Diario Oficial de la República de El Salvador

Transcription

Diario Oficial de la República de El Salvador
REPUBLICA
DE EL
SALVADOR
EN LA
AMERICA
CENTRAL
DIARIO
OFICIAL.San
Salvador,
9 de
Junio de
2010.
11
DIARIO OFICIAL
DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López
TOMO Nº 387
SAN SALVADOR, MIERCOLES 9 DE JUNIO DE 2010
NUMERO 107
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SUMARIO
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La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se
procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por
transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad
de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).
Pág.
ORGANO LEGISLATIVO
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MINISTERIO DE ECONOMÍA
RAMO DE ECONOMÍA
Decreto No. 363.- Exoneración de impuestos por la
Acuerdos Nos. 377 y 382.- Se conceden beneficios a favor
introducción al país de un donativo a favor de la Asociación
“Club Rotario Sirama, San Miguel”. .........................................
5-6
de dos Asociaciones Cooperativas. ............................................
Contrato de Préstamo No. 2015, suscrito con el Banco
Acuerdo No. 409.- Se autoriza la actividad de la sociedad
Centroamericano de Integración Económica, para financiar la
Centro Logístico Integral, Sociedad Anónima de Capital Variable,
ejecución del “Programa para el Desarrollo de Infraestructura
como Servicio de Distribución Internacional. ...........................
59-60
61-62
Social y Prevención de Vulnerabilidad” y Decreto Legislativo
No. 370, aprobándolo.................................................................
7-47
Acuerdo No. 449.- Se legaliza el desempeño de misión
oficial..........................................................................................
62
ORGANO EJECUTIVO
Acuerdo No. 456.- Se nombran a Directores Propietarios
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
y Suplentes ante la Junta Directiva del Centro Internacional de
Ferias y Convenciones de El Salvador, por parte del Ministerio de
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Acuerdo No. 213.- Se encarga el Despacho de Economía,
al Viceministro de Comercio e Industria. ..................................
48
Economía, a propuesta de la Asociación Nacional de la Empresa
Privada. ......................................................................................
62
DI
MINISTERIO DE GOBERNACION
MINISTERIO DE EDUCACION
RAMO DE EDUCACIÓN
Escritura pública, estatutos de la Fundación El Salvador
Avanza y Decreto Ejecutivo No. 62, declarándola legalmente
establecida, aprobándole sus estatutos y confiriéndoles el carácter
de persona jurídica. ....................................................................
48-55
MINISTERIO DE HACIENDA
RAMO DE HACIENDA
Acuerdo No. 597.- Se aprueba la Resolución No.
1-CDF-858/10, emitida por el Consejo Directivo del Fondo
Salvadoreño para Estudios de Preinversión. .............................. 56-58
Acuerdo No. 15-0346.- Reconocimiento de estudios a favor
de German Eberto López Ajanel................................................
63
MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL
RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL
Acuerdo No. 66.- Se nombra a personal como Enlace de
Apoyo ante la Comisión Técnica Sectorial de Infraestructura y
Servicios Básicos del Consejo Asesor de Protección Civil. ......
63
Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: [email protected]
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
2
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Pág.
DE SEGUNDA PUBLICACION
ORGANO JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Aceptación de Herencia
Cartel No. 546.- Edwin Antonio Flores Guzmán (3 alt.) ..
Acuerdos Nos. 1938-D, 355-D, 381-D, 435-D, 437-D,
90
443-D, 459-D, 472-D, 479-D, 501-D, 504-D, 506-D, 513-D,
Cartel No. 547.- Olga Marina Rodríguez de Parada (3
515-D, 538-D, 569-D, 572-D, 574-D y 576-D.- Autorizaciones
alt.) ...........................................................................................
90
Cartel No. 548.- María Esperanza Zavala de Jovel (3 alt.)
90
para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. ..................
64-67
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INSTITUCIONES AUTONOMAS
DE TERCERA PUBLICACION
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ALCALDÍAS MUNICIPALES
Aceptación de Herencia
Decreto No. 2.- Ordenanza transitoria para el pago de las
Cartel No. 535.- María Rosario Palma de Casco (3 alt.) ...........
tasas por servicios municipales con dispensa de multas e intereses
moratorios a favor de la municipalidad de Concepción Batres.
Cartel No. 536.- María Brígida Benítez de Soriano y otros
68-69
Decreto No. 2.- Ordenanza reguladora para la instalación
(3 alt.) .........................................................................................
91
Cartel No. 537.- Cayetano Crespín Alemán (3 alt.). .........
91-92
Cartel No. 538.- María Cecilia Dubón de Orellana y otros
de antenas y torres de telecomunicaciones, radio y T.V., en el
municipio de La Unión. .............................................................
91
(3 alt.) .........................................................................................
92
69-72
Cartel No. 539.- María Cecilia Dubón de Orellana y otros
(3 alt.) .........................................................................................
Estatutos de las Asociaciones “Desarrollo Comunal Caserío
92
Cartel No. 540.- Francisca Antonia Monterrosa Rauda viuda
Guadalupe, Cantón El Amate”, de “Municipios Shafick Jorge
de Monterrosa y otro (3 alt.) ......................................................
92-93
Handal”, “Residencial Las Terrazas 1 y 2” y “Desarrollo Comunal
Cartel No. 541.- María Clotilde Mejía Rauda y otra
El Pinar” y Acuerdos Nos. 18, 42, 137 y 04-05/05/10, emitidos
(3 alt.) .........................................................................................
93
por las Alcaldías Municipales de San Miguel, Ciudad Barrios,
Ayutuxtepeque y Panchimalco, aprobándolos y confiriéndoles
73-88
Herencia Yacente
Cartel No. 542.- José Eduardo Menéndez, se nombra curador
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el carácter de persona jurídica....................................................
SECCION CARTELES OFICIALES
al Lic. José Aníbal Cárcamo Vega (3 alt.) .................................
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DE PRIMERA PUBLICACION
SECCION CARTELES PAGADOS
Declaratoria de Herencia
Cartel No. 558.- José Alfredo Alfaro y otros (1 vez) ........
89
Cartel No. 559.- José Mercedes Romero Parada (1 vez) ..
89
DE PRIMERA PUBLICACION
Declaratoria de Herencia
Aceptación de Herencia
Carteles Nos. C003971, C003972, C003986, C004006,
Cartel No. 560.- Sayra Lizzette Alvarado Molina y otros
(3 alt.) .........................................................................................
F014836, F014839, F014841, F014864, F014877, F014881,
89
Cartel No. 561.- María Encarnación Santos Pérez y otra (3
alt.) ...........................................................................................
F014890, F014896, F014912, F014921, F014924, F014939,
F014953, F014964, F014965, F014982, F014984, F014989,
89
F014995, F014996. .................................................................... 94-101
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
3
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Aceptación de Herencia
Aumento de Capital
Carteles Nos. C003967, C003969, F014908, F014910,
Carteles Nos. C003987, F014932. .................................... 129-130
F014928, F014935, F014936, F014946, F014963, F014971,
F014975, C003970, C003975, C004002, C004003, F014833,
Disolución de Sociedades
F014835, F014879, F014887, F014888, F014949, F014954,
Cartel No. F014988. ..........................................................
130
F014957, F014974, F014880. .................................................... 102-110
Patente de Invención
Herencia Yacente
Carteles Nos. F015004, F015006......................................
Revocatoria de Poder
Título de Propiedad
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Cartel No. F014842. ..........................................................
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Cartel No. F015333. .......................................................... 131-132
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Carteles Nos. F014919, F014951, F014959. .................... 110-111
Título Municipal
Cartel No. F014990. ..........................................................
Título Supletorio
132
Carteles Nos. F014856, F014916, F014976, C004004,
F014931. .................................................................................... 111-113
Marca de Servicios
Carteles Nos. C003995, C003996, F014913..................... 132-133
Título de Dominio
Cartel No. F014920. ..........................................................
113
Reposición de Póliza de Seguro
Cartel No. C003974. .........................................................
Juicio de Ausencia
Carteles Nos. F014851, F014852, F014854, F015009,
F015014. .................................................................................... 114-115
Renovación de Marcas
DE SEGUNDA PUBLICACION
Aceptación de Herencia
Carteles Nos. C003977, C003978, C003979, C003981,
C003982, C003984, F015011. ................................................... 115-117
Marca de Fábrica
133
Carteles No. C003894, C003895, C003896, C003898,
F014546, F014567, F014571, F014638..................................... 134-136
Título Supletorio
Carteles Nos. C003988, C003989, C003990, C003991,
136
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Cartel No. F014569. ..........................................................
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C003992, C003993, C003994, C003997, C003998, F015008,
F015010, F015013, F015015, F015016, F015017, F015018. ... 118-125
Carteles No. F014576, F014659. ...................................... 136-137
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Nombre Comercial
Cartel No. C003976. .........................................................
Título de Dominio
125
Renovación de Marcas
Señal de Publicidad Comercial
Carteles Nos. C003999, C004000, C004001. ................... 125-126
Convocatorias
Cartel No. F014999. .......................................................... 126-127
Carteles No. C003922, F014532, F014533, F014535,
F014536, F014538, F014540, F014542, F014543, F014544. ... 137-140
Marca de Fábrica
Carteles No. C003904, C003905, C003906, C003923,
C003924, C003925, C003926, F014585, F014586. .................. 140-144
Subasta Pública
Carteles Nos. C003985, F014840, F014891, F014930,
F014967, F015001. .................................................................... 127-129
Nombre Comercial
Carteles No. C003907, C003920, F014663. ..................... 144-145
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
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Nombre Comercial
Convocatorias
Cartel No. C003919. .........................................................
145
Subasta Pública
Carteles Nos. C003828, F014377. .................................... 176-177
Convocatorias
Carteles No. C003914, C003915, F014522, F014530,
F014549, F014550. .................................................................... 146-150
Carteles Nos. F014310, F014312, F014384. .................... 177-178
Subasta Pública
Cartel No. F014876. ..........................................................
150
Reposición de Certificados
Balances de Liquidación
151
Cartel No. C003916. .........................................................
Cartel No. C003901. .........................................................
180
Disminución de Capital
Reposición de Póliza de Seguro
Marca de Producto
Carteles Nos. F014323, F014326......................................
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Cartel No. F014630. ..........................................................
Carteles Nos. F014299, F014307, F014333, F014346. .... 178-180
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Reposición de Certificados
151
Carteles Nos. C003837, C003838. ....................................
181
Marca Industrial
151
Carteles Nos. C003829, C003830, C003831. ................... 181-182
Título Municipal
DE TERCERA PUBLICACION
Aceptación de Herencia
Carteles Nos. F014262, F014291, F014400. .................... 182-184
Emblemas
Carteles Nos. C003775, C003778, C003825, C003826,
Cartel No. F014379. ..........................................................
184
C003902, F014282, F014286, F014297, F014355, F014376,
F014568, F014581, F014651.. ................................................... 152-156
Marca de Servicios
Cartel No. F014374. .......................................................... 184-185
Título de Propiedad
Carteles Nos. F014280, F014344......................................
156
Marca de Producto
185
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Carteles Nos. C003779, F014354. ....................................
Título Supletorio
Carteles Nos. C003770, C003776, C003827, F014261,
DI
F014292, F014311, F014360. .................................................... 157-160
SECCION DOCUMENTOS OFICIALES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Renovación de Marcas
Carteles Nos. C003822, C003832, C003833, C003834. .. 161-162
Resoluciones Nos. 575, 578, 579, 580, 585, 586, 589, 591,
592, 594, 595, 598, 599, 601, 602, 603, 604, 605, 613, 614,
615, 616, 617, 618, 619(2), 620, 621, 624(2), 625, 626 y 627.-
Marca de Fábrica
Reposiciones de títulos. ............................................................ 186-199
Carteles Nos. C003792, C003793, C003794, C003795,
C003796, C003797, C003798, C003799, C003800, C003801,
C003802, C003803, C003804, C003805, C003806, C003807,
CENTRO DE DESARROLLO DE LA PESCA
Y LA ACUICULTURA
C003808, C003809, C003810, C003811, C003812, C003813,
C003814, C003815, C003816, C003817, C003819, C003820,
Resolución S/No.- Se declara veda temporal para la
C003821, C003823, C003824, F014257, F014258, F014301,
extracción de todos los recursos hidrobiológicos, en la Laguna
F014362. .................................................................................... 162-176
de Cuscachapa, ubicada en el municipio de Chalchuapa. .......... 199-200
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
5
ORGANO LEGISLATIVO
DECRETO No. 363
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
Que la Asociación "Club Rotario Sirama, San Miguel", es una institución de servicio, apolítica, no lucrativa, ni religiosa, cuyos objetivos,
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CONSIDERANDO:
entre otros, son estimular y fomentar el ideal de servicio como base de toda empresa digna.
II.
III.
Que para el logro de sus objetivos, introducirán al país bienes que le han sido donados.
Que de conformidad a las facultades que a esta Asamblea Legislativa le confiere la Constitución de la República, es procedente exonerar
del pago de impuestos, incluyendo bodegaje, que pueda causar la introducción al país del referido donativo.
POR TANTO:
En uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Diputado Rafael Eduardo Paz Velis.
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DECRETA:
DI
Art. 1. Exonérase a la Asociación "Club Rotario Sirama, San Miguel", del pago de impuestos, incluyendo bodegaje, a excepción del Impuesto a
la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), que pueda causar la introducción al país de bienes que le han sido donados,
el cual se detalla a continuación: veinticinco (25) camas; tres (3) mesas laterales para encamados; dieciséis (16) bancos para examen; un (1) soporte
para oxígeno; once (11) pedestales para sueros; tres (3) mesas para terapia física; siete (7) barras para tracción; cuatro (4) carretillas para depósitos de
oxígeno; dos (2) mesas para expedientes; treinta (30) estantes para encamados; un (1) asistente para levantar encamados; diez (10) carretillas para ropa
contaminada o sucia; tres (3) gradillas; un (1) asiento para prótesis; catorce (14) mesas para examen; un (1) biombo; diez (10) colchones; doce (12)
andaderas; cinco (5) asientos para inodoros; una (1) tina para hidroterapia con bomba; un (1) marco de cama; un (1) colchón delgado; una (1) bolsa
de bienes línea blanca; seis (6) rodetes; un (1) ventilador; dos (2) soportes para bote de succión; un (1) set de accesorios para discapacitados; una (1)
mesa para flebotomista; tres (3) carro camilla; un (1) equipo de succión de secreciones; una (1) silla de pesaje; un (1) sistema de torniquete; un (1) set
de partes para cama de paciente; una (1) silla para enfermera; una (1) silla ortopédica; una (1) mesa plegable; cinco (5) muletas; una (1) silla; un (1)
banco para examen; tres (3) sillas para duchar pacientes; y una (1) bolsa de almohadillas para muletas.
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6
La exención concedida es sin perjuicio de la vigilancia y control que deberán ejercer los organismos fiscales respectivos. Asimismo, los representantes de la referida Asociación, deberán presentar a esta Asamblea dentro de los 45 días posteriores a la introducción de dichos bienes, un
informe debidamente auditado sobre la distribución de los mismos.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.
DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los veinte días del mes de mayo del año dos mil diez.-
CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA
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PRESIDENTE
GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
SEGUNDO VICEPRESIDENTE
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OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRIMER VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ
TERCER VICEPRESIDENTE
ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
CUARTO VICEPRESIDENTE
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN
QUINTO VICEPRESIDENTE
CESAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA
SEGUNDO SECRETARIO
ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO
ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA
TERCER SECRETARIO
CUARTO SECRETARIO
SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA
IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
QUINTA SECRETARIA
SEXTA SECRETARIA
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LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA
PRIMERA SECRETARIA
MIGUEL ELÍAS AHUES KARRA
SÉPTIMO SECRETARIO
CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los siete días del mes de junio del año dos mil diez.
PUBLÍQUESE,
CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA,
Presidente de la República.
JUAN RAMÓN CARLOS ENRIQUE CÁCERES CHÁVEZ,
Ministro de Hacienda.
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DECRETO No. 370
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I.
Que por Decreto Legislativo No. 329, de fecha 15 de abril de 2010, publicado en el Diario Oficial No. 76, Tomo No. 387 del 27 de abril
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del mismo año, esta Asamblea autorizó al Órgano Ejecutivo en el Ramo de Hacienda para que por medio de su Titular o del representante que él designare, negociare y suscribiera en nombre del Estado y Gobierno de la República de El Salvador el Contrato de Préstamo
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con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), por un monto de hasta CIENTO CUARENTA Y TRES MILLONES
CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS SETENTA DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
(US $143,433,870.00), recursos que se destinarán para financiar la ejecución del "Programa para el Desarrollo de Infraestructura Social y
Prevención de Vulnerabilidad".
II.
Que el referido Contrato de Préstamo fue suscrito el 4 de mayo de 2010, por el señor Ministro de Hacienda en correspondencia a la autorización conferida por el Decreto Legislativo No. 329 antes relacionado.
III.
Que en razón de que se han satisfecho las exigencias de orden legal requeridas en nuestra legislación, procede aprobar en todas sus partes
el Contrato de Préstamo, que ha sido sometido a esta Asamblea, para lo cual se ha dado cumplimiento a lo establecido en el Art. 148 de la
Constitución de la República.
POR TANTO:
en uso de sus facultades constitucionales.
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DECRETA:
Art. 1. Apruébase en todas sus partes el Contrato de Préstamo No. 2015, suscrito el 4 de mayo de 2010, entre el Gobierno de la República de El
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Salvador y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), por un monto de hasta CIENTO CUARENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS SETENTA DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US $143,433,870.00),
recursos que se destinarán para financiar la ejecución del "Programa para el Desarrollo de Infraestructura Social y Prevención de Vulnerabilidad".
Art. 2. El Coordinador Especial para el Seguimiento y Ejecución de la Inversión Pública, a partir de la fecha del primer desembolso, presentará
a esta Asamblea Legislativa un informe trimestral de la ejecución física y financiera de los proyectos a que se refiere el artículo anterior, hasta que se
completen y se den por recibidos los mismos.
Art. 3. El presente Decreto entrará en vigencia desde su publicación en el Diario Oficial.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
47
DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los veintisiete días del mes de mayo del año dos mil diez.
CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA
PRESIDENTE
GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRIMER VICEPRESIDENTE
SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ
ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
TERCER VICEPRESIDENTE
CUARTO VICEPRESIDENTE
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OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN
QUINTO VICEPRESIDENTE
CESAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA
PRIMERA SECRETARIA
SEGUNDO SECRETARIO
ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO
ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA
TERCER SECRETARIO
CUARTO SECRETARIO
SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA
IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
QUINTA SECRETARIA
SEXTA SECRETARIA
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LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA
MIGUEL ELÍAS AHUES KARRA
SÉPTIMO SECRETARIO
CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los nueve días del mes de junio del año dos mil diez.
PUBLÍQUESE,
CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA,
Presidente de la República.
JUAN RAMÓN CARLOS ENRIQUE CÁCERES CHÁVEZ,
Ministro de Hacienda.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
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ORGANO EJECUTIVO
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
ACUERDO No. 213.
CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA,
Presidente de la República.
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En uso de sus facultades legales, ACUERDA: Encargar el Despacho de Economía, con carácter ad-honorem, durante el período comprendido del
4 al 6 del presente mes y año, al señor Viceministro de Comercio e Industria, Ingeniero Mario Antonio Cerna Torres, conforme al detalle siguiente:
En el caso del día 4 de los corrientes, dicho encargo es efectivo a partir del momento de la salida del territorio nacional del señor Ministro, Doctor
Héctor Miguel Antonio Dada Hirezi y tratándose del día 6 del mismo mes y año, el encargo será efectivo hasta el arribo al país del mencionado titular,
a quien se le ha encomendado el desempeño de una misión oficial en el exterior, concediéndosele por tal motivo licencia con goce de sueldo durante
el período antes mencionado.
DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los tres días del mes de mayo de dos mil diez.
CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA,
Presidente de la República.
HUMBERTO CENTENO NAJARRO,
Ministro de Gobernación.
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN
cero cero ciento cuarenta y tres mil cuatrocientos setenta y seis- cinco;
DE FUNDACION. En la ciudad de San Salvador, a las once horas del
SABRINA ELIZABETH ARTEAGA JUAREZ, de treinta años de edad,
O
NÚMERO TREINTA Y OCHO. LIBRO QUINTO. CONSTITUCION
Licenciada en Salud Materno Infantil, del domicilio de Santa Tecla,
DA RODRIGUEZ MOLINA, Notario, del domicilio de la ciudad de
Departamento de La Libertad, persona a quien no conozco pero identi-
Santa Tecla, Departamento de La Libertad. COMPARECEN: Los Se-
fico por medio de su Documento Único de Identidad número Cero dos
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día treinta y uno de octubre del dos mil nueve. Ante mí, LUZ ARMIN-
ñores: ANTONIO ADALBERTO GAVIDIA GONZALEZ, de sesenta
millones doscientos veintisiete mil ochenta y ocho- tres; JOSE ULICES
y cinco años de edad, Licenciado en Administración de Empresas, del
ARIAS CHAVARRIA, de treinta y dos años de edad, Contador, del
domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, persona a
domicilio de Ayutuxtepeque, Departamento de San Salvador, persona
quien no conozco pero identifico por medio de su Documento Unico de
a quien no conozco pero identifico por medio de su Documento Único
Identidad número cero dos millones ciento ochenta y nueve mil ciento
de Identidad número cero cero quinientos cincuenta y cinco mil sete-
cuarenta y seis- seis, CIRO ORLANDO ALVAREZ, de cincuenta años
cientos cincuenta y siete- tres; ANA REYNA MARIA AZUCENA
de edad, Ingeniero Industrial, del domicilio de Zacatecoluca, departa-
ALVAREZ, de sesenta años de edad, Licenciada en Relaciones Inter-
mento de La Paz, persona a quien no conozco pero identifico por medio
nacionales, del domicilio de Cuscatancingo, Departamento de San
de su Documento Único de Identidad número cero cero quinientos once
Salvador, persona a quien no conozco pero identifico por medio de su
mil cuatrocientos noventa y siete- siete; CLAUDIA LISSETH LOPEZ
Documento Único de Identidad número Cero un millón trescientos
ESCOBAR, de veintinueve años de edad, Estudiante, del domicilio de
ochenta y seis mil cuatrocientos diez- cuatro; JOSE OSCAR APARICIO,
Ilopango, Departamento de San Salvador, persona a quien no conozco
de ochenta y tres años de edad, Licenciado en Administración de Em-
pero identifico por medio de su Documento Único de Identidad número
presas, del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador,
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
49
nas naturales o jurídicas, privadas o gubernamentales, para destinarlos
to Único de Identidad número cero un millón seiscientos cincuenta y un
a la consecución de sus finalidades, así mismo ejecutar cualquier acto o
mil cuatrocientos setenta y uno- seis; ABRAHAM VALENCIA MO-
negociación lícita, las gestiones necesarias y complementarias para
RALES, de sesenta y tres años de edad, Licenciado en Economía, del
cumplir con sus finalidades y en general ejecutar y celebrar toda clase
domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, persona a quien
de convenios de cooperación, nacional o internacional. b) Mejorar la
no conozco pero identifico por medio de su Documento Único de Iden-
calidad de vida de las familias Salvadoreñas en el área urbano-marginal
tidad número cero cero trescientos ochenta y nueve mil seiscientos
y en el área rural mediante la creación de espacios físicos saludables a
cincuenta y cinco- siete; FATIMA EMELINA RAMOS LEMUS, de
través de la construcción de infraestructura social; trabajando conjunta-
veinticinco años de edad, Estudiante, del domicilio de San Martín,
mente con instituciones públicas, u organismos privados, nacionales o
Departamento de San Salvador, persona a quien no conozco pero iden-
internacionales que participen en las correspondientes acciones. c)
tifico por medio de su Documento Único de Identidad número cero un
Mejorar la calidad de vida de las familias Salvadoreñas en el área urba-
millón cuatrocientos noventa y ocho mil cuatrocientos cuarenta tres- seis;
no-marginal y en el área rural a través de programas integrales de pro-
ANTONIO ADALBERTO GAVIDIA ALFARO, de cuarenta y cuatro
moción y atención primaria en salud, con la participación de actores
años de edad, Empleado, del domicilio de Santa Tecla, Departamento
locales. d) Mejorar la calidad de vida de las familias salvadoreñas en el
de La Libertad, persona a quien no conozco pero identifico por medio
área urbano-marginal y en el área rural a través de programas integrales
de su Documento Único de Identidad número Cero un millón ciento
de educación. e) Apoyar los procesos de gestión de infraestructura social,
noventa y nueve mil trescientos diecinueve- tres; LILIANA ASTRID
y equipamiento en el área-urbano-marginal y en el área rural, pudiendo
GAVIDIA VILLEGAS, de veintiocho años de edad, Estudiante, del
consistir tal apoyo en la gestión, ejecución, supervisión y seguimiento
domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, persona a
de los mismos. f) Desarrollar programas de formación técnica, capaci-
quien no conozco pero identifico por medio de su Documento Único de
tación, educación y cultura que contribuyan al desarrollo de la salud y
Identidad número Cero dos millones novecientos treinta y cinco mil
educación. En cuanto a la Educación NO FORMAL, desarrollar progra-
doscientos noventa y tres -siete; y RENE ALBERTO AYALA AYALA,
mas de formación técnica y capacitación laboral, para tal efecto se
de cuarenta y seis años de edad, Ingeniero Civil, del domicilio de
certificará los programas de competencias laborales ante las entidades
Soyapango, Departamento de San Salvador, persona a quien no conoz-
correspondientes. g) Desarrollar programas para la formación e imple-
co pero identifico por medio de su Documento Único de Identidad nú-
mentación de microempresas en las áreas urbano-marginales y áreas
mero Cero un millón trescientos cuatro mil setecientos treinta- cuatro;
rurales a fin de contribuir al desarrollo económico de las comunidades
y ME DICEN: I) Que por medio de este instrumento, deciden constituir
gestionando recursos y asistencia técnica con el fin de que sean auto
una Fundación de utilidad Pública, Apolítica, no lucrativa ni religiosa,
sostenibles. h) La Fundación desarrollará y ejecutará sus finalidades en
que se denominará "FUNDACION EL SALVADOR AVANZA", y que
el entendido de que existen Instituciones gubernamentales encargadas
podrá abreviarse FUNDAVANZA. II) Que aprueban íntegramente los
de desarrollar actividades como las que persigue la Fundación, y que
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persona a quien no conozco pero identifico por medio de su Documen-
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Estatutos que regirán la Fundación los cuales constan de TREINTA Y
por lo tanto no pretende usurpar tales atribuciones encomendadas por
la ley a dichas instituciones, sino por el contrario es su finalidad mayor,
DE LA "FUNDACION EL SALVADOR AVANZA". CAPITULO
trabajar conjuntamente y en armonía con ellas y generar el desarrollo
DI
CINCO ARTICULOS que se transcriben a continuación ESTATUTOS
I. NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO.
de nuestros municipios y comunidades especialmente en las áreas:
Artículo Uno.- Créase en la Ciudad de San Salvador, Departamento de
construcción de infraestructura social, salud y educación. Entiéndase
San Salvador, la Fundación de Nacionalidad Salvadoreña, que se deno-
por infraestructura social: Al conjunto de estructuras y/o construcciones
minará "FUNDACION EL SALVADOR AVANZA", y que podrá
básicas necesarias que permiten el desarrollo de las comunidades, y
abreviarse FUNDAVANZA, como una entidad apolítica, no lucrativa,
mejoran la calidad de vida de sus habitantes. CAPITULO III. DEL
la que en los presentes Estatutos se denominará "LA FUNDACION".
PATRIMONIO. Artículo Cinco.- El Patrimonio de la Fundación esta-
Artículo Dos.- El domicilio de la Fundación será la Ciudad de San
rá constituido por: a) Un aporte inicial de CIENTO VEINTE DOLARES
Salvador, Departamento de San Salvador, pudiendo establecer filiales
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA que los miembros fun-
en todo el territorio de la República y fuera de él. Artículo Tres.- La
dadores han pagado. La aportación en dinero relacionado queda en
Fundación se constituye por tiempo indefinido.CAPITULO II. OBJE-
poder y bajo la responsabilidad de la Junta Directiva. b) Donaciones,
TO O FINALIDAD. Artículo Cuatro.- Los fines u objetivos de la
herencias, legados, contribuciones de personas naturales o jurídicas,
Fundación serán: a) Gestionar recursos por medio de donaciones de
nacionales y extranjeras, respectivamente; y c) Todos los bienes muebles
Instituciones u Organismos, sean éstos nacionales o extranjeros, perso-
e inmuebles que adquiera y las rentas provenientes de los mismos de
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
50
conformidad con la ley. Artículo Seis.- El patrimonio será administrado
dación; c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Fundación. d)
Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y presupuestos de la Fundación e informar a la Asamblea General; e) Velar por el
DACION. Artículo Siete.- El gobierno de la Fundación será ejercido
cumplimiento de los Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resolu-
por: a) La Asamblea General; y b) La Junta Directiva. CAPITULO
ciones de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva; f) Con-
V. DE LA ASAMBLEA GENERAL. Artículo Ocho.- La Asamblea
vocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General;
General, debidamente convocada, es la autoridad máxima de la Funda-
g) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea
ción y estará integrada por la totalidad de los miembros Fundadores.
General. Artículo Diecisiete.- Son atribuciones del presidente(a): a)
Artículo Nueve.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una
Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General;
vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta
b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta
Directiva. La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia
Directiva y de la Asamblea General, así como de los Estatutos y Regla-
de siete como mínimo de los Miembros en primera convocatoria y en
mento Interno de la Fundación; c) Representar judicial y extrajudicial-
segunda convocatoria el día siguiente con los miembros que asistan,
mente a la Fundación, pudiendo otorgar poderes previa autorización de
excepto en los casos especiales en que se requiera mayor número de
la Junta Directiva; d) Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias
asistentes. Las resoluciones que tomará la Asamblea General será por
de la Asamblea General y de la Junta Directiva. e) Autorizar juntamen-
lo menos de siete votos de los miembros asistentes, excepto en los casos
te con el Tesorero las erogaciones que tenga que hacer la Fundación; y
especiales en que se requiera una cantidad de votos diferente. Artículo
f) Presentar la Memoria de Labores de la Fundación y cualquier informe
Diez.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones
que le sea solicitado por la misma. Artículo Dieciocho.- Son atribucio-
de Asamblea General por motivos justificados podrá hacerse represen-
nes del Vice-presidente(a): desempeñar las funciones del Presidente(a)
tar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones es de un
en caso de ausencia, renuncia o impedimento. Artículo Diecinueve.- Son
miembro llevando la voz y el voto de su representado. Artículo Once.-
atribuciones del Secretario(a): a) Llevar los libros de actas de las sesio-
Son atribuciones de la Asamblea General: a) Elegir, sustituir y destituir
nes de Asamblea General y de Junta Directiva; b) Llevar el archivo de
total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva; b) Aprobar,
documentos y registros de los miembros de la Fundación. c) Extender
reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Fundación;
todas las certificaciones que fueran solicitadas a la Fundación. d) Hacer
c) Aprobar y/o modificar los planes, programas o presupuesto anual de
enviar la convocatoria a los miembros para sesiones y e) Ser el órgano
la Fundación; d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores
de comunicación de la Fundación. Artículo Veinte.- Son Atribuciones
de la Fundación, presentada por la Junta Directiva; e) Decidir, sobre la
del Pro-secretario(a): desempeñar las funciones del secretario(a), en caso
compra, venta o enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes a
de ausencia, renuncia o impedimento. Artículo veintiuno.- Son atribu-
la Fundación. f) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Fun-
ciones del Tesorero(a): a) Recibir y depositar los fondos que la Funda-
dación y que no estén contemplados en los presentes Estatutos. CAPI-
ción obtenga, en el Banco que la Junta Directiva seleccione; b) Llevar
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por la Junta Directiva conforme a las directrices que le manifieste la
Asamblea General. CAPITULO IV. DEL GOBIERNO DE LA FUN-
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TULO VI. DE LA JUNTA DIRECTIVA. Artículo Doce.- La dirección
o tener control directo de los libros de contabilidad de la Fundación; y
c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que la Fundación tenga que realizar. Artículo Veintidós.- Son atribuciones del
DI
y administración de la Fundación estará confiada a la Junta Directiva,
la cual estará integrada de la siguiente forma: Un presidente, un vicepresidente, un secretario, un pro-secretario, un tesorero, un pro-tesorero
Pro-tesorero: desempeñar las funciones del Tesorero(a), en caso de
y seis vocales. La Junta Directiva Administrará y dispondrá del patri-
ausencia, renuncia o impedimento. Artículo Veintitrés.- Son atribucio-
monio de la misma, en los términos que establezcan las leyes y estos
nes de los vocales: a) Colaborar directamente con todos los miembros
estatutos. Artículo Trece.- Los miembros de la Junta Directiva serán
de la Junta Directiva; y b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta
electos para un periodo de dos años pudiendo ser reelectos. Artículo
Directiva en caso de ausencia o impedimento, Excepto al presidente,
Catorce.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y
secretario y tesorero. CAPITULO VII. DE LOS MIEMBROS FUN-
extraordinariamente cuantas veces sea necesario. Artículo Quince.- El
DADORES. Artículo Veinticuatro.- Son MIEMBROS FUNDADORES
quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será siete
todas aquellas personas que han contribuido al fondo inicial con el cual
de sus Miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de
se constituye la Fundación. Los fundadores podrán designar distinciones
los asistentes. El presidente tendrá voto calificado. Artículo Dieciséis.-
honorarias a todas aquellas personas que por su labor y méritos en favor
La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a) Desarrollar las
de la Fundación sean así nombrados por la Asamblea General, así como
actividades necesarias para el logro de los fines de la Fundación; b)
también a todas aquellas personas naturales o jurídicas, Instituciones,
Velar por la administración eficiente y eficaz del patrimonio de la Fun-
Entidades y Organismos Nacionales o Extranjeros, así como Empresas
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currentes queda integrada de la siguiente manera: Presidente: ANTONIO
significativas a la Fundación en efectivo o en especies de acuerdo al
ADALBERTO GAVIDIA GONZALEZ; Vicepresidente: CIRO
criterio que para tal efecto establezca la Junta Directiva. Artículo Vein-
ORLANDO ALVAREZ, Secretario: CLAUDIA LISSETH LÓPEZ
ticinco.- Son derechos de los miembros Fundadores: a) Tener voz y voto
ESCOBAR: Pro secretaria: SABRINA ELIZABETH ARTEAGA
en las deliberaciones de la Asamblea General; b) Optar a cargos Direc-
JUAREZ, Tesorero: JOSE ULICES ARIAS CHAVARRIA; Pro Teso-
tivos llenando los requisitos que señalen los Estatutos de la Fundación;
rera: ANA REYNA MARIA AZUCENA ALVAREZ; Primer Vocal:
y c) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de
JOSE OSCAR APARICIO; Segundo Vocal: ABRAHAM VALENCIA
la Fundación. Artículo Veintiséis.- Son deberes de los miembros Fun-
MORALES; Tercer Vocal: FATIMA EMELINA RAMOS LEMUS;
dadores: a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la
Cuarto Vocal: ANTONIO ADALBERTO GAVIDIA ALFARO; Quin-
Asamblea General; b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades
to Vocal: LILIANA ASTRID GAVIDIA VILLEGAS; y Sexto Vocal:
propias de la Fundación; c) Cumplir y hacer cumplir los presentes
RENE ALBERTO AYALA AYALA. La suscrita Notario DA FE: De
Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea
haber hecho a los comparecientes la Advertencia que señala el Artículo
General; y d) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento
noventa y uno de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de
Interno de la Fundación. Artículo Veintisiete.- La calidad de miembro
Lucro. Expliqué a los comparecientes los efectos legales del presente
fundador se perderá por las causas siguientes: a) Por violación a estos
instrumento y leído que se los hube íntegramente sin interrupción algu-
Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea
na, ratifican su contenido y firmamos DOY FE. Enmendados: e)-f)-
General; b) Por otras faltas graves cometidas que a juicio de la Asamblea
g).Vale. Más Enmendados: Salvador-urbano. Valen.
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que mediante invitación de la Junta Directiva aporten contribuciones
General merezcan tal sanción; y c) Por renuncia presentada por escrito
a la Junta Directiva. CAPITULO VIII. DE LA DISOLUCION. Ar-
tículo Veintiocho.- No podrá disolverse la Fundación sino por disposi-
ción de la ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordi-
LUZ ARMINDA RODRIGUEZ MOLINA,
NOTARIO.
naria, convocada a ese efecto y con un número de votos que represente
por lo menos nueve de sus miembros. Artículo Veintinueve.- En caso
de acordarse la disolución de la Fundación se nombrará una Junta de
liquidación compuesta de cinco personas, electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren
después de cancelar todos sus compromisos se donarán a cualquier
entidad Benéfica o Cultural que la Asamblea general señale. CAPITULO IX. SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS DISCIPLI-
CUARENTA Y TRES VUELTO del LIBRO QUINTO DE MI PROTOCOLO, que llevo y vence el día siete de Septiembre del año dos mil diez.
Extiendo, firmo y sello el presente TESTIMONIO de CONSTITUCION
DE FUNDACION. En la Ciudad de San Salvador, a los treinta y un
días del mes de octubre del año dos mil nueve, para ser entregada a la
FUNDACIÓN EL SALVADOR AVANZA.
O
NARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN.
PASO ANTE MI, del folio TREINTA Y NUEVE FRENTE al folio
AR
I
Artículo Treinta.- El presente Capítulo se desarrollará en el Reglamento Interno de la Fundación. CAPITULO X. DISPOSICIONES GE-
LUZ ARMINDA RODRIGUEZ MOLINA,
DI
NERALES. Artículo Treinta y Uno.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos será necesario el voto favorable de siete de los miembros
NOTARIO.
en Asamblea General convocada para tal efecto. Artículo Treinta y
Dos.- Los documentos sujetos a registro deberán ser presentados dentro
de los quince días hábiles siguientes a su formalización. Artículo Treinta y Tres.- Todo lo relativo al orden interno de la Fundación no comprendido en estos Estatutos se establecerá en el Reglamento Interno de
ES CONFORME con su original con el cual se confrontó en el Registro
de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio de
Gobernación, San Salvador, a las catorce horas con diez minutos del
día veinte de abril de dos mil diez.
la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General. Artículo Treinta y Cuatro.- La Fundación
se regirá por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales
aplicables. Artículo Treinta y Cinco.- Los presentes Estatutos entrarán
Licda. ANA DELMY MENDOZA CAMPOS,
Directora General del Registro de Asociaciones
en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. III). De
conformidad al artículo Doce de los presentes Estatutos, procedemos a
elegir a la Junta Directiva de la cual por decisión unánime de los con-
y Fundaciones sin Fines de Lucro.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
52
ESTATUTOS DE LA "FUNDACION EL SALVADOR
e)
Apoyar los procesos de gestión de infraestructura social, y
equipamiento en el área-urbano-marginal y en el área rural,
AVANZA"
pudiendo consistir tal apoyo en la gestión, ejecución, supervisión y seguimiento de los mismos.
CAPITULO I
f)
Desarrollar programas de formación técnica, capacitación,
educación y cultura que contribuyan al desarrollo de la salud
NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO
y educación. En cuanto a la Educación NO FORMAL, desarrollar programas de formación técnica y capacitación laboral,
para tal efecto se certificará los programas de competencias
Artículo uno.- Créase en la Ciudad de San Salvador, Departamento
laborales ante las entidades correspondientes.
de San Salvador, la Fundación de Nacionalidad Salvadoreña, que se
denominará "FUNDACION EL SALVADOR AVANZA", y que podrá
g)
Desarrollar programas para la formación e implementación
de microempresas en las áreas urbano-marginales y áreas
la que en los presentes Estatutos se denominará "LA FUNDACION".
rurales a fin de contribuir al desarrollo económico de las
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abreviarse FUNDAVANZA, como una entidad apolítica, no lucrativa,
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comunidades gestionando recursos y asistencia técnica con
el fin de que sean auto sostenibles.
Artículo dos.- El domicilio de la Fundación será la Ciudad de San
h)
Salvador, Departamento de San Salvador, pudiendo establecer filiales
La Fundación desarrollará y ejecutará sus finalidades en
el entendido de que existen Instituciones gubernamentales
en todo el territorio de la República y fuera de él.
encargadas de desarrollar actividades como las que persigue
la Fundación, y que por lo tanto no pretende usurpar tales
atribuciones encomendadas por la ley a dichas instituciones,
Artículo tres.- La Fundación se constituye por tiempo indefinido.
sino por el contrario es su finalidad mayor, trabajar conjun-
tamente y en armonía con ellas y generar el desarrollo de
nuestros municipios y comunidades especialmente en las áreas:
CAPITULO II
construcción de infraestructura social, salud y educación.
OBJETO O FINALIDAD
Entiéndase por infraestructura social: Al conjunto de estructuras
Artículo cuatro.- Los fines u objetivos de la Fundación serán:
a)
Gestionar recursos por medio de donaciones de Instituciones
y/o construcciones básicas necesarias que permiten el desarrollo de las
comunidades, y mejoran la calidad de vida de sus habitantes.
u Organismos, sean éstos nacionales o extranjeros, personas
naturales o jurídicas, privadas o gubernamentales, para desti-
CAPITULO III
narlos a la consecución de sus finalidades, así mismo ejecutar
DEL PATRIMONIO
cualquier acto o negociación lícita, las gestiones necesarias y
O
complementarias para cumplir con sus finalidades y en general
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I
ejecutar y celebrar toda clase de convenios de cooperación,
nacional o internacional.
Mejorar la calidad de vida de las familias Salvadoreñas en el
DI
b)
por:
a)
Un aporte inicial de CIENTO VEINTE DOLARES DE LOS
área urbano-marginal y en el área rural mediante la creación
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA que los miembros funda-
de espacios físicos saludables a través de la construcción
dores han pagado. La aportación en dinero relacionado queda
de infraestructura social; trabajando conjuntamente con
en poder y bajo la responsabilidad de la Junta Directiva.
instituciones públicas, u organismos privados, nacionales
c)
Artículo cinco.- El Patrimonio de la Fundación estará constituido
b)
Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas
o internacionales que participen en las correspondientes
naturales o jurídicas, nacionales y extranjeras, respectiva-
acciones.
mente; y
Mejorar la calidad de vida de las familias Salvadoreñas en el
c)
Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las
área urbano-marginal y en el área rural a través de programas
rentas provenientes de los mismos de conformidad con la
integrales de promoción y atención primaria en salud, con la
ley.
participación de actores locales.
d)
Mejorar la calidad de vida de las familias salvadoreñas en el
área urbano-marginal y en el área rural a través de programas
integrales de educación.
Artículo seis.- El patrimonio será administrado por la Junta Directiva
conforme a las directrices que le manifieste la Asamblea General.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
CAPITULO IV
CAPITULO VI
DEL GOBIERNO DE LA FUNDACION
DE LA JUNTA DIRECTIVA
Artículo siete.- El gobierno de la Fundación será ejercido por:
a)
La Asamblea General; y
b)
La Junta Directiva
53
Artículo doce.- La dirección y administración de la Fundación estará confiada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente
forma: Un presidente, un vicepresidente, un secretario, un pro-secretario,
un tesorero, un pro-tesorero y seis vocales.
DE LA ASAMBLEA GENERAL
la autoridad máxima de la Fundación y estará integrada por la totalidad
de los miembros Fundadores.
Artículo trece.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos
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Artículo ocho.- La Asamblea General, debidamente convocada, es
La Junta Directiva Administrará y dispondrá del patrimonio de la
misma, en los términos que establezcan las leyes y estos estatutos.
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CAPITULO V
para un periodo de dos años pudiendo ser reelectos.
Artículo catorce.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una
Artículo nueve.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente
vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.
una vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la
Junta Directiva.
Artículo quince.- El quórum necesario para que la Junta Directiva
pueda sesionar será siete de sus Miembros y sus acuerdos deberán ser
La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia
de siete como mínimo de los Miembros en primera convocatoria y en
tomados por la mayoría de los asistentes. El presidente tendrá voto
calificado.
segunda convocatoria el día siguiente con los miembros que asistan,
excepto en los casos especiales en que se requiera mayor número de
asistentes. Las resoluciones que tomará la Asamblea General será por
lo menos de siete votos de los miembros asistentes, excepto en los casos
especiales en que se requiera una cantidad de votos diferente.
Artículo dieciséis.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atri-
buciones:
a)
Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los
fines de la Fundación;
Artículo diez.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de
b)
las sesiones de Asamblea General por motivos justificados podrá hacerse
Velar por la administración eficiente y eficaz del patrimonio
de la Fundación;
O
representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones
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I
es de un miembro llevando la voz y el voto de su representado.
c)
d)
DI
Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros
General;
e)
de la Junta Directiva;
b)
c)
d)
de la misma Junta Directiva;
f)
Aprobar y/o modificar los planes, programas o presupuesto
anual de la Fundación;
Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento
Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y
Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento
Interno de la Fundación;
Promover la elaboración de planes, programas, proyectos
y presupuestos de la Fundación e informar a la Asamblea
Artículo once.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a)
Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Fundación.
Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General;
g)
Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la
Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la
Asamblea General.
Fundación, presentada por la Junta Directiva;
e)
Decidir, sobre la compra, venta o enajenación de los bienes
inmuebles pertenecientes a la Fundación.
f)
Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Fundación
y que no estén contemplados en los presentes Estatutos.
Artículo diecisiete.- Son atribuciones del presidente(a):
a)
Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea
General;
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
54
b)
Artículo veintitrés.- Son atribuciones de los vocales:
Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de
la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los
a)
Estatutos y Reglamento Interno de la Fundación;
c)
d)
Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta
Directiva; y
Representar judicial y extrajudicialmente a la Fundación,
b)
Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso
pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta
de ausencia o impedimento, Excepto al presidente, secretario
Directiva;
y tesorero.
Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la
Asamblea General y de la Junta Directiva;
CAPITULO VII
e)
Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que
DE LOS MIEMBROS FUNDADORES
tenga que hacer la Fundación; y
Presentar la Memoria de Labores de la Fundación y cualquier
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f)
Artículo veinticuatro.- Son MIEMBROS FUNDADORES todas
informe que le sea solicitado por la misma.
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aquellas personas que han contribuido al fondo inicial con el cual se
constituye la Fundación. Los fundadores podrán designar distinciones
Artículo dieciocho.- Son atribuciones del Vice-presidente(a):
honorarias a todas aquellas personas que por su labor y méritos en favor
desempeñar las funciones del Presidente(a) en caso de ausencia, renuncia
de la Fundación sean así nombrados por la Asamblea General, así como
o impedimento.
también a todas aquellas personas naturales o jurídicas, Instituciones,
Entidades y Organismos Nacionales o Extranjeros, así como Empresas
que mediante invitación de la Junta Directiva aporten contribuciones
Artículo diecinueve.- Son atribuciones del Secretario(a):
a)
Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General
significativas a la Fundación en efectivo o en especies de acuerdo al
criterio que para tal efecto establezca la Junta Directiva.
y de Junta Directiva;
b)
Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros
de la Fundación;
c)
Extender todas las certificaciones que fueran solicitadas a la
Fundación;
d)
a)
Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-
neral;
Hacer enviar la convocatoria a los miembros para sesiones
y
e)
Artículo veinticinco.- Son derechos de los miembros Fundado-
res:
b)
Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen
los Estatutos de la Fundación; y
Ser el órgano de comunicación de la Fundación.
c)
Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno
de la Fundación.
O
Artículo veinte.- Son Atribuciones del Pro-secretario(a): desem-
DI
impedimento.
AR
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peñar las funciones del secretario(a), en caso de ausencia, renuncia o
Artículo veintiuno.- Son atribuciones del Tesorero(a):
a)
Artículo veintiséis.- Son deberes de los miembros Fundadores:
a)
Asamblea General;
b)
Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de
la Fundación:
Recibir y depositar los fondos que la Fundación obtenga, en
el Banco que la Junta Directiva seleccione;
Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la
c)
Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento
Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General;
b)
Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad
y
de la Fundación; y
d)
c)
Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que
Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno
de la Fundación.
la Fundación tenga que realizar.
Artículo veintisiete.- La calidad de miembro fundador se perderá
Artículo veintidós.- Son atribuciones del Pro-tesorero: desempeñar
por las causas siguientes:
las funciones del Tesorero(a), en caso de ausencia, renuncia o impedimento.
a)
Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos
y resoluciones de la Asamblea General;
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
b)
Por otras faltas graves cometidas que a juicio de la Asamblea
General merezcan tal sanción; y
c)
Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.
55
Artículo treinta y cinco.- Los presentes Estatutos entrarán en
vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.
CAPITULO VIII
Artículo veintiocho.- No podrá disolverse la Fundación sino por
disposición de la ley o por resolución tomada en Asamblea General
Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos que
represente por lo menos nueve de sus miembros.
DECRETO No. 62.
EL ORGANO EJECUTIVO DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,
en uso de sus facultades legales,
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DECRETA:
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DE LA DISOLUCION
Artículo veintinueve.- En caso de acordarse la disolución de la
Fundación se nombrará una Junta de liquidación compuesta de cinco
personas, electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó
la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus
compromisos se donarán a cualquier entidad Benéfica o Cultural que la
Asamblea general señale.
Art. 1.- Declárase legalmente establecida la Entidad de Utilidad
Pública la FUNDACION EL SALVADOR AVANZA, y que podrá
abreviarse "FUNDAVANZA", constituida en la ciudad de San Salvador.
Departamento de San Salvador, a las once horas del día 31 de octubre
de 2009, por Escritura Pública, otorgada ante los oficios de la Notario
LUZ ARMINDA RODRIGUEZ MOLINA.
CAPITULO IX
SANCIONES A LOS MIEMBROS,
MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES
Y PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN
Art. 2.- Apruébense en todas sus partes los Estatutos de la citada
institución, los cuales constan de TREINTA Y CINCO Artículos, por no
contener nada contrario, a las leyes del país y confiéresele el carácter de
Persona Jurídica de conformidad con el Art. 65 de la Ley de Asociaciones
y Fundaciones sin Fines de Lucro.
Artículo treinta.- El presente Capítulo se desarrollará en el Reglamento Interno de la Fundación.
Art. 3.- Publíquense los referidos Estatutos en el Diario Oficial
e inscríbase en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines
CAPITULO X
de Lucro la FUNDACION EL SALVADOR AVANZA, y que podrá
abreviarse "FUNDAVANZA".
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O
DISPOSICIONES GENERALES
DI
Artículo treinta y uno.- Para reformar o derogar los presentes
Estatutos será necesario el voto favorable de siete de los miembros en
Asamblea General convocada para tal efecto.
Artículo treinta y dos.- Los documentos sujetos a registro deberán
ser presentados dentro de los quince días hábiles siguientes a su formalización.
Art. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su
publicación en el Diario Oficial.
DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los doce
días del mes de mayo del dos mil diez.
CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA,
Presidente de la República.
Artículo treinta y tres.- Todo lo relativo al orden interno de la
Fundación no comprendido en estos Estatutos se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta
Directiva y aprobado por la Asamblea General.
HUMBERTO CENTENO NAJARRO,
Ministro de Gobernación.
Artículo treinta y cuatro.- La Fundación se regirá por los presentes
Estatutos y demás disposiciones legales aplicables.
(Registro No. F014170)
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
56
MINISTERIO DE HACIENDA
RAMO DE HACIENDA
ACUERDO No. 597.San Salvador, 31 de mayo de 2010.
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A
De conformidad a lo establecido en el Art. 26 lit. b) de la Ley del Fondo Salvadoreño para Estudios de Preinversión, creada mediante Decreto Legislativo No. 775 de fecha 25 de abril de 1991, publicada en el Diario Oficial No. 90, Tomo 311 del 20 de mayo de 1991, modificada mediante Decreto
Legislativo No. 32 del 19 de junio de 1997, publicado en el Diario Oficial No. 127, Tomo No. 336 del 10 de Julio de 1997, el Órgano Ejecutivo en
el Ramo de Hacienda, ACUERDA: Apruébase en todas sus partes la Resolución No. 1-CDF-858/10 emitida por el Consejo Directivo del FOSEP el
6 de mayo de 2010, que dice:
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“Conocida la solicitud del Ministerio de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, en adelante denominado “El Beneficiario”, presentada con el objeto de obtener recursos financieros para la contratación de los servicios de consultoría, para la elaboración del estudio
Diseño Final “CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE MITIGACIÓN EN RÍO ARENAL SECO ENTRE SAN BARTOLO Y SAN MARTÍN, SAN
SALVADOR”, y analizado el documento FDI No. 09/10, preparado por la Administración del FOSEP, en el que se hace la relación del trámite de
financiamiento, el Consejo Directivo resuelve:
Asignar al Ministerio de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, en adelante denominado “El Beneficiario”, la
cantidad de CIENTO SETENTA MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO 75/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA (US$170,478.75), con carácter reembolsable y con cargo a las recuperaciones del Préstamo 860/SF-ES, o de otra de las
fuentes de fondos del FOSEP que se encuentren disponibles a la fecha de los pagos, para pagar la contratación de la empresa CORRERA
Consultores Asociados, S.A. de C. V., para la formulación del estudio Diseño Final “CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE MITIGACIÓN
EN RÍO ARENAL SECO ENTRE SAN BARTOLO Y SAN MARTÍN, SAN SALVADOR”, bajo las condiciones siguientes:
A. MONTO MAXIMO
Hasta la cantidad de CIENTO SETENTA MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO 75/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA (US$170,478.75).
B. TASA DE SERVICIO
El seis punto cinco por ciento (6.5%) anual sobre saldos insolutos revisables semestralmente.
C. COMISIONES:
De compromiso:
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O
Dispensa completa de la comisión sobre los montos no desembolsados del préstamo, hasta el 30 de junio de 2010, revisables semestralmente.
De Servicio:
DI
Dispensa completa de la comisión sobre los montos desembolsados del préstamo, hasta el 30 de junio de 2010, revisables semestralmente.
De Administración:
El tres por ciento (3%) anual sobre saldos de cuotas vencidas.
D. PLAZO
Nueve (9) años, incluyendo dos (2) de gracia, a partir de la fecha de la firma del Contrato de Consultoría.
E. DESTINO
Los recursos de este financiamiento únicamente podrán utilizarse para pagar el monto del estudio Diseño Final “CONSTRUCCION DE
OBRAS DE MITIGACION EN RÍO ARENAL SECO ENTRE SAN BARTOLO Y SAN MARTÍN, SAN SALVADOR”.
F. PERIODO DE DESEMBOLSOS
Máximo doce (12) meses, a partir de la suscripción del “ES CONFORME” del Beneficiario en el Contrato de Consultoría, vencido dicho
plazo se prorrogará automáticamente por un período de seis (6) meses, a partir de la fecha de su vencimiento.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
57
G. FORMA DE DESEMBOLSO
Los desembolsos a efectuarse en virtud de este financiamiento serán escalonados, de acuerdo al avance del estudio y deberán de estipularse
en el Contrato de Consultoría. EL FOSEP para hacer efectivos estos desembolsos, requerirá lo siguiente:
a)
Solicitud de desembolso suscrita por el Representante del Beneficiario, legalmente autorizado y aprobada por el Supervisor del Estudio en
original y una copia.
b)
Acta del Comité Técnico de Seguimiento en la que se aprueba el informe correspondiente.
c)
Recibo o Crédito Fiscal en original y una copia suscrito por el Representante Legal de la empresa consultora.
d)
Para el pago del Informe Final y las retenciones será necesario contar con el Acta de aprobación del Informe Final, emitida por el Comité
Técnico de Seguimiento y Carta de Satisfacción del Propietario en que notifica la aprobación del mismo y la autorización del pago del
Informe Final por el Consejo Directivo del FOSEP.
2.-
El plazo para solicitar el primer desembolso no podrá exceder de sesenta (60) días a partir de la fecha de suscripción del “ES CONFORME”
del Beneficiario en el Contrato de Consultoría, exceptuando los casos de las firmas no domiciliadas.
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H. CONDICIONES PREVIAS AL PRIMER DESEMBOLSO
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1.
Previamente al primer desembolso del financiamiento el Beneficiario deberá cumplir lo siguiente:
1.
Designación del Funcionario que lo representará ante el FOSEP, con autorización para firmar solicitudes de desembolso.
2.
Designación de un Técnico como Delegado ante el Comité Técnico de Seguimiento.
3.
Designación de un Técnico con el cargo de Supervisor del estudio.
I. FORMA DE REEMBOLSO
Mediante catorce (14) cuotas semestrales, vencidas y sucesivas, que incluyan capital, tasa de servicio y comisiones. Durante el período de
gracia se pagará únicamente las comisiones y la tasa de servicio devengada.
J. OTRAS CONDICIONES
La evaluación, control y seguimiento técnico de cada uno de los estudios, estará a cargo del Comité Técnico de Seguimiento respectivo,
sujeto a las normas establecidas en el Reglamento Operativo del Programa de Preinversión FOSEP III y Contrato de Consultoría.
2.
El Beneficiario entregará al FOSEP dos ejemplares (uno impreso y uno en CD) de cada uno de los informes parciales y del final, presentados
por el Consultor.
3.
El Contrato de Consultoría estipulará que el pago final no podrá ser menor del 10% del costo total del estudio y que su desembolso estará
sujeto a la aprobación del Informe Final por parte del Comité Técnico de Seguimiento, el Propietario del Estudio y el Consejo Directivo
del FOSEP.
4.
El Beneficiario se compromete a que si después de efectuado el estudio, obtuviese los recursos necesarios para la inversión del proyecto,
y ésta incluyese recursos para preinversión, el saldo de este financiamiento será reintegrado anticipadamente al FOSEP, con los recursos
del primer desembolso de la inversión.
5.
El Beneficiario mantendrá informado al FOSEP, de todas las actividades, avances, reuniones, correspondencia y otras que se generen durante
el desarrollo de los estudios.
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O
1.
6.
El Beneficiario se compromete a mencionar al BID y FOSEP como las entidades financieras, en los informes parciales y finales de los
estudios, así como en la publicidad de cualquier clase que eventualmente se haga de los mismos.
7.
El Beneficiario proveerá al Comité Técnico de Seguimiento y al Supervisor del estudio, las facilidades de local, transporte, servicios secretariales y otros que sean requeridos para el eficiente desempeño de sus funciones.
K. SUSPENSION DE DESEMBOLSOS
El FOSEP, se reserva el derecho de suspender los desembolsos de este financiamiento, cuando compruebe que el Beneficiario o los Consultores Contratados no están cumpliendo a cabalidad las obligaciones contraídas.
II.
Asignar al Ministerio de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano, en adelante denominado “El Beneficiario”, la cantidad de VEINTIDOS MIL CIENTO SESENTA Y DOS 24/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$22,162.24),
con carácter reembolsable y con cargo a los Recursos Propios del FOSEP, para pagar el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles
y a la Prestación de Servicios (IVA), y completar el monto total necesario para contratar el estudio del Diseño Final “CONSTRUCCIÓN
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
58
DE OBRAS DE MITIGACIÓN EN RÍO ARENAL SECO ENTRE SAN BARTOLO Y SAN MARTÍN, SAN SALVADOR”, bajo las
condiciones siguientes:
A.
Monto Máximo
Hasta la cantidad de VEINTIDOS MIL CIENTO SESENTA Y DOS 24/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA
(US$22,162.24).
B.
Tasa de servicio
El seis punto cinco por ciento (6.5%) anual sobre saldos insolutos revisables semestralmente .
C.
Comisiones
De compromiso:
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De Servicio:
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Dispensa completa de la comisión sobre los montos no desembolsados del préstamo, hasta el 30 de junio de 2010, revisables semestralmemente.
Dispensa completa de la comisión sobre los montos desembolsados del préstamo, hasta el 30 de junio de 2010, revisables semestralmente.
De Administración:
El tres por ciento (3%) anual sobre saldos de cuotas vencidas.
D.
Plazo
Nueve (9) años, incluyendo dos (2) de gracia, a partir de la fecha de la firma del Contrato de Consultoría.
E.
Destino
Pagar el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA) del estudio Diseño Final “CONSTRUCCIÓN
DE OBRAS DE MITIGACIÓN EN RÍO ARENAL SECO ENTRE SAN BARTOLO Y SAN MARTÍN, SAN SALVADOR”.
F.
Período de Desembolsos
Forma de desembolso
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G.
O
Máximo doce (12) meses, a partir de la suscripción del “ES CONFORME” del Beneficiario en el Contrato de Consultoría, vencido dicho
plazo se prorrogará automáticamente por el período de seis (6) meses, a partir de la fecha de su vencimiento.
H.
DI
Los desembolsos serán escalonados, de acuerdo a la presentación del avance del estudio, de conformidad al literal G, del Romano I, de esta
resolución.
Forma de Reembolso
Mediante catorce (14) cuotas semestrales vencidas y sucesivas, que incluyan capital, tasa de servicio y comisiones. Durante el período de
gracia se pagará únicamente las comisiones y la tasa de servicio devengada.
I.
Condición Especial
En el caso que la Ley del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA) fuera modificada en su
porcentaje de pago, esta resolución se modificará en el monto necesario, de manera que se pueda cumplir con la obligación que estipula la
Ley.
III.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 16 literal i) de la Ley del FOSEP, autorízase a la Presidencia del FOSEP para suscribir el Contrato
de Consultoría, con la empresa CORRERA Consultores Asociados, S. A. de C. V., para la Realización del estudio Diseño Final “CONSTRUCCION DE OBRAS DE MITIGACION EN RIO ARENAL SECO ENTRE SAN BARTOLO Y SAN MARTÍN, SAN SALVADOR.”
COMUNIQUESE. - El Ministro de Hacienda C.E. CACERES.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
59
MINISTERIO DE ECONOMÍA
RAMO DE ECONOMIA
ACUERDO No. 377.San Salvador, 11 de mayo del 2010
EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA.
LT
A
Vista la solicitud y documentos presentados el día veintiocho de mayo del dos mil nueve, por el señor CARLOS PORTILLO LOVO, Representante Legal de la ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO, CRÉDITO Y CONSUMO DE LOS TRABAJADORES MUNICIPALES, DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA, que se abrevia “ACACTRAMU, DE R.L.”, de este domicilio; referidas a que se le concedan a su representada
CONSIDERANDO:
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por un nuevo periodo de cinco años, los beneficios establecidos en Art. 72 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas.
Que por medio del Acuerdo número 177 de fecha diecisiete de febrero de dos mil cinco, publicado en el Diario Oficial número 91, Tomo
367, del 17 de mayo de 2005, a la Asociación Cooperativa antes mencionada se le concedieron los beneficios de ley por un período de cinco
años, los que le vencieron el día 24 de febrero de 2009.
II.
Que por medio de Resolución número 440 de fecha 08 de diciembre de 2009, se resolvió procedente concederle a la mencionada Asociación
por un nuevo periodo de CINCO AÑOS, los beneficios solicitados, contados a partir del día veintiocho de mayo del dos mil nueve.
III.
Que el Representante Legal de la referida Asociación Cooperativa, señor CARLOS PORTILLO LOVO, por medio de escrito presentado
el día veinticinco de enero del corriente año, manifestó aceptar en nombre de su representada los términos vertidos en dicha Resolución.
POR TANTO:
De conformidad con lo expuesto, y con lo establecido en los Artículos 72 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas y 151 de su Reglamento, este Ministerio,
OTORGAR a la ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO, CRÉDITO Y CONSUMO DE LOS TRABAJADORES MUNICIPALES,
AR
I
1°)
O
ACUERDA:
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que se abrevia “ACACTRAMU, DE R. L.”, de este domicilio; por un nuevo periodo de CINCO
AÑOS, contados a partir del día veintiocho de mayo del dos mil nueve, los beneficios establecidos en el Art. 72 de la Ley General de
a)
DI
Asociaciones Cooperativas, siguientes:
Exención del pago del Impuesto sobre la Renta, cualquiera que sea su naturaleza, el capital con que se forme, e intereses que se generen, a
partir del ejercicio fiscal durante el cual se presentó la solicitud.
c)
2°)
Exención de Impuestos Municipales.
