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SUBSECRETARIA DE SALUD PÚBLICA
PROGRAMA TERRITORIOS SALUDABLES
“SALUD PARA EL BUEN VIVIR”
GUÍA OPERATIVA SIVIGILA – RED E.S.E. IPS
VIGENCIA ABRIL 2015 – ENERO 2016
VERSION No. 1
Fecha de Elaboración: 17 de Marzo 2015
Fecha de Actualización: 17 de Marzo 2015
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CONTENIDO
1. SIGLAS...……………………………….......................................3
2. GLOSARIO…………………………………………………………4-6
3. JUSTIFICACIÓN…………………………………………………..7
4. OBJETIVOS………………………………………………………..8
5. REFERENTE NORMATIVO……………………………………...9
6. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN………………...10-11
7. LINEAMIENTOS GENERALES…………………………………..12-18
8. ACTIVIDADES Y PRODUCTOS………………………………….19-25
9. TALENTO HUMANO……………………………………………….26
10. RECURSOS LOGÍSTICO…………………………………………27
11. BIBLIOGRAFÍA…………………………………………………….28
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1. SIGLAS
COVE: Comité de Vigilancia Epidemiológico
EAPB: Empresa Administradora de Planes de Beneficio.
EISP: Eventos de Interés en Salud Pública.
ESE: Empresa Social del Estado
IEC: Investigación Epidemiológica de Campo.
IPS: Institución Prestadora de salud.
PNS: Cumplimiento en la Notificación Positiva, Negativa, Silenciosa.
RIPS: Registro individual de Prestación de servicios
SIVIGILA: Sistema de Vigilancia en Salud Pública
UI: Unidad Informadora.
UND: Unidad Notificadora Departamental o Distrital.
UNL: Unidad Notificadora Local.
UPGD: Unidad Primaria Generadora de Datos.
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2. GLOSARIO
Asistencias técnicas: Acompañamiento de las ESEs y UPGD de manera
personalizada y periódica, con el objetivo de verificar el proceso de la vigilancia,
aplicando listas de chequeo que permitan monitorear y cuantificar el nivel de
adherencia al proceso.
Caracterización a UPGD: Las ESE consolidan la información propia de la ficha
de caracterización del sistema de vigilancia con el objetivo de contar con
información actualizada y veraz de los responsables del proceso en las UPGD y
datos básicos como dirección, teléfono, correo electrónico, que permiten el
fortalecimiento de los canales de comunicación entre las ESE y las UPGD.
COVE SIVIGILA: Espacio de análisis de información, retroalimentación y
socialización de protocolos de vigilancia en salud pública, actualización de
temáticas de interés para la vigilancia como son los eventos de notificación
obligatoria, que se desarrolla una ve z al mes y al cual asiste el equipo de SIVIGILA
de una de las localidades del Distrito.
Eventos: Sucesos o circunstancias que pueden modificar o incidir en la situación
de salud de un individuo o una comunidad y que para efectos del presente
decreto, se clasifican en condiciones fisiológicas, enfermedades, discapacidades y
muertes; factores protectores y factores de riesgo relacionados con condiciones
del medio ambiente, consumo y comportamiento; acciones de protección
específica, detección temprana y atención de enfermedades y demás factores
determinantes asociados.
Eventos de Interés en Salud Pública: Aquellos eventos considerados como
importantes o trascendentes para la salud colectiva por parte del Ministerio de la
Protección Social, teniendo en cuenta criterios de frecuencia, gravedad,
comportamiento epidemiológico, posibilidades de prevención, costo-efectividad de
las intervenciones, e interés público; que además, requieren ser enfrentados con
medidas de salud pública.
Notificación Obligatoria: Reporte que deben generar todos los integrantes del
Sistema de Vigilancia en Salud Publica, que generen información de interés en
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salud pública, dentro de los términos de estructura de datos, responsabilidad,
clasificación, periodicidad, y destino señalados en los mismos y observando los
estándares de calidad, veracidad y oportunidad de la información notificada.
Notificación Positiva: Atención de eventos de interés en Salud Publica en la IPS,
que sean Notificados oportunamente, de manera semanal o inmediata.
Notificación Negativa: No se presentan eventos de interés en Salud Publica en la
IPS y se informa oportunamente de manera semanal.
Notificación Silenciosa: La UPGD no emite ningún reporte, ni positivo, ni
negativo, durante la semana correspondiente.
Notificación Tardía: La UPGD envía la Notificación en fechas posteriores a las
establecidas.
Protocolo de Vigilancia en Salud Pública: Es la guía técnica y operativa que
estandariza los criterios, procedimientos y actividades que permiten sistematizar
las actividades de vigilancia de los eventos de interés en salud pública.
