1 Asunto: Oficio No. COS/DESVS/02/OR/15063O000410/2015

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1 Asunto: Oficio No. COS/DESVS/02/OR/15063O000410/2015
Fecha: 25 de Marzo de 2015
Circular: TD 016/2015
Anexos: 1
Asunto: Oficio No. COS/DESVS/02/OR/15063O000410/2015 Procedimiento para la
obtención del acta de reconocimiento sanitario en la importación de productos
biológicos.
A NUESTROS CLIENTES Y AMIGOS:
PRESENTE
Por medio de la presente y enviando un cordial saludo, por considerarlo de interés
general, se hace de su conocimiento el Oficio No.COS/DESVS/02/OR/15063O000410/2015
de fecha del 06 de marzo de 2015, emitido por el Lic. Álvaro Israel Pérez Vega, Director
Ejecutivo de Supervisión y Vigilancia Sanitaria de la Comisión Federal para la Protección
contra Riesgos Sanitarios, mediante el cual se da a conocer el procedimiento para la
obtención del acta de reconocimiento sanitario en la importación de productos biológicos,
en términos del “ACUERDO por el que se emiten los Lineamientos para autorizar la
distribución o venta de lotes de productos biológicos” publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 16 de julio de 2014, siendo este el siguiente:
La liberación de lotes de productos biológicos considerados como antibióticos
(autorización de COFEPRIS para la distribución o venta de lotes de productos biológicos,
mediante la expedición de un permiso), es aplicable a la materia prima, por lo que
tratándose de mercancía de importación, el solicitante que requiera obtener este permiso
para venta o distribución de cada lote debe presentar ante COFEPRIS lo siguiente:
1.
2.
3.
4.
5.
Factura
Permiso de importación
Guía de transporte
Pedimento aduanal y sus anexos
Oficio de retiro de mercancía o acta de reconocimiento sanitario en aduana
A efectos de obtener el oficio de retiro o acta de reconocimiento sanitario, el importador
o el Agente Aduanal al momento del reconocimiento aduanal deberá realizar la solicitud
en las Oficinas de Regulación sanitaria ubicadas en las siguientes aduanas:
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




AICM
Altamira
Lázaro Cárdenas
Manzanillo
Nuevo Laredo
Tampico
Cabe aclarar, que este último debe solicitarse y elaborarse en instalaciones aduanales al
momento del ingreso, antes de retirar el producto, toda vez que no se entregará dicho
documento de manera extemporánea.
Una vez elaborado, se deberá entregar al importador el Oficio de Retiro en original con la
finalidad de que lo pueda presentar para la obtención del Permiso de Venta y Distribución
en la Comisión de Autorización Sanitaria.
Anexamos el Oficio No. COS/DESVS/02/OR/15063O000410/2015 para su revisión y
consulta.
Sin más por el momento, quedamos a sus órdenes para cualquier duda o aclaración a la
presente.
ATENTAMENTE
MONTALVO CONSULTORES INTERNACIONALES, S.C.