MANUAL DE PREGUNTAS FRECUENTES PROCESO DE POSTULACIÓN PROFESIONALES 2014

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MANUAL DE PREGUNTAS FRECUENTES PROCESO DE POSTULACIÓN PROFESIONALES 2014
MANUAL DE PREGUNTAS FRECUENTES
PROCESO DE POSTULACIÓN PROFESIONALES 2014
PLAN DE FORMACIÓN DE DIRECTORES
Junio 2014
1
Índice del Manual de Preguntas Frecuentes
Contenido
I.
II.
¿Qué es el Plan de Formación de Directores? ...................................................................... 8
1.
¿En qué consiste el Plan de Formación de Directores? ................................................. 8
2.
¿Qué tipo de acciones formativas comprende el Plan de Formación?.......................... 8
3.
¿Qué Instituciones impartirán acciones de formación? ................................................ 8
4.
¿En qué consisten los beneficios de esta beca?............................................................. 8
5.
¿Qué duración tiene la beca? ........................................................................................ 9
¿Quiénes pueden postular a la beca? ................................................................................... 9
6.
¿Quiénes pueden postular a la beca?............................................................................ 9
7. ¿Qué significa cumplir con el Art. 24, inciso final, del DFL N°1, de 1996 del MINEDUC,
del Estatuto Docente? ........................................................................................................... 9
8.
¿Cuáles son los requisitos generales de postulación? ................................................... 9
9.
¿Existe límite de edad para postular a la Beca? .......................................................... 10
10.
¿Qué pasa si postulé y no quedé seleccionado en el proceso anterior, puedo
postular en esta convocatoria? ........................................................................................... 10
11.
¿Qué pasa con las personas que mantienen el Crédito Solidario / Con Aval del
Estado y repactaron su deuda? ........................................................................................... 10
12.
¿Qué significa no estar moroso? ............................................................................. 10
13.
¿Puedo postular si no rendí la PSU/PAA? ................................................................ 10
14.
Si soy educador/a diferencial ¿Puedo postular a la beca? ...................................... 10
15.
¿Puedo postular a la Beca del Plan de Formación de Directores si soy psicólogo o
fonoaudiólogo? ................................................................................................................... 10
16.
Si actualmente me encuentro realizando una Beca Conicyt/Beca Chile ¿Puedo
postular?.............................................................................................................................. 11
III.
¿Cómo y cuándo puedo postular al programa de perfeccionamiento? ......................... 11
17.
¿Dónde puedo retirar las Bases de postulación? .................................................... 11
18.
¿Cuál es el plazo para postular? .............................................................................. 11
19.
¿Cómo puedo postular?........................................................................................... 11
20.
¿Puedo postular por otra vía que no sea la electrónica? ........................................ 11
21.
En caso de postular por papel ¿Cuál es el horario de atención de la Oficina de
Partes del Ministerio de Educación? ................................................................................... 12
2
22.
Si mi establecimiento educacional o mi institución educacional no tiene RBD,
¿cómo puedo postular? ....................................................................................................... 12
23.
Si actualmente trabajo en una Fundación que tiene más de un establecimiento
educacional asociado, puedo escribir el RBD de alguno de ellos para postular?................ 12
24.
Tengo problemas para completar el campo de RBD del establecimiento............... 12
25.
¿En qué grupo debo postular?................................................................................. 12
26.
Si soy jefe de UTP en un colegio particular subvencionado ¿En qué grupo debo
postular?.............................................................................................................................. 13
27.
¿Cómo completar los campos de experiencia laboral vigente si me encuentro
cesante? .............................................................................................................................. 13
28.
IV.
a)
b)
¿Puedo presentar mi postulación si me falta un documento de respaldo? ............ 13
Documentos para la postulación..................................................................................... 13
Consultas generales de los documentos solicitados ....................................................... 13
29.
¿Se requieren documentos originales o pueden ser copias? ................................... 13
30.
¿Qué documentos de postulación debo presentar? ................................................ 14
Dificultades con documentos al momento de postular .................................................. 16
31.
No puedo adjuntar los archivos. ¿Qué puedo hacer? ............................................. 16
32.
Los documentos adjuntados no pueden visualizarse claramente, ¿Perjudica mi
postulación esta situación? ................................................................................................. 17
c)
Consultas según tipo de documento solicitado .............................................................. 17
Declaración Jurada y formulario de autorización ............................................................... 17
33.
La Declaración Jurada y el Formulario de autorización ¿son ante Notario? ........... 17
Certificado de experiencia profesional ............................................................................... 17
34.
El Certificado de experiencia ¿sólo debe indicar experiencias anteriores? ............. 17
35.
¿Quién firma el Certificado de experiencia profesional?......................................... 17
36.
¿A quién corresponde el Empleador? ...................................................................... 17
37.
Si el cargo que ejerzo actualmente es de Director, ¿los años de experiencia deben
ser en esta misma función o puede ser en otra, por ejemplo docente? .............................. 18
38.
Si soy director (a) y sostenedor(a) ¿Quién debe firmar el Certificado de Experiencia?
18
39.
¿Cómo obtengo el Certificado de Experiencia profesional si es que mi
establecimiento educacional está cerrado? ........................................................................ 18
40.
Respecto a los 3 años de experiencia profesional requeridos para postular ¿Pueden
ser años de experiencia en un establecimiento educacional extranjero? ........................... 18
3
41.
¿Puedo ocupar el certificado de experiencia de años pasados si postulé el año
2011, 2012 o 2013? ............................................................................................................. 18
Certificado de Directivo....................................................................................................... 19
42.
¿Quiénes deben presentar el Certificado de Directivo? .......................................... 19
43.
¿Quién debe firmar el Certificado de Directivo? ..................................................... 19
Certificado de Autorización o Habilitación.......................................................................... 19
44.
Si soy profesional de la educación ¿Debo presentar el certificado de habilitación o
autorización vigente? .......................................................................................................... 19
45.
¿Dónde obtengo el certificado de autorización o habilitación docente? ................ 19
46.
¿A qué corresponde la copia de un certificado de grado académico? .................... 19
47.
¿De dónde obtengo los certificados si mi Universidad está cerrada? ..................... 20
48.
¿Qué pasa si mi institución no emite certificado de ranking? ................................. 20
49.
Si tengo dos títulos de pregrado ¿Cuál debo adjuntar? .......................................... 20
50.
¿Cómo sé si mi título profesional tiene el nivel y contenidos equivalentes a los
necesarios para obtener el grado de licenciado, necesario para postular a Magíster? ..... 20
51.
Si la institución que emite mi certificado de Ranking no alcanza a tenerlo en el
plazo, ¿puedo presentar un certificado de concentración de notas?.................................. 20
52.
¿Dónde puedo descargar el formato del ensayo? ................................................... 21
53.
¿Quién debe emitir el certificado de residencia? .................................................... 21
54.
Respecto al Certificado de Residencia, que debe estar vigente ¿Qué significa estar
“vigente”?............................................................................................................................ 21
Evaluación de desempeño de superior jerárquico.............................................................. 21
55.
¿Quién debe evaluarme si mi director también está postulando al Plan? .............. 21
56.
¿Quiénes deben presentar evaluación de desempeño del superior jerárquico? ..... 21
57.
¿Quién me debe evaluar, quién es mi superior jerárquico o jefe directo? .............. 22
58.
Si soy director, ¿necesito que me evalúen? ............................................................. 22
59.
¿Cómo debo presentar mi Evaluación de Desempeño del superior jerárquico? ..... 22
60.
Mi superior jerárquico está con licencia, ¿quién debe realizar mi evaluación de
desempeño? ........................................................................................................................ 23
61.
Envié los datos de mi superior jerárquico por correo electrónico al Plan de
Formación de Directores, sin embargo, aún no le llega el formulario de evaluación a mi
jefe. ¿Qué hago? ................................................................................................................. 23
62.