Sistema de Vigilancia en Salud Pública - SIVIGILA: Conjunto de usuarios,
normas, procedimientos, recursos técnicos, financieros y de talento humano,
organizados entre sí para la recopilación, aná lisis, interpretación, actualización,
divulgación y evaluación sistemática y oportuna de la información sobre eventos
en salud, para la orientación de las acciones de prevención y control en salud
pública.
Unidad Notificadora: Es la entidad pública responsable de la investigación,
confirmación y configuración de los eventos de interés en salud pública, con base
en la información suministrada por las Unidades Primarias Generadoras de Datos
y cualquier otra información obtenida a través de procedimientos epidemiológicos.
Unidad Primaria Generadora de Datos - UPGD: Es la entidad pública o privada
que capta la ocurrencia de eventos de interés en salud pública y genera
información útil y necesaria para los fines del Sistema de Vigilancia en Salud
Pública – SIVIGILA
Unidad Informadora: Es la entidad pública o privada diferente a las UPGD
notificadoras que capta la ocurrencia de eventos de interés en salud pública y
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genera información útil y necesaria para los fines del Sistema de Vigilancia en
Salud Pública, SIVIGILA y cuya regularidad de notificación es esporádica de
acuerdo con los eventos de salud pública que se identifiquen o de acuerdo a su
especialidad.
Unidad Primaria Generadora de Datos UPGD Crítica: Es la entidad pública o
privada que en el marco de la vigilancia no cumple con los estándares de acuerdo
a la normatividad; el reporte oportuno de la notificación inmediata o semanal,
además de 4 semanas negativas y de más de 3 semanas consecutivas de
silencio, considerada además como una unidad generadora de da tos en riesgo
para la vigilancia.
Vigilancia en Salud Publica: Proceso sistemático y constante de la recolección,
análisis, interpretación y divulgación de los datos específicos relacionados con la
salud, para su utilización en la planificación, ejecución y evaluación de la práctica
en salud pública.
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3. JUSTIFICACIÓN
La vigilancia en salud pública es un sistema capaz de registrar, consolidar y
analizar los datos de interés en salud pública con el fin de realizar acciones
oportunas que permitan mejorar las condiciones de vida de los individuos y
la comunidad; es por esto que todos los integrantes que generen
información de interés, deberán realizar la notificación de aquellos eventos
de reporte obligatorio definidos en los modelos y protocolos de vigilancia,
dentro de los términos de estructura de datos, responsabilidad,
clasificación, periodicidad y destino señalados en los mismos observando
los estándares de calidad, veracidad y oportunidad de la información
notificada.
Es por esto que la subdirección de Vigilancia en Salud Publica de la
Secretaria Distrital de Salud, en cumplimiento de sus funciones planteadas
por la Ley 1122 de 2007, el Decreto 3518 de 2006, y el Reglamento
Sanitario Internacional (RSI 2005), emite los lineamientos para vigencia
Abril 2015 – Enero 2016 que orientan las acciones que se van a desarrollar
en el proceso de vigilancia de los EISP a través del sistema de información
SIVIGILA del Distrito.
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4. OBJETIVO GENERAL
Garantizar la notificación de Eventos de interés en Salud Pública a través del
sistema de información SIVIGILA según los términos de estructura de datos,
responsabilidad, clasificación, periodicidad y destino por parte de cada uno de los
actores que intervienen en el proceso de vigilancia en salud pública.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Garantizar el funcionamiento con calidad del sistema de información SIVIGILA
en UPGD y UI acivas en el Distrito.
Realizar asesoría y asistencia técnica
periódicas a las UPGD y UI
garantizando la adherencia al proceso.
Garantiza la calidad de la información registrada en la base de datos
Garantizar el ajuste oportuno de los eventos que lo requieran según protocolos
Realizar el análisis de la información para toma de decisiones y realización de
acciones correspondientes según el evento.
Fortalecer el enlace entre los diferentes subsistemas que cuenten con EISP
dentro del sistema de información.
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5. REFERENTE NORMATIVO
Dentro de las Normas que se sustenta la Vigilancia en Salud Pública de eventos
de interés - SIVIGILA es la siguiente:
Ley 9 de 1979 (Código Sanitario Nacional).
Constitución Política de 1991 (Art.48 y Art. 49).
Ley 100 de 1993 (SGSSS) – Ley 1122 de 2007 - Ley 1438 de 2011.
Ley 715 de 2001 (Sistema General de Participaciones: Recursos y
Potencias).
