Diario Oficial de la República de El Salvador
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REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL DIARIO OFICIAL.San Salvador, 9 de Junio de 2010. 11 DIARIO OFICIAL DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López TOMO Nº 387 SAN SALVADOR, MIERCOLES 9 DE JUNIO DE 2010 NUMERO 107 - NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU SUMARIO LT A La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). Pág. ORGANO LEGISLATIVO Pág. MINISTERIO DE ECONOMÍA RAMO DE ECONOMÍA Decreto No. 363.- Exoneración de impuestos por la Acuerdos Nos. 377 y 382.- Se conceden beneficios a favor introducción al país de un donativo a favor de la Asociación “Club Rotario Sirama, San Miguel”. ......................................... 5-6 de dos Asociaciones Cooperativas. ............................................ Contrato de Préstamo No. 2015, suscrito con el Banco Acuerdo No. 409.- Se autoriza la actividad de la sociedad Centroamericano de Integración Económica, para financiar la Centro Logístico Integral, Sociedad Anónima de Capital Variable, ejecución del “Programa para el Desarrollo de Infraestructura como Servicio de Distribución Internacional. ........................... 59-60 61-62 Social y Prevención de Vulnerabilidad” y Decreto Legislativo No. 370, aprobándolo................................................................. 7-47 Acuerdo No. 449.- Se legaliza el desempeño de misión oficial.......................................................................................... 62 ORGANO EJECUTIVO Acuerdo No. 456.- Se nombran a Directores Propietarios PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA y Suplentes ante la Junta Directiva del Centro Internacional de Ferias y Convenciones de El Salvador, por parte del Ministerio de O AR I Acuerdo No. 213.- Se encarga el Despacho de Economía, al Viceministro de Comercio e Industria. .................................. 48 Economía, a propuesta de la Asociación Nacional de la Empresa Privada. ...................................................................................... 62 DI MINISTERIO DE GOBERNACION MINISTERIO DE EDUCACION RAMO DE EDUCACIÓN Escritura pública, estatutos de la Fundación El Salvador Avanza y Decreto Ejecutivo No. 62, declarándola legalmente establecida, aprobándole sus estatutos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. .................................................................... 48-55 MINISTERIO DE HACIENDA RAMO DE HACIENDA Acuerdo No. 597.- Se aprueba la Resolución No. 1-CDF-858/10, emitida por el Consejo Directivo del Fondo Salvadoreño para Estudios de Preinversión. .............................. 56-58 Acuerdo No. 15-0346.- Reconocimiento de estudios a favor de German Eberto López Ajanel................................................ 63 MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL Acuerdo No. 66.- Se nombra a personal como Enlace de Apoyo ante la Comisión Técnica Sectorial de Infraestructura y Servicios Básicos del Consejo Asesor de Protección Civil. ...... 63 Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: [email protected] DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 2 Pág. Pág. DE SEGUNDA PUBLICACION ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Aceptación de Herencia Cartel No. 546.- Edwin Antonio Flores Guzmán (3 alt.) .. Acuerdos Nos. 1938-D, 355-D, 381-D, 435-D, 437-D, 90 443-D, 459-D, 472-D, 479-D, 501-D, 504-D, 506-D, 513-D, Cartel No. 547.- Olga Marina Rodríguez de Parada (3 515-D, 538-D, 569-D, 572-D, 574-D y 576-D.- Autorizaciones alt.) ........................................................................................... 90 Cartel No. 548.- María Esperanza Zavala de Jovel (3 alt.) 90 para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. .................. 64-67 LT A INSTITUCIONES AUTONOMAS DE TERCERA PUBLICACION NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU ALCALDÍAS MUNICIPALES Aceptación de Herencia Decreto No. 2.- Ordenanza transitoria para el pago de las Cartel No. 535.- María Rosario Palma de Casco (3 alt.) ........... tasas por servicios municipales con dispensa de multas e intereses moratorios a favor de la municipalidad de Concepción Batres. Cartel No. 536.- María Brígida Benítez de Soriano y otros 68-69 Decreto No. 2.- Ordenanza reguladora para la instalación (3 alt.) ......................................................................................... 91 Cartel No. 537.- Cayetano Crespín Alemán (3 alt.). ......... 91-92 Cartel No. 538.- María Cecilia Dubón de Orellana y otros de antenas y torres de telecomunicaciones, radio y T.V., en el municipio de La Unión. ............................................................. 91 (3 alt.) ......................................................................................... 92 69-72 Cartel No. 539.- María Cecilia Dubón de Orellana y otros (3 alt.) ......................................................................................... Estatutos de las Asociaciones “Desarrollo Comunal Caserío 92 Cartel No. 540.- Francisca Antonia Monterrosa Rauda viuda Guadalupe, Cantón El Amate”, de “Municipios Shafick Jorge de Monterrosa y otro (3 alt.) ...................................................... 92-93 Handal”, “Residencial Las Terrazas 1 y 2” y “Desarrollo Comunal Cartel No. 541.- María Clotilde Mejía Rauda y otra El Pinar” y Acuerdos Nos. 18, 42, 137 y 04-05/05/10, emitidos (3 alt.) ......................................................................................... 93 por las Alcaldías Municipales de San Miguel, Ciudad Barrios, Ayutuxtepeque y Panchimalco, aprobándolos y confiriéndoles 73-88 Herencia Yacente Cartel No. 542.- José Eduardo Menéndez, se nombra curador AR I O el carácter de persona jurídica.................................................... SECCION CARTELES OFICIALES al Lic. José Aníbal Cárcamo Vega (3 alt.) ................................. 93 DI DE PRIMERA PUBLICACION SECCION CARTELES PAGADOS Declaratoria de Herencia Cartel No. 558.- José Alfredo Alfaro y otros (1 vez) ........ 89 Cartel No. 559.- José Mercedes Romero Parada (1 vez) .. 89 DE PRIMERA PUBLICACION Declaratoria de Herencia Aceptación de Herencia Carteles Nos. C003971, C003972, C003986, C004006, Cartel No. 560.- Sayra Lizzette Alvarado Molina y otros (3 alt.) ......................................................................................... F014836, F014839, F014841, F014864, F014877, F014881, 89 Cartel No. 561.- María Encarnación Santos Pérez y otra (3 alt.) ........................................................................................... F014890, F014896, F014912, F014921, F014924, F014939, F014953, F014964, F014965, F014982, F014984, F014989, 89 F014995, F014996. .................................................................... 94-101 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 3 Pág. Pág. Aceptación de Herencia Aumento de Capital Carteles Nos. C003967, C003969, F014908, F014910, Carteles Nos. C003987, F014932. .................................... 129-130 F014928, F014935, F014936, F014946, F014963, F014971, F014975, C003970, C003975, C004002, C004003, F014833, Disolución de Sociedades F014835, F014879, F014887, F014888, F014949, F014954, Cartel No. F014988. .......................................................... 130 F014957, F014974, F014880. .................................................... 102-110 Patente de Invención Herencia Yacente Carteles Nos. F015004, F015006...................................... Revocatoria de Poder Título de Propiedad LT A Cartel No. F014842. .......................................................... 131 110 Cartel No. F015333. .......................................................... 131-132 NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU Carteles Nos. F014919, F014951, F014959. .................... 110-111 Título Municipal Cartel No. F014990. .......................................................... Título Supletorio 132 Carteles Nos. F014856, F014916, F014976, C004004, F014931. .................................................................................... 111-113 Marca de Servicios Carteles Nos. C003995, C003996, F014913..................... 132-133 Título de Dominio Cartel No. F014920. .......................................................... 113 Reposición de Póliza de Seguro Cartel No. C003974. ......................................................... Juicio de Ausencia Carteles Nos. F014851, F014852, F014854, F015009, F015014. .................................................................................... 114-115 Renovación de Marcas DE SEGUNDA PUBLICACION Aceptación de Herencia Carteles Nos. C003977, C003978, C003979, C003981, C003982, C003984, F015011. ................................................... 115-117 Marca de Fábrica 133 Carteles No. C003894, C003895, C003896, C003898, F014546, F014567, F014571, F014638..................................... 134-136 Título Supletorio Carteles Nos. C003988, C003989, C003990, C003991, 136 O Cartel No. F014569. .......................................................... AR I C003992, C003993, C003994, C003997, C003998, F015008, F015010, F015013, F015015, F015016, F015017, F015018. ... 118-125 Carteles No. F014576, F014659. ...................................... 136-137 DI Nombre Comercial Cartel No. C003976. ......................................................... Título de Dominio 125 Renovación de Marcas Señal de Publicidad Comercial Carteles Nos. C003999, C004000, C004001. ................... 125-126 Convocatorias Cartel No. F014999. .......................................................... 126-127 Carteles No. C003922, F014532, F014533, F014535, F014536, F014538, F014540, F014542, F014543, F014544. ... 137-140 Marca de Fábrica Carteles No. C003904, C003905, C003906, C003923, C003924, C003925, C003926, F014585, F014586. .................. 140-144 Subasta Pública Carteles Nos. C003985, F014840, F014891, F014930, F014967, F015001. .................................................................... 127-129 Nombre Comercial Carteles No. C003907, C003920, F014663. ..................... 144-145 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 4 Pág. Pág. Nombre Comercial Convocatorias Cartel No. C003919. ......................................................... 145 Subasta Pública Carteles Nos. C003828, F014377. .................................... 176-177 Convocatorias Carteles No. C003914, C003915, F014522, F014530, F014549, F014550. .................................................................... 146-150 Carteles Nos. F014310, F014312, F014384. .................... 177-178 Subasta Pública Cartel No. F014876. .......................................................... 150 Reposición de Certificados Balances de Liquidación 151 Cartel No. C003916. ......................................................... Cartel No. C003901. ......................................................... 180 Disminución de Capital Reposición de Póliza de Seguro Marca de Producto Carteles Nos. F014323, F014326...................................... NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU Cartel No. F014630. .......................................................... Carteles Nos. F014299, F014307, F014333, F014346. .... 178-180 LT A Reposición de Certificados 151 Carteles Nos. C003837, C003838. .................................... 181 Marca Industrial 151 Carteles Nos. C003829, C003830, C003831. ................... 181-182 Título Municipal DE TERCERA PUBLICACION Aceptación de Herencia Carteles Nos. F014262, F014291, F014400. .................... 182-184 Emblemas Carteles Nos. C003775, C003778, C003825, C003826, Cartel No. F014379. .......................................................... 184 C003902, F014282, F014286, F014297, F014355, F014376, F014568, F014581, F014651.. ................................................... 152-156 Marca de Servicios Cartel No. F014374. .......................................................... 184-185 Título de Propiedad Carteles Nos. F014280, F014344...................................... 156 Marca de Producto 185 AR I O Carteles Nos. C003779, F014354. .................................... Título Supletorio Carteles Nos. C003770, C003776, C003827, F014261, DI F014292, F014311, F014360. .................................................... 157-160 SECCION DOCUMENTOS OFICIALES MINISTERIO DE EDUCACIÓN Renovación de Marcas Carteles Nos. C003822, C003832, C003833, C003834. .. 161-162 Resoluciones Nos. 575, 578, 579, 580, 585, 586, 589, 591, 592, 594, 595, 598, 599, 601, 602, 603, 604, 605, 613, 614, 615, 616, 617, 618, 619(2), 620, 621, 624(2), 625, 626 y 627.- Marca de Fábrica Reposiciones de títulos. ............................................................ 186-199 Carteles Nos. C003792, C003793, C003794, C003795, C003796, C003797, C003798, C003799, C003800, C003801, C003802, C003803, C003804, C003805, C003806, C003807, CENTRO DE DESARROLLO DE LA PESCA Y LA ACUICULTURA C003808, C003809, C003810, C003811, C003812, C003813, C003814, C003815, C003816, C003817, C003819, C003820, Resolución S/No.- Se declara veda temporal para la C003821, C003823, C003824, F014257, F014258, F014301, extracción de todos los recursos hidrobiológicos, en la Laguna F014362. .................................................................................... 162-176 de Cuscachapa, ubicada en el municipio de Chalchuapa. .......... 199-200 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 5 ORGANO LEGISLATIVO DECRETO No. 363 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, Que la Asociación "Club Rotario Sirama, San Miguel", es una institución de servicio, apolítica, no lucrativa, ni religiosa, cuyos objetivos, NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU I. LT A CONSIDERANDO: entre otros, son estimular y fomentar el ideal de servicio como base de toda empresa digna. II. III. Que para el logro de sus objetivos, introducirán al país bienes que le han sido donados. Que de conformidad a las facultades que a esta Asamblea Legislativa le confiere la Constitución de la República, es procedente exonerar del pago de impuestos, incluyendo bodegaje, que pueda causar la introducción al país del referido donativo. POR TANTO: En uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Diputado Rafael Eduardo Paz Velis. AR I O DECRETA: DI Art. 1. Exonérase a la Asociación "Club Rotario Sirama, San Miguel", del pago de impuestos, incluyendo bodegaje, a excepción del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), que pueda causar la introducción al país de bienes que le han sido donados, el cual se detalla a continuación: veinticinco (25) camas; tres (3) mesas laterales para encamados; dieciséis (16) bancos para examen; un (1) soporte para oxígeno; once (11) pedestales para sueros; tres (3) mesas para terapia física; siete (7) barras para tracción; cuatro (4) carretillas para depósitos de oxígeno; dos (2) mesas para expedientes; treinta (30) estantes para encamados; un (1) asistente para levantar encamados; diez (10) carretillas para ropa contaminada o sucia; tres (3) gradillas; un (1) asiento para prótesis; catorce (14) mesas para examen; un (1) biombo; diez (10) colchones; doce (12) andaderas; cinco (5) asientos para inodoros; una (1) tina para hidroterapia con bomba; un (1) marco de cama; un (1) colchón delgado; una (1) bolsa de bienes línea blanca; seis (6) rodetes; un (1) ventilador; dos (2) soportes para bote de succión; un (1) set de accesorios para discapacitados; una (1) mesa para flebotomista; tres (3) carro camilla; un (1) equipo de succión de secreciones; una (1) silla de pesaje; un (1) sistema de torniquete; un (1) set de partes para cama de paciente; una (1) silla para enfermera; una (1) silla ortopédica; una (1) mesa plegable; cinco (5) muletas; una (1) silla; un (1) banco para examen; tres (3) sillas para duchar pacientes; y una (1) bolsa de almohadillas para muletas. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 6 La exención concedida es sin perjuicio de la vigilancia y control que deberán ejercer los organismos fiscales respectivos. Asimismo, los representantes de la referida Asociación, deberán presentar a esta Asamblea dentro de los 45 días posteriores a la introducción de dichos bienes, un informe debidamente auditado sobre la distribución de los mismos. Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los veinte días del mes de mayo del año dos mil diez.- CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA LT A PRESIDENTE GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE SEGUNDO VICEPRESIDENTE NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU OTHON SIGFRIDO REYES MORALES PRIMER VICEPRESIDENTE JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ TERCER VICEPRESIDENTE ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ CUARTO VICEPRESIDENTE FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN QUINTO VICEPRESIDENTE CESAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA SEGUNDO SECRETARIO ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ QUINTA SECRETARIA SEXTA SECRETARIA DI AR I O LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA PRIMERA SECRETARIA MIGUEL ELÍAS AHUES KARRA SÉPTIMO SECRETARIO CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los siete días del mes de junio del año dos mil diez. PUBLÍQUESE, CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA, Presidente de la República. JUAN RAMÓN CARLOS ENRIQUE CÁCERES CHÁVEZ, Ministro de Hacienda. LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 7 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI 8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 9 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI 10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 11 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI 12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 13 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI 14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 15 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI 16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 17 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI 18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 19 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI 20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 21 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI 22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 23 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI 24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 25 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI 26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 27 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI 28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 29 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI 30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 31 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI 32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 33 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI 34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 35 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI 36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 37 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI 38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 39 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI 40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 41 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI 42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 43 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI 44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O AR I DI DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 45 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 46 DECRETO No. 370 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I. Que por Decreto Legislativo No. 329, de fecha 15 de abril de 2010, publicado en el Diario Oficial No. 76, Tomo No. 387 del 27 de abril LT A del mismo año, esta Asamblea autorizó al Órgano Ejecutivo en el Ramo de Hacienda para que por medio de su Titular o del representante que él designare, negociare y suscribiera en nombre del Estado y Gobierno de la República de El Salvador el Contrato de Préstamo NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), por un monto de hasta CIENTO CUARENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS SETENTA DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US $143,433,870.00), recursos que se destinarán para financiar la ejecución del "Programa para el Desarrollo de Infraestructura Social y Prevención de Vulnerabilidad". II. Que el referido Contrato de Préstamo fue suscrito el 4 de mayo de 2010, por el señor Ministro de Hacienda en correspondencia a la autorización conferida por el Decreto Legislativo No. 329 antes relacionado. III. Que en razón de que se han satisfecho las exigencias de orden legal requeridas en nuestra legislación, procede aprobar en todas sus partes el Contrato de Préstamo, que ha sido sometido a esta Asamblea, para lo cual se ha dado cumplimiento a lo establecido en el Art. 148 de la Constitución de la República. POR TANTO: en uso de sus facultades constitucionales. AR I O DECRETA: Art. 1. Apruébase en todas sus partes el Contrato de Préstamo No. 2015, suscrito el 4 de mayo de 2010, entre el Gobierno de la República de El DI Salvador y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), por un monto de hasta CIENTO CUARENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS SETENTA DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US $143,433,870.00), recursos que se destinarán para financiar la ejecución del "Programa para el Desarrollo de Infraestructura Social y Prevención de Vulnerabilidad". Art. 2. El Coordinador Especial para el Seguimiento y Ejecución de la Inversión Pública, a partir de la fecha del primer desembolso, presentará a esta Asamblea Legislativa un informe trimestral de la ejecución física y financiera de los proyectos a que se refiere el artículo anterior, hasta que se completen y se den por recibidos los mismos. Art. 3. El presente Decreto entrará en vigencia desde su publicación en el Diario Oficial. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 47 DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los veintisiete días del mes de mayo del año dos mil diez. CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA PRESIDENTE GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU LT A OTHON SIGFRIDO REYES MORALES FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN QUINTO VICEPRESIDENTE CESAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ QUINTA SECRETARIA SEXTA SECRETARIA DI AR I O LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA MIGUEL ELÍAS AHUES KARRA SÉPTIMO SECRETARIO CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los nueve días del mes de junio del año dos mil diez. PUBLÍQUESE, CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA, Presidente de la República. JUAN RAMÓN CARLOS ENRIQUE CÁCERES CHÁVEZ, Ministro de Hacienda. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 48 ORGANO EJECUTIVO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA ACUERDO No. 213. CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA, Presidente de la República. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU LT A En uso de sus facultades legales, ACUERDA: Encargar el Despacho de Economía, con carácter ad-honorem, durante el período comprendido del 4 al 6 del presente mes y año, al señor Viceministro de Comercio e Industria, Ingeniero Mario Antonio Cerna Torres, conforme al detalle siguiente: En el caso del día 4 de los corrientes, dicho encargo es efectivo a partir del momento de la salida del territorio nacional del señor Ministro, Doctor Héctor Miguel Antonio Dada Hirezi y tratándose del día 6 del mismo mes y año, el encargo será efectivo hasta el arribo al país del mencionado titular, a quien se le ha encomendado el desempeño de una misión oficial en el exterior, concediéndosele por tal motivo licencia con goce de sueldo durante el período antes mencionado. DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los tres días del mes de mayo de dos mil diez. CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA, Presidente de la República. HUMBERTO CENTENO NAJARRO, Ministro de Gobernación. MINISTERIO DE GOBERNACIÓN cero cero ciento cuarenta y tres mil cuatrocientos setenta y seis- cinco; DE FUNDACION. En la ciudad de San Salvador, a las once horas del SABRINA ELIZABETH ARTEAGA JUAREZ, de treinta años de edad, O NÚMERO TREINTA Y OCHO. LIBRO QUINTO. CONSTITUCION Licenciada en Salud Materno Infantil, del domicilio de Santa Tecla, DA RODRIGUEZ MOLINA, Notario, del domicilio de la ciudad de Departamento de La Libertad, persona a quien no conozco pero identi- Santa Tecla, Departamento de La Libertad. COMPARECEN: Los Se- fico por medio de su Documento Único de Identidad número Cero dos DI AR I día treinta y uno de octubre del dos mil nueve. Ante mí, LUZ ARMIN- ñores: ANTONIO ADALBERTO GAVIDIA GONZALEZ, de sesenta millones doscientos veintisiete mil ochenta y ocho- tres; JOSE ULICES y cinco años de edad, Licenciado en Administración de Empresas, del ARIAS CHAVARRIA, de treinta y dos años de edad, Contador, del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, persona a domicilio de Ayutuxtepeque, Departamento de San Salvador, persona quien no conozco pero identifico por medio de su Documento Unico de a quien no conozco pero identifico por medio de su Documento Único Identidad número cero dos millones ciento ochenta y nueve mil ciento de Identidad número cero cero quinientos cincuenta y cinco mil sete- cuarenta y seis- seis, CIRO ORLANDO ALVAREZ, de cincuenta años cientos cincuenta y siete- tres; ANA REYNA MARIA AZUCENA de edad, Ingeniero Industrial, del domicilio de Zacatecoluca, departa- ALVAREZ, de sesenta años de edad, Licenciada en Relaciones Inter- mento de La Paz, persona a quien no conozco pero identifico por medio nacionales, del domicilio de Cuscatancingo, Departamento de San de su Documento Único de Identidad número cero cero quinientos once Salvador, persona a quien no conozco pero identifico por medio de su mil cuatrocientos noventa y siete- siete; CLAUDIA LISSETH LOPEZ Documento Único de Identidad número Cero un millón trescientos ESCOBAR, de veintinueve años de edad, Estudiante, del domicilio de ochenta y seis mil cuatrocientos diez- cuatro; JOSE OSCAR APARICIO, Ilopango, Departamento de San Salvador, persona a quien no conozco de ochenta y tres años de edad, Licenciado en Administración de Em- pero identifico por medio de su Documento Único de Identidad número presas, del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 49 nas naturales o jurídicas, privadas o gubernamentales, para destinarlos to Único de Identidad número cero un millón seiscientos cincuenta y un a la consecución de sus finalidades, así mismo ejecutar cualquier acto o mil cuatrocientos setenta y uno- seis; ABRAHAM VALENCIA MO- negociación lícita, las gestiones necesarias y complementarias para RALES, de sesenta y tres años de edad, Licenciado en Economía, del cumplir con sus finalidades y en general ejecutar y celebrar toda clase domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, persona a quien de convenios de cooperación, nacional o internacional. b) Mejorar la no conozco pero identifico por medio de su Documento Único de Iden- calidad de vida de las familias Salvadoreñas en el área urbano-marginal tidad número cero cero trescientos ochenta y nueve mil seiscientos y en el área rural mediante la creación de espacios físicos saludables a cincuenta y cinco- siete; FATIMA EMELINA RAMOS LEMUS, de través de la construcción de infraestructura social; trabajando conjunta- veinticinco años de edad, Estudiante, del domicilio de San Martín, mente con instituciones públicas, u organismos privados, nacionales o Departamento de San Salvador, persona a quien no conozco pero iden- internacionales que participen en las correspondientes acciones. c) tifico por medio de su Documento Único de Identidad número cero un Mejorar la calidad de vida de las familias Salvadoreñas en el área urba- millón cuatrocientos noventa y ocho mil cuatrocientos cuarenta tres- seis; no-marginal y en el área rural a través de programas integrales de pro- ANTONIO ADALBERTO GAVIDIA ALFARO, de cuarenta y cuatro moción y atención primaria en salud, con la participación de actores años de edad, Empleado, del domicilio de Santa Tecla, Departamento locales. d) Mejorar la calidad de vida de las familias salvadoreñas en el de La Libertad, persona a quien no conozco pero identifico por medio área urbano-marginal y en el área rural a través de programas integrales de su Documento Único de Identidad número Cero un millón ciento de educación. e) Apoyar los procesos de gestión de infraestructura social, noventa y nueve mil trescientos diecinueve- tres; LILIANA ASTRID y equipamiento en el área-urbano-marginal y en el área rural, pudiendo GAVIDIA VILLEGAS, de veintiocho años de edad, Estudiante, del consistir tal apoyo en la gestión, ejecución, supervisión y seguimiento domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, persona a de los mismos. f) Desarrollar programas de formación técnica, capaci- quien no conozco pero identifico por medio de su Documento Único de tación, educación y cultura que contribuyan al desarrollo de la salud y Identidad número Cero dos millones novecientos treinta y cinco mil educación. En cuanto a la Educación NO FORMAL, desarrollar progra- doscientos noventa y tres -siete; y RENE ALBERTO AYALA AYALA, mas de formación técnica y capacitación laboral, para tal efecto se de cuarenta y seis años de edad, Ingeniero Civil, del domicilio de certificará los programas de competencias laborales ante las entidades Soyapango, Departamento de San Salvador, persona a quien no conoz- correspondientes. g) Desarrollar programas para la formación e imple- co pero identifico por medio de su Documento Único de Identidad nú- mentación de microempresas en las áreas urbano-marginales y áreas mero Cero un millón trescientos cuatro mil setecientos treinta- cuatro; rurales a fin de contribuir al desarrollo económico de las comunidades y ME DICEN: I) Que por medio de este instrumento, deciden constituir gestionando recursos y asistencia técnica con el fin de que sean auto una Fundación de utilidad Pública, Apolítica, no lucrativa ni religiosa, sostenibles. h) La Fundación desarrollará y ejecutará sus finalidades en que se denominará "FUNDACION EL SALVADOR AVANZA", y que el entendido de que existen Instituciones gubernamentales encargadas podrá abreviarse FUNDAVANZA. II) Que aprueban íntegramente los de desarrollar actividades como las que persigue la Fundación, y que O NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU LT A persona a quien no conozco pero identifico por medio de su Documen- AR I Estatutos que regirán la Fundación los cuales constan de TREINTA Y por lo tanto no pretende usurpar tales atribuciones encomendadas por la ley a dichas instituciones, sino por el contrario es su finalidad mayor, DE LA "FUNDACION EL SALVADOR AVANZA". CAPITULO trabajar conjuntamente y en armonía con ellas y generar el desarrollo DI CINCO ARTICULOS que se transcriben a continuación ESTATUTOS I. NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO. de nuestros municipios y comunidades especialmente en las áreas: Artículo Uno.- Créase en la Ciudad de San Salvador, Departamento de construcción de infraestructura social, salud y educación. Entiéndase San Salvador, la Fundación de Nacionalidad Salvadoreña, que se deno- por infraestructura social: Al conjunto de estructuras y/o construcciones minará "FUNDACION EL SALVADOR AVANZA", y que podrá básicas necesarias que permiten el desarrollo de las comunidades, y abreviarse FUNDAVANZA, como una entidad apolítica, no lucrativa, mejoran la calidad de vida de sus habitantes. CAPITULO III. DEL la que en los presentes Estatutos se denominará "LA FUNDACION". PATRIMONIO. Artículo Cinco.- El Patrimonio de la Fundación esta- Artículo Dos.- El domicilio de la Fundación será la Ciudad de San rá constituido por: a) Un aporte inicial de CIENTO VEINTE DOLARES Salvador, Departamento de San Salvador, pudiendo establecer filiales DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA que los miembros fun- en todo el territorio de la República y fuera de él. Artículo Tres.- La dadores han pagado. La aportación en dinero relacionado queda en Fundación se constituye por tiempo indefinido.CAPITULO II. OBJE- poder y bajo la responsabilidad de la Junta Directiva. b) Donaciones, TO O FINALIDAD. Artículo Cuatro.- Los fines u objetivos de la herencias, legados, contribuciones de personas naturales o jurídicas, Fundación serán: a) Gestionar recursos por medio de donaciones de nacionales y extranjeras, respectivamente; y c) Todos los bienes muebles Instituciones u Organismos, sean éstos nacionales o extranjeros, perso- e inmuebles que adquiera y las rentas provenientes de los mismos de DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 50 conformidad con la ley. Artículo Seis.- El patrimonio será administrado dación; c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Fundación. d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y presupuestos de la Fundación e informar a la Asamblea General; e) Velar por el DACION. Artículo Siete.- El gobierno de la Fundación será ejercido cumplimiento de los Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resolu- por: a) La Asamblea General; y b) La Junta Directiva. CAPITULO ciones de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva; f) Con- V. DE LA ASAMBLEA GENERAL. Artículo Ocho.- La Asamblea vocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General; General, debidamente convocada, es la autoridad máxima de la Funda- g) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea ción y estará integrada por la totalidad de los miembros Fundadores. General. Artículo Diecisiete.- Son atribuciones del presidente(a): a) Artículo Nueve.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General; vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva. La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia Directiva y de la Asamblea General, así como de los Estatutos y Regla- de siete como mínimo de los Miembros en primera convocatoria y en mento Interno de la Fundación; c) Representar judicial y extrajudicial- segunda convocatoria el día siguiente con los miembros que asistan, mente a la Fundación, pudiendo otorgar poderes previa autorización de excepto en los casos especiales en que se requiera mayor número de la Junta Directiva; d) Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias asistentes. Las resoluciones que tomará la Asamblea General será por de la Asamblea General y de la Junta Directiva. e) Autorizar juntamen- lo menos de siete votos de los miembros asistentes, excepto en los casos te con el Tesorero las erogaciones que tenga que hacer la Fundación; y especiales en que se requiera una cantidad de votos diferente. Artículo f) Presentar la Memoria de Labores de la Fundación y cualquier informe Diez.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones que le sea solicitado por la misma. Artículo Dieciocho.- Son atribucio- de Asamblea General por motivos justificados podrá hacerse represen- nes del Vice-presidente(a): desempeñar las funciones del Presidente(a) tar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones es de un en caso de ausencia, renuncia o impedimento. Artículo Diecinueve.- Son miembro llevando la voz y el voto de su representado. Artículo Once.- atribuciones del Secretario(a): a) Llevar los libros de actas de las sesio- Son atribuciones de la Asamblea General: a) Elegir, sustituir y destituir nes de Asamblea General y de Junta Directiva; b) Llevar el archivo de total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva; b) Aprobar, documentos y registros de los miembros de la Fundación. c) Extender reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Fundación; todas las certificaciones que fueran solicitadas a la Fundación. d) Hacer c) Aprobar y/o modificar los planes, programas o presupuesto anual de enviar la convocatoria a los miembros para sesiones y e) Ser el órgano la Fundación; d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de comunicación de la Fundación. Artículo Veinte.- Son Atribuciones de la Fundación, presentada por la Junta Directiva; e) Decidir, sobre la del Pro-secretario(a): desempeñar las funciones del secretario(a), en caso compra, venta o enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes a de ausencia, renuncia o impedimento. Artículo veintiuno.- Son atribu- la Fundación. f) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Fun- ciones del Tesorero(a): a) Recibir y depositar los fondos que la Funda- dación y que no estén contemplados en los presentes Estatutos. CAPI- ción obtenga, en el Banco que la Junta Directiva seleccione; b) Llevar O NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU LT A por la Junta Directiva conforme a las directrices que le manifieste la Asamblea General. CAPITULO IV. DEL GOBIERNO DE LA FUN- AR I TULO VI. DE LA JUNTA DIRECTIVA. Artículo Doce.- La dirección o tener control directo de los libros de contabilidad de la Fundación; y c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que la Fundación tenga que realizar. Artículo Veintidós.- Son atribuciones del DI y administración de la Fundación estará confiada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente forma: Un presidente, un vicepresidente, un secretario, un pro-secretario, un tesorero, un pro-tesorero Pro-tesorero: desempeñar las funciones del Tesorero(a), en caso de y seis vocales. La Junta Directiva Administrará y dispondrá del patri- ausencia, renuncia o impedimento. Artículo Veintitrés.- Son atribucio- monio de la misma, en los términos que establezcan las leyes y estos nes de los vocales: a) Colaborar directamente con todos los miembros estatutos. Artículo Trece.- Los miembros de la Junta Directiva serán de la Junta Directiva; y b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta electos para un periodo de dos años pudiendo ser reelectos. Artículo Directiva en caso de ausencia o impedimento, Excepto al presidente, Catorce.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y secretario y tesorero. CAPITULO VII. DE LOS MIEMBROS FUN- extraordinariamente cuantas veces sea necesario. Artículo Quince.- El DADORES. Artículo Veinticuatro.- Son MIEMBROS FUNDADORES quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será siete todas aquellas personas que han contribuido al fondo inicial con el cual de sus Miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de se constituye la Fundación. Los fundadores podrán designar distinciones los asistentes. El presidente tendrá voto calificado. Artículo Dieciséis.- honorarias a todas aquellas personas que por su labor y méritos en favor La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a) Desarrollar las de la Fundación sean así nombrados por la Asamblea General, así como actividades necesarias para el logro de los fines de la Fundación; b) también a todas aquellas personas naturales o jurídicas, Instituciones, Velar por la administración eficiente y eficaz del patrimonio de la Fun- Entidades y Organismos Nacionales o Extranjeros, así como Empresas DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 51 currentes queda integrada de la siguiente manera: Presidente: ANTONIO significativas a la Fundación en efectivo o en especies de acuerdo al ADALBERTO GAVIDIA GONZALEZ; Vicepresidente: CIRO criterio que para tal efecto establezca la Junta Directiva. Artículo Vein- ORLANDO ALVAREZ, Secretario: CLAUDIA LISSETH LÓPEZ ticinco.- Son derechos de los miembros Fundadores: a) Tener voz y voto ESCOBAR: Pro secretaria: SABRINA ELIZABETH ARTEAGA en las deliberaciones de la Asamblea General; b) Optar a cargos Direc- JUAREZ, Tesorero: JOSE ULICES ARIAS CHAVARRIA; Pro Teso- tivos llenando los requisitos que señalen los Estatutos de la Fundación; rera: ANA REYNA MARIA AZUCENA ALVAREZ; Primer Vocal: y c) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de JOSE OSCAR APARICIO; Segundo Vocal: ABRAHAM VALENCIA la Fundación. Artículo Veintiséis.- Son deberes de los miembros Fun- MORALES; Tercer Vocal: FATIMA EMELINA RAMOS LEMUS; dadores: a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Cuarto Vocal: ANTONIO ADALBERTO GAVIDIA ALFARO; Quin- Asamblea General; b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades to Vocal: LILIANA ASTRID GAVIDIA VILLEGAS; y Sexto Vocal: propias de la Fundación; c) Cumplir y hacer cumplir los presentes RENE ALBERTO AYALA AYALA. La suscrita Notario DA FE: De Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea haber hecho a los comparecientes la Advertencia que señala el Artículo General; y d) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento noventa y uno de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Interno de la Fundación. Artículo Veintisiete.- La calidad de miembro Lucro. Expliqué a los comparecientes los efectos legales del presente fundador se perderá por las causas siguientes: a) Por violación a estos instrumento y leído que se los hube íntegramente sin interrupción algu- Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea na, ratifican su contenido y firmamos DOY FE. Enmendados: e)-f)- General; b) Por otras faltas graves cometidas que a juicio de la Asamblea g).Vale. Más Enmendados: Salvador-urbano. Valen. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU LT A que mediante invitación de la Junta Directiva aporten contribuciones General merezcan tal sanción; y c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva. CAPITULO VIII. DE LA DISOLUCION. Ar- tículo Veintiocho.- No podrá disolverse la Fundación sino por disposi- ción de la ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordi- LUZ ARMINDA RODRIGUEZ MOLINA, NOTARIO. naria, convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo menos nueve de sus miembros. Artículo Veintinueve.- En caso de acordarse la disolución de la Fundación se nombrará una Junta de liquidación compuesta de cinco personas, electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se donarán a cualquier entidad Benéfica o Cultural que la Asamblea general señale. CAPITULO IX. SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS DISCIPLI- CUARENTA Y TRES VUELTO del LIBRO QUINTO DE MI PROTOCOLO, que llevo y vence el día siete de Septiembre del año dos mil diez. Extiendo, firmo y sello el presente TESTIMONIO de CONSTITUCION DE FUNDACION. En la Ciudad de San Salvador, a los treinta y un días del mes de octubre del año dos mil nueve, para ser entregada a la FUNDACIÓN EL SALVADOR AVANZA. O NARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN. PASO ANTE MI, del folio TREINTA Y NUEVE FRENTE al folio AR I Artículo Treinta.- El presente Capítulo se desarrollará en el Reglamento Interno de la Fundación. CAPITULO X. DISPOSICIONES GE- LUZ ARMINDA RODRIGUEZ MOLINA, DI NERALES. Artículo Treinta y Uno.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos será necesario el voto favorable de siete de los miembros NOTARIO. en Asamblea General convocada para tal efecto. Artículo Treinta y Dos.- Los documentos sujetos a registro deberán ser presentados dentro de los quince días hábiles siguientes a su formalización. Artículo Treinta y Tres.- Todo lo relativo al orden interno de la Fundación no comprendido en estos Estatutos se establecerá en el Reglamento Interno de ES CONFORME con su original con el cual se confrontó en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación, San Salvador, a las catorce horas con diez minutos del día veinte de abril de dos mil diez. la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General. Artículo Treinta y Cuatro.- La Fundación se regirá por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables. Artículo Treinta y Cinco.- Los presentes Estatutos entrarán Licda. ANA DELMY MENDOZA CAMPOS, Directora General del Registro de Asociaciones en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. III). De conformidad al artículo Doce de los presentes Estatutos, procedemos a elegir a la Junta Directiva de la cual por decisión unánime de los con- y Fundaciones sin Fines de Lucro. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 52 ESTATUTOS DE LA "FUNDACION EL SALVADOR e) Apoyar los procesos de gestión de infraestructura social, y equipamiento en el área-urbano-marginal y en el área rural, AVANZA" pudiendo consistir tal apoyo en la gestión, ejecución, supervisión y seguimiento de los mismos. CAPITULO I f) Desarrollar programas de formación técnica, capacitación, educación y cultura que contribuyan al desarrollo de la salud NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO y educación. En cuanto a la Educación NO FORMAL, desarrollar programas de formación técnica y capacitación laboral, para tal efecto se certificará los programas de competencias Artículo uno.- Créase en la Ciudad de San Salvador, Departamento laborales ante las entidades correspondientes. de San Salvador, la Fundación de Nacionalidad Salvadoreña, que se denominará "FUNDACION EL SALVADOR AVANZA", y que podrá g) Desarrollar programas para la formación e implementación de microempresas en las áreas urbano-marginales y áreas la que en los presentes Estatutos se denominará "LA FUNDACION". rurales a fin de contribuir al desarrollo económico de las LT A abreviarse FUNDAVANZA, como una entidad apolítica, no lucrativa, NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU comunidades gestionando recursos y asistencia técnica con el fin de que sean auto sostenibles. Artículo dos.- El domicilio de la Fundación será la Ciudad de San h) Salvador, Departamento de San Salvador, pudiendo establecer filiales La Fundación desarrollará y ejecutará sus finalidades en el entendido de que existen Instituciones gubernamentales en todo el territorio de la República y fuera de él. encargadas de desarrollar actividades como las que persigue la Fundación, y que por lo tanto no pretende usurpar tales atribuciones encomendadas por la ley a dichas instituciones, Artículo tres.- La Fundación se constituye por tiempo indefinido. sino por el contrario es su finalidad mayor, trabajar conjun- tamente y en armonía con ellas y generar el desarrollo de nuestros municipios y comunidades especialmente en las áreas: CAPITULO II construcción de infraestructura social, salud y educación. OBJETO O FINALIDAD Entiéndase por infraestructura social: Al conjunto de estructuras Artículo cuatro.- Los fines u objetivos de la Fundación serán: a) Gestionar recursos por medio de donaciones de Instituciones y/o construcciones básicas necesarias que permiten el desarrollo de las comunidades, y mejoran la calidad de vida de sus habitantes. u Organismos, sean éstos nacionales o extranjeros, personas naturales o jurídicas, privadas o gubernamentales, para desti- CAPITULO III narlos a la consecución de sus finalidades, así mismo ejecutar DEL PATRIMONIO cualquier acto o negociación lícita, las gestiones necesarias y O complementarias para cumplir con sus finalidades y en general AR I ejecutar y celebrar toda clase de convenios de cooperación, nacional o internacional. Mejorar la calidad de vida de las familias Salvadoreñas en el DI b) por: a) Un aporte inicial de CIENTO VEINTE DOLARES DE LOS área urbano-marginal y en el área rural mediante la creación ESTADOS UNIDOS DE AMERICA que los miembros funda- de espacios físicos saludables a través de la construcción dores han pagado. La aportación en dinero relacionado queda de infraestructura social; trabajando conjuntamente con en poder y bajo la responsabilidad de la Junta Directiva. instituciones públicas, u organismos privados, nacionales c) Artículo cinco.- El Patrimonio de la Fundación estará constituido b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas o internacionales que participen en las correspondientes naturales o jurídicas, nacionales y extranjeras, respectiva- acciones. mente; y Mejorar la calidad de vida de las familias Salvadoreñas en el c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las área urbano-marginal y en el área rural a través de programas rentas provenientes de los mismos de conformidad con la integrales de promoción y atención primaria en salud, con la ley. participación de actores locales. d) Mejorar la calidad de vida de las familias salvadoreñas en el área urbano-marginal y en el área rural a través de programas integrales de educación. Artículo seis.- El patrimonio será administrado por la Junta Directiva conforme a las directrices que le manifieste la Asamblea General. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. CAPITULO IV CAPITULO VI DEL GOBIERNO DE LA FUNDACION DE LA JUNTA DIRECTIVA Artículo siete.- El gobierno de la Fundación será ejercido por: a) La Asamblea General; y b) La Junta Directiva 53 Artículo doce.- La dirección y administración de la Fundación estará confiada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente forma: Un presidente, un vicepresidente, un secretario, un pro-secretario, un tesorero, un pro-tesorero y seis vocales. DE LA ASAMBLEA GENERAL la autoridad máxima de la Fundación y estará integrada por la totalidad de los miembros Fundadores. Artículo trece.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU Artículo ocho.- La Asamblea General, debidamente convocada, es La Junta Directiva Administrará y dispondrá del patrimonio de la misma, en los términos que establezcan las leyes y estos estatutos. LT A CAPITULO V para un periodo de dos años pudiendo ser reelectos. Artículo catorce.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una Artículo nueve.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario. una vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Directiva. Artículo quince.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será siete de sus Miembros y sus acuerdos deberán ser La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia de siete como mínimo de los Miembros en primera convocatoria y en tomados por la mayoría de los asistentes. El presidente tendrá voto calificado. segunda convocatoria el día siguiente con los miembros que asistan, excepto en los casos especiales en que se requiera mayor número de asistentes. Las resoluciones que tomará la Asamblea General será por lo menos de siete votos de los miembros asistentes, excepto en los casos especiales en que se requiera una cantidad de votos diferente. Artículo dieciséis.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atri- buciones: a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fines de la Fundación; Artículo diez.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de b) las sesiones de Asamblea General por motivos justificados podrá hacerse Velar por la administración eficiente y eficaz del patrimonio de la Fundación; O representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones AR I es de un miembro llevando la voz y el voto de su representado. c) d) DI Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros General; e) de la Junta Directiva; b) c) d) de la misma Junta Directiva; f) Aprobar y/o modificar los planes, programas o presupuesto anual de la Fundación; Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Fundación; Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y presupuestos de la Fundación e informar a la Asamblea Artículo once.- Son atribuciones de la Asamblea General: a) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Fundación. Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General; g) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General. Fundación, presentada por la Junta Directiva; e) Decidir, sobre la compra, venta o enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes a la Fundación. f) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Fundación y que no estén contemplados en los presentes Estatutos. Artículo diecisiete.- Son atribuciones del presidente(a): a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General; DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 54 b) Artículo veintitrés.- Son atribuciones de los vocales: Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los a) Estatutos y Reglamento Interno de la Fundación; c) d) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta Directiva; y Representar judicial y extrajudicialmente a la Fundación, b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta de ausencia o impedimento, Excepto al presidente, secretario Directiva; y tesorero. Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva; CAPITULO VII e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que DE LOS MIEMBROS FUNDADORES tenga que hacer la Fundación; y Presentar la Memoria de Labores de la Fundación y cualquier LT A f) Artículo veinticuatro.- Son MIEMBROS FUNDADORES todas informe que le sea solicitado por la misma. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU aquellas personas que han contribuido al fondo inicial con el cual se constituye la Fundación. Los fundadores podrán designar distinciones Artículo dieciocho.- Son atribuciones del Vice-presidente(a): honorarias a todas aquellas personas que por su labor y méritos en favor desempeñar las funciones del Presidente(a) en caso de ausencia, renuncia de la Fundación sean así nombrados por la Asamblea General, así como o impedimento. también a todas aquellas personas naturales o jurídicas, Instituciones, Entidades y Organismos Nacionales o Extranjeros, así como Empresas que mediante invitación de la Junta Directiva aporten contribuciones Artículo diecinueve.- Son atribuciones del Secretario(a): a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General significativas a la Fundación en efectivo o en especies de acuerdo al criterio que para tal efecto establezca la Junta Directiva. y de Junta Directiva; b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros de la Fundación; c) Extender todas las certificaciones que fueran solicitadas a la Fundación; d) a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge- neral; Hacer enviar la convocatoria a los miembros para sesiones y e) Artículo veinticinco.- Son derechos de los miembros Fundado- res: b) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen los Estatutos de la Fundación; y Ser el órgano de comunicación de la Fundación. c) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Fundación. O Artículo veinte.- Son Atribuciones del Pro-secretario(a): desem- DI impedimento. AR I peñar las funciones del secretario(a), en caso de ausencia, renuncia o Artículo veintiuno.- Son atribuciones del Tesorero(a): a) Artículo veintiséis.- Son deberes de los miembros Fundadores: a) Asamblea General; b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de la Fundación: Recibir y depositar los fondos que la Fundación obtenga, en el Banco que la Junta Directiva seleccione; Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la c) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General; b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad y de la Fundación; y d) c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Fundación. la Fundación tenga que realizar. Artículo veintisiete.- La calidad de miembro fundador se perderá Artículo veintidós.- Son atribuciones del Pro-tesorero: desempeñar por las causas siguientes: las funciones del Tesorero(a), en caso de ausencia, renuncia o impedimento. a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General; DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. b) Por otras faltas graves cometidas que a juicio de la Asamblea General merezcan tal sanción; y c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva. 55 Artículo treinta y cinco.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. CAPITULO VIII Artículo veintiocho.- No podrá disolverse la Fundación sino por disposición de la ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo menos nueve de sus miembros. DECRETO No. 62. EL ORGANO EJECUTIVO DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR, en uso de sus facultades legales, NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU DECRETA: LT A DE LA DISOLUCION Artículo veintinueve.- En caso de acordarse la disolución de la Fundación se nombrará una Junta de liquidación compuesta de cinco personas, electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se donarán a cualquier entidad Benéfica o Cultural que la Asamblea general señale. Art. 1.- Declárase legalmente establecida la Entidad de Utilidad Pública la FUNDACION EL SALVADOR AVANZA, y que podrá abreviarse "FUNDAVANZA", constituida en la ciudad de San Salvador. Departamento de San Salvador, a las once horas del día 31 de octubre de 2009, por Escritura Pública, otorgada ante los oficios de la Notario LUZ ARMINDA RODRIGUEZ MOLINA. CAPITULO IX SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN Art. 2.- Apruébense en todas sus partes los Estatutos de la citada institución, los cuales constan de TREINTA Y CINCO Artículos, por no contener nada contrario, a las leyes del país y confiéresele el carácter de Persona Jurídica de conformidad con el Art. 65 de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro. Artículo treinta.- El presente Capítulo se desarrollará en el Reglamento Interno de la Fundación. Art. 3.- Publíquense los referidos Estatutos en el Diario Oficial e inscríbase en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines CAPITULO X de Lucro la FUNDACION EL SALVADOR AVANZA, y que podrá abreviarse "FUNDAVANZA". AR I O DISPOSICIONES GENERALES DI Artículo treinta y uno.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos será necesario el voto favorable de siete de los miembros en Asamblea General convocada para tal efecto. Artículo treinta y dos.- Los documentos sujetos a registro deberán ser presentados dentro de los quince días hábiles siguientes a su formalización. Art. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los doce días del mes de mayo del dos mil diez. CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA, Presidente de la República. Artículo treinta y tres.- Todo lo relativo al orden interno de la Fundación no comprendido en estos Estatutos se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General. HUMBERTO CENTENO NAJARRO, Ministro de Gobernación. Artículo treinta y cuatro.- La Fundación se regirá por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables. (Registro No. F014170) DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 56 MINISTERIO DE HACIENDA RAMO DE HACIENDA ACUERDO No. 597.San Salvador, 31 de mayo de 2010. LT A De conformidad a lo establecido en el Art. 26 lit. b) de la Ley del Fondo Salvadoreño para Estudios de Preinversión, creada mediante Decreto Legislativo No. 775 de fecha 25 de abril de 1991, publicada en el Diario Oficial No. 90, Tomo 311 del 20 de mayo de 1991, modificada mediante Decreto Legislativo No. 32 del 19 de junio de 1997, publicado en el Diario Oficial No. 127, Tomo No. 336 del 10 de Julio de 1997, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, ACUERDA: Apruébase en todas sus partes la Resolución No. 1-CDF-858/10 emitida por el Consejo Directivo del FOSEP el 6 de mayo de 2010, que dice: I- NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU “Conocida la solicitud del Ministerio de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, en adelante denominado “El Beneficiario”, presentada con el objeto de obtener recursos financieros para la contratación de los servicios de consultoría, para la elaboración del estudio Diseño Final “CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE MITIGACIÓN EN RÍO ARENAL SECO ENTRE SAN BARTOLO Y SAN MARTÍN, SAN SALVADOR”, y analizado el documento FDI No. 09/10, preparado por la Administración del FOSEP, en el que se hace la relación del trámite de financiamiento, el Consejo Directivo resuelve: Asignar al Ministerio de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, en adelante denominado “El Beneficiario”, la cantidad de CIENTO SETENTA MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO 75/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$170,478.75), con carácter reembolsable y con cargo a las recuperaciones del Préstamo 860/SF-ES, o de otra de las fuentes de fondos del FOSEP que se encuentren disponibles a la fecha de los pagos, para pagar la contratación de la empresa CORRERA Consultores Asociados, S.A. de C. V., para la formulación del estudio Diseño Final “CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE MITIGACIÓN EN RÍO ARENAL SECO ENTRE SAN BARTOLO Y SAN MARTÍN, SAN SALVADOR”, bajo las condiciones siguientes: A. MONTO MAXIMO Hasta la cantidad de CIENTO SETENTA MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO 75/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$170,478.75). B. TASA DE SERVICIO El seis punto cinco por ciento (6.5%) anual sobre saldos insolutos revisables semestralmente. C. COMISIONES: De compromiso: AR I O Dispensa completa de la comisión sobre los montos no desembolsados del préstamo, hasta el 30 de junio de 2010, revisables semestralmente. De Servicio: DI Dispensa completa de la comisión sobre los montos desembolsados del préstamo, hasta el 30 de junio de 2010, revisables semestralmente. De Administración: El tres por ciento (3%) anual sobre saldos de cuotas vencidas. D. PLAZO Nueve (9) años, incluyendo dos (2) de gracia, a partir de la fecha de la firma del Contrato de Consultoría. E. DESTINO Los recursos de este financiamiento únicamente podrán utilizarse para pagar el monto del estudio Diseño Final “CONSTRUCCION DE OBRAS DE MITIGACION EN RÍO ARENAL SECO ENTRE SAN BARTOLO Y SAN MARTÍN, SAN SALVADOR”. F. PERIODO DE DESEMBOLSOS Máximo doce (12) meses, a partir de la suscripción del “ES CONFORME” del Beneficiario en el Contrato de Consultoría, vencido dicho plazo se prorrogará automáticamente por un período de seis (6) meses, a partir de la fecha de su vencimiento. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 57 G. FORMA DE DESEMBOLSO Los desembolsos a efectuarse en virtud de este financiamiento serán escalonados, de acuerdo al avance del estudio y deberán de estipularse en el Contrato de Consultoría. EL FOSEP para hacer efectivos estos desembolsos, requerirá lo siguiente: a) Solicitud de desembolso suscrita por el Representante del Beneficiario, legalmente autorizado y aprobada por el Supervisor del Estudio en original y una copia. b) Acta del Comité Técnico de Seguimiento en la que se aprueba el informe correspondiente. c) Recibo o Crédito Fiscal en original y una copia suscrito por el Representante Legal de la empresa consultora. d) Para el pago del Informe Final y las retenciones será necesario contar con el Acta de aprobación del Informe Final, emitida por el Comité Técnico de Seguimiento y Carta de Satisfacción del Propietario en que notifica la aprobación del mismo y la autorización del pago del Informe Final por el Consejo Directivo del FOSEP. 2.- El plazo para solicitar el primer desembolso no podrá exceder de sesenta (60) días a partir de la fecha de suscripción del “ES CONFORME” del Beneficiario en el Contrato de Consultoría, exceptuando los casos de las firmas no domiciliadas. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU H. CONDICIONES PREVIAS AL PRIMER DESEMBOLSO LT A 1. Previamente al primer desembolso del financiamiento el Beneficiario deberá cumplir lo siguiente: 1. Designación del Funcionario que lo representará ante el FOSEP, con autorización para firmar solicitudes de desembolso. 2. Designación de un Técnico como Delegado ante el Comité Técnico de Seguimiento. 3. Designación de un Técnico con el cargo de Supervisor del estudio. I. FORMA DE REEMBOLSO Mediante catorce (14) cuotas semestrales, vencidas y sucesivas, que incluyan capital, tasa de servicio y comisiones. Durante el período de gracia se pagará únicamente las comisiones y la tasa de servicio devengada. J. OTRAS CONDICIONES La evaluación, control y seguimiento técnico de cada uno de los estudios, estará a cargo del Comité Técnico de Seguimiento respectivo, sujeto a las normas establecidas en el Reglamento Operativo del Programa de Preinversión FOSEP III y Contrato de Consultoría. 2. El Beneficiario entregará al FOSEP dos ejemplares (uno impreso y uno en CD) de cada uno de los informes parciales y del final, presentados por el Consultor. 3. El Contrato de Consultoría estipulará que el pago final no podrá ser menor del 10% del costo total del estudio y que su desembolso estará sujeto a la aprobación del Informe Final por parte del Comité Técnico de Seguimiento, el Propietario del Estudio y el Consejo Directivo del FOSEP. 4. El Beneficiario se compromete a que si después de efectuado el estudio, obtuviese los recursos necesarios para la inversión del proyecto, y ésta incluyese recursos para preinversión, el saldo de este financiamiento será reintegrado anticipadamente al FOSEP, con los recursos del primer desembolso de la inversión. 5. El Beneficiario mantendrá informado al FOSEP, de todas las actividades, avances, reuniones, correspondencia y otras que se generen durante el desarrollo de los estudios. DI AR I O 1. 6. El Beneficiario se compromete a mencionar al BID y FOSEP como las entidades financieras, en los informes parciales y finales de los estudios, así como en la publicidad de cualquier clase que eventualmente se haga de los mismos. 7. El Beneficiario proveerá al Comité Técnico de Seguimiento y al Supervisor del estudio, las facilidades de local, transporte, servicios secretariales y otros que sean requeridos para el eficiente desempeño de sus funciones. K. SUSPENSION DE DESEMBOLSOS El FOSEP, se reserva el derecho de suspender los desembolsos de este financiamiento, cuando compruebe que el Beneficiario o los Consultores Contratados no están cumpliendo a cabalidad las obligaciones contraídas. II. Asignar al Ministerio de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, en adelante denominado “El Beneficiario”, la cantidad de VEINTIDOS MIL CIENTO SESENTA Y DOS 24/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$22,162.24), con carácter reembolsable y con cargo a los Recursos Propios del FOSEP, para pagar el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), y completar el monto total necesario para contratar el estudio del Diseño Final “CONSTRUCCIÓN DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 58 DE OBRAS DE MITIGACIÓN EN RÍO ARENAL SECO ENTRE SAN BARTOLO Y SAN MARTÍN, SAN SALVADOR”, bajo las condiciones siguientes: A. Monto Máximo Hasta la cantidad de VEINTIDOS MIL CIENTO SESENTA Y DOS 24/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$22,162.24). B. Tasa de servicio El seis punto cinco por ciento (6.5%) anual sobre saldos insolutos revisables semestralmente . C. Comisiones De compromiso: NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU De Servicio: LT A Dispensa completa de la comisión sobre los montos no desembolsados del préstamo, hasta el 30 de junio de 2010, revisables semestralmemente. Dispensa completa de la comisión sobre los montos desembolsados del préstamo, hasta el 30 de junio de 2010, revisables semestralmente. De Administración: El tres por ciento (3%) anual sobre saldos de cuotas vencidas. D. Plazo Nueve (9) años, incluyendo dos (2) de gracia, a partir de la fecha de la firma del Contrato de Consultoría. E. Destino Pagar el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA) del estudio Diseño Final “CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE MITIGACIÓN EN RÍO ARENAL SECO ENTRE SAN BARTOLO Y SAN MARTÍN, SAN SALVADOR”. F. Período de Desembolsos Forma de desembolso AR I G. O Máximo doce (12) meses, a partir de la suscripción del “ES CONFORME” del Beneficiario en el Contrato de Consultoría, vencido dicho plazo se prorrogará automáticamente por el período de seis (6) meses, a partir de la fecha de su vencimiento. H. DI Los desembolsos serán escalonados, de acuerdo a la presentación del avance del estudio, de conformidad al literal G, del Romano I, de esta resolución. Forma de Reembolso Mediante catorce (14) cuotas semestrales vencidas y sucesivas, que incluyan capital, tasa de servicio y comisiones. Durante el período de gracia se pagará únicamente las comisiones y la tasa de servicio devengada. I. Condición Especial En el caso que la Ley del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA) fuera modificada en su porcentaje de pago, esta resolución se modificará en el monto necesario, de manera que se pueda cumplir con la obligación que estipula la Ley. III. De acuerdo a lo establecido en el artículo 16 literal i) de la Ley del FOSEP, autorízase a la Presidencia del FOSEP para suscribir el Contrato de Consultoría, con la empresa CORRERA Consultores Asociados, S. A. de C. V., para la Realización del estudio Diseño Final “CONSTRUCCION DE OBRAS DE MITIGACION EN RIO ARENAL SECO ENTRE SAN BARTOLO Y SAN MARTÍN, SAN SALVADOR.” COMUNIQUESE. - El Ministro de Hacienda C.E. CACERES. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 59 MINISTERIO DE ECONOMÍA RAMO DE ECONOMIA ACUERDO No. 377.San Salvador, 11 de mayo del 2010 EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA. LT A Vista la solicitud y documentos presentados el día veintiocho de mayo del dos mil nueve, por el señor CARLOS PORTILLO LOVO, Representante Legal de la ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO, CRÉDITO Y CONSUMO DE LOS TRABAJADORES MUNICIPALES, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que se abrevia “ACACTRAMU, DE R.L.”, de este domicilio; referidas a que se le concedan a su representada CONSIDERANDO: I. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU por un nuevo periodo de cinco años, los beneficios establecidos en Art. 72 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas. Que por medio del Acuerdo número 177 de fecha diecisiete de febrero de dos mil cinco, publicado en el Diario Oficial número 91, Tomo 367, del 17 de mayo de 2005, a la Asociación Cooperativa antes mencionada se le concedieron los beneficios de ley por un período de cinco años, los que le vencieron el día 24 de febrero de 2009. II. Que por medio de Resolución número 440 de fecha 08 de diciembre de 2009, se resolvió procedente concederle a la mencionada Asociación por un nuevo periodo de CINCO AÑOS, los beneficios solicitados, contados a partir del día veintiocho de mayo del dos mil nueve. III. Que el Representante Legal de la referida Asociación Cooperativa, señor CARLOS PORTILLO LOVO, por medio de escrito presentado el día veinticinco de enero del corriente año, manifestó aceptar en nombre de su representada los términos vertidos en dicha Resolución. POR TANTO: De conformidad con lo expuesto, y con lo establecido en los Artículos 72 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas y 151 de su Reglamento, este Ministerio, OTORGAR a la ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO, CRÉDITO Y CONSUMO DE LOS TRABAJADORES MUNICIPALES, AR I 1°) O ACUERDA: DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que se abrevia “ACACTRAMU, DE R. L.”, de este domicilio; por un nuevo periodo de CINCO AÑOS, contados a partir del día veintiocho de mayo del dos mil nueve, los beneficios establecidos en el Art. 72 de la Ley General de a) DI Asociaciones Cooperativas, siguientes: Exención del pago del Impuesto sobre la Renta, cualquiera que sea su naturaleza, el capital con que se forme, e intereses que se generen, a partir del ejercicio fiscal durante el cual se presentó la solicitud. c) 2°) Exención de Impuestos Municipales. Las exenciones que se conceden por medio de la presente Resolución no comprenden los Impuestos a que se refiere la Ley del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, y la Ley del Impuesto sobre la Transferencia de Bienes Raíces. 3°) La mencionada Asociación queda obligada a comprobar, cuando el Ministerio de Hacienda lo requiera, el buen uso de los privilegios concedidos. 4°) Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial. COMUNIQUESE. MARIO ANTONIO CERNA TORRES, VICEMINISTRO DE COMERCIO E INDUSTRIA. (Registro No. F014902) DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 60 ACUERDO No. 382.- San Salvador, 11 de mayo del 2010 EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA, Vista la solicitud y documentos presentados el día uno de septiembre de dos mil nueve, por el señor CARLOS RENÉ HERNÁNDEZ, Apoderado General Administrativo de la ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO, CRÉDITO Y CONSUMO DE EMPLEADOS DEL INSTITUTO SALVADOREÑO DE REHABILITACIÓN DE INVÁLIDOS, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que se abrevia “ACEISRI, DE R.L.”, de este domicilio; referidas a que se le concedan a su poderdante por primera vez y por un periodo de cinco años, los beneficios establecidos en Art. 72 de la I. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU CONSIDERANDO: LT A Ley General de Asociaciones Cooperativas; y Que por medio de Resolución número 452 de fecha 08 de diciembre de 2009, se resolvió procedente concederle a la mencionada Asociación, por primera vez y por un periodo de CINCO AÑOS, los beneficios solicitados, contados a partir del día uno de septiembre del dos mil nueve. II. Que el Apoderado General Administrativo de la referida Asociación Cooperativa, señor CARLOS RENÉ HERNÁNDEZ, por medio de escrito presentado el día ocho de abril del corriente año, manifestó aceptar en nombre de su poderdante los términos vertidos en dicha Resolución. POR TANTO: De conformidad con lo expuesto, y con lo establecido en los Artículos 72 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas y 151 de su Reglamento, este Ministerio, ACUERDA: 1°) OTORGAR a la ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO, CRÉDITO Y CONSUMO DE EMPLEADOS DEL INSTITUTO SAL- O VADOREÑO DE REHABILITACIÓN DE INVÁLIDOS, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que se abrevia “ACEISRI, DE R. L.”, AR I de este domicilio; por primera vez y por un periodo de CINCO AÑOS, contados a partir del día uno de septiembre de dos mil nueve, los beneficios establecidos en el Art. 72 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas, siguientes: Exención del pago del Impuesto sobre la Renta, cualquiera que sea su naturaleza, el capital con que se forme, e intereses que se generen, DI a) a partir del ejercicio fiscal durante el cual se presentó la solicitud. c) 2°) Exención de Impuestos Municipales. Las exenciones que se conceden por medio de la presente Resolución no comprenden los Impuestos a que se refiere la Ley del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, y la Ley del Impuesto sobre la Transferencia de Bienes Raíces. 3°) La mencionada Asociación queda obligada a comprobar, cuando el Ministerio de Hacienda lo requiera, el buen uso de los privilegios concedidos. 4°) Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial. COMUNIQUESE. MARIO ANTONIO CERNA TORRES, VICEMINISTRO DE COMERCIO E INDUSTRIA. (Registro No.F014848) DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 61 ACUERDO No. 409 San Salvador, 18 de mayo de 2010 EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA, Vistas las solicitudes e información complementaria, presentadas a este Ministerio el 21 de octubre, 8, 15 de diciembre de 2009, 2 de febrero de 2010 y 29 de abril de 2010 por el señor Marco Camacho Jiménez, actuando en calidad de Representante Legal de la sociedad Centro Logístico Integral, Sociedad Anónima de Capital Variable, que puede abreviarse Centro Logístico Integral, S. A. de C. V., registrada con Número de Identificación Tributaria 0614-200709-104-5, la primera relativa a que se le concedan, a su representada los beneficios e incentivos fiscales de conformidad al Art. I. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU CONSIDERANDO: LT A 5 literal a) de la Ley de Servicios Internacionales; los demás escritos con el fin de complementar información a la petición antes mencionada; Que la solicitud fue presentada en este Ministerio el 21 de octubre de 2009, presentándose documentación complementaria al respecto el 8, 15 de diciembre de 2009, 2 de febrero de 2010 y 29 de abril de 2010; II. Que la sociedad Centro Logístico Integral, S. A. de C. V. estará ubicada en el Edificio Multiservicios No. 2, Módulos 7 y 8, Zona Franca Internacional, Km 28 ½, Carretera a Comalapa, jurisdicción de Olocuilta, Departamento de La Paz, la cual gozará de los beneficios que señala el Artículo 21, asimismo se somete a las obligaciones y sanciones que se establecen en los Artículos 22, 46 y 47 de la Ley de Servicios Internacionales; III. Que la Dirección de Comercio e Inversión ha emitido su dictamen en sentido favorable, mediante el cual considera procedente acceder a lo solicitado, según consta en el expediente respectivo; POR TANTO: De conformidad a las razones expuestas y Artículos 3, 5 literal a), 20, 21, 56, 57 y 66 de la Ley de Servicios Internacionales, y Artículos 21, 22 literal a), 23, 24 y 25 de su Reglamento, este Ministerio, ACUERDA: 1. Autorizar la actividad de la sociedad Centro Logístico Integral, Sociedad Anónima de Capital Variable, como Servicio de Distribución O Internacional, para dedicarse al manejo de mercaderías tales como: textiles, electrodomésticos, llantas, repuestos, químicos, artículos de AR I librería, muebles de oficina y para el hogar, equipo de cómputo y accesorios, equipo de telecomunicaciones y accesorios, cables y acoples, etc.; dichos servicios los brindará a clientes establecidos dentro y fuera del área Centroamericana y del territorio nacional, conforme al 2. DI Artículo 5 literal a) de la Ley de Servicios Internacionales; Conceder a la sociedad Centro Logístico Integral, S.A. de C.V., los beneficios que establece el Artículo 21, literales a), b) y c) de la Ley de Servicios Internacionales; 3. Autorizar a la sociedad Centro Logístico Integral, S.A. de C.V., para que pueda realizar sus operaciones en las instalaciones ubicadas en el Edificio Multiservicios No. 2, Módulos 7 y 8, Zona Franca Internacional, Km 28 ½, Carretera a Comalapa, jurisdicción de Olocuilta, Departamento de La Paz que cuenta con un área de 855 mt²; 4. Cuando se trate de ventas al mercado nacional, la sociedad beneficiaria deberá dar cumplimiento a lo que establece el Artículo 8 de la Ley de Servicios Internacionales y Artículos 22 Literal a) y 41 de su Reglamento; 5. Queda obligada la sociedad beneficiaria a cumplir los Artículos 22, 46 literales a), b), c), d), e) y f), y 47 literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j) y k) de la Ley de Servicios Internacionales y Artículos 28 y 47 de su Reglamento, y demás Leyes de la República, así como también las obligaciones que se le imponen por medio de este Acuerdo y en Resoluciones o Instructivos que emitan las Instituciones competentes; 6. La citada sociedad no gozará de los beneficios e incentivos fiscales por las actividades señaladas en el Artículo 5 inciso 2° numeral 6) de la Ley de Servicios Internacionales; DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 62 7. Hágase saber el presente Acuerdo a la Dirección General de Aduanas y Dirección General de Impuestos Internos del Ministerio de Hacienda; 8. El presente Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial.- COMUNIQUESE. MARIO CERNA, VICEMINISTRO DE COMERCIO E INDUSTRIA. LT A (Registro No. C003965) NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU ACUERDO No. 449. San Salvador, 25 de mayo de 2010 El Organo Ejecutivo en el Ramo de Economía, de conformidad con la Autorización de la Presidencia de la República No. 0298 de fecha 13 de mayo de 2010. ACUERDA: I- Legalizar la Misión Oficial del Ingeniero MARIO ANTONIO CERNA TORRES, Viceministro de Comercio e Industria, quien viajó a SANTIAGO DE CHILE, los días del 12 al 19 de mayo del presente año. II- El objeto de la misión fue asistir a SEMINARIO INTERNACIONAL SOBRE MEDICIÓN MULTIDIMENSIONAL DE LA POBREZA EN AMÉRICA LATINA. III- Esta Secretaría de Estado le reconoció : Viáticos $ 720.00 y gastos terminales $ 45.00, con recursos del Fondo General. Los demás gastos fueron financiados por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, PNUD. COMUNIQUESE. HÉCTOR MIGUEL ANTONIO DI AR I ACUERDO No. 456.- O DADA HIREZI, MINISTRO. San Salvador, 27 de mayo de 2010 EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMÍA, De conformidad con los artículos 4 Literal c) y 7 de la Ley del Centro Internacional de Ferias y Convenciones de El Salvador. ACUERDA: I) Nombrar para un período de tres años que inicia a partir de esta fecha y finalizará el día veintisiete de mayo de dos mil trece, a los Licenciados Ana María Urrutia de Lara, Gabriel Simán Siri, José Miguel Carbonell Belismelis, Mario José Ballesteros Martínez, en los cargos de Directores Propietarios los dos primeros y los dos últimos como Directores Suplentes ante la Junta Directiva del Centro Internacional de Ferias y Convenciones de El Salvador, por parte del Ministerio de Economía a propuesta de la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP). II) Las personas nombradas deberán rendir la protestad de Ley antes de asumir sus funciones. Publíquese el presente acuerdo en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE. Héctor Miguel Antonio Dada Hirezi, Ministro. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 63 MINISTERIO DE EDUCACIÓN RAMO DE EDUCACION ACUERDO No. 15-0346.- San Salvador, 18 de Marzo de 2010 EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades LT A legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó GÉRMAN EBERTO LÓPEZ AJANEL de nacionalidad Guatemalteca, con Carné de Residente SLV 29643, solicitando INCORPORACION de su título de Maestro de Educación Primaria Bilingüe Intercultural, extendido por el Instituto Privado Mixto Diversificado “Momosteco”, Momostenango, NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU Totonicapán, República de Guatemala en el año 2003; II) Que según Resolución de fecha 17 de marzo de 2010 emitida por dicha Dirección, después de comprobarse la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con base al Artículo 60 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Incorporación de título de Maestro de Educación Primaria Bilingüe Intercultural obtenido por GÉRMAN EBERTO LÓPEZ AJANEL en el Instituto Privado Mixto Diversificado “Momosteco”, Momostenango, Totonicapán, República de Guatemala. POR TANTO de conformidad a lo establecido en el Artículo 60 de la Ley General de Educación y Artículo 7 del Reglamento de Equivalencias, Pruebas de Suficiencia de Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media. ACUERDA: 1) Confirmar el reconocimiento e Incorporación de Maestro de Educación Primaria Bilingüe Intercultural realizados por GÉRMAN EBERTO LÓPEZ AJANEL en el Instituto Privado Mixto Diversificado “Momosteco”, Momostenango, Totonicapán, República de Guatemala, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema educativo como Bachiller General. 2) Publíquese en el Diario Oficial, COMUNIQUESE.- SALVADOR SANCHEZ CEREN, VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM. (Registro No. F014857) MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL AR I O RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL DI ACUERDO No.066 SAN SALVADOR, 02 de junio de 2010. El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, de conformidad al artículo 19 de la Ley de Protección Civil, Prevención y Mitigación de Desastres y al artículo 50 del Reglamento de la misma ley, ACUERDA: NOMBRAR a partir del 01 de mayo de 2010, a los señores TCNEL. e ING. GUSTAVO GOMEZ UMAÑA Y TCNEL. y ARQ. CARLOS SOLIS POCASANGRE, como ENLACE DE APOYO PROPIETARIO Y ENLACE DE APOYO SUPLENTE, respectivamente, ante la Comisión Técnica Sectorial de Infraestructura y Servicios Básicos del Consejo Asesor de Protección Civil, en sustitución de los señores TCNEL. ING. MEDARDO ANTHONY HENRIQUEZ ASENCIO y TCNEL. ING. DEM FABRICIO ERNESTO ROQUE VIANA. COMUNIQUESE. DAVID MUNGUIA PAYES, GENERAL DE BRIGADA MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 64 ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACUERDO No. 1938-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintitrés de diciembre del año dos mil nueve. El Tribunal con fecha veintiuno de octubre del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ANA ROSA DEL TRANSITO CARTAGENA RAMOS, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- P. J.- M. REGALADO.- M. TREJO.- R. M. FORTIN H.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU (Registro No. F014966) LT A AVENDAÑO. ACUERDO No. 355-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiséis de marzo de dos mil diez.- El Tribunal con fecha cinco de febrero de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada MARLENE DEL CARMEN HUEZO TOLEDO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- M. TREJO.-M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F014906) ACUERDO No. 381-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiséis de marzo de dos mil diez.- El Tribunal con fecha veintiséis O de enero de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado RAMIRO ANTONIO FUENTES MELGAR, para que ejerza la profesión de ABOGADO AR I en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- E. S. BLANCO R. - M. REGALADO.- PERLA J .- M. TREJO.- GUZMAN U.D.C.- M. DI POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F014878) ACUERDO No. 435-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha dieciocho de marzo de dos mil diez. ACORDÓ: Autorizar al Licenciado GUILLERMO FEDERICO ESCOBAR HESKE, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F014943) DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 65 ACUERDO No. 437 -D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha veintidós de febrero de dos mil diez. ACORDÓ: Autorizar al Licenciado ANGEL DAVID FLORES ZANCO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J .- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. POSADA.- E. R. NUÑEZ.Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. LT A (Registro No. F014983) ACUERDO No. 443-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha veintitrés de febrero de dos mil diez. ACORDÓ: Autorizar al Licenciado FARID GALILEO AARON CASTILLO ROSCALA, para que ejerza la profesión NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- P. J.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. POSADA.- E. R. NUÑEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F014886) ACUERDO No. 459-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha veinticuatro de febrero de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada MARILYN FATIMA GISSELA BENITEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F014853) ACUERDO No. 472-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha veinticuatro O de febrero de dos mil diez. ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ANA MARIA CORLETO PERDOMO, para que ejerza la profesión de ABOGADO AR I en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R. M. DI FORTIN H.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F014861) ACUERDO No. 479-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha cuatro de marzo de dos mil diez. ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ZULMA MARILI SEGURA BENAVIDEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- P. J.- M. TREJO.- GUZMAN U. D. C.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F014915) DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 66 ACUERDO No. 501-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha veintiséis de febrero de dos mil diez. ACORDÓ: Autorizar al Licenciado DIEGO FRANCISCO MIRANDA ALFARO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. - J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- P. J.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. POSADA.- E. R. NUÑEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F014941) ACUERDO No. 504-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha quince de LT A marzo de dos mil diez. ACORDÓ: Autorizar al Licenciado ULISES MEMBREÑO CAÑAS, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R. M. FORTIN H.- M. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU TREJO.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F014871) ACUERDO No. 506-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha dieciocho de febrero de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JOSE DAVID MARTINEZ SERRANO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. POSADA.- E. R. NUÑEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F014863) O ACUERDO No. 513-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha veinticinco de febrero de dos mil diez. ACORDÓ: Autorizar al Licenciado MIGUEL ANGEL CARRANZA AGUILERA, para que ejerza la profesión de ABO- AR I GADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- P. J.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. DI POSADA.- E. R. NUÑEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F014870) ACUERDO No. 515-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha veintidós de marzo de dos mil diez. ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada LUZ YESENIA CORLETO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F014992) DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 67 ACUERDO No. 538-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha quince de febrero de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ANA RAQUEL CAÑAS SIBRIAN, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. POSADA.- E. R. NUÑEZ.Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F014923) LT A ACUERDO No. 569-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha veintitrés de febrero de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada SANTOS MARGARITA PALACIOS PINEDA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- PERLA J.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F014850) ACUERDO No. 572-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha veintitrés de febrero de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado CARLOS HUMBERTO CALDERON MONCHEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- P. J.- R. M. FORTIN H .- M. TREJO.- M. POSADA.- E. R. NUÑEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F014874) O ACUERDO No. 574-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha uno de marzo de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JORGE RENE AMAYA FUENTES, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus AR I ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- P. J.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- GUZMAN U. DI D. C.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F014986) ACUERDO No. 576-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha veinticinco de febrero de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado EYNER ELIAZAR ARANO BENITEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- P. J.- R. M. FORTIN H.- M. POSADA.- E. R. NUÑEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F014914) DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 68 INSTITUCIONES AUTONOMAS ALCALDÍAS MUNICIPALES DECRETO No. DOS EL CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE CONCEPCION BATRES, DEPARTAMENTO DE USULUTAN, I).- LT A CONSIDERANDO: Que en virtud de lo establecido en el Art. 204 numeral 1º de la Constitución de la República; Art. 7 inciso 2º de la Ley General Tributaria NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU Municipal y los Art,. 3 literal 1º y 30 numeral 21º del Código Municipal, el Municipio está facultado para crear, modificar y suprimir tasas por servicios municipales, II).- Que reconociendo la difícil situación económica que actualmente impera en nuestra sociedad, muchos contribuyentes se encuentran en mora y por ello, es factible buscar incentivos que conlleve a facilitarles el pago voluntario de sus obligaciones tributarias, III).- Que nuestra Constitución no establece prohibición alguna ni la legislación secundaria establecida literalmente, para dispensar el pago de multas e intereses que son accesorios a la obligación principal; en tanto que la dispensa de intereses moratorios y multas por omitir el pago pretende beneficiar a los contribuyentes morosos aplicándoles el principio de lo más favorable para ellos. IV).- Que al lograr una mayor recaudación, ésta se traduce en más obras para la población. POR TANTO: En uso de las facultades que le otorga la Constitución de la República de El Salvador, la Ley General Tributaria Municipal y el Código Municipal; DECRETA la siguiente: ORDENANZA TRANSITORIA PARA EL PAGO DE LAS TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES CON DISPENSA DE MULTAS E INTERESES MORATORIOS. Art. 1.- Durante la vigencia de la presente Ordenanza, todo contribuyente que se encuentre en mora con esta municipalidad respecto al pago de O tasas por servicios municipales, será dispensado de la multa y los intereses moratorios. AR I Dicha Ordenanza tendrá vigencia durante noventa días, iniciando ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. DI Art. 2.- Podrán acogerse a los beneficios establecidos de esta Ordenanza, las Personas Naturales que se encuentren en cualquiera de las siguientes condiciones: a) Los contribuyentes que estando calificados en el registro de contribuyentes del municipio, se encuentren en situación de mora de las tasas municipales. b) Los contribuyentes que realicen su pago de forma total o a través de pagos parciales siempre y cuando éstos se efectúen en el plazo de vigencia de esta Ordenanza. c) Aquellos que hayan incumplido el convenio de pago suscrito con esta municipalidad, siempre y cuando cancelen en su totalidad lo adeudado durante el periodo de vigencia de la presente Ordenanza. Art. 3.- No gozarán de los beneficios de esta Ordenanza aquellos sujetos pasivos cuya deuda se origina por el ejercicio de actividades comerciales, industriales o de servicios (Negocios), así como las instituciones públicas o privadas sujetas al pago de Tasas Municipales. Art. 4.- La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 69 Dado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal de la Ciudad de Concepción Batres, a los seis días del mes de mayo del año dos mil diez. ING. WALTER ANTONIO APARICIO, RAUL ALONSO CHAVEZ FLORES, ALCALDE MUNICIPAL. SECRETARIO MUNICIPAL. DIOSIS CLARIBEL DE LA O DE MARTINEZ, SÍNDICO MUNICIPAL. ROSA YASMINA GUEVARA DE GAMEZ, SEGUNDO REGIDOR PROPIETARIO. WILLIAM REMBERTO AMAYA GOMEZ, GUADALUPE CRUZ DE PORTILLO, TERCER REGIDOR PROPIETARIO. CUARTO REGIDOR PROPIETARIO. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU LT A RAFAEL ANTONIO PARADA, PRIMER REGIDOR PROPIETARIO. ISRRAEL AMAYA TORRES, ALCIDES NEFTALY AREVALO ZAPATA, QUINTO REGIDOR PROPIETARIO. SEXTO REGIDOR PROPIETARIO. (Registro No. F014846) DECRETO No. 2 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE LA UNIÓN. CONSIDERANDO: I. Que de conformidad a los Artículos 203 y 204, de la Constitución de la República, Artículo 3 numeral 5, Artículo numeral 3 y 27 del Código Municipal, son facultades del Municipio, emitir Ordenanzas, Reglamentos y Acuerdos necesarios para la regulación del desarrollo Urbano, ornato de la Ciudad y obras particulares. Que es necesario a través de una Ordenanza Local regular la instalación de antenas y torres de Telecomunicaciones, Radio y T.V, en el O II. III. AR I Municipio, por la incidencia que tienen en el Desarrollo Urbano y la seguridad de la población. Que las antenas que actualmente están funcionando o que se instalen en el futuro, deberán sujetarse al procedimiento técnico para la ubi- DI cación, aprobación del diseño, instalación y supervisión de conformidad a las Leyes, Reglamentos y Ordenanzas. POR TANTO: En uso de sus facultades Constitucionales y Artículo 30m numeral 4 del Código Municipal; DECRETA la siguiente: ORDENANZA REGULADORA PARA LA INSTALACION DE ANTENAS Y TORRES DE TELECOMUNICACIONES, RADIO Y TV EN EL MUNICIPIO DE LA UNION. Art. 1.-La presente ordenanza tiene por objeto regular el procedimiento para la instalación de antenas o torres de telecomunicaciones, radio y televisión y similares y la infraestructura que éstas requieran para su funcionamiento. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 70 Art. 2.- La entidad responsable para el proceso de aprobación de la ubicación e instalación de las antenas o torres de telecomunicaciones, radio y televisión será la Alcaldía Municipal, previa presentación de permisos respectivos del Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano, Ministerio de Medio Ambiente, Superintendencia General de Electricidad y Comunicaciones y Aeronáutica Civil. Art. 3.- Todo permiso de uso de espacio donde se ubique la construcción de torres para telefonía, radio o televisión o similares, y el registro de los mismos, se hará mediante solicitud por escrito al Concejo Municipal, quien previo análisis de la Unidad de Planificación y Proyectos juntamente con la Unidad de Catastro; la aprobarán o denegarán. El interesado presentará a la Alcaldía Municipal, la siguiente documentación: Línea de construcción. b) Calificación del lugar. c) Solicitud de permiso de construcción. d) Recepción de obra. e) Estudio de impacto ambiental. f) Presentación de Matrícula de Comercio vigente. g) Presentación de la respectiva Personería Jurídica que acredite como tal en este caso a la empresa solicitante. h) Solvencia Municipal. i) Presentación por la empresa o persona interesada de la cancelación a la fecha de los respectivos impuestos municipales. j) Presentación por la empresa o persona interesada de la cancelación del IVA a la fecha. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU LT A a) Una vez obtenida la aprobación del Viceministerio de Vivienda, el interesado podrá solicitar a la Unidad de Catastro con copia al Concejo Municipal, el permiso del uso de espacio donde ubicaría la antena y/o torre y el registro de la misma. Se adjuntará una descripción detallada de los componentes de la torre y/o antena, especialmente de los dispositivos de la misma como platos o antenas parabólicas de recepción/retransmisión. O Art. 4.- Para efectuar los trámites de solicitud de línea de construcción, calificación del lugar, permiso de construcción y recepción de la obra, DI AR I los interesados deberán cumplir los requisitos que detalla el artículo 3 de la presente ordenanza. Art. 5.- En caso que se proceda a la construcción de obras para la instalación de antenas y/o torres de telecomunicación, radio y televisión sin haber iniciado antes, el trámite para la obtención del permiso respectivo según se establece en la presente ordenanza, el propietario de dicha obra incurrirá en las sanciones establecidas en el artículo 10 de la presente. Art. 6.- Las antenas y torres de telecomunicaciones, radio y televisión, tendrán que ser instaladas y proyectadas dentro de los límites del inmueble señalado para tal fin, respetando linderos, mojones u otros trazos señalados por el Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano. Art. 7.- Los planos de construcción deberán presentarse de conformidad a los requisitos para toda obra civil. En él se detallará, los componentes de la parte que forman la estructura y sus accesorios, tales como platos, cóncavos y el número de ellos entre otros. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 71 Art. 8.- Los planos que contengan los diseños, estructurales y especificación técnica, tendrán que ser firmados por los respectivos profesionales responsables, de conformidad a las leyes vigentes y a las normas técnicas establecidas por la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones, la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano; este último coordinará, el proceso de aprobación con las instituciones involucradas. Art. 9. - Los planos para el diseño eléctrico contendrán al menos la indicación, emitir luces de prevención, para aeronaves y planta de emergencia que alimente a ésta, en caso de falta de energía. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU LT A Art. 10.- Toda persona natural o jurídica, interesada en instalar antenas o torres de telefonía, radio y televisión o similares, deberá cancelar a la Municipalidad por licencia de construcción, la cantidad de $ 5,000.00. Art. 11.- Toda persona sea ésta natural o jurídica, que instale torres o antenas en contravención a la presente ordenanza, será sancionado con multa equivalente a 5,000 salarios mínimos y su posterior e inmediata demolición de la obra gris y retiro de la estructura por sus propios medios en el plazo de 60 días calendarios a partir de una notificación municipal; caso contrario, la municipalidad podrá confiscar la estructura. Art. 12.- No se permitirá la construcción de torres o antenas dentro de la ciudad en un radio mínimo de 1000 metros del casco urbano, de lugares densamente poblados, o a 200 metros de la vivienda habitada más cercana y/o que la municipalidad señale. Art. 13.- Anualmente y en fecha del otorgamiento del permiso de construcción los dueños de las torres o antenas presentarán a la municipalidad un inventario de las mismas, siendo éste el mismo que el presentado en la solicitud original. Art. 14.- Cualquier modificación de la infraestructura, tendrá que ser consultada antes y aprobada por la municipalidad previa entrega de solicitud y pago de un porcentaje a partir del valor de la obra original. Art. 15.- La Unidad de Planificación y Proyectos, juntamente con la Unidad de Catastro de la Municipalidad, y/u otro técnico que el Concejo AR I O Municipal designe, realizará la supervisión de la obra en proceso de construcción. DI Art. 16.- La imposición de las sanciones administrativas aquí establecidas se harán sin perjuicio de las que las demás leyes establecen. Art. 17. - Para la imposición de las sanciones correspondientes se estará conforme a lo dispuesto en el TITULO X DE LAS SANCIONES, PROCEDIMIENTOS Y RECURSOS, capítulo único del Código Municipal, delegándose para tal efecto a la Unidad de Administración Tributaria Municipal. Art. 18. - Toda persona natural o jurídica, interesada en instalar antenas o torres de telefonía, radio y televisión o similares deberá realizar Consulta ciudadana en la comunidad donde se construirá la obra, la cual deberá obtener la mitad más uno de aprobación de la población consultada. Art. 19.- Toda empresa o persona Natural que obtenga autorización, para la construcción y funcionamiento de antenas o torres de telefonía, radio y televisión o similares, deberá renovar su licencia cada año, en la fecha en que le fue otorgada, cumpliendo lo establecido en el Artículo 3 de la presente Ordenanza; quedando a criterio del Concejo Municipal, la autorización de la renovación o la denegatoria de la misma. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 72 Art. 20.- Las antenas o torres de telefonía, radio y televisión o similares, que ya estuvieren funcionando, antes de la entrada en vigencia de la presente ordenanza, y que no se les renueve la matrícula o permiso anual de funcionamiento por la Municipalidad, deberán demoler las referidas construcciones y retirar la estructura por sus propios medios, en un plazo máximo de 60 días siguientes a la notificación de la denegatoria, si no lo hicieren la Municipalidad estará en la facultad de hacerlo y además confiscará los materiales de la misma, los cuales podrían ser entregados a las empresas, previo pago del costo de la demolición. Art. 21.- La presente ordenanza deroga cualquier otro acuerdo o disposición que sobre la materia se haya dictado, si fueran contradictorias con las normas aquí establecidas y se reconozcan como legítimas las resoluciones emitidas por el Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano con NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU Art. 22.- La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación. LT A fecha anterior, las cuales deberán registrarse tal como lo establece el inciso último del Art. 3 de esta ordenanza. DADO EN LA ALCALDIA MUNICIPAL DE LA UNIÓN, a los dieciocho días del mes de mayo de dos mil diez. LIC. ABNER IVÁN TORRES VENTURA, ALCALDE MUNICIPAL. SINDICO MUNICIPAL. MARCELO ANTONIO HENRIQUEZ BATRES, LICDA. ANA PAULA INTERIANO DE CHAVEZ, PRIMER REGIDOR. SEGUNDA REGIDORA. PROFA. AURORA MARINA GONZALEZ ARTEAGA, DRA. LINDA MARGARITA ZELAYA PARADA, TERCERA REGIDORA. CUARTA REGIDORA. DIOMEDES CASTRO SALMERON, DR. NELSON ANTONIO FUENTES CORDERO VILLATORO, QUINTO REGIDOR. SEXTO REGIDOR. MARIO HUMBERTO ESTRADA GUEVARA, PROF. VICTOR HUGO MARTINEZ, SEPTIMO REGIDOR. OCTAVO REGIDOR. AR I O DR. OSMAR OVIDIO CRUZ LOPEZ, ARQUÍMIDES BONILLA RAMÍREZ, PRIMERA REGIDORA SUPLENTE. SEGUNDO REGIDOR SUPLENTE. JAIRO JOSE FLORES HERNANDEZ, GLORIA ZIOMARA GONZALEZ, TERCER REGIDOR SUPLENTE. CUARTA REGIDORA SUPLENTE. DI YESSICA IDILIA FUENTES GOMEZ, LICDA. EMPERATRIZ MARILY ALAS VENTURA, SECRETARIA MUNICIPAL. (Registro No. F014998) DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO e) 73 Trabajar en el establecimiento y mejoramiento de los servicios básicos de la comunidad, con el equipamiento y medios COMUNAL "CASERIO GUADALUPE" (ADESCO-CG), indispensables para solucionar los distintos problemas que DEL CASERIO GUADALUPE, CANTON EL AMATE, JURISDICCION Y DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL. existen en la misma. f) Utilizar al máximo los recursos humanos y materiales de la comunidad para el desarrollo de la misma, a través de la ayuda mutua y el esfuerzo propio, a fin de complementar las NATURALEZA, DENOMINACION, obras que se consideren en el respectivo plan de trabajo y otras que de emergencia surjan. DURACION Y DOMICILIO. g) Incrementar las actividades a nivel comunal, a fin de obtener de la comunidad. Código Municipal, la ordenanza municipal respectiva, estos estatutos y demás disposiciones legales aplicables. h) LT A recursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento ART. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el Promover las organizaciones juveniles de ambos sexos, NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU haciéndoles participar responsablemente en el desarrollo Estará al servicio de la comunidad de su domicilio, para el desa- local. rrollo de los planes, programas y proyectos de interés social, cultural y económico y será una entidad apolítica, no lucrativa, ni religiosa y de i) Promover la incorporación de la mujer al proceso de desarrollo de la comunidad. carácter democrático. La Asociación se denominará: Asociación de Desarrollo Comunal j) económicos y servicios sociales a la comunidad. "CASERIO GUADALUPE", Jurisdicción y Departamento de San Mi- guel, la que se podrá abreviar (ADESCO-CG), y que en estos estatutos Realizar diversos proyectos y actividades que generen ingresos k) Participar en los planes de desarrollo local, regional y nacional en cuanto a la determinación de proyectos, en la obtención se denominará LA ASOCIACIÓN. de recursos comunales, gubernamentales, etc. ART. 2.- La duración de la asociación será por tiempo indefinido, METAS sin embargo podrá disolverse y liquidarse por los casos previstos por las leyes de la materia. ART. 5.- La Asociación tendrá como meta, las especificadas en el ART. 3.- El domicilio de la asociación será en Caserío Guadalupe, Canton El Amate, Jurisdicción y Departamento de San Miguel. plan local de desarrollo comunal, aprobado por el Concejo Municipal de San Miguel, de acuerdo a las siguientes áreas: Organización, capacitación, salud, mejoramiento de infraestructura básica, agropecuaria, vivienda, industria, trabajo, recreación, educación y serán desarrolladas por medio FINES de ejecución de proyectos y actividades de interés de los asociados y la AR I O comunidad. ART. 4.- La Asociación tendrá como fines el desarrollo humano y la SOCIOS: CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES a) DI obra productiva y física que proyecte la asociación. Para ello deberá: Promover el progreso del Caserío Guadalupe, Canton El Amate, juntamente con organismos públicos y privados, que participen en los correspondientes programas. b) Fomentar el espíritu de solidaridad y cooperación mutua en ART. 6.- Los Socios podrán ser: a) Activos b) Honorarios. los asociados, entre los vecinos, sus grupos y comunidades circunvecinas. Todos deben ser personas mayores de dieciocho años, sin embargo cuando provengan de asociaciones juveniles el requisito de edad antes c) Coordinar y cooperar con otras comunidades organizadas en mencionado será de quince años. la mayor integración de sus miembros y la mejor organización de sus actividades. d) Impulsar y participar en los programas de capacitación y SOCIOS ACTIVOS promoción social, a fin de contribuir al mejoramiento de la Todas las personas que reúnan los requisitos señalados en el inciso organización de la comunidad, la administración de proyectos anterior, dentro de los límites de la unidad vecinal correspondiente o en sociales, económicos y la elevación de niveles educativos unidades vecinales colindantes inmediatas, podrán afiliarse mediante promoviendo la superación en todos los niveles. procedimiento determinado por la Asamblea General. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 74 A) LA ASAMBLEA GENERAL SOCIOS HONORARIOS Son aquellas personas a quienes la Asamblea General por su iniciativa o a propuesta de la Junta Directiva les conceda tal calidad en ART. 10.- La Asamblea General la componen los socios y se instalará atención a sus méritos personales y relevantes servicios prestados a la con la mayoría de los socios activos, pudiendo haber representación de Asociación. socios, pero cada socio no podrá llevar más de una representación. Las resoluciones se acordarán por mayoría de votos, salvo en lo DERECHOS a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales. b) Presentar mociones y sugerencias en Asambleas generales ART. 11.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente dos veces al año, con intervalos de seis meses y extraordinariamente cuando sea convocada por la Junta Directiva, por iniciativa propia o a solicitud de siete socios. c) NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU celebradas por la asociación. LT A ART. 7.- Son deberes y derechos de los socios activos: referente a la disolución de la asociación. Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así lo solicitaren por escrito. ART. 12.- En las Asambleas Generales ordinarias, se tratarán los asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los socios, en las asambleas generales extraordinarias sólo se tratarán los asuntos com- d) Elegir y ser electo para cargo de la Junta Directiva. e) Cooperar con todos los medios promocionales posibles al prendidos en la convocatoria y cualquier decisión sobre otros aspectos no comprendidos en la agenda será nula. incremento del número de miembros de la asociación. f) Participar en la administración y fiscalización de la asociación. ART. 13.- La convocatoria para Asamblea General ordinaria o extraordinaria se hará por medio de un aviso escrito, con cuatro días de anticipación para las primeras (ordinaria) y con ocho horas para las segundas, (extraordinarias) indicándose en las mismas el lugar, día y hora DEBERES a) en que han de celebrarse. Si a la hora señalada no pudiere celebrarse la Desempeñar a cabalidad todas las comisiones y cargos que sesión por falta de quórum, ésta se llevará a cabo el mismo día una hora se le encomiende. después de la señalada con los Asociados que concurran en este último caso, las decisiones que se adopten serán obligatorias aun para aquellos b) Cumplir los acuerdos de la asociación, siempre que se tomen que legalmente convocados no asistieron. conforme a las leyes, reglamentos y estos estatutos. c) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea General, previa convocatoria en forma escrita. Cumplir estos estatutos y obedecer las disposiciones de la Junta O d) AR I General y Junta Directiva, siempre que estén relacionados ART. 14.- Son atribuciones de la Asamblea General: a) b) c) DI Además es de mencionar, que corresponde un voto a cada Recibir los informes de trabajo y aprobar o denegar el estado financiero de la asociación. con los fines de la asociación. e) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva. Destituir total o parcialmente por causa justificada a los miembros de la Junta Directiva y elegir a sus sustitutos, así asociado, sin que pueda haber representación de un asociado mismo retirará la calidad de miembros de la misma a los por otro, salvo autorización previa de la Junta Directiva. que hubieren renunciado, fallecido o perdido su calidad de socio. ART. 8.- Los socios honorarios gozarán de los derechos que la d) Pedir a la Junta Directiva los informes que crea conveniente. Asamblea General les otorgue. e) Aprobar el reglamento interno de la asociación y los que sean necesarios. GOBIERNO DE LA ASOCIACION f) Acordar la petición de la personalidad jurídica y aprobación de estos estatutos al Concejo Municipal respectivo, por medio del representante legal de la asociación. ART. 9.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por la Asamblea General, que será la máxima autoridad de la asociación y la Junta g) Otorgar la calidad de socios honorarios. h) Aprobar la suspensión definitiva de los socios. Directiva será el órgano ejecutivo y estará integrado por el número de miembros que determinen estos estatutos. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. Aprobar el plan anual de trabajo y su respectivo presupuesto. j) Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos y reglamentos que se dicten. B) PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCION DE ASOCIADOS Y DIRECTIVOS ART. 15. Los Miembros de la asociación podrán ser retirados de ella por acuerdo de la Junta Directiva tomado por mayoría de votos y previa audiencia del interesado, por infracciones al Código Municipal, Ordenanza Municipal y estos estatutos. Se consideran además como causales de retiro o expulsión las siguientes: Mala conducta del socio que se traduzca en perjuicio grave para la asociación. b) Negarse sin motivo justificado a desempeñar los cargos de elección o comisiones que le encomiende la asociación general o la junta directiva. c) Promover actividades políticas, religiosas, o de otra naturaleza que vayan en perjuicio de la asociación. d) Obtener por medio fraudulento beneficio de la asociación, para sí o para terceros. e) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la asociación. En todos los casos de este artículo, será la asamblea general la que resolverá sobre tal suspensión temporal o definitiva de los miembros y en la misma sesión elegirá y dará posesión a los sustitutos por el tiempo de la suspensión o por el resto del período de los directivos suspendidos. C) JUNTA DIRECTIVA NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU a) nombrar entre los mismos la comisión investigadora, y 2.- Para que ésta convoque a la Asamblea General, que concederá la suspensión en base a los informes de la comisión investigadora. El mismo procedimiento anterior se seguirá cuando de acuerdo a las infracciones, debe conocerse sobre la suspensión temporal o definitiva de toda la Junta Directiva o cuando por tratarse de un número considerable de miembros, los que quedan no pueden o no inicien el procedimiento dentro del plazo que establece el inciso anterior. LT A i) 75 ART. 20. La Junta Directiva estará integrada por siete miembros propietarios electos en Asamblea General y cinco vocales por votación nominal o pública ya sea por cargos separados o en planilla, en todo caso, la nominación de los cargos será la siguiente: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Prosecretario, Tesorero, Pro tesorero, Síndico y cinco Vocales. Los cargos serán adhonorem, sin embargo, cuando el socio o directivo trabaje en actividades oficiales para la Asociación, podrá otorgársele una retribución convencional o cuando por el volumen de trabajo o las circunstancias lo ameriten, previo acuerdo de la Asamblea General. ART. 21.- La Junta Directiva se reunirá ordinariamente por lo menos una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario, previa convocatoria que haga el presidente o en su defecto por lo menos dos de los miembros de la Junta Directiva. En caso de suspensión definitiva, la Junta Directiva seguirá el procedimiento a que se refiere el inciso anterior; pero en este caso, la Asamblea General resolverá sobre la suspensión acordada y se nombrará a los sustitutos. Para que la sesión sea válida deberán concurrir por lo menos ocho de sus miembros y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos. AR I O ART. 16.- Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directiva nombrará una comisión de tres de sus miembros para que investigue los hechos y oyendo el dictamen de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en su defensa, resolverá. DI ART. 17.- Sobre el retiro de asociados y sobre la suspensión temporal decretada por la junta directiva, podrá interponerse únicamente el recurso de revisión ante la misma dentro del tercer día de la notificación. En caso de empate, el presidente o el que haga sus veces tendrá voto de calidad. ART. 22.- Son atribuciones de la Junta Directiva: a) Elaborar el proyecto de estatutos de la asociación y proponerlos a la Asamblea General. b) Tramitar el reconocimiento legal de la asociación conforme a la ley. ART. 18.- Los miembros de la Junta Directiva, electos por la asamblea general, podrán ser suspendidos en forma temporal o definitiva, según la gravedad del caso. c) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran con el desarrollo comunal, el plan de trabajo y el presupuesto correspondiente. La suspensión definitiva únicamente podrá ser acordada por la asamblea general y la suspensión temporal por la Junta Directiva. d) Constituir comisiones de trabajo de la asociación, encauzar su mejor organización y desenvolvimiento. e) Convocar a la Asamblea general a reuniones ordinarias o extraordinarias. f) Vincularse con las Organizaciones del Estado, las Municipalidades y con las entidades privadas que tengan que trabajar en la región el proyecto de desarrollo comunal. De las resoluciones de la asamblea general, no se admitirá ningún recurso. ART. 19.- En caso de que la Junta Directiva, dentro del plazo de diez días de conocida la infracción, no procede a dar cumplimiento a los artículos anteriores, un número de ocho asociados, por lo menos, podrá pedir al Concejo Municipal correspondiente, que se le autorice: 1.- Para DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 76 g) Participar en su caso, en las investigaciones, planeamiento, ejecución y evaluación de los programas y proyectos de mejoramiento de la comunidad. y de los emolumentos si los hubieren, y en todo caso serán autorizados los pagos por el secretario y con el visto bueno del presidente de la asociación. h) Informar periódicamente a la asamblea general de las actividades que se desarrollan y presentarle el plan anual de trabajo y el presupuesto respectivo e informar igualmente a los organismos que cooperaron en el desarrollo de sus programas de trabajo. Todos los fondos serán depositados en una Institución Bancaria o Crediticia, para lo cual se abrirá una cuenta a nombre de la asociación, debiendo registrar las firmas del tesorero, el presidente y el síndico de la asociación. i) Velar que el patrimonio de la asociación sea aplicado en la consecución de sus fines. j) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos de la asociación. k) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los afiliados. l) Tomar las medidas necesarias para cumplir las disposiciones emanadas de la asamblea general y las que crean convenientes dictar. m) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales no previstas en los estatutos. n) Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea General en la sesión ordinaria anual sus actividades de trabajo. ñ) Ejercer las demás actividades que se determinen en las leyes correspondientes y estos estatutos. LT A ART. 28.- El Protesorero, colaborará con el tesorero en todo lo concerniente a sus funciones, lo sustituirá en casos de ausencia o impedimento de éste. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU ART. 29.- El Síndico, tendrá la responsabilidad judicial y extrajudicial de la asociación y el uso de la Personalidad Jurídica, quien para comparecer en juicios, escrituras, contratos, actas notariales y otros, deberá ser autorizado por la junta directiva, quien lo legitimará mediante la certificación del punto de acta que lo autoriza. A falta del síndico, fungirán los vocales en su orden autorizados en sesión de Junta Directiva, además, velará por el estricto cumplimiento del código municipal, la Ordenanza respectiva, así como los presentes estatutos y las leyes de la materia y los demás acuerdos tomados por la Asamblea General y la Junta Directiva. ART. 30.- Los Vocales, colaboran con la Junta Directiva, en la medida que ésta lo considere necesario; en todo caso, sustituirán a los miembros de la Junta Directiva que faltaren. ART. 31.- En caso de suspensión temporal, la Junta Directiva llamará y dará posesión a los sustitutos por el tiempo que dure la suspensión. ART. 24.- El Vicepresidente, colaborará con el presidente, lo sustituirá en los casos de ausencia o de impedimento de éste y todo lo demás que fuese concerniente a actividades comunales. ART. 32.- Los miembros de la Junta Directiva, serán electos para un período de dos años y sólo podrán ser reelectos en forma consecutiva para un período más. AR I O ART. 23.- El Presidente de la Junta Directiva presidirá y dirigirá las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva, autorizando con su firma los acuerdos que emanen de las mismas y coordinará las actividades de la asociación. DI ART. 25.- El Secretario, será el órgano de comunicaciones de la asociación y llevará el inventario de los bienes de la misma; además tendrá a su cargo los libros de actas de sesiones que celebren la asamblea general y la junta directiva y todo lo demás que fueren pertinentes. ART. 26.- El Prosecretario, colaborará con el secretario en todo lo concerniente a sus funciones lo sustituirá en casos de ausencia o impedimento de éste. ART. 27.- El Tesorero, será el depositario de los fondos y bienes de la asociación y llevará los libros de contabilidad o cuentas de la misma. Se encargará así mismo que se hagan efectivos los créditos a favor de la asociación, y dará cuenta a la Junta Directiva en cada sesión del estado económico; hará los pagos de las obligaciones de la asociación PATRIMONIO DE LA ASOCIACION ART. 33.- El Patrimonio de la asociación estará constituido por: a) Los fondos provenientes de las contribuciones que aporten los socios activos y será de cincuenta y siete centavos de dólar mensuales. b) Las subvenciones o aportes extraordinarios, herencias, donaciones, legados, etc. que provengan de diversas fuentes. c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada para hacer llegar fondos a la asociación. d) El valor de los intereses que devenguen los créditos otorgados a los asociados, serán fijados por la Asamblea General, a propuesta de la Junta Directiva; pero en todo caso, este interés deberá ser menor que el estipulado por el sistema bancario nacional. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. e) El valor del alquiler cobrado por el uso de maquinaria, bienes 77 DISPOSICIONES GENERALES muebles e inmuebles de propiedad de la asociación; serán aprobados por la asamblea general, a propuesta de la Junta hecho de ser asociado. f) Los bienes muebles e inmuebles que formen el patrimonio no podrán ser enajenados en garantía, vendidos, alquilados o prestados sin autorización previa de la Asamblea General. ART. 34.- La Asociación cuenta hoy con fondos líquidos en efectivo, ART. 40.- La Junta Directiva, tiene la obligación de enviar al Concejo Municipal durante los primeros quince días posteriores a la elección la nómina de la nueva Junta Directiva; durante los primeros quince días del año, la nómina de los asociados, informe de las sustituciones de los miembros de la Junta Directiva, cuando sean de forma definitiva y cualquier otro dato relativo a la asociación. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU provenientes de diversas actividades realizadas por la comunidad. ART. 39.- La Asociación llevará sus libros de registro de afiliados, actas de asambleas generales, actas de junta directiva, registro financiero y registro de inventario; todos foliados y sellados con una razón de apertura que contenga el objeto del libro, su número de hojas y luego al terminarse el libro se pondrá su razón de cierre, la cual deberá estar firmada y sellada por el secretario de la Junta Directiva. LT A Directiva; pero en ningún caso eximirá de estos pagos el ART. 35.- De las utilidades netas obtenidas al final del ejercicio administrativo por la asociación, se aportará el cinco por ciento por lo menos, para formar un fondo de reserva para incrementar el capital Dentro de los treinta días posteriores a la elección de la nueva Junta Directiva, deberá enviar al Concejo Municipal su plan de trabajo. bancario a nombre de la misma. La Asociación llevará un libro especial de registro de capital, en el que deberá expresarse todo aumento y disminución del mismo. La Asociación para poder desarrollar sus fines sociales y de obras ART. 41.- Para la modificación del acta de constitución y los presentes estatutos, se seguirán los mismos procedimientos que para la constitución e inscripción de la asociación. físicas, siempre que conduzca a operaciones canalizadas a través de recursos económicos, deberá ser conocido y aprobado por la Asamblea General y autorizada por la Junta Directiva, especificamente para el acto en que comparezca el representante de la asociación. ART. 42.- Los casos no contemplados en estos estatutos, serán resueltos en Asamblea General de socios. En todo caso, se establecerán los controles contables necesarios para el efectivo control de fondos propios o procedentes de fuentes externas en los distintos programas y proyectos que se desarrollen. ART. 43.- Los presentes estatutos entrarán en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. ART. 36.- Si al final de cada ejercicio administrativo anual (enero a diciembre) se obtuvieren ganancias, la Junta Directiva, propondrá a ACUERDO NUMERO DIECIOCHO. O la Asamblea General los proyectos en los que pueden ser aplicadas DI de reserva. AR I dichas ganancias, como también el tiempo y forma de invertir el fondo ART. 37.- En caso de disolución, si después de pagada las obligaciones hubiere un remanente, el Concejo Municipal lo destinará a programas de Desarrollo Comunal, a realizarse en el Caserío Guadalupe, Cantón El Amate, del domicilio de la asociación y mientras no se realice su inversión, el remanente estará bajo el control del Concejo Municipal. DISOLUCION DE LA ASOCIACION ART. 38.- La disolución de la asociación será acordada en sesión extraordinaria de asamblea general, mediante acuerdo de dos terceras Vistos los estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal "CASERIO GUADALUPE" que se abrevia ADESCO-CG fundada en el Caserío Guadalupe, Cantón El Amate, Jurisdicción y Departamento de esta ciudad, consta de cuarenta y tres artículos; y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las leyes de la República, al orden público ni a las buenas costumbres; de conformidad con el artículo 30 numeral 23 del Código Municipal, ACUERDA: Aprobarlos y conferirle a dicha Asociación el carácter de Persona Jurídica, Comuníquese. DADO EN LA ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, cinco de mayo del dos mil diez. MOISES ALCIDES GONZALEZ, REGIDOR AUTORIZADO PARA FIRMAR. Lic. JOSE ANGEL FERMAN ZETINO, SECRETARIO MUNICIPAL. partes de los socios de la misma, por motivos que el código y ordenanza municipal, estos estatutos y las demás leyes de la materia establecen. (Registro No. F014903) DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 78 Gestionar el apoyo de instituciones nacionales, internacionales, orga- a las diez horas del día tres de mayo del año dos mil diez, reunidos los nizaciones no gubernamentales y de la empresa privada, para la mejor suscritos: José Yones Guzmán Romero, de cuarenta años de edad, consecución de sus fines. Y Siete, gestionar proyectos de desarrollo Empresario, del domicilio de Ciudad Barrios, con Documento Unico de económico y de medio ambiente para sus municipios. CAPITULO Identidad número: Cero dos uno seis cero cero tres seis guión cero, TRES.- PLAZO.- Artículo cuatro. El plazo de la Asociación es por Alcalde Municipal de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, tiempo indefinido. CAPITULO CUATRO.- APORTES A QUE SE Miguel Ángel Barahona Ventura, de cuarenta y ocho años de edad, OBLIGAN LOS MUNICIPIOS.- Artículo cinco.- Los municipios Licenciado en Educación, del domicilio de San Simón, Alcalde Muni- miembros de la Asociación se obligan a aportar mensualmente una cipal de San Simón, con Documento Unico de Identidad número: Cero cuota equivalente al dos por ciento de la transferencia mensual del dos uno uno cero dos tres siete guión cero, Bernardino Romero Gaviria, Veinticinco por ciento del FODES, para asegurar el funcionamiento y de cuarenta y seis años de edad, Comerciante, del domicilio de Guatajiagua, apoyar el desarrollo de proyecto de inversión de la Asociación; estos con Documento Único de Identidad número: Cero dos cinco uno cinco aportes servirán para financiar el Presupuesto Anual de la Asociación. cero dos uno guión cero, Alcalde Municipal de Guatajiagua, actuando CAPITULO CINCO. REGIMEN PATRIMONIAL.- Artículo seis.- El todos en calidad, de representantes legales de los Municipios citados, patrimonio de la Asociación estará constituido por: a) Los aportes que según comprobamos con las Credenciales y Certificaciones de Acuerdos los municipios integrantes le hagan; b) Los donativos y contribuciones de los respectivos Concejos Municipales que tenemos a la vista y que que a cualquier título reciba de terceras personas; y, c) Cualquier otro agregaremos a la presente acta; ACORDAMOS: UNO.- Conformar una ingreso proveniente de otras fuentes de financiamiento. Artículo siete.- entidad descentralizada autónoma para dar inicio al proceso de gestión El patrimonio se destinará exclusivamente a la realización del objeto y del desarrollo local de los municipios que la integran, y al efecto, se crea fines de la Asociación. Asimismo, se establecerá un fondo de reserva con base a los artículos once, doce, trece y catorce del Código Munici- para cubrir emergencias y necesidades futuras. Artículo ocho.- La Aso- pal, la Asociación de Municipios Shafick Jorge Handal, responsable de ciación, podrá contraer obligaciones con instituciones nacionales e in- planificar, gestionar y ejecutar las acciones tendientes a su desarrollo ternacionales únicamente con el voto de las tres cuartas partes del integral. DOS.- Aprobar los estatutos bajo los cuales se regirá esta En- Concejo Directivo. Artículo nueve.- Los fondos de la Asociación serán tidad Descentralizada Autónoma, los cuales son del tenor literal siguien- depositados en una institución bancaria salvadoreña pudiendo hacer te: CAPITULO UNO.- NOMBRE, NATURALEZA, OBJETO Y retiros con la firma de dos de los alcaldes autorizados, por el Consejo DOMICILIO. Artículo uno.- La entidad que se crea se denominará Directivo, siendo indispensable la firma del Tesorero. Artículo diez.- El “Asociación de Municipios Shafick Jorge Handal" la que podrá abreviarse: ejercicio económico de la Asociación será del primero de Enero al O NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU LT A En el Salón de reuniones de la Alcaldía Municipal de Ciudad Barrios, treinta y uno de diciembre de cada año calendario. Artículo once.- La la gestión del desarrollo de los municipios que conforman la Asociación, Asociación funcionará con un presupuesto anual de ingresos y egresos la que gozará de personería jurídica. Artículo dos.- El domicilio de la aprobado por el Consejo Directivo. Artículo doce. De los excedentes Asociación será el municipio de Ciudad Barrios, pudiendo establecer habidos después de finalizado el ejercicio económico se destinará como dependencias en los demás municipios miembros si fuera necesario. mínimo el quince por ciento de los mismos para la constitución del CAPITULO DOS. FINES.- Artículo tres. La Asociación tendrá los si- fondo de reserva a que se refiere el artículo siete y el restante ochenta y guientes fines: Uno, elaborar y ejecutar el Plan de Desarrollo de la cinco por ciento se considerará como aportes económicos del siguiente Asociación, con base en los planes de desarrollo Local de los municipios ejercicio fiscal. Artículo trece.- La recaudación, custodia y erogación integrantes. Dos, Construir, rehabilitar y mantener la red vial de los de fondos de la Asociación estará a cargo de un Tesorero nombrado municipios de la Asociación; Tres, Promover y fomentar el ecoturismo por el Concejo Directivo. CAPITULO de la Asociación a través de la restauración y conservación racional de ADMINISTRACION.-Artículo catorce.- La dirección y administración los recursos naturales, Cuatro, Proteger los recursos hídricos de la cor- de la Asociación estará a cargo de una Asamblea General, un Consejo dillera del Cerro Cacahuatique. Cinco, Promover e impulsar el desarro- Directivo y una Gerencia General. Artículo quince.- La Asamblea Ge- llo agropecuario, comercial, agroindustrial y artesanal de la zona; seis, neral estará conformada por los Concejos Municipales de los Municipios DI AR I Asociación; su naturaleza es descentralizada y autónoma y su objetivo, SEIS.- DIRECCION Y DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 79 funciones del Coordinador Titular en caso de ausencia temporal o defi- Aprobar el plan de desarrollo de la Asociación. Dos. Aprobar el plan nitiva de éste. Artículo veinte.- El Alcalde Coordinador tendrá la repre- anual de inversiones y operaciones. Tres. Aprobar la Memoria Anual sentación legal de la Asociación, con facultades para nombrar designa- de Labores. Cuatro. nombrar anualmente el auditor externo de una dos o apoderados para que lo representen, previo acuerdo del Consejo terna presentada por el Consejo Directivo. Cinco. Aprobar reformas de Directivo. Artículo Veintiuno.- El Concejo Directivo se reunirá ordina- estatutos a solicitud de cualquier Concejo Municipal. Artículo dieciséis.- riamente por lo menos dos veces al mes y extraordinariamente cuando Los acuerdos de la Asamblea General serán tomados por mayoría así lo estimare conveniente el alcalde Coordinador o cualquiera de sus simple, excepto los casos en que los estatutos exijan una mayoría cali- miembros. Las Convocatorias a sesiones ordinarias se harán con dos ficada. En todo caso, cada Municipio representado tendrá derecho a un días de anticipación por los menos y las extraordinarias con un día de voto que será emitido por medio del Alcalde o su representante, previa anticipación como mínimo. Artículo Veintidós.