convenio de
Renovación del Acuerdo Instrumental del Acta Acuerdo mencionada.
5.- Instruir a CAMMESA para que informe al ENRE cuando complete la liquidación a
favor de “TRANSENER S.A.” de la totalidad de los ingresos determinados en el Convenio de
Renovación del Acuerdo Instrumental para el período semestral junio a noviembre de 2013.
Expediente ENRE N° 38.850/2013
Bs. As., 5/11/2014
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.- Dar a publicidad la solicitud de emisión del Certificado de Conveniencia y Necesidad
Pública para la obra consistente en la instalación de una celda de salida de línea en la ET
VALERIA DEL MAR, durante DOS (2) días en un diario de amplia difusión en el lugar donde la
obra se va a realizar, o pueda afectar eléctricamente.
2.- Publicar la solicitud mediante un AVISO en la página web del ENRE y solicitar a CAMMESA que haga lo propio, por el plazo de CINCO (5) días, en el que deberá consignarse
que se otorgan DIEZ (10) días hábiles administrativos a partir de la última publicación para
que, quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE.
3.- Disponer que en caso de que no hubiera ninguna presentación justificada, vencido
el plazo señalado en el Considerando precedente se considerará otorgado el Certificado de
Conveniencia y Necesidad Pública para la obra referida en el Artículo 1.
4.- Establecer que en caso de que existan presentaciones fundadas comunes entre distintos usuarios, se convocará a Audiencia Pública para recibir dichas oposiciones y permitir
a la “EMPRESA DE TRANSPORTE POR DISTRIBUCION TRONCAL DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA” (“TRANSBA S.A.”) contestar las mismas y exponer
sus argumentos.
5.- Disponer que la “EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGIA ATLANTICA SOCIEDAD
ANONIMA” (“EDEA S.A.”) deberá presentar ante CAMMESA la información necesaria para
conformar la base de datos eléctricos del MEM, la que deberá tener en cuenta parámetros
eléctricos del equipamiento a ingresar, que forme parte de la ampliación solicitada.
6.- Disponer que “TRANSBA S.A.” y “EDEA S.A.” deberán firmar una Adenda al Convenio
de Conexión existente entre ambas empresas en la ET VALERIA DEL MAR.
7.- Disponer que el límite de la responsabilidad del Sistema de Transporte por Distribución Troncal se debe extender hasta las botellas terminales de las celdas en 13,2 kV de la ET
VALERIA DEL MAR.
8.- Establecer que a partir de la habilitación comercial de la Ampliación “TRANSBA S.A.”
deberá realizar las tareas de Operación y Mantenimiento y percibir la remuneración correspondiente a UN (1) cargo por conexión, conforme su cuadro tarifario vigente al momento de
cada liquidación.
9.- Notificar a “EDEA S.A.”, a “TRANSBA S.A.”, a CAMMESA y al OCEBA. — FEDERICO
BASUALDO RICHARDS, Vocal Primero. — ENRIQUE GUSTAVO CARDESA, Vocal Segundo. — VALERIA MARTOFEL, Vocal Tercera. — LUIS MIGUEL BARLETTA, Vicepresidente.
— RICARDO A. MARTINEZ LEONE, Presidente, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.
e. 14/11/2014 N° 88359/14 v. 14/11/2014
#F4717793F#
#I4717801I#
ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución 318/2014
Acta Nº 1340
6.- Instruir a “TRANSENER S.A.” para que de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 6, apartado 6.1.3 del Acta Acuerdo de Renegociación Contractual mencionada, destine
el importe de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS
CINCUENTA Y CUATRO CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 4.529.854,86), correspondiente a equipamiento de conexión/salidas y reactivos, según se detalla en el Anexo XIV al
Informe Técnico y Legal de fojas 319/320, ajustándose a la condición pari passu dispuesta
mediante la Cláusula 10 del Convenio de Renovación del Acuerdo Instrumental de la referida
Acta Acuerdo.
7 .- Establecer, en los términos de lo dispuesto en el Artículo 27 del Subanexo II-B del
contrato de concesión de “TRANSENER S.A.” y conforme a la metodología de cálculo y
asignación de pago por los Usuarios y demás especificaciones detalladas en el Anexo II de
la Resolución ENRE N° 1.319/1998, con las modificaciones introducidas por el Acta Acuerdo
en el punto 6.1.4, el incentivo mensual asociado al desempeño logrado por la Transportista durante los doce (12) meses anteriores a cada uno de los meses comprendidos en el
semestre junio a noviembre de 2013, respecto del nivel de calidad registrado en el primer
período tarifario, que percibirá “TRANSENER S.A.” en la suma de PESOS DOS MILLONES
SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CIENTO CINCO CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS
($ 2.665.105,99) de acuerdo al detalle que se efectúa en los Anexos VII, VIII, IX, X, XI, XII y XVI
al Informe Técnico y Legal, obrantes a fojas 305/316 y 321.
8.- Instruir a CAMMESA para que, a los efectos del pago del incentivo establecido en
este Acto, efectúe los correlativos débitos a los Usuarios del sistema de transporte, cuyo
total consta en el Anexo XVI al Informe Técnico y Legal de fojas 321, de acuerdo al procedimiento definido en el Anexo II de la Resolución ENRE N° 1.319/1998 para ser acreditados
sobre la liquidación de venta de “TRANSENER S.A.”.
9.- Notifíquese a CAMMESA y a “TRANSENER S.A.” con copia de la presente y de los
Anexos de fojas 163/321. Hágase saber que: a) se le otorga vista del Expediente por única
vez y por el término de diez (10) días hábiles administrativos contados desde la notificación
de este Acto, y b) la presente Resolución es susceptible de ser recurrida en los plazos que
se indican, los que se computarán a partir del día siguiente al último de la vista concedida: (i)
por la vía del Recurso de Reconsideración conforme lo dispone el Artículo 84 del Reglamento de la Ley N° 19.549 de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Decreto PEN
N° 1.759/1972 (Texto Ordenado en 1991), dentro de los diez (10) días hábiles administrativos,
así como también, (ii) en forma subsidiaria, o alternativa, por la vía del Recurso de Alzada
previsto en el Artículo 94 del citado Reglamento y en el Artículo 76 de la Ley N° 24.065, dentro de los quince (15) días hábiles administrativos y (iii) mediante el Recurso Directo por ante
la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal previsto en el
Artículo 81 de la Ley N° 24.065, dentro de los treinta (30) días hábiles judiciales.
10.- Publíquese la presente Resolución en la página web del ENRE, conjuntamente con
los Anexos de fojas 163/321. — FEDERICO BASUALDO RICHARDS, Vocal Primero. — ENRIQUE GUSTAVO CARDESA, Vocal Segundo. — VALERIA MARTOFEL, Vocal Tercera. — LUIS
MIGUEL BARLETTA, Vicepresidente. — RICARDO A. MARTÍNEZ LEONE, Presidente, Ente
Nacional Regulador de la Electricidad.
El Anexo citado puede ser consultado por los interesados en la Sede del ENTE NACIONAL
REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, Avda. Madero N° 1020, 10° piso de la Capital Federal, en
el horario de 9 a 13 y de 14 a 17:30.
e. 14/11/2014 N° 88367/14 v. 14/11/2014
#F4717801F#
#I4717802I#
ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Expediente ENRE Nº 39.324/2013
Resolución 328/2014
Bs. As., 5/11/2014
Acta N° 1340
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
Expediente ENRE N° 39.701/2013
1.- Sancionar a la “COMPAÑIA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA EN ALTA
TENSION - TRANSENER S.A.” (“TRANSENER S.A.”) en la suma de PESOS ONCE MILLONES
OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON SESENTA
Y CINCO CENTAVOS ($ 11.852.399,65) correspondientes al período comprendido entre los
meses de junio a noviembre de 2013, por incumplimientos del Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión contenido en
Bs. As., 5/11/2014
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.- Dar a publicidad la solicitud de Acceso a la Capacidad de Transporte Existente de
la Empresa “TOYOTA ARGENTINA S.A.” (GUMA) para una demanda de 15 MW y la solicitud
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
para la emisión del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la ampliación de la
Capacidad de Transporte Existente por Contrato entre Partes para la obra consistente en la
construcción de una nueva estación de maniobras (E.M.) en 132 kV denominada “E.M. 132 kV
TOYOTA.” y la construcción de una Doble Terna (DT) de 132 kV para su vinculación al SADI,
que se denominarán CORCEMAR - TOYOTA de DOS COMA SIETE (2,7) km y TOYOTA - ZARATE de TRES COMA CINCO (3,5) km, durante DOS (2) días en un diario de amplia difusión
en el lugar donde la obra se va a realizar, o pueda afectar eléctricamente.
2.- Publicar la solicitud mediante un AVISO en la página web del ENRE y solicitar a CAMMESA que haga lo propio, por el plazo de CINCO (5) días, en el que deberá consignarse
que se otorgan DIEZ (10) días hábiles administrativos a partir de la última publicación para
que, quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE.
3.- Disponer que en caso de que no hubiera ninguna presentación justificada, vencido
el plazo señalado en el Considerando precedente se considerará otorgado el Certificado de
Conveniencia y Necesidad Pública para la obra referida en el Artículo 1.
4.- Establecer que en caso de que existan presentaciones fundadas comunes entre distintos usuarios, se convocará a Audiencia Pública para recibir dichas oposiciones y permitir
a la “EMPRESA DE TRANSPORTE POR DISTRIBUCION TRONCAL DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA” (“TRANSBA S.A.”) contestar las mismas y exponer
sus argumentos.
5.- Disponer que “TRANSBA S.A.” y la Empresa “TOYOTA ARGENTINA S.A.”, deban
firmar un Convenio de Conexión entre ambas empresas en la nueva E.M. 132 kV. TOYOTA.
6.- Notificar a “TRANSBA S.A.”; a “TOYOTA ARGENTINA S.A.”; al OCEBA; y a CAMMESA.
— FEDERICO BASUALDO RICHARDS, Vocal Primero. — ENRIQUE GUSTAVO CARDESA, Vocal
Segundo. — VALERIA MARTOFEL, Vocal Tercera. — LUIS MIGUEL BARLETTA, Vicepresidente. — RICARDO A. MARTINEZ LEONE, Presidente, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.
e. 14/11/2014 N° 88368/14 v. 14/11/2014
#F4717802F#
#I4717633I#
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
Resolución 309/2014
Bs. As., 2/10/2014
VISTO el Expediente N° S05:0476830/2013 y sus agregados sin acumular
N° S05:0473341/2013 y N° S05:0479637/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que la empresa MONSANTO TECHNOLOGY LLC., representada en la REPUBLICA ARGENTINA por el señor Don Miguel ÁLVAREZ ARANCEDO, ha solicitado la inscripción de
las creaciones fitogenéticas genéticamente modificadas de soja (Glycine max (L.) Merr) de
denominaciones 5814IPRO, 5815IPRO y 4914IPRO, en el Registro Nacional de la Propiedad
de Cultivares, creado por el Artículo 19 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas
N° 20.247.
Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS,
organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y
PESCA, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por los Artículos 20 y 21
de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, el Artículo 6° del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por la Ley N° 24.376 y
los Artículos 26, 27, 29 y 31 del Decreto N° 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, para la inscripción en el
Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares y el otorgamiento de los respectivos títulos
de propiedad.
Que la COMISION NACIONAL DE SEMILLAS, creada por la Ley de Semillas y Creaciones
Fitogenéticas N° 20.247, en su reunión de fecha 9 de septiembre de 2014, según Acta N° 417,
ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha dictaminado al respecto.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido
en el Artículo 9° del Decreto N° 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley
N° 25.845.
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
#I4717452I#
41
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Resolución 1010/2014
Bs. As., 10/11/2014
VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0047777/2014 del Registro de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N° 26.522 y las Decisiones Administrativas Nros. 221
del 1° de septiembre de 2009 y sus modificatorias y 164 del 11 de abril de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 20 de agosto de 2009, se celebró UN (1) CONTRATO DE ASOCIACION
suscripto entre la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ad referéndum del señor Jefe
de Gabinete de Ministros, y la ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO PARA LA TRANSMISION DE ESPECTACULOS DE FUTBOL POR TELEVISION ABIERTA Y GRATUITA.
Que mediante la Decisión Administrativa N° 221 del 1° de septiembre de 2009 y sus modificatorias, se creó el PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS, cuya finalidad es la coordinación
y articulación de la transmisión y explotación comercial de la televisación de los Torneos de
Fútbol Argentino para la REPUBLICA ARGENTINA y el exterior, organizados por la ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO, para su transmisión en vivo y en directo y/o en diferido, en
Capital Federal, el interior y exterior del país, durante la vigencia de dicho Acuerdo, a fin de
permitir el acceso libre y gratuito por televisión abierta en todo el territorio de la República.
Que con fecha 17 de febrero de 2012, se celebró UN (1) CONTRATO entre la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS y la FUNDACION DEL AUTOMOVILISMO DEPORTIVO DE LA
REPUBLICA ARGENTINA (FADRA) para la transmisión de espectáculos de automovilismo
por televisión abierta.
Que por dicho acuerdo la FUNDACION DEL AUTOMOVILISMO DEPORTIVO DE LA REPUBLICA ARGENTINA (FADRA) cedió en forma exclusiva a la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, los derechos de explotación primarios y secundarios, por sí o por terceros, por
cualquier sistema o procedimiento audiovisual en distintos formatos, creados o a crearse,
de las imágenes y/o sonidos obtenidos en ocasión y desarrollo de cada una de las competencias automovilísticas por ella organizadas, para su transmisión en vivo y en directo y/o en
diferido, en Capital Federal, el interior y exterior del país.
Que por el artículo 77 de la Ley N° 26.522 se garantiza el derecho al acceso universal
—a través de los servicios de comunicación audiovisual— a los contenidos informativos de
interés relevante y de acontecimientos deportivos, de encuentros futbolísticos u otro género
o especialidad.
Que a dichos fines el CONSEJO FEDERAL DE COMUNICACION AUDIOVISUAL elabora
anualmente un listado de acontecimientos de interés general para la retransmisión o emisión
televisiva, respecto de los cuales el ejercicio de derechos exclusivos deberá ser justo, razonable y no discriminatorio.
Que, asimismo, por la Decisión Administrativa N° 164 del 11 de abril de 2012 se encomendó a los responsables del PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS el desarrollo de las actividades de coordinación y articulación de la transmisión y explotación comercial de la televisación para la transmisión de espectáculos de automovilismo en los términos del Contrato
premencionado y de aquellos acontecimientos deportivos declarados de interés relevante
por parte de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
(AFSCA) que no se encuentren comprendidos en otros programas especiales, debiendo instrumentar los medios necesarios para su accesibilidad para la población en su conjunto en
la REPUBLICA ARGENTINA.
Que a los fines de llevar adelante las actividades establecidas en dicha norma, deviene
necesario suscribir los pertinentes ACUERDOS DE RETRANSMISION DE CONTENIDOS GENERADOS POR EL PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS, a suscribir entre el citado Programa
y los sitios web que realicen la retransmisión por video stream, streaming y otro sistema de
emisión por internet.
Que, asimismo, resulta procedente autorizar de forma expresa al señor Coordinador del
citado PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS, a formalizar la firma de los referidos Acuerdos.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8°
del Decreto N° 977 del 6 de julio de 1995.
Por ello,
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO
DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad de
Cultivares, del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita
del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, creado por la Ley de Semillas y
Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, de las creaciones fitogenéticas genéticamente modificadas de soja (Glycine max (L.) Merr) de denominaciones 5814IPRO, 5815IPRO y 4914IPRO,
solicitada por la empresa MONSANTO TECHNOLOGY LLC., representada en la REPUBLICA
ARGENTINA por el señor Don Miguel ÁLVAREZ ARANCEDO.
ARTICULO 2° — Por la Dirección de Registro de Variedades, expídanse los respectivos
títulos de propiedad, una vez cumplido el Artículo 3°.
ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el
Boletín Oficial y archívese. — Ing. Agr. RAIMUNDO LAVIGNOLLE, Presidente del Directorio,
Instituto Nacional de Semillas
e. 14/11/2014 N° 88287/14 v. 14/11/2014
#F4717633F#
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébase el modelo de “ACUERDO MARCO DE RETRANSMISION DE
CONTENIDOS GENERADOS POR EL PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS” en el marco de
los contratos suscriptos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la ASOCIACION
DEL FUTBOL ARGENTINO (AFA) y la FUNDACION DE AUTOMOVILISMO DEPORTIVO DE LA
REPUBLICA ARGENTINA (FADRA) y de aquellos acontecimientos deportivos declarados de
interés relevante por parte de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION
AUDIOVISUAL (AFSCA), a ser suscriptor por los titulares de los sitios web que, como Anexo,
forma parte integrante del presente acto administrativo.