Resolución 412 de 2000 (Actividades, Procedimientos e intervenciones de
demanda inducida, normas técnicas y guías para la atención de
enfermedades de interés en salud Publica).
Decreto 3518 de 2006 (Creación y reglamentación del Sistema de Vigilancia
en Salud Publica).
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6. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
El Sistema de Vigilancia en Salud Pública es uno de los principales provisores de
información sobre la condición o estado de salud de una población. Por su
naturaleza, marco normativo, importancia y por la especificidad de los datos que
maneja; la información resultante del proceso de vigilancia en salud pública, tiene
una alta sensibilidad, tal como lo indica la ley 1581 de 2012 en su artículo 5.
El artículo 19 del decreto 3518, especifica que “La información relativa a
laIdentidad de las personas, obtenida durante el proceso de vigilancia en salud
pública, es de carácter confidencial y será utilizada exclusivamente por parte de
las autoridades sanitarias para fines de la vigilancia, o por las autoridades
judiciales, siempre que medie solicitud previa del juez de conocimiento. Para el
efecto, el Ministerio de la Protección Social reglamentará la obtención, uso,
administración y seguridad de la información de salud”.
Así mismo, la confidencialidad de estos datos está amparada en la ley estatutaria
1266 de 2008, donde se detalla que todas las instituciones tanto privadas como
públicas están obligadas a garantizar la completa reserva de la información que
manejan.
Por consiguiente, el manejo y uso de esta información implica una responsabilidad
legal para los administradores de los datos de la vigilancia en salud pública. Para
ello la Subdirección de Vigilancia en Salud Pública de la Secretaria Distrital de
Salud, establece que:
1. El uso de la información de vigilancia en salud pública tiene una finalidad
ampliamente descrita dentro del decreto 3518 de 2006 en su artículo 4to; la
cual todos los administradores de esta deben conocer y garantizar.
2. La reproducción y/o entrega a terceros de las bases de datos de cada uno
de los subsistemas de Vigilancia en Salud Pública, debe regirse bajo la
normatividad vigente. El uso indebido de esta información debe ser
notificado de forma inmediata a la Secretaria Distrital de Salud.
3. En los casos específicos que la normatividad permita el suministro efectivo
de la información; dicho proceso debe realizarse bajo la supervisión de la
Subdirección de Vigilancia en Salud Pública, donde a través de los
mecanismos establecidos por la Subdirección se garanticen el uso
adecuado de esta información.
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4. Es necesario que desde el proceso de captura del dato, hasta la
sistematización y procesamiento de la información; se garantice
el máximo nivel de veracidad y calidad de la misma; ya que el incurrir en
consignar información no veraz o diferente a la aportada por los usuarios
en el momento del registro, tiene implicaciones legales y administrativas;
puesto que a partir de la misma se identifica a la población potencialmente
beneficiaria de proyectos y programa de la Administración Distrital.
5. Las instituciones deben garantizar
la seguridad de la información;
aplicando las medidas que sean necesarias para garantizar, la integridad de
los datos, evitar adulteración, pérdida, consulta o uso no autorizado.
6. Cuando haya lugar a cambios y/o rotación del talento humano dentro de los
procesos que se establecen para la Vigilancia en Salud Pública en lo local;
se deberá reportar a cada uno de los referentes distritales encargados del
proceso.
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7. LINEAMIENTOS GENERALES
PLAN DE ACCIÓN
Ajustar el plan de acción de vigilancia en Salud Publica de acuerdo a la matriz de
contratación de la nueva vigencia dando cumplimiento a las actividades
establecidas en cada uno de los lineamientos.
SEGUIMIENTO A PLAN DE ACCIÓN
Para la vigencia se deberá realizar 4 Seguimiento al Plan de acción con los
requerimientos establecidos (DOFA, Plan de Mejoramiento, (Actas de
Seguimiento), teniendo en cuenta el mismos orden que se tuvo en el Plan de
Acción Inicial y en el formato único entregado por secretaria Distrital de salud, en
el cual se hará seguimiento al cumplimiento de las metas instauradas en el plan
de acción de la vigencia adicionalmente se deberá adicionar informe en Word que
refleje la gestión realizada para dar cumplimiento a cada una de las actividades
establecidas en los lineamientos; para las ESE que cuentan con más de una
localidad el seguimiento lo debe realizar por separado para poder identificar el
cumplimiento a metas por cada una de ellas.
Para su envió es necesario que se creen carpetas por subproceso es decir será
un tablero por subproceso con su respectivo informe
MATRIZ 869
La Matriz del Proyecto 869 deberá ser enviado de forma mensual el primer día
hábil de cada mes en el formato establecido por secretaria Distrital de Salud de
forma acumulada de Enero a Diciembre de 2015.
