1 Asunto: Oficio No. COS/DESVS/02/OR/15063O000410/2015
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1 Asunto: Oficio No. COS/DESVS/02/OR/15063O000410/2015
Fecha: 25 de Marzo de 2015 Circular: TD 016/2015 Anexos: 1 Asunto: Oficio No. COS/DESVS/02/OR/15063O000410/2015 Procedimiento para la obtención del acta de reconocimiento sanitario en la importación de productos biológicos. A NUESTROS CLIENTES Y AMIGOS: PRESENTE Por medio de la presente y enviando un cordial saludo, por considerarlo de interés general, se hace de su conocimiento el Oficio No.COS/DESVS/02/OR/15063O000410/2015 de fecha del 06 de marzo de 2015, emitido por el Lic. Álvaro Israel Pérez Vega, Director Ejecutivo de Supervisión y Vigilancia Sanitaria de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, mediante el cual se da a conocer el procedimiento para la obtención del acta de reconocimiento sanitario en la importación de productos biológicos, en términos del “ACUERDO por el que se emiten los Lineamientos para autorizar la distribución o venta de lotes de productos biológicos” publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2014, siendo este el siguiente: La liberación de lotes de productos biológicos considerados como antibióticos (autorización de COFEPRIS para la distribución o venta de lotes de productos biológicos, mediante la expedición de un permiso), es aplicable a la materia prima, por lo que tratándose de mercancía de importación, el solicitante que requiera obtener este permiso para venta o distribución de cada lote debe presentar ante COFEPRIS lo siguiente: 1. 2. 3. 4. 5. Factura Permiso de importación Guía de transporte Pedimento aduanal y sus anexos Oficio de retiro de mercancía o acta de reconocimiento sanitario en aduana A efectos de obtener el oficio de retiro o acta de reconocimiento sanitario, el importador o el Agente Aduanal al momento del reconocimiento aduanal deberá realizar la solicitud en las Oficinas de Regulación sanitaria ubicadas en las siguientes aduanas: AICM Altamira Lázaro Cárdenas Manzanillo Nuevo Laredo Tampico Cabe aclarar, que este último debe solicitarse y elaborarse en instalaciones aduanales al momento del ingreso, antes de retirar el producto, toda vez que no se entregará dicho documento de manera extemporánea. Una vez elaborado, se deberá entregar al importador el Oficio de Retiro en original con la finalidad de que lo pueda presentar para la obtención del Permiso de Venta y Distribución en la Comisión de Autorización Sanitaria. Anexamos el Oficio No. COS/DESVS/02/OR/15063O000410/2015 para su revisión y consulta. Sin más por el momento, quedamos a sus órdenes para cualquier duda o aclaración a la presente. ATENTAMENTE MONTALVO CONSULTORES INTERNACIONALES, S.C.