ARTICULO 2° — Autorízase al señor Coordinador del PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS, Doctor D. Pablo PALADINO (D.N.I. N° 20.200.985), a suscribir los ACUERDOS DE RETRANSMISION cuyo modelo se aprueba por el artículo 1° de la presente medida.
ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — C.P. JORGE CAPITANICH, Jefe de Gabinete de Ministros.
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
ANEXO
ACUERDO MARCO DE RETRANSMISION DE CONTENIDOS GENERADOS POR EL
PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS
El presente ACUERDO se celebra entre el PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS,
C.U.I.T. N° 30-68060457-2, (en adelante “EL PROGRAMA”), representado en este acto por
……………………… y la empresa …………………………….., C.U.I.T. N° ………………………………,
representada en este acto por …………………………………………… titular de UN (1) sitio WEB
según copia certificada de la Licencia que se adjunta al presente (en adelante “EL SITIO”) a
los ……………… días del mes de …………………. de …………….
CLAUSULA PRIMERA: El objeto del presente Acuerdo es la determinación de las pautas a las que deberá ajustarse EL SITIO para retransmitir, en vivo y directo los contenidos
audiovisuales generados por el PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS” y por futbolparatodos.
com.ar a través de su canal oficial en “YouTube”, dentro del territorio de la REPUBLICA ARGENTINA.
CLAUSULA SEGUNDA: El presente Acuerdo generará para las partes las obligaciones
expresamente consignadas en el mismo.
CLAUSULA TERCERA: La suscripción del presente Acuerdo implica la autorización de
EL PROGRAMA a EL SITIO para emitir dentro del territorio de la REPUBLICA ARGENTINA.
CLAUSULA CUARTA: La autorización para transmitir los contenidos generados por el PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS que se otorga a EL SITIO, sólo podrá implicar la retransmisión de
la señal generada por EL PROGRAMA desde el comienzo de la transmisión de la misma y hasta su
finalización, respetando el audio, la publicidad, y sin realizar agregados de ninguna naturaleza, ya
sean partidos de fútbol, competencias automovilísticas o eventos deportivos de interés relevante
declarados como tales por la AUTORIDAD FEDERAL DE COMUNICACION AUDIOVISUAL.
Ninguna de las cláusulas contenidas en este Acuerdo reconoce a EL SITIO el derecho de
manufacturar, distribuir o comercializar imágenes de la señal generada por EL PROGRAMA.
Queda absolutamente prohibido a EL SITIO, poner imágenes de la señal generada por EL
PROGRAMA a disposición de terceros en ningún medio.
Ninguna cláusula contenida en este Acuerdo autoriza la reventa, licencia, o cualquier
otra transferencia o distribución de imágenes de la señal generada por EL PROGRAMA.
CLAUSULA QUINTA: El presente acuerdo es de carácter particular para EL SITIO, quien
no podrá cederlo, a título gratuito ni oneroso. Queda expresamente convenido que la retransmisión autorizada sólo podrá realizarse dentro del territorio de la REPUBLICA ARGENTINA, por lo que en ningún caso y/o bajo ningún pretexto EL SITIO podrá ceder, traspasar o
de cualquier otra manera transferir las transmisiones fuera del territorio del país.
CLAUSULA SEXTA: Toda utilización de imágenes de la señal generada por EL PROGRAMA de forma no expresamente autorizada por este Acuerdo o infringiendo cualquiera de las
disposiciones del mismo, habilita a EL PROGRAMA a ejercitar todos los derechos, medidas
y acciones legales a su disposición.
CLAUSULA SEPTIMA: En caso de incumplimiento de los compromisos asumidos por EL
SITIO, EL PROGRAMA queda facultado a rescindir el presente Acuerdo sin que ello genere
derecho a EL SITIO a reclamo alguno.
Dicha rescisión tendrá efecto en cuanto se comunique fehacientemente a EL SITIO y
ésta deberá, de forma inmediata, (i) cesar el uso del Contenido en cualquier soporte y de
cualquier forma y (ii) destruir o eliminar todas las copias del contenido.
CLAUSULA OCTAVA: EL PROGRAMA se reserva, de forma específica, todos los derechos que no hayan sido reconocidos expresamente a EL SITIO en virtud de este Acuerdo,
incluidos todos los materiales promocionales o cualquier otra propiedad que pertenezca o
esté bajo el control de EL PROGRAMA.
CLAUSULA NOVENA: A los efectos del presente acuerdo EL PROGRAMA constituye domicilio en Avenida Julio A. Roca N° 782 y EL SITIO constituye domicilio
en…………………………………., donde se tendrán por válidas todas las notificaciones que se
realice entre las Partes.
Las partes se someten ante cualquier diferendo por el presente Acuerdo a la Justicia
Federal en lo Contencioso Administrativo de la Capital Federal, haciendo renuncia expresa
de cualquier otro fuero o jurisdicción.
De conformidad se firman DOS (2) ejemplares para cada una de las partes intervinientes
de un mismo tenor y a un solo efecto.
………………………………..
………………………………..
e. 14/11/2014 N° 88240/14 v. 14/11/2014
#F4717452F#
#I4717396I#
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA
Resolución 550/2014
Bs. As., 10/11/2014
VISTO el Expediente N° INA 12617/14 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA
del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus
modificatorios, los Decretos Nros. 423 de fecha 25 de marzo de 2010, 1.914 de fecha 7 de
diciembre de 2010 y 274 de fecha 12 de marzo de 2013 y la Resolución de la SECRETARIA
DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 321 de fecha 12 de septiembre de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 30 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
42
diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece que el personal podrá acceder al Tramo
inmediato superior si acredita el cumplimiento de: a) los requisitos para la promoción al grado
inicial de dicho Tramo y b) la certificación de la capacitación, experiencia y competencias laborales mediante el régimen de valoración de méritos que el Estado empleador establezca al
efecto, previa consulta a las entidades sindicales en el marco de la Comisión Permanente de
Interpretación y Carrera (Co.P.I.C.).
Que mediante la Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 321 de fecha 12 de septiembre de 2012, se aprobó el Régimen de Valoración para la Promoción de Tramo Escalafonario
del Personal comprendido en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP).
Que en el Título IV del Anexo I de la citada resolución, se regularon las actividades de
valoración como condición requerida para la promoción al tramo Escalafonario respectivo.
Que el artículo 10 de la citada resolución establece que la actividad de valoración será
evaluada por UN (1) Comité de Acreditación; determinando, asimismo, la integración del
mismo.
Que en consecuencia, corresponde designar a los integrantes de los COMITES DE
ACREDITACION EN MATERIA DE “CALIDAD DEL AGUA”, “HIDROLOGIA”, “RIEGO Y DRENAJE”, “GESTION DE LOS RECURSOS HIDRICOS” e “HIDRAULICA” todos ellos del INSTITUTO
NACIONAL DEL AGUA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención
de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto
N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, los artículos 2° del Anexo I del
Decreto N° 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios y 10 del Anexo I de la
Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 321 de fecha 12 de septiembre de 2012.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA
DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Desígnanse como miembros integrantes de los COMITES DE ACREDITACION PARA FUNCIONES O PUESTOS COMPRENDIDOS EN LAS MATERIAS “CALIDAD
DEL AGUA”, “HIDROLOGIA”, “RIEGO Y DRENAJE”, “GESTION DE LOS RECURSOS HIDRICOS” e “HIDRAULICA” todos ellos del INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA del MINISTERIO
DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a las personas consignadas en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.
ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dra. FABIANA SAMBANCA, Secretaria de Gabinete y Coordinación Administrativa, Jefatura de Gabinete de Ministros.
ANEXO
Viernes 14 de noviembre de 2014
Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
43
e. 14/11/2014 N° 88218/14 v. 14/11/2014
#F4717396F#
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
#I4717434I#
#I4717451I#
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
44
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA
SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA
Resolución 553/2014
y
Bs. As., 10/11/2014
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
VISTO el Expediente N° 0008011/2014 del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE; el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, mediante el cual se homologó el
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP),
la Disposición N° 813 de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES de fecha 4 de abril de 2014; y
CONSIDERANDO:
Que por Disposición de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES N° 813/14 se aprobaron
las aperturas inferiores al primer nivel operativo de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES,
organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.
Que en relación a dicha medida, se requiere proceder a la ratificación y homologación de varias
unidades en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas.
Que la OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION de la SUBSECRETARIA DE GESTION
Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención que le compete conforme la
normativa citada, efectuando el análisis de las Funciones Ejecutivas correspondientes.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 7° de la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 3 de enero de 2014.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA
DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
SECRETARIA DE HACIENDA
Resolución Conjunta 551/2014 y 284/2014
Bs. As., 10/11/2014
VISTO el Expediente N° S01:0051161/2014 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS; el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema
Nacional de Empleo Público (SINEP), la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS N° 203 de fecha 10 de mayo de 2013; y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS N° 203 del
10 de mayo de 2013, se aprobó la estructura organizativa de la DIRECCION GENERAL DE TECNOLOGIAS INFORMATICAS Y COMUNICACIONES, en el ámbito de la SECRETARIA LEGAL Y
ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
Que en relación a dicha medida, se requiere proceder a la incorporación de varios cargos en
el Nomenclador de Funciones Ejecutivas.
Que la OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención que le compete
conforme la normativa citada, efectuando el análisis y ponderación de los niveles de Funciones
Ejecutivas correspondientes.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.
ARTICULO 1° — Ratifícanse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas las unidades pertenecientes a la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado en la órbita del
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, según el detalle obrante en el Anexo I que forma parte
integrante de la presente resolución.
ARTICULO 2° — Homológanse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes a la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado en la órbita del
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, según el detalle obrante en el Anexo II que forma parte
integrante de la presente resolución.
Que la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
a través de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, ha constatado la existencia de créditos
vigentes para la medida propugnada en la presente norma.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 7° de la Decisión
Administrativa N° 1 de fecha 03 de enero de 2014.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA
DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Y
EL SECRETARIO
DE HACIENDA
DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
RESUELVEN:
ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL, y archívese. — Dra. FABIANA SAMBANCA, Secretaria de Gabinete y Coordinación Administrativa, Jefatura de Gabinete de Ministros.
ANEXO I
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES
ARTICULO 1° — Incorpóranse al Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes al MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, según el detalle obrante en la
Planilla Anexa al presente artículo que forma parte integrante de la presente resolución.
RATIFICACIONES
Unidad Organizativa
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
Auditoría Adjunta Contable
Auditoría Adjunta Operativa
Auditoría Legal
Auditoría Informática
DIRECCION GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO
Dirección de Control Fronterizo
Dirección de Control Aéreo
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
Dirección de Recursos Humanos
Dirección de Contabilidad
Dirección de Presupuesto y Finanzas
DIRECCION GENERAL TECNICA JURIDICA
Dirección de Asuntos Legales
Dirección de Asuntos Judiciales
Nivel
II
II
III
III
II
II
III
III
III
III
III
ANEXO II
ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL, y archívese. — Dra. FABIANA SAMBANCA, Secretaria de Gabinete y Coordinación Administrativa, Jefatura de Gabinete de Ministros. — JUAN CARLOS PEZOA, Secretario de Hacienda.
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1°
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
INCORPORACIONES
Unidad organizativa
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
DIRECCION GENERAL DE TECNOLOGIAS INFORMATICAS Y COMUNICACIONES
Coordinación de Stock y Tratamiento de Material en Desuso
Coordinación de Seguridad de la Información
Dirección de Soporte y Atención al Usuario
Dirección de Desarrollo
Dirección de Operaciones y Explotación
Dirección de Ingeniería y Comunicaciones
IV
IV
II
II
III
III
e. 14/11/2014 N° 88222/14 v. 14/11/2014
#F4717434F#
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES
#I4717450I#
HOMOLOGACIONES
Unidad Organizativa
DIRECCION GENERAL DE INMIGRACION
Dirección de Radicaciones
(ex Dirección de Radicaciones, Nivel II)
Dirección de Control de Permanencia
(ex Dirección de Control de Permanencia, Nivel II)
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
Dirección de Contrataciones, Patrimonio y Servicios
(ex Dirección de Contrataciones, Patrimonio y Servicios, Nivel III)
DIRECCION GENERAL TECNICA JURIDICA
Dirección de Gestión
(ex Dirección de Gestión, Nivel III)
Nivel
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Nivel
II
II
SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA
y
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
SECRETARIA DE HACIENDA
III
Resolución Conjunta 552/2014 y 285/2014
Bs. As., 10/11/2014
III
e. 14/11/2014 N° 88239/14 v. 14/11/2014
#F4717451F#
VISTO el Expediente N° 0008011/2014 del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE;
el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, mediante el cual se homo-
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
logó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo
Público (SINEP), la Disposición N° 813 de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES de fecha
4 de abril de 2014; y
CONSIDERANDO:
Que por Disposición de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES N° 813/14 se aprobaron
las aperturas inferiores al primer nivel operativo de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES,
organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.
Que en relación a dicha medida, se requiere proceder a la incorporación de DOS (2) unidades
al Nomenclador de Funciones Ejecutivas.
Que la OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención que le compete
conforme la normativa citada, efectuando el análisis y ponderación de los niveles de Función Ejecutiva correspondientes.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.
Que la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
a través de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, ha constatado la existencia de créditos
vigentes para la medida propugnada en la presente norma.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 7° de la
Decisión Administrativa N° 1 de fecha 3 de enero de 2014.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA
DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Y
EL SECRETARIO
DE HACIENDA
DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
RESUELVEN:
45
Que por la Resolución CFE N° 32/07 se aprobó el Acuerdo Marco de Educación a Distancia
para la Educación Primaria, Secundaria y Superior.
Que la Resolución CFE N° 56/08 encomienda al INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION
DOCENTE la elaboración de planes de estudio de postítulos en las orientaciones y modalidades
previstas en la Ley de Educación Nacional N° 26.206 y para la formación para nuevos roles dentro
del sistema educativo.
Que por la Resolución CFE N° 201/13 se creó el Programa Nacional de Formación Permanente, en cuyo marco fue diseñada la presente oferta.
Que el ACTA DICTAMEN N° 1733/14 de la COMISION FEDERAL DE REGISTRO Y EVALUACION PERMANENTE DE LAS OFERTAS DE EDUCACION A DISTANCIA le otorgó Aprobación Plena
al Postítulo “Especialización Docente de Nivel Superior en Políticas y Programas Socioeducativos”
del INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE.
Que la DIRECCION NACIONAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios
(t.o. 1992), sus modificatorios y complementarias.
Por ello,
EL MINISTRO
DE EDUCACION
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Aprobar el Postítulo “Especialización Docente de Nivel Superior en Políticas y
Programas Socioeducativos” cuyos lineamientos generales se establecen en el Anexo que integra
la presente Resolución.
ARTICULO 2° — El Postítulo aprobado en el artículo anterior será desarrollado en el ámbito de
la SECRETARIA DE EDUCACION con la coordinación del INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION
DOCENTE, a quien se faculta para el dictado de las normas que requiera su implementación.
ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y cumplido, archívese. — Prof. ALBERTO E. SILEONI, Ministro de Educación.
ANEXO
ARTICULO 1° — Incorpóranse al Nomenclador de Funciones Ejecutivas las unidades pertenecientes a la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado en la órbita
del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, según el detalle obrante en la Planilla Anexa al
presente artículo, que forma parte integrante de la presente medida.
ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL, y archívese. — Dra. FABIANA SAMBANCA, Secretaria de Gabinete y Coordinación Administrativa, Jefatura de Gabinete de Ministros. — JUAN CARLOS PEZOA, Secretario de Hacienda.