ASESORÍAS Y ASISTENCIAS TÉCNICAS
a) Para las UPGD en el periodo de Abril a Agosto se deberá garantizar visitas al
85% del total de UPGD que cada localidad cuenta activas en el sistema con el
fin de dar cumplimiento al 100% semestral, en el periodo de septiembre a
enero 2016 se deberá garantizar visitas nuevamente al 85% del total de
UPGD que cada localidad cuenta activas en el sistema , deberán tener su
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respectivo cronograma soportadas con actas, listas de chequeo y firmas de
asistencia.
b) Si en las asesorías y asistencias técnicas se establecen planes de
mejoramiento o compromisos, es importante que se realice seguimiento a los
mismos no mayor al mes de haber realizado la visita.
c) Para las UI en este periodo de deberá garantizar visitas de acompañamiento
al 83% del total de UI activas en el sistema, como soporte se deberá contar
con acta y lista de asistencia. (la lista de chequeo solo aplica para UPGD) .
d) Las UPGD y UI que ingresen nuevas a la red de vigilancia de cada localidad
deberán contar con su respectiva capacitación e instalación de aplicativo
SIVIGILA en su última versión y asegurar visita de asesoría y asistencia
técnica para verificar la adherencia al proceso ; para las Unidades
Informadoras solo se le instalara a aquellas instituciones que cuenten con
sistema de cómputo.
e) Los tableros de control solo serán evaluados a las UPGD activas en el sistema
de de vigilancia en cada localidad; deberán ser enviados vía correo electrónico
a la Secretaria Distrital de Salud [email protected] mensualmente dentro
de los 10 primeros días en los formatos establecidos, los cuales mostraran los
indicadores evaluados en las visitas de asesoría y asistencia técnica
realizadas en el mes inmediatamente anterior y los indicadores de
cumplimiento de cada UPGD.
NOTIFICACIÓN
f) Durante el periodo, las ESE y el 100% de las UPGD y UI activas deberán
contar con la instalación del aplicativo SIVIGILA 2015 Versión 1.3.
garantizando la integridad de los datos y que la estructura de los datos
notificados sea compatible con la versión utilizada por quien consolida la
información.
g) Es importante que la ESE garantice que en sus UPGD y UI el aplicativo no
podrá ser utilizado en más de un computador por institución, el soporte técnico
solo lo podrá realizar la ESE a la que pertenece la IPS, Deberán actualizar la
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caracterización de la UPGD o UI en el momento en que la institución cambie
de razón social, la persona responsable de la notificación cambie entre otros y
es indispensable la utilización paralela tanto de fichas como del aplicativo de la
misma versión para no dificultar el flujo de información.
h) Cada ESE deberá garantizar que la caracterización de sus UPGD y UI esté de
acuerdo al código de habilitación emitido por la Secretaria de Salud lo cual
implica que en la variable donde se pregunta si es UI se diligencie la opción
1=si o 2=no.
i) Deberán Utilizar el dígito 9 en la sexta posición para microscopistas, albergues
temporales, ámbitos comunitarios, ámbitos escolares y aquellos notificadores
que no cuenten con código de habilitación, en los demás casos deberá
conservarse el código de habilitación.
j) Todos los integrantes del Sistema de Vigilancia en Salud Pública, que generen
información de interés, deberán realizar la notificación de aquellos eventos de
reporte obligatorio definidos en los modelos y protocolos de vigilancia, dentro
de los términos de estructura de datos, responsabilidad, clasificación,
periodicidad y destino señalados en los mismos, observando los estándares de
calidad, veracidad y oportunidad de la información notificada; para tal fin el flujo
de la información debe cumplir con los tiempos establecidos.
k) La notificación semanal de las UPGD a las E. S. E. deberá realizarla los días
lunes de cada semana antes de las 3:00 pm sin exceptuar los días Festivos,
las E.S.E. enviaran la notificación a la Secretaria Distrital de Salud los días
martes de cada semana antes de las 3:00 pm, sin importar que sea día festivo.
