Palabras y Hechos

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Palabras y Hechos
Poner Fin a la Discriminación Sexual en la Ley
Palabras y Hechos
4a
edición
Haciendo a los Gobiernos Responsables en
el Proceso de Evaluación de Beijing+20
Palabras y Hechos: Haciendo a los Gobiernos Responsables en el Proceso de Evaluación de Beijing+20 • I
ACERCA DE IGUALDAD YA
Fundada en 1992, Igualdad Ya es una organización internacional de derechos humanos que trabaja para
proteger y promover los derechos de mujeres y niñas en todo el mundo en las áreas de Discriminación
en la Ley, Mutilación Genital Femenina (MGF), Violencia Sexual y Trata de Personas con fines de
Explotación Sexual, con especial atención a las Adolescentes. Igualdad Ya combina el activismo de
base con campañas legales de nivel internacional, regional y local para conseguir un cambio legal y sistémico
favorable a las mujeres y las niñas, y lucha para garantizar la promulgación y la consolidación de leyes y
políticas que defiendan sus derechos por parte de los gobiernos.
Igualdad Ya tiene oficinas en Nueva York, Nairobi y Londres, está presente en Amán, Jordania y Washington
DC, y cuenta con organizaciones asociadas en casi todos los países del mundo.
AGRADECIMIENTOS
Este informe fue posible gracias al esfuerzo colectivo de un equipo talentoso de muchos individuos y
organizaciones de todo el mundo. Igualdad Ya quisiera agradecer especialmente a:
Karsten Family Foundation, por su contribución a nuestro programa contra la Discriminación en la Ley.
Tanya Sukhija, 2013-2014 UCLA trabajadores jurídicos en prácticas por sus generosas contribuciones de
tiempo y recursos en la investigación y elaboración de este informe.
Amy Thesing Design y Grand Junction Design
Traductora: Business Language Inc., Thomas Forycki y Waafa Wahba
Fotógrafos:
Lakshmi Anantnarayan
Dee Ashley, permiso de Flickr Creative Commons
Suzanna Finley, www.suzannafinley.com
Lena Stein, www.lenastein.com
www.equalitynow.org/es
Enero 2015
foto de portada : Lena Stein
II • equalitynow.org/es/beijing20
Poner Fin a la Discriminación Sexual en la Ley
Foto: LAKSHMI ANANTNARAYAN
En primer lugar, derogar las leyes que discriminan a las
mujeres y las niñas. Y permitir que las mujeres tengan
acceso a la justicia ... Vamos a avanzar este principio por
el bien de las mujeres y de nuestro mundo.
– El secretario general de la ONU Ban Ki-moon, septiembre 2012
Palabras y Hechos: Haciendo a los Gobiernos Responsables en el Proceso de Evaluación de Beijing+20 • III
Tabla de Contenido
Introduccion............... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6
Estatuto CIVIL
Matrimonio, Divorcio, Poligamia y Obediencia de la Esposa
Afganistán. . ........................... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9
Argelia.................................. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9
Burundi................................ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10
Cuba................................... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10
República Democrática de Congo.... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11
República Dominicana................ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11
Guinea. . ................................ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12
Indonesia............................... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12
Israel.................................... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13
Japón................................... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14
Kenia.. .................................. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14
Malí.................................... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15
Nicaragua.. ............................ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16
Sudán.................................. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16
Tanzania............................... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17
Yemen.................................. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18
Estatuto PERSONAL
Ciudadanía
Bahréin................................. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20
Brunei. . ................................ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20
Mónaco. . .............................. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21
Suazilandia............................. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22
Togo.................................... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22
Estados Unidos de América........... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23
La Prueba
Iran.. ................................... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24
Pakistán. . .............................. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25
Viajes
Arabia Saudita........................ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26
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Prostitución
Filipinas................................ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26
Estatuto ECONÓMICO
Herencia y Propiedad
Chile................................... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28
Túnez.................................. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28
Emiratos Árabes Unidos............... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28
Empleo
Camerún............................... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29
China.................................. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30
Irlanda.................................. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30
Madagascar........................... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31
Rusia................................... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31
Reino Unido........................... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32
VIOLENCIA
Violación
Bahamas. . ............................. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34
India................................... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34
Líbano.................................. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35
Malta.................................. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35
Palestina............................... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36
Singapur................................ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37
Violencia Doméstica
Nigeria.................................. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38
Homicidios de “Honor”
Egipto. . ................................. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39
Siria.................................... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40
ANEXO
Avances para Erradicar la Discriminación por Razón de Sexo en la Ley. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 42
Organizaciones Asociadas Participantes en la Campaña.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43
Palabras y Hechos: Haciendo a los Gobiernos Responsables en el Proceso de Evaluación de Beijing+20 • 5
Introducción
En 1995, en la histórica 4ª Conferencia Mundial de la ONU sobre la Mujer, 189 gobiernos
acordaron un programa integral — Plataforma de Acción de Beijing — para avanzar
los derechos de las mujeres y lograr la igualdad de género. En dicha declaración, los
países coincidieron en que las leyes que discriminan a las mujeres van en detrimento
de la igualdad y se comprometieron a “revocar cualesquiera leyes restantes que
discriminen por motivos de sexo.” Sin embargo, actualmente continúa sin desaparecer la
desigualdad, incluso en su vertiente más manifiesta. En 2000, la Asamblea General revisó
la Plataforma de Acción y estableció 2005 como fecha límite para revocar todas las leyes
discriminatorias. El objetivo quedó lejos de cumplirse.
En 2015 se conmemora el vigésimo aniversario de la adopción de la Plataforma de Acción de Beijing y es
también la fecha para que los Estados establezcan una nueva agenda de desarrollo post-2015 para erradicar
la pobreza y promover la igualdad de forma global. Los gobiernos deben pasar de las palabras a los hechos y
rechazar o modificar las leyes que discriminan por razón de sexo con el fin de que la siguiente generación de
mujeres y niñas pueda disfrutar de sus derechos y vivir en condiciones de plena igualdad en la sociedad. Si no
existen las leyes adecuadas, las mujeres y las niñas carecen de los recursos formales necesarios para proteger
y promover sus derechos y no pueden participar de forma plena en la sociedad. La igualdad legal también
es fundamental para cumplir los objetivos de desarrollo internacionalmente acordados, por el bien de la
integración y la prosperidad de todos.
En nuestros informes de sensibilización, Palabras y Hechos - Haciendo a los Gobiernos Responsables en el
Proceso de Evaluación de Beijing, publicados en 1999, 2004, 2010 y 2015, Igualdad Ya da a conocer una
pequeña muestra de las leyes explícitamente discriminatorias con respecto a: estatuto civil (matrimonio,
divorcio, poligamia, obediencia de la esposa), estatuto personal (ciudadanía, peso del testimonio en juicio,
viajes, prostitución), estatuto económica (herencia, propiedad, empleo) o la violencia contra las mujeres
(violación, violencia doméstica, homicidios de “honor”). Estas leyes reflejan una evidente falta de respeto por
parte de los gobiernos hacia un derecho fundamental de las mujeres y las niñas como es el de la igualdad, así
como una consideración oficial de las mujeres y las niñas como persona de valor inferior.
Igualdad Ya complace anunciar que más de la mitad de las leyes que mencionábamos en los informes
anteriores ya han sido rechazadas o modificadas, parcialmente o en su totalidad (ver Anexo). Entre los
países que han realizado reformas, cabe citar a Argelia, Argentina, Australia, Bahamas, Bangladesh, Bolivia,
Colombia, Costa Rica, Etiopía, Francia, Guatemala, Haití, India, Irak, Jordania, Kenia, Kuwait, Letonia,
Lesotho, Malasia, México, Mónaco, Marruecos, Nepal, Pakistán, Papua Nueva Guinea, Perú, Polonia,
República de Corea, Rumanía, Serbia y Montenegro, Suazilandia, Suiza, Tonga, Turquía, Uruguay y Venezuela.
Sin embargo, continúan vigentes muchas otras leyes discriminatorias mencionadas. Y se siguen aprobando
otras nuevas, como la Ley de Matrimonio Nº 4 de 2014 en Kenia. Otros países tuvieron la oportunidad de
cumplir su promesa a la hora de revisar sus leyes hace poco y sin embargo no retiraron la parte discriminatoria
(por ejemplo Reino Unido, Malí e Irán). Esos ejemplos se incluyen en este informe.
En 2013, Igualdad Ya analizó exhaustivamente una clase de ley relativa a la condición personal en su informe
Campaña para acabar con la discriminación por razón de sexo en las leyes de Nacionalidad y Ciudadanía). El
informe muestra los países que no permiten a las mujeres transmitir la nacionalidad a sus cónyuges e hijos en
igualdad de condiciones que los hombres, y los efectos perjudiciales que tienen estas leyes discriminatorias,
haciendo un llamamiento a los gobiernos para que las cambien. Desde su publicación, varios países han
modificado sus leyes, entre otros Austria, Senegal y Surinam — otros gobiernos trabajan actualmente para hacer
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lo propio. Existe en la actualidad una iniciativa global para poner fin a la discriminación de género en las leyes de
nacionalidad, que cobra fuerza entre los gobiernos para modificar estas leyes de conformidad con la Plataforma
de Acción de Beijing y otras obligaciones internacionales. Si los gobiernos se comprometen de verdad, se
podrá conseguir fácilmente la revocación de las leyes discriminatorias por razón de sexo. En 2014 Igualdad Ya
publicó Proteger a las niñas: el uso de la ley para erradicar los matrimonios infantiles, prematuros y forzados y
otras violaciones de derechos humanos relacionadas. En ese informe hacemos un llamamiento a los gobiernos
para que luchen desde una perspectiva integral contra el matrimonio infantil, que afecta a casi 15 millones
de niñas cada año, por ejemplo elevando hasta los 18 años la edad mínima legal de las mujeres para contraer
matrimonio. En una resolución de la ONU de 2014, el mundo proclamaba que poner fin al matrimonio infantil
es una prioridad y un elemento fundamental para promover la igualdad y reducir la pobreza global en la agenda
para el desarrollo sostenible después 2015. Debemos asegurarnos de que el cambio se materialice.
Todos los gobiernos deben revisar y modificar sus leyes de manera urgente para
proteger los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de todas
las personas, derechos amparados en la Plataforma de Acción de Beijing y otras
obligaciones internacionales.
Qué puede hacer
• Inste a los jefes de Estado mencionados en este informe a que modifiquen o rechacen
todas las leyes que sean discriminatorias por razón de sexo y cumplan su compromiso
con la Plataforma de Acción de Beijing de 1995 y la igualdad de género. Puede actuar
desde www.equalitynow.org/es/beijing20.
• Escriba a su Presidente o Primer Ministro y pídale que revise las leyes de su país para
modificar las que son discriminatorias contra las mujeres, así como las que tienen un
impacto discriminatorio en las mujeres. Puede descargar una carta de muestra en
www.equalitynow.org/es/beijing20/sample_letter.
• Divulgue esta información para aumentar el impacto! Comparta esta campaña en
sus redes sociales para hacer que los gobiernos asuman su responsabilidad por los
compromisos internacionales adquiridos para garantizar la igualdad de género.
• Participe en nuestras campañas para poner fin a la discriminación por razón de sexo
en las leyes de nacionalidad y las leyes relativas al matrimonio infantil. Para ello, visite
www.equalitynow.org/es.
Por favor, mantenga informada a Igualdad Ya acerca de sus esfuerzos y envíe copias de
cualquier respuesta a:
Igualdad Ya/Equality Now, P.O. Box 20646, Columbus Circle Station, New York, NY 10023 USA,
Fax: +1-212-586-1611 o
Igualdad Ya/Equality Now, P.O. Box 2018 - 00202, Nairobi, Kenya, Fax: +254-20-271-9868 o
Igualdad Ya/Equality Now, 1 Birdcage Walk, London SW1H 9JJ, United Kingdom, Fax: +44-20-7973-1292
Correo-e: [email protected] / Web: www.equalitynow.org
Palabras y Hechos: Haciendo a los Gobiernos Responsables en el Proceso de Evaluación de Beijing+20 • 7
Estatuto Civil
Foto: LAKSHMI ANANTNARAYAN
La discriminación sexual en las leyes relativas al estatuto
civil hace que las mujeres sean consideradas inferiores
en muchos aspectos de las relaciones familiares antes,
durante y después del matrimonio. Además, permite que
las mujeres se casen cuando aún son niñas.
