Sumario - Errepar

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Sumario - Errepar
Primera Sección
Buenos Aires,
lunes 30
de junio de 2014
Año CXXII
Número 32.915
Precio $ 4,00
Sumario
Pág.
DECRETOS
DECRETOS
#I4605330I#
ACUERDOS
ACUERDOS
Decreto 998/2014
Homológase Acta Acuerdo. Sindicatura General de la Nación....................................................... JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decreto 1002/2014
Dase por prorrogada designación del Director de la Delegación Legal.......................................... Decreto 998/2014
1
2
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA
Decreto 1001/2014
Designaciones en la Subsecretaría de Coordinación Administrativa.............................................. 2
MINISTERIO DE DEFENSA
Decreto 1005/2014
Armada. Nombramientos............................................................................................................. 3
MINISTERIO DE EDUCACION
Decreto 1000/2014
Designación en la Unidad Ministro............................................................................................... 3
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Decreto 994/2014
Designaciones en la Secretaría de Derechos Humanos................................................................ 4
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Decreto 1003/2014
Dase por prorrogada designación del Director de Contencioso..................................................... 4
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Decreto 996/2014
Dase por prorrogada designación................................................................................................. 4
Decreto 997/2014
Dase por prorrogada designación................................................................................................. 5
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Decreto 999/2014
Dase por prorrogada designación del Director de Diseño, Evaluación y Monitoreo de las Políticas
de Protección Social.................................................................................................................... Homológase Acta Acuerdo. Sindicatura
General de la Nación.
Bs. As., 23/6/2014
VISTO el Expediente Nº 1.606.507/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley
de Convenciones Colectivas de Trabajo de la Administración Pública Nacional
Nº 24.185, la Ley Marco de Regulación
de Empleo Público Nacional Nº 25.164, el
Decreto Nº 447 del 17 de marzo de 1993,
el Convenio Colectivo de Trabajo General
para la Administración Pública Nacional
homologado por el Decreto Nº 214 del 27
de febrero de 2006, el Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial para el personal de la
SINDICATURA GENERAL DE LA NACION
homologado por el Decreto Nº 1.714 del 19
de noviembre de 2010 y el Acta Acuerdo
del 28 de febrero de 2014 de la Comisión
Negociadora del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial para el personal de la
SINDICATURA GENERAL DE LA NACION
(SIGEN), y
CONSIDERANDO:
5
DECISIONES ADMINISTRATIVAS
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
Decisión Administrativa 476/2014
Contratación................................................................................................................................ 6
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Decisión Administrativa 475/2014
Desestímase recurso................................................................................................................... 6
RESOLUCIONES
Que por la Ley Nº 24.185 se estableció el
régimen aplicable a las negociaciones colectivas entre la Administración Pública Nacional y sus empleados.
Que en cumplimiento del mecanismo establecido por la Ley Nº 24.185 y por el Convenio
Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por
el Decreto Nº 214 del 27 de febrero de 2006,
se ha constituido la Comisión Negociadora
Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION (SIGEN).
Que, las partes, en el marco previsto por el
artículo 6° de la Ley Nº 24.185, reglamentado por el artículo 5° del Decreto Nº 447
del 17 de marzo de 1993 y normas complementarias, acordaron la sustitución del
PRESIDENCIA
DE LA NACION
SecretarIa Legal y TEcnica
Dr. Carlos Alberto Zannini
TARIFAS
Resolución 579/2014-MIT
Resolución Nº 1609/2013. Modificación....................................................................................... Continúa en página 2
Secretario
7
DirecciOn Nacional del Registro Oficial
DR. Jorge Eduardo FeijoÓ
Director Nacional
artículo 26 y la incorporación de los artículos 92 BIS y 92 TER del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal
de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION (SIGEN) homologado por el Decreto
Nº 1.714 del 19 de noviembre de 2010.
Que, en su consecuencia, las partes establecieron mediante el Acta Acuerdo de
fecha 28 de febrero de 2014 de la referida
Comisión Negociadora Sectorial, el nuevo
texto de la norma sustituida y de los artículos que se incorporan a la mencionada
Convención Colectiva de Trabajo Sectorial.
Que el Acuerdo cumple con los requisitos
del artículo 11 de la Ley Nº 24.185.
Que se han cumplimentado las intervenciones prescriptas por los artículos 79, segundo
párrafo y 80, inciso b), del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración
Pública Nacional homologado por el Decreto
Nº 214/06 y los recaudos previstos por el artículo 2° del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION (SIGEN) homologado por el Decreto Nº 1.714/10.
Que la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público ha emitido el
correspondiente dictamen.
Que con relación a su vigencia temporal, en
atención a lo dispuesto por el artículo 15 de la
Ley Nº 24.185, el acuerdo regirá a partir del día
siguiente al de su publicación, en las condiciones establecidas por las partes intervinientes.
Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la
intervención prevista en los artículos 7°, 10
y concordantes de la Ley Nº 24.185.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la
intervención que le compete.
Que el presente se dicta en ejercicio de las
atribuciones emergentes de los artículos
99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y 14 de la Ley Nº 24.185.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Homológase el Acta Acuerdo de
la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo
www.boletinoficial.gob.ar
e-mail: [email protected]
Registro Nacional de la Propiedad Intelectual
Nº 5.154.675
Domicilio legal
Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Tel. y Fax 5218-8400 y líneas rotativas
Primera Sección
Lunes 30 de junio de 2014
REMATES OFICIALES
Nuevos........................................................................................................................................ Pág.
8
AVISOS OFICIALES
Nuevos........................................................................................................................................ 9
REGISTRO NACIONAL DE ARMAS
Armas de Fuego. Solicitudes de Tenencia y Portación. . ............................................................... 9
Anteriores.................................................................................................................................... 28
ASOCIACIONES SINDICALES
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución Nº 599/2014-MTESS
Inscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores al Sindicato de Trabajadores de Acopio e Industria del Tabaco de Salta............................................................................... Resolución Nº 601/2014-MTESS
Otórgase personería gremial a la Asociación de Docentes e Investigadores Universitarios de
Córdoba....................................................................................................................................... 2
11 de mayo de 2011 y cuya última prórroga se
operó por el Decreto Nº 1259 de fecha 28 de
agosto de 2013, del Doctor D. Emiliano Alberto SUAYA (D.N.I. Nº 23.782.888), como Director
de la Delegación Legal de la SUBSECRETARIA
DE GESTION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en
un cargo Nivel A Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva de
Nivel II del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por
el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de
2008 y sus modificatorios.
y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PUBLICO homologado por el Decreto Nº 2098/08 y sus modificatorios, dentro
del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha indicada en el
artículo 1° del presente decreto.
Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser
cubierto conforme los requisitos y sistemas de
selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése
a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE
KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich.
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Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente medida será atendido con cargo a las partidas
específicas correspondientes al Programa 19
—Prensa y Difusión de Actos de Gobierno— de
la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS.
#I4605333I#
28
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA
Decreto 1001/2014
29
Resolución Nº 602/2014-MTESS
Inscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores al Sindicato de Trabajadores Agrarios de la Actividad Primaria del Nuevo Cuyo................................................................... 29
30
CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
Designaciones en la Subsecretaría de Coordinación Administrativa.
Bs. As., 23/6/2014
VISTO el Expediente Nº 3137/2011, las Resoluciones Nros. 910 de fecha 19 de septiembre de 2011,
1063 de fecha 25 de octubre de 2011 y la Resolución Nº 347 de fecha 17 de mayo de 2013
del Registro del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA,
el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, la Decisión Administrativa Nº 224 de fecha 02
de septiembre de 2009, la Resolución Nº 39 de fecha 18 de marzo de 2010 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
de Trabajo Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION (SIGEN)
de fecha 28 de febrero de 2014, que como Anexo
forma parte integrante del presente decreto.
Art. 2° — El presente decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en atención a lo dispuesto en el artículo
15 de la Ley Nº 24.185, quedando sustituido,
desde ese momento, el artículo 26 e incorporados los artículos 92 BIS y 92 TER del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal
de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION
(SIGEN) homologado por el Decreto Nº 1.714 de
fecha 19 de noviembre de 2010, en las condiciones establecidas por las partes intervinientes.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER.
— Jorge M. Capitanich. — Carlos A. Tomada.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a)
Decreto se publican en la edición web del BORA
—www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán
ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
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Que mediante el Decreto Nº 491 de fecha
12 de marzo de 2002 se estableció, entre
otros aspectos, que toda designación de
personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no
permanente será efectuada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la
Jurisdicción correspondiente.
Que por el Decreto Nº 585 de fecha 11 de
mayo de 2011 se dio por designado, por
el término de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles, al Doctor D. Emiliano Alberto SUAYA como Director de la Delegación
Legal de la SUBSECRETARIA DE GESTION
ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE
COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y cuya
última prórroga se efectuó mediante el Decreto Nº 1259 de fecha 28 de agosto de
2013, por el mismo término.
Que por razones de índole operativa, no se
ha podido tramitar el proceso de selección
para la cobertura del cargo en cuestión,
motivo por el cual resulta necesario efectuar una nueva prórroga de la designación
mencionada, por el término de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que a través de la Decisión Administrativa Nº 224/09 se incrementó la dotación del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA en el marco de lo establecido
por el artículo 6°, segundo párrafo de la Ley Nº 26.422, posibilitando la cobertura de TRESCIENTOS NOVENTA Y UN (391) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente.
Que por la Resolución Nº 39/10 de la ex - SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO.
Que por la Resolución Nº 910/11 del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA se designaron los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de NOVENTA Y CUATRO (94) cargos vacantes y financiados de la planta permanente,
mediante el Régimen de Selección de Personal precedentemente citado, a las personas que
se detallan en los Anexos I a XXIV, que forman parte integrante de la referida Resolución.
Que por la Resolución MINCYT Nº 1063/11 se aprobaron las Bases de las Convocatorias
dictadas por los Comités de Selección designados por Resolución MINCYT Nº 910/11 y
los llamados a Concurso mediante Convocatoria Extraordinaria y General, y Extraordinaria y Abierta establecidos por el Régimen de Selección del Personal para el Sistema
Nacional de Empleo Público, aprobado por la Resolución ex SGP de la JGM Nº 39/10.
Que los integrantes del Comité de Selección, han actuado en un todo de acuerdo con
el Decreto Nº 2098/08 y con los procedimientos de selección establecidos por la Resolución Nº 39/10 de la ex - SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que por Resolución Nº 347/13 del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION
PRODUCTIVA se aprobó el Orden de Mérito elevado por el Comité de Selección I - E para
los cargos de Asistente Administrativo cuyo detalle obra en el Anexo de la citada Resolución.
Decreto 1002/2014
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACION ha tomado la intervención correspondiente.
Que el artículo 24 del Anexo del Decreto Nº 2098/08 dispone que todo ingreso del personal se realiza en el grado y tramo inicial del nivel escalafonario del Agrupamiento correspondiente al puesto de trabajo para el que fuera seleccionado y que, cuando el órgano
selector estimara condiciones de idoneidad especialmente relevantes, podrá recomendar
su incorporación en el grado siguiente al establecido precedentemente.
Que la presente medida se dicta en virtud
de las atribuciones emergentes del artículo
99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto Nº 491/02.
Que en el Acta Nº 8 del 5 de septiembre de 2012 el Comité recomienda la incorporación en
el grado UNO (1) del nivel I escalafonario del agrupamiento correspondiente, para aquellos
postulantes que, habiendo arribado a esa instancia, tomen posesión de los cargos bajo
concurso, como consecuencia de las condiciones de idoneidad especialmente relevantes
demostradas por los candidatos, situación que se ha visto reflejada al afrontar las exigencias impuestas en todas y cada una de las etapas que componen el proceso de selección.
Dase por prorrogada designación del Director de la Delegación Legal.
Bs. As., 23/6/2014
VISTO el Expediente CUDAP: EXP-JGM:
0005721/2014 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley
Nº 26.895, los Decretos Nros. 491 de fecha
12 de marzo de 2002, 585 de fecha 11 de
mayo de 2011 y 1259 de fecha 28 de agosto
de 2013, y lo solicitado por la SECRETARIA
DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 26.895 se aprobó el Presupuesto de la Administración NACIONAL
para el Ejercicio del año 2014.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dase por prorrogada, por
el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles, a partir del 18 de febrero de 2014, la
designación transitoria efectuada oportunamente mediante el Decreto Nº 585 de fecha
Que la designación en los aludidos cargos no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que se ha dado cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6° del Decreto Nº 601 del
11 de abril de 2002.
Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA han tomado
la intervención que les compete.
Primera Sección
Lunes 30 de junio de 2014
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos
99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, 7° y 10 de la Ley Nº 26.895 y 1° del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002.
Por ello,
3
MINISTERIO DE EDUCACION
Decreto 1000/2014
Designación en la Unidad Ministro.
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Bs. As., 23/6/2014
Artículo 1° — Exceptúase al MINISTERIO DE CIENCIA TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA de lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.895 al solo efecto de posibilitar la cobertura de los cargos vacantes financiados, cuyo detalle obra en el ANEXO del presente Decreto.
Art. 2° — Desígnanse a las personas que se mencionan en el ANEXO que forma parte integrante del presente Decreto, en el Agrupamiento, Tramo, Nivel y Grado escalafonario correspondiente al CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP homologado por el Decreto Nº 2098/08 y en la Dependencia del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA que se determina.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con
cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 71 - MINISTERIO DE
CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — José L. S. Barañao.
ANEXO
DEPENDENCIA: SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA
VISTO el Expediente Nº 4.861/12 en DOS (2) cuerpos y UN (1) Anexo del Registro del MINISTERIO
DE EDUCACION, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, las Decisiones Administrativas Nros. 953 del 29 de diciembre de 2010 y 122 del 27 de diciembre de 2013, la
Resolución Nº 39 del 18 de marzo de 2010 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION
PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Resoluciones Nros. 872
del 12 de mayo de 2011 modificada por su similar Nº 1.200 del 15 de junio de 2011, 1.060
del 27 de mayo de 2011 y 31 del 19 de enero de 2012 del MINISTERIO DE EDUCACION, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que por la Decisión Administrativa Nº 953/10 se exceptuó al MINISTERIO DE EDUCACION
de lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.546, al solo efecto de posibilitar la cobertura
de los cargos vacantes financiados, a través de los procedimientos de selección establecidos
por el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO homologado por el Decreto Nº 2.098/08.
Que por la Resolución Nº 39/10 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se aprobó el Régimen de Selección de
Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO.
DIRECCION DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS
Apellido y
Nombre
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
#I4605332I#
D.N.I. N°
Agrupamiento
Tramo
Nivel
Grado
Cargo
Código
PAVESE,
Lucas
Emiliano
30.654.197
GENERAL
GENERAL
D
1
Asistente
Administrativo
2010-000343-MINCIT-G-SI-X-D
MENDOZA,
Gerardo
Manuel
31.523.930
GENERAL
GENERAL
D
1
Asistente
Administrativo
2010-000344-MINCIT-G-SI-X-D
#F4605333F#
#I4606372I#
MINISTERIO DE DEFENSA
Decreto 1005/2014
Armada. Nombramientos.
Bs. As., 23/6/2014
VISTO el Expediente del MINISTERIO DE DEFENSA Nº 7171/14, lo propuesto por el Ministro de
Defensa, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario proceder al nombramiento de Oficiales Superiores para la cobertura de los cargos de la conducción superior de la ARMADA ARGENTINA.
Que los Oficiales Superiores propuestos cuentan con el perfil profesional adecuado para
el desempeño de las funciones que se les asignan.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA
ha tomado la intervención que le Compete.
Que esta instancia se halla facultada para el dictado de la presente medida en virtud de lo
establecido en el artículo 99, inciso 12), de la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Nómbranse en los cargos que se indican, a los siguientes Oficiales Superiores
de la ARMADA:
Director de Personal de la Armada:
Contraalmirante VGM Miguel Ángel MÁSCOLO (D.N.I. Nº 13.437.625)
Director de Relaciones Institucionales de la Armada:
Contraalmirante José Luis VILLÁN (D.N.I. Nº 14.290.507)
Inspector General de la Armada:
Contraalmirante Guillermo TYBUREC (D.N.I. Nº 14.433.242)
Comandante del Area Naval Fluvial:
Contraalmirante Germán CIBEIRA (D.N.I. Nº 14.406.290)
Jefe de Mantenimiento y Arsenales:
Contraalmirante Francisco Javier MEDRANO (D.N.I. Nº 14.148.764)
Art. 2° — Dispónese el cambio de destino del Contraalmirante Ariel Carlos SEGHESSO FLORES (D.N.I. Nº 13.214.410), quien prestará servicios en la DIRECCION GENERAL DEL SERVICIO
LOGISTICO PARA LA DEFENSA DEL MINISTERIO DE DEFENSA.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Agustín O. Rossi.
#F4606372F#
Que por la Resolución Nº 872/11 modificada por su similar Nº 1.200/11 del MINISTERIO DE EDUCACION se designaron a los integrantes de los Comités de Selección para
la cobertura de DOSCIENTOS OCHO (208) cargos vacantes y financiados de la planta
permanente, mediante el régimen de Selección de Personal aprobado por la Resolución
Nº 39/10 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a las personas que se detallan en los Anexos I a XX, que forman
parte integrante de la referida resolución.
Que por la Resolución Nº 1.060/11 del MINISTERIO DE EDUCACION se convocó al proceso de selección de personal para cubrir los cargos vacantes financiados y se aprobaron
las Bases de las Convocatorias dictadas por los Comités de Selección designados.
Que los integrantes del Comité de Selección han actuado en un todo de acuerdo con el
Decreto Nº 2.098/08 y con los procedimientos de selección establecidos por la Resolución Nº 39/10 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS.
Que por la Resolución Nº 31/12 del MINISTERIO DE EDUCACION se aprobó el Orden de
Mérito elevado por el Comité de Selección B - 14b respecto de los postulantes para cada
uno de los cargos y con sus respectivos puntajes, que se consignan en los Anexos I a IV
de la citada resolución.
Que en el cargo de Auxiliar de Cocina de la Unidad Ministro de la citada Cartera Ministerial,
Código de Identificación 2011-000507-MINEDU-G-SI-X-F, ha resultado seleccionada en primer
lugar la señora Tibisay Coromoto BAPTISTA BARROETA (DNI. Nº 94.134.796) con ciudadanía
extranjera, quien ha sido exceptuada de lo dispuesto por el inciso a) del artículo 4° del Anexo
de la Ley Nº 25.164 mediante la Decisión Administrativa Nº 122 del 27 de diciembre de 2013.
Que el artículo 24 del Anexo del Decreto Nº 2.098/08 dispone que todo ingreso del personal se realiza en el grado y tramo inicial del nivel escalafonario del agrupamiento correspondiente al puesto de trabajo para el que fuera seleccionado y que, cuando el órgano
selector estimara condiciones de idoneidad especialmente relevantes, podrá recomendar
su incorporación en el grado siguiente al establecido precedentemente.
Que por Acta Nº 014 del 6 de diciembre de 2011 el Comité Selector recomienda la incorporación
en el grado UNO (1) del nivel escalafonario del agrupamiento correspondiente, según el caso,
para aquellos postulantes que, habiendo arribado a esa instancia, tomen posesión del cargo
bajo concurso, como consecuencia de las condiciones de idoneidad especialmente relevantes
demostradas por los candidatos, situación que se ha visto reflejada al afrontar las exigencias
impuestas en todas y cada una de las etapas que componen el proceso de selección.
Que la designación en el aludido cargo no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que se ha dado cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6° del Decreto Nº 601 del
11 de abril de 2002.
Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
del MINISTERIO DE EDUCACION han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos
99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, 7° y 10 de la Ley Nº 26.895 y 1° del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Exceptúase al MINISTERIO DE EDUCACION de lo dispuesto por el artículo 7°
de la Ley Nº 26.895 al solo efecto de posibilitar la cobertura del cargo vacante financiado, cuyo
detalle obra en el ANEXO del presente decreto.
Art. 2° — Desígnase a la persona que se menciona en el aludido ANEXO que forma parte
integrante del presente decreto, en el Agrupamiento, Tramo, Nivel y Grado escalafonario correspondiente al SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO homologado por el Decreto Nº 2.098/08
y en la Dependencia del MINISTERIO DE EDUCACION que se determina.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a
las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACION.
Primera Sección
Lunes 30 de junio de 2014
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Alberto E. Sileoni.
ANEXO
DEPENDENCIA: UNIDAD MINISTRO
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
#I4605335I#
MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO
Decreto 1003/2014
Dase por prorrogada designación del Director de Contencioso.
Apellido y
Nombre
D.N.I. N°
Agrupamiento
Tramo
Nivel
Grado
Cargo
Código
BAPTISTA
BARROETA
Tibisay
Coromoto
94.134.796
GENERAL
GENERAL
F
1
Auxiliar
de Cocina
2011-000507-MINEDU-G-SI-X-F
#F4605332F#
#I4605326I#
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Decreto 994/2014
Designaciones en la Secretaría de Derechos Humanos.
Bs. As., 23/6/2014
VISTO el Expediente Nº 5458/2014 del Registro
del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el
Ejercicio 2014 aprobado mediante la Ley
Nº 26.895, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 2098 de fecha
3 de diciembre de 2008, 1329 de fecha 1°
de agosto de 2012 y 903 de fecha 5 de julio
de 2013, y
Bs. As., 23/6/2014
CONSIDERANDO:
VISTO el Expediente Nº S04:0051363/2011 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, la Ley Nº 26.895, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 601
del 11 de abril de 2002 y 2098 del 3 de diciembre de 2008, y
Que por la ley citada en el Visto se aprobó
el Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio del año 2014.
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 7° de la Ley Nº 26.895 se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados
existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha
fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO
NACIONAL de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10 de esa misma ley.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS solicita la cobertura transitoria de DOS (2) cargos vacantes financiados en el ámbito de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS.
Que las personas propuestas reúnen los conocimientos, experiencia e idoneidad necesarios para el desempeño de los cargos a cubrir.
Que se ha dado debido cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6° del Decreto
Nº 601/02.
Que a los efectos de implementar las referidas coberturas transitorias resulta necesario
designar a las personas que se proponen con carácter de excepción a lo dispuesto por el
artículo 7° de la Ley Nº 26.895.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO DE JUSTICIA
Y DERECHOS HUMANOS para atender el gasto resultante de la medida que se aprueba
por el presente.
Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del citado
Ministerio.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99,
inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, de los artículos 7° y 10 de la Ley Nº 26.895 y
del artículo 1° del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Desígnanse transitoriamente, a partir de la fecha del presente decreto y por el
término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a las personas consignadas en la planilla que
como Anexo I forma parte integrante de la presente medida, en los cargos de la planta permanente de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS detallados en el mismo, para cumplir las funciones allí indicadas, con carácter de
excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.895.
Art. 2° — Los cargos involucrados en este acto deberán ser cubiertos de conformidad con los
requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos
II, Capítulos III y IV, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro del
plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente decreto.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con
los créditos asignados a la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Julio C. Alak.
ANEXO I
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS
APELLIDO Y NOMBRES
D.N.I. N°
NIVEL Y
GRADO
GOMEZ FERNANDEZ,
Lucía Inés
27.285.939
C-0
MAURER, Mariana Lydia
25.788.206
C -0
FUNCION
Coordinadora de la Unidad de Trabajo del
Area La Plata, Provincia de Buenos Aires
Coordinadora de la Unidad de Trabajo del
Area San Martín, Provincia de Buenos Aires
#F4605326F#
Que en función de lo previsto en el Artículo
1° del Decreto Nº 491/02, toda designación
en el ámbito de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente
y no permanente, cualquiera fuera su modalidad y fuente de financiamiento, será
efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la jurisdicción o
entidad correspondiente.
Que por el Decreto Nº 2098/08 se procedió
a homologar el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP).
Que por el Decreto Nº 1329/12, prorrogado
por su similar Nº 903/13, se designó transitoriamente al Doctor D. Agustín MEDRANO, por el término de CIENTO OCHENTA
(180) días hábiles como Director de Contencioso, con Función Ejecutiva Nivel III del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), en el ámbito de la Dirección
General de Asuntos Jurídicos, dependiente
de la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA
Y ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE
COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
Que la prórroga dispuesta por el Decreto
Nº 903/13 se encuentra vencida.
Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, conforme a la urgencia de las tareas a desarrollar y el alto nivel
de responsabilidad inherente al mencionado cargo, requiere la prórroga de dicha
designación transitoria.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO ha dictaminado
manifestando que no existen objeciones
legales que formular para el dictado del
presente decreto.
Que la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA
Y ADMINISTRATIVA y la SECRETARIA DE
COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO prestan conformidad al dictado del presente decreto.
Que la presente medida se dicta en virtud
de las atribuciones emergentes de los Artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCION
NACIONAL y 1° del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dase por prorrogada a partir
del 24 de marzo de 2014 —fecha de su vencimiento— por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la
fecha del presente decreto, la designación
transitoria del Doctor D. Agustín MEDRANO
(D.N.I. Nº 27.386.882), dispuesta por el Decreto
Nº 1329/12, prorrogada por su similar Nº 903/13,
4
en el cargo de Director de Contencioso, Nivel B,
Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO (SINEP), en el ámbito de la Dirección
General de Asuntos Jurídicos, dependiente de
la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL
del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel III del
mencionado Sistema, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado
por el Decreto Nº 2098/08.
Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser
cubierto conforme los requisitos y sistemas de
selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV
y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado
por el Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados
a partir de la fecha del presente decreto.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a
las partidas específicas del presupuesto de la
Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la
Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge
M. Capitanich. — Héctor M. Timerman.
#F4605335F#
#I4605328I#
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Decreto 996/2014
Dase por prorrogada designación.
Bs. As., 23/6/2014
VISTO el Expediente Nº 27.131/2013 del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, los
Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de
2002, 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y
2.265 del 22 de noviembre de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 2.265/12 se
efectuó la designación transitoria en la planta permanente del MINISTERIO DE SEGURIDAD, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, de la Doctora Doña
Mariana CENTENO (D.N.I Nº 30.332.654), en
UN (1) cargo Nivel C - Grado 0 del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal
del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por Decreto
Nº 2.098/08, para cumplir funciones como
ANALISTA JURIDICA.
Que por razones de índole operativa no se
ha podido tramitar el proceso de selección
para la cobertura del cargo en cuestión, razón por la cual el MINISTERIO DE SEGURIDAD solicita la prórroga de la designación
transitoria aludida.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda
designación de personal, en el ámbito de la
Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por
el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que el Decreto Nº 601 de fecha 11 de abril
de 2002, en su Artículo 6°, establece que los
proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen
renovación o prórroga y reincorporación de
personal en el ámbito de la Administración
Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la
Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002
de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de
la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la agente involucrada en la presente
medida se encuentra exceptuada de lo establecido en el referido Artículo 6° del Decreto Nº 601/02, reglamentario del Decreto
Nº 491/02, por haber dado cumplimiento
oportunamente.
Primera Sección
Lunes 30 de junio de 2014
Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados ni constituye asignación de recurso extraordinario
alguno.
Que se cuenta con el crédito necesario en
el presupuesto del MINISTERIO DE SEGURIDAD para atender el gasto resultante de
la medida que se aprueba por el presente.
Que la presente medida se dicta en virtud
de las atribuciones emergentes del Artículo
99, Inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y a tenor de lo dispuesto por el Artículo 1° del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dase por prorrogada, a partir
del 27 de agosto de 2013 —fecha de su vencimiento— y hasta el 20 de octubre de 2013
inclusive, la designación transitoria oportunamente dispuesta por el Decreto Nº 2.265/12
de la Doctora Doña Mariana CENTENO
(D.N.I. Nº 30.332.654), en UN (1) cargo Nivel
C - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado
por Decreto Nº 2.098/08, correspondiente a la
planta permanente del MINISTERIO DE SEGURIDAD, para cumplir funciones como ANALISTA JURIDICA.
Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se
imputará con cargo a las partidas específicas
del presupuesto vigente de la Jurisdicción 41 MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER.
— Jorge M. Capitanich. — María C. Rodríguez.
#F4605328F#
#I4605329I#
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Decreto 997/2014
Dase por prorrogada designación.
Bs. As., 23/6/2014
VISTO el Expediente Nº 28.989/2013 del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD,
los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de
2002, 2.098 del 3 de diciembre de 2008,
1.204 del 25 de agosto de 2010, 8 del 6 de
enero de 2011, 1.614 del 12 de octubre de
2011 y 2.637 del 27 de diciembre de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 1.204/10, prorrogado por sus similares Nros. 1.614/11
y 2.637/12, se designó transitoriamente al Doctor Don Luis Ignacio DI SALVO
(D.N.I. Nº 30.653.890), en UN (1) cargo Nivel
C - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.),
homologado por Decreto Nº 2.098/08, correspondiente a la planta permanente de la
ex SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR
del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA,
SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS,
para cumplir funciones como PROFESIONAL ESPECIALIZADO.
Que mediante el Artículo 6° del Decreto Nº 8/11 se transfirió al MINISTERIO DE
SEGURIDAD la dotación de la ex SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS y sus
unidades dependientes, manteniendo el
personal transferido sus respectivos cargos, niveles, grados de revista escalafonarios, funciones ejecutivas, adicionales y
suplementos.
Que por razones de índole operativa no se
ha podido tramitar el proceso de selección
para la cobertura del cargo en cuestión, razón por la cual el MINISTERIO DE SEGURI-
DAD solicita la prórroga de la designación
transitoria aludida.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda
designación de personal, en el ámbito de la
Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por
el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que el Decreto Nº 601 de fecha 11 de abril
de 2002, en su Artículo 6°, establece que los
proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen
renovación o prórroga y reincorporación
de personal en ámbito de la Administración
Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la
Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002
de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de
la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que el agente involucrado en la presente
medida se encuentra exceptuado de lo establecido en el referido Artículo 6° del Decreto Nº 601/02, reglamentario del Decreto
Nº 491/02, por haber dado cumplimiento
oportunamente.
Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados ni constituye
asignación de recurso extraordinario alguno.
Que se cuenta con el crédito necesario en
el presupuesto del MINISTERIO DE SEGURIDAD para atender el gasto resultante de
la medida que se aprueba por el presente.
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
yes Nros. 26.784 y 26.895, los Decretos
Nros. 357 del 21 de febrero de 2002 y
sus modificatorios, 491 del 12 de marzo de 2002 y sus modificatorios, 1.140
del 28 de junio de 2002, 628 del 13 de
junio de 2005 y sus modificatorios,
2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus
modificatorios, 2.204 del 30 de diciembre de 2010 y 295 del 15 de marzo de
2013, la Resolución del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 566 del 30 de junio de 2009, y
la Resolución Conjunta de la entonces
SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y
la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS Nros. 4 y 89, del 31 de marzo
de 2011, respectivamente, y
CONSIDERANDO:
Que por las Leyes Nros. 26.784 y 26.895 se
aprobaron los Presupuestos Generales de
la Administración Nacional para los Ejercicios 2013 y 2014, respectivamente.
Que mediante el Decreto Nº 491 del 12 de
marzo de 2002 y sus modificatorios se estableció que toda designación, asignación
de funciones, promoción y reincorporación
de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no
permanente será efectuada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la
Jurisdicción correspondiente.
Que ha tomado intervención la Dirección
General de Asuntos Jurídicos dependiente
de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que por el Decreto Nº 357 del 21 de febrero
de 2002 y sus modificatorios se aprobó el
organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría, estableciéndose sus
competencias.
Que la presente medida se dicta en virtud
de las atribuciones emergentes del Artículo
99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y a tenor de lo dispuesto por el Artículo 1° del Decreto Nº 491/02.
Que por el Decreto Nº 628 del 13 de junio
de 2005 y sus modificatorios, se aprobó
la estructura organizativa de primer nivel
operativo del MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Por ello,
Que por el Decreto Nº 2.204 del 30 de
diciembre de 2010, se sustituyeron los
Anexos I y II del Decreto Nº 628/05 y sus
modificatorios, vinculados al Organigrama
y Responsabilidad Primaria y Acciones en
la parte correspondiente a la SECRETARIA
DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL.
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dase por prorrogada, a partir del 26 de septiembre de 2013 —fecha de su
vencimiento— y hasta el 19 de noviembre de
2013 inclusive, la designación transitoria efectuada en los términos del Decreto Nº 1.204/10
y prorrogada por sus similares Nros. 1.614/11 y
2.637/12, del Doctor Don Luis Ignacio DI SALVO
(D.N.I. Nº 30.653.890), en UN (1) cargo Nivel C
- Grado 0, del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado
por Decreto Nº 2.098/08, correspondiente a la
planta permanente del MINISTERIO DE SEGURIDAD, para cumplir funciones como PROFESIONAL ESPECIALIZADO.
Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se
imputará con cargo a las partidas específicas
del presupuesto vigente de la Jurisdicción 41 MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER.
— Jorge M. Capitanich. — María C. Rodríguez.
#F4605329F#
#I4605331I#
MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Decreto 999/2014
Dase por prorrogada designación del Director de Diseño, Evaluación y Monitoreo
de las Políticas de Protección Social.
Bs. As., 23/6/2014
VISTO el Expediente Nº 1.605.341/14 del
Registro del MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, las Le-
Que por la Resolución del MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL Nº 566 del 30 de junio de 2009
se aprobó la dotación del citado Organismo conforme el detalle que como planilla
anexa forma parte integrante de la citada
resolución.
Que por el Decreto Nº 1.140 del 28 de junio
de 2002 se facultó a los Titulares de las Jurisdicciones a solicitar al PODER EJECUTIVO NACIONAL la cobertura transitoria de
los cargos incluidos en el Nomenclador de
Funciones Ejecutivas del entonces SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA (SINAPA).
Que por la Resolución Conjunta de la entonces SECRETARIA DE GABINETE de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
y la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS Nros. 4 y 89 del 31 de marzo de
2011, respectivamente, se incorporaron en
el Nomenclador de Funciones Ejecutivas
las unidades organizativas correspondientes al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL, entre las que se
encuentra la Dirección de Diseño, Evaluación y Monitoreo de las Políticas de Protección Social.
Que a través del Decreto Nº 295 del 15
de marzo de 2013 se designó con carácter transitorio, a partir del 1° de febrero de
2013 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados desde la fecha de la citada medida, en el ámbito del
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, en el cargo de Nivel
A, Grado 0, Director de Diseño, Evaluación
y Monitoreo de las Políticas de Protección
5
Social, dependiente de la SUBSECRETARIA DE POLITICAS DE LA SEGURIDAD
SOCIAL de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL.
Que por el Decreto Nº 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, se
homologó el CONVENIO COLECTIVO DE
TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL
DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO (SINEP), concertado entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales
mediante el Acta Acuerdo de fecha 5 de
septiembre de 2008.
Que transcurrido el plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles y no habiéndose efectuado las correspondientes
convocatorias al proceso de selección,
razones operativas hacen necesario prorrogar por un término similar la designación transitoria involucrada en el Decreto
Nº 295/13.
Que el cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas
de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL
PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado
por el Decreto Nº 2.098/08, dentro del plazo de CIENTO CHENTA (180) días hábiles
contados a partir de la fecha de la presente
medida.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para
el ESTADO NACIONAL.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la
intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud
de las atribuciones emergentes del artículo
99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, y con lo establecido en el artículo 1°
del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dase por prorrogada, a partir
del 18 de diciembre de 2013 y por el término de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados
desde la fecha de la presente medida, la designación transitoria efectuada oportunamente
a través del Decreto Nº 295 del 15 de marzo de
2013 en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, en
el cargo de Nivel A, Grado 0, Director de Diseño, Evaluación y Monitoreo de las Políticas
de Protección Social, dependiente de la SUBSECRETARIA DE POLITICAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL, al Lic. Eduardo Salvador María
LEPORE (M.I. Nº 25.276.664), autorizándose el
correspondiente pago de la Función Ejecutiva
de Nivel II del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL,
homologado por el Decreto Nº 2098/08 y sus
modificatorios.
Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII;
y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO
SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2.098/08, dentro
del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente
medida.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido
con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER.
— Jorge M. Capitanich. — Carlos A. Tomada.
#F4605331F#
Primera Sección
Lunes 30 de junio de 2014
DECISIONES
ADMINISTRATIVAS
#I4605313I#
MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS
Decisión Administrativa 476/2014
Contratación.
Bs. As., 23/6/2014
VISTO el Expediente Nº S01:0350683/2012
del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Ley Nº 25.164 Marco
de Regulación del Empleo Público Nacional, los Decretos Nros. 1.421 de fecha
8 de agosto de 2002, 1.142 de fecha 26
de noviembre de 2003, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal
del Sistema Nacional de Empleo Público,
homologado por el Decreto Nº 2.098 de
fecha 3 de diciembre de 2008, las Decisiones Administrativas Nros. 3 de fecha
21 de enero de 2004, 1.151 de fecha 28
de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de
marzo de 2009, la Resolución Nº 48 de
fecha 30 de diciembre de 2002 de la exSUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 25.164 se aprobó el
marco de regulación del Empleo Público
Nacional y se establecieron los deberes y
derechos del personal que integra el Servicio Civil de la Nación.
Que por el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de
agosto de 2002 se aprobó la reglamentación de la Ley Marco de Regulación de
Empleo Público Nacional Nº 25.164.
Que los artículos 7° y 9° del Anexo a la
citada Ley, reglamentada por el Decreto
Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002
y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex-SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y
sus modificatorias, norman respecto de
la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista
en el régimen de contrataciones para la
prestación de servicios de carácter no
permanente, el que será equiparado en
los niveles y grados de la planta permanente.
Que
la
Licenciada
Paola
Mariel
RODRIGUEZ (DNI Nº 28.876.116) ha sido
afectada exclusivamente a la realización
de actividades de carácter transitorio, de
acuerdo con los términos del Artículo 9°
del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha
8 de agosto de 2002.
Que los antecedentes curriculares de la
agente propuesta resultan atinentes al
objetivo de las funciones asignadas y
acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas,
por lo que procede a autorizar a convalidar dicha contratación con carácter de
excepción a lo establecido en el Inciso
c), Punto II del Artículo 9° del Anexo I al
Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto
de 2002.
Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las prescripciones referidas a la
asignación de grado contenidas en las
Decisiones Administrativas Nros. 3 de fecha 21 de enero de 2004, 1.151 de fecha
28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6
de marzo de 2009.
Que
la
Licenciada
Paola
Mariel
RODRIGUEZ (DNI Nº 28.876.116) ha dado
cumplimiento a lo establecido en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002
de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de
la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS dependiente de la
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION
Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de
la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete en orden a lo
dispuesto por el Artículo 8° del Decreto
Nº 1.142 de fecha 26 de noviembre de
2003.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del
Artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y del último párrafo del
Artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1.421
de fecha 8 de agosto de 2002.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Autorízase al MINISTERIO
DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS para convalidar la
contratación de la Licenciada Paola Mariel
RODRIGUEZ (DNI Nº 28.876.116) por el período comprendido entre el 1° de diciembre
de 2012 y el 31 de diciembre de 2012, con carácter de excepción al Inciso c), Punto II del
Artículo 9° del Anexo l del Decreto Nº 1.421
de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario
de la Ley Marco de Regulación de Empleo
Público Nacional Nº 25.164, por no reunir los
requisitos mínimos para el acceso al Nivel
B del Sistema Nacional de Empleo Público
(SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el
Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de
2008.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Jorge M. Capitanich. — Julio M.