Si durante mi experiencia profesional tuve más de un superior jerárquico, ¿A quién
le debo pedir estos certificados de Evaluación del Superior Jerárquico? ............................ 23
63.
Si soy docente de una escuela rural ¿Quién debe evaluarme si no tengo director? 23
4
V.
Elección de programas ........................................................................................................ 23
64.
¿Cuántos programas de formación debo elegir? .................................................... 23
65.
Cuando debo elegir programas en la etapa 5, no puedo ver algunos de los que me
interesa. ¿Por qué? .............................................................................................................. 24
66.
No encuentro la información de los programas, ¿Dónde puedo revisarla? ............ 24
67.
Si soy Director ¿puedo postular a alguno de los programas destinados para otros
profesionales? ..................................................................................................................... 24
68.
Soy profesor y no tengo licenciatura, ¿puedo postular a los programas tipo
magíster?............................................................................................................................. 24
69.
Soy docente, pero me encuentro reemplazando al director de mi establecimiento
¿Puedo postular a un programa dirigido a Directores? ...................................................... 25
VI.
VII.
VIII.
¿Cómo se evaluará a los postulantes y cómo se informará a los seleccionados? .......... 25
70.
¿Cuáles son los criterios para evaluar las postulaciones? ....................................... 25
71.
¿Cómo me informo si he sido seleccionado o seleccionada? .................................. 25
72.
¿Si he sido seleccionado, cuánto tiempo tengo para aceptar o rechazar la beca? . 25
73.
¿Qué pasa si rechazo la opción para la cual fui seleccionado? ............................... 26
Una vez seleccionado, ¿qué sigue? ................................................................................. 26
74.
¿Cuándo me convierto en Becario del Plan de Formación? .................................... 26
75.
¿Debo firmar algún convenio? ................................................................................ 26
76.
Si me adjudico la beca, ¿debo firmar algún documento como garantía?............... 26
¿Qué beneficios y obligaciones tendré como becario? .................................................. 27
77.
¿Cuáles son las obligaciones que asumo como becario durante la duración de mi
programa de formación?..................................................................................................... 27
78.
¿Bajo qué condiciones administrativas contractuales asistirían los becarios a las
actividades del programa adjudicado? ............................................................................... 28
79.
¿Cuándo recibo la asignación de manutención (por concepto de traslado)? ......... 28
80.
¿Cómo recibo la asignación de manutención (por concepto de traslado)? ............ 28
81.
¿Cuáles son las condiciones de retribución de la beca? .......................................... 28
82.
¿Cuáles son las sanciones en caso que incumpliera las obligaciones asumidas en la
beca? 29
83.
Si obtengo la Beca al Plan de Formación de Directores ¿Puedo luego postular a la
beca Conicyt /Chile? ............................................................................................................ 29
84.
Respecto a la retribución a la beca ¿Se puede realizar en el establecimiento
educacional en que se está trabajando? ............................................................................. 29
5
85.
¿Qué se entiende por establecimientos educacionales por el DFL Nº2 de 1998 y por
la ley Nº 3.166? ................................................................................................................... 29
86.
Si luego de postular al cargo de director, me adjudico el cargo ¿Debo postular dos
veces más? .......................................................................................................................... 30
87.
Si resulto ser beneficiario de la beca, y repruebo una asignatura o módulo dentro
del programa, ¿se realizará el cobro de la totalidad del pagaré? ...................................... 30
6
El presente manual está conformado por las preguntas realizados por postulantes a la beca en
convocatorias anteriores y por preguntas que podrían surgir respecto de las bases legales del
concurso. El propósito de este manual es contribuir a un mejor entendimiento del proceso
para que todos los postulantes puedan cumplir en tiempo y forma el proceso de postulación a
las becas del Plan de Formación de directores.
ACLARACIÓN




En caso de diferencias entre este documento y las bases del concurso de becas,
prevalecerán las bases del concurso.
Las consultas relacionadas con esta convocatoria podrán ser efectuadas por correo
electrónico hasta las 16:00 horas del décimo quinto (15) día corrido contado desde la
fecha de publicación de las bases. Sin perjuicio de lo anterior, todas las preguntas
pertinentes y que digan relación con esta convocatoria, podrán realizarse por vía
telefónica hasta el día anterior al cierre del proceso a través del call center (600 6002626).
Sólo serán respondidas preguntas atingentes a la presente convocatoria.
En el caso que las preguntas cuyas respuestas están contenidas en el presente manual, y
sean dirigidas al correo electrónico [email protected], no serán
respondidas Sólo se hará referencia al numeral correspondiente a las bases y al manual.
7
I.
¿Qué es el Plan de Formación de Directores?
1. ¿En qué consiste el Plan de Formación de Directores?
El Plan de Formación de Directores es una iniciativa liderada por Ministerio de Educación a
través del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas
(CPEIP), que busca formar a profesionales destacados en los conocimientos y capacidades que
les permitirán transformarse en directores de calidad para el sistema escolar. El plan se
concreta a través de becas entregadas a profesionales seleccionados por el MINEDUC según
sus antecedentes académicos, profesionales y motivacionales. Serán los propios becarios
quienes elegirán el programa académico del cual quieren participar, entre aquellos
seleccionados previamente por el MINEDUC.
2. ¿Qué tipo de acciones formativas comprende el Plan de Formación?
Las acciones formativas o tipo de programas comprenden estudios de magíster, diplomado,
pasantía y cursos.
3. ¿Qué Instituciones impartirán acciones de formación?
Las que conforman la lista de las seleccionadas por el CPEIP para el proceso 2014, y que se
encuentran informadas en el sitio web del mismo (www.formaciondirectores.mineduc.cl) o en
la plataforma de postulación.
4. ¿En qué consisten los beneficios de esta beca?
Los beneficios otorgados a los becarios son los siguientes:
1. El financiamiento corresponde al 90% del costo total del Programa de Formación,
incluido los conceptos de matrícula y arancel, el cual será pagado directamente a la
Institución de Formación que imparta dicho programa. El 10% restante del valor del
programa deberá ser pagado directamente por el becario a la institución, según el
plazo y forma establecida por ésta. La institución formadora no podrá exigir ningún
otro pago distinto a este 10% por concepto de matrícula o arancel.
2. Asignación mensual de manutención, por concepto de traslado. Ésta será calculada
considerando sólo los meses en los que el programa adjudicado imparta clases
presenciales, y de acuerdo a los valores establecidos en la tabla para cálculo de la
asignación mensual por concepto de traslado referida en las bases.
Cualquier gasto que exceda los montos de los beneficios señalados en las presentes bases
y/o en el convenio será de cargo del becario.
Para conocer las obligaciones y retribuciones de esta beca, revisar el apartado “VIII. ¿Qué
beneficios y obligaciones tendré como becario?” del presente manual.
8
5. ¿Qué duración tiene la beca?
La beca tendrá la misma duración que el programa académico respectivo. Esta duración no
podrá exceder el plazo de 12 meses para el magíster, 6 meses para el diplomado y 4 meses
para el caso de las pasantías. Los cursos, no tienen un máximo de duración, pero su duración
no podrá ser menor a tres meses. Este plazo se cuenta a partir de la fecha de inicio de los
estudios en la institución.
II.
¿Quiénes pueden postular a la beca?
(Para preguntas relacionadas con la elección de los programas de formación, revisar el
apartado “V. Elección de programas” del presente Manual).
6. ¿Quiénes pueden postular a la beca?
Podrán postular todos los profesionales de la educación y aquellas personas que cumplan con
los requisitos en el Art. 24, inciso final, del Estatuto Docente (DFL N°1, de 1996 del MINEDUC),
y que se hayan desempeñado a lo menos durante tres 3 años como profesionales de la
educación en establecimientos educacionales al momento de postular.
7. ¿Qué significa cumplir con el Art. 24, inciso final, del DFL N°1, de 1996 del MINEDUC, del
Estatuto Docente?