8 • equalitynow.org/es/beijing20
Matrimonio, Divorcio, Poligamia y Obediencia
de la Esposa
Afganistán
La Ley Shia sobre el Estatuto Personal de 2009:
Artículo 133. (1) La supervisión de la unidad familiar es el derecho del marido, a menos que sobre
la base de la deficiencia mental del marido, y por orden de la corte, se le dé a la mujer.
(2) Una mujer puede salir de la casa para efectos legales en la medida en que la costumbre
local lo permita ...
Nota: En 2009, el gobierno de Afganistán promulgó la Ley Shia sobre el Estatuto Personal (aplicable a
la población chiíta de Afganistán) que contiene una serie de disposiciones discriminatorias, incluidas las
anteriormente mencionadas.
Artículo 22 de la Constitución de Afganistán: Cualquier tipo de discriminación y distinción entre los
ciudadanos de Afganistán queda prohibida. Los ciudadanos de Afganistán, el hombre y la mujer, tienen
derechos y deberes iguales ante la ley.
Contacto – Afganistán
President Asahraf Ghani
Gul Khana
Presidential Palace
Kabul
AFGHANISTAN
Tel: +1 212 972 1212 (Misión de la ONU en Nueva York)
Fax: +1 212 972 1216 (Misión de la ONU en Nueva York)
Correo-e: [email protected] (Misión de la ONU en Nueva York)
Twitter: @ARG_AFG
Argelia
El Código de Familia de 1984 modificado por la Ordenanza Nº 05-02 del 27 de
febrero de 2005:
Artículo 8. Está permitido contraer matrimonio con más de una mujer dentro de los límites de la
Shari’a, si hay un motivo justo y las condiciones e intenciones de equidad se pueden cumplir...
Artículo 11. Una mujer adulta efectúa la conclusión de su contrato matrimonial en presencia de
su “wali” [guardián] que es su padre o pariente masculino cercano o cualquier otro hombre de su
elección.
Artículo 30. ... Está igualmente prohibido de manera provisional: ... El matrimonio de una mujer
musulmana con un hombre no musulmán.
Artículo 48. El divorcio es la disolución del matrimonio ... Suscita de la voluntad del marido, el
consentimiento mutuo de los cónyuges, o la demanda de la mujer de acuerdo con lo dispuesto en los
artículos 53 y 54 ...
Artículo 53. La esposa puede pedir el divorcio por las siguientes razones: (i) la falta de pago de
manutención ...; (ii) enfermedades que dificultan la realización de los fines del matrimonio; (iii) la
negativa del esposo a cohabitar con su esposa por más de cuatro meses; (iv) la condena del marido que
es de tal naturaleza que deshonra a la familia y hace imposible realizar una vida común y relaciones
conyugales; (v) la ausencia del marido por más de un año sin excusa válida o manutención; (vi) la
Palabras y Hechos: Haciendo a los Gobiernos Responsables en el Proceso de Evaluación de Beijing+20 • 9
violación de las disposiciones del artículo 8; (vii) un acto inmoral que es severamente reprochable; (viii)
por un desacuerdo persistente entre los esposos; (ix) por violación de las cláusulas estipuladas en el
contrato matrimonial; o (x) por cualquier daño legal reconocido.
Artículo 54. La mujer puede separarse de su cónyuge sin su consentimiento por el pago de una cantidad
...
Nota: Artículo 29 de la Constitución de Argelia: Todos los ciudadanos son iguales ante la ley. No
prevalecerá ninguna discriminación por nacimiento, raza, sexo, opinión o ninguna otra condición o
circunstancia personal o social.
Contacto – Argelia
President Abdelaziz Bouteflika
Presidence de la Republique
Place Mohamed Seddik Benyahya
El Mouradia
16000 Algiers
ALGERIA
Tel: +21 321 69 15 15
Fax: +1 212 759 9538/5274 (Misión de la ONU en Nueva York)
Correo-e: [email protected] (Misión de la ONU en Nueva York)
Burundi
Decreto Ley Nº 1/024 de 28 de abril de 1993 que modifica el Código de la Persona y
la Familia:
Artículo 122. Los cónyuges se deben fidelidad, ayuda y asistencia mutua. El esposo es el cabeza del
hogar conyugal. A esta función contribuirá moral y materialmente la esposa, por el bien del hogar
y los hijos. La esposa asumirá no obstante esta función cuando el esposo esté ausente o éste tenga
prohibido desempeñarla.
Nota: Artículo 13 de la Constitución de Burundi: Todos los ciudadanos burundés son iguales en términos
de valor y dignidad. Todos los ciudadanos tienen los mismos derechos y pueden acceder en igualdad de
condiciones a la protección de la ley. Ningún ciudadano burundés será excluido de la vida social, económica o
política de la nación por razones de raza, lengua, religión, sexo u origen étnico.
Contacto – Burundi
President Pierre Nkurunziza
Présidence de la République du Burundi
Boulevard de l’Indépendance
B.P.: 1870 Bujumbura
BURUNDI
Tel: +257 22 22 60 63
Fax: +1 212 499 0006 (Misión de la ONU en Nueva York)
Correo-e: [email protected]
Cuba
Código de Familia:
Artículo 3. Están autoriza dos para formalizar el matrimonio la hembra y el varón mayores de 18 años de
edad. En con­secuencia, no están autorizados para formalizar el matrimonio los menores de 18 años de
edad. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, excepcionalmente, y por causas justificadas, podrá
otorgarse a los menores de 18 años la autorización para formalizar el matrimonio, siempre que la
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hembra tenga, por lo menos, 14 años cumplidos y el varón 16 años, también cumplidos.
Nota: Artículo 41 de la Constitución de la República de Cuba: Todos los ciudadanos gozan de iguales
derechos y están sujetos a iguales deberes.
Contacto – Cuba
Presidente Raul Castro Ruz
Havana
CUBA
Tel: +1 212 689 7215/7216/7217 (Misión de la ONU en Nueva York)
Fax: +1 212 779 1697/689 9073 (Misión de la ONU en Nueva York)
Correo-e: [email protected] (Misión de la ONU en Nueva York)
República Democrática de Congo
Ley 87-010 sobre el Código de Familia:
Artículo 444. El esposo es el cabeza de familia. Debe proteger a su mujer; ésta obedecer
a su marido.
Artículo 448. La esposa necesita la autorización de su marido en todos los actos jurídicos en los que
sea necesario proporcionar un servicio en persona.
Artículo 450. Sin perjuicio de las excepciones abajo indicadas y las que recoge el régimen familiar, la
esposa no puede comparecer en el juzgado con respecto a asuntos civiles, así como tampoco
adquirir, vender o asumir compromisos sin la autorización de su marido. Si el marido no autoriza
a su mujer, ésta podrá solicitar al juez la autorización. El esposo puede dar una autorización general,
pero conserva siempre el derecho a revocarla.
Artículo 454. La esposa está obligada a vivir con su marido y a seguirle allá donde él considere
oportuno residir; el esposo tiene la obligación de brindarle alojamiento.
Artículo 497. La esposa gestionará y administrará el patrimonio que adquiera en el ejercicio de una profesión
diferente a la de su esposo y que genere ahorros. Si la gestión y la administración de este patrimonio
por parte de la mujer afecta a la armonía y a los intereses pecuniarios del hogar familiar, el esposo
podrá asumir esta función. La esposa tiene derecho a recurrir la decisión ante el juzgado de paz ...
Nota: Artículo 12 de la Constitución de la República Democrática de Congo: Todos los congoleños son
iguales ante la ley y tienen el mismo derecho a ser protegidos por ella.
Contacto – República Democrática de Congo
President Joseph Kabila
Palais de la Nation
Kinshasa
Democratic Republic of Congo
Tel: +1 212 319 8061 (Misión de la ONU en Nueva York)
Correo-e: [email protected] (Misión de la ONU en Ginebra)
Facebook: www.facebook.com/jkkabila
República Dominicana
El Código Civil:
Artículo 144: El hombre, antes de los 18 años cumplidos, y la mujer antes de
cumplir los 15 años no pueden contraer matrimonio.
Palabras y Hechos: Haciendo a los Gobiernos Responsables en el Proceso de Evaluación de Beijing+20 • 11
Nota: Artículo 39(4) de la Constitución de la República Dominicana: La mujer y el hombre son iguales
ante la ley. ... Se promoverán las medidas necesarias para garantizar la erradicación de las desigualdades y la
discriminación de género.
Contacto – República Dominicana
Presidente Danilo Medina Sánchez
Palacio Nacional
Avenida México esquina Doctor Delgado
Gazcue, Santo Domingo
REPÚBLICA DOMINICANA
Tel: +1 809 695 8107
Fax: +1 212 986 4694 (Misión de la ONU en Nueva York)
Correo-e: [email protected]
Twitter: @PresidenciaRD
Guinea
Código Civil de la República de Guinea:
Artículo 328. La mujer podrá tener una profesión distinta a la de su esposo, salvo que éste
indique lo contrario. Si la oposición del esposo no queda justificada por los intereses de la familia,
la ley permitirá a la mujer hacer caso omiso, en cuyo caso, los compromisos asumidos por ella desde
la fecha de la objeción serán válidos. Los compromisos asumidos por la esposa en el ejercicio de esta
profesión serán, con respecto a su marido, nulos si las terceras partes implicadas tienen conocimiento de
la objeción en el momento de hacer negocios con la esposa.
Artículo 331. El esposo decidirá el lugar de residencia familiar. La mujer está obligada a vivir
a con él y el esposo está obligado a proporcionarle un hogar. Si el domicilio elegido por el esposo
presenta peligros físicos o morales para la mujer, él juez podrá autorizar a ésta de manera excepcional a
conseguir, para ella y sus hijos, otro lugar de residencia.
Nota: Artículo 8 de la Constitución de Guinea: Todos los seres humanos son iguales ante la ley. Hombres y
mujeres tienen los mismos derechos.
Contacto – Guinea
President Alpha Condé
Presidential Palace
Conakry
GUINEA
Tel: +1 212 687 8115 (Misión de la ONU en Nueva York)
Fax: +1 212 687 8248 (Misión de la ONU en Nueva York)
Correo-e: [email protected] (Misión de la ONU en Nueva York)
Correo-e: Ir a www.presidence.gov.gn/
Facebook: www.facebook.com/PresidenceRepubliqueGuinee
Indonesia
Ley de Matrimonio Nº 1 de 1974:
Artículo 3. (2) El Tribunal podrá autorizar a un hombre a tener más de una esposa, con el
consentimiento de las partes interesa das.
Nota: Artículo 27(1) de la Constitución de Indonesia: Todos los ciudadanos son iguales ante la ley y el
gobierno, y están obligados sin excepción a respetar la ley y el gobierno.
12 • equalitynow.org/es/beijing20
Contacto – Indonesia
President Joko Widodo
Presidential Palace (Istana Negara)
Jalan veteran No. 16, Central of Jakarta
INDONESIA
Tel: +62 21 386 3777/350 3088
Fax: +62 21 344 2223
Correo-e: [email protected] (Misión de la ONU en Nueva York)
Twitter: @jokowi_do2
Israel
La Ley de Jurisdicción de las Cortes Rabínicas (El Matrimonio y Divorcio)
(5713-1953):
1. Los asuntos del matrimonio y el divorcio de judíos en Israel, como ciudadanos o
residentes del Estado, estarán bajo de la jurisdicción exclusiva de las cortes rabínicas.
2. Los matrimonios y divorcios de judíos se llevarán a cabo en Israel según las leyes religiosas
judías.