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l) Se requiere la revisión de los archivos planos cargados al aplicativo antes del
envío de la notificación a la SDS, de tal manera que si las UPGD que
notificaron oportunamente y no pudieron cargar por problemas técnicos, se
identifique cuáles son, se envíen los archivos planos adjuntos con la
notificación, se describa el problema en el correo y se busquen los
mecanismos necesarios para resolver el problema, teniendo en cuenta el
Proceso de SIVIGILA.
m) Las ESE deberán implementar el proceso de notificación inmediata y notificar
de forma diaria antes de las 3:00 pm los eventos de notificación inmediata (ver
anexo tabla de codificación de eventos) a través de la herramienta de
notificación inmediata del aplicativo SIVIGILA 2015 Versión 1.3 exceptuando
los días (martes, sábados, domingos y festivos) garantizando que dichos
eventos ingresen con calidad al sistema, de la misma manera y de acuerdo a la
dinámica de cada localidad este proceso también deberán realizarlo las UPGD.
n) Los eventos notificados en el SIVIGILA que requieren ajuste, deben reflejarse
en el sistema de información dentro de las cuatro (4) semanas siguientes a su
notificación exceptuando aquellos eventos que por su protocolo o su
seguimiento sea mayor a cuatro (4) semanas; las Empresas Sociales del
Estado (ESES) deberán garantizar el flujo continuo de esta información así
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como verificar mensualmente que las UPGD estructuren y mantengan
actualizadas las bases de datos sobre los eventos en salud sujetos a vigilancia
de acuerdo con los estándares de información establecidos es decir que
deberán contar con un consecutivo por localidad de todos aquellos casos que
fueron notificados y requieren intervención por parte de otra localidad.
o) Se hace indispensable que la ESE de cumplimiento a los siguientes
indicadores, cabe aclarar que el cumplimiento al indicador de oportunidad debe
ser acorde a lo establecido en los lineamientos de cada uno de los eventos de
interés en salud publica debido a que muchos pueden ingresar posterior por
Búsqueda activa o cuando se realizan cruces entre el programa de TBC,
estadísticas vitales entre otros.
Cumplimiento en
la entrega del
reporte semanal
INDICADOR
Unidades Primarias Generadoras de
Datos
Unidades Notificadoras Locales
Unidades Notificadoras Departamentales
Oportunidad en el ajuste de casos
Cumplimiento en el ajuste de casos
Oportunidad en la notificación semanal
Porcentaje de silencio epidemiológico
META
Mínimo el
86%
Mínimo el
95%
100%
30 días
promedio
100%
Máximo 7
días
0%
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OTRAS ACTIVIDADES
p) Las ESE deberán participar en el comité SIVIGILA de manera mensual según
disposición del aula para reunión; cada mes estará a cargo de dos ESE; por
tanto cada una de las ESES que tenga a cargo el comité deberá solicitar una
reunión con el nivel central en la primera o segunda semana del mes para la
planeación del comité; estas ESES serán las voceras de los demás referentes
para incluir los temas en la agenda del comité; y deberán estar a cargo del
desarrollo del comité según acuerdos con el nivel central. Las ESES deberán
elaborar la agenda y enviarla 8 días después de la reunión a todos los equipos
SIVIGILA locales, gestionar el aula de reunión, garantizar el video beam y se
encargaran de enviar un acta preliminar del comité a nivel central para ser
revisada 8 días después de terminado el comité.
ESES Responsables del
comité SIVIGILA 2015
Mes
San Cristóbal – Centro
Oriente
Rafael Uribe - Nazaret
Tunjuelito - Vista hermosa
Abril
Mayo
Junio
Usaquén - Engativa
Julio
Suba - Fontibon
Sur - Usme
Bosa - Chapinero
Agosto
Septiembre
Octubre
Centro Oriente - Tunjuelito
Noviembre
Todas las localidades
Chapinero - San Cristóbal
Diciembre
Enero 2016
q) Es necesario que la ESE realice como mínimo las siguientes
realimentaciones: 1. Fallas o errores en la notificación semanal, 2. Tableros de
control y 3. Ajustes realizados a los eventos dentro de las cuatro semanas
posteriores a su notificación, lo anterior debera ser soportado a la firma
auditora.
r) Garantizar articulación permanente con referente de trasmisibles, Estadísticas
Vitales, Salud Sexual y reprod uctiva, ASIS, Urgencias y emergencias y demás
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procesos de vigilancia que favorezcan el adecuado manejo y ajuste de la
información en la base de datos SIVIGILA.
BASE IEC
s) Base de datos intervenciones epidemiológicas de campo con calidad y
oportunidad: El técnico deberá ingresar de manera permanente las
intervenciones epidemiológicas de campo que lleguen a la oficina de
epidemiologia; la base debe ser digitada con calidad utilizando únicamente los
códigos asignados para cada variable; se deberá verificar calidad de la base
antes de enviarla a la SDS, la base debe ser enviada el último día hábil de la
semana antes de las 5pm.
t) Si la calidad de la base no cumple se glosara. Así mismo se aclara que la
base de datos no deberá tener casos repetidos; ni casillas vacías; ni casos en
los que la intervención no se haya cerrado en e l 2014 (es decir si se cerraron
casos en el 2014 estos no deben estar incluidos en la base 2015).
u) Verificar concordancia entre la base SIVIGILA y la base de intervenciones. De
manera permanente se deberá verificar que los eventos notificados que
requieren intervención estén en ambas bases. (Ver Anexo Codificación de
Eventos), Si la concordancia de las bases no cumple con el indicador se
glosara.