Las exenciones que se conceden por medio de la presente Resolución no comprenden los Impuestos a que se refiere la Ley del Impuesto
a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, y la Ley del Impuesto sobre la Transferencia de Bienes Raíces.
3°)
La mencionada Asociación queda obligada a comprobar, cuando el Ministerio de Hacienda lo requiera, el buen uso de los privilegios
concedidos.
4°)
Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial. COMUNIQUESE. MARIO ANTONIO CERNA TORRES, VICEMINISTRO DE
COMERCIO E INDUSTRIA.
(Registro No. F014902)
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
60
ACUERDO No. 382.-
San Salvador, 11 de mayo del 2010
EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA,
Vista la solicitud y documentos presentados el día uno de septiembre de dos mil nueve, por el señor CARLOS RENÉ HERNÁNDEZ, Apoderado General Administrativo de la ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO, CRÉDITO Y CONSUMO DE EMPLEADOS DEL INSTITUTO
SALVADOREÑO DE REHABILITACIÓN DE INVÁLIDOS, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que se abrevia “ACEISRI, DE R.L.”, de este
domicilio; referidas a que se le concedan a su poderdante por primera vez y por un periodo de cinco años, los beneficios establecidos en Art. 72 de la
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CONSIDERANDO:
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Ley General de Asociaciones Cooperativas; y
Que por medio de Resolución número 452 de fecha 08 de diciembre de 2009, se resolvió procedente concederle a la mencionada Asociación, por primera vez y por un periodo de CINCO AÑOS, los beneficios solicitados, contados a partir del día uno de septiembre del dos
mil nueve.
II.
Que el Apoderado General Administrativo de la referida Asociación Cooperativa, señor CARLOS RENÉ HERNÁNDEZ, por medio de
escrito presentado el día ocho de abril del corriente año, manifestó aceptar en nombre de su poderdante los términos vertidos en dicha
Resolución.
POR TANTO:
De conformidad con lo expuesto, y con lo establecido en los Artículos 72 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas y 151 de su Reglamento, este Ministerio,
ACUERDA:
1°)
OTORGAR a la ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO, CRÉDITO Y CONSUMO DE EMPLEADOS DEL INSTITUTO SAL-
O
VADOREÑO DE REHABILITACIÓN DE INVÁLIDOS, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que se abrevia “ACEISRI, DE R. L.”,
AR
I
de este domicilio; por primera vez y por un periodo de CINCO AÑOS, contados a partir del día uno de septiembre de dos mil nueve, los
beneficios establecidos en el Art. 72 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas, siguientes:
Exención del pago del Impuesto sobre la Renta, cualquiera que sea su naturaleza, el capital con que se forme, e intereses que se generen,
DI
a)
a partir del ejercicio fiscal durante el cual se presentó la solicitud.
c)
2°)
Exención de Impuestos Municipales.
Las exenciones que se conceden por medio de la presente Resolución no comprenden los Impuestos a que se refiere la Ley del Impuesto a
la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, y la Ley del Impuesto sobre la Transferencia de Bienes Raíces.
3°)
La mencionada Asociación queda obligada a comprobar, cuando el Ministerio de Hacienda lo requiera, el buen uso de los privilegios
concedidos.
4°)
Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial. COMUNIQUESE. MARIO ANTONIO CERNA TORRES, VICEMINISTRO DE
COMERCIO E INDUSTRIA.
(Registro No.F014848)
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
61
ACUERDO No. 409
San Salvador, 18 de mayo de 2010
EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA,
Vistas las solicitudes e información complementaria, presentadas a este Ministerio el 21 de octubre, 8, 15 de diciembre de 2009, 2 de febrero de
2010 y 29 de abril de 2010 por el señor Marco Camacho Jiménez, actuando en calidad de Representante Legal de la sociedad Centro Logístico Integral, Sociedad Anónima de Capital Variable, que puede abreviarse Centro Logístico Integral, S. A. de C. V., registrada con Número de Identificación
Tributaria 0614-200709-104-5, la primera relativa a que se le concedan, a su representada los beneficios e incentivos fiscales de conformidad al Art.
I.
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CONSIDERANDO:
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5 literal a) de la Ley de Servicios Internacionales; los demás escritos con el fin de complementar información a la petición antes mencionada;
Que la solicitud fue presentada en este Ministerio el 21 de octubre de 2009, presentándose documentación complementaria al respecto el
8, 15 de diciembre de 2009, 2 de febrero de 2010 y 29 de abril de 2010;
II.
Que la sociedad Centro Logístico Integral, S. A. de C. V. estará ubicada en el Edificio Multiservicios No. 2, Módulos 7 y 8, Zona Franca
Internacional, Km 28 ½, Carretera a Comalapa, jurisdicción de Olocuilta, Departamento de La Paz, la cual gozará de los beneficios que
señala el Artículo 21, asimismo se somete a las obligaciones y sanciones que se establecen en los Artículos 22, 46 y 47 de la Ley de Servicios Internacionales;
III.
Que la Dirección de Comercio e Inversión ha emitido su dictamen en sentido favorable, mediante el cual considera procedente acceder a
lo solicitado, según consta en el expediente respectivo;
POR TANTO:
De conformidad a las razones expuestas y Artículos 3, 5 literal a), 20, 21, 56, 57 y 66 de la Ley de Servicios Internacionales, y Artículos 21, 22
literal a), 23, 24 y 25 de su Reglamento, este Ministerio,
ACUERDA:
1.
Autorizar la actividad de la sociedad Centro Logístico Integral, Sociedad Anónima de Capital Variable, como Servicio de Distribución
O
Internacional, para dedicarse al manejo de mercaderías tales como: textiles, electrodomésticos, llantas, repuestos, químicos, artículos de
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librería, muebles de oficina y para el hogar, equipo de cómputo y accesorios, equipo de telecomunicaciones y accesorios, cables y acoples,
etc.; dichos servicios los brindará a clientes establecidos dentro y fuera del área Centroamericana y del territorio nacional, conforme al
2.
DI
Artículo 5 literal a) de la Ley de Servicios Internacionales;
Conceder a la sociedad Centro Logístico Integral, S.A. de C.V., los beneficios que establece el Artículo 21, literales a), b) y c) de la Ley
de Servicios Internacionales;
3.
Autorizar a la sociedad Centro Logístico Integral, S.A. de C.V., para que pueda realizar sus operaciones en las instalaciones ubicadas en
el Edificio Multiservicios No. 2, Módulos 7 y 8, Zona Franca Internacional, Km 28 ½, Carretera a Comalapa, jurisdicción de Olocuilta,
Departamento de La Paz que cuenta con un área de 855 mt²;
4.
Cuando se trate de ventas al mercado nacional, la sociedad beneficiaria deberá dar cumplimiento a lo que establece el Artículo 8 de la Ley
de Servicios Internacionales y Artículos 22 Literal a) y 41 de su Reglamento;
5.
Queda obligada la sociedad beneficiaria a cumplir los Artículos 22, 46 literales a), b), c), d), e) y f), y 47 literales a), b), c), d), e), f), g), h),
i), j) y k) de la Ley de Servicios Internacionales y Artículos 28 y 47 de su Reglamento, y demás Leyes de la República, así como también las
obligaciones que se le imponen por medio de este Acuerdo y en Resoluciones o Instructivos que emitan las Instituciones competentes;
6.
La citada sociedad no gozará de los beneficios e incentivos fiscales por las actividades señaladas en el Artículo 5 inciso 2° numeral 6) de
la Ley de Servicios Internacionales;
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
62
7.
Hágase saber el presente Acuerdo a la Dirección General de Aduanas y Dirección General de Impuestos Internos del Ministerio de Hacienda;
8.
El presente Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial.- COMUNIQUESE. MARIO CERNA, VICEMINISTRO
DE COMERCIO E INDUSTRIA.
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(Registro No. C003965)
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ACUERDO No. 449.
San Salvador, 25 de mayo de 2010
El Organo Ejecutivo en el Ramo de Economía, de conformidad con la Autorización de la Presidencia de la República No. 0298 de fecha 13 de
mayo de 2010.
ACUERDA:
I-
Legalizar la Misión Oficial del Ingeniero MARIO ANTONIO CERNA TORRES, Viceministro de Comercio e Industria, quien viajó a
SANTIAGO DE CHILE, los días del 12 al 19 de mayo del presente año.
II-
El objeto de la misión fue asistir a SEMINARIO INTERNACIONAL SOBRE MEDICIÓN MULTIDIMENSIONAL DE LA POBREZA
EN AMÉRICA LATINA.
III-
Esta Secretaría de Estado le reconoció : Viáticos $ 720.00 y gastos terminales $ 45.00, con recursos del Fondo General. Los demás gastos
fueron financiados por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, PNUD. COMUNIQUESE. HÉCTOR MIGUEL ANTONIO
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ACUERDO No. 456.-
O
DADA HIREZI, MINISTRO.
San Salvador, 27 de mayo de 2010
EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMÍA,
De conformidad con los artículos 4 Literal c) y 7 de la Ley del Centro Internacional de Ferias y Convenciones de El Salvador.
ACUERDA:
I)
Nombrar para un período de tres años que inicia a partir de esta fecha y finalizará el día veintisiete de mayo de dos mil trece, a los Licenciados Ana María Urrutia de Lara, Gabriel Simán Siri, José Miguel Carbonell Belismelis, Mario José Ballesteros Martínez, en los cargos
de Directores Propietarios los dos primeros y los dos últimos como Directores Suplentes ante la Junta Directiva del Centro Internacional de
Ferias y Convenciones de El Salvador, por parte del Ministerio de Economía a propuesta de la Asociación Nacional de la Empresa Privada
(ANEP).
II)
Las personas nombradas deberán rendir la protestad de Ley antes de asumir sus funciones. Publíquese el presente acuerdo en el Diario
Oficial. COMUNÍQUESE. Héctor Miguel Antonio Dada Hirezi, Ministro.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
63
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
RAMO DE EDUCACION
ACUERDO No. 15-0346.-
San Salvador, 18 de Marzo de 2010
EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades
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legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó
GÉRMAN EBERTO LÓPEZ AJANEL de nacionalidad Guatemalteca, con Carné de Residente SLV 29643, solicitando INCORPORACION de su
título de Maestro de Educación Primaria Bilingüe Intercultural, extendido por el Instituto Privado Mixto Diversificado “Momosteco”, Momostenango,
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Totonicapán, República de Guatemala en el año 2003; II) Que según Resolución de fecha 17 de marzo de 2010 emitida por dicha Dirección, después
de comprobarse la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con base al Artículo 60 de la Ley
General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Incorporación de título de Maestro de Educación Primaria Bilingüe
Intercultural obtenido por GÉRMAN EBERTO LÓPEZ AJANEL en el Instituto Privado Mixto Diversificado “Momosteco”, Momostenango, Totonicapán, República de Guatemala. POR TANTO de conformidad a lo establecido en el Artículo 60 de la Ley General de Educación y Artículo 7 del
Reglamento de Equivalencias, Pruebas de Suficiencia de Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media. ACUERDA: 1)
Confirmar el reconocimiento e Incorporación de Maestro de Educación Primaria Bilingüe Intercultural realizados por GÉRMAN EBERTO LÓPEZ
AJANEL en el Instituto Privado Mixto Diversificado “Momosteco”, Momostenango, Totonicapán, República de Guatemala, reconociéndole su validez
académica dentro de nuestro sistema educativo como Bachiller General. 2) Publíquese en el Diario Oficial, COMUNIQUESE.-
SALVADOR SANCHEZ CEREN,
VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR
Y MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM.
(Registro No. F014857)
MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL
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RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL
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ACUERDO No.066
SAN SALVADOR, 02 de junio de 2010.
El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, de conformidad al artículo 19 de la Ley de Protección Civil, Prevención y Mitigación
de Desastres y al artículo 50 del Reglamento de la misma ley, ACUERDA: NOMBRAR a partir del 01 de mayo de 2010, a los señores TCNEL. e ING.
GUSTAVO GOMEZ UMAÑA Y TCNEL. y ARQ. CARLOS SOLIS POCASANGRE, como ENLACE DE APOYO PROPIETARIO Y ENLACE DE
APOYO SUPLENTE, respectivamente, ante la Comisión Técnica Sectorial de Infraestructura y Servicios Básicos del Consejo Asesor de Protección
Civil, en sustitución de los señores TCNEL. ING. MEDARDO ANTHONY HENRIQUEZ ASENCIO y TCNEL. ING. DEM FABRICIO ERNESTO
ROQUE VIANA. COMUNIQUESE.
DAVID MUNGUIA PAYES,
GENERAL DE BRIGADA
MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
64
ORGANO JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
ACUERDO No. 1938-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintitrés de diciembre del año dos mil nueve. El Tribunal con
fecha veintiuno de octubre del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ANA ROSA DEL TRANSITO CARTAGENA RAMOS,
para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta
Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- P.
J.- M. REGALADO.- M. TREJO.- R. M. FORTIN H.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS
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(Registro No. F014966)
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AVENDAÑO.
ACUERDO No. 355-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiséis de marzo de dos mil diez.- El Tribunal con fecha cinco
de febrero de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada MARLENE DEL CARMEN HUEZO TOLEDO, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- M.
TREJO.-M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F014906)
ACUERDO No. 381-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiséis de marzo de dos mil diez.- El Tribunal con fecha veintiséis
O
de enero de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado RAMIRO ANTONIO FUENTES MELGAR, para que ejerza la profesión de ABOGADO
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en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- E. S. BLANCO R. - M. REGALADO.- PERLA J .- M. TREJO.- GUZMAN U.D.C.- M.
DI
POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F014878)
ACUERDO No. 435-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha dieciocho
de marzo de dos mil diez. ACORDÓ: Autorizar al Licenciado GUILLERMO FEDERICO ESCOBAR HESKE, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R.
M. FORTIN H.- M. TREJO.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F014943)
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
65
ACUERDO No. 437 -D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha veintidós de
febrero de dos mil diez. ACORDÓ: Autorizar al Licenciado ANGEL DAVID FLORES ZANCO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas
sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y
PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J .- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. POSADA.- E. R. NUÑEZ.Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
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A
(Registro No. F014983)
ACUERDO No. 443-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha veintitrés
de febrero de dos mil diez. ACORDÓ: Autorizar al Licenciado FARID GALILEO AARON CASTILLO ROSCALA, para que ejerza la profesión
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de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- P.
J.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. POSADA.- E. R. NUÑEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS
AVENDAÑO.
(Registro No. F014886)
ACUERDO No. 459-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha veinticuatro
de febrero de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada MARILYN FATIMA GISSELA BENITEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R.
M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F014853)
ACUERDO No. 472-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha veinticuatro
O
de febrero de dos mil diez. ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ANA MARIA CORLETO PERDOMO, para que ejerza la profesión de ABOGADO
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en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R. M.
DI
FORTIN H.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F014861)
ACUERDO No. 479-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha cuatro de
marzo de dos mil diez. ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ZULMA MARILI SEGURA BENAVIDEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO
en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- P. J.- M. TREJO.- GUZMAN U. D. C.- M.
POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F014915)
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
66
ACUERDO No. 501-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha veintiséis de
febrero de dos mil diez. ACORDÓ: Autorizar al Licenciado DIEGO FRANCISCO MIRANDA ALFARO, para que ejerza la profesión de ABOGADO
en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. - J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- P. J.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M.
POSADA.- E. R. NUÑEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F014941)
ACUERDO No. 504-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha quince de
LT
A
marzo de dos mil diez. ACORDÓ: Autorizar al Licenciado ULISES MEMBREÑO CAÑAS, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas
sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y
PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R. M. FORTIN H.- M.
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TREJO.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F014871)
ACUERDO No. 506-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha dieciocho
de febrero de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JOSE DAVID MARTINEZ SERRANO, para que ejerza la profesión de ABOGADO
en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. POSADA.- E. R.
NUÑEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F014863)
O
ACUERDO No. 513-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha veinticinco
de febrero de dos mil diez. ACORDÓ: Autorizar al Licenciado MIGUEL ANGEL CARRANZA AGUILERA, para que ejerza la profesión de ABO-
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GADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- P. J.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M.
DI
POSADA.- E. R. NUÑEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F014870)
ACUERDO No. 515-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha veintidós
de marzo de dos mil diez. ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada LUZ YESENIA CORLETO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas
sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y
PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R. M. FORTIN H.- M.
TREJO.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F014992)
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
67
ACUERDO No. 538-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha quince de
febrero de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ANA RAQUEL CAÑAS SIBRIAN, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas
sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE
Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. POSADA.- E. R. NUÑEZ.Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F014923)
LT
A
ACUERDO No. 569-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha veintitrés
de febrero de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada SANTOS MARGARITA PALACIOS PINEDA, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-
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COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- PERLA J.- R. M. FORTIN H.- M.
TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F014850)
ACUERDO No. 572-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha veintitrés
de febrero de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado CARLOS HUMBERTO CALDERON MONCHEZ, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- P. J.- R. M. FORTIN H .- M. TREJO.- M. POSADA.- E. R. NUÑEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F014874)
O
ACUERDO No. 574-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha uno de marzo
de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JORGE RENE AMAYA FUENTES, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus
AR
I
ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y
PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- P. J.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- GUZMAN U.
DI
D. C.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F014986)
ACUERDO No. 576-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha veinticinco
de febrero de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado EYNER ELIAZAR ARANO BENITEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO
en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- P. J.- R. M. FORTIN H.- M. POSADA.- E. R.
NUÑEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F014914)
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
68
INSTITUCIONES AUTONOMAS
ALCALDÍAS MUNICIPALES
DECRETO No. DOS
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE CONCEPCION BATRES,
DEPARTAMENTO DE USULUTAN,
I).-
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A
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo establecido en el Art. 204 numeral 1º de la Constitución de la República; Art. 7 inciso 2º de la Ley General Tributaria
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Municipal y los Art,. 3 literal 1º y 30 numeral 21º del Código Municipal, el Municipio está facultado para crear, modificar y suprimir tasas
por servicios municipales,
II).-
Que reconociendo la difícil situación económica que actualmente impera en nuestra sociedad, muchos contribuyentes se encuentran en
mora y por ello, es factible buscar incentivos que conlleve a facilitarles el pago voluntario de sus obligaciones tributarias,
III).-
Que nuestra Constitución no establece prohibición alguna ni la legislación secundaria establecida literalmente, para dispensar el pago de
multas e intereses que son accesorios a la obligación principal; en tanto que la dispensa de intereses moratorios y multas por omitir el pago
pretende beneficiar a los contribuyentes morosos aplicándoles el principio de lo más favorable para ellos.
IV).-
Que al lograr una mayor recaudación, ésta se traduce en más obras para la población.
POR TANTO: En uso de las facultades que le otorga la Constitución de la República de El Salvador, la Ley General Tributaria Municipal y el
Código Municipal;
DECRETA la siguiente:
ORDENANZA TRANSITORIA PARA EL PAGO DE LAS TASAS POR SERVICIOS
MUNICIPALES CON DISPENSA DE MULTAS E INTERESES MORATORIOS.
Art. 1.- Durante la vigencia de la presente Ordenanza, todo contribuyente que se encuentre en mora con esta municipalidad respecto al pago de
O
tasas por servicios municipales, será dispensado de la multa y los intereses moratorios.
AR
I
Dicha Ordenanza tendrá vigencia durante noventa días, iniciando ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
DI
Art. 2.- Podrán acogerse a los beneficios establecidos de esta Ordenanza, las Personas Naturales que se encuentren en cualquiera de las siguientes
condiciones:
a)
Los contribuyentes que estando calificados en el registro de contribuyentes del municipio, se encuentren en situación de mora de las tasas
municipales.
b)
Los contribuyentes que realicen su pago de forma total o a través de pagos parciales siempre y cuando éstos se efectúen en el plazo de
vigencia de esta Ordenanza.
c)
Aquellos que hayan incumplido el convenio de pago suscrito con esta municipalidad, siempre y cuando cancelen en su totalidad lo adeudado
durante el periodo de vigencia de la presente Ordenanza.
Art. 3.- No gozarán de los beneficios de esta Ordenanza aquellos sujetos pasivos cuya deuda se origina por el ejercicio de actividades comerciales,
industriales o de servicios (Negocios), así como las instituciones públicas o privadas sujetas al pago de Tasas Municipales.
Art. 4.- La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
69
Dado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal de la Ciudad de Concepción Batres, a los seis días del mes de mayo del año dos mil diez.
ING. WALTER ANTONIO APARICIO,
RAUL ALONSO CHAVEZ FLORES,
ALCALDE MUNICIPAL.
SECRETARIO MUNICIPAL.
DIOSIS CLARIBEL DE LA O DE MARTINEZ,
SÍNDICO MUNICIPAL.
ROSA YASMINA GUEVARA DE GAMEZ,
SEGUNDO REGIDOR PROPIETARIO.
WILLIAM REMBERTO AMAYA GOMEZ,
GUADALUPE CRUZ DE PORTILLO,
TERCER REGIDOR PROPIETARIO.
CUARTO REGIDOR PROPIETARIO.
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RAFAEL ANTONIO PARADA,
PRIMER REGIDOR PROPIETARIO.
ISRRAEL AMAYA TORRES,
ALCIDES NEFTALY AREVALO ZAPATA,
QUINTO REGIDOR PROPIETARIO.
SEXTO REGIDOR PROPIETARIO.
(Registro No. F014846)
DECRETO No. 2
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE LA UNIÓN.
CONSIDERANDO:
I.
Que de conformidad a los Artículos 203 y 204, de la Constitución de la República, Artículo 3 numeral 5, Artículo numeral 3 y 27 del Código
Municipal, son facultades del Municipio, emitir Ordenanzas, Reglamentos y Acuerdos necesarios para la regulación del desarrollo Urbano,
ornato de la Ciudad y obras particulares.
Que es necesario a través de una Ordenanza Local regular la instalación de antenas y torres de Telecomunicaciones, Radio y T.V, en el
O
II.
III.
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Municipio, por la incidencia que tienen en el Desarrollo Urbano y la seguridad de la población.
Que las antenas que actualmente están funcionando o que se instalen en el futuro, deberán sujetarse al procedimiento técnico para la ubi-
DI
cación, aprobación del diseño, instalación y supervisión de conformidad a las Leyes, Reglamentos y Ordenanzas.
POR TANTO:
En uso de sus facultades Constitucionales y Artículo 30m numeral 4 del Código Municipal;
DECRETA la siguiente:
ORDENANZA REGULADORA PARA LA INSTALACION DE ANTENAS Y TORRES DE TELECOMUNICACIONES, RADIO Y TV EN EL
MUNICIPIO DE LA UNION.
Art. 1.-La presente ordenanza tiene por objeto regular el procedimiento para la instalación de antenas o torres de telecomunicaciones, radio y
televisión y similares y la infraestructura que éstas requieran para su funcionamiento.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
70
Art. 2.- La entidad responsable para el proceso de aprobación de la ubicación e instalación de las antenas o torres de telecomunicaciones, radio
y televisión será la Alcaldía Municipal, previa presentación de permisos respectivos del Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano, Ministerio
de Medio Ambiente, Superintendencia General de Electricidad y Comunicaciones y Aeronáutica Civil.
Art. 3.- Todo permiso de uso de espacio donde se ubique la construcción de torres para telefonía, radio o televisión o similares, y el registro de
los mismos, se hará mediante solicitud por escrito al Concejo Municipal, quien previo análisis de la Unidad de Planificación y Proyectos juntamente
con la Unidad de Catastro; la aprobarán o denegarán. El interesado presentará a la Alcaldía Municipal, la siguiente documentación:
Línea de construcción.
b)
Calificación del lugar.
c)
Solicitud de permiso de construcción.
d)
Recepción de obra.
e)
Estudio de impacto ambiental.
f)
Presentación de Matrícula de Comercio vigente.
g)
Presentación de la respectiva Personería Jurídica que acredite como tal en este caso a la empresa solicitante.
h)
Solvencia Municipal.
i)
Presentación por la empresa o persona interesada de la cancelación a la fecha de los respectivos impuestos municipales.
j)
Presentación por la empresa o persona interesada de la cancelación del IVA a la fecha.
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a)
Una vez obtenida la aprobación del Viceministerio de Vivienda, el interesado podrá solicitar a la Unidad de Catastro con copia al Concejo
Municipal, el permiso del uso de espacio donde ubicaría la antena y/o torre y el registro de la misma. Se adjuntará una descripción detallada de los
componentes de la torre y/o antena, especialmente de los dispositivos de la misma como platos o antenas parabólicas de recepción/retransmisión.
O
Art. 4.- Para efectuar los trámites de solicitud de línea de construcción, calificación del lugar, permiso de construcción y recepción de la obra,
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los interesados deberán cumplir los requisitos que detalla el artículo 3 de la presente ordenanza.
Art. 5.- En caso que se proceda a la construcción de obras para la instalación de antenas y/o torres de telecomunicación, radio y televisión sin
haber iniciado antes, el trámite para la obtención del permiso respectivo según se establece en la presente ordenanza, el propietario de dicha obra
incurrirá en las sanciones establecidas en el artículo 10 de la presente.
Art. 6.- Las antenas y torres de telecomunicaciones, radio y televisión, tendrán que ser instaladas y proyectadas dentro de los límites del inmueble
señalado para tal fin, respetando linderos, mojones u otros trazos señalados por el Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano.
Art. 7.- Los planos de construcción deberán presentarse de conformidad a los requisitos para toda obra civil. En él se detallará, los componentes
de la parte que forman la estructura y sus accesorios, tales como platos, cóncavos y el número de ellos entre otros.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
71
Art. 8.- Los planos que contengan los diseños, estructurales y especificación técnica, tendrán que ser firmados por los respectivos profesionales
responsables, de conformidad a las leyes vigentes y a las normas técnicas establecidas por la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones, la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano; este último coordinará, el proceso de
aprobación con las instituciones involucradas.
Art. 9. - Los planos para el diseño eléctrico contendrán al menos la indicación, emitir luces de prevención, para aeronaves y planta de emergencia
que alimente a ésta, en caso de falta de energía.
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Art. 10.- Toda persona natural o jurídica, interesada en instalar antenas o torres de telefonía, radio y televisión o similares, deberá cancelar a la
Municipalidad por licencia de construcción, la cantidad de $ 5,000.00.
Art. 11.- Toda persona sea ésta natural o jurídica, que instale torres o antenas en contravención a la presente ordenanza, será sancionado con
multa equivalente a 5,000 salarios mínimos y su posterior e inmediata demolición de la obra gris y retiro de la estructura por sus propios medios en
el plazo de 60 días calendarios a partir de una notificación municipal; caso contrario, la municipalidad podrá confiscar la estructura.
Art. 12.- No se permitirá la construcción de torres o antenas dentro de la ciudad en un radio mínimo de 1000 metros del casco urbano, de lugares
densamente poblados, o a 200 metros de la vivienda habitada más cercana y/o que la municipalidad señale.
Art. 13.- Anualmente y en fecha del otorgamiento del permiso de construcción los dueños de las torres o antenas presentarán a la municipalidad
un inventario de las mismas, siendo éste el mismo que el presentado en la solicitud original.
Art. 14.- Cualquier modificación de la infraestructura, tendrá que ser consultada antes y aprobada por la municipalidad previa entrega de solicitud
y pago de un porcentaje a partir del valor de la obra original.
Art. 15.- La Unidad de Planificación y Proyectos, juntamente con la Unidad de Catastro de la Municipalidad, y/u otro técnico que el Concejo
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Municipal designe, realizará la supervisión de la obra en proceso de construcción.
DI
Art. 16.- La imposición de las sanciones administrativas aquí establecidas se harán sin perjuicio de las que las demás leyes establecen.
Art. 17. - Para la imposición de las sanciones correspondientes se estará conforme a lo dispuesto en el TITULO X DE LAS SANCIONES,
PROCEDIMIENTOS Y RECURSOS, capítulo único del Código Municipal, delegándose para tal efecto a la Unidad de Administración Tributaria
Municipal.
Art. 18. - Toda persona natural o jurídica, interesada en instalar antenas o torres de telefonía, radio y televisión o similares deberá realizar Consulta
ciudadana en la comunidad donde se construirá la obra, la cual deberá obtener la mitad más uno de aprobación de la población consultada.
Art. 19.- Toda empresa o persona Natural que obtenga autorización, para la construcción y funcionamiento de antenas o torres de telefonía,
radio y televisión o similares, deberá renovar su licencia cada año, en la fecha en que le fue otorgada, cumpliendo lo establecido en el Artículo 3 de
la presente Ordenanza; quedando a criterio del Concejo Municipal, la autorización de la renovación o la denegatoria de la misma.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
72
Art. 20.- Las antenas o torres de telefonía, radio y televisión o similares, que ya estuvieren funcionando, antes de la entrada en vigencia de la
presente ordenanza, y que no se les renueve la matrícula o permiso anual de funcionamiento por la Municipalidad, deberán demoler las referidas construcciones y retirar la estructura por sus propios medios, en un plazo máximo de 60 días siguientes a la notificación de la denegatoria, si no lo hicieren
la Municipalidad estará en la facultad de hacerlo y además confiscará los materiales de la misma, los cuales podrían ser entregados a las empresas,
previo pago del costo de la demolición.
Art. 21.- La presente ordenanza deroga cualquier otro acuerdo o disposición que sobre la materia se haya dictado, si fueran contradictorias con
las normas aquí establecidas y se reconozcan como legítimas las resoluciones emitidas por el Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano con
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Art. 22.- La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación.
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fecha anterior, las cuales deberán registrarse tal como lo establece el inciso último del Art. 3 de esta ordenanza.
DADO EN LA ALCALDIA MUNICIPAL DE LA UNIÓN, a los dieciocho días del mes de mayo de dos mil diez.
LIC. ABNER IVÁN TORRES VENTURA,
ALCALDE MUNICIPAL.
SINDICO MUNICIPAL.
MARCELO ANTONIO HENRIQUEZ BATRES,
LICDA. ANA PAULA INTERIANO DE CHAVEZ,
PRIMER REGIDOR.
SEGUNDA REGIDORA.
PROFA. AURORA MARINA GONZALEZ ARTEAGA,
DRA. LINDA MARGARITA ZELAYA PARADA,
TERCERA REGIDORA.
CUARTA REGIDORA.
DIOMEDES CASTRO SALMERON,
DR. NELSON ANTONIO FUENTES CORDERO VILLATORO,
QUINTO REGIDOR.
SEXTO REGIDOR.
MARIO HUMBERTO ESTRADA GUEVARA,
PROF. VICTOR HUGO MARTINEZ,
SEPTIMO REGIDOR.
OCTAVO REGIDOR.
AR
I
O
DR. OSMAR OVIDIO CRUZ LOPEZ,
ARQUÍMIDES BONILLA RAMÍREZ,
PRIMERA REGIDORA SUPLENTE.
SEGUNDO REGIDOR SUPLENTE.
JAIRO JOSE FLORES HERNANDEZ,
GLORIA ZIOMARA GONZALEZ,
TERCER REGIDOR SUPLENTE.
CUARTA REGIDORA SUPLENTE.
DI
YESSICA IDILIA FUENTES GOMEZ,
LICDA. EMPERATRIZ MARILY ALAS VENTURA,
SECRETARIA MUNICIPAL.
(Registro No. F014998)
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO
e)
73
Trabajar en el establecimiento y mejoramiento de los servicios básicos de la comunidad, con el equipamiento y medios
COMUNAL "CASERIO GUADALUPE" (ADESCO-CG),
indispensables para solucionar los distintos problemas que
DEL CASERIO GUADALUPE, CANTON EL AMATE,
JURISDICCION Y DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL.
existen en la misma.
f)
Utilizar al máximo los recursos humanos y materiales de
la comunidad para el desarrollo de la misma, a través de la
ayuda mutua y el esfuerzo propio, a fin de complementar las
NATURALEZA, DENOMINACION,
obras que se consideren en el respectivo plan de trabajo y
otras que de emergencia surjan.
DURACION Y DOMICILIO.
g)
Incrementar las actividades a nivel comunal, a fin de obtener
de la comunidad.
Código Municipal, la ordenanza municipal respectiva, estos estatutos y
demás disposiciones legales aplicables.
h)
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recursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento
ART. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el
Promover las organizaciones juveniles de ambos sexos,
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haciéndoles participar responsablemente en el desarrollo
Estará al servicio de la comunidad de su domicilio, para el desa-
local.
rrollo de los planes, programas y proyectos de interés social, cultural y
económico y será una entidad apolítica, no lucrativa, ni religiosa y de
i)
Promover la incorporación de la mujer al proceso de desarrollo
de la comunidad.
carácter democrático.
La Asociación se denominará: Asociación de Desarrollo Comunal
j)
económicos y servicios sociales a la comunidad.
"CASERIO GUADALUPE", Jurisdicción y Departamento de San Mi-
guel, la que se podrá abreviar (ADESCO-CG), y que en estos estatutos
Realizar diversos proyectos y actividades que generen ingresos
k)
Participar en los planes de desarrollo local, regional y nacional
en cuanto a la determinación de proyectos, en la obtención
se denominará LA ASOCIACIÓN.
de recursos comunales, gubernamentales, etc.
ART. 2.- La duración de la asociación será por tiempo indefinido,
METAS
sin embargo podrá disolverse y liquidarse por los casos previstos por
las leyes de la materia.
ART. 5.- La Asociación tendrá como meta, las especificadas en el
ART. 3.- El domicilio de la asociación será en Caserío Guadalupe,
Canton El Amate, Jurisdicción y Departamento de San Miguel.
plan local de desarrollo comunal, aprobado por el Concejo Municipal de
San Miguel, de acuerdo a las siguientes áreas: Organización, capacitación,
salud, mejoramiento de infraestructura básica, agropecuaria, vivienda,
industria, trabajo, recreación, educación y serán desarrolladas por medio
FINES
de ejecución de proyectos y actividades de interés de los asociados y la
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comunidad.
ART. 4.- La Asociación tendrá como fines el desarrollo humano y la
SOCIOS: CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES
a)
DI
obra productiva y física que proyecte la asociación. Para ello deberá:
Promover el progreso del Caserío Guadalupe, Canton El
Amate, juntamente con organismos públicos y privados, que
participen en los correspondientes programas.
b)
Fomentar el espíritu de solidaridad y cooperación mutua en
ART. 6.- Los Socios podrán ser:
a)
Activos
b)
Honorarios.
los asociados, entre los vecinos, sus grupos y comunidades
circunvecinas.
Todos deben ser personas mayores de dieciocho años, sin embargo
cuando provengan de asociaciones juveniles el requisito de edad antes
c)
Coordinar y cooperar con otras comunidades organizadas en
mencionado será de quince años.
la mayor integración de sus miembros y la mejor organización
de sus actividades.
d)
Impulsar y participar en los programas de capacitación y
SOCIOS ACTIVOS
promoción social, a fin de contribuir al mejoramiento de la
Todas las personas que reúnan los requisitos señalados en el inciso
organización de la comunidad, la administración de proyectos
anterior, dentro de los límites de la unidad vecinal correspondiente o en
sociales, económicos y la elevación de niveles educativos
unidades vecinales colindantes inmediatas, podrán afiliarse mediante
promoviendo la superación en todos los niveles.
procedimiento determinado por la Asamblea General.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
74
A) LA ASAMBLEA GENERAL
SOCIOS HONORARIOS
Son aquellas personas a quienes la Asamblea General por su
iniciativa o a propuesta de la Junta Directiva les conceda tal calidad en
ART. 10.- La Asamblea General la componen los socios y se instalará
atención a sus méritos personales y relevantes servicios prestados a la
con la mayoría de los socios activos, pudiendo haber representación de
Asociación.
socios, pero cada socio no podrá llevar más de una representación.
Las resoluciones se acordarán por mayoría de votos, salvo en lo
DERECHOS
a)
Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.
b)
Presentar mociones y sugerencias en Asambleas generales
ART. 11.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente dos
veces al año, con intervalos de seis meses y extraordinariamente cuando
sea convocada por la Junta Directiva, por iniciativa propia o a solicitud
de siete socios.
c)
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celebradas por la asociación.
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A
ART. 7.- Son deberes y derechos de los socios activos:
referente a la disolución de la asociación.
Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así lo
solicitaren por escrito.
ART. 12.- En las Asambleas Generales ordinarias, se tratarán los
asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los socios, en
las asambleas generales extraordinarias sólo se tratarán los asuntos com-
d)
Elegir y ser electo para cargo de la Junta Directiva.
e)
Cooperar con todos los medios promocionales posibles al
prendidos en la convocatoria y cualquier decisión sobre otros aspectos
no comprendidos en la agenda será nula.
incremento del número de miembros de la asociación.
f)
Participar en la administración y fiscalización de la asociación.
ART. 13.- La convocatoria para Asamblea General ordinaria o
extraordinaria se hará por medio de un aviso escrito, con cuatro días
de anticipación para las primeras (ordinaria) y con ocho horas para las
segundas, (extraordinarias) indicándose en las mismas el lugar, día y hora
DEBERES
a)
en que han de celebrarse. Si a la hora señalada no pudiere celebrarse la
Desempeñar a cabalidad todas las comisiones y cargos que
sesión por falta de quórum, ésta se llevará a cabo el mismo día una hora
se le encomiende.
después de la señalada con los Asociados que concurran en este último
caso, las decisiones que se adopten serán obligatorias aun para aquellos
b)
Cumplir los acuerdos de la asociación, siempre que se tomen
que legalmente convocados no asistieron.
conforme a las leyes, reglamentos y estos estatutos.
c)
Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea General,
previa convocatoria en forma escrita.
Cumplir estos estatutos y obedecer las disposiciones de la Junta
O
d)
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General y Junta Directiva, siempre que estén relacionados
ART. 14.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a)
b)
c)
DI
Además es de mencionar, que corresponde un voto a cada
Recibir los informes de trabajo y aprobar o denegar el estado
financiero de la asociación.
con los fines de la asociación.
e)
Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.
Destituir total o parcialmente por causa justificada a los
miembros de la Junta Directiva y elegir a sus sustitutos, así
asociado, sin que pueda haber representación de un asociado
mismo retirará la calidad de miembros de la misma a los
por otro, salvo autorización previa de la Junta Directiva.
que hubieren renunciado, fallecido o perdido su calidad de
socio.
ART. 8.- Los socios honorarios gozarán de los derechos que la
d)
Pedir a la Junta Directiva los informes que crea conveniente.
Asamblea General les otorgue.
e)
Aprobar el reglamento interno de la asociación y los que sean
necesarios.
GOBIERNO DE LA ASOCIACION
f)
Acordar la petición de la personalidad jurídica y aprobación
de estos estatutos al Concejo Municipal respectivo, por medio
del representante legal de la asociación.
ART. 9.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por la Asamblea General, que será la máxima autoridad de la asociación y la Junta
g)
Otorgar la calidad de socios honorarios.
h)
Aprobar la suspensión definitiva de los socios.
Directiva será el órgano ejecutivo y estará integrado por el número de
miembros que determinen estos estatutos.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
Aprobar el plan anual de trabajo y su respectivo presupuesto.
j)
Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos y reglamentos
que se dicten.
B) PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCION DE
ASOCIADOS Y DIRECTIVOS
ART. 15. Los Miembros de la asociación podrán ser retirados de
ella por acuerdo de la Junta Directiva tomado por mayoría de votos y
previa audiencia del interesado, por infracciones al Código Municipal,
Ordenanza Municipal y estos estatutos. Se consideran además como
causales de retiro o expulsión las siguientes:
Mala conducta del socio que se traduzca en perjuicio grave
para la asociación.
b)
Negarse sin motivo justificado a desempeñar los cargos de
elección o comisiones que le encomiende la asociación general
o la junta directiva.
c)
Promover actividades políticas, religiosas, o de otra naturaleza
que vayan en perjuicio de la asociación.
d)
Obtener por medio fraudulento beneficio de la asociación,
para sí o para terceros.
e)
Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la asociación.
En todos los casos de este artículo, será la asamblea general la que
resolverá sobre tal suspensión temporal o definitiva de los miembros y en
la misma sesión elegirá y dará posesión a los sustitutos por el tiempo de
la suspensión o por el resto del período de los directivos suspendidos.
C) JUNTA DIRECTIVA
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a)
nombrar entre los mismos la comisión investigadora, y 2.- Para que ésta
convoque a la Asamblea General, que concederá la suspensión en base
a los informes de la comisión investigadora. El mismo procedimiento
anterior se seguirá cuando de acuerdo a las infracciones, debe conocerse
sobre la suspensión temporal o definitiva de toda la Junta Directiva o
cuando por tratarse de un número considerable de miembros, los que
quedan no pueden o no inicien el procedimiento dentro del plazo que
establece el inciso anterior.
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A
i)
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ART. 20. La Junta Directiva estará integrada por siete miembros
propietarios electos en Asamblea General y cinco vocales por votación
nominal o pública ya sea por cargos separados o en planilla, en todo
caso, la nominación de los cargos será la siguiente: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Prosecretario, Tesorero, Pro tesorero, Síndico y
cinco Vocales.
Los cargos serán adhonorem, sin embargo, cuando el socio o directivo trabaje en actividades oficiales para la Asociación, podrá otorgársele
una retribución convencional o cuando por el volumen de trabajo o las
circunstancias lo ameriten, previo acuerdo de la Asamblea General.
ART. 21.- La Junta Directiva se reunirá ordinariamente por lo
menos una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario,
previa convocatoria que haga el presidente o en su defecto por lo menos
dos de los miembros de la Junta Directiva.
En caso de suspensión definitiva, la Junta Directiva seguirá el
procedimiento a que se refiere el inciso anterior; pero en este caso, la
Asamblea General resolverá sobre la suspensión acordada y se nombrará
a los sustitutos.
Para que la sesión sea válida deberán concurrir por lo menos ocho
de sus miembros y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos.
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ART. 16.- Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directiva
nombrará una comisión de tres de sus miembros para que investigue
los hechos y oyendo el dictamen de éstos y las razones que el supuesto
infractor exponga en su defensa, resolverá.
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ART. 17.- Sobre el retiro de asociados y sobre la suspensión temporal
decretada por la junta directiva, podrá interponerse únicamente el recurso
de revisión ante la misma dentro del tercer día de la notificación.
En caso de empate, el presidente o el que haga sus veces tendrá
voto de calidad.
ART. 22.- Son atribuciones de la Junta Directiva:
a)
Elaborar el proyecto de estatutos de la asociación y proponerlos
a la Asamblea General.
b)
Tramitar el reconocimiento legal de la asociación conforme
a la ley.
ART. 18.- Los miembros de la Junta Directiva, electos por la
asamblea general, podrán ser suspendidos en forma temporal o definitiva,
según la gravedad del caso.
c)
Determinar juntamente con las instituciones que colaboran
con el desarrollo comunal, el plan de trabajo y el presupuesto
correspondiente.
La suspensión definitiva únicamente podrá ser acordada por la
asamblea general y la suspensión temporal por la Junta Directiva.
d)
Constituir comisiones de trabajo de la asociación, encauzar
su mejor organización y desenvolvimiento.
e)
Convocar a la Asamblea general a reuniones ordinarias o
extraordinarias.
f)
Vincularse con las Organizaciones del Estado, las Municipalidades y con las entidades privadas que tengan que trabajar
en la región el proyecto de desarrollo comunal.
De las resoluciones de la asamblea general, no se admitirá ningún
recurso.
ART. 19.- En caso de que la Junta Directiva, dentro del plazo de
diez días de conocida la infracción, no procede a dar cumplimiento a los
artículos anteriores, un número de ocho asociados, por lo menos, podrá
pedir al Concejo Municipal correspondiente, que se le autorice: 1.- Para
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
76
g)
Participar en su caso, en las investigaciones, planeamiento,
ejecución y evaluación de los programas y proyectos de
mejoramiento de la comunidad.
y de los emolumentos si los hubieren, y en todo caso serán autorizados
los pagos por el secretario y con el visto bueno del presidente de la
asociación.
h)
Informar periódicamente a la asamblea general de las actividades que se desarrollan y presentarle el plan anual de
trabajo y el presupuesto respectivo e informar igualmente
a los organismos que cooperaron en el desarrollo de sus
programas de trabajo.
Todos los fondos serán depositados en una Institución Bancaria o
Crediticia, para lo cual se abrirá una cuenta a nombre de la asociación,
debiendo registrar las firmas del tesorero, el presidente y el síndico de
la asociación.
i)
Velar que el patrimonio de la asociación sea aplicado en la
consecución de sus fines.
j)
Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos
de la asociación.
k)
Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los
afiliados.
l)
Tomar las medidas necesarias para cumplir las disposiciones
emanadas de la asamblea general y las que crean convenientes
dictar.
m)
Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales
no previstas en los estatutos.
n)
Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea
General en la sesión ordinaria anual sus actividades de trabajo.
ñ)
Ejercer las demás actividades que se determinen en las leyes
correspondientes y estos estatutos.
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ART. 28.- El Protesorero, colaborará con el tesorero en todo lo
concerniente a sus funciones, lo sustituirá en casos de ausencia o impedimento de éste.
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ART. 29.- El Síndico, tendrá la responsabilidad judicial y
extrajudicial de la asociación y el uso de la Personalidad Jurídica, quien
para comparecer en juicios, escrituras, contratos, actas notariales y otros,
deberá ser autorizado por la junta directiva, quien lo legitimará mediante
la certificación del punto de acta que lo autoriza.
A falta del síndico, fungirán los vocales en su orden autorizados en
sesión de Junta Directiva, además, velará por el estricto cumplimiento
del código municipal, la Ordenanza respectiva, así como los presentes
estatutos y las leyes de la materia y los demás acuerdos tomados por la
Asamblea General y la Junta Directiva.
ART. 30.- Los Vocales, colaboran con la Junta Directiva, en la
medida que ésta lo considere necesario; en todo caso, sustituirán a los
miembros de la Junta Directiva que faltaren.
ART. 31.- En caso de suspensión temporal, la Junta Directiva llamará
y dará posesión a los sustitutos por el tiempo que dure la suspensión.
ART. 24.- El Vicepresidente, colaborará con el presidente, lo
sustituirá en los casos de ausencia o de impedimento de éste y todo lo
demás que fuese concerniente a actividades comunales.
ART. 32.- Los miembros de la Junta Directiva, serán electos para
un período de dos años y sólo podrán ser reelectos en forma consecutiva
para un período más.
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ART. 23.- El Presidente de la Junta Directiva presidirá y dirigirá
las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva, autorizando
con su firma los acuerdos que emanen de las mismas y coordinará las
actividades de la asociación.
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ART. 25.- El Secretario, será el órgano de comunicaciones de la
asociación y llevará el inventario de los bienes de la misma; además
tendrá a su cargo los libros de actas de sesiones que celebren la asamblea
general y la junta directiva y todo lo demás que fueren pertinentes.
ART. 26.- El Prosecretario, colaborará con el secretario en todo
lo concerniente a sus funciones lo sustituirá en casos de ausencia o
impedimento de éste.
ART. 27.- El Tesorero, será el depositario de los fondos y bienes
de la asociación y llevará los libros de contabilidad o cuentas de la
misma.
Se encargará así mismo que se hagan efectivos los créditos a favor
de la asociación, y dará cuenta a la Junta Directiva en cada sesión del
estado económico; hará los pagos de las obligaciones de la asociación
PATRIMONIO DE LA ASOCIACION
ART. 33.- El Patrimonio de la asociación estará constituido por:
a)
Los fondos provenientes de las contribuciones que aporten
los socios activos y será de cincuenta y siete centavos de
dólar mensuales.
b)
Las subvenciones o aportes extraordinarios, herencias, donaciones, legados, etc. que provengan de diversas fuentes.
c)
Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada
para hacer llegar fondos a la asociación.
d)
El valor de los intereses que devenguen los créditos otorgados
a los asociados, serán fijados por la Asamblea General, a
propuesta de la Junta Directiva; pero en todo caso, este interés
deberá ser menor que el estipulado por el sistema bancario
nacional.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
e)
El valor del alquiler cobrado por el uso de maquinaria, bienes
77
DISPOSICIONES GENERALES
muebles e inmuebles de propiedad de la asociación; serán
aprobados por la asamblea general, a propuesta de la Junta
hecho de ser asociado.
f)
Los bienes muebles e inmuebles que formen el patrimonio
no podrán ser enajenados en garantía, vendidos, alquilados o
prestados sin autorización previa de la Asamblea General.
ART. 34.- La Asociación cuenta hoy con fondos líquidos en efectivo,
ART. 40.- La Junta Directiva, tiene la obligación de enviar al Concejo
Municipal durante los primeros quince días posteriores a la elección la
nómina de la nueva Junta Directiva; durante los primeros quince días
del año, la nómina de los asociados, informe de las sustituciones de
los miembros de la Junta Directiva, cuando sean de forma definitiva y
cualquier otro dato relativo a la asociación.
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provenientes de diversas actividades realizadas por la comunidad.
ART. 39.- La Asociación llevará sus libros de registro de afiliados,
actas de asambleas generales, actas de junta directiva, registro financiero
y registro de inventario; todos foliados y sellados con una razón de
apertura que contenga el objeto del libro, su número de hojas y luego
al terminarse el libro se pondrá su razón de cierre, la cual deberá estar
firmada y sellada por el secretario de la Junta Directiva.
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Directiva; pero en ningún caso eximirá de estos pagos el
ART. 35.- De las utilidades netas obtenidas al final del ejercicio
administrativo por la asociación, se aportará el cinco por ciento por lo
menos, para formar un fondo de reserva para incrementar el capital
Dentro de los treinta días posteriores a la elección de la nueva Junta
Directiva, deberá enviar al Concejo Municipal su plan de trabajo.
bancario a nombre de la misma.
La Asociación llevará un libro especial de registro de capital, en
el que deberá expresarse todo aumento y disminución del mismo.
La Asociación para poder desarrollar sus fines sociales y de obras
ART. 41.- Para la modificación del acta de constitución y los
presentes estatutos, se seguirán los mismos procedimientos que para la
constitución e inscripción de la asociación.
físicas, siempre que conduzca a operaciones canalizadas a través de
recursos económicos, deberá ser conocido y aprobado por la Asamblea
General y autorizada por la Junta Directiva, especificamente para el acto
en que comparezca el representante de la asociación.
ART. 42.- Los casos no contemplados en estos estatutos, serán
resueltos en Asamblea General de socios.
En todo caso, se establecerán los controles contables necesarios para
el efectivo control de fondos propios o procedentes de fuentes externas
en los distintos programas y proyectos que se desarrollen.
ART. 43.- Los presentes estatutos entrarán en vigencia ocho días
después de su publicación en el Diario Oficial.
ART. 36.- Si al final de cada ejercicio administrativo anual (enero
a diciembre) se obtuvieren ganancias, la Junta Directiva, propondrá a
ACUERDO NUMERO DIECIOCHO.
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la Asamblea General los proyectos en los que pueden ser aplicadas
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de reserva.
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dichas ganancias, como también el tiempo y forma de invertir el fondo
ART. 37.- En caso de disolución, si después de pagada las obligaciones hubiere un remanente, el Concejo Municipal lo destinará a programas
de Desarrollo Comunal, a realizarse en el Caserío Guadalupe, Cantón
El Amate, del domicilio de la asociación y mientras no se realice su
inversión, el remanente estará bajo el control del Concejo Municipal.
DISOLUCION DE LA ASOCIACION
ART. 38.- La disolución de la asociación será acordada en sesión
extraordinaria de asamblea general, mediante acuerdo de dos terceras
Vistos los estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal
"CASERIO GUADALUPE" que se abrevia ADESCO-CG fundada en
el Caserío Guadalupe, Cantón El Amate, Jurisdicción y Departamento
de esta ciudad, consta de cuarenta y tres artículos; y no encontrando en
ellos ninguna disposición contraria a las leyes de la República, al orden
público ni a las buenas costumbres; de conformidad con el artículo 30
numeral 23 del Código Municipal, ACUERDA: Aprobarlos y conferirle
a dicha Asociación el carácter de Persona Jurídica, Comuníquese.
DADO EN LA ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, cinco de
mayo del dos mil diez.
MOISES ALCIDES GONZALEZ,
REGIDOR AUTORIZADO PARA FIRMAR.
Lic. JOSE ANGEL FERMAN ZETINO,
SECRETARIO MUNICIPAL.
partes de los socios de la misma, por motivos que el código y ordenanza
municipal, estos estatutos y las demás leyes de la materia establecen.
(Registro No. F014903)
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
78
Gestionar el apoyo de instituciones nacionales, internacionales, orga-
a las diez horas del día tres de mayo del año dos mil diez, reunidos los
nizaciones no gubernamentales y de la empresa privada, para la mejor
suscritos: José Yones Guzmán Romero, de cuarenta años de edad,
consecución de sus fines. Y Siete, gestionar proyectos de desarrollo
Empresario, del domicilio de Ciudad Barrios, con Documento Unico de
económico y de medio ambiente para sus municipios. CAPITULO
Identidad número: Cero dos uno seis cero cero tres seis guión cero,
TRES.- PLAZO.- Artículo cuatro. El plazo de la Asociación es por
Alcalde Municipal de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel,
tiempo indefinido. CAPITULO CUATRO.- APORTES A QUE SE
Miguel Ángel Barahona Ventura, de cuarenta y ocho años de edad,
OBLIGAN LOS MUNICIPIOS.- Artículo cinco.- Los municipios
Licenciado en Educación, del domicilio de San Simón, Alcalde Muni-
miembros de la Asociación se obligan a aportar mensualmente una
cipal de San Simón, con Documento Unico de Identidad número: Cero
cuota equivalente al dos por ciento de la transferencia mensual del
dos uno uno cero dos tres siete guión cero, Bernardino Romero Gaviria,
Veinticinco por ciento del FODES, para asegurar el funcionamiento y
de cuarenta y seis años de edad, Comerciante, del domicilio de Guatajiagua,
apoyar el desarrollo de proyecto de inversión de la Asociación; estos
con Documento Único de Identidad número: Cero dos cinco uno cinco
aportes servirán para financiar el Presupuesto Anual de la Asociación.
cero dos uno guión cero, Alcalde Municipal de Guatajiagua, actuando
CAPITULO CINCO. REGIMEN PATRIMONIAL.- Artículo seis.- El
todos en calidad, de representantes legales de los Municipios citados,
patrimonio de la Asociación estará constituido por: a) Los aportes que
según comprobamos con las Credenciales y Certificaciones de Acuerdos
los municipios integrantes le hagan; b) Los donativos y contribuciones
de los respectivos Concejos Municipales que tenemos a la vista y que
que a cualquier título reciba de terceras personas; y, c) Cualquier otro
agregaremos a la presente acta; ACORDAMOS: UNO.- Conformar una
ingreso proveniente de otras fuentes de financiamiento. Artículo siete.-
entidad descentralizada autónoma para dar inicio al proceso de gestión
El patrimonio se destinará exclusivamente a la realización del objeto y
del desarrollo local de los municipios que la integran, y al efecto, se crea
fines de la Asociación. Asimismo, se establecerá un fondo de reserva
con base a los artículos once, doce, trece y catorce del Código Munici-
para cubrir emergencias y necesidades futuras. Artículo ocho.- La Aso-
pal, la Asociación de Municipios Shafick Jorge Handal, responsable de
ciación, podrá contraer obligaciones con instituciones nacionales e in-
planificar, gestionar y ejecutar las acciones tendientes a su desarrollo
ternacionales únicamente con el voto de las tres cuartas partes del
integral. DOS.- Aprobar los estatutos bajo los cuales se regirá esta En-
Concejo Directivo. Artículo nueve.- Los fondos de la Asociación serán
tidad Descentralizada Autónoma, los cuales son del tenor literal siguien-
depositados en una institución bancaria salvadoreña pudiendo hacer
te: CAPITULO UNO.-
NOMBRE, NATURALEZA, OBJETO Y
retiros con la firma de dos de los alcaldes autorizados, por el Consejo
DOMICILIO. Artículo uno.- La entidad que se crea se denominará
Directivo, siendo indispensable la firma del Tesorero. Artículo diez.- El
“Asociación de Municipios Shafick Jorge Handal" la que podrá abreviarse:
ejercicio económico de la Asociación será del primero de Enero al
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En el Salón de reuniones de la Alcaldía Municipal de Ciudad Barrios,
treinta y uno de diciembre de cada año calendario. Artículo once.- La
la gestión del desarrollo de los municipios que conforman la Asociación,
Asociación funcionará con un presupuesto anual de ingresos y egresos
la que gozará de personería jurídica. Artículo dos.- El domicilio de la
aprobado por el Consejo Directivo. Artículo doce. De los excedentes
Asociación será el municipio de Ciudad Barrios, pudiendo establecer
habidos después de finalizado el ejercicio económico se destinará como
dependencias en los demás municipios miembros si fuera necesario.
mínimo el quince por ciento de los mismos para la constitución del
CAPITULO DOS. FINES.- Artículo tres. La Asociación tendrá los si-
fondo de reserva a que se refiere el artículo siete y el restante ochenta y
guientes fines: Uno, elaborar y ejecutar el Plan de Desarrollo de la
cinco por ciento se considerará como aportes económicos del siguiente
Asociación, con base en los planes de desarrollo Local de los municipios
ejercicio fiscal. Artículo trece.- La recaudación, custodia y erogación
integrantes. Dos, Construir, rehabilitar y mantener la red vial de los
de fondos de la Asociación estará a cargo de un Tesorero nombrado
municipios de la Asociación; Tres, Promover y fomentar el ecoturismo
por el Concejo Directivo. CAPITULO
de la Asociación a través de la restauración y conservación racional de
ADMINISTRACION.-Artículo catorce.- La dirección y administración
los recursos naturales, Cuatro, Proteger los recursos hídricos de la cor-
de la Asociación estará a cargo de una Asamblea General, un Consejo
dillera del Cerro Cacahuatique. Cinco, Promover e impulsar el desarro-
Directivo y una Gerencia General. Artículo quince.- La Asamblea Ge-
llo agropecuario, comercial, agroindustrial y artesanal de la zona; seis,
neral estará conformada por los Concejos Municipales de los Municipios
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Asociación; su naturaleza es descentralizada y autónoma y su objetivo,
SEIS.- DIRECCION Y
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
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funciones del Coordinador Titular en caso de ausencia temporal o defi-
Aprobar el plan de desarrollo de la Asociación. Dos. Aprobar el plan
nitiva de éste. Artículo veinte.- El Alcalde Coordinador tendrá la repre-
anual de inversiones y operaciones. Tres. Aprobar la Memoria Anual
sentación legal de la Asociación, con facultades para nombrar designa-
de Labores. Cuatro. nombrar anualmente el auditor externo de una
dos o apoderados para que lo representen, previo acuerdo del Consejo
terna presentada por el Consejo Directivo. Cinco. Aprobar reformas de
Directivo. Artículo Veintiuno.- El Concejo Directivo se reunirá ordina-
estatutos a solicitud de cualquier Concejo Municipal. Artículo dieciséis.-
riamente por lo menos dos veces al mes y extraordinariamente cuando
Los acuerdos de la Asamblea General serán tomados por mayoría
así lo estimare conveniente el alcalde Coordinador o cualquiera de sus
simple, excepto los casos en que los estatutos exijan una mayoría cali-
miembros. Las Convocatorias a sesiones ordinarias se harán con dos
ficada. En todo caso, cada Municipio representado tendrá derecho a un
días de anticipación por los menos y las extraordinarias con un día de
voto que será emitido por medio del Alcalde o su representante, previa
anticipación como mínimo. Artículo Veintidós.- El quórum para celebrar
consulta interna con sus Concejales. Para celebrar reunión de Asamblea
sesión será la mitad más uno de los miembros del Consejo Directivo.