“Plonit v. Ploni”, La Alta Corte Rabínica, 1995:
“... aunque sea cierto que ella lo desprecia no hay razón porque forzarlo a divorciarla como está
escrito en El Shulchran Aruch [compilación medieval de la ley judía], sección 37 página 2 ‘si el marido
quiere divorciarla’, pero no hay nada para obligarlo y las autoridades especificadas y aparece en los
decretos de los rabinos que inclusive el obligarle a divorciarse, sin ser forzoso, no está permitido y
esto viene del Shulchran Aruch que dice que ‘si el quiere’, que el asunto depende solamente de lo
que el quiere, y por ende debemos concederle su apelación.”
“Plonit v. Ploni”, La Corte Suprema de Israel, 1997:
“... no hay razones para que nosotros intervengamos, dentro de los límites de la función supervisora
de esta corte, con las decisiones de las cortes religiosas. Es decir, no somos un nivel de apelación para
esas cortes ... Debemos añadir que, de acuerdo con la sección 2 de la Ley de Jurisdicción de las Cortes
Rabínicas (Matrimonio y Divorcio) 5713-1953, la ley que las cortes rabínicas deben aplicar en los asuntos
de matrimonio y divorcio es la ley de la Torah [la ley religiosa]. El abogado de la demandante no discute
que la corte rabínica lo hizo [aplicó la ley religiosa], y debido a que la corte lo hizo, aunque el abogado
de la demandante crea que esta ley no es apropiada, no hay razones para que nosotros intervengamos.”
Nota: La Declaración del Establecimiento del Estado de Israel (14 de mayo, 1948): El Estado de Israel ...
asegurará la igualdad total de los derechos sociales y políticos a todos sus habitantes sin consideración a
la religión, la raza o el sexo ...
Contacto – Israel
Prime Minister Benjamin Netanyahu
3 Kaplan Street
91950 Hakirya, Jerusalem
ISRAEL
Tel: +972 26 70 55 55
Fax: +972 25 66 48 38
Correo-e: prime.minister’[email protected]
Twitter: @IsraeliPM
Facebook: www.facebook.com/IsraeliPM
Palabras y Hechos: Haciendo a los Gobiernos Responsables en el Proceso de Evaluación de Beijing+20 • 13
Japón
El Código Civil de Japón:
Artículo 731. Un hombre que ha llegado a los 18 años de edad y una mujer que ha
cumplido 16 años pueden contraer matrimonio.
Artículo 733. (1) Una mujer no puede volver a casarse a menos que hayan pasado seis meses desde
el día de la disolución o anulación de su matrimonio anterior.
(2) En el caso de que una mujer ha concebido un niño antes de la disolución o anulación de su
matrimonio anterior, la disposición del párrafo anterior no se aplicará.
Nota: Artículo 14(1) de la Constitución de Japón: Todas las personas son iguales ante la ley y no habrá
discriminación en relaciones políticas, económicas o sociales en razón de la raza, el credo, el sexo, la
posición social o el origen de la familia.
Contacto – Japón
Prime Minister Shinzō Abe
Prime Minister’s Office
1-6-1 Nagata-cho, Chiyoda-ku
Tokyo, 100-8968
JAPAN
Tel: +1 212 223 4300 (Misión de la ONU en Nueva York)
Fax: +81 3 35 93 17 84
Correo-e: Ir a www.kantei.go.jp/foreign/forms/comment_ssl.html
Correo-e: [email protected] (Misión de la ONU en Nueva York)
Kenia
Ley de Matrimonio Nº 4 de 2014:
Artículo 2. A efectos de este artículo, y salvo que el contexto requiera lo contrario —
“poligamia” hace referencia al estado o la práctica por la que un hombre tiene más
de una esposa a la vez.
Artículo 3. (1) El matrimonio es la unión voluntaria de un hombre y una mujer, ya sea en
monogamia o poligamia, e inscrita de conformidad con esta Ley ... (3) Todos los matrimonios
inscritos en virtud de esta Ley tendrán la misma condición jurídica.
Artículo 6. (1) Para inscribir un matrimonio conforme a esta ley, es necesario que sea celebrado
... (c) de acuerdo con las costumbres y ritos de cualquiera de las comunidades de Kenia ... (3)
El matrimonio celebrado en virtud de la ley consuetudinaria o del derecho islámico se
presupone poligámico o potencialmente poligámico.
Nota: Artículo 27(1) de la Constitución de Kenia: Todas las personas son iguales ante la ley y tienen el
mismo derecho a recibir la protección y las ventajas que la ley brinda.
Contacto – Kenia
President Uhuru Kenyatta
Office of the President
State House
Statehouse Road, P.O. Box 40530 00100
Nairobi
KENYA
Tel: +254 20 222 7436
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Fax: +1 212 486 1985 (Misión de la ONU en Nueva York)
Correo-e: [email protected] (Misión de la ONU en Nueva York)
Correo-e: Ir a www.president.go.ke/pages/contact/
Twitter: @StateHouseKenya
Facebook: www.facebook.com/StateHouseKenya
Malí
Ley N° 2011 – 087 de 30 de diciembre de 2011, Relativa al Código de las Personas y
la Familia:
Artículo 307. Podrá contraerse matrimonio:
- En monogamia, en cuyo caso el esposo no podrá volver a casarse sin disolver el primer
matrimonio. No obstante, un hombre que optan por un matrimonio monogámico tienen
derecho a revisar la opción elegida con el consentimiento expreso de su esposa.
- En poligamia, en cuyo caso es necesario el consentimiento de la esposa, y el hombre no puede
estar casado a la vez con más de cuatro mujeres.
Artículo 316. De acuerdo con los derechos y obligaciones de los esposos que recoge el Código, la mujer
debe obedecer al esposo y éste debe proteger la.
Artículo 319. El esposo es el cabeza de familia ... El esposo decidirá el lugar de residencia
familiar. La esposa está obligada a vivir con su marido y éste tiene la obligación de brindarle
alojamiento ...
Artículo 366. Una mujer divorciada no podrá volver a contraer matrimonio en los tres meses
siguientes al divorcio.
Artículo 373. Una mujer viuda no podrá volver a contraer matrimonio antes de los cuatro meses
y diez días siguientes al fallecimiento de su esposo. Una mujer viuda embarazada no podrá casarse
hasta después de dar a luz.
Si el nacimiento se produce en este periodo de tiempo, no es necesario completar el plazo establecido
en el párrafo anterior.
Nota: Artículo 2 de la Constitución de Malí: Todos los Malianos nacen y viven libres e iguales en sus
derechos y obligaciones. Se prohíbe cualquier discriminación basada en el origen social, el color, el idioma,
la raza, el sexo, la religión o la opinión política.
Contacto – Malí
President Ibrahim Boubacar Keïta
Presidence
BP 1463, Koulouba
Bamako
MALI
Tel: +223 20 70 20 00
Fax: +1 212 472 3778 (Misión de la ONU en Nueva York)
Correo-e: [email protected] (Misión de la ONU en Nueva York)
Twitter: @PresidenceMali
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Palabras y Hechos: Haciendo a los Gobiernos Responsables en el Proceso de Evaluación de Beijing+20 • 15
Nicaragua
Código Civil:
Artículo 151. ... El marido es el representante de la familia ...
Artículo 152. El marido está obligado a vivir con su mujer y ésta a vivir con su marido y a seguirle
dondequiera que traslade su residencia ...
Nota: Artículo 27 de la Constitución de la Republica de Nicaragua: Todas las personas son iguales ante la
ley y tienen derecho a igual protección. No habrá discriminación por motivos de nacimiento, nacionalidad,
credo político, raza, sexo, idioma, religión, opinión, origen, posición económica o condición social.
Contacto – Nicaragua
Presidente Daniel Ortega
Palacio Presidencial
Managua
NICARAGUA
Tel: +1 212 490 7997 (Misión de la ONU en Nueva York)
Fax: +1 212 286 0815 (Misión de la ONU en Nueva York)
Correo-e: [email protected] (Misión de la ONU en Nueva York)
Sudán
La Ley Personal de los Musulmanes de Sudán 1991:
Sección 25(c). La legalidad de un contrato matrimonial está sujeto a la existencia de un
guardián que concluiría el contrato [para la mujer].
Sección 33. El guardián de una mujer musulmana debe ser un hombre de sano juicio, maduro y
musulmán.
Sección 34. (1) El matrimonio de una mujer pubescente será concluido por su guardián con su
permiso y consentimiento al esposo y los bienes dotales. Su palabra con respecto a su pubescencia será
concluyente a menos que contradiga lo evidente.
(2) La afirmación, explícita o implícita, de una virgen pubescente es necesaria si su guardián concluyó
su contrato matrimonial y le informó después.
Sección 40(3). El tutor de una menor no puede concluir su contrato matrimonial a menos que
exista una autorización del juez. El tutor tiene que probar que el matrimonio beneficiará a la menor, que
el marido es adecuado y que el marido paga la dote por lo general pagada a las mujeres de su estatuto.
Sección 51. Los derechos de la esposa con relación a su marido serán:
(a) ser provista de los gastos para vivir;
(b) ser permitida visitar a sus padres y a los parientes con quien no puede casarse según la ley
de la Shari’ah y admitir los susodichos en su casa;
(c) el marido no debe (i) interferir con su propiedad privada, y (ii) hacerle daño económico o
emocional; y
(d) ser tratada igual y justamente con las otras esposas del mismo marido.
Sección 52. Los derechos del marido con relación a su esposa serán:
(a) ser cuidado y amablemente obedecido; y
(b) que la esposa se cuide a sí misma y que cuide la propiedad del marido.
16 • equalitynow.org/es/beijing20
Sección 91. Excepto en situaciones que implican violaciones de la ley Shari’ah , una esposa debe
siempre obedecer a su esposo si él:
(a) ha pagado la dote completa,
(b) puede ser encomendado con ella, y
(c) la suministra con un hogar que cumple con los requisitos de la Shari’ah entre buenos vecinos.
Sección 92. Si la esposa se niega a obedecer a su esposo, su derecho de ser provista de
mantenimiento dejará de ser válido durante el período de tal negativa.
Nota: Artículo 31 de la Constitución de Sudán: Todas las personas son iguales ante la ley y tienen
derecho sin discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, creencias religiosas, opinión política u
origen étnico, a igual protección de la ley.
Contacto – Sudán
President Omar Hassan Ahmad al-Bashir
Office of the President
People’s Palace
Khartoum
SUDAN
Tel: +211 477 12 44 21 (Vicesecretaría, Ministerio de Información)
Fax: +1 212 573 6160 (Misión de la ONU en Nueva York)
Correo-e: [email protected] (Misión de la ONU en Nueva York)
Tanzania
La Ley Matrimonial de 1971, modificada por la Ley 23/73, Ley 15/80 y Ley 9/96:
Sección 10. Clases de matrimonio.
...
(2) Todo matrimonio contraído en Tanzania, ya sea antes o después de la entrada en vigor de este
Decreto, debe —
(a) si fue contraído según el rito Islámico o conforme a los ritos reconocidos por el derecho
consuetudinario de Tanzania, será presumido, a falta de prueba en contrario, matrimonio
polígamo o potencialmente polígamo; y
(b) en cualquier otro caso, será presumido monógamo, a falta de prueba en contrario.
Sección 13. Edad mínima.
(1) Ninguna persona puede casarse si, siendo varón no haya alcanzado la aparenta edad de
dieciocho años, o si siendo mujer no haya alcanzado la aparenta edad de quince años.
Sección 15. Matrimonio subsistente.
(1) Ningún hombre casado en matrimonio monógamo, puede contraer nuevo matrimonio.
(2) Ningún hombre casado en matrimonio polígamo o potencialmente polígamo, puede contraer
matrimonio monógamo en cualquiera de sus formas con ninguna persona.
(3) Ninguna mujer casada puede contraer nuevo matrimonio mientras el primero subsista.
Nota: Artículo 13(1) de la Constitución de Tanzania: Todas las personas son iguales ante la ley y tienen
derecho, sin discriminación, a la protección y la igualdad ante la ley.