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8. ACTIVIDADES Y PRODUCTOS
PRODUCTO
Realización de
ajuste al plan
de acción de
vigilancia en
salud pública
para todos los
Subprocesos
ACTIVIDAD
MEDIO DE VERIFICACION
PERIODICIDAD Y
FECHA DE ENTREGA
DE PRODUCTOS
PERFIL
Realizar un plan de acción
de vigilancia en salud pública
para cada uno de los
Coordinador
de
subprocesos en
formato Plan de acción radicado en medio 15 de Abril de 2015 vigilancia en salud
establecido.
magnético en fecha establecida y radicado
en
medio pública Local y
referentes
de
aprobado por SDS.
magnético
procesos
1. Informe Word
2. Tablero Plan de Acción
1.
Tablero de control de
seguimiento al plan de
Realización de acción en formato Excel
Seguimiento a establecido por la SDS, con
Plan de acción sus respectivas graficas.
de vigilancia en 2. Matriz DOFA (Debilidades,
salud pública Oportunidades Fortalezas y
para todos los Amenazas)
Subprocesos 3. Acta mensual de trabajo
de discusión de tablero de
seguimiento a plan de
Informes radicados en
medio magnético:
Seguimiento a Plan de acción
radicado en medio magnético en
fechas establecidas y aprobado
por SDS.
1. Enero, Febrero y Marzo
el 20 Abril de 2015.
2. Abril, Mayo y Junio el
10 de Julio de 2015.
3. Julio, Agosto y
Septiembre el 13 de
Octubre de 2015.
4. Octubre, Noviembre y
Coordinador de
vigilancia en
salud pública
Local y referentes
de procesos
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acción.
4. Plan de mejoramiento.
5. Informe Word en la que
refleje la gestión realizada
para dar cumplimiento a las
actividades planteadas en el
plan de acción.
Desarrollar la Matriz del Matriz 869 enviado vía correo
Desarrollar la proyecto de inversión vigente electrónico con calidad en formato
Matriz del
(869) de forma acumulada, establecido a
Proyecto 869 en formato establecido por [email protected]
Secretaria Distrital de Salud.
Cada ESE debe garantizar 1.
Instalación que el 100% de las UPGD y
SIVIGILA 2015 UI activas tengan instalado el
Versión 1.
aplicativo SIVIGILA 2015
versión 1.3
Diciembre el 12 enero de
2016
El primer día hábil de
cada mes.
Verificación en base de Nivel
central UPGD por localidad con
Aplicativo SIVIGILA 2015
29 Mayo de 2015
Versión 1.0
Coordinador de
vigilancia en
salud pública
Local y referentes
de procesos
Referente,
Profesional de
Apoyo y técnico
SIVIGILA
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Asesoría y
asistencia
técnica a las
UPGD y UI que
pertenecen a la
red en
vigilancia. En
Salud Publica
4.
1. Cronograma de visitas
por E.S.E, a las
respectivas UPGDs y UI
activas en el sistema.
2. Asesoría y asistencia
técnica con calidad a las
UPGD con los siguientes
requisitos: Acta, Listas de
chequeo establecido por
SDS y lista de Asistencia de
quienes participan en la
visita.
3. Asesoría y asistencia
técnica, a las UPGD críticas
en el proceso.
4. Seguimiento al plan de
mejoramiento no mayor a
un mes.
1.
2.
3.
4.
1. Para el periodo de
Abril – Agosto 2015
Soportar el 85% de
Cronograma en la vigencia de
visitas de acuerdo al
las Visitas de asesoría y
número total de UPGD
asistencia técnica.
que cuenta cada
Actas y listas de chequeo de
localidad
visitas de Asesorías y
2. Para el periodo de
asistencias Técnicas con
Septiembre - Enero
calidad de acuerdo al
2015 Soportar el 85%
Referente,
cronograma establecido.
de visitas de acuerdo
Profesional de
Actas y listados de asistencias
al número total de
Apoyo SIVIGILA
para las unidades informadoras
UPGD que cuenta
Actas de Seguimiento a
cada localidad
UPGDs criticas
3. Para las UI activas
soportar el 83% de
visitas durante la
vigencia.
4. Para las UPGD críticas
se debe soportar las
correspondientes en el
mes.