General ordinaria y extraordinaria se necesita la asistencia de por lo
Las resoluciones se tomarán con el voto de la mayoría de miembros del
menos la mitad más uno de los Concejos Municipales que conforman
Consejo, excepto en la aprobación del presupuesto de ingresos y egresos
la Asociación. La Asamblea celebrará sesión ordinaria dos veces al año,
y nombramiento del Gerente General que requerirá el voto de las dos
una en el mes de enero y la otra en diciembre previa convocatoria con
terceras partes de sus Miembros. En caso de empate, el Coordinador
dos días de anticipación por lo menos y extraordinaria, siempre que sea
tendrá voto favorable calificado. Artículo veintitrés.- La administración
necesario, previa convocatoria por cualquiera de los Concejos Munici-
de la Asociación estará a cargo de un Gerente General, deberá convocar
pales miembros. Artículo diecisiete.- Para la aprobación de los planes
de manera inmediata a reunión extraordinaria al Consejo Directivo para
de inversión y de operación anuales, será necesario el voto de los dos
elegir las nuevas personas que ejercerán esos cargos. CAPITULO SIE-
tercios de sus miembros en sesión extraordinaria especialmente convo-
TE.- PROCEDIMIENTO DE REFORMAS DE ESTATUTOS Y DI-
cada al efecto. Artículo dieciocho.- El Consejo Directivo estará confor-
SOLUCIONES DE LA ASOCIACION.- Artículo veinticinco.- Para
mado por el Alcalde como miembro Propietario y un Concejal como
reformar o derogar estos Estatutos será necesario el voto favorable de
suplente, de cada municipio; y tendrá las siguientes atribuciones: Uno,
las dos terceras partes de sus miembros en sesión extraordinaria espe-
aprobar el Presupuesto Anual de ingresos y egresos. Dos, elegir dentro
cialmente convocada al efecto. Artículo veintiséis.- La Asociación podrá
de su seno al Coordinador y Subcoordinador. Tres, nombrar al Gerente
disolverse por disposición de Ley o por el voto favorable de las dos
General, al Tesorero, Jefe de UACI y al secretario de fuera de su seno.
terceras partes de la Asamblea General, previo acuerdo de los Concejos
Cuatro, nombrar al auditor interno de una terna presentada por el alcal-
Municipales que la integran. Artículo veintisiete.- Acordada la disolución,
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que integran la Asociación y tendrá las siguientes atribuciones: Uno.
la Asamblea General nombrará liquidadores en número de dos por lo
y aprobar el Reglamento interno de la Asociación. Siete, someter a las
menos, quienes a partir de la aceptación del cargo tomarán la dirección
municipalidades para su conocimiento y aprobación, la normativa que
y administración de la Asociación y tendrán la representación de la
regulará la ejecución del Plan de Desarrollo de la Asociación. Ocho,
misma. Si no hubiere acuerdo en el nombramiento de los liquidadores,
rendir informe trimestral a las Municipalidades miembros, sobre la
se acudirá a la autoridad judicial del domicilio de la Asociación para
ejecución presupuestaria y de la gestión realizada. Nueve, velar por la
que los designe.- Artículo Veintiocho. Liquidada la Asociación entre
buena administración del patrimonio. Diez, remover o destituir por
las Municipalidades, provenientes de la liquidación se resolverá por
causa justificada a los funcionarios por ellos nombrados. Artículo die-
medio de arbitradores, de acuerdo a lo establecido en el Código de
cinueve.- La coordinación del Consejo Directivo de la Asociación esta-
Procedimientos Civiles. Artículo treinta.- En caso de que un municipio
rá a cargo de uno de los alcaldes, electos para un periodo de un año y
miembro de la Asociación, por acuerdo de su Concejo Municipal deci-
en forma rotativa para cada municipio; salvo que el Consejo Directivo
da retirarse de ésta, deberá presentar la certificación del Acuerdo emi-
acuerde por unanimidad, prorrogar el periodo de coordinación por otro
tido por el respectivo Concejo Municipal, en el que expresa su decisión
tiempo igual o su remoción antes de la terminación de éste; además, se
de retiro. Los aportes hechos por el municipio que se retira quedarán a
elegirá un subcoordinador por el mismo periodo quien asumirá las
favor de la Asociación. El retiro será improcedente en los casos de que
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de coordinador. Cinco, aprobar los Estados Financieros. Seis, elaborar
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
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Secretario que suscribe, Licenciado Cristian Omar Amaya Medrano. El
y/o ésta, con terceras personas, excepto que la Municipalidad que se
Señor Síndico dio por abierta la sesión, procediéndose inicialmente a
retira cancele la parte que le corresponda de la obligación. Artículo
designar por unanimidad al señor José Mauricio Carballo Rivera, como
treinta y uno. Por acuerdo de la mayoría calificada de la Asamblea
Alcalde Municipal en funciones, para la presente reunión, en sustitución
General, podrá ingresar a la Asociación, otros municipios, quienes
del señor José Yones Guzmán Romero, quien no puede estar presente
tendrán los mismos derechos y obligaciones. CAPITULO OCHO.-
debido a problemas de salud, de igual forma; y por unanimidad, nómbrase
CONTROL Y FISCALIZACION.- Artículo treinta y dos.- La Asociación
al señor Milton Antonio Vásquez Orellana (Tercer Concejal Suplente),
rendirá cuenta circunstanciada de su gestión a la Corte de Cuentas de
en sustitución del señor José Ricardo Urrutia Sorto, quinto regidor pro-
La República, quien de acuerdo a la ley ejercerá vigilancia, fiscalización
pietario, durante esta reunión; ya que este último no puede estar presente
y control a posterior sobre la ejecución del presupuesto de la Asociación.
en la misma, por lo que después de tratar asuntos de su competencia,
Artículo treinta y tres.- Los municipios por medio de funcionarios que
se emiten los acuerdos siguientes: EL INFRASCRITO SECRETARIO
nombraren, tendrán acceso a la contabilidad de la Asociación. Artículo
MUNICIPAL Y ALCALDE CERTIFICAN: Que el acuerdo número
treinta y cuatro.- Será de obligatorio nombramiento una auditoría exter-
cuarenta y dos que en lo conducente dice: "NÚMERO CUARENTA Y
na en el momento que se estime conveniente. CAPITULO NUEVE.-
DOS: Vistos los Estatutos de la Asociación de Municipios Shafick Jorge
DISPOSICIONES GENERALES.- Artículo treinta y cinco.- En todo lo
Handal, que se abrevia "ASOCIACION", los cuales constan de treinta
no previsto en este instrumento, se aplicará lo dispuesto en el Código
y seis artículos y no habiendo en ellos ninguna disposición contraria a
Municipal, CAPITULO DIEZ. PUBLICACION Y VIGENCIA.- Artí-
las Leyes de la República, al orden público, ni a las buenas costumbres,
culo treinta y seis.- Los presentes estatutos entrarán en vigencia ocho
de conformidad al artículo trece del Código Municipal, el Concejo
días después de su publicación en el Diario Oficial.- En este acto se
por unanimidad acuerda: aprobarlos y conferir a dicha Asociación la
constituye el primer Consejo Directivo de Alcaldes de la entidad, inte-
Personería Jurídica, publíquese. Certifíquese el presente acuerdo y
grado por los señores alcaldes mencionados anteriormente, eligiéndose
remítase a la asociación antes expuesta". Y no habiendo mas que hacer
como Coordinador al señor José Yones Guzmán Romero, Alcalde
constar, se da por terminada la presente acta que firmamos. Alcalde
Municipal de Ciudad Barrios, como subcoordinador al señor Miguel
Municipal en funciones: J.M.C.R., Concejales Propietarios: F.C.G.,
Ángel Barahona Ventura, Alcalde Municipal de San Simón y como
M.A.F.F., J.C.C.A., A.M.F. de O., D.Y.A.A., y H.D.F. de M., Concejales
secretario al señor Cristian Omar Amaya, Secretario Municipal de
Suplentes: E.M.A., O.E.V.A.; M.A.V.O.; y E.C.C. de A.; del Síndico
Ciudad Barrios.
Municipal. J.A.R.P. y C.O.A.M.- Srio. """""""""""""""""""""""""""""
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la Municipalidad miembro tenga deudas pendientes con la Asociación
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RUBRICADAS """"""""""""""""""""""""""
Es conforme con su original, con el cual se confrontó en la Alcaldía
ACTA NÚMERO DIECIOCHO: En el salón de reuniones de la Alcaldía
Municipal: Ciudad Barrios, a los veinticinco días del mes de mayo de
Municipal de Ciudad Barrios, a las trece horas del día trece de mayo de
dos mil diez.
dos mil diez. Sesión Ordinaria celebrada por esta Municipalidad, convocada por el señor Alcalde Municipal, José Yones Guzmán Romero,
JOSÉ YONES GUZMÁN ROMERO,
con la asistencia de los siguientes miembros propietarios del Concejo
Municipal, en su orden respectivo: Fredepindo Castro Gómez, Miguel
ALCALDE MUNICIPAL.
Ángel Funes Franco, Julio César Cruz Amaya, José Mauricio Carballo
Rivera, Ana Maribel Fuentes de Orellana, Dina Yamileth Argueta Ave-
Lic. CRISTIAN OMAR AMAYA MEDRANO,
lar y Heidy Diamileth Fajardo de Medina, y los Concejales Suplentes:
SECRETARIO MUNICIPAL.
Elodia Margarita Argueta de Mejía, Olman Eugenio Ventura Aguilar,
Milton Antonio Vásquez Orellana y Eva Carolina Cruz de Argueta,
(Registro No. F014859)
del Síndico Municipal, Ingeniero Julio Adalberto Rivera Portillo; del
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO
81
económicos y la elevación de niveles educativos de cada uno
de los asociados.
COMUNAL RESIDENCIAL LAS TERRAZAS 1 Y 2
e)
Trabajar en el establecimiento y mejora de los servicios de la
comunidad, con el equipamiento de los medios indispensables
CAPITULO I
para solucionar los distintos problemas que existieren en la
CREACION, DENOMINACION,
NATURALEZA Y DOMICILIO.
comunidad.
f)
Promover la organización de comités de mujeres, jóvenes,
deportes, salud, educación y cultura para hacerlos partícipes
de la responsabilidad de los programas de desarrollo local.
Art. 1.- Constitúyase la "Asociación de Desarrollo Comunal Resideng)
Incrementar las actividades comunitarias a fin de obtener
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cial Las Terrazas 1 y 2" del Municipio de Ayutuxtepeque, Departamento
recursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento
o la "Asociación".
de la comunidad.
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de San Salvador; que se podrá abreviar "ADESCO TERRAZAS 1 Y 2"
h)
Participar organizadamente en el estudio y análisis de la
realidad social y de los problemas y necesidades de la co-
Art. 2. La Asociación que se constituye es de naturaleza democrá-
munidad, así como cualquier actividad en el campo social,
tica, apolítica, no lucrativa, ni religiosa; aunque en su seno se respetará
cultural, religioso, cívico, educativo u otros que fueren legales
la libertad de culto; y tendrá como domicilio especial la Ciudad de
Ayutuxtepeque.
y provechosos a la comunidad.
CAPITULO III
SIMBOLOGIA
DE LOS ASOCIADOS, DERECHOS Y DEBERES.
Art 3.- La Asociación tendrá como distintivo un sello en forma
rectangular en cuyo interior se encuentra grabado el nombre completo
de la Asociación y al centro de éste 2 casas que simboliza el nombre de
la Colonia.
Art. 5. Los asociados podrán ser:
a)
Fundadores.
b)
Activos.
c)
Honorarios.
CAPITULO II
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O
NORMAS, FINES Y OBJETIVOS
Art. 4. La Asociación tendrá como fines:
b)
esta Asociación y que hayan firmado el acta de constitución.
Son asociados activos, las personas que sean aceptadas por la
con los organismos privados, nacionales e internacionales que
Asamblea General y Junta Directiva como miembros de la Asociación,
participen en los correspondientes programas de desarrollo
que paguen las membresías y que se involucren y trabajen en las acti-
comunal.
vidades propias de la Asociación.
Fomentar el espíritu de comunidad, solidaridad y cooperación
Son miembros honorarios, aquellas personas a quienes la Asamblea
mutua entre los vecinos, sus grupos y entidades respecti-
General, que por su iniciativa o a propuesta de la Junta Directiva, les
vas.
c)
Las Terrazas 1 y 2 que hayan estado presentes en el acto constitutivo de
Promover el progreso de la respectiva localidad conjuntamente
DI
a)
Son asociados fundadores, todas las personas vecinos de la Colonia
conceda tal calidad por sus aportes a la Asociación.
Coordinar y cooperar con grupos comunitarios organizados
en la misma jurisdicción en la mayor integración de sus
miembros y la mejor organización de sus actividades.
d)
Art. 6. Son derechos de los asociados:
Impulsar y participar en los programas de capacitación
a)
Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.
promocional de los dirigentes y de los grupos comunales,
b)
Presentar mociones y sugerencias a la Asamblea General.
c)
Ingresar y retirarse voluntariamente de la Asociación.
con el fin de contribuir al mejoramiento de la organización
de la comunidad, la administración de proyectos sociales y
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
82
d)
Elegir y ser electo para un cargo de la Junta Directiva.
e)
Gozar de los servicios y privilegios que realiza y otorgue la
los miembros de la Asociación y las decisiones se tomarán por el voto
de la mayoría de los asistentes. Si no hubiere quórum se hará una nueva convocatoria y se instalará la Asamblea General con el número de
Asociación.
asistentes, siempre que no sea inferior a un tercio de los integrantes de
la misma.
Art. 7. Son deberes de los asociados:
a)
Cooperar con todos los medios promocionales posibles al
Art. 14. Son atribuciones de la Asamblea General:
incremento del número de miembros de la Asociación.
a)
b)
Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea General
Aprobar, reformar o derogar los Estatutos o Reglamentos de
la Asociación.
y Junta Directiva, previa convocatoria de forma legal.
Desempeñar a cabalidad todas las comisiones y cargos que
causas justificadas, ya sea por inasistencia de 4 reuniones
se le encomienden.
continuas.
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d)
Elegir a los miembros de la Junta Directiva y destituirlos por
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b)
c)
Cumplir estos Estatutos y obedecer las disposiciones de
Asamblea General y Junta Directiva, siempre que estén
relacionados con los fines de la Asociación.
c)
Aprobar el presupuesto anual de la Asociación.
d)
Aprobar la memoria de labores de la Asociación, los informes
del Tesorero y los demás que le presente la Junta Directiva.
CAPITULO IV
e)
DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION
Fijar la cuantía de las cuotas ordinarias y extraordinarias de
los asociados según las necesidades de la Asociación, que
no excederá de 1.00 mensual.
Art. 8. El gobierno de la Asociación será ejercido por una Asamblea
General y una Junta Directiva.
f)
Acordar la disolución de la Asociación.
g)
Resolver todo lo no previsto en los presentes Estatutos y Reglamentos y otras disposiciones que emita la Asociación.
CAPITULO V
DE LA ASAMBLEA GENERAL
CAPITULO VI
DE LA JUNTA DIRECTIVA
Art. 9. La Asamblea General será la máxima autoridad de la
O
Asociación y estará integrada por la totalidad de los asociados con una
Art. 15. La Junta Directiva de la Asociación estará formada por
un Presidente; un Vicepresidente; un Secretario; un Prosecretario; un
Tesorero; un Protesorero; un Síndico; un Pro-Síndico y cinco vocales.
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representación de un mínimo de 25 asociados.
Art. 10. La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez al
año en el mes de su nacimiento y extraordinariamente cuando se considere
necesario. Será convocada por la Junta Directiva. La convocatoria podrá
ser por cualquier medio legal evidenciable.
Art. 16. Los miembros de la Junta Directiva, serán electos en sesión
ordinaria de Asamblea General del mes de su nacimiento correspondiente para un periodo de dos años, contados a partir de la fecha de su
nombramiento, pudiendo ser reelectos por otro período igual.
Art. 11. La convocatoria a la Asamblea General Ordinaria se hará
con ocho días de anticipación a la fecha de su realización.
Art. 17. La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez cada
quince días y extraordinariamente cuando se considere conveniente. La
Art. 12. La convocatoria a Asamblea General Extraordinaria será
convocatoria a las sesiones ordinarias de la Junta Directiva se hará con
por lo menos con tres días de anticipación a la fecha de su realización,
tres días de anticipación y para las sesiones extraordinarias con dos días
y contendrá los puntos de agenda.
por lo menos.
Art. 13. Habrá quórum por la asistencia de la mitad más uno de
Art. 18. El quórum para celebrar sesión de Junta Directiva será
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
la asistencia de por lo menos cinco de sus miembros, y para tomar re-
83
de sus cargos por las causas siguientes:
soluciones el voto favorable de la mayoría de los miembros directivos
a)
Inmoralidad comprobada.
b)
Incumplimiento de los Estatutos, Reglamentos y otras dis-
presentes. En caso de empate el presidente tendrá doble voto.
posiciones importantes de la Asociación.
Art. 19. La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:
c)
a)
Administrar el patrimonio de la Asociación.
b)
Velar por el cumplimiento de los Estatutos, resoluciones de
Por cometer cualquier falta o delito en menoscabo de los
intereses de la Asociación.
la Asamblea General y reglamentos de la Asociación.
ración de la Asamblea General.
d)
Art. 22. Cualquier miembro de la Junta Directiva de la Asociación
Elaborar la memoria anual de labores y someterla a conside-
Elaborar el presupuesto anual de la Asociación y someterlo
podrá reelegirse por un período más, si la Asamblea General lo estable-
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ce.
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a consideración de la Asamblea General.
Velar porque todos los asociados cumplan con sus obligaciones
CAPITULO VII
para con la Asociación.
f)
DE LAS ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS
Señalar las fechas de celebración de las sesiones ordinarias
DE LA JUNTA DIRECTIVA
y extraordinarias de la Asamblea General, convocar a los
asociados y elaborar la agenda de las mismas.
g)
Conocer las solicitudes de ingreso de los asociados y presen-
Art. 23.- Son atribuciones del Presidente:
tarla a consideración de la Asamblea General.
a)
h)
Conocer las solicitudes y reclamos de los asociados de
Presidir las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea
General.
acuerdo a disposiciones de los Estatutos y Reglamentos de
b)
la asociación.
i)
Autorizar al presidente y al Síndico para que celebre toda
clase de contrato y convenio de la Asociación, especialmente
c)
los aprobados en Asamblea General.
k)
Elaborar proyectos de Reglamentos de la Asociación, así como
d)
Velar por el cumplimiento de los acuerdos de la Junta
proyectos de reformas a los Estatutos y Reglamentos.
Directiva, de la Asamblea General y de los Estatutos de la
Aprobar los programas de trabajo a desarrollar por la Aso-
Asociación.
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ciación.
l)
Representar legalmente a la Asociación, firmar documentos
y otorgar poderes generales o especiales.
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j)
Convocar a los asociados a sesiones de la Asamblea General
y a los miembros de la Junta Directiva.
e)
Organizar seminarios, cursillos y otros eventos relacionados
Firmar con el Tesorero los cheques y documentos de gastos
de la Asociación debidamente aprobados.
m)
DI
con los fines de la Asociación.
f)
Los demás que le encomiende la Junta directiva.
Resolver todos los asuntos que no sean de la competencia de
la Asamblea General.
Art. 24. Son atribuciones del Vicepresidente:
Art. 20. Para ser miembro de la Junta Directiva de la Asociación
a)
se requiere:
Colaborar con el Presidente en el desempeño de sus funciones.
a)
Ser mayor de edad.
b)
Competencia notoria para el desempeño del cargo.
c)
Observar buena conducta.
c)
Desempeñar las comisiones que el Presidente designe.
d)
Estar solvente en la Asociación.
d)
Las demás que le asignen estos Estatutos y otras disposiciones
Art. 21. Los miembros de la Junta Directiva podrán ser destituidos
b)
Sustituir al presidente en caso de ausencia o impedimento de
éste.
que emitan la Asociación.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
84
Art. 25. Son atribuciones del Secretario:
b)
Colaborar con el Tesorero en el desempeño de sus funciones.
Llevar el libro de acta de las sesiones de la Asamblea General
y de la Junta Directiva.
c)
Extender credenciales y certificaciones de la Asociación que
d)
sean necesarias.
Desempeñar las comisiones que se le asignen.
Las demás que por el desempeño de su cargo le corresponden.
c)
Llevar el archivo de la Asociación.
d)
Enviar a los asociados las convocatorias a sesiones de Asamblea General y Junta Directiva.
e)
Llevar los registros de los Asociados.
f)
Recibir y despachar correspondencia de la Asociación.
Art. 29. Son atribuciones del Síndico:
a)
Velar especialmente por el cumplimiento de las resoluciones de
la Junta Directiva y de la Asamblea General, de los Estatutos
y Reglamentos de la Asociación.
b)
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a)
b)
Colaborar en la elaboración de las reformas de los Estatutos
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y Reglamentos de la Asociación.
Art. 26. Son atribuciones del Pro-Secretario(a):
c)
a)
Colaborar con el secretario en el desempeño de sus labores.
d)
b)
Debe desempeñar las comisiones que el Presidente desig-
Art. 30. Son atribuciones del Pro-Síndico(a):
a)
ne.
d)
Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación.
Sustituir al Secretario(a) en caso de ausencia o impedimento
de éste.
c)
Los demás que le señale la Asamblea General y la Junta
Directiva.
Las demás que le asignen estos estatutos y otras disposiciones
que emita la Asamblea General.
Colaborar con el Síndico en la elaboración de reformas a los
Estatutos y Reglamentos de la Asociación.
b)
Las demás que por el desempeño de su cargo le correspon-
den.
Art. 27. Son atribuciones del Tesorero:
a)
Recibir y guardar los fondos de la Asociación en la institución
bancaria que la Junta Directiva señale.
b)
Art. 31. Son atribuciones de los Vocales:
a)
por cualquier motivo alguno faltare a las sesiones de Junta
Firmar con el presidente los cheques y documentos de gastos
Directiva y asumirán los cargos en el orden correlativo del
de la Asociación debidamente aprobados por la Junta Direc-
primero al quinto.
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tiva.
c)
Elaborar el anteproyecto de presupuesto anual de la Asociación
b)
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e)
Llevar los libros de contabilidad que fueren necesarios.
Desempeñar las comisiones que les asignen la Asamblea
General y la Junta Directiva.
y presentarlo a la Junta Directiva.
d)
Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva cuando
c)
Colaborar con los miembros de la Junta Directiva, en todo
lo que les fuere requerido.
Presentar mensualmente a la Junta Directiva un informe de
los ingresos y egresos de la Asociación.
d)
Las demás que les señalen los Estatutos y Reglamentos de
la Asociación.
f)
Presentar balance de la situación financiera de la Asociación.
g)
Recolección de cuota mensual de los Asociados.
h)
Las demás que por razones de su cargo correspondan.
Art. 28. Son atribuciones del Pro-Tesorero(a):
a)
Sustituir al Tesorero en caso de ausencia o impedimento de
éste.
CAPITULO VIII
DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACION
Art. 32. El patrimonio de la Asociación estará constituido por:
a)
Las contribuciones que aporten los asociados, que se establecerá en el Reglamento Interno.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
b)
Las subvenciones y las aportaciones extraordinarias que
85
serán resueltos en Asamblea General y Junta Directiva en su caso.
provengan de diversas fuentes lícitas.
c)
Los ingresos provenientes de cualquier actividad lícita realizada por la Asociación.
Art. 39. Los presentes estatutos entrarán en vigencia ocho días
después de su publicación en el Diario Oficial.
d)
Bienes muebles e inmuebles que se adquieran a cualquier
título.
Art. 33. Los fondos de la Asociación serán depositados en una
institución financiera, por la cual se abrirá la cuenta a nombre de la
La Infrascrita Alcaldesa de la Ciudad de Ayutuxtepeque,
el Presidente de la Asociación o quien la Junta Directiva designe.
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Asociación, serán manejados con las firmas del Tesorero, Secretario y
CERTIFICA: Que en el libro de Actas y Acuerdos que este Concejo
Municipal lleva durante el presente año, se encuentra el ACTA NUME-
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RO TRECE, de fecha tres de Marzo de dos mil diez, que contiene el
CAPITULO IX
DURACION Y DISOLUCION DE LA ASOCIACION
ACUERDO NUMERO CIENTO TREINTA Y SIETE: El señor Síndico
Municipal informa que ha sido revisada la solicitud y los Estatutos
que ha presentado la Junta Directiva de la Residencial Las Terrazas
1 y 2 de este Municipio, gestionando su aprobación para obtener su
Art. 34. La Asociación se constituye por tiempo indefinido y se
personería jurídica. Este Concejo Municipal, en uso de sus facultades
disolverá por disposición de la ley, cuando los asociados no lleguen por lo
legales y en base a los Artículos 118, 119, 120 y 121 del Código Mu-
menos a veinticinco miembros y por no poder cumplir con los objetivos
nicipal, ACUERDA: a) Otorgar la Personería Jurídica a la Asociación
para lo que ha sido creada y finalmente cuando así lo acuerde en sesión
extraordinaria la Asamblea General, convocada al efecto por lo menos
con el voto favorable de las tres cuartas partes de los Asociados.
de Desarrollo Comunal Residencial Las Terrazas 1 y 2, que se podrá
abreviar "ADESCO TERRAZAS 1 Y 2"; b) Aprobar sus Estatutos que
constan de Diez Capítulos y treinta y nueve (39) Artículos, no habiendo
en ellos ninguna disposición contraria a las leyes de la República, el
orden público, ni las buenas costumbres; c) Autorizar la inscripción de
la liquidación por la Junta Directiva, el remanente de los bienes si lo
la Asociación de Desarrollo Comunal Residencial Las Terrazas 1 y 2,
hubieren, se donarán a una entidad legalmente constituida en el país, que
que podrá abreviarse "ADESCO TERRAZAS 1 Y 2", y su publicación
tenga fines similares y que deberá designarse por la Asamblea General
en el Diario Oficial; y d) Se recomienda que como Asociación Comunal
que acordare la disolución. Si ello no fuere posible el Concejo Municipal
la Directiva se incorpore formando parte de la Red de Desarrollo de
designará al beneficiado.
Ayutuxtepeque; y los diferentes Comités Sectoriales coordinarán sus
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Art. 35. Acordada la disolución de la Asociación y verificada
CAPITULO X
DI
DISPOSICIONES GENERALES
actividades con la Municipalidad. NOTIFIQUESE.
Es conforme con su original, con el cual se confrontó y para los
usos que la Ley establece, se extiende la presente a los cuatro días del
mes de Marzo de dos mil diez.
Art. 36. La Asociación llevará sus libros de registro de afiliados,
de actas, financieros, todos foliados y sellados con una razón de apertura
Licda. BLANCA FLOR AMERICA BONILLA BONILLA,
que contenga el objetivo del libro y al terminar la razón de cierre la cual
ALCALDESA MUNICIPAL.
deberá estar firmada y sellada por el presidente y el secretario.
Lic. SAUL NAPOLEON ARGUETA,
Art. 37. El Secretario de la Junta Directiva tiene la obligación de
enviar al Concejo Municipal, en los primeros quince días posteriores
SECRETARIO MUNICIPAL.
a la elección de Junta Directiva la nómina de nuevos miembros de la
Asociación y dentro de los primeros quince días de cada año para verificar
su funcionamiento.
Art. 38. Los casos que no estén completados en estos Estatutos
(Registro No. F014860)
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
86
ESTATUTOS DE LA ASOCIACION
CAPITULO V
DE DESARROLLO COMUNAL EL PINAR
DE LA ASAMBLEA GENERAL
CAPITULO I
NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO
Art. 8.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la
autoridad máxima de la Asociación y estará integrada por la totalidad
de los miembros Activos y Fundadores.
Art. 1.- Créase en la ciudad de Panchimalco, Departamento de
San Salvador, la Asociación que se denominará ASOCIACION DE
DESARROLLO COMUNAL EL PINAR, de nacionalidad Salvadoreña,
y que podrá abreviarse ADESCOPINAR, siendo una Entidad apolítica,
no lucrativa, ni religiosa, la que en los presentes Estatutos se denominará
" La Asociación" o ADESCOPINAR.
Art. 9.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez
al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Directiva.
Art. 3.- La Asociación se constituye por tiempo indefinido.
CAPITULO II
FINES U OBJETIVOS
Art. 4.- Los fines u objetivos de la Asociación serán:
a)
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Art. 2.- El domicilio de la Asociación será la ciudad de Panchimalco,
Departamento de San Salvador.
La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia del
cincuenta por ciento más uno como mínimo de los Miembros, en primera
convocatoria y en segunda convocatoria el día siguiente con los miembros
que asistan, excepto en los casos especiales en que se requiera mayor
número de asistentes. Las resoluciones las tomará la Asamblea General
por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que
se requiera una mayoría diferente, como el caso del artículo 28.
Promover el desarrollo de la comunidad, a través de programas
sociales, culturales e infraestructura.
Art. 10.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las
sesiones de Asamblea General por motivos justificados podrá hacerse
representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones
es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado.
Art. 11.- Son atribuciones de la Asamblea General:
b)
Fomentar valores y principios de solidaridad y cooperación
mutua entre los habitantes de la comunidad.
a)
Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros
de la Junta Directiva.
c)
Restaurar y conservar los recursos naturales.
b)
d)
Promover la formación técnica de los jóvenes a través de
implementar talleres vocacionales.
Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento
Interno de la Asociación.
c)
Aprobar y/o modificar los planes, programas o presupuesto
anual de la Asociación.
d)
Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la
Asociación, presentada por la Junta Directiva.
e)
Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los
miembros.
f)
Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes
inmuebles pertenecientes a la Asociación.
g)
Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación
y que no estén contemplados en los presentes Estatutos.
CAPITULO III
DEL PATRIMONIO
O
Art. 5.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido por:
Las cuotas de los Miembros.
b)
Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas
naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectivamente.
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c)
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a)
Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las
rentas provenientes de los mismos de conformidad con la
ley.
Art. 6.- El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva
conforme a las directrices que le manifieste la Asamblea General.
CAPITULO VI
DE LA JUNTA DIRECTIVA
Art. 12.- La dirección y administración de la Asociación estará
confiada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente
forma: Un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y
tres Vocales.
CAPITULO IV
DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION
Art. 13.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un
período de dos años pudiendo ser reelectos.
Art. 7.- El gobierno de la Asociación será ejercido por:
a)
La Asamblea General; y
b)
La Junta Directiva.
Art. 14.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al
mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
Art. 15.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda
sesionar será la mitad más uno de sus Miembros y sus acuerdos deberán
ser tomados por la mayoría de los asistentes. En caso de empate, el
presidente tendrá el voto de calidad o voto doble.
87
c)
Extender todas las certificaciones que fueran solicitadas a la
Asociación.
d)
Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las
sesiones.
e)
Ser el órgano de comunicación de la Asociación.
Art. 16.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:
b)
Velar por la administración eficiente y eficaz del patrimonio
de la Asociación.
c)
Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Asociación.
d)
Promover la elaboración de planes, programas, proyectos
y presupuestos de la Asociación e informar a la Asamblea
General.
e)
Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento
Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y
de la misma Junta Directiva.
f)
Nombrar de entre los Miembros de la Asociación los Comités
o Comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento
de los fines de la Asociación.
g)
Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea
General.
h)
Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos
miembros y proponerlos a la Asamblea General.
i)
Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la
Asamblea General.
Art. 17.- Son atribuciones del Presidente:
a)
Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea
General.
b)
Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de
la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los
Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación.
a)
Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga, en
el Banco que la Junta Directiva seleccione.
b)
Deberá revisar los libros de contabilidad de la Asociación.
c)
Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que
la Asociación tenga que realizar.
Art. 21.- Son atribuciones de los Vocales:
Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación,
pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta
Directiva.
a)
Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta
Directiva.
b)
Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso
de ausencia o impedimento.
c)
Los vocales deberán estar presentes en todas las reuniones
ordinarias y extraordinarias que convoque el presidente.
CAPITULO VII
DE LOS MIEMBROS
Art. 22.- Podrán ser miembros todas las personas mayores de dieciocho años, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política,
siempre que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva.
Art. 23.- La Asociación tendrá las siguientes clases de miem-
bros:
a)
Miembros Fundadores.
b)
Miembros Activos.
c)
Miembros Honorarios.
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c)
Art. 20.- Son atribuciones del Tesorero:
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Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los
fines de la Asociación.
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a)
Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la
Asamblea General y de la Junta Directiva.
e)
Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que
tenga que hacer la Asociación.
f)
DI
d)
Presentar la Memoria de Labores de la Asociación y cualquier
informe que le sea solicitado por la misma.
Art. 18.- Son atribuciones del Vicepresidente:
a)
Sustituir al presidente las veces que esté ausente.
b)
Atender las atribuciones que la Junta Directiva le encomiende.
Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que
suscriban el acta de Constitución de la Asociación.
Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas que la Junta
Directiva acepte como tales en la Asociación.
Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que por
su labor y méritos en favor de la Asociación sean así nombrados por la
Asamblea General.
Art. 24.- Son derechos de los miembros Fundadores y Activos:
a)
Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea General.
b)
Optar a cargos directivos llenando los requisitos que señalen
los Estatutos de la Asociación.
c)
Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno
de la Asociación.
Art. 19.- Son atribuciones del Secretario:
a)
Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General
y de Junta Directiva.
b)
Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros
de la Asociación.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
88
CAPITULO X
Art. 25.- Son deberes de los miembros Fundadores y Activos:
Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea
General.
b)
Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de
la Asociación.
c)
Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General.
d)
Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento
Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.
e)
Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno
de la Asociación.
Art. 26.- La calidad de miembro se perderá por las causas siguientes:
Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos
y resoluciones de la Asamblea General.
Art. 30.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos será
necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de los
miembros en Asamblea General convocada para tal efecto.
CAPITULO XI
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 31.- Los documentos sujetos a registro deberán ser presentados
dentro de los quince días siguientes a su formalización.
Art. 32 .- Todo lo relativo al orden interno de la Asociación no
comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y
aprobado por la Asamblea General.
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a)
REFORMA DE ESTATUTOS
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a)
b)
Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea
General merezcan tal sanción.
c)
Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.
CAPITULO VIII
SANCIONES A LOS MIEMBROS,
Art. 33.- La Asociación se regirá por el Código Municipal, las
respetivas Ordenanzas y Acuerdos Municipales del Municipio de
Panchimalco, relacionadas a las ADESCOS, por los presentes Estatutos
y demás disposiciones legales aplicables.
MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES
Y PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN
Art. 34.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día
de su publicación en el Diario Oficial.
Art. 27.- La infracción a estos Estatutos y su Reglamento, acuerdos
y resoluciones de los Órganos de Gobierno dará lugar, según sea el caso
a:
La pérdida de la calidad de Miembro.
b)
La suspensión temporal o definitiva en el cargo que se desempeñe, en cualquiera de los órganos de la Asociación.
c)
La suspensión total o parcial de los servicios que de conformidad con el convenio o contrato el asociado tenga con la
Asociación.
O
a)
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I
El presente capítulo será regulado en el Reglamento Interno que
llevará la Asociación.
CAPITULO IX
DE LA DISOLUCIÓN
Art. 28.- No podrá disolverse la Asociación sino por disposición
de la ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria,
convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo
menos tres cuartas partes de sus miembros.
Acuerdo No. 04-05/05/10.
Vistos los ESTATUTOS DE LA "ASOCIACIÓN DE DESARROLLO COMUNAL EL PINAR DE LA CIUDAD DE PANCHIMALCO", DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, la cual se abrevia
"ADESCOSPINAR", los cuales constan de treinta y cuatro artículos;
y no encontrándose en ellos ninguna disposición contraria a las Leyes
de la República, al orden público, ni a las buenas costumbres; y de
conformidad a los Artículos 30 numeral 13 y 23, y Art. 119 del Código
Municipal, este Concejo en uso de sus facultades legales por unanimidad
ACUERDA: A) APROBAR EN TODAS SUS PARTES LOS ESTATUTOS mencionados y OTORGARLE A DICHA ASOCIACION LA
CALIDAD DE PERSONA JURÍDICA. Y B) Publíquense en el Diario
Oficial. Notifíquese."""""''''''''''''''''''''''''''''''''''''
Dado en la Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de la Ciudad
de Panchimalco, celebrada el día cinco de mayo de dos mil diez.
MARIO MELENDEZ PORTILLO,
Art. 29.- En caso de acordarse la disolución de la Asociación se
nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas
por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los
bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se donarán a cualquier entidad benéfica o cultural que la Asamblea General
señale.
ALCALDE MUNICIPAL.
TERESA DE JESUS ALFARO BARAHONA,
SECRETARIA MUNICIPAL.
(Registro No. F014885)
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
89
SECCION CARTELES OFICIALES
DE PRIMERA PUBLICACIÓN
ACEPTACIÓN DE HERENCIA
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA
TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las diez horas y dieciséis minutos del día tres de mayo del corriente año,
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario,
la herencia intestada, dejada a su defunción por la causante GRISELDA
MOLINA VÁSQUEZ, ocurrida el día seis de diciembre de dos mil
dos, en Colón, lugar de su último domicilio, de parte de los señores
SAYRA LIZZETTE ALVARADO MOLINA o SAYRA LIZZETTE
ALVARADO DE NAJARRO, ANDERSON ERNESTO ALVARADO
MOLINA e ISRAEL ALBERTO ALVARADO MOLINA, en calidad
de hijos de la causante; y se ha conferido a los aceptantes, la administración y la representación interinas de la sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
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HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las
ocho horas con cuarenta minutos del día treinta de abril del presente año,
se han declarado herederos, con beneficio de inventario, de la herencia
intestada dejada a su defunción por la causante NORA VILMA GODOY
GUERRA, conocida por NORA VILMA GODOY DE ALFARO, ocurrida
el día treinta de septiembre de dos mil nueve, en esta ciudad, lugar de su
último domicilio, a los señores JOSÉ ALFREDO ALFARO, MARÍA
MARINA GUERRA viuda DE GODOY, o MARÍA MARINA GUERRA
o MARINA GUERRA, VLADIMIR GIOVANNI ALFARO GODOY,
FRANKLIN LEONEL ALFARO GODOY, CARLOS ROBERTO
ALFARO GODOY y ERCILIA XIOMARA ALFARO GODOY, en
calidad de cónyuge sobreviviente el primero, de madre la segunda e
hijos los demás, todos respecto del causante; y se ha conferido a los
herederos declarados, la administración y la representación definitivas
de la sucesión.-
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA
TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
LT
A
DECLARATORIA DE HERENCIA
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las quince horas
treinta y cinco minutos del día veintisiete de mayo de dos mil diez.- Lic.
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. KARINA
VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.
Of. 1 v. No. 558
AR
I
O
LICENCIADA MARÍA ELISA HERNÁNDEZ PORTILLO, JUEZA
DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE DE TONACATEPEQUE,
AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
DI
AVISA: Que por resolución de las trece horas del día veinte de mayo
del año dos mil diez, se ha declarado heredero definitivo y con beneficio
de inventario de la herencia testamentaria que a su defunción dejó el señor
CASTULO ROMERO conocido por CASTULO ROMERO ELÍAS,
habiendo fallecido el día veintidós de octubre del año de mil novecientos
sesenta y dos, siendo esta ciudad su último domicilio, al señor JOSÉ
MERCEDES ROMERO PARADA, en el carácter de hijo del causante.
Y se ha conferido al heredero declarado la administración y representación definitiva de la sucesión.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque,
a las ocho horas y treinta minutos del día veintisiete de mayo del año
dos mil diez.- Licda. MARGARITA DE LOS ÁNGELES FUENTES
DE SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. ANA
LETICIA ARIAS ZETINO, SECRETARIO.
Of. 1 v. No. 559
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las diez horas cuarenta y cinco minutos del día veinticuatro de mayo de dos mil
diez.- Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.
Br. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 560-1
LICENCIADA MARÍA ELISA HERNÁNDEZ PORTILLO, JUEZA
DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE DE TONACATEPEQUE,
AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y diez
minutos del día veinticinco de mayo del año dos mil diez, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia
intestada que a su defunción dejó el señor NATIVIDAD SANTOS,
fallecido el día ocho de noviembre de mil novecientos ochenta y tres,
siendo la ciudad de Guazapa su último domicilio, de parte de los señores
MARÍA ENCARNACIÓN SANTOS PEREZ y LEONSA SANTOS
PEREZ, como hijos del causante. Y se ha conferido a los aceptantes la
administración y representación interina de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para
que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días
contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario
Oficial.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque,
a los veintiocho días del mes de mayo del año dos mil diez.- Licda.
MARÍA ELISA HERNÁNDEZ PORTILLO, JUEZA DE PRIMERA
INSTANCIA SUPLENTE. Licda. ANA LETICIA ARIAS ZETINO,
SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 561-1
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
90
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
Librado en el Juzgado de lo Civil, Santa Rosa de Lima, a los tres días
ACEPTACIÓN DE HERENCIA
del mes de mayo de dos mil diez.- Lic. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA,
JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ,
Licenciado Ángel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil, del Distrito
SECRETARIO.
Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público
para los efectos de ley,
Of. 3 v. alt. No. 547-2
LT
A
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y cuarenta
minutos del día diez de marzo del presente año, se tuvo por aceptada
JOSÉ ÁNGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE
al fallecer a las cinco horas del día dieciocho de junio del año dos mil
PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN-
seis, en el Cantón Terreritos, Jurisdicción de Anamorós, Departamento
TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PÚBLICO PARA
de La Unión, siendo dicho lugar su último domicilio, dejara el causante
LOS DEMÁS EFECTOS DE LEY,
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expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que
Félix Antonio Flores Reyes, a favor del heredero señor Edwin Antonio
Flores Guzmán, en calidad de hijo del referido causante de conformidad
con los Arts. 988, No. 1º.-
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,
a las nueve horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente
Se le confirió al heredero declarado, en el carácter dicho, la adminis-
tración y representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
y con beneficio de inventario, la herencia intestada de los bienes que
a su defunción acaecida, el día veintiocho de octubre de dos mil ocho,
en Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, siendo Guacotecti, De-
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, a los
partamento de Cabañas, su último domicilio; dejó el señor CARLOS
quince días del mes de marzo de dos mil diez.- Lic. ÁNGEL ALBINO
ANTONIO JOVEL AGUILAR, quien fue de treinta y cinco años de
ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINA CONCEPCIÓN
edad, casado, empleado, hijo de Carlos Reynaldo Aguilar y de María
MARTÍNEZ, SECRETARIA.
Santos Jovel, conocida por María Santos Jovel Membreño y por Santos Jovel, originario de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas;
de parte de la señora MARÍA ESPERANZA ZAVALA DE JOVEL,
Of. 3 v. alt. No. 546-2
como Cesionaria de los Derechos Hereditarios que en calidad de madre
y cónyuge del causante respectivamente le correspondían a las señoras
MARÍA SANTOS JOVEL conocida por MARÍA SANTOS JOVEL
O
MEMBREÑO y por SANTOS JOVEL; y MARLING CRUZ viuda DE
AR
I
LICENCIADO ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL,
JOVEL; representada por la Licenciada MARTA DELMY QUINTEROS
HERNÁNDEZ, como Defensora Pública de los Derechos Reales y Per-
TAMENTO DE LA UNIÓN, al público para los efectos de ley,
sonales de la señora Procuradora General de la República. Habiéndosele
DI
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ROSA DE LIMA, DEPAR-
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las nueve
horas del día veintisiete de abril del corriente año, se tuvo por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que al
fallecer el causante Felipe Humberto Rodríguez Cruz, el día veintiséis
de abril de mil novecientos ochenta, en el Cantón San Sebastián, de esta
conferido a la aceptante la administración y representación INTERINA
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida sucesión, a fin de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia
dentro del plazo de quince días contados, a partir del siguiente al de la
última publicación de este edicto.
jurisdicción, Departamento de La Unión, siendo dicho lugar su último
domicilio, dejara a favor de la señora Olga Marina Rodríguez de Parada,
en concepto de hermana del expresado causante, de conformidad con
el Art. 988 No. 3º del Código Civil. Se le confirió a la aceptante en el
carácter dicho la administración y representación interina de los bienes de
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los
veintiséis días del mes de mayo de dos mil diez.- Lic. JOSÉ ÁNGEL
POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. HUGO
ERNESTO MENA HERNÁNDEZ, SECRETARIO.
la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores
de la herencia yacente.
Of. 3 v. alt. No. 548-2
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
91
DE TERCERA PUBLICACIÓN
el señor FÉLIX ANTONIO SORIANO, conocido por FÉLIX ANTO-
ACEPTACIÓN DE HERENCIA
NIO SORIANO BORJA, quien falleció a las ocho horas con cincuenta
minutos del día nueve de Marzo de dos mil nueve, en Hacienda La
LIC. MORENA CONCEPCIÓN LAÍNEZ RAMÍREZ, JUEZ DE PRI-
Pita, Kilómetro cuarenta y uno, Carretera Troncal del Norte, El Paisnal,
MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
San Salvador, de parte de la señora MARÍA BRIGIDA BENITES DE
SORIANO, conocida por MARÍA BRIGIDA BENITEZ DE SORIANO
Y MARÍA BRIGIDA BENITES, la menor MARÍA GUADALUPE
cuenta minutos del día de hoy dictada por este Juzgado, se ha tenido
SORIANO BENITEZ, representada por su madre MARÍA BRIGIDA
por aceptada y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su
BENITES, y JUAN FRANCISCO SORIANO BENITEZ, la primera
defunción dejo el señor CRISANTO CASCO LÓPEZ, quien falleció a
en la calidad de cónyuge sobreviviente del causante y los demás como
las diez horas con diez minutos del día once de Febrero del año dos mil
hijos sobrevivientes del causante.
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HACE SABER. Que por resolución de las diez horas con cin-
siete, en el Cantón El Sicahuite, del Municipio de Las Vueltas, de este
Departamento, de parte de la señora MARÍA ROSARIO PALMA DE
CASCO, en la calidad de cónyuge sobreviviente del causante y como
Se confiere a los herederos declarados la administración y repre-
sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de
los Curadores de la Herencia Yacente.
Cesionaria de los Derechos Hereditarios que le correspondían al señor
Lo que se pone del conocimiento del público, para los efectos de
IGNACIO DE JESÚS PALMA CASCO, como hijo sobreviviente del
ley.
causante.
Se confiere a la heredera declarada la administración y represen-
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a las
tación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
once horas con diez minutos del día veinticinco de Mayo del dos mil
Curadores de la Herencia Yacente.
diez.- Licda. MORENA CONCEPCIÓN LAÍNEZ RAMÍREZ, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA. Lic. EDWIN EDGARDO RIVERA CASTRO,
Lo que se pone del conocimiento del público, para los efectos de
SECRETARIO.
ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a las
diez horas con cincuenta y cinco minutos del día veinticinco de Mayo del
Of. 3 v. alt. No. 536-3
O
dos mil diez.- Licda. MORENA CONCEPCIÓN LAÍNEZ RAMÍREZ,
AR
I
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. EDWIN EDGARDO RIVERA
Licda. MARÍA ELENA LOVO ÁNGEL DE AVALOS, JUEZ DE PRI-
DI
CASTRO, SECRETARIO.
MERA INSTANCIA INTERINA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
Of. 3 v. alt. No. 535-3
HACE SABER. Que por resolución de las nueve horas con veinte
minutos del día de hoy dictada por este Juzgado, se ha tenido por aceptada
LIC. MORENA CONCEPCIÓN LAÍNEZ RAMÍREZ, JUEZ DE PRI-
y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción
MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
dejo el señor OSCAR CRESPÍN FUENTES, quien falleció a las veintitrés
horas con diez minutos del día nueve de septiembre de mil novecientos
HACE SABER. Que por resolución de las once horas con cinco
minutos del día de hoy dictada por este Juzgado, se ha tenido por aceptada
y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejo
noventa y nueve, en el Cantón Teosinte, de esta ciudad, siendo Arcatao su
último domicilio, de parte del señor CAYETANO CRESPÍN ALEMÁN,
en la calidad de Padre sobreviviente del causante.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
92
Se confiere al heredero declarado la administración y representación
interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores
Licda. MARÍA ELENA LOVO ÁNGEL DE AVALOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA INTERINA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
de la Herencia Yacente.
Lo que se pone del conocimiento del público, para los efectos de
HACE SABER. Que por resolución de las catorce horas con
ley.
veinte minutos del día de hoy dictada por este Juzgado, se ha tenido
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a las
diez horas con veinticinco minutos del día diecisiete de Mayo del dos
mil diez.- Licda. MARÍA ELENA LOVO ÁNGEL DE AVALOS, JUEZ
su defunción dejó la señora ROSA BONILLA AYALA, quien falleció
a las veintiuna horas con treinta minutos del día veintiséis de mayo de
dos mil siete, en el Cantón Guarjila de esta ciudad, siendo esta ciudad
LT
A
DE PRIMERA INSTANCIA INTERINA. Lic. EDWIN EDGARDO
por aceptada y con beneficio de inventario la herencia intestada que a
RIVERA CASTRO, SECRETARIO.
su último domicilio, de parte de los señores MARÍA CECILIA DUBÓN
DE ORELLANA, MARÍA CORINA DUBÓN DE NOLASCO, MARÍA
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Of. 3 v. alt. No. 537-3
CRUZ DUBÓN DE ORELLANA Y EFRAIN DUBÓN BONILLA, en
la calidad de hijos sobrevivientes del causante.
Se confiere a los herederos declarados la administración y repre-
Licda. MARÍA ELENA LOVO ÁNGEL DE AVALOS, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de
los Curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se pone del conocimiento del público, para los efectos de
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con veinti-
cinco minutos del día diecisiete de este mes, dictada por este Juzgado,
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario,
la herencia intestada que a su defunción dejó el señor LUIS DUBÓN
DUBÓN, quien falleció a las seis horas con treinta minutos del día
veintinueve de Marzo del año dos mil, en el Caserío La Joya, de esta
ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a las
catorce horas con treinta minutos del día catorce de Mayo del dos mil
diez.- Licda. MARÍA ELENA LOVO ÁNGEL DE AVALOS, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA INTERINA. Lic. EDWIN EDGARDO
jurisdicción, siendo esta ciudad de Chalatenango, su último domicilio;
RIVERA CASTRO, SECRETARIO.
de parte de los señores MARÍA CECILIA DUBÓN DE ORELLANA,
MARÍA CORINA DUBÓN DE NOLASCO, MARÍA CRUZ DUBÓN
O
DE ORELLANA Y EFRAIN DUBÓN BONILLA, en sus conceptos de
Of. 3 v. alt. No. 539-3
AR
I
hijos sobrevivientes del citado causante.
DI
Se confiere a los herederos declarados la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de
los Curadores de la herencia yacente.
LIC. MARÍA ELENA LOVO ÁNGEL DE AVALOS, JUEZ DE PRI-
Lo que se pone al conocimiento del público para los efectos de
MERA INSTANCIA INTERINA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango, a las
HACE SABER. Que por resolución de las diez horas con diez mi-
diez horas con cincuenta minutos del día diecisiete de Mayo del dos mil
nutos del día de hoy dictada por este Juzgado, se ha tenido por aceptada
diez.- Licda. MARÍA ELENA LOVO ÁNGEL DE AVALOS, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA. Lic. EDWIN EDGARDO RIVERA CASTRO,
SECRETARIO.
y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción
dejó el señor JUAN FRANCISCO MONTERROSA MONTERROSA,
quien falleció a las nueve horas con veinticinco minutos del día nueve
de Septiembre de mil novecientos noventa y seis, en el Hospital Rosa-
Of. 3 v. alt. No. 538-3
les, de parte de FRANCISCA ANTONIA MONTERROSA RAUDA
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
93
viuda DE MONTERROSA y OSCAR ANTONIO MONTERROSA
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango, a las
MONTERROSA, la primera en calidad de Madre sobreviviente y el
once horas con veinticinco minutos del día veinticuatro de Mayo del
segundo en la calidad de hijo sobreviviente del causante.
dos mil diez. Licda. MORENA CONCEPCIÓN LAÍNEZ RAMÍREZ,
Se confiere a la heredera declarada la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. EDWIN EDGARDO RIVERA
CASTRO, SECRETARIO.
Curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se pone del conocimiento del público, para los efectos de
Of. 3 v. alt. No. 541-3
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a
las diez horas con quince minutos del día cuatro de Mayo del dos mil
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HERENCIA YACENTE
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A
ley.
diez.- Licda. MARÍA ELENA LOVO ÁNGEL DE AVALOS, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA INTERINA. Lic. EDWIN EDGARDO
RIVERA CASTRO, SECRETARIO.
HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.-
Of. 3 v. alt. No. 540-3
HACE SABER: Que en este Tribunal, se ha presentado la Licencia-
da ELSIE KARINA MONTES PINEDA, en su concepto de Defensora
Licda. MORENA CONCEPCIÓN LAÍNEZ RAMÍREZ, JUEZ DE
Pública de Derechos Reales y Personales del señor Procurador General de
PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
la República, pidiendo que se Declare Yacente, la herencia de los bienes
que a su defunción dejó el señor JOSÉ EDUARDO MENÉNDEZ, quien
fue de sesenta y ocho años de edad, empleado, soltero, siendo su último
HACE SABER: Que por resolución de las once horas con quince
domicilio la ciudad de Chalchuapa; falleció el día seis de octubre de dos
minutos del día veinticuatro de este mes, dictada por este Juzgado, se
mil nueve, sin haber formulado Testamento alguno y hasta la fecha no se
ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la
ha presentado ninguna persona aceptando o repudiando dicha herencia,
AR
I
O
herencia intestada que a su defunción dejó el señor PEDRO MEJÍA,
por lo que se ha Declarado Yacente la Herencia, habiéndose nombrado
quien falleció a las dieciocho horas con veinticinco minutos del día
DI
veintisiete de Noviembre del año dos mil siete, en el Hospital Nacional
de Ilobasco, siendo la población de Nombre de Jesús, municipio de este
Curador de la misma, al Licenciado JOSÉ ANIBAL CÁRCAMO VEGA,
a quien se le juramentó y se le discernió el cargo.Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Departamento, su último domicilio; de parte de las señoras MARÍA
CLOTILDE MEJÍA RAUDA Y MARÍA RAUDA viuda DE MEJÍA,
la primera en su calidad de hija sobreviviente del citado causante y la
segunda en su calidad de cónyuge sobreviviente de dicho causante.
Ley.Librado en el Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las diez horas
cuarenta minutos del día veintisiete de abril de dos mil diez.- Enmen-
Se confiere a las herederas declaradas la administración y repre-
dado.- sesenta- vale.- Lic. HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA,
sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de
JUEZ DE LO CIVIL. Lic. HENRY OVIDIO GARCÍA RODRÍGUEZ,
los Curadores de la herencia yacente.
SECRETARIO.
Lo que se pone al conocimiento del público para los efectos de
ley.
Of. 3 v. alt. No. 542-3
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
94
SECCION CARTELES PAGADOS
DE PRIMERA PUBLICACIÓN
DECLARATORIA DE HERENCIA
Y se le ha conferido a la heredera mencionada en la calidad dicha
la Administración y Representación Definitiva de la sucesión.
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL,
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veinte días del
BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ,
SECRETARIO.
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de este día, la señora GILBERTA ORTIZ DE RUBIO, conocida por
LT
A
mes de abril de dos mil diez.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES
AVISA: Que por resolución de las doce horas y cinco minutos
GILBERTA ORTIZ REYES, en calidad de cónyuge sobreviviente del
causante, ha sido declarada Heredera Definitiva, con beneficio de inven-
tario, en la herencia intestada que a su defunción dejó el señor RUFINO
1 v. No. C003972
RUBIO, conocido por RUFINO RUBIOS; quien falleció el día once de
junio de dos mil nueve, en el Caserío Las Chachas, Cantón El Jícaro,
de este Departamento, siendo ese lugar su último domicilio, de parte de
la señora GILBERTA ORTIZ DE RUBIO, conocida por GILBERTA
ORTIZ REYES, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante.
Y se le ha conferido a la heredera declarada, la Administración y
Departamento de Santa Ana, con Oficina Ubicada en Segunda Avenida
Norte, Entre Cuarta y Sexta Calle Poniente, Número Diez Santa Ana.
Representación Definitiva de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintiún días del
mes de abril de dos mil diez.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES
BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ,
SECRETARIO.
JOSÉ FRANCISCO JOYA GÓMEZ, Notario, del domicilio de Santa Ana,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las nueve horas del día veintidós del mes noviembre del año dos mil
nueve, y a petición del Licenciado Mario Alberto Galiano Salazar, quien
ha comparecido en el correr de las diligencias de aceptación de herencia
por la vía notarial, en calidad de Apoderado General Judicial con Cláu-
AR
I
O
1 v. No. C003971
DI
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
sula Especial en nombre y representación del señor JORGE ERNESTO
DUARTE POLANCO, en tal razón se ha declarado al señor JORGE
ERNESTO DUARTE POLANCO como HEREDERO DEFINITIVO
con beneficio de inventario de la herencia intestada respecto a los bienes
que a su defunción dejó la causante señora SARA EVA DUARTE CARDONA, quien a la fecha de su fallecimiento fue de cincuenta y cuatro
años de edad, de oficios domésticos, soltera, originaria del Municipio
AVISA: Que por resolución proveída a las diez horas y quince
minutos de este día la señora DILIA HIRMA TORRES DE RIVERA
de Texistepeque, Departamento de Santa Ana, de la República de El
conocida por DILIA IRMA TORRES, ha sido declarada heredera
Salvador, siendo éste su último domicilio en El Salvador, y habiendo
definitiva con beneficio de inventario en la herencia intestada que dejó
fallecido en HYATTSVILLE, MARYLAND ESTADOS UNIDOS DE
la señora SANTOS GABRIELA TORRES, conocida por SANTOS
AMÉRICA, el día veintisiete de febrero del año dos mil uno, sin haber
TORRES, quien falleció el día dieciocho de mayo de dos mil dos, en la
formulado testamento alguno, tal como corre y agregada a la presente
Residencial Metrópolis Norte, Senda Seis Oriente, casa número diecisieteF Mejicanos, San Salvador, siendo el Departamento de La Unión, su
último domicilio, de parte de la señora DILIA HIRMA TORRES DE
RIVERA, conocida por DILIA IRMA TORRES, en calidad de hija de
la causante.
diligencia la solicitud inicial por medio del Apoderado antes expuesto
y haber declarado bajo juramento y su propia responsabilidad el señor
JORGE ERNESTO DUARTE POLANCO, que es el único hijo sobreviviente de la referida causante.
95
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
Y por tanto se le concede la Representación y Administración
EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de Ley.
Definitiva de la sucesión antes citada.
Por lo que se avisa al publico para los efectos de Ley.
AVISA: Que por resolución de las diez horas y treinta y cinco
minutos de este día, se ha declarado heredera definitiva con beneficio
Librado en la ciudad de Santa Ana, Departamento de Santa Ana,
de inventario a la señora ROSA DEISY CORTEZ HUEZO, en calidad
de hija de la causante, como cesionaria de los derechos hereditarios que
a los tres días del mes de junio del año dos mil diez.
le correspondían al señor JOSE ATILIO CORTEZ HUEZO, en calidad
de hijo de la causante, en la herencia Intestada que dejó al fallecer la
JOSÉ FRANCISCO JOYA GÓMEZ,
señora MARIA HERMINIA CORTEZ, al fallecer el día veinte de enero
del año dos mil cinco, en la Colonia Río Rosa, de esta ciudad, siendo
NOTARIO.
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A
esta ciudad de Usulután, su último domicilio.
Confiriéndole a la heredera declarada la Administración y Representación Definitiva de dicha sucesión con las facultades de Ley.
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1 v. No. C003986
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los
DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
tres días del mes de mayo del año dos mil diez.- LIC. JOSE ANTONIO
DISTRITO JUDICIAL.
GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN
HERNANDEZ, SECRETARIA.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas tres minutos
del día veintinueve de abril de dos mil diez, se ha declarado HERE-
1 v. No. F014836
DERO DEFINITIVO ab-intestato con beneficio de inventario al señor
SALVADOR GONZALEZ DIAZ, en su calidad de hijo, y además en su
carácter de cesionario de los derechos hereditarios que en la sucesión le
correspondían a las señoras OTILIA DIAZ DE GONZALEZ y ROMELIA
FIDELINA DEL ROSARIO ANAYA DE BARILLAS, Notario, con
SUSANA GONZALEZ DIAZ, la primera como cónyuge sobreviviente
Oficina situada en Sexta Calle Oriente, No. cinco-cuatro, Jurisdicción
y la segunda en calidad de hija del causante señor JUAN GONZALEZ
de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, al público, para los
RUMALDO, conocido por JUAN GONZALEZ RUMUALDO, fallecido a
efectos legales.
las diecisiete horas del día trece de marzo de dos mil seis, en el Caserío El
O
Molino, Cantón El Níspero, Jurisdicción de Tacuba, su último domicilio;
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I
y no se confía definitivamente al heredero declarado la administración
y Representación de la sucesión, hasta que rinda fianza suficiente para
garantizar el derecho o cuota que en la misma les corresponde a los
DI
señores JOSÉ FLORENCIO, MARÍA MAGDALENA y MAURA, los
tres de apellidos GONZÁLEZ DÍAZ, de conformidad al Art. 1166 Inc.
HACE SABER: Que este día se han declarado Herederos Definitivos
con Beneficio de Inventario, de la Herencia Intestada que a su defunción,
a las diez horas y cincuenta y dos minutos del día dieciséis de junio de
dos mil nueve, en esta ciudad y Departamento, siendo su último domicilio
la ciudad de Mejicanos, Departamento de San Salvador, dejó el señor
MANUEL FRANCISCO BENITEZ ARIAS, quien fue de cincuenta y
3° del Código Civil.
seis años de edad, Licenciado en Biología, casado, salvadoreño, origiLo que se pone en conocimiento del público para los fines de
Ley.
nario de la ciudad y Departamento de San Salvador, hijo de los señores
MANUEL BENITEZ ROMERO y SOCORRO ARIAS GOMEZ, quien
falleciera en el Hospital de Oncología del Seguro Social, de San Salvador,
JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las ocho horas diez
minutos del día veintinueve de abril del año dos mil diez.- DR.- JULIO
CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- CLAUDIA LELIN GUEVARA
a consecuencia de NEUMONÍA DE LA COMUNIDAD, CANCER
DE ESÓFAGO, de parte de los señores SOCORRO ARIAS GOMEZ
DE BENITEZ, ANA DELFINA HERRERA DE BENITEZ; MAURA
LEONOR BENITEZ HERRERA; MANUEL FRANCISCO BENITEZ
DE PEÑATE, SECRETARIA.
HERRERA y CLAUDIA DELFINA BENITEZ HERRERA; la primera
actuando en calidad de madre, la segunda en calidad de cónyuge y los
1 v. No. C004006
tres últimos en calidad de hijos.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
96
Se les ha conferido a los Herederos declarados la Administración
LICENCIADO FREDY ARMANDO RODRIGUEZ TOBAR, Notario,
del domicilio de Ahuachapán, con Oficina establecida en Cuarta Avenida
y Representación Definitiva de la sucesión.
Publíquese y protocolícese esta declaratoria y extiéndase el testi-
Sur Número uno guión diez "A", de la ciudad de Ahuachapán.
monio de Ley.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
San Salvador, a los veinticinco días del mes de mayo del dos mil
a las nueve horas del día uno de junio de dos mil diez, se ha declarado
HEREDERA DEFINITIVA AB-INTESTATO, CON BENEFICIO DE
diez.
INVENTARIO de la señora JULIA ENRRIQUETA AREVALO, cono-
LT
A
cida por JULIA ENRIQUETA AREVALO, quien falleció a las nueve
horas treinta minutos del día once de febrero de dos mil diez, siendo su
NOTARIO.
último domicilio la ciudad de Concepción de Ataco, Departamento de
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LIC. FIDELINA DEL ROSARIO ANAYA DE BARILLAS,
Ahuachapán, y cuya residencia fue en el Barrio El Calvario, de la ciudad
de Concepción de Ataco, a la señorita GLENDA JOSEFINA AREVALO
1 v. No. F014839
HERNANDEZ, en concepto de cesionaria de los derechos hereditarios
que le correspondían al señor JOSÉ EDILBERTO AREVALO, en calidad
de hermano de la causante.
Y se le confirió a la heredera declarada la Administración y Re-
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al
presentación Definitiva de la sucesión.
público para los efectos de Ley.
Librado en la Oficina del suscrito Notario, Licenciado Fredy
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y quince
Armando Rodríguez Tobar, a las diez horas del día uno de junio de dos
minutos del día veintisiete de mayo del año dos mil diez, se ha declara-
mil diez.
do a los señores JOSÉ EMILIO SALINAS AMAYA o JOSÉ EMILIO
SALINAS, JULIO ENCARNACIÓN SALINAS o JULIO ENCAR-
NACIÓN SALINAS RODRÍGUEZ y ULISES DE JESÚS SALINAS o
ULISES DE JESÚS SALINAS RODRÍGUEZ, herederos beneficiarios
LIC. FREDY ARMANDO RODRIGUEZ TOBAR,
NOTARIO.
O
e intestados de los bienes dejados a su defunción por la causante JULIA
AR
I
DOLORES RODRÍGUEZ, conocida por DOLORES RODRÍGUEZ,
quien falleció el día ocho de agosto de dos mil nueve, en el Barrio San
1 v. No. F014864
DI
José, de la ciudad de Zacatecoluca, su último domicilio, el primero en
concepto de cónyuge de la causante y los demás como hijos de ésta.
Confiéranse a los herederos que se declaran, en el carácter anteriormente mencionado, la Administración y Representación Definitiva
EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de Ley.
de la sucesión.
AVISA: Que por resolución de las diez horas y treinta y cinco
JUZGADO DE LO CIVIL, Zacatecoluca, veintisiete de mayo del
dos mil diez.- DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.-
minutos de este día, se ha declarado heredero definitivo con beneficio
de inventario al señor FRANCISCO AGUILAR SOLIZ, conocido por
FRANCISCO AGUILAR, y por FRANCISCO AGUILAR SOLIS,
JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
en calidad de cónyuge sobreviviente de la causante, en la herencia
intestada que dejó al fallecer la señora: MARIA JULIA FERNANDEZ
1 v. No. F014841
DE AGUILAR, el día diecinueve de noviembre del año dos mil nueve
97
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
en el Hospital de Especialidades Nuestra Señora de la Paz, de la ciudad
de San Miguel, siendo esta ciudad de Usulután, su último domicilio.
Confiriéndole al heredero declarado la Administración y Representación Definitiva de dicha sucesión con las facultades de Ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután a los
dieciocho días del mes de mayo del año dos mil diez.- LIC. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL
SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.
MARGARITA MARÍA POCASANGRE LÓPEZ, ahora MARGARITA MARÍA POCASANGRE viuda DE MONZÓN, en su concepto de
cónyuge sobreviviente del causante, JORGE RICARDO MONZÓN
POCASANGRE y LUIS ALBERTO MONZÓN POCASANGRE, en su
concepto de hijos sobrevivientes del causante y los tres además en calidad de cesionarios de ERICK ROBERTO MONZÓN POCASANGRE.