Palabras y Hechos: Haciendo a los Gobiernos Responsables en el Proceso de Evaluación de Beijing+20 • 17
Contacto – Tanzania
President Jakaya Kikwete
Office of the President
The State House
P.O. Box 9120
Magogoni Road
Dar es Salaam
TANZANIA
Tel: +255 22 211 6898/6900/6906
Fax: +255 22 211 7272
Correo-e: [email protected]
Yemen
La Ley de Estatuto Personal Nº 20 de 1992:
Artículo 40. El marido tiene derecho a que su esposa le obedezca en las materias que afecten los
intereses familiares, especialmente respecto a las siguientes:
1. Ella debe trasladarse con él al domicilio conyugal, a no ser que se hubiese estipulado en
las capitulaciones matrimoniales que la esposa deberá vivir en su domicilio o en el de su familia, en
cuyo caso ella deberá permitir al marido vivir con ella y tener acceso a ella;
2. Ella debe permitirle relaciones sexuales lícitas, cuando ella se encuentre en estado de
tenerlas;
3. Ella debe obedecerle y abstenerse de la desobediencia, al igual que desempeñar su trabajo en
el domicilio conyugal, como cualquier otra mujer;
4. Ella no puede salir del hogar conyugal sin permiso del marido, a menos que sea por una
razón legítima o por un motivo generalmente aceptado como no perjudicial al honor del marido o
sus obligaciones para con él. En particular, ella puede salir para atender sus intereses de propiedad
o para desempeñar una labor de común acuerdo que no entra en conflicto con la ley islámica.
Será considerada como una razón legalmente válida el hecho de que la mujer cuide de sus padres
débiles si ella es la única persona que pueda cuidar de alguno o ambos de ellos.
Nota: Artículo 41 de la Constitución de Yemen: Los ciudadanos son todos iguales en derechos y deberes.
Contacto – Yemen
No Jefe de Estado en el momento de publicación; por favor,
consulte www.equalitynow.org/es/beijing20 para información de contacto.
Presidential Palace
Office of the President
60 Street
Sana’a
YEMEN
Tel: +967 1 40 81 11
Fax: +967 1 27 41 47
Correo-e: [email protected] (Misión de la ONU en Nueva York)
18 • equalitynow.org/es/beijing20
Estatuto Personal
Foto: Lena Stein
La discriminación sexual en las leyes relativas al estatuto
personal afecta negativamente a la capacidad de las mujeres
de llevar las riendas en varios aspectos de su vida cotidiana.
La discriminación va más allá de las leyes relativas a la familia
y las relaciones maritales, y prohíbe el derecho de transmitir la
ciudadanía, viajar, participar en la vida pública, etc.
Palabras y Hechos: Haciendo a los Gobiernos Responsables en el Proceso de Evaluación de Beijing+20 • 19
Ciudadanía
Bahréin
La Ley de Decreto Nº 12, que modifica la Ley de Bahréin de Ciudadanía de 1963:
Artículo 4. Una persona será considerada como nacional de Bahréin en los
siguientes casos:
A. Si él/ella nació en Bahréin o en el extranjero y el padre, en el momento del
nacimiento, era un nacional de Bahréin.
B. Si él/ella nació en Bahréin o en el extranjero y la madre, en el momento del nacimiento, era
una nacional de Bahréin, siempre que el padre era desconocido o la paternidad no fue
legalmente probada.
Nota: Artículo 18 de la Constitución de Bahréin: Las personas son iguales en dignidad humana, y los
ciudadanos son iguales ante la ley en derechos y deberes públicos. No habrá discriminación por razón de
sexo, origen, idioma, religión o credo.
Contacto – Bahréin
King Hamad bin Isa Al Khalifa
Riffa Palace
Office of the King
Manama
BAHRAIN
Tel: +973 17 66 16 12
Fax: +1 212 319 0687/223 6206 (Misión de la ONU en Nueva York)
Correo-e: [email protected]
Twitter: @eGovBahrain
Facebook: www.facebook.com/pages/King-Hamad-Bin-Isa-Al-Khalifa/201882409844087
Brunei
Ley de Nacionalidad de Brunei Nº 4 de 1961, modificada por S 43/00 y S 55/02:
Artículo 4. (1) A partir del día señalado, las siguientes personas y no otras se
convertirán en súbditos de Su Majestad el Sultán y Yang Di-Pertuan por ley —
(a) todas las personas nacidas en Brunei Darussalam... y las personas nacidas fuera de Brunei
Darussalam ... cuyo padre fuera, en el momento de su nacimiento, súbdito de Su Majestad el
Sultán...
Artículo 5. (6) ... una mujer que — (a) no sea súbdita de Su Majestad el Sultán … ; y (b) esté o
haya estado casada con un súbdito de Su Majestad el Sultán … , podrá … ser inscrita como
una súbdita de su Majestad el Sultán ...
Artículo 9. (5) La persona que tenga la condición de súbdito de Su Majestad el Sultán... dejará de
tenerla —(b) en el caso de una mujer, si ésta ha adquirido dicha condición mediante la inscripción
[mediante el matrimonio con un súbdito de Su Majestad el Sultán y a partir de entonces] posteriormente
al contraer matrimonio adquiere la nacionalidad o ciudadanía de su esposo, propia de un país que no
sea Brunei Darussalam.
20 • equalitynow.org/es/beijing20
Contacto – Brunei
His Majesty Sultan Haji Hassanal Bolkiah Mu’izzaddin Waddaulah ibni Al-Marhum Sultan Omar Ali
Saifuddien Sa’adul Khairi Waddien
Prime Minister’s Office
Jalan Perdana Menteri
Bandar Seri Begawan BB3913
Negara BRUNEI Darussalam
Tel: +673 222 4645/3626/4684/4796
Fax: +1 212 697 9889 (Misión de la ONU en Nueva York)
Correo-e: [email protected]
Facebook: www.facebook.com/egnc.gov.bn
Mónaco
La Ley Nº 1155 sobre la Nacionalidad (18 de diciembre de 1992), modificada por la
Ley Nº 1276 (22 de diciembre de 2003) y la Ley Nº 1387 (19 de diciembre de 2011):
Artículo 1. Un monegasco es:
1. Cada persona nacida de padre monegasco salvo si éste haya adquirido su nacionalidad
mediante una declaración en virtud de las disposiciones del artículo 3.
2. Cada persona nacida de madre que nació monegasca y quien todavía mantiene
nacionalidad monegasca el día de nacimiento de esa persona.
3. Cada persona nacida de madre monegasca y quien tenga un antepasado nacido en
Mónaco de la parte de la familia de su madre.
4. Toda persona nacida de madre monegasca que haya adquirido la nacionalidad monegasca por
naturalización, por restablecimiento de la nacionalidad, o por aplicación de las disposiciones
del párrafo segundo del artículo 6 o del párrafo cuarto del artículo 7 de esta ley.
5. Toda persona nacida de una madre que haya adquirido la nacionalidad monegasca por
declaración a raíz de una adopción simple.
Nota: Mientras que el artículo 1 de la Ley Nº 1155 fue modificado en 2003 para ampliar las categorías por
las que un niño puede obtener la ciudadanía a través de su madre, sigue siendo discriminatorio en que los
padres, a diferencia de las madres, tienen un derecho incondicional a transmitir su nacionalidad a
sus hijos.
Artículo 17 de la Constitución de Mónaco: Los ciudadanos de Mónaco gozan de igualdad ante la ley. No
se le concederá a ninguno de ellos estatuto o trato preferente alguno.
Contacto – Mónaco
Prince Albert II
Palais de Monaco
Boit Postal 518
98015 Monte Carlo
MONACO
Tel: +377 93 25 18 31
Fax: +1 212 832 5358 (Misión de la ONU en Nueva York)
Correo-e: [email protected]
Palabras y Hechos: Haciendo a los Gobiernos Responsables en el Proceso de Evaluación de Beijing+20 • 21
Suazilandia
Ley de 2005 sobre la Constitución del Reino de Suazilandia:
Artículo 43. (1) Una persona nacidas en Suazilandia con posterioridad al inicio de esta
Constitución adquirirán la nacionalidad del país por nacimiento si en ese momento su padre
era ciudadano de Suazilandia conforme a los términos de la Constitución.
(2) Una persona nacidas fuera de Suazilandia con posterioridad al inicio de esta Constitución
adquirirán la nacionalidad suazi si en el momento de su nacimiento su padre era ciudadano de
Suazilandia conforme a los términos de esta Constitución ...
(4) En el caso de un niño nacido fuera del matrimonio, si son de madre suazi y su padre no lo adopta
o reconoce de acuerdo con la ley y la costumbre de este país, adquirirán la nacionalidad suazi por
nacimiento ...
Artículo 44. (1) La mujer que en el momento de contraer matrimonio con una persona suazi (salvo que
ésta haya adquirido la nacionalidad por inscripción) no tenga nacionalidad suazi, la adquirirá mediante
una declaración de aceptación efectuada en la manera prescrita ante el Ministro encargado del tema de
la nacionalidad o ante la Misión Diplomática o la Oficina del Consulado de Suazilandia, o en cualquier
otro lugar establecido, ya sea antes del matrimonio o en cualquier momento durante el mismo.
(2) La mujer que efectúe la declaración que señala el apartado anterior (1) será ciudadana suazi desde
la fecha de su matrimonio, en caso de hacer la declaración antes del mismo, o desde el momento en
que la realice si lo hace después de contraer matrimonio...
Nota: Artículo 20(1) de la Ley de 2005 relativa a la Constitución del Reino de Suazilandia: Todas las
personas son iguales ante la ley en todas las esferas de la vida política, económica, social y cultural, así
como en cualquier otro respecto, y por tanto gozarán de la misma protección ante la ley.
Contacto – Suazilandia
Prime Minister Dr. Barnabas Sibusiso Dlamini
P.O. Box 395
Mbabane
SWAZILAND
Tel: +268 2404 22 51/3
Fax: +1 212 754 2755 (Misión de la ONU en Nueva York)
Correo-e: [email protected]; [email protected] (Misión de la ONU en Nueva York)
Togo
Ordenanza Nº 78-34 de 7 de septiembre de 1978, por la que se establece el Código de
Nacionalidad Togolesa:
Artículo 5. ... la mujer extranjera que se casa con un hombre togolés adquiere la
nacionalidad togolesa en la fecha del matrimonio.
Artículo 12. ... el ciudadano extranjero ... casado con una mujer togolesa [puede ser naturalizado
de acuerdo con el artículo 10 mediante decreto tras la pertinente investigación].
Artículo 23. Pierde la nacionalidad togolesa: ... (3) la mujer extranjera que se divorcia de su
marido togolés.
Nota: Artículo 2 de la Constitución de 1992 de Togo: La República de Togo garantiza la igualdad de todos
los ciudadanos ante la ley sin distinción de sexo, raza, origen, condición social o religión.
22 • equalitynow.org/es/beijing20
Contacto – Togo
Prime Minister M. Kwesi Séléagodji Ahoomey-Zunu
Lomé
TOGO
Tel: +1 212 490 3455 (Misión de la ONU en Nueva York)
Fax: +1 212 983 6684 (Misión de la ONU en Nueva York)
Correo-e: Ir a www.republicoftogo.com/Liens-premier-niveau/Contactez-nous
Correo-e: [email protected] (Misión de la ONU en Nueva York)
Twitter: @republicoftogo
Facebook: www.facebook.com/pages/REPUBLIC-OF-TOGO/6683533941
Estados Unidos de América
La Ley de Inmigración y Nacionalidad:
Artículo 309. Niños nacidos fuera del lazo matrimonial.
(a) Las estipulaciones de los párrafos (c), (d), (e) y (g) del sección 301 [otorgamiento de ciudadanía
estadounidense] serán aplicables a partir de la fecha de nacimiento de la persona nacida fuera del lazo
matrimonial si (1) una relación de sangre ha sido establecida entre la persona y el padre a través de pruebas
claras y convincentes,
(2) el padre poseía la nacionalidad de los Estados Unidos en el momento del nacimiento de la
persona,
(3) el padre (a menos que haya fallecido) haya acordado por escrito proporcionar ayuda
monetaria a la persona hasta que haya cumplido los 18 años de edad, y
(4) mientras la persona sea menor de 18 años de edad ‑
(A) la persona es legitimada ante la ley de la residencia o domicilio de la persona,
(B) el padre reconoce su paternidad bajo juramento por escrito, o
(C) la paternidad de la persona es reconocida judicialmente a través de un tribunal
competente.