- El quórum para celebrar consulta interna con sus Concejales. Para celebrar reunión de Asamblea sesión será la mitad más uno de los miembros del Consejo Directivo. General ordinaria y extraordinaria se necesita la asistencia de por lo Las resoluciones se tomarán con el voto de la mayoría de miembros del menos la mitad más uno de los Concejos Municipales que conforman Consejo, excepto en la aprobación del presupuesto de ingresos y egresos la Asociación. La Asamblea celebrará sesión ordinaria dos veces al año, y nombramiento del Gerente General que requerirá el voto de las dos una en el mes de enero y la otra en diciembre previa convocatoria con terceras partes de sus Miembros. En caso de empate, el Coordinador dos días de anticipación por lo menos y extraordinaria, siempre que sea tendrá voto favorable calificado. Artículo veintitrés.- La administración necesario, previa convocatoria por cualquiera de los Concejos Munici- de la Asociación estará a cargo de un Gerente General, deberá convocar pales miembros. Artículo diecisiete.- Para la aprobación de los planes de manera inmediata a reunión extraordinaria al Consejo Directivo para de inversión y de operación anuales, será necesario el voto de los dos elegir las nuevas personas que ejercerán esos cargos. CAPITULO SIE- tercios de sus miembros en sesión extraordinaria especialmente convo- TE.- PROCEDIMIENTO DE REFORMAS DE ESTATUTOS Y DI- cada al efecto. Artículo dieciocho.- El Consejo Directivo estará confor- SOLUCIONES DE LA ASOCIACION.- Artículo veinticinco.- Para mado por el Alcalde como miembro Propietario y un Concejal como reformar o derogar estos Estatutos será necesario el voto favorable de suplente, de cada municipio; y tendrá las siguientes atribuciones: Uno, las dos terceras partes de sus miembros en sesión extraordinaria espe- aprobar el Presupuesto Anual de ingresos y egresos. Dos, elegir dentro cialmente convocada al efecto. Artículo veintiséis.- La Asociación podrá de su seno al Coordinador y Subcoordinador. Tres, nombrar al Gerente disolverse por disposición de Ley o por el voto favorable de las dos General, al Tesorero, Jefe de UACI y al secretario de fuera de su seno. terceras partes de la Asamblea General, previo acuerdo de los Concejos Cuatro, nombrar al auditor interno de una terna presentada por el alcal- Municipales que la integran. Artículo veintisiete.- Acordada la disolución, O NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU LT A que integran la Asociación y tendrá las siguientes atribuciones: Uno. la Asamblea General nombrará liquidadores en número de dos por lo y aprobar el Reglamento interno de la Asociación. Siete, someter a las menos, quienes a partir de la aceptación del cargo tomarán la dirección municipalidades para su conocimiento y aprobación, la normativa que y administración de la Asociación y tendrán la representación de la regulará la ejecución del Plan de Desarrollo de la Asociación. Ocho, misma. Si no hubiere acuerdo en el nombramiento de los liquidadores, rendir informe trimestral a las Municipalidades miembros, sobre la se acudirá a la autoridad judicial del domicilio de la Asociación para ejecución presupuestaria y de la gestión realizada. Nueve, velar por la que los designe.- Artículo Veintiocho. Liquidada la Asociación entre buena administración del patrimonio. Diez, remover o destituir por las Municipalidades, provenientes de la liquidación se resolverá por causa justificada a los funcionarios por ellos nombrados. Artículo die- medio de arbitradores, de acuerdo a lo establecido en el Código de cinueve.- La coordinación del Consejo Directivo de la Asociación esta- Procedimientos Civiles. Artículo treinta.- En caso de que un municipio rá a cargo de uno de los alcaldes, electos para un periodo de un año y miembro de la Asociación, por acuerdo de su Concejo Municipal deci- en forma rotativa para cada municipio; salvo que el Consejo Directivo da retirarse de ésta, deberá presentar la certificación del Acuerdo emi- acuerde por unanimidad, prorrogar el periodo de coordinación por otro tido por el respectivo Concejo Municipal, en el que expresa su decisión tiempo igual o su remoción antes de la terminación de éste; además, se de retiro. Los aportes hechos por el municipio que se retira quedarán a elegirá un subcoordinador por el mismo periodo quien asumirá las favor de la Asociación. El retiro será improcedente en los casos de que DI AR I de coordinador. Cinco, aprobar los Estados Financieros. Seis, elaborar DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 80 Secretario que suscribe, Licenciado Cristian Omar Amaya Medrano. El y/o ésta, con terceras personas, excepto que la Municipalidad que se Señor Síndico dio por abierta la sesión, procediéndose inicialmente a retira cancele la parte que le corresponda de la obligación. Artículo designar por unanimidad al señor José Mauricio Carballo Rivera, como treinta y uno. Por acuerdo de la mayoría calificada de la Asamblea Alcalde Municipal en funciones, para la presente reunión, en sustitución General, podrá ingresar a la Asociación, otros municipios, quienes del señor José Yones Guzmán Romero, quien no puede estar presente tendrán los mismos derechos y obligaciones. CAPITULO OCHO.- debido a problemas de salud, de igual forma; y por unanimidad, nómbrase CONTROL Y FISCALIZACION.- Artículo treinta y dos.- La Asociación al señor Milton Antonio Vásquez Orellana (Tercer Concejal Suplente), rendirá cuenta circunstanciada de su gestión a la Corte de Cuentas de en sustitución del señor José Ricardo Urrutia Sorto, quinto regidor pro- La República, quien de acuerdo a la ley ejercerá vigilancia, fiscalización pietario, durante esta reunión; ya que este último no puede estar presente y control a posterior sobre la ejecución del presupuesto de la Asociación. en la misma, por lo que después de tratar asuntos de su competencia, Artículo treinta y tres.- Los municipios por medio de funcionarios que se emiten los acuerdos siguientes: EL INFRASCRITO SECRETARIO nombraren, tendrán acceso a la contabilidad de la Asociación. Artículo MUNICIPAL Y ALCALDE CERTIFICAN: Que el acuerdo número treinta y cuatro.- Será de obligatorio nombramiento una auditoría exter- cuarenta y dos que en lo conducente dice: "NÚMERO CUARENTA Y na en el momento que se estime conveniente. CAPITULO NUEVE.- DOS: Vistos los Estatutos de la Asociación de Municipios Shafick Jorge DISPOSICIONES GENERALES.- Artículo treinta y cinco.- En todo lo Handal, que se abrevia "ASOCIACION", los cuales constan de treinta no previsto en este instrumento, se aplicará lo dispuesto en el Código y seis artículos y no habiendo en ellos ninguna disposición contraria a Municipal, CAPITULO DIEZ. PUBLICACION Y VIGENCIA.- Artí- las Leyes de la República, al orden público, ni a las buenas costumbres, culo treinta y seis.- Los presentes estatutos entrarán en vigencia ocho de conformidad al artículo trece del Código Municipal, el Concejo días después de su publicación en el Diario Oficial.- En este acto se por unanimidad acuerda: aprobarlos y conferir a dicha Asociación la constituye el primer Consejo Directivo de Alcaldes de la entidad, inte- Personería Jurídica, publíquese. Certifíquese el presente acuerdo y grado por los señores alcaldes mencionados anteriormente, eligiéndose remítase a la asociación antes expuesta". Y no habiendo mas que hacer como Coordinador al señor José Yones Guzmán Romero, Alcalde constar, se da por terminada la presente acta que firmamos. Alcalde Municipal de Ciudad Barrios, como subcoordinador al señor Miguel Municipal en funciones: J.M.C.R., Concejales Propietarios: F.C.G., Ángel Barahona Ventura, Alcalde Municipal de San Simón y como M.A.F.F., J.C.C.A., A.M.F. de O., D.Y.A.A., y H.D.F. de M., Concejales secretario al señor Cristian Omar Amaya, Secretario Municipal de Suplentes: E.M.A., O.E.V.A.; M.A.V.O.; y E.C.C. de A.; del Síndico Ciudad Barrios. Municipal. J.A.R.P. y C.O.A.M.- Srio. """"""""""""""""""""""""""""" NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU LT A la Municipalidad miembro tenga deudas pendientes con la Asociación DI AR I O RUBRICADAS """""""""""""""""""""""""" Es conforme con su original, con el cual se confrontó en la Alcaldía ACTA NÚMERO DIECIOCHO: En el salón de reuniones de la Alcaldía Municipal: Ciudad Barrios, a los veinticinco días del mes de mayo de Municipal de Ciudad Barrios, a las trece horas del día trece de mayo de dos mil diez. dos mil diez. Sesión Ordinaria celebrada por esta Municipalidad, convocada por el señor Alcalde Municipal, José Yones Guzmán Romero, JOSÉ YONES GUZMÁN ROMERO, con la asistencia de los siguientes miembros propietarios del Concejo Municipal, en su orden respectivo: Fredepindo Castro Gómez, Miguel ALCALDE MUNICIPAL. Ángel Funes Franco, Julio César Cruz Amaya, José Mauricio Carballo Rivera, Ana Maribel Fuentes de Orellana, Dina Yamileth Argueta Ave- Lic. CRISTIAN OMAR AMAYA MEDRANO, lar y Heidy Diamileth Fajardo de Medina, y los Concejales Suplentes: SECRETARIO MUNICIPAL. Elodia Margarita Argueta de Mejía, Olman Eugenio Ventura Aguilar, Milton Antonio Vásquez Orellana y Eva Carolina Cruz de Argueta, (Registro No. F014859) del Síndico Municipal, Ingeniero Julio Adalberto Rivera Portillo; del DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO 81 económicos y la elevación de niveles educativos de cada uno de los asociados. COMUNAL RESIDENCIAL LAS TERRAZAS 1 Y 2 e) Trabajar en el establecimiento y mejora de los servicios de la comunidad, con el equipamiento de los medios indispensables CAPITULO I para solucionar los distintos problemas que existieren en la CREACION, DENOMINACION, NATURALEZA Y DOMICILIO. comunidad. f) Promover la organización de comités de mujeres, jóvenes, deportes, salud, educación y cultura para hacerlos partícipes de la responsabilidad de los programas de desarrollo local. Art. 1.- Constitúyase la "Asociación de Desarrollo Comunal Resideng) Incrementar las actividades comunitarias a fin de obtener LT A cial Las Terrazas 1 y 2" del Municipio de Ayutuxtepeque, Departamento recursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento o la "Asociación". de la comunidad. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU de San Salvador; que se podrá abreviar "ADESCO TERRAZAS 1 Y 2" h) Participar organizadamente en el estudio y análisis de la realidad social y de los problemas y necesidades de la co- Art. 2. La Asociación que se constituye es de naturaleza democrá- munidad, así como cualquier actividad en el campo social, tica, apolítica, no lucrativa, ni religiosa; aunque en su seno se respetará cultural, religioso, cívico, educativo u otros que fueren legales la libertad de culto; y tendrá como domicilio especial la Ciudad de Ayutuxtepeque. y provechosos a la comunidad. CAPITULO III SIMBOLOGIA DE LOS ASOCIADOS, DERECHOS Y DEBERES. Art 3.- La Asociación tendrá como distintivo un sello en forma rectangular en cuyo interior se encuentra grabado el nombre completo de la Asociación y al centro de éste 2 casas que simboliza el nombre de la Colonia. Art. 5. Los asociados podrán ser: a) Fundadores. b) Activos. c) Honorarios. CAPITULO II AR I O NORMAS, FINES Y OBJETIVOS Art. 4. La Asociación tendrá como fines: b) esta Asociación y que hayan firmado el acta de constitución. Son asociados activos, las personas que sean aceptadas por la con los organismos privados, nacionales e internacionales que Asamblea General y Junta Directiva como miembros de la Asociación, participen en los correspondientes programas de desarrollo que paguen las membresías y que se involucren y trabajen en las acti- comunal. vidades propias de la Asociación. Fomentar el espíritu de comunidad, solidaridad y cooperación Son miembros honorarios, aquellas personas a quienes la Asamblea mutua entre los vecinos, sus grupos y entidades respecti- General, que por su iniciativa o a propuesta de la Junta Directiva, les vas. c) Las Terrazas 1 y 2 que hayan estado presentes en el acto constitutivo de Promover el progreso de la respectiva localidad conjuntamente DI a) Son asociados fundadores, todas las personas vecinos de la Colonia conceda tal calidad por sus aportes a la Asociación. Coordinar y cooperar con grupos comunitarios organizados en la misma jurisdicción en la mayor integración de sus miembros y la mejor organización de sus actividades. d) Art. 6. Son derechos de los asociados: Impulsar y participar en los programas de capacitación a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales. promocional de los dirigentes y de los grupos comunales, b) Presentar mociones y sugerencias a la Asamblea General. c) Ingresar y retirarse voluntariamente de la Asociación. con el fin de contribuir al mejoramiento de la organización de la comunidad, la administración de proyectos sociales y DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 82 d) Elegir y ser electo para un cargo de la Junta Directiva. e) Gozar de los servicios y privilegios que realiza y otorgue la los miembros de la Asociación y las decisiones se tomarán por el voto de la mayoría de los asistentes. Si no hubiere quórum se hará una nueva convocatoria y se instalará la Asamblea General con el número de Asociación. asistentes, siempre que no sea inferior a un tercio de los integrantes de la misma. Art. 7. Son deberes de los asociados: a) Cooperar con todos los medios promocionales posibles al Art. 14. Son atribuciones de la Asamblea General: incremento del número de miembros de la Asociación. a) b) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea General Aprobar, reformar o derogar los Estatutos o Reglamentos de la Asociación. y Junta Directiva, previa convocatoria de forma legal. Desempeñar a cabalidad todas las comisiones y cargos que causas justificadas, ya sea por inasistencia de 4 reuniones se le encomienden. continuas. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU d) Elegir a los miembros de la Junta Directiva y destituirlos por LT A b) c) Cumplir estos Estatutos y obedecer las disposiciones de Asamblea General y Junta Directiva, siempre que estén relacionados con los fines de la Asociación. c) Aprobar el presupuesto anual de la Asociación. d) Aprobar la memoria de labores de la Asociación, los informes del Tesorero y los demás que le presente la Junta Directiva. CAPITULO IV e) DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION Fijar la cuantía de las cuotas ordinarias y extraordinarias de los asociados según las necesidades de la Asociación, que no excederá de 1.00 mensual. Art. 8. El gobierno de la Asociación será ejercido por una Asamblea General y una Junta Directiva. f) Acordar la disolución de la Asociación. g) Resolver todo lo no previsto en los presentes Estatutos y Reglamentos y otras disposiciones que emita la Asociación. CAPITULO V DE LA ASAMBLEA GENERAL CAPITULO VI DE LA JUNTA DIRECTIVA Art. 9. La Asamblea General será la máxima autoridad de la O Asociación y estará integrada por la totalidad de los asociados con una Art. 15. La Junta Directiva de la Asociación estará formada por un Presidente; un Vicepresidente; un Secretario; un Prosecretario; un Tesorero; un Protesorero; un Síndico; un Pro-Síndico y cinco vocales. DI AR I representación de un mínimo de 25 asociados. Art. 10. La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez al año en el mes de su nacimiento y extraordinariamente cuando se considere necesario. Será convocada por la Junta Directiva. La convocatoria podrá ser por cualquier medio legal evidenciable. Art. 16. Los miembros de la Junta Directiva, serán electos en sesión ordinaria de Asamblea General del mes de su nacimiento correspondiente para un periodo de dos años, contados a partir de la fecha de su nombramiento, pudiendo ser reelectos por otro período igual. Art. 11. La convocatoria a la Asamblea General Ordinaria se hará con ocho días de anticipación a la fecha de su realización. Art. 17. La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez cada quince días y extraordinariamente cuando se considere conveniente. La Art. 12. La convocatoria a Asamblea General Extraordinaria será convocatoria a las sesiones ordinarias de la Junta Directiva se hará con por lo menos con tres días de anticipación a la fecha de su realización, tres días de anticipación y para las sesiones extraordinarias con dos días y contendrá los puntos de agenda. por lo menos. Art. 13. Habrá quórum por la asistencia de la mitad más uno de Art. 18. El quórum para celebrar sesión de Junta Directiva será DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. la asistencia de por lo menos cinco de sus miembros, y para tomar re- 83 de sus cargos por las causas siguientes: soluciones el voto favorable de la mayoría de los miembros directivos a) Inmoralidad comprobada. b) Incumplimiento de los Estatutos, Reglamentos y otras dis- presentes. En caso de empate el presidente tendrá doble voto. posiciones importantes de la Asociación. Art. 19. La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: c) a) Administrar el patrimonio de la Asociación. b) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, resoluciones de Por cometer cualquier falta o delito en menoscabo de los intereses de la Asociación. la Asamblea General y reglamentos de la Asociación. ración de la Asamblea General. d) Art. 22. Cualquier miembro de la Junta Directiva de la Asociación Elaborar la memoria anual de labores y someterla a conside- Elaborar el presupuesto anual de la Asociación y someterlo podrá reelegirse por un período más, si la Asamblea General lo estable- LT A c) ce. e) NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU a consideración de la Asamblea General. Velar porque todos los asociados cumplan con sus obligaciones CAPITULO VII para con la Asociación. f) DE LAS ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS Señalar las fechas de celebración de las sesiones ordinarias DE LA JUNTA DIRECTIVA y extraordinarias de la Asamblea General, convocar a los asociados y elaborar la agenda de las mismas. g) Conocer las solicitudes de ingreso de los asociados y presen- Art. 23.- Son atribuciones del Presidente: tarla a consideración de la Asamblea General. a) h) Conocer las solicitudes y reclamos de los asociados de Presidir las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea General. acuerdo a disposiciones de los Estatutos y Reglamentos de b) la asociación. i) Autorizar al presidente y al Síndico para que celebre toda clase de contrato y convenio de la Asociación, especialmente c) los aprobados en Asamblea General. k) Elaborar proyectos de Reglamentos de la Asociación, así como d) Velar por el cumplimiento de los acuerdos de la Junta proyectos de reformas a los Estatutos y Reglamentos. Directiva, de la Asamblea General y de los Estatutos de la Aprobar los programas de trabajo a desarrollar por la Aso- Asociación. AR I ciación. l) Representar legalmente a la Asociación, firmar documentos y otorgar poderes generales o especiales. O j) Convocar a los asociados a sesiones de la Asamblea General y a los miembros de la Junta Directiva. e) Organizar seminarios, cursillos y otros eventos relacionados Firmar con el Tesorero los cheques y documentos de gastos de la Asociación debidamente aprobados. m) DI con los fines de la Asociación. f) Los demás que le encomiende la Junta directiva. Resolver todos los asuntos que no sean de la competencia de la Asamblea General. Art. 24. Son atribuciones del Vicepresidente: Art. 20. Para ser miembro de la Junta Directiva de la Asociación a) se requiere: Colaborar con el Presidente en el desempeño de sus funciones. a) Ser mayor de edad. b) Competencia notoria para el desempeño del cargo. c) Observar buena conducta. c) Desempeñar las comisiones que el Presidente designe. d) Estar solvente en la Asociación. d) Las demás que le asignen estos Estatutos y otras disposiciones Art. 21. Los miembros de la Junta Directiva podrán ser destituidos b) Sustituir al presidente en caso de ausencia o impedimento de éste. que emitan la Asociación. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 84 Art. 25. Son atribuciones del Secretario: b) Colaborar con el Tesorero en el desempeño de sus funciones. Llevar el libro de acta de las sesiones de la Asamblea General y de la Junta Directiva. c) Extender credenciales y certificaciones de la Asociación que d) sean necesarias. Desempeñar las comisiones que se le asignen. Las demás que por el desempeño de su cargo le corresponden. c) Llevar el archivo de la Asociación. d) Enviar a los asociados las convocatorias a sesiones de Asamblea General y Junta Directiva. e) Llevar los registros de los Asociados. f) Recibir y despachar correspondencia de la Asociación. Art. 29. Son atribuciones del Síndico: a) Velar especialmente por el cumplimiento de las resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, de los Estatutos y Reglamentos de la Asociación. b) LT A a) b) Colaborar en la elaboración de las reformas de los Estatutos NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU y Reglamentos de la Asociación. Art. 26. Son atribuciones del Pro-Secretario(a): c) a) Colaborar con el secretario en el desempeño de sus labores. d) b) Debe desempeñar las comisiones que el Presidente desig- Art. 30. Son atribuciones del Pro-Síndico(a): a) ne. d) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación. Sustituir al Secretario(a) en caso de ausencia o impedimento de éste. c) Los demás que le señale la Asamblea General y la Junta Directiva. Las demás que le asignen estos estatutos y otras disposiciones que emita la Asamblea General. Colaborar con el Síndico en la elaboración de reformas a los Estatutos y Reglamentos de la Asociación. b) Las demás que por el desempeño de su cargo le correspon- den. Art. 27. Son atribuciones del Tesorero: a) Recibir y guardar los fondos de la Asociación en la institución bancaria que la Junta Directiva señale. b) Art. 31. Son atribuciones de los Vocales: a) por cualquier motivo alguno faltare a las sesiones de Junta Firmar con el presidente los cheques y documentos de gastos Directiva y asumirán los cargos en el orden correlativo del de la Asociación debidamente aprobados por la Junta Direc- primero al quinto. AR I O tiva. c) Elaborar el anteproyecto de presupuesto anual de la Asociación b) DI e) Llevar los libros de contabilidad que fueren necesarios. Desempeñar las comisiones que les asignen la Asamblea General y la Junta Directiva. y presentarlo a la Junta Directiva. d) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva cuando c) Colaborar con los miembros de la Junta Directiva, en todo lo que les fuere requerido. Presentar mensualmente a la Junta Directiva un informe de los ingresos y egresos de la Asociación. d) Las demás que les señalen los Estatutos y Reglamentos de la Asociación. f) Presentar balance de la situación financiera de la Asociación. g) Recolección de cuota mensual de los Asociados. h) Las demás que por razones de su cargo correspondan. Art. 28. Son atribuciones del Pro-Tesorero(a): a) Sustituir al Tesorero en caso de ausencia o impedimento de éste. CAPITULO VIII DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACION Art. 32. El patrimonio de la Asociación estará constituido por: a) Las contribuciones que aporten los asociados, que se establecerá en el Reglamento Interno. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. b) Las subvenciones y las aportaciones extraordinarias que 85 serán resueltos en Asamblea General y Junta Directiva en su caso. provengan de diversas fuentes lícitas. c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad lícita realizada por la Asociación. Art. 39. Los presentes estatutos entrarán en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. d) Bienes muebles e inmuebles que se adquieran a cualquier título. Art. 33. Los fondos de la Asociación serán depositados en una institución financiera, por la cual se abrirá la cuenta a nombre de la La Infrascrita Alcaldesa de la Ciudad de Ayutuxtepeque, el Presidente de la Asociación o quien la Junta Directiva designe. LT A Asociación, serán manejados con las firmas del Tesorero, Secretario y CERTIFICA: Que en el libro de Actas y Acuerdos que este Concejo Municipal lleva durante el presente año, se encuentra el ACTA NUME- NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU RO TRECE, de fecha tres de Marzo de dos mil diez, que contiene el CAPITULO IX DURACION Y DISOLUCION DE LA ASOCIACION ACUERDO NUMERO CIENTO TREINTA Y SIETE: El señor Síndico Municipal informa que ha sido revisada la solicitud y los Estatutos que ha presentado la Junta Directiva de la Residencial Las Terrazas 1 y 2 de este Municipio, gestionando su aprobación para obtener su Art. 34. La Asociación se constituye por tiempo indefinido y se personería jurídica. Este Concejo Municipal, en uso de sus facultades disolverá por disposición de la ley, cuando los asociados no lleguen por lo legales y en base a los Artículos 118, 119, 120 y 121 del Código Mu- menos a veinticinco miembros y por no poder cumplir con los objetivos nicipal, ACUERDA: a) Otorgar la Personería Jurídica a la Asociación para lo que ha sido creada y finalmente cuando así lo acuerde en sesión extraordinaria la Asamblea General, convocada al efecto por lo menos con el voto favorable de las tres cuartas partes de los Asociados. de Desarrollo Comunal Residencial Las Terrazas 1 y 2, que se podrá abreviar "ADESCO TERRAZAS 1 Y 2"; b) Aprobar sus Estatutos que constan de Diez Capítulos y treinta y nueve (39) Artículos, no habiendo en ellos ninguna disposición contraria a las leyes de la República, el orden público, ni las buenas costumbres; c) Autorizar la inscripción de la liquidación por la Junta Directiva, el remanente de los bienes si lo la Asociación de Desarrollo Comunal Residencial Las Terrazas 1 y 2, hubieren, se donarán a una entidad legalmente constituida en el país, que que podrá abreviarse "ADESCO TERRAZAS 1 Y 2", y su publicación tenga fines similares y que deberá designarse por la Asamblea General en el Diario Oficial; y d) Se recomienda que como Asociación Comunal que acordare la disolución. Si ello no fuere posible el Concejo Municipal la Directiva se incorpore formando parte de la Red de Desarrollo de designará al beneficiado. Ayutuxtepeque; y los diferentes Comités Sectoriales coordinarán sus AR I O Art. 35. Acordada la disolución de la Asociación y verificada CAPITULO X DI DISPOSICIONES GENERALES actividades con la Municipalidad. NOTIFIQUESE. Es conforme con su original, con el cual se confrontó y para los usos que la Ley establece, se extiende la presente a los cuatro días del mes de Marzo de dos mil diez. Art. 36. La Asociación llevará sus libros de registro de afiliados, de actas, financieros, todos foliados y sellados con una razón de apertura Licda. BLANCA FLOR AMERICA BONILLA BONILLA, que contenga el objetivo del libro y al terminar la razón de cierre la cual ALCALDESA MUNICIPAL. deberá estar firmada y sellada por el presidente y el secretario. Lic. SAUL NAPOLEON ARGUETA, Art. 37. El Secretario de la Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo Municipal, en los primeros quince días posteriores SECRETARIO MUNICIPAL. a la elección de Junta Directiva la nómina de nuevos miembros de la Asociación y dentro de los primeros quince días de cada año para verificar su funcionamiento. Art. 38. Los casos que no estén completados en estos Estatutos (Registro No. F014860) DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 86 ESTATUTOS DE LA ASOCIACION CAPITULO V DE DESARROLLO COMUNAL EL PINAR DE LA ASAMBLEA GENERAL CAPITULO I NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO Art. 8.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la autoridad máxima de la Asociación y estará integrada por la totalidad de los miembros Activos y Fundadores. Art. 1.- Créase en la ciudad de Panchimalco, Departamento de San Salvador, la Asociación que se denominará ASOCIACION DE DESARROLLO COMUNAL EL PINAR, de nacionalidad Salvadoreña, y que podrá abreviarse ADESCOPINAR, siendo una Entidad apolítica, no lucrativa, ni religiosa, la que en los presentes Estatutos se denominará " La Asociación" o ADESCOPINAR. Art. 9.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Directiva. Art. 3.- La Asociación se constituye por tiempo indefinido. CAPITULO II FINES U OBJETIVOS Art. 4.- Los fines u objetivos de la Asociación serán: a) LT A NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU Art. 2.- El domicilio de la Asociación será la ciudad de Panchimalco, Departamento de San Salvador. La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia del cincuenta por ciento más uno como mínimo de los Miembros, en primera convocatoria y en segunda convocatoria el día siguiente con los miembros que asistan, excepto en los casos especiales en que se requiera mayor número de asistentes. Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una mayoría diferente, como el caso del artículo 28. Promover el desarrollo de la comunidad, a través de programas sociales, culturales e infraestructura. Art. 10.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de Asamblea General por motivos justificados podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado. Art. 11.- Son atribuciones de la Asamblea General: b) Fomentar valores y principios de solidaridad y cooperación mutua entre los habitantes de la comunidad. a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva. c) Restaurar y conservar los recursos naturales. b) d) Promover la formación técnica de los jóvenes a través de implementar talleres vocacionales. Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Asociación. c) Aprobar y/o modificar los planes, programas o presupuesto anual de la Asociación. d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la Asociación, presentada por la Junta Directiva. e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los miembros. f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes a la Asociación. g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación y que no estén contemplados en los presentes Estatutos. CAPITULO III DEL PATRIMONIO O Art. 5.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido por: Las cuotas de los Miembros. b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectivamente. DI c) AR I a) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las rentas provenientes de los mismos de conformidad con la ley. Art. 6.- El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva conforme a las directrices que le manifieste la Asamblea General. CAPITULO VI DE LA JUNTA DIRECTIVA Art. 12.- La dirección y administración de la Asociación estará confiada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente forma: Un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y tres Vocales. CAPITULO IV DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION Art. 13.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un período de dos años pudiendo ser reelectos. Art. 7.- El gobierno de la Asociación será ejercido por: a) La Asamblea General; y b) La Junta Directiva. Art. 14.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. Art. 15.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus Miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes. En caso de empate, el presidente tendrá el voto de calidad o voto doble. 87 c) Extender todas las certificaciones que fueran solicitadas a la Asociación. d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones. e) Ser el órgano de comunicación de la Asociación. Art. 16.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: b) Velar por la administración eficiente y eficaz del patrimonio de la Asociación. c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Asociación. d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y presupuestos de la Asociación e informar a la Asamblea General. e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva. f) Nombrar de entre los Miembros de la Asociación los Comités o Comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento de los fines de la Asociación. g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General. h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos miembros y proponerlos a la Asamblea General. i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General. Art. 17.- Son atribuciones del Presidente: a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General. b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación. a) Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga, en el Banco que la Junta Directiva seleccione. b) Deberá revisar los libros de contabilidad de la Asociación. c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que la Asociación tenga que realizar. Art. 21.- Son atribuciones de los Vocales: Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación, pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva. a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta Directiva. b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento. c) Los vocales deberán estar presentes en todas las reuniones ordinarias y extraordinarias que convoque el presidente. CAPITULO VII DE LOS MIEMBROS Art. 22.- Podrán ser miembros todas las personas mayores de dieciocho años, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política, siempre que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva. Art. 23.- La Asociación tendrá las siguientes clases de miem- bros: a) Miembros Fundadores. b) Miembros Activos. c) Miembros Honorarios. AR I O c) Art. 20.- Son atribuciones del Tesorero: LT A Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fines de la Asociación. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU a) Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva. e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que tenga que hacer la Asociación. f) DI d) Presentar la Memoria de Labores de la Asociación y cualquier informe que le sea solicitado por la misma. Art. 18.- Son atribuciones del Vicepresidente: a) Sustituir al presidente las veces que esté ausente. b) Atender las atribuciones que la Junta Directiva le encomiende. Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que suscriban el acta de Constitución de la Asociación. Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas que la Junta Directiva acepte como tales en la Asociación. Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que por su labor y méritos en favor de la Asociación sean así nombrados por la Asamblea General. Art. 24.- Son derechos de los miembros Fundadores y Activos: a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea General. b) Optar a cargos directivos llenando los requisitos que señalen los Estatutos de la Asociación. c) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación. Art. 19.- Son atribuciones del Secretario: a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva. b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros de la Asociación. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 88 CAPITULO X Art. 25.- Son deberes de los miembros Fundadores y Activos: Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General. b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de la Asociación. c) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General. d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General. e) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación. Art. 26.- La calidad de miembro se perderá por las causas siguientes: Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General. Art. 30.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos será necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de los miembros en Asamblea General convocada para tal efecto. CAPITULO XI DISPOSICIONES GENERALES Art. 31.- Los documentos sujetos a registro deberán ser presentados dentro de los quince días siguientes a su formalización. Art. 32 .- Todo lo relativo al orden interno de la Asociación no comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU a) REFORMA DE ESTATUTOS LT A a) b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea General merezcan tal sanción. c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva. CAPITULO VIII SANCIONES A LOS MIEMBROS, Art. 33.- La Asociación se regirá por el Código Municipal, las respetivas Ordenanzas y Acuerdos Municipales del Municipio de Panchimalco, relacionadas a las ADESCOS, por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables. MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN Art. 34.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. Art. 27.- La infracción a estos Estatutos y su Reglamento, acuerdos y resoluciones de los Órganos de Gobierno dará lugar, según sea el caso a: La pérdida de la calidad de Miembro. b) La suspensión temporal o definitiva en el cargo que se desempeñe, en cualquiera de los órganos de la Asociación. c) La suspensión total o parcial de los servicios que de conformidad con el convenio o contrato el asociado tenga con la Asociación. O a) DI AR I El presente capítulo será regulado en el Reglamento Interno que llevará la Asociación. CAPITULO IX DE LA DISOLUCIÓN Art. 28.- No podrá disolverse la Asociación sino por disposición de la ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo menos tres cuartas partes de sus miembros. Acuerdo No. 04-05/05/10. Vistos los ESTATUTOS DE LA "ASOCIACIÓN DE DESARROLLO COMUNAL EL PINAR DE LA CIUDAD DE PANCHIMALCO", DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, la cual se abrevia "ADESCOSPINAR", los cuales constan de treinta y cuatro artículos; y no encontrándose en ellos ninguna disposición contraria a las Leyes de la República, al orden público, ni a las buenas costumbres; y de conformidad a los Artículos 30 numeral 13 y 23, y Art. 119 del Código Municipal, este Concejo en uso de sus facultades legales por unanimidad ACUERDA: A) APROBAR EN TODAS SUS PARTES LOS ESTATUTOS mencionados y OTORGARLE A DICHA ASOCIACION LA CALIDAD DE PERSONA JURÍDICA. Y B) Publíquense en el Diario Oficial. Notifíquese."""""'''''''''''''''''''''''''''''''''''' Dado en la Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de la Ciudad de Panchimalco, celebrada el día cinco de mayo de dos mil diez. MARIO MELENDEZ PORTILLO, Art. 29.- En caso de acordarse la disolución de la Asociación se nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se donarán a cualquier entidad benéfica o cultural que la Asamblea General señale. ALCALDE MUNICIPAL. TERESA DE JESUS ALFARO BARAHONA, SECRETARIA MUNICIPAL. (Registro No. F014885) DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 89 SECCION CARTELES OFICIALES DE PRIMERA PUBLICACIÓN ACEPTACIÓN DE HERENCIA YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las diez horas y dieciséis minutos del día tres de mayo del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada, dejada a su defunción por la causante GRISELDA MOLINA VÁSQUEZ, ocurrida el día seis de diciembre de dos mil dos, en Colón, lugar de su último domicilio, de parte de los señores SAYRA LIZZETTE ALVARADO MOLINA o SAYRA LIZZETTE ALVARADO DE NAJARRO, ANDERSON ERNESTO ALVARADO MOLINA e ISRAEL ALBERTO ALVARADO MOLINA, en calidad de hijos de la causante; y se ha conferido a los aceptantes, la administración y la representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las ocho horas con cuarenta minutos del día treinta de abril del presente año, se han declarado herederos, con beneficio de inventario, de la herencia intestada dejada a su defunción por la causante NORA VILMA GODOY GUERRA, conocida por NORA VILMA GODOY DE ALFARO, ocurrida el día treinta de septiembre de dos mil nueve, en esta ciudad, lugar de su último domicilio, a los señores JOSÉ ALFREDO ALFARO, MARÍA MARINA GUERRA viuda DE GODOY, o MARÍA MARINA GUERRA o MARINA GUERRA, VLADIMIR GIOVANNI ALFARO GODOY, FRANKLIN LEONEL ALFARO GODOY, CARLOS ROBERTO ALFARO GODOY y ERCILIA XIOMARA ALFARO GODOY, en calidad de cónyuge sobreviviente el primero, de madre la segunda e hijos los demás, todos respecto del causante; y se ha conferido a los herederos declarados, la administración y la representación definitivas de la sucesión.- YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, LT A DECLARATORIA DE HERENCIA Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las quince horas treinta y cinco minutos del día veintisiete de mayo de dos mil diez.- Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO. Of. 1 v. No. 558 AR I O LICENCIADA MARÍA ELISA HERNÁNDEZ PORTILLO, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE DE TONACATEPEQUE, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, DI AVISA: Que por resolución de las trece horas del día veinte de mayo del año dos mil diez, se ha declarado heredero definitivo y con beneficio de inventario de la herencia testamentaria que a su defunción dejó el señor CASTULO ROMERO conocido por CASTULO ROMERO ELÍAS, habiendo fallecido el día veintidós de octubre del año de mil novecientos sesenta y dos, siendo esta ciudad su último domicilio, al señor JOSÉ MERCEDES ROMERO PARADA, en el carácter de hijo del causante. Y se ha conferido al heredero declarado la administración y representación definitiva de la sucesión. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a las ocho horas y treinta minutos del día veintisiete de mayo del año dos mil diez.- Licda. MARGARITA DE LOS ÁNGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. ANA LETICIA ARIAS ZETINO, SECRETARIO. Of. 1 v. No. 559 Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las diez horas cuarenta y cinco minutos del día veinticuatro de mayo de dos mil diez.- Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO. Of. 3 v. alt. No. 560-1 LICENCIADA MARÍA ELISA HERNÁNDEZ PORTILLO, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE DE TONACATEPEQUE, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y diez minutos del día veinticinco de mayo del año dos mil diez, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor NATIVIDAD SANTOS, fallecido el día ocho de noviembre de mil novecientos ochenta y tres, siendo la ciudad de Guazapa su último domicilio, de parte de los señores MARÍA ENCARNACIÓN SANTOS PEREZ y LEONSA SANTOS PEREZ, como hijos del causante. Y se ha conferido a los aceptantes la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a los veintiocho días del mes de mayo del año dos mil diez.- Licda. MARÍA ELISA HERNÁNDEZ PORTILLO, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE. Licda. ANA LETICIA ARIAS ZETINO, SECRETARIO. Of. 3 v. alt. No. 561-1 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 90 DE SEGUNDA PUBLICACIÓN Librado en el Juzgado de lo Civil, Santa Rosa de Lima, a los tres días ACEPTACIÓN DE HERENCIA del mes de mayo de dos mil diez.- Lic. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ, Licenciado Ángel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil, del Distrito SECRETARIO. Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público para los efectos de ley, Of. 3 v. alt. No. 547-2 LT A HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y cuarenta minutos del día diez de marzo del presente año, se tuvo por aceptada JOSÉ ÁNGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE al fallecer a las cinco horas del día dieciocho de junio del año dos mil PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN- seis, en el Cantón Terreritos, Jurisdicción de Anamorós, Departamento TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PÚBLICO PARA de La Unión, siendo dicho lugar su último domicilio, dejara el causante LOS DEMÁS EFECTOS DE LEY, NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que Félix Antonio Flores Reyes, a favor del heredero señor Edwin Antonio Flores Guzmán, en calidad de hijo del referido causante de conformidad con los Arts. 988, No. 1º.- HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las nueve horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente Se le confirió al heredero declarado, en el carácter dicho, la adminis- tración y representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. y con beneficio de inventario, la herencia intestada de los bienes que a su defunción acaecida, el día veintiocho de octubre de dos mil ocho, en Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, siendo Guacotecti, De- Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, a los partamento de Cabañas, su último domicilio; dejó el señor CARLOS quince días del mes de marzo de dos mil diez.- Lic. ÁNGEL ALBINO ANTONIO JOVEL AGUILAR, quien fue de treinta y cinco años de ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINA CONCEPCIÓN edad, casado, empleado, hijo de Carlos Reynaldo Aguilar y de María MARTÍNEZ, SECRETARIA. Santos Jovel, conocida por María Santos Jovel Membreño y por Santos Jovel, originario de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas; de parte de la señora MARÍA ESPERANZA ZAVALA DE JOVEL, Of. 3 v. alt. No. 546-2 como Cesionaria de los Derechos Hereditarios que en calidad de madre y cónyuge del causante respectivamente le correspondían a las señoras MARÍA SANTOS JOVEL conocida por MARÍA SANTOS JOVEL O MEMBREÑO y por SANTOS JOVEL; y MARLING CRUZ viuda DE AR I LICENCIADO ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL, JOVEL; representada por la Licenciada MARTA DELMY QUINTEROS HERNÁNDEZ, como Defensora Pública de los Derechos Reales y Per- TAMENTO DE LA UNIÓN, al público para los efectos de ley, sonales de la señora Procuradora General de la República. Habiéndosele DI DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ROSA DE LIMA, DEPAR- HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las nueve horas del día veintisiete de abril del corriente año, se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que al fallecer el causante Felipe Humberto Rodríguez Cruz, el día veintiséis de abril de mil novecientos ochenta, en el Cantón San Sebastián, de esta conferido a la aceptante la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida sucesión, a fin de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia dentro del plazo de quince días contados, a partir del siguiente al de la última publicación de este edicto. jurisdicción, Departamento de La Unión, siendo dicho lugar su último domicilio, dejara a favor de la señora Olga Marina Rodríguez de Parada, en concepto de hermana del expresado causante, de conformidad con el Art. 988 No. 3º del Código Civil. Se le confirió a la aceptante en el carácter dicho la administración y representación interina de los bienes de JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los veintiséis días del mes de mayo de dos mil diez.- Lic. JOSÉ ÁNGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. HUGO ERNESTO MENA HERNÁNDEZ, SECRETARIO. la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente. Of. 3 v. alt. No. 548-2 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 91 DE TERCERA PUBLICACIÓN el señor FÉLIX ANTONIO SORIANO, conocido por FÉLIX ANTO- ACEPTACIÓN DE HERENCIA NIO SORIANO BORJA, quien falleció a las ocho horas con cincuenta minutos del día nueve de Marzo de dos mil nueve, en Hacienda La LIC. MORENA CONCEPCIÓN LAÍNEZ RAMÍREZ, JUEZ DE PRI- Pita, Kilómetro cuarenta y uno, Carretera Troncal del Norte, El Paisnal, MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. San Salvador, de parte de la señora MARÍA BRIGIDA BENITES DE SORIANO, conocida por MARÍA BRIGIDA BENITEZ DE SORIANO Y MARÍA BRIGIDA BENITES, la menor MARÍA GUADALUPE cuenta minutos del día de hoy dictada por este Juzgado, se ha tenido SORIANO BENITEZ, representada por su madre MARÍA BRIGIDA por aceptada y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su BENITES, y JUAN FRANCISCO SORIANO BENITEZ, la primera defunción dejo el señor CRISANTO CASCO LÓPEZ, quien falleció a en la calidad de cónyuge sobreviviente del causante y los demás como las diez horas con diez minutos del día once de Febrero del año dos mil hijos sobrevivientes del causante. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU LT A HACE SABER. Que por resolución de las diez horas con cin- siete, en el Cantón El Sicahuite, del Municipio de Las Vueltas, de este Departamento, de parte de la señora MARÍA ROSARIO PALMA DE CASCO, en la calidad de cónyuge sobreviviente del causante y como Se confiere a los herederos declarados la administración y repre- sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. Cesionaria de los Derechos Hereditarios que le correspondían al señor Lo que se pone del conocimiento del público, para los efectos de IGNACIO DE JESÚS PALMA CASCO, como hijo sobreviviente del ley. causante. Se confiere a la heredera declarada la administración y represen- Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a las tación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los once horas con diez minutos del día veinticinco de Mayo del dos mil Curadores de la Herencia Yacente. diez.- Licda. MORENA CONCEPCIÓN LAÍNEZ RAMÍREZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. EDWIN EDGARDO RIVERA CASTRO, Lo que se pone del conocimiento del público, para los efectos de SECRETARIO. ley. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a las diez horas con cincuenta y cinco minutos del día veinticinco de Mayo del Of. 3 v. alt. No. 536-3 O dos mil diez.- Licda. MORENA CONCEPCIÓN LAÍNEZ RAMÍREZ, AR I JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. EDWIN EDGARDO RIVERA Licda. MARÍA ELENA LOVO ÁNGEL DE AVALOS, JUEZ DE PRI- DI CASTRO, SECRETARIO. MERA INSTANCIA INTERINA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. Of. 3 v. alt. No. 535-3 HACE SABER. Que por resolución de las nueve horas con veinte minutos del día de hoy dictada por este Juzgado, se ha tenido por aceptada LIC. MORENA CONCEPCIÓN LAÍNEZ RAMÍREZ, JUEZ DE PRI- y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. dejo el señor OSCAR CRESPÍN FUENTES, quien falleció a las veintitrés horas con diez minutos del día nueve de septiembre de mil novecientos HACE SABER. Que por resolución de las once horas con cinco minutos del día de hoy dictada por este Juzgado, se ha tenido por aceptada y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejo noventa y nueve, en el Cantón Teosinte, de esta ciudad, siendo Arcatao su último domicilio, de parte del señor CAYETANO CRESPÍN ALEMÁN, en la calidad de Padre sobreviviente del causante. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 92 Se confiere al heredero declarado la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores Licda. MARÍA ELENA LOVO ÁNGEL DE AVALOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA INTERINA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. de la Herencia Yacente. Lo que se pone del conocimiento del público, para los efectos de HACE SABER. Que por resolución de las catorce horas con ley. veinte minutos del día de hoy dictada por este Juzgado, se ha tenido Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a las diez horas con veinticinco minutos del día diecisiete de Mayo del dos mil diez.- Licda. MARÍA ELENA LOVO ÁNGEL DE AVALOS, JUEZ su defunción dejó la señora ROSA BONILLA AYALA, quien falleció a las veintiuna horas con treinta minutos del día veintiséis de mayo de dos mil siete, en el Cantón Guarjila de esta ciudad, siendo esta ciudad LT A DE PRIMERA INSTANCIA INTERINA. Lic. EDWIN EDGARDO por aceptada y con beneficio de inventario la herencia intestada que a RIVERA CASTRO, SECRETARIO. su último domicilio, de parte de los señores MARÍA CECILIA DUBÓN DE ORELLANA, MARÍA CORINA DUBÓN DE NOLASCO, MARÍA NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU Of. 3 v. alt. No. 537-3 CRUZ DUBÓN DE ORELLANA Y EFRAIN DUBÓN BONILLA, en la calidad de hijos sobrevivientes del causante. Se confiere a los herederos declarados la administración y repre- Licda. MARÍA ELENA LOVO ÁNGEL DE AVALOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. Lo que se pone del conocimiento del público, para los efectos de HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con veinti- cinco minutos del día diecisiete de este mes, dictada por este Juzgado, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor LUIS DUBÓN DUBÓN, quien falleció a las seis horas con treinta minutos del día veintinueve de Marzo del año dos mil, en el Caserío La Joya, de esta ley. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a las catorce horas con treinta minutos del día catorce de Mayo del dos mil diez.- Licda. MARÍA ELENA LOVO ÁNGEL DE AVALOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA INTERINA. Lic. EDWIN EDGARDO jurisdicción, siendo esta ciudad de Chalatenango, su último domicilio; RIVERA CASTRO, SECRETARIO. de parte de los señores MARÍA CECILIA DUBÓN DE ORELLANA, MARÍA CORINA DUBÓN DE NOLASCO, MARÍA CRUZ DUBÓN O DE ORELLANA Y EFRAIN DUBÓN BONILLA, en sus conceptos de Of. 3 v. alt. No. 539-3 AR I hijos sobrevivientes del citado causante. DI Se confiere a los herederos declarados la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente. LIC. MARÍA ELENA LOVO ÁNGEL DE AVALOS, JUEZ DE PRI- Lo que se pone al conocimiento del público para los efectos de MERA INSTANCIA INTERINA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. ley. Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango, a las HACE SABER. Que por resolución de las diez horas con diez mi- diez horas con cincuenta minutos del día diecisiete de Mayo del dos mil nutos del día de hoy dictada por este Juzgado, se ha tenido por aceptada diez.- Licda. MARÍA ELENA LOVO ÁNGEL DE AVALOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. EDWIN EDGARDO RIVERA CASTRO, SECRETARIO. y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JUAN FRANCISCO MONTERROSA MONTERROSA, quien falleció a las nueve horas con veinticinco minutos del día nueve de Septiembre de mil novecientos noventa y seis, en el Hospital Rosa- Of. 3 v. alt. No. 538-3 les, de parte de FRANCISCA ANTONIA MONTERROSA RAUDA DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 93 viuda DE MONTERROSA y OSCAR ANTONIO MONTERROSA Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango, a las MONTERROSA, la primera en calidad de Madre sobreviviente y el once horas con veinticinco minutos del día veinticuatro de Mayo del segundo en la calidad de hijo sobreviviente del causante. dos mil diez. Licda. MORENA CONCEPCIÓN LAÍNEZ RAMÍREZ, Se confiere a la heredera declarada la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. EDWIN EDGARDO RIVERA CASTRO, SECRETARIO. Curadores de la Herencia Yacente. Lo que se pone del conocimiento del público, para los efectos de Of. 3 v. alt. No. 541-3 Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a las diez horas con quince minutos del día cuatro de Mayo del dos mil NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU HERENCIA YACENTE LT A ley. diez.- Licda. MARÍA ELENA LOVO ÁNGEL DE AVALOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA INTERINA. Lic. EDWIN EDGARDO RIVERA CASTRO, SECRETARIO. HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.- Of. 3 v. alt. No. 540-3 HACE SABER: Que en este Tribunal, se ha presentado la Licencia- da ELSIE KARINA MONTES PINEDA, en su concepto de Defensora Licda. MORENA CONCEPCIÓN LAÍNEZ RAMÍREZ, JUEZ DE Pública de Derechos Reales y Personales del señor Procurador General de PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, la República, pidiendo que se Declare Yacente, la herencia de los bienes que a su defunción dejó el señor JOSÉ EDUARDO MENÉNDEZ, quien fue de sesenta y ocho años de edad, empleado, soltero, siendo su último HACE SABER: Que por resolución de las once horas con quince domicilio la ciudad de Chalchuapa; falleció el día seis de octubre de dos minutos del día veinticuatro de este mes, dictada por este Juzgado, se mil nueve, sin haber formulado Testamento alguno y hasta la fecha no se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la ha presentado ninguna persona aceptando o repudiando dicha herencia, AR I O herencia intestada que a su defunción dejó el señor PEDRO MEJÍA, por lo que se ha Declarado Yacente la Herencia, habiéndose nombrado quien falleció a las dieciocho horas con veinticinco minutos del día DI veintisiete de Noviembre del año dos mil siete, en el Hospital Nacional de Ilobasco, siendo la población de Nombre de Jesús, municipio de este Curador de la misma, al Licenciado JOSÉ ANIBAL CÁRCAMO VEGA, a quien se le juramentó y se le discernió el cargo.Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Departamento, su último domicilio; de parte de las señoras MARÍA CLOTILDE MEJÍA RAUDA Y MARÍA RAUDA viuda DE MEJÍA, la primera en su calidad de hija sobreviviente del citado causante y la segunda en su calidad de cónyuge sobreviviente de dicho causante. Ley.Librado en el Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las diez horas cuarenta minutos del día veintisiete de abril de dos mil diez.- Enmen- Se confiere a las herederas declaradas la administración y repre- dado.- sesenta- vale.- Lic. HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de JUEZ DE LO CIVIL. Lic. HENRY OVIDIO GARCÍA RODRÍGUEZ, los Curadores de la herencia yacente. SECRETARIO. Lo que se pone al conocimiento del público para los efectos de ley. Of. 3 v. alt. No. 542-3 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 94 SECCION CARTELES PAGADOS DE PRIMERA PUBLICACIÓN DECLARATORIA DE HERENCIA Y se le ha conferido a la heredera mencionada en la calidad dicha la Administración y Representación Definitiva de la sucesión. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veinte días del BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU de este día, la señora GILBERTA ORTIZ DE RUBIO, conocida por LT A mes de abril de dos mil diez.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES AVISA: Que por resolución de las doce horas y cinco minutos GILBERTA ORTIZ REYES, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante, ha sido declarada Heredera Definitiva, con beneficio de inven- tario, en la herencia intestada que a su defunción dejó el señor RUFINO 1 v. No. C003972 RUBIO, conocido por RUFINO RUBIOS; quien falleció el día once de junio de dos mil nueve, en el Caserío Las Chachas, Cantón El Jícaro, de este Departamento, siendo ese lugar su último domicilio, de parte de la señora GILBERTA ORTIZ DE RUBIO, conocida por GILBERTA ORTIZ REYES, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante. Y se le ha conferido a la heredera declarada, la Administración y Departamento de Santa Ana, con Oficina Ubicada en Segunda Avenida Norte, Entre Cuarta y Sexta Calle Poniente, Número Diez Santa Ana. Representación Definitiva de la sucesión. Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintiún días del mes de abril de dos mil diez.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO. JOSÉ FRANCISCO JOYA GÓMEZ, Notario, del domicilio de Santa Ana, HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las nueve horas del día veintidós del mes noviembre del año dos mil nueve, y a petición del Licenciado Mario Alberto Galiano Salazar, quien ha comparecido en el correr de las diligencias de aceptación de herencia por la vía notarial, en calidad de Apoderado General Judicial con Cláu- AR I O 1 v. No. C003971 DI ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. sula Especial en nombre y representación del señor JORGE ERNESTO DUARTE POLANCO, en tal razón se ha declarado al señor JORGE ERNESTO DUARTE POLANCO como HEREDERO DEFINITIVO con beneficio de inventario de la herencia intestada respecto a los bienes que a su defunción dejó la causante señora SARA EVA DUARTE CARDONA, quien a la fecha de su fallecimiento fue de cincuenta y cuatro años de edad, de oficios domésticos, soltera, originaria del Municipio AVISA: Que por resolución proveída a las diez horas y quince minutos de este día la señora DILIA HIRMA TORRES DE RIVERA de Texistepeque, Departamento de Santa Ana, de la República de El conocida por DILIA IRMA TORRES, ha sido declarada heredera Salvador, siendo éste su último domicilio en El Salvador, y habiendo definitiva con beneficio de inventario en la herencia intestada que dejó fallecido en HYATTSVILLE, MARYLAND ESTADOS UNIDOS DE la señora SANTOS GABRIELA TORRES, conocida por SANTOS AMÉRICA, el día veintisiete de febrero del año dos mil uno, sin haber TORRES, quien falleció el día dieciocho de mayo de dos mil dos, en la formulado testamento alguno, tal como corre y agregada a la presente Residencial Metrópolis Norte, Senda Seis Oriente, casa número diecisieteF Mejicanos, San Salvador, siendo el Departamento de La Unión, su último domicilio, de parte de la señora DILIA HIRMA TORRES DE RIVERA, conocida por DILIA IRMA TORRES, en calidad de hija de la causante. diligencia la solicitud inicial por medio del Apoderado antes expuesto y haber declarado bajo juramento y su propia responsabilidad el señor JORGE ERNESTO DUARTE POLANCO, que es el único hijo sobreviviente de la referida causante. 95 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. Y por tanto se le concede la Representación y Administración EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de Ley. Definitiva de la sucesión antes citada. Por lo que se avisa al publico para los efectos de Ley. AVISA: Que por resolución de las diez horas y treinta y cinco minutos de este día, se ha declarado heredera definitiva con beneficio Librado en la ciudad de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, de inventario a la señora ROSA DEISY CORTEZ HUEZO, en calidad de hija de la causante, como cesionaria de los derechos hereditarios que a los tres días del mes de junio del año dos mil diez. le correspondían al señor JOSE ATILIO CORTEZ HUEZO, en calidad de hijo de la causante, en la herencia Intestada que dejó al fallecer la JOSÉ FRANCISCO JOYA GÓMEZ, señora MARIA HERMINIA CORTEZ, al fallecer el día veinte de enero del año dos mil cinco, en la Colonia Río Rosa, de esta ciudad, siendo NOTARIO. LT A esta ciudad de Usulután, su último domicilio. Confiriéndole a la heredera declarada la Administración y Representación Definitiva de dicha sucesión con las facultades de Ley. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU 1 v. No. C003986 LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE tres días del mes de mayo del año dos mil diez.- LIC. JOSE ANTONIO DISTRITO JUDICIAL. GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA. HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas tres minutos del día veintinueve de abril de dos mil diez, se ha declarado HERE- 1 v. No. F014836 DERO DEFINITIVO ab-intestato con beneficio de inventario al señor SALVADOR GONZALEZ DIAZ, en su calidad de hijo, y además en su carácter de cesionario de los derechos hereditarios que en la sucesión le correspondían a las señoras OTILIA DIAZ DE GONZALEZ y ROMELIA FIDELINA DEL ROSARIO ANAYA DE BARILLAS, Notario, con SUSANA GONZALEZ DIAZ, la primera como cónyuge sobreviviente Oficina situada en Sexta Calle Oriente, No. cinco-cuatro, Jurisdicción y la segunda en calidad de hija del causante señor JUAN GONZALEZ de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, al público, para los RUMALDO, conocido por JUAN GONZALEZ RUMUALDO, fallecido a efectos legales. las diecisiete horas del día trece de marzo de dos mil seis, en el Caserío El O Molino, Cantón El Níspero, Jurisdicción de Tacuba, su último domicilio; AR I y no se confía definitivamente al heredero declarado la administración y Representación de la sucesión, hasta que rinda fianza suficiente para garantizar el derecho o cuota que en la misma les corresponde a los DI señores JOSÉ FLORENCIO, MARÍA MAGDALENA y MAURA, los tres de apellidos GONZÁLEZ DÍAZ, de conformidad al Art. 1166 Inc. HACE SABER: Que este día se han declarado Herederos Definitivos con Beneficio de Inventario, de la Herencia Intestada que a su defunción, a las diez horas y cincuenta y dos minutos del día dieciséis de junio de dos mil nueve, en esta ciudad y Departamento, siendo su último domicilio la ciudad de Mejicanos, Departamento de San Salvador, dejó el señor MANUEL FRANCISCO BENITEZ ARIAS, quien fue de cincuenta y 3° del Código Civil. seis años de edad, Licenciado en Biología, casado, salvadoreño, origiLo que se pone en conocimiento del público para los fines de Ley. nario de la ciudad y Departamento de San Salvador, hijo de los señores MANUEL BENITEZ ROMERO y SOCORRO ARIAS GOMEZ, quien falleciera en el Hospital de Oncología del Seguro Social, de San Salvador, JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las ocho horas diez minutos del día veintinueve de abril del año dos mil diez.- DR.- JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- CLAUDIA LELIN GUEVARA a consecuencia de NEUMONÍA DE LA COMUNIDAD, CANCER DE ESÓFAGO, de parte de los señores SOCORRO ARIAS GOMEZ DE BENITEZ, ANA DELFINA HERRERA DE BENITEZ; MAURA LEONOR BENITEZ HERRERA; MANUEL FRANCISCO BENITEZ DE PEÑATE, SECRETARIA. HERRERA y CLAUDIA DELFINA BENITEZ HERRERA; la primera actuando en calidad de madre, la segunda en calidad de cónyuge y los 1 v. No. C004006 tres últimos en calidad de hijos. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 96 Se les ha conferido a los Herederos declarados la Administración LICENCIADO FREDY ARMANDO RODRIGUEZ TOBAR, Notario, del domicilio de Ahuachapán, con Oficina establecida en Cuarta Avenida y Representación Definitiva de la sucesión. Publíquese y protocolícese esta declaratoria y extiéndase el testi- Sur Número uno guión diez "A", de la ciudad de Ahuachapán. monio de Ley. HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída San Salvador, a los veinticinco días del mes de mayo del dos mil a las nueve horas del día uno de junio de dos mil diez, se ha declarado HEREDERA DEFINITIVA AB-INTESTATO, CON BENEFICIO DE diez. INVENTARIO de la señora JULIA ENRRIQUETA AREVALO, cono- LT A cida por JULIA ENRIQUETA AREVALO, quien falleció a las nueve horas treinta minutos del día once de febrero de dos mil diez, siendo su NOTARIO. último domicilio la ciudad de Concepción de Ataco, Departamento de NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU LIC. FIDELINA DEL ROSARIO ANAYA DE BARILLAS, Ahuachapán, y cuya residencia fue en el Barrio El Calvario, de la ciudad de Concepción de Ataco, a la señorita GLENDA JOSEFINA AREVALO 1 v. No. F014839 HERNANDEZ, en concepto de cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían al señor JOSÉ EDILBERTO AREVALO, en calidad de hermano de la causante. Y se le confirió a la heredera declarada la Administración y Re- LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al presentación Definitiva de la sucesión. público para los efectos de Ley. Librado en la Oficina del suscrito Notario, Licenciado Fredy HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y quince Armando Rodríguez Tobar, a las diez horas del día uno de junio de dos minutos del día veintisiete de mayo del año dos mil diez, se ha declara- mil diez. do a los señores JOSÉ EMILIO SALINAS AMAYA o JOSÉ EMILIO SALINAS, JULIO ENCARNACIÓN SALINAS o JULIO ENCAR- NACIÓN SALINAS RODRÍGUEZ y ULISES DE JESÚS SALINAS o ULISES DE JESÚS SALINAS RODRÍGUEZ, herederos beneficiarios LIC. FREDY ARMANDO RODRIGUEZ TOBAR, NOTARIO. O e intestados de los bienes dejados a su defunción por la causante JULIA AR I DOLORES RODRÍGUEZ, conocida por DOLORES RODRÍGUEZ, quien falleció el día ocho de agosto de dos mil nueve, en el Barrio San 1 v. No. F014864 DI José, de la ciudad de Zacatecoluca, su último domicilio, el primero en concepto de cónyuge de la causante y los demás como hijos de ésta. Confiéranse a los herederos que se declaran, en el carácter anteriormente mencionado, la Administración y Representación Definitiva EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de Ley. de la sucesión. AVISA: Que por resolución de las diez horas y treinta y cinco JUZGADO DE LO CIVIL, Zacatecoluca, veintisiete de mayo del dos mil diez.- DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- minutos de este día, se ha declarado heredero definitivo con beneficio de inventario al señor FRANCISCO AGUILAR SOLIZ, conocido por FRANCISCO AGUILAR, y por FRANCISCO AGUILAR SOLIS, JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO. en calidad de cónyuge sobreviviente de la causante, en la herencia intestada que dejó al fallecer la señora: MARIA JULIA FERNANDEZ 1 v. No. F014841 DE AGUILAR, el día diecinueve de noviembre del año dos mil nueve 97 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. en el Hospital de Especialidades Nuestra Señora de la Paz, de la ciudad de San Miguel, siendo esta ciudad de Usulután, su último domicilio. Confiriéndole al heredero declarado la Administración y Representación Definitiva de dicha sucesión con las facultades de Ley. LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután a los dieciocho días del mes de mayo del año dos mil diez.- LIC. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA. MARGARITA MARÍA POCASANGRE LÓPEZ, ahora MARGARITA MARÍA POCASANGRE viuda DE MONZÓN, en su concepto de cónyuge sobreviviente del causante, JORGE RICARDO MONZÓN POCASANGRE y LUIS ALBERTO MONZÓN POCASANGRE, en su concepto de hijos sobrevivientes del causante y los tres además en calidad de cesionarios de ERICK ROBERTO MONZÓN POCASANGRE. HEREDEROS DEFINITIVOS con beneficio de inventario de los bienes que a su defunción ocurrida en la ciudad de San Salvador, como su último domicilio, el día veintitrés de noviembre de dos mil nueve, dejara el señor JORGE ALBERTO MONZÓN ARAGON. Habiéndoles concedido la Representación y Administración Definitiva de la referida sucesión. LT A 1 v. No. F014877 NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley. San Salvador, a los treinta y un días del mes de mayo de dos mil EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. diez. ALDO APOLO AQUINO GUARDADO, AVISA: Que por resolución de las diez horas y dieciocho minutos de este día se ha DECLARADO HEREDERO DEFINITIVO con beneficio de inventario al señor LUIS ALBERTO ARIAS MELENDEZ, en calidad de HEREDERO TESTAMENTARIO de la causante y como cesionario del derecho hereditario que le correspondían al señor DELFÍN MELÉNDEZ PARADA, como heredero testamentario de la misma causante señora MARIA PASTORA PARADA conocida por PASTORA PARADA y por PASTORA PARADA DE MELENDEZ y como MARIA PASTORA PARADA viuda DE MELENDEZ, al fallecer el día dieciséis de julio del año dos mil uno, en la Colonia Cruz, de esta ciudad, siendo esta misma ciudad su último domicilio. Confiérasele al aceptante dicho la Administración y Representación Definitiva de la sucesión, con las restricciones y facultades de los curadores de la Herencia Yacente. DI AR I O LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los tres días del mes de mayo del dos mil diez.- LIC. JOSE ANTONIO GÁMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA. 1 v. No. F014881 NOTARIO. 1 v. No. F014890 CESAR EMILIO GUZMAN MAGARIN, Notario, de este domicilio, con oficina situada sobre Calle Los Almendros, número trece, Colonia Ciudad Jardín, de la ciudad de San Miguel. HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las once horas del día diecisiete de mayo del corriente año, se ha declarado a la señora MARINA IDALIA MAJANO LAZO, Heredera con Beneficio de Inventario de los bienes que a su defunción dejó el señor PORFIRIO LAZO, conocido por PORFIRIO LAZO SANCHEZ, acaecido el día dieciocho de julio del año dos mil siete, en la Sexta Avenida Norte, casa número cuatrocientos cuatro, Barrio La Cruz, San Miguel, a consecuencia de un paro respiratorio sin asistencia médica; en su calidad de hija sobreviviente del causante. Habiéndole concedido la Representación y Administración Definitiva de la referida sucesión. Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley. ALDO APOLO AQUINO GUARDADO, Notario, de este domicilio, con Oficina ubicada en Colonia Buenos Aires, Veintinueve Avenida Norte, número mil ciento treinta, San Salvador. HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las ocho horas con treinta minutos del día doce de abril del presente año, se ha declarado a los señores MARGARITA MARÍA POCASANGRE DE MONZÓN, quien en la Partida de Nacimiento y de Defunción que se utilizan en las Diligencias de Aceptación de Herencia aparece como Librado en la ciudad de San Miguel, a los dieciocho días del mes de mayo del dos mil diez. CESAR EMILIO GUZMAN MAGARIN, NOTARIO. 1 v. No. F014896 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 98 JOSE ALFREDO GARCIA GONZALEZ, Notario, de este domicilio, ACOSTA, conocida por BLANCA ETHELVINA ACOSTA JIMENEZ, con oficina situada en el Blvd. Tutunichapa y Av. Dr. Emilio Álvarez, y por BLANCA ETHELBINA JIMENEZ ACOSTA DE UMANZOR, Edif. Las Américas local 201-B, de esta ciudad, al público para los ROSA LOURDES JIMENEZ ACOSTA conocida por ROSA LOUR- efectos de ley. DES JIMENES y CESAR ALBERTO JIMENEZ ACOSTA conocido por CESAR ALBERTO ACOSTA, en calidad de hijos del causante, y se le ha conferido al heredero declarado en el carácter antes indicado, HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario pronunciada la administración y representación definitivas de la sucesión. a las trece horas del día veintiocho de mayo del año dos mil diez, se han Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de declarado Herederos Testamentarios con Beneficio de Inventario a los señores: NELLY MEYER VDA. DE LACAYO, conocida por NELLY Ley. Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las diez por NELLY MEYER, JOSE OSCAR LACAYO MEYER, EVA MARIE horas y quince minutos del día doce de abril del dos mil diez.- Dra. MARIA NELLY LACAYO DE ANDERSON, conocida por EVA MARIE NELLY ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LACAYO ANDERSON, EVA MARIE NELLY LACAYO MEYER, LO CIVIL.- Licda. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU LT A MEYER DE LACAYO, NELLY MEYER AREVALO DE LACAYO y EVA MARIA NELLY LACAYO MEYER, EVA MARIE NELLY LACAYO ANDERSON, NELLY LACAYO ANDERSON, NELLY L. ANDERSON, y por NELLY ANDERSON; y ANA SILVIA LACAYO 1 v. No. F014921 DE VARELA, como esposa e hijos respectivamente, de los bienes que a su defunción dejó el Doctor OSCAR LACAYO ROSALES; y se ha conferido a los Herederos declarados la representación y administración definitivas de la Sucesión. Librado en la ciudad de San Salvador, a los veintinueve días del JORGE EFRAIN CAMPOS COELLO, Notario, de este domicilio, con oficina ubicada en la Novena Calle Poniente, número trescientos nueve, mes de mayo del año dos mil diez. Barrio La Merced, de esta ciudad, JOSE ALFREDO GARCIA GONZALEZ, AVISA: Que por resolución del suscrito notario, proveída a las NOTARIO. quince horas del día cinco de mayo de dos mil diez, se declaró HEREDERA EXPRESAMENTE, CON BENEFICIO DE INVENTARIO, 1 v. No. F014912 de la Herencia Intestada, que a su defunción dejó el señor ELIAS JOYA HERNANDEZ conocido por ELIAS JOYA, quien falleció a AR I O las cuatro horas con treinta minutos del día veintinueve de Diciembre DI MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL, de mil novecientos noventa y nueve, en su residencia situada en el mil cuatrocientos veintitrés Oeste de la Calle Veinte de la ciudad de Los Ángeles, Estado de California, Estados Unidos de América, siendo su último domicilio en El Salvador, Jocoro, departamento de Morazán, a la señora MARIA ROMELIA PERLA VIUDA DE JOYA antes MARIA ROMELIA PERLA DE JOYA, en calidad de Cónyuge sobreviviente AVISA: Que por resolución de las diez horas y trece minutos del día doce de abril del dos mil diez, se han declarado herederos expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor CESAR AUGUSTO JIMENEZ conocido por CESAR AUGUSTO JIMENEZ GUTIERREZ, quien falleció a las diez horas treinta minutos del día cinco de Julio de mil novecientos noventa y siete, en la Colonia Belén de la Ciudad de San Miguel, siendo este lugar su último domicilio, a los señores JAIME CONRADO y como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores Melvy Aracely Joya conocida por Melvy Aracely Joya Perla, María Auxiliadora Joya conocida por María Auxiliadora Joya Perla hoy de Sánchez, Patricia Margarita Joya conocida por Patricia Margarita Joya Perla hoy de Lurence, Walter Elías Joya conocido por Walter Elías Joya Perla, en calidad de hijos del causante, confiriéndosele a la heredera declarada en el carácter antes indicado la administración y representación DEFINITIVAS de la sucesión. JIMENEZ, conocido por JAIME CONRADO JIMENEZ ACOSTA, RHINA ELIZABETH JIMENEZ DE AGUILAR, conocida por RHINA ELIZABETH JIMENEZ ACOSTA, BLANCA ETHELVINA JIMENEZ Que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley. 99 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. Librado en la oficina del Notario JORGE EFRAIN CAMPOS COELLO, San Miguel, a las nueve horas del día seis de mayo de dos LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO. mil diez. AVISA: Que por resolución de las catorce horas y cincuenta y Lic. JORGE EFRAIN CAMPOS COELLO, NOTARIO. cinco minutos del día once de mayo del presente año, se ha declarado HEREDERA DEFINITIVA con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOAQUIN ANTONIO 1 v. No. F014924 PEREZ, quien fue de ochenta y ocho años de edad, jornalero, soltero, originario de La Reina; fallecido el día catorce de octubre del año dos LT A mil seis y siendo su último domicilio esta Ciudad, de parte de la señora TERESA PEREZ GIL, en concepto de hija del causante y representada NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU por el Licenciado JORGE AMADO ALAS ALAS. Confiriéndosele a la JOSÉ HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE aceptante la administración y representación definitiva de la sucesión. DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de Ley. AVISA: Que por la resolución de las quince horas y cuarenta y tres minutos del día doce de abril del presente año, se declaró DEFINITIVAMENTE herederos y con beneficio de inventario de la HERENCIA JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las quince horas INTESTADA de los bienes que a su defunción dejó la causante EVELYN y cinco minutos del día once de mayo del año dos mil diez.- Lic. JANET MOLINA DE PALACIOS, quien falleció en el Hospital Mili- MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL tar, a las tres horas del día nueve de agosto de dos mil ocho, siendo su DE DELGADO.- Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, último domicilio esta ciudad; al señor JUAN FRANCISCO PALACIOS SECRETARIA. LINARES; a la menor KARLA RENEE PALACIOS MOLINA, repre- sentada legalmente por el primero y a JOHANNA FRANCIS PALACIOS MOLINA; el primero en su concepto de cónyuge sobreviviente de la 1 v. No. F014953 causante, la segunda como hija y la última en su concepto de hija de la de cujus así como también cesionaria de los derechos hereditarios O que en dicha sucesión le correspondían a la señora OLIMPIA LÓPEZ AR I HENRÍQUEZ hoy OLIMPIA LÓPEZ VIUDA DE ROSALES conocida como OLIMPIA LÓPEZ HENRÍQUEZ DE ROSALES en su concepto MARTA GUADALUPE CASTRO AMAYA, Notario, de este domicilio. DI de madre de la causante. con oficina en Segunda Calle Poniente y Octava Avenida Sur, cinco- Confiriéndosele además a los herederos declarados en el carácter uno, en esta ciudad, antes indicado la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVA de la Sucesión; debiéndola ejercer la menor a través de su Representante Legal antes referido. HACE SABER: Que por resolución proveída a las ocho horas veinte minutos de esta fecha, se ha declarado heredero definitivo con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las quince horas dejó AMILCAR MORA GUZMÁN, quien falleció en San Salvador, el y cincuenta minutos del día doce de abril de dos mil diez.- Lic. JOSE veintitrés de junio del dos mil cuatro a JUAN RUPERTO CUELLAR HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN ARDON, cesionario de los derechos hereditarios que en abstracto le ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA. correspondían a NELSON ARISTIDES MORA TRINIDAD, hijo de tal de cujus; se le ha conferido al heredero declarado la administración 1 v. No. F014939 y representación definitivas de la sucesión. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 100 Librado en Santa Tecla, a primero de junio del año dos mil diez. casado, jornalero, fallecido el día dieciséis de Diciembre del año dos mil ocho, siendo Delgado, el lugar de su último domicilio. A la señora GLORIA DEL CARMEN ESCALANTE DE MEJIA, en calidad de Licda. MARTA GUADALUPE CASTRO AMAYA, cónyuge sobreviviente del causante, y como cesionaria de los Derechos NOTARIO. hereditarios que le correspondían al Señor MISAEL MEJIA HUEZO, éste en calidad de hijo del causante, representada en estas diligencias por el Licenciado JULIO ALONSO SOLORZANO SALAZAR, en 1 v. No. F014964 calidad de Apoderado. Confiriéndole a la aceptante la administración y representación DEFINITIVA de la sucesión. Publíquese el aviso de Ley. tes. JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las nueve horas y NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU MARTA GUADALUPE CASTRO AMAYA, Notario, de este domicilio, LT A Lo que hago del conocimiento para los efectos legales consiguien- con oficina en Segunda Calle Poniente y Octava Avenida Sur cinco-uno, treinta minutos del día veintidós de febrero del año dos mil diez.- Licda. en esta ciudad. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE DELGADO.- Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, HACE SABER: Que por resolución proveída a las ocho horas quince SECRETARIA. minutos de esta fecha, se ha declarado heredera definitiva con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó MARIA AUDELIA VASQUEZ, quien falleció en San Salvador, el seis de octubre 1 v. No. F014982 del año dos mil nueve a MARIA DOLORES SOSA VASQUEZ, por sí como hija de tal de cujus y cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondían a BONI MARITZA, MARGARITA ELIZABETH y ANA ADELA, todas SOSA VASQUEZ, también hijas de tal causante; se le ha conferido a la heredera declarada la administración y representación WILSON FRANCISCO FLORES ZELADA, Notario, del domicilio definitivas de la sucesión. de San Salvador, con Oficina Notarial en: Tercer nivel, Apartamento número 119 “E”; sobre el final del Pasaje 1 de la Colonia Las Terrazas, Librado en Santa Tecla, a uno de junio del año dos mil diez. entre la 47 y 49 Avenidas Norte, San Salvador, HACE SABER: Que en las DILIGENCIAS DE ACEPTACION O Licda. MARTA GUADALUPE CASTRO AMAYA, AR I DE HERENCIA promovidas ante mis oficios Notariales, de conformi- DI NOTARIO. dad a la Ley del ejercicio Notarial de la jurisdicción Voluntaria y de otras Diligencias, por resolución proveída a las catorce horas del día 1 v. No. F014965 dieciocho de mayo de dos mil diez, en la ciudad de San Salvador, se ha declarado HEREDERA DEFINITIVA y con beneficio de inventario en la HERENCIA INTESTADA que a su defunción ocurrida a las dieciséis horas del día veintiocho de junio del año dos mil tres, en Urbanización Jardines de la Hacienda, Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad siendo éste su último domicilio, dejó el señor HECTOR BALMORE Licda. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE ARDON HERRERA, de parte de la señora ANA MYRIAN LUCHA LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO, DE ARDON, conocida por: Ana Mirian Peña Lucha, Ana Miryan Peña Lucha, Ana Myrian Peña Lucha, Ana Mirian Lucha Marroquín de Ardón en concepto de esposa sobreviviente del causante. Nómbrese a la AVISA: Que por resolución de las nueve horas y veinte minutos aceptante Administradora y Representante Definitiva de la sucesión. de este día, se ha declarado HEREDERA DEFINITIVA con beneficio de Lo que se hace del conocimiento público, para los efectos de inventario de la herencia Intestada que a su defunción dejó el causante señor ISRAEL MEJIA REYES, quien fue de sesenta años de edad, ley. 101 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. La ciudad de San Salvador, a los dos días del mes de junio de dos su último domicilio, a la señora YECENIA ELIZABETH MACHUCA FLORES, en concepto de hija y además como cesionaria de los derechos mil diez.- hereditarios que en la referida herencia le correspondían a la señora Rosa López Viuda de Machuca, como madre, ambas del causante. WILSON FRANCISCO FLORES ZELADA, Y se ha conferido a la heredera declarada la administración y reNOTARIO. presentación definitivas de la sucesión. JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las ocho horas cuarenta y 1 v. No. F014984 cinco minutos del día veintiuno de mayo del dos mil diez.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. CECILIA DEL 1 v. No. F014995 NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU LT A CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de las ocho horas quince minutos del día veintiséis de mayo del dos mil diez. Se ha DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS- tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, herencia intestada dejada por la señora ANA ELOISA OLIVO VIUDA DE LINARES, fallecida el día treinta de enero del dos mil diez, en la ciudad de Ahuachapán, siendo la ciudad de Juayúa su último domicilio, de parte del señor BILLY GERALD RAMIREZ LINARES, en concepto de nieto de la causante. AVISA: Que por resolución de este Juzgado pronunciada a las catorce horas cuarenta minutos de este día, ha sido declarado Heredero Definitivo con Beneficio de Inventario el señor JOSE PORFIRIO GUZMAN MELENDEZ, en calidad de hijo de la causante señora Y se ha conferido al aceptante la administración y representación definitiva de la sucesión. JULIANA MELENDEZ PEREZ, por medio de su Apoderado Licenciado ROSALIO ALFREDO CAÑADA MARTINEZ, de la Herencia Testamentaria dejada a su defunción por dicha causante, quien falleció cinco minutos del día veintiséis de mayo del dos mil diez.- Dr. MARIO en el Cantón Sitio del Niño de esta jurisdicción, a las catorce horas del MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. CECILIA DEL día diecinueve de abril del dos mil ocho, sin asistencia médica, a la edad CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO. de noventa y un años de edad, soltera, originaria de Tonacatepeque, de Nacionalidad Salvadoreña, siendo esta Ciudad su último domicilio, habiendo otorgado testamento y dejado como heredero al señor JOSE 1 v. No. F014989 DI AR I O JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las ocho horas cuarenta y PORFIRIO GUZMAN MELENDEZ, en calidad de heredero testamentario e hijo de dicha causante. Lo que se avisa al público para los efectos de ley. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Juan Opico, a las quince horas del día dieciocho de mayo del año dos mil diez.- Lic. AVISA: Que por resolución de este Juzgado de las nueve horas del día veintiuno de abril del corriente año, ha sido declarada heredera abintestato con beneficio de inventario de la herencia intestada dejada DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO DE ACTUACIONES. por la señora FRANCISCA LILIAN LOPEZ MACHUCA, quien fue conocida por Francisca Lilian Machuca López y por Francisca Liliam Machuca, fallecida el día siete de enero del dos mil tres, en esta ciudad 1 v. No. F014996 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 102 ARELI PEREZ MARCOS, en su calidad de hijas y como cesionarias de ACEPTACION DE HERENCIA los derechos hereditarios que les correspondían a los señores MARINA MARCOS VIUDA DE PEREZ y WILLIAM EDGARDO PEREZ PEDRO ISAI PORTILLO MEDRANO, Notario, con oficina situada MARCOS, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor en Colonia Jardines de Merliot, Calle Ishuatán, Polígono "J", número GUADALUPE PEREZ VENTURA, de Nacionalidad Salvadoreña, Cuarenta y nueve, Ciudad Merliot, Santa Tecla, Departamento de La originario de Juayúa, Departamento de Sonsonate, siendo la ciudad de Libertad. Juayúa, Departamento de Sonsonate, su último domicilio, y quien falleció en el Cantón El Puente, jurisdicción de Salcoatitán, Departamento de diez, se ha tenido por aceptada con beneficio de inventario, de parte de la señora GLORIA MIGDALIA MORALES DE VELASCO, conocida por GLORIA MIGDALIA MORALES y por GLORIA MIGDALIA Sonsonate, el día dieciséis de octubre del año dos mil siete, a la edad de sesenta y cuatro años, quien era Empleado Agrícola, casado. A las aceptantes se les confirió la administración y representación interinas de la sucesión, con facultades y restricciones de ley. LT A AVISA AL PUBLICO: Que el día primero de junio del año dos mil MORALES SALAZAR, hoy de VELASCO, en su calidad de cónyuge Se cita a quienes se crean con derecho a dicha herencia intestada NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU sobreviviente y cesionaria de los derechos que le correspondían a los señores Carlos Antonio Velasco Morales, Beatriz Elena Velasco Mo- para que se presenten al despacho del suscrito Notario, a deducirlo dentro rales, Ana del Carmen Velasco Morales, Claudia Carolina Velasco de de los quince días siguientes a la última publicación de este edicto. Moreira, conocida por Claudia Carolina Velasco Morales; y Gonzalo Arístides Velasco Morales, la herencia Intestada que a su defunción dejó el señor ARISTIDES ALFONSO VELASCO MARTINEZ, conocido por ARISTIDES ALFONSO VELASCO, ARISTIDES ALFONSO Librado en San Salvador, a los treinta y un días del mes de Mayo del dos mil diez. VELASCO MENENDEZ y por ARISTIDES VELASCO MENENDEZ, quien falleció el día treinta de octubre del año dos mil nueve, en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador. Se ha conferido a la JOSE MARIO MACHADO CALDERON, aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con NOTARIO. las facultades y restricciones de la herencia yacente. 1 v. No. C003969 Se cita a los que se crean con derecho en la herencia, para que se presenten a deducirlo en el plazo de quince días después de la tercera publicación de este edicto. FLOR DE MARIA PORTILLO DE ESCALANTE, Notario, del domicilio de Soyapango, departamento de San Salvador, con oficina ubicada en: Santa Tecla, al primer día del mes de junio del año dos mil diez. Barrio El Centro, esquina opuesta a Bazar Ivonne, Nueva Concepción, O departamento de Chalatenango. AR I PEDRO ISAI PORTILLO MEDRANO, HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída DI NOTARIO. a las dieciséis horas del día treinta de abril de dos mil diez, se ha tenido por aceptada expresadamente y con beneficio de inventario, la herencia 1 v. No. C003967 intestada que a su defunción, ocurrida en el Barrio de Nueva Concepción, Departamento de Chalatenango, a las primeras horas y diez minutos del día siete de junio de dos mil siete, dejó el señor JOSE CARLOS ENRIQUEZ GIRON AGUILAR, de parte del señor GUILLERMO Licenciado JOSE MARIO MACHADO CALDERON, Notario, del ANTONIO AGUILAR VELASQUEZ, en concepto de cesionario de los domicilio de San Salvador, con Despacho Profesional situado en Calle derechos que como hijos sobrevivientes les corresponde a los señores Las Palmas, Número Doscientos cincuenta y cinco, Colonia San Benito CARLOS ENRIQUE y KEREN JUDITHZA ambos de apellidos GIRON de esta ciudad, para los efectos legales. ALVARENGA, del causante, habiéndose conferido la administración y representación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia y yacente. HACE SABER: Que por resolución pronunciada por el suscrito, a las nueve horas del día treinta y uno de Mayo del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente, con beneficio de inventario, por parte En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean de las señoritas YENI GUADALUPE PEREZ MARCOS y VERONICA con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida 103 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. oficina en el término de quince días, contados desde los siguientes a la GILBERTO TURCIOS, Notario, de este domicilio, con oficina ubicada última publicación del presente edicto. en Primera Avenida Sur, número seis, de esta ciudad. Librado en la oficina de la Notaria FLOR DE MARIA PORTILLO DE ESCALANTE. En la ciudad de Nueva Concepción, departamento de Chalatenango, a las ocho horas del día tres de mayo de dos mil diez.- HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída a las ocho horas del día veinte de Enero del año dos mil diez, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en la ciudad de San Salvador, FLOR DE MARIA PORTILLO DE ESCALANTE, a las veintidós horas del día veintitrés de Enero del año dos mil ocho, dejó el señor PEDRO PORTILLO ALBERTO, de parte de la señora NOTARIO. MARCOS SOSA VIUDA DE PORTILLO, en su concepto de cónyuge LT A sobreviviente del causante, habiéndose conferido la administración y 1 v. No. F014908 representación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU curadores de la herencia yacente. FLOR DE MARIA PORTILLO DE ESCALANTE, Notario, del domicilio En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean de Soyapango, departamento de San Salvador, con oficina ubicada en: con derechos a la referida herencia intestada, para que se presenten a la Barrio El Centro, esquina opuesta a Bazar Ivonne, Nueva Concepción, referida oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente departamento de Chalatenango. a la última publicación del presente edicto. HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las nueve horas del día treinta de abril de dos mil diez, se ha tenido por aceptada expresadamente y con beneficio de inventario, la herencia Librado en la oficina del Notario en la Primera Avenida Sur, nú- mero Seis, de esta ciudad. En la ciudad de Soyapango, a las diez horas del día dos de Febrero del año dos mil diez. intestada que a su defunción, ocurrida en el Hospital Nacional Rosales, de San Salvador a las once horas y treinta minutos del día ocho de abril de dos mil nueve, dejó el señor RICARDO FRANCISCO ESCO- GILBERTO TURCIOS, BAR SALGADO, de parte de la señora GUADALUPE MERCEDES NOTARIO. NAJARRO DE ESCAOBAR, en concepto de cónyuge sobreviviente del causante y cesionaria de los derechos que como hijos sobrevivientes les corresponde a los señores JOSE GERARDO, ANA MARIA y RICARDO 1 v. No. F014928 FRANCISCO, todos de apellidos ESCOBAR NAJARRO, habiéndose conferido la administración y representación de la sucesión, con las O facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. AR I VICTOR DAVID ALEMAN BOLAÑOS, Notario de este domicilio, DI En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida con oficina situada en Final Cuarta Calle Oriente, Lourdes, Colón, La Libertad. oficina en el término de quince días, contados desde los siguientes a la última publicación del presente edicto. HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las doce horas del día diecinueve de mayo de este año, se ha tenido por aceptada Librado en la oficina de la Notaria FLOR DE MARIA PORTILLO expresamente y con beneficio de Inventario de parte de la señora JU- DE ESCALANTE. En la ciudad de San Salvador, a las diez horas del LIA QUINTANILLA VIUDA DE GUEVARA, conocida por JULIA día siete de mayo de dos mil diez. QUINTANILLA DE GUEVARA, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante y cesionaria de los derechos hereditarios de los hijos del FLOR DE MARIA PORTILLO DE ESCALANTE, causante, de la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor JOSE RAUL GUEVARA, conocido por JOSE RAUL HERNANDEZ NOTARIO. GUEVARA, quien a la fecha de su fallecimiento era de setenta y un años de edad, pensionado, casado y de nacionalidad Salvadoreña, quien falleció 1 v. No. F014910 el día catorce de agosto de dos mil nueve, en el Cantón Lourdes, Colón, DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 104 La Libertad, habiéndole conferido a la aceptante la Administración y MAURICIO CARRANZA RIVAS, Notario, de este domicilio, con Oficina Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones en Edificio Panamericano, Local Doscientos Veintiuno, situado en Vein- de los curadores de la Herencia Yacente. ticinco Avenida Norte y Veintisiete Calle Poniente, San Salvador. Por lo que se avisa al público para los efectos de ley. HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las dieciséis horas del día uno de Junio de dos mil diez, se ha tenido por aceptada expresamente y con Beneficio de Inventario la Herencia Lourdes, Colón, a los veinticuatro días del mes de mayo del año dos mil diez. Intestada que a su defunción ocurrió en esta Ciudad, el día seis de abril de dos mil diez, que dejó el señor DAVID VASQUEZ VASQUEZ conocido por DAVID VASQUEZ, de parte de sus hijos THELMA GLADYS VASQUEZ PANIAGUA y DAVID EDGARDO VASQUEZ LT A VICTOR DAVID ALEMAN BOLAÑOS, PANIAGUA, como hijos del causante; habiéndosele conferido la Admi- NOTARIO. nistración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU restricciones del curador de la herencia yacente. 1 v. No. F014935 Lo que se avisa al público para los efectos de Ley. Librado en las oficinas del Notario MAURICIO CARRANZA Licenciado JOSE TULIO RODRIGUEZ SANCHEZ, Notario, del RIVAS, a las nueve horas del día dos de junio de dos mil diez. domicilio de Ahuachapán, con Oficina establecida en Cuarta Avenida Sur, entre Séptima Calle Poniente, cinco-dos, Barrio San Antonio, del Departamento de Ahuachapán. Lic. MAURICIO CARRANZA RIVAS, NOTARIO. HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las ocho horas del uno de junio del presente año, se ha tenido por aceptada 1 v. No. F014946 expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las dieciséis horas con veinticincos minutos, del día trece de mayo de dos mil nueve, en el Hospital Regional del Seguro Social de la ciudad de Santa Ana, siendo su último domicilio, el JOSE ARMANDO ORELLANA CAMPOS, Notario, de este domicilio, Municipio de Juayúa, Departamento de Sonsonate, dejó la señora ANA con oficina ubicada en la Primera Calle Poniente, número cuatro mil ALICIA RODRIGUEZ DE MORAN, hoy viuda de Morán, Conocida por seiscientos cuarenta y cinco, entre la Ochenta y Nueve y Noventa y Una ANA ALICIA MORAN, ALICIA MORAN RODRIGUEZ y ALICIA Avenida Norte, Colonia Escalón en esta ciudad. O RODRIGUEZ DE MORAN, de parte de los señores CAROLINA DE LA PAZ MORAN MORAN, LEONIDAS ALBERTO MORAN MORAN, HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída la causante; habiéndoles conferido la administración y representación a las diez horas del día dos de junio de dos mil diez, se ha tenido por interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada de la herencia yacente. que a su defunción ocurrida en la ciudad de San Salvador, el día once DI AR I ANDRES MORAN MORAN, en concepto de hijos sobrevivientes de de junio del año dos mil siete, dejó la señora MARIA HILDA PALOMO SALAZAR DE MONTENEGRO, conocida por MARIA HILDA Lo que se avisa al público para los efectos de ley. PALOMO DE MONTENEGRO y por HILDA PALOMO, de parte del señor FERNANDO RAFAEL MONTENEGRO PALOMO, en su concepto de hijo de la causante, habiéndose conferido la administración y Librado en la Oficina del suscrito Notario Licenciado José Tulio Rodríguez Sánchez, a las nueve horas del día uno de junio de dos mil representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones del curador de la herencia yacente. diez.- Lic. JOSE TULIO RODRIGUEZ SANCHEZ, En consecuencia, por este medio se cita a quien se crea con derecho a la referida herencia para que se presente a la referida oficina en el término NOTARIO. de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto. 1 v. No. F014936 105 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. Librado en la ciudad de San Salvador, a las catorce horas del día dos de junio de dos mil diez. medio de su Apoderado General Judicial Licenciado Guillermo Atilio Granados Campos h., como Apoderado General Judicial con Cláusula Especial, se ha proveído a las catorce horas del día treinta y uno de mayo del presente año, la Resolución por medio de la cual se ha tenido por JOSE ARMANDO ORELLANA CAMPOS, aceptada expresamente con Beneficio de Inventario, la Herencia Intestada NOTARIO. que a su defunción ocurrida en el Hospital Centro de Emergencias de San Salvador, a las tres horas del día veinticuatro de febrero del año dos mil diez, a consecuencia de falla orgánica multisistémica, teniendo 1 v. No. F014963 como último domicilio Santiago Nonualco, Departamento de La Paz, dejó el señor CARLOS MARIA ESCOBAR ARDON, de parte de la señora SANTOS GARCIA DE ESCOBAR, en su concepto de cónyuge LT A sobreviviente del causante, confiriéndole a la aceptante la administración LICENCIADO JORGE LUIS ARANIVA NAVARRETE, Abogado y y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones Notario, del domicilio de Usulután, con oficina establecida en la Cuarta de los curadores de la herencia yacente. Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de ley. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU Calle Poniente y Primera Avenida Norte, número once, de la ciudad de Usulután. Librado en las oficinas de Notaría del Licenciado Carlos Ernesto HACE SABER AL PUBLICO: Que a folios once de las Diligencias de Aceptación de Herencia, promovidas ante mis oficios de Notario, Anduray Elías: Ayutuxtepeque, a las dieciséis horas y treinta minutos del día treinta y uno de mayo del año dos mil diez. por la señora PAULA PONCE PONCE, a efecto de aceptar la Herencia Deferida por su hijo señor JOSE FRANCISCO PONCE CORONADO, se ha pronunciado la resolución de las diez horas del día veintisiete de Lic. CARLOS ERNESTO ANDURAY ELIAS, enero del presente año, en la cual se ha tenido por aceptada expresamente NOTARIO. y con beneficios de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSE FRANCISCO PONCE CORONADO, al fallecer a consecuencia de TRAUMATISMO CRANEOE NCEFALICO, SEVERO 1 v. No. F014975 DE TIPO CONTUSO, con asistencia médica, según certificación médica extendida por el doctor Cecilio Antonio Martínez Amaya, falleció a las veintiuna con diez minutos del día diecinueve de agosto del año dos mil en el Barrio Candelaria, de la ciudad de Usulután, Departamento de ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL Usulután, lugar que tuvo como su último domicilio, de parte de la señora DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. PAULA PONCE PONCE, en calidad de madre del causante; habiéndosele conferido la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. O Lo que se avisa al público para los efectos legales correspondien- minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que dejó la señora VIRGINIA UMANZOR, conocida por MARIA VIRGINIA UMANZOR, quien falleció el día trece de enero de dos mil siete, en la Colonia Santa Mónica, AR I tes. HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y treinta Librado en la ciudad de Usulután, a los veintiocho días del mes de Jurisdicción de Conchagua, distrito y Departamento de La Unión, siendo este lugar su último domicilio, de parte de los señores DENY JONAS enero del año dos mil diez.- DI UMANZOR y CARLOS ARNOLDO UMANZOR, en calidad de hijos de la causante. JORGE LUIS ARANIVA NAVARRETE, Y se les ha conferido a dichos aceptantes en el carácter indicado la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades NOTARIO. y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. 1 v. No. F014971 Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel lo demuestren en este Juzgado. Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los doce días del CARLOS ERNESTO ANDURAY ELIAS, Notario, de este domicilio, mes de abril de dos mil diez. Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES con oficina ubicada en Urbanización Colonial Los Robles, Pasaje Cinco, BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO PEREZ, Block "F", Número Veinte, de la jurisdicción de Ayutuxtepeque. SECRETARIO. HACE SABER: Que en las diligencias de Aceptación de Herencia promovidas por la señora SANTOS GARCIA DE ESCOBAR, por 3 v. alt. No. C003970-1 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 106 LICENCIADO RAMON HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ MOLINA CANALES, de treinta y ocho años de edad agricultor, del DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE DE LA CIUDAD DE AR- domicilio de Cacaopera, Morazán, con Documento Único de Identidad MENIA. Número cero un millón seiscientos nueve mil ciento veintiséis guión tres; y Tarjeta de Identificación Tributaria Número un mil trescientos dos guión doscientos cincuenta mil doscientos setenta y dos guión ciento día, se emitió resolución en la cual se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada dejada por el Causante RAFAEL ANTONIO ACOSTA GARCIA, quien falleció en la Calle a Las Brumas, Talnique, Departamento de La Libertad, a las doce horas con quince minutos del día veinticinco de agosto de mil novecientos noventa y siete, siendo su último domicilio el Caserío El Pinal, Cantón Juan Higinio de la Ciudad de Jayaque, Departamento de La Libertad, hijo del causante; quien a la fecha de su fallecimiento fue de setenta y cinco años de edad, agricultor, originario y del domicilio de Cacaopera, Morazán, hijo de BENIGNO MOLINA y JUANA RANULFA AMAYA; falleció el día cinco de Marzo del dos mil diez, en el Barrio San José, Jurisdicción de Cacaopera, Morazán, siendo este lugar su último domicilio.- Se le confirió al aceptante antes mencionado y en la forma establecida, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU siendo el mismo su último lugar de domicilio; de parte de MANUEL uno guión cuatro; por derecho propio que le corresponde en calidad de LT A HACE SABER: Que a las diez horas con veinticinco minutos de este DE JESUS CHACON CONTRERAS, en su calidad de cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores MARIA EVA ACOSTA, HELMER ALEXANDER ACOSTA GONZALEZ E ILDA Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia, San Fran- GONZALEZ DE ACOSTA, en su calidad de madre, hijo y esposa del cisco Gotera, a los veinticinco días del mes de Mayo del dos mil diez. expresado causante. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2o. DE 1a. SE LE HA CONFERIDO AL HEREDERO DECLARADO EN EL CONCEPTO ANTES INDICADO, LA ADMINISTRACION Y INSTANCIA.- LIC. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA. REPRESENTACION INTERINAS DE LA SUCESION CON LAS FACULTADES Y RESTRICCIONES DE LOS CURADORES DE LA HERENCIA YACENTE. 3 v. alt. No. C004002-1 Lo que se avisa al público en general para los efectos de Ley. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Armenia, a los veinticinco días del mes de marzo del año dos mil diez.- LIC. EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA, RAMON HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ DE PRIMERA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, LICENCIADO JORGE ALBERTO INSTANCIA SUPLENTE.- LIC. RAFAEL ANTONIO CUELLAR GUZMAN URQUILLA, AL PUBLICO PARA EFECTOS DE LEY, ANGEL, SECRETARIO. HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal a las mil diez. SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON 3 v. alt. No. C003975-1 DI AR I O quince horas y cuarenta y cinco minutos del día veinte de Mayo del dos BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó el causante HECTOR MEMBREÑO VASQUEZ, de parte de la señora ORFILIA ELENA SORTO, de cuarenta y tres años de edad, doméstica, del domicilio de Jocoaitique, Morazán, con Documento Único de identidad Número cero cero novecientos quince mil quinientos LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ cincuenta y seis guión nueve; como cesionaria del derecho hereditario que SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA, DE ESTE DISTRITO JU- le correspondía al señor JAVIER ALONSO MEMBREÑO ACOSTA, DICIAL, AL PUBLICO PARA EFECTOS DE LEY, en calidad de hijo del causante; quien a la fecha de su fallecimiento fue de sesenta y dos años de edad, agricultor, soltero, originario y del domicilio de Cacaopera, Morazán, hijo de los señores Anastacia Vásquez HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal, a y Cayetano Membreño; falleció el día dos de Junio del dos mil cuatro, las quince horas y cinco minutos del día diecinueve de Mayo del dos mil en Cantón El Rodeo, Jurisdicción de Jocoaitique, Morazán; siendo en diez, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON Cacaopera, Morazán, lugar de su último domicilio.- Se le confirió a la BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que aceptante antes mencionada y en la forma establecida, la administración a su defunción dejó el causante JOSE FILEMON MOLINA AMAYA y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones o JOSE FILEMON MOLINA, de parte del señor JOSE EDILBERTO de los curadores de la Herencia Yacente. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 107 Librado en el Juzgado Segundo de Primera instancia, San Francisco EUNICE LEIVA PEREIRA hoy de BAIRES, en concepto de heredera Gotera, a las quince horas del día treinta y uno de Mayo del dos mil testamentaria del causante; ante la suscrita Notario, se ha pronunciado diez. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2o. De 1a. la resolución que literalmente se lee: '''''' OFICINA DE NOTARIADO INSTANCIA .- LIC. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, DE LA LICENCIADA ANABELLA VILLEDA PORTILLO. En la SECRETARIA. ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día diez de abril del año dos mil nueve.- Habiéndose recibido el Oficio Número Un Mil Ciento Diecinueve, de fecha tres de marzo del año dos mil nueve, procedente 3 v. alt. No. C004003-1 de la Secretaría de la Honorable Corte Suprema de Justicia, se resuelve: Tiénese por aceptada expresamente, con beneficio de inventario, la herencia testamentaria que a su defunción dejó el señor JOSE ALFONSO LEIVA conocido por ALFONSO RODRIGUEZ LEIVA, ocurrida en LT A la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, a las seis horas cuarenta y cinco minutos del día treinta de noviembre del año dos INSTANCIA DE ESTE DISTRITO. mil siete, siendo el lugar de su último domicilio la Colonia El Paraíso, NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA Veintidós Avenida Sur, Casa Número Seiscientos Tres, de la ciudad y Departamento de San Salvador, de parte de la señora FRANCISCA LIDIA HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las quince PEREIRA DE LEIVA conocida por FRANCISCA LIDIA PEREIRA horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio PINO, por LIDIA PEREIRA, por LIDIA PEREIRA PINO, por LIDIA de inventario de parte del señor JOSE AVERIS SOLIS LEIVA, la he- PEREIRA DE LEIVA, y por LIDIA DE LEIVA, en su carácter de rencia intestada que a su defunción dejó la señora MARINA ANTONIA Apoderada Especial de la señora LEDA EUNICE LEIVA PEREIRA TERAN DE SOLIS, quien fue de sesenta y un años de edad, ama de hoy de BAIRES, en concepto de heredera testamentaria del causante; y casa, fallecida a las dos horas y treinta minutos del día doce de febrero confiéresele a la aceptante antes mencionada, la administración y repre- del dos mil diez, en el Hospital Nacional de Chalchuapa, siendo esta sentación interinas de la Sucesión, con las facultades y restricciones de ciudad de Atiquizaya, su último domicilio, en concepto de cónyuge so- los curadores de la herencia yacente. Publíquese los edictos de ley. Lic. breviviente de la causante; se le ha conferido al aceptante en el carácter ANABELLA VILLEDA PORTILLO: Notario. RUBRICADA.""" dicho, la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Librado en la Oficina de Notariado de la suscrita, situada en la Lo que se hace saber al público para los efectos de ley. Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las quince horas y veinte minutos del día veintisiete de mayo del año dos Novena Calle Poniente, Número Cinco Mil Veinticuatro, Apartamento Tres, Segunda Planta, Colonia Escalón, San Salvador, a las once horas del día once de abril del año dos mil nueve. mil diez.- LIC. JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. HUGO ALCIDES MARTINEZ LIC. ANABELLA VILLEDA PORTILLO, NOTARIO. 3 v. alt. No. F014833-1 DI AR I O SANTILLANA, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F014835-1 LA SUSCRITA NOTARIO ANABELLA VILLEDA PORTILLO, EL INFRASCRITO JUEZ. AL PUBLICO, para los efectos de ley, AVISA: Al público para los efectos de Ley, que en las diligencias de Aceptación de Herencia, del causante señor JOSE ALFONSO HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y cuarenta LEIVA conocido por ALFONSO RODRIGUEZ LEIVA, promovidas minutos de este día, se ha tenido por aceptada la herencia intestada que por FRANCISCA LIDIA PEREIRA DE LEIVA conocida por FRAN- dejó al fallecer la señora María Victoria Orellana, conocida por María CISCA LIDIA PEREIRA PINO, por LIDIA PEREIRA, por LIDIA Victoria Orellana de Jiménez, el día uno de marzo de dos mil siete, en la PEREIRA PINO, por LIDIA PEREIRA DE LEIVA, y por LIDIA ciudad de Jiquilisco, lugar de su último domicilio, de parte de la señora DE LEIVA, en su carácter de Apoderada Especial de la señora LEDA Marta Alicia Jiménez Orellana, en su calidad de hija de la causante.- DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 108 Confiérasele a la heredera declarada la Administración y Represen- y con beneficio de inventario la Herencia Intestada de los bienes que a su tación interina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones defunción dejó el causante CORONADO AYALA OSTORGA, conocido de Ley. por CORONADO AYALA, quien falleció el veintitrés de noviembre de Publíquese los edictos correspondientes, citando a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término mil novecientos noventa y seis, siendo su último domicilio la Ciudad de Mercedes Umaña, de parte de MARIA ISABEL OSTORGA VIUDA DE AYALA, en calidad de esposa, confiriéndole a la aceptante antes de Ley. mencionada la administración y representación interina de la sucesión con Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los tres las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. días del mes de noviembre del dos mil nueve.- LIC. MANUEL DE JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. SILVIA YANET MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA. Cítense a los que se crean con derecho a la herencia, para que dentro del término de Ley, se presenten a este Juzgado, a hacer uso efectos legales consiguientes. 3 v. alt. No. F014879-1 LT A de sus derechos, lo que se pone en conocimiento del público para los NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU Librado en el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Berlín, a las catorce horas y treinta minutos del día diecisiete de mayo del dos mil diez. Enmendado-aceptada-Vale.- LIC. MERCEDES MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE USULUTAN, al público para los efectos de ley, CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Br. ANA MARGARITA BERMUDEZ DE HENRIQUEZ, SECRETARIA. HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y diez minutos del día doce de Mayo del corriente año, se ha tenido por aceptada 3 v. alt. No. F014888-1 expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada de los bienes que a su defunción dejó el causante LUCIANO MORATAYA, quien falleció en el Barrio El Calvario, el día trece de Noviembre del año dos mil dos, su último domicilio de parte de BASILIA ALICIA MORATAYA DE RODRIGUEZ, en calidad de hermana del causante, confiriéndole al aceptante antes mencionado la administracion y repre- SALVADOR CANO GUTIERREZ , JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de la herencia yacente.- HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución dentro del término de ley, se presenten a este Juzgado a hacer uso de sus de este Juzgado, de las diez horas del día quince de febrero de dos mil derechos, lo que se pone en conocimiento del público para los efectos diez. SE HA TENIDO POR ACEPTADA expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora MARIA BRUNILDA MARTINEZ AR I legales consiguientes. O Cítense a los que se crean con derecho a la herencia, para que DONADO conocida por BRUNILDA MARTINEZ DONADO, la he- Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Berlín, a las doce horas DI y cincuenta y cinco minutos del día doce de Mayo del año dos mil diez.LIC. MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Br. ANA MARGARITA BERMUDEZ DE HENRIQUEZ, SECRETARIA. rencia intestada dejada por la causante señora FILOMENA MARTINEZ DONADO, quien falleció en esta Ciudad, lugar de su último domicilio, el día veintiocho de mayo del año dos mil, a la edad de ochenta y dos años, quien fue ama de casa, soltera, originaria de Cuyultitán, Departamento de La Paz; aceptación que hace la antes citada, señora MARTINEZ DONADO en su calidad de hermana de la causante. Y SE LE HA 3 v. alt. No. F014887-1 CONFERIDO A LA ACEPTANTE la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZA Por lo anterior, se cita a los que se crean con derecho a la herencia DE PRIMERA INSTANCIA DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE para que se presenten a este Tribunal a decucirlo en el término de quince USULUTAN, al público para los efectos de Ley. días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas del día diecisiete de mayo del dos mil diez, se ha tenido por aceptada expresamente edicto. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 109 LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN de mayo del año dos mil tres, en el Hospital de Especialidades de la SALVADOR, a las doce horas y diez minutos del día quince de febre- Ciudad de San Miguel, siendo su último domicilio la Ciudad de San ro del dos mil diez. DR. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ Gerardo, Departamento de San Miguel; de parte de la señora FRAN- SEGUNDO DE LO CIVIL.- LIC. TATIANA VILMA MERCEDES CISCA DELFINA JOVEL DE PEREZ, en calidad de hija del causante. CACERES RUBIO, SECRETARIA. Habiéndole conferido a la aceptante declarada en el carácter indicado, la Administración y Representación INTERINA de la Sucesión, con las 3 v. alt. No. F014949-1 facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente, y CITA: a los que se crean con Derecho a la Herencia referida para que se presenten a deducirlo dentro del término de QUINCE DÍAS, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.- Lo que se pone INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.- en conocimiento del público para los efectos de Ley. LT A LICENCIADO DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, a las quince horas y cincuenta y cinco NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU minutos del día diecinueve de mayo del año dos mil diez.- LICDA. HACE SABER: Que por resolución emitida por este Tribunal, a las ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZ DE PRIMERA diez horas y doce minutos del día veintiséis de Mayo del corriente año; INSTANCIA .- Br. EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SE- se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario CRETARIO. la herencia intestada dejada a su defunción por el señor JULIO CESAR CHEVEZ SALGADO, quien falleció el día veintidós de Marzo del 3 v. alt. No. F014957-1 año dos mil seis, en el cantón El Achiotal, jurisdicción de San Pedro Masahuat, siendo éste su último domicilio, a consecuencia de FRACTURA CERVICAL POR PRECIPITACION; de parte del señor ORLANDO HERNANDEZ RAMIREZ, en el concepto de cesionario de los derechos que les correspondían a los señores MANUEL ANTONIO CHEVEZ SEGOVIA y MARTA ALICIA SEGOVIA, el primero como HIJO y la segunda como ESPOSA SOBREVIVIENTE DEL CAUSANTE. Confiriéndose al aceptante, la administración y representación interina JOSE SILVERIO ENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, Notario, de este domicilio, con oficina profesional ubicada en Colonia El Roble, Avenida "B", número ciento cincuenta y siete, San Salvador, al público en general. de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. HACE SABER: Que por acta notarial, otorgada en esta ciudad, Lo que se hace saber al público, para los efectos de Ley. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Pedro Masahuat, O a las diez horas y treinta minutos del día veintiséis de Mayo de dos AR I mil diez. LIC. DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. MARIA ELENA ARIAS LOPEZ, SECRETA- DI RIO. a las once del día veintiséis de abril del año dos mil diez, se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia Testamentaria que a su defunción dejara el señor MANUEL LISANDRO PALMA GRANADINO, quien fuera conocido por MANUEL PALMA GRANADINO, quien a la fecha de su fallecimiento era de ochenta y seis años de edad, Contador, Casado y con último domicilio esta ciudad y Departamento, de parte de la señora ROSA JULIA MONTOYA DE PALMA, en su concepto de Heredera Testamentaria, habiéndosele 3 v. alt. No. F014954-1 conferido la administración y representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Cítese a los que se crean con derechos a la herencia deferida para que se presenten a deducirlo dentro del término de ley, lo que hace del LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD conocimiento público para los efectos de Ley.San Salvador, treinta y uno de mayo del año dos mil diez.- BARRIOS. HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y treinta minutos del día diecisiete de mayo del año dos mil diez, se ha tenido LIC. JOSE SILVERIO ENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la he- NOTARIO.- rencia intestada que a su defunción dejó el señor ALFREDO JOVEL QUINTEROS o ALFREDO JOVEL, quien falleció el día dieciséis 3 v. alt. No. F014974-1 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 SANDRA BEATRIZ VASQUEZ PONCE, Notario, del domicilio de San Salvador, con oficina notarial situada en Tercera Avenida Norte, número un mil ciento treinta y cinco, Edificio Moreno, local veintiocho "C", San Salvador; AL PUBLICO, NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída a las once horas del día veinticuatro de Mayo del corriente año, ha sido declarada HEREDERA INTERINA, la señora ANA LETICIA GUZMAN POLANCO, en derecho propio y cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a las señoras ROSA MARIA, ELBA MARINA, GLORIA ADILIA, todas de apellidos GUZMAN POLANCO y MARIA CONCEPCION GUZMAN DE MARTINEZ, en concepto de hijas del causante ELEUTERIO GUZMAN, conocido por ELUTERIO GUZMAN RIVAS, hecho ocurrido el día once de diciembre del año de mil novecientos ochenta y nueve. Habiéndosele conferido la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Lo que se avisa para los efectos de Ley. Librado en San Salvador, a los veintisiete días del mes de mayo del año dos mil diez. Lic. SANDRA BEATRIZ VASQUEZ PONCE, NOTARIO. 3 v. c. No. F014880-1 HERENCIA YACENTE del cantón El Carrizal, de esta jurisdicción portadora de su Documento Único de Identidad Número cero dos ocho dos siete uno cuatro tres guión nueve, y con Tarjeta de Identificación Tributaria Número cero tres uno cuatro guión uno seis cero dos ocho cinco guión uno cero uno guión tres; solicitando que previas a las formalidades legales, se extienda a su favor TÍTULO DE PROPIEDAD, de una porción de terreno, de naturaleza rústica, situado en el caserío "Los Ramos II", del cantón El Carrizal de esta jurisdicción de una extensión superficial catastral de VEINTISIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO PUNTO NOVENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS; cuyas medidas y colindancias son las siguientes: AL NORTE, partiendo del mojón esquinero Norponiente, once tramos; el primero de ciento veinticuatro punto treinta y dos metros, el segundo de cinco punto veintidós metros, el tercero de once punto setenta y cuatro metros, el cuarto de cinco punto sesenta y ocho metros, el quinto de veintinueve punto cincuenta y seis metros, el sexto de cincuenta y seis punto setenta y dos metros, el séptimo de uno punto ochenta y un metros, el octavo de cuarenta y uno punto setenta y siete metros, el noveno de veintidós punto cuarenta y un metros, el décimo de veintidós punto cero cero metros, y el décimo primero de veintidós punto veinte metros, linda con propiedad de los señores Humberto Aguirre Ruiz, Santiago López García, Filiberto Manuel Santos, y Cándida Manuel de Vásquez; AL ORIENTE, partiendo del mojón Esquinero Nor Oriente, un tramo, mide sesenta y dos punto ochenta metros, linda con propiedad del señor Juan Antonio López Arévalo; AL SUR, partiendo del mojón esquinero Sur Oriente, cuatro tramos; el primero de veinticuatro punto veintidós metros, el segundo de veinte punto sesenta y cinco metros, el tercero de cuarenta punto cero cero metros, y el cuarto de ciento ochenta y cinco punto treinta y cinco metros, linda con propiedad de los señores Jesús Aníbal Osorio, Margarita Osorio de López, y María Milagro García Osorio; y AL PONIENTE, partiendo del mojón esquinero Sur Poniente, tres tramos; el primero de cincuenta y cuatro punto cero nueve metros, el segundo de treinta y cinco punto cincuenta y siete metros, y el tercero de veinte punto sesenta y seis metros, linda con propiedad de Tomás Torrentos Puente, río de por medio; en la porción de terreno antes descrito existe un callejón que lo atraviesa de Sur a Norte. El inmueble antes descrito no es sirviente, ni dominante, ni está en proindivisión alguna y no tiene carga ni derecho real que respetar; que lo posee por más de diez años continuos y no interrumpidos, lo adquirió por donación verbal, realizada por la señora María Milagro García Osorio; y lo evalúa en la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. LT A 110 ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley, AR I O HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas treinta minutos del día veintiuno de Abril del corriente año, se ha declarado yacente la herencia que a su defunción dejó el señor ANDRES EULOFIO LEIVA o ANDRES EULOGIO LEIVA, quien fue de setenta años de edad, jornalero, salvadoreño, fallecido el día quince de Abril de dos mil cinco, en el Caserío San Cristóbal, Cantón Santa Cruz Porrillo, jurisdicción de Tecoluca, de este Departamento, lugar de su último domicilio; y se ha nombrado curador de la misma al Licenciado TITO PEREZ GARCIA, Abogado, del domicilio de San Pedro Perulapán, Departamento de Cuscatlán. Se hace del conocimiento de cualquier persona interesada para los efectos de Ley. Alcaldía Municipal de Santo Domingo de Guzmán, Departamento de Sonsonate, a treinta y un días del mes de mayo del año de dos mil diez.GERARDO CUELLAR SIGÜENZA, ALCALDE MUNICIPAL.- JOSE MANUEL VASQUEZ GARCIA, SECRETARIO MUNICIPAL. 3 v. alt. No. F014842-1 3 v. alt. No. F014919-1 DI Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veinticinco días del mes de mayo del año dos mil diez.- Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO. TITULO DE PROPIEDAD EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, HACE SABER: Que a esta Alcaldía ha comparecido la señorita ZAIDA MARILU LOPEZ GARCIA, de veinticinco años de edad, Estudiante, con domicilio y residencia en el Caserío "Los Ramos II" EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, HACE SABER: Que a esta alcaldía se ha presentado el señor JOSE MAXIMILIANO LOPEZ GONZALEZ, de cincuenta y tres años de edad, sastre, de este mismo domicilio y departamento, y residente en los Estados Unidos de América, portador de su Documento Único de Identidad número CERO TRES SIETE NUEVE NUEVE SIETE DOSDOS, con Número de Identificación Tributaria CERO SIETE CERO DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. LT A SEGUNDO INMUEBLE: Con una extensión superficial de quinientos cuarenta y seis punto setenta y dos metros cuadrados, denominado catastralmente como parcela número ciento diecinueve, y que se encuentra ubicada específicamente en Segunda Avenida Sur, Barrio San José del Municipio de Santa Catarina Masahuat, departamento de Sonsonate, y que se describe así: AL NORTE, linda con parcela número ciento treinta con Administración Nacional de Telecomunicaciones; AL ORIENTE, linda con parcelas número ciento setenta y siete, ciento sesenta y ocho, Alcaldía Municipal de Santa Catarina Masahuat; Diócesis de Sonsonate, con calle de por medio; AL SUR, linda con la parcela número quinientos ochenta y uno, con la señora Alicia del Carmen Gómez de Garzona, con calle de por medio; AL PONIENTE, linda con las parcelas números quinientos veintiséis, quinientos veintisiete, noventa y seis, quinientos cinco, quinientos seis y con los señores Olivia Guadalupe Argueta de Santos, Juan David Argueta Fuentes, Orbelina de María Méndez Linares, Hugo Alberto Ocampo Gutiérrez, Ruth Anabel Ocampo Gutiérrez; TERCER INMUEBLE: Con una extensión superficial de novecientos sesenta y siete punto cero dos metros cuadrados, denominado catastralmente como parcela número ciento setenta y siete, y que se encuentra ubicado específicamente en Barrio El Rosario, Segunda Avenida Sur, del Municipio de Santa Catarina Masahuat, departamento de Sonsonate, y que se describe así: AL NORTE, linda con parcela número ciento ochenta y cuatro, y con el señor José Antonio Arévalo, con calle de por medio; AL ORIENTE, linda con las parcelas números doscientos treinta y cinco, doscientos veinticuatro, trescientos uno y con Guillermo Antonio Castaneda Hernández, Alcaldía Municipal de Santa Catarina Masahuat, Godofredo Antonio Calderón Gutiérrez, Edelmira Mendoza de Calderón y con calle de por medio; AL SUR, linda con la parcela número ciento sesenta y ocho, y con la Diósesis de Sonsonate; AL PONIENTE, linda con la parcela número ciento diecinueve, ciento treinta y con la Alcaldía Municipal, Administración Nacional de Telecomunicaciones con calle de por medio.- Los inmuebles antes descritos están valuados los primeros dos en tres mil dolares y el tercero en cinco mil dolares.- Lo hubo por posesión material por más de ochenta años. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU OCHO- TRES CERO CERO SIETE-OCHO, TRES CERO CERO SEIS CINCO CINCO-CERO CERO UNO-CERO; por medio de su Apoderado General Judicial, Licenciado Carlos René González Alvarado, solicitando se le extienda TITULO DE PROPIEDAD, DE UN TERRENO DE "NATURALEZA URBANA", el cual está situado en Primera Avenida Norte, del Barrio El Centro de esta Villa de San Cristóbal, de la extensión superficial de TRESCIENTOS TREINTA Y DOS PUNTO NOVENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias: AL NORTE, treinta y ocho punto diez metros, con terreno que antes fue de Paulina González de López, (ya fallecida), después de mi mandante y hoy de Francisca Doris Gonzáles de Bernal; AL ORIENTE, ocho punto setenta y cuatro metros, con Plaza Pública, Calle Pública de por medio Mojones de base de cemento; AL SUR, treinta y ocho punto diez metros, con el Edificio del Palacio Municipal de esta Villa paredes de bloque de cemento, y terreno del señor Ángel Evelio Hernández; y AL PONIENTE, ocho punto setenta y cuatro metros, con terreno que antes fue de Paulina Gonzalo de López, hoy de José Leandro González Pérez, mojones de izotes, en el referido inmueble se ha construido en su interior una casa de sistema mixto, en diámetro de ciento cincuenta metros cuadrados aproximadamente. Todos los colindantes son de este domicilio de San Cristóbal a excepción del señor Ángel Evelio Hernández, cuyo paradero se desconoce, el terreno antes descrito lo adquirió por compra que le hizo a la señora FRANCISCO DORIS LOPEZ DE BERNAL, con quien le une parentesco por consanguinidad por ser hermanos entre sí, que unida la posesión material con su antecesor desde hace más de veinte años consecutivos y sin interrupción de ninguna persona; y lo valora en ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO PUNTO CINCUENTA Y SIETE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, el terreno descrito no es dominante ni está en proindivisión y no tiene cargas o derechos reales que pertenezcan a terceras personas. Alcaldía Municipal de San Cristóbal, departamento de Cuscatlán, a los veinticuatro días del mes de abril del año dos mil diez.- Enmendadomil-diez-valen.- Más Enmendados-PEREZ-vale.- PEDRO ANTONIO VAZQUEZ PEREZ, ALCALDE MUNICIPAL. 111 Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley. Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las ocho horas quince minutos del día veinticuatro de Marzo del dos mil diez.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO. O 3 v. alt. No. F014951-1 AR I MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO, DI HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada Luz de María Marroquín en concepto de Apoderada General Judicial de la Alcaldía Municipal de Santa Catarina Masahuat, solicitanto TITULO DE PROPIEDAD, de los siguientes inmuebles: PRIMER INMUEBLE: Con una extensión superficial de siete mil ochenta y ocho punto ochenta y tres centímetros ochenta y cinco decímetros cuadrados, denominado catastralmente como parcela sesenta y uno, y que se encuentra ubicado específicamente en entrada principal del Municipio de Santa Catarina Masahuat, Cementerio Municipal y que se describe así: AL NORTE, linda con la parcela número doscientos ocho y con el señor Manuel Méndez Sánchez; AL ORIENTE, linda con las parcelas número sesenta y siete, sesenta y dos, sesenta, cincuenta y nueve, y con los señores José Angel Reyes Santos, Santos Reyes Santos, José Roberto Osorio, Alcaldía Municipal de Santa Catarina Masahuat, con calle de por medio; AL SUR, linda con las parcelas número cincuenta y ocho, cincuenta y cinco, cincuenta y uno, y con las señoras María Milagro Alvarenga López, María Magdalena López Zacapa, con calle de por medio; AL PONIENTE, linda con parcela número doscientos nueve, y con el señor Miguel Angel Méndez Sánchez; 3 v. alt. No. F014959-1 TITULO SUPLETORIO JORGE ALBERTO MORAN FUNES, Notario, de este domicilio, y del de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, con Oficina en Tercera Avenida Norte y Diecinueve Calle Poniente, número doscientos treinta y ocho, segundo nivel, Centro de Gobierno, ciudad de San Salvador, HAGO SABER: Que a mi Oficina Notarial se ha presentado el señor ALBERTO MONGE ESCOBAR, de ochenta años de edad, Jornalero, del domicilio de Jutiapa, Departamento de Cabañas, con Documento Único de Identidad número: Cero cero cinco cero ocho siete siete uno-cuatro, y con Número de Identificación Tributaria Cero nueve cero cuatro-uno tres uno dos dos nueve-uno cero uno-uno, solicitando Título Supletorio de un terreno rústico, situado en el Cantón Santa Bárbara, Caserío La Chacra, Jurisdicción de Jutiapa, Departamento de Cabañas, de un área DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 de CINCUENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO PUNTO TREINTA Y UN METROS CUADRADOS. Dicho inmueble mide y linda así: AL NORTE: Mide ciento treinta y nueve punto sesenta y ocho metros, en cuatro tramos con terreno del solicitante; AL ORIENTE: Mide cuatrocientos cinco punto cuarenta y cinco metros en once tramos con terreno de Pablo de Jesús Monge y del solicitante; AL SUR: Mide Ciento cincuenta y ocho punto cuarenta y cuatro metros, en cuatro tramos con terreno de Héctor Monge Recinos; AL PONIENTE: Mide Cuatrocientos once punto ochenta y tres metros, en seis tramos con terreno de Reimundo Monge Recinos y Francisco Martínez. Inmueble que carece de construcciones y cultivos. Dicho inmueble lo valúa en la cantidad de TRES MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Las porciones de terreno descrito no son dominantes ni sirvientes, no posee accesorios, ni está en proindivisión y no tiene cargas ni derechos que pertenezcan a terceras personas. HECTOR MANUEL FUENTES VALDIVIESO, NOTARIO. 