HEREDEROS DEFINITIVOS con beneficio de inventario de los bienes
que a su defunción ocurrida en la ciudad de San Salvador, como su último domicilio, el día veintitrés de noviembre de dos mil nueve, dejara
el señor JORGE ALBERTO MONZÓN ARAGON.
Habiéndoles concedido la Representación y Administración Definitiva de la referida sucesión.
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1 v. No. F014877
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Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
San Salvador, a los treinta y un días del mes de mayo de dos mil
EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL, AL PUBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY.
diez.
ALDO APOLO AQUINO GUARDADO,
AVISA: Que por resolución de las diez horas y dieciocho minutos
de este día se ha DECLARADO HEREDERO DEFINITIVO con beneficio de inventario al señor LUIS ALBERTO ARIAS MELENDEZ,
en calidad de HEREDERO TESTAMENTARIO de la causante y
como cesionario del derecho hereditario que le correspondían al señor
DELFÍN MELÉNDEZ PARADA, como heredero testamentario de la
misma causante señora MARIA PASTORA PARADA conocida por
PASTORA PARADA y por PASTORA PARADA DE MELENDEZ y
como MARIA PASTORA PARADA viuda DE MELENDEZ, al fallecer
el día dieciséis de julio del año dos mil uno, en la Colonia Cruz, de esta
ciudad, siendo esta misma ciudad su último domicilio.
Confiérasele al aceptante dicho la Administración y Representación Definitiva de la sucesión, con las restricciones y facultades de los
curadores de la Herencia Yacente.
DI
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LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los tres
días del mes de mayo del dos mil diez.- LIC. JOSE ANTONIO GÁMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN
HERNANDEZ, SECRETARIA.
1 v. No. F014881
NOTARIO.
1 v. No. F014890
CESAR EMILIO GUZMAN MAGARIN, Notario, de este domicilio,
con oficina situada sobre Calle Los Almendros, número trece, Colonia
Ciudad Jardín, de la ciudad de San Miguel.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las once horas del día diecisiete de mayo del corriente año, se ha
declarado a la señora MARINA IDALIA MAJANO LAZO, Heredera
con Beneficio de Inventario de los bienes que a su defunción dejó el
señor PORFIRIO LAZO, conocido por PORFIRIO LAZO SANCHEZ,
acaecido el día dieciocho de julio del año dos mil siete, en la Sexta
Avenida Norte, casa número cuatrocientos cuatro, Barrio La Cruz, San
Miguel, a consecuencia de un paro respiratorio sin asistencia médica;
en su calidad de hija sobreviviente del causante.
Habiéndole concedido la Representación y Administración Definitiva de la referida sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
ALDO APOLO AQUINO GUARDADO, Notario, de este domicilio,
con Oficina ubicada en Colonia Buenos Aires, Veintinueve Avenida
Norte, número mil ciento treinta, San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a
las ocho horas con treinta minutos del día doce de abril del presente año,
se ha declarado a los señores MARGARITA MARÍA POCASANGRE
DE MONZÓN, quien en la Partida de Nacimiento y de Defunción que
se utilizan en las Diligencias de Aceptación de Herencia aparece como
Librado en la ciudad de San Miguel, a los dieciocho días del mes
de mayo del dos mil diez.
CESAR EMILIO GUZMAN MAGARIN,
NOTARIO.
1 v. No. F014896
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
98
JOSE ALFREDO GARCIA GONZALEZ, Notario, de este domicilio,
ACOSTA, conocida por BLANCA ETHELVINA ACOSTA JIMENEZ,
con oficina situada en el Blvd. Tutunichapa y Av. Dr. Emilio Álvarez,
y por BLANCA ETHELBINA JIMENEZ ACOSTA DE UMANZOR,
Edif. Las Américas local 201-B, de esta ciudad, al público para los
ROSA LOURDES JIMENEZ ACOSTA conocida por ROSA LOUR-
efectos de ley.
DES JIMENES y CESAR ALBERTO JIMENEZ ACOSTA conocido
por CESAR ALBERTO ACOSTA, en calidad de hijos del causante, y
se le ha conferido al heredero declarado en el carácter antes indicado,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario pronunciada
la administración y representación definitivas de la sucesión.
a las trece horas del día veintiocho de mayo del año dos mil diez, se han
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
declarado Herederos Testamentarios con Beneficio de Inventario a los
señores: NELLY MEYER VDA. DE LACAYO, conocida por NELLY
Ley.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las diez
por NELLY MEYER, JOSE OSCAR LACAYO MEYER, EVA MARIE
horas y quince minutos del día doce de abril del dos mil diez.- Dra. MARIA
NELLY LACAYO DE ANDERSON, conocida por EVA MARIE NELLY
ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE
LACAYO ANDERSON, EVA MARIE NELLY LACAYO MEYER,
LO CIVIL.- Licda. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.
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MEYER DE LACAYO, NELLY MEYER AREVALO DE LACAYO y
EVA MARIA NELLY LACAYO MEYER, EVA MARIE NELLY
LACAYO ANDERSON, NELLY LACAYO ANDERSON, NELLY L.
ANDERSON, y por NELLY ANDERSON; y ANA SILVIA LACAYO
1 v. No. F014921
DE VARELA, como esposa e hijos respectivamente, de los bienes que
a su defunción dejó el Doctor OSCAR LACAYO ROSALES; y se ha
conferido a los Herederos declarados la representación y administración
definitivas de la Sucesión.
Librado en la ciudad de San Salvador, a los veintinueve días del
JORGE EFRAIN CAMPOS COELLO, Notario, de este domicilio, con
oficina ubicada en la Novena Calle Poniente, número trescientos nueve,
mes de mayo del año dos mil diez.
Barrio La Merced, de esta ciudad,
JOSE ALFREDO GARCIA GONZALEZ,
AVISA: Que por resolución del suscrito notario, proveída a las
NOTARIO.
quince horas del día cinco de mayo de dos mil diez, se declaró HEREDERA EXPRESAMENTE, CON BENEFICIO DE INVENTARIO,
1 v. No. F014912
de la Herencia Intestada, que a su defunción dejó el señor ELIAS
JOYA HERNANDEZ conocido por ELIAS JOYA, quien falleció a
AR
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las cuatro horas con treinta minutos del día veintinueve de Diciembre
DI
MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL,
de mil novecientos noventa y nueve, en su residencia situada en el mil
cuatrocientos veintitrés Oeste de la Calle Veinte de la ciudad de Los
Ángeles, Estado de California, Estados Unidos de América, siendo su
último domicilio en El Salvador, Jocoro, departamento de Morazán, a la
señora MARIA ROMELIA PERLA VIUDA DE JOYA antes MARIA
ROMELIA PERLA DE JOYA, en calidad de Cónyuge sobreviviente
AVISA: Que por resolución de las diez horas y trece minutos del
día doce de abril del dos mil diez, se han declarado herederos expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada que a
su defunción dejó el señor CESAR AUGUSTO JIMENEZ conocido
por CESAR AUGUSTO JIMENEZ GUTIERREZ, quien falleció a las
diez horas treinta minutos del día cinco de Julio de mil novecientos
noventa y siete, en la Colonia Belén de la Ciudad de San Miguel, siendo este lugar su último domicilio, a los señores JAIME CONRADO
y como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían
a los señores Melvy Aracely Joya conocida por Melvy Aracely Joya
Perla, María Auxiliadora Joya conocida por María Auxiliadora Joya
Perla hoy de Sánchez, Patricia Margarita Joya conocida por Patricia
Margarita Joya Perla hoy de Lurence, Walter Elías Joya conocido por
Walter Elías Joya Perla, en calidad de hijos del causante, confiriéndosele
a la heredera declarada en el carácter antes indicado la administración y
representación DEFINITIVAS de la sucesión.
JIMENEZ, conocido por JAIME CONRADO JIMENEZ ACOSTA,
RHINA ELIZABETH JIMENEZ DE AGUILAR, conocida por RHINA
ELIZABETH JIMENEZ ACOSTA, BLANCA ETHELVINA JIMENEZ
Que se hace del conocimiento del público para los efectos de
ley.
99
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
Librado en la oficina del Notario JORGE EFRAIN CAMPOS
COELLO, San Miguel, a las nueve horas del día seis de mayo de dos
LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ
DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO.
mil diez.
AVISA: Que por resolución de las catorce horas y cincuenta y
Lic. JORGE EFRAIN CAMPOS COELLO,
NOTARIO.
cinco minutos del día once de mayo del presente año, se ha declarado
HEREDERA DEFINITIVA con beneficio de inventario de la herencia
intestada que a su defunción dejó el señor JOAQUIN ANTONIO
1 v. No. F014924
PEREZ, quien fue de ochenta y ocho años de edad, jornalero, soltero,
originario de La Reina; fallecido el día catorce de octubre del año dos
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mil seis y siendo su último domicilio esta Ciudad, de parte de la señora
TERESA PEREZ GIL, en concepto de hija del causante y representada
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por el Licenciado JORGE AMADO ALAS ALAS. Confiriéndosele a la
JOSÉ HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
aceptante la administración y representación definitiva de la sucesión.
DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE
LEY,
Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
AVISA: Que por la resolución de las quince horas y cuarenta y tres
minutos del día doce de abril del presente año, se declaró DEFINITIVAMENTE herederos y con beneficio de inventario de la HERENCIA
JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las quince horas
INTESTADA de los bienes que a su defunción dejó la causante EVELYN
y cinco minutos del día once de mayo del año dos mil diez.- Lic.
JANET MOLINA DE PALACIOS, quien falleció en el Hospital Mili-
MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL
tar, a las tres horas del día nueve de agosto de dos mil ocho, siendo su
DE DELGADO.- Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS,
último domicilio esta ciudad; al señor JUAN FRANCISCO PALACIOS
SECRETARIA.
LINARES; a la menor KARLA RENEE PALACIOS MOLINA, repre-
sentada legalmente por el primero y a JOHANNA FRANCIS PALACIOS
MOLINA; el primero en su concepto de cónyuge sobreviviente de la
1 v. No. F014953
causante, la segunda como hija y la última en su concepto de hija de
la de cujus así como también cesionaria de los derechos hereditarios
O
que en dicha sucesión le correspondían a la señora OLIMPIA LÓPEZ
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HENRÍQUEZ hoy OLIMPIA LÓPEZ VIUDA DE ROSALES conocida
como OLIMPIA LÓPEZ HENRÍQUEZ DE ROSALES en su concepto
MARTA GUADALUPE CASTRO AMAYA, Notario, de este domicilio.
DI
de madre de la causante.
con oficina en Segunda Calle Poniente y Octava Avenida Sur, cinco-
Confiriéndosele además a los herederos declarados en el carácter
uno, en esta ciudad,
antes indicado la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVA de la Sucesión; debiéndola ejercer la menor a través de su
Representante Legal antes referido.
HACE SABER: Que por resolución proveída a las ocho horas
veinte minutos de esta fecha, se ha declarado heredero definitivo con
beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción
Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las quince horas
dejó AMILCAR MORA GUZMÁN, quien falleció en San Salvador, el
y cincuenta minutos del día doce de abril de dos mil diez.- Lic. JOSE
veintitrés de junio del dos mil cuatro a JUAN RUPERTO CUELLAR
HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN
ARDON, cesionario de los derechos hereditarios que en abstracto le
ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.
correspondían a NELSON ARISTIDES MORA TRINIDAD, hijo de
tal de cujus; se le ha conferido al heredero declarado la administración
1 v. No. F014939
y representación definitivas de la sucesión.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
100
Librado en Santa Tecla, a primero de junio del año dos mil diez.
casado, jornalero, fallecido el día dieciséis de Diciembre del año dos
mil ocho, siendo Delgado, el lugar de su último domicilio. A la señora
GLORIA DEL CARMEN ESCALANTE DE MEJIA, en calidad de
Licda. MARTA GUADALUPE CASTRO AMAYA,
cónyuge sobreviviente del causante, y como cesionaria de los Derechos
NOTARIO.
hereditarios que le correspondían al Señor MISAEL MEJIA HUEZO,
éste en calidad de hijo del causante, representada en estas diligencias
por el Licenciado JULIO ALONSO SOLORZANO SALAZAR, en
1 v. No. F014964
calidad de Apoderado. Confiriéndole a la aceptante la administración y
representación DEFINITIVA de la sucesión.
Publíquese el aviso de Ley.
tes.
JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las nueve horas y
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MARTA GUADALUPE CASTRO AMAYA, Notario, de este domicilio,
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Lo que hago del conocimiento para los efectos legales consiguien-
con oficina en Segunda Calle Poniente y Octava Avenida Sur cinco-uno,
treinta minutos del día veintidós de febrero del año dos mil diez.- Licda.
en esta ciudad.
MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL
DE DELGADO.- Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS,
HACE SABER: Que por resolución proveída a las ocho horas quince
SECRETARIA.
minutos de esta fecha, se ha declarado heredera definitiva con beneficio
de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó MARIA
AUDELIA VASQUEZ, quien falleció en San Salvador, el seis de octubre
1 v. No. F014982
del año dos mil nueve a MARIA DOLORES SOSA VASQUEZ, por sí
como hija de tal de cujus y cesionaria de los derechos hereditarios que les
correspondían a BONI MARITZA, MARGARITA ELIZABETH y ANA
ADELA, todas SOSA VASQUEZ, también hijas de tal causante; se le
ha conferido a la heredera declarada la administración y representación
WILSON FRANCISCO FLORES ZELADA, Notario, del domicilio
definitivas de la sucesión.
de San Salvador, con Oficina Notarial en: Tercer nivel, Apartamento
número 119 “E”; sobre el final del Pasaje 1 de la Colonia Las Terrazas,
Librado en Santa Tecla, a uno de junio del año dos mil diez.
entre la 47 y 49 Avenidas Norte, San Salvador,
HACE SABER: Que en las DILIGENCIAS DE ACEPTACION
O
Licda. MARTA GUADALUPE CASTRO AMAYA,
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DE HERENCIA promovidas ante mis oficios Notariales, de conformi-
DI
NOTARIO.
dad a la Ley del ejercicio Notarial de la jurisdicción Voluntaria y de
otras Diligencias, por resolución proveída a las catorce horas del día
1 v. No. F014965
dieciocho de mayo de dos mil diez, en la ciudad de San Salvador, se ha
declarado HEREDERA DEFINITIVA y con beneficio de inventario en
la HERENCIA INTESTADA que a su defunción ocurrida a las dieciséis
horas del día veintiocho de junio del año dos mil tres, en Urbanización
Jardines de la Hacienda, Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad
siendo éste su último domicilio, dejó el señor HECTOR BALMORE
Licda. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE
ARDON HERRERA, de parte de la señora ANA MYRIAN LUCHA
LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO,
DE ARDON, conocida por: Ana Mirian Peña Lucha, Ana Miryan Peña
Lucha, Ana Myrian Peña Lucha, Ana Mirian Lucha Marroquín de Ardón en concepto de esposa sobreviviente del causante. Nómbrese a la
AVISA: Que por resolución de las nueve horas y veinte minutos
aceptante Administradora y Representante Definitiva de la sucesión.
de este día, se ha declarado HEREDERA DEFINITIVA con beneficio de
Lo que se hace del conocimiento público, para los efectos de
inventario de la herencia Intestada que a su defunción dejó el causante
señor ISRAEL MEJIA REYES, quien fue de sesenta años de edad,
ley.
101
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
La ciudad de San Salvador, a los dos días del mes de junio de dos
su último domicilio, a la señora YECENIA ELIZABETH MACHUCA
FLORES, en concepto de hija y además como cesionaria de los derechos
mil diez.-
hereditarios que en la referida herencia le correspondían a la señora Rosa
López Viuda de Machuca, como madre, ambas del causante.
WILSON FRANCISCO FLORES ZELADA,
Y se ha conferido a la heredera declarada la administración y reNOTARIO.
presentación definitivas de la sucesión.
JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las ocho horas cuarenta y
1 v. No. F014984
cinco minutos del día veintiuno de mayo del dos mil diez.- Dr. MARIO
MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. CECILIA DEL
1 v. No. F014995
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CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de las ocho
horas quince minutos del día veintiséis de mayo del dos mil diez. Se ha
DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-
tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la
TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
herencia intestada dejada por la señora ANA ELOISA OLIVO VIUDA
DE LINARES, fallecida el día treinta de enero del dos mil diez, en la
ciudad de Ahuachapán, siendo la ciudad de Juayúa su último domicilio,
de parte del señor BILLY GERALD RAMIREZ LINARES, en concepto
de nieto de la causante.
AVISA: Que por resolución de este Juzgado pronunciada a las
catorce horas cuarenta minutos de este día, ha sido declarado Heredero
Definitivo con Beneficio de Inventario el señor JOSE PORFIRIO
GUZMAN MELENDEZ, en calidad de hijo de la causante señora
Y se ha conferido al aceptante la administración y representación
definitiva de la sucesión.
JULIANA MELENDEZ PEREZ, por medio de su Apoderado Licenciado ROSALIO ALFREDO CAÑADA MARTINEZ, de la Herencia
Testamentaria dejada a su defunción por dicha causante, quien falleció
cinco minutos del día veintiséis de mayo del dos mil diez.- Dr. MARIO
en el Cantón Sitio del Niño de esta jurisdicción, a las catorce horas del
MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. CECILIA DEL
día diecinueve de abril del dos mil ocho, sin asistencia médica, a la edad
CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
de noventa y un años de edad, soltera, originaria de Tonacatepeque, de
Nacionalidad Salvadoreña, siendo esta Ciudad su último domicilio,
habiendo otorgado testamento y dejado como heredero al señor JOSE
1 v. No. F014989
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JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las ocho horas cuarenta y
PORFIRIO GUZMAN MELENDEZ, en calidad de heredero testamentario e hijo de dicha causante.
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Juan Opico, a
las quince horas del día dieciocho de mayo del año dos mil diez.- Lic.
AVISA: Que por resolución de este Juzgado de las nueve horas
del día veintiuno de abril del corriente año, ha sido declarada heredera
abintestato con beneficio de inventario de la herencia intestada dejada
DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO
DE ACTUACIONES.
por la señora FRANCISCA LILIAN LOPEZ MACHUCA, quien fue
conocida por Francisca Lilian Machuca López y por Francisca Liliam
Machuca, fallecida el día siete de enero del dos mil tres, en esta ciudad
1 v. No. F014996
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
102
ARELI PEREZ MARCOS, en su calidad de hijas y como cesionarias de
ACEPTACION DE HERENCIA
los derechos hereditarios que les correspondían a los señores MARINA
MARCOS VIUDA DE PEREZ y WILLIAM EDGARDO PEREZ
PEDRO ISAI PORTILLO MEDRANO, Notario, con oficina situada
MARCOS, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor
en Colonia Jardines de Merliot, Calle Ishuatán, Polígono "J", número
GUADALUPE PEREZ VENTURA, de Nacionalidad Salvadoreña,
Cuarenta y nueve, Ciudad Merliot, Santa Tecla, Departamento de La
originario de Juayúa, Departamento de Sonsonate, siendo la ciudad de
Libertad.
Juayúa, Departamento de Sonsonate, su último domicilio, y quien falleció
en el Cantón El Puente, jurisdicción de Salcoatitán, Departamento de
diez, se ha tenido por aceptada con beneficio de inventario, de parte de
la señora GLORIA MIGDALIA MORALES DE VELASCO, conocida
por GLORIA MIGDALIA MORALES y por GLORIA MIGDALIA
Sonsonate, el día dieciséis de octubre del año dos mil siete, a la edad
de sesenta y cuatro años, quien era Empleado Agrícola, casado. A las
aceptantes se les confirió la administración y representación interinas
de la sucesión, con facultades y restricciones de ley.
LT
A
AVISA AL PUBLICO: Que el día primero de junio del año dos mil
MORALES SALAZAR, hoy de VELASCO, en su calidad de cónyuge
Se cita a quienes se crean con derecho a dicha herencia intestada
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sobreviviente y cesionaria de los derechos que le correspondían a los
señores Carlos Antonio Velasco Morales, Beatriz Elena Velasco Mo-
para que se presenten al despacho del suscrito Notario, a deducirlo dentro
rales, Ana del Carmen Velasco Morales, Claudia Carolina Velasco de
de los quince días siguientes a la última publicación de este edicto.
Moreira, conocida por Claudia Carolina Velasco Morales; y Gonzalo
Arístides Velasco Morales, la herencia Intestada que a su defunción dejó
el señor ARISTIDES ALFONSO VELASCO MARTINEZ, conocido
por ARISTIDES ALFONSO VELASCO, ARISTIDES ALFONSO
Librado en San Salvador, a los treinta y un días del mes de Mayo
del dos mil diez.
VELASCO MENENDEZ y por ARISTIDES VELASCO MENENDEZ,
quien falleció el día treinta de octubre del año dos mil nueve, en la ciudad
de San Salvador, Departamento de San Salvador. Se ha conferido a la
JOSE MARIO MACHADO CALDERON,
aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con
NOTARIO.
las facultades y restricciones de la herencia yacente.
1 v. No. C003969
Se cita a los que se crean con derecho en la herencia, para que se
presenten a deducirlo en el plazo de quince días después de la tercera
publicación de este edicto.
FLOR DE MARIA PORTILLO DE ESCALANTE, Notario, del domicilio
de Soyapango, departamento de San Salvador, con oficina ubicada en:
Santa Tecla, al primer día del mes de junio del año dos mil diez.
Barrio El Centro, esquina opuesta a Bazar Ivonne, Nueva Concepción,
O
departamento de Chalatenango.
AR
I
PEDRO ISAI PORTILLO MEDRANO,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
DI
NOTARIO.
a las dieciséis horas del día treinta de abril de dos mil diez, se ha tenido
por aceptada expresadamente y con beneficio de inventario, la herencia
1 v. No. C003967
intestada que a su defunción, ocurrida en el Barrio de Nueva Concepción,
Departamento de Chalatenango, a las primeras horas y diez minutos
del día siete de junio de dos mil siete, dejó el señor JOSE CARLOS
ENRIQUEZ GIRON AGUILAR, de parte del señor GUILLERMO
Licenciado JOSE MARIO MACHADO CALDERON, Notario, del
ANTONIO AGUILAR VELASQUEZ, en concepto de cesionario de los
domicilio de San Salvador, con Despacho Profesional situado en Calle
derechos que como hijos sobrevivientes les corresponde a los señores
Las Palmas, Número Doscientos cincuenta y cinco, Colonia San Benito
CARLOS ENRIQUE y KEREN JUDITHZA ambos de apellidos GIRON
de esta ciudad, para los efectos legales.
ALVARENGA, del causante, habiéndose conferido la administración y
representación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia y yacente.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por el suscrito,
a las nueve horas del día treinta y uno de Mayo del presente año, se ha
tenido por aceptada expresamente, con beneficio de inventario, por parte
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
de las señoritas YENI GUADALUPE PEREZ MARCOS y VERONICA
con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida
103
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
oficina en el término de quince días, contados desde los siguientes a la
GILBERTO TURCIOS, Notario, de este domicilio, con oficina ubicada
última publicación del presente edicto.
en Primera Avenida Sur, número seis, de esta ciudad.
Librado en la oficina de la Notaria FLOR DE MARIA PORTILLO
DE ESCALANTE. En la ciudad de Nueva Concepción, departamento de
Chalatenango, a las ocho horas del día tres de mayo de dos mil diez.-
HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída a
las ocho horas del día veinte de Enero del año dos mil diez, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia
intestada que a su defunción, ocurrida en la ciudad de San Salvador,
FLOR DE MARIA PORTILLO DE ESCALANTE,
a las veintidós horas del día veintitrés de Enero del año dos mil ocho,
dejó el señor PEDRO PORTILLO ALBERTO, de parte de la señora
NOTARIO.
MARCOS SOSA VIUDA DE PORTILLO, en su concepto de cónyuge
LT
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sobreviviente del causante, habiéndose conferido la administración y
1 v. No. F014908
representación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
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curadores de la herencia yacente.
FLOR DE MARIA PORTILLO DE ESCALANTE, Notario, del domicilio
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
de Soyapango, departamento de San Salvador, con oficina ubicada en:
con derechos a la referida herencia intestada, para que se presenten a la
Barrio El Centro, esquina opuesta a Bazar Ivonne, Nueva Concepción,
referida oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente
departamento de Chalatenango.
a la última publicación del presente edicto.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las nueve horas del día treinta de abril de dos mil diez, se ha tenido
por aceptada expresadamente y con beneficio de inventario, la herencia
Librado en la oficina del Notario en la Primera Avenida Sur, nú-
mero Seis, de esta ciudad. En la ciudad de Soyapango, a las diez horas
del día dos de Febrero del año dos mil diez.
intestada que a su defunción, ocurrida en el Hospital Nacional Rosales,
de San Salvador a las once horas y treinta minutos del día ocho de
abril de dos mil nueve, dejó el señor RICARDO FRANCISCO ESCO-
GILBERTO TURCIOS,
BAR SALGADO, de parte de la señora GUADALUPE MERCEDES
NOTARIO.
NAJARRO DE ESCAOBAR, en concepto de cónyuge sobreviviente del
causante y cesionaria de los derechos que como hijos sobrevivientes les
corresponde a los señores JOSE GERARDO, ANA MARIA y RICARDO
1 v. No. F014928
FRANCISCO, todos de apellidos ESCOBAR NAJARRO, habiéndose
conferido la administración y representación de la sucesión, con las
O
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
AR
I
VICTOR DAVID ALEMAN BOLAÑOS, Notario de este domicilio,
DI
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida
con oficina situada en Final Cuarta Calle Oriente, Lourdes, Colón, La
Libertad.
oficina en el término de quince días, contados desde los siguientes a la
última publicación del presente edicto.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las doce horas del día diecinueve de mayo de este año, se ha tenido por aceptada
Librado en la oficina de la Notaria FLOR DE MARIA PORTILLO
expresamente y con beneficio de Inventario de parte de la señora JU-
DE ESCALANTE. En la ciudad de San Salvador, a las diez horas del
LIA QUINTANILLA VIUDA DE GUEVARA, conocida por JULIA
día siete de mayo de dos mil diez.
QUINTANILLA DE GUEVARA, en calidad de cónyuge sobreviviente
del causante y cesionaria de los derechos hereditarios de los hijos del
FLOR DE MARIA PORTILLO DE ESCALANTE,
causante, de la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor
JOSE RAUL GUEVARA, conocido por JOSE RAUL HERNANDEZ
NOTARIO.
GUEVARA, quien a la fecha de su fallecimiento era de setenta y un años
de edad, pensionado, casado y de nacionalidad Salvadoreña, quien falleció
1 v. No. F014910
el día catorce de agosto de dos mil nueve, en el Cantón Lourdes, Colón,
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
104
La Libertad, habiéndole conferido a la aceptante la Administración y
MAURICIO CARRANZA RIVAS, Notario, de este domicilio, con Oficina
Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones
en Edificio Panamericano, Local Doscientos Veintiuno, situado en Vein-
de los curadores de la Herencia Yacente.
ticinco Avenida Norte y Veintisiete Calle Poniente, San Salvador.
Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las dieciséis horas del día uno de Junio de dos mil diez, se ha tenido
por aceptada expresamente y con Beneficio de Inventario la Herencia
Lourdes, Colón, a los veinticuatro días del mes de mayo del año
dos mil diez.
Intestada que a su defunción ocurrió en esta Ciudad, el día seis de abril
de dos mil diez, que dejó el señor DAVID VASQUEZ VASQUEZ
conocido por DAVID VASQUEZ, de parte de sus hijos THELMA
GLADYS VASQUEZ PANIAGUA y DAVID EDGARDO VASQUEZ
LT
A
VICTOR DAVID ALEMAN BOLAÑOS,
PANIAGUA, como hijos del causante; habiéndosele conferido la Admi-
NOTARIO.
nistración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y
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restricciones del curador de la herencia yacente.
1 v. No. F014935
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en las oficinas del Notario MAURICIO CARRANZA
Licenciado JOSE TULIO RODRIGUEZ SANCHEZ, Notario, del
RIVAS, a las nueve horas del día dos de junio de dos mil diez.
domicilio de Ahuachapán, con Oficina establecida en Cuarta Avenida
Sur, entre Séptima Calle Poniente, cinco-dos, Barrio San Antonio, del
Departamento de Ahuachapán.
Lic. MAURICIO CARRANZA RIVAS,
NOTARIO.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a
las ocho horas del uno de junio del presente año, se ha tenido por aceptada
1 v. No. F014946
expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que
a su defunción ocurrida a las dieciséis horas con veinticincos minutos,
del día trece de mayo de dos mil nueve, en el Hospital Regional del
Seguro Social de la ciudad de Santa Ana, siendo su último domicilio, el
JOSE ARMANDO ORELLANA CAMPOS, Notario, de este domicilio,
Municipio de Juayúa, Departamento de Sonsonate, dejó la señora ANA
con oficina ubicada en la Primera Calle Poniente, número cuatro mil
ALICIA RODRIGUEZ DE MORAN, hoy viuda de Morán, Conocida por
seiscientos cuarenta y cinco, entre la Ochenta y Nueve y Noventa y Una
ANA ALICIA MORAN, ALICIA MORAN RODRIGUEZ y ALICIA
Avenida Norte, Colonia Escalón en esta ciudad.
O
RODRIGUEZ DE MORAN, de parte de los señores CAROLINA DE LA
PAZ MORAN MORAN, LEONIDAS ALBERTO MORAN MORAN,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
la causante; habiéndoles conferido la administración y representación
a las diez horas del día dos de junio de dos mil diez, se ha tenido por
interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada
de la herencia yacente.
que a su defunción ocurrida en la ciudad de San Salvador, el día once
DI
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I
ANDRES MORAN MORAN, en concepto de hijos sobrevivientes de
de junio del año dos mil siete, dejó la señora MARIA HILDA PALOMO SALAZAR DE MONTENEGRO, conocida por MARIA HILDA
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
PALOMO DE MONTENEGRO y por HILDA PALOMO, de parte del
señor FERNANDO RAFAEL MONTENEGRO PALOMO, en su concepto de hijo de la causante, habiéndose conferido la administración y
Librado en la Oficina del suscrito Notario Licenciado José Tulio
Rodríguez Sánchez, a las nueve horas del día uno de junio de dos mil
representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones
del curador de la herencia yacente.
diez.-
Lic. JOSE TULIO RODRIGUEZ SANCHEZ,
En consecuencia, por este medio se cita a quien se crea con derecho a
la referida herencia para que se presente a la referida oficina en el término
NOTARIO.
de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del
presente edicto.
1 v. No. F014936
105
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
Librado en la ciudad de San Salvador, a las catorce horas del día
dos de junio de dos mil diez.
medio de su Apoderado General Judicial Licenciado Guillermo Atilio
Granados Campos h., como Apoderado General Judicial con Cláusula
Especial, se ha proveído a las catorce horas del día treinta y uno de mayo
del presente año, la Resolución por medio de la cual se ha tenido por
JOSE ARMANDO ORELLANA CAMPOS,
aceptada expresamente con Beneficio de Inventario, la Herencia Intestada
NOTARIO.
que a su defunción ocurrida en el Hospital Centro de Emergencias de
San Salvador, a las tres horas del día veinticuatro de febrero del año
dos mil diez, a consecuencia de falla orgánica multisistémica, teniendo
1 v. No. F014963
como último domicilio Santiago Nonualco, Departamento de La Paz,
dejó el señor CARLOS MARIA ESCOBAR ARDON, de parte de la
señora SANTOS GARCIA DE ESCOBAR, en su concepto de cónyuge
LT
A
sobreviviente del causante, confiriéndole a la aceptante la administración
LICENCIADO JORGE LUIS ARANIVA NAVARRETE, Abogado y
y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
Notario, del domicilio de Usulután, con oficina establecida en la Cuarta
de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de ley.
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Calle Poniente y Primera Avenida Norte, número once, de la ciudad
de Usulután.
Librado en las oficinas de Notaría del Licenciado Carlos Ernesto
HACE SABER AL PUBLICO: Que a folios once de las Diligencias
de Aceptación de Herencia, promovidas ante mis oficios de Notario,
Anduray Elías: Ayutuxtepeque, a las dieciséis horas y treinta minutos
del día treinta y uno de mayo del año dos mil diez.
por la señora PAULA PONCE PONCE, a efecto de aceptar la Herencia
Deferida por su hijo señor JOSE FRANCISCO PONCE CORONADO,
se ha pronunciado la resolución de las diez horas del día veintisiete de
Lic. CARLOS ERNESTO ANDURAY ELIAS,
enero del presente año, en la cual se ha tenido por aceptada expresamente
NOTARIO.
y con beneficios de inventario, la herencia intestada que a su defunción
dejó el señor JOSE FRANCISCO PONCE CORONADO, al fallecer a
consecuencia de TRAUMATISMO CRANEOE NCEFALICO, SEVERO
1 v. No. F014975
DE TIPO CONTUSO, con asistencia médica, según certificación médica
extendida por el doctor Cecilio Antonio Martínez Amaya, falleció a las
veintiuna con diez minutos del día diecinueve de agosto del año dos
mil en el Barrio Candelaria, de la ciudad de Usulután, Departamento de
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
Usulután, lugar que tuvo como su último domicilio, de parte de la señora
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
PAULA PONCE PONCE, en calidad de madre del causante; habiéndosele
conferido la administración y representación interina de la sucesión con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
O
Lo que se avisa al público para los efectos legales correspondien-
minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que dejó la señora VIRGINIA
UMANZOR, conocida por MARIA VIRGINIA UMANZOR, quien
falleció el día trece de enero de dos mil siete, en la Colonia Santa Mónica,
AR
I
tes.
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y treinta
Librado en la ciudad de Usulután, a los veintiocho días del mes de
Jurisdicción de Conchagua, distrito y Departamento de La Unión, siendo
este lugar su último domicilio, de parte de los señores DENY JONAS
enero del año dos mil diez.-
DI
UMANZOR y CARLOS ARNOLDO UMANZOR, en calidad de hijos
de la causante.
JORGE LUIS ARANIVA NAVARRETE,
Y se les ha conferido a dichos aceptantes en el carácter indicado la
administración y representación interinas de la sucesión con las facultades
NOTARIO.
y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
1 v. No. F014971
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para
que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel
lo demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los doce días del
CARLOS ERNESTO ANDURAY ELIAS, Notario, de este domicilio,
mes de abril de dos mil diez. Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES
con oficina ubicada en Urbanización Colonial Los Robles, Pasaje Cinco,
BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO PEREZ,
Block "F", Número Veinte, de la jurisdicción de Ayutuxtepeque.
SECRETARIO.
HACE SABER: Que en las diligencias de Aceptación de Herencia promovidas por la señora SANTOS GARCIA DE ESCOBAR, por
3 v. alt. No. C003970-1
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
106
LICENCIADO RAMON HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ
MOLINA CANALES, de treinta y ocho años de edad agricultor, del
DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE DE LA CIUDAD DE AR-
domicilio de Cacaopera, Morazán, con Documento Único de Identidad
MENIA.
Número cero un millón seiscientos nueve mil ciento veintiséis guión
tres; y Tarjeta de Identificación Tributaria Número un mil trescientos
dos guión doscientos cincuenta mil doscientos setenta y dos guión ciento
día, se emitió resolución en la cual se tuvo por aceptada expresamente y
con beneficio de inventario la herencia intestada dejada por el Causante
RAFAEL ANTONIO ACOSTA GARCIA, quien falleció en la Calle a
Las Brumas, Talnique, Departamento de La Libertad, a las doce horas
con quince minutos del día veinticinco de agosto de mil novecientos
noventa y siete, siendo su último domicilio el Caserío El Pinal, Cantón
Juan Higinio de la Ciudad de Jayaque, Departamento de La Libertad,
hijo del causante; quien a la fecha de su fallecimiento fue de setenta y
cinco años de edad, agricultor, originario y del domicilio de Cacaopera,
Morazán, hijo de BENIGNO MOLINA y JUANA RANULFA AMAYA; falleció el día cinco de Marzo del dos mil diez, en el Barrio San
José, Jurisdicción de Cacaopera, Morazán, siendo este lugar su último
domicilio.- Se le confirió al aceptante antes mencionado y en la forma
establecida, la administración y representación interina de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
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siendo el mismo su último lugar de domicilio; de parte de MANUEL
uno guión cuatro; por derecho propio que le corresponde en calidad de
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HACE SABER: Que a las diez horas con veinticinco minutos de este
DE JESUS CHACON CONTRERAS, en su calidad de cesionario de los
derechos hereditarios que le correspondían a los señores MARIA EVA
ACOSTA, HELMER ALEXANDER ACOSTA GONZALEZ E ILDA
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia, San Fran-
GONZALEZ DE ACOSTA, en su calidad de madre, hijo y esposa del
cisco Gotera, a los veinticinco días del mes de Mayo del dos mil diez.
expresado causante.
LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2o. DE 1a.
SE LE HA CONFERIDO AL HEREDERO DECLARADO EN
EL CONCEPTO ANTES INDICADO, LA ADMINISTRACION Y
INSTANCIA.- LIC. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,
SECRETARIA.
REPRESENTACION INTERINAS DE LA SUCESION CON LAS
FACULTADES Y RESTRICCIONES DE LOS CURADORES DE LA
HERENCIA YACENTE.
3 v. alt. No. C004002-1
Lo que se avisa al público en general para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Armenia,
a los veinticinco días del mes de marzo del año dos mil diez.- LIC.
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA,
RAMON HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ DE PRIMERA
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, LICENCIADO JORGE ALBERTO
INSTANCIA SUPLENTE.- LIC. RAFAEL ANTONIO CUELLAR
GUZMAN URQUILLA, AL PUBLICO PARA EFECTOS DE LEY,
ANGEL, SECRETARIO.
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal a las
mil diez. SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON
3 v. alt. No. C003975-1
DI
AR
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O
quince horas y cuarenta y cinco minutos del día veinte de Mayo del dos
BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que a
su defunción dejó el causante HECTOR MEMBREÑO VASQUEZ, de
parte de la señora ORFILIA ELENA SORTO, de cuarenta y tres años de
edad, doméstica, del domicilio de Jocoaitique, Morazán, con Documento
Único de identidad Número cero cero novecientos quince mil quinientos
LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ
cincuenta y seis guión nueve; como cesionaria del derecho hereditario que
SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA, DE ESTE DISTRITO JU-
le correspondía al señor JAVIER ALONSO MEMBREÑO ACOSTA,
DICIAL, AL PUBLICO PARA EFECTOS DE LEY,
en calidad de hijo del causante; quien a la fecha de su fallecimiento fue
de sesenta y dos años de edad, agricultor, soltero, originario y del domicilio de Cacaopera, Morazán, hijo de los señores Anastacia Vásquez
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal, a
y Cayetano Membreño; falleció el día dos de Junio del dos mil cuatro,
las quince horas y cinco minutos del día diecinueve de Mayo del dos mil
en Cantón El Rodeo, Jurisdicción de Jocoaitique, Morazán; siendo en
diez, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON
Cacaopera, Morazán, lugar de su último domicilio.- Se le confirió a la
BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que
aceptante antes mencionada y en la forma establecida, la administración
a su defunción dejó el causante JOSE FILEMON MOLINA AMAYA
y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
o JOSE FILEMON MOLINA, de parte del señor JOSE EDILBERTO
de los curadores de la Herencia Yacente.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
107
Librado en el Juzgado Segundo de Primera instancia, San Francisco
EUNICE LEIVA PEREIRA hoy de BAIRES, en concepto de heredera
Gotera, a las quince horas del día treinta y uno de Mayo del dos mil
testamentaria del causante; ante la suscrita Notario, se ha pronunciado
diez. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2o. De 1a.
la resolución que literalmente se lee: '''''' OFICINA DE NOTARIADO
INSTANCIA .- LIC. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,
DE LA LICENCIADA ANABELLA VILLEDA PORTILLO. En la
SECRETARIA.
ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día diez de abril del año
dos mil nueve.- Habiéndose recibido el Oficio Número Un Mil Ciento
Diecinueve, de fecha tres de marzo del año dos mil nueve, procedente
3 v. alt. No. C004003-1
de la Secretaría de la Honorable Corte Suprema de Justicia, se resuelve:
Tiénese por aceptada expresamente, con beneficio de inventario, la herencia testamentaria que a su defunción dejó el señor JOSE ALFONSO
LEIVA conocido por ALFONSO RODRIGUEZ LEIVA, ocurrida en
LT
A
la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, a las seis
horas cuarenta y cinco minutos del día treinta de noviembre del año dos
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO.
mil siete, siendo el lugar de su último domicilio la Colonia El Paraíso,
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JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA
Veintidós Avenida Sur, Casa Número Seiscientos Tres, de la ciudad y
Departamento de San Salvador, de parte de la señora FRANCISCA LIDIA
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las quince
PEREIRA DE LEIVA conocida por FRANCISCA LIDIA PEREIRA
horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio
PINO, por LIDIA PEREIRA, por LIDIA PEREIRA PINO, por LIDIA
de inventario de parte del señor JOSE AVERIS SOLIS LEIVA, la he-
PEREIRA DE LEIVA, y por LIDIA DE LEIVA, en su carácter de
rencia intestada que a su defunción dejó la señora MARINA ANTONIA
Apoderada Especial de la señora LEDA EUNICE LEIVA PEREIRA
TERAN DE SOLIS, quien fue de sesenta y un años de edad, ama de
hoy de BAIRES, en concepto de heredera testamentaria del causante; y
casa, fallecida a las dos horas y treinta minutos del día doce de febrero
confiéresele a la aceptante antes mencionada, la administración y repre-
del dos mil diez, en el Hospital Nacional de Chalchuapa, siendo esta
sentación interinas de la Sucesión, con las facultades y restricciones de
ciudad de Atiquizaya, su último domicilio, en concepto de cónyuge so-
los curadores de la herencia yacente. Publíquese los edictos de ley. Lic.
breviviente de la causante; se le ha conferido al aceptante en el carácter
ANABELLA VILLEDA PORTILLO: Notario. RUBRICADA."""
dicho, la administración y representación interinas de la sucesión con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en la Oficina de Notariado de la suscrita, situada en la
Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las
quince horas y veinte minutos del día veintisiete de mayo del año dos
Novena Calle Poniente, Número Cinco Mil Veinticuatro, Apartamento
Tres, Segunda Planta, Colonia Escalón, San Salvador, a las once horas
del día once de abril del año dos mil nueve.
mil diez.- LIC. JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. HUGO ALCIDES MARTINEZ
LIC. ANABELLA VILLEDA PORTILLO,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F014833-1
DI
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SANTILLANA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F014835-1
LA SUSCRITA NOTARIO ANABELLA VILLEDA PORTILLO,
EL INFRASCRITO JUEZ. AL PUBLICO, para los efectos de ley,
AVISA: Al público para los efectos de Ley, que en las diligencias de Aceptación de Herencia, del causante señor JOSE ALFONSO
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y cuarenta
LEIVA conocido por ALFONSO RODRIGUEZ LEIVA, promovidas
minutos de este día, se ha tenido por aceptada la herencia intestada que
por FRANCISCA LIDIA PEREIRA DE LEIVA conocida por FRAN-
dejó al fallecer la señora María Victoria Orellana, conocida por María
CISCA LIDIA PEREIRA PINO, por LIDIA PEREIRA, por LIDIA
Victoria Orellana de Jiménez, el día uno de marzo de dos mil siete, en la
PEREIRA PINO, por LIDIA PEREIRA DE LEIVA, y por LIDIA
ciudad de Jiquilisco, lugar de su último domicilio, de parte de la señora
DE LEIVA, en su carácter de Apoderada Especial de la señora LEDA
Marta Alicia Jiménez Orellana, en su calidad de hija de la causante.-
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
108
Confiérasele a la heredera declarada la Administración y Represen-
y con beneficio de inventario la Herencia Intestada de los bienes que a su
tación interina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones
defunción dejó el causante CORONADO AYALA OSTORGA, conocido
de Ley.
por CORONADO AYALA, quien falleció el veintitrés de noviembre de
Publíquese los edictos correspondientes, citando a los que se crean
con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término
mil novecientos noventa y seis, siendo su último domicilio la Ciudad de
Mercedes Umaña, de parte de MARIA ISABEL OSTORGA VIUDA
DE AYALA, en calidad de esposa, confiriéndole a la aceptante antes
de Ley.
mencionada la administración y representación interina de la sucesión con
Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los tres
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
días del mes de noviembre del dos mil nueve.- LIC. MANUEL DE
JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. SILVIA
YANET MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA.
Cítense a los que se crean con derecho a la herencia, para que
dentro del término de Ley, se presenten a este Juzgado, a hacer uso
efectos legales consiguientes.
3 v. alt. No. F014879-1
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de sus derechos, lo que se pone en conocimiento del público para los
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Librado en el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial
de Berlín, a las catorce horas y treinta minutos del día diecisiete de
mayo del dos mil diez. Enmendado-aceptada-Vale.- LIC. MERCEDES
MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE
USULUTAN, al público para los efectos de ley,
CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Br. ANA MARGARITA BERMUDEZ DE HENRIQUEZ,
SECRETARIA.
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y diez
minutos del día doce de Mayo del corriente año, se ha tenido por aceptada
3 v. alt. No. F014888-1
expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada de los
bienes que a su defunción dejó el causante LUCIANO MORATAYA,
quien falleció en el Barrio El Calvario, el día trece de Noviembre del
año dos mil dos, su último domicilio de parte de BASILIA ALICIA
MORATAYA DE RODRIGUEZ, en calidad de hermana del causante,
confiriéndole al aceptante antes mencionado la administracion y repre-
SALVADOR CANO GUTIERREZ , JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de
la herencia yacente.-
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución
dentro del término de ley, se presenten a este Juzgado a hacer uso de sus
de este Juzgado, de las diez horas del día quince de febrero de dos mil
derechos, lo que se pone en conocimiento del público para los efectos
diez. SE HA TENIDO POR ACEPTADA expresamente y con beneficio
de inventario de parte de la señora MARIA BRUNILDA MARTINEZ
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legales consiguientes.
O
Cítense a los que se crean con derecho a la herencia, para que
DONADO conocida por BRUNILDA MARTINEZ DONADO, la he-
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Berlín, a las doce horas
DI
y cincuenta y cinco minutos del día doce de Mayo del año dos mil diez.LIC. MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA.- Br. ANA MARGARITA BERMUDEZ DE
HENRIQUEZ, SECRETARIA.
rencia intestada dejada por la causante señora FILOMENA MARTINEZ
DONADO, quien falleció en esta Ciudad, lugar de su último domicilio, el
día veintiocho de mayo del año dos mil, a la edad de ochenta y dos años,
quien fue ama de casa, soltera, originaria de Cuyultitán, Departamento
de La Paz; aceptación que hace la antes citada, señora MARTINEZ
DONADO en su calidad de hermana de la causante. Y SE LE HA
3 v. alt. No. F014887-1
CONFERIDO A LA ACEPTANTE la administración y representación
interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores
de la Herencia Yacente.
MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZA
Por lo anterior, se cita a los que se crean con derecho a la herencia
DE PRIMERA INSTANCIA DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE
para que se presenten a este Tribunal a decucirlo en el término de quince
USULUTAN, al público para los efectos de Ley.
días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas del día
diecisiete de mayo del dos mil diez, se ha tenido por aceptada expresamente
edicto.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
109
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN
de mayo del año dos mil tres, en el Hospital de Especialidades de la
SALVADOR, a las doce horas y diez minutos del día quince de febre-
Ciudad de San Miguel, siendo su último domicilio la Ciudad de San
ro del dos mil diez. DR. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ
Gerardo, Departamento de San Miguel; de parte de la señora FRAN-
SEGUNDO DE LO CIVIL.- LIC. TATIANA VILMA MERCEDES
CISCA DELFINA JOVEL DE PEREZ, en calidad de hija del causante.
CACERES RUBIO, SECRETARIA.
Habiéndole conferido a la aceptante declarada en el carácter indicado,
la Administración y Representación INTERINA de la Sucesión, con las
3 v. alt. No. F014949-1
facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente, y
CITA: a los que se crean con Derecho a la Herencia referida para que se
presenten a deducirlo dentro del término de QUINCE DÍAS, contados
desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.- Lo que se pone
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.-
en conocimiento del público para los efectos de Ley.
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LICENCIADO DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios,
Departamento de San Miguel, a las quince horas y cincuenta y cinco
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minutos del día diecinueve de mayo del año dos mil diez.- LICDA.
HACE SABER: Que por resolución emitida por este Tribunal, a las
ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZ DE PRIMERA
diez horas y doce minutos del día veintiséis de Mayo del corriente año;
INSTANCIA .- Br. EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SE-
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario
CRETARIO.
la herencia intestada dejada a su defunción por el señor JULIO CESAR
CHEVEZ SALGADO, quien falleció el día veintidós de Marzo del
3 v. alt. No. F014957-1
año dos mil seis, en el cantón El Achiotal, jurisdicción de San Pedro
Masahuat, siendo éste su último domicilio, a consecuencia de FRACTURA CERVICAL POR PRECIPITACION; de parte del señor ORLANDO
HERNANDEZ RAMIREZ, en el concepto de cesionario de los derechos
que les correspondían a los señores MANUEL ANTONIO CHEVEZ
SEGOVIA y MARTA ALICIA SEGOVIA, el primero como HIJO y
la segunda como ESPOSA SOBREVIVIENTE DEL CAUSANTE.
Confiriéndose al aceptante, la administración y representación interina
JOSE SILVERIO ENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, Notario, de
este domicilio, con oficina profesional ubicada en Colonia El Roble,
Avenida "B", número ciento cincuenta y siete, San Salvador, al público
en general.
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
HACE SABER: Que por acta notarial, otorgada en esta ciudad,
Lo que se hace saber al público, para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Pedro Masahuat,
O
a las diez horas y treinta minutos del día veintiséis de Mayo de dos
AR
I
mil diez. LIC. DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA.- LICDA. MARIA ELENA ARIAS LOPEZ, SECRETA-
DI
RIO.
a las once del día veintiséis de abril del año dos mil diez, se tuvo por
aceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia Testamentaria que a su defunción dejara el señor MANUEL LISANDRO
PALMA GRANADINO, quien fuera conocido por MANUEL PALMA
GRANADINO, quien a la fecha de su fallecimiento era de ochenta y
seis años de edad, Contador, Casado y con último domicilio esta ciudad
y Departamento, de parte de la señora ROSA JULIA MONTOYA DE
PALMA, en su concepto de Heredera Testamentaria, habiéndosele
3 v. alt. No. F014954-1
conferido la administración y representación Interina de la Sucesión,
con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Cítese a los que se crean con derechos a la herencia deferida para
que se presenten a deducirlo dentro del término de ley, lo que hace del
LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE
PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD
conocimiento público para los efectos de Ley.San Salvador, treinta y uno de mayo del año dos mil diez.-
BARRIOS.
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y treinta
minutos del día diecisiete de mayo del año dos mil diez, se ha tenido
LIC. JOSE SILVERIO ENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO,
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la he-
NOTARIO.-
rencia intestada que a su defunción dejó el señor ALFREDO JOVEL
QUINTEROS o ALFREDO JOVEL, quien falleció el día dieciséis
3 v. alt. No. F014974-1
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
SANDRA BEATRIZ VASQUEZ PONCE, Notario, del domicilio de
San Salvador, con oficina notarial situada en Tercera Avenida Norte,
número un mil ciento treinta y cinco, Edificio Moreno, local veintiocho
"C", San Salvador; AL PUBLICO,
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HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída
a las once horas del día veinticuatro de Mayo del corriente año, ha sido
declarada HEREDERA INTERINA, la señora ANA LETICIA GUZMAN
POLANCO, en derecho propio y cesionaria de los derechos hereditarios
que le correspondían a las señoras ROSA MARIA, ELBA MARINA,
GLORIA ADILIA, todas de apellidos GUZMAN POLANCO y MARIA
CONCEPCION GUZMAN DE MARTINEZ, en concepto de hijas del
causante ELEUTERIO GUZMAN, conocido por ELUTERIO GUZMAN
RIVAS, hecho ocurrido el día once de diciembre del año de mil novecientos ochenta y nueve. Habiéndosele conferido la Administración y
Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se avisa para los efectos de Ley.
Librado en San Salvador, a los veintisiete días del mes de mayo
del año dos mil diez.
Lic. SANDRA BEATRIZ VASQUEZ PONCE,
NOTARIO.
3 v. c. No. F014880-1
HERENCIA YACENTE
del cantón El Carrizal, de esta jurisdicción portadora de su Documento
Único de Identidad Número cero dos ocho dos siete uno cuatro tres guión
nueve, y con Tarjeta de Identificación Tributaria Número cero tres uno
cuatro guión uno seis cero dos ocho cinco guión uno cero uno guión tres;
solicitando que previas a las formalidades legales, se extienda a su favor
TÍTULO DE PROPIEDAD, de una porción de terreno, de naturaleza
rústica, situado en el caserío "Los Ramos II", del cantón El Carrizal de
esta jurisdicción de una extensión superficial catastral de VEINTISIETE
MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO PUNTO NOVENTA Y
NUEVE METROS CUADRADOS; cuyas medidas y colindancias son
las siguientes: AL NORTE, partiendo del mojón esquinero Norponiente,
once tramos; el primero de ciento veinticuatro punto treinta y dos metros,
el segundo de cinco punto veintidós metros, el tercero de once punto
setenta y cuatro metros, el cuarto de cinco punto sesenta y ocho metros, el
quinto de veintinueve punto cincuenta y seis metros, el sexto de cincuenta
y seis punto setenta y dos metros, el séptimo de uno punto ochenta y
un metros, el octavo de cuarenta y uno punto setenta y siete metros, el
noveno de veintidós punto cuarenta y un metros, el décimo de veintidós
punto cero cero metros, y el décimo primero de veintidós punto veinte
metros, linda con propiedad de los señores Humberto Aguirre Ruiz,
Santiago López García, Filiberto Manuel Santos, y Cándida Manuel de
Vásquez; AL ORIENTE, partiendo del mojón Esquinero Nor Oriente,
un tramo, mide sesenta y dos punto ochenta metros, linda con propiedad
del señor Juan Antonio López Arévalo; AL SUR, partiendo del mojón
esquinero Sur Oriente, cuatro tramos; el primero de veinticuatro punto
veintidós metros, el segundo de veinte punto sesenta y cinco metros, el
tercero de cuarenta punto cero cero metros, y el cuarto de ciento ochenta
y cinco punto treinta y cinco metros, linda con propiedad de los señores
Jesús Aníbal Osorio, Margarita Osorio de López, y María Milagro García
Osorio; y AL PONIENTE, partiendo del mojón esquinero Sur Poniente,
tres tramos; el primero de cincuenta y cuatro punto cero nueve metros,
el segundo de treinta y cinco punto cincuenta y siete metros, y el tercero
de veinte punto sesenta y seis metros, linda con propiedad de Tomás
Torrentos Puente, río de por medio; en la porción de terreno antes descrito
existe un callejón que lo atraviesa de Sur a Norte. El inmueble antes
descrito no es sirviente, ni dominante, ni está en proindivisión alguna
y no tiene carga ni derecho real que respetar; que lo posee por más de
diez años continuos y no interrumpidos, lo adquirió por donación verbal,
realizada por la señora María Milagro García Osorio; y lo evalúa en la
cantidad de DOS MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA.
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110
ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,
al público para los efectos de ley,
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O
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas treinta minutos
del día veintiuno de Abril del corriente año, se ha declarado yacente la
herencia que a su defunción dejó el señor ANDRES EULOFIO LEIVA
o ANDRES EULOGIO LEIVA, quien fue de setenta años de edad,
jornalero, salvadoreño, fallecido el día quince de Abril de dos mil cinco,
en el Caserío San Cristóbal, Cantón Santa Cruz Porrillo, jurisdicción de
Tecoluca, de este Departamento, lugar de su último domicilio; y se ha
nombrado curador de la misma al Licenciado TITO PEREZ GARCIA,
Abogado, del domicilio de San Pedro Perulapán, Departamento de
Cuscatlán.
Se hace del conocimiento de cualquier persona interesada para los
efectos de Ley.
Alcaldía Municipal de Santo Domingo de Guzmán, Departamento de
Sonsonate, a treinta y un días del mes de mayo del año de dos mil diez.GERARDO CUELLAR SIGÜENZA, ALCALDE MUNICIPAL.- JOSE
MANUEL VASQUEZ GARCIA, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F014842-1
3 v. alt. No. F014919-1
DI
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veinticinco
días del mes de mayo del año dos mil diez.- Dra. ANA FELICITA
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE
SALINAS, SECRETARIO.
TITULO DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: Que a esta Alcaldía ha comparecido la señorita
ZAIDA MARILU LOPEZ GARCIA, de veinticinco años de edad,
Estudiante, con domicilio y residencia en el Caserío "Los Ramos II"
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: Que a esta alcaldía se ha presentado el señor
JOSE MAXIMILIANO LOPEZ GONZALEZ, de cincuenta y tres años
de edad, sastre, de este mismo domicilio y departamento, y residente en
los Estados Unidos de América, portador de su Documento Único de
Identidad número CERO TRES SIETE NUEVE NUEVE SIETE DOSDOS, con Número de Identificación Tributaria CERO SIETE CERO
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
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SEGUNDO INMUEBLE: Con una extensión superficial de quinientos
cuarenta y seis punto setenta y dos metros cuadrados, denominado catastralmente como parcela número ciento diecinueve, y que se encuentra
ubicada específicamente en Segunda Avenida Sur, Barrio San José del
Municipio de Santa Catarina Masahuat, departamento de Sonsonate, y
que se describe así: AL NORTE, linda con parcela número ciento treinta
con Administración Nacional de Telecomunicaciones; AL ORIENTE,
linda con parcelas número ciento setenta y siete, ciento sesenta y ocho,
Alcaldía Municipal de Santa Catarina Masahuat; Diócesis de Sonsonate,
con calle de por medio; AL SUR, linda con la parcela número quinientos
ochenta y uno, con la señora Alicia del Carmen Gómez de Garzona, con
calle de por medio; AL PONIENTE, linda con las parcelas números
quinientos veintiséis, quinientos veintisiete, noventa y seis, quinientos
cinco, quinientos seis y con los señores Olivia Guadalupe Argueta de
Santos, Juan David Argueta Fuentes, Orbelina de María Méndez Linares, Hugo Alberto Ocampo Gutiérrez, Ruth Anabel Ocampo Gutiérrez;
TERCER INMUEBLE: Con una extensión superficial de novecientos
sesenta y siete punto cero dos metros cuadrados, denominado catastralmente como parcela número ciento setenta y siete, y que se encuentra
ubicado específicamente en Barrio El Rosario, Segunda Avenida Sur,
del Municipio de Santa Catarina Masahuat, departamento de Sonsonate,
y que se describe así: AL NORTE, linda con parcela número ciento
ochenta y cuatro, y con el señor José Antonio Arévalo, con calle de por
medio; AL ORIENTE, linda con las parcelas números doscientos treinta
y cinco, doscientos veinticuatro, trescientos uno y con Guillermo Antonio
Castaneda Hernández, Alcaldía Municipal de Santa Catarina Masahuat,
Godofredo Antonio Calderón Gutiérrez, Edelmira Mendoza de Calderón
y con calle de por medio; AL SUR, linda con la parcela número ciento
sesenta y ocho, y con la Diósesis de Sonsonate; AL PONIENTE, linda
con la parcela número ciento diecinueve, ciento treinta y con la Alcaldía
Municipal, Administración Nacional de Telecomunicaciones con calle de
por medio.- Los inmuebles antes descritos están valuados los primeros
dos en tres mil dolares y el tercero en cinco mil dolares.- Lo hubo por
posesión material por más de ochenta años.
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OCHO- TRES CERO CERO SIETE-OCHO, TRES CERO CERO SEIS
CINCO CINCO-CERO CERO UNO-CERO; por medio de su Apoderado
General Judicial, Licenciado Carlos René González Alvarado, solicitando se le extienda TITULO DE PROPIEDAD, DE UN TERRENO DE
"NATURALEZA URBANA", el cual está situado en Primera Avenida
Norte, del Barrio El Centro de esta Villa de San Cristóbal, de la extensión
superficial de TRESCIENTOS TREINTA Y DOS PUNTO NOVENTA
Y NUEVE METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias:
AL NORTE, treinta y ocho punto diez metros, con terreno que antes fue
de Paulina González de López, (ya fallecida), después de mi mandante y
hoy de Francisca Doris Gonzáles de Bernal; AL ORIENTE, ocho punto
setenta y cuatro metros, con Plaza Pública, Calle Pública de por medio
Mojones de base de cemento; AL SUR, treinta y ocho punto diez metros,
con el Edificio del Palacio Municipal de esta Villa paredes de bloque de
cemento, y terreno del señor Ángel Evelio Hernández; y AL PONIENTE,
ocho punto setenta y cuatro metros, con terreno que antes fue de Paulina
Gonzalo de López, hoy de José Leandro González Pérez, mojones de
izotes, en el referido inmueble se ha construido en su interior una casa
de sistema mixto, en diámetro de ciento cincuenta metros cuadrados
aproximadamente. Todos los colindantes son de este domicilio de San
Cristóbal a excepción del señor Ángel Evelio Hernández, cuyo paradero
se desconoce, el terreno antes descrito lo adquirió por compra que le
hizo a la señora FRANCISCO DORIS LOPEZ DE BERNAL, con quien
le une parentesco por consanguinidad por ser hermanos entre sí, que
unida la posesión material con su antecesor desde hace más de veinte
años consecutivos y sin interrupción de ninguna persona; y lo valora en
ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO PUNTO CINCUENTA
Y SIETE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,
el terreno descrito no es dominante ni está en proindivisión y no tiene
cargas o derechos reales que pertenezcan a terceras personas.
Alcaldía Municipal de San Cristóbal, departamento de Cuscatlán, a
los veinticuatro días del mes de abril del año dos mil diez.- Enmendadomil-diez-valen.- Más Enmendados-PEREZ-vale.- PEDRO ANTONIO
VAZQUEZ PEREZ, ALCALDE MUNICIPAL.
111
Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las ocho horas quince minutos
del día veinticuatro de Marzo del dos mil diez.- Dr. MARIO MOISA
MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN
CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
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3 v. alt. No. F014951-1
AR
I
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO,
DI
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada
Luz de María Marroquín en concepto de Apoderada General Judicial de
la Alcaldía Municipal de Santa Catarina Masahuat, solicitanto TITULO
DE PROPIEDAD, de los siguientes inmuebles: PRIMER INMUEBLE:
Con una extensión superficial de siete mil ochenta y ocho punto ochenta
y tres centímetros ochenta y cinco decímetros cuadrados, denominado
catastralmente como parcela sesenta y uno, y que se encuentra ubicado
específicamente en entrada principal del Municipio de Santa Catarina
Masahuat, Cementerio Municipal y que se describe así: AL NORTE, linda
con la parcela número doscientos ocho y con el señor Manuel Méndez
Sánchez; AL ORIENTE, linda con las parcelas número sesenta y siete,
sesenta y dos, sesenta, cincuenta y nueve, y con los señores José Angel
Reyes Santos, Santos Reyes Santos, José Roberto Osorio, Alcaldía Municipal de Santa Catarina Masahuat, con calle de por medio; AL SUR, linda
con las parcelas número cincuenta y ocho, cincuenta y cinco, cincuenta y
uno, y con las señoras María Milagro Alvarenga López, María Magdalena
López Zacapa, con calle de por medio; AL PONIENTE, linda con parcela
número doscientos nueve, y con el señor Miguel Angel Méndez Sánchez;
3 v. alt. No. F014959-1
TITULO SUPLETORIO
JORGE ALBERTO MORAN FUNES, Notario, de este domicilio, y del
de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, con Oficina en Tercera
Avenida Norte y Diecinueve Calle Poniente, número doscientos treinta
y ocho, segundo nivel, Centro de Gobierno, ciudad de San Salvador,
HAGO SABER: Que a mi Oficina Notarial se ha presentado el señor
ALBERTO MONGE ESCOBAR, de ochenta años de edad, Jornalero, del
domicilio de Jutiapa, Departamento de Cabañas, con Documento Único
de Identidad número: Cero cero cinco cero ocho siete siete uno-cuatro,
y con Número de Identificación Tributaria Cero nueve cero cuatro-uno
tres uno dos dos nueve-uno cero uno-uno, solicitando Título Supletorio
de un terreno rústico, situado en el Cantón Santa Bárbara, Caserío La
Chacra, Jurisdicción de Jutiapa, Departamento de Cabañas, de un área
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
de CINCUENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y
OCHO PUNTO TREINTA Y UN METROS CUADRADOS. Dicho
inmueble mide y linda así: AL NORTE: Mide ciento treinta y nueve punto
sesenta y ocho metros, en cuatro tramos con terreno del solicitante; AL
ORIENTE: Mide cuatrocientos cinco punto cuarenta y cinco metros en
once tramos con terreno de Pablo de Jesús Monge y del solicitante; AL
SUR: Mide Ciento cincuenta y ocho punto cuarenta y cuatro metros, en
cuatro tramos con terreno de Héctor Monge Recinos; AL PONIENTE:
Mide Cuatrocientos once punto ochenta y tres metros, en seis tramos con
terreno de Reimundo Monge Recinos y Francisco Martínez. Inmueble
que carece de construcciones y cultivos. Dicho inmueble lo valúa en
la cantidad de TRES MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA. Las porciones de terreno descrito no son dominantes
ni sirvientes, no posee accesorios, ni está en proindivisión y no tiene
cargas ni derechos que pertenezcan a terceras personas.