De Vido.
#F4605313F#
#I4605312I#
MINISTERIO DE JUSTICIA
Y DERECHOS HUMANOS
Decisión Administrativa 475/2014
Desestímase recurso.
Bs. As., 23/6/2014
VISTO el Expediente Nº S04:0062859/2012
del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, y
CONSIDERANDO:
Que a través de los Decretos Nros. 360
del 14 de marzo de 1995 y 67 del 24 de
enero de 1996, el PODER EJECUTIVO
NACIONAL aprobó sendos regímenes
de tasas por la prestación de servicios a
cargo de la INSPECCION GENERAL DE
JUSTICIA, dependiente del ex MINISTERIO DE JUSTICIA, actual MINISTERIO DE
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que el artículo 59 de la Ley Nº 25.237
(Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio
2000) ratificó lo dispuesto en los artículos
8°, 9° y 12 del Decreto Nº 360/95, como
así también hasta la fecha de promulgación de dicha ley, lo preceptuado en el
Decreto Nº 67/96.
Que asimismo, la referida norma legal facultó a la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS a establecer los valores o
escalas a aplicar para la fijación del importe de las tasas a percibir por la INS-
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
PECCION GENERAL DE JUSTICIA, a determinar los procedimientos relacionados
con su pago y fijar las sanciones aplicables en caso de incumplimiento.
Que en ejercicio de dicha facultad; fueron
dictadas las Decisiones Administrativas
Nros. 55 del 18 de mayo de 2000 y 46 del
24 de abril de 2001.
Que la firma CHABAR INMOBILIARIA S.A.
ha impugnado por vía indirecta las disposiciones de la Decisión Administrativa
Nº 46/01, a través del cuestionamiento de
la legitimidad del acto de aplicación que
instrumenta la boleta de pago emitida por
la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA
de la tasa anual, correspondiente al período 2011.
Que dicha firma ha invocado la doctrina
emergente del pronunciamiento de la
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA
NACION en la Causa S.365.XXXVII, caratulada “Selcro S.A. c/ Jefatura de Gabinete de Mos, Decisión 55/00 (dto Nº 360/95
y 67/96) s/ amparo Ley 16.986”, en vista del cual ha solicitado que se deje sin
efecto el requerimiento de pago que instrumenta la aludida boleta.
Que esta impugnación debe ser tramitada
como recurso de reconsideración, en el
marco de las previsiones de los artículos
73 y 75 del “Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O.
1991”, cuya resolución, según el último
de los citados dispositivos, compete a la
misma autoridad que dictó el acto de alcance general.
Que la Decisión Administrativa Nº 46/01
no ha quebrantado el principio de legalidad tributaria, ya que el régimen de tasas allí instituido tiene expreso sustento
en una disposición de rango legislativo
como es el artículo 59 de la Ley Nº 25.237.
Que, asimismo, parte de nuestra doctrina
ha señalado que el pronunciamiento judicial cuando declara la inconstitucionalidad de una ley no posee alcance general
sino particular, siendo de aplicación en
aquellos casos en que se haya peticionado judicialmente dicho pronunciamiento
(v. Mairal, Héctor A. “Los efectos de la
sentencia que acoge la impugnación de
un reglamento”, Revista de Derecho Administrativo, Año 1, Nº 2, Ed. Depalma;
Buenos Aires, págs. 224 y ss).
Que la jurisprudencia de nuestro Máximo
Tribunal de Justicia ha dado la razón a
dicha postura (C.S.J.N., Fallos 306:1125,
entre otros), con tal fundamento, pues,
cabe concluir acerca del alcance exclusivamente circunscripto a las partes, de la
sentencia estimatoria de la impugnación
de un reglamento.
Que, sin perjuicio de que el poder administrador no tenga competencia para
declarar por sí la inconstitucionalidad de
las leyes (C.S.J.N., Fallos 269:243), existen fundamentos que avalan la validez
constitucional del precepto legal antes
aludido.
Que conforme lo ha destacado una calificada corriente doctrinaria (Bidart Campos, Germán J., “Manual de la Constitución Reformada”, T° III, Buenos Aires,
1997, págs. 158 y 159), el ordenamiento
constitucional emergente de la reforma
de 1994 admite la coexistencia de los
“reglamentos delegados”, sujetos a los
estrictos requisitos que contempla el artículo 76 de la Carta Magna, junto a los
que la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DE LA NACION denominó “reglamentos de ejecución sustantivos” (Fallos
316:2624), que no son otros que los que
tradicionalmente fueron caracterizados
como “reglamentos delegados en sentido impropio”.
Que esta última clase de reglamento no
está sujeta a las restricciones contempladas por el artículo 76 de la CONSTITUCION NACIONAL; su dictado se sustenta en el artículo 99, inciso 2 de la Carta
Magna, y sus límites quedaron fijados en
la jurisprudencia del Alto Tribunal (Fallos
6
148:430; 246:345; 304:1898; 311:1617;
315:2530 y 316:2624, entre otros).
Que a la luz de la doctrina desarrollada
por la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DE LA NACION, son válidas las disposiciones con rango de ley que habilitan
al poder administrador para la determinación de aspectos, aún sustantivos,
relacionados con la aplicación concreta
de la ley, según el juicio de oportunidad
temporal, o de conveniencia de contenido que realice la Administración, siempre
que la política legislativa esté explícita o
implícitamente plasmada en la respectiva
norma legal.
Que la viabilidad constitucional de las habilitaciones legislativas de esa índole ha
sido reconocida incluso en materia tributaria, admitiéndose que la ley encomiende al poder administrador la determinación de distintos aspectos configurativos
de la obligación tributaria (C.S.J.N., Fallos
270:42; 306:788; 310:2193 y 315:1820).
Que por las razones expuestas, y aun
cuando pueda considerarse que la materia tributaria se encuentra excluida de
la figura de la delegación legislativa contemplada por el artículo 76 de la CONSTITUCION NACIONAL, lo concreto es que
la Decisión Administrativa Nº 46/01 tiene
suficiente sustento como “reglamento de ejecución sustantivo”, conforme
los lineamientos jurisprudenciales antes
enunciados.
Que en ese marco, la habilitación emanada del legislador pudo ser válidamente
realizada a favor de esta JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, habida cuenta
las facultades que tiene asignadas por el
artículo 100, incisos 2 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, y considerando asimismo que la llamada “delegación impropia”
puede tener por destinatarios a órganos
dependientes del PODER EJECUTIVO NACIONAL (C.S.J.N., Fallos: 315:2530).
Que la Decisión Administrativa Nº 46/01
es un acto que goza de presunción de legitimidad, la cual no llega a ser enervada
por el planteo de la entidad reclamante.
Que existe por otra parte, un claro interés público comprometido en la oportuna
percepción de tasas que están destinadas a financiar la prestación de servicios
registrales y el cumplimiento de funciones de control a cargo del ESTADO NACIONAL, a través de la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA.
Que, por las razones antes expuestas, no
corresponde disponer la suspensión de los
efectos de la Decisión Administrativa cuestionada, ni la de su acto de aplicación.
Que como corolario de lo dicho, el recurso deducido en la actuación citada en el
Visto debe ser desestimado.
Que ha tomado intervención el servicio
permanente de asesoramiento jurídico
del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que los artículos 75 y 84 del “Reglamento
de Procedimientos Administrativos, Decreto 1759/72 T.O. 1991”, facultan al que
suscribe para el dictado de la presente.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Desestímase el recurso de
reconsideración interpuesto indirectamente,
a través del cuestionamiento a la legitimidad
del acto de aplicación que instrumenta la respectiva boleta de pago de la tasa anual correspondiente al período 2011 emitida por la
INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, por la
firma CHABAR INMOBILIARIA S.A. contra la
Decisión Administrativa Nº 46 del 24 de abril
de 2001.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la
Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Julio C. Alak.
#F4605312F#
Primera Sección
Lunes 30 de junio de 2014
RESOLUCIONES
#I4606259I#
Ministerio del Interior y Transporte
TARIFAS
Resolución 579/2014
Resolución Nº 1609/2013. Modificación.
Bs. As., 24/6/2014
VISTO el Expediente Nº S02:0072499/2014 del registro de este Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que la política de transporte público de pasajeros de carácter urbano y suburbano
desarrollada por el ESTADO NACIONAL en el AREA METROPOLITANA DE BUENOS
AIRES tiene entre sus objetivos centrales el mantenimiento de tarifas razonables,
aplicando como instrumento las compensaciones tarifarias y logrando una política
de redistribución del ingreso hacia los sectores de menores recursos.
Que la Resolución Nº 270 de fecha 26 de noviembre de 2009 de la SECRETARIA
DE TRANSPORTE, dependiente entonces del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, estableció la metodología para el tratamiento de los costos de explotación del sector de autotransporte automotor, en
base a los estudios encargados a la FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS de la
UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES.
Que a través de la Resolución Nº 37 de fecha 13 de febrero de 2013 de este Ministerio se actualizó la metodología referida en el considerando precedente.
Que las mejoras constatadas respecto del salario real de la población, acompañadas por una marcada caída de los índices de desocupación, permitieron que parte
del déficit de cobertura de los costos de explotación de los servicios de transporte
urbano y suburbano fueran atendidos mediante la reestructuración de sus niveles
tarifarios, procediéndose en consecuencia al dictado de las Resoluciones Nros.
1170 de fecha 3 de diciembre de 2007 y 13 de fecha 8 de enero de 2009, ambas del
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS; y
por otra parte, de la Resolución Nº 66 de fecha 19 de julio de 2012, su modificatoria
Resolución Nº 975 de fecha 19 de diciembre de 2012 y la Resolución Nº 1609 de
fecha 26 de diciembre de 2013, todas de este Ministerio.
Que asimismo, este Ministerio dictó la Resolución Nº 367 de fecha 6 de mayo de
2014 por cuyo ANEXO UNICO se aprobó el cálculo de los COSTOS E INGRESOS
MEDIOS DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS URBANOS Y SUBURBANOS DE LA REGION METROPOLITANA DE BUENOS AIRES.
Que ello implicó el establecimiento de los montos máximos de compensaciones a
cargo del ESTADO NACIONAL a distribuir entre las permisionarias y la consecuente
asunción, por parte de cada una de las jurisdicciones nacional, provinciales y municipales involucradas, en el ejercicio de sus potestades, de la determinación de los
cuadros tarifarios a aplicar ante las variaciones de costos e ingresos y teniendo en
cuenta el monto máximo de las compensaciones aprobado.
Que por la aplicación de la precitada resolución se estatuye una estructura tarifaria
retributiva del costo actual del servicio, parte de la cual es soportada por la tarifa
que pagan los usuarios y el resto es solventada con fondos del ESTADO NACIONAL
a través de las compensaciones tarifarias.
Que con fecha 16 de junio de 2014, en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR (UTA) por un lado, y
las Cámaras Empresarias del sector por otro, ratificaron en el marco del Acuerdo
Paritario celebrado, un incremento del VEINTIOCHO POR CIENTO (28%) sobre el
básico conformado para el conductor de corta y media distancia.
Que en el Acta mencionada, las Cámaras Empresarias manifestaron que las sumas resultantes de dicho Acuerdo Paritario deberán ser consideradas en el Modelo
Económico Financiero, confeccionado sobre la base de la metodología aprobada
mediante la mencionada Resolución Nº 270 de fecha 26 de noviembre de 2009 de la
SECRETARIA DE TRANSPORTE de este Ministerio.
Que en dicho marco, por medio de la presente se propicia sustituir el Anexo I de la
Resolución Nº 1609 de fecha 26 de diciembre de 2013 de este Ministerio.
Que la política de inclusión social que lleva adelante el ESTADO NACIONAL hace
que el gasto en transporte, medido en función del salario de la población, represente
niveles inferiores a los registrados un lustro atrás, aun teniendo en consideración la
redeterminación de tarifas que por la presente se propicia.
Que el grado y alcance de la redeterminación tarifaria a implementarse implica el
redimensionamiento de las compensaciones tarifarias provenientes del SISTEMA
INTEGRADO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SISTAU), en los términos del Decreto Nº 652 de fecha 19 de abril de 2002 y sus modificatorios, ratificado por la Ley
Nº 26.028, así como de las generadas en el marco de su REGIMEN DE COMPENSACIONES COMPLEMENTARIAS (RCC) establecido por el artículo 1º del Decreto
Nº 678 de fecha 30 de mayo de 2006.
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
7
la órbita de las unidades administrativas establecidas por la Resolución Nº 168 de
fecha 7 de diciembre de 1995 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE entonces dependiente del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
en el marco de lo dispuesto por el artículo 2° del Decreto Nº 656 de fecha 29 de abril
de 1994.
Que por el Decreto Nº 84 de fecha 4 de febrero de 2009 se ordenó la implementación
del SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO (SUBE), como medio de percepción de la tarifa para el acceso a la totalidad de los servicios de transporte público
automotor, ferroviario de superficie y subterráneo de pasajeros de carácter urbano
y suburbano.
Que en virtud de lo previsto en las Resoluciones Nros. 66 de fecha 19 de julio de
2012, 975 de fecha 19 de diciembre de 2012 y 1609 de fecha 26 de diciembre de
2013, todas de este Ministerio, se ha implementado una tarifa diferenciada para
aquellos usuarios que abonan su pasaje a través de su Tarjeta SUBE, respecto de
aquellos que lo hicieran con otra forma de pago.
Que es política del ESTADO NACIONAL propiciar acciones que tiendan a tutelar a los
sectores de la población con mayor vulnerabilidad social, tal es el caso de aquellos
que cuentan con planes sociales otorgados por el mismo ESTADO NACIONAL como
la Asignación Universal y el Programa Jefes de Hogar y/o pertenezcan a grupos de
afinidad como ser jubilados y pensionados, personal del trabajo doméstico y veteranos de la guerra de Malvinas, todos los cuales se encuentran individualizados en los
registros de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
Que por la Resolución Nº 1609 de fecha 26 de diciembre de 2013 de este Ministerio
se implementaron políticas que permiten a los sectores sociales mencionados en el
considerando precedente, acceder al servicio público de transporte utilizando como
medio de pago el SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO (SUBE), contando
con una tarifa diferenciada, aplicando un descuento del CUARENTA POR CIENTO
(40%) sobre las tarifas con SUBE correspondientes.
Que sin perjuicio de ello, corresponde disponer que los usuarios de servicios públicos de pasajeros que posean mayores beneficios a los estatuidos por la presente
resolución les sean mantenidos, de manera tal de no vulnerar derechos adquiridos
por los mismos.
Que por otra parte, a través del artículo 1° de la Ley Nº 26.740 se ratificó la transferencia a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES de los servicios de Transporte
Subterráneo y Premetro, producida mediante el Acta Acuerdo suscripta entre dicha
jurisdicción y el ESTADO NACIONAL con fecha 3 de enero de 2012, y por su artículo
2° se estableció que corresponde a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
ejercer en forma exclusiva la competencia y fiscalización de dichos servicios así
como los de transporte automotor y de tranvía cuya prestación corresponda al territorio de la misma.
Que no obstante ello y hasta tanto la autoridad competente establezca los nuevos
valores tarifarios en el territorio de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y
se complementen dichas políticas en forma articulada con los gobiernos locales
del AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES, a través del organismo interjurisdiccional correspondiente, se aplicarán los valores contenidos en el ANEXO I de la
presente.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente resolución se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de la
Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorios, de los artículos 5° y 7° del Decreto Nº 656 de fecha 29 de abril de 1994 y del
artículo 2° de la Ley Nº 25.790.
Por ello,
EL MINISTRO
DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
RESUELVE:
Artículo 1° — Sustitúyese el ANEXO I de la Resolución Nº 1609 de fecha 26 de diciembre de 2013 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, por el ANEXO I de la presente
resolución, el que regirá a partir de la hora CERO (0) del día 1 de julio de 2014.
Art. 2° — lnstrúyese a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE para calcular la diferencia que —en concepto de compensaciones
tarifarias— deba abonarse a las empresas de transporte público por automotor del AREA
METROPOLITANA DE BUENOS AIRES, de conformidad con lo previsto en la Resolución
Nº 422 de fecha 21 de septiembre de 2012 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE,
sus modificatorias y complementarias.
Art. 3° — Establécese que los usuarios del sistema de transporte público por automotor
que posean tarjetas del SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO (S.U.B.E.) y que pertenezcan a los grupos de afinidad detallados en el artículo 5° de la Resolución Nº 975 de fecha
19 de diciembre de 2012 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, abonarán a partir
de la fecha establecida en el artículo 1° de la presente resolución, los montos establecidos
para las TARIFAS CON SUBE en el ANEXO I de la presente resolución, con un descuento del
CUARENTA POR CIENTO (40%).
Para gozar de tal beneficio, los usuarios antes mencionados deberán poseer la Tarjeta
SUBE debidamente personalizada con el atributo social y/o el grupo de afinidad que le corresponda.
Los Boletos Escolar y Estudiantil no sufrirán cambios en su valor por aplicación de la
presente resolución.
Respecto de aquellos servicios en los cuales se encuentre vigente una gratuidad o franquicia mayor a la prevista por el presente artículo, se aplicará dicha gratuidad o franquicia.
Que en este sentido, corresponde instruir a la SECRETARIA DE TRANSPORTE de
este Ministerio para que proceda a coordinar con la Provincia de BUENOS AIRES, a
fin de minimizar las asimetrías entre las distintas jurisdicciones del AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES de todos los servicios de transporte automotor.
Art. 4° — Comuníquese por intermedio de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE a las entidades representativas del transporte
público por automotor de pasajeros en el AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES.
Que dicha instrucción debe hacerse extensiva a la coordinación con las autoridades
jurisdiccionales respectivas de las tarifas a aplicar a los servicios que se prestan en
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. — Aníbal F. Randazzo.
Primera Sección
Lunes 30 de junio de 2014
ANEXO I
ESCALA PARA LOS DIFERENTES GRUPOS DE EMPRESAS OPERADORAS DE TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR DE CARACTER URBANO Y SUBURBANO DE JURISDICCION NACIONAL
Km. aprox.
0-3 km
3-6 km
6-12 km
12-27 km
Más de 27 km
III. REDONDEOS
Los importes finales que resulten de aplicar las bases tarifarias de la presente resolución a los
servicios del Apartado II de este Anexo, se redondearán por exceso o defecto de la siguiente forma:
- Valores tarifarios hasta $ 0,12, en el múltiplo de $ 0,25 inmediato anterior.
- Valores tarifarios mayores de $ 0,12, en el múltiplo de $ 0,25 inmediato superior.
#F4606259F#
I. LINEAS SUBURBANAS GRUPO I
Sección
1
2
3-4
5-9
10 en adelante
8
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
TARIFA con SUBE
$ 3,00
$ 3,25
$ 3,50
$ 4,00
$ 4,70
TARIFA sin SUBE
$ 6,00
$ 6,50
$ 7,00
$ 8,00
$ 9,20
Coordinación:
REMATES OFICIALES
Nuevos
#I4600213I#
BANCO CIUDAD
Te quiere ver crecer
a) Atento el dictado de la Ley Nº 26.740 y hasta tanto la autoridad competente establezca
los nuevos valores tarifarios, en territorio del Distrito Federal, para los tráficos con origen y
destino dentro del mismo, las líneas del agrupamiento Distrito Federal y las de Suburbano
Grupo I aplicarán los valores contenidos en el presente Anexo correspondientes a los CUATRO
(4) primeros niveles de tarifa de Suburbano Grupo I.
b) En territorio de la Provincia de BUENOS AIRES, para los tráficos con origen y destino
dentro del mismo, las líneas del agrupamiento Suburbano Grupo I aplicarán los valores correspondientes a los servicios provinciales de corta distancia que operan en la zona conurbana
bonaerense.
c) En la órbita de las unidades administrativas establecidas por la Resolución Nº 168/95
de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente entonces del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS en el marco de lo dispuesto por el artículo 2° del
Decreto Nº 656/94, las líneas de jurisdicción nacional aplicarán los valores correspondientes
a los servicios provinciales y/o municipales de corta distancia que operan en cada una de las
áreas geográficas involucradas.
d) Invítase a las jurisdicciones involucradas del AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES a adherir a la política tarifaria de la presente resolución con la finalidad de compatibilizar
a su vez los respectivos subsidios.
e) Las empresas prestatarias de los servicios de transporte público por automotor de
pasajeros, que se encuentren alcanzadas por el SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO (S.U.B.E.), sean de carácter nacional, provincial o municipal, deberán actualizar ante la
COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE (CNRT) los Formularios que el
sistema requiere para su implementación y actualización, de conformidad a los Formularios E
y F establecidos en el Anexo de la Resolución CNRT Nº 23/2011.
f) La SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
procederá a retener acreencias que por compensaciones tarifarias a la demanda pudiesen corresponder a las empresas beneficiarias del SISTAU y RCC, que no cumplan con lo establecido
en el acápite e) del presente Anexo.
TARIFA con SUBE
$ 1,10
$ 0,21
$ 3,40
Miembro de la Asociación Internacional de Entidades de Crédito Prendario
REMATE CON BASE
POR CUENTA, ORDEN Y EN NOMBRE DE TERCEROS
DEPARTAMENTOS EN LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES Y MAR DEL PLATA
Av. Piedrabuena 3851 piso 3 depto. 18 - Ciudad de Buenos Aires.
Se trata de una unidad. Ubicada en tercer piso, cuenta con hall, estar-comedor, tres dormitorios, baño y cocina. Sup. Cub: 64,86 m2
Exhibición: 1 de julio, de 11 a 15.
Base: $ 350.000.-
Av. Independencia 1701 piso 3 depto. 3 - Ciudad de Buenos Aires.
Se trata de una unidad ubicada en el tercer piso en toda su planta y consta de hall, living, comedor, dos dormitorios, escritorio, baño, cocina, habitación y baño de servicio. Sup. Cub: 94,94 m2
Exhibición: 2 de julio, de 11 a 15.
Base: $ 930.000.-
Buenos Aires 2177 piso 10 depto. H - Mar del Plata.
Se trata de una unidad ubicada en el piso diez, que consta de estar comedor con balcón, dormitorio, cocina, baño, lavadero, habitación de servicio con baño. Sup. Cub.: 51,62 m2
Exhibición: 30 de junio, de 11 a 15.
Base: $ 640.000.-
SUBASTA: el próximo 7 de julio, a las 10:30, en Esmeralda 660, 3° Piso, Salón Auditorio “Santa María de los Buenos Ayres”, Ciudad de Buenos Aires.
CONDICIONES DE VENTA: al contado: 10% de seña, el 3% de comisión, más IVA sobre la
comisión. Saldo: 40% a la firma del boleto de compra-venta y el 50% restante a la firma de la escritura traslativa de dominio.
CATALOGOS E INFORMES: en Esmeralda 660, 6° Piso, Ciudad de Buenos Aires, de lunes a
viernes de 10 a 15 - Tel. 4329-8600 int. 3669/3693/3694, FAX 4322-6817 y en www.bancociudad.
com.ar >>personas>>cronograma.
II. LINEAS SUBURBANAS GRUPO II
Concepto
Terminal
Base Pasajero/km
Boleto Mínimo
www.bancociudad.com.ar
TARIFA sin SUBE
$ 2,20
$ 0,43
$ 7,00
La oferta de servicios diferenciales de este grupo y sus tarifas serán autorizadas teniendo
en cuenta el valor de compensación previsto para la tarifa de los servicios comunes.
SUBASTA SUJETA A LA APROBACION DEL VENDEDOR.
OFI 2916
ALBERTO ESCRIU, Asistente de Equipo Diseño, Gerencia de Marketing, Banco Ciudad de
Buenos Aires.
e. 30/06/2014 Nº 42902/14 v. 30/06/2014
#F4600213F#
Primera Sección
Lunes 30 de junio de 2014
Documento
AVISOS OFICIALES
Nuevos
DNI 33541217
#I4605003I#
REGISTRO NACIONAL DE ARMAS
Armas de Fuego.
En cumplimiento de lo establecido por la Resolución MJyDDHH Nº 373/13, se detalla a continuación el listado de solicitudes de tenencia y portación de armas de fuego a efectos de que cualquier ciudadano, habitante de la Nación Argentina y entidades de la sociedad que tengan interés,
puedan oponerse a dichas solicitudes:
SOLICITUDES DE TENENCIAS DE ARMAS DE FUEGO
Documento
Denominación
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
DNI 24515288
ABALO MAXIMILIANO ARIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16829959
ABBOUD GABRIEL YUSEF
sobre CARABINA calibre .45-70 PLG
DNI 30753408
ABURTO ERNESTO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
ACEVEDO MARIO BILLY
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20870059
ACOSTA CARLOS HUMBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 13556980
ACOSTA ELFIO CORNELIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 21354091
ACOSTA HECTOR HUGO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 6917219
DNI 31884938
ACOSTA LEANDRO GABRIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28222320
ACOTTO MARINO JUAN MATIAS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 23173727
ACQUARO VERONICA ALEJANDRA
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 8647269
AGOSTINI HUGO ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 16814485
AGUIAR JORGE DARIO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 30176576
AGUIRRE SEBASTIAN
sobre CARABINA calibre .30-30 PLG
DNI 13038318
AINSTEIN DANIEL ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
ALARCON AMELIA
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
ALARCON RICARDO HECTOR
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 4511798
DNI 35212078
DNI 25972255
ALBA MAURICIO ANIBAL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 27785384
ALBAGLI EDUARDO DAVID
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 34640123
ALBARRAZIN LUCAS EMMANUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
LE 5482033
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
ALBERDI JOSE GREGORIO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 31467041
ALBORNOZ PASCUAL EUFEMIO
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 26724251
ALE JULIO CESAR
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 17370934
ALFINI SANDRO LUIS
sobre REVOLVER calibre .44 PLG
DNI 14426280
ALLEGRA RUBEN ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 11089631
ALLES HECTOR DANIEL
sobre CARABINA calibre .30-30 PLG
DNI 26047166
ALLONI MAXIMILIANO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 14527839
ALMENZAR LUIS HORACIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14527839
ALMENZAR LUIS HORACIO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 26943070
ALOE JUAN FACUNDO MARTIN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21447125
ALVAREZ ARIEL ARMANDO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 14108353
ALVAREZ CLAUDIO ROBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26300787
ALVAREZ JORGE FABIAN
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
LE 7364499
ALVAREZ NESTOR JORGE
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 33432300
ALVAREZ NUNCIO MIGUEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
Denominación
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
BANIS FRANCO ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 30502197
BANKLIAN FRANCO DAMIAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 23211742
BARATTA MARCELO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 10700161
BARBALARGA CARLOS ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 33454502
BARBERAN ALEJANDRO DANIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 23226702
BARBERO VERZOTTO ALEJANDRO L.
sobre FUSIL calibre .300 PLG
LE 4431547
BARBIERI BRUNO RINALDO
sobre PISTOLON calibre 32 UAB
DNI 31405245
BARMAN CARLOS MARTIN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 13378485
BARREÑADA OSVALDO
sobre FUSIL calibre .375 PLG
DNI 13378485
BARREÑADA OSVALDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 13378485
BARREÑADA OSVALDO
sobre REVOLVER calibre .44 PLG
DNI 13378485
BARREÑADA OSVALDO
sobre CARABINA calibre .44-40 PLG
DNI 20796298
BARREYRO EDGARDO MARCELO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 31537314
BARRIENTOS PERO EZEQUIEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 11126704
BARRIONUEVO RUBEN DANTE
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 24724309
BARROSO RAUL OSCAR
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 21694673
BARROTTO RICARDO CRISTIAN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 21428557
BASSO JOSE LUIS
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 26612090
BASUALDO JOSE CEFERINO A.
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 27312653
BATELLOCI DIEGO ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16872700
BAUMGERTNER PEDRO ANDRES
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 10617086
BAZAN RAFAEL PASCUAL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 26442042
BEHRENS JORGE RAUL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 33841288
BELLAVITIS MARTIN SEBASTIAN
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 27301193
BELLENDIR DIEGO ARMANDO
sobre FUSIL calibre .30-06 PLG
DNI 31238553
BELLI LUCAS MATEO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 92373524
BELLUSCI MARTINEZ MARIO JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27787795
BENAVIDEZ GASTON EZEQUIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 17552604
BENGOLEA SERGIO HEBER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24291177
BENITEZ JAVIER
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 14869235
BENITEZ JOSE CARLOS
sobre PISTOLON calibre 32 UAB
DNI 34972880
BENITEZ LUIS MARIANO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 27448871
BENITEZ MABEL BEATRIZ
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 30849024
BERGUESSI IVAN ARIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 20355200
BERNASCONI FERNANDO DARIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 35220398
BERNHARDT LAUTARO JOSE
sobre CARABINA calibre .17 PLG
DNI 14275369
BERON MIGUEL ANGEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 21406043
BERRINO FERNANDO ARIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 24344839
BERTA GERMAN ANDRES
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 33023081
BERTHE CARLOS NERY
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 25020972
BERTONI HERMAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 16509523
BESSONE NESTOR HUGO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 27986310
BEZCHLIBIAK MARCELO ADRIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 18578531
BILBAO ABEL ELOY
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 22823953
BIONDI SCOTTO JUAN PABLO MARIA
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 13247620
BISCONTIN LINA
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 21709596
BLANCO CLAUDIO MARCELO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 12149845
BLASCO ABELARDO ABEL
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 30413058
BLEHM NICOLAS GABRIEL
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 30413058
BLEHM NICOLAS GABRIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 94078088
BOBADILLA AVALOS ALFREDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 7995045
BOLLATI DENSIO JOSE
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 26839055
BOLLI EDUARDO FACUNDO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 27955277
BOÑANNI MAURICIO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
BONIFORTI CARLOS ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14263145
ALVAREZ RICARDO RODOLFO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 32738469
AMARILLA MARCELO ARIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 11666914
AMATO HUGO OSVALDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12205589
AMIREBOLE DANIEL ALBERTO
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 11293637
DNI 10471506
AMMENDOLIA ROQUE SALVADOR
sobre REVOLVER calibre .44 PLG
DNI 23486097
BONILLA HERNAN HUMBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 33078924
AMOROSO JAVIER ANTONIO
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 23043821
BONINO RAUL ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
BORA HUGO ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 26072956
AMUT SEBASTIAN EDUARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20029416
DNI 14172166
ANDRADA ALBERTO OSCAR
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 31670717
BORDACHAR FEDERICO JORGE
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 10919748
ANDREOTTI ERNESTO JOSE
sobre ESCOPETA calibre 36 UAB
DNI 29466626
BORIS FRANCO SEBASTIAN
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 14611694
ANDROVETTO CLAUDIO ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 22222308
BORREGO FERNANDO CESAR
DNI 27208685
ANRRIQUEZ GRACIELA NATALIA
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 34004708
BOSSA CRISTIAN NICOLAS
sobre CARABINA calibre .30-06 PLG
DNI 8467639
ANTONILLI RUBEN
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 16127476
BOTTA CARLOS EDGARDO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 29494263
APARICIO MAZA DARIO REINALDO
sobre FUSIL calibre .223 PLG
DNI 13978351
BRACONI GUSTAVO ROBERTO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 26339498
ARANA OSCAR ANTONIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 29315104
BRAMBILLA JUAN JOSE
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 20442319
ARANDA CARLOS EDUARDO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 32364312
BRAMUZZO IVAN JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12237780
ARCURI FRANCISCO ANTONIO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 23219865
BRASSESCO ROSANA BEATRIZ
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 4531057
ARENA JORGE OMAR
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 21583728
BRAVO CARLOS RAFAEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 10792832
ARGAÑARAZ JOSE MANUEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 21583728
BRAVO CARLOS RAFAEL
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 22862054
ARGÜERO EMILIANO RAMIRO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 10740285
BRAVO PEDRO VICENTE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22862054
ARGÜERO EMILIANO RAMIRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21948626
BREST MIGUEL ROBERTO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 16432210
ARIZA EPIFANIO JOSE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11053412
BRIOZZO JUAN RICARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28949698
ARMOA LEONARDO SEBASTIAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 11799629
BRIZUELA MIGUEL ANGEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
AROCENA RODOLFO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 14484789
BRIZUELA RUBEN ANTONIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 35340147
ARREGUI PABLO HERNAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 92506293
BRONS PATRICIO GUILLERMO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 32635446
ARRIETA ARIEL VALENTIN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 34968061
BRUERA VEGA EMMANUEL HECTOR
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 29740390
ARROYO CARLOS SEBASTIAN
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 20872297
BRUNA ANDRES ENRIQUE
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 28417114
ASSENZA PARISI FRANCISCO E.
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 23674317
BRUNET PABLO SANTIAGO
sobre CARABINA calibre .30-30 PLG
sobre PISTOLA calibre 9 MM
LE 5370172
DNI 28432877
AVILA CESAR ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 32727539
BRUNETTI JESUS EMILIANO
DNI 27062957
AVILA CRISTIAN SEBASTIAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 29698265
BRUNETTI JOSE DAMIAN
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 16787149
AVILA EUSEBIO NESTOR ARIEL
sobre CARABINA calibre .308 PLG
BRUNO ADOLFO ANTONIO
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 25870911
AYALA JUAN MANUEL
sobre CARABINA calibre .25-20 PLG
DNI 23114693
BRUNT RICARDO LUIS
sobre FUSIL calibre 6,5x55 MM
DNI 20538479
AYALA MAURICIO ANTONIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12511067
BUDUBA OMAR ORLANDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 8261734
AYALA TORALES MANUEL GUILLERMO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 24451430
BUFFA GUSTAVO SEFERINO
sobre CARABINA calibre .30-30 PLG
DNI 31429938
BACH GERMAN ADOLFO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 14005308
BUFFA LUIS HORACIO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 10859038
BADIA MIGUEL JUAN
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 35992527
BUGGE MIGUEL ANGEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21727372
BAEZ MARIO ALBERTO
sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG
DNI 17246714
BAGLI JUAN CARLOS
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 16641383
BALBO CARLOS ALBERTO
DNI 24666487
BALLEJO GASTON ROBERTO
LE 7362762
LE 6044278
9
BUSSOLA RAUL JUAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26854237
BUSSONE CLAUDIO JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17430289
BUSTAMANTE GUILLERMO LUIS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 14094927
BUTTAZZONI VALENTIN ANTONIO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
Primera Sección
Lunes 30 de junio de 2014
Documento
DNI 92596018
Denominación
CABRERA NODAR CARLOS DARIO
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
Documento
Denominación
10
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 28260341
CORNEJO COLL JOSE RENE
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 92596018
CABRERA NODAR CARLOS DARIO
sobre ESCOPETA calibre 36 UAB
DNI 17264443
CORNEJO LUIS RICARDO
DNI 11330156
CABRERA RUBEN MIGUEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 25314849
CORONA VANINA SUSANA
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 23605424
CACEREZ GUSTAVO SERGIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22672847
CORONEL ANGEL MARCELO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 18498414
CALDERON DANIEL GUILLERMO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 24529172
CORONEL JULIAN MARIA
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29926682
CALDERON LUIS ALBERTO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 36074323
CORRADO BERTANI WALTER ARIEL
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 31807948
CALIZAYA ABAN NILO ALBERTO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 25300811
CORREA LEONARDO HERNAN
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 16501224
CALLIGARIS CARLOS MARCELO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 5268402
CORTE EDUARDO MARIO ANGEL
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 18559487
CALVO ARNOLFO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 21419433
COSTAMAGNA ADRIAN GUSTAVO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 18559487
CALVO ARNOLFO
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 16765225
CRESPI ALBERTO EDUARDO
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 36905750
CALVO JUAN IGNACIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 16765225
CRESPI ALBERTO EDUARDO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 20189045
CAMBEIRA LEONARDO DANIEL
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 16989702
CRESPO MAURICIO ADRIAN
sobre REVOLVER calibre .44 PLG
DNI 29903791
CAMPI ALE4JANDRO ARIEL
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 17929913
CRESTA SERGIO FABIAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 16464799
CAMPOS ANGEL OCTAVIO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 28822031
CRISTOFOLI RAMIRO SEBASTIAN
sobre FUSIL calibre .223 PLG
DNI 36925800
CAMPOS FEDERICO MARTIN
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 12611519
CROSIO HUGO MARCELO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 23736927
CAMPOS MARTIN SANTIAGO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 12611519
CROSIO HUGO MARCELO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 10839102
CAMUSSO SERGIO GUSTAVO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 34906028
CUASSOLO ERWIN NICOLAS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 11585109
CANETO LUIS ANTONIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 35669124
CUASSOLO GONZALO DAMIAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 24125959
CANNATA FABIAN GABRIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 21663753
CUDEYRO ADRIAN OMAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24914429
CANSOBRE OSCAR ALEJANDRO
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 12648926
CUENCA SILVIA
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 30326060
CANTERO RODRIGO JORGE
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 30733024
CUNZOLO SEBASTIAN ABEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 25354586
CAPIZZI JUAN IGNACIO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 25005834
CUTRO RENE EDUARDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 12924627
CAPORALIN OMAR DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 35506420
DAHER CRIM ELIAS FEDERICO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 30499193
CAPPANERA MARIANO RODOLFO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 35506420
DAHER CRIM ELIAS FEDERICO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 34185310
CARABAJAL FIGUEROA WALTER EZEQUIEL
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 21445481
DALLOCHIO JORGE CARLOS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 24193422
CARABAJAL VICTOR DANIEL ALEJANDRO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 32560902
DANNEMBERG DANTE MARCELO
sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG
DNI 20214175
CARDACCI CLAUDIO ADRIAN
sobre CARABINA calibre .30-06 PLG
DNI 13023490
DE ARIZTIMUÑO LUIS ALBERTO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 8136425
CARDENAS JUAN CARLOS
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 22842828
DE BERNARDIS HECTOR OSCAR
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 24610513
CARDENAS PABLO FERNANDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 31704888
DE MARIA JUAN CARLOS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28255614
CARDINI ALEJANDRO ERNESTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 23780283
DE NOTTA PATRICIO JOSE
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 22955997
CARDONE RICARDO ULISES
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 30978553
DE PAOLI JUAN PABLO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 17891814
CARDOZO MIGUEL ANGEL
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 27942403
DEL PRADO DAMIAN CLAUDIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 7709363
CARLINI JOSE DOMINGO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 27942403
DEL PRADO DAMIAN CLAUDIO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 20139882
CARO OMAR ELVIDIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 16228325
DEL PRIORI DONATO RAMON
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 36479272
CAROLINI GUILLERMO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 23816276
DELETTIERES JORGE OSCAR
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 20596152
CARRARA JOSE GERARDO
sobre CARABINA calibre .44 PLG
DNI 31444021
DELGADO DIEGO DARIO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 22214835
CARRARO FERNANDO CESAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22536940
DEPARI GABRIEL OSVALDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
CARRIL JUAN RAFAEL
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 29966071
DEPOZZI FRANCO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 30267534
CARRIZO LUIS NORBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 21098981
DEVINCENZI GUSTAVO ADRIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22379716
CARTELLO DUILIO JAVIER
sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM
DNI 23643558
DI GIORNO EDUARDO MIGUEL
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 24622780
CARTES MOLINA MARCELO ANTONIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17579790
DI MATTEO FERNANDO M.