1 v. No. F014916 RUBEN ARTURO DURAN ERAZO, Notario, del domicilio de Ilopango, con oficina situada en Primera Calle Oriente Número siete, Ilopango, para los efectos de ley, HACE SABER: Que a su oficina se ha presentado la señora MARIA EDELMIRA CORNEJO SANCHEZ, de sesenta y dos años de edad, comerciante, del domicilio de San Rafael Cedros, Departamento de Cuscatlán, portadora de su Documento Único de Identidad Número, cero un millón ochocientos treinta y tres mil noventa y seis-cuatro; y Número de Identificación Tributaria: cero setecientos once-ciento veinte mil novecientos cuarenta y siete-cero cero uno-dos; solicitando Título Supletorio de Dominio, de un inmueble denominado Los Rivas, de naturaleza rústica, situado en el cantón Soledad, jurisdicción de San Rafael Cedros, Departamento de Cuscatlán, de una extensión superficial de CIENTO CINCUENTA Y NUEVE AREAS CINCUENTA CENTIAREAS, según antecedente, pero en realidad es de aproximadamente CUATRO HECTAREAS, denominado Los Rivas y con las colindancias siguientes: AL ORIENTE: con terrenos de Graciela Abarca, brotones de por medio; AL NORTE: Con el mismo terreno de Graciela Abarca, el de Antonio Sánchez, antes de Juan Vásquez López y con el de Manuel Vicente Vásquez y con terrenos de la sucesión de Rafael Rivas Quintanilla en dos tramos rectos; AL PONIENTE: Con terrenos de Manuel Vicente Vásquez y de María Isabel Vásquez; y AL SUR: Peñas de por medio con Matilde Reyna López de Sánchez, René Sánchez y terreno de Antonio Sánchez, brotones del terreno que se describe de por medio, por este rumbo soporta servidumbre de tránsito de tres metros de ancho para salir al camino que conduce a la Carretera antigua a Ilobasco.- El terreno, no está en proindivisión y no tienen cargas o derechos que pertenezcan a otras personas.- Dicho inmueble la titulante lo hubo por herencia de la sucesión testamentaria, dejada por el señor, MIGUEL ANGEL CORNEJO, valuando el inmueble en el precio de cinco mil dólares, comprobando su derecho de propiedad con el testimonio de la escritura pública número doscientos cuarenta, otorgada en la ciudad de Cojutepeque, a las ocho horas del día ocho de enero de mil novecientos noventa y cinco, ante los oficios del notario, Pedro de Jesus Escobar González, mediante la cual la compareciente y otros herederos declarados efectuaron la tradición del dominio de los legados que se expresaron en el testamento otorgado por el expresado causante. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU Librado en la Ciudad de San Salvador, a los veintiocho días del mes de mayo de dos mil diez. En la ciudad de San Salvador, a los treinta y un días del mes de mayo del año dos mil diez. LT A 112 Lic. JORGE ALBERTO MORAN FUNES, NOTARIO. 1 v. No. F014856 HECTOR MANUEL FUENTES VALDIVIESO, Notario del domicilio de Chalatenango con oficina en 25 Calle Poniente 1332, Colonia Layco, San Salvador, al público para los efectos de Ley, DI AR I O HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado el señor RUBEN RODRIGUEZ PORTILLO, quien es de cincuenta y cuatro años de edad, jornalero, del domicilio de San Rafael Cedros, Departamento de Cuscatlán, persona a quien hoy conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad Número cero cero nueve uno dos cinco dos uno-tres, y con Número de Identificación Tributaria cero siete uno uno-dos siete cero cuatro cinco seis-uno cero uno-cuatro; MANIFESTANDO: I) Que es dueño y actual poseedor de forma quieta y pacífica, continua e ininterrumpida de una porción de terreno rústico, ubicado en el Cantón Soledad, Jurisdicción de San Rafael Cedros, Departamento de Cuscatlán, la cual tiene una Extensión Superficial de MIL CUATROCIENTOS DOCE PUNTO DOS METROS CUADRADOS de las medidas y colindancias siguientes: Siguiendo las agujas del reloj: AL NORTE: linda con propiedad de Miguel Ángel Cornejo Abarca, cerco de alambre de por medio; AL ORIENTE: con Resto del inmueble, propiedad de Miguel Ángel Cornejo Abarca, calle de servidumbre de por medio de un ancho promedio de cinco punto noventa metros; AL SUR: linda con propiedad de Matilde Reyna López de Sánchez; y AL PONIENTE: linda con María Isabel Vásquez de Rivas. II) Que en base al artículo dieciséis de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, vino ante mis Oficios Notariales a solicitarme la Titulación Supletoria del inmueble antes relacionado; presentando la Denominación Catastral respectiva.- El predio descrito no es dominante ni sirviente, ni está en Proindivisión con nadie y lo obtuvo por la compraventa que le hizo al señor Miguel Ángel Cornejo en el año de mil novecientos noventa y tres, por lo que tiene más de quince años de poseerlo, pero carece de título de dominio a su favor, el inmueble lo valúa en la suma de CUATRO MIL DOLARES. Lo que avisa al público para los efectos de ley. Librado en la ciudad de Ilopango, a los un días del mes de Junio de dos mil diez. Lic. RUBEN ARTURO DURAN ERAZO, ABOGADO Y NOTARIO. 1 v. No. F014976 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las diez horas del día veintiocho de abril del año dos mil diez.- Licda. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- Br. EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F014931-1 NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado, el Licenciado OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, como Apoderado General Judicial de la señora CANDIDA DEL CARMEN ARGUETA DE MOYA, a solicitar a su favor Título Supletorio, sobre un inmueble de naturaleza rústica situado en el sitio conocido como La Olomina, Cantón Tierra Colorada, Jurisdicción de Arambala, Departamento de Morazán, de la extensión Superficial de QUINIENTOS TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS OCHO PUNTO CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS; de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE, setecientos cuarenta y seis metros, con terreno del señor Maximino Ramos; AL ORIENTE, dos mil ciento diecisiete punto cincuenta y nueve metros, con terrenos de los señores Cristóbal Amaya, Río El Sapo de por medio; Neftalí Argueta; y Cristóbal Argueta; AL SUR, ciento veintidós punto cincuenta y nueve metros, con terreno de la señora Martina Rodríguez, calle de acceso de por medio; y AL PONIENTE, mil ochocientos trece punto cincuenta y tres metros, con terrenos de los señores Martina Rodríguez, sucesión de Juan Ramos y terrenos de Maximino Ramos. Dicho inmueble lo adquirió por compraventa de Posesión Material, que le hizo a la señora MARIA MARTINA RODRIGUEZ ARGUETA, se estima en el precio de DIEZ MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. metros, linda con Digna Medrano, cerco de alambre de por medio, y el segundo mide diecinueve metros.- Lo adquirió por compra verbal que hizo a la señora MARTA ALICIA ORELLANA RIVAS, y lo valúa en la cantidad de DIEZ MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA. LT A EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA EFECTOS DE LEY, 113 Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco Gotera, Morazán, a las doce horas del día seis de Abril del dos mil diez.- Lic. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2° DE 1ª INSTANCIA.- Lic. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C004004-1 LA INFRASCRITA JUEZA DEL DISTRITO JUDICIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, DI AR I O HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor JOSE GUDELIO MEDRANO CARBALLO, de sesenta y nueve años de edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio de Ciudad Barrios, con Documento Unico de Identidad número cero cero cuatrocientos veintisiete mil trescientos ochenta y dos guión cinco, con Número de Identificación Tributaria dos mil ciento dos guión ciento setenta mil doscientos cuarenta y uno guión cero cero uno guión cuatro; solicitando TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Caserío La Joya, Cantón San Juan, de la jurisdicción de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, de la capacidad superficial de CINCO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON DIECIOCHO DECIMETROS CUADRADOS, de los linderos y colindancias siguientes: AL ORIENTE, mide ciento cincuenta metros con cincuenta centímetros, linda con Digna Medrano, cerco de alambre de por medio; AL NORTE, mide cuarenta y dos metros con cincuenta centímetros, linda con calle vecinal que conduce a Cantón San Jerónimo de la jurisdicción de Chapeltique, palo de paterno de mojón; AL PONIENTE, mide ciento doce metros, en dos tiros, el primero de setenta metros y el segundo de cuarenta y dos metros, linda con Héctor Medrano, calle que conduce a San Jerónimo de por medio; AL SUR, mide cuarenta y cinco metros en dos tiros, el primero de veintiséis TITULO DE DOMINIO EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, HACE SABER: Que a esta Alcaldía ha comparecido la señora MARIA HENA GARCIA, de cincuenta y cuatro años de edad, de oficios domésticos, con domicilio y residencia en el Barrio El Rosario, de esta población, portadora de su Documento Único de Identidad Número cero uno cuatro nueve cuatro cinco cuatro seis guión seis, y con Tarjeta de Identificación Tributaria Número, cero tres uno cuatro guión cero nueve cero siete cinco cinco guión uno cero uno guión tres; solicitando que previas a las formalidades legales, se extienda a su favor TITULO DE DOMINIO, de una porción de terreno, de naturaleza urbana, situada en Calle Tres de Agosto, del Barrio El Rosario de esta población; de una extensión superficial catastral de CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES PUNTO CERO SIETE METROS CUADRADOS; cuyas medidas y colindancias son las siguientes: AL NORTE, partiendo del mojón esquinero Norponiente, dos tramos; el primero de quince punto veinte metros, y el segundo de ocho punto treinta metros, linda con propiedad de las señoras María Inés García de Vásquez y Matilde García Pérez; AL ORIENTE, partiendo del mojón Esquinero Nor Oriente, un tramo, mide veintidós punto cuarenta metros, linda con propiedad de la señora María Celia García Osorio; AL SUR, partiendo del mojón esquinero Sur Oriente, un tramo, mide diecinueve punto cuarenta metros, linda con propiedad de los señores, Francisca Vásquez Vásquez de Ramírez, Melina de Jesús Álvarez Ramírez y Santos Álvarez, calle de por medio; y AL PONIENTE, partiendo del mojón esquinero Sur Poniente, un tramo, mide diecinueve punto setenta y seis metros, linda con propiedad del señor Vicente Ramírez García. El inmueble antes descrito no es sirviente, ni dominante, ni está en proindivisión alguna y no tiene carga ni derecho real que respetar; que lo posee por más de diez años continuos y no interrumpidos, lo adquirió por donación verbal, realizada por la señora Petrona García; y lo evalúa en la cantidad de TRES MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Se hace del conocimiento de cualquier persona interesada para los efectos de Ley. Alcaldía Municipal de Santo Domingo de Guzmán, Departamento de Sonsonate, a treinta y un días del mes de mayo del año de dos mil diez.GERARDO CUELLAR SIGÜENZA, ALCALDE MUNICIPAL.- JOSE MANUEL VASQUEZ GARCIA, SECRETARIO MUNICIPAL. 3 v. alt. No. F014920-1 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 114 JUICIO DE AUSENCIA EL INFRASCRITO JUEZ DE LO LABORAL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado JORGE ALBERTO GARCIA FLORES, en su carácter de Apoderado DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO. General Judicial de BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, S.A., BANCO CITI DE EL SALVADOR, S.A. O BANCO CITI, S.A., quien ALBERTO GARCÍA FLORES, en calidad de apoderado de SCOTIA- ha iniciado DILIGENCIAS DE AUSENCIA en contra del señor BANK EL SALVADOR SOCIEDAD ANÓNIMA, en el incidente de CARLOS ALBERTO ALVARENGA REYES, por el hecho de que se ausencia, inserto en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el ignora su paradero, y PIDE: Que previa las formalidades legales, se le Licenciado GARCÍA FLORES, en la mencionada calidad manifestando declare ausente y se le nombre un CURADOR ESPECIAL, para que lo que se desconoce el paradero de la demandada señora VIOLETA MA- represente en el presente juicio ejecutivo mercantil; se previene de que RICEL PÉREZ RAMÍREZ, de treinta y ocho años de edad, Empleada, si el señor CARLOS ALBERTO ALVARENGA REYES, ha dejado del domicilio de Soyapango. procurador o representante legal, se presente a este Juzgado dentro de LT A AVISA: Que a este Juzgado se ha presentado el Abogado JORGE los quince días después de la publicación de este aviso por tercera vez, formidad con el Art. 141 Pr. C., que si la demandada señora VIOLETA a comprobar su personería, conforme a lo prescrito en el Art. 5 de la MARICEL PÉREZ RAMÍREZ, tiene procurador o representante legal Ley de la Jurisdicción Voluntaria y de otras diligencias, y el Art. 141 que pueda representarla en el territorio nacional, comparezca ante este del Código de Procedimiento Civiles. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU PREVIÉNESE como Incidente de Diligencias de Ausencia de con- Juzgado, dentro de los quince días subsiguientes a la publicación de este aviso, probando tal circunstancia. Librado en el Juzgado de lo Laboral de Santa Tecla, a las quince horas y cincuenta del día dieciséis de febrero de dos mil diez. DR. MIGUEL Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las quince horas del día treinta de noviembre de dos mil nueve. LIC. EDGAR ANGEL REYES HERNANDEZ, JUEZ DE LO LABORAL.- LICDA. MIRNA MARGARITA DIAZ DE DOMINGUEZ, SECRETARIA. ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA. 1 v. No. F014854 1 v. No. F014851 LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO EN GENERAL: HACE SABER: Que en este Tribunal existe Juicio Mercantil Eje- público para los efectos de ley; ELSY ELIZABETH GALVEZ SANCHEZ, mayor de edad, Abogada O LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al cutivo marcado con el número 40-EM-07, promovido por la Licenciada AR I HACE SABER: Que en el juicio Ejecutivo Mercantil Promovido por el Lic. Jorge Alberto García Flores, apoderado general judicial del BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, y de este domicilio, en su calidad de Apoderada General Judicial de SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A., contra el señor CARLOS EDUARDO PADILLA y VELASCO CEPEDA.Posteriormente a la fecha que se inició el referido Juicio se pre- incidente de ausencia a fin de nombrar curador ad-litem al señor LUIS sentó la Licenciada ELSY ELIZABETH GALVEZ SÁNCHEZ, en el ALONSO RIVAS, para que lo represente en dicho juicio, en virtud de carácter antes expresado, MANIFESTANDO que el demandado señor que, según la parte actora, no se sabe su paradero y si dicho señor ha CARLOS EDUARDO PADILLA y VELASCO CEPEDA, mayor de dejado algún procurador para que lo represente; en consecuencia, si el edad, Licenciado en Ciencias, antes de este domicilio, ahora de domi- expresado señor Rivas, tuviere algún Procurador o representante legal, cilio ignorado, a quien correspondía su Documento Único de Identidad previéneseles presentarse a este Juzgado, dentro de los quince días Número CERO DOS MILLONES CUATROCIENTOS NUEVE MIL DI contra Luis Alonso Rivas, ha promovido dentro del referido juicio siguientes a la última publicación de este aviso, a comprobar dicha TRESCIENTOS DIECISEIS- CUATRO, con Número de Identificación circunstancia. Tributaria CERO SEISCIENTOS CATORCE- CERO NOVENTA Y UN JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, doce de enero del año dos mil diez. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO. MIL CIENTO SESENTA Y OCHO- CERO CERO CUATRO-SEIS: se ha AUSENTADO de su domicilio, sin que se sepa de su paradero actual, ignorándose además si ha dejado Procurador u otro Representante Legal en el país, para que Intervenga en el Juicio de Mérito; por lo que pidió, previos los trámites legales, se le nombre CURADOR ESPECIAL que 1 v. No. F014852 lo represente en el referido Juicio. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. En consecuencia se previene que si el demandado señor CARLOS 115 RENOVACION DE MARCAS EDUARDO PADILLA y VELASCO CEPEDA, tuviere Procurador, Apoderado o Representante Legal en el país, se presente a este Tri- No. de Expediente: 1986000215 bunal a comprobar dicha circunstancia, dentro de los QUINCE DIAS No. de Presentación: 20090126203 SIGUIENTES a la última publicación de este AVISO. CLASE: 05. LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL, San Salvador, a las diez horas y quince minutos del día ocho de enero EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado PABLO ESCOBAR, JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL.- LIC. ANA NOE RECINOS VALLE, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, CECILIA FIGUEROA ALMENDARES, SECRETARIA. LT A de dos mil diez. Enmendado: diez-Vale. LIC. ANA MARIA CORDON del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de GAMMA LABORATORIES, NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: GAMMA-LAB, S.A. DE C.V., del domicilio de CIUDAD MERLIOT, 1 v. No. F015009 JURISDICCION DE ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00212 del Libro 00126 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la expresión KAOVET, escrita en letra corriente; que ampara productos/servicios comprendidos MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUN- en la (s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. DO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.- AVISA: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido por la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE AHORRO, CREDITO Y CONSUMO DE ABOGADOS DE EL SALVADOR DE RESPONSA- Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los seis días del mes de enero del año dos mil diez. BILIDAD LIMITADA abreviadamente COOP-ABOGADOS, por medio de su Apoderada General Judicial, Licenciada ELSY ELIZABETH LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON, GALVEZ SANCHEZ en contra de la señora BLANCA ESTELA REGISTRADORA. MOLINA CISNEROS, mayor de edad, empleada de este domicilio, se ha presentado dicha Apoderada, manifestando que la demandada se O LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO, ha ausentado, ignorándose su paradero, como si ha dejado procurador AR I SECRETARIO. o representante legal que la represente, por lo que se previene, que si DI lo tuviere se presente a este Juzgado comprobando dicha circunstancia, 3 v. alt. No. C003977-1 dentro de los quince días siguientes al de la última publicación de este aviso.Lo que se hace del conocimiento del Público para los efectos de No. de Expediente: 1986000218 ley. No. de Presentación: 20090131051 Librado en el JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: San Miguel, CLASE: 05. a las once horas con nueve minutos del día once de enero del dos mil diez. - DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, EL INFRASCRITO REGISTRADOR JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- LICDA. MARTA DOLORES HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado PABLO COREAS, SECRETARIA. NOE RECINOS VALLE, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, 1 v. No. F015014 del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de GAMMA LA- DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 116 BORATORIES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la que se abrevia: GAMMA-LAB, S.A. DE C.V., del domicilio de Ciudad Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. Merliot, Jurisdicción de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Liber- San Salvador, a los veinte días del mes de abril del año dos mil diez. tad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00211 del Libro 00126 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la expresión ASEP, escrita en letra corriente; LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, que ampara productos/servicios comprendidos en la (s) Clase 05 de la REGISTRADOR. Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de LUCIA MARGARITA GALAN, Ley. SECRETARIO. LT A DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los cuatro días del mes de enero del año dos mil diez. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU 3 v. alt. No. C003979-1 LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON, REGISTRADORA. No. de Expediente: 1999007714 No. de Presentación: 20100134734 RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ, CLASE: 05. SECRETARIO. EL INFRASCRITO REGISTRADOR 3 v. alt. No. C003978-1 HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MARIA ADELA RODRIGUEZ DE FUENTES, mayor de edad, SECRETARIA, del domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como REPRESENTANTE LEGAL de FADIME, SOCIEDAD ANONIMA No. de Expediente: 2000001437 DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: FADIME, S.A. DE C.V., del domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, No. de Presentación: 20100134702 solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00192 del libro 00121 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la pala- CLASE: 05. O bra CEREBROL escrita en letra de molde y mayúsculas; que ampara AR I EL INFRASCRITO REGISTRADOR productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado PABLO DI NOE RECINOS VALLE, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de GAMMA LABORATORIES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: GAMMA-LAB, S.A. DE C.V., del domicilio de CIUDAD MERLIOT, DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veinte días del mes de abril del año dos mil diez. JURISDICCION DE ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, RENOVACION, para la inscripción Número 00081 del Libro 00124 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA CREZAC, REGISTRADOR. ESCRITO EN LETRA CORRIENTE; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ, SECRETARIA. Ley. 3 v. alt. No. C003981-1 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 117 Libro 00129 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra LOMBRICURA; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. No. de Expediente: 1999007695 No. de Presentación: 20100134733 CLASE: 05. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MARIA DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los catorce días del mes de abril del año dos mil diez. ADELA RODRIGUEZ DE FUENTES, mayor de edad, SECRETARIA, del domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, PRESENTANTE LEGAL de FADIME, SOCIEDAD ANONIMA DE REGISTRADOR. LT A LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como RECAPITAL VARIABLE, del domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA, NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU Número 00046 del Libro 00116 de INSCRIPCION DE MARCAS, con- SECRETARIO. sistente en la palabra ALUGEL, escrita en letra de molde y mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos en la (s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. 3 v. alt. No. C003984-1 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. No. de Expediente: 1999004222 DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti- vos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de abril del año dos mil diez. No. de Presentación: 20090128941 CLASE: 21. EL INFRASCRITO REGISTRADOR LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA, 3 v. alt. No. C003982-1 DI AR I O SECRETARIO. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de THE PROCTER & GAMBLE COMPANY, del domicilio de ONE PROCTER & GAMBLE PLAZA, CINCINNATI, OHIO, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00039 del libro 00100 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “SWIFFER”, escrita en letras de molde mayúsculas y negras; que ampara productos/ servicios comprendidos en la (s) Clase 21 de la Clasificación Internacional de Niza. No. de Expediente: 1986000689 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de No. de Presentación: 20100134732 Ley. CLASE: 05. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los treinta días del mes de octubre del año dos mil nueve. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MARIA ADELA RODRIGUEZ DE FUENTES, mayor de edad, SECRETARIA, del domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como REPRESENTANTE LEGAL de FADIME, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: FADIME, S.A. DE C.V., LUCIA MARGARITA GALAN, SECRETARIO. del domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00093 del 3 v. alt. No. F015011-1 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 118 MARCA DE FABRICA No. de Expediente: 2010100374 No. de Presentación: 20100135276 CLASE: 16. No. de Expediente: 2010100377 No. de Presentación: 20100135281 EL INFRASCRITO REGISTRADOR, CLASE: 25. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de TRUSSARDI EL INFRASCRITO REGISTRADOR, S.p.A., de nacionalidad ITALIANA, solicitando, el registro de la MARCA DE FABRICA, LT A HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES TRUSSARDI SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de TRUSSARDI DE FABRICA, NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU S.p.A., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA Consistente en: la palabra TRUSSARDI, que servirá para: AM- PARAR: LIBROS DE AGENDA, ALBUMES, SUJETA LIBROS, CUBIERTAS PARA LIBRO, LIBRETAS (CUADERNILLOS), TRUSSARDI SEPARADORES DE LIBROS, LIBROS, CAJAS DE CARTON O DE PAPEL, CALENDARIOS, CATALOGOS, TABLILLA CON SUJETAPAPELES, DIARIOS, TARJETAS DE FELICITACION, Consistente en: la palabra TRUSSARDI, que servirá para: AMPARAR: BATAS PARA BAÑO, BATAS PARA LA PLAYA, CINTURONES, BLUSONES, SOSTENES, CHAQUETAS DE PUN- TO (CARDIGANES), ABRIGOS, BATAS, PIELES, ESTOLAS DE PIEL, GUANTES, VESTIDOS LARGOS, CHAQUETAS, JERSEYS, SUÉTERES (JUMPERS), MANTOS, SOBRETODOS (OVERALL), ABRIGOS CUBRE TODO, PIJAMAS, PANTALONES, FUSTANES, PULLOVERS, ABRIGOS PARA LLUVIA, PANTALONES DE LLUVIA, BUFANDAS, CAMISAS, FALDAS, MEDIAS, SUÉTE- RES, TRAJES DE BAÑO, MALLAS, PANTALONES DE VESTIR, CAMISETAS, ROPA INTERIOR, CALZONCILLOS, CHALECOS, ABRIGO CON AJUSTE EN LA CINTURA, ZAPATOS, BOTAS, ZAPATOS DE TACON ALTO, ZAPATOS DE CUERO, ZAPATOS BAJOS, ZAPATOS DE GOMA, SANDALIAS, PANTUFLAS, CAPAS, O OREJERAS, SOMBREROS, CALCETERIA, MEDIAS. Clase: 25. VIÑETAS, NO TEXTILES, REVISTAS (PERIODICAS), LIBROS DE MEMORANDUMS, ESTUCHES PARA APUNTES, PERIODICOS, BASE PARA FOTOGRAFIAS, FOTOGRAFIAS, PELICULA PLASTICA PARA ENVOLVER Y EMPAQUETAR, CUADERNOS DE BOLSILLO, TARJETAS POSTALES, PANCARTAS, LIBROS DE RECORTES, ALMOHADILLAS PARA SELLOS, CALCOMANIAS (PAPELERIA), TELAS PARA MESA DE PAPEL, SERVILLETAS PARA MESA DE PAPEL, MANTELES PARA MESA DE PAPEL, PAÑUELOS DE PAPEL PARA REMOVER MAQUILLAJE, PAPEL DE BAÑO, TOALLAS DE PAPEL; CINTA ADHESIVA PARA USOS DE ESCRITORIO O EN CASA, CAJAS PARA LAPICEROS, LAPICEROS Y LAPICES, ESTUCHES PARA LAPICEROS, SUJETADORES DE LAPICES, MINAS PARA LAPICEROS Y LAPICES, MARCADORES, CARTAPACIO DE ANILLOS, ABRIDORES DE AR I CARTA, BANDEJAS PARA CARTAS, PLUMA FUENTE, TABLAS La solicitud fue presentada el día quince de abril del año dos mil DE DIBUJO, PRODUCTOS PARA BORRAR, FOLDERS PARA PAPELES, BOLSAS DE PLASTICO PARA EMPAQUETAR, BOLSAS DI diez. LIBROS ILUSTRADOS Y FOTOGRAFICOS, LIBROS DE INDICE, DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la DE PLASTICO FORMADAS PARA EMPAQUETAR. Clase: 16. La solicitud fue presentada el día quince de abril del año dos mil Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de abril del año dos mil diez. diez. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, San Salvador, veinte de abril del año dos mil diez. REGISTRADOR. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA, ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA, SECRETARIO. SECRETARIO. 3 v. alt. No. C003988-1 3 v. alt. No. C003989-1 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. No. de Expediente: 2010100375 No. de Expediente: 2010100376 No. de Presentación: 20100135278 No. de Presentación: 20100135279 CLASE: 18. CLASE: 24. 119 EL INFRASCRITO REGISTRADOR, EL INFRASCRITO REGISTRADOR, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de TRUSSARDI SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de TRUSSARDI S.p.A., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA S.p.A., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, LT A HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES DE FABRICA, NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU TRUSSARDI TRUSSARDI Consistente en: la palabra TRUSSARDI, que servirá para: AM- Consistente en: la palabra TRUSSARDI, que servirá para: AMPARAR: MOCHILAS, BOLSOS DE PLAYA, MALETAS, ESTUCHES PARA GUARDAR TARJETAS (ESTUCHES PARA GUARDAR NO- TAS), BOLSAS PARA GUARDAR ROPA PARA VIAJE, CARTERAS DE MANO, CORREAS DE CUERO, CINTURONES DE HOMBRO DE CUERO, BOLSAS DE RED PARA REALIZAR COMPRAS, BILLETERAS DE BOLSILLO, PEQUEÑOS BOLSOS, DE CUERO, PARA EMPAQUETAR, CARTERAS, MORRALES, MALETINES DE MANO, BOLSOS PARA LA ESCUELA, CARTERAS COLEGIALES, BOLSOS PARA COMPRAS, BOLSOS DEPORTIVOS, MALETAS, BOLSOS DE VIAJE, BAÚLES PARA VIAJE, BAÚLES (EQUIPAJE), VALIJAS, ESTUCHES DE VANIDAD, NO A LA MEDIDA; SOM- BRILLAS, PARASOLES Y BASTONES PARA CAMINAR; VARAS, JUSTAS Y GUARNICIONERIA. Clase: 18. PARAR: TELAS PARA EL BAÑO, EXCEPTO ROPA, SABANAS PARA CAMA, ROPA DE CAMA, CUBRECAMAS, CUBRECAMAS DE PAPEL, TELAS PARA LA CAMA, COLCHAS DE CAMA, TELA PARA TAPIZ O BORDADO, CORTINAS DE TEXTILES O PLASTICOS, PUERTAS DE CORTINA, TOALLAS PARA EL ROSTRO DE TELA, COBERTORES PARA MUEBLES, PAÑUELOS DE TELA, REVESTIMIENTOS PARA SOMBRERO, DE TEXTILES, DE UNA SOLA PIEZA, TELAS PARA USO EN CASA, VIÑETAS DE PAPEL, COBERTORES PARA COLCHONES, FUNDAS PARA ALMOHADAS, MANTELES PERSONALES, QUE NO SEAN DE PAPEL, EDREDONES, BOLSAS DE DORMIR (SABANAS), TELAS PARA MESA, QUE NO SEAN DE PAPEL, SERVILLETAS PARA LA MESA DE TELA, TAPICERIA (COLGANTE EN PAREDES), DE TELA, TOALLAS DE TEXTILES, TELAS PARA TAPIZADO, TEXTILES PARA PAREDES, GUANTES PARA LAVAR. Clase: 24. O La solicitud fue presentada el día quince de abril del año dos mil La solicitud fue presentada el día quince de abril del año dos mil AR I diez. diez. DI DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de abril del año dos mil diez. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de abril del año dos mil diez. Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ, ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA, SECRETARIO. SECRETARIO. 3 v. alt. No. C003990-1 3 v. alt. No. C003991-1 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 120 No. de Expediente: 2010100373 No. de Expediente: 2010100372 No. de Presentación: 20100135275 No. de Presentación: 20100135274 CLASE: 14. CLASE: 09. EL INFRASCRITO REGISTRADOR, EL INFRASCRITO REGISTRADOR, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de TRUSSARDI SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de TRUSSARDI S.p.A., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA S.p.A., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, LT A HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES DE FABRICA, NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU TRUSSARDI TRUSSARDI Consistente en: la palabra TRUSSARDI, que servirá para: AM- Consistente en: la palabra TRUSSARDI, que servirá para: AMPARAR: RELOJES DESPERTADORES, CAJAS DE METALES PRECIOSOS, BRAZALETES, PRENDEDORES, CADENAS, AMULETOS, CRONOGRAFOS (RELOJES DE PULSERA), CRONOME- TROS, ESTUCHES PARA RELOJES, MANCUERNAS, ARETES, LLAVEROS, AROS PARA LLAVE (BARATIJAS O DE BOLSILLO), MEDALLONES, COLLARES, PINES ORNAMENTALES (PRENDEDORES), ANILLOS, ADORNOS PARA ZAPATOS DE METALES PRECIOSOS, ADORNOS DE PLATA, CRONOMETRO, BRAZA- LETES PARA RELOJES DE PULSERA, CLIPS PARA CORBATA, PINES PARA CORBATA, BARATIJAS, CORREAS PARA RELOJ, ESTUCHES PARA RELOJES DE PULSERA, CADENAS PARA RELOJES DE PULSERA, RELOJES DE PULSERA, RELOJES, RELOJES DEPORTIVOS. Clase: 14. PARAR: CAMARAS (FOTOGRAFIA), CRONOGRAFOS (APARATOS PARA GRABADO DE TIEMPO), CONTENEDORES PARA ANTEOJOS DE CONTACTO, TRAJES PARA BUCEO, AGENDAS ELECTRONICAS, ESTUCHES PARA ANTEOJOS, CADENAS PARA ANTEOJOS, CUERDAS PARA ANTEOJOS, MARCOS PARA ANTEOJOS, ANTEOJOS, LENTES DE SOL, ANTEOJOS PARA PRACTICAS DEPORTIVAS, LENTES DE AUMENTO (OPTICOS), MASCARAS DE BUCEO, ANTEOJOS SIN PATILLAS, ESTUCHES PARA ANTEOJOS SIN PATILLAS, CADENAS PARA ANTEOJOS SIN PATILLAS, CUERDAS PARA ANTEOJOS SIN PATILLAS, MONTAJES PARA ANTEOJOS SIN PATILLAS, TELEFONOS PORTABLES, ESTUCHES PARA GAFAS, MARCOS PARA GAFAS, LENTES PARA GAFAS, DISPOSITIVOS DIGITALES ELECTRONICOS PARA GRABAR, ORGANIZAR, TRANSMITIR, MANIPULAR Y REVISAR PRUEBAS, ARCHIVOS DE DATOS, SONIDO, IMAGEN Y VIDEO, VIDEOTELEFONOS, CAMARAS DE VIDEO, TELEFONOS PORTABLES. Clase: 09. O La solicitud fue presentada el día quince de abril del año dos mil AR I diez. La solicitud fue presentada el día quince de abril del año dos mil diez. DI DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de abril del año dos mil diez. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de abril del año dos mil diez. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. REGISTRADOR. ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA, JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, SECRETARIO. SECRETARIO. 3 v. alt. No. C003992-1 3 v. alt. No. C003993-1 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. No. de Expediente: 2010099119 No. de Expediente: 2010100371 No. de Presentación: 20100133115 No. de Presentación: 20100135273 CLASE: 16. CLASE: 03. EL INFRASCRITO REGISTRADOR, EL INFRASCRITO REGISTRADOR, 121 HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de TRUSSARDI GREE ELECTRIC APPLIANCES INC. OF ZHUHAI, de nacionalidad S.p.A., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, DE FABRICA, NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU LT A HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de TRUSSARDI TOSOT Consistente en: la palabra TOSOT, que servirá para: AMPARAR: Consistente en: la palabra TRUSSARDI, que servirá para: AMPA- PAPEL, PAPEL DE COPIA (PAPELERIA), PAPEL HIGIÉNICO, RAR: LOCIONES PARA DESPUÉS DE AFEITAR, JABON ANTI- TOALLAS DE PAPEL, TABLEROS DE ANUNCIO DE PAPEL TRANSPIRANTE, ESPUMA PARA BAÑO, SALES PARA BAÑO, O CARTON, CUADERNOS, PERIODICOS, FOTOS, PAPEL DE NO PARA PROPOSITOS MÉDICOS, MASCARILLAS DE BELLE- EMBALAJE, APARATOS DE ENCUADERNACION (MATERIAL ZA, RUBOR, LECHE LIMPIADORA PARA USOS DE TOCADOR, DE OFICINA), ARTICULOS DE OFICINA, EXCEPTO MUEBLES, CREMAS COSMÉTICAS, KITS COSMÉTICOS, PREPARACIONES TINTA CHINA PREPARADA, SELLOS (SELLOS), INSTRUMENTOS COSMÉTICAS PARA EL CUIDADO DE LA PIEL, COSMÉTICOS DE ESCRITURA, GOMAS [COLAS] PARA LA PAPELERIA O LA PARA LA HIGIENE PERSONAL Y CUIDADO INTIMO, DEN- CASA, INSTRUMENTOS DE DIBUJO, MATERIALES DE DIBUJO, TIFRICOS, JABON DESODORANTE, DESODORANTES PARA MÁQUINAS DE ESCRIBIR [ELÉCTRICAS O NO ELÉCTRICAS], USO PERSONAL, AGUA DE COLONIA, ACEITES ESENCIALES MATERIALES DE ENSEÑANZA, CON EXCEPCION DE LOS PARA USO PERSONAL, SOMBRA PARA OJOS, COSMÉTICOS APARATOS, MODELOS DE ARQUITECTONICOS, ROSARIOS. PARA CEJA, LAPICES PARA CEJA, POLVO PARA LA CARA, Clase: 16. PESTAÑAS FALSAS, UÑAS FALSAS, COLORANTES PARA EL CABELLO, TINTES PARA EL CABELLO, LOCIONES PARA EL CABELLO, POMADAS PARA EL CABELLO, SPRAY PARA EL La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos O mil diez. CABELLO, PREPARACIONES PARA ONDULAR EL CABELLO, CREMAS Y LOCIONES PARA LAS MANOS, PREPARACIONES AR I PARA REMOVER ESMALTE DE UÑAS, AGUA DE LAVANDA, BÁLSAMO PARA LOS LABIOS, LÁPICES PARA LABIOS, PINTALABIOS, MAQUILLAJE LIQUIDO, LOCIONES PARA PROPOSITOS DI DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la COSMÉTICOS, POLVO PARA MAQUILLAJE, PREPARACIONES Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. PARA MAQUILLAJE, PREPARACIONES PARA REMOVER MA- San Salvador, diecinueve de abril del año dos mil diez. QUILLAJE, RIMEL, PREPARACIONES PARA CUIDADO DE LAS UÑAS, BRILLO PARA UÑAS, ESMALTE PARA UÑAS, ACEITES PARA PROPOSITOS COSMÉTICOS, ACEITES PARA PERFUME DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, Y ESENCIAS, PERFUMES, COLORETE PARA PULIR, LOCIONES Y EMULSIONES PARA ANTES Y DESPUÉS DE AFEITAR, AGUA REGISTRADOR. CON ESENCIAS, CHAMPÚ PARA CABELLO HUMANO, CREMA PARA AFEITAR, ESPUMA PARA AFEITAR, JABON PARA AFEITAR, EMULSIONES Y LOCIONES PARA LIMPIAR LA PIEL, MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, CREMAS Y LOCIONES PARA HUMECTAR LA PIEL, PREPARACIONES BLOQUEADORAS DEL SOL, PREPARACIONES PARA SECRETARIA. BRONCEADO (COSMÉTICOS), TALCO EN POLVO, PARA USO DE TOCADOR, JABONES DE TOCADOR, AGUA DE TOCADOR, 3 v. alt. No. C003994-1 POLVO PARA DIENTES, PASTA PARA DIENTES. Clase: 03. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 122 La solicitud fue presentada el día quince de abril del año dos mil DORES DE AIRE, OLLAS A PRESION [AUTOCLAVES], ELÉCTRICAS, ACONDICIONADORES DE AIRE PARA VEHICULOS, diez. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de abril del año dos mil diez. VENTILADORES (PARTES DE LAS INSTALACIONES DE AIRE ACONDICIONADO), FILTROS PARA AIRE ACONDICIONADO, CALEFACCION DE LOS VEHICULOS, SECADORES DE AIRE, ESTERILIZADORES DE AIRE, SECADORES DE PELO ELÉCTRICO, EVAPORADORES, ESTERILIZADORES, ARMARIOS DE ESTERILIZACION, INTERCAMBIADORES DE CALOR [NO PARTES MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, DE MÁQUINAS], VENTILADORES, CALENTADORES DE AGUA REGISTRADOR. DE ENERGIA SOLAR, SARTENES DE HIERRO ELÉCTRICAS, CALENTADORES PARA LOS BAÑOS, QUEMADORES DE GAS, REFRESCADORES DE AIRE, REFRIGERADORES, HORNOS DE SECRETARIO. MICROONDAS [APARATOS DE COCINA], INSTALACIONES DE LT A ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA, PURIFICACION DE AGUA, LAVAVAJILLAS, MÁQUINAS PARA NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU COCER HUEVOS, APARATOS ELÉCTRICOS PARA HACER EL YOGURT, APARATOS DE VAPOR FACIAL [SAUNAS], TOSTADORES DE PAN, CAFETERA ELÉCTRICA, MÁQUINAS LAVAPIÉS 3 v. alt. No. C003997-1 ELÉCTRICA, HORNOS DE PANADERIA, COCINAS DE COCCION LENTA ELÉCTRICAS. Clase: 11. La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos mil diez. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la No. de Expediente: 2010099118 Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de abril del año dos mil diez. No. de Presentación: 20100133114 CLASE: 11. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. EL INFRASCRITO REGISTRADOR, FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO SECRETARIO. ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de O GREE ELECTRIC APPLIANCES INC. OF ZHUHAI, de nacionalidad DI AR I CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, 3 v. alt. No. C003998-1 TOSOT Consistente en: la palabra TOSOT, que servirá para: AMPARAR: INSTALACIONES DE AIRE ACONDICIONADO, VENTILACION [AIRE ACONDICIONADO] INSTALACIONES Y APARATOS, No. de Expediente: 2009096100 No. de Presentación: 20090127824 RECALENTADORES DE AIRE, RADIADORES ELÉCTRICOS, ACUMULADORES DE CALOR, SECADORES DE ROPA, ELÉC- CLASE: 05. TRICOS, VENTILADORES [AIRE ACONDICIONADO], DESHUMIDIFICADORES DE AIRE, APARATOS Y MÁQUINAS DE PURIFICACION DE AIRE, APARATOS E INSTALACIONES DE EL INFRASCRITO REGISTRADOR, COCINA, EXTRACTORES PARA COCINA, CALENTADORES DE AGUA DE GAS DE CARBON, CALENTADORES ELÉCTRICOS DE AGUA, HORNO ELECTROMAGNÉTICO, UTENSILIOS DE HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA COCINA, ELÉCTRICOS, DISPENSADORES ELÉCTRICOS DE GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO AGUA POTABLE, HERVIDORES ELÉCTRICOS, HUMIDIFICA- ESPECIAL de DENTSPLY INTERNATIONAL INC., de nacionalidad DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FA- 123 DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. BRICA Y DE COMERCIO, San Salvador, trece de abril del año dos mil diez. EVOLU-X Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. Consistente en: la palabra EVOLU-X, que servirá para: AMPARAR: MATERIAL DENTAL RESTAURATIVO. Clase: 05. VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR, La solicitud fue presentada el día veintidós de septiembre del año SECRETARIO. dos mil nueve. LT A DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la 3 v. alt. No. F015010-1 Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU San Salvador, veintisiete de abril del año dos mil diez. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, No. de Expediente: 2009097004 No. de Presentación: 20090129215 REGISTRADOR. CLASE: 05. JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, LA INFRASCRITA REGISTRADORA, SECRETARIO. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUZ DE 3 v. alt. No. F015008-1 MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de The Procter & Gamble Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, No. de Expediente: 2010100178 No. de Presentación: 20100134981 O CLASE: 05. AR I LA INFRASCRITA REGISTRADORA, DI HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO Consistente en: un diseño, identificado como “FEBREZE (Window Device 08 bw)”, que se traduce al castellano “diseño de ventana 08 bw”, que servirá para: AMPARAR DESODORANTES QUE NO SEAN PARA USO PERSONAL. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día treinta de octubre del año dos mil nueve. ESPECIAL de GYNOPHARM, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de abril del año dos mil diez. ROSUTROPIC Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. Consistente en: la palabra ROSUTROPIC, que servirá para: AMPARAR PRODUCTOS FARMACÉUTICOS EN GENERAL. Clase: 05. VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR, SECRETARIO. La solicitud fue presentada el día ocho de abril del año dos mil diez. 3 v. alt. No. F015013-1 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 124 No. de Expediente: 2009097005 para: AMPARAR VESTUARIO, CALZADO, SOMBRERERIA. Clase: 25. No. de Presentación: 20090129216 CLASE: 03. La solicitud fue presentada el día veinticinco de enero del año dos mil diez. LA INFRASCRITA REGISTRADORA DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de abril del año dos mil diez. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. LT A HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de The Procter & Gamble Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR, NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU SECRETARIO. Consistente en: un diseño, identificado como FEBREZE (Window Device 08 bw), que se traduce al castellano “Diseño de Ventana 08 bw”, que servirá para: AMPARAR: AROMATIZANTES DE AMBIENTE (ACEITES ESENCIALES). Clase: 03. No. de Expediente: 2006059433 La solicitud fue presentada el día treinta de octubre del año dos mil nueve. CLASE: 05. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de abril del año dos mil diez. EL INFRASCRITO REGISTRADOR LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. 3 v. alt. No. F015016-1 No. de Presentación: 20060080434 HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Kraft Foods Global Brands LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ, 3 v. alt. No. F015015-1 AR I O SECRETARIO. DI No. de Expediente: 2010098661 No. de Presentación: 20100132094 Consistente en: la palabra belVita y diseño, que servirá para: AMPARAR: SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS NUTRICIONALES, INCLUYENDO BARRAS ENERGETICAS, BARRAS BAJAS EN CARBOHIDRATOS Y BARRAS DIETETICAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veinte de julio del año dos mil CLASE: 25. seis. LA INFRASCRITA REGISTRADORA HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO de Giorgio Beverly Hills, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de abril del año dos mil diez. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. GIORGIO BEVERLY HILLS SAYONARA AYALA DE GUERRERO, SECRETARIO. Consistente en: las palabras GIORGIO BEVERLY HILLS que se traduce al castellano la palabra HILLS como: COLINAS, que servirá 3 v. alt. No. F015017-1 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. No. de Expediente: 2006059435 125 SA DIAZ PEREZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, No. de Presentación: 20060080436 CLASE: 30. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Kraft Foods Global Brands LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: las palabras TAQUERIA RANCHO AZTECA y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA AL SERVICIO DE RESTAURANTES DE COMIDA MEXICANA. Clase: 98. LT A La solicitud fue presentada el día veintinueve de abril del año dos mil diez. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de mayo del año dos mil diez. Consistente en: la palabra belVita y diseño, que servirá para: AMPARAR: GALLETAS, GALLETAS DE BARRA, GALLETAS CRUJIENTES, CHOCOLATE Y BARRAS DE BOCADILLO, INCLUYENDO BARRAS DE CEREAL, BARRAS DE DESAYUNO, BARRAS DE GRANOLA, BARRAS DE DULCE, BARRAS DE NUEZ, BARRAS DE ENERGIA, BARRAS DE PROTEINA, BARRAS BAJAS EN CARBOHIDRATOS BARRAS DE CEREAL Y LECHE, BARRAS DE FRUTA, BARRAS DE YOGURT Y BARRAS DE DIETA, CAFE, TE, CONFITERIA. Clase: 30. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C003976-1 La solicitud fue presentada el día veinte de julio del año dos mil seis. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de abril del año dos mil diez. SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL No. de Expediente: 2010099359 JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, No. de Presentación: 20100133572 O REGISTRADOR. AR I EL INFRASCRITO REGISTRADOR SAYONARA AYALA DE GUERRERO, DI SECRETARIO. 3 v. alt. No. F015018-1 HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN RAMON SERRANO, en su calidad de APODERADO de EMBOTELLADORA DE SULA, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: EMBOTELLADORA DE SULA, S.A., de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL, NOMBRE COMERCIAL No. de Expediente: 2010100740 No. de Presentación: 20100135965 CLASE: 98. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado YRMA TERE- Consistente en: la expresión LinK Dale Sabor a tu Ritmo y diseño, en donde la palabra Link significa eslabón, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DEL PÚBLICO CONSUMIDOR SOBRE BEBIDAS GASEOSAS. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 126 La solicitud fue presentada el día primero de marzo del año dos mil diez. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de marzo del año dos mil diez. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. No. de Expediente: 2010099358 No. de Presentación: 20100133571 EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN RAMON SERRANO, en su calidad de APODERADO de AGUAZUL, S.A., de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL, CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS, LT A SECRETARIO. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU 3 v. alt. No. C003999-1 Consistente en: las palabras QuAnty Refréscate con su sabor! y diseño, que se traduce al castellano cantidad, que servirá para: ATRAER LA ATENCION AL PUBLICO CONSUMIDOR EN LAS BEBIDAS GASEOSAS. No. de Expediente:2010099360 No. de Presentación: 20100133573 La solicitud fue presentada el día trece de abril del año dos mil diez. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN RAMON SERRANO, en su calidad de APODERADO de EMBOTELLADORA DE SULA, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: EMBOTELLADORA DE SULA, S.A., de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL, DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de mayo del año dos mil diez. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA, O SECRETARIO. 3 v. alt. No. C004001-1 DI AR I Consistente en: la expresión Es el momento de Enjoy y diseño, en donde la palabra Enjoy significa disfrutar, que servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO CONSUMIDOR SOBRE BEBIDAS GASEOSAS. La solicitud fue presentada el día primero de marzo del año dos mil diez. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de marzo del año dos mil diez. CONVOCATORIAS CONVOCATORIA JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C004000-1 El infrascrito Administrador Único de la Sociedad MARTHID, S.A. DE C. V., inscrita en el Registro de Comercio bajo el Número 16 del Libro 811, CONVOCA a todos los accionistas de la sociedad, para celebrar JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS de dicha sociedad que se llevará a cabo en las oficinas situadas Condominio La Montaña II, Pje. El Arroyo, No. 9, Santa Tecla, departamento de La Libertad, a las 8:00 horas del día PRIMERO DE JULIO DEL AÑO 2010, para conocer de la siguiente agenda: 1) Formulación, exhibición y firma del Acta de Quórum; DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 127 Aprobar o Improbar el Balance General, Estado de Resultados, estado de cambios en el patrimonio y memoria anual presentado por el Administrador Único al 31 de diciembre de 2009, así como conocer el informe del Auditor Externo; ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, 3) Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus honorarios; de Apoderado General Judicial del señor HECTOR NERIO LÓPEZ, 4) Cualquier otro asunto de carácter ordinario que pueda ser tratado de conformidad con la Ley y el Pacto Social. proseguido por el Licenciado Pablo Montano hijo en la misma calidad, 2) al público para los efectos de ley, HACE SABER: Que en virtud de Juicio Ejecutivo Mercantil promovido Inicialmente por el Licenciado Marco Wilson Oviedo en su calidad mayor de edad, Ingeniero Agrónomo, del domicilio de San Salvador y en contra de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA NUEVA ESPERANZA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA que puede abreviarse ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE o ACPA NUEVA ESPERANZA DE R. L., representada legalmente en ese momento por el señor JOVEL MARDOQUEO MONTES y actualmente por el señor LUIS BELTRÁN PEREZ ESCOBAR, reclamándole cantidad de dinero y accesorios, se venderá en pública subasta por la NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU En caso que no hubiere quórum en la hora y fecha expresada se cita por SEGUNDA VEZ a las 8 horas del día 2 DE JULIO de este año, en el mismo lugar, pudiendo celebrarse con cualquiera que sea el número de accionistas presentes o representados y las resoluciones se tomarán por la mayoría de los votos presentes. PRODUCCIÓN AGROPECUARIA NUEVA ESPERANZA de R. L., LT A Para conocer de los asuntos ordinarios en primera convocatoria deberá estar presente o representados por lo menos la mitad más uno de los accionistas, y las resoluciones se tomarán como válidas con la mayoría de los votos presentes o representados. San Salvador, 2 de junio de 2010. cantidad y en fecha a señalarse oportunamente, el siguiente inmueble: una porción de terreno que es el Casco de la Hacienda Santa Rita, pero según antecedente se denomina Zona Comunal de la Colonia Nueva Esperanza, siendo esta porción de naturaleza rústica, situada en el Cantón La Ceiba, jurisdicción de San Francisco Menéndez, Departamento de Ahuachapán, de una extensión superficial de CATORCE MIL JULIO ANTONIO MARTINEZ GUTIERREZ, ADMINISTRADOR UNICO. QUINIENTOS OCHENTA Y DOS PUNTO CUARENTA METROS CUADRADOS, que mide: AL NORTE, once tramos, el primero de veintisiete punto cincuenta metros, el segundo de veinticuatro punto treinta y ocho metros, el tercero de dos punto diez metros, el cuarto de 3 v. alt. No. F014999-1 once punto ochenta y cuatro metros, el quinto de nueve punto cuarenta y cuatro metros, el sexto de quince punto noventa y ocho metros, el séptimo de cuarenta y ocho punto cincuenta y dos metros, el octavo de veintinueve punto treinta y tres metros, el noveno de ocho punto SUBASTA PUBLICA ochenta y seis metros, el décimo de once punto ochenta y seis metros y el undécimo de treinta punto setenta y nueve metros; AL ORIENTE, cuatro tramos, el primero de cuarenta punto cuarenta metros, el segundo FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO, DI AR I O HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Tribunal por el Lic. JOSE FRANCISCO JOYA GOMEZ, como Apoderado del señor NELSON DANILO RODRIGUEZ MUÑOZ, en contra de los señores SANTOS ELIZABETH SERVELLON PORTALES y RICARDO ANTONIO AGUILAR PALACIOS, clasificado al número de referencia 93-05, se venderán en pública subasta los siguientes bienes muebles: Un televisor de diecinueve pulgadas, marca GOLDSTAR, en mal estado no funcionando, modelo CTM-NUEVE SIETE DOS DOS, serie KC DOS UNO DOS CERO CERO, fabricado en Corea; Un juego de comedor de madera pequeño, para cuatro personas, de color blanco, con cuatro sillas, tapizados los sentaderos de color gris, totalmente sucios y manchados, la superficie de la mesa rayadas, la patas de las sillas y mesa flojas, fabricada en Malasia; un carretón para la venta de panes y tortas color blanco, en regular estado, conteniendo en el interior un tambo de gas propano de diez libras, y una hielera plástica de color azul.- Lo que se hace del conocimiento del público para los fines de ley. Juzgado Primero de lo Civil; Santa Ana, a las diez horas y cuarenta minutos del día ocho de mayo del año dos mil nueve. LIC.FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LIC. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C003985-1 de cuarenta punto cuarenta metros, el tercero de seis punto cero cero metros y el cuarto de diecisiete punto diecisiete metros; AL SUR, tres vamos el primero de cincuenta y ocho punto cincuenta y seis metros, el segundo de quince punto diecisiete metros y el tercero de cuarenta y nueve punto ochenta y nueve metros; y AL PONIENTE, cinco tramos, el primero de setenta y seis punto ochenta y un metros, el segundo de diecisiete punto noventa y dos metros, el tercero de cuarenta y nueve punto cuarenta y nueve metros, el cuarto de treinta y siete punto veintiún metros y el quinto de treinta y dos punto cero cinco metros. Inscrito a favor de la demandada ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA NUEVA ESPERANZA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA que puede abreviarse ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA NUEVA ESPERANZA de R. L., o ACPA NUEVA ESPERANZA DE R.L., a la Matrícula número UNO CINCO CERO NUEVE DOS SEIS SEIS CERO-CERO CERO CERO CERO CERO, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección de Occidente, con sede en la ciudad de Ahuachapán. Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los treinta y un días del mes de mayo del año dos mil diez. DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F014840-1 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 128 DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA Apoderado General Judicial del señor VICTOR MANUEL ANDRADE INSTANCIA DE LA CIUDAD DE TEJUTLA, DEPARTAMENTO ARIAS conocido por VICTOR MANUEL ANDRADE; en contra del DE CHALATENANGO. señor JOSE ANTONIO RAMIREZ, se venderá en pública subasta en este juzgado, el siguiente inmueble: ""Un lote de terreno de naturaleza rústica, ubicado en Cantón Tecomatal, Jurisdicción, Distrito y Departamento de San Miguel, y que en el plano del proyecto de parcelación Agrícola y Ejecutivo Civil, número 36-2006-3, promovido por el Licenciado Héctor Habitacional “La Ceiba" se identifica como LOTE NUMERO NUEVE Francisco Alvarado Lara, y por el Licenciado Ricardo Portillo Cáceres, DEL POLIGONO R, LOTES HABITACIONALES, PORCIÓN A de una en sus calidades de Apoderados Generales Judiciales de la señora Zoila extensión superficial de CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO Maribel Flores Pineda, contra la señora María de la Paz Alvarado de PUNTO NOVENTA Y SIETE METROS CUADRADOS, equivalentes Zepeda, se venderá en pública subasta en este Juzgado el DIA TRECE DE a SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE PUNTO CINCUENTA Y JULIO DEL PRESENTE AÑO A LAS NUEVE HORAS el inmueble NUEVE VARAS CUADRADAS, que mide: AL NORTE, en un tramo embargado consistente en un terreno de naturaleza urbana, ubicado en de veintiocho punto cero un metros, al ORIENTE, en un tramo de veinte el Barrio San Antonio del Municipio de Tejutla, de este Departamento, punto ochenta metros, al SUR, en un tramo de veintisiete punto cincuenta de la extensión superficial de ciento sesenta y nueve metros cuadrados, metros y al PONIENTE en un tramo de trece punto ochenta metros.- Dicho de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE, se mide un tiro inmueble carece de construcciones y cultivos permanentes.- Inscrito en de línea recta de diecinueve metros treinta centímetros colindando con el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de solar del señor Oscar Orlando Soriano Alvarado, partiendo de un mojón Oriente, bajo la matrícula número OCHO CERO CERO SEIS CINCO de jiote tomando dirección Norte en línea recta; AL NORTE, se mide un SEIS CERO CERO GUION CERO CERO CERO CERO CERO del tiro de trece metros cincuenta centímetros colindando con terreno de la Sistema de Folio Real Automatizado a favor del señor JOSE ANTONIO señora Rosa Lidia Alvarado de Soriano, calle de por medio que de esta RAMIREZ.- NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU LT A HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que en el Juicio ciudad conduce al cantón El Tremedal; AL PONIENTE, se mide un tiro de catorce metros tomando dirección sur en línea recta de la orilla de Lo que hago de conocimiento público para los efectos de ley.- la calle anteriormente citada hacia un árbol de jote esquinero linda con Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las nueve terreno de la señora Adela Esperanza Salvador de Soriano; Y AL SUR, horas del día diez de septiembre del año dos mil ocho.- Dra. MARIA mide un tiro de trece metros ochenta centímetros colindando con terreno ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE del señor Oscar Orlando Soriano Alvarado; en el mismo inmueble hay una LO CIVIL.- Licda. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA. casa construida de sistema mixto en perfecto estado de funcionamiento. Dicho inmueble antes relacionado se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del Departamento de Chalatenango, 3 v. alt. No. F014930-1 bajo el número setenta y siete del libro setecientos noventa y nueve a O favor de la señora María de La Paz Alvarado de Zepeda. AR I Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de Tejutla, departamento de Chalatenango, a los siete días del mes de mayo del dos DI mil diez.- Dr. DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO, SE- MARIA ESTHER FERRUFINO Vda. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.- CRETARIA. HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo, promovido por 3 v. alt. No. F014891-1 el Licenciado OMAR SAUL AYALA DIAZ, como Apoderado General Judicial del señor ROBERTO ANTONIO QUINTEROS AMAYA, en contra del señor HIMMER ZACARIAS DIAZ, se venderá en pública subasta en este Juzgado, previa cita de partes, el siguiente inmueble: Un lote MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUN- de terreno y construcciones que contiene marcado en el plano respectivo DO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.- como LOTE NUMERO CUARENTA Y TRES DEL POLIGONO "N", de la URBANIZACION DIECIOCHO DE MAYO CUARTA ETAPA, situado en el Cantón El Jute, de la Jurisdicción, Distrito y Departamento HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL ORDINARIO promo- de San Miguel, de la extensión superficial de CIENTO VEINTINUEVE vido por el Licenciado JORGE JEOVANY AGUIRRE MELARA como PUNTO CERO SIETE METROS CUADRADOS; y sus medidas son DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 129 las siguientes: AL NORTE: Seis punto cero cero metros; AL ORIENTE: LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL: veintiuno punto cincuenta y tres metros; AL SUR: Seis punto cero cero San Salvador, a las doce horas y treinta minutos del día veinticinco de metros; y AL PONIENTE: Veintiuno punto cincuenta y tres metros. mayo del año dos mil diez.- Lic. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO DE Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de LO MERCANTIL.- Lic. TERESA DE JESUS VASQUEZ VASQUEZ, SECRETARIA. Ley.Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: A las once horas y 3 v. alt. No. F015001-1 cincuenta y cinco minutos del día diez de Febrero del año dos mil diez.Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Licda. MARTA DOLORES COREAS, AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU 3 v. alt. No. F014967-1 LT A SECRETARIA. La Caja de Crédito de Quezaltepeque, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, a sus accionistas y público EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL DE ESTE en general, en cumplimiento a lo establecido en los artículos treinta, DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL, ciento cincuenta y siete y ciento setenta y seis del Código de Comercio, al público en general, HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido inicialmente por el Licenciado MAURICIO RUANO ROMERO y HACE SABER: Que la Junta General Extraordinaria de Accio- actuando como Apoderados Generales Judiciales de la Sociedad KA- nistas, celebrada en primera convocatoria, a las dieciséis horas del día TIVO INDUSTRIAL DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA veintidós de mayo del presente año, en el Salón Escuela Empresarial de DE CAPITAL VARIABLE., que se abrevia KATIVO EL SALVADOR, la ciudad de Nejapa, con el quórum legal requerido, ACORDÓ, aumentar S.A. DE C.V.; contra el señor SALOMÓN ESCOBAR TORRES, se el capital social de la Caja, en la suma de SEIS MIL NOVECIENTOS venderá en Pública Subasta en este Tribunal, en fecha y hora que será DIECISIETE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA señalada posteriormente, el inmueble que a continuación se describe: CON UN CENTAVO DE DÓLAR, mediante aporte complementario “UN INMUEBLE de naturaleza rústica, situado en el Cantón El Ce- de los accionistas al valor de las acciones para su adecuación conforme rro, Jurisdicción de Moncagua, Departamento de San Miguel, de una al Código de Comercio vigente. Se acordó asimismo incrementar el extensión superficial de TRES MIL SEISCIENTOS DIEZ METROS Capital Fijo de la Sociedad, mediante traslado de la parte variable a la O continuado por el Licenciado JUAN JAVIER ABARCA RIVERA; AR I CUADRADOS SETENTA Y TRES DECÍMETROS, SETENTA Y CINCO CENTÍMETROS CUADRADOS, equivalentes a CINCO MIL CIENTO SESENTA Y SEIS VARAS CUADRADAS VEINTICUA- DI TRO CENTÉSIMAS DE VARA CUADRADA, cuya descripción es la siguiente: Mide y linda: AL ORIENTE, con el señor Luis Alonso Orellana, calle de por medio, con el señor Candelario Pineda; AL NORTE, con Miguel Ángel Saravia, AL PONIENTE, con el señor Juan Quintanilla; AL SUR, con Miguel Ángel Pérez, este lugar está cultivado por árboles de distinta clase y existe una casa en el centro del terreno que es de techo de tejas y madera y paredes de adobe.- El Inmueble descrito se encuentra debidamente inscrito a favor del demandado señor SALOMÓN ESCOBAR TORRES, bajo la matrícula número OCHO CERO CERO CERO CINCO DOS DOS CERO, en el Asiento número CERO CERO CERO CERO UNO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente Departamento de San Miguel.Se admitirán posturas siendo legales, lo que se avisa al Público para los efectos de Ley.- parte fija en CIENTO OCHENTA MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Con el presente aumento de capital, el nuevo Capital Social de la Caja es de QUINIENTOS DOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, representado y dividido en Quinientas Dos Mil Trescientas Ochenta y Seis acciones comunes y nominativas de un valor de Un Dólar de los Estados Unidos de América cada una; correspondiendo al Capital Mínimo la cantidad de TRESCIENTOS OCHENTA MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, representado y dividido en Trescientas Ochenta Mil acciones comunes y nominativas de un valor de Un Dólar de los Estados Unidos de América cada una, y al Capital Social Variable, la cantidad de CIENTO VEINTIDÓS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, representado y dividido en Ciento Veintidós Mil Trescientos Ochenta y Seis acciones comunes y nominativas, con un valor nominal de Un Dólar de los Estados Unidos de América cada una. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 130 Quezaltepeque, departamento de La Libertad, a los tres días del DISOLUCION DE SOCIEDADES mes de junio de dos mil diez. EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS de la sociedad "INVERSIONIS- JOSE ESTEBAN ROMERO, TAS Y EXPORTADORES EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA PRESIDENTE. DE CAPITAL VARIABLE", LOURDES PATRICIA CRUZ, CERTIFICA: Que en el libro de actas se encuentra asentada el DIRECTORA SECRETARIA. acta número VEINTISIETE, correspondiente a sesión de Junta General Extraordinaria de Accionistas celebrada a las dieciséis horas y treinta MARIA MAGDALENA AVALOS DE FIGUEROA, LT A minutos del día veinticuatro de mayo de dos mil diez, la cual en sus puntos CUARTO Y QUINTO en lo pertinente literalmente dice: “CUARTO: NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU Acuerdo de disolución y liquidación de la sociedad. Después de los DIRECTORA PROPIETARIA. planteamientos hechos por el Presidente de la Junta, los representantes de los accionistas acuerdan que en vista que la sociedad INVERSIO- 1 v. No. C003987 NISTAS Y EXPORTADORES EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se puede abreviar INVEX EL SALVADOR, S.A. DE C.V., ha cesado en sus operaciones comerciales, resulta conveniente proceder con su disolución y posterior liquidación. Por lo tanto, por este medio los accionistas acuerdan, de conformidad al artículo ciento ochenta y siete romano IV del Código de Comercio de AVISO El Salvador, DISOLVER LA SOCIEDAD llevándose a cabo todos los procesos de disolución y liquidación establecidos de conformidad a las La Sociedad "GENERACION 2000, SOCIEDAD ANONIMA DE disposiciones establecidas en la ley, por un plazo que no excederá de dos CAPITAL VARIABLE", abreviadamente "GENERACION 2000, S.A. años. QUINTO: Nombramiento de Junta de Liquidadores. Después del DE C.V.", salvadoreña, de este domicilio, al público para los efectos acuerdo tomado por los accionistas, se acordó también en forma unánime de Ley, nombrar a una Junta de Liquidadores que se encargará de llevar a cabo el proceso de liquidación de la sociedad, la cual estará conformada por los señores: RIDONIEL ZUNIGA ALVARADO, de sesenta y ocho dinaria de Accionistas celebrada en esta ciudad a las diecinueve horas años de edad, Economista, del domicilio de San Pedro Sula, República del quince de Abril de dos mil diez, por unanimidad de votos de las de Honduras; y RIDONIEL ZUNIGA BANEGAS, de treinta y nueve Acciones presentes o representadas, en un número de ciento quince, de años de edad, Ejecutivo de Negocios, del domicilio de San Salvador, las acciones emitidas por la Sociedad, se acordó aumentar el Capital Departamento de San Salvador. Los liquidadores durarán en su cargo Social Mínimo de ésta en CATORCE DOLARES DE LOS ESTADOS un plazo máximo de dos años. AR I O HACE SABER: Que en Asamblea General Ordinaria y Extraor- UNIDOS DE AMERICA CON VEINTINUEVE CENTAVOS DE DO- DI LAR, aproximadamente, que se tomará de utilidades acumuladas, para elevar el valor nominal de cada acción a QUINIENTOS SETENTA Y DOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; con Es conforme con su original, con el cual se confrontó, en la ciudad de San Salvador, a los veinticuatro días del mes de mayo de dos mil diez. Enmendado: INVERSIONISTAS-vale. el aumento acordado el Capital Social Mínimo ascenderá a CATORCE MIL TRESCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE RIDONIEL ZUNIGA BANEGAS, AMERICA. SECRETARIO San Salvador, uno de Junio de dos mil diez. JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS Licda. ENA MARINA URIARTE DE HENRIQUEZ, INVERSIONISTAS Y EXPORTADORES EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE". DIRECTORA PRESIDENTA 1 v. No. F014932 1 v. No. F014988 131 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. PATENTE DE INVENCION No. de Expediente: 2010003451 No. de Presentación: 20100008873 No. de Expediente: 2009003305 EL INFRASCRITO REGISTRADOR, EL INFRASCRITO REGISTRADOR, HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de AstraZeneca AB, NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU del domicilio de SE - 151 85 SÖDERTÄLJE, SUECIA, de nacionalidad HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ASTRAZENECA AB, del domicilio de SE-151 85 SÖDERTÄLJE, SUECIA, de nacionalidad SUECA, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE INVENCION en fase nacional de una solicitud internacional PCT No. PCT/GB2008/050549 denominada DERIVADOS DE PIRIMIDINA TRISUSTITUIDA PARA EL TRATAMIENTO DE ENFERMEDADES PROLIFERATIVAS, por el término de VEINTE AÑOS, con Clasificación Internacional A61K 31/5377, A61P 35/00, C07D 413/14, C07D 417/14, C07D 471/04, y con prioridad de la solicitud ESTADOUNIDENSE No. 60948570, de fecha nueve de julio del año dos mil siete. LT A No. de Presentación: 20090008072 SUECA; BAYER SCHERING PHARMA AKTIENGESELLSCHAFT, del domicilio de MÜLLERSTRASSE 178, 13353, BERLIN ALEMA- NIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE INVENCION en fase nacional de una solicitud internacional PCT No. PCT/SE2007 /001136 denominada DERIVADOS DE ESTER Y AMIDA DE INDAZOLILO PARA EL TRATAMIENTO DE ENFERMEDADES MEDIADAS POR UN RECEPTOR DE GLUCO- CORTICOIDES, por el término de VEINTE AÑOS, con Clasificación Internacional A61K 31/416, A61K 31/4709, A61P 11/06, A61P 17/06, A61P 29/00, A61P 37/00, C07D 231/56, C07D 401/12, C07D 403/12, C07D 405/12, C07D 409/12, C07D 413/12, C07D 417/12, y con Se refiere a: UNA SAL FARMACEUTICAMENTE ACEPTABLE, PROCESOS PARA SU PREPARACION, COMPOSICIONES FARMACEUTICAS QUE LOS CONTIENEN Y SU USO EN LA PREPARACION DE UN MEDICAMENTO ÚTIL EN ENFERMEDADES PROLIFERATIVAS, TAL COMO CANCER Y PARTICULARMENTE, EN UNA ENFERMEDAD MEDIADA POR LA QUINASA MTOR QUINASA Y UNA O MAS ENZIMAS PI3K. La solicitud fue presentada internacionalmente el día ocho de julio del año dos mil ocho. prioridad de la solicitud ESTADOUNIDENSE No. 200660871184, de fecha veintiuno de diciembre del año dos mil seis, solicitud ESTADOUNIDENSE No. 200760941745, de fecha cuatro de junio del año dos mil siete, solicitud ESTADOUNIDENSE No. 200760978526, de fecha nueve de octubre del año dos mil siete. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley. REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMENTO DE PATENTES. San Salvador, a los veintiuno días del mes de abril del año dos mil diez. Se refiere a: COMPUESTOS DE FORMULA (I): LA PRESENTE INVENCIÓN SE RELACIONA CON NUEVOS DERIVADOS DE ÉSTER O AMIDA DE INDAZOLILO, COMPOSICIONES O FARMACÉUTICAS QUE COMPRENDEN DICHOS DERIVADOS, LUIS ALONSO CACERES AMAYA, REGISTRADOR. AR I PROCESOS PARA PREPARAR DICHOS NUEVOS DERIVADOS Y EL USO DE DICHOS DERIVADOS COMO MEDICAMENTOS. 1 v. No. F015006 DI La solicitud fue presentada internacionalmente el día veinte de diciembre del año dos mil siete. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley. REVOCATORIA DE PODER REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA- MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los veintiuno días del mes de octubre del año dos mil nueve. LUIS ALONSO CACERES AMAYA, REGISTRADOR. 1 v. No. F015004 LA SUSCRITA ABOGADO Y NOTARIO, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que ante mis oficios notariales se ha presentado el señor ESPERANZO ALCIDES AMAYA AYALA, de cuarenta años de edad, Motorista, del domicilio de Menio Park, Estado de California, Estados Unidos de América, con Pasaporte de los Estados Unidos de América Número cuatrocientos cuarenta y nueve millones cincuenta y nueve mil sesenta y siete; quien me manifiesta que tal como aparece en la escritura de PODER GENERAL ADMINISTRATIVO CON DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 CLAUSULA ESPECIAL, otorgada por él, a favor de la señora IVANIA YESSENIA CORNEJO DE AMAYA, mayor de edad, Comerciante, del domicilio de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, a las trece horas del día quince de febrero del año dos mil siete; que por escritura pública otorgada en la ciudad de San Francisco, Estado de California, Estados Unidos de América, a las diez horas y cuarenta minutos del día trece de Abril del año dos mil diez, HA REVOCADO EL PODER CONFERIDO a la señora Ivenia Yessenia Cornejo de Amaya, por lo que en este acto, y por no encontrarse en el país la mencionada apoderada se le notifica tal revocatoria por este medio. Notificación que surtirá efecto a partir del día siguiente a la tercera publicación de este aviso. No. de Expediente: 2010100378 No. de Presentación: 20100135282 CLASE: 35. EL INFRASCRITO REGISTRADOR, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de TRUSSARDI S.p.A., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU Zacatecoluca, once de mayo del año dos mil diez. Entrelíneas: apoderada.Vale. MARCA DE SERVICIOS LT A 132 MARTA ESTELA CAÑENGUEZ DE PALACIOS, TRUSSARDI NOTARIO. 1 v. No. F015333 TITULO MUNICIPAL EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE CITALÁ, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO: DI AR I O HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el Licenciado JUAN ANTONIO AGUILAR MARTINEZ, como Apoderado General Judicial del señor JOSÉ JEREMIAS SARAVIA LAINEZ, a solicitar a su favor TITULO MUNICIPAL, sobre un inmueble que tiene más de veinte años de estar en posesión de buena fe, de naturaleza urbana, situado en los suburbios del Barrio San Francisco, calle Alberto Masferrer de la Villa de Citalá, Departamento de Chalatenango, de la extensión superficial de CUATROCIENTOS VEINTITRES PUNTO CUARENTA Y CUATRO PUNTO METROS CUADRADOS, que tiene las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: veinticinco punto cuarenta y cinco metros, con solar de Julio César Calderón; AL NORTE: diecisiete punto cero cuatro metros, con solar de Ever Arturo Deras Leiva, calle pública que conduce al lugar El Obraje, de por medio; AL PONIENTE: veinticinco metros linda con terreno de Juan Ramón Ardón; y AL SUR: dieciséis punto cincuenta y cuatro metros con solar de don Roberto Portillo y Antonio Marín.- Se estima el inmueble en el precio de VEINTICINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA; y lo adquirió por compraventa que le hiciera a la señora María Luisa Deras, mediante Escritura Privada. Lo que se hace del conocimiento al público en general, para los demás efectos de Ley. Alcaldía Municipal de la Villa de Citalá, de enero del año dos mil diez.- JOSE LORENZO VALDIVIESO GALDAMEZ, ALCALDE DE CITALA, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO.- JOSE ARMANDO HERNANDEZ LUNA, SECRETARIO DE CITALA, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO. 3 v. alt. No. F014990-1 Consistente en: la palabra TRUSSARDI, que servirá para: AMPARAR: VENTA, SERVICIOS DE TIENDA DE VENTA AL POR MAYOR Y AL POR MENOR EN EL CAMPO DE PERFUMES, COSMETICOS, ANTEOJOS, JOYERIA, RELOJES, EQUIPAJE, CINTURONES, BOLSOS Y ARTICULOS DE CUERO, DE PAPELERIA (ESCRITORIO), MUEBLES, ROPA, CALZADO, ACCESORIOS PARA LA CABEZA Y PARTES DE LOS MISMOS, ACCESORIOS Y ACOPLES PARA TODOS LOS ARTICULOS ANTES MENCIONADOS Y RELACIONADOS A TODOS LOS SERVICIOS ANTES MENCIONADOS, PUBLICIDAD, MERCADEO Y SERVICIOS DE PUBLICIDAD, DISEMINACION DE LO RELACIONADO A PUBLICIDAD, CONSULTORIA DE PUBLICIDAD Y ADMINISTRACION DE NEGOCIOS, SERVICIOS DE ADMINISTRACION DE NEGOCIOS INCLUYENDO ADMINISTRACION DE HOTEL, CONSULTORIA EN LOS CAMPOS DE LA CREACION DE NEGOCIOS, ORGANIZACION DE FERIAS DE COMERCIO O EXHIBICIONES PARA PROPOSITOS COMERCIALES O DE PUBLICIDAD, DISTRIBUCION DE MUESTRAS, PUBLICIDAD EN EXTERIORES, PUBLICIDAD EN TELEVISION. Clase: 35. La solicitud fue presentada el día quince de abril del año dos mil diez. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de abril del año dos mil diez. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C003995-1 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. No. de Expediente: 2010100379 133 en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, No. de Presentación: 20100135283 CLASE: 43. EL INFRASCRITO REGISTRADOR, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de TRUSSARDI S.p.A., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: la palabra NUTRIBOY y diseño, que se traduce al castellano como chico nutricionista, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS MEDICOS NUTRICIONALES; SERVICIOS SOBRE CUIDADOS DE HIGIENE Y DE BELLEZA PARA PERSONAS. Clase: 44. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, quince de febrero del año dos mil diez. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU TRUSSARDI LT A La solicitud fue presentada el día once de febrero del año dos mil diez. Consistente en: la palabra TRUSSARDI, que servirá para: AMPARAR: SUMINISTROS DE COMIDA Y BEBIDAS PRINCIPALMENTE RESTAURANTES, BAR Y SERVICIOS DE COCTEL, SERVICIOS TEMPORALES DE ACOMODACION, HOTELES, MOTELES, PENSIONES, CASAS DE HUESPEDES, CASAS DE TURISTAS, SERVICIOS DE PROVISION DE COMIDA Y BEBIDA, CAFES, RESTAURANTES, CAFETERIAS, RENTA DE ALOJAMIENTO TEMPORAL, RESERVACION DE ALOJAMIENTO. Clase: 43. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, SECRETARIO. La solicitud fue presentada el día quince de abril del año dos mil diez. 3 v. alt. No. F014913-1 DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de abril del año dos mil diez. REPOSICION DE POLIZA DE SEGURO MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, AVISO REGISTRADOR. “ASEGURADORA POPULAR, S. A.”, AR I O JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, DI SECRETARIO. 3 v. alt. No. C003996-1 No. de Expediente: 2010099010 No. de Presentación: 20100132887 HACE DEL CONOCIMIENTO AL PUBLICO EN GENERAL QUE A NUESTRAS OFICINAS SE HA PRESENTADO LA SEÑORA GLADIS MABEL DEL CARMEN GONZALEZ GUEVARA DEL DOMICILIO DE SAN SALVADOR, SOLICITANDO REPOSICION DE LA PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL No. VO-08.928, EMITIDA POR ESTA COMPAÑIA A SU FAVOR CON FECHA 17 DE DICIEMBRE DE 1993. SI DENTRO DE 30 DIAS CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE ESTE AVISO, NO SE PRESENTARE OPOSICION, LA COMPAÑIA PROCEDERA A REPONER LA MENCIONADA POLIZA. SAN SALVADOR, 03 DE JUNIO DE 2010. CLASE: 44. ROXANA SOTO DE GALDAMEZ, EL INFRASCRITO REGISTRADOR, SEGURO DE PERSONAS, ASEGURADORA POPULAR S.A. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE GUILLERMO ZEPEDA OSORIO, de nacionalidad SALVADOREÑA, 3 v. alt. No. C003974-1 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 134 DE SEGUNDA PUBLICACIÓN ACEPTACION DE HERENCIA LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los trece días del mes de mayo del año dos mil diez.- Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, al público HERNANDEZ, SECRETARIA. para los efectos de ley, HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y veintidós 3 v. alt. No. C003895-2 minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia Intestada dejada a su defunción por el causante LT A señor JOAQUIN MEJIA PARADA conocido por JOAQUIN MEJIA, al fallecer el día veintitrés de Agosto del año mil novecientos noventa, en Cantón La Anchila, jurisdicción de Concepción Batres, departamento EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de ley, HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas del día domicilio; de parte del señor José Manuel Mejía Galea conocido por José trece de mayo del año en curso, se ha tenido por aceptada, expresamente Manuel Mejía, en calidad de hijo del causante. Confiérasele al aceptante y con beneficio de inventario, la herencia intestada que dejó la señora antes dicho la administración y representación interina de la sucesión, con ROSA EMELINA PARADA DE RAMIREZ, conocida por EMELI- las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. NA PARADA CARRANZA DE RAMIREZ y por ROSA EMELINA Fíjense y publíquense los edictos respectivos, citando a los que se PARADA, al fallecer el día veinticuatro de noviembre del año dos mil crean con derecho a la herencia, para que se presenten a deducirlo en nueve, en el Cantón Hacienda Nueva, jurisdicción de Concepción Batres, el término de quince días contados a partir del siguiente al de la tercera Departamento de Usulután, lugar que tuvo como último domicilio, de publicación del edicto respectivo en el Diario Oficial. parte de la señora SILVIA YOLANDA RAMIREZ PARADA, conocida NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU de Usulután, habiendo sido la ciudad de Concepción Batres su último Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil diez.- Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN H., SECRETARIA. por SILVIA YOLANDA RAMIREZ, en calidad de hija de la causante; confiriéndosele la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término de quince días después de la tercera 3 v. alt. No. C003894-2 publicación de este edicto. Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los trece días del mes de mayo del dos mil diez.- Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, O EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, SECRETARIA. AR I HACE SABER: Que por resolución de las once horas con treinta minutos de este día, se ha tenido por Aceptada expresamente y con Be- 3 v. alt. No. C003896-2 DI neficio de Inventario la Herencia Intestada, que a su defunción dejó el señor MOISES DE JESUS GUZMAN BAIRES, conocido por MOISES DE JESUS GUZMAN, el día veinte de febrero del año dos mil nueve, en Colonia Mejicapa, Jurisdicción de Santa María, habiendo sido su último domicilio esta Ciudad de Usulután, de parte del señor VICTORIANO GILMA DARLENE AREVALO SORIANO, Juez de Primera Instancia MARAVILLA MELENDEZ, en calidad de Cesionario de los derechos de este Distrito Judicial, AL PUBLICO: Para los efectos de Ley, hereditarios que le correspondían a la señora MARIA ESPERANZA GUEVARA DE GUZMAN, en calidad de esposa del causante. HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, de las doce horas del día catorce de mayo del año dos mil diez, se ha Confiérasele al aceptante dicho, la Administración y Representación tenido por aceptada expresamente y con beneficio de Inventario la Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de los curadores herencia Intestada que a su defunción ocurrida el día ocho de julio de de la Herencia Yacente. mil novecientos ochenta y dos, en San Sebastián, de este Departamen- Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de quince días después de la tercera publicación de este edicto. to, siendo éste su último domicilio, dejó el señor LUIS GONZALO JOVEL, de parte de la señora FELIPA FLORES JOVEL. Confiérase a la aceptante la administración y representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de Ley. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 135 Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Sebastián, Unión, dejara el causante Eulalio Lizama Reyes conocido por Eulalio Departamento de San Vicente, a las catorce horas del día catorce de mayo Lizama, a los herederos los menores Cresencio Eulalio Lizama Reyes y del año dos mil diez.- GILMA DARLENE AREVALO SORIANO, José Luis Lizama Reyes, en concepto de hijos del causante en mención, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE.- Br. BESSY CECILIA representados por medio de su madre la señora María Tomasa Reyes, FABIAN FUENTES, SECRETARIA. de conformidad con lo establecido en los Art. 988 No. 1° del Código Civil. En consecuencia, se les confirió a los aceptantes, en el carácter dicho, la administración y representación interina de los bienes de la 3 v. alt. No. C003898-2 indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, de- LT A Dra. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito partamento de La Unión, a los veintidós días del mes de abril del año dos mil diez.- Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO Judicial, al público para los efectos de ley, NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU CIVIL.- Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas de este SECRETARIA. día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte del señor CARLOS ROMEO MONTES AMAYA, la herencia Intestada que a su defunción dejó la señora YESENIA GUADALUPE 3 v. alt. No. F014567-2 REYES RUIZ conocida por YESENIA GUADALUPE REYES DE MON- TES, quien fue de veintinueve años de edad, oficios domésticos, casada, salvadoreña, originaria y del domicilio de la ciudad de Apastepeque de este departamento, habiendo fallecido el día veintitrés de mayo de dos ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL mil nueve, en el Hospital Nacional Rosales de la ciudad de San Salvador, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, siendo la ciudad de Apastepeque, de este Departamento el lugar de su último domicilio, en concepto de cónyuge sobreviviente de la causante. Y se ha nombrado al aceptante administrador y representante interino de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y cincuenta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que dejó el señor VENANCIO GARCIA, quien falleció el día veintinueve de abril del dos mil, en el Municipio de Conchagua, Distrito y Departamento de La Unión, siendo este lugar su último domicilio, de parte de la señora CORNELIA días del mes de mayo del año dos mil diez.- Dra. ANA FELICITA MENDOZA viuda DE GARCIA, en calidad de cónyuge y cesionaria ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE de los derechos hereditarios que correspondían a los señores Nelson, O Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintiséis DI AR I SALINAS, SECRETARIO. Venancio, Carlos Borromeo y José Abel, todos de apellidos GARCIA MENDOZA, como hijos del causante. 3 v. alt. No. F014546-2 Y se le ha conferido a dicha aceptante en el carácter indicado la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito que en el término de ley, después de la tercera publicación de este cartel Judicial, departamento de La Unión, al público para los efectos de ley, lo demuestren en este Juzgado. HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, a las once Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los diecisiete días del horas y quince minutos del día diecinueve de abril del corriente año, se mes de mayo de dos mil diez.- Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO PEREZ, intestada que al fallecer a las tres horas y cuarenta y siete minutos del SECRETARIO. día uno de octubre del año dos mil nueve, en el Hospital Regional del Seguro Social de la ciudad de San Miguel, siendo su último domicilio el Barrio El Calvario, Jurisdicción de Pasaquina, departamento de La 3 v. alt. No. F014571-2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintiún días del mes de abril del dos mil diez.- Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F014569-2 TITULO DE DOMINIO NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las once horas treinta minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora VALERIANA PLEITEZ DE LOBOS conocida por VALERIANA PLEITEZ y por VALERIANA PLEITES, de la Herencia Testamentaria dejada a su defunción por el señor PEDRO ANTONIO LOBOS CRUZ, quien falleció a las veinticuatro horas del día veintiuno de diciembre del año dos mil siete, en la veinticinco calle poniente entre la cuarta y sexta Avenida Sur, Barrio San Sebastián de la Ciudad de Santa Ana, siendo su último domicilio Cantón El Castillo de esta jurisdicción, en concepto de heredera testamentaria del referido causante. Confiéresele a la aceptante expresada en el concepto indicado las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente lo valúa en la suma de SEIS MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA, y lo adquirió por compraventa de posesión material hecha al señor ROBERTO ANTONIO FLORES. LT A 136 Cítese a las personas que se crean con derecho. LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL, Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley. Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las once horas cuarenta y cinco minutos del día quince de enero del año dos mil diez.- Licdo DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licdo. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F014638-2 TITULO SUPLETORIO AR I O ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, DI HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada MILAGRO LISSETH VALLE TURCIOS, mayor de edad, Abogado de este domicilio de La Unión, como Apoderada General Judicial del señor JOSE LEONEL QUINTANILLA TORRES, quien es de cuarenta y tres años de edad, empleado de este domicilio; solicitando se le extienda a su poderdante TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón Amapalita, Municipio y Departamento de La Unión, de la capacidad superficial de CIENTO SIETE METROS CUADRADOS, que mide y linda, AL NORTE, Nueve metros, lindando con terreno de la señora Marina Hernández; AL ORIENTE, diez punto veintiséis metros, lindando con terreno de la señora Dominga Rivas; muro de la colindante de por medio; AL SUR, trece punto ochenta y seis metros lindando con terreno del señor Noel Rivas, con muro de piedra del titulante de por medio; AL PONIENTE, ocho punto setenta metros, lindando siempre con terreno del señor Esteban Hernández. Dicho inmueble existe construida una casa de sistema mixto, de ladrillo de construcción y cemento, piso de cemento, techo de teja y cuenta con los servicios de energía eléctrica y agua potable. El referido inmueble HACE SABER: Que a esta Alcaldía Municipal se ha presentado la señora: JUANA ANTONIA HERNANDEZ VIUDA DE CORDOVA, de sesenta y cuatro años de edad, de oficios domésticos del domicilio de Jerusalén, departamento de La Paz, con Documento Unico de Identidad número: cero uno tres dos cero cinco siete cinco - ocho y Número de Identificación Tributaria: mil once - doscientos sesenta mil seiscientos cuarenta y cinco -ciento uno - siete, solicitando Título de Dominio de un terreno rústico situado en esta jurisdicción que según denominación catastral posee una extensión superficial de: CIENTO CUARENTA Y NUEVE PUNTO CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE: mide quince metros y linda con José Antonio Córdova Baires, AL ORIENTE: mide diez metros y linda con Ana Elena Delgado de López, AL SUR: mide quince metros y linda con Guadalupe Bolaños y AL PONIENTE: mide diez metros y linda con Delmy Noely García Córdova, el inmueble no es sirviente ni dominante no tiene cargas o derechos reales, y no está con proindivisión con nadie y lo hubo por compra que hizo a la señora: Guadalupe Bolaños y lo estima en la suma de: DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, lo hace saber al público para los efectos legales consiguientes. Alcaldía Municipal de Jerusalén, departamento de La Paz, a los veintisiete días del mes de Mayo de Dos mil diez.- Licda. MARTA LILIAN ALFARO AMAYA, ALCALDESA MUNICIPAL.- Licda. MELISSA MILADYS MEJIA MOLINA, SECRETARIA MUNICIPAL. 3 v. alt. No. F014576-2 EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, DE LA CIUDAD DE LA REINA, CHALATENANGO. AL PUBLICO, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la Licenciada CELSA CRUZ SALINAS HERNÁNDEZ, en calidad de apoderada de la señora DELMY GUADALUPE ABREGO SERRANO, hoy DELMI DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veintiocho días del mes de enero del año dos mil diez. Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON, REGISTRADORA. RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ, LT A SECRETARIO. 3 v. alt. No. C003922-2 NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU GUADALUPE ABREGO DE LEMUS, solicitando se le extienda TITULO DE DOMINIO, de un inmueble de naturaleza urbano y construcciones que contiene, situado en el Barrio El Centro de esta ciudad, de una extensión superficial de DOSCIENTOS CUATRO METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL ORIENTE, cinco metros veinticuatro centímetros, colinda con Wilson Reyes Posada, antes Moisés Posada, tapial de ladrillo del colindante, en línea recta; AL NORTE, mide treinta y dos metros, en línea recta, linda con René Serrano, antes Sara Enriqueta Vásquez, tapial de ladrillo del colindante; AL PONIENTE, mide siete metros ochenta centímetros en línea recta y calle pública de por medio, colinda con Julio Pinto hijo; Y AL SUR, mide treinta metros seis centímetros, en línea recta, colinda con Wilson Reyes Posada antes Jorge Alberto Chávez, tapial de ladrillo del colindante. En dicho solar hay construida una casa paredes parte de adobe y de ladrillo, techo de duralita, de siete metros ochenta centímetros de largo, por cinco metros dieciséis centímetros de ancho, así mismo hay construidas dos habitaciones de ladrillo.- Dicho inmueble lo valúa en la cantidad de VEINTICINCO MIL SETECIENTOS CATORCE DÓLARES CON VEINTINUEVE CENTAVOS DE DÓLAR, y lo adquirió por COMPRA VENTA que le realizó la señora Marta Lidia Posada Menéndez. 137 Lo que se avisa al público para los efectos de Ley. Alcaldía Municipal, La Reina, Chalatenango, a los 01 de junio del año dos mil diez.- JAIME ANTONIO ALAS, ALCALDE MUNICIPAL.FRANCISCO EDMUNDO HUEZO, SECRETARIO. No. de Expediente: 1989000409 No. de Presentación: 20100134031 CLASE: 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR, 3 v. alt. No. F014659-2 RENOVACION DE MARCAS No. de Expediente: 1998000952 No. de Presentación: 20090122179 AR I O CLASE: 25. DI EL INFRASCRITO REGISTRADOR, HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JUAN JOSE FRANCISCO GUERRERO CHACON, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de ZIAD, S.A., del domicilio de Zona Libre de Colón, República de Panamá, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00003 del Libro 00092 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la frase “FLORENCE FASHION”, escrita en letras de molde, mayúsculas, en color negro y sin diseño especial. No pretendemos exclusividad sobre la palabra “FASHION”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 25 de la Clasificación Internacional de Niza. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS JUAN JOSE REGALADO PAZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATORI GUIDOTTI, S.p.A., del domicilio de Via Trieste No. 40 561000. Pisa. ITALIA., de nacionalidad ITALIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00089 del Libro 00001 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA “GLIBORAL”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil diez. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA, SECRETARIO. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley. 3 v. alt. No. F014532-2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 138 No. de Expediente: 1989000410 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. No. de Presentación: 20100134027 DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la CLASE: 05. Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los once días del mes de mayo del año dos mil diez. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS JUAN JOSE REGALADO PAZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de A. MENARINI INDUSTRIE FARMACEUTICHE RIUNITE, S.r.l., del domicilio de Florencia, Italia, de nacionalidad ITALIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00015 del Libro 00001 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras “LIOTON 1000”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. LT A SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA, NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU SECRETARIO. 3 v. alt. No. F014535-2 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los ocho días del mes de abril del año dos mil diez. No. de Expediente: 1989000392 No. de Presentación: 20100135861 CLASE: 05. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS LUCIA MARGARITA GALAN, JUAN JOSE REGALADO PAZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVA- SECRETARIO. DOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de ISTITUTO FARMACOBIOLOGICO MALESCI, S.p.A., del domicilio 3 v. alt. No. F014533-2 de Vía Lungo 1° Ema 7-Loc. Ponte a Ema- Bagno a Ripoli, Florencia, Italia, de nacionalidad ITALIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00085 del Libro 00001 de INSCRIPCION DE AR I O MARCAS, consistente en la palabra “SUSTENIUM”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. No. de Expediente: 1989000395 DI No. de Presentación: 20100135862 CLASE: 05. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los once días del mes de mayo del año dos mil diez. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS JUAN JOSE REGALADO PAZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ISTITUTO FARMACOBIOLOGICO MALESCI, S.p.A., del domicilio de Vía Lungo lº Ema, 7-Loc. Ponte a Ema- Bagno a Ripoli, Florencia, Italia, de nacionalidad ITALIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00019 del Libro 00001 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra DIGOMAL; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. LUCIA MARGARITA GALAN, SECRETARIO. 3. v. alt. No. F014536-2 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 139 DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil diez. No. de Expediente: 1989000397 No. de Presentación: 20100135860 CLASE: 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO, REGISTRADORA. RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ, SECRETARIO. LT A 3 v. alt. No. F014540-2 NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS JUAN JOSE REGALADO PAZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de ISTITUTO FARMACOBIOLOGICO MALESCI, S.p.A., del domicilio de Vía Lungo 1º Ema, 7 Loc. Ponte a Ema - bagno A Ripoli, Florencia Italia, de nacionalidad ITALIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00083 del Libro 00001 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “AMINOMAL.”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. No. de Expediente: 1989000390 No. de Presentación: 20100134030 CLASE: 05. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los once días del mes de mayo del año dos mil diez. LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. LUCIA MARGARITA GALAN, SECRETARIO. LA INFRASCRITA REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS JUAN JOSE REGALADO PAZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ISTITUTO LUSOFARMACO D'ITALIA, S.p.A., del domicilio de MILAN, ITALIA, de nacionalidad ITALIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00087 del Libro 00001 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras “NITROSORBIDE”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de 3 v. alt. No. F014538-2 AR I O Ley. No. de Expediente: 1989000404 DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil diez. LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO, No. de Presentación: 20100134028 DI REGISTRADORA. CLASE: 05. LUCIA MARGARITA GALAN, EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS JUAN JOSE REGALADO PAZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ISTITUTO LUSOFARMACO D'ITALIA, S.p.A., del domicilio de MILAN, ITALIA, de nacionalidad ITALIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00003 del Libro 00001 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “INTRASTIGMINA”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. SECRETARIO. 3 v. alt. No. F014542-2 No. de Expediente: 1989000405 No. de Presentación: 20100134035 CLASE: 05. LA INFRASCRITA REGISTRADORA HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS JUAN JOSE REGALADO PAZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTA- DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 140 RIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ISTITUTO LUSOFARMACO D'ITALIA, S.p.A., del domicilio de MILAN, ITALIA, de nacionalidad ITALIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00004 del Libro 00001 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “MIOLENE”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. MARCA DE FABRICA No. de Expediente: 2010099736 No. de Presentación: 20100134138 CLASE: 25. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MAURICIO FRANCISCO MIGUEL BIGIT, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de M M, CALCETINES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: M M, CALCETINES, S.A. DE C.V. o M M, S.A. DE C.V. de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON, EL INFRASCRITO REGISTRADOR LT A DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veintitrés días del mes de marzo del año dos mil diez. REGISTRADORA. MM RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F014543-2 Consistente en: las letras M M, que servirá para: AMPARAR: CALCETINES, PAÑUELOS, CALZONCILLOS, CAMISETAS Y PANTALONES. Clase: 25. La solicitud fue presentada el día doce de marzo del año dos mil diez. No. de Expediente: 1989000402 DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de mayo del año dos mil diez. No. de Presentación: 20100134029 CLASE: 05. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, LA INFRASCRITA REGISTRADOR REGISTRADOR. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ, O HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS JUAN JOSE REGALADO PAZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ISTITUTO LUSOFARMACO D'ITALIA, S.p.A., del domicilio de VIA CARNIA, NUMERO 26, MILAN, ITALIA, de nacionalidad ITALIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00081 del Libro 00001 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “TERION”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. AR I SECRETARIO. DI 3 v. alt. No. C003904-2 Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil diez. No. de Expediente: 2010099737 No. de Presentación: 20100134139 CLASE: 25. LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO, REGISTRADORA. EL INFRASCRITO REGISTRADOR LUCIA MARGARITA GALAN, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F014544-2 HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MAURICIO FRANCISCO MIGUEL BIGIT, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de M M, CALCETINES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: MM CALCETINES, S.A. DE C.V., DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. MM, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, 141 MISETAS Y PANTALONES. Clase: 25. La solicitud fue presentada el día doce de marzo del año dos mil diez. Consistente en: la palabra M M SPORT, que se traduce al castellano como M M DEPORTE, que servirá para: AMPARAR: CALCETINES, PAÑUELOS, CALZONCILLOS, CAMISETAS Y PANTALONES. Clase: 25. La solicitud fue presentada el día doce de marzo del año dos mil MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, LT A M M SPORT DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de mayo del año dos mil diez. SECRETARIO. diez. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de mayo del año dos mil diez. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. 3 v. alt. No. C003906-2 No. de Expediente:2009094956 No. de Presentación: 20090125836 CLASE: 05. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ, EL INFRASCRITO REGISTRADOR SECRETARIO. 3 v. alt. No. C003905-2 No. de Expediente: 2010099738 HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GLORIA PATRICIA GUERRERO CONTRERAS, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS FARMA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS FARMA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, OMEP-20 AR I CLASE: 25. O No. de Presentación: 20100134140 DI EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MAURICIO FRANCISCO MIGUEL BIGIT, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de M M, CALCETINES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: M M, CALCETINES, S.A. DE C.V. o M M, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la expresión OMEP-20, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos mil nueve. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de noviembre del año dos mil nueve. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. LA SELECTA NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C003923-2 Consistente en: las palabras LA SELECTA, que servirá para: AMPARAR: CALCETINES, PAÑUELOS, CALZONCILLOS, CA- DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 142 No. de Expediente: 2009094954 ESPECIAL de ACRILICOS SABLON, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ACRILICOS SABLON, S.A. No. de Presentación: 20090125831 DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la CLASE: 05. MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GLORIA PATRICIA GUERRERO CONTRERAS, en su calidad de APODERADO SABLON ESPECIAL de LABORATORIOS FARMA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS FARMA, de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra SABLON, que servirá para: AMPARAR: LT A S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro PAPEL, CARTON Y ARTICULOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA; ARTICULOS DE ENCUADERNACION; FOTOGRAFIAS; PAPELE- NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU GRIPENO RIA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) PARA LA PAPELERIA O LA CASA; MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MAQUINAS DE Consistente en: la palabra GRIPENO, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos ESCRIBIR Y ARTICULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCION O DE ENSEÑANZA (EXCEPTO APARATOS); MATERIAS PLASTICAS PARA EMBALAJE (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES); CARACTERES DE IM- mil nueve. PRENTA; CLICHÉS. Clase: 16. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de noviembre del año dos mil nueve. La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos mil nueve. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ. San Salvador, dieciséis de noviembre del año dos mil nueve. REGISTRADOR. LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO, JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO. REGISTRADORA. GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ, 3 v. alt. No. C003924-2 SECRETARIO. DI AR I O SECRETARIO. 3 v. alt. No. C003925-2 No. de Expediente: 2009097240 No. de Presentación: 20090129612 No. de Expediente: 2009097172 CLASE: 16. No. de Presentación: 20090129522 CLASE: 05. LA INFRASCRITA REGISTRADORA EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GLORIA HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GLORIA PATRICIA GUERRERO CONTRERAS, e n su calidad de APODERADO PATRICIA GUERRERO CONTRERAS, en su calidad de APODE- DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. La solicitud fue presentada el día trece de abril del año dos mil RADO de LABORATORIOS FARMA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS FARMA, 143 diez. S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de mayo del año dos mil diez. “FARMAZOL” DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, Consistente en: la expresión FARMAZOL, que servirá para: REGISTRADOR. LT A AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día diez de noviembre del año dos mil nueve. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la SECRETARIO. Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, siete de enero del año dos mil diez. 3 v. alt. No. F014585-2 JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. No. de Expediente: 2010100328 CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS, No. de Presentación: 20100135182 SECRETARIO. CLASE: 03. 3 v. alt. No. C003926-2 No. de Expediente: 2010100329 EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIO No. de Presentación: 20100135183 GUILLERMO KOCH ESCOBAR, en su calidad de REPRESENTANTE O CLASE: 03. AR I EL INFRASCRITO REGISTRADOR LEGAL de DISTRIBUIDORA CUSCATLAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DISTRIBUIDORA CUSCATLAN S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER- DI HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIO GUILLERMO KOCH ESCOBAR, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de DISTRIBUIDORA CUSCATLAN, SOCIEDAD ANONI- CIO, MA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DISTRIBUIDORA CUSCATLAN, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER- FRUTALIA CIO, Consistente en: la expresión FRUTALIA, que servirá para: AM- LE MANS PARAR: PERFUMERIA, COSMETICOS, JABONES Y LOCIONES. Consistente en: la expresión LE MANS, que servirá para: AM- Clase: 03. PARAR: PERFUMERIA, COSMETICOS, JABONES Y LOCIONES. Clase: 03. La solicitud fue presentada el día trece de abril del año dos mil diez. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 144 DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de mayo del año dos mil diez. San Salvador, veinticuatro de mayo del año dos mil diez. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ, DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. REGISTRADOR. JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, LT A SECRETARIO. SECRETARIO. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU 3 v. alt. No. C003907-2 3 v. alt. No. F014586-2 No. de Expediente: 2010099609 No. de Presentación: 20100133953 NOMBRE COMERCIAL EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES OLMEDO SANCHEZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL No. de Expediente: 2010099735 de DISTRIBUIDORA CENTROAMERICANA DE LUBRICANTES, No. de Presentación: 20100134137 SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MAURICIO FRANCISCO MIGUEL BIGIT, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de M M, CALCETINES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI- O TAL VARIABLE que se abrevia: M M, CALCETINES, S.A. DE C.V. AR I o M M, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando DI el registro del NOMBRE COMERCIAL, MM CALCETINES Consistente en: la palabra MULTILUBRICANTES y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE AGUA DESMINERALIZADA POWER Y REFRIGERANTE COOLANT, PARA USO AUTOMOTRIZ E INDUSTRIAL, ELABORACION, TRANSFORMACION Y Consistente en: la expresión M M CALCETINES, que servirá para: FABRICACION DE TODA CLASE Y TIPO DE BIENES, SEAN IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO ELABORADOS Y EN GENERAL CUALQUIER OTRA ACTIVIDAD A LA FABRICACION, VENTA Y DISTRIBUCION DE CALCETINES, COMERCIAL O INDUSTRIAL ASI COMO LAS RELACIONADAS UBICADO EN AUTOPISTA SUR Y BOULEVARD ALTAMIRA A ELLAS. FABRICACION, PRODUCCION, COMPRAVENTA, IMPORTACION, DISTRIBUCION Y EXPORTACION DE TODA NUMERO 146, SAN SALVADOR. La solicitud fue presentada el día doce de marzo del año dos mil diez. CLASE DE MERCADERIAS Y BIENES, PARA USO AUTOMOTRIZ, INDUSTRIAL Y COMERCIAL LA DISTRIBUCION DE PRODUCTOS O MERCANCIAS ELABORADAS EN LA REPUBLICA DE EL SALVADOR O FUERA DE ELLA. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. La solicitud fue presentada el día nueve de marzo del año dos mil diez. 145 DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dos de octubre del año dos mil nueve. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, San Salvador, dieciocho de mayo del año dos mil diez. REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, SECRETARIO. LT A REGISTRADOR. 3 v. alt. No. F014663-2 NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, SECRETARIO. CONVOCATORIAS 3 v. alt. No. C003920-2 CONVOCATORIA No. de Expediente: 2008078617 No. de Presentación: 20080112847 EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado REYNA TE- La Junta Directiva de ESTADIOS DEPORTIVOS DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de acuerdo a su Escritura Social convoca a los señores Accionistas a la Junta General Extraordinaria a celebrarse el día lunes 28 de Junio del presente año, a las diecisiete horas en las oficinas de EDESSA, en el Estadio Cuscatlán, situado en la Autopista Sur, Los Próceres contiguo a Reparto Los Héroes. En caso de no efectuarse por falta de quórum, se señala el día martes 29 del mismo mes y año, a la misma hora y en el mismo lugar. Los puntos a tratar son los siguientes: 1- Verificación del quórum y elaboración de la lista de asistencia. LEGAL de CORPORACION JUAREZ, SOCIEDAD ANONIMA DE 2- Aumento de Capital. CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CORPORACION JUAREZ, S.A. 3- Modificación al pacto Social. RESA SANDOVAL DE JUAREZ, en su calidad de REPRESENTANTE O DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del DI AR I NOMBRE COMERCIAL, Consistente en: las palabras FARMACIAS VIRGEN DE GUADALUPE y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A LA COMPRA Y Para que la Juma General Extraordinaria se considere legalmente reunida en la primera fecha de la convocatoria, deberá estar representada, por las tres cuartas partes de todas las acciones de la Sociedad (o sea 420 acciones), y para formar resolución se necesitará igual proporción. Si la Junta General Extraordinaria se reuniere en la segunda fecha de la convocatoria, por falta de quórum necesario para hacerlo en primera, se considerará válidamente constituida, con la mitad más una de las acciones que componen el Capital Social (o sea 281 acciones), el número de votos necesarios para formar resolución será las tres cuartas partes de las acciones presentes. San Salvador, 31 de mayo de 2010. ESTADIOS DEPORTIVOS DE EL SALVADOR, S. A. DE C.V. VENTA DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y MEDICINALES, UBICADO EN AVENIDA CUBA Y CALLE RAMON BELLOSO, NÚMERO SETECIENTOS DIEZ, BARRIO SAN JACINTO, DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR. DR. JORGE ALBERTO HUETE, DIRECTOR SECRETARIO. La solicitud fue presentada el día trece de agosto del año dos mil ocho. 3 v. alt. No. C003919-2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 146 SUBASTA PÚBLICA vidos por ROSA MARGARITA MENENDEZ GARCIA ESMAR, S.A. DE C.V., ROGELIO RONALD ENECÓN MORALES MENÉNDEZ RAMON HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ DE PRIMERA y otros, DOINCO, S.A. DE C.V., y UNIÓN DE EXPORTADORES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE en contra de los INSTANCIA DE ARMENIA. señores MAURICIO ENECÓN MORALES HERNANDEZ, conocido por MAURICIO ENECÓN MORALES, MAURICIO MORALES y HACE SABER: Que en el Proceso Ejecutivo Civil 45/09 a solicitud del Doctor JORGE ANTONIO MARROQUIN RUGAMAS, SE VENDERA EN PUBLICA SUBASTA por razones de embargo, A otros, se venderá en pública subasta en fecha y precio que oportunamente se determinará el CINCUENTA por ciento de los inmuebles siguientes: 1) PREDIO URBANO, formado por dos casas de sistema mixto en su totalidad el inmueble propiedad de la señora ELSA ALVAREZ divididos por una pared medianera en la actualidad y su correspondien- LOPEZ, el cual está ubicado en Final Avenida "Nueve de Septiembre", te solar, situados en el Barrio Santa Lucía de esta ciudad, que mide y Número 18 del Barrio "Nuevo'' de este Municipio, identificado con el linda: AL NORTE, diez metros, ochocientos cuarenta milímetros, con propiedad de Mónica de la Cruz Reyes, hoy de Gustavo Reyes; AL SUR, NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU número de parcela 1094 del sector 0302U08 de una extensión superficial LT A LAS 10:00 HORAS DEL DIA 28 DE JULIO DEL PRESENTE AÑO de 831.4200 metros cuadrados, cuya descripción inicia en el esquinero marcado con el número 1 en el plano así: LINDERO NORTE, del mojón diez metros trescientos cincuenta milímetros, con la de Rosario Aguilar, 1 se mide 29.07 metros, rumbo Sur 58° 18 minutos 17 segundos Este, hoy de Petrona Rodas; AL PONIENTE, veintidós metros, cien milíme- hasta el mojón 2, colinda con Manuel de Jesús Chinchilla, LINDERO tros con Belisario García, hoy de doña Elisa Barrera Hernández de ORIENTE: del mojón 2 se mide 21 metros, rumbo Sur 5° 48 minutos 8 Morales; y AL ORIENTE, veintitrés metros quinientos treinta milíme- segundos Oeste, hasta el mojón 3, colinda con Delmy Margarita Recinos tros, con mesón de Emilio Martínez, calle en medio. El inmueble antes y Santos Cárcamo, final Avenida "Nueve de Septiembre", de por medio, LINDERO SUR: Del mojón 3, se mide 18.91 metros con rumbo Norte, 84° grados 35 minutos 4 segundos Oeste, hasta el mojón 4, sigue con 6.83 metros, con rumbo Norte 84° 34 minutos 45 segundos Oeste hasta descrito se encuentra inscrito a favor del señor MAURICIO ENECÓN MORALES HERNÁNDEZ, a la Matrícula No. 20027105 de este Departamento, según la Matrícula Siryc, el inmueble tiene una capacidad el mojón 5,28 minutos 33 segundos Oeste hasta el mojón 6 sigue con de CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES PUNTO CUARENTA Y 1.20 metros, rumbo Norte 86° 29 minutos 13 segundos Oeste, hasta el CUATRO METROS CUADRADOS; 2) INMUEBLE RÚSTICO situa- mojón 7, colinda con Hermógenes Murcia y Jorge Alberto Palma, inscrito do en el Cantón Bigote, Jurisdicción de Coatepeque, compuesto de dos a la Matrícula 10065660-00000 en el Asiento 6 del Centro Nacional de porciones que forman un solo cuerpo, LA PRIMERA PORCIÓN cons- Registros de la ciudad de Sonsonate. ta de ciento cuarenta áreas, y la SEGUNDA de seiscientas treinta áreas El precio base con el que comenzará la subasta es de SESENTA MIL DOLARES ($60,000.00). o sea un total de once manzanas equivalentes a setecientas setenta áreas, inculto, contiene un chalet de buena construcción, con sus dependencias Lo que se avisa al público en general para los efectos de Ley. interiores para cocina y otros usos, y tiene los linderos generales siguien- AR I O tes: AL ORIENTE, con propiedad de la sucesión de don Joaquín Medi- Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Armenia, a los na, que fue de Rosalío Ramos, camino de por medio en parte; AL NORTE, un terreno de don Luis Costa, que fueron de don Mariano HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Guzmán; AL PONIENTE, con finca del Doctor Francisco Blandón y LIC. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL, SECRETARIO. Jarquín, que fue de Mauricio García; AL SUR, con la Laguna de DI veinticinco días del mes de mayo del año dos mil diez.- LIC. RAMON Coatepeque. El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a favor del 3 v. alt. No. C003914-2 señor MAURICIO ENECÓN MORALES HERNÁNDEZ, a la Matrícula No. 20027119. Inicialmente el inmueble tenía un total de once manzanas equivalentes a setecientas setenta áreas, y por desmembraciones hechas queda reducido a MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ PUNTO NOVECIENTOS QUINCE METROS CUADRADOS. 3) TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público SOLAR URBANO, que contiene dos piezas de habitación, a la orilla para los efectos de Ley. de la calle, situado en una casa y solar urbano, sitos en el Barrio Santa Lucía, de esta ciudad, MIDE EL FONDO DE TODO FRENTE A LA HACE SABER: Que en el JUICIO EJECUTIVO ACUMULADOS CALLE, a la calle de Norte a Sur, catorce metros ochocientos cincuen- clasificado a los numeros 8-99, 71-08, 437-01,304-00 y 216-09, promo- ta milímetros, dieciocho metros doscientos milímetros de Oriente a DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 147 SOLAR URBANO, situado en el Barrio Santa Lucía, que mide cuaren- ta milímetros en el LADO SUR, de Oriente a Poniente, y linda: AL ta varas de frente a la calle o sean treinta y tres metros cuatrocientos ORIENTE, solar y casa de Santiago Perdomo, ahora de Jacinto Castillo; cuarenta milímetros por cincuenta varas de frente o sean cuarenta y un AL NORTE, casa y solar de Elisa Barrera; AL PONIENTE, calle en metros ochocientos milímetros, lindantes: AL ORIENTE, solar de Juan medio, casa y solar de Salvador Morán ahora de Adela Morán Perdomo; Alfaro, calle en medio; AL NORTE, PONIENTE y SUR, terreno de y AL SUR, casa y solar de la Sucesión del Doctor Mariano Roque, Petrona Romero viuda de Regalado, el inmueble antes descrito se en- ahora de doña Gabriela viuda de Roque. El inmueble antes descrito se cuentra inscrito a favor del señor MAURICIO ENECON MORALES encuentra inscrito a favor del señor MAURICIO ENECÓN MORALES HERNANDEZ a la Matrícula No. 20028585. Según Matrícula Siryc el HERNANDEZ a la Matrícula No. 20027145 del Registro de Propiedad inmueble antes descrito tiene una capacidad de UN MIL TRESCIENTOS de este Departamento. Según la Matrícula Siryc el inmueble tiene una NOVENTA Y SIETE PUNTO NOVENTA Y NUEVE METROS NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU LT A Poniente, en el LADO NORTE, y dieciocho metros setecientos noven- CUADRADOS, ubicado en el Barrio Santa Lucía de esta ciudad. 7) METROS CUADRADOS, ubicado en el Barrio Santa Lucía, Santa Ana. INMUEBLE URBANO, situado en el Barrio Santa Lucía de esta Juris- 4) SOLAR URBANO, sito en el Barrio Santa Lucía que según su ante- dicción, mide y linda: AL ORIENTE, diecinueve metros treinta centí- cedente, medía treinta y dos varas de frente a la calle o sea veintiséis metros, solar de Gregorio Almengor; AL NORTE, cuarenta y tres metros metros setecientos cincuenta y dos milímetros, por doce varas de fondo, veintisiete centímetros con el de Gabriel Pompa; AL PONIENTE, o sean diez metros treinta y dos milímetros; y AL ORIENTE, solar y veintiún metros cinco centímetros con Santiago Mena; y AL SUR, casa de Miguel Leiva; AL NORTE, solar de Alberto Reyes; AL PO- treinta y siete metros, treinta y un centímetros con Teodoro Hidalgo. El NIENTE, calle en medio, finca de Benito Moreno; y AL SUR, solar de inmueble antes descrito se encuentra inscrito a favor del señor MAURICIO Pedro Alarcón, barranca en medio. Inscrito a favor del señor MAURICIO ENECON MORALES HERNANDEZ a la Matrícula No. 20039624. ENECON MORALES HERNANDEZ a la Matrícula No. 20028247. Según Matrícula Siryc el inmueble tiene una capacidad de OCHOCIEN- Según Matrícula Siryc el inmueble tiene una capacidad de DOSCIENTOS TOS SIETE PUNTO CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS. SESENTA Y NUEVE PUNTO UN METROS CUADRADOS, ubicado Ubicado en el Barrio Santa Lucía de esta ciudad; y, 8) PREDIO URBA- en el Barrio Santa Lucía, Santa Ana. 5) PORCION DE TERRENO NO, situado en el Barrio Santa Lucía, de esta ciudad, conteniendo dos O capacidad de DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE PUNTO CERO AR I ANTES RUSTICO, HOY URBANO, sita en el antes cantón Santa casas de Adobe, cubiertas de tejas, su cocina y escusado, con un correspondiente solar, que según en antecedente mide y linda: AL ORIENTE, veintitrés varas; AL PONIENTE, cuarenta varas, AL ORIENTE, trein- treinta y siete metros, quince centímetros, con fondo de Rosa Zelada, ta y siete varas; y AL NORTE: veintisiete varas, cada vara de la equi- hoy de Margarita Velis Hernández y Carretera Internacional de por valencia indicada, lindante AL SUR y ORIENTE, calle en medio, sola- medio, que de esta ciudad va a Chalchuapa; AL PONIENTE, igual res de Miguel Leiva; AL PONIENTE, camino en medio, finca de Beni- medida que al Oriente, con el de Felipe Calderón hoy de la Compañía to Moreno; y AL NORTE, solar del mismo señor Leiva. El inmueble Internacional de Ferrocarriles de Centroamérica; AL NORTE, trece antes descrito se encuentra inscrito a favor del señor MAURICIO ENE- metros con el de Tomasa Marroquín, hoy de Don Rogelio Morales y, CON MORALES HERNANDEZ a la Matrícula No. 20028252. Según AL SUR, diez metros cincuenta centímetros con el de Gregoria Calde- Matrícula Siryc el inmueble antes descrito tiene una capacidad de SEIS- rón hoy de la misma Compañía de Ferrocarril indicada. Advirtiendo que CIENTOS SETENTA Y DOS PUNTO SESENTA Y OCHO METROS por haberme desmembrado un área de cincuenta y un metros cuadrados, CUADRADOS, ubicado en el Barrio Santa Lucía de esta ciudad. 6) la medida del Sur ha quedado reducida a tres metros trescientos cuaren- DI Lucía, hoy Barrio del mismo nombre de esta ciudad que mide: AL SUR: DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 148 llamado San Cristóbal, Jurisdicción de San Vicente, Departamento de veintitrés metros cuatrocientos ocho milímetros, cambiando así la forma San Vicente, de la extensión superficial de CIENTO NOVENTA Y del inmueble por haber sido cruzado por la línea férrea. El inmueble SIETE PUNTO SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, la antes descrito se encuentra inscrito a favor del señor MAURICIO ENE- cual se describe así: El vértice Nor Poniente, que es el mojón uno, punto CÓN MORALES HERNANDEZ a la Matrícula No. 20039669. Según de partida de esta descripción técnica, tiene las siguientes coordenadas Matrícula Siryc el inmueble antes descrito tiene una capacidad de geodésicas: NORTE, doscientos setenta y nueve mil cuatrocientos noventa CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES PUNTO TRESCIENTOS y tres punto treinta y cinco Este, quinientos veinticuatro mil cuarenta y VEINTIOCHO METROS CUADRADOS, identificado como segundo tres punto treinta y cuatro: LINDERO NORTE: Partiendo del vértice en el Barrio Santa Lucía de esta ciudad. Nor Poniente está formado por un tramo con los siguientes rumbos y LT A ta y cuatro milímetros, y la medida del NORTE, tiene actualmente NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU distancias: Tramo uno, Sureste setenta y nueve grados veintiséis minutos cuarenta y dos segundos con una distancia de diecinueve punto setenta LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa y seis metros, colindando con resto uno del terreno que le queda a la Ana, a las catorce horas del día veintiséis de abril del año dos mil diez.- vendedora María Irma Rodríguez Ponce, con lindero sin materializar; Entrelíneas:de abril-Vale.- LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LINDERO ORIENTE: Partiendo del vértice Nor Oriente está formado LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- LICDA. MARISOL DEL por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: TRAMO UNO, CARMEN LEMUS POLANCO, SECRETARIO. Suroeste diez grados treinta y tres minutos dieciocho segundos con una distancia de diez punto cero cero metros, colindando con terrenos antes de Diego Raúl Cornejo hoy de Sonia Delmy Corvera de Henríquez, 3 v. alt. No. C003915-2 con servidumbre de por medio; LINDERO SUR: Partiendo del vértice Sur Oriente, está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: TRAMO UNO, Noroeste setenta y nueve grados veintiséis minutos cuarenta y dos segundos con una distancia de diecinueve punto DRA ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE setenta y seis metros, colindando con resto dos, del terreno que le queda AR I O DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de Ley. a la vendedora María Irma Rodríguez Ponce, con lindero sin materializar; LINDERO PONIENTE: Partiendo del vértice Sur Poniente, está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo movido por el Licenciado Federico Alberto Alfaro Oviedo, en su calidad uno, Noroeste diez grados treinta y tres minutos dieciocho segundos con de Apoderado General Judicial de la Caja de Crédito de San Vicente, una distancia de diez punto cero cero metros, colindando con terrenos Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable de Marcial Aparicio Cornejo Martínez; servidumbre de siete metros de de este domicilio, contra el señor EDWIN FABRICIO GUERRERO, ancho de por medio para darle acceso a la Décima Calle Oriente. Así se mayor de edad, Contador, de este domicilio, reclamándole el pago de llega al vértice Nor Poniente, que es donde se inició la descripción. La cantidad de dinero adeudada, intereses pactados, intereses moratorios porción de terreno antes descrita goza de la servidumbre de tránsito ya y costas procesales, se venderá en Pública Subasta por la cantidad y en constituida que menciona el antecedente, la cual da acceso a la Décima fecha a señalarse oportunamente, el siguiente inmueble: Un inmueble Calle Oriente. El inmueble relacionado se encuentra inscrito a favor del rústico situado en los suburbios del Barrio San Francisco, en el lugar señor EDWIN FABRICIO GUERRERO, en la Matrícula número SIETE DI HACE SABER: Que en virtud del Juicio Ejecutivo Mercantil, pro- DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 149 una distancia de diecinueve punto noventa y tres metros; lindero Oriente: CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de partiendo del vértice Nor Oriente está formado por un tramo con los la Segunda Sección del Centro, con sede en esta ciudad y gravado con siguientes rumbos y distancias: Tramo uno Sur, veintiocho grados cero Hipoteca a favor de la Caja de Crédito de San Vicente, Sociedad Coope- tres minutos dieciséis segundos Oeste, con una distancia de diez punto rativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, en la Matrícula doce metros; lindero Sur: partiendo del vértice Sur Oriente, está formado Número SIETE CERO CERO CUATRO DOS NUEVE NUEVE UNO- por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno Norte, CERO CERO CERO CERO CERO, en el Asiento Número TRES, del sesenta y dos grados cincuenta minutos veintinueve segundos Oeste, Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección del con una distancia de veinte punto cero cuatro metros; lindero Poniente: Centro, con sede en esta ciudad. Partiendo del vértice Sur Poniente, está formado por un tramo con los LT A CERO CERO CUATRO DOS NUEVE NUEVE UNO-CERO CERO siguientes rumbos y distancias: Tramo uno Norte, veintiocho grados NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU cuarenta minutos treinta y cinco segundos Este, con una distancia de diez Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veinticuatro punto cero tres metros así se llega al vértice Nor Poniente, que es donde días del mes de mayo del año dos mil diez.- DRA. ANA FELICITA se inició la presente descripción. Inmueble inscrito a favor de la señora ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE ROSIBEL MARTINEZ en el Centro Nacional de Registros, de la Tercera SALINAS, SECRETARIO. Sección de Oriente, bajo la Matrícula número NUEVE CINCO CERO CUATRO SIETE UNO OCHO CINCO GUION CERO CERO CERO 3 v. alt. No. F014522-2 CERO CERO, en el Asiento DOS, propiedad de este Departamento. Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los tres días del mes de mayo de dos mil diez. LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. SECRETARIO. HACE SABER: Al público para efectos de Ley, que por ejecución 3 v. alt. No. F014530-2 O seguida en este Juzgado, promovido por el Licenciado FERNANDO AR I ARISTIDES GARAY ANDRADE, en calidad de Apoderado General Judicial de la CAJA DE CREDITO DE LA UNION, SOCIEDAD DI COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio VARIABLE, de este domicilio, contra los señores FIDEL ANGEL Judicial. SERPAS y ROSIBEL MARTINEZ, se venderá en Pública Subasta el siguiente inmueble: Un lote de terreno de naturaleza rústica, ubicado en el asentamiento El Encantado, Municipio de Conchagua, Departamento HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el juicio de La Unión, identificado como LOTE NUMERO UNO, Polígono "F", ejecutivo civil, promovido inicialmente por la Licenciada LORENA asentamiento El Encantado, de la extensión superficial de DOSCIENTOS ELIZABETH COSTTE GRANADOS, quien fue sustituida por la UNO PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS, que se describe Licenciada BEATRIZ CAMPOS HUEZO, como Apoderada General así: Lindero Norte: Partiendo del vértice Norponiente está formado por Judicial del INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA FUERZA un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno Sur, sesenta ARMADA, contra el señor RAFAEL ANTONIO GARCIA RENDEROS, y tres grados cero cinco minutos cincuenta y cuatro segundos Este, con próximamente se venderá en Pública Subasta, en este Juzgado el inmueble DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 siguiente: Un inmueble antes rústico hoy urbano, marcado con el Número Veinte del Block "A", de la Lotificación denominada "SAN ANTONIO NUMERO DOS" de la Jurisdicción de San Marcos, Departamento de San Salvador; el cual tiene una extensión superficial de TRESCIENTOS SEIS METROS CUADRADOS, cuya descripción a partir de su vértice Nor-Oeste y siguiendo la dirección de las agujas del reloj, es como sigue: AL NORTE, treinta metros con el lote número diecinueve del mismo Block "A"; AL ORIENTE, nueve metros con terreno de Darío Bran Valencia, mediando calle principal y quebrada de invierno; AL SUR, treinta y ocho metros con el lote número veintiuno del mismo Block "A''; y AL PONIENTE, diez metros con terrenos de Tránsito Pérez Campos. Los lotes colindantes por los rumbos Norte y Sur, son de propiedad de don Héctor Escalante, y forman parte del inmueble mayor del cual se segregó el que se describe y la calle del rumbo Oriente ha sido abierta en el mismo resto del terreno del señor Escalante, y quedó en calidad de servidumbre de tránsito a favor del lote descrito. ARNULFO ALVARADO URRUTIA, en el Sistema de Folio Real Automatizado, bajo la Matrícula número SEIS CERO CERO TRES SEIS TRES CERO CINCO- CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Ciudad de San Salvador. Se admitirán posturas siendo legales. Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departamento de San Salvador, a las nueve horas y veinte minutos del día catorce de abril del año dos mil diez.- DR. GUILLERMO ALFARO NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU Dicho inmueble está inscrito a favor del demandado señor RAFAEL ANTONIO GARCIA RENDEROS, en el Sistema de Folio Real Automatizado, bajo la Matrícula Número SEIS CERO UNO UNO TRES DOS CINCO NUEVE- CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Ciudad de San Salvador. Dicho inmueble está inscrito a favor del demandado señor VICTOR LT A 150 SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO. Se admitirán posturas siendo legales. Librado en el Juzgado de lo Civil ciudad de San Marcos, Departamento de San Salvador, a las nueve horas del día catorce de abril del año dos mil diez.- DR. GUILLERMO ALFARO SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F014549-2 3 v. alt. No. F014550-2 REPOSICION DE CERTIFICADOS AVISO Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima, GUILLERMO ALFARO SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE MUNICIPIO JUDICIAL. COMUNICA: Que a sus oficinas ubicadas en km. 10 carretera a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE O DEPOSITO A PLAZO FIJO No. 679420, solicitando la reposición de DI AR I HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el juicio ejecutivo civil, promovido inicialmente por la Licenciada LORENA ELIZABETH COSTTE GRANADOS, quien fue sustituida por la Licenciada BEATRIZ CAMPOS HUEZO, como Apoderada General Judicial del INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA, contra el señor VICTOR ARNULFO ALVARADO URRUTIA, próximamente se venderá en Pública Subasta, en este Juzgado el inmueble siguiente: Un inmueble de naturaleza urbana, marcado con el Lote Número Siete, Polígono "E", de la Lotificación BRISAS DE SAN MARCOS, de la Jurisdicción de San Marcos, Departamento de San Salvador; el cual tiene una extensión superficial de CIENTO DIECIOCHO PUNTO CERO SEIS METROS CUADRADOS, el cual mide y linda así: AL NORTE, tramo recto de cinco metros, linda con lote número quince del Polígono "C", mediando Pasaje Las Brisas de nueve metros de ancho; AL SUR, tramo recto de ocho metros, linda con lote número ocho del mismo Polígono "E", AL ORIENTE, compuesto por dos tramos, el primero, tramo curvo con longitud de cuatro punto setenta y un metros y radio de tres metros; el segundo tramo, de doce metros, linda con lote número uno del Polígono "F", mediando pasaje San Jacinto, de once punto cincuenta metros de ancho; y AL PONIENTE, tramo recto de quince metros, linda con lote número seis del mismo Polígono "E". dicho CERTIFICADO por DIEZ MIL DOLARES (US$ 10,000.00). En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia. SAN SALVADOR, Martes 01 de junio de 2010. ANNYA DE ALVARADO, BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, AGENCIA ROOSEVELT. 