...
(c) Sin perjuicio de las estipulaciones del inciso (a) del presente artículo, una persona nacida, después
del día 23 de diciembre de 1952, fuera de los Estados Unidos y fuera del lazo matrimonial adquirirá al
momento de nacer la nacionalidad de la madre, si la madre tuviese la nacionalidad de los Estados
Unidos al momento de nacer dicha persona, y si la madre estuviese presente físicamente en los Estados
Unidos o en una de sus posesiones alejados durante un plazo contínuo de un año.
Nota: La ley arriba mencionada, codificada como 8 U.S.C.§1409, ha sido cuestiona da en Miller contra
Albright, 523 EE.UU. 420, pero sostenida por razones de procedimiento por la Corte Suprema de Estados
Unidos en 1998. La magistrada Ruth Bader Ginsburg escribió en su opinión disconforme:
“La ley en cuestión podría haber hecho de la custodia o el apoyo el criterio relevante. Por lo contrario,
trata a las madres de una manera y a los padres de otra, dando forma a una política de
gobierno que está de acuerdo con y refuerza el estereotipo o patrón histórico ... Aún si se acepta
en sentido literal el actual fundamento del Gobierno, seguramente está basado en generalizaciones
(estereotipos) acerca de cómo son las mujeres (o los hombres) ... Se puede objetar la observación
por parte del Gobierno que son más las madres ciudadanas de Estados Unidos con hijos nacidos en
el extranjero fuera del matrimonio que en realidad crían a sus hijos, que los padres ciudadanos de
Estados Unidos de tales hijos. Como ha sido elucidado por el juez Breyer, esta observación no justifica
las distinciones entre hombres y mujeres ciudadanas de Estados Unidos que asumen la
responsabilidad, o evitan la responsabilidad, de la crianza de sus hijos.”
Palabras y Hechos: Haciendo a los Gobiernos Responsables en el Proceso de Evaluación de Beijing+20 • 23
La ley fue nuevamente recurrida ante el Tribunal Supremo de Estados Unidos en el caso Nguyen
contra INS, 533 EE.UU. 53 (2001), que sostuvo que la ley no viola la garantía de protección igual de la
Constitución de los Estados Unidos. En su opinión disidente, la Jueza O’Connor, escribió: “de hecho,
la discusión misma de la mayoría podría simplemente reflejar el estereotipo de la irresponsabilidad
masculina que no es base para la validez de la clasificación, como tampoco lo son los estereotipos
acerca de los patrones de conducta ‘tradicionales’ de las mujeres.”
En junio de 2010, Igualdad Ya, Human Rights Watch y otras instituciones y organizaciones de derechos
humanos presentaron un informe amicus curiae ante la Corte Suprema de Estados Unidos cuestionando
otro artículo de esta ley discriminatoria que exige a los padres acreditar un periodo de residencia
más largo que a las mujeres para poder transmitir la nacionalidad a los hijos nacidos en el
extranjero y fuera del matrimonio. Sin embargo, en su sentencia de 13 de junio de 2011 en el caso
Flores-Villar contra Estados Unidos, la Corte Suprema confirmaba, sin explicación u opinión alguna, la
sentencia del tribunal inferior en la que se mantenían estas disposiciones discriminatorias.
Contacto – Estados Unidos de América
President Barack Obama
Office of the President
The White House
1600 Pennsylvania Avenue NW
Washington, DC 20500
UNITED STATES OF AMERICA
Tel: +1 202 456 1111
Correo-e: [email protected]
Twitter: @BarackObama
La Prueba
Irán
El Código Penal islámico de 2013, Libros I, II y V:
Artículo 199. Los delitos en general quedarán probados por el testimonio de dos
hombres; salvo en los delitos de zina, livat, tafkhiz y musaheqeh que será necesario el de
cuatro hombres. Para poder probar un delito de zina punible con la tipología hadd, es decir,
flagelación, afeitado [de la cabeza] y/o destierro, será suficiente con el testimonio de dos
hombres justos y cuatro mujeres justas. Si el castigo es distinto a los mencionados, será
necesario el testimonio de al menos tres hombres y dos mujeres. En estos casos, si dos
hombres justos y cuatro mujeres justas prueban el delito con su testimonio, solo se aplicará
el castigo de flagelación correspondiente a delitos hadd. Los delitos de sangre punibles con diya
requieren también el testimonio de un hombre y dos mujeres.
Artículo 209. En caso de que, en reclamaciones económicas como la diya para delitos de sangre, y
también en reclamaciones que consisten en solicitar una suma de dinero como las relacionadas con
delitos de sangre negligentes o cuasi-intencionados que deben ser compensados mediante el pago
de una diya, la parte demandante no sea capaz de presentar una prueba admisible que cumpla los
requisitos de la Shari’a, podrá aportar el testimonio de un hombre o dos mujeres junto con una
declaración jurada y acreditar la parte económica de su reclamación.
Artículo 638. Mujeres quienes se presentan en público sin el vestido ordenado por ley Islámica
(hejab-e-shar’i), serán condenadas a cualquiera de los dos castigos, encarcelamiento de entre 10 dias
hasta 2 meses o una multa de entre 50, 000 y 500, 000 riales.
24 • equalitynow.org/es/beijing20
Nota: Zina es el delito de mantener relaciones sexuales extramatrimoniales. Livat, tafkhiz y musaheqeh son
distintas formas de mantener relaciones homosexuales, ya sea entre hombres o entre mujeres. Hadd es el
castigo para determinados delitos que establece la Shari’a. Diya son las multas impuestas por la Shari’a para
determinados delitos.
Artículo 20 de la Constitución de Irán: Todos los ciudadanos del país, tanto hombres como mujeres,
disfrutan igualmente de la protección de la ley y también disfrutan de todos los derechos humanos,
políticos, económicos, sociales y culturales, conforme al criterio Islámico.
Contacto – Irán
President Hassan Rouhani
Presidency Office
Pasteur Avenue
Tehran 13168-43311
IRAN
Tel: +1 212 687 2020 (Misión de la ONU en Nueva York)
Fax: +1 212 867 7086 (Misión de la ONU en Nueva York)
Correo-e: [email protected] (Misión de la ONU en Nueva York)
Pakistán
La Orden Qanun-e-Shahadat, 1984 (Ley de Prueba):
Artículo 17. Capacidad y número de testigos.
(1) La capacidad de una persona para atestiguar, y el número de testigos requeridos en cualquier
caso, serán determinados de acuerdo con el mandamiento judicial islámico en el modo estipulado en el
Corán y Sunnah.
(2) A menos que se establezca lo contrario en una ley relacionada con el hacer cumplir el Hudood o
cualquier otra ley especial,
(a) en asuntos pertinentes a obligaciones financieras o futuras, si por escrito, el instrumento será
legalizado por dos hombres, o un hombre y dos mujeres, para que uno pueda recordar al otro,
si es necesario, y la prueba será establecida de este modo; y
(b) en todos los otros asuntos, el tribunal puede aceptar, o actuar por, el testimonio de un hombre
o una mujer o cualquier otra prueba que las circunstancias del caso pueden requerir.
Nota: Artículo 25 de la Constitución de Pakistán: (1) Todos los ciudadanos son iguales ante la ley y
tienen derecho a la protección igual de la ley. (2) No se permitirá discriminación en base el sexo.
Contacto – Pakistán
President Mamnoon Hussain
President of the Islamic Republic of Pakistan
President’s Secretariat
Aiwan-E-Sadr
Islamabad
PAKISTAN
Tel: +1 212 879 8600/8603/8025/8028/8031/8033 (Misión de la ONU en Nueva York)
Fax: +1 212 744 7348 (Misión de la ONU en Nueva York)
Correo-e: [email protected] (Misión de la ONU en Nueva York)
Twitter: @ucs_ppres
Palabras y Hechos: Haciendo a los Gobiernos Responsables en el Proceso de Evaluación de Beijing+20 • 25
Viajes
Arabia Saudita
Fatwa sobre Mujeres Manejando Automóviles (Jeque Abdel Aziz Bin Abdallah Bin Baz),
1990:
... la cuestión de las mujeres manejando automóviles. Es conocido que esto es una fuente de vicios
innegables, entre ellos, la legalmente prohibida “khilwa” [encuentro privado entre un hombre y una mujer]
y abandonamiento del “hijab” [velo de la mujer]. Esto supone que las mujeres se encuentren con hombres
sin tomar las precauciones necesarias. Esto puede causar que se cometan los actos “haraam” [tabú], por lo
cual fue prohibido. La “Shari´a” pura también prohíbe los medios que pueden causar los actos “haraam”
y considera estos mismos actos “haraam”... Así, la “Shari´a” pura prohibía todos los medios que llevan al
vicio ... El manejo por las mujeres es uno de los medios que llevan a eso y esto es evidente.
Nota: Aunque el gobierno de Arabia Saudita ha alegado que no existe ninguna disposición legal que prohíba
a las mujeres conducir coches, las fatwas, como ésta, tienen la fuerza de ley en Arabia Saudita.
Además, no está permitido expedir permisos de conducir a las mujeres.
Contacto – Arabia Saudita
King Salman bin Abdulaziz Al Saud
Royal Court
Riyadh
KINGDOM OF SAUDI ARABIA
Tel: +966 1 488 22 22
Fax: +1 212 983 4895 (Misión de la ONU en Nueva York)
Correo-e: [email protected]
Prostitución
Filipinas
El Código Penal Reformado, modificado por la Ley Nº 10158 (27 de marcha de 2012):
Artículo 202. Prostitutas; penalidad –
Para los propósitos de este artículo, las mujeres que, por dinero o ganancia, incurren
habitualmente en las relaciones sexuales o conductas lascivas, se consideran prostitutas.
Cualquier persona declarada culpable de cualquiera de los delitos cubiertos en este artículo será
penada con arresto menor o una multa que no exceda los 200 pesos, y en caso de reincidencia,
con arresto mayor en su período medio, hasta prisión correccional en su período mínimo o una
multa de 200 a 2,000 pesos, o ambos, según la discreción de la corte.
Nota: Artículo II, Sección 14 de la Constitución de Filipinas: El Estado reconoce el papel de las mujeres en la
construcción de la nación, y asegurará la igualdad fundamental de mujeres y hombres ante la ley.
Contacto – Filipinas
President Benigno S. Aquino III
Malacañang Palace
Jose P. Laurel Street, San Miguel
Manila, 1005
THE PHILIPPINES
Tel: +1 212 764 1300 (Misión de la ONU en Nueva York)
Fax: +1 212 840 8602 (Misión de la ONU en Nueva York)
Correo-e: [email protected]
26 • equalitynow.org/es/beijing20
Estatuto Económico
Foto: Suzanna Finley
La discriminación sexual en las leyes relativas al estatuto
económico impide que las mujeres sean independientes
económicamente porque limitan el acceso a la herencia y
a la propiedad, así como a las oportunidades de empleo, y
refuerzan por tanto los estereotipos de género.
Palabras y Hechos: Haciendo a los Gobiernos Responsables en el Proceso de Evaluación de Beijing+20 • 27
Herencia y Propiedad
Chile
El Código Civil:
Artículo 1749. El marido es jefe de la sociedad conyugal, y como tal administra los
bienes sociales y los de su mujer; sujeto, empero, a las obligaciones y limitaciones
que por el presente Título se le imponen y a las que haya contraído por las capitulaciones
matrimoniale ...
Nota: Artículo 19(2) de la Constitución de Chile: ... Hombres y mujeres son iguales ante la ley.