Significa tener un título profesional o licenciatura de al menos 8 semestres y haber ejercido
funciones docentes al menos durante 3 años en un establecimiento educacional. Quienes
cumplan con este requisito también podrán incorporarse a la función directiva.
8. ¿Cuáles son los requisitos generales de postulación?








Ser chileno/a o extranjero/a con permanencia definitiva en Chile.
Ser profesional de la educación o cumplir con lo establecido en el Artículo 24, inciso
final, del Estatuto Docente, para incorporarse a la función docente directiva.
Haberse desempeñado a lo menos durante tres años como profesional de la educación
en establecimientos educacionales.
No mantener morosidad u obligación pendiente con instituciones públicas derivadas
de su situación de becarios.
No tener morosidad derivadas del crédito solidario o del crédito con aval del Estado.
No encontrarse actualmente formalizado en un proceso penal, ni haber sido
condenado por crimen o simple delito.
No haber participado, en calidad de becario, del Plan de Formación de Directores,
convocatoria 2011, convocatoria 2012 o convocatoria 2013.
Presentar solo una postulación, con 3 preferencias de programas.
9
9. ¿Existe límite de edad para postular a la Beca?
No existe un límite de edad como requisito para postular a las becas. Sin embargo, al momento
de hacerlo se debe considerar que una vez finalizado su programa de estudio, usted deberá
retribuir la misma. Esto quiere decir que deberá postular al cargo de director y desempeñar la
función durante el tiempo requerido en las bases: cuatro años para profesionales que se
adjudiquen beca para programas tipo magíster, y dos años para beneficiarios de otras acciones
formativas.
10. ¿Qué pasa si postulé y no quedé seleccionado en el proceso anterior, puedo postular en
esta convocatoria?
Sí, podrá postular en esta convocatoria mientras no haya participado en la calidad de becario
en el proceso anterior.
11. ¿Qué pasa con las personas que mantienen el Crédito Solidario / Con Aval del Estado y
repactaron su deuda?
Si existe repactación estas personas no están morosas por lo que pueden postular al proceso.
12. ¿Qué significa no estar moroso?
Significa tener el pago de créditos al día. Si usted está con el pago de sus cuotas al día, no se
encuentra moroso/a.
13. ¿Puedo postular si no rendí la PSU/PAA?
El puntaje PAA/ PSU no es un requisito para la postulación. Por lo tanto, al ingresar a la
plataforma, en la etapa "Pruebas de ingreso a la Educación superior", usted deberá responder
“NO” a la afirmación "Usted rindió la PAA/PSU", y completar con la información solicitada.
14. Si soy educador/a diferencial ¿Puedo postular a la beca?
El título de educador diferencial se encuentra dentro de la categoría de profesionales de la
educación, por lo que sí puede postular a la beca.
15. ¿Puedo postular a la Beca del Plan de Formación de Directores si soy psicólogo o
fonoaudiólogo?
Si usted es psicólogo o fonoaudiólogo, para cumplir con lo señalado en el Artículo 24, inciso
final, usted deberá tener un título profesional o licenciatura de al menos 8 semestres y haber
ejercido funciones docentes al menos durante 3 años en un establecimiento educacional.
10
16. Si actualmente me encuentro realizando una Beca Conicyt/Beca Chile ¿Puedo postular?
En las Bases para Profesionales de esta Convocatoria 2014, se establece como requisito de
postulación el no mantener obligaciones con una Institución pública derivada de su situación
de Becario.
III.
¿Cómo y cuándo puedo postular al programa de
perfeccionamiento?
17. ¿Dónde puedo retirar las Bases de postulación?
Las Bases están disponibles en el sitio web www.formaciondirectores.mineduc.cl durante todo
el proceso de postulación. Además, están disponibles para su retiro junto con los formularios
respectivos, en la Oficina de Partes del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e
Investigaciones Pedagógicas CPEIP, ubicada en Camino Nido de Águilas N° 14.557 comuna de
Lo Barnechea, o en la Oficina de Partes del Ministerio de Educación, ubicada en Avenida
Libertador Bernardo O´Higgins N° 1371, Santiago.
18. ¿Cuál es el plazo para postular?
El plazo para postular tiene una duración de 25 días corridos desde la publicación de las bases,
finalizando el vigésimo quinto día corrido a las 16:00 horas.
No se recibirá por ningún medio, documentación, antecedentes y/o información fuera del
plazo estipulado. Todas aquellas entregadas fuera del tiempo establecido serán consideradas
fuera de bases.
19. ¿Cómo puedo postular?
Los interesados deberán presentar su postulación preferentemente por vía electrónica. Para
postular debe ingresar a la plataforma de postulación, disponible en la página web
www.formaciondirectores.mineduc.cl o www.cpeip.cl. En el sitio encontrará un acceso directo
a la plataforma de postulación “Plan de Formación Directores: Postule aquí”. Los postulantes
deberán completar un formulario en línea y acompañar la información requerida con los
documentos solicitados en las bases y en la plataforma.
20. ¿Puedo postular por otra vía que no sea la electrónica?
Los interesados deberán presentar su postulación preferentemente por vía electrónica. En
caso que no le sea posible postular vía plataforma, puede hacerlo presentando los formularios
y antecedentes requeridos en papel, adjuntando además un CD con toda la documentación
requerida en archivos en formato PDF, DOC o DOCX de no más de 1.024 kb cada uno.
11
Las postulaciones en papel serán recibidas hasta el vigésimo quinto día corrido, desde la
publicación de las bases, a las 16:00 horas, en un sobre cerrado indicando “Beca Plan de
Formación de Directores”, en la siguiente dirección: Oficina de Partes de Camino Nido de
Águilas N° 14.557, comuna de Lo Barnechea, Santiago de Chile o en Avenida Libertador
Bernardo O´Higgins N° 1371, Oficina de Partes. Si se presentase más de una postulación,
mediante la plataforma y en formato papel, prevalecerá la postulación online y los
antecedentes adjuntados a la postulación realizada a través de la plataforma.
21. En caso de postular por papel ¿Cuál es el horario de atención de la Oficina de Partes del
Ministerio de Educación?
La Oficina de Partes, tanto del CPEIP como de Mineduc Alameda tienen un horario de atención
de Lunes a Jueves de 9:00 am a 18:00 pm. Los días viernes el horario de atención es de 9:00
am a 17:00 pm.
22. Si mi establecimiento educacional o mi institución educacional no tiene RBD, ¿cómo
puedo postular?
Para aquellos profesionales cuyos establecimientos educacionales no tengan RBD, deberán
postular como “otra institución” debido a que todavía no han obtenido el reconocimiento
oficial del Ministerio de Educación. Por lo tanto, de acuerdo a lo estipulado en las bases, el
profesional será evaluado con los criterios correspondientes al grupo 4: Criterios de evaluación
para Otros Profesionales que no califican en las categorías anteriores.
23. Si actualmente trabajo en una Fundación que tiene más de un establecimiento
educacional asociado, puedo escribir el RBD de alguno de ellos para postular?
Sólo se le solicitará escribir el RBD de su institución si usted declara desempeñarse dentro de
un establecimiento educacional.
24. Tengo problemas para completar el campo de RBD del establecimiento
Debe escribir el RBD en el campo destinado para ello, sin el guión y sin el dígito tras el guión. Si
su problema persiste, favor escriba a [email protected], indicando el RBD del
establecimiento y los datos correspondientes (Nombre y comuna del establecimiento
educacional). Con esos antecedentes se revisará su situación.
25. ¿En qué grupo debo postular?
En la medida que vaya ingresando sus datos en la plataforma de postulación, y dependiendo
de los antecedentes que usted incorpore en ella, el sistema lo/a clasificará en uno de los
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cuatro grupos de postulantes. Para mayor información, se le solicita remitirse a las Bases de la
Convocatoria 201, numeral 9.1 Criterios de evaluación para postulantes.