3 v. alt. No. F014876-2 151 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. BALANCES DE LIQUIDACION CHARTER, S.A. DE C.V. EN LIQUIDACION BALANCE FINAL AL 30 DE ABRIL DE 2010 (Expresado en Dólares de los Estados Unidos de América) ACTIVO PASIVO ACTIVOS CORRIENTES 39,255.56 PASIVOS CORRIENTES 7,255.56 CUENTAS POR COBRAR COMPAÑIA AFILIADAS 39,226.67 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES 5,884.00 OTRAS CUENTAS POR COBRAR RETENCIONES POR PAGAR 28.89 1,371.56 CAPITAL CONTABLE RESERVA LEGAL 9,142.86 LT A 22,857.14 NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU TOTAL ACTIVO 32,000.00 CAPITAL SOCIAL $ 39,255.56 TOTAL PASIVO Y CAPITAL $ 39,255.56 Licda. REINA ESPERANZA HUEZO CORNEJO, NICOLAS ABEL RAMIREZ RIVERA, AUDITORES Y ASESORES, S.A. DE C.V., LIQUIDADORA. CONTADOR. AUDITORES EXTERNOS. REPOSICION DE POLIZA DE SEGURO FARMAVIDA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: FARMAVIDA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, AVISO AR I O ASEGURADORA AGRICOLA COMERCIAL, SOCIEDAD ANONIMA, hace del conocimiento del público en general, que a esta Compañía se ha presentado el señor CARLOS ENRIQUE MERAZZO PINTO, quien es de setenta y siete años de edad, con domicilio en San Salvador, expresando que ha extraviado la Póliza de Seguro de Vida No. VI-16267, emitida con fecha 08 de Abril de 1986 por la suma de US$28,571.43 y en su carácter de Asegurado solicitando su reposición. La Compañía procederá a la cancelación del documento expresado y a su reposición si dentro del plazo de 30 días a partir de la última publicación de este aviso no se presentare oposición. San Salvador, al primer día del mes de Junio del año dos mil DI diez. 3 v. alt. No. F014630-2 ROQUE ALEXANDER RIVAS, SUBGERENTE SUSCRIPCION PERSONAS. 3 v. alt. No. C003916-2 MARCA DE PRODUCTO No. de Expediente: 2010101093 No. de Presentación: 20100136635 CLASE: 05. OLEODERM Consistente en: la palabra OLEODERM, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIENICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS DIETETICAS PARA USO MEDICO; ALIMENTOS PARA BEBES; EMPLASTOS; MATERIAL PARA APOSITOS; MATERIAL PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCION DE ANIMALES DAÑINOS, FUNGICIDAS; HERBICIDAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día dieciocho de mayo del año dos mil diez. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de mayo del año dos mil diez. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, SECRETARIO. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS DANIEL FUNES, en su calidad de APODERADO de DROGUERIA 3 v. alt. No. C003901-2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 152 DE TERCERA PUBLICACIÓN ACEPTACIÓN DE HERENCIA Fíjense y publíquense los edictos de Ley. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Tejutla, LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI- a los trece días del mes de mayo del dos mil diez.- DR. DANILO MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO, SECRETARIA. HACE SABER: Que por resolución proveída a las ocho horas y 3 v. alt. No. C003778-3 veinticinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente LT A y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora MARIA DEL CARMEN HERNANDEZ, quien falleció el día treinta de noviembre del año dos mil seis, a la edad de FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO del señor JOSE SANTOS BRITO, en concepto cesionario de los dere- DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO, NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU sesenta y seis años, siendo en esta ciudad su último domicilio, de parte chos hereditarios que en dicha sucesión le correspondía a las señoras HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal, de las catorce ANA DEL CARMEN RIVAS DE BARRERA, KRISIA HERNANDEZ horas y quince minutos del día cinco de Mayo del corriente mes y año, GARCIA y MARISOL HERNANDEZ DE ORELLANA, éstas como se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, hijas de la causante. la Herencia Intestada del causante CARLOS ALFONSO CANJURA Confiéresele al aceptante en el concepto antes expresado, la Admi- CACEROS, conocido por CARLOS ALFONSO CANJURA, quien nistración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y murió el treinta y uno de julio de mil novecientos setenta y uno, en esta restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Ciudad, siendo éste su último domicilio; de parte de la señora IRIS Lo que se hace saber al público para efectos de Ley. AIDA REBECA CANJURA DE PEÑA como cesionaria del Derecho Hereditario que correspondía a la cedente señora CONCEPCION MO- Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento RALES, conocida por MARIA CONCEPCION MORALES ahora viuda de Sonsonate, a cuatro días del mes de mayo del año dos mil diez.- LIC. DE CANJURA como cónyuge sobreviviente del expresado causante. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTAN- Aceptación que se hace conjuntamente con la aceptante la señora GLORIA CIA.- LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA, SECRETARIO. ESTELA DELFINA CANJURA MORALES DE ALFARO, conocida por GLORIA ESTELA CANJURA DE ALFARO, en su carácter de hija del de cujus; a quienes se ha nombrado interinamente, Administradoras 3 v. alt. No. C003775-3 y Representantes Interinamente de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. O Lo que se pone en conocimiento del público para los fines de AR I DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA DI INSTANCIA DE TEJUTLA. HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, proveída a las quince horas y cincuenta minutos del día trece de mayo del presente Ley. Juzgado Primero de lo Civil; Santa Ana, a las quince horas y cinco minutos del día cinco de Mayo del año dos mil diez.- Lic. FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Licda. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA. año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la señora MIRTALA TICAS, de cincuenta y un años de edad, soltera, de oficios domésticos, 3 v. alt. No. C003825-3 originaria de San Salvador, y residente en Citalá, hija de Soledad Ticas, falleció a las diez horas y treinta minutos del día once de enero de mil novecientos treinta y siete, por parte de DOROTEO FACUNDO TICAS HERNANDEZ, en su calidad de hijo. JOSE MANUEL CHAVEZ LOPEZ, Juez de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos de ley, Confiérese al aceptante la Administración y Representación In- HACE SABER: Que por resolución de las quince horas del día terina de la sucesión con las facultades y restricciones legales que les veintiuno de mayo de dos mil diez, se ha tenido por aceptada expre- corresponden a los curadores de la Herencia Yacente. samente con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la señora EDITA EVA GUILLEN MUÑOZ o EVA DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 153 EDIT GUILLEN, quien falleció el día diecisiete de noviembre de mil Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las ocho horas veinticinco novecientos ochenta y uno, siendo Jutiapa, departamento de Cabañas, minutos del día veintiocho de Mayo del año dos mil diez.- Doctora ANA lugar de su último domicilio, de parte de GEORGINA DEL CARMEN FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL SERRANO, como Cesionaria del Derecho Hereditario que le corres- RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO. pondía a cada una de las señoras FRANCISCA ROSINDA GUILLEN y GREGORIA ETELVINA GUILLEN DE CAÑAS o GREGORIA 3 v. alt. No. C003902-3 ETELVINA GUILLEN, en calidad de hermanas de la causante; y se le ha conferido a la aceptante, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO mento de Cabañas, a las quince horas treinta minutos del día veintiuno de mayo de dos mil diez.- Licdo. JOSE MANUEL CHAVEZ LOPEZ, HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las diez horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. ANGELA VERONICA JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, LT A Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, departa- GUERRA HERNANDEZ, SECRETARIA. causante señor ROMAN PEREZ conocido por ROMAN PEREZ NIETO, ocurrida el día once de octubre del año de mil novecientos noventa y 3 v. alt. No. C003826-3 ocho, en el Cantón La Loma, jurisdicción de la población de San Pedro Perulapán, de este Departamento, siendo ése su último domicilio, al señor TRANSITO PEREZ MUNGUIA, éste en su calidad de hijo del referido causante. Doctora ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DEL DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE, AL Habiéndosele conferido al heredero declarado la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. PUBLICO PARA LOS EFECTOS LEGALES, Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el HACE SABER: Que por resolución emitida a las ocho horas quince término legal se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho. minutos, este día se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia testamentaria que a su defunción dejó la señora INES DEL PILAR HENRIQUEZ DE FLORES, conocida por INES DEL PILAR HENRRIQUEZ DE FLORES, de sesenta y siete años de edad, de oficios del hogar, casada e hija de la señora Luisa Henríquez o Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las diez horas y quince minutos del día cuatro de mayo del año dos mil diez.- Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. JOSE ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO. María Luisa Henríquez, fallecida a la una horas del día dos de Octubre del año dos mil nueve, en el Barrio San Juan de Dios de San Vicente, 3 v. alt. No. F014282-3 siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, de parte de los señores O LEONICIO ARTURO FLORES, conocido por DIONISIO ARTURO AR I FLORES AGUILAR, de sesenta y cinco años de edad, pensionado, del JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, AL número CERO DOS DOS DOS UNO NUEVE NUEVE CERO GUION PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, DI domicilio de San Vicente, portador de su Documento Unico de Identidad CERO, y Número de Identificación Tributaria UNO CERO UNO CERO GUION CERO NUEVE UNO CERO CUATRO CUATRO GUION CERO CERO TRES GUION CERO y SILVIA YANETH FLORES HENRIQUEZ, de veintiocho años de edad, estudiante, del domicilio de San Vicente, portadora de su Documento Único de Identidad número AVISA: Que por resolución de las nueve horas de este día, se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Beneficio de Inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor JOSE LIDIO BATRES, al fallecer el día veintiséis de septiembre de mil novecientos noventa y cinco, en el Barrio Candelaria de ciudad de Ozatlán, siendo esa misma CERO CERO TRES SIETE CUATRO CERO OCHO OCHO GUION ciudad su último domicilio, de parte de los señores: María Lucía Macha- SIETE, y Número de Identificación Tributaria UNO CERO UNO CERO do de Ramírez, en calidad de cesionaria del derecho hereditario que le GUION DOS OCHO CERO DOS OCHO DOS GUION UNO CERO correspondía a los señores: JOSE OSCAR MACHADO BATRES, JOSE UNO GUION TRES, ambos como herederos testamentarios; y se ha GONZALO MACHADO BATRES, JOSE RIGOBERTO MACHADO tenido a los señores: LEONICIO ARTURO FLORES, conocido por BATRES, JOSE DAVID MACHADO BATRES, todos en calidad de DIONISIO ARTURO FLORES AGUILAR y SILVIA YANETH FLO- hijos del mismo causante. RES HENRIQUEZ, en el concepto antes expresado, administradores y representantes interinos de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Confiriéndosele a la aceptante dicha, la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de los Curadores de la Herencia Yacente. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 154 Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que se BELTRAN AMAYA o MARIA MARGARITA BELTRAN viuda DE presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después JURADO, quien falleció el día trece de septiembre del año dos mil uno, de la tercera publicación de este edicto. en la Colonia Gerardo Barrios de esta ciudad, su último domicilio; de LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los tres días del mes de mayo del dos mil diez.- Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN parte de los señores JUAN JOSE JURADO BELTRAN, JOSE ROBERTO JURADO BELTRAN y ADRIANA BEATRIZ BELTRAN DE ARGUETA, en calidad de hijos de la causante.- Habiéndoles conferido a los aceptantes declarados en el carácter indicado, la Administración y HERNANDEZ, SECRETARIA. Representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. 3 v. alt. No. F014286-3 Y CITA: A los que se crean con derecho a la Herencia referida LT A para que se presenten a deducirlo dentro del término de QUINCE días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU JAIME AMADO DEL VALLE MENJIVAR, Notario, de este domi- cilio, con oficina establecida en Sesenta y Siete Avenida Sur, Número ley. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios, Doscientos Veintiuno de esta ciudad, HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las diez horas del día diecinueve de marzo de dos mil diez, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia Intestada que a su defunción ocurrida a las dieciséis horas y cuarenta Departamento de San Miguel, a las quince horas y cinco minutos del día diecinueve de mayo del año dos mil diez.- Licda. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Br. EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SECRETARIO. minutos del día quince de diciembre de dos mil siete, en el Cantón El Salitre de la Jurisdicción de San Miguel de Mercedes, Departamento 3 v. alt. No. F014355-3 de Chalatenango, siendo éste su último domicilio, dejó el señor JOSE MOISES OLIVA conocido por JOSE MOISES OLIVA GOMEZ y MOISES OLIVA, de parte del señor JESUS ANAIN OLIVA OLIVA, AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL en concepto de hijo del causante, habiéndosele conferido la Adminis- DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, tración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que se avisa al público para los efectos de Ley. Librado en las oficinas del Notario JAIME AMADO DEL VALLE O MENJIVAR, a las quince horas del día dieciocho de mayo de dos mil se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada dejada a su defunción por el señor REYES ANTONIO PEREZ, quien fue de sesenta y un años de edad, Empleado, divorciado, originario y del domicilio de Quezaltepeque, siendo éste su AR I diez. HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a las diez horas veinte minutos del día nueve de abril de dos mil diez, último domicilio, fallecido el día veintiuno de julio de dos mil nueve, de parte de los señores EDGARDO ANTONIO PEREZ VEGA, LETICIA MARGARITA PEREZ DE MORENO, IRIS YESENIA PEREZ DE NOTARIO. MIRANDA y DAVID ARISTIDES PEREZ VEGA, en sus conceptos DI JAIME AMADO DEL VALLE MENJIVAR, de hijos del causante, a quienes se les ha conferido la administración y 3 v. alt. No. F014297-3 representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que se hace saber al público en general para los efectos de Licda. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD BARRIOS, HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y cincuenta minutos del día diecisiete de mayo del año dos mil diez, se ha tenido ley. Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las diez horas treinta minutos del día nueve de abril de dos mil diez.- Licda. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL.- Lic. JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SECRETARIO. por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó la señora MARIA MARGARITA 3 v. alt. No. F014376-3 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 155 JOSÉ ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, AL dejó el señor JOSE MODESTO PACAS RIVAS, quien era de cuarenta PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, y cuatro años de edad, salvadoreño, soltero, Albañil, las cuales son promovidas por el señor JUAN RIVAS, en calidad de padre del causante; habiéndosele conferido al aceptante la administración y representación AVISA: Que por resolución de las once horas y treinta minutos de este día se ha tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. BENEFICIO DE INVENTARIO la Herencia Intestada que a su defunción conocida por FRANCISCA GABRIELA JIMENEZ, y por FRANCISCA GABRIELA JIMENEZ HERNANDEZ, al fallecer el día veintiséis de abril de mil novecientos noventa y cuatro, en el Barrio San Antonio de la ciudad de Ozatlán, Departamento de Usulután, lugar que tuvo como derecho a la referida herencia para que se presenten a deducirlo en el término de quince días, siguientes a la tercera publicación de este edicto, Lo que se avisa al público para los efectos de ley. Librado en la ciudad de San Salvador, a las doce horas del día NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU último domicilio de parte del señor OSCAR EDILBERTO MEDRANO En consecuencia, por este medio se cita a los que se crean con LT A dejó la señora FRANCISCA GABRIELA JIMENEZ DE MEDRANO, JIMENEZ, en calidad de hijo de la Causante, y como cesionario de los veintiocho de abril de dos mil diez. derechos hereditarios que le correspondían al señor JULIO CESAR MEDRANO RAMIREZ, conocido por JULIO CESAR MEDRANO, como cónyuge sobreviviente de la misma causante. MAYRA ELENA LOPEZ FUENTES, Confiriéndosele al aceptante dicho, la Administración y Represen- NOTARIO. tación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de los Curadores de la Herencia Yacente. 3 v. c. No. F014581-3 Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después de la tercera publicación de este edicto. LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los ca- MARlO ENRIQUE GARCÍA REYES, Notario, de este domicilio, con torce días del mes de Mayo del año dos mil diez.- Lic. JOSE ANTONIO oficina ubicada en Novena Avenida Norte número dieciocho de esta GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN ciudad, HERNANDEZ, SECRETARIA. HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída en la ciudad de Santa Ana, a las doce horas del día treinta y uno de mayo de dos mil diez, se ha tenido por aceptada expresamente, con beneficio de inventario, la Herencia Intestada del señor JOSE ESTEBAN LANDAVERDE, quien fue de ochenta años de edad, Albañil, casado, DI AR I O 3 v. c. No. F014568-3 MAYRA ELENA LOPEZ FUENTES, Notaria, de este domicilio, con de este domicilio, fallecido en Caserío El Copinolito, Cantón Primavera, oficina ubicada en Primera Calle Poniente, casa número dos mil ocho- de esta Jurisdicción, a las cuatro horas del día veintisiete de marzo de cientos diecisiete, San Salvador. dos mil ocho, y que fuera el lugar de su último domicilio, de parte de la señora PETRONA ROMERO DE LANDAVERDE, en el carácter de cónyuge sobreviviente y como cesionaria de los derechos hereditarios HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia, por resolución de la suscrita Notaria, proveída a las nueve horas del día veintiséis de abril de dos mil diez, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción, ocurrida, a la una hora del día veintinueve de Enero del año de mil novecientos noventa y nueve, falleció en el Cantón Las Llaves, en Villa de Nueva Granada, Departamento de Usulután, su último domicilio, a consecuencia de TRAUMATISMO CRANEOENCEFALICO SEVERO, que en la misma le correspondían a los señores AMANDA ROMERO LANDAVERDE, MIRIAN ESTHER ROMERO LANDAVERDE, ANA RUTH LANDAVERDE ROMERO, y RENÉ ALCIDES LANDAVERDE ROMERO, en el carácter de hijos sobrevivientes del causante; a quien se nombra interinamente Administradora y Representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia yacente. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 156 En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida oficina en el término de quince días, contado desde el día siguiente a la última publicación del presente edicto. Se avisa al público para los efectos de ley. Alcaldía Municipal: Santa María Ostuma, cinco de mayo de dos mil diez.- Licda. ANTONIA GUEVARA DE MELCHOR, ALCALDESA MUNICIPAL.- JUAN ANTONIO CALERO AVALOS, SECRETARIO Librado en la oficina del suscrito Notario, en la ciudad de Santa MUNICIPAL. Ana, a los treinta y un días del mes de mayo de dos mil diez. 3 v. alt. No. F014280-3 MARIO ENRIQUE GARCIA REYES, 3 v. c. No. F014651-3 LT A NOTARIO. EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD, NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el señor ER- NESTO ANTONIO GOMEZ ALDANA, de veintiséis años de edad, TITULO DE PROPIEDAD estudiante, de domicilio de San Isidro, Cabañas, con Documento Único de Identidad número cero cero cinco cinco uno cinco uno tres-uno, y Número de Identificación Tributaria cero nueve cero cinco-uno nueve La infrascrita Alcaldesa Municipal, cero tres ocho tres-uno cero uno-cero, solicitando que se le extienda Título de Propiedad, de un inmueble Terreno Rústico hoy Urbano, situado en JESUS LOPEZ ANAYA, de ochenta y seis años de edad, Agricultor en el lugar de San Isidro Viejo, hoy Colonia La Lomita, de esta ciudad, de Pequeño, del domicilio de Santa María Ostuma, con Documento Unico la capacidad Superficial de DOSCIENTOS TREINTA Y DOS metros de Identidad número cero cero trescientos treinta y un mil doscientos cuadrados, SETENTA centímetros cuadrados, el cual mide y linda: noventa y tres guión cinco, y con Número de Identificación Tributaria AL NORTE, veintiuno punto treinta y cinco metros, colindando con cero ochocientos dieciocho guión doscientos mil ciento veinticuatro guión el señor Ezequiel Chávez, hoy con Carlos Ruiz y Julio Alfaro, camino cero cero uno guión uno, solicitando a su favor título de propiedad de vecinal de por medio; AL ORIENTE, diez punto noventa metros, co- un solar urbano situado en el Barrio Candelaria, Calle Rafael Aguilar, lindando con Pablo Amaya, tapial del colindante hoy con Luis Alonso Número S/N, de Santa María Ostuma, compuesto según su solicitud de Gómez; AL SUR, veintiuno punto treinta y cinco metros, colindando CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO PUNTO DIEZ METROS con Antonio Cortez, cerco del colindante, hoy de Flor Mireya Cortez; CUADRADOS de superficie, que mide y linda: AL NORTE, veintiuno y AL PONIENTE, diez punto noventa metros, colindando con Ezequiel punto cincuenta metros, linda con María Antonia Alvarado viuda de Chávez, en parte y con Antonia Portillo, hoy con José Portillo y Miguel Villalta, calle de por medio y con José Alirio López Candelario, calle Munguía, calle de por medio, que en la actualidad en dicho inmueble se de por medio; AL ORIENTE, mide veintiséis punto treinta metros, linda encuentra construida una casa de sistema mixto con los servicios de agua con Tránsito López Candelario; AL SUR, en dos tramos, el primero de y luz. Que el terreno descrito no es dominante, ni sirviente, no está en DI AR I O HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el señor doce punto noventa y cinco metros y el segundo de cero punto cuarenta proindivisión con nadie. Lo obtuvo por compraventa que le hizo al señor y cinco metros, linda con Rosalío Rosales Echegoyén; AL PONIENTE, Andrés Adolfo Ruiz o Andrés Adolfo Ruiz Serrano, el día veintitrés de mide treinta y dos punto cincuenta metros, linda con propiedad de José octubre de dos mil nueve. Lo valora en la cantidad de TREINTA MIL Darío Echegoyén, calle de por medio, María Luisa Guevara de Pérez, calle DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA, de por medio y con Ernestina Cerritos de Guevara, calle de por medio; todos los colindantes son de este domicilio. todos los colindantes son de este domicilio. El inmueble no es sirviente, Alcaldía Municipal de San Isidro, Cabañas a los once días del mes ni dominante, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia, de mayo de dos mil diez.- JOSE IGNACIO BAUTISTA, ALCALDE ni está en proindivisión de ninguna clase con otra persona. Lo hubo por MUNICIPAL.- ROSICELA MARTINEZ DE LAINEZ, SECRETARIA compra que hizo a la señora Antonia Cerón de Vásquez, en escritura MUNICIPAL. pública otorgada en San Juan Nonualco el día veinte de agosto de mil novecientos noventa ante el Notario José Augusto Contreras Minero. Lo valúa en la cantidad de MIL DOSCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. 3 v. alt. No. F014344-3 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 157 AYALA, y la segunda porción por compraventa de posesión material TÍTULO SUPLETORIO que le hizo a la misma vendedora; se estima en el precio de CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA EFECTOS Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco DE LEY. Gotera, Morazán, a las quince horas del día veinticuatro de mayo del dos mil diez.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado SATURNINO ADILSON DIAZ PEREIRA, como Apoderado SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA. LT A General Judicial de la señora LIDIA RUDELIA PEREIRA AYALA, conocida por LIDIA RUDELIA PEREIRA y por LIDIA PEREIRA, a 3 v. alt. No. C003770-3 solicitar a su favor Título Supletorio, sobre dos porciones de terreno NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU de naturaleza rústica, situado en el Cantón Soledad, Jurisdicción de Meanguera, Departamento de Morazán, de la capacidad superficial de CUATRO MANZANAS; la segunda porción de la misma naturaleza, de la capacidad superficial de TRES MANZANAS; y forma un solo cuerpo, LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez en su conjunto suman siete manzanas, pero en la realidad su extensión Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para superficial es de SESENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SESENTA efectos de Ley. Y DOS PUNTO CERO CUATRO METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL PONIENTE, consta de dos tramos, el primero con rumbo Norte, mide ciento cincuenta y cuatro punto noventa y cuatro metros, y el segundo con rumbo Noroeste, mide ochenta y uno punto ochenta y cinco metros, con una distancia de ciento ochenta y ocho punto ochenta y cinco metros, con terreno de Ruddy Caballero, y Rosa Berta Caballero, cerco de alambre de por medio; LINDERO NORTE, consta de tres tramos, el primero con rumbo Noreste, mide cuarenta y nueve punto noventa y ocho metros; el segundo con rumbo Este, mide ciento doce punto cero siete metros; y el tercero con rumbo Sureste, mide trescientos veintidós punto veintiún metros, con una distancia de O cuatrocientos ochenta y cuatro punto veintiséis metros; lindando en el AR I primer y segundo tramo con terreno de Reynaldo Ponce y de Eriberta Claros, y en el tercer tramo con Alcides Sorto, cerco de alambre propio DI de por medio; AL ORIENTE, consta de un tramo con rumbo Suroeste, y con una distancia de doscientos quince punto cincuenta y siete metros, y colinda con terreno de Maximino Claros, y Rosa Berta Caballero, cerco de alambre propio y en parte calle de por medio; y LINDERO SUR, consta de tres tramos, el primero con rumbo Noroeste, mide treinta y uno punto cuarenta y dos metros; el segundo con rumbo Suroeste, mide HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado SANTOS ULICES VARAHONA VENTURA, como Apoderado General Judicial de la señora VILMA CONCEPCION VIGIL, a solicitar a favor de ésta TÍTULO SUPLETORIO, sobre Un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Caserío Los Quebrachos, Cantón El Rodeo, de la Jurisdicción de Jocoaitique, Departamento de Morazán, de la extensión superficial de CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE, mide veintiún metros, linda con solar de Antonia Amaya, Calle Antigua a Jocoaitique de por medio; AL PONIENTE, mide veintidós metros, linda con solar de Florentino Gómez, divide cerco de alambre de por medio; AL SUR, mide diecisiete metros, cerco de alambre de por medio linda con Solar de Teófila Reyes; y AL ORIENTE, mide veinticuatro metros, cerco de alambre, linda con solar de Natalia Reyes, y calle pavimentada de por medio, hasta llegar donde se comenzó. El inmueble descrito lo valora en el precio de SEIS MIL DOLARES, la señora Vigil, adquirió dicho inmueble por venta de la posesión material por Escritura Pública, que le efectuó el señor JOSE GERMAN VENTURA RODRIGUEZ. sesenta punto cero dos metros, y el tercero con rumbo Noroeste, mide Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco noventa y siete punto cuarenta y un metros, con una distancia de ciento Gotera, a las catorce horas del día veintiséis de enero de dos mil diez.- ochenta y ocho punto ochenta y cinco metros; colinda en parte con te- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ SEGUNDO DE rreno de Samuel Claros, cerco de alambre propio de por medio, y en otra PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ parte con Maximino Claros, y la Calle Real que de la Villa El Rosario SANCHEZ, SECRETARIA. conduce a Meanguera. Dichas porciones de terreno que ahora forma un solo cuerpo, las adquirió la primera porción por medio de compraventa en Documento Privado que le hizo a la señora MARIA TEODULA 3 v. alt. No. C003776-3 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 158 JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, Juez de Primera Instancia de este se le extienda Título Supletorio de un terreno de naturaleza rústica, de Distrito Judicial. su propiedad, situado en Final Barrio Concepción, Comunidad Asino Uno, Calle Principal, Jurisdicción de Santiago Texacuangos, de este Departamento, según Ficha Catastral es de una extensión superficial de HACE SABER: Que a este Juzgado se han presentado los señores DOMINGO ANTONIO GÁLVEZ, de cuarenta y un años de edad, jornalero; y CELINA DEL CARMEN GUARDADO GONZÁLEZ, de treinta y cinco años de edad, ama de casa, ambos de este domicilio, de este domicilio, por medio del Apoderado General Judicial Licenciado TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PUNTO OCHENTA Y TRES METROS CUARENTA Y SIETE DECIMETROS CUADRADOS aproximadamente, el cual mide y linda: AL NORTE, consta de dos tramos el primero, de once punto noventa y siete metros, y el segundo, de ocho punto setenta y un metros, con parcela mil ciento veintidós, propiedad de SUPLETORIO a su favor de un terreno de naturaleza rústica, situado en Justo Mario Marroquín; AL ORIENTE, consta de dos tramos el primero, el Cantón Agua Zarca, de esta Jurisdicción, de la extensión superficial de siete punto veintitrés metros y el segundo, de seis punto noventa y de DIEZ MIL DOSCIENTOS VEINTISIETE PUNTO VEINTISEIS cinco metros, con parcela número seiscientos sesenta y seis, propiedad NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU LT A RONALD GIOVANNI CARDONA ALVARADO, solicitando TÍTULO METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: de Cruz de Jesús Sánchez, Calle de por medio; AL SUR, consta de tres AL ORIENTE: mide ciento treinta y cuatro metros, linda con terreno tramos, el primero, de dos punto doce metros, y el tercero, de once punto del señor José Espinoza, línea imaginaria de por medio; AL SUR: mide setenta y siete metros, con parcela número novecientos, propiedad de ochenta metros, linda con la Lotificación Lotiversa, cerco de alambre de Carlos Alberto Jurado Benítez; AL PONIENTE, consta de dos tramos; por medio y calle de diez metros de ancho de por medio; AL PONIENTE: el primero, de once punto treinta y cinco metros, el segundo, de siete mide noventa y siete metros, linda con la Lotificación Mata de Huerta, punto noventa y cuatro metros, con parcela número mil ciento veintiu- calle de diez metros de ancho de por medio; y AL NORTE: mide cien metros, linda con resto de terreno que le queda al vendedor señor Roberto Olidio Rivera Crespín. En los cuatro rumbos existen mojones de madera esquineros. Sin construcciones, ni cultivos permanentes. El inmueble antes no, propiedad de Víctor Manuel Sánchez, con parcela número ciento treinta y siete, propiedad de Walter Vladimir Cornejo Pérez, y parcela número mil ciento treinta y ocho propiedad de Everilda Pérez Vásquez de Cornejo. El terreno descrito no es dominante, ni sirviente, ni está en descrito lo estiman los titulantes en la cantidad de VEINTIOCHO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; y lo hubo por compraventa que le hizo al señor Roberto Olidio Rivera Crespín, según consta en Testimonio de Escritura Pública de Compraventa, otorgada a su favor, en esta ciudad el día quince de diciembre del año dos mil proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas; dicho terreno lo adquirió por compraventa que le hiciera la señora Basilia López, de oficios domésticos, del domicilio de Santiago Texacuangos, Departamento de San Salvador, ya fallecida, y careciendo de título de dominio inscrito, promueve las presentes diligencias y lo nueve. estima en la cantidad de TRES MIL DOLARES EXACTOS, que dicho Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco: Cabañas, O a las quince horas treinta minutos del día veintiuno de mayo de dos mil AR I diez.- LIC. JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. OSCAR ARMANDO LÓPEZ SÁNCHEZ, SE- hace más de diez años. Lo que pone del conocimiento del público y a la persona que deba presentar oposición, a las pretensiones del peticionario lo hagan dentro DI CRETARIO. inmueble lo posee en forma quieta, pacífica y no interrumpida desde del término legal, y en la dirección arriba mencionada. 3 v. alt. No. C003827-3 Librado en la Oficina de la suscrita Notario: San Salvador, a los veinticinco días del mes de mayo de dos mil diez. IRMA JUDITH SANCHEZ MARTINEZ, Notario, de este domicilio, con Despacho Profesional ubicado en Calle Lara, Número ciento diecinueve, IRMA JUDITH SANCHEZ MARTINEZ, local tres, Barrio Candelaria, San Salvador. NOTARIO. HACE SABER: Que el señor JESUS LOPEZ, de ochenta y siete años de edad, jornalero, del domicilio de Santiago Texacuangos, Departamento de San Salvador, ha comparecido ante mis oficios solicitando 3 v. alt. No. F014261-3 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 159 ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS- por medio; y AL PONIENTE, ciento tres punto noventa y seis metros, TRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. con terreno del señor Miguel Ángel Umanzor Velásquez, callejón de por medio por el que tiene acceso a la calle pública. Cuarto, Quinto y Sexto Inmueble, están situados en el Cantón Güeripe, Jurisdicción de RAFAEL UMANZOR, mayor de edad, Agricultor, del domicilio de Polorós, Departamento de La Unión, solicitando Título Supletorio sobre seis terrenos de naturaleza rústicos, situados el Primero, segundo y tercero, en el Caserío El Mojón, Cantón Mala Laja, de la Jurisdicción de Polorós, Distrito de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión. El Primero, de la capacidad superficial de cuarenta y tres mil doscientos Unión. Cuarto Inmueble, conocido "Cerro Las Dantas", de la capacidad superficial de doce mil cuarenta y siete punto ocho sesenta y seis metros cuadrados, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE, cincuenta y ocho punto cincuenta y siete metros, con terreno del señor José Santos Rodríguez, cerco de alambre de púas de por medio; AL ORIENTE, ciento sesenta y uno punto veinticinco metros, con terreno de la señora Rosa Elia Chávez, cerco de alambre de púas de por medio; NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU diez punto cero cincuenta y ocho metros cuadrados, que mide y linda: AL Concepción de Oriente, de este Distrito Judicial, Departamento de La LT A HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor NORTE, trescientos cincuenta y cuatro punto ocho metros, con Alberto Bonilla y Roza Elia Chávez, cerco de alambre de púas de por medio; AL ORIENTE, cincuenta punto ochenta y tres metros, con terreno de Rosa Elia Chávez, cerco de alambre de púas de por medio, y con Miguel Ángel Umanzor Velásquez, con callejón de por medio; AL SUR, ciento punto noventa y nueve metros, con terreno de Pastor Umanzor Velásquez, Alfonso Umanzor Velásquez y Marcial Umanzor, Calle Pública que de Polorós conduce a Concepción de Oriente; y AL PONIENTE, trescientos doce punto cuarenta y cuatro metros, con terreno de Felipe Moreno y Susana Umanzor, cerco de alambre de púas de por medio, inmueble que contiene construida cuatro casas de habitación, paredes de adobe, repe- lladas techo de madera y tejas, piso de ladrillo de cemento, consta de una sala, cocina y un dormitorio, corredores ambos lados, energía eléctrica y agua potable. Segundo Inmueble, de la capacidad superficial de trece mil cuatrocientos cuarenta punto uno sesenta y ocho metros cuadrados, O de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE, ochenta y uno punto AR I cinco metros, con terreno de la Rosa Delmi Velásquez, cerco de alambre de púas de por medio; AL ORIENTE, ciento ochenta y seis punto trece DI metros, colinda con los señores Julia Moreno y Enrique Moreno, cerco de alambre de púas de por medio; AL SUR, noventa y cinco punto setenta y siete metros, con terreno de Fernando Moreno, callejón de por medio; y AL PONIENTE, ciento diecisiete punto catorce metros, con terreno de Fernando Moreno, cerco de alambre de púas de por medio, inmueble que carece de construcciones y cultivos permanentes. Tercer Inmueble, de la capacidad superficial de cinco mil quinientos veintiuno punto cuarenta y tres sesenta y tres metros cuadrados, que mide y linda; AL NORTE, sesenta y seis punto cuarenta y seis metros, colindando con Paula Elia Escobar, cerco de alambre de púas de por medio; AL ORIENTE, sesenta y cuatro punto noventa y tres metros, con terreno de Neptalí Moreno, cerco de piña de por medio; AL SUR, sesenta y cuatro punto treinta y un metros, con terreno del señor Fernando Moreno, quebrada de invierno de AL SUR, setenta y cuatro punto ochenta y ocho metros, con terreno de la señora Ana Chávez, cerco de alambre de púas de por medio; y AL PONIENTE, ciento noventa y nueve punto ochenta y siete metros con terreno de la señora Susana Umanzor, mojones de piedra de por medio, inmueble que carece de cultivos y construcciones permanentes. Quinto Inmueble, conocido como "Cerro El Coyol", de la capacidad superficial de treinta y nueve mil quinientos sesenta y dos punto tres veintinueve metros cuadrados, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE, trescientos cincuenta y siete punto veintiocho metros, con terreno de los señores Jorge Alberto Maldonado, Maura Bonilla, Gloria Bonilla y Susana Umanzor, cerco de alambre de púas de por medio; AL ORIENTE, ciento treinta y ocho punto cero un metros, con terreno de la señora Blanca Maldonado, cerco de alambre de púas de por medio; AL SUR, trescientos cuarenta y seis punto setenta y siete metros, con terreno de los señores Alfonso Umanzor, Ifigenia Velásquez, y Susana Umanzor, callejón privado de por medio, que sirve de acceso a la calle pública al inmueble en mención y a los otros colindantes; y AL PONIENTE, ochenta y seis punto setenta y seis metros, con terreno de Carlos Maldonado y Blanca Maldonado, quebrada de por medio, inmueble que carece de cultivos y construcciones permanentes. Y Sexto Inmueble, conocido como "El Llano", de la capacidad superficial de siete mil trescientos setenta y nueve punto cincuenta y cinco cincuenta y uno metros cuadrados, que mide y linda; AL NORTE, veintinueve punto cincuenta metros, con terreno de Adolfina Yanez, y Felícita Acosta, cerco de alambre de púas de por medio; AL ORIENTE, doscientos cuarenta y uno punto noventa y nueve metros, con terreno de Andrés Umanzor Velásquez, Miguel Ángel Umanzor Velásquez, Carmen Umanzor Velásquez y Ulises Umanzor Velásquez, con cerco de alambre y piña de por medio; AL SUR, treinta y cuatro punto once metros, con terreno de la señora Felícita Bonilla, cerco de alambre de púas de por medio; y AL PONIENTE, doscientos DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 160 veintidós punto cero seis metros, con terreno del señor Teófilo Velásquez, Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco mojones de piedra de por medio, inmueble que carece de cultivos y Gotera, a las catorce horas treinta minutos del día veintiuno de abril construcciones permanentes. Valúa dichos inmuebles en la cantidad de de dos mil diez.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, DIEZ MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y los adquirió los tres primeros por compraventa de posesión material a JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA. la señora VICTORIA MORENO DE UMANZOR, y el Cuarto, quinto y sexto, por compraventa de posesión material al señor MIGUEL UMAN- 3 v. alt. No. F014311-3 ZOR VELÁSQUEZ, ambas compras el día nueve de marzo del año dos Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, a los doce días del mes de abril del año dos mil LT A mil diez. LIC. MARIA ELENA LOVO ANGEL DE AVALOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU diez.- LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.LICDA. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ, SECRETARIA. HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado el señor DOROTEO MORALES MORALES, de cincuenta y cinco años de 3 v. alt. No. F014292-3 edad, albañil, del domicilio de San Antonio de la Cruz, Municipio de este Departamento, actuando en su carácter personal, solicitando a su nombre, TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústica, y sin cultivo permanente y con la construcción de una casa de techo de LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez tejas, y paredes de adobe, situado en el Caserío Los Morales, del Cantón Santa Ana, de la Jurisdicción de San Antonio de la Cruz, Municipio Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos de Ley. de este Departamento, de una extensión superficial de VEINTISIETE PUNTO CINCUENTA AREAS, que tiene como medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE, mide ciento cuatro metros, linda con terreno propiedad de Filemón Menjívar; AL NORTE, mide doscientos metros, HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado SANTOS ULICES BARAHONA VENTURA, como Apoderado General colinda con terrenos propiedad de Miguel Ramírez, Armando Morales, Santos Morales y de Lucía Orellana; AL PONIENTE, mide doscientos dieciséis metros, linda con terreno de propiedad de Miguel Ramírez; de la Alcaldía Municipal de Corinto, a solicitar a favor de ésta TITULO y AL SUR, mide ciento diez metros y linda con terreno propiedad de O Judicial del señor SERGIO ARGUETA, éste como Síndico Municipal AR I SUPLETORIO, sobre un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón Hondable, Jurisdicción de Corinto, Distrito de Osicala, Departamento DI de Morazán, de la capacidad superficial de Cacaopera, Departamento de Morazán, de la capacidad superficial de MIL OCHOCIENTOS METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE, mide doce metros; AL NORTE, mide setenta metros; Doroteo Morales y Concepción Menjívar Guardado. El mencionado inmueble no es dominante, ni sirviente, ni tiene cargas reales que deban respetarse por no tenerlo en proindivisión con ninguna persona. Lo que se pone al conocimiento del público para los efectos legales consiguientes. AL PONIENTE, mide treinta y seis metros; y AL SUR, mide ochenta metros, colindando en todos sus rumbos con resto del inmueble, de donde se desmembra la porción que se describe en todos los rumbos cerco de alambre de por medio. El inmueble anteriormente descrito adquirió la Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango, a las nueve horas y treinta y cinco minutos del día veintisiete de abril del dos mil diez.- LIC. MARÍA ELENA LOVO ANGEL DE AVALOS, JUEZ Alcaldía Municipal de Corinto por venta de la posesión material por Escritura Pública que le efectuó el señor LAUREANO ALVAREZ; y DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. EDWIN EDGARDO RIVERA CASTRO, SECRETARIO. lo valora en la cantidad de CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE DOLARES CON CATORCE CENTAVOS DE DÓLAR. 3 v. alt. No. F014360-3 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. RENOVACION DE MARCAS 161 No. de Expediente: 1988000961 No. de Presentación: 20100133252 CLASE: 01, 02, 06, 16. No. de Expediente: 1997003648 No. de Presentación: 20080109056 EL INFRASCRITO REGISTRADOR, CLASE: 05. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS ALFREDO PINEDA NAVAS, mayor de edad, ABOGADO EL INFRASCRITO REGISTRADOR, LT A Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL ADMINISTRATIVO Y JUDICIAL de GRUPO SOLID (EL SALVADOR), SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado FREDY ORLANDO ORTIZ MEJIA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PRODUCTOS FARMACEUTICOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PRODUCTOS FARMACEUTICOS, S.A. de C.V., del domicilio de LAGO TANGAÑICA DIECIOCHO, COLONIA GRANADA, DELE- de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00111 del Libro 00126 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra “DURA SOLV”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 01, 02, 06, 16 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de GACIÓN MIGUEL HIDALGO 11520, MÉXICO, D.F., de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00039 del Libro 00072 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras “AMIG-DOBIS” escritas en letras mayúsculas de molde, estando las sílabas “AMIG” y “DOBIS” separadas por un guión; Ley. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los tres días del mes de mayo del año dos mil diez. que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. LUCIA MARGARITA GALAN, O SECRETARIO. AR I DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin- 3 v. alt. No. C003832-3 DI tivos. San Salvador, a los dieciséis días del mes de octubre del año dos mil ocho. Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON, No. de Expediente: 1988000964 REGISTRADORA. No. de Presentación: 20100135667 CLASE: 01, 02, 06, 16. MARIA ISABEL JACO LINARES, SECRETARIA. EL INFRASCRITO REGISTRADOR, 3 v. alt. No. C003822-3 HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS ALFREDO PINEDA NAVAS, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 162 del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de GRUPO SOLID (EL SALVADOR), Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: GRUPO SOLID (EL SALVADOR), S.A. DE C.V., del domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RE- DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la NOVACION, para la inscripción Número 00076 del Libro 00127 de Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra CORROSITE; que San Salvador, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil diez. ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 01, 02, 06, 16 de la Clasificación Internacional de Niza. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de REGISTRADOR. LT A Ley. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU LUCIA MARGARITA GALAN, San Salvador, a los tres días del mes de mayo del año dos mil diez. SECRETARIO. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR. 3 v. alt. No. C003834-3 SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA, SECRETARIO. MARCA DE FABRICA 3 v. alt. No. C003833-3 No. de Expediente: 2010098434 No. de Presentación: 20100131742 CLASE: 05. No. de Expediente: 1988000933 AR I CLASE: 01, 02, 06, 16. LA INFRASCRITA REGISTRADORA, O No. de Presentación: 20100133737 DI EL INFRASCRITO REGISTRADOR, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS RIESTRA, SOCIEDAD ANONIMA (RIESTRA, S.A.), de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, ALFREDO PINEDA NAVAS, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de GRUPO SOLID (EL SALVADOR), ALERDIN SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: GRUPO SOLID (EL SALVADOR), S.A. DE C.V., del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00005 del Libro 00127 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en las palabras “DURA Consistente en: la palabra ALERDIN, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y SUSTANCIAS PARA USO MÉDICO. Clase: 05. SEALER”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil 01, 02, 06, 16 de la Clasificación Internacional de Niza. diez. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin- 163 No. de Expediente: 2010100503 No. de Presentación: 20100135512 tivos. San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil diez. CLASE: 05. Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, LA INFRASCRITA REGISTRADORA, REGISTRADORA. GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ, SECRETARIO. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL 3 v. alt. No. C003792-3 LT A de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU Y DE COMERCIO, PRODEL B No. de Expediente: 2010100504 No. de Presentación: 20100135513 Consistente en: la palabra PRODEL B, que servirá para: AMPA- CLASE: 05. RAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO MÉDICO. Clase: 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR, La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil diez. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de naciona- DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de abril del año dos mil diez. lidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, XIMELIC REGISTRADORA. O Consistente en: la palabra XIMELIC, que servirá para: AMPA- GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ, AR I RAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO MÉDICO. Clase: 05. SECRETARIO. DI La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil diez. 3 v. alt. No. C003794-3 DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de abril del año dos mil diez. No. de Expediente: 2010100502 DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. No. de Presentación: 20100135511 CLASE: 05. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, EL INFRASCRITO REGISTRADOR, SECRETARIO. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM 3 v. alt. No. C003793-3 ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 164 de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de naciona- BORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad lidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE Y DE COMERCIO, COMERCIO, OSTEOX PRESILAM Consistente en: la palabra OSTEOX, que servirá para: AMPAConsistente en: la palabra PRESILAM, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO MÉDICO. Clase: 05. RAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO MEDICO. Clase: 05. LT A La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil diez. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. mil diez. San Salvador, veintidós de abril del año dos mil diez. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. REGISTRADOR. San Salvador, veintidós de abril del año dos mil diez. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, SECRETARIO. REGISTRADOR. 3 v. alt. No. C003796-3 MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, SECRETARIA. No. de Expediente: 2010100498 DI AR I O No. de Presentación: 20100135507 3 v. alt. No. C003795-3 CLASE: 05. LA INFRASCRITA REGISTRADORA, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL No. de Expediente: 2010100499 de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de naciona- No. de Presentación: 20100135508 lidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, CLASE: 05. NORMAPRES EL INFRASCRITO REGISTRADOR, Consistente en: la palabra NORMAPRES, que servirá para: AMHACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO de LA- PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO MÉDICO. Clase: 05. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil diez. 165 DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de abril del año dos mil diez. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos DistinDAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, tivos. San Salvador, veintiséis de abril del año dos mil diez. REGISTRADOR. Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, REGISTRADORA. LT A SECRETARIA. 3 v. alt. No. C003798-3 NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ, SECRETARIO. No. de Expediente: 2010100493 3 v. alt. No. C003797-3 No. de Presentación: 20100135502 CLASE: 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL No. de Expediente: 2010100495 No. de Presentación: 20100135504 de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, CLASE: 05. GINECOPAST DUAL EL INFRASCRITO REGISTRADOR, O Consistente en: las palabras GINECOPAST DUAL, que servirá AR I HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL DI de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO MÉDICO. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil diez. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de abril del año dos mil diez. INHIGREL DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. Consistente en: la palabra INHIGREL, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO MÉDICO. Clase: 05. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, SECRETARIO. La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil diez. 3 v. alt. No. C003799-3 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 166 No. de Expediente: 2010100492 La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil diez. No. de Presentación: 20100135501 DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de abril del año dos mil diez. CLASE: 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, LT A GINECOPAST NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU SECRETARIO. Consistente en: la expresión GINECOPAST, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO MEDICO. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil diez. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de abril del año dos mil diez. 3 v. alt. No. C003801-3 No. de Expediente: 2010100477 No. de Presentación: 20100135485 CLASE: 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, SECRETARIO. BEBE DEP AR I O 3 v. alt. No. C003800-3 No. de Expediente: 2010100476 DI No. de Presentación: 20100135483 CLASE: 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: las palabras BEBE DEP, sobre la palabra BEBE individualmente considerada no se le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO MEDICO. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil diez. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de abril del año dos mil diez. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. ATORVAX MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, Consistente en: la palabra ATORVAX, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO MEDICO. Clase: 05. SECRETARIA. 3 v. alt. No. C003802-3 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. No. de Expediente: 2010100475 167 La solicitud fue presentada el día treinta de marzo del año dos mil siete. No. de Presentación: 20100135482 DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diez de abril del año dos mil siete. CLASE: 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON, ALEGRISAN FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, LT A REGISTRADORA. SECRETARIO. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU Consistente en: la palabra ALEGRISAN, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO MEDICO. Clase: 05. 3 v. alt. No. C003804-3 La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil diez. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de abril del año dos mil diez. No. de Expediente: 2007065969 No. de Presentación: 20070091790 CLASE: 12. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, SECRETARIA. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RUTH ELIZABETH OLIVARES LINARES, en su calidad de APODERADO de KTM SPORTMOTORCYCLE AG, de nacionalidad AUSTRIACA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, KTM X-BOW 3 v. alt. No. C003803-3 O No. de Expediente: 2007065966 CLASE: 09. AR I No. de Presentación: 20070091787 DI EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RUTH ELIZABETH OLIVARES LINARES, en su calidad de APODERADO de KTM SPORTMOTORCYCLE AG, de nacionalidad AUSTRIACA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la expresión KTM X-BOW, KTM X es una frase de fantasía y la palabra BOW se traduce al castellano como ARCO, que servirá para: AMPARAR: VEHICULOS Y SUS PARTES PERTENECIENTES A ESTA CLASE. La solicitud fue presentada el día treinta de marzo del año dos mil siete. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de mayo del año dos mil siete. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, KTM Consistente en: las letras KTM, que servirá para: AMPARAR: TRAJES DE PROTECCION CONTRA ACCIDENTES, RADIACIONES Y FUEGO; GUANTES DE PROTECCION CONTRA ACCIDENTES; GAFAS ANTIREFLEX, GAFAS DE SOL, CINTURONES PROTECTORES DE CUERPO PARA LA PROTECCION CONTRA ACCIDENTES. REGISTRADOR. GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C003805-3 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 168 La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos No. de Expediente: 2007065967 mil diez. No. de Presentación: 20070091788 DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la CLASE: 07. Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. EL INFRASCRITO REGISTRADOR San Salvador, veintidós de abril del año dos mil diez. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RUTH ELIZABETH OLIVARES LINARES, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de KTM SPORTMOTORCYCLE AG, de nacionalidad AUSTRIACA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, LT A KTM SECRETARIO. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU Consistente en: las palabras KTM, que servirá para: AMPARAR: RADIADORES PARA MOTORES DE VEHICULOS; CADENAS, VENTILADORES Y CILINDROS PARA MOTORES, SILENCIADORES TRASEROS, SILENCIADORES DE ESCAPE, CULATAS. 3 v. alt. No. C003807-3 La solicitud fue presentada el día treinta de marzo del año dos mil siete. No. de Expediente: 2010100485 DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diez de abril del año dos mil siete. No. de Presentación: 20100135494 CLASE: 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO de LA- REGISTRADORA. BORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA, COMERCIO, SECRETARIA. D-HISTAPLUS 3 v. alt. No. C003806-3 AR I O Consistente en: la frase D-HISTAPLUS, que servirá para: AMPA- No. de Expediente: 2010100488 DI No. de Presentación: 20100135497 CLASE: 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, ECANORM RAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO HUMANO. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil diez. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de abril del año dos mil diez. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, SECRETARIO. Consistente en: la palabra ECANORM, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO MEDICO. Clase: 05. 3 v. alt. No. C003808-3 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 169 La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil diez. No. de Expediente: 2010100482 No. de Presentación: 20100135491 DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de abril del año dos mil diez. CLASE: 05. LA INFRASCRITA REGISTRADORA HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, LT A CLARICINA SECRETARIO. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU Consistente en: la palabra CLARICINA, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO MEDICO. Clase: 05. 3 v. alt. No. C003810-3 La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil diez. No. de Expediente: 2010098444 DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de abril del año dos mil diez. No. de Presentación: 20100131753 CLASE: 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS RIESTRA, SOCIEDAD ANONIMA (RIESTRA, S.A.), de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, SECRETARIO. NUTRAGEN AR I O 3 v. alt. No. C003809-3 Consistente en: la palabra NUTRAGEN, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS PARA USO MEDICO. Clase: 05. No. de Expediente: 2010100480 DI No. de Presentación: 20100135489 CLASE: 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, BERSEN La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil diez. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil diez. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, SECRETARIO. Consistente en: la palabra BERSEN, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO MÉDICO. Clase: 05. 3 v. alt. No. C003811-3 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 170 No. de Expediente: 2010098425 de LABORATORIOS RIESTRA, SOCIEDAD ANONIMA (RIESTRA. No. de Presentación: 20100131732 S.A.), de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, CLASE: 05. CARLIDOL EL INFRASCRITO REGISTRADOR, Consistente en: la palabra CARLIDOL, que servirá para: AMPA- HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM RATORIOS RIESTRA, SOCIEDAD ANONIMA (RIESTRA, S.A.), de USO MEDICO. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la MARCA LT A ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO de LABO- RAR PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y SUSTANCIAS PARA diez. DE FABRICA Y DE COMERCIO, NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin- RI-ARREA tivos. San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil diez. Consistente en: la expresión RI-ARREA, que servirá para: AM- Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, PARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS PARA USO MÉDICO. Clase: 05. REGISTRADORA. La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil diez. FERNANDO JOSE VELASCO, DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la SECRETARIO. Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil diez. 3 v. alt. No. C003813-3 JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. No. de Expediente: 2010098433 O CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS, CLASE: 05. AR I SECRETARIO. DI No. de Presentación: 20100131741 3 v. alt. No. C003812-3 EL INFRASCRITO REGISTRADOR, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO de LABONo. de Expediente: 2010098442 RATORIOS RIESTRA, SOCIEDAD ANONIMA (RIESTRA, S.A.), de No. de Presentación: 20100131751 nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, CLASE: 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL CINALEX Consistente en: la expresión CINALEX, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y SUSTANCIAS PARA USO MEDICO. Clase: 05. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil diez. 171 DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil diez. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. REGISTRADOR. San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil diez. SAYONARA AYALA DE GUERRERO, JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, SECRETARIO. LT A REGISTRADOR. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU 3 v. alt. No. C003815-3 CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS, SECRETARIO. No. de Expediente: 2010098439 No. de Presentación: 20100131748 CLASE: 05. 3 v. alt. No. C003814-3 EL INFRASCRITO REGISTRADOR, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO de LABO- No. de Expediente: 2010098435 RATORIOS RIESTRA, SOCIEDAD ANONIMA (RIESTRA, S.A.), de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la MARCA No. de Presentación: 20100131744 CLASE: 05. DE FABRICA Y DE COMERCIO, RICLOFENAC AR I O EL INFRASCRITO REGISTRADOR, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM consistente en: la expresión RICLOFENAC, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y SUSTANCIAS PARA USO MÉDICO. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil DI ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS RIESTRA, SOCIEDAD ANONIMA (RIESTRA, S.A.), de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, diez. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil diez. MEMOMAX JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. Consistente en: la palabra MEMOMAX, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS PARA USO MEDICO. Clase: 05. CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS, SECRETARIO. La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil diez. 3 v. alt. No. C003816-3 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 172 No. de Expediente: 2010098427 de LABORATORIOS RIESTRA, SOCIEDAD ANONIMA (RIESTRA, S.A.), de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la No. de Presentación: 20100131734 MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, CLASE: 05. SECTAZOL EL INFRASCRITO REGISTRADOR, ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS RIESTRA, SOCIEDAD ANONIMA (RIESTRA, Consistente en: la palabras SECTAZOL, que servirá para: AMPARAR PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS PARA USO MÉDICO. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil S.A.), de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la LT A HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM diez. MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin- RI-RANIT tivos. San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil diez. Consistente en: la palabra RI-RANIT, que servirá para: AMPA- Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, RAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS PARA USO MEDICO. Clase: 05. REGISTRADORA. La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil diez. FERNANDO JOSE VELASCO, DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la SECRETARIO. Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil diez. 3 v. alt. No. C003819-3 JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. No. de Expediente: 2010098426 No. de Presentación: 20100131733 O SAYONARA AYALA DE GUERRERO, CLASE: 05. DI AR I SECRETARIO. EL INFRASCRITO REGISTRADOR, 3 v. alt. No. C003817-3 HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL No. de Expediente: 2010098445 No. de Presentación: 20100131754 de LABORATORIOS RIESTRA, SOCIEDAD ANONIMA (RIESTRA, S.A.), de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, CLASE: 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL AL-PRRES Consistente en: la palabra AL-PRRES, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS PARA USO MEDICO. Clase: 05. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil diez. 173 DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil diez. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin- MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. tivos. San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil diez. ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA, MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, SECRETARIO. LT A REGISTRADOR. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU 3 v. alt. No. C003821-3 JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C003820-3 No. de Expediente: 2009094802 No. de Presentación: 20090125567 CLASE: 07. EL INFRASCRITO REGISTRADOR, No. de Expediente: 2010098432 No. de Presentación: 20100131740 HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPE- CLASE: 05. CIAL de FAGOR. S. COOP, de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, AR I O EL INFRASCRITO REGISTRADOR, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM DI ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS RIESTRA, SOCIEDAD ANONIMA (RIESTRA, S.A.), de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra FAGOR y diseño, que servirá para: AMPARAR: MÁQUINAS LAVADORAS DE ROPA DOMÉSTICAS E INDUSTRIALES, MÁQUINAS LAVADORAS DE VAJILLA DOMÉSTICAS E INDUSTRIALES Y SUS PARTES; LAVADORAS - SECADORAS; MAQUINAS HERRAMIENTAS Y LAS PARTES DE LOS MOTORES (EXCEPTO MOTORES PARA VEHICULOS) DE LAS CLOPI-DROL75 SECADORES DE ROPA; MÁQUINAS BATIDORAS, CORTAFIAMBRES, TRITURADORAS Y LICUADORAS DE USO DOMÉSTICO; MÁQUINAS DE ASPIRACION DE USO INDUSTRIAL; ASPIRA- Consistente en: CLOPI-DROL75, que servirá para: AMPARAR: DORES DE POLVO; MOTORES (EXCEPTO PARA VEHICULOS PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y SUSTANCIAS PARA USO TERRESTRES); MOTOBOMBAS; VÁLVULAS DE MÁQUINAS; MÉDICO. Clase: 05. PRENSAS DE USO INDUSTRIAL; MÁQUINAS PROCESADORAS DE BOBINAS DE CHAPA, MÁQUINAS CONFORMADORAS DE La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil diez. CHAPA Y UTILLAJE DE CORTE Y EMBUTICION. Clase: 07. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 174 La solicitud fue presentada el día veintidós de julio del año dos mil nueve. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL; Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diez de abril del año dos mil siete. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON, Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. REGISTRADORA. San Salvador, dieciséis de marzo del año dos mil diez. FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON, SECRETARIO. Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, 3 v. alt. No. C003824-3 NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU LT A REGISTRADORA. CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS, No. de Expediente: 2010100904 No. de Presentación: 20100136254 SECRETARIO. CLASE: 29. 3 v. alt. No. C003823-3 EL INFRASCRITO REGISTRADOR, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CLAUDIA JUDITH MACEDA CHICO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de GRUPO INDUSTRIAL ALIMENTICIO, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: GRUPO INDUSTRIAL ALIMENTICIO, S.A., de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, No. de Expediente: 2007065962 No. de Presentación: 20070091783 CLASE: 41. AGROVERDE Consistente en: la palabra AGROVERDE, que servirá para: AM- PARAR: CARNE, PESCADO, AVES Y CAZA, EXTRACTOS DE AR I O EL INFRASCRITO REGISTRADOR, CARNE, FRUTAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS Y COCIDAS; JALEAS, MERMELADAS, COMPOTAS; HUEVOS, LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES. Clase: 29. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RUTH La solicitud fue presentada el día siete de mayo del año dos mil DI ELIZABETH OLIVARES LINARES, en su calidad de APODERADO de KTM SPORTMOTORCYCLE AG, de nacionalidad AUSTRIACA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, diez. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, once de mayo del año dos mil diez. KTM MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. Consistente en: las letras KTM, que servirá para: AMPARAR: ESPARCIMIENTO, ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES. JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, SECRETARIO. La solicitud fue presentada el día treinta de marzo del año dos mil siete. 3 v. alt. No. F014257-3 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. No. de Expediente: 2010100903 No. de Expediente: 2010099385 No. de Presentación: 20100136253 No. de Presentación: 20100133608 CLASE: 30. CLASE: 30. EL INFRASCRITO REGISTRADOR, 175 EL INFRASCRITO REGISTRADOR, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CLAUDIA de GRUPO INDUSTRIAL ALIMENTICIO, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: GRUPO INDUSTRIAL ALIMENTICIO, S.A., de na- APODERADO de DISTRIBUIDORA DE ALIMENTOS NATURALES Y NUTRICIONALES, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU cionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de LT A JUDITH MACEDA CHICO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL DE FABRICA Y DE COMERCIO, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, AGROVERDE HERBACIL Consistente en: La palabra AGROVERDE, que servirá para: AMPARAR: CAFÉ, TE, CACAO, AZUCAR, ARROZ, TAPIOCA, Consistente en: la expresión HERBACIL, que servirá para: AMPA- SAGU, SUCEDANEOS DEL CAFÉ; HARINAS Y PREPARACIONES RAR: TE DE HIERBAS PARA INFUSIONES, CARAMELOS, TES A HECHAS DE CEREALES, PAN, PASTELERIA Y CONFITERIA, BASE DE MIEL Y HIERBAS, CAFE, TE, CACAO, AZÚCAR, ARROZ, HELADOS COMESTIBLES; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVA- SUCEDANEOS DEL CAFE, PAN, PASTELERIA Y CONFITERIA, DURA, POLVOS PARA ESPONJAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE, HELADOS COMESTIBLES; MIEL. Clase: 30. SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO. Clase: 30. La solicitud fue presentada el día dos de marzo del año dos mil La solicitud fue presentada el día siete de mayo del año dos mil O diez. diez. AR I DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Registro de la DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la DI Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de mayo del año dos mil diez. San Salvador, once de mayo del año dos mil diez. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. REGISTRADOR. EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, SAYONARA AYALA DE GUERRERO, SECRETARIO. SECRETARIO. 3 v. alt. No. F014258-3 3 v. alt. No. F014301-3 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 176 No. de Expediente: 2010100299 NOMBRE COMERCIAL No. de Presentación: 20100135150 CLASE: 01. No. de Expediente: 2009097685 No. de Presentación: 20090130394 LA INFRASCRITA REGISTRADORA, EL INFRASCRITO REGISTRADOR, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIA ESTER ZALDAÑA MULATILLO DE ALVAREZ, en su calidad de HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE PRODUCTORES DE TACUBA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA MAURICIO ROQUE, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de que se abrevia: ASAPROT DE R.L., de nacionalidad SALVADOREÑA, ASOCIACION DE ENCUENTROS CONYUGALES, de nacionalidad solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER- SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMER- CIO, CIAL, NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU LT A REPRESENTANTE LEGAL de ASOCIACION AGROPECUARIA Movimiento de Encuentros Conyugales M.E.C. Consistente en: las palabras Movimiento de Encuentros Conyugales M.E.C., que servirá para: INDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A SERVICIOS DE ALQUILER DE CASA DE RETIROS Y REALIZACION DE EVENTOS; UBICADO EN CALLE A COAR, Consistente en: la palabra TakupaN y diseño, que servirá para: ZARAGOZA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD. AMPARAR: ABONO ORGANICO DESTINADO PARA LA AGRICULTURA Y HORTICULTURA. Clase: 01. La solicitud fue presentada el día primero de diciembre del año La solicitud fue presentada el día doce de abril del año dos mil O diez. dos mil nueve. AR I DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la DI Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin- Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de mayo del año dos mil diez. tivos. San Salvador, veinte de abril del año dos mil diez. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADOR. REGISTRADORA. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ, SECRETARIO. SECRETARIO. 3 v. alt. No. F014362-3 3 v. alt. No. C003828-3 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. No. de Expediente: 2010100853 177 CONVOCATORIAS No. de Presentación: 20100136150 CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS. EL INFRASCRITO REGISTRADOR, La Junta Directiva de Inversiones Alagisa Sociedad Anónima de Capital RISSA AVALOS GARCIA SALAS, en su calidad de APODERADO de CLUB ACTIVO VEINTE TREINTA SAN SALVADOR CENTRO, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, Variable, (Inversiones Alagisa, S.A. de C.V.), convoca a los señores Accionistas a Junta General ORDINARIA Y EXTRAORINARIA, a celebrarse en las oficinas de Aseguradora Agrícola Comercial, S.A., situadas en Alameda Roosevelt número 3104 de la Ciudad de San Sal- LT A HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIA CLA- vador, a las diecisiete horas con treinta minutos del día veinticinco de NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU Junio del año dos mil diez. AGENDA DE CARÁCTER ORDINARIA: I. II. III. Establecimiento del Quórum. Lectura del Acta de la Sesión anterior. Elección de Junta Directiva. Consistente en: la expresión FITI Festival Internacional de Teatro Infantil y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR A UNA ASOCIA- AGENDA DE CARÁCTER EXTRAORDINARIA: CION Y SU ESTABLECIMIENTO COMERCIAL EL CUAL SE DEDICARA A LA PRESTACION DE SERVICIOS DE EDUCACION. FORMACION. ESPARCIMIENTO, ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES. I. II. III. La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil Aumentar el Capital Social. Modificación al Pacto Social. Autorización para actuar como Ejecutor Especial Para celebrar esta Junta General Extraordinaria de Accionistas, deben estar presentes o representadas cuando menos, las tres cuartas partes de diez. O las acciones que forman el Capital Social, o sea 27,000 acciones y las AR I resoluciones se tomarán por igual proporción de votos de las acciones DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Registro de la DI Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cinco de mayo del año dos mil diez. presentes o representadas. En caso de no haber quórum en la hora señalada anteriormente, por este medio se convoca a la Junta General Ordinaria, para celebrarse a las diecisiete horas con treinta minutos del día veintiséis de junio del mismo año, en el mismo lugar, y deben estar presentes por lo menos la mitad más una de las acciones o sea 6,001 acciones y para formar DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, resolución serán necesarias por lo menos las tres cuartas partes de las acciones presentes o representadas. REGISTRADOR. San Salvador, veintiséis de mayo del dos mil diez. MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, GILBERTO ANTONIO BARAONA RECINOS, SECRETARIA. PRESIDENTE. 3 v. alt. No. F014377-3 3 v. alt. No. F014310-3 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 178 CONVOCATORIA ASUNTOS ORDINARIOS Clínica Flor Blanca, S.A. de C.V., del domicilio de San Salvador, convoca a sus accionistas a la Junta General de Accionistas que se llevará a cabo 1- Establecimiento del quórum. 2- Lectura del Acta anterior. 3- Conocer la memoria para el ejercicio de dos mil nueve, el a las once horas con treinta minutos del día 25 de Junio de 2010, en 6a. 10a. Calle Poniente No. 2419, Col. Flor Blanca, San Salvador. Balance General al Treinta y Uno de Diciembre de dos mil nueve y el informe de Auditoría para aprobar o improbar los tres primeros. La Agenda a tratar para la Junta General ordinaria de Accionistas será la siguiente: 4- Nombramiento del Auditor Externo para el año dos mil diez LT A y fijación de sus emolumentos. Lectura del acta anterior. 5- Aplicación de Utilidades. 2- Memoria de labores 2009. 6- Varios. 3- Presentación Estados Financieros al 31/12/2009. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU 1- 4- Informe del Auditor Externo y Fiscal. 5- Aplicación de Resultados del Ejercicio 2009. 6- Nombramiento de Auditor financiero y Fiscal para el ejercicio El quórum legal para la primera convocatoria será: La mitad más una de las acciones pagadas o sean quinientas veintiséis acciones y las resoluciones serán válidas si se toma por la mayoría de los votos 7- presente. En caso de no celebrarse la Junta General de Accionistas, por falta 2010 y sus emolumentos. de quórum el día y hora señalados, se convoca por este medio, en segunda Varios. convocatoria para celebrarse a las nueve horas del día 26 de Junio de El quórum necesario para celebrar esta junta es la mitad más una dos mil diez en el mismo lugar y hora conforme la misma Agenda. El quórum legal para la segunda convocatoria será cualquiera que de las acciones o sea que deben estar presentes 6845 acciones y para adoptar resoluciones es necesario la mayoría de votos presentes. sea el número de presentes. San Salvador, a los veintiocho días del mes de mayo de dos mil En caso de no haber Quórum a la hora y fecha de la convocatoria se convoca a la referida Junta General Ordinaria en el mismo lugar a diez. las once horas y treinta minutos del día 26 de Junio de 2010 y la junta se celebrará cualquiera que sea el número de acciones representadas Lic. ALVARO EVEGARIO LARIN, con derecho a voto y sus resoluciones se tomarán por mayoría de votos DIRECTOR SECRETARIO. presentes. 3 v. alt. No. F014384-3 AR I O San Salvador, veintiocho de Mayo de dos mil diez. NORA ELVY RECINOS Vda. DE DELGADO, DI DIRECTOR-SECRETARIO. SUBASTA PUBLICA 3 v. alt. No. F014312-3 LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHINAMECA, CONVOCATORIA HACE SABER: Que por Sentencia pronunciada por este Juzgado a las once haras con cincuenta minutos del día dieciséis de abril de dos La Junta Directiva del INSTITUTO EL SALVADOR, S.A. DE C.V., mil nueve; y Ejecutoriada a las once horas con treinta y cinco minutos del CONVOCA: A Junta General Ordinaria de Accionistas, a celebrarse en día veintiocho de agosto de dos mil nueve, en el Juicio Civil Ejecutivo. el local del Instituto “El Salvador”, a las nueve horas del día 25 de junio Promovido por la Licenciada Concepción del Carmen Benavides Díaz, de dos mil diez, para convocar a la Agenda siguiente: como Apoderada General Judicial de la señora Berta Lilian Navarro de Quintanilla, contra el señor Melvin de Jesús Campos, se venderá en este DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. LT A NÁNDEZ y CARLOS ISABEL ALFARO HERNÁNDEZ, reclamándoles cantidad de dólares y accesorios de ley, se venderá en este Juzgado, en Pública Subasta en fecha que oportunamente se determinará, el inmueble que a continuación se detalla: “Un lote de naturaleza urbana, situado en Calle Renovación detrás del Mercado La Tiendona, de esta jurisdicción y departamento y que se identifica en el plano respectivo como LOTE CINCO DEL BLOCK VEINTE DE LA COMUNIDAD “JARDINES DE DON BOSCO”, SECTOR IBERIAS B- DOS- LOTE-CINCO, con sus medidas perimetrales siguientes: NORTE: Distancia de cinco punto cero cero metros.- ORIENTE: Distancia de ocho punto cero un metros.- SUR: Distancia de cinco punto cero cero metros.- PONIENTE: distancia de ocho punto cero un metros.- El área del lote antes descrito es de CUARENTA PUNTO CERO CINCO METROS CUADRADOS.- Dicho inmueble se encuentra inscrito bajo la Matrícula número SEIS CERO UNO UNO TRES CERO SIETE SIETE GUIÓN CERO CERO CERO CERO CERO, DEL REGISTRO DE LA Propiedad de este Departamento.- Por lo que en vista de lo anterior y en cumplimiento a las funciones encomendadas la Suscrita Ejecutora de Embargos, TRABA FORMAL EMBARGO, en el inmueble antes descrito así como en todos sus accesorios y mejoras presentes y futuras, por pertenecerles en proindivisión y por partes iguales, equivalentes al cincuenta por ciento a cada uno de los señores MARIA ROSARIO LÓPEZ VILLATORO, conocida registralmente como MARTA ROSARIO LÓPEZ VILLATORO DE HERNÁNDEZ y CARLOS ISABEL ALFARO HERNÁNDEZ; según Matrícula de Folio Real computarizado número SEIS CERO UNO UNO TRES CERO SIETE SIETE GUIÓN CERO CERO CERO CERO CERO, Asiento UNO de Propiedad del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador.- Se hace constar que se encuentra inscrita una PRIMERA HIPOTECA ABIERTA, al mismo número de Matrícula, Asiento CUATRO, de Hipotecas del registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador, a favor de APOYO INTEGRAL, S.A. DE C.V., por la cantidad de TRES MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, para el Plazo de CINCO AÑOS. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU Juzgado, en pública subasta y al mejor postor un inmueble de naturaleza Urbano, situado en el lugar denominado El Naranjo y que en el plano respectivo se identifica como LOTE NUMERO CUATRO DEL ACCESO “N” de la Jurisdicci6n de Usulután, Distrito y Departamento de Usulután, en los suburbios del Barrio El Calvario, el cual ha sido desmembrado de la Colonia denominada “El Naranjo” y que en el plano respectivo se identifica como LOTE NUMERO CUATRO DEL ACCESO “N” el que tiene la capacidad superficial de SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS equivalentes a CIENTO SIETE PUNTO TREINTA Y UNA VARAS CUADRADAS, este lote se localiza y describe así: Partiendo de la intersecci6n de los ejes de la prolongación de la Calle El Naranjo con el acceso “N”, que mide una distancie de cuarenta y tres punto ochenta y seis metros rumbo Norte catorce grados cero nueve punto ochenta minutos Oeste, sobre el eje del acceso “N”, y en este punto con deflexión derecha de noventa grados. Rumbo Norte setenta y cinco grados cincuenta punto dos minutos este y una distancia de tres punto cincuenta metros, se llega al vértice Sur-Oeste del lote que se describe, el cual mide y linda, AL OESTE: Quince metros rumbo Norte catorce grados cero nueve punto ocho minutos Oeste, lindando con lote número tres del acceso “N”, pared de ladrillo de por medio propia de este predio, AL NORTE: cinco metros rumbo Norte setenta y cinco grados cincuenta punto dos minutos Este, lindando con terreno propiedad del Ministerio de Educación, tela ciclón de por medio propia del colindante, AL ESTE; Quince metros rumbo Sur, catorce grados cero nueve punto ocho minutos Este, lindando con lote número cinco del acceso “N”, hoy de ALFREDO COCA, pared de ladrillo medianera, propia del colindante y parte propia de este predio y AL SUR: Cinco metros rumbo Sur setenta y cinco grados cincuenta punto dos minutos Oeste, lindando con patio comunal Acceso “N”, llegando así al punto donde se inició la presente descripción. Inscrita en el Registro de la Primera Sección de Oriente, bajo el número veintinueve del tomo mil trescientos ochenta y cuatro de Propiedad del Departamento de San Miguel. Se admitirán posturas siendo legales. 179 Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley. Librado en el Juzgado Segundo de Menor Cuantía: San Salvador, a los veintiún días del mes de Diciembre de dos mil nueve.- Licda. VILMA ESTELA FLORES URRUTIA, JUEZA SEGUNDO DE MENOR CUANTIA.- Licda. LOURDES MARIA ARAUJO DE AMAYA, SECRETARIA INTERINA. 3 v. alt. No. F014299-3 3 v. alt. No. F014307-3 VILMA ESTELA FLORES URRUTIA, JUEZA SEGUNDO DE MENOR CUANTIA, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. Licenciada MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO, DI AR I O Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las catorce horas con treinta minutos del día veintinueve de octubre de dos mil nueve.- Lic. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA. HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por la Licenciada ESMERALDA ELIZABETH CASTILLO URQUILLA, y continuado por los Licenciados ALMA MORENA CARAZO SARAVIA y JULIO MIGUEL SORIANO CRUZ, en carácter de Apoderados Generales Judiciales de la Sociedad APOYO INTEGRAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia APOYO INTEGRAL, S.A. DE C.V., contra los Señores GLENDA ELIZABETH ALFARO LÓPEZ, MARIA ROSARIO LÓPEZ VILLATORO conocida registralmente por MARTA ROSARIO LÓPEZ VILLATORO DE HER- AVISA: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por el Doctor OSCAR ANTONIO RODRIGUEZ, como Apoderado General Judicial del señor CARLOS ALFREDO ALONSO FUENTES, en contra del señor JOSE ARMANDO ROSALES, representado por su Curador IMMAR ORLANDO CHAVEZ PICHE, se venderá en pública subasta en este Tribunal el bien Inmueble embargado al demandado, consistente en una porción de terreno rústico de TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CINCUENTA Y UN DECIMETROS CUADRADOS equivalente a QUINIENTAS VARAS CUADRADAS NUEVE CENTECIMOS DE VARA CUADRADA, en el que hay una pequeña construcción, dicha porción de terreno está marcada como lote DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley. Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a las catorce horas diez minutos del día veinte de abril de dos mil diez.Licda. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F014346-3 REPOSICION DE CERTIFICADO La Caja de Crédito de San Sebastián, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada, NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU numero UNO Y DOS, ubicados en el Cantón El Obraje, ahora llamado Cantón Plan El Pino, Ciudad Delgado, Departamento de San Salvador, el cual tiene las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: trece metros setenta centímetros con terreno que fue de Rafael Urrutia, ahora de Ana Elisa Sosa de López, camino del Plan de Pino de por medio; AL SUR: veintiún metros veintinueve centímetros, con lote número seis de Josefina Urrutia, antes de María Durán viuda de Urrutia; AL PONIENTE: Dieciséis metros veinte centímetros, con terreno que antes formó parte del inmueble general, y que ahora pertenece a Carlos Alfredo Alfonso; AL NORTE, veintiún metros veintiocho centímetros, con lote número cuatro propiedad de Victoria Isabel Urrutia, antes de María Durán viuda de Urrutia, mediando una calle de cuatro metros de ancho que se ha abierto en el terreno general del Doctor Rodríguez, y que corre por todo el rumbo norte, hasta llegar al camino del Plan del Pino a Soyapango que se menciona en el rumbo oriente del inmueble general. Dicha porción de terreno se encuentra inscrito a la Matrícula del Sistema Registral y Catastral SIRYC, SEIS CERO DOS DOS SEIS TRES UNO SIETE GUION CERO CERO CERO CERO CERO DEL ASIENTO UNO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro de este Departamento, a favor del señor JOSE ARMANDO ROSALES, y gravado con Cesión de Crédito Hipotecario a favor de Carlos Alfredo Alonso Fuentes e inscrito a la misma matrícula del asiento tres; e hipotecado a favor del señor CARLOS ALFREDO ALONSO FUENTES. LT A 180 Se admitirán posturas siendo legales. Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes. JUZGADO DE LO CIVIL: Delgado, a las nueve horas y veinte minutos del día treinta de Abril del dos mil diez.- Licda. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZA DE LO CIVIL DE DELGADO.- Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA. COMUNICA: Que a sus oficinas ubicadas en Calle Andrés Molins, Barrio Guadalupe, San Sebastián, San Vicente, se ha presentado el propietario del CERTIFICADO DE DEPOSITO A PLAZO FIJO número 110000016532, y solicitando la reposición de dicho certificado, por CIENTO CINCUENTA DOLARES EXACTOS ($150.00). En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia. San Salvador, 27 de mayo de 2010. TULIO ISABEL AGUILAR ALFARO, GERENTE GENERAL. CAJA DE CREDITO DE SAN SEBASTIAN. 3 v. alt. No. F014333-3 3 v. alt. No. F014323-3 Licenciada DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial de Chinameca, DI AR I O HACE SABER: Que por sentencia definitiva pronunciada por este Juzgado, a las doce horas del día veintitrés de febrero del corriente año, y ejecutoriada a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del día ocho de marzo de dos mil diez, en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el Licenciado Federico Guillermo Jiménez Rodríguez, como Apoderado General Judicial del Banco Agrícola S.A., contra el señor Fidel Angel Mejicano Robles, se venderá en este Juzgado, en pública subasta y al mejor postor un inmueble de naturaleza rústica, según antecedente urbano, ubicado en la llanura sur de la villa de Nueva Guadalupe, Chinameca, departamento de San Miguel, identificado como Lote número TRES del Polígono “B” de la Lotificación San Luis, de las dimensiones siguientes: AL NORTE, tramo recto de diez punto cero cero metros; AL ORIENTE, tramo recto de veinte punto cero cero metros; AL SUR, tramo recto de diez punto cero cero metros; AL PONIENTE, tramo recto de veinte punto cero cero metros, con una área de DOSCIENTOS PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, el inmueble así descrito se encuentra inscrito bajo la matrícula OCHO CERO CERO CUATRO TRES TRES SIETE CINCO-CERO CERO CERO CERO CERO, asiento TRES del Registro de la Propiedad de San Miguel. Se admitirán posturas siendo legales. La Caja de Crédito de San Sebastián, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada, COMUNICA: Que a sus oficinas ubicadas en Calle Andrés Molins Barrio Guadalupe, San Sebastián, San Vicente, se ha presentado el propietario del CERTIFICADO DE DEPOSITO A PLAZO FIJO número 110000025230, y solicitando la reposición de dicho certificado, por DIEZ MIL DOLARES EXACTOS ($10,000.00). En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia. San Salvador, 27 de mayo de 2010. TULIO ISABEL AGUILAR ALFARO, GERENTE GENERAL. CAJA DE CREDITO DE SAN SEBASTIAN. 3 v. alt. No. F014326-3 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. DISMINUCION DE CAPITAL 181 Esto implica una disminución en el valor del capital mínimo, el cual, anteriormente era de US$5,714.29, DOLARES. Y para los usos que se estime conveniente, se extiende la presente en San Salvador, a las once horas con veinticinco minutos del veintiséis de mayo de dos mil diez. LIC. CARLOS FRANCISCO AGUILAR C., SECRETARIO. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE INMUEBLES VARIOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia INMUEBLES VARIOS, S.A. DE C.V., la cual se encuentra inscrita en el Registro de Comercio bajo el número CUARENTA Y OCHO del Libro número CUATROCIENTOS VEINTISIETE del Registro de Sociedades, CERTIFICA: Que en el Libro de Actas de Junta General de Accionistas que legalmente lleva la sociedad se encuentra asentada el Acta número VEINTIOCHO de Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, celebrada en la ciudad de San Salvador, a las doce horas con quince minutos del día veintiocho de abril del año dos mil diez, y en la que consta que en su Punto Número X literalmente dice: La junta por unanimidad acepta la propuesta de disminución del Capital mínimo. LT A DISMINUCION DE CAPITAL X. Disminución del Capital Mínimo para adaptarlo al nuevo valor nominal de los títulos: para adaptarlo al nuevo valor nominal de los títulos, el Presidente de la Junta Directiva informó a los representantes de las acciones que de acuerdo al punto IX de esta acta, habrá una disminución en el Capital de la Sociedad, el nuevo capital mínimo será de US$10,000,00 DOLARES dividido y representado en 1,000 ACCIONES, de un valor de US$10.00 DOLARES cada una. MARCA INDUSTRIAL No. de Expediente: 2010099455 La Junta General de Accionistas por unanimidad aprueba la disminución del Capital. No. de Presentación: 20100133733 Y para los usos que se estime conveniente, se extiende la presente en San Salvador, a las diez horas con veinte minutos del veintiséis de Mayo de dos mil diez. EL INFRASCRITO REGISTRADOR LIC. CARLOS FRANCISCO AGUILAR C., SECRETARIO. 3 v. alt. No. C003838-3 CLASE: 30. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ROMAN QUIROS CESPEDES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL Y ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO de ETCETERA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ETCETERA S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA. AR I O 3 v. alt. No. C003837-3 DI EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE VALORES DIVERSOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia VALORES DIVERSOS S.A. DE C.V., la cual se encuentra inscrita en el Registro de Comercio bajo el número CUARENTA Y TRES del Libro CUATROCIENTOS DIECIOCHO del Registro de Sociedades, CERTIFICA: Que en el Libro de Actas de Junta General de Accionistas que legalmente lleva la sociedad se encuentra asentada el Acta número UNO de Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, celebrada en la ciudad de San Salvador, a las doce horas con cuarenta y cinco minutos del día veintiocho de abril del año dos mil diez, y en la que consta que en su Punto Número X literalmente dice: X. Disminución del Capital Mínimo, para adaptarlo al nuevo valor nominal de los títulos, el Presidente de la Junta Directiva informó a los representantes de las acciones que de acuerdo a los puntos IV y VII de esta agenda, el nuevo capital mínimo será de $5,000,00 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, dividido y representado en 500 ACCIONES, de un valor de US$10,00 DOLARES. Consistente en: la palabra CHOCOBAR y diseño, que servirá para: AMPARAR: CHOCOLATES, GALLETAS Y TODO TIPO DE CONFITERIA. Clase: 30. La solicitud fue presentada el día cuatro de marzo del año dos mil diez. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de mayo del año dos mil diez. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C003829-3 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 182 No. de Expediente: 2010101091 No. de Expediente : 2010100623 No. de Presentación: 20100136633 No. de Presentación: 20100135670 CLASE: 28. CLASE: 18. EL INFRASCRITO REGISTRADOR EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANIEL HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANIEL GEORG GUTTFREUND SCHNEIDER conocido por DANIEL GEORG GUTTFREUND SCHNEIDER conocido por DANIEL GUTTFREUND, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de GUTTFREUND, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de O DE FABRICA, NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU O DE FABRICA, LT A PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL DIME QUE TE DIRÉ VALIJA INTELIGENTE Consistente en: las palabras DIME QUE TE DIRÉ, que servirá Consistente en: las palabras VALIJA INTELIGENTE, que servirá para: AMPARAR: UNA MALETA O EQUIPAJE QUE CONTIENE: para: AMPARAR: JUEGO DE MESA. Clase: 28. La solicitud fue presentada el día veintitrés de abril del año dos mil diez. UNA BASCULA INCORPORADA PARA MEDIR EL PESO DE DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la SU EQUIPAJE; CHIPS CON SISTEMA GPS; ADAPTADOR PARA CARGA DE TODO TIPO DE APARATOS ELÉCTRICOS; SISTEMA Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de abril del año dos mil diez. DE SEGURIDAD; RECONOCIMIENTO DE HUELLA DIGITAL; DIRECTORIO PARA EL DESTINO O LUGAR HACIA DONDE DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, VIAJARA; RELOJ; ALARMA CONTRA ROBO QUE INDICA LA REGISTRADOR. UBICACION Y DISTANCIA EN QUE SE ENCUENTRA; DIRECTO- EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO, O RIO CON CAPACIDAD PARA CIEN DIRECCIONES. Clase: 18. La solicitud fue presentada el día dieciocho de mayo del año dos AR I mil diez. SECRETARIO. 3 v. alt. No. C003831-3 DI DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de mayo del año dos mil diez. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, TITULO MUNICIPAL EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL: Hace saber que a esta Alcaldía se ha presentado la Lic. Ana Francisca REGISTRADOR. Fuentes Dinarte de Zapata, Apoderada general Judicial de JUAN JOSE RODRIGUEZ VASQUEZ, solicitando a favor de su representado TITUALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA, LO MUNICIPAL, de un inmueble de naturaleza urbana situado en Barrio El Centro de esta Villa, de la capacidad de QUINIENTOS NOVENTA SECRETARIO. Y OCHO PUNTO OCHENTA Y UNO METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes; AL ORIENTE, veintiuno punto 3 v. alt. No. C003830-3 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. noventa y dos metros, con Odilia Antonia Juárez, y Blanca Ederle Saravia Sánchez, calle adoquinada de por medio que conduce al Campo de Fútbol; AL NORTE, veintisiete metros, con Inés Arístides Alvarez, cedazo de por medio del colindante, AL PONIENTE, dieciséis punto diez metros, con Inés Arístides Alvarez, cerco de alambre de púas propio, y AL SUR, treinta y seis metros con Pablo Guzmán y Luis Alonso Fuentes, cerco de piña y alambre de púas propio de por medio, dicho terreno no tiene 183 Lo que se hace del conocimiento al público en general para los demás efectos de Ley. Alcaldía Municipal de Santo Domingo, dieciocho de mayo de dos mil diez. DORA DEL CARMEN GARCIA, ALCALDESA MUNICIPAL.- VICTORIA MAGDALENA HERNANDEZ AVALOS, SECRETARIA MUNICIPAL. cargas ni derechos reales que le pertenezcan a otra persona y lo estima en la suma de CINCO MIL DOLARES EXACTOS, y lo hubo por 3 v. alt. No. F014291-3 compra de posesión material, verbal a Blanca Ederle Saravia Sánchez, el referido inmueble y se presente a esta Alcaldía en el plazo de quince EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU días contados a partir de la tercera publicación de este edicto. LT A y por este medio se cita a todos los que se crean con mejor derecho en Librado en la Alcaldía Municipal de San Carlos, Departamento de Morazán, a veintiséis días de mayo del dos mil diez. CARLOS RODOLFO ALVAREZ DIAZ, ALCALDE MUNICIPAL.- REYNA ARMIDA SORTO VIGIL, SECRETARIO MUNICIPAL. HACE CONSTAR: Que los Señores: DUGLAS EDGARDO ORELLANA LARA Y DELBERT ALEXANDER CHIQUILLO LARA, el primero mayor de edad, Albañil, y el segundo mayor de edad, Estudiante, 3 v. alt. No. F014262-3 ambos del Domicilio de Ciudad Victoria, Solicitando Título Municipal de un Inmueble de naturaleza urbana, situado en el Barrio El Centro de Ciudad Victoria, Departamento de Cabañas, de una extensión superficial de CUATROCIENTOS TREINTA Y UNO PUNTO VEINTE METROS LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL DE LA ALCALDIA CUADRADOS, de las medidas y linderos especiales que a continuación DE SANTO DOMINGO, DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE. se describen: LINDERO NORTE: Partiendo del vértice nor-poniente está formado por un tramo con el siguiente rumbo y distancia, tramo uno, LEYDA ODET MENJIVAR DE CALLEJAS, a solicitar a su favor TI- rumbo sur, setenta y seis grados, cero un minutos, cero tres segundos TULO MUNICIPAL, sobre un Inmueble de naturaleza Urbana, situado con una distancia de veinte punto cincuenta y cuatro metros, colinda con en el Barrio El Calvario, Primera Calle Poniente número Once, Santo inmuebles de Justa Membreño, Ercilia Echeverría de Renderos, pared Domingo, Departamento de San Vicente, de la extensión superficial de ladrillo propio del inmueble que se describe; LINDERO ORIENTE: de CIENTO DIECINUEVE PUNTO OCHENTA Y OCHO METROS Partiendo del vértice nor oriente está formado por un tramo con los O HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la Señora: AR I CUADRADOS, que tiene las medidas y linderos siguientes: AL NORTE, mide nueve metros diez centímetros, linda una en una parte con Pedro Juan Meléndez Meléndez, antes, hoy de la Titulante, y en otra parte con DI María Esperanza Molina de Serrano; AL ORIENTE, dieciocho metros quince centímetros, linda con María Laura Durán en una parte, y en otra parte con Anarina del Rosario Menjívar Orantes; AL SUR mide nueve metros cuarenta y ocho centímetros y linda con la señora Paula rumbos y distancia, tramo uno, sur quince grados, veintiséis minutos, cincuenta y ocho segundos oeste, con una distancia de veintitrés punto cuarenta y cuatro metros, colinda con inmueble de Ercilia Echeverría de Renderos, Maximino Martínez, pared de ladrillo propia del inmueble que se describe; LINDERO SUR: Partiendo del vértice sur-oriente, está formado por tres tramos con los siguientes rumbos y distancias, tramo Miranda, Calle de por medio; AL PONIENTE mide dieciocho metros; uno, norte, sesenta y dos grados, veintiún minutos, cero nueve segundos linda con Joaquina Durán de Meléndez y Andrés Meléndez Flores. oeste y con una distancia de diez punto veintinueve metros, tramo dos, Se estima el Inmueble descrito en la suma de DIEZ MIL DOLARES norte, setenta grados, cero tres minutos, cuarenta segundos oeste y con DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA. Y lo adquirió distancia de cuatro punto ochenta y cinco metros, tramo tres, norte, setenta por herencia de su padre Cipriano Menjívar, dicho Inmueble lo posee y un grados, once minutos, cero cinco segundos oeste con distancia de desde abril del dos mil dos, en forma quieta, pacífica e ininterrumpida cuatro punto setenta y dos metros, colindando con inmuebles de Tránsito hasta la fecha, de manera continua y sucesiva, no es predio dominante Lara Viuda de Rivas, con pared de ladrillo propia del inmueble que se ni sirviente; no está en proindivisión con otra persona, ni tiene cargas describe; y LINDERO PONIENTE: Partiendo del vértice sur-poniente o derechos reales de ajena pertenencia que deban respetarse y todos los colindantes son de este domicilio. está formado por dos tramos con siguientes rumbos y distancias: tramo uno, norte, once grados dieciocho minutos, veintisiete segundos este, DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 184 con una distancia de ocho punto sesenta y ocho metros, colindando con PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN, inmueble de Eugenia Flores de Galindo, con pared de ladrillo propia ESPARCIMIENTO, ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURA- del inmueble que se describe y pasaje El Comercio de por medio; tramo LES. dos, norte, trece grados cincuenta y cinco minutos, cero seis segundos este con una distancia de once punto cuarenta y dos metros, colindando con José Antonio Díaz, con pared de ladrillo propia del inmueble que La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil diez. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la se describe y con pasaje El Comercio de por medio. Así se llega al Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. vértice Nor Poniente, que es el punto donde inició esta descripción. San Salvador, cinco de mayo del año dos mil diez. No es dominante ni sirviente, ni tiene cargas y derechos reales de ajena pertenencia ni está en proindivisión con terceras personas. El Inmueble JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, lo valúo en la cantidad de OCHO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS REGISTRADOR. LT A lo hubo por compra venta que le hizo la señora María Teodora Lara, y NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU UNIDOS DE AMERICA, todos los colindantes son de este domicilio. Se avisa al público para los efectos de Ley. FERNANDO JOSE VELASCO, SECRETARIO. Alcaldía Municipal; Victoria, Departamento de Cabañas, a los diecisiete días del mes de mayo de dos mil diez. JUAN ANTONIO RAMOS BARRERA, ALCALDE MUNICIPAL.- ANA MIRIAM 3 v. alt. No. F014379-3 AYALA AYALA, SECRETARIA MUNICIPAL. 3 v. alt. No. F014400-3 MARCA DE SERVICIOS No. de Expediente: 2010100852 EMBLEMAS No. de Presentación: 20100136149 No. de Expediente: 2010100854 CLASE: 41. No. de Presentación: 20100136151 O EL INFRASCRITO REGISTRADOR AR I EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIA CLA- RISSA AVALOS GARCIA SALAS, en su calidad de APODERADO de CLUB ACTIVO VEINTE TREINTA SAN SALVADOR CENTRO, de RADO de CLUB ACTIVO VEINTE TREINTA SAN SALVADOR nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA CENTRO, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro DE SERVICIOS, DI HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIA CLARISSA AVALOS GARCIA SALAS, en su calidad de APODE- del EMBLEMA, Consistente en: la expresión FITI Festival Internacional de Teatro Consistente en: un diseño identificado con el nombre “FITI”, Infantil y diseño, que servirá para: AMPARAR: EDUCACION, FOR- que servirá para: DISTINGUIR UNA ASOCIACION Y SU ESTA- MACION, ESPARCIMIENTO, ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y BLECIMIENTO COMERCIAL EL CUAL SE DEDICARÁ A LA CULTURALES. Clase: 41. DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil 185 DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. diez. San Salvador, diecisiete de mayo del año dos mil diez. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ, REGISTRADOR. San Salvador, cinco de mayo del año dos mil diez. SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C003779-3 DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, LT A REGISTRADOR. No. de Expediente: 2009097901 No. de Presentación: 20090130723 NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA, CLASE: 30. SECRETARIA. EL INFRASCRITO REGISTRADOR 3 v. alt. No. F014374-3 HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GLORIA ABE- LINA VENTURA NAVARRETE, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de ASOCIACION COOPERATIVA DE PRODUCCION ARTESANAL, APROVISIONAMIENTO, COMERCIALIZACION, AHORRO Y CREDITO LA RED UNION DE MUJERES DE RES- MARCA DE PRODUCTO PONSABILIDAD LIMITADA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, No. de Expediente: 2010100984 No. de Presentación: 20100136461 CLASE: 03. EL INFRASCRITO REGISTRADOR O HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado YAMIL AR I ALEJANDRO BUKELE PEREZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA Consistente en: las palabras la red mujeres artesanas salvadoreñas y diseño, no se concede exclusividad sobre la expresión “mujeres artesanas salvadoreñas” por consistir en términos de uso común, que servirá para: AMPARAR: DULCES ARTESANALES CONSERVA. Clase: 30. DI DE PRODUCTO, La solicitud fue presentada el día diez de diciembre del año dos mil nueve. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, catorce de mayo del año dos mil diez. Consistente en: las palabras Maxxi plus Lejía y diseño, en donde la palabra Plus se traduce como Más, sobre los elementos denomina- JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, REGISTRADOR. tivos Maxxi plus Lejía, no se concede exclusividad, que servirá para: RHINA GUADALUPE BARRERA DE ARAUJO, AMPARAR: PRODUCTOS COMO LEJIA, CLORO. Clase: 03. SECRETARIA. La solicitud fue presentada el día trece de mayo del año dos mil diez. 3 v. alt. No. F014354-3 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 186 SECCION DOCUMENTOS OFICIALES MINISTERIO DE EDUCACIÓN RESOLUCION No. 575/2010 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los doce días del mes de abril de dos mil diez. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Industrial obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SANTA CECILIA, Municipio de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, LT A extendido con fecha 12 de diciembre de 1988 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo. POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Industrial Opción Mecánica obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SANTA CECILIA, Municipio de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, a SAMUEL VICENTE HENRÍQUEZ ROMERO. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RICARDO AQUILES DIAZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F008152) O RESOLUCION No. 578/2010 AR I Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los doce días del mes de abril de dos mil diez. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de DI Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO GUSTAVO ADOLFO BECQUER, Municipio de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 20 de noviembre de 1998 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO GUSTAVO ADOLFO BECQUER, Municipio de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, a LUIS HUMBERTO GARCÍA INTERIANO. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RICARDO AQUILES DIAZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F008191) DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 187 RESOLUCION No. 579/2010 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los treinta días del mes de abril de dos mil diez. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE EL CONGO, Municipio de El Congo, Departamento de Santa Ana, extendido con fecha 30 de noviembre de 2009 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial Opción Contaduría obtenido NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU AYALA MIRANDA. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. LT A en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE EL CONGO, Municipio de El Congo, Departamento de Santa Ana, a LILIAN MERCEDES RICARDO AQUILES DIAZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F010474) RESOLUCION No. 580/2010 AR I O Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los treinta días del mes de abril de dos mil diez. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de DI Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE USULUTÁN, Municipio de Usulután, Departamento de Usulután, extendido con fecha 20 de noviembre de 1998 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial Opción Secretariado obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE USULUTÁN, Municipio de Usulután, Departamento de Usulután, a YANIRA DEL CARMEN BELTRÁN CHICAS. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RICARDO AQUILES DIAZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F010591) DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 188 RESOLUCION No. 585/2010 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los doce días del mes de abril de dos mil diez. RICARDO AQUILES DIAZ, LT A Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE ARMENIA, Municipio de Armenia, Departamento de Sonsonate, extendido con fecha 30 de noviembre de 2006 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE ARMENIA, Municipio de Armenia, Departamento de Sonsonate, a CARLOS ALBERTO LOPEZ RAMOS. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F008337) RESOLUCION No.586/2010 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de abril de dos mil diez. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo ESCUELA ALEMANA, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 24 de junio de 1997 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico Opción Humanidades obtenido en el Centro Educativo ESCUELA ALEMANA, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a MONICA BEATRÍZ GONZÁLEZ ARTOLA. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RICARDO AQUILES DIAZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. DI AR I O (Registro No. F008338) RESOLUCION No.589/2010 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los quince días del mes de abril de dos mil diez. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo LICEO SALVADOREÑO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 10 de diciembre de 1991 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo. POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico Opción Matemática Física obtenido en el Centro Educativo LICEO SALVADOREÑO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a DOUGLAS XAVIER REYES ESCOBAR. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RICARDO AQUILES DIAZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F008955) DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 189 RESOLUCION No. 591/2010 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los doce días del mes de abril de dos mil diez. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo COMPLEJO EDUCATIVO PROFESOR FELIPE HUEZO CÓRDOVA, Municipio de Santiago Nonualco, Departamento de La Paz, extendido con fecha 30 de noviembre de 2001 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo COMPLEJO EDUCATIVO PROFESOR FELIPE HUEZO CORDOVA, Municipio de Santiago LT A Nonualco, Departamento de La Paz, a JOSE GONZALO DE LA CRUZ LOPEZ. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU Diario Oficial. RICARDO AQUILES DIAZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F008380) RESOLUCION No. 592/2010 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los doce días del mes de abril de dos mil diez. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL CORNELIO AZENÓN SIERRA, Municipio de Atiquizaya, Departamento de Ahuachapán, extendido con fecha 26 de noviembre de 1999 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL CORNELIO AZENÓN SIERRA, Municipio de Atiquizaya, Departamento de Ahuachapán, a HECTOR FABRICIO MORÁN RETANA. Para los efectos de ley DI AR I O PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RICARDO AQUILES DIAZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F008387) RESOLUCION No. 594/2010 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los doce días del mes de abril de dos mil diez. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SAN ANTONIO, Municipio de Soyapango, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 20 de noviembre de 1998 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 190 Repóngase el Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SAN ANTONIO, Municipio de Soyapango, Departamento de San Salvador, a JUDITH SAMANTA ROMERO. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RICARDO AQUILES DIAZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F008409) LT A RESOLUCION No. 595/2010 NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los doce días del mes de abril de dos mil diez. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SAN MARTIN, Municipio de San Martín, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 2004 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SAN MARTIN, Municipio de San Martín, Departamento de San Salvador, a FLOR MARÍA SIGÜENZA MENDOZA Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RICARDO AQUILES DIAZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. O (Registro No. F008430) AR I RESOLUCION No. 598/2010 DI Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: La Libertad, a los doce días del mes de abril de dos mil diez. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SAN JUAN OPICO, Municipio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 30 de noviembre de 1994 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración Opción Secretariado obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SAN JUAN OPICO, Municipio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, a MARTA ROSELIA GALDÁMEZ HERNÁNDEZ. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RICARDO AQUILES DIAZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F008618) DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 191 RESOLUCION No. 599/2010 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los catorce días del mes de abril de dos mil diez. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Academico obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO EL SALVADOR, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 15 de enero de 1991 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Academico Opción Ciencias Naturales obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO EL SALVADOR, LT A Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a DOUGLAS ALBERTO URQUILLA CARRILLO. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU la presente Resolución en el Diario Oficial. RICARDO AQUILES DIAZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F008620) RESOLUCION No. 601/2010 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los catorce días del mes de abril de dos mil diez. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo ESCUELA NACIONAL DE COMERCIO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 1987 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración Opción Contaduría obtenido en O el Centro Educativo ESCUELA NACIONAL DE COMERCIO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a MIGUEL ANGEL DI AR I ESCOBAR MEJIA. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RICARDO AQUILES DIAZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F008642) RESOLUCION No. 602/2010 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los catorce días del mes de abril de dos mil diez. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo CENTRO ACADEMICO ALFRED NOBEL, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 15 de diciembre de 1992 y considerando que después de verificar la documentación presentada, DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 192 con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo CENTRO ACADEMICO ALFRED NOBEL, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a CARMENZA DEL RIO VASQUEZ CRUZ. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RICARDO AQUILES DIAZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. LT A (Registro No. F008660) NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU RESOLUCION No. 603/2010 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los catorce días del mes de abril de dos mil diez. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL JOSE SIMEON CAÑAS, Municipio de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, extendido con fecha 20 de enero de 1989 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL JOSE SIMEON CAÑAS, Municipio de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, a MARIA CONCEPCION MARQUEZ AGUILAR. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RICARDO AQUILES DIAZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. O (Registro No. F008707) AR I RESOLUCION No. 604/2010 DI Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los catorce días del mes de abril de dos mil diez. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administraci6n obtenido en el Centro Educativo LICEO ALBERTO MASFERRER, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, extendido con fecha 20 de noviembre de 1984 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo LICEO ALBERTO MASFERRER Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, a FREDIS OMAR BLANCO GALLO. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RICARDO AQUILES DIAZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F008749) DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 193 RESOLUCION No. 605/2010 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los catorce días del mes de abril de dos mil diez. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo CENTRO ESCOLAR LA FLORESTA, Municipio de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 30 de noviembre de 2001 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo CENTRO ESCOLAR LA FLORESTA, Municipio de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, a LOURDES MARIA MARTINEZ BRENES. Para los efectos de ley PUBLIQUESE NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU RICARDO AQUILES DIAZ, LT A la presente Resolución en el Diario Oficial. JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F008774) RESOLUCION No. 613/2010 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintidós días del mes de abril de dos mil diez. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SANTIAGO DE MARIA, Municipio de Santiago de María, Departamento de Usulután, extendido con fecha 28 de noviembre de 2003 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SANTIAGO DE MARIA, Municipio de Santiago de María, Departamento de Usulután, a ANA IRIS SALGADO PORTILLO. Para los efectos de ley DI AR I O PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RICARDO AQUILES DIAZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F009009) RESOLUCION No. 614/2010 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinte días del mes de abril de dos mil diez. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo ESCUELA NACIONAL DE COMERCIO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 20 de noviembre de 1980 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración Opción Contaduría obtenido DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 194 en el Centro Educativo ESCUELA NACIONAL DE COMERCIO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a JOSE SAMUEL RODRIGUEZ RIVERA. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RICARDO AQUILES DIAZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. LT A (Registro No. F009070) NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU RESOLUCION No. 615/2010 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinte días del mes de abril de dos mil diez. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SAN PEDRO PERULAPÁN, Municipio de San Pedro Perulapán, Departamento de Cuscatlán, extendido con fecha 28 de noviembre de 2003 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SAN PEDRO PERULAPÁN, Municipio de San Pedro Perulapán, Departamento de Cuscatlán, a FRANKLIN ALEXANDER LOVOS. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RICARDO AQUILES DIAZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. O (Registro No. F009333) AR I RESOLUCION No. 616/2010 DI Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los quince días del mes de abril de dos mil diez. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE PLANES DE RENDEROS, Municipio de San Marcos, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 15 de enero de 1991 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE PLANES DE RENDEROS, Municipio de San Marcos, Departamento de San Salvador, a OVIDIO ALCIDES MIRANDA TORRES C/P OVIDIO ALCIDES TORRES MIRANDA. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RICARDO AQUILES DIAZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL. (Registro No. F009288) DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 195 RESOLUCION No. 617/2010 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinte días del mes de abril de dos mil diez. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo NUEVO LICEO CENTROAMERICANO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 12 de diciembre de 1974 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo. POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo NUEVO LICEO CENTROAMERICANO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a ROLANDO ANTONIO DAGOBERTO NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU RICARDO AQUILES DIAZ, LT A PEREZ REYNA. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. Jefe del Departamento de Acreditación Institucional. (Registro No. F009313) RESOLUCION No. 618/2010 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de abril de dos mil diez. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo LICEO SAN MIGUEL, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, extendido con fecha 20 de noviembre de 2000 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo LICEO SAN MIGUEL, Municipio de San Miguel, Departamento de San DI AR I O Miguel, a NOEMI ROSA CRISTINA PACHECO GONZÁLEZ. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RICARDO AQUILES DIAZ, Jefe del Departamento de Acreditación Institucional. (Registro No. F009341) RESOLUCION No. 619/2010 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintidós días del mes de abril de dos mil diez. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DOCTOR MANUEL LUIS ESCAMILLA, Municipio de Cuyultitán, Departamento de La Paz, extendido con fecha 26 de noviembre de 1999 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo. POR TANTO: en DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 196 uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DOCTOR MANUEL LUIS ESCAMILLA, Municipio de Cuyultitán, Departamento de La Paz, a JOSE SANTOS VALLE VALLADARES. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RICARDO AQUILES DIAZ, Jefe del Departamento de Acreditación Institucional. LT A (Registro No. F009336) NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU RESOLUCION No. 619/2010 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los quince días del mes de abril de dos mil diez. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Industrial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO EMILIANI, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 22 de noviembre de 1996 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Industrial Opción Electrónica obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO EMILIANI, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a CARLOS RENATO GALDÁMEZ CASTILLO. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RICARDO AQUILES DIAZ, Jefe del Departamento de Acreditación Institucional. O (Registro No. F009232) AR I RESOLUCION No. 620/2010 DI Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los quince días del mes de abril de dos mil diez. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Industrial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL BENJAMIN ESTRADA VALIENTE, Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, extendido con fecha 31 de enero de 1995 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Industrial Opción Electricidad obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL BENJAMIN ESTRADA VALIENTE, Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, a JULIO EDUARDO HERNÁNDEZ AGUILAR. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RICARDO AQUILES DIAZ, Jefe del Departamento de Acreditación Institucional. (Registro No. F009270) DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 197 RESOLUCION No. 621/2010 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinte días del mes de abril de dos mil diez. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO EL SALVADOR, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 10 de diciembre de 1993 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO EL SALVADOR, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a FRANCISCA ZEPEDA CAÑAS. Para los efectos de NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU RICARDO AQUILES DIAZ, LT A ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. Jefe del Departamento de Acreditación Institucional. (Registro No. F009263) RESOLUCION No. 624/2010 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los quince días del mes de abril de dos mil diez. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo NUEVO LICEO CENTROAMERICANO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 15 de diciembre de 1992 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración Opción Computación obtenido en el Centro Educativo NUEVO LICEO CENTROAMERICANO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a BERONICA PATRICIA DI AR I O PEREZ ORELLANA. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RICARDO AQUILES DIAZ, Jefe del Departamento de Acreditación Institucional. (Registro No. F009296) RESOLUCION No. 624/2010 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de abril de dos mil diez. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Agrícola obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE USULUTAN, Municipio de Usulután, Departamento de Usulután, extendido con fecha 30 de noviembre de 1982 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 198 RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Agrícola obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE USULUTAN, Municipio de Usulután, Departamento de Usulután, a JOSE GUILLERMO DIAZ FLORES. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RICARDO AQUILES DIAZ, Jefe del Departamento de Acreditación Institucional. LT A (Registro No. F009959) NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU RESOLUCION No. 625/2010 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de abril de dos mil diez. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo COLEGIO CRISTIANO SALVADOREÑO EN-HACORE, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 2006 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo COLEGIO CRISTIANO SAL ADOREÑO EN-HACORE, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a MILAGRO URIEL VILLALOBOS RAMOS. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RICARDO AQUILES DIAZ, Jefe del Departamento de Acreditación Institucional. O (Registro No. F010397) AR I RESOLUCION No. 626/2010 DI Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintidós días del mes de abril de dos mil diez. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo CENTRO EDUCATIVO DENVER, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 29 de noviembre de 2002 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo CENTRO EDUCATIVO DENVER Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a JUAN CARLOS TORRES ZEPEDA. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. RICARDO AQUILES DIAZ, Jefe del Departamento de Acreditación Institucional. (Registro No. F009524) DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010. 199 RESOLUCION No. 627/2010 Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintidós días del mes de abril de dos mil diez. Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO BELEN, Municipio de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 26 de noviembre de 1999 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO BELEN, Municipio de Nueva San Salvador, Departamento de NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU RICARDO AQUILES DIAZ, LT A La Libertad, a MONICA TATIANA PACHECO VELÁSQUEZ. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial. Jefe del Departamento de Acreditación Institucional. (Registro No. F009550) CENTRO DE DESARROLLO DE LA PESCA Y LA ACUICULTURA CENTRO DE DESARROLLO DE LA PESCA Y LA ACUICULTURA, Ministerio de Agricultura y Ganadería, en la ciudad de Santa Tecla, departamento de La Libertad, a las trece horas con veintidós treinta minutos del día tres de junio de dos mil diez. CONSIDERANDO: I. Que de acuerdo a la Ley General de Ordenación y Promoción de Pesca y Acuicultura son facultades de CENDEPESCA, el impulsar, promover y establecer medidas de ordenación para la conservación, administración y desarrollo de los recursos hidrobiológicos; Que la implementación de las vedas temporales ha contribuido a la protección de las especies hidrobiológicas principalmente en los primeros O II. III. AR I ciclos de su vida, lo cual les permite alcanzar la madurez necesaria para su reproducción natural; Que habiendo conocido el Acuerdo Número Doscientos Treinta y Cuatro, producto de la reunión extraordinaria celebrada a las quince DI horas del día veinticinco de mayo de dos mil diez, por el Concejo Municipal de Chalchuapa, que en el uso de sus facultades legales y en base al Art. 4 numeral 7 del Código Municipal, prohíbe la pesca en la Laguna Cuscachapa durante sesenta días, contados a partir del cinco de junio hasta el tres de agosto de dos mil diez. IV. Que el mencionado Acuerdo se deriva de la acción de siembra de alevines de tilapia que a petición de la Alcaldía Municipal de Chalchuapa realizará CENDEPESCA en fecha cuatro de los corrientes. Por tanto, la Directora General en uso de sus facultades legales, RESUELVE: I. DECLARAR VEDA TEMPORAL PARA LA EXTRACCION DE TODOS LOS RECURSOS HIDROBIOLOGICOS en la Laguna de Cuscachapa, ubicada en el municipio de Chalchuapa, departamento de Santa Ana. DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387 200 II. La veda temporal tendrá una duración de SESENTA días, contados a partir del día cuatro de junio de dos mil diez, periodo que podrá ser modificado de acuerdo a los resultados de los monitoreos técnicos que CENDEPESCA realice; III. Desarrollar durante el periodo de veda, una jornada que permita el otorgamiento o renovación de Autorizaciones para la extracción artesanal y su posterior inscripción en el Registro Nacional de Pesca y Acuicultura; IV. Proceder a la evaluación posteriormente de los efectos de la medida implementada, en donde se cuente con la participación coordinada de las personas autorizadas para la extracción en dicho cuerpo de agua, quienes deberán llevar un registro de las producciones obtenidas para LT A ser notificadas a CENDEPESCA. V. NO OFI C TI IA EN L S E O VA LO LI P DE AR Z A LE CO GA N L SU DE LO QUE SE PERMITE EN TEMPORADA DE PESCA Al interior de la Laguna Cuscachapa se permite: a) b) La extracción artesanal no comercial de autoconsumo y pesca deportiva; El uso del arte de pesca denominado Línea de mano con anzuelo y atarrayas con luz de malla de al menos DOS PUNTO CINCO (2.5) pulgadas, estirada de nudo a nudo; y c) La extracción de hasta QUINCE (15) ejemplares por pescador por faena diaria de pesca; DE LO QUE NO SE PERMITE EN TEMPORADA DE PESCA VI. Al interior de la Laguna Cuscachapa no se permite: a) La extracción artesanal con fines comerciales; y b) La extracción utilizando redes de enmalle. DISPOSICIONES GENERALES Fortalecer la coordinación con las autoridades, organizaciones locales y otras entidades de cooperación para continuar promoviendo acciones O VII. AR I dirigidas a la protección y aprovechamiento responsable de los recursos pesqueros de la Laguna de Cuscachapa, así como para promover VIII. DI la generación de nuevas alternativas de producción diferentes en beneficio de los pescadores artesanales. El incumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente Resolución será sancionado de conformidad con lo establecido en la Ley General de Ordenación y Promoción de la Pesca y Acuicultura. IX. Esta Resolución entrará en vigencia el día cuatro de junio de dos mil diez. PUBLIQUESE. SONIA MARÍA SALAVERRIA CASTANEDA, Directora General. Imprenta Nacional - Tiraje 430 Ejemplares.
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