HECTOR MANUEL FUENTES VALDIVIESO,
NOTARIO.
1 v. No. F014916
RUBEN ARTURO DURAN ERAZO, Notario, del domicilio de Ilopango,
con oficina situada en Primera Calle Oriente Número siete, Ilopango,
para los efectos de ley,
HACE SABER: Que a su oficina se ha presentado la señora MARIA EDELMIRA CORNEJO SANCHEZ, de sesenta y dos años de
edad, comerciante, del domicilio de San Rafael Cedros, Departamento
de Cuscatlán, portadora de su Documento Único de Identidad Número,
cero un millón ochocientos treinta y tres mil noventa y seis-cuatro;
y Número de Identificación Tributaria: cero setecientos once-ciento
veinte mil novecientos cuarenta y siete-cero cero uno-dos; solicitando
Título Supletorio de Dominio, de un inmueble denominado Los Rivas,
de naturaleza rústica, situado en el cantón Soledad, jurisdicción de San
Rafael Cedros, Departamento de Cuscatlán, de una extensión superficial
de CIENTO CINCUENTA Y NUEVE AREAS CINCUENTA CENTIAREAS, según antecedente, pero en realidad es de aproximadamente
CUATRO HECTAREAS, denominado Los Rivas y con las colindancias
siguientes: AL ORIENTE: con terrenos de Graciela Abarca, brotones de
por medio; AL NORTE: Con el mismo terreno de Graciela Abarca, el
de Antonio Sánchez, antes de Juan Vásquez López y con el de Manuel
Vicente Vásquez y con terrenos de la sucesión de Rafael Rivas Quintanilla en dos tramos rectos; AL PONIENTE: Con terrenos de Manuel
Vicente Vásquez y de María Isabel Vásquez; y AL SUR: Peñas de por
medio con Matilde Reyna López de Sánchez, René Sánchez y terreno
de Antonio Sánchez, brotones del terreno que se describe de por medio,
por este rumbo soporta servidumbre de tránsito de tres metros de ancho
para salir al camino que conduce a la Carretera antigua a Ilobasco.- El
terreno, no está en proindivisión y no tienen cargas o derechos que
pertenezcan a otras personas.- Dicho inmueble la titulante lo hubo por
herencia de la sucesión testamentaria, dejada por el señor, MIGUEL
ANGEL CORNEJO, valuando el inmueble en el precio de cinco mil
dólares, comprobando su derecho de propiedad con el testimonio de la
escritura pública número doscientos cuarenta, otorgada en la ciudad de
Cojutepeque, a las ocho horas del día ocho de enero de mil novecientos
noventa y cinco, ante los oficios del notario, Pedro de Jesus Escobar
González, mediante la cual la compareciente y otros herederos declarados
efectuaron la tradición del dominio de los legados que se expresaron en
el testamento otorgado por el expresado causante.
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Librado en la Ciudad de San Salvador, a los veintiocho días del
mes de mayo de dos mil diez.
En la ciudad de San Salvador, a los treinta y un días del mes de
mayo del año dos mil diez.
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Lic. JORGE ALBERTO MORAN FUNES,
NOTARIO.
1 v. No. F014856
HECTOR MANUEL FUENTES VALDIVIESO, Notario del domicilio
de Chalatenango con oficina en 25 Calle Poniente 1332, Colonia Layco,
San Salvador, al público para los efectos de Ley,
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HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado el señor
RUBEN RODRIGUEZ PORTILLO, quien es de cincuenta y cuatro años
de edad, jornalero, del domicilio de San Rafael Cedros, Departamento
de Cuscatlán, persona a quien hoy conozco e identifico por medio de su
Documento Único de Identidad Número cero cero nueve uno dos cinco
dos uno-tres, y con Número de Identificación Tributaria cero siete uno
uno-dos siete cero cuatro cinco seis-uno cero uno-cuatro; MANIFESTANDO: I) Que es dueño y actual poseedor de forma quieta y pacífica,
continua e ininterrumpida de una porción de terreno rústico, ubicado en
el Cantón Soledad, Jurisdicción de San Rafael Cedros, Departamento
de Cuscatlán, la cual tiene una Extensión Superficial de MIL CUATROCIENTOS DOCE PUNTO DOS METROS CUADRADOS de las
medidas y colindancias siguientes: Siguiendo las agujas del reloj: AL
NORTE: linda con propiedad de Miguel Ángel Cornejo Abarca, cerco
de alambre de por medio; AL ORIENTE: con Resto del inmueble,
propiedad de Miguel Ángel Cornejo Abarca, calle de servidumbre de
por medio de un ancho promedio de cinco punto noventa metros; AL
SUR: linda con propiedad de Matilde Reyna López de Sánchez; y AL
PONIENTE: linda con María Isabel Vásquez de Rivas. II) Que en base
al artículo dieciséis de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción
Voluntaria y de Otras Diligencias, vino ante mis Oficios Notariales a
solicitarme la Titulación Supletoria del inmueble antes relacionado;
presentando la Denominación Catastral respectiva.- El predio descrito no
es dominante ni sirviente, ni está en Proindivisión con nadie y lo obtuvo
por la compraventa que le hizo al señor Miguel Ángel Cornejo en el año
de mil novecientos noventa y tres, por lo que tiene más de quince años
de poseerlo, pero carece de título de dominio a su favor, el inmueble lo
valúa en la suma de CUATRO MIL DOLARES.
Lo que avisa al público para los efectos de ley.
Librado en la ciudad de Ilopango, a los un días del mes de Junio
de dos mil diez.
Lic. RUBEN ARTURO DURAN ERAZO,
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. F014976
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a
las diez horas del día veintiocho de abril del año dos mil diez.- Licda.
ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA
INSTANCIA.- Br. EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F014931-1
NO OFI
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HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado, el Licenciado
OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, como Apoderado General
Judicial de la señora CANDIDA DEL CARMEN ARGUETA DE MOYA,
a solicitar a su favor Título Supletorio, sobre un inmueble de naturaleza
rústica situado en el sitio conocido como La Olomina, Cantón Tierra Colorada, Jurisdicción de Arambala, Departamento de Morazán, de la extensión
Superficial de QUINIENTOS TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS
OCHO PUNTO CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS; de
las medidas y linderos siguientes: AL NORTE, setecientos cuarenta y
seis metros, con terreno del señor Maximino Ramos; AL ORIENTE, dos
mil ciento diecisiete punto cincuenta y nueve metros, con terrenos de los
señores Cristóbal Amaya, Río El Sapo de por medio; Neftalí Argueta; y
Cristóbal Argueta; AL SUR, ciento veintidós punto cincuenta y nueve
metros, con terreno de la señora Martina Rodríguez, calle de acceso de
por medio; y AL PONIENTE, mil ochocientos trece punto cincuenta y
tres metros, con terrenos de los señores Martina Rodríguez, sucesión de
Juan Ramos y terrenos de Maximino Ramos. Dicho inmueble lo adquirió
por compraventa de Posesión Material, que le hizo a la señora MARIA
MARTINA RODRIGUEZ ARGUETA, se estima en el precio de DIEZ
MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
metros, linda con Digna Medrano, cerco de alambre de por medio, y el
segundo mide diecinueve metros.- Lo adquirió por compra verbal que
hizo a la señora MARTA ALICIA ORELLANA RIVAS, y lo valúa en
la cantidad de DIEZ MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE NORTE AMERICA.
LT
A
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA EFECTOS
DE LEY,
113
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco Gotera, Morazán, a las doce horas del día seis de Abril del dos mil
diez.- Lic. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2° DE
1ª INSTANCIA.- Lic. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C004004-1
LA INFRASCRITA JUEZA DEL DISTRITO JUDICIAL DEL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIUDAD BARRIOS,
DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL,
DI
AR
I
O
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor
JOSE GUDELIO MEDRANO CARBALLO, de sesenta y nueve años
de edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio de Ciudad Barrios,
con Documento Unico de Identidad número cero cero cuatrocientos
veintisiete mil trescientos ochenta y dos guión cinco, con Número de
Identificación Tributaria dos mil ciento dos guión ciento setenta mil
doscientos cuarenta y uno guión cero cero uno guión cuatro; solicitando
TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústica, situado
en el Caserío La Joya, Cantón San Juan, de la jurisdicción de Ciudad
Barrios, Departamento de San Miguel, de la capacidad superficial de
CINCO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON DIECIOCHO DECIMETROS CUADRADOS, de los
linderos y colindancias siguientes: AL ORIENTE, mide ciento cincuenta
metros con cincuenta centímetros, linda con Digna Medrano, cerco de
alambre de por medio; AL NORTE, mide cuarenta y dos metros con
cincuenta centímetros, linda con calle vecinal que conduce a Cantón San
Jerónimo de la jurisdicción de Chapeltique, palo de paterno de mojón;
AL PONIENTE, mide ciento doce metros, en dos tiros, el primero de
setenta metros y el segundo de cuarenta y dos metros, linda con Héctor
Medrano, calle que conduce a San Jerónimo de por medio; AL SUR,
mide cuarenta y cinco metros en dos tiros, el primero de veintiséis
TITULO DE DOMINIO
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: Que a esta Alcaldía ha comparecido la señora
MARIA HENA GARCIA, de cincuenta y cuatro años de edad, de oficios
domésticos, con domicilio y residencia en el Barrio El Rosario, de esta
población, portadora de su Documento Único de Identidad Número cero
uno cuatro nueve cuatro cinco cuatro seis guión seis, y con Tarjeta de
Identificación Tributaria Número, cero tres uno cuatro guión cero nueve
cero siete cinco cinco guión uno cero uno guión tres; solicitando que
previas a las formalidades legales, se extienda a su favor TITULO DE
DOMINIO, de una porción de terreno, de naturaleza urbana, situada en
Calle Tres de Agosto, del Barrio El Rosario de esta población; de una
extensión superficial catastral de CUATROCIENTOS CUARENTA Y
TRES PUNTO CERO SIETE METROS CUADRADOS; cuyas medidas
y colindancias son las siguientes: AL NORTE, partiendo del mojón
esquinero Norponiente, dos tramos; el primero de quince punto veinte
metros, y el segundo de ocho punto treinta metros, linda con propiedad
de las señoras María Inés García de Vásquez y Matilde García Pérez;
AL ORIENTE, partiendo del mojón Esquinero Nor Oriente, un tramo,
mide veintidós punto cuarenta metros, linda con propiedad de la señora
María Celia García Osorio; AL SUR, partiendo del mojón esquinero Sur
Oriente, un tramo, mide diecinueve punto cuarenta metros, linda con
propiedad de los señores, Francisca Vásquez Vásquez de Ramírez, Melina
de Jesús Álvarez Ramírez y Santos Álvarez, calle de por medio; y AL
PONIENTE, partiendo del mojón esquinero Sur Poniente, un tramo, mide
diecinueve punto setenta y seis metros, linda con propiedad del señor
Vicente Ramírez García. El inmueble antes descrito no es sirviente, ni
dominante, ni está en proindivisión alguna y no tiene carga ni derecho
real que respetar; que lo posee por más de diez años continuos y no
interrumpidos, lo adquirió por donación verbal, realizada por la señora
Petrona García; y lo evalúa en la cantidad de TRES MIL DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Se hace del conocimiento de cualquier persona interesada para los
efectos de Ley.
Alcaldía Municipal de Santo Domingo de Guzmán, Departamento de
Sonsonate, a treinta y un días del mes de mayo del año de dos mil diez.GERARDO CUELLAR SIGÜENZA, ALCALDE MUNICIPAL.- JOSE
MANUEL VASQUEZ GARCIA, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F014920-1
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
114
JUICIO DE AUSENCIA
EL INFRASCRITO JUEZ DE LO LABORAL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado
JORGE ALBERTO GARCIA FLORES, en su carácter de Apoderado
DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
General Judicial de BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, S.A.,
BANCO CITI DE EL SALVADOR, S.A. O BANCO CITI, S.A., quien
ALBERTO GARCÍA FLORES, en calidad de apoderado de SCOTIA-
ha iniciado DILIGENCIAS DE AUSENCIA en contra del señor
BANK EL SALVADOR SOCIEDAD ANÓNIMA, en el incidente de
CARLOS ALBERTO ALVARENGA REYES, por el hecho de que se
ausencia, inserto en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el
ignora su paradero, y PIDE: Que previa las formalidades legales, se le
Licenciado GARCÍA FLORES, en la mencionada calidad manifestando
declare ausente y se le nombre un CURADOR ESPECIAL, para que lo
que se desconoce el paradero de la demandada señora VIOLETA MA-
represente en el presente juicio ejecutivo mercantil; se previene de que
RICEL PÉREZ RAMÍREZ, de treinta y ocho años de edad, Empleada,
si el señor CARLOS ALBERTO ALVARENGA REYES, ha dejado
del domicilio de Soyapango.
procurador o representante legal, se presente a este Juzgado dentro de
LT
A
AVISA: Que a este Juzgado se ha presentado el Abogado JORGE
los quince días después de la publicación de este aviso por tercera vez,
formidad con el Art. 141 Pr. C., que si la demandada señora VIOLETA
a comprobar su personería, conforme a lo prescrito en el Art. 5 de la
MARICEL PÉREZ RAMÍREZ, tiene procurador o representante legal
Ley de la Jurisdicción Voluntaria y de otras diligencias, y el Art. 141
que pueda representarla en el territorio nacional, comparezca ante este
del Código de Procedimiento Civiles.
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PREVIÉNESE como Incidente de Diligencias de Ausencia de con-
Juzgado, dentro de los quince días subsiguientes a la publicación de este
aviso, probando tal circunstancia.
Librado en el Juzgado de lo Laboral de Santa Tecla, a las quince horas
y cincuenta del día dieciséis de febrero de dos mil diez. DR. MIGUEL
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las quince
horas del día treinta de noviembre de dos mil nueve. LIC. EDGAR
ANGEL REYES HERNANDEZ, JUEZ DE LO LABORAL.- LICDA.
MIRNA MARGARITA DIAZ DE DOMINGUEZ, SECRETARIA.
ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MARIA
ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.
1 v. No. F014854
1 v. No. F014851
LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO EN GENERAL:
HACE SABER: Que en este Tribunal existe Juicio Mercantil Eje-
público para los efectos de ley;
ELSY ELIZABETH GALVEZ SANCHEZ, mayor de edad, Abogada
O
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al
cutivo marcado con el número 40-EM-07, promovido por la Licenciada
AR
I
HACE SABER: Que en el juicio Ejecutivo Mercantil Promovido
por el Lic. Jorge Alberto García Flores, apoderado general judicial del
BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA,
y de este domicilio, en su calidad de Apoderada General Judicial de
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A., contra el señor CARLOS
EDUARDO PADILLA y VELASCO CEPEDA.Posteriormente a la fecha que se inició el referido Juicio se pre-
incidente de ausencia a fin de nombrar curador ad-litem al señor LUIS
sentó la Licenciada ELSY ELIZABETH GALVEZ SÁNCHEZ, en el
ALONSO RIVAS, para que lo represente en dicho juicio, en virtud de
carácter antes expresado, MANIFESTANDO que el demandado señor
que, según la parte actora, no se sabe su paradero y si dicho señor ha
CARLOS EDUARDO PADILLA y VELASCO CEPEDA, mayor de
dejado algún procurador para que lo represente; en consecuencia, si el
edad, Licenciado en Ciencias, antes de este domicilio, ahora de domi-
expresado señor Rivas, tuviere algún Procurador o representante legal,
cilio ignorado, a quien correspondía su Documento Único de Identidad
previéneseles presentarse a este Juzgado, dentro de los quince días
Número CERO DOS MILLONES CUATROCIENTOS NUEVE MIL
DI
contra Luis Alonso Rivas, ha promovido dentro del referido juicio
siguientes a la última publicación de este aviso, a comprobar dicha
TRESCIENTOS DIECISEIS- CUATRO, con Número de Identificación
circunstancia.
Tributaria CERO SEISCIENTOS CATORCE- CERO NOVENTA Y UN
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, doce de enero del año
dos mil diez. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
MIL CIENTO SESENTA Y OCHO- CERO CERO CUATRO-SEIS: se
ha AUSENTADO de su domicilio, sin que se sepa de su paradero actual,
ignorándose además si ha dejado Procurador u otro Representante Legal
en el país, para que Intervenga en el Juicio de Mérito; por lo que pidió,
previos los trámites legales, se le nombre CURADOR ESPECIAL que
1 v. No. F014852
lo represente en el referido Juicio.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
En consecuencia se previene que si el demandado señor CARLOS
115
RENOVACION DE MARCAS
EDUARDO PADILLA y VELASCO CEPEDA, tuviere Procurador,
Apoderado o Representante Legal en el país, se presente a este Tri-
No. de Expediente: 1986000215
bunal a comprobar dicha circunstancia, dentro de los QUINCE DIAS
No. de Presentación: 20090126203
SIGUIENTES a la última publicación de este AVISO.
CLASE: 05.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL,
San Salvador, a las diez horas y quince minutos del día ocho de enero
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado PABLO
ESCOBAR, JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL.- LIC. ANA
NOE RECINOS VALLE, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
CECILIA FIGUEROA ALMENDARES, SECRETARIA.
LT
A
de dos mil diez. Enmendado: diez-Vale. LIC. ANA MARIA CORDON
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de GAMMA LABORATORIES,
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SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:
GAMMA-LAB, S.A. DE C.V., del domicilio de CIUDAD MERLIOT,
1 v. No. F015009
JURISDICCION DE ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO
DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00212 del Libro 00126
de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la expresión KAOVET,
escrita en letra corriente; que ampara productos/servicios comprendidos
MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUN-
en la (s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.
DO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.-
AVISA: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido
por la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE AHORRO, CREDITO Y
CONSUMO DE ABOGADOS DE EL SALVADOR DE RESPONSA-
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los seis días del mes de enero del año dos mil diez.
BILIDAD LIMITADA abreviadamente COOP-ABOGADOS, por medio
de su Apoderada General Judicial, Licenciada ELSY ELIZABETH
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
GALVEZ SANCHEZ en contra de la señora BLANCA ESTELA
REGISTRADORA.
MOLINA CISNEROS, mayor de edad, empleada de este domicilio,
se ha presentado dicha Apoderada, manifestando que la demandada se
O
LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,
ha ausentado, ignorándose su paradero, como si ha dejado procurador
AR
I
SECRETARIO.
o representante legal que la represente, por lo que se previene, que si
DI
lo tuviere se presente a este Juzgado comprobando dicha circunstancia,
3 v. alt. No. C003977-1
dentro de los quince días siguientes al de la última publicación de este
aviso.Lo que se hace del conocimiento del Público para los efectos de
No. de Expediente: 1986000218
ley.
No. de Presentación: 20090131051
Librado en el JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: San Miguel,
CLASE: 05.
a las once horas con nueve minutos del día once de enero del dos mil
diez. - DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- LICDA. MARTA DOLORES
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado PABLO
COREAS, SECRETARIA.
NOE RECINOS VALLE, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
1 v. No. F015014
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de GAMMA LA-
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
116
BORATORIES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
que se abrevia: GAMMA-LAB, S.A. DE C.V., del domicilio de Ciudad
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
Merliot, Jurisdicción de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Liber-
San Salvador, a los veinte días del mes de abril del año dos mil diez.
tad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00211 del Libro 00126 de REGISTRO DE
MARCAS, consistente en la expresión ASEP, escrita en letra corriente;
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
que ampara productos/servicios comprendidos en la (s) Clase 05 de la
REGISTRADOR.
Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
LUCIA MARGARITA GALAN,
Ley.
SECRETARIO.
LT
A
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los cuatro días del mes de enero del año dos mil diez.
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3 v. alt. No. C003979-1
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
No. de Expediente: 1999007714
No. de Presentación: 20100134734
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
CLASE: 05.
SECRETARIO.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
3 v. alt. No. C003978-1
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MARIA
ADELA RODRIGUEZ DE FUENTES, mayor de edad, SECRETARIA, del domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE
LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
REPRESENTANTE LEGAL de FADIME, SOCIEDAD ANONIMA
No. de Expediente: 2000001437
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: FADIME, S.A. DE C.V.,
del domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA,
No. de Presentación: 20100134702
solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00192 del
libro 00121 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la pala-
CLASE: 05.
O
bra CEREBROL escrita en letra de molde y mayúsculas; que ampara
AR
I
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación
Internacional de Niza.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado PABLO
DI
NOE RECINOS VALLE, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de GAMMA LABORATORIES,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:
GAMMA-LAB, S.A. DE C.V., del domicilio de CIUDAD MERLIOT,
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los veinte días del mes de abril del año dos mil diez.
JURISDICCION DE ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO
DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
RENOVACION, para la inscripción Número 00081 del Libro 00124 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA CREZAC,
REGISTRADOR.
ESCRITO EN LETRA CORRIENTE; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
Ley.
3 v. alt. No. C003981-1
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
117
Libro 00129 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra
LOMBRICURA; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)
Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.
No. de Expediente: 1999007695
No. de Presentación: 20100134733
CLASE: 05.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MARIA
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los catorce días del mes de abril del año dos mil diez.
ADELA RODRIGUEZ DE FUENTES, mayor de edad, SECRETARIA, del domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
PRESENTANTE LEGAL de FADIME, SOCIEDAD ANONIMA DE
REGISTRADOR.
LT
A
LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como RECAPITAL VARIABLE, del domicilio de San Salvador, de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
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Número 00046 del Libro 00116 de INSCRIPCION DE MARCAS, con-
SECRETARIO.
sistente en la palabra ALUGEL, escrita en letra de molde y mayúsculas;
que ampara productos/servicios comprendidos en la (s) Clase 05 de la
Clasificación Internacional de Niza.
3 v. alt. No. C003984-1
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
No. de Expediente: 1999004222
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de abril del año dos mil
diez.
No. de Presentación: 20090128941
CLASE: 21.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
3 v. alt. No. C003982-1
DI
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I
O
SECRETARIO.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA
GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de THE
PROCTER & GAMBLE COMPANY, del domicilio de ONE PROCTER
& GAMBLE PLAZA, CINCINNATI, OHIO, ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00039 del libro 00100 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “SWIFFER”,
escrita en letras de molde mayúsculas y negras; que ampara productos/
servicios comprendidos en la (s) Clase 21 de la Clasificación Internacional
de Niza.
No. de Expediente: 1986000689
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
No. de Presentación: 20100134732
Ley.
CLASE: 05.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los treinta días del mes de octubre del año dos mil
nueve.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MARIA
ADELA RODRIGUEZ DE FUENTES, mayor de edad, SECRETARIA, del domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
REPRESENTANTE LEGAL de FADIME, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: FADIME, S.A. DE C.V.,
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
del domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00093 del
3 v. alt. No. F015011-1
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
118
MARCA DE FABRICA
No. de Expediente: 2010100374
No. de Presentación: 20100135276
CLASE: 16.
No. de Expediente: 2010100377
No. de Presentación: 20100135281
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
CLASE: 25.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES
SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de TRUSSARDI
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
S.p.A., de nacionalidad ITALIANA, solicitando, el registro de la MARCA
DE FABRICA,
LT
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES
TRUSSARDI
SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de TRUSSARDI
DE FABRICA,
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S.p.A., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA
Consistente en: la palabra TRUSSARDI, que servirá para: AM-
PARAR: LIBROS DE AGENDA, ALBUMES, SUJETA LIBROS,
CUBIERTAS PARA LIBRO, LIBRETAS (CUADERNILLOS),
TRUSSARDI
SEPARADORES DE LIBROS, LIBROS, CAJAS DE CARTON O
DE PAPEL, CALENDARIOS, CATALOGOS, TABLILLA CON
SUJETAPAPELES, DIARIOS, TARJETAS DE FELICITACION,
Consistente en: la palabra TRUSSARDI, que servirá para:
AMPARAR: BATAS PARA BAÑO, BATAS PARA LA PLAYA,
CINTURONES, BLUSONES, SOSTENES, CHAQUETAS DE PUN-
TO (CARDIGANES), ABRIGOS, BATAS, PIELES, ESTOLAS DE
PIEL, GUANTES, VESTIDOS LARGOS, CHAQUETAS, JERSEYS,
SUÉTERES (JUMPERS), MANTOS, SOBRETODOS (OVERALL),
ABRIGOS CUBRE TODO, PIJAMAS, PANTALONES, FUSTANES,
PULLOVERS, ABRIGOS PARA LLUVIA, PANTALONES DE
LLUVIA, BUFANDAS, CAMISAS, FALDAS, MEDIAS, SUÉTE-
RES, TRAJES DE BAÑO, MALLAS, PANTALONES DE VESTIR,
CAMISETAS, ROPA INTERIOR, CALZONCILLOS, CHALECOS,
ABRIGO CON AJUSTE EN LA CINTURA, ZAPATOS, BOTAS,
ZAPATOS DE TACON ALTO, ZAPATOS DE CUERO, ZAPATOS
BAJOS, ZAPATOS DE GOMA, SANDALIAS, PANTUFLAS, CAPAS,
O
OREJERAS, SOMBREROS, CALCETERIA, MEDIAS. Clase: 25.
VIÑETAS, NO TEXTILES, REVISTAS (PERIODICAS), LIBROS
DE MEMORANDUMS, ESTUCHES PARA APUNTES, PERIODICOS, BASE PARA FOTOGRAFIAS, FOTOGRAFIAS, PELICULA
PLASTICA PARA ENVOLVER Y EMPAQUETAR, CUADERNOS
DE BOLSILLO, TARJETAS POSTALES, PANCARTAS, LIBROS DE
RECORTES, ALMOHADILLAS PARA SELLOS, CALCOMANIAS
(PAPELERIA), TELAS PARA MESA DE PAPEL, SERVILLETAS
PARA MESA DE PAPEL, MANTELES PARA MESA DE PAPEL,
PAÑUELOS DE PAPEL PARA REMOVER MAQUILLAJE, PAPEL
DE BAÑO, TOALLAS DE PAPEL; CINTA ADHESIVA PARA
USOS DE ESCRITORIO O EN CASA, CAJAS PARA LAPICEROS,
LAPICEROS Y LAPICES, ESTUCHES PARA LAPICEROS, SUJETADORES DE LAPICES, MINAS PARA LAPICEROS Y LAPICES,
MARCADORES, CARTAPACIO DE ANILLOS, ABRIDORES DE
AR
I
CARTA, BANDEJAS PARA CARTAS, PLUMA FUENTE, TABLAS
La solicitud fue presentada el día quince de abril del año dos mil
DE DIBUJO, PRODUCTOS PARA BORRAR, FOLDERS PARA PAPELES, BOLSAS DE PLASTICO PARA EMPAQUETAR, BOLSAS
DI
diez.
LIBROS ILUSTRADOS Y FOTOGRAFICOS, LIBROS DE INDICE,
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
DE PLASTICO FORMADAS PARA EMPAQUETAR. Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día quince de abril del año dos mil
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinte de abril del año dos mil diez.
diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
San Salvador, veinte de abril del año dos mil diez.
REGISTRADOR.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,
ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,
SECRETARIO.
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003988-1
3 v. alt. No. C003989-1
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
No. de Expediente: 2010100375
No. de Expediente: 2010100376
No. de Presentación: 20100135278
No. de Presentación: 20100135279
CLASE: 18.
CLASE: 24.
119
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES
SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de TRUSSARDI
SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de TRUSSARDI
S.p.A., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA
S.p.A., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA,
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES
DE FABRICA,
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TRUSSARDI
TRUSSARDI
Consistente en: la palabra TRUSSARDI, que servirá para: AM-
Consistente en: la palabra TRUSSARDI, que servirá para: AMPARAR: MOCHILAS, BOLSOS DE PLAYA, MALETAS, ESTUCHES
PARA GUARDAR TARJETAS (ESTUCHES PARA GUARDAR NO-
TAS), BOLSAS PARA GUARDAR ROPA PARA VIAJE, CARTERAS
DE MANO, CORREAS DE CUERO, CINTURONES DE HOMBRO
DE CUERO, BOLSAS DE RED PARA REALIZAR COMPRAS,
BILLETERAS DE BOLSILLO, PEQUEÑOS BOLSOS, DE CUERO,
PARA EMPAQUETAR, CARTERAS, MORRALES, MALETINES DE
MANO, BOLSOS PARA LA ESCUELA, CARTERAS COLEGIALES,
BOLSOS PARA COMPRAS, BOLSOS DEPORTIVOS, MALETAS,
BOLSOS DE VIAJE, BAÚLES PARA VIAJE, BAÚLES (EQUIPAJE),
VALIJAS, ESTUCHES DE VANIDAD, NO A LA MEDIDA; SOM-
BRILLAS, PARASOLES Y BASTONES PARA CAMINAR; VARAS,
JUSTAS Y GUARNICIONERIA. Clase: 18.
PARAR: TELAS PARA EL BAÑO, EXCEPTO ROPA, SABANAS
PARA CAMA, ROPA DE CAMA, CUBRECAMAS, CUBRECAMAS
DE PAPEL, TELAS PARA LA CAMA, COLCHAS DE CAMA, TELA
PARA TAPIZ O BORDADO, CORTINAS DE TEXTILES O PLASTICOS, PUERTAS DE CORTINA, TOALLAS PARA EL ROSTRO
DE TELA, COBERTORES PARA MUEBLES, PAÑUELOS DE
TELA, REVESTIMIENTOS PARA SOMBRERO, DE TEXTILES,
DE UNA SOLA PIEZA, TELAS PARA USO EN CASA, VIÑETAS
DE PAPEL, COBERTORES PARA COLCHONES, FUNDAS PARA
ALMOHADAS, MANTELES PERSONALES, QUE NO SEAN DE
PAPEL, EDREDONES, BOLSAS DE DORMIR (SABANAS), TELAS
PARA MESA, QUE NO SEAN DE PAPEL, SERVILLETAS PARA
LA MESA DE TELA, TAPICERIA (COLGANTE EN PAREDES),
DE TELA, TOALLAS DE TEXTILES, TELAS PARA TAPIZADO,
TEXTILES PARA PAREDES, GUANTES PARA LAVAR. Clase:
24.
O
La solicitud fue presentada el día quince de abril del año dos mil
La solicitud fue presentada el día quince de abril del año dos mil
AR
I
diez.
diez.
DI
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diecinueve de abril del año dos mil diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinte de abril del año dos mil diez.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,
ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,
SECRETARIO.
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003990-1
3 v. alt. No. C003991-1
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
120
No. de Expediente: 2010100373
No. de Expediente: 2010100372
No. de Presentación: 20100135275
No. de Presentación: 20100135274
CLASE: 14.
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES
SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de TRUSSARDI
SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de TRUSSARDI
S.p.A., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA
S.p.A., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA,
LT
A
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES
DE FABRICA,
NO OFI
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TRUSSARDI
TRUSSARDI
Consistente en: la palabra TRUSSARDI, que servirá para: AM-
Consistente en: la palabra TRUSSARDI, que servirá para: AMPARAR: RELOJES DESPERTADORES, CAJAS DE METALES
PRECIOSOS, BRAZALETES, PRENDEDORES, CADENAS, AMULETOS, CRONOGRAFOS (RELOJES DE PULSERA), CRONOME-
TROS, ESTUCHES PARA RELOJES, MANCUERNAS, ARETES,
LLAVEROS, AROS PARA LLAVE (BARATIJAS O DE BOLSILLO),
MEDALLONES, COLLARES, PINES ORNAMENTALES (PRENDEDORES), ANILLOS, ADORNOS PARA ZAPATOS DE METALES
PRECIOSOS, ADORNOS DE PLATA, CRONOMETRO, BRAZA-
LETES PARA RELOJES DE PULSERA, CLIPS PARA CORBATA,
PINES PARA CORBATA, BARATIJAS, CORREAS PARA RELOJ,
ESTUCHES PARA RELOJES DE PULSERA, CADENAS PARA RELOJES DE PULSERA, RELOJES DE PULSERA, RELOJES, RELOJES
DEPORTIVOS. Clase: 14.
PARAR: CAMARAS (FOTOGRAFIA), CRONOGRAFOS (APARATOS PARA GRABADO DE TIEMPO), CONTENEDORES PARA
ANTEOJOS DE CONTACTO, TRAJES PARA BUCEO, AGENDAS
ELECTRONICAS, ESTUCHES PARA ANTEOJOS, CADENAS
PARA ANTEOJOS, CUERDAS PARA ANTEOJOS, MARCOS PARA
ANTEOJOS, ANTEOJOS, LENTES DE SOL, ANTEOJOS PARA
PRACTICAS DEPORTIVAS, LENTES DE AUMENTO (OPTICOS),
MASCARAS DE BUCEO, ANTEOJOS SIN PATILLAS, ESTUCHES
PARA ANTEOJOS SIN PATILLAS, CADENAS PARA ANTEOJOS
SIN PATILLAS, CUERDAS PARA ANTEOJOS SIN PATILLAS,
MONTAJES PARA ANTEOJOS SIN PATILLAS, TELEFONOS
PORTABLES, ESTUCHES PARA GAFAS, MARCOS PARA GAFAS,
LENTES PARA GAFAS, DISPOSITIVOS DIGITALES ELECTRONICOS PARA GRABAR, ORGANIZAR, TRANSMITIR, MANIPULAR Y
REVISAR PRUEBAS, ARCHIVOS DE DATOS, SONIDO, IMAGEN Y
VIDEO, VIDEOTELEFONOS, CAMARAS DE VIDEO, TELEFONOS
PORTABLES. Clase: 09.
O
La solicitud fue presentada el día quince de abril del año dos mil
AR
I
diez.
La solicitud fue presentada el día quince de abril del año dos mil
diez.
DI
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diecinueve de abril del año dos mil diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diecinueve de abril del año dos mil diez.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
REGISTRADOR.
ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003992-1
3 v. alt. No. C003993-1
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
No. de Expediente: 2010099119
No. de Expediente: 2010100371
No. de Presentación: 20100133115
No. de Presentación: 20100135273
CLASE: 16.
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
121
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES
SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de TRUSSARDI
GREE ELECTRIC APPLIANCES INC. OF ZHUHAI, de nacionalidad
S.p.A., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA
CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
DE FABRICA,
NO OFI
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A
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO
ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de
TRUSSARDI
TOSOT
Consistente en: la palabra TOSOT, que servirá para: AMPARAR:
Consistente en: la palabra TRUSSARDI, que servirá para: AMPA-
PAPEL, PAPEL DE COPIA (PAPELERIA), PAPEL HIGIÉNICO,
RAR: LOCIONES PARA DESPUÉS DE AFEITAR, JABON ANTI-
TOALLAS DE PAPEL, TABLEROS DE ANUNCIO DE PAPEL
TRANSPIRANTE, ESPUMA PARA BAÑO, SALES PARA BAÑO,
O CARTON, CUADERNOS, PERIODICOS, FOTOS, PAPEL DE
NO PARA PROPOSITOS MÉDICOS, MASCARILLAS DE BELLE-
EMBALAJE, APARATOS DE ENCUADERNACION (MATERIAL
ZA, RUBOR, LECHE LIMPIADORA PARA USOS DE TOCADOR,
DE OFICINA), ARTICULOS DE OFICINA, EXCEPTO MUEBLES,
CREMAS COSMÉTICAS, KITS COSMÉTICOS, PREPARACIONES
TINTA CHINA PREPARADA, SELLOS (SELLOS), INSTRUMENTOS
COSMÉTICAS PARA EL CUIDADO DE LA PIEL, COSMÉTICOS
DE ESCRITURA, GOMAS [COLAS] PARA LA PAPELERIA O LA
PARA LA HIGIENE PERSONAL Y CUIDADO INTIMO, DEN-
CASA, INSTRUMENTOS DE DIBUJO, MATERIALES DE DIBUJO,
TIFRICOS, JABON DESODORANTE, DESODORANTES PARA
MÁQUINAS DE ESCRIBIR [ELÉCTRICAS O NO ELÉCTRICAS],
USO PERSONAL, AGUA DE COLONIA, ACEITES ESENCIALES
MATERIALES DE ENSEÑANZA, CON EXCEPCION DE LOS
PARA USO PERSONAL, SOMBRA PARA OJOS, COSMÉTICOS
APARATOS, MODELOS DE ARQUITECTONICOS, ROSARIOS.
PARA CEJA, LAPICES PARA CEJA, POLVO PARA LA CARA,
Clase: 16.
PESTAÑAS FALSAS, UÑAS FALSAS, COLORANTES PARA EL
CABELLO, TINTES PARA EL CABELLO, LOCIONES PARA EL
CABELLO, POMADAS PARA EL CABELLO, SPRAY PARA EL
La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos
O
mil diez.
CABELLO, PREPARACIONES PARA ONDULAR EL CABELLO,
CREMAS Y LOCIONES PARA LAS MANOS, PREPARACIONES
AR
I
PARA REMOVER ESMALTE DE UÑAS, AGUA DE LAVANDA,
BÁLSAMO PARA LOS LABIOS, LÁPICES PARA LABIOS, PINTALABIOS, MAQUILLAJE LIQUIDO, LOCIONES PARA PROPOSITOS
DI
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
COSMÉTICOS, POLVO PARA MAQUILLAJE, PREPARACIONES
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
PARA MAQUILLAJE, PREPARACIONES PARA REMOVER MA-
San Salvador, diecinueve de abril del año dos mil diez.
QUILLAJE, RIMEL, PREPARACIONES PARA CUIDADO DE LAS
UÑAS, BRILLO PARA UÑAS, ESMALTE PARA UÑAS, ACEITES
PARA PROPOSITOS COSMÉTICOS, ACEITES PARA PERFUME
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
Y ESENCIAS, PERFUMES, COLORETE PARA PULIR, LOCIONES
Y EMULSIONES PARA ANTES Y DESPUÉS DE AFEITAR, AGUA
REGISTRADOR.
CON ESENCIAS, CHAMPÚ PARA CABELLO HUMANO, CREMA PARA AFEITAR, ESPUMA PARA AFEITAR, JABON PARA
AFEITAR, EMULSIONES Y LOCIONES PARA LIMPIAR LA PIEL,
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
CREMAS Y LOCIONES PARA HUMECTAR LA PIEL, PREPARACIONES BLOQUEADORAS DEL SOL, PREPARACIONES PARA
SECRETARIA.
BRONCEADO (COSMÉTICOS), TALCO EN POLVO, PARA USO
DE TOCADOR, JABONES DE TOCADOR, AGUA DE TOCADOR,
3 v. alt. No. C003994-1
POLVO PARA DIENTES, PASTA PARA DIENTES. Clase: 03.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
122
La solicitud fue presentada el día quince de abril del año dos mil
DORES DE AIRE, OLLAS A PRESION [AUTOCLAVES], ELÉCTRICAS, ACONDICIONADORES DE AIRE PARA VEHICULOS,
diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diecinueve de abril del año dos mil diez.
VENTILADORES (PARTES DE LAS INSTALACIONES DE AIRE
ACONDICIONADO), FILTROS PARA AIRE ACONDICIONADO,
CALEFACCION DE LOS VEHICULOS, SECADORES DE AIRE,
ESTERILIZADORES DE AIRE, SECADORES DE PELO ELÉCTRICO,
EVAPORADORES, ESTERILIZADORES, ARMARIOS DE ESTERILIZACION, INTERCAMBIADORES DE CALOR [NO PARTES
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
DE MÁQUINAS], VENTILADORES, CALENTADORES DE AGUA
REGISTRADOR.
DE ENERGIA SOLAR, SARTENES DE HIERRO ELÉCTRICAS,
CALENTADORES PARA LOS BAÑOS, QUEMADORES DE GAS,
REFRESCADORES DE AIRE, REFRIGERADORES, HORNOS DE
SECRETARIO.
MICROONDAS [APARATOS DE COCINA], INSTALACIONES DE
LT
A
ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,
PURIFICACION DE AGUA, LAVAVAJILLAS, MÁQUINAS PARA
NO OFI
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COCER HUEVOS, APARATOS ELÉCTRICOS PARA HACER EL
YOGURT, APARATOS DE VAPOR FACIAL [SAUNAS], TOSTADORES DE PAN, CAFETERA ELÉCTRICA, MÁQUINAS LAVAPIÉS
3 v. alt. No. C003997-1
ELÉCTRICA, HORNOS DE PANADERIA, COCINAS DE COCCION
LENTA ELÉCTRICAS. Clase: 11.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos
mil diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
No. de Expediente: 2010099118
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diecinueve de abril del año dos mil diez.
No. de Presentación: 20100133114
CLASE: 11.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO
SECRETARIO.
ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de
O
GREE ELECTRIC APPLIANCES INC. OF ZHUHAI, de nacionalidad
DI
AR
I
CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
3 v. alt. No. C003998-1
TOSOT
Consistente en: la palabra TOSOT, que servirá para: AMPARAR:
INSTALACIONES DE AIRE ACONDICIONADO, VENTILACION
[AIRE ACONDICIONADO] INSTALACIONES Y APARATOS,
No. de Expediente: 2009096100
No. de Presentación: 20090127824
RECALENTADORES DE AIRE, RADIADORES ELÉCTRICOS,
ACUMULADORES DE CALOR, SECADORES DE ROPA, ELÉC-
CLASE: 05.
TRICOS, VENTILADORES [AIRE ACONDICIONADO], DESHUMIDIFICADORES DE AIRE, APARATOS Y MÁQUINAS DE
PURIFICACION DE AIRE, APARATOS E INSTALACIONES DE
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
COCINA, EXTRACTORES PARA COCINA, CALENTADORES DE
AGUA DE GAS DE CARBON, CALENTADORES ELÉCTRICOS
DE AGUA, HORNO ELECTROMAGNÉTICO, UTENSILIOS DE
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA
COCINA, ELÉCTRICOS, DISPENSADORES ELÉCTRICOS DE
GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO
AGUA POTABLE, HERVIDORES ELÉCTRICOS, HUMIDIFICA-
ESPECIAL de DENTSPLY INTERNATIONAL INC., de nacionalidad
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FA-
123
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
BRICA Y DE COMERCIO,
San Salvador, trece de abril del año dos mil diez.
EVOLU-X
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
Consistente en: la palabra EVOLU-X, que servirá para: AMPARAR:
MATERIAL DENTAL RESTAURATIVO. Clase: 05.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
La solicitud fue presentada el día veintidós de septiembre del año
SECRETARIO.
dos mil nueve.
LT
A
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
3 v. alt. No. F015010-1
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
NO OFI
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San Salvador, veintisiete de abril del año dos mil diez.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
No. de Expediente: 2009097004
No. de Presentación: 20090129215
REGISTRADOR.
CLASE: 05.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
LA INFRASCRITA REGISTRADORA,
SECRETARIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUZ DE
3 v. alt. No. F015008-1
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de The Procter & Gamble Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
No. de Expediente: 2010100178
No. de Presentación: 20100134981
O
CLASE: 05.
AR
I
LA INFRASCRITA REGISTRADORA,
DI
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA
GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO
Consistente en: un diseño, identificado como “FEBREZE (Window
Device 08 bw)”, que se traduce al castellano “diseño de ventana 08 bw”,
que servirá para: AMPARAR DESODORANTES QUE NO SEAN
PARA USO PERSONAL. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día treinta de octubre del año dos
mil nueve.
ESPECIAL de GYNOPHARM, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA DE
FABRICA Y DE COMERCIO,
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiséis de abril del año dos mil diez.
ROSUTROPIC
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
Consistente en: la palabra ROSUTROPIC, que servirá para: AMPARAR PRODUCTOS FARMACÉUTICOS EN GENERAL. Clase:
05.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIO.
La solicitud fue presentada el día ocho de abril del año dos mil
diez.
3 v. alt. No. F015013-1
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
124
No. de Expediente: 2009097005
para: AMPARAR VESTUARIO, CALZADO, SOMBRERERIA. Clase:
25.
No. de Presentación: 20090129216
CLASE: 03.
La solicitud fue presentada el día veinticinco de enero del año dos
mil diez.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiséis de abril del año dos mil diez.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
LT
A
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de The Procter & Gamble Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
NO OFI
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SECRETARIO.
Consistente en: un diseño, identificado como FEBREZE (Window
Device 08 bw), que se traduce al castellano “Diseño de Ventana 08 bw”,
que servirá para: AMPARAR: AROMATIZANTES DE AMBIENTE
(ACEITES ESENCIALES). Clase: 03.
No. de Expediente: 2006059433
La solicitud fue presentada el día treinta de octubre del año dos
mil nueve.
CLASE: 05.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diecinueve de abril del año dos mil diez.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
3 v. alt. No. F015016-1
No. de Presentación: 20060080434
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA
GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de Kraft Foods Global Brands LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,
3 v. alt. No. F015015-1
AR
I
O
SECRETARIO.
DI
No. de Expediente: 2010098661
No. de Presentación: 20100132094
Consistente en: la palabra belVita y diseño, que servirá para:
AMPARAR: SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS NUTRICIONALES,
INCLUYENDO BARRAS ENERGETICAS, BARRAS BAJAS EN
CARBOHIDRATOS Y BARRAS DIETETICAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veinte de julio del año dos mil
CLASE: 25.
seis.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUZ DE MARIA
BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO de Giorgio
Beverly Hills, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintitrés de abril del año dos mil diez.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
GIORGIO BEVERLY HILLS
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIO.
Consistente en: las palabras GIORGIO BEVERLY HILLS que se
traduce al castellano la palabra HILLS como: COLINAS, que servirá
3 v. alt. No. F015017-1
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
No. de Expediente: 2006059435
125
SA DIAZ PEREZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de
PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
No. de Presentación: 20060080436
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MORENA
GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de Kraft Foods Global Brands LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
Consistente en: las palabras TAQUERIA RANCHO AZTECA y
diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA
AL SERVICIO DE RESTAURANTES DE COMIDA MEXICANA.
Clase: 98.
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La solicitud fue presentada el día veintinueve de abril del año dos
mil diez.
NO OFI
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DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, tres de mayo del año dos mil diez.
Consistente en: la palabra belVita y diseño, que servirá para:
AMPARAR: GALLETAS, GALLETAS DE BARRA, GALLETAS
CRUJIENTES, CHOCOLATE Y BARRAS DE BOCADILLO, INCLUYENDO BARRAS DE CEREAL, BARRAS DE DESAYUNO,
BARRAS DE GRANOLA, BARRAS DE DULCE, BARRAS DE NUEZ,
BARRAS DE ENERGIA, BARRAS DE PROTEINA, BARRAS BAJAS
EN CARBOHIDRATOS BARRAS DE CEREAL Y LECHE, BARRAS
DE FRUTA, BARRAS DE YOGURT Y BARRAS DE DIETA, CAFE,
TE, CONFITERIA. Clase: 30.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003976-1
La solicitud fue presentada el día veinte de julio del año dos mil
seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinte de abril del año dos mil diez.
SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL
No. de Expediente: 2010099359
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
No. de Presentación: 20100133572
O
REGISTRADOR.
AR
I
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
DI
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F015018-1
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN
RAMON SERRANO, en su calidad de APODERADO de
EMBOTELLADORA DE SULA, SOCIEDAD ANONIMA que se
abrevia: EMBOTELLADORA DE SULA, S.A., de nacionalidad
HONDUREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL
DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2010100740
No. de Presentación: 20100135965
CLASE: 98.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado YRMA TERE-
Consistente en: la expresión LinK Dale Sabor a tu Ritmo y diseño,
en donde la palabra Link significa eslabón, que servirá para: ATRAER
LA ATENCION DEL PÚBLICO CONSUMIDOR SOBRE BEBIDAS
GASEOSAS.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
126
La solicitud fue presentada el día primero de marzo del año dos
mil diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, tres de marzo del año dos mil diez.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
No. de Expediente: 2010099358
No. de Presentación: 20100133571
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN RAMON
SERRANO, en su calidad de APODERADO de AGUAZUL, S.A., de
nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION
O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
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SECRETARIO.
NO OFI
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3 v. alt. No. C003999-1
Consistente en: las palabras QuAnty Refréscate con su sabor! y
diseño, que se traduce al castellano cantidad, que servirá para: ATRAER
LA ATENCION AL PUBLICO CONSUMIDOR EN LAS BEBIDAS
GASEOSAS.
No. de Expediente:2010099360
No. de Presentación: 20100133573
La solicitud fue presentada el día trece de abril del año dos mil
diez.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN RAMON
SERRANO, en su calidad de APODERADO de EMBOTELLADORA DE
SULA, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: EMBOTELLADORA
DE SULA, S.A., de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro
de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinticuatro de mayo del año dos mil diez.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
O
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004001-1
DI
AR
I
Consistente en: la expresión Es el momento de Enjoy y diseño, en
donde la palabra Enjoy significa disfrutar, que servirá para: ATRAER
LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO CONSUMIDOR SOBRE BEBIDAS
GASEOSAS.
La solicitud fue presentada el día primero de marzo del año dos
mil diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, tres de marzo del año dos mil diez.
CONVOCATORIAS
CONVOCATORIA
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004000-1
El infrascrito Administrador Único de la Sociedad MARTHID, S.A. DE
C. V., inscrita en el Registro de Comercio bajo el Número 16 del Libro
811, CONVOCA a todos los accionistas de la sociedad, para celebrar
JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS de dicha sociedad
que se llevará a cabo en las oficinas situadas Condominio La Montaña
II, Pje. El Arroyo, No. 9, Santa Tecla, departamento de La Libertad,
a las 8:00 horas del día PRIMERO DE JULIO DEL AÑO 2010, para
conocer de la siguiente agenda:
1)
Formulación, exhibición y firma del Acta de Quórum;
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
127
Aprobar o Improbar el Balance General, Estado de Resultados, estado de cambios en el patrimonio y memoria anual
presentado por el Administrador Único al 31 de diciembre
de 2009, así como conocer el informe del Auditor Externo;
ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,
3)
Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus honorarios;
de Apoderado General Judicial del señor HECTOR NERIO LÓPEZ,
4)
Cualquier otro asunto de carácter ordinario que pueda ser
tratado de conformidad con la Ley y el Pacto Social.
proseguido por el Licenciado Pablo Montano hijo en la misma calidad,
2)
al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que en virtud de Juicio Ejecutivo Mercantil promovido Inicialmente por el Licenciado Marco Wilson Oviedo en su calidad
mayor de edad, Ingeniero Agrónomo, del domicilio de San Salvador y
en contra de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN
AGROPECUARIA NUEVA ESPERANZA DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA que puede abreviarse ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE
o ACPA NUEVA ESPERANZA DE R. L., representada legalmente en
ese momento por el señor JOVEL MARDOQUEO MONTES y actualmente por el señor LUIS BELTRÁN PEREZ ESCOBAR, reclamándole
cantidad de dinero y accesorios, se venderá en pública subasta por la
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En caso que no hubiere quórum en la hora y fecha expresada se cita
por SEGUNDA VEZ a las 8 horas del día 2 DE JULIO de este año, en
el mismo lugar, pudiendo celebrarse con cualquiera que sea el número
de accionistas presentes o representados y las resoluciones se tomarán
por la mayoría de los votos presentes.
PRODUCCIÓN AGROPECUARIA NUEVA ESPERANZA de R. L.,
LT
A
Para conocer de los asuntos ordinarios en primera convocatoria
deberá estar presente o representados por lo menos la mitad más uno
de los accionistas, y las resoluciones se tomarán como válidas con la
mayoría de los votos presentes o representados.
San Salvador, 2 de junio de 2010.
cantidad y en fecha a señalarse oportunamente, el siguiente inmueble:
una porción de terreno que es el Casco de la Hacienda Santa Rita, pero
según antecedente se denomina Zona Comunal de la Colonia Nueva
Esperanza, siendo esta porción de naturaleza rústica, situada en el
Cantón La Ceiba, jurisdicción de San Francisco Menéndez, Departamento de Ahuachapán, de una extensión superficial de CATORCE MIL
JULIO ANTONIO MARTINEZ GUTIERREZ,
ADMINISTRADOR UNICO.
QUINIENTOS OCHENTA Y DOS PUNTO CUARENTA METROS
CUADRADOS, que mide: AL NORTE, once tramos, el primero de
veintisiete punto cincuenta metros, el segundo de veinticuatro punto
treinta y ocho metros, el tercero de dos punto diez metros, el cuarto de
3 v. alt. No. F014999-1
once punto ochenta y cuatro metros, el quinto de nueve punto cuarenta
y cuatro metros, el sexto de quince punto noventa y ocho metros, el
séptimo de cuarenta y ocho punto cincuenta y dos metros, el octavo
de veintinueve punto treinta y tres metros, el noveno de ocho punto
SUBASTA PUBLICA
ochenta y seis metros, el décimo de once punto ochenta y seis metros
y el undécimo de treinta punto setenta y nueve metros; AL ORIENTE,
cuatro tramos, el primero de cuarenta punto cuarenta metros, el segundo
FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO
DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO,
DI
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I
O
HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Tribunal por el
Lic. JOSE FRANCISCO JOYA GOMEZ, como Apoderado del señor
NELSON DANILO RODRIGUEZ MUÑOZ, en contra de los señores
SANTOS ELIZABETH SERVELLON PORTALES y RICARDO
ANTONIO AGUILAR PALACIOS, clasificado al número de referencia
93-05, se venderán en pública subasta los siguientes bienes muebles: Un
televisor de diecinueve pulgadas, marca GOLDSTAR, en mal estado no
funcionando, modelo CTM-NUEVE SIETE DOS DOS, serie KC DOS
UNO DOS CERO CERO, fabricado en Corea; Un juego de comedor de
madera pequeño, para cuatro personas, de color blanco, con cuatro sillas,
tapizados los sentaderos de color gris, totalmente sucios y manchados,
la superficie de la mesa rayadas, la patas de las sillas y mesa flojas,
fabricada en Malasia; un carretón para la venta de panes y tortas color
blanco, en regular estado, conteniendo en el interior un tambo de gas
propano de diez libras, y una hielera plástica de color azul.- Lo que se
hace del conocimiento del público para los fines de ley.
Juzgado Primero de lo Civil; Santa Ana, a las diez horas y cuarenta
minutos del día ocho de mayo del año dos mil nueve. LIC.FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO
CIVIL.- LIC. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003985-1
de cuarenta punto cuarenta metros, el tercero de seis punto cero cero
metros y el cuarto de diecisiete punto diecisiete metros; AL SUR, tres
vamos el primero de cincuenta y ocho punto cincuenta y seis metros,
el segundo de quince punto diecisiete metros y el tercero de cuarenta y
nueve punto ochenta y nueve metros; y AL PONIENTE, cinco tramos,
el primero de setenta y seis punto ochenta y un metros, el segundo de
diecisiete punto noventa y dos metros, el tercero de cuarenta y nueve
punto cuarenta y nueve metros, el cuarto de treinta y siete punto veintiún
metros y el quinto de treinta y dos punto cero cinco metros. Inscrito a favor
de la demandada ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN
AGROPECUARIA NUEVA ESPERANZA DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA que puede abreviarse ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE
PRODUCCIÓN AGROPECUARIA NUEVA ESPERANZA de R. L.,
o ACPA NUEVA ESPERANZA DE R.L., a la Matrícula número UNO
CINCO CERO NUEVE DOS SEIS SEIS CERO-CERO CERO CERO
CERO CERO, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la
Segunda Sección de Occidente, con sede en la ciudad de Ahuachapán.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los treinta y un
días del mes de mayo del año dos mil diez. DRA. ANA FELICITA
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE
SALINAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F014840-1
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
128
DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA
Apoderado General Judicial del señor VICTOR MANUEL ANDRADE
INSTANCIA DE LA CIUDAD DE TEJUTLA, DEPARTAMENTO
ARIAS conocido por VICTOR MANUEL ANDRADE; en contra del
DE CHALATENANGO.
señor JOSE ANTONIO RAMIREZ, se venderá en pública subasta en este
juzgado, el siguiente inmueble: ""Un lote de terreno de naturaleza rústica,
ubicado en Cantón Tecomatal, Jurisdicción, Distrito y Departamento de
San Miguel, y que en el plano del proyecto de parcelación Agrícola y
Ejecutivo Civil, número 36-2006-3, promovido por el Licenciado Héctor
Habitacional “La Ceiba" se identifica como LOTE NUMERO NUEVE
Francisco Alvarado Lara, y por el Licenciado Ricardo Portillo Cáceres,
DEL POLIGONO R, LOTES HABITACIONALES, PORCIÓN A de una
en sus calidades de Apoderados Generales Judiciales de la señora Zoila
extensión superficial de CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO
Maribel Flores Pineda, contra la señora María de la Paz Alvarado de
PUNTO NOVENTA Y SIETE METROS CUADRADOS, equivalentes
Zepeda, se venderá en pública subasta en este Juzgado el DIA TRECE DE
a SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE PUNTO CINCUENTA Y
JULIO DEL PRESENTE AÑO A LAS NUEVE HORAS el inmueble
NUEVE VARAS CUADRADAS, que mide: AL NORTE, en un tramo
embargado consistente en un terreno de naturaleza urbana, ubicado en
de veintiocho punto cero un metros, al ORIENTE, en un tramo de veinte
el Barrio San Antonio del Municipio de Tejutla, de este Departamento,
punto ochenta metros, al SUR, en un tramo de veintisiete punto cincuenta
de la extensión superficial de ciento sesenta y nueve metros cuadrados,
metros y al PONIENTE en un tramo de trece punto ochenta metros.- Dicho
de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE, se mide un tiro
inmueble carece de construcciones y cultivos permanentes.- Inscrito en
de línea recta de diecinueve metros treinta centímetros colindando con
el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de
solar del señor Oscar Orlando Soriano Alvarado, partiendo de un mojón
Oriente, bajo la matrícula número OCHO CERO CERO SEIS CINCO
de jiote tomando dirección Norte en línea recta; AL NORTE, se mide un
SEIS CERO CERO GUION CERO CERO CERO CERO CERO del
tiro de trece metros cincuenta centímetros colindando con terreno de la
Sistema de Folio Real Automatizado a favor del señor JOSE ANTONIO
señora Rosa Lidia Alvarado de Soriano, calle de por medio que de esta
RAMIREZ.-
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HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que en el Juicio
ciudad conduce al cantón El Tremedal; AL PONIENTE, se mide un tiro
de catorce metros tomando dirección sur en línea recta de la orilla de
Lo que hago de conocimiento público para los efectos de ley.-
la calle anteriormente citada hacia un árbol de jote esquinero linda con
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las nueve
terreno de la señora Adela Esperanza Salvador de Soriano; Y AL SUR,
horas del día diez de septiembre del año dos mil ocho.- Dra. MARIA
mide un tiro de trece metros ochenta centímetros colindando con terreno
ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE
del señor Oscar Orlando Soriano Alvarado; en el mismo inmueble hay una
LO CIVIL.- Licda. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.
casa construida de sistema mixto en perfecto estado de funcionamiento.
Dicho inmueble antes relacionado se encuentra inscrito en el Registro
de la Propiedad Raíz e Hipotecas del Departamento de Chalatenango,
3 v. alt. No. F014930-1
bajo el número setenta y siete del libro setecientos noventa y nueve a
O
favor de la señora María de La Paz Alvarado de Zepeda.
AR
I
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de Tejutla,
departamento de Chalatenango, a los siete días del mes de mayo del dos
DI
mil diez.- Dr. DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA.- Licda. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO, SE-
MARIA ESTHER FERRUFINO Vda. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO
DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.-
CRETARIA.
HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo, promovido por
3 v. alt. No. F014891-1
el Licenciado OMAR SAUL AYALA DIAZ, como Apoderado General
Judicial del señor ROBERTO ANTONIO QUINTEROS AMAYA, en
contra del señor HIMMER ZACARIAS DIAZ, se venderá en pública
subasta en este Juzgado, previa cita de partes, el siguiente inmueble: Un lote
MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUN-
de terreno y construcciones que contiene marcado en el plano respectivo
DO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.-
como LOTE NUMERO CUARENTA Y TRES DEL POLIGONO "N",
de la URBANIZACION DIECIOCHO DE MAYO CUARTA ETAPA,
situado en el Cantón El Jute, de la Jurisdicción, Distrito y Departamento
HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL ORDINARIO promo-
de San Miguel, de la extensión superficial de CIENTO VEINTINUEVE
vido por el Licenciado JORGE JEOVANY AGUIRRE MELARA como
PUNTO CERO SIETE METROS CUADRADOS; y sus medidas son
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
129
las siguientes: AL NORTE: Seis punto cero cero metros; AL ORIENTE:
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL:
veintiuno punto cincuenta y tres metros; AL SUR: Seis punto cero cero
San Salvador, a las doce horas y treinta minutos del día veinticinco de
metros; y AL PONIENTE: Veintiuno punto cincuenta y tres metros.
mayo del año dos mil diez.- Lic. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO DE
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
LO MERCANTIL.- Lic. TERESA DE JESUS VASQUEZ VASQUEZ,
SECRETARIA.
Ley.Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: A las once horas y
3 v. alt. No. F015001-1
cincuenta y cinco minutos del día diez de Febrero del año dos mil diez.Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ
SEGUNDO DE LO CIVIL.- Licda. MARTA DOLORES COREAS,
AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL
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3 v. alt. No. F014967-1
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SECRETARIA.