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1°
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES
INCORPORACIONES
Unidad Organizativa
DIRECCION GENERAL DE SISTEMAS Y TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION
Dirección de Tecnologías y Aplicaciones
Dirección de Infraestructura Técnica
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
Nivel
III
III
e. 14/11/2014 N° 88238/14 v. 14/11/2014
#F4717450F#
#I4717942I#
MINISTERIO DE EDUCACION
Resolución 1975/2014
Bs. As., 7/11/2014
VISTO la Ley de Educación Nacional N° 26.206, las Resoluciones del CONSEJO FEDERAL DE
EDUCACION N° 30/07, N° 32/07, N° 56/08 y N° 201/13, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo N° 37 de la Ley de Educación Nacional asigna competencia al Estado Nacional,
las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la planificación de la oferta de carreras y
de postítulos, el diseño de planes de estudio, la gestión y asignación de recursos y la aplicación de
las regulaciones específicas, relativas a los Institutos de Educación Superior bajo su dependencia.
Que el Artículo N° 73, inciso d, de la misma Ley establece como uno de los objetivos de la
política nacional de formación docente la de “Ofrecer diversidad de propuestas y dispositivos de
formación posterior a la formación inicial que fortalezcan el desarrollo profesional de los/as docentes en todos los niveles y modalidades de enseñanza”.
Que las ofertas de postítulos docentes tienen como objetivo principal brindar a los profesionales de la docencia una formación post-inicial coherente, estructurada y que apunte al mejoramiento de la calidad educativa, debiendo las mismas responder a las necesidades del sistema
educativo en su conjunto y estar sujetas a evaluación y rediseño en función de su adecuación a las
necesidades de las escuelas y a las políticas educativas.
Que la formación continua constituye una función de la formación docente que debe desarrollarse en el marco de las políticas educativas establecidas por la Ley de Educación Nacional, orientándose a la producción de saberes específicos y especializados que contemplen la complejidad
de los roles docentes y la necesaria ampliación de funciones del Sistema.
Que por la Resolución CFE N° 30/07 se establecieron las normas básicas para el funcionamiento y el reconocimiento de los postítulos, con la finalidad de generar proyectos académicos coherentes, sistemáticos y con garantías de calidad para quienes cursen estas propuestas.
1. Identificación del Postítulo
“Especialización Docente de Nivel Superior en Políticas y Programas Socioeducativos”
2. Fundamentación:
Esta propuesta formativa se enmarca en el Programa Nacional de Formación permanente
(Resolución CFE 201/13). Dicho programa establece en su componente por destinatario específico
(componente 2) incorporar líneas de acción aún no existentes, de modo de poder dar cobertura a
las necesidades planteadas en la Resolución CFE 188/12, con el objetivo principal de mejorar los
resultados y experiencias de aprendizaje de los niños, niñas, jóvenes y adultos que transitan por
las instituciones educativas.
Los postítulos docentes constituyen una propuesta académica de formación continua orientada a dar respuesta a problemáticas educativas basadas en diagnósticos de necesidades situadas, y centradas en la formación para optimizar el desempeño docente. Se trata de brindar a los
docentes una formación post-inicial que apunte a optimizar su desempeño para el mejoramiento
de la calidad educativa.
El Ministerio de Educación de la Nación creó la Especialización docente en Políticas Socioeducativas. Esta carrera de Educación Superior se propone brindar herramientas conceptuales y metodológicas a quienes se desempeñan o quieren hacerlo en el campo de las políticas socioeducativas.
A partir del aporte teórico de diferentes disciplinas, de los avances de la investigación, de la revisión
y análisis de experiencias socioeducativas, esta propuesta de formación busca contribuir al fortalecimiento del diseño, la gestión y la implementación de proyectos y/o programas socioeducativos.
Generalmente, las personas que toman parte en las políticas socioeducativas cuentan con
una vasta experiencia en el territorio, desempeñándose en el campo educativo, social y/o político.
Esta propuesta de formación parte del reconocimiento de la misma y procura profundizar en ella
y, particularmente, re-significarla en relación con la escuela como institución social y cultural de
acción política. Enseñar en el marco de proyectos y programas socioeducativos con el objeto de
trazar puentes entre las trayectorias educativas y las trayectorias escolares que contribuyan a la
igualdad y la inclusión social es el objeto de estudio que aquí se propone.
En los últimos años, debido a un conjunto de transformaciones sociales y educativas (solo por
mencionar algunos: el aumento del PBI en educación, el decreto de AUH, las leyes promulgadas,
entre ellas la Ley de Educación Nacional 26.206 que extiende la escolaridad obligatoria a 13 años;
y que en su título V exhorta a los Estados a la Promoción de Políticas para la Igualdad) las políticas
socioeducativas han cobrado protagonismo. En este marco se han iniciado discusiones y debates
sobre el trabajo y los discursos acerca de los sentidos que aparejan los cambios mencionados
y “lo socioeducativo” en particular. ¿Cuándo una política es “socioeducativa”?; ¿Qué problemas;
qué estrategias se abordan desde lo socioeducativo? ¿Cómo se produce enseñanza y aprendizaje
en estos espacios?; ¿qué implica formar parte de un “coro” —o jugar al ajedrez, hacer deportes;
o participar en un taller de plástica...— en el marco de un programa socioeducativo? ¿Cómo se
vinculan estos saberes con los escolares? Estos y otros interrogantes serán desarrollados en los
diferentes módulos del Postítulo.
Esta especialización tiene carácter semi-presencial. Al trabajar en un entorno virtual durante
la cursada, se espera que los docentes se apropien no solo de las cuestiones vinculadas a la
enseñanza de la escritura-literatura, sino también que se familiaricen con el uso de herramientas
digitales, desarrollen una cultura de trabajo con TIC, y descubran los beneficios de trabajar en red,
compartiendo experiencias que constituirán un capital común para el sistema educativo.
3. Régimen de cursada
El cursado del Postítulo incluye instancias presenciales y no presenciales. Las actividades
no presenciales desarrolladas por los alumnos consisten en la lectura de las clases y bibliografía,
actividades de producción de textos y materiales en diversos formatos, interacción con pares y
profesores en el campus virtual. Las actividades presenciales consisten en encuentros con la
modalidad de talleres o espacios de evaluación a cargo de los tutores y trabajos de campo en las
instituciones educativas en las cuales se desempeñan los cursantes. Los encuentros se realizan
en las sedes provinciales.
Viernes 14 de noviembre de 2014
Primera Sección
4. Carácter
La oferta es gratuita.
5. Destinatarios
Personas que posean título de Profesor/as de Educación Inicial, Educación Primaria, Educación Secundaria o de Educación Superior y que estén:
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
46
10. Perfil del egresado
El Especialista en Políticas Socioeducativas posee conocimientos específicos para la gestión,
el diseño, la implementación y la evaluación de proyectos y programas socioeducativos. En particular asesora, interviene y/o revisa la dimensión pedagógica de los mismos.
En este marco, se espera que la especialización permita a los egresados:
• Actualmente en ejercicio como docentes de Educación Inicial, Primaria, Secundaria o Superior en establecimientos del sistema educativo argentino.
• orientar y/o colaborar en el diseño e implementación de propuestas institucionales que involucren a escuelas, organizaciones barriales, centros comunitarios y otras instituciones vinculadas
a la educación;
• Actualmente en ejercicio en roles que exige el ámbito de las políticas socioeducativas: referentes de políticas socioeducativas, equipo técnico del área, coordinador de programa, asistente
técnico de la coordinación de programas, coordinador institucional y/o tallerista y/o maestras/os
comunitarios.
• crear espacios socioeducativos para la enseñanza y el aprendizaje que posibiliten la inclusión, la permanencia y la promoción escolar de niños, niñas, adolescentes y jóvenes que se hallan
en contextos socioeconómicos y culturales vulnerables;
• Inscriptos para conformar las listas de orden de mérito para el acceso a la docencia en el
Nivel Inicial, Primario o Secundario del sistema educativo argentino.
• desarrollar propuestas para profundizar los vínculos de las escuelas con las familias, las
organizaciones sociales y la comunidad a través del diálogo y el diseño e implementación de
proyectos colectivos que contribuyan a mejorar las condiciones de escolaridad de niños, niñas,
adolescentes y jóvenes;
6. Requisitos de admisión
Se establecen los siguientes requisitos:
- Completar un formulario de preinscripción en línea.
- Presentar en el Instituto de Formación docente que se le designe como sede de la Especialización, durante el primer cuatrimestre de cursado, la siguiente documentación en formato papel:
• fotocopia de DNI,
• foto 4x4,
• fotocopia autenticada del título docente de nivel superior o del título superior no docente, o
acreditar al menos 5 años de antigüedad en el ejercicio de la función docente o de gestión socioeducativa.
• constancia de ejercicio en el cargo.
7. Objetivos del Postítulo
• gestionar e impulsar acciones que contribuyan a ampliar el universo cultural de los niños,
niñas, adolescentes y jóvenes, y las familias generando las condiciones necesarias para que participen en experiencias vinculadas con el arte, la cultura, la comunicación, la ciencia, la tecnología
y el deporte;
• promover propuestas que potencien la apropiación de recursos tales como: libros, útiles,
bibliotecas, juegotecas, materiales pedagógicos y recursos financieros que llegan a las escuelas
con el objeto de fortalecerlas institucionalmente;
• promover encuentros de intercambio y formación docente que contribuyan a mejorar las
posibilidades de la enseñanza, de los proyectos socioeducativos y generen condiciones para la
calidad educativa.
11. Organización
La duración de la Especialización será de 400 horas reloj. Por tratarse de una opción pedagógica semi-presencial, tendrá instancias virtuales (88,25% del total) y presenciales (11,75% del total). Se podrá cursar como mínimo en dos (2) años. Los espacios curriculares serán los siguientes:
• Fortalecer el desarrollo institucional de las políticas socioeducativas que apuntan a la igualdad y calidad educativas (Título V y VI, LEN).
• Especializar la formación de los perfiles socioeducativos considerando responsabilidades
en la gestión, la planificación, la enseñanza y la evaluación de los procesos educativos y escolares
que se promueven en el marco de los diferentes programas y proyectos.
• Dar continuidad al espacio de discusión pedagógica en el campo de las políticas socioeducativas, a partir de las diferentes experiencias de trabajo tendientes a lograr el fortalecimiento de
las trayectorias escolares y la ampliación de las trayectorias educativas de niños/as, adolescentes
y jóvenes.
Se espera que la especialización permita a los egresados:
• Analizar situaciones socioeducativas para la implementación de políticas, programas y/o
proyectos que contribuyan a una educación de calidad para todos los niños/as, adolescentes y
jóvenes que se encuentran en edad escolar.
• Orientar y/o colaborar en el diseño e implementación de propuestas institucionales que involucren a escuelas, organizaciones barriales, centros comunitarios y otras instituciones vinculadas
a la educación.
• Crear espacios socioeducativos para la enseñanza que posibiliten la inclusión, la permanencia y las promociones escolares de niños, niñas, adolescentes y jóvenes que se encuentran en
situaciones de vulnerabilidad social.
• Gestionar e impulsar acciones que contribuyan a ampliar el universo cultural de los niños,
niñas, adolescentes y jóvenes, y las familias generando las condiciones necesarias para que participen en experiencias vinculadas con el arte, la cultura, la comunicación, la ciencia, la tecnología
y el deporte.
• Promover estratégicamente acciones intersectoriales e interinstitucionales que contribuyan
a fortalecer las condiciones de escolaridades de niños/as, adolescentes y jóvenes que se encuentran en edad escolar.
• Promover encuentros de intercambio entre los perfiles socioeducativos que contribuyan a
mejorar las posibilidades de la enseñanza, de los proyectos socioeducativos y generen condiciones para la calidad educativa.
• Desarrollar propuestas para profundizar los vínculos de las escuelas con las familias, las organizaciones sociales y la comunidad educativa a través del diálogo y el diseño e implementación
de proyectos colectivos que contribuyan a la construcción de una ciudadanía comprometida con
la justicia social.
12. Régimen de correlatividades
Para cursar el Seminario Final, se deberán tener aprobados el módulo introductorio, los seminarios parte I y II y todas las materias.
e. 14/11/2014 N° 88461/14 v. 14/11/2014
#F4717942F#
8. Título a otorgar
“Especialista Docente de Nivel Superior en Políticas y Programas Socioeducativos”.
9. Requisitos para la obtención del Postítulo
El régimen de evaluación requerirá de:
• la entrega obligatoria de los trabajos prácticos requeridos en forma virtual y la aprobación
de al menos uno en cada espacio curricular;
• la aprobación de un trabajo práctico final requerido en forma virtual en cada espacio curricular;
• la aprobación de la evaluación final presencial, en el 80% de los espacios curriculares;
• la aprobación del seminario final que incluye el diseño individual, puesta en práctica y evaluación de una experiencia socioeducativa y un coloquio presencial en el cual se deberá justificar
y defender el trabajo final producido ante un tribunal examinador.
#I4717944I#
MINISTERIO DE EDUCACION
Resolución 1976/2014
Bs. As., 7/11/2014
VISTO la Ley de Educación Nacional N° 26.206, las Resoluciones del CONSEJO FEDERAL DE
EDUCACION N° 30/07, N° 32/07, N° 56/08 y N° 201/13, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo N° 37 de la Ley de Educación Nacional asigna competencia al Estado Nacional,
las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la planificación de la oferta de carreras y
de postítulos, el diseño de planes de estudio, la gestión y asignación de recursos y la aplicación de
las regulaciones específicas, relativas a los Institutos de Educación Superior bajo su dependencia.
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
Que el Artículo N° 73, inciso d, de la misma Ley establece como uno de los objetivos de la
política nacional de formación docente la de “Ofrecer diversidad de propuestas y dispositivos de
formación posterior a la formación inicial que fortalezcan el desarrollo profesional de los/as docentes en todos los niveles y modalidades de enseñanza”.
Que las ofertas de postítulos docentes tienen como objetivo principal brindar a los profesionales de la docencia una formación post-inicial coherente, estructurada y que apunte al mejoramiento de la calidad educativa, debiendo las mismas responder a las necesidades del sistema
educativo en su conjunto y estar sujetas a evaluación y rediseño en función de su adecuación a las
necesidades de las escuelas y a las políticas educativas.
Que la formación continua constituye una función de la formación docente que debe desarrollarse en el marco de las políticas educativas establecidas por la Ley de Educación Nacional, orientándose a la producción de saberes específicos y especializados que contemplen la complejidad
de los roles docentes y la necesaria ampliación de funciones del Sistema.
3. Régimen de cursada
El cursado del Postítulo incluye instancias presenciales y no presenciales. Las actividades
no presenciales desarrolladas por los alumnos consisten en la lectura de las clases y bibliografía,
actividades de producción de textos y materiales en diversos formatos, interacción con pares y
profesores en el campus virtual. Las actividades presenciales consisten en encuentros con la
modalidad de talleres o espacios de evaluación a cargo de los tutores y trabajos de campo en las
instituciones educativas en las cuales se desempeñan los cursantes. Los encuentros se realizan
en las sedes provinciales.
4. Carácter
Que por la Resolución CFE N° 32/07 se aprobó el Acuerdo Marco de Educación a Distancia
para la Educación Primaria, Secundaria y Superior.
5. Destinatarios
Que por la Resolución CFE N° 201/13 se creó el Programa Nacional de Formación Permanente, en cuyo marco fue diseñada la presente oferta.
Que el ACTA DICTAMEN N° 1731/14 de la COMISION FEDERAL DE REGISTRO Y EVALUACION PERMANENTE DE LAS OFERTAS DE EDUCACION A DISTANCIA le otorgó Aprobación Plena
al Postítulo “Especialización Docente de Nivel Superior en Educación y Derechos Humanos” del
INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE.
Que la DIRECCION NACIONAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios
(t.o. 1992), sus modificatorios y complementarias.
47
Esta especialización tiene carácter semi-presencial. Al trabajar en un entorno virtual durante
la cursada, se espera que los docentes se apropien no sólo de las cuestiones vinculadas a la
enseñanza de la escritura-literatura, sino también que se familiaricen con el uso de herramientas
digitales, desarrollen una cultura de trabajo con TIC, y descubran los beneficios de trabajar en red,
compartiendo experiencias que constituirán un capital común para el sistema educativo.
Que por la Resolución CFE N° 30/07 se establecieron las normas básicas para el funcionamiento y el reconocimiento de los postítulos, con la finalidad de generar proyectos académicos coherentes, sistemáticos y con garantías de calidad para quienes cursen estas propuestas.
Que la Resolución CFE N° 56/08 encomienda al INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION
DOCENTE la elaboración de planes de estudio de postítulos en las orientaciones y modalidades
previstas en la Ley de Educación Nacional N° 26.206 y para la formación para nuevos roles dentro
del sistema educativo.