26. Si soy jefe de UTP en un colegio particular subvencionado ¿En qué grupo debo postular?
Si usted postula por plataforma, deberá ingresar sus antecedentes profesionales y laborales
durante la etapa 2. De este modo, la plataforma solicitará los antecedentes que sean
necesarios para su correcta postulación y consiguiente evaluación. Por lo tanto, usted no
deberá asignarse ningún grupo.
Si usted postula por papel, deberá considerar sus antecedentes profesionales y laborales, y las
alternativas que se dan en las Bases de la Convocatoria 2014. De acuerdo a esto y a lo
estipulado en las bases, usted será evaluado con los criterios correspondientes al grupo 4:
Criterios de evaluación para Otros Profesionales que no califican en las categorías anteriores.
27. ¿Cómo completar los campos de experiencia laboral vigente si me encuentro cesante?
En el campo “Nombre Institución”, anotar “No Aplica”.
En el campo “Función desempeñada”, seleccionar “Otro”.
En el campo “Ingrese función”, anotar “No aplica”.
En el campo “Años”, anotar “1”.
28. ¿Puedo presentar mi postulación si me falta un documento de respaldo?
Las postulaciones incompletas, así como aquellas que presenten documentación no solicitada,
ilegible, inconsistente, incorrecta o contradictoria, serán declaradas fuera de bases.
IV.
Documentos para la postulación
a) Consultas generales de los documentos solicitados
29. ¿Se requieren documentos originales o pueden ser copias?
Los documentos pueden ser originales (emitidos por la autoridad correspondiente para efectos
de esta postulación, debidamente firmados y/o timbrados) o copias autorizadas ante notario.
Para las postulaciones a través de la plataforma web, deberán presentarse copias escaneadas
de los documentos originales o de sus copias autorizada ante notario. Sin perjuicio de lo
anterior, los documentos podrán ser solicitados en su versión original o autorizados ante
notario, una vez que el postulante se adjudique la beca.
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30. ¿Qué documentos de postulación debo presentar?
Cada postulación, ya sea presentada en línea o en papel deberá estar acompañada de todos
los documentos solicitados. Los formatos de estos documentos no deberán modificarse y
deberán completarse con todos los datos requeridos. Para las postulaciones en plataforma,
deberán presentarse copias escaneadas de los documentos originales o de sus copias
autorizadas ante notario. La legalización de los documentos debe ser visible y legible. Sin
perjuicio de lo anterior, una vez que el postulante se adjudique una beca, el Ministerio podrá
solicitar el original o una copia legalizada de los documentos que se detallan a continuación.
Para quienes postulen por papel, los formularios a completar para la presente convocatoria
estarán disponibles de forma gratuita junto a las bases de postulación. Éstos podrán ser
retirados en la Oficina de Partes del Ministerio de Educación, y en CPEIP. No se aceptarán
formatos modificados.
Formularios disponibles en la plataforma de postulación
i. Formulario de postulación. Usar solo si decide postular en papel; si postula a través de la
plataforma, ésta se considerará equivalente al formulario de postulación. En dicho
formulario el/la postulante deberá indicar una dirección de correo electrónico permanente,
vigente, personal y de uso frecuente, para efectos de realizar las comunicaciones que
correspondan.
ii. El Ministerio de Educación no se hace responsable por cambios de direcciones electrónicas
no comunicadas formal y oportunamente.
iii. Ensayo del postulante, según formato disponible en la plataforma de postulación.
iv. Declaración jurada, contiene la declaración del cumplimiento de los requisitos de no
mantener morosidad u obligación pendiente con instituciones públicas derivadas de su
situación de becario, como tampoco tener morosidad derivadas del crédito solidario o del
crédito con aval del Estado y de no encontrarse actualmente formalizado en un proceso
penal, ni haber sido condenado por crimen o simple delito. Además, la declaración debe
contener el compromiso de aprobar en tiempo y forma el programa de formación del que
participará y una autorización para que la institución en la que cursen su programa de
formación pueda compartir información con el Ministerio respecto de sus notas, asistencia y
desarrollo del programa que se está cursando.
v. Certificado(s) del(los) empleador(es), según formato disponible en la web, que acredite(n)
haberse desempeñado (a la fecha de postulación) por a lo menos 3 años como profesional
de la educación en un establecimiento educacional. Se deberán presentar cuantos
certificados se requieran para acreditar experiencia de al menos 3 años. Quienes cumplan
con el artículo 24 inciso final, del Estatuto Docente deberán presentar certificado(s) del (de
los) empleador(es) que acredite(n) haber ejercido funciones docentes en un
establecimiento educacional por al menos 3 años (a la fecha de postulación). Se deberán
presentar tantos certificados como sea necesario para acreditar al menos 3 años de
experiencia.
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vi. Quienes declaren ejercer funciones directivas (director(a), subdirector(a) o inspector(a)
general) deberán adjuntar, según formato disponible, el formulario que contenga el cargo
desempeñado y el establecimiento educacional. Para certificar la validez del documento,
éste deberá incluir la firma y el timbre del sostenedor.
vii. Los postulantes que no sean actualmente directivos en cualquier tipo de establecimiento ni
docentes o jefes UTP o su equivalente del sector municipal, deberán presentar una
“Evaluación de Desempeño” realizada por el director/a del establecimiento educacional
donde se desempeñan. Para ello deberán ingresar en el sistema de postulación el nombre y
correo electrónico de su director/a, quien recibirá automáticamente una notificación a su
correo electrónico en el que se incluirá una dirección (URL) donde se deberá completar y
enviar la evaluación. En caso que el/la directora/a también esté postulando en esta
convocatoria, esta evaluación deberá ser realizada por quien continúa en la línea de mando
especificando el motivo.
Quienes se encuentren actualmente desempleados o se desempeñen en una organización
distinta de un establecimiento educacional, deberán presentar una “Evaluación de
Desempeño” realizada por el director/a de la época en que se desempeñaron en
establecimientos educacionales- Para ello deberán ingresar en el sistema de postulación el
nombre y correo electrónico del mencionado director/a, quien recibirá automáticamente
una notificación a su correo electrónico en el que se incluirá una dirección (URL) donde se
deberá completar y enviar la evaluación. En caso que el/la directora/a también esté
postulando en esta convocatoria, esta evaluación deberá ser realizada por quien continuaba
en la línea de mando especificando el motivo.
viii. A los profesionales que les corresponda solicitar una evaluación del superior jerárquico de
acuerdo a lo anteriormente detallado, y que postulen presentando los antecedentes en
papel (no por plataforma) deberán enviar los datos de su superior jerárquico vía correo
electrónico a [email protected] para que el CPEIP tome contacto con dicha
autoridad y le solicite la evaluación. El postulante deberá enviar la solicitud de evaluación al
menos siete (7) días hábiles antes del cierre de las postulaciones.
ix. Formulario de autorización a CPEIP para verificar datos, según formato disponible en la
página web: www.formaciondirectores.mineduc.cl.
Otros Documentos a adjuntar en la postulación
x. Copia legalizada del título profesional o certificado de título. En caso de que haya sido
obtenido en el extranjero, éste deberá encontrarse debidamente convalidado según los
casos, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.
xi. En el caso de postular a un programa de magíster, el postulante debe además presentar
original o copia legalizada del certificado que acredite el grado de licenciado o superior
(magíster o doctorado). Lo anterior para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 54,
letra d) de la ley General de Educación N° 20.370, cuyo texto refundido, coordinado y
sistematizado se encuentra en el Decreto con fuerza de Ley N°2 del año 2010 del Ministerio
15
de Educación que en la parte pertinente dispone: ”Para optar al grado de magíster se
requiere tener grado de licenciado o un título profesional cuyo nivel y contenido de estudios
sean equivalentes a los necesarios para obtener el grado de licenciado”. Para acreditar el
cumplimiento de esta exigencia será menester adjuntar documento emitido por la
institución correspondiente que de cuenta de su observancia.
xii.