La Caja de Crédito de Quezaltepeque, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, a sus accionistas y público
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL DE ESTE
en general, en cumplimiento a lo establecido en los artículos treinta,
DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL,
ciento cincuenta y siete y ciento setenta y seis del Código de Comercio,
al público en general,
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido
inicialmente por el Licenciado MAURICIO RUANO ROMERO y
HACE SABER: Que la Junta General Extraordinaria de Accio-
actuando como Apoderados Generales Judiciales de la Sociedad KA-
nistas, celebrada en primera convocatoria, a las dieciséis horas del día
TIVO INDUSTRIAL DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA
veintidós de mayo del presente año, en el Salón Escuela Empresarial de
DE CAPITAL VARIABLE., que se abrevia KATIVO EL SALVADOR,
la ciudad de Nejapa, con el quórum legal requerido, ACORDÓ, aumentar
S.A. DE C.V.; contra el señor SALOMÓN ESCOBAR TORRES, se
el capital social de la Caja, en la suma de SEIS MIL NOVECIENTOS
venderá en Pública Subasta en este Tribunal, en fecha y hora que será
DIECISIETE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
señalada posteriormente, el inmueble que a continuación se describe:
CON UN CENTAVO DE DÓLAR, mediante aporte complementario
“UN INMUEBLE de naturaleza rústica, situado en el Cantón El Ce-
de los accionistas al valor de las acciones para su adecuación conforme
rro, Jurisdicción de Moncagua, Departamento de San Miguel, de una
al Código de Comercio vigente. Se acordó asimismo incrementar el
extensión superficial de TRES MIL SEISCIENTOS DIEZ METROS
Capital Fijo de la Sociedad, mediante traslado de la parte variable a la
O
continuado por el Licenciado JUAN JAVIER ABARCA RIVERA;
AR
I
CUADRADOS SETENTA Y TRES DECÍMETROS, SETENTA Y
CINCO CENTÍMETROS CUADRADOS, equivalentes a CINCO MIL
CIENTO SESENTA Y SEIS VARAS CUADRADAS VEINTICUA-
DI
TRO CENTÉSIMAS DE VARA CUADRADA, cuya descripción es la
siguiente: Mide y linda: AL ORIENTE, con el señor Luis Alonso Orellana,
calle de por medio, con el señor Candelario Pineda; AL NORTE, con
Miguel Ángel Saravia, AL PONIENTE, con el señor Juan Quintanilla;
AL SUR, con Miguel Ángel Pérez, este lugar está cultivado por árboles
de distinta clase y existe una casa en el centro del terreno que es de
techo de tejas y madera y paredes de adobe.- El Inmueble descrito se
encuentra debidamente inscrito a favor del demandado señor SALOMÓN
ESCOBAR TORRES, bajo la matrícula número OCHO CERO CERO
CERO CINCO DOS DOS CERO, en el Asiento número CERO CERO
CERO CERO UNO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de
la Primera Sección de Oriente Departamento de San Miguel.Se admitirán posturas siendo legales, lo que se avisa al Público
para los efectos de Ley.-
parte fija en CIENTO OCHENTA MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA.
Con el presente aumento de capital, el nuevo Capital Social de la
Caja es de QUINIENTOS DOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS
DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, representado
y dividido en Quinientas Dos Mil Trescientas Ochenta y Seis acciones
comunes y nominativas de un valor de Un Dólar de los Estados Unidos
de América cada una; correspondiendo al Capital Mínimo la cantidad
de TRESCIENTOS OCHENTA MIL DOLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA, representado y dividido en Trescientas Ochenta
Mil acciones comunes y nominativas de un valor de Un Dólar de los
Estados Unidos de América cada una, y al Capital Social Variable, la
cantidad de CIENTO VEINTIDÓS MIL TRESCIENTOS OCHENTA
Y SEIS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA,
representado y dividido en Ciento Veintidós Mil Trescientos Ochenta
y Seis acciones comunes y nominativas, con un valor nominal de Un
Dólar de los Estados Unidos de América cada una.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
130
Quezaltepeque, departamento de La Libertad, a los tres días del
DISOLUCION DE SOCIEDADES
mes de junio de dos mil diez.
EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS de la sociedad "INVERSIONIS-
JOSE ESTEBAN ROMERO,
TAS Y EXPORTADORES EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA
PRESIDENTE.
DE CAPITAL VARIABLE",
LOURDES PATRICIA CRUZ,
CERTIFICA: Que en el libro de actas se encuentra asentada el
DIRECTORA SECRETARIA.
acta número VEINTISIETE, correspondiente a sesión de Junta General
Extraordinaria de Accionistas celebrada a las dieciséis horas y treinta
MARIA MAGDALENA AVALOS DE FIGUEROA,
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A
minutos del día veinticuatro de mayo de dos mil diez, la cual en sus puntos
CUARTO Y QUINTO en lo pertinente literalmente dice: “CUARTO:
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Acuerdo de disolución y liquidación de la sociedad. Después de los
DIRECTORA PROPIETARIA.
planteamientos hechos por el Presidente de la Junta, los representantes
de los accionistas acuerdan que en vista que la sociedad INVERSIO-
1 v. No. C003987
NISTAS Y EXPORTADORES EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se puede abreviar INVEX EL
SALVADOR, S.A. DE C.V., ha cesado en sus operaciones comerciales,
resulta conveniente proceder con su disolución y posterior liquidación.
Por lo tanto, por este medio los accionistas acuerdan, de conformidad
al artículo ciento ochenta y siete romano IV del Código de Comercio de
AVISO
El Salvador, DISOLVER LA SOCIEDAD llevándose a cabo todos los
procesos de disolución y liquidación establecidos de conformidad a las
La Sociedad "GENERACION 2000, SOCIEDAD ANONIMA DE
disposiciones establecidas en la ley, por un plazo que no excederá de dos
CAPITAL VARIABLE", abreviadamente "GENERACION 2000, S.A.
años. QUINTO: Nombramiento de Junta de Liquidadores. Después del
DE C.V.", salvadoreña, de este domicilio, al público para los efectos
acuerdo tomado por los accionistas, se acordó también en forma unánime
de Ley,
nombrar a una Junta de Liquidadores que se encargará de llevar a cabo
el proceso de liquidación de la sociedad, la cual estará conformada por
los señores: RIDONIEL ZUNIGA ALVARADO, de sesenta y ocho
dinaria de Accionistas celebrada en esta ciudad a las diecinueve horas
años de edad, Economista, del domicilio de San Pedro Sula, República
del quince de Abril de dos mil diez, por unanimidad de votos de las
de Honduras; y RIDONIEL ZUNIGA BANEGAS, de treinta y nueve
Acciones presentes o representadas, en un número de ciento quince, de
años de edad, Ejecutivo de Negocios, del domicilio de San Salvador,
las acciones emitidas por la Sociedad, se acordó aumentar el Capital
Departamento de San Salvador. Los liquidadores durarán en su cargo
Social Mínimo de ésta en CATORCE DOLARES DE LOS ESTADOS
un plazo máximo de dos años.
AR
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HACE SABER: Que en Asamblea General Ordinaria y Extraor-
UNIDOS DE AMERICA CON VEINTINUEVE CENTAVOS DE DO-
DI
LAR, aproximadamente, que se tomará de utilidades acumuladas, para
elevar el valor nominal de cada acción a QUINIENTOS SETENTA Y
DOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; con
Es conforme con su original, con el cual se confrontó, en la ciudad
de San Salvador, a los veinticuatro días del mes de mayo de dos mil diez.
Enmendado: INVERSIONISTAS-vale.
el aumento acordado el Capital Social Mínimo ascenderá a CATORCE
MIL TRESCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
RIDONIEL ZUNIGA BANEGAS,
AMERICA.
SECRETARIO
San Salvador, uno de Junio de dos mil diez.
JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS
Licda. ENA MARINA URIARTE DE HENRIQUEZ,
INVERSIONISTAS Y EXPORTADORES EL SALVADOR,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE".
DIRECTORA PRESIDENTA
1 v. No. F014932
1 v. No. F014988
131
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
PATENTE DE INVENCION
No. de Expediente: 2010003451
No. de Presentación: 20100008873
No. de Expediente: 2009003305
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado MORENA
GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de AstraZeneca AB,
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del domicilio de SE - 151 85 SÖDERTÄLJE, SUECIA, de nacionalidad
HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado MORENA
GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ASTRAZENECA
AB, del domicilio de SE-151 85 SÖDERTÄLJE, SUECIA, de nacionalidad SUECA, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE
INVENCION en fase nacional de una solicitud internacional PCT No.
PCT/GB2008/050549 denominada DERIVADOS DE PIRIMIDINA
TRISUSTITUIDA PARA EL TRATAMIENTO DE ENFERMEDADES
PROLIFERATIVAS, por el término de VEINTE AÑOS, con Clasificación
Internacional A61K 31/5377, A61P 35/00, C07D 413/14, C07D 417/14,
C07D 471/04, y con prioridad de la solicitud ESTADOUNIDENSE No.
60948570, de fecha nueve de julio del año dos mil siete.
LT
A
No. de Presentación: 20090008072
SUECA; BAYER SCHERING PHARMA AKTIENGESELLSCHAFT,
del domicilio de MÜLLERSTRASSE 178, 13353, BERLIN ALEMA-
NIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando se conceda Registro de
la PATENTE DE INVENCION en fase nacional de una solicitud internacional PCT No. PCT/SE2007 /001136 denominada DERIVADOS DE
ESTER Y AMIDA DE INDAZOLILO PARA EL TRATAMIENTO DE
ENFERMEDADES MEDIADAS POR UN RECEPTOR DE GLUCO-
CORTICOIDES, por el término de VEINTE AÑOS, con Clasificación
Internacional A61K 31/416, A61K 31/4709, A61P 11/06, A61P 17/06,
A61P 29/00, A61P 37/00, C07D 231/56, C07D 401/12, C07D 403/12,
C07D 405/12, C07D 409/12, C07D 413/12, C07D 417/12, y con
Se refiere a: UNA SAL FARMACEUTICAMENTE ACEPTABLE, PROCESOS PARA SU PREPARACION, COMPOSICIONES
FARMACEUTICAS QUE LOS CONTIENEN Y SU USO EN LA PREPARACION DE UN MEDICAMENTO ÚTIL EN ENFERMEDADES
PROLIFERATIVAS, TAL COMO CANCER Y PARTICULARMENTE,
EN UNA ENFERMEDAD MEDIADA POR LA QUINASA MTOR
QUINASA Y UNA O MAS ENZIMAS PI3K.
La solicitud fue presentada internacionalmente el día ocho de julio
del año dos mil ocho.
prioridad de la solicitud ESTADOUNIDENSE No. 200660871184, de
fecha veintiuno de diciembre del año dos mil seis, solicitud ESTADOUNIDENSE No. 200760941745, de fecha cuatro de junio del año dos
mil siete, solicitud ESTADOUNIDENSE No. 200760978526, de fecha
nueve de octubre del año dos mil siete.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMENTO DE PATENTES. San Salvador, a los veintiuno días del mes
de abril del año dos mil diez.
Se refiere a: COMPUESTOS DE FORMULA (I): LA PRESENTE INVENCIÓN SE RELACIONA CON NUEVOS DERIVADOS
DE ÉSTER O AMIDA DE INDAZOLILO, COMPOSICIONES
O
FARMACÉUTICAS QUE COMPRENDEN DICHOS DERIVADOS,
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
AR
I
PROCESOS PARA PREPARAR DICHOS NUEVOS DERIVADOS
Y EL USO DE DICHOS DERIVADOS COMO MEDICAMENTOS.
1 v. No. F015006
DI
La solicitud fue presentada internacionalmente el día veinte de
diciembre del año dos mil siete.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
REVOCATORIA DE PODER
REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-
MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los veintiuno días del mes
de octubre del año dos mil nueve.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
1 v. No. F015004
LA SUSCRITA ABOGADO Y NOTARIO, AL PUBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que ante mis oficios notariales se ha presentado
el señor ESPERANZO ALCIDES AMAYA AYALA, de cuarenta años
de edad, Motorista, del domicilio de Menio Park, Estado de California,
Estados Unidos de América, con Pasaporte de los Estados Unidos de
América Número cuatrocientos cuarenta y nueve millones cincuenta y
nueve mil sesenta y siete; quien me manifiesta que tal como aparece
en la escritura de PODER GENERAL ADMINISTRATIVO CON
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
CLAUSULA ESPECIAL, otorgada por él, a favor de la señora IVANIA
YESSENIA CORNEJO DE AMAYA, mayor de edad, Comerciante, del
domicilio de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, a las trece horas
del día quince de febrero del año dos mil siete; que por escritura pública
otorgada en la ciudad de San Francisco, Estado de California, Estados
Unidos de América, a las diez horas y cuarenta minutos del día trece de
Abril del año dos mil diez, HA REVOCADO EL PODER CONFERIDO
a la señora Ivenia Yessenia Cornejo de Amaya, por lo que en este acto,
y por no encontrarse en el país la mencionada apoderada se le notifica
tal revocatoria por este medio.
Notificación que surtirá efecto a partir del día siguiente a la tercera
publicación de este aviso.
No. de Expediente: 2010100378
No. de Presentación: 20100135282
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES
SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de TRUSSARDI
S.p.A., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS,
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Zacatecoluca, once de mayo del año dos mil diez. Entrelíneas:
apoderada.Vale.
MARCA DE SERVICIOS
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MARTA ESTELA CAÑENGUEZ DE PALACIOS,
TRUSSARDI
NOTARIO.
1 v. No. F015333
TITULO MUNICIPAL
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA ALCALDÍA
MUNICIPAL DE CITALÁ, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO:
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el Licenciado
JUAN ANTONIO AGUILAR MARTINEZ, como Apoderado General
Judicial del señor JOSÉ JEREMIAS SARAVIA LAINEZ, a solicitar a su
favor TITULO MUNICIPAL, sobre un inmueble que tiene más de veinte
años de estar en posesión de buena fe, de naturaleza urbana, situado en los
suburbios del Barrio San Francisco, calle Alberto Masferrer de la Villa
de Citalá, Departamento de Chalatenango, de la extensión superficial de
CUATROCIENTOS VEINTITRES PUNTO CUARENTA Y CUATRO
PUNTO METROS CUADRADOS, que tiene las medidas y linderos
siguientes: AL ORIENTE: veinticinco punto cuarenta y cinco metros,
con solar de Julio César Calderón; AL NORTE: diecisiete punto cero
cuatro metros, con solar de Ever Arturo Deras Leiva, calle pública que
conduce al lugar El Obraje, de por medio; AL PONIENTE: veinticinco
metros linda con terreno de Juan Ramón Ardón; y AL SUR: dieciséis
punto cincuenta y cuatro metros con solar de don Roberto Portillo y
Antonio Marín.- Se estima el inmueble en el precio de VEINTICINCO
MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA;
y lo adquirió por compraventa que le hiciera a la señora María Luisa
Deras, mediante Escritura Privada.
Lo que se hace del conocimiento al público en general, para los
demás efectos de Ley.
Alcaldía Municipal de la Villa de Citalá, de enero del año dos mil
diez.- JOSE LORENZO VALDIVIESO GALDAMEZ, ALCALDE
DE CITALA, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO.- JOSE
ARMANDO HERNANDEZ LUNA, SECRETARIO DE CITALA,
DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO.
3 v. alt. No. F014990-1
Consistente en: la palabra TRUSSARDI, que servirá para: AMPARAR: VENTA, SERVICIOS DE TIENDA DE VENTA AL POR
MAYOR Y AL POR MENOR EN EL CAMPO DE PERFUMES,
COSMETICOS, ANTEOJOS, JOYERIA, RELOJES, EQUIPAJE, CINTURONES, BOLSOS Y ARTICULOS DE CUERO, DE PAPELERIA
(ESCRITORIO), MUEBLES, ROPA, CALZADO, ACCESORIOS
PARA LA CABEZA Y PARTES DE LOS MISMOS, ACCESORIOS
Y ACOPLES PARA TODOS LOS ARTICULOS ANTES MENCIONADOS Y RELACIONADOS A TODOS LOS SERVICIOS ANTES
MENCIONADOS, PUBLICIDAD, MERCADEO Y SERVICIOS DE
PUBLICIDAD, DISEMINACION DE LO RELACIONADO A PUBLICIDAD, CONSULTORIA DE PUBLICIDAD Y ADMINISTRACION
DE NEGOCIOS, SERVICIOS DE ADMINISTRACION DE NEGOCIOS
INCLUYENDO ADMINISTRACION DE HOTEL, CONSULTORIA
EN LOS CAMPOS DE LA CREACION DE NEGOCIOS, ORGANIZACION DE FERIAS DE COMERCIO O EXHIBICIONES PARA PROPOSITOS COMERCIALES O DE PUBLICIDAD, DISTRIBUCION
DE MUESTRAS, PUBLICIDAD EN EXTERIORES, PUBLICIDAD
EN TELEVISION. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día quince de abril del año dos mil
diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diecinueve de abril del año dos mil diez.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003995-1
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
No. de Expediente: 2010100379
133
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS,
No. de Presentación: 20100135283
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES
SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de TRUSSARDI
S.p.A., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS,
Consistente en: la palabra NUTRIBOY y diseño, que se traduce
al castellano como chico nutricionista, que servirá para: AMPARAR:
SERVICIOS MEDICOS NUTRICIONALES; SERVICIOS SOBRE
CUIDADOS DE HIGIENE Y DE BELLEZA PARA PERSONAS.
Clase: 44.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, quince de febrero del año dos mil diez.
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TRUSSARDI
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La solicitud fue presentada el día once de febrero del año dos mil
diez.
Consistente en: la palabra TRUSSARDI, que servirá para: AMPARAR: SUMINISTROS DE COMIDA Y BEBIDAS PRINCIPALMENTE
RESTAURANTES, BAR Y SERVICIOS DE COCTEL, SERVICIOS
TEMPORALES DE ACOMODACION, HOTELES, MOTELES,
PENSIONES, CASAS DE HUESPEDES, CASAS DE TURISTAS,
SERVICIOS DE PROVISION DE COMIDA Y BEBIDA, CAFES,
RESTAURANTES, CAFETERIAS, RENTA DE ALOJAMIENTO
TEMPORAL, RESERVACION DE ALOJAMIENTO. Clase: 43.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
La solicitud fue presentada el día quince de abril del año dos mil
diez.
3 v. alt. No. F014913-1
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diecinueve de abril del año dos mil diez.
REPOSICION DE POLIZA DE SEGURO
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
AVISO
REGISTRADOR.
“ASEGURADORA POPULAR, S. A.”,
AR
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JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
DI
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003996-1
No. de Expediente: 2010099010
No. de Presentación: 20100132887
HACE DEL CONOCIMIENTO AL PUBLICO EN GENERAL
QUE A NUESTRAS OFICINAS SE HA PRESENTADO LA SEÑORA
GLADIS MABEL DEL CARMEN GONZALEZ GUEVARA DEL DOMICILIO DE SAN SALVADOR, SOLICITANDO REPOSICION DE
LA PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL No. VO-08.928,
EMITIDA POR ESTA COMPAÑIA A SU FAVOR CON FECHA 17
DE DICIEMBRE DE 1993. SI DENTRO DE 30 DIAS CONTADOS
A PARTIR DE LA FECHA DE ESTE AVISO, NO SE PRESENTARE
OPOSICION, LA COMPAÑIA PROCEDERA A REPONER LA MENCIONADA POLIZA.
SAN SALVADOR, 03 DE JUNIO DE 2010.
CLASE: 44.
ROXANA SOTO DE GALDAMEZ,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
SEGURO DE PERSONAS,
ASEGURADORA POPULAR S.A.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE
GUILLERMO ZEPEDA OSORIO, de nacionalidad SALVADOREÑA,
3 v. alt. No. C003974-1
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
134
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
ACEPTACION DE HERENCIA
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los
trece días del mes de mayo del año dos mil diez.- Lic. JOSE ANTONIO
GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN
EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, al público
HERNANDEZ, SECRETARIA.
para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y veintidós
3 v. alt. No. C003895-2
minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio
de inventario la Herencia Intestada dejada a su defunción por el causante
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A
señor JOAQUIN MEJIA PARADA conocido por JOAQUIN MEJIA, al
fallecer el día veintitrés de Agosto del año mil novecientos noventa, en
Cantón La Anchila, jurisdicción de Concepción Batres, departamento
EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas del día
domicilio; de parte del señor José Manuel Mejía Galea conocido por José
trece de mayo del año en curso, se ha tenido por aceptada, expresamente
Manuel Mejía, en calidad de hijo del causante. Confiérasele al aceptante
y con beneficio de inventario, la herencia intestada que dejó la señora
antes dicho la administración y representación interina de la sucesión, con
ROSA EMELINA PARADA DE RAMIREZ, conocida por EMELI-
las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
NA PARADA CARRANZA DE RAMIREZ y por ROSA EMELINA
Fíjense y publíquense los edictos respectivos, citando a los que se
PARADA, al fallecer el día veinticuatro de noviembre del año dos mil
crean con derecho a la herencia, para que se presenten a deducirlo en
nueve, en el Cantón Hacienda Nueva, jurisdicción de Concepción Batres,
el término de quince días contados a partir del siguiente al de la tercera
Departamento de Usulután, lugar que tuvo como último domicilio, de
publicación del edicto respectivo en el Diario Oficial.
parte de la señora SILVIA YOLANDA RAMIREZ PARADA, conocida
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de Usulután, habiendo sido la ciudad de Concepción Batres su último
Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los veintiséis días
del mes de mayo del año dos mil diez.- Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ,
JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN H., SECRETARIA.
por SILVIA YOLANDA RAMIREZ, en calidad de hija de la causante;
confiriéndosele la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a deducirlo en el término de quince días después de la tercera
3 v. alt. No. C003894-2
publicación de este edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los trece días del
mes de mayo del dos mil diez.- Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ
DE LO CIVIL.- Lic. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ,
O
EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN,
SECRETARIA.
AR
I
HACE SABER: Que por resolución de las once horas con treinta
minutos de este día, se ha tenido por Aceptada expresamente y con Be-
3 v. alt. No. C003896-2
DI
neficio de Inventario la Herencia Intestada, que a su defunción dejó el
señor MOISES DE JESUS GUZMAN BAIRES, conocido por MOISES
DE JESUS GUZMAN, el día veinte de febrero del año dos mil nueve, en
Colonia Mejicapa, Jurisdicción de Santa María, habiendo sido su último
domicilio esta Ciudad de Usulután, de parte del señor VICTORIANO
GILMA DARLENE AREVALO SORIANO, Juez de Primera Instancia
MARAVILLA MELENDEZ, en calidad de Cesionario de los derechos
de este Distrito Judicial, AL PUBLICO: Para los efectos de Ley,
hereditarios que le correspondían a la señora MARIA ESPERANZA
GUEVARA DE GUZMAN, en calidad de esposa del causante.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal,
de las doce horas del día catorce de mayo del año dos mil diez, se ha
Confiérasele al aceptante dicho, la Administración y Representación
tenido por aceptada expresamente y con beneficio de Inventario la
Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de los curadores
herencia Intestada que a su defunción ocurrida el día ocho de julio de
de la Herencia Yacente.
mil novecientos ochenta y dos, en San Sebastián, de este Departamen-
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de quince días después
de la tercera publicación de este edicto.
to, siendo éste su último domicilio, dejó el señor LUIS GONZALO
JOVEL, de parte de la señora FELIPA FLORES JOVEL. Confiérase a
la aceptante la administración y representación Interina de la sucesión,
con las facultades y restricciones de Ley.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
135
Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Sebastián,
Unión, dejara el causante Eulalio Lizama Reyes conocido por Eulalio
Departamento de San Vicente, a las catorce horas del día catorce de mayo
Lizama, a los herederos los menores Cresencio Eulalio Lizama Reyes y
del año dos mil diez.- GILMA DARLENE AREVALO SORIANO,
José Luis Lizama Reyes, en concepto de hijos del causante en mención,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE.- Br. BESSY CECILIA
representados por medio de su madre la señora María Tomasa Reyes,
FABIAN FUENTES, SECRETARIA.
de conformidad con lo establecido en los Art. 988 No. 1° del Código
Civil. En consecuencia, se les confirió a los aceptantes, en el carácter
dicho, la administración y representación interina de los bienes de la
3 v. alt. No. C003898-2
indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, de-
LT
A
Dra. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito
partamento de La Unión, a los veintidós días del mes de abril del año
dos mil diez.- Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO
Judicial, al público para los efectos de ley,
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CIVIL.- Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ,
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas de este
SECRETARIA.
día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario
de parte del señor CARLOS ROMEO MONTES AMAYA, la herencia
Intestada que a su defunción dejó la señora YESENIA GUADALUPE
3 v. alt. No. F014567-2
REYES RUIZ conocida por YESENIA GUADALUPE REYES DE MON-
TES, quien fue de veintinueve años de edad, oficios domésticos, casada,
salvadoreña, originaria y del domicilio de la ciudad de Apastepeque de
este departamento, habiendo fallecido el día veintitrés de mayo de dos
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
mil nueve, en el Hospital Nacional Rosales de la ciudad de San Salvador,
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
siendo la ciudad de Apastepeque, de este Departamento el lugar de su
último domicilio, en concepto de cónyuge sobreviviente de la causante.
Y se ha nombrado al aceptante administrador y representante interino
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y cincuenta
minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que dejó el señor VENANCIO
GARCIA, quien falleció el día veintinueve de abril del dos mil, en el
Municipio de Conchagua, Distrito y Departamento de La Unión, siendo este lugar su último domicilio, de parte de la señora CORNELIA
días del mes de mayo del año dos mil diez.- Dra. ANA FELICITA
MENDOZA viuda DE GARCIA, en calidad de cónyuge y cesionaria
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE
de los derechos hereditarios que correspondían a los señores Nelson,
O
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintiséis
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SALINAS, SECRETARIO.
Venancio, Carlos Borromeo y José Abel, todos de apellidos GARCIA
MENDOZA, como hijos del causante.
3 v. alt. No. F014546-2
Y se le ha conferido a dicha aceptante en el carácter indicado la
administración y representación interinas de la sucesión con las facultades
y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para
ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito
que en el término de ley, después de la tercera publicación de este cartel
Judicial, departamento de La Unión, al público para los efectos de ley,
lo demuestren en este Juzgado.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, a las once
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los diecisiete días del
horas y quince minutos del día diecinueve de abril del corriente año, se
mes de mayo de dos mil diez.- Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES
tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia
BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO PEREZ,
intestada que al fallecer a las tres horas y cuarenta y siete minutos del
SECRETARIO.
día uno de octubre del año dos mil nueve, en el Hospital Regional del
Seguro Social de la ciudad de San Miguel, siendo su último domicilio
el Barrio El Calvario, Jurisdicción de Pasaquina, departamento de La
3 v. alt. No. F014571-2
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintiún días del
mes de abril del dos mil diez.- Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES
BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO PEREZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F014569-2
TITULO DE DOMINIO
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HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las once horas
treinta minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente y con
beneficio de inventario de parte de la señora VALERIANA PLEITEZ
DE LOBOS conocida por VALERIANA PLEITEZ y por VALERIANA
PLEITES, de la Herencia Testamentaria dejada a su defunción por el
señor PEDRO ANTONIO LOBOS CRUZ, quien falleció a las veinticuatro horas del día veintiuno de diciembre del año dos mil siete, en la
veinticinco calle poniente entre la cuarta y sexta Avenida Sur, Barrio San
Sebastián de la Ciudad de Santa Ana, siendo su último domicilio Cantón
El Castillo de esta jurisdicción, en concepto de heredera testamentaria del
referido causante. Confiéresele a la aceptante expresada en el concepto
indicado las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente
lo valúa en la suma de SEIS MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA, y lo adquirió por compraventa de posesión material hecha al señor ROBERTO ANTONIO
FLORES.
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136
Cítese a las personas que se crean con derecho.
LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL,
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a
las once horas cuarenta y cinco minutos del día quince de enero del año
dos mil diez.- Licdo DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA.- Licdo. CARLOS ARNULFO SOSA
FLORES, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F014638-2
TITULO SUPLETORIO
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ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
DI
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada
MILAGRO LISSETH VALLE TURCIOS, mayor de edad, Abogado de
este domicilio de La Unión, como Apoderada General Judicial del señor
JOSE LEONEL QUINTANILLA TORRES, quien es de cuarenta y tres
años de edad, empleado de este domicilio; solicitando se le extienda a
su poderdante TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza
rústica, situado en el Cantón Amapalita, Municipio y Departamento de
La Unión, de la capacidad superficial de CIENTO SIETE METROS
CUADRADOS, que mide y linda, AL NORTE, Nueve metros, lindando
con terreno de la señora Marina Hernández; AL ORIENTE, diez punto
veintiséis metros, lindando con terreno de la señora Dominga Rivas;
muro de la colindante de por medio; AL SUR, trece punto ochenta y
seis metros lindando con terreno del señor Noel Rivas, con muro de
piedra del titulante de por medio; AL PONIENTE, ocho punto setenta
metros, lindando siempre con terreno del señor Esteban Hernández.
Dicho inmueble existe construida una casa de sistema mixto, de ladrillo
de construcción y cemento, piso de cemento, techo de teja y cuenta con
los servicios de energía eléctrica y agua potable. El referido inmueble
HACE SABER: Que a esta Alcaldía Municipal se ha presentado la
señora: JUANA ANTONIA HERNANDEZ VIUDA DE CORDOVA,
de sesenta y cuatro años de edad, de oficios domésticos del domicilio de
Jerusalén, departamento de La Paz, con Documento Unico de Identidad
número: cero uno tres dos cero cinco siete cinco - ocho y Número de
Identificación Tributaria: mil once - doscientos sesenta mil seiscientos
cuarenta y cinco -ciento uno - siete, solicitando Título de Dominio de
un terreno rústico situado en esta jurisdicción que según denominación
catastral posee una extensión superficial de: CIENTO CUARENTA Y
NUEVE PUNTO CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS, de las
medidas y linderos siguientes: AL NORTE: mide quince metros y linda
con José Antonio Córdova Baires, AL ORIENTE: mide diez metros y
linda con Ana Elena Delgado de López, AL SUR: mide quince metros
y linda con Guadalupe Bolaños y AL PONIENTE: mide diez metros y
linda con Delmy Noely García Córdova, el inmueble no es sirviente ni
dominante no tiene cargas o derechos reales, y no está con proindivisión
con nadie y lo hubo por compra que hizo a la señora: Guadalupe Bolaños
y lo estima en la suma de: DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA, lo hace saber al público para los efectos legales
consiguientes.
Alcaldía Municipal de Jerusalén, departamento de La Paz, a los
veintisiete días del mes de Mayo de Dos mil diez.- Licda. MARTA LILIAN
ALFARO AMAYA, ALCALDESA MUNICIPAL.- Licda. MELISSA
MILADYS MEJIA MOLINA, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F014576-2
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, DE LA CIUDAD DE
LA REINA, CHALATENANGO. AL PUBLICO,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la Licenciada
CELSA CRUZ SALINAS HERNÁNDEZ, en calidad de apoderada de
la señora DELMY GUADALUPE ABREGO SERRANO, hoy DELMI
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veintiocho días del mes de enero del año dos
mil diez.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
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SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003922-2
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GUADALUPE ABREGO DE LEMUS, solicitando se le extienda
TITULO DE DOMINIO, de un inmueble de naturaleza urbano y construcciones que contiene, situado en el Barrio El Centro de esta ciudad,
de una extensión superficial de DOSCIENTOS CUATRO METROS
CUADRADOS, que mide y linda: AL ORIENTE, cinco metros veinticuatro centímetros, colinda con Wilson Reyes Posada, antes Moisés
Posada, tapial de ladrillo del colindante, en línea recta; AL NORTE, mide
treinta y dos metros, en línea recta, linda con René Serrano, antes Sara
Enriqueta Vásquez, tapial de ladrillo del colindante; AL PONIENTE,
mide siete metros ochenta centímetros en línea recta y calle pública de
por medio, colinda con Julio Pinto hijo; Y AL SUR, mide treinta metros
seis centímetros, en línea recta, colinda con Wilson Reyes Posada antes
Jorge Alberto Chávez, tapial de ladrillo del colindante. En dicho solar
hay construida una casa paredes parte de adobe y de ladrillo, techo de
duralita, de siete metros ochenta centímetros de largo, por cinco metros
dieciséis centímetros de ancho, así mismo hay construidas dos habitaciones
de ladrillo.- Dicho inmueble lo valúa en la cantidad de VEINTICINCO
MIL SETECIENTOS CATORCE DÓLARES CON VEINTINUEVE
CENTAVOS DE DÓLAR, y lo adquirió por COMPRA VENTA que
le realizó la señora Marta Lidia Posada Menéndez.
137
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Alcaldía Municipal, La Reina, Chalatenango, a los 01 de junio del
año dos mil diez.- JAIME ANTONIO ALAS, ALCALDE MUNICIPAL.FRANCISCO EDMUNDO HUEZO, SECRETARIO.
No. de Expediente: 1989000409
No. de Presentación: 20100134031
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
3 v. alt. No. F014659-2
RENOVACION DE MARCAS
No. de Expediente: 1998000952
No. de Presentación: 20090122179
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CLASE: 25.
DI
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JUAN JOSE
FRANCISCO GUERRERO CHACON, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de
ZIAD, S.A., del domicilio de Zona Libre de Colón, República de Panamá, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00003 del Libro 00092 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en la frase “FLORENCE FASHION”, escrita en
letras de molde, mayúsculas, en color negro y sin diseño especial. No
pretendemos exclusividad sobre la palabra “FASHION”; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 25 de la Clasificación
Internacional de Niza.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS JUAN JOSE REGALADO PAZ, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATORI
GUIDOTTI, S.p.A., del domicilio de Via Trieste No. 40 561000. Pisa.
ITALIA., de nacionalidad ITALIANA, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00089 del Libro 00001 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en LA PALABRA “GLIBORAL”; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veintidós días del mes de marzo del año dos
mil diez.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
ley.
3 v. alt. No. F014532-2
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
138
No. de Expediente: 1989000410
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
No. de Presentación: 20100134027
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
CLASE: 05.
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los once días del mes de mayo del año dos mil diez.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS
JUAN JOSE REGALADO PAZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de A. MENARINI INDUSTRIE
FARMACEUTICHE RIUNITE, S.r.l., del domicilio de Florencia,
Italia, de nacionalidad ITALIANA, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00015 del Libro 00001 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en las palabras “LIOTON 1000”; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación
Internacional de Niza.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
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SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
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SECRETARIO.
3 v. alt. No. F014535-2
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los ocho días del mes de abril del año dos mil diez.
No. de Expediente: 1989000392
No. de Presentación: 20100135861
CLASE: 05.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS
LUCIA MARGARITA GALAN,
JUAN JOSE REGALADO PAZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVA-
SECRETARIO.
DOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de
ISTITUTO FARMACOBIOLOGICO MALESCI, S.p.A., del domicilio
3 v. alt. No. F014533-2
de Vía Lungo 1° Ema 7-Loc. Ponte a Ema- Bagno a Ripoli, Florencia,
Italia, de nacionalidad ITALIANA, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00085 del Libro 00001 de INSCRIPCION DE
AR
I
O
MARCAS, consistente en la palabra “SUSTENIUM”; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación
Internacional de Niza.
No. de Expediente: 1989000395
DI
No. de Presentación: 20100135862
CLASE: 05.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los once días del mes de mayo del año dos mil diez.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS JUAN JOSE REGALADO PAZ, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ISTITUTO FARMACOBIOLOGICO MALESCI, S.p.A., del domicilio de Vía Lungo lº Ema,
7-Loc. Ponte a Ema- Bagno a Ripoli, Florencia, Italia, de nacionalidad
ITALIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00019 del Libro 00001 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente
en la palabra DIGOMAL; que ampara productos/servicios comprendidos
en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3. v. alt. No. F014536-2
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
139
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos
mil diez.
No. de Expediente: 1989000397
No. de Presentación: 20100135860
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
LT
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3 v. alt. No. F014540-2
NO OFI
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HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS
JUAN JOSE REGALADO PAZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de
ISTITUTO FARMACOBIOLOGICO MALESCI, S.p.A., del domicilio
de Vía Lungo 1º Ema, 7 Loc. Ponte a Ema - bagno A Ripoli, Florencia
Italia, de nacionalidad ITALIANA, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00083 del Libro 00001 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en la palabra “AMINOMAL.”; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
No. de Expediente: 1989000390
No. de Presentación: 20100134030
CLASE: 05.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los once días del mes de mayo del año dos mil diez.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
LA INFRASCRITA REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS
JUAN JOSE REGALADO PAZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ISTITUTO LUSOFARMACO
D'ITALIA, S.p.A., del domicilio de MILAN, ITALIA, de nacionalidad
ITALIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00087 del Libro 00001 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente
en las palabras “NITROSORBIDE”; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
3 v. alt. No. F014538-2
AR
I
O
Ley.
No. de Expediente: 1989000404
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos
mil diez.
LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
No. de Presentación: 20100134028
DI
REGISTRADORA.
CLASE: 05.
LUCIA MARGARITA GALAN,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS
JUAN JOSE REGALADO PAZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ISTITUTO LUSOFARMACO
D'ITALIA, S.p.A., del domicilio de MILAN, ITALIA, de nacionalidad
ITALIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00003 del Libro 00001 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente
en la palabra “INTRASTIGMINA”; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F014542-2
No. de Expediente: 1989000405
No. de Presentación: 20100134035
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS
JUAN JOSE REGALADO PAZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTA-
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
140
RIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ISTITUTO LUSOFARMACO
D'ITALIA, S.p.A., del domicilio de MILAN, ITALIA, de nacionalidad
ITALIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00004 del Libro 00001 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en
la palabra “MIOLENE”; que ampara productos/servicios comprendidos
en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.
MARCA DE FABRICA
No. de Expediente: 2010099736
No. de Presentación: 20100134138
CLASE: 25.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MAURICIO
FRANCISCO MIGUEL BIGIT, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL de M M, CALCETINES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: M M, CALCETINES, S.A. DE C.V.
o M M, S.A. DE C.V. de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando
el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
NO OFI
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LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
LT
A
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veintitrés días del mes de marzo del año dos
mil diez.
REGISTRADORA.
MM
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F014543-2
Consistente en: las letras M M, que servirá para: AMPARAR:
CALCETINES, PAÑUELOS, CALZONCILLOS, CAMISETAS Y
PANTALONES. Clase: 25.
La solicitud fue presentada el día doce de marzo del año dos mil
diez.
No. de Expediente: 1989000402
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiuno de mayo del año dos mil diez.
No. de Presentación: 20100134029
CLASE: 05.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
LA INFRASCRITA REGISTRADOR
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
O
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS JUAN JOSE REGALADO PAZ, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ISTITUTO
LUSOFARMACO D'ITALIA, S.p.A., del domicilio de VIA CARNIA,
NUMERO 26, MILAN, ITALIA, de nacionalidad ITALIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00081 del Libro 00001
de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “TERION”;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la
Clasificación Internacional de Niza.
AR
I
SECRETARIO.
DI
3 v. alt. No. C003904-2
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos
mil diez.
No. de Expediente: 2010099737
No. de Presentación: 20100134139
CLASE: 25.
LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F014544-2
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MAURICIO
FRANCISCO MIGUEL BIGIT, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL de M M, CALCETINES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: MM CALCETINES, S.A. DE C.V.,
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
MM, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el
registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
141
MISETAS Y PANTALONES. Clase: 25.
La solicitud fue presentada el día doce de marzo del año dos mil
diez.
Consistente en: la palabra M M SPORT, que se traduce al castellano
como M M DEPORTE, que servirá para: AMPARAR: CALCETINES,
PAÑUELOS, CALZONCILLOS, CAMISETAS Y PANTALONES.
Clase: 25.
La solicitud fue presentada el día doce de marzo del año dos mil
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
LT
A
M M SPORT
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiséis de mayo del año dos mil diez.
SECRETARIO.
diez.
NO OFI
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DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinte de mayo del año dos mil diez.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C003906-2
No. de Expediente:2009094956
No. de Presentación: 20090125836
CLASE: 05.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003905-2
No. de Expediente: 2010099738
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GLORIA
PATRICIA GUERRERO CONTRERAS, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS FARMA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS
FARMA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando
el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
OMEP-20
AR
I
CLASE: 25.
O
No. de Presentación: 20100134140
DI
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MAURICIO
FRANCISCO MIGUEL BIGIT, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL de M M, CALCETINES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: M M, CALCETINES, S.A. DE C.V.
o M M, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando
el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la expresión OMEP-20, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinticuatro de noviembre del año dos mil nueve.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
LA SELECTA
NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003923-2
Consistente en: las palabras LA SELECTA, que servirá para:
AMPARAR: CALCETINES, PAÑUELOS, CALZONCILLOS, CA-
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
142
No. de Expediente: 2009094954
ESPECIAL de ACRILICOS SABLON, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ACRILICOS SABLON, S.A.
No. de Presentación: 20090125831
DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la
CLASE: 05.
MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GLORIA
PATRICIA GUERRERO CONTRERAS, en su calidad de APODERADO
SABLON
ESPECIAL de LABORATORIOS FARMA, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS FARMA,
de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra SABLON, que servirá para: AMPARAR:
LT
A
S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
PAPEL, CARTON Y ARTICULOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA;
ARTICULOS DE ENCUADERNACION; FOTOGRAFIAS; PAPELE-
NO OFI
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GRIPENO
RIA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) PARA LA PAPELERIA O LA
CASA; MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MAQUINAS DE
Consistente en: la palabra GRIPENO, que servirá para: AMPARAR:
PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos
ESCRIBIR Y ARTICULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES);
MATERIAL DE INSTRUCCION O DE ENSEÑANZA (EXCEPTO
APARATOS); MATERIAS PLASTICAS PARA EMBALAJE (NO
COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES); CARACTERES DE IM-
mil nueve.
PRENTA; CLICHÉS. Clase: 16.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinticuatro de noviembre del año dos mil nueve.
La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ.
San Salvador, dieciséis de noviembre del año dos mil nueve.
REGISTRADOR.
LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO.
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,
3 v. alt. No. C003924-2
SECRETARIO.
DI
AR
I
O
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003925-2
No. de Expediente: 2009097240
No. de Presentación: 20090129612
No. de Expediente: 2009097172
CLASE: 16.
No. de Presentación: 20090129522
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GLORIA
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GLORIA
PATRICIA GUERRERO CONTRERAS, e n su calidad de APODERADO
PATRICIA GUERRERO CONTRERAS, en su calidad de APODE-
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
La solicitud fue presentada el día trece de abril del año dos mil
RADO de LABORATORIOS FARMA, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS FARMA,
143
diez.
S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, treinta y uno de mayo del año dos mil diez.
“FARMAZOL”
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
Consistente en: la expresión FARMAZOL, que servirá para:
REGISTRADOR.
LT
A
AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día diez de noviembre del año dos
mil nueve.
NO OFI
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FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
SECRETARIO.
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, siete de enero del año dos mil diez.
3 v. alt. No. F014585-2
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
No. de Expediente: 2010100328
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
No. de Presentación: 20100135182
SECRETARIO.
CLASE: 03.
3 v. alt. No. C003926-2
No. de Expediente: 2010100329
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIO
No. de Presentación: 20100135183
GUILLERMO KOCH ESCOBAR, en su calidad de REPRESENTANTE
O
CLASE: 03.
AR
I
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
LEGAL de DISTRIBUIDORA CUSCATLAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DISTRIBUIDORA
CUSCATLAN S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-
DI
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIO
GUILLERMO KOCH ESCOBAR, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL de DISTRIBUIDORA CUSCATLAN, SOCIEDAD ANONI-
CIO,
MA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DISTRIBUIDORA
CUSCATLAN, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-
FRUTALIA
CIO,
Consistente en: la expresión FRUTALIA, que servirá para: AM-
LE MANS
PARAR: PERFUMERIA, COSMETICOS, JABONES Y LOCIONES.
Consistente en: la expresión LE MANS, que servirá para: AM-
Clase: 03.
PARAR: PERFUMERIA, COSMETICOS, JABONES Y LOCIONES.
Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día trece de abril del año dos mil
diez.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
144
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, treinta y uno de mayo del año dos mil diez.
San Salvador, veinticuatro de mayo del año dos mil diez.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ,
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
LT
A
SECRETARIO.
SECRETARIO.
NO OFI
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3 v. alt. No. C003907-2
3 v. alt. No. F014586-2
No. de Expediente: 2010099609
No. de Presentación: 20100133953
NOMBRE COMERCIAL
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES
OLMEDO SANCHEZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL
No. de Expediente: 2010099735
de DISTRIBUIDORA CENTROAMERICANA DE LUBRICANTES,
No. de Presentación: 20100134137
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MAURICIO
FRANCISCO MIGUEL BIGIT, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL de M M, CALCETINES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-
O
TAL VARIABLE que se abrevia: M M, CALCETINES, S.A. DE C.V.
AR
I
o M M, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando
DI
el registro del NOMBRE COMERCIAL,
MM CALCETINES
Consistente en: la palabra MULTILUBRICANTES y diseño, que
servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA
PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE AGUA DESMINERALIZADA
POWER Y REFRIGERANTE COOLANT, PARA USO AUTOMOTRIZ E INDUSTRIAL, ELABORACION, TRANSFORMACION Y
Consistente en: la expresión M M CALCETINES, que servirá para:
FABRICACION DE TODA CLASE Y TIPO DE BIENES, SEAN
IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO
ELABORADOS Y EN GENERAL CUALQUIER OTRA ACTIVIDAD
A LA FABRICACION, VENTA Y DISTRIBUCION DE CALCETINES,
COMERCIAL O INDUSTRIAL ASI COMO LAS RELACIONADAS
UBICADO EN AUTOPISTA SUR Y BOULEVARD ALTAMIRA
A ELLAS. FABRICACION, PRODUCCION, COMPRAVENTA,
IMPORTACION, DISTRIBUCION Y EXPORTACION DE TODA
NUMERO 146, SAN SALVADOR.
La solicitud fue presentada el día doce de marzo del año dos mil
diez.
CLASE DE MERCADERIAS Y BIENES, PARA USO AUTOMOTRIZ,
INDUSTRIAL Y COMERCIAL LA DISTRIBUCION DE PRODUCTOS O MERCANCIAS ELABORADAS EN LA REPUBLICA DE EL
SALVADOR O FUERA DE ELLA.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
La solicitud fue presentada el día nueve de marzo del año dos mil
diez.
145
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dos de octubre del año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
San Salvador, dieciocho de mayo del año dos mil diez.
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
SECRETARIO.
LT
A
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. F014663-2
NO OFI
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JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
CONVOCATORIAS
3 v. alt. No. C003920-2
CONVOCATORIA
No. de Expediente: 2008078617
No. de Presentación: 20080112847
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado REYNA TE-
La Junta Directiva de ESTADIOS DEPORTIVOS DE EL SALVADOR,
S.A. DE C.V., de acuerdo a su Escritura Social convoca a los señores
Accionistas a la Junta General Extraordinaria a celebrarse el día lunes
28 de Junio del presente año, a las diecisiete horas en las oficinas de
EDESSA, en el Estadio Cuscatlán, situado en la Autopista Sur, Los Próceres contiguo a Reparto Los Héroes. En caso de no efectuarse por falta
de quórum, se señala el día martes 29 del mismo mes y año, a la misma
hora y en el mismo lugar. Los puntos a tratar son los siguientes:
1-
Verificación del quórum y elaboración de la lista de asistencia.
LEGAL de CORPORACION JUAREZ, SOCIEDAD ANONIMA DE
2-
Aumento de Capital.
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CORPORACION JUAREZ, S.A.
3-
Modificación al pacto Social.
RESA SANDOVAL DE JUAREZ, en su calidad de REPRESENTANTE
O
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del
DI
AR
I
NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: las palabras FARMACIAS VIRGEN DE
GUADALUPE y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A LA COMPRA Y
Para que la Juma General Extraordinaria se considere legalmente
reunida en la primera fecha de la convocatoria, deberá estar representada,
por las tres cuartas partes de todas las acciones de la Sociedad (o sea 420
acciones), y para formar resolución se necesitará igual proporción.
Si la Junta General Extraordinaria se reuniere en la segunda fecha de la convocatoria, por falta de quórum necesario para hacerlo en
primera, se considerará válidamente constituida, con la mitad más una
de las acciones que componen el Capital Social (o sea 281 acciones), el
número de votos necesarios para formar resolución será las tres cuartas
partes de las acciones presentes.
San Salvador, 31 de mayo de 2010.
ESTADIOS DEPORTIVOS DE EL SALVADOR, S. A. DE C.V.
VENTA DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y MEDICINALES,
UBICADO EN AVENIDA CUBA Y CALLE RAMON BELLOSO,
NÚMERO SETECIENTOS DIEZ, BARRIO SAN JACINTO, DE LA
CIUDAD DE SAN SALVADOR.
DR. JORGE ALBERTO HUETE,
DIRECTOR SECRETARIO.
La solicitud fue presentada el día trece de agosto del año dos mil
ocho.
3 v. alt. No. C003919-2
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
146
SUBASTA PÚBLICA
vidos por ROSA MARGARITA MENENDEZ GARCIA ESMAR, S.A.
DE C.V., ROGELIO RONALD ENECÓN MORALES MENÉNDEZ
RAMON HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ DE PRIMERA
y otros, DOINCO, S.A. DE C.V., y UNIÓN DE EXPORTADORES,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE en contra de los
INSTANCIA DE ARMENIA.
señores MAURICIO ENECÓN MORALES HERNANDEZ, conocido
por MAURICIO ENECÓN MORALES, MAURICIO MORALES y
HACE SABER: Que en el Proceso Ejecutivo Civil 45/09 a solicitud del Doctor JORGE ANTONIO MARROQUIN RUGAMAS,
SE VENDERA EN PUBLICA SUBASTA por razones de embargo, A
otros, se venderá en pública subasta en fecha y precio que oportunamente se determinará el CINCUENTA por ciento de los inmuebles siguientes: 1) PREDIO URBANO, formado por dos casas de sistema mixto
en su totalidad el inmueble propiedad de la señora ELSA ALVAREZ
divididos por una pared medianera en la actualidad y su correspondien-
LOPEZ, el cual está ubicado en Final Avenida "Nueve de Septiembre",
te solar, situados en el Barrio Santa Lucía de esta ciudad, que mide y
Número 18 del Barrio "Nuevo'' de este Municipio, identificado con el
linda: AL NORTE, diez metros, ochocientos cuarenta milímetros, con
propiedad de Mónica de la Cruz Reyes, hoy de Gustavo Reyes; AL SUR,
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número de parcela 1094 del sector 0302U08 de una extensión superficial
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LAS 10:00 HORAS DEL DIA 28 DE JULIO DEL PRESENTE AÑO
de 831.4200 metros cuadrados, cuya descripción inicia en el esquinero
marcado con el número 1 en el plano así: LINDERO NORTE, del mojón
diez metros trescientos cincuenta milímetros, con la de Rosario Aguilar,
1 se mide 29.07 metros, rumbo Sur 58° 18 minutos 17 segundos Este,
hoy de Petrona Rodas; AL PONIENTE, veintidós metros, cien milíme-
hasta el mojón 2, colinda con Manuel de Jesús Chinchilla, LINDERO
tros con Belisario García, hoy de doña Elisa Barrera Hernández de
ORIENTE: del mojón 2 se mide 21 metros, rumbo Sur 5° 48 minutos 8
Morales; y AL ORIENTE, veintitrés metros quinientos treinta milíme-
segundos Oeste, hasta el mojón 3, colinda con Delmy Margarita Recinos
tros, con mesón de Emilio Martínez, calle en medio. El inmueble antes
y Santos Cárcamo, final Avenida "Nueve de Septiembre", de por medio,
LINDERO SUR: Del mojón 3, se mide 18.91 metros con rumbo Norte,
84° grados 35 minutos 4 segundos Oeste, hasta el mojón 4, sigue con
6.83 metros, con rumbo Norte 84° 34 minutos 45 segundos Oeste hasta
descrito se encuentra inscrito a favor del señor MAURICIO ENECÓN
MORALES HERNÁNDEZ, a la Matrícula No. 20027105 de este Departamento, según la Matrícula Siryc, el inmueble tiene una capacidad
el mojón 5,28 minutos 33 segundos Oeste hasta el mojón 6 sigue con
de CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES PUNTO CUARENTA Y
1.20 metros, rumbo Norte 86° 29 minutos 13 segundos Oeste, hasta el
CUATRO METROS CUADRADOS; 2) INMUEBLE RÚSTICO situa-
mojón 7, colinda con Hermógenes Murcia y Jorge Alberto Palma, inscrito
do en el Cantón Bigote, Jurisdicción de Coatepeque, compuesto de dos
a la Matrícula 10065660-00000 en el Asiento 6 del Centro Nacional de
porciones que forman un solo cuerpo, LA PRIMERA PORCIÓN cons-
Registros de la ciudad de Sonsonate.
ta de ciento cuarenta áreas, y la SEGUNDA de seiscientas treinta áreas
El precio base con el que comenzará la subasta es de SESENTA
MIL DOLARES ($60,000.00).
o sea un total de once manzanas equivalentes a setecientas setenta áreas,
inculto, contiene un chalet de buena construcción, con sus dependencias
Lo que se avisa al público en general para los efectos de Ley.
interiores para cocina y otros usos, y tiene los linderos generales siguien-
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tes: AL ORIENTE, con propiedad de la sucesión de don Joaquín Medi-
Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Armenia, a los
na, que fue de Rosalío Ramos, camino de por medio en parte; AL
NORTE, un terreno de don Luis Costa, que fueron de don Mariano
HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.-
Guzmán; AL PONIENTE, con finca del Doctor Francisco Blandón y
LIC. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL, SECRETARIO.
Jarquín, que fue de Mauricio García; AL SUR, con la Laguna de
DI
veinticinco días del mes de mayo del año dos mil diez.- LIC. RAMON
Coatepeque. El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a favor del
3 v. alt. No. C003914-2
señor MAURICIO ENECÓN MORALES HERNÁNDEZ, a la Matrícula No. 20027119. Inicialmente el inmueble tenía un total de once
manzanas equivalentes a setecientas setenta áreas, y por desmembraciones
hechas queda reducido a MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO
LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ
PUNTO NOVECIENTOS QUINCE METROS CUADRADOS. 3)
TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público
SOLAR URBANO, que contiene dos piezas de habitación, a la orilla
para los efectos de Ley.
de la calle, situado en una casa y solar urbano, sitos en el Barrio Santa
Lucía, de esta ciudad, MIDE EL FONDO DE TODO FRENTE A LA
HACE SABER: Que en el JUICIO EJECUTIVO ACUMULADOS
CALLE, a la calle de Norte a Sur, catorce metros ochocientos cincuen-
clasificado a los numeros 8-99, 71-08, 437-01,304-00 y 216-09, promo-
ta milímetros, dieciocho metros doscientos milímetros de Oriente a
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
147
SOLAR URBANO, situado en el Barrio Santa Lucía, que mide cuaren-
ta milímetros en el LADO SUR, de Oriente a Poniente, y linda: AL
ta varas de frente a la calle o sean treinta y tres metros cuatrocientos
ORIENTE, solar y casa de Santiago Perdomo, ahora de Jacinto Castillo;
cuarenta milímetros por cincuenta varas de frente o sean cuarenta y un
AL NORTE, casa y solar de Elisa Barrera; AL PONIENTE, calle en
metros ochocientos milímetros, lindantes: AL ORIENTE, solar de Juan
medio, casa y solar de Salvador Morán ahora de Adela Morán Perdomo;
Alfaro, calle en medio; AL NORTE, PONIENTE y SUR, terreno de
y AL SUR, casa y solar de la Sucesión del Doctor Mariano Roque,
Petrona Romero viuda de Regalado, el inmueble antes descrito se en-
ahora de doña Gabriela viuda de Roque. El inmueble antes descrito se
cuentra inscrito a favor del señor MAURICIO ENECON MORALES
encuentra inscrito a favor del señor MAURICIO ENECÓN MORALES
HERNANDEZ a la Matrícula No. 20028585. Según Matrícula Siryc el
HERNANDEZ a la Matrícula No. 20027145 del Registro de Propiedad
inmueble antes descrito tiene una capacidad de UN MIL TRESCIENTOS
de este Departamento. Según la Matrícula Siryc el inmueble tiene una
NOVENTA Y SIETE PUNTO NOVENTA Y NUEVE METROS
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Poniente, en el LADO NORTE, y dieciocho metros setecientos noven-
CUADRADOS, ubicado en el Barrio Santa Lucía de esta ciudad. 7)
METROS CUADRADOS, ubicado en el Barrio Santa Lucía, Santa Ana.
INMUEBLE URBANO, situado en el Barrio Santa Lucía de esta Juris-
4) SOLAR URBANO, sito en el Barrio Santa Lucía que según su ante-
dicción, mide y linda: AL ORIENTE, diecinueve metros treinta centí-
cedente, medía treinta y dos varas de frente a la calle o sea veintiséis
metros, solar de Gregorio Almengor; AL NORTE, cuarenta y tres metros
metros setecientos cincuenta y dos milímetros, por doce varas de fondo,
veintisiete centímetros con el de Gabriel Pompa; AL PONIENTE,
o sean diez metros treinta y dos milímetros; y AL ORIENTE, solar y
veintiún metros cinco centímetros con Santiago Mena; y AL SUR,
casa de Miguel Leiva; AL NORTE, solar de Alberto Reyes; AL PO-
treinta y siete metros, treinta y un centímetros con Teodoro Hidalgo. El
NIENTE, calle en medio, finca de Benito Moreno; y AL SUR, solar de
inmueble antes descrito se encuentra inscrito a favor del señor MAURICIO
Pedro Alarcón, barranca en medio. Inscrito a favor del señor MAURICIO
ENECON MORALES HERNANDEZ a la Matrícula No. 20039624.
ENECON MORALES HERNANDEZ a la Matrícula No. 20028247.
Según Matrícula Siryc el inmueble tiene una capacidad de OCHOCIEN-
Según Matrícula Siryc el inmueble tiene una capacidad de DOSCIENTOS
TOS SIETE PUNTO CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS.
SESENTA Y NUEVE PUNTO UN METROS CUADRADOS, ubicado
Ubicado en el Barrio Santa Lucía de esta ciudad; y, 8) PREDIO URBA-
en el Barrio Santa Lucía, Santa Ana. 5) PORCION DE TERRENO
NO, situado en el Barrio Santa Lucía, de esta ciudad, conteniendo dos
O
capacidad de DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE PUNTO CERO
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ANTES RUSTICO, HOY URBANO, sita en el antes cantón Santa
casas de Adobe, cubiertas de tejas, su cocina y escusado, con un correspondiente solar, que según en antecedente mide y linda: AL ORIENTE,
veintitrés varas; AL PONIENTE, cuarenta varas, AL ORIENTE, trein-
treinta y siete metros, quince centímetros, con fondo de Rosa Zelada,
ta y siete varas; y AL NORTE: veintisiete varas, cada vara de la equi-
hoy de Margarita Velis Hernández y Carretera Internacional de por
valencia indicada, lindante AL SUR y ORIENTE, calle en medio, sola-
medio, que de esta ciudad va a Chalchuapa; AL PONIENTE, igual
res de Miguel Leiva; AL PONIENTE, camino en medio, finca de Beni-
medida que al Oriente, con el de Felipe Calderón hoy de la Compañía
to Moreno; y AL NORTE, solar del mismo señor Leiva. El inmueble
Internacional de Ferrocarriles de Centroamérica; AL NORTE, trece
antes descrito se encuentra inscrito a favor del señor MAURICIO ENE-
metros con el de Tomasa Marroquín, hoy de Don Rogelio Morales y,
CON MORALES HERNANDEZ a la Matrícula No. 20028252. Según
AL SUR, diez metros cincuenta centímetros con el de Gregoria Calde-
Matrícula Siryc el inmueble antes descrito tiene una capacidad de SEIS-
rón hoy de la misma Compañía de Ferrocarril indicada. Advirtiendo que
CIENTOS SETENTA Y DOS PUNTO SESENTA Y OCHO METROS
por haberme desmembrado un área de cincuenta y un metros cuadrados,
CUADRADOS, ubicado en el Barrio Santa Lucía de esta ciudad. 6)
la medida del Sur ha quedado reducida a tres metros trescientos cuaren-
DI
Lucía, hoy Barrio del mismo nombre de esta ciudad que mide: AL SUR:
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
148
llamado San Cristóbal, Jurisdicción de San Vicente, Departamento de
veintitrés metros cuatrocientos ocho milímetros, cambiando así la forma
San Vicente, de la extensión superficial de CIENTO NOVENTA Y
del inmueble por haber sido cruzado por la línea férrea. El inmueble
SIETE PUNTO SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, la
antes descrito se encuentra inscrito a favor del señor MAURICIO ENE-
cual se describe así: El vértice Nor Poniente, que es el mojón uno, punto
CÓN MORALES HERNANDEZ a la Matrícula No. 20039669. Según
de partida de esta descripción técnica, tiene las siguientes coordenadas
Matrícula Siryc el inmueble antes descrito tiene una capacidad de
geodésicas: NORTE, doscientos setenta y nueve mil cuatrocientos noventa
CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES PUNTO TRESCIENTOS
y tres punto treinta y cinco Este, quinientos veinticuatro mil cuarenta y
VEINTIOCHO METROS CUADRADOS, identificado como segundo
tres punto treinta y cuatro: LINDERO NORTE: Partiendo del vértice
en el Barrio Santa Lucía de esta ciudad.
Nor Poniente está formado por un tramo con los siguientes rumbos y
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ta y cuatro milímetros, y la medida del NORTE, tiene actualmente
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distancias: Tramo uno, Sureste setenta y nueve grados veintiséis minutos
cuarenta y dos segundos con una distancia de diecinueve punto setenta
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa
y seis metros, colindando con resto uno del terreno que le queda a la
Ana, a las catorce horas del día veintiséis de abril del año dos mil diez.-
vendedora María Irma Rodríguez Ponce, con lindero sin materializar;
Entrelíneas:de abril-Vale.- LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY
LINDERO ORIENTE: Partiendo del vértice Nor Oriente está formado
LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- LICDA. MARISOL DEL
por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: TRAMO UNO,
CARMEN LEMUS POLANCO, SECRETARIO.
Suroeste diez grados treinta y tres minutos dieciocho segundos con una
distancia de diez punto cero cero metros, colindando con terrenos antes
de Diego Raúl Cornejo hoy de Sonia Delmy Corvera de Henríquez,
3 v. alt. No. C003915-2
con servidumbre de por medio; LINDERO SUR: Partiendo del vértice
Sur Oriente, está formado por un tramo con los siguientes rumbos y
distancias: TRAMO UNO, Noroeste setenta y nueve grados veintiséis
minutos cuarenta y dos segundos con una distancia de diecinueve punto
DRA ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
setenta y seis metros, colindando con resto dos, del terreno que le queda
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DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de Ley.
a la vendedora María Irma Rodríguez Ponce, con lindero sin materializar; LINDERO PONIENTE: Partiendo del vértice Sur Poniente, está
formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo
movido por el Licenciado Federico Alberto Alfaro Oviedo, en su calidad
uno, Noroeste diez grados treinta y tres minutos dieciocho segundos con
de Apoderado General Judicial de la Caja de Crédito de San Vicente,
una distancia de diez punto cero cero metros, colindando con terrenos
Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable
de Marcial Aparicio Cornejo Martínez; servidumbre de siete metros de
de este domicilio, contra el señor EDWIN FABRICIO GUERRERO,
ancho de por medio para darle acceso a la Décima Calle Oriente. Así se
mayor de edad, Contador, de este domicilio, reclamándole el pago de
llega al vértice Nor Poniente, que es donde se inició la descripción. La
cantidad de dinero adeudada, intereses pactados, intereses moratorios
porción de terreno antes descrita goza de la servidumbre de tránsito ya
y costas procesales, se venderá en Pública Subasta por la cantidad y en
constituida que menciona el antecedente, la cual da acceso a la Décima
fecha a señalarse oportunamente, el siguiente inmueble: Un inmueble
Calle Oriente. El inmueble relacionado se encuentra inscrito a favor del
rústico situado en los suburbios del Barrio San Francisco, en el lugar
señor EDWIN FABRICIO GUERRERO, en la Matrícula número SIETE
DI
HACE SABER: Que en virtud del Juicio Ejecutivo Mercantil, pro-
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
149
una distancia de diecinueve punto noventa y tres metros; lindero Oriente:
CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de
partiendo del vértice Nor Oriente está formado por un tramo con los
la Segunda Sección del Centro, con sede en esta ciudad y gravado con
siguientes rumbos y distancias: Tramo uno Sur, veintiocho grados cero
Hipoteca a favor de la Caja de Crédito de San Vicente, Sociedad Coope-
tres minutos dieciséis segundos Oeste, con una distancia de diez punto
rativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, en la Matrícula
doce metros; lindero Sur: partiendo del vértice Sur Oriente, está formado
Número SIETE CERO CERO CUATRO DOS NUEVE NUEVE UNO-
por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno Norte,
CERO CERO CERO CERO CERO, en el Asiento Número TRES, del
sesenta y dos grados cincuenta minutos veintinueve segundos Oeste,
Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección del
con una distancia de veinte punto cero cuatro metros; lindero Poniente:
Centro, con sede en esta ciudad.