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
La oferta es gratuita.
Personas que posean título docente y que estén:
• Actualmente en ejercicio, que cumplan cualquier rol en una institución educativa.
• Inscriptos para conformar las listas de orden de mérito para el acceso a la docencia.
6. Requisitos de admisión
Se establecen los siguientes requisitos:
- Completar un formulario de pre-inscripción en línea.
- Presentar en el Instituto de Formación docente que se le designe como sede de la Especialización, durante el primer cuatrimestre de cursado, la siguiente documentación en formato papel:
• fotocopia de DNI,
• foto 4x4,
• fotocopia autenticada del título de Profesor/as de Educación Primaria o títulos equivalentes
correspondientes a planes de estudios anteriores,
Por ello,
EL MINISTRO
DE EDUCACION
RESUELVE:
• constancia de ejercicio de la docencia o constancia de inscripción en junta de calificación
como aspirante al ejercicio de la docencia.
ARTICULO 1° — Aprobar el Postítulo “Especialización Docente de Nivel Superior en Educación y Derechos Humanos” cuyos lineamientos generales se establecen en el Anexo que integra
la presente Resolución.
ARTICULO 2° — El Postítulo aprobado en el artículo anterior será desarrollado en el ámbito de
la SECRETARIA DE EDUCACION con la coordinación del INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION
DOCENTE, a quien se faculta para el dictado de las normas que requiera su implementación.
ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y cumplido, archívese. — Prof. ALBERTO E. SILEONI, Ministro de Educación.
ANEXO
1. Identificación del Postítulo
“Especialización Docente de Nivel Superior en Educación y Derechos Humanos”
2. Fundamentación:
Esta propuesta formativa se enmarca en el Programa Nacional de Formación permanente
(Resolución CFE 201/13). Dicho programa establece en su componente por destinatario específico
(componente 2) incorporar líneas de acción aún no existentes, de modo de poder dar cobertura a
las necesidades planteadas en la Resolución CFE 188/12, con el objetivo principal de mejorar los
resultados y experiencias de aprendizaje de los niños, niñas, jóvenes y adultos que transitan por
las instituciones educativas.
Los postítulos docentes constituyen una propuesta académica de formación continua orientada a
dar respuesta a problemáticas educativas basadas en diagnósticos de necesidades situadas, y centradas en la formación para optimizar el desempeño docente. Se trata de brindar a los docentes una formación post-inicial que apunte a optimizar su desempeño para el mejoramiento de la calidad educativa.
La Especialización Docente de Nivel Superior en Educación y Derechos Humanos es una
propuesta coordinada por el Area de Derechos Humanos y Pedagogía de la Memoria del Instituto
Nacional de Formación Docente (INFD) y la Subsecretaría de Equidad y Calidad Educativa, del
Ministerio de Educación de la Nación, junto a la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
La especialización tiene como propósito formar a los profesionales de la docencia de todos
los niveles y modalidades del sistema educativo argentino en el abordaje pedagógico de los derechos humanos, promover la producción de nuevos saberes sobre la enseñanza y aprendizaje de
los derechos humanos y reflexionar sobre las prácticas educativas e institucionales desde un posicionamiento ético político anclado en los derechos con perspectiva nacional y latinoamericana.
Esta propuesta busca crear un espacio que permita problematizar, enriquecer y generar nuevas
prácticas educativas enmarcadas en el enfoque de derechos en las instituciones de todos los
niveles y modalidades del sistema educativo.
Se parte de la premisa de que las escuelas y los institutos son lugares privilegiados para la
construcción de una ciudadanía consciente de sus derechos, comprometida con la justicia social
y activa en el fortalecimiento de la democracia. Con el fin de contribuir a esta construcción, se
ofrece al colectivo docente un acercamiento a los marcos normativos, los enfoques, la pedagogía,
la metodología y las experiencias de educación en derechos humanos a través del abordaje de
los diferentes campos temáticos de los derechos. En este marco, se abordarán cuestiones de la
historia reciente y la pedagogía de la memoria, los derechos de la niñez, la equidad de género y
las conquistas sociales recientes, restituciones y ampliaciones de derechos, siempre desde una
perspectiva nacional y latinoamericana.
7. Objetivos del Postítulo
• Fortalecer las políticas priorizadas por el MEN para la Educación Inicial, Primaria, Secundaria y Superior, y todas las modalidades.
• Especializar la formación de los y las docentes de todo el país en educación en derechos
humanos, promoviendo un posicionamiento ético-político y la producción de nuevos saberes para
la enseñanza, el aprendizaje y la reflexión sobre las prácticas educativas desde un enfoque de
derechos.
• Ofrecer un marco político-pedagógico desde el cual los y las docentes puedan asumir un rol
activo en la construcción de una ciudadanía comprometida con los principios de la justicia social,
el reconocimiento de las diferencias socioculturales y el fortalecimiento de la democracia.
• Crear un espacio de discusión crítica en torno a las características de la educación en
derechos humanos en sus distintas dimensiones, desde una perspectiva histórica nacional y latinoamericana.
• Ampliar el repertorio de experiencias y herramientas de los y las docentes que les permitan
diseñar, producir e intercambiar nuevas estrategias de intervención en el espacio educativo en relación a la educación en derechos humanos garantizando la transversalización de estas temáticas.
8. Título a otorgar
“Especialista Docente de Nivel Superior en Educación y Derechos Humanos”.
9. Requisitos para la obtención del Postítulo
La acreditación de la Especialización requerirá de la aprobación de todos los módulos, seminarios temáticos y del seminario final que incluye el diseño individual, puesta en práctica y evaluación de una experiencia educativa de educación y derechos humanos, y un coloquio presencial
en el cual se deberá justificar y defender el trabajo final producido ante un tribunal examinador.
10. Perfil del egresado
El Especialista de Nivel Superior en Educación y Derechos Humanos es un/a docente que,
al momento de acreditar el Postítulo, contará con una formación específica en los contenidos
y enfoques metodológicos en materia de educación y derechos humanos y, en especial, en los
conceptos centrales y problemas que plantea su defensa y promoción, ya sea en las instituciones
educativas o en la sociedad en su conjunto. Esto promueve y fortalece el posicionamiento éticopolítico del docente en el desarrollo de su tarea pedagógica. Por lo antes dicho, el egresado del
Postítulo es un o una docente que:
• Puede seleccionar y presentar los conceptos centrales, problemas y metodologías de la
enseñanza de los derechos humanos y de su promoción.
• Comprende la importancia de asumir un posicionamiento ético político en su tarea pedagógica cuyo fin sea promover, ejercer y exigir el cumplimiento de los derechos humanos.
• Puede elaborar proyectos institucionales dirigidos a la promoción y/o enseñanza de los
contenidos específicos en materia de derechos humanos con carácter situado al contexto escolar
donde interviene.
• Puede intervenir sustantivamente en el proyecto curricular de la institución escolar en torno
a la toma de decisiones en relación con la enseñanza de derechos humanos: selección de textos,
recortes teóricos, metodologías, estrategias, recursos.
Viernes 14 de noviembre de 2014
Primera Sección
• Participa activamente en la construcción de una cultura escolar democrática, enmarcada en el reconocimiento de las diferencias socioculturales, y comprometida con la justicia
social.
• Posee herramientas teóricas y metodológicas para diseñar, junto con otros actores de
la sociedad, acciones interinstitucionales donde la escuela fortalezca la trama de relaciones
con la comunidad, desde un enfoque de derechos.
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
48
Que por la Resolución CFE N° 32/07 se aprobó el Acuerdo Marco de Educación a Distancia para la Educación Primaria, Secundaria y Superior.
Que la Resolución CFE N° 56/08 encomienda al INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION
DOCENTE la elaboración de planes de estudio de postítulos en las orientaciones y modalidades previstas en la Ley de Educación Nacional N° 26.206 y para la formación para nuevos
roles dentro del sistema educativo.
Que por la Resolución CFE N° 201/13 se creó el Programa Nacional de Formación Permanente, en cuyo marco fue diseñada la presente oferta.
11. Organización
La duración de la especialización es de 425 horas reloj. Se podrá cursar como mínimo
en 2 años. Los espacios curriculares serán los siguientes:
Que el ACTA DICTAMEN N° 1732/14 de la COMISION FEDERAL DE REGISTRO Y EVALUACION PERMANENTE DE LAS OFERTAS DE EDUCACION A DISTANCIA le otorgó Aprobación Plena al Postítulo “Especialización Docente de Nivel Superior en Escritura y Literatura”
del INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE.
Que la DIRECCION NACIONAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que
le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios (t.o. 1992), sus modificatorios y complementarias.
Por ello,
EL MINISTRO
DE EDUCACION
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Aprobar el Postítulo “Especialización Docente de Nivel Superior en
Escritura y Literatura” cuyos lineamientos generales se establecen en el Anexo que integra
la presente Resolución.
ARTICULO 2° — El Postítulo aprobado en el artículo anterior será desarrollado en el
ámbito de la SECRETARIA DE EDUCACION con la coordinación del INSTITUTO NACIONAL
DE FORMACION DOCENTE, a quien se faculta para el dictado de las normas que requiera
su implementación.
ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y cumplido, archívese. — Prof. ALBERTO E. SILEONI, Ministro de Educación.
ANEXO
1. Identificación del Postítulo
“Especialización Docente de Nivel Superior en Escritura y Literatura”.
2. Fundamentación:
Esta propuesta formativa se enmarca en el Programa Nacional de Formación Permanente (Resolución CFE 201/13). Dicho programa establece en su componente por destinatario
específico (componente 2) incorporar líneas de acción aún no existentes, de modo de poder
dar cobertura a las necesidades planteadas en la Resolución CFE 188/12, con el objetivo
principal de mejorar los resultados y experiencias de aprendizaje de los niños, niñas, jóvenes
y adultos que transitan por las instituciones educativas.
12. Régimen de correlatividades
Para cursar el Seminario Final se deberán tener aprobados todos los módulos y seminarios temáticos.
e. 14/11/2014 N° 88463/14 v. 14/11/2014
#F4717944F#
#I4717946I#
MINISTERIO DE EDUCACION
Resolución 1977/2014
Bs. As., 7/11/2014
VISTO la Ley de Educación Nacional N° 26.206, las Resoluciones del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION N° 30/07, N° 32/07, N° 56/08 y N° 201/13, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo N° 37 de la Ley de Educación Nacional asigna competencia al Estado
Nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la planificación de la
oferta de carreras y de postítulos, el diseño de planes de estudio, la gestión y asignación de
recursos y la aplicación de las regulaciones específicas, relativas a los Institutos de Educación Superior bajo su dependencia.
Que el Artículo N° 73, inciso d, de la misma Ley establece como uno de los objetivos de
la política nacional de formación docente la de “Ofrecer diversidad de propuestas y dispositivos de formación posterior a la formación inicial que fortalezcan el desarrollo profesional
de los/as docentes en todos los niveles y modalidades de enseñanza”.
Que las ofertas de postítulos docentes tienen como objetivo principal brindar a los profesionales de la docencia una formación post-inicial coherente, estructurada y que apunte al
mejoramiento de la calidad educativa, debiendo las mismas responder a las necesidades del
sistema educativo en su conjunto y estar sujetas a evaluación y rediseño en función de su
adecuación a las necesidades de las escuelas y a las políticas educativas.
Que la formación continua constituye una función de la formación docente que debe
desarrollarse en el marco de las políticas educativas establecidas por la Ley de Educación
Nacional, orientándose a la producción de saberes específicos y especializados que contemplen la complejidad de los roles docentes y la necesaria ampliación de funciones del
Sistema.
Que por la Resolución CFE N° 30/07 se establecieron las normas básicas para el funcionamiento y el reconocimiento de los postítulos, con la finalidad de generar proyectos
académicos coherentes, sistemáticos y con garantías de calidad para quienes cursen estas
propuestas.
Los postítulos docentes constituyen una propuesta académica de formación continua
orientada a dar respuesta a problemáticas educativas basadas en diagnósticos de necesidades situadas, y centradas en la formación para optimizar el desempeño docente. Se trata
de brindar a los docentes una formación post-inicial que apunte a optimizar su desempeño
para el mejoramiento de la calidad educativa.
El Ministerio de Educación de la Nación propone la Especialización docente de Nivel
Superior en Escritura y Literatura en la escuela secundaria como un espacio de formación
continua y actualización didáctico-disciplinar en el área de la escritura y la literatura con la finalidad de que los docentes incorporen nuevas formas de enseñar a escribir así como de leer
y pensar la literatura en las aulas de las secundarias y en los institutos de formación docente.
Para un educador de la escuela secundaria resulta un verdadero desafío enseñar a leer
a los jóvenes de modo crítico y con las herramientas adecuadas. Del mismo modo, el trabajo
intenso y cotidiano, posibilita a los alumnos utilizar la escritura para estudiar, exponer, argumentar, narrar, documentar, expresar pensamientos o sentimientos, y para que sea su mejor
aliada en el uso de las tecnologías digitales y mediáticas. Escribir para expresarse, pensar
el mundo e insertarse en él, tal como lo señalan los NAP (núcleos de aprendizaje prioritario).
Tanto las prácticas de la escritura como las de lectura, están pensadas en el contexto de la
cultura y la literatura latinoamericanas.
Esta especialización tiene carácter semi-presencial. Al trabajar en un entorno virtual
durante la cursada, se espera que los docentes se apropien no sólo de las cuestiones vinculadas a la enseñanza de la escritura-literatura, sino también que se familiaricen con el
uso de herramientas digitales, desarrollen una cultura de trabajo con TIC, y descubran los
beneficios de trabajar en red, compartiendo experiencias que constituirán un capital común
para el sistema educativo.
3. Régimen de cursada
El cursado del Postítulo incluye instancias presenciales y no presenciales. Las actividades no presenciales desarrolladas por los alumnos consisten en la lectura de las clases y
bibliografía, actividades de producción de textos y materiales en diversos formatos, interacción con pares y profesores en el campus virtual. Las actividades presenciales consisten en
encuentros con la modalidad de talleres o espacios de evaluación a cargo de los tutores y
trabajos de campo en las instituciones educativas en las cuales se desempeñan los cursantes. Los encuentros se realizan en las sedes provinciales.
4. Carácter
La oferta es gratuita.
5. Destinatarios
Para ingresar en esta propuesta de formación es necesario contar con el título de
“Profesor/a de Lengua y Literatura” de la escuela secundaria o títulos equivalentes de formación docente en el mismo campo, además de estar:
Viernes 14 de noviembre de 2014
Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
49
• actualmente en ejercicio como profesores de lengua y literatura en escuelas secundarias comunes y/o modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos en establecimientos del sistema educativo argentino;
• inscriptos para conformar las listas de orden de mérito para el acceso a la docencia
en el Nivel Secundario Común o en la modalidad de Formación Permanente de Jóvenes y
Adultos del sistema educativo argentino.
6. Requisitos de admisión
Se establecen los siguientes requisitos:
- Completar un formulario de preinscripción en línea.
- Presentar en el Instituto de Formación docente que se le designe como sede de la
Especialización, durante el primer cuatrimestre de cursado, la siguiente documentación en
formato papel:
• fotocopia de DNI,
• foto 4x4,
• fotocopia autenticada del título de Profesor/as de Educación Primaria o títulos equivalentes correspondientes a planes de estudios anteriores,
• constancia de ejercicio de la docencia como profesor de Lengua y Literatura en el Nivel
Secundario o en el Instituto de Formación Docente o constancia de inscripción en junta de
calificación como aspirante al cargo.
7. Objetivos del Postítulo
• Fortalecer las políticas priorizadas por el MEN para la Educación Secundaria.
• Brindar un espacio de formación continua universal y gratuita para todos los docentes
que se desempeñan en la Escuela Secundaria y el Nivel Superior.
• Especializar a los docentes en la enseñanza de una escritura y de una literatura que se
reconfiguran a partir de los aportes de numerosas investigaciones actuales y trabajos en el
marco de su didáctica.
12. Régimen de correlatividades
El Módulo Introductorio debe ser cursado y aprobado al iniciar la Especialización. Para cursar
el Seminario Final se deberán tener aprobados todos los módulos anteriores.
e. 14/11/2014 N° 88465/14 v. 14/11/2014
#F4717946F#
• Presentar en forma dialógica la fundamentación epistemológica, cultural y pedagógica
de la enseñanza y el aprendizaje de la escritura-literatura a partir de los lineamientos curriculares nacionales.