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 18247778
CASANOVA GUSTAVO RODOLFO
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 17579790
DI MATTEO FERNANDO M.
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 5090198
CASARIEGO HECTOR RAUL
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 12802830
DIAZ ALBERTO MARIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25188400
CASASCO AGUSTIN ALBERTO
sobre CARABINA calibre .357 PLG
DNI 33139026
DIAZ GABRIEL ENRIQUE
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 25188400
CASASCO AGUSTIN ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24369984
DIAZ JUAN RAUL
sobre FUSIL calibre .30-06 PLG
DNI 17360913
CASSINO MARCELO JESUS
sobre CARABINA calibre .357 PLG
DNI 24219063
DIAZ PABLO OSCAR
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 13329147
CASTILLO HORACIO LUCAS
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 18351336
DIAZ PABLO RAFAEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
LE 5952874
DNI 12005851
CASTILLO VICTOR ORLANDO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 34064654
DNI 16649514
CASTRO ALEJANDRO JORGE
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 6449415
DIAZ RAQUEL NOEMI
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DIAZ RICARDO IGNACIO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 16720386
CASTRO DANIEL JUAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 27967698
DIAZ WALTER ANIBAL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 26494893
CASTRO JOSE MARIA
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 14725946
DIMASE NORBERTO VICENTE
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 27530499
CASTRO MARIANO JOSE
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 22847459
DIONISIO DIEGO LUIS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25685649
CATAN RIVERO RAMON EDUARDO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 30497449
DIP ABRAHAM JORGE
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 22809180
CATONI JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 18426298
DISPALDRO MARCELO DANIEL
DNI 32832036
CAVALIERI NICOLAS DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 18426298
DISPALDRO MARCELO DANIEL
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 16011970
CEBALLOS RODOLFO HUGO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 8046118
DOMINGUEZ ALDO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 17062929
CEJAS ADRIANA AMALIA
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 25478527
DOMINGUEZ ARIEL ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17062929
CEJAS ADRIANA AMALIA
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 23136123
DOMINGUEZ PABLO LUIS
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 17062929
CEJAS ADRIANA AMALIA
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 31196185
DOMIZI FERNANDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 32864552
CELI CARLOS DANIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 28909824
DORIN MARTIN GUSTAVO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29734602
CELIBERTI JUAN ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 31385457
DOVIS ALCIDES ENRIQUE
sobre CARABINA calibre .30-06 PLG
DNI 22341206
CENTENEO ESTEBAN ALFREDO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 34701698
DRAGHI RAUL EZEQUIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29753913
CENTURION OSCAR ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28699094
DUMON JOSE GERVASIO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 34254738
CERRI DINO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 32212768
DURAN JUAN PABLO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 8654357
CERVANTES EDGARDO RENE
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 13631667
DURAN RICARDO DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 8654357
CERVANTES EDGARDO RENE
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 26429782
DURANDO ANDRES MARIANO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 21930811
CHAINE JOSE RODOLFO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23626264
DUTRA CESAR DAMIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 30490761
CHAVEZ FRANCISCO RAUL
sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG
DNI 11761990
ECHENIQUE OSVALDO RAUL
sobre PISTOLA calibre 7,65 MM
DNI 22046376
CHAVEZ JULIO CESAR
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 11761990
ECHENIQUE OSVALDO RAUL
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 94215940
CHEN MINGSHI
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 16595126
EGGS RUBEN DARIO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 30490892
CHIFER EDGARDO RUBEN
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 23096970
ELLENA HERNAN DARIO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 22452796
CHIMENTO ALEJANDRO GABRIEL
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 30296796
ELOIZA KAREN NATALIA
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 24159175
CICCHETTI ALEJANDRO PABLO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 6033216
ERAZO CARLOS ERNESTO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 17438585
CIMINO ANTONIO FRANCISCO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14830107
ERRAMUSPE HORACIO ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17438585
CIMINO ANTONIO FRANCISCO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14364472
ESCOBAR CECILIO FAUSTINO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29433547
CIRILLO LEONARDO NICOLAS
sobre REVOLVER calibre .44 PLG
DNI 23523454
ESCOBAR OSCAR ANTONIO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 25414653
CLANCY BERNARDO NICOLAS
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 23523454
ESCOBAR OSCAR ANTONIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32950250
COLACILLI MARIANO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 23523454
ESCOBAR OSCAR ANTONIO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 13671941
COLLA JORGE JACINTO
sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM
DNI 23523454
ESCOBAR OSCAR ANTONIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28522246
COLMAN MARIO ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 33703451
ESCOBAR RODRIGO BENJAMIN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 11125525
COLOSCHI OMAR DANIEL
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 18383767
ESCURI WALTER ALFREDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20666827
COMBA GERMAN DANIEL
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 33346973
ESNAL JUAN MANUEL
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 22144402
COMBIN DAVID LEONARDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 12144992
ESPERON SANTIAGO JOSE
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 25251735
COMES GUILLERMO JAVIER
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 31019170
ESPINAZO JAVIER
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 25251735
COMES GUILLERMO JAVIER
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 29725683
ESPINDOLA MATIAS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 35460741
CONDE ANGEL RENE
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 5080410
ESPINOZA LUIS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20497618
CONDE PABLO DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25842273
ESPINOZA SILVIO ANDRES
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 11714698
CONSORTE JULIO CESAR
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 23776388
ESPONA MARIO ALBERTO
sobre CARABINA calibre .17 PLG
DNI 29380226
COPPOLA MARCELO RUBEN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32266481
ESTECHE JUAN PABLO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27643951
CORMAN MARIANO JAVIER
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 13887388
ESTEVEZ ROBERTO ALFREDO
sobre CARABINA calibre .270 PLG
Primera Sección
Lunes 30 de junio de 2014
Documento
DNI 11427766
Denominación
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
EVANGELISTA CLAUDIO ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 26686083
EVANGELISTA PABLO ALBERTO
DNI 21083280
EZQUERRA WALTER ALBERTO
DNI 30636668
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
Documento
Denominación
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
DNI 10699116
GHIORZO DANIEL ANIBAL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
sobre PISTOLA calibre 9 MM
LE 8391857
GIAMPERI LUIS REMIGIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27657132
GIARRATANA FERNANDO ARIEL
sobre REVOLVER calibre .44 PLG
FACCHIN OSVALDO JESUS
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 24992717
GIGENA JUAN EDUARDO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 27526196
FAFIAN RODRIGO DAVID
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 11738002
GIGLI DARIO ABEL
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 27526196
FAFIAN RODRIGO DAVID
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23723391
GIL ARIEL OMAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 31567689
FALCHINI MATIAS IGNACIO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
GILARDI LUCIO FERNANDO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
LE 4418387
DNI 37283386
FANTINI DAMIAN LEONARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 10875868
GIMENEZ HUGO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 25768766
FANTINI FABRICIO HERNAN
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 35591868
GIMENEZ JOAQUIN
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 25335288
FANZI JULIO CESAR
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 14409920
GIMENEZ JOSE LUIS
sobre CARABINA calibre .30-06 PLG
DNI 16747588
FARAO DANIEL ALEJANDRO
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 26018267
GIMENEZ MARIA LAURA
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 24617298
FARNESE CRISTIAN NATALIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 32971943
GINO LUCIANO EDUARDO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 31550803
FATIGATI PABLO EDUARDO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 12238405
GIORGIERI JAVIER EDUARDO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 24278685
FAVOT GUSTAVO GABRIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 12238405
GIORGIERI JAVIER EDUARDO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 24615517
FEREZ DARIO OSCAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22452961
GIROD PABLO EMILIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32252151
FERNANDEZ ALEJANDRO EZEQUIEL
sobre REVOLVER calibre .44 PLG
DNI 26107222
GIROTTI LUCIANO RODRIGO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 32252151
FERNANDEZ ALEJANDRO EZEQUIEL
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 26107222
GIROTTI LUCIANO RODRIGO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 32252151
FERNANDEZ ALEJANDRO EZEQUIEL
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 20298240
GLARIA SEBASTIAN
sobre CARABINA calibre .44 PLG
DNI 32252151
FERNANDEZ ALEJANDRO EZEQUIEL
sobre ESCOPETA calibre 36 UAB
DNI 13377578
GLUZ SERGIO ARMANDO
sobre CARABINA calibre .300 PLG
DNI 32252151
FERNANDEZ ALEJANDRO EZEQUIEL
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 18404277
GODOY RODOLFO FORTUNATO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32252151
FERNANDEZ ALEJANDRO EZEQUIEL
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 18514166
GODOY ROLANDO RICARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
LE 7762593
FERNANDEZ CARLOS ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28337396
GOGNA DIEGO HUGO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24763050
FERNANDEZ CESAR HERNAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23797467
GOICOCHEA CARLOS ARIEL
sobre CARABINA calibre .44 PLG
DNI 26867463
FERNANDEZ DARIO ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 16681067
GOICOECHEA CARLOS EDUARDO
sobre CARABINA calibre .44-40 PLG
DNI 21574066
FERNANDEZ JUAN ANTONIO
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 30662961
GOMEZ LEANDRO GABRIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 26029577
FERNANDEZ LUIS RENE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 30107608
GOMEZ LORENA LUCIANA
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 28199053
FERNANDEZ RICARDO JAVIER
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 34629049
GOMEZ NICOLAS FABIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14356948
FERNANDEZ RUBEN HORACIO
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 31990036
GOMEZ SERGIO JOSE
sobre FUSIL calibre .30-06 PLG
DNI 10267850
FERREIRA VICTOR
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 18545481
GONELLA ALEJANDRO LUIS
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 14739012
FERREYRA CARLOS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12553861
GONZALEZ CAMPERO VICTOR DANIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 28934038
FERRIN RAUL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16224829
GONZALEZ CARLOS JESUS
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 20364454
FERRO LUIS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22471080
GONZALEZ CHRISTIAN HERNAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 8568426
FESTINI DANIEL HONORIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22492478
GONZALEZ DIEGO FABIAN
DNI 28852344
FIGUEROA JOSE ALBINO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 20564833
GONZALEZ FRANCISCO JAVIER
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 29574615
FILARDI LEANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 93385634
GONZALEZ GARY NELSON
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 23763597
FILISETTI SEBASTIAN PABLO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16027042
GONZALEZ GERARDO RAMON
sobre PISTOLA calibre 9 MM
FIORINI NESTOR ROBERTO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 18735316
GONZALEZ JORGE
sobre CARABINA calibre .17 PLG
DNI 7746113
11
DNI 12315924
FIORUCCI NORBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11198624
GONZALEZ JUAN SANTOS
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 32556689
FISCHER NICOLAS ANDRES
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32555268
GONZALEZ MARCOS JULIAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 17486407
FÖHRIG ROBERTO JORGE
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 32221413
GONZALEZ MARTIN LEONARDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 29309829
FOLIK ATILIO GUILLERMO
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 29590049
GONZALEZ MATIAS ARIEL
sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG
DNI 30712690
FONTI LEANDRO MARTIN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 4439710
GONZALEZ NICOLAS MANUEL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 31464379
FORNASIER FERNANDO VICTOR
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 10934500
GONZALEZ OSCAR MARCELO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 16273244
FRAGA GUILLERMO JOSE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24625683
GONZALEZ PABLO JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 30549792
FRANK DARIO VICTOR
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 18449945
GONZALEZ PASSINI CEFERINO G.
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20260053
FRARESSO MARCELO GERMAN
sobre FUSIL calibre .30-06 PLG
DNI 8396477
GONZALEZ RAFAEL ANTONIO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 18101707
FRATTO ANIBAL MANUEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 31801990
GORCHS MARTIN FEDERICO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 20714575
FRESCO HECTOR OSCAR
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 24069595
GORO AMARILLO JULIO CESAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16514064
FRIAS LUIS ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24069595
GORO AMARILLO JULIO CESAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26379264
FRUTOS ERNESTO ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24069595
GORO AMARILLO JULIO CESAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 34958745
FUENTES GONZALO
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 31892769
GOYENECHE JUAN CRUZ
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 21380373
FUENTES JAIME
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 20350713
GRANATA JULIO EDUARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 93068854
FUENTES SIÑANI DAN OMAR
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 92499111
GRANT EDUARDO MALCOLM A.
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 25211916
FULLONI EMILIO ROLANDO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 14455331
GRENON WALTER ROBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 16650802
FUNES WALTER ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 16609987
GRIEVE JULIO CESAR AGUSTO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 26699598
GABARAIN DANIEL ALFREDO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 4532985
GRIGLIONE JUAN MANUEL
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 22013797
GAGGI DIEGO DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 10495300
GRINSCHPUN LEO SAUL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 31522971
GALBARINI DAMIAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 13250461
GROSSI OMAR MIGUEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 18827392
GALETTI BRITTO ARTURO JOSE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 4752220
GUERRERO DANIEL JERONIMO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 21993779
GALLARDO FERNANDO ANIBAL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17931632
GUIDOBONO AGUSTIN AMADEO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23435615
GALLEGO ALBERTO GUSTAVO
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 26344653
GUIZZO FEDERICO AGUSTIN
sobre ESCOPETA calibre 28 UAB
DNI 23584735
GALLO DIEZ ARTURO FEDERICO
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 26344653
GUIZZO FEDERICO AGUSTIN
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 23584735
GALLO DIEZ ARTURO FEDERICO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 94631276
GUO DANFENG
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 23584735
GALLO DIEZ ARTURO FEDERICO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 30916253
GURUCHAR RAUL ANDRES
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 21941567
GALLO LUIS RICARDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 14793864
GURZALE JORGE EDUARDO
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 13975217
GALVAN GUSTAVO ROBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16590104
GUTMAN NAVARRO OJEDA GUILLERMO DAVID
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
LE 7363675
GAMBULI ANTONIO LUIS
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 12838941
GUZMAN RENE OSVALDO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
LE 5332778
GARAT JUAN CARLOS
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 13989500
HANECK EMILIO ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
LE 5332778
GARAT JUAN CARLOS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 31730307
HARFUCH JEREMIAS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16402010
GARBINO MARIO ESTEBAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 28575656
HARVEY JUAN MIGUEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 28771216
GARBUGLIA LEONARDO
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 11926647
HEL JORGE ALFREDO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 28437090
GARCIA ESTEBAN FERNANDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27978516
HERMAN SERGIO DANIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 4556579
GARCIA HERNAN FRANCISCO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 31835779
HERMOSA PATRICIO GUILLERMO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17416662
GARCIA ROBERTO FABIAN
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 20981635
HERNANDEZ ALEJANDRO ABEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 16931886
GARCIA SERGIO FABIAN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 22592903
HERNANDEZ NORBERTO ANDRES
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 12608570
GARCIA WALTER RUBEN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 25339891
HERNANDEZ VICTOR ADRIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12752883
GARZO OSCAR ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 7690785
HERRERA JORGE ALBERTO
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 12752883
GARZO OSCAR ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 12734215
HERRERA LUIS ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 27836716
GASSMANN SILVIO ARIEL
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 18417697
HERRERA RUBEN ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 34587855
GAVOSTO JONATAN EZEQUIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 24095171
HERRERO LEANDRO ESTEBAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 23520649
GAVOTTI RUBEN DEL VALLE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 31395187
HERRERO LUIS DANIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 23440537
GAZQUEZ FERNANDO MARTIN
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 25902257
HILT MAXIMILIANO ANGEL
sobre ESCOPETA calibre 32 UAB
DNI 23440537
GAZQUEZ FERNANDO MARTIN
sobre REVOLVER calibre .44 PLG
DNI 25902257
HILT MAXIMILIANO ANGEL
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 26799358
GENOVESIO GUILLERMO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 18068482
HOARE MARCELO EDUARDO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 21466109
GENTILE MARCELO PABLO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 22602589
HOLZE CLAUDIO JAVIER
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 20899322
GENTILI MARCELO ADRIAN C.
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 18860955
HONG LIANG
sobre CARABINA calibre .357 PLG
DNI 20899322
GENTILI MARCELO ADRIAN C.
sobre PISTOLA calibre 6,35 MM
DNI 94890583
HUANG HUAJIE
sobre PISTOLA calibre 6,35 MM
DNI 20899322
GENTILI MARCELO ADRIAN C.
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 7751615
HUARTE ATILIO MIGUEL
sobre ESCOPETA calibre 36 UAB
DNI 12475979
GEREMIAS GUSTAVO OMAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 4380039
HUESO DANIEL NORBERTO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 22408502
GHIBAUDO HECTOR GUSTAVO
sobre CARABINA calibre .223 PLG
DNI 24897953
IACUZZI DIEGO RAFAEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
Primera Sección
Lunes 30 de junio de 2014
Documento
Denominación
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
DNI 7082911
IBAÑEZ FRANCISCO AGUSTIN
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 24102066
IBAÑEZ OSVALDO FABIAN
DNI 26504171
IBARRA FERNANDO MANUEL
DNI 20618876
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
Documento
Denominación
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
DNI 30338033
LUNA LUCIANO RUBEN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 13143069
LUNA ROBERTO JESUS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 36185583
LUQUE ELVIO LUIS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
IGLESIAS HERNAN DARIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 5509451
LUZURIAGA CARLOS
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 36185440
IMHOFF CESAR ARIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 16549335
MAC NALLY GUILLERMO MARIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 20783685
IRAZOQUI SEBASTIAN LUIS
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 13924837
MACELLARO JORGE CARLOS
sobre CARABINA calibre .30-06 PLG
DNI 22470753
IRIARTE SERGIO ADRIAN
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 27825422
MACIEL MARCELO DARIO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 18283858
IRIGOYEN MIGUEL ANGEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27166472
MAGALLANES GUSTAVO ANDRES
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 32476607
IURA NICOLAS JESUS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 6601947
MAGNANO HECTOR ALEJANDRO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 26541314
JABAT JAVIER JOSE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22703811
MAIDANA DANIEL ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 23902917
JAIME ROBERTO ESTEBAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 17326680
MAIDANA HECTOR FABIAN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 27766355
JALUFF ALEJANDRO RAUL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 28601180
MAIDANA JOSE LUIS
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 26574952
JARA CRISTIAN ALFREDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26500786
MAIER BRUNO ANDRES
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 10195108
JARAMILLO AMADEO
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 30391912
MAILLO MATIAS MIGUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23123209
JIRAK GABRIEL ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12331867
MALDONADO LUIS HECTOR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14362644
JOFRE CARLOS JOSE
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 13836656
MAMBRIANI EDUARDO MARCELO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21369155
JOKANOVICH IVAN ROBERTO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 11406338
MANDRILE NELSON HUMBERTO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 25014621
JORGE RICARDO JAVIER
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 20001440
MANETTI JULIO ENZO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 25469430
JUAREZ GONZALO MARTIN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 92624478
MANFREDI CUITIÑO BRUNO DAMIAN
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 8632977
JUAREZ JUAN ORLANDO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 7691998
MANOUKIAN DRAGO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 27589137
KAENEL LUIS ALBERTO
sobre CARABINA calibre .357 PLG
DNI 25696263
MANRESA EDUARDO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 23344240
KAWECKI FABIAN DARIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 25696263
MANRESA EDUARDO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 14610396
KOCHERENGO EDGARDO ALFREDO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 25696263
MANRESA EDUARDO
sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM
DNI 14610396
KOCHERENGO EDGARDO ALFREDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32248959
MANSILLA ANDRES ELIAS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24294746
KRIEGER GUNNAR GERMAN
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 14373310
MANSILLA PEDRO ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 36222009
KRONEBERGER KEVIN
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 8245359
MARAFUSCHI EDUARDO PABLO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 12458861
LA ROCCA CARLOS ALBERTO CAYETANO
sobre FUSIL calibre .43 PLG
DNI 8604830
MARCON JUAN SANTIAGO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 34217106
LAGARDE GASTON FEDERICO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 33469763
MARELLI HUGO ALEJANDRO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 7593653
LAGIGLIA JORGE ALFREDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23194239
MARETICH GERARDO DARIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 30408224
LAGUARDIA SANTIAGO AGUSTIN
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 36076776
MARIANI ELIAS MAXIMILIANO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23952986
LANDI ADRIAN MARTIN
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 30066902
MARIANI LUCIANO MATIAS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17067105
LAPITZONDO WALTER HUGO
sobre CARABINA calibre .17 PLG
DNI 24724237
MARILLAN ALEJANDRO ANDRES
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 23470985
LASCA LEANDRO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 13087840
MARINI ALBERTO LUIS
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 16386026
LATOUR JOSE ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21600777
MARINUCCI ADRIAN EMILIO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 17807108
LAUDANNO LUIS ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 16288247
MARIOTTO DARIO OMAR
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 18141882
LAZARTE FRANCISCO GERARDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 16248206
MARQUEZ RAFAEL ALBERTO
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 30181141
LEAL HERNAN
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 29242866
MARQUEZ WALTER ARMANDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 31373703
LECRUIT CRISTIAN IVAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 11224210
MARRA JORGE ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 36536076
LEDESMA ALEXIS LEONEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 93704923
MARTIN JOSE ANDRES
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21487624
LEMOS EDUARDO RICARDO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 36683869
MARTIN LUCAS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 21487624
LEMOS EDUARDO RICARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 31145940
MARTIN LUCAS ARMANDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 23572537
LEMOS HECTOR GUILLERMO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28449034
MARTIN PABLO ARIEL
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 24028738
LEMOS MARTIN EDUARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24461106
MARTIN SEBASTIAN ANTONIO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 25999068
LENSINA JAVIER HERNAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
LE 8239688
MARTINEZ CANDIDO GABRIEL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 30158428
LEO SANTIAGO GERMAN
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 18018171
MARTINEZ CARLOS MANUEL
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 21925563
LEON ADRIAN VICTOR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 34205249
MARTINEZ CRISTIAN EZEQUIEL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 34855960
LEON PABLO
sobre CARABINA calibre .30-06 PLG
DNI 27548280
MARTINEZ JOSE ALBERTO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 8241941
LEONE HUGO ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 24880989
MARTINEZ JUAN GUALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 10579792
LERDA RAQUEL LIDIA
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 26556867
MARTINEZ JULIO CESAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26673704
LESCANO JORGE ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 12601906
MARTINEZ MIGUEL ANGEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 17682424
LEUWERS ALEJANDRO JUAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25181936
MARTINEZ RICARDO CESAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26074830
LEYES ALCIDES RAMON
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16228158
MARTINEZ VICTOR HUGO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 10278067
LINSALATA EDUARDO RAUL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 22348923
MARTINI CLAUDIO RENE RAMON
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 10680617
LISTA ROBERTO JOSE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20461809
MASCARELLA PABLO ARIEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 28236319
LLANCAQUEO MAURICIO FABIAN
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 22637368
MATEO ABUDI JOSE EMILIO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 28420233
LLANOS SERRANO DAVID
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 33705905
MATTIO RENZO DANIEL
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 29165727
LLEUFO MARCELO ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 36897568
MATTIOLI FRANCO LUCIANO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 16116092
LLOCRA ABRAHAM RICARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22395135
MAURO MARIANO OMAR
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 23232936
LLULL MARCOS VICENTE
sobre ESCOPETA calibre 36 UAB
DNI 26165583
MAXIT DAMIAN ABEL
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 28337368
LOBOS CARLOS MARTIN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27292836
MAYORAZ JONATHAN DARIO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 36711096
LOMBARDELLI LUCIANO DAMIAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 27673189
MAYORGA SANTIAGO JESUS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 20441460
LOPEZ ADAN ANDRES
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 8426881
MAZZEI OMAR ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 37352399
LOPEZ ALBERTO DAMIAN
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 32823059
MAZZONE JAVIER NICOLAS
sobre CARABINA calibre .30-30 PLG
LOPEZ ANGEL ATILIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 20896113
MAZZUCHINO FERNANDO JAVIER
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 16365402
LOPEZ ARGENTINO RAUL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32090471
MEDINA MARIO ROBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23390489
LOPEZ ARIEL ENRIQUE
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 20707225
MEDRANO DE LA SERNA JUAN A.
sobre FUSIL calibre .303 PLG
LE 8236673
12
DNI 22050362
LOPEZ CRISTIAN DIEGO ROBERTO
sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM
DNI 31850989
MEIER CARLOS LEONARDO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 22050362
LOPEZ CRISTIAN DIEGO ROBERTO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 5275636
MELUCCI FELIX
sobre PISTOLON calibre 32 UAB
DNI 22050362
LOPEZ CRISTIAN DIEGO ROBERTO
sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM
DNI 22892297
MENA PABLO JAVIER
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 14494840
LOPEZ DANIEL JOAQUIN
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 26249301
MENDEZ JOSE ANTONIO
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 22034496
LOPEZ EDUARDO ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 28078991
MENDEZ NURIA MARIA
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 21491656
LOPEZ ESTEBAN ATILIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23548169
MENDIZ JUAN CARLOS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 21491656
LOPEZ ESTEBAN ATILIO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 26099698
MENDOZA GASTON EDUARDO
sobre CARABINA calibre .223 PLG
DNI 29580092
LOPEZ HUGO LUIS
sobre CARABINA calibre .44 PLG
DNI 30757295
MENICHELLI SEBASTIAN PABLO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 34247978
LOPEZ JONATAN LUIS
sobre FUSIL calibre .338 PLG
DNI 22583244
MENTESANA JOSE LUIS
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 14698344
LOPEZ JOSE LUIS
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 23964919
MEONIS ARIEL ENRIQUE
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 14644284
LOPEZ OSCAR ROBERTO
sobre CARABINA calibre .357 PLG
DNI 32021298
MERA JAVIER FEDERICO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22569311
LOPEZ ROGER CENEIDE
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 22109836
MERIGHI ADRIAN PABLO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16580745
LOPEZ RUBEN ARIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20158580
METTERNICHT CARLOS ALFONSO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 16806532
LOPEZ SERGIO ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27259225
MICHELENA HERNAN
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 17159336
LOPEZ WALTER ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24398164
MIERES PABLO MARTIN
sobre CARABINA calibre .223 PLG
DNI 28830113
LOREFICE MARIANO ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25919994
MIGUELES CORDOBA MAXIMILIANO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27410032
LOVEY ELIAS EUGENIO JOSE
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 29249233
MIGUEZ PORCAL ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20855467
LOZA ROBERTO CARLOS
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 31578106
MIJNO GERMAN ANDRES
sobre CARABINA calibre .223 PLG
DNI 20855467
LOZA ROBERTO CARLOS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27730606
MILLAN JORGE FRANCISCO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 24134949
LOZANO RAUL ARIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 27730606
MILLAN JORGE FRANCISCO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 18629152
LUCERO HUGO
sobre FUSIL calibre .300 PLG
DNI 25203650
MILLAN JOSE MARIA
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 13951456
LUCERO ROBERTO OSCAR
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 18196590
MIÑO GABRIEL ARMANDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21584871
LUCZASTY RAUL ANTONIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 8433713
MIÑO JUAN CARLOS
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 14683536
LUIS GERMAN GUSTAVO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 16875420
MIRANDA FERNANDO GABRIEL
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
Primera Sección
Lunes 30 de junio de 2014
Documento
DNI 22541235
Denominación
MIRANDA MARIO ROBERTO
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
Documento
Denominación
13
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 24156600
PEPPINO SILVIO CESAR
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 6459021
MISSANA LEONARDO LINO
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 23284827
PERALTA CHRISTIAN ELIAS
sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG
DNI 20490801
MOHR ENRIQUE ADOLFO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 23855219
PERALTA GUILLERMO OMAR
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 27540556
MOLINA PABLO GERMAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 29030278
PERALTA RAUL ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
MOLINA REINALDO EDGAR
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 13077838
PEREA ROQUE CRUZ
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 26544120
MOÑAGORRI PEDRO ALEJANDRO
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 94618393
PEREG GIL
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 12737287
MONTALTI LUIS JORGE
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 16404042
PERETTI JOSE MIGUEL
sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM
DNI 36300240
MONTERO PABLO DANIEL
sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG
PEREYRA IRAOLA GONZALO F.
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 32964991
MONZON RAUL FERNANDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 18248523
PEREZ ANDRES EMILIO
sobre PISTOLON calibre 32 UAB
DNI 22181662
MORALES SERGIO GABRIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23520737
PEREZ GABRIELA ALEJANDRA
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 32407311
MORANO GABRIEL DOMINGO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 16257589
PEREZ HECTOR EUDORO
sobre FUSIL calibre .300 PLG
DNI 24805244
MOREIRA CABRERA FABIAN ARISTIDES
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27723284
PEREZ HORACIO ARTURO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 21923798
MOREIRA SERGIO LEANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25027421
PEREZ HUGO MARTIN SEBASTIAN
sobre FUSIL calibre .223 PLG
DNI 26649073
MORELLI LUCIANO MATIAS
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 18589522
PEREZ LUIS ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 26649073
MORELLI LUCIANO MATIAS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 18589522
PEREZ LUIS ALBERTO
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 27400245
MORENO DIEGO ALEJANDRO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 28653238
PEREZ MARTIN FRANCISCO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 23458648
MORON CHRISTIAN EDUARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23114713
PEREZ MIGUEL CONSTANCIO
sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG
DNI 14865469
MORON HESSLING ALEXEY ESTEBAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
LE 4633180
PEREZ RAUL ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 14865469
MORON HESSLING ALEXEY ESTEBAN
sobre REVOLVER calibre .44 PLG
DNI 25129090
PERONE NICOLAS ERNESTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25821376
MOROSI RICARDO MARTIN IGNACIO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 5193494
PEROVIC CARLOS HERMAN
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 14309275
MORRAZO JORGE DANIEL
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 26779765
PERRET GUSTAVO ENRIQUE
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 14450164
MOSCETTA ROMAN OSVALDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23460855
PERUSIA JUAN JOSE
sobre FUSIL calibre .270 PLG
DNI 23188990
MOSCI GUSTAVO LUIS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 23460855
PERUSIA JUAN JOSE
sobre CARABINA calibre .223 PLG
DNI 25656610
MOYANO FRANCISCO ADOLFO
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 31506186
PESANO LUIS JOAQUIN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25656610
MOYANO FRANCISCO ADOLFO
sobre FUSIL calibre .44 PLG
DNI 26645020
PIASENTINI DANIEL EDUARDO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 26107553
MUDA DIEGO CEFERINO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 26645020
PIASENTINI DANIEL EDUARDO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 8686380
MUELA RODOLFO ANGEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 24271999
PICCIOTTI EMILIO HORACIO M.
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 8241101
MUSSI EDMUNDO PEDRO
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 27613983
PIETRANI SEBASTIAN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 6121465
LE 4551113
DNI 27745631
MUZYKANSKI DAVID
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 25971473
PIGHIN ANDRES LUIS
sobre CARABINA calibre .44 PLG
DNI 27745631
MUZYKANSKI DAVID
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 28157911
PILAN DIDIER JUAN CARLOS ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 28060949
MUZZIO CARLOS ALEJANDRO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 14015205
PIÑEIRO FOGELSTROM ALEJANDRO O.
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 27403072
NAHUELQUIR ARGENTINO OSCAR
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 17932523
PINI GUSTAVO ANGEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 30528163
NANO HUGO DIEGO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 92470967
PIRIZ ORTIZ PABLO JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29383055
NARDONI DIEGO JESUS
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 32342801
PLATERO MAXIMILIANO GABRIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 8103770
NAVARRO RICARDO JUAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 20026689
PLEIMLING NESTOR GABRIEL
sobre CARABINA calibre .17 PLG
DNI 8398174
NEFFA REINALDO ANTONIO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 28375224
PODIO BARREIRO JUAN MARIA
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27704132
NEGRO LUCIANO ARIEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 27853942
PONCE MAURO SEBASTIAN
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 27884442
NEIRA DENIS RAFAEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 34689995
PORCHIETTO DAMIAN IGNACIO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 11990670
NERVI WALTER MARCELO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 30178736
PRADO SERGIO DAMIAN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 22283203
NEUBANER LUIS MARIA
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 35261001
PRELATO NICOLAS MIGUEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 22647879
NICOLAS JUAN CARLOS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 16061685
PRONOTTI RUBEN DARIO
sobre CARABINA calibre .17 PLG
DNI 35225272
NICORA JOSE LUIS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29746745
DNI 30970755
NIETO MARIANO EDUARDO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
LE 6021969
PUECHAGUT FEDERICO LEONEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
QUEVEDO NORBERTO HERNAN CIRINO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21067753
NOVARINO RODOLFO BARTOLO
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 24348240
QUEVEDO RAMON PANTALEON
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 14148814
NUNZI OSVALDO MARIO
sobre REVOLVER calibre .44 PLG
DNI 24348240
QUEVEDO RAMON PANTALEON
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26436712
OBHOLZ CARLOS ALBERTO
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 24235831
QUIETO MANUEL FEDERICO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 33472799
OBREGON GUILLERMO LEANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 34688481
QUINTERO MAXIMILIANO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 25825982
OCHOA EDUARDO JAVIER
sobre FUSIL calibre .300 PLG
DNI 20977092
QUINTEROS LUIS MARCELO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 18871506
OJANGUREN AFFILASTRO ANDRES A.
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 20977092
QUINTEROS LUIS MARCELO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 27740851
OJEDA CARLOS LEONEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25099761
QUIROGA GONZALO WALTER SEBASTIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20996338
OLIVA DAVID CLIDER
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 28701881
QUIROGA LEONARDO MATIAS
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 17197198
OLIVERA MYRIAM NOEMI
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28782856
QUIROGA RAMON DARIO
sobre FUSIL calibre .223 PLG
DNI 16157660
OLMOS CATANIA LUIS ROBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 93992033
RABOTYAGOVA NATALIYA
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 31791377
ONORATO RAUL ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 93992033
RABOTYAGOVA NATALIYA
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 23024532
ONTIVERO CLAUDIO ANIBAL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 18482192
RALLO JOSE LUIS
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 24084694
ONTIVERO JORGE
sobre PISTOLA calibre 6,35 MM
DNI 20910020
RAMALLO CARLOS ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 31791312
ORELLANA LUCAS EMMANUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22164170
RAMIREZ ANALIA VERONICA
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 17612002
ORELLANO GABRIEL GUSTAVO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 18367444
RAMIREZ FERNANDO JORGE
DNI 25834066
ORELLANO YANINA BEATRIZ
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 21785206
RAMIREZ HECTOR ANDRES
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 14429369
ORSO LUIS ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 14847257
RAMIREZ JUAN JOSE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14429369
ORSO LUIS ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 16723218
RAMIREZ LUIS OMAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23184726
OTTONE GIMENEZ MARIO C. E.
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 22390219
RAMIREZ MANUEL VICTOR
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 10552974
PACHECO DOMINGO FAUSTINO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 25045988
RAMIREZ MARIO ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 23305828
PADILLA WALTER ENRIQUE
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 26550425
RAMIREZ WALTER MARCELINO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 14835619
PAILLACAR JORGE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23836017
RAMOS EDUARDO JAVIER
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 21582803
PAJON JOSE LUIS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 22678662
RAMOS JORGE DANIEL
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 25675725
PALERMO CALERO JUAN GERMAN
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 4425684
RAPISARDA AGUSTIN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25554523
PALETTI NATALIA LORENA
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 18577210
RAVENAU GUILLERMO WILSON
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 8210211
PALMA JORGE MIGUEL
sobre CARABINA calibre .223 PLG
DNI 24917726
REDONDO DANIEL EDGARDO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 18470715
PAPAÑO OSCAR EDUARDO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 32650460
REINHARTT CESAR ERALDO
sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG
DNI 36887371
PAPILI FERNANDO GASTON
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 8246887
REINOSO ANDRES UBALDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25691989
PARDO CHRISTIAN MANUEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 26641333
RENZETTI GABRIEL ALEJANDRO
sobre FUSIL calibre .30-06 PLG
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 28726093
PARE NATANEL IGNACIO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 34229230
REVERENDO MAXIMILIANO PABLO
DNI 11223480
PARRA DOMINGO
sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM
DNI 34229230
REVERENDO MAXIMILIANO PABLO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 21920210
PASQUARIELLO DIEGO FEDERICO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 8422032
REY RAUL MARTIN
sobre ESCOPETA calibre 32 UAB
DNI 4694184
PASTOR SIXTO RODOLFO
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 24999415
REYES SERGIO MAURICIO
sobre PISTOLA calibre 6,35 MM
DNI 4694184
PASTOR SIXTO RODOLFO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 24999415
REYES SERGIO MAURICIO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 4694184
PASTOR SIXTO RODOLFO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 24999415
REYES SERGIO MAURICIO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 37225529
PAULETO NICOLAS DANIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 16760242
REYNOSO HECTOR DARIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 36220810
PAULINO LEANDRO ADRIAN
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 20186101
RIBEIRO JOSE ANTONIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22607890
PAVONI HERNAN JAVIER
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 16202511
RICCI ROBERTO ALEJANDRO ROQUE
sobre CARABINA calibre .270 PLG
DNI 21471037
PAWELEK LEONARDO RAUL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 22365170
RIGOTTI JUAN CARLOS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16050154
PAZ CARLOS LUIS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 17974792
RIOS BASILIO VIVIANO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23222818
PAZ FACUNDO ESTANISLAO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 16669763
RIOS CARLOS DANIEL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 28839379
PAZ JORGE ADRIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24572001
RIPOLL HECTOR EDUARDO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 24187592
PELEGRINA JORGE GUILLERMO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24467456
RIQUELME MARCOS ANTONIO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 4515480
PELOSO THOMPSON RICARDO A.