Partiendo del vértice Sur Poniente, está formado por un tramo con los
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CERO CERO CUATRO DOS NUEVE NUEVE UNO-CERO CERO
siguientes rumbos y distancias: Tramo uno Norte, veintiocho grados
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cuarenta minutos treinta y cinco segundos Este, con una distancia de diez
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veinticuatro
punto cero tres metros así se llega al vértice Nor Poniente, que es donde
días del mes de mayo del año dos mil diez.- DRA. ANA FELICITA
se inició la presente descripción. Inmueble inscrito a favor de la señora
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE
ROSIBEL MARTINEZ en el Centro Nacional de Registros, de la Tercera
SALINAS, SECRETARIO.
Sección de Oriente, bajo la Matrícula número NUEVE CINCO CERO
CUATRO SIETE UNO OCHO CINCO GUION CERO CERO CERO
3 v. alt. No. F014522-2
CERO CERO, en el Asiento DOS, propiedad de este Departamento.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los tres días del
mes de mayo de dos mil diez. LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ,
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
SECRETARIO.
HACE SABER: Al público para efectos de Ley, que por ejecución
3 v. alt. No. F014530-2
O
seguida en este Juzgado, promovido por el Licenciado FERNANDO
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ARISTIDES GARAY ANDRADE, en calidad de Apoderado General
Judicial de la CAJA DE CREDITO DE LA UNION, SOCIEDAD
DI
COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL
GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio
VARIABLE, de este domicilio, contra los señores FIDEL ANGEL
Judicial.
SERPAS y ROSIBEL MARTINEZ, se venderá en Pública Subasta el
siguiente inmueble: Un lote de terreno de naturaleza rústica, ubicado en
el asentamiento El Encantado, Municipio de Conchagua, Departamento
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el juicio
de La Unión, identificado como LOTE NUMERO UNO, Polígono "F",
ejecutivo civil, promovido inicialmente por la Licenciada LORENA
asentamiento El Encantado, de la extensión superficial de DOSCIENTOS
ELIZABETH COSTTE GRANADOS, quien fue sustituida por la
UNO PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS, que se describe
Licenciada BEATRIZ CAMPOS HUEZO, como Apoderada General
así: Lindero Norte: Partiendo del vértice Norponiente está formado por
Judicial del INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA FUERZA
un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno Sur, sesenta
ARMADA, contra el señor RAFAEL ANTONIO GARCIA RENDEROS,
y tres grados cero cinco minutos cincuenta y cuatro segundos Este, con
próximamente se venderá en Pública Subasta, en este Juzgado el inmueble
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
siguiente: Un inmueble antes rústico hoy urbano, marcado con el Número
Veinte del Block "A", de la Lotificación denominada "SAN ANTONIO
NUMERO DOS" de la Jurisdicción de San Marcos, Departamento de
San Salvador; el cual tiene una extensión superficial de TRESCIENTOS
SEIS METROS CUADRADOS, cuya descripción a partir de su vértice
Nor-Oeste y siguiendo la dirección de las agujas del reloj, es como sigue:
AL NORTE, treinta metros con el lote número diecinueve del mismo
Block "A"; AL ORIENTE, nueve metros con terreno de Darío Bran
Valencia, mediando calle principal y quebrada de invierno; AL SUR,
treinta y ocho metros con el lote número veintiuno del mismo Block "A'';
y AL PONIENTE, diez metros con terrenos de Tránsito Pérez Campos.
Los lotes colindantes por los rumbos Norte y Sur, son de propiedad de
don Héctor Escalante, y forman parte del inmueble mayor del cual se
segregó el que se describe y la calle del rumbo Oriente ha sido abierta
en el mismo resto del terreno del señor Escalante, y quedó en calidad
de servidumbre de tránsito a favor del lote descrito.
ARNULFO ALVARADO URRUTIA, en el Sistema de Folio Real
Automatizado, bajo la Matrícula número SEIS CERO CERO TRES
SEIS TRES CERO CINCO- CERO CERO CERO CERO CERO, del
Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del
Centro, Ciudad de San Salvador.
Se admitirán posturas siendo legales.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departamento de San Salvador, a las nueve horas y veinte minutos del día
catorce de abril del año dos mil diez.- DR. GUILLERMO ALFARO
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Dicho inmueble está inscrito a favor del demandado señor RAFAEL ANTONIO GARCIA RENDEROS, en el Sistema de Folio Real
Automatizado, bajo la Matrícula Número SEIS CERO UNO UNO
TRES DOS CINCO NUEVE- CERO CERO CERO CERO CERO, del
Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del
Centro, Ciudad de San Salvador.
Dicho inmueble está inscrito a favor del demandado señor VICTOR
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SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ,
SECRETARIO.
Se admitirán posturas siendo legales.
Librado en el Juzgado de lo Civil ciudad de San Marcos, Departamento de San Salvador, a las nueve horas del día catorce de abril del
año dos mil diez.- DR. GUILLERMO ALFARO SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL.- LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F014549-2
3 v. alt. No. F014550-2
REPOSICION DE CERTIFICADOS
AVISO
Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima,
GUILLERMO ALFARO SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
MUNICIPIO JUDICIAL.
COMUNICA: Que a sus oficinas ubicadas en km. 10 carretera
a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE
O
DEPOSITO A PLAZO FIJO No. 679420, solicitando la reposición de
DI
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I
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el juicio
ejecutivo civil, promovido inicialmente por la Licenciada LORENA
ELIZABETH COSTTE GRANADOS, quien fue sustituida por la Licenciada BEATRIZ CAMPOS HUEZO, como Apoderada General Judicial
del INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA,
contra el señor VICTOR ARNULFO ALVARADO URRUTIA, próximamente se venderá en Pública Subasta, en este Juzgado el inmueble
siguiente: Un inmueble de naturaleza urbana, marcado con el Lote Número
Siete, Polígono "E", de la Lotificación BRISAS DE SAN MARCOS,
de la Jurisdicción de San Marcos, Departamento de San Salvador; el
cual tiene una extensión superficial de CIENTO DIECIOCHO PUNTO
CERO SEIS METROS CUADRADOS, el cual mide y linda así: AL
NORTE, tramo recto de cinco metros, linda con lote número quince del
Polígono "C", mediando Pasaje Las Brisas de nueve metros de ancho;
AL SUR, tramo recto de ocho metros, linda con lote número ocho del
mismo Polígono "E", AL ORIENTE, compuesto por dos tramos, el
primero, tramo curvo con longitud de cuatro punto setenta y un metros
y radio de tres metros; el segundo tramo, de doce metros, linda con lote
número uno del Polígono "F", mediando pasaje San Jacinto, de once
punto cincuenta metros de ancho; y AL PONIENTE, tramo recto de
quince metros, linda con lote número seis del mismo Polígono "E".
dicho CERTIFICADO por DIEZ MIL DOLARES (US$ 10,000.00).
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público
en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días
después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna
oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia.
SAN SALVADOR, Martes 01 de junio de 2010.
ANNYA DE ALVARADO,
BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA,
AGENCIA ROOSEVELT.
3 v. alt. No. F014876-2
151
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
BALANCES DE LIQUIDACION
CHARTER, S.A. DE C.V. EN LIQUIDACION BALANCE FINAL AL 30 DE ABRIL DE 2010
(Expresado en Dólares de los Estados Unidos de América)
ACTIVO
PASIVO
ACTIVOS CORRIENTES
39,255.56 PASIVOS CORRIENTES
7,255.56
CUENTAS POR COBRAR COMPAÑIA AFILIADAS 39,226.67
CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES 5,884.00
OTRAS CUENTAS POR COBRAR
RETENCIONES POR PAGAR
28.89
1,371.56
CAPITAL CONTABLE
RESERVA LEGAL
9,142.86
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22,857.14
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TOTAL ACTIVO
32,000.00
CAPITAL SOCIAL
$ 39,255.56 TOTAL PASIVO Y CAPITAL
$ 39,255.56
Licda. REINA ESPERANZA HUEZO CORNEJO,
NICOLAS ABEL RAMIREZ RIVERA,
AUDITORES Y ASESORES, S.A. DE C.V.,
LIQUIDADORA.
CONTADOR.
AUDITORES EXTERNOS.
REPOSICION DE POLIZA DE SEGURO
FARMAVIDA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE
que se abrevia: FARMAVIDA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
AVISO
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ASEGURADORA AGRICOLA COMERCIAL, SOCIEDAD ANONIMA, hace del conocimiento del público en general, que a esta Compañía
se ha presentado el señor CARLOS ENRIQUE MERAZZO PINTO,
quien es de setenta y siete años de edad, con domicilio en San Salvador,
expresando que ha extraviado la Póliza de Seguro de Vida No. VI-16267,
emitida con fecha 08 de Abril de 1986 por la suma de US$28,571.43
y en su carácter de Asegurado solicitando su reposición. La Compañía
procederá a la cancelación del documento expresado y a su reposición
si dentro del plazo de 30 días a partir de la última publicación de este
aviso no se presentare oposición.
San Salvador, al primer día del mes de Junio del año dos mil
DI
diez.
3 v. alt. No. F014630-2
ROQUE ALEXANDER RIVAS,
SUBGERENTE SUSCRIPCION PERSONAS.
3 v. alt. No. C003916-2
MARCA DE PRODUCTO
No. de Expediente: 2010101093
No. de Presentación: 20100136635
CLASE: 05.
OLEODERM
Consistente en: la palabra OLEODERM, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y VETERINARIOS;
PRODUCTOS HIGIENICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS
DIETETICAS PARA USO MEDICO; ALIMENTOS PARA BEBES;
EMPLASTOS; MATERIAL PARA APOSITOS; MATERIAL PARA
EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES;
DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCION DE
ANIMALES DAÑINOS, FUNGICIDAS; HERBICIDAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de mayo del año dos
mil diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiuno de mayo del año dos mil diez.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS
DANIEL FUNES, en su calidad de APODERADO de DROGUERIA
3 v. alt. No. C003901-2
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
152
DE TERCERA PUBLICACIÓN
ACEPTACIÓN DE HERENCIA
Fíjense y publíquense los edictos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Tejutla,
LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-
a los trece días del mes de mayo del dos mil diez.- DR. DANILO
MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA.
ERLINDA GUADALUPE GUERRERO, SECRETARIA.
HACE SABER: Que por resolución proveída a las ocho horas y
3 v. alt. No. C003778-3
veinticinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente
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y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción
dejó la causante señora MARIA DEL CARMEN HERNANDEZ, quien
falleció el día treinta de noviembre del año dos mil seis, a la edad de
FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO
del señor JOSE SANTOS BRITO, en concepto cesionario de los dere-
DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO,
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sesenta y seis años, siendo en esta ciudad su último domicilio, de parte
chos hereditarios que en dicha sucesión le correspondía a las señoras
HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal, de las catorce
ANA DEL CARMEN RIVAS DE BARRERA, KRISIA HERNANDEZ
horas y quince minutos del día cinco de Mayo del corriente mes y año,
GARCIA y MARISOL HERNANDEZ DE ORELLANA, éstas como
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario,
hijas de la causante.
la Herencia Intestada del causante CARLOS ALFONSO CANJURA
Confiéresele al aceptante en el concepto antes expresado, la Admi-
CACEROS, conocido por CARLOS ALFONSO CANJURA, quien
nistración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y
murió el treinta y uno de julio de mil novecientos setenta y uno, en esta
restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Ciudad, siendo éste su último domicilio; de parte de la señora IRIS
Lo que se hace saber al público para efectos de Ley.
AIDA REBECA CANJURA DE PEÑA como cesionaria del Derecho
Hereditario que correspondía a la cedente señora CONCEPCION MO-
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento
RALES, conocida por MARIA CONCEPCION MORALES ahora viuda
de Sonsonate, a cuatro días del mes de mayo del año dos mil diez.- LIC.
DE CANJURA como cónyuge sobreviviente del expresado causante.
ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-
Aceptación que se hace conjuntamente con la aceptante la señora GLORIA
CIA.- LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA, SECRETARIO.
ESTELA DELFINA CANJURA MORALES DE ALFARO, conocida
por GLORIA ESTELA CANJURA DE ALFARO, en su carácter de hija
del de cujus; a quienes se ha nombrado interinamente, Administradoras
3 v. alt. No. C003775-3
y Representantes Interinamente de la Sucesión, con las facultades y
restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
O
Lo que se pone en conocimiento del público para los fines de
AR
I
DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA
DI
INSTANCIA DE TEJUTLA.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, proveída a
las quince horas y cincuenta minutos del día trece de mayo del presente
Ley.
Juzgado Primero de lo Civil; Santa Ana, a las quince horas y cinco
minutos del día cinco de Mayo del año dos mil diez.- Lic. FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO
CIVIL.- Licda. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA,
SECRETARIA.
año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la señora MIRTALA
TICAS, de cincuenta y un años de edad, soltera, de oficios domésticos,
3 v. alt. No. C003825-3
originaria de San Salvador, y residente en Citalá, hija de Soledad Ticas,
falleció a las diez horas y treinta minutos del día once de enero de mil
novecientos treinta y siete, por parte de DOROTEO FACUNDO TICAS
HERNANDEZ, en su calidad de hijo.
JOSE MANUEL CHAVEZ LOPEZ, Juez de Primera Instancia de este
Distrito Judicial, al público para efectos de ley,
Confiérese al aceptante la Administración y Representación In-
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas del día
terina de la sucesión con las facultades y restricciones legales que les
veintiuno de mayo de dos mil diez, se ha tenido por aceptada expre-
corresponden a los curadores de la Herencia Yacente.
samente con beneficio de inventario la herencia intestada que a su
defunción dejó la señora EDITA EVA GUILLEN MUÑOZ o EVA
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
153
EDIT GUILLEN, quien falleció el día diecisiete de noviembre de mil
Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las ocho horas veinticinco
novecientos ochenta y uno, siendo Jutiapa, departamento de Cabañas,
minutos del día veintiocho de Mayo del año dos mil diez.- Doctora ANA
lugar de su último domicilio, de parte de GEORGINA DEL CARMEN
FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL
SERRANO, como Cesionaria del Derecho Hereditario que le corres-
RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
pondía a cada una de las señoras FRANCISCA ROSINDA GUILLEN
y GREGORIA ETELVINA GUILLEN DE CAÑAS o GREGORIA
3 v. alt. No. C003902-3
ETELVINA GUILLEN, en calidad de hermanas de la causante; y se le
ha conferido a la aceptante, la administración y representación interina
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO
mento de Cabañas, a las quince horas treinta minutos del día veintiuno
de mayo de dos mil diez.- Licdo. JOSE MANUEL CHAVEZ LOPEZ,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a
las diez horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con
beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el
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JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. ANGELA VERONICA
JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
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Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, departa-
GUERRA HERNANDEZ, SECRETARIA.
causante señor ROMAN PEREZ conocido por ROMAN PEREZ NIETO,
ocurrida el día once de octubre del año de mil novecientos noventa y
3 v. alt. No. C003826-3
ocho, en el Cantón La Loma, jurisdicción de la población de San Pedro
Perulapán, de este Departamento, siendo ése su último domicilio, al
señor TRANSITO PEREZ MUNGUIA, éste en su calidad de hijo del
referido causante.
Doctora ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DEL DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE, AL
Habiéndosele conferido al heredero declarado la administración y
representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
PUBLICO PARA LOS EFECTOS LEGALES,
Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el
HACE SABER: Que por resolución emitida a las ocho horas quince
término legal se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho.
minutos, este día se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio
de inventario la herencia testamentaria que a su defunción dejó la señora
INES DEL PILAR HENRIQUEZ DE FLORES, conocida por INES
DEL PILAR HENRRIQUEZ DE FLORES, de sesenta y siete años de
edad, de oficios del hogar, casada e hija de la señora Luisa Henríquez o
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las diez horas y
quince minutos del día cuatro de mayo del año dos mil diez.- Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. JOSE ORLANDO
BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.
María Luisa Henríquez, fallecida a la una horas del día dos de Octubre
del año dos mil nueve, en el Barrio San Juan de Dios de San Vicente,
3 v. alt. No. F014282-3
siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, de parte de los señores
O
LEONICIO ARTURO FLORES, conocido por DIONISIO ARTURO
AR
I
FLORES AGUILAR, de sesenta y cinco años de edad, pensionado, del
JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, AL
número CERO DOS DOS DOS UNO NUEVE NUEVE CERO GUION
PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
DI
domicilio de San Vicente, portador de su Documento Unico de Identidad
CERO, y Número de Identificación Tributaria UNO CERO UNO CERO
GUION CERO NUEVE UNO CERO CUATRO CUATRO GUION
CERO CERO TRES GUION CERO y SILVIA YANETH FLORES
HENRIQUEZ, de veintiocho años de edad, estudiante, del domicilio de
San Vicente, portadora de su Documento Único de Identidad número
AVISA: Que por resolución de las nueve horas de este día, se ha
tenido por Aceptada Expresamente y con Beneficio de Inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor JOSE LIDIO BATRES,
al fallecer el día veintiséis de septiembre de mil novecientos noventa y
cinco, en el Barrio Candelaria de ciudad de Ozatlán, siendo esa misma
CERO CERO TRES SIETE CUATRO CERO OCHO OCHO GUION
ciudad su último domicilio, de parte de los señores: María Lucía Macha-
SIETE, y Número de Identificación Tributaria UNO CERO UNO CERO
do de Ramírez, en calidad de cesionaria del derecho hereditario que le
GUION DOS OCHO CERO DOS OCHO DOS GUION UNO CERO
correspondía a los señores: JOSE OSCAR MACHADO BATRES, JOSE
UNO GUION TRES, ambos como herederos testamentarios; y se ha
GONZALO MACHADO BATRES, JOSE RIGOBERTO MACHADO
tenido a los señores: LEONICIO ARTURO FLORES, conocido por
BATRES, JOSE DAVID MACHADO BATRES, todos en calidad de
DIONISIO ARTURO FLORES AGUILAR y SILVIA YANETH FLO-
hijos del mismo causante.
RES HENRIQUEZ, en el concepto antes expresado, administradores y
representantes interinos de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Confiriéndosele a la aceptante dicha, la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de
los Curadores de la Herencia Yacente.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
154
Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que se
BELTRAN AMAYA o MARIA MARGARITA BELTRAN viuda DE
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después
JURADO, quien falleció el día trece de septiembre del año dos mil uno,
de la tercera publicación de este edicto.
en la Colonia Gerardo Barrios de esta ciudad, su último domicilio; de
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los
tres días del mes de mayo del dos mil diez.- Lic. JOSE ANTONIO
GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN
parte de los señores JUAN JOSE JURADO BELTRAN, JOSE ROBERTO JURADO BELTRAN y ADRIANA BEATRIZ BELTRAN DE
ARGUETA, en calidad de hijos de la causante.- Habiéndoles conferido
a los aceptantes declarados en el carácter indicado, la Administración y
HERNANDEZ, SECRETARIA.
Representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
3 v. alt. No. F014286-3
Y CITA: A los que se crean con derecho a la Herencia referida
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para que se presenten a deducirlo dentro del término de QUINCE días,
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
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JAIME AMADO DEL VALLE MENJIVAR, Notario, de este domi-
cilio, con oficina establecida en Sesenta y Siete Avenida Sur, Número
ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios,
Doscientos Veintiuno de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las diez horas del día diecinueve de marzo de dos mil diez, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia
Intestada que a su defunción ocurrida a las dieciséis horas y cuarenta
Departamento de San Miguel, a las quince horas y cinco minutos del
día diecinueve de mayo del año dos mil diez.- Licda. ANA LETICIA
ORELLANA DE VARGAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Br.
EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SECRETARIO.
minutos del día quince de diciembre de dos mil siete, en el Cantón El
Salitre de la Jurisdicción de San Miguel de Mercedes, Departamento
3 v. alt. No. F014355-3
de Chalatenango, siendo éste su último domicilio, dejó el señor JOSE
MOISES OLIVA conocido por JOSE MOISES OLIVA GOMEZ y
MOISES OLIVA, de parte del señor JESUS ANAIN OLIVA OLIVA,
AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL
en concepto de hijo del causante, habiéndosele conferido la Adminis-
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
tración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en las oficinas del Notario JAIME AMADO DEL VALLE
O
MENJIVAR, a las quince horas del día dieciocho de mayo de dos mil
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario
la herencia intestada dejada a su defunción por el señor REYES ANTONIO PEREZ, quien fue de sesenta y un años de edad, Empleado,
divorciado, originario y del domicilio de Quezaltepeque, siendo éste su
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I
diez.
HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a
las diez horas veinte minutos del día nueve de abril de dos mil diez,
último domicilio, fallecido el día veintiuno de julio de dos mil nueve, de
parte de los señores EDGARDO ANTONIO PEREZ VEGA, LETICIA
MARGARITA PEREZ DE MORENO, IRIS YESENIA PEREZ DE
NOTARIO.
MIRANDA y DAVID ARISTIDES PEREZ VEGA, en sus conceptos
DI
JAIME AMADO DEL VALLE MENJIVAR,
de hijos del causante, a quienes se les ha conferido la administración y
3 v. alt. No. F014297-3
representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se hace saber al público en general para los efectos de
Licda. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE
PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD
BARRIOS,
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y cincuenta
minutos del día diecisiete de mayo del año dos mil diez, se ha tenido
ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las diez horas
treinta minutos del día nueve de abril de dos mil diez.- Licda. AMADA
LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL.- Lic.
JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SECRETARIO.
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la herencia
intestada que a su defunción dejó la señora MARIA MARGARITA
3 v. alt. No. F014376-3
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
155
JOSÉ ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, AL
dejó el señor JOSE MODESTO PACAS RIVAS, quien era de cuarenta
PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
y cuatro años de edad, salvadoreño, soltero, Albañil, las cuales son promovidas por el señor JUAN RIVAS, en calidad de padre del causante;
habiéndosele conferido al aceptante la administración y representación
AVISA: Que por resolución de las once horas y treinta minutos
de este día se ha tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON
interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
BENEFICIO DE INVENTARIO la Herencia Intestada que a su defunción
conocida por FRANCISCA GABRIELA JIMENEZ, y por FRANCISCA
GABRIELA JIMENEZ HERNANDEZ, al fallecer el día veintiséis de
abril de mil novecientos noventa y cuatro, en el Barrio San Antonio de
la ciudad de Ozatlán, Departamento de Usulután, lugar que tuvo como
derecho a la referida herencia para que se presenten a deducirlo en
el término de quince días, siguientes a la tercera publicación de este
edicto,
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en la ciudad de San Salvador, a las doce horas del día
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último domicilio de parte del señor OSCAR EDILBERTO MEDRANO
En consecuencia, por este medio se cita a los que se crean con
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dejó la señora FRANCISCA GABRIELA JIMENEZ DE MEDRANO,
JIMENEZ, en calidad de hijo de la Causante, y como cesionario de los
veintiocho de abril de dos mil diez.
derechos hereditarios que le correspondían al señor JULIO CESAR
MEDRANO RAMIREZ, conocido por JULIO CESAR MEDRANO,
como cónyuge sobreviviente de la misma causante.
MAYRA ELENA LOPEZ FUENTES,
Confiriéndosele al aceptante dicho, la Administración y Represen-
NOTARIO.
tación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de los
Curadores de la Herencia Yacente.
3 v. c. No. F014581-3
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después
de la tercera publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los ca-
MARlO ENRIQUE GARCÍA REYES, Notario, de este domicilio, con
torce días del mes de Mayo del año dos mil diez.- Lic. JOSE ANTONIO
oficina ubicada en Novena Avenida Norte número dieciocho de esta
GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN
ciudad,
HERNANDEZ, SECRETARIA.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída
en la ciudad de Santa Ana, a las doce horas del día treinta y uno de
mayo de dos mil diez, se ha tenido por aceptada expresamente, con beneficio de inventario, la Herencia Intestada del señor JOSE ESTEBAN
LANDAVERDE, quien fue de ochenta años de edad, Albañil, casado,
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3 v. c. No. F014568-3
MAYRA ELENA LOPEZ FUENTES, Notaria, de este domicilio, con
de este domicilio, fallecido en Caserío El Copinolito, Cantón Primavera,
oficina ubicada en Primera Calle Poniente, casa número dos mil ocho-
de esta Jurisdicción, a las cuatro horas del día veintisiete de marzo de
cientos diecisiete, San Salvador.
dos mil ocho, y que fuera el lugar de su último domicilio, de parte de la
señora PETRONA ROMERO DE LANDAVERDE, en el carácter de
cónyuge sobreviviente y como cesionaria de los derechos hereditarios
HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia,
por resolución de la suscrita Notaria, proveída a las nueve horas del día
veintiséis de abril de dos mil diez, se ha tenido por aceptada expresamente
y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción,
ocurrida, a la una hora del día veintinueve de Enero del año de mil novecientos noventa y nueve, falleció en el Cantón Las Llaves, en Villa
de Nueva Granada, Departamento de Usulután, su último domicilio, a
consecuencia de TRAUMATISMO CRANEOENCEFALICO SEVERO,
que en la misma le correspondían a los señores AMANDA ROMERO
LANDAVERDE, MIRIAN ESTHER ROMERO LANDAVERDE,
ANA RUTH LANDAVERDE ROMERO, y RENÉ ALCIDES
LANDAVERDE ROMERO, en el carácter de hijos sobrevivientes del
causante; a quien se nombra interinamente Administradora y Representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la Herencia yacente.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
156
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida
oficina en el término de quince días, contado desde el día siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Se avisa al público para los efectos de ley.
Alcaldía Municipal: Santa María Ostuma, cinco de mayo de dos mil
diez.- Licda. ANTONIA GUEVARA DE MELCHOR, ALCALDESA
MUNICIPAL.- JUAN ANTONIO CALERO AVALOS, SECRETARIO
Librado en la oficina del suscrito Notario, en la ciudad de Santa
MUNICIPAL.
Ana, a los treinta y un días del mes de mayo de dos mil diez.
3 v. alt. No. F014280-3
MARIO ENRIQUE GARCIA REYES,
3 v. c. No. F014651-3
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NOTARIO.
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD,
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HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el señor ER-
NESTO ANTONIO GOMEZ ALDANA, de veintiséis años de edad,
TITULO DE PROPIEDAD
estudiante, de domicilio de San Isidro, Cabañas, con Documento Único
de Identidad número cero cero cinco cinco uno cinco uno tres-uno, y
Número de Identificación Tributaria cero nueve cero cinco-uno nueve
La infrascrita Alcaldesa Municipal,
cero tres ocho tres-uno cero uno-cero, solicitando que se le extienda Título
de Propiedad, de un inmueble Terreno Rústico hoy Urbano, situado en
JESUS LOPEZ ANAYA, de ochenta y seis años de edad, Agricultor en
el lugar de San Isidro Viejo, hoy Colonia La Lomita, de esta ciudad, de
Pequeño, del domicilio de Santa María Ostuma, con Documento Unico
la capacidad Superficial de DOSCIENTOS TREINTA Y DOS metros
de Identidad número cero cero trescientos treinta y un mil doscientos
cuadrados, SETENTA centímetros cuadrados, el cual mide y linda:
noventa y tres guión cinco, y con Número de Identificación Tributaria
AL NORTE, veintiuno punto treinta y cinco metros, colindando con
cero ochocientos dieciocho guión doscientos mil ciento veinticuatro guión
el señor Ezequiel Chávez, hoy con Carlos Ruiz y Julio Alfaro, camino
cero cero uno guión uno, solicitando a su favor título de propiedad de
vecinal de por medio; AL ORIENTE, diez punto noventa metros, co-
un solar urbano situado en el Barrio Candelaria, Calle Rafael Aguilar,
lindando con Pablo Amaya, tapial del colindante hoy con Luis Alonso
Número S/N, de Santa María Ostuma, compuesto según su solicitud de
Gómez; AL SUR, veintiuno punto treinta y cinco metros, colindando
CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO PUNTO DIEZ METROS
con Antonio Cortez, cerco del colindante, hoy de Flor Mireya Cortez;
CUADRADOS de superficie, que mide y linda: AL NORTE, veintiuno
y AL PONIENTE, diez punto noventa metros, colindando con Ezequiel
punto cincuenta metros, linda con María Antonia Alvarado viuda de
Chávez, en parte y con Antonia Portillo, hoy con José Portillo y Miguel
Villalta, calle de por medio y con José Alirio López Candelario, calle
Munguía, calle de por medio, que en la actualidad en dicho inmueble se
de por medio; AL ORIENTE, mide veintiséis punto treinta metros, linda
encuentra construida una casa de sistema mixto con los servicios de agua
con Tránsito López Candelario; AL SUR, en dos tramos, el primero de
y luz. Que el terreno descrito no es dominante, ni sirviente, no está en
DI
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HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el señor
doce punto noventa y cinco metros y el segundo de cero punto cuarenta
proindivisión con nadie. Lo obtuvo por compraventa que le hizo al señor
y cinco metros, linda con Rosalío Rosales Echegoyén; AL PONIENTE,
Andrés Adolfo Ruiz o Andrés Adolfo Ruiz Serrano, el día veintitrés de
mide treinta y dos punto cincuenta metros, linda con propiedad de José
octubre de dos mil nueve. Lo valora en la cantidad de TREINTA MIL
Darío Echegoyén, calle de por medio, María Luisa Guevara de Pérez, calle
DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA,
de por medio y con Ernestina Cerritos de Guevara, calle de por medio;
todos los colindantes son de este domicilio.
todos los colindantes son de este domicilio. El inmueble no es sirviente,
Alcaldía Municipal de San Isidro, Cabañas a los once días del mes
ni dominante, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia,
de mayo de dos mil diez.- JOSE IGNACIO BAUTISTA, ALCALDE
ni está en proindivisión de ninguna clase con otra persona. Lo hubo por
MUNICIPAL.- ROSICELA MARTINEZ DE LAINEZ, SECRETARIA
compra que hizo a la señora Antonia Cerón de Vásquez, en escritura
MUNICIPAL.
pública otorgada en San Juan Nonualco el día veinte de agosto de mil
novecientos noventa ante el Notario José Augusto Contreras Minero.
Lo valúa en la cantidad de MIL DOSCIENTOS DOLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
3 v. alt. No. F014344-3
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
157
AYALA, y la segunda porción por compraventa de posesión material
TÍTULO SUPLETORIO
que le hizo a la misma vendedora; se estima en el precio de CINCO MIL
DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA EFECTOS
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
DE LEY.
Gotera, Morazán, a las quince horas del día veinticuatro de mayo del
dos mil diez.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado SATURNINO ADILSON DIAZ PEREIRA, como Apoderado
SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. ROSA ERMELINDA
GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.
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General Judicial de la señora LIDIA RUDELIA PEREIRA AYALA,
conocida por LIDIA RUDELIA PEREIRA y por LIDIA PEREIRA, a
3 v. alt. No. C003770-3
solicitar a su favor Título Supletorio, sobre dos porciones de terreno
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de naturaleza rústica, situado en el Cantón Soledad, Jurisdicción de
Meanguera, Departamento de Morazán, de la capacidad superficial de
CUATRO MANZANAS; la segunda porción de la misma naturaleza, de
la capacidad superficial de TRES MANZANAS; y forma un solo cuerpo,
LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez
en su conjunto suman siete manzanas, pero en la realidad su extensión
Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para
superficial es de SESENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SESENTA
efectos de Ley.
Y DOS PUNTO CERO CUATRO METROS CUADRADOS, de las
medidas y linderos siguientes: AL PONIENTE, consta de dos tramos, el
primero con rumbo Norte, mide ciento cincuenta y cuatro punto noventa
y cuatro metros, y el segundo con rumbo Noroeste, mide ochenta y uno
punto ochenta y cinco metros, con una distancia de ciento ochenta y ocho
punto ochenta y cinco metros, con terreno de Ruddy Caballero, y Rosa
Berta Caballero, cerco de alambre de por medio; LINDERO NORTE,
consta de tres tramos, el primero con rumbo Noreste, mide cuarenta y
nueve punto noventa y ocho metros; el segundo con rumbo Este, mide
ciento doce punto cero siete metros; y el tercero con rumbo Sureste,
mide trescientos veintidós punto veintiún metros, con una distancia de
O
cuatrocientos ochenta y cuatro punto veintiséis metros; lindando en el
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primer y segundo tramo con terreno de Reynaldo Ponce y de Eriberta
Claros, y en el tercer tramo con Alcides Sorto, cerco de alambre propio
DI
de por medio; AL ORIENTE, consta de un tramo con rumbo Suroeste, y
con una distancia de doscientos quince punto cincuenta y siete metros, y
colinda con terreno de Maximino Claros, y Rosa Berta Caballero, cerco
de alambre propio y en parte calle de por medio; y LINDERO SUR,
consta de tres tramos, el primero con rumbo Noroeste, mide treinta y
uno punto cuarenta y dos metros; el segundo con rumbo Suroeste, mide
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado
SANTOS ULICES VARAHONA VENTURA, como Apoderado General
Judicial de la señora VILMA CONCEPCION VIGIL, a solicitar a favor
de ésta TÍTULO SUPLETORIO, sobre Un inmueble de naturaleza rústica,
situado en el Caserío Los Quebrachos, Cantón El Rodeo, de la Jurisdicción
de Jocoaitique, Departamento de Morazán, de la extensión superficial de
CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS,
de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE, mide veintiún
metros, linda con solar de Antonia Amaya, Calle Antigua a Jocoaitique
de por medio; AL PONIENTE, mide veintidós metros, linda con solar
de Florentino Gómez, divide cerco de alambre de por medio; AL SUR,
mide diecisiete metros, cerco de alambre de por medio linda con Solar
de Teófila Reyes; y AL ORIENTE, mide veinticuatro metros, cerco de
alambre, linda con solar de Natalia Reyes, y calle pavimentada de por
medio, hasta llegar donde se comenzó. El inmueble descrito lo valora
en el precio de SEIS MIL DOLARES, la señora Vigil, adquirió dicho
inmueble por venta de la posesión material por Escritura Pública, que
le efectuó el señor JOSE GERMAN VENTURA RODRIGUEZ.
sesenta punto cero dos metros, y el tercero con rumbo Noroeste, mide
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
noventa y siete punto cuarenta y un metros, con una distancia de ciento
Gotera, a las catorce horas del día veintiséis de enero de dos mil diez.-
ochenta y ocho punto ochenta y cinco metros; colinda en parte con te-
LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ SEGUNDO DE
rreno de Samuel Claros, cerco de alambre propio de por medio, y en otra
PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ
parte con Maximino Claros, y la Calle Real que de la Villa El Rosario
SANCHEZ, SECRETARIA.
conduce a Meanguera. Dichas porciones de terreno que ahora forma un
solo cuerpo, las adquirió la primera porción por medio de compraventa
en Documento Privado que le hizo a la señora MARIA TEODULA
3 v. alt. No. C003776-3
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
158
JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, Juez de Primera Instancia de este
se le extienda Título Supletorio de un terreno de naturaleza rústica, de
Distrito Judicial.
su propiedad, situado en Final Barrio Concepción, Comunidad Asino
Uno, Calle Principal, Jurisdicción de Santiago Texacuangos, de este
Departamento, según Ficha Catastral es de una extensión superficial de
HACE SABER: Que a este Juzgado se han presentado los señores
DOMINGO ANTONIO GÁLVEZ, de cuarenta y un años de edad,
jornalero; y CELINA DEL CARMEN GUARDADO GONZÁLEZ, de
treinta y cinco años de edad, ama de casa, ambos de este domicilio, de
este domicilio, por medio del Apoderado General Judicial Licenciado
TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PUNTO OCHENTA Y TRES
METROS CUARENTA Y SIETE DECIMETROS CUADRADOS
aproximadamente, el cual mide y linda: AL NORTE, consta de dos tramos
el primero, de once punto noventa y siete metros, y el segundo, de ocho
punto setenta y un metros, con parcela mil ciento veintidós, propiedad de
SUPLETORIO a su favor de un terreno de naturaleza rústica, situado en
Justo Mario Marroquín; AL ORIENTE, consta de dos tramos el primero,
el Cantón Agua Zarca, de esta Jurisdicción, de la extensión superficial
de siete punto veintitrés metros y el segundo, de seis punto noventa y
de DIEZ MIL DOSCIENTOS VEINTISIETE PUNTO VEINTISEIS
cinco metros, con parcela número seiscientos sesenta y seis, propiedad
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RONALD GIOVANNI CARDONA ALVARADO, solicitando TÍTULO
METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes:
de Cruz de Jesús Sánchez, Calle de por medio; AL SUR, consta de tres
AL ORIENTE: mide ciento treinta y cuatro metros, linda con terreno
tramos, el primero, de dos punto doce metros, y el tercero, de once punto
del señor José Espinoza, línea imaginaria de por medio; AL SUR: mide
setenta y siete metros, con parcela número novecientos, propiedad de
ochenta metros, linda con la Lotificación Lotiversa, cerco de alambre de
Carlos Alberto Jurado Benítez; AL PONIENTE, consta de dos tramos;
por medio y calle de diez metros de ancho de por medio; AL PONIENTE:
el primero, de once punto treinta y cinco metros, el segundo, de siete
mide noventa y siete metros, linda con la Lotificación Mata de Huerta,
punto noventa y cuatro metros, con parcela número mil ciento veintiu-
calle de diez metros de ancho de por medio; y AL NORTE: mide cien
metros, linda con resto de terreno que le queda al vendedor señor Roberto
Olidio Rivera Crespín. En los cuatro rumbos existen mojones de madera
esquineros. Sin construcciones, ni cultivos permanentes. El inmueble antes
no, propiedad de Víctor Manuel Sánchez, con parcela número ciento
treinta y siete, propiedad de Walter Vladimir Cornejo Pérez, y parcela
número mil ciento treinta y ocho propiedad de Everilda Pérez Vásquez
de Cornejo. El terreno descrito no es dominante, ni sirviente, ni está en
descrito lo estiman los titulantes en la cantidad de VEINTIOCHO MIL
DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; y lo hubo por
compraventa que le hizo al señor Roberto Olidio Rivera Crespín, según
consta en Testimonio de Escritura Pública de Compraventa, otorgada
a su favor, en esta ciudad el día quince de diciembre del año dos mil
proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras
personas; dicho terreno lo adquirió por compraventa que le hiciera la
señora Basilia López, de oficios domésticos, del domicilio de Santiago
Texacuangos, Departamento de San Salvador, ya fallecida, y careciendo
de título de dominio inscrito, promueve las presentes diligencias y lo
nueve.
estima en la cantidad de TRES MIL DOLARES EXACTOS, que dicho
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco: Cabañas,
O
a las quince horas treinta minutos del día veintiuno de mayo de dos mil
AR
I
diez.- LIC. JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA.- LIC. OSCAR ARMANDO LÓPEZ SÁNCHEZ, SE-
hace más de diez años.
Lo que pone del conocimiento del público y a la persona que deba
presentar oposición, a las pretensiones del peticionario lo hagan dentro
DI
CRETARIO.
inmueble lo posee en forma quieta, pacífica y no interrumpida desde
del término legal, y en la dirección arriba mencionada.
3 v. alt. No. C003827-3
Librado en la Oficina de la suscrita Notario: San Salvador, a los
veinticinco días del mes de mayo de dos mil diez.
IRMA JUDITH SANCHEZ MARTINEZ, Notario, de este domicilio, con
Despacho Profesional ubicado en Calle Lara, Número ciento diecinueve,
IRMA JUDITH SANCHEZ MARTINEZ,
local tres, Barrio Candelaria, San Salvador.
NOTARIO.
HACE SABER: Que el señor JESUS LOPEZ, de ochenta y siete
años de edad, jornalero, del domicilio de Santiago Texacuangos, Departamento de San Salvador, ha comparecido ante mis oficios solicitando
3 v. alt. No. F014261-3
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
159
ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
por medio; y AL PONIENTE, ciento tres punto noventa y seis metros,
TRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
con terreno del señor Miguel Ángel Umanzor Velásquez, callejón de
por medio por el que tiene acceso a la calle pública. Cuarto, Quinto y
Sexto Inmueble, están situados en el Cantón Güeripe, Jurisdicción de
RAFAEL UMANZOR, mayor de edad, Agricultor, del domicilio de
Polorós, Departamento de La Unión, solicitando Título Supletorio
sobre seis terrenos de naturaleza rústicos, situados el Primero, segundo
y tercero, en el Caserío El Mojón, Cantón Mala Laja, de la Jurisdicción
de Polorós, Distrito de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión.
El Primero, de la capacidad superficial de cuarenta y tres mil doscientos
Unión. Cuarto Inmueble, conocido "Cerro Las Dantas", de la capacidad superficial de doce mil cuarenta y siete punto ocho sesenta y seis
metros cuadrados, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE,
cincuenta y ocho punto cincuenta y siete metros, con terreno del señor
José Santos Rodríguez, cerco de alambre de púas de por medio; AL
ORIENTE, ciento sesenta y uno punto veinticinco metros, con terreno
de la señora Rosa Elia Chávez, cerco de alambre de púas de por medio;
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diez punto cero cincuenta y ocho metros cuadrados, que mide y linda: AL
Concepción de Oriente, de este Distrito Judicial, Departamento de La
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HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor
NORTE, trescientos cincuenta y cuatro punto ocho metros, con Alberto
Bonilla y Roza Elia Chávez, cerco de alambre de púas de por medio;
AL ORIENTE, cincuenta punto ochenta y tres metros, con terreno de
Rosa Elia Chávez, cerco de alambre de púas de por medio, y con Miguel
Ángel Umanzor Velásquez, con callejón de por medio; AL SUR, ciento
punto noventa y nueve metros, con terreno de Pastor Umanzor Velásquez,
Alfonso Umanzor Velásquez y Marcial Umanzor, Calle Pública que de
Polorós conduce a Concepción de Oriente; y AL PONIENTE, trescientos
doce punto cuarenta y cuatro metros, con terreno de Felipe Moreno y
Susana Umanzor, cerco de alambre de púas de por medio, inmueble que
contiene construida cuatro casas de habitación, paredes de adobe, repe-
lladas techo de madera y tejas, piso de ladrillo de cemento, consta de una
sala, cocina y un dormitorio, corredores ambos lados, energía eléctrica
y agua potable. Segundo Inmueble, de la capacidad superficial de trece
mil cuatrocientos cuarenta punto uno sesenta y ocho metros cuadrados,
O
de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE, ochenta y uno punto
AR
I
cinco metros, con terreno de la Rosa Delmi Velásquez, cerco de alambre
de púas de por medio; AL ORIENTE, ciento ochenta y seis punto trece
DI
metros, colinda con los señores Julia Moreno y Enrique Moreno, cerco de
alambre de púas de por medio; AL SUR, noventa y cinco punto setenta
y siete metros, con terreno de Fernando Moreno, callejón de por medio;
y AL PONIENTE, ciento diecisiete punto catorce metros, con terreno de
Fernando Moreno, cerco de alambre de púas de por medio, inmueble que
carece de construcciones y cultivos permanentes. Tercer Inmueble, de la
capacidad superficial de cinco mil quinientos veintiuno punto cuarenta
y tres sesenta y tres metros cuadrados, que mide y linda; AL NORTE,
sesenta y seis punto cuarenta y seis metros, colindando con Paula Elia
Escobar, cerco de alambre de púas de por medio; AL ORIENTE, sesenta
y cuatro punto noventa y tres metros, con terreno de Neptalí Moreno,
cerco de piña de por medio; AL SUR, sesenta y cuatro punto treinta y un
metros, con terreno del señor Fernando Moreno, quebrada de invierno de
AL SUR, setenta y cuatro punto ochenta y ocho metros, con terreno de
la señora Ana Chávez, cerco de alambre de púas de por medio; y AL
PONIENTE, ciento noventa y nueve punto ochenta y siete metros con
terreno de la señora Susana Umanzor, mojones de piedra de por medio,
inmueble que carece de cultivos y construcciones permanentes. Quinto
Inmueble, conocido como "Cerro El Coyol", de la capacidad superficial
de treinta y nueve mil quinientos sesenta y dos punto tres veintinueve
metros cuadrados, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE,
trescientos cincuenta y siete punto veintiocho metros, con terreno de
los señores Jorge Alberto Maldonado, Maura Bonilla, Gloria Bonilla y
Susana Umanzor, cerco de alambre de púas de por medio; AL ORIENTE, ciento treinta y ocho punto cero un metros, con terreno de la señora
Blanca Maldonado, cerco de alambre de púas de por medio; AL SUR,
trescientos cuarenta y seis punto setenta y siete metros, con terreno de
los señores Alfonso Umanzor, Ifigenia Velásquez, y Susana Umanzor,
callejón privado de por medio, que sirve de acceso a la calle pública al
inmueble en mención y a los otros colindantes; y AL PONIENTE, ochenta
y seis punto setenta y seis metros, con terreno de Carlos Maldonado y
Blanca Maldonado, quebrada de por medio, inmueble que carece de cultivos y construcciones permanentes. Y Sexto Inmueble, conocido como
"El Llano", de la capacidad superficial de siete mil trescientos setenta y
nueve punto cincuenta y cinco cincuenta y uno metros cuadrados, que
mide y linda; AL NORTE, veintinueve punto cincuenta metros, con
terreno de Adolfina Yanez, y Felícita Acosta, cerco de alambre de púas
de por medio; AL ORIENTE, doscientos cuarenta y uno punto noventa y
nueve metros, con terreno de Andrés Umanzor Velásquez, Miguel Ángel
Umanzor Velásquez, Carmen Umanzor Velásquez y Ulises Umanzor
Velásquez, con cerco de alambre y piña de por medio; AL SUR, treinta
y cuatro punto once metros, con terreno de la señora Felícita Bonilla,
cerco de alambre de púas de por medio; y AL PONIENTE, doscientos
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
160
veintidós punto cero seis metros, con terreno del señor Teófilo Velásquez,
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
mojones de piedra de por medio, inmueble que carece de cultivos y
Gotera, a las catorce horas treinta minutos del día veintiuno de abril
construcciones permanentes. Valúa dichos inmuebles en la cantidad de
de dos mil diez.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA,
DIEZ MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,
y los adquirió los tres primeros por compraventa de posesión material a
JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ROSA
ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.
la señora VICTORIA MORENO DE UMANZOR, y el Cuarto, quinto y
sexto, por compraventa de posesión material al señor MIGUEL UMAN-
3 v. alt. No. F014311-3
ZOR VELÁSQUEZ, ambas compras el día nueve de marzo del año dos
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, a los doce días del mes de abril del año dos mil
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mil diez.
LIC. MARIA ELENA LOVO ANGEL DE AVALOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
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diez.- LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.LICDA. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ, SECRETARIA.
HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado el señor
DOROTEO MORALES MORALES, de cincuenta y cinco años de
3 v. alt. No. F014292-3
edad, albañil, del domicilio de San Antonio de la Cruz, Municipio de
este Departamento, actuando en su carácter personal, solicitando a su
nombre, TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústica,
y sin cultivo permanente y con la construcción de una casa de techo de
LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez
tejas, y paredes de adobe, situado en el Caserío Los Morales, del Cantón
Santa Ana, de la Jurisdicción de San Antonio de la Cruz, Municipio
Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para
efectos de Ley.
de este Departamento, de una extensión superficial de VEINTISIETE
PUNTO CINCUENTA AREAS, que tiene como medidas y colindancias
siguientes: AL ORIENTE, mide ciento cuatro metros, linda con terreno
propiedad de Filemón Menjívar; AL NORTE, mide doscientos metros,
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado
SANTOS ULICES BARAHONA VENTURA, como Apoderado General
colinda con terrenos propiedad de Miguel Ramírez, Armando Morales,
Santos Morales y de Lucía Orellana; AL PONIENTE, mide doscientos
dieciséis metros, linda con terreno de propiedad de Miguel Ramírez;
de la Alcaldía Municipal de Corinto, a solicitar a favor de ésta TITULO
y AL SUR, mide ciento diez metros y linda con terreno propiedad de
O
Judicial del señor SERGIO ARGUETA, éste como Síndico Municipal
AR
I
SUPLETORIO, sobre un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón
Hondable, Jurisdicción de Corinto, Distrito de Osicala, Departamento
DI
de Morazán, de la capacidad superficial de Cacaopera, Departamento
de Morazán, de la capacidad superficial de MIL OCHOCIENTOS
METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes:
AL ORIENTE, mide doce metros; AL NORTE, mide setenta metros;
Doroteo Morales y Concepción Menjívar Guardado.
El mencionado inmueble no es dominante, ni sirviente, ni tiene
cargas reales que deban respetarse por no tenerlo en proindivisión con
ninguna persona.
Lo que se pone al conocimiento del público para los efectos legales
consiguientes.
AL PONIENTE, mide treinta y seis metros; y AL SUR, mide ochenta
metros, colindando en todos sus rumbos con resto del inmueble, de donde
se desmembra la porción que se describe en todos los rumbos cerco de
alambre de por medio. El inmueble anteriormente descrito adquirió la
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango, a las
nueve horas y treinta y cinco minutos del día veintisiete de abril del dos
mil diez.- LIC. MARÍA ELENA LOVO ANGEL DE AVALOS, JUEZ
Alcaldía Municipal de Corinto por venta de la posesión material por
Escritura Pública que le efectuó el señor LAUREANO ALVAREZ; y
DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. EDWIN EDGARDO RIVERA
CASTRO, SECRETARIO.
lo valora en la cantidad de CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE
DOLARES CON CATORCE CENTAVOS DE DÓLAR.
3 v. alt. No. F014360-3
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
RENOVACION DE MARCAS
161
No. de Expediente: 1988000961
No. de Presentación: 20100133252
CLASE: 01, 02, 06, 16.
No. de Expediente: 1997003648
No. de Presentación: 20080109056
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
CLASE: 05.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS ALFREDO PINEDA NAVAS, mayor de edad, ABOGADO
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
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A
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL ADMINISTRATIVO Y JUDICIAL de GRUPO SOLID (EL SALVADOR),
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio
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HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado FREDY
ORLANDO ORTIZ MEJIA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de PRODUCTOS FARMACEUTICOS,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:
PRODUCTOS FARMACEUTICOS, S.A. de C.V., del domicilio de
LAGO TANGAÑICA DIECIOCHO, COLONIA GRANADA, DELE-
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00111 del Libro 00126 de
REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra “DURA SOLV”;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 01, 02, 06,
16 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
GACIÓN MIGUEL HIDALGO 11520, MÉXICO, D.F., de nacionalidad
MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00039 del Libro 00072 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente
en las palabras “AMIG-DOBIS” escritas en letras mayúsculas de molde, estando las sílabas “AMIG” y “DOBIS” separadas por un guión;
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los tres días del mes de mayo del año dos mil diez.
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la
Clasificación Internacional de Niza.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
LUCIA MARGARITA GALAN,
O
SECRETARIO.
AR
I
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
3 v. alt. No. C003832-3
DI
tivos. San Salvador, a los dieciséis días del mes de octubre del año dos
mil ocho.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
No. de Expediente: 1988000964
REGISTRADORA.
No. de Presentación: 20100135667
CLASE: 01, 02, 06, 16.
MARIA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
3 v. alt. No. C003822-3
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS
ALFREDO PINEDA NAVAS, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
162
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de GRUPO SOLID (EL SALVADOR),
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:
GRUPO SOLID (EL SALVADOR), S.A. DE C.V., del domicilio de
San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RE-
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
NOVACION, para la inscripción Número 00076 del Libro 00127 de
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra CORROSITE; que
San Salvador, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil diez.
ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 01, 02, 06, 16
de la Clasificación Internacional de Niza.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
REGISTRADOR.
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Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
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LUCIA MARGARITA GALAN,
San Salvador, a los tres días del mes de mayo del año dos mil diez.
SECRETARIO.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C003834-3
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
MARCA DE FABRICA
3 v. alt. No. C003833-3
No. de Expediente: 2010098434
No. de Presentación: 20100131742
CLASE: 05.
No. de Expediente: 1988000933
AR
I
CLASE: 01, 02, 06, 16.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA,
O
No. de Presentación: 20100133737
DI
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM
ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL
de LABORATORIOS RIESTRA, SOCIEDAD ANONIMA (RIESTRA,
S.A.), de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS
MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
ALFREDO PINEDA NAVAS, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de GRUPO SOLID (EL SALVADOR),
ALERDIN
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:
GRUPO SOLID (EL SALVADOR), S.A. DE C.V., del domicilio de
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00005 del Libro 00127
de REGISTRO DE MARCAS, consistente en las palabras “DURA
Consistente en: la palabra ALERDIN, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y SUSTANCIAS PARA
USO MÉDICO. Clase: 05.
SEALER”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase
La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil
01, 02, 06, 16 de la Clasificación Internacional de Niza.
diez.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
163
No. de Expediente: 2010100503
No. de Presentación: 20100135512
tivos. San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil diez.
CLASE: 05.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
LA INFRASCRITA REGISTRADORA,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,
SECRETARIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM
ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL
3 v. alt. No. C003792-3
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de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
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Y DE COMERCIO,
PRODEL B
No. de Expediente: 2010100504
No. de Presentación: 20100135513
Consistente en: la palabra PRODEL B, que servirá para: AMPA-
CLASE: 05.
RAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO
MÉDICO. Clase: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos
mil diez.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM
ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL
de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de naciona-
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiséis de abril del año dos mil diez.
lidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
XIMELIC
REGISTRADORA.
O
Consistente en: la palabra XIMELIC, que servirá para: AMPA-
GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,
AR
I
RAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO
MÉDICO. Clase: 05.
SECRETARIO.
DI
La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos
mil diez.
3 v. alt. No. C003794-3
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintidós de abril del año dos mil diez.
No. de Expediente: 2010100502
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
No. de Presentación: 20100135511
CLASE: 05.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
SECRETARIO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM
3 v. alt. No. C003793-3
ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
164
de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de naciona-
BORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad
lidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE
Y DE COMERCIO,
COMERCIO,
OSTEOX
PRESILAM
Consistente en: la palabra OSTEOX, que servirá para: AMPAConsistente en: la palabra PRESILAM, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO
MÉDICO. Clase: 05.
RAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO
MEDICO. Clase: 05.
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La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos
mil diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
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La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
mil diez.
San Salvador, veintidós de abril del año dos mil diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
REGISTRADOR.
San Salvador, veintidós de abril del año dos mil diez.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
SECRETARIO.
REGISTRADOR.
3 v. alt. No. C003796-3
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
No. de Expediente: 2010100498
DI
AR
I
O
No. de Presentación: 20100135507
3 v. alt. No. C003795-3
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM
ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL
No. de Expediente: 2010100499
de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de naciona-
No. de Presentación: 20100135508
lidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
CLASE: 05.
NORMAPRES
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
Consistente en: la palabra NORMAPRES, que servirá para: AMHACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM
ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO de LA-
PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y SUSTANCIAS DE
USO MÉDICO. Clase: 05.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos
mil diez.
165
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintidós de abril del año dos mil diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos DistinDAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
tivos. San Salvador, veintiséis de abril del año dos mil diez.
REGISTRADOR.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
REGISTRADORA.
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SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003798-3
NO OFI
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LE CO
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L SU
GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,
SECRETARIO.
No. de Expediente: 2010100493
3 v. alt. No. C003797-3
No. de Presentación: 20100135502
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM
ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL
No. de Expediente: 2010100495
No. de Presentación: 20100135504
de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
CLASE: 05.
GINECOPAST DUAL
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
O
Consistente en: las palabras GINECOPAST DUAL, que servirá
AR
I
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM
ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL
DI
de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO MÉDICO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos
mil diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintidós de abril del año dos mil diez.
INHIGREL
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
Consistente en: la palabra INHIGREL, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO
MÉDICO. Clase: 05.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos
mil diez.
3 v. alt. No. C003799-3
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
166
No. de Expediente: 2010100492
La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos
mil diez.
No. de Presentación: 20100135501
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintidós de abril del año dos mil diez.
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM
ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad
CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE
COMERCIO,
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
LT
A
GINECOPAST
NO OFI
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SECRETARIO.
Consistente en: la expresión GINECOPAST, que servirá para:
AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS
DE USO MEDICO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos
mil diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintidós de abril del año dos mil diez.
3 v. alt. No. C003801-3
No. de Expediente: 2010100477
No. de Presentación: 20100135485
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM
ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL
de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
SECRETARIO.
BEBE DEP
AR
I
O
3 v. alt. No. C003800-3
No. de Expediente: 2010100476
DI
No. de Presentación: 20100135483
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM
ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL
de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
Consistente en: las palabras BEBE DEP, sobre la palabra BEBE
individualmente considerada no se le concede exclusividad, que servirá
para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO MEDICO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos
mil diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintidós de abril del año dos mil diez.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
ATORVAX
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
Consistente en: la palabra ATORVAX, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO
MEDICO. Clase: 05.
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C003802-3
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
No. de Expediente: 2010100475
167
La solicitud fue presentada el día treinta de marzo del año dos mil
siete.
No. de Presentación: 20100135482
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diez de abril del año dos mil siete.
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM
ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL
de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
ALEGRISAN
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
LT
A
REGISTRADORA.
SECRETARIO.
NO OFI
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Consistente en: la palabra ALEGRISAN, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO
MEDICO. Clase: 05.
3 v. alt. No. C003804-3
La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos
mil diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintidós de abril del año dos mil diez.
No. de Expediente: 2007065969
No. de Presentación: 20070091790
CLASE: 12.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RUTH
ELIZABETH OLIVARES LINARES, en su calidad de APODERADO
de KTM SPORTMOTORCYCLE AG, de nacionalidad AUSTRIACA,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
KTM X-BOW
3 v. alt. No. C003803-3
O
No. de Expediente: 2007065966
CLASE: 09.
AR
I
No. de Presentación: 20070091787
DI
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RUTH
ELIZABETH OLIVARES LINARES, en su calidad de APODERADO
de KTM SPORTMOTORCYCLE AG, de nacionalidad AUSTRIACA,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la expresión KTM X-BOW, KTM X es una frase
de fantasía y la palabra BOW se traduce al castellano como ARCO, que
servirá para: AMPARAR: VEHICULOS Y SUS PARTES PERTENECIENTES A ESTA CLASE.
La solicitud fue presentada el día treinta de marzo del año dos mil
siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiuno de mayo del año dos mil siete.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
KTM
Consistente en: las letras KTM, que servirá para: AMPARAR:
TRAJES DE PROTECCION CONTRA ACCIDENTES, RADIACIONES Y FUEGO; GUANTES DE PROTECCION CONTRA ACCIDENTES; GAFAS ANTIREFLEX, GAFAS DE SOL, CINTURONES
PROTECTORES DE CUERPO PARA LA PROTECCION CONTRA
ACCIDENTES.
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003805-3
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
168
La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos
No. de Expediente: 2007065967
mil diez.
No. de Presentación: 20070091788
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
CLASE: 07.
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
San Salvador, veintidós de abril del año dos mil diez.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RUTH
ELIZABETH OLIVARES LINARES, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de KTM SPORTMOTORCYCLE AG, de nacionalidad
AUSTRIACA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y
DE COMERCIO,
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
LT
A
KTM
SECRETARIO.
NO OFI
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Consistente en: las palabras KTM, que servirá para: AMPARAR:
RADIADORES PARA MOTORES DE VEHICULOS; CADENAS,
VENTILADORES Y CILINDROS PARA MOTORES, SILENCIADORES TRASEROS, SILENCIADORES DE ESCAPE, CULATAS.
3 v. alt. No. C003807-3
La solicitud fue presentada el día treinta de marzo del año dos mil
siete.
No. de Expediente: 2010100485
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diez de abril del año dos mil siete.
No. de Presentación: 20100135494
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM
ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO de LA-
REGISTRADORA.
BORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad
CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE
MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,
COMERCIO,
SECRETARIA.
D-HISTAPLUS
3 v. alt. No. C003806-3
AR
I
O
Consistente en: la frase D-HISTAPLUS, que servirá para: AMPA-
No. de Expediente: 2010100488
DI
No. de Presentación: 20100135497
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM
ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad
CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE
COMERCIO,
ECANORM
RAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO
HUMANO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos
mil diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintidós de abril del año dos mil diez.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
Consistente en: la palabra ECANORM, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO
MEDICO. Clase: 05.
3 v. alt. No. C003808-3
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
169
La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos
mil diez.
No. de Expediente: 2010100482
No. de Presentación: 20100135491
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintidós de abril del año dos mil diez.
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM
ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL
de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
LT
A
CLARICINA
SECRETARIO.
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Consistente en: la palabra CLARICINA, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO
MEDICO. Clase: 05.
3 v. alt. No. C003810-3
La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos
mil diez.
No. de Expediente: 2010098444
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiséis de abril del año dos mil diez.
No. de Presentación: 20100131753
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM
ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL
de LABORATORIOS RIESTRA, SOCIEDAD ANONIMA (RIESTRA,
S.A.), de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la
MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
SECRETARIO.
NUTRAGEN
AR
I
O
3 v. alt. No. C003809-3
Consistente en: la palabra NUTRAGEN, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS PARA
USO MEDICO. Clase: 05.
No. de Expediente: 2010100480
DI
No. de Presentación: 20100135489
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM
ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL
de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
BERSEN
La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil
diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil diez.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
Consistente en: la palabra BERSEN, que servirá para: AMPARAR:
PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO MÉDICO. Clase: 05.
3 v. alt. No. C003811-3
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
170
No. de Expediente: 2010098425
de LABORATORIOS RIESTRA, SOCIEDAD ANONIMA (RIESTRA.
No. de Presentación: 20100131732
S.A.), de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la
MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
CLASE: 05.
CARLIDOL
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
Consistente en: la palabra CARLIDOL, que servirá para: AMPA-
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM
RATORIOS RIESTRA, SOCIEDAD ANONIMA (RIESTRA, S.A.), de
USO MEDICO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil
nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la MARCA
LT
A
ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO de LABO-
RAR PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y SUSTANCIAS PARA
diez.
DE FABRICA Y DE COMERCIO,
NO OFI
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DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
RI-ARREA
tivos. San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil diez.
Consistente en: la expresión RI-ARREA, que servirá para: AM-
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
PARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS PARA
USO MÉDICO. Clase: 05.
REGISTRADORA.
La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil
diez.
FERNANDO JOSE VELASCO,
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
SECRETARIO.
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil diez.
3 v. alt. No. C003813-3
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
No. de Expediente: 2010098433
O
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
CLASE: 05.
AR
I
SECRETARIO.
DI
No. de Presentación: 20100131741
3 v. alt. No. C003812-3
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM
ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO de LABONo. de Expediente: 2010098442
RATORIOS RIESTRA, SOCIEDAD ANONIMA (RIESTRA, S.A.), de
No. de Presentación: 20100131751
nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA Y DE COMERCIO,
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM
ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL
CINALEX
Consistente en: la expresión CINALEX, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y SUSTANCIAS PARA
USO MEDICO. Clase: 05.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil
diez.
171
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
REGISTRADOR.
San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil diez.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
SECRETARIO.
LT
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REGISTRADOR.
NO OFI
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3 v. alt. No. C003815-3
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
No. de Expediente: 2010098439
No. de Presentación: 20100131748
CLASE: 05.