Contacto – Chile
Presidenta Michelle Bachelet
Palacio de la Moneda
Oficina del Presidente
Santiago
CHILE
Tel: +1 917 322 6800 (Misión de la ONU en Nueva York)
Correo-e: [email protected] (Misión de la ONU en Nueva York)
Túnez
El Código del Estatuto Personal de 1956:
Sección 103: Hay tres casos que se aplican a las hijas:
1. Una única hija hereda la mitad del patrimonio;
2. Dos o más hijas heredan en bloque dos tercios del patrimonio;
3. Cuando hay hijos, el varón hereda el doble que la hembra.
Nota: Artículo 21 de la Constitución de Túnez: Ciudadanas y ciudadanos tienen los mismos derechos y
obligaciones. Todos son iguales ante la ley, sin discriminación.
Contacto – Túnez
Prime Minister Habib Essid
Place du Gouvernement - La Kasbah
Tunis 1030
TUNISIA
Tel: +216 71 56 54 00
Fax: +1 212 751 0569 (Misión de la ONU en Nueva York)
Correo-e: [email protected]
28 • equalitynow.org/es/beijing20
Emiratos Árabes Unidos
La Ley Federal Nº 28 de 2005 de la Ley sobre Asuntos Personales de Emiratos
Árabes Unidos:
Artículo 334. (1) Cuando hay una combinación de herederos masculinos y femeninos:
(a) Cuando el difunto tiene una o más hijas y uno o más hijos;
(b) Cuando el difunto tiene una o más nietas y uno o más nietos que son del mismo grado de
ascendencia o inferior, si es necesario para evitar su exclusión; un varón de mayor ascendencia, sin
embargo, la excluirá;
(c) Cuando el difunto tiene una o más hermanas y uno o más hermanos; y
(d) Cuando el difunto tiene una o más medios hermanas y uno o más medios hermanos.
(2) En tales casos, el varón hereda el doble que la hembra.
Nota: Artículo 25 de la Constitución de los Emiratos Árabes Unidos: Todas las personas son iguales
ante la ley.
Contacto – Emiratos Árabes Unidos
President Khalifa bin Zayed Al Nahyan
Abu Dhabi
UNITED ARAB EMIRATES
Tel: +97 126 26 99 99
Correo-e: [email protected]
Twitter: @UAEmgov
Empleo
Camerún
El Registro de Estatuto Civil (Ordenanza Nº 81-02 del 29 de junio de 1981):
Artículo 74. (1) Una mujer casada puede ejercer una profesión distinta a la de su marido.
(2) El marido puede oponerse al desempeño de tal profesión teniendo en mente el
bienestar de su matrimonio o de sus hijos.
(3) El Presidente del Tribunal con jurisdicción decidirá la oposición del marido por medio de una orden
dentro del plazo de diez días a partir de ser debidamente informado del asunto. Su decisión será hecha
sin el pago de honorarios y solamente después de que las partes hayan sido escuchadas.
Nota: El Preámbulo a la Constitución de Camerún: Todas las personas tendrán derechos iguales y
obligaciones. El Estado les proporcionará a todos sus ciudadanos las condiciones necesarias para su desarrollo
... El Estado garantizará a todos los ciudadanos de ambos sexos, los derechos y libertades impuestos en el
Preámbulo de la Constitución.
Contacto – Camerún
President Paul Biya
Office of the President
Yaoundé
CAMEROON
Tel: +237 22 23 80 05
Fax: +1 212 249 0533 (Misión de la ONU en Nueva York)
Correo-e: [email protected] (Misión de la ONU en Nueva York)
Palabras y Hechos: Haciendo a los Gobiernos Responsables en el Proceso de Evaluación de Beijing+20 • 29
China
La Ley Laboral (1994):
Capítulo VII. Protección especial para trabajadores menores de edad y mujeres.
Sección 59. Está prohibido el empleo de mujeres en minas subterráneas, o trabajo de intensidad
física del grado IV estipulado por el Estado, u otro tipo de empleos que deben ser evitados por
mujeres.
Nota: Artículo 48 de la Constitución de China: Las mujeres en la República Popular de China disfrutan los
derechos iguales con los hombres en cada esfera de vida, en la vida política, económica, cultural, social
y familiar. El estado protege los derechos e intereses de las mujeres, aplica el principio de paga igual por
trabajo igual de hombres y mujeres, y entrena y selecciona cuadros de entre las mujeres.
Contacto – China
President Xi Jinping
Guojia Zhuxi
Beijingshi 100017
PEOPLE’S REPUBLIC OF CHINA
Tel: +1 212 655 6100 (Misión de la ONU en Nueva York)
Fax: +1 212 634 7625 (Misión de la ONU en Nueva York)
Correo-e: [email protected] (Misión de la ONU en Nueva York)
Irlanda
Ley de Bienestar Social Refundido Nº 26 de 2005 modificada por la Ley Nº 8 de la
Seguridad Social y Pensiones de 2007:
Sección 47. (5) En virtud de este capítulo, las prestaciones por maternidad [ayuda
económica del gobierno] se pagarán a
(a) una mujer ...
(c) un hombre ...
(I) [solo] cuando la madre fallezca ... (II) ... [en las 40 semanas posteriores al parto] ...
Nota: Artículo 40 de la Constitución de Irlanda: (1) Todos los ciudadanos, por su condición de personas,
serán iguales ante la ley.
Contacto – Irlanda
Prime Minister Enda Kenny
Department of the Taoiseach
Government Buildings, Upper Merrion Street
Dublin 2
IRELAND
Tel: +353 1 619 4000
Fax: +353 1 6763302
Correo-e: [email protected] y [email protected]
30 • equalitynow.org/es/beijing20
Madagascar
El Código de Trabajo (Ley Nº 2003-44, de 28 de julio de 2004):
Artículo 85. ... Las mujeres, independientemente de su edad, no podrán ser
empleadas durante la noche en cualquier establecimiento industrial de cualquier tipo,
público o privado, laico o religioso, ni en ningún anexo de uno de estos centros, aunque
estos establecimientos sean de carácter profesional o de beneficencia, con excepción de
los establecimientos donde los únicos que trabajan en ellos son miembros de una misma
familia.
Nota: Artículo 6 de la Constitución de Madagascar: Todas las personas serán iguales ante la ley, y
goza de las mismas libertades fundamentales protegidas por la ley, sin discriminación basada en el sexo, la
educación, la riqueza, el origen, la creencia religiosa o la opinión.
Contacto – Madagascar
Prime Minister Roger Kolo
Palais de Mahazoarivo
Antananarivo
MADAGASCAR
Tel: +1 212 986 9491/9492/2827 (Misión de la ONU en Nueva York)
Fax: +1 212 986 6271 (Misión de la ONU en Nueva York)
Correo-e: [email protected]
Rusia
Resolución Nº 162 de 25 de febrero de 2000:
Listado de trabajos pesados y trabajos en condiciones nocivas o peligrosas en los que está prohibido
emplear a una mujer.
Código Laboral – Ley Federal Nº 197-FZ de 2001:
Artículo 253. Se prohíbe a las mujeres trabajar en condiciones duras, peligrosas o no saludables, así
como trabajar en el subsuelo, salvo que se trate de tareas no físicas o servicios sanitarios o domésticos.
El trabajo de las mujeres relacionado con la carga manual de pesos que superen el máximo permitido
[está prohibido]. El gobierno ruso establece un proceso para aprobar los listados de industrias,
profesiones y trabajos con condiciones no saludables o peligrosas en los que el desempeño de las
mujeres está restringido o existen unos pesos máximos de carga manual para ellas, teniendo en cuenta
la opinión del Comité Trilateral de Relaciones Sociales y Laborales.
Nota: La Resolución Nº 162 enumera 456 tipos de trabajos que las mujeres no pueden realizar,
como por ejemplo la conducción de trenes, excavadoras, tractores y camiones, carpintería, fontanería en
el alcantarillado, corte y limpieza de materiales de cuero en la producción de piel, fabricación de acero,
construcción y reparación de embarcaciones, inspección de barcos en el sector de la pesca, lucha contra el
fuego en primera línea o trabajar como marinero profesional y mecánico de aeronaves y barcos.
Artículo 19 de la Constitución de Rusia: (1) Todas las personas son iguales ante la ley y el tribunal. (2)
El Estado garantizará la igualdad de derechos y libertades de todos los ciudadanos, con independencia de
sexo, raza, nacionalidad, lengua, origen, patrimonio, estatus social, lugar de residencia, religión, ideología,
pertenencia a asociaciones públicas, así como de otras circunstancias ... (3) Hombres y mujeres gozan de
los mismos derechos y libertades, así como de las mismas posibilidades para ejercerlos.
Palabras y Hechos: Haciendo a los Gobiernos Responsables en el Proceso de Evaluación de Beijing+20 • 31
Contacto – Rusia
President Vladimir Putin
President of Russia
23, Ilyinka Street
Moscow 10313
RUSSIAN FEDERATION
Tel: +7 495 606 36 02; +7 495 625 35 81 (Dirección Presidencial para la Correspondencia de los
Ciudadanos y Organizaciones); +7 495 910 07 66 (Servicio de Prensa e Información de la Presidencia)
Fax : +1 212 628 0252/517 7427 (Misión de la ONU en Nueva York)
Correo-e: Ir a eng.letters.kremlin.ru/send
Correo-e: [email protected] (Misión de la ONU en Nueva York)
Twitter: @KremlinRussia_E
Reino Unido
Política de Empleo Modificada para Mujeres en el Ejército – Efecto sobre la
Infantería de Marina Británica:
Párrafo 2(b): En un cuerpo pequeño, en tiempos de crisis y de falta de personal, toda
la Infantería de Marina Británica debe ser capaz en todo momento de servir en su nivel
de rango y de destrezas en un cuerpo de comando ... El empleo de mujeres en la
Infantería de Marina Británica no permitirá la interoperabilidad.
Ley de Igualdad de 2010:
Artículo 39. (1) El empleador (A) no discriminará a ninguna persona (B)—
(a) en las gestiones que realice para decidir a quién ofrecer empleo...
(c) por el hecho de no ofrecerle el puesto de trabajo ...
(2) El empleador (A) no discriminará a sus empleados (B) ...
(b) en la forma de garantizarles, o por no garantizarles, el acceso a oportunidades de promoción,
traslado o formación, o de ofrecerles cualquier otra ventaja o facilidad...
Anexo 9 Párrafo 4: (1) Nadie infringe el artículo 39(1)(a) o (c) o (2)(b) por aplicar, en relación con el
ingreso en las Fuerzas Armadas, un requisito relevante si demuestra que dicha aplicación constituye
un medio proporcionado de asegurar la eficacia combativa de las Fuerzas Armadas. (2) Un requisito
relevante es—(a) el requisito de ser hombre ...
Nota: Aunque la ley de discriminación sexual de 1975 fue derogada por la Ley de Igualdad de 2010, la
excepción que permite la discriminación contra las mujeres en las fuerzas armadas se mantiene en el anexo 9,
párrafo 4 de la Ley de Igualdad.
Contacto – Reino Unido
Prime Minister David Cameron
10 Downing Street
London SW1A 2AA
UNITED KINGDOM
Tel: +1 212 745 9200 (Misión de la ONU en Nueva York)
Fax: +44 207 925 09 18
Correo-e: Ir a https://email.number10.gov.uk/
Correo-e: [email protected] (Misión de la ONU en Nueva York)
Twitter: @Number10gov
Facebook: www.facebook.com/10downingstreet
32 • equalitynow.org/es/beijing20
Violencia
Foto: Dee Ashley
La discriminación sexual en las leyes dirigidas a abordar la
violencia, o el silencio al respecto en la ley, en realidad puede
promover la violencia contra las mujeres y las niñas porque apenas
ofrece medios para disuadir a los autores de que no cometan
delitos ni recursos suficientes para las víctimas. Las mujeres sufren
de forma desproporcionada la violencia sexual y doméstica.
Palabras y Hechos: Haciendo a los Gobiernos Responsables en el Proceso de Evaluación de Beijing+20 • 33
Violación
Bahamas
La Ley de Delitos Sexuales y Violencia Doméstica, 1991:
Sección 3. La violación es el acto de cualquier persona no menor de catorce años de edad de
tener relaciones sexuales con otra persona que no sea su cónyuge
(a) sin el consentimiento de la otra persona;
(b) con un consentimiento que ha sido extorsionado por amenazas o por miedo al daño corporal;
(c) con un consentimiento obtenido por personificar al cónyuge de la otra persona; o
(d) con un consentimiento obtenido por las representaciones falsas y fraudulentas en cuanto a la
naturaleza y la calidad del acto.