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 27015132
RISCHMANN MICHEL JOSE
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 10592206
PENNISE CARLOS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20971515
RISSO MARIO NICOLAS
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 10592206
PENNISE CARLOS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 34326900
RISSO PATRON SALUSTIANO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 27019280
PENNISI HORACIO ARIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 30900910
RIVELLO CLAUDIO DARIO
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
Primera Sección
Lunes 30 de junio de 2014
Documento
Denominación
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
Documento
DNI 6078276
RIVERO ENRIQUE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28474201
DNI 14498961
RIVERO JUAN JORGE
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 21697428
RODRIGUEZ CARLOS ALFREDO
sobre FUSIL calibre .223 PLG
DNI 27394107
RODRIGUEZ CARLOS PABLO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
Denominación
14
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
SEGOVIA LEONARDO DIEGO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 36365969
SELLA AGUSTIN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 27016584
SEMA JORGE GUSTAVO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 23301722
SENA RAUL RUBEN
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 29696199
RODRIGUEZ DAMIAN EDUARDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 16149572
SENKLER CARLOS JOSE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32895529
RODRIGUEZ DAMIAN SERGIO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 28533596
SEQUEIRA FABRICIO JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24094075
RODRIGUEZ DIEGO ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20149365
SERAFINI FABIO ELVIS
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 22297491
RODRIGUEZ FERNANDO DANILO
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 31088438
SERENA ENRIQUE GASTON
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 6038772
RODRIGUEZ HECTOR MIGUEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 32967375
SERMINATTI ANDRES OMAR
sobre ESCOPETA calibre 24 UAB
DNI 24850966
RODRIGUEZ JUAN ANTONIO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 21953853
SERRANO DIEGO ESTEBAN
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 22226570
RODRIGUEZ LOZANO MARTIN MIGUEL
sobre REVOLVER calibre .44 PLG
DNI 26766281
SERVETTO ARIEL ALEJANDRO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 27657601
RODRIGUEZ LUCAS DAMIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27061857
SESTA JOSE ANTONIO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 16797695
RODRIGUEZ MARCELO EDUARDO
sobre CARABINA calibre .44 PLG
DNI 23221369
SESTA PEDRO DAVID
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 16797695
RODRIGUEZ MARCELO EDUARDO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 10069155
SETTECASI JOSE ROBERTO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 30586623
ROGGIO FRANCISCO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 31686996
SIEBEN MATIAS ELIAN
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 30586623
ROGGIO FRANCISCO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 24850362
SILISQUE HUMBERTO GUILLERMO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 31678611
ROJAS ADRIAN JORGE
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 10396628
SILVA EDUARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 35643078
ROJAS RODRIGO EMANUEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 27645581
SILVA NARVAEZ MARIA ELINA
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 16321343
ROLANDI ANGEL CARLOS
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 20084572
SILVA PABLO ANSELMO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 10967336
ROMADAN CARLOS ALBERTO
sobre FUSIL calibre .338 PLG
DNI 22932708
SILVANO MIGUEL ANGEL
sobre ESCOPETA calibre 28 UAB
DNI 24138927
ROMERO DIEGO
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 35144587
SIMONETTA GERARDO JOSE
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 24138927
ROMERO DIEGO
sobre PISTOLA calibre 7,65 MM
DNI 34045439
SINAGRA MARTIN EZEQUIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 20259114
ROMERO ELVIO ADRIAN
sobre CARABINA calibre .30-06 PLG
DNI 94101082
SIRACUSA MAURO
sobre CARABINA calibre .44 PLG
DNI 22880444
ROMERO JORGE EZEQUIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24523723
SOBRERO FERNANDO MARTIN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 29897478
ROMERO LEANDRO MAURICIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 22537369
SOLA MAXIMILIANO EDUARDO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 16942589
ROMERO MANUEL HORACIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20343788
SOLAIMAN EMILIO FABIO
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 16942589
ROMERO MANUEL HORACIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25445351
SOLER JOSE MIGUEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 27612344
ROMO FRANCISCO ERNESTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 33754669
SORIA HUGO ERNESTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 10560881
RONCA ALFONSO HUMBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 18506359
SOSA FLAVIO DANIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 13059715
RONDON MANUEL FRANCISCO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 16048183
SOSA JORGE ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 34856946
ROSALES ARIEL GUILLERMO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 25730853
SOSA MURRIE FEDERICO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 11490017
ROSALES ARTURO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 28631089
SOSA NUÑEZ VICTOR MAURICIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 18587453
ROSALES HUGO ARIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 33413169
SOSA ROBERTO NICOLAS
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 34430251
ROSENBERG LEONEL ABRAHAM
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 10489474
SOTELO ELISEO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 25446149
ROSSI MAXIMILIANO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 7773854
SOTELO SAUL ALBERTO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 8503016
ROSSI SERGIO HECTOR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 35276433
SOTO MAXIMILIANO NICOLAS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 31117874
ROUDE GERARDO MIGUEL
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 7616743
SOTO RAFAEL ROBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14639116
ROUX ORLANDO ESTEBAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11357051
SOTTOSANTI ROQUE JOSE
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 34857431
ROVIRA FRANCISCO JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27000191
SOUZA ALEJO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 31674421
ROZENHAUZ SERGIO ALAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25696030
SPOLIANSKY MAXIMILIANO ARIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 36099890
RUHL IVAN NICOLAS
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 21533668
SPOTTI PABLO GUILLERMO SEBASTIAN120
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 22372964
RUIZ GASTON GABRIEL
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 21533668
SPOTTI PABLO GUILLERMO SEBASTIAN120
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 24443938
RUIZ GUIDO GERARDO
sobre FUSIL calibre .223 PLG
DNI 24881130
STAMON DAVID
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 29390750
RUIZ JORGE ATILIO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 22381343
STELLA PABLO ARIEL
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 13093703
RUSSO ANGEL DARIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 22381343
STELLA PABLO ARIEL
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 12355168
SAAB ROBERTO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 17360939
STERPONE FERNANDO HECTOR
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 12355168
SAAB ROBERTO
sobre REVOLVER calibre .44 PLG
DNI 33414588
STIMOLO HUGO ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 26562782
SAAD MATIAS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28365553
SUAREZ DIEGO SEBASTIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12410757
SAAVEDRA RICARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14145822
SUAREZ MIGUEL ANGEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 13754988
SACCO EDUARDO ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 29539704
SUAREZ MIGUEL ANGEL
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 13754988
SACCO EDUARDO ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11620170
SULIGOY ELDO OSCAR
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 13754988
SACCO EDUARDO ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23900030
SUPPO GABRIEL RENE
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 31507661
SACCONE BRUNO ARTURO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 28399584
TABORDA JORGE ALBERTO
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 37133639
SAENZ RODRIGO JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28399584
TABORDA JORGE ALBERTO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 23126536
SALAMA DANIEL MOISES
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 34992678
TARRES JULIO LUIS
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 28185736
SALAZAR DIEGO LUJAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 4520974
TASSARA ALDO CESAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17831651
SALDAÑA GUILLERMO RAUL
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 13331072
TATTA ANDRES RICARDO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 27651985
SALERNO ENZO FABRICIO
sobre CARABINA calibre .357 PLG
DNI 28699731
TAVELLA EMILIANO JOSE
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 22116919
SALESKI DARIO ANIBAL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 24793571
TEJADA ADRIAN IGNACIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 30244378
SALVA ABEL CLAUDIO
sobre CARABINA calibre .17 PLG
DNI 35873839
TEJEDA VICTOR RUBEN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16195349
SALVATIERRA NESTOR HUGO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 16080012
TEJERINA LEONARDO AGUSTIN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 13406956
SANCHEZ ADOLFO ALEJANDRO
sobre PISTOLON calibre 32 UAB
DNI 17208437
TELLECHEA CARLOS EVER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27796859
SANCHEZ CLAUDIO DANIEL
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 33130460
THEA VICTOR HUGO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11921149
SANCHEZ FERNANDO ESTEBAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32046856
THOME MARCELO MIGUEL
sobre CARABINA calibre .44-40 PLG
DNI 11042069
SANCHEZ JUAN CAMILO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 22648276
TIBALDI GUILLERMO ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23017006
SANDOVAL ALIPIO ROGELIO
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 20626948
TIERCIN ANDRES HORACIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 10545963
SANDRINI CARLOS ENRIQUE
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 30290121
TILLERIA FABIAN ARNALDO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 14709201
SANSBERRO JORGE EDGARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 30290121
TILLERIA FABIAN ARNALDO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 22483884
SANTI DARIO JESUS
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 36622856
TION MARIANO FERNANDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 35584978
SANTI LUCAS SANTIAGO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 36622856
TION MARIANO FERNANDO
sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM
DNI 25895511
SANTO ORIHUELA HERNAN JOSE
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 25897305
TIRATEL DIEGO EUGENIO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 11501429
SARENA ALFREDO ANTONIO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 31216831
TISANA SEBASTIAN ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20765509
SARLI ESTEBAN PABLO LUCAS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 30968714
TITO JAVIER ALCIDES
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 34176719
SARLINGA ESTEBAN EZEQUIEL
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 29182223
TOCCI SERGIO RODOLFO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 29270895
SARMIENTO RICARDO ARIEL
sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG
DNI 24151138
TOLEDO HORACIO CARLOS
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 26704980
SBRIGHI DANTE FERNANDO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 24778755
TOLEDO MARIO ENRIQUE
sobre CARABINA calibre .30-06 PLG
DNI 26639659
SBROLA HUMBERTO RICARDO MARTIN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 20752268
TOLUSSO LEONARDO ENRIQUE
sobre CARABINA calibre .30-06 PLG
DNI 18397970
SCAGLIOTTI DELFINO ANDREA
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 4884723
TOMAINO JUAN ATILIO
sobre PISTOLA calibre 7,65 MM
DNI 20766871
SCALISI MARCELO NAZARENO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 26898236
TOMAS JOSE RICARDO ANTONIO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 17026662
SCALZO ROBERTO LEONARDO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 93191404
TORNETTA CARLOS
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 24702991
SCARAFIA DANIEL LEONARDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 22143749
TORRES CLAUDIO GUSTAVO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 26088736
SCARPINO JOSE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17780003
TORRES JORGE PABLO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 11838514
SCHEFER JOSE MARIA
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 24183973
TORRES MIGUEL ANGEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 10969067
SCHIAVI RENE ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14226075
TORRES PAZ JUAN MANUEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 24772395
SCHIEL ADRIAN SERGIO
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 30170814
TORTUL VICTOR HUGO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25336720
SCHIERANO HECTOR ANTONIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 21995668
TRAPANI PABLO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 10240158
SCHLANCH OSCAR RICARDO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 21831586
TREJO GABRIEL VICTOR
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 14030143
SCHMIDT FERNANDO RUBEN
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 35658722
TREVISAN LEONARDO MARTIN
sobre CARABINA calibre .223 PLG
DNI 16328486
SCHMIDT MARCELO FABIAN
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 13222492
TRIPOLI MARTIN HORACIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23885594
SEGOVIA ANDRES FERNANDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23301966
TURDO MARIO CESAR
sobre FUSIL calibre .308 PLG
Lunes 30 de junio de 2014
Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
15
Primera Sección
Lunes 30 de junio de 2014
Documento
DNI 24827523
Denominación
UBOLDI MARTIN LEANDRO
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 36511194
URBINA AGUSTIN ADRIAN
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 17151403
UROZ HUGO EDUARDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 32977866
URQUIAGA LUCIANO YAMIL
sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM
DNI 20111362
VALDES SERGIO OMAR
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 10310433
VALDEZ CARLOS ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 28 UAB
DNI 17661554
VALDEZ PEDRO AGUSTIN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 94886136
VALENCIA VILCA CESAR SANTOS
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 23198021
VALINOTI LOZA SANTIAGO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 18429507
VALLE ESTEBAN NORBERTO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 30256362
VALLONE ARTURO ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25065294
VALLONE JOSE
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 13163844
VALTORTA EDUARDO RAUL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 12963257
VAMPA JORGE LUIS
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 18843716
VARGAS MEJIA OMAR TITO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 93494623
VASQUEZ MORENO JOSE GUILLERMO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32870884
VASTA LUCAS MATIAS
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 17588748
VAZQUEZ FABIAN ARIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 94122338
VAZQUEZ FERREIRA CARLINA
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 27384042
VAZQUEZ HILDO JAVIER
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 20035826
VAZQUEZ HUGO MARTIN GUILLERMO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 10004613
VELARDE EULOGIO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 35293003
VELAZQUEZ YAÑEZ IAN
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 23979780
VELEZ ALBERTO ARIEL
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 28428592
VELEZ GABRIEL ANDRES
sobre REVOLVER calibre .44 PLG
DNI 21515560
VENTURA CESAR GUSTAVO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 35054778
VERA LEONARDO ANDRES
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12677354
VERDI MARCELO MAURICIO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 13331325
VERON JUAN CARLOS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 28266205
VERON SERGIO HERNAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22611928
VIANA JUAN DARIO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 26820319
VICENTE LUCRECIA SOLEDAD
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21694664
VICENTINI ROBERTO ADRIAN
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 21694664
VICENTINI ROBERTO ADRIAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 22371098
VIDELA VAZQUEZ FRANCISCO JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16508222
VIJARRA GUSTAVO SANTIAGO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27616766
VILA MANUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21379100
VILLAFAÑE CARLOS ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 27631888
VILLAGRA ALFREDO DANIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 31494357
VILLALBA MIGUEL ANGEL DANIEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 26766082
VILLEGAS DANIEL ANDRES
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 34310752
VILLEGAS FAVIO DARIO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 23972317
VILLEGAS RAUL ALEJANDRO
sobre FUSIL calibre .30-06 PLG
DNI 30681219
VINCIGUERRA ALEXIS MAXIMILIANO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28120079
VISINTINI PABLO ANDRES
sobre CARABINA calibre .223 PLG
DNI 10603416
VIVAS EDUARDO LUIS
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 20851038
VOLPI GABRIEL ADALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 20044748
WEIS CARLOS FERNANDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24686471
WEISBERGER GUSTAVO MAXIMILIANO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28606303
WITT MATIAS ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11797443
YEMAN RICARDO ANTONIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29365136
ZABALA DARIO FERNANDO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 29365136
ZABALA DARIO FERNANDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16302509
ZAGAGLIA CARLOS ATILIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 25974556
ZALASAR PABLO MARTIN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 25974556
ZALASAR PABLO MARTIN
sobre PISTOLON calibre 36 UAB
DNI 24105586
ZALAZAR CLAUDIO MIGUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32833683
ZAMERO SEBASTIAN ATILIO
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 8509565
ZAMPA ROBERTO EDUARDO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 26203678
ZAMPEDRI AMILCAR RENE
sobre CARABINA calibre .22 PLG
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
Documento
Denominación
16
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
DNI 18148063
AGUILAR JORGE ALBERTO
ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG.
SRL 30662315148
DNI 28865524
AGUILAR PABLO MARCELO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 24184639
AGUILAR ZUBELZU JOSE MARIA
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24935824
AGUIRRE ALEJANDRO GABRIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11541488
AGUIRRE DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18303519
AGUIRRE MONJELOS SILVERO VICTOR
ámbito de PREVINIENDO S.A. 33708196679
DNI 18396277
AGUIRRE ROQUE RAMON
ámbito de ENTHEUS SEGURIDAD PRIVADA
SRL 30708426020
DNI 20328200
ALANCAY HECTOR ISAAC
ámbito de SEGURIDAD ARGENTINA S.A.
30609445196
DNI 10986750
ALARCON HUGO MARIO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 20091953
ALARCON RAMON RAUL
ámbito de USS GUARDIA PRIVADA S.A
30707006672
DNI 13394427
ALBERTI ROBERTO ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12857247
ALBORNOZ NORBERTO NESTOR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11011426
ALBRECHT SUSANA LUCIA
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20917314
ALCARAZ SERGIO FABIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25462543
ALCAYAGA ROBERTO CRISTIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23715674
ALEAGA DARIO DAMIAN
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 28643325
ALEGRE GUSTAVO ABEL
ámbito de GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BS.
AS. 30634936439
DNI 11822205
ALEGRE RAMON OSCAR
ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L.
30708826010
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 5653023
ALFONSO JUAN
DNI 13137544
ALI CARLOS DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28719013
ALMEIRA VICTOR EMILIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13215431
ALMIRON ABEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17385414
ALMIRON MIGUEL ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23010155
ALMIRON SILVIO MARCELO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 10550037
ALMIRON TOMAS DANIEL
ámbito de A.M.SEGURIDAD EMPRESARIA
SRL. 30647312523
ALMUA DEMETRIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8515163
DNI 26498077
ALONSO ALBERTO HORACIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18185559
ALONSO CLAUDIO RODOLFO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23605565
ALVAREZ ALFREDO ENRIQUE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14108353
ALVAREZ CLAUDIO ROBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10052044
ALVAREZ JUAN VICENTE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20913490
ALVEZ WALTER ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18887701
AMARANTO NEIRA CESAR RAFAEL
ámbito de A.M.SEGURIDAD EMPRESARIA
SRL. 30647312523
DNI 33258813
AMARILLA WALTER SANTIAGO
ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL
30707795579
DNI 11516796
AMER MIGUEL ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
LE 4551785
AMIGO MIGUEL ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
AMIN RODOLFO JOSE LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28632918
AMOR ARIEL OSCAR
ámbito de CI 5 S.A. 30679488593
DNI 10225379
ANDRADA OMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24848207
ANGELINI FELIX ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27208685
ANRRIQUEZ GRACIELA NATALIA
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28764504
ANSALDO RODRIGO ENRIQUE
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 23739422
ANTUÑA RODOLFO RUBEN
ámbito de T.C. INTERPLATA S.A. 30632677096
DNI 25361171
AQUINO MIGUEL ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23656644
ARANDA WALTER ESTEBAN
ámbito de INV.PRIVADAS VANGUARD S.A.
30584283536
DNI 13538264
ARAYA AGUSTIN OSVALDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17342465
ARCE ANGEL EMILIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11945220
ARCE MARTINIANO
ámbito de G.B.A. SEGURIDAD S.R.L.
30708950994
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28145468
DNI 17875554
ZANARDI SERGIO DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14702310
ARDINI JUAN CARLOS
DNI 22989998
ZANAZZO MARCELO FABIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23526353
ARGAÑARAZ EDUARDO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16979128
ZANUSO CARLOS DANIEL
sobre ESCOPETA calibre 24 UAB
DNI 10792832
ARGAÑARAZ JOSE MANUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23670810
ZAPATA GERMAN PEDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12859386
ARGUELLO ANGEL RICARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25189366
ZARA GERMAN PABLO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 13066043
ARIAS MANUEL DE REYES
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 35043407
ZARAGOCI JUAN CRUZ
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 13730299
ARIAS RUBEN HILARIO
DNI 10517446
ZARATE JOSE ANTONIO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
ámbito de INV.PRIVADAS VANGUARD S.A.
30584283536
DNI 20330457
ZARLENGA LEANDRO JORGE
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 16432210
ARIZA EPIFANIO JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10882414
ZARZA PABLINO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 35340147
ARREGUI PABLO HERNAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29326867
ZEITER MARTIN MANUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 31087553
ARRESE UGARTEMENDIA FACUNDO ESTEBAN
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 14020908
ZEPPILLI OSCAR MARIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 23292433
ZITO DIEGO ALBERTO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 26819040
ZUBIA LUCIO FERNANDO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 33959242
ZUIANI EDUARDO GUSTAVO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
SOLICITUDES DE PORTACIONES SOBRE ARMAS DE FUEGO
Documento
Denominación
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
DNI 4156329
ABRAHAM OSVALDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18856890
ABREU ELBIS DAVID
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21679647
ACOSTA ANGEL RICARDO
ámbito de USS GUARDIA PRIVADA S.A
30707006672
ACOSTA JUAN CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10358850
LE 3671919
ACOSTA JULIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31884938
ACOSTA LEANDRO GABRIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23642373
ACUÑA ALBERTO
ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125
DNI 14137871
ACUÑA ENRIQUE RAMON
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 25529897
AGRO ANDRES HORACIO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 10107101
ARRIOLA OLIMPIO ADOLFO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27090994
ASENSIO DIEGO ABEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11234415
ASSELBON ROBERTO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13139899
AVALO ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 34880235
AVELLANEDA JOSE LUIS
ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A.
30687288145
DNI 24714405
AVENDAÑO RODOLFO OSCAR
ámbito de USS GUARDIA PRIVADA S.A
30707006672
DNI 23632710
AYALA MAXIMILIANO
ámbito de USS GUARDIA PRIVADA S.A
30707006672
DNI 26513767
BACAREZZA MARCELO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 7757638
BAEZ DIONISIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22021231
BAEZ HECTOR FABIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 5486639
BAGLIETTO RAUL JORGE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24422116
BALHAS JUAN MARCELO
ámbito de SECURITAS ARGENTINA S.A.
30678239549
DNI 14901745
BALLERINI DAMIAN OSCAR ROQUE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13364942
BALTANAS ROBERTO JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14052014
BANEGAS MARCELO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27119512
BARBERIS CARLOS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11207631
BARDELLI JOSE ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
Primera Sección
Lunes 30 de junio de 2014
Documento
Denominación
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
Documento
DNI 5089968
BARESI RUBEN OSVALDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8381824
Denominación
17
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
CARDOZO JUAN OLIMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12160106
BARNABA RICARDO JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12096232
CARDOZO MIGUEL ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21670357
BARRALES JUAN CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 7614689
CARDOZO PRIMITIVO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16877392
BARRAZA GERMAN ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22274949
CARLE CLAUDIO LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18245299
BARRAZA MARIO RUBEN
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 23450327
CARRERO TOMAS EZEQUIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21357361
CARRIZO JOSE SERGIO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 14129428
BARREIRO JOSE LUS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11628458
BARRERA FERNANDO ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24314947
CASCO JUAN MARCELO
ámbito de CARBESS S.R.L. 30632786731
DNI 14660222
BARRERA LUIS NICOLAS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26077831
CASERES ARIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13491933
BARRETO LUIS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17374694
CASO CESAR ROBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21392800
BARREYRO GUILLERMO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10368424
CASSAIN MARIA LUCIA
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 7444031
BARRIOS CECILIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22489439
CASTAGNINO DANIEL GERMAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20575177
BARRIOS CLAUDIO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21477741
CASTAÑO ATILIO ANIBAL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14875838
BARRIOS EDGARDO ENRIQUE
ámbito de CI 5 S.A. 30679488593
DNI 10849431
CASTAÑO NORBERTO JUAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16114962
BARRIOS JULIO CESAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14444830
CASTELLANO JOSE ATILIO ROBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21431446
BASILE CESAR ARIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 7847398
CASTILLO FELIX
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14782981
BASILE RUBEN EDUARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17445490
CASTRO HECTOR OSVALDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31233107
BASUALDO HUGO FERNANDO
ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125
DNI 16145637
CATALDO PEDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31250797
BATTIATO GONZALO DAMIAN
ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125
DNI 22170080
CAVALLO MARCELO GABRIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12547869
BAZAN JORGE DAVID
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17815033
CAZAJOUS ALBERTO RUBEN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10594181
BAZAN JORGE ENRIQUE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11735013
CEBALLOS CARLOS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28150595
BAZAN PATRICIO DAMIAN
ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125
DNI 27592376
CERMENARO STELLA MARIS
DNI 20970343
BECCAGLIA GUSTAVO ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de CAZADORES COOP.DE TRAB.LTDA
30634936439
DNI 24176262
BECERRO JOSE VICTOR
ámbito de A.I.P.A.A. S.A. 30517232269
DNI 17052357
BENITEZ FRANCISCO JUSTINO
sobre armas de puño registradas a su nombre
BENITEZ JOSE GIL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 4701479
DNI 32989484
DNI 4624105
DNI 28730953
BERRA PABLO RUBEN
sobre armas de puño registradas a su nombre
BIANCHINI RUBEN HUMBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
BIANCO LUCIANO HERNAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21503852
BIBBO GUSTAVO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29380882
BILLORDO CARLOS HERNAN
ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125
DNI 21175519
BLANCHE MIGUEL JAVIER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10196014
BLASUCCI ROQUE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23725552
BLIND FABIAN ANIBAL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10230269
BOFFINO GUSTAVO OSCAR PATRICIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28378305
BOGADO CHRISTIAN ADRIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28528831
BOGADO ROBERTO ANDRES
ámbito de SECURITAS ARGENTINA S.A.
30678239549
DNI 23735454
BORBORE FIGUEROA CARLOS CRISTIAN
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 33310214
BORDON CARLOS LEANDRO
ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125
DNI 22836782
BOSTYNIEC JUAN JAVIER
ámbito de SEGAR SEGURIDAD S.A.
30643566407
DNI 11906479
BRANDAN MARIO ROBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14418064
BREU SERGIO FABIAN
DNI 25195142
BRIZUELA CORDOBA LEONARDO OMAR
DNI 30733208
CERQUEIRO TOCONAS JUAN MANUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12873965
CHACON PABLO MIGUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25614965
CHAMORRO DIEGO HERNAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17334697
CHANIVET FABIO ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17619196
CHAPARRO PEDRO GREGORIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17752787
CHARLES SERGIO ADRIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14667592
CHAVARRIA JOSE ADRIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13197436
CHAVEZ RAUL ROBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14026261
CHIAVENNA EDUARDO ANIBAL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14235691
CIARALLO CARLOS ALBERTO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 14440646
CIRIMELE ANIBAL
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 33636537
CISNEROS VICTOR HUGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16290337
CIVETTA ARIEL SALVADOR
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de CARBESS S.R.L. 30632786731
DNI 14246618
CONTRERAS ROBERTO AGUSTIN
DNI 33844252
COPA VICTOR ALFONSO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12792905
CORDOBA HECTOR HORACIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11910710
CORDOBA JOSE MANUEL
ámbito de A.M.SEGURIDAD EMPRESARIA
SRL. 30647312523
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12278647
CORENFELD TOMAS GUSTAVO
ámbito de GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BS.
AS. 30634936439
DNI 36028499
CORNALO EDUARDO ESTEBAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14597691
CORONEL OMAR SEGUNDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 36074323
CORRADO BERTANI WALTER ARIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21716956
CORREA FLORENCIO RAUL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13452609
CORTESE RUBEN OSCAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16323332
CRESPO DANIEL HUMBERTO
ámbito de NOVIT S.A. 30707310657
DNI 13499470
CRISTALDO CIPRIANO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25924422
CRUZ SANTOS AGUSTIN
ámbito de BAYERSAT S.A. 30710544499
DNI 4642832
CUARTANGO OSCAR ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30721562
CUELLO JULIO EDUARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28970934
CUESTA PABLO DANIEL
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 10751721
CUETO JUAN MANUEL ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 6468694
CUEVAS RICARDO GREGORIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16422055
CULCUY JORGE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29624876
DA LUZ VICENTE EULOGIO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 10798541
BRIZUELA JUAN CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13115077
BRIZUELA MIGUEL ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20008412
BRUNO LEONARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 34080731
BRUNO MORENO JUAN MANUEL
ámbito de SERV.ARG.SEG.EMPRESARIA S.A.
30656423958
DNI 12511067
BUDUBA OMAR ORLANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26395603
BUERA ANGEL RAMON
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 35992527
BUGGE MIGUEL ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 36291870
BUJNIEWICZ MIGUEL ALEJANDRO
ámbito de TORRESCO AES S.R.L.
30713657200
DNI 21885184
BULACIO ALBERTO FELIX
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23137375
BURGUENER JULIO ALBERTO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 26854237
BUSSONE CLAUDIO JAVIER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20172095
BUSTAMANTE JOSE LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27632958
CABALLERO HUGO FERNANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14928609
CABALLERO ISIDORO
ámbito de CARBESS S.R.L. 30632786731
DNI 25797494
DAHER WALTER HUGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20405385
DE FRANCESCO ANTONIO VICTOR FELIPE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21329219
DE LA ROSA JOSE WALTER
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 10929745
DNI 24698336
DNI 12597706
DNI 33912388
DNI 27940695
DNI 12081573
DNI 4161486
DNI 29966071
DNI 14045162
DE LAURETIS FERRUCCIO
DE PIRO MARCELO MARTIN
DE RISIO CARLOS JUAN
DELLA BITTA SERGIO ENRIQUE
DELOR MATIAS ABEL
DELORO JULIO FLORENCIO
DEOCARE RICARDO ROMUALDO
DEPOZZI FRANCO
DESIDERIO OSCAR LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de CI 5 S.A. 30679488593
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24464044
DI FEBO MARCELO ERNESTO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 18044779
DI LANZO DANIEL
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 23270410
DI LISCIA ALBERTO RUBI
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 11035778
CABRERA CARLOS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22557810
CABRERA RUBEN ISMAEL
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 28434305
DNI 12834970
DNI 18396989
DNI 23544294
DNI 13826781
DNI 23605424
DNI 24867357
DNI 6816368
DNI 16444464
DNI 16501224
DNI 4442782
DNI 14789375
CACERES GUSTAVO ALEJANDRO
CACERES JORGE ALBERTO
CACERES PEDRO ROQUE
CACERES RODOLFO
CACERES ROQUE DOMINGO
CACEREZ GUSTAVO SERGIO
CALABRESE NICOLAS RODRIGO
CALDERON CESAR JESUS
CALDERONE ALFREDO ALEJANDRO
CALLIGARIS CARLOS MARCELO
CALSINA RAIMUNDO ANGEL
CAMACHO FERNANDEZ JUAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13942207
CAMARGO PEDRO OMAR
ámbito de SECURITAS ARGENTINA S.A.
30678239549
DNI 13879064
DI MARTINO JORGE ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12802830
DIAZ ALBERTO MARIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 35404291
CAMPOMAR MORALES VICTOR LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14833186
DIAZ CASTULO ANIBAL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11939445
CAMPOYA JUAN CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 33334110
DIAZ CRISTIAN FEDERICO
ámbito de CARBESS S.R.L. 30632786731
DNI 10824999
CAÑETE OSCAR RAMON
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23843364
DIAZ CRISTIAN MIGUEL GASTON
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12706931
CANTOS JUANA ROSA
ámbito de SECCLEAN S.A. 30709645745
DNI 24222554
DIAZ GUSTAVO DE JESUS
DNI 21104268
CARADONNA FERNANDO ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL
30707795579
DNI 18822766
CARAMBULA ORICCHIO JOSE EDUARDO
ámbito de SEGAR SEGURIDAD S.A.
30643566407
DNI 27967698
DIAZ WALTER ANIBAL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12916019
DILERNIA NICOLAS ARMANDO
ámbito de GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BS.
AS. 30634936439
DNI 25647466
CARBONE FEDERICO MARTIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31982535
CARDOSO JUAN MARTIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13996554
DOLCEMASCOLO RAUL EDUARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13446608
CARDOZO GUILLERMO RAUL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22044567
DOMINGUEZ DAVID ADRIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de SECURITAS ARGENTINA S.A.
30678239549
DNI 11272077
DOMINGUEZ HECTOR HORACIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24548973
DRAB HERNAN GUSTAVO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30468251
CARDOZO JOSE MARIA
Primera Sección
Lunes 30 de junio de 2014
Documento
Denominación
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
Documento
Denominación
18
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
DNI 26254241
DUARTE HECTOR RODRIGO
ámbito de INV.PRIVADAS VANGUARD S.A.
30584283536
DNI 12088904
GERMANA HUGO FERNANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13631667
DURAN RICARDO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25996924
GESAGHI PABLO MARTIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 32183230
DURAND CARLOS GABRIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28615614
GIMENEZ ARIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17796617
DUROS LUIS RICARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10875868
GIMENEZ HUGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24238260
DWORECKI ROBERTO LUIS
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 10526267
GINJAUME VICTOR HUGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22452961
GIROD PABLO EMILIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10041711
GIULIANI ALBERTO RICARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 4297816
EGLES MARIO JORGE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14670320
ESCALANTE MIGUEL ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14364472
ESCOBAR CECILIO FAUSTINO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16842739
ESCOBAR GERARDO HORACIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13658168
ESCOBAR JUAN CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12713503
ESCRIÑA EDUARDO ROBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22429199
ESCUDERO HECTOR DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10255681
ESNAOLA JOSE MARIA
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22429380
ESTEQUIN GUSTAVO ADOLFO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 28100523
ETCHART JUAN DANIEL
ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125
DNI 26290462
EUSTAQUIO RODRIGO ALBERTO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 29033388
FALCONE LUIS EMANUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29134112
FARIÑA CARLOS MARTIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11886505
FEITO RICARDO OSCAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22671925
FERNANDEZ CELIA
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14866281
FERNANDEZ DANIEL ESTEBAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20808259
FERNANDEZ DANIEL MARIO
ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612
DNI 31326562
FERNANDEZ GUSTAVO JAVIER
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 26229735
FERNANDEZ JAVIER FRANCISCO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10085132
FERNANDEZ JORGE DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30611909
FERNANDEZ JUAN PABLO
DNI 20578222
DNI 22579538
GLUGUE MANUEL ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13718836
GODOY FERNANDO ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22317253
GODOY JAVIER ALBERTO
ámbito de CARBESS S.R.L. 30632786731
DNI 18514166
GODOY ROLANDO RICARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 32789343
GOMEZ ALDO ALBERTO
ámbito de A.M.SEGURIDAD EMPRESARIA
SRL. 30647312523
DNI 5081564
GOMEZ ENRIQUE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 34006550
GOMEZ ENZO EMANUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8313562
GOMEZ HECTOR BENITO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25386373
GOMEZ JUAN MANUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 34629049
GOMEZ NICOLAS FABIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12170935
GOMEZ PEDRO ARTURO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17452497
GONZALEZ ALEJANDRO JULIO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 13732613
GONZALEZ ALFREDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 34866413
GONZALEZ ANDRES
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11768029
GONZALEZ BEDOYA OMAR ESTEBAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16224829
GONZALEZ CARLOS JESUS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 5752927
GONZALEZ CARLOS NERI
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17798288
GONZALEZ CARLOS WASHINGTON
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16027042
GONZALEZ GERARDO RAMON
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 6052075
GONZALEZ HECTOR ORLANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 7580943
GONZALEZ IDILIO OSCAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11198624
GONZALEZ JUAN SANTOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
FERNANDEZ LIONEL SANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26117967
GONZALEZ MARCELO DANIEL
DNI 13768316
FERNANDEZ LUIS ALBERTO
ámbito de SEGURIDAD ARGENTINA S.A.
30609445196
ámbito de GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BS.
AS. 30634936439
DNI 23847606
GONZALEZ PABLO JAVIER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12507023
FERNANDEZ MARIO OSCAR
ámbito de STRIGER S.R.L. 30707543368
DNI 24625683
GONZALEZ PABLO JAVIER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31433820
FERNANDEZ MAXIMILIANO LUIS
ámbito de SECURITAS ARGENTINA S.A.
30678239549
DNI 12916096
GONZALEZ ROBERTO HORACIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16249014
GORDILLO CARLOS JORGE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14319794
GORRACHATEGUI MIGUEL ANGEL
ámbito de BROCAL S.A. 30707145532
DNI 23902324
GORRITI LUIS MIGUEL SALVADOR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26403543
GRAMAJO GUILLERMO CARLOS
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 17975279
GRANEA ALBERTO DANIEL
ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL
30707795579
DNI 10968133
FERNANDEZ OLEGARIO DEL ROSARIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17717241
FERNANDEZ RUBEN ROBERTO
ámbito de INV.PRIVADAS VANGUARD S.A.
30584283536
DNI 10591060
FERRARESO EMILIO AMILCAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14739012
FERREYRA CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28430500
FERREYRA MARIO OSVALDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26837299
FERRO CARLOS ARIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11981867
GRECO RICARDO OMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17877407
FIGUEIREDO ORLANDO FABIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12033611
GUALTIERI SALVADOR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23174225
FIGUEROA ADRIAN FERNANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24153719
GUERRA RAMON ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20029524
FIGUEROA SEBASTIAN ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22658387
GUEVARA RICARDO FABIAN
DNI 20208306
FINOCCHIARO EDGARDO FELIPE
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 13319234
GUILLERMO RAMON
DNI 11172994
FIORDELMONDO MARIO ROBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BS.
AS. 30634936439
DNI 23323511
FIORI ROLANDO ADRIAN
ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125
DNI 8185240
FLORENTIN JUAN CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16891351
GUTIERREZ CARLOS FABIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30086964
GUTIERREZ CRISTIAN EZEQUIEL
ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125
GUTIERREZ HECTOR DANIEL
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
GUTIERREZ JORGE GUILLERMO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 12166022
FOLGUERA ENRIQUE CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17328076
DNI 13795452
FORLETTA MIGUEL ANGEL
ámbito de SEGURIDAD UNIVERSAL S.R.L.
33709789509
DNI 16491236
DNI 17788168
FORNT CARLOS DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22843880
FRANCESI SANDRA VERONICA
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27316956
FRANCITORRA CRISTIAN ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22971334
FRANCO LUCIANO
ámbito de G.B.A. SEGURIDAD S.R.L.
30708950994
DNI 14203849
FRANCO OSCAR ARGENTINO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17267295
FRANCO RICARDO ISIDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 7800601
FRATERNALI ARMANDO VALENTIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26505481
FREDES HUGO SALVADOR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12339947
FRIAS HECTOR LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11766467
FRUTOS ANDRES CORCINI
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26379264
FRUTOS ERNESTO ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27620121
FRUTOS JUAN MARCELO
ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612
DNI 14631195
GABINI VICTOR DAVID FERNANDO
ámbito de SEIN S.R.L. 30690895613
DNI 8130562
GALAN MARIO ORLANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8487365
GALINDEZ MIGUEL ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14840220
GALINDO RUBEN DARIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10154701
GALLARDO RAMON ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20096341
GALUCCIO MIGUEL MATIAS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 13975217
GALVAN GUSTAVO ROBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25201092
GALVAN MAXIMILIANO RODRIGO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 17421158
GALVAN OSCAR EDUARDO
ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125
DNI 17102824
GAMBARTE CESAR DARIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 34540499
GARAYALDE JUAN DAVID
ámbito de TORRESCO AES S.R.L.
30713657200
DNI 16292985
GUTIERREZ MARIO ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8302381
GUTIERREZ RAMON ROBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11562703
GUZMAN RAUL ALFREDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21837055
HALAVACH HUGO HERNAN
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 4524823
HAMRA ALFREDO ADOLFO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31730307
HARFUCH JEREMIAS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8251657
HEREDIA CARLOS ADRIAN HUGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 6150808
HERNANDEZ HECTOR JACINTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10046982
HERRERA CARLOS ROBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 7655315
HERRERA HORACIO AMILCAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18417697
HERRERA RUBEN ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11217072
HOMENE RUBEN ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16837336
HONDEVILLE JAVIER JORGE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25776776
IBARRA FIDEL ALBERTO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 24577147
IBARRA JUAN MANUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24637906
IBARRA TIMOTEO MANUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12453116
IGLESIAS JORGE LUIS
ámbito de GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BS.
AS. 30634936439
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31445586
INFANTE GERALDINE ANDREA
DNI 27560388
JALIL JORGE DEL VALLE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26374993
JANCO JUAN ARIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26574952
JARA CRISTIAN ALFREDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23817320
JEREZ GABRIEL DARIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 33086455
JIMENEZ MANUEL ALFREDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28546840
JIMENEZ VICTOR OSCAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 32659089
JOLY ISIDRO CARLOS ENRIQUE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10470199
JUAREZ CARLOS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30895322
GARNICA HERNAN RODRIGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29490039
GAROFALO CRISTIAN MIGUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28621378
GARRIDO BARRA GABRIEL ESTEBAN
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 11443313
GARRO CARLOS DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13080855
JUAREZ CLAUDIO CESAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 5623848
GAUDIERO JUAN CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11909074
JUAREZ JUAN GUILLERMO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17350849
GAUNA RAMON ALBERTO
ámbito de USS GUARDIA PRIVADA S.A
30707006672
DNI 24247603
KALCICH RAUL ANDRES
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21375614
LAIME MARCELO NESTOR
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 21466109
LE 8099320
GENTILE MARCELO PABLO
sobre armas de puño registradas a su nombre
GEORGE ENRIQUE JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10741424
GEPA JORGE LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18165731
GEREZ MARCELO ORLANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14108992
LAMBRECH JORGE PEDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16277044
LANDRIEL NICOLAS FERNANDO
ámbito de NOVIT S.A. 30707310657
DNI 17785935
LARRAÑAGA PEDRO OSVALDO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
Primera Sección
Lunes 30 de junio de 2014
Documento
Denominación
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
Documento
Denominación
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
DNI 22323607
LARRAULE HECTOR ALFREDO
ámbito de SECURITAS ARGENTINA S.A.