3 v. alt. No. C003814-3
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM
ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO de LABO-
No. de Expediente: 2010098435
RATORIOS RIESTRA, SOCIEDAD ANONIMA (RIESTRA, S.A.), de
nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la MARCA
No. de Presentación: 20100131744
CLASE: 05.
DE FABRICA Y DE COMERCIO,
RICLOFENAC
AR
I
O
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM
consistente en: la expresión RICLOFENAC, que servirá para:
AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y SUSTANCIAS
PARA USO MÉDICO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil
DI
ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL
de LABORATORIOS RIESTRA, SOCIEDAD ANONIMA (RIESTRA,
S.A.), de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la
MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil diez.
MEMOMAX
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
Consistente en: la palabra MEMOMAX, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS PARA
USO MEDICO. Clase: 05.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil
diez.
3 v. alt. No. C003816-3
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
172
No. de Expediente: 2010098427
de LABORATORIOS RIESTRA, SOCIEDAD ANONIMA (RIESTRA,
S.A.), de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la
No. de Presentación: 20100131734
MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
CLASE: 05.
SECTAZOL
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL
de LABORATORIOS RIESTRA, SOCIEDAD ANONIMA (RIESTRA,
Consistente en: la palabras SECTAZOL, que servirá para: AMPARAR PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS PARA
USO MÉDICO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil
S.A.), de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la
LT
A
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM
diez.
MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
NO OFI
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DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
RI-RANIT
tivos. San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil diez.
Consistente en: la palabra RI-RANIT, que servirá para: AMPA-
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
RAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS PARA
USO MEDICO. Clase: 05.
REGISTRADORA.
La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil
diez.
FERNANDO JOSE VELASCO,
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
SECRETARIO.
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil diez.
3 v. alt. No. C003819-3
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
No. de Expediente: 2010098426
No. de Presentación: 20100131733
O
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
CLASE: 05.
DI
AR
I
SECRETARIO.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
3 v. alt. No. C003817-3
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM
ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL
No. de Expediente: 2010098445
No. de Presentación: 20100131754
de LABORATORIOS RIESTRA, SOCIEDAD ANONIMA (RIESTRA,
S.A.), de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la
MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM
ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL
AL-PRRES
Consistente en: la palabra AL-PRRES, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS PARA
USO MEDICO. Clase: 05.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil
diez.
173
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
tivos. San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil diez.
ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
SECRETARIO.
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REGISTRADOR.
NO OFI
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3 v. alt. No. C003821-3
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003820-3
No. de Expediente: 2009094802
No. de Presentación: 20090125567
CLASE: 07.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
No. de Expediente: 2010098432
No. de Presentación: 20100131740
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM
ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPE-
CLASE: 05.
CIAL de FAGOR. S. COOP, de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando
el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
AR
I
O
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIRIAM
DI
ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL
de LABORATORIOS RIESTRA, SOCIEDAD ANONIMA (RIESTRA,
S.A.), de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la
MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra FAGOR y diseño, que servirá para:
AMPARAR: MÁQUINAS LAVADORAS DE ROPA DOMÉSTICAS
E INDUSTRIALES, MÁQUINAS LAVADORAS DE VAJILLA
DOMÉSTICAS E INDUSTRIALES Y SUS PARTES; LAVADORAS
- SECADORAS; MAQUINAS HERRAMIENTAS Y LAS PARTES DE
LOS MOTORES (EXCEPTO MOTORES PARA VEHICULOS) DE LAS
CLOPI-DROL75
SECADORES DE ROPA; MÁQUINAS BATIDORAS, CORTAFIAMBRES, TRITURADORAS Y LICUADORAS DE USO DOMÉSTICO;
MÁQUINAS DE ASPIRACION DE USO INDUSTRIAL; ASPIRA-
Consistente en: CLOPI-DROL75, que servirá para: AMPARAR:
DORES DE POLVO; MOTORES (EXCEPTO PARA VEHICULOS
PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y SUSTANCIAS PARA USO
TERRESTRES); MOTOBOMBAS; VÁLVULAS DE MÁQUINAS;
MÉDICO. Clase: 05.
PRENSAS DE USO INDUSTRIAL; MÁQUINAS PROCESADORAS
DE BOBINAS DE CHAPA, MÁQUINAS CONFORMADORAS DE
La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil
diez.
CHAPA Y UTILLAJE DE CORTE Y EMBUTICION. Clase: 07.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
174
La solicitud fue presentada el día veintidós de julio del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL; Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diez de abril del año dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
REGISTRADORA.
San Salvador, dieciséis de marzo del año dos mil diez.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
3 v. alt. No. C003824-3
NO OFI
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A
REGISTRADORA.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
No. de Expediente: 2010100904
No. de Presentación: 20100136254
SECRETARIO.
CLASE: 29.
3 v. alt. No. C003823-3
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CLAUDIA
JUDITH MACEDA CHICO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL
de GRUPO INDUSTRIAL ALIMENTICIO, SOCIEDAD ANONIMA
que se abrevia: GRUPO INDUSTRIAL ALIMENTICIO, S.A., de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA Y DE COMERCIO,
No. de Expediente: 2007065962
No. de Presentación: 20070091783
CLASE: 41.
AGROVERDE
Consistente en: la palabra AGROVERDE, que servirá para: AM-
PARAR: CARNE, PESCADO, AVES Y CAZA, EXTRACTOS DE
AR
I
O
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
CARNE, FRUTAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS Y COCIDAS; JALEAS, MERMELADAS, COMPOTAS;
HUEVOS, LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS; ACEITES Y GRASAS
COMESTIBLES. Clase: 29.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RUTH
La solicitud fue presentada el día siete de mayo del año dos mil
DI
ELIZABETH OLIVARES LINARES, en su calidad de APODERADO
de KTM SPORTMOTORCYCLE AG, de nacionalidad AUSTRIACA,
solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, once de mayo del año dos mil diez.
KTM
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
Consistente en: las letras KTM, que servirá para: AMPARAR:
ESPARCIMIENTO, ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
La solicitud fue presentada el día treinta de marzo del año dos mil
siete.
3 v. alt. No. F014257-3
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
No. de Expediente: 2010100903
No. de Expediente: 2010099385
No. de Presentación: 20100136253
No. de Presentación: 20100133608
CLASE: 30.
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
175
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CLAUDIA
de GRUPO INDUSTRIAL ALIMENTICIO, SOCIEDAD ANONIMA
que se abrevia: GRUPO INDUSTRIAL ALIMENTICIO, S.A., de na-
APODERADO de DISTRIBUIDORA DE ALIMENTOS NATURALES
Y NUTRICIONALES, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA,
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cionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN
FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de
LT
A
JUDITH MACEDA CHICO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL
DE FABRICA Y DE COMERCIO,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
AGROVERDE
HERBACIL
Consistente en: La palabra AGROVERDE, que servirá para:
AMPARAR: CAFÉ, TE, CACAO, AZUCAR, ARROZ, TAPIOCA,
Consistente en: la expresión HERBACIL, que servirá para: AMPA-
SAGU, SUCEDANEOS DEL CAFÉ; HARINAS Y PREPARACIONES
RAR: TE DE HIERBAS PARA INFUSIONES, CARAMELOS, TES A
HECHAS DE CEREALES, PAN, PASTELERIA Y CONFITERIA,
BASE DE MIEL Y HIERBAS, CAFE, TE, CACAO, AZÚCAR, ARROZ,
HELADOS COMESTIBLES; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVA-
SUCEDANEOS DEL CAFE, PAN, PASTELERIA Y CONFITERIA,
DURA, POLVOS PARA ESPONJAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE,
HELADOS COMESTIBLES; MIEL. Clase: 30.
SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día dos de marzo del año dos mil
La solicitud fue presentada el día siete de mayo del año dos mil
O
diez.
diez.
AR
I
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Registro de la
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
DI
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diecisiete de mayo del año dos mil diez.
San Salvador, once de mayo del año dos mil diez.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIO.
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F014258-3
3 v. alt. No. F014301-3
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
176
No. de Expediente: 2010100299
NOMBRE COMERCIAL
No. de Presentación: 20100135150
CLASE: 01.
No. de Expediente: 2009097685
No. de Presentación: 20090130394
LA INFRASCRITA REGISTRADORA,
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIA
ESTER ZALDAÑA MULATILLO DE ALVAREZ, en su calidad de
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE
PRODUCTORES DE TACUBA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
MAURICIO ROQUE, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de
que se abrevia: ASAPROT DE R.L., de nacionalidad SALVADOREÑA,
ASOCIACION DE ENCUENTROS CONYUGALES, de nacionalidad
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-
SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMER-
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REPRESENTANTE LEGAL de ASOCIACION AGROPECUARIA
Movimiento de Encuentros Conyugales M.E.C.
Consistente en: las palabras Movimiento de Encuentros Conyugales
M.E.C., que servirá para: INDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO
DEDICADO A SERVICIOS DE ALQUILER DE CASA DE RETIROS
Y REALIZACION DE EVENTOS; UBICADO EN CALLE A COAR,
Consistente en: la palabra TakupaN y diseño, que servirá para:
ZARAGOZA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD.
AMPARAR: ABONO ORGANICO DESTINADO PARA LA AGRICULTURA Y HORTICULTURA. Clase: 01.
La solicitud fue presentada el día primero de diciembre del año
La solicitud fue presentada el día doce de abril del año dos mil
O
diez.
dos mil nueve.
AR
I
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
DI
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diecisiete de mayo del año dos mil diez.
tivos. San Salvador, veinte de abril del año dos mil diez.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADOR.
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,
SECRETARIO.
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F014362-3
3 v. alt. No. C003828-3
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
No. de Expediente: 2010100853
177
CONVOCATORIAS
No. de Presentación: 20100136150
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA
Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
La Junta Directiva de Inversiones Alagisa Sociedad Anónima de Capital
RISSA AVALOS GARCIA SALAS, en su calidad de APODERADO de
CLUB ACTIVO VEINTE TREINTA SAN SALVADOR CENTRO, de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE
COMERCIAL,
Variable, (Inversiones Alagisa, S.A. de C.V.), convoca a los señores
Accionistas a Junta General ORDINARIA Y EXTRAORINARIA, a
celebrarse en las oficinas de Aseguradora Agrícola Comercial, S.A.,
situadas en Alameda Roosevelt número 3104 de la Ciudad de San Sal-
LT
A
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIA CLA-
vador, a las diecisiete horas con treinta minutos del día veinticinco de
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Junio del año dos mil diez.
AGENDA DE CARÁCTER ORDINARIA:
I.
II.
III.
Establecimiento del Quórum.
Lectura del Acta de la Sesión anterior.
Elección de Junta Directiva.
Consistente en: la expresión FITI Festival Internacional de Teatro
Infantil y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR A UNA ASOCIA-
AGENDA DE CARÁCTER EXTRAORDINARIA:
CION Y SU ESTABLECIMIENTO COMERCIAL EL CUAL SE
DEDICARA A LA PRESTACION DE SERVICIOS DE EDUCACION.
FORMACION. ESPARCIMIENTO, ACTIVIDADES DEPORTIVAS
Y CULTURALES.
I.
II.
III.
La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil
Aumentar el Capital Social.
Modificación al Pacto Social.
Autorización para actuar como Ejecutor Especial
Para celebrar esta Junta General Extraordinaria de Accionistas, deben
estar presentes o representadas cuando menos, las tres cuartas partes de
diez.
O
las acciones que forman el Capital Social, o sea 27,000 acciones y las
AR
I
resoluciones se tomarán por igual proporción de votos de las acciones
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Registro de la
DI
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, cinco de mayo del año dos mil diez.
presentes o representadas.
En caso de no haber quórum en la hora señalada anteriormente,
por este medio se convoca a la Junta General Ordinaria, para celebrarse
a las diecisiete horas con treinta minutos del día veintiséis de junio del
mismo año, en el mismo lugar, y deben estar presentes por lo menos
la mitad más una de las acciones o sea 6,001 acciones y para formar
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
resolución serán necesarias por lo menos las tres cuartas partes de las
acciones presentes o representadas.
REGISTRADOR.
San Salvador, veintiséis de mayo del dos mil diez.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
GILBERTO ANTONIO BARAONA RECINOS,
SECRETARIA.
PRESIDENTE.
3 v. alt. No. F014377-3
3 v. alt. No. F014310-3
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
178
CONVOCATORIA
ASUNTOS ORDINARIOS
Clínica Flor Blanca, S.A. de C.V., del domicilio de San Salvador, convoca
a sus accionistas a la Junta General de Accionistas que se llevará a cabo
1-
Establecimiento del quórum.
2-
Lectura del Acta anterior.
3-
Conocer la memoria para el ejercicio de dos mil nueve, el
a las once horas con treinta minutos del día 25 de Junio de 2010, en 6a.
10a. Calle Poniente No. 2419, Col. Flor Blanca, San Salvador.
Balance General al Treinta y Uno de Diciembre de dos mil
nueve y el informe de Auditoría para aprobar o improbar los
tres primeros.
La Agenda a tratar para la Junta General ordinaria de Accionistas
será la siguiente:
4-
Nombramiento del Auditor Externo para el año dos mil diez
LT
A
y fijación de sus emolumentos.
Lectura del acta anterior.
5-
Aplicación de Utilidades.
2-
Memoria de labores 2009.
6-
Varios.
3-
Presentación Estados Financieros al 31/12/2009.
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1-
4-
Informe del Auditor Externo y Fiscal.
5-
Aplicación de Resultados del Ejercicio 2009.
6-
Nombramiento de Auditor financiero y Fiscal para el ejercicio
El quórum legal para la primera convocatoria será: La mitad más
una de las acciones pagadas o sean quinientas veintiséis acciones y
las resoluciones serán válidas si se toma por la mayoría de los votos
7-
presente.
En caso de no celebrarse la Junta General de Accionistas, por falta
2010 y sus emolumentos.
de quórum el día y hora señalados, se convoca por este medio, en segunda
Varios.
convocatoria para celebrarse a las nueve horas del día 26 de Junio de
El quórum necesario para celebrar esta junta es la mitad más una
dos mil diez en el mismo lugar y hora conforme la misma Agenda.
El quórum legal para la segunda convocatoria será cualquiera que
de las acciones o sea que deben estar presentes 6845 acciones y para
adoptar resoluciones es necesario la mayoría de votos presentes.
sea el número de presentes.
San Salvador, a los veintiocho días del mes de mayo de dos mil
En caso de no haber Quórum a la hora y fecha de la convocatoria
se convoca a la referida Junta General Ordinaria en el mismo lugar a
diez.
las once horas y treinta minutos del día 26 de Junio de 2010 y la junta
se celebrará cualquiera que sea el número de acciones representadas
Lic. ALVARO EVEGARIO LARIN,
con derecho a voto y sus resoluciones se tomarán por mayoría de votos
DIRECTOR SECRETARIO.
presentes.
3 v. alt. No. F014384-3
AR
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O
San Salvador, veintiocho de Mayo de dos mil diez.
NORA ELVY RECINOS Vda. DE DELGADO,
DI
DIRECTOR-SECRETARIO.
SUBASTA PUBLICA
3 v. alt. No. F014312-3
LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CHINAMECA,
CONVOCATORIA
HACE SABER: Que por Sentencia pronunciada por este Juzgado
a las once haras con cincuenta minutos del día dieciséis de abril de dos
La Junta Directiva del INSTITUTO EL SALVADOR, S.A. DE C.V.,
mil nueve; y Ejecutoriada a las once horas con treinta y cinco minutos del
CONVOCA: A Junta General Ordinaria de Accionistas, a celebrarse en
día veintiocho de agosto de dos mil nueve, en el Juicio Civil Ejecutivo.
el local del Instituto “El Salvador”, a las nueve horas del día 25 de junio
Promovido por la Licenciada Concepción del Carmen Benavides Díaz,
de dos mil diez, para convocar a la Agenda siguiente:
como Apoderada General Judicial de la señora Berta Lilian Navarro de
Quintanilla, contra el señor Melvin de Jesús Campos, se venderá en este
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
LT
A
NÁNDEZ y CARLOS ISABEL ALFARO HERNÁNDEZ, reclamándoles
cantidad de dólares y accesorios de ley, se venderá en este Juzgado, en
Pública Subasta en fecha que oportunamente se determinará, el inmueble
que a continuación se detalla: “Un lote de naturaleza urbana, situado en
Calle Renovación detrás del Mercado La Tiendona, de esta jurisdicción
y departamento y que se identifica en el plano respectivo como LOTE
CINCO DEL BLOCK VEINTE DE LA COMUNIDAD “JARDINES DE
DON BOSCO”, SECTOR IBERIAS B- DOS- LOTE-CINCO, con sus
medidas perimetrales siguientes: NORTE: Distancia de cinco punto cero
cero metros.- ORIENTE: Distancia de ocho punto cero un metros.- SUR:
Distancia de cinco punto cero cero metros.- PONIENTE: distancia de ocho
punto cero un metros.- El área del lote antes descrito es de CUARENTA
PUNTO CERO CINCO METROS CUADRADOS.- Dicho inmueble se
encuentra inscrito bajo la Matrícula número SEIS CERO UNO UNO
TRES CERO SIETE SIETE GUIÓN CERO CERO CERO CERO CERO,
DEL REGISTRO DE LA Propiedad de este Departamento.- Por lo que
en vista de lo anterior y en cumplimiento a las funciones encomendadas
la Suscrita Ejecutora de Embargos, TRABA FORMAL EMBARGO, en
el inmueble antes descrito así como en todos sus accesorios y mejoras
presentes y futuras, por pertenecerles en proindivisión y por partes
iguales, equivalentes al cincuenta por ciento a cada uno de los señores
MARIA ROSARIO LÓPEZ VILLATORO, conocida registralmente
como MARTA ROSARIO LÓPEZ VILLATORO DE HERNÁNDEZ y
CARLOS ISABEL ALFARO HERNÁNDEZ; según Matrícula de Folio
Real computarizado número SEIS CERO UNO UNO TRES CERO SIETE
SIETE GUIÓN CERO CERO CERO CERO CERO, Asiento UNO de
Propiedad del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera
Sección del Centro, Departamento de San Salvador.- Se hace constar que
se encuentra inscrita una PRIMERA HIPOTECA ABIERTA, al mismo
número de Matrícula, Asiento CUATRO, de Hipotecas del registro de
la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador, a favor de APOYO INTEGRAL, S.A. DE
C.V., por la cantidad de TRES MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA, para el Plazo de CINCO AÑOS.
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Juzgado, en pública subasta y al mejor postor un inmueble de naturaleza
Urbano, situado en el lugar denominado El Naranjo y que en el plano
respectivo se identifica como LOTE NUMERO CUATRO DEL ACCESO
“N” de la Jurisdicci6n de Usulután, Distrito y Departamento de Usulután,
en los suburbios del Barrio El Calvario, el cual ha sido desmembrado
de la Colonia denominada “El Naranjo” y que en el plano respectivo
se identifica como LOTE NUMERO CUATRO DEL ACCESO “N” el
que tiene la capacidad superficial de SETENTA Y CINCO METROS
CUADRADOS equivalentes a CIENTO SIETE PUNTO TREINTA
Y UNA VARAS CUADRADAS, este lote se localiza y describe así:
Partiendo de la intersecci6n de los ejes de la prolongación de la Calle
El Naranjo con el acceso “N”, que mide una distancie de cuarenta y tres
punto ochenta y seis metros rumbo Norte catorce grados cero nueve
punto ochenta minutos Oeste, sobre el eje del acceso “N”, y en este
punto con deflexión derecha de noventa grados. Rumbo Norte setenta
y cinco grados cincuenta punto dos minutos este y una distancia de tres
punto cincuenta metros, se llega al vértice Sur-Oeste del lote que se
describe, el cual mide y linda, AL OESTE: Quince metros rumbo Norte
catorce grados cero nueve punto ocho minutos Oeste, lindando con lote
número tres del acceso “N”, pared de ladrillo de por medio propia de este
predio, AL NORTE: cinco metros rumbo Norte setenta y cinco grados
cincuenta punto dos minutos Este, lindando con terreno propiedad del
Ministerio de Educación, tela ciclón de por medio propia del colindante,
AL ESTE; Quince metros rumbo Sur, catorce grados cero nueve punto
ocho minutos Este, lindando con lote número cinco del acceso “N”, hoy
de ALFREDO COCA, pared de ladrillo medianera, propia del colindante
y parte propia de este predio y AL SUR: Cinco metros rumbo Sur setenta
y cinco grados cincuenta punto dos minutos Oeste, lindando con patio
comunal Acceso “N”, llegando así al punto donde se inició la presente
descripción. Inscrita en el Registro de la Primera Sección de Oriente,
bajo el número veintinueve del tomo mil trescientos ochenta y cuatro
de Propiedad del Departamento de San Miguel. Se admitirán posturas
siendo legales.
179
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado Segundo de Menor Cuantía: San Salvador,
a los veintiún días del mes de Diciembre de dos mil nueve.- Licda.
VILMA ESTELA FLORES URRUTIA, JUEZA SEGUNDO DE MENOR CUANTIA.- Licda. LOURDES MARIA ARAUJO DE AMAYA,
SECRETARIA INTERINA.
3 v. alt. No. F014299-3
3 v. alt. No. F014307-3
VILMA ESTELA FLORES URRUTIA, JUEZA SEGUNDO DE MENOR
CUANTIA, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
Licenciada MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ
DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO,
DI
AR
I
O
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las
catorce horas con treinta minutos del día veintinueve de octubre de dos
mil nueve.- Lic. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA.- Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO,
SECRETARIA.
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por
la Licenciada ESMERALDA ELIZABETH CASTILLO URQUILLA,
y continuado por los Licenciados ALMA MORENA CARAZO SARAVIA y JULIO MIGUEL SORIANO CRUZ, en carácter de Apoderados
Generales Judiciales de la Sociedad APOYO INTEGRAL, SOCIEDAD
ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia APOYO INTEGRAL, S.A. DE C.V., contra los Señores GLENDA ELIZABETH
ALFARO LÓPEZ, MARIA ROSARIO LÓPEZ VILLATORO conocida
registralmente por MARTA ROSARIO LÓPEZ VILLATORO DE HER-
AVISA: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por el
Doctor OSCAR ANTONIO RODRIGUEZ, como Apoderado General
Judicial del señor CARLOS ALFREDO ALONSO FUENTES, en contra
del señor JOSE ARMANDO ROSALES, representado por su Curador
IMMAR ORLANDO CHAVEZ PICHE, se venderá en pública subasta
en este Tribunal el bien Inmueble embargado al demandado, consistente
en una porción de terreno rústico de TRESCIENTOS CUARENTA Y
NUEVE METROS CUADRADOS CINCUENTA Y UN DECIMETROS
CUADRADOS equivalente a QUINIENTAS VARAS CUADRADAS
NUEVE CENTECIMOS DE VARA CUADRADA, en el que hay una
pequeña construcción, dicha porción de terreno está marcada como lote
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a las
catorce horas diez minutos del día veinte de abril de dos mil diez.Licda. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA.- Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F014346-3
REPOSICION DE CERTIFICADO
La Caja de Crédito de San Sebastián, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada,
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numero UNO Y DOS, ubicados en el Cantón El Obraje, ahora llamado
Cantón Plan El Pino, Ciudad Delgado, Departamento de San Salvador,
el cual tiene las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: trece
metros setenta centímetros con terreno que fue de Rafael Urrutia, ahora
de Ana Elisa Sosa de López, camino del Plan de Pino de por medio;
AL SUR: veintiún metros veintinueve centímetros, con lote número
seis de Josefina Urrutia, antes de María Durán viuda de Urrutia; AL
PONIENTE: Dieciséis metros veinte centímetros, con terreno que
antes formó parte del inmueble general, y que ahora pertenece a Carlos
Alfredo Alfonso; AL NORTE, veintiún metros veintiocho centímetros,
con lote número cuatro propiedad de Victoria Isabel Urrutia, antes de
María Durán viuda de Urrutia, mediando una calle de cuatro metros de
ancho que se ha abierto en el terreno general del Doctor Rodríguez, y
que corre por todo el rumbo norte, hasta llegar al camino del Plan del
Pino a Soyapango que se menciona en el rumbo oriente del inmueble
general. Dicha porción de terreno se encuentra inscrito a la Matrícula
del Sistema Registral y Catastral SIRYC, SEIS CERO DOS DOS SEIS
TRES UNO SIETE GUION CERO CERO CERO CERO CERO DEL
ASIENTO UNO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la
Primera Sección del Centro de este Departamento, a favor del señor JOSE
ARMANDO ROSALES, y gravado con Cesión de Crédito Hipotecario a
favor de Carlos Alfredo Alonso Fuentes e inscrito a la misma matrícula
del asiento tres; e hipotecado a favor del señor CARLOS ALFREDO
ALONSO FUENTES.
LT
A
180
Se admitirán posturas siendo legales.
Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.
JUZGADO DE LO CIVIL: Delgado, a las nueve horas y veinte
minutos del día treinta de Abril del dos mil diez.- Licda. MARIBEL
DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZA DE LO CIVIL DE
DELGADO.- Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA.
COMUNICA: Que a sus oficinas ubicadas en Calle Andrés Molins, Barrio Guadalupe, San Sebastián, San Vicente, se ha presentado
el propietario del CERTIFICADO DE DEPOSITO A PLAZO FIJO
número 110000016532, y solicitando la reposición de dicho certificado,
por CIENTO CINCUENTA DOLARES EXACTOS ($150.00).
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público
en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días
después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna
oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia.
San Salvador, 27 de mayo de 2010.
TULIO ISABEL AGUILAR ALFARO,
GERENTE GENERAL.
CAJA DE CREDITO DE SAN SEBASTIAN.
3 v. alt. No. F014333-3
3 v. alt. No. F014323-3
Licenciada DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, Juez de
Primera Instancia del Distrito Judicial de Chinameca,
DI
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I
O
HACE SABER: Que por sentencia definitiva pronunciada por este
Juzgado, a las doce horas del día veintitrés de febrero del corriente año, y
ejecutoriada a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del día ocho de
marzo de dos mil diez, en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por
el Licenciado Federico Guillermo Jiménez Rodríguez, como Apoderado
General Judicial del Banco Agrícola S.A., contra el señor Fidel Angel
Mejicano Robles, se venderá en este Juzgado, en pública subasta y al
mejor postor un inmueble de naturaleza rústica, según antecedente urbano,
ubicado en la llanura sur de la villa de Nueva Guadalupe, Chinameca,
departamento de San Miguel, identificado como Lote número TRES del
Polígono “B” de la Lotificación San Luis, de las dimensiones siguientes:
AL NORTE, tramo recto de diez punto cero cero metros; AL ORIENTE,
tramo recto de veinte punto cero cero metros; AL SUR, tramo recto de
diez punto cero cero metros; AL PONIENTE, tramo recto de veinte
punto cero cero metros, con una área de DOSCIENTOS PUNTO CERO
CERO METROS CUADRADOS, el inmueble así descrito se encuentra
inscrito bajo la matrícula OCHO CERO CERO CUATRO TRES TRES
SIETE CINCO-CERO CERO CERO CERO CERO, asiento TRES del
Registro de la Propiedad de San Miguel.
Se admitirán posturas siendo legales.
La Caja de Crédito de San Sebastián, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada,
COMUNICA: Que a sus oficinas ubicadas en Calle Andrés Molins
Barrio Guadalupe, San Sebastián, San Vicente, se ha presentado el propietario del CERTIFICADO DE DEPOSITO A PLAZO FIJO número
110000025230, y solicitando la reposición de dicho certificado, por
DIEZ MIL DOLARES EXACTOS ($10,000.00).
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público
en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días
después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna
oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia.
San Salvador, 27 de mayo de 2010.
TULIO ISABEL AGUILAR ALFARO,
GERENTE GENERAL.
CAJA DE CREDITO DE SAN SEBASTIAN.
3 v. alt. No. F014326-3
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
DISMINUCION DE CAPITAL
181
Esto implica una disminución en el valor del capital mínimo, el
cual, anteriormente era de US$5,714.29, DOLARES.
Y para los usos que se estime conveniente, se extiende la presente
en San Salvador, a las once horas con veinticinco minutos del veintiséis
de mayo de dos mil diez.
LIC. CARLOS FRANCISCO AGUILAR C.,
SECRETARIO.
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EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE INMUEBLES
VARIOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se
abrevia INMUEBLES VARIOS, S.A. DE C.V., la cual se encuentra inscrita en el Registro de Comercio bajo el número CUARENTA Y OCHO
del Libro número CUATROCIENTOS VEINTISIETE del Registro de
Sociedades, CERTIFICA: Que en el Libro de Actas de Junta General de
Accionistas que legalmente lleva la sociedad se encuentra asentada el
Acta número VEINTIOCHO de Junta General Ordinaria y Extraordinaria
de Accionistas, celebrada en la ciudad de San Salvador, a las doce horas
con quince minutos del día veintiocho de abril del año dos mil diez, y en
la que consta que en su Punto Número X literalmente dice:
La junta por unanimidad acepta la propuesta de disminución del
Capital mínimo.
LT
A
DISMINUCION DE CAPITAL
X. Disminución del Capital Mínimo para adaptarlo al nuevo valor nominal
de los títulos: para adaptarlo al nuevo valor nominal de los títulos, el Presidente de la Junta Directiva informó a los representantes de las acciones
que de acuerdo al punto IX de esta acta, habrá una disminución en el
Capital de la Sociedad, el nuevo capital mínimo será de US$10,000,00
DOLARES dividido y representado en 1,000 ACCIONES, de un valor
de US$10.00 DOLARES cada una.
MARCA INDUSTRIAL
No. de Expediente: 2010099455
La Junta General de Accionistas por unanimidad aprueba la disminución del Capital.
No. de Presentación: 20100133733
Y para los usos que se estime conveniente, se extiende la presente
en San Salvador, a las diez horas con veinte minutos del veintiséis de
Mayo de dos mil diez.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
LIC. CARLOS FRANCISCO AGUILAR C.,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003838-3
CLASE: 30.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ROMAN
QUIROS CESPEDES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL
Y ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO de ETCETERA,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:
ETCETERA S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA.
AR
I
O
3 v. alt. No. C003837-3
DI
EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE VALORES
DIVERSOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que
se abrevia VALORES DIVERSOS S.A. DE C.V., la cual se encuentra
inscrita en el Registro de Comercio bajo el número CUARENTA Y
TRES del Libro CUATROCIENTOS DIECIOCHO del Registro de
Sociedades, CERTIFICA: Que en el Libro de Actas de Junta General
de Accionistas que legalmente lleva la sociedad se encuentra asentada
el Acta número UNO de Junta General Ordinaria y Extraordinaria de
Accionistas, celebrada en la ciudad de San Salvador, a las doce horas con
cuarenta y cinco minutos del día veintiocho de abril del año dos mil diez,
y en la que consta que en su Punto Número X literalmente dice:
X. Disminución del Capital Mínimo, para adaptarlo al nuevo valor
nominal de los títulos, el Presidente de la Junta Directiva informó a los
representantes de las acciones que de acuerdo a los puntos IV y VII de
esta agenda, el nuevo capital mínimo será de $5,000,00 DOLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, dividido y representado en
500 ACCIONES, de un valor de US$10,00 DOLARES.
Consistente en: la palabra CHOCOBAR y diseño, que servirá
para: AMPARAR: CHOCOLATES, GALLETAS Y TODO TIPO DE
CONFITERIA. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día cuatro de marzo del año dos mil
diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiuno de mayo del año dos mil diez.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003829-3
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
182
No. de Expediente: 2010101091
No. de Expediente : 2010100623
No. de Presentación: 20100136633
No. de Presentación: 20100135670
CLASE: 28.
CLASE: 18.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANIEL
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANIEL
GEORG GUTTFREUND SCHNEIDER conocido por DANIEL
GEORG GUTTFREUND SCHNEIDER conocido por DANIEL
GUTTFREUND, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de
GUTTFREUND, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de
O DE FABRICA,
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O DE FABRICA,
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PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL
PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL
DIME QUE TE DIRÉ
VALIJA INTELIGENTE
Consistente en: las palabras DIME QUE TE DIRÉ, que servirá
Consistente en: las palabras VALIJA INTELIGENTE, que servirá
para: AMPARAR: UNA MALETA O EQUIPAJE QUE CONTIENE:
para: AMPARAR: JUEGO DE MESA. Clase: 28.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de abril del año dos
mil diez.
UNA BASCULA INCORPORADA PARA MEDIR EL PESO DE
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
SU EQUIPAJE; CHIPS CON SISTEMA GPS; ADAPTADOR PARA
CARGA DE TODO TIPO DE APARATOS ELÉCTRICOS; SISTEMA
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintisiete de abril del año dos mil diez.
DE SEGURIDAD; RECONOCIMIENTO DE HUELLA DIGITAL;
DIRECTORIO PARA EL DESTINO O LUGAR HACIA DONDE
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
VIAJARA; RELOJ; ALARMA CONTRA ROBO QUE INDICA LA
REGISTRADOR.
UBICACION Y DISTANCIA EN QUE SE ENCUENTRA; DIRECTO-
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
O
RIO CON CAPACIDAD PARA CIEN DIRECCIONES. Clase: 18.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de mayo del año dos
AR
I
mil diez.
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003831-3
DI
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinte de mayo del año dos mil diez.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
TITULO MUNICIPAL
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:
Hace saber que a esta Alcaldía se ha presentado la Lic. Ana Francisca
REGISTRADOR.
Fuentes Dinarte de Zapata, Apoderada general Judicial de JUAN JOSE
RODRIGUEZ VASQUEZ, solicitando a favor de su representado TITUALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,
LO MUNICIPAL, de un inmueble de naturaleza urbana situado en Barrio
El Centro de esta Villa, de la capacidad de QUINIENTOS NOVENTA
SECRETARIO.
Y OCHO PUNTO OCHENTA Y UNO METROS CUADRADOS, de
las medidas y colindancias siguientes; AL ORIENTE, veintiuno punto
3 v. alt. No. C003830-3
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
noventa y dos metros, con Odilia Antonia Juárez, y Blanca Ederle Saravia
Sánchez, calle adoquinada de por medio que conduce al Campo de Fútbol;
AL NORTE, veintisiete metros, con Inés Arístides Alvarez, cedazo de
por medio del colindante, AL PONIENTE, dieciséis punto diez metros,
con Inés Arístides Alvarez, cerco de alambre de púas propio, y AL SUR,
treinta y seis metros con Pablo Guzmán y Luis Alonso Fuentes, cerco
de piña y alambre de púas propio de por medio, dicho terreno no tiene
183
Lo que se hace del conocimiento al público en general para los
demás efectos de Ley.
Alcaldía Municipal de Santo Domingo, dieciocho de mayo de
dos mil diez. DORA DEL CARMEN GARCIA, ALCALDESA MUNICIPAL.- VICTORIA MAGDALENA HERNANDEZ AVALOS,
SECRETARIA MUNICIPAL.
cargas ni derechos reales que le pertenezcan a otra persona y lo estima
en la suma de CINCO MIL DOLARES EXACTOS, y lo hubo por
3 v. alt. No. F014291-3
compra de posesión material, verbal a Blanca Ederle Saravia Sánchez,
el referido inmueble y se presente a esta Alcaldía en el plazo de quince
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD.
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días contados a partir de la tercera publicación de este edicto.
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y por este medio se cita a todos los que se crean con mejor derecho en
Librado en la Alcaldía Municipal de San Carlos, Departamento
de Morazán, a veintiséis días de mayo del dos mil diez. CARLOS
RODOLFO ALVAREZ DIAZ, ALCALDE MUNICIPAL.- REYNA
ARMIDA SORTO VIGIL, SECRETARIO MUNICIPAL.
HACE CONSTAR: Que los Señores: DUGLAS EDGARDO
ORELLANA LARA Y DELBERT ALEXANDER CHIQUILLO LARA,
el primero mayor de edad, Albañil, y el segundo mayor de edad, Estudiante,
3 v. alt. No. F014262-3
ambos del Domicilio de Ciudad Victoria, Solicitando Título Municipal
de un Inmueble de naturaleza urbana, situado en el Barrio El Centro de
Ciudad Victoria, Departamento de Cabañas, de una extensión superficial
de CUATROCIENTOS TREINTA Y UNO PUNTO VEINTE METROS
LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL DE LA ALCALDIA
CUADRADOS, de las medidas y linderos especiales que a continuación
DE SANTO DOMINGO, DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE.
se describen: LINDERO NORTE: Partiendo del vértice nor-poniente está
formado por un tramo con el siguiente rumbo y distancia, tramo uno,
LEYDA ODET MENJIVAR DE CALLEJAS, a solicitar a su favor TI-
rumbo sur, setenta y seis grados, cero un minutos, cero tres segundos
TULO MUNICIPAL, sobre un Inmueble de naturaleza Urbana, situado
con una distancia de veinte punto cincuenta y cuatro metros, colinda con
en el Barrio El Calvario, Primera Calle Poniente número Once, Santo
inmuebles de Justa Membreño, Ercilia Echeverría de Renderos, pared
Domingo, Departamento de San Vicente, de la extensión superficial
de ladrillo propio del inmueble que se describe; LINDERO ORIENTE:
de CIENTO DIECINUEVE PUNTO OCHENTA Y OCHO METROS
Partiendo del vértice nor oriente está formado por un tramo con los
O
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la Señora:
AR
I
CUADRADOS, que tiene las medidas y linderos siguientes: AL NORTE,
mide nueve metros diez centímetros, linda una en una parte con Pedro
Juan Meléndez Meléndez, antes, hoy de la Titulante, y en otra parte con
DI
María Esperanza Molina de Serrano; AL ORIENTE, dieciocho metros
quince centímetros, linda con María Laura Durán en una parte, y en
otra parte con Anarina del Rosario Menjívar Orantes; AL SUR mide
nueve metros cuarenta y ocho centímetros y linda con la señora Paula
rumbos y distancia, tramo uno, sur quince grados, veintiséis minutos,
cincuenta y ocho segundos oeste, con una distancia de veintitrés punto
cuarenta y cuatro metros, colinda con inmueble de Ercilia Echeverría
de Renderos, Maximino Martínez, pared de ladrillo propia del inmueble
que se describe; LINDERO SUR: Partiendo del vértice sur-oriente, está
formado por tres tramos con los siguientes rumbos y distancias, tramo
Miranda, Calle de por medio; AL PONIENTE mide dieciocho metros;
uno, norte, sesenta y dos grados, veintiún minutos, cero nueve segundos
linda con Joaquina Durán de Meléndez y Andrés Meléndez Flores.
oeste y con una distancia de diez punto veintinueve metros, tramo dos,
Se estima el Inmueble descrito en la suma de DIEZ MIL DOLARES
norte, setenta grados, cero tres minutos, cuarenta segundos oeste y con
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA. Y lo adquirió
distancia de cuatro punto ochenta y cinco metros, tramo tres, norte, setenta
por herencia de su padre Cipriano Menjívar, dicho Inmueble lo posee
y un grados, once minutos, cero cinco segundos oeste con distancia de
desde abril del dos mil dos, en forma quieta, pacífica e ininterrumpida
cuatro punto setenta y dos metros, colindando con inmuebles de Tránsito
hasta la fecha, de manera continua y sucesiva, no es predio dominante
Lara Viuda de Rivas, con pared de ladrillo propia del inmueble que se
ni sirviente; no está en proindivisión con otra persona, ni tiene cargas
describe; y LINDERO PONIENTE: Partiendo del vértice sur-poniente
o derechos reales de ajena pertenencia que deban respetarse y todos los
colindantes son de este domicilio.
está formado por dos tramos con siguientes rumbos y distancias: tramo
uno, norte, once grados dieciocho minutos, veintisiete segundos este,
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
184
con una distancia de ocho punto sesenta y ocho metros, colindando con
PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN,
inmueble de Eugenia Flores de Galindo, con pared de ladrillo propia
ESPARCIMIENTO, ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURA-
del inmueble que se describe y pasaje El Comercio de por medio; tramo
LES.
dos, norte, trece grados cincuenta y cinco minutos, cero seis segundos
este con una distancia de once punto cuarenta y dos metros, colindando
con José Antonio Díaz, con pared de ladrillo propia del inmueble que
La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil
diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
se describe y con pasaje El Comercio de por medio. Así se llega al
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
vértice Nor Poniente, que es el punto donde inició esta descripción.
San Salvador, cinco de mayo del año dos mil diez.
No es dominante ni sirviente, ni tiene cargas y derechos reales de ajena
pertenencia ni está en proindivisión con terceras personas. El Inmueble
JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,
lo valúo en la cantidad de OCHO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS
REGISTRADOR.
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lo hubo por compra venta que le hizo la señora María Teodora Lara, y
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UNIDOS DE AMERICA, todos los colindantes son de este domicilio.
Se avisa al público para los efectos de Ley.
FERNANDO JOSE VELASCO,
SECRETARIO.
Alcaldía Municipal; Victoria, Departamento de Cabañas, a los
diecisiete días del mes de mayo de dos mil diez. JUAN ANTONIO
RAMOS BARRERA, ALCALDE MUNICIPAL.- ANA MIRIAM
3 v. alt. No. F014379-3
AYALA AYALA, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F014400-3
MARCA DE SERVICIOS
No. de Expediente: 2010100852
EMBLEMAS
No. de Presentación: 20100136149
No. de Expediente: 2010100854
CLASE: 41.
No. de Presentación: 20100136151
O
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
AR
I
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIA CLA-
RISSA AVALOS GARCIA SALAS, en su calidad de APODERADO de
CLUB ACTIVO VEINTE TREINTA SAN SALVADOR CENTRO, de
RADO de CLUB ACTIVO VEINTE TREINTA SAN SALVADOR
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
CENTRO, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
DE SERVICIOS,
DI
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIA
CLARISSA AVALOS GARCIA SALAS, en su calidad de APODE-
del EMBLEMA,
Consistente en: la expresión FITI Festival Internacional de Teatro
Consistente en: un diseño identificado con el nombre “FITI”,
Infantil y diseño, que servirá para: AMPARAR: EDUCACION, FOR-
que servirá para: DISTINGUIR UNA ASOCIACION Y SU ESTA-
MACION, ESPARCIMIENTO, ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y
BLECIMIENTO COMERCIAL EL CUAL SE DEDICARÁ A LA
CULTURALES. Clase: 41.
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil
185
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
diez.
San Salvador, diecisiete de mayo del año dos mil diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
San Salvador, cinco de mayo del año dos mil diez.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C003779-3
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
LT
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REGISTRADOR.
No. de Expediente: 2009097901
No. de Presentación: 20090130723
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MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
CLASE: 30.
SECRETARIA.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
3 v. alt. No. F014374-3
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GLORIA ABE-
LINA VENTURA NAVARRETE, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL de ASOCIACION COOPERATIVA DE PRODUCCION
ARTESANAL, APROVISIONAMIENTO, COMERCIALIZACION,
AHORRO Y CREDITO LA RED UNION DE MUJERES DE RES-
MARCA DE PRODUCTO
PONSABILIDAD LIMITADA, de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
No. de Expediente: 2010100984
No. de Presentación: 20100136461
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
O
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado YAMIL
AR
I
ALEJANDRO BUKELE PEREZ, de nacionalidad SALVADOREÑA,
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA
Consistente en: las palabras la red mujeres artesanas salvadoreñas y
diseño, no se concede exclusividad sobre la expresión “mujeres artesanas
salvadoreñas” por consistir en términos de uso común, que servirá para:
AMPARAR: DULCES ARTESANALES CONSERVA. Clase: 30.
DI
DE PRODUCTO,
La solicitud fue presentada el día diez de diciembre del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, catorce de mayo del año dos mil diez.
Consistente en: las palabras Maxxi plus Lejía y diseño, en donde
la palabra Plus se traduce como Más, sobre los elementos denomina-
JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,
REGISTRADOR.
tivos Maxxi plus Lejía, no se concede exclusividad, que servirá para:
RHINA GUADALUPE BARRERA DE ARAUJO,
AMPARAR: PRODUCTOS COMO LEJIA, CLORO. Clase: 03.
SECRETARIA.
La solicitud fue presentada el día trece de mayo del año dos mil
diez.
3 v. alt. No. F014354-3
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
186
SECCION DOCUMENTOS OFICIALES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
RESOLUCION No. 575/2010
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los doce días del mes de abril de dos mil diez.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Industrial obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SANTA CECILIA, Municipio de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad,
LT
A
extendido con fecha 12 de diciembre de 1988 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del
citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo. POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento
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RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Industrial Opción Mecánica obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SANTA CECILIA, Municipio
de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, a SAMUEL VICENTE HENRÍQUEZ ROMERO. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la
presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F008152)
O
RESOLUCION No. 578/2010
AR
I
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los doce días del mes de abril de dos mil diez.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
DI
Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO GUSTAVO ADOLFO BECQUER, Municipio de Nueva San Salvador, Departamento
de La Libertad, extendido con fecha 20 de noviembre de 1998 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a
la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales
este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO GUSTAVO ADOLFO BECQUER, Municipio de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, a LUIS HUMBERTO GARCÍA INTERIANO. Para los efectos de ley
PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F008191)
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
187
RESOLUCION No. 579/2010
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los treinta días del mes de abril de dos mil diez.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE EL CONGO, Municipio de El Congo,
Departamento de Santa Ana, extendido con fecha 30 de noviembre de 2009 y considerando que después de verificar la documentación presentada,
con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus
facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial Opción Contaduría obtenido
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AYALA MIRANDA. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
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en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE EL CONGO, Municipio de El Congo, Departamento de Santa Ana, a LILIAN MERCEDES
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F010474)
RESOLUCION No. 580/2010
AR
I
O
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los treinta días del mes de abril de dos mil diez.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
DI
Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE USULUTÁN, Municipio de Usulután,
Departamento de Usulután, extendido con fecha 20 de noviembre de 1998 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con
respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades
legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial Opción Secretariado obtenido en el Centro
Educativo INSTITUTO NACIONAL DE USULUTÁN, Municipio de Usulután, Departamento de Usulután, a YANIRA DEL CARMEN BELTRÁN
CHICAS. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F010591)
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
188
RESOLUCION No. 585/2010
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los doce días del mes de abril de dos mil diez.
RICARDO AQUILES DIAZ,
LT
A
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título
de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE ARMENIA, Municipio de Armenia,
Departamento de Sonsonate, extendido con fecha 30 de noviembre de 2006 y considerando que después de verificar la documentación presentada,
con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus
facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial Opción Contaduría obtenido en
el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE ARMENIA, Municipio de Armenia, Departamento de Sonsonate, a CARLOS ALBERTO LOPEZ
RAMOS. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
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JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F008337)
RESOLUCION No.586/2010
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de abril de dos mil diez.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo ESCUELA ALEMANA, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido
con fecha 24 de junio de 1997 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se
ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE:
Repóngase el Título de Bachiller Académico Opción Humanidades obtenido en el Centro Educativo ESCUELA ALEMANA, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a MONICA BEATRÍZ GONZÁLEZ ARTOLA. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución
en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
DI
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(Registro No. F008338)
RESOLUCION No.589/2010
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los quince días del mes de abril de dos mil diez.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo LICEO SALVADOREÑO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 10 de diciembre de 1991 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado
Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo. POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento
RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico Opción Matemática Física obtenido en el Centro Educativo LICEO SALVADOREÑO,
Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a DOUGLAS XAVIER REYES ESCOBAR. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la
presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F008955)
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
189
RESOLUCION No. 591/2010
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los doce días del mes de abril de dos mil diez.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo COMPLEJO EDUCATIVO PROFESOR FELIPE HUEZO CÓRDOVA,
Municipio de Santiago Nonualco, Departamento de La Paz, extendido con fecha 30 de noviembre de 2001 y considerando que después de verificar
la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo,
POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial
Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo COMPLEJO EDUCATIVO PROFESOR FELIPE HUEZO CORDOVA, Municipio de Santiago
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Nonualco, Departamento de La Paz, a JOSE GONZALO DE LA CRUZ LOPEZ. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el
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Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F008380)
RESOLUCION No. 592/2010
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los doce días del mes de abril de dos mil diez.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL CORNELIO AZENÓN SIERRA, Municipio de Atiquizaya, Departamento
de Ahuachapán, extendido con fecha 26 de noviembre de 1999 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a
la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales
este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL CORNELIO
AZENÓN SIERRA, Municipio de Atiquizaya, Departamento de Ahuachapán, a HECTOR FABRICIO MORÁN RETANA. Para los efectos de ley
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PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F008387)
RESOLUCION No. 594/2010
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los doce días del mes de abril de dos mil diez.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SAN ANTONIO, Municipio de Soyapango, Departamento de San Salvador, extendido
con fecha 20 de noviembre de 1998 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título,
se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE:
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
190
Repóngase el Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SAN ANTONIO, Municipio de Soyapango, Departamento de
San Salvador, a JUDITH SAMANTA ROMERO. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F008409)
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RESOLUCION No. 595/2010
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Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los doce días del mes de abril de dos mil diez.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SAN MARTIN, Municipio de San Martín,
Departamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 2004 y considerando que después de verificar la documentación presentada,
con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus
facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial Opción Contaduría obtenido
en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SAN MARTIN, Municipio de San Martín, Departamento de San Salvador, a FLOR MARÍA
SIGÜENZA MENDOZA Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
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(Registro No. F008430)
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RESOLUCION No. 598/2010
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Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: La Libertad, a los doce días del mes de abril de dos mil diez.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SAN JUAN OPICO, Municipio de San
Juan Opico, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 30 de noviembre de 1994 y considerando que después de verificar la documentación
presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en
uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración Opción Secretariado
obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SAN JUAN OPICO, Municipio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, a
MARTA ROSELIA GALDÁMEZ HERNÁNDEZ. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F008618)
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
191
RESOLUCION No. 599/2010
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los catorce días del mes de abril de dos mil diez.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Academico obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO EL SALVADOR, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador,
extendido con fecha 15 de enero de 1991 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado
Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento
RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Academico Opción Ciencias Naturales obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO EL SALVADOR,
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Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a DOUGLAS ALBERTO URQUILLA CARRILLO. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE
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la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F008620)
RESOLUCION No. 601/2010
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los catorce días del mes de abril de dos mil diez.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo ESCUELA NACIONAL DE COMERCIO, Municipio de San Salvador,
Departamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 1987 y considerando que después de verificar la documentación presentada,
con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus
facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración Opción Contaduría obtenido en
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el Centro Educativo ESCUELA NACIONAL DE COMERCIO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a MIGUEL ANGEL
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ESCOBAR MEJIA. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F008642)
RESOLUCION No. 602/2010
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los catorce días del mes de abril de dos mil diez.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo CENTRO ACADEMICO ALFRED NOBEL, Municipio de San Salvador,
Departamento de San Salvador, extendido con fecha 15 de diciembre de 1992 y considerando que después de verificar la documentación presentada,
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
192
con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus
facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración Opción Contaduría obtenido en
el Centro Educativo CENTRO ACADEMICO ALFRED NOBEL, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a CARMENZA DEL
RIO VASQUEZ CRUZ. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
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(Registro No. F008660)
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RESOLUCION No. 603/2010
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los catorce días del mes de abril de dos mil diez.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL JOSE SIMEON CAÑAS, Municipio de Zacatecoluca,
Departamento de La Paz, extendido con fecha 20 de enero de 1989 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto
a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales
este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo
INSTITUTO NACIONAL JOSE SIMEON CAÑAS, Municipio de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, a MARIA CONCEPCION MARQUEZ
AGUILAR. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
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(Registro No. F008707)
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RESOLUCION No. 604/2010
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Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los catorce días del mes de abril de dos mil diez.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller en Comercio y Administraci6n obtenido en el Centro Educativo LICEO ALBERTO MASFERRER, Municipio de San Miguel, Departamento
de San Miguel, extendido con fecha 20 de noviembre de 1984 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a
la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales
este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo
LICEO ALBERTO MASFERRER Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, a FREDIS OMAR BLANCO GALLO. Para los efectos
de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F008749)
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
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RESOLUCION No. 605/2010
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los catorce días del mes de abril de dos mil diez.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General obtenido en el Centro Educativo CENTRO ESCOLAR LA FLORESTA, Municipio de Nueva San Salvador, Departamento de
La Libertad, extendido con fecha 30 de noviembre de 2001 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la
legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales
este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo CENTRO ESCOLAR LA FLORESTA,
Municipio de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, a LOURDES MARIA MARTINEZ BRENES. Para los efectos de ley PUBLIQUESE
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RICARDO AQUILES DIAZ,
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la presente Resolución en el Diario Oficial.
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F008774)
RESOLUCION No. 613/2010
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintidós días del mes de abril de dos mil diez.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SANTIAGO DE MARIA, Municipio de Santiago de María, Departamento de Usulután, extendido con fecha 28 de noviembre de 2003 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con
respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades
legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE
SANTIAGO DE MARIA, Municipio de Santiago de María, Departamento de Usulután, a ANA IRIS SALGADO PORTILLO. Para los efectos de ley
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PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F009009)
RESOLUCION No. 614/2010
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinte días del mes de abril de dos mil diez.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo ESCUELA NACIONAL DE COMERCIO, Municipio de San Salvador,
Departamento de San Salvador, extendido con fecha 20 de noviembre de 1980 y considerando que después de verificar la documentación presentada,
con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus
facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración Opción Contaduría obtenido
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
194
en el Centro Educativo ESCUELA NACIONAL DE COMERCIO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a JOSE SAMUEL
RODRIGUEZ RIVERA. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
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(Registro No. F009070)
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RESOLUCION No. 615/2010
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinte días del mes de abril de dos mil diez.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SAN PEDRO PERULAPÁN, Municipio de San Pedro Perulapán,
Departamento de Cuscatlán, extendido con fecha 28 de noviembre de 2003 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con
respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL
DE SAN PEDRO PERULAPÁN, Municipio de San Pedro Perulapán, Departamento de Cuscatlán, a FRANKLIN ALEXANDER LOVOS. Para los
efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
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(Registro No. F009333)
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RESOLUCION No. 616/2010
DI
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los quince días del mes de abril de dos mil diez.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE PLANES DE RENDEROS, Municipio de
San Marcos, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 15 de enero de 1991 y considerando que después de verificar la documentación
presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en
uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración Opción Contaduría
obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE PLANES DE RENDEROS, Municipio de San Marcos, Departamento de San Salvador, a OVIDIO ALCIDES MIRANDA TORRES C/P OVIDIO ALCIDES TORRES MIRANDA. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente
Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F009288)
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
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RESOLUCION No. 617/2010
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinte días del mes de abril de dos mil diez.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo NUEVO LICEO CENTROAMERICANO, Municipio de San Salvador,
Departamento de San Salvador, extendido con fecha 12 de diciembre de 1974 y considerando que después de verificar la documentación presentada,
con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo. POR TANTO: en uso de sus
facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo
NUEVO LICEO CENTROAMERICANO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a ROLANDO ANTONIO DAGOBERTO
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RICARDO AQUILES DIAZ,
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PEREZ REYNA. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F009313)
RESOLUCION No. 618/2010
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de abril de dos mil diez.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General obtenido en el Centro Educativo LICEO SAN MIGUEL, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, extendido con
fecha 20 de noviembre de 2000 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se
ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE:
Repóngase el Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo LICEO SAN MIGUEL, Municipio de San Miguel, Departamento de San
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Miguel, a NOEMI ROSA CRISTINA PACHECO GONZÁLEZ. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F009341)
RESOLUCION No. 619/2010
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintidós días del mes de abril de dos mil diez.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DOCTOR MANUEL LUIS ESCAMILLA, Municipio de Cuyultitán, Departamento de La Paz, extendido con fecha 26 de noviembre de 1999 y considerando que después de verificar la documentación
presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo. POR TANTO: en
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
196
uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial Opción Contaduría
obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DOCTOR MANUEL LUIS ESCAMILLA, Municipio de Cuyultitán, Departamento de
La Paz, a JOSE SANTOS VALLE VALLADARES. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
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(Registro No. F009336)
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RESOLUCION No. 619/2010
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los quince días del mes de abril de dos mil diez.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Industrial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO EMILIANI, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido
con fecha 22 de noviembre de 1996 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado
Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento
RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Industrial Opción Electrónica obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO EMILIANI, Municipio
de San Salvador, Departamento de San Salvador, a CARLOS RENATO GALDÁMEZ CASTILLO. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente
Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
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(Registro No. F009232)
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RESOLUCION No. 620/2010
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Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los quince días del mes de abril de dos mil diez.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Industrial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL BENJAMIN ESTRADA VALIENTE, Municipio de Santa Ana,
Departamento de Santa Ana, extendido con fecha 31 de enero de 1995 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades
legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Industrial Opción Electricidad obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO
NACIONAL BENJAMIN ESTRADA VALIENTE, Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, a JULIO EDUARDO HERNÁNDEZ
AGUILAR. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F009270)
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
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RESOLUCION No. 621/2010
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinte días del mes de abril de dos mil diez.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO EL SALVADOR, Municipio de San Salvador, Departamento
de San Salvador, extendido con fecha 10 de diciembre de 1993 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a
la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales
este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo
INSTITUTO EL SALVADOR, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a FRANCISCA ZEPEDA CAÑAS. Para los efectos de
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RICARDO AQUILES DIAZ,
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ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F009263)
RESOLUCION No. 624/2010
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los quince días del mes de abril de dos mil diez.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo NUEVO LICEO CENTROAMERICANO, Municipio de San Salvador,
Departamento de San Salvador, extendido con fecha 15 de diciembre de 1992 y considerando que después de verificar la documentación presentada,
con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus
facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración Opción Computación obtenido en
el Centro Educativo NUEVO LICEO CENTROAMERICANO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a BERONICA PATRICIA
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PEREZ ORELLANA. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F009296)
RESOLUCION No. 624/2010
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de abril de dos mil diez.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Agrícola obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE USULUTAN, Municipio de Usulután, Departamento de Usulután,
extendido con fecha 30 de noviembre de 1982 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del
citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
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RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Agrícola obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE USULUTAN, Municipio
de Usulután, Departamento de Usulután, a JOSE GUILLERMO DIAZ FLORES. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el
Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
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(Registro No. F009959)
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RESOLUCION No. 625/2010
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de abril de dos mil diez.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo COLEGIO CRISTIANO SALVADOREÑO EN-HACORE, Municipio de
San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 2006 y considerando que después de verificar la documentación
presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en
uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial Opción Contaduría
obtenido en el Centro Educativo COLEGIO CRISTIANO SAL ADOREÑO EN-HACORE, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador,
a MILAGRO URIEL VILLALOBOS RAMOS. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
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(Registro No. F010397)
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RESOLUCION No. 626/2010
DI
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintidós días del mes de abril de dos mil diez.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General obtenido en el Centro Educativo CENTRO EDUCATIVO DENVER, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador,
extendido con fecha 29 de noviembre de 2002 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del
citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo CENTRO EDUCATIVO DENVER Municipio de
San Salvador, Departamento de San Salvador, a JUAN CARLOS TORRES ZEPEDA. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución
en el Diario Oficial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F009524)
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 9 de Junio de 2010.
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RESOLUCION No. 627/2010
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintidós días del mes de abril de dos mil diez.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO BELEN, Municipio de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, extendido con
fecha 26 de noviembre de 1999 y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se
ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE:
Repóngase el Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO BELEN, Municipio de Nueva San Salvador, Departamento de
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RICARDO AQUILES DIAZ,
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La Libertad, a MONICA TATIANA PACHECO VELÁSQUEZ. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F009550)
CENTRO DE DESARROLLO DE LA PESCA Y LA ACUICULTURA
CENTRO DE DESARROLLO DE LA PESCA Y LA ACUICULTURA, Ministerio de Agricultura y Ganadería, en la ciudad de Santa Tecla,
departamento de La Libertad, a las trece horas con veintidós treinta minutos del día tres de junio de dos mil diez.
CONSIDERANDO:
I.
Que de acuerdo a la Ley General de Ordenación y Promoción de Pesca y Acuicultura son facultades de CENDEPESCA, el impulsar,
promover y establecer medidas de ordenación para la conservación, administración y desarrollo de los recursos hidrobiológicos;
Que la implementación de las vedas temporales ha contribuido a la protección de las especies hidrobiológicas principalmente en los primeros
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II.
III.
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ciclos de su vida, lo cual les permite alcanzar la madurez necesaria para su reproducción natural;
Que habiendo conocido el Acuerdo Número Doscientos Treinta y Cuatro, producto de la reunión extraordinaria celebrada a las quince
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horas del día veinticinco de mayo de dos mil diez, por el Concejo Municipal de Chalchuapa, que en el uso de sus facultades legales y en
base al Art. 4 numeral 7 del Código Municipal, prohíbe la pesca en la Laguna Cuscachapa durante sesenta días, contados a partir del cinco
de junio hasta el tres de agosto de dos mil diez.
IV.
Que el mencionado Acuerdo se deriva de la acción de siembra de alevines de tilapia que a petición de la Alcaldía Municipal de Chalchuapa
realizará CENDEPESCA en fecha cuatro de los corrientes.
Por tanto, la Directora General en uso de sus facultades legales,
RESUELVE:
I.
DECLARAR VEDA TEMPORAL PARA LA EXTRACCION DE TODOS LOS RECURSOS HIDROBIOLOGICOS en la Laguna
de Cuscachapa, ubicada en el municipio de Chalchuapa, departamento de Santa Ana.
DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387
200
II.
La veda temporal tendrá una duración de SESENTA días, contados a partir del día cuatro de junio de dos mil diez, periodo que podrá ser
modificado de acuerdo a los resultados de los monitoreos técnicos que CENDEPESCA realice;
III.
Desarrollar durante el periodo de veda, una jornada que permita el otorgamiento o renovación de Autorizaciones para la extracción artesanal
y su posterior inscripción en el Registro Nacional de Pesca y Acuicultura;
IV.
Proceder a la evaluación posteriormente de los efectos de la medida implementada, en donde se cuente con la participación coordinada de
las personas autorizadas para la extracción en dicho cuerpo de agua, quienes deberán llevar un registro de las producciones obtenidas para
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ser notificadas a CENDEPESCA.
V.
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DE LO QUE SE PERMITE EN TEMPORADA DE PESCA
Al interior de la Laguna Cuscachapa se permite:
a)
b)
La extracción artesanal no comercial de autoconsumo y pesca deportiva;
El uso del arte de pesca denominado Línea de mano con anzuelo y atarrayas con luz de malla de al menos DOS PUNTO CINCO (2.5)
pulgadas, estirada de nudo a nudo; y
c)
La extracción de hasta QUINCE (15) ejemplares por pescador por faena diaria de pesca;
DE LO QUE NO SE PERMITE EN TEMPORADA DE PESCA
VI.
Al interior de la Laguna Cuscachapa no se permite:
a)
La extracción artesanal con fines comerciales; y
b)
La extracción utilizando redes de enmalle.
DISPOSICIONES GENERALES
Fortalecer la coordinación con las autoridades, organizaciones locales y otras entidades de cooperación para continuar promoviendo acciones
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VII.
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dirigidas a la protección y aprovechamiento responsable de los recursos pesqueros de la Laguna de Cuscachapa, así como para promover
VIII.
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la generación de nuevas alternativas de producción diferentes en beneficio de los pescadores artesanales.
El incumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente Resolución será sancionado de conformidad con lo establecido en la
Ley General de Ordenación y Promoción de la Pesca y Acuicultura.
IX.
Esta Resolución entrará en vigencia el día cuatro de junio de dos mil diez.
PUBLIQUESE.
SONIA MARÍA SALAVERRIA CASTANEDA,
Directora General.
Imprenta Nacional - Tiraje 430 Ejemplares.

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