• Profundizar la formación en contenidos particulares referidos a la enseñanza de la materia en la escuela secundaria para contribuir a la jerarquización profesional de los docentes
y al mejoramiento de la calidad educativa.
• Generar momentos de producción de escritura con la finalidad de que el docente se
vincule con esta práctica desde un modelo actual de enseñanza y logre así repensar su aula
como un espacio para el “hacer” y “construir” la misma.
• Ofrecer espacios de análisis y estudio sobre la enseñanza de núcleos temáticos del
área que propicien la reflexión del docente sobre su propia práctica y le permitan enriquecerla y/o modificarla a partir de la propuesta de esta especialización.
• Proporcionar elementos para la reformulación y/o diseño de secuencias didácticas que
pongan en juego variedad de estrategias y recursos (materiales concretos, recursos culturales, recursos TIC, entre otros), a partir de los propósitos planteados por el docente en el
contexto particular en el que este desempeña sus tareas.
8. Título a otorgar
“Especialista Docente de Nivel Superior en Escritura y Literatura”
9. Requisitos para la obtención del Postítulo
#I4717948I#
MINISTERIO DE EDUCACION
Resolución 1978/2014
Bs. As., 7/11/2014
VISTO la Ley de Educación Nacional N° 26.206, las Resoluciones del CONSEJO FEDERAL DE
EDUCACION N° 30/07, N° 32/07, N° 56/08 y N° 201/13, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo N° 37 de la Ley de Educación Nacional asigna competencia al Estado Nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la planificación de la oferta de
carreras y de postítulos, el diseño de planes de estudio, la gestión y asignación de recursos y la
aplicación de las regulaciones específicas, relativas a los Institutos de Educación Superior bajo
su dependencia.
Que el Artículo N° 73, inciso d, de la misma Ley establece como uno de los objetivos de la
política nacional de formación docente la de “Ofrecer diversidad de propuestas y dispositivos de
formación posterior a la formación inicial que fortalezcan el desarrollo profesional de los/as docentes en todos los niveles y modalidades de enseñanza”.
El régimen de evaluación requerirá de:
• la entrega obligatoria de los trabajos prácticos requeridos en forma virtual y la aprobación de al menos uno por espacio curricular;
• la aprobación de un trabajo práctico final requerido en forma virtual;
• la aprobación de la evaluación final presencial individual;
• la aprobación del seminario final que supone la escritura, el diseño, puesta en práctica
y evaluación de una intervención educativa en Escritura y Lectura en la escuela secundaria y
de un coloquio presencial en el cual se deberá justificar y defender el trabajo final producido
ante un tribunal examinador.
10. Perfil del egresado
Que las ofertas de postítulos docentes tienen como objetivo principal brindar a los profesionales de la docencia una formación post-inicial coherente, estructurada y que apunte al mejoramiento de la calidad educativa, debiendo las mismas responder a las necesidades del sistema
educativo en su conjunto y estar sujetas a evaluación y rediseño en función de su adecuación a las
necesidades de las escuelas y a las políticas educativas.
Que la formación continua constituye una función de la formación docente que debe desarrollarse en el marco de las políticas educativas establecidas por la Ley de Educación Nacional, orientándose a la producción de saberes específicos y especializados que contemplen la complejidad
de los roles docentes y la necesaria ampliación de funciones del Sistema.
Que por la Resolución CFE N° 30/07 se establecieron las normas básicas para el funcionamiento y el reconocimiento de los postítulos, con la finalidad de generar proyectos académicos coherentes, sistemáticos y con garantías de calidad para quienes cursen estas propuestas.
El Especialista Docente de Nivel Superior en Escritura y Literatura es un docente que posee conocimientos específicos y actualizados sobre estructuras y estrategias discursivas así
como sobre autores, obras, redes y procesos característicos de la narrativa latinoamericana.
Que por la Resolución CFE N° 32/07 se aprobó el Acuerdo Marco de Educación a Distancia
para la Educación Primaria, Secundaria y Superior.
Asimismo está capacitado para elaborar proyectos institucionales vinculados a la escritura y lectura (ferias de libros, campañas de promoción o clubes de lectura, concursos,
publicaciones, entre otros), para generar la circulación y publicación de la producción escrita
de alumnos y colegas, para asesorar a otros docentes del campo de las ciencias sociales en
torno a corpus y estrategias de lectura y escritura y para orientar en forma especializada en
la constitución de acervos bibliotecarios escolares.
Que la Resolución CFE N° 56/08 encomienda al INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION
DOCENTE la elaboración de planes de estudio de postítulos en las orientaciones y modalidades
previstas en la Ley de Educación Nacional N° 26.206 y para la formación para nuevos roles dentro
del sistema educativo.
Que por la Resolución CFE N° 201/13 se creó el Programa Nacional de Formación Permanente, en cuyo marco fue diseñada la presente oferta.
11. Organización
La duración de la especialización será de 400 horas reloj de las cuales 353 son virtuales
y 47 son presenciales. Se podrán cursar como mínimo en cuatro (4) cuatrimestres. Los espacios curriculares serán los siguientes:
Que el ACTA DICTAMEN Nº 1736/14 de la COMISION FEDERAL DE REGISTRO Y EVALUACION PERMANENTE DE LAS OFERTAS DE EDUCACION A DISTANCIA le otorgo Aprobación Plena
al Postítulo “Especialización Docente de Nivel Superior en Alfabetización Inicial” del INSTITUTO
NACIONAL DE FORMACION DOCENTE.
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
Que la DIRECCION NACIONAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios
(t.o. 1992), sus modificatorios y complementarias.
Por ello,
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
50
4. Carácter
La oferta es gratuita.
5. Destinatarios
Para ingresar en esta propuesta de especialización es necesario ser docente con título
de nivel superior de:
EL MINISTRO
DE EDUCACION
RESUELVE:
• Profesor/a en Lengua y Literatura
ARTICULO 1° — Aprobar el Postítulo “Especialización Docente de Nivel Superior en Alfabetización Inicial” cuyos lineamientos generales se establecen en el Anexo que integra la presente
Resolución.
ARTICULO 2° — El Postítulo aprobado en el artículo anterior será desarrollado en el ámbito de
la SECRETARIA DE EDUCACION con la coordinación del INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION
DOCENTE, a quien se faculta para el dictado de las normas que requiera su implementación.
ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y cumplido, archívese. — Prof. ALBERTO E. SILEONI, Ministro de Educación.
ANEXO
1. Identificación del Postítulo
“Especialización Docente de Nivel Superior en Alfabetización Inicial”.
2. Fundamentación:
Esta propuesta formativa se enmarca en el Programa Nacional de Formación permanente
(Resolución CFE 201/13). Dicho programa establece en su componente por destinatario específico
(componente 2) incorporar líneas de acción aún no existentes, de modo de poder dar cobertura a
las necesidades planteadas en la Resolución CFE 188/12, con el objetivo principal de mejorar los
resultados y experiencias de aprendizaje de los niños, niñas, jóvenes y adultos que transitan por
las instituciones educativas.
Los postítulos docentes constituyen una propuesta académica de formación continua orientada a dar respuesta a problemáticas educativas basadas en diagnósticos de necesidades situadas, y centradas en la formación para optimizar el desempeño docente. Se trata de brindar a los
docentes una formación post-inicial que apunte a optimizar su desempeño para el mejoramiento
de la calidad educativa.
La Especialización docente de Nivel Superior en Alfabetización Inicial es una iniciativa del Ministerio de Educación de la Nación para ofrecer un espacio de formación continua y actualización
didáctico-disciplinar en esta disciplina, con la finalidad de que los docentes incorporen nuevas
formas de saber pedagógico en las aulas de Nivel inicial, primario, modalidad educación especial
y en los institutos de formación docente.
Esta carrera de educación superior ofrece un espacio de formación continua y actualización
didáctico-disciplinar en el campo de la Alfabetización Inicial con la finalidad de que los docentes
revisen las actuales prácticas de alfabetización inicial e incorporen nuevas formas iniciales de
enseñar a escribir así como leer y pensar la literatura en las aulas de las escuelas de nivel inicial,
primario, modalidad educación especial y en los institutos de formación docente.
La alfabetización es responsabilidad del Estado al plantear que la lectura y la escritura son
imprescindibles en la formación del ciudadano. A partir de allí, la organización del sistema educativo asigna la responsabilidad pedagógica de enseñar a leer y escribir, a la institución escuela,
y la formación del maestro alfabetizador, al sistema formador. Este proceso nace estrechamente
vinculado al sentido profundo de la escuela de nivel inicial y primario que es: la distribución de
conocimientos básicos para la inclusión social.
A lo largo de la historia de la escritura, la alfabetización siempre ha estado marcada por la
desigualdad ya que no ha existido sociedad letrada en la que leer y escribir hayan sido prácticas
realizadas por todos sus miembros. Por el contrario, el análisis de quiénes leen y escriben, revela
en todo tiempo y lugar, la distribución social de la riqueza, la diferencia entre géneros, edades,
geografías y culturas. Está directamente determinada por las ideologías y las estrategias de distribución del poder político, económico y cultural y, en consecuencia por las funciones y los mecanismos del sistema educativo de toda sociedad históricamente identificable. En tal sentido, la
reducción del analfabetismo es una de las metas sostenidas por la comunidad nacional e internacional, que mantiene un interés constante en el logro de la alfabetización plena y oportuna, y se lo
propone como metas de alcance global.
En este marco, las propuestas de lectura y escritura que se han de impulsar en el aula de la
escuela o de la formación docente no constituyen un ejercicio académico neutral sino que mantienen profundas relaciones con el proceso de distribución del conocimiento.
Para un docente de nivel inicial y de escuela primaria resulta un verdadero desafío enseñar a escribir y leer de modo crítico y con herramientas adecuadas así como articular la atención de los niños
con necesidades educativas especiales sobre la base de un sólido conocimiento de la enseñanza de
la lectura y la escritura. Del mismo modo, el trabajo intenso y cotidiano, posibilita a los alumnos utilizar la escritura para narrar, describir, expresar pensamientos o sentimientos, y para que sea su mejor
aliada en el uso de las tecnologías digitales y mediáticas. La comprensión de algunas funciones para
la lectura y escritura por medio de su participación en ricas y variadas frecuentes y sistemáticas
situaciones de lectura y escritura, tal como lo señalan los NAP (núcleos de aprendizaje prioritario).
Esta especialización tiene carácter semi-presencial. Al trabajar en un entorno virtual durante
el cursado de la Especialización se espera que los docentes no solo se apropien de las cuestiones
vinculadas a la enseñanza inicial de la escritura y de la lectura sino también que se familiaricen
con el uso de herramientas digitales, desarrollen una cultura de trabajo con TIC y descubran los
beneficios de trabajar en red, compartir y publicar experiencias que constituyan un capital común
para el sistema educativo.
3. Régimen de cursada
El cursado del Postítulo incluye instancias presenciales y no presenciales. Las actividades
no presenciales desarrolladas por los alumnos consisten en la lectura de las clases y bibliografía,
actividades de producción de textos y materiales en diversos formatos, interacción con pares y
profesores en el campus virtual. Las actividades presenciales consisten en encuentros con la
modalidad de talleres o espacios de evaluación a cargo de los tutores y trabajos de campo en las
instituciones educativas en las cuales se desempeñan los cursantes. Los encuentros se realizan
en las sedes provinciales.
• Profesor/a en Ciencias de la Educación
• Profesor/a de Educación Primaria
• Profesor/a de Educación Inicial
• Profesor/a de Educación Especial
Y cumplir cualquiera de las siguientes condiciones:
• desempeñarse actualmente en el nivel Primario, Inicial, Superior o en la modalidad de
Educación Especial en establecimientos del sistema educativo argentino.
• estar inscriptos como aspirantes al ejercicio de la docencia en el nivel Inicial, Primario,
Superior o en la modalidad de educación Especial.
• integrar equipos técnicos jurisdiccionales de los niveles Inicial, Primario o Superior o
de la Modalidad Especial en funciones relativas a la Alfabetización Inicial.
6. Requisitos de admisión
Se establecen los siguientes requisitos:
- Completar un formulario de pre-inscripción en línea.
- Presentar en el Instituto de Formación docente que se le designe como sede de la
Especialización, durante el primer cuatrimestre de cursado, la siguiente documentación en
formato papel:
• fotocopia de DNI,
• foto 4x4,
• fotocopia autenticada del título de Profesor/as de Educación Primaria o títulos equivalentes correspondientes a planes de estudios anteriores,
• constancia de ejercicio docente o de inscripción como aspirante a la docencia en el Nivel Superior, en el Nivel Inicial, Primario o en la modalidad de educación especial o constancia de desempeño como equipo técnico jurisdiccional en función relativa a la alfabetización
inicial debidamente refrendada por la máxima autoridad educativa jurisdiccional.
7. Objetivos del Postítulo
• Fortalecer las políticas priorizadas por el MEN para la Educación Obligatoria y la Formación Docente.
• Brindar un espacio de formación continua universal y gratuita para todos los docentes
de los niveles: inicial, primaria, modalidad educación especial y el Nivel Superior.
• Contribuir al desarrollo de propuestas didácticas de alfabetización inicial, actualizadas
y ajustadas a las normativas vigentes para ser implementadas en los niveles inicial, primario,
modalidad educación especial y formación docente.
• Especializar la formación de los profesionales docentes en la didáctica de la alfabetización inicial desde aportes investigaciones científicas, académicas y su didáctica.
• Brindar herramientas conceptuales para revisar críticamente las prácticas escolares
en alfabetización inicial.
• Propiciar un trabajo colaborativo entre profesores de los niveles: Inicial, Primario, de
educación especial y de Nivel Superior a fin de construir en forma conjunta estrategias de
intervención docente en los diferentes niveles y en la modalidad de educación especial.
• Ofrecer espacios de análisis y estudio sobre la enseñanza de núcleos temáticos vinculados a la alfabetización inicial que propicien la reflexión del docente sobre su propia práctica y le permitan enriquecerla y/o modificarla a partir de la propuesta de esta especialización.
• Proporcionar elementos para la reformulación y/o diseño de actividades pedagógicas
y didácticas que ofrezcan una variedad de estrategias y recursos (materiales curriculares,
recursos lúdicos, recursos TIC, etc.) a partir de los propósitos planteados por el docente en
el contexto particular en el que desempeña sus tareas.
• Conformar colectivos profesionales en cada jurisdicción para construir una masa crítica en el campo de la Alfabetización Inicial.
8. Título a otorgar
“Especialista Docente de Nivel Superior en Alfabetización Inicial”.
9. Requisitos para la obtención del Postítulo
La acreditación de la Especialización requerirá la aprobación de todos los espacios curriculares requeridos para la carrera.
Para acreditar cada espacio curricular (Módulo; Taller, Seminario) el cursante deberá
aprobar el cursado y el Trabajo Final.
Para aprobar el cursado, es preciso:
• la participación activa y comprometida en los espacios de interacción del aula virtual,
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
• la resolución de las actividades parciales requeridas en forma virtual y la aprobación
de al menos una de ellas.
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MINISTERIO DE EDUCACION
Resolución 1979/2014
Para acreditar el espacio curricular, es preciso:
Bs. As., 7/11/2014
• aprobar el cursado,
• aprobar el trabajo final requerido en forma virtual,
VISTO la Ley de Educación Nacional N° 26.206, las Resoluciones del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION N° 30/07, N° 32/07, N° 56/08 y N° 201/13, y
CONSIDERANDO:
• aprobar la evaluación final presencial.
En el caso del Seminario Final, la aprobación incluye el diseño individual, puesta en
práctica y evaluación de una propuesta áulica innovadora y un coloquio presencial en el cual
se deberá justificar y defender el trabajo final producido ante un tribunal examinador.
10. Perfil del egresado
El egresado del Postítulo estará en condiciones de:
• Actualizar de manera permanente sus conocimientos en las disciplinas que constituyen el campo intelectual de la alfabetización;
• Gestionar de manera completa la enseñanza de la alfabetización inicial en los espacios
específicos de su desempeño;
• Diseñar propuestas pedagógicas e institucionales que atiendan a la diversidad teniendo en cuenta las posibilidades de aprendizaje de los alumnos;
• Intervenir con fundamento didáctico en la gestión técnico-política de la alfabetización;
• Integrar equipos de trabajo con otros docentes y participar en las tareas pedagógicopolíticas vinculadas con la alfabetización según se les propongan.