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1. 1. Tablero de control de
indicadores SIVIGILA
acuerdo a las visitas
realizadas mensualmente a
las UPGD.
2. Evaluación de
indicadores SIVIGILA en
formato establecido por
la SDS.
3. Retroalimentación de
Seguimiento y
tableros de control del
retroalimentaci
comportamiento de la
ón a UPGDS
UPGD en COVE local o
espacios establecidos
por la ESE.
4. Retroalimentación
semanal sobre las fallas
encontradas en la
notificación de eventos
de interés en salud
Pública.
5. Retroalimentación a las
1 y 2 Tableros de control
acumulados enviados vía correo
electrónico
5. Actas de socialización y
retroalimentación en COVE
local.
4 y 5 soportes de
Retroalimentación de fallas en la
notificación y ajustes de eventos.
6 Ajustes oportunos en base,
y seguimiento a eventos
notificados por otras
localidades.
7 Asistencia participativa a los
COVES SIVIGILA, Actas.
1y2 Mensualmente
los 10 primeros
días de cada mes.
3. Mensualmente
4y5 Semanal y
mensualmente
Profesional
Especializado,
Profesional de
Apoyo Técnico en
Sistemas.
6. Mensual
7. Mensual
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UPGDs con respecto a
los ajustes realizados a
los eventos que
ingresan al SIVIGILA
que lo requieren.
6. Realizar seguimiento a
información
retroalimentada por SDS
a través del Drive
7. Asistir y participar en los
Comités mensuales de
SIVIGILA, de acuerdo a
la programación
establecida por la SDS,
teniendo en cuenta que
la ESE a la cual le
corresponda la
organización tendrá la
responsabilidad de:
Acta de planeación del
comité
Agenda enviada al nivel
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local
Acta del comité el cual se
debe enviar a los 8 días
para su distribución al
resto de ESE con las
presentaciones
1. Enviar archivos planos
1. Soportes de envió vía correo
SIVIGILA con la
electrónico a
notificación de la semana
[email protected]
correspondiente,
(archivos planos de la semana,
cumpliendo los criterios
xls de los planos, SIANIEPS y
para el ingreso de datos y
la calidad en el
Reporte de UPGD)
diligenciamiento de las
2. Soporte de cierre temporal o
variables.
definitivo de UPGD o UI
2. Realizar seguimiento a la
3. Casos sospechosos y probables
caracterización de UPGD
ajustados dentro de las 4
y UI con informe oportuno
semanas posteriores a la
de cierre o ingreso nuevo.
notificación
3. Garantizar el ajuste de los
eventos que ingresan a la 4. Soporte de envió cada periodo
base como sospechosos
epidemiológico con la
Mantenimiento,
y probables dentro de las
notificación de la semana
seguimiento y
4 semanas posteriores a
correspondiente
depuración de
la notificación.
1.
El segundo día
hábil de la semana
antes de la 3:00 pm sin
importar días festivos
para
la
notificación
diaria inmediata tener Profesional
en cuenta el mismo Especializado,
horario.
Profesional de
2.
Seguimiento Apoyo y Técnico
Mensual y soportes de en Sistemas.
cierre con copia a SDS.
3. Casos ajustados
mensualmente.
4.
Cada
periodo
epidemiológico
el
segundo día hábil de la
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bases de datos 4. Cada periodo
5. Matriz semanal en formato
de SIVIGILA
epidemiológico con la
Excell, con la lista de UPGD
notificación de la semana
activas semanales,
correspondientes deberán
seleccionando las UPGD que
anexar un archivo xls de
enviaron la notificación RIPS,
UPGD depurado.
cuadro consolidado mensual,
5. Consolidar los archivos
con el cumplimiento.
planos de la notificación
de diagnósticos RIPS,
mediante la herramienta
informática SIANIESP
Base de datos
Intervenciones
Epidemiológica
s de campo
semana antes de la
3:00 pm sin importar
días festivos.
5. Localidad: Entrega
semanal
de
la
notificación consolidado
UPGD: Entrega mes
vencido.
1. Ingreso
de
las
Intervenciones
Epidemiológicas
de
Campo a la base con
Profesional
calidad y oportunidad Envío de la base de Intervenciones
en las fechas establecidas a
1. Ultimo día hábil de la Especializado,
de los eventos que
[email protected]
semana antes de las Profesional de
residen
en
la
Nota: la calidad de la base debe
5:00 pm
Apoyo y Técnico
localidad.
ser revisada antes de enviarla.
en Sistemas.
2. Verificación
de
concordancia entre la
base
de
IEC
y
SIVIGILA.