30678239549
DNI 22141290
DNI 17862339
LASSAGA OMAR ALFREDO
ámbito de A.M.SEGURIDAD EMPRESARIA
SRL. 30647312523
DNI 6499667
MENDIBERRI GUILLERMO VICENTE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 4200040
MENDIETA FRANCISCO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24543291
LAZARTE GUSTAVO DOMINGO
ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125
DNI 22463879
LAZARTE HECTOR FABIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31309788
LAZARTE HUGO SEBASTIAN
ámbito de SECURITAS ARGENTINA S.A.
30678239549
DNI 36536076
LEDESMA ALEXIS LEONEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18336917
LEDESMA ANGEL BERNABE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26194562
LEDO DIEGO ALEJANDRO
ámbito de GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BS.
AS. 30634936439
DNI 24956005
LEGUIZAMON CRISTIAN JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25465167
LEGUIZAMON GUSTAVO JAVIER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 32667807
LEGUIZAMON IVAN ABEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28644605
LEGUIZAMON RODOLFO FABIAN
DNI 26719106
LEGUIZAMON RUBEN JOSE
MENDEZ JOSE ORLANDO
19
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12568705
MENDOZA EDUARDO IRENEO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31117471
MENESES PABLO ARIEL
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 10084925
MERCADO ENRIQUE ROBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20819612
MERCADO SANDRO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24103954
MERLO PABLO JAVIER
ámbito de SEGAR SEGURIDAD S.A.
30643566407
DNI 29577737
MEZA MATIAS ARMANDO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 12176757
MEZA SERGIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13624392
MIADONNA MARIO OSVALDO
ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 13827606
MICO CLAUDIO ROBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29249233
MIGUEZ PORCAL ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de ZEUS SEGURIDAD S.R.L.
30710516487
DNI 10864215
MILICIC RICARDO JESUS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17974443
MIQUELARENA ABEL ALEJANDRO
ámbito de NOVIT S.A. 30707310657
DNI 22346634
MIRALIA LEANDRO DAMIAN
ámbito de SOC.DEL ESTADO CASA DE
MONEDA 30546676974
DNI 14302902
MIRANDA ALFREDO FRANCISCO
ámbito de INV.PRIVADAS VANGUARD S.A.
30584283536
DNI 24018066
LEIVA ALEJANDRO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16462968
LEMOS CARLOS MARTIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21487624
LEMOS EDUARDO RICARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13300571
LENA OSVALDO VALENTIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26554342
LENCINA JOSE DANIEL
ámbito de SOC.DEL ESTADO CASA DE
MONEDA 30546676974
DNI 8442067
LEPRO NESTOR DONATO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16926028
LETTIERA ENRIQUE ARMANDO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 14857467
LEYBA RUBEN RAMON
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16131064
LEYES RUBEN OSCAR
DNI 24495469
DNI 27242162
DNI 23115523
MIRITELLO FERNANDO JAVIER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 4843458
MODICA CAYETANO EUGENIO R.
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23590162
MOLFA NORBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 6691893
MOLINA LUIS OMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12733706
MOLINA RAMON
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21437565
MOLINAS CLAUDIO FABIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 16852076
MOLINERO RUBEN DARIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12414744
MONGELLI HUMBERTO OSCAR
ámbito de T.C. INTERPLATA S.A. 30632677096
LEZCANO RODOLFO HORACIO
ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125
DNI 17904320
MONTENEGRO HECTOR CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
LIBERTO LUCAS MATIAS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8575733
MONTERO OSVALDO ALBERTO
ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612
DNI 17791837
LLANOS JOSE MANUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 32028154
MORA MARIA ALEJANDRA
DNI 29165727
LLEUFO MARCELO ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de TORRESCO AES S.R.L.
30713657200
DNI 16116092
LLOCRA ABRAHAM RICARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13685064
LLORENTE MANUEL MARCELO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28337368
LOBOS CARLOS MARTIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18316627
LOMBARDERO JORGE ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 37352399
LOPEZ ALBERTO DAMIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16776788
LOPEZ DOMINGO ISMAEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22310292
MORALES MARCELO JORGE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24362794
MORAN RODRIGUEZ FABIAN ORLANDO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 31906488
MOREIRA JUAN RAMON
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 21611446
MORENO MARCELO GUSTAVO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 10879211
LOPEZ EDUARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31914355
MORENO SEBASTIAN ALBERTO
ámbito de T.C. INTERPLATA S.A. 30632677096
DNI 27861595
LOPEZ HERNAN DAVID
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13854104
MOSCARDO CARLOS DANTE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10054187
LOPEZ MERCEDES VIRGINIA
ámbito de GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BS.
AS. 30634936439
DNI 23878134
MOYA FELIPE
ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125
DNI 26509838
MOYANO MARTIN DAVID
sobre armas de puño registradas a su nombre
MOYANO PEDRO FERNANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
MUDRY WALTER PABLO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 16386408
MUGGERI FLAVIO OMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14870432
MUÑOZ ANGEL ISIDORO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13751758
MUÑOZ JORGE ALBERTO
ámbito de NOVIT S.A. 30707310657
DNI 12994611
MUÑOZ MARCOS ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14900066
MUSCARELLO JUAN ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25588507
MUZO MARIANO IVAN
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 16739520
NAPOLI RAUL VICENTE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13379547
NARDI SILVIO AMADO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8417569
NARVAJA EDUARDO BENITO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27771305
NAVARRETE MAXIMILIANO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 12412843
LOPEZ PABLO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17159336
LOPEZ WALTER ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24879592
LOPEZ WILSON DAVID
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 12419461
LUCERO RUBEN OMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11748122
LUDUEÑA RICARDO FERMIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29575408
LUNA DAMIAN ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25908924
LUNA MARCELO JAVIER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 5178697
LUNA PRIMITIVO ROBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20297496
LYDE ENRIQUE ESTEBAN
ámbito de GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BS.
AS. 30634936439
DNI 23193232
MACEK WALTER JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10546029
MACHADO HECTOR HORACIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14873613
MACHUCA JOSE RAMON
ámbito de COMAHUE SEGURIDAD PRIVADA
S.A. 30634936439
DNI 20484145
MACIEL CARLOS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14715927
MACIEL ORLANDO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11785507
MALDONADO HUGO ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20326908
MALDONADO JOSE LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8011817
DNI 26884784
DNI 25154770
NAVARRO MARCELO ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12487637
NEGRI WALTER ERNESTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17681836
NERI CARLOS ALBERTO
ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG.
SRL 30662315148
DNI 7590353
MALISANI HUGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11832568
NESTEROVICH ROBERTO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13095409
MANDEL CARLOS ENRIQUE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21789295
NICOLETTI LUIS ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 32559754
MANSKE EDGARDO FERMIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25786792
NIETO CRISTIAN ADRIAN
DNI 22256771
MANZO RICARDO JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 14833838
MARASCIULO VICTOR ALBERTO
ámbito de PROTECCION MILLENIUM S.A.
30634936439
DNI 26852479
NIETO HORACIO ALEJANDRO
ámbito de COOP.DE TRAB.EL FERROL LTDA.
30656023461
DNI 16774543
MARCIAL JOSE CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16395777
NIEVAS WALTER CARLOS
DNI 7935141
MARIEL MANUEL AUGUSTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de GIOMON AG.DE INV.PRIV. S.R.L.
30611288952
DNI 21453353
MARIN LAFAY ALEJANDRO PABLO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21649152
NIEVE GUSTAVO ADRIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18442976
MARQUES CLAUDIO FABIAN
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 7678080
NIKIFORUK JUAN ATILIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13134202
NISCI BETHENCOURT DANIEL GUILLERMO
ámbito de NOVIT S.A. 30707310657
DNI 8515768
MARQUEZ JOSE LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12093062
NOCERA PEDRO MARIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21379955
MARTINEZ DANIEL HUMBERTO
ámbito de SERV.ARG.SEG.EMPRESARIA S.A.
30656423958
DNI 26710618
NOCETTI GUSTAVO ARNALDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24471802
NOYA MARTIN DIEGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14536035
MARTINEZ LUIS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21115692
NUÑEZ RAUL GUILLERMO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17428968
MARTINEZ MARIO ENRIQUE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 33472799
OBREGON GUILLERMO LEANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8543152
MARTINEZ RAMON ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23660323
OCHOA HECTOR ARIEL
DNI 4609035
MARTINEZ RICARDO EDUARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 22865662
MARTINEZ RODOLFO RAUL
ámbito de SAS LITORAL SEGURIDAD S.A.
30707014845
DNI 18133510
OJEDA FRANCISCO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10619776
OJEDA JOSE LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18070660
OLINDI HUESPI SERGIO JAVIER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28459241
OLIVA LEONARDO JAVIER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8324776
OLIVARES ROBERTO FEDERICO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27355145
OLIVARI JUAN MANUEL
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 7775849
MARTINEZ RUBEN HECTOR
DNI 16228158
MARTINEZ VICTOR HUGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11455022
MARUSO CARLOS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 32219512
MASTRANGELO DAVID ALEJANDRO
ámbito de BLINSER S.R.L. 30709277444
DNI 12449660
MEDINA CARLOS MARIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26405390
MEDINA HECTOR ALBERTO
ámbito de GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BS.
AS. 30634936439
DNI 13869888
OLIVERA REINALDO OSCAR
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 11624450
MEDINA MARIO ROBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18539516
OLIVI JUAN JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14182880
MEDINA PASCUAL ENRIQUE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27591410
OLMEDO CESAR OSCAR
ámbito de T.C. INTERPLATA S.A. 30632677096
DNI 16749795
MELINA CARLOS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 32224857
ONTIVEROS MARTIN SEBASTIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13506750
MENARDI CESAR ENRIQUE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29637798
OPPIDO PERALTA MATIAS LEONEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
Primera Sección
Lunes 30 de junio de 2014
Documento
Denominación
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
DNI 14970229
ORDOQUI NESTOR ROGELIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
Documento
Denominación
20
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
DNI 10824940
RAMIREZ RAUL ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de BROCAL S.A. 30707145532
DNI 16905495
ORELLANO ROQUE ROBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23614056
RAMIREZ WALTER HORACIO
DNI 26052688
ORTIZ CRISTIAN AXEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16733045
RAMONDEGUI ENRIQUE GUSTAVO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25300865
ORTIZ MARTIN EDUARDO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 16149228
RAMOS JORGE ALBERTO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 24084377
ORUE JUAN MARCELO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25695636
RAMOS VEGA CHRISTIAN RODOLFO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31231609
OSER DARIO ANDRES
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13541415
REARTE EDUARDO RENE
DNI 18369153
OTATTI HECTOR EDUARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 12101177
PACHECO RAUL EDUARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13431986
RECALDE ALEJANDRO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8427098
PACIARONI RICARDO OMAR
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 13126505
REYES CARLOS
ámbito de INV.PRIVADAS VANGUARD S.A.
30584283536
LE 8381333
PAEZ FEDERICO OMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16161967
REYES TORREZ EDGARDO JORGE
DNI 12601128
PAGANO FRANCISCO
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 11524715
PAHUD JUAN CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10818502
PALACIOS JUAN JOSE
ámbito de A.M.SEGURIDAD EMPRESARIA
SRL. 30647312523
DNI 12793386
PALAVECINO JUAN CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10183229
PALLERO ROBERTO LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20783698
PAPINUTTI ANGEL ENRIQUE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23461871
PARISI EDUARDO ENRIQUE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 6084128
PASSAGGINO OSCAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11239959
PAVON OSVALDO ERNESTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28839379
PAZ JORGE ADRIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12486747
PEDRAZA JUAN EDUARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 7855420
PEDRAZA MARTIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16749051
PELLECCHIA DANIEL ALFONSO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24419462
PENA CARRIZO CRISTIAN ALEJANDRO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 31723865
PENIDA HECTOR HUGO
ámbito de ZEUS SEGURIDAD S.R.L.
30710516487
DNI 16130704
REYNOSO SERGIO GERMAN
ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612
DNI 13068946
RIFFEL JORGE FEDERICO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10601245
RIGO PEDRO PABLO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24730997
RIOS ARIEL OSCAR
ámbito de USS GUARDIA PRIVADA S.A
30707006672
DNI 17974792
RIOS BASILIO VIVIANO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26915618
RIOS CARDOZO RAMIRO MIGUEL N.
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 29111061
RIOS DANIELA VANINA
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 32994627
RIOS JORGE LUIS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11078900
RIOS JUAN JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11442199
RIOS NESTOR INDALECIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8511380
RISAU GUSTAVO ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23952909
RISSO CARLOS JOAQUIN
ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125
DNI 13157164
RIVAROLA RICHARD FREDE
ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG.
SRL 30662315148
DNI 13138175
RIVAS DOMINGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29770307
RIVERA FABIAN GABRIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22872088
RIVERO EDUARDO FABIAN
ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125
DNI 24415786
RIVEROS ROLON MARCELO ALBERTO
ámbito de CI 5 S.A. 30679488593
DNI 29330892
ROA EMILIO FABIAN
ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125
DNI 16464376
ROBLEDO JULIO CESAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10360345
ROBLES JUAN CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 7698334
ROBLES JUAN CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
ROBLES SERGIO DARIO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 23855219
PERALTA GUILLERMO OMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30720896
PERAZZO ENRIQUE ADRIAN OMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17796618
PEREIRA ANIBAL HUGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8544099
PEREIRA CATALINO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14475302
PEREIRA ENRIQUE ABRAHAM
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 32533670
PEREIRA MANUEL ISAIAS
ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125
DNI 12171525
PEREIRO CARLOS ALBERTO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 21666941
DNI 31075759
PEREYRA CARLOS VICTOR I.
ámbito de CAZADORES COOP.DE TRAB.LTDA
30634936439
DNI 12363495
RODEGHER SERGIO ROBERTO
ámbito de CI 5 S.A. 30679488593
DNI 12035294
PEREYRA RICARDO ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21098242
RODRIGUEZ ARTURO AMADEO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 16536680
RODRIGUEZ CARLOS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21919162
RODRIGUEZ DARIO GABRIEL
ámbito de GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BS.
AS. 30634936439
DNI 24220945
PEREZ BRAIDA DIEGO ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13458058
PEREZ CRISTINA VILMA
ámbito de GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BS.
AS. 30634936439
DNI 13624151
PEREZ DOMINGO CONRADO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26266197
PEREZ FRANCISCO EMILIO
ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL
30707795579
DNI 14137618
RODRIGUEZ HECTOR EDGARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17506833
RODRIGUEZ HECTOR OMAR
DNI 22811021
PEREZ HECTOR MARCELO
ámbito de AJM SEGURIDAD PRIVADA S.A.
30709851191
ámbito de SECURITAS ARGENTINA S.A.
30678239549
DNI 20010478
RODRIGUEZ MENDOZA ALBERTO CLAUDIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27723284
PEREZ HORACIO ARTURO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13251760
RODRIGUEZ NELSON ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8607380
PEREZ JORGE ENRIQUE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17936637
RODRIGUEZ NORBERTO ANGEL
ámbito de CARBESS S.R.L. 30632786731
DNI 5183899
PEREZ JULIO ARGENTINO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 29081904
RODRIGUEZ ORELLANA DAVID EDUARDO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 7435429
PEREZ RAUL REGINO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12765943
RODRIGUEZ OSCAR RENE
ámbito de PROTECCION MILLENIUM S.A.
30634936439
DNI 10180272
RODRIGUEZ RUBEN ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17818242
RODRIGUEZ SERGIO FABIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8196368
RODRIGUEZ ZOILO ESTEBAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21521082
ROJAS FABIAN ALEJANDRO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 20027211
ROJAS GUILLERMO JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22266406
ROJAS WALTER EDMUNDO
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
DNI 14689160
PEREZ ROJO HUMBERTO MAXIMO
ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125
DNI 14056248
PERRI GABRIEL ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11252728
PERRONE DANIEL ROBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31221688
PERUGINI PABLO ANDRES
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11356008
PESSINO HUGO DANIEL
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 20680066
PETRIZAN CLAUDIO MARCELO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13545127
PETTI ANGEL EDUARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28438286
PICCA LUCAS MAURICIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12347529
PIÑERO ROGELIO ALFREDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 32342801
PLATERO MAXIMILIANO GABRIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17974769
PLEZ MIGUEL ROBERTO
DNI 31346710
POGGI MARTIN
DNI 16592578
DNI 16321343
ROLANDI ANGEL CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 32944085
ROLDAN JOSE MAURICIO
ámbito de G.B.A. SEGURIDAD S.R.L.
30708950994
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24330396
ROMAGNOLI DAMIAN ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16685628
ROMANO JOSE MANUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
POIDOMANI ANGEL FABIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17632517
ROMERO CLAUDIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8449670
POLIDORI EMILIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27295001
ROMERO ERNESTO MANUEL
DNI 10780526
POLO EDUARDO ERNESTO
ámbito de CARBESS S.R.L. 30632786731
ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL
30707795579
DNI 17105606
POLO GUILLERMO OMAR
ámbito de SOC.DEL ESTADO CASA DE
MONEDA 30546676974
DNI 35081594
ROMERO HUGO DIEGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20055710
ROMERO JORGE ENRIQUE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12121188
POMARES ENRIQUE OSCAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11956642
ROMERO ROBERTO EDUARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13088079
PONCE CARLOS HORACIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12392889
ROSA MIGUEL ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13088081
PONCE EDUARDO SANTIAGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25625065
ROSALES ARIEL GUSTAVO
DNI 24567722
PONCE GASTON FABRICIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 24402509
PONCE JAVIER JOSE L.
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16904690
PONCE OSCAR ADOLFO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 7975383
POSADAS HUGO SANTIAGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8102126
PRIETO ARTURO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12920578
PUJOL JUAN CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25693163
PUYO DIEGO MARTIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26430925
QUINTANA ARIEL OSCAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27048586
QUINTANA SERGIO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
LE 7378269
DNI 25068172
ROSAS MANUEL ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 34857431
ROVIRA FRANCISCO JAVIER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25653493
RUEJA LEONARDO MARCELO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14806598
RUSHAN ALBERTO ARIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 4836583
RUSSI RICARDO HUMBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17142165
SAEZ RODOLFO NESTOR
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 16987650
SALAS JORGE MANUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12865390
SALAZAR ALBERTO MANUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22332629
SALAZAR MARTIN FERNANDO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 18630668
SALDAÑO DANIEL HORACIO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
QUINTEROS ARNALDO CRUZ
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18014916
QUINTEROS JAVIER HUMBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25638202
QUINTEROS PABLO DANIEL
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 28250928
QUIROZ HECTOR NICOLAS
ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612
DNI 16017078
SALINAS ADOLFO LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13302847
RABALO MARCELO JORGE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29839960
SALINAS ROBERTO MARTIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29049123
RAFFAINI JOSE FACUNDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16495023
SAMBIASE ARIEL LEONARDO
DNI 28489168
RAMIREZ EDUARDO ARIEL
ámbito de SECURITAS ARGENTINA S.A.
30678239549
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 26198405
SAMBUCETTI CLAUDIO RAUL ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14847257
RAMIREZ JUAN JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23723264
SANABRIA ABEL JORGE
sobre armas de puño registradas a su nombre
Primera Sección
Lunes 30 de junio de 2014
Documento
DNI 14461546
Denominación
SANCHEZ DANIEL ALEJANDRO
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
sobre armas de puño registradas a su nombre
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
Documento
Denominación
21
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
DNI 7754100
VALENZUELA OSVALDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11027180
SANCHEZ DANIEL ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11015545
VALIENTE OSVALDO FERNANDO
ámbito de T.C. INTERPLATA S.A. 30632677096
DNI 10888670
SANCHEZ GUILLERMO ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24952966
VALLEJOS PEDRO JAVIER
DNI 8539384
SANCHEZ JOSE JESUS
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG.
SRL 30662315148
DNI 25992434
SANCHEZ LUIS ALBERTO
ámbito de COOP.DE TRAB.EL FERROL LTDA.
30656023461
DNI 17306010
SANCHEZ RUBEN OMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23189542
SANDOVAL ADOLFO RAMON
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 25537547
SANTANA MAXIMILIANO
DNI 18247682
SANTILLAN JESUS ANTONIO
DNI 30653197
SANTILLAN JUAN EDUARDO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 12764863
VANOLI EDUARDO DIEGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13859420
VARELA HECTOR OSCAR
ámbito de AJM SEGURIDAD PRIVADA S.A.
30709851191
DNI 27325753
VASQUEZ GERMAN CESAR
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13926331
VASQUEZ OSVALDO RUBEN
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 23721459
VAZQUEZ ADOLFO AVELINO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 13113694
SANTILLAN OSCAR RAUL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18379098
SAUCEDO NICASIO RAMON
ámbito de CI 5 S.A. 30679488593
DNI 10726421
SAVANI ANTONIO PABLO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14700635
SAYES LILIANA DEL VALLE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18397970
SCAGLIOTTI DELFINO ANDREA
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31171813
SCARDINI SANTIAGO JAVIER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22689381
SCARDULLA CLAUDIO ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
SCHIAFFINO MARIO EDUARDO
ámbito de AJM SEGURIDAD PRIVADA S.A.
30709851191
DNI 8104629
DNI 17998763
SCHIAVONE OSVALDO CESAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 4409198
SCOVOTTI CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
SEGRE JORGE OMAR
ámbito de SERV.ARG.SEG.EMPRESARIA S.A.
30656423958
DNI 16990588
LE 7820675
DNI 4370275
VAZQUEZ DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29322370
VAZQUEZ MANUEL ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18358286
VAZQUEZ RICARDO MARCELO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14043765
VEGA RICARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27822741
VELAZQUEZ JAVIER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22306598
VELIZ CESAR ROLANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26118420
VERA CRISTIAN DANIEL
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 31769891
VERA DAMIAN ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22981148
VERDUN DIEGO OMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14008059
VIAPPIANI RUBEN OSCAR
ámbito de GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BS.
AS. 30634936439
DNI 12227012
VICTORIO HIPOLITO FRANCISCO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16508222
VIJARRA GUSTAVO SANTIAGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20974952
VILCHE LEANDRO HORACIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18108043
VILLA LUIS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
SELESKY RAFAEL ARTURO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29562387
SENA DIEGO LEONARDO JUAN
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 31033984
VILLAFAÑA ALEJANDRO FABIAN
ámbito de A.I.P.A.A. S.A. 30517232269
DNI 27887736
SENA PABLO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22366174
VILLAFAÑE JUAN ALBERTO
DNI 28533596
SEQUEIRA FABRICIO JAVIER
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 22701804
SERPA RICARDO MANUEL
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 11239200
VILLAGRA HUGO DANIEL
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 16575665
SERRA ANTONIO JUAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25775417
VILLALBA JUAN ANTONIO
ámbito de CI 5 S.A. 30679488593
SERRANO OSVALDO OSCAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8310438
VILLAR EMILIO ROLANDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29450895
SHORT FELIPE ROLANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14696237
VILLAVICENCIO JULIO CESAR
DNI 24850362
SILISQUE HUMBERTO GUILLERMO
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 25539576
SILVA JUAN CARLOS
ámbito de NOVIT S.A. 30707310657
DNI 20084572
SILVA PABLO ANSELMO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12795631
SILVA VICTOR JORGE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8632730
SLATTERY MIGUEL LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
LE 8647413
DNI 12247295
SORIA CARLOS ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14798464
SOSA FEDERICO EUGENIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10860389
SOSA HECTOR RAUL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28631089
SOSA NUÑEZ VICTOR MAURICIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12473404
SOSA ROBERTO EDUARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 34310752
VILLEGAS FAVIO DARIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20687883
VILTE HECTOR ROLANDO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 20154236
VITTAR ROBERTO RAUL
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 94129400
VOLKOV GENNADIY
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 24686471
WEISBERGER GUSTAVO MAXIMILIANO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11356943
WILBERGER RAUL OMAR
ámbito de SECCLEAN S.A. 30709645745
DNI 30037861
YAÑEZ SALAS MARIANO ALFONSO
ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL
30707795579
DNI 10489474
SOTELO ELISEO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20760837
YUDI MARIO NORBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27573078
SOTELO HORACIO ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26746045
ZABALA SERGIO RICARDO
DNI 22154845
SOTO NORBERTO GUSTAVO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 23449183
ZACARIAS JOSE FEDERICO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 7758392
STAROPOLI CARLOS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10834013
ZALAZAR JOSE ALBERTO
DNI 29952246
STENEIR CARLOS JORGE
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de SEGAR SEGURIDAD S.A.
30643566407
DNI 11248982
STRANIERI SALVADOR JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10884002
ZAMPINI JORGE LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11879736
SUAREZ DOMINGO ALICIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21081522
ZARZA WALTER FABIAN
DNI 23147571
SUAREZ GUILLERMO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 11019990
ZAZA JOSE ROBERTO ARMANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 33772764
SUAREZ JUAN CRUZ
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20011144
ZENA EDUARDO JAVIER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 5482047
TABORDA NILO ADELMO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 33866840
ZURIS JUAN PABLO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13297378
TAPIA CLAUDIO ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16366890
ZURITA JESUS ABEL
DNI 20690530
TAPIA HUMBERTO JUSTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 33042976
TAPIA PASTOR NICOLASALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10709395
TARRAGA RICARDO ROBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8284240
TEDESCHI CARLOS OSVALDO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 35873839
TEJEDA VICTOR RUBEN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8538087
TESTONI SONZINI GUILLERMO JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17126308
TOBARES ELIO RODOLFO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20087254
TOLEDO JORGE RICARDO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 7584150
TORRES ANGEL PABLO
DNI 25600112
TORRES FLAVIA VERONICA
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8640477
TORRES OSCAR ALFREDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20823587
TORRILLA ANDRES MARIA
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23238954
TOSCANO PEDRO AGUSTIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17606954
TOSCO SERGIO MARCELO
ámbito de GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BS.
AS. 30634936439
DNI 29618717
TOSOLINI ALBERTO GASTON
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 31852066
TRAPPA LUCIANO ROLANDO
ámbito de VIA BARILOCHE S.A. 30643922157
DNI 26059231
TRAPPA SEBASTIAN ROBERTO
ámbito de VIA BARILOCHE S.A. 30643922157
DNI 8076040
TREBINO RICARDO ENRIQUE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27527617
TRIGO MARCOS GABRIEL
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 29205645
TSIAMAS ESTEBAN OMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 34551370
TURRI KEVIN LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18179297
URQUIZA FERNANDO MARCELO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14353292
VALDEZ DANIEL OMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24095506
VALENTINI CHRISTIAN ADRIAN FERNANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26719547
VALENZUELA ANIBAL ADRIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
MATIAS MOLLE, Director Nacional, Registro Nacional de Armas.
e. 30/06/2014 N° 44816/14 v. 30/06/2014
#F4605003F#
Primera Sección
Lunes 30 de junio de 2014
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
22
#I4604113I#
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
#I4604133I#
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días
hábiles bancarios a la firma LOS ANTIGALES S.A. (CUIT Nº 30-709994138-7), para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250,
Piso 5°, Oficina “8502”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente Nº 100.252/11,
Sumario Nº 5283, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la
Ley del Régimen Penal Cambiario Nº 19.359 (t.o. por Decreto Nº 480/95), bajo apercibimiento de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — NANCY V.
SCIORRA, Analista Principal de la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. —
LIDIA S. MENDEZ, Analista Senior de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza al señor Omar Santana Balleto
(D.N.I. Nº 92.343.352) para que dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles bancarios comparezca
en la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN LO CAMBIARIO, sita en Reconquista 250,
piso 6°, oficina 8601, Capital Federal, en el horario de 10 a 13, a tomar vista y presentar defensa en
el Sumario Cambiario Nº 5038, Expediente Nº 101.172/10, caratulado “NEWFLAX S.A. Y OTROS”,
que se le instruye en los términos del artículo 8 de la Ley Nº 19.359, bajo apercibimiento en caso
de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial.
— VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — HERNAN F.
LIZZI, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
e. 30/06/2014 Nº 44488/14 v. 04/07/2014
#F4604113F#
e. 30/06/2014 Nº 44508/14 v. 04/07/2014
#F4604133F#
#I4604116I#
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
#I4604134I#
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez)
días hábiles bancarios a la firma ARGENTRADE INTERNACIONAL SERVICES S.A. (CUIT
Nº 33-70709234-9) y al señor CARLOS ALBERTO MILLARES (DNI Nº 4.751.305) para que comparezcan en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250,
Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, en el horario de 10 a 13 hs., a estar a derecho en el Expediente Nº 101.668/09, Sumario Nº 4559, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con
el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario Nº 19.359 (t.o. por Decreto Nº 480/95),
bajo apercibimiento de declararle sus rebeldías. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín
Oficial. — ANALIA G. TACCONE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. —
PAULA L. CASTRO, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios.
El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días
hábiles bancarios a la firma MF GROUP S.A. (CUIT Nº 30-71055624-1), al señor MOSHE BEN
EUGI (PASAPORTE ISRAELI Nº 5.573.567) y la señora MARTHA LILIANA BETANCOURT (DNI
Nº 94.128.960), para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario,
sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente Nº 56.033/07, Sumario Nº 5570, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo
8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario Nº 19.359 (t.o. por Decreto Nº 480/95), bajo apercibimiento de declararles su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — NANCY
V. SCIORRA, Analista Principal de la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — LIDIA
S. MENDEZ, Analista Senior de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
e. 30/06/2014 Nº 44491/14 v. 04/07/2014
#F4604116F#
e. 30/06/2014 Nº 44509/14 v. 04/07/2014
#F4604134F#
#I4604124I#
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días
hábiles bancarios al señor RUBEN ROLANDO SANCHEZ (DNI Nº 20.133.482), para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250,
Piso 5°, Oficina “8502”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente Nº 101.701/09,
Sumario Nº 5279, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la
Ley del Régimen Penal Cambiario Nº 19.359 (t.o. por Decreto Nº 480/95), bajo apercibimiento de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — NANCY V.
SCIORRA, Analista Principal, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — LIDIA
S. MENDEZ, Analista Senior de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
e. 30/06/2014 Nº 44499/14 v. 04/07/2014
#F4604124F#
#I4604127I#
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza a Marcos Anselmo Delitsch (D.N.I.
Nº 30.371.526) para que dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles bancarios comparezca en la
GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN LO CAMBIARIO, sita en Reconquista 250, piso
6°, oficina 8601, Capital Federal, en el horario de 10 a 13, a tomar vista y presentar defensa en el
Sumario Cambiario Nº 5592, Expediente Nº 101.315/11, caratulado “MARCOS DELITSCH”, que
se le instruye en los términos del artículo 8 de la Ley Nº 19.359, bajo apercibimiento en caso
de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial.
— VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — HERNAN F.
LIZZI, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
e. 30/06/2014 Nº 44502/14 v. 04/07/2014
#F4604127F#
#I4604129I#
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
El Banco Central de la República Argentina emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles
bancarios al señor HUGO ROBERTO MARQUEZ (D.N.I. Nº 13.347.275), para que presente el
descargo que hace a su derecho de defensa en el Expediente Nº 101.270/09, Sumario Nº 5315,
que se sustancia en esta Institución, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita
en la calle Reconquista 250, 6° piso, Oficina “8602” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de
acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario (t.o. por Decreto Nº 480/95),
bajo apercibimiento de declarar su rebeldía. Publíquese por cinco (5) días en el Boletín Oficial.
— VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — MARIA G.
BRAVO, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
e. 30/06/2014 Nº 44504/14 v. 04/07/2014
#F4604129F#
#I4604130I#
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez)
días hábiles bancarios a los señores JOAO FERREIRA BEZERRA DE SOUZA (DNI 94.044.389),
GONZALO LOPEZ FANJUL (DNI 93.900.808), MICHAEL DITCHFIELD (DNI 93.939.284), ALUISIO TELES FERREIRA FILHO (PAS CS 695.136) y SILLAS OLIVA FILHO (PAS CS 879.329),
para que comparezcan en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 5°, Oficina “8502”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente
Nº 100.374/10, Sumario Nº 5100, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario Nº 19.359 (t.o. por Decreto Nº 480/95), bajo
apercibimiento de declarar sus rebeldías. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial.
— NANCY V. SCIORRA, Analista Principal, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Senior de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.
e. 30/06/2014 Nº 44505/14 v. 04/07/2014
#F4604130F#
#I4605298I#
MINISTERIO DE SALUD
DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACION Y SANIDAD DE FRONTERAS
Conforme lo dispuesto por el art. 131 párrafo 2 de la Ley 17.132 y atento a la imposibilidad de
ubicarlo, por el presente se cita a la Dra. Maria Cristina Bravo, DNI 11.238.174 para que en el plazo
de DIEZ (10) días a contar del quinto de esta publicación, comparezca ante el DEPARTAMENTO DE
FALTAS SANITARIAS de la DIRECCION DE SUMARIOS del MINISTERIO DE SALUD sito en la Av. 9
de Julio 1925, Piso 3, CAPITAL FEDERAL en el horario de 09:30 a 17:30 a los efectos de tomar vista
del Expediente Nº 12002-21706-13-4 para posteriormente formular descargo y ofrecer la prueba
que haga al derecho de su defensa por la presunta infracción a la Ley 17.132 en que habrían incurrido bajo APERCIBIMIENTO, en caso de incomparecencia, de juzgarlos en rebeldía. — Dr. MARIO
A. ROSENFELD, Director, Dirección Nacional de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras.
e. 30/06/2014 Nº 45012/14 v. 02/07/2014
#F4605298F#
#I4606252I#
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Resolución Nº 582/2014
Bs. As., 24/6/2014
VISTO el Expediente Nº S02:0063787/2014 del registro de este Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones mencionadas en el Visto tramita el Convenio suscripto entre la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO DE DOMINIOS DE INTERNET dependiente de la SUBSECRETARIA TECNICA de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y
la DIRECCION NACIONAL ELECTORAL de este Ministerio.
Que el objetivo del mismo es el de la prestación mutua de cooperación, asesoría, capacitación
y asistencia en los temas relativos a la esfera de sus competencias, con la finalidad de fomentar el
desarrollo de las Telecomunicaciones en la Argentina, del mercado de Internet y las Tecnologías de
la Información, promover la formación y educación de los distintos actores que permita el acceso
a los avances tecnológicos en todo el territorio de país.
Que resulta pertinente ratificar el mencionado Convenio, suscripto entre el señor Director Nacional Electoral, Dr. D. Alejandro TULLIO, en forma conjunta con el Director Nacional del Registro
de Dominios de Internet, D. Gabriel BRENTA.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la
intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas en la Ley de Ministerios
Nº 22.520 (T.O. por Decreto Nº 438/1992) y sus modificatorios y la Resolución Nº 529 de fecha 5
de octubre de 2012.
Por ello,
EL MINISTRO
DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Ratifícase el Convenio de Cooperación suscripto entre la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO DE DOMINIOS DE INTERNET dependiente de la SUBSECRETARIA TECNICA de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y la DIRECCION
NACIONAL ELECTORAL de este Ministerio, cuya copia autenticada figura como Anexo I de la
presente Resolución.
ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. — C.P.N. FLORENCIO RANDAZZO, Ministro del Interior y Transporte.
Lunes 30 de junio de 2014
Primera Sección
ANEXO I
CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
DE DOMINIOS DE INTERNET, DE LA SUBSECRETARIA TECNICA DE LA SECRETARIA LEGAL
Y TECNICA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION Y LA DIRECCION NACIONAL ELECTORAL
DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 2 días del mes de junio de 2014, entre la DIRECCION NACIONAL
DE DOMINIOS DE REGISTROS DE DOMINIOS DE INTERNET, representado en este acto por el Sr. Gabriel BRENTA, en su carácter de Director Nacional, quien constituye domicilio a los efectos del presente
en la calle Juncal 847 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante el NIC, por una parte, y por la
otra parte la DIRECCION NACIONAL ELECTORAL del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, representado en este acto por el Dr. Alejandro TULLIO, en su carácter de Director Nacional Electoral, quién
constituye domicilio a los efectos del presente en 25 de Mayo 101, piso 3° de esta Ciudad, se suscribe el
siguiente CONVENIO DE COOPERACION MUTUA, conforme a las cláusulas siguientes:
PRIMERA: El presente convenio tiene por objeto la prestación mutua de cooperación, asesoría,
capacitación y asistencia en los temas relativos a la esfera de competencia de las partes, con la finalidad de fomentar el desarrollo de las Telecomunicaciones en la Argentina, del mercado de Internet
y las Tecnologías de la Información, promover la formación y educación de los distintos actores que
permita el acceso a los avances tecnológicos en todo el territorio deI país a través de la participación.
SEGUNDA: Las partes a través de sus respectivos equipos técnicos se comprometen en forma recíproca y dentro de la esfera de sus competencias a brindar colaboración, a saber en:
a) El desarrollo y la implementación de proyectos y programas de trabajo.
b) El intercambio de material bibliográfico y acceso a bases de datos e información general.
c) El intercambio de documentación e información específica con relación a programas de
trabajo que sean de interés para ambas partes.
d) Asistencia para la organización de exposiciones, ferias y foros a nivel local e internacional.
e) Reuniones conjuntas para tratar asuntos de interés común.
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
23
CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto Nº 892/95, se diseñó un mecanismo tendiente a garantizar un sistema de relaciones financieras entre las distintas jurisdicciones y entidades dependientes del PODER EJECUTIVO NACIONAL y los Estados Provinciales, para el uso eficiente de los recursos
asignados al cumplimiento de programas o acciones de carácter social, sobre la base de cuentas
separadas, intangibilidad de fondos específicos y apertura de cuentas corrientes en el BANCO DE
LA NACION ARGENTINA.
Que las máximas autoridades de las jurisdicciones y entidades dependientes del PODER EJECUTIVO NACIONAL, al que hace referencia el artículo 1º del mentado decreto, tendrán las facultades de interrumpir y/o retener en forma automática la transferencia de fondos en la medida en que
se constate alguno de los supuestos contenidos en su artículo 2°.
Que el artículo 1° del Decreto Nº 225/07 dispuso que cada jurisdicción o entidad dependiente del PODER EJECUTIVO NACIONAL, cuyos presupuestos incluyan créditos en los Incisos
5 - Transferencias - Transferencias a Gobiernos Provinciales y/o Municipales, sean para financiar
gastos corrientes o de capital, y 6 - Activos Financieros, destinados a la atención de programas o
acciones de carácter social, que se ejecuten en el marco de convenios bilaterales que prevean la
obligación de rendir cuentas, a suscribirse con las Provincias y/o Municipios, dictará un reglamento que regule la rendición de los fondos presupuestarios transferidos, al que deberán ajustarse
dichos acuerdos.
Que la presentación de las rendiciones de cuentas correspondientes, además de obedecer a
un imperativo legal, deviene necesaria a fin de verificar el destino, intangibilidad y eficiencia en el
uso de los fondos públicos.
Que asimismo el último párrafo del artículo 1° del Decreto Nº 225/07 establece que el reglamento de rendición de cuentas que se dicte en cada jurisdicción y/o entidad competente se incorporará
como Anexo de los convenios bilaterales que se suscriban con las Provincias y/o Municipios.