11. Organización
a. La duración será de 400 horas reloj.
b. Modalidad semi-presencial con instancias virtuales (76% del total) y presenciales
(24% del total). Se podrá cursar como mínimo en 4 cuatrimestres.
c. Está organizada en nueve espacios curriculares: siete módulos, un taller y un seminario.
Que el Artículo N° 37 de la Ley de Educación Nacional asigna competencia al Estado Nacional, las
provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la planificación de la oferta de carreras y de postítulos, el diseño de planes de estudio, la gestión y asignación de recursos y la aplicación de las regulaciones
específicas, relativas a los Institutos de Educación Superior bajo su dependencia.
Que el Artículo N° 73, inciso d, de la misma Ley establece como uno de los objetivos de la política nacional de formación docente la de “Ofrecer diversidad de propuestas y dispositivos de formación
posterior a la formación inicial que fortalezcan el desarrollo profesional de los/as docentes en todos los
niveles y modalidades de enseñanza”.
Que las ofertas de postítulos docentes tienen como objetivo principal brindar a los profesionales de
la docencia una formación post-inicial coherente, estructurada y que apunte al mejoramiento de la calidad educativa, debiendo las mismas responder a las necesidades del sistema educativo en su conjunto
y estar sujetas a evaluación y rediseño en función de su adecuación a las necesidades de las escuelas y
a las políticas educativas.
Que la formación continua constituye una función de la formación docente que debe desarrollarse
en el marco de las políticas educativas establecidas por la Ley de Educación Nacional, orientándose a la
producción de saberes específicos y especializados que contemplen la complejidad de los roles docentes y la necesaria ampliación de funciones del Sistema.
Que por la Resolución CFE N° 30/07 se establecieron las normas básicas para el funcionamiento y
el reconocimiento de los postítulos, con la finalidad de generar proyectos académicos coherentes, sistemáticos y con garantías de calidad para quienes cursen estas propuestas.
Que por la Resolución CFE N° 32/07 se aprobó el Acuerdo Marco de Educación a Distancia para la
Educación Primaria, Secundaria y Superior.
Que la Resolución CFE N° 56/08 encomienda al INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE la elaboración de planes de estudio de postítulos en las orientaciones y modalidades previstas en la
Ley de Educación Nacional N° 26.206 y para la formación para nuevos roles dentro del sistema educativo.
Que por la Resolución CFE N° 201/13 se creó el Programa Nacional de Formación Permanente, en
cuyo marco fue diseñada la presente oferta.
d. La estructura curricular es la siguiente:
Que el ACTA DICTAMEN N° 1734/14 de la COMISION FEDERAL DE REGISTRO Y EVALUACION
PERMANENTE DE LAS OFERTAS DE EDUCACION A DISTANCIA le otorgó Aprobación Plena al Postítulo
“Especialización Docente de Nivel Superior en Problemáticas de las Ciencias Sociales y su enseñanza”
del INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE.
Que la DIRECCION NACIONAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios (t.o.
1992), sus modificatorios y complementarias.
Por ello,
EL MINISTRO
DE EDUCACION
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Aprobar el Postítulo “Especialización Docente de Nivel Superior en Problemáticas
de las Ciencias Sociales y su enseñanza”, cuyos lineamientos generales se establecen en el Anexo que
integra la presente Resolución.
ARTICULO 2° — El Postítulo aprobado en el artículo anterior será desarrollado en el ámbito de la
SECRETARIA DE EDUCACION con la coordinación del INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION DOCENTE, a quien se faculta para el dictado de las normas que requiera su implementación.
ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido, archívese. — Prof. ALBERTO E. SILEONI, Ministro de Educación.
ANEXO
1. Identificación del Postítulo
“Especialización Docente de Nivel Superior en Problemáticas de las Ciencias Sociales y su enseñanza”
2. Fundamentación:
Esta propuesta formativa se enmarca en el Programa Nacional de Formación permanente (Resolución CFE 201/13). Dicho programa establece en su componente por destinatario específico (componente
2) incorporar líneas de acción aún no existentes, de modo de poder dar cobertura a las necesidades
planteadas en la Resolución CFE 188/12, con el objetivo principal de mejorar los resultados y experiencias de aprendizaje de los niños, niñas, jóvenes y adultos que transitan por las instituciones educativas.
Los postítulos docentes constituyen una propuesta académica de formación continua orientada a
dar respuesta a problemáticas educativas basadas en diagnósticos de necesidades situadas, y centradas en la formación para optimizar el desempeño docente. Se trata de brindar a los docentes una formación post-inicial que apunte a optimizar su desempeño para el mejoramiento de la calidad educativa.
El Ministerio de Educación de la Nación crea la Especialización Docente de Nivel Superior en Problemáticas de las Ciencias Sociales y su enseñanza para ofrecer un espacio de formación continua y
actualización didáctico-disciplinar en el área de las ciencias sociales. Los docentes podrán incorporar
nuevas formas de enseñar y pensar en las aulas de las escuelas secundarias y en los institutos de formación docente.
12. Régimen de correlatividades
• El Módulo Introductorio debe ser cursado y aprobado al iniciar la Especialización.
• Para cursar el Seminario Final se deberán tener aprobados todos los módulos anteriores.
e. 14/11/2014 N° 88467/14 v. 14/11/2014
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La propuesta articula una formación teórica disciplinar e interdisciplinar con la experiencia profesional de los agentes escolares contemporáneos. Es un trayecto de formación destinado a los docentes de
las ciencias sociales del nivel medio y superior. La propuesta presenta dos ejes de trabajo: el abordaje
conceptual de textos para la actualización del campo curricular y problematizaciones específicas para
cada asignatura y una traducción permanente de estos temas en la dinámica del trabajo docente en cada
institución.
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Primera Sección
Los módulos proponen un recorrido analítico, por temáticas que habitualmente no integran los planes de formación de grado y los pone en diálogo con la vida cotidiana en la escuela. El reconocimiento
de las nuevas condiciones para la enseñanza requiere de un análisis explícito en el campo de las ciencias
sociales. Por esta razón, cada uno de los módulos de este Postítulo reunirá las problemáticas actuales
del área con la reflexión de las condiciones institucionales en la que se despliegan los contenidos de
esas asignaturas. El análisis de escenas escolares estará presente en el contenido de las clases y en la
participación en los foros de discusión e intercambio.
El aula de la escuela secundaria obligatoria propone el desafío de una inclusión para todos los jóvenes. Una escuela inclusiva —principio fundamental de la política educativa actual— implica el análisis
del cambio en las condiciones históricas presentes y el fortalecimiento de espacios colectivos de pensamiento y gestión situacional. ¿Qué significa esto? La necesidad de componer una instancia común
entre los agentes escolares y los jóvenes que habitan las aulas. Los docentes que asisten a diario a las
escuelas saben que, además de tener que enseñar, deben generar las condiciones para poder hacerlo.
Lo que creían dado, deben producirlo: esta es la novedad que nos trae la época; atravesada por una serie
de mutaciones en los diferentes campos y por el despliegue y extensión de las nuevas tecnologías. La
escuela contemporánea requiere de una reflexión profunda por parte de los docentes con el fin de armonizar la práctica cotidiana con las condiciones sociales que la época propone.
En este sentido, el objetivo principal de este Postítulo es ofrecer un canal para la mejora de los resultados de las experiencias de enseñanza y aprendizaje. Elegimos la movilización en el hacer cotidiano
más que la transmisión en manos de expertos. Y la teoría incorporada más que la disquisición retórica
desligada del análisis de las prácticas profesionales. La dinámica de la cursada, por ese motivo, prioriza
la creación de espacios colectivos de pensamiento e intercambio de experiencias entre colegas para la
promoción de saberes situados.
El carácter virtual de la cursada ofrece un medio privilegiado para que los docentes experimenten
y se familiaricen con el uso de herramientas digitales, desarrollen una cultura de trabajo con TIC y descubran los beneficios de trabajar en red, compartir y publicar experiencias que constituyan un capital
común para el sistema educativo.
Esta especialización tiene carácter semi-presencial. Al trabajar en un entorno virtual durante el cursado de la Especialización se espera que los docentes no sólo se apropien de las cuestiones vinculadas
a la enseñanza inicial de la escritura y de la lectura sino también que se familiaricen con el uso de herramientas digitales, desarrollen una cultura de trabajo con TIC y descubran los beneficios de trabajar en
red, compartir y publicar experiencias que constituyan un capital común para el sistema educativo.
3. Régimen de cursada
El cursado del Postítulo incluye instancias presenciales y no presenciales. Las actividades no presenciales desarrolladas por los alumnos consisten en la lectura de las clases y bibliografía, actividades de
producción de textos y materiales en diversos formatos, interacción con pares y profesores en el campus
virtual. Las actividades presenciales consisten en encuentros con la modalidad de talleres o espacios de
evaluación a cargo de los tutores y trabajos de campo en las instituciones educativas en las cuales se
desempeñan los cursantes. Los encuentros se realizan en las sedes provinciales.
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
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• Promover espacios colaborativos para la conceptualización entre profesionales de las diversas
áreas de las Ciencias Sociales.
• Promover espacios para la problematización entre profesionales de las mismas asignaturas de las
Ciencias Sociales.
• Promover el trabajo colaborativo entre profesores de la misma institución, instituciones y en red
entre profesores de diferentes instituciones.
8. Título a otorgar
“Especialista Docente de Nivel Superior en Problemáticas de las Ciencias Sociales y su enseñanza”.
9. Requisitos para la obtención del Postítulo
El régimen de evaluación requerirá de:
• la entrega obligatoria de los trabajos prácticos requeridos en forma virtual y la aprobación de al
menos uno;
• la aprobación de un trabajo práctico final requerido en forma virtual;
• la aprobación de la evaluación final presencial;
• la aprobación del seminario final que incluye el diseño individual, puesta en práctica y evaluación
de una experiencia educativa y un coloquio presencial en el cual se deberá justificar y defender el trabajo
final producido ante un tribunal examinador.
10. Perfil del egresado
El Especialista Docente de Nivel Superior en problemáticas de las Ciencias Sociales y su enseñanza
es un docente que posee conocimientos específicos para el análisis sistemático de las dimensiones que
componen la vida social y es un docente que conoce las distintas perspectivas teóricas y metodológicas
del conocimiento de lo social y su enseñanza y puede diseñar estrategias que apunten a mejorar los
aprendizajes de los alumnos de los niveles secundarios y de formación docente, en entornos presenciales y virtuales para la comunicación a nivel áulico e institucional.
Podrá elaborar proyectos institucionales desde su perfil docente específico, dirigidos a la promoción
de aprendizajes significativos y adecuados a las diferentes realidades institucionales en las cuales se
desempeña.
11. Organización
La duración de la especialización será de 400 horas reloj de las cuales 353 son virtuales y 47 son
presenciales. Se podrán cursar como mínimo en cuatro (4) cuatrimestres. Los espacios curriculares serán
los siguientes:
4. Carácter
La oferta es gratuita.
5. Destinatarios
Personas que posean título de “Profesor/a de Educación Secundaria”, y además:
• estén actualmente en ejercicio como profesores a cargo de alguna de las asignaturas de las ciencias sociales en establecimientos del sistema educativo argentino; de las asignaturas de Economía, Filosofía, Geografía, Ciencia Política, Historia, Sociología.
• se hallen inscriptos para conformar las listas de orden de mérito para el acceso a la docencia en el
Nivel Secundario del sistema educativo argentino.
Personas que ejerzan como docentes de espacios curriculares del campo de la formación específica y del campo de la práctica en Institutos de Formación Docente del sistema educativo argentino, y que:
• posean título de Profesores de formación docente en las áreas de Economía, Filosofía, Geografía,
Ciencia Política, Historia, Sociología.
6. Requisitos de admisión
Se establecen los siguientes requisitos:
- Completar un formulario de pre-inscripción en línea.
- Presentar en el Instituto de Formación docente que se le designe como sede de la Especialización,
durante el primer cuatrimestre de cursado, la siguiente documentación en formato papel:
• fotocopia de DNI,
• foto 4x4,
• fotocopia autenticada del título de Profesor/as de Educación Primaria o títulos equivalentes correspondientes a planes de estudios anteriores,
• constancia de ejercicio de la docencia como profesor en el Nivel Secundario o en el Instituto de
Formación Docente, o constancia de inscripción en junta de calificación como aspirante al cargo.
7. Objetivos del Postítulo
• Fortalecer las políticas priorizadas por el MEN para la Educación Secundaria y Superior.
• Especializar la formación de los docentes en el conocimiento de las corrientes de pensamiento
contemporáneo de sus asignaturas.
• Promover la producción de nuevos saberes para la enseñanza, el aprendizaje y la reflexión sobre
las prácticas, tendientes a lograr una mejora en las trayectorias educativas de los alumnos.
• Ampliar el campo de la experiencia de los docentes a través del aprendizaje de nuevos conocimientos e instrumentos que les permitan diseñar estrategias de trabajo en aulas y escuelas de nivel
secundario y superior.
• Proponer múltiples recursos para la formación, producción e intercambio de experiencias relacionadas con los aprendizajes específicos del área de las Ciencias Sociales.
• Dialogar e interpelar las prácticas instituidas para la superación de los modelos tradicionales de
transmisión.
12. Régimen de correlatividades
Para cursar el Seminario final se deberán tener aprobados el módulo introductorio y todas las
materias.
e. 14/11/2014 N° 88475/14 v. 14/11/2014
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#I4719877I#
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Resolución 1428/2014
Bs. As., 12/11/2014
VISTO el Expediente N° S02:0084496/2014 cuerpos I, II, III y IV del registro de este Ministerio, Expediente original N° 120/14 del Registro del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA
Viernes 14 de noviembre de 2014
Primera Sección
NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), organismo descentralizado actuante en la órbita de
la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley
N° 13.064, los Decretos Nros. 375 de fecha 24 de abril de 1997, 500 de fecha 2 de junio de 1997,
842 de fecha 27 de agosto de 1997, 163 de fecha 11 de febrero de 1998, 1.799 de fecha 4 de
diciembre de 2007, 2.148 de fecha 7 de noviembre de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que en el marco de las actuaciones citadas en el Visto tramita la Licitación Pública destinada a la “REHABILITACION PISTA 17-35” del AEROPUERTO INTERNACIONAL “MINISTRO
PISTARINI” DE LA CIUDAD DE EZEIZA, PROVINCIA BUENOS AIRES, bajo el régimen de la Ley
de Obras Públicas N° 13.064, por el Sistema de Ajuste Alzado, con un presupuesto oficial de
PESOS NOVENTA Y TRES MILLONES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 37/100
($93.001.345,37) IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) incluido.
Que los trabajos de rehabilitación, esencialmente en el pavimento flexible, resultan necesarios a fin de corregir las deformaciones transversales y longitudinales generadas con el paso
del tiempo, toda vez que la pista ha sido repavimentada hace más de una década.
Que la mencionada obra será realizada con fondos provenientes del FIDEICOMISO DE
FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, creado por el Decreto
N° 1.799 de fecha 4 de diciembre de 2007, por el cual se aprobó el ACTA ACUERDO DE ADECUACION DEL CONTRATO DE CONCESION suscripto entre el ESTADO NACIONAL y el Concesionario AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 SOCIEDAD ANONIMA.
Que con fecha 29 de diciembre de 2009 se suscribió el CONTRATO DE FIDEICOMISO DE
FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, entre la Empresa AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 SOCIEDAD ANONIMA, el BANCO DE LA NACION ARGENTINA
organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la SECRETARIA DE TRANSPORTE en ese entonces dependiente del MINISTERIO
DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), organismo descentralizado
actuante en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del citado Ministerio.
Que por Decreto N° 375 de fecha 24 de abril de 1997 el ORGANISMO REGULADOR DEL
SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), posee la función de: “Propender a la obtención de la infraestructura aeroportuaria adecuada para satisfacer las necesidades de la
actividad aeronáutica y asegurar su eficiente explotación”.
Que en virtud de su especificidad técnica, dicho Organismo elaboró los Pliegos de Bases
y Condiciones Generales, de Cláusulas Especiales y de Especificaciones Técnicas.