Original o copia legalizada del certificado de ranking de egreso y/o titulación de pregrado
donde se expresa explícitamente el lugar que el/la postulante ocupó respecto del total de
egresados y/o titulados de su promoción. En caso de no contar con tal certificación, deberá
presentar alguno de los siguientes documentos que contengan el promedio final de
pregrado: el original o copia legalizada de certificado de concentración de notas; o el título
profesional (siempre y cuando contenga el promedio de notas de egreso). Todas las
calificaciones deben estar expresadas en escala de 1 a 7; en caso contrario, el/la postulante
deberá incluir un certificado emitido por la institución de educación superior de la cual
egresó en el que se expliquen las equivalencias.
xiii. Original o copia legalizada de algún documento público o privado que acredite la dirección
del postulante. Este certificado debe estar emitido a nombre del postulante y en una fecha
no anterior a 30 días corridos previos a la publicación de las presentes bases. En caso de no
hacerlo, su postulación será considerada fuera de bases.
xiv. Los postulantes que sean profesionales de la educación y que se encuentren habilitados o
autorizados por el Ministerio de Educación, deberán presentar su certificado de habilitación
o autorización vigente, otorgado por Mineduc para ejercer la función docente
xv. Postulantes extranjeros/as con permanencia definitiva en Chile deberán presentar
certificado vigente de permanencia definitiva en Chile otorgado por Policía Internacional, el
Ministerio del Interior o la autoridad que corresponda de acuerdo a la normativa vigente.
b) Dificultades con documentos al momento de postular
31. No puedo adjuntar los archivos. ¿Qué puedo hacer?
Solicitamos verificar que los documentos estén en el formato indicado en las bases: PDF, DOC
o DOCX y no excedan el tamaño señalado: 1.024 Kb. Además, deberá revisar que la extensión
del archivo, es decir, “.pdf” “.doc” “.docx” esté en minúscula. Si la dificultad persiste,
recomendamos utilizar un navegador diferente (Internet Explorer, Google Chrome, Firefox,
etc.).
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32. Los documentos adjuntados no pueden visualizarse claramente, ¿Perjudica mi
postulación esta situación?
Sí la perjudica. Los documentos que usted debe adjuntar en su postulación, deben ser claros,
legibles, íntegros y visualizarse de forma completa, de lo contrario podrían ser considerados
fuera de bases.
c) Consultas según tipo de documento solicitado
Declaración Jurada y formulario de autorización
33. La Declaración Jurada y el Formulario de autorización ¿son ante Notario?
No. Ambos documentos corresponden a declaraciones simples que sólo necesitan la firma y
Rut del postulante.
Certificado de experiencia profesional
34. El Certificado de experiencia ¿sólo debe indicar experiencias anteriores?
No. Usted deberá presentar tantos certificados se requieran para acreditar la experiencia de al
menos 3 años en establecimientos educacionales a la fecha de postulación. Si siempre se ha
desempeñado en el establecimiento en el que lo hace actualmente, se debe señalar en el
certificado desde qué fecha se desempeña en dicha institución (formato de certificado
disponible en la plataforma web y en el sitio www.formaciondirectores.mineduc.cl, sección
Documentos).
35. ¿Quién firma el Certificado de experiencia profesional?
El certificado debe ser firmado por el empleador conforme al formato disponible en la
plataforma web de postulación o en el sitio www.formaciondirectores.mineduc.cl, sección
Documentos.
36. ¿A quién corresponde el Empleador?
a) Para los postulantes que actualmente trabajan en un establecimiento educacional y no
ejercen el cargo de Director se entenderá como empleador al Director del establecimiento
educacional.
b) Para los que ejercen el cargo de Director se entenderá como empleador al Jefe del DAEM,
el Director de la Corporación Educacional, o el representante legal de la persona jurídica
sostenedora del establecimiento para el caso de establecimientos particulares
subvencionados o particulares pagados.
c) Para los postulantes que actualmente trabajan en otro tipo de instituciones, están
desempleados o realizando otro tipo de actividades, el documento deberá ser
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completado por el Director de un establecimiento educacional en el cual haya trabajado
con anterioridad.
d) Para los postulantes que actualmente trabajan en otro tipo de instituciones o están
desempleados y han ejercido el cargo de director, pero no tienen contrato actual o
nombramiento vigente de director, el empleador corresponde a quien fue el sostenedor
durante el ejercicio del cargo directivo. Es decir, el jefe del DAEM, al Director de la
Corporación o al Representante legal de la persona jurídica sostenedora del
establecimiento.
En cualquiera de los casos anteriores en que el/la directora/a también esté postulando en esta
convocatoria, esta evaluación deberá ser realizada por quien continúa en la línea de mando
especificando el motivo (Subdirector >Inspector General >Sostenedor).
37. Si el cargo que ejerzo actualmente es de Director, ¿los años de experiencia deben ser en
esta misma función o puede ser en otra, por ejemplo docente?
No es necesario que sean solamente en funciones directivas. Se deben presentar tantos
certificados como sea necesario para acreditar al menos 3 años de experiencia (a la fecha de
postulación) como profesional de la educación, lo cual se refiere a funciones docentes,
docentes-directivas y/o funciones técnico pedagógicas.
38. Si soy director (a) y sostenedor(a) ¿Quién debe firmar el Certificado de Experiencia?
Se establece que para estos casos, los certificados mencionados deberán ser firmados por
alguno de los socios o directores de la persona jurídica sostenedora de la institución.
39. ¿Cómo obtengo el Certificado de Experiencia profesional si es que mi establecimiento
educacional está cerrado?
El postulante deberá contactar al empleador de la época en que ejerció el cargo, para que sea
completado y firmado por éste.
40. Respecto a los 3 años de experiencia profesional requeridos para postular ¿Pueden ser
años de experiencia en un establecimiento educacional extranjero?
No, los años de experiencia deben ser en un establecimiento educacional nacional.
41. ¿Puedo ocupar el certificado de experiencia de años pasados si postulé el año 2011, 2012
o 2013?
Sí. Asegurar que contenga toda la información requerida y en su conjunto completen al menos
3 años de experiencia.
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Certificado de Directivo
42. ¿Quiénes deben presentar el Certificado de Directivo?
Este documento debe ser presentado por todos los profesionales que a la fecha de postulación
desempeñan el cargo de Director, subdirector o Inspector general en cualquier tipo de
establecimiento educacional.
43. ¿Quién debe firmar el Certificado de Directivo?
El documento debe ser completado, firmado y timbrado, por el sostenedor, o quien subrogue,
del establecimiento educacional donde se desempeña el postulante Directivo. El formato está
disponible
en
la
plataforma
web
de
postulación
y
en
el
sitio
www.formaciondirectores.mineduc.cl, sección Documentos. El formato del documento no
puede ser modificado en ningún aspecto.
Certificado de Autorización o Habilitación
44. Si soy profesional de la educación ¿Debo presentar el certificado de habilitación o
autorización vigente?
Si usted es profesor titulado, NO requiere presentar dicho documento, puesto que no requiere
de habilitación o autorización para ejercer. Por el contrario, si el postulante no es profesor
titulado y está habilitado o autorizado legalmente para ejercer la función docente, SÍ deberá
presentar aquel documento conforme a lo establecido en las Bases de postulación.
45. ¿Dónde obtengo el certificado de autorización o habilitación docente?
El certificado de autorización o habilitación docente lo puede solicitar en el Departamento
Provincial de Educación o en la Secretaría Regional Ministerial de la comuna donde usted
reside actualmente.
Certificados emitidos por la Institución en la que estudié
46. ¿A qué corresponde la copia de un certificado de grado académico?