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9. TALENTO HUMANO
Para la operación armónica del Sistema de Vigilancia Epidemiológica de los
eventos de Interés Salud Pública (SIVIGILA) se requiere:
1. Red de vigilancia: Constituida por las Unidades Primarias Generadoras de
Datos UPGD, Unidades Informadoras UI y Empresas Sociales del Estado.
2. Subsistema de información: Constituido por el conjunto de recursos, normas,
base de datos y procedimientos técnicos propios del sistema para garantizar
la recopilación, ingreso y análisis de la información generada por la red de
vigilancia.
3. Personal capacitado y con experiencia en SIVIGILA y en vigilancia
epidemiológica, el equipo SIVIGILA debe estar conformado de la siguiente
manera teniendo en cuenta las especificaciones consignadas en el acta de
negociación de cada ESE.
REFERENTE SIVIGILA: Profesional de la salud Especializado (Epidemiologia,
Auditoria, Salud Publica) con experiencia mínima de un año en SIVIGILA y/o
certificado en la norma de competencia laboral No. 230101199 denominada
“Determinar la presencia de eventos de interés en salud pública a partir de las
definiciones de casos de salud pública”.
PROFESIONAL DE APOYO: Profesional universitario en Enfermería o
profesional de la salud con experiencia mínima de un año en SIVIGILA y/o
certificado en la norma de competencia laboral No. 230101199 denominada
“Determinar la presencia de eventos de interés en salud pública a partir de las
definiciones de casos de salud pública”.
TÉCNICO EN SISTEMAS: Para la administración, consolidación y depuración
de base de datos con experiencia mínimo un año en SIVIGILA y/o certificado
en la norma de competencia laboral N° 230101202 denominada “Sistematizar
la información de vigilancia en salud pública de acuerdo con los lineamientos y
requerimientos del ente administrativo y rector”
AUXILIAR: Auxiliar de Enfermería con experiencia como mínimo de un año en
SIVIGILA o Salud Publica.
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10. RECURSOS LOGÍSTICOS
Insumo
Justificación
Vehículo para realizar las visitas de El SIVIGILA debe contar con vehículos
campo y asesoría y asistencias para dar respuesta oportuna a los
técnicas a UPGD y UI.
intervenciones de los eventos y poder
cumplir con el cronograma de
asesorías y asistencias técnicas a la
UPGD y UI
Computador:
Con las siguientes especificaciones:
Procesador: con velocidad superior a
Disponer de Equipos de cómputo y 1,6 GHz, preferiblemente procesador
archivo sistematizado para el sistema Core o core dúo.
Memoria RAM: 2GB
de vigilancia SIVIGILA.
Navegador: Internet Explorer 7 o
superior
Sistema Operativo: Windows vista,
Windows 7.
Espacio libre en disco duro: 300
megas
Velocidad requerida de navegación: 2
Mbps
Internet
Los computadores deben contar con
internet para garantizar la
comunicación con la red de vigilancia
y la notificación oportuna de casos.
Acceso a escáner teléfono y celular Para la recepción oportuna de casos y
suministrados por la ESE
la realización de las acciones
correspondientes al evento.
Papelería y Fotocopias
Como medio de verificación de las
actividades del sistema de vigilancia.
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11. BIBLIOGRAFIA
Ministerio de Protección Social. (2006) Decreto 3518 de 2006. Sistema de
Vigilancia en Salud Pública. Recuperado el día 25 de Abril de la pagina
http://www.minproteccionsocial.gov.co/Normatividad/DECRETO%203518%
20DE%202006.pdf.
Ministerio de protección Social. (2007) Decreto 3039 2007. Plan nacional de
Salud Publica. Recuperado el día 25 de Abril de la pagina
http://www.casanare.gov.co/index.php?idcategoria=1418
Ministerio de protección Social. (1979) Ley 9 de 1979. Sistema de
Vigilancia y Control Sanitario. Recuperado el día 25 de Abril de la pagina
http://copaso.upbbga.edu.co/legislacion/ley_9_1979.Codigo%20Sanitario%
20Nacional.pdf
Ministerio de protección Social. (1983) Decreto 1562 de 1983. Vigilancia en
Salud Pública. Recuperado el día 25 de Abril de la pagina
http://www.cntv.org.co/cntv_bop/basedoc/decreto/1984/decreto_1562_1984.
html
Instituto Nacional de Salud. Reunión nacional de vigilancia 2014 página
http://aulavirtual.ins.gov.co/ins_gea_cursos/php/material_consulta.php
Instituto Nacional Salud. Lineamiento Nacional para la vigilancia de eventos
de interés en salud Publica 2015
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