Que asimismo, en orden a la mayor celeridad, economía y eficiencia del accionar administrativo a lograr, resulta apropiado establecer que en la presente contratación el ORGANISMO
REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) tendrá a su cargo las
facultades relativas al desarrollo del procedimiento de selección del Contratista, incluyendo
la autorización para aprobar la calificación de los oferentes y asistir en la resolución de sus
impugnaciones; modificar lugares y horarios de funcionamiento; emitir circulares aclaratorias
y modificatorias con y/o sin consulta e impulsar el procedimiento licitatorio tendiente a la adjudicación de la presente contratación, quedando a cargo de este Ministerio la adjudicación
de las obras.
Que el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), ha tomado la intervención de su competencia.
Que la SECRETARIA DE TRANSPORTE de este Ministerio, ha tomado la intervención de
su competencia.
Que ha tomado intervención la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, en su carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley
de Inversión Pública N° 24.354.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la
intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de los atributos conferidos por la Ley
N° 13.064 y el Decreto N° 2.148 de fecha 7 de noviembre de 2012.
Por ello,
EL MINISTRO
DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Autorízase el llamado a Licitación Pública Nacional para la “REHABILITACION PISTA 17-35” del AEROPUERTO INTERNACIONAL “MINISTRO PISTARINI” DE LA
CIUDAD DE EZEIZA, PROVINCIA BUENOS AIRES, bajo el régimen de la Ley de Obras Públicas
N° 13.064, por el Sistema de Ajuste Alzado.
ARTICULO 2° — Apruébase el presupuesto oficial de PESOS NOVENTA Y TRES MILLONES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 37/100 ($93.001.345,37) impuesto al Valor
Agregado (IVA) incluido, y los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, de Condiciones
Especiales y de Especificaciones Técnicas, que forman parte integrante de la presente medida
como ANEXOS I, II, y III respectivamente.
ARTICULO 3° — Autorízase al ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE
AEROPUERTOS (ORSNA), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA
DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, a conformar la Comisión
Evaluadora y a efectuar todos los trámites atinentes al proceso de contratación, quedando a
cargo de este Ministerio la adjudicación de la obra.
ARTICULO 4° — El presente gasto será atendido con los fondos existentes en la Cuenta
Fiduciaria del BANCO DE LA NACION ARGENTINA N° 4124649 “Patrimonio de Afectación
para el Financiamiento de Obras del SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA)” del FIDEICOMISO DE FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS del FIDEICOMISO DE FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, creado por
Decreto N° 1.799 de fecha 4 de diciembre de 2007 por el cual se aprobó el ACTA ACUERDO
DE ADECUACION DEL CONTRATO DE CONCESION suscripto entre el ESTADO NACIONAL y
la Empresa AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 SOCIEDAD ANONIMA.
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — C.P.N. FLORENCIO RANDAZZO, Ministro del Interior y Transporte.
NOTA: el/los anexo/s que integra/n esta Resolución podrán ser consultados en la siguiente
dirección web: WWW.ORSNA.GOB.AR.
e. 14/11/2014 N° 89185/14 v. 14/11/2014
#F4719877F#
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Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
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Primera Sección
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BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
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tenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a
estar a derecho en el Expediente N° 100.274/11, Sumario N° 5490, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por
Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia de declararles su rebeldía.
Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — JACQUELINE M. PRESMAN, Analista Sr.,
Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos.
AVISOS OFICIALES
Anteriores
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ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
e. 10/11/2014 N° 83030/14 v. 14/11/2014
#F4703815F#
EDICTO BOLETIN OFICIAL
La Administración Federal de Ingresos Públicos cita por diez (10) días a parientes del agente
fallecido Mario GOMEZ (DNI N° 10.568.000), alcanzados por el beneficio establecido en el artículo
18 del Convenio Colectivo de Trabajo Laudo N° 15/91 (T.O. Resolución S.T. N° 925/10), para que
dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en la Sección Jubilaciones, Hipólito Yrigoyen N° 370, 5° Piso, Oficina N° 5648, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Asimismo se cita a quienes se consideren con derecho a la percepción de los haberes pendientes de cobro por parte del agente fallecido a presentarse en la División Gestión Financiera, Hipólito
Yrigoyen 370, 4° Piso, Oficina N° 4266 “F”, munidos de la documentación respaldatoria que acredite
su vínculo familiar con el agente fallecido y en caso de corresponder la declaratoria de herederos.
4 de Noviembre de 2014
Lic. CECILIA GRACIELA SILVESTRO, Jefe (Int.), Sección Jubilaciones, División Beneficios.
NOTA: La publicación deberá efectuarse por tres (3) días hábiles consecutivos.
e. 12/11/2014 N° 87475/14 v. 14/11/2014
#F4715574F#
#I4715575I#
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
EDICTO BOLETIN OFICIAL
La Administración Federal de Ingresos Públicos cita por diez (10) días a parientes del agente
fallecido Miguel Angel FERNANDEZ (LE N° 7.851.392), alcanzados por el beneficio establecido en el artículo 18 del Convenio Colectivo de Trabajo Laudo N° 15/91 (T.O. Resolución S.T.
N° 925/10), para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en la
Sección Jubilaciones, Hipólito Yrigoyen N° 370, 5° Piso, Oficina N° 5648, Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
Asimismo se cita a quienes se consideren con derecho a la percepción de los haberes pendientes de cobro por parte del agente fallecido a presentarse en la División Gestión Financiera, Hipólito
Yrigoyen 370, 4° Piso, Oficina N° 4266 “F”, munidos de la documentación respaldatoria que acredite
su vínculo familiar con el agente fallecido y en caso de corresponder la declaratoria de herederos.
#I4703818I#
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
EDICTO
El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles
bancarios al señor DAVID ORLANDO ROJAS (DNI N° 8.075.411), para que comparezca en la Gerencia
de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital
Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 101.529/12, Sumario N° 5380, que se sustancia en esta
Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia de declarar su rebeldía. Publíquese
por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios
Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — NANCY V. SCIORRA, Analista Principal, Gerencia
de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
e. 10/11/2014 N° 83033/14 v. 14/11/2014
#F4703818F#
#I4703823I#
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
EDICTO
El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios al señor JUAN PABLO ARAYA (DNI chileno N° 6.083.397-4), para que comparezca
en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina
“8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.480/09, Sumario N° 5024, que
se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia
de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — JACQUELINE M.
PRESMAN, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — LIDIA S. MENDEZ,
Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos.
e. 10/11/2014 N° 83038/14 v. 14/11/2014
#F4703823F#
4 de Noviembre de 2014
Lic. CECILIA GRACIELA SILVESTRO, Jefe (Int.), Sección Jubilaciones, División Beneficios.
NOTA: La publicación deberá efectuarse por tres (3) días hábiles consecutivos.
e. 12/11/2014 N° 87476/14 v. 14/11/2014
#F4715575F#
#I4703807I#
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
EDICTO
El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios al señor OSCAR ALFREDO HERNANDEZ (DNI N° 8.463.464), para que comparezca
en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina
“8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 101.443/11, Sumario N° 5364, que se
sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario
N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, Analista
Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — NANCY V.
SCIORRA, Analista Principal, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
e. 10/11/2014 N° 83022/14 v. 14/11/2014
#F4703807F#
#I4703813I#
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
EDICTO
El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días
hábiles bancarios al señor ROQUE D’ALLEVA (DNI N° 13.925.328), para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”,
Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.818/12, Sumario N° 5388, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario
N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — JACQUELINE M. PRESMAN,
Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr.
de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos.
e. 10/11/2014 N° 83028/14 v. 14/11/2014
#F4703813F#
#I4703815I#
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
EDICTO
El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días
hábiles bancarios a la firma EXPORPET S.A. (CUIT N° 30-70219713-5) y al señor JOHNNY RICHARD CESPEDES (DNI N° 18.715.237), para que comparezcan en la Gerencia de Asuntos Con-
#I4703824I#
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
EDICTO
El Banco Central de la República Argentina, cita en el Sumario N° 4531 Expediente
N° 100.098/07, a prestar declaración en esta dependencia, al representante legal de la firma
MAR ARGENTINO S.A. (CUIT N° 30-64670713-3) como presunto infractor, en los términos del
artículo 5°, inciso c) de la Ley del Régimen Penal Cambiario (t.o. por Decreto N° 480/95), para el
día 28 de noviembre de 2014 a las 11:00 hs., o su defecto, acompañe su descargo, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — MARIA
GABRIELA BRAVO, Analista Sr. de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
e. 10/11/2014 N° 83039/14 v. 14/11/2014
#F4703824F#
#I4703825I#
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
EDICTO
El Banco Central de la República Argentina intima al señor Abelardo Cesar Tchordoukian
(D.N.I. N° 12.631.795) como último representante legal de la firma Arbey S.A. (C.U.I.T. N° 3070751457-0), en el Sumario N° 5711, Expediente N° 100.675/13, en los términos del artículo 5°,
inciso c) de la Ley del Régimen Penal Cambiario (t.o. por Decreto N° 480/95), para que presente
el descargo correspondiente que haga a su derecho de defensa, bajo apercibimiento de declarar
la rebeldía de la firma. Publíquese por el plazo de 5 días hábiles bancarios en el Boletín Oficial.
— HERNÁN F. LIZZI, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
e. 10/11/2014 N° 83040/14 v. 14/11/2014
#F4703825F#
#I4709886I#
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
EDICTO
El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días
hábiles bancarios al señor ROGERIO ALVES TOLEDO (D.N.I. N° 94.183.644), para que comparezca
en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina
“8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.649/12, Sumario N° 5748, que
se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia
de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — JACQUELINE M.
PRESMAN, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — LIDIA S. MENDEZ,
Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos.
e. 10/11/2014 N° 85478/14 v. 14/11/2014
#F4709886F#
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
#I4709887I#
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
EDICTO
El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios a la firma MAGYCAM GROUP S.A. (CUIT N° 30-70444005-3), para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.437/07, Sumario N° 5633,
que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal
Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — JACQUELINE M.
PRESMAN, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — LIDIA S. MENDEZ,
Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos.
e. 10/11/2014 N° 85479/14 v. 14/11/2014
#F4709887F#
#I4709888I#
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
EDICTO
El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días
hábiles bancarios a la firma INSUMARKET S.A. (C.U.I.T. N° 30-70807280-6) para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250,
Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.499/11,
Sumario N° 5076, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley
del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento de
declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — HERNAN F. LIZZI,
Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — VERONICA FAVALE,
Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
e. 10/11/2014 N° 85480/14 v. 14/11/2014
#F4709888F#
#I4709889I#
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
EDICTO
El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días
hábiles bancarios a la señora René Johannes Henricus Maria Kuipers (Pasaporte Países Bajos
Z 0105087) para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario,
sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 101.253/07, Sumario N° 5278, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con
el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95),
bajo apercibimiento de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — HERNÁN F. LIZZI, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. —
VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
56
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T.
N° 1661/14 y registrado bajo el N° 1377/14, conforme surge de fojas 82/83 y 86, respectivamente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y
publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina
triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 91/101, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la
presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al
cual se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del
artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas
13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope
indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la
SECRETARIA DE TRABAJO N° 1661 del 19 de septiembre de 2014 y registrado bajo el N° 1377/14,
suscripto entre la FEDERACION ARGENTINA SINDICAL DEL PETROLEO, GAS Y BIOCOMBUSTIBLES, por la parte sindical, y la CAMARA DE LA INDUSTRIA DEL PETROLEO, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido
ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.
ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.
ANEXO
Expediente N° 1.608.142/14
e. 10/11/2014 N° 85481/14 v. 14/11/2014
#F4709889F#
#I4709890I#
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
EDICTO
El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días
hábiles bancarios al señor JUAN ALBERTO FLORES (DNI N° 12.028.890), para que comparezca en
la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina
“8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 101.429/11, Sumario N° 5437, que se
sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario
N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — JACQUELINE M. PRESMAN,
Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr.
de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos.
e. 10/11/2014 N° 85482/14 v. 14/11/2014
#F4709890F#
CONVENCIONES
COLECTIVAS DE TRABAJO
#I4709335I#
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución 1939/2014
Bs. As., 17/10/2014
VISTO el Expediente N° 1.608.142/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1661 del 19 de septiembre de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 73 del Expediente N° 1.608.142/14, obran las escalas salariales pactadas entre la
FEDERACION ARGENTINA SINDICAL DEL PETROLEO, GAS Y BIOCOMBUSTIBLES, por la parte
sindical, y la CAMARA DE LA INDUSTRIA DEL PETROLEO, por la parte empleadora, en el marco
del Convenio Colectivo de Trabajo N° 449/06, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación
Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Expediente N° 1.608.142/14
Buenos Aires, 20 de Octubre de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1939/14 se ha tomado razón del tope
indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 794/14 T. —
JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
#F4709335F#
#I4709337I#
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución 1940/2014
Bs. As., 17/10/2014
VISTO el Expediente N° 1.506.058/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1227 del 6 de agosto de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 10/12 del Expediente N° 1.506.058/12, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL, DERIVADOS Y AFINES y el SIN-
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
DICATO DEL PERSONAL DE GAS DEL ESTADO - SANTA FE, por la parte sindical, y la empresa LITORAL
GAS SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de
Empresa N° 993/08 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T.
N° 1227/14 y registrado bajo el N° 1057/14, conforme surge de fojas 203/205 y 208, respectivamente.
Que el precitado acuerdo fue ratificado por la FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, según consta a fojas 191.
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
57
CONSIDERANDO:
Que a fojas 8/10 del Expediente N° 1.566.319/13, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL, DERIVADOS Y AFINES y el SINDICATO DEL PERSONAL DE GAS DEL ESTADO - SANTA FE, por la parte sindical, y la empresa LITORAL
GAS SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de
Empresa N° 993/08 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T.
N° 1215/14 y registrado bajo el N° 1063/14, conforme surge de fojas 175/177 y 180, respectivamente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y
publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que el precitado acuerdo fue ratificado por la FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, según consta a fojas 164.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina
triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y
publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que a fojas 222/226, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se
explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto
de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia
y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del
artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas
13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina
triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 193/197, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se
explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto
de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia
y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del
artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas
13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.
Por ello,
ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o.
1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1227 del 6 de agosto de 2014 y registrado bajo el N° 1057/14, suscripto
entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL, DERIVADOS Y
AFINES y el SINDICATO DEL PERSONAL DE GAS DEL ESTADO - SANTA FE, por la parte sindical,
y la empresa LITORAL GAS SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, ratificado a fojas 191
por la FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido
ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976)
y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA
DE TRABAJO N° 1215 del 6 de agosto de 2014 y registrado bajo el N° 1063/14, suscripto entre el
SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL, DERIVADOS Y AFINES y
el SINDICATO DEL PERSONAL DE GAS DEL ESTADO - SANTA FE, por la parte sindical, y la empresa
LITORAL GAS SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, ratificado a fojas 164 por la FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido
ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.
ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ANEXO
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente N° 1.506.058/12
ANEXO
Expediente N° 1.566.319/13
Expediente N° 1.506.058/12
Buenos Aires, 20 de Octubre de 2014
Expediente N° 1.566.319/13
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1940/14 se ha tomado razón del tope
indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 796/14 T. —
JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
#F4709337F#
Buenos Aires, 20 de Octubre de 2014
#I4709338I#
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución 1942/2014
Bs. As., 17/10/2014
VISTO el Expediente N° 1.566.319/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1215 del 6 de agosto de 2014, y
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1942/14 se ha tomado razón del tope
indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 801/14 T. —
JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
#F4709338F#
#I4709342I#
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución 1943/2014
Bs. As., 17/10/2014
VISTO el Expediente N° 1.607.463/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1669 del 19 de septiembre
de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 6 del Expediente N° 1.607.463/14 obran las escalas salariales pactadas entre
el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA
ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa FAURECIA EXTERIORS ARGENTINA SOCIEDAD
ANONIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa
N° 1353/14 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T.
N° 1669/14 y registrado bajo el N° 1387/14, conforme surge de fojas 64/66 y 69, respectivamente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y
publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante se determina
triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 75/77 obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la
presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al
cual se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del
artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas
13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.
ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope
indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la
SECRETARIA DE TRABAJO N° 1669 del 19 de septiembre de 2014 y registrado bajo el N° 1387/14
suscripto entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE
LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa FAURECIA EXTERIORS ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la
presente.
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido
ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.
ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
58
CONSIDERANDO:
Que a fojas 7 del Expediente N° 1.626.470/14 obran las escalas salariales pactadas entre
el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa TOYOTA TSUSHO ARGENTINA SOCIEDAD
ANONIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa
N° 741/05 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T.
N° 1680/14 y registrado bajo el N° 1395/14, conforme surge de fojas 52/54 y 57, respectivamente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y
publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante se determina
triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 63/65, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la
presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al
cual se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del
artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas
13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
Por ello,
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y
sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE
TRABAJO N° 1680 del 22 de septiembre de 2014 y registrado bajo el N° 1395/14 suscripto entre el
SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa TOYOTA TSUSHO ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA,
por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido
ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.
ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.
ANEXO
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente N° 1.626.470/14
ANEXO
Expediente N° 1.607.463/14
Expediente N° 1.626.470/14
Buenos Aires, 20 de Octubre de 2014
Expediente N° 1.607.463/14
Buenos Aires, 20 de Octubre de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1943/14 se ha tomado razón del
tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número
795/14 T. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
#F4709342F#
#I4709343I#
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución 1944/2014
Bs. As., 17/10/2014
VISTO el Expediente N° 1.626.470/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1680 del 22 de septiembre de 2014, y
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1944/14 se ha tomado razón del tope
indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 799/14 T. —
JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
#F4709343F#
#I4709344I#
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución 1945/2014
Bs. As., 17/10/2014
VISTO el Expediente N° 1.621.366/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1536 del 5 de septiembre de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 6/8 del Expediente N° 1.621.366/14 obran las escalas salariales pactadas entre
la FEDERACION ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS, el SINDICATO EMPLEADOS DE COMERCIO DE CAPITAL FEDERAL, por la parte sindical, y la empresa AUTOPISTAS
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
59
URBANAS SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de
Trabajo N° 130/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T.
N° 1723/14 y registrado bajo el N° 1409/14, conforme surge de fojas 46/48 y 51, respectivamente.
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T.
N° 1536/14 y registrado bajo el N° 1287/14, conforme surge de fojas 71/73 y 76, respectivamente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y
publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y
publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina
triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 86/94, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la
presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al
cual se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del
artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas
13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante se determina
triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 59/62, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la
presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al
cual se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del
artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas
13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
Por ello,
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope
indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la
SECRETARIA DE TRABAJO N° 1536 del 5 de septiembre de 2014 y registrado bajo el N° 1287/14
suscripto entre la FEDERACION ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS, el
SINDICATO EMPLEADOS DE COMERCIO DE CAPITAL FEDERAL, por la parte sindical, y la empresa AUTOPISTAS URBANAS SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, conforme al detalle
que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido
ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.
ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope
indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la
SECRETARIA DE TRABAJO N° 1723 del 24 de septiembre de 2014 y registrado bajo el N° 1409/14,
suscripto entre la FEDERACION DE SINDICATOS DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS QUIMICAS Y PETROQUIMICAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la CAMARA
ARGENTINA DE FABRICANTES DE ACUMULADORES ELECTRICOS, por la parte empleadora,
conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido
ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.
ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.
ANEXO
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente N° 1.611.760/14
ANEXO
Expediente N° 1.621.366/14
Expediente N° 1.611.760/14
Expediente N° 1.621.366/14
Buenos Aires, 20 de Octubre de 2014
Buenos Aires, 20 de Octubre de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1947/14 se ha tomado razón del tope
indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 798/14 T. —
JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
#F4709345F#
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1945/14 se ha tomado razón del tope
indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 809/14 T. —
JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
#F4709344F#
#I4709347I#
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
#I4709345I#
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución 1947/2014
Bs. As., 17/10/2014
VISTO el Expediente N° 1.611.760/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1723 del 24 de septiembre de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 4/7 del Expediente N° 1.630.125/14 agregado como foja 29 al Expediente
N° 1.611.760/14, obran las escalas salariales pactadas entre la FEDERACION DE SINDICATOS DE
TRABAJADORES DE INDUSTRIAS QUIMICAS Y PETROQUIMICAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la CAMARA ARGENTINA DE FABRICANTES DE ACUMULADORES
ELECTRICOS, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 571/09,
conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución 1948/2014
Bs. As., 17/10/2014
VISTO el Expediente N° 1.608.207/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1631 del 15 de septiembre de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 3 del Expediente N° 1.608.207/14 obran las escalas salariales pactadas entre la
UNION RECIBIDORES DE GRANOS Y ANEXOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la FEDERACION DE CENTROS Y ENTIDADES GREMIALES DE ACOPIADORES DE CEREALES y la CONFEDERACION INTERCOOPERATIVA AGROPECUARIA (CONINAGRO) COOPERATIVA LIMITADA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 574/10,
conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T.
N° 1631/14 y registrado bajo el N° 1334/14, conforme surge de fojas 108/110 y 113, respectivamente.
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y
publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina
triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 123/129, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de
la presente, y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y
al cual se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del
artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas
13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.
Por ello,
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
60
CONSIDERANDO:
Que a fojas 87 del Expediente N° 1.553.499/14 obran las escalas salariales pactadas entre la
FEDERACION OBRERA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO Y AFINES (F.O.N.I.V.A.), el
SINDICATO OBRERO DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO Y AFINES (S.O.I.V.A.), por la parte sindical y
la CAMARA INDUSTRIAL DE PELETERIA, y la FEDERACION ARGENTINA DE COMERCIALIZACION
E INDUSTRIALIZACION DE LA FAUNA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo
de Trabajo N° 512/07, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T.
N° 1547/14 y registrado bajo el N° 1296/14, conforme surge de fojas 105/107 y 110, respectivamente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y
publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina
triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 122/126, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se
explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto
de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia
y al cual se remite en orden a la brevedad.
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y
sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE
TRABAJO N° 1631 del 15 de septiembre de 2014 y registrado bajo el N° 1334/14 suscripto entre la
UNION RECIBIDORES DE GRANOS Y ANEXOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical
y la FEDERACION DE CENTROS Y ENTIDADES GREMIALES DE ACOPIADORES DE CEREALES y la
CONFEDERACION INTERCOOPERATIVA AGROPECUARIA (CONINAGRO) COOPERATIVA LIMITADA,
por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido
ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.
ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.
ANEXO
Expediente N° 1.608.207/14
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del
artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas
13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope
indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la
SECRETARIA DE TRABAJO N° 1547 del 8 de septiembre de 2014 y registrado bajo el N° 1296/14
suscripto entre la FEDERACION OBRERA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO Y AFINES
(F.O.N.I.V.A.), el SINDICATO OBRERO DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO Y AFINES (S.O.I.V.A.), por
la parte sindical y la CAMARA INDUSTRIAL DE PELETERIA, y la FEDERACION ARGENTINA DE
COMERCIALIZACION E INDUSTRIALIZACION DE LA FAUNA, por la parte empleadora, conforme
al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido
ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.
ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.
ANEXO
Expediente N° 1.553.499/13
Expediente N° 1.608.207/14
Expediente N° 1.553.499/13
Buenos Aires, 20 de Octubre de 2014
Buenos Aires, 20 de Octubre de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1948/14 se ha tomado razón del tope
indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 793/14 T. —
JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
#F4709347F#
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1949/14 se ha tomado razón del tope
indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 802/14 T. —
JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
#F4709348F#
#I4709348I#
#I4709506I#
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución 1949/2014
Resolución 1952/2014
Bs. As., 17/10/2014
Bs. As., 17/10/2014
VISTO el Expediente N° 1.553.499/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1547 del 8 de septiembre de 2014, y
VISTO el Expediente N° 1.595.316/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1611 del 15 de septiembre de 2014, y
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
#I4709509I#
61
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
CONSIDERANDO:
Que a fojas 19/22 del Expediente N° 1.600.850/13 agregado como fojas 6 al Expediente
N° 1.595.316/13, obran las escalas salariales pactadas entre la FEDERACION ARGENTINA
DE TRABAJADORES DE AGUAS GASEOSAS Y AFINES, por la parte sindical y la CAMARA
ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DE BEBIDAS SIN ALCOHOL, por la parte empleadora, en el
marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 152/91 - Rama Bebida, conforme lo dispuesto
en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el artículo 1° de
la Resolución S.T. N° 1611/14 y registrado bajo el N° 1328/14, conforme surge de fojas 89/92
y 95, respectivamente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación
de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio
aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial
y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 103/118, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias
y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten
en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias
y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y
N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.
Por ello,
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución 1953/2014
Bs. As., 17/10/2014
VISTO el Expediente N° 1.618.506/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1379 del 25 de agosto de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 4/6 del Expediente N° 1.618.506/14 obran las escalas salariales pactadas entre la FEDERACION GREMIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DE LA CARNE Y SUS DERIVADOS, por la parte
sindical y el CONSORCIO DE EXPORTADORES DE CARNES ARGENTINAS ASOCIACION CIVIL, por la
parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 56/75, conforme lo dispuesto en la
Ley de Negociación Colectiva N° 14 250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 1379/14
y registrado bajo el N° 1154/14, conforme surge de fojas 24/26 y 29, respectivamente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone
al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros
conexos considerados.
Que a fojas 37/48, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del
Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios
adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope
indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a
la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo
245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del
21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30
de diciembre de 2010, respectivamente.
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el
tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo
N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el
artículo 1° de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1611 del 15 de septiembre
de 2014 y registrado bajo el N° 1328/14 suscripto entre la FEDERACION ARGENTINA DE
TRABAJADORES DE AGUAS GASEOSAS Y AFINES, por la parte sindical y la CAMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DE BEBIDAS SIN ALCOHOL, por la parte empleadora, conforme
al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro,
Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION.
Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre
el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio
resultante.
ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las
partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus
modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1379 del 25 de agosto de 2014 y registrado bajo el N° 1154/14 suscripto entre la FEDERACION
GREMIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DE LA CARNE Y SUS DERIVADOS, por la parte sindical
y el CONSORCIO DE EXPORTADORES DE CARNES ARGENTINAS ASOCIACION CIVIL, por la parte
empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y
Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la
Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.
ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes
signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ANEXO
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente N° 1.595.316/13
ANEXO
Expediente N° 1.618.506/14
Expediente N° 1.595.316/13
Buenos Aires, 20 de Octubre de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1952/14 se ha tomado razón
del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el
número 800/14 T. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
#F4709506F#
Expediente N° 1.618.506/14
Buenos Aires, 20 de Octubre de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1953/14 se ha tomado razón del tope
indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 808/14 T. —
JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
#F4709509F#
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
#I4709510I#
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
#I4709511I#
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución 1957/2014
Resolución 1958/2014
Bs. As., 20/10/2014
62
Bs. As., 20/10/2014
VISTO el Expediente N° 226.185/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 958 del 25 de junio de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 4 del Expediente N° 226.185/13 obran las escalas salariales pactadas entre el
SINDICATO DE OBREROS PANADEROS, PASTELEROS Y FACTUREROS (CONCORDIA - ENTRE
RIOS), por la parte sindical, y la FEDERACION INDUSTRIALES PANADEROS Y AFINES DE ENTRE
RIOS, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 444/06, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T.
N° 958/14 y registrado bajo el N° 855/14, conforme surge de fojas 51/53 y 56, respectivamente.
Que dicho acuerdo ha sido ratificado a fojas 37 por la FEDERACION ARGENTINA UNION
PERSONAL PANADERIAS Y AFINES.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y
publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante se determina
triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 64/68 obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la
presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al
cual se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del
artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas
13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
VISTO el Expediente N° 1.629.532/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus
modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1668 del 19 de septiembre
de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 6 del Expediente N° 1.629.532/14 obran las escalas salariales pactadas
entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA
REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa SAS AUTOMOTRIZ ARGENTINA
SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1245/11 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva
N° 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T.
N° 1668/14 y registrado bajo el N° 1384/14, conforme surge de fojas 62/63 y 66, respectivamente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación
de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio
aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial
y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 72/74, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y
se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten
en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias
y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y
N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.
Por ello,
ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y
sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE
TRABAJO N° 958 del 25 de junio de 2014 y registrado bajo el N° 855/14 suscripto entre el SINDICATO
DE OBREROS PANADEROS, PASTELEROS Y FACTUREROS (CONCORDIA -ENTRE RIOS), por la parte sindical, y la FEDERACION INDUSTRIALES PANADEROS Y AFINES DE ENTRE RIOS, por la parte
empleadora, ratificado a fojas 37 por la FEDERACION ARGENTINA UNION PERSONAL PANADERIAS
Y AFINES conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido
ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.
ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.
ANEXO
Expediente N° 226.185/13
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el
tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo
N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1668 del 19 de septiembre de 2014 y registrado
bajo el N° 1384/14 suscripto entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa
SAS AUTOMOTRIZ ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, conforme
al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro,
Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION.
Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre
el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio
resultante.
ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las
partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.
ANEXO
Expediente N° 1.629.532/14
Expediente N° 226.185/13
Buenos Aires, 21 de Octubre de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1957/14 se ha tomado razón del tope
indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 813/14 T. —
JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
#F4709510F#
Expediente N° 1.629.532/14
Buenos Aires, 21 de Octubre de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1958/14 se ha tomado razón
del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el
número 814/14 T. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
#F4709511F#
Primera Sección
Viernes 14 de noviembre de 2014
#I4709513I#
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
#I4709515I#
63
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución 1960/2014
Resolución 1962/2014
Bs. As., 20/10/2014
VISTO el Expediente N° 1.562.249/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1464 del 17 de octubre de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 3/4 y 7/8 del Expediente N° 1.576.798/13 agregado como foja 47 al Expediente
N° 1.562.249/13 obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la ASOCIACION ARGENTINA DE COMPAÑIAS DE SEGUROS, la UNION DE ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO, ASEGURADORES DEL INTERIOR
DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la ASOCIACION DE ASEGURADORES ARGENTINOS, por la parte
empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 264/95, conforme lo dispuesto en la Ley
de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 1464/13
y registrado bajo el N° 1195/13, conforme surge de fojas 74/76 y 79, respectivamente.
Que asimismo, conforme lo señalado en el acto homologatorio del Acuerdo N° 1195/13, resulta oportuno aclarar, que por imperio de las prescripciones previstas en el artículo 5° de la Ley N° 23.546, lo
pactado en dicho instrumento, resulta de aplicación para los empleadores comprendidos en el ámbito de
representación de la ASOCIACION ARGENTINA DE COOPERATIVAS Y MUTUALIDADES DE SEGUROS.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone
al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros
conexos considerados.
Que a fojas 95/99, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del
Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios
adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope
indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a
la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo
245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del
21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30
de diciembre de 2010, respectivamente.
Bs. As., 20/10/2014
VISTO el Expediente N° 1.628.260/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus
modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1687 del 22 de septiembre
de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 7 del Expediente N° 1.628.260/14 obran las escalas salariales pactadas entre
el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa JUNTAS CICCARELLI SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo
de Trabajo de Empresa N° 1176/11 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T.
N° 1687/14 y registrado bajo el N° 1386/14, conforme surge de fojas 42/44 y 47, respectivamente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación
de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio
aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial
y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 53/56, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y
se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten
en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias
y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y
N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.
Por ello,
Por ello,
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus
modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1464 del 17 de octubre de 2013 y registrado bajo el N° 1195/13, suscripto entre el SINDICATO
DEL SEGURO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la ASOCIACION ARGENTINA DE
COMPAÑIAS DE SEGUROS, la UNION DE ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO, ASEGURADORES DEL INTERIOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la ASOCIACION DE ASEGURADORES
ARGENTINOS, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante
de la presente.
ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el
tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo
N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1687 del 22 de septiembre de 2014 y registrado
bajo el N° 1386/14 suscripto entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa
JUNTAS CICCARELLI SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y
Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la
Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro,
Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION.
Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre
el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio
resultante.
ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes
signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las
partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.
ARTICULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.
ANEXO
ANEXO
Expediente N° 1.562.249/13
Expediente N° 1.628.260/14
Expediente N° 1.628.260/14
Expediente N° 1.562.249/13
Buenos Aires, 21 de Octubre de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1960/14 se ha tomado razón del tope
indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 811/14 T. —
JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
#F4709513F#
Buenos Aires, 21 de Octubre de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1962/14 se ha tomado razón
del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el
número 816/14 T. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
#F4709515F#
Viernes 14 de noviembre de 2014
Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 33.011
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