Corresponde a un certificado emitido por la institución académica donde el postulante
desarrolló sus estudios, que dé cuenta del grado académico. Este documento debe tener
timbre y firma del representante de la Universidad, autorizado para su emisión.
El grado académico corresponde al de licenciatura, magíster o doctorado.
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47. ¿De dónde obtengo los certificados si mi Universidad está cerrada?
Si su institución cerró entre los años 1993 y 2013, puede adjuntar el documento de la
revocación del reconocimiento oficial de la institución, que se encuentra disponible en la
página web del Consejo Nacional de Educación (Educación Superior> Licenciamiento >
Instituciones Cerradas), caso en el cual no serán considerados esos antecedentes a efectos de
su posterior evaluación.
Si su institución cerró antes del año 1993 debe dirigirse a la División de Educación Superior del
Ministerio de Educación, pues ellos son los depositarios de los antecedentes curriculares de los
alumnos de dichas instituciones.
48. ¿Qué pasa si mi institución no emite certificado de ranking?
En caso de no contar con tal certificación, el postulante debe presentar alguno de los
siguientes documentos, siempre y cuando contenga el promedio final de pregrado: Certificado
de Concentración de notas o título profesional.
49. Si tengo dos títulos de pregrado ¿Cuál debo adjuntar?
Le solicitamos que adjunte ambos documentos, señalando el orden en que éstos se
obtuvieron.
50. ¿Cómo sé si mi título profesional tiene el nivel y contenidos equivalentes a los necesarios
para obtener el grado de licenciado, necesario para postular a Magíster?
Se deberá dirigir a la Institución donde realizó sus estudios de pregrado para averiguar si el
título profesional obtenido tiene el nivel y contenidos equivalentes a los necesarios para
obtener el grado de licenciado. A partir de ello, deberá adjuntar un certificado que acredite lo
anteriormente expresado. Respecto a un mayor detalle, se le sugiere remitirse al 6.4.10 de las
Bases de la Convocatoria 2014.
51. Si la institución que emite mi certificado de Ranking no alcanza a tenerlo en el plazo,
¿puedo presentar un certificado de concentración de notas?
En caso de no contar con el Certificado de Ranking deberá presentar alguno de los siguientes
documentos que contengan el promedio final de pregrado: el original o copia legalizada de
certificado de concentración de notas; o el título profesional (siempre y cuando contenga el
promedio de notas de egreso).
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Ensayo del postulante
52. ¿Dónde puedo descargar el formato del ensayo?
El formato para el ensayo está disponible en la etapa 4 del sitio web de postulación:
ANTECEDENTES MOTIVACIONALES. También se encuentra en el sitio web
www.formaciondirectores.mineduc.cl, sección DOCUMENTOS, en el Formulario de postulación
a la beca de Formación de Directores.
Certificado de residencia
53. ¿Quién debe emitir el certificado de residencia?
Este certificado, en original o copia legalizada, debe estar emitido a nombre del postulante por
la Junta de Vecinos o por la autoridad y/o persona facultada para otorgarlo, de acuerdo a la
normativa vigente. Asimismo, se aceptará original o copia legalizada de algún documento
público o privado que acredite la dirección del postulante, emitido a nombre del postulante y
en una fecha no anterior a 30 días corridos previos a la publicación de las bases. En caso de no
hacerlo, su postulación será considerada fuera de bases.
54. Respecto al Certificado de Residencia, que debe estar vigente ¿Qué significa estar
“vigente”?
Por vigente, se entiende un documento emitido a nombre del postulante y en una fecha
posterior a los 30 días previos a la publicación de las bases, es decir al 2 de mayo 2014.
Evaluación de desempeño de superior jerárquico
55. ¿Quién debe evaluarme si mi director también está postulando al Plan?
En caso que el/la directora/a también esté postulando en esta convocatoria, esta evaluación
deberá ser realizada por quien continúa en la línea de mando especificando el motivo
(Subdirector >Inspector General >Sostenedor).
56. ¿Quiénes deben presentar evaluación de desempeño del superior jerárquico?
Los postulantes que ejerzan como docentes en Establecimientos Particulares Subvencionados
o de Administración Delegada, y todos aquellos profesionales que no califican en las otras
categorías. Ellos deberán presentar una “Evaluación de desempeño” realizada por el director/a
del establecimiento educacional donde se desempeñan.
Los postulantes que actualmente están desempleados, realizando otro tipo de actividades o se
desempeñan en una institución distinta a un establecimiento educacional, deben presentar
una “Evaluación de desempeño” realizada por el director/a de la época en que trabajó en un
establecimiento educacional.
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57. ¿Quién me debe evaluar, quién es mi superior jerárquico o jefe directo?
Tipo de postulante
Quién corresponde que realice la Evaluación de
Desempeño
Docentes que ejercen funciones No deben presentar Evaluación de Desempeño del
directivas (Director, Subdirector e Superior Jerárquico.
Inspector general en ejercicio)
Docentes y Jefes UTP o su No deben presentar Evaluación de Desempeño del
equivalente, que ejercen en Superior Jerárquico.
establecimientos
educacionales
municipales
Docentes
que
ejercen
en El Director del establecimiento educacional donde
establecimientos
particulares, ejercen sus labores.
subvencionados y de administración En caso que el/la directora/a también esté postulando en esta
convocatoria, esta evaluación deberá ser realizada por quien
delegada
continúa en la línea de mando especificando el motivo (Subdirector
> Inspector General > Sostenedor).
Otros profesionales de la educación, La evaluación debe ser realizada por el director de
que no califican en las categorías alguna de las unidades educativas en que se
anteriores
desempeñó.
En caso que el/la directora/a también esté postulando en esta
convocatoria, esta evaluación deberá ser realizada por quien
continúa en la línea de mando especificando el motivo (Subdirector
> Inspector General > Sostenedor).
58. Si soy director, ¿necesito que me evalúen?
No. Sólo deberán presentar esta evaluación los postulantes que actualmente no son directivos
de establecimientos educacionales, ni docentes o jefes de UTP o su equivalente del sector
municipal.
59. ¿Cómo debo presentar mi Evaluación de Desempeño del superior jerárquico?
Si la postulación se está realizando a través de la plataforma web, los datos de quien realizará
la evaluación deben ser ingresados por el postulante en el mismo sitio para solicitar la
evaluación a su jefe directo. Sólo en el caso de postular por papel los profesionales deben
enviar los datos del director a [email protected], si esta es la situación, el
postulante debe enviar la solicitud de evaluación al menos siete (7) días hábiles antes del
cierre de la postulación.
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60. Mi superior jerárquico está con licencia, ¿quién debe realizar mi evaluación de
desempeño?
Como está estipulado en las bases, los antecedentes de desempeño profesional deben ser
aportados por quien desempeña el cargo actualmente. En caso que usted subrogue a ese
cargo, deberá solicitar la evaluación al cargo inmediatamente superior.
61. Envié los datos de mi superior jerárquico por correo electrónico al Plan de Formación de
Directores, sin embargo, aún no le llega el formulario de evaluación a mi jefe. ¿Qué
hago?
Aquella información sólo es necesaria para los profesionales que están realizando su
postulación por papel. En el caso de que el postulante esté realizando el proceso por
plataforma o decida hacerlo así, al ingresar los datos al sitio web, el formulario de evaluación
será automáticamente enviado a quien se ha indicado como superior jerárquico.
Si usted está realizando su postulación por papel y envío la solicitud de evaluación a
[email protected] y su superior jerárquico no ha recibido la evaluación en 48
horas, sugerimos verificar que el correo haya sido correctamente enviado.
62. Si durante mi experiencia profesional tuve más de un superior jerárquico, ¿A quién le
debo pedir estos certificados de Evaluación del Superior Jerárquico?
Este documento deberá ser completado por el último Superior Jerárquico del postulante. En
caso de imposibilidad de acceder a éste deberá dirigirse al anterior a él, justificando el motivo
de por qué el último superior jerárquico no completó esta evaluación.