Nota: Artículo 15 de la Constitución de la Mancomunidad de las Bahamas: Considerando que toda persona
en las Bahamas tiene derecho a los derechos y libertades fundamentales del individuo, es decir, tiene
el derecho, cualquiera que sea su raza, lugar de origen, opiniones políticas, color, credo o sexo, pero sujeto al
respeto de los derechos y libertades de los demás y el interés público, a todos y cada uno de los siguientes, a
saber - (a) la vida, la libertad, la seguridad de la persona y la protección de la ley ...
Contacto – Bahamas
Prime Minister Perry Christie
Office of the Prime Minister
Sir Cecil Wallace Whitfield Centre
P.O. Box CB 10980
Nassau, N.P.
BAHAMAS
Tel: +242 327 58 26/7
Fax: +1 212 759 2135 (Misión de la ONU en Nueva York)
Correo-e: [email protected]
India
Código Penal indio de 1860, modificado por La Ley (de reforma) del Derecho Penal
Nº 13 de 2013:
Artículo 375. Se considera que un hombre comete “violación” si (a) penetra con su pene,
en la medida que sea, la vagina, boca, uretra o ano de una mujer ... en las circunstancias
correspondientes a cualquiera de las siguientes siete situaciones ... En sexto lugar. — con o sin
su consentimiento, cuando la mujer no alcance los 18 años de edad.
Excepción 2. Las relaciones sexuales o los actos sexuales que cometa un hombre con su esposa,
si ésta no es menor de 15 años, no se considerarán violación.
Nota: En 2005, India aprobó la Ley Nº 43 relativa a la Protección de las Mujeres frente a la Violencia
Doméstica que proporciona a las mujeres diversas opciones para reclamar compensaciones civiles en caso de
violencia doméstica, incluidos los abusos sexuales. Sin embargo, no se establecen sanciones penales para la
violación en el matrimonio si la mujer es mayor de 15 años.
Artículo 14 de la Constitución de India: El Estado no denegará a nadie la igualdad ante la ley o la
protección de las leyes en igualdad de condiciones dentro del territorio de la India.
34 • equalitynow.org/es/beijing20
Contacto – India
Prime Minister Narendra Modi
South Block, Raisina Hill,
New Delhi-110011
INDIA
Tel: +91 11 23 01 2312
Fax: +1 212 490 9656 (Misión de la ONU en Nueva York)
Correo-e: [email protected]; [email protected] (Misión de la ONU en Nueva York)
Twitter: @narendramodi
Facebook: www.facebook.com/narendramodi
Líbano
El Código Penal:
Artículo 522. En el supuesto caso de que un matrimonio en forma legal sea contraído
entre una persona que haya cometido alguno de los delitos mencionados en este capítulo
[incluyendo el de violación, secuestro y estupro] y la víctima, el juicio cesará y en el caso de
que se haya dictado una sentencia, la ejecución de la misma será suspendida contra la persona
sobre la que se haya pronunciado.
La acusación o la ejecución de la pena serán reanudadas antes del transcurso de tres años
para los casos de delitos menores y de cinco años para los de delitos graves, si tal matrimonio
termina con divorcio de la mujer, sin una razón legítima, o con un divorcio que sea decidido por
el tribunal en favor de la mujer.
Nota: Artículo 7 de la Constitución de Líbano: Todos los libaneses son iguales ante la ley. Gozan de
igual manera de los derechos civiles y políticos y son igualmente sujetos a las obligaciones y los deberes
públicos sin ninguna distinción.
Contacto – Líbano
Prime Minister Tammam Salam
Office of the Prime Minister
Riadh El-Solh Square Beirut
LEBANON
Tel: +1 212 355 5460 (Misión de la ONU en Nueva York)
Fax: +1 212 838 2819 (Misión de la ONU en Nueva York)
Correo-e: [email protected]
Twitter: @SalamTammam
Malta
Código Penal:
Artículo 199. (1) Quien secuestre a otra persona mediante la fuerza, con intención de
abusar de ella o de casarse con la misma, podrá ser castigado, si es condenado, a una
pena de prisión de entre dieciocho meses y tres años en el primer caso, y de entre nueve
y dieciocho meses en el segundo.
Artículo 200. (1) La pena de prisión será de entre uno y tres meses en el caso de que el autor de los
hechos descritos en el artículo anterior deje en libertad a la persona secuestrada de forma voluntaria en
el plazo de veinticuatro horas, siempre que no haya abusado de ella y la deje de nuevo con su familia o
en su lugar de custodia, o que la traslade a cualquier otro lugar seguro.
Palabras y Hechos: Haciendo a los Gobiernos Responsables en el Proceso de Evaluación de Beijing+20 • 35
(2) En este caso, si después de secuestrar a la persona el autor se casa con ella, no será
procesado si no existe queja alguna de la parte cuyo consentimiento es necesario para el matrimonio
de acuerdo con el derecho civil, y si el matrimonio se produce después de la condena, cesarán los
efectos legales y la parte condenada será puesta en libertad de inmediato, a petición propia, por
orden judicial.
Nota: Artículo 14 de la Constitución de Malta: El Estado promoverá el derecho de hombres y mujeres
a disfrutar en igualdad de condiciones de los derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos,
para lo cual adoptará las medidas adecuadas con el fin de eliminar todas las formas de discriminación
sexual por parte de cualquier persona, organización o empresa; el Estado tratará en particular de garantizar
que las mujeres trabajadoras disfruten de los mismos derechos y los mismos salarios que los hombres por el
mismo trabajo.
Contacto – Malta
President E.T. Marie-Louise Coleiro Preca
Ufficju tal-President
Il-Palazz, Il-Belt Valetta
MALTA
Tel: +356 22 00 00 00
Fax: +1 212 779 7097 (Misión de la ONU en Nueva York)
Email: [email protected]; [email protected] (Misión de la ONU en Nueva York)
Twitter: @presidentMT
Facebook: www.facebook.com/marielouisecoleiropreca
Palestina
Código Penal Palestino Nº 16 de 1961:
Artículo 308. Paralización del procedimiento y derecho a reanudarlo.
(1) Las acciones judiciales contra el autor de cualquiera de los delitos contenidos en este
capítulo [incluyendo el de violación, secuestro y estupro] se detendrán si éste contrae
matrimonio válido con su víctima. Si ya ha habido sentencia, se suspenderá la condena
impuesta al acusado. (2) Si el matrimonio finaliza con el divorcio de la mujer sin que existan
razones legítimas, la Fiscalía podrá retomar el caso y ejecutar la sentencia en el plazo de tres
años desde que se cometió el delito si se trata de un delito menor, o de cinco años si fuera un
delito grave.
Nota: Artículo 9 del Derecho Fundamental de 2003: Todos los ciudadanos palestinos son iguales ante la
ley y la justicia, sin discriminación alguna por rezones de raza, sexo, color, religión, ideología política o
discapacidad.
Contacto – Palestina
Prime Minister Rami Hamdallah
Ramallah
PALESTINE
Tel: +1 212 288 8500 (Misión de la ONU en Nueva York)
Fax: +1 212 517 2377 (Misión de la ONU en Nueva York)
Correo-e: [email protected]
Twitter: @Palestine_UN
Facebook: www.facebook.com/pages/Permanent-Observer-Mission-of-the-State-of-Palestine-to-theUnited-Nations/609184369092396
36 • equalitynow.org/es/beijing20
Singapur
El Código Penal:
Capítulo XVI. Los delitos que afectan al cuerpo humano.
Artículo 375. Violación.
(1) Cualquier hombre que penetra la vagina de una mujer con su pene —
(a) sin su consentimiento; o
(b) con o sin su consentimiento, cuando ella es menor de 14 años de edad,
será culpable de un delito….
...
(4) Ningún hombre será culpable de un delito en virtud del apartado (1) en contra de su esposa,
que no sea menor de 13 años de edad, salvo que en el momento de la infracción:
(a) su esposa haya estado viviendo apartada de él:
(i) en virtud de una sentencia provisional de divorcio no hecha firme o de una sentencia
condicional de divorcio no hecha absoluta;
(ii) en virtud de una sentencia provisional de nulidad no hecha firme o de una sentencia
condicional de nulidad no hecha absoluta;
(iii) en virtud de una sentencia o decreto de separación judicial; o
(iv) en virtud de un acuerdo de separación por escrito;
(b) su esposa haya estado viviendo apartada de él y hayan sido iniciados los procedimientos
de divorcio, nulidad o separación judicial y tales procedimientos no hayan sido terminados o
concluidos;
(c) haya estado en vigor una orden judicial para el efecto de restringirlo de tener relaciones
sexuales con su esposa;
(d) haya estado en vigor una orden de protección en virtud de la 65 o una orden acelerada en
virtud de la sección 66 de la Carta de la Mujer (Cap. 353) formulada contra él, en beneficio de su
esposa; o
(e) su esposa haya estado viviendo apartada de él y los procedimientos hayan sido iniciados para la
orden de protección u orden acelerada prevista en el apartado (d) y tales procedimientos no hayan
sido terminados o concluidos.
Artículo 376A. La penetración sexual de menores sin cumplir los 16 años.
(1) Cualquier persona (A) que
(a) penetra, con el pene de A, la vagina, el ano o la boca, como pueda ser el caso, de una persona
menor de 16 años de edad (B); ...
...
(5) Ningún hombre será culpable de un delito en virtud del apartado (1) (a) por penetrar con su
pene en la vagina de su esposa sin su consentimiento, si su mujer no es menor de 13 años de
edad, salvo que en el momento del delito:
(a) su esposa haya estado viviendo apartada de él:
(i) en virtud de una sentencia provisional de divorcio no hecha firme o de una sentencia
condicional de divorcio no hecha absoluta;
(ii) en virtud de una sentencia provisional de nulidad no hecha firme o de una sentencia
condicional de nulidad no hecha absoluta;
(iii) en virtud de una sentencia o decreto de separación judicial; o
Palabras y Hechos: Haciendo a los Gobiernos Responsables en el Proceso de Evaluación de Beijing+20 • 37
(iv) en virtud de un acuerdo de separación por escrito;
(b) su esposa haya estado viviendo apartada de él y se hayan iniciado procedimientos de divorcio,
nulidad o separación judicial y tales procedimientos no hayan sido terminados o concluidos;
(c) haya estado en vigor una orden judicial para el efecto de restringirlo de tener relaciones
sexuales con su esposa;
(d) haya estado en vigor una orden de protección en virtud de la sección 65 o una orden acelerada
en virtud de la sección 66 de la Carta de la Mujer (Cap. 353) formulada contra él, en beneficio de
su esposa; o
(e) su esposa haya estado viviendo apartada de él y los procedimientos hayan sido iniciados para la
orden de protección u orden acelerada prevista en el apartado (d) y tales procedimientos no hayan
sido terminados o concluidos.
Nota: Artículo 12(1) de la Constitución de Singapur: Todas las personas son iguales ante la ley y tienen
derecho a igual protección de la ley.
Contacto – Singapur
Prime Minister Lee Hsien Loong
Office of the Prime Minister
Orchard Road Istana 238823
SINGAPORE
Tel: +65 62 35 85 77
Fax: +65 68 35 66 21
Correo-e: [email protected]
Correo-e: [email protected] (Misión de la ONU en Nueva York)
Facebook: www. facebook.com/leehsienloong
Violencia Doméstica
Nigeria
El Código Penal de Nigeria del Norte:
Sección 55. La corrección del niño, alumno, sirviente o esposa.
(1) No es un delito el acto que no cause un daño grave a una persona cuando es
causado:
(a) por uno de los padres o guardián con el propósito de corregir su niño o pupilo ...
(b) por un maestro con el propósito de corregir un niño...