Que la SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES tiene a su cargo el desarrollo y la implementación de distintos Programas con el objeto de asistir a los municipios, a fin de mejorar los sistemas de recaudación tributaria municipal, mediante la adquisición de equipamiento informático y
software, modernizar los sistemas administrativos municipales y realizar obras de infraestructura.
f) Articular acciones de asistencia técnica, para identificar, explicitar y precisar al conjunto de
problemas que permitirán substanciar los lineamientos estratégicos de la solución.
Que la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la Jurisdicción han tomado la intervención que les corresponde.
g) Asistencia para diseñar los planes operativos que convertirán los lineamientos estratégicos
en orientaciones diarias para la gestión.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley de
Ministerios (T.O. Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias y por el artículo 1° el Decreto Nº 225/07.
h) Asistencia para construir los indicadores que permitan medir el logro de las metas establecidas en los planes operativos.
i) El intercambio de recursos humanos y materiales para el fortalecimiento de programas de
trabajo, estudio e investigación.
j) Actuar coordinadamente en los diferentes campos de actuación de ambas entidades, especialmente en lo atinente al desarrollo de actividades concernientes al mercado de internet y las
tecnologías de la información.
k) Desarrollar campañas de difusión masiva en los medios de comunicación, directamente vinculados con el objetivo previsto en la cláusula Primera, así como proceder a la elaboración y procesamiento
de datos, estadísticas y los que surjan de los programas de cooperación con otras organizaciones.
I) Asistencia para la elaboración de los marcos regulatorios que competen a la actividad.
TERCERA: Créase la Unidad de Coordinación de todos los aspectos atinentes al presente
convenio que quedará integrada por representantes de cada uno de los organismos firmantes del
mismo. Esta unidad fijará las tareas a desarrollar, cronogramas a cumplir y recursos humanos y
materiales necesarios para su cumplimiento.
CUARTA: Cualquier objetivo y/o acción que exceda los marcos anteriormente descriptos deberá ser acordada en forma específica por las partes y se instrumentará mediante Protocolos
Adicionales al presente Convenio.
QUINTA: Sin perjuicio de lo que las Partes dispongan en los acuerdos suplementarios y/o
intercambio de cartas, suscritos en virtud de este Acuerdo para la implementación conjunta de
programas, proyectos y/o actividades, este Acuerdo por sí solo no implica obligaciones de carácter financiero para las Partes.
SEXTA: Cualquier aspecto no previsto expresamente en el presente Convenio y/o cualquier
controversia en su aplicación o interpretación, será solucionado en forma armoniosa mediante el
entendimiento directo según las reglas de la buena fe de las partes, procurando para el efecto la
máxima colaboración para su solución.
SEPTIMA: CONFIDENCIALIDAD: La Publicación o difusión de cualquier información involucrada en el marco del presente convenio deberá contar con la aprobación expresa de las partes.
OCTAVA: EL PRESENTE Convenio tendrá una vigencia de dos años, prorrogándose automáticamente por igual período, salvo que sea denunciado por cualquiera de las partes mediante
comunicación fehaciente cursada a la otra, en cuyo caso el distracto sólo tendrá efecto al término
de las actividades que se encuentren en desarrollo a esa fecha.
En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación, se firman dos (2) ejemplares de un
mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 2 días del mes de
junio de 2014.
e. 30/06/2014 Nº 45400/14 v. 30/06/2014
#F4606252F#
#I4606256I#
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Resolución Nº 583/2014
Por ello,
EL MINISTRO
DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébase el Reglamento General para la Rendición de Cuentas de Fondos
Presupuestarios Transferidos a Provincias, Municipios y/u otros Entes, el que como Anexo I forma
parte integrante de la presente, y será de aplicación para aquellos Programas y Entidades que
suscriba la SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES de este Ministerio.
ARTICULO 2° — Apruébanse los formularios de rendición de cuentas denominados “Declaración Jurada sobre Aplicación de Fondos” y “Documentación Respaldatoria de la Inversión de
Fondos” que, como Anexo II forman parte de la presente Resolución.
ARTICULO 3° — Apruébase el Modelo de Intimación dirigido a las CONTRAPARTES para
rendir cuentas, el que como Anexo III forma parte integrante del presente artículo.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. — C.P.N. FLORENCIO RANDAZZO, Ministro del Interior y Transporte.
ANEXO I
REGLAMENTO DE RENDICION DE FONDOS PRESUPUESTARIOS TRANSFERIDOS EN EL MARCO DE ACUERDOS BILATERALES ENTRE LA SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES DEL
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE Y PROVINCIAS, MUNICIPIOS U OTROS ENTES
1.- MARCO REGULATORIO Y OBJETIVO DE LA RENDICION DE FONDOS
El presente reglamento deberá ser observado por la SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES que ejecuta créditos del Inciso 5 - Transferencias, en virtud de Convenios y/o Acuerdos
con las Provincias, Municipios, u otros entes como así también, por los beneficiarios de dichas
transferencias.
La rendición de cuentas documentada de la utilización de los fondos transferidos por los
Convenios y su control, serán efectuados con arreglo al marco regulatorio de la Ley Nº 24.156 de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público, y sus normas reglamentarias sobre la materia, en especial el Decreto Nº 225/07.
2.- DEFINICIONES
A los efectos del presente reglamento, se entiende por:
a) Rendición de cuentas: La presentación de toda documentación que permita acreditar y
demostrar que los fondos públicos transferidos o gastados, en el marco de transferencias a Provincias, Municipios u otros entes han sido afectados al objeto para el que fueran autorizados.
b) Beneficiario o receptor de fondos: Organos o Dependencias de la Provincia, Municipio u
otro ente a quien se le transfieren los fondos para el desarrollo de determinada acción, actividad,
plan o programa en materia de asistencia municipal, previamente acordado con la SECRETARIA
DE ASUNTOS MUNICIPALES. Tales acciones, actividades, planes y programas deberán desarrollarse en un todo de conformidad con las normas vigentes en cada Jurisdicción y de acuerdo a los
plazos y demás requisitos que fueran acordados entre las partes intervinientes.
Bs. As., 24/6/2014
c) Responsable de la Rendición: aquellos organismos que estén individualizados en el respectivo Convenio a tales efectos.
VISTO el Expediente Nº S02:0053540/2014 del registro de este Ministerio, la Ley Nº 24.156 de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, los Decretos
Nros. 892 de fecha 11 de diciembre de 1995, 225 de fecha 13 de marzo de 2007, 1344 de fecha 4
de octubre de 2007, y
d) Informe Técnico Preliminar: Documento que dará cuenta que el uso y aplicación de los
fondos se corresponde con el destino fijado en el acto administrativo que da origen a la transferencia. El mismo debe ser elaborado por el beneficiario de los fondos o por el máximo organismo
de control de la jurisdicción beneficiaria de los fondos y conformado por el beneficiario, como así
Lunes 30 de junio de 2014
Primera Sección
también deberá contener adjunta toda la documentación que permita justificar el uso y destino
de los fondos. Asimismo integrará el informe técnico final elaborado por la Unidad Organizativa.
e) Unidad Organizativa: Unidad conformada en el ámbito de la SECRETARIA DE ASUNTOS
MUNICIPALES que impulsa la transferencia de recursos.
f) Informe Técnico Final: Documento elaborado por la Unidad Organizativa que dará cuenta de
que los fondos han sido aplicados correctamente al destino preestablecido en el acto administrativo que aprueba la transferencia. Dicho informe deberá contener el informe técnico preliminar y
toda la documentación adjunta que permita dar cuenta del correcto uso de los fondos. Asimismo,
deberá contener un análisis razonado y objetivo que permita concluir la correcta y eficiente aplicación de los fondos.
g) Unidad Operativa: Unidad de la SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES que será encargada de la recepción de los requerimientos, informes y toda documentación enviada por los beneficiarios
de los fondos y su retransmisión a las otras dependencias de dicha Secretaría, en el marco de sus
competencias específicas, a efectos de requerir su intervención técnica para la elaboración y consolidación de los planes y programas e informes técnicos a que dé lugar la transferencia de fondos.
h) Unidad de Rendición de Cuentas: Será la instancia, en el ámbito de la SECRETARIA DE
ASUNTOS MUNICIPALES, encargada de realizar la aprobación de la rendición de cuentas.
3.- INTERVENCIONES TECNICAS
El proceso de aprobación de rendición de cuentas enviada por el Beneficiario implicará la
intervención de las siguientes áreas técnicas de la SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES:
a) Unidad Organizativa: Deberá elaborar el informe técnico final que dé cuenta del correcto
uso y aplicación de los fondos de acuerdo con el destino que estableciera el acto administrativo
por el que se asignaron recursos y la normativa legal vigente en la materia.
b) Unidad de Rendición de Cuentas: A partir de dicho informe técnico final realizará la aprobación de la rendición de acuerdo a lo establecido en el presente reglamento, así como la registración del estado de las rendiciones. En los casos que determinen las autoridades, deberá efectuar
las auditorías y controles muestrales que se consideren oportunos.
4.- INTERVENCION DE LA UNIDAD ORGANIZATIVA
a) En caso que la rendición fuera aprobada totalmente en esta instancia, se enviará el informe
técnico final a la Unidad Operativa, a efectos de que esta última remita la información a la Unidad
de Rendición de Cuentas para que se expida en el plazo que la Unidad Operativa fijará al efecto.
b) En caso que la rendición de cuentas resulte observada en su totalidad, la Unidad Organizativa comunicará tal situación a la Unidad Operativa, a fines que curse las notificaciones correspondientes al beneficiario con las observaciones efectuadas e indicando el plazo de respuesta y
cursando en forma concomitante copia de tal notificación a la Unidad de Rendición de Cuentas.
c) En caso de que la rendición de cuentas se apruebe parcialmente, la Unidad Organizativa
deberá desdoblar la rendición, detallando los fondos cuyo uso y aplicación fueran aprobados y
aquellos considerados no aprobados, y comunicar tal situación mediante un informe remitido a la
Unidad Operativa para que esta última notifique tal situación al beneficiario. Posteriormente la Unidad Operativa deberá remitir el informe por la parte aprobada a la Unidad de Rendición de Cuentas
y sobre la parte no aprobada del informe regirán las mismas reglas detalladas en el punto anterior.
5.- INTERVENCION DE LA UNIDAD DE RENDICION DE CUENTAS
a) Aprobación de la Rendición de Cuentas: En caso que el informe técnico final elaborado
por la Unidad Organizativa sea aprobado por la Unidad de Rendición de Cuentas, se procederá a
registrar tal situación y se registrará la transferencia como rendida.
b) Observaciones a la Rendición de Cuentas: En caso que la Unidad de Rendición de Cuentas posea observaciones que formular acerca del informe técnico final elaborado por la Unidad
Organizativa, registrará tal situación y comunicará las observaciones a la Unidad Organizativa por
intermedio de la Unidad Operativa. Esta última fijará el plazo en que deberá responder la Unidad
Organizativa y el beneficiario, en caso de que fuera necesario.
c) La Unidad de Rendición de Cuentas recibirá las copias de las comunicaciones efectuadas al
beneficiario durante la elaboración del informe técnico final y tomará nota de un plazo de QUINCE
(15) días hábiles para su respuesta. Vencido el plazo para su respuesta sin que la misma se acredite, se procederá a efectuar una nueva intimación en el plazo de DIEZ (10) días hábiles, al término de
cuyo plazo, deberá contarse con la información requerida. Caso contrario se procederá a comunicar a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, previa intervención de la Unidad de Auditoría
Interna, a fin de poner en conocimiento a los Organismos de Control Provinciales.
6.- PAUTAS MINIMAS PARA EL INFORME PRELIMINAR DE RENDICION DE CUENTAS
Deberá estar adecuadamente encarpetado e incorporado o anexado al expediente por el que
se aprueba la transferencia. En el mismo constará toda la documental relacionada con la transferencia (constancias de pago, facturas de compras, presupuestos, planillas anexas, etc.).
a) Todos los gastos deberán ajustarse a lo autorizado, mediante la Resolución de asignación,
es decir que los fondos sólo podrán aplicarse al destino para el cual se transfieren.
b) Los comprobantes deberán ser emitidos a nombre del beneficiario de la transferencia, no
deben presentar enmiendas, tachaduras ni borrones que no hayan sido debidamente salvados.
c) Todos los documentos y comprobantes de la rendición deberán estar conformados, en el
cuerpo del comprobante, por el responsable de la rendición, designado formalmente por el beneficiario para administrar los fondos.
d) Los tickets, facturas y demás documentos que integren la rendición, deberán ser pegados
en hojas debidamente foliadas y numerados, a los fines de evitar su extravío. Al final de cada hoja
deberán numerarse la cantidad total de documentos que contiene cada hoja y la suma total de los
importes que contienen, sin que se admitan tachaduras, enmiendas ni interlineados.
e) En el caso de ejecución de obras, además de la factura presentada por la firma constructora, se deberá adjuntar el correspondiente certificado de obra conformado por la autoridad local de
aplicación del Municipio, en aquellos casos que por la envergadura de la obra el mismo resultare
necesario, según la normativa aplicable.
f) Se adjuntará una hoja resumen que contendrá los siguientes datos: fecha del comprobante,
Nombre o Razón Social, Concepto, Número de folio donde se encuentra, Número de comprobante, Importe de cada comprobante, Importe total de la rendición.
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
24
g) Toda la documentación adjunta deberá ser el resultado del más estricto cumplimiento de
la normativa legal vigente en cada jurisdicción para todo tipo de procedimiento desarrollado con
los fondos de que se trata, como así también, del régimen de facturación de la ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP).
h) En todos los casos deberá cumplirse las pautas mínimas para la rendición fijadas en el
Decreto Nº 225/07.
EI presente se dicta de acuerdo a lo normado por el Decreto Nº 225/07. En razón de ello, cuando se proceda a firmar o impulsar la firma de un convenio o acuerdo con Gobiernos Provinciales,
Municipales u otros entes, que establezca las transferencias de fondos imputables presupuestariamente al inciso 5 - Transferencias, deberá incorporarse como Anexo a los convenios que se
suscriben, el procedimiento para la rendición de cuentas previsto en el presente.
Dicha rendición tendrá por finalidad demostrar el uso que se ha dado a los fondos del ESTADO
NACIONAL, el que deberá ser compatible con el espíritu, naturaleza y fines del acuerdo consensuado.
7.- PROCEDIMIENTO
La rendición de cuentas de los fondos será presentada por el beneficiario en la DIRECCION
DE MESA DE ENTRADAS, NOTIFICACIONES Y DESPACHO del MINISTERIO DEL INTERIOR Y
TRANSPORTE, dirigida a la SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES. En el ámbito de esta
Secretaría, la Unidad Operativa recibirá la rendición y será la encargada de remitirla a la Unidad
Organizativa que lleve adelante el programa o proyecto, fijándole un plazo para ejercer su competente intervención.
A los fines expuestos en el párrafo precedente, se utilizarán los formularios previstos en el
Anexo II:
FORMULARIO 1: “Declaración Jurada sobre Aplicación de Fondos”.
FORMULARIO 2: “Documentación Respaldatoria de la Inversión de Fondos”.
Además de la presentación de los Formularios mencionados precedentemente, el Beneficiario debe presentar el Informe Técnico Preliminar, el que debe hacer mención mínimamente a la
siguiente información.
a) La mención del organismo receptor de los fondos y de los funcionarios responsables de la
administración de los fondos asignados.
b) La individualización de la cuenta bancaria receptora de fondos.
c) El monto total de la transferencia que se rinde.
d) El concepto de los gastos que se atendió con cargo a dicha transferencia.
e) El grado de avance en el cumplimiento de las metas y objetivos comprometidos. Cuando el
convenio definiera el mecanismo de evaluación de cumplimiento, éste deberá haber sido completado indefectiblemente en forma previa a la presentación de la rendición.
f) Copia del o los extractos bancarios correspondientes a la cuenta bancaria especial, pertinente por el período que comprende la rendición.
g) En virtud de la especificidad propia de la asistencia municipal, cada Convenio establecerá
la fijación de un plazo razonable, a fin de cumplir con la obligación de rendir cuentas de los fondos
transferidos.
h) El deber de acompañar toda la documentación que respalde la rendición de cuentas, en los
términos del artículo 1°, inciso f) del Decreto Nº 225/07 y toda aquella otra que le sea requerida.
La documentación respaldatoria de la rendición de cuentas de la inversión de los fondos
estará compuesta por las copias certificadas de las facturas o documentos equivalentes a ser
presentados por los destinatarios, dado que los respectivos originales son el respaldo mismo de
las contabilidades de los beneficiarios.
i) Compromiso de cumplir con la obligación de preservar por el término de DIEZ (10) años,
como respaldo documental de la rendición de cuentas, los comprobantes originales completados
de manera indeleble, debiendo cumplir los mismos con las exigencias establecidas por las normas
impositivas y previsionales vigentes y, en su caso, en función del tipo de inversión efectuada, la
presentación de la totalidad de los antecedentes que respalden la aplicación de los fondos involucrados.
j) La obligación de poner a disposición de las jurisdicciones y entidades nacionales competentes, así como de los distintos organismos de control, la totalidad de la documentación respaldatoria, cuando éstos así lo requieran.
k) Para la adquisición de bienes y servicios con fondos transferidos, las contrataciones deberán ajustarse a lo que estipule la normativa de la Jurisdicción receptora.
8.- INCUMPLIMIENTO
El incumplimiento de la obligación de rendir cuentas en tiempo y forma implicará simultáneamente:
a) La suspensión o interrupción de manera automática de la transferencia de fondos.
b) El reintegro al ESTADO NACIONAL de los montos no rendidos, el que deberá perfeccionarse dentro de los TREINTA (30) días corridos contados a partir de su intimación.
c) La interrupción de la suscripción de nuevos convenios y/o acuerdos.
d) Se dará intervención a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 225/07.
9.- PRORROGA PARA LA RENDICION DE CUENTAS:
El titular de la SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES, o el funcionario en quien se delegue dicha atribución, podrá otorgar, cuando existan causas que así lo ameriten, una prórroga para
su cumplimiento.
Dicho pedido deberá articularse previo a que opere el vencimiento de la obligación, con una
antelación mínima de DIEZ (10) días hábiles.
Primera Sección
Lunes 30 de junio de 2014
10.- CONTROL DE LA TRANSFERENCIA DE FONDOS
VISTO el Expediente Nº S02:0096308/2013 del registro de este Ministerio, y
b) La imputación presupuestaria de los fondos.
c) Fecha o plazo para el desarrollo de la acción prevista o la delegación para la fijación de los mismos.
d) Designación expresa de las normas, bajo las cuales, se regirá la rendición de los fondos, siendo
que para el caso de omisión, se considerará como válida las establecidas en el presente reglamento.
e) El plazo para efectuar la rendición de cuentas, a partir de la finalización de las acciones,
actividades, planes, programas o adquisición de bienes que se financian.
f) La previsión de que, en caso de incumplimiento de la obligación de rendir cuentas en tiempo
y forma, los montos no rendidos deberán ser reintegrados al ESTADO NACIONAL.
g) La previsión de que a los efectos de la rendición de cuentas deberá cumplirse, en todos los
casos, como mínimo con los estándares fijados por el Decreto Nº 225/07.
ANEXO II
FORMULARIO 1: “DECLARACION JURADA SOBRE APLICACION DE FONDOS”
(Lugar y fecha de emisión)
SEÑOR SECRETARIO DE ASUNTOS MUNICIPALES:
El que suscribe……………..…..en mi carácter de……….…….manifiesta que ha aplicado los
fondos oportunamente otorgados por la SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES, mediante
Resolución SAM Nº /20…….., tramitado bajo Expediente Nº………./20…. del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, conforme el detalle que se expone expresamente:
Suma otorgada
Inversión Documentada rendida en el presente
Inversión Documentada acumulada total rendida
Saldo a Invertir
Los fondos recibidos fueron empleados para el objeto solicitado y tenido en cuenta para su
otorgamiento.
Han sido cumplidos los procedimientos requeridos por las jurisdiccionales en materia de administración presupuestaria, sistema de registración contable, régimen de contrataciones y que
asimismo fueron observadas las normas de control vigentes.
La totalidad de la documentación original, respaldatoria del empleo de los fondos, cumplen con las
formalidades y requisitos establecidos por la normativa de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP). La documentación original se encuentra debidamente archivada, a disposición de
las autoridades de la SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES, para su análisis y verificación en el momento que se considere oportuno y sometida a las competencias de control previstas en la Ley Nº 24.156.
FORMULARIO 2: “DOCUMENTACION RESPALDATORIA DE LA INVERSION DE FONDOS”
Expediente MIyT Nº……..
Resolución SAM N°…./20
Importe rendición $.........
Proveedor (3)
Concepto (4)
Fecha de pago
(5)
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 153 de fecha 16 de febrero de 2007 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente entonces del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se adjudicó la realización de la Ejecución de las Obras Civiles destinadas a
la Extensión de la Línea “E” de la Red de Subterráneos de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS
AIRES, Obra básica más variante túnel, a la Empresa BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD
ANONIMA.
Que con fecha 30 de marzo de 2007 la SECRETARIA DE TRANSPORTE y la Empresa BENITO
ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA, suscribieron el Contrato para la Ejecución de las Obras
Civiles destinadas a la Extensión de la Línea “E” de la Red de Subterráneos de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, Obra básica más variante túnel, con plazo contractual de TREINTA Y
SEIS (36) meses contados a partir del día 17 de junio de 2009, fecha en que se celebró el Acta de
Inicio de Obra.
Que por Resolución Nº 290 de fecha 28 de abril de 2008 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente entonces del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS, se adjudicó la Contratación de la Supervisión y Aprobación de la
ingeniería básica y conceptual e Inspección de Obra, correspondiente a la obra: “Ejecución
de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de la Línea “E” de la Red de Subterráneos de
CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, obra básica más variante túnel” a la Empresa IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA, por el monto de PESOS DIEZ MILLONES CIENTO
SETENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS CON NOVENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 10.179.862,95) Impuesto al Valor Agregado incluido, pagaderos en CUARENTA Y DOS
(42) cuotas iguales y consecutivas.
Que con fecha 30 de septiembre de 2008 la SECRETARIA DE TRANSPORTE y la Empresa
IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA, suscribieron el Contrato para la Supervisión y
Aprobación de la ingeniería básica y conceptual e Inspección de Obra, correspondiente a la obra:
“Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de la Línea “E” de la Red de Subterráneos de CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, obra básica más variante túnel”, con un plazo
de CUARENTA Y DOS (42) meses a partir de su suscripción.
$
$
$
$
Adicionalmente, también con carácter de Declaración Jurada, manifiesto que: El grado de
avance en el cumplimiento de las metas y objetivos comprometidos es de……….%.
Importe (6)
TOTAL (6)
La totalidad de la información indicada fue realizada sin omitir ni falsear dato alguno. Los campos a completar de la planilla son:
(1) Fecha de emisión del comprobante; (2) Indicar si es factura o recibo y su numeración; (3)
Individualización del emisor del comprobante; (4) Descripción del bien o servicio objeto de la contratación; (5) Fecha de la orden de pago y (6) Importe de factura o recibo y total de comprobantes.
Nota: Se destaca que el importe consignado en el campo “TOTAL” deberá ser coincidente con
el expresado en la Declaración Jurada sobre Aplicación de Fondos como “Inversión documentada,
rendida en la presente”.
ANEXO III
MODELO DE INTIMACION
Buenos Aires,
SEÑOR GOBERNADOR/INTENDENTE:
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en mi carácter de………., en el marco del Convenio suscripto………. En tal sentido, debe tenerse presente que en dicho Convenio se estipuló la obligación de
rendir cuentas en fecha………. Que no habiéndose recibido hasta la fecha la rendición de cuentas
correspondiente en los términos del Convenio precitado y la Resolución N°………., solicito a usted
tenga a bien instrumentar los medios necesarios para el cumplimiento de dicha obligación en el
plazo perentorio e improrrogable de DIEZ (10) días hábiles, informándole que de no regularizarse tal
situación se procederá a la suspensión de los pagos y eventual rescisión contractual con causa en el
incumplimiento, habilitándose consecuentemente el inicio de las acciones judiciales pertinentes en
resguardo del interés patrimonial del ESTADO NACIONAL, quedando Ud. debidamente notificado.
Saludo a usted atentamente.
Resolución Nº 584/2014
Bs. As., 24/6/2014
a) El destino de los fondos.
Comprobante (2)
25
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
A los fines de facilitar el control de la transferencia de fondos, el acto administrativo por el cual
se perfeccione la misma deberá contener como mínimo:
Fecha de emisión
(1)
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
#I4606257I#
e. 30/06/2014 Nº 45404/14 v. 30/06/2014
#F4606256F#
Que la Empresa IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA fue responsable de efectuar
la supervisión y aprobación de la ingeniería básica y conceptual en el período posterior a la firma
del contrato celebrado con fecha 30 de marzo de 2007 entre la SECRETARIA DE TRANSPORTE y
la Empresa BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA que permitió la confección del Acta
de Inicio de la obra, y es la responsable de efectuar la inspección, el seguimiento y control de la
gestión de la citada empresa y de sus trabajos hasta su finalización.
Que por la Resolución Nº 89 de fecha 6 de mayo de 2010 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente entonces del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA
Y SERVICIOS, se aprobó una modificación de la obra “Ejecución de las Obras Civiles destinadas a
la Extensión de la Línea “E” de la Red de Subterráneos de la Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES,
Obra básica más variante túnel” adjudicada a la Empresa BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD
ANONIMA por la Resolución Nº 153/2007 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, con una ampliación del plazo contractual de obra de SEIS (6) meses.
Que por la Resolución Nº 30 de fecha 8 de mayo de 2012 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE se aprobó la ampliación del plazo contractual por los trabajos de Supervisión y
Aprobación de la ingeniería básica y conceptual e Inspección de Obra, correspondiente a
la obra: “Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de la Línea “E” de la Red
de Subterráneos de CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, obra básica más variante
túnel” a la Empresa IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA, adjudicados por la
Resolución Nº 290 de fecha 28 de abril de 2008 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente entonces del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS pagaderos en SEIS (6) cuotas iguales y consecutivas de PESOS DOSCIENTOS
CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 242.377,69).
Que por la Resolución Nº 32 de fecha 11 de mayo de 2012 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente entonces del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA
Y SERVICIOS, se aprobó una nueva modificación de la obra “Ejecución de las Obras Civiles destinada a la Extensión de la Línea “E” de la Red de Subterráneos de la Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES, Obra básica más variante túnel” con una ampliación del plazo contractual de obra de
DOCE (12) meses, plazo que incluye la ampliación de SEIS (6) meses aprobada por la Resolución
Nº 89/2010 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, resultando la fecha de finalización del Contrato
el 31 de mayo de 2013.
Que en el marco de la Cláusula 7 del Contrato de fecha 30 de septiembre de 2008, la Empresa
IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA solicitó una nueva ampliación del plazo contractual durante el plazo de obra vigente para el contrato principal.
Que por la Resolución Nº 664 de fecha 12 de julio de 2013 del Ministerio del Interior y
Transporte, se aprobó una ampliación del plazo contractual por los trabajos de Supervisión
y Aprobación de la ingeniería básica y conceptual e Inspección de Obra, correspondiente a
la obra: “Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de la Línea “E” de la Red
de Subterráneos de CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, obra básica más variante
túnel”, a la Empresa IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA, adjudicados por la
Resolución Nº 290 de fecha 28 de abril de 2008 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente entonces del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS pagaderos en OCHO (8) cuotas iguales y consecutivas de PESOS DOSCIENTOS
CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 242.377,69).
Que el Artículo 3° de la Resolución Nº 664/2013 del Ministerio del Interior y Transporte, asignó a la Empresa IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA la supervisión de los trabajos
necesarios para la reubicación de la cochera y el taller de la Estación BOLIVAR, incorporados a
la obra principal por la Resolución Nº 32/2012 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente
entonces del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS,
los cuales no generarán costo adicional alguno por encontrarse dentro del plazo de obra.
Que mediante Nota de Pedido Nº 2.410 de fecha 30 de enero de 2012, la Empresa BENITO
ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA expuso que debido a la interrupción en los trabajos a eje-
Primera Sección
Lunes 30 de junio de 2014
cutarse para la construcción del Taller Lacarra (parte “B” de la Modificación de Obra Nº 2) a causa
del pedido efectuado por el GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES para la
construcción de una Terminal de Omnibus en el terreno donde estaba previsto la construcción del
mencionado taller, se ha tornado imposible mantener las certificaciones a los niveles previstos en la
Curva de Inversiones del Contrato, distorsionando el Plan de Inversiones establecido originalmente.
Que en virtud de la situación precedentemente descripta, la Contratista de la Obra solicitó se
le otorgue una ampliación del plazo de la obra de SEIS (6) meses.
Que mediante Resolución Nº 1.578 de fecha 19 de diciembre de 2013 del registro de este Ministerio, se aprobó una ampliación del plazo contractual de la obra: “Ejecución de las Obras Civiles
destinadas a la Extensión de la Línea “E” de la Red de Subterráneos de la Ciudad Autónoma de
BUENOS AIRES, Obra básica más variante túnel”, de SEIS (6) meses, contado a partir del plazo
aprobado por la Resolución Nº 32 de fecha 11 de mayo de 2012 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente entonces del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Que en el marco de la Cláusula 7 del Contrato de fecha 30 de septiembre de 2008, por Nota
10508 - Línea E - 239 de fecha 31 de julio de 2013 la Empresa IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA solicitó una nueva ampliación del plazo contractual durante el plazo de obra
vigente para el contrato principal.
Que en virtud de la ampliación del plazo contractual de la obra principal corresponde extender el plazo del Contrato para la Supervisión y Aprobación de la ingeniería básica y conceptual
e Inspección de Obra, abonando para ello SIETE (7) cuotas iguales y consecutivas de PESOS
DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE CON SESENTA Y NUEVE
CENTAVOS ($ 242.377,69).
Que la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y
TRANSPORTE, ha tomado en las presentes actuaciones la intervención que le compete.
Que la SUBSECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA DEL TRANSPORTE de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete en orden a las facultades que le son propias.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio, ha tomado la
intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emanadas del Artículo 17 de la Ley
de Ministerios (texto ordenado por el Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, por la Ley Nº 13.064,
los decretos Nros. 874 y 875 ambos de fecha 6 de junio de 2012 y 2.148 de fecha 7 de diciembre
de 2012.
Por ello,
EL MINISTRO
DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
RESUELVE:
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
26
CONSIDERANDO:
Que la Nación Argentina se propuso lograr progresivamente, que la infraestructura portuaria
y de vías navegables existentes, se adapten, en forma planificada y bajo un Plan de Trabajos e Inversiones preestablecido, a las necesidades operativas de las embarcaciones, día a día de mayor
tamaño.
Que es iniciativa del Gobierno Nacional apuntar a una mayor utilización de los puertos
argentinos, la disminución de fletes, y a una progresiva adecuación a las demandas de los
buques en lo que respecta a calados —profundidades, tanto en las vías navegables como
en los puertos—, que redundará en un beneficio directo de nuestro comercio exterior en
general.
Que el incremento de la envergadura de los buques es actualmente motivado, entre otras
cosas, por el aumento de las dimensiones del Nuevo Canal de Panamá, y el eventual Canal de
Nicaragua, y con el objeto de obtener la disminución de los costos de los fletes marítimos (costos
de operación por unidad de carga) tanto de productos de exportación como de importación, por
factores de escala.
Que a fin de llevar a cabo el mencionado plan es de imperiosa necesidad realizar la obra para
la apertura y balizamiento del Canal Magdalena, para la navegación desde el mar argentino hasta
el codillo.
Que este nuevo canal, de una longitud aproximada de 53 Km., reemplazará al actual canal de
navegación denominado Punta Indio, para el acceso desde el Océano Atlántico a la totalidad de
los Puertos Fluviales Argentinos, ubicados en el Río de la Plata, en el Río Paraná de las Palmas y
en el Río Paraná Guazú, continuando con la utilización del Canal Intermedio.
Que de esta manera, gradualmente se logrará que, en un futuro cercano, la mayor parte de los
buques puedan salir de nuestros puertos a plena carga con productos de origen nacional, evitando así que deban completar carga en puertos del exterior, e ingresar también a plena carga con
insumos y productos de importación, en buques de mayor tamaño que los actuales.
Que asimismo su ejecución contribuirá a la generación de fuentes de trabajo genuinas, todo
ello en consonancia y en orden a consolidar las políticas públicas que se vienen desarrollando con
ese fin.
Que la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES, dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, en su calidad de
Area Técnica específica, ha elaborado la documentación licitatoria correspondiente a la obra
“DEFINICION DE LA TRAZA Y APERTURA A ZONA BETA DEL CANAL PUNTA INDIO DE KM
143.900 A, EL CODILLO, HASTA LA ISOBATA DE 12 m - RIO DE LA PLATA - REPUBLICA ARGENTINA”, bajo el régimen de la Ley de Obras Públicas Nº 13.064, con un presupuesto oficial
de PESOS DOS MIL QUINIENTOS MILLONES (2.500.000.000,00) Impuesto al Valor Agregado
(IVA) incluido.
Que la misma se regirá por el régimen previsto en la Ley de Obras Públicas Nº 13.064, Artículo
9°, por el sistema de Ajuste Alzado y Unidad de Medida de conformidad con el Artículo 5° de la
citada norma legal.
ARTICULO 1° — Apruébase una ampliación del plazo contractual por los trabajos de Supervisión y Aprobación de la ingeniería básica y conceptual e Inspección de Obra, correspondiente
a la obra: “Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de la Línea “E” de la Red de
Subterráneos de CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, obra básica más variante túnel” a la
Empresa IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA, adjudicados por la Resolución Nº 290
de fecha 28 de abril de 2008 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE entonces dependiente del
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, sin que ello implique el reconocimiento de gastos improductivos generales o indirectos.
ARTICULO 2° — Apruébase un mayor gasto a erogar en concepto de pago de los trabajos
indicados en el Artículo 1° de la presente resolución, a valores de la oferta, por la suma de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES CON
OCHENTA Y TRES CENTAVOS ($ 1.696.643,83) incluido el Impuesto al Valor Agregado, pagadero
en SIETE (7) cuotas mensuales iguales y consecutivas de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y
DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 242.377,69)
incluido el Impuesto al Valor Agregado.
ARTICULO 3° — Fíjase el nuevo monto contractual, a valores de la oferta, en la suma de
PESOS QUINCE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y
CUATRO CON TREINTA Y SEIS CENTAVOS ($ 15.269.794,36), Impuesto al Valor Agregado Incluido.
ARTICULO 4° — Intímase a la Empresa IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA para
que en el plazo máximo de DIEZ (10) días hábiles desde la notificación del presente acto, amplíe la
garantía de ejecución del contrato atento la modificación aprobada en el Artículo 1° de la presente
resolución.
ARTICULO 5° — El gasto resultante de la aplicación de la presente resolución se imputará a la
Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, Programa 62, Partida 3.4.1., Fuente de Financiamiento 11 - TESORO NACIONAL, Presupuesto del Ejercicio en curso y siguientes.
ARTICULO 6° — Notifíquese a las empresas BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA, IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA y METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA.
ARTICULO 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — C.P.N. FLORENCIO RANDAZZO, Ministro del Interior y Transporte.
e. 30/06/2014 Nº 45405/14 v. 30/06/2014
#F4606257F#
#I4607382I#
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
SECRETARIA DE ASUNTOS POLITICOS
Resolución Nº 600/2014
Bs. As., 26/6/2014
VISTO el Expediente Nº S02:0042288/2014 de la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES, SECRETARIA DE TRANSPORTE DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y
Expediente Nº TRI-S02:0015516/2014 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y
Que el gasto que demande la aplicación de la presente medida, ha sido previsto en las
correspondientes partidas presupuestarias del Proyecto 82 “Definición Traza de Apertura de
Zona Beta del Canal Punta Indio de 143.900 Km., El Codillo, hasta la Isobata de 12 Km. Río
de la Plata - República Argentina” del Programa 91 - FORMULACION Y CONDUCCION DE
POLITICAS PORTUARIAS Y DE VIAS NAVEGABLES, de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL
INTERIOR Y TRANSPORTE, Fuente de Financiamiento 11 - TESORO NACIONAL del Ejercicio
2014 y siguientes.
Que ha tomado intervención la Dirección General del Servicio Administrativo Financiero del
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este MINISTERIO ha tomado la
intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Obras
Públicas Nº 13.064, el Decreto Nº 2148 del 7 de noviembre de 2012 y la Resolución ministerial
Nº 571 de fecha 24 de junio de 2014.
Por ello,
EL SECRETARIO
DE ASUNTOS POLITICOS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébanse los Pliegos de Cláusulas Generales, de Cláusulas Especiales, de
Especificaciones Técnicas que como Anexo integran la presente resolución.
ARTICULO 2° — Convócase a Licitación Pública Nacional e Internacional para la ejecución de la obra “DEFINICION DE LA TRAZA Y APERTURA A ZONA BETA DEL CANAL PUNTA
INDIO DE KM 143.900 A, EL CODILLO, HASTA LA ISOBATA DE 12 m - RIO DE LA PLATA REPUBLICA ARGENTINA”, bajo el régimen de la Ley de Obras Públicas Nº 13.064, Artículo
9°, por el sistema Mixto de Ajuste Alzado y Unidad de Medida, con un presupuesto Oficial de
PESOS DOS MIL QUINIENTOS MILLONES (2.500.000.000,00), Impuesto al Valor Agregado
(IVA) incluido.
ARTICULO 3° — Encomiéndase a la DIRECCION DE PATRIMONIO Y SUMINISTRO, dependiente de la DIRECCION GENERAL DEL SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION de este Ministerio, determinar la fecha y el lugar de las
presentaciones y apertura de las propuestas, así como efectuar todos los trámites atinentes
al proceso licitatorio, quedando a cargo del Señor Ministro del Interior y Transporte la adjudicación de la obra.
ARTICULO 4° — Autorízase a la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES de la
SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE a designar los
miembros de la Comisión Evaluadora de propuestas.
ARTICULO 5° — Encomiéndese a la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES,
en su calidad de Area Técnica específica, las acciones relacionadas con la evacuación de consultas previas a la apertura de la licitación y la dirección de obra.
ARTICULO 6° — El presente gasto será imputado a las partidas presupuestarias correspondientes a los Ejercicios Financieros 2014 y siguientes, en la parte proporcional que co-
Primera Sección
Lunes 30 de junio de 2014
rresponda, de la siguiente forma: al Proyecto 82 “Definición Traza de Apertura de Zona Beta
del Canal Punta Indio de 143.900 Km., El Codillo, hasta la Isobata de 12 Km. Río de la Plata
- República Argentina” del Programa 91 - FORMULACION Y CONDUCCION DE POLITICAS
PORTUARIAS Y DE VIAS NAVEGABLES, de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR
Y TRANSPORTE, Fuente de Financiamiento 11 - TESORO NACIONAL del Ejercicio 2014 y siguientes.
ARTICULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la República
Argentina y archívese. — Dr. EDUARDO L. DI ROCCO, Secretario de Asuntos Políticos, Ministerio
del Interior y Transporte.
e. 30/06/2014 Nº 45892/14 v. 30/06/2014
#F4607382F#
#I4605086I#
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
Resolución Nº 925/2014
Bs. As., 19/6/2014
VISTO el Expediente Nº E-SENAF-19823-2013 del registro de la SECRETARIA NACIONAL
DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y
sus modificatorios, la Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 583 de fecha 28 de diciembre
de 2012, la Resolución Nº 39 de fecha 18 de marzo de 2010, modificada por la Resolución de la
SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 467 de fecha 20 de noviembre de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 1° de la Resolución Nº 2586 de fecha 30 de diciembre de 2013, se designó
a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de CIENTO TREINTA Y SIETE (137)
cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente, mediante el Régimen de Selección de
Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por la Resolución
de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Nº 39 de fecha 18 de marzo de 2010, modificada por la Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 467
de fecha 20 de noviembre de 2012.
Que del artículo 31 de la Resolución de la ex SGP Nº 39/10, se desprende la posibilidad de
designar a un miembro reemplazante, en caso de impedimento por cualquier causa de alguno de
los miembros titulares y de la imposibilidad de ser cubierto por su alterno.
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
27
Que ante la imposibilidad del Dr. Federico BALLAN (DNI Nº 30.651.998), designado como
miembro alterno en el Anexo de la Resolución 2586/13, de continuar vinculado con las funciones propias que se le asignaron, se propone en su reemplazo a la Dra. María Inés RODRIGUEZ
BRAUMÜLLER (DNI Nº 23.251.442).
Que en el mismo Anexo, se consignó erróneamente el segundo nombre del Cdor. Carlos Alfredo SGALLINI (DNI Nº 8.245.771), el cual debe decir Carlos Alberto SGALLINI.
Que en el mismo Anexo, se consignó erróneamente el Documento Nacional de Identidad del
Lic. Mario Miguel Angel CALDARONI (DNI Nº 17.842.212), el cual debe decir Nº 17.784.212.
Que la DIRECCION TECNICA ADMINISTRATIVA y la DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES han
tomado la intervención que les compete.
Que se actúa en uso de las facultades otorgadas por el Decreto Nº 28 del 12 de diciembre de
2007 y el Decreto Nº 112 del 10 de diciembre de 2011.
Por ello,
EL SECRETARIO NACIONAL
DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Desígnase como miembro alterno del Comité de Selección Nº 2 a la Dra.
María Inés RODRIGUEZ BRAUMÜLLER (DNI Nº 23.251.442) en reemplazo del Dr. Federico BALLAN (DNI Nº 30.651.998), designado por Resolución Nº 2586 de fecha 30 de diciembre de 2013.
ARTICULO 2° — Rectifíquese el Nº de Documento Nacional de Identidad del Lic. Mario Miguel
Angel CALDARONI, miembro alterno del Comité de Selección Nº 2, designado por Resolución
Nº 2586 de fecha 30 de diciembre de 2013, siendo el correcto “Nº 17.784.212”.
ARTICULO 3° — Rectifícase el segundo nombre del Cdor. Carlos Alfredo SGALLINI, (DNI
Nº 8.245.771), miembro alterno del Comité de Selección Nº 3, designado por Resolución Nº 2586
de fecha 30 de diciembre de 2013, el cual debe decir “Carlos Alberto SGALLINI”.
ARTICULO 4° — La Resolución Nº 2586 de fecha 30 de diciembre de 2013, en copia certificada forma parte integrante de la presente resolución como Anexo.
ARTICULO 5º — Regístrese, comuníquese, publíquese por UN (1) día en el BOLETIN OFICIAL.
Oportunamente archívese. — Dr. GABRIEL LERNER, Secretario Nacional de Niñez, Adolescencia
y Familia, Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA
—www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección
Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 30/06/2014 Nº 44899/14 v. 30/06/2014
#F4605086F#
Primera Sección
Lunes 30 de junio de 2014
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
28
#I4605131I#
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA
AVISOS OFICIALES
Anteriores
DIRECCION DE POLICIA JUDICIAL, PROTECCION MARITIMA Y PUERTOS
DIVISION BUQUES NAUFRAGOS E INACTIVOS
#I4605164I#
INSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE
Resolución Nº 123/2014
Posadas, Misiones, 19/6/2014
VISTO: las actuaciones “Expte. Nº 86/2010 - Programa de Mejoramiento de la Cosecha de
Yerba Mate - Programa PRASY”, y
CONSIDERANDO:
QUE, por Resolución Nº 40/2010 se ha aprobado el PLAN DE MEJORAMIENTO DE LA COSECHA DE YERBA MATE, como instrumento de transformación y mejoramiento de la actividad
de cosecha de la yerba mate, estableciéndose la reglamentación del mismo mediante Resolución
85/2010.
La Prefectura Naval Argentina NOTIFICA al señor Sebastián Ignacio GONZALEZ DNI
23.867.415, casado en primeras nupcias con la Sra. Norma Débora GONZALEZ, ambos
con domicilio en Lote 190, Pago Chico, Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, a sus
representantes legales y a toda otra persona física o jurídica con interés legítimo sobre el
buque motor “BAKOTA” (0734-M), que acorde Disposición DJPM, DV1 Nº 18/2014, deberán proceder a su extracción, remoción, traslado a lugar autorizado o desguace, dentro
de un plazo de SESENTA Y UN (61) días corridos, contados a partir de la notificación de
la presente Disposición, y finalizar en el plazo total de SESENTA Y UN (61) días corridos
contados a partir de la iniciación de los trabajos, debiendo informar el inicio de los mismos a la Prefectura Bahía Blanca. Se les notifica asimismo que vencido el plazo otorgado
se procederá acorde los términos del artículo 17 bis de la Ley Nº 20.094 “DE L A NAVEGACION” (modificada por Ley Nº 26.354), y que les asiste el derecho de hacer abandono del
buque a favor del Estado Nacional —Prefectura Naval Argentina— de conformidad con
lo normado en el artículo 19 del citado texto legal. Firmado: GERARDO HORACIO CRESPO - Prefecto General - SUBPREFECTO NACIONAL NAVAL E/A PREFECTO NACIONAL
NAVAL. — JORGE F. BOL ADERES, Prefecto Principal, Jefe División Buques Náufragos e
Inactivos.
QUE, la entrega de los implementos determinados que comprenden carros de arrastre de raídos y guinche de levante de los mismos, ha sido instrumentada mediante un contrato de donación
con cargo, cumplimentándose de esta forma con los objetivos del INYM de promover, fomentar y
fortalecer el desarrollo y mejoramiento de las actividades específicas del sector yerbatero, y con la
finalidad de procurar la sustentabilidad de los distintos sectores involucrados.
QUE, mediante el programa se ha buscado asimismo un compromiso de los beneficiarios
determinado a través del cumplimiento de cargas y obligaciones específicas determinadas desde
el Directorio.
QUE, en reunión de la Subcomisión de Producción y Secanza, se ha planteado la posibilidad
de orientar y promocionar los distintos Planes en vigencia a las Asociaciones legalmente constituidas a fin de llegar a los pequeños yerbateros, lo que a su vez traería aparejado el fortalecimiento y
consolidación de las mismas.
QUE, conforme tratamiento particular decidido por este Directorio se ha aprobado incluir
como beneficiario excepcional del programa de Mejoramiento de Cosecha que prevé la entrega
de guinches y carros de arrastre, a las Entidades del Sector Productivo debidamente inscriptas en
el Registro creado por este Instituto a los efectos de la designación de los representantes de dicho
sector privado en el Directorio.
QUE, a tal fin se ha determinado que la propuesta deberá estar acompañada por un mínimo de
10 (diez) productores, asociados a la Entidad, condición que deberá ser acreditada en la presentación que origine la solicitud, con la condición de que dichos productores en total hayan entregado
un mínimo de doscientas (200) toneladas de hoja verde en alguno de los dos últimos años, debiendo la Entidad solicitante registrar una antigüedad mayor a dos años, presentando ante el INYM la
constancia de personería jurídica al día y la certificación de dicha Dirección que acredite tener toda
la documentación presentada según corresponda.
QUE, el Area Legales del INYM ha tomado intervención en el presente expediente.
QUE, el INYM se encuentra facultado para disponer las medidas y acciones necesarias a fin
de hacer cumplir la Ley 25.564, su Decreto Reglamentario 1240/02 y las disposiciones que en su
consecuencia se dicten relacionadas con los objetivos del INYM, según se desprende de lo dispuesto en los Art. 4 y 5 de la Ley 25.564.
e. 27/06/2014 Nº 44912/14 v. 01/07/2014
#F4605131F#
#I4605146I#
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA
DIRECCION DE POLICIA JUDICIAL, PROTECCION MARITIMA Y PUERTOS
DIVISION BUQUES NAUFRAGOS E INACTIVOS
La Prefectura Naval Argentina NOTIFICA a la Sra. Nélida Inés García L.C. Nº 4.070.017,
con domicilio en la calle Caroni Nº 95 de la Ciudad de San Pedro, Provincia de Buenos
Aires, a sus representantes legales y a toda otra persona física o jurídica con interés legítimo sobre la embarcación “STELLA ROSA” (0663-M), de bandera argentina, hundida en el
interior de la Dársena de Ultramar del Puerto de San Pedro, que acorde Disposición DJPM,
DV 1 Nº 19/2014, deberán proceder a su extracción, remoción, traslado a lugar autorizado
o desguace, dentro de un plazo de SESENTA Y UN (61) días corridos, contados a partir de
la notificación de la presente Disposición, y finalizar en el plazo total de SESENTA Y UN
(61) días corridos contados a partir de la iniciación de los trabajos, debiendo informar el
inicio de los mismos a la PREFECTURA SAN PEDRO. Se les notifica asimismo que vencido
el plazo otorgado se procederá acorde los términos del artículo 17 bis de la Ley Nº 20.094
“DE LA NAVEGACION” (modificada por Ley Nº 26.354), y que les asiste el derecho de hacer
abandono de la embarcación a favor del Estado Nacional —Prefectura Naval Argentina— de
conformidad con lo normado en el artículo 19 del citado texto legal. Firmado: GERARDO
HORACIO CRESPO - Prefecto General - SUBPREFECTO NACIONAL NAVAL E/A PREFECTO NACIONAL NAVAL. — JORGE F. BOLADERES, Prefecto Principal, Jefe División Buques
Náufragos e Inactivos.
e. 27/06/2014 Nº 44913/14 v. 01/07/2014
#F4605146F#
QUE, en virtud a lo expuesto, corresponde en consecuencia dictar el instrumento legal respectivo.
POR ELLO,
EL DIRECTORIO
DEL INYM
RESUELVE:
ASOCIACIONES SINDICALES
ARTICULO 1° — APRUEBASE la extensión del PLAN DE MEJORAMIENTO DE LA COSECHA
DE LA YERBA MATE a las Entidades del sector productivo yerbatero.
ARTICULO 2° — DETERMINASE que las Entidades peticionantes, a los efectos de
ser beneficiarias de los implementos correspondientes, deberán cumplimentar con los
siguientes requisitos: 1). Estar inscriptas en el Registro creado por este Instituto a los
efectos de la designación de los representantes del sector productivo en el Directorio. 2).
Acompañar la petición con la firma de un mínimo de 10 (diez) asociados a la Entidad, condición que deberá ser acreditada en la presentación que origine la solicitud. 3). Acreditar
que los productores asociados hayan entregado en total un mínimo de doscientas (200)
toneladas de hoja verde en alguno de los dos últimos años, verificación que se efectuará
desde este Instituto conforme Declaraciones Juradas presentadas. 4). Poseer la Entidad
peticionante una antigüedad mayor a dos años. 5). Presentar el certificado que acredite
su inscripción en el Organismo de Contralor. 6). Presentar constancia del Organismo de
Contralor que acredite tener toda la documentación al día. 7). No tener litigios judiciales
en trámite en los que el INYM sea parte y tengan por objeto cuestiones de carácter patrimonial.
ARTICULO 3° — REGISTRESE. PUBLIQUESE en el Boletín Oficial por dos (2) días. DESE a
conocimiento en la Página Web de este Instituto. Tomen conocimiento las Areas competentes.
Cumplido, procédase según corresponda. — Ing. Agr. LUIS F. PRIETTO, Presidente, Instituto Nacional de la Yerba Mate. — RICARDO MACIEL, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate. — ROBERTO H. MONTECHIESI, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate. — LUIS S. SOSA, Director,
Instituto Nacional de la Yerba Mate. — NELSON O. DALCOLMO, Director, Instituto Nacional de la
Yerba Mate. — ESTEBAN FRIDLMEIER, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate. — ENRIQUE
KUSZKO, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate. — JERONIMO R. LAGIER, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate. — PEDRO J. ANGELONI, Director, Instituto Nacional de la Yerba
Mate. — MARCELO J. STOCKAR, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate. — SERGIO P.
DELAPIERRE, Director, Instituto Nacional de la Yerba Mate.
e. 27/06/2014 Nº 44931/14 v. 30/06/2014
#F4605164F#
#I4605403I#
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución Nº 599/2014
Inscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores al Sindicato de
Trabajadores de Acopio e Industria del Tabaco de Salta.
Bs. As., 23/6/2014
VISTO el expediente Nº 1.561.876/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551, modificada por Ley Nº 25.674 y Ley Nº 26.390, Decretos
Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, y
CONSIDERANDO:
Que el SINDICATO DE TRABAJADORES DE ACOPIO E INDUSTRIA DEL TABACO DE SALTA,
con domicilio en calle Belgrano Nº 265, El Carril, Departamento Chicoana, Provincia de SALTA,
solicita su Inscripción Gremial.
Que conforme lo prescribe el artículo 14 Bis de la CONSTITUCION NACIONAL, es competencia de este Ministerio proceder a la inscripción de las entidades sindicales en el registro pertinente.
Que de las constancias de las actuaciones surge que la entidad de que se trata ha dado
cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley Nº 23.551, encontrándose acreditados los requisitos de nombre, domicilio, patrimonio, antecedentes fundacionales, lista
de adherentes, nómina y nacionalidad de los miembros del órgano directivo y agregado el
estatuto.
Lunes 30 de junio de 2014
Primera Sección
Que esta Autoridad de Aplicación ha efectuado el control de legalidad, que sobre la carta
orgánica, ordena el artículo 7 del Decreto Nº 467 de fecha 14 de abril de 1988, no mereciendo
objeciones, no obstante lo cual prevalecerán de pleno derecho las disposiciones de la legislación,
decretos y demás normas vigentes aplicables en la materia, sobre las normas estatutarias, en
cuanto pudieran oponerse.
Que se deja constancia que la peticionante ha cumplido con las pautas ordenadas por la Ley
Nº 25.674 y su Decreto Reglamentario Nº 514 de fecha 7 de marzo de 2003.
Que sin perjuicio de lo expuesto, rige de pleno derecho el límite de edad de afiliación, conforme surge de la modificación del artículo 13 de la Ley 23.551 por el artículo 21 de la Ley 26.390, con
el alcance determinado por esta norma.
Que el reconocimiento de la vocación de representar de la entidad cuya inscripción se solicita,
no implica adelantar juicio sobre la capacidad de representación la cual, de solicitarse la personería gremial, será evaluada de acuerdo a los artículos 25 y 28 de la Ley Nº 23.551, sin que pueda
alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las
normas jurídicas mencionadas.
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
29
Que del pedido de personería gremial se corrió traslado por 20 días a las entidades con personería gremial preexistente.
Que la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION se presentó formulando oposición en
virtud de lo establecido en los artículos 29 y 30 de la Ley 23.551 y oponiéndose al fraccionamiento
del padrón.
Que la ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO se presentó manifestando que las entidades con personería gremial mantienen los derechos que de la misma se desprenden no obstante el reconocimiento de nuevas personerías en determinados sectores o dependencias del Estado.
Que de las presentaciones efectuadas por la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION y
la ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO se corrió traslado a la peticionante por el término
de 5 días.
Que se designó audiencia a celebrarse en dependencias de la Delegación Regional CORDOBA, el 5 de febrero de 2014, a fin de efectuar cotejo de representatividad en los registros de la
peticionante.
Que consecuentemente, corresponde disponer la Inscripción Gremial de la entidad peticionante y la publicación respectiva en el Boletín Oficial.
Que en la audiencia del 5 de febrero de 2014 se constató idéntica afiliación cotizante de la
requirente, que la verificada en la audiencia del 31 de julio de 2013.
Que al acceder a la personería jurídica a través de la Inscripción, dado que las actuales autoridades de su cuerpo directivo son fundacionales, corresponde regularizar la situación institucional,
a cuyo efecto deberá llamar a elecciones, con carácter previo a toda petición ante esta Autoridad,
conforme el procedimiento establecido en el Estatuto que se aprueba.
Que a la audiencia del 5 de febrero de 2014 no comparecieron los representantes de ninguna
de las entidades con personería gremial preexistente.
Que la presente Resolución se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23,
inciso 7°, de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto Nº 355/02.
Por ello,
EL MINISTRO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Inscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores al SINDICATO DE TRABAJADORES DE ACOPIO E INDUSTRIA DEL TABACO DE SALTA, con domicilio
en calle Belgrano Nº 265, El Carril, Departamento Chicoana, Provincia de SALTA, con carácter de
Asociación Gremial de primer grado, para agrupar a los trabajadores que se desempeñen en relación de dependencia con establecimientos de preindustrialización y acopio del tabaco. Asimismo,
agrupará a los jubilados que hayan adquirido su condición de pasividad encontrándose afiliados a
la asociación; con zona de actuación en los Departamentos: Capital, Chicoana y Rosario de Lerma, todos pertenecientes a la Provincia de SALTA.
ARTICULO 2° — Apruébase el texto del estatuto de la citada entidad obrante a fojas 3/84 del
Expediente Nº 1.588.770/13 agregado a fojas 53 del Expediente Nº 1.561.876/13, procediéndose
a su publicación en el Boletín Oficial. Ello sin perjuicio de los recaudos que puedan exigirse a la
entidad al momento de solicitar la personería gremial, cuestión ésta que deberá sustanciarse de
conformidad con lo regulado por los artículos 25 y 28 de la Ley Nº 23.551, sin que pueda alegarse
contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas
jurídicas mencionadas.
ARTICULO 3° — Establécese que a los fines de la publicación referida en el artículo anterior,
dentro del plazo de diez (10) días a partir de la notificación de esta Resolución, la entidad deberá
presentar ante la Autoridad de Aplicación el estatuto en la forma sintetizada conforme a lo previsto
en la Resolución Nº 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones
Sindicales del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, encabezado por la
presente Resolución, bajo apercibimiento de no dar curso a petición alguna que efectúe la entidad,
sin perjuicio de aplicar las sanciones legales pertinentes.
ARTICULO 4° — Intímase a que, con carácter previo a toda petición, regularice la situación
institucional y convoque a elecciones de la Comisión Directiva bajo apercibimiento de lo establecido por el artículo 56, inciso 4), de la Ley Nº 23.551.
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
#F4605403F#
#I4605404I#
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución Nº 601/2014
Otórgase personería gremial a la Asociación de Docentes e Investigadores Universitarios de Córdoba.
Que se designó audiencia a celebrarse en dependencias de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales el 15 de mayo de 2014 a fin de efectuar cotejo de representatividad en los
registros de la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION y ASOCIACION TRABAJADORES
DEL ESTADO.
Que a la audiencia del 15 de mayo de 2014 no comparecieron los representantes de la ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO, a pesar de estar debidamente notificados.
Que a la audiencia celebrada el 15 de mayo de 2014 compareció la apoderada de la UNION
DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION, quién ratificó lo manifestado al contestar el traslado conferido en virtud de lo establecido en el artículo 28 de la Ley 23.551.
Que en la audiencia del 15 de mayo de 2014 la apoderada de la UNION DEL PERSONAL CIVIL
DE LA NACION no presentó la documentación requerida para probar su afiliación cotizante.
Que ha quedado comprobado que la afiliación cotizante de la requirente supera en más del
veinte por ciento los trabajadores que intenta representar.
Que las entidades con personería gremial preexistente no probaron su afiliación cotizante.
Que obra dictamen favorable de la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Asociaciones
Sindicales, aconsejando acceder a lo peticionado.
Que consecuentemente y de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley 23.551 y la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 255/03 DE FECHA 22
DE OCTUBRE DE 2003 corresponde acordar la personería gremial a la peticionante, disponiendo
su inscripción registral y la publicación en el Boletín Oficial, la que en virtud del artículo primero de
la Resolución mencionada, no implica desplazamiento en el colectivo asignado de las personerías
gremiales preexistentes.
Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23 inciso 7°
de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto 438/92) y sus modificatorias y en
atención a lo dispuesto por el Decreto Nº 355/02.
Por ello,
EL MINISTRO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Otórgase a la ASOCIACION DE DOCENTES E INVESTIGADORES UNIVERSITARIOS DE CORDOBA - A.D.I.U.C., con domicilio en Félix Olmedo 2294 Ciudad Capital, Provincia
de CORDOBA, la personería gremial, con carácter de asociación gremial de primer grado para
agrupar a los docentes e investigadores que se desempeñen bajo relación de dependencia con la
Universidad Nacional de CORDOBA con zona de actuación en la jurisdicción donde la Universidad
Nacional de CORDOBA posea unidades académicas.
ARTICULO 2° — Dispónese la publicación sintetizada y sin cargo de los estatutos de la entidad y de la presente Resolución en el Boletín Oficial, en la forma indicada por la Resolución Nº 12
de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, de fecha 10 de octubre de 2001.
ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad
Social.
#F4605404F#
Bs. As., 24/6/2014
VISTO el Expediente Nº 1.552.256/2013 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551, sus modificatorias por Ley Nº 25.674 y Ley Nº 26.390,
Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, y
CONSIDERANDO:
#I4605405I#
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución Nº 602/2014
Inscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores al Sindicato de
Trabajadores Agrarios de la Actividad Primaria del Nuevo Cuyo.
Que mediante el expediente de referencia tramita la solicitud de Personería Gremial formulada por la ASOCIACION DE DOCENTES E INVESTIGADORES UNIVERSITARIOS DE CORDOBA
- ADIUC, con domicilio en Félix Olmedo 2294, Ciudad Capital, Provincia de CORDOBA.
Bs. As., 24/6/2014
Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 1112 de fecha
14 de octubre de 1994 la mencionada asociación obtuvo Inscripción Gremial la que se encuentra
registrada bajo Nº 2202.
VISTO el expediente Nº 1.437.324/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551, modificada por Ley Nº 25.674 y Ley Nº 26.390, Decretos
Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03; y
Que se tuvieron por cumplidos los recaudos previstos en el artículo 25 de la Ley 23.551.
Que conforme los registros de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, dentro del
ámbito pretendido existen las siguientes entidades con personería gremial: UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION, ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO.
CONSIDERANDO:
Que el SINDICATO DE TRABAJADORES AGRARIOS DE LA ACTIVIDAD PRIMARIA DEL NUEVO CUYO, con domicilio en Ayacucho Nº 740, Ciudad de Mendoza, Provincia de MENDOZA, solicita su Inscripción Gremial.
Lunes 30 de junio de 2014
Primera Sección
Que conforme lo prescribe el artículo 14 Bis de la CONSTITUCION NACIONAL, es competencia de este Ministerio proceder a la inscripción de las entidades sindicales en el registro pertinente.
Que de las constancias de las actuaciones surge que la entidad de que se trata ha dado
cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley Nº 23.551, encontrándose acreditados
los requisitos de nombre, domicilio, patrimonio, antecedentes fundacionales, lista de adherentes,
nómina y nacionalidad de los miembros del órgano directivo y agregado el estatuto.
Que esta Autoridad de Aplicación ha efectuado el control de legalidad que sobre la carta
orgánica, ordena el artículo 7 del Decreto Nº 467 de fecha 14 de abril de 1988, no mereciendo
objeciones, no obstante lo cual prevalecerán de pleno derecho las disposiciones de la legislación,
decretos y demás normas vigentes aplicables en la materia, sobre las normas estatutarias, en
cuanto pudieran oponerse.
Que se deja constancia que la peticionante ha cumplido con las pautas ordenadas por la Ley
Nº 25.674 y su Decreto Reglamentario Nº 514 de fecha 7 de marzo de 2003.
Que sin perjuicio de lo expuesto, rige de pleno derecho el límite de edad de afiliación, conforme surge de la modificación del artículo 13 de la Ley 23.551 por el artículo 21 de la Ley 26.390, con
el alcance determinado por esta norma.
Que el reconocimiento de la vocación de representar de la entidad cuya inscripción se solicita,
no implica adelantar juicio sobre la capacidad de representación la cual, de solicitarse la personería gremial, será evaluada de acuerdo a los artículos 25 y 28 de la Ley Nº 23.551, sin que pueda
alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las
normas jurídicas mencionadas.
Que consecuentemente, corresponde disponer la Inscripción Gremial de la entidad peticionante y la publicación respectiva en el Boletín Oficial.
Que al acceder a la personería jurídica a través de la Inscripción, dado que las actuales autoridades de su cuerpo directivo son fundacionales, corresponde regularizar la situación institucional,
a cuyo efecto deberá llamar a elecciones, con carácter previo a toda petición ante esta Autoridad,
conforme al procedimiento establecido en el Estatuto que se aprueba.
Que la presente Resolución se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23,
inciso 7°, de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto Nº 355/02.
Por ello,
EL MINISTRO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Inscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores al
SINDICATO DE TRABAJADORES AGRARIOS DE LA ACTIVIDAD PRIMARIA DEL NUEVO CUYO,
con domicilio en Ayacucho Nº 740, Ciudad de Mendoza, Provincia de MENDOZA, con carácter
de Asociación Gremial de primer grado, para agrupar a los trabajadores que se desempeñan en
relación de dependencia con empresas dedicadas a la actividad hortícola, frutihortícola y de la
floricultura, con zona de actuación en el Departamento Maipú, Localidad Rodeo de la Cruz del
Departamento Guaymallén, Departamento San Carlos, Departamento Tunuyán y Departamento
Tupungato (Provincia de MENDOZA), Localidad de Quines del Departamento Ayacucho, Ciudad
de Villa Mercedes del Departamento General Pedernera y Localidad La Toma del Departamento
Coronel Pringles (Provincia de SAN LUIS), Departamento Rawson, Departamento Pocito, Departamento Santa Lucía, Departamento Ullun y Departamento Valle Fértil (Provincia de SAN JUAN) y
Departamento Capital (Provincia de LA RIOJA).
ARTICULO 2° — Apruébase el texto del estatuto de la citada entidad obrante a fojas 88/151 del
Expediente Nº 1.437.324/11 procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial. Ello sin perjuicio
de los recaudos que puedan exigirse a la entidad al momento de solicitar la personería gremial,
cuestión ésta que deberá sustanciarse de conformidad con lo regulado por los artículos 25 y 28 de
la Ley Nº 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las
facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.
ARTICULO 3° — Establécese que a los fines de la publicación referida en el artículo anterior,
dentro del plazo de diez (10) días a partir de la notificación de esta Resolución, la entidad deberá
presentar ante la Autoridad de Aplicación el estatuto en la forma sintetizada conforme a lo previsto
en la Resolución Nº 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones
Sindicales del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, encabezado por la
presente Resolución, bajo apercibimiento de no dar curso a petición alguna que efectúe la entidad,
sin perjuicio de aplicar las sanciones legales pertinentes.
ARTICULO 4° — Intímase a que, con carácter previo a toda petición, regularice la situación
institucional y convoque a elecciones de la Comisión Directiva bajo apercibimiento de lo establecido por el artículo 56, inciso 4), de la Ley Nº 23.551.
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
#F4605405F#
CONVENCIONES
COLECTIVAS DE TRABAJO
#I4602731I#
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 870/2014
Bs. As., 30/5/2014
VISTO el Expediente Nº 391.368/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
30
CONSIDERANDO:
Que se solicita la homologación del Acuerdo obrante a fojas 3/6 del Expediente de Referencia,
celebrado entre el SINDICATO PETROLERO DE CORDOBA por el sector gremial y la FEDERACION
DE EXPENDEDORES DE COMBUSTIBLES Y AFINES DEL CENTRO (F.E.C.A.C.) por el sector empresario, conforme a lo establecido por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que mediante el presente acuerdo las partes convienen en adecuar a las circunstancias actuales el aporte del Artículo Nº 34 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 666/13, conforme surge
del texto convencional traído a marras.
Que el ámbito de aplicación del acuerdo de marras se circunscribe a la estricta correspondencia que ostenta el sector empresarial firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su
personería gremial.
Que las partes han acreditado la representación invocada con la documentación agregada a
los actuados y ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral
vigente.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este
Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las
atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO PETROLERO DE CORDOBA por el sector gremial y la FEDERACION DE EXPENDEDORES DE COMBUSTIBLES Y AFINES DEL CENTRO (F.E.C.A.C.) por el sector empresario, que luce a fojas 3/6 del
Expediente Nº 391.368/13, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro,
Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento de Coordinación
registre el Acuerdo obrante a fojas 3/6 del Expediente N°: 391.368/13.
ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, procédase a la guarda del
presente legajo junto con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 666/13.
ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado y de
esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la
Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 391.368/13
Buenos Aires, 03 de Junio de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 870/14 se ha tomado razón del
acuerdo obrante a fojas 3/6 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número
727/14. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación
- D.N.R.T.
Ref. Expte. 391.368/2013
En la ciudad de Córdoba a los 05 días del mes de Marzo de 2014, siendo las 14.00 hs., comparecen por ante mí Ab. Chaves Mariana, funcionaria actuante de esta Delegación Regional Córdoba
del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, siendo día y hora de audiencia previamente
fijada, las siguientes personas: Por El SINDICATO PETROLERO DE CORDOBA: los Sres. Guillermo
Borelli, Estela Prieto, José Sarracini, Carlos González acompañados por sus Asesores Letrados
Dres. Jorge Sanchez Freytes, Oscar Luque, y Nicolás Astegiano.
Por otra parte LA FEDERACION DE EXPENDEDORES DE COMBUSTIBLES Y AFINES DEL
CENTRO (FECAC) comparecen los Sres. Pablo Antonio Bornoroni en su carácter de Presidente,
Raúl Castellano en su carácter de Secretario, Gabriel Marcos Bornoroni en su carácter de Prosecretario, Sergio Moro en su carácter de Vicepresidente Primero, Leonardo López, en su carácter
de Vicepresidente Segundo, acompañados por su Asesor Letrado Dr. Jorge Andrés Bauzá.
Abierto el acto por la funcionaria actuante las partes proceden a la constitución de la comisión negociadora del presente acuerdo, designando sus miembros, por parte de la representación
sindical se designa a los comparecientes. Por la representación empresaria se designa a los comparecientes.
Se les informa a los comparecientes que la presente constitución de comisión negociadora
estará sujeta a posterior control de legalidad por parte de la superioridad.
Concedida la palabra a las partes, estas, de manera conjunta manifiestan haber arribado al
siguiente acuerdo:
FONDO CONVENCIONAL ORDINARIO ANEXO AL CCT 666/13: En la Ciudad de Córdoba, a
los 05 días del mes de marzo del año dos mil catorce, entre el Sindicato Petroleros de Córdoba y la
Federación de Expendedores de Combustibles y Afines del Centro de la República, se celebra el
presente acuerdo que se firma en el marco del CCT Nº 666/13 vigente, y se articula al mismo con
idéntico ámbito de representación territorial y personal de la citada convención.
Teniendo en cuenta que las Entidades firmantes del presente Convenio prestan, desde hace
más de 50 años, un efectivo servicio en la representación, capacitación y atención de los intereses
generales y particulares de los Trabajadores y Empleadores, con abstracción de que los mismos
sean o no afiliados a sus respectivas Organizaciones, ambas partes coinciden en reconocer la
necesidad de arbitrar recursos económicos para continuar prestando dicho servicio, que permita
Lunes 30 de junio de 2014
Primera Sección
concretar el cumplimento de los fines estatutarios dentro de sus áreas de actuación e intereses,
como también la representación en los diferentes estamentos institucionales, sindicales, negociaciones paritarias y todo tipo de actividad que propicie la elevación cultural, educativa, la capacitación profesional, la recreación y el asesoramiento técnico, tanto de los trabajadores como de
los empresarios de la actividad y la defensa de sus respectivos intereses sectoriales, obligándose
respecto de los trabajadores y empleadores comprendidos en la presente a evacuar las consultas
de interés que corresponda y a recoger las inquietudes que lleguen a su conocimiento.
Es importante resaltar que las dos Instituciones firmantes coinciden en reconocer que el aporte establecido en el artículo 34 del convenio colectivo de trabajo 58/89 que nos rigió hasta la homologación del actual, en junio de 2013 CCT 666/13, fue de gran utilidad y se aplicó a la atención
de los representados de las dos organizaciones durante todos estos años; es por ello que para
poder darle continuidad a las acciones iniciadas, ambas partes coinciden en la necesidad de adecuarlo a las circunstancias actuales.
En virtud de lo expuesto y con el propósito de organizar y dar forma concreta a la consecución
de estos objetivos las entidades firmantes de común acuerdo deciden:
1- Atender a las necesidades específicas de cada sector, entre las cuales cada una de las
partes creará un instituto con tareas tendientes a la Investigación, Capacitación, Asesoramiento,
Representación, Seguridad Ambiental, Seguridad Laboral y Formación Profesional, el que será
creado, manejado y administrado por cada una de las partes, de manera independiente según las
necesidades de cada sector.
2- A los efectos de estructurar un sistema que permita afrontar las erogaciones que para su
efectivo funcionamiento son necesarias, se conviene en instituir una contribución consistente en la
obligación a cargo de los empleadores de la actividad, comprendida en esta convención colectiva
de trabajo CCT 666/13, o la que en el futuro la reemplace, del uno coma setenta y cinco por ciento
(1,75%) mensual sobre el total de las remuneraciones abonadas a los trabajadores comprendidos
dentro del CCT 666/13 o la que en el futuro la reemplace, no pudiendo en ningún caso ser inferiores
a las que correspondan a tres (3) trabajadores.
3- La mecánica operativa, relacionada con la percepción, la distribución, el control y fiscalización de la contribución será la siguiente:
El pago de la contribución se hará mediante depósito bancario, utilizándose las boletas que
se confeccionen a tal fin, dicho depósito deberá ser realizado hasta el día quince (15) del mes siguiente al correspondiente a las remuneraciones devengadas por el personal del establecimiento
que genera la obligación.
Dicha contribución se depositará en la cuenta que a tal efecto habilitarán FECAC y el SPC.
Sobre esta cuenta recaudadora no podrán efectuarse libranzas ni retiros, debiendo las partes signatarias dar instrucciones en forma conjunta a la entidad bancaria, para que proceda a distribuir
la recaudación, previa deducción de sus gastos por comisiones bancarias. Dicha distribución se
hará 85.7% (ochenta y cinco coma siete por ciento) del monto a FECAC y 14.3% (catorce coma tres
por ciento) al SPC, a las cuentas que oportunamente disponga cada uno.
Sólo se considerarán pagos válidos, a los efectos de cancelar la obligación que se instituye
por el presente, aquellos que se lleven a cabo mediante depósitos bancarios realizados en la entidad bancaria que se menciona y con las modalidades establecidas en el presente Acuerdo.
Asimismo, las partes ratifican en un todo el mentado acuerdo como así también solicitan la
homologación por parte de este Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
No siendo para más se cierra la presente, informando a las partes que se elevarán las actuaciones a la superioridad a los fines de su conocimiento e intervención, previa lectura y ratificación
por ante mí funcionaria actuante que certifico y doy fe.
#F4602731F#
#I4602814I#
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
Disposición Nº 227/2014
Bs. As., 30/5/2014
VISTO el Expediente Nº 1.613.764/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que se solicita la registración del acuerdo celebrado entre la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR (U.T.A.), por el sector sindical y la empresa DERUDDER HERMANOS SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA, por la parte empleadora, el que luce a fojas 5/6 del Expediente
Nº 1.613.764/14 y ha sido ratificado a fojas 7 de las mismas actuaciones.
Que mediante el acuerdo cuya registración se solicita se establecen lineamientos respecto
del servicio que presta la empresa en el corredor comprendido la Ciudad de Salta (Provincia de
Salta), San Salvador de Jujuy (Provincia de Jujuy); Salta, Libertador General San Martín (Provincia
de Jujuy); Salta - Perico (Provincia de Jujuy) y Salta - San Pedro (Provincia de Jujuy) identificados
como SP 59, SP 60, SP 61, SP 66, SP 70, SP 81 y SP 82.
Que el ámbito de aplicación se corresponde y circunscribe a la estricta correspondencia de la
representatividad conjunta de las partes celebrantes.
Que atento la materia objeto de lo acordado, el registro del presente acuerdo procede como
acuerdo marco de naturaleza colectiva, sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores comprendidos en el mismo.
Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio
ha tomado la intervención que le compete.
Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por
la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con
los antecedentes mencionados.
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
31
Que las facultades de la suscripta para dictar la presente, surgen de lo dispuesto en el Decreto
Nº 738/2012.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL
DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1° — Regístrese el acuerdo celebrado entre la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR (U.T.A.), por el sector sindical y la empresa DERUDDER HERMANOS SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA, por la parte empleadora, el que luce a fojas 5/6 del Expediente
Nº 1.613.764/14, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro,
Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación
registre el acuerdo obrante a fojas 5/6 del Expediente Nº 1.613.764/14.
ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda
del presente legajo.
ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del acuerdo registrado, resultará
aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Expediente Nº 1.613.764/14
Buenos Aires, 02 de Junio de 2014
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 227/14 se ha tomado razón del
acuerdo obrante a fojas 5/6 y 7 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número
716/14. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación
- D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 28 días del mes de abril del año 2014, se reúnen
la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU Secretario del
Interior, Jorge Aldo KIENER, Secretario de Asuntos Gremiales, Oscar MATA con el patrocinio letrado de Abel Nicolás De Manuele y la EMPRESA DERUDDER HNOS. S.R.L. representada en este
acto por Carol Carabajal Scarazzini, en calidad de Apoderada y constituyendo domicilio en calle
San Martín 1134, de la ciudad de Colón (Entre Ríos), a los fines de instrumentar el acuerdo que
seguidamente se expresa.
I. ANTECEDENTES:
I.1. La empresa realiza diariamente una serie de servicios de transporte de personas por ómnibus en el corredor comprendido entre las ciudad de Salta (provincia de Salta) - San Salvador de
Jujuy (Jujuy); Salta - Libertador Gral. San Martín (Jujuy); Salta - Perico (Jujuy) y Salta - San Pedro
(Jujuy). Dichos servicios se realizan, por la empresa, desde hace muchos años a la fecha y se los
identifica como SP 59, SP 60, SP61, SP66, SP70, SP81 y SP82.
I.2. Desde el mismo inicio de prestación de esos servicios y por motivos de naturaleza operativa y la exigua distancia a recorrer, los mismos se realizaron por la modalidad de simple conducción. De igual forma se prestan, en la misma traza, actualmente servicios de otras empresas en la
modalidad de simple conducción.
II. FUNDAMENTOS:
II.1. Que, el presente encuentra vialidad en la ausencia de impedimentos de carácter legal,
convencional o contractual para que los servicios que se indican, en ese plazo, sean prestados
por un solo conductor.