63. Si soy docente de una escuela rural ¿Quién debe evaluarme si no tengo director?
Se considerará al sostenedor como su superior jerárquico para efectos de la evaluación.
V.
Elección de programas
64. ¿Cuántos programas de formación debo elegir?
Los postulantes deben seleccionar tres (3) programas de formación, los cuales deben ser
ingresados en orden de preferencia en el sistema de postulación en línea. La información de
dichos Programas (contenidos, objetivos, duración, costos y cobertura) se encontrará
disponible en el sitio web www.formaciondirectores.mineduc.cl desde el momento en que se
abra el proceso de postulación.
Al momento de seleccionar los programas, el postulante declara tener en cuenta las
características y/o requisitos para participar en ellos (por ejemplo modalidad, costo, horario,
duración, idioma, etc.).
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En caso que el CPEIP determine durante el proceso de adjudicación que un profesional no
cumple con los requisitos para participar de un determinado programa, dicha elección se
descartará y sólo se tomarán en consideración las restantes.
65. Cuando debo elegir programas en la etapa 5, no puedo ver algunos de los que me
interesa. ¿Por qué?
Los programas tienen 3 orientaciones: están orientados a directores, a profesionales que no
ejercen como director o tienen orientación mixta (directores en ejercicio y otros
profesionales). El sistema de postulación para la selección de los programas opera con filtros,
es decir, se despliegan como opción los programas a los que usted puede postular acorde a las
categorías mencionadas que usted haya seleccionado durante su postulación en web.
66. No encuentro la información de los programas, ¿Dónde puedo revisarla?
La información relacionada con los programas de formación está disponible en el sitio web
www.formaciondirectores.mineduc.cl, en la sección Documentos, y en la plataforma de
postulación. Para información que no esté contenida en los sitios mencionados, deberá
contactar a la institución.
67. Si soy Director ¿puedo postular a alguno de los programas destinados para otros
profesionales?
No puede. Si es director sólo puede postular a programas destinados a este grupo de
profesionales o a programas “mixtos”, los cuales incluyen a directores y otros profesionales.
Esto se debe a que los contenidos y metodologías han sido diseñados específicamente para
responder a las características y necesidades de los profesionales a los cuales se les ofrecen los
programas.
68. Soy profesor y no tengo licenciatura, ¿puedo postular a los programas tipo magíster?
Para postular a programas de tipo magíster debe presentar el grado académico de licenciado o
superior (magíster o doctorado). Lo anterior para dar cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 54, letra d) de la ley General de Educación N° 20.370, cuyo texto refundido,
coordinado y sistematizado se encuentra en el Decreto con fuerza de Ley N°2 del año 2010 del
Ministerio de Educación que en la parte pertinente dispone: ”Para optar al grado de magister
se requiere tener grado de licenciado o un título profesional cuyo nivel y contenido de estudios
sean equivalentes a los necesarios para obtener el grado de licenciado”.
Al postular, el profesional deben considerar los requisitos para cada programa (su modalidad,
costo, horario, duración, idioma, y otros). En caso de que el postulante no cumpla con los
requisitos para participar de un determinado programa al momento de postular, dicha
elección se descartará y sólo se tomarán en consideración las restantes.
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69. Soy docente, pero me encuentro reemplazando al director de mi establecimiento ¿Puedo
postular a un programa dirigido a Directores?
En la medida en que la calidad de director pueda ser acreditada por medio de documentación
pertinente, usted podrá postular a un programa destinado a directores.
VI.
¿Cómo se evaluará a los postulantes y cómo se informará
a los seleccionados?
70. ¿Cuáles son los criterios para evaluar las postulaciones?
Las postulaciones recibidas que cumplan con los requisitos y la documentación solicitada en las
Bases, serán evaluadas por la Comisión de Evaluación y Selección, conformado por el Jefe del
CPEIP y miembros designados por él.
Para proceder a la selección de los postulantes, la Comisión utilizará los antecedentes
académicos, profesionales y motivacionales de acuerdo a la descripción que se indica en las
Bases de postulación. Sin embargo, los indicadores y ponderaciones en el puntaje final difieren
entre los grupos de profesionales. Los grupos de profesionales son los siguientes:
1.- Docentes que ejercen funciones directivas: en este grupo pueden postular
directores, subdirectores e inspectores generales en ejercicio en cualquier tipo de
establecimiento educacional.
2.- Docentes o Jefes UTP o su equivalente en Establecimientos Educacionales
Municipales.
3.- Docentes que ejercen en Establecimientos Educacionales Particular Subvencionado
o de Administración Delegada.
4.- Otros profesionales de la Educación que no califican en los grupos anteriores.
71. ¿Cómo me informo si he sido seleccionado o seleccionada?
Los postulantes que sean seleccionados serán notificados por el CPEIP a través de un correo
electrónico dirigido a la dirección electrónica con la cual postuló y a través de una carta
certificada dirigida al domicilio señalado por el postulante en el formulario de postulación.
Los resultados y la nómina de los seleccionados para el Plan de Formación de Directores,
también se comunicará a través del sitio web www.formaciondirectores.mineduc.cl.
72. ¿Si he sido seleccionado, cuánto tiempo tengo para aceptar o rechazar la beca?
Los seleccionados tendrán un plazo de 5 días corridos, a contar de la notificación, para
informar al CPEIP la aceptación o el rechazo de la Beca. Dicha comunicación deberá efectuarse
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por correo electrónico a la dirección [email protected], o en su defecto, por
comunicación escrita dirigida ala dirección del CPEIP. Es fundamental que usted esté atento a
la publicación de los seleccionados en www.formaciondirectores.mineduc.cl y que se asegure
de que su aceptación o rechazo sea recibida dentro del plazo.
En caso de que el seleccionado no comunique su aceptación o rechazo en el plazo establecido,
se asumirá como una renuncia al proceso.
73. ¿Qué pasa si rechazo la opción para la cual fui seleccionado?
En caso que el postulante rechace la opción para la cual fue seleccionado, podrá solicitar
quedar en lista de espera de los otros programas que postuló. Esta solicitud deberá ser por vía
formal, mediante correo electrónico. Si en dicho caso no se genera una vacante, la persona
perderá la beca originalmente adjudicada.
VII. Una vez seleccionado, ¿qué sigue?
74. ¿Cuándo me convierto en Becario del Plan de Formación?
Una vez que usted sea seleccionado, y esté adjudicado en un programa, usted deberá:
1. Ratificar su aceptación en dicho programa;
2. Firmar el convenio de beca con el Mineduc;
3. Suscribir un pagaré de garantía.
Sólo una vez que este convenio sea firmado, y suscrito el pagaré, usted se convierte en
becario del Plan de Formación de Directores.
75. ¿Debo firmar algún convenio?
Sí, deberá firmar un convenio de beca con el Ministerio de Educación, a través del CPEIP de
acuerdo a los términos establecidos en las Bases. En el convenio, se establecerán los derechos
y obligaciones que tendrán las partes. Estos también se encuentran mencionados de manera
general en las Bases de postulación.
76. Si me adjudico la beca, ¿debo firmar algún documento como garantía?
Sí. El becario deberá suscribir un pagaré, en garantía por el valor total de los beneficios
otorgados por esta beca, que incluye el 90% del costo del programa, y el beneficio por
concepto de manutención. Dicho pagaré será proporcionado por el Ministerio de Educación y
deberá ser firmado ante notario público.
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VIII. ¿Qué beneficios y obligaciones tendré como becario?
77. ¿Cuáles son las obligaciones que asumo como becario durante la duración de mi
programa de formación?