(c) por un dueño con el propósito de corregir su sirviente o aprendiz...
(d) por un marido con el propósito de corregir su esposa, tal marido y mujer siendo sujetos a
cualquier ley nativa o costumbre en la cual se reconoce como legal tal corrección.
Nota: Artículo 42(1) de la Constitución de Nigeria: Un ciudadano de Nigeria de una particular comunidad,
un grupo étnico, lugar de origen, sexo, la religión u opinión política no será, por la razón solamente de
ser tal persona: - (a) sujeto expresamente, o en la aplicación practica de, cualquier ley vigente en Nigeria o
cualquier otro acto ejecutivo o administrativo del gobierno, a discapacidades o restricciones a las cuales
no están sujetos ciudadanos de Nigeria de otras comunidades, grupos étnicos, lugares de origen, sexo,
religiones o opiniones políticas ...
38 • equalitynow.org/es/beijing20
Contacto – Nigeria
President Goodluck Jonathan
Presidential Villa
State House, Aso Rock
Abuja
NIGERIA
Tel: +1 212 953 9130 (Misión de la ONU en Nueva York)
Fax: +1 212 697 1970 (Misión de la ONU en Nueva York)
Correo-e: [email protected]
Twitter: @NigeriaPortal, @JGoodlucktweets
Homicidios de “Honor”
Egipto
El Código Penal Nº 58 de 1937:
Artículo 237. El que sorprende a su esposa en el acto de adulterio y la mata en el
acto junto con su compañero adúltero será castigado con prisión en lugar de las
penas previstas en los artículos 234 y 236.
Nota: El artículo 237 del Código Penal egipcio permite un castigo menor para los hombres que
matan a sus esposas que para otras formas de asesinato.
Artículo 53 de la Constitución de Egipto: Todos los ciudadanos son iguales ante la ley. Son iguales
en derechos y deberes públicos sin discriminación por razón de religión, credo, sexo, origen, raza, color,
idioma, discapacidad, clase social o pertenencia.
Contacto – Egipto
Prime Minister Ibrahim Mahlab
Magless El Shaàb Street
Al Kasr El Einy
Cairo
EGYPT
Tel: +1 212 503 0300 (Misión de la ONU en Nueva York)
Fax: +1 212 949 5999 (Misión de la ONU en Nueva York)
Correo-e: [email protected], [email protected]
Twitter: @egyptgovportal
Facebook: www.facebook.com/egyptgovportal
Palabras y Hechos: Haciendo a los Gobiernos Responsables en el Proceso de Evaluación de Beijing+20 • 39
Siria
El Código Penal:
Artículo 548. El que sorprende a su esposa, hermana, madre o hija realizando un
acto sexual ilegítimo y las mata o hiere involuntariamente debe servir un mínimo de
dos años de prisión.
Nota: En 2009 Siria modificó el artículo 548 que anteriormente eximía de castigo a los hombres que
mataban a sus parientes de sexo femenino por motivos del “honor.” Esta ley modificada, en lugar de
tratar los crímenes de “honor” como cualquier otro asesinato, se limita a imponer una sentencia de
un mínimo de dos años de prisión. En 2011 Siria modificó de nuevo el artículo 548, que anteriormente
imponía un mínimo de dos años de prisión, para aumentar la pena mínima de cinco años, pero puso un
límite máximo de siete años. El castigo por asesinato es 20 años de trabajo duro.
Artículo 23 de la Constitución de Siria: El estado garantiza a las mujeres todas las oportunidades
que les permita a participar efectivamente y totalmente en la vida política, social, cultural y económica. El
estado deberá trabiar en la eliminación de las restricciones las cuales evitan el desarrollo de la mujer y su
participación en la construcción en la sociedad.
Contacto – Siria
President Bashar al-Assad
Presidential Palace
Abu Rummeneh
Al-Rashid Street
Damascus
SYRIA
Tel: +1 212 661 1313 (Misión de la ONU en Nueva York)
Fax: +1 212 983 4439 (Misión de la ONU en Nueva York)
Email: [email protected] (Misión de la ONU en Nueva York)
40 • equalitynow.org/es/beijing20
Anexo
Foto: Lena Stein
Palabras y Hechos
Haciendo a los Gobiernos Responsables
en el Proceso de Evaluación de Beijing +20
Palabras y Hechos: Haciendo a los Gobiernos Responsables en el Proceso de Evaluación de Beijing+20 • 41
Avances para Erradicar la Discriminación
por Razón de Sexo en la Ley
Se han producido avances en la eliminación de la discriminación legal contra las mujeres.
Igualdad Ya se complace anunciar que más de la mitad de los países que mencionábamos
en los tres informes anteriores han rechazado, parcialmente o en su totalidad, las leyes
discriminatorias citadas. Entre esos países se encuentran los siguientes:
Países
Disposición legal rechazada o modificada desde 2000
ArgeliaLa obediencia de la esposa ya no es una obligación
ArgentinaLos autores de delitos sexuales ya no quedan exentos del castigo por llegar a un acuerdo extrajudicial
con la víctima
Australia, Las mujeres ya pueden presentar su candidatura a cualquier puesto en el ejército
Suiza
BahamasLas mujeres ya tienen los mismos derechos de sucesión que los hombres
Bangladesh, Las mujeres pueden ya transmitir la nacionalidad a sus hijos en igualdad de condiciones que los hombres
Kenia
Bolivia,
FranciaLas mujeres ya pueden trabajar en horario nocturno
Colombia, La edad mínima legal para contraer matrimonio ya es la misma para hombres y mujeres
México, Rumanía,
Turquía
Costa Rica, Los violadores ya no quedan exentos de castigo por el hecho de casarse con su víctima
Etiopía,
Guatemala,
Perú, Uruguay
Haití, Jordania, Se ha eliminado la exención de castigo para los hombres que asesinan a sus esposas u otras mujeres
Marruecos
de la familia en determinadas circunstancias
India*, Malasia**, La violación en el matrimonio constituye actualmente un delito
Papua Nueva
Guinea, Serbia y
Montenegro,
Tonga
IrakLas mujeres ya pueden obtener un pasaporte sin necesidad de contar con la autorización de un tutor
o de su esposo
KuwaitLas mujeres ya tienen derecho a voto
LetoniaYa no está prohibido que las mujeres trabajen horas extra ni que hagan viajes de trabajo durante el
embarazo y el año posterior al parto
LesotoLas mujeres casadas en régimen de gananciales ya pueden inscribir propiedades a su nombre
MéxicoYa no existe un periodo de prohibición durante el cual las mujeres no pueden volver a contraer
matrimonio después de haberse divorciado o haber quedado viudas
Kenia, Mónaco, Las mujeres ya pueden transmitir la nacionalidad a su esposo extranjero, en igualdad de condiciones
Venezuela que los hombres
NepalSe han levantado ciertas restricciones relativas a los derechos de propiedad de las mujeres
PakistánSe han eliminado las normas discriminatorias sobre pruebas relacionadas con la acreditación de una
violación en virtud de la Ordenanza de los Delitos de Zina
PoloniaLas mujeres ya pueden poner su apellido a sus hijos
República de Los hombres ya no son designados cabezas de familia
Corea, Turquía
SuazilandiaLas mujeres casadas en régimen de gananciales ya pueden inscribir bienes a su nombre
*Aunque la ley de violencia doméstica de India de 2006 ofrece a la mujer la opción de presentar una demanda civil por violación en el
matrimonio, India sigue dejando impune este delito en su derecho penal.
**Malasia añadió una nueva disposición al Código Penal que tipifica como delito la acción del esposo que produzca a su mujer daño o
temor a ser asesinada con el fin de mantener relaciones sexuales con ella. Esto supone un paso adelante hacia la eliminación de la violación
dentro del matrimonio. Sin embargo, no se ha eliminado la excepción de las “relaciones sexuales de un hombre con su esposa” en la
disposición sobre la violación y tampoco se tipifica como delito la violación en si misma que comete un hombre contra su esposa. No se
protege del todo por tanto a la mujer contra la violación dentro del matrimonio.
42 • equalitynow.org/es/beijing20
Igualdad Ya Agradece a las Siguientes Organizaciones y
Personas por su Ayuda en la Investigación para este Informe:
Afganistán:
Mandana Hendessi, Director de País en Afganistán, Global Rights
Argelia:
Ligue Algérienne pour la Défense des Droits de l’Homme (LADDH);
Dr. Yamina Houhou, Abogada y Activista
Bahamas:
Hollaback! Bahamas
Burundi:
La Ligue Burundaise des Droits de l’Homme Iteka
Camerún:
Association de Lutte contre les Violences Faites aux Femmes Antenne de l’Extreme Nord (ALVF EN);
WILPF/Cameroon Group; IAC Cameroon
Chile:
Prof. Cecilia Medina Quiroga
China:
Business and Human Rights Resource Centre; Helen Zia, Miembro de la Junta Directiva de la Igualdad Ya,
Autora y Activista
República
Democrática
de Congo:
Wivine Kavira Buruthere, Abogada
República Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM República
Dominicana: Dominicana)
Egipto:
Center for Egyptian Women’s Legal Assistance (CEWLA)
Guinea:
La Cellule de Coordination sur les Pratiques Traditionnelles Affectant la Sante des Femmes et des
Enfants (CPTAFE)
Indonesia:
Kalyanamitra; Legal Aid Foundation of the Indonesian Women’s Association for Justice (LBH APIK) Jakarta
Irán:
Soheila Vahdati, Activista
Irlanda:
WORLD Policy Analysis Center; Nusha Yonkova, Coordinadora Contra la Trata, Immigrant Council of Ireland
Israel:
Prof. Ruth Halperin-Kaddari, Catedrático, The Rackman Center for the Advancement of the Status of
Women, Facultad de Derecho, Universidad Bar-Ilan
Japón:
Yukiko Tsunoda, Abogada
Líbano:
KAFA (basta) Violencia y de Explotación
Malí:
Association Malienne Pour le Suivi et l’Orientation des Pratiques Traditionnelles (AMSOPT)
Malta:
National Council of Women
Nicaragua:
Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM Nicaragua)
Nigeria:
Alliances for Africa
Pakistán:
Hina Hafeezullah Ishaq
Palestina:
Women’s Centre for Legal Aid and Counseling
Filipinas:
Coalition Against Trafficking in Women – Asia Pacific
Rusia:
Mari Davtyan, Legal Expert of the Consortium of Women’s NGOs
Singapur:
AWARE – Association for Action and Research
Sudán:
Dr. Muna El Tayeb, Abogada y Activista de Derechos Humanos
Siria:
Syrian Women Forum for Peace
Tanzania:
The Legal and Human Rights Centre (LHRC)
Togo:Question de Femme
Túnez:
Center of Arab Women for Training and Research (CAWTAR)
Yemen: Arab Human Rights Foundation
Agradecemos el asesoramiento adicional de:
Argentina:
Instituto de Género, Derecho y Desarrollo
Bolivia:
A Breeze of Hope; Centro Una Brisa de Esperanza (CUBE)
IraK:
Baghdad Women Association
Latvia:
Prof. Kristine Dupate
Palabras y Hechos: Haciendo a los Gobiernos Responsables en el Proceso de Evaluación de Beijing+20 • 43
PROTEGER Y PROMOVER LOS DERECHOS HUMANOS
DE LAS MUJERES Y LAS NIÑAS EN TODO EL MUNDO
Beijing+20
¡Tome Medidas!
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Igualdad Ya - Nueva York,
P.O. Box 20646, Columbus Circle Station, Nueva York, NY 10023, EE.UU.
Teléfono: +1 212 586 0906 Fax: +1 212 586 1611
Correo-e: [email protected]
Igualdad Ya - Nairobi,
P.O. Box 2018-00202, Nairobi, KENIA
Teléfono: +254 20 271 9832 Fax: +254 20 271 9868
Correo-e: [email protected]
Igualdad Ya - Londres,
1 Birdcage Walk, Londres SW1H 9JJ, REINO UNIDO
Teléfono: +44 (0) 20 7304 6902 Fax: +44 (0) 20 7973 1292
Correo-e: [email protected]
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