II.2. Que, la conformidad formulada por la entidad sindical a la solicitud empresaria se funda,
además de lo expuesto, en razones de la modalidad de prestación, distancia de recorrido, forma
de prestación, costos y la eventual competencia desleal ante la prestación (por otras empresas)
del mismo servicio con un solo conductor.
II.3. Además, resulta importante remarcar que la modalidad acordada en modo alguno significa un perjuicio para la calidad y eficiencia de los servicios, como asimismo no tiene incidencia
alguna en materia de seguridad de los servicios afectados.
Por lo expuesto y en virtud de la solicitud empresaria, las partes formulan el presente.
III.ACUERDO:
III.1. La unión Tranviarios Automotor manifiesta su consentimiento a que los servicios, determinados en el punto 1, sean prestados en la modalidad de simple conducción. Durante dicho
plazo las partes se comprometen a consensuar un nuevo, único y definitivo sistema de diagramas
de prestación de servicios por los conductores aplicable de igual forma a todas las empresas de
transporte público de personas por ómnibus que recorren esa traza o ruta en condiciones similares.
III.2. La Empresa se compromete al cumplimiento de los regímenes de jornada de trabajo
y descansos previstos en las Leyes 20.744, 11.544, Decreto Reglamentario 16.115/33, convenio
colectivo 460/73, como asimismo las prescripciones emergentes de los decretos 692/92, 958/92
y 2254/92 y de toda otra disposición legal, reglamentaria, convencional o producto de los usos y
costumbres de empresa aplicables al presente acuerdo.
III.3. El presente consentimiento de la parte gremial no significa en modo alguno el reconocimiento de situaciones de hecho que puedan alterar el régimen vigente en materia prestación
laboral en la actividad, en especial lo relativo al régimen de la jornada de trabajo, descansos y
pausas, como asimismo la obligatoriedad de la llamada “doble conducción” o conducción compartida.
III.4. Los alcances de este acuerdo son aplicables única y exclusivamente para los servicios
que se indican en el acápite I y que incluyen los recorridos con punto de inicio y destino en las localidades indicadas (Salta-San Salvador de Jujuy; Salta-San Pedro; Salta-Perico y Salta-Libertador
Primera Sección
Lunes 30 de junio de 2014
Gral. San Martín) no siendo aplicable de ningún modo ni bajo ningún concepto en el supuesto de
servicios que sean continuación de otro de mayor distancia o de cualquier forma signifique la continuidad de servicios con origen o destino en otras ciudades que no fueren las que expresamente
se indican en este escrito.
III.5. Cualesquiera de las partes podrán presentar el presente acuerdo ante las autoridades
Nacionales de los Ministerios de Transporte o Trabajo, autoridades u organismos Provinciales,
Municipales y todo ente u organismo con jurisdicción o competencia en la materia tratada en el
presente.
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
ANEXO
Expediente Nº 147.191/13
En el lugar y fecha indicado en el presente, se suscriben 3 ejemplares de un mismo tenor y a
un solo efecto.
Expte. Nº 1.613.764/14
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 28 días de abril de 2014, siendo las 15.30
horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Dirección
Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante el Secretario de
Conciliación, Lic Sebastián KOUTSOVITIS, en representación de la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR (UTA), el señor Secretario de Interior, Jorge KIENER, el Secretario de Asuntos Gremiales,
Oscar MATA con la asesoría del doctor Abel DE MANUELE y en representación de la EMPRESA
DERUDDER HNOS. S.R.L. representada en este acto por Carol Carabajal Scarazzini, en calidad
de Apoderada.
Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, se le concede el uso de la palabra a las
partes comparecientes quienes manifiestan que vienen a esta Autoridad de Aplicación con el fin
de ratificar acuerdo arribado en forma privada de fecha 28/04/14. Las partes reconocen las firmas
allí insertas como propias. El mismo consta de 2 fojas y se adjunta a fojas 5/6. Las partes solicitan
la registración del mismo.
No siendo para más, a las 15.45 horas, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes al pie de la presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante
mí que CERTIFICO.
#F4602814F#
#I4605347I#
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO
Disposición Nº 88/2014
PARTES SIGNATARIAS
SINDICATO DE TRABAJADORES DE
JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO,
ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES
DE LA REPUBLICA ARGENTINA
C/
ENTRETENIMIENTOS Y JUEGOS DE AZAR
SOCIEDAD ANONIMA
FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA
01/07/2013
01/11/2013
PROMEDIO DE LAS
REMUNERACIONES
$ 7.158,21
$ 7.780,66
Expediente Nº 147.191/13
Buenos Aires, 30 de Mayo de 2014
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT Nº 88/14, se ha tomado razón
del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 397/14 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
#F4605347F#
#I4605348I#
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO
VISTO el Expediente Nº 147.191/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 160 del 4 de abril 2014, y
Disposición Nº 90/2014
Que a fojas 6/7 del Expediente Nº 147.191/13 obra la escala salarial pactada entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector sindical y la empresa ENTRETENIMIENTOS Y JUEGOS DE AZAR SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo
de Trabajo de Empresa Nº 842/07 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva
Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por la Disposición D.N.R.T.
Nº 160/14 y registrado bajo el Nº 454/14, conforme surge de fojas 44/46 y 49, respectivamente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación
de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio
aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina
triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 55/62, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral
dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los
criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente
y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se
remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo
del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la
Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL
DE REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope
indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Disposición de
la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 160 del 4 de abril 2014 y registrado bajo el
Nº 454/14, suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el
sector sindical y la empresa ENTRETENIMIENTOS Y JUEGOS DE AZAR SOCIEDAD ANONIMA,
conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro,
Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo,
a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope
indemnizatorio resultante.
TOPE
INDEMNIZATORIO
RESULTANTE
$ 21.474,63
$ 23.341,98
CCT Nº 842/07 E
Bs. As., 29/5/2014
CONSIDERANDO:
32
Bs. As., 30/5/2014
VISTO el Expediente Nº 174.954/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus
modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 143 del 7 de febrero de
2014, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 5/6 del Expediente Nº 174.954/13, obran las escalas salariales pactadas entre
el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES DE
BAHIA BLANCA, por la parte sindical, y la empresa BAHIA PETROLEO SOCIEDAD ANONIMA,
conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución
S.T. Nº 143/14 y registrado bajo el Nº 218/14, conforme surge de fojas 58/61 y 64, respectivamente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación
de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio
aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina
triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 89/94, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral
dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los
criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente
y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se
remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo
del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la
Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL
DE REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el
tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo
Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 143 del 7 de febrero de 2014 y registrado bajo
el Nº 218/14, suscripto entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS,
PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA, por la parte sindical, y la empresa BAHIA
PETROLEO SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
Primera Sección
Lunes 30 de junio de 2014
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION.
Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre
el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio
resultante.
ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
ANEXO
Expediente Nº 174.954/13
PARTES SIGNATARIAS
SINDICATO DEL PERSONAL
DE INDUSTRIAS QUIMICAS,
PETROQUIMICAS Y AFINES
DE BAHIA BLANCA
C/
BAHIA PETROLEO
SOCIEDAD ANONIMA
FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA
01/04/2013
01/09/2013
01/01/2014
PROMEDIO DE LAS
REMUNERACIONES
$ 12.572,06
$ 13.118,67
$ 13.774,59
TOPE
INDEMNIZATORIO
RESULTANTE
$ 37.716,18
$ 39.356,01
$ 41.323,77
Acuerdo Nº 218/14
Expediente Nº 174.954/13
Buenos Aires, 03 de Junio de 2014
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL
DE REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope
indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Disposición de la
Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 36 del 1 de marzo de 2012, y registrado bajo el
Nº 230/12 suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ALEARA),
y la empresa BINBAIRES SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO I, forma
parte integrante de la presente.
ARTICULO 2° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope
indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Disposición de la
Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 56 del 28 de enero de 2014 y registrado bajo el
Nº 173/14 suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ALEARA),
y la empresa BINBAIRES SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO II, forma
parte integrante de la presente.
ARTICULO 3° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro,
Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo,
a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope
indemnizatorio resultante.
ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT Nº 90/14, se ha tomado razón
del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 405/14 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
#F4605348F#
#I4605349I#
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO
Disposición Nº 89/2014
Bs. As., 30/5/2014
VISTO el Expediente Nº 67.668/98 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
las Disposiciones de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 36 del 1 de marzo de 2012
y Nº 56 del 28 de enero de 2014, y
ANEXO I
Expediente Nº 67.668/98
PARTES SIGNATARIAS
SINDICATO DE TRABAJADORES
DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO,
ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES
DE LA REPUBLICA ARGENTINA
C/
BINBAIRES
SOCIEDAD ANONIMA
FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA
01/08/2011
01/02/2012
01/08/2012
01/09/2012
PROMEDIO DE LAS
REMUNERACIONES
$ 3.774,88
$ 4.068,00
$ 4.478,48
$ 4.889,00
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Disposición D.N.R.T.
Nº 36 del 1 de marzo de 2012 y registrado bajo el Nº 230/12, conforme surge de fojas 373/375 y
378 respectivamente.
Que a fojas 6/8 del Expediente Nº 1.587.259/13 agregado como foja 431 al Expediente
Nº 67.668/98, obra la escala salarial pactada entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ALEARA), y la empresa BINBAIRES SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del
Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1067/09 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Disposición D.N.R.T.
Nº 56 del 28 de enero de 2014 y registrado bajo el Nº 173/14, conforme surge de fojas 461/463 y
466, respectivamente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación
de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio
aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina
triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
TOPE
INDEMNIZATORIO
RESULTANTE
$ 11.324,64
$ 12.204,00
$ 13.435,44
$ 14.667,00
Acuerdo Nº 230/12
Bingo Polvorines.
CCT Nº 1067/09 “E”
ANEXO II
CONSIDERANDO:
Que a fojas 24/27 del Expediente Nº 1.469.801/11, agregado como foja 359 al Expediente
Nº 67.668/98 obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE
JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ALEARA), y la empresa BINBAIRES SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del
Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1067/09 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
33
Expediente Nº 67.668/98
PARTES SIGNATARIAS
SINDICATO DE TRABAJADORES
DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO,
ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES
DE LA REPUBLICA ARGENTINA
C/
BINBAIRES
SOCIEDAD ANONIMA
FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA
01/08/2013
01/08/2014
PROMEDIO DE LAS
REMUNERACIONES
$ 6.165,48
$ 7.692,21
TOPE
INDEMNIZATORIO
RESULTANTE
$ 18.496,44
$ 23.076,63
Acuerdo Nº 173/14
CCT Nº 1067/09 “E”
Expediente Nº 67.668/98
Buenos Aires, 03 de Junio de 2014
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT Nº 89/14, se ha tomado razón
del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 403/14 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
#F4605349F#
#I4605350I#
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Que a fojas 472/480, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral
dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los
criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente
y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se
remite en orden a la brevedad.
Bs. As., 30/5/2014
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo
del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la
Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010.
VISTO el Expediente Nº 1.601.385/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 41 del 24 de
DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO
Disposición Nº 92/2014
Lunes 30 de junio de 2014
Primera Sección
enero de 2014, la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo Nº 64 del
6 de marzo de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/4 del Expediente Nº 1.601.385/13, obra el acuerdo suscripto entre el SINDICATO
DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ALEARA), por el sector sindical, y las empresas
BINGOS DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA, BINGOS PLATENSES SOCIEDAD ANONIMA, INTERJUEGOS SOCIEDAD ANONIMA, IBERARGEN SOCIEDAD ANONIMA e INTERBAS SOCIEDAD
ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 892/07 “E”, conforme a
lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que dicho acuerdo fue homologado por la Disposición D.N.R.T. Nº 41/14 y registrado bajo el
Nº 158/14, conforme surge de fojas 88/90 y 93, respectivamente.
Que mediante la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo Nº 64 del 6
de marzo de 2014, cuya copia fiel obra a fojas 105/109, se emplazó a las partes para que presenten
las escalas salariales correspondientes al Acuerdo Nº 158/14.
Que en respuesta a ello, a fojas 118/119 del Expediente Nº 1.601.385/13, obra la presentación
de las partes mediante la cual se cumplimenta lo requerido.
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
34
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
ANEXO
Expediente Nº 1.601.385/13
PARTES SIGNATARIAS
SINDICATO DE TRABAJADORES
DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO,
ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES
DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ALEARA)
C/
BINGOS DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA,
BINGOS PLATENSES SOCIEDAD ANONIMA,
INTERJUEGOS SOCIEDAD ANONIMA,
IBERARGEN SOCIEDAD ANONIMA,
INTERBAS SOCIEDAD ANONIMA.
FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA
01/10/2013
01/01/2014
TOPE
PROMEDIO DE LAS
INDEMNIZATORIO
REMUNERACIONES
RESULTANTE
$ 9.427,93
$ 28.283,79
$ 9.770,67
$ 29.312,01
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y
publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina
triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
CCT Nº 892/07 “E”
Expediente Nº 1.601.385/13
Que mediante el acuerdo de marras las partes convienen un incremento salarial a otorgarse
en tres etapas: mayo de 2013, octubre de 2013 y enero de 2014.
Que a fojas 118/119 las partes signatarias del Acuerdo Nº 158/14 acompañan las escalas salariales vigentes a partir del 1° de octubre de 2013 y a partir del 1° de enero de 2014, sin incluir la
vigente desde el 1° de mayo de 2013.
Que en función de lo mencionado, resulta necesario que las partes acompañen la escala salarial vigente desde el 1° de mayo de 2013, a los fines de efectuar el cálculo del promedio de las
remuneraciones correspondiente a dicha vigencia.
Que a tal efecto, la escala salarial a presentar deberá detallar las categorías y los salarios
correspondientes a cada una de ellas, los aumentos otorgados y adicionales a aplicarse —ya sean
estos variables o permanentes— y todos aquellos conceptos remuneratorios que incidan sobre los
salarios de los trabajadores.
Que dicha escala deberá ser ratificada por las partes signatarias del Acuerdo Nº 158/14.
Que a fojas 124/129, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral
dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los
criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente
y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se
remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del
Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la
Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL
DE REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope
indemnizatorio según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Disposición de la
Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 41 del 24 de enero de 2014 y registrado bajo el
Nº 158/14, suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ALEARA), por el sector sindical, y las empresas BINGOS DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA, BINGOS
PLATENSES SOCIEDAD ANONIMA, INTERJUEGOS SOCIEDAD ANONIMA, IBERARGEN SOCIEDAD ANONIMA e INTERBAS SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma
parte integrante de la presente.
ARTICULO 2° — Hágase saber al SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR,
ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ALEARA) y a las empresas BINGOS DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA, BINGOS PLATENSES SOCIEDAD ANONIMA, INTERJUEGOS SOCIEDAD ANONIMA, IBERARGEN SOCIEDAD
ANONIMA e INTERBAS SOCIEDAD ANONIMA, signatarias del acuerdo homologado por la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 41 del 24 de enero de 2014 y registrado bajo el Nº 158/14, que en un plazo de DIEZ (10) días desde la notificación de la presente,
deberán presentar la escala salarial con vigencia desde el 1° de mayo de 2013, a fin de que este
organismo efectúe el cálculo del promedio de las remuneraciones del cual surge el respectivo
tope indemnizatorio.
ARTICULO 3° — Comuníquese que en caso que las partes signatarias del Acuerdo Nº 158/14,
no dieran cumplimiento a lo solicitado en el artículo precedente, el mencionado cálculo para la
fijación del promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, no podrá ser
efectuado en razón de no contar con la información necesaria a tal efecto.
ARTICULO 4° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION.
Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre
el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio
resultante.
ARTICULO 5° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las
partes individualizadas en los artículos 1° y 2° de la presente. Posteriormente, una vez vencido
el plazo establecido en el artículo citado, remítanse las actuaciones a la Dirección Nacional de
Regulaciones del Trabajo, para proceder a la elaboración del acto administrativo, que en el caso
corresponda.
Buenos Aires, 03 de Junio de 2014
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT Nº 92/14, se ha tomado razón
del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 404/14 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
#F4605350F#
#I4605351I#
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO
Disposición Nº 93/2014
Bs. As., 3/6/2014
VISTO el Expediente Nº 1.546.880/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 521 del 7 de abril de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 10/21 del Expediente Nº 1.546.880/13, obran las escalas salariales pactadas
entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA, por la parte sindical, y la FEDERACION DE COOPERATIVAS DE ELECTRICIDAD Y SERVICIOS PUBLICOS DE
LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES LIMITADA, por la parte empresaria, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 36/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva
Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución de la
SECRETARIA DE TRABAJO Nº 521 del 7 de abril de 2014 y registrado bajo el Nº 460/14, conforme
surge de fojas 124/126 y 129, respectivamente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación
de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio
aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina
triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 137/150, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral
dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los
criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente
y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se
remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo
del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la
Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL
DE REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope
indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la
SECRETARIA DE TRABAJO Nº 521 del 7 de abril de 2014, y registrado bajo el Nº 460/14 suscripto
entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA, por la parte sindical, y la FEDERACION DE COOPERATIVAS DE ELECTRICIDAD Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES LIMITADA, por la parte empresaria, conforme al detalle que, como
ANEXO, forma parte integrante de la presente.
Primera Sección
Lunes 30 de junio de 2014
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
35
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro,
Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo,
a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope
indemnizatorio resultante.
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION.
Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre
el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio
resultante.
ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
ANEXO
ANEXO
Expediente Nº 1.546.880/13
Expediente Nº 1.607.464/14
PARTES SIGNATARIAS
FEDERACION ARGENTINA
DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA
C/
FEDERACION DE COOPERATIVAS
DE ELECTRICIDAD Y SERVICIOS
PUBLICOS DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES LIMITADA
FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA
01/10/2012
01/12/2012
01/01/2013
01/02/2013
PROMEDIO DE LAS
REMUNERACIONES
$ 4.915,91
$ 5.162,59
$ 5.265,03
$ 5.367,46
TOPE
INDEMNIZATORIO
RESULTANTE
$ 14.747,73
$ 15.487,77
$ 15.795,09
$ 16.102,38
PARTES SIGNATARIAS
SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES
DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR
DE LA REPUBLICA ARGENTINA
C/
FAURECIA ARGENTINA
SOCIEDAD ANONIMA
FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA
01/01/2014
TOPE
PROMEDIO DE LAS
INDEMNIZATORIO
REMUNERACIONES
RESULTANTE
$ 10.487,56
$ 31.462,68
CCT Nº 1341/13 “E”
CCT Nº 36/75
Expediente Nº 1.607.464/14
Expediente Nº 1.546.880/13
Buenos Aires, 04 de Junio de 2014
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT Nº 93/14, se ha tomado razón
del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 406/14 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
#F4605351F#
Buenos Aires, 05 de Junio de 2014
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT Nº 94/14, se ha tomado razón
del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 408/14 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
#F4605352F#
#I4605353I#
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
#I4605352I#
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO
Disposición Nº 94/2014
Bs. As., 4/6/2014
VISTO el Expediente Nº 1.607.464/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 720 del 14 de mayo de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que a foja 7 del Expediente Nº 1.607.464/14 obra la escala salarial pactada entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA
y la empresa FAURECIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo
de Trabajo de Empresa Nº 1341/13 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva
Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 720/14
y registrado bajo el Nº 608/14, conforme surge de fojas 44/46 y 49, respectivamente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación
de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio
aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina
triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 55/57, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral
dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los
criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente
y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se
remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo
del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la
Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL
DE REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope
indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la
SECRETARIA DE TRABAJO Nº 720 del 14 de mayo de 2014 y registrado bajo el Nº 608/14 suscripto entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA
REPUBLICA ARGENTINA y la empresa FAURECIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme
al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO
Disposición Nº 95/2014
Bs. As., 4/6/2014
VISTO el Expediente Nº 1.614.954/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 718 del 14 de mayo de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 6 del Expediente Nº 1.614.954/14 obra la escala salarial pactada entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa FERVI AIR SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora,
en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 837/07 “E”, conforme lo dispuesto
en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 718/14
y registrado bajo el Nº 607/14 conforme surge de fojas 43/45 y 48, respectivamente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y
publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina
triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 54/57, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral
dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los
criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente
y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se
remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo
del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la
Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL
DE REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope
indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la
SECRETARIA DE TRABAJO Nº 718 del 14 de mayo de 2014, y registrado bajo el Nº 607/14 suscripto entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA
REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa FERVI AIR SOCIEDAD ANONIMA,
por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la
presente.
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro,
Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumpli-
Primera Sección
Lunes 30 de junio de 2014
do ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo,
a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope
indemnizatorio resultante.
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL
DE REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
ANEXO
Expediente Nº 1.614.954/14
PARTES SIGNATARIAS
SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES
DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA
REPUBLICA ARGENTINA
C/
FERVI AIR SOCIEDAD ANONIMA
FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA
01/01/2014
01/04/2014
TOPE
PROMEDIO DE LAS
INDEMNIZATORIO
REMUNERACIONES
RESULTANTE
$ 8.598,52
$ 25.795,56
$ 8.677,70
$ 26.033,10
36
ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope
indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 1° de la
Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 185 del 6 de mayo de 2014 y
registrado bajo el Nº 571/14 suscripto entre la UNION FERROVIARIA, por el sector sindical, y la
empresa OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO, conforme al detalle que, como
ANEXO I, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope
indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 2° de la
Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 185 del 6 de mayo de 2014 y
registrado bajo el Nº 572/14 suscripto entre la UNION FERROVIARIA, por el sector sindical, y la
empresa OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO, conforme al detalle que, como
ANEXO II, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 3° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION.
Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre
el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio
resultante.
CCT Nº 837/07 “E”
Expediente Nº 1.614.954/14
Buenos Aires, 05 de Junio de 2014
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT Nº 95/14, se ha tomado razón
del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 407/14 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
#F4605353F#
ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
ANEXO I
#I4605354I#
Expediente Nº 1.462.304/11
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO
Disposición Nº 96/2014
Bs. As., 4/6/2014
VISTO el Expediente Nº 1.462.304/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 185 del 6 de
mayo de 2014, y
CONSIDERANDO:
PARTES SIGNATARIAS
UNION FERROVIARIA
C/
OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL
ESTADO
Servicios Ferroviarios del Interior
FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA
01/01/2011
01/03/2011
TOPE
PROMEDIO DE LAS
INDEMNIZATORIO
REMUNERACIONES
RESULTANTE
$ 3.592,35
$ 10.777,05
$ 5.515,85
$ 16.547,55
Acuerdo Nº 571/14
Que a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.462.304/11 obran las escalas salariales pactadas entre la UNION FERROVIARIA, por el sector sindical, y la empresa OPERADORA FERROVIARIA
SOCIEDAD DEL ESTADO, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
Que la escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el artículo 1° de la Disposición D.N.R.T. Nº 185/14 y registrado bajo el Nº 571/14, conforme surge de fojas 90/92 y 95,
respectivamente.
Que a fojas 5/6 del Expediente Nº 1.462.304/11 obran las escalas salariales pactadas entre la UNION FERROVIARIA, por el sector sindical, y la empresa OPERADORA FERROVIARIA
SOCIEDAD DEL ESTADO, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el artículo 2° la Disposición D.N.R.T. Nº 185/14 y registrado bajo el Nº 572/14, conforme surge de fojas 90/92 y 95,
respectivamente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación
de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio
aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala
salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 101/109, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral
dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los
criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente
y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se
remite en orden a la brevedad.
ANEXO II
Expediente Nº 1.462.304/11
PARTES SIGNATARIAS
UNION FERROVIARIA
C/
OPERADORA FERROVIARIA
SOCIEDAD DEL ESTADO
FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA
01/03/2011
PROMEDIO DE LAS
REMUNERACIONES
$ 6.964,19
TOPE
INDEMNIZATORIO
RESULTANTE
$ 20.892,57
Oficinas Centrales
Acuerdo Nº 572/14
Expediente Nº 1.462.304/11
Buenos Aires, 05 de Junio de 2014
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT Nº 96/14, se ha tomado razón
del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 410/14 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
#F4605354F#
Que sin perjuicio de los promedios que se fijan por la presente, resulta oportuno aclarar
que mediante las Disposiciones de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo Nº 76 y
Nº 78 del 5 de agosto de 2013 y Nº 96 del 18 de octubre de 2013 han sido fijados los importes
promedio de las remuneraciones del cual surgen los respectivos topes indemnizatorios, con
vigencias a partir del 1° de marzo de 2012, 1° de septiembre de 2012 y 1° de marzo de 2013, correspondientes a los Acuerdos Nº 533/13, Nº 538/13, Nº 939/13 y Nº 938/13, celebrados entre
las mismas partes de marras, homologados por las Disposiciones de la Dirección Nacional de
Relaciones del Trabajo Nº 397 del 13 de junio de 2013, Nº 408 del 14 de junio de 2013 y Nº 708
del 29 de agosto de 2013.
#I4605370I#
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo
del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la
Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010.
VISTO el Expediente Nº 170.427/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 553 del 11 de abril de 2014, y
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO
Disposición Nº 97/2014
Bs. As., 4/6/2014
Lunes 30 de junio de 2014
Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
CONSIDERANDO:
Que a fojas 34/35 del Expediente Nº 170.427/10, obran las escalas salariales pactadas entre el
SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA
BLANCA, por la parte sindical, y la empresa HORNOS Y CALDERAS INDUSTRIALES SOCIEDAD
ANONIMA, por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva
Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el artículo 1° de la
Resolución S.T. Nº 553/14 y registrado bajo el Nº 486/14, conforme surge de fojas 141/143 y 146,
respectivamente.
Que a fojas 4/5 del Expediente Nº 171.646/11 agregado como fojas 69 al Expediente
Nº 170.427/10, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA, por la parte sindical, y la
empresa HORNOS Y CALDERAS INDUSTRIALES SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora,
conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el artículo 2° de la
Resolución S.T. Nº 553/14 y registrado bajo el Nº 487/14, conforme surge de fojas 141/143 y 146,
respectivamente.
ANEXO I
Expediente Nº 170.427/10
PARTES SIGNATARIAS
SINDICATO DEL PERSONAL
DE INDUSTRIAS QUIMICAS,
PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA
BLANCA
C/
HORNOS Y CALDERAS
INDUSTRIALES SOCIEDAD ANONIMA
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y
publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala
salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 154/173, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral
dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los
criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente
y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se
remite en orden a la brevedad.
Que sin perjuicio de los promedios que se fijan por la presente, resulta oportuno aclarar que
mediante la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 862 del 30 de mayo de 2014 han sido
fijados los importes promedio de las remuneraciones de los cuales surgen los respectivos topes
indemnizatorios, con vigencias a partir del 1° de abril de 2013, 1° de septiembre de 2013 y 1° de
enero de 2014, correspondientes al Acuerdo Nº 219/14, celebrado entre las mismas partes de
marras y homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 144 del 7 de febrero
de 2014.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo
del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la
Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL
DE REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope
indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 1° de la
Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 553 del 11 de abril de 2014 y registrado bajo el
Nº 486/14, suscripto entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA, por la parte sindical, y la empresa HORNOS Y CALDERAS INDUSTRIALES SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, conforme al detalle que,
como ANEXO I, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope
indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 2° de la
Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 553 del 11 de abril de 2014 y registrado bajo el
Nº 487/14, suscripto entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA, por la parte sindical, y la empresa HORNOS Y CALDERAS INDUSTRIALES SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, conforme al detalle que,
como ANEXO II, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 3° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope
indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 3° de la
Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 553 del 11 de abril de 2014 y registrado bajo el
Nº 488/14, suscripto entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA, por la parte sindical, y la empresa HORNOS Y CALDERAS INDUSTRIALES SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, conforme al detalle que,
como ANEXO III, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 4° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro,
Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe
promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.
ARTICULO 5° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA
01/04/2010
01/08/2010
01/01/2011
01/04/2010
01/08/2010
01/01/2011
PROMEDIO DE LAS
REMUNERACIONES
General
$ 4.759,55
$ 4.949,98
$ 5.197,52
Medio Turno
$ 5.111,71
$ 5.316,22
$ 5.582,07
TOPE
INDEMNIZATORIO
RESULTANTE
$ 14.278,65
$ 14.849,94
$ 15.592,56
$ 15.335,13
$ 15.948,66
$ 16.746,21
Acuerdo Nº 486/14
ANEXO II
Que a fojas 94/95 del Expediente Nº 170.427/10, obran las escalas salariales pactadas entre el
SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA
BLANCA, por la parte sindical, y la empresa HORNOS Y CALDERAS INDUSTRIALES SOCIEDAD
ANONIMA, por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva
Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el artículo 3° de la
Resolución S.T. Nº 553/14 y registrado bajo el Nº 488/14, conforme surge de fojas 141/143 y 146,
respectivamente.
37
Expediente Nº 170.427/10
PARTES SIGNATARIAS
SINDICATO DEL PERSONAL DE
INDUSTRIAS QUIMICAS,
PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA
BLANCA
C/
HORNOS Y CALDERAS
INDUSTRIALES SOCIEDAD ANONIMA
FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA
01/04/2011
01/01/2012
01/04/2011
01/01/2012
PROMEDIO DE LAS
REMUNERACIONES
General
$ 6.184,94
$ 6.690,90
Medio Turno
$ 6.642,55
$ 7.185,99
TOPE
INDEMNIZATORIO
RESULTANTE
$ 18.554,82
$ 20.072,70
$ 19.927,65
$ 21.557,97
Acuerdo Nº 487/14
ANEXO III
Expediente Nº 170.427/10
PARTES SIGNATARIAS
SINDICATO DEL PERSONAL
DE INDUSTRIAS QUIMICAS,
PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA
BLANCA
C/
HORNOS Y CALDERAS
INDUSTRIALES SOCIEDAD ANONIMA
FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA
01/04/2012
01/10/2012
01/01/2013
01/04/2012
01/10/2012
01/01/2013
PROMEDIO DE LAS
REMUNERACIONES
General
$ 7.661,11
$ 8.044,18
$ 8.365,95
Medio Turno
$ 8.227,99
$ 8.639,40
$ 8.984,98
TOPE
INDEMNIZATORIO
RESULTANTE
$ 22.983,33
$ 24.132,54
$ 25.097,85
$ 24.683,97
$ 25.918,20
$ 26.954,94
Acuerdo Nº 488/14
Expediente Nº 170.427/10
Buenos Aires, 05 de Junio de 2014
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT Nº 97/14, se ha tomado razón
del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 412/14 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
#F4605370F#
#I4605371I#
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO
Disposición Nº 98/2014
Bs. As., 4/6/2014
VISTO el Expediente Nº 1.589.815/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 652 del 30 de abril de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 3 del Expediente Nº 1.589.815/13, obra la escala salarial pactada entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA, por la parte sindical, y la empresa
SOENERGY ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación
Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Primera Sección
Lunes 30 de junio de 2014
Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 652/14
y registrado bajo el Nº 556/14, conforme surge de fojas 33/35 y 38, respectivamente.
Que mediante el precitado instrumento, las partes acuerdan un incremento salarial
para el personal convencionado que se desempeña en las Usinas Generadoras ubicadas
en las ciudades de JUNIN, PEHUAJO, SALTO y LINCOLN (Provincia de BUENOS AIRES)
y TARTAGAL (Provincia de SALTA), de conformidad con el artículo primero del texto del
mismo.
Que atento a ello, cabe entender que el Acuerdo Nº 556/14 fue celebrado en el marco de los
Convenios Colectivos de Trabajo de Empresa Nº 1040/09 “E”, Nº 1201/11 “E” y Nº 1303/12 “E”.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación
de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio
aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina
triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 46/50, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral
dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los
criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente
y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se
remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo
del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la
Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010.
Por ello,
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 620 del 22 de abril
de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 del Expediente Nº 1.579.841/13 obra la escala salarial pactada entre el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DE CELULOSA, PAPEL Y CARTON DE ALTO
PARANA, por el sector sindical y la empresa ALTO PARANA SOCIEDAD ANONIMA, en el marco
del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 131/94 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 620/14
y registrado bajo el Nº 533/14, conforme surge de fojas 98/100 y 103, respectivamente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y
publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina
triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 109/113, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral
dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los
criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente
y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se
remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo
del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la
Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL
DE REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope
indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la
SECRETARIA DE TRABAJO Nº 652 del 30 de abril de 2014 y registrado bajo el Nº 556/14, suscripto
entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA, por la parte sindical, y la empresa SOENERGY ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como
ANEXO, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION.
Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre
el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio
resultante.
ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
ANEXO
EL DIRECTOR NACIONAL
DE REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope
indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la
SECRETARIA DE TRABAJO Nº 620 del 22 de abril de 2014 y registrado bajo el Nº 533/14, suscripto
entre el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DE CELULOSA, PAPEL Y
CARTON DE ALTO PARANA, por el sector sindical y la empresa ALTO PARANA SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro,
Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo,
a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope
indemnizatorio resultante.
ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
ANEXO
Expediente Nº 1.589.815/13
PARTES SIGNATARIAS
FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA
38
PROMEDIO DE LAS
REMUNERACIONES
TOPE
INDEMNIZATORIO
RESULTANTE
FEDERACION ARGENTINA
DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA
C/
SOENERGY ARGENTINA
SOCIEDAD ANONIMA
Expediente Nº 1.579.841/13
PARTES SIGNATARIAS
SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS
DE LA INDUSTRIA DE CELULOSA, PAPEL
Y CARTON DE ALTO PARANA
C/
ALTO PARANA SOCIEDAD ANONIMA
FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA
01/05/2013
01/09/2013
01/12/2013
PROMEDIO DE LAS
REMUNERACIONES
$ 4.853,17
$ 5.294,17
$ 5.603,17
TOPE
INDEMNIZATORIO
RESULTANTE
$ 14.559,51
$ 15.882,51
$ 16.809,51
Acuerdo Nº 556/14
- CCT Nº 1303/12 “E”
- CCT Nº 1201/11 “E”
- CCT Nº 1040/09 “E”
01/04/2013
01/04/2013
01/04/2013
$ 9.903,57
$ 9.903,57
$ 9.903,57
$ 29.710,71
$ 29.710,71
$ 29.710,71
CCT Nº 131/94 E
Expediente Nº 1.579.841/13
Expediente Nº 1.589.815/13
Buenos Aires, 05 de Junio de 2014
Buenos Aires, 05 de Junio de 2014
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT Nº 98/14, se ha tomado razón
del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 413/14 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT Nº 100/14, se ha tomado razón
del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 411/14 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
#F4605373F#
#F4605371F#
#I4605373I#
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO
Disposición Nº 100/2014
Bs. As., 4/6/2014
VISTO el Expediente Nº 1.579.841/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y
#I4605374I#
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO
Disposición Nº 101/2014
Bs. As., 6/6/2014
VISTO el Expediente Nº 295.141/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 567 del 11 de abril de 2014, y
Primera Sección
Lunes 30 de junio de 2014
CONSIDERANDO:
Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 567 del 11 de abril de 2014 y registrado bajo el Nº 497/14, conforme surge
de fojas 65/67 y 70, respectivamente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación
de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio
aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina
triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 78/80, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral
dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los
criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente
y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se
remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo
del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la
Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL
DE REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el
tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo
Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la
Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 567 del 11 de abril de 2014, y registrado bajo el Nº 497/14 suscripto entre la ASOCIACION DEL PERSONAL JERARQUICO DEL
AGUA Y LA ENERGIA, por el sector sindical, y la empresa HIDROELECTRICA LOS NIHUILES SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante
de la presente.
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro,
Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo,
a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope
indemnizatorio resultante.
ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
ANEXO
Expediente Nº 295.141/13
ASOCIACION DEL PERSONAL JERARQUICO
DEL AGUA Y LA ENERGIA
C/
HIDROELECTRICA LOS NIHUILES SA
39
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 del Expediente Nº 296.024/13 agregado a fojas 17 al principal, obra la escala
salarial pactada entre la ASOCIACION DEL PERSONAL JERARQUICO DEL AGUA Y LA ENERGIA,
por el sector sindical, y la empresa HIDROELECTRICA LOS NIHUILES SOCIEDAD ANONIMA, en
el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 891/07 “E”, conforme lo dispuesto en
la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
PARTES SIGNATARIAS
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA
01/10/2012
PROMEDIO DE LAS
REMUNERACIONES
$ 18.148,11
TOPE
INDEMNIZATORIO
RESULTANTE
$ 54.444,33
Que a fojas 1/3 del Expediente Nº 291.575/12 agregado como foja 51 al Expediente
Nº 289.977/12 obra el acuerdo suscripto entre el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE MENDOZA, por el sector sindical y la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DEL ESTE
SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 139/95 “E”, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva
Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que dicho acuerdo fue homologado por la Resolución S.T. Nº 29/14 y registrado bajo el
Nº 114/14, conforme surge de fojas 83/86 y 89, respectivamente.
Que el precitado acuerdo fue ratificado por la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA según consta a fojas 60 del Expediente Nº 289.977/12.
Que corresponde destacar que para efectuar el cálculo del promedio de las remuneraciones
correspondiente al Acuerdo Nº 114/14 se ha considerado la escala salarial obrante a fojas 68, ratificada por las partes a fojas 66 del Expediente Nº 289.977/12.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación
de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio
aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, los topes indemnizatorios que se fijan por la
presente, se determinaron triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de las
escalas salariales y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 99/102, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral
dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los
criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente
y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se
remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo
del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la
Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL
DE REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope
indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la
SECRETARIA DE TRABAJO Nº 29 del 13 de enero de 2014 y registrado bajo el Nº 114/14 suscripto
entre el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE MENDOZA, por el sector sindical y la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DEL ESTE SOCIEDAD ANONIMA (EDESTESA), ratificado por
la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA, conforme al detalle que,
como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION.
Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre
el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio
resultante.
ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
ANEXO
Expediente Nº 289.977/12
CCT Nº 891/07 “E”
FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA
PROMEDIO DE LAS
REMUNERACIONES
TOPE
INDEMNIZATORIO
RESULTANTE
SINDICATO DE LUZ Y FUERZA
DE MENDOZA, FEDERACION
ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ
Y FUERZA
C/
EMPRESA DISTRIBUIDORA
DE ELECTRICIDAD DEL ESTE SOCIEDAD
ANONIMA (EDESTESA)
-General
01/08/2013
$ 7.968,67
$ 23.906,01
-Personal Turno
01/08/2013
$ 8.233,34
$ 24.700,02
PARTES SIGNATARIAS
Expediente Nº 295.141/13
Buenos Aires, 09 de Junio de 2014
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT Nº 101/14, se ha tomado razón
del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 420/14 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
#F4605374F#
#I4605375I#
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO
Disposición Nº 102/2014
Bs. As., 6/6/2014
VISTO el Expediente Nº 289.977/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 29 del 13 de enero de 2014, y
CCT Nº 139/95 “E”
Expediente Nº 289.977/12
Buenos Aires, 09 de Junio de 2014
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT Nº 102/14, se ha tomado razón
del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 414/14 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
#F4605375F#
Lunes 30 de junio de 2014
Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 32.915
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