Serán obligaciones del/la becario/a, las siguientes:
a) Pagar la parte del costo total del programa que no es cubierta por la beca, en la forma y
plazo establecido por la Institución de Formación (10% del valor del programa).
b) Iniciar el Programa de Formación en la fecha establecida por el Plan de Formación de
Directores.
c) Cumplir con los requerimientos exigidos por la Institución que imparta el programa de
formación, los cuales serán establecidos en los respectivos convenios.
d) Aprobar en tiempo y forma el programa de formación del que participen.
e) Mantener la calidad de alumno/a regular y la continuidad en los estudios durante el
período establecido por el Plan de Formación de Directores para su Programa. Cualquier
cambio en esta situación deberá ser informado por escrito a CPEIP en un plazo máximo de
10 días hábiles, contados desde el cese de la calidad señalada. Toda interrupción de
estudios deberá realizarse por causa debidamente justificada. En el caso de interrupción
de los estudios, el Ministerio determinará en forma fundada si suspende o pone término
anticipado al convenio de beca; para estos efectos el Ministerio podrá poner término
anticipado a la beca, pudiendo hacer efectivo el pagaré o solicitar la devolución de los
recursos entregados, conforme a lo estipulado en el convenio de beca.
f) No se aceptarán cambios, sean éstos de Institución Formadora y/o Programa. En caso que
el becario decida cambiar de programa y/o institución, el Ministerio pondrá término
anticipado a la beca. En estos casos, el Ministerio estará facultado para hacer efectivo el
pagaré o solicitar la devolución de los recursos entregados, conforme a lo estipulado en el
convenio de beca.
g) Utilizar los beneficios de la beca únicamente para el Programa seleccionado por el becario
en el Convenio.
h) Participar de las actividades de promoción y/o divulgación del Plan de Formación de
Directores, cuando sea solicitado por el Ministerio.
i) Acreditar la obtención del grado académico, certificación u otro equivalente, según
corresponda, así como el cumplimiento de sus obligaciones, una vez finalizada la Beca y de
acuerdo a los plazos y condiciones señalados en los respectivos convenios de Becas.
En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones precedentemente descritas, sin
causa justificada, el Ministerio estará facultado para terminar anticipadamente la beca y exigir
la restitución total de los beneficios económicos entregados, según DS 44 del 2011 del
Mineduc.
Las obligaciones del becario, están detalladas en el numeral 14 (obligaciones generales del/de
la becario/a) de las bases del presente concurso.
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78. ¿Bajo qué condiciones administrativas contractuales asistirían los becarios a las
actividades del programa adjudicado?
Las condiciones contractuales de los becarios para asistir al programa adjudicado dependerán
únicamente del acuerdo entre éste y su empleador. Para ello, al momento de la postulación se
encuentran disponibles y a la vista las características de horario y lugar de realización de los
programas seleccionados.
79. ¿Cuándo recibo la asignación de manutención (por concepto de traslado)?
Sólo se pagará la primera cuota de esta asignación una vez que el convenio entre el Ministerio
y el becario se encuentre totalmente tramitado.
80. ¿Cómo recibo la asignación de manutención (por concepto de traslado)?
El pago se realizará en 2 cuotas mediante transferencia bancaria o depósito. El becario será
responsable de entregar sus datos de cuenta bancaria correctamente al momento de ser
solicitados. En todo caso, el pago podrá ser diferido en relación al tiempo en que
efectivamente el becario incurrió en el gasto.
81. ¿Cuáles son las condiciones de retribución de la beca?
Una vez finalizada su participación en un programa de formación, los beneficiarios tendrán las
siguientes obligaciones de retribución:
a) Deberán postular y completar a lo menos 3 procesos de postulación para el cargo de
director de un establecimiento educacional, regido por el DFL N°2, de 1998, del Ministerio de
Educación y por el Decreto Ley N° 3.166, de 1980, en un plazo máximo de 5 años, contados
desde el egreso del becario del programa de formación. En caso de quedar seleccionado, el
beneficiario deberá ejercer dicho cargo por un período mínimo de 4 años en el caso de los
beneficiarios de magíster, y de 2 años en el caso de los beneficiarios de otras acciones
formativas.
b) Si no queda seleccionado para el cargo de director, deberán postular y completar a lo
menos 3 procesos de postulación para ejercer una función docente, docente-directiva o
técnico-pedagógica en un establecimiento de educación regido por el DFL N°2, de 1998, del
Ministerio de Educación y por el Decreto Ley N° 3.166, de 1980.
En el caso de los beneficiarios de magíster, esta obligación tendrá una vigencia de al menos 4
años luego de terminados los procesos de postulación al cargo de director. En el caso de
quedar seleccionado, deberá ejercer la función por un período de a lo menos 4 años. Mientras
que para los beneficiarios de otras acciones formativas, esta obligación tendrá una vigencia de
a lo menos 2 años y, en el evento de quedar seleccionado, deberá ejercer la función por un
período de a lo menos 2 años.
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Igualmente, en el evento de quedar seleccionados en funciones docente o técnico-pedagógica,
podrán continuar postulando al cargo de director y en el caso de adjudicarse este último,
podrá imputar el tiempo trabajado en funciones docentes, docente-directivas y técnicopedagógicas para los efectos del cumplimiento de la obligación de retribución.
Para el cumplimiento de las obligaciones de retribución señaladas, se deberá cumplir con una
jornada de trabajo mínima de 30 horas cronológicas semanales.
82. ¿Cuáles son las sanciones en caso que incumpliera las obligaciones asumidas en la beca?
El Ministerio exigirá la restitución de la totalidad de los beneficios económicos entregados
respecto de quienes sean eliminados, suspendan o abandonen sus programas sin causa
justificada y calificada por esta Secretaría de Estado. También en el caso de quienes no
cumplan con las obligaciones inherentes a su condición de beneficiario establecidas en el
presente instrumento o hayan alterado sus antecedentes o informes.
De la misma forma, estos beneficiarios no podrán postular o participar en nuevas
convocatorias que otorguen beneficios de formación establecidos del Ministerio que
reglamenta la ejecución del Plan de Formación de Directores.
83. Si obtengo la Beca al Plan de Formación de Directores ¿Puedo luego postular a la beca
Conicyt /Chile?
Le sugerimos que revise las bases de las becas Conicyt para conocer sus requisitos de
postulación, que difieren a los del Plan de Formación de Directores. Sin embargo, tenga en
cuenta que usted debe retribuir la beca y cumplir ciertas obligaciones especificadas en las
Bases de la Convocatoria del Plan de Formación de Directores.
84. Respecto a la retribución a la beca ¿Se puede realizar en el establecimiento educacional
en que se está trabajando?
Usted podrá postular, entre otras alternativas, al establecimiento educacional en el que
actualmente está trabajando, siempre y cuando se realice por Concurso de la Alta Dirección
Pública. Además, el establecimiento educacional debe estar regido por DFL N°2 de 1998 del
Ministerio de Educación y por el Decreto Ley n°3166 de 1980.
85. ¿Qué se entiende por establecimientos educacionales por el DFL Nº2 de 1998 y por la ley
Nº 3.166?
Se refiere a los establecimientos que reciben subvención del Estado.
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86. Si luego de postular al cargo de director, me adjudico el cargo ¿Debo postular dos veces
más?
En caso de que el postulante se adjudique el cargo de director en la primera postulación y
acredite esta adjudicación, deberá ejercer en el cargo el tiempo estipulado para ello según las
Bases de la Convocatoria al Plan de Formación de Directores. Si cumple con lo anterior, no
deberá realizar dos procesos de postulación al cargo de director adicionales.
87. Si resulto ser beneficiario de la beca, y repruebo una asignatura o módulo dentro del
programa, ¿se realizará el cobro de la totalidad del pagaré?
La reprobación del programa implica el cobro total del pagaré. En caso de reprobar una
asignatura o módulo, usted podrá solucionar su situación directamente con la institución
dependiendo de las políticas que ésta tenga. Cualquier solución que implique modificar los
plazos del programa establecidos en el convenio, debe necesariamente ser autorizado por el
CPEIP.
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